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DIARIO DE DEBATES TOLUCA, MÉXICO, MARZO 25 DE 2009 TOMO XXIV SESIÓN No 144 SESION PÚBLICA ORDINARIA DE LA H. “LVI” LEGISLATURA DEL ESTADO DE MÉXICO. CELEBRADA EL DÍA 25 DE MARZO DE 2009. PRESIDENCIA DIPUTADA JOSÉ FRANCISCO VAZQUEZ RODRÍGUEZ. S U M A R I O LISTA DE ASISTENCIA. APERTURA DE LA SESIÓN. ORDEN DEL DÍA. 1.- Lectura y acuerdo conducente al escrito formulado por el diputado Raúl Domínguez Rex, por el que informa sobre su reincorporación a sus funciones como integrante de la Legislatura. La Presidencia señala que la “LVI” Legislatura queda enterada de su contenido. 2.- Lectura y acuerdo conducente del oficio suscrito por el Comisionado de los Derechos Humanos en el Estado de México, Licenciado Jaime Almazán Delgado, por el que presenta a la Legislatura Informe General de Actividades de ese organismo, correspondiente al año 2008. La Presidencia informa que toda vez que ha sido entregado un ejemplar del informe citado; solicita que sea dispensado de su lectura. Es aprobada la dispensa por unanimidad de votos. 3.- Lectura y acuerdo conducente de la iniciativa de adición de dos últimos párrafos al artículo 59 de la Ley de Seguridad Social para los Servidores

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Tomo XXIV Sesión No. 144 Diario de Debates LVI Legislatura del Estado de México

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DIARIODE DEBATES

TOLUCA, MÉXICO, MARZO 25 DE 2009 TOMO XXIV SESIÓN No 144

SESION PÚBLICA ORDINARIA DE LA H. “LVI” LEGISLATURADEL ESTADO DE MÉXICO.

CELEBRADA EL DÍA 25 DE MARZO DE 2009.

PRESIDENCIA DIPUTADA JOSÉ FRANCISCO VAZQUEZ RODRÍGUEZ.

S U M A R I O

LISTA DE ASISTENCIA.APERTURA DE LA SESIÓN.ORDEN DEL DÍA.

1.- Lectura y acuerdo conducente al escritoformulado por el diputado Raúl Domínguez Rex,por el que informa sobre su reincorporación a susfunciones como integrante de la Legislatura.

La Presidencia señala que la “LVI” Legislaturaqueda enterada de su contenido.

2.- Lectura y acuerdo conducente del oficio suscritopor el Comisionado de los Derechos Humanos en

el Estado de México, Licenciado Jaime AlmazánDelgado, por el que presenta a la LegislaturaInforme General de Actividades de ese organismo,correspondiente al año 2008.

La Presidencia informa que toda vez que ha sidoentregado un ejemplar del informe citado; solicitaque sea dispensado de su lectura. Es aprobada ladispensa por unanimidad de votos.

3.- Lectura y acuerdo conducente de la iniciativade adición de dos últimos párrafos al artículo 59 dela Ley de Seguridad Social para los Servidores

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Públicos del Estado de México y Municipios,formulada por el Comisionado, de los DerechosHumanos del Estado de México, Licenciado JaimeAlmazán Delgado.

La Presidencia registra la iniciativa y la turna a lasComisiones Legislativas de Gobernación y PuntosConstitucionales; de Trabajo, Previsión y SeguridadSocial y de Salud, Asistencia y Bienestar Social,para su estudio y dictamen. Asimismo, señala que,las iniciativas de decreto relacionadas con estamateria, presentadas por el diputado José D.Garduño González y por el Titular del EjecutivoEstatal, en sesiones celebradas el 20 de febrero yel 17 de marzo del presente año, respectivamente,se turnan para su estudio y dictamen a lasComisiones Legislativas de: Gobernación y PuntosConstitucionales; de Trabajo, Previsión y SeguridadSocial y de Salud, Asistencia y Bienestar Social.

4.- Lectura y acuerdo conducente de la iniciativade decreto que reforma la Constitución Política delEstado Libre y Soberano de México y la Ley deFiscalización Superior del Estado de México,formulada por los Integrantes del GrupoParlamentario del Partido de la RevoluciónDemocrática.

La Presidencia registra la iniciativa y la turna a lasComisiones Legislativas de Gobernación y PuntosConstitucionales y de Vigilancia del Órgano Superiorde Fiscalización, para su estudio y dictamen.

5.- Lectura y acuerdo conducente de la iniciativade reforma a la Constitución Política del EstadoLibre y Soberano de México y la Ley de Consultay Participación Ciudadana, formulada por losintegrantes del Grupo Parlamentario del PartidoAcción Nacional.

La Presidencia registra la iniciativa y la turna a lasComisiones Legislativas de Gobernación y PuntosConstitucionales y de Participación Ciudadana, parasu estudio y dictamen.

6.- Lectura y acuerdo conducente de la iniciativade reformas en materia de transparencia y acceso

a la información pública a los siguientesordenamientos legales Ley de Transparencia yAcceso a la Información Pública del Estado deMéxico, Código de Procedimientos Penales delEstado de México y Código para la Biodiversidaddel Estado de México, formulada por los integrantesdel Grupo Parlamentario del Partido AcciónNacional.

La Presidencia registra la iniciativa y la turna a lasComisiones Legislativas de Gobernación y PuntosConstitucionales y de Procuración y Administraciónde Justicia, para su estudio y dictamen.

7.- Lectura y acuerdo conducente de la excitativaa la Contraloría del Poder Legislativo, formuladapor el diputado José Ángel Aburto Monjardín.

La Presidencia señala que se hará llegar el asuntoa la Contraloría del Poder Legislativo y al ÓrganoSuperior de Fiscalización.

8.- Uso de la palabra por el diputado Germán RufinoContreras Velásquez, para dar lectura alpronunciamiento sobre programas sociales delGobierno del Estado de México, formulada por losintegrantes del Grupo Parlamentario del Partido dela Revolución Democrática.

Para hechos, hacen uso de la palabra los diputadosSalvador José Neme Sastré, quien contesta uncuestionamiento del diputado Germán RufinoContreras Velásquez; Germán Rufino ContrerasVelásquez; desde su curul el diputado Cruz JuvenalRoa Sánchez, quien solicita que no haga el oradordiálogo con los diputados; Higinio MartínezMiranda; Cruz Juvenal Roa Sánchez, quien darespuesta a un cuestionamiento del diputadoGermán Rufino Contreras Velásquez; AraceliGutiérrez Reyes; Germán Rufino ContrerasVelásquez; Óscar Guillermo Ceballos González;Higinio Martínez Miranda; Cruz Juvenal RoaSánchez; José Francisco Vázquez Rodríguez;Domitilo Posadas Hernández; y Joel Cruz Canseco.

La Presidencia señala que se registra elpronunciamiento formulado por el Grupo

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Parlamentario del Partido de la RevoluciónDemocrática.

9.- Lectura y acuerdo conducente a las solicitudesde licencia temporal que formulan los diputadosHéctor Eduardo Velasco Monroy y GuillerminaCasique Vences. La Presidencia solicita la dispensadel trámite de dictamen, para su discusión yresolución inmediata. Es aprobada la dispensa detrámite, por unanimidad de votos.

La Presidencia señala que las solicitudes y susAcuerdos serán puestas a consideración en formaindividual.

La solicitud y el Acuerdo relativo al diputado HéctorEduardo Velasco Monroy, son aprobadas porunanimidad de votos en lo general y en lo particular.

La solicitud y el Acuerdo relativo a la diputadaGuillermina Casique Vences, son aprobadas porunanimidad de votos en lo general y en lo particular.

10.- Clausura de la sesión.

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PRESIDENTE DIP. JOSÉ FRANCISCOVÁZQUEZ RODRÍGUEZ. HonorableAsamblea, para llevar a cabo la sesión de laLegislatura, pido a la Secretaría pase lista deasistencia y verifique la existencia del quórum.SECRETARIO DIP. RAFAEL ÁNGELALDAVE PÉREZ. Por instrucciones de laPresidencia, empezamos a pasar lista de asistencia.(Pase lista de asistencia).

Esta Secretaría ha pasado lista deasistencia y verificado la existencia del quórum; enconsecuencia procede la apertura de la sesión.

¿Faltó algún diputado? ¿Falta algúndiputado por pasar lista de asistencia?

¿Perdón? ¿Araceli Gutiérrez? ¿Nava PiñaPablo Fernando? ¿Ivan Díaz?

Esta Secretaría ha pasado lista deasistencia y verificado el quórum; en consecuenciaprocede la apertura de la sesión.PRESIDENTE DIP. JOSÉ FRANCISCOVÁZQUEZ RODRÍGUEZ. Se declara laexistencia del quórum y se abre la sesión siendolas catorce horas con un minuto del día miércolesveinticinco de marzo del año dos mil nueve.

Dé a conocer la Secretaría, la propuestade orden del día.SECRETARIO DIP. RAFAEL ÁNGELALDAVE PÉREZ. Honorable Legislatura, lapropuesta del orden del día es la siguiente:

1. Acta de la sesión anterior.2. Escrito sobre reincorporación al ejercicio

de sus funciones, a partir del 19 de marzo del añoen curso, que formula el diputado Raúl DomínguezRex.

3. Cuarto informe general de actividadesde la Comisión de Derechos Humanos,correspondiente al año 2008.

4. Lectura y acuerdo conducente de lainiciativa de adición dos últimos párrafos, al artículo59 de la Ley de Seguridad Social para losServidores Públicos del Estado de México yMunicipios, formulada por el Comisionado de losDerechos Humanos del Estado de México,licenciado Jaime Almazán Delgado.

5. Lectura y acuerdo conducente de lainiciativa de decreto que reforma la fracción XXXIIdel artículo 61 de la Constitución Política del Estado

Libre y Soberano de México y los artículos 6, 11 y15 de la Ley de Fiscalización Superior del Estadode México, para dar cumplimiento a lo dispuestoen la Constitución Política de los Estados UnidosMexicanos, en el sentido de que los titulares deórganos de fiscalización no deben durar menos desiete años en su encargo.

6. Lectura y acuerdo conducente de lainiciativa de Ley de Consulta y ParticipaciónCiudadana, formulada por el diputado José DoloresGarduño, del Grupo Parlamentario del PartidoAcción Nacional.

7. Lectura y acuerdo conducente de lainiciativa de reformas en materia de Transparenciay Acceso a la Información Pública, a la Ley deTransparencia y Acceso a la Información Públicadel Estado de México, Código de ProcedimientosPenales del Estado de México y Código para laBiodiversidad del Estado de México, formulada porel diputado Francisco Gárate Chapa en nombre delGrupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

8. Excitativa a la Contraloría del PoderLegislativo, formulada por el diputado Ángel AburtoMonjardín, del Grupo Parlamentario del Partido dela Revolución Democrática.

9. Pronunciamiento sobre ProgramasSociales del Gobierno del Estado de México,formulada por el Grupo Parlamentario del Partidode la Revolución Democrática.

10. Presentación y discusión en su caso,aprobación de licencias de diputados integrantesde la “LVI” Legislatura.

11. Clausura de la sesión.Es cuanto señor Presidente.

PRESIDENTE DIP. JOSÉ FRANCISCOVÁZQUEZ RODRÍGUEZ. Esta Presidenciasolicita a quienes estén de acuerdo en que lapropuesta con que ha dado cuenta la Secretaría,sea aprobada con el carácter de orden del día, sesirvan indicarlo en votación económica poniéndosede pie.SECRETARIO DIP. RAFAEL ÁNGELALDAVE PÉREZ. La propuesta ha sidoaprobada, en lo general, por unanimidad de votos.PRESIDENTE DIP. JOSÉ FRANCISCOVÁZQUEZ RODRÍGUEZ. Distribuida entre lasseñoras y los señores diputados, la Gaceta

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Parlamentaria y publicándose el acta de la sesiónanterior, esta Presidencia consulta a la HonorableAsamblea si existen observaciones o comentariosen relación con el acta de la sesión anterior.

La Presidencia solicita a quienes estén porla aprobatoria del acta de la sesión anterior, se sirvanponer de pie. ¿Su voto diputado Pérez Cuevas?

Gracias.SECRETARIO DIP. RAFAEL ÁNGELALDAVE PÉREZ. El acta de la sesión anteriorha sido aprobada por unanimidad de votos.

“2009. AÑO DE JOSÉ MARÍA MORELOSY PAVÓN, SIERVO DE LA NACIÓN”

Acta de la Sesión Deliberante de la “LVI”Legislatura del Estado de México, celebrada el díadiecisiete de marzo de dos mil nueve.

Presidenta diputada María Elena Pérez deTejada Romero

En el Salón de Sesiones del H. PoderLegislativo, en la ciudad de Toluca de Lerdo, capitaldel Estado de México, siendo las catorce horas contres minutos del día diecisiete de marzo de dos milnueve, la Presidencia abre la sesión una vez que laSecretaría, pasó lista de asistencia y verificó laexistencia del quórum.

La Secretaría, por instrucciones de laPresidencia, da lectura a la propuesta de orden deldía. La propuesta de orden del día es aprobada porunanimidad de votos.

1.- La Presidencia informa que el acta dela sesión anterior ha sido incorporada en la GacetaParlamentaria. El acta es aprobada por unanimidadde votos.La Presidencia solicita la dispensa de lectura delos proyectos de decreto de las iniciativas y deldictamen contenidos en el orden del día. Esaprobada por unanimidad de votos la dispensa; y laPresidencia solicita a la Secretaría disponga lonecesario a fin de que se inserte el texto íntegro enel Diario de Debates.

2.- La Secretaría, por instrucciones de laPresidencia, da lectura a las iniciativas de ley quereforman y adicionan los artículos 7.28, 7.30, 7.31,7.33, 7.35, 7.36, 7.37, 7.38, 7.42, 7.44 enunciadogeneral y fracción I, 7.45 y 7.46 del CódigoAdministrativo del Estado de México, así como el

artículo 33 fracciones II, VII, XVIII, y XIX de laLey Orgánica de la Administración Pública delEstado de México, formuladas por 12 ciudadanos.

La Presidencia registra las iniciativas y lasturna a la Comisión Legislativa de Comunicacionesy Transportes, para su estudio y dictamen.

3.- El diputado Armando Bautista Gómezhace uso de la palabra, para dar lectura a la iniciativade reforma a los artículos 59 en su primer párrafo,86 en su primer párrafo, la adición de un párrafofinal al artículo 59, así como la derogación delartículo vigésimo transitorio de la Ley de SeguridadSocial para los Servidores Públicos del Estado deMéxico y sus Municipios, formulada por el Titulardel Ejecutivo Estatal.

La Presidencia registra la iniciativa y laturna a las Comisiones Legislativas de Gobernacióny Puntos Constitucionales y de Trabajo, Previsióny Seguridad Social, para su estudio y dictamen.

4.- La Presidencia informa que este puntoes retirado del orden del día, para ser tratado en lapróxima sesión.

Presidente diputado Apolinar EscobedoIdelfonso

5.- El diputado Carlos Alberto PérezCuevas hace uso de la palabra, para dar lectura aldictamen formulado a la iniciativa de decreto quereforma y adiciona diversos artículos de la Ley deResponsabilidades de los Servidores Públicos delEstado de México y Municipios y del Código Penaldel Estado de México.

Sin que motiven debate el dictamen yproyecto de decreto, son aprobados en lo general yen lo particular por unanimidad de votos; y laPresidencia solicita a la Secretaría expida el decretorespectivo y lo haga llegar al Titular del EjecutivoEstatal, para los efectos procedentes, previa revisiónpor la Secretaría de Asuntos Parlamentarios.

6.- El diputado Juan Carlos Núñez Armashace uso de la palabra, para dar lectura al Puntode Acuerdo que propone la disminución de dietasde diputados de la “LVI” Legislatura, formuladopor el diputado presentante.

Por unanimidad de votos se admite el Puntode Acuerdo; y la Presidencia lo registra y lo turnaal Comité Permanente de Administración, para suestudio y dictamen.

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7.- La Presidencia informa que este puntoes retirado del orden del día.

La Presidencia solicita a la Secretaríaregistre la asistencia a la sesión, informando estaúltima, que faltaron con justificación los diputados:Alejandro Agundis Arias, Martha AngélicaBernardino Rojas, Serafín Corona Mendoza,Rolando Elías Wismayer, Patricia Flores Fuentes,Gregorio Arturo Flores Rodríguez, Martha EugeniaGuerrero Aguilar, Domingo Apolinar HernándezHernández, Tereso Martínez Aldana, HiginioMartínez Miranda, Onésimo Morales Morales, JuanAntonio Preciado Muñoz, Roberto Río Valle Uribe,José Francisco Vázquez Rodríguez y María JoséVillegas Leal.

8.- Agotados los asuntos en cartera, laPresidencia levanta la sesión, siendo las catorcehoras con cincuenta y tres minutos del día de lafecha y cita a los diputados para el día martesveinticuatro de marzo a las once horas.

Diputados SecretariosRafael Ángel Aldave PérezArmando Bautista Gómez

José Suárez ReyesPRESIDENTE DIP. JOSÉ FRANCISCOVÁZQUEZ RODRÍGUEZ. Con sustento en lopreceptuado en el artículo 55 de la ConstituciónPolítica del Estado Libre y Soberano de México, ypara agilizar los trabajos de la Legislatura, estaPresidencia somete a la aprobación de la Asamblea,la propuesta para dispensar la lectura de losproyectos de decreto de las iniciativas consideradasen el orden del día, y pido a quienes estén por ello,se sirvan poner de pie.SECRETARIO DIP. RAFAEL ÁNGELALDAVE PÉREZ. La propuesta ha sido aprobadapor unanimidad de votos.PRESIDENTE DIP. JOSÉ FRANCISCOVÁZQUEZ RODRÍGUEZ. Se aprueba ladispensa de lectura de los proyectos de decreto delas iniciativas, y se solicita a la Secretaría dispongasu inserción en el Diario de Debates.

En lo concerniente al punto número 2, darélectura al escrito sobre la incorporación al ejerciciode sus funciones que formula el diputado RaúlDomínguez Rex.

DIP. JOSÉ FRANCISCO VÁZQUEZRODRÍGUEZPRESIDENTE DE LA DIRECTIVA DE LA“LVI” LEGISLATURAPRESENTE.

Me permito enviar a usted un cordial yafectuoso saludo y al mismo tiempo informarle quea partir del día de hoy me reincorporo a lasactividades legislativas que como diputado local delDistrito XX y Presidente de la Comisión deProtección Civil, me competen.

Sin otro particular por el momento quedode usted.

Se tiene por enterada la “LVI” Legislaturadel contenido del comunicado por el que sereincorpora el diputado Raúl Domínguez Rex alejercicio de sus funciones para los efectosprocedentes.

Para atender el punto número 3 del ordendel día, pido al Vicepresidente, dé lectura al oficiomediante el cual se presenta el Cuarto InformeGeneral de Actividades de la Comisión de DerechosHumanos correspondiente al año 2008, suscrito porel Comisionado de los Derechos Humanos.VICEPRESIDENTE DIP. APOLINARESCOBEDO ILDEFONSO. Con todo gustoseñor Presidente.“2009 Año de José María Morelos y Pavón,

Siervo de la Nación”DIP. JOSÉ FRANCISCO VÁZQUEZRODRÍGUEZPRESIDENTE DE LA HONORABLE “LVI”LEGISLATURA DEL ESTADO DEMÉXICO.PRESENTE.

Distinguido señor diputado, a efecto de darcumplimiento a lo preceptuado por los artículos 28fracción VIII y XXXIV y XXXVII de la Ley de laComisión de Derechos Humanos del Estado deMéxico, me dirijo para su amable conducto a esaH. “LVI” Legislatura del Estado de México, a finde presentar formalmente por escrito el CuartoInforme General de Actividades de este organismo,correspondiente al año 2008.

Para tal efecto quedo a disposición de esaSoberanía, en caso de que se requiera micomparecencia.

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Sin otro particular le reitero la seguridadde mi atenta y distinguida consideración.

ATENTAMENTELIC. JAIME ALMAZÁN DELGADO

COMISIONADO DE LOS DERECHOSHUMANOS DEL ESTADO DE MÉXICO

(Rúbrica)Es cuanto señor Presidente.

PRESIDENTE DIP. JOSÉ FRANCISCOVÁZQUEZ RODRÍGUEZ. Toda vez que ha sidoentregado un ejemplar del informe citado a cadaintegrante de la Legislatura, con fundamento en lodispuesto en el artículo 55 de la Constitución Políticadel Estado Libre y Soberano de México, se sometea la aprobación de la Legislatura la dispensa de sulectura, y se pide a quienes estén por ello, se sirvanponer de pie.

El sentido de su voto diputado Ceballos.Gracias.SECRETARIO DIP. RAFAEL ÁNGELALDAVE PÉREZ. La propuesta ha sido aprobadapor unanimidad de votos.PRESIDENTE DIP. JOSÉ FRANCISCOVÁZQUEZ RODRÍGUEZ. En relación con elpunto número 4 del orden del día, solicito a laSecretaría dé lectura a la iniciativa de adición dedos últimos párrafos del artículo 59 de la Ley deSeguridad Social para los Servidores Públicos delEstado de México y Municipios, formulada por elComisionado de los Derechos Humanos del Estadode México, licenciado Jaime Almazán Delgado.SECRETARIO DIP. JOSÉ SUÁREZ REYES.CC. DIPUTADOS SECRETARIOSDE LA HONORABLE “LVI”LEGISLATURA DEL ESTADO LIBRE YSOBERANO DE MÉXICOPRESENTES

Con fundamento en lo dispuesto en losartículos 51 fracción VI de la Constitución Políticadel Estado Libre y Soberano de México, 13 fracciónXXII de la Ley de la Comisión de DerechosHumanos del Estado de México y en ejercicio delas facultades que me confiere el artículo 28 fracciónI de la Ley en cita; respetuosamente, someto porsu conducto a la elevada consideración de laSoberanía Estatal, la iniciativa de adición de dosúltimos párrafos al artículo 59 de la Ley de

Seguridad Social para los Servidores Públicos delEstado de México y Municipios, que tiene comofundamento la siguiente:

EXPOSICIÓN DE MOTIVOSLa Comisión de Derechos del Estado de

México, de conformidad con lo establecido por losartículos 102 apartado B de la Constitución Políticade los Estados Unidos Mexicanos y 16 de laConstitución Política del Estado Libre y Soberanode México, tiene por objeto la protección,observancia, estudio, promoción y divulgación delos derechos humanos que ampara el orden jurídicomexicano; en tal virtud y de conformidad con loestablecido por el artículo 13 fracción II de la Leyde la Comisión de Derechos Humanos en laEntidad, este Organismo tiene la atribución de iniciarde oficio investigaciones en contra de cualquierautoridad o servidor público que con su tolerancia,consentimiento o negativa a ejercer las atribucionesque legalmente le correspondan de lugar a presuntasviolaciones a derechos humanos.

Con base a lo anterior, el 14 de noviembrede 2008, se inició de oficio por parte de estaComisión, la investigación sobre probablesviolaciones a derechos humanos por la supuestadesatención del Instituto de Seguridad Social delEstado de México y Municipios (ISSEMyM) haciaadolescentes embarazadas dependienteseconómicas de servidores públicos cotizantes alinstituto de mérito.

