UNIVERSIDAD SALESIANA DE BOLIVIA
CARRERA: DERECHO
LA ACTIVIDAD FINANCIERA NECESIDADES PÚBLICAS Y
SERVICIOS PÚBLICOS
Integrantes: Choque Quispe Mabel Ximena
Chura Rojas Jose Luis
Montero Quispe Helen Arminda
Nina Yujra Maria Paz.
Vasquez Mamani Paola Daveiva
Paralelo: 5 A-2
Asignatura: Derecho Financiero y Tributario
Docente: Dr. Baldivia Marín Marcelo Eugenio.
Fecha: 02 de marzo de 2011
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Índice
1. Introducción…………………………………………………………………… 4
2. Desarrollo…………………………………………………………………….. 6
2.1. Doctrina…………………………………………………………………… 6
2.2. Etimología de la palabra finanza……………………………………….. 7
2.3. Actividad Financiera del Estado………………………………………... 7
2.4. Finanzas públicas………………………………………………………… 8
2.5. Elementos de la actividad financiera del Estado……………………… 8
2.5.1. Administrativo…………………………………………………………….. 8
2.5.2. Social…………………………………………………………………….… 8
2.5.3. Jurídico…..………………………………………………………………... 8
2.5.4. Económico………………………………………………………………… 8
2.5.5. Político……………………………………………………………………... 9
2.6. Características de la actividad financiera………………………………. 9
2.7. Finalidades de la actividad financiera………………………………….. 10
2.8. Evolución histórica del pensamiento financiero……………………….. 10
2.8.1. Finanzas del siglo XVIII………………………………………………….. 10
2.8.2. Finanzas del siglo XIX……………………………………………………. 10
2.8.3. Tendencia Contemporánea……………………………………............ 11
2.9. Derecho financiero………………………………………………………... 11
2.10. Necesidades públicas……………………………………………………. 11
2.10.1. Necesidades públicas……………………………………………………. 11
2.10.1.1. Necesidades púbicas absolutas……………………………………. 12
2.10.1.2. Necesidades publicas relativas…………………………………….. 13
2.10.2. Necesidades privadas……………………………………………………. 14
2.11. Satisfacción de las necesidades………………………………………… 14
2.12. Procedimientos del Estado para satisfacer las necesidades………… 15
2.13. Servicios públicos………………………………………………………… 15
2.14. Análisis del concepto……………………………………………………... 16
2.15. Condiciones generales de los servicios públicos……………………... 16
pág. 2
2.16. Clasificación de los servicios públicos…………………………………. 18
2.17. Cuadro esquemático y demostrativo de la clasificación de los servicios
públicos……………………………………………………………............ 19
2.18. Formas de prestación de los servicios públicos………………………. 20
2.18.1. Arrendamiento……………………………………………………………. 20
2.18.2. Concesión…………………………………………………………………. 21
2.18.3. Concierto…………………………………………………………………... 21
3. Conclusión……………………………………………………………………... 22
4. Recomendación….……………………………………………………………. 23
5. Bibliografía……………………………………………………………………… 23
6. Anexos………………………………………………………………………….. 23
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1. INTRODUCCION
En este trabajo conoceremos el concepto relativo a la actividad financiera, a las
necesidades públicas y servicios públicos.
Pensamos que toda población registrada en un territorio debe de contar con el
apoyo del Estado quien tiene la obligación de satisfacer sus necesidades básicas
públicas y otorgar los servicios públicos implementando un sistema de mandos y
equilibrios que se refleje en su desarrollo y así formar una sociedad floreciente,
democrática y estable.
Vivimos en un país con gran diversidad no solo en su geografía sino también
culturas las cuales hacen que cada una de ellas tengas necesidades básicas
especificas y diferentes a las demás. Por lo que el gobierno municipal, tiene la gran
tarea de satisfacer cada una de las necesidades básicas elementales para que cada
sociedad pueda desarrollarse de manera recomendable. Sin embargo debido al
crecimiento de la población, desplazamientos urbanos, desastres naturales, crisis
económicas etc. el gobierno no le es posible satisfacer al 100% las necesidades de
la sociedad sumado también a esto los malos manejos del tesoro público y los
gastos innecesarios que algunos representantes de la sociedad hacen sin tomar en
cuenta la situación actual de los ciudadanos quienes les exigen cumplan con la
obligación que tiene el Estado de brindar los recursos necesarios. Ya que este como
representante del pueblo está obligado a que sus gobernados cuenten con los
servicios necesarios para vivir como: salud pública y asistencia social, educación,
defensa, vivienda y servicios de agua, carreteras, puentes, seguridad etc.
