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DIARIO OFICIAL S U M A R I O 1 REPUBLICA DE EL SALVADOR EN LA AMERICA CENTRAL TOMO Nº 402 SAN SALVADOR, JUEVES 13 DE FEBRERO DE 2014 NUMERO 29 - La Dirección de la Imprenta Nacional hace del conocimiento que toda publicación en el Diario Oficial se procesa por transcripción directa y fiel del original, por consiguiente la institución no se hace responsable por transcripciones cuyos originales lleguen en forma ilegible y/o defectuosa y son de exclusiva responsabilidad de la persona o institución que los presentó. (Arts. 21, 22 y 23 Reglamento de la Imprenta Nacional). Dirección: 4a. C. Pte. y 15 Av. Sur # 829 S.S. Tel.: 2527-7800 • Página Web: www.imprentanacional.gob.sv • Correo: diarioofi[email protected] Pág. 4-6 7-17 18-19 19-22 22-23 24-32 Pág. 33 33-34 34 35-36 37-40 ORGANO LEGISLATIVO Decreto No. 605.- Se autoriza a la Corporación Salvadoreña de Inversiones, transferir en calidad de donación un inmueble, a favor del Estado y Gobierno de El Salvador/Presidencia de la República. .................................................................................. Decreto No. 606.- Se establecen límites entre los municipios de Atiquizaya y San Lorenzo, ambos del departamento de Ahuachapán................................................................................ Decreto No. 607.- Se faculta a las municipalidades, para que puedan utilizar recursos asignados por el Fondo para el Desarrollo Económico y Social de los Municipios...................................... Decretos Nos. 611 y 615.- Exoneración del pago de impuestos a favor de la Alcaldía Municipal de Ahuachapán y del Consejo Salvadoreño del Café. ................................................................ Decreto No. 613.- Declárase el 4 de febrero de cada año, “Día del Leonismo en El Salvador”. .......................................... ORGANO EJECUTIVO MINISTERIO DE GOBERNACIÓN Escritura pública, estatutos de la Fundación Instituto Salvadoreño del Migrante y Decreto Ejecutivo No. 3, declarándola legalmente establecida, aprobándole sus estatutos y confiriéndole el carácter de persona jurídica.................................................... MINISTERIO DE EDUCACIÓN RAMO DE EDUCACIÓN Acuerdo No. 15-0013.- Creación, nominación y funcionamiento del Instituto Católico “Nuestra Señora de Guadalupe”. ............................................................................... Acuerdo No. 15-1798.- Se aprueba plan de estudio de la carrera de Técnico en Sistemas de Computación, a la Universidad Francisco Gavidia. ..................................................................... Acuerdo No. 15-2299.- Se reconoce la validez académica de los estudios realizados por Evelyn Escobar Quijano. ........... ORGANO JUDICIAL CORTE SUPREMA DE JUSTICIA Acuerdos Nos. 1361-D, 1444-D, 1485-D, 1538-D, 1539-D, 1542-D, 1543-D, 1544-D, 1548-D y 1561-D.- Autorizaciones para ejercer la profesión de abogado en todas sus ramas........... INSTITUCIONES AUTÓNOMAS ALCALDÍAS MUNICIPALES Decretos Nos. 5, 6 y 7.- Reformas al presupuesto municipal y a los estatutos del Instituto Municipal de la Juventud, de la ciudad de San Salvador. ............................................................. DIRECTOR: Edgard Antonio Mendoza Castro DIARIO OFICIAL SOLO PARA CONSULTA NO TIENE VALIDEZ LEGAL

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1DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 13 de Febrero de 2014.

DIARIO OFI CIAL

S U M A R I O

1REPUBLICA DE EL SALVADOR EN LA AMERICA CENTRAL

TOMO Nº 402 SAN SALVADOR, JUEVES 13 DE FEBRERO DE 2014 NUMERO 29

-La Dirección de la Imprenta Nacional hace del conocimiento que toda publicación en el Diario Ofi cial se procesa por transcripción directa y fi el del original, por consiguiente la institución no se hace responsable por transcripciones cuyos originales lleguen en forma ilegible y/o defectuosa y son de exclusiva responsabilidad de la persona o institución que los presentó. (Arts. 21, 22 y 23 Reglamento de la Imprenta Nacional).

Dirección: 4a. C. Pte. y 15 Av. Sur # 829 S.S. Tel.: 2527-7800 • Página Web: www.imprentanacional.gob.sv • Correo: diarioofi [email protected]

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ORGANO LEGISLATIVO

Decreto No. 605.- Se autoriza a la Corporación Salvadoreña

de Inversiones, transferir en calidad de donación un inmueble,

a favor del Estado y Gobierno de El Salvador/Presidencia de la

República. ..................................................................................

Decreto No. 606.- Se establecen límites entre los municipios

de Atiquizaya y San Lorenzo, ambos del departamento de

Ahuachapán. ...............................................................................

Decreto No. 607.- Se faculta a las municipalidades, para que

puedan utilizar recursos asignados por el Fondo para el Desarrollo

Económico y Social de los Municipios. .....................................

Decretos Nos. 611 y 615.- Exoneración del pago de impuestos

a favor de la Alcaldía Municipal de Ahuachapán y del Consejo

Salvadoreño del Café. ................................................................

Decreto No. 613.- Declárase el 4 de febrero de cada año,

“Día del Leonismo en El Salvador”. ..........................................

ORGANO EJECUTIVO

MINISTERIO DE GOBERNACIÓN

Escritura pública, estatutos de la Fundación Instituto

Salvadoreño del Migrante y Decreto Ejecutivo No. 3, declarándola

legalmente establecida, aprobándole sus estatutos y confi riéndole

el carácter de persona jurídica. ...................................................

MINISTERIO DE EDUCACIÓN

RAMO DE EDUCACIÓN

Acuerdo No. 15-0013.- Creación, nominación y funcionamiento del Instituto Católico “Nuestra Señora de Guadalupe”. ...............................................................................

Acuerdo No. 15-1798.- Se aprueba plan de estudio de la carrera de Técnico en Sistemas de Computación, a la Universidad Francisco Gavidia. .....................................................................

Acuerdo No. 15-2299.- Se reconoce la validez académica de los estudios realizados por Evelyn Escobar Quijano. ...........

ORGANO JUDICIAL

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

Acuerdos Nos. 1361-D, 1444-D, 1485-D, 1538-D, 1539-D, 1542-D, 1543-D, 1544-D, 1548-D y 1561-D.- Autorizaciones para ejercer la profesión de abogado en todas sus ramas. ..........

INSTITUCIONES AUTÓNOMAS

ALCALDÍAS MUNICIPALES

Decretos Nos. 5, 6 y 7.- Reformas al presupuesto municipal y a los estatutos del Instituto Municipal de la Juventud, de la ciudad de San Salvador. .............................................................

DIRECTOR: Edgard Antonio Mendoza Castro

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SECCION CARTELES OFICIALES

DE PRIMERA PUBLICACION

Declaratoria de Herencia ................................................

Aceptación de Herencia ..................................................

Herencia Yacente ............................................................

Título Municipal ..............................................................

DE SEGUNDA PUBLICACION

Títulos Supletorios ..........................................................

Título Municipal ..............................................................

DE TERCERA PUBLICACION

Títulos Supletorios ..........................................................

SECCION CARTELES PAGADOS

DE PRIMERA PUBLICACION

Declaratoria de Herencia ................................................

Aceptación de Herencia ..................................................

Herencia Yacente ............................................................

Título de Propiedad ........................................................

Título Supletorio .............................................................

Título de Dominio............................................................

Sentencia de Nacionalidad..............................................

Juicio de Ausencia ...........................................................

Renovación de Marcas ....................................................

Nombre Comercial ..........................................................

Señal de Publicidad Comercial ......................................

Convocatorias ..................................................................

Reposición de Certifi cados .............................................

Aumento de Capital ........................................................

Disolución y liquidación de Sociedades .........................

Balance de Liquidación ..................................................

Aviso de Cobro ................................................................

Edicto de Emplazamiento ...............................................

Marca de Servicios ..........................................................

Marca de Producto ..........................................................

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DE SEGUNDA PUBLICACION

Aceptación de Herencia ..................................................

Herencia Yacente ............................................................

Título de Propiedad ........................................................

Título Supletorio .............................................................

Marca de Fábrica ............................................................

Nombre Comercial ..........................................................

Señal de Publicidad Comercial ......................................

Convocatorias ..................................................................

Subasta Pública ...............................................................

Reposición de Certifi cados .............................................

Solicitud de Nacionalidad ...............................................

Marca de Servicios ..........................................................

Marca de Producto ..........................................................

TERCERA PUBLICACION

Aceptación de Herencia ..................................................

Herencia Yacente ............................................................

Título Supletorio .............................................................

Muerte Presunta ..............................................................

Nombre Comercial ..........................................................

Convocatorias ..................................................................

Subasta Pública ...............................................................

Reposición de Certifi cados .............................................

Emblemas .........................................................................

Marca de Servicios ..........................................................

Marca de Producto ..........................................................

SECCION DOCUMENTOS OFICIALES

MINISTERIO DE EDUCACIÓN

Resoluciones Nos. 2047, 2054, 2120, 2121, 2124, 2125, 2130, 2131, 2133, 2138 y 2182(2).- Reposiciones de títulos. ...

CONSEJO DE MINISTROS DE INTEGRACIÓN ECONÓMICA

Resolución No. 335-2014 (COMIECO-EX).- Se prorrogan por última vez, los plazos a que se refi eren el numeral 3 de la Resolución No. 280-2012 (COMIECO-LXII), del 14 de mayo de 2012. ......................................................................................

Resolución No. 336-2014 (COMIECO-EX).- Se aprueba para Panamá, apertura arancelaria y modifi cación del DAI. .....

Resolución No. 337-2014 (COMIECO-EX).- Se aprueba Reglamento Técnico Centroamericano RTCA 67.04.66:12 Leche Pasteurizada (Pasterizada). ........................................................

Resolución No. 338-2014 (COMIECO-EX).- Directriz Sanitaria y Fitosanitaria para la Facilitación del Comercio de Envíos y Mercancías Centroamericanas. ...................................

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4 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402

ORGANO LEGISLATIVODECRETO No. 605

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE EL SALVADOR,

CONSIDERANDO:

I. Que de conformidad con el artículo 233 de la Constitución de la República, los bienes raíces de la Hacienda Pública; y los de uso público,

sólo podrán donarse o darse en usufructo, comodato o arrendamiento, con autorización del Órgano Legislativo, a entidades de utilidad

general.

II. Que de conformidad con la Matrícula NUEVE CERO CERO SEIS SEIS TRES NUEVE DOS-CERO CERO CERO CERO CERO, Asiento

Uno, del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Primera Sección de Oriente, departamento de San Miguel, la Corporación Salva-

doreña de Inversiones, CORSAIN, es dueña y actual poseedora del inmueble de naturaleza rústica situado sobre la Carretera Panamericana,

antigua ruta militar, desvío a Santa Rosa de Lima y San Francisco Gotera, Cantón Llano de Santiago, municipio El Divisadero, departamento

de Morazán, de una extensión superfi cial total de CINCUENTA MIL NOVECIENTOS SETENTA Y TRES PUNTO CINCUENTA Y

TRES CERO CERO METROS CUADRADOS (50,973.5300 M2).

III. Que en el Punto de Acta número CINCO. D), de la sesión número VEINTIUNO, del Consejo de Ministros, celebrada el día veinte de

septiembre del año dos mil trece, se acordó autorizar a la Presidencia de la República, para que reciba en calidad de donación, de parte

de la Corporación Salvadoreña de Inversiones, CORSAIN, el terreno a que alude igualmente el considerando anterior, con la fi nalidad de

construir y equipar Ciudad Mujer, sede Morazán.

POR TANTO,

En uso de sus facultades constitucionales y a iniciativa del Presidente de la República, por medio del Ministro de Economía.

DECRETA:

Art. 1.- Autorízase a la CORPORACIÓN SALVADOREÑA DE INVERSIONES, CORSAIN, para que transfi era en calidad de donación al

Estado y Gobierno de El Salvador/Presidencia de la República, con la fi nalidad de construir y equipar el Proyecto Ciudad Mujer, Morazán, el cual

desarrollará la Secretaría de Inclusión Social de dicha Presidencia, el inmueble de naturaleza rústica, situado en Carretera Panamericana, antigua ruta

militar, desvío a Santa Rosa de Lima y San Francisco Gotera, Cantón Llano de Santiago, municipio El Divisadero, departamento de Morazán, de una

extensión superfi cial de CINCUENTA MIL NOVECIENTOS SETENTA Y TRES PUNTO CINCUENTA Y TRES CERO CERO METROS CUA-

DRADOS (50,973.5300 M2), inscrito bajo la Matrícula número NUEVE CERO CERO SEIS SEIS TRES NUEVE DOS-CERO CERO CERO CERO

CERO, Asiento UNO, del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Primera Sección de Oriente, departamento de San Miguel, cuya localización

y descripción técnica es la siguiente: "Partiendo de la intersección de la Calle que conduce a Gotera y Carretera que conduce a Santa Rosa de Lima,

se mide sobre el eje de esta última, una distancia de doscientos veintidós metros, cuarenta y nueve centímetros. Se llega a un punto donde se hace una

defl exión izquierda de noventa grados y con distancia de diecisiete metros, treinta y dos centímetros, se llega al esquinero noroeste el cual identifi camos

como mojón número uno, de donde parte la presente descripción. LINDERO OESTE: Formado por catorce tramos rectos así: TRAMO UNO: Que

parte del mojón número uno al dos, con rumbo noroeste cuarenta y cuatro grados, cero tres minutos y treinta y tres segundos y con una distancia de

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5DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 13 de Febrero de 2014.

noventa y cinco metros, cero centímetros. TRAMO DOS: Del mojón número dos al tres, con rumbo noreste treinta y nueve grados, catorce minutos

y cincuenta y nueve segundos y con una distancia de trece metros, ochenta y un centímetros. TRAMO TRES: Del mojón número tres al cuatro, con

rumbo noroeste cuarenta y siete grados, cero seis minutos y treinta y nueve segundos y con una distancia de cincuenta y un metros, treinta y nueve

centímetros. TRAMO CUATRO: Del mojón número cuatro al cinco, con rumbo noreste treinta y tres grados, treinta y ocho minutos y treinta y ocho

segundos y con una distancia de ocho metros, noventa y nueve centímetros. TRAMO CINCO: Del mojón número cinco al seis, con rumbo noroeste

treinta y cuatro grados, dieciséis minutos y cuarenta y siete segundos y con una distancia de veintitrés metros, cincuenta y siete centímetros. TRAMO

SEIS: Del mojón número seis al siete, con rumbo noroeste treinta y siete grados, veintiún minutos y cero dos segundos y con una distancia de diez

metros, cuarenta y cinco centímetros, se llega al mojón número siete. TRAMO SIETE: Del mojón número siete al ocho, con rumbo noroeste treinta y

cuatro grados, cincuenta minutos y quince segundos y con una distancia de treinta y cinco metros, sesenta centímetros. TRAMO OCHO: Del mojón

número ocho al nueve, con rumbo noroeste treinta y cinco grados, dieciséis minutos, cincuenta y ocho segundos y con una distancia de cuarenta y dos

metros, diez centímetros. TRAMO NUEVE: Del mojón número nueve al diez, con rumbo noroeste treinta grados, cero tres minutos, cero tres segundos

y con una distancia de veinte metros, sesenta y ocho centímetros. TRAMO DIEZ: Del mojón número diez al once, con rumbo noroeste treinta y tres

grados, dieciocho minutos, quince segundos y con una distancia de once metros, veintiocho centímetros. TRAMO ONCE: Del tramo número once

al doce, con rumbo noroeste treinta y un grados, trece minutos, veintinueve segundos y con una distancia de diez metros, diez centímetros. TRAMO

DOCE: Del tramo número doce al trece, con rumbo noroeste veintiocho grados, treinta y dos minutos treinta y tres segundos y con una distancia de

veintiún metros, veintinueve centímetros, se llega al mojón número trece. TRAMO TRECE: Del tramo número trece al catorce, con rumbo noroeste

veintitrés grados, cuarenta y tres minutos, cuarenta y cinco segundos y con una distancia de trece metros, cero ocho centímetros, se llega al mojón

número catorce. TRAMO CATORCE: Del tramo número catorce al quince, con rumbo noroeste veintiocho grados, trece minutos, cincuenta y cuatro

segundos y con una distancia de diez metros, noventa y cinco centímetros. Todos los tramos antes mencionados lindan con el resto del terreno propiedad

de CORSAIN. LINDERO NORTE: Formado por un tramo recto, que se describe así: TRAMO QUINCE: Del mojón número quince al dieciséis, con

rumbo noreste sesenta y tres grados, quince minutos y cero cuatro segundos y con una distancia de ciento cincuenta y nueve metros, noventa y seis

centímetros, este tramo linda con el resto del terreno propiedad de CORSAIN. LINDERO ORIENTE: formado por tres tramos rectos así: TRAMO

DIECISÉIS: Del mojón número dieciséis al diecisiete, con rumbo sureste treinta y tres grados, treinta y un minutos y cincuenta y nueve segundos y con

una distancia de doscientos veintidós metros, once centímetros. TRAMO DIECISIETE: Del mojón número diecisiete al dieciocho, con rumbo suroeste

cuarenta y cuatro grados, cero ocho minutos, veintiocho segundos y con una distancia de treinta y cuatro metros, noventa y nueve centímetros, se llega

al mojón numero dieciocho. TRAMO DIECIOCHO: Del mojón número dieciocho al diecinueve, con rumbo sureste cuarenta y cuatro grados, cuarenta

minutos, cuarenta y un segundos y con una distancia de setenta y un metros, treinta y tres centímetros, se llega al mojón número diecinueve. Todos

los tramos antes mencionados lindan con el resto del terreno propiedad de CORSAIN. LINDERO SUR: Formado por un tramo recto, así: TRAMO

DIECINUEVE: Del mojón número diecinueve al uno, con rumbo suroeste cuarenta y tres grados, veinticuatro minutos y treinta y un segundos y con

una distancia de ciento treinta y siete metros, setenta y seis centímetros y se llega al mojón número uno, de donde se inició la presente descripción.

En este tramo linda con resto del terreno de Bernabé Flores, calle de por medio; y que ha sido valuado por la Dirección General del Presupuesto del

Ministerio de Hacienda, según ofi cio número dos cinco siete cero, de fecha catorce de noviembre de dos mil trece, en la cantidad de DOSCIENTOS

VEINTITRÉS MIL CUATROCIENTOS DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA ($223,400.00).

Art. 2.- Facúltase al Fiscal General de la República o al funcionario que éste delegue, para que en nombre y representación del Estado y Gobierno

de El Salvador, comparezca al otorgamiento de la escritura pública de donación correspondiente.

Art. 3.- Corresponderá a la Presidencia de la República el pago de los impuestos municipales, tasas y contribuciones que le sean requeridas, así

como el pago de los servicios públicos que se consuman en el mismo, a partir de la fecha de su transferencia.

Art. 4.- Exonérase al Estado y Gobierno de El Salvador Presidencia de la República, del pago de las tasas que, por derechos de registro, deba

pagar por la inscripción de la escritura pública de donación.

Art. 5.- Facúltase a las Unidades Financieras Institucionales, para registrar las operaciones pertinentes, así como, para realizar los cargos y

descargos de sus respectivos inventarios.

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6 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402

Art. 6.- El presente decreto entrará en vigencia ocho días después de su publicación en el Diario Ofi cial.

DADO EN EL SALÓN AZUL DEL PALACIO LEGISLATIVO: San Salvador, a los dieciséis días del mes de enero de dos mil catorce.

OTHON SIGFRIDO REYES MORALES

PRESIDENTE

ENRIQUE ALBERTO LUIS VALDÉS SOTO GUILLERMO ANTONIO GALLEGOS NAVARRETE

PRIMER VICEPRESIDENTE SEGUNDO VICEPRESIDENTE

JOSÉ FRANCISCO MERINO LÓPEZ FRANCISCO ROBERTO LORENZANA DURÁN

TERCER VICEPRESIDENTE CUARTO VICEPRESIDENTE

CARLOS ARMANDO REYES RAMOS

QUINTO VICEPRESIDENTE

LORENA GUADALUPE PEÑA MENDOZA MANUEL VICENTE MENJÍVAR ESQUIVEL

PRIMERA SECRETARIA SEGUNDO SECRETARIO

SANDRA MARLENE SALGADO GARCÍA JOSÉ RAFAEL MACHUCA ZELAYA

TERCERA SECRETARIA CUARTO SECRETARIO

IRMA LOURDES PALACIOS VÁSQUEZ ERNESTO ANTONIO ANGULO MILLA

QUINTA SECRETARIA SEXTO SECRETARIO

FRANCISCO JOSÉ ZABLAH SAFIE JOSÉ SERAFÍN ORANTES RODRÍGUEZ

SÉPTIMO SECRETARIO OCTAVO SECRETARIO

CASA PRESIDENCIAL: San Salvador, a los siete días del mes de febrero del año dos mil catorce.

PUBLÍQUESE,

CARLOS MAURICIO FUNES CARTAGENA,

PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA.

JOSÉ ARMANDO FLORES ALEMÁN,

MINISTRO DE ECONOMÍA.

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7DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 13 de Febrero de 2014. DECRETO No. 606

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE EL SALVADOR,

CONSIDERANDO:

I. Que la existente delimitación entre los municipios que comprenden el Departamento de Ahuachapán, no se ajusta al presente desarrollo de

la tecnología en materia registral y de medición territorial; como tampoco a las vigentes circunstancias de desarrollo social y económico

del país.

II. Que con la tecnología registral y los modelos fotogramétricos actualmente disponibles por el Centro Nacional de Registros; es posible la

realización de una delimitación y demarcación precisa de dichos límites.

III. Que se ha desarrollado un proceso de diálogo entre las municipalidades involucradas con la asistencia del Centro Nacional de Registros y

del Instituto Geográfi co y del Catastro Nacional, llegando así de esta manera a la elaboración y fi rma del Acta de límite municipal ATIQUI-

ZAYA — SAN LORENZO con referencia No. 0103 -0109, la cual se toma como base para el contenido del presente decreto y se anexa

como parte integral del mismo.

IV. Que de conformidad al Art. 131 ordinal 5° de la Constitución es competencia de este Órgano del Estado decretar, interpretar auténticamente,

reformar y derogar leyes secundarias.

POR TANTO,

en uso de sus facultades constitucionales y a iniciativa de los Diputados Carlos Cortez Hernández, Mario Eduardo Valiente Ortiz, Nery Arely

Díaz de Rivera, Guadalupe Antonio Vásquez Martínez, Carlos Armando Reyes Ramos y Manuel Vicente Menjívar y de la exdiputada Ana Daysi

Villalobos Membreño.

DECRETA:

Art. 1. Se establece como límite entre los Municipios de Atiquizaya y San Lorenzo ambos del Departamento de Ahuachapán, el siguiente:

El trazo del límite municipal está formado por doce trayectos. El primer trayecto formado de tres tramos, determinado por cuatro puntos,

numerados del uno al cuatro, por linderos de parcelas; el segundo trayecto formado de un solo tramo, determinado por dos puntos, numerados

del cuatro al cinco, por elemento natural hidrográfi co; el tercer trayecto formado de un solo tramo, determinado por dos puntos, numerados

del cinco al seis, por vía de comunicación terrestre; el cuarto trayecto formado de un solo tramo, determinado por dos puntos numerados del

seis al siete, por linderos de parcelas; el quinto trayecto formado de dos tramos, determinado por tres puntos, numerados del siete al nueve,

por vía de comunicación terrestre; el sexto trayecto formado de un solo tramo, determinado por dos puntos, numerados del nueve al diez, por

elemento natural hidrográfi co; el séptimo trayecto formado de dos tramos, determinado por tres puntos, numerados del diez al doce, por vía

de comunicación terrestre; el octavo trayecto formado un solo tramo, determinado por dos puntos numerado del doce al trece, por linderos

de parcelas; el noveno trayecto formado de un solo tramo, determinado con dos puntos, numerados del trece al catorce, por elemento natural

hidrográfi co; el décimo trayecto formado de un solo tramo determinado por dos puntos, numerado del catorce al quince, por linderos de

parcelas; el décimo primer trayecto formado de cuatro tramos determinado con cinco puntos numerados del quince al diecinueve, por vía

de comunicación terrestre; el décimo segundo trayecto formado de un solo tramo determinado con dos puntos numerados del diecinueve al

veinte, por linderos de parcelas.

Punto trifi nio de inicio. Está defi nido en la intercepción de la prolongación del lindero de propiedad, que divide las parcelas dieciocho y trescien-

tos cuarenta y dos, ambas del sector cero uno cero nueve R cero siete, con el eje central del río Agua Caliente, lugar donde se ubica el punto número

uno, al mismo tiempo trifi nio para los municipios de Atiquizaya, San Lorenzo y Ahuachapán, todos pertenecientes al departamento de Ahuachapán.

Sus coordenadas son Longitud igual, cuatrocientos trece mil doscientos noventa punto sesenta y nueve metros; Latitud igual, trescientos veinte mil

setecientos ochenta y siete punto treinta y un metros. Sus colindantes son, para el municipio de Atiquizaya, parcela trescientos cuarenta y dos, del

sector cero uno cero nueve R cero siete; para el municipio de San Lorenzo, parcela dieciocho, del sector cero uno cero nueve R cero siete y para el

municipio de Ahuachapán, parcela ciento veinticinco, del sector cero uno cero uno R cero ocho.

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8 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402Trayecto uno

Tramo uno, del punto número uno al punto número dos. Con rumbo Sureste, en línea quebrada, por linderos de parcelas, hasta interceptar el

eje central, de la calle vecinal que del cantón y caserío Guascota, conduce al Kilo — 5, lugar donde se ubica el punto número dos, con una distancia

aproximada de mil setecientos setenta punto cincuenta y siete metros. Sus coordenadas son Longitud igual, cuatrocientos catorce mil doscientos ca-

torce punto ochenta y tres metros; Latitud igual, trescientos diecinueve mil novecientos catorce punto veinticinco metros. Sus colindantes son, para el

municipio de Atiquizaya, parcela trescientos cuarenta y dos, del sector cero uno cero nueve R cero siete; para el municipio de San Lorenzo, parcelas

dieciocho, cincuenta y siete, cincuenta y ocho, cincuenta y nueve, setenta, setenta y uno, noventa y tres, noventa y dos, noventa y cuatro, todas del

sector cero uno cero nueve R cero siete.

Tramo dos, del punto número dos al punto número tres. Con rumbo Noreste, en línea quebrada, por linderos de parcelas, hasta interceptar el eje

central de la calle vecinal, que del cantón y caserío Guascota, conduce al cantón y caserío Loma de Alarcón, lugar donde se ubica el punto número tres,

con una distancia aproximada de trescientos ochenta y ocho punto treinta y siete metros. Sus coordenadas son Longitud igual, cuatrocientos catorce mil

quinientos ochenta y nueve punto cincuenta y un metros; Latitud igual, trescientos diecinueve mil novecientos ochenta y cinco punto setenta y siete

metros. Sus colindantes son, para el municipio de Atiquizaya, parcelas quinientos ochenta y ocho, quinientos siete, quinientos dieciséis, quinientos

cuarenta y dos, cuatrocientos cuatro, todas del sector cero uno cero nueve R cero siete; para el municipio de San Lorenzo, parcelas noventa y uno,

seiscientos sesenta y tres, seiscientos sesenta y cuatro, seiscientos sesenta y seis, seiscientos sesenta y siete, sesenta y ocho, sesenta y seis, sesenta y

siete y cuatrocientos seis, todas del sector cero uno cero nueve R cero siete.

Tramo tres, del punto número tres al punto número cuatro. Con rumbo Sureste, en línea recta, por linderos de parcelas, hasta interceptar el eje

central de la quebrada El Jaco, lugar donde se ubica el punto número cuatro, con una distancia aproximada de sesenta y cuatro punto noventa y tres

metros. Sus coordenadas son Longitud igual, cuatrocientos catorce mil seiscientos cincuenta y tres punto treinta y seis metros; Latitud igual, trescientos

diecinueve mil novecientos setenta y tres punto noventa y cinco metros. Sus colindantes son, para el municipio de Atiquizaya, parcela cuatrocientos

catorce, del sector cero uno cero nueve R cero siete; para el municipio de San Lorenzo, parcela cuatrocientos dieciocho, del sector cero uno cero nueve

R cero siete.

Trayecto dos

Tramo único, del punto número cuatro al punto número cinco. Con rumbo Sureste, en línea sinuosa, por el eje central de la quebrada El Jaco,

aguas abajo, hasta interceptar el eje central de la calle vecinal que del cantón y caserío Guascota conduce al cantón y caserío Loma de Alarcón, lugar

donde se ubica el punto número cinco, con una distancia aproximada de quinientos treinta y siete punto cuarenta y cuatro metros. Sus coordenadas son

Longitud igual, cuatrocientos catorce mil setecientos noventa y siete punto treinta y tres metros; Latitud igual, trescientos diecinueve mil cuatrocientos

ochenta y siete punto catorce metros. Sus colindantes son, para el municipio de Atiquizaya, parcelas cuatrocientos catorce, cuatrocientos cincuenta y uno,

trescientos sesenta y dos, trescientos sesenta y siete, cuatrocientos veintidós, cuatrocientos cuarenta y nueve, cuatrocientos veinticinco, cuatrocientos

cuarenta y dos, doscientos treinta y siete, todas del sector cero uno cero nueve R cero siete; para el municipio de San Lorenzo, parcelas seiscientos

ochenta y siete, seiscientos ochenta y ocho, doscientos veintiocho, doscientos veintisiete, cuatrocientos siete, trescientos setenta y uno, todas del sector

cero uno cero nueve R cero siete.

Trayecto tres

Tramo único, del punto número cinco al punto número seis. Con rumbo Sureste, en Línea recta, por el eje central de la calle vecinal que del

cantón y caserío Guascota conduce al cantón y caserío Loma de Alarcón, hasta interceptar la prolongación del lindero de propiedad que divide las

parcelas trescientos setenta y uno y trescientos cincuenta y uno, ambas del sector cero uno cero nueve R cero siete, lugar donde se ubica el punto

número seis, con una distancia aproximada de treinta y ocho punto noventa y ocho metros. Sus coordenadas son Longitud igual, cuatrocientos catorce

mil ochocientos treinta y cuatro punto cuarenta y un metros; Latitud igual, trescientos diecinueve mil cuatrocientos setenta y seis punto cincuenta y

tres metros. Sus colindantes son, para el municipio de Atiquizaya, parcela trescientos setenta y dos, del sector cero uno cero nueve R cero siete; para

el municipio de San Lorenzo, parcela trescientos setenta y uno, del sector cero uno cero nueve R cero siete.

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9DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 13 de Febrero de 2014.

Trayecto cuatro

Tramo único, del punto número seis al punto número siete. Con rumbo Noreste, en línea quebrada, por linderos de parcelas, hasta interceptar el eje central de un camino vecinal sin nombre, lugar donde se ubica el punto número siete, con una distancia aproximada de mil ciento once punto diez metros. Sus coordenadas son Longitud igual, cuatrocientos quince mil setecientos punto sesenta metros; Latitud igual, trescientos diecinueve mil setecientos dos punto ochenta y seis metros. Sus colindantes son, para el municipio de Atiquizaya, parcelas trescientos cincuenta y uno, trescientos noventa, cuatrocientos quince, cuatrocientos cincuenta y seis, cuatrocientos nueve, trescientos setenta y nueve, trescientos cincuenta, seiscientos cin-cuenta y dos, doscientos cuarenta y uno, doscientos cuarenta y tres, doscientos cuarenta y dos, todas del sector cero uno cero nueve R cero siete; para el municipio de San Lorenzo, parcela doscientos treinta y nueve, del sector cero uno cero nueve R cero siete.

Trayecto cinco.

Tramo único, del punto número siete al punto número ocho. Con rumbo Noreste, en línea sinuosa, por el eje central de un camino vecinal sin nombre, hasta llegar a interceptar el eje central del río San Antonio, lugar donde se ubica el punto número ocho, con una distancia aproximada de trescientos doce punto sesenta y nueve metros. Sus coordenadas son Longitud igual, cuatrocientos quince mil ochocientos cincuenta y nueve punto treinta y seis metros; Latitud igual, trescientos diecinueve mil novecientos veintinueve punto sesenta y cinco metros. Sus colindantes son, para el municipio de Atiquizaya, parcelas trescientos cuatro y trescientos tres, ambas del sector cero uno cero nueve R cero siete; para el municipio de San Lorenzo, parcelas doscientos treinta y nueve y doscientos treinta y ocho, ambas del sector cero uno cero nueve R cero siete.

Trayecto seis

Tramo único, del punto número ocho al punto número nueve. Con rumbo Noroeste, en línea sinuosa, por el eje central del río San Antonio, aguas arriba, hasta interceptar el eje central de la calle vecinal, que del río San Antonio conduce al cantón Zunca, lugar donde se ubica el punto nú-mero nueve, con una distancia aproximada de sesenta y cuatro punto cero siete metros. Sus coordenadas son Longitud igual, cuatrocientos quince mil ochocientos veintiocho punto noventa y cuatro metros; Latitud igual, trescientos diecinueve mil novecientos ochenta y tres punto ochenta y un metros. Sus colindantes son, para el municipio de Atiquizaya, parcelas trescientos veintitrés y trescientos sesenta, ambas del sector cero uno cero tres R cero dos; para el municipio de San Lorenzo, parcela doscientos treinta y ocho, del sector cero uno cero nueve R cero siete.

Trayecto siete

Tramo uno, del punto número nueve al punto número diez. Con rumbo Noreste, en línea sinuosa, por el eje de la calle vecinal que del río San Antonio conduce al cantón Zunca, hasta interceptar el eje central de otra calle vecinal, que de la Parcelación El Jícaro Grande conduce a la Cooperativa "El Jícaro", lugar donde se ubica el punto número diez, con una distancia aproximada de ochocientos ochenta y siete punto cuarenta y siete metros. Sus coordenadas son Longitud igual, cuatrocientos dieciséis mil quinientos setenta punto catorce metros; Latitud igual, trescientos veinte mil ciento treinta y cinco punto cuarenta y un metros. Sus colindantes son, para el municipio de Atiquizaya, parcelas trescientos sesenta, trescientos diez, trescientos once, trescientos nueve, trescientos ocho, trescientos siete, mil ciento setenta y cuatro, trescientos doce, trescientos quince, mil cuatro y trescientos cinco, todas del sector cero uno cero tres R cero dos; para el municipio de San Lorenzo, parcelas quinientos veinticuatro y seiscientos cuarenta y uno, ambas del sector cero uno cero nueve R cero cuatro.

Tramo dos, del punto número diez al punto número once. Con rumbo Sureste, en línea sinuosa, por el eje central de la calle vecinal que de la Parcelación El Jícaro Grande, conduce a la Cooperativa "El Jícaro", hasta interceptar la prolongación del lindero sur, de la parcela trescientos cuarenta y siete, del sector cero uno cero tres R cero dos, lugar donde se ubica el punto número once, con una distancia de quinientos once punto dieciséis metros. Sus coordenadas son Longitud igual, cuatrocientos dieciséis mil novecientos trece punto noventa metros; Latitud igual, trescientos diecinueve mil setecientos sesenta y siete punto veintiocho metros. Sus colindantes son, para el municipio de Atiquizaya, parcelas trescientos cinco, trescientos seis, mil setenta y seis, mil noventa y nueve, mil nueve, trescientos cincuenta y nueve, trescientos treinta y tres, trescientos treinta y cuatro, trescientos treinta y cinco, mil ciento cincuenta y nueve, mil ciento veinte, mil ciento ochenta y ocho, mil ciento noventa y tres y trescientos cuarenta y siete, todas del sector cero uno cero tres R cero dos; para el municipio de San Lorenzo, parcelas, seiscientos cuarenta y uno, trescientos tres, mil ciento sesenta y cinco y mil ciento sesenta y seis, del sector cero uno cero tres R cero dos.

Trayecto ocho

Tramo único, del punto número once al punto número doce. Con rumbo Suroeste, en línea sinuosa, por linderos de parcelas, hasta interceptar el eje central del río San Antonio, lugar donde se ubica el punto número doce, con una distancia aproximada de mil ciento cincuenta y tres punto cero cinco metros. Sus coordenadas son Longitud igual, cuatrocientos dieciséis mil ochenta y uno punto cuarenta y un metros; Latitud igual, trescientos diecinueve mil cuatrocientos treinta y seis punto cincuenta y dos metros. Sus colindantes son, para el municipio de Atiquizaya, parcelas trescientos cuarenta y siete, trescientos setenta y tres, trescientos setenta y uno, trescientos sesenta y cuatro, trescientos sesenta y cinco, trescientos sesenta y seis, trescientos veintisiete y trescientos veintinueve, todas del sector cero uno cero tres R cero dos y la parcela trescientos tres, del sector cero uno cero nueve R cero siete; para el municipio de San Lorenzo, parcela trescientos ochenta y ocho, del sector cero uno cero tres R cero dos.

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10 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402

Trayecto nueve

Tramo único, del punto número doce al punto número trece. Con rumbo Sureste, en línea sinuosa, por el eje central del río San Antonio, hasta

interceptar la prolongación del lindero de propiedad que divide las parcelas trescientos ochenta y ocho y trescientos cincuenta y seis, ambas del sector

cero uno cero tres R cero dos, lugar donde se ubica el punto número trece, con una distancia aproximada de mil quinientos ochenta punto veintiocho

metros. Sus coordenadas son Longitud igual, cuatrocientos dieciséis mil novecientos ochenta punto setenta y ocho metros; Latitud igual, trescientos

dieciocho mil quinientos cuarenta y siete punto ochenta y un metros. Sus colindantes son, para el municipio de Atiquizaya, parcelas trescientos tres y

trescientos dos, del sector cero uno cero nueve R cero siete, parcelas ciento noventa y uno y ciento cincuenta y cinco, ambas del sector cero uno cero

tres R cero uno; para el municipio de San Lorenzo, parcela trescientos ochenta y ocho (Cooperativa El Jícaro), del sector cero uno cero tres R cero

dos.

Trayecto diez

Tramo único, del punto número trece al punto número catorce. Con rumbo Noreste, en línea quebrada, por linderos de parcelas, hasta interceptar

el eje poniente de la carretera que de la ciudad de Atiquizaya conduce al pueblo de San Lorenzo, lugar donde se ubica el punto número catorce, con una

distancia aproximada de setecientos setenta punto sesenta y siete metros. Sus coordenadas son Longitud igual, cuatrocientos diecisiete mil quinientos

cincuenta y siete punto treinta y cinco metros; Latitud igual, trescientos dieciocho mil setecientos ochenta punto cincuenta metros. Sus colindantes

son, para el municipio de Atiquizaya, parcela trescientos cincuenta y seis, del sector cero uno cero tres R cero dos y para el municipio de San Lorenzo,

parcela trescientos ochenta y ocho (Cooperativa El Jícaro), del sector cero uno cero tres R cero dos.

Trayecto once

Tramo uno, del punto número catorce al punto número quince. Con rumbo Noroeste, en línea sinuosa, por el eje poniente de la carretera que

de la ciudad de Atiquizaya conduce al pueblo de San Lorenzo, hasta interceptar el eje central de la calle vecinal que de la carretera antes descrita,

conduce a la Lotifi cación San José, lugar donde se ubica el punto número quince, con una distancia aproximada de dos mil veinte punto setenta y

seis metros. Sus coordenadas son Longitud igual, cuatrocientos diecisiete mil ciento noventa punto noventa y siete metros; Latitud igual, trescientos

veinte mil seiscientos noventa y nueve punto cero metros. Sus colindantes son, para el municipio de Atiquizaya, parcelas treinta y ocho, mil ciento

trece, mil ciento catorce, cien, ciento dos, mil cuarenta y siete, trescientos ochenta y cinco, trescientos ochenta y nueve, trescientos noventa y uno,

doscientos noventa y siete, trescientos, mil ciento doce, doscientos noventa y tres, doscientos noventa y uno, doscientos noventa y dos, doscientos

ochenta y nueve, doscientos ochenta y seis, mil ciento siete, mil ciento seis, mil ochenta y seis, doscientos ochenta y uno, doscientos ochenta y tres,

doscientos ochenta y dos, doscientos ochenta y cuatro y doscientos setenta y nueve, todas del sector cero uno cero tres R cero dos; para el municipio

de San Lorenzo, parcelas trescientos ochenta y ocho (Cooperativa El Jícaro), mil ciento sesenta y seis, mil ciento sesenta y cinco, del sector cero uno

cero tres R cero dos, parcelas cuatrocientos cincuenta y seis, cuatrocientos cincuenta y cinco, cuatrocientos cincuenta y siete, cuatrocientos cincuenta

y ocho, seiscientos noventa y cuatro, seiscientos noventa y tres, cuatrocientos cuarenta y ocho y cuatrocientos cuarenta y siete, todas del sector cero

uno cero nueve R cero cuatro.

Tramo dos, del punto número quince al punto número dieciséis. Con rumbo Noreste, en línea sinuosa, por el eje central de la calle vecinal que

conduce a la Lotifi cación San José, hasta interceptar el eje central de la calle vecinal que del cantón y caserío El Zunca, conduce al cantón y caserío

San Juan Buenavista, lugar donde se ubica el punto número dieciséis, con una distancia aproximada de mil seiscientos sesenta y dos punto dieciocho

metros. Sus coordenadas son Longitud igual, cuatrocientos dieciocho mil quinientos treinta y cinco punto cincuenta y dos metros; Latitud igual,

trescientos veintiún mil setenta y dos punto noventa y tres metros. Sus colindantes son, para el municipio de Atiquizaya, parcelas doscientos setenta

y nueve, doscientos ochenta y ocho, doscientos setenta y ocho, doscientos setenta y siete, doscientos setenta y cinco, doscientos ochenta y siete,

doscientos setenta y cuatro, doscientos setenta y tres, mil ciento ochenta y uno, mil ciento ochenta, mil ciento cuarenta y cinco, doscientos setenta y

dos, doscientos setenta y seis, mil noventa y cinco, ciento setenta y seis, ciento setenta y cinco, ciento setenta y cuatro, ciento setenta y nueve, ciento

ochenta y siete, ciento setenta y siete, mil tres, mil ciento cuarenta y dos, mil ciento cuarenta y uno, todas del sector cero uno cero tres R cero dos; para

el municipio de San Lorenzo, parcela cuatrocientos cuarenta y siete, del sector cero uno cero nueve R cero cuatro, parcelas quinientos treinta y dos,

setenta y cinco, setenta y cuatro, setenta y dos, setenta y uno, veintisiete, setecientos quince, setecientos veintiuno, setecientos veintidós, setecientos

veintitrés, setecientos veinticuatro, veintitrés, quinientos treinta y uno, veinte, diecinueve, dieciséis, seiscientos trece, catorce, nueve, dieciocho, qui-

nientos diez, trece, seiscientos setenta y tres, seiscientos setenta y dos, quinientos noventa y cuatro, quinientos ochenta y cuatro, quinientos ochenta

y tres, setecientos seis, setecientos cinco, seiscientos ochenta y tres, parcelas pertenecientes a la Lotifi cación San José, todas del sector cero uno cero

nueve R cero cinco.

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11DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 13 de Febrero de 2014.

Tramo tres, del punto número dieciséis al punto número diecisiete. Con rumbo Noreste, en línea sinuosa, por eje central de la calle vecinal que

del cantón y caserío El Zunca, conduce al cantón y caserío San Juan Buenavista, hasta interceptar el eje central de otra calle vecinal que conduce al

caserío San Juan El Espino, lugar donde se ubica el punto número diecisiete, con una distancia aproximada de dos mil seiscientos treinta y cuatro

sesenta y ocho metros. Sus coordenadas son Longitud igual, cuatrocientos veinte mil novecientos ochenta y siete punto sesenta y nueve metros; La-

titud igual, trescientos veintiún mil trescientos setenta y tres punto cero tres metros. Sus colindantes son, para el municipio de Atiquizaya, parcelas

mil ciento cuarenta y uno, doscientos veintiocho, mil ciento treinta y siete, mil ciento treinta y ocho, mil ciento treinta y nueve, mil ciento cuarenta,

ciento cincuenta y tres, ciento sesenta y siete, ciento sesenta y uno, mil veintidós, mil veintitrés, mil veinticuatro, mil veinticinco, mil veintiséis, mil

veintisiete, mil veintiocho, mil veintinueve, mil treinta, novecientos sesenta y cinco, mil ciento treinta, mil ciento veintinueve, novecientos sesenta y

siete, novecientos sesenta y ocho, novecientos sesenta y nueve, novecientos setenta y mil ciento veinticuatro, todas del sector cero uno cero tres R cero

dos, parcelas cuarenta y uno, ciento ocho, doscientos noventa y seis, doscientos noventa y siete, cuarenta y tres y cuarenta y cuatro, todas del sector

cero uno cero tres R cero tres; para el municipio de San Lorenzo, parcelas diez, quinientos cincuenta y cinco, quinientos cincuenta y cuatro, diecisiete,

dieciséis, cuatrocientos setenta, cuatrocientos sesenta y nueve, cuatrocientos sesenta y ocho, diecinueve, veinticinco, treinta y dos, veinticuatro, treinta

y tres, treinta y cuatro, treinta y cinco, quinientos diez, quinientos nueve, cuarenta y tres, cuarenta y dos, quinientos ochenta y cuatro, quinientos

ochenta y tres, quinientos cincuenta y nueve, quinientos quince, quinientos dieciséis, quinientos trece, cuatrocientos dieciocho, ciento ocho, ciento

treinta y dos, ciento siete, doscientos sesenta y nueve, doscientos setenta, quinientos ochenta y cinco, quinientos ochenta y seis, quinientos ochenta y

siete, ciento cuarenta y tres, cuatrocientos treinta y cuatro, ciento cuarenta y dos, ciento cuarenta y siete, todas del sector cero uno cero nueve R cero

seis.

Tramo cuatro, del punto número diecisiete al punto número dieciocho. Con rumbo Sureste, en línea sinuosa, por el eje central de la calle vecinal

que conduce al caserío San Juan El Espino, hasta interceptar la prolongación del lindero sur de la parcela veintisiete, del sector cero uno cero nueve

R cero ocho, lugar donde se ubica el punto número dieciocho, con una distancia aproximada de novecientos veintidós punto veintiún metros. Sus

coordenadas son Longitud igual, cuatrocientos veintiún mil ochocientos veintiséis punto veinticinco metros; Latitud igual, trescientos veintiún mil

doscientos diez punto noventa y cuatro metros. Sus colindantes son, para el municipio de Atiquizaya, parcelas cuarenta y cuatro, ciento ocho, cuarenta

y seis, cincuenta y uno, cincuenta, cuarenta y ocho, cuarenta y siete, doscientos setenta y siete, cincuenta y ocho, cincuenta y nueve y sesenta, todas del

sector cero uno cero tres R cero tres; para el municipio de San Lorenzo, parcelas uno, dos, tres, doscientos veintiséis, cinco, seis, siete, ocho, doscientos

doce, doscientos trece, doscientos catorce, nueve, diez, veinte, veintiuno, veintidós, veintitrés, veinticuatro, veinticinco, doscientos ochenta y ocho y

veintisiete, todas del sector cero uno cero nueve R cero ocho.

Trayecto doce

Tramo único, del punto número dieciocho al punto número diecinueve. Con rumbo Sureste, en línea recta, por linderos de parcelas, hasta in-

terceptar el eje central del río Güeveapa, Pampe o Chalchuapa, lugar donde se ubica el punto número diecinueve, con una distancia aproximada de

cincuenta y dos punto veintitrés metros. Sus coordenadas son Longitud igual, cuatrocientos veintiún mil ochocientos setenta y siete punto treinta y

cinco metros; Latitud igual, trescientos veintiún mil doscientos punto diecisiete metros. Sus colindantes son, para el municipio de Atiquizaya, parcela

doscientos veinte, del sector cero uno cero tres R cero cuatro; para el municipio de San Lorenzo, parcela veintisiete, del sector cero uno cero nueve R

cero ocho.

Punto trifi nio de llegada. El punto de llegada será el que se describe como número diecinueve, el cual al mismo tiempo es punto trifi nio para los

municipios de Atiquizaya y San Lorenzo, ambos del departamento de Ahuachapán y Chalchuapa, del departamento de Santa Ana. Sus colindantes

son, para el municipio de Atiquizaya, parcela doscientos veinte, del sector cero uno cero tres R cero cuatro; para el municipio de San Lorenzo, parcela

veintisiete, del sector cero uno cero nueve R cero ocho; para el municipio de Chalchuapa, parcela cuatrocientos treinta y cuatro, del sector cero dos

cero tres R doce.

Art. 2. El presente Decreto entrará en vigencia ocho días después de su publicación en el Diario Ofi cial.

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12 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402

DADO EN EL SALÓN AZUL DEL PALACIO LEGISLATIVO: San Salvador, a los dieciséis días del mes de enero del año dos mil catorce.

OTHON SIGFRIDO REYES MORALES

PRESIDENTE

ENRIQUE ALBERTO LUIS VALDÉS SOTO GUILLERMO ANTONIO GALLEGOS NAVARRETE

PRIMER VICEPRESIDENTE SEGUNDO VICEPRESIDENTE

JOSÉ FRANCISCO MERINO LÓPEZ FRANCISCO ROBERTO LORENZANA DURAN

TERCER VICEPRESIDENTE CUARTO VICEPRESIDENTE

CARLOS ARMANDO REYES RAMOS

QUINTO VICEPRESIDENTE

LORENA GUADALUPE PEÑA MENDOZA MANUEL VICENTE MENJIVAR ESQUIVEL

PRIMERA SECRETARIA SEGUNDO SECRETARIO

SANDRA MARLENE SALGADO GARCIA JOSÉ RAFAEL MACHUCA ZELAYA

TERCERA SECRETARIA CUARTO SECRETARIO

IRMA LOURDES PALACIOS VÁSQUEZ ERNESTO ANTONIO ANGULO MILLA

QUINTA SECRETARIA SEXTO SECRETARIO

FRANCISCO JOSE ZABLAH SAFIE JOSÉ SERAFÍN ORANTES RODRÍGUEZ

SÉPTIMO SECRETARIO OCTAVO SECRETARIO

CASA PRESIDENCIAL: San Salvador, a los siete días del mes de febrero del año dos mil catorce.

PUBLÍQUESE,

CARLOS MAURICIO FUNES CARTAGENA,

Presidente de la República.

GREGORIO ERNESTO ZELAYANDÍA CISNEROS,

Ministro de Gobernación.

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13DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 13 de Febrero de 2014.

Ref. 0103 - 0109

ACTA DE LÍMITE ENTRE LOS MUNICIPIOS DE

ATIQUIZAYA Y SAN LORENZO

En el Centro Nacional de Registros a las diez horas y treinta minutos, del día primero del mes de octubre del año dos mil trece, comparecen los

infrascritos: Licenciada Ana Luisa Rodríguez de González, actuando en su calidad de Alcaldesa Municipal, Licenciada Jeniffer Aracely Figueroa

de Mirasol, actuando en su calidad de Síndica Municipal, ambas del municipio de Atiquizaya; Señor Walter Fernando Ortiz Chinchilla, actuando en

su calidad de Alcalde Municipal, Licenciado Carlos Ramiro Aguirre Valiente, actuando en su calidad de Síndico Municipal, ambos del municipio

de San Lorenzo; Doctor José Enrique Argumedo Casula, actuando en su calidad de Director Ejecutivo del Centro Nacional de Registros (CNR) y el

Ingeniero Rigoberto Ovidio Magaña Chavarría, actuando en su calidad de Director del Instituto Geográfi co y del Catastro Nacional (IGCN); con el

objeto de darle lectura y ratifi cación a los datos de la descripción técnica contenidos en la presente acta, en la cual ambas municipalidades han defi nido

su respectivo límite jurisdiccional administrativo; según acuerdos municipales, por Atiquizaya, acta número veintinueve, acuerdo número cinco, del

día veinticinco de julio del año dos mil trece y por San Lorenzo, acta número catorce, acuerdo número siete del día veintinueve de julio del año dos

mil trece.

DESCRIPCIÓN TÉCNICA

El trazo del límite municipal está formado por doce trayectos. El primer trayecto formado de tres tramos, determinado por cuatro puntos, nume-

rados del uno al cuatro, por linderos de parcelas; el segundo trayecto formado de un solo tramo, determinado por dos puntos, numerados del cuatro al

cinco, por elemento natural hidrográfi co; el tercer trayecto formado de un solo tramo, determinado por dos puntos, numerados del cinco al seis, por

vía de comunicación terrestre; el cuarto trayecto formado de un solo tramo, determinado por dos puntos numerados del seis al siete, por linderos de

parcelas; el quinto trayecto formado de dos tramos, determinado por tres puntos, numerados del siete al nueve, por vía de comunicación terrestre; el sexto

trayecto formado de un solo tramo, determinado por dos puntos, numerados del nueve al diez, por elemento natural hidrográfi co; el séptimo trayecto

formado de dos tramos, determinado por tres puntos, numerados del diez al doce, por vía de comunicación terrestre; el octavo trayecto formado un solo

tramo, determinado por dos puntos numerado del doce al trece, por linderos de parcelas; el noveno trayecto formado de un solo tramo, determinado

con dos puntos, numerados del trece al catorce, por elemento natural hidrográfi co; el décimo trayecto formado de un solo tramo determinado por dos

puntos, numerado del catorce al quince, por linderos de parcelas; el décimo primer trayecto formado de cuatro tramos determinado con cinco puntos

numerados del quince al diecinueve, por vía de comunicación terrestre; el décimo segundo trayecto formado de un solo tramo determinado con dos

puntos numerados del diecinueve al veinte, por linderos de parcelas.

Punto trifi nio de inicio. Está defi nido en la intercepción de la prolongación del lindero de propiedad, que divide las parcelas dieciocho y trescien-

tos cuarenta y dos, ambas del sector cero uno cero nueve R cero siete, con el eje central del río Agua Caliente, lugar donde se ubica el punto número

uno, al mismo tiempo trifi nio para los municipios de Atiquizaya, San Lorenzo y Ahuachapán, todos pertenecientes al departamento de Ahuachapán.

Sus coordenadas son Longitud igual, cuatrocientos trece mil doscientos noventa punto sesenta y nueve metros; Latitud igual, trescientos veinte mil

setecientos ochenta y siete punto treinta y un metros. Sus colindantes son, para el municipio de Atiquizaya, parcela trescientos cuarenta y dos, del

sector cero uno cero nueve R cero siete; para el municipio de San Lorenzo, parcela dieciocho, del sector cero uno cero nueve R cero siete y para el

municipio de Ahuachapán, parcela ciento veinticinco, del sector cero uno cero uno R cero ocho.

Trayecto uno

Tramo uno, del punto número uno al punto número dos. Con rumbo Sureste, en línea quebrada, por linderos de parcelas, hasta interceptar el

eje central, de la calle vecinal que del cantón y caserío Guascota, conduce al Kilo — 5, lugar donde se ubica el punto número dos, con una distancia

aproximada de mil setecientos setenta punto cincuenta y siete metros. Sus coordenadas son Longitud igual, cuatrocientos catorce mil doscientos ca-

torce punto ochenta y tres metros; Latitud igual, trescientos diecinueve mil novecientos catorce punto veinticinco metros. Sus colindantes son, para el

municipio de Atiquizaya, parcela trescientos cuarenta y dos, del sector cero uno cero nueve R cero siete; para el municipio de San Lorenzo, parcelas

dieciocho, cincuenta y siete, cincuenta y ocho, cincuenta y nueve, setenta, setenta y uno, noventa y tres, noventa y dos, noventa y cuatro, todas del

sector cero uno cero nueve R cero siete.

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14 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402

Tramo dos, del punto número dos al punto número tres. Con rumbo Noreste, en línea quebrada, por linderos de parcelas, hasta interceptar el eje central de la calle vecinal, que del cantón y caserío Guascota, conduce al cantón y caserío Loma de Alarcón, lugar donde se ubica el punto número tres, con una distancia aproximada de trescientos ochenta y ocho punto treinta y siete metros. Sus coordenadas son Longitud igual, cuatrocientos catorce mil quinientos ochenta y nueve punto cincuenta y un metros; Latitud igual, trescientos diecinueve mil novecientos ochenta y cinco punto setenta y siete metros. Sus colindantes son, para el municipio de Atiquizaya, parcelas quinientos ochenta y ocho, quinientos siete, quinientos dieciséis, quinientos cuarenta y dos, cuatrocientos cuatro, todas del sector cero uno cero nueve R cero siete; para el municipio de San Lorenzo, parcelas noventa y uno, seiscientos sesenta y tres, seiscientos sesenta y cuatro, seiscientos sesenta y seis, seiscientos sesenta y siete, sesenta y ocho, sesenta y seis, sesenta y siete y cuatrocientos seis, todas del sector cero uno cero nueve R cero siete.

Tramo tres, del punto número tres al punto número cuatro. Con rumbo Sureste, en línea recta, por linderos de parcelas, hasta interceptar el eje central de la quebrada El Jaco, lugar donde se ubica el punto número cuatro, con una distancia aproximada de sesenta y cuatro punto noventa y tres metros. Sus coordenadas son Longitud igual, cuatrocientos catorce mil seiscientos cincuenta y tres punto treinta y seis metros; Latitud igual, trescientos diecinueve mil novecientos setenta y tres punto noventa y cinco metros. Sus colindantes son, para el municipio de Atiquizaya, parcela cuatrocientos catorce, del sector cero uno cero nueve R cero siete; para el municipio de San Lorenzo, parcela cuatrocientos dieciocho, del sector cero uno cero nueve R cero siete.

Trayecto dos

Tramo único, del punto número cuatro al punto número cinco, Con rumbo Sureste, en línea sinuosa, por el eje central de la quebrada El Jaco, aguas abajo, hasta interceptar el eje central de la calle vecinal que del cantón y caserío Guascota conduce al cantón y caserío Loma de Alarcón, lugar donde se ubica el punto número cinco, con una distancia aproximada de quinientos treinta y siete punto cuarenta y cuatro metros. Sus coordenadas son Longitud igual, cuatrocientos catorce mil setecientos noventa y siete punto treinta y tres metros; Latitud igual, trescientos diecinueve mil cuatrocientos ochenta y siete punto catorce metros. Sus colindantes son, para el municipio de Atiquizaya, parcelas cuatrocientos catorce, cuatrocientos cincuenta y uno, trescientos sesenta y dos, trescientos sesenta y siete, cuatrocientos veintidós, cuatrocientos cuarenta y nueve, cuatrocientos veinticinco, cuatrocientos cuarenta y dos, doscientos treinta y siete, todas del sector cero uno cero nueve R cero siete; para el municipio de San Lorenzo, parcelas seiscientos ochenta y siete, seiscientos ochenta y ocho, doscientos veintiocho, doscientos veintisiete, cuatrocientos siete, trescientos setenta y uno, todas del sector cero uno cero nueve R cero siete.

Trayecto tres

Tramo único, del punto número cinco al punto número seis. Con rumbo Sureste, en línea recta, por el eje central de la calle vecinal que del cantón y caserío Guascota conduce al cantón y caserío Loma de Alarcón, hasta interceptar la prolongación del lindero de propiedad que divide las parcelas trescientos setenta y uno y trescientos cincuenta y uno, ambas del sector cero uno cero nueve R cero siete, lugar donde se ubica el punto número seis, con una distancia aproximada de treinta y ocho punto noventa y ocho metros. Sus coordenadas son Longitud igual, cuatrocientos catorce mil ochocientos treinta y cuatro punto cuarenta y un metros; Latitud igual, trescientos diecinueve mil cuatrocientos setenta y seis punto cincuenta y tres metros. Sus colindantes son, para el municipio de Atiquizaya, parcela trescientos setenta y dos, del sector cero uno cero nueve R cero siete; para el municipio de San Lorenzo, parcela trescientos setenta y uno, del sector cero uno cero nueve R cero siete.

Trayecto cuatro

Tramo único, del punto número seis al punto número siete. Con rumbo Noreste, en línea quebrada, por linderos de parcelas, hasta interceptar el eje central de un camino vecinal sin nombre, lugar donde se ubica el punto número siete, con una distancia aproximada de mil ciento once punto diez metros. Sus coordenadas son Longitud igual, cuatrocientos quince mil setecientos punto sesenta metros; Latitud igual, trescientos diecinueve mil setecientos dos punto ochenta y seis metros. Sus colindantes son, para el municipio de Atiquizaya, parcelas trescientos cincuenta y uno, trescientos noventa, cuatrocientos quince, cuatrocientos cincuenta y seis, cuatrocientos nueve, trescientos setenta y nueve, trescientos cincuenta, seiscientos cin-cuenta y dos, doscientos cuarenta y uno, doscientos cuarenta y tres, doscientos cuarenta y dos, todas del sector cero uno cero nueve R cero siete; para el municipio de San Lorenzo, parcela doscientos treinta y nueve, del sector cero uno cero nueve R cero siete.

Trayecto cinco.

Tramo único, del punto número siete al punto número ocho. Con rumbo Noreste, en línea sinuosa, por el eje central de un camino vecinal sin nombre, hasta llegar a interceptar el eje central del río San Antonio, lugar donde se ubica el punto número ocho, con una distancia aproximada de trescientos doce punto sesenta y nueve metros. Sus coordenadas son Longitud igual, cuatrocientos quince mil ochocientos cincuenta y nueve punto treinta y seis metros; Latitud igual, trescientos diecinueve mil novecientos veintinueve punto sesenta y cinco metros. Sus colindantes son, para el municipio de Atiquizaya, parcelas trescientos cuatro y trescientos tres, ambas del sector cero uno cero nueve R cero siete; para el municipio de San Lorenzo, parcelas doscientos treinta y nueve y doscientos treinta y ocho, ambas del sector cero uno cero nueve R cero siete.

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15DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 13 de Febrero de 2014.

Trayecto seis

Tramo único, del punto número ocho al punto número nueve. Con rumbo Noroeste, en línea sinuosa, por el eje central del río San Antonio,

aguas arriba, hasta interceptar el eje central de la calle vecinal, que del río San Antonio conduce al cantón Zunca, lugar donde se ubica el punto nú-

mero nueve, con una distancia aproximada de sesenta y cuatro punto cero siete metros. Sus coordenadas son Longitud igual, cuatrocientos quince mil

ochocientos veintiocho punto noventa y cuatro metros; Latitud igual, trescientos diecinueve mil novecientos ochenta y tres punto ochenta y un metros.

Sus colindantes son, para el municipio de Atiquizaya, parcelas trescientos veintitrés y trescientos sesenta, ambas del sector cero uno cero tres R cero

dos; para el municipio de San Lorenzo, parcela doscientos treinta y ocho, del sector cero uno cero nueve R cero siete.

Trayecto siete

Tramo uno, del punto número nueve al punto número diez. Con rumbo Noreste, en línea sinuosa, por el eje de la calle vecinal que del río San

Antonio conduce al cantón Zunca, hasta interceptar el eje central de otra calle vecinal, que de la Parcelación El Jícaro Grande conduce a la Cooperativa

"El Jícaro", lugar donde se ubica el punto número diez, con una distancia aproximada de ochocientos ochenta y siete punto cuarenta y siete metros. Sus

coordenadas son Longitud igual, cuatrocientos dieciséis mil quinientos setenta punto catorce metros; Latitud igual, trescientos veinte mil ciento treinta

y cinco punto cuarenta y un metros. Sus colindantes son, para el municipio de Atiquizaya, parcelas trescientos sesenta, trescientos diez, trescientos

once, trescientos nueve, trescientos ocho, trescientos siete, mil ciento setenta y cuatro, trescientos doce, trescientos quince, mil cuatro y trescientos

cinco, todas del sector cero uno cero tres R cero dos; para el municipio de San Lorenzo, parcelas quinientos veinticuatro y seiscientos cuarenta y uno,

ambas del sector cero uno cero nueve R cero cuatro.

Tramo dos, del punto número diez al punto número once. Con rumbo Sureste, en línea sinuosa, por el eje central de la calle vecinal que de la

Parcelación El Jícaro Grande, conduce a la Cooperativa "El Jícaro", hasta interceptar la prolongación del lindero sur, de la parcela trescientos cuarenta

y siete, del sector cero uno cero tres R cero dos, lugar donde se ubica el punto número once, con una distancia de quinientos once punto dieciséis

metros. Sus coordenadas son Longitud igual, cuatrocientos dieciséis mil novecientos trece punto noventa metros; Latitud igual, trescientos diecinueve

mil setecientos sesenta y siete punto veintiocho metros. Sus colindantes son, para el municipio de Atiquizaya, parcelas trescientos cinco, trescientos

seis, mil setenta y seis, mil noventa y nueve, mil nueve, trescientos cincuenta y nueve, trescientos treinta y tres, trescientos treinta y cuatro, trescientos

treinta y cinco, mil ciento cincuenta y nueve, mil ciento veinte, mil ciento ochenta y ocho, mil ciento noventa y tres y trescientos cuarenta y siete, todas

del sector cero uno cero tres R cero dos; para el municipio de San Lorenzo, parcelas, seiscientos cuarenta y uno, trescientos tres, mil ciento sesenta y

cinco y mil ciento sesenta y seis, del sector cero uno cero tres R cero dos.

Trayecto ocho

Tramo único, del punto número once al punto número doce. Con rumbo Suroeste, en línea sinuosa, por linderos de parcelas, hasta interceptar el

eje central del río San Antonio, lugar donde se ubica el punto número doce, con una distancia aproximada de mil ciento cincuenta y tres punto cero

cinco metros. Sus coordenadas son Longitud igual, cuatrocientos dieciséis mil ochenta y uno punto cuarenta y un metros; Latitud igual, trescientos

diecinueve mil cuatrocientos treinta y seis punto cincuenta y dos metros. Sus colindantes son, para el municipio de Atiquizaya, parcelas trescientos

cuarenta y siete, trescientos setenta y tres, trescientos setenta y uno, trescientos sesenta y cuatro, trescientos sesenta y cinco, trescientos sesenta y seis,

trescientos veintisiete y trescientos veintinueve, todas del sector cero uno cero tres R cero dos y la parcela trescientos tres, del sector cero uno cero

nueve R cero siete; para el municipio de San Lorenzo, parcela trescientos ochenta y ocho, del sector cero uno cero tres R cero dos.

Trayecto nueve

Tramo único, del punto número doce al punto número trece. Con rumbo Sureste, en línea sinuosa, por el eje central del río San Antonio, hasta

interceptar la prolongación del lindero de propiedad que divide las parcelas trescientos ochenta y ocho y trescientos cincuenta y seis, ambas del sector

cero uno cero tres R cero dos, lugar donde se ubica el punto número trece, con una distancia aproximada de mil quinientos ochenta punto veintiocho

metros. Sus coordenadas son Longitud igual, cuatrocientos dieciséis mil novecientos ochenta punto setenta y ocho metros; Latitud igual, trescientos

dieciocho mil quinientos cuarenta y siete punto ochenta y un metros. Sus colindantes son, para el municipio de Atiquizaya, parcelas trescientos tres y

trescientos dos, del sector cero uno cero nueve R cero siete, parcelas ciento noventa y uno y ciento cincuenta y cinco, ambas del sector cero uno cero

tres R cero uno; para el municipio de San Lorenzo, parcela trescientos ochenta y ocho (Cooperativa El Jícaro), del sector cero uno cero tres R cero

dos.

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16 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402

Trayecto diez

Tramo único, del punto número trece al punto número catorce, Con rumbo Noreste, en línea quebrada, por linderos de parcelas, hasta interceptar

el eje poniente de la carretera que de la ciudad de Atiquizaya conduce al pueblo de San Lorenzo, lugar donde se ubica el punto número catorce, con una

distancia aproximada de setecientos setenta punto sesenta y siete metros, Sus coordenadas son Longitud igual, cuatrocientos diecisiete mil quinientos

cincuenta y siete punto treinta y cinco metros; Latitud igual, trescientos dieciocho mil setecientos ochenta punto cincuenta metros. Sus colindantes

son, para el municipio de Atiquizaya, parcela trescientos cincuenta y seis, del sector cero uno cero tres R cero dos y para el municipio de San Lorenzo,

parcela trescientos ochenta y ocho (Cooperativa El Jícaro), del sector cero uno cero tres R cero dos.

Trayecto once

Tramo uno, del punto número catorce al punto número quince. Con rumbo Noroeste, en línea sinuosa, por el eje poniente de la carretera que

de la ciudad de Atiquizaya conduce al pueblo de San Lorenzo, hasta interceptar el eje central de la calle vecinal que de la carretera antes descrita,

conduce a la Lotifi cación San José, lugar donde se ubica el punto número quince, con una distancia aproximada de dos mil veinte punto setenta y

seis metros. Sus coordenadas son Longitud igual, cuatrocientos diecisiete mil ciento noventa punto noventa y siete metros; Latitud igual, trescientos

veinte mil seiscientos noventa y nueve punto cero metros. Sus colindantes son, para el municipio de Atiquizaya, parcelas treinta y ocho, mil ciento

trece, mil ciento catorce, cien, ciento dos, mil cuarenta y siete, trescientos ochenta y cinco, trescientos ochenta y nueve, trescientos noventa y uno,

doscientos noventa y siete, trescientos, mil ciento doce, doscientos noventa y tres, doscientos noventa y uno, doscientos noventa y dos, doscientos

ochenta y nueve, doscientos ochenta y seis, mil ciento siete, mil ciento seis, mil ochenta y seis, doscientos ochenta y uno, doscientos ochenta y tres,

doscientos ochenta y dos, doscientos ochenta y cuatro y doscientos setenta y nueve, todas del sector cero uno cero tres R cero dos; para el municipio

de San Lorenzo, parcelas trescientos ochenta y ocho (Cooperativa El Jícaro), mil ciento sesenta y seis, mil ciento sesenta y cinco, del sector cero uno

cero tres R cero dos, parcelas cuatrocientos cincuenta y seis, cuatrocientos cincuenta y cinco, cuatrocientos cincuenta y siete, cuatrocientos cincuenta

y ocho, seiscientos noventa y cuatro, seiscientos noventa y tres, cuatrocientos cuarenta y ocho y cuatrocientos cuarenta y siete, todas del sector cero

uno cero nueve R cero cuatro.