En este sentido, este Organismo Protectorde los Derechos Fundamentales de las personas,considera necesario que el Instituto de SeguridadSocial para el Estado de México y Municipios,establezca dentro de sus prestaciones de salud,brindar la atención médica en caso de embarazo alas hijas que dependan económicamente de unservidor público cotizante en el ISSEMyM, que seanmenores de dieciocho años solteras, o mayores deedad con discapacidad.

Lo anterior, en virtud del estado deindefensión ante la que se encuentran las cuales,según lo señalado en la Ley de Seguridad Socialpara los Servidores Públicos del Estado de Méxicoy Municipios, al ser económicamente dependientesdel servidor público cotizante, son consideradas poreste ordenamiento, como derechohabientes.

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En referencia con lo anterior, es menesterseñalar que la Constitución Política de los EstadosMexicanos, en el artículo 1, refiere que en elterritorio nacional todo individuo gozará de lasgarantías que otorga la Norma Fundante Básica.En relación con el artículo 5 de la ConstituciónLocal, que anuncia que en el Estado de México,todos los individuos tienen los derechos y garantíasestablecidas para ambas Constituciones.

En ese sentido, el artículo 4 de la LeySuprema, refiere que todo individuo tiene derechoa la protección, a la salud; por lo que debeentenderse que las mujeres, sin importar su edad ocondición, tiene el derecho a la protección de lasalud, correspondiéndose dentro de ésta lo referentea la maternidad.

Dentro del ámbito internacional, laDeclaración Universal de Derechos Humanos ensu artículo 22, establece que toda persona, comomiembro de la sociedad, tiene derecho a laseguridad social, la cual debe de garantizar elderecho a la salud, la asistencia medica, laprotección de los medios de subsistencia y losservicios sociales necesarios para el bienestarindividual y colectivo como lo refiere el artículo 2de la Ley del Seguro Social.

De la misma forma el artículo 12 de laConvención sobre la Eliminación de Todas lasFormas de Discriminación contra la Mujer(CEDAW) ratificada en el Senado el 18 dediciembre de 1980, establece que los Estados Parteadoptadora las medidas apropiadas para eliminarla discriminación contra la mujer en materia desalud y en lo relativo al acceso a los servicios deatención médica, así mismo refiere que se deberágarantizar a las mujeres los servicios apropiadosen relación con el embarazo y el parto,proporcionando los servicios gratuitos cuando fueranecesario.

Para el caso de la Organización de losEstados Americanos, la Convención Interamericanapara Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violenciacontra la Mujer “Convención del Belem do Pará”en vigor a partir del 5 de marzo de 1995, rectificadapor el Senado el 26 de noviembre de 1996, refiereen su artículo 4 que toda mujer tiene derecho alreconocimiento, goce, ejercicio y protección de

todos los derechos humanos y las libertadesconsagradas por los instrumentos regionalesinternacionales sobre derechos humanos.

Por otra parte, la Declaración Americanade los Derechos y Deberes del Hombre, aprobadaen al novena Conferencia Internacional Americana,adoptada el 2 de mayo de 1948, refiere el artículoVII denominado “derecho de Protección a lamaternidad y la infancia”, que toda mujer en estadode gravidez y en época de lactancia, tiene derechoa la protección, cuidados y ayuda especiales.

Para el caso de las mujeres condiscapacidad, la Declaración de los Derechos delos Impedidos proclamada por la Asamblea Generalde las Naciones Unidas el 9 de diciembre de 1975,refieren en su artículo 1 que el término “impedido”,designa a toda persona con incapacidad de subvenirpor sí misma, en su totalidad y por las necesidadesde una vida individual y social, a consecuencia deuna deficiencia congénita o no de sus facultadesfísicas y mentales. En ese sentido la Ley Generalde las personas con discapacidad, establece queen el artículo 2 fracción XI que la persona condiscapacidad de toda persona que presenta unadeficiencia física o mental, sensorial, ya sea denaturaleza permanente o temporal que limita lacapacidad de ejercer una u otra actividad esencialesde la vida diaria, que puede ser causa o gravedadpor el entorno económico y social.

Asimismo, en materia de salud y seguridadsocial, la Convención de mérito, en sus artículos 6y 7, refiere que las personas con discapacidad tienenderecho a recibir atención médica, psicológica; asícomo el derecho a la seguridad económica y socialrespectivamente.

En el ámbito estatal, la Ley de SeguridadSocial para los Servidores Públicos del Estado deMéxico y Municipios, de conformidad con loseñalado en el artículo 1, regula el régimen deseguridad social a favor de los servidores públicosdel Estado de México y sus 125 municipios; siendola ley en materia del otorgamiento de los beneficiosde su salud para los derechohabientes, que seanconsiderados en esta manera por el ordenamientolegal de referencia.

En ese sentido, la fracción IV del artículo3 de la Ley de mérito, estipula que son sujetos de la

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misma, los familiares y dependientes económicosde los servidores públicos y de los pensionados;para lo cual, como se establece en el artículo 5fracción VI apartados 3 y 5 del ordenamiento demérito, se entiende por familiares y dependienteseconómicos del servidor público o del pensionadoa “los hijos menores de dieciocho años de ambos ode uno de ellos, que sean solteros; y los hijosmayores de 18 años inhabilitados física omentalmente”, respectivamente; precisando que aestas personas se les denominaráderechohabientes.

En otro orden de ideas, la Ley de SeguridadSocial para los Servidores Públicos del Estado deMéxico y de los Municipios, en su artículo 11,establece que existen dos tipos de prestaciones:obligatorias y prospectivas; indicando que dentrode las prestaciones obligatorias se encuentra laatención de enfermedades no profesionales ymaternidad, por lo que se puede observar que esteservicio debería prestarse de forma obligatoria porparte del Instituto de Seguridad Social para elEstado de México y Municipios de lasderechohabientes.

En virtud de lo anterior, es posibledeterminar que el ISSEMYM tiene la obligaciónde proporcionar de manera oportuna y con calidad,atención de maternidad a las hijas que dependaneconómicamente del servidor público cotizante, quesean menores de dieciocho años solteras o mayoresde edad con discapacidad.

No obstante lo anterior, del artículo 59 dela Ley de Seguridad Social para los ServidoresPúblicos del Estado de México y Municipios, prevéque en caso de embarazo, a las cotizantes o cónyugedel cotizante, se les otorgue la prestación deasistencia médica a partir del día en que el Institutocertifique el estado de embarazo y señale la fechaprobable del parto, por prescripción médica, ayudaen especie para la lactancia, hasta por un lapso deseis meses, contemplando a partir del nacimiento,así como una canastilla de maternidad.

En tal virtud, es posible advertir que lasderechohabientes de estado de gravidez, quedependan económicamente del cotizante, que seanmenores de dieciocho años, solteras o mayores deedad con discapacidad; están excluidas de la

atención médica y por consiguiente tienenrestringidos los servicios de salud relativos alembarazo.

En este sentido, la interpretación anteriorse robustece con lo establecido en el párrafotercero del artículo 1 de la Constitución Política delos Estados Unidos Mexicanos y el párrafo segundodel artículo 5 de la Constitución Política del EstadoLibre y Soberano de México, que sustancialmentecoinciden al señalar que queda prohibida todadiscriminación motivada por el género, la edad, lascondiciones de salud, el estado civil o cualquier otraque atente contra la dignidad humana y tengan porobjeto anular o menoscabar los derechos ylibertades de las personas.

En relación con lo señalado, los artículos 4y 5 de la Ley Federal para Prevenir y Eliminar laDiscriminación y la Ley para Prevenir, Combatir yEliminar Actos de Discriminación en el Estado deMéxico, respectivamente, concuerdan que se debeatender por discriminación, toda exclusión yrestricción que, basada en sexo, edad, condicionesde salud, embarazo, estado civil o cualquier otra,tengan por efecto impedir o anular elreconocimiento al ejercicio de los derechos y laigualdad real de oportunidades de las personas.

Aunando a lo antes expuesto, debeapuntarse que el inciso f) del artículo 2 de laConvención sobre la Eliminación de Todas lasFormas de Discriminación Contra la Mujer, precisaque los Estados Parte condenan la discriminacióncontra la mujer en todas sus formas, conviniendoen seguir, por todos los medios apropiados y sindilaciones, una política encaminada a eliminar ladiscriminación contra la mujer y con tal objeto, secompromete a la adopción de todas las medidasadecuadas, incluso de carácter legislativo, paramodificar o derogar leyes, reglamentos, usos yprácticas que constituyan en discriminación contrala mujer.

En materia de salud, el artículo 12 de laConvención en cita, establece que los EstadosPartes deben adoptar todas las medidas apropiadaspara eliminarla la discriminación contra la mujer enla esfera de la atención y acceso a servicios deatención médica; asimismo, señala que los EstadosParte garantizarán a la mujer servicios apropiados

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en relación con el embarazo, el parto y el períodoposterior al parto, propiciando servicios gratuitoscuando fuere necesario.

Por lo anterior, se considera necesaria laadición de dos últimos párrafos en el artículo 59 dela Ley de Seguridad Social para los ServidoresPúblicos del Estado de México y Municipios, conel objeto de proporcionar en caso de embarazo, lasprestaciones referidas en las fracciones I y II y III,del artículo de mérito, a las hijas embarazadas quedependan económicamente del servidor públicocotizante, ya sea menores de 18 años solteras omayores de edad con discapacidad, otorgando aéstas, la protección de los derechos fundamentalesconsagrados en el Sistema Jurídico Mexicano.

Cabe acotar que cuando el Instituto deSeguridad Social del Estado de México yMunicipios, proporcione en atención médica y enel caso de embarazo a las hijas con discapacidadmental que dependan económicamente delcotizante; el Instituto deberá dar vista al MinisterioPúblico de los hechos y los elementos que adviertan,que apliquen, la probable comisión del delito deviolación por equiparación señalado en el artículo273 párrafo tercero Código Penal vigente en laEntidad.

Por lo anterior expuesto, se somete a laconsideración de esta Honorable Soberanía, lainiciativa de proyecto de decreto, por la que seadicionan dos últimos párrafos al artículo 59 de laLey de Seguridad Social para los ServidoresPúblicos del Estado y Municipios, para que deestimarla correcta, se apruebe en sus términos.

RESPETUOSAMENTECOMISIONADO DE LOS DERECHOS

HUMANOS DEL ESTADO DE MÉXICOLIC. JAIME ALMAZÁN DELGADO

Es cuanto señor Presidente.

DECRETO NÚMERO_________LA HONORABLE LVI LEGISLATURADEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DEMÉXICODECRETA

ARTÍCULO ÚNICO.- Se adicionan dos últimospárrafos al artículo 59 de la Ley de Seguridad Socialpara los Servidores Públicos del Estado de Méxicoy Municipios, para quedar como sigue:

Artículo 59. (...)

I. (...)

II. (...)

III. (...)

En caso de embarazo, a las hijas que dependaneconómicamente del cotizante, que sean menoresde dieciocho años solteras o mayores de edad condiscapacidad, se les otorgarán las prestacionesreferidas en las fracciones anteriores.

Con independencia de la asistencia médica a quese refiere la fracción I de este artículo, brindada alas derechohabientes con discapacidad mental; elInstituto hará del conocimiento del MinisterioPúblico este hecho.

T R A N S I T O R I O S

PRIMERO.- La presente iniciativa de Decreto,entrará en vigor al día siguiente de su publicaciónen el periódico Oficial “Gaceta del Gobierno”.

SEGUNDO.- El Ejecutivo del estado realizará lasadecuaciones reglamentarias necesarias, en unplazo no mayor a noventa días hábiles, con lafinalidad de hacer efectiva la prestación previstapor el presente Decreto.

Dado en el palacio del Poder Legislativo, en laciudad de Toluca de Lerdo, capital del Estado deMéxico, el día del mes de de dos mil nueve.

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PRESIDENTE DIP. JOSÉ FRANCISCOVÁZQUEZ RODRÍGUEZ. Se registran lasiniciativas y con fundamento en lo preceptuado enlos artículos 47 fracciones VIII, XX, XXI; 51, 57,59, 82 y demás relativos y aplicable de la LeyOrgánica del Poder Legislativo del Estado Libre ySoberano de México, se remite a las ComisionesLegislativas de Gobernación y PuntosConstitucionales; Trabajo, Previsión y SeguridadSocial; y de Salud, Asistencia y Bienestar Socialpara su estudio.

Señoras y señores diputados; en sesióncelebrada el 20 de febrero del presente año, eldiputado José Dolores Garduño, presentó iniciativade decreto, relacionada con estas materias y seturnó a la Comisión Legislativa de Salud, Asistenciay Bienestar Social.

Por otra parte, en sesión celebrada el 17de marzo del año en curso, el titular del EjecutivoEstatal, presentó iniciativa vinculada también conlas materias y se turnó a las Comisiones Legislativasde Gobernación y Puntos Constitucionales yTrabajo, Previsión y Seguridad Social. E nconsecuencia, esta Presidencia, para favorecer elanálisis de las iniciativas que tienen que ver conpreceptos de ordenamiento similar, con base enrazones de técnica legislativa, y con fundamentoen lo dispuesto en el artículo 47 de las fraccionesVIII, XX y XXI de la Ley Orgánica del PoderLegislativo del Estado Libre y Soberano de México,encomienda el estudio de las tres iniciativas a lasComisiones Legislativas de: Gobernación y PuntosConstitucionales; Trabajo, Previsión y SeguridadSocial y la de Salud, Asistencia y Bienestar Social.En cuanto al punto número 5 del orden del día, seconcede el uso de la palabra al diputado DomitiloPosadas, quien dará lectura a la iniciativa de decretoque reforma la fracción XXXII del artículo 61 dela Constitución Política del Estado Libre y Soberanode México y los artículos 6, 11 y 15 de la Ley deFiscalización Superior del Estado de México, paradar cumplimiento a lo dispuesto en la ConstituciónPolítica de los Estados Unidos Mexicanos, en elsentido de que los titulares de órganos defiscalización no deben durar menos de siete añosen su encargo.

DIP. DOMITILO POSADAS HERNÁNDEZ.Muchas gracias señor Presidente.

Toluca de Lerdo,25 de marzo de 2009.

COMPAÑEROS DIPUTADOSSECRETARIOS DE LA MESA DIRECTIVADE ESTA H. “LVI” LEGISLATURA DELESTADO DE MÉXICO.PRESENTES

El que suscribe, diputado Domitilo PosadasHernández, a nombre del Grupo Parlamentario delPartido de la Revolución Democrática y en ejerciciodel derecho que me confieren los artículos 51fracción II y 61 fracción I de la Constitución Políticadel Estado Libre y Soberano de México; 28 fracciónI y 79 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo delEstado Libre y Soberano de México, por suconducto me permito someter a la consideraciónde esta H. Legislatura iniciativa de decreto, quereforma la Constitución Política del Estado Libre ySoberano de México y la Ley de FiscalizaciónSuperior del Estado de México, de acuerdo con lasiguiente:

EXPOSICIÓN DE MOTIVOSEl 27 de septiembre del año 2007, fue

presentada al Pleno de esta Soberanía la minutaproyecto de decreto que reforma, adiciona y derogadiversas disposiciones de la Constitución Políticade los Estados Unidos Mexicanos, procedente dela Cámara de Senadores, acordándose su registroy remisión a las Comisiones Legislativas dePlaneación y Gasto Público, y de Finanzas Públicas;misma que fue aprobada por unanimidad ypublicada en la “Gaceta del Gobierno” el 28 denoviembre del año 2007.

Posteriormente, en fecha 7 de mayo del2008, fue publicado en el Diario Oficial de laFederación el decreto por el cual se reformaronentre otros ordenamientos, el artículo 116 fracciónII Párrafos Cuarto y Quinto de la ConstituciónPolítica de los Estados Unidos de México.

Es importante destacar que el Congresode la Unión, mandata a las Legislaturas de losestados con esta resolución, aprobar o hacer lasreformas necesarias en su marco jurídico, para darcumplimiento a lo dispuesto en el presente decretoa más tardar en un plazo de un año, contado a partir

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de la fecha de entrada en vigor del mismo, por loque es ineludible realizar las adecuacionespertinentes.

Las modificaciones en mención, tienenespecial importancia para el ejercicio de lasatribuciones del Órgano Superior de Fiscalizacióndel Estado de México, toda vez que en generalcontempla una homologación de la actividadfiscalizadora para todo el país.

Por ello es importante hacer énfasis en quedichas reformas obedecen a contar con un órganode fiscalización que goce de autonomía técnica yde gestión en el ejercicio de sus atribuciones, conel objeto de garantizar su efectividad también seadicionan a la función de fiscalización los principiosde posterioridad y anualidad.

Esto significa, que la fiscalización y revisiónse realizará una vez que los recursos económicosse hayan ejercido o aplicado con el objeto decomprobar que la recaudación, administración yaplicación se haya apegado a las disposicioneslegales, administrativas, presupuestales, financierasy planeación aplicables.

La Constitución Federal contempla tambiénque los titulares de los Órganos de Fiscalizaciónsean electos o removidos mediante votacióncertificada, además de no ser elegidos en un lapsono menor a 7 años pudiendo ser ratificados por unperíodo igual por una sola ocasión.

Así como contar con experiencia de 5 añosen materia de control, auditoria financiera y deresponsabilidades.

Por las razones expuestas, someto a estaSoberanía para su consideración, la presenteiniciativa de decreto, a fin de que si lo estimancorrecta se apruebe en sus términos.

ATENTAMENTEGRUPO PARLAMENTARIO DELPARTIDO DE LA REVOLUCIÓN

DEMOCRÁTICADIP. HIGINIO MARTÍNEZ MIRANDA

DIP. ROBERTO RÍO VALLE URIBEDIP. ÁNGEL ABURTO MONJARDÍN

DIP JUANA BONILLA JAIMEDIP. ARMANDO PORTUGUEZ FUENTES

DIP. ADRIANA MORÁN SÁNCHEZ

DIP. DOMINGO APOLINARHERNÁNDEZ HERNÁNDEZDIP. MARTHA ANGÉLICA

BERNARDINO ROJAS.DIP. ONÉSIMO MORALES MORALES

DIP. EPIFANIO LÓPEZ GARNICADIP. RAFAEL ÁNGEL ALDAVE PÉREZ

DIP. RUFINO CONTRERAS VELÁZQUEZDIP. CRESCENCIO RODRÍGO SUÁREZ

ESCAMILLADIP. GREGORIO ARTURO FLORES

RODRÍGUEZDIP. SERAFÍN CORONA MENDOZADIP. JOSÉ FRANCISCO VÁZQUEZ

RODRÍGUEZDIP. TOMÁS CONTRERAS

CAMPUZANODIP. JUAN ANTONIO PRECIADO

MUÑOZDIP. TOMÁS OCTAVIANO FÉLIX

DIP. DOMITILO POSADASHERNÁNDEZ.

Por su atención, es cuanto señorPresidente.

PROYECTO DE DECRETODECRETO NÚMEROLA H. LVI LEGISLATURA DEL ESTADODE MÉXICODECRETA:

ARTÍCULO PRIMERO.- Se reforma la fracciónXXXII párrafo segundo y tercero del artículo 61;de la Constitución Política del Estado Libre ySoberano de México, para quedar como sigue:

XXXII. Recibir, revisar y fiscalizar las cuentaspúblicas del Estado y de los Municipios, del añoanterior, mismas que incluirán, en su caso, lainformación correspondiente a los Poderes Públicos,organismos autónomos, organismos auxiliares ydemás entes públicos que manejen recursos delEstado y Municipios. Para tal efecto, contará conun Órgano Superior de Fiscalización, dotado deautonomía técnica y de gestión. La función defiscalización se desarrollará conforme a los

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principios de posterioridad, anualidad,legalidad, imparcialidad y confiabilidad.

El Auditor Superior de Fiscalización será designadoy removido por el voto de las dos terceras partesde los integrantes presentes de la Legislatura, apropuesta de la Junta de Coordinación Política.

El Auditor Superior de Fiscalización durará en suencargo 7 años, pudiendo ser ratificado hasta porun período más, por el voto de las dos terceraspartes de los integrantes presentes de laLegislatura.

ARTÍCULO SEGUNDO.- Se reforman losartículos 6, 11 fracción V y 15 de la Ley deFiscalización Superior del Estado de México, paraquedar como sigue:

Artículo 6.- El Órgano Superior en el ejercicio desus atribuciones, se regirá por los principios deposterioridad, anualidad, confiabilidad,legalidad, igualdad, imparcialidad, eficiencia,eficacia, veracidad, buena fe, honradez,transparencia, reserva y respeto.…

Artículo 11.- Para ser Auditor Superior se requiere:

I. a IV. …

V. Tener por lo menos cinco años de experienciaen funciones relacionadas con actividades decontrol, de auditoría financiera, deresponsabilidades y evaluación;

VI. a VII.

Artículo 15.- El Auditor Superior durará en suencargo siete años, pudiendo ser ratificado hastapor un período más, por las dos terceras partesde los integrantes presentes de la Legislatura.

T R A N S I T O R I O S

PRIMERO.- Publíquese el presente decreto enel Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno”.

SEGUNDO.- El presente decreto entrará en vigoral día siguiente de su publicación en el PeriódicoOficial “Gaceta del Gobierno”.

TERCERO.- Con respecto a las reformas de laLey de Fiscalización Superior del Estado de México,entrarán en vigor una vez publicadas las reformasa la Constitución Política del Estado Libre ySoberano de México en la materia.

Lo tendrá entendido el Gobernador Constitucionaldel Estado Libre y Soberano de México, haciendoque se publique y se cumpla.

Dado en el Palacio del Poder Legislativo, en laCiudad de Toluca de Lerdo, Estado de México alos días del mes de de 2009.PRESIDENTE DIP. JOSÉ FRANCISCOVÁZQUEZ RODRÍGUEZ. Se registran lasiniciativas y con fundamento en lo preceptuado enlos artículos 47 fracciones VIII, XX y XXI; 51, 57,59, 82 y demás relativos y aplicables de la LeyOrgánica del Poder Legislativo del Estado Libre ySoberano de México; se encomienda a lasComisiones Legislativas de Vigilancia del ÓrganoSuperior de Fiscalización y a la Comisión deGobernación y Puntos Constitucionales para suestudio.

De conformidad con el punto número 6,tiene el uso de la palabra el diputado José DoloresGarduño González del Grupo Parlamentario delPartido Acción Nacional, quien dará lectura a lainiciativa de Ley de Consulta y ParticipaciónCiudadana, formulada por el propio diputadopresentante.DIP. JOSÉ DOLORES GARDUÑOGONZÁLEZ. Con su permiso señor Presidente ydiputados que integran la Mesa Directiva.

