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UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CALLAO
FACULTAD DE CIENCIAS ADMINISTRATIVAS
pág. 1 DERECHO EMPRESARIAL III (BANCARIO & FINANCIERO)
INDICE
INTRODUCCIÓN .................................................................................................................................. 2
MARCO TEORICO ................................................................................................................................ 4
I. CONSTITUCIÓN DE UNA EMPRESA BANCARIA ....................................................................... 4
a. Forma de Constitución ................................................................................................... 4
b. Estatuto Social .............................................................................................................. 4
c. Estatuto Social ............................................................................................................... 4
II. CAPITAL SOCIAL DE UNA EMPRESA BANCARIA ...................................................................... 5
a. Concepto: ....................................................................................................................... 5
b. Capital Mínimo ............................................................................................................... 5
c. Utilización del Capital ..................................................................................................... 5
d. Aumento o Reducción de Capital ................................................................................... 5
III. AUTORIZACION DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO ................................................ 6
a. Autorización de organización ......................................................................................... 6
b. Autorización de funcionamiento .................................................................................... 7
IV. EMPRESAS DEL SISTEMA FINANCIERO ............................................................................... 8
a. Empresa Bancaria ........................................................................................................... 8
b. Empresa Financiera ........................................................................................................ 8
c. Empresa de Factoring. .................................................................................................... 8
d. Empresa para medianos y pequeños empresarios ........................................................ 9
CONCLUSIONES: ............................................................................................................................... 10
RECOMENDACIONES ........................................................................................................................ 11
BIBLIOGRAFÍA ................................................................................................................................... 12
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pág. 2 DERECHO EMPRESARIAL III (BANCARIO & FINANCIERO)
INTRODUCCIÓN
El presente trabajo tiene como objetivo, dar a conocer conceptos de suma
importancia acerca del Derecho Bancario, para lo cual se procederá a
desarrollar temas como: Constitución de una empresa bancaria, en donde se
detallará los procedimientos para la constitución de una entidad bancaria,
dentro de los cuales se establece que dicha entidad debe constituirse bajo la
forma de Sociedad Anónima, se detallará el tipo de denominación social que
debe recibir dicha entidad, en donde también se hace excepción de la
utilización del término “Central” ya que el Banco Central de Reserva del Perú
ha tenido la posesión de este término y en el caso de que se utilizara podría
generar una confusión de naturaleza.
Otro punto a detallar será con respecto al capital de la empresa bancaria a
conformar, se detallará el Capital Mínimo con el que debe contar para su
iniciación, la manera en que se utiliza para poder hacer frente a sus
obligaciones como empresa, se detallará también el modo de utilización del
capital para diversas actividades como las de organización y las variaciones
que este pueda tener.
También se hará mención de las entidades a las que se tiene que recurrir en
caso de querer constituir una empresa bancaria, se nombrará que entidad es la
encargada de la regulación de su debido funcionamiento.
Y como último punto se desarrollará el tema acerca de aquellas entidades que
conforman el Sistema Financiero en nuestro país, detallando que se cuenta con
diferentes instituciones con fines distintos, encontrando así que existen bancos,
empresas financieras, que operan con valores mobiliarios y brindad asesoría
de carácter financiero.
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pág. 3 DERECHO EMPRESARIAL III (BANCARIO & FINANCIERO)
También se pueden encontrar a empresas de factoring, las cuales realizan
adquisiciones de facturas conformadas, títulos valores y en general, cualquier
valor mobiliario representativo de deuda.
Dicho puntos mencionados a desarrollar, son de suma importancia en el
desarrollo del curso, ya que así podremos obtener conocimiento acerca de
cómo está compuesto el sistema financiero nacional y para dicho propósito nos
hemos apoyado en fuentes bibliográficas relacionadas con el tema.
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pág. 4 DERECHO EMPRESARIAL III (BANCARIO & FINANCIERO)
MARCO TEÓRICO
I. CONSTITUCIÓN DE UNA EMPRESA BANCARIA.
El sistema financiero está conformado por instituciones bancarias, instituciones
financieras y un número diverso de empresas de derecho de carácter público y
privado.
Dicho sistema cuenta con entidades que se encargan de regular y de propiciar
su correcto funcionamiento, entidades como el Banco Central de Reserva del
Perú (BCR), la Superintendencia de Banca y Seguros (SBS) y AFP.
A continuación se procederá a detallar los puntos a realizar para una correcta
constitución de una empresa bancaria.
a. Forma de Constitución.