Los gobernados a su vez tienen la obligación de cumplir con sus impuestos al
Estado para que éste obtenga los recursos necesarios para brindarles los servicios
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que requieren. Consideramos que en la actualidad vivimos en una sociedad
problemática, insegura, desprotegida por sus autoridades.
Además el Estado moderno no es más que una comunidad de servicios públicos
cuyos agentes son los gobernantes. Por lo tanto, es de entender que las funciones
del Estado son todas aquellas actividades que los gobernantes ejercen para crear,
organizar y asegurar el funcionamiento ininterrumpido de los servicios públicos. En
consecuencia, cabe concluir que para esta doctrina administración y servicios
públicos son la misma cosa.
A partir de allí, se desprende que los "servicios públicos" son las actividades
asumidas por órganos o entidades públicas o privadas, creados por la Constitución o
por Ley, para dar satisfacción en forma regular y continua a cierta categoría de
necesidades de interés general, bien sea en forma directa, mediante intermediario o,
a través de cualquier otro medio legal, con sujeción a un régimen de derecho Público
o Privado, según corresponda.
Si bien existen características, que se desprenden de los servicios públicos,
encontramos que el mismo debe ser prestado para cubrir necesidades de interés
general, y no particular. Por lo tanto, la prestación de un servicio público no debe
perseguir fines de lucro.
Generalmente, los servicios públicos son ejercidos por un organismo, pero también
pueden hacerlo los particulares, bajo la autorización, control, vigilancia y fiscalización
del Estado, con sujeción al ordenamiento jurídico permanente. En sentido general,
están sometidos al régimen legal de derecho público, pero, también pueden estar
sometidos a un régimen de derecho privado, siempre y cuando así lo disponga
expresamente la Ley.
El tratamiento oficial de la materia de servicios públicos ha pasado por etapas
divergentes de transformación del Estado prestador de servicios al Estado regulador,
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hacia una nueva regulación jurídica e institucional donde se establece
concretamente la función ejercida por la Administración Pública como ente rector de
las políticas públicas, sujeta al servicio público o interés general, estando en
consecuencia al servicio de la ciudadanía sin ningún tipo de distinciones, privilegios
o discriminaciones.
2. DESARROLLO
2.1. Doctrina
Para Gastón Jéze la creación de un servicio público "consiste en disponer que
una determinada necesidad colectiva sea satisfecha con la prestación de un
servicio público". Para la creación de los servicios públicos deben tomarse las
previsiones legales pertinentes a fin de prever en la Ley de Presupuesto, en leyes
especiales y ordenanzas municipales, las partidas necesarias para su organización y
funcionamiento ininterrumpidos.
Para Alfredo Benitez Rivas.
La actividad financiera de los entes públicos es aquella que tiene por finalidad la
satisfacción de las necesidades públicas es la ciencia de las finanzas y hacienda
pública que corresponde al estudio de las leyes económicas tendientes a promover y
accionar sobre esta actividad que se ha llamado financiera y cuyo núcleo se refiere a
la obtención y empleo de los recursos necesarios para el desenvolvimiento de los
entes públicos y del estado. Esta primera detentación del concepto da acto
financiero referida a la hacienda pública tiende como referencia una actividad un
quehacer o el ejercicio de una función que tiene por objetivo la concesión de otros
fines económicos, económicos, sociales, etc. Siendo término, que esta actividad de
contenido económico puede resumirse como lo precisa MUSGRAVE en un proceso
ingreso- gasto es cuando el Estado toma coactivamente de las economías públicas y
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privadas sus excedentes económicos y los utiliza en la creación y sostenimiento de
los servicios públicos para la comunidad o en cierto tipo de políticas fiscales tales
como la redistribución de la renta nacional, la gestión y administración de sus bienes
patrimoniales o en la explotación de empresas estatales que deben ser normadas a
través de un instrumento legal que es la Ley de Presupuesto Nacional. En tercer
lugar Hacienda Publica en un marco subjetivo al referirse a entes públicos se
comprende tanto al Estado como a las entidades territoriales e institucionalidades
con titularidad financiera reconocida en las leyes fundamentales de la comunidad
política.
