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REPÚBLICA DE COSTA RICA MINISTERIO DE EDUCACIÓN PÚBLICA POLÍTICAS DE EDUCACIÓN INTEGRAL DE LA EXPRESIÓN DE LA SEXUALIDAD HUMANA MINISTERIO DE EDUCACIÓN PÚBLICA JUNIO – 2001

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REPÚBLICA DE COSTA RICA MINISTERIO DE EDUCACIÓN PÚBLICA

POLÍTICAS DE EDUCACIÓN INTEGRAL DE LA EXPRESIÓN DE LA

SEXUALIDAD HUMANA MINISTERIO DE EDUCACIÓN PÚBLICA

JUNIO – 2001

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REPÚBLICA DE COSTA RICA CONSEJO SUPERIOR DE EDUCACIÓN

TRASLADO DE ACUERDO Asunto Aprobación de la Propuesta “Políticas de Educación Integral de la Expresión de la Sexualidad. Sesión 28-2001 Fecha 12 de junio de 2001 Acuerdo Trasladar al interesado para su conocimiento CC: Lic. Guillermo Vargas Salazar, Ministro de Educación Pública Msc Zaida Sánchez Moya, Viceministra Académica

Archivo Políticas de Educación Integral de la Expresión de la Sexualidad Humana 2

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PRESENTACIÓN Astrid Fishel Volio

Ministra Ministerio de Educación Pública

Políticas de Educación Integral de la Expresión de la Sexualidad Humana 3

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INTRODUCCIÓN “La sexualidad humana es un bien: parte del don que Dios vio que “era muy bueno” cuando creó la persona humana a su imagen y semejanza, y “hombre y mujer los creó”. En cuanto modalidad de relacionarse y abrirse a los otros, la sexualidad tiene como fin intrínseco el amor, más precisamente el amor como donación y acogida, como dar y recibir”.1

Nuestro tiempo está signado por una vertiginosa aceleración del cambio; la globalización ha permeado y determinado toda actividad del ser humano; el desarrollo tecnológico ha llevado a una nueva etapa en la comunicación de la humanidad, con su respectiva contribución en la construcción de la sociedad del presente y del futuro, por sus nuevas formas de encuentro y expresión de la vida socio-afectiva. La presencia acelerada de cambios culturales que crean fuentes y estímulos cada vez más variados y amplios, requiere que estos sean reflexionados e integrados con la adquisición de un positivo sentido para la vida de los niños, las niñas y jóvenes. Existe la urgencia de propiciar relaciones humanas respetuosas y solidarias, integrando los conocimientos y las capacidades necesarias para fortalecer a las familias, con la constructiva incorporación de las nuevas y cada vez más cambiantes realidades del nuevo siglo, que les permita a las generaciones del presente y del futuro su pleno e integral desarrollo humano. Como parte de este desarrollo integral, la expresión de la sexualidad humana es un aspecto básico de la personalidad; un modo propio de ser, de manifestarse, de comunicarse con los otros; de sentir, expresar y vivir el amor humano con responsabilidad. La expresión de la sexualidad humana, como parte del proceso evolutivo, permite a las personas relacionarse, expresarse, reproducirse, dar afecto, fortalecer el respeto mutuo y compartir sentimientos y vivencias relacionadas con su sexualidad. En la expresión de la sexualidad humana se integran armónicamente los aspectos biológicos, socioculturales y psicológicos. En todos estos aspectos están presentes los componentes éticos y espirituales que se manifiestan por medio de los valores humanos. La expresión de la sexualidad humana exige, por lo tanto, el respeto y la vivencia de los valores humanos fundamentales que garanticen relaciones responsables, armoniosas y voluntarias, para el desarrollo integral de los hombres y las mujeres. 1 López Trujillo, Alfonso Cardenal. Sexualidad Humana: Verdad y Significado Políticas de Educación Integral de la Expresión de la Sexualidad Humana 4

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CONSIDERANDO QUE: • Una vivencia responsable, armoniosa y voluntaria de la expresión de la sexualidad humana

requiere de una adecuada, integral y completa educación en torno a todos los aspectos que ella comprende.

• Es derecho y deber fundamental y primero de la familia proporcionar a los niños, a las niñas y jóvenes una educación de la expresión de la sexualidad humana, y corresponde a la escuela una acción subsidiaria que no implica sustituir a la familia, sino asistir y completar la obra de los padres y las madres.