Toda entidad que desee formar parte del sistema financiero peruano, tiene
la obligación de constituirse bajo sociedad anónima; ya que ésta es la única
sociedad que cuenta con un capital registrado en acciones, el cual facilita
su supervisión. Para poder dar inicio a sus operaciones, los organizadores
de la entidad deben recabar previamente, autorización de organización y
funcionamiento, cumpliendo con todo el procedimiento que se exige.
b. Estatuto social
La escritura social y el estatuto son documentos que se realizan con la
finalidad de obligar a las empresas a cumplir con las disposiciones que
establece la SBS, estos a su vez también deberán estar inscritos en el
Registro Público.
c. Denominación Social
Dentro de la denominación social con las que deben contar las empresas,
debe hacerse referencia a la actividad específica para la cual se constituye.
Tienen prohibido utilizar la palabra “Central” ya que el Banco Central de
Reserva del Perú (BCR) ha tenido el monopolio de este nombre, y de ser
utilizado por otra entidad se podría llegar a originar una confusión de
naturaleza. Como se nombró anteriormente en la denominación social es
obligatorio que se consigne la expresión que refleje la naturaleza de la
empresa, según corresponda, sin necesidad de que figure el término;
Sociedad Anónima o la abreviatura que le corresponda.
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II. CAPITAL SOCIAL DE UNA EMPRESA BANCARIA
a. Concepto
Para poder otorgar una definición acerca de lo que es el capital social, lo
podemos definir como aquel valor de bienes o dinero que los socios
aportan a una empresa sin derecho a ser devuelto, haciendo así que se
otorgue a cada socio aportante una diversidad de derechos según su nivel
de participación, suponiendo así una garantía frente a terceros.
b. Capital Mínimo
De acuerdo con lo referido el capital se puede considerar como una cifra
con cierta estabilidad, pero la negatividad de los resultados, nos puede
llevar a un fracaso empresarial, pero para esto la empresa debe contar con
un capital mínimo para poder hacer frente a sus obligaciones. Se requiere
que se cuente con un capital mínimo para el correcto funcionamiento.
c. Utilización del capital.
Según lo establecido por la Superintendencia de Banca y Seguros el capital
social con el que se cuente al inicio sólo podrá ser utilizado durante la fase
de organización para actividades como: los gastos del proceso de
organización, compra de inmuebles para la empresa, compra de equipos o
mobiliarios que requiera la empresa.
d. Aumento o reducción de capital.
Si bien es cierto que el capital es un monto estable, el capital social de una
empresa puede tener una serie de modificaciones como el aumento de
éste, mediante aportes en efectivo, capitalizar las utilidades u otra forma de
aumento.
Pero también existe otra forma de poder aumentar dicho capital, como
mediante una fusión, pero para eso necesita una autorización de la
Superintendencia. Y así como hay un aumento de capital también se puede
hacer una reducción del mismo con una previa autorización de la
Superintendencia. Sin embargo existen excepciones para reducción de
capital como: el valor no cubierto de la reserva lega, si es que como
consecuencia de la reducción han excedidos los límites operacionales de la
empresa.
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III. AUTORIZACIÓN DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
a. Autorización de Organización.
Así como todas y cada una de las empresas se encuentran legalmente
constituidas, una entidad bancaria debe tener también definida su
estructura organizacional, en otras palabras, deben tener claro los
lineamientos de jerarquía y funcionales en los cuales se va a regir, con la
finalidad de que sus actividades se desarrollen de una manera fluida y sin
problemas.
Los encargaos de realizar una empresa bancaria son un grupo de
accionista fundadores, los cuales tienen la responsabilidad de presentar un
programa o proyecto, con el cual puedan obtener la autorización para la
organización y funcionamiento, logrando así el inicio de sus actividades.
El encargado de brindar estos certificados o para dichas autorizaciones es
la Superintendencia de Banca y Seguros (SBS) con una previa opinión del
Banco Central de Reserva del Perú (BCR).
Dentro de este marco se puede ver que los organizadores de una empresa
son personas naturales o jurídicas, las cuales deben contar con solvencia
económica e idoneidad moral, no existiendo un número mínimo de
organizadores pero con el requisito mínimo de que uno de ellos deber ser
el suscriptor del capital social de la empresa, pero también existen unos
impedimentos para poder ser organizador, como son:
Los condenados por delito de tráfico ilícito de drogas, lavado de activos,
actividad terrorista, entre otros.
Los prohibidos de ejercer el comercio.
Los que no cuenten con solvencia.
Miembros de gobiernos locales, regionales y del poder legislativo.
Miembro de entidades supervisoras de las actividades empresariales.
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Sin embargo para la organización de la entidad se debe cumplir con una
serie de requisitos que los establece la SBS, los requisitos son los
siguientes:
Solicitar el documento de organización adjuntando el certificado de
depósito de garantía (5% del capital mínimo).
Una vez recibida la documentación completa, la SBS le pondrá en
conocimiento al BCR.
