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DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN MUNICIPAL DE HUALPEN Hualpén, 2019

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DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN MUNICIPAL DE

HUALPEN

Hualpén, 2019

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ESCUELA HELEN KELLER ADAMS D-466 DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN EDUCACIONAL MUNICIPAL

1

INDICE

Información general del establecimiento ………………………………………………………….

2

Introducción ………………………………………………………………………………………….

3

I. Derechos y deberes de la comunidad educativa …………………………………… De las estudiantes De los padres, madres y/o apoderados De los profesionales de la Educación. De los asistentes de la educación Del Equipo directivo

4-6

II. Estructura y funcionamiento general del establecimiento ……………………………. Niveles de Enseñanza Régimen de jornada Horarios de clase Organigrama Roles y funciones de los docentes, directivos, asistentes de la educación y auxiliares Mecanismos de comunicación con los padres, madres y/o apoderados.

7-18

III. Proceso de Admisión……………………………………………………………………….

19

IV. Regulaciones sobre uso de uniforme……………………………………………………

19

V. Procedimientos para resguardar la seguridad de los miembros de la comunidad educativa ante diversos tipos de riesgos………………………………………………….

19

VI. Estrategias de prevención y protocolos de actuación frente a la detección de situaciones de vulneración de derechos de las estudiantes……………………….

31

VII. Estrategias de prevención y protocolos de actuación para abordar situaciones relacionadas con drogas y alcohol en el establecimiento………………………………

37

VIII. Normas, faltas, medidas disciplinarias y procedimientos de las faltas al orden y buena convivencia por parte de las estudiantes……………………………………….

39

IX. De las sanciones …………………………………………………………………………… 42

X. Conducto regular y sistema de apelaciones …………………………………………….

46

XI. Disposiciones para premios y reconocimiento……………………………………………

47

XII. Protocolo de accidentes escolares………………………………………………………...

48

XIII. Medidas orientadas a garantizar la higiene del establecimiento educacional……….

49

XIV. Regulaciones referidas a la gestión pedagógica y protección a la maternidad y paternidad……………………………………………………………………………………

50

XV. Regulación de la promoción y evaluación ………………………………………………

53

XVI. Regulaciones sobre salidas pedagógicas y giras de estudio …………………………...

68

XVII. Composición y funcionamiento del Consejo Escolar…………………………………….

69

XVIII. Plan de Gestión de la Convivencia Escolar ………………………………………………

73

ANEXOS …………………………………………………………………………………………….

78

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2

INFORMACION GENERAL DEL ESTABLECIMEINTO Establecimiento ESCUELA HELEN KELLER ADAMS RBD 4714-7 Teléfonos Secretaria: 2178522 – 2178523

Directora : 2178524

Dirección Finlandia# 932, Población Armando Alarcón Del Canto. Hualpén

Régimen de Jornada Escolar Jornada única

Correo Electrónico [email protected] Directora Sra. María Ester Delgado Pincheira Jefe Unidad Técnico Pedagógica Sra. María Paz Monroy Rivas Inspector General Encargada Convivencia Escolar Sra. Johana González Cabezas Coordinadora Programa de Integración Escolar

Srta. Jaqueline Rojas

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3

INTRODUCCION Aprender a convivir y vivir juntos lleva consigo un conjunto de aprendizajes que se vincula con el

desarrollo de habilidades sociales, competencias ciudadanas involucradas al ejercicio de los

derechos humanos y a la construcción colectiva de la paz social. Aprender a Ser, aprender a

Conocer, aprender a hacer y aprender a Vivir Juntos constituye los cuatro pilares de la educación.

Todos estos aprendizajes deben realizarse en un ambiente de sana convivencia.

La sana convivencia escolar es un derecho y un deber que tienen todos los miembros de la

comunidad educativa, cuyo fundamento principal es la dignidad de las personas y el respeto que

éstas se deben. Es un aprendizaje en sí mismo que contribuye a un proceso educativo implementado

en un ambiente libre de toda discriminación arbitraria y de cualquier tipo de violencia, orientado a que

cada uno de sus miembros pueda desarrollar plenamente su personalidad, ejercer sus derechos y

cumplir sus deberes.

Para ello, deberán conocer y respetar las reglas, normas, compromisos y acuerdos, dando

cumplimiento al Reglamento Interno de la escuela Helen Keller Adams, que contiene un conjunto

de normas y disposiciones que regulan el funcionamiento e interacción de los miembros de la

Comunidad Escolar, informando la normativa, las estrategias formativas y las sanciones

correspondientes a la falta al reglamento. Es el instrumento que contiene las normas de convivencia

que toda la comunidad escolar, quienes aceptan y comparten los valores y objetivos definidos

en su Proyecto Educativo.

Por lo tanto, padres, madres y apoderados, docentes y asistentes de la educación y estudiantes

deben conocer y respetarlo de manera que el establecimiento funcione adecuadamente, poniendo

especial énfasis en una formación que favorezca la prevención de toda clase de discriminación

arbitraria, violencia o agresión; así mismo establece protocolos de actuación, los que deberán

estimular el acercamiento y el entendimiento de las partes en conflicto e implementar acciones

reparatorias para los afectados.

Además, contiene las normas relativas al ingreso, permanencia, jornada horaria, funcionamiento de

las instalaciones, entre otras de carácter general, además tiene un apartado que regula las relaciones

de convivencia entre los miembros del Colegio y finalmente se encuentran las disposiciones acerca

de las evaluaciones y promoción escolar.

Al momento de matricular a la estudiante, la Escuela presume que el apoderado y la estudiante

conocen y aceptan el Reglamento Interno, es por lo tanto , que el principal deber del apoderado

será acatar el reglamento y velar por la adaptación de su pupila a la normativa escolar.

Es deber de todos los miembros de esta Comunidad propiciar un diálogo amistoso y franco donde

las diferencias entre los diferentes actores se resolverán de modo pacífico y constructivo, siendo este

tipo de relación la única forma de alcanzar los objetivos del Proyecto.

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I. DERECHOS Y DEBERES DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA Sin perjuicio de los derechos y deberes que establecen las leyes y reglamentos, los integrantes de la

comunidad educativa de la Escuela Helen Keller Adams, gozarán de los siguientes derechos y

estarán sujetos a los siguientes deberes, consagrados en el Artículo 10 de la Ley General de

Educación.

DERECHOS DE LAS ESTUDIANTES: Las estudiantes de la Escuela Helen Keller Adams tienen los siguientes derechos:

Ser respetadas en sus derechos fundamentales resguardados por la Constitución y

Convenciones Internacionales ratificados por Chile en relación a los derechos del niño y otros

en este mismo orden.

Ser respetadas como personas únicas, diversas y singulares.

Recibir apoyo especializado de Orientadora, Psicóloga, Programa de Integración Educativa,

Terapeuta Ocupacional, Fonoaudiólogo, cuando sea necesario.

Recibir atención de primeros auxilios de acuerdo al Protocolo de Accidentes Escolares.

Conocer la calendarización de las evaluaciones y las pautas con que se evaluarán los trabajos

prácticos o de otra índole, con al menos siete días de anticipación a su aplicación.

Conocer los resultados de sus evaluaciones y obtener retroalimentación.

Conocer en el momento, la anotación positiva o negativa que se registre en la hoja de

observaciones del libro de clases.

Que se mantenga reserva sobre su situación personal y familiar.

Participar en las diversas actividades extra-programáticas ofrecidas por el Establecimiento.

En casos de sufrir vulneración de sus derechos, que se tomen los resguardos y se activen los

protocolos pertinentes en el tiempo legalmente establecido.

Ser escuchadas y que, ante una falta y su sanción, se le permita formular descargos y aportar

pruebas; así como también que aquella sea apelable ante el respectivo superior jerárquico de la

autoridad que la impone.

Recibir una educación que les ofrezca oportunidades para su formación y desarrollo integral.

Recibir una atención adecuada y oportuna.

No ser discriminadas arbitrariamente en el caso de tener necesidades educativas especiales.

Estudiar en un ambiente de respeto mutuo.

Expresar su opinión y a que se respete su integridad física, y moral, no pudiendo ser objeto de

tratos vejatorios o degradantes y de maltratos psicológicos.

Que se respeten su libertad personal y de conciencia, sus convicciones religiosas e ideológicas y

culturales, conforme al reglamento interno del establecimiento.

A ser evaluadas y promovidas de acuerdo a un sistema objetivo y transparente, del que de cuenta

el Reglamento de Evaluación del Establecimiento.

Participar en la vida cultural, deportiva y recreativa del establecimiento.

Tiene derecho a asociarse entre ellas, por medio del Centro de Estudiantes.

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DEBERES DE LAS ESTUDIANTES Las estudiantes de la Escuela Helen Keller Adams deben cumplir con los siguientes deberes:

Estudiar diariamente y esforzarse por alcanzar al máximo el desarrollo de sus capacidades y preparara sus evaluaciones.

Usar el uniforme de acuerdo a lo establecido en este reglamento, durante toda la jornada escolar, en actos, actividades extra programáticas, ceremonias, etc.

Asistir regularmente a clases, respetando los horarios establecidos para el ingreso y entre horas de clases.

Seguir el conducto regular para exponer sus dudas u observaciones según sea de índole pedagógico, conductual o de convivencia.

Asistir regularmente a los talleres extraescolares en que se haya inscrito, cumpliendo los horarios.

Asistir a sus evaluaciones en las fechas programadas. Participar regularmente en el programa de Integración Educativa, si corresponde y justificar

inasistencia oportunamente.

Mantener un trato amable y respetuoso con todos los miembros de la comunidad educativa, tanto en la sala de clases como en otros espacios de la Escuela.

Cumplir oportunamente con sus tareas, pruebas, trabajos, proyectos, etc.

Cuidar los útiles escolares propios y ajenos, los bienes de la comunidad educativa, infraestructura y materiales de trabajo.

Colaborar en el cuidado y conservación del medio ambiente.

Mantener un lenguaje adecuado y respetuoso al relacionarse con cualquier persona que pertenezca a nuestra comunidad educativa.

Usar adecuadamente los medios tecnológicos.

Usar el diálogo como principal medio para resolver los conflictos.

Brindar un trato digno, respetuoso y no discriminatorio a todos los integrantes de la comunidad

educativa.

Colaborar y cooperar en mejorar la convivencia escolar.

Respetar el proyecto educativo y el reglamento interno del establecimiento

DERECHOS DE LOS PADRES, MADRES Y APODERADOS

Los padres, madres y apoderados tienen los siguientes derechos:

Ser informados por los directivos y docentes a cargo de la educación de sus hijas respecto del

rendimiento académico y proceso educativo de éstas, así como del funcionamiento del

establecimiento.

Ser escuchados y participar del proceso educativo en los ámbitos que les corresponda,

aportando al desarrollo del Proyecto Educativo, en conformidad a la normativa interna del

establecimiento.

El ejercicio de estos derechos se realizará, entre otras instancias, a través del Centro de Padres

y Apoderados

DEBERES DE LOS PADRES, MADRES Y APODERADOS

Educar a sus hijas e informarse sobre el Proyecto Educativo y normas de funcionamiento del

establecimiento.

Apoyar el proceso educativo de sus hijas.

Cumplir con los compromisos asumidos con el establecimiento educacional.

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Respetar su normativa interna y brindar un trato respetuoso a todos los integrantes de la

comunidad educativa.

Hacer uso respetuoso y correcto de los medios de comunicación o redes sociales utilizados para

mantenerse comunicado/a con los demás apoderados o con el establecimiento.

DERECHOS Y DEBERES DE LOS PROFESIONALES DE LA EDUCACION

Los profesionales de la educación que se desempeñan en la escuela Helen Keller Adams tienen

derecho a:

Trabajar en un ambiente de respeto mutuo, libre de discriminaciones

Que se respete su integridad física, psicológica y moral, no pudiendo ser objeto de tratos

vejatorios, degradantes o maltratos psicológicos por parte de los demás integrantes de la

comunidad educativa.

Proponer las iniciativas que estimaren útiles para el progreso del establecimiento, en los términos

previstos por la normativa interna.

A disponer de los espacios adecuados para realizar de la mejor forma su trabajo.

Participar de las instancias colegiadas de ésta.

POR SU PARTE, SON DEBERES DE LOS PROFESIONALES DE LA EDUCACIÓN:

Ejercer la función docente en forma idónea y responsable, según los estándares indicativos de

desempeño propuestos por el Ministerio de Educación.

Orientar vocacionalmente a sus alumnos cuando corresponda.

Actualizar sus conocimientos y evaluarse periódicamente.

Investigar, exponer y enseñar los contenidos curriculares correspondientes a cada nivel

educativo establecidos por las bases curriculares y los planes y programas de estudio.

Respetar tanto las normas del establecimiento en que se desempeñan como los derechos de las

estudiantes y

Tener un trato respetuoso y sin discriminación arbitraria con los estudiantes y demás miembros

de la comunidad educativa.

DERECHOS Y DEBERES DE LOS ASISTENTES DE LA EDUCACION

Los asistentes de la educación tienen derecho a:

Trabajar en un ambiente tolerante y de respeto mutuo.

A que se respete su integridad física y moral, no pudiendo ser objeto de tratos vejatorios o

degradantes.

Recibir un trato respetuoso de parte de los demás integrantes de la comunidad escolar.

Participar de las instancias colegiadas de ésta.

Proponer las iniciativas que estimaren útiles para el progreso del establecimiento, en los términos

previstos por la normativa interna.

SON DEBERES DE LOS ASISTENTES DE LA EDUCACIÓN:

Ejercer su función en forma idónea y responsable.

Respetar las normas del establecimiento en que se desempeñan.

Brindar un trato respetuoso a los demás miembros de la comunidad educativa.

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DERECHOS Y DEBERES DEL EQUIPO DOCENTE DIRECTIVO

El equipo docente directivo tiene derecho a:

Conducir la realización del Proyecto Educativo del establecimiento que dirigen.

SON DEBERES DEL EQUIPO DOCENTE DIRECTIVO:

Liderar el establecimiento, sobre la base de sus responsabilidades, y propender a elevar la

calidad de éste; desarrollarse profesionalmente; promoviendo en los docentes el desarrollo

profesional necesario para el cumplimiento de sus metas educativas, y cumplir y respetar todas

las normas del establecimiento que conducen.

Para el mejor cumplimiento de estos objetivos los miembros del equipo docente directivo deben

realizar supervisión pedagógica en el aula.

II. ESTRUCTURA Y FUNCIONAMIENTO GENERAL DEL ESTABLECIMIENTO A. NIVELES DE ENSEÑANZA El establecimiento imparte los niveles de enseñanza:

Nivel Número de cursos PRE-KINDER 2

Kinder 2

1er año básico 1

2° año básico 2

3er año básico 2

4° año básico 2

5° año básico 2

6° año básico 2

7° año básico 2

8° año básico 2

B. RÉGIMEN DE JORNADA Sin Jornada Escolar Completa C. HORARIOS DE CLASE JORNADA DE LA MAÑANA

KINDER EXTENDIDO

CURSO LUNES MARTES MIERCOLES JUEVES VIERNES

KINDER 8:00 a 16:30 hrs.

8:00 a 16:30 hrs.

8:00 a 16:30 hrs.

8:00 a 16:30 hrs.

8:00 a 15:30 hrs.

CURSO LUNES MARTES MIERCOLES JUEVES VIERNES PRE-KINDER KINDER

8:00 a 12:45 hrs.

8:00 a 12:45 hrs.

8:00 a 12:45 Hrs.

8:00 a 12:45 hrs.

8:00 a 12:45 hrs.

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JORNADA DE LA TARDE

OTROS HORARIOS:

Atención apoderados: cada profesor cuenta con 2 horas pedagógica dentro de su horario No lectivo para este fin, el cual se informa al inicio de cada año escolar al Equipo directivo y a los apoderados.

Inspectora General: cuenta con horario de atención permanente y agenda entrevistas solicitadas.

Dirección: atiende público en el horario que sea solicitado y está a disposición de cualquier miembro del establecimiento que lo requiera, si no está en actividades en el establecimiento o fuera.

5° a 8° AÑO BÁSICO

HORAS LUNES MARTES MIERCOLES JUEVES VIERNES

1ª 08:00 a 08:45 08:00 a 08:45 08:00 a 08:45 08:00 a 08:45 08:00 a 08:45

2º 08:45 a 09:30 08:45 a 09:30 08:45 a 09:30 08:45 a 09:30 08:45 a 09:30

1ER. R E C R E O 09:30 a 09:45

3º 09:45 a 10:30 09:45 a 10:30 09:45 a 10:30 09:45 a 10:30 09:45 a 10:30

4º 10:30 a 11:15 10:30 a 11:15 10:30 a 11:15 10:30 a 11:15 10:30 a 11:15

2DO. R E C R E O 11:15 - 11:25

5º 11:25 s 12:10 11:25 s 12:10 11:25 s 12:10 11:25 s 12:10 11:25 s 12:10

6º 12:10 a 12:55 12:10 a 12:55 12:10 a 12:55 12:10 a 12:55 12:10 a 12:55

7ª 12:55 a 13:40 12:55 a 13:40 12:55 a 13:40 12:55 a 13:40 12:55 a 13:40

JORNADA TARDE 1° a 4° BÁSICO HORAS LUNES MARTES MIERCOLES JUEVES VIERNES

1ª 14:00 a 14:45 14:00 a 14:45 14:00 a 14:45 14:00 a 14:45 14:00 a 14:45

2º 14:45 a 15:30 14:45 a 15:30 14:45 a 15:30 14:45 a 15:30 14:45 a 15:30

1ER. R E C R E O 15:30 a 15:45

3º 15:45 a 16:30 15:45 a 16:30 15:45 a 16:30 15:45 a 16:30 15:45 a 16:30

4º 16:30 a 17:15 16:30 a 17:15 16:30 a 17:15 16:30 a 17:15 16:30 a 17:15

2DO. R E C R E O 17:15 - 17:30

5º 17:30 a 18:15 17:30 a 18:15 17:30 a 18:15 17:30 a 18:15 17:30 a 18:15

6º 18:15 a 19:00 18:15 a 19:00 18:15 a 19:00 18:15 a 19:00 18:15 a 19:00

7ª Lunes a miércoles 19:00 a 19:45

JUEVES

X

VIERNES

X

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D. ORGANIGRAMA

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E. ROLES Y FUNCIONES DE LOS DOCENTES, DIRECTIVOS, ASISTENTES DE LA EDUCACION Y AUXILIARES

DIRECTOR/A El director/a, es el o la docente que, como jefe del Establecimiento Educacional, es responsable de la Dirección, organización y funcionamiento del mismo, de acuerdo a las normas legales reglamentarias vigentes.

Liderar y dirigir el PEI y los procesos de mejora educativa; y en particular, ejercer el liderazgo técnico-pedagógico en el establecimiento a su cargo.

Dirección, administración, supervisión y coordinación de la educación con tuición y

responsabilidad directa sobre el personal.

Administrar los recursos de la SEP, subvención pro-retención y de mantenimiento,

donaciones, aportes de padres y apoderados, entre otros.

Desarrollar las competencias profesionales de sus equipos docentes.

Promover la participación de la comunidad educativa.

Dirigir y coordinar, en conjunto con su equipo directivo, el trabajo técnico-pedagógico del

establecimiento, en lo referido a la organización, planificación, supervisión, coordinación y

evaluación de la enseñanza y aprendizaje de los estudiantes.

Orientar el desarrollo profesional continuo de los docentes y asistentes de la educación. Para

ello, deberán proponer la implementación de programas o instrumentos de desarrollo

profesional de los docentes y otros integrantes del establecimiento educacional, sobre la base

de las necesidades del establecimiento, su Proyecto Educativo Institucional, su Plan de

Mejoramiento Educativo y los resultados entregados por el Sistema de Desarrollo Profesional

Docente.

Elaborar y proponer el Proyecto Educativo Institucional del establecimiento y sus

modificaciones, el que deberá ser expresión de la diversidad de la comunidad escolar,

consultando previamente al consejo escolar y al consejo de profesores respectivo, de acuerdo

a la normativa vigente.

Elaborar y proponer el Plan de Mejoramiento Educativo del establecimiento, consultando

previamente al Consejo Escolar, haciéndose asesorar para que este en línea con el marco

presupuestario.

Velar, en conjunto con su equipo directivo, por la ejecución del Reglamento Interno y el Plan

de Gestión de la Convivencia Escolar, que deberá ser evaluado por el Consejo Escolar, de

conformidad con la legislación vigente.

Promover la participación de todos los miembros de la comunidad educativa, en especial a

través de su organización en Centros de Estudiantes, Centros de Padres y Apoderados,

Consejos de Profesores y Consejos Escolares, con el objeto de contribuir al proceso de

enseñanza y mejora continua del establecimiento educacional.

Rendir cuenta anual de su gestión a la comunidad educativa del establecimiento. Esta

rendición anual estará contenida en un informe y comprenderá todas las obligaciones de

rendición de cuentas que deba realizar el director del establecimiento educacional, en la forma

prevista por la normativa vigente.

Seleccionar a los integrantes de su equipo directivo (Inspector General, Jefe Técnico y

Encargado/a de Convivencia).

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11

Dirigir el establecimiento de acuerdo a los principios de la administración educacional,

teniendo siempre presente como principal función; determinar los objetivos propios del

establecimiento en concordancia con los requerimientos de la comunidad escolar y de la

comunidad local en que se encuentra.

Coordinar y supervisar las tareas y responsabilidades del personal a su cargo.

Proponer la estructura organizativa técnico-pedagógica de su establecimiento que estime

conveniente, debiendo salvaguardar los niveles básicos de dirección, planificación, ejecución

y evaluación.

Propiciar un ambiente educativo estimulante, fomentando las buenas relaciones humanas,

manteniendo una comunicación fluida y expedita, creando condiciones favorables para la

obtención de los objetos y metas institucionales.

Impartir instrucciones para establecer una adecuada organización, funcionamiento y

evaluación del currículo del establecimiento, procurando una eficiente distribución de los

recursos asignados.

Presidir los diversos consejos y delegar funciones cuando corresponda.

Velar por el cumplimiento de las normas de prevención, higiene y seguridad dentro del

establecimiento educacional.

Cumplir las normas e instrucciones emanadas de las autoridades educacionales competentes.

Remitir a las Autoridades competentes del Ministro de Educación, las actas, estadísticas y

otros documentos que le sean exigidos conforme a la reglamentación y legislación vigente.

Arbitrar las medidas necesarias para que se realice normalmente la supervisión y la

inspección de las instituciones pertinentes, conforme a las instrucciones emanadas de la

superioridad comunal.

Remitir al organismo municipal pertinente los informes, actas, estadísticas, ordinarios del

establecimiento y toda otra documentación que aquel requiera.

Delegar en la Inspectora General el control de las actividades propias del establecimiento que

estructuran la rutina escolar.

Dar cuenta pública de la marcha del establecimiento al Consejo Escolar, Director DAEM,

Apoderados y Consejo de Profesores.

JEFE UNIDAD TECNICO PEDAGÓGICA

El o la Jefe de la Unidad Técnico Pedagógica es el o la Docente Directivo Superior, responsable

inmediato, de la programación, organización, supervisión y evaluación del desarrollo de las

actividades curriculares.

En todas sus acciones coordinará las instrucciones impartidas por la directora con las

necesidades y disponibilidades de los organismos a su cargo.

SON DEBERES DEL JEFE DE LA U.T. P.

Programar, organizar, supervisar y evaluar, junto con los demás integrantes de la U.T.P., las

actividades correspondientes del proceso enseñanza aprendizaje.

Promover la aplicación de medios, método y técnicas de enseñanza que aseguren con

efectividad, el aprendizaje de las estudiantes.

Dirigir la organización, programación y desarrollo de las actividades de evaluación del proceso

de enseñanza-aprendizaje.

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Velar por el mejoramiento del rendimiento escolar de las estudiantes, procurando el

mejoramiento permanente del proceso enseñanza aprendizaje.

Propiciar la integración entre los diversos programas de estudio de las diferentes asignaturas

y distintos planes.

Asesorar al Director en el proceso de elaboración del plan de actividades curriculares del

establecimiento educacional.

Asesorar y supervisar a los docentes en la organización, programación y desarrollo de las actividades de evaluación y en la aplicación de planes y programas de estudios.

Programar, coordinar, supervisar y evaluar la realización de las actividades que deben realizar los profesores/as en sus horas no lectivas.

Contribuir al perfeccionamiento del personal docente del establecimiento en materia de evaluación y currículo.

Colaborar en la creación del horario de clases del establecimiento.

INSPECTOR/A GENERAL: El o la Inspectora General es el docente directivo que tiene como responsabilidad velar porque las actividades del establecimiento se desarrollen en un ambiente de disciplina, bienestar y sana convivencia.

Llevar al día los libros de clases en lo que respecta a matrícula, ingreso y retiro de estudiantes, salidas de curso y otros indicados por la dirección.

Ingresar al SIGE junto con la directora la información de estudiantes y/o personal

Registrar y declarar la asistencia mensual de los estudiantes en la plataforma SIGE con personal a su cargo

Supervisar el registro y declaración del PAE (programa de alimentación escolar en la página JUNAEB) que realiza la encargada.

Autorizar la salida extraordinaria de estudiantes del establecimiento previa autorización escrita del apoderado.

Hacer cumplir el Manual de Convivencia Escolar, controlar la disciplina de las estudiantes, exigiendo hábitos de puntualidad y respeto hacia directivos, profesores, asistentes de la educación, manipuladoras y entre pares.

Entrevistar a las madres, padres o apoderados para compartir la situación disciplinaria de sus hijas

Controlar el cumplimiento de los horarios de los docentes en sus clases sistemáticas y horas no lectivas.

Llevar los libros de control de salida de alumnas, retiros, accidentes escolares, crónicas, documentos de seguimiento de las estudiantes, entrega de documentos, libros de clase, siendo de su responsabilidad que estén al día y bien llevados, en lo que respecta a subvención y registro de actividades.

Programar y coordinar las labores de los asistentes de la educación, paradocentes, y

auxiliares y distribuir funciones.

Controlar la realización de las actividades culturales, sociales, deportivas, y promover las relaciones con el centro de alumnas y centro de padres y apoderados del establecimiento.

Supervisar y controlar las presentaciones del establecimiento, dentro y fuera de este.

Controlar a los Auxiliares de Servicios en el cumplimiento de sus funciones, para una mejor higiene ambiental del establecimiento.

Velar por la buena presentación y el aseo del local escolar.

Verificar la correcta confección de los certificados anuales de estudios elaborados por el profesor (a) Jefe de cada curso.

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Controlar diariamente el trabajo administrativo de los docentes en cuanto a: registro de

asistencia (subvención): firmas, asistencias, control de funciones, solicitud de justificativo y

observaciones en el libro de clases.

Verificar que la documentación de las alumnas que ingresan este correcta.

Entregar documentación de las alumnas que se retiran del establecimiento.

Verificar que el libro de Registro de Matrícula este al día y con toda la información requerida.

Colaborar en la búsqueda de docentes para atender cursos en caso de ausencias de

Profesores, conjuntamente con el Director/a y Jefe Técnico del Colegio.

Coordinar y supervisar las actividades generales del establecimiento.

Supervisar las condiciones de higiene y seguridad del establecimiento.

Coordinar atenciones de Padres y Apoderados con los Profesores Jefes de acuerdo al

horario de estos, destinado a esta tarea.

Estimular el constante desarrollo profesional de los asistentes educativos

Elaborar calendario mensual de reuniones de Apoderados

Participar de las reuniones del Equipo de Gestión.

Confeccionar los horarios de los docentes y de los cursos y entregan copia de ello a la directora/a y UTP.

