Download - Lineamientos Evaluacion de Desempeño
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2011, Año delTurismo en México »
México, D.F., a 13 de octubre de2011
Oficio No. DA/ASV/1901 2OLL.
Ing. Luis Carlos Hernández AyalaDirector de Operaciónlng. Eugenio Laris AlanísDirector de Proyectos de lnversión FinanciadaLic. Francisco J. Santoyo VargasDirector de FinanzasLic. Francisco A. Acosta ArredondoDirector de ModernizacíónLic. Rogelio Arturo Aviña MartínezTitular del Organo Interno de Control en CFElng. Francisco Gabriel de !a Parra Diaz de LeónSubdirector de Energéticoslng. Noe Peña SilvaSubdirector de Transmisiónlng. Eduardo Meraz AtecaSubdirector del CENACElng. Jesús Eliceo RamosSubdirector de DistribuciónDr. Florencio Aboytes GarcíaSubdírector de ProgramaciónLic. José Eduardo Ayala FernándezCoordinador del Programa de Ahorro de Energía de! Sector EléctricoSr. Estefano Cónde FartukGerente de Comunicación Social
Presentes.
En alcance al oficio DA/ASV/162111 de fecha 27 de septiembre del presente, mediante elcual se comunica la emisión de los nuevos lineamientos para la aplicación del Sistema dePromociones a que se refiere la cláusula 44 det Contrato Colectivo de Trabajo Único envigor.
Sobre el particular, informo que dichos lineamientos fueron autorizados el día 11de octubredel año en curso y deberán ser aplicados a partir de su fecha de publicación.Para dar cumplimiento a lo anterior, se anexa al presente los Iineamientos, así como, unprograma de trabajo que deberá ser cumplido por todas las áreas de la institución.
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ffiffi¿r*;*¿iDireeción de Adtninistr o,ción
Ruego a usted la difusión en el ámbito de su competencia tanto de Ios citados documentos,así como, su implementación.
Sin otro particular por el momento, reciba un cordial saludo.
ñCon copia:Mtro. Antonio Vivanco Casamadrid.- Director General.Sr. Víctor Fuentes delVillar.- Secretario Generaldel SUTERM.Lic. Mario Ernesto González Núñez.- Secretario de Estadística, Promoción y Control lnterno.Lic. José Becena O'leary.- Gerente de AdministraciÓn y ServiciosLic. Marco Antonio León Baranda.- Subgerente de Perconal.Lic. Margarita Rajme Haje.- Jefa de la Unidad de Desanollo OrganizacionalyEvaluación.
JBO/MALB/ahm
Atentamente,
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COMISIÓN FEDERAL DE ELEGTR¡CIDAD
INTRODUCCIÓN
Con fecha 1'de octubre de 1993, la Comisión Federalde Electricidad y el Sindicato Único
de Trabajadores Electricistas de la República Mexicana celebraron Convenio de
evaluación periódica del grado de cumplimiento, responsabilidad, eficiencia, disciplina,
iniciativa, resultados y actitud demostrados en el desempeño de las labores de todos los
trabajadores permanentes de la CFE, que permitiera la posibilidad de que puedan ser
promovidos con un nivelde desempeño de acuerdo a los merecimientos obtenidos.
Este Sistema de Promociones forma parte del Contrato Colectivo de Trabajo de CFE en
su Cláusula 44, donde queda consignado el Manual de Evaluación al Desempeño y los
mecanismos para su aplicación.
Por tal motivo y en cumplimiento a dicho pacto contractual, CFE y SUTERM acordaron de
manera conjunta la emisión de los siguientes lineamientos para su aplicación y que
formarán parte del Manual de Evaluación del Desempeño !
LINEAMIENTOS PARA LA APLICAC!ÓN DEL SISTEMA DE PROMOCIONES A QUE
SE REFTERE LA cLÁUSULA ¿¿DEL CONTRATO COLEcTIVO DE TRABAJO
1. Semestralmente el jefe inmediato procederá a evaluar el desempeño del personal
permanente a su cargo, aplicando el Manual de Evaluación del Desempeño.
Estos lineamientos formarán parte del Manual de Evaluación del Desempeño, el cual
será actualizado en un término máximo de 90 días, contados a partir de la fecha de
autorización de los Lineamientos.
