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Sistema Peruano de Información Jurídica Página 1 Domingo, 03 de julio de 2005 CONGRESO DE LA REPUBLICA Ley que modifica el artículo 47 del Código Penal LEY Nº 28568 EL PRESIDENTE DEL CONGRESO DE LA REPÚBLICA POR CUANTO: EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA; Ha dado la Ley siguiente: LEY QUE MODIFICA EL ARTÍCULO 47 DEL CÓDIGO PENAL Artículo Único.- Modifica el artículo 47 del Código Penal Modifícase el artículo 47 del Código Penal, el mismo que quedará redactado de la siguiente manera: “Artículo 47.- El tiempo de detención preliminar, preventiva y domiciliaria, que haya sufrido el imputado, se abonará para el cómputo de la pena impuesta a razón de un día de pena privativa de libertad por cada día de detención. Si la pena correspondiente al hecho punible es la de multa o limitativa de derechos, la detención preliminar, preventiva y domiciliaria, se computará a razón de dos días de dichas penas por cada día de detención.” Comuníquese al señor Presidente de la República para su promulgación. En Lima, a los ocho días del mes de junio de dos mil cinco. ÁNTERO FLORES-ARAOZ E. Presidente del Congreso de la República NATALE AMPRIMO PLÁ Primer Vicepresidente del Congreso de la República AL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA POR TANTO: No habiendo sido promulgada dentro del plazo constitucional por el señor Presidente de la República, en cumplimiento de los artículos 108 de la Constitución Política y 80 del Reglamento del Congreso, ordeno que se publique y cumpla. En Lima, a los dos días del mes de julio de dos mil cinco. ÁNTERO FLORES-ARAOZ E. Presidente del Congreso de la República NATALE AMPRIMO PLÁ Primer Vicepresidente del Congreso de la República DEFENSA

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Página 1

Domingo, 03 de julio de 2005

CONGRESO DE LA REPUBLICA

Ley que modifica el artículo 47 del Código Penal

LEY Nº 28568

EL PRESIDENTE DEL CONGRESO DE LA REPÚBLICA

POR CUANTO:

EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;

Ha dado la Ley siguiente:

LEY QUE MODIFICA EL ARTÍCULO 47 DEL CÓDIGO PENAL

Artículo Único.- Modifica el artículo 47 del Código PenalModifícase el artículo 47 del Código Penal, el mismo que quedará redactado de la

siguiente manera:

“Artículo 47.- El tiempo de detención preliminar, preventiva y domiciliaria, que hayasufrido el imputado, se abonará para el cómputo de la pena impuesta a razón de un día depena privativa de libertad por cada día de detención.

Si la pena correspondiente al hecho punible es la de multa o limitativa de derechos, ladetención preliminar, preventiva y domiciliaria, se computará a razón de dos días de dichaspenas por cada día de detención.”

Comuníquese al señor Presidente de la República para su promulgación.

En Lima, a los ocho días del mes de junio de dos mil cinco.

ÁNTERO FLORES-ARAOZ E.Presidente del Congreso de la República

NATALE AMPRIMO PLÁPrimer Vicepresidente del Congreso de la República

AL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA

POR TANTO:

No habiendo sido promulgada dentro del plazo constitucional por el señor Presidentede la República, en cumplimiento de los artículos 108 de la Constitución Política y 80 delReglamento del Congreso, ordeno que se publique y cumpla.

En Lima, a los dos días del mes de julio de dos mil cinco.

ÁNTERO FLORES-ARAOZ E.Presidente del Congreso de la República

NATALE AMPRIMO PLÁPrimer Vicepresidente del Congreso de la República

DEFENSA

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Autorizan viaje de personal superior y subalterno de la Marina de Guerra para participaren el Ejercicio UNITAS - 2005, a realizarse en Colombia

RESOLUCION SUPREMA Nº 322-2005-DE-MGP

Lima. 30 de junio de 2005

Visto el Oficio P.1000-0917 del Director General del Personal de la Marina, de fecha 26de mayo de 2005;

CONSIDERANDO:

Que, es conveniente para los intereses institucionales autorizar el viaje al exterior enComisión del Servicio del Personal Superior y Subalterno que se detalla en las relaciones delAnexo de la presente Resolución, a bordo del B.A.P. “CARVAJAL” (FM-51), B.A.P.“SANTILLANA” (CM-22), B.A.P. “PISAGUA” (SS-33), Helicóptero AB-212 (HE-470) y Avión deExploración B-200 (AE-573), a fin que participen en el Ejercicio Multinacional UNITAS - 2005Fase Pacífico, a llevarse a cabo en aguas jurisdiccionales de la República de COLOMBIA, del 4de julio al 4 de agosto de 2005, con permanencia en los puertos Base de Málaga y Cartagenade dicho país; por cuanto la experiencia a adquirirse redundará en beneficio de la SeguridadNacional, dentro del ámbito de competencia de la Marina de Guerra del Perú;

De conformidad con la Ley Nº 27619 - Ley que regula la autorización de viajes alexterior de servidores y funcionarios públicos, Ley Nº 27860 - Ley del Ministerio de Defensa,Ley Nº 28427 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2005, Decreto deUrgencia Nº 015-2004 de fecha 23 de diciembre de 2004, Decreto Supremo Nº 047-2002-PCMde fecha 5 de junio de 2002 y Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG de fecha 26 de enero de2004, modificado con Decreto Supremo Nº 006-2004-DE/SG de fecha 30 de junio de 2004;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior en Comisión del Servicio del Personal Superiory Subalterno que se detalla en las relaciones del Anexo que forma parte integrante de lapresente Resolución, a bordo del B.A.P. “CARVAJAL” (FM-51), B.A.P. “SANTILLANA” (CM-22),B.A.P. “PISAGUA” (SS-33), Helicóptero AB-212 (HE-470) y Avión de Exploración B-200 (AE-573), a fin que participen en el Ejercicio Multinacional UNITAS - 2005 Fase Pacífico, a llevarsea cabo en aguas jurisdiccionales de la República de COLOMBIA, a partir del 4 de julio al 4 deagosto del 2005, así como la permanencia en los puertos Base de Málaga y Cartagena dedicho país.

Artículo 2.- Autorizar el pago de la cantidad de CIENTO DIECISIETE MILSEISCIENTOS OCHENTA Y UNO CON 00/100 DÓLARES AMERICANOS (US$ 117,681.00),por Estadía en Puerto Extranjero al Personal Superior y Subalterno señalado en las relacionesdel Anexo de la presente Resolución, de acuerdo con lo dispuesto en el Reglamento de viajesal Exterior del personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por Decreto Supremo Nº002-2004-DE/SG de fecha 26 de enero de 2004 y modificado con Decreto Supremo Nº 008-2004-DE/SG de fecha 30 de junio de 2004, en lo referente a Comisiones del Servicio a bordode Unidades Navales.

Artículo 3.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio ytérmino de la autorización, sin exceder el total de días aprobados.

Artículo 4.- El Oficial más antiguo deberá dar cumplimiento a lo dispuesto en elArtículo 6 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 5 de junio de 2002 y CuartaDisposición Final del Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG de fecha 26 de enero de 2004,modificado con Decreto Supremo Nº 008-2004-DE/SG de fecha 30 de junio de 2004.

Artículo 5.- La presente Resolución Suprema no da derecho a exoneración niliberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación.

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Artículo 6.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente delConsejo de Ministros y por el Ministro de Defensa.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO MANRIQUEPresidente Constitucional de la República

CARLOS FERREROPresidente del Consejo de Ministros

ROBERTO ENRIQUE CHIABRA LEÓNMinistro de Defensa

Autorizan viaje de oficiales de las FF.AA. a Chile para participar en la XX Ronda deConversaciones con altos mandos militares chilenos

RESOLUCION SUPREMA Nº 323-2005-DE-CCFFAA

Lima, 1 de julio de 2005

Visto, el Acta de la XIX Ronda de Conversaciones entre los Altos Mandos de lasFuerzas Armadas del Perú y Chile - Entendimiento Décimo Cuarto de fecha setiembre 2004,donde se acuerda realizar la XX Ronda de Conversaciones entre los Altos Mandos de lasFuerzas Armadas del Perú y Chile a realizarse del 4 al 8 de julio del 2005 en la ciudad deSantiago de Chile;

CONSIDERANDO:

Que, es conveniente por ser interés del Estado asegurar la permanencia y continuidadde las Rondas de Conversaciones entre el Perú y Chile, como un mecanismo generador deamistad y confianza mutua, siendo necesario autorizar el viaje al exterior en Comisión delServicio al señor Vicealmirante, Oficiales Generales, Contralmirante y Oficiales Superiores,para que participen en la XX Ronda de Conversaciones entre los Altos Mandos de las FuerzasArmadas del Perú y Chile, a realizarse del 4 al 8 de julio del 2005, en la ciudad de Santiago deChile;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619 - Ley que regula la autorizaciónde viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, Ley Nº 27860 - Ley del Ministerio deDefensa, Ley Nº 28427 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2005,Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 5 de junio de 2002, Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG de fecha 26 de enero de 2004, Decreto Supremo Nº 008-2004-DE/SG de fecha 30de junio de 2004 y Decreto de Urgencia Nº 015-2004 de fecha 23 de diciembre de 2004;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior en Comisión del Servicio al señorVicealmirante, Oficiales Generales, Contralmirante y Oficiales Superiores que se indican acontinuación, para que participen en la XX Ronda de Conversaciones entre los Altos Mandosde las Fuerzas Armadas del Perú y Chile, a realizarse del 3 al 8 de julio del 2005, en la ciudadde Santiago de Chile:

- Vicealmirante Juan M. SIERRALTA Fait.- General de División EP Alberto M. WOLL Gonzales.- General de División EP Jesús REYES Tavera.- Teniente General FAP Augusto MENGONI Vicente.- Contralmirante Arturo PIEDRA Carrera.- Capitán de Navío Francisco YÁBAR Acuña.

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Artículo 2.- Los gastos que irrogue la presente Resolución, serán sufragados por elComando Conjunto de las Fuerzas Armadas y las Instituciones Armadas, de acuerdo a losconceptos siguientes:

PASAJES:LIMA - SANTIAGO DE CHILE - LIMAUS$ 350.00 x 6 personas

VIÁTICOS:US$ 200.00 x 6 días x 6 personas

TARIFA ÚNICA POR USO DE AEROPUERTO:US$ 28.24 x 6 personas

Artículo 3.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio otérmino del nombramiento, sin exceder el plazo total establecido.

Artículo 4.- Los mencionados Oficiales deberán dar cumplimiento a lo dispuesto en elartículo 6 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 5 de junio del 2002 y CuartaDisposición Final del Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG de fecha 26 de enero del 2004.

Artículo 5.- La presente Resolución Suprema, no da derecho a exoneración niliberación de impuestos de ninguna clase o denominación.