ENCARGADA(O) DEL EQUIPO DE CONVIVENCIA ESCOLAR El o la encargada de Convivencia Escolar debe conocer, comprender y hacerse cargo de los

enfoques para abordar la convivencia planteados en la Política Nacional de Convivencia Escolar,

así como la normativa que la define y regula, en conjunto con los instrumentos administrativos y

de gestión que permiten su implementación. Se espera que el encargado de convivencia sea un

docente con formación y experiencia en convivencia escolar, conozca la Política Nacional de

Convivencia Escolar y se maneje en áreas como clima escolar, resolución pacífica de conflictos

y concepción de aprendizaje integral. Es deseable que tenga capacidad de gestión, liderazgo y

experiencia en convocar y generar la participación de distintos actores de la comunidad

educativa. Su responsabilidad se centra en la mantención de climas propicios para el aprendizaje en las

dependencias colectivas del Colegio. Debe velar además por el manejo de la disciplina y hacer

respetar el Manual de Convivencia Escolar en el marco del PEI.

Como mínimo, el equipo de convivencia deberá estar compuesto por el encargado(a) de

convivencia, quien lo coordina, el orientador(a), el inspector(a) general y profesionales de apoyo

psicosocial (psicólogo, trabajador social u otro profesional de las Ciencias Sociales). Sin

embargo, atendiendo al tipo de problema por el cual es convocado o al nivel de las personas

involucradas, se sugiere que se convoque a participar en la deliberación del equipo a

representantes de los docentes, asistentes de la educación, estudiantes, u otras personas que

la dirección del establecimiento educacional estime pertinente.

Los equipos de Convivencia Escolar se deben encargar de:

Planificar, implementar y monitorear las actividades que se acuerden en los planes de gestión de la convivencia aprobados por el Consejos Escolares.

Tener una mirada proyectiva sobre cómo prever y atender situaciones de violencia escolar suscitadas al interior del establecimiento educacional.

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Desarrollar las mejores estrategias para formar a grupos de estudiantes que puedan hacerse cargo del manejo de conflictos.

Desarrollar las mejores estrategias para capacitar a otros docentes, madres, padres y/o apoderados en la aplicación de normas de convivencia y protocolos de actuación con sentido formativo.

Encargarse de la organización de los recursos materiales de que dispone el establecimiento educacional para implementar las actividades de las estrategias diseñadas para mejorar la convivencia.

Debe informar de las actividades del Plan de Gestión de la Convivencia al Consejo Escolar. Coordina el equipo de Convivencia Escolar y lidera el diseño e implementación de las

actividades y estrategias que ayuden a mejorar la convivencia y a fortalecer el aprendizaje de modos de convivencia pacífico, la gestión de un buen clima de convivencia institucional y la formación de equipos de trabajo colaborativo en el establecimiento.

Debe mantener flujos de comunicación constantes con el Consejo Escolar con el fin de informar de los avances y/o dificultades en la implementación del plan de convivencia.

Debe responder a las necesidades detectadas y priorizadas, hechas por medio de un diagnóstico comprehensivo y efectuado en colaboración con los actores de la comunidad educativa a partir de los focos que tensionan la convivencia en las dimensiones de gestión y áreas propuestas en su proceso de mejoramiento educativo.

Debe participar de las reuniones que convoque el encargado comunal de Convivencia Escolar, con el objetivo de articular y complementar el trabajo de la escuela con el nivel comunal.

Le corresponde la elaboración, implementación y evaluación de los planes de: Sexualidad, Afectividad y Género, Plan de Inclusión, Plan de Formación Ciudadana y todos los protocolos exigidos por normativa que orientan la actuación ante diversas situaciones tales como el consumo y tráfico o micrográficos de drogas, el abuso o violencia en el contexto escolar, embarazo adolescente, violencia, entre otros.

PROFESIONAL(ES) DE APOYO PSICOSOCIAL O DUPLAS PSICOSOCIALES

Psicólogos/as y trabajadores/as sociales u otros profesionales del área de las Ciencias Sociales

que cumplen una importante función dentro de los equipos de convivencia.

Deseablemente deben tener experiencia en trabajos socioeducativos y con familias, capacidad

para trabajar en equipo y en redes en áreas tales como salud, estilos de vida saludable,

prevención de drogas, embarazo adolescente, entre otras. Su función es comprender y estar en

disposición para abordar, de manera integral y desde una perspectiva pedagógica, los

comportamientos y situaciones críticas de las estudiantes y familias que requieran apoyo

psicosocial, siempre en coordinación con la labor de los docentes y privilegiando el aprendizaje

integral de las estudiantes. Estos profesionales deben conocer la realidad de las y las estudiantes del establecimiento

escolar mediante la realización de entrevistas psicosociales individuales al estudiante, así como

también a padres, madres y/o apoderados, que recaben antecedentes para visualizar los factores

protectores y prevenir las conductas de riesgo de niñas y adolescentes. Cuando estos

profesionales deriven casos a otros especialistas, es importante que hagan un seguimiento

oportuno de las derivaciones realizadas. Para cumplir con sus funciones, es necesario que los

profesionales psicosociales conozcan las redes de apoyo con las que cuenta su establecimiento

para poder trabajar intersectorialmente. También es importante que trabajen en conjunto con el

equipo de convivencia en acciones que permitan el mejoramiento de la relación familia-escuela

y el compromiso de los padres, madres y apoderados con el Proyecto Educativo Institucional,

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fortaleciendo la participación de toda la comunidad educativa en la elaboración de una propuesta

común de trabajo. Estos profesionales debiesen generar instancias de trabajo con la comunidad

educativa, promoviendo la convivencia y el buen clima en función del Plan de Gestión de la

Convivencia Escolar, de la Política Nacional de Convivencia Escolar y de los instrumentos de

gestión educativa que abordan en conjunto los diferentes planes y programas de los

establecimientos educacionales.

FUNCIONES DEL CARGO

Realizar y dirigir procedimientos diagnósticos de las principales problemáticas que se identifican en la institución, para luego diseñar la intervención, analizando las dinámicas relacionales dentro del establecimiento, desde el equipo directivo y profesores, hasta los estudiantes y sus familias.

Elaborar Plan de Intervención para estudiantes que presenten problemáticas de socioafectiva, en vinculación con los demás estamentos.

Dar orientación a grupo docentes y directivo sobre estrategias que puedan ir generando soluciones frente a los problemas que se originan en las unidades educativas y en el proceso de enseñanza-aprendizaje.

Generar un trabajo con las familias del establecimiento educacional que permita ir generando una alianza Familia-Escuela que beneficia a las estudiantes.

Procurar dar una formación permanente y colectiva (talleres, diálogos) relacionados con la formación académica a todos los agentes educativos, incluyendo a la familia.

Desarrollar proyectos educativos institucionales para implementar estrategias innovadoras en la búsqueda de la calidad educativa.

Sistematizar y coordinar el trabajo en red, con las diferentes redes existentes en la comuna de salud, educación u otra, que brinden servicio a las estudiantes de los establecimientos.

Generar un modelo de trabajo basado en un enfoque preventivo, relacional y colaborativo dentro de las unidades educativas, que permita un trabajo que impacte en toda la comunidad educativa.

Generar procesos evaluativos de las intervenciones realizadas en con el fin de ir optimizando el trabajo realizado

SECRETARIA DE DIRECCIÓN

Ser la relacionadora pública de la Dirección, debiendo guardar sigilo profesional en su tarea.

Desarrollar su trabajo en estrecha y leal colaboración con la Dirección y toda la Comunidad Educativa, manteniendo la reserva debida y necesaria sobre el contenido de asuntos de índole privado.

Ejecutar el cargo con la mayor acuciosidad y puntualidad, cumpliendo las tareas que le asigne la Dirección del Colegio.

Atender al público con cortesía y corrección, evitando largas conversaciones sobre asuntos ajenos a su quehacer.

Recibir y comunicar en forma breve los llamados telefónicos. (En aquellos llamados de mayor importancia para la Dirección, U.T.P. o Inspectoría dejará constancia escrita, con fecha, hora, nombre y motivo del llamado).

Responder todos los oficios y correspondencias desde el Colegio y los diferentes organismos educativos y autoridades.

Confeccionar circulares, planillas, certificados y anotar en los registros pertinentes del caso.

Es la única encargada del computador de secretaría.

No podrá hacer trabajos particulares a los docentes si no es autorizada, como tampoco a otros entes educativos, sólo a lo que se haya establecido con la Dirección.

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Recibirá llamado telefónico para los docentes, dejando en claro que no se los puede interrumpir en horario de clases.

Recibir correspondencia y distribuirla oportunamente.

Deberá presentarse en horarios diferidos según la necesidad del colegio y sus tareas respectivas en ocasiones particulares.

Relacionar e informar de las funciones del colegio asistiendo en lo posible a los actos importantes del colegio.

Llevar registro, control y seguimiento actualizado de la matrícula.

Atender a docentes, estudiantes y apoderados de manera cordial y amable, dando respuesta a sus requerimientos.

Llevar el control del archivo de documentos de cada curso y estudiante.

Registrar mensajes y concertar citas.

Proporcionar toda la estadística e información que se le solicite.

ASISTENTE DE PÁRVULO Y/O DE AULA

Apoyar a la educadora de párvulos y/o al profesor(a) del primer ciclo básico.

Favorecer el desarrollo integral de la niña del nivel correspondiente, atender a su bienestar físico e incorporarlo tempranamente al medio social, natural y cultural, estimulando el lenguaje artístico y verbal.

Ejecutar las diversas actividades del Plan de Mejora, estableciendo relaciones cálidas y afectuosas, tendientes a lograr aprendizajes significativos en las niñas atendidas.

Mantener relaciones humanas que fomenten el respeto a las personas, la participación y la colaboración.

Atender a los apoderados si se requiere.

PSICÓLOGA/O PIE

Evaluación de los estudiantes que presenten necesidades educativas especiales, derivadas de su desarrollo emocional social o discapacidades.

Manejar un lenguaje amplio, que le permita comunicarse en términos pedagógicos y administrativos.

Asesorar a docentes y padres de familia en relación al manejo de las problemáticas y necesidades de las estudiantes.

Elaborar programas de intervención para atender las necesidades de los estudiantes Poseer la capacidad para trabajar en equipo con sus colegas del área, los colegas de otras

disciplinas y las autoridades de la institución.

INSPECTOR/A DE PATIO

Apoyar las funciones administrativas de la Dirección del Colegio.

Velar por la integridad de las estudiantes de la comunidad educativa, incorporando el desarrollo de valores y hábitos en la misma, en todos los espacios de recreación de las estudiantes.

Realizar funciones complementarias a la labor educativa, dirigida a desarrollar, apoyar y controlar el proceso de enseñanza-aprendizaje, según lo establecido en el Manual de Convivencia Escolar y todas las normas asociadas al rol educacional.

Facilitar la comunicación, tanto interna como entre establecimiento y apoderados

Resguardar el correcto uso de las instalaciones del establecimiento.

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TÉCNICO INFORMÁTICO Proactividad e iniciativa en el desempeño de sus funciones, aportando ideas que contribuyan

a mejorar la calidad del servicio tanto para los docentes como para los estudiantes.

Buena capacidad de reacción ante situaciones críticas

Apoyar las funciones administrativas del establecimiento.

Asesorar a docentes y estudiantes en el manejo de los recursos tecnológicos.

Velar por el buen uso y cuidado de los recursos a su cargo.

Manejar un inventario actualizado de los recursos tecnológicos existentes en el

establecimiento.

Colaborar en la confección de planillas que permitan sistematizar los procesos de evaluación

del proceso de enseñanza aprendizaje.

Colaborar en la confección digital de diversos recursos solicitados por la directora o cualquier

otro miembro del personal.

Mantener al día el sistema de evaluación del colegio, registrando las notas de los alumnos en sistema computacional.

Confeccionar los informes semestrales, certificados anuales y las actas finales, en estrecha coordinación con U. T. P.

AUXILIAR DE ASEO

Mantener el Orden y el aseo en el Colegio.

Cuidar los lugares e implementos que se le asignan.

Cumplir las funciones de portería cuando sea necesario y se le confíe la tarea.

Mantener un buen trato con los miembros de la institución Mostrar iniciativa y proactividad para resolver situaciones problemáticas.

FONOAUDIOLOGO/A

Organizar y llevar control de las sesiones de tratamiento con cada estudiante.

Recibir a las Estudiantes que requieran atención especial y que hayan sido remitidas por los docentes de aula o educadoras diferenciales.

Estar en comunicación permanente con los Docentes para asesorarlos debidamente.

Atender personalmente a los Padres de Familia o docentes que soliciten entrevista.

Asesorar, permanentemente a los Docentes acerca de estrategias para el desarrollo de

habilidades comunicativas de los Estudiantes.

ENCARGADA/O BIBLIO-CRA

Mantener actualizado el Inventario de la Biblioteca y hacer entrega del Mismo al finalizar cada semestre.

Realizar préstamo de libros a estudiantes y demás miembros de la comunidad.

Llevar las estadísticas del movimiento bibliotecario.

Orientar a los Docentes, a los Estudiantes y demás personal de la Comunidad Educativa en el manejo y uso de los materiales de la Biblioteca.

Orientar a los Docentes, a las Estudiantes y demás personal del Colegio en la lectura, consulta e investigación.

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CORDINADOR BIBLIO-CRA El coordinador pedagógico del CRA debe ser un docente, un educador profesional, cuya labor principal es la de promover y fortalecer los vínculos entre el CRA y las definiciones curriculares y

pedagógicas de la escuela.

La coordinación pedagógica implica la realización de las siguientes Funciones Pedagógicas:

Integrar efectivamente la biblioteca con el currículum escolar.

Promover y verificar que los docentes planifiquen actividades que apunten al desarrollo de habilidades de investigación y del fomento lector en el CRA.

Implementar bitácora del CRA para registro de actividades desarrolladas por los docentes y revisar sistemáticamente su pertinencia en relación a la integración del currículo y función del CRA.

Facilitar información y difusión a profesores y estudiantes, sobre los recursos y materiales disponibles.

Promover la biblioteca escolar como un lugar de encuentro, intercambio y cooperación.

Elaborar un plan de trabajo para promover y difundir las distintas efemérides o acontecimientos importantes mediante paneles, concursos de expresión literaria u otras.

Coordinar el mejoramiento y desarrollo del CRA

Coordinación directa con dirección y UTP.

Promover el gusto por la lectura mediante la implementación de Programas.

Colaborar en la implementación del programa de Lectura Silenciosa sostenida, realizar seguimiento, registrando en planillas de cada curso, que todos los estudiantes cuenten con un libro de su gusto y apropiado para la lectura, que se respete el silencio y que los docentes sean modelo lector y que por lo tanto lean. Además, velar porque durante este espacio se mantengan las puertas abiertas.

Además, debe motivar a todas las personas del establecimiento para que participen de la lectura (secretaria, inspectores, diferencial, etc.).

Evaluar mediante encuesta la percepción de los estudiantes y profesores acerca del programa.

Informar acerca de su gestión en consejos administrativos y de evaluación semestral.

F. MECANISMOS DE COMUNICACIÓN CON LOS PADRES Y/O APODERADOS Una buena comunicación con los padres, madres y apoderados permitirá desarrollar una interacción informativa eficiente entre todos los actores de la Comunidad Escolar del establecimiento. Toda la información emanada del establecimiento referida a: actividades generales o de ciclos, actos, ceremonias, salidas pedagógicas, información de atrasos e inasistencias y otras, serán enviadas a través de circulares y de agenda de la estudiante. También se realizarán a través de este medio, las convocaciones que haga el colegio a un apoderado para informar sobre el proceso escolar de su hija. Los registros de cada entrevista quedarán escritos en el libro de clase. Por otra parte, todas las comunicaciones de la familia hacia la Dirección, Equipos Pedagógicos y/o Administrativos deberá realizarse a través de dicha agenda. Esto incluye las diferentes autorizaciones para Salidas Pedagógicas, participaciones deportivas y otras. Aquellas comunicaciones relativas a actividades que se desarrollen fuera del establecimiento: Salidas Pedagógicas, salidas deportivas y otras, serán enviadas a las familias al menos con 5 días de anticipación. Una vez enviada esta comunicación, si el colegio no recibe respuesta de la familia en el plazo establecido, se entenderá que la familia autoriza a su hijo o hija a participar, asumiendo toda la responsabilidad que le compete y que estará señalada en la comunicación.

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III. PROCESOS DE ADMISION Según lo señala el artículo 12 de la Ley General de Educación, en el proceso la admisión no se considerará el rendimiento escolar pasado o potencial del postulante. Asimismo, en dichos procesos no será requisito la presentación de antecedentes socioeconómicos de la familia del postulante, tales como nivel de escolaridad, estado civil y situación patrimonial de los padres, madres o apoderados. El proceso de admisión de estudiantes se realizará por medio del Sistema de Admisión Escolar implementado por el Ministerio de Educación que garantiza la transparencia, equidad e igualdad de oportunidades, y que vela por el derecho preferente de los padres, madres o apoderados de elegir el establecimiento educacional para sus hijos. La información referida al proceso de admisión de las estudiantes, será publicados en medios electrónicos, en folletos o murales públicos.

IV. REGULACIONES SOBRE USO DE UNIFORME El uso de uniforme de las estudiantes es obligatorio, sin prejuicio de cual, no obstante, lo dispuesto en los artículos anteriores, los padres y apoderados podrán solicitar a la Dirección del establecimiento eximir a su hija o pupila del uso de éste por un tiempo determinado, por razones debidamente fundamentadas En ningún caso, el incumplimiento del uso de uniforme será sancionado con la prohibición de ingresar al establecimiento educacional.

V. PROCEDIMIENTOS PARA RESGUARDAR LA SEGURIDAD DE LOS MIEMBROS DE

LA COMUNIDAD EDUCATIVA ANTE DIVERSOS TIPOS DE RIESGOS.

FUNDAMENTACION DEL PLAN INTEGRAL DE SEGURIDAD ESCOLAR El Plan Integral de Seguridad Escolar constituye una metodología de trabajo permanente, mediante la cual se logra una planificación eficiente y eficaz de seguridad para la comunidad escolar en su conjunto. Pretende ser un aporte sustantivo a la formación de una cultura preventiva, mediante el desarrollo proactivo de actitudes y conductas de protección y seguridad.

Se deberán conocer y aplicar las normas de prevención y seguridad en todas las actividades diarias, lo que ayudará a controlar los riesgos a los cuales está expuesta la comunidad escolar.

La difusión e instrucción de los procedimientos del plan debe extenderse a todo el personal para su correcta interpretación y aplicación.

OBJETIVOS DE CONTAR CON UN PLAN DE SEGURIDAD EN LA ESCUELA

Generar en la comunidad escolar una actitud de autoprotección, teniendo por sustento una responsabilidad colectiva frente a la seguridad.

Proporcionar a los escolares un efectivo ambiente de seguridad integral mientras cumplen con sus actividades formativas.

Constituir a cada establecimiento educacional en un modelo de protección y seguridad, replicable en el hogar y en el barrio.

Diseñar las estrategias necesarias para que se dé una respuesta adecuada en caso de emergencia; se utilizará la metodología ACCEDER, que se basa en la elaboración de planes operativos de respuesta, con el objetivo de determinar qué hacer en una situación de crisis y cómo superarla.

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Se utilizará la metodología AIDEP, que constituye una forma de recopilar información la cual deberá quedar representada en un mapa, plano o cartografía muy sencilla, con simbología reconocible por todos.

Establecer un procedimiento normalizado de evacuación para todos los usuarios y ocupantes del establecimiento educacional.

Lograr que la evacuación pueda efectuarse de manera ordenada, evitando lesiones que puedan sufrir los integrantes del establecimiento educacional durante la realización de ésta.

Fomentar el desarrollo de políticas de prevención dentro de la comunidad escolar, promoviendo una cultura de reacción ante una emergencia minimizando con ello los riesgos de daño a la integridad física. (RESOLUCION EXENTA N° 2.515 DE 2018)

PLAN ESPECIFICO DE SEGURIDAD ESCOLAR. Aunque todo está preparado para el quehacer normal de la institución, es necesario estarlo también para hacer frente a alguna situación anormal que puede dañar la integridad física de las personas. Estas situaciones anormales se constituyen en emergencia, las cuales pueden ser de origen: Natural como: sismos, aluviones, inundaciones, erupción de volcanes, maremoto, otros. Humano: Incendios, atentados explosivos, incendiarios, robo con asalto, Otros. Por ello es importante contar con un plan de seguridad para minimizar los riesgos y contar con los protocolos de actuación ante este tipo de eventualidades. La responsabilidad última del Plan de Seguridad recae en la autoridad máxima de cada recinto de la institución, quien debe conocer a cabalidad los aspectos específicos de éste, sin perjuicio de ello, puede delegar la implementación y desarrollo de este. OBJETIVOS: Los objetivos del Plan de Seguridad son los siguientes

a) Contar con un Plan de Emergencias con el fin brindar seguridad integral a todos los miembros de la comunidad educativa.

b) Prevenir accidentes o riesgos frente a situaciones de emergencia producto de causas naturales o por situaciones de riesgo.

c) Coordinar con las instituciones de la comunidad escolar: bomberos, carabineros, hospital, Mutual, SESFAM, otros, cursos de instrucción y capacitación a: estudiantes, docentes, asistentes de la educación y administrativos sobre procedimientos ante situaciones de emergencia.

d) Preparar a los estudiantes, en cuanto a la responsabilidad que debe asumir ante una situación de emergencia, cuya finalidad es su propio beneficio físico y emocional.

e) Desarrollar hábitos de control personal, ante cualquier emergencia.

B. INFORMACIÓN GENERAL DEL ESTABLECIMEINTO

Establecimiento educacional Escuela Helen Keller A.

Nivel educacional Educación Parvularia y Enseñanza Básica

Dirección FINLANDIA 932

Comuna/Región Hualpén

Nº de pisos 1

Superficie construida m2

Capacidad máxima de ocupación

Generalidades

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C. INTEGRANTES

Cantidad trabajadores 39

Cantidad alumnos 364

Personal

☐Comedor 0

☐Auxiliares de aseo 4

☐Seguridad 0

☐Paramédico 0

☐Manipuladoras de alimentos 4

D.EQUIPAMIENTO DEL ESTABLECIMIENTO PARA EMERGENCIAS

IMPLEMENTOS SI NO CANTIDAD

Cantidad de extintores

Gabinete red húmeda

Red seca

Red inerte

Iluminación de emergencia

Altoparlantes

Pulsadores de emergencia

Detectores de humo

E. METODOLOGÍAS AIDEP - ACCEDER Para la elaboración e implementación del Plan de Seguridad se utilizará las metodologías ACCEDER Y AIDEP, que permiten recabar la información necesaria para elaborar los planes específicos ante los distintos tipos de emergencia que pueden presentarse. Dichas metodologías apuntan a:

METODOLOGÍA AIDEP: Esta metodología permite asumir las emergencias de acuerdo con las fases del proceso administrativo: Planificación, organización, ejecución y evaluación. Estas fases de proceso están determinadas por Metodología AIDEP. Esta metodología consta de etapas: Análisis Histórico: ¿Qué nos ha pasado? Investigación en terreno. ¿dónde están los riesgos y recursos? Discusión de prioridades. Elaboración del Mapa. Plan de Seguridad Escolar de la Unidad Educativa.

Para registrar los riesgos detectados, puntos y/o situaciones de riesgo tanto al interior como al exterior del establecimiento Educacional., existe un formulario. Idealmente, el comité de Seguridad Escolar, durante el proceso de diagnóstico de riesgos debe ir, inicialmente, registrando las ideas de solución que vayan surgiendo durante la detección de puntos críticos o situaciones de riesgo, para luego evaluar la factibilidad de aplicación según capacidades y recursos.

COMITÉ DE SEGURIDAD ESCOLAR: Director/a Coordinador de seguridad escolar Fecha constitución del Comité Firma director/a del Establecimiento

FICHA DE PUNTOS CRITICOS

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METODOLOGIA ACCEDER

Para cada tipo de emergencia será necesario establecer las acciones antes (planificación y organización), las acciones durante (ejecución) y las acciones después (evaluación) de ocurrida la emergencia.

La acción de planificación está basada en metodología ACCEDER, que plantea las siguientes

etapas: Alarma

Comunicación

Coordinación

Evaluación primaria

Decisiones

Evaluación secundaria

Readecuación COMITÉ DE SEGURIDAD ESCOLAR DEL ESTABLECIMIENTO (CSE) La primera acción para aplicar el Plan Integral de Seguridad Escolar, es la constitución del Comité de Seguridad Escolar del establecimiento La misión del comité es coordinar a toda la comunidad escolar del establecimiento, con sus respectivos estamentos, a fin de ir logrando una activa y masiva participación en un proceso que los compromete a todos, puesto que apunta a su mayor seguridad y mejor calidad de vida

COMITÉ DE SEGURIDAD ESCOLAR DE

NOMBRE REPRESENTANTE CARGO/ESTATUS ROL

Director y representantes de la dirección del colegio.

Representantes del profesorado.

Representantes del Centro de Estudiantes

Representantes de organismos de protección (Carabineros,

Bomberos y Salud)

Representantes del centro general de padres y apoderados.

Representante del Comité Paritario de Higiene y Seguridad.

Representante Especificar si la persona es parte del estamento directivo, docente, administrativo, estudiantil o padre/apoderado.

Cargo/Estatus En el caso de funcionarios indicar el cargo, de lo contrario se indicará nuevamente el estamento.

Rol Responsabilidades otorgadas dentro del Comité de Seguridad Escolar.

RIESGO/PUNTO CRITICO

INTERNO (I)/ EXTERNO (E)

UBICACIÓN EXACTA

IMPACTO EVENTUASL

SOLUCIONES POSIBLES

RECURSOS NECESARIOS

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F. ORGANIGRAMA

G. GRUPO DE EMERGENCIA La misión del grupo de emergencia es coordinar a toda la comunidad escolar del establecimiento, con sus respectivos estamentos, a fin de ir logrando una activa y masiva participación en las actividades que aporten al plan evacuación en caso de emergencias, puesto que apunta a su mayor seguridad y, por ende, a su mejor calidad de vida. El grupo de emergencia estará integrado por las siguientes personas.

a. COORDINADOR GENERAL b. COORDINADOR DE PISO O ÁREAS c. MONITOR DE APOYO d. SECCIÓN VIGILANCIA O PORTERÍA

Coordinador general de emergencia

Cargo

Fono

Remplazo coordinador general de emergencia

Cargo

Fono CORDINADORES DE PISO O AREA MONITORES DE APOYO

COMITÉ DE SEGURIDAD

ESCOLAR DEL ESTABLECIMIENTO

COORDINADOR GENERAL

COORDINADORES DE PISO O

ÁREAS

MONITORES DE APOYO

PERSONAL Y ALUMNOS DEL ESTABLECIMIENTO

COORDINADORES DE PISO O

ÁREAS

MONITORES DE APOYO

COORDINADORES DE PISO O

ÁREAS

MONITORES DE APOYO

REEMPLAZANTE COORDINADOR

GENERAL

ASOCIACION CHILENA DE SEGURIDAD

GRUPOS DE EMERGENCIAS

(CARABINEROS, BOMBEROS,

AMBULANCIA,

ETC.)