• La visión integral de la expresión de la sexualidad humana ofrece a las personas la oportunidad para reflexionar, analizar, cuestionar y tomar decisiones responsables acerca de la vivencia de su sexualidad, en el marco de una educación en el amor, relacionando e integrando su parte afectiva, sus valores, su fe, sus sentimientos y sus conocimientos. Educar en la expresión de la sexualidad humana es aprender voluntariamente a dar y recibir afecto, fortalecer el respeto mutuo, responsabilizarse del actuar y asumir el pleno disfrute de la convivencia, mediante la vida en familia y la acción pedagógica que se desarrolla.

• La educación de la expresión de la sexualidad humana no puede ni debe concebirse como una simple transmisión de información o limitarse a conocer el funcionamiento biológico de los seres, sin tomar en cuenta los principios éticos y morales.

• La educación de la expresión de la sexualidad humana asegura la adquisición de conocimientos y actitudes que facilitan el diálogo, la comunicación y la interrelación social, como elementos indispensables para la resolución pacífica de conflictos surgidos entre generaciones, entre hombres y mujeres y entre grupos culturales diversos, a fin de fomentar una mayor equidad en las relaciones interpersonales, intra e Intergeneracionales, así como interculturales.

• La educación de la expresión de la sexualidad humana – como derecho y deber primero de la familia y subsidiario de la escuela – debe comenzar desde la primera infancia y prolongarse a lo largo de toda la vida, atendiendo educativamente en forma específica las necesidades y las características propias de cada período del desarrollo de la personalidad.

• Existe la necesidad de construir los conocimientos y de generar una visión crítica que permita a la sociedad – y muy especialmente a la familia – discriminar los mensajes que cotidianamente transmiten los medios de comunicación social con respecto a la expresión de la sexualidad humana.

Políticas de Educación Integral de la Expresión de la Sexualidad Humana 5

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• Es urgente ofrecer educación de la expresión de la sexualidad humana a los padres y madres de familia y los adultos que tengan una relación significativa con el niño, la niña y los jóvenes.

• Se requiere de una amplia formación académica, tanto científica, como ética y vivencial de los educadores y de las educadoras para mejorar el abordaje de esta temática.

• Es necesario ofrecer espacios curriculares que permitan una formación integral y más participativa de los educandos, de forma que respondan tanto a sus particularidades como a sus potencialidades, en concordancia con la etapa de desarrollo que viven y con los contextos socioculturales en que se desenvuelven, para atender, así, sus necesidades psicosociales y, específicamente, su inteligencia emocional.

• Se requiere fomentar una mejor calidad de vida, que destierre el maltrato y la agresión intrafamiliar que afectan de manera diferenciada a cada uno de los miembros de la familia de acuerdo a su edad y sexo. Es necesario, además, en forma muy especial, erradicar todo abuso, explotación sexual y violencia física con niños, niñas y jóvenes, tanto en el seno del hogar como en la sociedad en general.

• El embarazo adolescente muestra una tendencia al incremento, y sus consecuencias afectan tanto a las madres y a los padres adolescentes como al nuevo ser, pues tiene repercusiones biológicas, psicológicas y socioculturales que intervienen en sus proyectos de vida.

• Nuestro tiempo, por otra parte, nos muestra la creciente entronización de una cultura de desbordado erotismo y pornografía que invade y lastima la vida de nuestros niños, niñas y jóvenes y que promueve la interpretación y la vivencia de la sexualidad humana de manera muy reductiva, relacionándola únicamente con el cuerpo y prohijando, en muchos casos, una vida sexual desordenada que tiende a destruir progresivamente la capacidad de amar de la persona.

• Se requiere de la intervención permanente del Estado y de la sociedad para prevenir y atender las enfermedades de transmisión sexual entre la población.

TENIENDO PRESENTE QUE: La Constitución Política ha plasmado los principios fundamentales de los derechos humanos, particularmente en sus títulos III y IV al referirse a los Derechos y Garantías Individuales y Sociales. Esta parte se ha visto enriquecida, en relación con la niñez y la adolescencia, gracias a la ratificación de la Convención Internacional de los Derechos de la Niñez y a la aprobación de un conjunto de leyes que promueven la definición de políticas, programas y acciones para la protección y aplicación de los derechos de las personas menores de edad. Políticas de Educación Integral de la Expresión de la Sexualidad Humana 6

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• Ley Fundamental de Educación, 1957.

• Decreto N° 26, 1970. Creación de la Asesoría y Supervisión General de Planificación Familiar y Educación Sexual en el Ministerio de Educación Pública.

• Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer, ratificada por la Asamblea Legislativa en Diciembre de 1984.

• Ley de Promoción de la Igualdad Social de la Mujer. Ley N° 7142, marzo de 1990.