Artículo 6.- La presente Resolución Suprema, será refrendada por el Presidente delConsejo de Ministros y el Ministro de Defensa.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDOPresidente Constitucional de la República

CARLOS FERREROPresidente del Consejo de Ministros

ROBERTO ENRIQUE CHIABRA LEÓNMinistro de Defensa

INTERIOR

Aceptan renuncia de Subprefecto de la provincia de Vilcashuamán del departamento deAyacucho

RESOLUCION MINISTERIAL Nº 1598-2005-IN-1501

Lima, 30 de junio de 2005

Vista, la Carta de fecha 27 de abril del 2005, mediante la cual el señor Nilo OswaldoGARCIA VELAPATIÑO, formula renuncia irrevocable al cargo de Subprefecto de la provinciaVilcashuamán - Ayacucho;

CONSIDERANDO:

Que, por Resolución Ministerial Nº 0031-2002-IN-1501 de fecha 11 de enero del 2002se designó al señor Nilo Oswaldo GARCÍA VELAPATIÑO, en el cargo público de confianza deSubprefecto de la provincia Vilcashuamán - Ayacucho;

De conformidad con el artículo 3 de la Ley Nº 27594 de fecha 13 de diciembre del2001, que regula la participación del Poder Ejecutivo en el Nombramiento y Designación de

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Funcionarios Públicos, y lo dispuesto en el artículo 24 del Texto Único Ordenado del DecretoLegislativo Nº 370, Ley del Ministerio del Interior, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 003-2004-IN; y,

Estando a lo acordado;

SE RESUELVE:

Artículo Único.- ACEPTAR la renuncia al cargo público de confianza de Subprefectode la provincia Vilcashuamán - Ayacucho formulada por el señor Nilo Oswaldo GARCÍAVELAPATIÑO.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

FÉLIX M. MURAZZO CARRILLOMinistro del Interior

Aceptan renuncia de Subprefecto de la provincia de Santa Cruz del departamento deCajamarca

RESOLUCION MINISTERIAL Nº 1599-2005-IN-1501

Lima, 30 de junio de 2005

Visto, la Carta de fecha 7 de marzo del 2005 presentada por don Juan Bautista MILIANMILIAN, mediante la cual formula su renuncia al cargo de Subprefecto de la provincia de SantaCruz del departamento de Cajamarca, con fecha de recepción 8 de marzo del 2005;

CONSIDERANDO:

Que, por Resolución Ministerial Nº 0032-2002-IN-1501 de fecha 11 de enero del 2002se designó al señor Juan Bautista MILIAN MILIAN, en el cargo público de confianza deSubprefecto en la provincia Santa Cruz del departamento de Cajamarca;

De conformidad con el artículo 3 de la Ley Nº 27594 de fecha 13 de diciembre del2001, que regula la participación del Poder Ejecutivo en el Nombramiento y Designación deFuncionarios Públicos, y lo dispuesto en el artículo 24 del Texto Único Ordenado del DecretoLegislativo Nº 370, Ley del Ministerio del Interior, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 003-2004-IN; y,

Estando a lo acordado;

SE RESUELVE:

Artículo Único.- ACEPTAR la renuncia que al cargo público de confianza deSubprefecto de la provincia de Santa Cruz del departamento de Cajamarca formula don JuanBautista MILIAN MILIAN, dándosele las gracias por los servicios prestados.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

FÉLIX M. MURAZZO CARRILLOMinistro del Interior

Designan Subprefecto de la provincia de Chepén del departamento de La Libertad

RESOLUCION MINISTERIAL Nº 1600-2005-IN-1501

Lima, 30 de junio de 2005

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CONSIDERANDO:

Que, se encuentra vacante la plaza de Subprefecto de la provincia de Chepén deldepartamento de La Libertad, cargo considerado de confianza;

De conformidad con el artículo 3 de la Ley Nº 27594 de fecha 13 de diciembre del2001, que regula la participación del Poder Ejecutivo en el Nombramiento y Designación deFuncionarios Públicos, y lo dispuesto en el artículo 24 del Texto Único Ordenado del DecretoLegislativo Nº 370, Ley del Ministerio del Interior, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 003-2004-IN; y,

Estando a lo acordado;

SE RESUELVE:

Artículo Único.- DESIGNAR, a partir de la fecha, a don Wiliam Orlando VÁSQUEZCASTRO, como Subprefecto de la provincia de Chepén del departamento de La Libertad,cargo público considerado de confianza.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

FÉLIX M. MURAZZO CARRILLOMinistro del Interior

SALUD

Aprueban Norma Técnica de los Servicios de Cuidados Intensivos e Intermedios

RESOLUCION MINISTERIAL Nº 489-2005-MINSA

Lima, 28 de junio de 2005

Visto el Expediente Nº R-036772-05;

CONSIDERANDO:

Que la Dirección General de Salud de las Personas ha elaborado la “NORMATÉCNICA DE LOS SERVICIOS DE CUIDADOS INTENSIVOS E INTERMEDIOS”, que tienecomo objetivo garantizar la óptima atención del paciente crítico en los servicios de cuidadosintensivos de los hospitales públicos y privados del Sector Salud;

Que la mencionada Norma Técnica establece los procedimientos técnico-administrativos que va a permitir satisfacer las necesidades de atención del paciente críticobajo criterios de calidad;

Estando a lo opinado por la Dirección General de Salud de las Personas y con lavisación de la Oficina General de Asesoría Jurídica;

Con la visación del Viceministro de Salud; y,

De conformidad con lo establecido en el literal I) del artículo 8 de la Ley Nº 27657 - Leydel Ministerio de Salud;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobar la NT Nº 031-MINSA/DGSP-V.01: “NORMA TÉCNICA DE LOSSERVICIOS DE CUIDADOS INTENSIVOS E INTERMEDIOS”, que en documento anexo formaparte integrante de la presente Resolución.

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Artículo 2.- Encargar a la Dirección General de Salud de las Personas, a través de laDirección Ejecutiva de Servicios de Salud, la difusión y supervisión del cumplimiento de laNorma Técnica señalada en el artículo precedente.

Artículo 3.- Las Direcciones Regionales de Salud y las Direcciones de Salud, sonresponsables de la aplicación y monitoreo de la referida Norma Técnica.

Artículo 4.- Encargar a la Oficina General de Comunicaciones la publicación de lapresente Norma Técnica en el Portal de Internet del Ministerio de Salud.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

PILAR MAZZETTI SOLERMinistra de Salud

TRANSPORTES Y COMUNICACIONES

Aprueban Planes de Asignación de Frecuencias del servicio de radiodifusión portelevisión en la banda de VHF en el departamento de Huánuco

RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 329-2005-MTC-03

Lima, 30 de junio de 2005

CONSIDERANDO:

Que, mediante Ley Nº 28278, se aprobó la Ley de Radio y Televisión, disponiéndoseen su artículo 12, que los servicios de radiodifusión se prestan de acuerdo con el Plan Nacionalde Atribución de Frecuencias (PNAF), el Plan Nacional de Asignación de Frecuencias, lasnormas técnicas correspondientes y los acuerdos y tratados internacionales vigentes;

Que, por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC, se aprobó el Reglamento de la Ley deRadio y Televisión, estableciéndose en su artículo 7 que el Plan Nacional de Asignación deFrecuencias, comprende los Planes de Canalización y Asignación de Frecuenciascorrespondientes a cada localidad y banda de frecuencia atribuida al servicio de radiodifusión,los cuales serán aprobados por Resolución Viceministerial;

Que, la Dirección de Concesiones y Autorizaciones de Telecomunicaciones medianteInforme Nº 680-2005-MTC/17.01.ssr, propone la aprobación de los Planes de Asignación deFrecuencias en base a los cuales se otorgarán las autorizaciones para la prestación del serviciode radiodifusión por televisión en la banda de VHF, en las localidades de Ambo, Aucayacu,Huánuco, La Unión, Monzón y Tingo María, en el departamento de Huánuco;

Que, asimismo, la Dirección de Concesiones y Autorizaciones de Telecomunicacionesseñala en su informe que en la elaboración de los Planes de Asignación de Frecuencias delServicio de Radiodifusión que propone, se ha observado lo dispuesto en las Normas Técnicasdel Servicio de Radiodifusión aprobadas por Resolución Ministerial Nº 358-2003-MTC/03 y sumodificatoria aprobada por Resolución Ministerial Nº 296-2005-MTC/03;

De conformidad con la Ley de Radio y Televisión aprobada por Ley Nº 28278; suReglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC, las Normas Técnicas delServicio de Radiodifusión aprobadas por Resolución Ministerial Nº 358-2003-MTC/03 y sumodificatoria aprobada por Resolución Ministerial Nº 296-2005-MTC/03; y,

Con la opinión favorable del Director General de Gestión de Telecomunicaciones;

SE RESUELVE:

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Artículo 1.- Aprobar los Planes de Asignación de Frecuencias del servicio deradiodifusión por televisión en la banda de VHF de las localidades de Ambo, Aucayacu,Huánuco, La Unión, Monzón y Tingo María, en el departamento de Huánuco, de acuerdo alsiguiente detalle:

Localidad: AMBO

Plan de Asignación de Frecuencias

Canales Frec.Video (MHz) Frec. Audio (MHz)2 55.25 59.754 67.25 71.755 77.25 81.757 175.25 179.759 187.25 191.7511 199.25 203.7513 211.25 215.75

Total de canales: 7La máxima e.r.p. en la dirección de máxima ganancia de antenaa ser autorizada en esta localidad será: 0.5 KW.

Localidad: AUCAYACU

Plan de Asignación de Frecuencias

Canales Frec. Video (MHz) Frec. Audio (MHz)3 61.25 65.755 77.25 81.757 175.25 179.759 187.25 191.7511 199.25 203.7513 211.25 215.75

Total de canales: 6La máxima e.r.p. en la dirección de máxima ganancia de antenaa ser autorizada en esta localidad será: 1 KW.

Localidad: HUÁNUCO

Plan de Asignación de Frecuencias

Canales Frec. Video (MHz) Frec. Audio (MHz)2 55.25 59.754 67.25 71.755 77.25 81.757 175.25 179.759 187.25 191.7511 199.25 203.7513 211.25 215.75

Total de canales: 7La máxima e.r.p. en la dirección de máxima ganancia de antenaa ser autorizada en esta localidad será: 15 KW.

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Localidad: LA UNION

Plan de Asignación de Frecuencias

Canales Frec.Video (MHz) Frec. Audio (MHz)2 55.25 59.754 67.25 71.755 77.25 81.757 175.25 179.759 187.25 191.7511 199.25 203.7513 211.25 215.75

Total de canales: 7La máxima e.r.p. en la dirección de máxima ganancia de antenaa ser autorizada en esta localidad será: 1 KW.

Localidad: MONZON

Plan de Asignación de Frecuencias

Canales Frec.Video (MHz) Frec. Audio (MHz)2 55.25 59.754 67.25 71.755 77.25 81.757 175.25 179.759 187.25 191.7511 199.25 203.7513 211.25 215.75

Total de canales : 7La máxima e.r.p. en la dirección de máxima ganancia de antenaa ser autorizada en esta localidad será: 0.5 KW.

Localidad: TINGO MARÍA

Plan de Asignación de Frecuencias

Canales Frec. Video (MHz) Frec. Audio (MHz)2 55.25 59.754 67.25 71.755 77.25 81.757 175.25 179.759 187.25 191.7511 199.25 203.7513 211.25 215.75

Total de canales: 7La máxima e.r.p. en la dirección de máxima ganancia de antenaa ser autorizada en esta localidad será: 2 KW.

Artículo 2.- Las autorizaciones a ser emitidas para la prestación de servicios deradiodifusión en las localidades a que se refiere el artículo precedente, observarán como

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potencia efectiva radiada (e.r.p.) máxima de la estación, la establecida en los respectivosPlanes de Asignación de Frecuencias.

Artículo 3.- A fin de optimizar el uso del espectro radioeléctrico atribuido al servicio deradiodifusión y procurar una oferta plural de estos servicios que cumpla con los parámetrostécnicos previstos en las Normas Técnicas del Servicio de Radiodifusión, los Planes deAsignación de Frecuencias aprobados en el artículo primero, podrán ser modificados de oficioprocurando la menor afectación de los derechos adquiridos.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JUAN ANTONIO PACHECO ROMANÍViceministro de Comunicaciones

Aprueban Planes de Asignación de Frecuencias del servicio de radiodifusión portelevisión en la banda de VHF en el departamento de Lima

RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 330-2005-MTC-03

Lima, 30 de junio de 2005

CONSIDERANDO:

Que, mediante Ley Nº 28278, se aprobó la Ley de Radio y Televisión, disponiéndoseen su artículo 12, que los servicios de radiodifusión se prestan de acuerdo con el Plan Nacionalde Atribución de Frecuencias (PNAF), el Plan Nacional de Asignación de Frecuencias, lasnormas técnicas correspondientes y los acuerdos y tratados internacionales vigentes;

Que, por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC, se aprobó el Reglamento de la Ley deRadio y Televisión, estableciéndose en su artículo 7 que el Plan Nacional de Asignación deFrecuencias, comprende los Planes de Canalización y Asignación de Frecuenciascorrespondientes a cada localidad y banda de frecuencias atribuida al servicio de radiodifusión,los cuales serán aprobados por Resolución Viceministerial;

Que, la Dirección de Concesiones y Autorizaciones de Telecomunicaciones medianteInforme Nº 680-2005-MTC/17.01.ssr, propone la aprobación de los Planes de Asignación deFrecuencias en base a tos cuales se otorgarán las autorizaciones para la prestación delservicio de radiodifusión por televisión en la banda de VHF, en las localidades de Ancon-SantaRosa, Barranca-Pativilca, Cajatambo, Canta, Cañete-Imperial-Quilmana, Carania, Chosica--Chaclacayo, Churín, Cieneguilla, Cochamarca, Cochas, Colonia, Comas-Puente Piedra, ElCuadro, Huacho-Huaura-Hualmay, Huachupampa, Huancaya, Huangascar, Huaral-Chancay,Huarochirí, Huaycan-Horacio Zevallos, la Molina, Lachaqui, Lahuaytambo, Lima, Lincha,Mariatana, Matucana, Pacaraos, Pachangara, Paramonga, Quinocay, San Miguel de Acos, SanPedro de Carac, San Pedro de Pilas, Santa Cruz de Andamarca, Santiago de Tuna, Surco,Tanta, Tupe, Ventanilla y Yauyos, en el departamento de Lima;

