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Directiva Nº 01 - 2007 – PROMPERU / DE COMISION DE SERVICIOS EN EL EXTERIOR E INTERIOR DEL PAIS I. OBJETIVO Establecer normas y procedimientos que permitan uniformizar criterios para la asignación de viáticos en comisión de servicio y su respectiva rendición de cuentas, a fin de lograr un adecuado trámite de aprobación y otorgamiento de los recursos financieros, garantizando que las rendiciones se efectúen en forma oportuna, precisando las acciones de seguimiento, supervisión y control pertinentes. II. FINALIDAD 2.1 Normar el requerimiento, requisitos, autorización, otorgamiento y pago de viáticos y rendición de cuentas por comisión de servicios, de tal forma que se pueda realizar el trámite adecuado y oportuno para la asignación de recursos por dicho concepto. 2.2 Posibilitar que las rendiciones de cuentas se efectúen en forma adecuada y oportuna. 2.3 Realizar las acciones de seguimiento, supervisión y control de viáticos otorgados. III. BASE LEGAL 3.1 Decreto Legislativo Nº 805, Ley de creación de la Comisión para la Promoción de las Exportaciones PROMPEX ( Hoy Comisión de Promoción del Peru para la Exportación y el Turismo – PROMPERU) 3.2 Ley Nº 27619, que regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos. 3.3 Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto. 3.4 Ley Nº 28425, Ley de Racionalización del Gasto Público. 3.5 Ley Nº 28927, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2007. 3.6 Decreto Supremo Nº 003-2007-MINCETUR que decreta la Fusión de la Comisión de Promoción del Perú—PromPerú con la Comisión para la Promoción de Exportaciones—Prompex. document.doc 1 de 25

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Directiva Nº 01 - 2007 – PROMPERU / DE

COMISION DE SERVICIOS EN EL EXTERIOR E INTERIOR DEL PAIS

I. OBJETIVO

Establecer normas y procedimientos que permitan uniformizar criterios para la asignación de viáticos en comisión de servicio y su respectiva rendición de cuentas, a fin de lograr un adecuado trámite de aprobación y otorgamiento de los recursos financieros, garantizando que las rendiciones se efectúen en forma oportuna, precisando las acciones de seguimiento, supervisión y control pertinentes.

II. FINALIDAD

2.1 Normar el requerimiento, requisitos, autorización, otorgamiento y pago de viáticos y rendición de cuentas por comisión de servicios, de tal forma que se pueda realizar el trámite adecuado y oportuno para la asignación de recursos por dicho concepto.

2.2 Posibilitar que las rendiciones de cuentas se efectúen en forma adecuada y oportuna.

2.3 Realizar las acciones de seguimiento, supervisión y control de viáticos otorgados.

III. BASE LEGAL

3.1 Decreto Legislativo Nº 805, Ley de creación de la Comisión para la Promoción de las Exportaciones PROMPEX ( Hoy Comisión de Promoción del Peru para la Exportación y el Turismo – PROMPERU)

3.2 Ley Nº 27619, que regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos.

3.3 Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto.3.4 Ley Nº 28425, Ley de Racionalización del Gasto Público.3.5 Ley Nº 28927, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2007.3.6 Decreto Supremo Nº 003-2007-MINCETUR que decreta la Fusión de la Comisión

de Promoción del Perú—PromPerú con la Comisión para la Promoción de Exportaciones—Prompex.

3.7 Decreto Supremo Nº 005-2002-MINCETUR que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo.

3.8 Decreto Supremo Nº 047-2002/PCM, que aprueba Normas Reglamentarias sobre Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos.

3.9 Decreto Supremo Nº 181-86-EF, Escala de Viáticos en el Territorio Nacional 3.10 Resolución Directoral Nº 002-2007-EF/77.15, que aprueba la Directiva de

Tesorería Nº 001-2007-EF/77.15.3.11 Manual de Gestión de Proyectos de Cooperación Técnica del Programa de las

Naciones Unidas para el Desarrollo.3.12 Oficio Nº 548-2007-MINCETUR/SG del 27 de junio del 2007, dictando

“Disposiciones para Tramitar Resoluciones Autoritativas de Viaje”

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IV. ALCANCE

Las disposiciones contenidas en la presente Directiva son de aplicación y estricto cumplimiento para las personas que prestan servicios en PROMPERÚ bajo cualquier régimen laboral o modalidad de contratación, así como a cualquier comisionado que cumpla actividades por cuenta de la Entidad.

