decreto asueto 2 de marzo 2015

3
ASAMBLEA LEGISLATIVA - REPUBLICA DE EL SALVADOR ____________________________________________________________________ 1 DECRETO N° 929 LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPUBLICA DE EL SALVADOR, CONSIDERANDO: I.- Que de conformidad con los periodos electorales establecidos en la Constitución de la República y a la Convocatoria realizada por el Tribunal Supremo Electoral, el 1º de marzo de 2015 se realizarán elecciones de Diputados y Diputadas a la Asamblea Legislativa, al Parlamento Centroamericano y de Concejos Municipales. II.- Que la participación de los ciudadanos y ciudadanas en los organismos electorales temporales así como la vigilancia del proceso electoral por parte de los partidos políticos es fundamental para el desarrollo y la transparencia del mismo. III.- Que en las próximas elecciones se implementará un nuevo sistema de votación por lo que se prevé que el proceso de escrutinio se prolongue por más horas de las que ha conllevado en procesos eleccionarios anteriores. IV.- Que para asegurar la participación de los ciudadanos y ciudadanas hasta el final de la jornada electoral, es conveniente conceder licencia con goce de sueldo, el día 2 de marzo de 2015 para todos aquellos empleados públicos, privados y municipales, que participen en las elecciones como miembros de organismos electorales temporales, o como Jefes de Centro, Supervisores, Vigilantes y Representantes Legales de los partidos políticos o coaliciones. POR TANTO, en uso de sus facultades Constitucionales y a iniciativa de la Diputada Mariella Peña Pinto y de los Diputados Juan Carlos Mendoza y Alberto Armando Romero. DECRETA la siguiente: DISPOSICION TRANSITORIA APLICABLE AL EVENTO ELECTORAL DE MARZO DE 2015. Art. 1.- Concédase el día 2 de marzo de 2015 licencia con goce de sueldo a los empleados públicos, privados y municipales, que se desempeñen como Miembros de Juntas Electorales Departamentales, Juntas Electorales Municipales y Delegados de éstas, Juntas Receptoras de Votos, o como, Jefes de Centro, Supervisores, Vigilantes y Representantes Legales de los partidos políticos o coaliciones, en el evento electoral del 1° de marzo del presente año. Art. 2.- La participación de los empleados públicos, privados y municipales en las funciones referidas en el artículo anterior, se comprobará en el caso de los Miembros de Juntas Electorales Departamentales y de Juntas Electorales Municipales, con las mismas credenciales extendidas por el Tribunal Supremo ___________________________________________________________________ INDICE LEGISLATIVO

Upload: douglas-esquivel

Post on 05-Jul-2016

6 views

Category:

Documents


0 download

DESCRIPTION

Por motivos de elecciones municipales

TRANSCRIPT

Page 1: Decreto Asueto 2 de Marzo 2015

ASAMBLEA LEGISLATIVA - REPUBLICA DE EL SALVADOR____________________________________________________________________

1

DECRETO N° 929

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPUBLICA DE EL SALVADOR,

CONSIDERANDO:

I.- Que de conformidad con los periodos electorales establecidos en la Constituciónde la República y a la Convocatoria realizada por el Tribunal Supremo Electoral,el 1º de marzo de 2015 se realizarán elecciones de Diputados y Diputadas a laAsamblea Legislativa, al Parlamento Centroamericano y de Concejos Municipales.

II.- Que la participación de los ciudadanos y ciudadanas en los organismos electoralestemporales así como la vigilancia del proceso electoral por parte de los partidospolíticos es fundamental para el desarrollo y la transparencia del mismo.

III.- Que en las próximas elecciones se implementará un nuevo sistema de votaciónpor lo que se prevé que el proceso de escrutinio se prolongue por más horas delas que ha conllevado en procesos eleccionarios anteriores.

IV.- Que para asegurar la participación de los ciudadanos y ciudadanas hasta el finalde la jornada electoral, es conveniente conceder licencia con goce de sueldo, eldía 2 de marzo de 2015 para todos aquellos empleados públicos, privados ymunicipales, que participen en las elecciones como miembros de organismoselectorales temporales, o como Jefes de Centro, Supervisores, Vigilantes yRepresentantes Legales de los partidos políticos o coaliciones.

POR TANTO,

en uso de sus facultades Constitucionales y a iniciativa de la Diputada Mariella Peña Pinto y delos Diputados Juan Carlos Mendoza y Alberto Armando Romero.