Que, asimismo, la Dirección de Concesiones y Autorizaciones de Telecomunicacionesseñala en su informe que en la elaboración de los Planes de Asignación de Frecuencias delServicio de Radiodifusión que propone, se ha observado lo dispuesto en las Normas Técnicasdel Servicio de Radiodifusión aprobadas por Resolución Ministerial Nº 358-2003-MTC/03 y sumodificatoria aprobada por Resolución Ministerial Nº 296-2005-MTC/03;

De conformidad con la Ley de Radio y Televisión aprobada por Ley Nº 28278; suReglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC, las Normas Técnicas delServicio de Radiodifusión aprobadas por Resolución Ministerial Nº 358-2003-MTC/03 y sumodificatoria aprobada por Resolución Ministerial Nº 296-2005-MTC/03; y,

Con la opinión favorable del Director General de Gestión de Telecomunicaciones;

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SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobar los Planes de Asignación de Frecuencias del servicio deradiodifusión por televisión en la banda de VHF de las localidades de Ancon-Santa Rosa,Barranca-Pativilca, Cajatambo, Canta, Cañete-Imperial-Quilmana, Carania, Chosica-Chaclacayo, Churín, Cieneguilla, Cochamarca, Cochas, Colonia, Comas-Puente Piedra, ElCuadro, Huacho-Huaura-Hualmay Huachupampa, Huancaya, Huangascar, Huaral-Chancay,Huarochirí, Huaycan-Horacio Zevallos, La Molina, Lachaqui, Lahuaytambo, Lima, Lincha,Mariatana, Matucana, Pacaraos, Pachangara, Paramonga, Quinocay, San Miguel de Acos, SanPedro de Carac, San Pedro de Pilas, Santa Cruz de Andamarca, Santiago de Tuna, Surco,Tanta, Tupe, Ventanilla y Yauyos, en el departamento de Lima, de acuerdo al siguiente detalle:

Localidad: ANCON-SANTA ROSA

Plan de Asignación de Frecuencias

Canales Frec.Video (MHz) Frec. Audio (MHz)3 61.25 65.756 83.25 87.758 181.25 185.75

10 193.25 197.7512 205.25 209.75

Total de canales : 5La máxima e.r.p. en la dirección de máxima ganancia de antenaa ser autorizada en esta localidad será: 1 KW.

Localidad: BARRANCA-PATIVILCA

Plan de Asignación de Frecuencias

Canales Frec. Video (MHz) Frec. Audio (MHz)2 55.25 59.754 67.25 71.755 77.25 81.757 175.25 179.759 187.25 191.75

11 199.25 203.7513 211.25 215.75

Total de canales : 7La máxima e.r.p. en la dirección de máxima ganancia de antenaa ser autorizada en esta localidad será: 8 KW.

Localidad: CAJATAMBO

Plan de Asignación de Frecuencias

Canales Frec.Video (MHz) Free, Audio (MHz)2 55.25 59.754 67.25 71.755 77.25 81.757 175.25 179.759 187.25 191.75

11 199.25 203.7513 211.25 215.75

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Total de canales: 7La máxima e.r.p. en la dirección de máxima ganancia de antena a ser autorizada en esta localidad será: 0.5 KW.

Localidad: CANTA

Plan de Asignación de Frecuencias

Canales Frec.Video (MHz) Frec. Audio (MHz)2 55.25 59.754 67.25 71.755 77.25 81.757 175.25 179.759 187.25 191.75

11 199.25 203.7513 211.25 215.75

Total de canales : 7La máxima e.r.p. en la dirección de máxima ganancia de antenaa ser autorizada en esta localidad será: 1 KW.

Localidad: CAÑETE-IMPERIAL-QUILMANA

Plan de Asignación de Frecuencias

Canales Frec. Video (MHz) Frec. Audio (MHz)3 61.25 65.756 83.25 87.758 181.25 185.75

10 193.25 197.7512 205.25 209.75

Total de canales : 5La máxima e.r.p. en la dirección de máxima ganancia de antenaa ser autorizada en esta localidad será: 8 KW.

Localidad: CARANIA

Plan de Asignación de Frecuencias

Canales Frec.Video (MHz) Frec. Audio (MHz)2 55.25 59.754 67.25 71.755 77.25 81.757 175.25 179.759 187.25 191.75

11 199.25 203.7513 211.25 215.75

Total de canales : 7La máxima e.r.p. en la dirección de máxima ganancia de antenaa ser autorizada en esta localidad será: 0.5 KW.

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Localidad: CHOSICA-CHACLACAYO

Plan de Asignación de Frecuencias

Canales Frec.Video (MHz) Frec. Audio (MHz)3 61.25 65.756 83.25 87.758 181.25 185.75

10 193.25 197.7512 205.25 209.75

Total de canales : 5La máxima e.r.p. en la dirección de máxima ganancia de antenaa ser autorizada en esta localidad será: 1 KW

Localidad: CHURÍN

Plan de Asignación de Frecuencias

Canales Frec.Video (MHz) Frec. Audio (MHz)2 55.25 59.754 67.25 71.755 77.25 81.757 175.25 179.759 187.25 191.75

11 199.25 203.7513 211.25 215.75

Total de canales : 7La máxima e.r.p. en la dirección de máxima ganancia de antenaa ser autorizada en esta localidad será: 0.5 KW.

Localidad: CIENEGUILLA

Plan de Asignación de Frecuencias

Canales Frec. Video (MHz) Frec. Audio (MHz)3 61.25 65.756 83.25 87.75

Canales Frec. Video (MHz) Frec. Audio (MHz)8 181.25 185.7510 193.25 197.7512 205.25 209.75

Total de canales : 5La máxima e.r.p. en la dirección de máxima ganancia de antena a ser autorizada enesta localidad será: 1 KW.

Localidad: COCHAMARCA

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Plan de Asignación de Frecuencias

Canales Frec. Video (MHz) Frec. Audio (MHz)2 55.25 59.754 67.25 71.755 77.25 81.757 175.25 179.759 187.25 191.7511 199.25 203.7513 211.25 215.75

Total de canales : 7La máxima e.r.p. en la dirección de máxima ganancia de antena a ser autorizada enesta localidad será: 0.5 KW.

Localidad: COCHAS

Plan de Asignación de Frecuencias

Canales Frec. Video (MHz) Frec. Audio (MHz)2 55.25 59.754 67.25 71.755 77.25 81.757 175.25 179.759 187.25 191.7511 199.25 203.7513 211.25 215.75

Total de canales : 7La máxima e.r.p. en la dirección de máxima ganancia de antena a ser autorizada enesta localidad será: 0.5 KW.

Localidad : COLONIA

Plan de Asignación de Frecuencias

Canales Frec. Video (MHz) Frec. Audio (MHz)2 55.25 59.754 67.25 71.755 77.25 81.757 175.25 179.759 187.25 191.7511 199.25 203.7513 211.25 215.75

Total de canales : 7La máxima e.r.p. en la dirección de máxima ganancia de antena a ser autorizada enesta localidad será: 0.5 KW.

Localidad: COMAS-PUENTE PIEDRA

Plan de Asignación de Frecuencias

Canales Frec. Video (MHz) Frec. Audio (MHz)

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3 61.25 65.756 83.25 87.758 181.25 185.7510 193.25 197.7512 205.25 209.75

Total de canales : 5La máxima e.r.p. en la dirección de máxima ganancia de antena a ser autorizada enesta localidad será: 1 KW.

Localidad: EL CUADRO

Plan de Asignación de Frecuencias

Canales Frec. Video (MHz) Frec. Audio (MHz)3 61.25 65.756 83.25 87.758 181.25 185.7510 193.25 197.7512 205.25 209.75

Total de canales : 5La máxima e.r.p. en la dirección de máxima ganancia de antena a ser autorizada enesta localidad será: 1 KW.

Localidad: HUACHO-HUAURA-HUALMAY

Plan de Asignación de Frecuencias

Canales Frec. Video (MHz) Frec. Audio (MHz)3 61.25 65.756 83.25 87.758 181.25 185.7510 193.25 197.7512 205.25 209.75

Total de canales : 5La máxima e.r.p. en la dirección de máxima ganancia de antena a ser autorizada enesta localidad será: 8 KW.

Localidad: HUACHUPAMPA

Plan de Asignación de Frecuencias

Canales Frec. Video (MHz) Frec. Audio (MHz)2 55.25 59.754 67.25 71.755 77.25 81.757 175.25 179.759 187.25 191.7511 199.25 203.7513 211.25 215.75

Total de canales : 7

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La máxima e.r.p. en la dirección de máxima ganancia de antena a ser autorizada enesta localidad será: 0.5 KW.

Localidad: HUANCAYA

Plan de Asignación de Frecuencias

Canales Frec. Video (MHz) Frec. Audio (MHz)2 55.25 59.754 67.25 71.755 77.25 81.757 175.25 179.759 187.25 191.7511 199.25 203.7513 211.25 215.75

Total de canales : 7La máxima e.r.p. en la dirección de máxima ganancia de antena a ser autorizada enesta localidad será: 0.5 KW.

Localidad: HUANGASCAR

Plan de Asignación de Frecuencias

Canales Frec. Video (MHz) Frec. Audio (MHz)2 55.25 59.754 67.25 71.755 77.25 81.757 175.25 179.759 187.25 191.7511 199.25 203.7513 211.25 215.75

Total de canales : 7La máxima e.r.p. en la dirección de máxima ganancia de antena a ser autorizada enesta localidad será: 0.5 KW.

Localidad: HUARAL-CHANCAY

Plan de Asignación de Frecuencias

Canales Frec. Video (MHz) Frec. Audio (MHz)3 61.25 65.756 83.25 87.758 181.25 185.7510 193.25 197.7512 205.25 209.75

Total de canales : 5La máxima e.r.p. en la dirección de máxima ganancia de antena a ser autorizada enesta localidad será: 2 KW.

Localidad: HUAROCHIRÍ

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Plan de Asignación de Frecuencias

Canales Frec. Video (MHz) Frec. Audio (MHz)2 55.25 59.754 67.25 71.755 77.25 81.757 175.25 179.759 187.25 191.7511 199.25 203.7513 211.25 215.75

Total de canales : 7La máxima e.r.p. en la dirección de máxima ganancia de antena a ser autorizada enesta localidad será: 1 KW.

Localidad: HUAYCAN-HORACIO ZEVALLOS

Plan de Asignación de Frecuencias

Canales Frec. Video (MHz) Frec. Audio (MHz)3 61.25 65.756 83.25 87.758 181.25 185.7510 193.25 197.7512 205.25 209.75

Total de canales : 5La máxima e.r.p. en la dirección de máxima ganancia de antena a ser autorizada enesta localidad será: 1 KW.

Localidad: LA MOLINA

Plan de Asignación de Frecuencias

Canales Frec. Video (MHz) Frec. Audio (MHz)3 61.25 65.756 83.25 87.758 181.25 185.7510 193.25 197.7512 205.25 209.75

Total de canales : 5 La máxima e.r.p. en la dirección de máxima ganancia de antena a ser autorizada enesta localidad será: 1 KW.

Localidad: LACHAQUI

Plan de Asignación de Frecuencias

Canales Frec. Video (MHz) Frec. Audio (MHz)2 55.25 59.754 67.25 71.755 77.25 81.75

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7 175.25 179.759 187.25 191.7511 199.25 203.7513 211.25 215.75

Total de canales: 7La máxima e.r.p. en la dirección de máxima ganancia de antena a ser autorizada enesta localidad será: 0.5 KW.

Localidad: LAHUAYTAMBO

Plan de Asignación de Frecuencias

Canales Frec. Video (MHz) Frec. Audio (MHz)2 55.25 59.754 67.25 71.755 77.25 81.757 175.25 179.759 187.25 191.7511 199.25 203.7513 211.25 215.75

Total de canales : 7La máxima e.r.p. en la dirección de máxima ganancia de antena a ser autorizada enesta localidad será: 0.5 KW.