• Convención sobre los Derechos de la Niñez. Ley N° 7184, agosto de 1990.

• Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer. Ley N° 7499, junio de 1995.

• Ley contra el Hostigamiento Sexual en el Empleo y la Docencia. Ley N° 7476, de 1995.

• Ley contra la Violencia Doméstica. Ley N° 7586, mayo de 1996.

• Ley de Igualdad de Oportunidades para las personas con Discapacidad. Ley 7600, mayo 1996.

• Ley Orgánica del Patronato Nacional de la Infancia. Ley N° 7648, diciembre de 1996.

• Ley de Protección a la Madre Adolescente. Ley N° 7735, enero, 1998.

• Código de la Niñez y la Adolescencia. Ley N° 7739, febrero de 1998.

• Ley contra la Explotación Sexual de las Personas Menores de Edad. Ley N° 7899, agosto de 1999.

• Ley General de Centros de Atención Integral. Agosto del 2000.

• Decreto Ejecutivo N° 28484 MAG-MEP-MTSS-S-CM del Convenio de Cooperación INAMU-MEP, febrero del 2000.

• Ley General sobre el VIH-SIDA. Ley N° 7771, marzo de 1998.

Políticas de Educación Integral de la Expresión de la Sexualidad Humana 7

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2 Costa Rica, Asamblea Legislativa. Código de la Niñez y la Adolescencia. Ley N° 7739 del 3 de diciembre de 1997, Diario Oficial La Gaceta, 6 de febrero de 1998, pp. 17-18. Este marco legal expresa un avance cualitativo en la concepción social y jurídica de la niñez y la adolescencia. Este avance está caracterizado por el reconocimiento de los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad, progresividad, irrenunciabilidad e irreversibilidad de los Derechos Humanos, así como la consideración del interés superior de las personas menores de edad en consonancia con su ciclo de vida, y la obligación del Estado de avanzar hacia su cumplimiento, de acuerdo con los derechos específicos de la niñez y la adolescencia. El marco legal relacionado con la niñez y la adolescencia ha fijado algunos artículos importantes como tareas propias del Ministerio de Educación Pública, especialmente lo indicado por el Código de la Niñez y la Adolescencia en los Artículos 55 y 58 donde se afirma:

• Artículo 55: “Será obligación de los directores, representantes legales o encargados de los centros de enseñanza de educación general básica preescolar, maternal y otra organización, pública o privada de atención a las personas menores de edad: Inciso c): poner en ejecución programas de educación sobre salud preventiva, sexual y reproductiva que formule el ministerio del ramo. El incumplimiento de estas obligaciones será sancionado como falta grave para los efectos del régimen disciplinario respectivo.

• Artículo 58: En el diseño de las políticas educativas nacionales, el Estado deberá: Inciso b): Fomentar los niveles más elevados del conocimiento científico y tecnológico, la expresión artística y cultural y los valores éticos y morales. Inciso f): Propiciar la inclusión, en los programas educativos, los temas relacionados con la educación sexual, la reproducción, el embarazo en adolescentes, las drogas, la violencia de género, las enfermedades de transmisión sexual, el SIDA y otras dolencias graves”.2

De conformidad con el marco legal vigente sobre la niñez y la adolescencia, se señalan la responsabilidad, la urgencia y el compromiso del Ministerio de Educación Pública en lo que atañe a la educación de la sexualidad y su obligación de ejecutar programas en este campo, siguiendo la perspectiva de la persona integral y de la participación armónica comunitaria, según la cual se promueven los valores espirituales y éticos en la esfera de la sexualidad y en el área de la prevención de situaciones de riesgo de nuestra niñez, adolescencia y juventud. Políticas de Educación Integral de la Expresión de la Sexualidad Humana 8