Compañeras y compañeros diputados, enejercicio de las facultades que me confieren losartículos 51 fracción II; 61 fracción I y 77 fracciónV de la Constitución Política del Estado Libre ySoberano de México; 28 fracción I; 79 y 81 de laLey Orgánica del Poder Legislativo del Estado deMéxico, así como el artículo 68 del Reglamento delPoder Legislativo del Estado de México, someto ala consideración de esta “LVI” Legislatura por el

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digno conducto de ustedes, la presente iniciativade reforma a la Constitución Política del EstadoLibre y Soberano de México y la Ley de Consultay Participación Ciudadana para el Estado deMéxico, de conformidad con la siguiente:

EXPOSICIÓN DE MOTIVOSEl Poder Legislativo nace de la necesidad

de que el poder público se especialice yprofesionalice; y dignifique sus funciones, paralograr el recto y eficaz ejercicio de sus obligaciones,pero también para crear contrapesos y hacercambiar nuestro entorno social por uno másprometedor, que permita aumentar las posibilidadesde logro del bien común, mediante el respeto alestado de derecho.

En la Legislatura Estatal no sólo debeasumirse el ejercicio de legislar, sino también lacontribución a la correcta orientación política y elcontrol de ésta. Por ello debemos colaborarconjuntamente en el establecimiento deprocedimientos que permitan involucrar a laciudadanía en la toma de decisiones de gobierno,para esto, estamos seguros que la participaciónciudadana es un elemento indispensable, hoy día,lo fundamental de quienes conformamos el PoderLegislativo del Estado de México, debe ser sudecoro y dignidad, hacer que el ciudadano vuelva aconfiar en sus diputados.

La vida interna del Poder LegislativoEstatal tiene una gran diversidad ideológica, la cualdebe estar siempre asentada en valores éticos quepermitan congruencia entre lo que se dice y lo quese hace. Es importante que las funcionesgubernamentales el pensar, el sentir y el hacer, seanencaminadas siempre al logro.

El ser integrante de la Legislatura, nosbrinda la gran posibilidad de trabajar a favor de lagente que habita nuestro Estado. Es por eso, quedebemos cumplir de manera plena y dignatrabajando juntos para el Estado de México, paraque este gran Estado sea la entidad de vanguardiay prospera que todos deseamos, Fundamentemosnuestros actos en el orden normativo y ético, en eldiálogo y el consenso, motivemos nuestra tarea enel crecimiento del Poder Legislativo y del Estado.

La sociedad mexiquense es cada vez másplural y participativa, por lo que es fundamental

tender los lazos que vinculen de mejor manera alciudadano con sus autoridades estatales ymunicipales, con este propósito, se presenta anteesta legislatura, la iniciativa de ley en comento, queenmarca, da forma y rumbo a la dinámica social.

La presente iniciativa, considera cuatroinstrumentos de participación ciudadana, la iniciativapopular, el plebiscito, el referéndum y la consultaciudadana. La iniciativa popular, otorga el derechoa los ciudadanos inscritos en la lista nominal deelectores de la entidad, a presentar iniciativas deley que propongan reformas a la ConstituciónPolítica del Estado Libre y Soberano de México, ya expedir reformas, adicionar, derogar o abrogarleyes o decretos ante la Legislatura del Estado; asícomo a expedir, reformar, adicionar, derogar oabrogar reglamentos ante el ayuntamiento delmunicipio correspondiente.

El plebiscito, es el proceso mediante el cualse someten a la aprobación o rechazo de losciudadanos, los actos o decisiones del gobernadordel Estado o los actos de gobierno de losayuntamientos que se consideren trascendentalespara el orden público o el interés social de la entidado de los municipios.

El referéndum, es el proceso mediante elcual se someten a la aprobación o rechazo de losciudadanos, las leyes expedidas por la Legislaturadel Estado o los reglamentos o disposiciones decarácter general que expidan los ayuntamientos.La presente iniciativa de Ley, una vez aprobada,lograra que el referéndum y el plebiscito cobrencabal vigencia y operatividad, puesto que losprerrequisitos para realizarlos se subsanaran conrelativa facilidad.

La consulta ciudadana, se realizara con elfin de conocer la opinión de la población enreferencia a temas específicos y trascendentes parael desarrollo de políticas públicas. La realizará laLegislatura del Estado, cuando considere que laexpedición o reforma a un ordenamiento legal, seatrascendente para la ciudadanía del Estado,mediante acuerdo tomado por la mayoría de susintegrantes.

La presente iniciativa de ley, busca tambiénfomentar, promover y salvaguardar el derecho delos ciudadanos del Estado de México, a participar

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en la vida pública; así como a establecer losmecanismos para garantizar el ejercicio legal,democrático y transparente del poder público.

La Ley de Participación Ciudadana, colocaa la vanguardia al Estado de México, en la materiay vincula de forma más eficiente a la sociedad civilcon el Poder Legislativo, con los Ayuntamientos ycon el Ejecutivo de Estado.

Por lo expuesto anteriormente, losdiputados que integramos el Grupo Parlamentariodel Partido Acción Nacional en esta “LVI”Legislatura del Estado de México, esperamos quemuy pronto esta iniciativa de ley, sea dictaminaday presentada nuevamente ante el Pleno de estaSoberanía para que cobre cabal vigencia.

POR UNA PATRIA ORDENADA YGENEROSA.

EL GRUPO PARLAMENTARIO DELPARTIDO ACCIÓN NACIONAL.

(Rubricas)Es cuanto Señor Presidente. Muchas gracias.

DECRETO NÚMERO

LA LVI LEGISLATURADECRETA:

ARTÍCULO PRIMERO.- Se reforma el artículo14 de la Constitución Política del Estado Libre ySoberano de México, para quedar como sigue:

CONSTITUCION POLITICA DELESTADO LIBRE Y SOBERANO DE

MEXICO

Artículo 14.- La soberanía del Estado resideesencial y originalmente en el pueblo, quien la ejercepor medio de sus legítimos representantes y a travésde la iniciativa popular, plebiscito, referéndum, yreferéndum constitucional, en los términosestablecidos en esta constitución y en la leyrespectiva.

ARTÍCULO SEGUNDO.- Se aprueba la Ley deConsulta y Participación Ciudadana para el Estadode México, en los términos siguientes:

LEY DE CONSULTA Y PARTICIPACIÓNCIUDADANA PARA EL ESTADO DE

MÉXICO

TÍTULO PRIMERODE LOS PRINCIPIOS DE LA

PARTICIPACIÓNCAPÍTULO I

DE LAS DISPOSICIONES GENERALES

Artículo 1.- La presente ley es de orden público yde interés general y tiene por objeto establecer,consolidar y fomentar los mecanismos departicipación ciudadana en el Estado de México,en el ámbito de competencia de los gobiernosestatal y municipal.

Artículo 2.- Los ciudadanos, los Poderes delEstado y los Ayuntamientos son corresponsablesen la preparación, desarrollo, vigilancia y resultadode los mecanismos de participación ciudadana, enlos términos que disponen la Constitución Políticadel Estado Libre y Soberano de México y lapresente ley.

Artículo 3.-Son mecanismos de participaciónciudadana:

I. Iniciativa popular;II. Plebiscito;III. Referéndum; yIV. Consulta ciudadana.

Artículo 4.-Las disposiciones del Código Electoraldel Estado de México, se aplicarán, en loconducente, de manera supletoria en todo lo queno contravenga a lo dispuesto en la presente ley,salvo lo referente a medios de impugnación.

Artículo 5.- Corresponde la aplicación de lapresente ley, en el ámbito de sus respectivascompetencias:

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I. El Poder Legislativo;II. El Poder Ejecutivo;III. Los Ayuntamientos;IV. El Instituto Estatal Electoral del Estado deMéxico; yV. El Tribunal Electoral.

Artículo 6.- Los principios rectores de laparticipación ciudadana son:

I. Democracia, considerada como la igualdad deoportunidades de los ciudadanos y, en su caso, delos habitantes, para influir en la toma de decisionespúblicas, sin discriminaciones de carácter político,religioso, racial, ideológico, de género o de algunaotra especie;

II. Corresponsabilidad , entendida como elcompromiso compartido de acatar, por parte de laciudadanía y el gobierno, los resultados de lasdecisiones mutuamente convenidas; reconociendoy garantizando los derechos de los ciudadanos aproponer y decidir sobre los asuntos públicos;postulando que la participación ciudadana escondición indispensable para un buen gobierno yno sustitución de las responsabilidades del mismo;

III. Legalidad, interpretada como la garantía deque las decisiones de gobierno serán siempreapegadas a derecho; con seguridad para laciudadanía en el acceso a la información y con laobligación expresa por parte del gobierno, deinformar, difundir, capacitar y educar para unacultura democrática;

IV. Respeto, considerado como el reconocimientopleno a la diversidad de visiones y posturas,asumidas libremente en torno a los asuntos públicos.En este caso, comienza incluso por la libertad deelegir cuándo y cómo se participa en la vida públicadel Estado;

V. Tolerancia, entendida como la garantía dereconocimiento y respeto a la diferencia y a ladiversidad de quienes conforman la sociedad, ycomo un elemento esencial en la construcción deconsensos;

VI. Sustentabilidad, definida como laresponsabilidad de que las decisiones asumidas enel presente, aseguren a las generaciones futuras elcontrol y disfrute de los recursos naturales delentorno

VII. Inclusión, estimada como el fundamento deuna gestión pública socialmente responsable, queenglobe y comprenda todas las opiniones de quienesdesean participar, que reconoce desigualdades ypromueve un desarrollo equitativo de la sociedad yde los individuos que la conforman;

VIII. Solidaridad, entendida como la disposiciónde toda persona, de asumir los problemas de otroscomo propios, contrario a todo egoísmo o interésparticular, que propicie el desarrollo de relacionesfraternales entre los vecinos, elevando lasensibilidad acerca de la naturaleza de las propiassituaciones adversas y las de los demás, así comonutrir y motivar las acciones, para enfrentarcolectivamente los problemas comunes; y

IX. Transparencia, concebida como la garantíade que las disposiciones de gobierno serán siemprefundadas conforme a derecho; con certeza para laciudadanía en el acceso a la información y con laobligación expresa por parte del gobierno, deinformar, difundir y capacitar.

Artículo 7.- La participación en los mecanismosseñalados, es un derecho y una obligación delciudadano, concurriendo el voto es universal, libre,secreto, directo, personal e intransferible.

Artículo 8.-Tendrán derecho a intervenir en losprocesos de participación ciudadana, los ciudadanosque hayan cumplido dieciocho años de edad, seencuentren en pleno ejercicio de sus derechos, esténinscritos en el padrón electoral y en la lista nominal,cuenten con credencial para votar con fotografía yque no se encuentren en los supuestos del artículo30 de la Constitución Política del Estado Libre ySoberano de México.

Artículo 9.- Los preceptos establecidos en lapresente ley, tienen por objeto:

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I. Fomentar, promover y salvaguardar el derechode los ciudadanos del estado, para participar en lavida pública;

II. Fomentar, promover y regular la organización yparticipación en la toma de decisiones públicasfundamentales;

III. Establezcan mecanismos para garantizar elejercicio legal, democrático y transparente del poderpúblico; y

IV. Fomentar, promover e instrumentar una políticade desarrollo Y participación ciudadana.

CAPÍTULO IIDEL OBJETIVO Y ATRIBUCIONES DEL

INSTITUTO ESTATAL ELECTORAL DELESTADO

Artículo 10.- El Instituto Estatal Electoral delEstado de México, es el organismo públicoautónomo a que se refiere el artículo 11 de laConstitución Política del Estado Libre y Soberanode México, que tendrá a su cargo la declaración deprocedencia, organización, desarrollo y validación,en su caso, de los mecanismos de participaciónciudadana, en los términos establecidos en lapresente ley.

Artículo 11.-En materia de participaciónciudadana, el Instituto Estatal Electoral del Estadotiene los siguientes objetivos:

I. Garantizar el adecuado desarrollo de losmecanismos de participación ciudadana;II. Difundir una cultura de compromiso ydemocracia;III. Garantizar y promover la participación de losciudadanos en los procesos de plebiscito,referéndum y referéndum constitucional, así comoen el procedimiento de iniciativa popular;IV. Garantizar que la participación del ciudadanosea libre e informada; yV. Dar certeza y eficacia a los resultados de losmecanismos de participación ciudadana.

CAPÍTULO IIIDE LA COMISIÓN DE PARTICIPACIÓN

CIUDADANA

Artículo 12.-El Consejo General es el órganosuperior de dirección del Instituto Estatal Electoraldel Estado; quien ejercerá sus atribuciones a travésde una Comisión de Participación Ciudadana.

Dicha Comisión estará integrada por el Presidentedel Consejo General y los consejeros.

El Secretario del Consejo General fungirá comoSecretario de la Comisión de ParticipaciónCiudadana, quien tendrá voz pero sin voto.

Artículo 13.- La Comisión de ParticipaciónCiudadana, tendrá las siguientes atribuciones:

I. Someter a consideración del Consejo General, lacelebración de convenios con autoridades federales,estatales y municipales para el mejor desarrollo delos mecanismos de participación ciudadana;

II. Dictaminar sobre la procedencia de la iniciativapopular, plebiscito, referéndum y referéndumconstitucional, así como remitir a las autoridadescorrespondientes la declaratoria respectiva deprocedencia de iniciativa popular o los resultadosde los procesos el plebiscito, referéndum oreferéndum constitucional en los términos queseñala esta ley;

III. Llevar a cabo los procesos de plebiscito,referéndum y referéndum constitucional, así comoel procedimiento de iniciativa popular en los términosque señala esta ley;

IV. Proponer al Consejo General para que incluyaen su anteproyecto de presupuesto de egresos, losrecursos necesarios para el desarrollo de losmecanismos de participación ciudadana en lostérminos de esta ley;

V. Emitir el acuerdo de validación de resultados delplebiscito, referéndum y referéndum constitucional,

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así como notificar el mismo a las autoridades opartes;

VI. Someter a consideración del Consejo General,los proyectos de reglamentos necesarios para eladecuado desarrollo de los mecanismos departicipación ciudadana;

VII. Designar a los coordinadores y personal deapoyo de los Centros Municipales;

VIII. Difundir en los medios de comunicaciónmasiva el proceso de participación ciudadana al quese convoque;

IX. Determinar el número y ubicación de las mesasreceptoras, debiendo establecerse por cuandomenos cada mil quinientos ciudadanos inscritos enlista nominal, una mesa, lo cual deberá ser publicadoen los periódicos de mayor circulación quince díasanteriores y el día fijado para la celebración delplebiscito, referéndum o referéndum constitucional;podrá tomar como base para la distribución de lasmesas las secciones electorales;

X. Realizar la sumatoria estatal o verificar lasumatoria municipal de los procesos de plebiscito,referéndum o referéndum constitucional segúncorresponda; y

XI. Seleccionar y designar a los ciudadanos quehabrán de integrar las mesas receptoras;

XII. Acordar las medidas necesarias para larecolección oportuna de los paquetes y expedientesde las mesas receptoras;

XIII. Las demás que le señalen esta ley y demásdisposiciones jurídicas aplicables.

CAPÍTULO IVDE LOS ÓRGANOS OPERATIVOS

Artículo 14.- La Comisión de ParticipaciónCiudadana contará con el apoyo de los órganos ydependencias del Instituto Estatal Electoral delEstado de México.

Artículo 15.- En el desarrollo de los procesos deplebiscito y referéndum, la Comisión deParticipación Ciudadana contará con los CentrosMunicipales y el personal administrativo querequieran.

Artículo 16.- La Comisión de ParticipaciónCiudadana, determinará el número, ubicación eintegración de las mesas receptoras, atendiendo enlo aplicable a los lineamientos señalados para lascasillas electorales y a los principios de austeridady eficiencia.

Artículo 17.- Los módulos de votación son elconjunto de mesas receptoras y la Comisión deParticipación Ciudadana podrá instalarlos en laszonas urbanas atendiendo a criterios deconcentración o distribución de la población.

Por lo que, podrán establecerse módulos de votaciónen las zonas rurales, cuando la concentración de lapoblación lo haga posible.

Artículo 18.- Los centros Municipales, tendrán lassiguientes atribuciones:

I. Entregar a los presidentes de las mesasreceptoras la documentación y demás útilesnecesarios para el cumplimiento de sus funciones;

II. Capacitar a los ciudadanos que habrán deintegrar las mesas receptoras;

III. Difundir las listas de ubicación e integraciónde las mesas receptoras;

IV. Vigilar la oportuna y legal instalación de lasmesas receptoras;

V. Desahogar las peticiones y consultas queformulen los ciudadanos en relación con elplebiscito, referéndum o referéndum constitucional;

VI. Acopiar los expedientes provenientes de todaslas mesas receptoras y realizar el cómputomunicipal;

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VII. Remitir los expedientes y el cómputo municipalcorrespondiente, a la Comisión de ParticipaciónCiudadana; y

VIII. Las demás que les confieran la presente leyy las disposiciones jurídicas aplicables.

Artículo 19.- Las mesas receptoras se integrancon ciudadanos designados por sorteo ydebidamente capacitados para recibir la votación yrealizar el escrutinio y cómputo. Se integrarán conun presidente, un secretario, dos escrutadores y suscon respectivos suplentes.

Como autoridad en la materia, son responsablesdurante la jornada de votación, de cumplir y hacercumplir las leyes aplicables, de respetar la libreemisión del voto, de asegurar la efectividad delmismo, de garantizar su secreto y la autenticidadde sus resultados.

CAPÍTULO VDE LOS MECANISMOS DE

PARTICIPACIÓN CIUDADANA

Artículo 20.- La iniciativa popular es elprocedimiento por el cual los ciudadanos tengan laposibilidad de presentar iniciativas para expedir,reformar, adicionar, derogar o abrogar leyes odecretos expedidos por la legislatura del estado;así como para expedir, reformar, adicionar, derogaro abrogar reglamentos en el ámbito municipalexpedidos por ayuntamiento.

Artículo 21.- El plebiscito tendrá por objetosometer a consideración de los ciudadanos laaprobación o rechazo de los actos o decisiones delgobernador del estado o de los ayuntamientos quese consideren trascendentes para el orden legal oel interés social.

Artículo 22.-No podrán ser sometidos a plebiscitopor parte del Gobernador o de los Ayuntamientos:

I. El nombramiento o destitución de los titulares delas entidades del poder ejecutivo o de laadministración pública municipal;

II. Los actos ejecutados por causa de utilidadpública;

III. Las disposiciones administrativas estatales omunicipales derivadas de una ley, acuerdo o decretode carácter fiscal;

IV. Lo relacionado o derivado de un procedimientode referéndum; y

V. Lo relacionado con materias reservadas a lafederación.

Artículo 23.- El referéndum tendrá por objetosometer a la aprobación o rechazo de los ciudadanoslas leyes expedidas o las reformas a la constitucióndel estado por la legislatura, los reglamentos y lasdisposiciones de carácter general que expidan losayuntamientos.

Artículo 24.- No serán objeto de referéndum

I. Las leyes de carácter tributario o fiscal, y lasque regulen la organización y funcionamiento delos poderes del estado o de los municipios;

II. Los reglamentos y demás disposiciones decarácter general que se refieran a la organizacióny estructura del ayuntamiento o de la administraciónpública municipal, así como las disposiciones decarácter financiero;

III. Lo relacionado con materias reservadas a lafederación; y

IV. Las adecuaciones al marco constitucional localderivadas de una reforma a la Constitución Políticade los Estados Unidos Mexicanos y las leyes quede ellas emanen.

Artículo 25.-La Consulta ciudadana la realizarala Legislatura del Estado, cuando considere que laexpedición o reforma a un ordenamiento legal seatrascendente para la ciudadanía del Estado.

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La consulta se realizara a través de medioselectrónicos autorizados por la misma medianteacuerdo.

CAPÍTULO VIDE LA INICIATIVA POPULAR

Artículo 26.- La iniciativa popular es el derechode los ciudadanos inscritos en la lista nominal deelectores de la entidad, para presentar iniciativasque propongan expedir, reformar, adicionar, derogaro abrogar leyes o decretos ante la Legislatura delEstado; así como para expedir, reformar, adicionar,derogar o abrogar reglamentos ante elAyuntamiento del municipio correspondiente.

Artículo 27.- La Comisión de ParticipaciónCiudadana, dictaminará sobre la procedencia de lainiciativa popular y lo comunicará al Presidente dela Legislatura, o en su caso, al presidente municipalrespectivo.

Si la declaratoria es de procedencia, el Presidentede la Legislatura turnará la iniciativa a la comisiónlegislativa que corresponda. Dicha iniciativa seguiráel procedimiento previsto en la Ley Orgánica yReglamento del Poder Legislativo del Estado Librey Soberano de México.

Si la declaratoria de iniciativa popular municipal esprocedente, el presidente municipal respectivo,someterá la iniciativa al cabildo para su estudio ydictaminación en los términos previstos en la LeyOrgánica Municipal del Estado de México.

Cuando la declaratoria sea de improcedencia, laComisión de Participación Ciudadana dejará a salvolos derechos de los ciudadanos iniciantes para queformulen una nueva solicitud y, en su caso, subsanenlos errores u omisiones en que hubieren incurrido.

CAPÍTULO VIIDEL PLEBISCITO

Artículo 28.- El plebiscito es el proceso medianteel cual se somete a la aprobación o rechazo de losciudadanos los actos o decisiones del Gobernador

del Estado o los actos de gobierno de losAyuntamientos que se consideren trascendentalespara el orden público o el interés social de la entidado de los municipios.

Artículo 29.- El plebiscito podrá ser solicitado por:

I. El Gobernador del Estado o por el diez por cientodel total de votos válidos emitidos en la eleccióninmediata anterior de la entidad, tratándose de actoso decisiones del Gobernador del Estado; y

II. Mediante acuerdo del Ayuntamiento tomado porel voto de la mayoría o por el diez por ciento deltotal de votos validos emitidos en la eleccióninmediata anterior del Municipio, tratándose deactos de gobierno de los ayuntamientos.

Artículo 30.- Solamente cuando el plebiscito seasolicitado por el titular del poder ejecutivo o por losayuntamientos, el procedimiento suspenderá losefectos del acto o decisión correspondiente.

Artículo 31.- El resultado del plebiscito serávinculatorio cuando hayan votado:

I. En el ámbito estatal, al menos el cinco por cientodel total de votos validos emitidos en la eleccióninmediata anterior de la entidad, y de éstos que másdel cincuenta por ciento haya emitido su voto en elmismo sentido;

II. En el ámbito municipal, al menos el cinco porciento del total de votos validos emitidos en laelección inmediata anterior, y de éstos, que másdel cincuenta y cinco por ciento haya emitido suvoto en el mismo sentido; y

Cuando el resultado del plebiscito no alcance losporcentajes requeridos para tener el carácter devinculatorio, será solamente indicativo.

Artículo 32.- Si el resultado del plebiscito realizadoen la entidad es en el sentido de desaprobar el actode gobierno, el titular del poder ejecutivo emitirá eldecreto o acuerdo revocatorio que proceda en untérmino no mayor de quince días hábiles.

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El resultado del plebiscito realizado en el municipioes en el sentido de desaprobar el acto de gobierno,el ayuntamiento, emitirá el acuerdo revocatorio queproceda en un término no mayor de treinta díashábiles.

El Gobernador del Estado o el Ayuntamiento nopodrán expedir decreto o acuerdo en el mismosentido del abrogado o derogado dentro de los dosaños contados a partir de su publicación.