Localidad: LIMA

Plan de Asignación de Frecuencias

Canales Frec. Video (MHz) Frec. Audio (MHz)2 55.25 59.754 67.25 71.755 77.25 81.757 175.25 179.759 187.25 191.7511 199.25 203.7513 211.25 215.75

Total de canales : 7La máxima e.r.p. en la dirección de máxima ganancia de antena a ser autorizada enesta localidad será: 240 KW

Localidad: LINCHA

Plan de Asignación de Frecuencias

Canales Frec. Video (MHz) Frec. Audio (MHz)2 55.25 59.754 67.25 71.755 77.25 81.757 175.25 179.759 187.25 191.7511 199.25 203.75

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13 211.25 215.75

Total de canales : 7La máxima e.r.p. en la dirección de máxima ganancia de antena a ser autorizada enesta localidad será: 0.5 KW

Localidad: MARIATANA

Plan de Asignación de Frecuencias

Canales Frec. Video (MHz) Frec. Audio (MHz)2 55.25 59.754 67.25 71.755 77.25 81.757 175.25 179.759 187.25 191.7511 199.25 203.7513 211.25 215.75

Total de canales : 7La máxima e.r.p. en la dirección de máxima ganancia de antena a ser autorizada enesta localidad será: 0.5 KW.

Localidad: MATUCANA

Plan de Asignación de Frecuencias

Canales Frec. Video (MHz) Frec. Audio (MHz)2 55.25 59.754 67.25 71.755 77.25 81.757 175.25 179.759 187.25 191.7511 199.25 203.7513 211.25 215.75

Total de canales: 7La máxima e.r.p. en la dirección de máxima ganancia de antena a ser autorizada enesta localidad será: 1 KW.

Localidad: PACARAOS

Plan de Asignación de Frecuencias

Canales Frec. Video (MHz) Frec. Audio (MHz)2 55.25 59.754 67.25 71.755 77.25 81.757 175.25 179.759 187.25 191.7511 199.25 203.7513 211.25 215.75

Total de canales : 7

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La máxima e.r.p. en la dirección de máxima ganancia de antena a ser autorizada enesta localidad será: 0.5 KW.

Localidad: PACHANGARA

Plan de Asignación de Frecuencias

Canales Frec. Video (MHz) Frec. Audio (MHz)2 55.25 59.754 67.25 71.755 77.25 81.757 175.25 179.759 187.25 191.7511 199.25 203.7513 211.25 215.75

Total de canales : 7La máxima e.r.p. en la dirección de máxima ganancia de antena a ser autorizada enesta localidad será: 0.5 KW.

Localidad: PARAMONGA

Plan de Asignación de Frecuencias

Canales Frec. Video (MHz) Frec. Audio (MHz)3 61.25 65.756 83.25 87.758 181.25 185.7510 193.25 197.7512 205.25 209.75

Total de canales : 5La máxima e.r.p. en la dirección de máxima ganancia de antena a ser autorizada enesta localidad será: 0.5 KW.

Localidad: QUINOCAY

Plan de Asignación de Frecuencias

Canales Frec. Video (MHz) Frec. Audio (MHz)3 61.25 65.756 83.25 87.758 181.25 185.7510 193.25 197.7512 205.25 209.75

Total de canales : 5La máxima e.r.p. en la dirección de máxima ganancia de antena a ser autorizada enesta localidad será: 0.5 KW.

Localidad: SAN MIGUEL DE ACOS

Plan de Asignación de Frecuencias

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Canales Frec. Video (MHz) Frec. Audio (MHz)2 55.25 59.754 67.25 71.755 77.25 81.757 175.25 179.759 187.25 191.7511 199.25 203.7513 211.25 215.75

Total de canales : 7La máxima e.r.p. en la dirección de máxima ganancia de antena a ser autorizada enesta localidad será: 0.5 KW.

Localidad: SAN PEDRO DE CARAC

Plan de Asignación de Frecuencias

Canales Frec. Video (MHz) Frec. Audio (MHz)2 55.25 59.754 67.25 71.755 77.25 81.757 175.25 179.759 187.25 191.7511 199.25 203.7513 211.25 215.75

Total de canales : 7La máxima e.r.p. en la dirección de máxima ganancia de antena a ser autorizada enesta localidad será: 0.5 KW.

Localidad: SAN PEDRO DE PILAS

Plan de Asignación de Frecuencias

Canales Frec. Video (MHz) Frec. Audio (MHz)2 55.25 59.754 67.25 71.755 77.25 81.757 175.25 179.759 187.25 191.7511 199.25 203.7513 211.25 215.75

Total de canales : 7La máxima e.r.p. en la dirección de máxima ganancia de antena a ser autorizada enesta localidad será: 0 5 KW.

Localidad: SANTA CRUZ DE ANDAMARCA

Plan de Asignación de Frecuencias

Canales Frec. Video (MHz) Frec. Audio (MHz)3 61.25 65.75

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6 83.25 87.758 181.25 185.7510 193.25 197.7512 205.25 209.75

Total de canales : 5La máxima e.r.p. en la dirección de máxima ganancia de antena a ser autorizada enesta localidad será: 0.5 KW.

Localidad: SANTIAGO DE TUNA

Plan de Asignación de Frecuencias

Canales Frec. Video (MHz) Frec. Audio (MHz)3 61.25 65.756 83.25 87.758 181.25 185.7510 193.25 197.7512 205.25 209.75

Total de canales : 5La máxima e.r.p. en la dirección de máxima ganancia de antena a ser autorizada enesta localidad será: 0.5 KW.

Localidad: SURCO

Plan de Asignación de Frecuencias

Canales Frec. Video (MHz) Frec. Audio (MHz)3 61.25 65.756 83.25 87.758 181.25 185.7510 193.25 197.7512 205.25 209.75

Total de canales : 5La máxima e.r.p. en la dirección de máxima ganancia de antena a ser autorizada enesta localidad será: 0.5 KW.

Localidad :TANTA

Plan de Asignación de Frecuencias

Canales Frec. Video (MHz) Frec. Audio (MHz)2 55.25 59.754 67.25 71.755 77.25 81.757 175.25 179.759 187.25 191.7511 199.25 203.7513 211.25 215.75

Total de canales : 7La máxima e.r.p. en la dirección de máxima ganancia de antena a ser autorizada en

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esta localidad será: 0.5 KW.

Localidad :TUPE

Plan de Asignación de Frecuencias

Canales Frec. Video (MHz) Frec. Audio (MHz)2 55.25 59.754 67.25 71.755 77.25 81.757 175.25 179.759 187.25 191.7511 199.25 203.7513 211.25 215.75

Total de canales : 7La máxima e.r.p. en la dirección de máxima ganancia de antena a ser autorizada enesta localidad será: 0.5 KW.

Localidad: VENTANILLA

Plan de Asignación de Frecuencias

Canales Frec. Video (MHz) Frec. Audio (MHz)3 61.25 65.756 83.25 87.758 181.25 185.7510 193.25 197.7512 205.25 209.75

Total de canales : 5La máxima e.r.p. en la dirección de máxima ganancia de antena a ser autorizada enesta localidad será: 1 KW.

Localidad :YAUYOS

Plan de Asignación de Frecuencias

Canales Frec. Video (MHz) Frec. Audio (MHz)2 55.25 59.754 67.25 71.755 77.25 81.757 175.25 179.759 187.25 191.7511 199.25 203.7513 211.25 215.75

Total de canales: 7La máxima e.r.p. en la dirección de máxima ganancia de antena a ser autorizada enesta localidad será: 1 KW.

Artículo 2.- Las autorizaciones a ser emitidas para la prestación de servicios deradiodifusión en las localidades a que se refiere el artículo precedente, observarán como

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potencia efectiva radiada (e.r.p.) máxima de la estación, la establecida en los respectivosPlanes de Asignación de Frecuencias.

Artículo 3.- A fin de optimizar el uso del espectro radioeléctrico atribuido al servicio deradiodifusión y procurar una oferta plural de estos servicios que cumpla con los parámetrostécnicos previstos en las Normas Técnicas del Servicio de Radiodifusión, los Planes deAsignación de Frecuencias aprobados en el artículo primero, podrán ser modificados de oficioprocurando la menor afectación de los derechos adquiridos.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JUAN ANTONIO PACHECO ROMANÍViceministro de Comunicaciones

RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 331-2005-MTC-03

Lima, 30 de junio de 2005

CONSIDERANDO:

Que, mediante Ley Nº 28278, se aprobó la Ley de Radio y Televisión, disponiéndoseen su artículo 12, que los servicios de radiodifusión se prestan de acuerdo con el Plan Nacionalde Atribución de Frecuencias (PNAF), el Plan Nacional de Asignación de Frecuencias, lasnormas técnicas correspondientes y los acuerdos y tratados internacionales vigentes;

Que, por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC, se aprobó el Reglamento de la Ley deRadio y Televisión, estableciéndose en su artículo 7 que el Plan Nacional de Asignación deFrecuencias, comprende los Planes de Canalización y Asignación de Frecuenciascorrespondientes a cada localidad y banda de frecuencia atribuida al servicio de radiodifusión,los cuales serán aprobados por Resolución Viceministerial;

Que, la Dirección de Concesiones y Autorizaciones de Telecomunicaciones medianteInforme Nº 680-2005-MTC/17.01.ssr, propone la aprobación de los Planes de Asignación deFrecuencias en base a los cuales se otorgarán las autorizaciones para la prestación del serviciode radiodifusión por televisión en la banda de VHF, en las localidades de Aija, Cabana-Pallasca, Caraz, Carhuaz, Casma, Chacas-San Luis-Asunción, Chimbote, Chiquian, Corongo,Huantar, Huaraz-Independencia, Huari, Huarmey, Huaylas, La Libertad, Malvas, Olleros, Pira,Pomabamba, Recuay-Catac, San Miguel de Aco, Sihuas, Uco y Yungay, en el departamento deAncash;

Que, asimismo, la Dirección de Concesiones y Autorizaciones de Telecomunicacionesseñala en su informe que en la elaboración de los Planes de Asignación de Frecuencias delServicio de Radiodifusión que propone, se ha observado lo dispuesto en las Normas Técnicasdel Servicio de Radiodifusión aprobadas por Resolución Ministerial Nº 358-2003-MTC/03 y sumodificatoria aprobada por Resolución Ministerial Nº 296-2005-MTC/03;

De conformidad con la Ley de Radio y Televisión aprobada por Ley Nº 28278; suReglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC, las Normas Técnicas delServicio de Radiodifusión aprobadas por Resolución Ministerial Nº 358-2003-MTC/03 ymodificadas por Resolución Ministerial Nº 296-2005-MTC/03; y,

Con la opinión favorable del Director General de Gestión de Telecomunicaciones;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobar los Planes de Asignación de Frecuencias del servicio deradiodifusión por televisión en la banda de VHF, de las localidades de Aija, Cabana-Pallasca,Caraz, Carhuaz, Casma, Chacas-San Luis - Asunción, Chimbote, Chiquian, Corongo, Huantar,Huaraz-Independencia, Huari, Huarmey, Huaylas, la Libertad, Malvas, Olleros, Pira,

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Pomabamba, Recuay-Catac, San Miguel de Aco, Sihuas, Uco y Yungay, en el departamento deAncash, de acuerdo al siguiente detalle:

Localidad: AIJA

Plan de Asignación de Frecuencias

Canales Frec. Video (MHz) Frec. Audio (MHz)2 55.25 59.754 67.25 71.755 77.25 81.757 175.25 179.759 187.25 191.7511 199.25 203.7513 211.25 215.75

Total de canales : 7La máxima e.r.p. en la dirección de máxima ganancia de antena a ser autorizada enesta localidad será: 0.5 KW.

Localidad : CABANA-PALLASCA

Plan de Asignación de Frecuencias

Canales Frec. Video (MHz) Frec. Audio (MHz)2 55.25 59.754 67.25 71.755 77.25 81.757 175.25 179.759 187.25 191.7511 199.25 203.7513 211.25 215.75

Total de canales : 7La máxima e.r.p. en la dirección de máxima ganancia de antena a ser autorizada enesta localidad será: 0.5 KW.

Localidad: CARAZ

Plan de Asignación de Frecuencias

Canales Frec. Video (MHz) Frec. Audio (MHz)3 61.25 65.756 83.25 87.758 181.25 185.7510 193.25 197.7512 205.25 209.75

Total de canales: 5La máxima e.r.p. en la dirección de máxima ganancia de antena a ser autorizada enesta localidad será: 0.5 KW.

Localidad: CARHUAZ

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Plan de Asignación de Frecuencias

Canales Frec. Video (MHz) Frec. Audio (MHz)2 55.25 59.754 67.25 71.756 83.25 87.758 181.25 185.7510 193.25 197.7512 205.25 209.75

Total de canales : 6La máxima e.r.p. en la dirección de máxima ganancia de antena a ser autorizada enesta localidad será: 0.5 KW.