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3 Diario Oficial La Gaceta, 24 de marzo, 1970. ANTECEDENTES HISTÓRICOS: En Costa Rica, a partir de 1960 se iniciaron una serie de esfuerzos para ejecutar acciones concretas -subsidiarias a las que ya cumplían las familias – para la educación de la sexualidad humana de niñas, niños, adolescentes y jóvenes. Uno de esos esfuerzos se realizó en 1969 con la aprobación, por parte del Consejo Superior de Educación, del Programa de Adiestramiento en Educación Sexual que incluyó los conceptos de la política oficial del Ministerio en este tema. El Decreto Ejecutivo No. 26 creó la Asesoría y la Supervisión General de Planificación Familiar y Educación Sexual, como organismo técnico y responsable de esa área en el Ministerio de Educación Pública, y cuya responsabilidad fue la formulación de los proyectos de políticas en educación de la sexualidad humana según “una visión humanista e integral de la sexualidad con una perspectiva fisiológica, biológica y ante todo, psicológica, ética y religiosa”3 para su aprobación por parte del Consejo Superior de Educación. En 1985, el Ministerio de Educación Pública estableció el Departamento de Educación en Población, ubicado en la Sección de Proyectos Especiales del Centro Nacional de Didáctica al que correspondió, desde entonces, la formulación de postulados y acciones para fortalecer la educación de la sexualidad humana y de la vida familiar, con sus implicaciones en la realidad poblacional y ambiental costarricense. Este departamento planificó y elaboró materiales didácticos para la Educación General Básica y Diversificada; organizó y ejecutó la capacitación de las docentes y los docentes en el desarrollo de la educación en ese campo, así como las actividades con estudiantes e instituciones para fortalecer la educación en la esfera de la sexualidad. Durante la administración 1990-94 el Ministerio de Educación Pública elaboró y publicó, en coordinación con la Conferencia Episcopal, guías didácticas de la sexualidad humana para el III Ciclo de la Educación General Básica y la Educación Diversificada y ejecutó programas de capacitación en esta materia para docentes de Educación Religiosa, Educación Familiar, Orientación y Ciencias. Por otra parte, la política educativa formulada en 1994 parte de una concepción del desarrollo centrada en las personas, con una visión integral del ser humano en consonancia con su entorno, y de la educación como una proceso formativo permanente, coherente en el que el aprendizaje se entiende como la construcción y reconstrucción del conocimiento, con un enfoque transdisciplinario. El Programa Educativo Nacional “Excelencia y equidad en Educación”, formulado en 1998, establece lineamientos muy claros en torno a la formulación de una política de educación integral que comprende la sexualidad humana. En este Programa se procura la incorporación de los padres y las madres – como primeros responsables de la educación de sus hijos - , de los medios de comunicación y de las organizaciones comunales en el quehacer educativo, así como un fortalecimiento de la formación en valores como elemento que debe permear todo el currículo y transformarse en vivencia cotidiana en el aula. En el Políticas de Educación Integral de la Expresión de la Sexualidad Humana 9

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4 Documento de consenso Iglesia Católica – Gobierno de la República, pág. 10. Octubre, 1999. marco de esta tarea de formación de valores y, particularmente, en lo que corresponde al crecimiento en una cultura de amor, el Programa enmarca los aspectos concernientes a la educación de la sexualidad humana. Asimismo, varias instituciones públicas interesadas en el área de la sexualidad, entre las que destacan las del Sector Salud, en particular el Programa de Atención Integral del Adolescente, el anterior Centro Mujer y Familia, hoy en día el Instituto Nacional de las Mujeres, y numerosas instancias de la sociedad civil, en las que sobresale la labor pionera del Centro de Orientación Familiar, la Asociación Demográfica Costarricense, el Instituto Latinoamericano de Pedagogía de la Comunicación, la Federación de Organizaciones Voluntarias, el Movimiento Familiar Cristiano y la Fundación Ser y Crecer, la Fundación para la Promoción y la Capacitación Alternativa (PROCAL) y Paniamor, han formulado criterios y metodologías para la educación de la sexualidad y son un aporte significativo en la formulación de la política en ese campo. También es importante reconocer los aportes que en esta área han dado las universidades estatales a través de sus diferentes facultades. Aquí es importante destacar el papel que ha jugado la Facultad de Educación de la Universidad de Costa Rica donde se imparte, desde hace varias décadas, un curso optativo sobre sexualidad, para maestros y profesores, que sirve también como repertorio para todos los estudiantes universitarios. Más recientemente, el “Plan de capacitación en Educación de la Sexualidad” del Programa Amor Joven, que se inicia a partir de 1998 liderado por la Primera Dama de la República, establece una estrategia de abordaje del tema de la sexualidad dentro y fuera del aula, por medio del desarrollo de Proyectos Pedagógicos que facilitan el aprendizaje de habilidades y destrezas para la vida, mediante el diálogo y la participación de los diferentes actores de la comunidad educativa. FUNDAMENTO BÁSICO La concepción y la formulación de lineamientos fundamentales y generales de la política de educación de la sexualidad humana del Ministerio de Educación Pública, encuentra su fundamento y punto de partida en la siguiente definición:

