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 Demanda de aumento pension de alimentos  jueves, noviembre 13, 20 14No comments Expediente : Especialista : Escrito : Sumilla : A!EN"# DE A$%!EN"#S SE&#' (E) DE$ ()*AD# DE +A) $E"'AD# DE "!ES  xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx, identi-icada con DN% N. xxxxxxxx, con domicilio 'eal en la /alle Santa 'osa N. 111 $as !alvinas sealando domicilio procesal en xxxxxxxxxxxxxxxxxxxx, ante usted, con el debido respeto expono: % N#!'E 5 D#!%/%$%# DE$ DE!ANDAD# xxxxxxxxxxxxxxxxxxx, con domicilio 'eal: /ASE'%# /6E+%"# #$%7#S A(# 8  ANE9# SAN" A '#SA 8 !#''#+E $A!A 5 EE, donde se le noti-icara %% +E"%"#'%#: %nterpono demanda de Aumento de +ensi;n Alimenticia, con la -inalidad de <ue al Seor /6A+#&AN A$DE'A, !%*E$ AN*E$ se le aumente de S= 1>000 ?/iento Noventa Nuevos Soles@ a S= 0000 ?uinientos Nuevos Soles@, la <ue debe ser paada en -orma mensual adelantada a -avor de mi menor Bija /6A+#&AN !#N"A$7AN !A'%A E$ENAC por las raones <ue paso a exponer %%% NDA!EN"# DE 6E/6#S: 1 ue, al demandado le interpuse Demanda de alimentos en -ebrero del ao 200F, ante el SE*ND# ()*AD# DE +A ) $E"'AD#, expediente N. 22G200F, la misma <ue por resoluci;n N!E'# /%N/# de -ecBa 30 de (ulio del 200F, -ue declarada -undada en parte -ija una pensi;n alimenticia de S= 14000 ?/iento /uarenta Nuevos Soles@, posterior mente le realice un primer Aumento de A limentos, ante el SE*ND# ()*AD# DE +A) $E"'AD#C Expediente N. 113200>, la misma <ue por resoluci;n N!E'# NE7E de -ecBa 22 de abril del 2010, -ue declarada -undada en parte -ija una nueva pensi;n de alimenticia de S= 1>000, a -avor de mi menor Bija, dejando sin e-ecto la pensi;n -ijada en el expediente 22G200FC resoluci;n <ue -ue  Apelada por el demanda ndo al ser revisada en Seunda %nstancia SE / #N%'!# $A SEN"EN/%A en todos sus extremos mediante resoluci;n N!E'# D%E/%NE7E de -ecBa 7eintitrHs de Diciembre del Dos !il Die 2 Seor (ue, a la -ecBa de interposici;n de la demanda del primer Aumento de  Alimentos, mi Bija contaba con D#S A &#S DE EDAD actualmen te cuenta con /%N/#  A&#S DE EDAD, es dec ir, desde <ue se -ij; el monto sealad o como pensi;n alimenticia Ban transcurrido /uatro Aos, por ende con el pasar del ti empo las necesidades de mi nia Ban aumentado considerablemente en cuanto a los astos <ue enera propias de su edad <ue son necesarias para su desenvolvimiento como persona, mIs aun teniendo en cuenta lo sealado por nuestro /;dio /ivil en su art 4F2. primera parte Jla pensi;n alimenticia se incrementa o reduce seKn el aumento o la disminuci;n <ue experimenten las necesidades del alimentista las posibilidades del <ue debe prestarlaLM, de ello se desprende <ue las condiciones para el aumento de la pensi;n alimenticia son: a@ Aumento en las necesidades del alimentista b@ Aumento

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DEMANDA POR AUMENTO DE CUOTA ALIMENTARIA

Demanda de aumento pension de alimentos

jueves, noviembre 13, 2014No comments

Expediente :

Especialista :

Escrito :

Sumilla : AUMENTO DE ALIMENTOS

SEOR JUEZ DEL JUZGADO DE PAZ LETRADO DE TUMBES

xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx, identificada con DNI N xxxxxxxx, con domicilio Real en la Calle Santa Rosa N 111 Las Malvinas y sealando domicilio procesal en xxxxxxxxxxxxxxxxxxxx, ante usted, con el debido respeto expongo:

I.- NOMBRE Y DOMICILIO DEL DEMANDADO

xxxxxxxxxxxxxxxxxxx, con domicilio Real: CASERIO CHEPITO OLIVOS BAJO ANEXO SANTA ROSA MORROPE - LAMBAYEQUE, donde se le notificara.