Luego de haber sido comunicado al BCR, este debe emitir su opinión dentro
de los 30 días de recibida la documentación. Luego de la emisión de su
opinión, se le otorga 90 días a la SBS para que emita la autorización o
deniegue la organización de la empresa. En caso de que la respuesta sea
negativa, el solicitante puede solicitar información de las razones de la
denegación.
b. Autorización de Funcionamiento.
Esta autorización es otorgada luego de que se hayan cumplido con todos y
cada uno de los trámites para la autorización de la organización. Se
entrega cuando se corrobora que la entidad cuenta con los requisitos
necesarios para poder realizar sus actividades con normalidad y sin
ninguna complicación.
Esta autorización se otorgara 30 días después de que la Superintendencia
evalúe la documentación y se efectúe la comprobación de dicha
documentación.
Este certificado es de vigencia indefinida pero puede ser cancelado por la
Superintendencia, como motivo de sanción en caso de que se cometa una
falta grave que hubiese cometido la empresa.
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IV. EMPRESAS DEL SISTEMA FINANCIERO
Sin duda existe una diversa cantidad de entidades que conforman el sistema
financiero del país para los diferentes movimientos del dinero, a continuación
podemos observar una diversidad de entidades dentro del sistema financiero
a los cuales podemos acudir para poder realizar algún tipo de movimiento
monetario, estas entidades son:
a. Empresa bancaria
Este tipo de empresa es la más conocida, en esta categoría encontramos a
los bancos, los cuales cuentan con un gran número de clientes, estas
entidades realizan diversas actividades, pero dentro de ellas encontramos
dos principales, que son:
Recibir el dinero del público, bajo la modalidad de depósito u otra
modalidad contractual.
Otorgar créditos en diversos tipos de modalidades.
b. Empresa Financiera
Este tipo de entidad también se encarga de obtener recursos del público,
pero la función principal que realiza es la de facilitar colocaciones de
primeras emisiones de valores, la operación de valores mobiliarios y la de
brindar asesoría de característica financiera.
c. Empresa de Factoring
Este tipo de empresa se diferencia de las demás, ya que esta se encarga
de adquirir facturas conformadas, diversos títulos valores, y cualquier otro
tipo de valor representativo de deuda.
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d. Empresas para Medianos y Pequeños empresarios
Dentro de esta categoría tenemos las siguientes empresas.
Caja rural de ahorro y crédito: es la que financia a las micros, medianas
y pequeñas empresas dentro del ámbito rural.
Caja municipal de ahorro y crédito: financia a pequeñas y micro
empresas.
Empresas de desarrollo de la pequeña y micro empresa (EDPYME):
financia preferentemente a empresarios de las pequeñas y micro
empresas.
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pág. 10 DERECHO EMPRESARIAL III (BANCARIO & FINANCIERO)
CONCLUSIONES:
Toda entidad financiera debe constituirse bajo una sociedad anónima, ya
que esta es la única que cuenta con un capital en acciones y facilita su
supervisión.
Es importante que una empresa bancaria deba contar con un capital
mínimo para poder asumir sus obligaciones y para que haya un correcto
funcionamiento del mismo. Este capital social solo podrá ser utilizado
durante la fase de organización de sus actividades.
El grupo de accionistas fundadores de la empresa bancaria tienen la
responsabilidad de presentar un proyecto con la cual puedan obtener la
autorización para la organización y funcionamiento de la misma.
Es importante la función del Banco Central de Reserva del Perú (BCR),
la Superintendencia de Banca y Seguros (SBS) y AFP, ya que son las
entidades que se encargan de regular y de propiciar su correcto
funcionamiento.
Los socios aportantes en el capital social cuentan con una diversidad de
derechos según su nivel de participación, suponiendo así una garantía
frente a terceros.
Es importante y necesaria la Presencia de la SBS y el BCR en la
Autorización de una Organización y de su Funcionamiento, ya que
tienen a su disposición una serie de requisitos que debe cumplir la
empresa bancaria para su adecuado funcionamiento.
Las Empresas del Sistema Financiero son importantes dentro de un
país, porque son parte de una estrategia global para la reactivación
económica, la lucha contra la pobreza y el desarrollo.
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pág. 11 DERECHO EMPRESARIAL III (BANCARIO & FINANCIERO)
RECOMENDACIONES
1. Constituirse en una sociedad anónima para que cuente con un capital en
acciones y facilite la supervisión.
2. Contar con un capital mínimo para poder asumir sus obligaciones y para
que haya un correcto funcionamiento del mismo.
3. Presentar un proyecto con todos los requerimientos necesarios para
obtener la autorización y funcionamiento de la organización.
4. Tomar en cuenta las entidades que se encargan de regular y del correcto
funcionamiento de la entidad financiera o bancaria.