VIATICOS PARA VIAJES AL EXTERIOR

V. DISPOSICIONES GENERALES5.1 Los viajes al exterior por comisión de servicios que irrogan gastos al Estado se

sustentarán en el interés nacional o el interés específico de la institución, para lo cual cada persona que viaja en comisión de servicio deberá presentar un Informe Técnico mediante el formulario “Sustento Técnico de Viaje” del Anexo Nº 2 (FOP 10) aprobado por el Jefe del área.

5.2 La autorización y el pago de viáticos se autorizará mediante la Resolución correspondiente, la cual deberá estar visada por el Titular de la Entidad y el jefe del área Legal, la misma que debe ser publicada en el Diario Oficial “El Peruano” con anterioridad al viaje.

5.3 La escala de viáticos se detalla en el Anexo Nº 1, pudiéndose adicionar por una sola vez, el equivalente a un día de viáticos por concepto de gastos de instalación y traslado cuando el viaje es a cualquier país de América y de dos días cuando el viaje se realice a otro continente.

5.4 Los viajes al exterior que no irroguen gastos al Estado serán autorizados mediante resolución del Titular de la Entidad, salvo el caso del propio Titular, que será autorizado por el Ministro de Comercio Exterior y Turismo. Estas resoluciones no requieren ser publicadas en el Diario Oficial El Peruano ni procede la autorización de viáticos y gastos de instalación.

5.5 El concepto de viáticos en comisión de servicio comprende los gastos de alimentación, hospedaje y movilidad (hacia y desde el lugar de embarque), así como la movilidad utilizada para el desplazamiento en el lugar donde se realiza la comisión de servicio.

5.6 Todos los viajes de carácter oficial que se efectúen al extranjero que irroguen gasto al Estado deberán utilizar pasajes en categoría económica.

5.7 En la Resolución de autorización de viajes al extranjero y que irroguen gastos al Estado se consignará el monto de viáticos, TUUA y el valor de pasajes aéreos o terrestres, cuando se requiera esta modalidad de transporte.

5.8 Los gastos que ocasione la comisión de servicio se sustentarán con los comprobantes de pago (factura, recibo, ticket) que rigen en los países en donde se realiza la comisión de servicio. Estos gastos se presentan en el formato Rendición de Cuentas por Viáticos en Comisión de Servicio (Anexo Nº 4).

5.9 No se otorgarán asignaciones de viáticos a las personas que tengan anticipos pendientes de rendición de cuentas (encargos, adelantos y caja chica), salvo que estén dentro de los plazos establecidos para dicho fin.

5.10 Cuando la comisión de servicios es cubierta parcialmente por terceros, los viáticos se asignarán considerando la siguiente escala:

70% de la escala de viáticos, si sólo recibe alimentación 50% de la escala de viáticos, si sólo recibe hospedaje 20% de la escala de viáticos si recibe alimentación y hospedaje.

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VI. PROCEDIMIENTO PARA LA AUTORIZACIÓN

6.1 El trámite lo inicia el área solicitante con una anticipación no menor a cuarenta y cinco (45) días calendario ante el Titular de la Entidad o quien él delegue, a fin de gestionar el proyecto de Resolución respectiva en forma oportuna. Para tal propósito, el área solicitante presentará los siguientes documentos:

o “Sustento Técnico de Viaje” del Anexo Nº 2 (FOP 10).o “Autorización de Viajes en Comisión de Servicios” del Anexo Nº 3 (FAD 05).

6.2 Una vez que la “Autorización de Viajes en Comisión de Servicios” del Anexo Nº 3 sea aprobada por el Titular de la Entidad, el área solicitante deberá remitir a la Oficina General de Administración y Finanzas - OGAF los documentos descritos en el numeral 6.1, adjuntando el formulario de “Solicitud de Bienes y Servicios (SBS)” para proceder a la cotización del pasaje y al cálculo de los viáticos.

6.3 La OGAF procesará la “Autorización de Viajes en Comisión de Servicios” del Anexo Nº 3, remitiendo copia al área Legal junto con el “Sustento Técnico de Viaje” del Anexo Nº 2, para que formule el proyecto de Resolución.