II.- PETITORIO:

Interpongo demanda de Aumento de Pensin Alimenticia, con la finalidad de que al Seor CHAPOAN BALDERA, MIGUEL ANGEL se le aumente de S/. 190.00 (Ciento Noventa Nuevos Soles) a S/. 500.00 (Quinientos Nuevos Soles), la que debe ser pagada en forma mensual y adelantada a favor de mi menor hija CHAPOAN MONTALVAN MARIA ELENA; por las razones que paso a exponer.

III.- FUNDAMENTO DE HECHOS:

1. Que, al demandado le interpuse Demanda de alimentos en febrero del ao 2008, ante el SEGUNDO JUZGADO DE PAZ LETRADO, expediente N 227-2008, la misma que por resolucin NUMERO CINCO de fecha 30 de Julio del 2008, fue declarada fundada en parte y fija una pensin alimenticia de S/. 140.00 (Ciento Cuarenta Nuevos Soles), posterior mente le realice un primer Aumento de Alimentos, ante el

SEGUNDO JUZGADO DE PAZ LETRADO; Expediente N 1153-2009, la misma que por resolucin NUMERO NUEVE de fecha 22 de abril del 2010, fue declarada fundada en parte y fija una nueva pensin de alimenticia de S/. 190.00, a favor de mi menor hija, dejando sin efecto la pensin fijada en el expediente 227-2008; resolucin que fue Apelada por el demandando y al ser revisada en Segunda Instancia SE CONFIRMO LA SENTENCIA en todos sus extremos mediante resolucin NUMERO DIECINUEVE de fecha Veintitrs de Diciembre del Dos Mil Diez.

2. Seor Juez, a la fecha de interposicin de la demanda del primer Aumento de Alimentos, mi hija contaba con DOS AOS DE EDAD y actualmente cuenta con CINCO AOS DE EDAD, es decir, desde que se fij el monto sealado como pensin alimenticia han transcurrido Cuatro Aos, por ende y con el pasar del tiempo las necesidades de mi nia han aumentado considerablemente en cuanto a los gastos que genera propias de su edad y que son necesarias para su desenvolvimiento como persona, ms aun teniendo en cuenta lo sealado por nuestro Cdigo Civil en su art. 482 primera parte la pensin alimenticia se incrementa o reduce segn el aumento o la disminucin que experimenten las necesidades del alimentista y las posibilidades del que debe prestarla, de ello se desprende que las condiciones para el aumento de la pensin alimenticia son: a) Aumento en las necesidades del alimentista y b) Aumento de las posibilidades de quien debe prestarla o en todo caso que las dems obligaciones que tena el obligado hayan disminuido.

3. En cuanto a las necesidades

del alimentista: En la actualidad mi menor hija cursa el Segundo Ao de Educacin Inicial en la Institucin Educativa Inicial N 009 JESS DE LA DIVINA MISERICORDIA, tal como se aprecia en la constancia de estudios que adjunto, a diferencia de cuando se solicit el primer aumento de alimentos esta no contaba con dicha necesidad; por cuanto mi menor hija a esa fecha solo contaba con dos aos de edad; lo cual implica que actualmente tengo que sufragar gastos escolares, esto es GASTOS DIARIOS como: pasajes diarios para llevar y traer a mi nia de la escuela, lonchera diaria, gastos en material necesario para realizar los trabajos que le encomiendan todos los das en la escuela, Gastos de Talleres, actividades y participaciones dentro de la escuela, entre otros gastos que demanda la etapa escolar como el uniforme, el buzo escolar, zapatillas, adems gastos necesarios para su recreacin y ms an seor juez si mi nia se enferma tengo que priorizar ciertos gastos puesto que la pensin alimenticia que me pasa el demandado es insuficiente incluso para atender a las necesidades bsicas de mi hija no obstante que tambin mi persona aporta con dicha manutencin, motivo por el cual me veo obligada a recurrir al rgano jurisdiccional a fin de que fije un Nuevo Aumento en la pensin alimenticia fijada en el proceso al que hago referencia en el fundamento N 1.

