Sesión 90.a ordinaria en Martes 8 de Enero de 1928 PRESIDEN('Lt\ DEI ... SEÑOR URREJOLA
lIIDIOE GEBERAL DE LA SESIOll
l. Sumario del debate. IL Sumario de documentos.
m. Acta de la sesión anterior. IV. Documentos de la cuenta. V. Texto del debate.
L-SUMARIO DEL DEBATE
L Se acuerda acceder a la solicitud de don Eduardo Moore, que pide copia de.l informe de Comisión, recaído en la solicitud de montepío de la viuda del teniente coroeel don José Manuel Bravo de los Re-1"".11.
2. Se pone en discusión el proyecto, aprobado por el Senado, que autoriza al Ejecutivo para modificar, por una sola vez, la división territorial de la República. Queda 'pendiente el debate, y el proyecto es anunciado para la tabla de fácil ,dp-spacho, d0, la próxima sesión.
S. IJa Cámara se prolluncia c1ificaciones introducidas do en el proyecto sobre le7 de alcoholes.
sobre la~ IDO
por el Scnareforma de la
4. La Cámara se 'Pronuncia sobre las modificadones introducidas por el Senado, en el proyecto sobre formación de Cooperativas Agrícolas.
5. Ila Cámara se pronuncia sobre las modificaciones introducidas por el Senado,
en el proyecto sobre colonización y arrendamiento de terrenos en Magallanes.
6. Se desechan las modificaciones del Senado en el proyecto que eleva el impuesto municipal, sobre los bienes raíces en la comuna de Santiago.
7. La Cámttra se pronuncia sobre las modificaciones introducidas por el Senado, en el proyecto de eontribución adicional a 108 sitios eriazos y a la edificación inaprÜ'piada en la ciudad de Santiago.
B. A petición del 803501' García Henríquer:, se poster~an para la ses~ón próxima las modificaciones del Senado en el proyecto sobre creación de un COl1scjo Superior de Fomento Equino.
9.· Se acuercj¡¡ suspender la sesión por un enarto de hora.
4712 CAMARA DE DIPUTADOS
10. La Cámara se pronuncia sobre las modificaciones introducidas por el Senado en el proyecto sobre impuesto a las herencias y donaciones.
11. Se acuerda ineluÍr varios proyectos en la tabla ordinaria de la sesión próxima.
12. Se acuerda dejar inscritos para la sesión del Lunes próximo, a los señores AIvarez, Acuña Robert y Ayala.
13. El señor Lois pregunta si han llegado unos antecedentes, solIcitados por el honorable D~putado. sobre la pohlación León XllL
14. Los señores Ugarte y Garcia ÍienrÍquez formulan indicación para que pase d'e la Comisión de Guerra a la Comisión Especial de solicitudes particulares, la solicitud (!t' 1;" sellora Filomena Olmedo, viuda de :,·,¡;·váe~.Los señores Alvarez y Ayala, formulan indicación para que la solicitud (tc don Juan de D. Osses past' a la Comisión de Guerra y Marina .
Ambas indica,ciones fueron después, aprobadas.
15. El señor Edwards iVlatte, formula observaciones sobre el resurgimiento de la zona afectada por el último terremoto e insinúa diversa;; medidas que tienden a ese objeto.
16. Se acuerda tramitar, sin esperar la aprobación del acta, los proyedos alprobado~ en la ,presente sesión.
17. Se a'cuerda prorrog"llT' la sesión, por 10 minutos.
18. El señor ];jdw;) t'd" NIatte da término a sus observacim¡·,.
n.-tH!M'ARIO DE DUCíTMENTOS
1 . .oficio dd ·Sellatlo eH que remite aprobado un proyecto en favor del piloto avia .. dor don Clodomiro F'lg'Ho;·oa.
2. Oficio del Senado en que remite bado un proyecto a favor dé' d,. Francisco Bustos J orquera.
aproO. Juan
3. Oficio del Senado, en que envía aprobado un proyecto que eleva la pensión de que actualmente disfrutan doña Catalina Gutiérrez v. de Gaelz y sus hija:,; solteras.
el. Oficio del Senado en que remite aprobado un proyecto que concede pensión a la viuda e hijas solteras del ex-ministro de la Corte de Apelacioll\~s <le Santiago don Abel Maldonado.
!'i. Oficio del Senado en que remito ,.probado un proyecto de acuerdo que prorroga por tiempo indefi"¡d,l, a la "Asociación de Señoras de la 1 • .lad de San Vicente de Paul ",el pe}'. necesario par::! conservar la posesión ,l. . Os bi~nesraí
ces.
ti. Ofieio dei"' ~ado en qUl' remite aprobado un proyecto d!J Clcuerdo que autoriza al Club de Law 'reunís de lla Unión. para ,~onserva,r la pOíwslón d" nn bicn raíz.
7. Oficio del 8enado en que remite aprobado un proyecto que autoriza a la Quinta Compañía de Bomberos de Antofagasta para ennSCi'V:lr la posPRión de un bien raíz.
8. Oficio del l::lCJl3,do en l] uc remit::.: aprobado un proyecto que autoriza a ]a institución denominada "Suddha Dharma Mandala Videjalaya, Sección Chilena". para (;on¡;V'rvar la. posf'sión di~ un bien raíz.
9. Oficio del l::lenado é'll tI'le remitp. aprohado un proyecto quc autoriza al" Club Musical Obr,;ro de La Unión", para, conservar laooseRión de un bien raíz.
10. Ofi('io del Sfn~Hlo en que d,:~vuelv(
aprobado el PI'oYC(;to que liber','! de deeechos admmero~ nll1:\ ('statua de bronce y accmwrios de mál'ffiol al mausoleo qUf'
la Colonia Ita liana posee en Santiago.
~""-90.a SESION ORDINARIA EN 8 DE ENERO DE 1929 4713
] l. Oficio del Si:maJo en que devuelve aprobado el pro.p'eto a favor de onilLuis Amador Vega.
12. Oficio del Sen::¡do ~JJ que devuelve aprobado el proyeeto que conc(:dE' penI:lión a doña Emilia Williamsv. de Aravena.
13. Oficio del Senado en que devuelve aprobado el proyecto que concede pensión a doña Filomena Lemus v. de Galdames .v a doño Filomena Galdames.
14. Oficio Jel Sellado en que devuelve aprobado el proyecto que autoriza al Diputado don MaxÍmÍano ErrázurÍz para permanecer ausente del país por más de un año.
15. Oficio del Senado en que d'~vuelvp aprobado el proyecto de acuerdo que autoriza al Club Alemán de Frutillar para conservar la posesión de un bien raíz.
16. Ofieio del Senado {m c¡u:~ dw,'lw}ve . aprobado, con una modificación, el pro
yecto que decl:lra de utilidad públiea los terrenos y agun.s necesarias para la f'je<mción de obras de agua potable.
17. Ofieio de] Senado en que devuelve aproba ",·nll .. f;«',(-'(~F' ,,1 n"w"',,_ to que l't'fonua la ley que c:,:,eó ~,] 11,.;j;
tntn ck CréJito Tndustrinl.
18. Oficio (ld ::-\eTIndo en que manifiesta baber descehado el proyecto quc concede pensión a don .Juan Alberto narrasco Mardones.
19. Oficio del Senado en Que manifiesta haber aprobado las modificaciones Je la Cámara al proyé'cto que ratifica algunas disposicÍone" dd decrto 2,062, de 2:~ de Diciembre de 1927, que reor-gani7.ó los Serviciol'> de la Dirección General i!(' EstadÍstica.
20. Oficio del Se11ndo P11 que comunieo hober desechado la modifieneión d~ la Cámara f'n e] proyecto de P(''1s;ón :l la viuda e hijos m¡;l1Ol'es de] f'x-can;tán de de navio don Vicente Merino .Jarp:>.
21. Oficio del Senado en que manifi¡:stl1 haber insistido en li1 aprobación de la modificación introducida al proy¡~cto sobre cont.ratación de empréstitos pUl-a ];-1 CO.llS
trueción de eaminos.
22. Oficio del Senado en (tU'" mmüftesta no haber insistido en el rechazo del proyecto a favor· dn don Pedro Rivas Vi"Cuña.
23. Informe de la Comisión de ffaci.erlda sobre el proyecto de Pt'l1SiÚll a la viada de don Frank Gomien 'frllmhuH .
24;. Informe de la Comisión de Hacienda sobre el proyeeto que modifica alguna¡; disposiciones )'cferentes :11 implPsto 8. IOfi
minerales de hierro.
25. Informe de la Comisión di' Hacienda sobre -el proyecto de exención d'e impuesto a la renta de salarios, sueldos o cualesquiera. otras remuneraciones inferiores a 20 pesos diarios que perciban las personas obligadas a acogerse a 1:, Le:\ de Seguro Obligatorio.
lIJ.-ACTA DE LA SESION AN'rJiJR(()l{.
El acta de la sesión 88.a ordinaria, cf~lebrada el día 3 de Enero, se dió por aprobada por no babel' merecido observación.
El aeta de la sesión 89.a ordinarht, celebrada el 7 de Enero, queaó a ili<¡posición de los señores Diputa(los.
Dice así:
Sesión 89.a ordinaria en 7 de Enero de 1929.
Presidencia de 106 señores Urrejola y De la Jara. '
Se abrió a las 16 horas. 15 minutos y asistieron los señores:
}, cnñfl R., Bpnig-no :Eeha\"arría, J. Antonio Aeh:nán A re", Cllrlns FowanlR 'L. Tsmllel Ahmo!, B'lrro~ .. L¡;is Elgl1Pj;~. C:!rln¡;¡ Re .A nínglliz n., H onl('io Gan·Ífl H., J gario -I~lm¡¡~ n., RodoJfo (inm-á:L7" Carc1f'ni(; "yall!. Luis' G"tiérrf'',l. Anfhal C"nto, H3Jap l (1 ... 1 Glltif'rrez A., Rm19meJ C,,}\tn'rfl !', f)omingü Gllzm~n :M, l\:j"ruc! Crn7i1t Vjf"f!fhl , Mall!1PIGfI?,nJiill. ~amue! D.,rán, Dnluingo Hfrqníñigo, Alejandro
4714 CAMARA DE DIPUTADOS
Ltt,·lier Elgart, Pedro Hí08, J !¡an .Anhmio Li"l'rlJ. Tito V. Hivf'ra Baez~, G.18tavo Loi.~, Arturo l~i.-~ra S, NarcISO Lores. José l{, Rojas R, Armaudo M:\uquilef, Mauuel Rubio, S tlltiago }[¡'za, J', M guel ele laR>tlinssFupnzalid¡., P. :Melél1dpz, Héctor M. Sepúl veda M.o José L. MtlZ'. Rivem. Aurelio Sf-\púlveda h. R,món Monteduos, Artun l Silva l>mpo,Gllstavo Morales V., Virgilio Silva LastrH, Hafa~,1 Moreno E., P',fael Silva P., Ramón Návarreu... MlII<f¡d J. Solar, Domingo Onego Puelma, Jorge T,-'gle R., Joaquín Ortpga M .• Rude(:indo T,,¡n's C'
l If'aut'o
Veña ViJialón, L%8, o Ugarte B., Rugelio .pereira, Luis U l'/'utia M .. Ignacio QIl6verlo V., Abraham Valencia e., Luis A RetamaIBi.l, Nícatsio Val'as C .. F H'llando Itere:> DillZ, ¡'t'(j 10 V prg¡'f", L., Ca: 1(\1; Reye:-< dl'¡ B., !i;nrir¡;;oVieuña, Angel C.
El Sl'üret;u';o /:lpiíor ~;rl ázuriz .M:ackenua y el Prosfl(;r"h'Hio s!:'lñor Echanrl'en Onego.
Se dió cuenta:
1.0 De un mensaje de S. E. el Presidente de la República, eon el que somete a la consideración del Congreso Nncwnal, un proyecto de ley sobre Registro Civil.
Se mandó il Comisión de Legislación r .Justicia.
2.0 De un oficio del señor Ministro del Interior. con el que formula diversas ob(';e,', 'vaciones 1'espedo de la tOI'maeomo ('1 Honorable Senado aprobó el provecto sobre aumento de la tasa de la contribución municipal de In, comuna de Santlaf:o.
Se mandó <i(!T't3gar :1 lOR alltr(l(,drntc~ del proyecto en tabla.
3.0 De do~ oficios del señor Ministro de Hacienda:
eon el primero formula algunas observaciones acerc/"!, del pro:.rccto en 5.0 trámite sobre refo:rmn de la Loy de AlcollO](~S,
Se mandó ngregal' a JOfl antpcerrentc3 del proyecto en tab b, .
Con el sc~undo indica la forma de financ;:9,mient~ del proyecto de 1:':' fl1L~ concede una "pensión de g-racía a b vipih ilel nx-eontpoo-r PRg'ador del MinisteY';o~1' Ril<l1(mda don Frank Gomien.
Se m8,ndó 1'rtreg'nr a BUS antecedHItns nn Comisión dr Raehndn,
4.0 De un oficio del señor Ministro de Marina, en el que hace presente que por estar pendiente de la resolución del Gobierno el asunto relacionado con la devolución de fondos retenidos a los movilizadores de la Aduana de Antofagasta, no puede enviar a la Cámara los antecedentes pedidos sobre este asunto por el señor Reyes. '
Quedó :J. di.sposición dc los señores Diputados.
5.0 De seis oficios del Honorable Senado:
Con el primero manifiesta que ha tenido a bien aprobar, en los mismos términos en que lo hizo esta Cámara, el proyecto de ley que determina la forma de emisión y servicio de los emprPRtitos :lnt01'i:¡;ados en favor de la Caja de Crédito Minero y variruJ Municipalidades de b República.
Se mand6 comuniC':u' a S. E. el Presidented!' la República.
Con los cinco siguientes, remite aprobados, con modifi caciones, los siguientes proyectos de ley:
Proyecto qlJe modifica la ley sohre Herencias y Donaciones;
Proyecto que crea el Consejo Superior de Fomento Equino;
Proyecto que estableel~ un impuesto adicional a los sitios eriazos y a la edificación inapropiada; y
Proyecto que aumene,! h!. tasa de la contribución municipal de bIenes raíces para la comuna de Santiago.
Con el último. uE'nificsfn n]".(' hr,. tenido a bien insistir en la aprobación de algunas de las modifieaeiOIlCí{ que babia introducido eu el prcsup,¡c:,:o sobré' reforma (l~ la Ley de Alcoholes.
Quedaron en tabla.
6.0 De una comunicación de 1:1. Co¡n:si{m de Gobierno Intrrior, en la que manifiesta que la solicitud prrsrT1tada por don Ramón Luis Valderrama Iúrn, en ]a que solicita 1m a bono de ii.ños d p, scrv;cios, que se enellentra pend,iímte ele sn c0l1sid21'::ción, dehe ser infonartd n, v"r la Comisión Fsné;cial de> S()licitnd(~s Pt>T"t:('ulal'c~l o por 13 Comisión ne Edu:'ac'óll PlÍ1:'¡">~~l. lV'W tratarse de servicios -Pl'llstados en 1:1, l'íJma de 111 Edu-. , eneJon.
Quedó en ü'hla y Sl~ f!¡>ordó enviar este proverto 11, 1n Comisión E~recinl (lA Solicitudes Particulares.
90.a SESION ORDINARIA EN 8 DE ENERO DE 1929 4:715
7.0 De dos informes de la ComisiólI de Gobierno Interior:
El primero, recaído en el mensaje que autoriza al Presídente de la República para modificar, por uml sola vez, la actual división territorial del país.
El segundo, acere a de la moción subscrita por los señores Letelier don Gabriel, Moreno Echavarría y Vicuña don Angel Custodio, que establece que los vehículos de ciertos funcionarios públicos deberán llevar un distintivo especia] para facilidades en el tránsito.
Quedaron en tabla. 8.0 De dos informes dI' b Comisi6n d,)
Relaciones Exteriores: En el .primero, reeaÍdo en el proyecto de
acuerdo remitido por el Honorable Senado, que aprueba la Convención Intel'l1acional de Defensa Agrícola, subscrita por el Gobierno de Chile, en Mont\.'vicleo .• ,1 10 dI' Mayo df' 1913.
El segundo, respecto del proyecto qUE'
dispone que la actual Legación de Chile en Francia, lo será en lo sucesivo en Francia y Suiza y traslada a Bélgica la at~tual L('gación en Suiza.
Quedaron en tabla. 9.0 De dos i.nformes d(~ la COllüsi,ín de
• Vías y Obrns Públicas: El primero, ¡,('caído en la solicitud pre
sentada por llon Jorge BCIlPmoIlt W., en la que pide se le otorgue el derecho a ;jubilar en detp;'minachs condiciones.
So fiumdó a Comisión Revlsol'l! clP Pl,ti-('iones. •
El segund.o, sobre el proyedo yue J,uto-riza al Presidente de la República para entregar a la Empresa de los FerrocarrileR del Estado cierta Ruma de dinCl'o, a fin de que dicha. Empresa se rceihn drlF'crroc':¡rril de Coihueco a Niblinto.
(luedó en tabla. 10. De dos 8011citudc)s pal'ticuiarl'.s: 1111 primer:', dr doñ.!l Mnría del Carmen
y doña Leontina dd Carmen B[LJTCT:1 Pnrra~~uc%, 1;11 1:1 o !~I? r~?,jcp se, 1n~ 0o~('rd:l
rnnr,iór. (le gT:Jci.a. lnJ. S':~.'Z~lr~:~., d\~ do;,~ -!.T~·'~nn cL~ r)~f}3 0!-:\s( ~
Castro, en Olla pide se le ('.(¡'leerln rld.()rm;n?d:l pensión de r('tiro.
I~,~ rn:~ndar('n ?, Coroi0ti6p ~~Fpc(',i:d, 1~0 Rnk~ítun ,·s Parti cnJarcs.
No hubo tabla de fácil despacho.
Dentro de la orden del día y a indicación del señor Lisoni, se acordó tratar sobre tabla los siguientes proyectos de origen del Honorable Senado:
Proyecto de acuerdo que aprue.ba la Convención Internacional de Defensa Agrícola, subs-crit.a por el Gobierno de Chil~ en Montevideo, ellO de Mayo d'e 1913; Y
Proyecto ·que dispone que la actual Legación de Chile en Francia lo será en lo sucesivo en Francia y Suiza y traslada a Bélgica la actual Legación en la Repúhlica Suiza.
Puesto en discusión el proyecto de acuerdo relativo a la aprobación de -la Convención Internacional de Defensa Agrícola, se dió por aprobado sin debate y por asentimiento tácito, en los términos en que fué informado por la Comisión de Relaciones Exteriores y sancionado por el Honorable Se-nado.
El proyecto aprobado dice COIDO sigRe:
PROYECTO DE ACUERDO:
u Artículo único .-Apruéba8e -la Convención Internacional de Defensa Agrícola, subscrita por el Gobierno de Chile tu Montevideo, ellO de Mayo de 1913".
Se puso en discusión general y particular a la vez el artículo único de que consta el proyecto relacionado con las Legaciones de Francia y Suiza y usaron de la palabra los señores Urrutia .Manzano y Lisoni.
Cerrado el debate se puso en votación el artículo y se dió por aprobado por asentimiento tácito, en los mismos términos en que fué informado por la Comisión de Relaciones Exüeriores y sanr:onado por ~l Honorable Senado.
El proYt'\'.to aprobado diec como sigue:
PROYECTO DE f.JEY:
"Artículo úll;co.-La 8.ctual Leg-flción de Chile en F",m(' lil, lo scrú en los succilivo en Francia y '~üjci1: y f!"il'lLí.das(' a Bélgica la actm;l Le?ac~iÍn de la Rrpública Sui?;a, 801'
vidí] por un ·Ministro R;sidc·nt,,".
4716 CAMARA DE DIPUTADOS
Dentro de la orden del día, se pasó a tratar del proyecto en -trámite reglamentarío de segundo informe, sobre autorización al Presidente de la República, para dictar una Ordenanza General sobre Edificación, a fin de aminorar 'en lo posible los riesgos de terremotos, incendios, etc.
El Iseñor Urrejola (Prelsidente), en conform~dada-l Reglamento declaró aprobados los artículos 5.0 y 8. o, por no haber sido objeto de indic,aciones durante la dis,cusión general ni d'e modificaciones €·n el segundo informe.
;Puesto en discusión el artículo 1. o, usaron de la palabra los señores Sepúlveda Leal, Edwial1Cls Mat~e, Durán, Queved!Q y Oruzato
Cerrado el 'debate, se puso en votación leste artículo y se dió por aprobado en la Jormd propuesta por las Comisiones de Gobierno Interior y de Vías y Obras Pública-s Unidas, en el segundo informe que emiti€i'on acerca de e~teproyecto.
Se puso (m discusión ,él artículo 2. o, y usaron de la palabra los señores Durán, Cruzat y Onego.
Cerrado rJ dübate se dió por aprobado este artículo, en la forma indicada en el segundo informe.
Se pa,"ló a discutir, en s,eguida, un artículo nuevo propuestos por las Comisiones Unidas en el segundo informe, para que figure a continuación dE.<! artículo 2.0
Usó de la. palabra el señor Urrutia Manzano.
Cerrado el debate, fué puesto en votación y se dió por aprobado por asentimiento tácito.
Se puso en dis,cusión el artículo 3. o y usó de ,la palabra el señor Urrutia Manzano, quien con el asentimiento unánime de la Cámara presentó la siguiente indicación:
,Para reemplazar los incisos 2. o y 3.0, del artículo 3. o por el siguiente:
"Si no hubier'e en el departamento ninguna ,ciudad de más de 20,000 habitantes, el Munieipio de la ciudad ca bocera tendrá la ohli:,~;\ción de· designar un Director de Obras Municipalcf;" Ingeniero o Arquitecto, cuyo sueldo se costeará por todas las Municipalidades del departamento a prorrata de sus entradas y este funcionario atenderá :r¡s serviclós a que se pe·fiero la presente ,!~." en todo el departamento".
. -_._--- -,".~-'---_._ .. _-'_._-_ .. - --_ ... - '.--_._.,._.-.- ~._--_ .. ----.-._."._~ .. _-----~
Cerrado' el debate s€· dieron por aprobados por asentimiento tácito, la indicación del señor Urrutia Manzano y el inciso 1. o del artículo 3.0, en -la ' forma propuesta pOl' las Comisione-s Unidas en el segundo informe.
Sin debate y poI' ,a-sentimiento tácito, se dió por aprobado el artículo 4. o en la forma que aparece redactado en el segundo informe.
Puesto en discusión 801 artículo 6.0, se dió ,por aprobado sin debate y por asentimiento tácito en la forma propuesta por las Comisiones Unidas, en el primer informe que emjüeronacerca de este proyecto.
Al aprobarse cl artículo se· hizo en la inteEgencia de que quedaba suprimido el inciso 2. o que otorga fa'cultad al Ejecutivo par a imponer multas a los Alcaldes.
Como al despacharse este a,rtículo, I!ll lo" términos en que fué propuesto en el primer informe, quedó subsistente dicha disposición el señor Urre;iola (Presidente), en el cur~v de la hora de los incidentes, hizo presente a la Cámara esta sit'uación.
Usaron de la palabra, acerca de este partieular los seüorcs Cruzat y Urrutia Manzano.
Por asentimiento unánime se acordó reabrir el debate rospecto del a.rtículo {).o y • suprimir el inciso 2.'0
Sin debat'e y por asentimiento tácito, s& dió por aprobado el primero de los artículos nuevos propuestos 'en el segundo informe para que figuren a continuación deo} 6.0
Puesto en 'dis,cusión, el segundo de los artículos nuevos, el señor Cruzat Vicuña, con el asentimiento unánime de la Cámara pr('sentó la siguiente ind'lcación:
Para agregarle coom inciso segundo el siguiente:
"Serán aplicables a estos bonos las disposieiones de las leyes número 4,230, de 22 de Diciembre (le 1927, y número 1,410. de 10 de Septic·m bre d~~ 1928, sobre exenciones de impuestos, así como las disposiciones de los decretos dp Hacienda número 2,252 bis, de 11 de Junio do 1H28; número 2,658 bis, do 7 de Diciembre r1e 1027, y número 46, de 7 de Enero de llJ28".
Por asentimiento tácito, se dió I)lIr aprobado el artículo nuevo, conjuntament'e con la indicación formulada ~¡"U ,'cspreto por pI señor Oru2a1' Vieníia,
90.a SESION ORDINARIA EN 8 DE ENERO DE 1929 4717 ---~_. -~_.~- _ .. - .. __ . _ ... ------_.- . __ . ~._._--' --- -
Sin (kb(lte, y por asentimiento tácito, se dió por ap'r'obado d ad leulo 7. o, en la forma que lo )'edacíaron b1'<; Comisiones Unidas en su g,;gundo infor;,¡u.
Pos"b::"inrrnl'1l1(' ,,) s('úoe Ol'rego, solicitó ,(o reabL'iera d t1c'!wte l'e~p('<'to de· estc artícnlo, H fin el,· (¡UC Úl\'SC admitida a vota(,Íún la~ig"¡¡it,nt(' indica(,ión que presentó Su S"ñoP1Ci
Para suprilOir Ju (·(Jlt.illnciún "y" qne fi:!urit a ¡';OT!'j 1I1lil(~iúll d, la palubl'a "Municipalidad CtS·, y paril el ;minar la parte final que dice: "siempr\' que no estén en contraposición con la Ordenanza General".
Tlsó d(' la palabl'a a t'ste respecto 'eJ señor Rivera Baexa,
Por asentimÍc-n10 unánime se acordó rcabril' e1 debatí' acerca del artículo 7. o y se djó por an~'ob:{d:l la ;ndiea(,ión formulada por el >leñor Orrego.
Se puso en discusiún el artículo nuevo propuesto para que figure a continuación del 7.0 y u';(' ¡J(. la pa!:lbra rl sc-ñor Edwards ~ratte,
CerradG c. dl'bate' fué puesto en votación y s'e dir, ¡WI' aprllhildo por ah~ntimi.ento tácito.
1;1 úiseusióll de este PD los términos si-
Qued6 tnnl¡inalla proyecto y apl.'oh-lt1" ~'1
.. Artlc1iÍo 1.0 Sí' ¡-¡urc;'iza al Pres:dcntc; dí" iaRepúhlkJ. p;ll'a (¡ur, sin pc,l'juicio de las fal'nH~aes (jitE' :i? 1e~T ("'11ficl'o ¡\ las }ll1llicir;·lrdHdp>:i~ di,:<t, ()r·d.~'nau~;aG (}enl'ralc~ {lue est;l.b]c7.(~¡.:n ']r,» uornu:s a que debed sometI'l'S3 in con,,' rllc(',ión de cc1ifieios y otras obras, ",n 11lS ·li:,;tint¡¡~ zonas. del país detorminand{~ su ¡; :,u l'a mú:;::m¡t o mínima, la natur::lI,cz,-, d:: ,,-¡::; matt'¡':aJes, las condiciones quedc;brm rl'!lll!'I' p,:ra impedir ;.:u caída y li! :lrO;¡'l.·~;i(·i('D de lo, inclmdios :' para evitar, en JO p«b](', lo, l'i,~s.gos do terremotos 11 otros feuú'¡!l rfl os, csot,ciaIlllcl1te {~n lo re-1¡¡,lVO l;' 1,'::".1 r'c", : ~l,_ ~i,IS, hntcJe;;¡ y demús establt;eiuLi~~gJto~ dl,'sl :na~los n rf-'·unil' fP_an n{v;,'.ro d flITSOi:"".
I~)] ¡,¡e; miS[l'Ul¡< o,'d:'n:ll1¡;;aS fl'e establecerán hs eonuicío'¡"", :n,ínimas de lIig'iene, salnbridild Y1.SPC{'Lr, l~xt('I';(l" (¡ue dc-hen rennir los (;d~f;c¡(1!" SC'~~(m "U r"j"-nnlleza y ubicación, y podrá ;J1!tO!,jz1'r la ,L :it!'ucción o re¡:Jftra"ión de Ir·". qll ' ;lm,,"rJ:1PPTI 1'lliua's. tanto inte·
ríor como exteriormente. sin pe'l'JUlC,'O de que los particulares afectados con estas medidas, puedan reelamar a la justicia OJ'
dinaria, dlI1tro d,- los quinr.e días s¡gl1;l'nh~s al decreto respectivo, en la fOl'ma estable· cida en la Ley de Ylunieipiüidades.
Art. 2, o :Nadie podrá eons'ru:i' ni efeetual' re¡;arilciOlH'S y tnmsforma(:~()nes df' imporüll' oí a. sin pennjso de la :mto";dao local. E"te pprmiso S!TiÍ :1ee<'8ar10, tan· to para construir eomo ;¡al',,\ "'p,('~H1~trui~ lo;: edificios exish'nh's,
Los planos y espceificaclon,.s dety,'{on ¡le-. val' la firma de' una p',~rsona eompetente, dracue,rdo con lo que f:stablezca la ordenanza,
En las gr,md('s construccionl's o en las d[~ naturale~a e~rwcial, la autoridad '')('al podrá exigir que, junto con los planos y esp(\· cificarioncg SP 1", pn'spnt"ll los r-ál.:;u1os dl~ esiabJidad _
Art. 3. o Para los efectos al' e-;ta le')', se ent'enderá por reconstrucción:
1.0 Rehacer completamente, O en su ruayor part\'. (·1 l'dificio o euerpo de edificio que se halle al costado de una vía pública.
2, o Ej:'cutar en la part'(' o cieno C'xtC'rlor de la propiedad, reparaciones, apertura o cierro dl' pUi'rtas o vt'ntanas '-1 otras obras
-qUG remuevan dicha pared o cieno, ,,11 su totalid'ld o <~n más d n la mitad .le su :<llfH"l'
ficie, :3, o R.dlov;:¡r totalmPl~h'. o (']) :".1 ¡;;ayor
parle, el C;lllj,,!ÜO o pf1rte di' l;¡ y;c;¡"'á de 111 calle,
4,0 T.ievan~D.r "n ,,¡ "clii':("o lE'. ¡J;¡CYO piso que cargue sobre el cierro o pared externa, a no <;er que, pan' l,-,y,,~lt;n'\I).i\()· sr trabaji'cn d;chél p;¡~fél. o/'T'(l '11 :rUWl O" 1,,'·
fuerzo, Art. 4,0 En los Prelsupuersto.'l l\lunicipa,
les de las ciudades de más de 20,000 habit8ntr's. deberá cr)lJsniiars iO el ':ar:ro de UD'
Dil'ectol: de ()bl'US ~Vl1.:'1-';c:::)nl:·s. ~D;--.'i_~nic~ o () arqu~teeto, H enyo rur,~'O ,_,siará todo 10 rc,hlC:Oll"c!O ('on d ¡'s~\16io ;' ;11':;' t;'·ón d,- las díspo~~,~íencs relativas a 1'1 re:.rL:;ü1(']'tación de las cons~rl1ccion;·,. ," !B "1r"1',:i'T.ilallc·;a ele 1" eOlls~nll~;~jó,l ele' 11s Oh~"l'. y qm' s;:"á l'rfipOW,,,bk d,' le1 af'r0barió-,1 '1e )05 proyectos OU\~ no T·c·nné1."n ~as dcbid;-i~ \:.oncE,~)icn~~~s:
di' Co'C:':nridad. sin n"rj 11lcio de 1;: r2s;JOns;~h( lidad q;¡e ;¡fW,t0 al Alcald(' ant,· ,,1 EjP(':, tivo.