CAPÍTULO VIIIDEL REFERÉNDUM

Artículo 33.- El referéndum es el procesomediante el cual, se somete a la aprobación orechazo de los ciudadanos las leyes expedidas porla legislatura del estado o los reglamentos odisposiciones de carácter general que expidan losayuntamientos.

Artículo 34.- El referéndum podrá ser solicitadopor:

I. Los Diputados integrantes de la Legislatura delEstado que representen la mayoría de los presentesen la sesión; o el cinco por ciento del total de votosvalidos emitidos en la elección inmediata anteriorde la entidad, tratándose de leyes; y

II. El Ayuntamiento mediante acuerdo tomado porel voto de la mayoría simple o el cinco por cientodel total de votos validos emitidos en la eleccióninmediata anterior del Municipio, tratándose dereglamentos municipales o disposiciones generales.

Artículo 35.- Los resultados del referéndum seránvinculatorios, cuando hayan votado:

I. A nivel estatal al menos el tres por ciento deltotal de votos validos emitidos en la eleccióninmediata anterior de la entidad, y

II. A nivel municipal, al menos el tres por cientodel total de votos validos emitidos en la eleccióninmediata anterior del municipio de que se trate.

Artículo 36.- Cuando el resultado del referéndumno alcance los porcentajes requeridos para tener elcarácter de vinculatorio, será solamente indicativo.

Artículo 37.- Si el resultado del referéndumrealizado en la entidad es en el sentido dedesaprobar la ley o decreto, la legislatura del estadoemitirá el decreto abrogatorio o derogatorio queproceda en un término no mayor de quince días sise encuentra en periodo ordinario, o bien si seencuentra en receso, en la segunda sesión delperiodo ordinario inmediato subsecuente.

Si el resultado del referéndum realizado en elmunicipio es en el sentido de desaprobar elreglamento o disposición de carácter general, elayuntamiento emitirá el acuerdo abrogatorio oderogatorio que proceda en un término no mayorde treinta días hábiles.

Dentro del mismo período constitucional contado apartir de la publicación del decreto derogatorio oabrogatorio, resultado de un proceso de referéndum,la legislatura del estado o los ayuntamientos nopodrán expedir decreto en el mismo sentido delabrogado o derogado.

CAPÍTULO IXDE LA CONSULTA CIUDADANA

Artículo 40.- La consulta ciudadana podrá serejercida por la Legislatura del Estado, medianteacuerdo por mayoría de sus integrantes, con el finde conocer la opinión de la población en referenciaa temas específicos y trascendentes para eldesarrollo de políticas públicas.

Artículo 41.- Para la consulta ciudadana se podránutilizar los medios electrónicos, escritos o decomunicación necesarios para el desarrollo de lamisma.

La legislatura preverá la partida para la consultapopular en su presupuesto anual.

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Artículo 42.- Cuando el resultado de la consultaciudadana, será solamente indicativo, se harápúblico el resultado de las mismas.

Artículo 43.-Podrán realizarse las consultas quesean necesarias por parte de la Legislatura delEstado.

TÍTULO SEGUNDODEL PROCEDIMIENTO

CAPÍTULO IDE LA DECLARACIÓN DE

PROCEDENCIA

Artículo 44.- Cuando el plebiscito, o el referéndumsean solicitados por el titular del Poder Ejecutivo,los Integrantes de la Legislatura del Estado o losAyuntamientos, según corresponda, enviarán el olos acuerdos respectivos al Instituto EstatalElectoral del Estado, señalando lo siguiente:

1. La materia del proceso; y2. Las razones por las que se estima necesariosometerla a plebiscito, o referéndum.

Artículo 45.- Cuando la solicitud de plebiscito, oreferéndum sea presentada por los ciudadanosdeberá contener los siguientes requisitos:

I. Presentarse por escrito ante:

a) En el ámbito estatal la Secretaría General deGobierno, tratándose de plebiscito;

b) Tratándose de referéndum en el ámbito estatalen la Secretaría de la Legislatura del Estado;

c) En el ámbito municipal la secretaría delAyuntamiento, tratándose de plebiscito oreferéndum.

II. Presentarse dentro del término de cuarenta ycinco días naturales siguientes a la fecha de laemisión, o en su caso, publicación de la materia deplebiscito, referéndum;

III. Señalar el nombre y firma de cada uno de lossolicitantes, su clave de elector y número de foliode la credencial para votar, debiéndose anexar copiade la misma;

IV. Señalar domicilio en la capital del Estado, pararecibir notificaciones, de no hacer tal señalamientose harán las notificaciones por estrados;

V. Señalar la materia de plebiscito, o referéndum;

VI. Señalar la fecha de emisión o publicación de lamateria de plebiscito, o referéndum, debiéndoseanexar, en su caso, un ejemplar del Periódico Oficialdel Gobierno del Estado, “Gaceta del Gobierno”;

VII. Designar un representante común que elegiránde entre ellos mismos o, en su defecto, se entenderácomo representante común al primero de lossuscritos;

VIII. Señalar la autoridad de la que emana lamateria de plebiscito, o referéndum; y

IX. Exposición de motivos porque se considera quees necesario someter a plebiscito, referéndum oreferéndum constitucional la materia del proceso.

Artículo 46.- Recibida la solicitud de plebiscito oreferéndum, la secretaría correspondiente laremitirá, en un término de setenta y dos horas alInstituto Estatal Electoral del Estado, a efecto deque la Comisión de Participación Ciudadana llevea cabo el procedimiento que marca la presente ley.

Artículo 47.- El Presidente de la Comisión deParticipación Ciudadana, recibida una solicitud deplebiscito, o referéndum, convocará en un términode cuarenta y ocho horas a una sesión de dichacomisión, a efecto de dar cuenta con la solicitudreferida.

Artículo 48.- La Comisión de ParticipaciónCiudadana, ordenará la radicación de la solicitud yprocederá a verificar el cumplimiento de losrequisitos de procedencia señalados, a efecto de

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que en un término de quince días naturales emita ladeclaratoria correspondiente.

Artículo 49.- La Comisión de ParticipaciónCiudadana para verificar que se reúna el porcentajede ciudadanos inscritos en lista nominal requeridospara cada proceso.

Artículo 50.- La solicitud será declaradaimprocedente cuando:

I. Carezca de nombre y firma de cada uno de lossolicitantes, su clave de elector y número de foliode la credencial para votar;

II. No se reúna el porcentaje de ciudadanos deltotal de votos validos emitidos en la eleccióninmediata anterior inscritos en lista nominal que seseñala para cada proceso;

III. Se presente ante autoridad distinta;

III. Se presente fuera del término señalado;

IV. No se señale la materia;

V. No se refiera exposición de motivos; y

VI. Que los actos de gobierno no se considerentrascendentales para el orden público de la entidado de los municipios.

Artículo 51.- La Comisión de ParticipaciónCiudadana, dará un término de setenta y dos horasdentro de los primeros cinco días del término conel que cuenta para emitir la declaratoria, podrárequerir a los solicitantes para que subsanenomisiones o defectos que se desprendan de susolicitud y de los documentos que anexan.

CAPÍTULO IIDE LA ORGANIZACIÓN DE LOS

PROCESOS

Artículo 52.- Expedida la declaratoria deprocedencia para el proceso que corresponda, laComisión de Participación Ciudadana, convocará

a los ciudadanos de la entidad o del municipio aplebiscito, o referéndum.

Dicho proceso deberá realizarse dentro de losnoventa días naturales siguientes, contados a partirde la fecha de la convocatoria.

Artículo 53.- La convocatoria deberá publicarseen la Gaceta del Gobierno y en uno de los diariosde mayor circulación y deberá contener lassiguientes bases:

I. La fecha de celebración del proceso respectivo,la cual deberá ser en día domingo;

II. La especificación precisa y detallada de lamateria del proceso;

III. La propuesta o preguntas referidas en laconvocatoria;

IV. Exposición de Motivos por los cuales lossolicitantes consideran que la materia del procesodebe ser rechazada o aprobada;

V. El porcentaje mínimo requerido para que elresultado del proceso sea vinculatorio;

VI. La normatividad y bases a las que se ajusta elproceso; y

VII. Las consecuencias jurídicas de los resultadosque proyectaría el proceso.

Artículo 54.- La materia que se formula para elplebiscito o el referéndum, deberá observar losiguiente:

I. Presentarse en términos claros y precisos;

II. Formularse en sentido afirmativo, a efecto deque la respuesta pueda ser un “SI” o un “NO”; y

III. referirse a sólo un hecho.

La Comisión de Participación Ciudadana deberádiseñar, imprimir y suministrar las boletas de

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votación. El diseño de las boletas de votacióndeberá contener lo siguiente:

a) La pregunta o preguntas establecidas en laconvocatoria;

b) Los recuadros correspondientes a las opcionesde respuesta de “SI” o “NO”, por cada pregunta;

c) Exclusivamente el emblema del Instituto EstatalElectoral; y

d) Impresión únicamente en colores blanco y negro.

La Comisión de Participación Ciudadana, podráutilizar el material electoral que conserve deelecciones pasadas, haciendo las adecuacionesconducentes.

Artículo 55.- La difusión del proceso la realizarántanto la Comisión de Participación Ciudadana comolos solicitantes, cada uno con recursos propios.

Los partidos políticos no podrán participar nifinanciar la difusión del proceso.

CAPÍTULO IIIDEL DESARROLLO DE LA JORNADA

DE VOTACIÓN

Artículo 56.- La jornada de votación se seguiráconforme a las reglas de la jornada electoral, salvolo referente a las actas que deberán elaborar losfuncionarios de las mesas receptoras queconsistirán en:

I. Acta de jornada de votación, misma quecontendrá la instalación, la votación, la clausura yremisión del expediente del proceso y los incidentesque ocurrieron durante la misma; y

II. Acta de cómputo de resultados.

Artículo 57.- Cerrada la votación, los integrantesde la mesa receptora, procederán al escrutinio ycómputo de los votos estipulando:

I. El número de ciudadanos que votó;

II. El número de votos emitidos a favor de la o laspreguntas; así como los emitidos en contra;

III. El número de votos anulados; y

IV. El número de boletas sobrantes.

Artículo 58.- Sólo se considerará como voto válidola marca hecha en un único recuadro de respuestapara la pregunta correspondiente.

Artículo 59.- Durante la jornada de votación lasfunciones asignadas a los escrutadores en el CódigoElectoral del Estado de México, lo serán tambiénpara los procesos de plebiscito o referéndum.

CAPÍTULO IVDE LA VALIDACIÓN DEL RESULTADO

DE LOS PROCESOS

Artículo 60.- Los Centros Municipales llevarán acabo el acopio de los paquetes y expedientes delas mesas receptoras, de manera inmediata en elcaso de la zona urbana y, tratándose de la zonarural, durante las veinte cuatro horas siguientes ala clausura del proceso respectivo; expidiendo alfuncionario que lo entregue un recibo detallado.

En caso de que algún paquete no sea entregado alCentro Municipal se levantará un actaadministrativa en la que se haga constar las razonespor las que no se entregó.

Artículo 61.- Los Centros Municipales realizaránel cómputo municipal debiendo remitirlo con losexpedientes y paquetes a la Comisión deParticipación Ciudadana, el día jueves siguiente aldel proceso respectivo.

En caso de que algún paquete no pueda ser remitidose levantará un acta administrativa en la que sehaga constar las razones por las que no se envía.

Artículo 62.- La Comisión de ParticipaciónCiudadana, en término de cinco días hábiles, deberá:

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I. Llevar a cabo una sesión para realizar lasumatoria estatal, del proceso de plebiscito oreferéndum; y

II. En el ámbito municipal: llevar a cabo una sesiónpara verificar el resultado de la sumatoria realizadapor el Consejo Municipal del proceso de plebiscitoo referéndum.

Concluida la sesión se emitirá el acuerdo devalidación de resultados; ordenando la publicaciónuna vez que quede firme dicho acuerdo, en laGaceta del Gobierno y en un diario de mayorcirculación en la entidad.

El acuerdo de validación del resultado se notificaráal representante común de los ciudadanossolicitantes, al titular del poder ejecutivo, a laLegislatura del Estado y a los Ayuntamientos, segúncorresponda.

Dicha notificación surtirá efectos al día siguientede que se informe.

CAPÍTULO VDEL FINANCIAMIENTO

Artículo 63.- El financiamiento a efecto de llevara cabo un proceso de participación ciudadana serácubierto de la siguiente manera:

I. El Instituto Estatal Electoral del Estado deberáprever en su anteproyecto de presupuesto deegresos los recursos estimados para el caso de quese requiera llevar a cabo los procesos de plebiscitoo referéndum;

II. El Poder Legislativo y el Poder Ejecutivodeberán prever en sus respectivos presupuestos deegresos anuales los recursos estimados para el casode que soliciten se lleve a cabo un proceso deplebiscito referéndum ante el Instituto EstatalElectoral; y

III. Los Ayuntamientos, una vez aprobada larealización de un proceso de plebiscito o dereferéndum, deberán acordar por mayoría simple

de sus integrantes, prever el presupuesto necesariopara que se lleve a cabo.

Los recursos se canalizarán a través del Instituto,a quien le corresponde llevar a cabo dichosprocesos.

TÍTULO TERCERODE LAS IMPUGNACIONES

CAPÍTULO IBASES GENERALES

Artículo 64.- La declaratoria que emita la Comisiónde Participación Ciudadana sobre la improcedenciade la solicitud de un proceso de plebiscito,referéndum o referéndum constitucional, es un actode autoridad administrativa el cual podrá serimpugnado por el representante común de losciudadanos en juicio de nulidad ante el TribunalElectoral.

Artículo 65.- El acuerdo de validación deresultados que emita la Comisión de ParticipaciónCiudadana en un proceso de plebiscito, referéndumo referéndum constitucional, podrá ser impugnadoante el Tribunal Electoral por:

I. El titular del Poder Ejecutivo cuando se trate deun plebiscito en el ámbito Estatal;

II. El Poder Legislativo cuando se trate de unreferéndum en el ámbito Estatal;

III. Los Ayuntamientos cuando se trate de unplebiscito o referéndum en el ámbito de suMunicipio; y

IV. Por el representante legal de los ciudadanossolicitantes de un plebiscito o, referéndum.

Artículo 66.- Tendrán el carácter de parte:

I. El actor;

II. El demandado; y

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III. El tercero que tenga un derecho incompatiblecon la pretensión del actor.

Artículo 67.- La comparecencia a juicio se deberáhacer en la siguiente forma:

I. El Ayuntamiento por conducto del síndico quecorresponda;

II. El Poder Legislativo por conducto del presidentede la Legislatura o el de la Diputación Permanente;

III. El Poder Ejecutivo por conducto del Secretariode Gobierno; y

IV. Los ciudadanos solicitantes por conducto de surepresentante legal.

Artículo 68.- Los representantes podrán, por mediode oficio, designar delegados para que haganpromociones, rindan pruebas, ocurran a lasaudiencias, formulen alegatos y promuevan losincidentes y recursos previstos en la legislaciónvigente aplicable.

Artículo 69.- El actor podrá solicitar:

I La nulidad del acuerdo de validación de resultadoscuando el mismo no haya sido emitido conforme aderecho; y

II. La nulidad del acuerdo de validación deresultados cuando existan vicios en elprocedimiento.

Artículo 70.- La demanda deberá formularse porescrito y presentarse ante el Tribunal de Electoraldentro de los diez días siguientes a aquél en quehaya surtido efectos la notificación del acuerdoemitido por la Comisión de Participación Ciudadana,o en que el afectado haya tenido conocimiento deél o de su ejecución, o se haya ostentado sabedordel mismo, cuando no exista notificación legalmentehecha.

Artículo 71.- El escrito de demanda deberácontener:

I. El nombre del actor o de quien promueva en sunombre; así como su domicilio para recibirnotificaciones;

II. El acto o resolución que se impugna y, en sucaso, la fecha de notificación;

III. El nombre y domicilio de la parte demandada;

IV. El nombre y domicilio del tercero que tenga underecho incompatible con la pretensión del actor;

V. La acción intentada;

VI. Los hechos que den motivo a la demanda;

VII. Los conceptos de violación que cause el actoimpugnado; y

VIII. Las pruebas documentales que ofrezca.

Artículo 72.- El actor deberá acompañar a sudemanda:

I. Una copia de la misma para cada una de laspartes y una para el duplicado;

II. Los documentos en que conste el actoimpugnado, cuando los tenga a su disposición;

III. El documento que acredite su personalidad oen el que conste que le fue reconocida por laautoridad demandada, cuando no gestione ennombre propio;

IV. El documento de notificación del acto impugnado,excepto cuando el actor declare bajo protesta dedecir verdad que no recibió la misma; y

V. Las pruebas documentales que ofrezca, en sucaso.

Artículo 73.- El Instituto Estatal Electoral delEstado en la contestación de la demanda, expresará:

I. La referencia concreta de cada uno de los hechosque el actor le impute de manera expresa

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afirmándolos, negándolos, oponiendo excepciones,expresando que los ignora por no ser propios oexponiendo como ocurrieron, según sea el caso; y

II. Los argumentos por medio de los cuales sedemuestre la ineficacia de los conceptos deviolación.

Artículo 74.- En la contestación de la demandano podrán cambiarse los motivos ni los fundamentosde derecho del acto impugnado.

Artículo 75.- El tercero que tenga un derechoincompatible con la pretensión del actor, dentro delos siete días siguientes a aquél en el que se corratraslado de la demanda, podrá comparecer en eljuicio mediante escrito que contendrá los requisitosde la contestación de la demanda.

Deberá adjuntar a su escrito el documento con elque acredite su personalidad, cuando no gestioneen nombre propio o en el que conste que le fuereconocida por la autoridad demandada.

CAPÍTULO IIDE LA INSTRUCCIÓN

Artículo 76.- Recibida la demanda, el TribunalElectoral la remitirá, según el turno quecorresponda, el que instruirá el proceso y formularáel proyecto de resolución respectivo.

El Magistrado examinará ante todo el escrito dedemanda, y si encontrare motivo manifiesto eindudable de improcedencia, la desechará de plano.

Artículo 77.- Admitida la demanda, el magistradoordenará emplazar a las partes para que dentro deltérmino de siete días siguientes a aquél en que surtaefectos el emplazamiento produzca su contestación.

La falta de contestación de la demanda, dentro deltérmino respectivo, hará presumir como ciertos loshechos que se hubieren señalado en ella, salvoprueba en contrario, siempre que se trate de hechosdirectamente imputados a la parte demandada.

Si el tercero interesado no contesta elemplazamiento que se le haga, se le tendrán comoaceptados los hechos de la demanda en lo que serefiera a los que le correspondan y en lo que leperjudiquen solo a éste.

Si de la demanda se desprende que existe un tercerointeresado, a pesar de que el actor no lo hayaseñalado como tal, el magistrado ordenará suemplazamiento.

Artículo 78.- Si los escritos de demanda ocontestación fueren oscuros o irregulares, elmagistrado prevendrá a los promoventes para quesubsanen las irregularidades dentro del término decinco días.

De no subsanarse las irregularidades señaladas, elmagistrado desechará la demanda dentro de los tresdías siguientes.

Artículo 79.- Habiendo transcurrido el términopara contestar la demanda, el Magistrado abrirá eljuicio a prueba, por un término de quince días.

Artículo 80.- Las partes podrán ofrecer todo tipode pruebas, excepto la confesional y aquéllas quesean contrarias a derecho. En cualquier caso,corresponderá al magistrado desechar de planoaquellas pruebas que no guarden relación con lacontroversia y notoriamente no influyan en lasentencia definitiva.

Artículo 81.- Las pruebas ofrecidasoportunamente, que no se hayan desahogado porcausas independientes a la voluntad de losinteresados, se recibirán en el término queprudentemente fije el magistrado.

Artículo 82.- El magistrado podrá ordenar lapráctica de cualquier diligencia que tenga relacióncon los hechos controvertidos o acordar laexhibición de cualquier documento.

Artículo 83.- Cuando los objetos o documentossobre los cuales debe versar la prueba pericial, esténen poder del Instituto Estatal Electoral del Estado

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o de cualquier otra persona, se les requerirá paraque los pongan a la vista del perito de las partes, afin de que puedan rendir su dictamen.

Artículo 84.- El magistrado o las partes podránformular a los testigos, todas aquellas preguntastendientes a esclarecer los hechos o a aclararcualquier respuesta.

Cuando el testigo tenga el carácter de autoridad, eldesahogo de esta prueba se hará por escrito.

Artículo 85.- A fin de que las partes puedan rendirsus pruebas, los funcionarios o autoridades tienenla obligación de expedir con toda oportunidad, lascopias de los documentos que les soliciten; si no secumpliera con esa obligación, la parte interesadasolicitará al magistrado que requiera a los omisos.

Cuando sin causa justificada, la autoridaddemandada no expida las copias de los documentosofrecidos, por el actor o por el tercero que tengaun derecho incompatible para probar los hechosimputados a aquélla, y siempre que los documentossolicitados hubieren sido identificados con todaprecisión, tanto en sus características como en sucontenido, se presumirán ciertos los hechos quepretenda probar con esos documentos.

Artículo 86.- Con las salvedades establecidas enla presente ley, en el ofrecimiento, desahogo yvaloración de las pruebas serán aplicables las reglasprevistas en el Código de Electoral del Estado.

Artículo 87.- La audiencia final se celebrará elúltimo día del periodo probatorio, con o sin laasistencia de las partes o de sus representanteslegales.

Abierta la audiencia se procederá a recibir, por suorden, los alegatos por escrito de las partes.

CAPÍTULO IIIDE LA SENTENCIA

Artículo 88.- La sentencia se ocuparáexclusivamente de las partes, acciones,

excepciones y defensas que hayan sido materia deljuicio.

Artículo 89.- Las sentencias que dicte el plenodel tribunal electoral, deberán contener:

I. Fijación de los puntos controvertidos;II. Valoración de las pruebas que se hayan rendido;III. Fundamentos legales en que se apoya paraproducir la resolución definitiva; yIV. Puntos resolutivos.

Artículo 90.- Los efectos de la sentencia serán:

I. Confirmar la resolución impugnada;II. Revocar la resolución combatida; oIII. Modificar el acto o resolución impugnada.

Artículo 91.- Las sentencias deberán seraprobadas por el voto de la mayoría de losintegrantes del pleno del tribunal de electoral.

Artículo 92.- Dictada la sentencia, el Presidentedel Tribunal ordenará notificarla a las partes,conjuntamente con los votos particulares que seformulen dentro del término de cinco días.

Artículo 93.- La aclaración de sentencia sepromoverá ante quien hubiese dictado la resolución,dentro de los tres días siguientes de notificado elpromovente, señalando con toda precisión lacontradicción, ambigüedad u oscuridad, cuyaaclaración se solicite.

El magistrado instructor resolverá dentro de los tresdías siguientes, sin que pueda variar la sustanciade la resolución.

La resolución, se considerará parte integrante deésta, no admitirá ningún recurso, e interrumpirá eltérmino para impugnar la resolución.

Artículo 94.- La parte condenada informará, enel término otorgado en la sentencia, por conductodel presidente del tribunal de electoral, delcumplimiento de la misma al pleno del propiotribunal, quien dará vista a la contraria para que en

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un término de tres días manifieste lo que a suderecho convenga.