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VI. PROCEDIMIENTOS DE EVACUACIÓN

PROCEDIMIENTO GENERAL DE EVACUACIÓN

AL ESCUCHAR LA ALARMA DE EVACUACIÓN:

a) Todos los integrantes del establecimiento dejarán de realizar sus tareas diarias y se prepararán para esperar la orden de evacuación si fuese necesario.

b) Conservar y promover la calma. c) Todos los integrantes del establecimiento deberán obedecer la orden del monitor de apoyo y

coordinador de área o piso. d) Se dirigirán hacia la zona de seguridad, por la vía de evacuación que se le indique. No se

utilizarán los ascensores, si estos existen. e) No corra, no grite y no empuje. Procure usar pasamanos en el caso de escaleras. f) Si hay humo o gases en el camino, proteja sus vías respiratorias y si es necesario avance

agachado. g) Evite llevar objetos en sus manos. h) Una vez en la zona de seguridad, permanezca ahí hasta recibir instrucciones del personal a

cargo de la evacuación. i) Todo abandono de la instalación hacia el exterior deberá ser iniciada a partir de la orden del

coordinador general.

OBSERVACIONES GENERALES

Obedezca las instrucciones de los coordinadores de piso o área y monitores de apoyo. Si el alumno o cualquier otra persona de la institución se encuentra con visitantes, éstos deben

acompañarlo y obedecer las órdenes indicadas. No corra para no provocar pánico. No regrese para recoger objetos personales. En el caso de existir personas con algún tipo de discapacidad, procure ayudarlo en la actividad

de evacuación. Si el establecimiento cuenta con más de un piso y usted se encuentra en otro piso, evacue con

alumnos u otras personas que se encuentren en él y diríjase a la zona de seguridad. Es necesario rapidez y orden en la acción. Use el extintor sólo si conoce su manejo. Cualquier duda aclárela con monitor de apoyo, de lo contrario con el coordinador de piso o área.

A. PROCEDIMIENTO EN CASO DE INCENDIO

TODOS LOS USUARIOS DEL ESTABLECIMIENTO

Si descubre un foco de fuego en el lugar donde usted se encuentra, proceda de acuerdo a las siguientes instrucciones:

a) Mantenga la calma. b) Avise de inmediato a personal del establecimiento. c) Si el fuego es controlable, utilice hasta dos extintores en forma simultánea para apagarlo (esto

sólo si está capacitado en el uso y manejo de extintores). d) En caso de no poder extinguir el fuego, abandone el lugar dejándolo cerrado para limitar la

propagación. Impida el ingreso de otras personas. e) En caso que sea necesario evacuar, diríjase en forma controlada y serena hacia la “zona de

seguridad”. f) Para salir no se debe correr ni gritar. En escaleras, circule por éstas por su costado derecho, mire

los peldaños y tómese del pasamanos.

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g) No reingrese al lugar donde se encontraba hasta que su monitor de apoyo o coordinador de piso o área lo indique.

h) En caso de tener que circular por lugares con gran cantidad de humo, recuerde que el aire fresco y limpio lo encontrará cerca del suelo.

i) En caso de encontrarse en otro sector, si se ordena una evacuación deberá integrarse a ella sin necesidad de volver a su propio sector.

j) No use ascensores en caso de incendios. Sólo use las escaleras.

MONITOR DE APOYO En caso de ser informado o detectar un foco de fuego en el establecimiento, proceda de acuerdo a las siguientes instrucciones:

a) En caso de encontrarse fuera de su área de responsabilidad, utilice el camino más corto y seguro para regresar a su sector (esto sólo en caso de ser posible).

b) Disponga estado de alerta y evalúe la situación de emergencia. c) Procure que las personas que se encuentren en el sector afectado se alejen. d) Si el fuego es controlable, utilice hasta dos extintores en forma simultánea para apagarlo. De no

ser controlado en un primer intento, informe al coordinador de piso o área para que se ordene la evacuación.

e) Cuando el foco de fuego sea en otro sector, aleje a los alumnos u otras personas que allí se encuentren de ventanas y bodegas. Ordene la interrupción de actividades y disponga el estado de alerta (estado de alerta implica, guardar pertenencias y documentación, apagar computadores, cerrar ventanas, no usar teléfonos, citófonos, etc. Todo ello, solo en caso que así se pudiera) y espere instrucciones del coordinador general.

f) Cuando se ordene la evacuación, reúna y verifique la presencia de todos los alumnos u otras personas que se encuentran en el área, incluyendo visitas, e inicie la evacuación por la ruta autorizada por el coordinador de piso o área.

g) Para salir no se debe correr ni gritar. En las escaleras, haga circular a las personas por el costado derecho de éstas, procurando utilizar pasamanos.

h) Luego traslade a las personas a la “zona de seguridad” correspondiente a su sector u otra que se designe en el momento y espere instrucciones. En caso de ser docente, revise en el libro de clases para verificar si la totalidad de los alumnos evacuaron.

i) Todo abandono de la instalación hacia el exterior deberá ser iniciada a partir de la orden del

coordinador general, la cual será informada por este mismo o por los coordinadores de piso o

área.

COORDINADOR AREA O PISO En caso de ser informado o detectar un foco de fuego en el establecimiento, proceda de acuerdo a las siguientes instrucciones:

a) En caso de encontrarse fuera de su área de responsabilidad, utilice el camino más

corto y seguro para regresar a su sector (esto sólo en caso de ser posible). b) Disponga estado de alerta y evalúe la situación de emergencia.

c) Procure que las personas que se encuentren en el sector afectado se alejen.

d) Si el fuego es controlable, utilice hasta dos extintores en forma simultánea para apagarlo. De

no ser controlado en un primer intento, informe al coordinador general para que se ordene la

evacuación.

e) Si se decreta la evacuación, cerciórese de que no queden personas en los lugares afectados.

f) Instruya para que no se reingrese al lugar afectado, hasta que el coordinador general lo autorice.

g) Diríjase en forma controlada y serena hacia la “zona de seguridad”.

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h) En caso de ser necesario, evacuar hacia el exterior del establecimiento, dar la orden a los monitores de apoyo, una vez que el coordinador general lo determine.

i) Una vez finalizado el estado de emergencia, junto al coordinador general, evalúe las condiciones resultantes.

j) Recuerde a la comunidad estudiantil que solo la máxima autoridad del establecimiento está facultada para emitir información oficial del siniestro a los medios de comunicación (si éstos se presentaran).

COORDINADOR GENERAL En caso de ser informado o detectar un foco de fuego en el establecimiento, proceda de acuerdo a las siguientes instrucciones: a. Disponga estado de alerta y evalúe la situación de emergencia. b. Si se encuentra en el lugar afectado y el fuego es controlable, utilice hasta dos extintores en forma

simultánea para apagarlo. De no ser controlado en un primer intento, dé la orden de evacuación. c. Si recibe la información de un foco de fuego, evalúe de acuerdo a los datos entregados. d. Disponga que se corten los suministros de electricidad, gas y aire acondicionado en caso de que

exista. e. De ser necesario, contáctese con servicios de emergencia (Carabineros, Bomberos, Ambulancia,

etc.). f. Instruir a la comunidad estudiantil para que tengan expeditos los accesos del establecimiento, a

fin de permitir el ingreso de ayuda externa y/o salida de heridos o personas. g. Controle y compruebe que cada coordinador de piso o área esté evacuando completamente a los

integrantes del establecimiento. h. Cerciórese de que no queden integrantes del establecimiento en las áreas de afectadas. i. Ordene al personal de seguridad que se impida el acceso de particulares al establecimiento.

j. Diríjase en forma controlada y serena hacia la “zona de seguridad”. k. Evalúe si es necesario evacuar hacia el exterior del establecimiento. l. Una vez finalizado el estado de emergencia, evalúe condiciones resultantes e informe sus

novedades y conclusiones al establecimiento. m. Recuerde a la comunidad estudiantil que solo la máxima autoridad del establecimiento está

facultada para emitir información oficial del siniestro a los medios de comunicación (si éstos se presentaran).

C. PROCEDIMIENTO EN CASO DE SISMO

TODOS LOS USUARIOS DEL ESTABLECIMIENTO Al iniciarse un sismo, proceda de acuerdo a las siguientes instrucciones:

Durante el sismo:

a) Mantenga la calma y permanezca en su lugar. b) Aléjese de ventanales y lugares de almacenamiento en altura. c) Busque protección debajo de escritorios o mesas. Agáchese, cúbrase y afírmese (esto no aplica

en casos de construcciones de adobe, material ligero o en aquellos en que detecte posibles desprendimientos de estructuras. En ese caso deben evacuar inmediatamente).

Después del sismo:

d) Una vez que finalice el sismo espere la orden de evacuación, que será dada activando la alarma de emergencias.

e) Siga a las instrucciones del coordinador de piso o área o de algún monitor de apoyo.

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f) Evacue sólo cuando se lo indiquen, abandone la instalación por la ruta de evacuación autorizada y apoye a personas vulnerables durante esta actividad (discapacitados, descontrolados, ancianos, etc.).

g) No pierda la calma. Recuerde que al salir no se debe correr. En caso que el establecimiento cuente con escaleras, siempre debe circular por costado derecho, mire los peldaños y tómese del pasamanos. Evite el uso de fósforos o encendedores.

h) No reingrese al establecimiento hasta que se le ordene. i) Recuerde a la comunidad estudiantil que solo la máxima autoridad del establecimiento está

facultada para emitir información oficial del siniestro a los medios de comunicación (si éstos se presentaran).

MONITOR DE APOYO Al iniciarse un sismo, proceda de acuerdo a las siguientes instrucciones:

Durante el sismo:

a) Mantenga la calma. b) Promueva la calma entre las personas que se encuentren en el lugar, aléjelos de los ventanales

y lugares de almacenamiento en altura. c) Busque protección debajo de escritorios o mesas e indique a las personas del lugar en donde se

encuentra realizar la misma acción, agáchese, cúbrase y afírmese (esto no aplica en casos de construcciones de adobe, material ligero o en aquellos en que detecte posibles desprendimientos de estructuras. En ese caso deben evacuar inmediatamente).

Después del sismo:

d) Una vez que finalice el sismo espere la orden de evacuación, que será dada activando la alarma de emergencias.

e) Guiar a las personas por las vías de evacuación a la “zona de seguridad”, procurando el desalojo total del recinto.

f) Recuerde que al salir no se debe correr. En caso que el establecimiento disponga de escaleras, debe circular por costado derecho, mirar los peldaños y tomarse del pasamanos.

g) Si es docente, en la zona de seguridad apóyese en el libro de clases para verificar si la totalidad de los alumnos evacuaron.

h) Una vez finalizado el estado de emergencia, espere instrucciones para retomar las actividades diarias.

i) Recuerde a la comunidad estudiantil que solo la máxima autoridad del establecimiento está facultada para emitir información oficial del siniestro a los medios de comunicación (si éstos se presentaran).

COORDINADOR DE ÁREA O PISO Al iniciarse un sismo, proceda de acuerdo a las siguientes instrucciones:

Durante el sismo:

a) Mantenga la calma. b) Busque protección debajo de escritorios o mesas e indique a las personas del lugar en donde

se encuentra realizar la misma acción, agáchese, cúbrase y afírmese (esto no aplica en casos de construcciones de adobe, material ligero o en aquellos en que detecte posibles desprendimientos de estructuras. En ese caso deben evacuar inmediatamente).

Después del sismo:

c) Una vez que finalice el sismo espere la orden de evacuación, que será dada activando la alarma de emergencias.

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d) Promueva la calma. e) Terminado el movimiento sísmico, verifique y evalúe daños en compañía del coordinador

general. f) Una vez finalizado el estado de emergencia, evaluar las condiciones resultantes e informar sus

novedades y conclusiones al establecimiento. g) Recuerde a la comunidad estudiantil que solo la máxima autoridad del establecimiento está

facultada para emitir información oficial del siniestro a los medios de comunicación (si éstos se presentaran).

COORDINADOR GENERAL Al iniciarse un sismo, proceda de acuerdo a las siguientes instrucciones:

Durante el sismo:

a) Mantenga la calma. b) Disponga que se corten los suministros de electricidad, gas y aire acondicionado en caso que

exista. Póngase en contacto con servicios de emergencia (Carabineros, Bomberos,

Ambulancia, etc.)

c) Verifique que los coordinadores de piso o área y los monitores de apoyo se encuentren en sus puestos controlando a las personas, esto a través de medios de comunicación internos como por ejemplo walkie talkies.

d) Protéjase debajo de escritorios o mesas, agáchese, cúbrase y afírmese (esto no aplica en casos de construcciones de adobe, material ligero o en aquellos en que detecte posibles desprendimientos de estructuras. En ese caso deben evacuar inmediatamente).

Después del sismo:

e) Una vez que finalice el sismo, dé la orden de evacuación del establecimiento, activando la alarma de emergencias.

f) Promueva la calma. g) Una vez finalizado el estado de emergencia, evaluar las condiciones resultantes e informar sus

novedades y conclusiones al establecimiento. h) Recuerde a la comunidad estudiantil que solo la máxima autoridad del establecimiento está

facultada para emitir información oficial del siniestro a los medios de comunicación (si éstos se presentaran).

D. PROCEDIMIENTO EN CASO DE ARTEFACTO EXPLOSIVO Ante cualquier evidencia de un paquete, maletín o bulto con características sospechosas que llamen la atención, por haber sido dejado, abandonado u olvidado, se deben adoptar las siguientes medidas.

a) Avise de inmediato a personal del establecimiento indicando el lugar exacto donde se encuentra el bulto sospechoso. El personal avisará al coordinador general para ponerlo al tanto de la situación.

b) Aléjese del lugar. En caso que se le indique, siga el procedimiento de evacuación. c) El coordinador general debe verificar la existencia del presunto artefacto explosivo y de ser

necesario dar aviso inmediato a Carabineros. ADVERTENCIA: Por su seguridad, está estrictamente prohibido examinar, manipular o trasladar el

bulto, paquete o elemento sospechoso

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E. PROCEDIMIENTO EN CASO DE FUGA DE GAS

TODOS LOS USUARIOS DEL ESTABLECIMIENTO Al producirse una fuga de gas, proceda de acuerdo a las siguientes instrucciones:

a) Abra ventanas a modo de realizar una ventilación natural del recinto. b) No utilice teléfonos celulares ni cualquier otro dispositivo electrónico. c) Dé aviso a personal del establecimiento. d) En caso de que se le indique, proceda a evacuar hacia la zona de seguridad que corresponda.

11. EJERCITACIÓN DEL PLAN INTEGRAL DE SEGURIDAD ESCOLAR

Concluida la etapa de confección del plan de emergencia, debe iniciarse un proceso de perfeccionamiento continuo, a partir del desarrollo de los ejercicios de entrenamiento. Bajo ningún punto de vista se debe probar la efectividad del programa una vez que ocurra un accidente o emergencia. A continuación, los pasos a considerar para el desarrollo de la ejercitación.

a) Se deben realizar desde lo más simple hacia lo más complejo; de esta forma se pone a prueba cada elemento que contenga el plan de emergencia.

b) En los ejercicios que se realicen es muy importante involucrar cada vez a un número mayor de personas que integran la comunidad escolar.

c) Para probar distintos aspectos del plan de emergencia, se deben efectuar ejercicios de escritorio (simulaciones) y de movimientos físicos (simulacros), de esta forma se ponen en práctica todas las etapas del programa.

d) Definir un equipo organizador: Será el que diseñará, coordinará y ejecutará el ejercicio. Debe estar presidido por el director del establecimiento y bajo la coordinación del secretario ejecutivo del Comité de Seguridad Escolar, como el coordinador general.

e) Definir un equipo de control: Sus integrantes observarán y guiarán el desarrollo del ejercicio, sin asumir roles al interior del mismo. Evaluarán el ejercicio, de acuerdo a los objetivos que se ha trazado el Comité de Seguridad Escolar. A modo de recomendación resulta conveniente que el Comité de Seguridad Escolar cree una ficha sencilla de evaluación, como pauta para el equipo de control. Esa ficha deberá contener los aspectos de los objetivos estipulados que deben ser observados, para luego proceder a perfeccionar el plan de emergencia en los puntos que se determinen errados o más débiles.

f) Definir el escenario de crisis: Éste simulará el área geográfica o física donde se desarrollará el simulacro. Los participantes deben tener siempre en cuenta que deben imaginar que el evento que están simulando efectivamente se produce en el área física que ficticiamente están recreando. Por ejemplo: incendio en sala de computación.

g) Lógica del ejercicio: El equipo organizador debe crear una ficha de ejercicio donde se consideren los aspectos a evaluar y todos los detalles de la actividad: Breve relato del evento.

Fecha en que se efectuará el ejercicio.

Lugar real o simulado en que se situará el ejercicio.

Determinación previa de situaciones que pudieran alterar el ejercicio o conflictos reales que

pudieran ocurrir producto del mismo.

Ejemplo: accidente real de algún alumno producto de movimientos propios del ejercicio y tomar medidas reales.

Recursos involucrados.

h) Elección de participantes:

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De acuerdo a los objetivos planteados y al grado de avance en el proceso de entrenamiento en la unidad educativa, se deberán escoger a quienes interpreten los distintos roles simulados, tales como afectados, lesionados, heridos, evacuados, atrapados, confinados, etc. Quienes tengan roles específicos de coordinación y/u operaciones en el plan de emergencia, relacionados con el tipo de evento que se está simulando, deberán ejercitarlos directamente.

i) Desarrollo de un guion minutado: El equipo organizador, a partir de la lógica del ejercicio, en función de lo indicado en el breve relato de los acontecimientos que ficticiamente detonan el evento de accidente o emergencia simulada, debe confeccionar un guion o relato que detalle, paso a paso e idealmente minuto a minuto la forma en que se van desencadenando los hechos, para ir incluyendo de manera progresiva las operaciones de acuerdo a la secuencia del plan de emergencia. (Anexo 3. Ejemplo guion minutado).

j) Necesidades logísticas: Según el tipo de ejercicio a efectuar y cada una de las características determinadas, deben establecerse los elementos y requerimientos específicos que se deben satisfacer para su buen desarrollo, tales como: autorizaciones, transportes, comunicaciones, alimentación, vestuario y

maquillaje de simulación, escenografía, necesidades especiales de seguridad, etc. Se debe tener en

cuenta que, aunque se esté organizando una simulación, siempre deberán cubrirse algunas necesidades

de elementos.

k) Análisis previo en terreno: El equipo organizador debe visitar y examinar previamente el área en que se efectuará el ejercicio. Si se trata de una simulación y se escoge la misma área física donde ficticiamente ocurrirá el evento, debe tratarse de generar condiciones que acerquen la actividad al máximo de realismo posible. Si es un área distinta, se deberán recrear allí algunas condiciones parecidas a las que tiene el área real.

l) Desarrollo del ejercicio: El ejercicio debe efectuarse según el guión minutado y con los aspectos logísticos planificados. Se debe evitar por todos los medios posibles el anexar, durante el ejercicio, situaciones o condiciones distintas a lo planificado, puesto que se estarían desviando los objetivos trazados. Durante el ejercicio, el equipo de control deberá ir evaluando el ejercicio desde que éste se inicia.

m) Evaluación del ejercicio: Inmediatamente concluido el ejercicio, el equipo organizador, equipo de control y representantes del Comité de Seguridad Escolar de la unidad educativa, deben examinar lo efectuado, con el fin de no correr el riesgo de olvidar detalles que pueden resultar importantes para el perfeccionamiento consignado en el plan de emergencia que se ha entrenado. El objetivo es corregir para perfeccionar.

n) Posteriormente, pasados ya algunos días, el comité deberá nuevamente reunirse y evaluar más profundamente el ejercicio, oportunidad en que no cabe duda, se encontrarán nuevas y valiosas lecciones.

PRECAUCIONES GENERALES PARA EL DESARROLLO DEL EJERCICIO

Todo ejercicio debe acercarse a la realidad tanto como sea posible, puesto que ello constituye

el único modo de recrear algunas condiciones de estrés en la etapa de preparación y entrenar así el modo de controlarlo, puesto que, en situaciones reales, si este aspecto no ha sido previamente abordado, es el que muchas veces provoca las mayores alteraciones para una buena coordinación de respuesta a accidentes y emergencias.

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Todas las comunicaciones que se generen en el ejercicio deberán comenzar y culminar con la frase:” este es un mensaje simulado”. El objetivo es que se controle toda la probabilidad de confusión con situaciones reales.

Todo ejercicio debe ser percibido por la comunidad escolar como una actividad netamente técnica de entrenamiento, destinada a perfeccionar el plan de emergencia, en pos de una mejor y mayor protección y seguridad para todos los estamentos de la unidad educativa.

Los ejercicios que programe el Comité de Seguridad Escolar para perfeccionar su plan de emergencia, deben ir siempre desde lo más sencillo hacia lo más complicado.

V. ESTRATEGIAS DE PREVENCION Y PROTOCOLOS DE ACTUACION FRENTE A

LA DETECCIÓN DE SITUACIONES DE VULNERACIÓN DE DERECHOS DE

ESTUDIANTES.

Considerando que padres, madres, educadoras, agentes educativas u otros(as) adultos(as)

significativos(as) juegan un rol fundamental para favorecer el bienestar y desarrollo pleno de las

niñas y el enfoque de derechos que contiene el sistema educativo, le corresponde a cada

estamento y equipo de trabajo un rol preponderante en la protección de las niñas.

Por esta razón es que el establecimiento debe generar acciones destinadas a proteger a las

niñas, a través de diferentes estrategias multidisciplinarias, primordialmente de tipo

psicosocioeducativas, buscando priorizar la visibilización y acogida de la niña a través de

instancias que puedan validar sus sentimientos y expresiones asociadas, de este modo

contenerla y mantener su sensación de bienestar y protección. Así también, se establece una

alianza de trabajo con las familias involucradas, sensibilizando a los o las adultos/as

significativos/as, fortaleciendo la vinculación con estos, potenciando su rol, poniendo el foco en

sus propios recursos y estableciendo vinculaciones con las redes locales.

Como institución educativa, el rol se centra principalmente en la detección y activación de los

apoyos, estando alerta a las señales que las niñas puedan dar; procurando que esta detección

sea oportuna, con el objeto de poder implementar prontamente las estrategias de protección que

se consideren pertinentes, las cuales siempre están basadas en una comunicación y trabajo con

la familia. Así también generar condiciones de bienestar buscando que el establecimiento sea

percibido como un espacio de seguridad y protección; por tanto, es clave resguardar la asistencia

de las estudiantes, ya que permite su visibilización, cuidados y seguimiento. Esto deberá

extenderse durante todo el proceso de intervención, y hasta que la niña se encuentre en

condiciones de protección.

Junto con esto se realiza un trabajo en y con las redes, coordinándose con los servicios de salud,

educación, red SENAME, Carabineros, instancias judiciales, entre otras, buscando ayuda e

intervenciones especializadas.

Por lo tanto, y de acuerdo a lo planteado por la ley 20.536 sobre violencia, que plantea que una

buena convivencia escolar es entendida como “la coexistencia pacífica de los miembros de la

comunidad educativa, que supone una interrelación positiva entre ellos y permite el adecuado

cumplimiento de los objetivos en un clima que propicia el desarrollo integral de las estudiantes”,

el establecimiento implementará acciones tendientes a la prevención, identificación y tratamiento

de la violencia involucrando a la comunidad educativa en su conjunto, para lo cual se elaboran

los protocolos, como medio para entregar estrategias formativas, reparatorias y normativas a las

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víctimas, victimarios y testigos de violencia, abuso o acoso y forman parte del Reglamento Interno

y del Plan de Gestión de la Convivencia Escolar.

Para ello, el Encargado de Convivencia Escolar, tendrá las siguientes tareas específicas:

a) Es el o la responsable de las acciones que determine el Consejo en relación a la prevención

de la violencia escolar.

b) Deberá revisar, en conjunto con el Consejo Escolar, al inicio del año escolar (marzo), el

Plan de Gestión de la Convivencia Escolar y los protocolos para la Prevención de Maltrato

y Violencia Escolar.

c) Deberá junto a su equipo, realizar la acogida en el ingreso de las estudiantes al

establecimiento, presencia educativa en patios durante el recreo y actividades escolares

dentro de horario (aniversario colegio, charlas, eventos, entre otras).

d) Mediar y resolver conflictos de los estudiantes.

CONCEPTUALIZACION

Definición de Violencia o Maltrato Escolar: De acuerdo a la Ley de Violencia Escolar, se define

el maltrato o acoso escolar como “toda acción u omisión constitutiva de agresión u hostigamiento

reiterado realizada fuera o dentro del establecimiento educacional por estudiantes que, en forma

individual o colectiva, atenten en contra de otro estudiante, valiéndose para ello de una situación

de superioridad o de indefensión del estudiante afectado, que provoque en este último, maltrato,

humillación o fundado temor de verse expuesto a un mal de carácter grave, ya sea por medios

tecnológicos o cualquier otro medio, tomando en cuenta su edad y condición”. (Ley de Violencia

Escolar, 2011)

A. PROTOCOLO DE PREVENCIÓN DE MALTRATO Y/O VIOLENCIA ESCOLAR

ACCIONES PREVENTIVAS

Será responsabilidad de toda la comunidad educativa mantener relaciones de respeto,

propiciando los valores declarados en el Proyecto Educativo Institucional (PEI). Por lo tanto, en

todas las asignaturas y espacios educativos se debe estar atento a la prevención de conductas

o situaciones que pudieren conducir a violencia física o psicológica, agresión u hostigamiento.

En este sentido y de manera sistemática se realizarán las siguientes acciones:

1. Unidad de aprendizaje para trabajar en orientación referida a la prevención de la Violencia

Escolar; de acuerdo a los niveles y estadios de desarrollo de las estudiantes, planificada por el

Departamento de Convivencia e implementada por el profesor/a jefe y monitoreada por el mismo

departamento.

2. Unidad de Aprendizaje, sobre prevención, autocuidado ante situaciones de abuso, abuso sexual,

considerando los niveles y estadios de desarrollo de las estudiantes, planificada por el

Departamento de Convivencia e implementada por el profesor/a jefe y monitoreada por el mismo

departamento. para trabajar en orientación

3. Taller para padres, madres o apoderados, desarrollados en reuniones de curso, cuyo tema sea

la prevención e identificación de conductas de abuso y acoso.

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C. PROTOCOLO ANTE CASOS DE VIOLENCIA ESCOLAR O MALTRATO

Estas normas serán obligatorias para toda la Comunidad Educativa, es decir, estudiantes, padres,

madres y apoderados, profesores/as, asistentes de la educación, directivos y personal auxiliar, los

cuales deberán:

Informar personalmente al Profesor Jefe o Encargado de Convivencia Escolar, aquellas

situaciones de violencia física, psicológica, agresión u hostigamiento que afecten a un estudiante

u otro miembro de la comunidad educativa de las cuales tomen conocimiento.

Propiciar y contribuir con un clima escolar que promueva la buena convivencia, de manera de

prevenir todo tipo de violencia y acosos.

Promover y cumplir con las normas de prevención de violencia escolar.

PROTOCOLO DE ACTUACION ANTE SITUACIONES DE AGRESIÓN, VIOLENCIA O

MALTRATO EN EL CONTEXTO ESCOLAR.

1. Quien detecte la situación (apoderado, profesor, alumno u otro) deberá comunicarla

personalmente al o la Encargada de Convivencia, quien deberá dejar registro escrito y firmado

por los denunciantes.

2. El o la Encargado/a de Convivencia Escolar citará a reunión en la que participarán, la directora

del establecimiento, Psicóloga y/o Profesor Jefe de la estudiante (siempre y cuando alguno

de éstos no estén involucrados en la situación). Allí se analizará lo ocurrido y se determinará

la gravedad de la denuncia y se acordaran las acciones a seguir para abordar la situación.

3. Se informará al apoderado/a de la estudiante afectada las decisiones tomadas y el proceder

en el caso.