6.4 La entidad, mediante oficio del Titular de la Entidad, elevará al MINCETUR la Resolución de autorización de viaje para el trámite correspondiente.

VII. INFORME Y RENDICION DE CUENTAS POR VIATICOS

7.1 Dentro de los quince (15) días calendario de finalizado el viaje, la persona comisionada presentará el informe de la comisión de servicio ante el Titular de la Entidad, utilizando el formulario “Informe de Viaje” del Anexo Nº 6 (FOP 05), visado por el Jefe inmediato.

7.2 Dentro los quince (15) días calendario de finalizado el viaje, el comisionado deberá presentar a la OGAF su rendición de cuentas para la revisión correspondiente, adjuntando la siguiente documentación:

o “Rendición de Cuentas por Viáticos” del Anexo Nº 4 (FAD 06), visado por el Jefe inmediato.

o Copia del cargo de entrega del “Informe de Viaje” del Anexo Nº 6 (FOP 05), presentado al Titular de la Entidad.

o Copia del Recibo de Ingreso emitido por el área de Tesorería, en caso de devolución de dinero en efectivo.

7.3 Los gastos efectuados por concepto de los viáticos asignados se sustentan con los comprobantes de pago (facturas, recibos ticket) emitidos a nombre y RUC de PROMPERU, los mismos que debe reunir las características y requisitos que establecen las leyes comerciales y tributarias del país de destino. Estos deberán ser visados por el comisionado y adjuntados al formulario “Rendición de Cuentas por Viáticos” del Anexo Nº 4. Por ningún motivo se aceptaran gastos por consumo de licores en rendiciones de cuentas.

7.4 Los comprobantes de pago (facturas, recibos, ticket, etc.), deben ser originales y estar a nombre de PROMPERU, RUC Nº 20307167442, cuando el gasto del anticipo se efectúe por la modalidad de pago directo; y a nombre del PNUD Proyecto 00014390, RUC Nº 20507728961, cuando el gasto del anticipo se realiza a través del PNUD, no aceptándose comprobantes de pago a nombre del comisionado.

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7.5 Como sustento del gasto a la rendición de cuentas, además, se presentará la constancia de pago de la Tarifa Unificada de Uso de Aeropuerto –TUUA adherida al pasaje aéreo o a la tarjeta de embarque.

7.6 En casos excepcionales y debidamente justificados que no sea posible obtener los comprobantes de pago (facturas, recibos, ticket), se podrá sustentar hasta el 30% del monto asignado por viáticos mediante el formulario “Declaración Jurada” del Anexo Nº 5 (FAD-07).

7.7 La OGAF, a través del Departamento de Contabilidad y Tesorería o la que haga sus veces, comunicará semanalmente a los comisionados y a los jefes inmediatos el estado situacional de los anticipos otorgados por concepto de viáticos en comisión de servicio que se encuentran pendientes de rendición de cuentas.

7.8 En caso de no presentarse las rendiciones de cuentas de los anticipos por concepto de viáticos en comisión de servicio dentro del plazo establecido (15 días calendario), el Departamento de Contabilidad y Tesorería o la que haga sus veces iniciará, a partir del día siguiente de vencido este plazo, el trámite para la retención de los honorarios mensuales del comisionado, los mismos que no serán pagados hasta que presente su rendición de cuentas.

7.9 A partir de la fecha en que se omitió la devolución de los viáticos y hasta que se produzca su cancelación, se aplicará los intereses correspondientes al monto no utilizado de acuerdo a la Tasa de Interés Legal Efectiva que publica la Superintendencia de Banca y Seguros. La recuperación de estos fondos se ingresará a caja para su posterior reversión al Tesoro Público.

VIII. DE LA CANCELACIÓN O SUSPENSIÓN DE LA COMISIÓN DE SERVICIO.8.1 En caso de cancelación o suspensión de la comisión de servicio, el gerente o Jefe

del área que solicitó la comisión de servicio debe comunicar este hecho en forma inmediata a la OGAF para la cancelación oportuna de los pasajes.

8.2 En caso que la Entidad haya efectuado la entrega de los fondos por los viáticos, el comisionado, bajo responsabilidad, procederá a devolver el importe recibido al Departamento de Contabilidad y Tesorería o la que haga sus veces, en un plazo que no exceda las 24 horas.