2.2. ETIMOLOGÍA DE LA PALABRA FINANZA.
La palabra "finanzas" llega de las voz griega, "finos", la cual pasa al latín, "finis", que
significa fin. En un principio se aplico como fin de los negocios públicos; pero luego
surgió el término finanzas lo cual implicaba otros elementos esenciales como los
recursos o ingresos.
2.3. ACTIVIDAD FINANCIERA DEL ESTADO.
Es un conjunto de procesos y acciones públicas para obtener recursos,
administrarlos e invertirlos en los fines del Estado que son a la vez Necesidades
Públicas. Son los actos que realiza un Gobierno en ese sentido, actos que se
encuentran regulados jurídicamente.
La actividad financiera del Estado genera un conjunto de relaciones jurídicas entre
los distintos órganos públicos. Esta actividad financiera del Estado genera relaciones
jurídicas entre el estado y los particulares, y se da en dos situaciones: la primera en
que el Estado asume un papel activo, por ejemplo al cobrar tributos, y un papel
pasivo cuando se convierte en deudor en caso de un préstamo.
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La actividad financiera del estado está constituida por aquel proceso de obtención de
ingresos y realización de gastos cuyo objetivo es cumplir con los fines del mismo.
Se encuentra realizada por el estado, que opera sobre la base de un poder especial
llamado " fiscal" o " financiero" que le permite obtener en forma coactiva los ingresos
necesarios para financiar sus gastos, los que realizará de conformidad al
presupuesto legalmente aprobado.
2.4. Finanzas Públicas:
Tiene por objeto el estudio de la actividad financiera del estado en sus distintos
aspectos.
2.5. Elementos de la Actividad Financiera del Estado:
2.5.1. Administrativas: El estado para funcionar necesita gente y esta es la
parte Administrativa desde la tributaria hasta la defensa, etc.
Administración del estado, Provincia, Municipios, Cada nivel del estado
necesita gente para poder trabajar y es la parte administrativa quien hace
este trabajo. Es la gente que trabaja para el Estado.
2.5.2. Social: Se busca lograr las necesidades de la gente a través de lo social
como el impacto Social.
2.5.3. Jurídico: A diferencia del privado, el estado solo puede desarrollarse a
través de normas/Leyes. En caso de no cumplirse con la Ley se entra en
delito Penal. También necesitamos leyes a nivel de ingresos. En este las
funciones se generan por normas jurídicas, las actividades están
reguladas por ellos, se van a necesitar leyes.
2.5.4. Económico: Es todo lo relacionado con el estado respecto a lo
económico. Si las desarrolla directamente o no. Lo que ingresa luego tiene
que erogar y estas erogaciones hacen a las funciones del estado.
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2.5.5. Político: Es el que diseña políticas en materia de gastos e ingresos. (Son
los impuestos que cobren/ Sobre aumentos que hagan, etc.) Cada
decisión del Estado es política...
2.6. Características de la Actividad Financiera:
El estado moderno para satisfacer sus necesidades públicas, debe recurrir a los
factores de las economías privadas. Esto lo hace por medio de un procedimiento
indirecto y consiste en que el estado obtiene de la economía privada los bienes y
servicios necesarios para cumplir sus funciones mediante contraprestaciones o
pagos provenientes de los agentes económicos. Tango las erogaciones como la
obtención de recursos hacen a la actividad financiera, que tiene por objeto satisfacer
las necesidades públicas y el interés público.
2.7. Finalidades de la Actividad Financiera:
Fines Fiscales: Se materializan con la obtención de recursos con los cuales se
efectúan los gastos que irrogan las necesidades públicas. Son las pautas numéricas
(ingresos/egresos/déficit/superávit) Atiende los fines públicos de modo indirecto.