Tramo dos, del punto número quince al punto número dieciséis. Con rumbo Noreste, en línea sinuosa, por el eje central de la calle vecinal que

conduce a la Lotifi cación San José, hasta interceptar el eje central de la calle vecinal que del cantón y caserío El Zunca, conduce al cantón y caserío

San Juan Buenavista, lugar donde se ubica el punto número dieciséis, con una distancia aproximada de mil seiscientos sesenta y dos punto dieciocho

metros. Sus coordenadas son Longitud igual, cuatrocientos dieciocho mil quinientos treinta y cinco punto cincuenta y dos metros; Latitud igual,

trescientos veintiún mil setenta y dos punto noventa y tres metros. Sus colindantes son, para el municipio de Atiquizaya, parcelas doscientos setenta

y nueve, doscientos ochenta y ocho, doscientos setenta y ocho, doscientos setenta y siete, doscientos setenta y cinco, doscientos ochenta y siete,

doscientos setenta y cuatro, doscientos setenta y tres, mil ciento ochenta y uno, mil ciento ochenta, mil ciento cuarenta y cinco, doscientos setenta y

dos, doscientos setenta y seis, mil noventa y cinco, ciento setenta y seis, ciento setenta y cinco, ciento setenta y cuatro, ciento setenta y nueve, ciento

ochenta y siete, ciento setenta y siete, mil tres, mil ciento cuarenta y dos, mil ciento cuarenta y uno, todas del sector cero uno cero tres R cero dos; para

el municipio de San Lorenzo, parcela cuatrocientos cuarenta y siete, del sector cero uno cero nueve R cero cuatro, parcelas quinientos treinta y dos,

setenta y cinco, setenta y cuatro, setenta y dos, setenta y uno, veintisiete, setecientos quince, setecientos veintiuno, setecientos veintidós, setecientos

veintitrés, setecientos veinticuatro, veintitrés, quinientos treinta y uno, veinte, diecinueve, dieciséis, seiscientos trece, catorce, nueve, dieciocho, qui-

nientos diez, trece, seiscientos setenta y tres, seiscientos setenta y dos, quinientos noventa y cuatro, quinientos ochenta y cuatro, quinientos ochenta

y tres, setecientos seis, setecientos cinco, seiscientos ochenta y tres, parcelas pertenecientes a la Lotifi cación San José, todas del sector cero uno cero

nueve R cero cinco.

Tramo tres, del punto número dieciséis al punto número diecisiete. Con rumbo Noreste, en línea sinuosa, por eje central de la calle vecinal que

del cantón y caserío El Zunca, conduce al cantón y caserío San Juan Buenavista, hasta interceptar el eje central de otra calle vecinal que conduce al

caserío San Juan El Espino, lugar donde se ubica el punto número diecisiete, con una distancia aproximada de dos mil seiscientos treinta y cuatro

sesenta y ocho metros. Sus coordenadas son Longitud igual, cuatrocientos veinte mil novecientos ochenta y siete punto sesenta y nueve metros; La-

titud igual, trescientos veintiún mil trescientos setenta y tres punto cero tres metros. Sus colindantes son, para el municipio de Atiquizaya, parcelas

mil ciento cuarenta y uno, doscientos veintiocho, mil ciento treinta y siete, mil ciento treinta y ocho, mil ciento treinta y nueve, mil ciento cuarenta,

ciento cincuenta y tres, ciento sesenta y siete, ciento sesenta y uno, mil veintidós, mil veintitrés, mil veinticuatro, mil veinticinco, mil veintiséis, mil

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17DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 13 de Febrero de 2014.

veintisiete, mil veintiocho, mil veintinueve, mil treinta, novecientos sesenta y cinco, mil ciento treinta, mil ciento veintinueve, novecientos sesenta y

siete, novecientos sesenta y ocho, novecientos sesenta y nueve, novecientos setenta y mil ciento veinticuatro, todas del sector cero uno cero tres R cero

dos, parcelas cuarenta y uno, ciento ocho, doscientos noventa y seis, doscientos noventa y siete, cuarenta y tres y cuarenta y cuatro, todas del sector

cero uno cero tres R cero tres; para el municipio de San Lorenzo, parcelas diez, quinientos cincuenta y cinco, quinientos cincuenta y cuatro, diecisiete,

dieciséis, cuatrocientos setenta, cuatrocientos sesenta y nueve, cuatrocientos sesenta y ocho, diecinueve, veinticinco, treinta y dos, veinticuatro, treinta

y tres, treinta y cuatro, treinta y cinco, quinientos diez, quinientos nueve, cuarenta y tres, cuarenta y dos, quinientos ochenta y cuatro, quinientos

ochenta y tres, quinientos cincuenta y nueve, quinientos quince, quinientos dieciséis, quinientos trece, cuatrocientos dieciocho, ciento ocho, ciento

treinta y dos, ciento siete, doscientos sesenta y nueve, doscientos setenta, quinientos ochenta y cinco, quinientos ochenta y seis, quinientos ochenta y

siete, ciento cuarenta y tres, cuatrocientos treinta y cuatro, ciento cuarenta y dos, ciento cuarenta y siete, todas del sector cero uno cero nueve R cero

seis.

Tramo cuatro, del punto número diecisiete al punto número dieciocho. Con rumbo Sureste, en línea sinuosa, por el eje central de la calle vecinal

que conduce al caserío San Juan El Espino, hasta interceptar la prolongación del lindero sur de la parcela veintisiete, del sector cero uno cero nueve

R cero ocho, lugar donde se ubica el punto número dieciocho, con una distancia aproximada de novecientos veintidós punto veintiún metros. Sus

coordenadas son Longitud igual, cuatrocientos veintiún mil ochocientos veintiséis punto veinticinco metros; Latitud igual, trescientos veintiún mil

doscientos diez punto noventa y cuatro metros. Sus colindantes son, para el municipio de Atiquizaya, parcelas cuarenta y cuatro, ciento ocho, cuarenta

y seis, cincuenta y uno, cincuenta, cuarenta y ocho, cuarenta y siete, doscientos setenta y siete, cincuenta y ocho, cincuenta y nueve y sesenta, todas del

sector cero uno cero tres R cero tres; para el municipio de San Lorenzo, parcelas uno, dos, tres, doscientos veintiséis, cinco, seis, siete, ocho, doscientos

doce, doscientos trece, doscientos catorce, nueve, diez, veinte, veintiuno, veintidós, veintitrés, veinticuatro, veinticinco, doscientos ochenta y ocho y

veintisiete, todas del sector cero uno cero nueve R cero ocho.

Trayecto doce

Tramo único, del punto número dieciocho al punto número diecinueve. Con rumbo Sureste, en línea recta, por linderos de parcelas, hasta in-

terceptar el eje central del río Güeveapa, Pampe o Chalchuapa, lugar donde se ubica el punto número diecinueve, con una distancia aproximada de

cincuenta y dos punto veintitrés metros. Sus coordenadas son Longitud igual, cuatrocientos veintiún mil ochocientos setenta y siete punto treinta y

cinco metros; Latitud igual, trescientos veintiún mil doscientos punto diecisiete metros. Sus colindantes son, para el municipio de Atiquizaya, parcela

doscientos veinte, del sector cero uno cero tres R cero cuatro; para el municipio de San Lorenzo, parcela veintisiete, del sector cero uno cero nueve R

cero ocho.

Punto trifi nio de llegada. El punto de llegada será el que se describe como número diecinueve, el cual al mismo tiempo es punto trifi nio para los

municipios de Atiquizaya y San Lorenzo, ambos del departamento de Ahuachapán y Chalchuapa, del departamento de Santa Ana. Sus colindantes

son, para el municipio de Atiquizaya, parcela doscientos veinte, del sector cero uno cero tres R cero cuatro; para el municipio de San Lorenzo, parcela

veintisiete, del sector cero uno cero nueve R cero ocho; para el municipio de Chalchuapa, parcela cuatrocientos treinta y cuatro, del sector cero dos

cero tres R doce.

LCDA. ANA LUISA RODRIGUEZ DE GONZALEZ LICDA. JENIFFER ARACELY FIGUEROA DE MIRASOL

ALCALDESA MUNICIPAL DE ATIQUIZAYA SINDICA MUNICIPAL DE ATIQUIZAYA

WALTER FERNANDO ORTIZ CHINCHILLA LIC. CARLOS RAMIRO AGUIRRE VALIENTE

ALCALDE MUNICIPAL DE SAN LORENZO SINDICO MUNICIPAL DE SAN LORENZO

DR. JOSE ENRIQUE ARGUMEDO CASULA ING. RIGOBERTO OVIDIO MAGAÑA CHAVARRIA

DIRECTOR EJECUTIVO DEL DIRECTOR DEL INSTITUTO GEOGRAFICO

CENTRO NACIONAL DE REGISTROS Y DEL CATASTRO NACIONAL

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18 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402

DECRETO No. 607

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE EL SALVADOR,

CONSIDERANDO:

I. Que por Decreto Legislativo No. 74, de fecha 8 de septiembre de 1988, publicado en el Diario Ofi cial No. 176, Tomo No. 300 del 23 del mismo mes y año, se emitió la Ley de Creación del Fondo para el Desarrollo Económico y Social de los Municipios.

II. Que por Decreto Legislativo No. 850, de fecha 17 de abril de 2009, publicado en el Diario Ofi cial No. 81, Tomo No. 383 del 6 de mayo del mismo año, se facultó a las municipalidades para que a partir del primero de mayo del 2009 al 30 de abril de 2010, pudieran utilizar hasta el cincuenta por ciento del setenta y cinco por ciento de los recursos asignados por el Fondo para el Desarrollo Económico y Social de los Municipios (FODES), para la realización de las actividades concernientes a la recolección, transporte y disposición fi nal de los desechos sólidos y el cierre técnico de los botaderos a cielo abierto que se generan en sus municipios, prorrogado por medio del Decreto Legislativo No. 334, de fecha 22 de abril de 2010, publicado en el Diario Ofi cial No. 78, Tomo No. 387 del 29 de abril del mismo año, por Decreto Legislativo No. 572, de fecha 17 de diciembre de 2010, publicado en el Diario Ofi cial No. 241, Tomo No. 389 del 23 de diciembre del mismo año, y No. 1080, de fecha 25 de abril de 2012, publicado en el Diario Ofi cial No. 86, Tomo No. 395 del 14 de mayo de 2012, se faculta a las municipalidades para que a partir del 1o. de mayo del 2012 al 31 de diciembre de 2012, pudieran utilizar hasta el veinticinco por ciento del setenta y cinco por ciento de los recursos asignados por el Fondo para el Desarrollo Económico y Social de los Municipios (FODES), para la realización de las mismas actividades; y No. 230 de fecha 14 de diciembre de 2012, publicado en el Diario Ofi cial No. 238, Tomo No. 397 del 9 de diciembre de 2012, se facultó a las municipalidades para que a partir del 1o. de enero al 31 de diciembre de 2013, pudieran utilizar hasta el veinticinco por ciento del setenta y cinco por ciento de los recursos asignados por el Fondo para el Desarrollo Económico y Social de los Municipios (FODES), para la realización de las mismas actividades.

III. Que a la fecha las municipalidades aún requieren hacer uso de dichos fondos, ya que el Ministerio del Medio Ambiente y Recursos Natu-rales únicamente tiene avances parciales en el Plan Nacional de Manejo Integral de Desechos Sólidos, siendo en consecuencia, necesario que se emita un nuevo Decreto, a fi n de facultar temporalmente a las municipalidades, para que puedan utilizar hasta el quince por ciento del setenta y cinco por ciento de los recursos asignados por el FODES, para que los municipios continúen satisfaciendo las necesidades que demanda la población en la recolección, transporte, disposición fi nal de los desechos sólidos y cierre técnico de los botaderos a cielo abierto.

POR TANTO,

en uso de sus facultades constitucionales y a iniciativa de los diputados Mario Antonio Ponce, Gabriel Murillo, Juan Carlos Mendoza y Mario Va-liente, las diputadas Lorena Guadalupe Peña Mendoza, Mariela Peña Pinto, Norma Fidelia Guevara de Ramirios, Carmen Elena Calderón de Escalón y Ana Vilma Albanez de Escobar, y de los diputados José Francisco Merino López, Orestes Fredesman Ortez Andrade, Guillermo Antonio Gallegos Navarrete, Carlos Walter Guzmán Coto, Rodolfo Antonio Parker Soto y Douglas Leonardo Mejía Avilés.

DECRETA:

Art. 1. No obstante lo establecido en la Ley del Fondo para el Desarrollo Económico y Social de los Municipios (FODES), facúltase a las munici-palidades para que a partir de la vigencia de este Decreto y hasta el 31 de diciembre de 2014, puedan utilizar hasta el quince por ciento del setenta y cinco por ciento, de los recursos asignados por el Fondo para el Desarrollo Económico y Social de los Municipios (FODES), para la realización de las actividades concernientes a la recolección, transporte y disposición fi nal de los desechos sólidos y el cierre técnico de los botaderos a cielo abierto que se generan en sus Municipios.

Para estos efectos, las Municipalidades deberán elaborar y documentar el proyecto mediante la elaboración de la carpeta correspondiente, que incorpore aspectos técnicos y presupuestarios de las acciones a realizar. La utilización de los recursos asignados por el Fondo se hará de acuerdo a la normativa propia de cada Municipalidad.

Art. 2. La utilización excepcional de una parte del setenta y cinco por ciento de los recursos asignados al Fondo para el Desarrollo Económico y Social de los Municipios, para las actividades relacionadas con la recolección, transporte y disposición fi nal de los desechos sólidos no deberá ser en detrimento del cumplimiento de las obligaciones y compromisos fi nancieros que los Municipios ya hubiesen adquirido o que estén por adquirir y que se encuentren previstos en el presupuesto correspondiente.

Art. 3. El presente decreto entrará en vigencia desde el día de su publicación en el Diario Ofi cial.

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19DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 13 de Febrero de 2014.

DADO EN EL SALÓN AZUL DEL PALACIO LEGISLATIVO. San Salvador, a los dieciséis días del mes de enero del año dos mil catorce.

OTHON SIGFRIDO REYES MORALES

PRESIDENTE

ENRIQUE ALBERTO LUIS VALDÉS SOTO GUILLERMO ANTONIO GALLEGOS NAVARRETE PRIMER VICEPRESIDENTE SEGUNDO VICEPRESIDENTE

JOSÉ FRANCISCO MERINO LÓPEZ FRANCISCO ROBERTO LORENZANA DURÁN TERCER VICEPRESIDENTE CUARTO VICEPRESIDENTE

CARLOS ARMANDO REYES RAMOSQUINTO VICEPRESIDENTE

LORENA GUADALUPE PEÑA MENDOZA MANUEL VICENTE MENJÍVAR ESQUIVEL PRIMERA SECRETARIA SEGUNDO SECRETARIO

SANDRA MARLENE SALGADO GARCÍA JOSÉ RAFAEL MACHUCA ZELAYA TERCERA SECRETARIA CUARTO SECRETARIO

IRMA LOURDES PALACIOS VÁSQUEZ ERNESTO ANTONIO ANGULO MILLA QUINTA SECRETARIA SEXTO SECRETARIO

FRANCISCO JOSÉ ZABLAH SAFIE JOSÉ SERAFÍN ORANTES RODRÍGUEZ SÉPTIMO SECRETARIO OCTAVO SECRETARIO

CASA PRESIDENCIAL: San Salvador, a los siete días del mes de febrero del año dos mil catorce.

PUBLÍQUESE,

CARLOS MAURICIO FUNES CARTAGENA,

PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA.

JUAN RAMÓN CARLOS ENRIQUE CÁCERES CHÁVEZ,

MINISTRO DE HACIENDA.

DECRETO No. 611

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE EL SALVADOR,

CONSIDERANDO:

I. Que la Alcaldía Municipal de Ahuachapán, departamento del mismo nombre, ha recibido en concepto de donación 2 microbuses y 1 camión de cabina sencilla, donados por la Agencia de Cooperación Internacional de Corea (KOICA), los cuales serán utilizados para benefi ciar a los habitantes de dicho municipio.

II. Que con el propósito de contribuir a dicha causa y de conformidad a las facultades que a esta Asamblea Legislativa le confi ere la Constitución de la República, es procedente exonerar del pago de impuestos, incluyendo bodegaje, que pueda causar la introducción al país del citado donativo.

POR TANTO,

en uso de sus facultades constitucionales y a iniciativa del diputado Félix Agreda Chachagua.

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20 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402

DECRETA:

Art. 1. Exonérase a la Alcaldía Municipal de Ahuachapán, del departamento del mismo nombre, del pago de impuestos, incluyendo bodegaje, que pueda causar la introducción al país de 2 microbuses y 1 camión de cabina sencilla, de las características siguientes: 1) microbús County DLX; marca: Hyundai, año: 2014; número de motor: D4DBD546130; número de chasis: KMJHG17BPEC061311; 2) microbús H1- GLS; marca: Hyundai; año: 2014; número de motor: D4CBD368275; número de chasis: KMJWA37KBEU600115; y 3) camión H100 cabina sencilla; marca: Hyundai; año: 2014; número de motor: D4BBD023307; número de chasis: KMFZBX7BAEU006350.

En cuanto al Impuesto a la Transferencia de Bienes Muebles y a la Prestación de Servicios (IVA), se estará a lo dispuesto en el Art. 45, literal g) de la Ley que rige dicho impuesto.

Los vehículos que se introducen amparados en este decreto, no podrán ser transferidos a terceras personas.

La exención concedida es sin perjuicio de la vigilancia y control que deberán ejercer los organismos fi scales respectivos.

Art. 2. El presente decreto entrará en vigencia desde el día de su publicación en el Diario Ofi cial.

DADO EN EL SALÓN AZUL DEL PALACIO LEGISLATIVO. San Salvador, a los dieciséis días del mes de enero del año dos mil catorce.

OTHON SIGFRIDO REYES MORALES

PRESIDENTE

ENRIQUE ALBERTO LUIS VALDÉS SOTO GUILLERMO ANTONIO GALLEGOS NAVARRETE PRIMER VICEPRESIDENTE SEGUNDO VICEPRESIDENTE

JOSÉ FRANCISCO MERINO LÓPEZ FRANCISCO ROBERTO LORENZANA DURÁN TERCER VICEPRESIDENTE CUARTO VICEPRESIDENTE

CARLOS ARMANDO REYES RAMOSQUINTO VICEPRESIDENTE

LORENA GUADALUPE PEÑA MENDOZA MANUEL VICENTE MENJÍVAR ESQUIVEL PRIMERA SECRETARIA SEGUNDO SECRETARIO

SANDRA MARLENE SALGADO GARCÍA JOSÉ RAFAEL MACHUCA ZELAYA TERCERA SECRETARIA CUARTO SECRETARIO

IRMA LOURDES PALACIOS VÁSQUEZ ERNESTO ANTONIO ANGULO MILLA QUINTA SECRETARIA SEXTO SECRETARIO

FRANCISCO JOSÉ ZABLAH SAFIE JOSÉ SERAFÍN ORANTES RODRÍGUEZ SÉPTIMO SECRETARIO OCTAVO SECRETARIO

CASA PRESIDENCIAL: San Salvador, a los siete días del mes de febrero del año dos mil catorce.

PUBLÍQUESE,

CARLOS MAURICIO FUNES CARTAGENA,

PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA.

JUAN RAMÓN CARLOS ENRIQUE CÁCERES CHÁVEZ,

MINISTRO DE HACIENDA.

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21DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 13 de Febrero de 2014. DECRETO No. 615

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE EL SALVADOR,

CONSIDERANDO:

I. Que por Decreto Legislativo No. 353, de fecha 19 de octubre de 1989, publicado en el Diario Ofi cial No. 200, Tomo No. 305 del 30 del mismo mes y año, se creó el Consejo Salvadoreño del Café, como institución estatal, de carácter autónomo, cuyos objetivos son formular y dirigir la política nacional en materia cafetalera, orientada al desarrollo económico y social del país.

II. Que a raíz de drástica caída de la producción nacional, estimada en un 40%, debido al ataque de plagas y enfermedades mayoritariamente la Roya del Cafeto, aunado a los bajos precios internacionales, lo que devendrá en menores ingresos para toda la agroindustria cafetalera, así como para el Consejo como Organizador del evento, se tienen que tomar acciones para promocionar dicho producto en los mercados internacionales.

III. Que la Fundación Alianza para la Excelencia del Café INC, de nacionalidad estadounidense, es una Fundación especialista con prestigio mundial en promover los precios del café en los mercados internacionales, y con el propósito de que conozcan la calidad del café nacional, el Consejo Salvadoreño del Café, llevará a cabo entre los meses de febrero y diciembre del presente año, el evento denominado "Taza de la Excelencia", para lo cual ha considerado conveniente contratar los servicios de consultoría de la referida Fundación.

IV. Que dicho Consejo cuenta con un presupuesto institucional limitado, sin embargo, realizará esfuerzos necesarios para fi nanciar el pago de los recursos que se requieren para la realización del evento y la contratación de la mencionada consultoría.

V. Que por las razones antes expuestas, y conscientes de la limitación del presupuesto de la institución, es procedente exonerar del pago de impuestos y deducciones en dicho concepto por los ingresos y gastos originados de la realización del evento denominado "Taza de Excelencia El Salvador 2014", incluso los pagos efectuados a la Fundación Alianza para la Excelencia del Café INC, por los servicios de consultoría que ésta realizará para el evento a que se refi ere el considerando tercero de este decreto.

POR TANTO:

En uso de sus facultades constitucionales y a iniciativa del Diputado Orestes Fredesman Ortez Andrade.

DECRETA:

Art. 1.- Exonérase del pago de impuestos, a excepción del impuesto a la Transferencia de Bienes Muebles y a la Prestación de Servicios (IVA), que causen los ingresos y egresos por comisiones, honorarios u otros servicios que el Consejo Salvadoreño del Café perciba o pague por la realización del evento denominado "Taza de Excelencia El Salvador 2014", incluyendo los honorarios pagados a la Fundación Alianza para la Excelencia del Café INC, por la asesoría que ésta brindará para dicho evento, el cual se realizará en el país a partir del 1 de febrero al 31 de diciembre del presente año.

La exención concedida es sin perjuicio de la vigilancia y control que deberán ejercer los organismos fi scales respectivos.

Art. 2.- El presente Decreto entrará en vigencia desde el día de su publicación en el Diario Ofi cial.

DADO EN EL SALÓN AZUL DEL PALACIO LEGISLATIVO. San Salvador, a los veintitrés días del mes de enero del año dos mil catorce.

OTHON SIGFRIDO REYES MORALESPRESIDENTE

ENRIQUE ALBERTO LUIS VALDES SOTO GUILLERMO ANTONIO GALLEGOS NAVARRETE PRIMER VICEPRESIDENTE SEGUNDO VICEPRESIDENTE

JOSE FRANCISCO MERINO LOPEZ FRANCISCO ROBERTO LORENZANA DURAN TERCER VICEPRESIDENTE CUARTO VICEPRESIDENTE

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22 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402

CARLOS ARMANDO REYES RAMOSQUINTO VICEPRESIDENTE

LORENA GUADALUPE PEÑA MENDOZA MANUEL VICENTE MENJIVAR ESQUIVEL PRIMERA SECRETARIA SEGUNDO SECRETARIO

SANDRA MARLENE SALGADO GARCIA JOSE RAFAEL MACHUCA ZELAYA TERCERA SECRETARIA CUARTO SECRETARIO

IRMA LOURDES PALACIOS VASQUEZ ERNESTO ANTONIO ANGULO MILLA QUINTA SECRETARIA SEXTO SECRETARIO

FRANCISCO JOSE ZABLAH SAFIE JOSE SERAFIN ORANTES RODRIGUEZ SEPTIMO SECRETARIO OCTAVO SECRETARIO

CASA PRESIDENCIAL: San Salvador, a los siete días del mes de febrero del año dos mil catorce.

PUBLÍQUESE.

CARLOS MAURICIO FUNES CARTAGENA,

PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA.

JUAN RAMÓN CARLOS ENRIQUE CÁCERES CHÁVEZ,

MINISTRO DE HACIENDA.

DECRETO No. 613

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE EL SALVADOR,

CONSIDERANDO:

I. Que de conformidad con el artículo 131, ordinal 11 de la Constitución, es facultad de esta Asamblea Legislativa decretar, de manera general, benefi cios e incentivos fi scales o de cualquier naturaleza, para la promoción de actividades culturales, científi cas, agrícolas, industriales, o de otra índole.

II. Que en El Salvador, los Clubes de Leones se fundaron el 4 de febrero de 1942, por medio de la entrega de la "Carta Constitutiva del Club de Leones de El Salvador", y que a lo largo de la historia se han dedicado a atender las necesidades de las personas menos favorecidas en cada una de las comunidades de nuestro país.

III. Que los Clubes de Leones de El Salvador, siempre se han hecho presentes con su ayuda humanitaria en las diferentes catástrofes naturales que han afectado a nuestro país, llevando alimentos, frazadas, agua potable y todo tipo de ayuda de primera necesidad, realizando además muchas jornadas oftalmológicas en todo el territorio nacional, favoreciendo así a un promedio de cien mil salvadoreños en total.

IV. Que dichos clubes han brindado, además de la ayuda humanitaria, donaciones importantes, como la que se le dio en el año 2001 al Hospital Nacional de Niños Benjamín Bloom, y que consistió en un foto coagulador láser, que permitiría operar a los niños que padecen de "rino-patia del prematuro", que hoy por hoy es una de las principales causas de la ceguera de los niños y niñas en nuestro país. De igual forma, han realizado donaciones de lentes graduados a más de siete mil adultos mayores que se encuentran en los círculos de alfabetización del Ministerio de Educación, con lo cual han contribuido a erradicar al analfabetismo.

V. Que en virtud de lo antes expuesto y con el objeto de reconocer la labor realizada por los Clubes de Leones de nuestro país, quienes han contribuido invaluablemente al desarrollo social de El Salvador, es procedente declarar el 4 de febrero de cada año, "DÍA DEL LEONISMO EN EL SALVADOR".

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23DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 13 de Febrero de 2014.

POR TANTO:

En uso de sus facultades constitucionales y a iniciativa de las diputadas y diputados: Othon Sigfrido Reyes Morales, José Francisco Merino López, Irma Lourdes Palacios Vásquez, Yohalmo Edmundo Cabrera Chacón, Jesús Grande, Carlos Walter Guzmán Coto, Guillermo Francisco Mata Bennett, Manuel Rigoberto Soto Lazo, Guadalupe Antonio Vázquez Martínez, Carlos Mario Zambrano Campos; y con la adhesión de las diputadas y diputados: Enrique Alberto Luis Valdés Soto, Manuel Vicente Menjívar Esquivel, Ernesto Antonio Angulo Milla, Félix Ágreda Chachagua, Ana Vilma Albanez de Escobar, Lucía del Carmen Ayala de León, Silvia Alejandrina Castro Figueroa, Ana Marina Castro Orellana, Ricardo Humberto Contreras Henríquez, Valentín Arístides Corpeño, Roberto José d'Aubuisson Munguía, René Gustavo Escalante Zelaya, Margarita Escobar, Julio César Fabián Pérez, Carmen Elena Figueroa Rodríguez, Coralia Patricia Guerra Andreu, Edilberto Hernández Castillo, Gerardo Estanislao Menjívar Hernández, Francisco Eduardo Ortiz Amaya, Mariella Peña Pinto, Manuel Mercedes Portillo Domínguez, Sergio Benigno Portillo Portillo, Norma Carolina Ramírez, Patricia María Salazar de Rosales, Misael Serrano Chávez y Edwin Víctor Alejandro Zamora David.

DECRETA:

Art. 1. Declárase el 4 de febrero de cada año, "DÍA DEL LEONISMO EN EL SALVADOR", en reconocimiento al invaluable aporte que los Clubes de Leones han brindado para el desarrollo social de El Salvador.

Art. 2. El presente Decreto entrará en vigencia ocho días después de su publicación en el Diario Ofi cial.

DADO EN EL SALÓN AZUL DEL PALACIO LEGISLATIVO: San Salvador, a los dieciséis días del mes de enero del año dos mil catorce.

OTHON SIGFRIDO REYES MORALES

PRESIDENTE

ENRIQUE ALBERTO LUIS VALDES SOTO GUILLERMO ANTONIO GALLEGOS NAVARRETE PRIMER VICEPRESIDENTE SEGUNDO VICEPRESIDENTE

JOSE FRANCISCO MERINO LOPEZ FRANCISCO ROBERTO LORENZANA DURAN TERCER VICEPRESIDENTE CUARTO VICEPRESIDENTE

CARLOS ARMANDO REYES RAMOSQUINTO VICEPRESIDENTE

LORENA GUADALUPE PEÑA MENDOZA MANUEL VICENTE MENJIVAR ESQUIVEL PRIMERA SECRETARIA SEGUNDO SECRETARIO

SANDRA MARLENE SALGADO GARCIA JOSE RAFAEL MACHUCA ZELAYA TERCERA SECRETARIA CUARTO SECRETARIO

IRMA LOURDES PALACIOS VASQUEZ ERNESTO ANTONIO ANGULO MILLA QUINTA SECRETARIA SEXTO SECRETARIO

FRANCISCO JOSE ZABLAH SAFIE JOSE SERAFIN ORANTES RODRIGUEZ SEPTIMO SECRETARIO OCTAVO SECRETARIO

CASA PRESIDENCIAL: San Salvador, a los siete días del mes de febrero del año dos mil catorce.

PUBLÍQUESE.

CARLOS MAURICIO FUNES CARTAGENA,

PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA.

GREGORIO ERNESTO ZELAYANDÍA CISNEROS,

MINISTRO DE GOBERNACIÓN.

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24 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402

ORGANO EJECUTIVOMINISTERIO DE GOBERNACIÓN

NÚMERO VEINTITRÉS.- LIBRO UNO.- CONSTITUCIÓN DE

FUNDACIÓN.- En la ciudad de San Salvador, a las diecisiete horas y

treinta minutos del día veintiséis de junio de dos mil trece, ante mí

CRISSIA ESMERALDA PEREZ, Notaria, de este domicilio, compa-

recen los señores a quienes conozco e identifi co de la siguiente manera:

LEONEL ANTONIO FLORES SOSA, de cuarenta y cuatro años de

edad, Doctor en Medicina y de este domicilio, titular de su Documento

Único de Identidad número cero cuatro uno uno cuatro cuatro nueve

cuatro - cuatro y con Número de Identifi cación Tributaria doce dieci-

siete - cero dos cero seis sesenta y nueve - uno cero cuatro - cero,

CLAUDIA MARIA RIVERA ARIAS, de treinta y seis años de edad,

estudiante y de este domicilio, portadora de su Documento Único de

Identidad número cero dos siete ocho cero nueve uno nueve - cero y con

Número de Identifi cación Tributaria uno cuatro cero siete - dos cuatro

cero uno siete cero y siete - uno cero uno - uno; JOSÉ RAMÓN

VILLALTA, de cincuenta años de edad, Licenciado en Trabajo Social

y de este domicilio portador de su Documento Único de Identidad nú-

mero cero cero seis nueve ocho tres siete dos - siete y con Número de

Identifi cación Tributaria uno uno dos uno - cero nueve cero nueve seis

dos - cero cero uno - uno; JOSÉ MANUEL ORTIZ BENÍTEZ, de

cuarenta y dos años de edad, Académico y de este domicilio, portador

de su Documento Único de Identidad número cero cuatro cero uno

cuatro cero nueve nueve - siete y con Número de Identifi cación Tributaria

uno cuatro cero siete - uno cero uno uno siete cero - cero cero uno - tres;

EVELYN YANIRA SOUNDY TRIGUEROS, de cuarenta años de edad,

Abogada y Notaria, de este domicilio, portadora de su Documento

Único de Identidad número cero cero cinco tres cinco cinco uno dos -

cinco y con Número de Identifi cación Tributaria cero seis uno cuatro -

cero seis uno uno seis cuatro - cero cero tres - uno; DAVID ANTONIO

HERNÁNDEZ SANTOS, de cincuenta y ocho años de edad, Académi-

co y de este domicilio, portador de su Documento Único de Identidad

número cero dos seis dos cinco dos dos nueve - tres y con Número de

Identifi cación Tributaria cero seis uno cuatro - uno cuatro cero tres

cinco cinco; JOSÉ SALVADOR SANABRIA GUTIÉRREZ, de cin-

cuenta y cuatro años de edad, Empleado, de este domicilio y del de la

Ciudad de Los Ángeles, California, Estados Unidos de América, porta-

dor de su Documento Único de Identidad número cero tres siete seis

seis nueve ocho tres - cinco y con Número de Identifi cación Tributaria

cero seis uno cuatro uno seis cero cuatro cinco nueve - cero cero tres -

cero; FÉLIX AUGUSTO ANTONIO ULLOA GARAY conocido por

FÉLIX ULLOA hijo, de sesenta y dos años de edad, Abogado y Notario,

de este domicilio y portador de su documento de identidad personal

número cero cero siete uno uno seis nueve ocho - tres y con Número de

Identifi cación Tributaria uno dos cero cinco - cero seis cero cuatro

cinco uno - cero cero uno - cinco; EMILIO ALFARO RUIZ, de cin-

cuenta y seis años de edad, fotógrafo, de este domicilio y del de New

York, Estados Unidos de América, portador de su Documento Único de

Identidad número cero tres nueve cinco siete cinco tres siete - cinco y

con Número de Identifi cación Tributaria uno cuatro cero ocho - cero

seis cero seis cinco siete - cero cero uno - cero; y CÉSAR OLIVERIO

RÍOS VÁSQUEZ, de cincuenta y un años de edad, Economista, de este

domicilio, portador de su Documento Único de Identidad número cero

uno uno cuatro dos seis siete cuatro - ocho y con Número de Identifi ca-

ción Tributaria cero seis uno cuatro - uno siete cero cuatro seis dos - cero

cero dos - cero; y MANIFIESTAN: I) Que por medio de la presente

Escritura Pública crean una Fundación Sin Fines de Lucro, que se de-

nominará "FUNDACIÓN INSTITUTO SALVADOREÑO DEL MI-

GRANTE", y que podrá abreviarse INSAMI.- II) En este acto aprueban

por unanimidad el texto íntegro de sus Estatutos, cuyo tenor literal es el

siguiente: "ESTATUTOS DE LA FUNDACIÓN INSTITUTO SAL-

VADOREÑO DEL MIGRANTE y que podrá abreviarse INSAMI.-

CAPÍTULO PRIMERO.- NATURALEZA, DENOMINACIÓN, DO-

MICILIO Y PLAZO. Artículo uno.- Créase en la ciudad de San Salva-

dor, departamento de San Salvador, la Fundación de nacionalidad sal-

vadoreña, que se denominará FUNDACIÓN INSTITUTO SALVADO-

REÑO DEL MIGRANTE y que podrá abreviarse INSAMI, como una

entidad apolítica, no lucrativa ni religiosa, la que en los presentes Estatutos

se denominará "La Fundación".- Artículo dos.- El domicilio de la Fun-

dación será la ciudad de San Salvador, departamento de San Salvador,

pudiendo establecer fi liales en todo el territorio de la República y fuera

de él.- Artículo tres.- La Fundación se constituye por tiempo indefi nido.-

CAPÍTULO SEGUNDO.- FINALIDAD.- Artículo cuatro.- Los fi nes u

objetivos de la Fundación son: a) Contribuir a la creación de una polí-

tica integral de migración, clara, directa y consensuada, que se convier-

ta en una verdadera política pública y genere una institucionalidad

propia para garantizar los derechos de nuestra población migrante; b)

Generar mediante la investigación y el estudio científi co la refl exión y

el debate que permita recuperar, mantener y proyectar nuestra identidad

histórica y cultural entre las diferentes comunidades que componen la

diáspora salvadoreña; c) Crear mediante estudios e investigaciones

científi cas, los mecanismos que faciliten la interacción entre la población

residente dentro y fuera del país, motivando a las distintas instituciones

del Estado, para que faciliten los recursos institucionales necesarios a

tal fi n; d) Generar propuestas adecuadas para una mejor utilización de

las remesas económicas y demás recursos materiales e intelectuales que

los salvadoreños residentes fuera del país, transfi eren a nuestro país y

promover la inversión extranjera en los términos que realmente contri-

buya al desarrollo de nuestra economía; e) Procurar mediante un pro-

grama de estímulos, la repatriación de cerebros para contribuir al desa-

rrollo intelectual y moral de nuestra nación; f) Promover la participación

organizada y consciente de la comunidad residente en el exterior, en

procesos de incidencia, manteniendo su neutralidad partidaria; g) Cola-

borar con los distintos gobiernos a nivel nacional y local, para facilitar

procesos de encuentros entre las comunidades y el apoyo a proyectos y

programas que busquen el desarrollo local y nacional; h) Apoyar a las

Organizaciones No Gubernamentales a formular políticas de intercam-

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25DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 13 de Febrero de 2014.

bios y colaboración, para mejorar la efectividad y efi ciencia de las or-

ganizaciones comunitarias dentro y fuera del territorio nacional; i) Re-

cuperar la memoria histórica del Migrante Salvadoreño, creando el

Museo de la Migración, en honor de los miles de compatriotas que al-

canzaron el éxito o perecieron en el intento, pero que en todo caso,

mostraron ese espíritu de lucha de nuestro pueblo, y j) Crear los medios

de comunicación como revistas, periódicos, video documentales, y de

cualquier otra naturaleza que ayuden a la difusión de sus objetivos y

fi nes.- CAPÍTULO TERCERO.- DEL PATRIMONIO.- Artículo cinco.-

El Patrimonio de la Fundación estará constituido por: a) Un aporte

inicial de TRES MIL DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE

AMÉRICA, que los Miembros Fundadores han pagado. La aportación

en dinero relacionado queda en poder y bajo la responsabilidad de la

Junta Directiva; b) Donaciones, herencias, legados, contribuciones de

personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, respectivamen-

te; y, c) Todos los bienes muebles e inmuebles que adquiera, las rentas

provenientes de los mismos de conformidad con la ley.- Artículo seis.-

El Patrimonio será administrado por la Junta Directiva conforme a las

directrices que le manifi este la Asamblea General.- CAPÍTULO CUAR-

TO.- DEL GOBIERNO DE LA FUNDACIÓN.- Artículo siete.- El

gobierno de la Fundación será ejercido por: a) La Asamblea General; y,

b) La Junta Directiva.- CAPÍTULO QUINTO.- DE LA ASAMBLEA

GENERAL.- Artículo ocho.- La Asamblea General, debidamente con-

vocada, es la máxima autoridad de la Fundación y estará integrada por

la totalidad de los miembros Fundadores.- Artículo nueve.- La Asamblea

General se reunirá ordinariamente una vez al año y extraordinariamen-

te cuando fuere convocada por la Junta Directiva. La Asamblea General

sesionará válidamente con la asistencia de seis de los Miembros en

primera convocatoria y, en segunda convocatoria el día siguiente con

los miembros que asistan, excepto en los casos especiales en que se

requiera mayor número de asistentes. Las resoluciones las tomará la

Asamblea General por mayoría simple de votos, excepto en los casos

especiales en que se requiera una mayoría diferente.- Artículo diez.- Todo

miembro que no pudiera asistir a cualquiera de las sesiones de Asamblea

General por motivos justifi cados podrá hacerse representar por escrito

por otro miembro. El límite de representaciones es de un miembro,

llevando la voz y el voto de su representado.- Artículo once.- Son atri-

buciones de la Asamblea General: a) Elegir, sustituir y destituir total o

parcialmente a los miembros de la Junta Directiva; b) Aprobar, reformar

o derogar los Estatutos y el Reglamento Interno de la Fundación; c)

Aprobar y/o modifi car los planes, programas o presupuesto anual de la

Fundación; d) Aprobar o desaprobar la Memoria Anual de Labores de

la Fundación, presentada por la Junta Directiva; e) Decidir sobre la

compra, venta o enajenación de los bienes inmuebles pertenecientes a

la Fundación o muebles y títulos valores cuando su valor sea superior a

diez mil dólares de los Estados Unidos de América; y, f) Decidir todos

aquellos asuntos de interés para la Fundación y que no estén contem-

plados en los presentes Estatutos.- CAPÍTULO SEXTO.- DE LA

JUNTA DIRECTIVA.- Artículo doce.- La dirección y administración

de la Fundación estará confi ada a la Junta Directiva, la cual estará inte-

grada de la siguiente forma: un Presidente, un Vicepresidente, un Se-

cretario, un Síndico; un Tesorero; y seis Vocales. La Junta Directiva

administrará y dispondrá del patrimonio de la misma, en los términos

que establezcan las leyes y estos Estatutos. La Junta Directiva podrá

estar conformada por personas ajenas a la Fundación.- Artículo trece.-

Los miembros de la Junta Directiva serán electos para un período de

tres años pudiendo ser reelectos; en caso que por cualquier circunstancia

fi nalice el período del ejercicio sin que se hubiese podido reunir la

Asamblea General en Sesión Ordinaria, para hacer la nueva elección de

los miembros de la Junta Directiva, no obstante haber sido convocados

legalmente, los que estén fungiendo continuarán en el ejercicio de sus

cargos, hasta que se reúna la Asamblea General en sesión extraordinaria

que deberá convocarse al efecto dentro de los tres meses siguientes a la

fecha que debió verifi car- se la nueva elección.- Artículo catorce.- La

Junta Directiva sesionará ordinariamente una vez al mes y extraordina-

riamente cuantas veces sea necesario.- Artículo quince.- El quórum

necesario para que la Junta Directiva pueda sesionar será de siete de sus

Miembros y sus acuerdos deberán ser tomados por la mayoría de los

asistentes.- Artículo dieciséis.- La Junta Directiva tendrá las siguientes

atribuciones: a) Desarrollar las actividades necesarias para el logro de

los fi nes y objetivos de la Fundación; b) Velar por la administración

efi ciente y efi caz del patrimonio de la Fundación; c) Elaborar la Memo-

ria Anual de Labores de la Fundación; d) Promover la elaboración de

planes, programas, proyectos y presupuestos de la Fundación e informar

a la Asamblea General; e) Velar por el cumplimiento de los Estatutos,

Reglamento Interno, acuerdos y resoluciones de la Asamblea General

y de la misma Junta Directiva; f) Convocar a Sesiones Ordinarias y

Extraordinarias de Asamblea General; g) Nombrar y autorizar entre los

miembros de la Fundación los comités o comisiones que consideren

necesarios o representantes en el interior o exterior para el cumplimien-

to de los fi nes u objetivos de la Fundación; h) Nombrar y remover

cuando exista justa causa, al Director Ejecutivo cuyas funciones le serán

asignadas por la misma Junta Directiva; e, i) Resolver todos los asuntos

que no sean competencia de la Asamblea General.- Artículo diecisiete-

Son atribuciones del Presidente: a) Presidir las Sesiones Ordinarias y

Extraordinarias de Asamblea General; b) Velar por el cumplimiento de

los acuerdos, resoluciones de la Junta Directiva y de la Asamblea Ge-

neral, así como de los Estatutos y Reglamento interno de la Fundación;

c) Representar legal, judicial y extrajudicialmente a la Fundación, con-

junta o separadamente con el Síndico, pudiendo otorgar poderes previa

autorización de la Junta Directiva; d) Convocar a Sesiones Ordinarias

y Extraordinarias de la Asamblea General y de la Junta Directiva; e)

Autorizar juntamente con el Tesorero las erogaciones que tenga que

hacer la Fundación; f) Presentar la Memoria de Labores de la Fundación

y cualquier informe que le sea solicitado por la misma; g) Promover la

imagen pública de la Fundación conjuntamente con el Vicepresidente;

y h) Celebrar contratos en los cuales se adquieren derechos y obligacio-

nes con personas naturales y jurídicas ya sean nacionales o extranjeras,

de cualquier estado o municipio, previa autorización de la Junta Direc-

tiva para el desempeño normal de los fi nes u objetivos de la Fundación,

siempre y cuando no contravenga el artículo nueve de la Ley de Aso-

ciaciones y Fundaciones Sin Fines de Lucro.- Artículo dieciocho.- Son

atribuciones del Vicepresidente: a) Colaborar con el Presidente en todas

las actividades que se desarrollen en cumplimiento de los fi nes u obje-

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26 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402

tivos de la Fundación; b) Promover la imagen pública de la Fundación

conjuntamente con el Presidente; y, c) Sustituir en todas sus atribuciones,

sin ninguna limitación ni requisito previo, al Presidente de la Junta

Directiva en caso de impedimento temporal o ausencia, con iguales

facultades previo acuerdo de la Junta Directiva.- Artículo diecinueve.-

Son atribuciones del Secretario: a) Llevar los Libros de Actas de las

Sesiones de Asamblea General y de Junta Directiva; b) Llevar el archi-

vo de documentos y registros de los miembros de la Fundación; c)

Extender todas las certifi caciones o constancias que fueran solicitadas

a la Fundación; d) Hacer y enviar las convocatorias a los miembros para

las sesiones; y, e) Ser el órgano de comunicación de la Fundación.- Ar-

tículo veinte.- Son atribuciones del Síndico: a) Atender en general los

asuntos de carácter legal de la Fundación; b) Emitir opinión sobre los

diferentes tipos de contratos que suscriba la Fundación, la cual será

compartida con la Junta Directiva para su correspondiente aprobación;

y, c) Ejercer conjuntamente con el Presidente, la representación legal,

judicial y extrajudicial de la Fundación o separadamente cuando el

Presidente se encontrare ausente, previa autorización de la Junta Direc-

tiva.- Artículo veintiuno.- Son atribuciones del Tesorero: a) Recibir y

depositar los fondos que la Fundación obtenga, en el Banco que la

Junta Directiva seleccione; b) Llevar o tener control directo de los libros

de contabilidad de la Fundación; c) Autorizar conjuntamente con el

Presidente las erogaciones que la Fundación tenga que realizar; y, d)

Solicitar anualmente a un Auditor público certifi cado los servicios

profesionales a fi n de auditar las cuentas y manejo de los fondos de la

Fundación, debiendo el respectivo Auditor presentar informe a la Asam-

blea General.- Artículo veintidós.- Son atribuciones de los Vocales: a)

Colaborar directamente con todos los miembros de la Junta Directiva;

y, b) Sustituir a cualquier Miembro de la Junta Directiva en caso de

ausencia o impedimento, excepto al Presidente quien será sustituido por

el Vicepresidente.- CAPÍTULO SÉPTIMO.- LA DIRECCIÓN EJECU-

TIVA.- Artículo veintitrés.- La Dirección Ejecutiva es el órgano de

ejecución y coordinación directa de las actividades de la Fundación, de

su administración fi nanciera y contable y de la administración del per-

sonal empleado o adscrito. La Dirección Ejecutiva estará a cargo de un

Director Ejecutivo, nombrado por la Junta Directiva, y actuará de acuer-

do con las instrucciones que ella le establezca por medio del Presidente

quien será su superior inmediato. Para desempeñar el cargo de Director

o Ejecutivo no será necesario ser miembro de la Fundación; los requi-

sitos para ello serán determinados por la Junta Directiva.- Artículo

veinticuatro.- Son atribuciones de la Dirección Ejecutiva: a) La planifi -

cación, organización y supervisión de la ejecución de las actividades de

la Fundación, de conformidad a las instrucciones que establezca la

Junta Directiva; b) La elaboración del Plan de Trabajo, el Presupuesto

y presentarlos a la Junta Directiva; c) La identifi cación y formulación

de proyectos; d) La gestión fi nanciera de proyectos ante entidades na-

cionales o internacionales; e) El seguimiento de los proyectos específi -

cos de cooperación de la Fundación con otras entidades; f) La adminis-

tración fi nanciera y contable directa e inmediata de los fondos de la

Fundación; g) La selección, el nombramiento y la remoción del personal

empleado o adscrito a la Fundación; h) Nombrar y remover al personal

operativo de acuerdo a las directrices defi nidas por la Junta Directiva;

i) Informar permanentemente a la Junta Directiva sobre todos los asun-

tos que de acuerdo con sus atribuciones le corresponde conocer; j)

Participar de las Sesiones Ordinarias y Extraordinarias de Junta Direc-

tiva, con derecho a voz pero no a voto; y, k) Todas las demás que la

Junta Directiva señale.- Artículo veinticinco.- El Director ejecutivo, será

responsable de los actos realizados cuando excedieren sus facultades o

se realizaren en contravención a su función o mandato, o a los presentes

Estatutos, a los principios, objetivos y fi nalidad de la Fundación.- CA-

PÍTULO OCTAVO.- LA ASAMBLEA EXTRAORDINARIA.- Artí-

culo veintiséis.- La Asamblea Extraordinaria se convocará para: a)

Modifi car el nombre de la presente Fundación; b) Modifi car el domici-

lio de la misma; c) Disolver la Fundación que por medio de esta Escritura

se constituye; y, d) Modifi car los Estatutos.- CAPÍTULO NOVENO.- DE

LOS MIEMBROS FUNDADORES.- Artículo veintisiete.- Son Miem-

bros Fundadores todas aquellas personas que han contribuido al fondo

inicial con el cual se constituye la Fundación. Los fundadores podrán

designar distinciones honorarias a todas aquellas personas que por su

labor y méritos en favor de la Fundación sean así nombrados por la

Asamblea General, así como también a todas aquellas personas natura-

les o jurídicas, Instituciones, Entidades y Organismos Nacionales o

Extranjeros, así como Empresas que mediante invitación de la Junta

Directiva aporten contribuciones signifi cativas a la Fundación en efec-

tivo o en especies, de acuerdo al criterio que para tal efecto establezca

la Junta Directiva.- Artículo veintiocho.- Son derechos de los Miembros

Fundadores: a) Tener voz y voto en las deliberaciones de la Asamblea

General; b) Optar a cargos Directivos llenando los requisitos que seña-

len los Estatutos de la Fundación; y, c) Los demás que les señalen los

Estatutos y Reglamento Interno de la Fundación.-Artículo veintinueve.-

Son deberes de los miembros Fundadores: a) Asistir a las Sesiones

Ordinarias y Extraordinarias de Asamblea General; b) Cooperar en el

desarrollo de aquellas actividades propias de la Fundación; c) Cumplir

y hacer cumplir los presentes Estatutos, Reglamento Interno, acuerdos

y resoluciones de la Asamblea General; y, d) Los demás que les señalen

los Estatutos y Reglamento Interno de la Fundación.- Artículo treinta.-

La calidad de Miembro Fundador se perderá por las causas siguientes:

a) Por violación a estos Estatutos, Reglamento Interno, acuerdos y re-

soluciones de la Asamblea General; b) Por otras faltas graves cometidas,

que a juicio de la Asamblea General merezcan tal sanción; y, c) Por

renuncia presentada por escrito a la Junta Directiva.- CAPÍTULO DÉ-

CIMO.- DE LA DISOLUCIÓN.- Artículo treinta y uno.- No podrá di-

solverse la Fundación sino por disposición de la ley o por resolución

tomada en Asamblea General Extraordinaria, convocada a ese efecto y

con por lo menos seis votos de sus Miembros. En caso de acordarse la

disolución de la Fundación se nombrará una Junta de Liquidación com-

puesta de cinco personas, electas por la Asamblea General Extraordina-

ria que acordó la disolución. Los bienes que sobraren después de can-

celar todos sus compromisos se donarán a cualquier entidad Benéfi ca o

Cultural que la Asamblea General señale.- CAPÍTULO DÉCIMO PRI-

MERO.- SANCIONES A LOS MIEMBROS, MEDIDAS DISCIPLI-

NARIAS, CAUSALES Y PROCEDIMIENTO DE APLICACIÓN.-

Artículo treinta y dos.- La Asamblea General decidirá y dispondrá sobre

las causales y medidas disciplinarias que serán aplicables a los miembros

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27DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 13 de Febrero de 2014.

de la Fundación. Son motivos de exclusión de un miembro, las causales

señaladas en los literales a) y b), del artículo treinta, serán califi cadas

como faltas graves: robo, estafa, sustracción y desviación de fondos,

confl icto de intereses con otros cargos, mala conducta y abandono del

cargo, todas las demás acciones que provengan de los miembros y que

tengan una conducta no adecuada, serán consideradas como faltas leves.

Las faltas graves causarán el retiro defi nitivo de los miembros, pero será

necesario oír en audiencia al miembro, analizar y evaluar las evidencias

y justifi caciones presentadas, para determinar si procede la exclusión y

se pueda emitir la resolución correspondiente. Sin perjuicio de las penas

a que sean acreedores de conformidad con la Ley, los miembros queda-

rán sujetos, dentro de las actividades de la Fundación, las Medidas

Disciplinarias siguientes: a) Amonestación oral privada; b) Amonestación

escrita; c) Suspensión temporal; d) Expulsión defi nitiva. En caso de las

Faltas leves se aplicará la amonestación oral privada, la amonestación

escrita y la suspensión temporal según disponga la Asamblea General,

en caso de las Faltas Graves se aplicará la expulsión defi nitiva. Las

sanciones serán impuestas a los miembros infractores por la Junta Di-

rectiva de la Fundación, siempre con la comprobación de los hechos que

la motivan.- CAPÍTULO DÉCIMO SEGUNDO.- DISPOSICIONES

GENERALES.- Artículo treinta y tres.- Para reformar o derogar los

presentes Estatutos será necesario el voto favorable de no menos de seis

votos de los miembros en Asamblea General convocada para tal efecto.-

Artículo treinta y cuatro.- La Junta Directiva tiene la obligación de

inscribir en el Registro de Asociaciones y Fundaciones sin Fines de

Lucro, del Ministerio de Gobernación, la Junta Directiva dentro de los

quince días después de electa, y en todo caso proporcionar al expresado

Registro cualquier dato que se le pidiere, de conformidad a la Ley de

Asociaciones y Fundaciones sin Fines de Lucro.- Artículo treinta y

cinco.- Todo lo relativo al orden interno de la Fundación no compren-

dido en estos Estatutos, se establecerá en el Reglamento interno de la

misma, el cual deberá ser elaborado por la Junta Directiva y aprobado

por la Asamblea General.- Artículo treinta y seis.- La Fundación se

regirá por los presentes Estatutos y demás disposiciones legales aplica-

bles.- Artículo treinta y siete.- Los presentes Estatutos entrarán en vi-

gencia desde el día de su publicación en el Diario Ofi cial".- III) Que en

este acto eligen a la primera Junta Directiva de la Fundación, quedando

conformada de la siguiente forma: Presidente: Leonel Antonio Flores

Sosa; Vicepresidente: José Salvador Sanabria Gutiérrez; Secretario:

David Antonio Hernández Santos; Síndico: Félix Augusto Antonio Ulloa

Garay conocido por Félix Ulloa hijo; Tesorero: José Manuel Ortiz

Benítez; y Vocales: Claudia María Rivera Arias, José Ramón Villalta,

Evelyn Yanira Soundy Trigueros, Emilio Alfaro Ruiz, César Oliverio

Ríos Vásquez y Francisco Antonio Pineda García.- Así se expresaron

los comparecientes; y la Suscrita Notaria hace constar: a) Que expliqué

a los otorgantes los efectos legales de este acto; b) Que me cercioré de

su identidad personal, por medio de sus respectivos documentos de

identidad, relacionados en este instrumento; y c) Que advertí a los

otorgantes de la obligación que tienen de inscribir la presente Escritura

en el Registro de Asociaciones y Fundaciones sin Fines de Lucro del

Ministerio de Gobernación, los efectos de dicho Registro y las sanciones

impuestas por falta de inscripción, según lo establece el artículo noven-

ta y uno de la Ley de Asociaciones y Fundaciones sin Fines de Lucro.-

Y leído que se los hube íntegramente todo lo escrito, en un solo acto sin

interrupción, ratifi can su contenido por estar redactado conforme a sus

voluntades, y fi rmamos.- DOY FE.- Entrelíneas: a quienes conozco e

identifi co de la manera siguiente – cuarenta y cuatro años de – cuatro

- de treinta y seis años – de cincuenta años – seis –de cuarenta y dos

años - de cuarenta años - de cincuenta y ocho años - de cincuenta y

cuatro años – tres – de sesenta y dos años de cincuenta y seis años – de

cincuenta y un años - y que podrá abreviarse - conjuntamente con el

Síndico - y – g) Promover la imagen pública de la Fundación conjunta-

mente con el Vicepresidente - siempre y cuando no contravenga el ar-

tículo nueve de la Ley de Asociaciones y Fundaciones Sin Fines de

Lucro - previa autorización de la Junta Directiva - o separadamente

cuando el presidente se encontrare ausente - excepto el Presidente quien

será sustituido por el Vicepresidente -no - En caso de las Faltas Leves

se aplicará la amonestación oral privada, la amonestación escrita y la

suspensión temporal, según disponga la Asamblea General, en caso de

las Faltas Graves de aplicará la expulsión defi nitiva. - César Oliverio

Ríos Vásquez.- Valen.- Testado: ocho - nueve - y que- seis - h) - con-

juntamente - seis votos - seis votos.- Valen.- ""Ilegible" "Ilegible" "FAuh"

"JMOrtiz" "DAHernández" "Ilegible" "JRV" "Ilegible" "EmilioAlfaro"

"Ilegible" "KPaissircP´z"".- Rubricadas.

CRISSIA ESMERALDA PÉREZ,

NOTARIO.

PASO ANTE MI del folio treinta y uno vuelto al folio treinta y siete

frente del LIBRO UNO DE MI PROTOCOLO, que vence el día doce

de febrero del año dos mil catorce; y para ser entregado a la FUNDA-

CIÓN INSTITUTO SALVADOREÑO DEL MIGRANTE, y que podrá

abreviarse INSAMI, extiendo, fi rmo y sello el presente Testimonio de

Escritura Pública de CONSTITUCIÓN DE FUNDACIÓN, en la Ciudad

de San Salvador, a los veintiún días del mes de agosto del año dos mil

trece.

CRISSIA ESMERALDA PÉREZ,

NOTARIO.

ES CONFORME con su original con el cual se confrontó en el

Registro de Asociaciones y Fundaciones sin Fines de Lucro del Ministerio

de Gobernación, San Salvador, a las quince horas y cinco minutos del

día once de diciembre del año dos mil trece.

LICDA. ANA DELMY MENDOZA CAMPOS,

DIRECTORA GENERAL DEL REGISTRO DE ASOCIACIONES Y

FUNDACIONES SIN FINES DE LUCRO.

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28 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402

ESTATUTOS DE LA FUNDACION

INSTITUTO SALVADOREÑO DEL MIGRANTE

y que podrá abreviarse INSAMI.

CAPITULO PRIMERO

NATURALEZA, DENOMINACION, DOMICILIO

Y PLAZO.

Artículo uno.- Créase en la ciudad de San Salvador, departamento

de San Salvador, la Fundación de Nacionalidad Salvadoreña, que se

denominará FUNDACION INSTITUTO SALVADOREÑO DEL MI-

GRANTE y que podrá abreviarse INSAMI, como una entidad apolítica,

no lucrativa, ni religiosa, la que en los presentes Estatutos se denominará

"La Fundación".

Artículo dos.- El domicilio de la Fundación será la ciudad de San

Salvador, departamento de San Salvador, pudiendo establecer fi liales

en todo el territorio de la República y fuera de él.

Artículo tres.- La Fundación se constituye por tiempo indefi ni-

do.

CAPITULO SEGUNDO

FINALIDAD

Artículo cuatro.- Los fi nes u objetivos de la Fundación son:

a) Contribuir a la creación de una política integral de migración,

clara directa y consensuada, que se convierta en una verdadera

política pública y genere una institucionalidad propia para

garantizar los derechos de nuestra población migrante;

b) Generar mediante la investigación y el estudio científi co la

refl exión y el debate que permita recuperar, mantener y pro-

yectar nuestra identidad histórica y cultural entre las diferentes

comunidades que componen la diáspora salvadoreña;

c) Crear mediante estudios e investigaciones científi cas, los

mecanismos que faciliten la interacción entre la población

residente dentro y fuera del país, motivando a las distintas

instituciones del estado, para que faciliten los recursos

institucionales necesarios a tal fi n;

d) Generar propuestas adecuadas para una mejor utilización

de las remesas económicas y demás recursos materiales e

intelectuales que los salvadoreños residentes fuera del país,

transfi eren a nuestro país y promover la inversión extranjera

en los términos que realmente contribuya al desarrollo de

nuestra economía;

e) Procurar mediante un programa de estímulos, la repatriación

de cerebros para contribuir al desarrollo intelectual y moral

de nuestra nación;

f) Promover la participación organizada y consciente de la co-

munidad residente en el exterior, en procesos de incidencia,

manteniendo su neutralidad partidaria;

g) Colaborar con los distintos gobiernos a nivel nacional y local,

para facilitar procesos de encuentros entre las comunidades y

el apoyo a proyectos y programas que busquen el desarrollo

local y nacional;

h) Apoyar a las Organizaciones No Gubernamentales a formular

políticas de intercambios y colaboración, para mejorar la

efectividad y efi ciencia de las organizaciones comunitarias

dentro y fuera del territorio nacional;

i) Recuperar la memoria histórica del Migrante Salvadoreño,

creando el Museo de la Migración, en honor de los miles

de compatriotas que alcanzaron el éxito o perecieron en el

intento, pero que en todo caso, mostraron ese espíritu de lucha

de nuestro pueblo; y

j) Crear los medios de comunicación como revistas, periódicos,

video documentales, y de cualquier otra naturaleza que ayuden

a la difusión de sus objetivos y fi nes.

CAPITULO TERCERO

DEL PATRIMONIO

Artículo cinco.- El Patrimonio de la Fundación estará constituido

por:

a) Un aporte inicial de TRES MIL DOLARES DE LOS ESTA-

DOS UNIDOS DE AMERICA, que los Miembros Fundadores

han pagado. La aportación en dinero relacionado queda en

poder y bajo la responsabilidad de la Junta Directiva;

b) Donaciones, herencias, legados, contribuciones de personas

naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, respectiva-

mente; y,

c) Todos los bienes muebles e inmuebles que adquiera, las rentas

provenientes de los mismos de conformidad con la ley.

Artículo seis.- El patrimonio será administrado por la Junta Directiva

conforme a las directrices que le manifi este la Asamblea General.

CAPITULO CUARTO

DEL GOBIERNO DE LA FUNDACION

Artículo siete.- El Gobierno de la Fundación será ejercido por:

a) La Asamblea General; y

b) La Junta Directiva.

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29DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 13 de Febrero de 2014.

CAPITULO QUINTO

DE LA ASAMBLEA GENERAL

Artículo ocho.- La Asamblea General, debidamente convocada, es

la máxima autoridad de la Fundación y estará integrada por la totalidad

de los miembros Fundadores.

Artículo nueve.- La Asamblea General se reunirá Ordinariamente

una vez al año y Extraordinariamente cuando fuere convocada por la

Junta Directiva. La Asamblea General sesionará válidamente con la

asistencia de seis de los miembros en primera convocatoria y, en segunda

convocatoria el día siguiente con los miembros que asistan, excepto en

los casos especiales en que se requiera mayor número de asistentes. Las

resoluciones las tomará la Asamblea General por mayoría simple de

votos, excepto en los casos especiales en que se requiera una mayoría

diferente.

Artículo diez.- Todo miembro que no pudiera asistir a cualquiera de

las sesiones de Asamblea General por motivos justifi cados podrá hacerse

representar por escrito por otro miembro. El límite de representaciones

es de un miembro, llevando la voz y el voto de su representado.

Artículo once.- Son atribuciones de la Asamblea General:

a) Elegir, sustituir y destituir total o parcialmente a los miembros

de la Junta Directiva;

b) Aprobar, reformar o derogar los Estatutos y el Reglamento

Interno de la Fundación;

c) Aprobar y/o modifi car los planes, programas o presupuesto

anual de la Fundación;

d) Aprobar o desaprobar la Memoria Anual de Labores de la

Fundación, presentada por la Junta Directiva;

e) Decidir sobre la compra, venta o enajenación de los bienes

inmuebles pertenecientes a la Fundación o muebles y títulos

valores cuando su valor sea superior a diez mil dólares de

los Estados Unidos de América; y

f) Decidir todos aquellos asuntos de interés para la Fundación

y que no estén contemplados en los presentes Estatutos.

CAPITULO SEXTO

DE LA JUNTA DIRECTIVA

Artículo doce.- La dirección y administración de la Fundación es-

tará confi ada a la Junta Directiva, la cual estará integrada de la siguiente

forma: un Presidente, un Vicepresidente, un Secretario, un Síndico; un

Tesorero; y seis Vocales. La Junta Directiva administrará y dispondrá

del patrimonio de la misma, en los términos que establezcan las leyes y

estos Estatutos. La Junta Directiva podrá estar conformada por personas

ajenas a la Fundación.

Artículo trece.- Los miembros de la Junta Directiva serán electos

para un período de tres años pudiendo ser reelectos; en caso que por

cualquier circunstancia fi nalice el período del ejercicio sin que se hubiese

podido reunir la Asamblea General en Sesión Ordinaria, para hacer la

nueva elección de los miembros de la Junta Directiva, no obstante haber

sido convocados legalmente, los que estén fungiendo continuarán en

el ejercicio de sus cargos, hasta que se reúna la Asamblea General en

sesión extraordinaria que deberá convocarse al efecto dentro de los tres

meses siguientes a la fecha que debió verifi carse la nueva elección.

Artículo catorce.- La Junta Directiva sesionará Ordinariamente

una vez al mes y Extraordinariamente cuantas veces sea necesario.

Artículo quince.- El quórum necesario para que la Junta Directiva

pueda sesionar será de siete de sus miembros y sus acuerdos deberán ser

tomados por la mayoría de los asistentes.

Artículo dieciséis.- La Junta Directiva tendrá las siguientes atri-

buciones:

a) Desarrollar las actividades necesarias para el logro de los

fi nes y objetivos de la Fundación;

b) Velar por la administración efi ciente y efi caz del patrimonio

de la Fundación;

c) Elaborar la Memoria Anual de Labores de la Fundación;

d) Promover la elaboración de planes, programas, proyectos

y presupuestos de la Fundación e informar a la Asamblea

General;

e) Velar por el cumplimiento de los Estatutos, Reglamento

Interno, Acuerdos y Resoluciones de la Asamblea General

y de la misma Junta Directiva;

f) Convocar a sesiones Ordinarias y Extraordinarias de Asamblea

General;

g) Nombrar y autorizar entre los miembros de la Fundación los

comités o comisiones que consideren necesarios o represen-

tantes en el interior o exterior para el cumplimiento de los

fi nes u objetivos de la Fundación;

h) Nombrar y remover cuando exista justa causa, al Director

Ejecutivo cuyas funciones le serán asignadas por la misma

Junta Directiva; e

i) Resolver todos los asuntos que no sean competencia de la

Asamblea General.

Artículo diecisiete.- Son atribuciones del Presidente:

a) Presidir las sesiones Ordinarias y Extraordinarias de Asamblea

General;

b) Velar por el cumplimiento de los Acuerdos, Resoluciones de

la Junta Directiva y de la Asamblea General, así como de los

Estatutos y Reglamento Interno de la Fundación;

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30 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402

c) Representar Legal, Judicial y Extrajudicialmente a la Fun-

dación, conjunta o separadamente con el Síndico, pudiendo

otorgar poderes previa autorización de la Junta Directiva;

d) Convocar a sesiones Ordinarias y Extraordinarias de la

Asamblea General y de la Junta Directiva;

e) Autorizar juntamente con el Tesorero las erogaciones que

tenga que hacer la Fundación;

f) Presentar la Memoria de Labores de la Fundación y cualquier

informe que le sea solicitado por la misma;

g) Promover la imagen pública de la Fundación conjuntamente

con el Vicepresidente; y

h) Celebrar contratos en los cuales se adquieren derechos y

obligaciones con personas naturales y jurídicas ya sean na-

cionales o extranjeras, de cualquier estado o municipio, previa

autorización de la Junta Directiva para el desempeño normal

de los fi nes u objetivos de la Fundación, siempre y cuando

no contravenga el artículo nueve de la Ley de Asociaciones

y Fundaciones sin Fines de Lucro.

Artículo dieciocho.- Son atribuciones del Vicepresidente:

a) Colaborar con el Presidente en todas las actividades que se

desarrollen en cumplimiento de los fi nes u objetivos de la

Fundación;

b) Promover la imagen pública de la Fundación conjuntamente

con el Presidente; y

c) Sustituir en todas sus atribuciones, sin ninguna limitación ni

requisito previo, al Presidente de la Junta Directiva en caso

de impedimento temporal o ausencia, con iguales facultades

previo acuerdo de la Junta Directiva.

Artículo diecinueve.- Son atribuciones del Secretario:

a) Llevar los Libros de Actas de las Sesiones de Asamblea

General y de Junta Directiva;

b) Llevar el archivo de documentos y registros de los miembros

de la Fundación;

c) Extender todas las certifi caciones o constancias que fueran

solicitadas a la Fundación;

d) Hacer y enviar las convocatorias a los miembros para las

sesiones; y

e) Ser el Órgano de Comunicación de la Fundación.

Artículo veinte.- Son atribuciones del Síndico:

a) Atender en general los asuntos de carácter legal de la Fun-

dación;

b) Emitir opinión sobre los diferentes tipos de contratos que

suscriba la Fundación, la cual será compartida con la Junta

Directiva para su correspondiente aprobación; y

c) Ejercer conjuntamente con el Presidente, la representación

Legal, Judicial y Extrajudicial de la Fundación o separada-

mente cuando el Presidente se encontrare ausente, previa

autorización de la Junta Directiva.