4. de las posibilidades del demandado este se desempea como chofer y propietario del Vehculo Station Wagon de placa SG 6036, proporcionndole como ingresos mensuales un aproximado de S/. 1,800.00 (UN

MIL OCHOCIENTON NUEVOS SOLES) y que fcilmente puede solventar el aumento de pensin de alimentos solicitado en el petitorio, pues no tiene otras obligaciones que atender que solo los personales.

IV. FUNDAMENTACIN JURIDICA.

Constitucin Poltica de 1993.

Artculo 2 Inc. 1. Toda Persona tiene derecho:

A la vida,a su libre desarrollo y bienestar.

Cdigo Civil vigente.

Artculo 472. Se entiende por alimentos lo que es indispensable para el sustento, habitacin, vestido y asistencia mdica, segn la situacin y posibilidad de la familia.

Artculo 482, en el cual se establece que la pensin de alimentos se incrementa cuando las necesidades del alimentista y las posibilidades del alimentante han aumentado, hecho que se configura en el presente caso.

Cdigo de los Nios y Adolescentes (Ley N 27337).

Artculo 92: Se considera alimentos lo necesario para el sustento, vestido, habitacin, asistencia mdica y recreacin del nio.

Artculo 96, establece la competencia del juez de Paz Letrado para conocer del proceso de fijacin, aumento reduccin, extincin o prorrateo de alimentos.

Cdigo Procesal Civil.

Artculo 424 y 425 referidos a los requisitos y anexos que debe contener la demanda.

Artculo 571, que seala la aplicacin extensiva de las normas del Subcaptulo 1 del Captulo II del Ttulo III de la Seccin Quinta del C.P.C. a los procesos de aumento de alimentos.

Artculo 675, el cual hace alusin a la asignacin anticipada de alimentos.

V. MONTO DEL PETITORIO.

De acuerdo al monto solicitado por pensin alimenticia es de S/.

500.00 Nuevos Soles.

VI. VIA PROCEDIMENTAL.

Corresponda a la Va Procedimental del proceso nico.

VII.- MEDIOS PROBATORIOS.

a.- Copia de DNI.

b.- Partida de nacimiento de mi menor hija xxxxxxxxxxxx.

c.- Constancia de estudios emitido por la directora de la institucin educativa inicial Jess De La Divina Misericordia.

d. Ofrezco como fuente de prueba, copia de la sentencia confirmatoria del expediente 1153-2009-0-2601-JP-FC-02

.VIII. ANEXOS

1A.- Copia Simple de mi DNI.

1B.- Partida de nacimiento de mi menor hija xxxxxxxxxxxxxxxxxx.

1C.- Constancia de estudios emitido por la directora de la institucin educativa inicial Jess De La Divina Misericordia.

1D.- adjunto copia de la sentencia confirmatoria del expediente 1153-2009-0-2601-JP-FC-02.

1E.- Constancia de habilidad del abogado.

PRIMER OTROSI: De acuerdo al artculo 80 concordante con el artculo 74 del Cdigo Procesal Civil, otorgo Facultades Generales de representacin al Letrado que suscribe la presente y que me encuentro instruido en la representacin que otorgo.

SEGUNDO OTROSI.- Considerando que siendo patrocinado por este consultorio jurdico de la UNT, en la que los alumnos de la Escuela de Derecho, estn realizando sus prcticas pre profesionales solicito la concesin de facultades al practicante xxxxxxxxxxxxxxxxxxxx, identificado con DNI N xxxxxxxxxxxxxx, a fin que se faculte actos de procuradura.

