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INTRODUCCION El objetivo principal de este trabajo, es analizar la actualidad del pensamiento de Durkheim en problemáticas contemporáneas, guiándonos principalmente por las tres preguntas planteadas para el desarrollo del trabajo, en las cuales se veían tres objetivos: ¿Cómo plantea Durkheim en su obra el problema de la anomia?, ¿Cómo se plantea este problema en el debate actual?, ¿ y cuáles son los alcances y limitaciones de la obra de Durkheim en relación con el problema? En el proceso de desarrollo del trabajo la mayor dificultad encontrada para analizar el problema de la anomia, fue la poca cantidad de referencias al problema aparte de Durkheim, especialmente contemporáneos, ya que el tema de la anomia, no es tan estudiado actualmente como lo era hace 60 o 50 años, donde hubo una gran afluencia de estudios sobre la anomia, especialmente por parte de Robert Merton quien es la mayor referencia al problema aparte de Durkheim y que impuso un nuevo enfoque al concepto En el presente trabajo haremos una exposición sobre las implicaciones de la obra de Durkheim a lo largo del siglo XX y XXI, sobretodo en su concepción de practicidad para la sociedad. Tomando como base el concepto de anomia, el cual fue fundamental para su sociología, además determinaremos cual ha sido el alcance de este concepto tan familiar pero a la vez tan ambiguo, su utilización en otras disciplinas (si es el caso) y sobretodo la importancia para el desarrollo como tal de la ciencia social, en especial la sociología. Se hará un esbozo sobre cómo fue que llego la Anomia a ser un concepto tan importante para la ciencia social, desde su postulamiento en la obra de Durkheim en la División del trabajo Social (1893) y la posterior modificación y ampliación que tuvo este mismo concepto en la obra re Robert K. Merton en su obra Teoría y Estructura Sociales (Social

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INTRODUCCION

El objetivo principal de este trabajo, es analizar la actualidad del pensamiento de Durkheim en problemáticas contemporáneas, guiándonos principalmente por las tres preguntas planteadas para el desarrollo del trabajo, en las cuales se veían tres objetivos: ¿Cómo plantea Durkheim en su obra el problema de la anomia?, ¿Cómo se plantea este problema en el debate actual?, ¿ y cuáles son los alcances y limitaciones de la obra de Durkheim en relación con el problema? En el proceso de desarrollo del trabajo la mayor dificultad encontrada para analizar el problema de la anomia, fue la poca cantidad de referencias al problema aparte de Durkheim, especialmente contemporáneos, ya que el tema de la anomia, no es tan estudiado actualmente como lo era hace 60 o 50 años, donde hubo una gran afluencia de estudios sobre la anomia, especialmente por parte de Robert Merton quien es la mayor referencia al problema aparte de Durkheim y que impuso un nuevo enfoque al concepto

En el presente trabajo haremos una exposición sobre las implicaciones de la obra de Durkheim a lo largo del siglo XX y XXI, sobretodo en su concepción de practicidad para la sociedad. Tomando como base el concepto de anomia, el cual fue fundamental para su sociología, además determinaremos cual ha sido el alcance de este concepto tan familiar pero a la vez tan ambiguo, su utilización en otras disciplinas (si es el caso) y sobretodo la importancia para el desarrollo como tal de la ciencia social, en especial la sociología.

Se hará un esbozo sobre cómo fue que llego la Anomia a ser un concepto tan importante para la ciencia social, desde su postulamiento en la obra de Durkheim en la División del trabajo Social (1893) y la posterior modificación y ampliación que tuvo este mismo concepto en la obra re Robert K. Merton en su obra Teoría y Estructura Sociales (Social Theory and Social Structure) de 1938, la cual fue de gran importancia para la explicación de la desviación, la ruptura del orden social, retraso cultural, desorganización social y grupos de individuos asociales.

Nuestro estudio tendrá un enfoque primero desde la perspectiva de Durkheim y Merton, sin embargo señalaremos algunas ampliaciones o tentativas de aumentar y reformular la teoría de Merton hecho por Talcott Parsons, Robert Dublin entre otros. También se busca observar la concepción que se tiene del término en la actualidad y, con ayuda de algunos autores contemporáneos, ver algunas posturas que se han desarrollado en estudios posteriores a la sociología “clásica”. Desde los años 90 encontramos a dos autores europeos que utilizaron el concepto y dieron nuevos aportes para el análisis de este problema, estos son Jean Ziegler y Ralf Dahrenhorf, quienes utilizaron parte de lo propuesto en la primera mitad del siglo XX para explicar la “intromisión” de la anomia en problemáticas actuales. Más recientemente, encontramos un estudio de Peter Waldmann en el que se proponían nuevas tesis con relación al concepto de la anomía, y se basaba en el contexto

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latinoamericano, por lo cual tiene mayor relación e importancia en el estudio de la sociedad de esta región.