Artículo veintiuno.- Son atribuciones del Tesorero:

a) Recibir y depositar los fondos que la Fundación obtenga, en

el Banco que la Junta Directiva seleccione;

b) Llevar o tener control directo de los libros de contabilidad

de la Fundación;

c) Autorizar conjuntamente con el Presidente las erogaciones

que la Fundación tenga que realizar; y

d) Solicitar anualmente a un Auditor público certifi cado los

servicios profesionales a fi n de auditar las cuentas y manejo

de los fondos de la Fundación, debiendo el respectivo Auditor

presentar informe a la Asamblea General.

Artículo veintidós.- Son atribuciones de los Vocales:

a) Colaborar directamente con todos los miembros de la Junta

Directiva; y

b) Sustituir a cualquier Miembro de la Junta Directiva en caso

de ausencia o impedimento, excepto al Presidente quien será

sustituido por el Vicepresidente.

CAPITULO SEPTIMO

LA DIRECCION EJECUTIVA

Artículo veintitrés.- La Dirección Ejecutiva es el Órgano de Eje-

cución y Coordinación directa de las actividades de la Fundación, de su

administración fi nanciera y contable y de la administración del personal

empleado o adscrito. La Dirección Ejecutiva estará a cargo de un Director

Ejecutivo, nombrado por la Junta Directiva, y actuará de acuerdo con las

instrucciones que ella le establezca por medio del Presidente quien será

su superior inmediato. Para desempeñar el cargo de Director o Ejecutivo

no será necesario ser miembro de la Fundación; los requisitos para ello

serán determinados por la Junta Directiva.

Artículo veinticuatro.- Son atribuciones de la Dirección Ejecuti-

va:

a) La planifi cación, organización y supervisión de la ejecución

de las actividades de la Fundación, de conformidad a las

instrucciones que establezca la Junta Directiva;

b) La elaboración del plan de trabajo, el presupuesto y presen-

tarlos a la Junta Directiva;

c) La identifi cación y formulación de proyectos;

d) La gestión fi nanciera de proyectos ante entidades nacionales

o internacionales;

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31DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 13 de Febrero de 2014.

e) El seguimiento de los proyectos específi cos de cooperación

de la Fundación con otras entidades;

f) La administración fi nanciera y contable directa e inmediata

de los fondos de la Fundación;

g) La selección, el nombramiento y la remoción del personal

empleado o adscrito a la Fundación;

h) Nombrar y remover al personal operativo de acuerdo a las

directrices defi nidas por la Junta Directiva;

i) Informar permanentemente a la Junta Directiva sobre todos los

asuntos que de acuerdo con sus atribuciones le corresponde

conocer;

j) Participar de las sesiones Ordinarias y Extraordinarias de

Junta Directiva, con derecho a voz pero no a voto; y

k) Todas las demás que la Junta Directiva señale.

Artículo veinticinco.- El Director Ejecutivo, será responsable de

los actos realizados cuando excedieren sus facultades o se realizaren en

contravención a su función o mandato, o a los presentes Estatutos, a los

principios, objetivos y fi nalidad de la Fundación.

CAPITULO OCTAVO

LA ASAMBLEA EXTRAORDINARIA

Artículo veintiséis.- La Asamblea Extraordinaria se convocará

para:

a) Modifi car el nombre de la presente Fundación;

b) Modifi car el domicilio de la misma;

c) Disolver la Fundación que por medio de esta Escritura se

constituye; y

d) Modifi car los Estatutos.

CAPITULO NOVENO

DE LOS MIEMBROS FUNDADORES

Artículo veintisiete.- Son Miembros Fundadores todas aquellas

personas que han contribuido al fondo inicial con el cual se constituye

la Fundación. Los Fundadores podrán designar distinciones honorarias

a todas aquellas personas que por su labor y méritos en favor de la Fun-

dación sean así nombrados por la Asamblea General, así como también

a todas aquellas personas naturales o jurídicas, Instituciones, Entidades y

Organismos Nacionales o Extranjeros, así como Empresas que mediante

invitación de la Junta Directiva aporten contribuciones signifi cativas a

la Fundación en efectivo o en especies, de acuerdo al criterio que para

tal efecto establezca la Junta Directiva.

Artículo veintiocho.- Son derechos de los Miembros Fundado-res:

a) Tener voz y voto en las deliberaciones de la Asamblea Ge-neral;

b) Optar a cargos Directivos llenando los requisitos que señalen los Estatutos de la Fundación; y

c) Los demás que les señalen los Estatutos y Reglamento Interno de la Fundación.

Artículo veintinueve.- Son deberes de los miembros Fundadores:

a) Asistir a las sesiones Ordinarias y Extraordinarias de Asamblea General;

b) Cooperar en el desarrollo de aquellas actividades propias de la Fundación;

c) Cumplir y hacer cumplir los presentes Estatutos, Reglamento Interno, Acuerdos y Resoluciones de la Asamblea General; y,

d) Los demás que les señalen los Estatutos y Reglamento Interno de la Fundación.

Artículo treinta.- La calidad de Miembro Fundador se perderá por las causas siguientes:

a) Por violación a estos Estatutos, Reglamento Interno, Acuerdos y Resoluciones de la Asamblea General;

b) Por otras faltas graves cometidas, que a juicio de la Asamblea General merezcan tal sanción; y

c) Por renuncia presentada por escrito a la Junta Directiva.

CAPITULO DECIMO

DE LA DISOLUCION

Artículo treinta y uno.- No podrá disolverse la Fundación sino por disposición de la ley o por resolución tomada en Asamblea General Extraordinaria, convocada a ese efecto y con por lo menos seis votos de sus miembros. En caso de acordarse la disolución de la Fundación se nombrará una Junta de Liquidación compuesta de cinco personas, electas por la Asamblea General Extraordinaria que acordó la disolución. Los bienes que sobraren después de cancelar todos sus compromisos se donarán a cualquier entidad Benéfi ca o Cultural que la Asamblea General señale.

CAPITULO DECIMO PRIMERO

SANCIONES A LOS MIEMBROS,

MEDIDAS DISCIPLINARIAS, CAUSALES Y

PROCEDIMIENTO DE APLICACION.

Artículo treinta y dos.- La Asamblea General decidirá y dispondrá sobre las causales y medidas disciplinarias que serán aplicables a los

miembros de la Fundación. Son motivos de exclusión de un miembro,

las causales señaladas en los literales a) y b), del artículo treinta, serán

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32 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402

califi cadas como faltas graves: robo, estafa, sustracción y desviación de

fondos, confl icto de intereses con otros cargos, mala conducta y abandono

del cargo, todas las demás acciones que provengan de los miembros y

que tengan una conducta no adecuada, serán consideradas como faltas

leves.

Las faltas graves causarán el retiro defi nitivo de los miembros,

pero será necesario oír en audiencia al miembro, analizar y evaluar las

evidencias y justifi caciones presentadas, para determinar si procede la

exclusión y se pueda emitir la resolución correspondiente.

Sin perjuicio de las penas a que sean acreedores de conformidad

con la Ley, los miembros quedarán sujetos, dentro de las actividades de

la Fundación, las Medidas Disciplinarias siguientes:

a) Amonestación oral privada;

b) Amonestación escrita;

c) Suspensión temporal;

d) Expulsión defi nitiva.

En caso de las Faltas Leves se aplicará la amonestación oral priva-

da, la amonestación escrita y la suspensión temporal según disponga la

Asamblea General, en caso de las Faltas Graves se aplicará la expulsión

defi nitiva. Las sanciones serán impuestas a los miembros infractores por

la Junta Directiva de la Fundación, siempre con la comprobación de los

hechos que la motivan.

CAPITULO DECIMO SEGUNDO

DISPOSICIONES GENERALES

Artículo treinta y tres.- Para reformar o derogar los presentes

Estatutos será necesario el voto favorable de no menos de seis votos de

los miembros en Asamblea General convocada para tal efecto.

Artículo treinta y cuatro.- La Junta Directiva tiene la obligación

de inscribir en el Registro de Asociaciones y Fundaciones sin Fines de

Lucro, del Ministerio de Gobernación, la Junta Directiva dentro de los

quince días después de electa, y en todo caso proporcionar al expresado

Registro cualquier dato que se le pidiere, de conformidad a la Ley de

asociaciones y Fundaciones sin Fines de Lucro.

Artículo treinta y cinco.- Todo lo relativo al orden interno de la

Fundación no comprendido en estos Estatutos, se establecerá en el Re-

glamento Interno de la misma, el cual deberá ser elaborado por la Junta

Directiva y aprobado por la Asamblea General.

Artículo treinta y seis.- La Fundación se regirá por los presentes

Estatutos y demás disposiciones legales aplicables.

Artículo treinta y siete.- Los presentes Estatutos entrarán en vigencia

desde el día de su publicación en el Diario Ofi cial.

DECRETO No. 3

EL ORGANO EJECUTIVO DE LA REPUBLICA DE EL SALVA-

DOR,

DECRETA:

Art. 1.- Declárase legalmente establecida la Entidad denominada

FUNDACION INSTITUTO SALVADOREÑO DEL MIGRANTE, y

que podrá abreviarse INSAMI, constituida en la Ciudad de San Salvador,

a las diecisiete horas y treinta minutos del día veintiséis de junio del

dos mil trece, ante los ofi cios de la Notario CRISSIA ESMERALDA

PEREZ.

Art. 2.- Apruébense en todas sus partes los Estatutos de la citada

entidad, los cuales constan de TREINTA Y SIETE Artículos, por no

contener nada contrario a las leyes del país, y confi éresele el carácter de

Persona Jurídica de conformidad con el Art. 65 de la Ley de Asociaciones

y Fundaciones sin Fines de Lucro.

Art. 3.- Publíquense los referidos Estatutos en el Diario Ofi cial

e inscríbase en el Registro de Asociaciones y Fundaciones sin Fines

de Lucro de la FUNDACION INSTITUTO SALVADOREÑO DEL

MIGRANTE, y que podrá abreviarse "INSAMI".

Art. 4.- El presente Decreto entrará en vigencia desde el día de su

publicación en el Diario Ofi cial.

DADO EN CASA PRESIDENCIAL: San Salvador, a los catorce

días del mes de enero del dos mil catorce.

CARLOS MAURICIO FUNES CARTAGENA,

Presidente de la República.

GREGORIO ERNESTO ZELAYANDIA CISNEROS,

Ministro de Gobernación.

(Registro No. F023733)

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33DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 13 de Febrero de 2014.

MINISTERIO DE EDUCACIÓNRAMO DE EDUCACION

ACUERDO No. 15-0013.

San Salvador, 03 de enero de 2008

El Órgano Ejecutivo de la República de El Salvador en el Ramo de Educación, CONSIDERANDO: I) Que se ha solicitado la Creación y Funcio-

namiento del Centro Educativo INSTITUTO CATÓLICO "NUESTRA SEÑORA DE GUADALAUPE", ubicado en Barrio Santa Bárbara, Municipio

de Sensuntepeque, Departamento de Cabañas, para que funcione en el Nivel de Educación Media con la modalidad del Bachillerato General, jornada

diurna; II) Que según certifi cación de Acta N° 242, Punto I, de fecha 3,de diciembre de 2008 , la Comisión Nominadora de Centros Educativos aprobó

la nominación del centro Educativo referido en el considerando anterior como INSTITUTO CATÓLICO "NUESTRA SEÑORA DE GUADALAU-

PE"; III) Que la Dirección Departamental de Cabañas, realizó inspección en las instalaciones de dicho Centro Educativo, y se determinó que cuenta

con las condiciones adecuadas para su funcionamiento. Todo lo anterior de conformidad con la Ley General de Educación. POR TANTO, con base

en las razones expuestas y a las facultades que la Ley le concede, ACUERDA: 1) Autorizar a partir del 3 de enero de 2008, la Creación, Nominación

y Funcionamiento, del Centro Educativo INSTITUTO CATÓLICO "NUESTRA SEÑORA DE GUADALAUPE", en el Nivel de Educación Media

con la modalidad del Bachillerato General, jornada diurna; 3) Su infraestructura será identifi cada con el Código N° 88175. COMUNÍQUESE.

DARLYN XIOMARA MEZA,

MINISTRA DE EDUCACIÓN.

(Registro No. F023679)

ACUERDO No. 15-1798.

San Salvador, 30 de septiembre de 2013.

EL MINISTRO DE EDUCACIÓN AD-HONOREM, en uso de las facultades legales que establece el Reglamento Interno del Órgano Ejecutivo

en su Art. 38 y numerales 1, 6 y 8; CONSIDERANDO: I) Que por Acuerdo Ejecutivo No. 1011 de fecha 12 de abril de 1983, y con efectos a partir

del 20 de abril de 1981, el Órgano Ejecutivo en el Ramo de Educación autorizó el funcionamiento de la UNIVERSIDAD FRANCISCO GAVIDIA;

II) Que por Acuerdo Ejecutivo No. 15-1126 de fecha 01 de septiembre de 2005, el Órgano Ejecutivo en el Ramo de Educación aprobó los nuevos

Estatutos y reconoció su personalidad jurídica a la referida Universidad; III) Que por Acuerdo Ejecutivo No. 15-0886 de fecha 29 de julio de 2004,

la Comisión de Acreditación de la Calidad Académica, acreditó a la Universidad Francisco Gavidia; IV) Que por Acuerdo Ejecutivo No. 15-0894

de fecha 16 de julio de 2009, el Órgano Ejecutivo en el Ramo de Educación renovó la acreditación a la referida Institución; V) Que de conformidad

a los Arts. 48, lit. a) y 63 de la Ley de Educación Superior, la Universidad Francisco Gavidia, ha presentado a la Dirección Nacional de Educación

Superior, el plan de estudio de la carrera de TÉCNICO EN SISTEMAS DE COMPUTACIÓN, en contexto de privación de libertad, como Plan Piloto

en el Centro de Readaptación para Mujeres de Ilopango y se utilizará la Infraestructura del Centro Educativo Ana Eleonor Roosevelt, en el marco de

Proyección Social de dicha Universidad, para su respectiva autorización; VI) Que habiéndose revisado los aspectos técnicos y legales por la Gerencia

de Desarrollo Académico, la Dirección Nacional de Educación Superior, ha emitido la Resolución favorable a las nueve horas del día veintidós de

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34 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402

julio de dos mil trece, para la respectiva aprobación de la carrera mencionada en el romano anterior. POR TANTO: Este Ministerio con base en las

consideraciones antes expuestas y a las facultades que la Ley confi ere. ACUERDA: 1°) Aprobar el Plan de Estudio de la carrera de TÉCNICO EN

SISTEMAS DE COMPUTACIÓN, en el contexto de privación de libertad, presentado por la UNIVERSIDAD FRANCISCO GAVIDIA; el cual se

implementará como Plan Piloto en el Centro de Readaptación para Mujeres de Ilopango y se utilizará la Infraestructura del Centro Educativo Ana

Eleonora Roosevelt, en el marco de Proyección Social de la Universidad en mención; 2°) Autorizar a la Universidad Francisco Gavidia, para ofrecer

la carrera mencionada en el numeral anterior, a partir del Ciclo 02-2013, en modalidad Semipresencial, a través de la Facultad de Ingeniería y Ar-

quitectura; 3°) El referido Plan de Estudio deberá encontrarse a disposición de los estudiantes en la biblioteca u otro centro de consulta pública de la

Institución; 4°) Dicho plan deberá ser revisado durante el plazo de duración de la carrera; 5°) El presente Acuerdo Ejecutivo entrará en vigencia ocho

días después de su publicación en el Diario Ofi cial. COMUNÍQUESE.

FRANZI HASBÚN BARAKE,

MINISTRO DE EDUCACIÓN AD-HONOREM.

(Registro No. F023655)

ACUERDO No. 15-2299.

San Salvador, 09 de diciembre de 2013.

EL MINISTRO DE EDUCACIÓN AD-HONOREM, en uso de las facultades legales que establece el Reglamento Interno del Órgano Ejecutivo,

en su Art. 38 numerales 1, 6 y 8; CONSIDERANDO: I) Que a la Dirección Nacional de Educación Superior, se ha presentado EVELYN ESCOBAR

QUIJANO, solicitando que se le reconozca el grado académico de MAESTRÍA EN EDUCACIÓN RURAL CENTROAMERICANA, obtenido en la

UNIVERSIDAD NACIONAL, en la REPÚBLICA DE COSTA RICA, el día 27 de noviembre de 2012, lo anterior de conformidad a lo dispuesto en

el Art. 20 de la Ley de Educación Superior, el Reglamento Especial de Incorporaciones y a las facultades concedidas en los mismos a este Ministerio;

II) Que de conformidad al Convenio Centroamericano sobre el Ejercicio de Profesiones Universitarias y Reconocimiento de Estudios Universitarios,

suscrito por nuestro país el día veintidós de junio de mil novecientos sesenta y dos, ratifi cado por la Asamblea Legislativa el día veinticinco de mayo

de mil novecientos sesenta y cuatro, publicado en el Diario Ofi cial N° 96, Tomo N° 203, de fecha 28 de mayo de 1964 y vigente a la fecha, procede

dicho Reconocimiento académico; III) Que habiéndose examinado la documentación presentada, se ha emitido el Dictamen favorable por la Gerencia

de Registro, Incorporaciones y Asistencia Legal, de la Dirección Nacional de Educación Superior, con fecha 09 de diciembre de 2013, se ha emitido

el Dictamen favorable para la incorporación por Reconocimiento del título académico mencionado en el romano uno. POR TANTO: Este Ministerio

con base a las razones expuestas, y satisfechos los requisitos legales establecidos en la Ley de Educación Superior y demás instrumentos legales.

ACUERDA: 1°) Reconocer la validez académica de los estudios de MAESTRÍA EN EDUCACIÓN RURAL CENTROAMERICANA, realizados por

EVELYN ESCOBAR QUIJANO, en la República de Costa Rica; 2°) Tener por incorporada a EVELYN ESCOBAR QUIJANO, como MAESTRA

EN EDUCACIÓN RURAL CENTROAMERICANA, en nuestro país; 3°) El presente Acuerdo Ejecutivo, no constituye autorización alguna para el

ejercicio profesional, la cual deberá ser tramitada ante la instancia correspondiente. 4°) El presente Acuerdo Ejecutivo entrará en vigencia ocho días

después de su publicación en el Diario Ofi cial. COMUNÍQUESE.

FRANZI HASBÚN BARAKE,

MINISTRO DE EDUCACIÓN AD-HONOREM.

(Registro No. F023639)

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35DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 13 de Febrero de 2014.

ORGANO JUDICIALCORTE SUPREMA DE JUS TI CIA

ACUERDO No. 1361-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, veinticinco de octubre de dos mil trece.- El Tribunal con fecha veintidós de julio de dos mil trece, ACORDÓ: Autorizar a la Licenciada JAQUELINE VIRGINIA MEDRANO BENÍTEZ, para que ejerza la pro-fesión de ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo. - COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE.- J. S. PADILLA.- E. S. BLANCO R.- O. BON. F.- M. REGALADO.- D. L. R. GALINDO.- R. M. FORTÍN H.- DUEÑAS.- J. R. ARGUETA.- Pronunciado por los magistrados y magistradas que lo suscriben.- S. RIVAS AVENDAÑO.

(Registro No. C011105)

ACUERDO No. 1444-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, veintinueve de noviembre de dos mil trece.- El Tribunal con fecha veintiséis de septiembre de dos mil trece, ACORDÓ: Autorizar al Licenciado TULIO ADALBERTO CORADO MORENO, para que ejerza la profesión de ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expe-diente respectivo.- COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE.- J. S. PADILLA.- J. B. JAIME.- E. S. BLANCO R.- O. BON. F.- M. REGALADO.- D. L. R. GALINDO.- R. M. FORTÍN H.- J. R. ARGUETA.- Pronunciado por los magistrados y magistradas que lo suscriben.- S. RIVAS AVENDAÑO.

(Registro No. F023651)

ACUERDO No. 1485-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, veintinueve de noviembre de dos mil trece.- El Tribunal con fecha siete de diciembre de dos mil doce, ACORDÓ: Autorizar al Licenciado JOSÉ GUILLERMO MENJÍVAR LÓPEZ, para que ejerza la profesión de ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo.- COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE.- J. S. PADILLA.- F. MELÉNDEZ.- O. BON. F.- M. REGALADO.- D. L. R. GALINDO.- M. TREJO.- DUE-ÑAS.- J. R. ARGUETA.- Pronunciado por los magistrados y magistradas que lo suscriben.- S. RIVAS AVENDAÑO.

(Registro No. F023666)

ACUERDO No. 1538-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, diecinueve de diciembre de dos mil trece.- El Tribunal con fecha diecisiete de septiembre de dos mil trece, ACORDÓ: Autorizar a la Licenciada SANDRA VERÓNICA MARTÍNEZ DE ROGEL, para que ejerza la profesión de ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo.- COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE.- F. MELÉNDEZ.- J. B. JAIME.- E. S. BLANCO R.- O. BON. F.- M. REGALADO.- R. M. FORTÍN H.- DUEÑAS.- J. R. ARGUETA.- Pronunciado por los magistrados y magistradas que lo suscriben.- S. RIVAS AVENDAÑO.

(Registro No. F023625)

ACUERDO No.1539-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, diecinueve de diciembre de dos mil trece.- El Tribunal con fecha

dieciocho de octubre de dos mil trece, ACORDÓ: Autorizar a la Licenciada ANA ESMERALDA MEDRANO VIUDA DE PALACIOS, para que

ejerza la profesión de ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el

expediente respectivo.- COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE.- F. MELÉNDEZ.- J. B. JAIME.- E. S. BLANCO R.- O. BON. F.- M. REGALADO.- R.

M. FORTÍN H.- DUEÑAS.- J. R. ARGUETA.- Pronunciado por los magistrados y magistradas que lo suscriben.- S. RIVAS AVENDAÑO.

(Registro No. F023691)

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36 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402

ACUERDO No.1542-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, diecinueve de diciembre de dos mil trece.- El Tribunal con fecha

tres de octubre de dos mil trece, ACORDÓ: Autorizar al Licenciado ROBERTO ALEJANDRO MERLOS HERNÁNDEZ, para que ejerza la pro-

fesión de ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente

respectivo.- COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE.- F. MELÉNDEZ.- J. B. JAIME.- E. S. BLANCO R.- O. BON. F.- M. REGALADO.- R. M. FORTÍN

H.- DUEÑAS.- J. R. ARGUETA.- Pronunciado por los magistrados y magistradas que lo suscriben.- S. RIVAS AVENDAÑO.

(Registro No. F023721)

ACUERDO No. 1543-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, diecinueve de diciembre de dos mil trece.- El Tribunal con fecha dos

de octubre de dos mil trece, ACORDÓ: Autorizar a la Licenciada MIRNA ELIZABETH MIRA TURUSH, para que ejerza la profesión de ABOGADO

en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo.- COMUNÍ-

QUESE Y PUBLÍQUESE.- F. MELÉNDEZ.- J. B. JAIME.- E. S. BLANCO R.- O. BON. F.- M. REGALADO.- R. M. FORTÍN H.- DUEÑAS.- J.

R. ARGUETA.- Pronunciado por los magistrados y magistradas que lo suscriben.- S. RIVAS AVENDAÑO.

(Registro No. F023626)

ACUERDO No. 1544-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, diecinueve de diciembre de dos mil trece.- El Tribunal con fecha tres

de octubre de dos mil trece, ACORDÓ: Autorizar al Licenciado JUAN CARLOS MORAN MENJÍVAR, para que ejerza la profesión de ABOGADO

en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo.- COMUNÍ-

QUESE Y PUBLÍQUESE.- F. MELÉNDEZ.- J. B. JAIME.- E. S. BLANCO R.- O. BON. F.- M. REGALADO.- R. M. FORTÍN H.- DUEÑAS.- J.

R. ARGUETA.- Pronunciado por los magistrados y magistradas que lo suscriben.- S. RIVAS AVENDAÑO.

(Registro No. F023654)

ACUERDO No. 1548-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, diecinueve de diciembre de dos mil trece.- El Tribunal con fecha

dieciocho de octubre de dos mil trece, ACORDÓ: Autorizar al Licenciado THOMAS AQUILES POLIO MOLINA, para que ejerza la profesión de

ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respec-

tivo.- COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE.- F. MELÉNDEZ.- J. B. JAIME.- E. S. BLANCO R.- O. BON. F.- M. REGALADO.- R. M. FORTÍN

H.- DUEÑAS.- J. R. ARGUETA.- Pronunciado por los magistrados y magistradas que lo suscriben.- S. RIVAS AVENDAÑO.

(Registro No. F023627)

ACUERDO No. 1561-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, diecinueve de diciembre de dos mil trece.- El Tribunal con fecha

dos de octubre de dos mil trece, ACORDÓ: Autorizar a la Licenciada MARÍA MERCEDES TULA BARRIENTOS, para que ejerza la profesión de

ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respec-

tivo.- COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE.- F. MELÉNDEZ.- J. B. JAIME.- E. S. BLANCO R.- O. BON. F.- M. REGALADO.- R. M. FORTÍN

H.- DUEÑAS.- J. R. ARGUETA.- Pronunciado por los magistrados y magistradas que lo suscriben.- S. RIVAS AVENDAÑO

(Registro No. F023663)

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37DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 13 de Febrero de 2014.

INSTITUCIONES AUTONOMASALCALDÍAS MUNICIPALES

(Registro No. F023740)

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38 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402

(Registro No. F023737)

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39DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 13 de Febrero de 2014.

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40 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402

(Registro No. F023735)

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41DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 13 de Febrero de 2014.

SECCION CARTELES OFICIALESDE PRIMERA PUBLICACIÓN

DECLARATORIA DE HERENCIA

CRISTIAN ALEXANDER GUTIERREZ, Juez Segundo de lo Civil y

Mercantil de la Ciudad San Miguel.

HACE SABER: Que por resolución de las once horas con veinte

minutos de este día, han sido declarados herederos defi nitivos con be-

nefi cio de inventario los señores MARIA DE LA PAZ GONZÁLEZ,

JOSE LUIS GONZÁLEZ VIERA y ERICK NOE GONZÁLEZ VIE-

RA; la primera en calidad de madre y los dos últimos como hijos del

causante; respecto de la herencia intestada que dejó al fallecer el señor

JOSE MARIA GONZÁLEZ conocido por JOSE MARIA GONZÁLEZ

CAMPOS, quien fue de sesenta años de edad, soltero, jornalero, originario

de Jiquilisco, Usulután, de nacionalidad Salvadoreña, hijo de los señores

MARIA DE LA PAZ GONZÁLEZ y VICENTE CAMPOS; fallecido el

día veintiséis de noviembre del dos mil doce, siendo su último domicilio

en la ciudad de San Miguel.

Confi éresele a los herederos declarados, la administración y repre-

sentación defi nitiva de la sucesión intestada.

Lo que se hace del conocimiento del público para los efectos de

Ley.

Librado en el Juzgado Segundo de lo Civil y Mercantil de la

Ciudad de San Miguel, el día trece de diciembre del dos mil trece. LIC.

CRISTIAN ALEXANDER GUTIERREZ, JUEZ SEGUNDO DE LO

CIVIL Y MERCANTIL. LIC. JUAN CARLOS HERNANDEZ PEREZ,

SECRETARIO.

Of. 1 v. No. 170

ACEPTACIÓN DE HERENCIA

JOSÉ SALOMÓN ALVARENGA VÁSQUEZ, JUEZ PRIMERO DE

LO CIVIL Y MERCANTIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE SAN

MIGUEL.

HACE SABER: Que por resolución de las ocho horas con cua-

renta y cinco minutos del día cinco de diciembre de dos mil trece, en

las Diligencias de Aceptación de Herencia Testamentaria clasifi cadas

como NUE: 02250-13-CVDV-1CM1-319-1, se ha tenido por aceptada

expresamente y con benefi cio de inventario la herencia Testamentaria

dejada por el causante, señor MAURO ARMANDO BENAVIDES, quien

fue de setenta y un años de edad, Comerciante, casado, Salvadoreño,

Originario de Corinto, departamento de Morazán, y de este domicilio,

hijo de Isabel Benavides y quien falleció a las nueve horas y cincuenta

minutos del día treinta de noviembre de dos mil ocho, en el Hospital

Nacional San Juan de Dios, San Miguel; de parte de la señora SONIA

CAROLINA BENAVIDES DE DOMÍNGUEZ conocida tributariamente

como SONIA CAROLINA BENAVIDES SAMAYOA, de cuarenta y

un años de edad, salvadoreña, casada, empleada, de este domicilio, con

Documento Único de Identidad número: Cero dos millones seiscientos

quince mil doscientos sesenta y ocho - nueve (02615268-9); con Número

de Identifi cación Tributaria: Uno dos uno siete - uno seis uno uno siete

dos -uno cero cinco - cero (1217-161172-105-0); como Heredera Testa-

mentaria designada por el causante, con las facultades y restricciones de

los curadores de la herencia yacente y se le ha conferido a la aceptante,

en el carácter antes indicado, la administración y representación interina

de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la

herencia Yacente que regula el Artículo 480 y siguientes del Código

Civil.

Lo que pone en conocimiento del público para los efectos de ley.

Librado en el Juzgado Primero de lo Civil y Mercantil, a las ocho

horas con cuarenta y siete minutos del día cinco de diciembre del año

dos mil trece. LIC. JOSÉ SALOMÓN ALVARENGA VÁSQUEZ,

JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL Y MERCANTIL. LICDA. MARTA

ERICELDA BONILLA RIVERA, SECRETARIA.

Of. 3 v. alt. No. 171-1

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42 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402

HERENCIA YACENTE

DIANA LEONOR ROMERO DE REYES, JUEZA TERCERO DE LO

CIVIL Y MERCANTIL DE SAN MIGUEL;

HACE SABER: Que por resolución de las catorce horas treinta

y un minutos del día veintidós de enero del presente año, se ha decla-

rado YACENTE la herencia intestada que a su defunción dejó el señor

OVIDIO ANTONIO GOMEZ, quien fue de cincuenta y seis años de

edad, agricultor en pequeño, soltero, originario de este Municipio, hijo

de ANA PAULA GOMEZ DE QUINTANILLA y de padre desconocido;

fallecido el día cinco de octubre de dos mil catorce, siendo esta ciudad

el lugar de su último domicilio; y se nombró curador de bienes para

que represente la sucesión del señor OVIDIO ANTONIO GOMEZ, al

Licenciado LISANDRO MANUEL MEMBREÑO MEMBREÑO, a

quien se le hizo saber este nombramiento para su aceptación, protesta y

demás efectos de Ley.

Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de

ley.

Librado en el Juzgado Tercero de lo Civil y Mercantil San Miguel:

a las catorce horas treinta y dos minutos del día veintidós de enero de

dos mil trece. LICDA. DIANA LEONOR ROMERO DE REYES,

JUEZA TERCERO DE LO CIVIL Y MERCANTIL SAN MIGUEL.

LICDA. IVONNE JULISSA ZELAYA AYALA, SECRETARIA DE

ACTUACIONES.

Of. 3 v. alt. No. 172-1

TÍTULO MUNICIPAL

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado la Licenciada,

FRIDA MARLENI GONZALEZ CAMPOS, mayor de edad, Abogado

del Domicilio de San Miguel, Departamento de San Miguel, portadora

de su Tarjeta de Abogado número Once Mil Novecientos Diecisiete; en

su calidad de Apoderada General Judicial con Cláusula Especial de la

señora: UBENSE SÁNCHEZ RUIZ, solicitando se le extienda TITU-

LO MUNICIPAL A FAVOR de su representada; sobre un terreno de

naturaleza urbana, situado en Barrio La Cruz, Ciudad Barrios, Departa-

mento de San Miguel, con una Capacidad Superfi cial de DOSCIENTOS

SESENTA Y SIETE METROS CON CUARENTA CENTIMETROS

CUADRADOS; de las medidas y colindancias siguientes: AL ORIENTE:

mide veintitrés metros, con veinte centímetros, colinda antes con el señor

Celestino Guevara, hoy con el señor Manuel de Jesús Portillo Méndez;

AL NORTE: mide veintisiete metros con veinte centímetros, colinda

antes con el señor Julio Vásquez Guevara, hoy con el señor Manuel de

Jesús Portillo Méndez; calle de por medio, cerco de izote y alambre de la

solicitante, AL SUR: mide veinticinco metros colinda con la vendedora

señora Josefi na Mejía, alambre de espinas de la solicitante. Actualmente

en el inmueble descrito se encuentra una casa de adobe con un área de

cinco de frente por nueve de largo, techo de lámina y teja, piso de tierra,

existen árboles frutales, palo de bambú, siembra de maíz; y la titulante lo

adquirió por Compra venta de Posesión Material que le hizo a la señora

JOSEFINA MEJIA; el referido inmueble no es dominante ni sirviente,

no está en proindivisión con nadie o de ajena pertenencia y lo valora en

la suma de UN MIL TRESCIENTOS DÓLARES DE LOS ESTADOS

UNIDOS DE AMÉRICA.

Lo que hago del conocimiento público para efectos de Ley.

Alcaldía Municipal de Ciudad Barrios, Departamento de San

Miguel, a los veintitrés días del mes de enero de dos mil catorce. RENÉ

WILFREDO GÓMEZ ESCOBAR, ALCALDE MUNICIPAL. ANA

CECILIA ALVARADO IGLESIAS, SECRETARIA MUNICIPAL

INTA.

Of. 3 v. alt. No. 173-1

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43DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 13 de Febrero de 2014.

TÍTULO SUPLETORIO

LICENCIADO JORGE ALBERTO GUZMÁN URQUILLA, Juez

Segundo de Primera Instancia de este Distrito Judicial, al público para

efectos de Ley.

HACE SABER: Que a este Tribunal, se ha presentado la Licenciada

SANTOS UDELIA CHICAS DE PRIVADO, conocida por SANTOS

UDELIA CHICA RAMOS, Comisionada de la Señora Procuradora

General de la República, Representando al señor TERESO DE JESÚS

ROMERO, a solicitar a favor de ésta TÍTULO SUPLETORIO, sobre: Un

terreno de naturaleza rústica, situado en el Cantón El Rodeo, Caserío El

Cururo, de la jurisdicción de Jocoaitique, departamento de Morazán, de

la extensión superfi cial de MIL QUINIENTOS NOVENTA Y UN PUN-

TO VEINTE METROS CUADRADOS, de las medidas y colindancias

siguientes: al PONIENTE, mide treinta metros colinda con la señora

Santos Verónica Martínez, cerco de alambre de púa de por medio; al

SUR, mide treinta y seis metros, colinda con la señora Santos Verónica

Martínez, cerco de alambre de púa y cedazo propio de por medio; al

ORIENTE, mide treinta y seis metros con treinta centímetros, colinda

con el señor José Kenis Aguilar Díaz, divide cerco de alambre de púa y

cedazo, camino vecinal de por medio; y al NORTE, mide en dos tramos

el primero mide veintiocho metros y colinda con Adán Rabid Martínez y

el segundo tramo mide treinta y dos metros colinda con la señora Santos

Verónica Martínez, divide cerco de alambre de púa y cedazo propio de

por medio del terreno; existen árboles frutales de mango, mandarina,

naranjo y aguacate. Valorado dicho terreno en la cantidad de TRES MIL

DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA; y, lo adquirió

por medio de compraventa de la Posesión Material por Escritura Pública

que le efectuó a la señora ALBINA ROMERO.

Librado en el Juzgado Segundo de Primera Instancia; San Fran-

cisco Gotera, a las nueve horas del día veintidós de enero de dos mil

catorce. LIC. JORGE ALBERTO GUZMÁN URQUILLA, JUEZ 2o.

DE 1a. INSTANCIA. LICDA. KARINA ELIZABETH IGLESIAS DE

NAVARRO, SECRETARIA.

Of. 3 v. alt. No. 157-2

LIC. BALTAZAR BELTRÁN HERNÁNDEZ, JUEZ DE PRIMERA

INSTANCIA INTERINO DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.

HACE SABER: Que en este Juzgado se ha presentado el Licen-

ciado MANUEL ANTONIO GONZÁLEZ PORTILO, de treinta y

cinco años de edad, Abogado, del domicilio de San Salvador, actuando

en la calidad de Agente Auxiliar de la Fiscalía General de la República

y en representación del Estado de El Salvador en el Ramo de Obras

Públicas, Transporte y Vivienda y Desarrollo Urbano, solicitando a

nombre de dicha Institución TÍTULO SUPLETORIO de un inmue-

ble desmembrado de una porción de terreno de la misma naturaleza

y situación que la anterior, la cual servirá para el derecho de vía del

proyecto DISEÑO CONSTRUCCIÓN DE LA CARRETERA LONGI-

TUDINAL DEL NORTE, TRAMO TRES B GUARJILA ACCESO A

PUENTE SOBRE EL RÍO LEMPA EN NOMBRE DE JESÚS, dicha

porción de terreno es identifi cada en el proyecto como parcela número

SESENTA Y SEIS F DEL SEGMENTO VP DIECINUEVE/VEINTE

del tramo-B, de una extensión superfi cial de CIENTO CINCUENTA Y

SIETE PUNTO CINCUENTA Y NUEVE METROS CUADRADOS

equivalentes a DOSCIENTAS VEINTICINCO PUNTO CUARENTA Y

OCHO VARAS CUADRADAS y cuya descripción técnica se describe

así: Partiendo del estacionamiento ocho más veinte punto cincuenta

y tres sobre el eje del proyecto: DISEÑO CONSTRUCCIÓN DE LA

CARRETERA LONGITUDINAL DEL NORTE, TRAMO TRES B

GUARJILA-ACCESO A PUENTE SOBRE RÍO LEMPA EN NOM-

BRE DE JESÚS y con rumbo sur cincuenta grados cincuenta y nueve

minutos cincuenta y siete segundos este, se miden cinco punto ochenta

y dos metros llegan al vértice nor poniente uno de esta propiedad y que

a continuación se describe: terreno de forma irregular conformado por

tres lados carece de lado poniente. LADO NORTE: línea uno-dos: tramo

recto de cero punto treinta metros con rumbo norte treinta y cuatro grados

treinta y cuatro minutos cincuenta y un segundos Este, Línea dos-tres

tramo recto, de veinte punto veintisiete metros con rumbo Norte, treinta

y cuatro grados, cuarenta y dos minutos, cincuenta segundos Este, línea

tres-cuatro, tramo recto de dieciocho punto cuarenta y nueve metros, con

rumbo Norte, cuarenta y cinco grados treinta y cuatro minutos veintisiete

segundos Este, Línea cuatro-cinco: tramo recto de seis punto noventa

y un metros, con rumbo Norte, cincuenta y un grados, diez minutos

cuarenta y cuatro segundos Este, colindando con terreno de propiedad

de José Serafín Miranda Guardado, con calle existente de por medio

que de San Isidro Labrador conduce a San Antonio de la Cruz, LADO

ORIENTE: Línea cinco-seis: tramo recto de siete punto treinta y dos

metros, con rumbo Sur, cuarenta y seis grados, diez minutos cuarenta y

un segundos Este, colindando con terreno propiedad de Gloria Amaya

de Serrano con cerco de alambre de púas de por medio. LADO SUR,

Línea seis-siete: tramo recto de ocho punto cuarenta y cinco metros con

rumbo sur sesenta grados cuarenta y cuatro minutos veintiséis segundos

Oeste, Línea siete-ocho, tramo recto de nueve punto cincuenta y nueve

metros con rumbo sur cincuenta seis grados, cincuenta y ocho minutos

cincuenta y dos segundos Oeste, línea ocho-nueve: tramo recto de nueve

punto sesenta y un metros, con rumbo Sur, cincuenta y un grados quince

DE SEGUNDA PUBLICACIÓN

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44 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402

minutos cincuenta y tres segundos Oeste, Línea nueve-diez: tramo recto

de nueve punto sesenta y un metros con rumbo sur, cuarenta y un grados

dieciséis minutos cincuenta y cinco segundos Oeste, Línea diez-uno:

tramo recto de nueve punto diez metros con rumbo sur cuarenta y cuatro

grados diez minutos cuarenta segundos Oeste, colindando con resto del

inmueble general del cual se segrega la porción que se describe, propiedad

de José Serafín Miranda Guardado, llegando con esta última distancia

y rumbo al vértice uno donde se inició esta descripción; el resto del

terreno general después de la anterior desmembración queda reducido

a un área de CIENTO CUATRO MIL OCHOCIENTOS CATORCE

PUNTO SESENTA METROS CUADRADOS equivalentes a CIENTO

CUARENTA Y NUEVE MIL NOVECIENTAS SESENTA Y OCHO

PUNTO SETENTA Y TRES VARAS CUADRADAS.

El inmueble descrito no es dominante ni sirviente, ni tiene cargas

reales que debe de respetarse por no tenerlas en proindivisión con ninguna

persona y las valora en la cantidad de CUATROCIENTOS VEINTIOCHO

DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA.

Lo que se pone del conocimiento al público para los efectos legales

consiguientes.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia de Chalatenango, a

las diez horas con treinta minutos del día veintiocho de enero del dos

mil trece. LIC. BALTAZAR BELTRÁN HERNÁNDEZ, JUEZ DE

PRIMERA INSTANCIA INTO. LIC. EDWIN EDGARDO RIVERA

CASTRO, SECRETARIO.

Of. 3 v. alt. No. 158-2

TÍTULO MUNICIPAL

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL DE LA VILLA DE

TAPALHUACA.

AVISA: Que a esta ofi cina se ha presentado SIRIA URANIA

HERNÁNDEZ SERRANO, de treinta y seis años de edad, Abogado,

del domicilio de San Pedro Masahuat, con documento Único de Identi-

dad Número: cero uno cero uno cero nueve ocho cero-seis, sin ninguna

incapacidad para ejercer la procuración, tal como lo comprueba con

la fotocopia de la credencial debidamente certifi cada, quien ha sido

comisionada por la señora Procuradora General de la República, para

que en representación del señor RICARDO CORVERA, de cincuenta

y ocho años de edad, Empleado, soltero, del municipio de San Pedro

Masahuat, departamento de La Paz, con Documento Único de Identidad

Número cero uno uno seis cuatro cero nueve cero-dos, y con número

de Identifi cación Tributaria: cero ochocientos quince-doscientos veinte

mil quinientos cincuenta y cinco-ciento uno-uno, a iniciar diligencias

de Título Municipal, de un inmueble de naturaleza rural, el cual está

situado en el Barrio El Calvario, calle que conduce a Cuyultitán de la

jurisdicción del municipio de Tapalhuaca, departamento de La Paz, el

cual tiene una superfi cie de: UN MIL CIENTO OCHENTA Y TRES

PUNTO CINCO MIL CUATROCIENTOS TREINTA Y UN METROS

CUADRADOS, de las medidas y colindancias siguientes: AL NORTE,

mide dieciocho metros, noventa y cinco centímetros, linda con Ángela

Hernández y Paula Saravia, mojones de piedra, cerco de alambre de

por medio; AL ORIENTE, mide sesenta metros cuarenta centímetros,

linda con Paula Saravia, cerco de alambre de por medio; AL SUR, mide

dieciocho metros cuarenta y cinco centímetros, linda con Paula Saravia,

cerco de alambre de por medio; y AL PONIENTE, mide cincuenta y

cuatro metros noventa centímetros, linda con camino vecinal de por

medio de dos metros de ancho de Sur a Norte. El inmueble antes descrito

lo adquirió el señor RICARDO CORVERA por compra que le hiciera

a la señora MARÍA ANTONIA HERNÁNDEZ DE HERNÁNDEZ,

quien reside en Tapalhuaca, el inmueble fue adquirido, el día dieciséis de

agosto de dos mil nueve, sumando la posesión ejercida de la señora antes

mencionada más la posesión del actual comprador se hacen más de diez

años de posesión material, mediante instrumento que no es registrable

por carecer de antecedente inscrito, valuando el inmueble en UN MIL

CUATROCIENTOS DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE

AMÉRICA, la posesión ha consistido y ha sido de forma quieta, pacífi ca

ininterrumpida y exclusiva, cuidando su cerco, cultivándolo y haciendo

actos de dueño, hasta la fecha el día de ahora los colindantes pueden

ser citados en el Barrio El Calvario, calle que conduce a Cuyultitán,

jurisdicción de Tapalhuaca, departamento de La Paz.

Se avisa al público para los efectos de Ley.

Alcaldía Municipal: Tapalhuaca, departamento de La Paz, diez

de enero de dos mil catorce. JOSÉ NELSON QUEZADA, ALCALDE

MUNICIPAL. VÍCTOR MANUEL APARICIO, SECRETARIO MU-

NICIPAL.

Of. 3 v. alt. No. 161-2

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45DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 13 de Febrero de 2014.

TITULO SUPLETORIO

LICDA. MORENA CONCEPCION LAINEZ RAMIREZ, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.

HACE SABER: Que en este Juzgado se ha presentado el Licenciado FABIO FRANCISCO FIGUEROA ALMENDAREZ, mayor de edad, Abogado, del domicilio de Antiguo Cuscatlán, Departamento de La Libertad, en su calidad de Agente Auxiliar de la Fiscalía General de la República, solicitando a nombre del Estado de El Salvador, en el Ramo de Educación, TITULO SUPLETORIO, de un inmueble de naturaleza rústica, situado en el Cantón Los Guillén, municipio de San José Can-casque, de este Departamento, el inmueble en cuestión no tiene nombre específi co, en el lugar funciona actualmente el "CENTRO ESCOLAR CANTON LOS GUILLEN.- El inmueble en cuestión según escritura pública de donación de posesión, otorgada por la Iglesia Católica, Dió-cesis de Chalatenango, a favor del Estado de El Salvador, en el Ramo de Educación, se describe técnicamente así: AL ORIENTE; linda con solar de BONIFACIO LEMUS, midiendo por este rumbo cincuenta varas; AL NORTE Y PONIENTE, con terreno del señor SOTERO ORELLANA, midiendo por cada rumbo veintidós varas, y AL SUR, con terrenos de VIRGINIA SALAZAR, midiendo por este rumbo treinta varas, todo de una extensión superfi cial aproximada de NOVECIENTOS TREINTA Y SEIS VARAS CUADRADAS, equivalentes a SEISCIENTOS CIN-CUENTA Y CUATRO PUNTO DIECISIETE METROS CUADRADOS (654.17 m²).- Haciendo constar sin embargo en la misma escritura, que según técnicos del Ministerio de Educación las medidas y colindancias del inmueble donado son los siguientes: LADO PONIENTE, partiendo del mojón uno con rumbo norte, distancia de veintiséis metros cincuenta centímetros, se llega al mojón dos, con rumbo este, distancia de seis metros quince centímetros se llega al mojón tres; segundo tramo del mojón tres con rumbo este, distancia de treinta metros, se llega al mojón cuatro, linda en sus dos tramos con MERCEDES LEMUS; lado oriente, compuesto de tres tramos, primer tramo, del mojón cuatro con rumbo sur, distancia de tres metros setenta centímetros y se llega al mojón cinco; segundo tramo, del mojón cinco con rumbo Oeste, distancia de cinco metros, se llega al mojón seis, tercer tramo, del mojón seis con rumbo Sur; distancia de veintitrés metros ochenta centímetros y se llega al mojón siete, linda en sus tres tramos con EDUARDO LAZO BARRERA; LADO SUR, del mojón siete con rumbo Oeste, distan-cia de veintiocho metros veinte centímetros y se llega al mojón uno, linda con IRENE ORELLANA, calle pública de por medio; teniendo el terreno así descrito un área de NOVECIENTOS CINCUENTA Y TRES PUNTO DIEZ METROS CUADRADOS (953.10 M").- A pesar de la descripción del inmueble antes apuntada, en la actualidad y en base a descripción técnica y levantamiento topográfi co realizado en marzo de dos mil once, por el Ingeniero Civil EDUARDO ALFREDO RODRIGUEZ CANDELARIO, y a la Certifi cación de Denominación Catastral extendida el doce de agosto de dos mil trece, por la Ofi cina de Mantenimiento Catastral de Chalatenango, el inmueble en cuestión es de una extensión, superfi cial de SETECIENTOS OCHENTA Y SIETE PUNTO CERO SEIS METROS CUADRADOS (787.06 m²), presentado la siguiente descripción: El vértice Nor Poniente como punto de partida de la descripción, posee las siguientes coordenadas: NORTE trescientos diecisiete mil ochocientos nueve punto cuarenta y ocho, ESTE quinientos diecinueve mil cincuenta y cinco punto catorce; LINDERO NORTE: partiendo del vértice Nor Poniente está formado por tres tramos con los

siguientes rumbos y distancias: Tramo uno, Sur cincuenta y un grados cincuenta y cinco minutos veinticinco segundos Este con una distancia de seis punto veinticuatro metros; tramo dos, Sur ochenta y nueve grados, treinta minutos diez segundos Este con una distancia de ocho punto ochenta y un metros; tramo tres, Sur ochenta y nueve grados cincuenta minutos treinta segundos Este con una distancia de veintiún punto cuarenta y seis metros, antes colindando con MERCEDES LEMUS hoy con JUAN RAMON TRUJILLO ORELLANA, quebrada de por medio; LINDERO ORIENTE: partiendo del vértice Nor Oriente está formado por cuatro tramos con los siguientes rumbos y distancias: Tramo uno, Sur cero cero grados treinta y dos minutos cincuenta y siete segundos Oeste con una distancia de tres punto ochenta y cuatro metros; Tramo dos, Norte ochenta y nueve grados once minutos veintiún segundos Oeste con una distancia de siete punto setenta y cinco metros; Tramo tres, Sur cero siete grados cuarenta y seis minutos veintinueve segundos Oeste con una distancia de veintitrés punto cincuenta y un metros; Tramo cuatro, Sur cero un grados treinta y seis minutos cincuenta y nueve segundos Este con una distancia de treinta y un metros, antes colindando con MARINA GUILLEN hoy con MARIANO GUILLEN LEMUS, con malla ciclón de por medio; LINDERO SUR: partiendo del vértice Sur Oriente está formado por dos tramos con los siguientes rumbos y dis-tancias: tramo uno, Norte ochenta y cinco grados treinta y un minutos cero un segundos Oeste con una distancia de dieciséis punto cincuenta y cuatro metros; Tramo dos, Norte ochenta y cuatro grados cuarenta minutos quince segundos Oeste con una distancia de once punto setenta y tres metros, antes colindando con ANA MARITZA SANCHEZ hoy con MARIANO GUILLEN LEMUS y ALCALDIA MUNICIPAL DE CANCASQUE, con muro de piedra y calle de por medio; LINDERO PONIENTE; Partiendo del vértice Sur Poniente está formado por cuatro tramos con los siguientes rumbos y distancias, Tramo uno, Norte cero siete grados treinta y ocho minutos cuarenta y cinco segundos Este con una distancia de dos punto treinta y dos metros; Tramo dos, Norte cero ocho grados cero cuatro minutos cincuenta y seis segundos Este con una distancia de tres punto noventa y nueve metros; Tramo tres, Norte cero tres grados cero siete minutos treinta y un segundos Este con una distancia de un punto cincuenta y cuatro metros; Tramo cuatro, Norte cero ocho grados cero dos minutos cincuenta y nueve segundos Este con una distancia de veintiún punto treinta y cinco metros, antes colindando con DISPENSADERO MEDICO hoy ALCALDIA MUNICIPAL DE CANCASQUE, con cerco de malla ciclón de por medio.- Así se llega al vértice Nor Poniente, que es el punto donde se inició la descripción.

El inmueble antes descrito no se encuentra inscrito en el registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas, ni es inscribible por no tener antecedente inscrito; no es predio sirviente, ni dominante, no tiene carga ni derechos reales que respetar, ni está en proindivisión con persona alguna, el cual se valora en la cantidad de OCHO MIL QUINIENTOS SETENTA DOLARES CON CUARENTA Y TRES CENTAVOS DE DOLAR DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA.

Lo que se pone del conocimiento al púbico, para los efectos legales consiguientes.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia de Chalatenango, a las doce horas con cuarenta minutos del día dos de diciembre del dos mil trece.- LIC. MORENA CONCEPCION LAINEZ RAMIREZ, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.- LIC. EDWIN EDGARDO RIVERA CASTRO, SECRETARIO.

Of. 3 v. alt. No. 145-3

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46 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402

SECCION CARTELES PAGADOSDE PRIMERA PUBLICACIÓN

DECLARATORIA DE HERENCIA

ROGELIO HUMBERTO ROSALES BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL

DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.

AVISA: Que por resolución proveída este día, a las diez horas y

veinticinco minutos, la señora ISABEL CHAVEZ CHAVEZ, en calidad

de hija sobreviviente del causante, ha sido declarada heredera defi nitiva,

con benefi cio de inventario en la herencia intestada que dejó el señor

JULIO CHAVEZ QUINTANILLA conocido por JULIO CHAVEZ, quien

falleció el día dieciocho de febrero de dos mil cuatro, en el Cantón Llano

Los Patos de la ciudad de Conchagua de este Departamento, siendo ese

lugar su último domicilio en la calidad antes dicha; y se le ha conferido

a la heredera declarada, la administración y representación defi nitivas

de la sucesión, para que la ejerza en conjunto con la ya declarada señora

MARIA DE LA PAZ CHAVEZ Y CHAVEZ conocida por MARIA DE

LA PAZ CHAVEZ CHAVEZ, hija sobreviviente del causante.

Librado en el Juzgado de lo Civil: La Unión, a los veinticuatro días

del mes de enero de dos mil catorce.- LIC. ROGELIO HUMBERTO

ROSALES BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL.- BR. JORGE ALBERTO

PEREZ, SECRETARIO.

1 v. No. C011045

LICENCIADO DAVID OVIDIO PERAZA FUENTES, JUEZ DE

PRIMERA INSTANCIA DE TEJUTLA.

HACE SABER: Que por resolución de este Juzgado, proveída

a las ocho horas con treinta minutos de este día, se ha DECLARADO

HEREDERO DEFINITIVO Y CON BENEFICIO DE INVENTARIO

en la sucesión intestada que a su defunción dejó MARIA SARA LEMUS

conocida por MARIA SARA LEMUS DE LEMUS, MARIA SARA

LEMUS LEMUS, MARIA SARA LEMUS MANCIA y por SARA

LEMUS, quien fue de sesenta y cuatro años de edad, casada, originaria

de Nueva Concepción, Departamento de Chalatenango, hija de Dominga

Lemus, falleció el día veinticinco de noviembre del dos mil doce, siendo

su último domicilio el Municipio de Nueva Concepción, Departamento

de Chalatenango, a FRANCISCO LEMUS AGUILAR en calidad de

cónyuge sobreviviente de la causante. Confi érese al aceptante la admi-

nistración y representación defi nitiva de la sucesión.

Fíjense y publíquense los edictos de ley.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia de la ciudad de Tejutla,

Departamento de Chalatenango, a los cuatro días del mes de febrero del

dos mil catorce.- LIC. DAVID OVIDIO PERAZA FUENTES, JUEZ

DE PRIMERA INSTANCIA DE TEJUTLA.- LICDA. ERLINDA

GUADALUPE GUERRERO, SECRETARIA.

1 v. No. C011047

LA LICENCIADA GENNY SHILA RAMIREZ DE AREVALO, JUEZA

DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.

AVISA: Que por resolución pronunciada en este Juzgado, a las

diez horas cuarenta y un minutos del día veinticuatro de enero de dos

mil catorce, se ha DECLARADO HEREDERA DEFINITIVA con be-

nefi cio de inventario de la herencia intestada que a su defunción defi rió

la causante señora MARIA CONZUELO CORVERA conocida por

MARIA CONSUELO CORVERA y por CONSUELO CORVERA, quien

falleció en la ciudad de San Salvador, departamento de San Salvador, el

día tres de septiembre del año dos mil doce, siendo su último domicilio

la ciudad de San Martín, departamento de San Salvador, a la señora

ANGELA DIVINA CORVERA, en su calidad de hija sobreviviente de

la causante.

Y se le ha conferido a la aceptante la administración y representación

defi nitiva de la sucesión, con las facultades y restricciones legales.

Librado en el Juzgado de lo Civil, Soyapango, a las diez horas

cuarenta y nueve minutos del día treinta y uno de enero de dos mil ca-

torce.- LICDA. GENNY SHILA RAMIREZ DE AREVALO, JUEZ DE

LO CIVIL (2).- LICDA. EDME GUADALUPE CUBIAS GONZALEZ,

SECRETARIA.

1 v. No. C011048

MARTHA ALICIA OCHOA ARAGON, JUEZA INTERINA PRIMERO

DE LO CIVIL Y MERCANTIL DE SAN MIGUEL.

HACE SABER: Que por resolución pronunciada a las doce horas

con cinco minutos del día veintiuno de enero del año dos mil catorce, en

las diligencias de Aceptación de Herencia Intestada, clasifi cadas con el

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47DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 13 de Febrero de 2014.

NUE 02302-13-CVDV-1CM1/326-03; se han declarado herederas defi -

nitivas con benefi cio de inventario, a las señoras SOFIA NATIVIDAD

PALACIOS DE ORTEZ, de cuarenta y siete años de edad, Doméstica,

del domicilio de Pasaquina y departamento de La Unión, con Documento

Único de Identidad número: Cero cero uno cero nueve uno cero siete – cero,

y con Número de Identifi cación Tributaria: Un mil cuatrocientos doce;

SILVIA EUGENIA VELASQUEZ DE DEL CID, de cuarenta y nueve

años de edad, Secretaria, del domicilio de Pasaquina y departamento de La

Unión, con Documento Único de Identidad número: cero cero cuatro uno

cuatro cero cero seis –cuatro, y con Número de Identifi cación Tributaria:

Un mil cuatrocientos doce – doscientos setenta y un mil ciento sesenta y

tres – cero cero uno – nueve; CLERIS ALEJANDRINA VELASQUEZ

DE GIRON, de cincuenta y cuatro años de edad, Empleada, del domicilio

de Pasaquina y departamento de La Unión con Documento Único de

Identidad número: cero uno seis uno cinco tres uno nueve – seis, y con

Número de Identifi cación Tributaria: Un mil cuatrocientos doce – cero

setenta mil ochocientos cincuenta y nueve – cero cero tres – tres; y MA-

RIA DEL ROSARIO PALACIOS RODRIGUEZ, de cincuenta y nueve

años de edad, Empleada, con Domicilio en Ottawa, provincia de Ontario,

Canadá con Documento Único de Identidad número: cero cinco cero uno

nueve cuatro uno siete – seis, y con Número de Identifi cación Tributaria:

Un mil cuatrocientos doce – doscientos cincuenta y un mil cincuenta y

tres – ciento uno – cero, en concepto de hijas sobreviviente del causante

JOSE ROSARIO PALACIOS REYES conocido por JOSE ROSARIO

PALACIOS; por haber transcurrido más de quince días desde la tercera

y última publicación del edicto respectivo, sin que persona alguna se

haya presentado haciendo oposición o alegando mejor derecho.

Lo que se pone en conocimiento del público, para los efectos de

ley.

Librado en el Juzgado Primero de lo Civil y Mercantil de San

Miguel, a las ocho horas con diez minutos del día veintidós de enero del

año dos mil catorce.- LICDA. MARTHA ALICIA OCHOA ARAGON,

JUEZA INTERINA PRIMERO DE LO CIVIL Y MERCANTIL DE

SAN MIGUEL.- LICDA. MARTA ERICELDA BONILLA RIVERA,

SECRETARIA DE ACTUACIONES.

1 v. No. C011096

MARIA ELIZABETH ORELLANA MEJIA, Notaria, del domicilio de

San Salvador y de Zaragoza, departamento de La Libertad, con Ofi cina

Notarial ubicada en Avenida España Sur, número Doce, Zaragoza,

departamento de La Libertad.

HACE SABER: Que por resolución de la suscrita Notaria, proveída

en la ciudad de Zaragoza, departamento de La Libertad, a las trece horas

del día cuatro de febrero del año dos mil catorce; se ha declarado a la

señora ESTELA DEL CARMEN ALFARO ABREGO, HEREDERAS

AB INTESTATO DEFINITIVA con Benefi cio de Inventario de los bienes

que a su defi nición dejara el causante JUAN ALFARO RIVERA, quien

falleció a la edad de setenta y dos años, en el Hospital Santa Teresa de

Zacatecoluca, departamento de La Paz, a las veintiuna horas y once minutos

del día dos de octubre de mil novecientos ochenta y dos, a consecuencia

de Bronconeumonía con asistencia médica, siendo Santiago Nonualco,

departamento de La Paz, su último domicilio; y que falleció sin haber

formalizado testamento alguno; en su concepto de HIJA del causante

en su concepto de hija del causante, y como cesionaria de los derechos

conferidos a su favor por las señoras JUANA ABREGO, antes JUANA

ABREGO DE ALFARO hoy JUANA ABREGO viuda DE ALFARO y

YESSENIA GRISELDA ALFARO ABREGO, en sus calidades de esposa

e hija del causante respectivamente; habiéndose conferido a la aceptante

la Administración y Representación DEFINITIVA de la sucesión.

Por lo que se avisa al público, para los efectos de ley.

Librado en Zaragoza, departamento de La Libertad, a los cinco

días del mes de febrero del año dos mil catorce.

MARIA ELIZABETH ORELLANA MEJIA,

NOTARIA.

1 v. No. C011108

MARIO MOISA MARTINEZ, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DIS-

TRITO JUDICIAL.

AVISA: Que por resolución de este Tribunal, de las diez horas del

día dieciocho de octubre del corriente año, ha sido declarada heredera

abintestato con benefi cio de inventario de la herencia dejada por el señor

GENARO ESCOBAR CACERES, fallecido el día diecisiete de febrero del

dos mil once, en Nahuizalco, siendo ese el lugar de su último domicilio,

a la señora GLORIA MERCEDES ESCOBAR viuda DE ESCOBAR,

en concepto de cónyuge sobreviviente del mencionado causante.

Y se ha conferido a la heredera declarada la representación defi -

nitivas de la sucesión y no la administración, por aparecer en autos que

también tienen derecho a la herencia los señores XIOMARA YESENIA

ESCOBAR DE CALDERON, EDITH ANTONIA, VICKY JANET y

WILDER AROLDO, de apellidos ESCOBAR ESCOBAR.

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48 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402

JUZGADO DE LO CIVIL: Sonsonate, a las doce horas cinco mi-

nutos del día treinta de octubre del dos mil trece.- DR. MARIO MOISA

MARTINEZ, JUEZ DE LO CIVIL.- LICDA. CECILIA DEL CARMEN

CEREN DE ESCOBAR, SECRETARIO.

1 v. No. F023590

EL INFRASCRITO JUEZ, AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS

DE LEY.

HACE SABER: Que por resolución de las catorce horas de este

día, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario

en la Herencia Intestada dejada al fallecer por la señora por la señora

MARIA DAMARIS GALDAMEZ RAMIREZ conocida por DAMARIS

ISABEL GALDAMEZ, MARIA DAMARIS GALDAMEZ LOPEZ y

por DAMARI ISABEL GALDAMEZ, el día dieciocho de julio de dos

mil siete, en Jiquilisco, Departamento de Usulután, siendo éste su último

domicilio, al señor JOSE JULIO GAMEZ, en su calidad de Cesionario

de los derechos Hereditarios que le correspondían a los señores MARIA

PILAR GALDAMEZ, BLANCA NELLY GALDAMEZ GAMEZ

conocida por BLANCA NELLY GALDAMEZ y JOSE UBENCE

GALDAMEZ PERDOMO, éstos en calidad de hijos de la causante.

Confi érasele al aceptante declarado la Administración y Representa-

ción Defi nitiva de la sucesión intestada con las facultades y restricciones

de Ley.

Fíjese y publíquese el edicto correspondiente, citando a los que se

crean con derecho a la Herencia para que se presenten a deducirlo en el

término de Ley.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia; Jiquilisco, a los once

días del mes de diciembre de dos mil trece.- LIC. MANUEL DE JE-

SUS SANTOS, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.- LIC. LOURDES

ESTELLA CASTAÑEDA, SECRETARIA INTA.

1 v. No. F023602

ADOLFO EPIFANIO DOMINGUEZ PALACIOS, Notario, del

domicilio de Soyapango, con ofi cina ubicada en: Boulevard del Ejér-

cito Nacional y Calle Principal Amatepeq, número ocho, local tres-B,

Soyapango, departamento de San Salvador.

HACE SABER: Que en las DILIGENCIAS DE ACEPTACION

DE HERENCIA promovidas ante mis ofi cios Notariales, de conformi-

dad a la Ley del Ejercicio Notarial de la Jurisdicción Voluntaria y de

Otras Diligencias, por resolución proveída a las dieciséis horas del día

siete de febrero de dos mil catorce, en la ciudad de Soyapango, a los

señores DINORA DEL CARMEN LARIN DE DE PAZ, MANUEL DE

JESUS LOBOS LARIN, DOLORES MARISA LARIN LOBOS, JORGE

DANIEL LOBOS LARIN, en calidad de hijos de la causante y el señor

JORGE ALBERTO LOBOS RAMIREZ, en calidad de cónyuge de la

causante, se han declarado HEREDEROS DEFINITIVOS y con Bene-

fi cio de Inventario en la HERENCIA INTESTADA que a su defunción

ocurrida a las nueve horas del día veinte de agosto de dos mil once, en

la ciudad de Santa Ana, siendo su último domicilio la ciudad de Colón,

dejó la señora: SONIA DELMY LARIN DE LOBOS. Nómbrase a los

herederos declarados Administradores y Representantes Defi nitivos de

la sucesión.

Lo que se hace del conocimiento público, para los efectos de

ley.

En la ciudad de Soyapango, el día diez de febrero de dos mil

catorce.

ADOLFO EPIFANIO DOMINGUEZ PALACIOS,

NOTARIO.

1 v. No. F023603

MARTA HAYDEE RODRIGUEZ, Notario, de este domicilio con Ofi cina

Ubicada en Sexta Avenida Norte, Número tres guión cuatro C, Barrio

El Ángel, de esta ciudad, al público.

HACE SABER: Que por resolución de la suscrita Notario, proveída

a las trece horas del día seis de febrero del año dos mil catorce, se ha

declarado a la señorita CARMEN ESTELA PERAZA MONTERROZA,

Heredera Defi nitiva con Benefi cio de Inventario de los bienes que a su

defunción, ocurrida en el Hospital Nacional San Juan de Dios de Santa

Ana, siendo el Municipio de El Refugio, el lugar de su último domicilio,

el día veintiséis de junio de dos mil trece, dejara el señor JOEL PERAZA

GALDAMEZ, conocido por JOEL PERAZA, y por JOHEL PERAZA, en

concepto de hija del causante y además cesionaria del derecho hereditario

que le correspondía en la referida sucesión a la señora MARIA DEL

CARMEN MONTERROZA DE PERAZA, en su concepto de heredera

no testamentaria por ser cónyuge del referido causante, habiéndosele

conferido la Administración y Representación Defi nitiva de la referida

Sucesión.

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49DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 13 de Febrero de 2014.

Por lo que se avisa al público, para los efectos de Ley.

Librado en Sonsonate, a los ocho días del mes de febrero de dos

mil catorce.

LIC. MARTA HAYDEE RODRIGUEZ,

NOTARIO.

1 v. No. F023608

LIC. ROBERTO MAURICIO ANTONIO QUINTANILLA GALVEZ,

Juez de lo Civil Interino de este Distrito Judicial, al público para los

efectos de ley.

HACE SABER: Que por resolución de este día, se ha declarado a la

señora MARIA ELENA AVILES HERCULES, heredera benefi ciaria e

intestada de los bienes que a su defunción dejó el causante MARIA LIDIA

CASTELLON conocida por BLANCA LILIAN AVILES CASTELLON

y por MARIA LIDIA CASTELLON AVILES, que falleció el día treinta

y uno de julio de dos mil doce, en el Hospital de Especialidades La Paz

de la ciudad de Zacatecoluca, su último domicilio; en concepto de hija

de la causante. Confi érase a la heredera que se declara, la administración

y representación defi nitivas de la sucesión.

JUZGADO DE LO CIVIL: Zacatecoluca, treinta y uno de

enero de dos mil catorce.- LIC. ROBERTO MAURICIO ANTONIO

QUINTANILLA GALVEZ, JUEZ DE LO CIVIL INTERINO.- JORGE

ALBERTO RODRIGUEZ, SECRETARIO.

1 v. No. F023611

LICENCIADA DANI BERI CALDERON DE RAMIREZ, JUEZ DE

LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.

HACE SABER: Que por resolución de las doce horas siete minutos

del día veintidós de enero de dos mil catorce, se han DECLARADO

HEREDEROS DEFINITIVOS ab-intestato con benefi cio de inventario

del señor FIDEL ARNULFO MENDEZ, quien falleció a las dieciséis

horas del día veinte de noviembre de mil novecientos setenta y nueve, en

el Cantón San Martín, Jurisdicción de Guaymango, del Departamento de

Ahuachapán, siendo éste su último domicilio; a los señores A) JAYME

BARRIENTOS MENDEZ y B) VILMA BARRIENTOS MENDEZ,

ambos en calidad de hijos del causante. Confi érase defi nitivamente a

los herederos declarados la administración y representación de la suce-

sión.

Lo que se pone en conocimiento del público, para los efectos

legales.

JUZGADO DE LO CIVIL: Ahuachapán, a las doce horas ocho

minutos del día veintidós de enero de dos mil catorce.- LIC. DANI BERI

CALDERON DE RAMIREZ, JUEZ DE LO CIVIL.- LIC. CLAUDIA

LELIN GUEVARA DE PEÑATE, SECRETARIA DE ACTUACIO-

NES.

1 v. No. F023617

CARLOS JOSE MENDEZ FIGUEROA, JUEZ DE LO CIVIL DEL

DISTRITO JUDICIAL DE CHALCHUAPA.