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VIATICOS PARA VIAJES AL INTERIOR DEL PAIS

IX. DISPOSICIONES GENERALES9.1 El concepto de viáticos en comisión de servicio comprende los gastos de

alimentación, hospedaje y movilidad (hacia y desde el lugar de embarque), así como la movilidad utilizada para el desplazamiento en el lugar donde se realiza la comisión de servicio.

9.2 Todos los viajes al interior del país deberán utilizar pasajes aéreos en categoría económica.

9.3 Los gastos efectuados por concepto de los viáticos asignados, se sustentan con los comprobantes de pago, tales como facturas, boletas de venta, recibos de honorarios, ticket de caja registradora, boletos de pasajes utilizados, autoadhesivos de la Tarifa Unificada de Uso de Aeropuerto -TUUA (adjunta al pasaje aéreo o ala tarjeta de embarque), emitidos a nombre y RUC de PROMPERU, los mismos que deberán reunir las características y requisitos que establece la SUNAT en el Reglamento de Comprobantes de Pago.

9.4 La Declaración Jurada del Anexo Nº 5 (FAD-07) se utilizará para sustentar gastos únicamente cuando se trate de casos, lugares o conceptos por lo que no sea posible obtener los comprobantes de pago reconocidos y emitidos de conformidad con lo establecido por la SUNAT (facturas, recibos de honorarios, boletas de ventas, ticket). El monto de la Declaración Jurada no debe exceder el diez por ciento (10%) de una Unidad Impositiva Tributaria (UIT).

9.5 No se otorgarán asignaciones de viáticos a las personas que tengan anticipos pendientes de rendición de cuentas (encargos, adelantos y caja chica), salvo que estén dentro de los plazos establecidos para dicho fin.

9.6 Cuando la comisión de servicios es cubierta parcialmente por terceros, los viáticos se asignarán considerando la siguiente escala:

70% de la escala de viáticos, si sólo recibe alimentación 50% de la escala de viáticos, si sólo recibe hospedaje 20% de la escala de viáticos si recibe alimentación y hospedaje.

9.7 Las comisiones de servicio que se efectúen dentro del radio urbano de trabajo no generan pago de viáticos.

9.8 Las tasas TUUA vigentes a la fecha de emisión de la Directiva son las siguientes:

EMPRESA CAPTADORA DEPARTAMENTOS Y PROVINCIAS TIPO IMPORTEUS $

Lima Airport Partners Lima: Aeropuerto Jorge Chávez Nacional 6.05Cusco Nacional 4.29

Arequipa, Iquitos Nacional 3.57

Otros Nacional 3.48

Las modificaciones en las tasas serán comunicadas por OPP mediante Memorandum.

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X. PROCEDIMIENTO PARA LA AUTORIZACION

10.1 El trámite lo inicia el área solicitante con una anticipación no menor a cinco (5) días útiles ante el Titular de la Entidad o quien él delegue, a fin de gestionar el proceso de pago y la compra del pasaje en forma oportuna. Para tal propósito, el área solicitante presentará los siguientes documentos:

o “Sustento Técnico de Viaje” del Anexo Nº 2 (FOP 10).o “Autorización de Viajes en Comisión de Servicios” del Anexo Nº 3 (FAD 05).

10.2Una vez que la “Autorización de Viajes en Comisión de Servicios” del Anexo Nº 3 sea aprobada por el Titular de la Entidad o a quien él delegue, el área solicitante deberá remitir a la OGAF los documentos descritos en el numeral 10.1 para el cálculo de los viáticos, adjuntando el formulario de “Solicitud de Bienes y Servicios (SBS)” para proceder a la cotización del pasaje.

10.3El área de Control Previo de la OGAF procesará la “Autorización de Viajes en Comisión de Servicios” del Anexo Nº 3, junto con el “Sustento Técnico de Viaje” del Anexo Nº 2, remitiendo luego estos documentos al Departamento de Contabilidad y Tesorería o la que haga sus veces para el proceso del giro y pago correspondiente.

10.4La emisión del comprobante de pago y abono en cuenta individual o giro del cheque se hará a nombre de la persona comisionada, de acuerdo a las normas de Tesorería vigentes.