Fines Extra fiscales: Es todo lo contrario, no se relaciona con lo numérico, busca
el bienestar de la comunidad pero sin mirar los números. El Estado interviene
directamente en las actividades desarrolladas con la comunidad ya sea mediante la
política de gastos como también por medio de los recursos públicos. (Altos impuesto
a las bebidas alcohólicas para desalentar su consumo, en este caso el Estado
atiende directamente el interés público)
Fines Mixtos: Los otros dos son extremos, este conjuga ambos aspectos. Tratan
de que el estado y la necesidad de la Gente anden bien. (Ej. En el caso de los
recursos públicos, podemos tener un impuesto que se aplica no solo para obtener
medios financieros -fin fiscal- sino también para atender directamente el interés
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público, mediante exenciones o deducciones para determinados grupos sociales -fin
extra fiscal-)
Existen Distintos niveles del estado: Nacional, provincial y municipal. Todas
pueden legislar tributos. Estos son los sujetos de la actividad financiera.
2.8. Evolución Histórica del Pensamientos Financiero:
Antes del siglo XVI el sistema financiero no era un todo, sino que el estado era igual
al Rey/ Soberano. Era la época de los Feudales. El privilegio que le daban por usar
la tierra y realizar los trabajos vasallos, se les daba la protección a sus vasallos,
basados en la contingencia, arbitrariedad y en la violencia.
Luego vienen los primeros desarrollos de 1917, aparecen los primeros postulados de
orden religioso, jurídico y moral. Se da una separación entre el estado y el
Gobernante, aparece el estado nacional, económicamente, es la doctrina
mercantilista (significaba riqueza: importar más de lo que se exporta) Surgían
medidas para aumentar ese Superávit, aumentaban los derechos a la importación,
nace el monetarismo y las instituciones financieras.
2.8.1. Finanzas del Siglo XVIII:
Nace la doctrina de los Fisiócratas que pretendían grabar solo la tierra, esta era la
época de dejarlos ser, dejarlos pasar.
Se separa el estado del Gobernante. Aparecen los liberales que concebían al
estado, como un estado pequeño.
2.8.2. Siglo XIX: Autonomía científica de las enseñanzas financieras, se
independizan de las doctrinas económicas, por causas políticas, proceso
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de despersonalización y nacionalización del estado. Crecimiento del
capitalismo industrial, surgen los monopolios y los sindicatos.
2.8.3. Tendencias Contemporáneas: Ampliación del objeto, con nuevas
funciones que el estado moderno fue desarrollando.
Profundización y desarrollo (por ejemplo político económico financiero)
Nuestra ciencia está en crecimiento y no alcanzó su madurez.
2.9. DERECHO FINANCIERO.
El Derecho financiero es una rama del Derecho Público que se ocupa de ordenar
los ingresos y los gastos públicos, normalmente previstos en el presupuesto general
del Estado.
Es un conjunto sistematizado de normas jurídicas que regulan los ingresos del
Estado, el crédito público, la organización administrativa, los presupuestos y la
contabilidad pública; en suma todo lo que tiene que ver con el patrimonio del Estado
y su manejo.
2.10. NECESIDADES PÚBLICAS.- El hombre como parte de su grupo social, siempre
ha tenido y tendrá necesidades a ser satisfechas, estas necesidades pueden
dividirse en:
2.10.1. Necesidades públicas
2.10.2. Necesidades privadas
Esta división responde a una forma académica de exponer los conocimientos sobre
éste tema, sin embargo dentro de la sociedad casi siempre una necesidad pública se
confunde con una necesidad privada o en casos, la suma de necesidades privadas
se convierte en una necesidad pública o viceversa, por ello, conviene reconocer
como principio que todo se refiere al hombre y entorno social y en ese sentido no se
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puede separar con márgenes absolutos las necesidades públicas de las privadas ya
que ambas pertenecen al hombre y su entorno social.