4718 CAMARA DE DIPUTADOS
na ciudad de más de 20,000 habitantes, el Municipio de la ciudad cabecera tendrá la obligación nc des:gnar un Director de Obras Municipdcs, ill',;cniero o arquitecto, cuyo sucld (1 S'fe costear[¡ por todas las M llnicipaiidad~Js de·] cleparramento a prorrata de sus entradas .v rSer fUIlcionario atenderá loS! servicios a que se refiere la presente ley en todo el dópm'tamento.
ArL 5. o Las~![uujr;palidadrs de las ciudades de más de 20,000 h8 h:tantcs y las demás quü fU la. Ordcnan;:a se indiquen, someterán al Presidente de In R'Jpúbllca, dentro d81 plazo de ti me-ses, un fl'1teproyecto de transformación de la cinJad. ~'3obre la base de este anteproyecto, el Pl'csid2nte de la República ordenará confecc'¡onal' un proyecto dofinitivo, en conformidlld al canl, una ,vez aprobado, 80 darán la~ línea,; para ~dificar.
Los ter'renos que, eH conf,;rmidad a pstas líneas, qUf'den sin ocupación al frentr o al costado de los ed:Iicios en la parte colindan-o te con las vías públicas, eontimlarán bajo 01 dominio de sus dueños, mientras se proí~ede a su adquisición por III autoridad correspondiente.
No se podrá 'efectuar nuevas construcciones ni obra"! de reparación o consolidación de las existentes, en los terreno's nece-sarios para el ensanche de las calles, que consulten los plallos aprobados por 'el Presidente de la Ropú b lica .
Art. 6. o L·as infracciones a esta ley y a la Ordenanza a que se refiere su artículo 1.0, podrán sancionarse con multa a beneficio munieipal proporcionales a la infracci6n y
, hasta de 2,000 pesos sin perjuicio de la paralización Je la obra, o la rlpstrueción do la parte mal edificada.
En cumplimiento de las disposi411ones de esta Ordenan'za y el pago de las multas en que incurran los infractores. sÉ~ ordi'onará por el Alcalde l'E>spectivo, administrativamente.
La parte afectada podrá rec1amar dentro del plazo de 15 días, ante la justicia ordinaria la cual resolverá ('11 TInlea illsjam~ja brevo y sumariamente.
Art. 7. o I,& Dirección Gt>nerlll dE: Arquitectura tendrá la supervhdlancia y fiscali· za'ción superior del cumplimiento de las disposiciones de la presente ley y podrá suspender hasta por uu mes sin goce- de sueldo :l. los DireetOl'fCSI dr Obras YluniclpaJrs 1)01"
omisi6n en e] cumplimiento de sus debcrea. debiendo remiLr los anteccdentüs a la Municipalidad respectiva para los efectos de las demá8 medidas que a ésta corresponda adol>" tal",
}HL 8.0 Se declaran de utilidad púhlic:l las propiedades partlcu1arc·s que se a,;cesiten para la apertura de nuevas calles (} lM!'íJ. la transformación de las existentes, de a'2uc:¡~rlo con los planos qne apruebe el Pl"ésiélonte di> la República, en conformidad eon el ¿'rt1culo 4. o dc la prcsentc ley. La cxp:ropit!'~;,1n s~ hará de acuerdo con lo d\s-
'm Jn iry 3,313, de 21 de Septiembre y se· awrdaráen la forma es:ableci
<l:: ,on h, L2y de Municipalidad/ls, Al't, 9. o Se autoriza a las Municipa
ldFd'~~:l'arn. que, con antori:>;ución del Pre;:;iCicnL,; de la República puedan emitir bonos /¡;¡2ta del "irte por órnto Or,. ínte~és y uno "o)' 152cntoje amortización, euyo p'l"oducto ~k de:stilJará al pago de las expropiaciones que Sí' efe'etúeu en eoriformid.nd hí e-ata ley.
Serán aplicables a estos bonos las di&po.s?i;iüU8;'; de las leyes número 4,230, de 22 de IL,iemhre de 1927, y :vúmern 1,410, 'ir JO de Septiembre de 1928, sob'!'e 'e~c-nciom'S de impuestos, así como las disposiciones de !m~ d':crctos de Haciemb. número 2,252 bis, de 11 de .Junio de 1.982; :aúmero 2,658 bis. de 7 de Diciembre de 1927, y ::rúmero 46, de 7 de Enero de 1928.
LaB Municipalidades consultarán anllaIme,nte en su presupuesto, los fondos neee-sarios para el servicio de c-stos bonos".
Art. 10. I,as Municipalidades, y Mn
la uf!)'obaeiúll de! Presi:d·f,nt",cle :ta Repñbliea, podrán dietar ordenanzas lo-cales de ~di:fic<lción, Robre las mismas maürrias a que :'le l'efi"re la IH'Q,wnte ley, siC'illDre que no es.tén en (jJ)ntrapos¡elÓ'n 1'011 la Orai\nan'za General,
Art. n, Se uuto-rlZ8. ,\ las lmrt1tneiones hipotecarias regidas po:r 111. ley de 29 de Agosto de 185fl, para que eoneedan prés.tamos con la garantí:? dI) las propiedades que se construyan en condiclü:'lCs aBÍsmieas. hasta un seS,:J1Ül. y ÚOCO por de:nto del Ya
lor conjunto de los kl'N'n03 J cd¡ncio~, Art. 12. bí presente ley l'pp,irá ¿¡!)Sdp su
publicación en 01 Diario Oicial",
El seño:r Urrejola. (PrcslGlente), ma:niÍes-t6 que Be encontraban poendif>utf>s de la con· sideraeión de la Cámara., dt1/'el'8O'R1 proyec-
90.a SESION ORDINARIA EN 8 DE ENERO DE 1929 4719
tos devueltos· por f·] Honorable Senado en tercero cuarto \' quinto trámít~ constitu<lional ~ que regiamentariamente correspondía pasar a tratar sohre tabla.
D-j:~h(:s l/:"OyC"í I;~; "~~r, ~,~~~ ,~ig'ujentes:
1. o Pr"j'pr', (l ,'n il. o tl'ií.m::.' f~onstitu.· clonal sobr2 ¡,¡'fonEr. a. la ie.y <.b Ai,:cllú1es;
2.0 P1'oyer:lO"il CU81':0 trámití' ronsütu-,~ional ;,'1on, fo:. ma'¡,~:n d C:oopelilT,iva:-: AgrícoLis;
3.0 rlroy\.:~·lO dp\·n/:>:t:~ ~~orr Hicdific~u~lo~
ues por rl S21l'l.clo sobi"" colonización y arrendamiento el,· ;r:r'l' :n(L, magallánicos;
4. o ProYl.'do devll"lto con modificaciones por 'el SrnaJo fl11l: ilnml:nl:' la tas.a de la contribuci6n rnj1ll:ci:,I!~ dé: b5rnc'8 r:1.Íct's pa.ra la Comuna lk Rn:tiil?O:
5.0 Pro:ró'f't l) 1:,·,:'~,1t.0 ";11:1 m')d)ficacioncs ;J01" (·1 iS':llado ~()bl'\,impuet:to R los sitios ~riazos y a la "dific:1riíin inapropiada;
6.0 Proyecio dC-Yll,'ltn ron modificaciones por '1':1 Senaj(l que ('reo el Consejo AuperÍor rIro Fonwn~o Equino; ,\'
7. o Proyecto devuelto con modificac;ones por el Sc-na,do que r;:tablcr'e :mpnes'.¡ls a las Herenc'as y Donacionp.".
El señor Orre:-:) -"')l'm'llcí inaÍcación para postergar por la presentt~ sesión la discusi.ón de estos pr",vf',.to~ y f'~i~n:>r1p,!, pn el orden ind:cado, los primero.':! lugares de la tabla de la orden del día a contar desde la sesión de mañana.
Por asentimiento tácito SI" aprobó la indicación del señor Orrego.
Se acordó al mismo tiempo asignar el último lugar de la tabla ordinaria al proyecto sob1'" Ql'!ifhr[!~.
El 'señor Edwards Ma.tte formuló alguna!> observaciones relaeionadas ~on la duraci6n de 'la prórroga 0.<> 1.11. alltual legislatura ordil1al";Q v ~ 111 (~o',v,pniplHl;a quP habría en que el Presidente de la Cámara llegara a un entend'miento ('011 el Ejecutivo en ordC'n a su limitación.
Contesf,ó (·stas ob:,;('rv¡H,i()Jh~8 el señor TJn('jola (Prl'sidentf').
El ""ñor TJlTf'joh (Presidente ,¡m¡m,·i(, para la tabJa ,}c fáC'il drspar(w, ln~ll" tes proyectos. de ]('y:
Pro:ve~to qn~' :np(~~~·;:~;., ~~~ _P!"("H~~:h'~l~_" ·.lr: IR Repúblic:'. ~,ai'a ln(l(~;fi2::!, :;:;O::',IlU 80In vez1:! o.h+,ión : f'!'rj¡orial de b Rc;jYúblir-,-,.
Proyecto que autoriza al Presidente de la Rcpúblír,a para entregar-a l~ Empresa de Jos Fcrroc'1rrilcs del Estado cierta suma de dinero 11 fin d~ que d'lcba Empresa se reciba ,]'(,1 P":To~arr;'l de Coihpeco íl N~bli.:t1to.
Elltl':l!dü :l la hora ¡h incide·ntes; e'l señor Urrcjola (Presidente), puso en segunda dis. ,".,~;s;ón 1D s;~;n¡enb indicación formuhda por e.l B"}\W ~':t:,3.wal'ds M att8, en la sesión anterior, y qur, quedó para este t:r;1rultü a peti. ción dd Comité P¡.ulamcntar1o del J'ul'h<lo DemóeraL'. ;
"Para que ,:' ,Hm¿:rCle pub1i(~aI' ';'.1 h p:l'ensa el d;SelU'S!) D~'mrmcjaClo C?l la sesión an·· teriül' por el s(f'c:·r 'l':'q..';le, re:!ac7:mado con 'f?1 d2I"J:'u:mbc del trnJlep.J0 "l~artlhona", ,del MinerRl del '1'.:lli,mt" yl:)~ p8rjuieios que ,~ausan :1 la r"gión agrír,oll\ regada por el ría CvchslDoal. lOE: relave", éL'] :r,,x¡:T;OO mi .. 11eY·'H.l ,!, .
BI ~~;:iior {~lJl;v'ed0, lonnnló d:.v'"i:::I~'S observae~oneg rdacionad?f\ (\OD la aplicación. de l.a ley sob::'e t:onstitudón deh Propiedad .Austral y con ]", conven.ieIlcia que habría en qu,) fH, eliminf),~~m J ~v 81'El';S disposici ones que impid'en a los indígenas y pequeños propietarios acogerse a 1(l~ herwfiClos en ella eonteHlpiados.
A petlci6n dd.'jeñOl' Quevedo, se a~ordó publioar c~ e.l Boletín de S'esion~fI las conclusiones a que lle¡:,;ó (lon "j"fqwctG al punto tratado por Su ,Señoría ,\l) t'1 Cnng:reso Aranca:l1o.
El mismo señor Di-putado n,,(j de la.pala-1m: para referirse a la re:fol"ll'!a de lafl leyes sociales y a la nooesidad de que al. nevar~ la a cabo se contemplen di;;posic:ones que favorezcan la .situa~jóu de '108 ohr¡;rop ,campeRinos.
Se acordó dejar í:lscritos "n el orden que se inniea a los B.;t~uientes 8c-ñores Diputados, para hll'~('r l1'lú de la palabra en la hora de jncidentes dr. Ia~" sesioneR que ~, e~pl'e
SIU1. :
Par:¡. ::t Ilusión de mañana: Lo DOn Ismael Edwards Mattc·: 2.0 Don Benlgno Acuña; y 3.0 Don Fernando Varas. Para la sesiÓn del MiércoleOl prbximo· l. o Don M¡muel )"ianquBef: .3. o Don Ram6n Sepúlveda; ~~. Q Don Manuel .T. Navarrl.'tf'.
4720 UAMARA DE DIPUTADOS
NI He/loj' ;jepúlveda Leal usó de- la palabra. pal'lJ, ;-cfenrse a las op.niones que manifesj.ó !S!] :2eñorLl1. en el curso del debate del pr(J.yeeLo que exonura del pago del impues· t.0 <1. la ,'e ni.a a [as asignacioneb que reciban las pel'so; "\,, q \le goeen de un ,sala.río inferior a 20 p""os y que se encuentran ,a.cogida.'> .3, b l' _',Y tk Seguro Obligatorio, opJ.niones que .;.. juicio de un ~('Üül' D,putano, caf'ceúm df" fHllclam¡mto,
l<JI señm' Na\'Hr-ret\e lOl'lllUló algunas obs(:!'vac50n(,~ l'd,,(.,iUiHLd,! i' ¡:on el pronto de:,;paeho de'] pY'OY(;i'LIi ,a q~H so refirió 01 sfllor SepúJvp,ih, JJt'al.
Puésta él! votación la inJicaci;m del sellor Edwards :Matte, ('O trámit,- de segunJo dí::;(lUsión, ti(' dí{i pm' apro~ada pOI" asentimiento tácHo.
Lea;' llamó la atelleiún ,d'~ !'l;Spc:ClO de las medida,; adopl:ada!., ;~. :IÚ¡~;,i1:¡va llcl Alcalde de Val-
01',[.:n a o-brcnel' el abaratamicllde primera D!)cesidad y
J. \;1 ¡>,;;l\H'c.nd¡da p()r 10:'< COlue1'
w (;,m t:! iiplicmción de dí-(,ha;, roed: Ja¡.,.
El misx(l¡.o \..;;~:";l{, J' rypu ~"~~d(.'. ::s~ l',t'Il i' :,') ;1
div('J\s¡¡,s m¡"rn:v-; :,,,¡optad:t,, pOI: li: ,rauta el" VCt:irw¡;; . .'ú,,), dd Mar, l'dllcj0l111das con d tránsij,j) di vc,h~(mlos (,tl dieho Balneario.
Por hah,,/' 'la seSIón acordado ]:).4 horas,
IV.
NÚ.m.
['1 horwr 1!'ldo 11:) d
() h .fw)';·) de tórmillo dt' ;) c. !('J'irl1'ic1ad s,r' ll.'l.bía
!f-Vi-liil'Ú o ':::1' n il l(j'~
",\ r·n ,,<;1) ¡""<'I). ~;; ,l, tara induÍdo al piloto iwhdo,' don (jiodoITm'o Fignero:! PO,1(';\ ('omll ~;;in(.!ad,);' dé la aviación civil. ('ll fH:;:rJ(;f_;ci"s (¡to;·g.~ldos poe el d~cl'eto· -1"," nfw'f)-,'n 440. (le ~() de Marzo dr H12fi.
~ -_ .. _-" -~_._--'--_.-.=:.:::..::=..-=._"_.-------._--
a los m~eánicos ;r pilotos fundadores del ser vicio dl) aviación militar, y a los del decreto-Ie~ nÚmCI'1) 610, de 16 de Oct.ubr,e d· 192[) ,
Para los eh~ctos de su retiro, se contará romo senido en el Ejército por el señor Figuel'oa lliSrle el 22 de Noviembr,e de 1912, f(·dv.! f:l ,¡ue obtuvo tnl ]::'rancia su breve1 de pilo.J {¡viadeí" lwstu 81 31 de Dlciembci' di> 192 j. \'11 qUE drjó dé' prestar servicio" (?t)!UO ? :c'::únjeo 1";o.u:strueto1' de ;lV1:0J}{;S d,· ]r:" Ii.k~el:f~la de ~~ viación t, ~
i).;1~; ~'11al'd(~ D V. -1~.· (F'd:)c,.)-- E:n .. riqu~
Oyar~ún- J'osé M. Cifu,;.ntfJf., Prosem'cta·
:\f ,~m. 19.'-- ('on ]'l(i~ivo de la solicitud, :'1f0.I ·.!1 PS (10m 6.: ::Tlt:.~"rrI:nt(;s que tengo l! ÍJU:lOl' de pasa" ;] m;¡ilOS de V, E., el SeH:Hio ha d~;.do su aprobación al siguiente
PROYECTO DE LEY:
.. Articulo l.o (,oneédcse, por gracia, :1\ ¡,y -iJ[Cl'!Jt(> 1,0 di!! í.<' Policía de San Antonio, ,10J; Jmm I,I~'mleis(~n B1J~.tos Jorauf'ra, d de· "C: J10 a, jn1jl~~~t.· ('0.\1 una pensión anual dt.l
(~:'>! 7: li:. pe~, LIS (".j; 6~UOO).
Art. 2.0 E.stn lpy comenzar:'t a ['egir deR'! {,l 1,0 de -r,flero de 1929".
Dics gua¡'rL! a \. E.- (Fdob.)-- Enrrq:Ll¡~
1yq,rz[J.J:1.-- J oHé M, Cifuent.es, Prosecrp'ario,
,,; J.'I.:n. : ~~.-._-- (;011 1l10t)\ \) ü la ~so.iieitud,
r!1f~I'1nf'':; . .1' d·:-~l:O':l.~~ (;utet~'i.:,:ltrn.;-~\~ que tengo- l
• HPlO";" dp jJf.:1~~~n" a ,~~lDnos dt· \r. E.? pI Se
PIWYECTO DE I.JEY:
t·:n I tJt' ]n, ellal goz<lr{t eon su~ hljas solt:(~ra,-;, '." ,'oniormiíbd ;! la Lry dp!Vhm;,epi,) Mí lit:,!'" ,
Dio; guarde a \'. E.-- (Fdos.)- Enrique 'Úy:wzún.- .Tosé l'1I, Cifuentes, PrO<lfJcr~taTio,
90.& SESION ORDIN.á.RIA EN 8 DE ENERO DE 1929 4721
4) Oficio del Srnado: N(ITll. 16.- C'in mot:vo del mensaje "
::nfo:'."l.le que tengv el húnor de pasar a manos de V. E., el Senado ha dado su aprobai:1Ó:IJ al siguiente
PROYECTO DE LEY:
,i Artículo único. Concédese, por gracia, ~.' por el plazo do diez años, a la viuda (' hijas solteras del ex-ministro de la Corte d~ Apelaciones de Santiago, don Abel Mal· dona.lc, una pe"dón auual de 6,000 pesos, dc' que disfrutará'l en conformidad a la Le; de lIJoutepío :Minar".
Dios guarde a V. E.- (Fdos.)- Enrique Oya.rzún.- José 1'4. Cifuentes, Prosecreta,· rio.
5) Oficio del Senado: -Núm. 25.- Con motivo de la solicitud,
informe y demás antecedentes que tengo el bonor de pasar a manos de V. E., el Senado ha dado su aprobación al siguiente
PROYECTO DE ACUERDO:
,. Artíeulo único. Prorr6ganse, por tiempo indefinido, los efectos del proyecto de acuerdo promulgado en 2 de Septiembre de 1909, por el cual se concedió a la sociedad "Asociación de Señoras de la Caridad de San Vicente de Paul ", el permiso requerido por el artículo 556 del Código Civil, para conservar, hasta por treinta años, la posesÍón de dos bienes raíces ubicados en la Población Ovalle, de est8 ciudad, bajo los .siguientes deslindes:
"El primero: Al Norte, Hermanas de Caridad; al Sur, calle del Retiro, por medio con propiedad del Monasterio del Buen Pastor; al Oriente, calle de Escanilla, por medio de la Casa de Ejercicios de San Juan Bautista; y al Poniente, Monasterio del Buen Pastor.
El segundo: Al Norte, Herma11as de Caridad; al Sur, calle del Retiro j al Oriente, propiedad de la misma Asocillción; y al Poniente, Monasterio del Buen Pastor".
Dios guarde a V. E.- (Fdos.)- Enrique Oyarzún.- José M. Cifuentes. Proseeretario.
6) Oficio del Senado: • Núm. 23.~ Con motivo de la solicitud, in
forme y demás antecedentes que tengo el honor de pasar a manos de V. E., el Senado ha dado su aprobación al siguiente
PROYECTO DE ACUERDO:
"Artículo 1.0 Concédese al Club de Lawn Tennis de la Unión, institución con personalidad jurídica, según decreto supremo de 19 de Agosto de 1919, el permiso requerido por el artículo 556 del Código Civil, para que pueda conservar la casa y sitio que posee en la parte urbana de la ciudad de L. Unión, bajo los siguientes deslindes: al Norte, cerco de tablas que lo divide de la propiedad de doña María Hutt viuda de Strippel; al Sur, calle Montt; Oe~te, calle Riquelme; y al Este, cerco de tablas que lo separa de las propiedades de don Guillermo Knabe y de doña María Butt viuda de Strippel.
Art. 2.0 Aplíquese a rentas generales de la nación el importe de la boleta de Mpósito en la Tesorería Fiscal de La Unión número 671,677, de 10 de Diciembre de 1928".
Dios guarde a V. E.- (Fdos.)- Enrique Oyarzún.- José M. aifuentes, Prosecrabario.
7) Oficio del Senado: '. Núm. 24.- Con motivo de la solieitud,
informe y demás antecedentBs que tengo el honor de pasar a manos de V. E., el Senado ha dado su aprobación al siguiente
PROYECTO DE kCDERDO:
"Artículo 1.0 Concédese a la Quinta Compañía' de Bomberos de Antofagasta, dependiente del Cuerpo de Bomberos de esa ciudad, institución que goza de personalidad jurídica, a virtud de resolución suprema de 16 de Mayo de 1884, el permiso requerido por el artículo 556 del Código Civil, para que pueda conservar la posesión de un inmueble que tiene adquirido en la calle de Sucre, de la misma, bajo los siguientes deslindes: al Norte, J. B. Barnrtt; al Sur, calle Sucre; al Oriente, Valerio Miranda j }i
al Poniente, señor Pig y González. Ordinarias 298
4722 CAMARA DE DIPUTADOS
• Artículo 2.0 Aplíquese a rentas genera-
les de la nación el importe de la boleta d!~
ingreso a la Tesorería Fiscal de Antofag3s
ta número 15,367, de 22 de Noviembre de
1928" . D'ios guarda 11 V. E.- (Fdos.)- Enrique
Oyarzún.- José lVI, C:fuentes, Pros€cretarÍó,
8) Oficio del Senado: Núm. 27.- Con m0tivo de la solicitud.
informe y demás antecedentes qUe tengo rl
honor de pasar a manos de V. E., el Senado
ha dado su aprobación al siguiente
PROYECTO DE ACUERDO:
"Artículo único. Concédese a la Íns¡itl1-
cjón denominada" Suddba Dharma }\'!:anda
la Vidyalaya, Sección Chilena", con per~;o
nalidad 'jurídica, según decreto número
1,207, expedido por el Ministerio de Justi·
cia en 13 de Mayo de 1927, el permiso r,~q\l(~
rido por el artículo 556 del Código Ci vil
para que pueda consen ar la posesión d-l1
inmueble que posee en la calle Borja númu
ro ochocientos cuarenta y tres, bajo los si
guientes deslindes actuales, según su tíhüo:
al Norte, terrenos de don, Fernando Izquierdo; al Sur y Poniente, doña Delia Val
dés de Ecl1everría.; y a.l tJrie:ntc, (~aJl\" dt~ su
ubicación" . Dios guarde a V. E.- (l;'dos,)- Enri
que Óvarzún.- José 1\1 Cifuentes, Prose
eretario.
9) Oficio del Senado: Núm. 26.-Con motivo de la solieitud, in
forme y demás antecedentes que tengo el
honor de pasar 11 IDÚD0S de V. E., elScn3,
do ha dado su aprobación al siguientí,
PROYECTO DE ACUERDO:
"Artículo único. COllcédese a l~ institu
ci6n denominada "Club Musieal Obrero de
113 Unión", con personnlidad jurídica, según
decreto número 2,939, expedido por el Mi
nisterÍo de Justicia e11 .5 de Agostro de
1925. el permiso requerido )Jor el articulo
556 del Código Civil. para que pueda ('on
~ervar la posesión de la casa y ~itio '\lb1-
<:ado en esa ciudad, bajo los siguiente;,; del>
!Ü:;-l¡><1: al Norte. Compnñía I\a:';onnl ,1:0 Tf'--
lloronas; a] Sur, doña Bárbara Angulo de
Vj~m"!a; al Este, don Gonza'.,! :3~olz(nbach:
v :1 Of:stp , calle Arturo Pr:¡["'_
Dios guarde a V. E.- (Fdos.)- Enriqu&
Oyarzún,- JmJé M. Cifuentes, Prosecreta
río.
10) Oficio del Senado: Núm, G.- El Seaado ha tenido a bie'l
aprobar, en los mismos tÉ'rminos en que lo
hizo esa Honorable Cámara, elpl'oyecto dI!
l¡;y por el cual se libera de derechos ele in
tel'f:Hclól1, 1Ull. estatua de bronce y accaso-
1'108 de mármol destinados al mausoleo que
12, Colonia. Italiana posee en el Cementerio
General, de esta ciudad. Tengo el honor dú decirlo a V. E.. en
\:.iJ1lL;['taeión a vues tl'O oficio número 841,
de 2 de Enero de 1929, DiO'é\ guarde a V. E.- (Fdos.)- Enri
que Oya.rzí.m .. - José Fl'l Ca1.1entes, Prose·
el'ctario. ]1) Ofieío del ,senado: Núm. 12.-- El Senado ha tenido a bien
aprobar, en los mismos términos en que lo
hizo esa Honorable Cámara, el proyecto de
ley por el cUJal se autoriza al Presidente dI'
la República para otorgarr una nueva cédu
la de retiro a favor del ex-cirujano de1
Ejército, don Luis Amador Vega.
Tango el honor de decirlo a V. E. en con
testación a vuestro oficio número 456, de 2
de Octubre de 1928, D~08 guarde a V. E.- (Fdos.)- Enrique
Oyal"zfm.- José M. Cüuentes, Prosecreta
rio.
12) Oficio del Senado: Núm. 14.- El Senado ha tenido a bien
aprobar, en los mismos términos en que lo
hizo esa Honorable Cámara, el proyecto por
el cual se concede una pensión anual de
3,600 pesos, a )a señora Emilia William8_
viuda del cx-tesO'rero fiscal de San Felipe,
don :Manuel 1. Aravcna. Tengo el honor dl' decirlo a V. E., en
contestación a vuestro oficio número 457,
de 2 de Octubre de 1928. Dios guarde a V. E.- (Fdos.)- Enrique
Oyarzú1i..-. José M. Cifuentes, Prosecr~til-
1'10.
13) Ufieio Ile1 Sellado: ~~{qJL 1.7.·~-- El Mentido ha {{-'nido [~ bJf"n
90.a SESION ORDI:N"ARIA EN 8 DE ENERO DE 1929 4723
aprobar, en los mismos términos en que lo hizo esa Honorable Cámara, el pr:oyecto dt; ley sobre concesión, por gracia, a doña ]'ilomena Lemus viuda d~ G:tldames, y a doña Filomena Galdames, madre e hija, respectivamente, del ex-jefe del Resgunrdo al.' Caleta "Las I~igueras", don Antonio Galdames, de una pensió¿l de 1,200 pesos armales.
Tengo el honor de decirlo a V. E., en contestación a vuestro oficio número 447, de 2 de Octubre de 1928. •
Dios guarde a V. K-' (Fdos.)- Enrique Oyarzún.- José M. Cifuentes, ProsecretarÍo.
14) Oficio del Senado:
Núm. 20.- El Senado ha tenido a bien aprobar, en los mismos términos en que lo hizo esa Honorable Cámara, el proyecto de ley por el eual se concede al Diputado don Maximiano Errázuriz, el permiso requerido oor el artículo 31 de la Constitución Política, p3ra poder permanecer ausente del país por más de un año.
Tengo el honor de decirlo a V. E., en contestación a vuestro oficio número 754, de 10 de Diciembre último.
Dios guard:l a V. E.- (Fdos).- Enrique Oyarzún.- José M. Cifuentes, Prosecretario.
15) Oficio del ,senado: Núm. 28.- El Senado ha tenido a bien
(lprobar, en 1m: ntismos términos en que lo hizo l;sa Honorable Cámara, el proyecto de acuerdo por el cual se concede al Clnh ~i\lemán de Frutillar, el permiso requerido por el Código Civil, para que pueda conserva!.' la posesión de un inmueble que t1Cne adquirido en la villa de ese mismo nombre.
Teng'o el honor de decirlo a V. E., en contestación a vuestro oficio número 697, de 21 de Noviembre de 1928.
Dios guarde a V. E.- (Fdos.)- Enrique Oyal'zún.- José M. C~fuentes, Proseeretario.
16) Oficio del Senado:
Núm. 10.- El proyecto de ley, remitido por esa Honorable Cámara, por el cual se
declaran de utilidad pública los terrenos y las aguas necesarias para la ejecución de las obras de agua potable y fluviales, comprendidas en el plan de obras públicas extraordinarias, ha sido también aprobado por el Senado, con la sola modificaeión de haber substitnído, en el inciso primero del artículo 5.0, las palabras: " ... los perjuicios provenientes ... ", por estas otras: " ... las expc'ctativas ... "
'rengo el' honor de decirlo a V. E., en contestación a vuestro oficio número 701, de 22 de Noviembre de 1928.
Dios guarde a V. E.- (Fdos).- Enrique Oyarzún.- Jo"~ M. Cüue.ntes, Prosccretario.
17) Oficio del Senado:
~úm. 8.- El proyecto de ley, remitido por esa Honorable Cámara, sobre reforma de la ley número 4,312, que creó el Instituto de Crédito Industrial, ha sido también aprobado por el Senado, con las siguientes modificaciones:
Las palabns iniciales: "Artículo único ", han sido reemplazadas por estas otras: "Artículo primero", en razón de habers~ colocado como artículo segundo, el transitorio del proyecto de esa Honorable Cámara.
La letra b) ha sido eliminada. En la letra c), que pasa a ser letra b), Srl
ha suprimido la frulite final del número 6.u, que se propone agregar al artículo 7.0 de la ley número 4,312, y que dice como sigue: le ••• siempre que su plazo no sea inferior a 6 meses, ni superior a 12 meses".
La letra e) ha sido también eliminada. El artículo transitorio ha pasado a fi¡p-
1'ar como artículo 2.0 del proyecto, supl'imién dose en él la frase inicial que dice: "El texto así refundido, llevará el número de la presente ley".
Tengo el honor de decirlo a V. E., en contestación a vuestro oficio número 775, d=: 12 de Diciembre de 1928.
Dios guarde a V. E.- (Fdos.)- Enrique Oyarzún.- José M. C.:Iuentes, Prost'(·retario.