CAPITULO I

TEORIAS ESTRUCTURAL – FUNCIONALISTA O DE LA “ANOMIA”

1.1. REPRESENTANTES

DURKHEIM, MERTON,... Surge en el contexto de una “economía industrializada” y con profundos cambios sociales. Sus postulados de mayor trascendencia son la NORMALIDAD del crimen, pues este no tendría su origen en ninguna patología individual no social sino en el normal y regular funcionamiento de todo orden social; y la FUNCIONALIDAD, pues tampoco sería un hecho necesariamente nocivo para la sociedad, sino todo lo contrario, funcional, en orden a la estabilidad y el cambio social.

DURKHEIM, observó el volumen constante de la criminalidad de cualquier sociedad en cualquier momento histórico. Sacando dos consecuencias: que la conducta irregular es inextirpable y que las formas de dicha conducta anómica están determinadas por el tipo social dominante y su estado de desarrollo.

Lo anormal no es la existencia del delito, sino un súbito aumento o descenso en el mismo pues, existe: “una determinada cantidad de crímenes en forma integrante de toda sociedad sana”. El crimen debe contemplarse como producto del funcionamiento normal de toda sociedad.

La teoría de anomia de Durkheim será asumida y reelaborada por la sociología americana. MERTON, la convierte en teoría de la criminalidad. La anomia no solo es derrumbamiento o crisis de unos valores o normas por determinadas circunstancias sociales, sino, el síntoma o expresión del vacío que se produce cuando los medios socioestructurales existentes no sirven para satisfacer las expectativas culturales de una sociedad.

1.2. TEORÍA DE LA ANOMIA:

Tanto Durkheim como Merton harán mención a esta explicación teórica, el primero de ellos en su obra “División del Trabajo Social” en 1893 y luego en “El Suicidio” (1897), en tanto Merton publica su famosa concepción de la anomia en su Tesis Doctoral en Harvard (1936), el cual establece que hay dos grandes elementos que componen la estructura social. Las metas de la cultura son aquellas por las que vale la pena esforzarse, por ejemplo, ser rico, ser poderoso, ser culto, etc. Los que alcanzan dichas metas reciben reconocimiento y prestigio. En tanto el segundo elemento de la estructura social son las reglas que se habrán de emplear para alcanzar las metas culturales. Estas reglas toman formas concretas en las instituciones que regulan la conducta en sociedad. Por ejemplo,

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para alcanzar la meta de ser rico debe no cometerse fraudes, estafas, extorsión, mentir o matar, etc. (Benbenaste, Narciso; Etchezahar, Edgardo; Del Río, Marta. 2009). Lo que Merton llama anomia social no es precisamente a la falta de normas, sino cuando los grupos sociales aceptan que lograr las metas es a pesar de las normas sociales, se fomenta el estado de anomia social. El término anomia social surge tomando como referencia las desviaciones de las normas sociales por parte de distintos grupos en la sociedad norteamericana. Por ende una sociedad en donde las metas sociales apuntan hacia el individualismo y el éxito económico genera sujetos que no usarán las reglas sociales. Finalmente tenderemos que indicar que el concepto de anomia de Durkheim y de Merton elabora toda una teoría del crimen, por ello es que consideraron que principalmente en los países de estructura capitalista, teóricamente las oportunidades para el triunfo son iguales para todos, dicha lógica fundamentaría el llamado “sueño americano”, pero que en realidad, ciertas clases tienen vedadas las vías aceptadas socialmente para poder desenvolverse legalmente. (Rodríguez Manzanera, 1981)

Sintetizando su concepto teórico acerca de la anomia a continuación expongo y explico las respuestas a esta difusión que ilustro este investigador y sus postulados que cimientan su teoría que son cinco (5) postulados básicos a saber, se mencionan a continuación:

1. Innovación. El sujeto ve a través de los medios ilícitos o la delincuencia una buena forma de conseguir los objetivos, para este grupo es la única forma de conseguir sus metas de todas las existentes, Merton afirma que la mayoría de estas personas provienen de la clase social baja. 2. Conformismo. El individuo cree que debe conseguir los objetivos con los medios lícitos o legales exclusivamente. 3. Ritualismo. Se renuncia a conseguir las metas y objetivos socialmente descritos como exitosos. Es una desviación no delictiva, que suele darse en las clases sociales medio bajas. 4. Retraimiento o Apatía. Es un alejamiento de los valores culturales de la sociedad en cuanto a objetivos de éxito y a los medios no lícitos. Se ve presente en personas alcohólicas, mendigos, vagabundos y drogadictos. 5. Rebelión. Es un grupo o colectividad que pone en duda los valores establecidos por la sociedad. Estas personas 16 anteriormente han intentado lograr con éxito desviar las normas pero en algunas ocasiones han fracasado en lograr esos objetivos.