AVISA: Que por resolución proveída por este Tribunal, a las once

horas veintiocho minutos del día diecisiete de enero de dos mil catorce.-

Se ha DECLARADO HEREDERA DEFINITIVA ABINTESTATO,

con benefi cio de inventario, a la señora ANA MARIA GUEVARA

DE RAMIREZ, en su concepto de hija de la causante ANA LIDIA

MORAN MENDOZA DE GUEVARA conocida por ANA LIDIA

MORAN, LIDIA MORAN, ANA LIDIA MORAN RODRIGUEZ y

ANA LIDIA MORAN MENDOZA y además como cesionaria de los

derechos hereditarios que le correspondían a los señores JUAN ANTONIO

GUEVARA VASQUEZ, JILMA ARELY GUEVARA DE GARCIA,

HUGO ELENILSON GUEVARA MORAN, JUANA CONCEPCION

GUEVARA MORAN, BLANCA ESTELA GUEVARA MORAN,

FREDY ERNESTO GUEVARA MORAN, PAULA DE JESUS MO-

RAN DE PEREZ, REYNA ISABEL GUEVARA DE REINOSA, el

primero en su calidad de cónyuge de la referida causante y los demás

en su calidad de hijos de la expresada causante, quien fue de sesenta y

siete años de edad, de ofi cios domésticos, casada, fallecida a las ocho

horas cuarenta y cinco minutos del día treinta de septiembre de dos mil

ocho, en el Hospital Nacional de esta ciudad, siendo su último domicilio

la ciudad de Chalchuapa, a quien se le ha conferido la administración y

representación DEFINITIVA de la sucesión.

Librado en el Juzgado de lo Civil: Chalchuapa, a las nueve horas

treinta minutos del día veintitrés de enero de dos mil catorce.- LIC.

CARLOS JOSE MENDEZ FIGUEROA, JUEZ DE LO CIVIL.- LICDA.

ESMERALDA BEATRIZ SIGÜENZA GONZALEZ, SECRETARIA

INTERINA.

1 v. No. F023629

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50 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402

EL INFRASCRITO JUEZ DE LO CIVIL DE USULUTÁN, LICEN-

CIADO JOSÉ ANTONIO GÁMEZ, AL PÚBLICO PARA LOS

EFECTOS DE LEY.

AVISA: Que por resolución de las catorce horas con treinta y cinco

minutos de este día, se ha declarado heredero defi nitivo con benefi cio

de inventario al señor JUAN DE LA CRUZ ARÉVALO RIVAS,

conocido por JUAN DE LA CRUZ ARÉVALO, en calidad de hijo y

como cesionario del derecho hereditario que le correspondía al señor

JOSÉ ISABEL ARÉVALO RIVAS, éste en calidad de hijo del mismo

causante, señor JUAN DE LA CRUZ ARÉVALO TORRES, conocido

por JUAN DE LA CRUZ ARÉVALO, en la sucesión intestada que éste

dejó al fallecer el día diecisiete de septiembre del año dos mil doce, en

el Cantón Piedra de Agua, Jurisdicción de Santa Elena, departamento

de Usulután; lugar que tuvo como último domicilio.

Confi riéndosele al heredero declarado la administración y repre-

sentación defi nitiva de dicha Sucesión, con las facultades y restricciones

de Ley.

Librado en el Juzgado de lo Civil: Usulután, a los ocho días del

mes de enero del año dos mil catorce.- LIC. JOSÉ ANTONIO GÁMEZ,

JUEZ DE LO CIVIL.- LICDA. MIRNA MARISOL SIGARÁN H.,

SECRETARIA.

1 v. No. F023633

EL INFRASCRITO JUEZ DE LO CIVIL DE USULUTÁN, LICEN-

CIADO JOSÉ ANTONIO GÁMEZ, AL PÚBLICO PARA LOS

EFECTOS DE LEY.

AVISA: Que por resolución de las catorce horas y treinta minutos

de este día, se han declarado herederos defi nitivos con benefi cio de

inventario al señor FERNANDO ATILIO ZELAYA LOVO, conocido

por FERNANDO ATILIO ZELAYA, y menores MARIA ANGÉLICA

ZELAYA CHAVARRÍA y KEVIN EDENILSON ZELAYA CHAVA-

RRÍA, representados legalmente por su padre señor FERNANDO ATI-

LIO ZELAYA LOVO, conocido por FERNANDO ATILIO ZELAYA,

el primero en calidad de cónyuge sobreviviente de la causante y los

dos últimos en calidad de hijos de la misma causante, señora LEYBI

YANCY CHAVARRÍA DE ZELAYA, conocida por LEYBI YANCY

CHAVARRÍA, en la sucesión intestada que ésta dejó al fallecer el día

veintiuno de enero del año dos mil trece, en el Hospital San Juan de Dios

de San Miguel; siendo la ciudad de Santa Elena su último domicilio.

Confi riéndoseles a los herederos declarados la administración y

representación defi nitiva de dicha Sucesión, con las facultades y res-

tricciones de Ley.

Librado en el Juzgado de lo Civil: Usulután, a los ocho días del

mes de enero del año dos mil catorce.- LIC. JOSÉ ANTONIO GÁMEZ,

JUEZ DE LO CIVIL.- LICDA. MIRNA MARISOL SIGARÁN H.,

SECRETARIA.

1 v. No. F023638

EL INFRASCRITO JUEZ DE LO CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL

DE LA CIUDAD DE USULUTAN, JOSE ANTONIO GAMEZ, AL

PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY.

AVISA: Que por resolución de las once horas y cuarenta y cinco

minutos de este día, se ha DECLARADO HEREDERA DEFINITIVA,

con benefi cio de inventario a la señora MARIA ANTONIA MEJIA DE

MORALES, conocida por MARIA ANTONIA MEJIA y por MARIA

ANTONIA MEJIA LOPEZ DE MORALES, en calidad de hija del cau-

sante el señor JOSE MEDARDO MEJIA SURA, conocido por JOSE

MEDARDO MEJIA, en la sucesión intestada que éste dejó al fallecer el

día dieciocho de noviembre del año dos mil doce, en el Cantón Piedra de

Agua, de la Jurisdicción de la ciudad de Santa Elena, siendo esa misma

ciudad su último domicilio.

Confi riéndosele a la Heredera Declarada, la Administración y

Representación Defi nitiva de la Sucesión, con las facultades de Ley.

LIBRADO EN EL JUZGADO DE LO CIVIL: Usulután, a los

veintiún días del mes de diciembre del dos mil trece.- LIC. JOSE AN-

TONIO GAMEZ, JUEZ DE LO CIVIL.- LICDA. MIRNA MARISOL

SIGARAN HERNANDEZ, SECRETARIA.

1 v. No. F023640

LICENCIADA DIANA LEONOR ROMERO DE REYES, JUEZA

TERCERO DE LO CIVIL Y MERCANTIL DE SAN MIGUEL.

AVISA: Que por resolución de las ocho horas cincuenta minutos

del día cuatro de febrero de dos mil catorce, se ha declarado herederos

defi nitivos, con benefi cio de inventario de la herencia intestada que su

defunción dejó la causante señora Rosa Amelia Zelaya de Mendoza; quien

fue de sesenta y nueve años de edad, y falleció el día catorce de marzo

de dos mil doce, siendo esta ciudad el lugar de su último domicilio, a

los señores Julio Adalberto Mendoza Zelaya, Juan Federico Mendoza

Zelaya, Reynaldo Heliodoro Mendoza Zelaya, Carlos Emigdio Mendoza

Zelaya y Carlos Emigdio Mendoza Carranza, los cuatro primeros como

hijos y el quinto como cónyuge de la causante.

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51DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 13 de Febrero de 2014.

Confi riéndose en estas diligencias a los aceptantes la administración

y representación defi nitiva de la Sucesión.

Lo que hago del conocimiento del público para los efectos legales

consiguientes.

Juzgado Tercero de lo Civil y Mercantil, a las ocho horas cincuenta

y tres minutos del día cuatro de febrero de dos mil catorce.- LICDA.

DIANA LEONOR ROMERO DE REYES, JUEZA TERCERO DE

LO CIVIL Y MERCANTIL.- LICDA. IVONNE JULISSA ZELAYA

AYALA, SECRETARIO.

1 v. No. F023653

OTTO RAFAEL AVILES BERNAL, Notario, del domicilio de San

Salvador, Departamento de San Salvador y con Ofi cina ubicada en Co-

lonia Médica, Avenida Dr. Emilio Álvarez, Calle Dr. Carlos González

Bonilla, Centro Médico, Siglo XXI, San Salvador.

HACE SABER: Que en las DILIGENCIAS DE ACEPTACION

DE HERENCIA INTESTADA, promovidas ante mis Ofi cios Notaria-

les, por MARIA NATALIA HERNANDEZ DE CRUZ, ESMERAL-

DA YAMILETH CRUZ HERNANDEZ, KATEY JOANNA CRUZ

HERNANDEZ, de conformidad a la Ley del Ejercicio Notarial de la

Jurisdicción Voluntaria y de Otras Diligencias, por resolución proveída a

las nueve horas del día seis de febrero del año dos mil catorce, en la ciudad

de San Salvador, se ha DECLARADO, HEREDEROS DEFINITIVOS

INTESTADOS con benefi cio de inventario de MARIO NAPOLEON

CRUZ IGLESIAS, quien falleció el día nueve de enero de dos mil trece,

en la ciudad de Los Ángeles, California, en el Centro Metropolitano

Médico, siendo su último domicilio el de la ciudad de Hollywood, Los

Ángeles, Estado de California, Estados Unidos de Norteamérica, y el de

la ciudad de Colón, Departamento de La Libertad, a favor de MARIA

NATALIA HERNANDEZ DE CRUZ, ESMERALDA YAMILETH

CRUZ HERNANDEZ, KATEY JOANNA CRUZ HERNANDEZ, en

su calidad de esposa e Hijas del causante y en consecuencia como sus

únicos y universales herederos.

Confi érasele a los Herederos Declarados la ADMINISTRACION

Y REPRESENTACION DEFINITIVA de la Sucesión.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

San Salvador, a los siete días del mes de febrero del año dos mil

catorce.

OTTO RAFAEL AVILES BERNAL,

NOTARIO.

1 v. No. F023667

LICENCIADO HENRY ARTURO PERLA AGUIRRE, JUEZ DE LO

CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE SANTA TECLA.

AVISA: Que por resolución de las catorce horas con treinta minutos

del día veinticuatro de enero del año dos mil catorce, se han declarado

HEREDEROS DEFINITIVOS con benefi cio de inventario de la heren-

cia intestada, que a su defunción dejara el causante FEDERICO DIAZ

TREJO, con Número de Identifi cación Tributaria mil ciento veintidós-

doscientos cincuenta mil ochocientos cuarenta y nueve-cero cero uno-uno,

ocurrida el día siete de enero del año dos mil trece, en San Salvador,

departamento de San Salvador, quien a la fecha de su fallecimiento era

de sesenta y tres años de edad, casado, Agricultor en Pequeño, siendo su

último domicilio de Santa Tecla, Departamento de La Libertad, originario

de Tecapan, departamento de Usulután, hijo de Federico Díaz y Elisa

Trejo Nolasco, de parte de los señores: FEDERICO RAFAEL DIAZ

LOPEZ, con Número de Identifi cación Tributaria mil ciento veintitrés-

cero noventa mil quinientos setenta y nueve-ciento dos-cinco; YANET

MARGARITA DIAZ LOPEZ, con Número de Identifi cación Tributaria

mil ciento veintitrés-doscientos cuarenta mil quinientos setenta y cuatro-

ciento uno- seis; y la menor DEBBIE LISSETH DIAZ MIRANDA, con

Número de Identifi cación Tributaria cero seiscientos catorce-ciento un

mil ciento noventa y siete-ciento diez-cero, representada por su madre

biológica señora SANDRA ELIZABETH MIRANDA, en calidad de

herederos testamentarios e hijos del causante. De conformidad al Art.

1165 del Código Civil.

Confi riéndole a los aceptantes la administración y representación

DEFINITIVA de la Sucesión.

Lo que hago del conocimiento del público para los efectos de

Ley.

JUZGADO DE LO CIVIL DE SANTA TECLA, a las catorce

horas con treinta y cinco minutos del día veinticuatro de enero del año

dos mil catorce.- LIC. HENRY ARTURO PERLA AGUIRRE, JUEZ

DE LO CIVIL DE SANTA TECLA.- LICDA. ROSA ANGELICA

HERNANDEZ EUCEDA, SECRETARIA.

1 v. No. F023670

LICENCIADA SILVIA ELIZABETH CASTILLO DE TOLENTINO,

Notario, del domicilio de El Congo, departamento de Santa Ana, y de

esta ciudad, con Ofi cina establecida en la Cuarta Avenida Sur número

tres-cuatro "A", de Ahuachapán, al público para los efectos de Ley.

HACE SABER: Que por resolución de la suscrita Notario, proveída

en esta ciudad, a las quince horas del día veintisiete de enero del presente

año, se han declarado HEREDEROS DEFINITIVOS, con benefi cio de

inventario de la sucesión intestada que a su defunción dejó su madre,

señora DOLORES AGUIRRE CHINCHILLA, conocida por DOLORES

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52 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402

CHINCHILLA y DOLORES AGUIRRE PADILLA, de parte de los

señores JORGE LOPEZ CHINCHILLA, JOSEFA CHINCHILLA DE

GARCIA, MORENA ESTELA CHINCHILLA, REYNALDO CHIN-

CHILLA INTERIANO y MERCEDES MARIA AGUIRRE MONROY,

en su concepto de hijos de la causante.

Y se les ha conferido a los herederos declarados la administración y

representación defi nitiva de la Sucesión. La señora DOLORES AGUIRRE

CHINCHILLA, conocida por DOLORES CHINCHILLA y DOLORES

AGUIRRE PADILLA, falleció en el Cantón El Barro, Jurisdicción de

Ahuachapán, el día doce de febrero del año dos mil, siendo su último

domicilio el de Ahuachapán.

Librado en la Ofi cina de la suscrita Notario, a las diecisiete horas

del día veintisiete de enero de dos mil catorce.

LICDA. SILVIA ELIZABETH CASTILLO DE TOLENTINO,

ABOGADO Y NOTARIO.

1 v. No. F023682

PAULA CELIA MARTINEZ HERNANDEZ, Notario, de este domicilio,

con Ofi cina ubicada en Quinta Calle Oriente y Décima Avenida Norte,

Condominios Centenarios, Local treinta y tres Norte, de esta ciudad.

HACE SABER: Que por resolución de la suscrita Notario, proveída

a las diecinueve horas del día quince de diciembre de dos mil trece, se

ha declarado a la señora ANA LILIAN FLORES DE VASQUEZ, en su

carácter de hija sobreviviente y Heredera Testamentaria; HEREDERA

DEFINITIVA Y CON BENEFICIO DE INVENTARIO de los bienes

que a su defunción en la Ciudad de Soyapango, Departamento de San

Salvador, el día veintisiete de julio del corriente año, dejó el señor

MANUEL DE JESUS FLORES FLORES.

Habiéndoseles CONFERIDO LA ADMINISTRACION DEFINI-

TIVA de la Sucesión citada.

Por lo que se avisa al público para los efectos de Ley.

Librado en la Ofi cina de la Notario PAULA CELIA MARTINEZ

HERNANDEZ, a los veintidós días del mes de diciembre de dos mil

trece.

LICDA. PAULA CELIA MARTINEZ HERNANDEZ,

NOTARIO.

1 v. No. F023683

DAVID ERNESTO RECINOS URRUTIA, Notario, del domicilio de

Santiago de María, Departamento de Usulután, con Despacho Notarial

ubicado en Calle Bolívar, Frente al Parque San Rafael, Santiago de

María, Departamento de Usulután.

HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario, proveída

a las ocho horas del día seis de febrero del año en curso, se ha declarado

al señor JUAN FRANCISCO GONZALEZ HENRIQUEZ, Heredero

defi nitivo con benefi cio de inventario de los bienes que a su defunción

ocurrida en el Hospital Nacional San Juan de Dios de San Miguel, De-

partamento de San Miguel, y siendo su último domicilio Estanzuelas,

Departamento de Usulután, a las cinco horas y veinte minutos del día

veintiuno de abril del año dos mil doce, dejara el señor JOSE ELIAS

GONZALEZ VILLALOBOS, conocido por ELIAS GONZALEZ, en

su concepto de hijo sobreviviente del causante.

Habiéndole concedido la representación y administración defi nitiva

de la referida Sucesión.

Por lo que se avisa al público para los efectos de Ley.

Librado en la ciudad de Santiago de María, Departamento de

Usulután, el día diez de febrero de dos mil catorce.

LIC. DAVID ERNESTO RECINOS URRUTIA,

NOTARIO.

1 v. No. F023686

LIC. ANGEL ALBINO ALVARENGA, JUEZ DE LO CIVIL DEL DIS-

TRITO JUDICIAL DE SANTA ROSA DE LIMA, DEPARTAMENTO

DE LA UNION, al público para los efectos de Ley.

AVISA: Que por resolución de este Juzgado, de las catorce horas

del día veintidós de noviembre de dos mil trece, se les declara herederos

expresamente y con benefi cio de inventario de la herencia intestada que

al fallecer a las cero cuatro horas del día treinta de diciembre del año

dos mil tres, en el Barrio Las Delicias, de esta ciudad, Departamento

de La Unión, su último domicilio dejó la causante Mariana Melgar, de

parte de los señores María del Carmen Melgar de Guzmán o María del

Carmen Melgar Flores o María del Carmen Flores Melgar; y José Israel

Flores Melgar o José Israel Flores, en concepto de hijos sobrevivientes

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53DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 13 de Febrero de 2014.

de la referida causante, de conformidad con el Artículo 988 numeral

1° C.C., la primera de las aceptantes también es cesionaria del derecho

hereditario que en la referida Sucesión les correspondían al señor Carlos

Enrique Flores Melgar o Carlos Enrique Flores, en su concepto de hijo

sobreviviente de la causante antes mencionada, de conformidad con el

artículo 1699 C.C.

Se les confi ere a los herederos declarados en el carácter dicho

la administración y representación DEFINITIVA de los bienes de la

indicada Sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores

de la herencia yacente.

Extiéndase para las publicaciones los edictos correspondientes.

Librado en el Juzgado de lo Civil: Santa Rosa de Lima, Departa-

mento de La Unión, a los veintitrés días del mes de noviembre de dos mil

trece.- LIC. ANGEL ALBINO ALVARENGA, JUEZ DE LO CIVIL.-

LICDA. MARINA CONCEPCION MARTINEZ, SECRETARIA.

1 v. No. F023706

LICENCIADO ROBERTO RICARDO RIVAS LIMA, JUEZ DE PRI-

MERA INSTANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.

AVISA: Que por resolución proveída a las catorce horas y veintisiete

minutos de este día, se ha declarado heredero abintestato con benefi cio

de inventario del causante señor EDUARDO TOLEDO, quien falleció el

día veintitrés de enero del año dos mil once, a la edad de ochenta y ocho

años, siendo en esta ciudad su último domicilio, al señor ROBERTO

RODOLFO TOLEDO, conocido por ROBERTO TOLEDO, en concepto

de hermano del causante.

Confi érese al aceptante en el concepto antes indicado, la adminis-

tración y representación defi nitiva de la indicada Sucesión.

Lo que se avisa al público para efectos de Ley.-

Juzgado de Primera Instancia: Izalco, a los cuatro días del mes de

julio del año dos mil trece.- LIC. ROBERTO RICARDO RIVAS LIMA,

JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.- LICDA. SARA ALBERTINA

VILLEDA, SECRETARIO.

1 v. No. F023711

EL INFRASCRITO JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL DE LA CIUDAD

DE SAN SALVADOR, AL PÚBLICO EN GENERAL PARA LOS

EFECTOS DE LEY.

AVISA: Que por resolución pronunciada por este Juzgado, a las

diez horas del día veinticinco de noviembre del año dos mil trece, se han

declarado herederos defi nitivos con benefi cio de inventario de la herencia

intestada, que a su defunción ocurrida en esta ciudad, su último domicilio,

a las catorce horas del día dieciocho de agosto de mil novecientos ochenta

y uno, dejó la señora MARÍA AÍDA CANTIZANO, conocida por MA-

RÍA CANTIZANO y por MARÍA AÍDA CANTIZANO GUARDADO,

de parte de la señora MARGARITA AÍDA CANTIZZANO, conocida

por MARGARITA AÍDA CANTIZANO, en su calidad de hija de la

causante.

Confi érese a la heredera declarada la administración y representación

defi nitiva de la Sucesión, debiéndola ejercer juntamente con los otros he-

rederos ya declarados, señores SALVADOR ERNESTO CANTIZANO,

ALEJANDRA ELIZABETH CANTIZANO DE ARGUETA, MIRNA

DINORA CANTIZANO y MARÍA CRISANTA CANTIZANO, en su

carácter de hijos de la causante.

Librado en el Juzgado Primero de lo Civil: San Salvador, a las

once horas del día veintiséis de noviembre del dos mil trece.- MARIO

AGUILAR MOLINA, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL.- LICDA.

IVONNE LIZZETTE FLORES GONZALEZ, SECRETARIA.

1 v. No. F023712

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54 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402

JORGE ALBERTO CÁRCAMO QUINTANA, Notario, de este do-

micilio, con ofi cina situada en la Diecisiete Calle Poniente, Número

Cuatrocientos Diecinueve, Edifi cio Bonilla, Local número tres, Centro

de Gobierno, en esta ciudad.

AVISA: Que por resolución del suscrito Notario, proveída a las

nueve horas del día cuatro de diciembre del año dos mil trece, se han

declarado herederos en forma expresa y con benefi cio de inventario de la

herencia intestada dejada a su defunción por la causante, MARÍA DEL

CARMEN MARTÍNEZ DE RAMOS, conocida por MARÍA DEL CAR-

MEN MARTÍNEZ BERRIOS por MARÍA DEL CARMEN BERRIOS y

por CARMEN BERRIOS, ocurrida el día tres de mayo de dos mil once,

siendo su último domicilio la ciudad de San Salvador, departamento de

San Salvador, a los señores LILIAN LEÓN BERRIOS DE CORTEZ,

MARÍA DEL CARMEN LEÓN DE QUIJANO y PEDRO ANTONIO

LEÓN BERRIOS, en su calidad de hijos de la causante, habiéndoseles

conferido a los herederos declarados la administración y representación

defi nitivas de la sucesión.

Librado en la ciudad de San Salvador, a los cinco días del mes de

enero del dos mil catorce.

DR. JORGE ALBERTO CÁRCAMO QUINTANA,

NOTARIO.

1 v. No. F023718

ANA MERCEDES RIVAS VALLADARES, Notaria, del domicilio

de Antiguo Cuscatlán, con ofi cina situada en la Calle Oromontique

Oriente, Avenida Jucuarán, Block "B" Número 6, Villas de Santa Elena,

Antiguo Cuscatlán.

HACE SABER: Que en las diligencias de Aceptación de Herencia

Intestada promovidas ante sus ofi cios Notariales, de conformidad con la

Ley del Ejercicio Notarial de la Jurisdicción Voluntaria y de Otras Dili-

gencias, por resolución proveída a las ocho horas con treinta minutos del

día siete de febrero del año dos mil catorce, ha sido declarado Heredero

Defi nitivo con Benefi cio de Inventario de la Herencia Intestada que a

su defunción, ocurrida en la ciudad y departamento de San Salvador,

su último domicilio, el día veintinueve de mayo de dos mil trece, dejó

la señora ELIA ESPERANZA ALVAREZ DE VÁSQUEZ conocida

por ELIA ESPERANZA FUENTES DE VÁSQUEZ y ELIA ESPE-

RANZA ALVAREZ FUENTES DE VÁSQUEZ, al señor JOAQUÍN

ALEJANDRO VÁSQUEZ ALVAREZ, en calidad de hijo de la causante

y cesionario de derechos, que les correspondían a los señores RAFAEL

FRANCISCO VÁSQUEZ ALVAREZ, RENÉ ANTONIO VÁSQUEZ

ALVAREZ y POMPILIO ARMANDO VÁSQUEZ ALVAREZ, en su

calidad de hijos de la causante. Habiéndosele conferido al heredero la

Administración y Representación Defi nitivas de la sucesión.

Lo que se avisa al público para los efectos de Ley.

Librado en la ciudad de Antiguo Cuscatlán, a los siete días del mes

de febrero del año dos mil catorce.

LICDA. ANA MERCEDES RIVAS VALLADARES,

NOTARIO.

1 v. No. F23722

CECILIA DEL CARMEN LIZAMA COREAS, Notaria, de este domici-

lio, con ofi cina en Trece Calle Oriente, pasaje Sagrera, Centro Comercial

Metro España, Local número doscientos cinco, segundo nivel, entre la

Avenida España y la Segunda Avenida Norte, San Salvador, al público

para los efectos de Ley.

HACE SABER: Que por resolución de la suscrita Notaria, proveída

a las ocho horas del día siete de febrero del año dos mil catorce, habien-

do transcurrido más de quince días de las publicaciones de los edictos

correspondientes sin que persona alguna se opusiera o alegado mejor

derecho, se ha declarado a los señores DUNIA ROSALINDA RODRÍ-

GUEZ conocida por DUNIA RODRÍGUEZ, por DUNIA DUBON

RODRÍGUEZ, por DUNIA DUBON VIEIRA y DUNIA ROSALINA

RODRÍGUEZ AYALA, DOMINGO SALVADOR RODRÍGUEZ

MARTÍNEZ, y PORFIRIO ANIBAL RODRÍGUEZ MARTÍNEZ, en

su concepto de hijos de la causante HEREDEROS DEFINITIVOS CON

BENEFICIO DE INVENTARIO, de los bienes que a su defunción dejara

la señora MARÍA INES DUBON conocida por MARÍA INES DUBON

RODRÍGUEZ y por INES RODRÍGUEZ, quien falleció el día veintiséis

de julio del año dos mil trece, en la Policlínica Casa de Salud, Santa

Tecla, Departamento de La Libertad, siendo éste su último domicilio,

Sucesión aceptada por medio de su Apoderado Licenciado NELSON

OSMAR CHÁVEZ ZALDIVAR, confi riéndosele la referida herencia

la ADMINISTRACIÓN DEFINITIVA de la SUCESIÓN TESTAMEN-

TARIA.

Por lo que se avisa al público para los efectos de Ley.

Librado en la ofi cina de la Suscrita Notario, a las diez horas del día siete de febrero del año dos mil catorce.

CECILIA DEL CARMEN LIZAMA COREAS,

NOTARIA.

1 v. No. F023728

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55DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 13 de Febrero de 2014.

NAPOLEÓN BOLAÑOS, Notario, del domicilio de Santa Ana, con

despacho Notarial, ubicado en Tercera Avenida Norte y Calle Libertad

Oriente, Local número veintiuno, ciudad de Santa Ana.

HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario, proveída

a las trece horas del día cuatro de febrero del año dos mil catorce, se ha

declarado a la señora Blanca Lidia Sola Baños, representada legalmente

por el Licenciado Edwin Ernesto Olmedo Chávez, HEREDERA DEFI-

NITIVA CON BENEFICIO DE INVENTARIO de los bienes que a su

defunción, en el Hospital San Juan de Dios de Santa Ana, siendo el lugar

de su último domicilio el cantón Primavera, jurisdicción de Santa Ana, el

día nueve de septiembre del año mil novecientos ochenta y nueve, dejó

la señora Emeteria Lucía Baños conocida por Emeteria Lucía Olmedo

Baños de Sola, Lucía Emeteria Olmedo Baños de Sola, Emeteria Lucía

Olmedo de Sola, Lucía Emeteria Olmedo Baños, Lucía Olmedo, Lucía

Emeteria Olmedo de Sola, Emeteria Lucía Olmedo, Emeteria Lucía

Baños de Sola y por Lucía Emeteria Olmedo, en su concepto de hija de

la causante y de cesionaria del derecho hereditario que le correspondía

a Eduardo Antonio Sola Olmedo, María Concepción Sola de García hoy

Viuda de García y Elsa del Carmen Sola Olmedo, en su concepto de

hijos de la referida causante, habiéndosele concedido la representación

y administración defi nitiva de la referida sucesión.

Por lo que se avisa al público para los efectos de ley.

Librado en la ciudad de Santa Ana, a los siete días del mes de

febrero del año dos mil catorce.

LIC. NAPOLEÓN BOLAÑOS,

NOTARIO.

1 v. No. F023738

NAPOLEON BOLAÑOS, Notario, del domicilio de la ciudad de Santa

Ana, con despacho Notarial ubicado en Tercera Avenida Norte y Calle

Libertad Oriente, Local número veintiuno, ciudad de Santa Ana.

HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario, proveída a

las once horas del día seis de febrero del año dos mil catorce, se ha declarado

al señor Osmín Adolfo Olmedo Escobar, representado legalmente por el

Licenciado Edwin Ernesto Olmedo Chávez, HEREDERO DEFINITIVO

CON BENEFICIO DE INVENTARIO de los bienes que a su defunción

en el Caserío Primaverona, del Cantón Primavera, Jurisdicción de Santa

Ana, siendo a su vez el lugar de su último domicilio, el día veintitrés

de septiembre del año dos mil once, dejó el señor Venancio Esteban

Olmedo Pleites conocido por Venancio Esteban Olmedo Pleitez, en su

concepto de hijo del causante y de cesionario del derecho hereditario

que les correspondía a Teodora Escobar, Irma Esperanza Olmedo, Rosa

Gladis Olmedo Escobar, Juan Vicente Olmedo Escobar, Raúl Bernar-

dino Olmedo Escobar, Eva Margarita Olmedo Escobar hoy de Rosales,

Marta Lilian Olmedo Escobar hoy de Albanez, Noemy Aracely Olmedo

Escobar hoy de Gavidia y José Walter Olmedo Escobar, en su concepto

en su orden de cónyuge e hijos sobrevivientes del causante en mención,

habiéndosele concedido la representación y administración defi nitiva de

la referida sucesión.

Por lo que se avisa al público para los efectos de Ley.

Librado en la ciudad de Santa Ana, a los seis días del mes de febrero

del año dos mil catorce.

LIC. NAPOLEÓN BOLAÑOS,

NOTARIO.

1 v. No. F023739

NAPOLEÓN BOLAÑOS, Notario, del domicilio de Santa Ana, con

despacho Notarial ubicado en Tercera Avenida Norte y Calle Libertad

Oriente, local número veintiuno, ciudad de Santa Ana.

HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario, proveída

a las ocho horas treinta minutos del día cuatro de febrero del años dos

mil catorce, se ha declarado al señor Oscar Alberto Herrera Ochoa, re-

presentado legalmente por el Licenciado Edwin Ernesto Olmedo Chávez,

HEREDERO DEFINITIVO CON BENEFICIO DE INVENTARIO de

los bienes que a su defunción, en el Cantón Belén Guijat, Jurisdicción de

Metapán, departamento de Santa Ana, lugar que a su vez fue su último

domicilio, dejó el señor Juan Vicente Ochoa Márquez, en su concepto

de hijo sobreviviente del causante en mención y cesionario del derecho

hereditario que les correspondía a Verónica del Carmen Herrera Ochoa

hoy de Molina, Marcia Belarmina Herrera Ochoa, Juan Erasmo Herrera

Ochoa, Karla María Herrera Ochoa hoy de Rodríguez, Dora Luisa Herrera

Ochoa hoy de Martínez, en su concepto de hijos sobrevivientes del de

cujus.

Habiéndosele concedido la representación y administración defi -

nitiva de la referida sucesión.

Por lo que se avisa al público para los efectos de ley.

Librado en la ciudad de Santa Ana, a los cinco días del mes de

febrero del año dos mil catorce.

LIC. NAPOLEÓN BOLAÑOS,

NOTARIO.

1 v. No. F023741

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56 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402

ACEPTACIÓN DE HERENCIA

DELIA MARINA AGUILAR VISCARRA, Notario, del domicilio

de la ciudad de La Unión, con ofi cina profesional ubicada en la Calle

General Menéndez, Número uno-dos, Barrio El Centro de la ciudad y

departamento de La Unión, al público en general.

HACE SABER: Que por resolución pronunciada a las once horas

del día veintitrés de julio de dos mil diez, se ha tenido por aceptada

expresamente y con benefi cio de inventario la Herencia Intestada que a

su defunción, dejó el señor ANASTACIO ORELLANA, conocido por

ANASTACIO ORELLANA CAMPOS, quien fue de ochenta y cuatro

años de edad, Barbero, soltero, originario de Ciudad Barrios, departamento

de San Miguel, del domicilio de la ciudad y departamento de La Unión,

de nacionalidad Salvadoreña, hijo de Natividad Orellana, ya fallecida;

El causante falleció a las quince horas del día doce de diciembre de mil

novecientos noventa y seis, en el Barrio de Honduras, de la ciudad y

departamento de La Unión, a consecuencia de Derrame Cerebral, con

asistencia médica. Siendo éste su último domicilio, de parte del señor

JUAN ANTONIO ORELLANA CAMPOS, en su calidad de hijo y

heredero abintestato, Confi érase al aceptante la ADMINISTRACIÓN

Y REPRESENTACIÓN INTERINA de la sucesión INTESTADA, con

las facultades y restricciones de los curadores de la Herencia Yacente.

Cítese a quienes se consideren con derecho en la Herencia deferida,

para que en el término legal se presenten a esta ofi cina a hacer uso de

sus derechos.

Librado en la ciudad de La Unión, a los ocho días del mes de

octubre de dos mil diez.

DELIA MARGARITA AGUILAR VISCARRA,

NOTARIA.

1 v. No. C011044

MARÍA ELIZABETH ORELLANA MEJÍA, Notaria, del domicilio de

San Salvador y de Zaragoza, departamento de La Libertad, con ofi cina

Notarial ubicada en Avenida España Sur, Número Doce, Zaragoza,

departamento de La Libertad.

HACE SABER: Que por resolución de la suscrita Notaria, proveída

en la ciudad de Zaragoza, departamento de La Libertad, a las quince

horas del día cinco de febrero del año dos mil catorce, se ha tenido por

aceptada expresamente y con Benefi cio de Inventario la Herencia Tes-

tamentaria que a su defi nición dejara la señora causante señora MARÍA

MARTHA TORREZ SERRANO, conocida socialmente por MARÍA

MARTA TORRES SERRANO, MARÍA MARTHA TORREZ, MAR-

TA TORRES, y MARÍA MARTHA TORRES DE RAMÍREZ, quien

falleció a la edad de sesenta años de edad, a las nueve horas con treinta

minutos del día doce de noviembre del año dos mil tres, en la Colonia

San Antonio número Uno, de la ciudad de Zaragoza, departamento de

La Libertad, a consecuencia de Muerte Indefi nida, sin asistencia médica,

siendo su último domicilio la ciudad de ZARAGOZA, departamento de

LA LIBERTAD, de parte del señor JUAN ALFREDO TORRES AMAYA

o JUAN ALFREDO TORRES, en su concepto de hijo y como heredero

testamentario, habiéndose conferido al aceptante la Administración y

Representación Interina de la sucesión con las facultades y restricciones

de los Curadores de la Herencia Yacente.

En consecuencia por este medio se cita a todos los que se crean con

derechos a la referida Herencia, para que se presenten a la mencionada

ofi cina en el término de quince días, contados desde el siguiente a la

última publicación del presente edicto.

Librado en la ciudad de Zaragoza, departamento de La Libertad,

a los seis días del mes de febrero del año dos mil catorce.

MARÍA ELIZABETH ORELLANA MEJÍA,

NOTARIA.

1 v. No. C011109

GUADALUPE FERNÁNDEZ MENDOZA, Notario, del domicilio de

Mejicanos, con ofi cina ubicada en Urbanización Florida, Pasaje Las

Palmeras, Edifi cio G+H Número ciento treinta y uno, Local dos, San

Salvador, al público en general.

HACE SABER: Que por resolución de la suscrita Notario, proveída

a las diecisiete horas del día veinticuatro de enero del corriente año, se ha

tenido por aceptada Expresamente y con Benefi cio de Inventario, de parte

del señor JUAN CARLOS RAMÍREZ MORENO, la Herencia Intestada

dejada a su defunción por la señora MARÍA ERISELDA ESCOBAR

QUINTEROS VIUDA DE RAMÍREZ, conocida Tributariamente como

MARÍA ERISELDA ESCOBAR VIUDA DE RAMÍREZ, en su concepto

de nieto sobreviviente de la causante, quien falleció el día cinco de mayo

de dos mil once, en Cantón Guayapa Abajo, jurisdicción de Villa Jujutla,

departamento de Ahuachapán, el cual fue también su último domicilio,

y a la vez cesionario de los derechos que corresponden a CARMEN

NOHEMY ESCOBAR DE CORTEZ, ADALILA RAMÍREZ DE

CALDERÓN y a JOSÉ MARIO RAMÍREZ ESCOBAR, habiéndose

conferido la Administración y Representación Interina de la sucesión

con las facultades y restricciones de los Curadores de la Herencia Ya-

cente.

En consecuencia por este medio son citadas las personas que se

crean con derecho a la mencionada herencia, para que se presenten a la

referida ofi cina en el término de quince días, contados desde el siguiente

a la última publicación del presente edicto.

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57DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 13 de Febrero de 2014.

Librado en Mejicanos, a las once horas del día veintiséis de enero de dos mil catorce.

GUADALUPE FERNÁNDEZ MENDOZA,

NOTARIO.

1 v. No. F023635

FRANCISCO ANTONIO MARTÍNEZ, Notario, del domicilio de la

ciudad de Santa Ana, con ofi cina jurídica situada en Avenida Indepen-

dencia Norte entre Sexta y Octava Calle Oriente, Casa número tres,

Santa Ana.

HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario, proveída

a las catorce horas del día catorce de enero del presente año, se ha

tenido, por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario, la

herencia intestada que a su defunción, dejó la señora SARA ORTIZ

DE SARCEÑO, conocida socialmente como SARA RAMÍREZ LIMA,

SARA RAMÍREZ y SARA LIMA, quien falleció en el ciudad de La

Puente Condado de Los Ángeles California Estados Unidos de América,

ocurrida el día veintinueve de febrero del año dos mil doce, siendo la

ciudad de Santa Ana el lugar de su último domicilio, de parte de los

señores ROLANDO SARCEÑO ORTIZ, conocido por ROLANDO

ZARCEÑO RAMÍREZ, ROLANDO RAMÍREZ ZARCEÑO y por

ROLANDO SARCEÑO RAMÍREZ, ROBERTO ANIBAL SARCEÑO

ORTIZ, CARLOS HUMBERTO ZARCEÑO RAMÍREZ y ALFREDO

ERNESTO ZARCEÑO ORTIZ, SILVIA ARELY ZARCEÑO ORTIZ

hoy DE MARQUEZ, MARTA GLORIA SARCEÑO ORTIZ y SARA

IMELDA ZARCEÑO ORTIZ, en su concepto de hijos de la causante,

habiéndose conferido interinamente la administración y representación

de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la

herencia yacente para que se presenten a la referida ofi cina en el término

de quince días, contados desde el siguiente día a la última publicación

del presente edicto.

Librado en la ciudad de Santa Ana, a los diez días del mes de febrero del año dos mil catorce.

LIC. FRANCISCO ANTONIO MARTÍNEZ,

NOTARIO.

1 v. No. F023650

FREDY LÓPEZ CAMPOS, Notario, del domicilio de la ciudad de Santa Ana, con ofi cina Jurídica situada en Avenida Independencia Norte entre Cuarta y Sexta Calle Oriente, Locales Independencia número Cuatro Santa Ana.

HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario, proveída

a las ocho horas del día tres de enero del presente año, se ha tenido

por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario, la herencia

intestada que a su defunción, ocurrida el día veintiocho de agosto de

dos mil doce, en Sherman, Grayson, Texas, Estados Unidos de América,

lugar de su último domicilio, dejó el señor FLORENCIO ALFONSO

MORAN CASTRO, de parte del señor CHRISTIAN ODIR MORAN

TOLEDO, en su concepto de hijo del causante, habiéndose conferido

interinamente la administración y representación de la sucesión, con las

facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

En consecuencia, por este medio se cita a todos los que se crean

con derecho a la referida herencia, para que se presenten a la referida

ofi cina en el término de quince días, contados desde el siguiente a la

última publicación del presente edicto.

Librado en la ciudad de Santa Ana, a los diez días del mes de enero

del año dos mil catorce.

LIC. FREDY LÓPEZ CAMPOS,

NOTARIO.

1 v. No. F023704

SONIA ESMERALDA ALAS SOLORZANO, Notario, de este domi-

cilio, con Despacho Jurídico, ubicado en 7a. Av. Nte. # 1020, Edifi cio

Comandari, 2a. Planta, local 4, San Salvador.

HACE SABER: Que por resolución de la suscrita Notario, proveída

a las catorce horas con diez minutos del día cinco de marzo del dos

mil diez, se ha tenido por Aceptada Expresamente y con Benefi cio de

Inventario la Herencia Intestada que a su defunción dejara: SAMUEL

BENÍTEZ MARTÍNEZ, quien falleció, en Cantón San Roque, jurisdic-

ción de Mejicanos, a las once horas veinticinco minutos del día veinte de

mayo de dos mil ocho, Diligencias que se tramitan a favor de la señora

CELINA ALVARADO DE BENÍTEZ, quien es la interesada heredera

del causante, habiéndosele conferido la Administración y Representación

Interina de la Sucesión Intestada con las facultades y las restricciones

de los Curadores de la Herencia Yacente.

En consecuencia por este medio se cita a todos los que se crean

con derecho a la referida herencia, para que se presenten en la ofi cina

indicada, en el término de quince días contados a partir del siguiente día

de la última publicación del presente edicto.

San Salvador, diez de marzo del dos mil diez.

LICDA. SONIA ESMERALDA ALAS SOLÓRZANO,

NOTARIA.

1 v. No. F023715

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58 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402

JOSÉ FELICIANO HERNÁNDEZ GUTIÉRREZ, Notario, del domicilio

de San Salvador, con Ofi cina Profesional ubicada en Kilómetro Once

y Medio, Carretera Panamericana, Frente a Sala de Ventas IUSA, San

Bartolo, Jurisdicción de Ilopango, Departamento de San Salvador, al

público para los efectos de la Ley.

HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario, proveída

a las nueve horas del día seis de febrero del año dos mil catorce, se

ha tenido por Aceptada Expresamente y con benefi cio de inventario,

la Herencia Intestada que a su defunción dejó el señor LUCIANO

ALARCON o LUCIANO ALARCON REYES, quien a la fecha de su

fallecimiento fue de ochenta y un años de edad, jornalero, originario de

Citalá, Departamento de Chalatenango, siendo ese mismo lugar el último

domicilio que dejare dicho causante, y habiendo fallecido en ese mismo

lugar, a las doce horas y treinta minutos del día primero de diciembre

de mil novecientos ochenta y tres; de parte del señor GUILLERMO

ALARCON DERAS, en concepto de hijo, del referido causante.

Habiéndosele conferido la Administración y Representación Interina

de la Sucesión con las facultades y restricciones de los Curadores de la

Herencia Yacente.

En consecuencia, se CITA por este medio a todos los que se crean

con derecho a la referida Herencia, para que se presenten a esta Ofi cina

en el término de quince días, contados desde la última publicación del

presente edicto.

Librado en la ciudad de Ilopango, Departamento de San Salvador,

a las nueve horas del día siete de febrero del año dos mil catorce.

LIC. JOSÉ FELICIANO HERNÁNDEZ GUTIÉRREZ,

NOTARIO.

1 v. No. F023716

MIGUEL ERNESTO MORÁN SALAZAR, Notario, de este domici-

lio, con Ofi cina en Lomas de San Francisco 3, Calle 3, Número 4 San

Salvador.

HACE CONSTAR: Que por resolución del suscrito Notario,

proveída a las once horas del día seis de febrero del año dos mil catorce,

se ha tenido por ACEPTADA Y CON BENEFICIO DE INVENTARIO,

la herencia intestada que a su defunción, ocurrida en Hospital

"AMATEPEC "del Instituto Salvadoreño del Seguro Social, de la ciudad

de Soyapango, a las cinco horas y treinta minutos del día veintiuno de

abril de dos mil cinco, dejó la señora ANA MARÍA CABRERA DE

LÓPEZ, de parte del señor GIOVANNI ENRIQUE LÓPEZ CABRE-

RA, en calidad de hijo sobreviviente de la causante, y cesionario de los

derechos de JOSÉ RAÚL LÓPEZ CONTRERAS.

Habiéndosele conferido la Administración y Representación Interina

de la Sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la

herencia yacente.

En consecuencia, por este medio se cita a todos los que se crean

con derechos a la referida herencia para que se presenten a la Ofi cina

en el término de quince días, contados desde el siguiente a la última

publicación del presente edicto.

Librado en la Ofi cina del Notario Miguel Ernesto Morán Salazar.

En la ciudad de San Salvador, a las trece horas del día seis de febrero

de dos mil catorce.

MIGUEL ERNESTO MORÁN SALAZAR,

NOTARIO.

1 v. No. F023717

JORGE ANTONIO GIAMMATTEI AVILES, Notario, de este domicilio,

con Ofi cina ubicada en la Tercera Avenida Sur Número diez-A, de la

ciudad de Santa Ana.

HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario, proveída

a las nueve horas del día quince de noviembre de dos mil trece, se

ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario,

la Herencia Intestada que a su defunción, ocurrida en esta ciudad, el

día veintidós de septiembre de dos mil dos, dejó DOÑA JOSEFINA

QUINTANA DE AGUILAR, de parte de los señores MARTA LILIAN

AGUILAR QUINTANA, conocida por MARTHA LILLIAN AGUILAR

QUINTANA, MARTHA LILIAN AGUILAR QUINTANA, MARTHA

LILLIAN AGUILAR y por MARTA LILLILIAN AGUILAR QUINTA-

NA, GUILLERMO ERNESTO AGUILAR QUINTANA, conocido por

GUILLERMO ERNESTO AGUILAR BONILLA, JORGE ALBERTO

AGUILAR QUINTANA, conocido por JORGE ALBERTO AGUILAR

BONILLA, en su concepto de hijos sobrevivientes de la causante.

Habiéndose conferido la administración y representación de la su-

cesión, con las facultades y restricciones de los Curadores de la Herencia

Yacente.

En consecuencia, por este medio se cita a todos los que se crean

con derechos en la misma herencia para se presenten a la referida Ofi cina

en el término de quince días, contados desde el siguiente a la última

publicación del presente edicto.

Librado en la Oficina del Notario JORGE ANTONIO

GIAMMATTEI AVILES.- En la ciudad de Santa Ana, a las ocho horas

y treinta minutos del día veintidós de noviembre de dos mil trece.

JORGE ANTONIO GIAMMATTEI AVILES,

NOTARIO.

1 v. No. F023719

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59DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 13 de Febrero de 2014.

HECTOR SAUL PORTILLO, Notario, de este domicilio, con Ofi cina ubicada en Final Séptima Avenida Norte, Pasaje número tres, Número veintisiete, edifi cio San José, urbanización Santa Adela, Local Doscientos uno, San Salvador.

HACE SABER: Que en las Diligencias de Aceptación de Herencia, por resolución del suscrito Notario, proveída a las nueve horas del día siete de febrero del año dos mil catorce, se ha tenido por aceptada ex-presamente y con benefi cio de inventario la herencia intestada que a su defunción, ocurrida a las ocho horas del día siete de febrero de dos mil trece, en el Hospital Nacional San Juan de Dios, Santa Ana, departamento de Santa Ana, a consecuencia de Shock Séptimo, Insufi ciencia Renal Crónica, Infección de Vías Urinarias, con asistencia médica, siendo hija de la señora Carmen Rodríguez, ya fallecida, su último domicilio el de San Juan Opico, Departamento de La Libertad, de la causante REGINA RODRIGUEZ, las cuales son promovidas por el Licenciado ROSALIO ALFREDO CAÑADA MARTINEZ, en nombre y representación de los se-ñores JOSE VIDAL RODRIGUEZ CALLEJAS, PABLO RODRIGUEZ PEREZ y ROSA MIRIAN RODRIGUEZ DE RAMIREZ, en concepto de hijos sobrevivientes de la causante.

Habiéndosele conferido la administración y representación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente a su representada.

En consecuencia, por este medio se cita a los que se crean con derecho a la referida herencia para que se presenten a deducirlo en el término de quince días, siguientes a la tercera publicación de este edicto.

Librado en la Ofi cina del Notario HECTOR SAUL PORTILLO. En la ciudad de San Salvador, a las trece horas del día siete de febrero del año dos mil catorce.

LIC. HECTOR SAUL PORTILLO,

NOTARIO.

1 v. No. F023726

XIOMARA ELIZABETH MENDEZ CALDERON, Notaria, del domi-cilio de Ciudad Delgado, con Despacho Notarial en Colonia Miramonte, Avenida Bernal y Calle Toluca, número tres mil doscientos dieciséis, de esta ciudad.

HACE SABER: Que por resolución de la suscrita Notaria, proveída a las ocho horas del día trece de noviembre de dos mil trece, se ha tenido por aceptada expresamente la herencia intestada que a su defunción dejó la señora MARIA ESTER TURCIOS VALLADARES DE LOBOS, conocida por MARIA ESTER TURCIOS DE LOVO, ocu-rrida en Colonia Escalón, Calle El Escorial, Block "B", número quince, San Salvador, Departamento de San Salvador, siendo éste su último domicilio, el día trece de julio del dos mil trece, quien al momento de fallecer era de setenta y seis años de edad, de Nacionalidad Salvadoreña, hija de los señores FRANCISCA VALLADARES y JOSE TURCIOS

VILLATORO, ambos ya fallecidos, no habiendo formalizado Testamento, aceptando herencia como HEREDEROS los señores LIDER OVIDIO LOBO TURCIOS, LUZ ESTER LOBOS TURCIOS, HERBERTH ISRAEL LOVO TURCIOS y EVELYN ROSARIO LOBO TURCIOS, conocida por EVELYN ROSARIO ESCOBAR, en su carácter de hijos sobrevivientes de la causante.

Habiéndoseles conferido la ADMINISTRACION Y REPRESEN-TACION INTERINA de la Sucesión en referencia con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

En consecuencia, por este medio se cita a todas las personas que se consideren con derechos sobre la referida herencia, para que se presenten a la Ofi cina Notarial antes indicada en el término de quince días, contados desde el siguiente a la última publicación del presente edicto.

Librado en la Ofi cina de la Notaria XIOMARA ELIZABETH MENDEZ CALDERON.- En la ciudad de San Salvador, a las trece horas del día catorce de noviembre de dos mil trece.

LICDA. XIOMARA ELIZABETH MENDEZ CALDERON,

NOTARIO.

1 v. No. F023745

LICENCIADO DAVID OVIDIO PERAZA FUENTES, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE TEJUTLA, DEPARTAMENTO DE CHALATENANGO.

HACE SABER: Que por resolución de este Juzgado, proveída a las nueve horas con veinte minutos de este día, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario la herencia intestada que a su defunción dejó JORGE HERNANDEZ GALDAMEZ, quien fue de setenta y cinco años de edad, soltero, jornalero, originario de Citalá, Departamento de Chalatenango, hijo de Juan Hernández Belloso y María Galdámez, falleció el día tres de noviembre del dos mil doce, siendo su último domicilio el Municipio de Nueva Concepción, Departamento de Chalatenango, de parte de la señora YOLANDA GALDAMEZ FLORES, en calidad de cesionaria de los derechos hereditarios que le correspondía a la señora Ericka Margarita Hernández Galdámez, conocida por Erika Margarita Hernández Galdámez, hija del causante.

Confi érese a la aceptante la administración y representación in-terina de la Sucesión, con las facultades y restricciones legales que les corresponde a los curadores de la herencia yacente.

Fíjense y publíquense los edictos de Ley.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia de la ciudad de Tejutla, Departamento de Chalatenango, a los seis días del mes de febrero del dos mil catorce.- LIC. DAVID OVIDIO PERAZA FUENTES, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DE TEJUTLA.- LICDA. ERLINDA GUADALUPE GUERRERO, SECRETARIA.

3 v. alt. No. C011046-1

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60 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402

LICENCIADO HENRY ARTURO PERLA AGUIRRE, JUEZ DE LO

CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE SANTA TECLA, al público

para los efectos de Ley.

HACE SABER: Que por resolución de las quince horas con

quince minutos del día treinta de enero del año dos mil catorce, se ha

tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario de la

herencia intestada que a su defunción dejó el causante señor JOSE LUIS

ALARCON RODAS, conocido por JOSE LUIS ALARCON, ocurrida

el día diecinueve de abril del año dos mil doce, en Santa Tecla, departa-

mento de La Libertad, teniendo como último domicilio el de Zaragoza,

departamento de La Libertad, quien fue de sesenta y un años de edad,

jornalero, hijo de Nicolás Alarcón y Filomena Rodas, originario de

Zaragoza, departamento de La Libertad, de nacionalidad salvadoreña,

con Número de Identifi cación Tributaria cero quinientos veintidós-ciento

ochenta y un mil cincuenta-ciento uno-nueve; de parte del menor JOSE

LUIS ALARCON CATALAN, quien es representado legalmente por

su madre DORA ELIZABETH CATALAN QUINTANILLA, actuando

en su calidad de hijo sobreviviente del causante.

Se le ha conferido a la aceptante la administración y representación

INTERINA de la Sucesión, con las facultades y restricciones de los

curadores de la herencia yacente.

Por lo anterior se cita a los que se crean con derecho a la herencia

para que se presenten a este Tribunal a deducirlo en el término de quince

días contados, desde el siguiente a la tercera publicación del presente

edicto.

Librado en el Juzgado de lo Civil de Santa Tecla, a las quince horas

con veinte minutos del día treinta de enero del año dos mil catorce.-

LICDA. GUADALUPE MAYORAL GARCIA, JUEZ DE LO CIVIL DE

SANTA TECLA INTA.- LICDA. ROSA ANGELICA HERNANDEZ

EUCEDA, SECRETARIA.

3 v. alt. No. C011107-1

LICENCIADO JORGE ALBERTO GUZMAN URQUILLA, Juez

Segundo de Primera Instancia de este Distrito Judicial, al público para

efectos de Ley.

HACE SABER: Que por resolución dictada por este Tribunal, de

las nueve horas y ocho minutos del día veintidós de enero del corriente

año, se ha tenido por aceptada expresamente con benefi cio de inven-

tario, la herencia intestada que a su defunción dejó el causante LUIS

ARGUETA, de parte del señor JOSE ANGEL ARGUETA PINEDA,

de sesenta y tres años de edad, Agricultor en Pequeño, del domicilio de

Corinto, Departamento de Morazán, con Documento Único de Identidad

Número cero cero setecientos treinta y cinco mil noventa y siete, con

Tarjeta de Identifi cación Tributaria Número Un mil trescientos tres

guión ciento ochenta mil trescientos cincuenta guión ciento uno guión

nueve; por derecho propio en calidad de hijo del mencionado causante,

quien a la fecha de su fallecimiento fue de cuarenta y nueve años de

edad, jornalero, originario y del domicilio de Corinto, Departamento

de Morazán; hijo de los señores Miguel Argueta y Apolonia Chicas;

falleció a las veintiuna hora del día diez de enero de dos mil nueve, en

el Cantón Hondable, de la ciudad de Corinto, siendo esta misma ciudad

lugar de su último domicilio.

Se le confi rió al aceptante antes mencionado y en la forma estable-

cida, la Administración y Representación Interina de la Sucesión, con las

facultades y restricciones de los Curadores de la Herencia Yacente.

Se cita a los que se crean con derecho a la herencia, para que se

presenten a deducirlo en el término de quince días contados desde el

siguiente a la tercera publicación de este edicto en el expresado perió-

dico.

Librado en el Juzgado Segundo de Primera Instancia: San Fran-

cisco Gotera, Morazán, a las nueve horas del día veinticuatro de enero

de dos mil catorce.- LIC. JORGE ALBERTO GUZMAN URQUILLA,

JUEZ SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA.- LICDA. KARINA

ELIZABETH IGLESIAS DE NAVARRO, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F023583-1

MARIO MOISA MARTINEZ, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DIS-

TRITO JUDICIAL.

HACE SABER: Que por resolución de este Tribunal, de las doce

horas treinta y cinco minutos del día quince de enero del corriente año,

se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario de

la herencia intestada dejada por la señora EDUVIGES PACHECO DE

AGUIRRE, fallecida el día veintiuno de octubre del dos mil trece, en

el Cantón San Juan de Dios, Jurisdicción de Juayúa, siendo ese el lugar

de su último domicilio, de parte de los señores ANDRES ANTONIO

AGUIRRE PACHECO, JOSE ALBERTO AGUIRRE PACHECO

y MARCO TULIO AGUIRRE PACHECO, en concepto de hijos de

la mencionada causante y además como cesionario de los derechos

hereditarios que en dicha Sucesión le correspondían al señor ANDRES

AGUIRRE GARCIA, en calidad de esposo de la causante.

Y se ha conferido a los aceptantes la administración y representación

interinas de la Sucesión con las facultades y restricciones de Ley.

JUZGADO DE LO CIVIL: Sonsonate, a las once horas veinte

minutos del día veintitrés de enero del dos mil catorce.- DR. MARIO

MOISA MARTINEZ, JUEZ DE LO CIVIL.- LICDA. CECILIA DEL

CARMEN CEREN DE ESCOBAR, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F023588-1

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61DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 13 de Febrero de 2014.

EL INFRASCRITO JUEZ SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA

DEL DISTRITO JUDICIAL DE SAN FRANCISCO GOTERA, DE-

PARTAMENTO DE MORAZAN, AL PUBLICO PARA EFECTOS

DE LEY.

HACE SABER: Que por resolución dictada por este Juzgado, a

las once horas y quince minutos del día veintisiete de enero del dos mil

catorce, SE HA TENIDO POR ACEPTADA EXPRESAMENTE CON

BENEFICIO DE INVENTARIO, LA HERENCIA INTESTADA que a

su defunción dejó la causante MARIA SANTOS AMBROCIO, conocida

por MARIA SANTOS AMBROSIO DE GARCIA, de parte del señor

FIDEL ANGEL AMBROCIO GARCIA, de treinta y cinco años de edad,

motorista, del domicilio del Cantón Agua Zarca, Caserío El Tablón, de

la Jurisdicción de Osicala, Departamento de Morazán, con Documento

Único de Identidad Número cero cinco uno seis ocho dos siete tres guión

dos, y Número de Identifi cación Tributaria un mil trescientos quince guión

dos cinco uno cero siete ocho guión ciento dos guión siete; por derecho

propio que les corresponde en calidad de hijo de la causante; quien a la

fecha de su fallecimiento era de cincuenta y ocho años de edad, ama de

casa, originaria de Gualococti, Departamento de Morazán; falleció el

día catorce de mayo del dos mil trece, en el Hospital Nacional San Juan

de Dios, de la ciudad de San Miguel, siendo en la ciudad de Osicala,

Departamento de Morazán, lugar de su último domicilio.

Se le confi rió al aceptantes ante mencionado y en la forma esta-

blecida, la administración y representación Interina de la Sucesión, con

las facultades y restricciones de los curadores de la Herencia Yacente.

Se cita a los que se crean con derecho a la herencia, para que se

presenten a deducirlo en el término de quince días, contados desde el

siguiente a la tercera publicación del presente edicto.

Librado en el Juzgado Segundo de Primera Instancia: San Francisco

Gotera, Departamento de Morazán, a los veintisiete días del mes de enero

del dos mil catorce.- LIC. JORGE ALBERTO GUZMAN URQUILLA,

JUEZ SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA.- LICDA. KARINA

ELIZABETH IGLESIAS DE NAVARRO, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F023601-1

CARLOS JOSE MENDEZ FIGUEROA, JUEZ DE LO CIVIL DEL

DISTRITO JUDICIAL DE CHALCHUAPA.

HACE SABER: Al público para los efectos de Ley, que por re-

solución proveída por este Tribunal, a las diez horas con veinticuatro

minutos del día veintidós de enero de dos mil catorce, se ha tenido por

aceptada expresamente, con benefi cio de inventario la herencia intestada,

que a su defunción ocurrida a las tres horas cuarenta minutos del día ocho

de marzo de dos mil cuatro, en la Colonia Pampe, Segunda Calle, casa

número doce, de esta ciudad, siendo su último domicilio la ciudad de

Chalchuapa, dejó el causante JUAN BAUTISTA GERMAN, conocido

por JUAN GERMAN, quien fue de ochenta y ocho años de edad, solte-

ro, jornalero; de parte de las señoras LUISA DEL CARMEN FLORES

DE ZALDAÑA, CLELIA ESPERANZA FLORES DE PORTILLO y

GLORIA CONCEPCION FLORES DE GONZALEZ, en su concepto

de hijas del expresado causante.

A quienes se les nombra INTERINAMENTE administradoras y

representantes de la Sucesión, con las facultades y restricciones de los

curadores de la herencia yacente.

Se cita a todas las personas que se crean con derecho a la heren-

cia, para que se presenten a este Juzgado, a deducirlo en el término de

quince días, contados desde el siguiente a la tercera publicación de este

edicto.

Juzgado de lo Civil: Chalchuapa, a las diez horas treinta minutos

del día veintiocho de enero de dos mil catorce.- LIC. CARLOS JOSE

MENDEZ FIGUEROA, JUEZ DE LO CIVIL.- LIC. HENRY OVIDIO

GARCIA RODRIGUEZ, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F023605-1

LUIS ANTONIO BENITEZ HIDALGO, JUEZ DE LO CIVIL SU-

PLENTE DE ESTE DISTRITO.

HACE SABER: Que por resolución pronunciada de las ocho horas

veinte minutos del día nueve del corriente mes y año, se ha tenido por

aceptada expresamente y con benefi cio de inventario la herencia intestada

dejada por la señora BERTA PADILLA, quien fue conocida por BERTA

PADILLA VARGAS, fallecida el día uno de junio del dos mil uno, en

esta ciudad, siendo esta ciudad su último domicilio, de parte del señor

CARLOS EDMUNDO FLORES, conocido por CARLOS EDMUNDO

BOCANEGRA FLORES, en concepto de Cesionario de los Derechos

Hereditarios que le correspondían a la señora María Magdalena Padilla

de Planas hoy viuda de Planas, ésta como heredera testamentaria de la

Causante.

Se ha conferido al aceptante la administración y representación

interinas de la Sucesión con las facultades y restricciones de Ley.

Juzgado de lo Civil: Sonsonate, a las ocho horas veinte minutos

del día treinta y uno de enero del dos mil catorce.- Entre línea-Flores-

Vale.- LIC. LUIS ANTONIO BENITEZ HIDALGO, JUEZ DE LO

CIVIL SUPLENTE.- LICDA. CECILIA DEL CARMEN CEREN DE

ESCOBAR, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F023609-1

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62 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402

RAFAEL EDUARDO MENENDEZ CONTRERAS, Juez de Primera

Instancia de la Ciudad de Armenia, Sonsonate.

HACE SABER: Que a las 08:30 horas de este día se emitió reso-

lución en la cual se tuvo por aceptada expresamente y con benefi cio de

inventario la herencia intestada dejada por el señor Narciso Ramos c/p

Narciso Ramos Nájera, quien falleció a consecuencia de muerte natural,

el día 10 de diciembre de 1993, a la edad de 65 años, casado, salvadoreño,

jornalero, originario de Cuisnahuat, Sonsonate y con último domicilio

en esa jurisdicción, de parte de René Miguel Ramos Constante, hijo

sobreviviente de aquél.

Se nombró interinamente a la persona antes referida administrador

y representante de la sucesión del causante, con las facultades y restric-

ciones de los curadores de la herencia yacente.

Lo que se avisa al público en general para que todo aquel que se

crea con derecho a dicha herencia se presente a deducirlo en el término

de quince días contados desde el siguiente a la tercera publicación del

presente edicto en el Diario Ofi cial.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia de la ciudad de Armenia,

Sonsonate, a los treinta días del mes de enero del año dos mil catorce.-

LIC. RAFAEL EDUARDO MENENDEZ CONTRERAS, JUEZ DE

PRIMERA INSTANCIA.- LIC. MANUEL DE JESUS FLORES ORTIZ,

SECRETARIO INTERINO.

3 v. alt. No. F023680-1

NORMA ELIZABETH ORELLANA SERRANO, Notario, de este

domicilio, con Ofi cina ubicada en Urbanización Buenos Aires Uno,

Avenida San Carlos Número Ciento Veinticuatro, San Salvador.

HACE SABER: Que por resolución de las diez horas del día once

de noviembre del año dos mil trece, se ha tenido por Aceptada Expresa-

mente y con Benefi cio de Inventario, de parte de la señora ENRIQUETA

ORELLANA DE MENJIVAR, mayor de edad, de Ofi cios Domésticos, del

domicilio de San Juan Opico, Departamento de La Libertad, la Herencia

Intestada que a su fallecimiento acaecido en Columbus, North Hills, Los

Ángeles California, Estados Unidos de Norte América, el día cinco de

octubre del año dos mil doce, dejara la causante señora ROSA EVA

MENJIVAR ORELLANA conocida por ROSA MENJIVAR, ROSA

E. MENJIVAR y ROSA EVA MENJIVAR DE SIBRIAN, quien fue

de cincuenta años de edad, niñera, del domicilio de Columbus, North

Hills, Los Ángeles California, Estados Unidos de Norte América, por

lo tanto se le ha conferido la Representación y Administración Interina

de la sucesión.

Se cita a los que se crean con derecho a la Herencia para que se

presenten a deducirlo en el término de quince días contados a partir de

la última publicación de este edicto, a la dirección antes mencionada.

San Salvador, trece de noviembre del año dos mil trece.

LIC. NORMA ELIZABETH ORELLANA SERRANO,

NOTARIO.

3 v. alt. No. F023681/F023809-1

MELVIN MAURICIO PEÑATE SANCHEZ, JUEZ TERCERO DE LO CIVIL Y MERCANTIL, SANTA ANA DE CONFORMIDAD, AL ARTICULO 1163 CC, AL PUBLICO EN GENERAL.

HACE SABER: Que según diligencias de referencia interna DV. 127-13-CIV, se han promovido, en esta Sede Judicial por la Licenciada Nury Elizabeth Mendoza Barrientos diligencias Judiciales no Conten-ciosas de Aceptación de Herencia Intestada sobre los bienes que a su defunción dejara la señora Rosa Elvira Herrera conocida por Rosa Elvira Rodríguez, quien fuera de cincuenta y seis años de edad, de ofi cios do-mésticos, soltera, de este domicilio, quien falleció el día treinta de julio de mil novecientos noventa, habiéndose aceptado herencia con benefi cio de inventario por parte de la señora Elcides Oliva Herrera de Carpio en calidad de hija de la causante, y este día se nombró A LA MISMA COMO ADMINISTRADORA Y REPRESENTANTE INTERINA DE LA SUCESION ANTES SEÑALADA, de conformidad a lo establecido en el artículo 1163 del Código Civil.

Lo que se hace del conocimiento público para que puedan presentarse a este Juzgado, dentro del plazo de quince días contados a partir de la última publicación, las personas que se crean con derecho a la herencia que a su defunción dejara la referida Causante.

Dado en el Juzgado Tercero de lo Civil y Mercantil de Santa Ana, a los quince días de enero de dos mil catorce.- LIC. MELVIN MAURICIO PEÑATE SANCHEZ, JUEZ TERCERO DE LO CIVIL Y MERCANTIL, SANTA ANA.- LICDA. ELIDA ZULEIMA MENDEZ GUZMAN, SECRETARIA JUZGADO TERCERO DE LO CIVIL Y MERCANTIL, SANTA ANA.

3 v. alt. No. F023703-1

JOSE HUGO ESCALANTE NUÑEZ, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY.

HACE SABER: Que por resolución de las quince horas y ocho minutos del día trece de diciembre del presente año, se tuvo por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario la HERENCIA INTESTADA de los bienes que a su defunción dejó el causante JESUS EDUARDO DIAZ, quien falleció en el Hospital Nacional del Instituto Salvadoreño del Seguro Social, de San Salvador, a las quince horas y dieciocho minutos del día cinco de febrero de dos mil doce, siendo esta ciudad su último domicilio; de parte de las señoras FLORINDA CERNA DE DIAZ y ANA ELIZABETH DIAZ PONCE, la primera en su concepto de cónyuge sobreviviente del Causante y la segunda como hija del de Cujus.

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63DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 13 de Febrero de 2014.

Habiéndose conferido además a las aceptantes en el carácter antes

indicado la ADMINISTRACION Y REPRESENTACION INTERINA

de la Sucesión con las facultades y restricciones de los curadores de la

herencia yacente.

Y CITA: A todas las personas que se crean con derecho a la referida

herencia, para que se presenten a este Juzgado a deducirlo dentro del

término de quince días contados a partir de la última publicación del

presente edicto.

Librado en el Juzgado de lo Civil de Mejicanos, a las once horas y

veinte minutos del día trece de diciembre de dos mil trece.- LIC. JOSE

HUGO ESCALANTE NUÑEZ, JUEZ (1) DE LO CIVIL.- LICDA.

LILIAN ESTELA AGUIRRE HERNANDEZ, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F023725-1

HERENCIA YACENTE

JAVIER ROLANDO ALVARADO ALVARADO, JUEZ TERCERO

DE LO CIVIL Y MERCANTIL INTERINO DE SAN SALVADOR,

AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY.

HACE SABER: Que por resolución provista por este Juzgado,

a las nueve horas del día dieciocho de diciembre de dos mil trece, ha

sido declarada YACENTE LA HERENCIA, que a su defunción dejó

el señor Manuel de Jesús Colorado Estrada conocido por Manuel de

Jesús Colorado y por Manuel Colorado, quien fue de setenta y tres años,

casado, originario de San Salvador, Departamento de San Salvador, de

nacionalidad salvadoreño, cuya defunción acaeció el día diecinueve de

octubre de mil novecientos setenta, siendo su último domicilio el de

San Salvador, Departamento de San Salvador. Y se ha nombrado como

CURADOR al Licenciado Tomás Álvaro Merino Vásquez, a quien se

le juramentó y se le discernió del cargo.