XI. RENDICION DE CUENTAS POR VIATICOS 11.1Dentro los ocho (8) días calendario de finalizado el viaje, el comisionado deberá

presentar a la OGAF su rendición de cuentas para la revisión correspondiente, adjuntando la siguiente documentación:

o Formulario “Rendición de Cuentas por Viáticos” del Anexo Nº 4 (FAD 06), visado por el Jefe inmediato.

o Copia del Recibo de Ingreso emitido por el área de Tesorería, en caso de devolución de dinero en efectivo.

11.2Los gastos efectuados por concepto de los viáticos asignados se sustentan con comprobantes de pago (facturas, recibos de honorarios, boletas de venta, ticket) emitidos a nombre y RUC de PROMPERU, los mismos que deben reunir las características y requisitos que establece la SUNAT en el Reglamento de Comprobantes de Pago. Estos comprobantes deberán ser numerados y visados por el comisionado y adjuntados al formulario “Rendición de Cuentas por Viáticos” del Anexo Nº 4.

11.3En casos excepcionales y debidamente justificados, se utilizará el formulario “Declaración Jurada” del Anexo Nº 5 (FAD-07) para sustentar gastos, únicamente cuando se trate de casos, lugares o conceptos por lo que no sea posible obtener los comprobantes de pago reconocidos y emitidos de conformidad con lo establecido por la SUNAT (facturas, recibos de honorarios, boletas de ventas, ticket). El monto de la Declaración Jurada no debe exceder el diez por ciento (10%) de una Unidad Impositiva Tributaria (UIT).

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11.4En caso de no presentarse las rendiciones de cuentas de los anticipos por concepto de viáticos en comisión de servicio dentro del plazo establecido (8 días calendario), el Departamento de Contabilidad y Tesorería o la que haga sus veces iniciará, a partir del día siguiente de vencido este plazo, el trámite para la retención de los honorarios mensuales del comisionado, los mismos que no serán pagados hasta que presente su rendición de cuentas.

11.5A partir de la fecha en que se omitió la devolución de los viáticos y hasta que se produzca su cancelación, se aplicará los intereses correspondientes al monto no utilizado, de acuerdo a la Tasa de Interés Legal Efectiva que publica la Superintendencia de Banca y Seguros. La recuperación de estos fondos se ingresará a caja para su posterior reversión al Tesoro Público.

11.6La OGAF, a través del Departamento de Contabilidad y Tesorería o la que haga sus veces, comunicará semanalmente a los comisionados y a los jefes inmediatos el estado de situación de los anticipos por concepto de viáticos en comisión de servicio que se encuentren pendientes de rendición de cuenta.

XII. DE LA CANCELACIÓN O SUSPENSIÓN DE LA COMISIÓN DE SERVICIO AL INTERIOR DEL PAIS.

12.1 En caso de cancelación o suspensión de la comisión de servicio, el gerente o jefe del área que solicitó la comisión de servicio debe comunicar en forma inmediata este hecho a la OGAF para la cancelación oportuna de los pasajes.

12.2 En caso que la Entidad haya efectuado la entrega de los fondos por los viáticos, el comisionado, bajo responsabilidad, procederá a devolver el importe recibido al Departamento de Contabilidad y Tesorería o la que haga sus veces en un plazo que no exceda las 24 horas. En caso contrario se aplicará los intereses legales correspondientes.

XIII. RESPONSABILIDADES

13.1 Los comisionados deben cumplir con presentar las rendiciones de cuenta con la documentación que sustenta el gasto dentro de los plazos establecidos.

13.2 Los gerentes o jefes de las áreas y el jefe de la OGAF son responsables de hacer cumplir los requisitos y trámites establecidos en la presente Directiva.

XIV. CONTROL

14.1 La Oficina de Control Interno será responsable de vigilar que se cumpla con las disposiciones establecidas en la presente Directiva.

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ANEXO Nº 1

ESCALA DE VIATICOS PARA VIAJES AL EXTERIOR - Año 2007

DESTINOS US ($)

Africa 200América Central 200América del Sur 200América del Norte 220Asia 260Caribe 240Europa 260Oceanía 240

Fuente: Escala de viáticos por zonas geográficas D.S. Nº 047-2002-PCM

ESCALA DE VIATICOSPARA VIAJES AL INTERIOR DEL PAÍS

FUNCIONARIOS S/.