Concluido el término anterior, el Pleno resolverá siaquélla ha quedado debidamente cumplida, en casocontrario, hará cumplir la ejecutoria de que se trate,dictando las providencias que estime necesarias.

CAPÍTULO VDEL RECURSO DE RECLAMACIÓN

Artículo 95.- El recurso de reclamación procederáen los siguientes casos:

I. Contra las resoluciones que desechen unademanda o su contestación; yII. Contra las resoluciones del magistrado instructorque admitan o desechen pruebas.

Artículo 96.- El recurso de reclamación tiene porobjeto subsanar las violaciones cometidas y deberáinterponerse en un término de cinco días, debiendoexpresarse la resolución que se combate, así comolos correspondientes conceptos de agravio.

TRANSITORIOS

Artículo Primero.-El presente Decreto entraráen vigor treinta días hábiles al de su publicación enla “Gaceta del Estado”.

Artículo Segundo.- A fin de cumplir con lasdisposiciones que contiene el presente decreto, asícomo dar oportunidad a los poderes legislativo yejecutivo, a los gobiernos municipales y a lasautoridades electorales para que se capaciten,establezcan los mecanismos para llevar a cabo losprocedimientos respectivos, prevean las accionesnecesarias; prever las disposiciones presupuestales,y demás acciones que sean necesarias, losprocedimientos de participación ciudadana, no sepodrán aplicar antes del día 1 de agosto del año2009.

Artículo Tercero.- El Consejo General del InstitutoEstatal Electoral del Estado, dentro del término denoventa días naturales, contados a partir de la

entrada en vigor del presente decreto, expedirá losreglamentos necesarios para el adecuado desarrollode los mecanismos de participación ciudadana.PRESIDENTE. DIP. JOSÉ FRANCISCOVÁZQUEZ RODRÍGUEZ. Se registran lasiniciativas y con fundamento en lo preceptuado enlos artículos 47 fracción VIII, XX y XXI; 51, 57,59, 82 y demás relativos y aplicables de la LeyOrgánica del Poder Legislativo del Estado Libre ySoberano de México, se hace llegar a lasComisiones Legislativas de Gobernación y PuntosConstitucionales y de Participación Ciudadana parasu estudio.

Con el propósito de dar curso al puntonúmero siete, puede hacer uso de la palabra eldiputado Francisco Garate Chapa; quien dará lecturaa la iniciativa de reformas en Materia deTransparencia y Acceso a la Información Públicaa la Ley de Transparencia y Acceso a laInformación Pública del Estado de México; Códigode Procedimientos Penales del Estado de Méxicoy Código para la Biodiversidad del Estado deMéxico, formulada por el diputado Francisco GarateChapa en nombre del Grupo Parlamentario delPartido Acción Nacional.DIP. FRANCISCO GÁRATE CHAPA. Muchasgracias, muy buenas tardes, con su venia señorPresidente.

Los suscritos diputados de la “LVI”Legislatura del Estado de México, integrantes delGrupo Parlamentario del Partido Acción Nacional,en términos de lo que disponen los artículos 51fracción II de la Constitución Política del EstadoLibre y Soberano de México y los numerales 28fracción I y 81 de la Ley Orgánica del PoderLegislativo del Estado de México y 68 delReglamento del Poder Legislativo del Estado deMéxico, nos permitimos presentar la siguienteiniciativa de reformas, en materia de Transparenciay Acceso de Información Pública a los siguientesordenamientos legales:

Ley de Transparencia y Acceso a laInformación Pública del Estado de México yMunicipios; Código de Procedimientos Penales delEstado de México y,

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Código para la Biodiversidad del Estado de México,por lo que con el debido respeto, expresamos lasiguiente:

EXPOSICIÓN DE MOTIVOSEl acceso a la información pública en

posesión de los diferentes poderes, niveles y órganosde gobierno, constituye no sólo un derecho humanoy específicamente en el caso mexicano, un derechode tercera generación, sino además un mecanismode control, que permite a los ciudadanos conocerla actuación de los entes públicos y un efectivovehículo para la rendición de cuentas. La posibilidadde poder disponer de información pública, seconvierte en una pieza fundamental, en unasociedad democrática y transparente.

Tener acceso a la información pública enposesión de un gobierno, es importante por variasrazones.

En primer lugar, por que el verdaderodueño de la información, es la persona, es el puebloquien elige a un gobierno y deposita en éste, lacapacidad para decidir sobre los asuntos públicos.El gobierno se allega información y toma decisionesque van quedando registradas en distintosdocumentos; pero todo ello, lo hace a nombre delas personas, como agente de éstas y por tanto lapersona tiene derecho a conocer y acceder a todala información que el gobierno haya generado.

En segundo lugar, porque el acceso a lainformación es uno de los pilarse de la rendición decuentas y ésta constituye una de las condicionesnecesarias para contar con una democraciaefectiva.

Rendir cuentas, significa que losfuncionarios públicos están obligados a informar ala ciudadanía sobre sus actos de gobiernos, muchasregulaciones sobre acceso a la información, obligana órganos de gobierno a publicar distintos tipos deinformación, y por ello se conviertes en uninstrumento más de rendición de cuentas.

Y tercero, el acceso a la información seconstituye como un mecanismo efectivo paraevaluar y controlar al poder. Mediante este tipo delegislaciones, cualquier persona u organización,puede pedir información para revisar la actuaciónde sus gobernantes sobre distintas materias. Estolos sabe el funcionario público y por ende, se genera

un incentivo para que éste actúe conforme almandato y la legislación aplicable en su ámbito deresponsabilidad.

El acceso a la información pública admitedos grandes tipos de excepciones, el primer gruporesponde a los casos en que la divulgación de lainformación puede causar daño a un interés públicojurídicamente protegido, tales como la seguridadpública o la seguridad nacional.

El segundo tipo de excepciones se justificapor la necesidad de proteger la vida privada y elpatrimonio de las personas. Cada grupo deexcepciones supone, entonces, una racionalidaddiferente e implica, una valoración distinta respectode su aplicación a los casos concretos.

En efecto, generalmente se concede queno basta que un documento verse, por ejemplo,sobre seguridad nacional, para que éste pueda serautomáticamente reservado del conocimientopúblico. Se tiene que demostrar, además, que ladivulgación de este documento genera o puedegenerar un daño específico al valor jurídicamenteprotegido. En otras palabras, se requiere de unaponderación de los valores en conflicto, en este casopublicidad contra seguridad.

Para poder determinar de manera ciertaque la primera pone en riesgo a la segunda y quepor ello procede una reserva temporal deldocumento, a los criterios que guían este análisis,análisis, se le conoce como la prueba del daño.

En otras ocasiones el valor protegido es lavida privada o el patrimonio de las personas. Estaprotección suele ser más amplia e impone unarestricción absoluta a la divulgación de losdocumentos que contienen esta información. Sinembargo, pueden existir circunstanciasexcepcionales, en que el interés público, justifiquesu divulgación, estas circunstancias excepcionalessupone una difícil y compleja valoración de losintereses en juego. Algunos países han previsto ensus legislaciones los estándares que guían estaponderación y que se conocen como la prueba deinterés público.

Se busca permitir, por esta prueba deinterés público, que se conozca la forma en queactúan sus autoridades. El interés público essumamente significativo, tratándose de información

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que le permita a la ciudadanía conocer deviolaciones, de la confianza pública por parte desus autoridades, tal y como sería un caso decorrupción gubernamental o enriquecimientosinexplicables de servidores públicos, como los quelamentablemente en diversas ocasiones hemostenido aquí en nuestro Estado de México, caberecordar el caso de Arturo Montiel en el sexeniopasado.

En estos casos, la carga de la prueba paracomprobar el interés público recae en quien solicitala información, es el solicitante quien tiene queargumentar y probar que el interés público deconocer la actuación de las autoridades, está porencima del interés de privacidad en relación con lainformación particular de que se trate.

Al respecto, vale la pena tener presentelos principios constitucionales que inspiran las basesde transparencia y acceso a la información, lascuales deben de prevalecer y servir como marcode referencia.

¿Cuáles son?1. Toda la información en posesión de

cualquier autoridad estatal o municipal, así comode los órganos autónomos es pública, y sólo podráser reservada temporalmente por razones de interéspúblico en los términos que fijen las leyes. En lainterpretación de este derecho deberá prevalecerel principio de máxima publicidad.

2. La información referente a la intimidadde la vida privada y la imagen de las personas, seráprotegida a través de un marco jurídico rígido, detratamiento y manejo de datos personales, con lasexcepciones que establezca la Ley Reglamentaria.Que es justo lo que en esta iniciativa se propone.

Sin embargo, pueden existir situaciones enlas cuales el interés público deba prevalecer sobrelos intereses individuales, es decir, que el bien quebusca obtener el estado con la apertura de esainformación, es superior al daño que se causaría alparticular, al vulnerar su derecho a la privacidad.Ello obliga a que la autoridad realice unaponderación cuidadosa y detallada de los interesesen conflicto, para permitir en circunstanciasexcepcionales, la posibilidad de divulgar ciertosdatos personales.

El motivo de la presente iniciativa, tienecomo finalidad incorporar el interés público comoun instrumento en el que la persona interesada eninformación pública, que a su vez se relacione conservidores públicos, cuyos datos de información,por esta ley u otros ordenamientos jurídicos, seaconsiderada como confidencial, pero cuya actuaciónesté siendo cuestionada socialmente y existanevidencias públicas, que así lo hagan presumir, sepueda acceder a dicha información y en el que laspretensiones del solicitante sean compartidas a lasociedad en su conjunto y cuya satisfacción originebeneficios para todos los integrantes de unacolectividad.

Estas últimas pretensiones, deben sergarantizadas mediante la actividad constante de losórganos del Estado, particularmente, el órganoespecializado en la materia, el Instituto deTransparencia y Acceso a la Información Públicadel Estado de México.

Asimismo y bajo esta lógica, se proponeque el Código de Procedimientos Penales, reciénaprobado por esta Honorable Legislatura en elpasado mes de diciembre de 2008, se armonice condiversas disposiciones federales sobre la materia;en lo relativo a averiguaciones previas, yaconcluidas, y del Código para la Biodiversidad delEstado de México, en cuestiones y acciones deimpacto ambientales.

En consecuencia, se proponen las reformasy adiciones a los siguientes ordenamientos legales:

1. De la Ley de Transparencia y Acceso ala Información Pública del Estado de México yMunicipios, la reforma y adición de los artículos 1,20, 25, 26; sobre la adición de un artículo 26 Bis yla adición de un artículo 73 Bis.

Del Código Procedimientos Penales delEstado de México, publicado en la Gaceta deGobierno del Estado de México, mediante decreto266, de fecha 9 de febrero de 2009, que no entraen vigor sino hasta el mes de agosto del presenteaño, se propone la adición de un artículo 73 Bis.

Y del Código para la Biodiversidad delEstado de México se propone la reforma y adicióna los artículos 2.29 y 2.30. Firman la presenteiniciativa los integrantes del Grupo Parlamentariodel Partido Acción Nacional.

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Muchas gracias.

Quedan en los siguientes términos las proposicionesde Reforma y Adiciones:

I. Ley de Transparencia y Acceso a la InformaciónPública del Estado de México y Municipios.

Artículo 1º.-

I. a V. …

VI. Garantizar la protección de la informaciónconfidencial en posesión de los sujetosobligados, salvo en los casos en que existanrazones de interés público, objetivas ydebidamente acreditadas, de conformidad conlo establecido en esta Ley.

Artículo 20, se adiciona un segundo párrafo:

I. a VII. …

En todos los casos a que se refiere esteartículo, la información se podrá clasificarcomo reservada, siempre que en la resoluciónde la autoridad responsable, debidamentefundada y motivada, se demuestre laexistencia de elementos objetivos quepermitan determinar la expectativa razonablede un daño al interés público protegido, deconformidad con los lineamientos que para talefecto expedirá el Instituto o los órganosestablecidos.

Artículo 25, se adiciona un tercer párrafo:

I. a III. …

Los beneficiarios de la protección de datospersonales tienen el derecho de renunciar ala confidencialidad que otorga la presente leyy podrán, de manera expresa, autorizar a lossujetos obligados a difundir su información.

Se adiciona un artículo 26 Bis:

Artículo 26 Bis.- La información a que serefieren los artículos 20 y 25 podrá divulgarsecuando se compruebe, a juicio del Instituto ode los órganos a que se refiere el artículo 29que existen razones de interés públicorelacionadas con los objetivos de esta Leydebidamente acreditados. Para este efecto,deberá mediar petición del recurrente quiendeberá aportar los elementos de pruebanecesarios. Además, durante el procedimientode sustanciación del recurso, deberárespetarse la garantía de audiencia de lostitulares de la información confidencial yrealizarse una valoración objetiva, cuantitativay cualitativa, de los intereses en conflicto, quepermita razonablemente concluir que elinterés público es preponderante sobre elinterés particular de divulgar la informaciónen cuestión.

Se adiciona un artículo 73 Bis:

Artículo 73 Bis.- En los recursos interpuestoscontra una negativa de acceso a información,con fundamento en los artículos 20 y 25, elrecurrente podrá solicitar que el Institutovalore sus argumentos y elementos de pruebacon los que pretenda justificar la causa deinterés público, permitiendo la divulgación dela información confidencial. En estos casos,el recurrente deberá aportar los elementosde prueba necesarios para que el pleno delInstituto haga una determinación preliminarsi procede esa solicitud. Si así lo determina,se deberá ampliar el plazo previsto en elartículo 75 hasta por 50 días y se procederá a:

I. Notificar a la dependencia o entidad, altitular de la información y a cualquier otrointeresado cuyos datos obren en elexpediente, su determinación de examinar laexistencia de justificaciones de interés públicopara divulgar la información, así como loselementos de prueba aportados por elparticular que motivaron su decisión;

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II. Abrir un periodo de 10 días hábiles paraque estos manifiesten lo que a su derechoconvenga y aporten los elementos de pruebaque consideren pertinentes;

III. Transcurrido el plazo a que se refiere lafracción anterior, celebrará audiencia con laspartes para el desahogo de los elementos deprueba aportados y, en su caso, lamanifestación de alegatos;

IV. Resolver la litis planteada de los interesesen conflicto en relación con los objetivos deesta Ley y cualquier otra aplicable al caso, asícomo realizar una ponderación específica,cuantitativa y cualitativa, con los que pretendajustificar la causa de interés público, quepermita la divulgación de la informaciónconfidencial.

V. Para el caso de que se resuelva ordenar ladivulgación de la información, se deberánotificar al titular de ésta y cualquier otrotercero interesado que tiene el derecho deinterponer el juicio de garantías en el plazolegal correspondiente. En ningún caso lainformación podrá ser divulgada antes de quevenza el plazo o de que, en su caso, el juezdetermine si procede la suspensión del acto.

VI. En cualquier etapa del procedimiento yhasta antes de que se dicte resolución, elInstituto podrá conciliar a las partes para queel sujeto beneficiado de la confidencialidad desu información, de manera voluntaria aportela misma.

II. Del Código de Procedimientos Penales delEstado de México se propone la reforma de lossiguientes artículos:

Se adiciona un artículo 38 Bis:

Para efectos de acceso a la informaciónpública gubernamental, únicamente deberáproporcionarse una versión pública de laresolución de no ejercicio de la acción penal,

siempre que haya transcurrido un plazo igualal de prescripción de los delitos de que setrate, de conformidad con lo dispuesto en elCódigo Penal del Estado de México, sin quepueda ser menor de tres ni mayor de doceaños, contado a partir de que dicha resoluciónhaya quedado firme.

Si la resolución de no ejercicio de acción penalresulta de la falta de datos que establezcanque se hubiese cometido el del i to , e lMinisterio Público podrá proporcionar lainformación de acuerdo a las disposicionesaplicables, siempre y cuando no se ponga enriesgo indagatoria alguna.

En ningún caso se podrá hacer referencia ainformación confidencial relativa a los datospersonales del inculpado, víctima u ofendido,así como testigos, servidores públicos ocualquier persona relacionada o mencionadaen la indagatoria.

La información capturada en este registroserá confidencial y reservada. A la informacióncontenida en el registro sólo podrán teneracceso:

I. Las autoridades competentes en materia deinvestigación de los delitos, para los fines quese prevean en los ordenamientos legalesaplicables, y

II. Los probables responsables, estrictamentepara la rectificación de sus datos personales ypara solicitar que se asiente en el mismo elresultado del procedimiento penal, entérminos de lo dispuesto en la Ley deTransparencia y Acceso a la Información delEstado de México.

Los datos contenidos en el registro dedetención serán proporcionados al detenidoy a su abogado defensor, quienes sólo podránutilizarlos en el ejercicio del derecho dedefensa.

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La Comisión de los Derechos Humanos delEstado de México, tendrá acceso a eseregistro cuando medie queja.

Bajo ninguna circunstancia se podráproporcionar información contenida en elregistro a terceros. El registro no podrá serutilizado como base de discriminación,vulneración de la dignidad, intimidad,privacidad u honra de persona alguna.

Al servidor público que quebrante la reservadel registro o proporcione información sobreel mismo, se le sujetará al procedimiento deresponsabilidad administrativa o penal, segúncorresponda.

El registro deberá ser cancelado de oficio ysin mayor trámite cuando se resuelva lalibertad del detenido o cuando en laaveriguación previa no se hayan reunido loselementos necesarios para ejercitar la acciónpenal, cuando se haya determinado suinocencia.

III. Del Código para la Biodiversidad del Estadode México se propone la reforma y adición de lossiguientes artículos

Se reforma el artículo 2.29, quedando en lossiguientes términos:

Artículo 2.29. Toda solicitud de informaciónpública deberá de reunir los requisitos que alefecto establece la ley de transparencia yacceso a la información pública del Estado deMéxico.

Se modifica el artículo 2.30, fracción I y seadiciona un último párrafo.

Artículo 2.30.- Las autoridadescorrespondientes podrán negar la entrega dela información ambiental que se les solicitecuando:

I. Se establezca por disposición legal que lainformación es confidencial por serconsiderada propiedad intelectual o industrial.

II. …

III. …

IV. ...

La información ambiental por ser una cuestiónde interés público deberá estar siempre adisposición de las personas y la autoridadestará obligada a dar la información respectiva.PRESIDENTE DIP. JOSÉ FRANCISCOVÁZQUEZ RODRÍGUEZ. Se registran lasiniciativas y con fundamento en lo preceptuado enlos artículos 47 fracciones VIII, XX, XXI; 51, 57,59, 82 y demás relativos y aplicable de la LeyOrgánica del Poder Legislativo del Estado Libre ySoberano de México, se hace llegar a lasComisiones Legislativas de Gobernación y PuntosConstitucionales y de Procuración y Administraciónde Justicia, para su estudio.

Para sustanciar el punto número 8, haceuso de la palabra el diputado Epifanio López, quienpresenta excitativa a la Contraloría del PoderLegislativo, que formula el diputado Ángel AburtoMonjardín del Grupo Parlamentario del Partido dela Revolución Democrática.DIP. EPIFANIO LÓPEZ GARNICA. Con supermiso señor Presidente.CC. DIPUTADOS SECRETARIOS DE LADIRECTIVA DE LA LVI” LEGISLATURADEL ESTADO DE MÉXICOPRESENTES

En ejercicio de las facultades que meconfiere el artículo 32 del Reglamento del PoderLegislativo del Estado Libre y Soberano de México,me permito someter a la consideración de estaHonorable Legislatura, pronunciamiento conexcitativa para que dentro de las atribucionescorrespondientes, el contralor del Poder Legislativo,dé la atención oportuna, a la denuncia presentadapor el Segundo Regidor del Ayuntamiento de Chalco2006-2009 bajo la siguiente:

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EXPOSICIÓN DE MOTIVOSEn fecha 26 de septiembre de 2007, durante

la celebración de Sesión de Cabildo del HonorableAyuntamiento de Chalco y dentro del punto número5, se sometió a la autorización del mismo, tramitarun crédito bancario inicialmente destinado paraobras y servicios hasta por la cantidad de$80´000,000.00 (OCHENTA MILLONES DEPESOS 00/100 M.N.), incluyendo accesoriosfinancieros y fiscales.

Posteriormente, en diversas sesionesordinarias así como extraordinarias se siguióabordando el tema con diferentes variantes, ya queel crédito originalmente contratado con sustento enla necesidad de realizar obras y serviciosnecesarios para el desarrollo de la municipalidad,prácticamente fue desviado de su fin original, paraser dolosamente aplicado, en pago de deuda delgasto corriente en perjuicio de la hacienda públicamunicipal y de la comunidad.

Esto ha provocado que se dejen de ejecutarlas obras públicas prioritarias que justificaron sucontratación, siendo utilizado para pagar másnómina y aguinaldos entre otros conceptos.

Pues independientemente de que demanera disfrazada e ilegal se esta realizando eldesvío de recursos, el Presidente Municipal deChalco, pretende maquillar y acomodar sus desvíosa través de un acuerdo que se realiza fuera de laley, pero que sobre todo, es nulo de pleno derecho.Porque no puede aprobar un desvío al tratarse deuna transferencia, expresamente, prohibida por laley máxime si se trata de ingresos provenientes definanciamiento.

Resulta pertinente destacar que elPresidente Municipal de Chalco, realizó el pago denómina, aguinaldos y cuenta corriente en general,con cargo a recursos provenientes de un créditobancario, autorizado inicialmente por el Cabildo,para realización de obra pública y servicios, lo cualesta prohibido por la propia Constitución Federalen su artículo 117, así como varios ordenamientosde la propia legislación de nuestra Entidad.

Por lo que exhortamos a que dentro de lasatribuciones correspondientes la Contraloría delPoder Legislativo y el Órgano Superior deFiscalización del Estado de México, den trámite de

manera urgente a la denuncia presentada por elSegundo Regidor del Ayuntamiento de Chalco, yde resultar responsabilidad se instaureprocedimiento en contra del Presidente Municipalde Chalco y se aplique la sanción que corresponde.

ATENTAMENTEDIP. ÁNGEL ABURTO MONJARDÍN

PRESIDENTE DIP. FRANCISCO VÁZQUEZRODRÍGUEZ. En relación con el trámite de turno,la Presidencia pregunta a las señoras y señoreslegisladores si desean hacer uso de la palabra.

Pregunto a la Asamblea si se admite atrámite de proposición y pido a quienes estén porello, se sirvan poner de pie.

Considerando su competencia, y como lescompete, se hará llegar a la Contraloría del PoderLegislativo y al Órgano Superior de Fiscalización.SECRETARIO DIP. RAFAEL ÁNGELALDAVE PÉREZ. La proposición ha sidoaprobada por unanimidad de votos.PRESIDENTE DIP. JOSÉ FRANCISCOVÁZQUEZ RODRÍGUEZ. En términos delorden del día, tiene el uso de la palabra el diputadoGermán Rufino Contreras, para presentarpronunciamiento sobre programas sociales delgobierno del Estado de México, formulado por elGrupo Parlamentario del Partido de la RevoluciónDemocrática.DIP. GERMÁN RUFINO CONTRERASVELÁSQUEZ. Gracias Presidente, con el permisode esta Soberanía vengo a esta tribuna.

Toluca de Lerdo, Méxicoa 25 de marzo de 2009.

