cuadro invalidez permanente
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Prof.: Epifanio Quirós F.O.L. TEMA 6/13
1 Al resultado obtenido en ambos casos se le aplicará el porcentaje que corresponda en función de los años de cotización de acuerdo con la escala prevista para la jubilación considerándose a tal efecto como cotizados los años que le resten al interesado, en la fecha del hecho causante, para cumplir la edad de 65 años. En el caso de no alcanzarse los 15 años cotizados, el porcentaje aplicable será el 50 por 100. A esta base reguladora se le aplicará el porcentaje previsto para el grado de incapacidad reconocida y se obtendrá la cuantía de la pensión.
2 Las BC de los 24 meses anteriores al mes previo al del HC se computarán en su valor nominal, las restantes se actualizarán de acuerdo con IPC.
PENSIONES DE INCAPACIDAD PERMANENTE REGIMEN GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL EC= Enfermedad Común; EP= Enfermedad Profesional; AT= Accidente de Trabajo; ANL= Accidente No Laboral; HC=Hecho Causante; BR= Base Reguladora; IT= Incapacidad Temporal
Carencia o periodo previo de cotización Hecho Causante
BASE REGULADORA
CUANTÍA EC en Alta o Asimilada
EC y ANL en NO Alta
EP, AT y ANL en Alta o Asimilada
EC y ANL en no Alta
EC en Alta o Asimilada ANL en Alta o
Asimilada AT o EP
PARCIAL
1800 días en los 10 años anteriores
al fin de la IT, computándose por
entero los 18 meses ésta
aunque no se hayan agotado
Menor de 21 años: la 1/2 de tiempo
transcurrido entre los 16 años y el inicio de IT más los 18 meses IT
No hay derecho a la prestación
No exige carencia o
periodo previo de cotización
Trabajadores en Alta
o en situación Asimilada
al Alta: -Si
invalidez deriva de IT: fecha en que se extingue
IT. -Si
invalidez no deriva
de IT: fecha
emisión dictamen
EVI.
Trabajadores que no estén en
Alta: -El día de presentación de la solicitud.
No hay derecho
a la prestación
La misma que sirvió para el cálculo de la Incapacidad Temporal
Indemnización de 24 mensualidades de la
Base Reguladora
TOTAL
Menor de 31 años: La 1/3 del tiempo transcurrido entre los 16 años y HC. Mayor de 31 años: La 1/4 parte del tiempo transcurrido entre los 20 años y el HC.con un mínimo de 5 años Al menos la 1/5 parte del periodo exigido: -en los 10 años inmediatamente anteriores al HC.
No hay derecho a la prestación
No hay derecho
a la prestación
*Beneficiario >52 años Periodo de cotización = ó > a 8 años
1:
96BC2/112meses
anteriores HC Periodo de cotización < a 8 años
1: BC que
correspondan al periodo mínimo exigible/Nº meses de dichas cotizaciones x 1,1666 excluyendo de la actualización los 24 meses anteriores al mes previo al HC *Beneficiario < 52 años BC últimos 96 meses
2
112
BC 24 m 28
24 meses ininterrump
idos y elegidos
por el interesado
en los últimos 7
años
A+B+C 12meses
A= Salario diario x 365
B= Pagas extras. año.
C= Pluses y retribuciones
complementarias, incluidas horas extras, de los
últimos 12 meses, dividido por el nº de días efectivamente
trabajados y multiplicados por el nº de días laborales
del sector (máximo 273).
55% de la BR. Mayores de 55 años sin ocupación aumenta 20% BR.
Menores 60 años pueden sustiturila por indemnización
ABSOLUTA
15 años cotizados de los cuales, al menos 1/5,
dentro de los 10 años
anteriores al HC.
BC ult. 96m 112
100% BR
GRAN
INVALIDEZ
100 % BR más complemento: 45%
Base mínima de cotización vigente + 30% última BC de la
incapacidad del trabajador, cómo mínimo el 45 %