4. Una vez que el establecimiento tiene conocimiento de una posible situación grave de

agresión, informada por la víctima o por cualquier otro miembro de la comunidad educativa

que lo haya presenciado y denunciado, es preciso adoptar una serie de medidas que podemos

agrupar en tres fases:

Reunión de información,

Aplicación de Plan de acción

Seguimiento.

PRIMERA ETAPA: Denuncia y recogida de información

Se trata de una fase en la que el principal objetivo es recabar los datos necesarios para dilucidar si

los hechos denunciados constituyen o no una situación de violencia escolar o maltrato.

1.1 Cualquier persona que detecte una situación de acoso escolar debe acudir al/la encargada de

Convivencia Escolar, para realizar la denuncia inmediatamente conocido el hecho, considerando

que uno de los obstáculos para hacer frente a la violencia en el ámbito escolar es el retraso en

la respuesta por parte de los adultos responsables. Dicha denuncia quedará registrada en un

acta. (Artículo 16 letra d, Ley 20.536).

1.2 Ante un caso de una estudiante que ha sido agredida o maltratada se debe de inmediato:

a) Ayudar y acompañarla, garantizándole protección y acompañamiento, hacerle ver que no

está sola; darle a conocer que se tomarán medidas una vez conocidos todos los

antecedentes (un adulto no debe comprometerse con sanciones sin conocer todas las

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versiones de los hechos) para adoptar una medida proporcional a los hechos; verificar si

existe algún tipo de lesión; de ser así, se le debe llevar a un centro asistencial cercano para

constatar estas. Estas sólo pueden ser revisadas por personal médico, no olvidar que

algunas lesiones pueden ser de gravedad, aunque ello no se advierta externamente.

b) Cambio de curso

c) Seguimiento, de la conducta de la estudiante acosado y acosador por parte del o la

Encargado Convivencia y Profesor Jefe.

d) Solicitud de colaboración de la familia de la víctima y del/la agresora, manteniéndoles en

todo momento informados de la situación.

1.3 El/la Encargada de Convivencia Escolar será la responsable de comunicarse con todos los

implicados, para recabar la información de quienes presenciaron el hecho, ya sea en una

entrevista individual o en grupo.

1.3 Informar a la familia: Citar a entrevista a los padres, madres o apoderados para conversar

individualmente con cada uno. Si lo considera necesario, incorporar a las estudiantes, de manera

de minimizar una revictimización por parte del adulto, no ocultar información ni minimizar los

hechos, fomentando la conversación

1.4 Recabada toda la información sobre los hechos acontecidos, el/la Encargada de Convivencia

Escolar junto al Director/a analizan la situación, los datos recogidos y evidencias para determinar

si los hechos son constitutivos de Bullying o Abuso Escolar, en cuyo caso, se aplicará el plan

de acción.

SEGUNDA ETAPA: Aplicación Plan de Acción

1. Entrevista al(los) padre(s) de la estudiante/s agresora/s. En esta participarán al menos el o la

Encargado de Convivencia Escolar, Psicóloga y/o Profesor Jefe.

2. El/la Encargada de Convivencia Escolar y la Psicóloga deberán elaborar un Plan de Intervención

Específico para la estudiante afectada, con acciones tales como acompañamiento individual ara

brindarle cogida, apoyo, fortalecimiento y seguridad. Dicho Plan se entregará a cada profesor

jefe, para conocimiento y ejecución de las acciones que lo involucren, además se le dará una

copia al apoderado/a y Dirección.

El o la Encargado/a de Convivencia Escolar y el Psicólogo se reunirán con la o las estudiantes

agresoras para realizar un trabajo formativo de sensibilización hacia la víctima e identificar y

analizar las razones de su comportamiento, para descartar que sea una estrategia de autodefensa

o un acto de impulsividad aislado. Esto ayudará a diferenciar los pasos a seguir y las medidas a

adoptar. Se debe establecer un compromiso escrito de cambio de conducta.

3. Se hará seguimiento del proceso iniciado anteriormente, conducido el o la Encargado/a de

Convivencia Escolar y Psicóloga, realizando los siguientes pasos:

e) Entrevistas periódicas con las estudiantes involucradas.

f) Permanente comunicación con los Profesores de Asignatura para conocer cómo evoluciona

la situación.

g) Entrevistas periódicas con los apoderados

4. Informar al consejo de profesores las medidas adoptadas para posterior monitoreo y seguimiento

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5. En caso que la situación de violencia continúe, el colegio debe aplicar sanciones que contempla

este “Manual de Convivencia Escolar”. el establecimiento deberá proceder según lo que indica

el artículo 175 letra e del Código Procesal Penal.

Si el denunciado de violencia, maltrato u hostigamiento, es un profesor o funcionario de la

comunidad:

a. Quien detecte la situación (apoderado, profesor, estudiante u otro) deberá comunicarla el

Encargado/a de Convivencia Escolar. Quien dejará registro escrito y firmado por los

participantes.

b. El director/a citará a reunión en la que participarán, Encargado/a de Convivencia Escolar,

Psicólogo y/o Profesor/a Jefe de la estudiante (siempre y cuando alguno de éstos no estén

involucrados en la situación). Allí se analizará lo ocurrido y se determinará la gravedad de la

denuncia y se concretarán las líneas de acción para abordar la situación.

c. Se informará al apoderado del alumno(a) afectado las decisiones tomadas y el proceder en el

caso.

d. En caso que la situación sea de alta gravedad, el director/a citará al profesor/a o funcionario

a una entrevista privada, con fin de informar de la denuncia y comunicar que se realizará una

investigación.

e. El profesor/a o funcionario será suspendido de sus tareas hasta que se termine la

investigación que realizará el Encargado de Convivencia Escolar.

f. Terminada la investigación se tomarán las medidas que el colegio considere oportunas y

necesarias, basadas en el Marco Legal vigente.

D. PROTOCOLO DE ACTUACIÓN ACOSO O ABUSO SEXUAL

Concepto de Abuso Sexual.

El abuso sexual está definido como cualquier actividad sexual entre dos o más personas sin

consentimiento de uno de ellos. El abuso sexual puede producirse entre adultos, de un adulto a un

menor o entre menores.

Es una de las manifestaciones más graves del maltrato ejercido hacia la infancia y adolescencia.

Ocurre cuando una persona utiliza la seducción, el chantaje, las amenazas o la manipulación

psicológica para involucrar a otro en actividades sexuales de cualquier índole.

Consideramos como Abuso Sexual Infantil cualquier conducta de tipo sexual que se realice con un

niño o niña, donde exista una relación de desigualdad (ya sea en cuanto a edad, madurez o poder)

entre el agresor y la víctima. Incluye aquellos contactos e interacciones con un niño en los que se

utiliza a éste para la estimulación sexual del agresor o de otra persona.

Si una niña o adolescente le relata a un profesor/a o a algún otro miembro de la comunidad educativa

haber sido abusado por un familiar o persona externa al establecimiento educacional, o por un

funcionario/ o alumna establecimiento, o cualquier otro tipo de abuso; o si el mismo profesor/a

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sospecha que su estudiante está siendo víctima de maltrato o abuso, se debe traspasar la información

a la psicóloga Sra. Loreto Mora o en su defecto a la Encargada de Convivencia.

En caso de que existan sospechas fundadas o evidencia del abuso, se seguirán los siguientes pasos:

1) Frente a una denuncia interna y/o sospecha de abuso sexual que involucre a cualquier

miembro de la comunidad educativa, en especial a nuestras estudiantes, se informará de

inmediato a la psicóloga establecimiento, quien registrará la información recibida,

activando el protocolo correspondiente.

2) El mismo día, le informará al directo/a del establecimiento, quien junto a la psicóloga, informará

a los padres o apoderados,

3) Será de competencia de los tribunales de justicia, desarrollar el proceso de investigación y

sancionar al acusado, si se comprobaren los hechos.

4) El Dpto. de convivencia velará por la salud mental de la afectada (víctima) y en conjunto con los

padres o apoderados gestionará ayuda a redes de apoyo, tales como CESFAM, COSAM, etc.

5) La afectada contará con apoyo psicológico, de parte del equipo multidisciplinario del

establecimiento (psicóloga y trabajadora social) para reinsertarse en el contexto escolar, y

garantizar contención emocional efectiva.

6) El equipo multidisciplinario correspondiente, si fuese necesario trabajará talleres con el curso al

que pertenezca la víctima, para garantizar apoyo y espacios afectivos de calidad y acogida.

7) Convivencia y profesor/a jefe monitoreará el avance emocional de la víctima y de la familia.

8) Si después de las acciones descritas, por el propio contexto de lo ocurrido, la estudiante no

presenta mejoras en el tiempo, se trabajará y buscará junto a las familias otra unidad educativa

que lo acoja y le permita reiniciar su proceso académico.

9) Cuando el agresor sea un miembro del establecimiento y se encuentre en un proceso de

investigación mediando pruebas o evidencias, el /directora procederá a:

• Separará en forma inmediata a la víctima del victimario, alejarlo/a de sus funciones mientras dure

la investigación. En caso de ser una estudiante, se les suspende la asistencia a clases hasta obtener

la resolución de la Fiscalía.

• Durante la suspensión, el colegio ofrecerá a la estudiante sospechosa de haber cometido abuso

sexual, los servicios que se describen a continuación y que el apoderado puede aceptar o rechazar,

lo que debe quedar estipulado en su hoja de observaciones personales de la estudiante:

- Atención del equipo multidisciplinario

- Atención académica.

• En caso que el denunciado sea un funcionario del establecimiento, el o la directora, deberá

entrevistar al acusado/a para recopilar antecedentes de los hechos descritos por el denunciante,

iniciando así el proceso de investigación, el que debe ser concluido en tres días hábiles.

• De manera inmediata, dirección informa al funcionario por escrito que se encuentra suspendido de

sus deberes y responsabilidades laborales hasta el cierre del proceso de investigación. Durante este

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tiempo el denunciado no puede acercarse a la alumna denunciante o a su familia, ni ingresar al

establecimiento, y tendrá derecho a recibir su sueldo y los beneficios completos.

• De comprobarse actos indebidos de parte del funcionario (palabras, frases, invitaciones y acciones

específicas) será desvinculado de manera inmediata de la institución.

• En caso que la Justicia determine que el alumno o funcionario acusado sea inocente, éste tendrá

derecho a reintegrarse a sus funciones apenas se haga oficial la sentencia judicial. Si es aconsejable,

se procurará realizar una entrevista de cierre entre el acusado y denunciante con presencia de algún

representante de la Dirección del Colegio.

VII. ESTRATEGIAS DE PREVENCIÓN Y PROTOCOLO DE ACTUACIÓN PARA ABORDAR SITUACIONES RELACIONADAS CON DROGAS Y ALCOHOL EN EL ESTABLECIMIENTO.

PROTOCOLO PARA TENENCIA, CONSUMO, TRÁFICO Y MICROTRAFICO DE DROGAS

I. EN CASO DE CONSUMO DE DROGAS LÍCITAS E ILÍCITAS. Si un estudiante fuese sorprendido consumiendo alcohol, cigarrillos, u otras drogas al interior del establecimiento, se procederá de la siguiente manera: 1. La persona que haya detectado esta situación, deberá informar al o la Encargado(a) de

Convivencia Escolar quién tendrá la responsabilidad de trasmitir la información a la directora.

2. Cualquier funcionario que sorprenda a un estudiante consumiendo algún tipo de sustancia debe

requisar la evidencia y entregarla al o la encargada de Convivencia Escolar o en su defecto a la

Directora del establecimiento.

3. El encargado de Convivencia Escolar en conjunto con Dirección, coordinarán entrevista

inmediata con él o los estudiantes involucrados para conocer y aclarar la versión de los hechos.

Posteriormente, se informará al Profesor/a Jefe y se procederá a citar a los apoderados para dar

cuenta de los hechos, este procedimiento debe ser realizado dentro de las primeras 24 horas.

Quien entreviste deberá dejar registro del procedimiento en el libro de clases.

4. Se procederá a aplicar la normativa establecida en el Manual de Convivencia de las Estudiantes.

II. MICROTRÁFICO 1. El Micro-tráfico es un delito que tiene las siguientes figuras:

Acto de posesión (tener drogas en calidad de dueño de esta)

Portar drogas consigo (independiente quien sea el dueño)

Transportar.

Guardar pequeñas cantidades de drogas.

2. La Directora tendrá la obligación y el deber de denunciar a quien corresponda:

Ministerio Público, Carabineros, PDI o directamente en fiscalía 3. Será necesario reunir la mayor cantidad de información o evidencias que permitan fundamentar

la denuncia:

Testimonios de personas

Algún tipo de registro audiovisual, libro de clases, etc.

Constatación personal del hecho, entre otros.

Observación: Toda denuncia ante las autoridades debe ser efectuada responsablemente, ya que un

proceso por estos delitos puede afectar derechos como libertad personal o la honra, además de exponer injustamente a la estigmatización social.

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III. De la prevención del Consumo de Drogas:

La comunidad educativa es un agente preventivo y promotor de estilos de vida saludable, por lo tanto, buscará estrategias que permitan el desarrollo de factores protectores que disminuyan conductas de riesgo y de consumo. De esta forma se implementa anualmente un Programa de Prevención en el establecimiento enmarcado en la política nacional de prevención que contempla:

Sensibilización a la comunidad.

Desarrollo sistemático del programa respectivo en horario de orientación

Ferias preventivas.

Coordinación con redes de apoyo.

Promoción de hábitos saludables en los estudiantes y apoderados

Promoción de factores protectores a través de talleres deportivos, artísticos y científicos.

Detección eficaz de consumo de drogas de los estudiantes para realizar intervención y derivación

a organizaciones pertinente.

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MANUAL DE GESTION DE LA CONVIVENCIA ESCOLAR

VIII. NORMAS, FALTAS, MEDIDAS DISCIPLINARIAS Y PROCEDIMIENTOS ANTE FALTAS AL ORDEN Y BUENA CONVIVENCIA DE LAS ESTUDIANTES

8.1 DE LA ASISTENCIA, ATRASOS Y RETIROS A. ASISTENCIA i. La asistencia a clases es obligatoria (Ley Nº 3.654), por lo tanto, cualquier inasistencia deberá ser

justificada por el o la apoderada titular o suplente personalmente en inspectoría, presentando certificado médico o certificado de atención en un centro de salud para que la estudiante se reincorpore a clases.

ii. En caso de que él o la apoderada titular o suplente no pueda asistir deberá enviar una justificación escrita y firmada en la agenda, lo cual será aceptado hasta que cumpla con hacerlo personalmente, de lo contrario será citado por el o la inspectora.

iii. Cuando una estudiante se ausente a clases prolongada o reiteradamente sin justificación médica, se deberá

proceder de la siguiente forma: el o la profesora jefe deberá indagar los motivos, si esto no se aclara, deberá informar a él o la inspectora general, quien dará aviso al departamento de convivencia mediante un documento escrito y por correo electrónico con copia al profesor jefe y a la directora.

B. ATRASOS i. De Primero a Octavo año: la estudiante deberá pedir pase en inspectoría dejándose registro de la fecha

y hora, en el libro correspondiente.

ii. Pase especial: los apoderados de aquellas estudiantes que vivan a gran distancia de la escuela, podrán solicitar un pase especial que autoriza el ingreso de 15 a 25 minutos más tarde del inicio de la jornada.

iii. Si la estudiante acumula tres atrasos registrados al inicio de la jornada escolar o entre horas de clases, el

o la Inspectora General citará al apoderado para informarle de dicha situación, y solicitar la correspondiente justificación, dejando registro de ello en el libro de clases y la firma en el cuaderno de atrasos. Si el apoderado no se presenta, el caso se derivará a dirección para que sea citado. De no haber respuesta se enviará una carta al domicilio con la trabajadora social.

C. RETIROS DURANTE LA JORNADA ESCOLAR i. El retiro de una estudiante durante la jornada de clases lo podrá realizar únicamente el o la apoderado

titular o suplente en inspectoría, dejando registro de su nombre, RUN y firma en el libro correspondiente.

ii. Cuando por motivos de fuerza mayor, el retiro deba realizarlo otra persona, este se autorizará solo si existe una solicitud escrita o telefónica de los padres o apoderado, indicando el nombre completo y RUN de la persona que lo realizará, quien deberá presentar su cédula de identidad.

iii. No se autorizarán retiros, faltando 40 minutos o menos para el término de la jornada, a o ser que se trate

de una situación de gran urgencia.

8.2 DEL USO DEL UNIFORME Y PRESENTACION PERSONAL A. UNIFORME El uniforme para las estudiantes, de acuerdo al curso, será el siguiente: Pre Kínder y Kinder 1° a 4° 5º a 8º Para Educación Física

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Buzo Institucional

Delantal cuadrilles celeste

Bolso de la Escuela

Buzo Institucional

Delantal cuadrilles celeste

Polera de pique con cuello, azul con ribetes rosados

Jumper azul marino con insignia de la Escuela al lado izquierdo

Blusa blanca

Corbata de la Escuela

Calcetas azules

Chaleco azul marino

zapatos negros

Chaqueta o parca azul marino de preferencia

Buzo Institucional. Azul Francia con ribetes rosados.

Polera rosada cuello Redondo.

Zapatillas (de preferencia blanca, sin ruedas)

B. PRESENTACION PERSONAL

a. Las estudiantes no deben usar maquillaje, uñas largas o con esmalte.

b. No se permite el uso de joyas, piercíng, sólo aros pequeños.

c. El cabello debe estar siempre tomado con cole, cinta o traba de color azul marino.

d. El largo del jumper debe ser de cinco cm. sobre la rodilla.

e. En caso que la estudiante no tenga el buzo institucional, puede utilizar cualquier indumentaria deportiva,

pero sólo para realizar la clase de educación física.

f. En caso que la estudiante no tuviese la polera institucional, puede ser reemplazada por cualquier polera

blanca.

g. Se autoriza el uso de pantalón de tela azul marino, bufandas o cuellos de color azul o blanco,

(no maxi bufandas), entre los meses de mayo y septiembre.

h. Todos sus materiales y prendas del uniforme deben estar marcadas con su nombre y curso.

i. Cuidar su higiene personal, en el caso del primer ciclo, esto es responsabilidad de los apoderados.

8.3 DEL CUIDADO DEL ENTORNO, MATERIAL Y EQUIPAMIENTO

a. Se espera que las estudiantes cuiden y mantengan en buen estado sus útiles escolares y los materiales

o recursos que les facilite el establecimiento, vale decir libros, instrumentos de laboratorio,

computadores, calculadoras, juegos, carpetas, entre otros.

b. De igual forma se espera que cuiden las dependencias de la Escuela y el mobiliario, evitando rayar,

pintar o dañar: mesas, sillas, paredes, ventanas, puertas, casilleros, cortinas, entre otros.

8.4 DE LA CONDUCTA DE LAS ESTUDIANTES

Como establecimiento educacional nos interesa propiciar un clima de convivencia armonioso y positivo,

entendiendo que es importante para generar las condiciones necesarias para que todos se sientan

motivados a trabajar por el logro de sus metas. Para ello se promueve que en todas las instancias de

interacción entre los distintos miembros de la comunidad educativa:

Se priorice el diálogo como medio para resolver los conflictos.

Las relaciones se basen en el respeto y el buen trato.

Se utilice un lenguaje apropiado al momento de referirse a otra persona, que no tenga una

connotación discriminatoria o violenta, evitando descalificaciones, groserías, sobrenombres u otro.

Se vivencien los valores mediante el apoyo y ayuda a los miembros de la comunidad que lo

necesiten.

Que se actúe de manera honesta siendo fiel a la verdad.

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Evitar manifestaciones físicas o de carácter amoroso, que no correspondan al contexto escolar.

(besos en la boca, caricias de connotación sexual, entre otros)

8.5 DE LAS FALTAS

A. FALTAS LEVES

Serán consideradas faltas leves las actitudes y comportamientos que alteren la convivencia escolar, pero que

no involucren daño físico o psicológico de algún miembro de la comunidad.

Todas las faltas a los deberes de las estudiantes cometidas por primera vez, serán categorizadas como faltas

leves y por lo tanto serán sancionadas como tal.

Son faltas leves:

Tres atrasos durante el mes.

Tres o menos de tres inasistencias no justificadas (ni con certificado médico, ni en agenda)

Tres o más anotaciones negativas en la hoja de vida de la estudiante del libro de clases por:

Conversar insistentemente en clase, interrumpiendo el desarrollo normal de esta.

Comer en la sala

No trabajar en clases

Uso de juguetes, Tablet o cualquier elemento que no corresponda o sea solicitado por la o el profesor/a

con fines pedagógicos.

Uso de celulares en sala de clases o espacios educativos, para revisar redes sociales u otro fin de tipo personal,

distinto del pedagógico.

Maquillarse, mirarse al espejo, sacarse las cejas o peinarse en clases.

Uso de accesorio como: aros llamativos, pulseras, collares apegados al cuello, piercing, accesorios

exuberantes.

No presentar materiales, trabajos, tareas, etc. en las fechas solicitadas.

No cumplir con el uso del uniforme, según lo establece el reglamento.

B. FALTAS GRAVES: Serán consideradas como faltas graves las actitudes y comportamientos que atenten contra la integridad física y psicológica de otro miembro de la comunidad educativa o del bien común, así como acciones deshonestas que afecten la debida convivencia, a decir:

Agresiones verbales a cualquier miembro de la comunidad educativa (groserías e improperios)

Efectuar gestos obscenos

Usar redes sociales, con el propósito de dañar la integridad u honra de cualquier miembro de la comunidad

educativa, dentro o fuera del establecimiento.

Agresiones leves (tirar el pelo, lanzar objetos, empujones, cachetadas, etc.)

Más de cinco atrasos

Más de tres Inasistencias no justificadas

Negarse a responder una evaluación, sin mediar una explicación o justificación, alterando el normal

desarrollo de esta.

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Daños a bienes personales de cualquier miembro de la comunidad educativa. (dentro y fuera del

establecimiento).

Daños a bienes materiales de la escuela.

No ingresar a clases, haciendo creer a su apoderado que se encuentran en el establecimiento.

Todo daño a la infraestructura y equipamiento del establecimiento será categorizado como faltas graves y

se sancionará como tal.

La acumulación de cinco faltas leves se constituirá en una falta grave

Ser sorprendida en evidente acto de deshonestidad en una evaluación “copiando”.

C. FALTAS GRAVISIMAS:

Serán consideradas como tales, aquellas actitudes y comportamientos continuos que atenten contra la

integridad física y psicológica de otros miembros de la comunidad educativa, tales como:

Actividades reiteradas de agresión o intimidación con detrimento o daño para la víctima y/o Establecimiento.

Manipular el libro de clases, alterar notas o cualquier información de éste.

Agresiones físicas a cualquier miembro de la comunidad educativa.

Actos de violencia, de cualquier tipo, con premeditación y alevosía.

Porte de cualquier tipo de arma.

Acosar, agredir mediante redes sociales.

Registrar las pertenencias de sus compañeras o cualquier miembro del establecimiento.

Apropiarse de objetos o cosas que no les pertenezcan (robar, hurtar, otros).

Amenazar verbalmente o por redes sociales a cualquier miembro de la comunidad educativa.

Bullying o Grooming o acoso escolar a alguna de sus compañeras, dentro o fuera del establecimiento.

Ingresar y/o consumir bebidas alcohólicas o cigarrillos en el establecimiento.

Ingresar, traficar y/o consumir sustancias ilícitas como pasta base, marihuana, cocaína, otras al interior del establecimiento.

Involucrarse en actos delictivos, tanto dentro como fuera del Colegio (asaltos, robos, hurtos, otros), se incluirá en esta categoría todo acto que sea tipificado como delito según el Código Civil chileno.

La acumulación de faltas graves se constituirá en una falta muy gravísima.

IX. DE LAS SANCIONES

Las sanciones forman parte del proceso formativo en cuanto permiten que las estudiantes tomen conciencia de las consecuencias de sus actos, aprendan a responsabilizarse de ellos y desarrollen compromisos genuinos de reparación del daño. Toda vez que se deba aplicar una sanción se considerará las circunstancias personales de la estudiante: su edad, nivel educacional, contexto socio-afectivo y familiar y antecedentes médicos.

A. CONVERSACIÓN PERSONAL PEDAGÓGICA Y CORRECTIVA

Procede cuando la estudiante manifiesta actitudes o conductas que perturban el ambiente de

aprendizaje, las relaciones humanas o no respeta las normas establecidas.

Serán los(as) profesores(as), profesionales del establecimiento o miembros del equipo directivo

quienes adviertan al estudiante en forma verbal acerca del efecto de su conducta deficiente y lo insten

a que reflexione y enmiende su actuar. Debe existir registro escrito de sanciones y acuerdos.

B. CONVERSACIÓN GRUPAL PEDAGÓGICA Y CORRECTIVA

Procede cuando las actitudes o conductas que perturban el ambiente de aprendizaje, las relaciones

humanas o que no respetan las normas establecidas, han sido cometidas por un grupo de estudiantes.

Serán los(as) profesores(as), profesionales del establecimiento o miembros del equipo directivo

quienes adviertan al grupo de estudiantes en forma verbal acerca del efecto de su conducta deficiente

y los insten a que reflexionen y enmienden su actuar. Debe existir registro escrito de sanciones y

acuerdos.

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C. ANOTACIÓN ESCRITA EN EL LIBRO DE CLASES

Se aplica cuando una estudiante manifiesta un comportamiento inadecuado o perturbador que dificulta

seriamente el desarrollo de una clase, o por incumplimiento reiterado de las normas establecidas.

Debe ser consignada en el libro de clases, lo que será de suma importancia para una futura toma de

decisiones, y el (la) profesor(a) jefe o de asignatura lo comunicará al apoderado a través de la libreta

de comunicaciones.

El registro de la falta debe ser precisa y sin juicios valóricos.

D. AMONESTACIÓN ESCRITA Y COMPROMISO

Se aplica cuando la estudiante presenta una acumulación de anotaciones negativas en su hoja de vida,

manifestando un patrón de conducta deficiente, o frente a una falta grave.

La aplicará la Encargada de Convivencia Escolar cuando la gravedad de la falta lo amerite, o bien si:

- La estudiante acumule tres (3) anotaciones por faltas leves en una misma asignatura. La

citación la hará el (la) profesor(a) respectivo.

- La estudiante acumula tres (3) anotaciones por faltas leves de diferentes asignaturas. La

citación la hará el (la) profesor (a) jefe.

La amonestación escrita es una advertencia para que la estudiante enmiende su conducta y en ella

deberán quedar registrados los compromisos que adquiera para modificar su comportamiento.

El apoderado será citado para ser informado de la aplicación de esta sanción.

Dicho documento se dejará en el expediente individual del estudiante y/o en el archivador junto a su

ficha de matrícula.

E. SUSPENSIÓN DE CLASES.

Se aplica cuando la estudiante presenta una falta grave o muy grave, cuando no ha cumplido con los

compromisos de la amonestación escrita, o cuando se considere que su presencia en la sala de clases

haya dañado o dañe el bienestar común de su grupo.

Esta medida será aplicada por el (la) director(a) del establecimiento.

La suspensión transitoria podrá realizarse hasta por cinco (5) días hábiles. Esta medida se aplicará

cuando la estudiante presente algún problema disciplinario que deba superar antes de continuar su

convivencia normal y habitual con su curso.