2.10.1. Necesidades públicas
Tienen un rasgo o característica fundamental y es que, se denominan públicas,
porque son necesidades comunes a todas las personas y aparecen como
necesidades al mismo tiempo en todos los habitantes, estas necesidades deben
ser satisfechas por el Estado, o sea por el gobierno que es el representante legal
del Estado. Se subdividen en:
2.10.1.1. Necesidades Públicas Absolutas. Tiene como característica principal, LA
PROTECCIÓN DE LA EXISTENCIA DEL ESTADO y dentro de esta se tiene que
mencionar a tres:
La defensa de la soberanía del Estado.- si no existiera o no se garantiza este
elemento, dejaría de existir el Estado, por lo tanto es necesidad común y que
aparece al mismo tiempo para todos, ya que todos los habitantes de una sociedad,
necesitan de su estado soberano e independiente donde puedan vivir, ejercer sus
derechos correspondientes y desarrollarse plenamente.
La garantía del orden público.- además de garantizar la seguridad externa del
Estado, surge también la necesidad de conservar al interior del mismo el Orden
Público, ya que el cao, la falta de autoridad y el descontrol social interno afecta al
normal desenvolvimiento d3el Estado y perjudica al mismo en el logro de sus
objetivos, por ello esta necesidad también se presenta como común y aparece al
mismo tiempo para todos. El Estado a través de sus representantes legales y
órganos especiales como la policía es el encargado de satisfacer esta necesidad
pública.
La adecuada administración de justicia.- uno de los aspectos más importantes para
la vida social del hombre son las normas jurídicas que rigen su vida en sociedad, es
decir, es necesario contar con el Derecho; sin embargo la necesidad se identifica
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con la aplicación de esas normas jurídicas a los casos concretos, efectivizar y
personalizar el Derecho en los individuos y esta tarea solo es posible si se cuenta
con una adecuada administración de Justicia que esté al servicio de todos ya que al
no satisfacerse adecuadamente esta necesidad se impone la injusticia y la
impunidad que hacen desagradable la vida en sociedad y hace pensar en la
disolución del Estado o al menos en una refundación.
2.10.1.2. Necesidades públicas relativas.- Nacen de la organización social establecida y
son también necesidades públicas, porque son necesidades comunes a todas las
personas y aparecen como necesidades al mismo tiempo en todos los
habitantes, estas necesidades deben también ser satisfechas por ese Estado,
aunque también existen tendencias económicas que indican que estas
necesidades deben ser satisfechas por los mismos particulares en forma
individual o empresarial, entre estas se tiene:
La Salud
Educación
Vivienda
Caminos
Seguridad Social
Infraestructura, etc.
Sin embargo las necesidades publicas pueden ser primarias (inmutables, tienen su
origen en la propia existencia del Estado) y secundarias (cambian o evolucionan en
la historia de acuerdo al rol que se le asigna al Estado en cada momento). Si se
asigna al Estado un rol clásico solo atiende una misma porción y si por el contrario
asume una actitud madura, entonces su actitud abarcara una mayor amplitud: salud,
educación, desarrollo, tecnología, etc.
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2.10.2. Necesidades Privadas.- Pertenecen de manera individual a las personas y se
subdividen en:
Necesidades Privadas Primarias.- Son vitales tienen que ver con lo que es proteger
la vida de las personas, en este sentido se puede comparar en algunos aspectos a
las necesidades públicas relativas, sin embargo la diferencia está en que las
necesidades privadas primarias son tomadas en cuenta en forma personal e
individual y las necesidades públicas relativas son tomadas en cuenta en forma de
grupo social, entre este tipo de necesidades individuales tenemos: alimentación,
salud, descanso y abrigo.
Necesidades Privadas Secundarias.- Nacen de la convivencia social del hombre,
entre estas se tienen las necesidades de diversión, cultura, religión, artes, etc.
Necesidades Privadas Superfluas.- Nacen de la convivencia social, son aquellas que
no son necesarias para mantener la vida del hombre, ni para el equilibrio espiritual;
solamente son necesarias para ciertos grupos sociales que necesitan tener cas y
automóvil lujosos, piscina, jacuzzi, celular, etc. Se discute bastante sobre si estos
elementos realmente son o no necesidades, a título personal, se cree que si, aunque
no tengan el carácter de urgencia ni de protección esencial de la vida.