5. Tener mayor nivel de participación en el capital social para obtener una
diversidad de derechos y garantía frente a terceros.
6. Tener en cuenta la participación de la SBS y BCR, ya que tienen a su
disposición una serie de requisitos que debe cumplir la empresa bancaria
para su adecuado funcionamiento.
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BIBLIOGRAFÍA
1. Libro: globalización y sistema financiero autor (Beatriz Herrera)
2. http://www.sbs.gob.pe/principal/categoria/acerca-de-la-sbs/4/c-4 /
3. Libro: Como aprender derecho bancario / Autor: Juan José
Blossiers Mazzini / Edición: 2010
4. http://blog.conducetuempresa.com/2013/02/sistema-financiero-
peruano.html#.VUZbmo5_Oko
5. http://spij.minjus.gob.pe/CLP/contenidos.dll?f=templates&fn=default-
leygralfinanciero.htm&vid=Ciclope:CLPdemo
6. http://www.sbs.gob.pe/principal/categoria/sistema-financiero/148/c-
148
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ANEXOS
CONSTITUCION POLITICA DEL PERU CAPITULO V
DE LA MONEDA Y LA BANCA
Superintendencia de Banca y Seguros
Artículo 87.- El Estado fomenta y garantiza el ahorro. La ley establece las obligaciones y los límites de las empresas que reciben ahorros del público, así como el modo y los alcances de dicha garantía.
La Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones ejerce el control de las empresas bancarias, de seguros, de administración de fondos de pensiones, de las demás que reciben depósitos del público y de aquellas otras que, por realizar operaciones conexas o similares, determine la ley.
La ley establece la organización y la autonomía funcional de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones.
El Poder Ejecutivo designa al Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones por el plazo correspondiente a su período constitucional. El Congreso lo ratifica."
LEY GENERAL DE SOCIEDADES Nº 26887
LIBRO PRIMERO
REGLAS APLICABLES A TODAS LAS SOCIEDADES
Artículo 1.- La Sociedad
Quienes constituyen la Sociedad convienen en aportar bienes o servicios para
el ejercicio en común de actividades económicas.
Artículo 2.- Ámbito de aplicación de la Ley
Toda sociedad debe adoptar alguna de las formas previstas en esta ley. Las
sociedades sujetas a un régimen legal especial son reguladas supletoriamente
por las disposiciones de la presente ley. La comunidad de bienes, en
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pág. 14 DERECHO EMPRESARIAL III (BANCARIO & FINANCIERO)
cualquiera de sus formas, se regula por las disposiciones pertinentes del
Código Civil.
Artículo 19.- Duración de la sociedad
La duración de la sociedad puede ser por plazo determinado o indeterminado.
LIBRO SEGUNDO
SOCIEDAD ANÓNIMA
SECCIÓN PRIMERA
DISPOSICIONES GENERALES
TÍTULO ÚNICO
Artículo 50.- Denominación
La sociedad anónima puede adoptar cualquier denominación, pero debe figurar
necesariamente la indicación "sociedad anónima" o las siglas "S.A.". Cuando
se trate de sociedades cuyas actividades sólo pueden desarrollarse, de
acuerdo con la ley, por sociedades anónimas, el uso de la indicación o de las
siglas es facultativo.
Artículo 51.- Capital y responsabilidad de los socios
En la sociedad anónima el capital está representado por acciones nominativas
y se integra por aportes de los accionistas, quienes no responden
personalmente de las deudas sociales. No se admite el aporte de servicios en
la sociedad anónima.
Artículo 52.- Suscripción y pago del capital
Para que se constituya la sociedad es necesario que tenga su capital suscrito
totalmente y cada acción suscrita pagada por lo menos en una cuarta parte.
Igual regla rige para los aumentos de capital que se acuerden.
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pág. 15 DERECHO EMPRESARIAL III (BANCARIO & FINANCIERO)
SECCIÓN SEGUNDA
CONSTITUCIÓN DE LA SOCIEDAD
TÍTULO I
CONSTITUCIÓN SIMULTÁNEA
Artículo 53.- Concepto
La constitución simultánea de la sociedad anónima se realiza por los
fundadores, al momento de otorgarse la escritura pública que contiene el pacto
social y el estatuto, en cuyo acto suscriben íntegramente las acciones.
LEY GENERAL DEL SISTEMA FINANCIERO Y DEL SISTEMA DE SEGUROS Y ORGÁNICA DE LA SUPERINTENDENCIA DE BANCA Y SEGUROS
LEY Nº 26702
TITULO I
CONSTITUCION DE LAS EMPRESAS DEL SISTEMA FINANCIERO Y DEL SISTEMA DE SEGUROS
CAPITULO I
FORMA DE CONSTITUCION Y CAPITAL MINIMO