La suspensión permanente podrá realizarse de manera indefinida o considerando reducciones de la

jornada escolar. Esta medida se aplicará en cualquier época del año, cuando una estudiante, por falta

grave o muy grave y/o después de haber permanecido el tiempo reglamentario con una condicionalidad,

haya cometido una nueva falta grave o muy grave, transformándose en un peligro real para la integridad

física o sicológica de algún miembro de la comunidad educativa. Esta estudiante tendrá un programa

de pruebas en horario distinto al de sus compañeras, evitando así un daño al normal quehacer escolar

y/o la sana convivencia del curso.

El director en conjunto con el encargado de convivencia escolar citará al estudiante y apoderado, para

informar de la medida. Se dejará copia escrita y firmada por el (la) estudiante, apoderado y director,

referente a los compromisos asumidos y a la sanción de suspensión.

F. ADVERTENCIA DE CONDICIONALIDAD

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Es el último paso antes de la condicionalidad, se aplica cuando la estudiante presenta una falta grave

o muy grave o cuando no ha cumplido con los compromisos de la amonestación escrita y/o suspensión

de clases.

Es propuesta por el encargado de convivencia escolar, siendo analizada a cabalidad por el Consejo de

Profesores y los asesores que esta entidad considere necesarios.

La directora del establecimiento es quien finalmente aprueba esta sanción.

La jefa técnica, en conjunto con el profesor(a) jefe y el o la Encargada de Convivencia Escolar,

determinarán las medidas de apoyo pedagógico o psicosocial que requiere la estudiante, para evitar

cometer las mismas faltas y mejorar su situación en el establecimiento.

La estudiante y su apoderado serán citados por la directora, profesor(a) jefe y/o encargado de

convivencia escolar para analizar la situación del (la) estudiante con respecto a la gravedad de la(s)

falta(s) e informarle la medida aplicada.

Se dejará copia escrita y firmada por la estudiante, apoderado/a y profesor/a un documento donde se

consignen los compromisos asumidos y la sanción de advertencia de condicionalidad impuesta.

G. CONDICIONALIDAD

Se aplica por incumplimiento reiterado del compromiso contraído en el punto anterior (F), referido a la

advertencia de condicionalidad, lo que debe estar debidamente registrado en el libro de clases, o por

una falta muy grave.

El Consejo de Profesores junto al encargado de convivencia escolar propondrán al director la medida,

quien la ratificará o rechazará.

El estudiante y su apoderado serán citados por el (la) director(a), profesor(a) jefe y/o encargado de

convivencia escolar para analizar la situación del (la) estudiante con respecto a la gravedad de la(s)

falta(s) e informarle la medida aplicada.

Se determinará por el colegio las medidas de apoyo pedagógico o psicosocial que requiere el (la)

estudiante para evitar cometer las mismas faltas y mejorar su situación en el establecimiento. Se dejará

copia escrita y firmada por el (la) estudiante, apoderado y encargado de convivencia escolar, referente

a los compromisos asumidos y a la sanción de condicionalidad impuesta.

Casos de faltas graves pueden ameritar condicionalidad sin haber cumplido los pasos anteriormente

enunciados. Para ello será el Consejo de Profesores, en su carácter de estamento consultivo, quien

propondrá al director(a) la aplicación de la misma. La decisión de aplicarla es prerrogativa del

director(a).

La condicionalidad implica una posible no renovación de matrícula del (la) estudiante, por no ajustarse

su conducta a los valores y principios del Proyecto Educativo del colegio.

H. EXPULSIÓN O CANCELACIÓN DE MATRÍCULA

La cancelación de matrícula se aplicará al término del año escolar a aquella estudiante cuyo comportamiento

es muy grave, infringiendo las causales descritas en el presente reglamento y afectando gravemente a la

convivencia escolar. De esta manera, ya cumplidos los pasos previos de reunión con padre, madre o

apoderado(a), representando la inconveniencia de la(s) conducta(s), no teniendo buenos resultados las

medidas pedagógicas o psicosociales aplicadas - o no siendo cumplidas por la estudiante, resulta aconsejable

la salida definitiva del establecimiento previo procedimiento propiamente tal. Procederá también su aplicación

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en cualquier momento del año lectivo, luego de un procedimiento previo, racional y justo, cuando se trate de

conductas que atenten directamente contra la integridad física o psicológica de alguno de los miembros de la

comunidad escolar. La medida solo será decidida por el /la directora(a) del establecimiento.

I. PROCEDIMIENTO A SEGUIR EN CASO DE EXPULSIÓN O CANCELACIÓN DE LA MATRÍCULA

El procedimiento a seguir en caso de expulsión o cancelación de la matrícula contiene los principios

fundamentales de un debido proceso, siendo un procedimiento racional y justo, resguardando el interés superior

de todo estudiante.

a. El establecimiento notificará por escrito al estudiante y apoderado de la decisión de expulsión o

cancelación de la matrícula.

b. Dicha notificación escrita debe contener todos los fundamentos por los cuales se ha adoptado la

decisión.

c. Dentro de los siguientes 15 días posteriores a la notificación, el apoderado tiene derecho a solicitar la

reconsideración de la medida al director(a) del colegio, a través de un recurso de reposición, el cual

debe ser escrito y contener todos los medios de prueba que revistan igual carácter.

d. En dicho recurso, se están resguardando los principios de bilateralidad de la audiencia con el derecho

a ser oído, y tendrá la oportunidad de acompañar a dicha solicitud todos los medios probatorios de los

cuales se pretenda hacer valer.

e. Una vez recepcionada la solicitud de reconsideración de la medida, la directora consulta al Consejo de

Profesores.

f. Si en la solicitud de reconsideración se acompañan medios de prueba que no sean escritos, se citará

a una audiencia de prueba en presencia del director(a) y el Consejo de Profesores, quienes podrán

hacer las consultas pertinentes.

g. Una vez finalizada la etapa probatoria, el Consejo de Profesores debe emitir un informe escrito,

teniendo a la vista los informes del apoyo al estudiante, y la directora resuelve.

h. La decisión final, si determina la expulsión o cancelación de la matrícula, debe informarse a la Dirección

Regional de la Superintendencia de Educación, dentro de cinco (5) días hábiles desde su

pronunciamiento.

i. Corresponderá al Ministerio de Educación la reubicación de la afectada y las medidas de apoyo

pertinentes.

j. MEDIDAS DE ACOMPAÑAMIENTO

Cundo una estudiante presente falas leves reiteradas o una falta grave, la Encargada de Convivencia elaborará

un PLAN DE INTERVENCIÓN INDIVIDUAL, el cual tendrá vigencia de un semestre, para revisar si se dan los

cambios esperados y darlo por concluido o continuar con él.

En dicho plan deben intervenir diferentes profesionales, profesor jefe, de asignatura, psicólogo y otros si es

necesario. Allí se consignarán las actividades, responsabilidades y plazos de las intervenciones intervención.

Si no se observa una mejora en las conductas o actitudes que dieron lugar a esta intervención, se seguirán los

pasos que establece el presente reglamento.

X. CONDUCTO REGULAR Y SISTEMA DE APELACIONES i) CONDUCTO REGULAR:

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Las estudiantes y los apoderados de la Escuela tienen el derecho de ser escuchados y que sus reclamos, denuncias y sugerencias, sean recibidas y evaluadas por quien corresponda. Para ello se especifica a continuación el conducto regular que deberán seguir:

a) Profesor/a Jefe: La primera persona a la que deben acudir las estudiantes y los apoderados es al Profesor/a Jefe, pues ellas/os son los primeros responsables de estos en el establecimiento, tienen por lo tanto la facultad y capacidad de solucionar problemas de menor envergadura y de derivar a estamentos superiores si la situación lo amerita.

b) Inspector/a General: Sí la problemática es de carácter conductual, es quien deberá solucionarla y recepcionar las apelaciones a las sanciones, reclamos, sugerencias, etc.

c) Encargada de Convivencia: en caso que las denuncias y problemáticas sean de carácter psicosocial,

debe informarse a la encargada de convivencia para que según su naturaleza derive al profesional correspondiente.:

En caso de Maltrato entre pares y/o bullyng será abordado por esta.

En caso de abuso sexual, es la Psicóloga quien activará el protocolo.

Si se tratara de violencia intrafamiliar, maltrato y/ vulneración de derechos, le corresponde a la Trabajadora Social, abordar el problema.

Quienes activarán los protocolos correspondientes.

1. Director/a: Sólo intervendrá en los casos que no se pudieron resolver en los estamentos anteriores, sin embargo, será informada de cada caso o situación que se dé al interior del establecimiento, de inmediato. Además, se le informará del avance de los Planes de Intervención que se estén implementando.

2. Libro de felicitaciones y reclamos: Todo integrante, así como visita de esta comunidad educativa tendrá la

facultad de expresar en forma escrita sus comentarios de felicitación y/o reclamo con respecto al funcionamiento, atención recibida, y lo que considere relevante. (Se revisará 1 vez a la semana).

ii) SISTEMA DE APELACIONES:

Cuando una estudiante haya sido sancionada por cometer alguna falta expresada en este reglamento, tendrá

derecho a apelar a la sanción, en un plazo de cinco días hábiles. Esta apelación deberá ser solicitada por el o

la apoderada, mediante una carta o correo electrónico dirigido a la director/a, expresando el por qué se debe

considerar la modificación o anulación de la sanción. Se citará a entrevista al apoderado y la estudiante

para dar respuesta de la solicitud en un plazo no mayor a cuatro días hábiles.

Observaciones Generales

El establecimiento no se hará responsable de la pérdida o deterioro de joyas, celulares, cámaras fotográficas, de video, tablet, notebook o cualquier otro objeto que no sea solicitado por el establecimiento, con un fin pedagógico.

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XI. DISPOSICIONES PARA PREMIOS Y RECONOCIMIENTOS Como Institución Educativa, sostenemos con firmeza que el estímulo y el refuerzo positivo son el

mejor modo de formar personas y de obtener cambios positivos en el comportamiento de nuestras

niñas. En este sentido, se hace un deber destacar los esfuerzos, el cumplimiento de ciertas etapas

y los distintos logros alcanzados en el proceso de formación integral que durante el año evidencien

las estudiantes.

Éstos, además de ser consignados en su Hoja de Observaciones y en el Informe de Desarrollo

Personal, son reconocido frente a toda la comunidad educativa, estudiantes, padres o apoderados y

cuerpo docente y asistentes de la educación, en diversas instancias.

Teniendo en cuenta los valores centrales en el proceso educativo, la comunidad Helen Keller otorgará

un estímulo al final del año escolar a las estudiantes que hayan presentado las siguientes conductas

de excelencia:

Destacadas por el “Valor del Mes”.

Excelencia académica.

Compañerismo.

Esfuerzo.

Estudiante Helen Keller

Asistencia.

Solidaridad

Espíritu deportivo

Talleres extraescolares

Otros

XII. PROTOCOLO DE ACCIDENTES ESCOLARES

ANTECEDENTES.

La ley 16.744 Art. 3, dispone que estarán protegidos todos los alumnos de establecimientos fiscales

o particulares por los accidentes que sufran con ocasión de sus estudios.

Un accidente escolar es toda lesión que un estudiante pueda sufrir a causa o en el desarrollo de

actividades escolares que, por su gravedad, traigan como consecuencia incapacidad o daño. Dentro

de esta categoría se considera también los accidentes que puedan sufrir los estudiantes en el trayecto

desde y hacia sus establecimientos educacionales.

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En caso de accidente escolar, todas las estudiantes, tanto de educación parvularia como básica,

están afectos al Seguro Escolar, desde el instante que se matriculen en la escuela.

En caso de enfermedad repentina de una alumna durante la actividad escolar, se procederá de la

siguiente manera:

1. EN CASO DE ENFERMEDAD O ACCIDENTE MENOS GRAVE:

La alumna será llevada a inspectoría y se realizarán los primeros auxilios, o en su efecto se le dará

agua de hierbas. Es importante recordar que la escuela NO está autorizada para administrar ningún

tipo de medicamento. Inspectoría llamará al apoderado y enviará una comunicación si fuese

necesario.

2. EN CASO DE ACCIDENTES LEVES:

En los casos que el accidente requiera atención médica. Se llamará a los padres y/o apoderados,

para que sean ellos quienes trasladen a la alumna al centro de salud que estimen conveniente, con

el seguro escolar emitido por el o la inspectora.

3. EN CASO DE ACCIDENTES GRAVES:

En todos los casos que el accidente sea grave, (determinado por encargada de enfermería

o quien cuente con cursos de primeros auxilios), se llamará inmediatamente al servicio de

urgencias de la comuna, quienes trasladarán en ambulancia a la urgencia del hospital.

Simultáneamente se dará aviso al apoderado y ellos podrán tomar la decisión de trasladar a

otro servicio. Las alumnas que cuenten con seguros particulares de salud, deben mantener

la información actualizada en ficha personal de alumna (se encuentra en Inspectoría), para

que la escuela se comunique directamente con ellos.

Es importante que la escuela cuente con todos los datos personales de las estudiantes y

teléfonos de emergencia actualizados. Es responsabilidad de los padres y apoderados

mantener estos datos actualizados.

XIII. MEDIDAS ORIENTADAS A GARANTIZAR LA HIGIENE DEL ESTABLECIMIENTO EDUCACIONAL

Medidas orientadas y/o pasos para la ejecución de implementación de orden y limpieza: Para esto se tomarán algunas medidas que son:

Contar con personal contratado para dicho efecto, es decir para la limpieza e higiene del establecimiento.

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Mantener un stock de productos que son imperiosos para las labores de saneamiento, dada la presencia de niños en general estos productos deben ser hipoalergénicos y de contenidos no tóxicos.

Respecto a las herramientas de limpieza, es preferible emplear utensilios de microfibra.

Retirar los residuos diariamente de salas, oficinas, patios y/o espacios del establecimiento en general, depositarlos en contenedores especiales.

Ventilar aulas, oficinas, biblioteca, laboratorio antes de comenzar las labores educativas, en especial con estudiantes.

Barrer diariamente al inicio de la jornada y al final del horario de clases, los accesos, aulas, oficinas, patio con utensilios entregados por parte del establecimiento.

Limpiar las manchas presentes en las mesas y las sillas con un producto que tenga propiedades desinfectantes, no tóxicas.

Mantener limpias las superficies escritorios, dispensadores de agua ya que son susceptibles a convertirse en fuentes de enfermedades.

Las puertas y manillas deben ser constantemente desinfectadas para evitar enfermedades por contacto, se debe prestar especial atención a la hora de ejecutar la higienización.

Limpieza y desinfección diariamente de baños y servicios higiénicos para evitar enfermedades relacionadas y acumulación de agentes patógenos.

Mantener en la sala de clases, baños, comedores recipientes con alcohol gel para el uso diario los estudiantes y así evitar infecciones.

Por su parte, el fregado de los suelos se realizará de forma manual, estas tareas tienen que llevarse a cabo a diario para garantizar que el centro escolar esté en óptimas condiciones higiénicas y la salud de las niñas no corra peligro alguno.

MEDIDAS DESTINADAS A EVITAR Y PREVENIR PRESENCIA DE PLAGAS EN EL ESTABLECIMIENTO. En las instalaciones escolares se pueden albergar plagas que son peligrosas para la salud de los estudiantes y el personal. Algunas plagas propagan patógenos dañinos para las personas, es por esta razón que se implementa en el establecimiento educacional un plan de control:

Mantener un control e inspección habitual de las inmediaciones del establecimiento.

Preservación de registros con fechas y presentación periódica de informes sobre cada espacio del establecimiento según los requerimientos que sean necesarios.

Mantener trampas y cebos para la erradicación de roedores, entregar instrucciones a los estudiantes que no las manipulen.

Recibir y solicitar educación y aplicación de conocimientos sobre los ciclos de vida de las plagas.

Asegurar la aplicación estratégica de control de plagas.

Educación del personal escolar, los docentes, profesionales y a las estudiantes sobre los pasos para prevenir plagas. Información de acciones para la prevención de plagas. Las plagas se ven atraídas por el alimento y agua en ubicaciones confinadas para su uso, mantenerlas limpias y debidamente protegidas.

Las plagas aumentan en áreas sucias y desordenadas mantener estantes, salas de clases, oficinas, bibliotecas y bodegas limpias y ordenadas.

Las áreas cálidas y poco ventiladas como bodegas, pueden ser foco de plagas.

Informar sobre grietas o fisuras en el establecimiento y/o en las instalaciones ya que pueden atraer la llegada de plagas.

Mantener un control del retiro de desperdicios de los contenedores, camión recolector de basura.

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XIV. REGULACIONES REFERIDAS A LA GESTION PEDAGOGICA Y PROTECCION A LA MATERNIDAD Y PATERNIDAD

PROTOCOLO ANTE EL EMBARAZO Y/O MATERNIDAD DE UNA ESTUDIANTE.

El principal objetivo de este protocolo es resguardar el derecho a la educación de estas estudiantes, y brindarles todos los apoyos que necesiten para que logren los aprendizajes correspondientes a su nivel de enseñanza y resguardar y fortalecer la permanencia de la estudiante en el sistema escolar. Para ello se establecerá claramente la modalidad de evaluación a la que la estudiante puede acceder como alternativa, en tanto la situación de embarazo o de maternidad le impida asistir regularmente al establecimiento. El establecimiento resguardará que la estudiante embarazada:

1. En el ámbito pedagógico

1.1 Participe en todas las actividades curriculares.

1.2 Sea evaluada de la misma forma que sus Compañeras

1.3 Cuente con las facilidades necesarias para cumplir con el calendario de evaluación; en

conjunto con la estudiante, la Unidad Técnica Pedagógica elaborará un calendario flexible

de pruebas y trabajos.

1.4 Cada vez que se ausente por situaciones derivadas del embarazo, parto, post parto, control

de niño sano y/o enfermedades del hijo menor de un año, presentando certificado médico

o carné de salud, acceda a una reprogramación de evaluaciones.

1.5 Tenga exámenes libres si la situación lo amerita, adjuntando la certificación médica

correspondiente y Contará con horarios de consultas donde la estudiante podrá resolver

dudas y recibir asesoría directamente de sus Profesores.

1.6 Disponga de un/a docente responsable o tutor(a).

1.7 Reciba orientación y la atención de los profesionales competentes, según corresponda y

según las problemáticas de la estudiante embarazada, resguardando el derecho a la

educación de la misma.

1.8 Asista a todas las actividades extra-programáticas que se realicen al interior o fuera del

E.E., con las excepciones que se deriven de las indicaciones del médico tratante.

1.9 Asista a las clases de Educación Física en forma regular, siguiendo las orientaciones del

médico tratante, sin perjuicio de ser evaluadas en forma diferencial o ser eximidas en los

casos en que por razones de salud así procediera.

1.10 Se exima de la asignatura de Educación Física hasta el término del puerperio. Asimismo,

en casos calificados por el médico tratante, podrá eximirse de dicha asignatura por todo el

año escolar.

Artículo 11.- El embarazo y la maternidad en ningún caso constituirán impedimento para

ingresar y permanecer en los establecimientos de educación de cualquier nivel, debiendo

estos últimos otorgar las facilidades académicas y administrativas que permitan el

cumplimiento de ambos objetivos.

(Ley 20.370)

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1.11 Sea promovida de curso con un porcentaje de asistencia menor al 85% mínimo exigido

según normativa, siempre que sus inasistencias hayan sido debidamente justificadas por:

los médicos tratantes, carné de control de salud y cumpla con los requisitos de promoción

establecidos en el reglamento de evaluación. Se dará flexibilidad en las evaluaciones

garantizando el logro de aprendizajes y objetivos de aprendizaje establecidos en las bases

curriculares respectivas.

1.12 Termine el año escolar anticipadamente, siendo promovida, siempre y cuando cumpla con

la normativa de aprobación que establece el Reglamento de Evaluación del

Establecimiento.

1.13 No se exponga al contacto de materiales nocivos u otras situaciones de riesgo para su

embarazo o lactancia.

1.14 No sea objeto de cambio de establecimiento o expulsión, cancelación de matrícula,

negación de matrícula, suspensión u otra medida similar.

1.15 Su condición no sea causal para cambiarla de jornada de clases o a un curso paralelo,

salvo que ésta manifieste su voluntad expresa de cambio fundada en un certificado

otorgado por un profesional competente.

1.16 Se respete el derecho a participar en organizaciones estudiantiles, así como en cualquier

ceremonia que se realice en la que participen los demás estudiantes.

2. Funciones del Tutor designado: 2.1 Ser un intermediario/nexo entre alumna y profesores de asignatura para organizar la

entrega de materiales de estudio y evaluaciones. 2.2 Supervisar las inasistencias; supervisar e informar a la unidad técnico pedagógica el

cumplimiento de los docentes de las asignaturas. 2.3 Gestionar apoyo pedagógico especial: supervisar en conjunto con Unidad Técnico

Pedagógica entrega de materiales de estudio, entrega de calendario de evaluación alternativo cuando sea necesario y entrega de guías de aprendizaje. Este apoyo se dará mientras que la alumna se ausente por situaciones derivadas del embarazo, parto, post parto, control de niño sano y enfermedades del hijo menor de un año. Acreditando con certificado médico respectivo.

3. En el ámbito de su condición de embarazada o madre

3.1 Haga uso de su derecho a asistir a los controles de embarazo, post- parto y control sano de

su hijo o (a) en el centro de salud familiar o consultorio correspondiente, documentadas por

el médico tratante o matrona.

3.2 Haga uso de los servicios higiénicos, cuantas veces lo requiera, sin tener que reprimirse por

ello.

3.3 Se facilite durante los recreos que la estudiante embarazada pueda utilizar las dependencias

de las bibliotecas u otros espacios del establecimiento, para evitar estrés o posibles

accidentes.

3.4 Haga uso de su derecho a contar con el periodo de alimentación de su hija(o) que pudiera

ser el máximo de una hora, para lo cual podrá salir del colegio en los recreos, o en los horarios

que ella estime conveniente. Este horario deberá ser comunicado formalmente a la dirección

del colegio durante la primera semana de ingreso posterior del parto. Si la estudiante reside

a una distancia, que no le permite alimentar a su hijo(a) en el tiempo estipulado, podrá realizar

una solicitud de forma escrita para continuar el año escolar realizando exámenes libres.

3.5 Las salidas a los controles deben ser avisadas, dejando registros de aquellos en el libro de

retiro que se encuentra en inspectoría general.

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4. DE LOS ADULTOS RESPONSABLES DE LAS ESTUDIANTES EN SITUACIÒN DE

EMBARAZO Y MATERNIDAD.

4.1 La madre, el padre u otro adulto que figure en calidad de apoderado responsable de la estudiante adolescente, será el encargado oficial de informar en el establecimiento educacional que la estudiante se encuentra en esta condición. La Dirección del establecimiento les informará sobre los derechos y obligaciones tanto de la estudiante, como de la familia y del establecimiento educacional.

4.2 El apoderado responsable deberá firmar una “Carta de Compromiso de Acompañamiento al Adolescente”, para que la alumna asista a controles, exámenes médicos y otras instancias que demanden atención de salud, cuidado del embarazo y del hijo/a nacido, que implique la ausencia parcial o total de la estudiante durante la jornada de clases.

4.3 Si la estudiante se ausentara por más de un día, el/la apoderada(a) deberá hacer retiro de materiales de estudio.

4.4 Cuando la estudiante deba ausentarse por razones médicas, de alimentación o enfermedad del recién nacido el apoderado responsable deberá firmar una Carta que Autorice a su hija a retirarse del establecimiento sin la compañía de un adulto.

4.5 Se debe notificar oportunamente al establecimiento educacional de situaciones como: cambio de domicilio, actualización de números telefónicos del apoderado, o si la hija en condición de embarazo y/o maternidad quedará bajo la tutela o responsabilidad de otra persona.

4.6 Trabajadora Social ingresará al Sistema de Registro de Estudiantes Embarazadas de JUNAEB a sus estudiantes en estas condiciones e informará a los padres y/o Apoderados responsables de la estudiante de los beneficios que entrega el MINEDUC para que pueda continuar sus estudios y completar su trayectoria educativa:

5. REDES DE APOYO.

5.1 Apenas te enteres de tu embarazo o tengas síntomas de retraso, debes acudir a tu consultorio;

Ahí te ingresarán al programa chile crece contigo, que es un sistema integral de apoyo a niños

y niñas de primera infancia, desde la gestación hasta que entran a primer nivel de transición

(4 años), aportándote ayudas en tu situación de adolescente embarazada.

5.2 Solicita en tu establecimiento información de JUANEB sobre la beca de apoyo a la retención

escolar (B.A.R.E.) y sobre el programa de apoyo a la retención escolar para embarazada

madres y padres adolescentes. Puedes averiguar tu misma en www.junaeb.cl o al teléfono

(569)59500665.

5.3 Si eres madre o estas embarazada, puedes encontrar información respecto a las edades del

desarrollo de los y las párvulos/es, en la página principal de la junta nacional de jardines

infantiles, JUNJI (www.junji.cl). Tales como PEC "Salas cunas para que estudie Contigo"

5.4 Salas cunas de la red JUNJI.

5.5 Beca de Apoyo a la retención Escolar "BARE", es un aporte económico otorgado por

la JUNAEB, que beneficia a estudiantes con riesgo de deserción escolar por su

condición de embarazo, maternidad y paternidad.

6. RESPECTO DEL CONSEJO ESCOLAR

El Consejo Escolar deberá tener conocimiento del protocolo de retención de estudiantes

embarazada o madres.

Esto será informado en la primera reunión del concejo escolar, apuntado en acta.

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XV. REGULACION DE PROMOCION Y EVALUACION

DISPOSICIONES GENERALES

Articulo 01 Se evaluarán y cuando sea pertinente, se calificarán, los conocimientos, habilidades, actitudes, productos, y en general, todos aquellos elementos susceptibles de ser considerados indicadores relevantes de aprendizaje. Los fines de la evaluación serán; alcanzar los aprendizajes; descubrir los aspectos a mejorar en los procesos de enseñanza-aprendizaje; calificar el nivel de logro de objetivos, conocimientos y habilidades; aportar información para la toma de decisiones y diagnosticar conductas de entrada. Articulo 02 Las estudiantes serán evaluadas en periodos semestrales, de acuerdo a la naturaleza de la asignatura y conforme a la planificación del docente responsable. Articulo 03 El proceso de evaluación, como parte intrínseca de la enseñanza podrá tener un uso: Diagnóstico: Para determinar conductas de entrada. Formativo: como parte del proceso de enseñanza aprendizaje para monitorear y acompañar el aprendizaje de las estudiantes, es decir, cuando la evidencia del desempeño de estas, se obtiene, interpreta y usa por los profesionales de la educación y por las estudiantes para tomar decisiones acerca de los siguientes pasos en el proceso de enseñanza aprendizaje. Sumativo: cuyo objetivo es certificar, generalmente mediante una calificación, los aprendizajes logrados por las estudiantes. Entre los instrumentos que se emplearán para evaluar el logro de aprendizajes se considerará, los siguientes: Pruebas escritas u orales, observación directa, ensayos, informes, mapas conceptuales, proyectos, entrevistas, representaciones, cuestionarios, disertaciones, entre otros. Artículo 04

Los docentes contaran con espacios de trabajo pedagógico quincenal donde puedan discutir

y acordar criterios de evaluación y tipos de evidencia centrales en cada asignatura, de

manera que desarrollen un trabajo colaborativo para promover la mejora continua de la

calidad de sus prácticas evaluativas y de enseñanza de conformidad con lo dispuesto en los

artículos 6°, 69 y 80 del decreto con fuerza de ley N° 1 de 1996, del Ministerio de Educación;

Artículo 05 Las estudiantes no podrán ser eximidas de ninguna asignatura del plan de estudio, debiendo ser evaluadas en todos los cursos y en todas las asignaturas que dicho plan contenga. No obstante, lo anterior, se implementarán las diversificaciones pertinentes para las actividades de aprendizaje y los procesos de evaluación de las asignaturas en caso de que una estudiante así lo requiera. Asimismo, se realizarán las adecuaciones curriculares

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necesarias, según lo dispuesto en los decretos exentos N°s 83, de 2015 y 170, de 2009, ambos del Ministerio de Educación.

