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  • 8/19/2019 Bicisenda oroño, Carlos Cardozo

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    CARLOS CARDOZOConcejal de la Ciudad de Rosario

    BLOQUE UNIÓN PRO

    Concejo Municipal de Rosario / Córdoba 501 / Rosario/ Santa Fe

    Tel. (0341) 4106280 // [email protected]

    Visto

    El   Decreto N° 17258/99   en el cual se ha tomado en consideración la restricción de la

    utilización del cantero central de Boulevard Oroño desde Avenida Rivadavia hasta calle Montevideo

    como “bicisenda” y;

    Considerando

    Que “el Paseo Central de Boulevard Oroño es transitado a diario por miles de rosarinos y

    visitantes de la ciudad, como paseo turístico, como lugar de tránsito camino a sus trabajos o escuelas,

    como sitio de esparcimiento de los numerosos institutos geriátricos ubicados en la zona, como paseo

    de familias que concurren con sus niños a diario o como lugar de entrenamiento físico, por lo que

    resulta muy peligroso, tanto para todas esas personas como para los mismos ciclistas el tránsito,

    muchas veces a altas velocidades, en bicicletas, skates, longboards, rollers, patines o similares”.

    Que a pesar de alentar el uso de la bicicleta como medio de locomoción alternativo y la

    construcción de bicisendas en toda la ciudad, se hace necesario darle solución a este problema, para

    que el Paseo Central del Boulevard Oroño sea utilizado exclusivamente como senda peatonal y de

    esta manera evitar y lamentar accidentes.

    Por lo expuesto, los concejales abajo firmantes solicitamos al Concejo Municipal de Rosario la

    aprobación del siguiente:

    Decreto

    Artículo 1: Encomiendese al Departamento Ejecutivo Municipal, por medio de la repartición que

    corresponda, haga cumplir el decreto N° 17.258 aprobado el 2 de diciembre de 1999, procediendo a

    la colocación de “vallas” o barandas, con el debido cuidado en el diseño y ejecución material de las

    mismas, en el Paseo Central del Boulevard Oroño desde calle Montevideo hasta Avenida Rivadavia,

    ubicadas en la terminación de las rampas centrales existentes, de manera que garanticen que las

    mismas puedan ser utilizadas por peatones, restringiendo la utilización del mismo como “bicisenda”,

    o como espacio de tránsito de cualquier otro rodado, y sin que esto modifique las rampas del lugar o

    dificulte su utilización por personas con movilidad reducida, discapacidad motriz o disminución física”.

    Artículo 2: Comuníquese con sus considerandos

    Antesalas 4 de noviembre de 2014

  • 8/19/2019 Bicisenda oroño, Carlos Cardozo

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    CARLOS CARDOZOConcejal de la Ciudad de Rosario

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    Concejo Municipal de Rosario / Córdoba 501 / Rosario/ Santa Fe

    Tel. (0341) 4106280 // [email protected]


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