republica de nicaragua america central la gace ......1971/10/28 · cerro grande de veracruz, al...
TRANSCRIPT
REPUBLICA DE NICARAGUA AMERICA CENTRAL
LA GACE'!Ífl~ ({~ DIARIO OFICIAL Director: ENRIQUE MARIN UBAGO
Administrador: CLIFFORD C. HOOKER y REYES Teléfono 23771
Imprenta Nacional
A~O LXXV Managua, D.N., Jueves 28 de Octubre de 1971 No. 244
SUMARIO
PODER E]ECUI'IVO
MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Incineración de Timbres de Cigarrillos de Compafüa Tabacalera Nicaragüen-se, S. A ................... .
Incineración de Timbres de Cigarrillos de Compafiia Tabacalera Centroame-ricana, s. A. . . . . . . • • . . . . . . • .
MINISTERIO DE EDUCACION PUBLICA
Joaquín Sansón A. Solicita Derechos de Autor de su Slogan "La Verdad Aunque Duela" . . . . . . . .
PODER ELECTORAL
3033
3034
3035
MINISTERIO DE !CONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO
Sección de Patentes de Nicaragua
Marca de Fábrica .. Patente de Invención . . . . . .
SECCION JUDICIAL
Remates ............. .
Titulo Supletorio . . . . . . . .
Citación a Accionistas de Compa.flia Empresarios Integrados, S. A. . • . . . .
Citación a Accionistas de Fogel de Ni-caragua, S. A. . . . . . . . . . . . . . .
Citación a Acreedores del Doctor José M. Pérez Cassar . . . . . . . . . . . . .
Citación a Accionistas de Consorcio Ho-
""· 3041 3041
3041
3045
3045
3045
3045
TRIBUNAL DEPARTAMENTAL ELECTORAL
División Cantonal Electoral del Departamento de Masaya (continuará) ..
3035 i D::;:~o::·d~. ~~r~~e~s . . . . . . . . 3045
3045
3046
3048
3048
' Citaciones de Procesados ..
Indice de "La Gaceta" (contin(ia) ADMINISTRACION DE ADUANA DE MANAGUA
Aviso de Subasta en Administración de Aduana de Managua . . . . . . . ; ... 3041 Indicador de "La Gaceta" . . . . . . . .
PODER EJECUTIVO
Ministerio de Hacienda y Crédito Público
Incineración de Timbres de Cigarrillos de Compañía
Tabacalera Nicaragüense, S. A. "N~ 200
El Presidente de la República,
en uso de sus facultades,
Po r e u a n to:
El Señor Director General de Ingresos en oficio N• 27367 del 25 de Septiembre del corriente año, dirigido al Ministerio de Hacienda y Crédito Público, informa que la Compañia Tabacalera Nicaragüense, S. A., ha soli· citado la Reposición de Timbres de cigarrillos, tanto de los inutilizados por las máquinas de dicha Compafifa durante el periodo compren·
dido del 1° de Junio al 31 de Agosto del añ~ en curso, como de los adheridos a cajetillas de cigarrillos en mal estado en existencia al mismo periodo; timbres todos que en número de cuarenta y un mil ciento cuarenta y cuatro (41.144), equivalen a la suma de veintiséis mil novecientos treinta y ocho córdobas con noventa centavos ( IJ 26,938.90), conforme el siguiente detalle:
TIMBRES INUTILIZADOS POR MAQUINAS
Cantidad de Timbres Denominación Total Impuesto
100
3,200
500
~ 1.1550 ,, 0.9240 ,, 0.84
4: 115.00 ,, 2,956.80 ,,
420.00
3034 LA GACETA-DIARIO OFICIAL
3,900 2,200 5,700
.. 0.63
.. 0.5250
.. 0.4410
.. 2,457.00
.. 1,155.00
.. 2,513.70
"""TIMBRES ADHERIDOS A CAJETILLAS EN MAL ESTADO
Canttdad de Timlp"es Denominación Total Impuesto
151 ~ 1.1550 ~ 174.42
75 .. 0.9240 .. 69.30 9,097 " 0.84 .. 7,641.48
2,798 .7350 " 2,056.53 5,422 .. 0.63 .. 3,415.86
5,177 .. 0.5250 " 2.717.93 2,824 " 0.4410 " 1,245.38
Los timbres detallados están a la orden de
la Dirección General de Ingresos y de confor
midad con el Arto. 14 del Decreto Ejecutivo
N~ 7 del 9 de Mayo de 1966, el cual reglamenta_
el Decreto Legislativo N~ 1054 del 24 de Febrero
de 1967 que establece un impuesto de timbre
sobre el consumo de cigarrillos y puritos Oit
tle cigars) de manufactura nacional o centroamericana.
Por Tanto:
Con apoyo en la Ley citada,
Acuerda:
Primero: Procédase a la incineración de los mencionados cuarenta y un mil ciento cuarenta y cuatro (41.144) timbres para cigarrillos; operación que se llevará a efecto en los hornos
1
. de la citada Compañia Tabacalera Nicaragüense, S. A., en presencia de una Comisión integrada por un Representante del Ministerio de Hacienda, ~o del Tribunal de Cuentas, más un representante d~ la Compañia Tabacalera Ñicaragüense, S. A.
Segundo: Autorizase al Señor Director General de Ingresos para que de la existencia del Almacén General de Especies Fiscales entre- ' gue a la Compañia Tabacalera Nicaragüense, S. A., en reposición de los timbres que serán incinerados los siguientes: Sesenta y un mil ochenta y seis timbres de tabaco color café, de la denominación de CS: 0.4410 cada uno. La diferencia de C$: 0.03 entre el valor total inuti· lizado y la suma a que asciende la cantidad de timbres en reposición deberá ser cubierta por medio de Recibo Fiscal.
Comuníquese: Casa Presidencial, Managua, D. N., a los veintinueve días del mes de Septiembre de mil novecientos setenta y uno. -<O A. SOMOZA, Presidente de la República.(f) Roberto Martinez Lacayo, Ministro de Hacienda y Crédito Públ'ico, por la Ley".
Incineración de Timbres de Cigarrillos de Compañía Tabacalera
Centroamericana, S. A. "N• 207
El Presidente de la República,
en uso de sus facultades,
P o r cuanto:
El Señor Director General de Ingresos en oficio N• 27014 del 21 de Septiembre del corriente año, dirlgido al Ministerio de Hacienda y Crédito Público, informa que la Compañía Tabacalera Centroamericana, ha solicitado reposición de Timbres de cigarrillos, tanto de los inutilizados por las máquinas de dicha Compa.. ñia durante el periodo comprendido entre el 1• de Junio de 1969 y el 31 de Julio de 1971, como de los adheridos a cajetillas de cigarrillos en mal estado en existencia al mismo período; timbres todos que en número de setenta y siete miJ setecientos cincuenta (77.750) equivalen a la suma de CUARENTA Y SIETE MIL OCHOCIENTOS VEINTICINCO CORDOBAS CON CINCUENTA Y SEIS CENTAVOS, conforme el siguiente detalle:
TIMBRES INUTILIZADOS POR LAS MAQUINAS
Cantidad de Timbres Denominación Total Impuesto
57 0.155 ~ 65.34 891 0.84 748.44
3922 0.63 .. 2,470.86 1133 0.525 594.83 2232 0.441 984.81
TIMBRES ADHERIDOS A CAJETILLAS EN MAL ESTADO
Cantidad de Timbres Denominación Total Impuesto
1640 1.133 ~ 1,894.20 14,130 0.84 "11,869.20 13,690 0.63 .. 8,624.70 34,630 0.525 "18,180.75 5,425 0.441 .. 2,392.43
Los timbres detallados están a la orden de la Dirección General de Ingresos y de conformidad con el Arto. 14 del Decreto Ejecutivo N~ 7 del 9 de Mayo de 1966, el cual reglamenta el Decreto Legislativo N• 1054 del 24 de Febrero de 1967 que establece un impuesto de timbre sobre el consumo de cigarrillos y puritos Oittle cigars) de manufactura nacjonal o centroamericana.
Por Tanto:
Con apoyo en' la Ley citada,
Acuerda:
Primero: Procédase a la incineración de los
LA GACETA-DIARIO OFICIAL 3035
mencionados setenta y siete mil setecientos cincuenta (77,750) timbres para cigarrillos; operación que se llevará a efecto en los hornos de la citada Compañía Tabacalera Centroamericana, S. A., en presencia de una Comisión integrada por un Representante del Ministerio de Hacienda, uno del Tribunal de Cuentas, más un representante de la Compafiia Tabacalera Centroamericana, S. A., permitiéndosele el reprocesamiento del tabaco contenido en las cajetillas en mal estado a incinerarse.
Segundo: Autorizase al Señor Director Gene.. ral de Ingresos para que de la existencia del Almacén General de Especies Fiscales entregue a la Compafiía Tabacalera Centroamericana. S. A., en reposición de los timbres que serán incinerados los siguientes: Ciento ocho mil seiscientos setenta y cinco (108.675) timbres color café con valor nominal de lf 0.4410 cada uno. La diferencia de C$: 100.11 entre el valor total inutilizado y la suma a que asciende la cantidad de timbres en reposición deberá ser cu-bierta por medio de Recibo Fiscal. ·
Comuníquese: Casa Presidencial, Managua, D. N., a los cinco días del mes de Octubre de mil novecientos setenta y uno. - (f) A. SO. MOZA, Presidente de la República. - (f) Gustavo Montiel, Ministro de Hacienda y C. P."
Ministerio de Educaci6n Pública
JOAQUIN SANSON A. SOLI'cITA DERECHOS DE AUTOR DE SU SLOGAN
"LA VERDAD AUNQUE DUELA" Reg. 7092 - R/F 02822 - lf 90.00
Joaquín Sansón Argüello, se ha presentado a este Despacho solicitando los Derechos de Autor de su Slogan titulado "La Verdad Aunque Duela", del cual es autor.
Quien se crea con derecho, opóngase término legal. -._
Ministerio de Educación Pública. Managua, D. N., 23 de Octubre de 1971. - Tulio Tablada Zepeda, Director de Servicios Administrativos de Educación Pública. '
3 l
PODER ELECTORAL
Tribunal Departamental Electoral
División Cantonal Electoral del ~epartamento de Masaya
Reunido el Tribunal Departamental Electoral de Masaya, con asistencia de todos los miembros y Secretario que autoriza, con el objeto de dar cumplimiento a lo ordenado por la Ley Electoral vigente en su Arto. 37,
1
Acuerda:
Circunscribir el Departamento y dividirlo en Cien < 100) Cantones Electorales repartidos entre los nueve Municipios que lo componen.
CIRCUNSCRIPCION TERRITORIAL
DEPARTAMENTAL DE MASAYA
Rumbo Norte:
Se determina por una linea que partiendo con dirección occidental, de El Charco de Tisma, algo adentro, va a conectar con la esquina sureste del camino que pasa por el flanco sur del poblado de Zambrana y que sale a la carretera de Masaya a Tipitapa, pasa el camlno viejo carretero que ·casi paralelo a la carretera antes dicha y sube al Cerrito de Nancitepe por el centro de su cúspide y baja por la linea férrea que va para Managua, pasa por el Cerro Grande de Veracruz, por .el punto llamado La Joya, el flanco Norte del Valle de Gothel y muere en el Cantón de Ticuantepe, situado un poco arriba de la falda del cerro de su nombre, frente al poblado de Ticuantepe.