Las jefaturas de las áreas entregarán por escrito las calificaciones a cada uno de los
trabajadores, indicando con claridad los detalles de las mismas'
Los trabajadores contarán con 5 (cinco) días hábiles a partir de la fecha en que
reciban sus evaluaciones para plantear cualquier inconformidad por escrito o solicitar
del evaluador alguna explicación.
El trabajador se hará acompañar de su Representante Sindical, quien lo apoyará
efectuando las manifestaciones convenientes. En caso de que los argumentos del
trabajador ameriten la reconsideración de los valores otorgados, el evaluador tendrá
la facultad para modificar las calificaciones.
4. En caso de persistir la
presentar por escrito a
, el trabajador tendrá 5 (cinco) días hábiles para
del Representante Sindical su inconformidad al Comité
y en su caso entregarse en la Secretaria Técnica.
2.
3.
I;, Mixto de Productividad (C
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ffiffi COM|SIÓN FEDERAL DE ELECTRICIDAD
Una vez agotado el período para la recepción de inconformidades en el CMP, se
programará la reunión para resolver únicamente las inconformidades presentadas en
eltiempo estipulado para ello.
Concluyendo la etapa de recepción de inconformidades, el CMP contará con un
periodo de 5 (cinco) días hábiles para emitir la resolución, lapso en que deberá
reunirse para el análisis, determinación y notificación altrabajador.
Los responsables de efectuar la evaluación del desempeño deberán elaborar un
promedio de las 2 (dos) evaluaciones practicadas en el año, dando como resultado la
Calificación Anual (CA), misma que deberá ser turnada al CMP.
Calificación I er Semestre Calificación 2o SemestreCA=
7. Debido a la gran repercusión que tienen las incidencias* (permisos sin goce de
salario, faltas injustificadas, incapacidades y suspensiones) en el desarrollo de los
programas de trabajo, se aplicará un factor de reducción a la Calificación Anual de los
trabajadores. Este Factor de lnasistencias (Fl) considerará los días hábiles que el
trabajador no asistió, aplicando las siguiente fórmula:
Días hábiles en el año - lnasistencias en el año (días hábiles)
Fl =Dias hábiles en el año
* Nota: Solamente en los casos en que el promedio de las Calificaciones Finales sean
mayores o iguales a 75 de los dos años anteriores a la fecha en que el trabajador
sufra de un accidente de trabajo y que éste no sea producto de una negligencia, el
Comité Mixto de Productividad podrá determinar que las incapacidades por riesgo de
trabajo no se contarán como incidencias. Si la tasa de accidentalidad se incrementa a
partir de la entrada en vigor de los presentes Lineamientos, se procederá de forma
inmediata a la revisión del presente Lineamiento, a petición de cualquier de las
partes.
Las incidencias de las trabajadoras por motivo de licencia con pago de salario
del parto no serán consideradas para el
o.
integro por doce semanas antes o
c{ulo del factor de incidencias.
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ffi COMISIÓN FEDERAL DE ELEGTRICIDAD
Una vez determinado el Fl se multiplicará por la CA, para obtener la Calificación Final
(CF), ésta última será la que se utilizará en el proceso de selección de candidatos
para la aplicación de la promoción:
CF = Calificación Anual (CA) * Factor de lnasistencias (Fl)
Para aquellos trabajadores que cumplen con antigüedad reconocida de tres años o
más en CFE, que sin embargo por su fecha de alta como permanente no cuentan con
tres calificaciones anuales, el promedio se obtendrá de las calificaciones que tengan
hasta el momento.
8. Terminada esta etapa, se agrupará a los trabajadores por Rama de Actividad en un
listado que contendrá los siguientes datos:
R.P.E.FECHA DE ANTIGUEADRECONOCIDA EN CFE
NOMBREi
cALtFtcAClÓN FINAL (de losúltimos 3 años)
CATEGORIA PROMOCIONES CLÁUSULA 44(bitácora de promociones)SALARIO
Nota: En "Anexo A" se acompaña el formato de la plantilla en la cual deberán
vaciarse dichos datos.
L selección del 33.3% para tener derecho a la promoción:
. El promedio de las últimas 3 (tres) Calificaciones Finales Anuales deberá sermayoroigual a75.
o Los trabajadores deberán tener como máximo 15 incidencias anuales.
. No se otorgará esta promoción a los trabajadores que la hayan obtenido el año
anterior.