Por lo expuesto:

Seor Juez, solicito a Ud. acceder a mi peticin y en su oportunidad declarar fundada la demanda en todos sus extremos.

Tumbes, 30 JulEXP:SECRETARIOESCRITO N: 1SUMILLA: INTERPONGO DEMANDA DE ALIMENTOS

SEOR JUEZ DEL JUZGADO DE PAZ LETRADO DE TRUJILLO

________________________, identificada con D.N.I. _____________, con domicilio real en _________________________, distrito de Trujillo, Provincia de Trujillo, Departamento de La Libertad y con domicilio procesal en Av. Espaa N 2124 Tercer Piso, Edificio EL RETABLO local del Consultorio Jurdico Gratuito de la Universidad Nacional de Trujillo, a Ud. Respetuosamente digo.

I.- COMPARECENCIAQue en calidad de madre y representante legal de mi menor hijo, _________________________ de siete aos y conforme a los dispuesto en el articulo 423 inc. 6 del Cdigo Civil y de quien ejerzo la patria potestad; COMPAREZCO ante su juzgado sealando mi domicilio procesal con el presente escrito para los efectos legales del caso.

II.- NOMBRE Y DIRECCION DOMICILIARIA DEL DEMANDADOLa presente demanda va dirigida contra el Sr. JAIME CAMPOS CRRERA, con domicilio real en CALLE JORGE CHAVEZ N 345, distrito de Trujillo, Provincia de Trujillo, y Departamento de La Libertad; lugar donde se le notificara la misma.

III.- PETITORIOQue en virtud del inciso 2 del articulo 561 del Cdigo Procesal Civil acudo a su despacho para interponer demanda de alimentos contra el emplazado antes referido, la misma que previo al tramite legal correspondiente pido a usted, que la declare FUNDADA; y en consecuencia, ORDENE que el demandado cumpla con prestar alimentos a favor de mi menor hijo ______________________________________ de 7 aos,; en unmonto de ___________ nuevos soles, en calidad de trabajador independiente como tcnico electrnico, por los fundamentos de hecho y de derecho que a continuacin expongo:

IV.- FUNDAMENTACIN FACTICA DEL PETITORIO DE VNCULO PATERNO FILIAL DEL DEMANDADO CON EL MENOR

1. Que como producto de nuestras relaciones extramatrimoniales procreamos a nuestro hijo, __________________________, de 7, siendo reconocido por el demandado tal como lo acredito con la partida de nacimiento; quedando as establecido el entroncamiento familiar con el mismo; y por ende, la obligacin de prestar alimentos de manera fehaciente.

RELACIONES ENTRE LA RECURRENTE Y EL DEMANDADO

2. Desde hace_______________ empezamos a convivir, si embargo hace ___________ me separe del demandado debido a que la convivencia marital se hizo imposible entre nosotros.

3. Desde la fecha que nos separamos, el demandado no ha cumplido con las obligaciones respectivas para con mi hijo siendo yo la nica que responde econmicamente por mi menor hijo.

4. Cubriendo todos los gastos respectivos del menor, como el sustento. Habitacin, vestido, asistencia medica y adems cumplo con pagarle la mensualidad de un centro deportivo en el cual mi hijo hace sus prcticas de futbol, incentivando as en l el deporte como recreo de este y gracias a la habilidad que mi menor hijo tiene desempeando dicho deporte.

POSIBILIDADES ECONOMICAS DEL DEMANDADO

5. Que a pesar de mis llamamientos, el demandado ha hecho caso omiso, a las mismas, no obstante de contar con un trabajo que le rindeeconmicamente bien, el cual le permite acudir a su hijo con una pensin alimenticia, ya que este trabaja como tcnico Electronico y adems es dueo de un taller _______________________

DE MI ACTIVIDAD ECONOMICA.

6.