18) Oficio del Senado: Núm, 15.- El St'nado h& tenido a bien
4724 CAMARA DE DIPUTADOS
desechar el proyecto de ley remitido por esa Honorable Cámara, por el cual se con.cede al sargento 1.0 de la guardia de la Cámara de Diputados, don Juan Alberto Carrasco Mardones, el derecho a jubilar, con una pensión mensual de 350 pesos.
Tengo el honor de decirlo a V. E., en contestación a vuestro oficio número 810, de 21 de Diciembre de 1928.
Dios guarde a V. E.- (Fdos.)- Enrique Oyarzún.- José M. Cüuentes, Prosecretario.
19) Oficio del Senado:
Nú.m. 22.- El Senado ha tenido Il bien aprobar las modificaciones introducidas por esa Honorable Cámara, en el proyecto que ratifica algunas disposiciones del decreto número 2,062, de 23 de Diciembre de ]927, sobre reorganización de los servicios de la Dirección General de Estadística.
Tengo el honor de decirlo a V. E., en contestación a vuestro oficio número 823, de 27 de Diciembre de 1928.
Dios guarde a V. E.- (Fdos.)- Enrique OyarzÚD.- José M. Cifuentes, Prosecretario.
20) Oficio del Senado:
Núm. 11.- El Senado ha tenido a biBn desechar la modificación introducida por esa Honorable Cámara en el proyecto de ley que aumenta la pen!'llón de montepío de que disfrutan la viuda e hijos menores del ex-capitán de navío don Vicente Merino Jarpa.
Tengo el honor de decirlo a V. E., en contestación a vuestro oficio número 770, de 12 de Diciembre de 1928.
Dios guarde a V. E.-- (Fdos.)- Enrique Oyarzún.- José M. Cifuentes, Prosecretario.
21) Oficio del Senado:
Núm. 21.-El Senado a tenido a bien insistir en la aprobación de la modificación que había introducido en el proyecto de ley sobre contratación de empréstitos para h constru~ción de caminos en el territorio de la República, que fué desechada por esa Honorable Cámara.
Tengo el honor de decirlo a V. E., en contestación a vuestro oficio número 817, de 27 de Diciembre de 1928.
Dios guarde a V. E.-:- (Fdos.)- Enrique Oyarzún.- José M. Cüuentes, Prosecretario.
22) Oficio del Senado:
NÚ,m. 13.- El Senado ha tenido a bien no insistir en el rechazo del proyecto de ley que cop.cede a don Pedro Rivas Vicuña, un nuevo plazo de seis meses para que pueda acogerse a los beneficios que las leyes otorgan a los que tomaron parte en la campaña constitucional de 1891, en cuya aprobación había insistido ,esa Honorable Cámara.
Tengo el honor de decirlo a V. E., en contestación a vuestro oficio número 458, de 2 de Octubre de 1928.
Dios guarde a V. E.- (Fdos.)- Enrique Oyarzún.- ;rosé M. Oifuentes, Prosccreta· río.
23) Informe de Comisión:
Honorable Cámara.:
Vuestra Comisión de Hacienda se ha impuesto del mensaje del Ejecutivo, que concede a la viuda de don Frank Gomien Trumbull, ex-contador pagador del Ministerio de Hacienda, una pensión anual de 3,600 ,pesos.
El señor Gomien, fallecido e115 de Agosto del año ] 928, desempeñó, sucesivamente, desde el año 1904, los cargos de profeso", de inglés del Instituto Técnico Comercial de Iquique, profesor de inglés del Instituto SuperÍor de Comercio de Santiago, contador de la renta y contador pagador del M;nisterio de Hacienda.
Siendo profesor del Instituto Superior de Comercio, el señor Gomien fué comisionado por el Gobierno para desempeñar el cargG de intérprete en la V Conferencia Panamericana.
Durante la permanencia de la Misión de Financieros, preflidida por Mr. Kemmerer, desempeñó también el cargo de intérprete traductor.
.... "" ~ - -~-,---------;-
90.a SESION ORDINARIA EN 8 DE ENERO DE 1929 4725
El señor Gomien enfermó de laringitis crónica, debido a consecuencia de sus acti"idades docentes, por cuyo motivo, se le concedió su jubilación el año 1926.
Después fué nombrado contador de la renta y en Diciembre del año 1927, contador pagador del Ministerio de Hacienda, con un sueldo anual de 20,000 pesos, puest.1) que desempeñó hasta el día de su fallecimiento.
La viuda de este funcionario, de acuerdo con los reglamentos de la Caja Nacion!l.l de Empleados Públicos y Periodistas, sólo puede acogerse a una parte de los benefj· cios que esta Caja otorga a los funcionariüs públicos, y esta circunstancia, unida al hecho de que ella carece de bienes de fortuna, y que tiene a su cargo cuatro hijos menores, hacen que vuestra Comisión considere justificado el mensaje del Gobierno.
Os proponemos, en consecuencia, el siguiente
PROYECTO DE LEY:
"Artículo único. En atención a los servicios prestados al Estado por el ex-contador ragador del Ministerio de Hacienda, don Frank Gomien Trumbull, concédese, por gracia, a su señora viuda e hijos menores, una pensión anual de 3,600 pesos, de la cual disfrutarán con arreglo a la Ley de Montepío :Militar.
El gasto de esta ley, se imputará a la economía que reporta la ley sobr,e consolidación de empréstitos.
La presente ley regirá desde su publicaci6n 'en el Diario Oficial."
Sala de la Comisión, a 3 de Diciembre de 1929.
Acordado en Comisión, en sesión de fe-cha ...... del presente.- (Fdos.)- Jorge Onego Puelma.- P. Letelier E.- Juan Antonio Ríos.- José M. Lorca.- J. Villamil Concha, Secretario de Comisiones.
24) Informe de Comisión:
Honorable Cámara: Vuestra Comisión de Hacienda ha estu
diado el mensaje del Ejecutivo que morlifica algunas de las disposicion('s vigentes sobre impuesto a los minerales de hierro.
El sistema tributario para la explotación de los minerales de hierro en el país
. ha sufrido muchas modificaciones durante los últimos años, lo que ha originado una situación de incertidumbre para las empresas que en el futuro deseen estahlecerse y al mismo tiempo la aplicación de las disposiciones vigentes al respecto a la única empresa de esta naturaleza que existe hoy día en el país, ha dado lugar a varias dificultades.
Las diversas disposiciones tributarias que han regido hasta hoy día sobre esta materia, son las siguientes:
1.0 La ley número 3,852, de 10 de Febrero de 1922, impuso un derecho de 10 centavos por quintal métrico, o sea, un peso por tonelada sobre toda mercadería exportada e importada, exceptuándose el ganado que se moviliza por puertos terrestres, al salitre, a las mercaderías fiscales y a las de la Empresa de los Ferrocarriles del Estado.
Por consiguiente, los minerales de hierro estaban sujetos al impuesto que esta ley establEció.
2.0 La ley número 3,996, del 2 de Enero de 1924, en su artículo 27, dispuso que los minerales de hierro pagarán un derecho de exportación de 20 centavos moneda nacional de oro, por tonelada métrica de minerales exportados.
Sin embargo, el artículo 5.0 del Título VI, dispuso que el impuesto de 10 centavos por quintal métrico exportado, establecido por la ley número 3,852, no se aplicará a los minerales de hierro. que quedan gravados únicamente con el impuesto de 20 centavos oro establecido por el artículo 27.
El artículo 24 de la misma ley, dispuso que el impuesto a la renta de la cuarta categoría, no se aplique al hierro.
3.0 El decreto-ley número 122. de 23 de Enero de 1925, que refundió las leyes número 3,996, del 2 de Enero de 1924, y otras leyes o decretos tributarios, sancionó nuevamente las disposiciones precedentes.
4.0 Los decretos-leyes nÍlmeros 755 y 757, de 16 de Diciembre de 1925, mantuvieron el mismo criterio, transformando el derecho de exportación de 20 centavos oro por tonelada, en uno de 60 centavos moneda corriente.
5.0 La ley número 4,143, de 25 de Enero
4726 CAMARA DE DIPUTADOS
de 1927, modificó estas bases en los tér
minos siguientes: "Se establece un impuesto de 60 centavos
por tonelada de mineral de hierro que se
exporte, siempre que la cotización por uni
dad de veinte libras de hierro sea en Esta
dos Unidos, inferior o igual a 9 centavos
oro americano. Este impuesto se elevará en 18 centa
vos por cada décimo o fracción de décimo
de centavo oro americano que suba dicha
cotización en Estados Unidos". En la práctica se demostró que las liqui
daciones correspondientes no pueden efec
tuarse con precisión por la dificultad de
fijar la cotización de nuestro mineral de
fierro en Estados Unidos, pues este mineral
es explotado en Chile por Ulla filial de la
firma que lo utiliza (,'n Estados Unidos. lo
que hace que las cotizaciones sean meramen
te nominales. 6.0 Por fin, el decreto-ley núm. 931, de 5
de Mayo de 1927, establece que el decreto
ley número 757 (Impuesto de exportación
de 60 centavos por tonelada), y la ley nú
mero 3,852, ya mencionada, que gravaba
con 10 centavos el quintal métrico, se apli
carán conjuntamente, desde esa fecha, 5 de
Mayo de 1927; el mineral de hierro paga,
pues, un derecho de exportación de 1 peso
60 centavos por tonelada, sin perjuicio de
la escala establecida por la ley número
4,113, cuya aplicación, como se ha dicho
arriba, es dificultosa. La única empresa que explota actual
mente en el P;1ÍS minerales de hierro es la
Bethlehem Company, cuyas minas del To
fo exportan alrededor de 1.500,090 tonela
das de mineral por año, con ley de cerca
de 74 por ciento. Indirectamente se encuentran también
afectados por las variaciones de cr:terio tri
butario sobre esta materia, los propietarios
de depósitos de mincraleos de hierro, entre
los cuales está el Tofo, el Algarrobo, que
ven en las modificaciones del impuesto un
tropiezo para la futura explotación o la ne
gociación de sus yacimientos. H"sta hoy día no 1,.". dado resaltado co
mercial el beneficio de los minerales dc hie
rro en el país con atención a lo escaso de
su mercado interno, pero ello no aconseja,
a juicio del Gobierr,o, para seguir una po
lítica liberal quc llegue a. permitir el aQ'o
tamiento sistemático de las reservas de hie-e
rro; y por lo tanto se justificarían medidas
de prudencia en resguardo de los intereses
nacionales. Además hay que hacer presente que la uti
lidad que queda entre nosotros con la ex
plotación de minerales de hierro, es solamen
te una pequeña proporciól1 del costo. To
rnando en cuenta el valor de nuestro mine
ral en los lugares de beneficio, y comparán
dolo con la parte de precio que queda en el
país, se llega a la conclusión de que no nos
queda más del 6 pOr ciento en forma de
salarios, sueldos, artículos comprados en el
país, etc., cantidad muy insignificante com
parada con 10 que dejan las industrias del
salitre, del cobre y del carbón.
Hoy día las empresas explotadoras de
hierro no pagan impuesto a la renta, sino
únicamente derechos de Cal'guío· y de ex
portación. El presentp proyecto autoriza al Presiden
te de la Republica p.ara celebrar contratos
de daración, no superior a 35 años, con las
empresas ex plotadoras de minerales de hie
rro y en conformidad a determinadas con
diciones respecto al pago de impuesto a la
renta y de los gravámenes hoy día exis
tentes. SB autoriza también al Presidente de la
República )ara que se reserve el dereeho
de adquirir a precio de costo, para bene
ficiarlo en el país, hasta un 10 por ciento
de la producción anual de minerales de ca
da Empresa, y para dedicar ellO por cien
to anual de las cantidades de minerales que
las compaíiías extranjeras se hayan com
proIrietido en lo futuro para entregar por
contratos particulares a compañías naciona
les que beneficien dichos minerales en el
país. A las empresas que expol'ten minerales de
hierro y que dediquen un~ parte de su pro
ducción a su transformación en acero, se les
exime del impuesto a la renta fij:tdo en el
respectivo co:1trato en proporción a las to
neladas de mineral beneficiado en el país.
Se auto::i~a además, al Presic1ente de la
República p,1rn otorgnr primas a las em
presas ex])lotado;as de minnrn] es que ce-
o lebren contratos en eonformid,1d a esta ley,
prim2.s qne e'quivaldrán ~ de,"olucÍón de
impucstos, El proyecto en informe tiende, pues, a
estabilizar en forma definitiva las leyes
JII""'" : .. :
90.a SESION ORDINARIA EN 8 DE ENERO DE 1929 4727
tributarias relativas a los minerales de hie
rro, lo cual llevará la confianza a los capi
tales que Be inviertan en esta industria.
Con las disposiciones del presente proyec
to, se tiende también a asegurar a la fu
tura industria nacional qel acero, su apro
. visionamiento en minerales de hierro en ven
tajosas condiciones. Se designó Diputado informante, al hono-
1"able señor Orrego Puelma. El proyecto que os recomendamos dice
así:
PROYECTO DE LEY:
"Artículo 1.0 Se autOl'iz¿~ al Presidente
\10 la República pal-a celebrar contratos de
duración no superior a 35 años, entre el
Fisco y las empresas explot~doras de mine
rales de hierro, en conrormidad a las si
guientes condiciones:
a) Los beneficios de la exp10tación de
minas de fierro y de establecimientos side
rúrgicos que beneficien minerales de hierro
nacional, parn la elnboración de :fierro o
acero, quedarán comprendidos en la 4.a
categoría de la ley de Impuesto a la Ren
ta, y pagarán en ella sólo el impuesto de
6 por rlento. b) El impuesto a la renta que le corres
ponda pagar a los beneficios provenientes
de la explotación de minas de hierro, ba
jo todos los títulos de la ley respectiva, no
podrá ser inferior a la suma de un peso
setenta centavos ($ 1.70), pOl" cada tqllela
da de minerales de hierro que exporte, siem
pre que ]a mellor distancia de la mina al
puerto de emb"rqne más cercano del Océa
no, sea inferior a 25 kilómetros. Dicho im
puesto de 1 prso 70 centavos por tonela
da, se redueirá en uno y medio centavo
($ 0.01 Y2) por cada kilóme'c:to de exceso
sobre la CXpl'csf1L1a distancia, no pudiendo el
impuesto, en ningún caso, ser inferior a un
peso ($ 1.00), por tanela. El Presidente de la Ilepública estab12ce
rá, en cada caso y prr.vio el estudio que lle
ve n cabo la c0"11isió¡1 que desi.gne al erec
to, el monto del impuesto que corresponda
por tonelada, de acuerdo con las prescripcio
nes del inciso anterior. c) El impl1csto cr(-arlo en el artículo 3.0
de la ]ry número 3.8.'í2, de 10 de Febre
ro de 1922, no afectará a los minerales de
hierro pertenecientes a las empresas que
celebren estos contratos_ d) Igualmente, quedarán exentos dichos
minerales de los impuestos establecidos en
el decreto-ley número 757, de 16 de Diciem
bre de 1925, y en la modificación realiza
da por el artículo 6.0 de la ley número
4,113, de 25 de Enero de 1927.
e) El Presidente de la República se re
serva el derecho de adquirir al precio de
costo, para beneficiarlo .en el país, hasta un
diez por ciento (100/0) de la producción
anual de minerales de hierro de cada em
presa, cargado a bordo y de igual ley que la
que sirve de base a la exportaci6n, y po
drá transferir este derecho a las compañías
que se establezcan en el país con el objeto
ya expresado. Las cantidades de minerales de hierro que
las compañías explotadoras entrrguen por
contratos particulares a compañías nacio
nales que beneficien dichos minerales en el
país, se deducirán del 100/0 anual que se ad
quiera, según lo preceptuado en el inciso
anterior. f) Toda empresa que exporte minerales de
hierro y que dedique una parte de su pro
ducción a su transformación en acero o fun
dición en sus propios establecimientos den
tro del país, quedará exenta del impuesto
a la renta fijado en el respectivo contrato
en la proporción de diez toneladas de mi
moral exportado por cada tonelada de mi
neral beneficiado en el país. g) Las determinaciones de costo y las
cantidrrdes previstas en las cláusulas d) y
f) del presente artículo, se fijarán en los
respectivos contratos que se celebren.
Art. 2.0 El Presidente de la RrpúhlirR po
drá otorgar a las empresas explotadoras de
minerales de hierro, que celohren contratos
en conformidad al artícnlo 1.0, primas que
equivalgan a 1llla deyolnción de impursto,
si.empre que la legisbción tributaria futu
ra grave los beneficios de ellas con impues
t::JS a b renta, o de exportaC'ión, o ele mo
vilizac;ón o cualquirra otro impuesto 1. o
contribución rClrrel1te a la industria de la
mincrí:1. dc~ nerro, sU1J"rions a los fija
dos Gü el n·s].wcti\'o contnto. Se :nltol'iZi!, igualmente, al Prrsidente de
la RepúblíeF:, para f:j:1r e11 los rontratos que
crlcbre de ;(C'll",'io ('0: 1 el artÍcnl0 1.0, los
pla~os ~' co~;\;¡e;o!H'" '.,"ll que dcbe conce-
4728 CA};{ARA DE DIPUTADOS
derse la' autorización para construir y explotar puertos, ferrocarriles y otras obras de ntilidad pública que sean necesarias para transportar y embarcar los minE'arles de hierro.
Art. 3. o Las empresas explotadoras de minerales de hierro establecidas o que se establecieren en el país, que no celebren los contratos a que se refieren los artículos anteriores, continuarán sometidas a los impuestos actualmente en vigencia o a los qne se dicten en el futuro.
Art. 4.0 Esta ley comenzará a regir desde su publicación en el Diario Oficial."
Sala de la Comisión, a 7 de Enero de 1929. -Jorge Orrego Puelma.-José M. Lorca.P. Letelier E.-J. Antonio Ríos.
Acordado en sesión de igual fecha.-J. Villamil Concha, Secretario de Comisiones.
25) Informe de Comisión:
Honorable ,úmara:
Vuestra Comisión de Hacienda ha considerado en segundo trá.:mitede Comisión, el mensaje del Ejecutivo que que exime del impuesto a la renta a los salarios, sueldos o <cualesquiera otras remunerac.ones que perciban las personas obligadas a acogerse a las disposiciones de la Ley de Seguro Obligatorio, que gocen de un salario inferior a 20 pesos al día.
La Comisión se impuso de la indicación formulada por el honorable Diputado don fiamuel Guzmán García, encaminada a comprender dentro de la exención quecontem-1P1a el proyecto, los sueldos de los empleados particulares.
La Comisión consideró que no había justicia en hacer extensiyos estos benefic:'os a los empleados particulares y nó también a los empleados públicos, pUes estos últimos se encuentran en las mi$mas condiciones.
El proyecto que hr. recomendado la Comisión importa una menor entrada al Fisco de 1.800,000 pesos y si se hiciera extensiva \la excepción a los empleados particulaIl'es, representaría una menor entrada de 8.0-00,000 de pesos anuales, cantidad que nuestras finanzas no están en situación de dejar de percibir
Por otra parte, la Comisión concuerda COn
lo expuesto por el honorable Diput.ado don
Manuel Cruzat Vicuña en la discusión en la Honorable Cámara de este proyecto. ('n el sentido de que la Ley Orgánica de Fresupuestos nó permite dictar una ley que disminuya las entradas fiscales sin establecer, al mismo tiempo, otras entradas que las substituyan.
Para armonizar el proyecto en dis·cusión con la disposición del artículo núm. 37 de la Ley Orgánica de Presupuestos, la Comisión ha acordado agregar una disposición al proyecto primitivo en el sentido de que la menor entrada que él represente se imnutará a la -economía que reporte la ley sobre-Consolidación de Empréstitos.
Asimismo, se ha impuesto la Comisión de la indicación formulada en la Honorable Cámara, por el JlOnorable Diputado don Nolasco Cárdenas, en el Rentido de agregar una disposición para que la Dirección General de Impuestos Internos suspenda todos l0's efectos y actuaciones que afecten a personas cuyos sueldos y salarios se fijen en el proyecto, por falta de cumplimiento al Impuesto sobre la renta.
La Comisión estimó qu~ esta indicación es contraria h todo derecho e inact;ptable, porque da efecto retroactivo a la ley, en con~ tra de las prescripeiones del Código Civil.
Por otra parte, esta indicación no viene a beneficiar al obrero sino al patrón que ha eludido la ley.
Por estaseonsideraciones Vuestra Comisión os propone el rechazo de ambas indicaciones y la aprobación del proyecto primitivo con la, agregación a que ya nos hemos referido.
En conse·cuencia, el proye<lto que os proponemos ·dice así:
PHOYECTO DE LEY:
"Artículo l. o Agrégase a .continuación del artÍeulo 37 del decreto número 225 de 1.7 de l<""ebrero de 1927, el siguiente artículo:
Artículo. '. Se exonera del impue~to de esta categoría a los. salarios, sueldos o cualesquiera otras remuneraciones que perciban las personas obligadas a acogerse a las disposiciones de la Ley de Seguro Obligatorio, que gocen de un salario inferior a 20 pesos al día.
Si -el saIll·.rÍo de estas personas es supe-
90.a SJiJSION ORDINARIA EN 8 DE ENERO DE 1929 w
rior a 20 pesos diarios, el impuesto se aplieará sobre el exceso de esta suma".
Artículo 2. o La menor entrada que represente para las Arcas Fiscales las disposiciones de la presente ley, quedará compensada para los efectos del artículo 37 de la Ley Orgánica de Presupuestos, con la economía que reporte la ley sobre Consolidación de Empréstitos.
Artículo 3. o Esta ley comenzará a regir desde su publicación en el Diario Oficial."
Sala de la Comisión, a 7 de Enero de 1929. -Jorge Orrego Puelma.- P. Letelier E. -Juan Antonio Rios.- José M. Lorca.
Acordado en sesión de igual fecha. - J. Villamil, Secretario de Comisiones.
:V.-TEXTO DEL DEBATE.
l.-COPIA DE UN DOCUMENTO.
El señor Secretario.- El señor Eduardo Moore solicita copia del informe evaclJllr!o por ]a Comisión de Guerra de la Cámara de Diputados del año 1861, recaído en los antecedentes de una solicitud de montepío a la viuda del teniente coronel don José lIlanuel Bravo de los Reyes.
El señor Urrejola (Presidente). - Si ~e parece a la Honorable Cámara, se daría la copia solicitada.
Acordado.
!.-DIVISION TERRITORIAL DE LA REPUBLICA
El señor Urrejola (Presidente).- Entrando a la tabla de fácil despacho, corresponde ocuparse, en primer lugar, del proyecto despachado por el Honorable Senado, que autoriza al Ejecutivo para modificar, por un~ vez, la división territorial de la República.
El "Ieñor Prosecretario.- Dice el proyecto de ley:
"Artículo 1.0 Se autoriza al Presidente de la República para que, por una sola -vez y dentro del plazo de cuatro meses, contado desde la fecha de· la vigencia d~ esta ley, introduzca en el estatuto territorial las modificaciones que estime convenientes para el mejor Gobierno del Estado.
Este plazo será de un año cuando se trate del arreglo y rectificación de los limites de las comunas, dentro de los fijados al
departamento a que pertenezcan, o a la creación, supresión o delimitación de los distritos.
Art. 2.0 Se autoriza, asimismo, al Presidente de la República para que refunda en un solo texto, las disposiciones relativas a la división política y administrativa del país, tanto las que dicte con arreglo a las facultad que se le confiere en el artículo 1.0 de la
,presente ley, como las dictadas con anterioridad y que no aparezcan derogadas.
Art. 3.0 La presente ley regirá desde la fecha de su publicación en el Diario Oficial."
El señor Urrejola (Presidente).-En discusiGa ¿'rneral el proyecto.
Ofrezco la palabra. El señor AcharánArce.- Según este pro
yr ·to se pide al Congreso que conceda facultades extraordinarias al Ejecutivo para reformar la división territorial de la República.
Yo estimo que este prOyi!cto no se puede tratar en tabla de fácil despacho, porque es SillJl.'lmente grave y es indispensable que se dé pI tiempo.necesario para estndiarlo. a los señores Diputados. -
Por eso, yo me permitiría formular indicación para que este proyecto se tratara en la o1"drn del día de otra sesión.
E~ ~eúor Urrejola (Presidente) .-En coni';lrDlldad al Reglamento, se tendría que forml<br la indicación a que se refiere Su Señ(ll'ía a nombre de un Comité y ella tendría ql1C votarse por la Honorable Cámara.
El senor Acharán Arce.-En este momento no se encuentra en la Sala ninguno de 108 lJlj(·Jllbros del Comité de mi Partido.
El <¡eñor Retamales.-Y qué razón tendría el honorable Diputado para pedir que se JX)Stl'rg'llra este asunto.
El señor Acharán Arce.-La razón es fundamental en mi concepto, porque es una materia sumamente grave y porque el proyecto nos toma de sorpresa; nosotros no sabíamos, al menos el Diputado que habla no ~<lbír_ cme 'lP iba a tratar de este proye(!to.
El 'leñor Urrejola (Presidente) .-Este pro~ t'do fué anunciado en la sesión de ayer. Y se b& pedido la urgencia del despacho de est(- P1·oyecto.
El señor Acharán Arce.-Si me permite Sl1 Sdiolía, los Diputados hemos recibido la tabla del día de hoy, pero en esa tabla no Sf' Pll1.I'tma r¡;:t~ provecto. El señor Secretario.-Debo hacer pref>ente
4730 CAMARA DE DIPUTADOS
aBli Señoría que la tabla de la sesión no Be Por eso había ~onveniencia en que este ('il)Yluníca a los señorc~s Diputados, y la ta- proyecto no se tratara en el día de hoy,! l,b rk fáel1 despacho se cOloca en la piza- además porcIue algunos señores Diputados 1'l'1l. quizás podrían sugerir otras ideas que con-
El señor Achv,rán Arce.-Por otra parte, t n !lIplaran situaciones distintas. ereo que no es conveniente hacer figurar en E.:ta es la razón que yo tengo para pedir la tabla de fácil despacho UD proyecto de que se retire el proyecto de la tabla de fá€8tas proporciones y de esta importancia. c}; 'iespacho, sin el ánimo de oponerme al Por eRO hacía indicación para que se trata- proyecto mismo, pero creo que con la exra en la ordell del dh. • periencia recogida, con las medidas ya to-
El señor Urrejola (Presidente).-En con- madas anteúormente, no es aconsejable couf('l'JiJidad al Reglamento, se tendría que for- siderarlo con criterio tan ligC'TO ... muL 1." la indicación de Su Señoría por un El señor Urrcjola (Presidente) .-Si me per Comité. m;k r1 honorable Diputado ... yo creo que el
El srñor Reromales.--¿ Me permite la pala- pl'¡l~'('ej o es muy sencillo. Be trata de dar o no hn H'ñor Presidente 1 dar al Eje~ntivo la autorización que se 80-
Á mí me parL'ce qtF' h~: d mb" 011e asnl- licita. T:m :l mi. hOliorable colega f'obn; CI"lt.e prcyee- Si Su Señoría crcc qUe 110 8S e.ollveneillte tu han p('rdi~l() ¡;12 o,nI"tm~:d~'(l i pOl'qu'J con ~(:ll('pderla, puede hacer las observaciones que ]at-: kves nú~nero8 4,113 y 4,155 ya se hizo la drsE'e y pedir a los señores Diputados que diyi!'¡r,n'.{ ¡-T;t.or; :'oC ('-·;ia antorÍzaclón que V01,Ul. (l) (o:;1;1'a dd proyecto. Pero las mopdl.' d Gobierno tS Il~.l'L, lweer nlguna8 modi- o:fie:lc-ioncs ql1C Su SCflOl'ía descarÍa hacer, en fi<;:¡ciones a Jo que en la p'cáetica se ha VtS- forma muy atinada, no caben dentro dc la t0 11'18 sign~fica un e,'rOl'. Par'a siÚvar esos di;scllsión ele esto proyecto. l;..quí no se trac'l'rIlres se ha mandrcdc f'ste proyecto. tu de los límites del departamento de Tal-
A 1 .• 11 me P[~:'CC(, que c:::te proyecto 210 tie- c·ahur:no o de cualquiera otro, sino. lisa y De 12, ITrr:;'edad. que diel; ellcl'ntrarle mi hono- llanamente de dar lo autorizaci6n al Ejecu'r[¡!d3 ('ol('2'<1, pues C011 &1 :1.0 trht;:, sino de jivo para poder cambiar los límites territofin;'!111tar, de 111'1' V-.'Z po;' :,oclas. las d'f:ieul- ri!il('s, por una sola vez. Si Su Señoría cree
terri tori al. Por estas cOl1sidcnlcioEcS, yo p:do que es
te proyecto se despache desde luego. El f'\('IJor Acha:rán Arce.-~Me permite, 8e
ñcr Presidente? Cuando S0 moclificnnm 108 ~ímit~;s terri
toriales de dr>pari:amenios y provincias y aun de comunas, <1C incuITió en una serie de errorelS. crrfYrC'~\ >tn]es (pJ-:: han j~:;rhIídq e"';. ~~1 \"1-da !nlRTn:-¡ de :;~,,:r~ :<I)~' ~,' ;:~> ~'. >",'
mieron departamentos, como el de Talcahnar:')~ y en p~'ovinei['3, y ,se 1~~~:: ~llit6 D, Gi~~1S zo·· nas les m:'d;o;, Ol¡é' r1~oh¡;l1 t:m<;l' !:;us habitantrs p:J.rü se:'vin:e el, n'.;, bl:Cl1~1 D,dm;ni.stración IJOlblic:',. Y f': 1":'cO: "0", (;onoejendo los ¡n.ales ::" t1.efí- ,:-(}S en rr~~_· :·aeüI'l"lió
el l~.i -rutivo ~r~.lnf)S g ::rl:.t~J:·;Z~~I··lo ~)L~:."n que (Contim;,() el3. 111, m.¡smg politi~,;:, ))0 ','reo que
l()~ Ilit,~nr1entcR y Gohernadorc;:') que están al fr!'l1te de cilda proyincin o d~r)[1rt(lmento, no conocen todavía el territorio en que desempeñan sus funciones y necesitan ticmno para hacerlo, y no conociendo esos trrritoríos, tienen que incurrir en muchas faltas,
llU(' no e:3 conveniente dar ()sa autorización ¿¡ ."TIS r:lZOl1CS, pl'obabkmerlt(> podría cony(:tnc~~r ti- la {;án:n~~:1.~ (il,~~' ::'::f~,~l;)Zaría el proyh:~to,
El sefiol' Ahr¡],1'8?;.-Pic1o la palabra. El señor Urrejo~a (Presidente) ,- Tiene la
1~] ~eiJor .illv~:r(.z.--...; Yo 801:~1J.1rc.~~Jo eJ alto f-i'pí,>itu que anim~ las paJabras del honorable "eolío;.' .t,chéll'á:'. A~Ge; pero de ellas mislWIS 'le que el honorilble Diputado :~Hfl'P l.:t~lg ncqU.~TL[! - cq n:voe(¡ (.,ión respecto al e01~tet1ido dc-} ~:}<;)ye{:.to"
Se tra'w a~ un J)royn~to ,1esnachado ya rOl' el SeEado ;y qu~e huhicado llegado a la Z"ám2ru, 6.'~~a. 1(: rlió el trá:-l1 i te rC2!'lamrnta,lO n?csÚn(h~D r, Vl Comisión de Goh]el'l1o. la
, .J> ••
('un] 10 cstw1:ó. La Con:;3~6;1 Ill-C p:(l;{; (l'W (r8:~l' aJgurwB
file. El señoy' r-.cb,'?t':.\':l AYC0. --p('1~O r;ste p~oyec-
1'0 tr,-v(l ~n ()T':~!·I""\Y1 0n (11 S'.~~lfHlo. El Q,/'ñor A1v".l':"2:;;.-Es lo CUl' estoy d;cien
d('~ De" ur_ m('~Qr~j0 (1:>1 I~~~:O()ntívo S8 derivó ('~te proy:'.('+:, .,:u: p] S'n:'.:~n Clcsp¡;:ch6 y que
-~-_.