Localidad: CASMA

Plan de Asignación de Frecuencias

Canales Frec. Video (MHz) Frec. Audio (MHz)2 55.25 59.754 67.25 71.756 83.25 87.758 181.25 185.7510 193.25 197.7512 205.25 209.75

Total de canales: 6La máxima e.r.p. en la dirección de máxima ganancia de antena a ser autorizada enesta localidad será: 1.5 KW.

Localidad: CHACAS-SAN LUIS-ASUNCION

Plan de Asignación de Frecuencias

Canales Frec. Video (MHz) Frec. Audio (MHz)2 55.25 59.754 67.25 71.755 77.25 81.757 175.25 179.759 187.25 191.7511 199.25 203.7513 211.25 215.75

Total de canales: 7La máxima e.r.p. en la dirección de máxima ganancia de antena a ser autorizada enesta localidad será: 0.5 KW.

Localidad: CHIMBOTE

Plan de Asignación de Frecuencias

Canales Frec. Video (MHz) Frec. Audio (MHz)2 55.25 59.754 67.25 71.75

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5 77.25 81.757 175.25 179.759 187.25 191.7511 199.25 203.7513 211.25 215.75

Total de canales: 7La máxima e.r.p. en la dirección de máxima ganancia de antena a ser autorizada enesta localidad será: 15 KW.

Localidad: CHIQUIAN

Plan de Asignación de Frecuencias

Canales Frec. Video (MHz) Frec. Audio (MHz)2 55.25 59.754 67.25 71.755 77.25 81.757 175.25 179.759 187.25 191.7511 199.25 203.7513 211.25 215.75

Total de canales: 7La máxima e.r.p. en la dirección de máxima ganancia de antena a ser autorizada enesta localidad será: 1 KW.

Localidad: CORONGO

Plan de Asignación de Frecuencias

Canales Frec. Video (MHz) Frec. Audio (MHz)2 55.25 59.754 67.25 71.756 83.25 87.758 181.25 185.7510 193.25 197.7512 205.25 209.75

Total de canales: 6La máxima e.r.p. en la dirección de máxima ganancia de antena a ser autorizada enesta localidad será: 0.5 KW.

Localidad : HUANTAR

Plan de Asignación de Frecuencias

Canales Frec. Video (MHz) Frec. Audio (MHz)2 55.25 59.754 67.25 71.755 77.25 81.757 175.25 179.759 187.25 191.7511 199.25 203.75

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13 211.25 215.75

Total de canales : 7La máxima e.r.p. en la dirección de máxima ganancia de antena a ser autorizada enesta localidad será: 0.5 KW.

Localidad: HUARAZ-INDEPENDENCIA

Plan de Asignación de Frecuencias

Canales Frec. Video (MHz) Frec. Audio (MHz)2 55.25 59.754 67.25 71.755 77.25 81.757 175.25 179.759 187.25 191.7511 199.25 203.7513 211.25 215.75

Total de canales: 7La máxima e.r.p. en la dirección de máxima ganancia de antena a ser autorizada enesta localidad será: 8 KW.

Localidad: HUARI

Plan de Asignación de Frecuencias

Canales Frec. Video (MHz) Frec. Audio (MHz)2 55.25 59.754 67.25 71.755 77.25 81.757 175.25 179.759 187.25 191.7511 199.25 203.7513 211.25 215.75

Total de canales: 7La máxima e.r.p. en la dirección de máxima ganancia de antena a ser autorizada enesta localidad será: 1 KW.

Localidad: HUARMEY

Plan de Asignación de Frecuencias

Canales Frec. Video (MHz) Frec. Audio (MHz)2 55.25 59.754 67.25 71.755 77.25 81.757 175.25 179.759 187.25 191.7511 199.25 203.7513 211.25 215.75

Total de canales : 7

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La máxima e.r.p. en la dirección de máxima ganancia de antena a ser autorizada enesta localidad será: 1 KW.

Localidad: HUAYLAS

Plan de Asignación de Frecuencias

Canales Frec. Video (MHz) Frec. Audio (MHz)2 55.25 59.754 67.25 71.756 83.25 87.758 181.25 185.7510 193.25 197.7512 205.25 209.75

Total de canales: 6La máxima e.r.p. en la dirección de máxima ganancia de antena a ser autorizada enesta localidad será: 1 KW.

Localidad: LA LIBERTAD

Plan de Asignación de Frecuencias

Canales Frec. Video (MHz) Frec. Audio (MHz)2 55.25 59.754 67.25 71.755 77.25 81.757 175.25 179.759 187.25 191.7511 199.25 203.7513 211.25 215:75

Total de canales : 7La máxima e.r.p. en la dirección de máxima ganancia de antena a ser autorizada enesta localidad será: 0.5 KW.

Localidad: MALVAS

Plan de Asignación de Frecuencias

Canales Frec. Video (MHz) Frec. Audio (MHz)2 55.25 59.754 67.25 71.755 77.25 81.757 175.25 179.759 187.25 191.7511 199.25 203.7513 211.25 215.75

Total de canales : 7La máxima e.r.p. en la dirección de máxima ganancia de antena a ser autorizada enesta localidad será: 0.5 KW.

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Localidad: OLLEROS

Plan de Asignación de Frecuencias

Canales Frec. Video (MHz) Frec. Audio (MHz)3 61.25 65.756 83.25 87.758 181.25 185.7510 193.25 197.7512 205.25 209.75

Total de canales : 5La máxima e.r.p. en la dirección de máxima ganancia de antena a ser autorizada enesta localidad será: 0.5 KW.

Localidad: PIRA

Plan de Asignación de Frecuencias

Canales Frec. Video (MHz) Frec. Audio (MHz)2 55.25 59.754 67.25 71.756 83.25 87.758 181.25 185.7510 193.25 197.7512 205.25 209.75

Total de canales : 6La máxima e.r.p. en la dirección de máxima ganancia de antena a ser autorizada enesta localidad será: 0.5 KW.

Localidad: POMABAMBA

Plan de Asignación de Frecuencias

Canales Frec. Video (MHz) Frec. Audio (MHz)2 55.25 59.754 67.25 71.755 77.25 81.757 175.25 179.759 187.25 191.7511 199.25 203.7513 211.25 215.75

Total de canales : 7La máxima e.r.p. en la dirección de máxima ganancia de antena a ser autorizada enesta localidad será: 1 KW.

Localidad: RECUAY-CATAC

Plan de Asignación de Frecuencias

Canales Frec. Video (MHz) Frec. Audio (MHz)2 55.25 59.75

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4 67.25 71.755 77.25 81.757 175.25 179.759 187.25 191.7511 199.25 203.7513 211.25 215.75

Total de canales : 7La máxima e.r.p. en la dirección de máxima ganancia de antena a ser autorizada enesta localidad será: 1 KW.

Localidad: SAN MIGUEL DE ACO

Plan de Asignación de Frecuencias

Canales Frec. Video (MHz) Frec. Audio (MHz)3 61.25 65.756 83.25 87.758 181.25 185.7510 193.25 197.7512 205.25 209.75

Total de canales . 5La máxima e.r.p. en la dirección de máxima ganancia de antena a ser autorizada enesta localidad será: 0.5 KW.

Localidad: SIHUAS

Plan de Asignación de Frecuencias

Canales Frec. Video (MHz) Frec. Audio (MHz)2 55.25 59.754 67.25 71.755 77.25 81.757 175.25 179.759 187.25 191.7511 199.25 203.7513 211.25 215.75

Total de canales : 7La máxima e.r.p. en la dirección de máxima ganancia de antena a ser autorizada enesta localidad será: 1 KW.

Localidad: UCO

Plan de Asignación de Frecuencias

Canales Frec. Video (MHz) Frec. Audio (MHz)2 55.25 59.754 67.25 71.755 77.25 81.757 175.25 179.759 187.25 191.75

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Página 32

11 199.25 203.7513 211.25 215.75

Total de canales : 7La máxima e.r.p. en la dirección de máxima ganancia de antena a ser autorizada enesta localidad será: 1 KW.

Localidad :YUNGAY

Plan de Asignación de Frecuencias

Canales Frec. Video (MHz) Frec. Audio (MHz)2 55.25 59.754 67.25 71.755 77.25 81.757 175.25 179.759 187.25 191.7511 199.25 203.7513 211.25 215.75

Total de canales : 7La máxima e.r.p. en la dirección de máxima ganancia de antena a ser autorizada enesta localidad será: 0.5 KW

Artículo 2.- Las autorizaciones a ser emitidas para la prestación de servicios deradiodifusión en las localidades a que se refiere el artículo precedente, observarán comopotencia efectiva radiada (e.r.p.) máxima de la estación, la establecida en los respectivosPlanes de Asignación de Frecuencias.

Artículo 3.- A fin de optimizar el uso del espectro radioetéctrico atribuido al servicio deradiodifusión y procurar una oferta plural de estos servicios que cumpla con los parámetrostécnicos previstos en las Normas Técnicas del Servicio de Radiodifusión, los Planes deAsignación de Frecuencias aprobados en el artículo primero, podrán ser modificados de oficioprocurando la menor afectación de los derechos adquiridos.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JUAN ANTONIO PACHECO ROMANÍViceministro de Comunicaciones

RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 332-2005-MTC-03

Lima, 30 de junio de 2005

CONSIDERANDO:

Que, mediante Ley Nº 28278, se aprobó la Ley de Radio y Televisión, disponiéndoseen su artículo 12, que los servicios de radiodifusión se prestan de acuerdo con el Plan Nacionalde Atribución de Frecuencias (PNAF), el Plan Nacional de Asignación de Frecuencias, lasnormas técnicas correspondientes y los acuerdos y tratados internacionales vigentes;

Que, por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC, se aprobó el Reglamento de la Ley deRadio y Televisión, estableciéndose en su artículo 7 que el Plan Nacional de Asignación deFrecuencias, comprende los Planes de Canalización y Asignación de Frecuenciascorrespondientes a cada localidad y banda de frecuencia atribuida al servicio de radiodifusión,los cuales serán aprobados por Resolución Viceministerial;

Page 33: Domingo, 03 de julio de 2005 CONGRESO DE LA …spij.minjus.gob.pe/Normas/textos/030705T.pdf · Sistema Peruano de Información Jurídica Página 1 Domingo, 03 de julio de 2005 CONGRESO

Sistema Peruano de Información Jurídica

Página 33

Que, la Dirección de Concesiones y Autorizaciones de Telecomunicaciones medianteInforme Nº 680-2005-MTC/17.01.ssr, propone la aprobación de los Planes de Asignación deFrecuencias en base a los cuales se otorgarán las autorizaciones para la prestación del serviciode radiodifusión por televisión en la banda de VHF, en las localidades de Acobamba,Carhuamayo, Huancayo, Huasahuasi, Jauja, Junín, la Merced-San Ramón, La Oroya-Yauli,Mazamari, Perene, Pichanaki, Satipo-Río Negro, Tarma y Utcumayo, en el departamento deJunín;

Que, asimismo, la Dirección de Concesiones y Autorizaciones de Telecomunicacionesseñala en su informe que en la elaboración de los Planes de Asignación de Frecuencias delServicio de Radiodifusión que propone, se ha observado lo dispuesto en las Normas Técnicasdel Servicio de Radiodifusión aprobadas por Resolución Ministerial Nº 358-2003-MTC/03 y sumodificatoria aprobada por Resolución Ministerial Nº 296-2005-MTC/03;

De conformidad con la Ley de Radio y Televisión aprobada por Ley Nº 28278; suReglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC, las Normas Técnicas delServicio de Radiodifusión aprobadas por Resolución Ministerial Nº 358-2003-MTC/03 y sumodificatoria aprobada por Resolución Ministerial Nº 296-2005-MTC/03; y,

Con la opinión favorable del Director General de Gestión de Telecomunicaciones;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobar los Planes de Asignación de Frecuencias del servicio deradiodifusión por televisión en la banda de VHF, de las localidades de Acobamba, Carhua-mayo, Huancayo, Huasahuasi, Jauja, Junín, La Merced-San Ramón, La Oroya-Yauli,Mazamari, Perene, Pichanaki, Satipo-Río Negro, Tarma y Ulcumayo, en el departamento deJunín, de acuerdo al siguiente detalle:

Localidad: ACOBAMBA

Plan de Asignación de Frecuencias

Canales Frec. Video (MHz) Frec. Audio (MHz)2 55.25 59.754 67.25 11.756 83.25 87.758 181.25 185.7510 193.25 197.7512 205.25 209.75

Total de canales: 6La máxima e.r.p. en la dirección de máxima ganancia de antena a ser autorizada enesta localidad será: 0.5 KW.