CC DIPUTADOS SECRETARIOS DE LADIRECTIVA DE LA HONORABLE “LVI”LEGISLATURA DEL ESTADO DE MÉXICOPRESENTES

En ejercicio de las facultades que meconfiere el artículo 32 del Reglamento del PoderLegislativo del Estado Libre y Soberano de México,me permito someter a la consideración de estaHonorable Legislatura, pronunciamiento en relacióncon la aplicación de los Programas Sociales delGobierno del Estado de México.

La reiterada negativa del ciudadanogobernador Enrique Peña Nieto, en dar a conocerlos montos reales de los contratos publicitarios que

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sostiene con duopolio televisivo, resulten un insultopara la ciudadanía y para la democraciamexiquense.

Quiero mostrar ante ustedes, como lo hemanifestado en la anterior intervención, de que losprogramas, en este caso de bicicletas no se haparado y aquí tengo una foto del hoy secretario;bueno en su oficina del hoy Secretario de DesarrolloEconómico, Cadena Ortiz de Montellano, donde apesar de que él ya no es diputado local, en su oficinaen Texcoco, se reparten las bicicletas y ademásentregándolas a ciudadanos de vehículos lujosos,como en esta camioneta donde se esta depositandouna bicicleta, a de ser una Hummer, ¿no?, a de seruna Hummer; y aquí se tiene un número importantede bicicletas en esta bodega, y obviamente, es enla oficina de atención ciudadana, bueno del anteriordiputado local hoy Secretario de DesarrolloEconómico.

Todo esto, pues, es en función de apuntalar,me imagino yo, la candidatura del ingeniero ManuelCadena, eso nos parece enormemente lamentable,pero también quisiéramos que no solamente sequedará en un exhorto, si no consideramos que estereparto de bicicletas tiene un tinte electoral, ya quepreviamente lo esta repartiendo no la Secretaríade Desarrollo Social, sino los comités municipalesdel Partido Revolucionario Institucional.

O sea, Enrique Peña Nieto, se encuentraabiertamente en campaña por la candidatura delPRI a la Presidencia de la República y desde lasinstituciones, obviamente, utilizando los recursospúblicos.

El atlacomulquense Enrique Peña Nietocon apenas 42 años de edad ha mostrado ya sertodo un costal de bondades, nadie niega supreparación que si bien, fue realizada en escuelasprivadas, fue financiado con recursos públicos y,obviamente, su preparación no tiene lugar a dudas.Estudio en la Universidad Panamericana, realizósu maestría en administración de empresas en elInstituto Tecnológico de Estudios Superiores deMonterrey, fue Subsecretario de Gobierno ySecretario de Administración y Finanzas delGobierno del Estado de México, diputado por la“LV” Legislatura en el Congreso del Estado deMéxico y Presidente de la Mesa Directiva,

obviamente, todo este dispendio, no solamentedebemos reflexionar, sino es obviamentecuestionado, la aparición de noticieros y programasde farándula, manejo tendencioso de imagen, apartir de programas y revistas de corazón,comerciales o promociónales con la “Gaviota”, condebido respeto, ahora con Lucerito, manejo suciode relaciones amorosas como forma óptima depromociones de imagen, estas acciones,obviamente, deben ser cuestiónales por la inmensacantidad de recursos públicos que se vierten en ella,además de que se trivializa y banaliza la políticacon trucos sucios, como lo que se están utilizando,por ejemplo, una nota periodística salida al aire el22 de octubre del año pasado, dice: que AngélicaRivera y Enrique Peña Nieto, están muy cercanosdel altar, el pasado fin de semana asistieron, la actrizAngélica Rivera y el gobernador a la boda de lahermana del gobernador, muy cómoda y en lafamilia se vio la actriz Angélica Rivera asistir a laboda religiosa entre Felipe Casaondas y Ana Ceciliahermana de Enrique Peña Nieto gobernador delEstado de México y, con quien la actriz sostieneobviamente un romance.

Si bien Angélica no entro del brazo deEnrique Peña Nieto, a la ceremonia que se llevóacabo en una iglesia del Municipio de Tonatico, estefin de semana, si fue aceptada como una de lasmás cercanas invitadas a la familia.

En fin, son todo una serie de eventosdonde, obviamente, este exhorto es de nueva cuenta,no solamente la preocupación de cómo se repartenestos recursos, estas bicicletas, sino incluso podemospensar que los mismos compañeros delRevolucionario Institucional nos podrán cuestionarde que también en algunos alcaldes de otro partidopolítico lo podrán hacer.

Venimos a esta tribuna centralmente aconvocar a todas las fuerzas políticas a que podamoshacer un pacto, donde todos los institutos políticos,se comprometan a respetar y no poder empañareste Proceso Electoral que se avecina, obviamente,quisiéramos de nueva cuenta que se parara elreparto de estas bicicletas.

Es cuanto Señor Presidente.

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PRESIDENTE DIP. JOSÉ FRANCISCOVÁZQUEZ RODRÍGUEZ. Permítame diputado,si diputado Neme.

Adelante diputado Neme.DIP. SALVADOR JOSÉ NEME SASTRÉ. Consu permiso presidente, compañeros diputados.

La verdad es que no entendí, con todorespeto, el diputado Rufino Contreras, de repentecuando sube a tribuna parece una metralletadialéctica, y primordialmente, porque se enliste enel orden de un pronunciamiento y luego habla deque quiere hacer un exhorto, dice que el ComitéMunicipal del PRI, está repartiendo bicicletas, yluego dice, que es el gobierno el que las estárepartiendo, el gobierno que encabeza Enrique PeñaNieto, la verdad es que no entiendo, luego se veque el diputado Rufino Contreras está muy bienenterado de las revistas del corazón…PRESIDENTE DIP. JOSÉ FRANCISCOVÁZQUEZ RODRÍGUEZ. Perdón diputadoNeme, si diputado.DIP. SALVADOR JOSÉ NEME SASTRÉ Conmucho gusto cuando termine y cuando concluyaseñor diputado.PRESIDENTE DIP. JOSÉ FRANCISCOVÁZQUEZ RODRÍGUEZ. Me permite diputado.Diputado Neme acepta una pregunta.DIP. SALVADOR JOSÉ NEME SASTRÉ Conmucho gusto, cuando concluya mi intervenciónseñor diputadoPRESIDENTE DIP. JOSÉ FRANCISCOVÁZQUEZ RODRÍGUEZ. Cuando termines tuintervención. Adelante diputado.DIP. SALVADOR JOSÉ NEME SASTRÉEntonces, yo si quisiera, relativo a los programassociales, hacer diversos comentarios.

Creo que es justo en esta época electoral,el poder venir a esta tribuna y poder hacer algunasreflexiones en cuanto a los programas sociales delgobierno del Estado.

En primera instancia yo quisiera referirmea algún acuerdo que quizás no recordemos en estaCámara; a algún acuerdo que se firmó el 22 deoctubre del dos mil ocho, entre el propio gobiernodel Estado de México y el Consejo Nacional deEvaluación de Política Social, primordialmente, conel objeto de evaluar y darle seguimiento a los

programas sociales del Gobierno del Estado; actoresimportantes en ese convenio que se firmó, fueronel Programa Nacional para el Desarrollo deNaciones Unidas y la propia CEPAL, la ComisiónEconómica Para América Latina y el Caribe.

Lo que quiere decir, que los programassociales del gobierno del Estado de México, existesupervisión y seguimiento, tanto interno comoexterno, existe autoridad interna para operarlos,supervisión y seguimiento para llevarlos a cabo yexisten entidades externas e internacionales quehacen la misma función.

No se está incumpliendo absolutamentecon nada, cuando los programas sociales se estánejerciendo, ¿en qué se está incumpliendo?

Existe un presupuesto, un presupuesto queesta Cámara aprobó, los recursos y las propiaspartidas fueron aprobadas en el presupuesto queaprobó esta cámara a finales del año pasado; existenreglas de operación de los programas, que si bienrecuerdo una miembra o miembro de la Comisiónde Desarrollo Social del Partido de AcciónNacional, solicitó y fue muy enfática en que esasreglas de operación fueran presentadas yentregadas a la propia Cámara de Diputados paraque se conocieran, y que las mismas fueranpublicadas en la Gaceta del Gobierno, lo que así sehizo y se dio para cada uno, repito, para cada unode los programas sociales y ahí están.

Yo creo que lo que preocupa y lo que traeinquieto a todos los actores políticos en estemomento, es la parte electoral, los programassociales en la parte electoral y esto precisamentefue parte de lo que se debatió en la mesa, cuandolos partidos representados aquí en la cámara,estuvimos negociando la reforma electoral.

Efectivamente, existía preocupación encuanto a la equidad en los programas sociales y enque nosotros pudiéramos introducir en la legislaciónelectoral ciertos candados en la parte de lalegislación estatal, sin que hubiera cierta equidaden los programas federales o municipales, que noexistiera esa igualdad de condiciones.

Así las, cosas, se tomó la propiadeterminación de introducir y modificar algunosartículos del Código Electoral, con objeto de quefuera esta propia Cámara por conducto de la Junta

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de Coordinación Política, para que en cierto tiemposuspendieran dichos programas.

La Constitución Política de los EstadosUnidos Mexicanos en el Párrafo Séptimo de suartículo 134, refiere precisamente, que los servidorespúblicos de la Federación, los Estados y losMunicipios, tienen en todo tiempo, la obligación deaplicar con imparcialidad los recursos públicos queestán bajo su responsabilidad, sin influir en lacompetencia entre los partidos políticos.

El Código Federal…PRESIDENTE DIP. JOSÉ FRANCISCOVÁZQUEZ RODRÍGUEZ. Permítame diputado.

Sí diputado.Sonido a…

DIP. GERMÁN RUFINO CONTRERASVELÁSQUEZ (Desde su curul). Su oratoria esmuy clara y puede ser que sea una retórica, lepregunto al orador en turno, le puedo hacer unapregunta de nueva cuenta…DIP. SALVADOR JOSÉ NEME SASTRÉ. Conmucho gusto señor diputado le vuelvo a contestar.PRESIDENTE DIP. JOSÉ FRANCISCOVÁZQUEZ RODRÍGUEZ. Me permitediputado, perdón, no puede tener diálogo.

¿Señor diputado Salvador Neme, si aceptauna pregunta del diputado Rufino Contreras?DIP. SALVADOR JOSÉ NEME SASTRÉ . Porsegunda ocasión, señor Presidente, le digo a ustedPresidente, para que le informe al diputado RufinoContreras, que con mucho gusto le acepto unapregunta cuando concluya mi intervención.PRESIDENTE DIP. JOSÉ FRANCISCOVÁZQUEZ RODRÍGUEZ. Perdón diputado, leinformo que en el artículo 103 del Reglamento, parahacer uso de la palabra para hechos, sólo tiene 10minutos, le pido concluir.DIP. SALVADOR JOSÉ NEME SASTRÉ.Tomo nota señor Presidente, muchas gracias.

En consecuencia, el Código Electoralestablece que durante el tiempo que comprendenlas campañas electorales federales y hasta laconclusión de la jornada comicial, deberásuspenderse la difusión de medios de comunicaciónde toda propaganda gubernamental, tanto lospoderes federales, estatales, como los municipios,eso en cuanto a propaganda se refiere.

El 157 de nuestro Código, establece quelas autoridades estatales y municipales, así comolos legisladores locales, nos abstendremos deestablecer y operar programas de apoyo social ocomunitario, que impliquen la entrega a la poblaciónde materiales, alimentos o cualquier elemento queforma parte de los programas asistenciales o depromoción y desarrollo social.

Ahora bien, precisamente el precepto legalindica lo que comentaba que será la Legislaturadel Estado, la que determinará, precisamente, quéprogramas son los que deberán suspenderse,precisamente, ¿por qué razón se creo así, o se diseñoasí este artículo? Porque debemos tomar enconsideración, que hay necesidades básicas de lapoblación más desprotegida de la Entidad que hayque atender, y por ello, es necesario que se tengaun seguimiento cabal y un cabal cumplimiento adichos programas, no es justo, no es justo que lasgentes más desprotegidas y más necesitadas en elEstado, tengan la culpa de que por cuestioneselectorales tengan que suspenderse los programas,cuando precisamente son esos programas los quelos ayudan y los ayudan bastante.

Debemos ser responsables y humanitariosal momento de decidir cuál o cuáles programasserán los que deberán ser aplicados.

Cumplamos con la ley, estamos en estemomento cumpliendo con la ley, sigamoscumpliendo con la misma, serán los tiempos quenos marca el propio Código Electoral en el momentoque tendremos o deberemos de suspenderprogramas.

Sería cuanto Presidente y estoy a lasórdenes del diputado Contreras.PRESIDENTE DIP. JOSÉ FRANCISCOVÁZQUEZ RODRÍGUEZ. Gracias diputado.

Diputado Contreras, mantiene, sonido parael diputado Contreras.DIP. GERMÁN RUFINO CONTRERASVELÁSQUEZ (Desde su curul). La preguntaque le quería hacer al diputado Neme, no solamentees emplázalo a que lleguemos juntos en bicicleta alCongreso, si usted me acepta, podamos cumplir ydemostrar, no con retórica, que usted del VerdeEcologista es consecuente con utilizar vehículo queno contamine, primera.

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Y lo otro, se ve muy bien con esa corbatay eso me parece importante.

Gracias.DIP. SALVADOR JOSÉ NEME SASTRÉ. Sí,con mucho gusto, primero yo le diría, creo que estáusted fijándose usted en nimiedades. Primero; creoque es falta de ligereza, el que venga usted a tribuna,la máxima tribuna del Estado, a tratar un tema queusted considera que es importante, como nosotrossi lo consideramos, para venirse a fijar en micorbata, o en que me emplace usted a un reto, unreto en cuanto a que si vengamos o no vengamosen bicicleta.

Creo que usted oyó, podemos hacer ladiferencia, siempre y cuando podamos, nosotros,juntos con la colectividad y con la sociedad, ponerel ejemplo.

Sería cuanto y muchas gracias.PRESIDENTE DIP. JOSÉ FRANCISCOVÁZQUEZ RODRÍGUEZ. Sí diputado HiginioMartínez.

Me pidió primero la palabra…DIP. GERMÁN RUFINO CONTRERASVELÁSQUEZ. Gracias Presidente.

Yo vengo a esta Tribuna a tocar un asuntonodal, principalmente ahora que inician lascampañas; no después estemos lamentando ypodamos hacer retórica de democracia.

Creo que hoy tenemos una granresponsabilidad los legisladores, de poder nosolamente poner candados, sino también, como bienlo dije, hacer seguimiento en el caso que presentéel pronunciamiento de la semana pasada y no hayninguna diferencia; también es un exhorto, porqueobviamente, no me meto en cuestiones defrivolidades, pero hoy no solamente está la señorita“Gaviota”, también Lucero y, obviamente, qué leestá mostrando a la población, pues, meramentefrivolidades, pero además, el uso de recursos; puedoaquí comentar la gran inyección de recursos a estospromociónales, y en qué le ayudan a la poblacióndel Estado de México. Pregunto.

Segundo ¿Cuál es la preocupación? PeñaNieto ¿estará debajo de Manlio Fabio Beltrones?¿O estará arriba? Es una pregunta que se tendráque hacer, porque obviamente, si va en caballo dehacienda, pues, para qué utilizar estos programas

sociales y no solamente utilizarlos de desarrollosocial, sino repartirlos. El RevolucionarioInstitucional, desde ahí ya están en entredicho estasprácticas, que pensábamos que se habíandesterrado y he recordado, en paz descanse, aVíctor Cervera Pacheco, “el gran dinosaurio delsalinismo” ¿será que llega el fantasma hasta acá,de Víctor Cervera Pacheco? Y no solamente eso;las revistas dan cuenta, en este caso dePROCESO, de cuántos recursos, de acuerdo alconvenio con Soriana, para el reparto de despensas.

Pero, vengo también a decirles, bueno, silas bicicletas las reparten; las están repartiendo aestas personas que no tienen necesidad, peroademás lo más complicado del asunto es que enuna oficina del que hoy ya no es diputado, esflamante Secretario de Desarrollo Económico, seestán o se repartieron la semana pasada y no sonunas o una, embodegadas bastantes, bastantesbicicletas. A eso vengo a la Tribuna.

Y obviamente, no solamente es elpronunciamiento, sino tenemos que ir, estaLegislatura, a sacar acuerdos donde he dicho, queno solamente el gobernador, todos los partidosdonde gobiernen podamos poner esos candados paraque no se pueda manchar esta elección que estápróxima.

Es cuanto señor Presidente.PRESIDENTE DIP. JOSÉ FRANCISCOVÁZQUEZ RODRÍGUEZ. Sí, diputado. Mepermite, me había pedido primero la palabra eldiputado Higinio Martínez, para hechos también.DIP. HIGINIO MARTÍNEZ MIRANDA. Consu permiso Presidente.

Eso de venir aquí a descalificar a undiputado por su forma de hablar, por su forma deexpresarse, y decir que si parece una metralletalegislativa, está bien, se vale, se vale, no todostenemos la elocuencia del señor diputado Neme,en este caso, quisiéramos hablar como él,quisiéramos tener esa preparación, ese léxico, perono se nos da a todos.

Lo importante, es lo que se viene a deciraquí, lo importante es, para que sirve esta Tribuna,en este caso, y en ese caso, para que sirvió estaTribuna en este momento, para el diputado GermánRufino Contreras, para mostrar una bicicleta, una

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bicicleta de las miles que hoy se están repartiendoen el Estado de México.

Es el tema, el reparto de bicicletas y el tematiene que…igual estarán bonitas no sé ya lovimos…como se siente diputado, más o menos.

El problema no es en sí la bicicleta o no, elproblema es que aquí, aquí en esa Legislatura y esuna Soberanía que manda, determinó el año pasadola suspensión del Programa de Entrega deBicicletas y eso lo sabemos quienes estuvimos paraentonces, para esos fines, para esos días finalesdel año pasado, la suspensión aceptado por el propioSecretario de Finanzas, no como una imposiciónnuestra, sino incluso yo abono, acordado, concertadocon el Secretario de Finanzas, entiendo que con elpropio gobernador.

Y se siguen repartiendo bicicletas, haciendocaso omiso de lo que determinó la Legislatura.

Esto es que ese es el asunto, es una burlade Enrique Peña a este Congreso, es una omisión,es un desconocimiento de Enrique Peña no se dacuenta de lo que están haciendo sus funcionarios,y a lo mejor tiene razón en parte, si no tiene nigabinete, un gobierno que tiene acéfalos variasSecretarías, un Estado tan importante como elnuestro, con cerca de 15 millones de personas yhay varias Secretarías que están acéfalas.

Porque no tiene gente, porque no leinteresa, porque hay indolencia en el gobernadorPeña, a lo mejor por eso no se da cuenta que sesiguen entregando bicicletas y el encargado deldespacho de una Secretaría tan importante en elEstado de México, como es la Secretaría deDesarrollo Social, no sabe que ya no se pueden darbicicletas o que no se pueden comprar bicicletas.

Ya se ha argumentado que son algo asícomo remanentes del año pasado, y que en lugarde guardarse se tienen que entregar, nadamas quelo decía hace un rato, si ustedes ven la promociónque hace el gobierno del Estado o sea el Ejecutivodel Estado, y lo hace en voz de esta actriz Lucero,véanlo hoy, ahora debe estar pasando bastantesanuncios, por cierto, ahora si prendemos unatelevisión si alguien Presidente ordenara pero aquíno podemos ver televisión comercial.

Van a aparecer, seguramente, un anunciode esos de los que saca la señorita Lucero y ahí

nadamas les quiero decir que en esos si ustedes sefijan, Lucero la actriz vocera de Enrique Peña odel Ejecutivo del Estado dice: “En este momentoentregamos bicicletas y entregamos despensas yentregamos clínicas y entregamos carreteras” estareconociendo la vocera de Enrique Peña, o sea laseñorita Lucero, de que este gobierno en estemomento entrega bicicletas, véanlo, eso no es cosanadamas que, y está a la vista porque cada ratopasan ese tipo de comerciales.

Entonces el dicho de que son remanentesdel año pasado, no checa cuando la señorita Luceroen los promocionales del gobernador Peña,reconoce que ahora este gobierno, en este momento,una de las tareas a las que se dedica es a repartirbicicletas y si no ahí están los spots, en este caso.

Por cierto aquí puede indignar la posicióndel diputado Germán Rufino acerca de uncuestionamiento, de cómo el Ejecutivo del Estadomaneja una serie de programas, obviamente, contendencia electoral, este es el asunto; pero nadiedice de los priístas, de que ayer el señor, ¿cómo sellama Paco Garate tu presidente de partido?Germán Martínez, regañó a Enrique Peña ayer ynadie le dijo nada a Germán Martínez, lo regañó, ledijo que en lugar de…PRESIDENTE DIP. JOSÉ FRANCISCOVÁZQUEZ RODRÍGUEZ. Permítame diputado.

Sí, diputado Cruz.DIP. CRUZ JUVENAL ROA SÁNCHEZ(Desde su curul). Señor Presidente yo quisierapedirle a usted atentamente, que así como lo hizoen su discurso original, que prometió que no se ibaa permitir el diálogo, le pidiera por favor al oradorque se aboque al pronunciamiento, exclusivamente,y que ponga usted orden en el Recinto, primero sedio el diálogo con el diputado Rufino y ahora loesta haciendo con el diputado Paco Garate.Por favor señor Presidente.PRESIDENTE DIP. JOSÉ FRANCISCOVÁZQUEZ RODRÍGUEZ. Se toma en cuentasu observación diputado.

Si diputada.Continúe diputado Higinio.

DIP. HIGINIO MARTÍNEZ MIRANDA. No,solamente era para que me ilustrará el diputadoGarate sobre el nombre de su presidente, pero ayer

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fue, en todas las noticias vimos como retaron algobernador Peña a decir, pues para que alcancepara terminar las obras deje de promocionarse. Perobueno, este es un asunto entre el PAN y entre elPRI, por alguna razón lo dirá o por alguna razón locontará, pero bueno término.

Este es el asunto nadamas diputado Neme,sí, no es como se viene a hablar aquí, no es quesabe hablar, sino se viene a cuestionar aquí unasunto que esta impedido, que esta prohibido, queesta suspendido por la Cámara de Diputados, laentrega de bicicletas, ni siquiera estoy cuestionandola bondad de entregar esas bicicletas, no, estaprohibido y el Gobierno del Estado esta utilizandorecursos públicos en este año para entregar esto.

Por lo cual yo insistiría señor Presidenteen este caso, que revisáramos la posibilidad de quese presente, pero ya insisto, no hay secretario yeso de hablar con encargados del despacho, comoque no es, si no tiene el conocimiento, pero deberíaestar aquí el Secretario de Desarrollo Social paraque nos explique si en efecto, o que nos muestrefacturas y todo lo que tenga que ver, de donde estasaliendo el dinero para las bicicletas.

Ojalá pudiera atenderse esta petición deque el Secretario de Desarrollo Social o cuandoexista un Secretario de Desarrollo Social en elEstado de México, pudiera atender y responderestos cuestionamientos.

