diapositivas sobreseimiento

16
EL SOBRESEIMIENTO

Upload: selene-alvarez-veliz

Post on 26-Nov-2015

144 views

Category:

Documents


0 download

TRANSCRIPT

  • EL SOBRESEIMIENTO

  • ETAPAS DEL PROCESOIntermediaInvestigacin preparatoriaJuzgamiento

  • supersedere, vocablo latino que significa sobre sentarse, desistir o cesar.Materia penal: Es una resolucin jurisdiccional locutora, escrita, fundada, apelable en la que se suspende un proceso penal archivndose las actuaciones provisoria o definitivamente por insuficiencia o falta de pruebas contra un imputado logrando su liberacin y el levantamiento de todas las restricciones existentes contra los encausados.EL SOBRESEIMIENTO

  • sobreseimientoEl hecho objeto de la causa no se realiz o no puede atribursele al imputadola accin penal se ha extinguido no existe razonablemente la posibilidadDe incorporarEl hecho imputado no es tpico o concurre una causa de justificacin de inculpabilidad o de no punibilidad

  • El hecho objeto de la causa no se realiz o no puede atribursele al imputado. Francisco de secuestrar a Jacinta porque fue el ltimo que la visit y sta justo haba cobrado 5,000 soles sin embargo, Jacinta sali de vacaciones y se encuentra en Piura en este caso no existe ningn secuestro.O cuando desapareci Jacinta el acusado Francisco se encontraba en Piura y hay pruebas de testigos y pasajes que l no se encontraba en Lima.

  • El hecho imputado no es tpico o concurre una causa de justificacin de inculpabilidad o de no punibilidad.

    Marcos es acusado de matar a Mara tirndola de las escaleras pero esta cay debido a que hubo un sismo y Marcos solo la agarr para que no se caiga.

    Una causa de justificacin : Legtima defensa

  • Ejemplo: Luis es atrapado y acusado de delito de homicidio culposo pero han pasado 20 aos y ya ha prescrito el delito.La accin penal ha prescrito

  • CONTROL DE REQUERIMIENTO DE SOBRESEIMIENTO Y AUDIENCIA DE CONTROL DE SOBRESEIMIENTO (Art. 345) Fiscal requiere sobreseimiento enva al Juez la solicitud y el expediente fiscal .

    Juez declarar fundada o infundada este pedido.

    juez corre traslado a las partes en el plazo de 10 das

    Vencido el plazo de traslado el Juez citar al Ministerio Pblico y a los dems sujetos procesales para una audiencia preliminar para debatir los fundamentos del requerimiento de sobreseimiento .

    La audiencia se instalar con los asistentes, a quienes escuchar por su orden para debatir los fundamentos del requerimiento fiscal.

  • PRONUNCIAMIENTO DEL JUEZ DE LA INVESTIGACION PREPARATORIA El Juez se pronunciar en el plazo de quince das. Si considera fundado el requerimiento fiscal, dictar auto de sobreseimiento; si no lo considera procedente, expedir un auto elevando las actuaciones al Fiscal Superior para que ratifique o rectifique la solicitud del Fiscal Provincial, la resolucin judicial debe expresar las razones en que funda su desacuerdo. El Fiscal Superior se pronunciar en el plazo de diez das, y con su decisin culmina el trmite. Si el Fiscal Superior ratifica el requerimiento de sobreseimiento, el Juez de la Investigacin Preparatoria inmediatamente y sin trmite alguno dictar auto de sobreseimiento; si el Fiscal Superior no est de acuerdo con el requerimiento del Fiscal Provincial, ordenar a otro Fiscal que formule acusacin.

  • AUTO DE SOBRECEIMIENTOSi el juez de la investigacin preparatoria considera fundado el requerimiento fiscal dictar auto de sobreseimiento.Este auto es apelable. La impugnacin no impide la libertad la inmediata libertad del imputado.

  • CLASIFICACION

    Por la duracin Por su extensinProvisionaldefinitivo Deja el juicio abierto hasta que surjan nuevas probanzas y en algn momento ulterior el proceso se vuelva a poner en marcha ( salvo que sucedala prescripcin)total: parcial Procede en los siguientes casos Cuando no resulte justificada la perpetracin del delito .Cuando resulte del sumario haberse cometido un delito y no haya motivos para acusar a determinadas personas como autores, cmplices. Deja juicio abierto hasta nuevos datos en tanto no opere la prescripcin.cuando existiendo una pluralidad de imputados ninguno de ellos tienen participacin alguna en el hecho punible Se limita a uno o ms de los procesados, pero no a todos, se continuar la causa respecto al resto definitivo desvincula totalmente al imputado de la relacin procesal se dicta cuando es evidente que no ha habido delito