90.a SESION ORDINARIA EN· 8 DE ENERO DE 1929 4731
ha sido estudiado por la Comisión de Gobit'r:lo Interior de la Cámara.
El ,>eñor Acharán Arce.-Es el primer estudio que hace la Cámara de este proyecto.
El <':f-ñor Alvarez.- Naturalmf'llte. No se tr1lti! (1., nrN,isar 1ft forma c6mo el Gobierno -ya • proceder, digamos, para corregir los ",rrores que se han notado en la divisióÚ' polítiea del país, cosa que se va hacer de ~eucrdo con los términos de este proyecto.
En el artículo 1.0 se dice: "Se autoriza al Presidente de la República para que, por una sola vpz y dentro del plazo de cuatro meses, contado desde la fecha de la vig:encía dé' esta lry, se introduzca en el estatuto trrritorid las modificaciones que estime Icnvij110ntes para el mejor Gobierno del Estado".
y en el inciso 2. o del mismo artículo se a.grega:
,< Este plazo será de un año cuando se trate del arreglo y re~:ificación de los límites de las comunas, dentro de los fijados al departamento a que pertenezcan, o a la creación, supresión o delimitación de los distr,tos. ,
Voy a explicar brevemente por qué hay dos plazos.
Tratándose de los departamentos o de las provincias, es más fácil corregir los errores que cuando s,~ trata de modificar los límites de las comunas, para la creación, supresión o delimitación de los distritos, de los departamentos.
Este último es un trabajo más delicado y presupone una información perfecta'Clcntp exacta.
El señor Ministro del Interior, asi.<ió a la Comis~ón que estudió el proyecto y ex· presó qm tanto el án.lllO de S. B. el Presidente de la Rl,públiea, como el suyo propio, erü el· de recibir toda clase de informaciones, no sólo las oficiales de los intendentes y g.obernado1'2s, sus agente:> natura'!';;. síno la de tojos los halJitantP~ que qllÍ3icIran darlas en una forma real y positiva; y en este sentido se antlc:ir·ó i1. l'ldir a 108 miembros del Congreso todos los datos '-lur contribuyeran a ilustra)' hs rc~·o:t:('íOl1c:S ,iel GOl) ·.TllO en esLos asuntos, que de por sí son molestos.
No Vi20 por qué d Cong;:eso Naciom¡,l pudiera cqUlvocarS2 menos, en 10 que; respecta a laeonveni311cia de los departamentos,
-= de las comunas y de los distritos, que lo que puede equivÜ'carse el Gobierno.
Tratándose de legislar sobre un Ilsunt'O tan dclicado como es éste, indudablemente que los intereses regionales se harían oír insistentemente en ambas Oámaras, y como esos intereses muchas vece.s no consultan las conveniencias de las provincias y de los departamentos, se perturbaría así el criterio de legisladores ·con que nosotrosdebiéramos y quisiéramos resolver este problema.
Es más fácil, entonces, Hegar con esas observaciones al Gobierno, al Ministerio del Interior, para que scan tomadas en cuenta.
El señor Ríos (don Juan A.) - Así se hizo anteriormente, y las qUi:jas se deben a que no hubo publicidad.
El señor Alvarez. - La práctica enseña mucho, y el Gobierno reconoce que los medios d~ informaciones de que se valió fueron deficientes, y hoy día va a recibir, fuera de las informaciones de los intendentes y gobernadores, que son sus agentes naturales, las de todas las organizaciones sociales o económicas, las que tendrán amplias facllidacIes para emiLr sus informaciones.
El sellor Retamales. - Si me permite Su Señoría ...
Por lo que hace a Santiago, puedo citar a Su Señoría el caso de que el Gobierno habi3 anexado una zona bastante extensa de la parte ponicl1~e de la A ven:da General VeIásCjuez, que form~ parte de Santiago, a la comuna de Espejo. El Diputado que habla acompañó a varios vec:nos de ese sector, a exponer su situación al Gobierno, y éste, cOl~pL'obando la conveniene~a de las razones qm' se le expusieron, resolvió que esa població~] \-ol"iera a formar partr; de Santiago. Esto demuestra que las quejas, cuando son justas, son atendidas por el Gobierno.
El señor Alvaral::.- Termino rOf,ando a la Honorable Cámara que medite sobre cual s~ría nU2stra sJuación ante los intereses regionales, si el Cóngres:) interviniera en los d~,talles de la división poiítica del país no "é!o Q<:; co,munas. 3:no tamhién de los (L'ír<tJs.
-Sl señor Acllarán Arce - Su Señoría sabe que las leyes se lHwcn hoy en las Comísior~rs, qne ;:(1 h:!l'l tr.~~n·-~fnr-n}?do en una especie de laboratorio, y "hí pueden concurrir
- ;--
CAMARA DE DIPUTADOS
los Djputados a ex'poner la situación de las provÍncias o departamentos y hacer las indicaciones que deseen.
El señor Alvarez .. - Todo eso es demasiado sabido; y es por eso que el Diputado que habla, que tiene la experiencia que recogió en los ocho meses que colaboró en 108 trabajos de la famosa Comisión de Estatuto Administrativo, trabajo que fué arduo y levantado y que no dió resultado alguno por las razones que conoce la Cámara, en estos momentos no quisiera afrontar, como miembro del OongresQ, los detalles de la división política del país, sino que preferiría ser acompañante de los intereses que se erean perjudicados, para que el Gob~erno afronte de lleno lo totalidad de la respon.sabilidad de la división adminietrativa del. país. El Gobierno, con franqueza que le honra, reconoce que cometió errores, y pide al Congreso que se le faculte para enmendarlo.
Por otra rparte, sabemos que muchos de estos distr:tos o comunas han debido su creación, no a las conveniencias sociales, económicas o administrativas, sino conveniencias puramente políticas, y no veo por qué el Ejecutivo 'Pud~era tener aspiraciones políticas en orden a establecer una división territorial inconveniente para la buena administración de las provincias y de los departamentos.
El señor Ríos (don Juan A.) - Lo mis.. IDO puedo decir yo a Su Señoría, y debo manifestar que la división política que tenía Chile no se debía a ninguna conveniencia de partidos, porque jamás ha habido en Chile una división territorial que se haya ajustado más a las necesidades del país. Su Señorío no podía citar un sólo caS() de parLdarismo que obedeciera a un fin políti :lO, sino siempre a una conveniencia administrativa.
El señor Alvarez - S:n embargo, andaba por las oficinas del Congreso un proyecto sobre creación de la provincia de Ohoa'pa, y de algún departamento que 110 merecía ser más que comuna.
El señor Ríos (don Juan A.) - Pero no se -crearon.
El señor Alvarez. - Y la modificación de límites de algunos distritos, para adoptarlos a las conveniencias lugareñas.
El señor Ríos (don Juan A.) - Per() no se llevaron a efecto. Se ha pedido, pero no
= se ha dado. Una cosa muy distinta es que se pida y la otra que se dé, o se haga.
El señor Alvarez. - Ahora el Gobierne, como pocas veces, está dispuesto a acoger todas las informaciones que sean necesarias.
y todavía más: como se trata de una autorización por una sola vez el Congreso, de acuerdo con sus facultades soberanas, puede modificar los nuevos errores que pudieran <lometerse, o modificar completamente lo que el Ejecutivo haga en virtud de esta ley.
El señor Rl0s (don J'uan A.) - .Vamos a llegar a lo mismo. ¿ Por qué no se presenta al Oongreso el proyecto definitivo y aquí lo discutimos, y así no habría necesidad de reformar nada?
En cambio, haciendo uso de la faeuItad constitucional, tendríamos que reformar después lo que I~.l Gobierno haga.
¿ Por qué no hacemos aquí una división territorial bien hecha 1 Este Congreso ha colaborado siempre en la mejor forma a las tareas del Gobierno.
El señor Alvarez. - El procedimientO' va a resultar el mismo. Con los informes que lleguen al ,Ministerio del Interior, las cosas se harán como Su Señoría lo propone, en estos m()mentos.
El señor Rubio.-Pero no 'Cs posible que los miembros del Congreso nos traslademos a la Moneda para hacer nuestras observaciones acerca de la división territorial, cuando 10 lógico, lo que corresponde eS poner el proyecto en la orden del día, como lo pide el señor Achariin, para que ahí los Diputadoi manifiesten, en vista de las necesidades de las provineias que representan, cuales son los errores de la actual división territorial, a fin de que el Gobierno las tome en cuenta..
Por ejemplo, el Diputado que habla tiene que manifestar que en la división territorial actual se dejó a la comuna de Rancagua en una situación completamente anormal. Por ejemplo, la Fábrica de Conservas que está al Oriente de Rancagua, a 4 cuadras de la Plaza y a 10 de la Estación, paga sus derechos en Machalí. una cabecera de comuna, al pie de la cordillera, lo que es un absurdo. Lo mismo he oído a varios honorables Diputados, que quieren hacer observiciones parecidas. Pero si se pone el proyecto en 'la tabla de fácil despacho, los honorables Diputados no podrán hacer esas
90.& SESION ORDINARIA EN 8 DE ENERO DE 1929 4:733
observaciones; en eambio, si se le coloca en la orden del día, tendrán tiempo para ha.,erIas y el Gobierno podrá recoger los datos que manifiesten los honorables Diputados, aquí en la Cámara.
El señor Urrejola. (Presidente) .-La Mesa hace presente que elHeglamento autoriza para pedir el retiro de cualquier proyecto de la tabla de fácil despacho, siempre que esa petición sea hecha por medio de un Comité.
Si el honorable señor Acharán es seCUDdado por el Comité de su partido o por cualquier otro, se retirará el proyecto o se votará la petición de retiro.
El señor Alvarez. - Quería terminar mis observaciones ...
El honorable señor Rubio repite la equíTocación a que ha dado lugar este proyecto, 'que no contiene otra cosa que autorizar o nó al Gobierno para que revise la división territorial de la República.
-Hablan varioa señores Diputados & la. ves·.
El señor Urrejol& (Presidente) .-Ruego 1. los honorables Diputados evitar los diálo-gos. \
El señor AlVlL1'U.-N o se propone ninguna división territorial ni para Rancagua ni para Machalí ni para ninguna otra parte. Simplemente se pide la autorización, y es respecto de esto solamente sobre lo que la Cámara debe pronunciarse; es decir, aprobando o negando. Y recuerden los honorables Diputados que el Senado acordó por unanimidad conceder esta autorización.
El señor Edwards Matte. - ¿ Me permite una interrupción el honorable Diputado f
El señor AIvarez.-Con el mayor agrado. El señor Edwards Matte.-Deseo, con los
conocimientos que tengo de la labor que se ha hecho en esta materia de corrección de los errores anteriores, confirmar el criterio del honorable señor Alvarez. La anterior división territorial se hizo en virtud de una autorización que el Congreso dió y que el Ejecutivo puso en práctica, sin más estudio que el que; con una rapidez desusada, se hi%0 para estudiar la reforma sobre los planos. Con posterioridad, se ha hecho una revisión basada en un estudio profundo y geográfico; y es precisamente para corregir estos errores-y la experiencia ha demostra.do que hay algunos evidentes, como ese a
que se ha referido el señor Rubio-para. lo que se solicita esta autorización .
Por lo demás, señor Presidente, no creo que la manera más eficaz de hacer estas rec~ tificaciones que los honorúbles Diputados desean formular, sea la de desarrollar observaciones en el seno de la Cámara. lIucho más eficaz, señor Presidente, sería que eada Diputado pidiera que la Cámara enviara oficio al Ministerio, haciendo presente tal o cual circunstancia, y entonces existiría un memorándum escrito, que serviría a veces más que las observaciones que, por desgracia, suelen no ser tomadas en cuenta, como sucede con muc.has que son desarrolladas en esta Cámara.
Yo, por eso, abono co~ el modesto criterio del Diputado por Santiago, las observaciones que ha expresado el honorable señor Alvarez.
El señor Va19ncia Oourbis.-¡ Me permite una interrupción 1
El scñor Urrutia. lYIanza.no.-¿ Me permite una interrupción r
El señor Alvarez.-Yo no puedo terminar en un minuto, y entonces sería más fácil para Sus Señorías desarrollar sus observaciones.
El señor Urrejol& (Presidente) .-Puede Su Señoría terminar sus observaciones, y en seguida concederé la palabra al hOItOrllble señor Valencia Courbis y al honorable señor Urrutia Manzano.
El señor Alvarez.-Esta autorización que se va a dar al Gobierno por una sola vez, es para que revise los errores de que adolece 1& división tarritorial. El Gobierno va a revisar estos errores. ¿ Cómo ha llegado el Gobierno a tener la evidencia de estos errores T Por lo· que acaba de expresar el honorable señor Edwards Matte: por las manifestaciones de los habitantes del país, ya sea con investidura parlamentaria o sin ella; por los datos estadísticos más completos. Y se ha visto que es urgente, que es necesario f corregir estos errores.
El señor Urrejola (Presidente) .-Tiene la palabra el honorable señor Valencia Courbis.
El señor Valencia Courbis. - Este debate, q\le ya parece bastante largo para la tabla de fácil despacho. St' ha promovido a consecuencia de las observaciones del honorable señor Acharán Arce, que ha estimado demasiado grave este proyecto para que pueda
, f/
4734 CAMARA DE D1PUTADOS
ser discutido en la tabla de fácil despa'Cho ...
El señor Urrutia Manzano. - Grave, porque el Congl'eso delega sus fap,ultades ...
El señor Acharán Arce.-Debe discutirse más ampliamente y nó en la tabla de fácil despacho, por la autorización que en él se concede.
El señor Valencia Courbis. - Yo disiento profundamente del criterio del honorable señor Acharán Arce, por razones de derecho público y de derecho administrativo y por razones prácticas.
Desde lue~o, yo creo que el Ejecutivo es muchísimo máfl competente que el Congreso Nacional para establecer la división administrativa de la República, porque el criterio del Ejecutivo tendrá que ser un criterio administrativo y económico, mientras que el criterio con que en esta materia procedería forzosamente el Congreso Nacional, sería un criterio político y haRta cierto punto saturado de intereses electorales ...
El señor Edwards Matte.-Tan verdad es lo que Su SefLOrÍa dice, que en Francia, donde se acaba de hacer uná obra análo:p a la que ahora estamos discutiendo, se ha delegado en el Gobierno que preside el señor Poincaré la autorización para establecer la división territorial; porque es evidentemente absurdo, a mi entender, que un Cuerpo Legislativo éntre a estudiar la divisi6n territorial que es por esencia un asunto administrati-vo.
. El señor Acharán Arce.-Pero pueden reImltar perjudicadas algunas regiones ...
(Los señores Valencia y Acharán Arce hablan a la vez) .
El señor Valencia Courbis. - Si hablamos
El que administra es el Ejecutivo, y mal podría, entonces, sobre todo en este régi~ men presidencial en que nos encontramos, tener el Ejecutivo la responsabilidad entera de los actos de su administración, si leyes como éstas, es decir, de carácter administrati.vo, son interpretadas C'l1 tal fJrma por el Congreso qne vienen a dar lugar a larga discusión, discusión 110 fundada en el criterio administrativo y económico del Gobierno, sino en el interés político de la Cámara o en el criterio político de los Diputados.
El señor Acharán Arce.-Está en un error Su Señoría... Yo defiendo una facultad constitucional.
El señor Valencia Courbis.-Estoy, pues, muy distante de participar del criterio alarmista del honorable Diputado.
Tratándose de otros proyectos qUE' no fuesen de carácter meramento admiIlistrativo como éste, justo sería que los Diputados reclamasen para sí y para la Cámara toda, el derecho de discutirlos ampliamente, de patrocinarlos y de imprimir en ellos el criterio de la Cámara; pero no es eso el casI) del proyecto en discusión.
El señor Urrutia Manzano.-Yo debo hacer presente que después que pedí la palabra se ha permitido hablar a varios Diputados, en largas interrupciones.
El señor Urrejola (Presidente) .-Se ha cumplido estrictam~nte con el Reglamento, honorable Diputado. Con la tolerancia de los Diputados, S2 pueden hacer interrupciones.
Para proceder en la forma que Su Señoría indica, habría que reformar el Reglamento. '
a él-5.o, honorable Diputado, no nos vamos fl El señor Urrutia Manzano.-Era lona-nód!'r !'I:tender .. , tural que se me consultara para permitir
El señor Acharán.-Yo había pedido que esas interrupciones. se me permitiera una interrupción... El señor Urrejola (Presidente) .-Cuando
El señor Valencia Courbis.-Tiene que ha- hay Diputados inscritos, la Mesa los consulcerse esta división que solicita el Presidente ta, honorable Diputado; no así cuando se de la Repúbliea, solamente con criterio ad- trata sólo de Diputados que han pedido la ministI'ativo y económico, porque de otra palabra. Porque pueden pedir la palahra manera el Presidente de la República no diez o más Diputados, y la Mesa tendría que podrá asumir la responsabilidad al' la ad-, estarlos eonsn1tanclo para cada. interrup-ministración. eión.
Es una tésls de .derecho público univel'sal- En todo caso. habría tenido más derecho mente aceptada la de que la responsa bili- para reclamar ~l honorable señor Valencia, dad de la administración corresponde al ad- que había pedido la pabbra antes qu~ Su ministrador. Señoría.
90.a SESION ORDINARIA EN 8 DE ENERO DE 1929 4735
El señor UlTUtia Manzano.-Considcro que lo lógico es que el Ejecutivo envíe un mensaje proponiendo la nueva división territorial de la República, mensaje que sería estudiado por la Comisión respectiva, en la que el señor ~finistro del InteriGr podría oír a los honorables Diputados que desearan hacer observaciones, y como aquÍ el Gobierno tiene facilidades para hacer aprobar los proyectos que desee, no hay duda que esa ley será despachada en la forma en que 10 solicite.
Estimo que no debemos renunciar nosotros a las facultades que nos confieren los preceptos claros de la Constitución; la que ordena que la división territorial debe efectuarse o modificarse por el Congreso. 1\0 podemos c1eJ(!gar esta facultad, que nos da el artículo 44 inciso 7.
Ahora, de aceptar el criterio que enuncia el hOl1Q.!'able señor Valencia, más valdría cerrar el Con greso.
Quiero agregar que yo no tengo mucha confianza en los conocimientos geográficos de los hombres que rodean al Gobierno. Se dice que se han equivocado y naturalmente, mientras más se estudian las leyes mejor re¡;ultado se obtendrá. Por lo demás, el honorable señor Acharán y el qne habla esperan que el comité liberal pida el retiro de la tabla de fácil despacho de este proyectlY. Espero la contestación del comité liberal.
:E\l señor Edwards Matte.-Yo, miembro del comité liberaL digo que no pido el retiro del proyecto.
"El señor U~l¡tl;]. Manzano.--Yo entendía que el señOJ' Edwards Matte, que dice no pertenecer a ningún partido político, no era liberal y, en consecuencia, tampoco miembro del comité de este partido.
El señor Edwards Matte. -Está presentada mi renuncia, por escrito y fundamentada, del cargo de miembro del comité liberal. Desgraciadamente mis honorables colegas no han creído del caso aceptarla. Ello no es por culpa mía.
El señor UrrejoIa (Presi¡hnte) .-La ?ilesa confirma que Su Señoría forma parte del comité libernl.
Ofrezco b pnln bra. El señor Urrutia Manzano.-"No 11(' te"
'miMdo, señor Presidente. Celebro mucho que el señor Edwarfls Mat
+ .. pertenezca al comité liberal. Snhe S11
Señoría que siempre ha contado con mi confianza plena en el desempeño de su cargo; pero francamente, creía que en el último ti cmpo Su Señoría no pertenecía al comité liberal.
Doy esta explicación para que no se vay~ a creer que mis palabras pudieran envolver el más leve propósito de molestar a Su Señoría.
El señor Edwards Matte.-Agradezco las palabras de Su Señoría y le doy el dato de que obra en poder del señor Vicepresidente de la Cámara, mi colega del comité liheral, la renuncia escrita y fundamentada de que he hablado.
El señor Guzmán García.-Yo soy miembro del comité liberal también, y no puedo ponerme en contradicción con otro miembro de él.
El señor Acharán Arce.-Quiere decir entone es, que los Diputados liberales no tenemos garantías.
El señor Urrejola (Presidente) .-Puede continuar Su Señoría.
El senor Urrutia Manzano. -Algunos honora bIes Diputados han expresado CI.ue la Cámara, debe rechazar o aceptar este proyecto sin discusión alg·una.
Encuentro que estas opiniones son precipitadas; con algún estudio se pueden introducir, como muy bien lo dijo el honorable señor Acharán Arce, ciertas limitaciones en artículos nuevos, que fijen las normas a las (males debe ceñirse el Gobierno al modificar por simple decreto los límites de las provincias, departamentos. cornUDas o distritos.
Yo, señor, voy a votar en contra del proyecto de ley en discusión, pero como seguramente la Honorable Cámara lo va a aprobar, confío sí que a lo menos, al delegar sus facultades, lo efectúe con reglas (lUe limiten hasta cierto punto la libertad que se va a dar al Ejecutivo para variar la división territorial de la República.
Ei <;,'ilor Urrejola (Prcsidente) . ........,.<)n S~:11o
"Ía r00!'la en el momento oportuno formu!r>1' .. rl(1i~·neioncs. T18. única diff'I'enf'ia que hay t" q·~-u~ p1 J)1"'oycí1tn D(\ vnc~lve P .. 1, .. :~or."!.~p,:61~.
1"1 "erío"!' Ach::;rán Arco.-Ha t 0 rminado el tÜ'n,no destinado 11 1a tn.bln de fácil dt'1'!pa,1 1,\ .~OJoy· Pl'l'si(1rnte~
"1<;1 ~eño'!' Urrejüla (Presidente) .-Sí, h0110-
, Diputado, lw !pJ'minado lB hora. Q1W-
;t "
4736 CAMARA DE DIPUT ADOS = da anunciado el proyecto para la tabla de fá"il ~espacho de la sesión de mañana.
3.-REFORlYIA DE LA LEY DE ALCOHOLES
F.l ~~ñor Urreja!a (Presidente) .-Entrando a la orden del día ,corresponde ocuparse de las mo'ijfir;·:ti0nes que el Honorable Senad~ ha il'ltrccln~ído en la ley de alcoholes.
El ~eñor Rubio.'-:'Pido la palabra sobre es-1(: proyecto.
El "Ieñor Sec:retario.~l Senado ha tenido Ií bien insistir en la aprobación de las modí!í{'aciones que había introducido en :el proyecto de reforma de la ley de alcoholes y que fueron desechadas por esta Cámara. eon excepción de las que se refieren a
. loa arts. 34 y 120, eneuya aprobación no insiste.
El señor Urrejola (Presidente).-En disl'usión si se insiste o no en las modificaciollt.!! del Honorable Senado.
El ~eñor Rubio.-He pedido la palabra, señor Presidente, para referirme principalmenté al artículo relativo al mayor impuesto de ~os y tres centavos para los vinos. Yo manifesté, cuando se presentó este proyecto a ]a discusión de esta Honorable Cámara, que consideraba que los vinos deberían tener el m~,yor .impuesto posible, a fin de poder tratar (te que terminara 4.manto antes el alcoholismo en el país.
Yo considero al suelo agrícola dividido en tres categorías: una dedicada a la siem'/:Ira. como las chaehM, por ejemplo, trigos, ,·te., que dan el alimento a los habitantes; otra categoría, In de suelos que están abandonados. que no se cultivan y que a mi j1l1l'i(, debían e.q¡ropiarse por Cl Gobie"no y diVlflirse a fm de que pasen a poder de quiel:!,es loa pus1an cultivar; y la ter<lera categoría, destinada a la Pi'oducción de los vicios de la humanidad, principalmente el alcohol y el tabaco. Estas, a mi juicio, deberí:m tener el mayor gravamen posible y las de la categoría primera, el menor, ·por estar destinadas a artículos de alimentación.
Por estas razone.,; voy n darle mi voto al artículo l'espr,.etívo, en la forma que lo ha aprohado el Honorable Senado, y que es. a la vez, 13 forma como 10 ha pedido el Gobierno, " ¡;t>a, gravar 10 más posible la producción de vinos y alcoholes.
El señol' Secretario.-EI Gohierno ha envia-
do, respecto al proyecto que ha despachado el JLJlIorable ·Senado, la siguiente nota:
"}:l Honol'nble Senado ha despachado en l'l.!:¡¡·to tr&nute el proyecto de reforma de la Ley de Alcoholes, manteniendo en dos centa'-'o:! Dor litro el impuesto sobre la producción dc· vi'10S III Sur del río Maulo e incluyendo los departamentos de Linares y Loncomilla en
·la zona que pagará el impuesto de tres centavos.
r(.r~·esponde, pues, a esa Honorable Cámara pronunciarse nuevamente a este respecto y nupvamente también el infrascrito estima necesnrio . recomendar la aprobación del aCllp.rrJo del Honorable Senado.
Sin insistir en los argumentos de justicia ü'ibutaria tantas veces enunciados en pro de la.s contribuciones propuestas por el Ejecuti \'" Y aceptadas por el Honorable Senado, ni en lo exiguo que tales contribuciones resultan <,omparadas con las de otros paises vinierilas, me limitaré a llamar la atenci6n de esa. Ihnol'llble Cámara hacia un punto que, a juicio del Gobierno, reviste especial importan,'ia. E<l esta 1'1 necesidad de respetar la bl:lSl r.eonrmica del proyecto.
LIll; apr,,(·jnh1':B concesiones en favor de la exportación de vinos hechas por el infrascrito en la Comisión de Hacienda de CS3
t"ámara, que significaban imponer al Fisco cargas mUy superiores a las previstas por fl proyecto del Ejecutivo, descansaban en la aceptación de los impuestos qua esa misma IJomis;ón aprobó y que despué.s el Honorable '3enado ha aprobado también en segun,lo '" ruartó trámites. ACt:l)tadas ya aquellas t',)nt',?"lOnes por ambas ramas del Congreso, el Gobierno considera un complemento ineIu,lible de ellas la aceptación de dichos impUC'3tos, de manera que si éstos fuesen al~;erados se vería urgido a trami.tar la anul'wión de las referidas concesiones.
Pero, ante la evidente conveniencia qUf'
importa para la industria vinícola y aún para la economía nacional y para la salud pública impulsar la exportación de los prodnc-10.8 de aquella industria, el Gobierno declara que, si las contribuciones propuestas fuesen desechadas, lament1JrÍa V"lT'SC ~)hlíp;'l!d\\ P(:yo }.? Honorable Cámara de D:putados, ti
ru.;l ¡'iqrir la cuota C'onsultada en el mensaje de Ag-o<'to prdo., la ayuda fiscal a la exp(;l·tación (k VhlOF..-Dios guarde a S R:Fif'nJ'do\ -Pr.,!-,10 Ramírez". In sefóor Meza Rívera.-Yo había pedido la
90.a SESION ORDINARIA EN H DE ENERO DE 1929 4737
palnbra d,,"pnp.s dd honorable señor Rubio, L/' 1'1levO ?I s,~ii()r 111'esidente (me me la con· ce(~;¡ '((;.':)l!,';S qu·' üabl" ('1 hcnol'able f,r'ñor Cl't:z;~:
El . (rJOY Cruz<l.t Vicl1ña.-A la.s l'aZOlles ele :'Hrú(',cr ('vc)Jtómico. bien flmdamsntadas, qi~,· '~~[J(I)1r ,1 ,;, .. t:(\~, ~Lrcíf]t·:o de lIac¡r:;n:~a en :511 ofjeio. voy ;! ~ ;~~>f:g'~lr h1'e\tí~<ln(~;_{ pala-1)1'::;; 1'. s:~cr~', :'} T<~111c 4';" o S"f¡ :!l ilrfi,mlo u Cr;i>.) ,(.' ti;i :·:\~·~':,,·~c hon{n':~bl~~ senn¡ Ru .. 1Jl fJ •
El nOI!O~'U bh: ;:)( llrldo ha in;iistido P11 manl"')1<'1' Hn impIH'sto d( dOf> (;Cl:t<lVOS parcl.la zo
n:1 "iiwH}'l ;¡¡ :Silr rl ,) río l',la:l];', en eont~'a cid ~11'OJlÓSltO de b L'úulilr[¡ Ó" Dipl1t&ooS qw 10 hul¡:it n~b:tj;ld,) h unu y w:,cil{) t:f'/ltnve. Yo lbmo la n.te¡wi{Ji1 de h. CÚmarn. haeia ,'stn sitllnrióc¡; In ley act~lal estftbh'('(' un jmp11('~~o de uno y deiS (~cn1av(!s: l'(Csp('f·.tivnmente para (·ada una de estas ZOl1as. Con este ~e!1tavo d(- diferencia se ha querido é:quilibrar, por decirlo así, la situación de ;<1 vinicultura ell una y otra ZUlla, tomando rn considcl'<1eiún el I:osto de produccÍón, el n"e(~io de vrnta y demás cireunstanCIaS quedrtf'rminnn la utilidad que produce el 11('
(!'ocio, Se ha rrcarg'ado en un centavo el implll·:;,to a la Zona Norte con relación a 1(1 Z'I!J,~ ,",nI'
Pues birn, si hoy día se mantuviera p]
i'npUf'f'~_O acordado por la Cámara de Diput:ldos, de un cr'ntavo y medio, subiéndolo a 11'1'8 t'cntavos para la Zona Norte, el éieseqnjlibrio se habría producido en favor de la 7,0111\ ::Iur.