Rumbo Occidental:
·Parte del Mojón de Ticuantepe al margen de las tierras de Managua con dirección Sur, para el kilómetro 30 de la Carretera Intemaci0-nal Sur, se va al Llano de Pacaya y el Ojo de Agua de San Lorenzo, donde principia la Quebrada de Zapasmata; aqul termina este rumbo.
Rumbo Sur:
De donde principia la Quebrada de Zapasmata, con dirección Oriental, se pasa por la hacienda Palestina, de las Sritas; Zúniga de Ma· saya, por su flanco Sur; por la hacienda de la Testamentaria del Dr. José Heliodoro Robleto y se llega a la Pila de Zapasmata, medianera, entre los Municipios de San Marcos, Depto. de Carazo y La Concepción, del Depto. de Masaya; siguiendo siempre hacia el Oriente, se llega a la casa de Monte Azul, del Municipio de Masatepe; ya en este Municipio se va a la casa de Cruz Betanco y entrando en tierras de Niquinohomo, se llega a la casa de Juan Canda Pavón, de Catarina, flanqueando los Municipios de Diriá y Diriomo, se entra a tierras de San Juan de Oriente y se va al Río Choto, fronterizo ccn el Municipio de Granada, finalizan· do así esta línea.
Rumbo Oriental:
Del Río Choto, con dirección Norte, se pasa por la parte posterior de la Casa de Zaratoga, en Catarina, y bordeando la Laguna de All<>4 yo, se pasa por la casa de Norome, se sube la Flor Blanca, se va al Caserío de San Bias, del Depto. de Granáda y de aquí al Charco de Tisma, punto de partida de esta circuncripción.
MUNICIPIO DE NINDIRI
Circunscripción Municipal •
Los diez Cantones Electorales que componen el Municipio de Nindírí están circunscritos por una linea que partiendo de un punto sobre el camino viejo de Masaya a Tipitapa y frente al
3036 LA GACETA-DIARIO OFICIAL
Cerrito de Nancitepe, el que se pasa en su cúspide, se baja a la linea férrea a Managua, al Cerro Grande de Veracruz, al Mojón de La Joya, al Valle de Gothel por su lado Norte y al Mojón de Ticuantepe; se dobla al Sur hasta llegar a las tierras del Municipio de La Concepción; se dobla al Oriente, se baja a la Laguna de Masaya, se llega al costado Sur de La Barranca, y siguiendo la misma dirección, en forma oblicua, se va a la casa de la finca de El Destino sobre el camino viejo de Masaya a Tipitapa, de aqui se dobla al Norte, sobre el camino antes dicho, hasta llegar al punto de partida. Es de advertir que el costado occi. dental de ese camino y en toda su extensión, es de jurisdicción de Nindiri.
Cantón de Ticuantepe
Linda: al Norte, Cantón de Los Madrigales, dividido por una línea que de la finca San Mi. guel, del señor Jesús Miranda Montoya termina en el camino de Ticuantepe a Managua, en la finca de Arturo Bojorge Estrada; al Sur con tierras del Municipio de La Concepción; al Oriente, con el Cantón de Los Garmendia y los separa una línea desde La Piedra Quemada hasta la finca de don Mónico Castro y al Occidente, con tierras del Municipio de Managua y los divide una linea que va del Mojón de La Joya al Mojón de Ticuantepe.
Cantón de Los Madrigales
Este Cantón limita: al Norte, Cantón de Veracruz; Sur, con el Cantón de Ticuantepe, dividido por una linea que partiendo de la finca de San Miguel de Jesé de Jesús Miranda Montoya, termina en el camino de Ticuantepe a Managua,. en la finca de Arturo Bojorge Estrada; al Oriente: Cantón de Los Garmendia; al Occidente: tierras de Managua. ·
Cantón Los Garmendia
Este Cantó~ comprende: El Raizón,. Piedra Menuda, Dírita y Buena Vista. Linda: Al Oc. cidente, Cantón de Ticuantepe y Los Madriga. les y los separa una línea que partiendo de Piedra Quemada, llega hasta la Sucesión de Mónica Castro; al Oriente, con el Cantón Occidental de Nindiri; al Norte, con el Cantón de Veracruz, separado por una linea que partiendo de la finca de Los Avellán, llega hasta La Piedra Quemada y por el Sur, la Piedra Quemada.
Cantón Oriental de Nindirf
Este Cantón comprende parte del poblado de Nindirí, Caseríos de La Barranca, La Estación y Los Altos de Nindiri; Linda asf: al Oriente, Cantón Gral. Rigoberto Cabezas Norte; al Occidente, Cantón Central de Nindirí, dividido por la calle llamada de la Iglesia, que partiendo de La Laguna de Masaya, cruza la carretera a Managua, pasa por la casa de don Alfonso Castillo, la Iglesia y la casa de
Flora Membreño, hasta La Cruz Negra en el Cantón de Campuzano, perteneciendo a este Cantón todo el flanco Oriental de la linea que se ha trazado; al Norte, el Cantón de Campuzano y al Sur, la Laguna de Masaya.
Cantón Central de Nindiri
Este Cantón comprende: la parte central del poblado de Nindirí, dividido por la Calle de la Iglesia, lindando así: Oriente, Cantón Oriental de Nindirí, separado por la Calle de la Iglesia, partiendo de la Laguna de Masaya, cruza la carretera pavimentada a Managua, pasa por la Casa Cural, la de doña Benigna Ramos y termina frent~ a La Cruz Negra, que es donde comienza el Cantón de Campuzano, al Occidente, Cantón Occidental de Nindirf, separado de este Cantón por la Calle del Cine y partiendo de la Laguna de Masaya pasa a la Carretera a Managua por la casa de don Al. fonso Martinez, mejor conocido por el Mayor, por la de Merceditas Gaitán, la Casa Escuela y termina en la finca de don Silvio Solórzano, donde empieza el Cantón de Campuzano; al Norte, el Cantón de Campuzano y al Sur, con la Laguna de Masaya.
Cantón Occidental de Nindirí
Este Cantón comprende parte del poblado de Nindiri. Limita: al Oriente, con el Can. tón Central de Nindirí dividido por la Calle del Cine, que partiendo de la Laguna de Masaya, pasa por la Carretera a Managua, la casa de doña Clofás Vicente, la de doña Juana Berta Noguera, Antonio Bejarano y siguiendo esa misma dirección, termina frente a la casa de la finca que fue de don Silvio Solórzano, donde empieza el Cantón de Campuzano; al Occidente, Cantón de Los Garmendia, separado por una línea que partiendo de la casa de doña Juana García "Juana Gata", termina en la finca que fUe de Silvio Solórzano, donde empieza el Cantón de Campuzano; al norte, el Cantón de Campuzano y al Sur, la Piedra Quemada.
Cantón de V eracruz
Este Cantón comprende al poblado de Veracruz, Valle de Gothel y El Portillo. Limita: al Oriente, Cantón de Cofradía; y lo separa una linea que partiendo de la finca de Los Avellán llega al Cerrito de Nancitepe; al Occidente, tierras de Managua y lo separa una línea que partiendo de las tierras de Managua por el Nor. te, llega a las tierras de Ticuantepe, Barrio de Los Madrigal por el Sur; al Norte, tierras de Managua y se separa de este Departamento con una linea que partiendo del Cerro de Nancitepe llega hasta La Joya, pasando por el Cerro Grande de Veracruz y por el Sur, con el Cantón de Los Garmendia.
Cantón de Campuzano
Comprende: Los Caseríos de El Roble, San
LA GACETA-DIARIO OFICIAL 3007
FranciSC'O, ur:a parte· de El Ceibal y El Pm·tillo; linda: Oriente, camino de Nindirí hacia Cofradía, partiendo de La Cruz Negra y llega hasta El Ceibat donde comienza el Can· tón de Cofradía, al Occidente, Piedra Quemada; al Norte, el Cantón de Cofradía, partiendo de El Ceibal, pasa por una parte de El Portillo y llega hasta la casa de doña Berta Bonilla; al Sur, Cantones Central y Occidental de Nindirí, separado por una linea que partiendo de La Cruz Negra pasa por la finc'l. de don Silvia Solórzano y ttlrmina en La Piedra Quemada.
cantón Oriental de Co/radfa
Este Cantón comprende: J.os pocitos, El Paraíso, la Pelota y Guanacastillo Norte, dividido al Sur por un camino. La parte urbana de este Cantón se divide, desde Cofradía Occidental por la calle que pasa por la casa de doña Lucrecia Membreño de Lovo.
Cantón Occidental de Cofradia
Este Cantón comprende: San Joaquín, San Antonio, parte de El Portillo y El Ceibal. La parte urbana de este Cantón, está dividida des. de Cofradía Oriental, por la calle que pasa por la casa de doña Lucrecia Membreño de Lovo.
MUNICIPIO DE TISMA
Todos los 5 Cantones de que se compone es. te Municipio, están circunscritos por una li· nea que partiendo, por el Norte, del Charco de Tisma en linea recta llega a un camino que, su flanco Sur, pasa cerca del poblado Zam-
. brano, y de aquf se dobla con rumbo Sur a la finca Santa Amalia, pasando por San Roque; de la finca Santa Amalia se dobla por el Orlen-· te hasta el Caserío de San Bias, Municipio de Granada; de aquf, con rumbo Norte se llega al punto de partida. . Cantón de San Ramón
Este Cantón linda: al norte, tierras del Municipio de Tipitapa; al Sur, el Cantón de Tisma Grande, Caseríos de La Concha; al Oriente, el Charco de Tisma y al Occidente, Cantón Las Pilas, principiando por sus rumbos en la finca Santa Amalia, pasando por San Roque. Este Cantón comprende el Caserío de San Ramón.
Cantón de Tisma Grande
Este Cantón linda: al Norte, Cantón de San Ramón; al Sur, Cantón de Tismita; al Oriente, El Charco de Tisma y al Occidente, con el Cantón de Las Pilas. Se separa de Tismita por la Calle del Cementerio, perteneciéndole toda la parte urbana del poblado de Tisma Grande.
Cantón d~ Tismita
Este Cantón linda: al Norte, con el Cantón de Tisma Grande, separado por la Calle del Cementerio; al Sur, Cantón de 24; al Oriente,
El Charco de Tisma y al Occidente, Cantón de Las Pilas. Este Cantón por el Sur está U. mitado por el camino que viene de Granada y pasa por Las Cuatro Esquinas y le corres. ponde toda la parte urbana de este poblado de Tismita.
Cantón de Veinticuatro
Este Cantón se compone del Caserío de Veinticuatro y parte de Las Cortezas. Limita: al Norte, con el Cantón de Tismita; al Sur, con el Cantón de El Comején; territorio del Municipio de Masaya y con el Caserío de San Bias, tierras del Municipio de Granada; al Oriente, con Coyolito; y por el Occidente, con el Cantón de El Comején.
Cantón de La Montañita
Este Cantón está limitado así: Norte, Can· tón de Tismita; Sur, Cantón de El Comején; del Municipio de Masaya; al Oriente, con el Cantón de Veinticuatro y al Occidente, Cantón de El Comején. Está separado del Cantón de Veinticuatro, por el camino de La Piedra en toda la extensión desde su límite con el Cantón de Tismita hasta el de El Comején, del Municipio de Masaya.