Los trabajadores deberán tener un Factor de Promoción igual ó mayor a 2.5. El
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Factor de Promoción será calculado se describe en el inciso A del numeral
§. SuOuestos de los presentes
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COMISIÓN FEDERAL DE ELECTRICIDAD
10. Supuestos:
En los casos en que el número de trabajadores que cumplen con los criterios
señalados en el numeral L de estos Lineamientos exceda el 33.3o/o
contractual, se deberá proceder de la siguiente manera:
!. Se otorgará la promociÓn al trabajador que tenga mayor Factor de
Promoción (Fp), mismo que será determínado mediante el siguiente
algoritmo:
Pare trabeiadores cuya Écha de ingrcso es antsiore 1994
Año actual - Año de inicio dcd sistema de
rn = ^"' or;rrrrr,r'
Para tr:rbaiadores cuya fecln de ingr*ofue en t3S4 o posterior !
AnligüedadFp=llúrnero de prornociones dei trabnisdor+ I
Ant*giiedadf nmses -l+l"rJ
Fecha de- lngresoAños
s5El resu$ádo déberá ser korgds a atro declm¡bs
Seleccionar al
Seleccionar al
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anosJ * *,] ,*
il.
ilt.
En los casos de empate del Factor de Promoción (Fp) se
promoción al trabajador que tenga el mayor tiempo sinpromovido por la Cláusula 44.
En los casos que persista el empate, se aplicarán los
desempate, en la jerarquía que se describe a continuación:
Seleccionar al trabajador que tenga mayor calificación
otorgará la
haber sido
criterios de
/,'1)
Vque tenga menor número de incidenciasque tenga mayor antigüedad
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COMISIÓN FEDERAL DE ELECTRICIDAD
B. En los casos en que el número de trabajadores que cumple con todos los criterios
de selección señalados en el numeral 9 de los presentes Lineamientos sea
inferior al 33.3%, se deberá proceder de la siguiente manera:
l. Se seleccionará a los trabajadores que cumplen con todos los criterios del
numeral 9 de estos Lineamientos.
l!. Del listado de trabajadores restante se seleccionará a aquellos que
cumplen con los criterios de Calificación, lncidencias y que tengan el
Factor de Promoción más alto.
l!!. En caso de que hubiera empate en el Factor de Promoción al seleccionar a
los últimos trabajadores, se aplicarán los criterios de desempate, en la
jerarquía que se describe a continuación:
r) Seleccionar al trabajador que tenga mayor calificaciÓn
Zl Seleccionar al trabajador que tenga menor número de incidencias
3) Seleccionar al trabajador que tenga mayor antigüedad r
1 1. Generalidades:
En el caso de Oficinas Nacionales los trabajadores comisionados deberán ser
considerados para el otorgamiento de incentivo en el centro de trabajo donde prestan
sus servicios*. La base para determinar el cálculo del 33.3% será el nÚmero de
trabajadores del centro de trabajo conforme al lnforme Nacional de los Recursos
Humanos (at 3i de mayo), más los trabajadores comisionados de otras áreas, menos
los comisionados a otras áreas.
* Nota: Los trabajadores adscritos a la "Unidad de Servicios Generales y de Apoyo" y
al "Departamento de Transportes Terrestres", para efectos de la Cláusula 44.-
Sistema de Promociones del CCT deberán ser evaluados y considerados para el
otorgamiento del incentivo en su área de adscripción.
En el caso del personal comisionado al SUTERM, para efectos de la Cláusula 44.-
Sistema de Promociones del CCT, deberán ser evaluados en el propio SUTERM y
considerados para el otorgamiento del incentivo en su área de adscripción.
Los trabajadores deberán ser considerados para el otorgamiento de la promoción en
el área en la que se encontraban prestando sus servicios al 31 de mayo. En su caso
las áreas solicitarán a la que corresponda, las evaluacÍones de desempeño de los
trabajadores que no hayan estado los periodos completos.
El trabajador para tener derecho a la de la promoción, deberá estar activo
la evaluación comprende los periodos del/'
5q"
al 31 \mayo.
Lo anterior, en virtud de q
X./\/
***m** GOMISIÓN FEDERAL DE ELEGTRIGIDAD
1" de junio al 30 de noviembre y del 1" de diciembre al 31 de mayo, que sumadas dan
como resultado la evaluación final.