Para hac('rme C'omprender mejor, voy a l~')n,·~· un f'jrD!n1f" Si en vez de estubleeer ~:iI immlpsto df' l¡¡lO Y medio y de tres celltavos.' 1\(' ~nisin':l a\1mf'llt:lr ,,1 impuesto nct'wl l' 'lC 1,1"Y[\1';, :; 10 v 20 cpnt.í!V01'. res-1Jedi~·"m(~lJti'. l']'I,t<,l¡d¡('I~d(l (,levarlos en la misma prop(l,,(,j<,,¡l. ('';::¡ dif(-rencia de ]0 ('n~avos, v('udr'Í:1 ;, hac('l' rlesaparecer la ntiIldll'~¡ ¡1(, !(IS ,'iíí:;:('l'O~ 1:\' la Zonl1 'Norte. Lo ¡{jujeo ~'~ S{'~'n¡f' ~[l::L1(lHipn(lo la nrisma diJ!¡ r~(;n<.i}l." (Jqtp .. ·,,'t'y,l.'· la ~·.iJ~:.r:.(",í0> qUI.; se ha
l;í,\ :1I'P¡I1:!!to plll' lo, j""pr'¡';;enlnutes <1t' amhrl~ .0r .. ~',~. ~'11'Ur,'1' i:n~d;) ('~ establr:cin11('n~O dv I:n ;~~(~;H(,f·d(! ,j~\ :\;\() :,: H!ddío y de (lO:"; y n1{'~
f~:O !·f·lltnYO~ .. ,·('~1:', "()l',~t:~ "le l(';~~ dO\';1Jnl'~~~o~
:<l!, ,'l')';;¡¡ ,'1! po' :i'!' "1,, In Comisi(m, I'C' ,.:'-
t:~;', 1)): 1l!¡)¡¡i'!' :n ,¡!f!·;·\<r~I·1:1 de Ui~ ¡"(JEr~;\~n Para Jloner un ejemplo aun más vulgar
(;onsider(,IJlo;, lo que Jiil>'U en los deportes' una vez que Se consideran laiS. sitnacíon,.'" de
opción de los competidores, se est'l.bl_e(~e una escala de pesos, con diferencias f11;" ,,¡,;neD a iguaJar las posibilidades de nnC's y oLl'oS Si. por cualquiera cir'2Urustancia hW r:el:csidad de mouificar ePota escala de pe';Oii, se ¡;e
guirá igu<Jlmellte manteniendo la mi"m.l diferencia de pesos,
Esta es la situación de tIue aquÍ se trata esto es, nlantener la diL,rencia de iml,u!?'~to a iiy! de manteucl' Jd situación de eq uilibl;O entri, las dos zonas,
POlo C6C1 r:¡zón, yo creo que se debe ¡o,probar 1,) modificación hecha por el HO.!'I'able ,~cnildo respecto del impuesto dé 2 Y 3 centavos.
Por lo demás, hay razones considerab[e:-: (m apoyo d e esta situación, que el sefior :M:i· m~tro de Hacienda ha expuesto en su ofi· ció; porque si se mantiene lo acordado por la Cámara. :se destruiría la base econóllllCa del l)royecto, y, si no he entendido mal, me parcee que el señor Ministro ha manife~ do que vetaría la ley.
El señor Urrejola (Presidente), - No, señor Diputado.
El señor Cruzat Vicuña. - En cuanto a la otra modificación del Senado, relativa a este mismo artículo 47, la situación es diferente. Me refiero a la que considera los departamento de Linares y de Loncomilla incluídos en la Zona Norte.
En realidad, a pesar de que en la Comisión se estudiaron todoo los antecedentes de que se pudo disponer, me hallo en una situación de perplejidad ante este problema,
Me he informado y le he oído decir al se· ñor Meza que en estos departament06 hay una diversidad muy grande de zonas vitícolas: unas de grandes productores y otras de productores muy pequeños, No sería posi. ble, a mi juicio, hE'rir los intereses de lo~ modestos vinicultores de la zona pobre para mantener una situación de igualdad en e] impuesto,
Sin embargo. no me he formado un coneE'pto claro n ~te respecto. Estoy perplejo como digo.
Ahora bien, si la Honorable Cámara insistirl:'il. rQ su acuerno de ('onsider:1~ estos drpartamentos inclnídos en la Zona Sur, se produciría la situación qUE' contempla el artíru10 51 de la Constituei6n í ('} desacuerdo de esta Cámara con el Senado, ~n tal caso. Sf'r~!l ronvl'uiente, a mi jnicio, 'Proceder a
Ordina.ri.M 297
CAMARA DE DIPUTADOS
la designudón de una Comisión Mixta de Senadore.s y Diputados para que e6tudíe este punto, a fin de poder llegar, si es posible, a un acuerdo de conveniencia general.
Por estas razones, pido desde luego, la división de la votrrción respecto de laB ruodifieaeiones del artículo 47.
El seño" l\!eza Rivera. - Ha llegado estr proyecto ,), mta Cámara a Herrar su quinU trámite cOllsWucioIlJ,l. Túl V1:Z para alguno, ha sido muy largo y fatigo~o este debate. pero, dad:l la importancia trascendental del problema para la vida económica del país creo que f;e ha gastado el tiempo necesario para obtener una ley qU0 consulte los intereses nacionales y se ajuste a las normas de justicia, dentro de los medios de que disponemos para conseguir estos objetivos.
He oído con especial agrado las observaciones que acaba de formular el señor Cruzat, en lo referente a los departameutos de LOLlcomilla y IJinares, y que vienen a confirmar lo que he venido sosteniendo desde el primer momento en que se discutió este pr0y~cto
He llamado especialmente la atención hacia el hecho de que la división en zonas que establece la ley vigente fué obra de un estudio detenido y concienzudo, fundado er informes técnicos, en los cuales se dejó establecido que el río Maule marca una división natural que no se podía trasgredir sin cometer una injusticia, pretendiendo impo. ner a los viñedos del Sur de ese límite la misma contribución que afecta 11 los del Norte,
IJos vinos que se producen en la región Sur del Maule son, en ealidad, inferior a JOI"
de la región Norte, y he probado que esta difereneia se fija en el comercio en 4- 6 f pesos por arroba, en relación a los vinos de IlontulÍ y de más al Norte.
Por esto, pretender aplicar a los departamentos de IJoneomilla y Linares UIla contri· buci6n igual a ~a que se paga en el ~orte en doude se obtiene un mejor producío y en forma más abundante, sería cometer una injusticia y coloear a la industria vinícola dr esos departamentos en una situación neSVCI!
tajosa, y más que eso, en UYla situación en que no podría subsistir, porque aquéna seria una carga mús pesada qC1e la que puzdcn so-portar. ..
En estas condiüíones, DO habría convenie'1
====::--==== -----~-- -,~ia a:gunu en que el Ejecutivo iru;istit'ra en imponer esta contribuci~n a los departamentuH de Loncomilia y de Linares, pues con ello ¡-;ólo consegUIrla matar una industria próspera y segar una de las fuentes de entradas de que dispone el Fisco.
,Por eso, yo me alegro mucho de que el Dipmado .sellor Cruzat Vicuiía, que filé uno de miR ímpugnadol'cs, lSe encuentre hoy de al'uercln () casi de acuerdo eonmigo en este ,lsunto.
Yo no pIenso abusar de la benevoleneia de la Hononble Cámara, que me ha escuchado con benevolencia en sesiones anteriores y dentro de la cual todavía he encontrade uu apoyo eficaz de muchos de mis eolegas. Aun mili;;, he logrado obtener que la Cámara apruebe la tesis sostenida por mí, lo que pstá d~mo!;trando que he tenido razón, y que lo que sostengo es justo.
N o tengo la pretensión de creerme depositario de la virtud. Yo creo que todos mif honorables colegas son probos y honorables y que por algo ocupan un lugar en esta Cámara, y llan prestado el juramento constitucional correspondiente; pero puede haber disparidad de opiniones, y esto es muy natural en cuerpos colegiados muy numerosos como el nuestrv.
He lamentaG.,) mur de veras que haya prestigiado con su palabra autorizada el honorable señor Orrego la bondad de los vinoF de Loncomilla y de Linares, hasta el punto de decir que las viñas aristócratas buscan nuestros productos para confeccionar sus tipnl~ de vi:1os, y que tal sucede COn 111 viña d·.: l\1acul: pero yo puedo decir que la ver, dad es otra.
He tenido oportunidad de conversar con lm; reprp'3cntantes de estas viñas de la región central, y puedo decir que casi se han srntido ofendidos cuando les he dicho lo ma nife3tado por el honorable señor Orrego, dr que ellOls usaban vinos de Loncomilla para snR prepnraeiones. y me han manifestadr que el hecho no es efectivo, y que vinof tan inferiores como 106 de los departamell tos de IJoncolllilla y de Linares no pueden ll"iarSe para tal objeto. Pero no ereo que sea (:1r,1 caso lnlSistir más sobre eJ particular.
Yo, I'U condusión, he sostenid o en esta Cámara ':ue los vinos de Loncomilla y de Linares son df: inferior categoría que los de la Zona Nnrte, y es por eso que me veo en :tl necesi.rlad de pedir a la Cámara que insista
en todos sus acuerdos anteriores, que han :,;ído rechazados ¡¡Ol' el Honorable Senado.
Sigo Cl'eyeliuo y sostclliendt· 'lue e::lIoy '_'H
le ju.sto. " Es claro que acepto la forma de votaeión por d hO!lorablt) señor Cruzat, comoun medio tle l"Ut'ílitar el despacho de e8-;-e proyeeto; ¡WL"O SUl !"('llunciar a mi mod:J ti (~ pensar en ede asunto, expuesto latamellj" en oc::.siot1cs antpriores, ..
B~] HeDor Oruzat Vicuña.,- La en(;Uentril
@ sei"tor Meza Rivera.- para efectuar' la votac~ón, me pün~t:t' razonable porque pue,jr_' llevarnos a Ulla fórmula que facilite la aprobación de este proyecto.
Tengo que levantar un rargo indirecto qUf~ ~e me ha hecho. Hace días, una persona que no se sienta aquí, me hizo el cargo, s~ñor Presidente, de que yo estaba defendiendo los intereses de los ricos. Nada más distante de la verdad, honor3ble Presidente ...
Declaro que estoy defendiendo los intere",es de los pobres, porque en el departamento de IJoncomilla el mayor número de los viñateroB son los pobres, que apenas tienen una extensión que no pasa de 20 hectáreas ,1" que, en caso de aplicárseles la contribueión aprobada por el Senado, tendrían que abandonar sus viñas yesos terrenos quedarian estériles para la agricultura, porque no sirven para otra COSa que para el fin a que aetualmé'nte están destinados.
Por otra parte, declaro que yo no pertenezco 11 la clase favorecida por la fortuna; pert.eney.co a la el ase media. que está, por -' us aspiraciones, l'lás cerea de los de abajo que de 108 dl' :lrriba; (1€ modo que si yo miro para arriba, es porque me considero con rlel'echn también para llt'~ar basta allá: pero sin nCTder dr vista a los de abajo para l\'ndcr la 1'la11O qu(' nr'('¡,sÍtn, para subir, "ieml,r'P. (jun ('11 sus j¡;o;tns aspiraciones usen mcdi'1~ lp;;-{timofl Y /10 l~ioJlcn los intereses al' los demás.
Yo '''ly a ~L'j;¡¡- Ih fldlabra (''')) la satisfac.. ¡i'lJ (]lo hab(~r euru)lli(}'¡ PO:l un deber, <'omo ,'" ,;1 d" pcr::v"!uí p anní qnf' se haga jllstici¡¡ ¡["ual para todns y ouc d impUf'sto qne S" Tl'ilta de im7)0J1r]" ni)!' pst a. l~:v. r,~ftl1(l laR "on,¡¡('ion?;,; tllJf' '(1 ('OTl<:t; tuelnn Polítiea pstf!
h\;'I'.0 oll.ra que todo impuesto sea justo, y <l ejo la 1m b!.lm] .
1<..1 sellar Urrejola (Presidente) .-;-Ofre2JCo la palabra.
[\j] señor Orrego.--Pido la palabra. El ;;;eñor Urrejola (Presidente) .--'l'iene la.
ru1abl'il ,)U ~('ñoría.
El Selle]' Orr;;go.-8co.ol' Presidente, no vo.y il hacerme C<ll'[!'(l dp lUlil<1,yoría de las obf'P~v:u~wn del lwnufüblt, Diputado, señor M,e
é;1 Hjvel'a, ei] iJ~'!Was de las cuales se ha. re· f!')";dn al qUé' hable,_
(:Uí('l'O (,l~ ]lrinF>l' lngar. señor Pl"f'sidp¡Ite, dejar constancia de que yo tampoco perte¡¡czeo a la das" que podría Uamarse de forluna, o adinerada, cntr-e h~ que ha querido indireetam('rlt> ealificarme el honorable señor lVIeza Hivera.
El señor Meza Rivera.-Perdóneme, honorable Diputado. j No he pretendido eso!
El seüor Orrego.-Desearía, sí, pertenecer a esa clase con toda mi alma, porque así no tendría que trabajar ni habría tenido que hacerlo como lo he hecho durante la mayor parte de mi vida ...
El señor Ortega.-El trabajo enaltece, honorable Diputado.
El señor Orrego ....... Pertenezco a una clase que se puede llamar la clase de los profesionales .. ,
No be recibido ningún bien de fortuna por he1 encia y lo 'que tengo lo debo a mi modesto trabajo
Quirro dejar constancia de estos hechos ante la afirmación del honorable señor Mez'l River~~ .
En s:,gnndo lugar, los datos que prop01'cion(' a la Honorable Cámara, las dos veces I1nteriores en que se ha discutido aquí este proyecto, y que se refieren en {'uanto al Ím-1 '1esto de dos centavos y tres centuyos a b ~ituaeión de los df'partamentos de rji~ares -: Lonr'on,ílJa, a la situ3eión dp los ,'¡nos de es,'" dep:lrlamentnA, no han sido ell ningún 1'10lllel]~0 rreactoR pnr mi imag-inac-ión, sino qu" ~()ll datos proporeio!l!ldos por la Di!',,("t:¡ón General d(~ ImpueRtos 1nt(,1'no.;; ;¡ le, Col i"iún dp Hoeiencla 0(' b HOllOl":lhl(, Cámal"e!, ~. :n). romo DipuU¡do info¡'mn'\j,_ ['reí di> mi debl'r eXpl'eRarlos a la C(unarfl.
'{n tengo en este asnnh ningún intel'ps ;.' )'S'l))) al , ,. I~,? er(lídQ <1l'f'-'nnel: los intrl"P '-,... ;leiollalc_" dentro d\' ]¡ji l"rili'J"io v de ,ll'nerdo con los datos Ofi('ia11's <¡ni' s,," nos P'opol'cionaron .
4740 CAMARA DE InpUT ADOS
La Cámara resolverá, en definitiva, sobre la Cl1cstión y creo que eS inoficioso y hasta runsudor volver a repetir todos los datos que hice meneión en oCJ,siones anteriorrs_
El señor Uttej01a (Presidente) .--Ofrp7.co la palabra.
El señor Urrutig Manzano . ........:No voy 8. referirme a ningnn dato expres,ado en sesion!';:; IH!teriores. así es que no debe temer el honorable R0ñor Ol'rego que vaya a molestar con repetjeiones; pero. para qne la Cámara Be (L· cuel.ta de lo out' significa el impuesto de dos Ct'ntavos para el Sur y tres centavofl para el N arte vov a cxnlicar lo que ésto signifira,
Me 'par~ee que' la zona que se extiende más :lJlá d~~l Maule produce más o menos la mita(l de'los vinos de1 país-dE'searía que si :1
e¡,tE' resJ)E'cto estoyequivoeado me rectificara alguno de los señore.s miembros de la Co. misión de Hacienda-y la Zona del Norte produce una cantidad igual.
Si en el Sur se obtiene 11n mm6n y mec1i:' de hect61itros, se pagará una contribución de tres millones de pesos y la Zona Norte con i~ual producción cuatro y medio millones, es decir, nncincuenta por ciento más.
('<¡mparemos estas cifras con el avalúo d,~ la~ viñas, más allá del Manle, hay dos mi; heetáreas d e viñedos e-n terrenos de regadío, ~' ('uarenta y dos mil hectlin¡Js en terre-no" de secano. Al Norte elrl mismo río. veinte mil hcctáre-as dI' riego y tr('s mil quinienta~' de rulo.
Calcúlese eOlllO se: quif'ra. el valor (le 111
hctárea de viña, ('n las distintas condicione" ,fue he expresado, si s(~ q111cr(' sin haeer di· :~\'J'('ncia entre la de cepa del país y cepa francesa, y se verá que el avalúo total de las viñas de la Zona Norte es un tre-scientos por cle-ll'to superior al avalúo de las de la Zona Sur, y la proporción (>n la contribución ('re vez de ser de uno ¡) trd~ Pf'. de nos a tres.
Esta es la injusticia qnr~ fJueremo!'\ r~p!l
:'llr al ;;olicitar que la Cámara insista I';n 81, dt terminación anterior porqup rso ('s 10 jnst{). eso es 10 lógico.
El s€ñor Cruzat Vicuña.---¡, Cuál es el aya· 16(, de una y otra zona?
El señor Urrutia Manzano.- No tengo el dato exacto; pero el cálculo 10 he efrctulld;, nvaluando la hrctárré! de viña ¿h~ riego dir.z mil pesos t¡':nní)lo mroin, N,. nnlhaR 10
nfJ~ y ]a a.) HPrn110 n ~"'n 1n r'f~~(:~
===--===''''''W=e =,,==_=
El señor Crnzat Vicuña.-Dcpcnde de la extr:n:'¡ón, de la snperfici~, y de otrns coudiciones el poder aprreiar (,1 "aJar ;"onesponiliente_. ,
El seS 01' tTrrutia Manzano."--Y') as('-
~::\lrf~~ U" heS viñ!ls sitlladas al Norte del Maule, tieY'cl1 en t0i;Jl 111' val;}!' cuatro Vl'
('CS mayor que las 8i~uadas al Silr fiel :r10.
Con rC9n\;eto a la cuestión l'elaUva a 10:< ch'partamentos de T.Jol1comiJ1a y de Linnres, estoy el1 perfecto 3rmerdo con el honor[l'bh> f'('ñor M(~za Rivf'ra,
Como h,' rlicho la pnde r;¡on',(J~;!), del dr, pD.rtanV''1to di' Loncomilla, que !1rnHn ron Jos d':nartanlenj¡]o~ de Canqllenes y Constitueión f "tá ('onn,11(',,1<1 di' viñas de gE'I1te pollre, d(' f'~ f'fl,'1Ofl reenrflos, d ~ l1u:¡neit:¡, exl.lms ;Órt planu¡da en terreYlos áridos, de P()C;;¡ 1wod11(~eión, viñns oue si !W :1prneba la modificación fb~1 Senado, yan a quedar ('ll ~'1t~~a("0n muy p:~('
caria. Por esto yo ruego a la Cámara que pro,~e-·
da en el sentid') qne ha indicado el honorable señor Meza Rivera.
El señor Alvarez.--Yo me voy a refel'ÍJ a la modificación introducida en el artleulo 82 del proyecto despachado por "'Rta Cá, mara.
El artículo 82 dice:
"Art. 82. La Caja Agraria podrá laciHtaJ en préstamo hasta el 80 por eiento df'l -¡r'llO!'
de Jos productos vit.ícolas y sus ]eri..,.rHlo::> que se depositE'n en la8 mencionado..; hoi'!.'!!a", cooperativas' '.
El Senado simplemente rer1nz,J ["~nt al' tícu]o.
Preci.samente, si esta ley· prometia algo bueno para el futuro de nuestra vinicultura ello está contenido en el artículo 82 que ha rechazado el Senado; porqne en el contexto :1(' la ley se pstablE'cían bodcgoas coop('rntí, vas, y claro que es elemental que de esta! hodeltas eooperativas no se van a arrove· (~ha, los grandes vinicultores, cuyos prodll('r !O,; rJe marca están acreditados dentro y 111C, 1'a del país. y que no necesitan del auxilio dt' 1a Cllia de Crédito Agrario, ni de nin· guna otn institución; pero ('stas bodegaS\ ,'ooperatívas tendE'rán a mejorar 100 pro dUi?jOf; de loo pequeños viñRteros, y si bien es eírrto QUE' con ello ('s posible que encarcz,. ¡"m 10<; vinos, en cambio la g-ente pobre con, ~nmi1'á In'nn'l vino, pero de buena calidad
1)0.a SES ION ORDINARIA EN 8 DE ENERO DE 1929 4741
El principio de la cooperación es el úni· eo que ha permitido a la región de Francia. llamada "Champaña ", vender una producción viníc01a que es codiciada por todo el mundo. .
Estas faeílidades han permitido en la re· gión de l'~rancia llamada Champagne fomentar la producción de productos de alta calidad. 'í
Lo mÍBmo pasa en la región de Burdeos. de Málaga y Oporto, que tienen estableci· mientos vinícolas famosos.
Aquí esto sería una ilusión, si la Caja Agraria no presta, por lo menos, el 80 por ciento del valor de los vinos y otros pro· ductos depositados en las bodegas, con le que se mejoraría la calidad de los vinos, produciendo menos daños al consumidor, que CIS el pueblo o la gente pobre, como me apunta el honorable Diputado vecino.
El seño,' Reyes (don Pedro). - El pueblo que no puede tomar champagne.
El señor Alvarez. - Ese pueblo que ne puede beber sino de cuando en cuando vinOf de grandes etiquetas y que toma vinos recién cosechados, los que, por la imperfecta fermentación, producen gl'llves daños en los estómagos de los obligados a beber.
Por estas razones, es nerClSario que rechacemos la modifieación del Senado y manten· gamos el artíeulo de esta Cámara, porque es prome.sa cierta de una mejor producción y asegura una pequeña ganancia al pequeño vinicultor.
Para n0 alargar el debate, manifiesto, finalmente, que creo que la Cámara manten drá su criterio y rechazará esta supresión.
El lSeñ,)l" Urrejola (Presidente). - Ofrez-co la palahra.
Ofrezco la p!llabra. Cerrado el deb::te. Se va a procede)' a votar si se insiste o
no en el r('c 11 ¡¡ 70 dr L:¡s modificaciones del Honorable Senado.
El señol' Silva Campo. --- ¡, Cómo votamo~ tos que a~(;ptam(1" 1:lJ" modificaciones de] Honorable S¡>mdo?
El scñor Urrejola (Presi¡j 011te). -- Se vo-1.'1 si 6e im;Íf!e o no en el rC'clwzo de las modilieacioues del IlOl]/.;'ahle Senado.
Hay fJ1W usr. r ('st:! fr:) se 1"rg:lamcntaria uorque rstl'.1110S rn c1 ;).0 trÍtmite.
El "ep.,)}' Secretario. - Sp vota si se in. ¡¡;istc o no en el fl'eh;,zo dr LiS mod:ficacio
Des del Ibnorable Senado.
--_._-=:=->
~
La primera modificación se refiere al artículo 47. Doopués de la palabra "Maule" se agrega: "o en los departamentos de Linares y Loncomilla, de la provincia de Maule".
El señor Urrejola. (Presidente). - En dis cusIón la '.llodificación.
Ofrezco la palabra. Ofrezco la palabra. Cerrado el debate. En votación si se insiste o no en el rechll
zo de las modificaciones del Honorable Senado.
, -Verificada la votación, la Oámara acordó no insistir en el rechazo de la modificación del Senado, por 18 votos contra 15.
El señor Secretario. - Corresponde votar si se insiste o no en el rechazo de la modificación que cambia las palabras "uno y me· dio centavo, también por libro ", por estas otras: "y de dos centavos, también por litro ", mM adelante, en el mismo artículo 47.
El señor Urrejola (Presidente). - En votación.
-La Honorable Cámara acordó no insistir en el rech;¡,:.:o de la modificación, por 25 votos contra 15.
El señor Secretario. - Corresponde votar si se insiste o no en el rechazo de la modificación al articulo 80.
Dice la modificación: Artíeu10 80: Se ha agregado, a continuación de la le
tra d), la éguiente : " r) Un cinco por ciento del impuesto so
bre la producción de vinos, para costear la enseñanza científica de la temperancia en las esc~ue]a.3 y colegios del Estado, y a combntir el alcoholismo, en la forma que cada cimo año,> determine el Presidente de la República ".
"Se comciderará que satisface el objeto indic·aclo en el inciso anterior. la instalación dr' C:llupa," de ejercicios es~olares o juegos "Jt(,tien, y gimnásticos' '.
Al final de la letra f), que pasa a ser letra !!'), s': ha agÍ·egado la frilse si guirnte:
"E."'il In 1m3 no podrá fxeC'der de cincuenL¡ rl'llUlYC5 por litro dr; novcnta grado,,".
"=1 ~¡oií"'ll' Urrejola (Presidente). - Si le r~l l'f'l:e a]" H(mo:-ablp CÚlll'n';), SI" acordaría '10 insistir en el rrehazo .
.... tl.i.~ordf!:da. El <;PflOT· Secretario. - Viene 'm seguida
4742 CAMARA DE DIPUT ADOS = = Ja modificación Que desecha el artículo 82,
El señor Secretario.- Cualquiera. que sea el acuerdo respecto del artículo 82, no habrá ley.
El señor Alvarez.- Presentaremos mañana una modificación.
El señor Urrejola (Presidente).- Si le pa· rece a la Honorable Cámara, se acordaría no insistir.
Acordado, El señor Secretario.- Artículo 84. Se
agrega en este artículo, ]a siguiente frase final: "Esta exención podrá Mncederse hat-lta por un año".
El señor Orrego.- Tampoco vale la pena insistir.
El señor Urrejola (Presidente).- Si le parece a la Honorable C¡lmara, se aeorilar'Í¡.¡ no insistir.
Acordado. El señor Secreta.rio,- Dispmrieiones tra'l-
8itorias. Artículo 5.(J.
Ha sido subs! ';ido p01' \.j sigaÍente: "Artintlo '" ; ¡'!f':ll .• te lo" dos primeros
años di' la vígen(:ia de estv lf:y, los vinos que se produzcan al Norte dd río )'fau!,'. pagarán sólo dos y medio \',entavm, de impuesto por litro, y los que f.C proanzcun '11 Sur de dicho río, uno ". mer1io centavo, también por litro.
Se ,~xceptúan los vinos pl'Oeedelltes de los departamentos de Linares y LoncOlmlIa, que pagarán dos centavos por litro el]
1929, v dos y medio centavos en 1930." El señor Urrejola (Presidente).- ::Si a la
Honorable Cámara 1" -parec'(', l"P aeordm·ia no insistir.
Acordado. El señor Orrego.- F'alta cons:del'ar la di~,
posición relativa a los alrededores de las fábrieas y estableci.mientos, sobre la cual no se ha pronunci~,do la Cám:1 ,d,
]i~l señor Soo1'e';;a1'io.-- l~n "a no insi::stít, ,.¡ Honorable Senado
4--- COOPER.ATIT~S AGRICOLAS
El .<;t~fio[' Secretario,-El p),oY('cto que e01i-
tinúa eJ". la t:¡h':':.t, ¡es el qne ~C' ,cfien' a las Coopcl'ativas l\gl'ÍcoJas.
El Honorable Senado ha LTiido il hÍim aprobar las modificaciones lntroduc;idas pi>l' esta Honorable CúmiH'<l, a exee:'(;;ón de las siguientes, que ha deserhado. Sé: rt'Í'jCl'ell a los artículos 23. 28 Y ::JI), 1<;"11/'n ::mv'esoi' 'cm
el Boletín número 5,265, que se ha repartido a los honorables Diputados.
El señor Urrejola (Presidente) ,- En .118-cusión las modificaciones del Honorable Senado.
Ofrezco la palabra. El señor Orrego.- Pido la palabra. El "efior Urrejola (Presidente).- Puede
usar de la palabra el honorable Diputado. El .;;eñor Orrego.- La verdad es que por
la fonna en que están impresas estas modificaciones, no puede 11no formarse concepto de cuáles son las en que el Honorable Senad.} ha insistido. Yo preferiría que el señor Secretario, en cada caso, fuera leyendo ]0 qn~
el Honorable Senado ha rechazado. El señor Secretario.- Fjl artículo 23 pasu
a ser 24. ITa rlesechado el número 7, agregado a este articulo, que diee:
"De los fondos que consl:11 p el Presupuesto Extraordinario para ohas que tiendan i:t
estimular ]a producción iJh:\~;: ,-ial y el fomento de industrias nueva~; en e1 país, podrán eOl1ceaen:e auxi] jos ftuancieros a la;;; eooperativas agrícolas que tengan las final ¡dailes i fl(1ieadas en dicho Prpsllpnesto.
DI) los fondo\'; ÜHliet1Clos en el inciso ante l'io1', Se poür[m ('oneedcl' p:'és¡-aI:los pm> lUl
plazo múximo de cinco añes, y por mm ~~lma ]JO HLperior a cineo vece::; el capital p:'_gado a hu; eooperativéls con menos de 100 mil pesos de eapital; y a dos veces el capital pagado para las de mayor capital.:
En ning(m 1';)\;0 los préstamos para eada (',ooperaLv,a (J ?c,1el'aeión de cooperativas, podrá exeed,'i' n e 1,000/100 de pesos.
ERtas cantidades y las proveJlientes de lo,.. \:rr:Jitos (111(' ",' ean¡'el(,I!, se irán acumulan· do amwJmc:lte. junto ('OH los intereses que prÜdHZ;Jil.H, ;¡ fin de constituir un capital permanente (~f;;iimldo a conceder nuevo!> e.ré(litos él ':;3 Cooperativas Agrícolas."
m :,é:,.:¡· Bias (,Ion .Juan A,)- Ahí er,tá h ba,~,(~ d(,,; pt'oyC(:(Cr, ,~eñor l:::-:"es} dente,
El snfio:' :-LTe~o¡a (l're,~idelJte).- Si le pal'eee :.) h!, 1-1 (;;1cr:·" bIt? (~S~lJ.aru, ge acordaría in ~¡~:,íi' f'l) ;:1 dlodificnei6~1 cl!'.rebada por la. (;áT(H~-r~l. ,\' t!It\1 h;~ ~i(l{l d('St~('.;l.a/la por el fh~l!~:(JO.
t.: ijür~~at10, }~~1 S(;f1:..',;' t:; 2c::sL2.:~:i.O.-~~ rJes j: eh 2, tarnhién el
}IC~\lGl'abté 2,:l1éh-:U. el a;:"tícule 11lICVO ag'rega~ do a contim~;lei<',u (leJ ;¡r¡¡'cl1l,) ::;:~, con el uu-
90. a SESION ORDINARIA ~. DE ENERO DE 1929 4743 =
consecuencia de la discusión anterior. habida eTI est.a Cámara.
~Jl señor Urrejola (Presidente).- Si le parece a la Honorable Cámara, se acordaría imüstir en este artículo.
Acordado. El ~eúor Secretario.- Desecha también la
fl'¡¡"e linal del inciso 1.0 del artículo nuevo. agl'cgado r,on el número 28, a continuación del artículo 26, que dice: " ... por el Jefe de la Sección del Ministerio de Fomento, eucargada de la vigilancia y control de las Cooperativas".
El señor Montecinos.- Me parece que la Cámara debe insistir en esta modificaciór., porque, en caso contrario, quedaría sin aplicación; no se sabría quíén debe aplicar estas multas.
La Comisión t:'stlmó que era el Jefe de Sección del Ministerio y no el Ministro .:1 que d.:bír. iIlte;'venir en estos casos, a fin de que los pCl'judic;¡dos pudier<m recurrÍ!' a los Triblluales de Justicia, si estimaban injustificadhs las mu]tils.