MUNICIPIO DE MASAYA
El Municipio de Masaya está circunscrito asf: Partiendo del extremo Oriental del camino que por su parte Sur del poblado de Zambrano, sale a la carretera que de Masaya sale a Tipitapa y cruzándola se llega al camino viejo que va para esa vía; de aquí se dobla al Sur sobre ese camino hasta llegar frente a la casa de la finca El Destino, se dobla al Occidente, se llega a La Barranca, por su naneo Sur y siguiendo se llega a las costas de la Laguna de Masaya; se dobla al Sur y siguiendo esa costa se llega a un punto imaginario que doblando al Oriente, pasa a orilla del poblado de Buena Vista hasta la parte central del Case· rfo de la Laguna de Apoyo. Se ha venido a orilla de los Municipios de Nandasmo, Niqui. nohomo y Catarina. Del Valle de la Laguna de Apoyo, se dobla con rumbo Norte, se cruzan. caminos y carretera que van a Granada, se pasa por el Caserío de San Bias y de aqui a la finca Santa Amalia, en este punto se dobla con rumbo Norte, se va a la orilla Occidental del Cantón de San Ramón, del Municipio de Tisma y muere en su punto de partida.
Cantón Los Altos Norte
Este Cantón limita: al Norte, con tierras del Municipio de Tipitapa; al Sur, con el Cantón de Los Altos Sur; al Oriente, con el Cantón de Las Pilas y al Occidente, con tierras del Muni. cipio de Nindiri, por el camino viejo de Tipitapa. Este Cantón comprende Guanacastillo y se demarca así: partiendo de la finca Matildi· na del Dr. Hüeck, con rumbo Occidental, se sale al camino de Masaya a Tipitapa; sigulen-
3038 LA GACETA-DIARIO OFICIAL
do con dirección Norte, se llega a la esquina vieja de la finca La Pelota, de aquí sobre un camino que pasa a orilla Sur del poblado de Zambrano, siguiendo todas las sinuosidades de este camino hasta llegar a La Ceiba y de alli con rumbo Sur, se entra al camino de Santa Cruz, de éste y con dirección Sur, hasta llegar a un punto imaginario que en ángulo recto va para el Occidente y de aquí se va al pun· to de partida, Ó sea la finca Matildina.
Cantón de Los Altos Sur
Este Cantón limita: al Norte, con el Cantón de Los Altos Norte; al Sur, con el Cantón Pánfilo Vivas; al Oriente, con el Cantón de Las Pilas y al Occidente, tierras de Nindirí, ca. mino a Tipitapa en medio. Comprende el caserío de Los Altos y se demarca así: de la fin· ca Matildina del Dr. Hüeck con rumbo Occidental y en línea recta se sale al camino viejo de Tipitapa; de este punto de salida con rumbo Sur se llega al punto Norte del Cantón Pánfilo Vivas Norte frente a la casa de la finca El Destino; de este lugar hacia el Oriente en línea recta se llega al Barrio de Los Concheños, de aquí con dirección Norte sobre el camino de Santa Cruz pasando por la finca de Victoriano Sotomayor y Santa Elisa de don Filadelfo Pérez López se llega a un punto imaginario que doblando con rumbo Occidental . en Unea recta se llega al punto de partida o sea a la finca Matildina.
Cantón de Las Pilas
Este Cantón linda: al Norte, con el Cantón de Tisma Grande y lo separa una línea que partiendo de la finca Santa Elisa, de Filadelfo Pérez López, pasa por la hacienda San Roque, de don José María Pérez López, se toma al Oriente, para la hacienda San Fernando hasta salir al camino a La Carretera al Oriente, el camino de La Cuerda de San Fernando a La Zoila; al Sut, con el Cantón Pánfilo Vivas Norte y se divide de Santa Zoila a la punta de plancha de Guillermo Pasquier, de donde se toma al Barrio de Los Concheños; al Occidente, Cantón de Los Altos Sur, separado por el camino que del Barrio de Los Concheños va a la finca Santa Elisa, o sea su punto de partida. Los dos flancos de este' camino pertenecen al Cantón de Las Pilas.
Cantón de El Comején
Comprende: el Palenque, El Acetuno y Las Cortezas. Limita: al Norte, con el Cantón de Tisma Grande;.· al ·sur, con los Cantones de Llano Grande y San Jerónimo Norte, interpuesta la carretera de M'lsaya a Granada; al Oriente, con el Cantón de Tisma y tierras del Municipio de Granada y al Occidente, con los Cantones de Palo Blanco Norte y Las Pilas.
Cantón de Ll<Z1lo Grande N• Uno
Este Cantón se demarca asi: Partiendo del
camino El Negro en línea imaginaria en finca de don Justo Cano con rumbo Sureste, y pasando a 100 varas al Sur de la Ermita de Llano Grande, se llega al camino de Santa Clara; de este punto, con rumbo Noreste, al camino de don Germán Rizo y doña Juana Polanco; de aquí con rumbo Occidental, siguiendo el camino de Buena Vista, de don Albino González, a una línea 1maginaria que con rumbo Sur, pasando por la casa de Justo Ca. no, comprendiéndola llega al punto de partida.
Cantón de Llano Grande N~ DOS
Este Cantón se demarca asi: Partiendo del camino de El Negro, en línea imaginaria en la finca de don Justo Cano, del Cantón Llano Grande N~ Uno, con rumbo Sur-Este, pasando a 100 varas al norte de la Ermita de Llano Grande, se llega al cainino Santa Clara; de aqui con rumbo Sur-Oeste hasta una linea imaginaria, que al encontrarse con el arroyo en di· rección Nor.Oeste, llega al Cantón de La Reforma y luego, en linea también imaginaria, llega al punto de partida, camino de El Negro, en la finca de Don Justo Cano.
Cantón de La Reforma
Este Cantón se demarca así: de la casa del señor Justo Cano y la de los Jalinas, ambos del Cantón de Llano Grande N• Uno se llega al Arroyo, hasta encontrar un punto imaginario donde sale la línea, también imaginaria que toma el rumbo Norte, principia en La Casa de Alto en la carretera de Granada. De Casa de Alto, con rumbo Nororiental se llega a El Chilamate, camino que divide a Masaya y Granada; de la finca de Los Barrios en el Cantón de La Laguna, sobre el mismo camino y dirección, se llega a La Cruz de San Sebastián en la carretera de la Laguna de Apoyo y siempre con el mismo rumbo se llega al camino de El Bejuco, hasta la casa del señor Juan Vásquez, en el Cantón de Las Cuatro Esquinas de donde con rumbo Norte, en línea imaginaria llega al camino de El Negro, de este punto y en ángulo recto al Oriente se llega al punto de partida.
Cantón de Pacayita
Se demarca así: partiendo de la casa de don Benjamin Romero con dirección Sureste sobre el camino de El Túnel, se llega a Loma Larga; de aquí se toma al Oriente hasta el fin de Pacaya, en tierras del Municipio de Catarina; de este punto se torna al Norte hasta Diriomito; luego y con rumbo Nororiental siguiendo el Arroyo y continuando en una línea imaginaria hasta encontrar- la línea de los pueblos del Sur y de aquí, al Occidente, hasta el punto de partida, casa de la finca de don Benjamín Romero. •
Cantón de La Laguna
De la casa de la finca de Los Barrios en el
LA GACETA-DIARIO OFICIAL 3039
camino de El Chilamate, que divide a Granada y Masaya en dirección Sureste y en línea ima.. ginaria se llega a la Laguna de Apoyo; en este punto se pierde a la Laguna hasta la casa de don Manuel Acosta, de este Cantón; de aquí con rumbo Norte a la esquina de la casa de don Bernabé Rosales; luego al Occidente hasta Diriomito, de donde con rumbo Noreste se sigue una línea imaginaria que llega hasta El Aguacatillo, de donde con rumbo Norte va a la casa de don Juan Vásquez en el camino de El Bejuco, de donde con nimbo Suroeste, se llega al punto de partida.
Canitón Gral. Rigoberto Cabezas Oriental
Este Cantón limita así: al Norte, Cantón Gral. Rigoberto Cabezas Norte; al Sur, el Cantón de Las Siete Esquinas Orientales y parte del Cantón de San Jerónimo Norte; al Oriente, Cantón San Jerónimo Occidental y Pánfilo Vivas Norte y al Occidente, con el Cantón Gral. R. Cabezas Norte. Se demarca como sigue: de la esquina Suroeste del Parque San Jerónimo con rumbo Norte, pasando por la casa de don Ramón Porta y de la familia Lara, hasta encontrar la linea divisoria con el Cantón Gral. R. Cabezas Norte, de este punto se toma al Noreste pasando la línea férrea hasta llegar al costado sur de la casa de don Bartolo Ruiz, de donde se dobla al Sur sobre la banda Occidental de la Avenida de Los Leones, hasta la esquina Sureste del Parque de San Jerónimo y de este punto con rumbo Occidental se llega al punto de partida.
Cantón Gral. Rigoberto Cabezas · Oriental N• Uno
Se demarca así: partiendo de la esquina· de la Panadería de San Jerónimo, con rumbo Norte pasando por la casa de doñá Fany Mejía, don Justo Flores y Monte Fresco, hasta encontrar la línea divisoria del cantón Gral. R. Cabezas .. Norte; se dobla al Occidente hasta formar ángulo recto con la línea que conecta con la Avenida de El Coco, hasta la esquina de la casa que fue de doña Mercedes Huembes, de donde con rumbo Oriental se llega al punto de partida. Limita así: Norte, Cantón Gral. R. Cabezas Norte; Sur, Cantón de Las Siete Esquinas Occidental N• Uno; al Oriente, Cantón Gral. R. Cabezas Oriental y al Occidente, Cantón Gral. R. Cabezas Occidental.
Cantón Gral. Rigoberto Cabezas Norte
Se demarca así: partiendo de la casa de Bartolo Ruiz comprendiéndola, se va con rumbo Sur-occidental, hasta llegar al Gancho de Camino formado por la Calle de Nindirí y El Ba.. jadero de El Carmen, de aquí con rumbo Occidental al Bajadero de El Carmen a orilla de La Laguna de Masaya, donde se dobla al No-r te hasta las tierras de Nindirí, dobla en línea ~ta con rumbo Noreste, hasta la finca de El Destino en su costado Norte, saliendo al ca-
mino viejo a Tipitapa y de este punto sobre el camino antes dicho se llega al punto de partida, casa de don Bartolo Ruiz. Limita: Norte, tierras del Mun1cipio de Nindirí; al Sur, Cantones de Gral. R. Cabezas Oriental y Occidental; Oriente, Cantón Pánfilo Vivas Norte y al Occidente, con tierras del Municipio de Nindiri.