Lo que hago del conocimiento del público, para los efectos legales

correspondientes, y en consecuencia, SE CITA a los que se crean con

derecho a la herencia referida, a fi n que comparezcan a esta Sede Judicial

a deducir tal circunstancia dentro del plazo de quince días contados desde

el siguiente a la tercera publicación de este edicto.

Librado en el Juzgado Tercero de lo Civil y Mercantil de San

Salvador, a las diez horas con cuarenta minutos del día veinticuatro de

enero de dos mil catorce.- LIC. JAVIER ROLANDO ALVARADO

ALVARADO, JUEZ TERCERO DE LO CIVIL Y MERCANTIL

INTERINO, SAN SALVADOR.- LIC. OSCAR ANTONIO DIAZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F023595-1

ANA MERCEDES RODAS ARAUZ, JUEZ (2) DE LO CIVIL DE

MEJICANOS INTA.

AVISA: Que por resolución proveída por este Juzgado, a las quince

horas treinta minutos del día veintidós de enero de dos mil catorce, se

declaró yacente la herencia intestada del causante señor VICTOR AN-

TONIO PAZ, de ochenta y cuatro años de edad, casado, quien falleció

en la ciudad de San Salvador, siendo Mejicanos, su último domicilio,

el día tres de mayo de mil novecientos noventa y nueve, nombrándo-

sele como Curador Especial al Licenciado LUIS ALBERTO RIVAS

HERNANDEZ, para que lo represente.

CITA: A los que se crean con derecho a la herencia referida, para

que se presenten a deducirlo dentro del término de quince días contados

desde el siguiente al de la tercera publicación del presente edicto.

Librado en el Juzgado de lo Civil de Mejicanos, Juez Dos, a las

once horas cincuenta minutos del día veintinueve de enero de dos mil

catorce.- LICDA. ANA MERCEDES RODAS ARAUZ, JUEZ (2) DE

LO CIVIL DE MEJICANOS INTA.- LIC. VICTORINO ALEXANDER

PERAZA, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F023658-1

KARLA MARIA REGINA MURCIA CARRILLO, JUEZA INTERINA

(1) PRIMERO DE LO CIVIL Y MERCANTIL DE ESTE DISTRITO

JUDICIAL, AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY.

HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado,

a las ocho horas y veinte minutos del día quince de enero de dos mil

catorce, se ha declarado la YACENCIA DE LA HERENCIA intestada,

dejada por el causante señor MANUEL OLANO VILLACORTA, a su

defunción ocurrida el día veintiuno de julio de mil novecientos ochenta y

cinco, en Calle Varela, número ciento doce, Barrio Concepción, de esta

ciudad, siendo este lugar su último domicilio, en ese entonces de sesenta

y dos años de edad, sastre, quien en ese momento se identifi caba bajo la

Cédula de Identidad Personal número uno-uno-ciento ochenta y nueve

mil doscientos veintidós, en las diligencias iniciadas por parte de los se-

ñores PABLO SANTANA GALVEZ y ROBERTO DARIO SANTANA

GUTIERREZ, y se ha nombrado a la Licenciada TATIANA IVETTE

GONZALEZ DE ARCE, como CURADORA QUE REPRESENTE LA

SUCESION. Se advierte que si algún interesado se presenta aceptando la

herencia en el término de quince días después de publicado el presente

edicto, tanto la Yacencia de la herencia como el nombramiento de la

curadora quedarán sin efecto, todo de conformidad a lo establecido en

los Arts. 481, 482, 486, 1162 y 1163, todos del Código Civil.

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64 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402

Librado en el Juzgado Primero de lo Civil y Mercantil de San

Salvador, a las diez horas del día quince de enero de dos mil catorce.-

LICDA. KARLA MARIA REGINA MURCIA CARRILLO, JUEZA

INT (1) PRIMERO DE LO CIVIL Y MERCANTIL.- LIC. FLORINDA

GARCIA RIVERA, SECRETARIA DE ACTUACIONES.

3 v. alt. No. F023659-1

TITULO DE PROPIEDAD

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL.

AVISA: Que a esta ofi cina se ha presentado MARTA ELICIA DE

LEON CAMPOS, mayor de edad, Ama de Casa, de este domicilio, quien

solicita Título de Propiedad de un terreno de naturaleza rústica situado

en el Cantón Tierra Colorada, Caserío Los Ortiz de esta Jurisdicción, que

mide y linda al NORTE: 9:60 metros, linda con terrenos propiedad de

María Blanca Olivia Rafaelano; AL ORIENTE: mide 20:60 metros, linda

con terreno propiedad de Jorge Alberto López Rafaelano; AL SUR: mide

10:40 metros, Camino Vecinal de por medio, linda con terreno propiedad

de Ángel Pérez y AL PONIENTE: mide 19:70 metros, linda con terreno

propiedad de María Antonia Rafaelano. El terreno antes descrito tiene

una capacidad superfi cial de CIENTO NOVENTA PUNTO OCHENTA

Y SEIS METROS CUADRADOS DE EXTENSION SUPERFICIAL,

lo estima en la suma de UN MIL DOSCIENTOS DOLARES DE LOS

ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, lo hubo por compraventa que le

hizo a don José Mariano López Rafaelano, sobreviviente, por medio

de Escritura Pública de Compra Venta, dicho inmueble no es predio

dominante, ni sirviente, lo posee de forma quieta, pacífi ca, continua e

ininterrumpida por más de diez años en forma quieta, pacífi ca, continua

e ininterrumpida, no está en proindivisión con persona alguna, no pesan

sobre él cargas reales, ni derechos de ajena pertenencia, no es predio

dominante, ni sirviente, todos los colindantes son de este domicilio.

En la Alcaldía Municipal de San Juan Nonualco, Departamento de

La Paz, a los veintidós días de julio de dos mil trece.- JOSE GUILLERMO

RODAS RAMOS, ALCALDE MUNICIPAL.- DAVID SALVADOR

MANCIA ORREGO, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F023672-1

LA INFRASCRITA ALCALDESA MUNICIPAL.

AVISA: Que a esta ofi cina se ha presentado el señor JORGE CA-

RIAS CONCE, mayor de edad, agricultor, del domicilio de Cuisnahuat,

departamento de Sonsonate, con documento Único de Identidad número

cero cero dos siete ocho cero nueve cero - siete, con Tarjeta de Identi-

fi cación Tributaria número cero tres cero cuatro- dos uno cero uno seis

cero – uno cero uno- nueve; Solicitando a su favor Título de Propiedad y

Dominio de un Inmueble de Naturaleza Urbana, situado en el Barrio San

Francisco, de la población de Cuisnahuat, departamento de Sonsonate,

Controlado por el Centro Nacional de Registros, Número de Mapa 03

04 U01, Número de Parcela: 112, área catastral: 603.9217, METROS

CUADRADOS, que linda: AL NORTE: con Abelardo Cuyutan, al

ORIENTE: con Manuel Espinoza, al SUR: con Gumercindo Santos, y

al PONIENTE: con Roxana Ramírez de Santos y María Antonia Escobar

Tolentino; En dicho inmueble se encuentra construida una vivienda

paredes de Bahareque y techo de Lámina y lo valuó en la cantidad

de UN MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE NORTE

AMERICA.- El inmueble en mención lo obtuve por compra efectuada

al señor: LAZARO CARIAS PEREZ y por posesión material por más

de diez años consecutivos que unida a la de su antecesor dueño ya antes

mencionados, asciende a más de quince años en forma quieta, pacífi ca

e ininterrumpida, ejerciendo en él actos como legítimo dueño, como

cuidarlo, habitar en él, hacerle mejoras, todo a ciencia y paciencia de

vecinos en general y colindantes en especial, no es predio sirviente, ni

dominante, ni está en proindivisión con nadie; lo estima en la cantidad

de MIL DOLARES EXACTOS, los colindantes son de este domicilio.

Alcaldía Municipal: Cuisnahuat, departamento de Sonsonate, a

los veintidós días del mes de enero del año dos mil catorce.- ROSA

ISABAS GALEANO DE SIBRIAN, ALCALDESA MUNICIPAL.-

LIC. RICARDO DIONICIO AYALA BARRIENTOS, SECRETARIO

MUNICIPAL.

3 v. alt. No. F023678-1

TITULO SUPLETORIO

La Suscrita Notario CARMEN PINEDA HERNANDEZ, con Ofi cina

Jurídica en Diecinueve Calle Poniente número trescientos veinticinco,

local dos, primera planta del Edifi cio Mossi- Portillo, San Salvador.

HACE SABER: Que ante mis ofi cios ha comparecido la señora

BLANCA ISOLINA GUZMAN BELTRAN, de cincuenta y dos años de

edad, de ofi cios domésticos, del domicilio de Panchimalco, con Número

de Identifi cación Tributaria cero tres millones novecientos cincuenta y

tres mil noventa y seis-nueve, con Número de Identifi cación Tributaria

cero seiscientos diez-trece cero cinco sesenta y dos-ciento uno-seis;

solicitando TITULO SUPLETORIO, de un terreno rústico situado en

Cantón El Porvenir, Lotifi cación El Edén, sin número, jurisdicción

de Santo Tomás, departamento de San Salvador, con un área de MIL

DOSCIENTOS CUARENTA Y SIETE METROS VEINTIUN DECI-

METROS CUARENTA Y CINCO CENTIMETROS CUADRADOS,

el cual mide y linda: AL NORTE, dieciséis punto veinte metros, linda

con propiedades de los señores José Ángel Avendaño Henríquez; María

Concepción Mercedes de Avendaño y Blanca Isolina Guzmán Beltrán; AL

ORIENTE, mide setenta y tres punto treinta metros, linda con propiedades

de los señores Mercedes Melara Siciliano; Juan Ramón Martínez Baiza;

Pedro Carballo Castro; Porfi rio Siciliano; José Luis Ramírez Méndez

y Ana Alicia Fuentes; AL SUR, mide veintiuno punto veinte metros,

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Page 65: Diario Oficial 13 de Febrero 2014...2014/02/13  · DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 13 de Febrero de 2014. 5 noventa y cinco metros, cero centímetros. TRAMO DOS: Del mojón número

65DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 13 de Febrero de 2014.

linda con propiedades de los señores José Ángel Avendaño Henríquez

y María Concepción Mercedes Avendaño de Coto, José Cristobal

Mejía; Jesús Anastacio Mejía López y Francisca Amalia Martínez de

León, callejón de por medio; y al PONIENTE, mide sesenta punto diez

metros, linda con propiedades de los señores Bernardina Corena Pérez y

Victoria Corena viuda de Guzmán. El terreno descrito no es dominante,

ni sirviente, ni está en proindivisión y no tiene cargas o derechos que

pertenezcan a terceras personas; que desde su adquisición, ha poseído

el referido terreno en forma quieta, pacífi ca y no interrumpida, desde

hace más de veinte años. Valúa dicho inmueble en la suma de UN MIL

DOLARES de los Estados Unidos de América.

Lo que se hace del conocimiento para los efectos legales pertinen-

tes.

Librado en San Salvador, a los dieciséis días del mes de julio de

dos mil trece.

LIC. CARMEN PINEDA HERNANDEZ,

NOTARIO.

1 v. No. F023676

EL SUSCRITO NOTARIO, JOSE JAVIER CLAVEL FLAMENCO,

AL PUBLICO.

HACE SABER: Que a mi Ofi cina de Notariado, situada en

Sexta Calle Poniente y Avenida Libertad, Barrio El Chile, ciudad de

Chalatenango, las señoras GILMA YANET ALVARADO ZELAYA y

MARIA ANTONIA ZELAYA viuda DE ALVARADO, en su calidad de

nuda propietaria y usufructuaria, respectivamente, me han SOLICITADO

Diligencias de TITULO SUPLETORIO, de un inmueble de naturaleza

rústica, situado en Caserío Monte Redondo, del Cantón del mismo nombre,

Concepción Quezaltepeque, Chalatenango, de la extensión superfi cial

de DOSCIENTOS SETENTA Y TRES PUNTO OCHENTA Y CINCO

METROS CUADRADOS, de las medidas y linderos siguientes: AL

ORIENTE, mide doce metros ochenta centímetros, colinda con propie-

dad de Joel Erazo y de María Cruz Chinchilla, calle de por medio; AL

NORTE, mide veinticinco metros cincuenta centímetros, colinda con

propiedad del señor José Obdulio Alvarado, cerco sin materializar de

por medio; AL PONIENTE, mide nueve metros, colinda con propiedad

del señor José Obdulio Alvarado, cerco sin materializar de por medio;

y AL SUR, mide veintitrés metros colinda con propiedad de la señora

María Joaquina Palma, pared de ladrillo propia del inmueble que se

describe de por medio.- En el inmueble descrito existe construida una

casa de sistema mixto.- Que la señora GILMA YANET ALVARADO

ZELAYA, obtuvo su derecho por DONACION IRREVOCABLE, que

le hizo la señora María Antonia Zelaya Viuda De Alvarado quien se

reservó el derecho de usufructo. Todos los colindantes son del domicilio

de Concepción Quezaltepeque, Chalatenango. Se hace del conocimiento

del Público, para oposición de persona con mejor derecho y se presente

dentro del término de ley, a la ofi cina descrita al principio, con telefax

2301-2872.

Librado en la Ciudad de Chalatenango, a los diez días del mes de

febrero del año dos mil catorce.

LIC. JOSE JAVIER CLAVEL FLAMENCO,

NOTARIO.

1 v. No. F023694

TITULO DE DOMINIO

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL.

HACE SABER: Que a esta ofi cina se presentó el Licenciado

HUGO JAVIER DIAZ CAMPOS, en su calidad de Apoderado de la

señora VICTORIANA ROBLES DE ZELAYA, de treinta años de

edad, comerciante, de este domicilio, con Documento Único de Iden-

tidad Número: Cero cero quinientos veintiséis mil doscientos guión

cinco, solicitando a favor de su representada Título de Dominio de un

inmueble de naturaleza urbana situado en la Colonia Milagro de La Paz,

Calle Cárdenas, Pasaje La Roca, jurisdicción, Distrito y Departamento

de San Miguel, de la extensión superfi cial de: CIENTO CUARENTA

Y SEIS PUNTO SETENTA Y NUEVE METROS CUADRADOS, de

las medidas y linderos siguientes: AL NORTE: mide dieciocho metros

setenta centímetros, linda con inmueble propiedad del señor Narciso

Portillo, Pasaje de por medio; AL ORIENTE: mide siete metros cin-

cuenta centímetros, linda con inmueble propiedad de la señora Mercedes

Amaya, Calle de por medio; AL SUR: mide dieciocho metros setenta

centímetros, linda con inmueble propiedad del señor Santos Demetrio

Romero; y AL PONIENTE: mide ocho metros veinte centímetros, linda

con inmueble propiedad de la señora Ilbea Amaya.- En el inmueble

antes descrito existen construcciones de sistema mixto y demás servi-

cios necesarios. Dicho inmueble no es ejidal, baldío, comunal, no es

dominante, ni sirviente, no tiene carga o derecho real que pertenezca

a persona distinta a la poseedora ni está en proindivisión con nadie, y

lo valúa en la cantidad de UN MIL DOLARES DE LOS ESTADOS

UNIDOS DE AMERICA.- Y lo adquirió mediante Escritura Pública de

Compra Venta de la Posesión Material que le otorgó a su favor el señor

VICENTE AMAYA, quien es mayor de edad, agricultor en pequeño,

de este domicilio, en esta ciudad a las quince horas del día treinta de

septiembre de dos mil trece, ante los ofi cios del Notario Hugo Javier Díaz

Campos.- Que la posesión material que ha ejercido y ejerce actualmente

el poseedor sumada a la de su antecesor data más de veinte años y sigue

siendo en forma quieta, pacífi ca e ininterrumpida y sin clandestinidad

alguna. Los colindantes son de este domicilio, lo que se avisa al público

para los efectos de ley.

ALCALDIA MUNICIPAL: San Miguel, a los nueve días del mes

de enero del año dos mil catorce.- LIC. JOSE WILFREDO SALGADO

GARCIA, ALCALDE MUNICIPAL.- LIC. JOSE ANGEL FERMAN

ZETINO, SECRETARIO MUNICIPAL.

3 v. alt. No. F023584-1

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66 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402

SENTENCIA DE NACIONALIDAD

EL INFRASCRITO MINISTRO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD PÚ-

BLICA. CERTIFICA: Que a folio ciento cuarenta y cinco frente y vuelto

DEL LIBRO DE ASIENTOS DE SENTENCIAS DE NACIONALIDAD

SALVADOREÑA POR NACIMIENTO, se encuentra el asiento que

literalmente dice: "NÚMERO CIENTO CUARENTA Y CINCO. En

cumplimiento al artículo cuarenta y cuatro de la Ley de Extranjería y

habiéndose declarado ejecutoriada la sentencia pronunciada en las dili-

gencias de Nacionalidad Salvadoreño por NACIMIENTO promovidas

por el señor SANTIAGO DÓNIS CHÁVEZ, de origen y de nacionalidad

guatemalteca, se hace el siguiente asiento: "MINISTERIO DE JUSTICIA

Y SEGURIDAD PÚBLICA. San Salvador, a las quince horas con quince

minutos del día doce de junio del dos mil trece. Admítase la solicitud

presentada por el señor SANTIAGO DÓNIS CHÁVEZ, relativa a que

se le conceda la calidad de salvadoreño por NACIMIENTO, por ser de

origen y nacionalidad GUATEMALTECA y tener domicilio fi jo en El

Salvador, de conformidad con lo que establece el artículo noventa, ordinal

tercero de la Constitución de la República. El señor SANTIAGO DÓNIS

CHÁVEZ, es de cincuenta y nueve años de edad, de sexo masculino,

casado, cocinero, del domicilio de Tonacatepeque, departamento de San

Salvador, de nacionalidad guatemalteca, originario del municipio de

Casillas, Caserío Pinos Altos, departamento de Santa Rosa, República de

Guatemala, lugar donde nació el día treinta de julio de mil novecientos

cincuenta y tres, portador de su Carné de Identifi cación de Residente

Defi nitivo número veintiséis mil ciento noventa y cinco, inscrito en el

Registro de Residentes Centroamericanos que lleva la Dirección General

de Migración y Extranjería. Sus padres respondían a los nombres de:

Hilario Dónis y Petronila Chávez, ambos de nacionalidad guatemalteca

ya fallecidos. Su cónyuge responde al nombre de Rosalina Martínez

de Dónis, de cincuenta y seis años de edad, ofi cios domésticos, del

domicilio de Tonacatepeque, departamento de San Salvador, de nacio-

nalidad salvadoreña. CONSIDERANDO: I. Que el peticionario en su

solicitud agregada a folios veintidós en lo pertinente manifi esta: Que

por ser de origen y nacionalidad guatemalteca y tener domicilio fi jo en

El Salvador, desde el día diez de octubre de mil novecientos ochenta y

cuatro, es su deseo y voluntad optar a la Nacionalidad Salvadoreña por

Nacimiento, por lo que de conformidad con el artículo noventa, ordinal

tercero de la Constitución de la República y artículo treinta y ocho de

la Ley de Extranjería, pide se le reconozca dicha calidad, para lo cual

presenta para que se agregue la documentación siguiente: a) Certifi cado

de Nacimiento, debidamente autenticado a folios dieciocho al veintiuno;

b) Fotocopia de su Carné de Identifi cación de Residente Defi nitivo, a

folio diecisiete; c) Fotocopia de su Pasaporte, a folios catorce al dieciséis;

d) Certifi cación de Partida de Matrimonio, a folio doce; e) Certifi cación

de Partida de Nacimiento de su cónyuge, señora Rosalina Martínez de

Dónis, a folio diez; f) Fotocopia de Documento Único de Identidad

de su cónyuge, a folio nueve. II. Que la documentación presentada

demuestra: a) Que el solicitante es originario de Guatemala, uno de

los países que constituyeron la República Federal de Centroamérica,

b) Que el solicitante ha reunido los requisitos exigidos para iniciar las

diligencias de nacionalización, c) Que tiene en el país arraigo, familiar

por haber contraído matrimonio con salvadoreña y haber procreado dos

hijas nacidas en el país; asimismo posee arraigo domiciliar, laboral y

por residencia. III. De conformidad al artículo noventa ordinal tercero

de la Constitución de la República, tiene derecho a que se reconozca

a su favor la calidad de salvadoreño por nacimiento; en tal sentido la

atribución de esta autoridad se orienta a determinar si se reúnen los

requisitos específi cos para otorgar la nacionalización, en los términos

que establece la Constitución de la República y la Ley de Extranjería

en los artículos treinta y cinco literal b), treinta y ocho y cuarenta y tres.

Cumplido lo anterior se procede a emitir acto administrativo de declarar

a favor del solicitante la calidad que invoca y que la Constitución le

reconoce. POR TANTO: De acuerdo con los considerandos anteriores y

de conformidad con el artículo noventa ordinal tercero de la Constitución

de la República, doscientos dieciséis, doscientos diecisiete, doscientos

dieciocho, doscientos veintinueve, del Código Procesal Civil y Mercantil,

treinta y cinco literal b); treinta y ocho y cuarenta y tres de la Ley de

Extranjería, a nombre de la República de El Salvador, este Ministerio

FALLA: Concédase al señor SANTIAGO DÓNIS CHÁVEZ, de las

generales expresadas la calidad de SALVADOREÑO por NACIMIEN-

TO, por ser de origen y nacionalidad guatemalteca y tener domicilio fi jo

en El Salvador. El favorecido conserva su nacionalidad de origen, de

acuerdo a lo establecido en el artículo noventa y uno, inciso primero de

la Constitución de la República. NOTIFÍQUESE, y transcurrido el plazo

para recurrir inscríbase esta resolución en el libro de asientos de sentencias

de nacionalidad salvadoreña por nacimiento. Certifíquese, confróntese y

dése cumplimiento al artículo cuarenta y cuatro inciso tercero de la Ley

de Extranjería. JOSÉ RICARDO PERDOMO AGUILAR. MINISTRO.

"RUBRICADA". Es conforme con su original con el cual se confrontó.

MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD PÚBLICA. San Salvador,

a las catorce horas con cuarenta y cinco minutos del día dos de julio del

dos mil trece. JOSÉ RICARDO PERDOMO AGUILAR. MINISTRO.

"RUBRICADA". ES CONFORME CON SU ORIGINAL CON EL

CUAL SE CONFRONTÓ y para que sea agregado a su expediente para

ARCHIVO, se extiende, fi rma y sella la presente, en el MINISTERIO

DE JUSTICIA Y SEGURIDAD PÚBLICA. San Salvador, a las quince

horas con veinticinco minutos del día doce de julio del dos mil trece.

JOSÉ RICARDO PERDOMO AGUILAR,

MINISTRO.

1 v. No. F023610

LA INFRASCRITA JEFA DEL DEPARTAMENTO DE EXTRANJE-

RÍA, DIRECCIÓN GENERAL DE MIGRACIÓN Y EXTRANJERÍA,

MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD PÚBLICA. CERTIFICA:

Que a folio ciento cincuenta frente y vuelto DEL LIBRO DE ASIENTOS

DE SENTENCIAS DE NACIONALIDAD SALVADOREÑA POR

NACIMIENTO, se encuentra el asiento que literalmente dice: "NÚ-

MERO CIENTO CINCUENTA. En cumplimiento al artículo cuarenta

y cuatro de la Ley de Extranjería y habiéndose declarado ejecutoriada la

sentencia pronunciada en las diligencias de Nacionalidad Salvadoreña

por NACIMIENTO promovidas por el señor EDWARD PRISSMAN

FLORES FIGUEROA, de nacionalidad hondureña, se hace el siguiente

asiento: "MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD PÚBLICA.

San Salvador, a las nueve horas con cinco minutos del día quince de

julio del dos mil trece. Admítase la solicitud presentada por el señor

EDWARD PRISSMAN FLORES FIGUEROA, relativa a que se le

conceda la calidad de salvadoreño por NACIMIENTO, por ser de origen

y nacionalidad HONDUREÑA y tener domicilio fi jo en El Salvador, de

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67DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 13 de Febrero de 2014.

conformidad con lo que establece el artículo noventa, ordinal tercero

de la Constitución de la República. El señor EDWARD PRISSMAN

FLORES FIGUEROA, es de treinta y un años de edad, de sexo mas-

culino, casado, empleado, de nacionalidad hondureña, del domicilio de

San Miguel, Departamento de San Miguel, originario del Municipio

de Santa Rita, Departamento de Yoro, República de Honduras, lugar

donde nació el día treinta de junio de mil novecientos ochenta y dos,

portador de su Carné de Identifi cación de Residente Defi nitivo número

cincuenta y cuatro mil doscientos treinta y nueve, inscrito en el Registro

de Residentes Centroamericanos que lleva la Dirección General de Mi-

gración y Extranjería. Sus padres responden a los nombres de Antonio

Flores Flores y Reyna Isabel Figueroa Cruz, ambos sobrevivientes y

de nacionalidad hondureña. Su cónyuge responde al nombre de Mirian

Ivette Reyes de Flores, de treinta y tres años de edad, estudiante, del

domicilio de San Miguel, departamento de San Miguel, de nacionalidad

salvadoreña. CONSIDERANDO: I) Que el peticionario en su solicitud

agregada a folios veinticuatro y veinticinco, en lo pertinente manifi esta:

Que por ser de origen y nacionalidad hondureña y tener domicilio fi jo

en El Salvador, desde el día ocho de agosto del dos mil cuatro, es su

deseo y voluntad optar a la Nacionalidad Salvadoreña por Nacimiento,

por lo que de conformidad con los artículos noventa, ordinal tercero

de la Constitución de la República, treinta y cinco literal b) y treinta y

ocho de la Ley de Extranjería, pide se le reconozca dicha calidad; para

lo cual presenta para que se agregue la documentación siguiente: a)

Fotocopia de Documento Único de Identidad de su cónyuge, la señora

Mirian Ivette Reyes de Flores, a folio ocho; b) Certifi cación de Partida

de Nacimiento de su cónyuge, señora Mirian Ivette Reyes de Flores, a

folio nueve; c) Fotocopia de su Carné de Identifi cación de Residente

Defi nitivo, a folio diez; d) Certifi cación de Partida de Matrimonio, a

folio once; e) Fotocopia de su Pasaporte, a folio trece; f) Original de

Certifi cación de Acta de Nacimiento, debidamente apostillada a folios

quince al diecisiete. II) Que la documentación presentada demuestra:

a) Que el solicitante es originario de Honduras, uno de los países que

constituyeron la República Federal de Centro América, b) Que el so-

licitante ha reunido los requisitos exigidos para iniciar las diligencias

de nacionalización, c) Que tiene en el país arraigo, familiar por haber

contraído matrimonio con salvadoreña y haber procreado dos hijos

nacidos en el país; asimismo posee arraigo domiciliar, laboral y por

residencia. III) De conformidad al artículo noventa ordinal tercero de

la Constitución de la República, tiene derecho a que se reconozca a su

favor la calidad de salvadoreño por nacimiento; en tal sentido la atribu-

ción de esta autoridad se orienta a determinar si se reúnen los requisitos

específi cos para otorgar la nacionalización, en los términos que establece

la Constitución de la República y la Ley de Extranjería en los artículos

treinta y cinco literal b), treinta y ocho y cuarenta y tres. Cumplido lo

anterior se procede a emitir acto administrativo de declarar a favor del

solicitante la calidad que invoca y que la Constitución le reconoce. POR

TANTO: De acuerdo con los considerandos anteriores y de conformidad

con el artículo noventa ordinal tercero de la Constitución de la Repú-

blica, doscientos dieciséis, doscientos diecisiete, doscientos dieciocho,

doscientos veintinueve, del Código Procesal Civil y Mercantil, treinta

y cinco literal b); treinta y ocho y cuarenta y tres de la Ley de Extranje-

ría, a nombre de la República de El Salvador, este Ministerio FALLA:

Concédase al señor EDWARD PRISSMAN FLORES FIGUEROA, de

las generales expresadas la calidad de SALVADOREÑO por NACI-

MIENTO, por ser de origen y nacionalidad hondureña y tener domicilio

fi jo en El Salvador. El favorecido conserva su nacionalidad de origen,

de acuerdo a lo establecido en el artículo noventa y uno inciso primero

de la Constitución de la República. NOTIFÍQUESE, y transcurrido el

plazo para recurrir inscríbase esta resolución en el libro de asientos de

sentencias de nacionalidad salvadoreña por nacimiento. Certifíquese,

confróntese y dése cumplimiento al artículo cuarenta y cuatro inciso ter-

cero de la Ley de Extranjería. JOSÉ RICARDO PERDOMO AGUILAR,

MINISTRO. "RUBRICADA". Es conforme con su original con el cual

se confrontó. MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD PÚBLICA,

DIRECCIÓN GENERAL DE MIGRACIÓN Y EXTRANJERÍA. San

Salvador, a las diez horas con cuarenta minutos del día cinco de septiem-

bre del dos mil trece. ANA LUCIA GUTIERREZ DE ARIAS, JEFA

DEL DEPARTAMENTO DE EXTRANJERÍA. "RUBRICADA". ES

CONFORME CON SU ORIGINAL CON EL CUAL SE CONFRONTÓ

y para que sea publicado en el DIARIO OFICIAL, se extiende, fi rma y

sella la presente, en el DEPARTAMENTO DE EXTRANJERÍA. San

Salvador, a las trece horas con veinticinco minutos del día tres de febrero

del dos mil catorce.

LICDA. ANA LUCIA GUTIERREZ DE ARIAS,

JEFA DEL DEPARTAMENTO DE EXTRANJERÍA.

1 v. No. F023661

JUICIO DE AUSENCIA

MANUEL PAZ CANALES, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO

JUDICIAL, AL PÚBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY.

HACE SABER: Que a este Tribunal se ha presentado la Licenciada

KARLA MARGARITA LUNA CUEVA, de veintiséis años de edad,

Abogada del domicilio de Soyapango, Departamento de San Salvador,

portadora, de su Tarjeta que la acredita como Abogada de la República

de El Salvador, Número: veinticuatro mil quinientos diecisiete; y con

Número de Identifi cación Tributaria: cero seis uno cuatro - cero tres uno

uno ocho seis - uno dos seis - uno; en su carácter de Apoderada General

Judicial con Cláusula Especial del Banco de Fomento Agropecuario con

Número de Identifi cación Tributaria: cero setecientos catorce - cero

diez mil setecientos setenta y cuatro - cero cero dos - cinco; contra de

los señores: MARIA JUANA LÓPEZ; de treinta y cinco años de edad,

Modista; portadora de su Documento Único de Identidad Número:

cero siete uno tres siete uno ocho - cinco; BLANCA HILDA LÓPEZ

MUÑOZ; de veintiséis años de edad, de ofi cios domésticos, ambas del

domicilio de la Ciudad de Cojutepeque, Departamento de Cuscatlán,

portadora de su Documento Único de Identidad Número: cero uno siete

nueve tres uno tres cinco -uno; e ILDEFONSO DE LA CRUZ, de treinta

y cinco años de edad, Albañil, del domicilio de esta Ciudad; portador de

su Documento Unico de Identidad Número: cero tres uno cinco nueve

tres nueve cero - cinco; actualmente de domicilio ignorado, se previene,

si los señores antes mencionados, tuvieren Procurador o Representante

Legal, para que los representen en el presente Juicio Ejecutivo Mercantil,

se presente a este Tribunal, dentro de los quince días posteriores a la

última publicación de los avisos respectivos, comprobando legalmente

dicha circunstancia.

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68 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402

Librado en el Juzgado de lo Civil: Cojutepeque, a las quince horas

y cinco minutos del día treinta y uno de octubre del año dos mil trece.-

LIC. MANUEL PAZ CANALES, JUEZ DE LO CIVIL.- LIC. JOSE

ORLANDO BELTRAN MEJIA, SECRETARIO.-

1 v. No. C011095

FEDERICO ALBERTO ALFARO OVIEDO, Notario, con ofi cina

jurídica situada en Quinta Calle Oriente, número catorce, Barrio El

Santuario, de la ciudad y departamento de San Vicente, AL PÚBLICO

EN GENERAL.

HACE SABER: Que se ha presentado el Licenciado Marcos Wilson

Oviedo, mayor de edad, Abogado y Notario, del domicilio de San Salvador,

con documento único de identidad número cero cero ciento cincuenta y

un mil doscientos cinco-cero, en calidad de Apoderado General Judicial

de la señora FRANCISCA VILLEGAS VARELA, y otras personas

nominadas en la solicitud de folios uno y dos de fecha veinticuatro de

enero de dos mil catorce; MANIFESTANDO: Que se ignora el paradero

y domicilio actual del señor JORGE ALBERTO ORELLANA, conocido

por JORGE ALBERTO ORELLANA MONTANO, de cincuenta y ocho

años de edad, Agricultor, del domicilio de San Salvador, con Documento

Unico de Identidad número cero un millón setecientos dieciocho mil

veintinueve-tres, ignorándose también si ha dejado procurador o repre-

sentante legal; Promovido estas diligencias de ausencia en base al artículo

veinticinco de la ley del ejercicio notarial de la jurisdicción voluntaria

y otras diligencias, a fi n de comprobar la AUSENCIA de dicho señor,

para que oportunamente se le nombre curador Ad-Lítem, para recibir

emplazamiento judicial y lo represente en todas las etapas del juicio e

interponer toda clase de recursos inclusive casación, en el "Juicio Civil

Ordinario de Nulidad de Título Supletorio y de Escrituras Públicas de

compraventa -así como- la cancelación de sus respectivas inscripciones

en el Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Segunda Sección

del Centro" con número de referencia O-31-1-3-2006, que en su contra

y de otros ha promovido dicho apoderado en el Juzgado de lo Civil de la

Ciudad de San Vicente; y le sea discernido dicho cargo. En consecuencia,

prevengo: Que si el referido ausente tuviere procurador o representante

legal en la República, se presente a mi ofi cina notarial a legitimar su

personería, dentro de los quince días hábiles subsiguientes a la última

publicación de este aviso, lo que se hace del conocimiento del público

para los efectos de la ley.

San Vicente, a los veintisiete de enero de dos mil catorce.

LIC. FEDERICO ALBERTO ALFARO OVIEDO,

NOTARIO.

1 v. No. F023594

EL INFRASCRITO JUEZ DE LO LABORAL DE ESTE DISTRITO

JUDICIAL, AL PÚBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY.

HACE SABER: Que en el juicio civil ordinario de prescripción

adquisitiva promovido por la Licenciada DOLORES ALTAGRA-

CIA CASTRO DE MARTINEZ, en el carácter de apoderado de la

señora FRANCISCA AGUILAR PREZA, en contra de la sociedad

FINANCIAMIENTO, INVERSION Y DESARROLLO URBANO, SO-

CIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE, que puede abreviarse

FIDURBAN, S.A. DE C.V., la parte actora ha solicitado Diligencias de

Ausencia, y siendo que desconoce el Paradero o dirección, si tienen Apode-

rado, Procurador o Representante Legal la sociedad FINANCIAMIENTO,

INVERSION Y DESARROLLO URBANO, SOCIEDAD ANÓNIMA

DE CAPITAL VARIABLE, que puede abreviarse FIDURBAN, S.A.

DE C.V., y deseando la parte actora continuar con el juicio mencionado,

pide que previas las formalidades legales se le DECLARE AUSENTE

y se le nombre curador especial para que las represente en el juicio.

En consecuencia de lo anterior se previene a la sociedad

FINANCIAMIENTO, INVERSION Y DESARROLLO URBANO, SO-

CIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE, que puede abreviarse

FIDURBAN, S.A. DE C.V., que si tiene abogado, procurador o repre-

sentante legal en la República, se presente a este Tribunal dentro de los

quince días después de la publicación de este AVISO POR TERCERA

VEZ, a comprobar su personería.

Librado en el Juzgado de lo Laboral: Santa Tecla, a las veinte

horas y treinta y siete minutos del día veinte de noviembre del dos mil

trece.- LIC. RENE CRUZ ARANIVA, JUEZ DE LO LABORAL.- LI-

CDA. NATALIA ELIZABETH CORDOVA GARCIA, SECRETARIA

INTERINA.-

1 v. No. F023736

RENOVACIÓN DE MARCAS

No. de Expediente: 2002025065

No. de Presentación: 20130183437

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado JUAN JOSE

FRANCISCO GUERRERO CHACON, mayor de edad, ABOGADO

Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad

SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de LABORATORIOS

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Page 69: Diario Oficial 13 de Febrero 2014...2014/02/13  · DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 13 de Febrero de 2014. 5 noventa y cinco metros, cero centímetros. TRAMO DOS: Del mojón número

69DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 13 de Febrero de 2014.

FARMA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, que se

abrevia: LABORATORIOS FARMA, S.A. DE C.V., del domicilio de

San Salvador, Departamento de San Salvador, de nacionalidad SAL-

VADOREÑA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número

00216 del Libro 00175 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en

la palabra CALIPTOL, en letras mayúsculas de color negro; que ampara

productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 05 de la Clasifi cación

Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

a los cinco días del mes de noviembre del año dos mil trece.

JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,

REGISTRADOR.

EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C011100-1

No. de Expediente: 2002025064

No. de Presentación: 20130183435

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado JUAN JOSE

FRANCISCO GUERRERO CHACON, mayor de edad, ABOGADO Y

NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO

DE SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando

como APODERADO de LABORATORIOS FARMA, SOCIEDAD

ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, que se abrevia: LABORA-

TORIOS FARMA, S.A. DE C.V., del domicilio de San Salvador,

Departamento de San Salvador, de nacionalidad SALVADOREÑA,

solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00213 del

Libro 00175 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la palabra

SEDATOFERNIL; que ampara productos/servicios comprendidos en

la(s) Clase 05 de la Clasifi cación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, a los veintisiete días del mes de noviembre del año dos mil trece.

JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,

REGISTRADOR.

EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C011101-1

NOMBRE COMERCIAL

No. de Expediente: 2013127222

No. de Presentación: 20130184707

LA INFRASCRITA REGISTRADORA

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado MARCO JAVIER CALVO CAMINOS, en su calidad de APODERADO de DISTRIBUIDORA DE LICORES, SOCIEDAD ANONIMA DE CA-PITAL VARIABLE, que se abrevia: DISTRIBUIDORA DE LICORES, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro del NOMBRE COMERCIAL,

DISTRIBUIDORA DE LICORES

Consistente en: la frase DISTRIBUIDORA DE LICORES, que servirá para: IDENTIFICAR UN ESTABLECIMIENTO COMERCIAL DEDICADO A LA VENTA DE BEBIDAS ALCOHOLICAS.

La solicitud fue presentada el día veintisiete de mayo del año dos mil trece.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, veinticuatro de enero del año dos mil catorce.

LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

VANESSA MARIA ROSALES AGUILAR,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F023649-1

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70 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402

SEÑAL DE PUBLICIDAD COMERCIAL

No. de Expediente: 2013128831

No. de Presentación: 20130187752

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado DANILO RODRIGUEZ VILLAMIL, en su calidad de APODERADO de PEPSICO, INC., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la EXPRESION O SEÑAL DE PUBLICIDAD COMERCIAL,

HACEMOS LAS MEJORES PAPAS DE LA TIERRA

Consistente en: la frase HACEMOS LAS MEJORES PAPAS DE LA TIERRA. La marca a la que hace referencia la presente expresión o señal de publicidad comercial es LAY'S, inscrita al Número 215 del Libro 86 de Inscripción de Marcas, que servirá para: ATRAER LA ATEN-CION DEL PUBLICO CONSUMIDOR SOBRE LOS PRODUCTOS REFRIGERIOS A BASE DE PAPAS.

La solicitud fue presentada el día veinticuatro de julio del año dos mil trece.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, dieciocho de diciembre del año dos mil trece.

MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ,

REGISTRADOR.

SAYONARA AYALA DE GUERRERO,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C011053-1

No. de Expediente: 2013126869

No. de Presentación: 20130184155

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado DANILO RODRIGUEZ VILLAMIL, en su calidad de APODERADO de RUBELL CORP., de nacionalidad BRITANICA, solicitando el registro de la EXPRESION O SEÑAL DE PUBLICIDAD COMERCIAL,

SaSa Sabor y Salud

Consistente en: las palabras SaSa Sabor y Salud. La marca a la que hace referencia la presente expresión o señal de publicidad comercial es SASA, inscrita al Número 232 del libro 83 de Marcas, que servirá para: ATRAER LA ATENCION DEL PUBLICO CONSUMIDOR SOBRE

LOS PRODUCTOS: CAFÉ, TÉ, CACAO Y SUCEDÁNEOS DEL

CAFÉ; ARROZ; TAPIOCA Y SAGÚ; HARINAS Y PREPARACIONES

A BASE DE CEREALES; PAN, PRODUCTOS DE PASTELERÍA Y

CONFITERÍA; HELADOS; AZÚCAR, MIEL, JARABE DE MELAZA;

LEVADURA, POLVOS DE HORNEAR; SAL; MOSTAZA; VINAGRE,

SALSAS (CONDIMENTOS); ESPECIAS; HIELO.

La solicitud fue presentada el día catorce de mayo del año dos mil

trece.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

dieciséis de diciembre del año dos mil trece.

MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ,

REGISTRADOR.

SAYONARA AYALA DE GUERRERO,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C011069-1

No. de Expediente: 2013126873

No. de Presentación: 20130184159

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado DANILO

RODRIGUEZ VILLAMIL, en su calidad de APODERADO de RUBELL

CORP., de nacionalidad BRITANICA, solicitando el registro de la

EXPRESION O SEÑAL DE PUBLICIDAD COMERCIAL,

Ganar es chiche con Café Toro

Consistente en: las palabras Ganar es chiche con Café Toro. La

marca a la que hace referencia la presente expresión o señal de publi-

cidad comercial es CAFÉ TORO, inscrita al Número 167 del libro 54

de Inscripción de Marcas, que servirá para: ATRAER LA ATENCION

DEL PUBLICO CONSUMIDOR SOBRE LOS PRODUCTOS: CAFÉ,

TÉ, CACAO Y SUCEDÁNEOS DEL CAFÉ; ARROZ; TAPIOCA Y

SAGÚ; HARINAS Y PREPARACIONES A BASE DE CEREALES;

PAN, PRODUCTOS DE PASTELERÍA Y CONFITERÍA; HELADOS;

AZÚCAR, MIEL, JARABE DE MELAZA; LEVADURA, POLVOS

DE HORNEAR; SAL; MOSTAZA; VINAGRE, SALSAS (CONDI-

MENTOS); ESPECIAS; HIELO.

La solicitud fue presentada el día catorce de mayo del año dos mil

trece.

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71DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 13 de Febrero de 2014.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, dieciséis de diciembre del año dos mil trece.

MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ,

REGISTRADOR.

SAYONARA AYALA DE GUERRERO,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C011075-1

No. de Expediente: 2013126871

No. de Presentación: 20130184157

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado DANILO RODRIGUEZ VILLAMIL, en su calidad de APODERADO de RUBELL CORP., de nacionalidad BRITANICA, solicitando el registro de la EXPRESION O SEÑAL DE PUBLICIDAD COMERCIAL,

Café Toro muuuy sabroso y rendidor

Consistente en: las palabras Café Toro muuuy sabroso y rendidor. La marca a la que hace referencia la presente expresión o señal de pu-blicidad comercial es CAFÉ TORO, inscrita al Número 167 del libro 54 de Inscripción de Marcas, que servirá para: ATRAER LA ATENCION DEL PUBLICO CONSUMIDOR SOBRE LOS PRODUCTOS: CAFÉ, TÉ, CACAO Y SUCEDÁNEOS DEL CAFÉ; ARROZ; TAPIOCA Y SAGÚ; HARINAS Y PREPARACIONES A BASE DE CEREALES; PAN, PRODUCTOS DE PASTELERÍA Y CONFITERÍA; HELADOS; AZÚCAR, MIEL, JARABE DE MELAZA; LEVADURA, POLVOS DE HORNEAR; SAL; MOSTAZA; VINAGRE, SALSAS (CONDI-MENTOS); ESPECIAS; HIELO.

La solicitud fue presentada el día catorce de mayo del año dos mil trece.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, dieciséis de diciembre del año dos mil trece.

MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ,

REGISTRADOR.

SAYONARA AYALA DE GUERRERO,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C011077-1

CONVOCATORIAS

CONVOCATORIA

El Consejo de Administración de la Sociedad Cooperativa Chalchuapaneca de Productores de Café, Cuzcachapa de Responsabilidad Limitada, de conformidad con la Cláusula Décima Séptima de la Escritura Social, convoca a sus Socios a celebrar Asamblea General Ordinaria a partir de las ocho horas del día VEINTIUNO DE MARZO DE DOS MIL CATORCE, en las ofi cinas instaladas en el Benefi cio Cuzcachapa, situado sobre carretera, que de Chalchuapa conduce a Cantón El Coco, en la que se desarrollará la siguiente Agenda:

1. Comprobación del Quórum y Apertura de la Sesión.

2. Lectura del Acta de Asamblea General anterior.

3. Lectura y Aprobación de la Memoria de Labores del Consejo de Administración correspondiente al ejercicio 2013.

4. Presentación de Estados Financieros, correspondiente al Ejercicio 2013 para su aprobación.

5. Informe del Auditor Externo y Auditor Fiscal.

6. Informe de la Junta de Vigilancia.

7. Elección del Consejo de Administración y Junta de Vigilan-cia.

8. Nombramiento del Auditor Externo y Fijación de sus Emo-lumentos.

9. Nombramiento del Auditor Fiscal, de acuerdo a disposiciones del Código Tributario.

10. Autorización al Consejo de Administración para:

a) Obtener y otorgar créditos de la cosecha 2014/2015, con las ampliaciones que fueren necesarias, de acuerdo con los lineamientos del Banco Central de Reserva u otra Institución Financiera, otorgando las garantías que fueren requeridas.

b) Obtener y otorgar Créditos: de Avío a la producción, renovación y repoblación de fi ncas, adquisición de insumos, combate a la roya, y en caso necesario para refi nanciamiento de créditos existentes, FICAFE y saldos Insolutos; otorgando garantías prendarias o hipotecarias que fueren requeridas.

c) Contratar Créditos para efectuar mejoras y ampliaciones que fueren necesarias en las instalaciones de la Empre-sa.

d) Que pueda recibir en pago o adjudicación bienes muebles e inmuebles que se obtengan de juicios ejecutivos.

e) Que pueda vender los bienes muebles e inmuebles que se recuperen en juicios ejecutivos.

f) Descontar, vender o dar en garantía Notas de Crédito del Tesoro Público a favor de la Cooperativa, emitidos por el Ministerio de Hacienda.

g) Que fi je la tasa de interés a pagar sobre los certifi cados de Aportación e Inversión.

h) Excluir a socios que no cumplan con los requisitos establecidos en la Cláusula Décima Tercera.

11. Aplicación de Excedentes del Ejercicio 2013.

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72 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402

El QUÓRUM necesario para llevar a cabo la Asamblea General Ordinaria de Socios, en primera convocatoria, es la mitad más uno de los socios de la Cooperativa y las resoluciones sólo serán válidas cuando se tomen por la mayoría de votos presentes y representados. De no haber quórum en la fecha señalada anteriormente, por este medio se convoca para celebrar dicha Asamblea, el día VEINTIDOS DE MARZO DE DOS MIL CATORCE, en el mismo local y hora señalada, siendo el QUÓRUM necesario el número de socios presentes y representados, siempre que no sea inferior a CINCUENTA, y las resoluciones se tomarán por la mayoría de los votos presentes y representados.

Chalchuapa, 30 de enero de dos mil catorce.

POR CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN

JORGE NOEL BARRERA HERRERA,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C011093-1

CONVOCATORIA.

La Junta Directiva de la sociedad "CORPORACIÓN COMERCIAL Y DE SERVICIOS, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE", (CORISA, S.A. DE C.V.), convoca a Junta General Ordinaria de Ac-cionistas a celebrarse en sus instalaciones ubicadas en Desvío Sitio del Niño, entrada a Quezaltepeque, departamento de La Libertad, en primera convocatoria a las once horas y treinta minutos del día veintiocho de Marzo 2014, y de no haber quórum en la fecha señalada se convoca para el día siguiente veintinueve de Marzo, a la misma hora y en el mismo lugar, para tratar y resolver sobre asuntos Ordinarios, de conformidad con la siguiente agenda:

I. LECTURA DEL ACTA DE LA JUNTA ANTERIOR.

II. MEMORIA DE LA JUNTA DIRECTIVA, BALANCE GENERAL, ESTADO DE RESULTADOS Y ESTADO DE CAMBIOS EN EL PATRIMONIO CORRESPONDIENTE AL EJERCICIO ECONÓMICO CERRADO EL 31 DE DI-CIEMBRE DE 2013 A FIN DE APROBAR O IMPROBAR ESTOS DOCUMENTOS Y TOMAR LAS MEDIDAS QUE CONSIDERE OPORTUNAS.

III. LECTURA DEL INFORME Y DICTAMEN DEL AUDITOR EXTERNO.

IV. APLICACIÓN DE RESULTADOS.

V. NOMBRAMIENTO DEL AUDITOR EXTERNO FINAN-CIERO Y FISCAL Y APROBAR SUS HONORARIOS PARA EL AÑO 2014 Y NOMBRAMIENTO DE LOS RESPECTIVOS SUPLENTES.

Previamente a la instalación de la Junta deberá verifi carse el quórum, el cual será, en la primera fecha de la convocatoria, de la mitad más una de las acciones que tienen derecho a votar. Las resoluciones serán válidas cuando se tomen por mayoría de las acciones presentes o representadas en la sesión.

En segunda convocatoria el quórum se formará con cualquiera que sea el número de acciones presentes o representadas. Las resoluciones serán válidas cuando se tomen por mayoría de las acciones presentes o representadas.

Quezaltepeque, departamento de La Libertad, a los veintiocho días del mes de enero de dos mil catorce.

DR. LUIS ERNESTO GUANDIQUE MEJIA,

DIRECTOR SECRETARIO.

3 v. alt. No. F023730-1

CONVOCATORIA.

La Junta Directiva de la sociedad "CORPORACIÓN INDUSTRIAL CENTROAMERICANA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE", (CORINCA, S.A. DE C.V.), convoca a Junta General Ordinaria de Accionistas, a celebrarse en sus instalaciones ubicadas en Desvío Sitio del Niño, entrada a Quezaltepeque, departamento de La Libertad, en primera convocatoria a las diez horas del día veintiocho de Marzo 2014, y de no haber quórum en la fecha señalada; se convoca para el día siguiente veintinueve de Marzo, a la misma hora y en el mismo lugar, para tratar y resolver sobre asuntos Ordinarios, de conformidad con la siguiente agenda:

I. LECTURA DEL ACTA DE LA JUNTA ANTERIOR.

II. MEMORIA DE LA JUNTA DIRECTIVA, BALANCE GENERAL, ESTADO DE RESULTADOS Y ESTADO DE CAMBIOS EN EL PATRIMONIO CORRESPONDIENTE AL EJERCICIO ECONÓMICO CERRADO EL 31 DE DI-CIEMBRE DE 2013, A FIN DE APROBAR O IMPROBAR ESTOS DOCUMENTOS Y TOMAR LAS MEDIDAS QUE CONSIDERE OPORTUNAS.

III. LECTURA DEL INFORME Y DICTAMEN DEL AUDITOR EXTERNO.

IV. APLICACIÓN DE RESULTADOS.

V. NOMBRAMIENTO DE MIEMBROS DE LA JUNTA DIRECTIVA Y FIJACION DE SUS EMOLUMENTOS.

VI. NOMBRAMIENTO DEL AUDITOR EXTERNO FINAN-CIERO Y FISCAL Y APROBAR SUS HONORARIOS PARA EL AÑO 2014 Y NOMBRAMIENTO DE LOS RESPECTIVOS SUPLENTES.

Previamente a la instalación de la Junta deberá verifi carse el quórum, el cual será, en la primera fecha de la convocatoria, de la mitad más una de las acciones que tienen derecho a votar. Las resoluciones serán válidas cuando se tomen por mayoría de las acciones presentes o representadas en la sesión. En segunda convocatoria, el quórum se formará con cualquiera que sea el número de acciones presentes o repre-sentadas. Las resoluciones serán válidas cuando se tomen por mayoría de las acciones presentes o representadas.

Quezaltepeque, departamento de La Libertad, a los veintiocho días del mes de enero de dos mil catorce.

DR. LUIS ERNESTO GUANDIQUE MEJIA,DIRECTOR SECRETARIO.

3 v. alt. No. F023731-1

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73DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 13 de Febrero de 2014.

REPOSICIÓN DE CERTIFICADOS

AVISO

COMEDICA DE R.L.

Comunica que se ha presentado el propietario del Certifi cado de De-pósito a Plazo Fijo No. 91801 por la cantidad de US$ 425.00, a un plazo de 180 DIAS, en Agencia COLONIA MEDICA, ubicada en DIAGONAL DR. LUIS E. VASQUEZ Y PJE DR. INFANTE, EDIF. CISNEROS 2° NIVEL, COLONIA MEDICA , solicitando reposición de dicho certifi cado.

Por lo tanto se hace del conocimiento al público en general, para los efectos legales correspondientes, que transcurridos treinta días después de la tercera publicación de este aviso y no existiendo oposición alguna, se procederá a la reposición del certifi cado antes mencionado.

San Salvador, 07 de febrero 2014.

COMEDICA DE R.L.

GRISELDA DE MERINO

JEFE DE AGENCIA

AGENCIA COLONIA MEDICA.

3 v. alt. No. F023693-1

AUMENTO DE CAPITAL

El Infrascrito Administrador Único Propietario y Ejecutor Especial de los Acuerdos de la Junta General de Accionistas de la sociedad J. BATRES, S.A. de C.V., para los efectos de Ley.

HACE SABER: Que por acuerdo tomado en Junta General Ex-traordinaria de Accionistas, celebrada en esta ciudad, a las diez horas del día veinticuatro de enero de dos mil catorce, se acordó: A) Aumentar el Capital Social Mínimo de la sociedad en la suma de ciento dieciséis mil dólares de los Estados Unidos de América, que actualmente forman parte del Capital Variable de la sociedad, por lo que se acuerda trasladarlo al capital mínimo, a efecto de que la sociedad gire con un Capital Social Mínimo de DOSCIENTOS MIL DÓLARES DE LOS ESTADOS UNI-DOS DE AMÉRICA, dividido en doscientas mil acciones comunes y nominativas del valor de un dólar de los Estados Unidos de América, cada una, totalmente suscritas y pagadas. B) Modifi car todas las cláusulas del Pacto Social comprendidas entre la Quinta y la Trigésima Primera, ambas inclusive, a fi n de adecuarlas a las reformas del Código de Comercio; el contenido de las nuevas cláusulas sociales se incorporaron al acta de Junta General de accionistas, y se autorizó para que sean integradas junto con las que no se modifi can, en la Escritura Pública de Modifi cación del Pacto Social.

Lo anterior se hace del conocimiento del público en general para los efectos legales correspondientes.

San Salvador, a los cuatro días del mes de febrero de dos mil catorce.

LIC. JOSE MARIA BATRES ESCOBAR,

J. BATRES, S.A. DE C.V.

ADMINISTRADOR UNICO PROPIETARIO.

1 v. No. C011092

DISOLUCIÓN Y LIQUIDACIÓN DE SOCIEDADES

CERTIFICACION DEL ACUERDO DE DISOLUCIÓN DE LA SOCIE-

DAD "MAXIMO ROBERTO PANIAGUA, SOCIEDAD ANÓNIMA

DE CAPITAL VARIABLE; que se abrevia "MAXPA, S.A. DE C.V."

La Infrascrita designada como Secretaria de la Junta General Extraordina-

ria de Accionistas de la Sociedad "MAXIMO ROBERTO PANIAGUA,

SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE" , que se abrevia

"MAXPA, S.A. DE C.V.", de la sociedad Mercantil, Salvadoreña, del

domicilio de San Salvador, Departamento de San Salvador, de naturaleza

anónima, sujeta al régimen de capital variable, con Tarjeta de Identifi -

cación Tributaria número cero seis uno cuatro - cero uno cero tres ocho

y ocho - uno cero cuatro - seis; CERTIFICA: Que en el libro de Actas

de la Sociedad, se encuentra el Acta número veintiuno correspondiente

a la sesión de Junta General Extraordinaria de accionistas de la Socie-

dad, celebrada en las ofi cinas de la Sociedad, situada en San Salvador,

Departamento de San Salvador, a las nueve horas del día diez de febrero

del presente año, estando presente la totalidad de accionistas por una-

nimidad acordaron voluntariamente: I) Disolver y Liquidar la Sociedad

"MAXIMO ROBERTO PANIAGUA, SOCIEDAD ANÓNIMA DE

CAPITAL VARIABLE" que se abrevia "MAXPA, S.A. de C.V", en

base a la causal IV del Artículo Ciento ochenta y siete del Código de

Comercio y proceder a su Liquidación. II) Nombrar como Liquidadora

a la señora BLANCA ECHEVERRIA DE PANIAGUA, mayor de edad,

Jubilada, Salvadoreña, del domicilio de San Salvador, Departamento de

San Salvador, quien deberá practicar el proceso Legal y Contable de la

Liquidación de la Sociedad en un plazo de seis meses, a partir de la fecha

de inscripción en el Registro de Comercio de la Certifi cación del Acuerdo

de Disolución. III) De acuerdo al Artículo 131 del Código Tributario

nombrar como Auditor Fiscal a la Licenciada JENNIE GUADALUPE

GOMEZ DE BAUTISTA, con número del Consejo de Vigilancia de la

Contaduría Pública y Auditoría 3913. IV) Designar al señor MAXIMO

ROBERTO PANIAGUA PEÑA, mayor de edad, Ingeniero Civil, Salva-

doreño, del domicilio de San Salvador, Departamento de San Salvador

como Ejecutor Especial del acuerdo adoptado.

Y para los efectos legales pertinentes, extendió la presente certi-

fi cación en la Ciudad de San Salvador, Departamento de San Salvador,

a las once horas del día diez de febrero del dos mil catorce.

BLANCA ECHEVERRIA DE PANIAGUA,

SECRETARIA DE LA JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA.

1 v. No. F023747

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74 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402

BALANCE DE LIQUIDACIÓN

3 v. alt. No. F023606-1

AVISO DE COBRO

AVISO 01/2014

LA INFRASCRITA JEFE DE DESARROLLO HUMANO DE LA

DEPARTAMENTAL DE EDUCACIÓN DE SAN SALVADOR. De

conformidad con el Artículo 142 de las disposiciones Generales del

Presupuesto vigente.

SE HACE SABER: Que a la Unidad de Desarrollo Humano de

esta Departamental se ha presentado la señorita JULIA ELENA LÓPEZ

ARGUETA, mayor de edad, con domicilio en Urbanización Santa Marta,

Pasaje 2 No. 53, municipio de Apopa, Departamento de San Salvador,

SOLICITANDO se le permita fi rmar los documentos respectivos y

cobrar la cantidad de OCHOCIENTOS DIECISIETE 62/100

DOLARES ($ 817.62), que al fallecimiento de su MADRE: Señora

MARIA ELENA ARGUETA HERNANDEZ, ocurrido el día 26 DE

ENERO DE 2014, dejó pendiente de cobro, el salario correspondiente

al mes de enero de 2014, quien desempeñaba el Cargo de DOCENTE

PN2 S1C,. Registrada con NIP: 0103394, según los siguientes datos:

Partida 22 Subnúmero 11214. Acuerdo de Refrenda No. 06-001 de fecha

6 de enero de 2014, correspondiente al período del 1° de enero al 31 de

diciembre de 2014.

Lo anterior se hace del conocimiento del público, para que toda

persona que se crea con mejor o igual derecho se presente a hacer uso

de él, a más tardar dentro de los quince días subsiguientes de la última

publicación del presente aviso.

Ministerio de Educación, San Salvador, a los siete días del mes de

febrero de dos mil catorce.

LIC. AMÉRICA MARISOL PEÑATE GUARDADO,

COORDINADORA DE DESARROLLO HUMANO.

DEPARTAMENTAL DE EDUCACIÓN DE SAN SALVADOR.

3 v. 1 v. c/3 d. No. F023690-1

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75DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 13 de Febrero de 2014.

EDICTO DE EMPLAZAMIENTO

LA INFRASCRITA JUEZA TERCERO DE LO CIVIL Y MERCANTIL, SAN SALVADOR, LICENCIADA KARINA JEANNETTE MARTÍ-NEZ GUEVARA, AL DEMANDADO SEÑOR JAIME ENRIQUE SOL WILSON.

HACE SABER: Que en el proceso Común, promovido en esta sede judicial por los abogados ENRIQUE ALBERTO PORTILLO PEÑA y DANIEL ALEJANDRO MEDRANO RIVAS, mayores de edad, abogados, del domicilio de San Salvador y La Libertad, actuando en calidad de Apoderados Generales Judiciales con Cláusula Especial de la Asociación sin Fines de Lucro CLUB CAMPESTRE CUSCATLÁN, contra el señor JAIME ENRIQUE SOL WILSON y otros.

Que han comparecido a manifestar los Licenciados ENRIQUE ALBERTO PORTILLO PEÑA y DANIEL ALEJANDRO MEDRANO RIVAS, en el carácter antes expresado, que ignoran el paradero del demandado señor JAIME ENRIQUE SOL WILSON, así como si tienen apoderado, curador o representante legal, para que los represente en el proceso y habiéndose realizado todas las averiguaciones pertinentes, de conformidad al artículo 186 del Código Procesal Civil y Mercantil, lo procedente es que sea emplazada por medio de edictos, a fi n de ejercer su derecho de defensa en el referido proceso.

En consecuencia, emplácese al señor JAIME ENRIQUE SOL WILSON, para que comparezca a este Tribunal en el plazo de veinte días hábiles siguientes a la tercera publicación de este edicto, a contestar la demanda incoada en su contra dentro del presente proceso, de confor-midad a los artículos 283 y 284 del CPCM.

Adviértase al referido demandado que de no presentarse, se procederá a nombrarle Curador Ad-Lítem para que lo represente en el proceso, asimismo, que al contestar la demanda deberá darle cumpli-miento a lo regulado en el Art. 67 del CPCM, es decir, deberá hacerlo a través de procurador cuyo nombramiento recaiga en abogado de la República, mandato que contendrá las facultades reguladas en el Art. 69 Inc. 1° CPCM; y de no contar con recursos económicos sufi cientes recurra a la Procuraduría General de la República, para asistencia legal, de conformidad al Art. 75 CPCM.

Librado en el Juzgado Tercero de lo Civil y Mercantil, a las diez horas y quince minutos del día veintinueve de enero de dos mil catorce.- LICDA. KARINA JEANNETTE MARTÍNEZ GUEVARA, JUEZA TERCERO DE LO CIVIL Y MERCANTIL, SAN SALVADOR.- LI-CDA. LICINIA NUBE SILIEZER DE ROMERO, SECRETARIA.-

1 v. No. C011091

JOSÉ HUGO ESCALANTE NUÑEZ, JUEZ DE LO CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE MEJICANOS, AL PÚBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY.

HACE SABER: Que en este Juzgado se ha presentado el Licen-

ciado OVIDIO CLAROS AMAYA, en su calidad de apoderado de la

HIPOTECARIA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE,

a promover Proceso Ejecutivo Civil, contra la demandada señora MARÍA TEONILA CHÁVEZ DE AGUILAR, marcado con la Ref: 47-PEC-11-1, en el cual se dictó sentencia a las quince horas y diez minutos del día veintiuno de septiembre de dos mil once, cuyo fallo literalmente dice: POR TANTO: De conformidad a los considerandos anteriores, disposiciones legales citadas y los Arts. 2, 11, 172 Inc. 3°, 182 atribución 5° de la Cn., Arts. 1954 y sig., 2157 y sig., C.C., 1142 y 1551 y sig. C.Com.; 2, 30, 217, 222, 418, 457 No. 3°, 458 y sig., 465 Inc., fi nal y 470 CPCM., A NOMBRE DE LA REPUBLICA DE EL SALVADOR FALLO: CONDENASE a la señora MARIA TEONILA CHAVEZ DE AGUILAR, a pagar a LA HIPOTECARIA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, que se abrevia LA HIPOTECARIA S.A. DE C.V., la suma de VEINTICUATRO MIL SETECIENTOS CINCUENTA Y DOS DOLARES CON CUARENTA CENTAVOS DE DOLAR, en concepto de capital, más los intereses convencionales del SIETE PUNTO SETENTA Y CINCO por ciento ANUAL, contados desde el día dos de septiembre de dos mil diez, hasta que se verifi que el pago total de lo adeudado, y las costas procesales de esta instancia. Sígase con la ejecución hasta su completo pago, transe o remate. Ordénase al pagador o encargado de los Fondos, que una vez efectuada la liquidación correspondiente, retenga el TRECE por ciento sobre el monto de los intereses a pagar al acreedor, en concepto de Impuesto a la Transferencia de Bienes Muebles y a la Prestación de Servicios, Art. 162-B del Decreto Legislativo número doscientos treinta y tres, de fecha dieciséis de diciembre de dos mil nueve, publicado en el Diario Ofi cial número doscientos treinta y nueve, Tomo trescientos ochenta y cinco, de fecha veintiuno de diciembre de dos mil nueve, que contiene reformas al Código Tributario. HAGASE SABER.

Y en vista de no encontrarse el paradero de la demandada señora MARÍA TEONILA CHÁVEZ DE AGUILAR, de conformidad con el artículo ciento ochenta y seis del Código Procesal Civil y Mercantil, para que la referida señora demandada, quien es mayor de edad, En-fermera, con documento único de identidad número cero uno siete dos dos dos cuatro cinco- uno y número de identifi cación tributaria uno cuatro cero ocho- dos tres cero ocho cinco uno- cero cero dos- cero, sea notifi cada de la sentencia dictada en su contra y en obsequio a las garantías de audiencia y defensa de la misma se libra el presente edicto.

Librado en el Juzgado de lo Civil de Mejicanos, a las catorce horas y treinta minutos del día ocho de julio de dos mil trece.- LIC.JOSÉ HUGO ESCALANTE NUÑEZ, JUEZ DE LO CIVIL.- LICDA. LILIAN ESTELA AGUIRRE HERNANDEZ, SECRETARIA DE ACTUACIONES.-

1 v. No. C011094

BACILIA DEL CARMEN PORTILLO, JUEZA PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SAN FRANCISCO GOTERA, DEPAR-TAMENTO DE MORAZÁN.

HACE SABER: A la señora MIRIAN BETTY VILLACORTA DE LA O, de 54 años de edad, casada, Empleada, con domicilio y residencia en 4015 MERLOSE AVE. APT. No. 205, ZIP 90029, Ciudad de Los Ángeles, Estado de California, Estados Unidos de América, con DUI número 01278333-9; y pasaporte número 0004286; que por

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76 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402

resolución proveída por este Juzgado, a las catorce horas y treinta minutos del día once de noviembre del año dos mil trece, se ADMI-TIÓ LA DEMANDA de PROCESO COMUN DE PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE DOMINIO, registrada bajo el número 26/2013, interpuesto en su contra, por el Licenciado DOUGLAS ALDUVI CHAVEZ JAIME, como Apoderado General Judicial de la señora TEODORA SORTO VIUDA DE LA O; por lo que por medio de este EDICTO, se LE NOTIFICA a la expresada DEMANDADA, y se le PREVIENE que conteste la demanda antes referida, por medio de Apoderado(a), dentro de los DIEZ DIAS hábiles contados a partir del siguiente a la última publicación de este edicto; sino lo hiciere se le nombrará CURADOR ESPECIAL, para que la represente en el proceso.

Librado en el Juzgado Primero de Primera Instancia de San Francisco Gotera, a las catorce horas y cuarenta y cinco minutos del día seis de enero de dos mil catorce.- BACILIA DEL CARMEN POR-TILLO, JUEZA 1° DE 1ª INSTANCIA.- LIC. YESENIA ROSIBEL VILLATORO DE ZUNIGA, SECRETARIO.

1 v. No. F023591

LA INFRASCRITA JUEZA TERCERO DE LO CIVIL Y MERCAN-TIL, SAN SALVADOR, LICENCIADA KARINA JEANNETTE MARTÍNEZ GUEVARA, A LA DEMANDADA SEÑORA ALICIA DEL CARMEN VÁSQUEZ.

HACE SABER: Que en esta sede judicial se ha promovido Juicio Ejecutivo Mercantil, marcado bajo la referencia 06382-12-PE-3CM2 (393-EM-12), promovido por el Licenciado JOSÉ REYNALDO AVELAR RIVAS, mayor de edad, abogado, del domicilio de San Juan Opico, como Apoderado General y Especial Judicial del FONDO DE SANEAMIENTO Y FORTALECIMIENTO FINANCIERO, contra la señora ALICIA DEL CARMEN VÁSQUEZ, quien es de paradero desconocido.

Que se ha presentado el Licenciado JOSÉ REYNALDO AVELAR RIVAS, en el carácter antes expresado, manifestando que se ignora el paradero de la demandada señora ALICIA DEL CARMEN VÁSQUEZ, así como se ignora si tiene apoderado, curador o representante legal, para que la represente en el proceso, y habiéndose realizado todas las averiguaciones pertinentes, de conformidad al artículo 186 del Código Procesal Civil y Mercantil, pide se ordene el emplazamiento por medio de edicto, a fi n de que ejerza su derecho de defensa en el referido proceso.

En consecuencia, por medio de este edicto, emplázase a la se-ñora ALICIA DEL CARMEN VÁSQUEZ, a fi n de que comparezca personalmente o por medio de procurador, a este Tribunal en el plazo de diez días hábiles siguientes a la tercera publicación del mismo, a contestar la demanda, adviértese que de no presentarse nadie se nombrará un curador ad-lítem y se continuará con el proceso.