El SellOl' Urrejola (Presidente) .-- Si le parece a la Honor,! ble Cámara, se acordaría insistir.
Acordado. El señor Secretario.- Artículo 2& que pli
sa a ser 30. En 6ste, desecha el iue:lsú segundo, ag~·egud.o, Ijue tljee:
"F.lra (:5L(' cf't,ctl) anmént::tsc ::'. <;0nt;:r ,l,':-d,' d l.' ¡k Er¡cro de JD29,' en uno el nÚBil r(: de ~,tú; de secciones administrativas (l.' dicJw IvIi;l¡stel'io, con el sueldo de 25,OVí PCf',':i', y suprímese ,desde ]a mis~t1,1 fecha el ('argo de oficial mayoi' que est:¡blr(;<, r1 p'(;snpuC'sto vigente con el sueld.) dí' 20,OOC j)t80S. El mayor gaste el 1:' 5,000 P()~(I' que f',::¡<~ lnl"jslJ s;.gn2fie~], se .J.c·3ncj~'á dI' l(),· :fOE,',,>, (¡¡é" el Pl'c,:.;upnesto i:'n1;rué.Y'io ~CJlSlJt:: )':C;"it d 1)CrS0l1¡¡1:éon tr;;L::dn".
E1 sr:ñn1' RíDS ,Do n .I uf~n ",'". ¡ _. F'sLl fllOdifiellción 110 sign:fiel1 nada.
El q"ñor Urrejcla (Prcsldente') .. ·Si le par,,\~(' u 1:.1 HM,mat!e rfm.l?ra. ;,c g('(l)'dtFía l;l)
in"isti¡' Acordado.
El ',é"ío]' S,,(!'~'t1rk.-·Artje;¡10 ql;., n" sa ft 8:'1' 31. Dcs('t'k! el Ínc180 final qne ¿i('!?:
('(;{)r:cr(I~'3" :¡í'C';'~'n TinUT11nl"
e~o de lns ¿nf~");(";-':O!1:,:~ t1,: lrt T)l·t-~.s,-..~:-f_,? 1ry'''. El ~I(' (~07 r~'l~tRrr!al€~,;.-· -7~n ln p~6.et1(·1 eso
no '1': '.:ult~:
In '"ño1' Urrpjola (Presidente),--Si le pa-1"1','" a Ja Cámara, se acordarÍn no insistir,
Acordado.
5.-COI,ONIZACION y ARRENDAMIEN. TO DE TERRENOS EN MAGALL..i\NES
1'"}1 señor Sooretario.-En seguida, vienen 1",., m,,,lifír';¡, :0n"" del Senado 1'cspedo del ;)l"':'-' ('[0 SO])','P crlon:z2.eión y arnmd,unien-1 il 11,' terrenos magallánicos.
Ln~ moc1ifieaeiones de) Senado Aon las si;,.t,lÍentes:
Se ha agregado a continuación de las palabras iniciales: "Proyecto de ley", lo siguiente:
TITUl .. O 1
De los arrendamientos y enajenaciones
Art. 2. o El inciso tercero de la letra d) ha fÚ10 eliminado.
El i':'2iso final de esta misma letra ha sido re·j"ctado como sigue:
"El decreto en que el Presidente de la Repúb):':;n. haga la clasificación que precede, s(,J.;, podrá modificarse en virtud de una ley" ,
Art. 3.0 IJa frase final, que dice: " .. ,las conveniencias nacionales lo aconsejen", ha sido substituídn por esta otra: " ... 10 determine el Presidente de la República".
Art. 4. o Se le ha agregado el siguiente inciso:
"C1Jando el colono adéudare tres dividendos sncesivm,;, será obligatorio el cobro e,ie"ntivn ne la obligaei6n".
:\rt. 7.0 Ha sido elímÍnnéto. Art. 8.0 (Que pasa a oel' 7.0) En el :~,cisn segundo, (,e ha elevado de 8 10 pOl' rj( el I:!tOllto del interés 1)enal. ~\ cont}nmwión del alll":'ior, se han a~rc-
u.-ad;¡, con loG números 8 v 9, :03 slguirntes ~,I'tícn]cs nuevO!', el prir'1~'l'O da In,,, cnnles "0rr,'~ponde ;¡ 1 ~11 :;i:so p [iE1erO del urtículo 1.0 tr!msitorio del proyecto ae esa Honof,'lble Cúmal'u.
,; ¡\l'tlcnl0 ... Ni ,1 gnr·,:1. pen;ona TJodr~
arrendar o adquirir m:Ís de un lote de los tcr'r011(\~1 re~1dos por e~~t.l 1ey".
"A1·tículo ... No reg;1'3 la prohibición al que se refiere el artículo anterior ('.nn las
4744 CA MARA DE DIPUTADOS
personas que habiendo arrendado o adquirido un lote; dejen posterimmente de ser arrendatarias o terminen de pagar el precio de la compraventa, en cuyo caso podrán arrendar o adquirir un nuevo lote".
Art. 9. o Ha pasado a ser artículo 10. Art. la. (Que pasa a "el' 11) . Ha sido dividido en dos artículos separa
dos, cml los números 11 y 13, redactados ,como sIgue:
"Artículo ... Para poder presentarse a la licitación, salvo los casos expresamente exceptuados por esta ley, se requiere ser chileno o extranjero que esté nacionalizado desde más de un año antes, o que tenga más de diez años de residencia en el país. Deberán, además, los interesados, /Ser mayores de 21 años y estar casndos. o ser viudos con hijos.
"IlOs extranjeros nn nacionalizados no podrún tomar parte en la licitación de los lotos comprendidos en In letra a} del artícu· lo 2. o"
"Artículo .. , 110s anteriores arrendatarios u ocupantes, chilenos o extranjeros, de todo o parte de los lotes que se deban subaf1tar, y- que hayan efectuado por S:l cuen·· ta trabajos de mcjorat; o cultiyos por un valor no inferior al 10 por ciento del valor del lote, podrán solicitar de la Comi· sión de Tierras indÍc:J.da. en el artículo 19 hasta 30 días antes de la. subasta, que se excluyan eSos lotes y les sean ad,indicados por el mínimo señalado. IH! COl'.,isión apreciará en conciencia los antecCdCl1tN, que Se produzcan en apoyo de las peticiones en referencia, debiendo, en todo easo. acreditarse queb ocupadón de los pr:-tiríonariot' cm· pezó, a lo menos, 4: años anjei' de la vigencia de esta ley. Los acuerdo;:; de la Comisión deberá:1 ser Cl,pl'obado>; por el Presi· dente de la República.
"El valor de cnda lote, r"n le-s t'f;,:ctOE de este nrtíeu]o, sr dptermi:i~H'á '~0ELH'mr a la regla contenida en el nrtíc1l10 4.0"
Entre ros dos artícules antcl'ÍGrcs se ha intercalado el si?:,;; ate, cou el ,:1);" "re 12:
"Artícl1lo '" Podrán c.ierc:ita", p] mismo derecho in(Uendo en el 3:"tículo cntf','lol', la!' :personas que toniC':ndo lus reqHis;tos '08('e·
sarios narn DJ'csenb.rse a 1:1 Ii('it;,c:;Ó~), e ~'1-teresándosepor el fl1't'Gndam;c;ntr¡ de: 1:1;;;
tierras a que se refier'cn las letras b) y (')
del artículo 2.0, se obliguen a invertir en la implantación de una determinada industria, un capital no inferior al valor del lote, determinando también, para este solo efecto, ('(lnforme al inciso 2. o del artículo 4:. o. Esta industria deberá funcionar en el plazo y eondiciones que determine la Comisión de Tierras, quién calificará previamente la conveniencia de la oferta".
Art. 11. (Pasa a ser artículo 14). Se han agregado, después de la palabra
"colonos ", estas otras: "y arrendatarios". Art. 12. (Pasa a ser artículo 15). Se ha agregado la palabra "alguna",
c1espués de "indemnización"; y las pala-bras: "el ejercicio de ... " antes de " ... las servidumbres naturalcs ... "
Art. 13. (Pasa a ser artículo 16). En el inciso primero, se ha suprimido la
frase: " ... el plazo que la ley se:ijala para ... "
En el inciso segundo, se ha eliminado la palabra "ad(~uirido".
Art. 14. (Pasa a ser artículo 17). Eu el inciso 1.0, se han agregado, des
pués de las palabras "cónyuge sobreviviente", estas otras: " ... si lo hubiere".
. Art. 15. (Pasa a ser artículo 18). Se hansubstituído las palabras : "que
rige", por las siguientes: " ... a que dé origen" .
Art. 16. El inciso 2.0 ha sido redactado como sigue:
"rJOs incidentes que se promovieren, de eualquií'l: naturaleza que sean, no paralizarán la tramitación de la causa, y serán resueltos en la sentencia definif.va".
Art. 17. (Pasa a ser artículo 20). La parte final, que di,~e: " ... de lo dis
puesto en el iné:iso 2.0 del artículo 950 del Código de Procedimiento CiviL .. ", ha sido substituida por esta obra: " ... de1 derecho de lOfl rrrjbu~1(l.les pnl'n invalirbr de, ofióo las sentencias, por defectos de fllrP."lD".
Art. 18. (P;;sa a ser nrtíeulo 2]). r~n fin:>.}, desde donde diee: "En
la sCba,~Ja instmwia y cunnd,). .. " r.a sido rcdsé::ada ,como si:rue: "En segTndn iustanc;g y ar:te h Corte Snpl'cma, el fnllo deberá dlrülrse dC'llt!'O dé'! pbzJ éb 20 clírrs. que ~;e eOlltará desde <1"C queden en estado {le f:gur,~n~ (~1l In. tabla u.
Art. 21. (Pasa a ser articulo 24).
90.& SESION ORDINARIA 8 DE ENERO DE 1929 4745 ========"~=-================================
las letras b) Y c) han sido refundidas en una sola, como sigue:
"b) Representar al Fisco en los contratos de arrendamiento y de venta de dichas tierras, y en las gestiones judiciales y juicios que se produzcan".
El inciso final ha sido redactado como sigue:
"Las atribuciones a que se refiere la letra b) podrán ser ejercitadas por el Presidente de la Comisión, o por un Delegado de la misma".
Art. 24. (Pasa. a. ser artículo 27) . El inciso 1.0 de este artículo, ha sido subs
tituido pOr el segundo de los artículos separados agregados después del artículo 10.
El artículo 24 queda, en consecuer.cia., reducido a su inciso segundo, redactado como sigue:
"Art. ... El arrendamiento de las tieITas a que se refieren 1¡C8 letras b) Y c) del artículo 2.0, cuanuo no hubiere personas naturales interesadas en obtenerlo, podrá darse, sin necesidad de nueva licitación, a sociedades, prefiriéndose a las nacionales, y, entre éstas, a las cooperativas".
Art. 25. (Pasa a ser artículo 28). Se ha agregado, después de la palabra
,( vigentes", estas otras: "sobre la materia ", y se ha substi tnído la palabra "final "ella" por" aquella" .
Art. 26. (Pasa a ser artículo 29) . En el inciso 1.0, se ha substituído la pa
labra "Seeretari ()" P01" estas otras: "un Secretario" .
En el ineiso 2.0, se 11;1. rebajado de 25 a 20 por (~;c;:¡to, el monto de la gratificación que en él se establece.
Art. 29. (p¡,S~, a ser nrtículo 32) . Se ha su['rimido h eita que se hace del
artículo 28, clejáttilo:«' lÍnic:l.mente la del nrtículo 27.
Art. 30. (P~"a il S¡I' artí,;n1o 33). Ha sü]o rcJactado como sigue: "ArL " .. Ij('s ~l:·t\1:'les pobladores del
departamento de ?<:¡l ,1('<:_ Ql'" t'nJlll¡"l an los t"CfJUis1tr.;:.; indicados en el artículo ...... po ... drán hnecl' uso rLl (l(>~c,~·h() que otorga esa d :P()S:~:lÓjl, res]); d! rl ' le." 1 ('lT('n08 que S"
f". ¡)ro pjen Ul (:old\, :"11;'! ~ rJ :1 ¡ ::7; ieub 27". \,t. 31. (Pasa a i'C-r ~i,tL:',llü il4). l~n el lnciso SLgl~;ldo. S(~ ;Ia ag'reg~'Ldo Ll
pi"d(~¡,hr~'t ";;.nt)H~P dt'srH,{:'; (~l~ c::.tns otrns: "siet(' por ciento'" y las p.l]aLl''}s "titCll-
bién anual", después de ,( amortizaci6n" . Se ha agregado también a este inciso. la
siguiente frase final: "El excedente de estas mismas sumas,
se destinará a amortizar extraordinariamente el empréstito".
Art. 32. (Pasa a ser artículo 35). Ha sido redactado como sigue: " Art. .. _ El Reglamento que dicte el
Presidente de la República, deberá fijar las atribuciones y deberes que corresponderán a las Juntas de Tierras, en lo referente 4, la subasta, arrendamiento y venta de terrellOs, y en las actuaciones que se deriven de esas operaciones.
"Este Reglantento no podrá ser modificado sino a virtud de una ley",
Artículos transitorios
Artículo 1.0 El inciso primero ha sido co-' lo~ado como articulo separado, a continua· ción del artículo 8.0, en la forma que ahí se indica.
El resto del artículo ha sido aprobado en los siguientes términos:
"Artículo ... Nínguna persona que tenga eontrato pendiente con el Pisco, cele~ brado con anterioridad a esta ley, sobre terrenos ubicados en el Territorio de Magallanes, podrá arrendar o adquirir lotes en ccn· formil~ad a la presente ley. Pero, si el contrato pendiente se refiriere a una extensión de terrenos que, sumada a la extensión del lote por el cual se interese esa persona, no excediere de las cabidas máximas indicadas en el artículo 2.0 de e~ta ley, no regirá en tal caso dieha prohibición.
"ScrG n IlUlrrS y sin ningún valor las adjudícaC'iones que Se hieiel'en en contravención a lo indicado en el inciso anterior".
Al't. ~.o El inciso Re;sundo ha sido redactado como sigue:
"Tr~lll:,culTido este plazo. cadnrarán las acriones qU(' n.o so h,lyan 110dlO valer".
Art. 3.0 Se ha suprimido d nrtíe1.1lo "01" j¡':spu( .. ' du ln 1?alab~'>a uFisco".
El ~i·. Urre,~oh (Pre~i,l('~ltr)) .-El sr.ñor 11 ill ;::,~l'O 11:1• (1,~1.':rLnd() ~¡l\~~ ~'0nYen:r'!(:~(>11 soli~--''¡':' c10 ln ;)eC',:,t:;(.:~6:-\ ni) i<~...;, rn;lifflf-ne:()n(IS "111:' 1-~1 h('~-~-~') el S"l ,,:,1,'1 '~l n1'(I\?¡,ni,n ~:oh¡'¡\
,-',cl.'·:n7};ae]ó;~·! en ';~:-;r~'~ i~OS nl".:::O'.':.J1á.niros. "E! :~:.\.";1nl' l\~f}~1t~'c:':1.r:'s,----;~i;:tl 1:~ ;¡:¡ L: h~~i'l
4746 CAMARA DE DIPUTADOS =========-_.O'C===~== =
l!11 Jño!' UrrPloJa (Presidl'nte) .-'l'irnc la na]nl.lf!.] S1~ Fi\ilol·Ía.
El f'eñrr l.Iontecinos. - Por mi parte. .t(,\,PÜ) to,l¡¡S };¡s modificaciones hechas por el S\~r:l.:() ;:~ proyecto, a exc('pcí6n J(> 1;11' (ll,1 ¿:rtí'~lllo 4.°, que se refieren a los casos en que los colonos quedaren .adeudando 3 dividendos sucesivos, respecto di! b¡;; C1wles sr haría obligfltorio el cobro "j<'t'utivo.
A mí me parece inconveniente esta disposici'n, porque con ella se pondría en situación muy difícil a los colonos qUf' 8e atraSUaIl en el pago de rstos dividrndos.
El) consecuencia, yo insinuaría la eonvenienei:: de rllW se l'('chazara esta modífi(';.rIón.
El Sr. Urrejola (Pl'esidelll!') .-- Hi le paN'('(' a ln Cám:u'a. S(' 'l(·('})tal'ínn las modifí(~¡, :;JOrl's jnno r\ 'widas por el Honorable Senado '¡,j p'·('.y(·(·tu, a ex'.:c:pción <1(' In que !:,,-, r('fjej": al ::l'!;en!'" 1." :l. I1U(' ha :.'ocho rr'fe .. J'('¡ll~¡a ('] l',;!i(,'·:>híp S()!lt)!· MOjllt'("lllos, la nllt'
~( ,'o1aría. ' 1<;1 H·ñrn· 1\Tr<0t.ecillos.--·Además ckIlo hHé:t<r
("l'ft nj)sm'vaeión. Hay nll ai'tícul(\ nuevo (l~"cg.;do XHn' el S,¡:tJ::do, qnc diQ·e:
"1.()~, aetufllcs poblnc1ol'cS dd (l[~pa!,j¡; l"u'nt.o de NlltaJ(,il, que cumplan JOS rcquisitos (r,di"adcs en l'] artíeulo... podrán hrrccr uso del derecho que otorga esa dÍsposiciún, respecto de lQ:; terrenos que eKpropien fn ('(Informidad al artículo 27".
E? proyecto despachado por la Cámara daba preferencia en la iicitacíón de los tE'rnnos a. los actuales ¡Joula¡lores de 1:h im'! Esp e'r.'l TIza. . A mí me parece qne esta disposición df'bl'rÍa rechazarse, porque esta disposic:ión del nrticlllo 30 ~(' ~'ei;eT8 a los oeupnntes ue los lPc'1'0DOS, y los pob][)dopt's ,[p nu lm", Iispl r~!lI}:;, y éLe Fllyrt() NatalrR no se euc-lic'ntran ('11 e,'te caso.
De manera que no tendría la preferencia que les otorga el artículo 30 cid proyecto de la Cámara.
El artículo 32 se refiere d rt~g'hmento que dictará el Presidente de 1¡1 República, y me parece conveniente mantener 111 dis· posición del proyecto de la Cúrnnrn y rechazar la del Senado, porque el }'eglamento a que se refiere el artículo 3g'1'c¡:ptdo por el Senado es el que fijará las ntríbucionc~ y deberes ae Íos agentes dI( t: 81'raS; pero b
mÍsma ley, en su artículo 21, establece 105
deberes y atribuciones de la Comisión de Tierras. Por consiguiente, la disposición de la Cámara es más amplia, debe ser aprobada y debe ser rechazada la del Senado.
El señor Alvarez.-Me voy a referir a la supresión que ha hecho el Senado del artículo 6.0 aprobado por la Cámara, que da preferencia en el segundo remate al primer arrendatario de la tierra, al que la trahajó, al que le pm;d cerco y la hizo apta. al cultivo. En el segundo remate puede presentarse un señor rico y ofrecer mejor precio que el que ocupó primero la tierra y la trahajó; y no es posible echar a este individuo a la calle. Por esta consideración, pido se rechace esta modlficaci6n; y también la quc aumenta el interés penal.
1~1 Senado par!.'ce que fuern una corporación de capitalistas que miran este problema COIl eJ'itcl'lo bancario, procurando sacar un alto interés penal; y 110 miran el problema económico-social que tiende a solucionar la ley sobre colonización en la región austral.
El inciso 2.0 de! artÍenlo 8.0 del proyecto de ]a Cámara, dice:
"Si el arrendatario retardare el pago dela renta, abonará anualmnnte un interés penal de] 8 por tiento de la cantidad diferí" da".
Este fvé el ncut~rdo de la Cámara. El Senado ha acordado elevar este interés al 10 por ciento.
Nosot.ros estamos llanos ti rebn,jar el interés.. tanto más quo puede venir cualquier eataclismo ;y aún U1U~ gran nevazón, que haga sU1rir al g,:H~tdo, dejando al arrendatarÍo en sitnaei6n de tener qllC atrasarse en un semestre o 811 un año, :v en esta Rituación no es posibli' cubr'ar un interés penal, porque el lnst:ldo no tiene interés e11 comerciar con esta gente que va a trabajar estas tierras el1 e.sta forma. PO": est::t razón, pido ({IU,
se 1:cehncc· esta m.odificación.
:El s0ñol' Urrejola (Presidente) .-Sí le parece a la IJo:wi'nblt' Cámara, se dnrÍan pOl!'
aprobadas to,1as JalO m?di.fi,:aeiones. ,del Se· nado que 110 h;~ ti r:·crccl.do o~lservaClOn, y sn ,'otarían bs OhSCTVs.d:O$.
Acol"d~do. Bl sríior Secretario. --·Ar~;i\;u lo 1.0 Se h~
ba agTe[~:2dD el siplicnte ínáso: "Cuando e] l'OlOllO adeudare tres dividen·
90. a SESION ORDINARIA 8 DE ENERO DE 1929 4747
dos BllCesivos, será obligatorio el cobro ejecutivo de la obligación".
El señor Urrejola (Presidente) .-En votación.
Si le parece él la Honorable Cámara, se daría por deseehada. con tres votos a favor.
Acordado. El señor Secretario.-EI Senado ha supri
mido el artículo 7.0. El señor Urrejola (Presidente) .-En vo
tación. Si 1" parpce éL la Honorable Cámara, se
aceptaría la modificación. Durante la votación: El señor Alvarez.-Nó, señor. El señor Montecmos.-La disposición del
artículo 7.0 (jUl' ha suprimido el Se:nado está rontempJ:¡'la en Jos nuevos artículos agregados, de n¡¡lIIera qlH' la modificación deb(l aceptarse.
El señor Alvarez. -& En qué artículos 1 El aeilor Monteemos. -En los artículos
10, 11, 12 Y 13. m seiíOl' García Henríquez.-Después de
esa explieHei{;n, señor Presidente ... El señor Urrejola (Presidente).- Si. le
pareeea la Honorable Cámara, se aceptaría la modificaeión drl Senado.
Acordado. El señor Lois. -A hora sí. El señor Secretario. -Artí,~nl0 8.0 (QUf
pasa a ~l!'r 7.0).
En el inciso :-;egnndo, se ha elevado de 8 a 10 por eiento. el monto del inter¿s penal.
El señor Orrego. - V atemos eso. El señor Urrejola (Presidente) .-En vo
tación la mo'¡:úea('ÍÓll del Senado. Si a la Honorable Cámara le pareee, scr'Í¡j
desechaua la modifieación del Senado. Desechada. El S('ltor Secretario. --.Artículo 13. (Pil-
aa a ser artículo 16). . En el ínei80 primero, l'-e ha suprimido la
Íras0: " ... el plazo qur la ley señala p3.ra ... "
tinuación del 30, para dejar el artículo 30 con todo lo que se refirre a illtima Esoeranza.
El señor Secretario.-Artícnl0 30. (Pasa a ser artículo 33).
Ha sido redactado como sil-,"lIe; "Art. .,. Los actuaJes pobladores del
departamento de Natales, que cumplan los requisitos indicados en el artículo... po· drán hacer uso del derecho que otorga esa disposici6n, respecto de los terrenos que se expropien en conformidad nI artículo 27".
El señor Orrego.-El artículo 30 del proyecto de la Cámara es mucho más amplio. porque da preferencia a todos los pobladores de Ultima Esperanza, y es natural que insistamos.
El señor Alvarez.-Tiene toda la razón Su Señoría.
El señor Urrejola (Presidente) .--Si 3 la Honorable Cámara le pareCf>, así se a.cordaría.
Acordado, El señor Secretario. -Artículo 32 (Pasa
a ser artículo 35). Ha sido redactado como sigue; {, Art . ... El Reglamento que dicte el
Pt'esidentc de la República, deberá fijnr las atribuciones y deberes que corresponderán a las .Jnntas de Tierras, en 10 referente il la subastIJ., arrendamiento y venta de terrenos. y nn las aetnaeiones qne se deriven de esas operaeiones.
"Bste Reglamento no podrá ser modificado sino a "irtud de 1.111a ley".
El sroñor Urrejola, (Presidente) .-Si a la Honora nI\' Cámara le parece. sería desechada la modificación.
Desechada. Terminada la discusión del proyecto
6, -A m!ENTO DEL IMPUESTO MUNlCIPAL A LOS BIENES RAICES DE LA COMUNA DE SANTIAGO.
Én el ineis" segundo, SI' ha eliminado la El señor Urrejola (Presic}r;l1tC) .-Corres-palab1'a .. adquiri.1o". ponde ocuparse d8 1:1s moJifieacioJlcs intro-
El señor Ur::ejola (Prcsidente) .-.. Si a la ducidas por el Senado, en el proycet.o que Honorable Cáli!1l'P ]e parece, se aprobaría la ¡:umenta la tasa de contribnei6n a los bie· modif'e:H~~6n. nes raÍecs de la remul1ie ele S:wti:lgo.
Aprobada. El scñol' SccTetario.-El oreia dd TIono· El señor Sect'et~~,rio.-Artículo 32. . rabIe Senado sobre est(O proyecto, dire así. El señor Orrego.-Prdl primero que se Núm. 5.--El proyecta de ley, remitido pOI"'
~hazara e) artícülo nuevo agregado a COD- esa Honorable Cámara, que ::m:nenta la tas:!. ,
4:148 CAMAltA DE
de la contribución de bienes raíces para la comuna de Santiago, ha sido también aprobado pOI." el Senado, en los términos siguientes:
PROYECTO DE LEY:
"Artículo 1.0 Derógase para la Comuna de Santiago, el artículo 5.0 transitorio de la ley número 4,174, de 10 de Septiembre de 1927.
" Art. 2.0 Destínanse a rentas generales de la Municipalidad de Santiago, el producto de un 1 por mil adicional sob!'e el impuesto de haberes inmuebles a que se refiere el inciso a) del artículo 20 de la ley número 4,180, de 22 de Septiembre de 1927, una vez drducida la suma necesaria para el servicio del empréstito de quini0ntas mil libras Gstt'l'hnas a que PNtn ineiso se refiere; y d produeto totuJ de 1111 medio por mil adicional sobre el impuesto de haberes inmueble a que se refiere el inciso h) dcl mismo artículo 20, de la ley número 4,180, antes citada.
" Art. 3.0 Esta ley comenzará a regir desde la fecha de su publicación en el Diario Oficial" .
El señor Secretario -- Respecto de este proyeeto €l señor Edwards Matt(" Ministro del Int¿wlor, ha enviado a la Cf,mara un oficio pidiendo que se desechen las modificac;ones del Senado.
gl oficio dice así: "'Ofie'o del lVí.illi.-:tc.:z·ío dd Interior; Núm. 27.- En el prnyecto de :Jey que
eleva la contrjbución tc,,,:,j loria] a" Pantiago, COITcsponderá::. la Honorahle Cámara pronunciarse sobrú las mod ¡fi~ací ones que introdujo el Honorable Semdo, aprobi:ndo el cort~:'a-proy8cto a (Il!~~ Er: refier0 el oficío cnvi",do pGr eIMjü~~r() b,fnscsr:to a ~;.sta últim.a C¿nnm. {~C 011' ineluvo copia en el prcsen'Gc. .
{Ja for:-rra (t'ue Lv-~ 1;:.'c<1j-i'jCi ¡lC ,IY)(';:: (~~\1 IIonoral}rlc S'ell:ldo h~:~G (1~u1o ;11 ~)L"()V2'f~tD en trhrnito es L;':::<~:oJutar.·,~_:n~,t\ ]0 p:"vcbc~n ~I.-: rcnn
DIPUTADOS
para que pueda haber en la capital de la Repúhlica un presupuesto que decoroslUl1t'nte le esté proporcionado.
y no puede ocurrir en los momentos actuales que se emplee la aprobaeión del Oongreso ni la promulgación del Presidente de la Repúbliea en el despaeho de resoluciones que burlan su finalidad sana y progresista.
Huego, pues a V; E., se sirva hacer leer a la Honorable Cámara, junto con este <Jfieio, eJ que envié ha·ce algunos días al Honorable Senado y que hoy induyo. y pido a esa Honorable Co'rporaciónque insista en su propio proyecto en general .Y en todas y en cada una de sus disposiciones en par-
Dios guarde a V. E. - (Firmado). Guillermr..o Edwards IV'Iatte ".
El flé'ñor Urrejola (Presidente). ~-- En i.ljS(\lliúÓn las J}}orLticaeiones del Honorable Senado.
OJrezco la palabra. OfrezlJo la palabra. Cerrado el debate. En votación. Si le parece a la Cámara, se desecharían
1m; modifieacionefl introducidas por el Honorable Senado.
Desechadas
7.-CONTRIBUCION ADI.CIONAL, SOBRE LOS SITIOS ERIAZOS y EDIFICIOS IN.e~,y.'rWPIADOS EN LA CIUDAD DE SAI.'Z'I'IAGO.
El3eüor Ur'.ejola \PresidGut(:» ... - Corresponde ocuparse de las mod ¡ ficaciones i Yl;.rC>Clucidas por d Sr;lwdo en el proyecto qau c~!.ablC'c~c Hila . adícloTIaL sol)::'~ tos Mlt~t}8 eT"iD?O~; y L:~ (··r1.;~~.~a2r6n jnaprolr~:_,i¡,;, ~:r:_ 1:r eiad~,d :~8 S;llr~·]~:~~'ü.
E:_ ,~'l~uÜr SecretR';'.':{í. - ~l:l or¡,·in del S'p,nado dice, a,:;í:
,r.}1}1 pro,)Tc::'IO e>: ¡c,'v'; 1.~~;:n;: .(~O por esa I1'.)1:.o1'(;111c (jií1p,'";,rH, :~t!,:~ esl",)l',.; : iPl :rUtTJt:11-
1-0 8di( >',11:.-:1 de y; ::1~~' ;J(';' el to F,obf\'· la~
cGnti'lbu.e~:J:1c31 \'~: l;-~ ~':u,t~'l d -' S'-)ntja~!,'o, que af. (ji~ c1 :'nCHC ~ .~ ;'; nc1n oF_~:<:). ~.;lJ S pH't'n, le &la:on(x,c;¡;:: rn',>~;s!l";':;': :.~ : l buzJa de los co;ictívos Q f~1 Gobierno, que (:l·,~·n ~ (~-. (:il1jll~~,~~ efectivamente un déGeit y d;~r nl~"¡¡rws recursos
90.a SESION ORDINARIA 8 DE ENERO DE 1929 4749 (~-'---. ____ o
Articulo 1. () Se ha I"(:lluciclo de veinte a diez por ci\'nto d :¡ltm0110 at1icj(maL.
ArtÍenlo :!.IJ Ejl~l inCÍ'w primero, se han suhstituído Jn.~ p<1hhnn "HU afío', por esta.'l otras: ., trc' aí'í;l;"·.
A cnntiJl~::':('~011 di'! u1l1crior. ";l'. ha agregado el sigui\'llÍl' in,'i<o s"':!undo:
"'El HlIncu nto ~lJ¡(·!or..[ll de: cOlJtrjh11einn';~
que csinbl,.!,C' p; RriÍe1110 1. o. y el inciso /interior', n'! podl'ú .·':eecl\'l', rn eonjunto, d2]
euarenta ;)0]' elllJ'" de' 1);Ollío ck! ünpllesto"
IJo~ in{~j"h SI'~!'~lIld() y t':l'et'l'0 11:1San, en cons'ceurl; C.n _ ¿, '<T 1·')'("1-1'1) ;: N:.arto, respectivaml'r;~ '.