Cantón Gral. Rigoberto Cabezas Occidental
Se demarca así: partiendo de la casa de don Silvio Pérez, frente a la que fue de doña Mercedes Huembes con rumbo Norte, pasando por la esquina de Pénjamo y la casa de don Federico Cisneros, sobre la Avenida de El Coco, hasta encontrar ia linea divisoria del Cantón Gral. R. Cabezas Norte, se dobla con rumbo Sur-occidental hasta El Gancho de Camino formado por la Calle de Nindirí y el Bajadero El Carmen, de aquí con rumbo Occidental a El Carmen a orilla de la Laguna de Masaya, de aquí ·se bordea la Laguna hasta un punto que formando ángulo recto con rumbo Oriental llega al punto de partida, o sea la casa de don Silvio Pérez. Limita así: al Norte, Cantón Gral. R. Cabezas Norte; Sur, Cantón de Las Siete Esquinas Occidental; Oriente, Cantón Gral. R. Cabezas Oriental y al Occidente, la Laguna de Masa ya.
Cantón de Pánfilo Vivas Norte
Este Cantón linda así: Norte, Cantón de Los Altos Sur; Sur, Cantón Pánfilo Vivas Sur N• 2; Oriente, Cantón de Palo Blanco Sur Nº 2 y al Occidente, Cantón de Pánfilo Vivas N• 1 Sur. Se demarca así: partiendo de la esquina Sureste de la casa del señor Ignacio Vivas y por su frente Sur se va a la esquina Sur-oriental de la Bodega del señor Federico Khun, de aquí se dobla al Norte, sobre el camino carretero a Tipitapa y se llega a la casa de la finca El Destino, luego con rumbo Noroeste se llega al Barrio de Los Concheños por su rumbo Norte; de aquí, con rumbo Oriental y en linea positiva se va a la casa de don Ignacio Díaz, sobre el camino de La Cuerda que viene de Tisma; sobre este camino h~cia el Sur, se lle-· ga a Tijuana y de aquí se va a Masaya pasando por dentro de la finca de los señores Farias, hasta el punto de partida, casa del señor Ignacio Vivas.
Cantón de Pánfi.!o Vivas Sur N• 1
Se demarca así: parte del Trillo de Federico Khun, con rumbo Norte, tomando la Avenida de El Progreso (Rastro) hasta llegar a la carretera que va de Gmnada a Managua, haciendo vértice en este punto hacia el Sur, sobre la Avenida de Los Leones en su banda oriental, hasta lleg~r a la esquina opuesta a la casa de don Alfonso Membreño, de este punto con rumbo Oriental al punto de partida, Trillo de Federico Khun. Limita: al Norte, Cantón Pánfilo Vivas Norte; al Sur, Cantón Pánfilo
3040 LA GACETA-DIARIO OFICIAL
Vivas Sur N~ 2; al Oriente, Cantón Pánfilo Vivas Norte y al Occidente, Cantones Gral. R. Ca.. bezas Norte y Oriental.
Cantón de Pánfilo Vivas Sur N• 2
Se demarca asi: partiendo de la Casa Cural de San Jerónimo con rumbo Oriental sobre la calle a la salida a Granada, hasta llegar a la esquina de la Pulperia La Barata; luego, con rumbo Norte se llega a la Calle de La Bolsa frente a la casa de don Ignacio Vivas; se dobla al Occidente pasando por El Trillo de Federico Khun hasta llegar a la esquina frente a la casa de don Alfonso Membreño y de aqui con rumbo Sur hasta llegar al punto de partida, Casa Cural de San Jerónimo. Limita: N orte, Pánfilo Vivas Sur N~ 1; al Sur, Cantón San Jerónimo Norte; al Oriente, Cantón Palo Blanco Sur N• 2; y al Occidente, Gral. R. Cabezas Oriental.
Cantón Palo Blanco Norte
Este Cantón limita: al Norte, Cantón de Las Pilas; al Sur, Cantón Palo Blanco Sur N• 2; al Oriente, Cantón El Comején y al Occidente, Cantón de Los Altos del Sur. Se demarca asi: partiendo de la casa de la finca Tijuana sobre el camino de La cuerda se llega a Puerto Nuevo en su costado Occidental, del costado Norte de dicha casa, hasta llegar a El Cuape, se toma al Sur del camino a El Comején hasta la entrada de la finca de don Porfirio Pérez Noguera y de aqui al Occidente, en linea imaginaria al punto de partida, casa de la finca Tijuana.
Cantón Palo Blanco Sur
Se parte de la esquina de la casa de don Respicio Selva, <.:on rumbo Nor-0riental sobre la salida a El Comején hasta llegar a la entrada de la finca de don Porfirio Pérez Noguera; de aqui con .rumbo Sur-oriental hasta llegar a Las Brisas "de don Santiago Pérez Tapia y de aqui con rumbo Occidental hasta llegar al punto de partida. Limita: al Norte, Cantón Pa... lo Blanco Norte y parte de El Comején; al Sur, Cantón de San Jerónimo Oriental; al Oriente, Cantón de El Comején y al Occidente, Cantón de Palo Blanco Sur.
Cantón de Palo Blanco Sur N~ 2
Se parte de la esquina de don Horacio Palacios o sea frente a la casa que fue de Mercedes Marin Selva, de este punto con rumbo Norte se pasa la _linea férrea al tope de la mondongueria del Barrio de La Bolsa, hasta llegar a la finca Tijuana, no sin antes pasar por la carretera; de este punto con rumbo Sur-oriental en linea recta se llega a la entrada de la finca de don Porfirio Pérez Noguera; de este punto se toma el rumbo Sur-OeSte sobre el ca· mino de El Comején, . hasta llegar a la casa de don Respicio Selva; de aqui con rumbo Occidental se llega al punto de partida. Está 11-
mitado asi: Oriente, Cantón Palo Blanco Norte y parte del Cantón de El Comején; al Occidente, Cantón Pánfilo Vivas Norte y Sur N~ 2; al Norte, Cantón de Palo Blanco Norte y Sur, San Jerónimo Occidental.
Cantón San Jerónimo Norte
Linda este Cantón al Norte, con el Cantón Pánfilo Vivas Sur N~ 2 y El Comején; al Sur, Cantón San Miguel Occidental; al Oriente, con el Cantón San -lerónimo Oriental y al Occidente, Cantones de Las Siete Esquinas Oriental y Gral. Rigoberto Cabezas Oriental y se demarca asi: del solar esquinero frente a la Pulperia La Barata se toma al Sur hasta la casa que fue de don Mercedes Marin Selva, se dobla al Occidente hasta la casa de dofia Manuelita Abaunza vda. de Alduvin; de aqui al Norte a la casa de los hijos de don Félix Alegria y pas&ndo por la casa del Dr. Reynaldo Caldera Sálomon se llega a la esquina frente a la Casa Cural de San Jerónimo y de aqui
· con rumbo Oriental al punto de partida.
Cantón San Jerónimo Oriental
Este Cantón limita: al Norte, Cantón de El Comején; al Sur, con el Cantón de San Miguel Oriental; al Oriente, Cantón de Llano Grande y al Occidente, Cantón de San Jerónimo Occidental. Se demarca así: de la esquina de la casa de doña Rosa Traña vda. de Romero, con rumbo Oriental se llega a la esquina de la casa de don Respicio Selva, de aquí se dobla para la carretera a Granada y caminando sobre élla se llega a un punto que doblando en ángulo recto pasa por el naneo Norte de la Igle. sia de El Calvario hasta llegar a la esquina frente a la casa de don Gabriel Paladino y de este punto con rumbo Norte hasta llegar al punto de partida.
Cantón San Jerónimo Occidental
Este Cantón limita al Norte: Cantón de San Jerónimo Norte; al Sur, Cantón San Miguel Occidental y La Parroquia Norte; al Oriente, el Cantón de San Jerónimo Oriental y al Occidente, Cantón de Las Siete Esquinas Oriental. Este Cantón se demarca asi: de la esquina de la casa de don Arturo Ortega, con rumbo Oriental se llega a la esquina del solar de Daniel Pacheco; luego se va con rumbo Sur a la esquina de la casa de don Horacio Santana; de aqui sobre la calle de El Calvario se llega a la esquina del Templo Evangélico y doblando sobre la Calle Real de San Jerónico, con rumbo Norte, se llega al punto de partida.
Cantón de Las Siete Esquinas Oriental
Este Cantón limita: al Norte, con los Cantones General R.' Cabezas Oriental y Occidental N• 1; al Sur, Cantón de San Juan Oriental; al Oriente, Cantón de San Jerónimo Norte y al Occidente, con los Cantones de Las Sie-
LA GACETA-DIARIO OFICIAL 3041
te Esquinas Occidental N• 1 y N• 2. se demar.
ca así: partiendo de la esquina de don Miguel Velásquez, con rumbo Occidental se llega a la esquina y solar de la misma casa, se dobla
con rumbo Sur.oeste hasta la casa de don Roberto Luna; de aquí con rumbo Oriental a la
casa de don Fruto Alegria y doblando hacia el Norte pasando por la Casa del Maestro se llega al punto de partida.
Cantón de Las Siete Esquinas Occidental N~ 1
Limita: al Norte, Cantón Gral. R. Cabezas Occidental y Oriental N• l; al Sur, cantón de Las Siete Esquinas Occidental N° 2; al Oriente, Cantón de Las Siete Esquinas Orlen. tal y al Occidente, la Laguna de Masaya. Se demarca así: partiendo de la casa de dos pi· sos de la sefiora Gregoria Navarro de Rodríguez, tomando rumbo Occidental, se llega a la Laguna de Masaya, se bordea hacia el Sur· oeste hasta encontrar un punto en que forma ángulo recto con La Calle Cristal, de aquf con rumbo Oriental se llega a Las Siete Esquinas comprendiendo la casa de la Chabela Rodri· guez y la familia de don Solón Martinez, has· ta llegar al punto de partida.
Cantón de Las Siete Esquinas Occidental N• 2
Limita: al Norte, Cantón de Las Siete Esquinas Occidental Nº l; al Sur, Cantones de San Juan Oriental y Occidental; al Oriente, Cantón de Las Siete Esquinas Oriental y al Occidente, con la Laguna de Masaya. Se demarca así: partiendo de la esquina Nor-occital de Las Siete Esquinas, o sea de la ~a de don Arturo Ortega, con rumbo Occidental se llega a la Laguna de Masaya bordeándola hasta un punto que forma ángulo recto con la Cal.J..e del Estadio San Fernando, hasta la esquina· de la casa de don Moisés Martínez, de donde tomando rumbo Norte se llega al punto de partida.
Cantón San Juan Oriental
Limita así: al Norte, Cantón de Las Siete Esquinas Occidental Nº 2; al Sur, Cantón de San Juan Central; al Oriente, con el Cantón de La Parroquia Norte y al Occidente, Cantón de San Juan Occidental. Este Cantón se demarca así: de la esquina Nor-este de la casa de la familia Coronel, con dirección al Occidente, se llega a la esquina Nor-oriental del solar de la casa de la sefiora Maria Jiménez opuesta a la que fue de dofia Paula Barquero; de aquí con rumbo Sur hasta la esquina Sur· oriental de la casa de la sefiorita José, en la Calle del Hospital, frente a la casa de doña María Abud; se dobla al Oriente de la esquina de la casa de don Teófilo Dabdud y tomando rumbO Norte se llega al punto de partida.
(Continuará)
Administraci6n de Aduana Je Managua
AVISO DE SUBASTA EN ADMINISTRACION DE ADUANA DE MANAGUA
A las nueve de la mañana del día Jueves, cuatro de Noviembre del corriente año, en el local de la Bodega de la Administración de A· duana de Managua, serán vendidos en pública subasta 198 lotes de mercancías, -abandona. das 'JI cafdas en comiso- de diferentes clases. Las personas interesadas en participar en la subasta pueden obtener en la Dirección General de Aduanas o en la Administración de A· duana de ManagÜa, la lista detallada de las mercancías que se rematarán, con indicación del precio base de cada lote.