Se conoce de manera general existen dos tipos de necesidades: las materiales que
tienen que ver con todo lo físico o perceptible por los sentidos, vivienda, etc. Y las
necesidades espirituales que tienen que ver con lo interno de la persona como en la
creencia o convicción religiosa, etc.
Para pagar los gastos que generan la satisfacción de necesidades “públicas” y
“colectivas” se utilizan el dinero proveniente de la recaudación de impuestos
2.11. SATISFACCIÓN DE LAS NECESIDADES.
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En términos generales todas las necesidades sociales sean públicas o privadas se
satisfacen a través de procesos económicos que significa “un conjunto de acciones
por las cuales se producen bienes y servicios para la satisfacción de las
necesidades.
Dentro del ámbito estatal, éste se encarga de estudiar las necesidades en general
pero en particular las necesidades pública, se encarga al igual de estudiar, la forma
de obtener recursos y la mejor manera de invertir esos recursos en la satisfacción de
las necesidades, en todo este ámbito, intervienen procesos económicos, financieros,
tributarios, contables y de presupuesto que en resumen se refieren a las
necesidades públicas y a la actividad financiera del Estado.
2.12. Procedimientos del Estado para satisfacer las necesidades:
Directo o Coactivo: Confiscación de bienes, Servicio militar cuando era obligatorio
Procedimientos Coactivos: Recurre el Estado a agentes privados para brindar
estos servicios públicos. El Estado los contrata para satisfacer necesidades.
Servicios de limpieza de un hospital, esto lo hacen empresas privadas
2.13. Servicios Públicos.
"Entendemos por Servicios Públicos, las actividades, entidades u órganos públicos o
privados con personalidad jurídica creados por Constitución o por ley, para dar
satisfacción en forma regular y continua a cierta categoría de necesidades de interés
general, bien en forma directa, mediante concesionario o a través de cualquier otro
medio legal con sujeción a un régimen de Derecho Público o Privado, según
corresponda".
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Es el conjunto de prestaciones reservadas en cada Estado a la órbita de las
administraciones públicas y que tienen como finalidad la cobertura de determinadas
prestaciones a los ciudadanos.
Son brindados por determinadas entidades (por lo general el Estado), y satisfacen
primordialmente las necesidades de la comunidad o sociedad donde estos se llevan
a cabo. Los servicios públicos pueden cumplir una función económica o social (o
ambas), y pueden ser prestados de forma directa por las administraciones públicas o
bien de forma indirecta a través de empresas públicas o privadas
2.14. Análisis del Concepto.
Cuando dice que «son actividades, entidades u órganos públicos o privados» se
refiere esta expresión a los servicios públicos, en sentido material; vale decir, toda
tarea asumida por una entidad pública, bien se trate del Estado, los Municipios -
personas jurídicas de Derecho Público de carácter territorial- o prestados a través de
entes descentralizados funcionalmente: institutos autónomos, empresas del Estado,
fundaciones, asociaciones y sociedades civiles del Estado (entes no territoriales). No
obstante, cabe decir que el servicio público también puede ser prestado por
particulares conforme al orden jurídico pertinente.
2.15. Condiciones generales de los Servicios públicos.
a. Iniciar y proseguir de oficio o a petición del (los) interesado (s), cualquier
investigación conducente al esclarecimiento de asuntos de su competencia.
b. Interponer, adherirse o de cualquier modo intervenir en las acciones de
inconstitucionalidad, interpretación, amparo, hábeas corpus, hábeas data,
medidas cautelares y demás acciones o recursos judiciales y, cuando lo estime
justificado y procedente, las acciones subsidiarias de resarcimiento, para la
indemnización y reparación por daños y perjuicios, así como para hacer efectiva
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las indemnizaciones por daño material a las víctimas por violación de derechos
humanos.
c. Actuar frente a cualquier jurisdicción, bien sea de oficio, a instancia de parte o
por solicitud del órgano jurisdiccional correspondiente.