“La sexualidad humana es un elemento básico de la personalidad, un modo propio de ser, de manifestarse, de comunicarse con los otros, de sentir, de expresarse y de vivir el amor humano y parte integrante del desarrollo de la personalidad y de su proceso educativo; en el sexo radican notas características que constituyen a las personas como hombres y mujeres en el plano biológico, psicológico, social y espiritual. Las personas menores de edad tienen derecho a la formación e información adecuadas y oportunas sobre la dignidad, tareas y ejercicio del amor, sobre todo en el seno de la familia”.4

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PRINCIPIOS RECTORES La política de educación de la expresión de la sexualidad humana del Ministerio de Educación Pública se sustenta en los principios rectores siguientes:

1. La educación de la sexualidad humana – como toda otra educación – es un derecho y un deber primario de los padres y madres de familia; los centros educativos, por su parte, tienen la insoslayable obligación de atender esa educación subsidiariamente.

2. La educación de la expresión de la sexualidad humana exige brindar a los educadores, las educadoras y estudiantes la oportunidad para que puedan reflexionar, analizar, cuestionar y tomar decisiones responsables, para la expresión de su sexualidad en el marco de una educación en el amor y la convivencia, relacionando e integrando su parte afectiva, sus valores, su fe, sus sentimientos y sus conocimientos.

La educación de la expresión de la sexualidad humana debe fundamentarse en una relación dialógica entre las estudiantes y los estudiantes con los educadores y las educadoras; entre aquellos y los padres y madres de familia para establecer, luego, la guía y la orientación de las inquietudes, manifestaciones y decisiones en la expresión de la sexualidad humana. Todo ello de conformidad con las etapas de desarrollo de las personas, su madurez, contexto socio-cultural y la formación de los valores culturales, y sin que ello implique ignorar la realidad objetiva de la ley moral en general, ni descuidar la formación de las conciencias sobre los preceptos morales y religiosos.

3. La educación de la expresión de la sexualidad humana debe atender, integralmente, todas las facetas, tanto en el orden físico-biológico, como en el psicológico, el sociocultural, el ético y el espiritual. De esta forma, la educación de la sexualidad humana no puede reducirse simplemente a aspectos biológicos reproductivos ni realizarse en un contexto desprovisto de los valores fundamentales sobre la vida, el amor, la familia y la convivencia.

4. La educación de la expresión de la sexualidad humana debe integrarse al currículo con estrategias pedagógicas que respondan a las particularidades y potencialidades de la población estudiantil, en concordancia con las diferentes etapas de su desarrollo y con los contextos socioculturales en que se desenvuelven.

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5. La educación de la expresión de la sexualidad humana debe atender los vínculos estrechos que hay entre la dimensión sexual de la persona y sus valores éticos y, en consecuencia, procurar el conocimiento y estima de la convivencia moral para el crecimiento y desarrollo responsable, armonioso y voluntario en la expresión de la sexualidad humana.

6. La educación de la expresión de la sexualidad humana debe ser considerada transversalmente en el currículo escolar de la forma que supere los enfoques parciales en los que se propone como una materia más, o la visión horizontal que la concibe como un componente más de diferentes asignaturas. Esta transversalidad implica integrar al currículo establecido su abordaje, en todos los niveles y modalidades del sistema educativo.

7. La educación de la expresión de la sexualidad humana requiere de una metodología que propicie la reflexión, la investigación y el análisis, dentro de un auténtico proceso dialógico que promueva la incorporación participativa de la familia y de la comunidad educativa.

8. El sistema educativo, como espacio socializador y humanizador, requiere que las instituciones educativas se constituyan en instancias que promuevan el desarrollo y los aprendizajes para reforzar, como actores subsidiarios, las labores educativas y socializadoras de la familia.

POR TANTO: • La política de la educación de la expresión de la sexualidad humana debe garantizar – en el

marco de un enfoque integral – vivencias y estrategias pedagógicas que, teniendo como sólido sustento los principios éticos fundamentales, respondan a las potenciales de la población estudiantil, en concordancia con su etapa de desarrollo y los contextos socioculturales en que se desenvuelven.

• Es preciso que exista en el Ministerio de Educación Pública un ente responsable de la ejecución y supervisión de esta política establecida por el Consejo Superior de Educación, que integre todos los esfuerzos para la ejecución del diseño curricular aprobado éste, de forma que la educación de la expresión de la sexualidad humana impregne, como tema transversal, la práctica pedagógica.

• La Educación de la expresión de la sexualidad humana debe procurar una formación integral que contribuya al fortalecimiento de la familia – como núcleo central y primero de la sociedad – y al desarrollo humano integral con visión humanista y científica.