Managua, D. N., 22 de Octubre de 1971. -León Debayle, Director General de Aduanas.
Ministerio de Economf a, Industria y Comercio
SECCION DE PATENTES DE NICARAGUA
Marca de Fábrica Reg. 6726 - R/F 971399 - <$: 45.00
Societe Des Usines Chimiques Rhone-Poulenc, solicita registro de la marca:
SPECIADOPA Clase: 9. Opónganse. Registro de la Propiedad Industrial. Managua,
dieciocho Septiembre mil novecientos setentiuno. - Yolanda García Rocha, Registrador. - Uriel Silva T., Secretario.
s 3
Patente de Invención Reg. No. 7084 - R/F 01332 - Valor Cf 45.00
Arturo Moisés Solórzano Bennúdez, como propif:tario solicita registro patente invención sobre
"S I S T E M A A T E C E M A"
Opónganse. Registro Propiedad Industrial. Managua, D.
N., 20 octubre 1971. - Yolanda Garcla Rocha, Registrador. - Uriel Silva T., Secretario.
3 l
SECCION JUDICIAL
Remates Reg. No. 7091 - R/F 4014 - Valor 4: 580.00
El dia domingo 31 de octubre de 1971, a las 8 a.m., en la sala de remates de nuestra Agencia en Jlnotepe y de conformidad con los Arts. Nos. 12 y 13 de nuestra Ley Orgánica se rematarán al mejor postor las prendas de plazo vencido correspondientes a nuestra Agencia en Jinotepe, detalladas a continuación cuyos dueiíos
3042 LA GACETA-DIARIO OFICIAL
no las hubieren renovado y abonado o cancela- NP de la do a tiempo. Boleta
Deacrípción de la& Prendas
Las personas que deseen hacer postura en esta subasta pueden presentarse que serán oidas y atendidas conforme derecho.
NP dela Boleta
De,,cripción de la& Prendaa
2022 1 Cad. No. 8, Cristo oro 25 grs. 2023 1 · Ese. 1 anillo, 1 p. chongos
8 gramos ........... . 2027 1 Radio National . . . . . . 2043 1 Ese. 57 grs. . . . . . . . . . . 2044 1 Puls. tej. chino 20 grs. . . 2059 2 Cad. tej. chino, 1 Cristo, 1
med. 1 ese. 80 grs. . . . . . . 2073 1 Cad. c. med. 1 anillo, c. p.
13 gramos ......... . 2075 1 Anillo c. p. 8 grs. . . . . . . 2077 1 Med. calada 12 grs. 2078 1 Puls. de aro, 1 puls. tej. chi-
no 10 grs ........ . 2084 1 Cad. con dije 5 grs. . . 2092 2 Puls. tej. chino 33 grs. 2096 1 Cad. tej. chino con dije 20
gramos ......... . 2097 1 Puls. tej. chino 10 grs. . . 2112 1 Puls. tej. cororo c. dije 7
gramos ......... . 2124 2 Anillos dist. 3 grs. . . . . . . 2129 1 Puls. tej. chino 20 grs. . . 2135 1 Cad. c. Cristo 15 grs. 2136 1 Cad. c. dije, 1 anillo 7 grs ... 2139 1 Cad. c. med. 22 grs. , . . . 2142 1 Cadena tej. chino con dije
35 gramos ........ .. 2145 1 Cad. tej. chino c. med. 30
gramos ........... . 2150 1 Cad. con med. 3 grs. . . 2162 1 Anillo, 1 p. arg. 3 grs. 2164 1 Cad. con med. 5 grs. . . 2165 1 Puls. tej. corozo 15 grs. 2172 1 Cad. tej. chino c. med. 15
gramos ......... . .2182 1 Puls. de arg. 30 grs. . . 2191 1 Puls. de hojitas 20 grs. 2192 1 . Puls. de aro 18 grs. . . 2193 1 Puls. de cad. 30 grs. . . 2194 2 Puls. tej. chino y No. 8, l.
cad. con Cristo 32 grs. 2220 1 Cad. con Cristo, 3 anillos 20
20 .gramos ......... . 2221 1 P. aretes, 1 anillo de aristos,
1 anillo liso 5 grs. . . . . . . 2224 1 Puls. No. 8, 1 anillo 13 grs. 2225 3 Anillos dist. 26 grs. . . . . 2227 1 Puls. 30 grs. . . . . . . . . 2242 1 P. chapas, 1 anillo 3 grs. 2243 1 Puls. de aro 15 grs. . . . . 2254 1 P. aretes, 1 anillo c. p. 5
gramos ........... . 2256 1 Puls. de aplitos 20 grs. . . 2262 1 Puls. 20 grs. . . . . . . . . 2265 2 Cad. dist. 1 anillo 20 grs. 2266 1 Puls. tej. chino 18 grs. . . 2284 1 Cad. c. Cristo 10 grs. . . . . 2289 1 Cad. c. med. 3 grs. . . . . 2293 1 Cad tej. chino c. med. 30
gramos ........... .
2294 1 P. chapas, 5 grs. . . 2295 1 Cadena tej. chino, 2 anillos
10 gramos ......... . 2300 1 Cad. 55 grs. . . . . . . . . 2301 1 Cad. c. Cristo 5 grs. . . 2315 1 Puls. de coral, 2 anillos 5 grs. 2319 1 Cad. c. dije, 1 anillos 7 grs. 2322 1 Cad. c. dije, 1 anillo, 1 p.
chapas 15 grs. . . . . . . . .
Base del Remate
87.60
36.50 58.40
248.20 73.00
292.00
43.80 36.50 36.50
87.60 21.90
146.00
87.iO 43.80
29.20 14.60 87.60 65.70 29.20
116.80
146.00
146.00 14.60 14.60 21.90 65.70
65.70 146.00
87.60 73.00
146:00
146.00
58.40
14.60 51.10 73.00
146.00 14.60 65.70
21.90 73.00 87.60 43.80 73.00 43.80 14.60
146.00
21.90
43.80
21.90 21.90 21.90 29.20
43.80
2326 1 Puls. de garfios 30 grs. . . 2329 1 Puls. No. 8, 15 grs. . . . . 2331 1 Puls. tej. chino 20 grs. . . 2332 2 Puls. dist. 1 cad. 1 p. are-
tes 26 grs. .. .... 2636 1 Puls. de circulas 25 grs. . . 2338 1 Anillo 5 grs. . . . . . . . . . 2339 1 Pulsera de conchitas 18 grs. 2342 1 Cord. con dije, 1 p. chapas, 1
puls. de aro 25 grs. . . . . . 2345 1 Cord. 2 anlllos dif. 15 grs. 2357 1 Anillos, 1 p. chapas 3 grs. 2358 1 P. chapas 5 grs. . . . . . . 2360 1 P. aretes, 1 anillo 6 grs. 2363 2 Anillos di!. 1 ese. 5 grs. . . 2367 2 Anillos dist. 20 grs. . . . . 2376 1 Cad. tej. chino c. med. 1
anillo con p. 23 grs. . . . .. 2377 1 Puls. de lacitos 37 grs. . . 2378 1 Puls. de aro 10 grs. . , .. 2382 1 Máq. de ese. OLIMPIA .. 2395 1 Cad. c. Cristo 10 grs. 2403 1 Anillo 3 grs. . . . . . . . . 2406 1 Anillo c. p. 8 grs. . . . . 2406 1 Anillo c. p. 8 grs. . . . . . . 2412 1 Puls. de aro, 1 cad. tej. chino
con dije 30 grs. . . . . . . 2413 1 Puls. tej. chino 13 grs. . . 2415 1 Anillo c. p. 5 grs. . . . . . . 2417 1 Ese. 1 puls. 10 grs. . . . , 2422 2 Anlllos dist. 3 grs. . . . . 2428 1 Cad. tej. chino c. Cristo 15
gramos . . . . . ... 2455 1 Puls. de cird. 30 grs. . . . . 2460 1 Puls. de aro 15 grs. 2462 1 Cad. tej. chino 10 grs. . . . . 2464 1 Anillo 10 grs. . . . . . . . . 2477 1 Ese. 10 grs. . . . . . . . ... 2480 1 P. aretes, 2 anillos distintos
5 gramos . . . . . ..... 2483 1 Anillo c. p. 20 grs. . . . . . . 2494 1 Puls. 1 cad. c. med. 30 grs. 2496 2 Puls. dist. 20 grs . . . . 2504 1 Puls. 1 anillo 20 grs. . . . .
· 2509 1 Puls. No. 8, 20 grs. . . . . . . 2513 1 Puls. de cuadros, 30 grs. 2519 1 Puls. de aro c. dije 13 grs. 2535 1 Cad. tej. chino 30 grs. 2538 1 Puls. forma de faja 40 grs. 2548 1 Cad. c. Cristo, 1 ese. c. di-
je, 1 puls. 1 p. arg. 17 grs. 2551 1 Cad. e. imit. de perla 10
gramos ........... . 2553 1 Pren 2 p. aretes, 1 anillo e.
p. 10 grs .......... . 2562 1 Cad. e. dije, 1 p. aretes 10
gramos ........... . 2566 1 Puls. de aro 20 grs. . . . . 2572 1 Cad. con Cristo 10 grs. . . 2578 1 Cad. con Cristo, 3 anillos
dlst. 1 p. arg. 20 grs .....
2580 1 Cad. c. med. 5 grs .. 2581 2 Anillos dist. 1 puls. de aro 32
gramos ........... .
2596 1 Cad. c. Cristo 20 grs. . . 2598 1 Ese. 50 grs. . . . . . . . . 2600 1 Cad. 2 p. aretes, 1 p. arg.
25 grs ............ .
2632 1 Cad. con med. 8 grs. . . . . 2638 1 Cad. con Cristo 20 grs. . . 2640 1 Ese. 1 anillo 5 grs. . . . . 2644 1 Cad. 1· anillo c. p. 15 grs. 2647 1 Anillo c. p. 25 grs ..... 2648 1 P. aretes, c. p. 5 grs. . . 2650 1 Puls. tej. chin,o 17 grs. . . 2653 1 Cord. 10 grs. . . . . . . . .
BaBede1 Remate
146.00 65.70 73.00
87.60 102.20 21.90 73.00
86.40 50.40 14.40 21.60 21.60 21.60 72.00
'100.80 187.20 43.20
144.00 43.20 14.40 36.00 36.00
115.20 36.00 14.40 21.60 14.40
64.80 144'.00 64.80 43.20 43.20 36.00
21.60 64.80
129.60 72.00 86.40 86.40
129.60 57.60
144.00 144.00
64.80
21.60
43.20
36.00 72.oO 43.20
72.00
21.60
172.80
72.00 216.00
57.60
28.80 86.40 21.60 43.20 86.40 21.60 64.80 28.80
LA GACEI'A-DIARIO OFICIAL
NP de la Bult:ta
De.!icripcron de la8 PrendaB
2655 1 Anillo c. p. 1 p. aretes 12 gramos ....... .