Director Ejecutivo, o funcionarios que haga sus veces en alta

Dirección35% RMV

Gerentes, Jefes de Oficinas y Asesores 27% RMV

Los demás comisionados 21% RMV

Fuente: Escala de viáticos para funcionários públicos D.S. Nº 181-86-EF

Remuneración Mínima Vital (RMV) vigente al 2007 = S/. 500.00

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ANEXO Nº 2SUSTENTO TECNICO DE VIAJE

VIAJE AL INTERIOR VIAJE AL EXTERIOR

I. DATOS DE LA ACTIVIDAD APEX N°

Nombre de la Actividad

Lugar y Fecha Ciudad País Inicio Fin

ComisionadoNombres Apellido

Paterno Apellido Materno

II. ANTECEDENTES (Descripción o comentarios sobre la actividad a realizar)

III. OBJETIVO E IMPORTANCIA DE LA ACTIVIDAD (Objetivo de la actividad y su importancia)

IV. CRONOGRAMA DE ACTIVIDADES(Listado detallado y cronológico de acciones a ejecutar durante el viaje)

Fecha Actividades a Realizar

(*) De no tener Apex colocar No aplicable (N/A) Nota: Adjuntar el presente sustento a la solicitud de viáticos.

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FOP - 10

V. RELACION DE EMPRESAS QUE PARTICIPAN EN LA ACTIVIDAD (PARA EL CASO DE EXPORTACIONES)

NOMBRE DE LA EMPRESA

PRODUCTOS A PROMOCIONAR

PERFIL DE LA EMPRESA

(Micro, Pequeña, Mediana, Grande)

1.-

2.-

3.-

4.-

5.-

6.-

7.-

8.-

9.-

10.-

11.-

12.-

13.-

14.-

15.-

Fecha:

Firma del Jefe Inmediato Firma del Comisionado:

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ANEXO N° 03 AUTORIZACION DE VIAJE EN COMISION DE SERVICIO N° ……

I.- DATOS GENERALES

Fecha de solicitud : ___________________________________________________________________Persona solicitante : ___________________________________________________________________Área solicitante : ___________________________________________________________________Nº de DNI / pasaporte : ____________________________________________________________________

ITINERARIO 1°Partida Lima

2°LlegadaDestino

3°Destino

4°Destino

5°Destino

6°Destino

Ciudad            

Fechas            

Horarios            

Transporte Aéreo/Terrestre            

Hoteles            II.- PASAJE AEREO/TERRESTRE

III.- VIATICOS (100%) Incluye alojamiento, alimentación y movilidad 

Evento/Asunto  

Fechas del evento  

Forma de Pago Cheque Transferencia Abono en cuenta

Banco /Nº de Cuenta  

Los viáticos cubrirán el gasto de: Alojamiento: Alimentación: Transporte:

La invitación cubrirá el gasto de: Alojamiento: Alimentación: Transporte:

El evento/asunto recibe el apoyo de:  (COMPLETAR POR OGAF)

Proyecto   Actividad Fuente Financiamiento

Valor del Pasaje   Total Viáticos Tarifa Corpac

IV.- RESOLUCION (en caso de viaje al exterior) :

V.- DECLARACION JURADA: Por la presente declaro bajo juramento, que me comprometo a presentar la correspondiente Rendición de Cuentas debidamente documentada dentro del plazo máximo de 8 dÍas calendarios para los viajes a nivel nacional y de 15 días calendarios para los viajes al exterior. En caso de no cumplir con la presentación de la Rendición de Cuentas y el Informe de viaje, dentro del plazo establecido, autorizo a PROMPERU a retener mis honorarios hasta el cumplimiento de las obligaciones de los viáticos otorgados.