Articlllr! :¡. o E' 111<';,:) ,p~lmd\) ha sido ru'mplnzado por ,i ,jr!lúl'jJte:
~t]J()~ ~i:,~o¡; (1"Í;-:i~I¡:--: tJl'l.'r,-~Ji,,"(·~~JJ)l\lS al rad1.o urbano. pcru !JO i:l,': i1Ít]0S ('n d anteriormente indica lo, pa":'arún (lidlO impuesto despll:~~ d¡~ ,Jin: ;:¡uo,;, (,()~;tadu" des,l., la vigpneia ,l.' ('"ia ](',-7".
Artícuh :¡. (1 La oart,' inic:ial dé' la letra al ha s'd(, rc·d:t(·la,l:i ·'ome ¡;;iguc:
"a) Supel'fi,:iv I:Oj)'i'l'Plldda clltre la a1]
tigun PInza lU¡}ia, hoy Plaza General Baquedano; y . ' .. "
En la leTra bi s,' 11::11 ilubstituído las palabras ¡, A vellida el,1 Bra.,-:il'·, por estas otras: ., , .. de San :M~rtín"; y las palabras "'Santo Doming-o" por la palabra" Hllérfa nos",
Articulo ti. o Se han reelllIllazado las palabras ., el. artículo anlerior ", por est:h otras: " ... los artíeu Jos anter10res ... "
~-\rtícu]o 7.0 En h ],drn a' S(, hailuhs~itní
Jo la palaij!'a "Jiez" pOj- ··ocho". La letra h) ha sido eliminada. IJa letra d), que pasa a Sf'T ej. h¡¡ sido
reemplazada por la sig'uienl": "Los edificios euyo f':,waso valor no guar
de relación ron el di' los t¡:rrenos en que estén situados".
Artículo D. o El 1"el:;1'16n que dice: 1, p(¡l' eJ jefe del n,'partanH'nto de Obras de la Municipalidad d,' Sanfiago", ha sido eliminado.
En el ineiso fina!, s'· ha I~levado de 1111" :,
dos, el núníl'r r) clr' :'cprt'sentantes de Ir', ¡¡l'"
pietarios el l' lit ("<uJaí'l. . Articulo 10. L:' parll' inicia!. h:t "L, '
dactada como íii¡!'l(':
"IJa Comi~i6n ('alif, '¡¡don dislHJn.1Y':'· " ln I'()op,:racilll; d',! )"'!""!I,'] !peni('Q, . ,;,
J\rtÍt,u',) le:!. El inciso segunrü' ha si.do l'c,fadnc1QCOmO sigue:
. 'No Luúrá aplicación lo d¡~Tnu;sl.O ~)n el artÍcn!,\ 20 de la ley número 4,1'14, de ti de 3rpti,,!,lL,,(" al' ; :127, en los scct()l',~8 n01nurendi (L 0~ (1- ~.11·~~ d,e] artículo :_i (> ci e J r~ tJ L'~esen-f.(.~ 1 e,y ..
E~ ,'" li,·I' Orrcg-o. - ViJ.:LlOS ;¡j"tl(~ill() por fU', :C'lJ, 1 S.~?fl()l' t)'ecretario. -
El ,.?Ü')l' Secretario. - En el artículo 1.0 :se ha rc'duc'do de 20 a 10 por ciell~O el auID en to ad \ "lOna1. ..
El s2i:oI' Silva, Campo. - Seo podía desechar est" l!wdificación.
El slflor Urrejola (Presidente). - Si le parece a h Cámara, se desecharía esta modio ficación.
Desech;tda. El súíOt' Secretario. - Art. 2.0 En el ÍD
ciso primao se han substitl1í l1o 1-13 piJabra.~ "un aiio" por estas otras: "tres alíos' '.
A contl11uación del anterior, se ha agr&gano ('1 si.guiente inciso segundo
"El aumento adicional dc" .,;ontrHmcloneB que estab1,cce el artículo 1.0, y el inciso anterior, no podrá cxcedl>r, en conjunto, de) cuarenta por eiento del monto del impue~ to".
Los incisos segundo y tercero pasan, en consecuencia, a ser tercero y cuarto, respcetivamente.
El señor Orrego. - Señor Presidente, las modificaciones introducidas por el lIonorable Senado tienden, en buenas cuentas, a que la ley no funcione, porque 151; limita ~l aumento de la contribución para los sitiol eriazos y para la edificación inapropiada a un 40 por ciento del monto de! impuesto y así no va a realizarse nunca la verdadera transformación de Santiago ...
Así es que yo creo que la Cámara debe insistir en el a:rtírulo ta] como filé aprobado po]' ella.
El señor Urrejola (Presidente). ~. Si a la ('ám.'lfu le parece, Be acordaría desechar .lá 11lodificaei6n.
Desechada. El señor Secretario. - Artículo ~Lo El \n
{'ISO segundo ha. sido reemplazado por el si. gnjente;
"Los ",itio's eriazos pertenecientes nI rad¡o urbano, pero no ineluíc10s en el anterior
hdí.cado, pagarfw dicbo impuestu
CáMARA. DE DIPUTADOS
,¡e~pu&s (l~ diez años, contados desde la vigencia de I'Hia ley".
El sellar Orrego. - Esta e~ um~ aclara-eiün a un inciso anterior.
El Secretario. - El scúor Ministro C[lW ;cca aprobada.
El 1i:tíos (dGl¡ .fuan). -- Podría dun;¡( 1"'1' dcsr:¡;¡¡:Jda.
El ~eúi;t' Urrejola (Presidente). -- Si a la (.:ámar,C\ L par\'e,\ pacId.! d3Tse por apro¡Jada.
El seiíor RetfUi:lales. -- En el artículo 3.! hay otra modificación con que se reduce el '<ueldo del secretario.
El señor Orrego. - Etl que Su Señoría cs· tá leyendo el proyecto que despacharemos luego, referente al "foménto equino".
}<JI tleñO!: Retamales. - Que quede cons· tancia de que la carátula del informe está mal impresa ••.
El señor Secretario. -- Artículo 5.0 La JHl.rte inicial de la letra a) ha sido redactada como sigue:
., a) S;lperfície comprendida entre la au,,igua Piaza Italia, hoy Plaza General Baquedano, y: .. "
El sefíor Orrego. - Está mejor la redaceión del Senado; vale la ppna aceptarla.
El señol' Urrejola (Presidente). - Si le parece a 1'1 Honorable Cámara, se aceptaría esta modificación.
Acord.ado.
1']1 se;;o!' Secretario. - En la letra b) se han subGtituído la" pdabras "A venida del Br:Jiúl" por estas otras: " ... de San Martín"; y la" palabras "Sa.nto Domingo". pOI la palabn. "Huérfanos".
El senor Orrcgo. - Rrchacémosla. El señor Urrejola (Presidente). -- Sí 1['
¡.>arece eL 1:1 Honorable Cámara. se daríll pOI'
rechazadn esta modificación, Rechaz::l!la. El señor Secretario. - Art1pltlo ti. o Se
han reemplazado las palabras "pI artículo anterior", por estHs otras: "los 'H·f.írmlo'l :wter1ores" .
El señor Or:reg'o.--y"t {> bien. El señor UrrejoI~, (Presidente; ,- Si 1p
parece a In EOTIorIJ.h1e 0ámara. se apr()h~\
r.in la mot1ificación . Aprohada. El l3i~ií()r Seoretario.-Artículo 7. o En la
.. --. ----- ._--_.- -- - -".--_ .. -"-<-- - _.-."._" .,- --- ---- ._-
letra a) se ha substituído la palabra "diez" por "ocho".
El señor Orrego.--Nó, señor. j~l seí:lor Ríos (dún Juan Á. )·-Podemos
., "c'phl)' 10,; OCllO meü·os. El señor Edwards Matte.--Nó, señor. El ""ílG;' Letelier.---QllC 8P deseche la mo-
3 i~l¡íe;..lc! 61.: .. F~i ",~ií0r Ul.'rejola .. - Si le
ti:: ;"'LI J la Honorahle Cfimal'íl,. "~f' riooecha-l'~'l 1 , :Hodifir'üeil;n.
ADordado.
1<,] sellor Secretario.·b), 1e"1'a b) ha. dido diminada.
El señor Letelier.-Que se d,eseche la. modificación.
El señor Urrejola (Presidente). -- Si le i'iU'C('e a la Honorable C(tmara, se desecharía J a modificación.
Acordado. El señor Secretario.-La letra d}, que Pl\
"a a ser c), ha sido reemplazada por la siguiente:
"Los edificios cuyo escaso valor no guarde relación con el de los terrenos en que estén situados".
El señor Urrejola (Presidente). -En votación.
Sí le parece a la Honorable Cámara., se daría por aprobada.
Aprobada. !<JI señor Secretario. --- "Artículo 9. o El
ren!!,lón que dice: "Por el Jefe del Departamento de Obras de la Municipalidad de ~.'mti¡¡go", ha sido eliminad u .
En el inciso final, se ha elevado de uuo a dos, el número de representantes de los propietgrios de la ciudad". ~
1TIl señor Orreg·o.-En esto tiene toda 11!. nl7.Ón el Senado; aeuptemos la modificar l,iÓll. ya que pone dos propietarios en lugar el,' uno.
El f'eñor Urrejola (Presidente)-- Si le rHJ.Tcee a la Honor!lblG f'tÍnl1H'il. >le 'lceptari* ~a nlOrlifiención.
AcoTda,a.o. El señor SecretD,rio.-El artílm~. 10 ha si
do redactado en la "Í/.!'uilmtr fonna en sa ]lD rte inicÍid:
"IIl1 Comisión Califieadora dispondrá de la ('ooperaeión del personal tócnieo .. " etc"
J;¡l señor Orreg-o.-Estú bien. ]i]l Reilor Urrejola (Presidente). _ o', '~
!JO.a ::-lESION ORHINARIA E,N 8 DEi ENEIW DE 1929 4751
p;lrec~ a 12- 1lunorab;r (~álngl·a., se aprobaría ]13. modifíe::eil')ll del HOllf'f'ab;e SCUl1UO,
Aconhdo,
::n<-; : ···No t {~¡:dril ~j pL (~;~,t;{'1l1 lo dú,:}l1.e.sto en el
~l·<:~!·,\:1-~· 2U de !a ~cy r'l(rL~r·-! ü Lj~]74, (l(-~ 5 d(~
;-':"epl, b1\:' de 1:1::;;-, en los :-::::t~(~t()re:~ ü(Jln
l)reTlc:~r:o;;;: di'iltY'(l 11pl ,r~'1edlo :i.() (1,~ le! pre·":'"T(!~ e
liii fH';;JOr Urrejüla. lí:':'csidelltl'!, - I:'i le paréce a l:¡, HOlinrable Cúmar:l, se aceptaría
Acordado. Tr,rminada la discm1ión de] proyecto,
8, -CREAOION DE UN CONSEJO SUPERIOR DE FOMENTO EQUINO
El s,.ñür Secretario.-El Honorable Senado ba íntroducido algunas morlificaciones en el proyecto que crea un Consejo Supcyior- de J<~omento Equino.
El señor García Henríquez.-El honorahle señor Cruzat Vicuña desea participar en la disC1 1sÍón de este proyecto, pero Su Señoría, por razones particulares, ha tenido que ausentarse de la Sala; por esto, rogaría a la Honorable Cámara que acordara posterga]' :'11 discllsióIl hasta la sesión próxima,
El señor Urrejola (Presidente). - Si le parece a la Honorable Cámara, quedaría postergada nn.st'1. mañana la discusión de este proyecto.
Acordado.
9 -SUSPENSION DE LA SESION
}31 seÍ10r Urrejola (Presidente) .--Si a la HonüT'ahk \ 'ámnra le parece, suspenderíamos· h ,:es:ió:, por nn rw!rto d e hora.
Acordado, . ~~¡,;' snsrend{~ la sesión ~ --Se suspendió la sesión.
10, -1l\'IPUESTO A LAS HERENOIAS y DONAOIONES
E' sefJo:, Urrejo!n, ,'Presicl?nte). ~·ContiJllÍa la sesión.
Bi señor Ríos (dun Juan A, )-Si¡ramos (,,)1) f'r pro.'r'ecto Ge h('i'encias y donaciones. ""ñor Presidente.
};jT ¡:;eñ(l~ Urrejola (Presidente). - Si le
------~-----_._---
parece a la Honorablc CúmFl.ra, se trlltarÍa el proyecto sobre 11e1'e11e1as y donaciones.
Acordad.o. --El ofieio del Senado dice COlIlO Hig'uc:
• "N.O 2.-- El pro~'e('.to de ley, remitido por es" Honorable Cúmar:<, sobre impuesto :t
las donaciones, as:gunciol1cs por causa .1<'. muert8, rnasa hCl'C'dibria :r bic;lC;:; iJ]muelJle~, no transmi ticlos (le perSGll3S jl1rí';Jieas, ha "ido tambiéll u;1rohaclo por el Senado, con las:'\i t~'Eic!lt(~s 1Yro(¿i r¡('::j(~ionr's;
1~1 rubro "'1'ítn10 11", ha "ide reemplazado por este otro: "Título I".
Artículo ] 2. Se lw. intercalado entre la:; pala bras: "... o concurso" y "no estarán sujetas", estas otras: " ... o de notoria insolvencia", a juicio de la Dil'eeción ... !'
Ar'tículo ] 5. En el númcro primero, se ha substituído las palabras: " .. , en favor !le los ... ", por las siguientes: " ... para la construcción o reparación de '" ,.
El número tercero· ha sido l'('emplazado por el siguiente;
"3.o-Aquellas cuyo único fin sea la benefieencia pública, la difusión de la instrucción o el adelanto de la ciencia en el país",
Se ha agTeg-ado al final, el Riguiente inciso nuevo:
"B.o-Aquellas destinadas exclusivamente a un fin de bien público, y cuya exenci6n sea decretada por el Presidente de la Repúbli-ca".
A continuación del anterior, se ha agregado el !,iglliente artículo lluevo, con el númpro 16:
"Artículo '" La exención a que se refiel'e el número primero del artículo anterior, se !l¿ll'ú rfectiya devolviéndose por d Fisco ~l
impucsj o pagado, una vez eomprobada debidamente ante la Dirección, la j,'lVersión que se haya 11('c110 de la asigIldción en lo~ fines iJl(~icadof.: por dicho número." ,
Artíc,llo 20. 8e le lIa agregado la siguiente frase final; "sin perjuicio de lo dispuesto en los nrtículos 68 y 60".
Articulo 2í. En el inciso pr;mero, se ha reemplazado la frase: ",lul'Rnte cinco días", por esta otra: "por tres .-cees",
Al'tíenlo 30. Se ha sub:stitnído la palabra: "esta" por "aquella".
Artículo 32. Se ha sub,.,tituído la palabra: "notario" por estas otras: "ministro dI' fp que lo practique".
Artículo 33. Se ha reemplazado la palabl',J "ningún" por "algún;', y la" palabralil: "d
4752 CAMARA DE DIPUTADOS ======~============================--==========~.====== =
notario", por la frase: " ... un ministro de fe".
Articulo 49. La frase final, que dice: " ... que aparezca o se pruebe lo contrario", ha sido snbstitnída por esta otra: " ... prueba en conrrarjo".
Artículo 51. E1 .inciso cuarto ha sido redactado como sigue:
"Se exceptúan de lo preceptuado 1[11 e1 inciso primero de este artículo, los sobres que, como test8J11f'ntos cerrados y otros, estén sometidos por la ley a procedimientos especiales });ll'H su apertura, y las instrucciones que se dejen a albaceas fiduciarios."
Artículo 52. Se ha eliminado la frase que dice: " ... y que tengan una fecha comprendida dentro de los treinta días .anteriores a su fallecimiento ... "
Artitmlo 54. Se ha agregado la palabra: "este", después de la frose: " ... por las contribuciones que ... "
Artíeulo 56. Ha sido 'substituído por el siguiente:
"Artículo . _. 11a base para determinar el monto imponible sobre que deben aplicarse las tasas de impuesto, será:
a) El monto del avalúo con que a la fecha de (leferirse la herencia figuren los bienes raíces para los efectos del pago de las contribuciones, salvo que hayan sido licitados en subasta pública con admisión de postores extraños;
b) E] preeio que los efectos públieos, acciones y demás valores mobiliarios tengan a la misma fecha en las trnnsacciolles bursátj· les; y
e) el Valor que a 108 demás bienes muebles se les asigne en acto pericial legalmente practicado.
Las reglas de este ul'lÍcnlo se observarún, siemprt; que por aelH'nlo de los herederos o por licitación, no se vendan o adjudiquen bienes por Hn valor Inr:yor que el ¡;efialatlo en los incisos l)re13e([cntes."
A:rtíeuJo i'i8. Ha sido snbstituíd(¡ por el si· guiente: .
"Artícul,> ." Crlillido sin ctlu:-.a justificada se hubieJ'é omitido hl. tasación pericial de que trata la letra e) del ar,'culo GG, Jos lúenes muehles sE'rAn estimados en Ull diez por ciento. del va 10t del inrnuchic que gUi!l'Jlló
cían, o <1 cuyo servieÍo o exp]ot,¡(ión estaban d('~d;inad()s, nun lmando dicho inmueble no J¡,l', e l)tOP;,~(:;¡(l (k; cn1l,sante."
}\ 1'1íellJo el. En el ;U('i80 pl'iuero, se ha
substitnído la frase que dice: " .. ' el que só] o recaerá sobre _ .. " por la sigluente: " ... respecto a ... "
Artículo 64. I~a parte inicial ha sido rcdactadn. como sigue:
"El 1m puesto deberá pagarse dentro de los dos años siguientes a la delación de la herencia. Si no se pagare ... , etc."
Artículo 68. IJa frase final del inciso primero, que diee:
" ... o con intervención de 11'1 partidor", ha. sido reemplazada por esta otra: ,. .' o bien por otras garantías decretailas por d partidor de la here11 cia respectiYa".
~\.rtíl~lllo 76. Se ha substituído la fras!'.: " ... con actuación administrativa .... " por esta otra: " ... con eOllocimiento ... "
Artículo 77. Ha sido redaet:ldo C01.'\( signe:
·'.Artículo ... El interesado que uo s('~ eOHfnnn¡¡re con lo resuelto podrá, dentro del pl,[zo de cinco días, contados desde !a feeha oc la notificación de la resolución administrativa, reelamar de ella ante el ,Juez IJetn\üo en lo Civil que haya ordenado esa notíficaejón. Este reclamo sr: tramitará breve )1'
~mmariamente. El comparendo que al efecto se decrete, se celebrará con asisteneía de ln~ partes que concurran." , Artículo 78. Se han suprimido las palab~as "del infractor", y reemplazado la palab1"ll "jntegrado" por "enterado".
.ártículo ¡q. Ha sido redactado (lomo 81-
gue: "Artieulo '.. EH {~stos jnjcios, sólo se:tá
apelable la !'cnten:. ~a definitiva. El Tribunal <1l' .\.lz.ük fal:m'ú F;:} m:1!; trnmit0 qm' fijar día para la vista de la causa."
Artículo 81. Se ha substituldo la palabro, "debe" por "deba".
~.\.rtícnlo 82. SÍ' han reemplar.ado las palil-oras "a su at eneión", por pstas otras: 11 I!.
su eargo·'. Artículo 80. En d inCISO ¡¡rimero, se ha
rebaiado de J ,000 H 100 pesoK el monto io.icial ~le la multa.
En el ill.~iso segundo, se ha reemplazado };, frase: ..... a la primera infracción"; por esta otra: " ... por la primera infracció-n . ,.
Be ha :',l'¡Jl'imido el rubrü "Capítulo 1", qu.figura antrs del artículo 84.
J..}'\í(~nlo ¿f¡: Sé' le ha ag-.re~ad(l el siguient~ número lluevo:
90.a SESION ORDINARIA EN 8 DE ENERO DE 1929 4753
"4.0--Los primeros, 150,000 pesos." Artículo 86. Ha sido redactado como SI
gue: "Artículo '" Estarán afectas al impuesto
global, previa las deducciones a que se refiere el artículo anterior, las herencias en que el causante no haya dejado cónyuge sobreviviente, ni hijos legítimos o naturales, vivos o representmJtes, y las tasas progresivas se aplicarán de acuerdo con la siguiellte escala ... "
Artículo 98. La letra f) ha sido redactad, como sigue:
"f.)-Evacuar los informes que sobre ma. terias legales o administrativas les solicite d Director Gcueral, quien podrá, cuando lo estime conveniente, solicital' informe de dos o más de los abogados en conjunto."
Artículo 97. Se ha reemplazado la palabra: "Enero" por esta otra: "Febrero".
Se han agregado, como palabras finales, las siguientes: "... a ella".
El señor Urrejola (Presidente).- En di::;cusión las modificaciones introducidas por el Senado.
El señor Lois.- Entre las modificaciones del Senado es sensible que esta Honorable Corporación no haya reducido las exenciones que la Cámara aprobó para el servicio del culto. 1\1e refiero al artículo 15. lUenos mal que el Senado, por)o menos, ha introducido una modificación en el sentido de precisar las donaciones en favor del culto. Yo creo que debemos aprobar las modificaciones introducidas por el Senado ...
El señor Orrego.- Hay algunas modificaciones del Honorable Senado, que valdría la pena estudiar. Me voy a referir a ellas brevemente, porque las demás son de mera redacción y algunas convenientes.
Me merece observación el artículo agregado a continuación del artículo 16 porque se obliga primero a pagar ]a contribución y en seguida se devolverá c'uando se haya comprobado que la asignación se ha invertido en el fin designado por la a::;ignación o donación.
Yo creo que este artículo nuevo agregado después del 16 es completamente inútil, porque no debemos poner ésta como una excepción, cuando la regla general es que las contribucione;~ de herencias se paguen después de haberse hecho efectivas las respectivas asignaciones o donaciones.
Después de este artículo, me merece ob· servación también el artículo 49.
V oy a decir primero cuáles son los artículos que me merecen observación y en seguida se podrían votar junto con aquellos otros, sobre los cuales también las hagan otroo honorables Diputados.
En el final del artículo 49, el honorable Senado ha suprimido la palabra" aparezca"
Dice el artículo 49: "Para los mismOil efectos indicados en el artículo anterior, se presumen pertenecer al dueño o arrendatario de una caja de seguridad, los valores y efectos q 11 e en ella existan a la fecha de su fallecimiento, salvo que aparezcan o se pruebe lo contrario".
Resulta que suprimiendo la palabra" aparezca", nosotros no aceptamos que pueda haber un documento que esté en la caja de seguridad del causante de la herencia y no le pertenezca. Por lo tanto, creo que la supresión del Honorable Senado es perjudicial
Al artí.mlo 56 el Honorable Senado le ha dado una redacción favorable al Fisco. La Comisión de Hacienda de esta Honorable Cámara, y después las Comisiones de Hacienda y de Legislación, unidas, consultaron una situación, digamos, de igualdad; UJSando la frase vulgar, diríamos, de estar a las duras y a las maduras. Así, si la propiedad se adjudicaba o vendía por una cantidad superior a su avalúo, se pagaba por ese exceso, como era natural, y si la propiedad se vendía en una suma inferior al avalúo, también el proyecto de la Honorable Cámara cOJ.l.JSultaba la deducción correspondiente al menor precio obtenido.
El señor Ríos (don Juan Antonio). -¿No se podría prorrogar la hora por un cuar-, de hora pa.ra que se alcanzara a despachar este proyecto, señor Pretlidente f
El señor Urrejola (Presidente). - Si le parece a la Honorable Cámaa, se podría prolongar la orden del día por un cuarto de hora.
Acordado. El seño,~ Orrego. - Mientras tanto, en la
forma que ha redactado el artículo 56 el HonorablE Senado, no se acepta esta situación propuesta por la Cámara de Diputados. Sólo contempla el caso en que se venda o adjudique la propiedad por un precio mayor que el avalúo, de manera que cuando se venda o se adjudique por un precie
Ordinarias 298
4754 CAMARA DE
m~nor, debe pagarse la contribución pOI el precio de tasación.
A mí esto no me parece justo, y creo qua la Cámara debe insistir en la redacción que le dió a este artículo 56.
En el Gíttículo 64 la Cámara fijaba el pla· zode dos años para pagar la contribución de herencia, contados desde la fecha en que se conced~era la posesión efectiva de la heren cia. Y esto es lo justo, porque ese es el mo· mento en que el heredero puede disponer de los bienes. Mientras tanto, el Senado modifica esa fecha, estableciendo que se contará ese plazo dedos años desde la fecha de la delación .le la herencia, o sea, desde la fecha de la muerte del causante.
Esto no me parece justo, porque si se tra· ta de gente pobre que está en distintos departamentos, en reunirse para pedir la po· sesión efectiva, puede pasar un largo tiem· pO; de manera que no es natural que el pla. zo se esté contando desde la muerte del cau· sante de la herencia.
En el artículo 69 el Senado hizo una mo· dificación que no parece conveniente.
El pago del impuesto podrá garantirse con depósitos en dinero o la orden judicial y cuando lo caucione el partidor. Así lo esta bleció la Cámara; mientras tanto, el Senado no acepta la caución del partidor, y reemplaza la frase " ... o con intervención de un partidor", por esta otra: " ... o bien por otras garantías decretadas por el partidor de la herencia respectiva".
Resulta entonces que es un trámite más cuando lo que se quiere es facilitar estaF diligencias cuando haya un partidor solvente que pueda servir de garantía suficiente para el pago de esta contribución.
Son estas las modificaciones del Honora· ble Senado que me merecen observaciones, y yo rogarí)\ al señor Presidente que, si no se hicieran otras observaciones con respecto a1 proyecto, que so1icital'a el acuerdo de la Cámara para dar por aprobados los artículos no objetados y se entrara a votar los que han merecido objeciones.
El señor Urrejola (Presidente). - Si le parece a 1:1 Cámara, se procedería en la forma propuesta por el señor Orrego, es decir .se aceptarían las modif1caciones del Senado menos aquellas sobre las cuales el honorable Diputado ha hecho observaciones.
DIPUTADOS
El señol' Ríos (don Juan Antonio). -Esas las votaríamos.
El señol: Urrejola (Presidente). - Sí, honorable Diputado; entraríamos a tratar de esas moditicaciones.
El señor Valencia Courbis. - Señor Pre· sidente, el artículo 15 de la Cámara de Di· putados, (·n el inciso 1.0, se dice: "Las que se dejen en favor de los templos destinados ~l servicio de un culto ",
La modificación del Senado reemplaza laE palabras "en favor de los" por "para la construcción o reparación de ... "
Esto no es un cambio de palabras o de redacción; esto es un cambio de idea.
En conformidad al articulo de la Cámara, están exentas de impuesto las donaciones y asignaciones destinadas al servicio de un culto, y, según la reforma del Senado, ne pagarán contribución las donaciones y asigo naciones que se destinen a construcción e reparación de templos.
El señor Lois. - La modificación es paril precisar el pensamiento.
El señor V:alencia Courbis. - La redacción de la Cámara es bien precisa.
Yo estimo que el proyecto aprobado por \a Cámara consultaba mejor el espíritu de "a Constitución, y, ar mismo tiempo, la tolerancia y respeto que se debe tener por laE ideas religios,as y el servicio de un culto cualquiera que él sea. Por consiguiente, con· sidero que debe aprobarse el proyecto de la Cámara. .
El seño!' Urrejola (Presidente). - Si le parece' a la Cámara, la modificación del Senado al a-::tículo 15, también quedaría para ser tratad:i, y se darían por aprobadas toda~ las quc no han merecido observaciones.
Aprobadas.
En discusi.ón las modificaciones -que han merecido observl1!ciones.
El señor Prosecretario. - En el artículo 15, númerc 1.0, el Senado ha substituído las palabras ' .... en favor de los ... ", por la" siguientes: " ... para la construcción o rl~.
paración de ... " El señor Urrejola (Presidente) .-Ufrez<Jo
la palabra. Cerrado el debate. En vohción si se acepta la modificación
al artículo 15, número 1.0 -Efectuada la votación, la modificación
resultó aprobada por 30 votos contra 5.
90.a SESION ORDINARIA EN
El señor SecretariO.-Artículo 16. A continuación del anterior, se ha agregado el siguiente artículo nuevo, con el número 16:
"Artículo .. , La exención a que se refiere d número primero del artículo anterior, fí(' hará efectiva devolviéndose por el Fisco el impuesto pagado, una vez comprobada debidamente ante la Dirección, la inversión que se haya hecho de la asignación, en los fines indicados por dicho número."
El señor Orrego.-Este artículo hay que desecharlo.
El señor Urrejola (Presidente) .-Si le parece a la Honorable Cámara, se daría por (lesechada esta modificación.
Varios señores Diputados.-Por apJ::obada. El sefíor Urrejola (Presidente) .-En vota
ción. -Votada la modificación, que consiste en
haber agregado un artículo nuevo, resultó aprobada por 27 votos contra 13.
El señor Secretario.-Artículo 49. La frase final. que dice: " . " que aparezca o se pruebe lo contrario ", ha sido substituída por ('sta otra: " . " prueba en contrario".
El señor Orrego.-Hay que rechazar esta modificación del Senado.
El señor Urrejola (Presidente) .-Si le paref',' n la Honorable Cámara, se daría por (l""echada.
Desechada.
El señor Prosecretario.-Artículo 56. Ha si(lo "uhstitnído por el siguiente:
"Artículo ." La base para determinar el monto imponible sobre que deben aplicarse las tasas de impuesto, será:
a) El monto del avalúo coI} que a la fech'l de deferirsl' la herencia figuren los bienes. raíces para los efcetos del pago de la" eontribuciones, salvo que hayan sido licitados en subasta pública con admisión de postores extraños;
b) El precio que los efectos púhlicos, IlC
dones y demás valores mobiliarios tenglln ¡¡ la misma lpcha en las transacciones 1mr-
8 bE ENERO DE 1929 4755
bienes por un valor mayor que el señalado (,JJ los incisos precedentes."
El "eüor Orrego.-Ya he explicado el por oné esta modificación debe rechazarse, y es r;Ol'Cjue sólo consulta aquí el interés del l"isel' y para nada el del particular. Cuando ll'l
bien raíz se adjudica en un valor menor que el de tasación, debe también rebajarse pro. )on:ionalmente la contribución.
Bl seüor Urrejola (Presidente).-Si le parece a la Cámara, se daría por desechazada la modificación.
El seüor Ríos (don Juan A.)-El Fisco eM
el que debe estar siempre más defendido. E,l señor Orrego.-Pero lo natural es que
;'i' ha ga justicia; porque, si se adjudica un bien en un menor precio que d de tasación, ¿ por qué se va a pagar sobre el valor d,' ésta 1
El señor Urrejola (Presidente).- Queda desechada la modificación.