Localidad: CARHUAMAYO

Plan de Asignación de Frecuencias

Canales Frec. Video (MHz) Frec. Audio (MHz)3 61.25 65.756 83.25 87.758 181.25 185.7510 193.25 197.7512 205.25 209.75

Total de canales: 5

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Página 34

La máxima e.r.p. en la dirección de máxima ganancia de antena a ser autorizada enesta localidad será: 0.5 KW.

Localidad: HUANCAYO

Plan de Asignación de Frecuencias

Canales Frec. Video (MHz) Frec. Audio (MHz)2 55.25 59.754 67.25 71.755 77.25 81.757 175.25 179.759 187.25 191.7511 199.25 203.7513 211.25 215.75

Total de canales: 7La máxima e.r.p. en la dirección de máxima ganancia de antena a ser autorizada enesta localidad será: 15 KW.

Localidad : HUASAHUASI

Plan de Asignación de Frecuencias

Canales Frec. Video (MHz) Frec. Audio (MHz)2 55.25 59.754 67.25 71.755 77.25 81.757 175.25 179.759 187.25 191.7511 199.25 203.7513 211.25 215.75

Total de canales: 7La máxima e.r.p. en la dirección de máxima ganancia de antena a ser autorizada enesta localidad será: 0.5 KW

Localidad :JAUJA

Plan de Asignación de Frecuencias

Canales Frec. Video (MHz) Frec. Audio (MHz)2 55.25 59.754 67.25 71.755 77.25 81.757 175.25 179.759 187.25 191.7511 199.25 203.7513 211.25 215.75

Total de canales : 7La máxima e.r.p. en la dirección de máxima ganancia de antena a ser autorizada enesta localidad será: 1 KW.

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Localidad: JUNÍN

Plan de Asignación de Frecuencias

Canales Frec. Video (MHz) Frec. Audio (MHz)2 55.25 59.754 67.25 71.755 77.25 81.757 175.25 179.759 187.25 191.7511 199.25 203.7513 211.25 215.75

Total de canales : 7La máxima e.r.p. en la dirección de máxima ganancia de antena a ser autorizada enesta localidad será: 1 KW.

Localidad: LA MERCED - SAN RAMÓN

Plan de Asignación de Frecuencias

Canales Frec. Video (MHz) Frec. Audio (MHz)2 55.25 59.754 67.25 71.755 77.25 81.757 175.25 179.759 187.25 191.7511 199.25 203.7513 211.25 215.75

Total de canales: 7La máxima e.r.p. en la dirección de máxima ganancia de antena a ser autorizada enesta localidad será: 2 KW.

Localidad: LA OROYA - YAULI

Plan de Asignación de Frecuencias

Canales Frec. Video (MHz) Frec. Audio (MHz)2 55.25 59.754 67.25 71.755 77.25 81.757 175.25 179.759 187.25 191.7511 199.25 203.7513 211.25 215.75

Total de canales : 7La máxima e.r.p. en la dirección de máxima ganancia de antena a ser autorizada enesta localidad será: 2 KW.

Localidad: MAZAMARI

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Página 36

Plan de Asignación de Frecuencias

Canales Frec. Video (MHz) Frec. Audio (MHz)3 61.25 65.756 83.25 87.758 181.25 185.7510 193.25 197.7512 205.25 209.75

Total de canales: 5La máxima e.r.p. en la dirección de máxima ganancia de antena a ser autorizada enesta localidad será: 0.5 KW.

Localidad: PERENE

Plan de Asignación de Frecuencias

Canales Frec. Video (MHz) Frec. Audio (MHz)3 61.25 65.756 83.25 87.758 181.25 185.7510 193.25 197.7512 205.25 209.75

Total de canales : 5La máxima e.r.p. en la dirección de máxima ganancia de antena a ser autorizada enesta localidad será: 0.5 KW.

Localidad: PICHANAKI

Plan de Asignación de Frecuencias

Canales Frec. Video (MHz) Frec. Audio (MHz)2 55.25 59.754 67.25 71.755 77.25 81.757 175.25 179.759 187.25 191.7511 199.25 203.7513 211.25 215.75

Total de canales : 7La máxima e.r.p. en la dirección de máxima ganancia de antena a ser autorizada enesta localidad será: 1 KW.

Localidad: SATIPO - RÍO NEGRO

Plan de Asignación de Frecuencias

Canales Frec. Video (MHz) Frec. Audio (MHz)2 55.25 59.754 67.25 71.755 77.25 81.757 175.25 179.75

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9 187.25 191.7511 199.25 203.7513 211.25 215.75

Total de canales : 7La máxima e.r.p. en la dirección de máxima ganancia de antena a ser autorizada enesta localidad será: 2 KW.

Localidad :TARMA

Plan de Asignación de Frecuencias

Canales Frec. Video (MHz) Frec. Audio (MHz)2 55.25 59.754 67.25 71.755 77.25 81.757 175.25 179.759 187.25 191.7511 199.25 203.7513 211.25 215.75

Total de canales : 7La máxima e.r.p. en la dirección de máxima ganancia de antena a ser autorizada enesta localidad será: 2 KW.

Localidad: ULCUMAYO

Plan de Asignación de Frecuencias

Canales Frec. Video (MHz) Frec. Audio (MHz)2 55.25 59.754 67.25 71.755 77.25 81.757 175.25 179.759 187.25 191.7511 199.25 203.7513 211.25 215.75

Total de canales : 7La máxima e.r p. en la dirección de máxima ganancia de antena a ser autorizada enesta localidad será: 0.5 KW.

Artículo 2.- Las autorizaciones a ser emitidas para la prestación de servicios deradiodifusión en las localidades a que se refiere el artículo precedente, observarán comopotencia efectiva radiada (e.r.p.) máxima de la estación, la establecida en los respectivosPlanes de Asignación de Frecuencias.

Artículo 3.- A fin de optimizar el uso del espectro radioeléctrico atribuido al servicio deradiodifusión y procurar una oferta plural de estos servicios que cumpla con los parámetrostécnicos previstos en las Normas Técnicas del Servicio de Radiodifusión, los Planes deAsignación de Frecuencias aprobados en el artículo primero, podrán ser modificados de oficioprocurando la menor afectación de los derechos adquiridos.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JUAN ANTONIO PACHECO ROMANÍ

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Viceministro de Comunicaciones

BANCO CENTRAL DE RESERVA

Autorizan viaje de funcionarios para realizar pasantía en el Banco Central de laRepública Argentina

RESOLUCION DE DIRECTORIO Nº 052-2005

Lima, 1 de julio de 2005

CONSIDERANDO:

Que, es política del Banco Central de Reserva del Perú mantener actualizados a susfuncionarios en aspectos fundamentales relacionados con la finalidad y funciones BancoCentral;

Que, para el cumplimiento de sus funciones las Gerencias de Contabilidad ySupervisión y de Tecnologías de Información tienen entre sus objetivos proveer de informaciónfinanciera confiable y oportuna, sobre la base de las Normas Internacionales de InformaciónFinanciera, en lo que sea aplicable a Banca Central y la mejora continua del soporte técnico delos servicios de los programas computacionales;

Que, a efectos de relevar características y experiencias de la metodología aplicada enla ejecución del proyecto del Sistema Contable del Banco Central de la República Argentina, sepropone realizar una pasantía en dicha institución que se llevará a cabo en Buenos Aires,Argentina, del 5 al 8 de julio;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619 y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, y estando a lo acordado por el Directorio en su sesión del 30 de junio de 2005;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Autorizar el viaje por estudios del señor Herbert Fritas Yaya, Subgerentede Soluciones de TI y señora Silvia Medina Moreno, Jefe del Departamento de Gestión deSoluciones, ambos de la Gerencia de Tecnologías de Información, y el señor Guillermo de laFlor Viale, Jefe del Departamento de Contabilidad de la Gerencia de Contabilidad ySupervisión, a la ciudad de Buenos Aires, Argentina, del 5 al 9 de julio del 2005 y al pago degastos, a fin de realizar la pasantía mencionada en la parte considerativa de la presenteresolución.

Artículo 2.- El gasto que irrogue dicho viaje será como sigue:

Pasaje US$ 1 507,56Viáticos US$ 3 000,00Tarifa única de aeropuerto US$ 84,72

-----------------------Total US$ 4 592,28

Artículo 3.- La presente Resolución no dará derecho a exoneración o liberación delpago de derechos aduaneros, cualquiera fuere su clase o denominación.

OSCAR DANCOURT MASÍASVicepresidenteEncargado de la Presidencia

DEFENSORIA DEL PUEBLO

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Autorizan despliegue territorial de supervisores de las Elecciones MunicipalesComplementarias y de consulta popular de Revocatoria de Autoridades - 2005

RESOLUCION DEFENSORIAL Nº 013-2005-DP

Lima, 1 de julio de 2005

Vistos; el Memorando Nº 194-2005-DP/OPCT por el que se solicita la aprobación de laResolución Defensorial que autorice el despliegue nacional de supervisores de las EleccionesMunicipales Complementarias y de la consulta popular de Revocatoria de Autoridades - 2005;así como la opinión de la Oficina de Asesoría Jurídica contenida en el Memorando Nº 434-2005-DP/OAJ; y,

CONSIDERANDO:

Que, la Defensoría del Pueblo tiene encomendada la defensa de los derechosconstitucionales y fundamentales de la persona y de la comunidad, así como la supervisión delcumplimiento de los deberes de la administración estatal y de la prestación de los serviciospúblicos, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 161 y 162 de la Constitución Políticadel Estado y la Ley Nº 26520, Ley Orgánica de la Defensoría del Pueblo;

Que, conforme al marco constitucional corresponde a la Defensoría del Pueblo ejercerun rol promotor y de defensa del derecho de sufragio que contribuya a hacerlo más accesible alos ciudadanos y ciudadanas e igualmente, le corresponde atender las quejas o peticionesrelacionadas con el proceso electoral que resulten admisibles conforme a su mandato;

Que, constituye un criterio de actuación de la Defensoría Pueblo la protecciónpreferente de los derechos de la mujer adoptando una perspectiva de género para promover ygarantizar acciones afirmativas a su favor, así como los derechos de quienes se encuentren ensituación de indefensión, tales como la población de las comunidades nativas, las personas condiscapacidad, la población desplazada por la violencia, entre otros grupos vulnerables;

Que, mediante Resolución Defensorial Nº 63-99/DP el Defensor del Pueblo aprobó loscriterios que orientaron la actuación de la Defensoría del pueblo con ocasión de la supervisióndel proceso electoral del año 2000, los que sustancialmente mantienen su vigencia y orientanla mejor defensa de la participación política de los ciudadanos;

Que, según el documento de Vistos, la Defensoría del Pueblo ha programado lamovilización de su personal y voluntarios a efecto de supervisar las elecciones municipalescomplementarias y la consulta popular de revocatoria de autoridades del presente año;

Que, mediante Ley Nº 28238, ley General del Voluntariado publicada en el DiarioOficial El Peruano el 1 de junio del presente año, se ha regulado la labor de los voluntarios quebrindan sus servicios a la comunidad en forma altruista, gratuita, solidaria y sin vínculos niresponsabilidad contractual con las entidades a las que prestan su apoyo, para la ejecución definalidades cívicas, de capacitación y otras tendientes al bien común;

Que, la citada Ley General del Voluntariado ha encomendado al Ministerio de la Mujery Desarrollo Social (MINDES) la organización y conducción del registro de voluntarios;

Que, el Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social ha dispuesto la reestructuración delas reparticiones sectoriales que deberán asumir el indicado registro, la que a la fecha no haconcluido, por lo que no resulta materialmente posible cumplir con la formalidad legal deregistrar a los voluntarios a la Defensoría del Pueblo;

Que, no obstante la situación descrita en el considerando precitado, el artículo 3 de laLey Nº 28238 otorga los beneficios contenidos en su texto a los voluntarios aunque no sehayan inscrito en el correspondiente registro oficial, dentro de las capacidades financieras conque cuenten las instituciones beneficiarias;

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Que, en orden a lo establecido por la citada ley, la Defensoría del Pueblo debe suscribirlos respectivos convenios con los voluntarios para el desarrollo de la actividad solicitadamediante documento de Vistos, con el apoyo de las Oficinas Defensoriales competentes en loslugares donde se producirán los comicios;

En uso de las atribuciones conferidas por el inciso 7) del artículo 9 de la Ley Nº 26520,Ley Orgánica de la Defensoría del Pueblo así como los literales a), d) e) y k) del artículo 7 delReglamento de Organizaciones y Funciones de la institución, aprobado mediante ResoluciónDefensoríal Nº 012-2001/DP y estando a lo acordado;

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- AUTORIZAR el despliegue territorial de las personas comprendidasen el Anexo de la presente resolución, con la finalidad de llevar a cabo las actividadescorrespondientes al proceso electoral y de consulta ciudadana a que se refiere la parteconsiderativa de la presente resolución.