d. Mediar, conciliar y servir de mediador en la resolución de conflictos materia de
su competencia, cuando las circunstancias permitan obtener un mayor y más
rápido beneficio a los fines tutelados.
e. Velar por los derechos y garantías de las personas que por cualquier causa
hubieren sido privadas de libertad, recluidas, internadas, detenidas o que de
alguna manera tengan limitada su libertad.
f. Visitar e inspeccionar libremente las dependencias y establecimientos de los
órganos del Estado, así como cualquiera otra institución o empresa en la que se
realicen actividades relacionadas con el ámbito de su competencia, a fin de
garantizar la protección de los derechos humanos.
g. Velar por los derechos de los pueblos indígenas y ejercer las acciones
necesarias para su garantía y efectiva protección.
h. Solicitar a las personas e instituciones indicadas en el artículo 7 de esta Ley, la
información o documentación relacionada al ejercicio de sus funciones, sin que
pueda oponérsele reserva alguna y, formular las recomendaciones y
observaciones necesarias para el cumplimiento de sus objetivos.
i. Denunciar ante las autoridades correspondientes al funcionario (a) o particular
que incumpliere con su deber de colaboración preferente y urgente, en el
suministro de información o documentación requerida en ejercicio de las
competencias conferidas en el numeral 8 de este artículo, o que de alguna
manera obstaculizare el acceso a los lugares contemplados en el numeral 6 de
este artículo.
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j. Velar por el correcto funcionamiento de los servicios públicos, amparar y
proteger los derechos e intereses legítimos, colectivos o difusos de las
personas, contra las arbitrariedades, desviaciones de poder y errores cometidos
en la prestación de los mismos, interponiendo cuando fuere procedente las
acciones necesarias para exigir al Estado el resarcimiento a las personas de los
daños y perjuicios que le sean ocasionados con motivo del mal funcionamiento
de los servicios públicos.
k. Solicitar ante el órgano competente la aplicación de los correctivos y las
sanciones a que hubiere lugar por la violación de los derechos del consumidor y
el usuario.
l. Promover la suscripción, ratificación y adhesión de tratados, pactos y
convenciones relativos a derechos humanos, así como promover su difusión y
aplicación.
2.16. CLASIFICACIÓN DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS:
Clasificación de los Servicios Públicos.
En doctrina existen diferentes tipos de criterios para clasificar los servicios públicos:
1. Esenciales y no esenciales; los primeros son aquellos que de no prestarse
pondrían en peligro la existencia misma del Estado: policía, educación,
sanidad. Los no esenciales; a pesar de satisfacer necesidades de interés
general, su existencia o no prestación no pondrían en peligro la existencia del
Estado; se identifican por exclusión de los esenciales.
2. Permanentes y esporádicos; los primeros son los prestados de manera
regular y continua para la satisfacción de necesidades de interés general. Los
esporádicos; su funcionamiento o prestación es de carácter eventual o
circunstancial para satisfacer una necesidad colectiva transitoria.
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3. Por el origen del órgano del Poder Público o ente de la administración
que los presta; Nacionales, Estadales, Distritales, Municipales y
concurrentes si son prestados por cada una de las personas jurídicas
territoriales
4. Desde el punto de vista de la naturaleza de los servicios, se clasifican en
servicios administrativos y servicios públicos industriales y
comerciales; éstos últimos específicamente referidos a las actividades de
comercio, bien sea de servicios para atender necesidades de interés general
o los destinados con fines lucrativos y no a satisfacer necesidades colectivas.
5. Servicios públicos obligatorios y optativos. Los primeros los señalan
como tales la Constitución y las leyes; y son indispensables para la vida del
Estado. Los optativos, el orden jurídico los deja a la potestad discrecional de
la autoridad administrativa competente.
6. Por la forma de prestación de servicio: Directos y por concesionarios u
otros medios legales. En los primeros, su prestación es asumida directamente
por el Estado (nacionales, estadales, municipales, distritales, entes
descentralizados). Por concesionarios: no los asume directamente el Estado;
prestan a través de concesionarios.