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• Debe propiciarse un sólido ligamen entre la sexualidad humana y la afectividad, en el fortalecimiento de la capacidad de expresión de esta última y un profundo respeto mutuo entre las personas.

• Todos los adultos que tengan una relación significativa con los niños, niñas y jóvenes deben asumir su papel protagónico en la educación de la expresión de la sexualidad humana fundada en los valores de la persona, la familia y la sociedad.

• La educación de la expresión de la sexualidad humana en el sistema educativo costarricense debe facilitar a los niños, las niñas y jóvenes el conocimiento y la solución de problemas concretos, mediante la promoción y aplicación de sus derechos y responsabilidades, al servicio de una auténtica solidaridad y equidad.

• Se requiere abrir espacios de capacitación a los educadores y las educadoras que generen reflexión para que brinden una educación con fundamentos humanistas y científicos, respetuosa de los valores éticos, de los derechos humanos y de las diversas etapas de crecimiento y desarrollo de los niños, las niñas y jóvenes.

DEFINICIONES: Para los efectos de las presentes políticas en educación de la expresión de la sexualidad humana se conceptúa como:

Persona: ser humano – considerado desde el momento de su fecundación – con sentido de trascendencia, dignidad, amor, convivencia, ternura y disposición para ejercerlas y expresarlas. Es inherente a la persona la libertad, sentida como una cualidad intrínseca, por lo que no se puede diferenciar de su naturaleza humana; que se realiza a partir de sus potencialidades y sus cualidades en convivencia con las demás personas. Familia: constituye una comunidad de amor y solidaridad, además de ser la unidad jurídica, social y educativa que facilita la formación de valores. En su carácter de institución social, la familia tiene por objeto la vida en común, la sensibilidad y el mutuo apoyo.

La familia debe ser el principal referente con que cuenten las niñas, los niños y jóvenes para la vivencia y expresión de sentimientos de apoyo, comprensión, ternura, respeto, amor, paternidad y maternidad responsables. De esta condición parte el reconocimiento de la situación jurídica particular de niñas, niños y jóvenes, que se expresa en una relación de tutela, a cargo de los padres y las madres de familia o quien ejerza la patria potestad y, en forma subsidiaria, por parte del Estado. Políticas de Educación Integral de la Expresión de la Sexualidad Humana 13

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5 Documento de consenso Iglesia Católica – Gobierno de la República, pág. 10, Octubre, 1999. Sociedad: es una dimensión de vida comunitaria y dinámica, de renovación, de cambio y, a la vez, de estabilidad que da sentido a la identidad del ser humano; y que debe encauzarse hacia el logro de una convivencia pacífica, en un clima de libertad, tolerancia, equidad y bien común. Expresión de la sexualidad humana: es el modo propio de ser, de manifestarse, de comunicarse con los otros, de sentir, de expresarse y de vivir el amor humano, como parte integrante del desarrollo de la personalidad y de su proceso evolutivo.5

POLÍTICAS: 1. CURRÍCULO

La educación de la expresión de la sexualidad humana será parte integrante del currículo escolar, la cual debe reflejarse en todos los procesos de planificación, ejecución y evaluación en los niveles nacional, regional, circuital e institucional, así como en todos los ciclos y modalidades del sistema educativo. La educación de la expresión de la sexualidad humana debe integrarse en forma transversal a los programas de estudio, mediante los objetivos, contenidos, estrategias metodológicas y evaluativas pertinentes. La metodología que se utilice en la educación de la expresión de la sexualidad humana debe propiciar aprendizajes significativos, con apego al enfoque humanista, constructiva y sociocultural, con fundamento en la formación de los valores, de tal manera que les resulten a los niños, las niñas y jóvenes, pertinentes, relevantes y trascendentes como parte de su proyecto de vida. La temática y los contenidos de la educación integral de la expresión de la sexualidad se articularán en grandes núcleos generadores relacionados con las etapas de desarrollo de los educandos, los niveles educativos y los ciclos. Estos núcleos generadores deben destacar y fortalecer los principios rectores de la política educativa establecida en este documento. Corresponde al Ministerio de Educación Pública la rectoría en la definición, diseño y producción de los materiales para el apoyo pedagógico para la educación de la expresión de la sexualidad humana que se realice en todos los centros educativos públicos del país. Cualesquiera otros textos educativos o materiales didácticos que se elaboren por personas u organizaciones ajenas al Ministerio de Educación Pública, con el fin de ser utilizados en los centros educativos públicos en la educación de sexualidad humana, requieren ser previamente conocidos y autorizados por el Consejo Superior de Educación. Políticas de Educación Integral de la Expresión de la Sexualidad Humana 14

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2. EVALUACIÓN

La evaluación de la educación de la expresión de la sexualidad humana será formativa, efectuada de manera periódica y sistemática, de conformidad con la normativa establecida por el Ministerio de Educación Pública; sin embargo, de acuerdo con la naturaleza de las diferentes asignaturas del plan de estudios, también puede ser sumativa.