Artículo 06 En caso de que una estudiante por un impedimento físico temporal o de otra índole no pueda rendir una evaluación, se le otorgara un plazo hasta que supere ésta o se buscarán otras alternativas para evaluarla.

DE LA EVALUACION FORMATIVA La evaluación cumple un propósito formativo cuando se utiliza para monitorear y acompañar el aprendizaje de los estudiantes, es decir, cuando la evidencia de su desempeño se obtiene, interpreta y usa por docentes y estudiantes para tomar decisiones acerca de los siguientes pasos para avanzar en el proceso de enseñanza-aprendizaje. (MINEDUC,2018) Artículo 07

LA EVALUACIÓN FORMATIVA pretende articular el proceso de enseñanza-aprendizaje

con el fin de que estudiantes y docentes puedan responder a las siguientes preguntas: ¿hacia

dónde voy? (¿qué objetivo de aprendizaje espero lograr?), ¿dónde estoy ahora? (¿cuán

cerca o lejos me encuentro de lograr ese aprendizaje?) y ¿qué puedo hacer para llegar a

donde tengo que ir? (¿qué pasos tengo que dar para acercarme a ese aprendizaje?).

Para abordar estas preguntas se pueden utilizar estas cuatro estrategias de evaluación

formativa en el aula que, usadas en conjunto y sistemáticamente, dan a la evaluación en la

sala de clases un mayor uso pedagógico. Estas son:

- Compartir los objetivos de aprendizaje y sus criterios de logro.

- Diseñar y realizar actividades que permitan evidenciar el aprendizaje.

- Retroalimentar efectiva y oportunamente.

- Dar oportunidades para la autoevaluación y coevaluación.

(EVALUACIÓN FORMATIVA EN EL AULA, ORIENTACIONES PARA DOCENTES; Unidad de CurrÍculum y Evaluación, Ministerio de Educación) Procedimiento de evaluación formativa: Considerar planificación en reversa. 1) Identificar los resultados deseados: acorde a los valores contemplados en el PEI y que son el sello institucional de nuestro establecimiento, así como también las habilidades y actitudes contempladas en las bases curriculares de cada asignatura. 2) Determinar las evidencias y la evaluación. 3) Planificar las experiencias y la evaluación.

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DE LAS EVALUACIONES

Articulo 08

Respecto de las actividades de evaluación que pudieran llevar o no calificación, incluyendo

las tareas que se envían para realizar fuera de la jornada escolar

- Podrán ser enviadas cuando una estudiante no complete la actividad durante la clase,

para que se terminen en el hogar

- Las tareas deberán ser de carácter formativo (sin calificación), acotadas, evitando que

demanden un tiempo prologado en su realización y cuyo propósito sea el de reforzar

los aprendizajes desarrollados durante la clase, para lo cual deben ser revisadas y

retroalimentadas durante la clase siguiente.

- En cada asignatura se podrá desarrollar un trabajo de investigación semestral

calificado, siempre y cuando corresponda a una investigación o disertación cuyo

objetivo sea profundizar, analizar y reflexionar sobre un tema. Además, se debe

establecer al menos una clase para la elaboración de éste.

- Para este tipo de estrategia, los profesores presentarán previamente, modelos de

ejecución del trabajo y la rúbrica con la cual evaluarán.

Articulo 09 Al comienzo del año lectivo se aplicará una evaluación diagnóstica en las asignaturas lenguaje y matemática, inglés, ciencia e historia, en todos los cursos, cuyos resultados se registrarán en el libro de clases, aplicando una escala de valoración conceptual de los ejes de aprendizaje que aparecen en los estándares de aprendizaje, como Logrado o No Logrado. Las pruebas de diagnóstico de cada asignatura, se realizan al inicio de cada año académico y son calificadas en base a un concepto de Logrado (L) o No Logrado (NL)

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TABLA DE CALIFICACION CONCEPTUAL PRUEBA DE DIAGNOSTICO

Concepto Símbolo Rango calificación numérica

Logrado L Igual o mayor al 60%

No Logrado NL Menor al 60%

Los profesores de las demás asignaturas tendrán la posibilidad de decidir su aplicación. Artículo 09, Inciso 1: Al inicio del año lectivo se desarrollará en todas las asignaturas una Unidad de Enlace o nivelación cuyo fin será retomar los objetivos de aprendizajes del año anterior detectados como más descendidos en la evaluación diagnóstica, y conectarlos con los del nuevo nivel, retroalimentar y reforzar el dominio de los conocimientos de mayor relevancia del nivel precedente para el inicio de un nuevo proceso de aprendizaje a partir de los resultados que reporte la evaluación diagnóstica. Artículo 09, inciso 2 Los resultados de las estudiantes serán informados a los Padres y Apoderados mediante un informe que se obtiene de la plataforma computacional LIRMI, disponible para estos efectos, con las calificaciones obtenidas en relación al logro de Objetivos y Contenidos de cada asignatura, al igual que el Desarrollo Personal y Social, de acuerdo al siguiente calendario:

TIPO DE INFORME MES

Informe de Calificaciones Parciales Mayo

Informe de Calificaciones Parciales Junio

Informe Final de Calificaciones y de Desarrollo Personal y Social del Primer Semestre

Agosto

Informe Calificaciones Parciales septiembre

Informe Calificaciones Parciales Octubre

Informe Calificaciones Parciales Noviembre

Informe Final de Calificaciones y de Desarrollo Personal y Social Anual

Diciembre

Artículo 10 Por su parte la estudiante debe ser informada de la calificación obtenida en una evaluación, incluidos los trabajos de investigación o prácticos, dentro de un plazo de 10 días hábiles a partir de la fecha de su desarrollo. Antes de una nueva evaluación, debe conocer el resultado la calificación obtenida en la evaluación anterior. ACERCA DE LA CALIFICACIÓN DEL PROCESO EVALUATIVO Articulo 11 Las Asignaturas de Religión, Orientación y Consejo de Curso, serán evaluadas con conceptos Muy bueno (MB), Bueno (B), Suficiente (S) e insuficiente (I). no incidiendo en el promedio final anual ni en la promoción de las estudiantes.

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Articulo 12 Los decimales de promedios y ponderaciones deberán ajustarse a la décima, considerando la centésima. Cuando la centésima sea igual o superior a cinco, deberá aumentar la décima en una unidad. En caso contrario la décima permanece sin modificación alguna. Articulo 13 Cada profesor(a) de asignatura incluirá en, al menos una de las evaluaciones del semestre, el proceso de autoevaluación y/o coevaluación, cuyo porcentaje no debe ser superior al 10% de la nota final obtenida. Articulo 14 La escala usada para calificar será de un 60% de exigencia para la aprobación, y la calificación final anual se expresará en una escala numérica de 2.0 a 7.0, empleando hasta un decimal, siendo la calificación mínima de aprobación un 4.0. Articulo 15 La calificación semestral se entenderá como el promedio, ajustado a la décima, de las calificaciones parciales de dicho semestre. La calificación final anual será entendida como el promedio, de las calificaciones semestrales. ajustado a la décima. Articulo 16 La cantidad de calificaciones y las ponderaciones que se utilicen para calcular la calificación final semestral y de final de año de una asignatura de cada curso, deberá ser coherente con la planificación que para dicha asignatura realice el profesional de la educación, incluyendo la determinación de si se realizará o no una evaluación final y en que asignatura. En caso de que la calificación final de la asignatura corresponda a un promedio ponderado, la ponderación máxima de esta evaluación final no podrá ser superior a un 30%. La definición y los ajustes que se estimen necesarios deberán sustentarse en argumentos pedagógicos y se acordarán con el jefe técnico–pedagógico debiendo ser informados con anticipación a las estudiantes. Articulo 76 Con el fin de organizar el trabajo académico de las estudiantes las evaluaciones se calendarizarán al inicio de cada mes, evitando programar más de dos evaluaciones escritas dentro del mismo día. Lo anterior no considera la entrega de trabajos realizados con anterioridad. Articulo 18

Las estudiantes y apoderados deberán conocer y comprender las formas y criterios de

evaluación que se aplicarán, lo cual deberá ser informado mediante el calendario de

evaluaciones que se entrega en las reuniones de apoderados, la primera semana de cada

mes, indicando la fecha, los objetivos y el tipo de instrumento evaluativo que se aplicará, de

la misma forma deberá explicar verbalmente a las estudiantes.

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Articulo 19 Cuando el rendimiento de una estudiante sea insuficiente o se detecte algún problema que pueda interferir negativamente en el desarrollo de su proceso de aprendizaje, el o la profesora de la asignatura deberá entrevistar al apoderado, para que tome conocimiento y buscar en conjunto estrategias para ayudarla a mejorar. Articulo 20 Será obligación del docente que las evaluaciones sean coherentes con las habilidades efectivamente enseñadas, en las clases de su asignatura. Articulo 21 Todo instrumento de evaluación debe ser entregado a la UTP con una semana de anticipación al día de su aplicación para que esta la vice verificando que cumplan con:

a) Formulación explicita de los Objetivos de Aprendizaje. b) Tabla de especificaciones con Nivel Taxonómico de cada ítem. c) Instrucciones que señalen claramente qué acciones se deben desarrollar o cómo debe

proceder la estudiante. d) Explicitación de puntaje asignado a cada ítem. e) Asignación de puntaje coherente con el nivel de complejidad de la pregunta de

acuerdo al nivel taxonómico. f) Número de preguntas cuya significancia permita determinar si el estudiante alcanzó

el logro de un eje, Aprendizaje y/o habilidad. g) Considerar preguntas de desarrollo o argumentación. h) Aspectos formales: Membrete, tamaño de letra, espacios suficientes para preguntas

de desarrollo. DE LA RETROALIMENTACION DE LOS APRENDIZAJES Artículo 22: La retroalimentación debe ser una práctica pedagógica constante y oportuna para asegurar el aprendizaje de las estudiantes. De este modo se debe priorizar que se base en:

Describir lo que se ha logrado y como se puede mejorar

Focalizarse en el trabajo o actividad

Promover que los estudiantes corrijan los errores de manera autónoma

Entregar la retroalimentación en forma oportuna

Usar varias formas de retroalimentación: escrita, oral, individual o grupal

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DE LA PROMOCION DE LAS ESTUDIANTES Articulo 23 En la promoción de las estudiantes de Primero a Octavo año de Enseñanza Básica, se considerarán conjuntamente el logro de los objetivos de aprendizaje de las asignaturas del Plan de Estudio y la asistencia a clases: 1) Respecto del logro de Objetivos serán promovidas las estudiantes que:

a. Hubieren aprobado todas las asignaturas de sus respectivos Planes de Estudio. b. Aquellas estudiantes que reprueben una asignatura de su Plan de Estudios, siempre

y cuando su promedio final anual sea como mínimo un 4.5 (cuatro comas cinco), incluyendo la asignatura no aprobada.

c. Las estudiantes que habiendo reprobado dos asignaturas de su Plan de Estudio,

siempre que su promedio final anual sea como mínimo un 5.0, incluidas las asignaturas no aprobadas.

2) Respecto de la asistencia:

Serán promovidas las estudiantes que tengan un porcentaje igual o superior al 85%

de asistencia a las clases establecidas en el calendario escolar anual.

Para tales efectos, se considerarán como asistencia regular la participación de las

estudiantes en eventos previamente autorizados por el establecimiento, sean

nacionales o internacionales, en el área del deporte, la cultura, la literatura, las

ciencias y las artes.

El o la directora del establecimiento, en conjunto con el jefe técnico-pedagógico

consultando de Consejo de Profesores, podrá autorizar la promoción de estudiantes

con porcentajes menores a la asistencia requerida.

Se exceptuarán de tal requisito las situaciones particulares debidamente justificadas.

La Directora del Establecimiento podrá autorizar la promoción con porcentajes

menores de asistencia.

Articulo 24

Sin perjuicio de lo señalado en el artículo precedente, los establecimientos educacionales, a

través del o la directora y su equipo directivo, deberán analizar la situación de aquellas

estudiantes que no cumplan con los requisitos de promoción antes mencionados o que

presenten una calificación de alguna asignatura que ponga en riesgo la continuidad de su

aprendizaje en el curso siguiente, para que, de manera fundada, se tome la decisión de

promoción o repitencia de estas estudiantes. Dicho análisis deberá ser de carácter

deliberativo, basado en información recogida en distintos momentos y obtenida de diversas

fuentes y considerando la visión del estudiante, su padre, madre o apoderado.

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Esta decisión deberá sustentarse, además, por medio de un informe elaborado por el jefe

técnico - pedagógico, en colaboración con el profesor jefe, otros profesionales de la

educación, y profesionales del establecimiento que hayan participado del proceso de

aprendizaje de la estudiante. El informe, individualmente considerado por cada estudiante,

deberá considerar, a lo menos, los siguientes criterios pedagógicos y socioemocionales:

a) El progreso en el aprendizaje que ha tenido la estudiante durante el año;

b) La magnitud de la brecha entre los aprendizajes logrados por el alumno y los logros de

su grupo

curso, y las consecuencias que ello pudiera tener para Ia continuidad de sus

aprendizajes en el curso superior

c) Consideraciones de orden socioemocional que permitan comprender la

situación de la estudiante y que ayuden a identificar cuál de los dos cursos sería más

adecuado para su bienestar y desarrollo integral.

El contenido del informe a que se refiere el inciso anterior, podrá ser consignado en la hoja

de vida

de la estudiante.

La situación final de promoción o repitencia de las estudiantes deberá quedar resuelta

antes del término de cada ano escolar.

Una vez aprobado un curso, la estudiante no podrá volver a realizarlo, ni aun cuando estos

se desarrollen bajo otra modalidad educativa

Articulo 25

El establecimiento educacional deberá, durante el año escolar siguiente, arbitrar las medidas

necesarias para proveer el acompañamiento pedagógico de las estudiantes que, según lo

dispuesto en el artículo anterior, hayan o no sido promovidos. Estas medidas deberán ser

autorizadas por el padre, madre o apoderado.

Articulo 26

La situación final de promoción de las estudiantes deberá quedar resuelta al término de cada

ano escolar, debiendo el establecimiento educacional, entregar un certificado anual de

estudios que indique las asignaturas del plan de estudios, con las calificaciones obtenidas y

la situación final correspondiente.

El certificado anual de estudios no podrá ser retenido por el establecimiento educacional en

ninguna circunstancia.

El Ministerio de Educación, a través de las oficinas que determine para estos efectos, podrá

expedir los certificados anuales de estudio y los certificados de concentraciones de notas,

cualquiera sea el lugar en que este ubicado el establecimiento educacional donde haya

estudiado. Lo anterior, sin perjuicio de disponer medios electrónicos para su emisión según

lo dispuesto en el artículo 19 de la ley N° 19.880.

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Articulo 27 El rendimiento escolar de una estudiante no será obstáculo para la renovación de su matrícula, y tendrá derecho a repetir curso en el establecimiento a lo menos en una oportunidad, sin que por esa causal le sea cancelada o no renovada su matrícula. ACERCA DE LA INASISTENCIA A LAS EVALUACIONES Articulo 28

a) Cuando una estudiante no asista a una evaluación, el apoderado deberá justificar personalmente en inspectoría, en un plazo no superior a tres días desde la fecha de aplicación esta, presentando certificado médico o las explicaciones pertinentes. Será responsabilidad de la inspectora general informar al profesor/a de la asignatura correspondiente. Cuando existiesen causas que justifiquen dicha inasistencia, el porcentaje de exigencia será del 60%, siempre que el apoderado presente el certificado médico o la excusa correspondiente.

b) De no existir justificación respaldada con certificado médico, la evaluación pendiente se aplicará en un plazo máximo de 10 días hábiles desde la fecha original y tendrá una exigencia del 70%. La nueva fecha será informada previamente, tanto al apoderado como a la estudiante.

ACERCA DE POSIBLES VICIOS EN EL PROCESO DE EVALUACION Artículo 29 Si una estudiante es sorprendida en una actitud deshonesta durante un procedimiento evaluativo, ésta se suspenderá inmediatamente y se procederá de la siguiente manera:

a. Se dejará constancia en la hoja de vida del libro de clases b. Se derivará a inspectoría quien citará al apoderado para informarle. c. Luego se fijará una fecha para aplicar una nueva evaluación fuera del horario normal de

la jornada escolar, y se calificará con una escala del 70% de exigencia. d)

Articulo 30 Si una estudiante es retirada del establecimiento momentos antes de una evaluación, sin presentar certificado médico o una razón que lo justifique, la evaluación se aplicará la clase siguiente con el 70% de exigencia. Artículo 30, Inciso 1: Si un estudiante faltare a dos evaluaciones de la misma asignatura sin causa justificada, el profesor correspondiente citará al apoderado para informar la situación, que de no revertirse, conducirá a que la próxima inasistencia se le evalúe con un 80% de exigencia, dejando constancia de los antecedentes en el libro de clases.

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Articulo 31 Si una estudiante, se niega a rendir una evaluación, será calificada con nota mínima y el profesor deberá llamar a su apoderado para informar de dicho proceso y dejar el registro en el libro de clases. En caso que la estudiante se arrepienta de lo sucedido, durante los dos primeros días a contar del hecho, el profesor/a realizará una interrogación de la materia a evaluar con nota máxima 4.0, en horario que el docente disponga dentro de su jornada.

Articulo 32 Las alumnas que lleguen atrasadas a una evaluación, sin un justificativo, deberán ingresar a su clase y rendir la prueba inmediatamente en el tiempo que resta al asignado a todo el grupo curso, registrando la información en su hoja de vida del libro de clases. ESTUDIANTES QUE INGRESAN AL COLEGIO DURANTE EL AÑO LECTIVO Y DE QUIENES DEBAN AUSENTARSE POR PERIODOS PROLONGADOS Y OTRAS SITUACIONES ESPECIALES. Articulo 33 Las estudiantes que ingresen al Establecimiento durante el primer semestre y que provengan de un régimen trimestral, registrarán las notas del primer trimestre, exceptuando la nota final, como notas parciales. Si la matrícula se realiza al finalizar el primer semestre de este establecimiento, aquellas calificaciones finales del Primer Trimestre del colegio de procedencia, serán consideradas como calificaciones finales del primer semestre. Esto se realizará, siempre y cuando las calificaciones estén debidamente acreditadas. Quienes provengan de un régimen semestral registrarán tales calificaciones, una vez que sean debidamente certificadas, en el semestre que corresponda al momento de efectuarse la matrícula en el colegio. ARTICULO 34 Quienes, proviniendo de un régimen trimestral, se matriculen durante el Segundo semestre, registrarán las calificaciones obtenidas durante el Segundo Trimestre en su anterior colegio como calificaciones parciales del segundo semestre en este colegio. Articulo 35 Los apoderados de estudiantes que deban ausentarse por periodos prolongados o que requieran finalizar su proceso en forma anticipada, deberán solicitar autorización a la Dirección del Establecimiento mediante una petición formal que deberá ser presentada, por escrito, al menos con dos semanas de anticipación al inicio del periodo de ausencia. La solicitud en cuestión será aprobada solo si se cumplen los siguientes criterios: a) Si la causa que motiva la ausencia contribuye a la formación del estudiante, por

ejemplo, becas, participación en eventos culturales o deportivos. b) Si el periodo de ausencia no incide en el logro de los aprendizajes de las asignaturas

que el estudiante cursa en el nivel correspondiente. c) El nivel de logro que el estudiante ha demostrado en los dos últimos semestres sea

meritorio.

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d) Si no existe alguna sanción de carácter normativo. e) El compromiso explícitamente manifestado por parte del apoderado de

responsabilizarse por el cumplimiento de todas las actividades académicas a que diera lugar la ausencia del estudiante (calendario de evaluaciones, reforzamiento, entrega de trabajos, asistencia a tutorías, entre otras.)

DE LA CALIFICACION ANUAL Articulo 36 La calificación anual corresponderá al promedio aritmético de las dos calificaciones semestrales y se expresará con un decimal con aproximación de la centésima según corresponda. Articulo 37 Las estudiantes que obtengan calificación final anual de un 3.9 (tres comas nueve) en cualquier asignatura, sea uno o más y que sea causal de repitencia, serán sometidos a una evaluación adicional que contemplará los objetivos de aprendizajes más relevantes, conforme sea su resultado aprobarán con nota 4.0 (cuatro comas cero) como máximo o mantendrá el 3.9 Articulo 38 Si un estudiante obtiene tres asignaturas con promedio deficiente y dos o las tres de ellas son 3.9, no tendrá opción a ser promovido por no lograr los aprendizajes necesarios. Articulo 39 Cualquier otro caso especial referido al ámbito de la evaluación de las estudiantes será resuelto por el o la Directora en conjunto con el jefe técnico pedagógico. DE LA ATENCIÓN A LA DIVERSIDAD EDUCATIVA.

El Departamento de Educación Diferencial será el encargado de implementar y ejecutar el

Programa de Integración Escolar bajo la normativa vigente, Decreto Supremo N°170/2009

de Educación Especial. Para ello se regirá por las Orientaciones técnicas proporcionadas

por el MINEDUC.

Artículo 40:

Clasificación de las NEE: El diagnostico de NEE emitido por un profesional competente se

clasificará de la siguiente manera según DS N°170/2009:

-Necesidades Educativas Especiales de carácter Transitorio (NEET): Son dificultades de

aprendizaje que los estudiantes experimentan en algún momento de su vida escolar,

diagnosticadas por profesionales competentes, que demandan al sistema educacional, por

una parte, la provisión de los apoyos y recursos adicionales o extraordinarios por un cierto

periodo de su escolarización, para asegurar el aprendizaje y la participación de estos en el

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proceso educativo, y por otra, del desarrollo de capacidades del profesorado para dar

respuesta educativa de calidad a los diferentes estilos de aprendizaje, ritmos, capacidades

e intereses que presentan los estudiantes.

Se consideran de tipo transitorio los diagnósticos de Dificultades Especificas del Aprendizaje

(DEA), Trastorno Específico del Lenguaje (TEL), Trastorno de Déficit Atencional (TDA) y

Funcionamiento Intelectual Limítrofe (FIL).

-Necesidades educativas especiales de carácter Permanente (NEEP): Son aquellas

barreras para aprender y participar, diagnosticadas por profesionales competentes, que

determinados estudiantes experimentan durante toda su escolaridad y que demandan al

sistema escolar la provisión de apoyos y recursos adicionales o extraordinarios para asegurar

su aprendizaje escolar.

Se consideran de tipo permanente aquellas necesidades que se derivan de una discapacidad

tales como Discapacidad Intelectual, auditiva, visual, motora y trastornos de la comunicación.

- Profesionales Responsables: Los estudiantes que presenten alguna NEE deberán ser

atendidos tanto por el docente de aula común como por la Educadora Diferencial en trabajo

colaborativo.

- Docente de aula común: Será el responsable de planificar el aprendizaje, elaborar los

instrumentos de evaluación, determinar acciones y/o estrategias a implementar en el aula

para la atención a la diversidad.

- Educadora Diferencial: Será responsable de adecuar y flexibilizar el currículum para que

los estudiantes con NEE puedan acceder a él de acuerdo a sus características individuales,

además de planificar el aprendizaje, elaborar instrumentos de evaluación, determinar

acciones y/o estrategias a implementar en el aula, para la atención a la diversidad en

conjunto con el docente de aula común (co-enseñanza).

Articulo 40, inciso 1:

Organización de la Intervención Psicopedagógica:

- N° de Estudiantes atendidos: Por cada curso con PIE, se atenderán 5 estudiantes con

NEE de carácter transitorio y 2 estudiantes con NEE de carácter permanente.

-Intervención en aula común: La Educadora Diferencial hará intervención en el aula común

en las asignaturas de Lenguaje y Comunicación y Matemáticas 4 horas pedagógicas a la

semana por cada asignatura.

- Intervención en aula de recursos: La Educadora Diferencial atenderá 4 horas

pedagógicas a la semana en aula de recursos a los estudiantes con NEE de carácter

permanente.

En el caso de aula de recursos para la atención de las NEE de carácter transitorio, quedará

su obligatoriedad a criterio del Sostenedor del Establecimiento según lo expuesto en el DS

N°170/2009.

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Artículo 40, inciso 2

De estamentos colaboradores.

La labor del Equipo de Aula deberá ser apoyada por los estamentos del Establecimiento con

la finalidad de proporcionar una intervención integral:

- Dirección Académica.

- Unidad Técnico Pedagógica.

- Departamento de Convivencia.

Artículo 41

De la Adecuación Curricular.

Se entenderá como Adaptación Curricular aquella estrategia pedagógica que permite

modificar el currículum respetando las diferencias individuales y ajustándose a las

necesidades de los estudiantes. Se clasificarán del siguiente modo de acuerdo a Decreto N°

83/2015:

- Adaptaciones curriculares de Acceso: Son aquellas que intentan reducir o incluso

eliminar las barreras a la participación, al acceso a la información, expresión y comunicación,

facilitando así el progreso en los aprendizajes curriculares y equiparando las condiciones con

los demás estudiantes, sin disminuir las expectativas de aprendizaje. Afectarán el cómo

enseñar, es decir, metodologías y evaluación. Se asocian a las NEE de carácter transitorio.

- Adaptaciones curriculares en los Objetivos de Aprendizaje: Los objetivos de

aprendizaje expresan las competencias básicas que todo alumno debe alcanzar en el

transcurso de su escolaridad. En consecuencia, deben adoptarse como resultado de un

proceso de evaluación amplio y riguroso y de carácter interdisciplinario. Afectarán el qué

enseñar, es decir, graduación del nivel de complejidad, priorización de objetivos de

aprendizaje y contenidos, temporalización y enriquecimiento del currÍculum. Se asocian a las

NEE de carácter permanente.

Artículo 42

De la Evaluación Diferenciada.

Se entenderá como Evaluación diferenciada aquella herramienta pedagógica consistente en

la aplicación de procedimientos o instrumentos evaluativos apropiados a las características

de los estudiantes con NEE, que tienen como finalidad acceder al currículum para el logro

de Contenidos Mínimos Obligatorios pertinentes al nivel que el/la estudiante esté cursando.

La evaluación diferenciada responderá a lo siguiente:

- Formato de la Evaluación: Tamaño y tipo de fuente, interlineado, espacios para

respuestas, agregar imágenes, calidad de las imágenes adjuntas, etc.

- Modalidad de la Evaluación: La evaluación podrá ser segmentada, es decir, el

estudiante podrá ser evaluado en más de una instancia con el mismo instrumento de ser

necesario; se podrá asignar tiempo adicional de respuesta si el estudiante lo requiere;

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disminuir la cantidad de preguntas por ítem de acuerdo a las características individuales

del estudiante, etc.

- Tipo de Evaluación: Se podrá evaluar un mismo contenido utilizando diferentes

instrumentos o combinándolos, tales como: evaluaciones escritas, interrogaciones,

exposiciones orales y audiovisuales, producción de trabajos complementarios (fichas de

lectura, trabajos de investigación, cuestionarios, etc.).

- Porcentaje de Exigencia: La evaluación diferenciada utilizará siempre una escala de

exigencia al 60%.

Artículo 43, Inciso 1

Para las NEE de carácter permanente, se podrán ajustar los aprendizajes esperados y/o

contenidos mínimos obligatorios de acuerdo a las características individuales de cada

estudiante. Además, se podrán planificar proyectos de aula debidamente justificados, que

apoyen el desarrollo de habilidades para la vida.