No más Presidente.PRESIDENTE DIP. JOSÉ FRANCISCOVÁZQUEZ RODRÍGUEZ. Adelante diputadoCruz Roa.DIP. CRUZ JUVENAL ROA SÁNCHEZ. Consu permiso señor Presidente.

Para comentarle al señor Coordinador delPRD, que no se preocupe si hay encargado o haysecretario; la Constitución, la Carta Magna, eldocumento del Estado de México en su artículo 77fracción XIV le da la facultad al gobernador paranombrar y remover libremente a los servidorespúblicos del Estado, cuyo nombramiento o remociónno estén determinados en otra forma por laConstitución o por las leyes y aquí es precisamentedonde estamos en la casa de la ley.

Yo creo que los legisladores debemos deconducirnos dentro del marco no solo legal, sino

también dentro de un estado de derecho, tambiéndebemos conducirnos con cordura y sensatez; ycriticar sí, si la actuación del ejecutivo; pero conactitud propositiva, les preocupa mucho el éxito delgobernador, por el éxito que han tenido losprogramas; pero más aun todavía su vida personal.

Es reiterativo, que ustedes señoresLegisladores cada que tienen oportunidad seacuerdan de la “gaviota”; yo creo que debemos depreocuparnos por hacer propuestas aquí en estaLegislatura, y recordarles que nosotros los diputadosaprobamos el presupuesto y los programas socialesdel gobierno del Estado, hicimos incluso, unareasignación presupuestal, legalizando y legitimandoel gasto social para este año. Quienes van en contrade los programas sociales que lleva a cabo elgobernador Enrique Peña Nieto, van en contra delprogreso del Estado de México y de que hayamejores condiciones de vida para los mexiquenses,van en contra de la política social de laAdministración Pública Estatal, no sólo en contradel gobernador Peña Nieto.

El titular del ejecutivo ha sido muyrespetuoso, incluso, se ha pronunciado en el sentidode evitar la confrontación, mediante apreciacionesequívocas y juicios de valor y de cómo se aplicanlos programas sociales en todo el territorio estatal.

Sin embargo, no podemos evitar, y estánen su legítimo derecho, que algunos actores políticos,quienes en tiempos electorales aprovechen una totalcarencia de oferta política, hacen de la critica suúnica forma de competir, si esto resolviera laproblemática que enfrentan las mujeres, los jóvenes,los adultos mayores y la sociedad en general,entonces sería aplaudible; pero no los son.

Yo exhortaría a los diputados del PRD, paraconducirnos con civilidad política y mantener esteRecinto Legislativo bajo un clima de armonía ydiálogo, y por supuesto, conducirnos amparados enel artículo 29 en su fracción VIII, y no encrespareste Recinto Legislativo que merece todo nuestrorespeto, y que la sociedad eso espera de nosotros…PRESIDENTE DIP. JOSÉ FRANCISCOVÁZQUEZ RODRÍGUEZ. Perdón diputado,perdón, sí diputado Martínez.

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DIP. HIGINIO MARTÍNEZ MIRANDA(Desde su curul). Por favor si me acepta unasola pregunta, simple y sencilla pregunta, una sola.DIP. CRUZ JUVENAL ROA SÁNCHEZ.Termino señor Presidente.PRESIDENTE DIP. JOSÉ FRANCISCOVÁZQUEZ RODRÍGUEZ. Diputado acepta lapregunta del diputado Martínez.DIP. CRUZ JUVENAL ROA SÁNCHEZ. Altérmino por favor.PRESIDENTE DIP. JOSÉ FRANCISCOVÁZQUEZ RODRÍGUEZ. Adelante diputadoCruz Roa.DIP. CRUZ JUVENAL ROA SÁNCHEZ. Yquiero recordarles que el artículo 157 del CódigoElectoral del Estado de México, señala en su tercerpárrafo, que durante los 30 días anteriores al de lajornada electoral, las autoridades estatales ymunicipales, así como los legisladores locales, seabstendrán de establecer y operar programas deapoyo social o comunitario que impliquen la entregaa la población de materiales.PRESIDENTE DIP. JOSÉ FRANCISCOVÁZQUEZ RODRÍGUEZ. Perdón diputadoCruz Roa. Adelante diputado, ¿me permitediputado? Adelante diga.DIP. GERMÁN RUFINO CONTRERASVELÁSQUEZ (Desde su curul). Quisiera ver siel diputado Roa me acepta una pregunta.PRESIDENTE DIP. JOSÉ FRANCISCOVÁZQUEZ RODRÍGUEZ. Diputado Cruz Roaacepta la pregunta del diputado.DIP. CRUZ JUVENAL ROA SÁNCHEZ. Contodo gusto señor diputado.DIP. GERMÁN RUFINO CONTRERASVELÁSQUEZ (Desde su curul). Yo nada másquiero ilustrarlo, con el debido respeto, señordiputado que en la pasada contienda electoral, unidospara ganar PRD, PT, tuvo 49. 3%, perdón, 49. 3%,o sea ganó Enrique Peña Nieto con 49. 3% y setuvo por el PRD, PT por 50. 7, ¿Es cierto esapregunta o es al revés?DIP. CRUZ JUVENAL ROA SÁNCHEZ. Nole entiendo su pregunta a que viene con elpronunciamiento con el que estamos debatiendo eldía de hoy.

DIP. GERMÁN RUFINO CONTRERASVELÁSQUEZ (Desde su curul). No, le estoypreguntando, porque usted me dice, que hay temordel perredismo, quiero que me ilustre si estoyequivocado sobre el porcentaje o es al revés.DIP. CRUZ JUVENAL ROA SÁNCHEZ. Yocreo que el tema que nos tiene aquí, señor diputadoes referente al pronunciamiento de los programassociales.DIP. GERMÁN RUFINO CONTRERASVELÁSQUEZ (Desde su curul). Gracias por surespuesta.DIP. CRUZ JUVENAL ROA SÁNCHEZ. Puesen ese sentido señores diputados del PRD, pedirlesque hagamos en esta tribuna un debate y que nosenfoquemos precisamente a lo que está establecidoen la Ley, en la Carta Magna y que dejemos trabajarcomo lo marca la ley al señor gobernador, apoyandoa los más necesitados.

Muchas gracias señor Presidente.PRESIDENTE DIP. JOSÉ FRANCISCOVÁZQUEZ RODRÍGUEZ. Diputada GutiérrezReyes.

¿Con qué objeto va a hacer uso? Adelante.DIP. ARACELI GUTIÉRREZ REYES. Buenastardes a todos. Buenas tardes señor Presidente,con el permiso.

Todos los programas sociales, creo que loslegisladores que hoy estamos aquí, se han aprobadono de ahorita; como Presidenta de la Comisión deDesarrollo Social, aún llegando, tengo un informe yme siento orgullosa de representar la comisión, peroademás, de tener un informe que los compañerosdeben de tener ya de origen.

Y yo le comentaría al compañero RufinoContreras, orgullosos nos debemos de sentir de serde un municipio tan importante como es el Municipiode Ecatepec de los más grandes y de con muchasnecesidades, no así, también el Estado de Méxicotiene varios municipios con las necesidades paraejercer los programas sociales, y voy a contestar alo mejor lo que decía. A veces no sé qué tanto seanecesario que exista un secretario, cuando estainformación que su servidora tiene, está desde elprimero, desde el 20 del mes de enero del 2009, ylos recursos de los que se hablan, yo les preguntaríaa nuestros compañeros diputados, qué tan factible

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es que con la crisis económica del país, como estánlos diferentes municipios, tuviéramos que pararestos programas sociales que son para los gruposvulnerables más necesitados, para los grupos de latercera edad, para las mujeres, para los hombresque hoy en el país tenemos un desempleo, para losniños, para el programa alimenticio que existe yvarios de los programas solamente se estánterminando de ejecutar con recursos del 2008 yque creo que no los debemos de parar.

Los programas 2009, también fueronaprobados y salieron en Gaceta del Gobierno, y seme hace un poquito inconciente compañeros, queen este momento, digamos, que no se tiene lainformación, cuando yo que acabo de llegar, la tengode mano y si gustan, con todo el debido respeto, lespido que les voy a pasar una copia para que tenganconocimiento, cuado muchos de los que están aquílo firmaron y está en Gaceta de Gobierno.

Por el otro lado, reitero, vengo de unmunicipio tan importante y hace unos días, no nospodrán negar por ahí el compañero Rufino, por quesomos del mismo municipio, que hubo un a contiendaelectoral y entonces había guardado muchos útilesescolares y se ocuparon para la campaña electoralde las cuestiones internas de la institución políticaque él pertenece. Cuándo sí somos sociales ycuándo no somos sociales, cuándo manejamos loelectoral y cuando no.

El ironismo es muy bonito, pero hay quesaber en qué momento lo tocamos y para quienessí, y para quienes no. Quiero comentarles que losprogramas, así como se le reclama al señorgobernador, también el federal está entregandorecursos de oportunidades, de seguros, que al finalde cuentas es un beneficio para la sociedad, perotambién los municipios tienen los programas socialesde becas, alimentarlos y los están entregando a los125 municipios. Por qué el Estado hoy escuestionado, por una campaña televisiva, o porquerealmente ejerzamos los programas sociales.

Eso es cuanto señor Presidente.Gracias.

PRESIDENTE DIP. JOSÉ FRANCISCOVÁZQUEZ RODRÍGUEZ. Diputado Contreras.

Bueno ya termino su intervención.Adelante diputado Rufino.

Sí diputado Ceballos.DIP. GERMÁN RUFINO CONTRERASVELÁSQUEZ. Bueno, yo quisiera comentarnadamas que en la elección que pasó paragobernador, se tuvo 49.3% de los votos, pero loscandidatos tanto del PAN, como perredistas,obtuvimos el 50.7%; entonces, ahí está el asunto,si realmente se estuviera tan posicionado, pues noutilizarían los recursos que, obviamente, con tintaelectoral le quieren dar.

Pero también con respeto, le pregunto a laoradora que subió, quién empezó los programassociales y con qué objetivo.

Ojala que me conteste.Y quién es el que puso el dedo en el renglón,

primero son los pobres, porque primeramente sedice una cosa y después se dice otra cosa, yobviamente, donde empezaron estos programastienen un gran impacto.

También el gobernador copió la pista dehielo y cuánto se cuestionaba Ecatepec y el DistritoFederal.

Yo creo que, habrá ingenio, habrá iniciativa,o solamente se sube a la tribuna para ganar unascenso más y un secretario o un encargado dedespacho pueda dar una palmadita en la espalda, ydespués se pueda trabajar en un municipio que vaser muy difícil que se pueda ganar por elRevolucionario Institucional, porque hasta ahorahemos salido con enorme respaldo y ahí están losescándalos del Partido Revolucionario Institucional.

Pero no voy a meter eso, nadamas quiero,también, aclararle a mi compañero Roa, que nuestroEstado de México no es una telenovela, y no estanto que yo trate “Gaviota” o “Lucero”, sinotambién los recursos y la cuestión de frivolidad quele quieren dar a nuestro pueblo y, obviamente,nuestro país es real, de carne y hueso que requierepropuestas y compromisos, también, reales de suclase política, y no sensacionalismos y nomeramente venir por tomar la tribuna y poder, insisto,con el debido respeto, retórica florida.

Entonces, el asunto es exhorto, bueno,primero el pronunciamiento y el exhorto de que seacate lo que aquí el Congreso acordó en mesespasados.

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Ese es el asunto y no hay ningún temor, nohay ningún temor, al final de cuentas yo ya… elPRD va por buen camino, varios programas quese han echado andar e impulsar, los está copiandoel Gobierno del Estado de México, ahí está elsegundo piso, ahí está el metrobus, ahí estánmuchas, muchas cuestiones acertadas que hahecho el gobierno del Distrito Federal y en otroslugares del país, al final de cuentas, es beneficiar ala gente, pero lo central es que no se utilicen losrecursos en procesos electorales.

Y yo nadamas le diría diputada Araceli, ensu oportunidad que usted tuvo, presente las pruebas,nuestro partido ha trabajado bien y si pues en esesentido viene a congraciarse, a querer una palmaditaen la espalda, con el respeto, con el debido respeto,no es lo que usted dice, no es lo que usted dice.

Que parece que tiene también algo deamnesia, pero en fin, las cosas, las cosas son queno se utilicen los recursos y se acate lo que elCongreso acordó en meses pasados.

Es cuanto señor Presidente.PRESIDENTE DIP. JOSÉ FRANCISCOVÁZQUEZ RODRÍGUEZ. Diputado Ceballos¿con qué objeto?

Adelante diputado.DIP. ÓSCAR GUILLERMO CEBALLOSGONZÁLEZ. Con su venia compañeroPresidente, compañeros diputados.

Se ha cuestionado en este Recinto losparámetros de operación de la Secretaría deDesarrollo Social del Gobierno del Estado deMéxico, hay quienes lo apoyan, hay quienes lodenostan; pero cabe señalar, compañeros, que elCódigo Electoral menciona claramente losmecanismos de operación de estos programas enlas contiendas electorales, como lo estamos viviendoen estos momentos.

Es muy sencillo, habrá que ajustarnos a lasmismas. Hay un punto que me llama la atención,que hablamos de los programas del gobierno delEstado, pero se nos olvida también y lo digo desdeeste banco de la oposición, que la Secretaría deDesarrollo Social del Gobierno Federal, cuenta conun presupuesto de 66 mil millones de pesos,repartidos en 32 entidades, con todos y cada unade ellas un delegado.

Los últimos diez años, los últimos diez años,estos presupuestos han estado en variables de entre30 mil y 50 mil millones y hasta este momento, seríamuy difícil de evaluar si han sido abatidos los índicesde pobreza, por el contrario, hay índices muy clarosque han aumentado; no estamos golpeando a nadie.

Los programas de Desarrollo Social debende garantizar que no sean usados ni en política, nien procesos electorales, ni clientelarmente, debenser para grupos vulnerables, para grupos vulnerables;es por tanto, que cuando aquí los compañeros decualquier fracción salen a la defensa de éstos,debemos respetarlos.

Hay otro punto que me llama mucho laatención, y con todo respeto a mi compañero Rufino,yo creo que el respeto a la privacidad de losfuncionarios públicos, de cualquier gente, es básica,hablar de la pareja del señor gobernador, con esostérminos, se me hace una falta de respeto.

Esta señora, la señora Angélica Rivera,creo que se lo merece, si ella estuvo en otrosmomentos trabajando en un proceso de gastospromociónales para el Gobierno del Estado, es otroproblema, pero habría que ver más, que poner másel dedo en la llaga, el gasto promocional del gobiernodel Estado, del gobierno Federal y del gobierno delDistrito Federal es exactamente lo mismo, sinosotros prendemos ahora los televisores, vamos aver los mismos gastos promociónales,probablemente del Gobierno del Estado, los mismosdel Departamento del Distrito Federal y porsupuesto del Gobierno Federal.

Yo creo, por lo tanto compañeros, quedebemos, todos y cada uno de los que están aquí,sí, levantar la voz cuando los programas dedesarrollo social estén plenamente identificados queestán siendo usados fuera del contexto para lo quefueron elaborados y hay una ley muy clara, hay unprocedimiento muy claro.

De la misma manera, compañeros,pegarnos por pegar aquí, en lo de gastospromociónales, pues yo creo que quitarnos esavarita del ojo, cuando sabemos que es una viga,habría que hacer lo mismo ¿no es lo mismo paratodos? Entonces, vamos poniendo las cosas enorden.

Muchas gracias compañero.

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PRESIDENTE DIP. JOSÉ FRANCISCOVÁZQUEZ RODRÍGUEZ. Diputado HiginioMartínez ¿con qué objeto? Adelante.DIP. HIGINIO MARTÍNEZ MIRANDA. Sólopara precisar dos, tres cuestiones.

Primero, en mi caso, y no he escuchadonadie más se mete aquí con la vida privada denadie, la vida privada de cada uno de nosotros, delgobernador, de sus funcionarios es un asunto ajenoa lo que estamos discutiendo aquí y es respetable,cada quien tiene derecho a su vida privada, así esque ese tema no pasa, no hay nada por acá.

Segundo, me preocupa que se diga que enun Estado tan más poblado de este país, se puedetener y se puede trabajar con encargados deldespacho, digo, insisto o hay una indolencia de partedel gobernador o no tiene gente, o ya lo dije, es unaindolencia porque no sólo es que no hay Secretariode Desarrollo Social, hasta donde sé no haySecretario, ayúdenme porque ya ven que yo no,pero no hay Secretario de Desarrollo Social, no haySecretario del Trabajo, creo, no hay Secretario queotro renunció para irse a campaña, el de Turismo,el de Desarrollo Metropolitano, y puedo encontrarmás, de Salud, ya llevamos 5, 5 donde hayencargados de despacho es la forma que se gobiernaeste país y si así se gobierna este Estado y así sequiere gobernar este país esta medio difícil conencargados del despacho, me parece que no es, nodeja bien parado a quien esta al frente.

Algo falta ahí o falta gente o falta atencióno falta preocupación o falta amor a este Estado, dequien debería nombrar no a encargados deldespacho sino a titulares.

Es mi punto de vista, lo saco porque así lodijeron, que se puede gobernar con encargadosclaro y de aquí a dos, tres años más, nadamas queeso marca a quien esta al frente en este asunto.

Pero termino con lo siguiente el tema eseste, el tema es claro, esta Legislatura suspendióel Programa de Bicicletas, ese es el tema, no discutocon nadie más el asunto de que si 30 días antes sedeben suspender cuales programas deben o mínimo30 días antes de las elecciones debe que programasdeben suspenderse, y los debe determinar estaLegislatura.

¿O con cuánto tiempo? El asunto es elPrograma de Bicicletas, un programa bicicletero,globero. Un programa de veras que no ayuda a lapoblación en este caso, ese programa fuesuspendido por la Legislatura y se siguenrepartiendo bicicletas y la señorita “Lucero” y asíme refería a “Lucero” que promueve las obras delGobierno del Estado, ha dicho que se siguenentregando bicicletas.

Entonces, hay una violación a un mandato,una decisión de esta Legislatura, la gente delRevolucionario Institucional y aliados, dicen que no,que nos muestren, que nos muestren que no hayuna violación a lo aquí establecido por estaLegislatura, pero se siguen hoy repartiendobicicletas y “Lucero” sigue promocionando laentrega de bicicletas.

Ese es el problema, cómo resolvemos eseasunto, que venga el Secretario de DesarrolloSocial, y que nos explique y que nos entreguenúmeros y cuentas y facturas, y todo eso parasaber, o por qué, a lo mejor ni esta enterado de quela Legislatura prohibió suspender, suspender corrijolo que decía antes, ya ni siquiera era comprar, dejarde comprar bicicletas, suspender el Programa deEntrega de Bicicletas y hasta esta fecha, y aquíhay una prueba que trajo hoy el diputado GermánRufino, se siguen entregando bicicletas, ese es eltema, respondan, no es critica barata, respondancon hechos y que responda ojalá un secretario,porque con eso de encargados del despacho, digo,no creo que vaya a funcionar bien así el Estado.PRESIDENTE DIP. JOSÉ FRANCISCOVÁZQUEZ RODRÍGUEZ. Se registra elpronunciamiento…

Sí, diputado Cruz Roa.DIP. CRUZ JUVENAL ROA SÁNCHEZ(Desde su curul). Para contestarle al diputadoHiginio.

Señor diputado son recursos…PRESIDENTE DIP. JOSÉ FRANCISCOVÁZQUEZ RODRÍGUEZ. Le reitero diputadoCruz Roa, que no puede tener diálogo con eldiputado y que tiene que subir a tribuna; y soy elresponsable de mantener el orden en esteHonorable Congreso.

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DIP. CRUZ JUVENAL ROA SÁNCHEZ. Meda gusto señor Presidente que ponga usted ordenaquí en el Pleno.

Señor coordinador del PRD, paracontestarle, efectivamente son recursos del año2008 que fueron autorizados por esta Legislatura,y que hoy en día el gobierno del Estado a través dela Secretaría de Desarrollo Social, sigue trabajando,entregando las bicicletas que como ustedes el díade hoy trajeron, y que seguramente, como lo marcala ley, la Constitución y el Código Electoral, desdeaquí vamos a seguir exhortando al gobernador paraque siga aplicando los programas sociales, para quesigan trabajando y para que lleguen todos losrecursos a quien más lo requiere y a quien más lonecesita.

Espero y haya dado respuesta a su preguntaseñor coordinador.PRESIDENTE DIP. JOSÉ FRANCISCOVÁZQUEZ RODRÍGUEZ. Yo pido la palabrapara hechos señor Presidente.PRESIDENTE DIP. APOLINARESCOBEDO ILDEFONSO. Se concede lapalabra para hechos al diputado Vázquez.DIP. JOSÉ FRANCISCO VÁZQUEZRODRÍGUEZ. Yo creo que es triste hoy escucharque diputados del PRI, digan, que efectivamentehoy en marzo de 2009 estamos ejerciendopresupuesto de 2008, lo más triste y quiero pensarcomo un buen ciudadano, que son casualidades queel presupuesto se va a ejercer casualmente entiempos legales cuando nos lo permita, antes de lacontienda electoral.

Hay que recordarle al señor gobernadorque tuvo tres años, tres años antes para poderejercer presupuesto y estos programas.Efectivamente, esta Legislatura aprobó elpresupuesto, pero también recuerdo que no vienenlos reglamentos y que no se ha entregado a estaLegislatura como esta en la “Gaceta del Gobierno”compromiso de la Secretaría de Desarrollo Social,los reglamentos para la aplicación de estos recursos.Si vemos, estos programas hoy están totalmenteacomodados porque existe el dinero, lo mássensible, se oye es: efectivamente a las clases másvulnerables, que los programas sociales son paraquienes lo necesitan, que cómo la izquierda se opone

a que estos programas sociales lleguen, ya quesomos los propulsores de todos estos programasen su momento criticados y en su momento sertotalmente, decían, hasta ridículos porque eso nodaba.

Hoy vemos, para no ocupar la palabracopias, clones de estos programas porque sonclones mal hechos, pero no nos desviemos del punto,si realmente el gobierno del Estado, si realmentequiere ayudar a la clase vulnerable, a la clasenecesitada, primero, no es posible que en el 2008esté llegando a todos los DIF y nadie lo va a negar,a todos los DIF, presupuesto del 2007 y si tiene losdatos la Presidenta del Comité de Desarrollo Social,hoy se están llegando, están ejerciendopresupuestos del 2007, casualmente hoy 2009, másel 2009, esto es preocupación.

Porque nuevos, si traemos un rezago de10 programas, desayunos calientes, escuelas,desayunos fríos, ¿Dónde? ¿Dónde estáncumpliendo? y nadie nos va a negar, todos tenemosconocimiento y queja de nuestros DIF, que no estánllegando a tiempo. Pero eso no es todo, no hay quepreocuparnos; porque eso, pues es presupuesto, esoes presupuestal, lo aprobamos nosotros losdiputados; pero no aprobamos los tiempos, insisto,quieren decir hoy sí, porque hoy si se puede porqueya llego el dinero casualmente, antes de la elección,prográmenlos, manténganlos si quieren en susbodegas, como los tienen y después de la elecciónsáquenlos; pero sáquenlos completos, sáquenloscomo es, al 100%, que no se oiga una dadiva a losmunicipios, y que no se oiga que si no cooperas teva a perjudicar, como bien lo vemos.