………………………………. …… ……. ……………………………….. …………………………….. Solicitante (comisionado) Jefe Inmediato del comisionado Titular de la Entidad

………………………………………………… …………………………………………….. Jefe Oficina Administración y Finanzas   Oficina de Asesoría Legal (para Viajes al Exterior)

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FAD - 05

ANEXO N° 04 VIAJE AL INTERIOR VIAJE AL EXTERIOR

RENDICION DE CUENTAS EN COMISION DE SERVICIOS

1.- Nombre y Apellidos del Comisionado

2.- Unidad Orgánica

3.- Lugar de Comisión

4.- Objeto de la Comisión

5.-

Situación Fecha Hora

6.-

Montos de Sustentación de la Rendición de Cuentas

Salida Con Comprobantes de Pago

Con Declaración Jurada

TOTAL

Retorno S/. S/. S/.

7.-Comp. De Pago N° 8.-Componente Apex N° (**)9.- Tipo de Cambio (al dólar) Soles Euro Yuan Won Yen Otra Otra

10.- RELACION DETALLADA DE LOS DOCUMENTOS RENDIDOS

Nº deOrden

DocumentoDescripción del Servicio

Asignación

Específica

Importe

Fecha Tipo Nº O/ Moneda US$ Soles

TOTAL GASTADO S/.

FONDOS RECIBIDOS S/.

SALDOS S/.

Pág. de

Lugar FechaDía Mes Año

.................................................................... ....................................................................Sello V° B° del Jefe Inmediato (Firma del Comisionado)

DNI° ………………….

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ANEXO Nº 5

DECLARACIÓN JURADA

Yo, __________________________________________________________________________,

identificado con ______________________________ declaro bajo juramento que los gastos

realizados en este viaje y detallados a continuación, han sido efectuados en asuntos oficiales

en Comisión de Servicios; no habiendo podido recabar los comprobantes de pago que lo

sustentan, en concordancia con lo establecido en el artículo 6º del Decreto Supremo Nº 047-2002-

PCM y el artículo 71º de la Directiva de Tesorería Nº 001-2007-EF/77.15.

Viaje realizado Del Al

Apex N° (*)

Lugar (es)

Actividad

Tipo de Cambio  

ORD. FECHA CONCEPTO IMPORTEM.E. Soles

       

     

       

       

       

       

       

       

TOTAL    

En los viajes internacionales, el importe máximo por Declaración Jurada es el 30% de los viáticos otorgados, según disposiciones legales vigentes. En los viajes nacionales, el importe máximo por Declaración Jurada es el 10% de la UIT.

(*) De no existir Apex consignar No Aplicable (N/A).

Lima,

Firma y sello del comisionado

ANEXO Nº 6

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FOP - 05

FAD - 07

INFORME DE VIAJE Nº …

VIAJE AL INTERIOR VIAJE AL EXTERIOR

I. DATOS DE LA ACTIVIDAD APEX N°

Nombre

Lugar y Fecha Ciudad País Inicio Fin

II. DATOS GENERALES

ComisionadoNombres Apellido Paterno Apellido Materno

N° Resolución(Para (Viajes al Exterior)

Ministerial D.E. Periodo del viaje

Salida Retorno

III. RESULTADOS

3.1 Objetivos del Viaje

OBJETIVO (*) CUMPLIMIENTO DEL OBJETIVO

   

(*) Según sustento técnico (Punto III del Anexo Nº 2)

3.2 Cronograma de ActividadesSe consignará el cronograma de actividades propuesto para el viaje y su ejecución indicando las labores realizadas en forma resumida.

FECHA ACTIVIDADES COMENTARIOS SOBRE EJECUCION

3.3 Rendición de CuentasSe adjuntará el formato correspondiente y, si es pertinente, se efectuará un breve comentario sobre los gastos.No se acepta como gastos las llamadas telefónicas, Internet ni rollos de película. Sólo se aceptarán gastos de alojamiento, alimentación y movilidad.

Total Recibido S/.

Total Gastado S/.

Saldo S/.

Nota: Si existe saldo por devolver, indicar el número del recibo de ingreso a caja.

3.4 Limitaciones presentadasIndicar limitaciones sobre el viaje y de la actividad

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IV. CONCLUSIONES (Precisar en forma clara y concisa los resultados obtenidos)

V. RECOMENDACIONES (Sugerencia sobre la actividad realizada).

Fecha de presentación del informe:

Firma del Comisionado :Cargo :

Cargo : Firma y Sello del Jefe Inmediato

Nota: Plazo máximo de presentación:Viaje al Interior 8 días calendario después de culminada la actividadViaje al Exterior 15 días calendario después de culminada la actividad.

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