Se deberá considerar, además, lo siguiente:

- Las evaluaciones de lenguaje y matemáticas deberán ser enviadas al Dpto. para su

adaptación con 72 horas de anticipación (días hábiles), posterior aprobación del

instrumento de evaluación por la UTP. En las asignaturas restantes, se deberá acordar

los ajustes de las evaluaciones en Consejo técnico de Coordinación de Departamentos.

- Las asignaturas que consignen de 7 calificaciones o más, los estudiantes con NEE de

carácter permanente podrán registrar un mínimo de 5 calificaciones.

- Las asignaturas que consignen de 4 calificaciones hasta 7, los estudiantes con NEE de

carácter permanente podrán registrar un mínimo de 3 calificaciones.

Articulo 44

De La Eximición De Los Estudiantes Con NEE.

Para ningún tipo de NEE se utilizará la eximición, puesto que la normativa vigente orienta a

los Establecimientos con PIE a utilizar y agotar todas las estrategias posibles para el logro

de aprendizajes mínimos y la participación de los estudiantes en todas las asignaturas.

Articulo 45

Del Egreso De Los Estudiantes Con NEE.

- Del Programa de Integración Escolar: El DS N°170/2009 contempla un periodo de dos

años de permanencia en el PIE. Al finalizar dicho proceso se deberá reevaluar al estudiante

y, posteriormente, decidir y justificar su permanencia o egreso del PIE.

Articulo 46

De La Atención De Estudiantes Con NEE en Calidad De Excedente.

El DS N°170/2009 contempla una cantidad máxima de 7 estudiantes por curso adscritos al

PIE (5 con NEET y 2 con NEEP). En el caso de que existieran más estudiantes en un mismo

curso con NEE diagnosticada por algún profesional competente, el Departamento analizará

la posibilidad de que reciba apoyo psicopedagógico. Dicha atención se realizará en calidad

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de “Excedente”, es decir, el estudiante recibirá el mismo apoyo que los que están adscritos

al PIE, pero no se encontrará registrado en la nómina oficial.

Articulo 47 De las Evaluaciones Diferenciadas

A las alumnas con Necesidades Educativas Especiales que están incorporadas al Decreto 170 de Integración (Alumnas con necesidades educativas especiales permanentes y transitorias), se evaluarán en forma diferenciada, ya sea temporal o permanente los subsectores o asignaturas de aprendizaje, que el docente Diferencial Especialista, considere pertinente según los resultados obtenidos en los test realizados.

Para esto se considerarán los siguientes aspectos:

- Modificar o readecuar objetivos y contenidos. Realizar actividades pedagógicas

alternativas.

- Modificar tiempos previstos para el logro de los objetivos.

- Indicar instrumento y forma

Artículo 48 La evaluación diferenciada tendrá una vigencia máxima hasta diciembre del año en curso, pudiendo caducarse en cualquier momento, si la situación que dio origen a la solicitud, ha sido superada o por el contrario el apoderado y la alumna no cumplen con el tratamiento del menor y suspenden por su cuenta.

Artículo 49 A las alumnas que tengan impedimentos para cursar en forma regular una, asignatura o actividad de aprendizaje, se les aplicará Procedimiento de Evaluación Diferenciada, luego de analizar su situación en consejo de profesores, UTP y Directora. Artículo 50. Todas las disposiciones del Reglamento, así como también los mecanismos de resolución de las situaciones especiales mencionadas y las decisiones de cualquier otra especie tomadas en función de estas, no podrán suponer ningún tipo de discriminación arbitraria a los integrantes de la comunidad educativa, conforme a la normativa vigente.

Articulo 51.- Las situaciones de evaluación, calificación y promoción escolar no previstas en el presente Reglamento, serán conocidas y resueltas por el equipo directivo junto al jefe técnico pedagógica. (ULTIMA ACTUALIZACIÓN, MARZO 2020)

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XVI. REGULACIONES SOBRE SALIDAS PEDAGÓGICAS Y GIRAS DE ESTUDIO

Disposiciones generales salidas pedagógicas y giras de estudio. Las salidas pedagógicas y giras de estudio son actividades que organiza y desarrolla la escuela en concordancia con el Proyecto Educativo y tiene como objetivos prioritarios: a. Aumentar el capital cultural de las estudiantes b. Ser una actividad que aporte al proceso de enseñanza-aprendizaje de las estudiantes. c. Promover el contacto de las estudiantes con lugares que constituyen patrimonio cultural o

santuarios de la naturaleza. d. Brindar una experiencia diversa y significativa que aporte al aprendizaje y a la formación personal

de las estudiantes. Las salidas de las estudiantes deberán ser programadas considerando los siguientes aspectos:

Las salidas deben estar enmarcadas en un Proyecto de Aula o Centro de interés, por lo tanto,

son los profesores de asignatura los responsables de su elaboración y presentación a la directora

y unidad técnico pedagógica.

Se formará una comisión integrada por los/as profesores/as jefes de cursos y de asignatura

respectivos para que acompañen a las estudiantes.

Se debe presentar a la directora un proyecto de salida, detallando itinerario, actividades, y

recursos necesarios.

La Dirección se reserva el derecho de aprobar, modificar o rechazar la proposición.

Se Informará con 20 días de anticipación, al sostenedor, los antecedentes y requerimientos

necesarios para dicha actividad, entregando la documentación requerida, fecha, destino,

alojamiento y medio de transporte a utilizar, cometido funcionario si se requiere.

El bus o furgón que trasladará a las estudiantes deberá contar con su documentación al día y los

trámites que exige la SEREMI de transportes.

Cada estudiante deberá contar con la autorización escrita de su apoderado(a), donde estará consignada de manera clara, precisa y oportuna toda la información: lugar, fecha, hora de salida y de regreso, funcionario(a) a cargo de la actividad y la temática de la salida.

En el libro de clases debe registrarse de acuerdo a las siguientes indicaciones: Firma del profesor(a) o profesores(as), Asistencia en el área para subvención, Contenido: “Curso en salida pedagógica.

Si una estudiante no cuenta con la debida autorización no podrá participar de la actividad, ante

lo cual el establecimiento tiene la obligación de adoptar las medidas necesarias para asegurarle

la continuidad del servicio educativo.

El número de adultos responsables deberá ser suficiente, para garantizar la seguridad de las

estudiantes.

Se deben establecer las medidas de seguridad que se adoptarán durante la realización de la

actividad, para lo cual se debe elaborar un documento que señale: organización de las

responsabilidades de los adultos, entrega de una hoja de ruta a la directora, entrega de tarjetas

de identificación a cada estudiante con nombre y número de teléfono celular de él o la docente,

educadora o responsable del grupo, nombre y dirección del establecimiento educacional. Del

mismo modo los padres o adultos que acompañen la actividad también deben portar credencial

con su nombre y apellido.

Una vez que se regrese al establecimiento los adultos responsables deben esperar a cada apoderado para que se lleve a su hija y resolver alguna duda si existiera.

Las salidas pedagógicas serán comunicadas al departamento provincial de Educación respectivo, antes de su realización, por medio de un formulario que dará cuenta de:

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a. Datos del Establecimiento;

b. Datos del Director;

c. Datos de la Actividad: fecha y hora, lugar, niveles o curso(s) participante(s);

d. Datos del Profesor responsable;

e. Autorización de los padres o apoderados firmada;

f. Listado de estudiantes que asistirán a la actividad;

g. Listado de docentes que asistirán a la actividad;

h. Listado de apoderados que asistirán a la actividad;

i. Planificación Técnico Pedagógica;

j. Objetivos transversales de la actividad;

k. Diseño de enseñanza de la actividad que homologa los contenidos curriculares prescritos;

l. Temas transversales que se fortalecerán en la actividad;

m. Datos del transporte en el que van a ser trasladados: conductor, compañía aérea, patente

del vehículo, entre otras;

n. La oportunidad en que el Director del establecimiento levantará el acta del seguro escolar,

para que el estudiante sea beneficiario de dicha atención financiada por el Estado, en caso

que corresponda.

XVII. COMPOSICIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL CONSEJO ESCOLAR ARTICULO 1: La constitución, funcionamiento y facultades del Consejos Escolar están establecidos en la Ley Nº 19.979, por lo tanto, se regirá por las normas contenidas en dicha ley. ARTÍCULO 2: En cada establecimiento educacional subvencionado deberá existir un Consejo Escolar, en adelante "el Consejo", el que tendrá carácter informativo, consultivo y propositivo, salvo que el sostenedor decida darle carácter resolutivo ARTICULO 3: El Consejo Escolar estará integrado, a lo menos, por:

a) El Director del establecimiento, quien lo presidirá;

b) El representante legal de la entidad sostenedora o la persona designada por él mediante

documento escrito.

c) Un docente elegido por los profesores del establecimiento educacional y un asistente de la

educación, elegido por sus pares, mediante procedimiento previamente establecido por cada uno

de estos estamentos.

d) El presidente del Centro de Padres y Apoderados,

e) El 7la presidenta del Centro de estudiantes

A petición de cualquier miembro del Consejo, el Director, en su calidad de presidente del mismo,

deberá someter a consideración de este órgano la incorporación de nuevos miembros. Asimismo,

podrá hacerlo por propia iniciativa. El Consejo resolverá sobre esta petición de acuerdo al

procedimiento previamente establecido por dicho órgano.

ARTICULO 4: El Consejo será informado, a lo menos, de las siguientes materias, en las oportunidades y con los requisitos que a continuación se señalan:

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a) Los logros de aprendizaje integral de los alumnos. El director/a del establecimiento educacional deberá informar, a lo menos semestralmente, acerca de los resultados de rendimiento escolar, el proceso y las orientaciones entregadas por la Agencia de Calidad de la Educación en base a los resultados del SIMCE, los estándares de aprendizaje y los Indicadores de Desarrollo personal, obtenidos por su establecimiento educacional. Asimismo, la Agencia de Calidad de la Educación informará a los padres y apoderados, y al Consejo Escolar la categoría en la que han sido ordenados los establecimientos educacionales.

b) Los informes de las visitas de fiscalización de la Superintendencia de Educación respecto del

cumplimiento de la normativa educacional. Esta información será comunicada por el director en la primera sesión del Consejo Escolar luego de realizada la visita.

c) Los informes de las visitas de fiscalización del Ministerio de Educación respecto del

cumplimiento de la Ley Nº 18.962 y del D.F.L. Nº 2 de 1998, del Ministerio de Educación. Esta información será comunicada por el Director en la primera sesión del Consejo luego de realizada la visita;

d) En los establecimientos educacionales subvencionados o que reciban aportes regulares del Estado, el sostenedor entregará, en la primera sesión de cada año, un informe del estado financiero del colegio, pudiendo el Consejo Escolar hacer observaciones y pedir las aclaraciones que estime necesarias. El estado financiero contendrá la información de manera desagregada, según las formas y procedimientos que establezca la Superintendencia de Educación, con especial consideración de las características de cada establecimiento educacional, exigiendo, según sea el caso, la adopción de procedimientos que sean eficientes y proporcionados a la gestión de cada sostenedor y de sus respectivos establecimientos educacionales. Los sostenedores deberán mantener, por un período mínimo de cinco años, a disposición de la Superintendencia de Educación y de la comunidad educativa, a través del Consejo Escolar, el estado anual de resultados que dé cuenta de todos los ingresos y gastos del período.

ARTÍCULO 5°: El Consejo Escolar será consultado, a lo menos, en los siguientes aspectos: a) Del Proyecto Educativo Institucional y sus modificaciones. b) De las metas del establecimiento educacional propuestas en su Plan de Mejoramiento

Educativo (PME), y la manera en que el Consejo Escolar puede contribuir al logro de los objetivos institucionales.

c) Del informe escrito de la gestión educativa del establecimiento educacional que realiza el director anualmente, antes de ser presentado a la comunidad educativa. La evaluación del equipo directivo y las propuestas que haga el director al sostenedor deberán ser dialogadas en esta instancia.

d) Del calendario detallado de la programación anual y las actividades extracurriculares, incluyendo las características específicas de éstas.

e) De la elaboración, modificación y revisión del reglamento interno del establecimiento educacional, sin perjuicio de la aprobación del mismo, si se le hubiese otorgado esa atribución. Con este objeto, el Consejo Escolar organizará una jornada anual de discusión para recabar las observaciones e inquietudes de la comunidad escolar respecto de dicha normativa.

f) Cuando los contratos celebrados para realizar mejoras necesarias o útiles que se proponga llevar a cabo en el establecimiento educacional, sean de infraestructura, equipamiento u otros elementos que sirvan al propósito del Proyecto Educativo superen las 1.000 unidades tributarias mensuales, deberán ser consultadas por escrito al Consejo Escolar.

Respecto de las materias consultadas en las letras d) y e) del inciso precedente, el pronunciamiento

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del Consejo Escolar deberá ser respondido por escrito por el sostenedor o el director, en un plazo de treinta días.

ARTÍCULO 6: Cada Consejo Escolar deberá convocar al menos a cuatro sesiones al año. El quórum de funcionamiento será la mayoría de sus miembros. El director, y en subsidio, el representante legal de la entidad sostenedora del establecimiento educacional, velarán por el funcionamiento regular del Consejo Escolar y porque éste realice, a lo menos, cuatro sesiones en meses distintos de cada año académico. Asimismo, deberán mantener a disposición de los integrantes del Consejo Escolar, los antecedentes necesarios para que éstos puedan participar de manera informada y activa en las materias de su competencia, de conformidad a la ley Nº 19.979. En ningún caso el sostenedor podrá impedir o dificultar la constitución del Consejo Escolar, ni obstaculizar, de cualquier modo, su funcionamiento regular.” ARTÍCULO 7: El sostenedor, en la primera sesión de cada año, deberá manifestar si le otorga facultades decisorias o resolutivas al Consejo y en qué materias o asuntos. La revocación de esta decisión sólo podrá materializarse al inicio del año escolar siguiente y hasta la primera sesión de ese año. En caso contrario se entenderá prorrogada. En caso de que estas facultades se otorguen o se revoquen verbalmente por el sostenedor en la sesión respectiva, se dejará constancia de ello en el acta, sirviendo la misma como suficiente manifestación de voluntad. ARTICULO 8: El Consejo deberá quedar constituido y efectuar su primera sesión a más tardar antes de finalizar el primer trimestre del año escolar. El Director del establecimiento, dentro del plazo antes señalado, deberá convocar a la primera sesión del Consejo, la que tendrá el carácter de constitutiva para todos los efectos legales. La citación a esta sesión deberá realizarse por cualquier medio idóneo que garantice la debida información de los integrantes del Consejo Escolar. Asimismo, deberá enviarse una circular dirigida a toda la comunidad escolar y fijarse a lo menos dos carteles en lugares visibles que contengan la fecha y el lugar de la convocatoria y la circunstancia de tratarse de la sesión constitutiva del Consejo Escolar. Las notificaciones recién aludidas deberán practicarse con una antelación no inferior a diez días hábiles anteriores a la fecha fijada para la sesión constitutiva.” ARTICULO 9: Dentro de un plazo no superior a 10 días hábiles a partir de la fecha de constitución del Consejo, el sostenedor hará llegar a la Superintendencia de Educación una copia del acta constitutiva del Consejo Escolar, la que deberá indicar: a. Identificación del establecimiento;

b. Fecha y lugar de constitución del Consejo;

c. Integración del Consejo Escolar;

d. Funciones informativas, consultivas y otras que hayan quedado establecidas, y

e. Su organización, atribuciones, funcionamiento y periodicidad.

f. Cualquier cambio en los miembros del Consejo deberá ser informado a la Superintendencia

de Educación para la actualización del acta respectiva.

ARTICULO 10: Cada Consejo deberá dictar un REGLAMENTO INTERNO, el que resolverá, en

otros, los siguientes aspectos de funcionamiento:

a) El número de sesiones ordinarias que realizará el Consejo durante el año escolar;

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b) La forma de citación por parte del Director de los miembros del Consejo a las sesiones

tanto ordinarias como extraordinarias. En todo caso, las citaciones a sesiones extraordinarias

serán realizadas por el Director del establecimiento, a petición de una mayoría simple de los

miembros del Consejo o por iniciativa propia;

c) La forma de mantener informada a la comunidad escolar de los asuntos y acuerdo

debatidos en el Consejo;

d) La forma en que se tomarán los acuerdos en el caso que el sostenedor le otorgue facultades

resolutivas;

e) Designación de un Secretario del Consejo y sus funciones, y

f) Las solemnidades que deberá contener el acta de las sesiones del Consejo.

ARTÍCULO 10 bis: En cada sesión, el director deberá realizar una reseña acerca de la marcha

general del establecimiento educacional, procurando abordar cada una de las temáticas que deben

informarse o consultarse al Consejo Escolar. Con todo, podrá acordarse planificar las sesiones del

año para abocarse especialmente a alguna de ellas en cada oportunidad. Deberá referirse, además,

a las resoluciones públicas y de interés general sobre el establecimiento educacional que, a partir de

la última sesión del Consejo Escolar, hubiera emitido la entidad sostenedora de la educación

municipal, si fuera el caso, y el Ministerio de Educación o sus organismos dependientes o

relacionados, tales como la Agencia de Calidad de la Educación, la Superintendencia de Educación

y el Consejo Nacional de Educación.

ARTÍCULO 11: Cualquier incumplimiento de lo señalado en el presente Reglamento, estará afecto al

procedimiento dispuesto en el párrafo 5º del Título III de la ley Nº 20.529.

DISPOSICIONES TRANSITORIAS

Artículo 1º transitorio: En los establecimientos con reconocimiento oficial otorgado con anterioridad a la fecha de publicación de este reglamento, los Consejos deberán quedar constituidos antes del inicio del segundo semestre del 2005. Artículo 2º transitorio: Los establecimientos educacionales que cuentan con un reglamento interno vigente antes de la publicación del presente reglamento, deberán ponerlo en conocimiento del Consejo durante el primer año de funcionamiento del mismo.

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XVIII. PLAN DE GESTION DE LA CONVIVENCIA ESCOLAR

a) OBJETIVOS: Se definen los siguientes objetivos generales y específicos para el Plan de Gestión

de la Convivencia escolar de la comunidad escolar

Objetivos Generales:

- Sensibilizar sobre violencia escolar a todos los miembros de la comunidad educativa: directivos,

docentes, asistentes de la educación, apoderados y estudiantes

- Formar a la comunidad educativa en estrategias y acciones preventivas de la violencia escolar.

- Elaborar y establecer en la comunidad escolar un protocolo de detección y actuación ante casos

de acoso escolar, para abordarlos con las máximas garantías de solución.

- Identificar, prevenir y abordar formativamente el bullying en la comunidad educativa.

Objetivos Específicos:

- Diagnosticar el clima escolar a nivel de todos los estamentos del Centro Educativo.

- Reconocer los síntomas de un posible acoso escolar.

- Establecer pautas a seguir (protocolo) en una situación de acoso escolar.

- Difundir el protocolo de detección y actuación para el acoso escolar entre los docentes,

asistentes de la educación, padres/apoderados y estudiantes.

- Establecer directrices para la coordinación entre los diferentes profesionales que pueden

intervenir en un caso de violencia escolar.

- Intervenir rápida y urgentemente desde que se tenga el conocimiento de acoso escolar con

absoluta discreción y confidencialidad, adoptando medidas de protección.

- Actualizar el Reglamento de Convivencia del establecimiento, que asegure y valide las medidas

establecidas en este Plan de Acción.

- Evaluar los resultados de las acciones emprendidas, reconocer avances y dificultades y definir

nuevas acciones.

b) DESTINATARIOS

Todos los miembros de la comunidad educativa de la escuela Helen Keller Adams, estudiantes,

padres, madres y apoderados, docentes, asistentes de la educación.

c) ÁMBITO DE APLICACIÓN Este Plan de Convivencia está dirigido inicialmente a establecer mejoras en la convivencia entre las estudiantes y aborda el diseño de medidas tanto de prevención como de intervención que requieren la colaboración y el compromiso del resto de los actores de la comunidad educativa; Pretende fundamentalmente incorporar medidas de prevención que sirvan para mejorar la convivencia, así como definir y disponer mecanismos de intervención ante los conflictos o situaciones de crisis que se puedan producir en la escuela.

d) METODOLOGÍA: TÉCNICAS Y ESTRATEGIA A UTILIZAR

La Encarga de Convivencia Escolar, elaborará el Plan de Convivencia el cual contempla las

siguientes etapas:

Sensibilización, difusión y formación de los miembros de la comunidad educativa en acciones de prevención e intervención de la buena y sana convivencia.

Diagnóstico del clima escolar a principios de cada año.

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Protocolos de actuación o intervención que incluirán medidas tutoriales y seguimiento para determinar la efectividad de las acciones ante problemas de convivencia escolar tales como conflicto, acoso o abuso.

Capacitar a distintos miembros de la Comunidad Educativa en resolución de conflictos y mediación

Seguimiento, evaluación y actualización. e) PLANIFICACIÓN DE ACCIONES

i) CON LOS PROFESORES Y ASISTENTES DE LA EDUCACIÓN

OBJETIVOS ESTRATEGIAS DE INTERVENCIÓN PARTICIPANTES/ INTERVENTORES

1. Formar a los Docentes

y Asistentes de la

Educación en prevención,

resolución pacífica de

conflictos y acoso

sistemático o bullying.

(contratación de ATE)

Capacitar al personal en resolución pacífica de conflictos y prevención del bullying

Difusión del Plan de Gestión de Convivencia escolar.

- Dirección

- Encargado(a) de Convivencia Escolar

- Profesores

- Asistentes de la Educación.

2.Desarrollar jornadas de

reflexión con los docentes

para establecer

lineamientos comunes

que favorezcan un

ambiente escolar

favorable, respetuoso,

inclusivo y solidario al

interior de la sala de

clases.

Medidas de mejora en los cursos Es conveniente que constituyan un referente

metodológico unificado y generalizado para todo el

profesorado.

• Fomentar el aprendizaje cooperativo.

• Reparto equilibrado de responsabilidades y tareas entre

los estudiantes.

• Favorecer la autoestima cuando se detecten situaciones

de infravaloración.

• Crear un clima de confianza aceptando las sugerencias

de los niños/as.

• Rechazar las actividades grupales discriminatorias,

fomentando el compañerismo.

• Establecer normas claras de funcionamiento en el

centro con un planteamiento positivo.

• Fomentar la participación en tareas y responsabilidades

del centro.

• Establecer la figura de un alumno/a mediador dentro del aula que

colabore con el profesor /a o tutor/a en la resolución de incidencias o

conflictos

- Dirección

- Encargado(a) de convivencia Escolar

- Profesores

- Asistentes de la Educación.

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3.Conocer su

percepción acerca de la

convivencia para

detectar los aspectos

que deben ser

mejorados.

- Aplicar encuesta, revisar y tabular la información

recabada para socializar el informe de resultados y

realizar un taller para proponer estrategias que

permitan mejorar la convivencia y compromisos para

contribuir a mejorarla.

- Encargado Convivencia Escolar

- Docentes

4.-Detectar posibles casos

de agresión y/ o violencia

entre pares para realizar a

tiempo intervenciones

evitando que se agraven.

Inspectora, paradocentes y miembros del equipo de

convivencia realizan acompañamientos durante los

recreos en los patios, pasillos y/o baños o durante

actividades de tipo extracurricular, para detectar

conductas de riesgo en materia de convivencia.

Estar atentos e identificar el uso de apodos

ofensivos, detectar a los estudiantes que no

participan en actividades grupales, en salidas

educativas, o que no se relacionan de manera

espontánea y fluida con los demás miembros de la

comunidad e indagar los motivos, del mismo modo,

cuando una estudiante manifieste que es víctima

constante de robos u otras situaciones.

- Encargado

Convivencia

Escolar

- Inspectores

- Paradocente

Identificar las estrategias

que usan los docentes

para manejar los

conflictos dentro del aula,

el manejo de grupal y la

convivencia.

La encargad de convivencia y la psicóloga realizan

acompañamiento al aula con pauta específica y

conversan con los docentes para señalarles los

aspectos que pueden ser mejorados, registrándolo en

la pauta.

Encargado

Convivencia

Escolar

Psicóloga

Realizar plan de

intervención con las

estudiantes que

inasisten a clases para

detectar la razón y

prestar la ayuda

necesaria, buscar apoyo

en las redes que

corresponda, evitando

que esta situación se

prolongue.

Monitorear el ausentismos constante de algunos

estudiantes, mediante llamados telefónicos, entrevista

al apoderado o visita al hogar, puesto que ello puede

ser una señal importante, de un caso de conflicto con

los pares u otro miembro de la Comunidad Educativa.

Encargado

Convivencia

Escolar

Docentes

Trabajadora

Social

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ii) CON LAS ESTUDIANTES

OBJETIVOS ESTRATEGIAS DE INTERVENCIÓN PARTICIPANTES/

INTERVENTORES

1.-Prevenir

situaciones de

violencia escolar,

acoso o bullying

mediante el

fortalecimiento de

habilidades sociales y

personales de las

estudiantes.

Unidades de aprendizaje para orientación que propongan actividades de sensibilización sobre buena y sana convivencia tales como:

- Dramatizaciones, canciones, juego de roles.

- Utilización de diversas técnicas para crear trípticos o afiches que promuevan el buen trato, el respeto, la tolerancia y la sana convivencia escolar, vinculado con la asignatura de arte o religión.

- Debates acerca de temas vinculados con la Buena Convivencia: como la tolerancia, el bullying y la diversidad entre cursos en el subsector de lenguaje u otro.

- Análisis de noticias relacionadas con el tema de la convivencia escolar y 0reparación de afiches con opiniones de las estudiantes al respecto.

- Desarrollar talleres de sensibilización sobre la Integración Escolar en todos los cursos.

- Estudio de casos de la vida real o ficticios.

- Charlas de especialistas (psicóloga)

- Charlas de organismos competentes del estado. (carabineros)

- Fortalecer habilidades sociales y resolución de conflictos.

-Encargado

Convivencia

Escolar.

-Profesores jefes

y de

subsectores.

-Psicóloga.

2.Prevenir problemas

de convivencia entre

las estudiantes.

Aplicar cuestionarios o test de distancia a los estudiantes de 3° a 8º año para detectar preconcepciones de intimidación y maltrato entre iguales y realizar las intervenciones pertinentes..

iii) CON LOS PADRES

OBJETIVOS ESTRATEGIAS DE INTERVENCIÓN PARTICIPANTES/

INTERVENTORES

1.- Sensibilizar y

difundir entre los

Padres y Apoderados la

buena y sana

convivencia y

reflexionar acerca de

su rol principal y

protagónico en la

formación y de sus

hijas respecto del

manejo de las

relaciones sociales con

otros.

Desarrollo unidades de Habilidades Parentales” para

sensibilizar y difundir entre los apoderados(as) los temas como:

- Política Nacional de Convivencia escolar: rol de los padres.

- La familia como promotora del respeto de los hijos hacia los

miembros de la comunidad educativa.

- Encargado

Convivencia

Escolar

- Profesores

jefes

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2.- Analizar protocolos

de actuación ante

situaciones de evidente

agresión o abuso

escolar para su

conocimiento y

aplicación oportuna.

Análisis protocolo de actuación ante situaciones concretas

de agresión, acoso o abuso escolar

- Encargado

Convivencia

Escolar

- Profesores

jefes

- Familia

- Estudiantes

Descripción de los hechos que constituyen faltas a la buena convivencia escolar, medidas

disciplinarias y procedimientos

Procedimientos de gestión colaborativa de conflictos

Estrategias de prevención y protocolos de actuación frente a situaciones de maltrato o

acoso escolar o violencia entre miembros de la comunidad educativa

Regulaciones relativas a la existencia y funcionamiento de instancias de participación y los

mecanismos de coordinación entre estas y los establecimientos.