Artículo Segundo.- DELEGAR en la Primera Adjuntía las aprobación de las medidascomplementarias que requiera el despliegue territorial referido en el artículo anterior.

Artículo Tercero.- DISPONER que la Oficina de Administración y Finanzas apropuesta del funcionario encargado del Área de Personal, suscriba los respectivos convenioscon los voluntarios habiendo recabado previamente el informe de la Oficina de Promoción yCoordinación Territorial, los que incluirán en sus alcances los lineamientos expresados en laparte considerativa de la presente resolución.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

WALTER ALBÁN PERALTADefensor del Pueblo en Funciones

(*) Ver cuadros publicados en el Diario Oficial “El Peruano” de la fecha.

JNE

Acreditan a la Asociación Civil Transparencia como institución facultada para presentarobservadores a Elecciones Municipales Complementarias y Consulta Popular de

Revocatoria del Mandato de Autoridades Municipales

RESOLUCION Nº 179-2005-JNE

Lima, 30 de junio de 2005

VISTA:

La solicitud presentada, con fecha 23 de junio de 2005, por el Secretario General de laAsociación Civil Transparencia, para acreditar a dicha asociación como institución facultadapara presentar observadores electorales en las Elecciones Municipales Complementarias yConsulta Popular de Revocatoria del Mandato de Autoridades Municipales a realizarse el 3 dejulio de 2005;

CONSIDERANDO:

Que, por Decreto Supremo Nº 017-2005-PCM publicado en el Diario Oficial El Peruano,con fecha 22 de febrero de 2005, se convocó a elecciones municipales complementarias parael próximo domingo 3 de julio del año 2005, en 21 distritos del país;

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Que, por Resoluciones Nºs. 012-2005-JNE, 034-2005-JNE, 040-2005-JNE y 041-2005-JNE se convocó a consulta popular de revocatoria del mandato de autoridades municipales en15 distritos de la República, para el domingo 3 de julio del presente año;

Que, para la autorización y acreditación de una organización como institución facultadaa presentar observadores electorales, es necesario que la organización solicitante presente lasiguiente información y documentos respectivos: a) Escritura Pública de Inscripción en losRegistros Públicos, en la que figure como uno de sus principales fines la observación electoral;b) Plan de observación electoral, debidamente fundamentado y detallado; y c) Plan definanciamiento de la observación electoral; de conformidad con lo establecido en el artículo 340de la Ley Orgánica de Elecciones Nº 26859;

Que, la Asociación Civil Transparencia ha cumplido con los requisitos exigidos por ley,para acreditarse como institución facultada para presentar observadores electorales en lasElecciones Municipales Complementarias y Consulta Popular de Revocatoria del Mandato deAutoridades Municipales, teniendo los observadores electorales derecho a presenciar: a)Instalación de la mesa de sufragio; b) Acondicionamiento de la cámara secreta; c) Verificaciónde la conformidad de las cédulas de votación, las actas, las ánforas, los sellos de seguridad ycualquier otro material electoral. d) Desarrollo de la votación; e) Escrutinio y cómputo de lavotación; f) Colocación de los resultados en lugares accesibles al público; g) Traslado de lasactas por el personal correspondiente de conformidad con lo señalado en el artículo 337 de laLey Orgánica de Elecciones Nº 26859;

Que, los observadores electorales están facultados a tomar notas y a registrar lasactividades señaladas en el considerando precedente, estando prohibidos de: a) Sustituir uobstaculizar a las autoridades electorales en el ejercicio de sus funciones, ni realizar actos quedirecta o indirectamente constituyan interferencia en el desarrollo del proceso electoral; b)Hacer proselitismo de cualquier tipo o manifestarse a favor o en contra de agrupación política ocandidato alguno; c) Ofender, difamar o calumniar a las instituciones, autoridades electorales,agrupaciones políticas o candidatos; d) Declarar el triunfo de agrupación política o candidatoalguno; e) Dirigirse a funcionario del Jurado Nacional de Elecciones solicitando informaciones oentrega de documentos oficiales, en concordancia con lo establecido en los artículos 338 y 339de la citada Ley Orgánica de Elecciones;

El Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones;

RESUELVE:

Artículo Primero.- Acreditar a la Asociación Civil Transparencia como instituciónfacultada para presentar observadores electorales en las Elecciones MunicipalesComplementarias y Consulta Popular de Revocatoria del Mandato de Autoridades Municipales.

Artículo Segundo.- Los observadores electorales están únicamente facultados apresenciar las actividades enunciadas en el artículo 337 de la Ley Orgánica de Elecciones Nº26859, pudiendo tomar notas y registrar en sus formularios dichos actos, sin alterar ni interveniren ellos directo o indirectamente.

Artículo Tercero.- Poner en conocimiento de la Oficina Nacional de ProcesosElectorales, del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil y de los Jurados ElectoralesEspeciales, la presente resolución para los fines pertinentes.

Regístrese, comuníquese y publíquese

SS.MENDOZA RAMÍREZSOTO VALLENASVELA MARQUILLÓVELARDE URDANIVIABALLÓN-LANDA CÓRDOVASecretario General

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CONASEV

Aceptan desistimiento de procedimiento de inscripción de programa de emisión decertificados de depósito negociables, formulado por BankBoston N.A. Sucursal del Perú

RESOLUCION GERENCIAL Nº 040-2005-EF-94.45

Lima, 27 de junio de 2005

VISTOS:

El expediente Nº 2004026928 y el Informe Interno Nº 0092-2005-EF/94.45.2 del 27 dejunio de 2005;

CONSIDERANDO:

Que, de conformidad con el numeral 14 del artículo 221 de la Ley General del SistemaFinanciero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros,Ley Nº 26702, las empresas bancarias pueden emitir y colocar bonos y demás instrumentosrepresentativos de obligaciones, en moneda nacional o extranjera, siempre que sean de supropia emisión;

Que, por instrumento público del 9 de marzo de 2004 otorgado ante la señora JaniceM. McHugh, Notario de Boston, Estado de Massachussets, Estados Unidos de América, elseñor Daniel F. Wheeler, ejecutivo autorizado de BankBoston N.A. confiere poderes amplios ygenerales al señor Luiz Felipe Mauger Cordenonsi, como gerente general de BankBoston N.A.Sucursal del Perú;

Que, en virtud de las facultades conferidas como Gerente General de BankBoston N.A.Sucursal del Perú, el señor Luiz Felipe Mauger Cordenonsi acordó la emisión del PrimerPrograma de Certificados de Depósito Negociables;

Que, BankBoston N.A. Sucursal del Perú solicitó la inscripción de los certificados dedepósito negociables denominados “Primer Programa de Certificados de Depósito Negociables- BankBoston, N.A. Sucursal del Perú” hasta por un monto de US$ 100 000 000,00 (CienMillones y 00/100 Dólares de los Estados Unidos de América) y el registro del Prospecto Marcocorrespondiente, en el Registro Público del Mercado de Valores;

Que, mediante escrito presentado el 27 de junio de 2005, los señores Carlos BlancoCáceres y Juan Lavaggi Bernales en su condición de Senior Vice Presidents de BankBostonN.A. Sucursal del Perú, actuando según las facultades conferidas mediante escritura públicadel 30 de abril de 2004 otorgada por el señor Luiz Felipe Mauger Cordenonsi ante NotarioCecilia Hidalgo Morán e inscrita en la Partida Registral Nº 11009408, han presentado de-sistimiento del procedimiento administrativo legalizando para estos efectos su firmanotarialmente;

Que, el artículo 186 de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General,señala que pondrán fin al procedimiento las resoluciones que se pronuncian sobre el fondo delasunto, el silencio administrativo positivo o negativo, según corresponda; el desistimiento, ladeclaración de abandono, los acuerdos adoptados como consecuencia de conciliación otransacción extrajudicial que tengan por objeto poner fin al procedimiento y la prestaciónefectiva de lo pedido a conformidad del administrado en caso de petición graciable;

Que, el numeral 115.2 del artículo 115 de la Ley del Procedimiento AdministrativoGeneral, establece que para el desistimiento del procedimiento, es requerido poder especialindicando expresamente el o los actos para los cuales fue conferido. Dicho poder especial,según el citado numeral, debe ser formalizado mediante documento privado con firmaslegalizadas ante notario o funcionario público autorizado para el efecto;

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Que, de la revisión de la ficha de Registros Públicos de la inscripción de la escriturapública del 30 de abril de 2004 otorgado ante Notario Cecilia Hidalgo Morán, se desprende quelas señores Carlos Blanco Cáceres y Juan Lavaggi Bernales cuentan con facultad suficiente derepresentación para desistirse del procedimiento administrativo, y se aprecia que hanlegalizado su firma ante Notario Público;

Que, en ese sentido, habiéndose verificado que los representantes de BankBostonN.A. Sucursal del Perú cuentan con facultades para desistirse del presente procedimientoadministrativo, resulta de aplicación lo expresado por los numerales 6 y 7 del artículo 189 de laLey del Procedimiento Administrativo General;

Que, habiéndose comprobado la ausencia de los supuestos regulados en los citadosnumerales del artículo 189 de la Ley del Procedimiento Administrativo General correspondeaceptar el desistimiento presentado por BankBoston N.A. Sucursal del Perú;

Que, el artículo 2 numeral 2 de las Normas Relativas a la Publicación y Difusión de lasResoluciones Emitidas por los Órganos Decisorios de CONASEV, establece que lasresoluciones administrativas referidas a la inscripción de los valores mobiliarios objeto de ofertapública en el Registro Público del Mercado de Valores y el registro de los prospectosinformativos correspondientes, deben ser difundidas a través del Boletín de Normas Legalesdel Diario Oficial El Peruano y de la página de CONASEV en Internet; y,

Estando a lo dispuesto por los artículos 53 y siguientes de la Ley del Mercado deValores, el artículo 14 del Reglamento de Oferta Pública Primaria y de Venta de ValoresMobiliarios, así como lo establecido en sesión del Directorio de CONASEV de fecha 18 dediciembre de 2000, de acuerdo a lo cual el Gerente de Mercados y Emisores, se encuentrafacultado para aprobar el trámite anticipado de inscripción de valores y/o registro de prospectosde bonos de arrendamiento financiero, bonos subordinados y otros que se emitan por ofertapública y tengan opinión favorable de la Superintendencia de Banca y Seguros;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aceptar el desistimiento formulado por BankBoston N.A. Sucursal del Perúdel procedimiento administrativo de inscripción del programa de emisión de certificados dedepósito negociables denominado “Primer Programa de Certificados de Depósito Negociables -BankBoston N.A. Sucursal del Perú”.

Artículo 2.- Publicar la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano y en lapágina de CONASEV en Internet.