DECRETA la siguiente:

DISPOSICION TRANSITORIA APLICABLE AL EVENTO ELECTORAL DE MARZO DE 2015.

Art. 1.- Concédase el día 2 de marzo de 2015 licencia con goce de sueldo a los empleados públicos,privados y municipales, que se desempeñen como Miembros de Juntas Electorales Departamentales, JuntasElectorales Municipales y Delegados de éstas, Juntas Receptoras de Votos, o como, Jefes de Centro,Supervisores, Vigilantes y Representantes Legales de los partidos políticos o coaliciones, en el eventoelectoral del 1° de marzo del presente año.

Art. 2.- La participación de los empleados públicos, privados y municipales en las funciones referidasen el artículo anterior, se comprobará en el caso de los Miembros de Juntas Electorales Departamentalesy de Juntas Electorales Municipales, con las mismas credenciales extendidas por el Tribunal Supremo

___________________________________________________________________INDICE LEGISLATIVO

Page 2: Decreto Asueto 2 de Marzo 2015

ASAMBLEA LEGISLATIVA - REPUBLICA DE EL SALVADOR____________________________________________________________________

2

Electoral para acreditarlos.

En el caso de los Miembros de Juntas Receptoras de Votos, así como de los Jefes de Centro,Supervisores, Vigilantes y Representantes Legales de los partidos políticos o coaliciones, comprobarán suparticipación con los formularios que para tal efecto proporcionará el Tribunal Supremo Electoral a cadaJunta Receptora de Votos, donde se hará constar la participación en el evento electoral dejando un espaciopara el nombre y el rol desempeñado, y serán firmadas y selladas por el Secretario o Secretaria de la JuntaReceptora de Votos en la que haya votado.

En el caso de los Delegados de Junta Electoral Municipal, también utilizarán el formulario proveídopor el Tribunal Supremo Electoral pero será firmada y sellada por el Secretario o Secretaria de la JuntaElectoral Municipal correspondiente.

Art. 3.- El presente Decreto entrará en vigencia el día de su publicación en el Diario Oficial.

DADO EN EL SALON AZUL DEL PALACIO LEGISLATIVO: San Salvador, a los veintiún días del mesde enero de dos mil quince.

OTHON SIGFRIDO REYES MORALES,PRESIDENTE.

ENRIQUE ALBERTO LUIS VALDEZ SOTO, GUILLERMO ANTONIO GALLEGOS NAVARRETE,PRIMER VICEPRESIDENTE. SEGUNDO VICEPRESIDENTE.

JOSE FRANCISCO MERINO LOPEZ, LORENA GUADALUPE PEÑA MENDOZA, TERCER VICEPRESIDENTE. CUARTA VICEPRESIDENTA.

CARLOS ARMANDO REYES RAMOS,QUINTO VICEPRESIDENTE.

GUILLERMO FRANCISCO MATA BENNETT, MANUEL VICENTE MENJIVAR ESQUIVEL,PRIMER SECRETARIO. SEGUNDO SECRETARIO.

SANDRA MARLENE SALGADO GARCIA, JOSE RAFAEL MACHUCA ZELAYA,TERCERA SECRETARIA. CUARTO SECRETARIO.

IRMA LOURDES PALACIOS VASQUEZ, ERNESTO ANTONIO ANGULO MILLA,QUINTA SECRETARIA. SEXTO SECRETARIO.

FRANCISCO JOSE ZABLAH SAFIE, JOSE SERAFIN ORANTES RODRIGUEZ, SEPTIMO SECRETARIO. OCTAVO SECRETARIO.

CASA PRESIDENCIAL: San Salvador, a los dos días del mes febrero del año dos mil quince.

___________________________________________________________________INDICE LEGISLATIVO

Page 3: Decreto Asueto 2 de Marzo 2015

ASAMBLEA LEGISLATIVA - REPUBLICA DE EL SALVADOR____________________________________________________________________

3

PUBLIQUESE,

Salvador Sánchez Cerén,Presidente de la República.

Ramón Arístides Valencia Arana,Ministro de Gobernación y Desarrollo Territorial.

D. O. Nº 22Tomo Nº 406Fecha: 3 de febrero de 2015

FN/pch26-02–2015

___________________________________________________________________INDICE LEGISLATIVO