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ANEXOS

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ANEXO 1

PROTOCOLO DE ACTUACIÓN FRENTE A SITUACIONES DE VIOLENCIA, VERBAL O

FÍSICA, SUFRIDAS POR UN(A) FUNCIONARIO(A) O TRABAJADOR(A) CON DESEMPEÑO EN ALGUNA DEPENDENCIA, ANEXO O ESTABLECIMIENTO EDUCACIONAL DEPENDIENTE DE LA DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN DE EDUCACIÓN DE LA MUNICIPALIDAD DE HUALPÉN.

OBJETIVO GENERAL: El presente protocolo tiene como finalidad establecer un marco de acción ante situaciones de violencia, verbal o física sufrida por un(a) funcionario(a) o trabajador(a) dependiente de la Dirección de Administración de Educación de la Municipalidad de Hualpén, por parte de algún integrante de la comunidad educativa o un tercero en las dependencias en las que presta sus funciones. OBJETIVOS ESPECÍFICOS. Es deber de la autoridad contribuir a disminuir la percepción de inseguridad, de los(as) funcionarios(as) o trabajadores(as) dentro de los establecimientos en los que laboran o en las dependencias o locaciones en que les corresponda prestar sus servicios, estableciendo medidas y protocolos que garanticen su seguridad y salud. PROTOCOLO 1. El presente protocolo de actuación debe ser divulgado entre los(as) funcionarios(as) y/o

trabajadores(as) de todas las dependencias, unidades, anexos y establecimientos educacionales dependientes o bajo la administración de la Dirección de Administración de Educación de la Municipalidad de Hualpén, especial apoyo y compromiso deben desplegar los mandos intermedios para su aplicación y concreción.

2. Sin perjuicio de la aplicación del protocolo de actuación, es necesario que la administración

implemente las siguientes Medidas de Seguridad en las dependencias, unidades, anexos y establecimientos educacionales dependientes o bajo la administración de la Dirección de Administración de Educación de la Municipalidad de Hualpén

a) Pasivas:

Implementación de cámaras de vigilancia, debidamente señalizadas, en los espacios

laborales, y sus entornos, garantizando la confidencialidad e intimidad tanto de los(as)

funcionarios(as) y/o trabajadores(as), así como de los usuarios y miembros de la

comunidad educativa en general.

En actividades que se consideren de riesgo potencial tanto de los(as) funcionarios(as) y/o

trabajadores(as), hacerse acompañar de un par.

b) Activas:

Establecer procedimientos eficaces de comunicación y colaboración con las fuerzas

policiales, del sector, a través de la coordinación de actuaciones concretas y definidas.

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ANEXO 2

PROTOCOLO DE ACTUACIÓN ANTE SITUACIONES DE VIOLENCIA ACTUACIÓN FRENTE AGRESIONES, FÍSICAS. Recomendaciones Generales:

- No contestar la agresión

- Retirarse del lugar de peligro

- Reportar la agresión en formulario respectivo

PASO 1: PRIMERA ACTUACIÓN. 1.1.- Ante cualquier acción de terceros que signifique un atentado contra la vida o la integridad corporal, posible intimidación o amenazas, el(la) funcionario(a) y/o trabajador(a) afectado(a) debe mantener la calma y debe solicitar ayuda en forma inmediata. El auxilio y presencia de los compañeros, compañeras u otras personas cercanas servirá en un primer momento para contener y/o acabar con la situación de violencia. Además, que puedan actuar como testigos de los hechos si ello fuera necesario. 1.2.- Luego deberá informar de inmediato de manera verbal, al Director, Inspector General o al Encargado de Convivencia del establecimiento educacional o Director del DAEM, en su caso. 1.3.- Director, Inspector General, o Encargado de Convivencia del establecimiento educacional o Director del DAEM deberá informar de manera inmediata a Carabineros de Chile y/o Policía de Investigaciones de Chile para que se hagan presentes en el establecimiento. 1.4.- En caso que el funcionario afectado presente lesiones se llamará al SAMU, o al Organismo Administrador de Ley N° 16.744, y será trasladado a un servicio de urgencias particular para realizar la constatación del tipo de lesiones. El funcionario afectado deberá ser acompañado por un miembro del Equipo Directivo, Convivencia Escolar u otro funcionario, quien deberá ayudar a la persona en lo que se requiera y también dar aviso a la familia del funcionario. 1.5.- Una vez que el funcionario sea derivado a la atención de salud, inmediatamente se informará vía telefónica u otro medio a Director de DAEM, quien remitirá la información a unidad jurídica para hacer la denuncia ante el tribunal respectivo, ya sea por el abogado(a) y/o directamente por el (la) Alcalde (sa) en un plazo máximo de 24 horas. PASO 2: SEGUNDA ACTUACIÓN. 2.1.- Al funcionario afectado se le solicitará que complete formulario, informando por escrito de los hechos, si es que se encuentra en condiciones de salud físicas o psicológicas de hacerlo, en un plazo de 24 horas. Individualizándose él y a su agresor(es), entregándolo al Director del establecimiento educacional, anexo o dependencia del DAEM. 2.2.- De no ser posible que el funcionario confeccione el formulario, lo realizará el Director, Inspector General o Encargada de Convivencia, jefe de personal, o al Comité Paritario respectivo, el cual deberá ser remitido, vía correo electrónico al Director DAEM, también en un plazo de 24 horas, desde ocurridos los hechos y luego enviarlo por oficio o entregarlo de forma personal al Director DAEM, para asegurar la recepción de la documentación. El Departamento de Personal derivará los antecedentes a los encargados de prevención de riegos para tramitación de subsidios y elaboración de planes de intervención.

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PASO 3: TERCERA ACTUACIÓN. 3.1.- El Director del DAEM, una vez recepcionados los antecedentes documentales, los derivará a la unidad jurídica del DAEM para su evaluación y ponderación. Dicha unidad dispone de 24 horas para emitir informe respecto de dichos antecedentes, salvo que requiera de otras diligencias para clarificar lo sucedido, debiendo solicitarlos a la brevedad posible. Permitiendo con ello hacer un acompañamiento legal al funcionario afectado lo más óptimo posible. PASO 4: CONTACTO CON EL TRABAJADOR AGREDIDO. Una vez tomado conocimiento de los hechos relatados, la Dirección de Educación Municipal, atendidos la gravedad de los hechos, se comunicará vía telefónica o correo electrónico con el trabajador afectado para entregarle su apoyo e informarle de las medidas que se tomarán frente a la situación. Frente a una amenaza directa al trabajador, se deberá brindar protección en horarios de salida o entrada al lugar de trabajo y mientras dure la investigación del hecho, prohibir el ingreso del agresor al establecimiento educacional. PASO 5: OTRAS MEDIDAS. Diseño e implementación por parte del Organismo Administrador de Ley N° 16.744 de plan de intervención y apoyo al trabajador agredido y a sus compañeros de trabajo. La encargada de convivencia escolar debe realizar un trabajo de reflexión y prevención con la comunidad, posterior al hecho ocurrido. EN CASO DE AMENAZA O AGRESIÓN VERBAL O PSICOLOGICA 1.1. Ante cualquier acción de terceros que signifique un menoscabo a su integridad emocional y psicológica, posible intimidación o amenazas, el(la) funcionario(a) y/o trabajador(a) afectado(a) debe tratar de mantener la calma y debe reportar inmediatamente la agresión. El auxilio y presencia de los compañeros, compañeras u otras personas cercanas servirá en un primer momento para contener y/o acabar con la situación de violencia. Además, que puedan actuar como testigos de los dichos si ello fuera necesario. 1.2.- Deberá informar de inmediato de manera verbal, al Director, Inspector General o al Encargado de Convivencia del establecimiento educacional o Director del DAEM, en su caso. 1.3.- Director, Inspector General, o Encargado de Convivencia del establecimiento educacional o Director del DAEM se encargará de llamar a la víctima para obtener el relato de lo sucedido. Posterior a ello, se pedirá al/la parte agresor/a que se presente para dar su versión de los hechos. 1.4.- Dirección en conjunto a Convivencia Escolar realizarán una mediación de ser posible, siempre y cuando ambas partes estén de acuerdo con llevar a cabo este paso. De no ser así, se solicitará a DAEM que interceda en el caso para abrir paso a las medidas que se puedan tomar en pos de la protección de la víctima. Si ambas partes acceden a una mediación, se realizará con la psicóloga del establecimiento educacional y se determinarán las soluciones y sanciones, según sea el caso. Se deben considerar los mismos pasos de en caso de agresión Física (2, 3, 4, 5)

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FORMULARIO DE NOTIFICACIÓN DE SITUACIONES DE VIOLENCIA VERBAL O FÍSICA. NOMBRE DEL(A) FUNCIONARIO(A) Y TRABAJADOR(A) …………………………………………………………………………………………………………….. ESTABLECIMIENTO EDUCACIONAL O LUGAR EN QUE ÉSTA SE PRODUJO ……………………………………………………………..……………………………………………… FECHA ………………………………………………………………………………… HORA ……… TIPO DE AGRESIÓN ……………………………………………………………………………………………………………... LESIONES (SI/NO) ………………………………………. DAÑO MATERIAL (SI/NO)…………….. DESCRIPCIÓN DEL EVENTO ……………………………………………………………………………………………………………………………

……………………………………………………………………………………………………………………………

……………………………………………………………………………………………………………………………

FECHA ………………………………… _____________________________________

NOMBRE, RUT y FIRMA

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ANEXO 3

PROTOCOLOS DE ACTUACIÓN FRENTE PORTE Y USO DE ARMAS DEFINICIÓN: Medio que utiliza una persona para conseguir un fin determinado, especialmente el que utiliza para atacar a otras personas o defenderse de ellas. En cuanto al porte de armas, se entenderá cuando la persona que, sin permiso, autoridad competente; fabrique, transporte, almacene, distribuya, venda, suministre, repare o porte arma de fuego, blanca, municiones o explosivos. TIPOLOGÍA 1.- Arma “blanca” o “corto punzante”: Es aquella arma o herramienta que se caracteriza por su capacidad de cortar, herir o punzar mediante bordes afilados o puntiagudos. 2.- Arma de “fuego”: El arma de fuego es un dispositivo destinado a propulsar uno o múltiples proyectiles mediante la presión generada por la combustión de un propelente. Dentro de esta definición también se incluyen las armas hechizas, así como a las de fantasía, como fogueo y otras similares. También abarca a las municiones y balas no percutidas. 3.- Otros. Los explosivos y otros artefactos de similar naturaleza de uso industrial, minero u otro uso legítimo que requiera de autorización, sus partes, dispositivos y piezas, para incluyendo los detonadores y otros elementos semejantes o que sirven de base para la elaboración de municiones, proyectiles, misiles o cohetes, bombas, cartuchos y los elementos lacrimógenos o de efecto fisiológico; los fuegos artificiales, artículos pirotécnicos y otros artefactos de similar naturaleza, sus partes, dispositivos y piezas. Las instalaciones destinadas a la fabricación, armaduría, prueba almacenamiento o depósito de estos elementos, y las armas basadas en pulsaciones eléctricas, tales como los bastones eléctricos o de electroshock y otros similares. MARCO LEGISLATIVO De acuerdo a la normativa legal, el uso de las armas está tratado en el código penal y en la ley de control de armas cuyo texto refundido está en el decreto supremo N° 400 del Ministerio de Defensa del año 1978. En todo establecimiento educacional está prohibido portar todo tipo de armas (blancas y/ o de fuego), instrumentos utensilios objetivos cortantes punzantes o contundentes ya sean genuinos o con apariencia de ser reales aun cuando no se haya hecho uso de ellos. El protocolo de acción frente al porte y uso de armas de cualquier tipo se encuentra vigente en la legislación de Chile establecido principalmente en la ley N° 17,798 y en el decreto N° 400 del Ministerio de Defensa, ley N° 20,014, ley N° 20,061, ley N° 20,226, ley N° 20,813. PROCEDIMIENTO DE ACTUACIÓN FRENTE A UN ARMA 1.- La persona que detecte a un integrante de la comunidad educativa portando un arma deberá informar de forma inmediata a la dirección o inspectoría general. 2.- Inspectoría general deberá llamar a PDI o Carabineros y al apoderado (en caso de ser estudiante) solicitando que se relata los hechos y se haga entrega del arma. En caso de que quien porte el alarma sea un funcionario, debe ser PDI o Carabineros que active protocolos externos aporte ilegal de armas. 3.- En caso de existir algún lesionado o herido, solicitar apoyo médico a sistema de salud pública, bomberos o apoyo de cualquier otra índole pertinente en forma inmediata. 4.- Inspectoría general deberá informar a profesores asistentes de la educación sobre los hechos ocurridos. 5.- Se deberá levantar un acta donde conste en forma breve los hechos ocurridos indicando la fecha y hora. 6.- Si la persona que porta el arma es un estudiante se deberá aplicar el reglamento de convivencia.

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ANEXO 4

PROTOCOLO DE PREVENCIÓN DEL CONSUMO DE DROGAS, ALCOHOL Y TABACO

I. Definiciones

6. Droga: Es toda sustancia que introducida en un organismo vivo por cualquier vía (inhalación,

ingestión, intramuscular, endovenosa), es capaz de actuar sobre el sistema nervioso central,

Provocando una alteración física y/o psicológica, promoviendo experimentación de nuevas

sensaciones o la modificación de un estado psíquico, es decir, capaz de cambiar el

comportamiento de la persona, y que posee la capacidad de generar dependencia y tolerancia

en sus consumidores.

7. Alcohol: Es una droga de tipo depresores del sistema nervioso central, que reduce la

capacidad de la persona para pensar en forma racional y distorsiona su capacidad de juicio.

8. Tabaco: Es una droga de tipo estimulante considerada una de las sustancias más adictivas y

nocivas, consumida principalmente en forma de cigarrillos a través de la inhalación de su

humo.

II. Tipología.

Drogas.

Alucinógenos.

Depresores.

Estimulantes.

Opiáceos.

Tranquilizantes.

Somníferos.

Alcohol.

Tabaco.

III. Marco Legislativo. a) Drogas ilegales: No está permitido el consumo, venta ni posesión de cualquier tipo de sustancia

considerada como aprobar la ley 20,000, dentro del establecimiento, fuera de él y en aquellas

actividades que sean organizados o auspiciados por este.

b) Psicofármacos: No está permitido el consumo, venta ni posición de psicofármacos dentro del

establecimiento ni fuera de él, en aquellas actividades que sean organizadas dos viciados por

este exceptuando a las personas, que por tratamiento médico controlado (con receta), tenga que

ingerir alguna sustancia de este tipo en el liceo para su salud esta situación se debe informar en

Inspectoría General.

c) Alcohol: No está permitido el consumo, venta ni posesión del alcohol dentro del establecimiento,

así como el ingreso al establecimiento bajo la influencia del alcohol.

d) Tabaco: No está permitido el consumo, venta ni posesión de tabaco, en el colegio, bajo ninguna

condición y en ninguna actividad según lo establecido por la Ley 20.660 del 31 de Enero de 2013.

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Infracciones a la Ley Penal:

El artículo N°1: describe a quienes comenten este delito: “Los que elaboren, fabriquen, transformen,

preparen o extraigan sustancias o drogas estupefacientes o psicotrópicas productoras de

dependencia física o psíquica capaces de provocar graves efectos tóxicos o daños considerables a

la Salud si la debida autorización. Incurren instrumentos materiales o equipos comúnmente

destinados para elaboración, fabricación, preparación, transformación o extracción de las sustancias

o drogas a qué se refieren los incisos anteriores.

El artículo N°2: menciona como delito: La producción, fabricación, elaboración, distribución,

transporte, comercialización, importación, exportación, posesión o tenencia de precursores o de

sustancias químicas esenciales, con el objetivo de destinarlos a la preparación de drogas

estupefacientes o sustancias psicotrópicas para perpetrar dentro o fuera del país.

Artículo N° 3: el que, sin la competente autorización posea, transporte, guarde o por te consigo

pequeñas cantidades de sustancias o drogas estupefacientes o psicotrópicas, productoras de

dependencia física o psíquica, o de materias primas que sirvan para obtenerlas.

De acuerdo al artículo N° 5 comete delito el que suministre a menores de 18 años de edad, a cualquier

título, productos que contengan hidrocarburos aromáticos, tales como benceno tolueno u otras,

sustancias similares.

El artículo N° 12 menciona claramente que quienes encuentren a cualquier título a cargo de un

establecimiento de comercio cine hotel restaurante bar centro de baile o Música recinto deportivo

establecimiento educacional de cualquier nivel otros abiertos al público y tolere o permita el tráfico o

consumo de alguna de las sustancias mencionadas en el artículo uno será castigado con presidio

menor en sus grados medio máximo y multa de 40 a 200 U tributarias mensuales.

De acuerdo al artículo N° 29 el colegio no se puede negar a resistir a entregar información,

documentos informes o antecedentes al Ministerio Público si éste lo solicitase en caso de algún tipo

de investigación.

El artículo N° 50 hace referencia a que cometen falta toda persona que consume algún tipo de drogas

o sustancias estupefacientes o psicotrópicas en lugares públicos o establecimientos educacionales.

En cuanto a las penas para menores de 18 años, el artículo N° 53 refiere menor de 18 años el que

será puesto a disposición del juez de menores, correspondiente el juez prescindiendo de la

declaración de haber obrado o no con discernimiento respecto del que tuviere más de 16 años, podrá

imponer al menor alguna de las medidas establecidas en la ley N° 16,618 o de las siguientes según

se estime más apropiado para su rehabilitación.

A) Asistencia obligatoria a programas de prevención.

b) Participación del niño o adolescente expreso de éste, en actividades determinadas a beneficio de

la comunidad.

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PROCEDIMIENTO DE ACTUACIÓN ANTE CONSUMO DE DROGAS Y ALCOHOL

Cualquier funcionario del establecimiento que sorprenda a un alumno o alumna consumiendo

cualquier tipo de drogas o alcohol en alguna de las dependencias del establecimiento debe seguir el

siguiente protocolo:

Comunicar la situación acontecida de forma inmediata la Dirección, como también la inspectoría

general y derivar la dupla psicosocial.

La dupla psicosocial realiza entrevista con los involucrados.

Contactar e informar al apoderado o adulto responsable de la situación, refiriéndole las acciones

que el Liceo ha debido realizar.

Inspectoría General aplicará el reglamento de convivencia escolar (sanciones las cuales se

deben indagar sobre la gravedad del hecho para determinar apoyos y derivaciones).

levantar acta de los hechos ocurridos y de las acciones adoptadas.

Seguimiento del caso por parte del equipo social.

Resguardo de la confidencialidad.

PROCEDIMIENTO DE ACTUACIÓN ANTE MICROTRÁFICO EN EL COLEGIO

Es responsabilidad de la Dirección denunciar el microtráfico de drogas al interior del

establecimiento a policía de investigaciones (PDI) o Carabineros de Chile, ya que cuenta con

la responsabilidad penal específica toda persona a cargo de una comunidad educativa.

También es responsabilidad de todo funcionario del establecimiento entregar la información

pertinente con la que cuente acerca de la tenencia o tráfico de drogas a Dirección.

La denuncia debe contener la siguiente información: identificación del denunciante, domicilio,

narración del hecho, designación de que lo hubiese cometido, designación de las personas

que lo hubieren presenciado.

En el caso que los hechos hubiesen sido cometidos por un estudiante menor de 14 años que

cuenta con la calidad de un inimputable, se debe proceder la solicitud de la medida de

protección en el tribunal de familia.

En el caso que los hechos hubiesen sido cometidos por un estudiante mayor de 14 años y

menor a 18 años, en calidad de imputable, se debe proceder a la denuncia en Fiscalía.

Los hechos deben ser comunicados de forma inmediata a los padres y/o apoderados del

estudiante.

Seguimiento del caso por parte del equipo social aplicando medidas preventivas por senda

previene a los demás estudiantes del establecimiento.

Resguardo de la confidencialidad.

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ANEXO 5

PROTOCOLO DE ACTUACIÓN ANTE SOSPECHA Y/O CONFIRMACIÓN DE CYBERBULLYING

Definiciones:

ACOSO ESCOLAR de acuerdo a la Ley N°20.536 (artículo 16 B): sobre Violencia escolar,

“Conducta de persecución física y/o psicológica que realiza un alumno o alumna contra otro, al que

escoge como víctima de repetidos ataques. Esta acción, negativa e intencionada, sitúa a la víctima

en una posición de la que difícilmente puede escapar por sus propios medios. La continuidad de

estas relaciones provoca en las víctimas efectos claramente negativos: ansiedad, descenso de la

autoestima, y cuadros depresivos, que dificultan su integración en el medio escolar y el desarrollo

normal de los aprendizajes”. (Olweus Dan, 1983)

CYBERBULLYING

Se entenderá como cirberbullying a toda acción de acoso ejercida entre pares, que se realiza a

través de medios tecnológicos como por ejemplo el teléfono móvil y las distintas redes sociales,

como Facebook y Whatsapp donde se incluyen conductas como insultos, vejaciones, amenazas o

chantajes. Suele producirse en el ámbito escolar, y, a diferencia del acoso tradicional, supone un

plus de gravedad debido a la amplia exposición que alcanza a través de Internet. Esta gravedad

afecta de modo especial a la víctima del cíberbullying, pero también a los autores del mismo, ya que

todos sus actos quedan registrados, tanto en los propios dispositivos, como en las mismas redes

sociales, lo que constituye una prueba clara y suficiente para dar cuenta de esta acción.

Este tipo de acoso, para que se constituya como tal, debe ser reiterado y continuado en el tiempo.

De hecho, el menor que es víctima de este acoso suele acudir a sus padres en busca de ayuda,

pero esto, según diversos estudios, sucede después de un extenso periodo de tiempo en que el

menor ha estado siendo objeto del mismo. Esto implica que durante todo este tiempo ha estado

sufriendo las consecuencias psicológicas derivadas, que pasan por los estados de: depresión,

ansiedad, falta de autoestima, miedo, soledad y aislamiento.

1. DEL MODO DE ACTUACIÓN

Cuando en el Colegio se detecta un caso de ciberbullying referido por un estudiante, padre, madre y/o apoderado o cualquier persona que así lo denuncie, se deberá activar el siguiente Protocolo:

1. El integrante de la Comunidad Educativa que recibe la denuncia deberá entregar los

antecedentes con la Encargada de Convivencia Escolar y/o con las profesionales parte del

Equipo de Convivencia, quienes a su vez informaran, a la brevedad posible, a la Encargada de

Convivencia Escolar.

2. Encargada de Convivencia realizará entrevista personal a la estudiante identificada como

“víctima”, durante el mismo día y/o en su defecto, a la brevedad posible, para recoger los

antecedentes necesarios que permitan identificar este tipo de acoso. (copias de evidencias, tales

como, pantallazos almacenados y/o impresos).

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3. Se aplicará Cuestionario de “A mí me sucede que”, para recoger mayor información de parte de

la alumna afectada.

4. La encargada de Convivencia Escolar entrevistará a los actores claves (testigos y agresores)

con el propósito de establecer los hechos y elaborar informe concluyente. También analizará y

sancionará los hechos de acuerdo a lo establecido en el Manual de Convivencia Escolar del

establecimiento.

5. La encargada de Convivencia Escolar junto al profesor jefe, coordinarán entrevista con los

apoderados de la o las victimarias y víctima, a la brevedad posible, con la finalidad de informar

sobre situación en la que se han visto envueltas sus hijas.

6. La encargada de Convivencia Escolar diseña, aplica y controla, junto a su equipo de trabajo, las

acciones de seguimiento tanto a la posible víctima de ciberbullying como a la (s) posible (s)

agresora (s) a través del Plan de Intervención (Plan que deberá contener tiempo estimado para

su desarrollo, los distintos actores involucrados para favorecer el proceso de aprendizaje de

ambas partes y la forma en que establecerán los acuerdos con los apoderados, intervención

curso, empoderamiento de la familia para establecer una red de protección para la estudiante

identificada como víctima, etc.) . Además de efectuar las reuniones necesarias con los Profesores

que le hacen clase al curso y Profesor Jefe para informar de la situación y los pasos realizados.

Por último, promueve instancias de conciliación, mediación y reparación moral y material

del daño causado.

ANEXO 6

PROTOCOLO FRENTE CONDUCTAS AUTODESTRUCTIVAS Y/O INTENTO DE SUICIDIO

¿Qué es la conducta suicida?

Las conductas suicidas abarcan un amplio espectro de conductas, conocido también como

suicidalidad, que van desde la ideación suicida, la elaboración de un plan, la obtención de

los medios para hacerlo, hasta el acto consumado (MINSAL, 2013; Organización Panamericana de

la Salud & Organización Mundial de la Salud, 2014). Es fundamental considerar el riesgo que cada

una de estas manifestaciones conlleva pues todas estas conductas tienen un factor común

que es urgente acoger y atender: un profundo dolor y malestar psicológico que impide

continuar con la vida y del cual ni se visualizan alternativas de salida o solución (OMS,

2001). En estas conductas puede existir una clara y consciente intención de acabar con la

vida, aunque no necesariamente siempre ocurre así. En algunos casos también puede

suceder que esté presente una alta ambivalencia con una mezcla de sentimientos en torno

a cometer el acto. De todas formas, la mayoría de las veces no existirán deseos de morir,

sino que el sentimiento de no ser capaz de tolerar estar vivo (OMS, 2000). Por esta razón es

importante clarificar que la intencionalidad de las conductas suicidas puede ser altamente

dinámica e inestable, pudiendo estar presente en un momento para luego ya no estar en otro

(Barros et al., 2017; Fowler, 2012; Morales et al., 2017).

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Frente conductas Autodestructivas y/o Intento de Suicidio dentro del establecimiento: 1. Ante toda sospecha y/o constatación de autolesión que presente una alumna en el

establecimiento, se deberá informar al departamento de Convivencia Escolar, quienes gestionarán la toma de medidas inmediatas para resguardar la integridad de la estudiante. La evaluación de la severidad del riesgo y la derivación al centro de salud correspondiente será realizada por la Dupla Psicosocial. En caso de no encontrarse presentes en el establecimiento, corresponderá a la Encargada de Convivencia determinar dicha situación.

2. De ser necesario se trasladará inmediatamente a la Asistencia Pública (Hospital Higueras) acompañada por cualquiera de las profesionales del Equipo de Convivencia escolar y/o un funcionario del establecimiento.

3. De acuerdo a lo anterior, en forma paralela al traslado de la estudiante, una profesional

del Equipo de Convivencia dará aviso al apoderado para informarle de lo sucedido, y solicitar que, en la medida de lo posible, nos mantenga informados de la situación.

4. Encargada de Convivencia realizará el registro de lo acontecido, en la Hoja de Vida de

la estudiante.

5. Encargada de Convivencia Escolar, en conjunto con dupla psicosocial elaboraran Plan de Intervención específico para realizar el seguimiento respectivo, en apoyo a la alumna. Plan que deberá contener tiempo estimado para su desarrollo, los distintos actores involucrados para su proceso de aprendizaje y la forma en que se empoderará a la familia para establecer una red de protección para la estudiante, la gestión de apoyos y evaluación diferenciada en respuesta a las necesidades educativas especiales derivadas de la situación de riesgo, establecer un proceso de derivación rápido y eficiente mediante correo electrónico a referentes previamente definidos en cada CESFAM, para lograr una rápida hora de atención para la estudiante.