Seor juez, lo importante en el presente caso, no es slo que el obligado principal es quien debe prestar los alimentos, sino su irresponsable actitud sobre la cobertura apropiada y satisfaccin de las necesidades de nuestro menor hijo, asistirlo con lo que necesita para desarrollarse adecuadamente; ESO ES LO JUSTO Y LO JUSTO ES LA ULTERIOR FINALIDAD DE LA LEY: es por ellos, que me veo en la imperiosa necesidad de incoar contra el demandado el presente proceso judicial.

V.- FUNDAMENTACION JURIDICA

A. LA CONSTITUCIN POLITICA DEL PERU.A.1) Art. 6: Es deber y derecho de los padres alimentar, educar y dar seguridad a sus hijos.A.2) Art. 13:La educacin tiene como finalidad el desarrollo integral de la persona humana. El Estado reconoce y garantiza la libertad de enseanza. Los padres de familia tienen el deber de educar a sus hijos y el derecho de escoger los centros de educacin y de participar en el proceso educativo.

B. CODIGO DEL NIO Y ADOLESCENTEB.1) Art. 3: A vivir en un ambiente sano.- El nio y el adolescente tienen derecho a vivir en un ambiente sano y ecolgicamente equilibrado.B.2) Art. 92: Se considera alimentos lo necesario para el sustento, habitacin, vestido, educacin, instruccin y capacitacin para el trabajo, asistencia mdica y recreacin del nio o del adolescente. Tambin losgastos del embarazo de la madre desde la concepcin hasta la etapa de postparto.B.3) Art. 96: El Juez de Paz es competente para conocer del proceso de alimentos de los nios o de los adolescentes cuando exista prueba indubitable de vnculo familiar, as como del cnyuge del obligado y de los hermanos mayores cuando lo soliciten conjuntamente con stos. El Juez conocer de este proceso hasta que el ltimo de los alimentistas haya cumplido la mayora de edad.B.4) Art. 164: La demanda se presenta por escrito y contendr los requisitos y anexos establecidos en los artculos 424o y 425o del Cdigo Procesal Civil. Para su presentacin se tiene en cuenta lo dispuesto en la Seccin Cuarta del Libro Primero del Cdigo Procesal Civil.C. CODIGO CIVILC.1) Art. 423 inc. 6: Representar a los hijos en los actos de la vida civil.C.2) Art. 481: Los alimentos se regulan por el juez en proporcin a las necesidades de quien los pide y a las posibilidades del que debe darlos, atendiendo adems a las circunstancias personales de ambos, especialmente a las obligaciones a que se halle sujeto el deudor.No es necesario investigar rigurosamente el monto de los ingresos del que debe prestar los alimentos.C.3) Art. 487: El derecho de pedir alimentos es intrasmisible, irrenunciable, intransigible e incompensable.

D. CODIGO PROCESAL CIVILD.1) Art. I del TITULO PRELIMINAR: Toda persona tiene derecho a la tutela jurisdiccional efectiva para el ejercicio o defensa de sus derechos o intereses, con sujecin a un debido proceso.

D.2) Art. II del TITULOPRELIMINAR: La direccin del proceso est a cargo del Juez, quien la ejerce de acuerdo a lo dispuesto en este Cdigo.El Juez debe impulsar el proceso por s mismo, siendo responsable de cualquier demora ocasionada por su negligencia. Estn exceptuados del impulso de oficio los casos expresamente sealados en este Cdigo.D.3) Art. V del TITULO PRELIMINAR: Las audiencias y la actuacin de medios probatorios se realizan ante el Juez, siendo indelegables bajo sancin de nulidad. Se exceptan las actuaciones procesales por comisin.El proceso se realiza procurando que su desarrollo ocurra en el menor nmero de actos procesales.El Juez dirige el proceso tendiendo a una reduccin de los actos procesales, sin afectar el carcter imperativo de las actuaciones que lo requieran.La actividad procesal se realiza diligentemente y dentro de los plazos establecidos, debiendo el Juez, a travs de los auxiliares bajo su direccin, tomar las medidas necesarias para lograr una pronta y eficaz solucin del conflicto de intereses o incertidumbre jurdica.D.4) Art. VII del TITULO PRELIMINAR: El Juez debe aplicar el derecho que corresponda al proceso, aunque no haya sido invocado por las partes o lo haya sido errneamente. Sin embargo, no puede ir ms all del petitorio ni fundar su decisin en hechos diversos de los que han sido alegados por las partes.D.5) Art. 424: Requisitos de la demanda.D.6) Art. 425: Anexos de la demanda