3. CAPACITACIÓN Y ACTUALIZACIÓN

Corresponde al Ministerio de Educación Pública planificar, ejecutar y evaluar las tareas de capacitación y de actualización de su personal docente, técnico-docente y administrativo en materia de educación de la expresión de la sexualidad humana, en el ámbito nacional, regional, circuital e institucional. La capacitación del personal docente del Ministerio de Educación Pública abarca cuatro aspectos:

• Sensibilización en relación con la exigencia de un enfoque integral de la educación de la expresión de la sexualidad humana en el currículo, asumiendo responsable y sistemáticamente su papel como complemento de la acción de los padres, las madres y los adultos que tengan una relación significativa con los niños, las niñas y los jóvenes.

• Definición de la transversalidad de la educación de la expresión de la sexualidad humana y sus manifestaciones, según las diferentes etapas del desarrollo de los educandos y en los contextos socioculturales; el personal docente recibirá capacitación y actualización que promoverá su desarrollo profesional permanente.

• Desarrollo de metodologías participativas para el abordaje dialógico de la educación de la expresión de la sexualidad humana en el aula, con apertura y flexibilidad hacia las iniciativas e intereses de los niños, las niñas y los jóvenes; todo ello en el contexto de los valores fundamentales sobre la vida, el respeto, el amor y la familia.

• Desarrollo de estrategias para la incorporación activa de la familia, la comunidad escolar y otros actores de la sociedad en la educación de la expresión de la sexualidad humana.

La capacitación del personal docente será definida y dirigida por el Ministerio de Educación Pública en el marco de los principios rectores de la política de educación de la sexualidad humana interdisciplinaria e integral que se establecen en este documento. Para su realización, el Ministerio podrá solicitar la cooperación de las Universidades, de instituciones gubernamentales o de Políticas de Educación Integral de la Expresión de la Sexualidad Humana 15

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organismos no gubernamentales con competencias y experiencia certificada en el campo. 4. ADMINISTRACIÓN

• Todas las instituciones educativas del país que ofrecen programas de Educación Preescolar, Educación General Básica y Educación Diversificada, ejecutarán acciones curriculares relacionadas con la educación de la expresión de la sexualidad humana.

• En el desarrollo de la Política de Educación de la Sexualidad, el Ministerio de Educación Pública ejercerá su función de rectoría desde el Consejo Superior de Educación que es el organismo de rango constitucional al que le corresponden estas atribuciones.

• Como instrumento central para la ejecución de esta política en el Ministerio de Educación Pública se crea, en la División de Desarrollo Curricular, el Departamento de Educación Integral de la Sexualidad Humana como instancia asesora, coordinadora y ejecutora de las acciones, las que debe cumplir con estricto respeto a lo que establece esta política educativa, los principios rectores, objetivos, definiciones y estrategias establecidas en este documento.

• Corresponderá a la División de Desarrollo Curricular, específicamente al Departamento de Educación Integral de la Sexualidad Humana, conjuntamente con las otras dependencias e instancias vinculantes del nivel central y regional, definir las orientaciones y estrategias técnicas, metodológicas y evaluativas, referentes a la educación de la expresión de la sexualidad humana, con esmerado respeto a las competencias del Consejo Superior de Educación y a los principios rectores, y los objetivos y estrategias establecidas en este documento.

• Las asesorías nacionales y regionales asumirán el proceso de capacitación y asesoramiento que permita el abordaje, en las regiones y en las instituciones, de la educación de la expresión de la sexualidad humana como tema transversal dentro del plan de estudios.

5. PARTICIPACIÓN DE LA FAMILIA

La educación de la sexualidad humana – como toda otra educación – es un derecho y un deber primario de la familia. A los padres, las madres y adultos que tengan una relación significativa con los niños, las niñas y los jóvenes les corresponde, en primer lugar, asumir su papel fundamental en la educación de la sexualidad humana desde la primera infancia. Políticas de Educación Integral de la Expresión de la Sexualidad Humana 16