2658 1 Anillo peq. 3 grs. . . . . 2659 1 Puls. c. p. 30 grs. . . . . 2662 1 Anillo c. p. 20 grs. . . 2670 4 Anillo dist. 1 p. arg. 15 grs. 2673 1 Ese. 1 roed. 30 grs. . . . . 2678 1 Ese. 100 grs. . . . . . . . . 2679 1 Cord. c. Cristo 10 grs. . . 2683 1 Cad. con Cristo 5 grs. . . . . 2685 1 Anillo 15 grs. . . • . . . • . 2693 1 Cad. 3 grs. . . . . . . . . . . . . 2695 1 Puls. tej. chino 15 grs. . . 2698 1 Puls. 20 grs. . . . . . . . . 2704 1 Cad. c. Cristo 10 grs. 2711 9 Anillos dist. 2 p. aretes 44
gramos ............. . 2713 1 Puls. con dije, 1 cord. 2 ar
gollas dist. 4 anillos 75 grs. 2725 1 Cad. tej. chino con med. 10
gramos ............. . 2735 1 Cad. 1 p. aretes 10 grs. . . 2756 1 Pula. c. dije 110 grs. . . . . 2764 1 Cad. con Cristo 30 grs .... . 2771 1 Cad. 5 grs .......... . 2782 1 Pula. 1 cad. 42 grs. . . . . . . 2799 1 Pula. flllg. 20 grs. . . . . . . 2803 1 Cad. tej. chino 20 grs. . . 2811 1 Ese. 1 anillo c. piedra 75 grs. 2823 1 Máq. de ese. OLIVETI'I .. 2824 1 Radio Crown . . . . . . . . 2830 1 P. chongos filig. 1 anillo, 1
cad. 15 grs .......... . 2841 1 Puls. tej. chino, 2 anillos 15
gramos ......... . 2848 1 C. con roed. 1 anillo 15 grs. 2851 1 Cad. tej. chino 5 grs. 2854 1 Cad,. tej. chino, 1 puls. 50
gramos ........... . 2868 1 Anillo 10 grs ...... . 2870 1 Cad. con med. 1 anillo 15
gramos ........ · · · · · 2872 1 Pula. tej. chino 20 grs. . . 2879 1 Par arg. 5 grs. . . . . . . . . 2881 .2 Anillos dlst. 5 grs. . . . . 2890 1 Anillo 7 grh. . . . . . . 2892 1 Cad. tej. chino, 1 anillo 20
gramos ........... . 2898 1 Anillo 5 grs. . . . . . . . . . . 2904 1 Ruls. 30 grs. . . . . . . . . . . 2909 2 ~d. dist. 1 corazoncito, 1
med. 16 ·grs. . . . . . . . . . . 2910 1 Ese. 5 grs. . . . . . . . . . . 2914 1 Ese. 30 grs. . . . . . . . . . . 2919 2 Caden. 1 de ellas con dije
18 gramos ........... . 2925 1 Puls. de arg. 2 ese. 1 cord.
con dije, 1 cad. c. d. 130 grs. 2933 1 Puls. 35 grs. . . . . . . . . 2943 3 Puls. dist. 100 grs. . . . . 2949 1 Puls. tej. corozo 15 grs. . . 2952 1 Cad. c. Cristo, 1 ese. 15 grs. 2958 1 Anillo 10 grs. . . . . . . . . . . 2959 1 Cad. con Cristo, 1 p. cha-
pas 7 grs .......... .
2962 2 Ese. · 18 grs. . . . . . . . . 2968 1 Anillo 5 grs. . . . . . . . . . . 2982 1 Puls. 1 ese. 1 cad. 110 grs. 2986 2 P11ls. dist. 3 cad. 2 dijes, 3
anillos dÍst. 145 grs. . . . ..
2991 2 Pu!s. dlst. 45 grs. . . 2997 1 Cad. tcj. chino con dije 20
gramos ..... . 3004 1 Cad. tej. chino c. Cristo 20
gramos ..... . 3005 2 Puls. dist. 30 grs.
Base del NP de la DesCJipción de la8 Prendas Remate Boleta
36.00 14.40
144.00 72.00 57.60
144.00 432.00 43.20 21.60 64.80 14.40 57.60 86.40 21.60
201.60
302.40
43.20 43.20
504.00 115.20
21.60 172.80 86.40 86.40
201.60 213.00 42.60
63.90
56.80 42.60 21.30
1 213.00 35.50
42.60 85.20 21.30 21.30. :.28.40
85.20 21.30
113.60
56.80 14.20 85.20
71.00
497.00 142.00 426.00
63.90 63.90 21.30
21.30
71.00 21.30
468.60
468.60
170.40
85.20
85.20 142.00
3006 1 3007 1 3011 1 3013 3 3014 1 3015 1 3017 1
Puls. tej. chino 20 grs. . . P. chapas 5 grs. . . Cad. 15 grs ....... .. Puls. dist. 1 cad. 95 grs. . . Cad. c. dije 20 grs. . . . . Puls. de arg. 35 grs. . . Cad. tej. chino c. Cristo 10 gramos ........... .
3024 1 Cad. tej. chino, con Cristo, 1 ese. 1 anillo 20 grs. . . . .
3040 3044 3049 3061 3066 3070 3071 3072 3073 3078 3080 3085 3091 3102 3103 3111 3114 3118 3127 3129 3137 3139 3143 3148 3153
3155 3171 3172 3177 3185 3193
1 Anillo, 1 p. chon. 5 grs. 1 Puls. 20 grs. . . . . . . . . 1 Cad. c. med. 10 grs ... 1 Pula. tej. chino 20 grs. 1 Puls. china 15 grs. . . . . . . 1 Anillo c. p. 5 grs. . . . . . . 1 P. arg. 5 grs. . . . . . . 1 Ese. 1 anillo c. p. 95 grs. 1 Puls. tej. chino 25 grs. 2 Anillos 5 grs. . . . . . . 1 Anillo 5 grs. . . . . . . . . 1 Puls. 18 grs. . . . . . . . . 1 Anillo de mesa 3 grs. . . . . 1 Anillo 3 grs. . . . . . . . . 1 Pula. 28 grs. . . . . . . . . 1 Cad. c. Cristo 7 grs. . . 1 Pula. tej. chino 15 grs. 1 Anillo 25 grs. . . . . . . . . . . 1 Puls. de mon. 20 grs. . . . . 3 Aros labrados 20 grs. 1 Pula. de arg. 18 grs. . . . . 1 Cad. tej. chino 10 grs. . . 1 Pula. 15 grs. . . . . . . . . 1 Cad. 5 grs .......... . 1 Cad. c. Cristo. 1 pulsera con
dije. 25 grs. . . . . . . . . 1 Anillo 5 grs. . . . . . . . . 1 Pulsera tej. chino 10 grs. 1 Pulsera 35 grs. . . . . 1 Pulserita 7 grs. . . . . 1 Pulsera 20 grs ...... . 3 Cadenas dist. con dijes.
20 gi's. . . . . . . . . . . . . 3199 1 Cadena tej. chino c. med. 35
gramos ............. . 3216 1 Cadena tej. chino c. cristo 20
3218 3220 3224 3227 3232 3237
gramos ....... . 1 Pulsera tej. chino 30 grs. . . 1 Cadena c. cruz. 7 grs. . . 3 Aros. 1 Pulsera. 70 grs. . ... 1 Cadena c. med. 18 grs. . . . . 1 Pulsera con dije. 13 grs. . .. 1 Pulsera filig. 1 p. argollas.
1 anillo. 1 p. chapas 25 grs. 3239 2 3249 1 3253 3
Pulseras dist. 43 grs. Cadena c. med. 7 grs. . . . . Cadenas. 1 med. 1 esclavita. 13'gramos ........... .
3255 1 3256 3
Cordón con dije filig. 10 grs. Cadenas dist. 7 anillos. dist. 1 p. aretes 68 grs. . . . . . .
3265 1 Pulsera tej. chino 28 grs, .. 3266 1 Cadena c. cristo 13 grs. . .. 3267 3 Anillos dist. 10 grs. . . 3269 1 Cadena tej. chino c. cristo 30
gramos ........... .
3271 1 Anlllo 5 grs. . . . . . . 3272 1 Pulsera. 35 grs. , . . . . . 3274 1 Pulsera tej. chino 15 grs. 3277 1 Pulsera tej. ce.rozo 13 grs. . 3281 1 Anillo de brillantes. 5 grs. . . 3282 1 Esclava 7 grs. . . . . . . 3283 1 Cadena tej. chino 22 grs. 3284 1 Cadena c. dije 10 grs. . . 3285 1 Pulsera 35 grs. . . . . . . 3286 1 Cadena. 1 esclava. 10 grs
3043
Ba.sedel Remate
85.20 14.20 63.90
426.00 85.20
142.00
42.60
85.20 14.20 85.20 28.40 85.20 63.90 14.20 14.20
355.00 99.40 21.30 21.30 71.00 14.20 14.20
113.60 28.40 63.90 85.20 85.20 85.20 71.00 42.60 63.90 21.30
99.40 21.30 42.60
142.00 21.30 71.00
85.20
142.00
85.20 142.00 21.30
355.00 71.00 56.80
85.20 170.40 35.50
56.80
42.60
284.00
113.60 56.80 42.60
142.00
21.30 142.00
56.80 56.80
284.00 35.50
113.60 42.60
142.00 42.60
3044 LA GACE.'TA-DIARIO OFICIAL
NPdela Boleta
Descripción de las Prendas
3290 1 Esclava 50 grs. . . . . 3291 1 Esclavita. 10 grs. . . . . . .. 3293 2 Cadenas. 2 dijes dist. 1 pul-
sera. 1 anillo 30 gramos 3294 1 Pulsera. 10 gramos . . . . 3295 1 Cadena tej. chino 25 grs. . . 3296 1 Esclava. 10 grs. . . . . . . 3297 1 Cadena. 2 anillos. 20 grs. 3304: 1 Pulesra 30 grs. . . . . . . . . 3305 1 Pulsera de reloj. 1 esclava.
1 cadena con dije. 100 grs .. 3306 1 Pulsera. 1 cadena tej. chino
60 gramos ........... . 3308 1 Pulsera de aro. 28 grs. . . 3312 1 Pulsera 30 grs. . . . . . . . . 3313 1 Cadena tej. chino 30 grs. . . 3314 4 Pulseras dist. 2 cordones. 1
med. 1 cadena c. cristo 160 granios . . . . . . . . . . . .
3315 1 Cadena tej. chino c. cristo 20 gramos ........... .
3318 1 Esclava 20 gramos . . . . . . 3319 1 Pulsera tej. corozo 20 grs. 3321 1 P. chongos. 5 grs. . . . . 3327 1 Cadena tej. chino c. dije de
moneda 25 gramos : . . . . . 3331 1 Pula. 50 gramos . . . . . . · . 3336 1 Esclava 25 grs. . . . . . . . . 3342 1 Cadena tej. chino c. cristo 20
gramos ........ .. 3346 2 Pares de chapas 5 grs. . . 334 7 2 Pulseras dist. 25 grs. . . 3356 1 p. chongos 5 gramos . . . . 3359 1 Cadena c. med. 15 grs. . . . . 3362 1 Cadena tej. chino c. med. 20
gramos ........... . 3364 1 Pulsera tej. corozo. 1 anillo
20 gramos ......... . 3370 1 Cadena. 1 pulsera. 1 esclava.