Las promociones Serán otorgadas por Rama de Actividad*, eS decir, no serán
repart¡das por Delegación Sindical ni por Área de Trabajo, ni serán rotativas
indiscriminadamente a quienes no logren niveles satisfactorios tanto de productividad
como de asistencia.
* Nota: Para Oficinas Nacionales la agrupación será por Área de Trabajo y
posteriormente por Rama de Actividad.
Por lo tanto y debido a que existen dentro de cada área grupos de trabajadores
altamente productivos en los cuales la CFE sustenta la calidad de su servicio, estos
hasta la fecha han sido promovidos justificadamente en varias ocasiones, sin
embargo, también se cuenta con buenos trabajadores que sin llegar a la excelencia
realizan grandes aportaciones laborales, no obstante algunos de ellos no hán sido
promovidos por haber obtenido un puntaje ligeramente inferior, razón por la cual, una
vez que han sido determinadas las CALIFICACIONES FINALES, sé deberá
considerar equivalentes todos los casos que se enct¡entren en el rango de 75 hasta
100 puntos de calificación.
Si al calcular el 33.3% de las ramas de actividad se obtiene una fracciÓn, le será
otorgada a dicha rama el número de promociones que corresponda al entero, y lafracción será aplicada por el CMP en las ramas de actividad que estadísticamente
hayan contribuido en el pasado con sus fracciones a completar otras ramas o en
donde a su juicio deba aplicar.
Podrán ser promovidos dentro del 33.3% los trabajadores que en el periodo de
evaluación hayan obtenido un ascenso en los términos de la Cláusula 43.- Escalafón,
siempre y cuando cumplan con los requisitos descritos en los puntos anteriores. Es
decir, esta promoción con base en el desempeño fundamentada en la Cláusula 44.-
Sistema de Promociones, es independiente de las promociones escalafonarias que
se realizan en los términos de la Cláusula 43.- Escalafón del CCT.
Cuando un trabajador cambie de adscripción a otro Centro de trabajo deberá solicitar
su evaluación del desempeño individual a efecto de que se incorpore ésta al resto de
documentos que se envían con el certificado de último pago al área destino, como
son. archivo de acumuladores del SIRH, Pliego de Responsabilidades, etc.
El Comité Nacional Mixto de Productividad en Oficinas Nacionales y los Comités
Mixtos de Productividad Regionales se auxiliarán por un grupo revisor constituido con
representantes de la empresa y sindipato, para verificar que todos y cada uno de los
trabajadores contemplados en lospromoción por los Comités Mixtos
de trabajadores propuestos
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para la
con los
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establecidos.Productividad Locales cumplan
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El Comité Nacional Mixto de Productividad en Oficinas Nacionales y los respectivos
Comités Mixtos de Productividad Regionales podrán ¡echazar aquellas propuestas
que no cumplan con la normatividad, para lo cual remitirán las observaciones
detectadas a los Comités Mixtos de Productividad Locales, a efecto de que realicen
nuevamente la selección de aquellos trabajadores que cumplan con los Lineamientos
establecidos.
El Comité Nacional Mixto de Productividad en Oficinas Nacionales estará
representado por el Director de Administración y por el Secretario General del Comité
Ejecutivo Nacional de SUTERM, quienes suscribirán las relaciones finales de los
trabajadores sujetos a la promoción en Oficinas Nacionales y áreas desconcentradas
de Oficinas Naciones, y en áreas foráneas se hará a través de los Comités Mixtos de
Productividad Regionales.
12. Se establece el 31 de agosto de cada año para que los Comités Locales Mixtos de
Productividad de los centros de trabajo evaluados, envíen la relación del personal
tanto de base como de confianza a la Dirección de Administración para su revisión y
trámite. !
En caso de controversia, los casos deberán ser presentados por escrito a más tardar
eldía 15 de septiembre ante el Comité Nacional Mixto de Productividad.
Los casos no previstos o de excepción deberán ser presentados en el seno del
Comité Nacional Mixto de Productividad.
Los presentes lineamientos son perfectibles y podrán ser modificados por las partes
en cualquier momento.
Los presentes Lineamientos se firman a los 11 días del mes de octubre delañodos mil once, para todos los efectos legales a que haya lugar.
Por parte de CFE parte del SUTERM
O VENTURA SR. VICTOR FU DEL VILLARSecretario General SUTERM
GONZALEZ
stica Promoción y Control
t,
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7DR.
Ltc.
7
Director de Adm inistración
Secretario delnterno