Adviértese a la demandada que al contestar la demanda deberá darle cumplimiento a lo regulado en el Art. 67 del CPCM, es decir, deberá hacerlo a través de procurador cuyo nombramiento recaiga en abogado de la República, mandato que contendrá las facultades reguladas en el Art. 69 Inc. 1° CPCM; y de no contar con recursos económicos sufi cientes recurra a la Procuraduría General de la Repú-blica, para asistencia legal, de conformidad al Art. 75 CPCM.

Librado en el Juzgado Tercero de lo Civil y Mercantil, a las once

horas y cuarenta minutos del día trece de mayo de dos mil trece.- LIC.

KARINA JEANNETTE MARTÍNEZ GUEVARA, JUEZA TERCERO

DE LO CIVIL Y MERCANTIL SAN SALVADOR.- LICDA. LICINIA

NUBE SILIEZER DE ROMERO, SECRETARIA.-

1 v. No. F023734

MARCA DE SERVICIOS

No. de Expediente: 2013126831

No. de Presentación: 20130184112

CLASE: 35.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado DANILO

RODRIGUEZ VILLAMIL, en su calidad de APODERADO de GY-

NOPHARM, S.A., de nacionalidad COSTARRICENSE, solicitando

el registro de la MARCA DE SERVICIOS,

Consistente en: la frase Cardiopharm CFR y diseño, que servirá

para: AMPARAR: SERVICIOS DE PUBLICIDAD; GESTION DE

NEGOCIOS COMERCIALES; ADMINISTRACION COMERCIAL;

TRABAJOS DE OFICINA. Clase: 35.

La solicitud fue presentada el día catorce de mayo del año dos

mil trece.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad

de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San

Salvador, trece de diciembre del año dos mil trece.

DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,

REGISTRADOR.

LUCIA MARGARITA GALAN ARGUETA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C011051-1

DIARIO

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77DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 13 de Febrero de 2014.

No. de Expediente: 2013132001

No. de Presentación: 20130193892

CLASE: 38.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado DANILO

RODRIGUEZ VILLAMIL, en su calidad de APODERADO de A&E

Television Networks, LLC, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE,

solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,

Consistente en: la expresión ci crime + investigation y diseño,

se traduce al castellano las palabras como: crime: crimen, investiga-

tion: investigación, que servirá para: AMPARAR: SERVICIOS DE

TELECOMUNICACIONES. Clase: 38.

La solicitud fue presentada el día tres de diciembre del año dos

mil trece.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad

de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San

Salvador, diecinueve de diciembre del año dos mil trece.

DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,

REGISTRADOR

LUCIA MARGARITA GALAN ARGUETA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C011058-1

No. de Expediente: 2013125677

No. de Presentación: 20130182195

CLASE: 39.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado DANILO

RODRIGUEZ VILLAMIL, en su calidad de APODERADO de Des-

pegar Online S.R.L., de nacionalidad URUGUAYA, solicitando el

registro de la MARCA DE SERVICIOS,

Consistente en: las palabras despegar.com EL MEJOR PRECIO

PARA TU VIAJE y diseño, que servirá para: AMPARAR: SERVICIOS

DE ORGANIZACIÓN DE VIAJES, DE TRANSPORTE, RESER-

VAS DE PLAZAS DE VIAJE, SERVICIOS DE TRANSPORTE DE

PERSONAS O MERCANCÍAS DE UN LUGAR A OTRO (POR

FERROCARRIL, CARRETERA, AGUA O AIRE), SERVICIOS DE

ORGANIZACIÓN DE VIAJES PRESTADOS POR AGENCIAS DE

TURISMO, VISITAS TURÍSTICAS, RECEPCIÓN Y ATENCIÓN DE

TURISTAS (ACOMPAÑAMIENTO DE VIAJEROS), SERVICIOS

DE INFORMACIÓN SOBRE VIAJES O TRANSPORTE DE MER-

CANCÍAS PRESTADOS POR INTERMEDIARIOS; SERVICIOS

DE INFORMACIÓN SOBRE TARIFAS, HORARIOS Y MEDIOS

DE TRANSPORTE, ORGANIZACIÓN DE VIAJES Y RESERVAS

DE VIAJES. Clase: 39.

La solicitud fue presentada el día veintidós de marzo del año dos

mil trece.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad

de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San

Salvador, trece de diciembre del año dos mil trece.

MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ,

REGISTRADOR.

SAYONARA AYALA DE GUERRERO,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C011079-1

No. de Expediente: 2013127983

No. de Presentación: 20130186358

CLASE: 37.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha (n) presentado LUIS

MIGUEL ESPINO ARRIETA, en su calidad de APODERADO de

DIARIO

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78 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402

RESEARCH IN MOTION LIMITED, de nacionalidad CANADIENSE,

solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,

BLACKBERRY

Consistente en: la palabra BLACKBERRY, que se traduce al castellano como Mora, que servirá para: AMPARAR: SERVICIOS DE REPARACIÓN; REPARACIONES DE DISPOSITIVOS DE COMPUTACIÓN Y COMUNICACIÓN EN LA NATURALEZA DE APARATOS PARA GRABACIÓN, TRANSMISIÓN, PROCESA-MIENTO O REPRODUCCIÓN DE DATOS, SONIDO O IMÁGENES, EQUIPO DE PROCESAMIENTO DE DATOS Y ORDENADORES, Y DISPOSITIVOS MÓVILES DE COMPUTACIÓN Y COMUNI-CACIÓN, EN LA NATURALEZA DE TELÉFONOS MÓVILES, TELÉFONOS INTELIGENTES, ASISTENTES PERSONALES DIGITALES (PDAS), TELÉFONOS TABLETA, ORDENADORES TABLETA, ORDENADORES PORTÁTILES, Y APARATOS MÓ-VILES PARA GRABACIÓN, TRANSMISIÓN, PROCESAMIENTO O REPRODUCCIÓN DE DATOS, SONIDO O IMÁGENES, Y ACCESORIOS PARA LOS MISMOS; MANTENIMIENTO PARA LOS DISPOSITIVOS DE COMPUTACIÓN Y COMUNICACIÓN Y DISPOSITIVOS MÓVILES DE COMPUTACIÓN Y COMUNI-CACIÓN ANTES MENCIONADOS, Y ACCESORIOS PARA LOS MISMOS; SERVICIOS DE INSTALACIÓN: INSTALACIONES PARA LOS DISPOSITIVOS DE COMPUTACIÓN Y COMUNI-CACIÓN Y DISPOSITIVOS MÓVILES DE COMPUTACIÓN Y COMUNICACIÓN ANTES MENCIONADOS, Y ACCESORIOS PARA LOS MISMOS. Clase: 37.

La solicitud fue presentada el día veintiuno de junio del año dos mil trece.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, diecisiete de diciembre del año dos mil trece.

MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ,

REGISTRADOR.

SAYONARA AYALA DE GUERRERO,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C011081-1

No. de Expediente: 2013128184

No. de Presentación: 20130186673

CLASE: 41.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado NADYA SUSANA LEON RETANA, en su calidad de APODERADO ESPE-

CIAL de ICON Health & Fitness, Inc., de nacionalidad ESTADOUNI-DENSE, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,

IFIT

Consistente en: la palabra IFIT, que servirá para: AMPARAR:

SERVICIOS DE ENTRENAMIENTO FÍSICO PERSONAL Y CON-

SULTORÍA, INSTRUCCIÓN SOBRE MANTENIMIENTO FISICO,

SERVICIOS DE ENTRENAMIENTO DE MANTENIMIENTO FÍ-

SICO, SUMINISTRO DE SERVICIOS EN LINEA A TRAVÉS DE

UNA COMPUTADORA CON BASE DE DATOS CONTENIENDO

INFORMACIÓN RELATIVA AL EJERCICIO Y MANTENIMIENTO

FÍSICO, SERVICIOS DE INFORMACIÓN EN EL CAMPO DEL EN-

TRENAMIENTO, PROVEYENDO INFORMACIÓN Y SERVICIOS

DE CONSULTA EN EL CAMPO DE EQUIPO DE EJERCICIO Y

SALUD PERSONAL, MANTENIMIENTO FÍSICO Y NUTRICIÓN

POR MEDIO DE UNA RED MUNDIAL DE COMPUTADORAS.

Clase: 41.

La solicitud fue presentada el día primero de julio del año dos

mil trece.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL Unidad

de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San

Salvador, diez de diciembre del año dos mil trece.

MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ,

REGISTRADOR.

SAYONARA AYALA DE GUERRERO,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F023697-1

MARCA DE PRODUCTO

No. de Expediente: 2013132232

No. de Presentación: 20130194351

CLASE: 29.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado DANILO

RODRIGUEZ VILLAMIL, en su calidad de APODERADO de THE

LATIN AMERICA TRADEMARK CORPORATION, de nacionalidad

DIARIO

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79DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 13 de Febrero de 2014.

PANAMEÑA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUC-

TO,

LAPTE

Consistente en: la palabra LAPTE, que servirá para: AMPARAR: CARNE, PESCADO, CARNE DE AVE Y CARNE DE CAZA; EX-TRACTOS DE CARNE; FRUTAS Y VERDURAS, HORTALIZAS Y LEGUMBRES EN CONSERVA, CONGELADAS, SECAS Y COCI-DAS; JALEAS, CONFITURAS, COMPOTAS; HUEVOS; LECHE Y PRODUCTOS LÁCTEOS; ACEITES Y GRASAS COMESTIBLES. Clase: 29.

La solicitud fue presentada el día trece de diciembre del año dos mil trece.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, dieciocho de diciembre del año dos mil trece.

MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ,

REGISTRADOR.

SAYONARA AYALA DE GUERRERO,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C011049-1

No. de Expediente: 2013132229

No. de Presentación: 20130194348

CLASE: 29.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado DANILO RODRIGUEZ VILLAMIL, en su calidad de APODERADO de THE LATIN AMERICA TRADEMARK CORPORATION, de nacionalidad PANAMEÑA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUC-TO,

NEN-LLET

Consistente en: las palabras NEN-LLET, que servirá para: AMPARAR: CARNE, PESCADO, CARNE DE AVE Y CARNE DE CAZA; EXTRACTOS DE CARNE; FRUTAS Y VERDURAS, HORTALIZAS Y LEGUMBRES EN CONSERVA, CONGELADAS, SECAS Y COCIDAS; JALEAS, CONFITURAS, COMPOTAS; HUE-VOS; LECHE Y PRODUCTOS LACTEOS; ACEITES Y GRASAS COMESTIBLES. Clase: 29.

La solicitud fue presentada el día trece de diciembre del año dos

mil trece.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, dieciocho de diciembre del año dos mil trece.

MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ,

REGISTRADOR.

SAYONARA AYALA DE GUERRERO,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C011050-1

No. de Expediente: 2013126832

No. de Presentación: 20130184113

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado DANILO RODRIGUEZ VILLAMIL, en su calidad de APODERADO de GY-NOPHARM, S.A., de nacionalidad COSTARRICENSE, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO,

Consistente en: la frase Cardiopharm CFR y diseño, que servirá para: AMPARAR: PREPARACIONES FARMACEUTICAS Y VE-TERINARIAS; PREPARACIONES HIGIENICAS Y SANITARIAS PARA USO MEDICO; ALIMENTOS Y SUSTANCIAS DIETETICAS PARA USO MEDICO O VETERINARIO, ALIMENTOS PARA BEBES; COMPLEMENTOS ALIMENTICIOS PARA PERSONAS Y ANIMALES; EMPLASTOS, MATERIAL PARA APOSITOS; MATERIAL PARA EMPASTES E IMPRONTAS DENTALES; DESINFECTANTES; PREPARACIONES PARA ELIMINAR ANI-MALES DAÑINOS; FUNGICIDAS, HERBICIDAS. Clase: 05.

La solicitud fue presentada el día catorce de mayo del año dos mil trece.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, trece de diciembre del año dos mil trece.

DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,

REGISTRADOR.

LUCIA MARGARITA GALAN ARGUETA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C011052-1

DIARIO

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80 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402

No. de Expediente: 2013126294

No. de Presentación: 20130183234

CLASE: 30.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado DANILO

RODRIGUEZ VILLAMIL, en su calidad de APODERADO de Société

des Produits Nestlé S.A., de nacionalidad SUIZA, solicitando el registro

de la MARCA DE PRODUCTO,

Consistente en: un diseño identifi cado como Taza de Café y Cadena

de Personas, que servirá para: AMPARAR: CAFÉ: CAFÉ HELADO,

TÉ; TE HELADO, CONFITERIA: CONFITERIA AZUCARADA, LA

CONFITERIA HELADA, PRODUCTOS DE PANADERÍA: PAN,

BIZCOCHOS, TARTAS, GALLETAS, BARQUILLOS, POSTRES:

BUDINES, POSTRES HELADOS, HELADOS COMESTIBLES: LOS

HELADOS COMESTIBLES A PARTIR DEL AGUA. Clase: 30.

La solicitud fue presentada el día veintidós de abril del año dos

mil trece.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

once de diciembre del año dos mil trece.

MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ,

REGISTRADOR.

SAYONARA AYALA DE GUERRERO,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C011054-1

No. de Expediente: 2010103961

No. de Presentación: 20100141992

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha (n) presentado DANILO

RODRIGUEZ VILLAMIL, en su calidad de GESTOR OFICIOSO de

Pfi zer A.G., de nacionalidad SUIZA, solicitando el registro de la MARCA

DE PRODUCTO,

EXTORM

Consistente en: la palabra EXTORM, que servirá para: AM-

PARAR: PRODUCTOS FARMACEUTICOS Y VETERINARIOS;

PRODUCTOS HIGIENICOS Y SANITARIOS PARA USO MEDICO;

SUSTANCIAS DIETETICAS PARA USO MEDICO, ALIMENTOS

PARA BEBES; EMPLASTOS, MATERIAL PARA APOSITOS;

MATERIAL PARA EMPASTES E IMPRONTAS DENTALES;

DESINFECTANTES; PRODUCTOS PARA ELIMINAR ANIMALES

DAÑINOS; FUNGICIDAS, HERBICIDAS. Clase: 05.

La solicitud fue presentada el día veintiocho de septiembre del año

dos mil diez.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

trece de diciembre del año dos mil trece.

ALEXANDER RAFAEL MORALES MENDEZ,

REGISTRADOR.

FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLON,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C011055-1

No. de Expediente: 2013128814

No. de Presentación: 20130187730

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado SAMUEL

WILLIAM ORTIZ DAUBER, en su calidad de APODERADO de

RAINBOW AGROSCIENCES (GUATEMALA), SOCIEDAD ANO-

NIMA, de nacionalidad GUATEMALTECA, solicitando el registro de

la MARCA DE PRODUCTO,

AFFORD

Consistente en: la palabra AFFORD, que servirá para: AMPARAR:

PREPARACIONES PARA ELIMINAR ANIMALES DAÑINOS Y LAS

DIARIO

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81DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 13 de Febrero de 2014.

MALAS HIERBAS; PLAGUICIDAS; HERBICIDAS; FUNGICIDAS;

INSECTICIDAS; ACARICIDAS; PESTICIDAS. Clase: 05.

La solicitud fue presentada el día veinticuatro de julio del año dos

mil trece.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

cuatro de diciembre del año dos mil trece.

MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ,

REGISTRADOR.

SAYONARA AYALA DE GUERRERO,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C011056-1

No. de Expediente: 2013128779

No. de Presentación: 20130187695

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado SAMUEL

WILLIAM ORTIZ DAUBER, en su calidad de APODERADO de

RAINBOW AGROSCIENCES (GUATEMALA), SOCIEDAD ANO-

NIMA, de nacionalidad GUATEMALTECA, solicitando el registro de

la MARCA DE PRODUCTO,

DIMASTER

Consistente en: la palabra DIMASTER, que servirá para: AMPA-

RAR: PREPARACIONES PARA ELIMINAR ANIMALES DAÑINOS

Y LAS MALAS HIERBAS; PLAGUICIDAS; HERBICIDAS; FUNGI-

CIDAS; INSECTICIDAS; ACARICIDAS; PESTICIDAS. Clase: 05.

La solicitud fue presentada el día veinticuatro de julio del año dos

mil trece.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

tres de diciembre del año dos mil trece.

MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ,

REGISTRADOR.

SAYONARA AYALA DE GUERRERO,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C011057-1

No. de Expediente: 2013128769

No. de Presentación: 20130187685

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado SAMUEL

WILLIAM ORTIZ DAUBER, en su calidad de APODERADO de

RAINBOW AGROSCIENCES (GUATEMALA), SOCIEDAD ANO-

NIMA, de nacionalidad GUATEMALTECA, solicitando el registro de

la MARCA DE PRODUCTO,

DACOMAX

Consistente en: la palabra DACOMAX, que servirá para: AMPA-

RAR: PREPARACIONES PARA ELIMINAR ANIMALES DAÑINOS

Y LAS MALAS HIERBAS; PLAGUICIDAS; HERBICIDAS; FUNGI-

CIDAS; INSECTICIDAS; ACARICIDAS; PESTICIDAS. Clase: 05.

La solicitud fue presentada el día veinticuatro de julio del año dos

mil trece.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

tres de diciembre del año dos mil trece.

MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ,

REGISTRADOR.

SAYONARA AYALA DE GUERRERO,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C011059-1

No. de Expediente: 2013128788

No. de Presentación: 20130187704

CLASE: 01.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha (n) presentado SAMUEL

WILLIAM ORTIZ DAUBER, en su calidad de APODERADO de

DIARIO

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Page 82: Diario Oficial 13 de Febrero 2014...2014/02/13  · DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 13 de Febrero de 2014. 5 noventa y cinco metros, cero centímetros. TRAMO DOS: Del mojón número

82 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402

RAINBOW AGROSCIENCES (GUATEMALA), SOCIEDAD ANO-

NIMA, de nacionalidad GUATEMALTECA, solicitando el registro de

la MARCA DE PRODUCTO,

REFUERZO

Consistente en: la palabra REFUERZO, que servirá para: AMPA-

RAR: PRODUCTOS QUIMICOS PARA USO EN LA AGRICULTURA,

HORTICULTURA Y SILVICULTURA; ABONO PARA EL SUELO;

FERTILIZANTES Y PRODUCTOS FERTILIZANTES. Clase: 01.

La solicitud fue presentada el día veinticuatro de julio del año dos

mil trece.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

veintiséis de noviembre del año dos mil trece.

DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,

REGISTRADOR.

LUCIA MARGARITA GALAN ARGUETA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C011060-1

No. de Expediente: 2013132007

No. de Presentación: 20130193899

CLASE: 30.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado RAFAEL

ALBERTO MENDOZA CALDERON, en su calidad de APODERADO

de CEREALES Y PASTAS, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL

VARIABLE, de nacionalidad MEXICANA, solicitando el registro de

la MARCA DE PRODUCTO,

Consistente en: las palabras Golden Foods Golden Fit y diseño, se

traduce al castellano, la palabra Golden como: dorado, foods: alimentos y

fi t: ajustar, que servirá para: AMPARAR: PREPARACIONES A BASE

DE CEREALES, A SABER: COPOS DE AVENA, BARRITAS DE

CEREALES RICAS EN PROTEINAS, REFRIGERIOS A BASE DE

CEREALES, COPOS DE CEREALES SECOS, COPOS DE MAIZ,

HOJUELAS DE AVENA, HOJUELAS DE CEREALES SECOS,

HOJUELAS DE MAIZ Y HOJUELAS DE TRIGO. Clase: 30.

La solicitud fue presentada el día tres de diciembre del año dos

mil trece.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

diecinueve de diciembre del año dos mil trece.

DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,

REGISTRADOR.

LUCIA MARGARITA GALAN ARGUETA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C011061-1

No. de Expediente: 2013132004

No. de Presentación: 20130193895

CLASE: 30.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado RAFAEL

ALBERTO MENDOZA CALDERON, en su calidad de APODERADO

de CEREALES Y PASTAS, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL

VARIABLE, de nacionalidad MEXICANA, solicitando el registro de

la MARCA DE PRODUCTO,

Consistente en: las palabras Golden Foods CRUNCHY KING y

diseño, se traduce al castellano como: dorado alimentos crujiente rey, que

servirá para: AMPARAR: PREPARACIONES A BASE DE CEREA-

LES, A SABER: COPOS DE AVENA, BARRITAS DE CEREALES

RICAS EN PROTEINAS, REFRIGERIOS A BASE DE CEREALES,

COPOS DE CEREALES SECOS, COPOS DE MAIZ, HOJUELAS

DE AVENA, HOJUELAS DE CEREALES SECOS, HOJUELAS DE

MAIZ Y HOJUELAS DE TRIGO. Clase: 30.

DIARIO

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Page 83: Diario Oficial 13 de Febrero 2014...2014/02/13  · DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 13 de Febrero de 2014. 5 noventa y cinco metros, cero centímetros. TRAMO DOS: Del mojón número

83DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 13 de Febrero de 2014.

La solicitud fue presentada el día tres de diciembre del año dos

mil trece.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

diecinueve de diciembre del año dos mil trece.

DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,

REGISTRADOR.

LUCIA MARGARITA GALAN ARGUETA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C011062-1

No. de Expediente: 2013129298

No. de Presentación: 20130188505

CLASE: 03.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado DANILO

RODRIGUEZ VILLAMIL, en su calidad de APODERADO de MOLINO

SANTA ANA, S. A., de nacionalidad GUATEMALTECA, solicitando

el registro de la MARCA DE PRODUCTO,

Super Can

Consistente en: las palabras Super Can, donde la palabra Can se

traduce al castellano como Perro, que servirá para: AMPARAR: PRO-

DUCTOS COSMÉTICOS PARA ANIMALES, ES DECIR: PERFU-

MES, JABONES Y TALCOS. Clase: 03.

La solicitud fue presentada el día catorce de agosto del año dos

mil trece.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

trece de diciembre del año dos mil trece.

MAURICIO ENRIQUE SÁNCHEZ VASQUEZ,

REGISTRADOR.

SAYONARA AYALA DE GUERRERO,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C011063-1

No. de Expediente: 2013128795

No. de Presentación: 20130187711

CLASE: 01.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado SAMUEL

WILLIAM ORTIZ DAUBER, en su calidad de APODERADO de

RAINBOW AGROSCIENCES (GUATEMALA), SOCIEDAD ANO-

NIMA, de nacionalidad GUATEMALTECA, solicitando el registro de

la MARCA DE PRODUCTO,

CLEVERIX

Consistente en: la palabra CLEVERIX, que servirá para: AMPA-

RAR: PRODUCTOS QUIMICOS PARA USO EN LA AGRICULTURA,

HORTICULTURA Y SILVICULTURA; ABONO PARA EL SUELO;

FERTILIZANTES Y PRODUCTOS FERTILIZANTES. Clase: 01,

La solicitud fue presentada el día veinticuatro de julio del año dos

mil trece.

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84 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

veintiséis de noviembre del año dos mil trece.

DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,

REGISTRADOR.

LUCIA MARGARITA GALAN ARGUETA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C011064-1

No. de Expediente: 2013132235

No. de Presentación: 20130194354

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha (n) presentado RAFAEL

ALBERTO MENDOZA CALDERON, en su calidad de APODERA-

DO de GLOBAL FARMA, SOCIEDAD ANONIMA, de nacionalidad

GUATEMALTECA, solicitando el registro de la MARCA DE PRO-

DUCTO,

GLOBAL FARMA IPROFENE

Consistente en: las palabras GLOBAL FARMA IPROFENE, que

servirá para: AMPARAR: PRODUCTO FARMACÉUTICO QUE SIRVE

PARA DESINFLAMAR A BASE DE IBUPROFENO. Clase: 05.

La solicitud fue presentada el día trece de diciembre del año dos

mil trece.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

diecinueve de diciembre del año dos mil trece.

MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ,

REGISTRADOR.

SAYONARA AYALA DE GUERRERO,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C011065-1

No. de Expediente: 2013131872

No. de Presentación: 20130193184

CLASE: 30.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado DANILO

RODRIGUEZ VILLAMIL, en su calidad de APODERADO de CASA

SANTIVERI, S.L., de nacionalidad ESPAÑOLA, solicitando el registro

de la MARCA DE PRODUCTO,

Consistente en: la palabra Santiveri y diseño, que servirá para:

AMPARAR: CACAO; ARROZ; HARINAS Y PREPARACIONES

A BASE DE CEREALES, CEREALES, MUESLI, SÉMOLAS, TOS-

TADAS, TORTITAS, NACHOS; PAN, PRODUCTOS DE PASTELE-

RIA, GALLETAS, MAGDALENAS, TURRONES, POLVORONES,

ROSQUILLAS Y CONFITERÍA; AZÚCAR, MIEL; SAL; VINAGRE,

SALSAS (CONDIMENTOS); PASTILLAS [CONFITERÍA NO MEDI-

CINAL]; ALIMENTOS DE SOJA; CHOCOLATE EDULCORANTES

NATURALES; CARAMELOS, CHICLES; PASTAS ALIMENTICIAS;

SEMILLAS DE SÉSAMO; SUCEDÁNEOS DEL CAFÉ; EDULCO-

RANTES NATURALES. Clase: 30.

La solicitud fue presentada el día veintisiete de noviembre del año

dos mil trece.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

doce de diciembre del año dos mil trece.

DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,

REGISTRADOR.

LUCIA MARGARITA GALAN ARGUETA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C011066-1

DIARIO

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85DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 13 de Febrero de 2014.

No. de Expediente:2013125102

No. de Presentación:20130180990

CLASE: 03.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado DANILO

RODRIGUEZ VILLAMIL, en su calidad de APODERADO de Little

Miss Mogul, LLC, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando

el registro de la MARCA DE PRODUCTO,

MINAJESTY

Consistente en: la palabra MINAJESTY, que servirá para: AMPA-

RAR: PERFUMES, AGUAS DE TOCADOR, AGUAS DE PERFUME,

LOCIONES Y CREMAS CORPORALES INCLUYENDO LOCIONES

Y CREMAS CORPORALES PERFUMADAS; GELS DE BAÑO, GELS

DE DUCHA, EXFOLIANTES CORPORALES Y ROCIADORES DE

CUERPO. Clase: 03.

La solicitud fue presentada el día veintiséis de febrero del año dos

mil trece.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

doce de diciembre del año dos mil trece.

MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VÁSQUEZ,

REGISTRADOR.

SAYONARA AYALA DE GUERRERO,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C011067-1

No. de Expediente: 2013128796

No. de Presentación: 20130187712

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado SAMUEL

WILLIAM ORTIZ DAUBER, en su calidad de APODERADO de

RAINBOW AGROSCIENCES (GUATEMALA), SOCIEDAD ANO-

NIMA, de nacionalidad GUATEMALTECA, solicitando el registro de

la MARCA DE PRODUCTO,

CLEVERIX

Consistente en: la palabra CLEVERIX, que servirá para: AMPA-

RAR: PREPARACIONES PARA ELIMINAR ANIMALES DAÑINOS

Y LAS MALAS HIERBAS; PLAGUICIDAS; HERBICIDAS; FUNGI-

CIDAS; INSECTICIDAS; ACARICIDAS; PESTICIDAS. Clase: 05.

La solicitud fue presentada el día veinticuatro de julio del año dos

mil trece.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

diez de diciembre del año dos mil trece.

MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VÁSQUEZ,

REGISTRADOR.

SAYONARA AYALA DE GUERRERO,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C011068-1

No. de Expediente: 2013128799

No. de Presentación: 20130187715

CLASE: 01.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado SAMUEL

WILLIAM ORTIZ DAUBER, en su calidad de APODERADO de

RAINBOW AGROSCIENCES (GUATEMALA), SOCIEDAD ANO-

NIMA, de nacionalidad GUATEMALTECA, solicitando el registro de

la MARCA DE PRODUCTO,

ASTUTO

Consistente en: la palabra ASTUTO, que servirá para: AMPARAR:

PRODUCTOS QUIMICOS PARA USO EN LA AGRICULTURA,

HORTICULTURA Y SILVICULTURA; ABONO PARA EL SUELO;

FERTILIZANTES Y PRODUCTOS FERTILIZANTES. Clase: 01.

La solicitud fue presentada el día veinticuatro de julio del año dos

mil trece.

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86 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

veintisiete de noviembre del año dos mil trece.

DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,

REGISTRADOR.

LUCIA MARGARITA GALAN ARGUETA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C011070-1

No. de Expediente: 2013126878

No. de Presentación: 20130184164

CLASE: 30.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado DANILO

RODRIGUEZ VILLAMIL, en su calidad de APODERADO de RUBELL

CORP., de nacionalidad BRITANICA, solicitando el registro de la

MARCA DE PRODUCTO,

Selecto Torrefacto

Consistente en: las palabras Selecto Torrefacto, que servirá para:

AMPARAR: CAFÉ, TE, CACAO Y SUCEDANEOS DEL CAFÉ;

ARROZ; TAPIOCA Y SAGÚ; HARINAS Y PREPARACIONES A

BASE DE CEREALES; PAN, PRODUCTOS DE PASTELERÍA Y

CONFITERÍA; HELADOS; AZÚCAR, MIEL, JARABE DE MELAZA;

LEVADURA, POLVOS DE HORNEAR; SAL; MOSTAZA; VINAGRE,

SALSAS (CONDIMENTOS); ESPECIAS; HIELO. Clase: 30.

La solicitud fue presentada el día catorce de mayo del año dos mil

trece.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

dieciséis de diciembre del año dos mil trece.

MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ,

REGISTRADOR.

SAYONARA AYALA DE GUERRERO,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C011071-1

No. de Expediente: 2013128768

No. de Presentación: 20130187684

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado SAMUEL

WILLIAM ORTIZ DAUBER, en su calidad de APODERADO de

RAINBOW AGROSCIENCES (GUATEMALA), SOCIEDAD ANO-

NIMA, de nacionalidad GUATEMALTECA, solicitando el registro de

la MARCA DE PRODUCTO,

KONIG

Consistente en: la palabra KONIG, que servirá para: AMPARAR:

PREPARACIONES PARA ELIMINAR ANIMALES DAÑINOS Y LAS

MALAS HIERBAS; PLAGUICIDAS; HERBICIDAS; FUNGICIDAS;

INSECTICIDAS; ACARICIDAS; PESTICIDAS. Clase: 05.

La solicitud fue presentada el día veinticuatro de julio del año dos

mil trece.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

veintinueve de noviembre del año dos mil trece.

MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ,

REGISTRADOR.

SAYONARA AYALA DE GUERRERO,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C011072-1

No. de Expediente: 2013126877

No. de Presentación: 20130184163

CLASE: 30.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha (n) presentado DANILO

RODRIGUEZ VILLAMIL, en su calidad de APODERADO de RUBELL

CORP., de nacionalidad BRITANICA, solicitando el registro de la

MARCA DE PRODUCTO,

CAFÉ NUESTRO

Consistente en: las palabras CAFÉ NUESTRO, que servirá para:

AMPARAR: CAFÉ, TÉ, CACAO Y SUCEDÁNEOS DEL CAFÉ;

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87DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 13 de Febrero de 2014.

ARROZ; TAPIOCA Y SAGÚ; HARINAS Y PREPARACIONES A

BASE DE CEREALES; PAN, PRODUCTOS DE PASTELERÍA Y

CONFITERÍA; HELADOS; AZÚCAR, MIEL, JARABE DE MELAZA;

LEVADURA, POLVOS DE HORNEAR; SAL; MOSTAZA; VINAGRE,

SALSAS (CONDIMENTOS); ESPECIAS; HIELO. Clase: 30.

La solicitud fue presentada el día catorce de mayo del año dos mil

trece.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

dieciséis de diciembre del año dos mil trece.

MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VÁSQUEZ,

REGISTRADOR.

SAYONARA AYALA DE GUERRERO,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C011073-1

No. de Expediente: 2013128760

No. de Presentación: 20130187676

CLASE: 01.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado SAMUEL

WILLIAM ORTIZ DAUBER, en su calidad de APODERADO de

RAINBOW AGROSCIENCES (GUATEMALA), SOCIEDAD ANO-

NIMA, de nacionalidad GUATEMALTECA, solicitando el registro de

la MARCA DE PRODUCTO,

SPARTANEX

Consistente en: la palabra SPARTANEX, que servirá para: AMPA-

RAR: PRODUCTOS QUIMICOS PARA USO EN LA AGRICULTURA,

HORTICULTURA Y SILVICULTURA; ABONO PARA EL SUELO;

FERTILIZANTES Y PRODUCTOS FERTILIZANTES. Clase: 01.

La solicitud fue presentada el día veinticuatro de julio del año dos

mil trece.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

veintiocho de noviembre del año dos mil trece.

DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,

REGISTRADOR.

LUCIA MARGARITA GALAN ARGUETA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C011074-1

No. de Expediente: 2013128756

No. de Presentación: 20130187672

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado SAMUEL

WILLIAM ORTIZ DAUBER, en su calidad de APODERADO de

RAINBOW AGROSCIENCES (GUATEMALA), SOCIEDAD ANO-

NIMA, de nacionalidad GUATEMALTECA, solicitando el registro de

la MARCA DE PRODUCTO,

Consistente en: la palabra REVOLVER y diseño, que servirá para:

AMPARAR: PREPARACIONES PARA ELIMINAR ANIMALES DA-

ÑINOS Y LAS MALAS HIERBAS; PLAGUICIDAS, HERBICIDAS;

FUNGICIDAS; INSECTICIDAS; ACARICIDAS; PESTICIDAS. Clase:

05.

La solicitud fue presentada el día veinticuatro de julio del año dos

mil trece.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

veintisiete de noviembre del año dos mil trece.

DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,REGISTRADOR.

LUCIA MARGARITA GALAN ARGUETA,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C011076-1

DIARIO

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88 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402

No. de Expediente: 2013128765

No. de Presentación: 20130187681

CLASE: 01.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado SAMUEL

WILLIAM ORTIZ DAUBER, en su calidad de APODERADO de

RAINBOW AGROSCIENCES (GUATEMALA), SOCIEDAD ANO-

NIMA, de nacionalidad GUATEMALTECA, solicitando el registro de

la MARCA DE PRODUCTO,

SURRENDER

Consistente en: la palabra SURRENDER, que servirá para: AMPA-

RAR: PRODUCTOS QUIMICOS PARA USO EN LA AGRICULTURA,

HORTICULTURA Y SILVICULTURA; ABONO PARA EL SUELO;

FERTILIZANTES Y PRODUCTOS FERTILIZANTES. Clase: 01.

La solicitud fue presentada el día veinticuatro de julio del año dos

mil trece.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

veintisiete de noviembre del año dos mil trece.

DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,

REGISTRADOR.

LUCIA MARGARITA GALAN ARGUETA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C011078-1

No. de Expediente: 2013128757

No. de Presentación: 20130187673

CLASE: 01.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado SAMUEL

WILLIAM ORTIZ DAUBER, en su calidad de APODERADO de

RAINBOW AGROSCIENCES (GUATEMALA), SOCIEDAD ANO-

NIMA, de nacionalidad GUATEMALTECA, solicitando el registro de

la MARCA DE PRODUCTO,

Consistente en: la palabra ZAPPIRO y diseño, que servirá para:

AMPARAR: PRODUCTOS QUIMICOS PARA USO EN LA AGRI-

CULTURA, HORTICULTURA Y SILVICULTURA; ABONO PARA

EL SUELO; FERTILIZANTES Y PRODUCTOS FERTILIZANTES.

Clase: 01.

La solicitud fue presentada el día veinticuatro de julio del año dos

mil trece.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

veinticinco de noviembre del año dos mil trece.

DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,

REGISTRADOR.

LUCIA MARGARITA GALAN ARGUETA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C011080-1

No. de Expediente: 2013128773

No. de Presentación: 20130187689

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado SAMUEL

WILLIAM ORTIZ DAUBER, en su calidad de APODERADO de

RAINBOW AGROSCIENCES (GUATEMALA), SOCIEDAD ANO-

NIMA, de nacionalidad GUATEMALTECA, solicitando el registro de

la MARCA DE PRODUCTO,

TUTELA

Consistente en: la palabra TUTELA, que servirá para: AMPARAR:

PREPARACIONES PARA ELIMINAR ANIMALES DAÑINOS Y LAS

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89DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 13 de Febrero de 2014.

MALAS HIERBAS; PLAGUICIDAS; HERBICIDAS; FUNGICIDAS;

INSECTICIDAS; ACARICIDAS; PESTICIDAS. Clase: 05.

La solicitud fue presentada el día veinticuatro de julio del año dos

mil trece.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

veintinueve de noviembre del año dos mil trece.

MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ,

REGISTRADOR.

SAYONARA AYALA DE GUERRERO,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C011082-1

No. de Expediente: 2013128784

No. de Presentación: 20130187700

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado SAMUEL

WILLIAM ORTIZ DAUBER, en su calidad de APODERADO de

RAINBOW AGROSCIENCES (GUATEMALA), SOCIEDAD ANO-

NIMA, de nacionalidad GUATEMALTECA, solicitando el registro de

la MARCA DE PRODUCTO,

SUPERICE

Consistente en: la palabra SUPERICE, que servirá para: AMPA-

RAR: PREPARACIONES PARA ELIMINAR ANIMALES DAÑINOS

Y LAS MALAS HIERBAS; PLAGUICIDAS; HERBICIDAS; FUNGI-

CIDAS; INSECTICIDAS; ACARICIDAS; PESTICIDAS. Clase: 05.

La solicitud fue presentada el día veinticuatro de julio del año dos

mil trece.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

tres de diciembre del año dos mil trece.

MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ,

REGISTRADOR.

SAYONARA AYALA DE GUERRERO,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C011083-1

No. de Expediente: 2013128800

No. de Presentación: 20130187716

CLASE: 01.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado SAMUEL

WILLIAM ORTIZ DAUBER, en su calidad de APODERADO de

RAINBOW AGROSCIENCES (GUATEMALA), SOCIEDAD ANO-

NIMA, de nacionalidad GUATEMALTECA, solicitando el registro de

la MARCA DE PRODUCTO,

SABLE

Consistente en: la palabra SABLE, que servirá para: AMPARAR:

PRODUCTOS QUIMICOS PARA USO EN LA AGRICULTURA,

HORTICULTURA Y SILVICULTURA; ABONO PARA EL SUELO;

FERTILIZANTES Y PRODUCTOS FERTILIZANTES. Clase: 01.

La solicitud fue presentada el día veinticuatro de julio del año dos

mil trece.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

veintiséis de noviembre del año dos mil trece.

DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,

REGISTRADOR.

LUCIA MARGARITA GALAN ARGUETA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C011084-1

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90 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402

No. de Expediente: 2013128808

No. de Presentación: 20130187724

CLASE: 01.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado SAMUEL

WILLIAM ORTIZ DAUBER, en su calidad de APODERADO de

RAINBOW AGROSCIENCES (GUATEMALA), SOCIEDAD ANO-

NIMA, de nacionalidad GUATEMALTECA, solicitando el registro de

la MARCA DE PRODUCTO,

Consistente en: la palabra SEVERUS y diseño, que servirá para:

AMPARAR: PRODUCTOS QUIMICOS PARA USO EN LA AGRI-

CULTURA, HORTICULTURA Y SILVICULTURA; ABONO PARA

EL SUELO; FERTILIZANTES Y PRODUCTOS FERTILIZANTES.

Clase: 01.

La solicitud fue presentada el día veinticuatro de julio del año dos

mil trece.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

veintisiete de noviembre del año dos mil trece.

DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,

REGISTRADOR.

LUCIA MARGARITA GALAN ARGUETA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C011085-1

No. de Expediente: 2013128811

No. de Presentación: 20130187727

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado SAMUEL

WILLIAM ORTIZ DAUBER, en su calidad de APODERADO de

RAINBOW AGROSCIENCES (GUATEMALA), SOCIEDAD ANO-

NIMA, de nacionalidad GUATEMALTECA, solicitando el registro de

la MARCA DE PRODUCTO,

TALISMAN

Consistente en: la palabra TALISMAN, que servirá para: AMPA-

RAR: PREPARACIONES PARA ELIMINAR ANIMALES DAÑINOS

Y LAS MALAS HIERBAS; PLAGUICIDAS; HERBICIDAS; FUNGI-

CIDAS; INSECTICIDAS; ACARICIDAS; PESTICIDAS. Clase: 05.

La solicitud fue presentada el día veinticuatro de julio del año dos

mil trece.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

diez de diciembre del año dos mil trece.

MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ,

REGISTRADOR.

SAYONARA AYALA DE GUERRERO,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C011086-1

No. de Expediente: 2013128819

No. de Presentación: 20130187735

CLASE: 01.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado SAMUEL

WILLIAM ORTIZ DAUBER, en su calidad de APODERADO de

RAINBOW AGROSCIENCES (GUATEMALA), SOCIEDAD ANO-

NIMA, de nacionalidad GUATEMALTECA, solicitando el registro de

la MARCA DE PRODUCTO,

PATRIMONY

Consistente en: la palabra PATRIMONY, que servirá para: AMPA-

RAR: PRODUCTOS QUIMICOS PARA USO EN LA AGRICULTURA,

HORTICULTURA Y SILVICULTURA; ABONO PARA EL SUELO;

FERTILIZANTES Y PRODUCTOS FERTILIZANTES. Clase: 01.

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91DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 13 de Febrero de 2014.

La solicitud fue presentada el día veinticuatro de julio del año dos

mil trece.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

veintiocho de noviembre del año dos mil trece.

DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,

REGISTRADOR.

LUCIA MARGARITA GALAN ARGUETA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C011087-1

No. de Expediente: 2013128802

No. de Presentación: 20130187718

CLASE: 01.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado SAMUEL

WILLIAM ORTIZ DAUBER, en su calidad de APODERADO de

RAINBOW AGROSCIENCES (GUATEMALA), SOCIEDAD ANO-

NIMA, de nacionalidad GUATEMALTECA, solicitando el registro de

la MARCA DE PRODUCTO,

ASUPAX

Consistente en: la palabra ASUPAX, que servirá para: AMPARAR:

PRODUCTOS QUIMICOS PARA USO EN LA AGRICULTURA,

HORTICULTURA Y SILVICULTURA; ABONO PARA EL SUELO;

FERTILIZANTES Y PRODUCTOS FERTILIZANTES. Clase: 01.

La solicitud fue presentada el día veinticuatro de julio del año dos

mil trece.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

veintiséis de noviembre del año dos mil trece.

DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,

REGISTRADOR.

LUCIA MARGARITA GALAN ARGUETA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C011088-1

No. de Expediente: 2013128810

No. de Presentación: 20130187726

CLASE: 01.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado SAMUEL

WILLIAM ORTIZ DAUBER, en su calidad de APODERADO de

RAINBOW AGROSCIENCES (GUATEMALA), SOCIEDAD ANO-

NIMA, de nacionalidad GUATEMALTECA, solicitando el registro de

la MARCA DE PRODUCTO,

DUPLEX

Consistente en: la palabra DUPLEX, que servirá para: AMPARAR:

PRODUCTOS QUIMICOS PARA USO EN LA AGRICULTURA,

HORTICULTURA Y SILVICULTURA; ABONO PARA EL SUELO;

FERTILIZANTES Y PRODUCTOS FERTILIZANTES. Clase: 01.

La solicitud fue presentada el día veinticuatro de julio del año dos

mil trece.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

dieciocho de noviembre del año dos mil trece.

DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,

REGISTRADOR.

LUCIA MARGARITA GALAN ARGUETA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C011089-1

No. de Expediente: 2013128130

No. de Presentación: 20130186601

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado JUAN JOSE

FRANCISCO GUERRERO CHACON, en su calidad de APODERADO

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92 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402

de Vitaminas y Minerales Sociedad Anónima, de nacionalidad COSTA-

RRICENSE, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO,

Consistente en: la palabra VYMISA y diseño, que servirá para:

AMPARAR: PRE-MEZCLAS DE VITAMINAS, MINERALES Y

ADITIVOS PARA LA ELABORACIÓN DE ALIMENTOS PARA

ANIMALES. Clase: 05.

La solicitud fue presentada el día veintisiete de junio del año dos

mil trece.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

once de octubre del año dos mil trece.

MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ,

REGISTRADOR.

SAYONARA AYALA DE GUERRERO,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C011102-1

No. de Expediente: 2013127174

No. de Presentación: 20130184635

CLASE: 13.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado MAYRA

CAROLINA MENA DE CHACON, de nacionalidad SALVADOREÑA,

en su calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro de la MARCA

DE PRODUCTO,

Consistente en: las palabras PIROTECNIAS UNICORNIO y diseño,

que servirá para: AMPARAR: VOLCANES, TROMPO VOLADOR,

TORITO DE LUCES, PISTOLITA DE LUZ, GATO SALTARIN,

LANCHA DE LUZ, ARBOLITO DE LUZ. Clase: 13.

La solicitud fue presentada el día veinticuatro de mayo del año dos

mil trece.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

dos de diciembre del año dos mil trece.

DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,

REGISTRADOR.

LUCIA MARGARITA GALAN ARGUETA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F023641-1

No. de Expediente: 2013128179

No. de Presentación: 20130186668

CLASE: 28.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado NADYA

SUSANA LEON RETANA, en su calidad de APODERADO ESPECIAL

de ICON Health & Fitness, Inc., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE,

solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO,

NORDICTRACK

Consistente en: la palabra NORDICTRACK, que servirá para:

AMPARAR: MAQUINAS DE EJERCICIO Y MANTENIMIENTO

FÍSICO: CAMINADORAS, ELÍPTICAS, BICICLETAS ESTACIO-

NARIAS, ENTRENADORAS CON PENDIENTE, ESCALADORAS,

EQUIPO DE LEVANTAMIENTO DE PESAS Y ACCESORIOS PARA

EJERCICIO, MANTENIMIENTO FÍSICO Y ENTRENAMIENTO, ES-

TACIONES DE LEVANTAMIENTO DE PESO, BANCAS, TABLAS,

MANIJAS, BARRAS, MANCUERNAS, PLACAS DE PESO, BARRAS

DE PESO, ARBOLES DE PESO, ESTANTES PARA MANCUERNAS

Y COLLARES DE FIJACIÓN, EXCEPTO AQUELLOS DISEÑADOS,

PREVISTOS O COMERCIALIZADOS PARA USO EN RELACIÓN

A LOS DEPORTES DE INVIERNO. Clase: 28.

La solicitud fue presentada el día primero de julio del año dos mil

trece.

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93DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 13 de Febrero de 2014.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, diez de diciembre del año dos mil trece.

MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ,

REGISTRADOR.

SAYONARA AYALA DE GUERRERO,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F023698-1

No. de Expediente: 2013129218

No. de Presentación: 20130188386

CLASE: 03.

LA INFRASCRITA REGISTRADORA

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado MONICA GUADALUPE PINEDA MACHUCA, en su calidad de APODERADO de INDUSTRIAS WET LINE, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, de nacionalidad MEXICANA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO,

Consistente en: un diseño identifi cado como Diseño de envase tridimensional, que servirá para: AMPARAR: JABONES, PERFUME-RIA, ACEITES ESENCIALES, COSMETICOS, LOCIONES PARA EL CABELLO, DENTIFRICOS, GEL PARA EL CABELLO, FIJADORES DE CABELLO, CHAMPUS, ACONDICIONADORES PREPARACIO-NES PARA PULIR, LIMPIAR, DESENGRASAR, PERFUMERIA, ESMALTE DE UÑAS; BLOQUEADORES DE RAYOS SOLARES; PREPARACIONES PARA BLANQUEAR Y OTRAS SUSTANCIAS PARA USO EN LAVANDERIA. Clase: 03.

La solicitud fue presentada el día doce de agosto del año dos mil trece.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, veintitrés de septiembre del año dos mil trece.

LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

VANESSA MARIA ROSALES AGUILAR,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F023699-1

No. de Expediente: 2013127948

No. de Presentación: 20130186255

CLASE: 03.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha (n) presentado MONICA GUADALUPE PINEDA MACHUCA hoy MONICA GUADALUPE PINEDA DE DURON, en su calidad de APODERADO de INDUSTRIAS WET LINE, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, de nacionalidad MEXICANA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO,

WET LINE XTREME PROFESSIONAL X

Consistente en: la expresión WET LINE XTREME PROFES-SIONAL X, que se traduce al castellano como Línea húmeda xtreme x profesional, que servirá para: AMPARAR: JABONES, PERFUMERIA, ACEITES ESENCIALES, COSMETICOS, LOCIONES PARA EL CABELLO, DENTIFRICOS, GEL PARA EL CABELLO, FIJADORES DE CABELLO, CHAMPUS, ACONDICIONADORES PREPARACIO-NES PARA PULIR, LIMPIAR, DESENGRASAR, PERFUMERIA, ESMALTE DE UÑAS; BLOQUEADORES DE RAYOS SOLARES; PREPARACIONES PARA BLANQUEAR Y OTRAS SUSTANCIAS PARA USO EN LAVANDERIA. Clase: 03.

La solicitud fue presentada el día veinte de junio del año dos mil trece.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, tres de julio del año dos mil trece.

MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ,

REGISTRADOR.

SAYONARA AYALA DE GUERRERO,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F023700-1

No. de Expediente: 2013127949

No. de Presentación: 20130186256

CLASE: 03.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha (n) presentado MONI-

CA GUADALUPE PINEDA MACHUCA conocida por MONICA

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94 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402

GUADALUPE PINEDA DE DURON, en su calidad de APODERADO

de INDUSTRIAS WET LINE, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL

VARIABLE, de nacionalidad MEXICANA, solicitando el registro de

la MARCA DE PRODUCTO,

Consistente en: un diseño identifi cado como DISEÑO DE UN EN-

VASE 3D, que servirá para: AMPARAR: JABONES, PERFUMERIA,

ACEITES ESENCIALES, COSMETICOS, LOCIONES PARA EL

CABELLO, DENTIRICOS, GEL PARA EL CABELLO, FIJADORES

DE CABELLO, CHAMPUS, ACONDICIONADORES PREPARACIO-

NES PARA PULIR, LIMPIAR, DESENGRASAR, PERFUMERIA,

ESMALTE DE UÑAS; BLOQUEADORES DE RAYOS SOLARES;

PREPARACIONES PARA BLANQUEAR Y OTRAS SUSTANCIAS

PARA USO EN LAVANDERIA. Clase: 03.

La solicitud fue presentada el día veinte de junio del año dos mil

trece.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

primero de julio del año dos mil trece.

MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ,

REGISTRADOR.

SAYONARA AYALA DE GUERRERO,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F023701-1

No. de Expediente: 2011114538

No. de Presentación: 20110160937

CLASE: 30.

LA INFRASCRITA REGISTRADORA

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado NADYA

SUSANA LEON RETANA, en su calidad de APODERADO de ALPHA-

BRANDS, INC., de nacionalidad PANAMEÑA, solicitando el registro

de la MARCA DE PRODUCTO,

TERRAMONTE

Consistente en: la palabra TERRAMONTE, que servirá para: AMPARAR: CAFÉ, TÉ, CACAO, AZÚCAR, ARROZ, TAPIOCA,

SAGÚ, SUCEDÁNEOS DEL CAFÉ; HARINAS Y PREPARACIONES A BASE DE CEREALES, PAN, PRODUCTOS DE PASTELERÍA Y DE CONFITERÍA, HELADOS; MIEL, JARABE DE MELAZA; LE-VADURA, POLVOS DE HORNEAR; SAL, MOSTAZA; VINAGRE, SALSAS (CONDIMENTOS); ESPECIAS; HIELO. Clase: 30.

La solicitud fue presentada el día ocho de diciembre del año dos mil once.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, tres de diciembre del año dos mil trece.

LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

VANESSA MARIA ROSALES AGUILAR,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F023702-1

No. de Expediente: 2013128988

No. de Presentación: 20130187985

CLASE: 16.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado JOSE RO-BERTO ALFARO CASTILLO, en su calidad de REPRESENTANTE LEGAL de MULTIPLES NEGOCIOS, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: MULTIPLES NEGOCIOS, S. A. DE C. V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO,

Consistente en: un diseño, que servirá para: AMPARAR: PAPEL,

PRODUCTOS DE PAPEL Y ARTICULOS DE OFICINA. Clase: 16.

La solicitud fue presentada el día treinta de julio del año dos mil

trece.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

diecinueve de agosto del año dos mil trece.

MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ,

REGISTRADOR.

RUTH NOEMI PERAZA GALDAMEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F023709-1

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95DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 13 de Febrero de 2014.

ACEPTACIÓN DE HERENCIA

EL INFRASCRITO JUEZ, AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE

LEY.

HACE SABER: Que por resolución de las once horas de este día,

se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario en

la herencia intestada dejada al fallecer por el señor ANGEL IRAHETA

BONILLA, el día seis de noviembre del año dos mil ocho, en Cantón

San Marcos Lempa, Jiquilisco, Departamento de Usulután, siendo este

su último domicilio de parte de MAYRA YANIRA GIL TINO, como

cesionaria de los derechos hereditarios que le correspondían a los señores

JOSE ALFREDO CRUZ IRAHETA y JUAN FRANCISCO CRUZ, en

su calidad de hijos del causante.

Confi éresela a la aceptante la administración y representación

interina de la sucesión intestada con las facultades y restricciones de

ley.

Fíjese y publíquese los edictos correspondientes, citando a los que

se crean con derechos a la herencia para que se presenten y deducirlo en

el término de ley.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia de Jiquilisco, a los siete

días del mes de octubre de dos mil trece.- LIC. MANUEL DE JESUS

SANTOS, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.- LICDA. LOURDES

ESTELLA CASTAÑEDA, SECRETARIA INTA.

3 v. alt. No. C010981-2

LICENCIADA DANI BERI CALDERON DE RAMIREZ, JUEZA DE

LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.

HACE SABER: Que por resolución proferida con fecha de las diez

horas con seis minutos del día veintisiete de noviembre del año dos mil

trece, se ha tenido por aceptada expresamente, con benefi cio de inventario,

la herencia intestada que a su defunción ocurrida a las dieciocho horas

del día trece de febrero del año mil novecientos noventa y tres, en el

Hospital Nacional Francisco Menéndez, del Municipio y Departamento

de Ahuachapán, siendo ese municipio y departamento, su último domi-

cilio, herencia que dejó la señora CANDIDA ROSA MONROY quien

aparece relacionada, por adecuación de su nombre, como CANDIDA

ROSA ARISTONDO MONROY y conocida por ROSA CANDIDA

MONROY, ROSA MONROY y por DANDIDA ROSA MONROY;

de parte del heredero y aceptante: HUGO MONROY, a título de hijo

sobreviviente de la señalada causante. Y se ha nombrado interinamente

al aceptante, representante y administrador de la sucesión, con las fa-

cultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Lo que se pone en conocimiento del público, para los fi nes de

Ley.

JUZGADO DE LO CIVIL: AHUACHAPAN, a las diez horas

con siete minutos del día veintisiete de noviembre del año dos mil

trece.- LICDA. DANI BERI CALDERON DE RAMIREZ, JUEZA DE

LO CIVIL.- LICDA. CLAUDIA LELIN GUEVARA DE PEÑATE,

SECRETARIA DE ACTUACIONES.

3 v. alt. No. C010982-2

EL INFRASCRITO JUEZ, AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS

DE LEY.

HACE SABER: Que por resolución de las once horas y cuarenta

minutos de este día, se ha tenido por aceptada expresamente y con be-

nefi cio de inventario en la Herencia Intestada dejada al fallecer por la

señora JOSEFA AGUILAR, conocida por JOSEFA AGUILAR JUAREZ,

el día diecisiete de marzo del año dos mil, en Puerto El triunfo, Dpto.

Usulután, siendo este su último domicilio, de parte de la señora ROSA

ISABEL AGUILAR DE VILLATORO, en su calidad de Hija de la

causante.

Confi érasele a la aceptante declarada la Administración y Represen-

tación Interina de la sucesión intestada con las facultades y restricciones

de Ley.

Fíjese y publíquese los edictos correspondientes, citando a los que

se crean con derecho a la Herencia para que se presenten a deducirlo en

el término de Ley.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia; Jiquilisco, a los cuatro

días del mes de mayo del dos mil doce.- LIC. MANUEL DE JESUS

SANTOS, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.- LIC. LOURDES ES-

TELA CASTAÑEDA, SECRETARIA INTA

3 v. alt. No. C010991-2

ROGELIO HUMBERTO ROSALES BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL

DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.

HACE SABER: Que por resolución proveída este día a las nueve

horas y quince minutos, se ha tenido por aceptada expresamente, con

benefi cio de inventario la herencia intestada que dejó la señora MARIA

ANTONIA REYES, quien falleció el día veintiuno de agosto del dos

DE SEGUNDA PUBLICACIÓN

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96 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402

mil uno; en el Barrio Concepción de esta ciudad de La Unión, siendo

este lugar su último domicilio; de parte de la señora PAZ REYES DE

FUENTES, en calidad de hermana de la causante. Confi riéndole a dicha

aceptante, en el carácter indicado, la administración y representación

interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores

de la herencia yacente.

Se cita a quienes se consideren con derecho en la sucesión para que

en el término de Ley, después de la tercera publicación de este cartel, lo

demuestren en este Juzgado.

Librado en el Juzgado de lo Civil: La Unión, a los veinte días

del mes de febrero del dos mil trece.- LIC. ROGELIO HUMBERTO

ROSALES BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL.- BR. JORGE ALBERTO

PEREZ, SECRETARIO.

3 v. alt. No. C010992-2

SANTOS EMELY CHICAS MENDOZA, Notario, de este domicilio, con

ofi cina en Diecisiete Calle Poniente número Doscientos Diez, Condominio

GZG, Local tres, San Salvador, al público para los efectos de ley.

HACE SABER: Que por resolución de la suscrita Notario, proveída

a las dieciocho horas del día cuatro de febrero de dos mil catorce, se

ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario la

herencia intestada que a su defunción dejara la señora REYES FRAN-

CISCA ANTONIA AGUIRRE PANAMEÑO conocida por FRAN-

CISCA AGUIRRE PANAMEÑO, defunción ocurrida en esta ciudad

el día doce de noviembre de mil novecientos noventa y nueve, siendo

su último domicilio Ciudad Delgado, Departamento de San Salvador,

de parte de la señorita Frida Margarita Erazo Aguirre, mayor de edad,

Trabajadora Social, del domicilio de Ciudad Delgado, Departamento de

San Salvador, en su calidad de cesionaria de los derechos hereditarios

que le correspondían al señor Carlos Francisco Aguirre, como hijo so-

breviviente de la causante, confi riéndosele a la señorita Frida Margarita

Erazo Aguirre, la administración y representación interina de la sucesión,

con las facultades y restricciones de ley.

En consecuencia por este medio se cita a todos lo que se crean con

derecho a la referida herencia para que se presenten a mi ofi cina en la

dirección antes proporcionada, en el término de quince días contados

desde el siguiente a la última publicación de este edicto.

San Salvador, cinco de febrero de dos mil catorce.

LIC. SANTOS EMELY CHICAS MENDOZA,

NOTARIO.

3 v. alt. No. F023304-2

LICENCIADO JORGE ALBERTO GUZMAN URQUILLA, Juez

Segundo de Primera Instancia de este Distrito Judicial, al público para

efectos de ley.

HACE SABER: Que por resolución dictada por este Tribunal, de

las catorce horas del día catorce de octubre del corriente año, SE HA

TENIDO POR ACEPTADA EXPRESAMENTE CON BENEFICIO DE

INVENTARIO, LA HERENCIA INTESTADA que a su defunción dejó

el causante MANUEL DE JESUS VILLATORO UMAÑA, de parte de

la señora MERLIN MARISOL VILLATORO FUENTES, de treinta

y dos años de edad, Técnico en Enfermería, del domicilio de Corinto,

Departamento de Morazán, con Documento Único de Identidad Número

cero un millón seiscientos setenta y seis mil quinientos setenta guión

siete, y Número de Identifi cación Tributaria Un mil trescientos tres

guión doscientos noventa mil cuatrocientos ochenta y uno guión ciento

uno guión cinco; por derecho propio en calidad de hija del mencionado

causante; quien a la fecha de su fallecimiento fue de cincuenta y cuatro

años de edad, Agricultor en Pequeño, originario y del domicilio de Corinto,

Departamento de Morazán; hijo de los señores Leocadio Villatoro y Dio-

medes Umaña; falleció a las quince horas y veinte minutos del día tres de

noviembre del año dos mil doce, en el Cantón "Calavera", Caserío San

José Centro, de Cacaopera, Departamento de Morazán; siendo la ciudad

de Corinto, lugar de su último domicilio.- Se le confi rió a la aceptante

antes mencionada y en la forma establecida, la ADMINISTRACION

Y REPRESENTACION INTERINA de la sucesión, con las facultades

y restricciones de los Curadores de la Herencia Yacente.

Se cita a los que se crean con derecho a la herencia, para que se

presenten a deducirlo en el término de quince días contados desde el

siguiente a la tercera publicación de este edicto en el expresado perió-

dico.

Librado en el Juzgado Segundo de Primera Instancia; San Francisco

Gotera, Morazán; a las doce horas y quince minutos del día dieciséis

de octubre de dos mil trece.- LIC. JORGE ALBERTO GUZMAN

URQUILLA, JUEZ 2°. DE 1ª. INSTANCIA.- LICDA. KARINA

ELIZABETH IGLESIAS DE NAVARRO, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F023316-2

LIC. BACILIA DEL CARMEN PORTILLO, JUEZA PRIMERO DE

PRIMERA INSTANCIA DE SAN FRANCISCO GOTERA, DEPAR-

TAMENTO DE MORAZAN.

HACE SABER: Que por resolución pronunciada en este Juzgado, a

las catorce horas y quince minutos de este día; se ha tenido por aceptada

expresamente y con benefi cio de inventario de parte de los señores:

Francisca Delmis Flores Blanco, de 51 años de edad, Empleada, del

domicilio de Sociedad, departamento de Morazán, con Documento Único

de Identidad Número 04107573-9; y Tarjeta de Identifi cación Tributaria

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97DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 13 de Febrero de 2014.

Número 1323-250162-102-9; y Luis Antonio Flores Hernández, de 48

años de edad, Empleado, del domicilio de Sociedad, departamento de

Morazán; con Documento Único de Identidad Número 04660979-5; y

Número de Identifi cación Tributaria 1323-080165-102-4; de la herencia

que en forma Intestada dejó el causante Santos Emidio Flores Cruz, quien

fue de 79 años de edad, Casado, Agricultor en Pequeño, Originario y del

domicilio de Sociedad, departamento de Morazán, Salvadoreño, hijo de

Jacinta Flores y José Héctor Cruz Flores (ya fallecidos); quien falleció a

la 1 horas y 45 minutos, del día 3 de agosto del año 2012, en el Cantón

Labranza de la jurisdicción de Sociedad departamento de Morazán;

siendo ese lugar su último domicilio; en concepto de Hijos del causante.-

Se les ha conferido a los referidos aceptantes en la calidad expresada,

la administración y representación interina de dicha sucesión, con las

facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.- Y

cita a las personas que se crean con derecho a la herencia, para que se

presenten a este Juzgado a deducirlo dentro del término de quince días

contados desde el siguiente a la tercera publicación de este edicto.

Juzgado Primero de Primera Instancia, San Francisco Gotera,

departamento de Morazán, a las catorce horas y veinte minutos del día

once de noviembre de dos mil trece.- LIC. BACILIA DEL CARMEN

PORTILLO, JUEZ 1°. DE 1ª. INSTANCIA.- LIC. YESENIA ROSIBEL

VILLATORO DE ZUNIGA, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F023317-2

GLADIS NOEMI ALONZO GONZALEZ, JUEZA DE PRIMERA

INSTANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.

HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado, a las

once horas este día, se ha declarado Heredera Ab-intestato, con Benefi cio

de Inventario del señor CEFERINO ADRIAN CRUZ, de parte de la

señora ISABEL ZACARIAS PONCE o ISABEL ZACARIAS PONCE

DE TURCIOS, en calidad de cesionaria de los derechos hereditarios que

le correspondían al señor MIGUEL ANGEL CRUZ HENRIQUEZ, en

su calidad de hijo de la causante.- Confi riéndosele a la aceptante dicha la

Administración y Representación Legal Interina de la Sucesión, con las

facultades y restricciones de los Curadores de la Herencia Yacente.- Se

cita a los que se crean con Derecho a la Herencia, para que se presenten

a este Juzgado a deducirlo en el término de quince días contados a partir

del día siguiente de la última publicación de este edicto.

LIBRADO EN EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA:

Santiago de María, a los diecisiete días del mes de mayo del año dos mil

trece.- LICDA. GLADIS NOEMI ALONZO GONZALEZ, JUEZA DE

PRIMERA INSTANCIA.- LICDA. SANDRA ELIZABETH GOMEZ

GARAY, SECRETARIA INTERINA.

3 v. alt. No. F023332-2

RAFAEL EDUARDO MENENDEZ CONTRERAS, Juez de Primera

Instancia de Armenia; departamento de Sonsonate.

HACE SABER: Que a las 11:00 horas de este día se emitió reso-

lución en la cual se tuvo por aceptada expresamente y con benefi cio de

inventario la herencia intestada dejada por el causante Pedro Antonio

Turcios conocido por Pedro Antonio Turcios Gil, quien falleció a las

19:00 horas del día 17 de junio del año 2000 en Cantón "El guayabo",

a consecuencia de Cáncer, a la edad de 64 años de edad, Salvadoreño,

agricultor, viudo, hijo de Margarita Turcios; originario y del domicilio

de esta ciudad, de parte de la señora Alma Carolina Turcios Linares, en

calidad de hija sobreviviente del referido causante.

Se nombró interinamente a la señora antes referida administradora

y representante de la sucesión del referido causante, con las facultades

y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Lo que se avisa al público en general para que todo aquel que se

crea con derecho a dicha herencia se presente a deducirlo en el término

de quince días contados desde el siguiente a la tercera publicación del

presente edicto en el Diario Ofi cial.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia de la ciudad de

Armenia, a los trece días del mes de enero del año dos mil trece.- LIC.

RAFAEL EDUARDO MENENDEZ CONTRERAS, JUEZ DE PRI-

MERA INSTANCIA.- LIC. RAFAEL ANTONIO CUELLAR ANGEL,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F023333-2

JOSE MANUEL MOLINA LOPEZ, JUEZ DOS DE LO CIVIL DE

DELGADO, AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY.

HACE SABER: Que por resolución dictada por este Juzgado,

a las doce horas con diez minutos del día veintisiete de enero de dos

mil catorce. Se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio

de inventario la Herencia defunción ocurrida en Cuscatancingo, pero

con último domicilio en esta ciudad, el día trece de octubre de dos mil

once, dejó la señora MERCEDES LUNA ROSA de parte de la señora

MARLENE GUADALUPE LUNA DE BENAVIDES, en su calidad que

hija de la causante. Se ha conferido a la aceptante la administración y

representación INTERINA de la sucesión, con las facultades y restric-

ciones de los curadores de la herencia yacente.

Librado en el Juzgado de lo Civil Juez Dos: Delgado, a las ca-

torce horas con diez minutos del día veintisiete de enero de dos mil

catorce.- DR. JOSE MANUEL MOLINA LOPEZ, JUEZ DOS DE LO

CIVIL DE DELGADO.- BR. ALEX ALBERTO SORTO MELARA,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F023365-2

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98 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402

LA INFRASCRITA JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL Y MERCANTIL DE SANTA ANA, LICENCIADA THELMA IDALIA ESPERANZA ALFARO PERDIDO, al público para los efectos de Ley.

HACE SABER: Que por resolución de las once horas veinticinco minutos del día diecisiete de enero de dos mil catorce, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario, la herencia intestada que a su defunción dejara la señora EMILIA CHILIN CHAVEZ, conocida por EMILIA CHILIN y por EMILIA CHAVEZ, quien fue de ochenta años de edad, soltera, de ofi cios domésticos, tuvo su último domicilio en Barrio San Lorenzo de esta ciudad, fallecida en esta ciudad, a las dieciséis horas treinta minutos del día diecisiete de junio de mil nove-cientos noventa y cinco, según consta en la certifi cación de partida de defunción de la misma; de parte de la señora ANA HILDA SALAZAR CHÁVEZ, con Número de Identifi cación Tributaria: cero doscientos diez-cero cuarenta mil seiscientos cincuenta-cero cero tres-nueve, en su calidad de hija sobreviviente de la causante; actuando por medio del Licenciado DUBAL KLEIBIR CRUZ CASTANEDA, en su calidad de Apoderado General Judicial de dicha señora.

Confi riéndosele INTERINAMENTE la representación y adminis-tración de la Sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

En consecuencia, se cita a todas las personas que se crean con de-recho a la referida herencia, para que en el término de ley comparezcan a este Juzgado a deducirlo.

Librado en el Juzgado Primero de lo Civil y Mercantil: Santa Ana, diecisiete de enero de dos mil catorce.- LICDA. THELMA IDALIA ESPERANZA ALFARO PERDIDO, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL Y MERCANTIL, SANTA ANA.- LIC. JUAN CARLOS ORTEZ PEREZ, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F023393-2

LICENCIADO LUIS ANTONIO BENÍTEZ HIDALGO, JUEZ DE LO CIVIL SUPLENTE.

HACE SABER: Que por resolución de las quince horas veintidós minutos del día diez de diciembre del año dos mil trece, se ha tenido por aceptada expresamente con benefi cio de inventario la herencia intestada que a su defunción ocurrida a las catorce horas treinta y cinco minutos el día uno de enero del año dos mil once, en el Hospital Nacional Francisco Menéndez de Ahuachapán, siendo su último domicilio el de Ahuachapán, dejó la señora MARÍA REYES SANTACRUZ DE CHÁVEZ; de parte de la señora CANDELARIA DEL CARMEN CHÁVEZ REYES, en su calidad de hija de la causante y cesionaria de los derechos hereditarios que le correspondían a los señores Miguel Ángel Jerónimo Chávez Artero, cónyuge de la causante; Blanca Estela Chávez de Soto y María Dolores Chávez de Gómez, en calidad de hijos de la causante.

Nómbrase interinamente a la aceptante representante y administra-dora de la Sucesión con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Lo que se pone del conocimiento del público para los fi nes de Ley.