2 anillos 20 grs. . . . . . . 3371 1 Pulsera c. dije. 1 cordón. 1
anillo 35 grs. . . . . . . . . . · 3372 1 Pulsera de 30 gramos . . . . 3373 1 Pulsera tej. chino. 2 anillos
.25 gramos ......... . 3374 1 Anillo 3 gramos ..... . 3375 2 Anillos dist. 7 gramos .. 3378 1 Pulsera de rositas 25 grs. 3380 2 P. argollas 10 grs. . . . ... 3386 1 Cad~na. 1 anillo 10 grs. . . 3387 1 Radio National . . . . . . . . 3392 1 Pulsera 20 grs. . . . . . . . . 3399 1 Cordoncito. 1 esclava 10 grs 3401 1 Anillo 10 grs. . . . . . . . . 3402 2 P. argollas. dist. 1 anillo. 1
par aretes 10 grs. . . . . . . 3405 2 Cadetnas. dist. 2 dijes dist.
35 gramos ......... . 3406 1 Pulsera 30 grs .. •. . . . . . . 3410 1 Pulserita de aro 7 grs .. . 3412 1 Cadena c. med. 12 grs .... . 3415 1 Pulsera c. dije. 50 grs. . . . . 3417 1 Pulsera. 1 cadena c. cristo
15 gramos ......... . 3425 2 Anillos. 1 p. argollas. 1 p.
chapas. 10 grs. . . . . . . 3426 1 Cadena 10 grs ...... . 3433 3 Cadenas con dijes. 30 grs. 3434 1 Esclava 7 grs. . . 4423 1 Radio Sanya . . . . . . . . 4505 1 Radio Cetra . . . . . . . . 4571 1 Radio Sharp . . . . . . . .
BasedeZ Remate
213.00 28.40
142.00 28.40
142.00 49.70 71.00
142.00
426.00
255.60 113.60 142.00 85.20
568.00
85.20 85.20 71.00 21.30
98.00 210.00
98.00
84.00 21.00 98.00 21.00 63.00
84.00
84.00
84.00
140.00 70.00
98.00 14.00 28.00 98.00 42.00 35.00 56.00 84.00 42.00 35.00
35.00
140.00 140.00
28.00 42.00
210.00
63.00
42.00 42.00
140.00 28.00 27.60 40.80 54.40
CAJA NACIONAL DE CREDITO POPULAR (MONTE DE PIEDAD)
AGENCIA EN JINOTEPE. 2 1
Reg. No. 7124 - B/U 975205 - Valor CS 90.00 Cuatro tarde quince noviembre entrante re
mataráse urbana en esta ciudad, forma irregular, lindante: Norte, Potrero de Juan Rocha; Sur, camino real; Oriente, camino; Poniente, suburbios de esta ciudad.
Ejecuta: Juana Pao Romero a Lidia Rodri-guez Mairena.
Por: Trescientos córdobas. Oyense posturas. Dado en el Juzgado Local Civil. Matagalpa,
octubre veintiuno de mil novecientos setentiuno. - Enmendado - v~intiuno - vale. - V. Gon-zález, Juez Local. 3 1
Reg. No. 7131 - B/U 981225 - Valor es 135.00 Once y media de la maft.ana. Tres noviembre
próximo, subastaráse este Juzgado fincas: a) Quebrada Grande cuarenta manzanas extensión, jurisdicción Telica, lindante: Oriente, camino enmedlo Santa Clara; Poniente, Monte Inculto; Norte, Alonso Espinoza; Sur, Magdalena Baca; b) La Joya Grande, doscientas noventinueve manzanas y fracción, jurisdicción Tellca, llndantle: Oriente, Alfonso Espinoza; Poniente, Cerro de Tellca; Norte, Rodeo de los caballos y
. Sur, Loma El Zapote. Base posturas : Cincuentislete mil quinientos
once córdobas con dieciséis centavos. Ejecuta: Banco Nacional de Nicaragua a Jaz
me Espinoza Arauz. Dado Juzgado Civil Distrito León, octubre ca
torce mil novecientos setentluno. - Melba de Terán, Srta. 3 1
Reg. No. 7122 - B/U 980073 - Valor es 90.00 Once maf'lana, cuatro noviembre mes entrante,
remataráse este Juzgado, mitad casa y solar, ubicados Ciudad Condega, que en general linda: Oriente, Francisco Espinoza, calle enmedlo; Poniente, Mercedes (mujer) Centeno; Norte, Martín Torres, calle en medio; Sur, Carmen Arauz y José Huete.
Ejecuta: Tránsito Barreda a Francisco Pala-cios Torres.
Base: Diecisiete mil' quinientos córdobas. Oyense posturas. Juzgado Civil Distrito. Esteli, diecinueve oc
tubre mil novecientos setentiuno. - G. Gutlé-rrez. - Hugo Tercero. 3 l
Reg. No. 7125 - B/U 963347 - Valor CS: 90.00 Tres tarde ocho noviembre próximo rematará
se mejor postor finca en Rio Blanco, jurisdicción Matiguás, ciento cincuenta manzanas, lindante: Oriente, Luis Pérez; Poniente, Prudencio Bello; Norte, Felipe Hernández; Sur, Eugenio Sovalbarro. Bien valorado en quinientos córdobas.
Ejecución; Eudosia Valdivia Chavarria contra Enrique Valdivia Centeno.
Oyense posturas. Juzgado Local Civil. :M:atagalpa, octubre quin
ce de mil novecientos setentiuno. - Orlando Rizo Membrefio, Secretario. 3 1
Reg. No. 7123 - B/U 952275 - Valor CS 45.00 Doce meridiano próximo diez noviembre su
bastaráse rústica esta jurisdicción. Ejecuta: Teodoro Torres Fletes a Ladislao
Miranda Pérez. Avalúo: Mil córoobas. Oyense posturas. Juzgado Local Civil. Boaco, octubre veintiuno,
mil novecientos setentluno. - S. R. Medina. Srla. 3 1
LA GACETA-DIARIO OFICIAL 3045
'?ftulo Supletcrio Rt>g. No. 5057 - R/F 795646 - Valor C$; 45.00
.José Inés Flores, solicita supletorio estos linderos~ Norte, Socorro Palacio; Sur, herederos Vicente López; Este, Francisca Aragón; Oeste, Felipa Flores.
Opónganse.
Diriomo, .Juzgado Local Civil, dieciséis de julio mil novecientos setentiuno. - Manuel Ayala h., Srio.
8 1
CITACION A ACCIONISTAS DE COMP.AR'IA EMPRESARIOS INTEGRADOS, S. A.
Reg. No. 7082 - R/F 00938 - Valor C$; 180.00
Guillermo Siles Ortega, Secretario Junta Directiva de "Empresarios Integrados, Sociedad Anónima" (EMITESA), y con instrucciones de dicha junta cito y convoco por este medio a todos los accionistas de la Compañia para celebración de la sesión anual de Junta General de Accionistas, de acuerdo a la cláusula décima y articulo diecisiete de la escritura y Estatutos Sociales.
La reunión se verificará en el Auditorio de la Cámara de Industrias, a las siete de la noche del dfa siete de noviembre del año en curso.
Se ruega a los accionistas puntual asistencia para la formación de quórum legal.
Managua, quince de octubre de mil novecientos setentluno. - Guillermo Siles Ortega, Srio. Junta Directiva de "Emitesa".
CITACION A ACCIONISTAS DE FOGEL DE NICARAGUA, S. A,
3 1
Reg. No. 7078 - R/F 01053 - Valor es; 120.00
Con instrucciones de la Junta Directiva· me permito citar a los accionistas de la Sociedad Fogel de Nicaragua, S. A. (FOGELSA), para la Junta General Ordinaria de Accionistas que se llevará a•. efecto en las Oficinas de la Sociedad el dfa Miércoles 17 de noviembre a las cuatro de la tarde del corriente año.
Los puntos a tratarse son los siguientes:
1) Informe de la Junta Directiva sobre las operaciones de la Sociedad, durante el periodo comprendido entre el lo. de julio de 1970 al 30 de junio de 1971.
11) Balance General y Estados Financieros al 30 de junio de 1971.
111) Informe del Vigilante.
IV) Otros asuntos.
Carlos Morales Carazo. 2 1
CITACION A ACREEDORES DEL DOCTOR JOSE M. PEREZ CASSAR
Reg. No. 7130 - B/U 03425 - Valor CS: 60.00
Se cita a los acreedores del doctor José Marcelino Pérez Cassar si los hubiere, para que concurran al Inventario Solemne que estoy practicando como Juez Inventariante, para que sean tomados en cuenta en el Pasivo de la Sucesión.
La oficina del doctor Felipe Argüello Bolañ.os en la Calle 15 de septiembre Oeste, No. 104, frente al portón del antiguo Colegio La Inmaculada, está señalada como la del Juzgado Inventariante y como horas hábiles las que en todos los días se encuentran calificadas como tales por nuestra ley procesal. Managua, D. N., trece de octubre de mil novecientos setentiuno. - Ofelia de Pérez Cassar, Juez Inventariante. - Felipe Argüello Bolaños, Notario-Secretario.
CITACION A ACCIONISTAS DEI CONSORCIO HOTELERO, S. A.
1
Reg. No. 7138 - R/F 3651 - Valor es; 45.00
Con instrucciones de la .Junta Directiva cito a los accionistas de CONSORCIO HOTELERO, S. A., para una sesión ordinaria de la Junta General de Accionistas que se celebrará a las 4: 00 P. M. el lunes 22 de noviembre del corriente año en el Golden Room del Hotel Balmoral de esta ciudad, propiedad de esta compañia, con el objeto de conocer los resultados del Ejercicio Económico al 30 de junio de 1971 y cualquier otro asunto de 1ndole administrativa de la competencia de esta clase de Asamblea.
Managua, D. N., 26 de octubre de 1971. -Eduardo Montiel Argüello, Secretario.
1
Declaratorias de Herederos
Reg. No. 7117 - BIU 02738 - CS: 30.00
Maria Esmeralda Ortega Chamorro de González y José Ortega Chamorro, solicitan se les declare herederos de Adela Ortega Chamorro, solar 300 varas; Barrio "El Seminario"; Norte, Anita de Téller; Sur, José Jarquín; Oriente, Yolanda de Fernández; Occidente, Carmen J. Pérez.
Opónganse.
Managua, Juzgado Segundo Civil Distrito. - Octubre 15, 1971. - Luis Meléndez, Srio. ·
1
Reg. No. 7132 - RIF 956129 - (f 30.00 ·
Celia de Arana, solicita declárese herederos difunto esposo Mario Arana Román, a Linda Luisa Arana, Mario y Marcio Arana, sin perjuicio cuarta conyugal, bienes dejados por aquél.
Opónganse.
Juzgado Civil Distrito. Jinotepe, veintiuno octubre mil novecientos setentiuno. - Armando Picado Jarquín.
1
Reg. No. 7121 - BIU 3291 - <$: 30.00
Dora Cristina Navarrete Gutiérrez, pide ser declarada heredera de Juana Emi-
3046 LA GACETA-DIARIO OFICIAL
lia Gutiérrez Gómez, incluye a Angelina, Rosa Emilia, Angel Alberto, Odilia Petrona, Yolanda, Rafael Genaro, todos Navarrete Gutiérrez, sin perjuicio cónyuge sobreviviente, Genaro Navarrete Martínez.