2.17. Cuadro esquemático y demostrativo de la clasificación de los Servicios
Públicos:
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2.18. Formas de prestación de los servicios públicos
2.18.1.Arrendamiento
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Consiste en el arrendamiento por parte de la Administración de bienes o
instalaciones necesarias para la prestación de un servicio público que es gestionado
por el particular arrendatario de los mismos, abonando éste un canon periódico a la
Administración arrendadora. Así pues, el arrendamiento obedece al mismo esquema
que la concesión de servicios públicos, con la diferencia de que aquí los bienes e
instalaciones son proporcionados por la Administración, por lo que la inversión del
particular es mínima. El plazo máximo de duración del contrato de arrendamiento de
servicios públicos será de 10 años.
2.18.2.Concesión
Es el contrato celebrado entre la Administración y un particular mediante el cual se le
reconoce el derecho a ejercitar, a su riesgo y ventura, una actividad de servicio
público reservada a la Administración bajo la supervisión de la Administración titular
de la actividad.
2.18.3.Concierto
Se trata de una forma de gestión indirecta prevista tanto en la legislación estatal
como en la local especialmente apropiada para hacer frente a los servicios sociales
o asistenciales que implica la celebración de un contrato con entidades públicas o
privadas o particulares que vengan realizando prestaciones análogas a las que
constituyen el servicio público de que se trate.
A diferencia del arrendamiento, en el caso del concierto es la Administración quien
aprovecha los locales o instalaciones que tenga el particular para la prestación de la
actividad, limitándose únicamente a otorgarle la condición jurídica de gestor del
servicio público correspondiente.
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3. CONCLUSIÓN
Crear un servicio público significa que el Estado ha decidido suministrar
prestaciones directa o indirectamente a la colectividad, bien sea que el Estado
asuma la administración, la gerencia o el manejo de una actividad para satisfacer de
manera regular y continua cierta categoría de necesidades de interés colectivo
teniendo la iniciativa y el control sobre esta prestación a cargo de las particulares.
Eentendemos por Servicio la organización y personal destinados a cuidar intereses o
satisfacer necesidades del público o de alguna entidad oficial o privada. Servicio de
correos, de incendios, de reparaciones.
Prestación humana que satisface alguna necesidad social y que no consiste en la
producción de bienes materiales.
Actividad llevada a cabo por la Administración o, bajo un cierto control y regulación
de esta, por una organización, especializada o no, y destinada a satisfacer
necesidades de la colectividad. Servicios públicos de transporte. Servicios públicos
sanitarios.
Entendemos por necesidad. Impulso irresistible que hace que las causas obren
infaliblemente en cierto sentido. 2. Aquello a lo cual es imposible sustraerse, faltar o
resistir. 3. Carencia de las cosas que son menester para la conservación de la vida.
4. Falta continuada de alimento que hace desfallecer. 5. Especial riesgo o peligro
que se padece, y en que se necesita pronto auxilio.
Necesidades Públicas son aquellas comunes a todos los miembros de la sociedad y
fundamentales para una sociedad jurídicamente organizada (por ejemplo: vivir con
seguridad, existencia de justicia, defensa de la soberanía o tener relaciones con
otras sociedades).
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4RECOMENDACIONES
Seria ideal que en nuestro país, todos los bolivianos tuviéramos las mismas
condiciones de vida, que a todos los lugares de esta nación llegara el apoyo del
gobierno de manera equitativa. Entendiendo equidad por dar a cada quien o a cada
comunidad lo que necesita para su desarrollo óptimo, entendiéndose pues que cada
localidad o comunidad son diferentes sus necesidades básicas por su ubicación
territorial,ideología,climaetc.
5. BIBLIOGRAFÍA
Diccionario de Ciencias Jurídicas, Políticas y Sociales, Ossorio Manuel, Editorial
Eliasta, Edición 36, 2009.
Derecho Financiero y Tributario, Dr. Mendoza Lavadenz, Juan Carlos; Universidad
Salesiana de Bolivia.
www//monografías.com/impu.impush.
Compendio de Derecho Financiero Boliviano. Alfredo Benitez Rivas. La Paz- Bolivia.
Gaston Jerez, Mauricio Haurio, Dughit.
6. ANEXOS.
pág. 23