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Sin embargo, deben reconocerse claramente las dificultades y, con suma frecuencia, la imposibilidad real de padres y madres de participar plenamente en la educación suplementaria que sus hijos reciben fuera de casa. Por ello, se reivindica y garantiza su derecho, no solo a ser debidamente informados sobre los principios, objetivos, estructura, estrategias didácticas y contenidos de los programas que en el campo de la educación de la sexualidad humana se lleven a cabo en los centros educativos, sino a participar activamente en su ejecución y seguimiento. En el cumplimiento de su función educadora, las familias requieren sin duda de asesoría, apoyo y medios de comunicación alternos, para fortalecer sus capacidades. Por ello, los padres, las madres y los adultos significativos tienen derecho a recibir capacitación y actualización por parte del Estado, la Iglesia, las organizaciones no gubernamentales, los medios de comunicación social y la sociedad civil, para cumplir con su papel como educadores iniciales de la expresión de la sexualidad humana.

6. ARTICULACIÓN DE LOS ESFUERZOS NACIONALES

La definición de la política de educación de la expresión de la sexualidad humana interdisciplinaria e integral, de sus objetivos, estrategias y contenidos curriculares es competencia del Consejo Superior de Educación, como órgano constitucionalmente responsable de ello. El cumplimiento de las acciones correspondientes a la ejecución de esta política, su seguimiento y su evaluación le corresponde al Ministerio de Educación Pública por medio de los centros educativos públicos y de sus propias instancias tanto centrales como regionales y circuitales. Le corresponde al Ministerio de Educación de Educación Pública la rectoría en la ejecución de la política de educación de la expresión de la sexualidad humana dirigida a los niños, las niñas y jóvenes que están incorporados como estudiantes en cualquier nivel y modalidad del sistema educativo nacional, así como a sus educadores, sus padres y madres de familia y otros agentes de la vida social con incidencia en la niñez, la adolescencia y la juventud. Como organismos coadyuvantes en esta tarea del Ministerio de Educación Pública, se reconoce la existencia de diversas instancias públicas, entre ellas, la Caja Costarricense del Seguro Social, el Instituto Nacional de las Mujeres, el Patronato Nacional de la Infancia, el Ministerio de Justicia, el Movimiento Nacional de Juventudes, las Municipalidades, la Iglesia, las Universidades, organizaciones no gubernamentales y organizaciones gremiales afines al cumplimiento de esta labor educativa. Con la finalidad de incidir en la formación académica y metodológica de las futuras generaciones de docentes, se propone la formulación y la ejecución de un plan de trabajo con las universidades públicas y privadas que, respetando su autonomía, posibilite el desarrollo de iniciativas orientadas a promover: Políticas de Educación Integral de la Expresión de la Sexualidad Humana 17

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• Cursos optativos que aborden tanto aspectos temáticos como metodológicos vinculados con la educación de la expresión de la sexualidad humana;

• Prácticas docentes universitarias que permitan el involucramiento de los futuros profesionales en la ejecución de proyectos de educación integral de la expresión de la sexualidad humana en los centros educativos;

• Investigaciones y trabajos de graduación en el campo de la educación integral de la sexualidad humana, proyectos y acciones comunitarias en ese campo.

El Ministerio de Educación Pública creará el Consejo de la Educación Integral de la Sexualidad Humana adscrito al Viceministro Académico, quien lo preside, y con la participación de la Dirección del Departamento de Educación Integral de la Sexualidad Humana, un representante de CONARE, un representante del Patronato Nacional de la Infancia, un representante del Instituto Nacional de las Mujeres, un representante de la Caja Costarricense del Seguro Social y tres especialistas en las materias afines a la política educativa de “Educación integral de la expresión humana de la sexualidad”.

Los propósitos de este Consejo son: • Fortalecer las funciones de enlace con las instancias externas al Ministerio de

Educación Pública en torno a esta temática, en particular con el Consejo Nacional de Niñez y Adolescencia.

• Generar la coordinación interinstitucional y de apoyo al Ministerio de Educación Pública en las tareas de ejecución de esta política.

• Fomentar las gestiones de apoyo al Ministerio de Educación Pública en las tareas de capacitación, asesoramiento y supervisión de los funcionarios y las funcionarias técnicos a nivel central y regional.

• Procurar la articulación y congruencia de los programas que sobre esta temática cumplan otros actores sociales, organizaciones no gubernamentales, las universidades, la Iglesia y otros diferentes del MEP.

• Servir de foro especializado para la investigación, el análisis y la elaboración de propuestas en torno al tema de educación integral de la expresión de la sexualidad humana.

Políticas de Educación Integral de la Expresión de la Sexualidad Humana 18

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Aprobada por el Consejo Superior de Educación República de Costa Rica

Sesión No. 28-01 del día 12 de junio de 2001.