El señor Prosecretario.- En el artículo 64, la parte inicial ha sido redactada como sigue:
"El impuesto debrrá pagarse dentro de los dos años siguientes a la delación de la h\'rencia. Si no se pagare .. " etc."
El señor Orrego.- Hay que desecharla, porque la fecha debe contarse desde que se concede la posesión efectiva.
El sefíor Urrejola (Prrsidrute) .-Si a la Honorable Cámara le parrce, se dará por desechada.
Desechada. El scñor Prosecretario.- Artículo 69. La
frase final del inciRo primero, que dice: " .. , o con in'ten'ención dc un partidor ", lla sido reemplazada por esta otra: " ... í)
bien por otras garantías decretadas por el partidor d(~ 1<1 herencia respectiva".
El señor Orrego.-Hay que rechazar la modificación.
El señor Urrejola (Presidente) .-Si a la Cámara le parece, s(' desecharía la modificación.
Acordado. sfttiles; y Terminadll la discnsión de las modifica-
r) El ya lar que a los demás bi enes mue· ciones. hles se les asigne en acto pericial legalmcn ! t' pnlctieado.
Las !'í'g-las de este artículo se observarán siempre que por (lcuerdo de los herederos o ]lor licit1ción, no se vpndan o adjudiquen
11.-TABLA ORDINARIA DE LA SESION PROXIMA.
El señor Urrejola (Presidrnte) .--Me per-
...
4756 CAMARA DE DIPUTADOS
mito incluir en la tabla de la sesión de mañana, los siguientes proyectos:
1.0 Proyecto de esta Cámara modificado por el Senado que reforma la ley número 4,312, que creó el Instituto de Crédito Industrial;
2.0 Proyecto de esta Cámala modificado por el Senado, que declara de utilidad púÍJlica los terrenos y las aguas necesarias para la ejecución de las obras de agua potable comprendidas en el Plan General de Obras Públicas Extraordinarias.
3.0 Proyecto de esta Cámara, en 5.0 trámite, sobre contratación de empréstitos para la construcción de caminos en el territorio de la República;
4.0 Proyecto que exime de impuestos a los salarios inferiores a 20 pesos diarios.
El señor Retamales. -¿ y el proyecto sobre la sidertírgica, señor Presidente, en qué lugar de la tabla está Y .
12. -INSCRIPCIONES PARA USAR DE LA PALABR •.
El señor Urrejola (Presidente) .-Me permito solicitar el asentimiento de la Honorable Cámara para dejar inscritos, en primer lugar, para la sesión del Lunes, al honorable señor Alvarez; en segundo lugar, al honorable señor Acuña Robert y, en tercer lugar, al honorable señor Ayala.
Acordado.
13.-ANTECEDENTES SOBRE LA POBLACION LEON XIII
BI señor Lois.-Señor Presidente, ¡, han llegado a la Mesa unos antecedentes que se refieren a la Población León xrrn
El señor Secretario.-No han llegado, honorable Diputado.
14.-TRAMITACION DE DOS SOLICITUDES PARTICULARES
El señor Urrejola (Presidente) .-Entrando a la hora de incidentes, está inscrito, en :primer lugar, el honorable Diputado por ,qantiago, señor Edwards Matte.
El señor Secretario. -Los señores U garte y Gareía formulan indicación para que pa,se de la Comisión de Guerra a la Comisión Especial de Solicitudes Particulares una so-
licitud de la señora Filomena Olmedo v. de Narváez.
El señor Prosecretario.-Los señores Alvarez y Ayala formulan indicación para que la solicitud de pensión de don Juan de Dios Osses, pase a la Comisión de Guerra y Marina.
El señor Rubio. -Serror Presidente, b no existe la Comisión de Solicitudes Particulares 1 & Por qué entonces no pasan a esa Comisión?
El señor Alvarez.-La natural¡3za de la solicitud e que se trata indica la conveniencia de que la informe mejor la Comisión de Guerra y Marina.
El señor Rubio .-A la Comisión Especial de Solicitudes Particulares deben ir las solicitudes de toda naturaleza; de lo contrario, no podría conocer de ninguna; porque no hay ninguna solicitud que no diga relación con la instrucción, con guerra y marina, etc., etc., y si se manda cada una de éstas a la Comisión correspondiente, la Especial de Solicitudes Particulares no tendría nada que hacer.
15.-RESURGlMIENTO DE LA ZONA AFECTADA POR EL ULTIMO TERREMOTO. -MEDIDAS QUE TIENDEN A ESTE FIN.
El señor Urrejola (Presidente) .-Puede usar de la palabra el honorable señor Edwards Matte.
Después se votarán las indicaciones ... El señor Edwards Matte. -Señor Presi·
dente, deseo formular ante la Honorable Cámara algunas observaciones que he recogido durante el viaje que, con motivo de mis actividades profesionales, hube de verificar por las regiones asoladas por el fenómeno sísmico último.
Algunas de estas observaciones tuve opor-tunidad de ponerlas directamente en conocimiento previo de S. E.. el Presidente de· la República, en cumplimiento de la misión: de cooperación que, a mi juicio, pesa sobre los parlamentarios que desean sumar sus esfuerzos a los del Ejecutivo para el levantamiento de la región devastada.
Ocurre, desgraciadamente, que las medidas que el Ejecutivo ha propiciado, inspirado, sin duda, en los mejores propósitos, de procurar levantar los ánimos y hacer sur-
9D.a SESION ORDINARIA EN 8 DE ENERO DE 1929 4757 -=. ============================j======================~
gir de sus ruinas a las ciudades destrozadas, no han tenido la eficacia suficiente para hacer que en las ciudades y en los campos los propietarios vean que real y efectivamente hay una posibilidad de que sus predios vuelvan a ser lo que fueron.
y a este propósito puede hacerse notar que no pocas de estas medidas no han tenido eficacia, debido a que, desgraciadamente, no siempre llega a la Moneda el eco de la verdad integral, que tanto bien hace para el acertado Gobierno de los pueblos.
El señor Navarrete.-Tiene toda la ra-7.ón Su Señoría.
El señor Edwards Matte. - En mi viaje tuve oportunidad de leer, durante el trayecto, una obra que me obsequiara mi honorable amigo el señor Urrutia Manzano, "Las memorias de Lord Cochrane".
En este libro encontré una carta, en la que este fundador, puede decirse, conjuntamente con el Almirante Blanco. de nuestra Escuadra Nacional, dice:
"Si los re~'ps y los príncipes tuvi escn en sus dominios hombres que en todas las ocasiones les dijeran la verdad sin disfraz, se habrían evitado freeuentes errores y hubiesen sido infinitamente menores lOs ma;es qll," experimenta el linaje. humano".
PUI?S b1P11, con .el objeto de eUml)lir, a la medida di) mis fuerzas, con este deber de deeir la verdad sin disfraz, y a fin de evitar los errores que afligen alli~lHJ'é human), voy a desarrollar las observa.eiones que: la Oámara benévolamente ha de oírme.
Ocurre, señor Presidente, que en la zona devastada por el terremoto hay verdadera ansiedad por saber cómo y de qué manera el Ejecutivo, administrador de los fondos q'le la República entera ha erogado para aliviar lÚ's males ,de la zona afligida, va 11 repartir djehos fondos.
A este respecto, se ha produeido un miraje C'xtraño. IJa gente de Talea se imagina que es la de TaIca la única zona que ha sufrido daños. y se imagina, en conseeuencia, que los millones erogados por el pueblo van a ser i:1Vertidos ínte:!l'llmente en Talea. Algo pareeido se cree ('n otras partes.
~jsto se debe a que hasta la fecha el Ejecutivo no ha exhibido un ·cua,dro distributiyo de ]a forma cómo serán rep'artidos estos auxHios con que la solidaridad humana
ha aeutlido para reme']iar los dai"i:), cansados.
A este 'respecto, puede hacerse presente qUE' lo que ha movido. sin duda, al Gobierno a g'uardar eierto hermetismo, en este asun to, ha sido el deseo de 'eumplir mejor su misión. Pero este silencio ha sido y eontinúa siendo dañino,
Digo que seguramente la eausa que ha inspirado al Gohierno para mantener esta actitl1d, es la de hacer algo mejor. Este mismo propósito es el que sin duda, nevó a:1 Gobie'rno a nombrar Ulla Comisión de técnicos, que habrá de informar accrca del plan de 1'econs1ruecifll1 de Talca; pero ha transeurric10 ll1H.s d:, un mes y hasta la fecha 11(\ S8 ha publicado 'plano alguno de reeonstrucción de Talca, y los habitantes de esta ciudad sc preg'untan,eon considerable ansiedad y con justifieados deseos deconoeer pronto cste anunciado plano de transformaejón,en qué va a consistir la proycetada mod·ernización y reconstrueción de Talea.
No se explican, señor Presidente, ni se explica tmnpo,co el Dipmado que habla, d por qué de esta tardanza en manifestar qué es lo que se va a hacer cn pro del resurgimiento de Talea.
El plano de la ciudad de Talca es sumamente sencillo y elemental. No existe para dcsa.rrollarlo el árduo problema del tránsito que comp.lica los problemas urbanos de las grandes urbes. N o es allí la multitud de vehíeulos y la cantidad de habitantes tal, que hagan aco:nscjables las medidas que 'le prüpieian en otras ciudades, eomo en Sal.tiago, para descongestionar el tránsitr).
Se ha hablacLo de avenidas diagonales, (jl:'e se harían con el objeto de modernizar la ciudad de Talea,
Viendo y conociendo lo que es la eiudad de Talea, hablar de diagonaJes que tiendan a h'!cercircular mejor los carrua:jes, o a descongestiona.r :1a ciudad, tienc algo de tartarineseo y dc profundamente absurdo, y yo lo eonsidero no sólo absllI'c1o SIllO
que atentatorio aún paTa e' p,'JgTu,;O y para el resurgimicllh de Talea.
Tiene el ineOlwenicnte grl1VC el no ~Ü'no
cimiento todayía de los planes de modcrniza·ción de ]11 ciudad, el que nadie en Talc¡l pueda abordar eon vigor y con entereza la rcconstrueción de su predio, porque nadie sahe si su propiedad ya a ser O no COllSe{'-
4758 CAMARA DE DIPUTADOS
vada integralmente; y como sobre toda la ciudad se cierne el haIago o la amenaza un una posible diagonal, y como no se ha ').3-
tableeido aún euál será la línea de 'cdificaciónen las ca;lles, resulta que, desgraciadamente, todavía nadie en Talca pued .. abordar, repito, con vigor, con entereza, ~on entusiasmo la obra de reparación de los dai:os.
Por otra parte, la: ley que el Congreso dictó y que el Ejecutivo promulgara en el sentido d,e ayudar con treinta millones de pesos extraordinarios, que en (~a1.íclad :1L' préstamos hipotecarios se otrogarían a los propietarios de la ;7,Ona devastada. se encuentra entrabllc1a con un complicadís¡'mo reglalllcllto que, desgraciadamcnte, va a restar no poca eficacia a esta l1yurla que el país enü'-1'0 ha querido dar a la zona afectada.
y este daño, que es grande para '1'al(~a derivado del reglamento a que aludo, es sen, eillamente intolerable para una ciudad cuma Constitución. Y digo que es intolerablp pllra una ciudad como Constitucióll, porqlHl ocurre que el alma popHlar-y al decir dma popular no me refiero sólo a las esfcra~ del pueblo únicamente, sillo a todos l(}~ hdbitantes de CO}lstitución,-hae(' qno 10s 1~tulos de dominio de la ciudad de Constitución sean perfectamente primitivos; y pedir treintn años de vigor para poder con aquellos títulos acogerse a los beneficios ele la ley de los 30.000,000, es hilé'er (jHe prúcticamente nadie en Constitución pueda acogerse a los beneficios de esta ley.
Correspondería" pues, al Congreso modificar esta ley o al Gobierno modificar el 1'(
glwmento, en el sentido de que seentendiese que pÜ'drÍan acogerse a los beneficiDil do esta ley, no sólo los propietarios que tuvieran títulos saneados de treinta años, sino todos aquéllos que, conforme a un procedimiento sumario, se encontraran con títulos bonificados por S. E. el Presidénte ed la Hepública. Es decir, sería necesiirio ii' '("ti
auxilio de Constitución, dictando una ley de emergencia, semejante a aquella otra que la Honorable Cámara dictó para sanear los títulos de las provincias australes.
!Si. no s'e toma esta medida, si no nos preocupamos de dictar una disposición semejante, será ilusor,ia la eficacia de toda ley que tienda a mejorar, a amparar, a ayu. lar a los propietarios de 'Constitución, por-
que el mal radica en la mala constitución de los títulos.
Habría otra medida que sería de considerable eficaCJÍa para ayudar al resurgimiento de estos pueblos .
Ocurre que no existen en este puerto elementos constructivos, no existen barracas ni almacenes donde pueden, los que necesitan, proveerse de fierro galvanizado, de techumbre, de cemento. Y resulta que el modesto propietario de un predio que tiene necesidad de reconstruir su casa, no encuentra en Constitución dónde comprar los elementos necesarios para hacer siquiera un modesto cimiento, para el caso de que se repitiera un terremoto como el que hemos presenciado últimamente.
En consecuencia, sería una medida de considerable eficacia, que el pueblo de Constitución sabría agradecer, estoy cierto, que el Gobierno, sin el ánimo de lucrar, comprase maderas, cemento y demá.s elemento de construcción, no para regalarlo, sino para ponerlo a disposición de quién quisiera eomprarlos al precio de costo que se fijara ...
El señor Quevedo. -j Muy bien! El señor Edwards Matte. -Si no se dieta
una medida de esta índole, resultará que Constitución no resurgirá, porque no eS posible pedirle a cuatro, cinco, diez, quince o cien pequeños propietarios que consigan que los madereros del Sur les envíen los pocos palos que cada uno de ellos necesita.
El Gobierno ha ,erogado alrededor de cuatro millones de pesos para ayudar a las ciudades destruídas. No habría peligro alguno, y sí notoria conveniencia y justicia, en que el Gobierno invirtiera una suma, que me imagino podría fluctúar alrededor de quinientos mil pesos, en materias primas, materiales de construcción, piés derechos, vigas, maderas, cemento, etc., ¡para ponerlos al pié de las obras en las ciudades afectadas por el terremoto donde no existen, como en Constitución, medios para realizar esta reconstrucción urbana.
Cabe notar, señor Presidente, esta circunstancia: el cemento, desde el día del terremoto hasta hoy, ha subido en más de un diez por ciento.
En Santiago, el barril de cemento costa· ba 38 pesos, hoy día vale 42. .
90.a SESION ORDINARIA EN 8 DE ENERO DE 1929 4759
¿Por qué se produce esta alzal Sin duda, por la mayor demanda. ¿Habría algún peligro en que el Gobierno
internara cemento por C(I}nstitución, lo liberara de derecho de .Aduana y lo pusiera a disposición de los pequeños propietarios que en Constitución quisiesen mejorar las condiciones de sus casas y levantar de nuevo sus predios derruídos 1
No creo que haya peligro alguno ni que se lesione ningún derecho, porque los industriales nacionales no pueden decir que con taban con los efectos dañinos de un terremoto para el mantenimiento de SWJ industrias; y, en cambio, esta medida tendería a realizar, de un modo racional y posible, el resurgimiento de esta ciudad.
Entiéndase bien que no propicio que se regale a nadie materiales de construcción; sólo pido que el Gobierno, haciendo una obra avanzadamente socialista, reemplace; en cierto modo, al comercio, pero en el punto en donde no hay comercio, donde no se lesiona ningún interés. De ese modo, se vendría a llenar una necesidad sentida por todos; el Gobierno, en resumidas cuentas, no haría otra cosa sino cumplir con su misión de Estado.
Hay otra medida más, de otro carácter, que se relaciona con Constitución y que tiene una considerable trascendencia. La cit¡, dad de Constitución es una ciudad que tiene características que la hacen extraordinariamente simpática: no existe allí el ausentismo que, desgraciadamente, es una plaga que afecta al territorio general de la República..
Es ('orrien! e que los hombres que económicamente se independizan de su tierra emi~'I'pn, y emi~Ten a Santiago, seducidos poJ' el atractivo de la eíudad más grande. La g"Pllt¡· dé' Constitución no tiene este espíritu, Sf' sipnte seducida de otro modo: por los atractivos de su propia tierra.
y birn i existe 8n Constitución un pequeño banco i. el eapital de este banco es de una suma no sn perior a 400,000 pesos.
En virtud de la Ley de Bancos, este b-anco de Constitución deberá aumentar, en plazo hrpvc, a 1.000,000 de pesos su capital. Ahora bien. los accionistas del Banco de Constitn(·ión son los propietarios de ese puerL), que se pll(>uentran perjudicados y aplastadof' matprialmente por el terremoto; y, en
consecuencia, no están en condiciones de erogar el aumento de capital exigido por :a ley. Por 10 tanto, habría un modo eficaz de tender la mano a esta gente: propidand() una ley de pxcepción, dando a este Banco lUW ampliaeión de plazo para la integración de su capital social. Si esto no se hiciera, :'ie procl ueiría una situación angustiosa para el puehlo entero de Constitución, porque el Banco tendría que cerrar y liquidar, porque sus accionistas no serían capaces de ~l'ogar el capital necesario, por la condicion'es actuales en que se encuentran, ya que todos l\lJos han sido víctimas del terremoto qUC últimamente asoló la ciudad; y si el Banco hiciera crisis, ello significaría la cjecmión de todos los deudores del Banco; y hay interés premioso en dar la mano a esta i1lstitución de crédito y en ayudar a los habitantes del balneario de Constitución.
Refiriéndome a la zona entera devastada, ocurre algo que señalaba al principio y sobre lo cual deseo insistir. Se confía mucho más de lo que humanamente es posible en la acción del Gobierno; 'Y es absolutamente necesario, de una vez por todas, establef el' en qué va a consistir esta ayuda del Gobierno.
Este problema surge por todas partes, y muchos creen que el terremoto va a significar un mejoramiento para algunas de la'! ciudades asoladas: esto es absurdo, si se considera la destrucción de riqueza que ha hecho el terremoto.
La ayuda del Gobierno, la generosié!.ad de los particulares y de las compañías como "El Teniente", "The Chile Telephone Co." y otras. que han contribuído a ruyudar con ~u psfuerzo al resurgimiento de la zona destruída. no alcanzarán a erogar una suma ni con mucho, parecida al valor de lo destruído.
Ppro es necesario que, de una vez por toc1as, haya normas a las cuales la gente de los territorios devastados pueda atenerse, a fin de que no espere una ayuda que el Gobierno no le puede dar.
Respecto a Talca, los proyectos posible. mente más económicos serán los más sencillos para alcanzar el progreso urbano. El ensanchamiento de algunas calles con facilidades para impulsar especialmente el ensanche de la calle del Comercio, sería más
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4760 " CAMARA DE DlPU'l'A'DOS
eficaz que la implantación de numerosas diagonalels que la ciudad no necesita. Si se dotara al Municipio de Talca de los medÍ<)c necesarios para pagar con prontitud lal5 expropiaciones a que diera lugar el ensanche de las pocas calles que se acordará ensanchar, se haría por Talca más que con proyectos mM sonoros y menr;,s encare".
Sl el dinero correspondiente a las expropi~1ei(¡nrs de terrenos llega-ra prontamente al bolsillo de los propietario':; d", Tal~a, ~,\'oy ~ eguro d~ que CG;l es~ ayada de l~ expropiación, con la venta de una parte de sus prrdios, contribuiríamos pod'?l'osamente él
levantar el ánimo y los edificio, rle Talea. En lor'> momentos actuales, nadie en Tal
ca ¡.,abe a qué atener .. ,e, pues hay incertidumbre.
Por mi parte, si se me consultara r:,obre lo que dcbiera hacerse, yo propondría medidas de lo más sencillas y poco lucidas; pe· ro que, estoy seguro, tendrían la virtud, en poco" años, de producir un mejoramiento efectivo de la ciudad de Talca.
Por ejemplo, si se acordara pavimentar sin gravamen para la ciudad, la calle del Comercio, con un pavimento como el que tienen varias calles secundarias de Santiago; y el Gobierno, sacando recursos de donde fuere, arborizara algunas de las calles de Talca j con eSI) solo ganaría enormemente en higiene, belleza y simpatía la ciudad. El trabajo de arborización no es barato: los terrenos snrhm ser bastante delgados, y para hacer la arborización con éxito, se requiere algún dinero. Pero en ciudades donde la arquitectura es pobre y las edificaciones mediocres, no hay un medio más adecuado para mejorar el ambiente y dar aspecto de alegría y bieneiStar a la ciudad que el de la arborización.
/Si esta obra se dejara entregada en absoluto a la Municipalidad de Talca, hay la seguridad de que no se haría, porque precisamente en el momento actual, las contribuciones de Talca van a ser muy pobres, y los servicios municipales no podrán ser disminuídos en nada. En consecuencia, no ha· brá dinero sobrante para gastar en lo que pudiera parecer como !Suntuario; pero esto es lo que precisa establecer: b cuál va a ser el dinero que el Gobierno va a dar para que se invierta en el resurgimiento de la ciudad? Todos los demás problemas, el de
lWj diagonales, el desaparecimiento del estero que atraviesa la ciudad, y otras medio das que algunor'> urbanistas propician, serán ill"ficaces si, previamente, no se determina la cantidad de dinero con qne se va a beneficiar a la ciudad.
Por lo demás, cabe hacer presente que en Talca, como en Constitución, la calidad de los edificios, como se hizo presente en la dis· cusión acerca de lalS construcciones a,'lÍ.~
micas que acaba de verificarse en la Cámara, el, mediocrp, no porque se haya deseado e(1ifiear modestamente, sino que por pobreza y eScaisez de medios de los propietarios. No deben pensar, en consecuencia, que el terremoto va a hacer surgir de Talca, que es una ciudad baja, una ciudad de rascacielos. No es posible que all.í se presente el fenómeno que presenció Valparaíso. Cuando pll
Valparaíso ¡..;e produjo el terremoto el afio 19.06, atravesaba el puerto por una era de prosperidad; y, naturalmente, cuando viene un arrasamiento en un período de notoria prosperidad, puede de un desastre, sur· gir Ull mejoramiento; pero no es este, por delsgracia, el caso de Talca.
16.- TRAMITACION DE LOS PROYEC· TOS APROBADOS EN LA PRESENTE SESION.
jJ}1 señor Urrejola (Presidente). - Pero mítame, honorable Diputado.
Me peI'mito solicitar el asentimiento de la Cámara para tramitar, sin esperar la aprobaélión del acta, los proyectos aprobados en la sesión de hoy.
Acordado.
17.- PRORROGA DE LA HORA
El seño:, Reyes (don Pedro). - ¡, POI' qué no Be prorl'oga la hora, señor Presidente?
El seño,:, De la Jara. - Por diez minutos El señOl' Urrejola (Presidente). - Si le
parece a la Cámara, se prorrogaría la hora por diez minutos.
Acordado.
18.-RESURGIMIENTO DE LA ZONA AFECTADA POR EL ULTIMO TERRE· MOTO.- MEDIDAS QUE TIENDEN A ESTE FIN.
El señor Edwards Matte. - Yo no desearía, señOr Presidente, que se dirigiera oficio
90.a SES ION ORDINARIA EN 8 DE ENERO DE 1929 4761
a ningún Ministro, ni propiciar tampoco ley alguna, aunque en el curso de niís observaciones he ,!Ícho que alguna ley podría mejo· rar la sittL~ción de los propietarios de la zona devastada, y otra, la situación un tanto crítica que t'e cierne sobre el Banco de Cons· titución.
:\0 des';o propicíar ley alguna, ni presentar ningma moción, porque, de/lgraciadamente, la c:xperiencia que tengo acerca de algunos proyectos que he presentado y 108 tropiezos (¡ne ha encontrado el delSpacho de ellos, nO¡'¡l1lto en la Cámara como en las esferas gubernatiY3s. me hacen ser escéptico. Prefiero ,Jejar únicamente /lembrada la se· milla.
"\¿ (1 el eseo q tl e St' crea 1.11: (' estas pala b r'as Últill\'lS bs )ll'onnllrojo como un simplr' ju('gJ dI' 1)a1;10l"<lS; ¡)]"l'scnté un l'l"oyc:cío para quc' se ('1'(';·.1'a llll Conscjl) ("1 h Cilj;, (le Créui~(1 l'op1l1ar; lo funclnm(,llié proJijr.nH;ute el! d )J1rllsaje rt'spectí,-o y l'Oll obs0rvaeioE('S dI' la Cám(ll"l. Se dijo rlll(' el" irr';·r'C'sionista mi pl'Oyecto y drfi('irnt(~. y Cine la Gáj:J. pn!' r] sistcm:t qne ;,(' gui:ll)~l., (mdl'l'eZaríe'. ;,'1 proa t d] fOJ'll1 <1 ilil IJ"c' 1'] pl'ogrcso 11l3~ notorio rUhl'H'ía sn aceió'1_
IToylía la Caja (lC CJ'édito Popular atraviesa, creo, por su quinta l'l'organización.
Cu<:nJo yo forn;ulé lllis obsel'Y:lcioneÓl, S['i'¡(,l' T"'\'siderte, dije qn¡; ln Caja él(~ Cl'{:dito Popular ('ra HIla olla ,le grillos, hoy diría, sdi(:J' l'resi t11'1l1 t'. (¡nC' una l)()lsa dr g:dos.
El sellor Ríos (don ,Juan A. ;--Pero nin~ .. !'nll;, :~, f''''',e~ {lI}'S('l'\"ue}Oll("~ las hizo Su S(~
¡Jol'b ("lallll" \ "t"lM ,,1 OÜO D>. (,~:Jl' (le 1:1 (';[.1':, que fu6 nJej:lc10 r10 e ,(' "';;:'10 pUl' 1lJ;¡los 'ilanej:.s.
El f)('DOI" Nava:rrete -- Xo SI' PUC(lC msistir en ('so. '.'
El señor Ríos (don ,Jna'!1 A.)- Permít;¡1ll", Su \:jeñ0rÍil. El S.:!íIJ'" ::'Iinj:-;'ro de H:¡,·j'·'t:la hizo drC'L:raeio11(~ '." 1o") din~'ios :t (~·1r ~"l'sprl··IO.
E: ,-"ñOl" Edwards Matt€,-L3 110 pl'esenülcíón de provectos de ley pnra sl,hsarloilr males que ")]1 evic1entes, es un punto que qnisi¡']'~ toro'p' ('nl1 más d,·tal}e:" el: o:~'<) opor'
iunifbl, aWJ11l.r (le lip:rril, di]"" ;,nr '1'1i~ 110
prl;~,.'nto pro.v-c('tos dc ley. IT:Il',' tielYq'o YO n~""~ent(, U110, Pl'l'11il'i,m ..
<io h t'rrariú'l Itl' 111'\ ('0r¡:"',io CInc dieril más ('st¡.¡bilidad H la elija d"Crédit0 1'op::1a1'.
PI')' 1:1s l"lZ0!1CS ;1. h. o r', t'cí (; proycdo fllf reehazaclo.
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El :\Iinistro de Previsión Social pidió que 1111 f-(' (liscutiüril el proye'cto flue yo propic:;11';1. :," sO!I,jtó de la ('omisi(¡1l l"('sp(;diva q \le 11:\ se prOl1nllcjaril soh;'p cst(' proyeeto porqne (>1 iba a mandar otro nuevo,
y (J lo estúy esperando, pero sentado. N) 1],,'0 ;Ifll' esto, (llH3 haya estímulo pa
l'l( ]il"C;I'lün; pr0,n'l'los de ley. Yo 1('119'0 la illna de' que' ej] ('l mom('nto
(·tiJa1 1:1 jFesentaeión dr proyectos de ley !'S 1111;1 obril de eonsidcrablc atrevimiento y por l1l;p~lrte, 110 he d(' entrar por ese sendero.
"\.1 fOl'lUnlar Jns observacionrs que he desurl'ollil(10 80bre cooperneión a la acción del 1"'1 'e\11 ¡YO, lo he h('('110 fundamentándome ('ll rl C'opÍl'itu del Almirante Cochrallc:
"Si 1 os reyes y los ]wíncipes tuviesrn en (1l:'< ¡](Imíllios hombres [me en todas las oca:-inl1('S les [1i5cr3n la yerc1ad sin disfraz, se ],;¡ hrínn evitado errores y hnbl('sen sido ini'illltament(' menores los males qne experimenta el linaje humano".
19.-VOTACIONES
El sellor Prosecretario, -- Corrcsponde \'otnr lns indicaci011C's:
1nclicación ele Jos SC'1ores Vgal'te y García H cnrlqucz:
Para (111e la p!'esentación de In señora Filomen:1 01me(l(; Y. de Narv:1ez, en que pide J)~llsi(\n de gTilCÜ1, y,l(']va a la Comisión Especial (1(' Solicitudes Partíeulares,
I.Ja soli cij1,i1 ,se eneu('nt1'a actualmente en h Comilüón de Guerra y Marina.
Jjjl seí'íor Urrutil1. Manzano, - R'lego a la Cámara qu(' acente la indicación, pero hago Dl'('selÜr '111(' rsto :-'a sr discuti.ó rn la 00-mi¡,ión (le Gnnrl'a ~" Marina ." I1ne' i1eslmés se ha pedido r¡n~ pilsr R otra Oomisiól1.
Sin cmhr¡rgo. ncr'nto 1a inc1icnción. RJ ".~ñ(',l' G,w~h Renr1ol'c7.. - Sr; hn ma
nif('st¡¡(lo (¡1H' esta pensión aeDO nngal'SC por ro1 Prrsnnnr:-:t0 drl Tnt", ... ío!' ~- no por el Presnpnesto dr Gnrrril :v ~rilrjna. Por esto se h~ ',(21'1:20 0\1(' l)<lS~ ~ 12 ron:.ís;ó,>, ír.rFeaoa.
El ['('líoT' Urreiola rprrsir}"ntr ~, -- Si il la Cámam lr par;,·r. sr dill'Ía por [¡probada la indi.cR.ción nrl',en+úl:-¡ no1' los h()norl'!hlp~ Dipntn00s "C'PM"S F."'arte y GarcÍa Henrí· quez.
Aprobada. ])' :-:rfÍ0r 'Prosecret,n:rio. - Tndi.r3ción or
loe: señores J\lvarez y Ayala:
471]2 CAMARA DE DIPUTj~DOS
Para que la solicitud dR penSlOn de don mica, fué a.probada por 16 vota. contra 10. ,Tuan de Diorl Osses, pase a la Comi~ión de --Después de la votación. Guerra y Marina. .F}! señor Urrejola (PreRidente). -- Como
El señor Letelier.-Que se vote. C'stá próximo el término de la prórroga, se El se'-,ol' Alvarez. -- Esta indicación éS levanta la sesión,
para que la solicitud pase de la Comisión de Solicitud "8 Particulares a la de Guerra y Se levantó la sesión.
:l'\farina. El señor UITejola (PresidC'nte). - En vo
tación lp indicación. -Votada la indieación en fonna eeonó-
A. Barraza Alvarez, J efe de la Redaceión.
(Suplente)