Yo creo que estamos muy, muy lejos deesto, estamos desviándonos de muchos temas,tenemos que ser nosotros los primeros que debemosde pedir que se aplique la Ley, tenemos que ser loscreadores de leyes en el Estado, los obligados acrearlas, a que se respeten; yo invito a eso, yo invitoporque si a los 75 diputados hoy que tengo el honorde ser Presidente de la Legislatura, no le hacencaso al que representa un poder para cumplir laLey, imagínense a los otros 14 millones 999 mil 99ciudadanos.

Hay que preocuparse, hay que preocuparseporque vienen acciones de…

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PRESIDENTE DIP. APOLINARESCOBEDO ILDEFONSO. Señor diputado lerecuerdo que tiene usted 10 minutos nada más.DIP. JOSÉ FRANCISCO VÁZQUEZRODRÍGUEZ. Termino. Hay acciones, hayacciones que son de preocuparse y que sontotalmente manejadas en estos tiempos, no noshagamos, hay tiempo para todo; pero hoy estáviendo la casualidad, no habían entregado unprograma social, no había llegado al municipio deTexcoco en 2 años, y casualmente dos meses antesllega. No se habían puesto al corriente en lasdespensas de la tercera edad, ni en la despensa delos DIF, ni en los desayunos escolares, casualmenteestán llegando en marzo.

Que casualidad esperemos que el gobiernodel Estado, no gobierne por casualidad.

Es cuanto.Muchas gracias.

PRESIDENTE DIP. APOLINARESCOBEDO ILDEFONSO. Se registra elpronunciamiento que hace el Grupo Parlamentariodel Partido de la Revolución Democrática…

Perdón señor diputado Domitilo, adelante.Para hechos, tiene la palabra el diputado

Domitilo para hechos.DIP. DOMITILO POSADAS HERNÁNDEZ.El tema a discusión, es recuperar lo que aquí algúndiputado, al inicio del punto señalaba, que es laobservancia de lo que nosotros mismos en nuestracondición de legisladores hacemos, que es leyes, yjuzgamos que al no haber un acatamiento puntualpor uno de los tres poderes de la entidad, en estecaso el Poder Ejecutivo Estatal, este PoderLegislativo se siente agraviado, no los diputadosdel PRD, el Poder Legislativo, todos deberíamossentirnos agraviados por el incumplimiento delPoder Ejecutivo Estatal para acatar un acuerdo deesta Legislatura en el sentido de suspender laentrega de bicicletas, ese es, es algo que nosotrosen nuestra condición de legisladores,independientemente de los colores deberíamoscoincidir y ojala lo hagamos.

Y el segundo tema es la utilización de losprogramas y tiene un asunto ético, aunque paramuchos, la ética en política no existe, pero yo creoque sí es posible incorporarle algunos valores al

quehacer político y si nosotros asumimos comogente de estado, como políticos de estado, con unavocación institucional y de respeto a la legalidad,nosotros mismos deberíamos empezar en casa, paraque los programas sociales en los ayuntamientos yen el Estado de México, no tengan fines electorales,más allá, insisto, de los partidos políticos.

Hoy son las bicicletas, mañana van a serotras cosas, pero hacer un respetuoso llamado alos Ayuntamientos y al Poder Ejecutivo Estatal endos sentidos; primero en que se apeguen a la normay segundo, que los programas sociales no seanutilizados con fines electorales.

Y concluyo compañeros y compañerasdiputadas, en que quizás este tema de los programassociales debe de ser objeto de una valoración másadelante, por que hasta ahora se han convertido enpan para hoy y hambre para mañana.

Algunos programas sociales nos sacan dela pobreza, no resuelven los problemas de hambrede los miles o millones de mexicanos que la padecen,y nosotros deberíamos entonces, en nuestracondición institucional de legisladores, ir pensandoen cómo poco a poco podemos ir encausando losprogramas sociales en una ruta que, efectivamente,nos permita en el mediano y en el largo plazo,desterrar la marginación y la pobreza, mientras hayapobreza y haya marginación va a ver despensas yva a ver bicicletas, y es algo que nosotrosdeberíamos aspirar a desterrar al menos del Estadode México.

Por su atención muchas gracias.PRESIDENTE DIP. JOSÉ FRANCISCOVÁZQUEZ RODRÍGUEZ. Sí diputado.Adelante.DIP. JOEL CRUZ CANSECO. Con su veniadiputado Presidente; distinguidos compañerosdiputados de la Mesa Directiva, diputadas ydiputados que el día de hoy asisten.

Señoras y señores todos.El tema que hoy nuevamente nos somete

a un crudo análisis, que es el uso de los recursospúblicos, justamente en tiempos electorales, puesuna vez más reiteramos el comentario que hicimosen la pasada sesión, justamente cuando la instanciaelectoral, el Instituto Electoral del Estado de Méxicoconvocó a la firma de un pacto de los tres niveles

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de gobierno, federal, estatal y municipal, a efectode que los recursos públicos, fundamentalmenteaquellos que están orientados a los programassociales, no fuesen utilizados para efectospropagandísticos.

Más allá de lo que aquí se comentó y loque se abundó demasiado, yo creo que ya no esprudente sumar más comentarios en ese asunto,que está perfectamente corroborado, aquí están loshechos, y les comento que tenemos boletos para larifa el día de hoy, haber quién se lleva la bicicleta.

El asunto está en otro tenor, preocupamucho lo que la compañera diputada comentó, hubosubejercicio de recursos públicos, o hubo contratosque se pagaron por adelantado y que no fueronmaterializados en especie en el momento en quese contrataron y que el día de hoy aparecenjustamente en tiempos electorales.

Me parece que es algo muy delicado loque la diputada expuso aquí en esta tribuna. ¿Ohay subejercicio de recursos, o se compraron, secontrataron enormes, valga la expresión, contratoscon empresas de cierto nivel mercantil?, ¿sepagaron recursos públicos en ese momento? ymaterialmente no existían los productos, que hoyaparecen en tiempos electorales.

¿Quién miente?La cuenta pública que nos hicieron llegar

en 2008, habla entonces de que se pagaron contratospor adelantado y que no había materia viva paradecir que efectivamente esos recursos fueronejercidos, o hubo subejercicio de recursos públicosy la cuenta pública que nos mostraron en 2008, esfalsa; porque entonces los remanentes de lo queno se ejerció, el día de hoy se está materializandode esta manera.

Por ello, insistimos que es muy delicado loque la señora diputada vino a decir a esta tribuna,con perdón de la palabra, y obliga a que entonceslas comisiones encargadas de vigilar el manejo delos recurso públicos tendrían que ser llamadas asesionar, porque entonces ¿Qué informes son losque estamos revisando? ¿Qué es lo que en teoríaestamos dictaminando? Si hoy se materializa doshechos, contratos por adelanto de cosas que noexistían en el momento en que fueron contratas, osubejercicio de recursos públicos, es muy grave lo

que está diciendo aquí la señora diputada, muydelicado.

De tal manera que, más allá de lo quepudiéramos sumar en otro momento, hoy quedandos cosas muy claras, me parece que estos hechosno abonan en nada para conocer un procesoelectoral civilizado, confronta, violenta los discursosy ello me parece que lesiona severamente a laciudadanía y es muy probable que en estosescenarios pues se termine por concluir que la clasepolítica realmente no le servimos de mucho a lasociedad.

Con estos hechos me parece que noavanzamos en el terreno al que queremos caminary conducir a nuestros ciudadanos.

Es muy grave lo que está pasando, ademásdel exhorto, decir a nuestro señor gobernador, a losseñores presidentes municipales, que cesen eseánimo de utilizar los recurso públicos para la compradel voto, es muy grave, porque además de queviolenta el proceso, violenta las propuestas y nopermite que a los ciudadanos les hagamos llegarproyectos legislativos y de gobierno, dignos, porquequienes los estamos promoviendo rompemos conesa identidad y esa cultura cívica.

Por ello, lamentamos muchísimo, porqueahora el Instituto Electoral a través de su presidente,pues tiene mucho trabajo, vamos a ver como vanhacer cumplir ese pacto que se firmó con los tresniveles de gobierno, y de qué manera se va aplicarla ley, porque quien lo firma, en el caso comorepresentante del gobierno del Estado, es el señorErnesto Nemer, y ahora no está físicamente comoSecretario de Desarrollo Social, quién va asumiresos compromisos que ahí se firmaron, en el casodel gobierno estatal.PRESIDENTE DIP. JOSÉ FRANCISCOVÁZQUEZ RODRÍGUEZ. Le recuerdo diputadoque tiene… lo invito a concluir, por favor.DIP. JOEL CRUZ CANSECO. Muchas gracias.

Aprecio mucho el comentario, con todogusto señor diputado, insistir, para terminar, que estome parece que es muy delicado y que no abonapara el proceso electoral que está caminando eneste momento.

Muchas gracias.

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PRESIDENTE DIP. JOSÉ FRANCISCOVÁZQUEZ RODRÍGUEZ. Se registra elpronunciamiento que hace el Grupo Parlamentariodel Parlamentario del Partido de la RevoluciónDemocrática.

Por lo que respecta al punto número 10del orden del día, la Presidencia hace saber a laHonorable Asamblea, que recibió solicitudes delicencia temporal, para separarse del cargo dediputado, formulan integrantes de la “LVI”Legislatura.

Para dar trámite a las solicitudes, pido a laVicepresidencia, proceda a su lectura y también alos proyectos de acuerdo con que se acompañan.VICEPRESIDENTE DIP. APOLINARESCOBEDO ILDEFONSO.C. DIP. JOSÉ FRANCISCO VÁZQUEZRODRÍGUEZPRESIDENTE DE LA H. “LVI”LEGISLATURA DEL ESTADO DE MÉXICOPRESENTE

Sirva el presente conducto para enviarleun cordial y afectuoso saludo; y aprovecho laocasión para expresar a usted respetuosamente losiguiente:

Con fundamento en los artículos 61fracción XVII de la Constitución Política del EstadoLibre y Soberano de México; 28, 29 y 25 de la LeyOrgánica del Poder Legislativo del Estado Libre ySoberano de México, en ejercicio de mis derechosconstitucionales y legales como legislador, sometoa la consideración de esta Honorable Asamblea,solicitud de licencia temporal para separarme demi cargo de diputado de la Honorable “LVI”Legislatura , con efectos a partir del día 29 de marzoy hasta el 30 de abril del presente año.

En tal virtud y para el caso de obtener unarespuesta favorable a mis intereses, solicitoamablemente de esta Soberanía Popular, tenga abien emitir el acuerdo que declare la procedenciade la licencia respectiva.

Sin otro particular, reitero a usted miconsideración distinguida.

ATENTAMENTEDIP. HÉCTOR EDUARDO VELASCO

MONROY(Rúbrica)

La Honorable “LVI” Legislatura enejercicio de las facultades que le confieren losartículos 57 de la Constitución Política del EstadoLibre y Soberano de México y 38 fracción IV de laLey Orgánica del Poder Legislativo del EstadoLibre y Soberano de México, ha tenido a bien emitirel siguiente:

ACUERDOARTÍCULO ÚNICO. Con fundamento

en lo dispuesto en los artículos 61 fracción XVIIde la Constitución Política del Estado Libre ySoberano de México; 28 fracción IV de la LeyOrgánica del Poder Legislativo del Estado Libre ySoberano de México, se concede licencia temporalal ciudadano Héctor Eduardo Velasco Monroy parasepararse del cargo de diputado a la “LVI”Legislatura, por el período comprendido del 30 demarzo hasta el 30 de abril del año 2009.

TRANSITORIOSPRIMERO. Publíquese el presente acuerdo en la“Gaceta del Gobierno.SEGUNDO. El presente acuerdo entrará en vigora partir de su aprobación y publicación en elPeriódico Oficial “Gaceta del GobiernoDado en el Palacio del Poder Legislativo, en laciudad de Toluca de Lerdo, capital del Estado deMéxico, a los veinticinco días del mes de marzo delaño dos mil nueve.

Es cuanto señor Presidente.PRESIDENTE DIP. JOSÉ FRANCISCOVÁZQUEZ RODRÍGUEZ. Con base en loprevisto en el artículo 61 fracción XVII de laConstitución Política del Estado Libre y Soberanode México, y considerando las razones, es deadvertirse la calificación de urgente y obviaresolución, por lo que la presidencia con fundamentoen lo dispuesto en los artículos 55 de la ConstituciónPolítica del Estado Libre y Soberano de México;82 y 83 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo,y 74 del Reglamento del Poder Legislativo, sometea la aprobación de la Legislatura la dispensa deltrámite de dictamen de las solicitudes, para realizaren este momento su análisis, calificación y resolver

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lo procedente. Destacando que de aprobarse ladispensa del trámite de dictamen, se desahogará ladiscusión individual de cada solicitud.

Esta Presidencia abre la discusión dedispensa del trámite de dictamen de las solicitudesy se consulta a las señoras y a los señores diputadossi desean hacer uso de la palabra.

La Presidencia pide a quienes estén por laaprobatoria de la dispensa del trámite de dictamende la solicitud de licencia, se sirvan poner de pie.SECRETARIO DIP. RAFAEL ÁNGELALDAVE PÉREZ. La propuesta ha sido aprobadapor unanimidad de votos.PRESIDENTE DIP. FRANCISCO VÁZQUEZRODRÍGUEZ. Refiera la Secretaría losantecedentes de las solicitudes.SECRETARIO DIP. RAFAEL ÁNGELALDAVE PÉREZ. Honorable Legislatura, lassolicitudes de licencia temporal fueron enviadas aesta “LVI” Legislatura, por diputados integrantesde la misma, en uso del derecho que les confiere elartículo 28 fracción IV de la Ley Orgánica del PoderLegislativo del Estado Libre y Soberano de México.PRESIDENTE DIP. JOSÉ FRANCISCOVÁZQUEZ RODRÍGUEZ. Principiamos elanálisis, discusión, calificación y en su casoaprobación de las licencias temporales, enconsecuencia la Presidencia abre la discusión enlo general de solicitud de licencia temporal queformula el diputado Héctor Velasco Monroy, parasepararse del cargo de Diputado Local y preguntaa los integrantes de la Legislatura, si desean haceruso de la palabra.

Consulto a las señoras y a los señoresdiputados, si consideran suficientemente discutidoen lo general la solicitud de licencia temporal y elacuerdo con que se acompaña, pidiendo a quienesestén por ello, se sirvan poner de pie.SECRETARIO DIP. RAFAEL ÁNGELALDAVE PÉREZ. Las señoras y señoresdiputados consideran suficientemente discutidos lasolicitud y el acuerdo con que se acompaña.PRESIDENTE DIP. JOSÉ FRANCISCOVÁZQUEZ RODRÍGUEZ. Pregunto a laLegislatura si son de aprobarse en lo general lasolicitud y el proyecto de acuerdo que a la mismase adjunta y solicito a quienes estén por ello, se

sirvan poner de pie, destacando que si un diputadodesea separar algún artículo para su discusiónparticular, se sirvan referirlo.SECRETARIO DIP. RAFAEL ÁNGELALDAVE PÉREZ. La solicitud y el proyecto deacuerdo han sido aprobados por unanimidad devotos.PRESIDENTE DIP. JOSÉ FRANCISCOVÁZQUEZ RODRÍGUEZ. Se acuerda laaprobación en lo general de la solicitud y delproyecto de acuerdo, en virtud de que no hubosolicitudes para discusión particular se tiene tambiénpor aprobado en lo particular.

Se pide a la Secretaría expida el acuerdorespectivo y provea su cumplimiento, previa revisiónde la Secretaría de Asuntos Parlamentarios.

En cumplimiento de la decisión de estaSoberanía Popular que aprueba en lo general y enlo particular la solicitud y el acuerdo calificado losmotivos correspondientes, con fundamento en loestablecido en el artículo 61 fracción XVII de laConstitución Política del Estado Libre y Soberanode México, se acuerda conceder licencia temporalal diputado Héctor Velasco Monroy, para separarsedel cargo de diputado a la “LVI” Legislatura delEstado de México y se pide a la Secretaría expidael acuerdo para los efectos procedentes, debiendoformular la certificación del mismo en uso de lasfacultades que la ley le confieren.

Previamente a la discusión, solicito alVicepresidente lea la solicitud de licencia de ladiputada Guillermina Casique Vences.

Sí, diputado.DIP. GERMÁN RUFINO CONTRERASVELÁSQUEZ (Desde su curul). Como he vistoque todos los diputados no han adelgazado, quisieraque esta bicicleta se rife entre los 75 diputados señorPresidente.PRESIDENTE DIP. JOSÉ FRANCISCOVÁZQUEZ RODRÍGUEZ. AdelanteVicepresidente.

Pido un poco de orden para terminar.Sí, diputado Miguel Ángel.DIP. MIGUEL ÁNGEL ORDÓÑEZ RAYÓN(Desde su curul). Yo declino el número que metoque de rifa para dárselo a la gente que lo necesitede Ecatepec.

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Gracias diputado.PRESIDENTE DIP. JOSÉ FRANCISCOVÁZQUEZ RODRÍGUEZ. AdelanteVicepresidente por favor.

VICEPRESIDENTEDIP. APOLINAR ESCOBEDO

ILDEFONSO.DIPUTADO JOSÉ FRANCISCO VÁZQUEZRODRÍGUEZPRESIDENTE DE LA H. “LVI”LEGISLATURA DEL ESTADO DE MÉXICOPRESENTE

Sirva el presente conducto para enviarleun cordial y afectuoso saludo, aprovecho la ocasiónpara expresar a usted respetuosamente lo siguiente:

Con fundamento en los artículos 61fracción XVII de la Constitución Política del EstadoLibre y Soberano de México y 28 fracción IV de laLey Orgánica del Poder Legislativo del EstadoLibre y Soberano de México, en ejercicio de misderechos constitucionales y legales comolegisladora, someto a la consideración de esaHonorable Legislatura solicitud de licencia temporalpara separarme de mi cargo de diputado local, porel período comprendido del 30 de marzo al 03 deabril del presente año.

La anterior solicitud, se realiza con elpropósito de que una servidora se encuentre enaptitud de contribuir y continuar en el fortalecimientode la vida democrática del Estado de México y denuestro país, en observancia a las normas legalesestatutarias que rigen a los procesos electorales,en los que se pretende participar.

En tal virtud solicito amablemente seefectúe el trámite correspondiente a la presentesolicitud y se proceda en su caso, a su resoluciónfavorable.

Sin otro particular reitero a usted miconsideración distinguida.

ATENTAMENTEGUILLERMINA CASIQUE VENCES

(Rúbrica)

La Honorable “LVI” Legislatura, enejercicio de las facultades que le confieren losartículos 57 de la Constitución Política del EstadoLibre y Soberano de México y 38 fracción IV de la

Ley Orgánica del Poder Legislativo del EstadoLibre y Soberano de México, ha tenido a bien emitirel siguiente:

ACUERDOARTÍCULO ÚNICO. Con fundamento

en lo dispuesto en los artículos 61 fracción XVIIde la Constitución Política del Estado Libre ySoberano de México y 28 fracción IV de la LeyOrgánica del Poder Legislativo del Estado Libre ySoberano de México, se concede licencia temporala la ciudadana Guillermina Casique Vences parasepararse del cargo de diputada a la “LVI”Legislatura por el período comprendido del 30 demarzo hasta el 03 de abril del año 2009.

TRANSITORIOSPRIMERO. Publíquese el presente

acuerdo en la “Gaceta del Gobierno”.SEGUNDO. El presente acuerdo entrará

en vigor a partir de su aprobación y publicación enel Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno”.

Dado en el palacio del Poder Legislativo,en la ciudad de Toluca de Lerdo, capital del Estadode México a los veinticinco días del mes de marzodel año dos mil nueve.

Es cuanto señor Presidente.PRESIDENTE DIP. JOSÉ FRANCISCOVÁZQUEZ RODRÍGUEZ. La Presidencia abrela discusión en lo general de solicitud de licenciatemporal que formula la diputada GuillerminaCasique Vences para separarse del cargo dediputada local y pregunta a los integrantes de laLegislatura, si desean hacer uso de la palabra.

Pregunto a la Legislatura si son deaprobarse en lo general la solicitud y el proyectode acuerdo que a la misma se adjunta, y solicito aquienes estén por ello, se sirvan poner de pie,destacando que si un diputado desea separar algúnartículo para su discusión particular se sirvanreferirlo.SECRETARIO RAFAEL ÁNGEL ALDAVEPÉREZ. La solicitud y el proyecto han sidoaprobados por unanimidad de votos.PRESIDENTE DIP. JOSÉ FRANCISCOVÁZQUEZ RODRÍGUEZ. Se acuerda laaprobación en lo general de la solicitud y delproyecto de acuerdo.

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En virtud de que no hubo solicitudes paradiscusión particular se tiene también aprobados enlo particular, se pide a la Secretaría expida elacuerdo respectivo y provea su cumplimiento previarevisión de la Secretaría de Asuntos Parlamentarios.

En cumplimiento de la decisión de estaSoberanía Popular, que aprueba en lo general y enlo particular la solicitud y el acuerdo, calificadoslos motivos correspondientes, con fundamento enlo establecido en el artículo 61 fracción 17 de laConstitución Política del Estado Libre y Soberanode México, se acuerda conceder licencia temporala la diputada Guillermina Casique Vences, parasepararse del cargo de diputada a la “LVI”Legislatura del Estado de México, y se pide a laSecretaría expida el acuerdo para los efectosprocedentes, debiendo formular la certificación delmismo en uso de las facultades que la Ley leconfiere.SECRETARIO RAFAEL ÁNGEL ALDAVEPÉREZ. Señor Presidente le comunico que losasuntos del orden del día han sido agotados.PRESIDENTE DIP. JOSÉ FRANCISCOVÁZQUEZ RODRÍGUEZ Pido a la Secretaríaregistren la asistencia a la sesión.SECRETARIO RAFAEL ÁNGEL ALDAVEPÉREZ. Faltaron con justificación, los diputados,la diputada Juana Bonilla Jaime, el diputado SergioVelarde González, Elena Pérez de Tejada Romero,diputado Felipe Santiago Ángeles Reyes, diputadaMartha Eugenia Guerrero Aguilar, el diputado FelipeSantiago Ángeles Reyes se encuentra presente, eldiputado Domingo Hernández Hernández, ladiputada Maria José Villegas Leal, el diputadoGregorio Arturo Flores, diputado Julio RodríguezAlbarrán y la diputada María José Villegas Leal yel diputado Armando Bautista.PRESIDENTE DIP. JOSÉ FRANCISCOVÁZQUEZ RODRÍGUEZ. Habiendo agotado losasuntos en cartera, se levanta la sesión siendo lasdieciséis horas con cuarenta y siete minutos del díamiércoles veinticinco de marzo del año dos milnueve.

Y se cita a los integrantes de larepresentación popular para el día primero de abrildel año en curso a las once horas a la celebraciónde Sesión de esta Legislatura.

SECRETARIO DIP. RAFAEL ÁNGELALDAVE PÉREZ. La sesión ha quedado grabadaen la cinta marcada con la clave número 134-A-LVI.