JUZGADO DE LO CIVIL: AHUACHAPÁN, a las quince horas cincuenta y cuatro minutos del día diez de diciembre de dos mil trece.- LIC. LUIS ANTONIO BENÍTEZ HIDALGO, JUEZ DE LO CIVIL.- LICDA. CLAUDIA LELIN GUEVARA DE PEÑATE, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F023399-2

YOALMO ANTONIO HERRERA, JUEZ DE LO CIVIL DE SANTA TECLA, AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY.

HACE SABER: Que por resolución pronunciada por este Juzgado, a las catorce horas con treinta minutos del día dieciocho de octubre del presente año, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario, la herencia intestada dejada a su defunción por la cau-sante señora ELISA MARIA MARROQUIN GONZALEZ, ocurrida el día doce de abril del presente año, en la ciudad de Antiguo Cuscatlán, lugar de su último domicilio, de parte del señor CARLOS HUMBERTO SOLORZANO MARROQUIN, en calidad de hijo de la causante.

Y se ha conferido al aceptante, la administración y la representa-ción interinas de la Sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Librado en el Juzgado de lo Civil de Santa Tecla, a las doce ho-ras y treinta minutos del día treinta de octubre de dos mil trece.- LIC. YOALMO ANTONIO HERRERA, JUEZ DE LO CIVIL.- BR. KARINA VANESSA SILVA DE SOMOZA, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F023403-2

DR. ROMEO EDGARD PINO MARTÍNEZ, JUEZ DE LO CIVIL INTERINO DE LA CIUDAD DE SOYAPANGO.

HACE SABER: Que por resolución pronunciada por este Juzgado, a las catorce horas veintisiete minutos del día once de diciembre de dos mil trece, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario la herencia testada dejada a su defunción, ocurrida el día doce de septiembre de dos mil nueve, en la ciudad de Soyapango, dejó el causante señor FLORENTINO ALONSO IRAHETA, siendo su último domicilio la misma ciudad, de parte de los señores MARTA GLADYS IRAHETA DE BERMUDEZ y MARIO ANTONIO IRAHETA RO-MERO, en sus calidades de hijos sobrevivientes del causante.

Y se le confi rió a los aceptantes la administración y representación interina de los bienes de la sucesión con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Y CITA: A los que se crean con derecho a la herencia referida para que se presenten en el término de Ley, a hacer uso de sus derechos en la Sucesión.

Librado en el Juzgado de lo Civil de Soyapango, a las catorce horas cuarenta y tres minutos del día doce de diciembre de dos mil tre-ce.- DR. ROMEO EDGARD PINO MARTINEZ, JUEZ DE LO CIVIL INTERINO.- LICDA. EDME GUADALUPE CUBIAS GONZALEZ, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F023408-2

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99DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 13 de Febrero de 2014.

ANA ELSY MENDOZA AMAYA, Jueza de Primera Instancia de este

Distrito Judicial, al público para efectos de Ley.

HACE SABER: Que por resolución de las once horas quince mi-

nutos del día veintinueve de enero de dos mil catorce, se ha tenido por

aceptada expresamente con benefi cio de inventario la herencia intestada

que a su defunción dejó la señora DOLORES LÓPEZ, conocida por

DOLORES LÓPEZ SARAVIA, DOLORES LÓPEZ SARABIA y por

DOLORES LÓPEZ DE ÁNGEL, quien falleció el día dos de febrero de

dos mil nueve, en la ciudad de Ilobasco, departamento de Cabañas, lugar

de su último domicilio, de parte del señor MARIO LÓPEZ, en concepto

de hijo de la causante y como cesionario del derecho hereditario que le

corresponde a cada uno de los señores Juan Ángel Rodríguez y María

Gloria López Peña, en calidad de cónyuge sobreviviente e hija de la

causante, respectivamente.

Y se le ha conferido al aceptante, la administración y representación

interina de la Sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores

de la herencia yacente.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia de Ilobasco, Cabañas,

a las once horas veinticinco minutos del día veintinueve de enero de dos

mil catorce.- LICDA. ANA ELSY MENDOZA AMAYA, JUEZA DE

PRIMERA INSTANCIA.- LICDA. ÁNGELA VERÓNICA GUERRA

HERNÁNDEZ, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F023424-2

JOSÉ FABIO CASTILLO, mayor de edad, Abogado y Notario, de este

domicilio, al público para los efectos de Ley.

HACE SABER: Que en las diligencias promovidas ante sus ofi -

cios Notariales se ha tenido expresamente por aceptada y con benefi cio

de inventario, la herencia intestada, que a su defunción dejó el Señor

VALENTÍN ANTONIO GONZÁLEZ, quien también era conocido por

VALENTÍN ANTONIO GONZÁLEZ LANDAVERDE y ANTONIO

GONZÁLEZ LANDAVERDE, quien falleció en el Barrio El Calvario,

de la ciudad de Suchitoto, Departamento de Cuscatlán, habiendo sido

éste su último domicilio, de parte de ÁNGEL ERASMO GONZÁLEZ

GARCÍA, en su concepto de hijo sobreviviente del causante, se le ha

conferido al aceptante la administración y representación interina de la

sucesión con las facultades y restricciones de la Ley.

Librado en San Salvador, a los seis días de mes de febrero de dos

mil catorce.

DR. JOSÉ FABIO CASTILLO,

ABOGADO Y NOTARIO.

3 v. c. No. F023433-2

HERENCIA YACENTE

ROGELIO HUMBERTO ROSALES BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.

HACE SABER: Que por resolución de las catorce horas y cuarenta minutos de este día, se ha declarado yacente la herencia intestada que dejó el señor CRESENCIO BARRERA, quien falleció el día siete de febrero de dos mil trece, en Primera Avenida Sur y Sexta Calle Oriente, Barrio Las Flores, de esta ciudad, siendo esta ciudad su último domicilio, y nómbrase Curador Especial para que represente dicha Sucesión a la Licenciada GUADALUPE ALEXIS MENDEZ CRUZ.

Se cita a quienes se consideren con derecho en la Sucesión para que en el término de ley después de la tercera publicación de este edicto, lo demuestren en este Juzgado.

Librado en el Juzgado de lo Civil: La Unión, a los veintisiete días del mes de junio de dos mil trece.- LIC. ROGELIO HUMBERTO ROSALES BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL.- BR. JORGE ALBERTO PEREZ, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F023370-2

LICDA. BACILIA DEL CARMEN PORTILLO, JUEZA PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SAN FRANCISCO GOTERA, DE-PARTAMENTO DE MORAZAN.

HACE SABER: Que por resolución de las quince horas y cincuenta minutos de este día, se declaró YACENTE, la herencia que en forma intestada dejó el causante AMBROSIO MARTINEZ, quien fue de sesenta y nueve años de edad, Agricultor en Pequeño, originario y del domicilio de Sociedad, hijo de DANIEL MARTINEZ y ANASTACIA ROBLES, viudo, quien falleció a las once horas del día doce de julio de mil novecientos ochenta y siete; en el Cantón Labranza, del municipio de Sociedad, departamento de Morazán, a causa de enfermedad de diabetes, sin asistencia médica; y no habiéndose presentado ninguna persona aceptando o repudiando dicha herencia, DECLARASE YACENTE, la misma y nómbrase Curador Ad Lítem de la Herencia Yacente al Licenciado LEONEL ENRIQUE MARTINEZ MEJIA; de treinta y seis años de edad, Abogado, del domicilio de San Francisco Gotera, con carnet de Abogado número uno cero nueve cinco siete; y con Número de Identifi cación Tributaria número uno tres uno nueve-cero seis cero ocho siete seis-uno cero uno-cinco; y puede ser notifi cado a través de la Licenciada CLAUDIA ROXANA QUIROZ CABRERA; a quien se le hará saber este nombramiento, para su aceptación, protesta y demás efectos legales.

Y cita a las personas que se crean con derecho a la herencia, para que se presenten a este Juzgado, a manifestar su derecho o interés en la misma.

Juzgado Primero de Primera Instancia: San Francisco Gotera, a las quince horas y cincuenta y ocho minutos del día veintiséis de noviembre de dos mil trece.- LICDA. BACILIA DEL CARMEN PORTILLO, JUEZA PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA.- LICDA. YESENIA ROSIBEL VILLATORO DE ZUNIGA, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F023376-2

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100 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402

TÍTULO DE PROPIEDAD

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL.

HACE SABER: Al público en general, que HERMINIO SALVA-DOR CARTAGENA PORTILLO, de 32 años de edad, Empleado, de este domicilio, con DUI No. 04433028-5 y N.I.T. 0413-010678-101-0: se ha presentado a esta ofi cina, solicitando Título de Propiedad de un terreno urbano de su propiedad, de extensión superfi cial de 181.80 metros cuadrados, situado en Barrio Las Delicias de esta Villa, de descripción siguiente: NORTE: Mide 10 metros, colinda con Sucesión de Rosendo Brizuela, calle pública de por medio; ORIENTE: Mide 18 metros, colinda con inmueble de Elvira Huezo; SUR: Mide 10.10 metros, Quebrada Los Obrajes de por medio, colinda con inmueble de Eliseo Posada; y PONIENTE: Mide 18 metros, con inmueble de Rosa Otilia Paz. En el inmueble antes descrito hay construcciones de paredes de adobe, ladrillo de obra, artesón de hierro y techo de láminas y de tejas. Este inmueble no es sirviente, ni dominante; no tiene gravámenes, ni derechos reales que pertenezcan a otra u otras personas; ni está en proindivisión con nadie y lo valora en el precio de $2,000.00. Y lo adquirió por compra que le hizo al señor Gilberto Moreno Alas.

Librado en Alcaldía Municipal, La Reina, Departamento de Chalatenango, a los veinticuatro días del mes de enero de dos mil catorce.- ROBERTO ANDRES LEMUS FLORES, ALCALDE MUNICIPAL.- MIGUEL ANGEL TEJADA PONCE, SECRETARIO MUNICIPAL.

3 v. alt. No. F023407-2

TÍTULO SUPLETORIO

LA INFRASCRITA JUEZ DE LO CIVIL, DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.

HACE SABER: Que en este Juzgado se ha presentado el Licen-ciado HÉCTOR MANUEL GALICIA ARRIAZA, como representante procesal del señor LUIS ALBERTO PIMENTEL SALDAÑA, conocido por LUIS ALBERTO PIMENTEL, solicitando obtener a favor de dicho señor TITULO SUPLETORIO de un inmueble de naturaleza rústica, situado en el Cantón El Roble, sin número, lugar conocido como El Paraíso, de esta Jurisdicción, de las colindancias siguientes: RUMBO NORTE, compuesto de un solo tramo con una distancia de ciento treinta y cuatro punto doce metros, linda por este rumbo con propiedad de MARINA FLOR ESCAMILLA PINEDA SALDAÑA DE ÁLVAREZ; RUMBO ORIENTE: compuesto de un solo tramo, con una distancia de ciento ochenta y cuatro punto cero un metros, linda por este rumbo con RAÚL PIMENTEL SALDAÑA; RUMBO SUR: compuesto de siete tramos, el primero, con una distancia de veintiuno punto quince metros, el segundo, con una distancia de nueve punto cero nueve metros, el tercero, con una distancia de seis punto veinticuatro metros, el cuarto, con una distancia de siete punto noventa y tres metros, el quinto, con una distancia de dieciséis punto noventa y ocho metros, el sexto, con una distancia de diecinueve punto noventa metros, y el séptimo, con una distancia de diecinueve punto quince metros, linda por este rumbo con propiedad de JOSÉ RIGOBERTO AGUILAR MENÉNDEZ, MARÍA DORA MORALES SALDAÑA, TRÁNSITO AMÉRICA MORALES, MARÍA LIDIA GALICIA MORALES DE MANCÍA, JORGE ALBERO

MORALES GALICIA, RAFAEL ALFONSO MORALES GALICIA y JULIO CÉSAR MORALES GALICIA; RUMBO PONIENTE, compuesto de siete tramos, el primero, con una distancia de siete punto noventa y un metros, el segundo, con una distancia de cincuenta y seis punto sesenta y un metros, el tercero, con una distancia de veintidós punto setenta y un metros, el cuarto, con una distancia de veinticuatro punto ochenta y dos metros, el quinto, con una distancia de dieciséis punto noventa y un metros, el sexto, con una distancia de veinte punto noventa y nueve metros y el séptimo, con una distancia de treinta punto ochenta y cinco metros, linda por este rumbo con MARÍA DORA MORALES DE SALDAÑA, TRÁNSITO AMÉRICA MORALES, MARÍA LIDIA GALICIA MORALES DE MANCÍA, JORGE ALBERO MORALES GALICIA, RAFAEL ALFONSO MORALES GALICIA y JULIA CESAR MORALES GALICIA; de una extensión superfi cial de DIE-CISIETE MIL CUATROCIENTOS CINCO PUNTO CUARENTA Y CINCO METROS CUADRADOS.

Lo que se pone en conocimiento del público para los fi nes de Ley.

JUZGADO DE LO CIVIL: Ahuachapán, a las doce horas siete minutos del día veintinueve de enero del año dos mil catorce.- LIC. DANI BERI CALDERÓN DE RAMÍREZ, JUEZ DE LO CIVIL.- LI-CDA. CLAUDIA LELIN GUEVARA DE PEÑATE, SECRETARIA DE ACTUACIONES.

3 v. alt. No. C010984-2

ROGELIO HUMBERTO ROSALES BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.

HACE SABER: Que a este Juzgado se ha presentado el Licenciado PEDRO ANTONIO FUENTES REYES, como Apoderado General Judicial con Cláusula Especial del señor JOSE MARIA MANCIA, de cuarenta y siete años de edad, Motorista, del domicilio de Bolívar, Departamento de La Unión, solicitando se le extienda a su Representa-do TITULO SUPLETORIO, de un terreno de naturaleza rústica, de la capacidad superfi cial de DOSCIENTOS NOVENTA Y DOS METROS CINCUENTA CENTIMETROS CUADRADOS, ubicado en el Cantón La Paz, Jurisdicción de Bolívar, Departamento de La Unión, de las medidas y linderos siguientes: AL PONIENTE: colinda con Valentina Mancía, mide dieciséis metros; AL SUR: colinda con Adrián Mancía, calle de por medio, mide veintidós metros; AL NORTE: colinda con David Mancía, cerco de alambre propio del vendedor, mide veintitrés metros; AL ORIENTE: colinda con Mauricio Cruz, calle de por medio, mide diez metros, contiene una casa de habitación que mide diez varas de largo por cinco varas de ancho, techo de tejas, paredes de ladrillo, construida a expensas del comprador; valuándolo en la suma de DIEZ MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, y lo adquirió por compraventa de posesión que le hizo el señor DAVID MANCIA, el día seis de abril de mil novecientos noventa y tres.

Librado en el Juzgado de lo Civil: La Unión, a los veintiséis días del mes de septiembre de dos mil trece.- LIC. ROGELIO HUMBERTO ROSALES BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL.- BR. JORGE ALBERTO PEREZ, SECRETARIO.

3 v. alt. No. C010988-2

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101DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 13 de Febrero de 2014.

ROGELIO HUMBERTO ROSALES BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL

DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.

HACE SABER: Que a este Juzgado se ha presentado el Licenciado

PEDRO ANTONIO FUENTES REYES, como Apoderado General

Judicial con Cláusula Especial de la señora BALENTINA MANCIA

TURCIOS, conocida por BALENTINA MANCIA, y por VALENTINA

MANCIA, de cincuenta y seis años de edad, Empleada, originaria de Bo-

lívar, y del domicilio de Santa Rosa de Lima, departamento de La Unión,

solicitando se le extienda a su Representada TÍTULO SUPLETORIO, de

un terreno de naturaleza rústica, de la Capacidad Superfi cial de DOSCIEN-

TOS NOVENTA Y DOS METROS CINCUENTA CENTÍMETROS

CUADRADOS, ubicado en el Cantón La Paz, Jurisdicción de Bolívar,

departamento de La Unión, de las medidas y linderos siguientes: AL

PONIENTE: mide diez metros, colinda con Francisco Barrera, calle de

por medio; AL ORIENTE: mide dieciséis metros, colinda con José María

Mancía, cerco de alambre propio de la compradora; AL NORTE: mide

veinticuatro metros, colinda con David Mancía, cerco de alambre propio

del vendedor; AL SUR: mide veintiún metros, colinda con Francisco

Mancía calle de por medio, contiene una casa pared de ladrillo, techo

de tejas, construida a expensas de la compradora, que mide diez varas

de largo por cinco varas de ancho; valuándolo en la suma de DIEZ MIL

DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, y lo adquirió

por compraventa de posesión que le hizo el señor DAVID MANCIA, el

día seis de abril de mil novecientos noventa y tres.

Librado en el Juzgado de lo Civil: La Unión, a los un días del mes

de octubre de dos mil trece. LIC. ROGELIO HUMBERTO ROSALES

BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL. BR. JORGE ALBERTO PÉREZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C010989-2

MARIO EDWIN PEÑA RAUDA, Notario, con Despacho Profesional

en Tercera Avenida Sur, Número dos, Barrio El Calvario, de la ciudad

de Ilobasco, departamento de Cabañas, al público para los efectos de

la Ley.

HACE SABER: Que a esta Notaría se ha presentado el señor JOSÉ

ANTONIO LEIVA TORRES, de sesenta años de edad, Jornalero, de

este domicilio, a quien ahora conozco e identifi co con su Documento

Único de Identidad Número: cero cero trescientos treinta y ocho mil

trescientos veintinueve-cinco, con Número de Identifi cación Tributaria:

cero novecientos seis-cero ochenta mil doscientos cincuenta y tres-

ciento uno-cinco, solicita la expedición de Título Supletorio a su favor,

de un terreno rústico, situado en el Cantón Los Hoyos, Caserío Zamora,

de esta jurisdicción, de la extensión superfi cial de DIECIOCHO MIL

CIENTO SESENTA Y SIETE PUNTO CUARENTA Y NUEVE ME-

TROS CUADRADOS, el vértice Sur Poniente que es el punto de parti-

da de esta descripción técnica tiene las siguientes coordenadas: NORTE

trescientos cuatro mil trescientos ochenta y ocho punto sesenta y seis

metros, ESTE quinientos diecinueve mil cuatro punto treinta y tres

metros. LINDERO PONIENTE partiendo del vértice Sur Poniente está

formado por trece tramos con los siguientes rumbos y distancias: Tramo

uno, Norte diecinueve grados cuarenta y dos minutos cincuenta y cinco

segundos Este con una distancia de siete punto ochenta y siete metros;

Tramo dos, Norte trece grados diez minutos cuarenta y dos segundos

Este con una distancia de doce punto cero cuatro metros; Tramo tres,

Norte doce grados cuarenta y cinco minutos treinta y cinco segundos

Este con una distancia de seis punto setenta y un metros; Tramo cuatro,

Norte trece grados cuarenta y ocho minutos treinta y un segundos Este

con una distancia de nueve punto sesenta y cuatro metros; Tramo cinco,

Norte once grados cincuenta y dos minutos cuarenta y tres segundos

Este con una distancia de catorce punto noventa metros; Tramo seis,

Norte once grados cuarenta y un minutos cero siete segundos Este con

una distancia de once punto treinta metros; Tramo siete, Norte diez

grados cero cinco minutos cincuenta y siete segundos Este con una

distancia de treinta y nueve punto cuarenta y ocho metros; Tramo ocho,

Norte cero nueve grados cincuenta y cuatro minutos cero nueve segun-

dos Este con una distancia de cinco punto setenta y cuatro metros;

Tramo nueve, Norte once grados doce minutos treinta y ocho segundos

Este con una distancia de dieciséis punto veintitrés metros; Tramo diez,

Norte once grados cero nueve minutos cincuenta y nueve segundos Este

con una distancia de dieciocho punto sesenta y tres metros; Tramo once,

Norte once grados cero cero minutos cuarenta y siete segundos Este con

una distancia de diez punto treinta y cinco metros; Tramo doce, Norte

diez grados treinta y dos minutos cuarenta y un segundos Este con una

distancia de diez punto cero cuatro metros; Tramo trece, Norte once

grados cuarenta y ocho minutos treinta y cuatro segundos Este con una

distancia de cuatro punto cincuenta y tres metros; colindando con CE-

CILIA RAMOS VIUDA DE LÓPEZ, con cerco de púas. LINDERO

NORTE partiendo del vértice Nor Poniente está formado por catorce

tramos con los siguientes rumbos y distancias: Tramo uno, Norte ochen-

ta y seis grados cero seis minutos cincuenta y tres segundos Este con

una distancia de trece punto sesenta y cinco metros; Tramo dos, Sur

cincuenta y nueve grados veintidós minutos veintiocho segundos Este

con una distancia de ocho punto treinta y ocho metros; Tramo tres, Sur

ochenta y un grados cincuenta y siete minutos cincuenta y un segundos

Este con una distancia de catorce punto veintiocho metros; Tramo

cuatro, Norte ochenta y dos grados cero siete minutos catorce segundos

Este con una distancia de siete punto cuarenta y nueve metros; Tramo

cinco, Sur setenta y seis grados cuarenta y un minutos catorce segundos

Este con una distancia de seis punto trece metros; Tramo seis, Norte

ochenta y seis grados doce minutos treinta y nueve segundos Este con

una distancia de nueve punto ochenta y nueve metros; Tramo siete,

Norte ochenta y seis grados diecinueve minutos cuarenta y ocho segun-

dos Este con una distancia de diez punto veintidós metros; Tramo ocho,

Sur setenta y siete grados treinta y cuatro minutos diez segundos Este

con una distancia de catorce punto sesenta y ocho metros; Tramo nueve,

Sur cuarenta y nueve grados treinta y dos minutos dieciséis segundos

Este con una distancia de nueve punto veintitrés metros; Tramo diez,

Sur cincuenta y un grados veintidós minutos veintinueve segundos Este

con una distancia de cinco punto noventa y nueve metros; Tramo once,

Norte setenta y siete grados veintitrés minutos veintidós segundos Este

con una distancia de cinco punto diecisiete metros; Tramo doce, Norte

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102 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402

cuarenta y cuatro grados treinta y nueve minutos cero ocho segundos

Este con una distancia de seis punto cuarenta y cuatro metros; Tramo

trece, Sur ochenta y tres grados cero dos minutos cincuenta segundos

Este con una distancia de cuatro punto sesenta y un metros; Tramo ca-

torce, Sur sesenta y cinco grados diez minutos cincuenta y un segundos

Este con una distancia de dieciocho punto veintiséis metros; colindando

con FELICITO GARCÍA con río de por medio. LINDERO ORIENTE

partiendo del vértice Nor Oriente está formado por veintiún tramos con

los siguientes rumbos y distancias: Tramo uno, Sur veintitrés grados

veinte minutos veintisiete segundos Oeste con una distancia de once

punto ochenta y tres metros; Tramo dos, Sur veintiséis grados veintiocho

minutos cincuenta y nueve segundos Oeste con una distancia de seis

punto treinta y ocho metros; Tramo tres, Sur veintidós grados cincuen-

ta y cuatro minutos treinta y nueve segundos Oeste con una distancia de

once punto ochenta y cuatro metros; Tramo cuatro, Sur veinticuatro

grados diecinueve minutos cuarenta y dos segundos Oeste con una

distancia de nueve punto cero cinco metros; Tramo cinco, Sur veinte

grados catorce minutos veinte segundos Oeste con una distancia de

catorce punto treinta y dos metros; Tramo seis, Sur veinticuatro grados

cincuenta y cinco minutos veintinueve segundos Oeste con una distan-

cia de doce punto cincuenta y cinco metros; Tramo siete, Sur veintiún

grados cuarenta y cinco minutos cuarenta y cinco segundos Oeste con

una distancia de nueve punto veintisiete metros; Tramo ocho, Sur vein-

ticuatro grados dieciséis minutos treinta segundos Oeste con una distan-

cia de seis punto cuarenta y seis metros; Tramo nueve, Sur veintiún

grados veintisiete minutos treinta y tres segundos Oeste con una distan-

cia de doce punto cuarenta y cuatro metros; Tramo diez, Sur veintisiete

grados treinta y tres minutos cincuenta y nueve segundos Oeste con una

distancia de tres punto quince metros; Tramo once, Sur diecinueve

grados cincuenta minutos cuarenta y cinco segundos Oeste con una

distancia de nueve punto setenta y dos metros; Tramo doce, Sur veintiún

grados treinta y seis minutos veintisiete segundos Oeste con una distan-

cia de siete punto sesenta y nueve metros; Tramo trece, Sur veinticinco

grados cero dos minutos veinticinco segundos Oeste con una distancia

de cinco punto sesenta y ocho metros; Tramo catorce, Sur treinta y dos

grados treinta y tres minutos treinta y dos segundos Oeste con una

distancia de seis punto catorce metros; Tramo quince, Sur cuarenta y un

grados cuarenta y dos minutos cuarenta y ocho segundos Oeste con una

distancia de dos punto noventa y tres metros; Tramo dieciséis, Sur

cuarenta y dos grados treinta y siete minutos treinta y siete segundos

Oeste con una distancia de cuatro punto ochenta y cinco metros; Tramo

diecisiete, Sur cuarenta y tres grados catorce minutos veintidós segundos

Oeste con una distancia de doce punto dieciocho metros; Tramo diecio-

cho, Sur treinta y nueve grados cincuenta y siete minutos cuarenta y

cinco segundos Oeste con una distancia de siete punto cincuenta y

nueve metros; Tramo diecinueve, Sur cuarenta y dos grados veintiún

minutos treinta y un segundos Oeste con una distancia de cinco punto

sesenta y siete metros; Tramo veinte, Sur cuarenta y tres grados treinta

y dos minutos treinta segundos Oeste con una distancia de diez punto

treinta y dos metros; Tramo veintiún, Sur cuarenta y un grados cero

cuatro minutos cincuenta segundos Oeste con una distancia de dieciocho

punto ochenta metros; colindando con AMPARO MERCADO DE

GUERRA con cerco de púas. LINDERO SUR partiendo del vértice Sur

Oriente está formado por nueve tramos con los siguientes rumbos y

distancias: Tramo uno, Norte ochenta grados treinta y tres minutos

cincuenta y cinco segundos Oeste con una distancia de siete punto

ochenta y dos metros; Tramo dos, Norte setenta grados cuarenta minu-

tos dieciséis segundos Oeste con una distancia de trece punto sesenta y

un metros; Tramo tres, Norte cincuenta y ocho grados cincuenta y seis

minutos cuarenta y dos segundos Oeste con una distancia de cuatro

punto treinta y cinco metros; colindando con SANTIAGO ORLANDO

RODRÍGUEZ FLORES con calle vecinal de por medio; Tramo cuatro,

Norte cincuenta y seis grados cero minutos cincuenta segundos Oeste

con una distancia de ocho punto setenta y dos metros; Tramo cinco,

Norte setenta y dos grados treinta minutos treinta y cinco segundos

Oeste con una distancia de once punto cero seis metros; Tramo seis,

Norte ochenta grados cero cuatro minutos dieciocho segundos Oeste

con una distancia de cinco punto cincuenta y un metros; Tramo siete,

Norte ochenta grados dieciséis minutos once segundos Oeste con una

distancia de diez punto cuarenta y cinco metros; Tramo ocho, Sur

ochenta y siete grados diez minutos catorce segundos Oeste con una

distancia de tres punto cincuenta metros; Tramo nueve, Sur ochenta y

cinco grados cero nueve minutos cero ocho segundos Oeste con una

distancia de seis punto cero ocho metros; colindando con MANUEL

FRANCISCO RODRÍGUEZ FLORES y en parte con ISMAEL ANTO-

NIO RODRÍGUEZ FLORES con calle vecinal de por medio. Así se

llega al vértice Sur Poniente, que es el punto donde se inició esta des-

cripción. Sin accesorios ni cultivos permanentes. Los colindantes son

del mismo domicilio del compareciente, el terreno descrito no es domi-

nante ni sirviente, ni está en proindivisión y no tiene cargas o derechos

que pertenezcan a terceras personas, que desde su adquisición el día

trece de diciembre de dos mil trece, por medio de Escritura Pública de

Reunión de Inmuebles otorgada a las siete horas del día trece de diciem-

bre de dos mil trece, ante los ofi cios del Notario Mario Edwin Peña

Rauda, en la ciudad de Ilobasco, fecha desde la cual y unida a la posesión

que ejerce, más la del antecedente, ha poseído el referido inmueble, en

forma quieta, pacífi ca y no interrumpida, por más de diez años conse-

cutivos, pero que carece de Título de Dominio inscrito, por lo cual

comparece ante mis ofi cios Notariales para que de conformidad con lo

establecido en el Artículo Dieciséis de la Ley del Ejercicio Notarial de

la Jurisdicción Voluntaria y de Otras Diligencias, seguidos que sean los

trámites que la misma le señale se extienda al señor JOSÉ ANTONIO

LEIVA TORRES, el Título que solicita y lo valúa dicho inmueble en la

suma de SEIS MIL DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE

AMÉRICA. Los colindantes son de este domicilio.

Previénese a cualquier persona que pretendiere tener igual o

mejor derecho sobre el referido inmueble, presentarse a este Despacho

Notarial dentro del término legal aportando las pruebas que justifi quen

su oposición y acrediten su calidad de dueños.

Librado en la ciudad de Ilobasco, a los tres días del mes de febrero

del año dos mil catorce.

MARIO EDWIN PEÑA RAUDA,

NOTARIO.

3 v. alt. No. C010990-2

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103DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 13 de Febrero de 2014.

LICENCIADO JORGE ALBERTO GUZMÁN URQUILLA, Juez

Segundo de Primera Instancia de este Distrito Judicial, al público para

efectos de Ley.

HACE SABER: Que a este Tribunal se ha presentado el Licenciado

HÉCTOR ARTURO BONILLA CHICAS, como Apoderado General

Judicial del señor JOSÉ NELSON PORTILLO CLAROS, éste en concepto

de Síndico y como Representante de la ALCALDÍA MUNICIPAL DE

JOATECA, a solicitar a favor de ésta TÍTULO SUPLETORIO, sobre:

un inmueble de naturaleza rústica, ubicado en el Caserío San Agustín,

Cantón Volcancillo, jurisdicción de Joateca, Distrito de Jocoaitique,

departamento de Morazán, de la capacidad superfi cial de OCHO MIL

OCHOCIENTOS TREINTA Y CUATRO PUNTO CUARENTA Y SEIS

METROS CUADRADOS, que mide y linda: al NORTE, cien punto

ochenta y cinco metros, con José Humberto Pereira, Armando Ramos

y José Antonio Argueta, con todos cercos de alambre de por medio; al

ORIENTE, ochenta y siete punto sesenta metros, con María Santos Pe-

reira Chicas, cerco de alambre propio de por medio; al SUR, cien punto

ochenta y cinco metros, con Domiciano Antonio Chica Argueta, cerco

de alambre de por medio, Florencia Chica, Santos Alfredo Chica, Julio

Pereira y Mercedes Chica, calle vecinal de por medio de tres metros de

ancho y cerco de alambre propio de por medio; y al PONIENTE, ochenta

y siete punto sesenta metros, linda con José Arcadio Umaña, calle de

por medio y cerco de alambre propio de por medio. El inmueble antes

mencionado lo valora en la cantidad de VEINTISIETE MIL DÓLARES

DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA; y, los adquirió por com-

pra venta de la posesión material por Escritura Pública que le efectuó el

señor DOMICIANO ANTONIO CHICA ARGUETA.

Librado en el Juzgado Segundo de Primera Instancia; San Francisco

Gotera, a las diez horas y cincuenta y dos minutos del día veintiuno de enero

de dos mil catorce. LIC. JORGE ALBERTO GUZMÁN URQUILLA,

JUEZ 2o. DE 1a. INSTANCIA. LICDA. KARINA ELIZABETH

IGLESIAS DE NAVARRO, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F023313-2

EL INFRASCRITO JUEZ SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA

DEL DISTRITO JUDICIAL DE SAN FRANCISCO GOTERA, DE-

PARTAMENTO DE MORAZÁN, al público para efectos de Ley.

HACE SABER: Que a este Juzgado se ha presentado el Licenciado

HÉCTOR ARTURO BONILLA CHICAS, como Apoderado General

Judicial del señor JOSÉ EDHITRUDIS ARGUETA CHICAS, conocido

por JOSÉ EDITRUDIS ARGUETA CHICAS, a solicitar a favor de

éste TÍTULO SUPLETORIO, sobre un inmueble de naturaleza rústica,

situado en el lugar conocido como Cerro El Quebracho, Cantón Casa

Blanca, Jurisdicción del municipio de Perquín, Distrito de Jocoaitique,

departamento de Morazán, de la extensión superfi cial de CIENTO SEIS

MIL SETECIENTOS SESENTA Y SIETE METROS CUADRADOS,

de las medidas y linderos siguientes: AL NORTE, ciento doce punto

cincuenta metros, con terrenos que fue de Expectación Argueta y NI-

COLAS SORTO, divididos por el Río Panchigual de por medio; antes,

ahora con terreno de la República de Honduras, río Negro de por medio;

AL ORIENTE, novecientos cuarenta y nueve punto cero cuatro metros,

con Paulina Gómez; AL SUR, ciento doce punto cincuenta metros, con

terrenos de la sucesión de APOLONIO SÁENZ, representada por HIL-

DEBRANDO UMAÑA, antes, ahora con PROESA; y AL PONIENTE,

novecientos cuarenta y nueve punto cero cuatro metros, con terrenos del

titulante, antes, ahora con Sucesión de SEBASTIANA DÍAZ y JOSÉ

DOMILIO DIAZ PINEDA. Dicho inmueble lo adquirió por compraventa

de Posesión que le hizo a la señora MARÍA GREGORIA GÓMEZ

SAENZ; se estima en el precio de CINCO MIL DÓLARES DE LOS

ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA.

Librado en el Juzgado Segundo de Primera Instancia: San Francisco

Gotera, departamento de Morazán, a los treinta y un días del mes de enero

del dos mil catorce. LIC. JORGE ALBERTO GUZMÁN URQUILLA,

JUEZ 2o. DE 1a. INSTANCIA. LICDA. KARINA ELIZABETH

IGLESIAS DE NAVARRO, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F023315-2

EL INFRASCRITO JUEZ SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA del

Distrito Judicial de San Francisco Gotera, departamento de Morazán, al

público para efectos de ley.

HACE SABER: Que a este Juzgado se ha presentado la Licen-

ciada CLAUDIA ROXANA QUIROZ CABRERA, como Apoderada

General Judicial de la señora MARÍA ENMA PÉREZ RAMÍREZ, a

solicitar a favor de ésta TÍTULO SUPLETORIO, sobre un terreno de

naturaleza rústica, situado en el Cantón Los Quebrachos, Jurisdicción

de Jocoaitique, Distrito del mismo nombre, departamento de Morazán;

de la Capacidad Superfi cial de DOS MIL CIENTO SESENTA Y UNO

PUNTO SESENTA Y UNO METROS CUADRADOS de las medidas

y linderos siguientes: AL NORTE, cinco punto cuarenta y siete metros

colinda con Lucas Chicas Guevara; AL PONIENTE, noventa y dos

punto veintitrés metros, con Vida Pérez, Carlos Argueta y Lucas Chicas

Guevara; AL SUR, cuarenta y seis punto cincuenta y tres metros, con

Francisca Romero; y AL ORIENTE, ciento ocho punto veintidós metros,

con Santiaga Guevara, carretera que va hacia Perquín de por medio.

Dicho inmueble lo adquirió por compraventa de posesión material

que le hizo al señor VICTORINO PÉREZ LUNA, se estima en el precio

de DOS MIL QUINIENTOS DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS

DE AMÉRICA.

Librado en el Juzgado Segundo de Primera Instancia: San Francisco

Gotera, departamento de Morazán, a los catorce días del mes de noviembre

del dos mil trece. LIC. JORGE ALBERTO GUZMÁN URQUILLA,

JUEZ 2o. DE 1a. INSTANCIA. LICDA. KARINA ELIZABETH

IGLESIAS DE NAVARRO, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F023377-2

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104 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402

MARCA DE FABRICA

No. de Expediente: 2012119888

No. de Presentación: 20120170742

CLASE: 17.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado BAIRON ENRIQUE RINCAN ALVARADO, en su calidad de APODERADO de PROVEEDORES DE INSUMOS DIVERSOS, SOCIEDAD ANO-NIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: PROVEEDORES DE INSUMOS DIVERSOS, S. A. DE C. V., de nacionalidad SALVA-DOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

Consistente en: la expresión SkinCare, que servirá para: AMPA-RAR: GUANTES DE LATEX. Clase: 17.

La solicitud fue presentada el día tres de julio del año dos mil doce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, veintidós de octubre del año dos mil doce.

DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,

REGISTRADOR.

LUCIA MARGARITA GALAN,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C010997-2

NOMBRE COMERCIAL

No. de Expediente: 2013125472

No. de Presentación: 20130181817

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado MILTON ALBERTO RAMOS LOPEZ, en su calidad de REPRESENTANTE

LEGAL de GLOBAL IMPORT SPICES, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: GLOBAL IMPORT SPICES,

S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro

del NOMBRE COMERCIAL,

Consistente en: la palabra GISSA y diseño, que servirá para:

IDENTIFICAR UNA EMPRESA QUE SE DEDICARA A IMPORTAR,

DISTRIBUIR Y COMERCIALIZAR PRODUCTOS ALIMENTICIOS

DE CALIDAD PARA CONSUMO HUMANO Y ANIMAL.

La solicitud fue presentada el día catorce de marzo del año dos mil

trece.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

ocho de noviembre del año dos mil trece.

DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,

REGISTRADOR.

LUCIA MARGARITA GALAN ARGUETA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C010971-2

No. de Expediente: 2013130665

No. de Presentación: 20130190716

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado CLAUDIA

CAROLINA MEJIA DE GONZALEZ, en su calidad de REPRESEN-

TANTE LEGAL de METZGER INDUSTRIAL SUPPLIES, SOCIEDAD

ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, de nacionalidad SALVADO-

REÑA, solicitando el registro del NOMBRE COMERCIAL,

Consistente en: la palabra Metzger y diseño, que servirá para:

IDENTIFICAR UNA EMPRESA Y ESTABLECIMIENTO QUE SE

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105DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 13 de Febrero de 2014.

DEDICARA A PRESTAR SERVICIOS DE IMPORTACIÓN, DISTRI-

BUCIÓN Y VENTA DE EQUIPOS DE PROTECCIÓN PERSONAL

Y SEGURIDAD INDUSTRIAL.

La solicitud fue presentada el día nueve de octubre del año dos mil trece.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, catorce de octubre del año dos mil trece.

ALEXANDER RAFAEL MORALES MENDEZ,

REGISTRADOR.

RHINA GUADALUPE BARRERA QUINTANILLA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C010996-2

SEÑAL DE PUBLICIDAD COMERCIAL

No. de Expediente: 2013130136

No. de Presentación: 20130189775

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado MANUEL FRANCISCO TELLES SUVILLAGA, en su calidad de APODERADO de SUBES EL SALVADOR, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: SUBES EL SALVADOR, S. A. DE C. V., SUBES, S. A. DE C. V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la EXPRESION O SEÑAL DE PUBLICIDAD COMER-CIAL,

Consistente en: las palabras SUBES Sistema Unico de Boletos Electrónicos y diseño, que servirá para: LLAMAR LA ATENCION DE LOS CONSUMIDORES O USUARIOS SOBRE SERVICIOS DE SOLUCIONES TECNOLOGICAS, SERVICIO DE COBRO O RECAUDO ELECTRONICO, SERVICIO DE TRANSFERENCIAS ELECTRONICAS DE FONDOS, COMERCIALIZACION Y DIS-TRIBUCION DE MECANISMOS Y/O APARATOS DE PREVIO PAGO, COMERCIALIZACION Y DISTRIBUCION DE TARJETAS

MAGNETICAS CODIFICADAS Y COMERCIALIZACION DE SOFT-WARE; TARJETAS MAGNETICAS CODIFICADAS, TARJETAS CON CIRCUITOS INTEGRADOS.

La solicitud fue presentada el día diecisiete de septiembre del año dos mil trece.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, doce de diciembre del año dos mil trece.

DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,

REGISTRADOR.

RUTH NOEMI PERAZA GALDAMEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C010975-2

CONVOCATORIAS

CONVOCATORIA

La Junta Directiva de la Sociedad Anónima de Capital Variable, CLINICA DE EMERGENCIA OCCIDENTAL, S. A. DE C.V., ( CLIMESA S. A. DE C.V.) Convoca a sus accionistas a JUNTA GENERAL ORDI-NARIA DE ACCIONISTAS, que se celebrará en sus ofi cinas, situadas en la Segunda Calle Oriente y Calle a Sapoapa, Colonia Santa Marina de la ciudad de Santa Ana, el día Miércoles 26 de Marzo de 2014, a las quince horas en adelante, en donde se conocerá, discutirá y resolverá la siguiente agenda.

AGENDA

1- Establecimiento y comprobación del quórum y fi rma del acta de asistencia.

2- Lectura del Acta de la Sesión anterior.

3- Memoria de labores de la Junta Directiva del Ejercicio 2013.

4- Presentación del Balance General al 31 de Diciembre del Ejercicio 2013 y el estado de Pérdidas y Ganancias y Anexos por el periodo comprendido del 1° de enero al 31 de diciembre de 2013.

5- Informe del señor Auditor Externo.

6- Nombramiento del señor Auditor Externo, fi jar su periodo y sus honorarios.

7- Aplicación de Resultados correspondiente al Ejercicio 2013.

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106 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402

8- Elección de Junta Directiva.

9- Cualquier otro asunto que propongan los señores Accionistas

que estén de acuerdo con las leyes y el pacto social y se pueda

conocer y resolver en esta Junta General.

Para celebrar esta Junta General Ordinaria de Accionistas, deberán

estar presentes o representadas cuando menos, la mitad más uno de las

acciones que forman el capital social o sea 2389 acciones.

En caso de no haber quórum en la hora y fecha señalada anterior-

mente, por este medio se convoca para celebrar dicha Junta, con la misma

agenda, y el mismo lugar para el día Viernes 28 de Marzo de 2014, a las

dieciséis horas, con el número de Acciones presentes o representadas.

Santa Ana, 6 de Febrero de 2014.

DR. OSCAR A. MONTES DELGADO,

PRESIDENTE.

3 v. alt. No. C010985-2

SUBASTA PUBLICA

JOSE HUGO ESCALANTE NUÑEZ, JUEZ DE LO CIVIL DEL

DISTRITO JUDICIAL DE MEJICANOS, AL PUBLICO PARA LOS

EFECTOS DE LEY,

HACE SABER: Que en virtud de la Ejecución promovida en este

Tribunal por la Licenciada ELSY ELIZABETH GALVEZ SANCHEZ,

en su calidad de Apoderada General Judicial del SCOTIABANK EL

SALVADOR, SOCIEDAD ANONIMA, contra la demandada señora

TELVIA RUTH MORENO MONGE, a través de su curadora ad-lítem

Licenciada LUCIA MARTINEZ MARTINEZ, reclamándole cantidad

de dinero y costas procesales en este Tribunal, se ha ordenado la venta

en pública subasta de un Inmueble inscrito a favor de la demandada

antes mencionada en el sistema de folio real, a la matrícula número

TRES CERO CERO CUATRO CERO NUEVE SEIS TRES — CERO

CERO CERO CERO CERO, ASIENTO CUATRO, Inmueble de natu-

raleza urbana, Ubicado en Jardines de la Sabana, casa número seis, del

Polígono Tres -B, Jurisdicción de Nueva San Salvador, Departamento

de La Libertad, con un área de ochenta y nueve metros cuadrados diez

decímetros metros cuadrados, equivalentes a ciento veintisiete varas

cuadradas cuarenta y ocho centésimas de vara cuadrada.

Dicho Inmueble anteriormente descrito se encuentra hipotecado a

favor del SCOTIABANK EL SALVADOR, SOCIEDAD ANONIMA,

antes BANCO DE COMERCIO DE EL SALVADOR, SOCIEDAD

ANONIMA, bajó la Matrícula Número TRES CERO CERO CUATRO

CERO NUEVE SEIS TRES — CERO CERO CERO CERO CERO,

ASIENTO CUATRO del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de

la Cuarta Sección del Centro.

Lo que se hace saber al público para su conocimiento y demás efectos legales y se subastará en base al valúo pericial que resultare.

Librado en el Juzgado de lo Civil: Mejicanos, a las nueve horas con treinta minutos del día veintisiete de agosto de dos mil trece.- LIC. JOSE HUGO ESCALANTE NUÑEZ, JUEZ DE LO CIVIL.- LIC. LILIAN ESTELA AGUIRRE HERNANDEZ, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F023412-2

REPOSICION DE CERTIFICADOS

AVISO

BANCO HIPOTECARIO DE EL SALVADOR, S. A.

Comunica que a sus ofi cinas principales ubicadas en Agencia Senda Florida Pasaje Senda Florida Sur, Colonia Escalón, se ha presentado el señor Julio Eduardo Gutiérrez Mónico, propietario del Certifi cado de Acciones número 695, solicitando la reposición de dicho certifi cado por haberlo extraviado. En consecuencia de lo anterior se hace del cono-cimiento del público en general, para los efectos legales del caso, que transcurridos treinta días después de la tercera publicación de este aviso, y si no hubiese ninguna oposición, se procederá a reponer el certifi cado en referencia.

San Salvador, cuatro de febrero de dos mil catorce.

MANUEL RIVERA CASTRO,

PRESIDENTE.

3 v. alt. No. F023329-2

La sociedad INVERSIONES EL CONDADO, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, que se abrevia INVERSIONES EL CON-DADO, S. A. DE C. V., con ofi cinas situadas en Boulevard Constitución, número 339, Colonia Escalón, de esta ciudad,

AVISA: Que a las ofi cinas de la sociedad se ha presentado el accionista propietario del Certifi cado de Acciones número 026 la cual ampara 252,890 acciones comunes y nominativas de un valor nominal de ocho dólares de los Estados Unidos de América cada una, quien solicita le sea repuesto el Certifi cado de Acciones relacionado por haber sido extraviado; razón por la que se avisa que se procederá a la reposición solicitada si dentro del plazo de treinta días contados a partir de la última publicación de este aviso no hubiere oposición.

San Salvador, veintinueve de enero de dos mil catorce.

DIEGO HERBERT DE SOLA JOKISCH,

DIRECTOR SECRETARIO.

3 v. alt. No. F023337-2

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107DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 13 de Febrero de 2014.

La sociedad INVERSIONES EL CONDADO, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, que se abrevia INVERSIONES EL CON-DADO, S. A. DE C. V., con ofi cinas situadas en Boulevard Constitución, número 339, Colonia Escalón, de esta ciudad,

AVISA: Que a las ofi cinas de la sociedad se ha presentado el accionista propietario del Certifi cado de Acciones número 020 la cual ampara 287, 041 acciones comunes y nominativas de un valor nominal de ocho dólares de los Estados Unidos de América cada una, quien solicita le sea repuesto el Certifi cado de Acciones relacionado por haber sido extraviado; razón por la que se avisa que se procederá a la reposición solicitada si dentro del plazo de treinta días contados a partir de la última publicación de este aviso no hubiere oposición.

San Salvador, veintinueve de enero de dos mil catorce.

DIEGO HERBERT DE SOLA JOKISH,

DIRECTOR PRESIDENTE.

3 v. alt. No. F023338-2

La sociedad INVERSIONES EL CONDADO, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, que se abrevia INVERSIONES EL CON-DADO, S. A. DE C. V., con ofi cinas situadas en Boulevard Constitución, número 339, Colonia Escalón, de esta ciudad,

AVISA: Que a las ofi cinas de la sociedad se ha presentado el accionista propietarios del Certifi cado de Acciones número 022 la cual ampara 377,276 acciones comunes y nominativas de un valor nominal de ocho dólares de los Estados Unidos de América cada una, quien solicita le sea repuesto el Certifi cado de Acciones relacionado por haber sido extraviado; razón por la que se avisa que se procederá a la reposición solicitada si dentro del plazo de treinta días contados a partir de la última publicación de este aviso no hubiere oposición.

San Salvador, veintinueve de enero de dos mil catorce.

DIEGO HERBERT DE SOLA JOKISCH,

DIRECTOR SECRETARIO.

3 v. alt. No. F023339-2

AVISO

INGENIO LA MAGDALENA, S. A. DE C. V.

COMUNICA: Que a sus ofi cinas ubicadas en Calle Comasagua y Avenida Teotepeque número 10 Polígono M, Urbanización Jardines de La Libertad, Ciudad Merliot, Santa Tecla, se ha presentado el propie-tario de los CERTIFICADOS DE ACCIONES NOMINATIVAS que representan parte del capital social de INGENIO LA MAGDALENA, S. A. DE C. V., siguientes: Certifi cado número 44-A, emitido el día 04/04/2003, que ampara 18 acciones, Certifi cado número 1130-A, emi-tido el día 17/10/2007, que ampara 4 acciones, cada una por un valor de CIEN COLONES (¢100.00) equivalentes a ONCE 42/100 DOLARES, que suman la cantidad total de DOS MIL DOSCIENTOS COLONES (¢2,200.00) equivalentes a DOSCIENTOS CINCUENTA Y UNO 42/100 DOLARES ($251.42).

En consecuencia de lo anterior, se hace del conocimiento al público en general, para los efectos legales del caso, que transcurridos treinta días después de la tercera publicación de este aviso y si no hubiere ninguna oposición, se procederá a reponer los certifi cados en referencia.

Santa Tecla, seis de febrero de dos mil catorce.

NÉSTOR ULICES PALMA DELGADO,

PRESIDENTE JUNTA DIRECTIVA.

INGENIO LA MAGDALENA, S. A. DE C.V.

3 v. alt. No. F023415-2

SOLICITUD DE NACIONALIDAD

ANA LUCIA GUTIÉRREZ DE ARIAS, JEFA DEL DEPARTAMEN-TO DE EXTRANJERÍA, DIRECCIÓN GENERAL DE MIGRACIÓN Y EXTRANJERÍA, MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD PÚBLICA,

HACE SABER: Que ante el Ministerio de Justicia y Seguridad Pública se ha presentado la señora JIMENA ROCÍO TELLERIA SOTO, solicitando que se le reconozca la calidad de salvadoreña por NATU-RALIZACIÓN por ser de origen y de nacionalidad boliviana, y tener domicilio fi jo en El Salvador.

La peticionaria en su solicitud de fecha veintiséis de septiembre del dos mil trece, manifi esta ser de treinta y tres años de edad, de sexo femenino, viuda, Ingeniera, del domicilio de San Salvador, departamento de San Salvador, originaria del departamento de Cochabamba, provincia Cercado, República de Bolivia, lugar donde nació el día veinte de mayo de mil novecientos ochenta. Sus padres responden a los nombres de Hugo Telleria Gutiérrez y María Teresa Soto Sempertegui, ambos de nacionalidad boliviana, sobrevivientes. Su cónyuge respondía al nombre de Edwin Alexander Velasco Saravia, de nacionalidad salvadoreña, fallecido.

Que ingresó al país por la Delegación Migratoria del Aeropuerto Internacional de El Salvador, el día treinta de diciembre del dos mil tres. Expresa su voluntad de adhesión, obediencia y sumisión a las leyes y Autoridades de la República de El Salvador.

Lo que se hace saber al público para los efectos de Ley y se emplaza a toda persona interesada en oponerse a la referida solicitud para que en el término de quince días contados desde la fecha de la última publicación de este edicto en el DIARIO OFICIAL y en un Periódico de circulación nacional, se presente a este Ministerio justifi cando la oposición con la prueba pertinente.

MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD PÚBLICA, DIRECCIÓN GENERAL DE MIGRACIÓN Y EXTRANJERÍA, DEPARTAMENTO DE EXTRANJERÍA. San Salvador, a las nueve horas con veinticinco minutos del día treinta y uno de enero del dos mil catorce.

LICDA. ANA LUCIA GUTIERREZ DE ARIAS,

JEFA DEL DEPARTAMENTO DE EXTRANJERÍA.

3 v. c. No. F023443-2

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108 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402

MARCA DE SERVICIOS

No. de Expediente: 2012123030

No. de Presentación: 20120176841

CLASE: 38.

LA INFRASCRITA REGISTRADORA

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado MANUEL FRANCISCO TELLES SUVILLAGA, en su calidad de APODERADO de SUBES EL SALVADOR, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, que se abrevia: SUBES EL SALVADOR, S.A. DE C.V., SUBES, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,

Consistente en: la palabra SUBES y diseño, que servirá para: AMPARAR: SERVICIOS DE SOLUCIONES TECNOLOGICAS: TRASMISION DE ARCHIVOS INFORMATICOS, TRASMISION DE IMAGENES Y MENSAJES ASISTIDOS POR ORDENADOR Y TODOS LOS SERVICIOS RELACIONADOS QUE SE ENCUEN-TREN DEBIDAMENTE ESTABLECIDOS Y/O PROTEGIDOS EN LA CLASE 38. Clase: 38.

La solicitud fue presentada el día veintitrés de noviembre del año dos mil doce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, cuatro de diciembre del año dos mil trece.

LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

VANESSA MARIA ROSALES AGUILAR,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C010974-2

No. de Expediente: 2012122780

No. de Presentación: 20120176473

CLASE: 36.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado EDNA CAROLINA LOPEZ TOLEDO, en su calidad de APODERADO de

PROCESOS TRANSNACIONALES, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, que se abrevia: PROCESOS TRANSNACIO-NALES, S. A. DE C. V., PROTRAN, S. A. DE C. V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVI-CIOS,

Consistente en: la palabra CELLCASH y diseño, que servirá para: AMPARAR: SERVICIOS FINANCIEROS, OPERACIONES FINAN-CIERAS, OPERACIONES MONETARIAS. Clase: 36.

La solicitud fue presentada el día trece de noviembre del año dos mil doce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, diecinueve de junio del año dos mil trece.

MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ,REGISTRADOR.

SAYONARA AYALA DE GUERRERO,SECRETARIA.

3 v. alt. No. C010976-2

No. de Expediente: 2011113119

No. de Presentación: 20110158093

CLASE: 44.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado EDNA

CAROLINA LOPEZ TOLEDO, en su calidad de APODERADO de

PROCESOS TRANSNACIONALES, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: PROCESOS TRANSNACIO-NALES, S. A. DE C. V., PROTRAN, S. A. DE C. V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVI-CIOS,

Consistente en: las palabras Plan salud ES y diseño, que servirá para:

AMPARAR: SERVICIOS MÉDICOS Y SERVICIOS DE ORIENTA-

CIÓN MEDICA TELEFÓNICA, SERVICIOS DE CUIDADO DE LA

SALUD, SERVICIOS HIGIÉNICOS Y SANITARIOS. Clase: 44.

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109DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 13 de Febrero de 2014.

La solicitud fue presentada el día cinco de octubre del año dos mil once.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, doce de octubre del año dos mil doce.

LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLON,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C010977-2

No. de Expediente: 2011113117

No. de Presentación: 20110158091

CLASE: 36.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado EDNA CAROLINA LOPEZ TOLEDO, en su calidad de APODERADO de PROCESOS TRANSNACIONALES, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: PROCESOS TRANSNACIO-NALES, S. A. DE C. V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,

Consistente en: la palabra Cuponazo y diseño, que servirá para: AMPARAR: SERVICIOS DE DESCUENTO DE FACTURA. Clase: 36.

La solicitud fue presentada el día cinco de octubre del año dos mil once.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

primero de octubre del año dos mil doce.

DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,

REGISTRADOR.

LUCIA MARGARITA GALAN,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C010978-2

MARCA DE PRODUCTO

No. de Expediente: 2013131031

No. de Presentación: 20130191254

CLASE: 09.

LA INFRASCRITA REGISTRADORA

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado JUAN

RAMON SERRANO, en su calidad de APODERADO de JEANNE

C. DEMUND, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el

registro de la MARCA DE PRODUCTO,

Consistente en: la palabra Vega y diseño, que servirá para: AM-

PARAR: CASCOS DE PROTECCION. Clase: 09.

La solicitud fue presentada el día veintitrés de octubre del año dos

mil trece.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

treinta y uno de octubre del año dos mil trece.

LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

VANESSA MARIA ROSALES AGUILAR,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C010986-2

No. de Expediente: 2013131033

No. de Presentación: 20130191256

CLASE: 16.

LA INFRASCRITA REGISTRADORA

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado JUAN

RAMON SERRANO, en su calidad de APODERADO de INDUS-

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110 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402

TRIAS OLINTEPEQUE, SOCIEDAD ANONIMA, de nacionalidad

GUATEMALTECA, solicitando el registro de la MARCA DE PRO-

DUCTO,

Consistente en: un diseño, que servirá para: AMPARAR: PAPEL

HIGIENICO. Clase: 16.

La solicitud fue presentada el día veintitrés de octubre del año dos

mil trece.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

treinta y uno de octubre del año dos mil trece.

LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

VANESSA MARIA ROSALES AGUILAR,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C010987-2

No. de Expediente: 2013129558

No. de Presentación: 20130188898

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado HECTOR

EUGENIO ESCOBAR CONTRERAS, en su calidad de REPRESEN-

TANTE LEGAL de GRUPO PAILL, SOCIEDAD ANONIMA DE

CAPITAL VARIABLE, que se abrevia: GRUPO PAILL, S.A. DE C.V.,

de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA

DE PRODUCTO,

DON SUDA

Consistente en: las palabras DON SUDA, que servirá para: AM-

PARAR: PRODUCTOS FARMACÉUTICOS DE USO HUMANO Y

VETERINARIOS. Clase: 05.

La solicitud fue presentada el día veintitrés de agosto del año dos

mil trece.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

once de noviembre del año dos mil trece.

MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ,

REGISTRADOR.

SAYONARA AYALA DE GUERRERO,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C010994-2

No. de Expediente: 2013124607

No. de Presentación: 20130180098

CLASE: 09.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado CHI- CHAN WANG, en su calidad de REPRESENTANTE LEGAL de MAXXIZA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: MAXXIZA, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solici-tando el registro de la MARCA DE PRODUCTO,

Consistente en: la palabra ROY BOY y diseño, que servirá para:

AMPARAR: LENTES PARA SOL, PLÁSTICO Y METAL, LENTES

PARA LEER PLÁSTICOS Y METAL. Clase: 09.

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111DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 13 de Febrero de 2014.

La solicitud fue presentada el día ocho de febrero del año dos mil trece.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, veintidós de noviembre del año dos mil trece.

MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ,

REGISTRADOR.

SAYONARA AYALA DE GUERRERO,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C010995-2

No. de Expediente: 2013125906

No. de Presentación: 20130182615

CLASE: 25.

LA INFRASCRITA REGISTRADORA

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado JOSE EDUARDO BARRIENTOS AGUIRRE, en su calidad de APODERADO de JUN CUI, de nacionalidad CHILENA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO,

Consistente en: la frase I RUM, traducida al castellano como YO CORRO, que servirá para: AMPARAR: ZAPATOS, VESTIDOS, SOMBRERERIA. Clase: 25.

La solicitud fue presentada el día ocho de abril del año dos mil trece.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, dieciséis de septiembre del año dos mil trece.

LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

VANESSA MARIA ROSALES AGUILAR,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F023379-2

No. de Expediente: 2013128049

No. de Presentación: 20130186486

CLASE: 12.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado FRANCIS-

CO JAVIER MEJIA ESCOBAR, en su calidad de APODERADO de

INTERMOTOS, S. DE R.L, de nacionalidad HONDUREÑA, solicitando

el registro de la MARCA DE PRODUCTO,

KMF

Consistente en: las letras KMF, que servirá para: AMPARAR:

CARROS, MOTOCICLETAS, BICICLETAS; RINES PARA LLANTAS

DE CARROS Y MOTOCICLETAS, FURGONETAS, MOTOCARROS,

MOTORES, NEUMÁTICOS, PARABRISAS, PARACHOQUES DE

VEHÍCULOS, PARASOLES DE AUTOMÓVILES, PASTILLAS DE

FRENOS PARA AUTOMÓVILES, OJOS DE BUEY, MECANISMOS

DE PROPULSIÓN PARA VEHÍCULOS TERRESTRES, PUERTAS

DE VEHÍCULOS, REMOLQUES, AMORTIGUADORES PARA

VEHÍCULOS, RESORTES DE SUSPENSIÓN PARA VEHÍCULOS,

RETROVISORES, RUEDAS DE VEHÍCULOS, SALPICADERAS,

TIMONES, TRACTORES, TRICICLOS DE REPARTO, BOCINAS

PARA VEHÍCULOS, CHASIS DE VEHÍCULOS, CINTURONES

DE SEGURIDAD PARA VEHÍCULOS, FRENOS DE VEHÍCULOS.

Clase: 12.

La solicitud fue presentada el día veinticuatro de junio del año dos

mil trece.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

tres de febrero del año dos mil catorce.

MARIA DAFNE RUIZ

REGISTRADORA.

FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLON,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F023406-2

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112 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402

ACEPTACION DE HERENCIA

ANA MERCEDES RODAS ARAUZ, JUZGADO DE LO CIVIL DE MEJICANOS, JUEZ DOS INTA.

HACE SABER: Que por resolución pronunciada a las nueve horas

veinte minutos del día veinticuatro de enero de dos mil catorce, se ha

tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario la herencia

intestada que a su defunción defi rió la causante señora ROSA LILIAN

LARA VIUDA DE ANDRADE, conocida por ROSA LILIAN LARA

y por LILIAN LARA, ocurrida el día diez de abril de dos mil siete,

en esta ciudad, su último domicilio, de parte de los señores LISSETH

MARISOL ANDRADE LARA, LILIAN AMÉRICA ANDRADE DE

GUERRERO, conocida por LILIAN AMÉRICA ANDRADE LARA

y por LILIAM AMÉRICA ANDRADE LARA, MELVIN CRISTIAN

ANDRADE LARA, conocido por MELVIN CRISTIAN ANDRADE

y ROSA ORQUÍDEA ANDRADE LARA, todos en concepto de hijos

de la expresada causante. Confi érase a los aceptantes la administración

y representación interina de los bienes de la sucesión, con las facultades

y restricciones legales.

Y CITA: A los que se crean con derecho a la referida herencia,

especialmente al señor ISAIAS ARMANDO ANDRADE LARA, en

su calidad de hijo de la de cujus, para que se presenten en el término de

Ley, a hacer uso de sus derechos en la sucesión.

Librado en el Juzgado de lo Civil de Mejicanos, Juez Dos, a las

once horas cincuenta minutos del día veinticuatro de enero de dos mil

catorce. LICDA. ANA MERCEDES RODAS ARAUZ, JUEZA (2) DE

LO CIVIL DE MEJICANOS INTA. LIC. VICTORINO ALEXANDER

PERAZA, SECRETARIO.

3 v. alt. No. C010924-3

JOSÉ MANUEL MOLINA LÓPEZ, JUEZ DOS DE LO CIVIL DE

DELGADO, al público para los efectos de ley.

HACE SABER: Que por resolución dictada por este Juzgado, a

las catorce horas con veinte minutos del día veinte de enero de dos mil

catorce. Se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de

inventario la Herencia Intestada que a su defunción ocurrida en San

Salvador, pero con último domicilio en esta ciudad, el día veintiuno

de abril de dos mil trece, dejó la señora MARÍA JUANA MARTÍNEZ

VIUDA DE ORELLANA, de parte de los señores BLANCA ESTELA

ORELLANA DE ELÍAS y MAURICIO ORELLANA MARTÍNEZ,

en sus calidades de hijos de la causante. Se ha conferido a la aceptante

la administración y representación INTERINA de la sucesión, con las

facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Librado en el Juzgado de lo Civil Juez dos. Delgado, a las catorce

horas con treinta minutos del día veinte de enero de dos mil catorce.

DR. JOSÉ MANUEL MOLINA LÓPEZ, JUEZ DOS DE LO CIVIL

DE DELGADO. BR. ALEX ALBERTO SORTO MELARA, SECRE-

TARIO.

3 v. alt. No. F023053-3

MARTHA ALICIA OCHOA ARAGÓN, JUEZA PRIMERO DE LO

CIVIL Y MERCANTIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE SAN MIGUEL

INTERINA.

HACE SABER: Que por resolución de las doce horas con cuarenta

minutos del día veinte de enero del año dos mil catorce, se ha tenido

por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario la herencia

intestada dejada por la causante la señora MARÍA DOLORES CENTENO

GONZÁLEZ, c/p MARÍA DOLORES CENTENO y por DOLORES

CENTENO, quien fue de cuarenta y dos años de edad, originaria de

Quelepa San Miguel, falleció el día once de julio del año dos mil cinco,

a consecuencia de Insufi ciencia Renal Crónica, en el Cantón San José,

Jurisdicción de Quelepa departamento de San Miguel, de parte de los

señores EUNICE CRISTINA CENTENO, de treinta y un años de edad,

de ofi cios domésticos, del domicilio de esta ciudad, portadora de su

Documento Único de Identidad número cero cero tres nueve siete uno

tres dos-tres; con NIT: un mil doscientos doce-doscientos veinte mil

doscientos ochenta y dos-ciento uno-ocho; y ADILSON SALVADOR

CENTENO SÁNCHEZ, de veinticuatro años de edad, mecánico, del do-

micilio de Quelepa, departamento de San Miguel, con DUI número: cero

cuatro dos cuatro seis nueve uno tres-cinco; con NIT: un mil doscientos

doce-cien mil ciento ochenta y nueve-ciento uno; en sus calidades de

hijos sobrevivientes y cesionarios de los derechos que le correspondía

a la señora Julia Centeno en su calidad de Madre, en el carácter antes

indicado; se le nombró administrador interino y se le ha conferido la

representación interina de la sucesión con las facultades y restricciones

de los curadores de la herencia Yacente, que regula el Artículo 480 del

Código Civil.

Lo que pone en conocimiento del público para los efectos de ley.

Librado en el Juzgado Primero de lo Civil y Mercantil de la Ciudad

de San Miguel, a las quince horas con quince minutos del día veinte de

enero del año dos mil catorce. LICDA. MARTHA ALICIA OCHOA

ARAGÓN, JUEZA PRIMERO DE LO CIVIL Y MERCANTIL INT.

LICDA. MARTA E. BONILLA, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F023078-3

DE TERCERA PUBLICACIÓN

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113DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 13 de Febrero de 2014.

DRA. ANA FELICITA ESTRADA, Juez de lo Civil de este Distrito

Judicial, al público para los efectos de ley.

HACE SABER: Que por resolución de las ocho horas veinte minutos

de este día, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de

inventario de parte de los señores SANTOS ALEXANDER GARCÍA

CASTRO y CRISTIAN ANTONIO GARCÍA CASTRO, la Herencia

Intestada que a su defunción dejó el señor JOSÉ ANSELMO GARCÍA,

quien fue de cuarenta y nueve años de edad, Jornalero, soltero, salvadoreño,

originario y del domicilio de Apastepeque, departamento de San Vicente,

con Documento Único de Identidad número cero tres uno cuatro nueve

cinco cinco uno-tres, y Número de Identifi cación Tributaria uno cero

cero uno-tres cero cero cuatro cinco ocho-uno cero uno-nueve, habiendo

fallecido a las once horas diez minutos del día diecinueve de enero del

año dos mil ocho, en el Hospital Nacional Santa Gertrudis de esta ciudad,

siendo la ciudad de Apastepeque, departamento de San Vicente, el lugar

de su último domicilio, en concepto de hijos del causante.

Y se ha nombrado a los aceptantes administradores y representantes

interinos de la sucesión con las facultades y restricciones de los curadores

de la herencia yacente.

Librado en el Juzgado de lo Civil: San Vicente, a los veintiséis

días del mes de junio del año dos mil trece. DRA. ANA FELICITA

ESTRADA, JUEZA DE LO CIVIL. LICDA. LILIAN MABEL RUIZ

DE SALINAS, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F023080-3

MARÍA DEYSI BARAHONA MELÉNDEZ DE LÓPEZ, JUEZA

QUINTO DE LO CIVIL Y MERCANTIL (TRES), SUPLENTE DE

ESTE MUNICIPIO.

HACE SABER: Al público para efectos de ley que por resolución

de este Juzgado, de las ocho horas y quince minutos del día veinticuatro

de enero de dos mil catorce, se ha tenido por aceptada expresamente y

con benefi cio de inventario de parte de los señores Fátima Raquel Cruz

Villanueva, Ricardo Moisés Cruz Villanueva y señora María Elena

Villanueva de Cruz, esta última y por sí, y como representante legal de

su hijo José David Cruz Villanueva, y también como cesionaria de los

derechos hereditarios que le correspondían a los señores Concepción

Cruz Soriano y Leonor de Jesús Coreas de Cruz, padres del referido

causante, la primera, segunda, y el cuarto como hijos del causante señor

CONCEPCIÓN RICARDO CRUZ COREA, y la tercera en su calidad de

cónyuge del referido causante, de la herencia intestada que a su defunción

dejó el causante señor CONCEPCIÓN RICARDO CRUZ COREA, quien

a la fecha de su defunción era de cuarenta y tres años de edad, casado,

de nacionalidad Salvadoreña, originario del municipio de Sonsonate,

departamento de Sonsonate, quien falleció en el Hospital General del

Seguro Social, de San Salvador, el día quince de octubre de dos mil doce,

aceptación que hace la señora Fátima Raquel Cruz Villanueva, Ricardo

Moisés Cruz Villanueva y señora María Elena Villanueva de Cruz, esta

última por sí, y como representante legal de su hijo José David Cruz

Villanueva, y cesionaria de los derechos hereditarios que le correspondían

a los padres del causante antes indicado, la primera, segundo y el cuarto

como hijos del de cujus, y la tercera como cónyuge, Arts. 988 Ordinal

1° y 1162 ambos del Código Civil.

Y SE LES HA CONFERIDO a los aceptantes la administración y

representación interina de la sucesión Art. 480 Código Civil.

