dolo eventual y dolo de consecuencias necesarias

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Dolo eventual y dolo de consecuencia necesaria.

Mayor gravedad de los tipos dolosos Los tipos dolosos se penan ms gravemente que los culposos. Esto se explica porque, por lo regular, resulta ms objetable la accin de quien genera un conflicto intencional que la de quien slo lo genera como resultado de la forma defectuosa de realizacin de una accin diferente.

Forma defectuosa de conducir.

El dolo como saber y querer En su forma ms simple la doctrina dominante coincide con la caracterizacin del dolo como saber y querer, es decir, que el dolo tiene un aspecto de conocimiento (o intelectual) y otro de voluntad (volitivo), toda vez que para realizar algo se requieren ciertos conocimientos.

DRAE ( Diccionario de la Real Academia Espaola). consciente. 1. adj. Que siente, piensa, quiere y obra con conocimiento de lo que hace.

Aspecto volitivo Segn su aspecto volitivo el dolo se distingue tradicionalmente en dolo directo de primer grado; dolo directo de segundo grado y dolo eventual.

Dolo directo de primer grado

Dolo

Dolo directo de segundo gradoDolo eventual

El dolo directo de primer grado El dolo directo de primer grado abarca la produccin del resultado tpico como fin en s (disparar seis balazos contra una persona para matarla).*El resultado coincide con el propsito del agente. Fernando Castellanos

Dolo directo de segundo grado o de consecuencias necesarias. En el dolo directo de segundo grado el resultado tpico es una consecuencia necesaria de los medios elegidos, que deben ser abarcados por la voluntad tanto como el fin mismo:

Dolo directo El resultado se presenta como de segundo necesario. grado Dolo eventual El resultado se presenta como posible.

Ejemplo de dolo principal de segundo grado El ejemplo clsico es la bomba colocada en un avin para matar a un pasajero y cobrar su seguro, respecto de las muertes de los otros pasajeros y de la tripulacin. De all que tambin se la haya llamado dolo de consecuencias necesarias. *En el dolo indirecto, de segundo grado o de consecuencia necesaria, el criminal no persigue el resultado pero sin importarle o ignorando las consecuencias lleva a cabo su fin, generando adems otros resultados delictivos.

Dolo eventual Habr dolo eventual cuando, segn el plan concreto del agente, la realizacin de un tipo es reconocida como posible, sin que esa conclusin sea tomada como referencia para la renuncia al proyecto de accin.

El dolo eventual es una de las cuestiones mas debatidas en el saber penal, sin contar que hay tipos dolosos que no admiten dolo eventual.

Ejemplo de dolo eventual Acta con dolo eventual el conductor que por una apuesta pasa una esquina con semforo en rojo con los ojos cerrados. Se trata de una resolucin en la que se acepta seriamente la posible produccin del resultado (la de colisionar con otro vehculo).

Dolo eventual y la imprudencia consciente. Lo fundamental es que a la imprudencia consciente le falta el componente volitivo (no es dolo). En la imprudencia consciente se confa en que no se produzca el resultado. En el dolo eventual se cuenta con que puede producirse ese resultado, bien por ser alta la probabilidad de producirse o simplemente porque te es indiferente si se produce. Cualquiera de estas dos ltimas posibilidades causan la aparicin del componente volitivo.

Imprudencia consciente. Confa en que no se produzca el resultado

Dolo eventual. Le es indiferente si se produce

No importa que el agente no desee el resultado El mero deseo de que la afectacin no ocurra no

excluye el dolo eventual, dado que en este el sujeto no acepta el resultado sino la posibilidad de la produccin del resultado.

Caso de los mendigos rusos: los mendigos mutilaban nios para motivar la compasin de la gente, pero algunos nios moran como consecuencia de la mutilaciones, por supuesto que de haberlo sabido, no hubiesen mutilado a los nios que moran, pues muertos no les servan, o sea que ellos no aceptaban el resultado, pero mutilaban pese a saber que un porcentaje de los nios moran, con lo cual aceptaban

la posibilidad de la produccin de un resultado.

Los mendigos, por Pieter Brueghel .

Bibliografa MANUAL DE DERECHO PENAL PARTE GENERAL, ZAFFARONI EUGENIO RAL, 2 EDICIN, SOCIEDAD ANONIMA EDITORA , COMERCIAL, INDUSTRAIL Y FINANCIERA, BUENOS AIRES, 2006. LINEAMIENTOS ELEMENTALES DE DERECHO PENAL, CASTELLANOS FERNANDO, 49 EDICIN, EDITORIAL PORRA, MXICO, DF, 2009. DICCIONARIO DE LA REAL ACEMIA ESPAOLA, ESPASA, ESPAA, 2009.