Artículo 3.- Transcribir la presente Resolución a BankBoston N.A. Sucursal del Perúen su calidad de Emisor, Entidad Estructuradora y Agente Colocador; a Cavali ICLV S.A. y a laBolsa de Valores de Lima S.A.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

HÉCTOR VALENTÍN HURTADOGerente de Mercados y EmisoresComisión Nacional Supervisora de Empresas yValores

Exoneran de proceso de selección la contratación de servicio de soporte ymantenimiento de servidores NCR

RESOLUCION CONASEV Nº 045-2005-EF-94.10

Lima, 30 de junio de 2005

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VISTOS:

El Informe Nº 168-2005-EF/94.40 de la Gerencia de Sistemas, que sustenta lanecesidad de contratar el Servicio de Soporte y Mantenimiento de Servidores NCR que brindala empresa NCR del Perú S.A. y el Informe Conjunto Nº 017-2005-EF/94.35/94.20 de lasGerencias de Administración y Finanzas y de Asesoría Jurídica, con los cuales se presenta a laGerencia General la solicitud de contratación de servicios que no admiten sustituto y existeproveedor único;

CONSIDERANDO:

Que, CONASEV cuenta con procesos computacionales que reciben, procesan yproveen información, los cuales se encuentran implementados en una plataforma de ServidoresUNIX y NT y, considerados en algunos casos, como procesos de Misión Crítica dentro de laoperatividad diaria, toda vez que permiten a la Institución supervisar y velar por la transparenciade la información del mercado de valores;

Que, en tal sentido, CONASEV requiere contratar el servicio anual de Soporte yMantenimiento de siete (7) servidores NCR, por tratarse de un servicio necesario para lainstitución ya que permite garantizar la continuidad del sistema y la seguridad de la información;

Que, mediante Informe Nº 168-2005-EF/94.40 la Gerencia de Sistemas sostiene que elServicio de soporte y mantenimiento de los equipos NCR sólo lo brinda la empresa NCR delPerú S.A. debido a que es la única autorizada para brindar en nuestro país el servicio demantenimiento y soporte técnico de los equipos antes mencionados;

Que, con fecha 17 de mayo de 2005, NCR del Perú S.A. remite a CONASEV la CartaWCS-C-2005 en la que comunica que, como subsidiaria de la Corporación NCR con sedeprincipal en la ciudad de Dayton, Estado de Ohio de los Estados Unidos de Norteamérica, es faúnica compañía autorizada por dicha corporación para brindar el servicio de soporte ymantenimiento técnico a equipos de su marca en el Perú;

Que, adicionalmente se tiene en consideración los sustentos de orden técnicoexpresados por el Jefe de Tecnología de la Gerencia de Sistemas de esta Comisión Nacional,que llevan a concluir que la empresa NCR del Perú S.A. es el único proveedor del mercadonacional que puede prestar el servicio requerido por nuestra Institución, por lo siguiente:

- Como lo ha señalado la Corporación NCR en su Carta WCS-C-2005 de fecha 21 dejunio de 2005, la única compañía autorizada por ellos para brindar el servicio de mantenimientotécnico de los Servidores NCR, es su subsidiaria local, NCR del Perú S.A.

- El mantenimiento de los servidores se realiza de manera preventiva y correctiva, locual implica necesariamente el reemplazo de piezas y partes de los equipos, con repuestosoriginales, ya que ello garantiza una adecuada operatividad de los mismos.

- Un factor de la mayor importancia, es que los repuestos no son como los de lascomputadoras personales que se pueden encontrar en el mercado local; por el contrario, losrepuestos de los servidores NCR sólo pueden ser provistos por el fabricante de los equipos asu representante oficial en el Perú, NCR del Perú S.A. y este último, no los provee a empresaslocales de servicios de mantenimiento. Por lo tanto, NCR del Perú S.A. tiene exclusividad en elsuministro de os repuestos originales de servidores NCR.

- Los servidores de propiedad de CONASEV tienen más de 5 años de antigüedad yalgunos de ellos tienen aplicaciones críticas, por lo cual se estaría poniendo en riesgo laoperatividad de los sistemas si el proveedor del servicio no cuenta con una carta de conveniocon el fabricante para que le provea los repuestos originales.

Que, conforme a lo dispuesto en el literal e) del artículo 19 del Texto Único Ordenadode la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº083-2004-PCM, la contratación de los bienes o servicios que no admiten sustitutos y exista

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proveedor único están exonerados de los procesos de selección que le correspondan,procediendo su contratación mediante acciones inmediatas, de acuerdo con el artículo 20 de lacitada norma;

Que, asimismo, el artículo 144 del Reglamento de la Ley de Contrataciones yAdquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM disponeque en los casos en que no existan bienes o servicios sustitutos a los requeridos por el áreausuaria y siempre que exista un solo proveedor en el mercado nacional, la Entidad podrácontratar directamente; asimismo, se considerará que existe proveedor único en los casos quepor razones técnicas o relacionadas con la protección de derechos, tales como patentes yderechos de autor, se haya establecido la exclusividad del proveedor;

Que, de acuerdo con el Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones yAdquisiciones del Estado y su Reglamento, se trata de un proceso de selección de Adju-dicación Directa Selectiva, pues el monto de la contratación del servicio por el período de un (1)año, asciende a US $ 11 980,92 incluido todo tipo de tributos, el mismo que se financiará conrecursos propios debidamente presupuestados;

Que, el Informe Conjunto Nº 017-2005-EF/94.35/94.20, considera que es factiblecontratar, vía exoneración, el Servicio de Soporte y Mantenimiento con la empresa NCR delPerú S.A.; y,

Estando a lo dispuesto por el artículo 19 inciso e) y el artículo 20 del Texto ÚnicoOrdenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado mediante DecretoSupremo Nº 083-2004-PCM, concordante con el artículo 144 de su Reglamento, aprobado porDecreto Supremo Nº 084-2004-PCM;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobar la exoneración del proceso de Adjudicación Directa Selectiva porla causal de servicio que no admite sustituto y existe proveedor único, para la contratación delServicio de Soporte y Mantenimiento de siete (7) servidores NCR hasta por un monto de US$11 980,92 (Once Mil Novecientos Ochenta y 92/100 Dólares Americanos) incluido todo tipo detributos, por el plazo de un (1) año.

Artículo 2.- Autorizar al Área de Logística a efectuar la contratación del mencionadoservicio con la empresa NCR del Perú S.A. mediante acciones inmediatas, el mismo que seráfinanciado con recursos propios de CONASEV, encontrándose dicho monto debidamentepresupuestado.

Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial ElPeruano y en el Sistema Electrónico de Adquisiciones y Contrataciones del Estado - SEACE;asimismo, que se remita copia de la Resolución y de los Informes que sustentan estaexoneración, a la Contraloría General de la República y al Consejo Superior de Contratacionesy Adquisiciones del Estado, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la fecha de suaprobación, conforme a lo dispuesto en el artículo 20 del Texto Único Ordenado de la Ley deContrataciones y Adquisiciones del Estado.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

LILIAN ROCCA CARBAJALPresidente

FONAFE

Designan Candidatos a Miembros del Directorio de la Empresa Agroindustrial CasaGrande S.A.A.

ACUERDO DE DIRECTORIO Nº 001-2005-010-FONAFE

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De conformidad con lo dispuesto en el artículo 24 del Reglamento de la Ley del FondoNacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado - FONAFE, aprobado porDecreto Supremo Nº 072-2000-EF y normas modificatorias, la designación de los Directores delas empresas del Estado comprendidas bajo el ámbito de FONAFE es potestad del Directoriode dicha Empresa, asimismo la designación deberá ser publicada en el Diario Oficial ElPeruano e instrumentada en Junta General de Accionistas.

Se comunica que, por Acuerdo de Directorio Nº 001-2005/010-FONAFE, de fecha 30de junio de 2005, se designó como candidatos a miembros del Directorio de la EmpresaAgroindustrial Casa Grande S.A.A. a las siguientes personas:

- Rodolfo Edgardo Quiroz Calderón- Miguel Eduardo Monsalve Aita- Bruno Barbieri Gambini- Erick David Uriarte Lozada- Segundo Teodoro Díaz y Rodríguez

HILDA SANDOVAL CORNEJODirectora Ejecutiva

SUPERINTENDENCIA DE ENTIDADES PRESTADORAS DE SALUD

Complementan formatos de la Res. Nº 081-2003-SEPS/CD “Reglamento de Registro deEmpresas y Entidades que prestan servicios de salud vinculados a los planes de salud

de las Entidades Prestadoras de Salud”

RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA Nº 039-2005-SEPS-S

Lima, 22 de junio de 2005

VISTOS:

El Informe Nº 00102-2005/IRD de la Intendencia de Supervisión, Autorización yRegistro, el Informe Nº 00129-2005/OAJ de la Oficina de Asuntos Jurídicos y el MemorándumNº 00156-2005-SEPS/IG de la Intendencia General; y

CONSIDERANDO:

Que, según lo dispuesto en la Cuarta Disposición Complementaria del Reglamento dela Ley de Modernización de la Seguridad Social en Salud aprobado mediante Decreto SupremoNº 009-97-SA, las empresas y entidades que presten servicios de salud vinculados a los planesde salud ofrecidos por las Entidades Empleadoras o por las Entidades Prestadoras de Salud seencuentran obligadas a registrarse ante fa Superintendencia de Entidades Prestadoras deSalud;

Que, mediante Resolución de Superintendencia Nº 081-2003-SEPS/CD se aprobó el“Reglamento de Registro de Empresas y Entidades que prestan servicios de salud vinculados alos planes de salud de las Entidades Prestadoras de Salud”, el cual establece los requisitos y elprocedimiento para la inscripción así como para la renovación de la inscripción de lasEntidades Vinculadas al Sistema Complementario a la Seguridad Social en Salud;

Que, el artículo 3 de la Resolución de Superintendencia Nº 081-2003-SEPS/CD,autoriza al Superintendente a dictar las disposiciones complementarias que resulten necesariaspara su mejor cumplimiento;

Que, para el mejor cumplimiento de la citada resolución es necesario complementarcon datos o información accesoria los formatos de solicitudes que el administrado deberápresentar a la SEPS en determinados trámites, denominados Anexos A, B, C, D, E, F, H y J;

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Que, conforme a lo dispuesto en el inciso d) del artículo 10 del Reglamento deOrganización y Funciones de la SEPS, aprobado mediante Resolución de Superintendencia Nº029-2001-SEPS/CD, corresponde al Superintendente emitir las resoluciones y normas enmateria de su competencia;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- COMPLEMENTAR los formatos denominados Anexos A, B, C, D, E, F, H,y J, de la Resolución de Superintendencia Nº 081-2003-SEPS/CD “Reglamento de Registro deEmpresas y Entidades que prestan servicios de salud vinculados a los planes de salud de lasEntidades Prestadoras de Salud”, con las precisiones que se han establecido y publican en lapágina WEB de la SEPS: www.seps.gob.pe/normatividad/formatos.htm.

Artículo 2.- Los anexos son de uso obligatorio, debiéndose observar necesariamentelos requisitos establecidos en los mismos.

Artículo 3.- La presente Resolución entrará en vigencia al día siguiente de supublicación en el Diario Oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

CÉSAR AUGUSTO DONAYRE CÁRDENASSuperintendente

Prorrogan plazo a que se refiere la Res. Nº 051-2004-SEPS/S para dar cobertura alMargen de Solvencia de las Entidades Prestadoras de Salud

RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA Nº 040-2005-SEPS-S

Lima, 30 de junio de 2005

VISTOS:

El Informe Nº 00109-2005-SEPS/IRD de la Intendencia de Regulación y Desarrollo, elInforme Jurídico Nº 00138-2005-SEPS/OAJ de la Oficina de Asuntos Jurídicos y el Memorán-dum Nº 00165-2005-SEPS/IG de la Intendencia General; y

CONSIDERANDO:

Que, mediante Resolución de Superintendencia Nº 044-2004-SEPS/CD se aprobó el“Reglamento sobre los Activos e Inversiones de las Entidades Prestadoras de Salud enrespaldo de sus obligaciones técnicas”;

Que, el artículo 3 de la citada Resolución de Superintendencia faculta alSuperintendente a dictar las normas complementarias que resulten necesarias para su mejorcumplimiento, con cargo a dar cuenta al Consejo Directivo;

Que, la Resolución de Superintendencia Nº 051-2004-SEPS/S establece en su artículo2 que, respaldadas las Reservas Técnicas, el Margen de Solvencia deberá quedaríntegramente cubierto dentro del plazo que vence el 30 de junio de 2005, aplicando para ellolos saldos de los activos e inversiones elegibles;

Que, mediante Resolución de Superintendencia Nº 035-2005-SEPS/CD se aprobó elManual de Contabilidad para Entidades Prestadoras de Salud, con vigencia a partir del 1 deenero del 2006, que modifica el sistema de registro para la determinación de las ObligacionesTécnicas, estando contemplada la adecuación de las normas correspondientes al Manual deContabilidad para Entidades Prestadoras de Salud;

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Que, en consecuencia, esta Superintendencia ha considerado conveniente extender elplazo dispuesto en el artículo 2 de la Resolución Nº 051-2004-SEPS/S, a fin de lograrconcordancia con lo establecido en el mencionado Manual de Contabilidad para EntidadesPrestadoras de Salud;

Que, conforme a lo dispuesto en el inciso d) del artículo 10 del Reglamento deOrganización y Funciones de la SEPS, aprobado mediante Resolución de Superintendencia Nº029-2001-SEPS/CD, corresponde al Superintendente emitir las resoluciones y normas enmateria de su competencia;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Prorrogar el plazo establecido en el artículo 2 de la Resolución Nº 051-2004-SEPS/S para dar cobertura al Margen de Solvencia de las Entidades Prestadoras deSalud, hasta el 1 de enero de 2006.

Artículo 2.- La presente Resolución entrará en vigencia el 30 de junio de 2005.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

CÉSAR AUGUSTO DONAYRE CÁRDENASSuperintendente