Opónganse. Juzgado 2o. Civil Distrito. Managua,
quince octubre mil novecientos setentiuno. - (f) Ricardo Duarte M., Juez. - O. P. Rodríguez, Srio.
Es conforme. Managua, quince octubre mil novecientos setentiuno. - O. P. Rodríguez, Srio.
1
Reg. No. 7139 - R/R 3642 - ~ 30.00 Elida Vega viuda de Rojas, unión su
hija Adilia Rojas Vega, solicita decláreseles herederas, todos derechos y acciones, sucesión Alejandro Rojas Salgado. Bienes, solar situado Barrio Santa Rosa.
Tenga derecho, opóngase. Juzgado Primero Civil Distrito. Mana
gua, veintitrés octubre, mil novecientos setentiuno. - l. Palma M. - F. Castillo F., Srio.
1
Reg. No. 7075 - R/F 00830 - C$: 30.00 Andrés Antonio Mendoza Aguilar, soli
cita unión diez hermanos decláreseles here~eros bienes, derechos y acciones de Mariana Aguilar Salazar señala bien urbano esta ciudad.
Tercero igual o mejor derecho, opóngase en término legal.
Juzgado Primero Civil de Distrito. Managua, trece, octubre mil novecientos set1:ntiuno. - l. Palma. - F. Castillo F.
Citaciones de Procesados Reg. 358
1
Por primera vez cito y emplazo a la procesada, Blanca Adilia González, para que dentro del término de quince días comparezca al local de este Juzgado a defE'nderce en la causa que se le sigue por aE-tesinato cometido en la persona de Constantino Mendoza de cuarenta y ocho años de edad, casado, agricultor y del domicilio de Chinandega, bajo apercibimiento de declararla rebelde, elevar la causa a Plena- . rio y nombrarle defensor de oficio si no comparece.
Se recuerda a las autoridades la obligación que tienen de capturar a la antes dicha procesada y a los particulares la de
. denunciar el lugar donde se oculta. Dado en el Juzgado de Distrito de lo
Criminal de Chinandega, a los veintidós
días del mes de septiembre de mil novecientos setenta y uno. - Dr. Jorge Humberto Flores Somarriba, Juez para lo Criminal del Distrito. - Ante mí: Neryda González, Sria.
1
Reg. 359 Por segunda y última vez se cita y em
plaza a los procesados ausentes: Francisco Rodríguez, Santos, Celestina y Ceferina, los tres de apellido Toledo Rivas, los tres primeros de calidades ignoradas en autos y la última de veinte años de edad, soltera, de oficios demésticos, del domicilio de la comarca La Concha, de la jurisdicción de la Villa de Comalapa, para que dentro del término de quince ·días, comparezcan a este Despacho a defenderse en la causa que se les sigue a los dos primeros como autores y a los dos últimos como encubridores del delito de hurto cometido en bienes de la señora Sabina Oporta Rivas, de calidades conocidas en autos, bajo los apercibimientos de someter la causa al conocimiento del Tribunal de Jundos y causarles las sentencias que se dicten en contra de ellos, los mismos efectos como si estuvieren presentes.
Se recuerda a las autoridades la obligación en que están de capturar a los delincuentes; y a los particulares la de denunciar el lugar donde se oculten.
Dado en el Juzgado de Distrito. Ramo Criminal. Juigalpa, dieciocho de septiembre de mil novecientos setenta y uno. -C. Augusto Báez S. - Fulg. Miranda M., Srio.
Es conforme. Juigalpa, veintidós de septiembre de mil novecientos setenta y uno. - Corregido - domicilio - Vale. -Fulgencio Miranda Martínez, Secretario.
1
Reg. 360 Por primera vez, cito y emplazo al pro
cesado Reynaldo Chacón Blandón, de generales ignoradas, para que dentro del término de quince días comparezca al local de este Despacho a defenderse de la causa criminal que se le instruye por el delito de homicidio cometido en la persona de Osbaldo Díaz García, bajo apercibimiento de elevar la presente causa a Plenario, declararlo rebelde y nombrársele defensor de oficio si no comparece.
Se recuerda a las autoridades la obligación que tienen de capturar a dicho delincuente y a los. particulares la de denunciar el lugar donde se oculte .
Dado en el Juzgado de Distrito para lo Criminal de la ciudad de Matagalpa, a los veintiún días del mes de septiembre de mil
LA GACETA-DIARIO OFICIAL 3047.
novecientos setenta y uno. - S. Delgado M. - Silvia Alvarado, Srio.
1
Reg. 361
Por primera vez cito y emplazo a los procesados Alejandro Jarquín Chavarría y Pablo Hurtado Urbina, ambos de generales ignoradas, para que dentro del término de quince dias comparezcan al local de este Despacho a defenderse de la causa criminal que se les instruye, al primerú como autor y al segundo como encubridor, del delito de hurto cometido en bienes de los señores : Dionisio González Jarquín e Hipólito Maradiaga, bajo apercibimientos de elevar a plenario la presente causa, declararlos rebeldes y notnbrárseles defensor de oficio si no comparecen.
Se recuerda a las autoridades la obligación que tienen de capturar a dichos delincuentes y a los particulares la de denunciar el lugar donde se ocultan.
Dado en el Juzgado de Distrito para lo Criminal de la ciudad de Matagalpa, a los nueve días del mes de septiembre de mil novecientos setenta y uno. - S. Delgado M .. - V. González C., Secretario.
1
Reg. 362
Por primera vez cito y emplazo a los procesados: Emilio Lanzas, Máximo Campos y Napoleón Pérez, de generales ignoradas, por el delito de homicidio cometido en la persona de Indalio Hurtado Urbina, para que dentro del término de quince días, comparezcan al local de este Juzgado a defenderse en la causa que se les sigue por el delito m~ncionado, bajo apercibimientos de declarárseles rebeldes, elevar la causa a plenario y nombrárseles defensor de oficio si no comparecen.
Se recuerda a las autoridades la obligación que tienen de capturar a dichos delincuentes y a los particulares, la de denunciar el lugar donde se oculten.
Dado en el Juzgado de Distrito para lo Criminal de Matagalpa, a los veintiocho días del mes de julio de mil novecientos setenta y uno. - S. Delgado M. - Silvio Alvarado, Srio.
1
Reg. 363
Por primera vez, cito y emplazo al prcr, cesado Tomás Pérez Sequeira, de generales ignoradas, para que dentro del término de quince di'as comparezca al local de este Despacho a defenderse de la causa criminal que se le instruye por el delito de cómplice de homicidio en la persona de Armando Castro Mendoza, bajo apercibimiento de elevar a plenario la presente causa, declararlo rebelde y nombrársele defensor de oficio si no comparece.
Se recuerda a las autoridades la obligación que tienen de capturar a dicho delincuente y a los particulares la de denunciar el lugar donde se oculte.
Dado en el Juzgado de Distrito para lo Criminal de la ciudad de Matagalpa, a los veintiocho días del mes de septiembre de mil novecientos setenta y uno. - S. Delgado M. - Silvia Alvarado, Srio.
1
Reg. 364
Por primera vez cito y emplazo al procesado Teófilo Acuña, de generales ignoradas, para que dentro del término de quince días comparezca al local de este Despacho a defenderse de la causa criminal que se le instruye por el delito de homicidio en la persona de Adán Rayo, bajo apercibimiento de elevar a Plenario la presente causa, declararlo rebelde y nombrársele Defensor de Oficio si no comparece.
Se recuerda a las autoridades la obligación
que tienen de capturar a dicho delincuente y a los particulare~ la de denunciar el lugar don
. de se acuite.
Dado en el Juzgado de Distrito para lo Criminal de la ciudad de Matagalpa, a los veintiocho días -del mes de Septiembre de mil no. vecientos setenta y uno. - S. Delgado Méndez. -Silvio Alvarado, Srio.
1
3048 LA GACETA-DIARIO OFICIAL
INDICE DE "LA GACETA"
.(Continúa)
LETRA "N" GACETA
DISTRITO NACIONAL Rastro Público bajo la explotación de una Sociedad compuesta
por el Distrito Nacional, Infonac y Asociación de Ganaderos de Nicaragua . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . • . • . . . . . . . . . N•.
Reformas a la Ley de Venta de Ejidos del Distrito Nacional (a partil dei 15 de Abril de 1959 valdrán un 25% más) N~
Permutas de terrenos del Fisco y del Distrito Nacional . . . . N•
Se indemniza a un trabajador de parte del Distrito Nacional . • N•
Distrito Nacional vende al Banco Hipotecario una propiedad si· tuada al Oriente de esta ciudad en que se construyen casas para los obreros, en cf 353,680.32 . • • . . . . . • • • • • • • • • • N•
TRANSPORTES AEREOS NACIONALES Explotación a la Empresa Aérea "Transportes Aéreos Naciona-
lei::, S. A." . . . . . . • • .. • • • • •• • • • • N•
NAVIDAD Contrato con Oficinistas por servicios prestados en las vacacio-
nes de Navidad con La Tesorería General de la República . . N~
GONZALEZ Y NAVARRO Sociedad Domingo González y Navarro y Cía. Ltda. (Publica-
ción de Circular) .. .. .. .. . . . . .. . . . . . • • • • • • . N•
BANCO NACIONAL DE NICARAGUA
' Se agrega un inciso al Código de Importaciones (billetes, monedas que importe el Banco Naeional de Nicaragua) . . . . . . N~
Resolución del Consejo Directivo del Departamento de Emisión del Banco Nacional de Nicaragua, fijando las b,i.sas de descu~ to y redescuento del Departamento de Emisión y el tipo má,.. ximo de interés de las Instituciones Bancarias autorizadas N•
UNIVERSIDAD NACIONAL Se decreta la Autonomía de la Universidad Nacional de Nicara
gua. (Educ. Pública) . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . • . . . . . N•
RECURSOS NATURALES Ley General sobre Explotación de Recursos Naturales N•
Fe de l!"'!rratas de la Ley de Recursos Naturales. (Gaceta N~ 83 de 17 de Abril de 1958) .. .. .. .. .. .. .. .. .. • • • • N•
Se consideran como reservas nacionales por el término de diez años los minerales de hierro existentes en el Departamento de Zelaya, al Norte del Río Grande de Matagalpa. (Artos. 6 y 7 Ley de Recursos Naturales) .................. Nº
Se cita ¡::or. las. Oficinas de Recursos Naturales a aquellas personas que tengan concesiones mineras . . . . . . . . . . . . . . N~
NAVEGACION Tratado de Amistad, Comercio y Navegación entre Nicaragua y
los EE. UU. (Véase Gaceta N~ 264 de 20 de Noviembre de 1957) Nº
(Continuará)
22
38
70
140
245
17
44
47
61
90
73
83
105
183
196
134
FEO HA
Enero 27/58
Feb.. 14/58
Marzo 24/58
Junio 24/58
Octubre 25158
Enero 21/58
Feb. 21/58
Feb. 25/58
Marzo 13/58
Abril 25/58
Marzo 27/58
Abril 17/58
Mayo 14/58
Agosto 13/58
Agosto 28/58
Junio 17/58
INDICADOR DE "LA GACETA" SE PUBLICA LOS DIAS LUNES