LEY N 28439: LEY QUE SIMPLIFICA LAS REGLAS DEL PROCESO DE ALIMENTOS:

Art. 1 que modifica el art. 566 del Cdigo ProcesalCivil Obtenida sentencia firme que ampara la demanda el Juez ordenara al demandado abrir cuenta de ahorros a favor, de la demandante en cualquier institucin del Sistema Bancario

VI.- MONTO DEL PETITORIOPor la naturaleza del proceso se fija el monto del petitorio equivalente a _____________ nuevos soles en calidad de Tcnico Electrnico, el mismo que ser depositada mensualmente en alguna entidad del Sistema Bancario que el Juzgado disponga.

VII.- VIA PROCEDIMENTAL:Conforme a lo dispuesto por el Art. 161 del Cdigo de Nios y Adolescentes, esta demanda se deber tramitar conforme a las disposiciones contenidas para el PROCESO UNICO.

VIII.- MEDIOS PROBATORIOS.DOCUMENTOS:8.1- Partida de Nacimiento de nuestro hijo ___________________________ expedida por la municipalidad provincial de Trujillo en la cual se acredita la relacin paterno filial entre el demandado y nuestro hijo; y por consiguiente la obligacin que le asiste.8.2.- Constancia de Estudios expedida por la Institucin Educativa _______________________, con la cual acredito que mi hijo, _________________________, se encuentra cursando estudios por los fundamentos de hecho y de derecho que a continuacin expongo:en dicho centro.8.3.- Constancia de Practicas deportivas expedida por la institucin _______________________, con la cual acredito que mi menor hijo se encuentra en dicho centro realizando dichas practicas.

ANEXOS1-A = Copia simple de mi D.N.I.1-B = Partida de Nacimiento de nuestro hijo ___________________________, expedida por la municipalidad provincial de Trujillo.1-C = Constancia de estudios de nuestro hijo____________________________________, expedida por la Institucin Educativa ______________________________1-D = Lista de tiles Escolares de la Institucin Educativa __________________________1-E= Dos recibos de compra de tiles Escolares.1-F= Recibos por Concepto de practicas deportivas.1-G = Certificado de Habilitacin

PRIMER OTRO SI DIGO:

Delego Las facultades generales de Representacin a las q se refiere en el Art 74 del mismo Cdigo Adjetivo al abogado _________________________. Por tal motivo, cumplo con declarar que me encuentro instruido de la delegacin que otorgo y de sus alcances; y as mismo, preciso que mi domicilio procesal es la que se indica en el exordio de la presente demandad.Srvase acceder

SEGUNDO OTROSI DIGO: Al amparo del articulo 179 y 562 del Cdigo Procesal Civil solicito se me conceda AUXILIO JUDICIAL por cuanto carezco de medio econmicos para solventar los gastos de un proceso sin poner en riesgo mi propia subsistencia.Srvase acceder

TERCER OTROSI DIGO: Que, por convenir a mi derecho, y en virtud que vengo incoando la presente por medio del Consultorio Jurdico Gratuito de la Universidad Nacional de Trujillo, AUTORIZO a la Srta-------------, identificada con D.N.I _________________, para que pueda revisar el Expediente de la presente causa, pudiendo sacar copias o cualquier otro trmite que se derive del presente proceso judicial.Srvase acceder.

POR LO TANTO:A vuestro despacho pedimos se sirva admitir la presente demanda y, en consecuencia, tramitarla conforme a Ley.