Por lo anterior se cita a los que se crean con derecho a la herencia

para que se presenten a este tribunal a deducirlo en el término de quince

días contados a partir del siguiente a la tercera publicación del presente

edicto.

Librado en el Juzgado Quinto de lo Civil y Mercantil: San Sal-

vador, las ocho horas y veinte minutos del día veinticuatro de enero de

dos mil catorce. LICDA. MARÍA DEYSI BARAHONA MELÉNDEZ

DE LÓPEZ, JUEZA QUINTO DE LO CIVIL Y MERCANTIL (3),

SUPLENTE. LICDA. TATIANA VILMA MERCEDES CACERES

RUBIO, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F023094-3

EL INFRASCRITO JUEZ, al público para los efectos de Ley.

AVISA: Que por resolución de las diez horas y cinco minutos del

día dieciséis de julio de este año, se ha tenido por aceptada expresamente

y con benefi cio de inventario la herencia intestada que a su defunción

dejó el señor JOSÉ LUIS ESCALANTE, quien falleció el día tres de

junio del año dos mil en el Hospital Santa Teresa de esta ciudad, su

último domicilio, por parte del señor SANTOS PÉREZ ESCALANTE,

en concepto de hijo del causante, y se ha nombrado al aceptante, en el

concepto expresado, interinamente administrador y representante de la

sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia

yacente.

Se cita a quienes se consideren con derecho a tal herencia, para

que dentro del término de quince días contados a partir del siguiente de

la tercera publicación de este aviso, se presenten a deducirlo.

JUZGADO DE LO CIVIL: Zacatecoluca, veinticuatro de agosto

del año dos mil cuatro. DR. LUIS SALVADOR PEÑA, JUEZ DE LO

CIVIL. JORGE ALBERTO RODRÍGUEZ, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F023108-3

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114 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402

ANA MARÍA CORDÓN ESCOBAR, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL

Y MERCANTIL DE SAN SALVADOR, JUEZ TRES.

HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado, a las

nueve horas y cuarenta y cinco minutos del día diecisiete de diciembre

de dos mil trece, se ha tenido por ACEPTADA expresamente y con

benefi cio de inventario la herencia testamentaria dejada por el causante,

señor JOSÉ MARÍA MENDEZ MARIONA, quien fue de sesenta y

ocho años de edad, divorciado, originario de la ciudad y departamento

de San Salvador, hijo de MARÍA ESTER MARIONA y JOSÉ MARÍA

MÉNDEZ, a su defunción ocurrida a las nueve horas y cincuenta minutos

del día once de octubre del año dos mil doce, siendo su último domicilio

en Colonia Flor Blanca, Calle El Progreso, Pasaje Gedance, número

ciento cuarenta, San Salvador, por parte de las señoras MARÍA JOSÉ

MÉNDEZ CAÑAS, MARÍA DEL CARMEN MÉNDEZ ALFARO, y

la menor MARÍA ESTHER MÉNDEZ ALFARO, representada legal-

mente por ANA CAROLINA ALFARO DE VAQUERANO conocida

tributariamente como ANA CAROLINA ALFARO ZELAYA, todas en

su calidad de hijas del causante, habiéndose conferido a MARÍA JOSÉ

MÉNDEZ CAÑAS, MARÍA DEL CARMEN MÉNDEZ ALFARO, la

administración y representación interina de la referida sucesión, con las

facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Por lo que se CITA a todos los que se crean con derecho a la he-

rencia para que dentro del término de ley se presenten a este Tribunal a

deducir su derecho. Art. 1163 Código Civil.

Librado en el Juzgado Segundo de lo Civil y Mercantil de San

Salvador, Juez Tres. San Salvador, a las once horas y cinco minutos

del día diecisiete de diciembre del año dos mil trece. LICDA. ANA

MARÍA CORDÓN ESCOBAR, JUZGADO SEGUNDO DE LO CIVIL

Y MERCANTIL DE SAN SALVADOR, JUEZ TRES. LICDA. ANA

CECILIA FIGUEROA ALMENDARES, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F023131-3

LICDA. JUDITH GUADALUPE MAZA CALDERÓN, Jueza de lo

Civil de este Municipio Judicial.

HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado, a

las quince horas con veinte minutos del día nueve de abril del año dos

mil trece. Se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de

inventario la herencia intestada que a su defunción ocurrida en la ciudad

de Santiago Texacuangos, departamento de San Salvador, siendo tam-

bién su último domicilio, el día veintiuno de marzo de mil novecientos

noventa y uno, dejó la causante TOMASA ELVIRA DOMÍNGUEZ,

conocida por TOMASA ELVIRA DOMÍNGUEZ DE PÉREZ, TOMASA

ELVIRA DOMÍNGUEZ VIUDA DE PÉREZ, ELVIRA DOMÍNGUEZ

DE PÉREZ y hoy por ELVIRA DOMÍNGUEZ, de parte de los señores

ROSA ETELVINA PÉREZ DOMÍNGUEZ o ROSA ETELVINA

PÉREZ; MARÍA ELISA PEREZ DOMINGUEZ DE ABREGO o

MARÍA ELISA PÉREZ DE ABREGO, GLORIA AMANDA PÉREZ

DE MORALES, conocida por GLORIA AMANDA PÉREZ o MARÍA

AMANDA PÉREZ DE MORALES, ALBA DEL ROSARIO PÉREZ

DOMÍNGUEZ o ALBA DEL ROSARIO PÉREZ, LUIS RODOLFO

PÉREZ DOMÍNGUEZ o LUIS RODOLFO PÉREZ, y MARGOT DEL

CARMEN PÉREZ DOMÍNGUEZ, conocida por MARGOT DEL CAR-

MEN PÉREZ DE RAMÍREZ y por MARGOTH DEL CARMEN PÉREZ

DE RAMÍREZ, todos en su calidad de hijos de la referida causante.

Se ha conferido a los aceptantes la administración y representación

interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores

de la herencia yacente.

Cítese a los que se crean con derecho a la herencia en mención,

para que transcurridos el término de quince días después de la tercera

publicación de este edicto, concurran a este tribunal a hacer uso de sus

derechos.

Lo que se hace del conocimiento del público para los efectos de

Ley.

Librado en el Juzgado de lo Civil: Ciudad de San Marcos, departa-

mento de San Salvador, a las doce horas del día once de abril de dos mil

trece. LICDA. JUDITH GUADALUPE MAZA CALDERÓN, JUEZA

DE LO CIVIL. LIC. ANTONIO CORTEZ GÓMEZ, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F023145-3

JOSÉ MANUEL MOLINA LÓPEZ, JUEZ DOS, DE LO CIVIL DE

DISTRITO JUDICIAL.

HACE SABER: Que por resolución a las nueve horas con trece

minutos del día veintinueve de noviembre de dos mil trece, se ha tenido

por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario de parte de

los señores BERNARDO MÉNDEZ REYES, JULIA ALEJANDRINA

MÉNDEZ DE SALAZAR y VERÓNICA SUYIN MÉNDEZ GONGO-

RA, la Herencia Intestada que a su defunción ocurrida en San Salvador,

siendo esta ciudad su último domicilio, el día veintisiete de abril de dos

mil trece, dejó la señora JUANA GONGORA AGUILAR DE MÉNDEZ

conocida por JUANA GONGORA AGUILAR, JUANA GONGORA

DE MÉNDEZ y por JUANA GONGORA DE MÉNDEZ REYES, en

su calidad de cónyuge sobreviviente e hijas de la causante.

Confi érase a los aceptantes la administración y representación

interina de los bienes de la sucesión con las facultades y restricciones

legales.

Y CITA: A los que se crean con derecho a la expresada herencia,

para que se presenten en el término de Ley, a hacer uso de sus derechos

en la sucesión.

Librado en el Juzgado de lo Civil; Juez dos: Delgado, a las catorce

horas cinco minutos del día dos de diciembre de dos mil trece. Testado

"DE". No vale. DR. JOSÉ MANUEL MOLINA LÓPEZ, JUEZ DOS DE

LO CIVIL DE DELGADO. BR. ALEX ALBERTO SORTO MELARA,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F023146-3

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115DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 13 de Febrero de 2014.

LICDA. JUDITH GUADALUPE MAZA CALDERON, Juez de lo Civil de este Municipio Judicial.

HACE SABER: Que por resolución proveída por este juzgado, a las catorce horas y cuarenta minutos del siete de diciembre del año dos mil trece.- Se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario, la herencia intestada que a su defunción ocurrida en la Ciudad de Santiago Texacuangos, Departamento de San Salvador, siendo también dicha ciudad su último domicilio, el día veintiuno de agosto del año dos mil trece, dejó la causante PETRONILA SANCHEZ CRUZ VIUDA DE SANCHEZ conocida por PETRONILA SANCHEZ, PETRONILA SANCHEZ CRUZ DE SANCHEZ y por PETRONILA SANCHEZ VIUDA DE SANCHEZ; de parte de la señora ANA VILMA SANCHEZ SANCHEZ, en su calidad de hija de la referida de cujus.-

Se ha conferido a la aceptante la administración y representación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Cítense a los que se crean con derecho a la herencia en mención, para que transcurridos el término de quince días, después de la tercera publicación de este edicto, concurran a este tribunal a hacer uso de sus derechos.

Lo que se hace del conocimiento del público para los efectos de ley.

Librado en el Juzgado de lo Civil: Ciudad de San Marcos, Departa-mento de San Salvador, a las once horas y cuarenta minutos del día diez de diciembre de dos mil trece.- LICDA. JUDITH GUADALUPE MAZA CALDERON, JUEZA DE LO CIVIL.- LIC. ANTONIO CORTEZ GOMEZ, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F023154-3

HERENCIA YACENTE

DARÍO VILLALTA BALDOVINOS, JUEZ DE LO CIVIL DE ME-JICANOS, JUEZ DOS.

AVISA: Que por resolución proveída por este Juzgado, a las ocho horas y cuarenta minutos del día veintiuno de octubre del presente año, se declaró yacente la herencia intestada de la causante YANIRA DEL CARMEN LOPEZ DE PEREZ, quien fue de treinta y seis años de edad, de ofi cios domésticos, fallecida en la ciudad de Mejicanos, su último domicilio, el día dieciocho de octubre del año dos mil nueve, y se nombró CURADOR ESPECIAL para que represente a la sucesión, al Licenciado LUIS ALBERTO RIVAS HERNANDEZ.

CITA: A los que se crean con derecho a la herencia referida, para que se presenten a deducirlo dentro del término de quince días, contados desde el siguiente al de la tercera publicación del presente edicto.

Librado en el Juzgado de lo Civil de Mejicanos, a nueve horas del día veintiuno de octubre de dos mil trece.- DR. DARÍO VILLALTA BALDOVINOS, JUEZ DE LO CIVIL DE MEJICANOS, JUEZ 2.- LIC. VICTORINO ALEXANDER PERAZA, SECRETARIO.-

3 v. alt. No. F023030-3

TITULO SUPLETORIO

EL INFRASCRITO JUEZ SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA, del Distrito Judicial de San Francisco Gotera, Departamento de Morazán, al público para efectos de ley.

HACE SABER: Que a este Juzgado se ha presentado la Licenciada ESTHER MARICELA ORELLANA MARADIAGA, como Apoderada General Judicial de la Alcaldía Municipal de San Simón, a solicitar a favor de ésta TITULO SUPLETORIO, sobre un inmueble de natura-leza rústica, situado en el Caserío El Potrerillo, Cantón Valle Grande, Jurisdicción de San Simón, Departamento de Morazán, de la Capacidad Superfi cial de TREINTA METROS CUADRADOS, VEINTICINCO DECIMETROS CUADRADOS, de las medidas y linderos siguientes: AL NORTE, cinco metros cincuenta centímetros, linda con Rosa Cándida Santos Escobar, tela de ciclón propia de por medio; AL ORIENTE, cinco metros cincuenta centímetros, linda con Rosa Cándida Santos Escobar, tela de ciclón propia de por medio; AL SUR, cinco metros cincuenta centímetros, linda con Rosa Cándida Santos Escobar, cerco de piedra propio de por medio; y AL PONIENTE, cinco metros cincuenta centí-metros, linda con Rosa Cándida Santos Escobar, tela de ciclón propia de por medio.- Dicho inmueble lo adquirió por compraventa de Posesión que le hizo la señora FRANCISCA GOMEZ DE AGUILAR, en su calidad de representante de la Asociación de Desarrollo Comunal Unión y Progreso, del domicilio del Cantón Valle Grande, Villa de San Simón, Departamento de Morazán; se estima en el precio de DOSCIENTOS DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA.

Librado en el Juzgado Segundo de Primera Instancia: San Francisco Gotera, Departamento de Morazán, a los treinta días del mes de octubre del dos mil trece.- LIC. JORGE ALBERTO GUZMAN URQUILLA, JUEZ 2° DE 1ª INSTANCIA.- LIC. KARINA ELIZABETH IGLESIAS DE NAVARRO, SECRETARIA.-

3 v. alt. No. F023111-3

Licenciado JORGE ALBERTO GUZMÁN URQUILLA, Juez Segundo de Primera Instancia de este Distrito Judicial, al Público para efectos de Ley.

HACE SABER: Que a este Tribunal se ha presentado la Licenciada ESTHER MARICELA ORELLANA MADARIAGA, como Apoderada General Judicial del señor JOSE VILFREDO ARANDA RAMIREZ, a solicitar a favor de éste TITULO SUPLETORIO, sobre: Un terreno de naturaleza rústica, situado en el lugar llamado El Aparejito, Caserío El Matasano, Cantón Valle Grande, jurisdicción de San Simón, Depar-tamento de Morazán, de la capacidad superfi cial de DOS METROS CUADRADOS, de las medidas y linderos siguientes: al NORTE, dos metros cincuenta centímetros, linda con Jesús Tobías Hernández; al ORIENTE, Un metro, linda con Jesús Tobías Hernández; al SUR, dos metros, linda con Jesús Tobias Hernández, y al PONIENTE, un metro, linda con Jesús Tobías Hernández. Valorado dicho terreno en la cantidad de DOSCIENTOS DOLARES; y, lo adquirió por medio de compraventa de la Posesión Material por Escritura Pública que le efectuó la señora FRANCISCA GOMEZ DE AGUILAR.

Librado en el Juzgado Segundo de Primera Instancia; San Fran-cisco Gotera, a las catorce horas del día treinta de agosto de dos mil trece.- LIC. JORGE ALBERTO GUZMÁN URQUILLA, Juez 2° DE 1ª INSTANCIA.- LICDA. KARINA ELIZABETH IGLESIAS DE NAVARRO, SECRETARIA.-

3 v. alt. No. F023112-3

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116 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402

EL INFRASCRITO JUEZ SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA, del Distrito Judicial de San Francisco Gotera, Departamento de Morazán, al público para efectos de ley.

HACE SABER: Que a este Juzgado se ha presentado la Licenciada ESTHER MARICELA ORELLANA MARADIAGA, como Apoderada General Judicial del señor JOSE VILFREDO ARANDA RAMIREZ, en su calidad de Síndico Municipal de la Alcaldía de San Simón; a solicitar a favor de ésta TITULO SUPLETORIO, sobre una porción de terreno de naturaleza rústica, situado en el Caserío El Matasano, Cantón Valle Grande, Jurisdicción de San Simón, Distrito de Osicala, Departamento de Morazán; de la capacidad superfi cial de VEINTICINCO METROS CUADRADOS, de las medidas y colindancias siguientes: AL NORTE, dos metros cincuenta centímetros, linda con terreno de Santos Alexander Hernández Méndez; AL ORIENTE, dos metros cincuenta centímetros, con Santos Alexander Hernández Méndez; AL SUR, mide dos metros cincuenta centímetros con Santos Alexander Hernández Méndez; y AL PONIENTE, mide dos metros cincuenta centímetros, con Santos Alexan-der Hernández Méndez.- Dicho inmueble lo adquirió por Compraventa de Posesión Material, que le hizo la señora FRANCISCA GOMEZ DE AGUILAR, en su calidad de representante de la Asociación de Desarrollo Comunal Unión y Progreso; se estima en el precio de DOSCIENTOS DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA.

Librado en el Juzgado Segundo de Primera Instancia: San Francisco Gotera, Departamento de Morazán, a los seis días del mes de septiembre del dos mil trece.- LIC. JORGE ALBERTO GUZMÁN URQUILLA, Juez 2° DE 1ª INSTANCIA.- LICDA. KARINA ELIZABETH IGLESIAS DE NAVARRO, SECRETARIA.-

3 v. alt. No. F023114-3

ANA ELSY MENDOZA AMAYA, Jueza de Primera Instancia del Distrito Judicial de Ilobasco, departamento de Cabañas.

HACE SABER: Que a este Juzgado se ha presentado el señor JOSÉ SANTOS PEÑA HERNÁNDEZ, de treinta y dos años de edad, Licen-ciado en Contaduría Pública, del domicilio de Ilobasco, departamento de Cabañas, por medio del Apoderado General Judicial Licenciado SANTOS OVIDIO GARCÍA MEJÍA, solicitando Título Supletorio a su favor de un inmueble de naturaleza rústica, situado en Caserío Zamora del Cantón Hoyos, jurisdicción de Ilobasco, departamento de Cabañas, de la extensión superfi cial de NOVECIENTOS METROS CUADRADOS, de las colindancias siguientes: AL ORIENTE, mide treinta metros, colinda con terreno de la señora María Pilar Torres López, cerco de alambre propio; AL SUR, mide treinta metros, colinda con terreno propiedad del señor Misael Torres, cerco de alambre y piña propio, calle de por medio de tres metros de ancho; AL PONIENTE, mide treinta metros, colinda con terreno propiedad de la señora Carmela López, cerco de alambre propio; y AL PONIENTE, mide treinta metros, colinda con terreno de la señora María Pilar Torres López, cerco de alambre propio. No es sirviente ni dominante, no está en proindivisión con terceras personas, no tiene cargas ni derechos reales, ni construcción alguna; y lo estima en CINCO MIL DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA; el cual lo hubo por compra a la señora María Pilar Torres López, el diez de diciembre de dos mil doce; y ésta lo compró al señor Pablo López, quien lo hubo por compra el treinta de mayo de mil novecientos sesenta y cuatro.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia de Ilobasco, Cabañas, a las ocho horas cuarenta minutos del día veinte de enero de dos mil catorce.- LICDA. ANA ELSY MENDOZA AMAYA, JUEZA DE PRI-MERA INSTANCIA.- LIC. OSCAR ARMANDO LOPEZ SANCHEZ, SECRETARIO INTERINO.-

3 v. alt. No. F023123-3

MUERTE PRESUNTA

ROBERTO MAURICIO ANTONIO QUINTANILLA GÁLVEZ, Juez de lo Civil Interino de este Distrito Judicial.

AVISA: Que en el proceso abreviado (33-2012-1), a fi n de que se declare la muerte presunta del desaparecido CARLOS ALBERTO RIVAS o CARLOS ALBERTO RIVAS HERNÁNDEZ, se ha dictado la sentencia cuyo preámbulo y parte resolutiva dice: ""JUZGADO DE LO CIVIL: Zacatecoluca, a las once horas del día treinta y uno de octubre de dos mil trece. El presente juicio abreviado fue promovido por la Licen-ciada MARTA HILDA AGUILAR, del domicilio de Santiago Nonualco, como apoderada de YESSENIA ESMERALDA ARCE DE RIVAS, del domicilio de San Luis La Herradura, a fi n de que se declare la Muerte Presunta del desaparecido señor CARLOS ALBERTO RIVAS o CAR-LOS ALBERTO RIVAS HERNÁNDEZ. Han intervenido la Licenciada AGUILAR, en el concepto dicho; y el Licenciado RONALD DAVID QUEZADA DELGADO, en concepto de defensor especial del presunto desaparecido. POR TANTO: Atendidos los anteriores razonamientos, acorde a la disposición legal citadas, y arts.217 y 218 del Código Procesal Civil y Mercantil, a nombre de la REPÚBLICA, FALLO: a) Declárase la MUERTE PRESUNTA del desaparecido señor CARLOS ALBER-TO RIVAS o CARLOS ALBERTO RIVAS HERNÁNDEZ, a la fecha de su desaparecimiento de cuarenta años de edad, Pescador artesanal, originario de San Pedro Perulapán, departamento de Cuscatlán, y del domicilio de San Luis La Herradura, departamento de La Paz, casado con YESSENIA ESMERALDA ARCE HENRÍQUEZ, hijo de Enma Rivas, con Documento Único de Identidad cero dos siete tres cuatro seis cero cuatro-cinco, siendo el día presuntivo de su muerte el once de febrero de dos mil ocho; b) Concédese la posesión provisoria de los bienes del desaparecido señor CARLOS ALBERTO RIVAS o CARLOS ALBERTO RIVAS HERNÁNDEZ, a su esposa señora YESSENIA ESMERALDA ARCE DE RIVAS; c) publíquese esta sentencia en el Diario Ofi cial, de conformidad con la ley; d) no hay costas. HÁGASE SABER. R. QUINT. ANTE MI, J. AL R. Srio."" RUBRICADAS.

La sentencia indicada, ha quedado ejecutoriada por auto de esta fecha.

JUZGADO DE LO CIVIL: Zacatecoluca, a los dieciséis días del mes de diciembre de dos mil trece. LIC. ROBERTO MAURICIO ANTONIO QUINTANILLA GÁLVEZ, JUEZ DE LO CIVIL INTO. JORGE ALBERTO RODRÍGUEZ, SECRETARIO.

3 v. c. No. F023363-3

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117DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 13 de Febrero de 2014. NOMBRE COMERCIAL

No. de Expediente: 2013129438

No. de Presentación: 20130188723

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado JOSE DA-NIEL JULIO MARTINEZ MARTINEZ, en su calidad de APODERADO de EMPRESA DE SEGURIDAD ALFA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, que se abrevia: EMPRESA DE SEGURIDAD ALFA, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro del NOMBRE COMERCIAL,

Consistente en: la frase ALFA SECURITY EL SALVADOR y diseño, que se traduce al castellano como Alfa Seguridad de El Salva-dor, que servirá para: IDENTIFICAR UNA EMPRESA COMERCIAL DEDICADA A LA PRESTACION DE SERVICIOS DE SEGURIDAD PARA LA PROTECCION DE BIENES Y PERSONAS; SERVICIOS DE INSPECCION DE ALARMAS ANTIRROBO Y DE SEGURIDAD; SERVICIO DE VIGILANCIA NOCTURNA.

La solicitud fue presentada el día diecinueve de agosto del año dos mil trece.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, tres de septiembre del año dos mil trece.

DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,

REGISTRADOR.

LUCIA MARGARITA GALAN ARGUETA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C010910-3

No. de Expediente: 2013132123

No. de Presentación: 20130194093

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado MARCO ANDRES GUIROLA MARTIN, en su calidad de REPRESENTANTE LEGAL de ASOCIACION DE DESARROLLADORES Y PROMOTO-RES TURISTICOS COSTERO MARINOS, que se abrevia: PROMAR,

de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro del NOMBRE COMERCIAL,

Consistente en: las palabras ¡JUGUEMOS LIMPIO! y diseño, que servirá para: IDENTIFICAR UN ESTABLECIMIENTO CUYA FINALIDAD PRINCIPAL ES FOMENTAR LA INVERSION DE CAPITAL NACIONAL Y EXTRANJERO CON EL OBJETIVO DE IMPULSAR EL CONOCIMIENTO DEL TURISMO EN EL PAIS EN LOS ASPECTOS INMOBILIARIOS, DE SERVICIOS E INFRA-ESTRUCTURA TURISTICA, EN EL MARCO DE LA LEY Y SIN CONTRAVENIR LOS PROGRAMAS Y PROYECTOS QUE EN DICHA AREA IMPLEMENTA EL ESTADO.

La solicitud fue presentada el día nueve de diciembre del año dos mil trece.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, veintinueve de enero del año dos mil catorce.

DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,REGISTRADOR.

LUCIA MARGARITA GALAN ARGUETA,SECRETARIA.

3 v. alt. No. F023140-3

CONVOCATORIAS

CONVOCATORIA

La Junta Directiva de la Sociedad "BLOKITUBOS, S.A. DE C.V.", de acuerdo con la cláusula decimoséptima de la escritura de constitución, por este medio convoca a los señores accionistas para celebrar junta General ordinaria, a llevarse a cabo a las diecisiete horas del día viernes veintiuno de marzo de dos mil catorce, en las ofi cinas de la sociedad ubicadas en la veintitrés Av. Sur y Boulevard Venezuela, en esta ciudad, frente al edifi cio Cristo Negro, pera resolver la siguiente:

AGENDA

1) Establecimiento de quórum, lectura y aprobación del acta de la junta General Ordinaria de Accionistas, celebrada el veintidós de marzo de dos mil trece.

2) Presentación por Junta Directiva de la Memoria de Labores del período comprendido del primero de enero al treinta y uno de diciembre de dos mil trece.

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118 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402

3) Balance General al treinta y uno de diciembre de dos mil trece, Estados de Resultados y Estado de Cambios en el Patrimonio, del período comprendido del primero de enero al treinta y uno de diciembre de dos mil trece e informe del Auditor Externo.

4) Aplicación y distribución de utilidades.

5) Elección de Directores Propietarios y Suplentes de la Junta Directiva, para el período del 2014/2017, aceptación del cargo y fi jación de sus dietas.

6) Nombramiento del Auditor Externo, del Auditor Fiscal, y de sus respectivos suplentes, aceptación de los cargos y fi jación de sus emolumentos para el ejercicio del primero de enero al treinta y uno de diciembre de dos mil catorce.

7) Cualquier otro punto que propongan los accionistas y que pueda ser tratado legalmente por la Junta General Ordinaria de Accionistas.

El quórum necesario para la celebración de la Junta será, por lo menos, la concurrencia de la mitad más de una de las acciones en que está dividido el Capital Social, o sean veintitrés mil setecientas setenta y un acciones suscritas y pagadas. En caso de no haber quórum a la hora y fecha señalada en esta convocatoria, por este medio se convoca por segunda vez para las diecisiete horas del día sábado veintidós de marzo de dos mil catorce, teniendo en cuenta que en esta convocatoria, el quórum se formará con cualquier número de acciones presentes o representadas.

San Salvador, 16 de enero de 2014.

JAIME J. MIGUEL B.,

PRESIDENTE.

3 v. alt. No. C010918-3

CONVOCATORIA

El Consejo de Administración de la Sociedad Cooperativa, de Respon-

sabilidad Limitada de Crédito, Consumo y Auxilio Social de la Direc-

ción General de Estadística y Censos, que podrá abreviarse: "Sociedad

Cooperativa de Estadística y Censos de R. L. de C. V"., constituida

conforme lo establecen sus Estatutos y en cumplimiento a la atribución

que le confi eren las cláusulas Décima Sexta, Décima Octava, Vigésima

y Vigésima Primera, de la Escritura de Modifi cación y Unifi cación del

Pacto Social y Aumento de Capital y al Artículo Cincuenta y tres de su

Reglamento Interno, CONVOCA a los Socios para celebrar ASAMBLEA

GENERAL ORDINARIA de ACCIONISTAS, a partir de las ocho

horas del día uno de marzo de dos mil catorce, en las instalaciones de

la Dirección General de Estadística y Censos, situada en Avenida Juan

Bertis No. 79, Ciudad Delgado, en Primera Convocatoria.

En caso de no integrarse el quórum legal correspondiente, se hace

segunda convocatoria para las nueve horas de la misma fecha y local

antes indicado.

AGENDA

1) Establecimiento de quórum.

2) Apertura.

3) Lectura y aprobación del Acta correspondiente a la Asamblea

General Ordinaria anterior.

4) Presentación y discusión de la Memoria Anual de Labores,

Estados Financieros y del Informe del Auditor Externo.

5) Elección del Consejo de Administración, Junta de Vigilancia

y Nombramiento del Auditor Externo.

6) Varios.

Ciudad Delgado, 22 de enero de 2014.

RENE ORLANDO RAMOS ZUNIGA,

PRESIDENTE PROPIETARIO,

CONSEJO DE ADMINISTRACION.

ROSA ALBA PLATERO,

SECRETARIA PROPIETARIA,

CONSEJO DE ADMINISTRACION.

3 v. alt. No. F023130-3

CONVOCATORIA

La Junta Directiva de La BOLSA DE PRODUCTOS DE EL SALVA-DOR, S.A. DE C.V., por este medio convoca a JUNTA GENERAL ORDINARIA de accionistas, para tratar asuntos de carácter ordinario, la que se llevará a cabo el día jueves veinte de marzo del corriente año, a partir de las diecisiete horas, en la empresa ubicada en la Colonia Ávila, Pasaje 1, Casa 9, San Salvador.

AGENDA DE JUNTA GENERAL ORDINARIA:

1. Establecimiento de quórum.

2. Lectura y aprobación del acta anterior.

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119DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 13 de Febrero de 2014.

3. Lectura y aprobación de Memoria de Labores y presentación de Estados Financieros del ejercicio 2013.

4. Informe Auditor Externo.

5. Nombramiento del Auditor Externo, Propietario y Suplente, fi jación de emolumentos.

6. Aplicación de Resultados.

El quórum legal necesario para celebrar la Junta General Ordinaria es de al menos la mitad más una de la acciones que componen el Capital Social de la empresa y las decisiones se tomarán con la mayoría de votos presentes.

Si por falta de quórum la Junta no pudiese realizarse en la fecha indicada, se convoca por segunda vez el día viernes veintiuno de marzo, a las diecisiete horas en el mismo lugar con la misma agenda. En este caso en la Junta General Ordinaria, bastará con cualquier número de accionistas presentes o representados para formar quórum y las decisiones se tomarán por mayoría de votos presentes.

San Salvador, 03 de febrero de 2014.

EDUARDO OÑATE MUYSHONDT,

DIRECTOR PRESIDENTE.

3 v. alt. No. F023139-3

SUBASTA PUBLICA

DRA. ANA FELICITA ESTRADA, Juez de lo Civil de este Distrito Judicial, al público para los efectos de ley.

HACE SABER: Que en virtud del Juicio Ejecutivo Civil, pro-movido inicialmente por el Licenciado Orlando Rafael Cañas Cubías y continuado por la Licenciada Ana Dolores Muñoz Flores, ambos en calidad de Apoderados Generales Judiciales del señor Emilio Hernández Hernández contra los señores Alexander Hernández Alvarado, Hugo Leonel Alvarado Hernández, Galileo Hernández Alvarado, José Willian Hernández Alvarado, Fátima del Carmen Hernández Alvarado y los menores Martha Yeni Hernández Alvarado, Lelis Lorena Hernández Alvarado, Mayra Lisseth Hernández Alvarado y Esperanza Hernández Alvarado, estos últimos representadas legalmente por su madre señora Marta Alvarado en calidad de Herederos del señor Mariano Hernández Hernández, reclamándole el pago de la cantidad adeudada, intereses convencionales y costas procesales, se venderá en pública subasta por la cantidad y en fecha a señalarse oportunamente, los siguientes bienes muebles: 1) PLACA: P27220; CLASE: CAMION; MARCA: TOYO-TA; MODELO DYNA; AÑO: MIL NOVECIENTOS SETENTA Y OCHO; COLOR: VERDE; CAPACIDAD: TRES PUNTO CERO CERO TONELADAS. Y 2) PLACA: AB73122; CLASE: AUTOBUS; MARCA: GENESIS; MODELO: SCHOOL BUS 4X2; AÑO; MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y CINCO; COLOR: VERDE/BLANCO F.V/B; CAPACIDAD: SETENTA Y DOS ASIENTOS, propiedad de la sucesión del señor Mariano Hernández Hernández.

Librado en el Juzgado de lo Civil: San Vicente, a los catorce días

del mes de noviembre del año dos mil trece.- DRA. ANA FELICITA

ESTRADA, JUEZ DE LO CIVIL.- LIC. LILIAN MABEL RUIZ DE

SALINAS, SECRETARIO.-

3 v. alt. No. C010917-3

VIOLETA DEL CARMEN DERAS DE REYES SANTOS, JUEZ DE

LO CIVIL DE APOPA.

HACE SABER: Al público para los efectos de ley, que en el Juicio

Ejecutivo Civil, promovido por el Licenciado RAMON JOSE ANDRES

MENDEZ QUINTEROS, con Tarjeta de Identifi cación Tributaria

Número: cero seis uno cuatro-dos cuatro cero ocho seis dos-cero cero

dos-cero, como Apoderado General Judicial con Cláusula Especial del

FONDO SOCIAL PARA LA VIVIENDA, Institución de Crédito, Autó-

noma de Derecho Público, del domicilio de San Salvador, con Número

de Identifi cación Tributaria: cero seiscientos catorce- cero setenta mil

quinientos setenta y cinco-cero cero dos-seis, contra el señor JOSE

MORIS ORELLANA CRUZ, con Número de Identifi cación Tributaria:

cero seiscientos catorce- doscientos sesenta y un mil setenta y dos- ciento

trece- cuatro, de veintiún años de edad a la fecha del Mutuo Hipotecario,

pintor, siendo la ciudad de Apopa su último domicilio conocido, actual-

mente de paradero ignorado; representado por medio de su Curador Ad

Lítem, Licenciado KONRADD ALEXANDER MIRANDA MACHUCA,

de veintisiete años de edad, Abogado, del domicilio de San Salvador;

reclamándole el pago de CUATRO MIL CIENTO UN DOLARES DE

LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA CON SETENTA Y OCHO

CENTAVOS DE DOLAR, en concepto de capital; más los intereses del

SEIS POR CIENTO ANUAL SOBRE SALDOS, desde el día tres de

diciembre del año dos mil tres, hasta el día treinta y uno de diciembre

del año dos mil cinco; DEL SIETE POR CIENTO ANUAL SOBRE

SALDOS, desde el día uno de enero al treinta y uno de diciembre del año

dos mil cinco; DEL SIETE PUNTO SETENTA Y SIETE POR CIENTO

ANUAL SOBRE SALDOS, desde el día uno de enero al treinta y uno

de diciembre del año dos mil seis; y del SIETE PUNTO NOVENTA

Y SIETE POR CIENTO ANUAL SOBRE SALDOS, desde el día uno

de enero del año dos mil siete, en adelante; más CIENTO NOVENTA

Y OCHO DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA

CON CINCUENTA Y CINCO CENTAVOS DE DÓLAR, en concepto

de Primas de Seguro de Vida Colectivo Decreciente y de Daños a la

Propiedad, comprendidos desde el día uno de enero del año dos mil cuatro,

hasta el día veintiocho de febrero del año dos mil nueve, más las Costas

Procesales; se ha ordenado VENDER EN PUBLICA SUBASTA, en este

mismo Juzgado, en fecha y por el precio que oportunamente se indicará,

un lote de terreno urbano y construcciones que contiene marcado con el

número TRESCIENTOS NUEVE, BLOCK "D" DE LA URBANIZA-

CION DENOMINADA VALLE DEL SOL, situada en Cantones San

Nicolás y Las Tres Ceibas, jurisdicción de Apopa, Departamento de San

Salvador.- Inmueble de un área construida de VEINTISEIS PUNTO

CERO CERO METROS CUADRADOS, valorada en treinta y dos mil

quinientos cuarenta colones con ochenta y ocho centavos.- Lote cuyas

medidas y linderos son los siguientes: DESCRIPCION TECNICA DEL

LOTE NUMERO TRESCIENTOS NUEVE; BLOCK "D".- Es urbano,

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120 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402

está ubicado en la Urbanización VALLE DEL SOL, Cantones San

Nicolás y Las Tres Ceibas, jurisdicción de Apopa, Departamento de

San Salvador, cuya cabida es de CINCUENTA PUNTO CERO CERO

METROS CUADRADOS, equivalentes a SETENTA Y UNA PUNTO

CINCUENTA Y CUATRO VARAS CUADRADAS, y cuya descripción

se inicia: Partiendo de la intersección de los ejes de la Avenida Santa

Catarina y el Pasaje Número Diez de la Urbanización VALLE DEL SOL,

y midiendo una distancia de ciento once punto cincuenta metros, sobre el

eje del pasaje, con rumbo Norte ochenta grados cincuenta y siete minutos

cincuenta y cinco segundos Este, se llega a un punto en el cual se hace

una defl exión positiva de noventa grados y midiendo una distancia de

dos punto cincuenta metros, se llega al esquinero NOR- OESTE del lote

que se describe, el cual mide y linda. AL NORTE: Recta de cinco punto

cero cero metros, rumbo Norte ochenta grados cincuenta y siete minutos

cincuenta y cinco segundos Este, linda con el lote número trescientos

ochenta y seis, de este mismo Block, pasaje Número diez de cinco punto

cero cero metros, de ancho de por medio.- ORIENTE: Recta de diez punto

cero cero metros, rumbo Sur nueve grados cero dos minutos cero cinco

segundos Este, linda con el lote número trescientos ocho, de este mismo

Block.- SUR: Recta de cinco punto cero cero metros, rumbo Sur ochenta

grados cincuenta y siete minutos cincuenta y cinco segundos Oeste, linda

con el lote número doscientos ochenta y ocho.- PONIENTE: Recta de

diez punto cero cero metros, rumbo Norte nueve grados cero dos minutos

cero cinco segundos Oeste, linda con el lote número trescientos diez, de

este mismo Block.- Los lotes que se mencionan en las colindancias son

o han sido propiedad de CONSTRUCTORA TENZE, S.A. DE C.V.-

Inscrito en el Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Primera

Sección del Centro, en el Sistema de Folio Real Automatizado, en la

Matrícula Número SEIS CERO CUATRO TRES CUATRO NUEVE

NUEVE TRES- CERO CERO CERO CERO CERO.

Librado en el Juzgado de lo Civil de Apopa, a las nueve horas y

veintisiete minutos del día dos de octubre del año dos mil trece.- DRA.

VIOLETA DEL CARMEN DERAS DE REYES SANTOS, JUEZ DE

LO CIVIL.- LICDO. JOSE DULEY CERNA FERNANDEZ, SECRE-

TARIO.-

3 v. alt. No. F023028-3

EDGAR ORLANDO ZÚNIGA RIVAS, JUEZ DE LO CIVIL DEL

CENTRO JUDICIAL INTEGRADO DE SOYAPANGO.

HACE SABER: Que en el Juicio Ejecutivo Mercantil, promovido

por la Licenciada SILVIA EMILIA GONZALEZ ESCAMILLA, en su

calidad de Apoderado General Judicial de FONDO SOCIAL PARA

LA VIVIENDA, se autoriza vender en pública subasta el bien inmueble

embargado en el presente Juicio, en este tribunal y es el siguiente: Un lote

terreno de naturaleza urbana y construcciones que contiene, marcado en

el plano respectivo, con el número CINCUENTA Y UNO, del polígono

TREINTA Y CUATRO, de una extensión superfi cial de CINCUENTA

Y DOS PUNTO CINCUENTA METROS CUADRADOS. Dicho lote

forma parte de la URBANIZACION CIMA DE SAN BARTOLO II.

QUINTA ETAPA, situada en jurisdicción de Tonacatepeque, departa-

mento de San Salvador. Inscrito a favor del demandado señor JORGE

ANTONIO CÓRDOVA PEREIRA, bajo la Matrícula Número SEIS

CERO CERO OCHO CERO TRES OCHO CERO -CERO CERO

CERO CERO CERO, del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de

la Primera Sección del Centro, Departamento San Salvador.

Se admitirán posturas siendo legales.

Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de

ley.

Librado en el Juzgado de lo Civil de Soyapango, a las ocho horas

con cincuenta y tres minutos del día veintiocho de octubre de dos mil

trece.- LIC. EDGAR ORLANDO ZUNIGA RIVAS, JUEZ DE LO

CIVIL.- LIC. MARIA ESTELA SORIANO NAVARRETE, SECRE-

TARIA.-

3 v. alt. No. F023034-3

JOSE HUGO ESCALANTE NUÑEZ, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE

DISTRITO JUDICIAL, AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS SEÑA-

LADOS EN AUTO.

HACE SABER: Que en virtud de la ejecución promovida en este

Juzgado por el Licenciado JOSE MARIO DENIS MOLINA, como

Apoderado del FONDO SOCIAL PARA LA VIVIENDA, en contra

de la señora LOURDES STELLA SOBALVARRO HERNANDEZ,

representada en el proceso por su Curadora especial nombrada Licen-

ciada ISABEL CRISTINA GARCIA GONZALEZ, se ha ordenado la

venta en pública subasta en este Juzgado de un inmueble propiedad

de la demandada, inscrito a la Matrícula número M cero uno dos dos

tres nueve dos dos, del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de

la Primera Sección del Centro, terreno urbano y construcciones que

contiene, marcado con el número siete, pasaje diez, block "H" polígono

diez, de la Residencial La Santísima Trinidad Primera etapa, situada en

jurisdicción de Ayutuxtepeque, de este Departamento, de una extensión

superfi cial de CINCUENTA METROS CUADRADOS, cuyas medidas

perimetrales son: AL NORTE Y SUR, cinco metros; AL ORIENTE Y

AL PONIENTE , diez metros. El inmueble anteriormente descrito es de

propiedad de la demandada señora LOURDES STELLA SOBALVARRO

HERNÁNDEZ.

Lo que se hace saber al público para los efectos legales correspon-

dientes aceptándose posturas siendo éstas legales.

Librado en el Juzgado de lo Civil de Mejicanos, a las nueve horas

y quince minutos del día treinta y uno de julio de dos mil doce.- LIC.

JOSE HUGO ESCALANTE NUÑEZ, JUEZ DE LO CIVIL.- LIC.

LILIAN ESTELA AGUIRRE HERNANDEZ, SECRETARIA.-

3 v. alt. No. F023047-3

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121DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 13 de Febrero de 2014.

SAUL CAÑENGUEZ MONTANO, JUEZ SEGUNDO DE MENOR

CUANTIA UNO, DE ESTE DISTRITO JUDICIAL. Al público, para

efectos de ley,

HACE SABER: Que en el proceso Ejecutivo Civil, promovido

por el LICENCIADO FRANCISCO ESPINOSA AGUILAR, en su

calidad de Apoderado General Judicial del FONDO SOCIAL PARA LA

VIVIENDA, contra el señor PEDRO EMILIANO CUELLAR conocido

por PEDRO MARTINEZ CUELLAR, se venderá en pública subasta

en este mismo Juzgado, en fecha y por el precio que oportunamente

se indicará el bien inmueble embargado siguiente: ""''''""""Un lote de

terreno urbano y construcciones que contiene marcado con el NÚMERO

CUATROCIENTOS NOVENTA Y SEIS, DEL TIPO B, BLOCK B,

DE LA URBANIZACIÓN VALLE DEL SOL, SITA EN CANTONES

SAN NICOLÁS Y LAS TRES CEIBAS, JURISDICCIÓN DE APOPA,

de este departamento, de una extensión superfi cial de cincuenta metros

cuadrados, equivalentes a setenta y una punto cincuenta y cuatro varas

cuadradas, y cuya descripción se inicia partiendo de la intersección de los

ejes de la Avenida El Tarrascón y el pasaje Número siete-A oriente de la

Urbanización Valle del Sol y midiendo una distancia de ciento sesenta

y siete punto cincuenta metros, sobre el eje del pasaje con rumbo sur

ochenta grados cincuenta y siete minutos cincuenta y cinco segundos

Oeste, se llega a un punto en el cual se hace una defl exión positiva de

noventa grados y midiendo una distancia de dos punto cincuenta me-

tros, se llega al esquinero SUR- ESTE del lote que se describe, el cual

mide y linda, SUR: recta de cinco metros, rumbo sur ochenta grados

cincuenta y siete minutos cincuenta y cinco segundos oeste, linda con

el lote número cuatrocientos treinta y uno, de este mismo block, pasaje

número Siete-A Oriente de cinco metros de por medio, PONIENTE: recta

de diez metros, rumbo norte nueve grados dos minutos cinco segundos

Oeste, linda con el lote número ciento uno del block D, Avenida Juan

Martín de dieciocho metros de ancho de por medio, NORTE: recta de

cinco metros, rumbo norte ochenta grados cincuenta y siete minutos

cincuenta y cinco segundos Este, linda con lote número cuatrocientos

noventa y siete de este mismo block, ORIENTE: recta de diez metros

rumbo Sur nueve grados dos minutos cinco segundos Este, linda con

el lote número cuatrocientos noventa y cinco de este mismo block. Los

lotes que se mencionan en las colindancias son o han sido propiedad

de CERAMICA INDUSTRIAL, S. A. DE C. V., Inscrito en el Sistema

de Folio Real Automatizado con Número de Matrícula SEIS CERO

CUATRO OCHO DOS SIETE SIETE NUEVE- CERO CERO CERO

CERO CERO, Inscripción UNO, del Registro de la Propiedad Raíz

e Hipotecas de la Primera Sección del Centro de este Departamento,

propiedad del señor PEDRO EMILIANO CUELLAR conocido por

PEDRO MARTINEZ CUELLAR. ""''""

Se admitirán posturas que se hagan, siendo legales.

LIBRADO EN EL JUZGADO SEGUNDO DE MENOR CUAN-

TÍA: SAN SALVADOR, a las diez horas del día cuatro de noviembre de

dos mil trece. LIC. SAUL CAÑENGUEZ MONTANO, JUEZ SEGUN-

DO DE MENOR CUANTIA.- LIC. FRANCISCO RENE AREVALO

PUJOL, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F023048-3

SAUL CAÑENGUEZ MONTANO, JUEZ SEGUNDO DE MENOR

CUANTIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL. Al público, para efectos

de ley,

HACE SABER: Que en el proceso Ejecutivo Civil, promovido por

el LICENCIADO JUAN ANTONIO LOPEZ IBARRA, en su carácter

personal, contra la señora LEONOR CASTELLANOS DE SALAZAR,

se venderá en Pública Subasta en este mismo Juzgado en fecha y por

el precio que oportunamente se indicará, el bien inmueble embargado

siguiente: """"""""" Un inmueble rústico situado en Cantón San Barto-

lo, Jurisdicción de Ilopango, de este Departamento sin ningún cultivo

permanente, desmembrado de otro mayor por el rumbo Norte, el cual

es de forma triangular y que les pertenece en proindivisión y por iguales

partes y cuya descripción según antecedente es la siguiente: Partiendo

de la Estación seis más ochocientos noventa y cinco de fi nca central de

Autopista que de San Salvador conduce a San Miguel, con un rumbo de

Norte treinta y cinco grados treinta y uno punto ocho minutos Oeste y

una distancia de veinticinco punto veinticinco metros y llegamos al punto

Sur-Oeste marcado en el plano como número catorce -A, donde se inicia

la descripción que linda y mide: AL PONIENTE: Línea compuesta de

un tramo con rumbo de Norte treinta y cinco grados treinta y uno punto

ocho minutos Oeste, con una distancia de once punto cincuenta y nueve

metros, lindando por este rumbo con propiedad que anteriormente fue

del señor Juan Antonio López Ibarra, hoy autopista que de San Salvador

conduce a San Miguel, AL NORTE: Línea compuesta de un tramo con

rumbo de Norte sesenta y siete grados cuarenta y tres minutos Este, con

una distancia de veintinueve punto cincuenta y cinco metros, lindando

por este rumbo con terreno de Ricardo Reyes Martínez, AL SUR: Línea

compuesta de un tramo con un rumbo de sur cincuenta y cinco grados

cero punto veintiocho minutos Oeste, con una distancia de veintiséis

punto diez metros, y llegamos al punto número Catorce-A, donde se

inició esta descripción, linda por este rumbo con lote número tres B

de María Antonieta Rodríguez de Arévalo, por donde pasa Autopista

que de San Salvador conduce a San Miguel. El terreno así descrito

tiene una extensión de CIENTO CINCUENTA Y CINCO PUNTO

CUARENTA Y SEIS METROS CUADRADOS EQUIVALENTES A

DOSCIENTAS VEINTIDÓS PUNTO CUARENTA Y TRES VARAS

CUADRADAS".

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122 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402

El inmueble antes descrito está inscrito en el Sistema de Folio

Real Automatizado con Número de Matrícula SEIS CERO CUATRO

CERO CERO CUATRO TRES UNO- CERO CERO CERO CERO

CERO, Asiento DOS, del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de

la Primera Sección del Centro, de este Departamento.

Librado en el Juzgado Segundo de Menor Cuantía, San Salvador,

a las ocho horas del día diez de diciembre de dos mil trece. LIC. SAUL

CAÑENGUEZ MOTANO, JUEZ SEGUNDO DE MENOR CUANTIA.-

LIC. FRANCISCO RENE AREVALO PUJOL, SECRETATRIO.

3 v. alt. No. F023141-3

REPOSICION DE CERTIFICADOS

AVISO

EL BANCO HIPOTECARIO DE EL SALVADOR S. A. Comunica que

a sus ofi cinas se ha presentado el propietario del Certifi cado de Depósito a

Plazo Fijo # 20130032231 de Agencia San Miguel Centro, emitido el día

15/04/2003 a un plazo de 360 días el cual devenga una tasa de interés anual

del 1.35%, solicitando la reposición de dicho certifi cado, por habérsele

extraviado. En consecuencia de lo anterior, se hace del conocimiento

del Público para los efectos legales del caso, transcurridos treinta días

después de la tercera publicación de este AVISO y si no hubiere ninguna

oposición, se procederá a reponer el Certifi cado en referencia.

San Salvador, 3 de febrero del dos mil catorce.

JULIO ALFONSO GARCIA INGLES,

JEFE DEPARTAMENTO DE DEPOSITOS.

3 v. alt. No. F023058-3

AVISO

EL BANCO DAVIVIENDA SALVADOREÑO, S. A. Comunica que

a sus ofi cinas se ha presentado el propietario del certifi cado de depósito

a plazo No. 007601208850 (043259) emitido en Suc. San Miguel, el 06

de septiembre de 2005, por valor original de $2,777.70 a un plazo de 3

meses, el cual devenga el 2.750% de interés, solicitando la reposición

de dicho certifi cado por habérsele extraviado.

En consecuencia de lo anterior, se hace del conocimiento del público

para los efectos legales del caso, transcurridos treinta días después de

la tercera publicación y si no hubiere oposición se procederá a reponer

el certifi cado en referencia.

San Salvador, a los veintisiete días del mes de enero de dos mil

catorce.

ING. ANA YVONNE ZELAYA DE QUEZADA,

GERENTE DE OPERACIONES.

3 v. alt. No. F023061-3

AVISO

EL BANCO DAVIVIENDA SALVADOREÑO, S. A. Comunica que a

sus ofi cinas se ha presentado el propietario del certifi cado de depósito a

plazo No. 015601178362 (10000109369) emitido en Suc. Metrocentro, el

20 de noviembre de 2012, por valor original de $99,900.89 a un plazo de

3 meses, el cual devenga el 2.650% de interés, solicitando la reposición

de dicho certifi cado por habérsele extraviado.

En consecuencia de lo anterior, se hace del conocimiento del público

para los efectos legales del caso, transcurridos treinta días después de

la tercera publicación y si no hubiere oposición se procederá a reponer

el certifi cado en referencia.

San Salvador, a los veintisiete días del mes de enero de dos mil

catorce.

ING. ANA YVONNE ZELAYA DE QUEZADA,

GERENTE DE OPERACIONES.

3 v. alt. No. F023062-3

AVISO

EL BANCO DAVIVIENDA SALVADOREÑO, S. A. Comunica que

a sus ofi cinas se ha presentado el propietario del certifi cado de depósito

a plazo No. 020601249832 (10000121760) emitido en Suc. Santa Rosa

de Lima, el 18 de enero de 2013, por valor original de $165,500.00 a un

plazo de 12 meses, el cual devenga el 4.000% de interés, solicitando la

reposición de dicho certifi cado por habérsele extraviado.

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123DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 13 de Febrero de 2014.

En consecuencia de lo anterior, se hace del conocimiento del público

para los efectos legales del caso, transcurridos treinta días después de

la tercera publicación y si no hubiere oposición se procederá a reponer

el certifi cado en referencia.

San Salvador, a los veintisiete días del mes de enero de dos mil

catorce.

ING. ANA YVONNE ZELAYA DE QUEZADA,

GERENTE DE OPERACIONES.

3 v. alt. No. F023064-3

AVISO

EL BANCO DAVIVIENDA SALVADOREÑO, S. A. Comunica que

a sus ofi cinas se ha presentado el propietario del certifi cado de depósito

a plazo No. 41601010900 (111921) emitido en Suc. La Unión, el 03

de febrero de 2000, por valor original de ¢17,440.00 ($1,993.14) a un

plazo de 6 meses, el cual devenga el 9.7500% de interés, solicitando la

reposición de dicho certifi cado por habérsele extraviado.

En consecuencia de lo anterior, se hace del conocimiento del público

para los efectos legales del caso, transcurridos treinta días después de

la tercera publicación y si no hubiere oposición se procederá a reponer

el certifi cado en referencia.

San Salvador, a los veintisiete días del mes de enero de dos mil

catorce.

ING. ANA YVONNE ZELAYA DE QUEZADA,

GERENTE DE OPERACIONES.

3 v. alt. No. F023065-3

AVISO

EL BANCO DAVIVIENDA SALVADOREÑO, S. A. Comunica que a

sus ofi cinas se ha presentado el propietario del certifi cado de depósito a

plazo No. 076601073005 (10000110756) emitido en Suc. Sensuntepeque,

el 18 de octubre de 2012, por valor original de $6,560.00 a un plazo de

6 meses, el cual devenga el 2.000% de interés, solicitando la reposición

de dicho certifi cado por habérsele extraviado.

En consecuencia de lo anterior, se hace del conocimiento del público

para los efectos legales del caso, transcurridos treinta días después de

la tercera publicación y si no hubiere oposición se procederá a reponer

el certifi cado en referencia.

San Salvador, a los veintisiete días del mes de enero de dos mil

catorce.

ING. ANA YVONNE ZELAYA DE QUEZADA,

GERENTE DE OPERACIONES.

3 v. alt. No. F023067-3

AVISO

Banco Citibank de El Salvador, Sociedad Anónima, COMUNICA: Que a

sus ofi cinas ubicadas en km 10 carretera a Santa Tecla, se ha presentado

el propietario de CERTIFICADO DE DEPÓSITO A PLAZO FIJO No.

009PLA000378929, solicitando la reposición de dicho CERTIFICADO

por CUATRO MIL DOLARES (US$ 4,000.00)

En consecuencia de lo anterior, se hace del conocimiento al público

en general, para los efectos legales del caso, que transcurridos treinta días

después de la tercera publicación de este aviso y si no hubiere ninguna

oposición, se procederá a reponer el certifi cado en referencia.

CHALATENANGO, viernes, 31 de enero de 2014

LIC. EDWIN MIGUEL ZEPEDA,

GERENTE.

BANCO CITIBANK DE EL SALVADOR, SOCIEDAD ANONIMA

AGENCIA CHALATENANGO.

3 v. alt. No. F023100-3

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124 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402

EMBLEMAS

No. de Expediente: 2013129439

No. de Presentación: 20130188724

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado JOSE DA-

NIEL JULIO MARTINEZ MARTINEZ, en su calidad de APODERADO

de EMPRESA DE SEGURIDAD ALFA, SOCIEDAD ANONIMA DE

CAPITAL VARIABLE, que se abrevia: EMPRESA DE SEGURIDAD

ALFA, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando

el registro del EMBLEMA,

Consistente en: un diseño identifi cado como ALFA SECURITY Y

DISEÑO DE ESCUDO DORADO "A", que servirá para: IDENTIFICAR

UNA EMPRESA COMERCIAL DEDICADA A LA PRESTACION DE

SERVICIOS DE SEGURIDAD PARA LA PROTECCION DE BIE-

NES Y PERSONAS; SERVICIOS DE INSPECCION DE ALARMAS

ANTIRROBO Y DE SEGURIDAD; SERVICIO DE VIGILANCIA

NOCTURNA.

La solicitud fue presentada el día diecinueve de agosto del año dos

mil trece.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

treinta de agosto del año dos mil trece.

MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ,

REGISTRADOR.

SAYONARA AYALA DE GUERRERO,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C010911-3

MARCA DE SERVICIOS

No. de Expediente: 2013129440

No. de Presentación: 20130188725

CLASE: 45.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado JOSE DA-

NIEL JULIO MARTINEZ MARTINEZ, en su calidad de APODERADO

de EMPRESA DE SEGURIDAD ALFA, SOCIEDAD ANONIMA DE

CAPITAL VARIABLE, que se abrevia: EMPRESA DE SEGURIDAD

ALFA, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando

el registro de la MARCA DE SERVICIOS,

Consistente en: un diseño identifi cado como Alfa Security Diseño

de Escudo Dorado "A", que servirá para: AMPARAR: SERVICIOS DE

SEGURIDAD PARA LA PROTECCION DE BIENES Y PERSONAS;

SERVICIOS DE INSPECCION DE ALARMAS ANTIRROBO Y DE

SEGURIDAD; SERVICIOS DE VIGILANCIA DIURNA Y NOCTUR-

NA. Clase: 45.

La solicitud fue presentada el día diecinueve de agosto del año dos

mil trece.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos, San Salvador,

veintisiete de agosto del año dos mil trece.

MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ,

REGISTRADOR.

LUCIA MARGARITA GALAN ARGUETA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C010912-3

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125DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 13 de Febrero de 2014.

No. de Expediente: 2013132124

No. de Presentación: 20130194094

CLASE: 37.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado MARCO

ANDRES GUIROLA MARTIN, en su calidad de REPRESENTANTE

LEGAL de ASOCIACION DE DESARROLLADORES Y PROMOTO-

RES TURISTICOS COSTERO MARINOS, que se abrevia: PROMAR,

de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA

DE SERVICIOS,

Consistente en: las palabras ¡JUGUEMOS LIMPIO! y diseño,

que servirá para: AMPARAR: MANTENIMIENTO Y LIMPIEZA DE

PLAYAS. Clase: 37.

La solicitud fue presentada el día nueve de diciembre del año dos

mil trece.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

doce de diciembre del año dos mil trece.

MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ,

REGISTRADOR

SAYONARA AYALA DE GUERRERO,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F023096-3

MARCA DE PRODUCTO

No. de Expediente: 2013130360

No. de Presentación: 20130190104

CLASE: 30.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado ANA

GLORIA CORNEJO, en su calidad de REPRESENTANTE LEGAL de

AGUILAR'S, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, que

se abrevia: LAR'S, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA,

solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO,

Consistente en: la expresión 3377 C y diseño, que servirá para:

AMPARAR: CAFE. Clase: 30.

La solicitud fue presentada el día veinticinco de septiembre del

año dos mil trece.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

tres de diciembre del año dos mil trece.

DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,

REGISTRADOR.

LUCIA MARGARITA GALAN ARGUETA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C010925-3

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126 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402

SECCION DO CU MEN TOS OFICIALESMINISTERIO DE EDUCACIÓN

RESOLUCIÓN No. 2047/2013

Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los once días del mes de octubre de dos mil trece.

Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de Bachiller General obtenido en el INSTITUTO NACIONAL CORNELIO AZENÓN SIERRA, Municipio de Atiquizaya, Departamento de Ahuachapán, extendido con fecha 20 de noviembre de 1998 y considerando que después de verifi car la documentación presentada, con respecto a la legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: en uso de sus facultades legales este Departa-mento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller General, obtenido en el INSTITUTO NACIONAL CORNELIO AZENÓN SIERRA, Municipio de Atiquizaya, Departamento de Ahuachapán, a RINA DEL CARMEN TORRENTO MOLINA. Para los efectos de ley PUBLÍQUESE la presente Resolución en el Diario Ofi cial.

LIC. VÍCTOR MANUEL JEREZ MANGANDI,

DEPARTAMENTO DE ACREDITACIÓN INSTITUCIONAL.

(Registro No. F009733)

RESOLUCIÓN No. 2054/2013

Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los siete días del mes de octubre de dos mil trece.

Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de Ba-chiller General obtenido en el LICEO SAN BENITO, Municipio de San Salvador, Departamento de San Salvador, extendido con fecha 11 de diciembre de 2009 y considerando que después de verifi car la documentación presentada, con respecto a la legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: en uso de sus facultades legales este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller General, obtenido en el LICEO SAN BENITO, Municipio de San Salvador, Departamento de San Salvador, a RODRIGO MANUEL ARCHER CLAROS. Para los efectos de ley PUBLÍQUESE la presente Resolución en el Diario Ofi cial.

LIC. VÍCTOR MANUEL JEREZ MANGANDI,

DEPARTAMENTO DE ACREDITACIÓN INSTITUCIONAL.

(Registro No. F008840)

RESOLUCIÓN No. 2120/2013

Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los dieciséis días del mes de octubre de dos mil trece.

Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de Bachiller General obtenido en el COLEGIO MARÍA AUXILIADORA, Municipio de San Salvador, Departamento de San Salvador, extendido con fecha 20 de diciembre de 2012 y considerando que después de verifi car la documentación presentada, con respecto a la legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: en uso de sus facultades legales este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller General, obtenido en el COLEGIO MARÍA AUXILIADORA, Municipio de San Salvador, Departamento de San Salvador, a MIRIAM LUCÍA RAMÍREZ ABARCA. Para los efectos de ley PUBLÍQUESE la presente Resolución en el Diario Ofi cial.

LIC. VÍCTOR MANUEL JEREZ MANGANDI,

DEPARTAMENTO DE ACREDITACIÓN INSTITUCIONAL.

(Registro No. F009844)

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127DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 13 de Febrero de 2014.

RESOLUCIÓN No. 2121/2013

Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los quince días del mes de octubre de dos mil trece.

Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de Bachiller Técnico Vocacional Comercial obtenido en el COMPLEJO EDUCATIVO CATÓLICO NUESTRA SEÑORA DE LAS GRACIAS, Muni-cipio de Nueva San Salvador, Departamento de La Libertad, extendido con fecha 20 de diciembre de 2011 y considerando que después de verifi car la documentación presentada, con respecto a la legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: en uso de sus facultades legales este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller Técnico Vocacional Comercial, Opción Contaduría obtenido en el COMPLEJO EDUCATIVO CATÓLICO NUESTRA SEÑORA DE LAS GRACIAS, Municipio de Nueva San Salvador, Departamento de La Libertad, a PATRICIA ARELY MELARA BONILLA. Para los efectos de ley PUBLÍQUESE la presente Resolución en el Diario Ofi cial.

LIC. VÍCTOR MANUEL JEREZ MANGANDI,

DEPARTAMENTO DE ACREDITACIÓN INSTITUCIONAL.

(Registro No. F009862)

RESOLUCIÓN No. 2124/2013

Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los dieciséis días del mes de octubre de dos mil trece.

Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de Bachiller Técnico Vocacional Comercial obtenido en el INSTITUTO TÉCNICO METROPOLITANO, Municipio de San Salvador, Departamento de San Salvador, extendido con fecha 30 de noviembre de 2006 y considerando que después de verifi car la documentación presentada, con respecto a la legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: en uso de sus facultades legales este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller Técnico Vocacional Comercial, Opción Contaduría obtenido en el INSTITUTO TÉCNICO METROPOLITANO, Municipio de San Salvador, Departamento de San Salvador, a INGRID YAMILETH PÉREZ ROSALES. Para los efectos de ley PUBLÍQUESE la presente Resolución en el Diario Ofi cial.

LIC. VÍCTOR MANUEL JEREZ MANGANDI,

DEPARTAMENTO DE ACREDITACIÓN INSTITUCIONAL.

(Registro No. F009859)

RESOLUCIÓN No. 2125/2013

Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los once días del mes de octubre de dos mil trece.

Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de Bachiller General obtenido en el COLEGIO SALVADOREÑO ESPAÑOL, Municipio de San Salvador, Departamento de San Salvador, extendido con fecha 26 de noviembre de 1999 y considerando que después de verifi car la documentación presentada, con respecto a la legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: en uso de sus facultades legales este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller General, obtenido en el COLEGIO SALVADOREÑO ESPAÑOL, Municipio de San Salvador, Departamento de San Salvador, a TATIANA LIDOSHKA NAVARRO TOBAR. Para los efectos de ley PUBLÍQUESE la presente Resolución en el Diario Ofi cial.

LIC. VÍCTOR MANUEL JEREZ MANGANDI,

DEPARTAMENTO DE ACREDITACIÓN INSTITUCIONAL.

(Registro No. F009921)

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128 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402

RESOLUCIÓN No. 2130/2013

Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los quince días del mes de octubre de dos mil trece.

Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de Bachiller en Comercio y Administración obtenido en el INSTITUTO NACIONAL DE CUYULTITÁN, Municipio de Cuyultitán, Departamento de La Paz, extendido con fecha 31 de octubre de 1983 y considerando que después de verifi car la documentación presentada, con respecto a la legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: en uso de sus facultades legales este Depar-tamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller en Comercio y Administración, Opción Contaduría obtenido en el INSTITUTO NACIONAL DE CUYULTITÁN, Municipio de Cuyultitán, Departamento de La Paz, a LEONCIO RAMOS RÍOS. Para los efectos de ley PUBLÍQUESE la presente Resolución en el Diario Ofi cial.

LIC. VÍCTOR MANUEL JEREZ MANGANDI,

DEPARTAMENTO DE ACREDITACIÓN INSTITUCIONAL.

(Registro No. F009978)

RESOLUCIÓN No. 2131/2013

Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los dieciséis días del mes de octubre de dos mil trece.

Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de Bachiller Técnico Vocacional Comercial obtenido en el INSTITUTO NACIONAL GENERAL FRANCISCO MENÉNDEZ, Municipio de San Salvador, Departamento de San Salvador, extendido con fecha 26 de noviembre de 1999 y considerando que después de verifi car la documentación presentada, con respecto a la legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: en uso de sus facultades legales este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller Técnico Vocacional Comercial, Opción Contaduría obtenido en el INSTITUTO NACIONAL GENERAL FRANCISCO MENÉNDEZ, Municipio de San Salvador, Departamento de San Salvador, a GEINNY MARELY ROSALES CÓRDOVA. Para los efectos de ley PUBLÍQUESE la presente Resolución en el Diario Ofi cial.

LIC. VÍCTOR MANUEL JEREZ MANGANDI,

DEPARTAMENTO DE ACREDITACIÓN INSTITUCIONAL.

(Registro No. F009955)

RESOLUCIÓN No. 2133/2013

Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los diecinueve días del mes de octubre de dos mil trece.

Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de Bachiller Técnico Vocacional Comercial obtenido en el INSTITUTO NACIONAL DE SAN SEBASTIÁN, Municipio de San Sebastián, Departamento de San Vicente, extendido con fecha 30 de noviembre de 2004 y considerando que después de verifi car la documentación presentada, con respecto a la legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: en uso de sus facultades legales este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller Técnico Vocacional Comercial, Opción Contaduría obtenido en el INSTITUTO NACIONAL DE SAN SEBASTIÁN, Municipio de San Sebastián, Departamento de San Vicente, a KAREN VANESSA CAROLINA TORRES CASTRO. Para los efectos de ley PUBLÍQUESE la presente Resolución en el Diario Ofi cial.

LIC. VÍCTOR MANUEL JEREZ MANGANDI,

DEPARTAMENTO DE ACREDITACIÓN INSTITUCIONAL.

(Registro No. F009882)

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129DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 13 de Febrero de 2014.

RESOLUCIÓN No. 2138/2013

Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los quince días del mes de octubre de dos mil trece.

Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de Bachiller General obtenido en el COLEGIO LAMATEPEC, Municipio de Santa Tecla, Departamento de La Libertad, extendido con fecha 27 de junio de 2006 y considerando que después de verifi car la documentación presentada, con respecto a la legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: en uso de sus facultades legales este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller General, obtenido en el COLEGIO LAMATEPEC, Municipio de Santa Tecla, Departamento de La Libertad, a JULIO EDUARDO FUENTES VELASCO. Para los efectos de ley PUBLÍQUESE la presente Resolución en el Diario Ofi cial.

LIC. VÍCTOR MANUEL JEREZ MANGANDI,

DEPARTAMENTO DE ACREDITACIÓN INSTITUCIONAL.

(Registro No. F010200)

RESOLUCIÓN No. 2182/2013

Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los diecinueve días del mes de octubre de dos mil trece.

Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de Bachiller Técnico Vocacional Comercial obtenido en el INSTITUTO NACIONAL FRANCISCO GAVIDIA, Municipio de San Miguel, Departamento de San Miguel, extendido con fecha 26 de noviembre de 2007 y considerando que después de verifi car la documentación presentada, con respecto a la legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: en uso de sus facultades legales este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller Técnico Vocacional Comercial, Opción Contaduría obtenido en el INSTITUTO NACIONAL FRANCISCO GAVIDIA, Municipio de San Miguel, Departamento de San Miguel, a IRIS CAROLINA CASTRO MARTÍNEZ. Para los efectos de ley PUBLÍQUESE la presente Resolución en el Diario Ofi cial.

LIC. VÍCTOR MANUEL JEREZ MANGANDI,

DEPARTAMENTO DE ACREDITACIÓN INSTITUCIONAL.

(Registro No. F010847)

RESOLUCIÓN No. 2182/2013

Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los dieciséis días del mes de octubre de dos mil trece.

Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de Bachiller General obtenido en el COLEGIO ANGLO AMERICANO, Municipio de San Salvador, Departamento de San Salvador, extendido con fecha 24 de noviembre de 2005 y considerando que después de verifi car la documentación presentada, con respecto a la legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: en uso de sus facultades legales este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller General, obtenido en el COLEGIO ANGLO AMERICANO, Municipio de San Salvador, Departamento de San Salvador, a KAREN PATRICIA GUTIÉRREZ CLAROS. Para los efectos de ley PUBLÍQUESE la presente Resolución en el Diario Ofi cial.

LIC. VÍCTOR MANUEL JEREZ MANGANDI,

DEPARTAMENTO DE ACREDITACIÓN INSTITUCIONAL.

(Registro No. F010792)

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130 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402

CONSEJO DE MINISTROS DE INTEGRACIÓN ECONÓMICA

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Imprenta Nacional - Tiraje 400 Ejemplares.

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