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Otro teórico que postulaba el concepto de la anomia en el mundo angloamericano fue Albert cohen, quien desarrollo la Teoría de Presión de la Anomia del Grupo de Referencia, dicha teoría explicaba que el surgimiento de las bandas juveniles como la adaptación del adolescente a través de la delincuencia surgía como consecuencia de la comparación que hace el joven con su entorno individual y su grupo de referencia. Además Richard Cloward & Ohlin desarrollaron la Teoría de la Disponibilidad de Oportunidades Ilícitas. Dicha teoría postula que la base del origen del delito es la presión de la sociedad ejercida por medio del desajuste entre las aspiraciones y sus oportunidades quedando descartado el aprendizaje y la motivación delictiva y por su puesto la idea de hacer una carrera delictiva por parte del delincuente.

1.3. CONEXIÓN DE LA TEORIA DE LA ANOMIA CON OTROS MODELOS

La teoría de la anomia ha sido objeto de numerosas formulaciones que desarrollan y enriquecen el esquema inicial de Durkheim y Merton.

Pero, también constituye el punto de partida de otras teorías ajenas al estructural – funcionalismo. Parece necesario resaltar aquí su conexión con el enfoque subculturales y el giro psicosociológico que experimenta en la obra de Cloward y Ohlin, sin perjuicio de que tanto la teorías subculturales (COHEN), como las del aprendizaje o la de la “oportunidad diferencial” (Cloward y Ohlin), se analizan como el necesario detenimiento en otros capítulos en esta misma obra.

1) La anomia como explicación de la delincuencia de bandas (“gang delicuency”).

COHEN, como es sabido, se sirvió del estructuralismo mertoniano para analizar el problema de la criminalidad de las bandas. A su juicio, el comportamiento criminal juvenil se produce más en grupos que de forma individual. Y la mayoría de las veces se trata de una rebelión simbólica (no utilitaria), maliciosa y negativa (destructiva) contra los valores de las clases medias por parte de individuos de las clases bajas que pretenden de este modo conseguir un status y consideración entre los componentes del propio grupo.

2) La variante psicosociológica de Cloward y Ohlin (teoría de la oportunidad diferencial).

Cloward y Ohlin contribuirían decisivamente a la integración de la tesis anomicas y las subculturales, aportando un enfoque más matizado que entronca con la tradición ecológica y las teorías del aprendizaje.

La teoría de la oportunidad diferencial subraya la trascendencia del barrio o vecindad en orden al aprendizaje y posibilidad efectiva de ejercitar el rol criminal. Mientras Merton

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mantiene que la clase baja tiene un acceso muy limitado a la consecución del éxito por vías institucionales licitas, Cloward y Ohlin matizan la eficacia de este factor estructural con una referencia a los procesos de aprendizaje y oportunidades diferenciales unidos a la pertenencia del miembro de las clases bajas a un barrio o vecindad determinados. Con ellos se produce una clara aproximación a los enfoques ecológicos de las “aéreas criminales” de SHAW Y MCKAY y a la propia teoría del aprendizaje de Sutherland.

3) El pensamiento estructural – funcionalista inspira, sin duda alguna, un conjunto de teorías que aparecen en el seno de la sociología jurídica alemana moderna (teoría sistémica de la prevención integradora) entre cuyos representantes destacan AMELUNG, OTTO, JAKOBS, LUHMANN, etc.

En común tienen todas ellas que trasladan el centro de atención al sistema social, subordinado a su buen funcionamiento – a la producción de un eficaz consenso, por tanto, y sus equivalentes funcionales cualquier valoración ético- político, individual o colectiva.

Pero significativo es que el sistema se contempla “dinámicamente” como maquinaria de funcionamiento y no en terminos axiológicos (marco de valores). Por ello, la teoría sistémica abstrae la validez formal de la normas respecto del contenido valorativo de las mismas primando de la funcionalidad de los subsistemas en relación al sistema sobre la bondad intrínseca de aquellos (modelo ius positivista).

La violación de una norma (delito)se estima socialmente disfuncional, no ya porque lesione ponga en peligro determinado bienes jurídicos sino porque cuestiona la “confianza institucional” en el sistema de delito es, ante todo, la “expresión simbólica de una falta de fidelidad hacia el derecho”: una amenaza para la integridad y estabilidad sociales, particularmente nociva cuando la infracción aparece de modo manifiesto, visible. La teoría sistémica, por ello, adopta un enfoque “sintomatológico”, para el que preocupa más la manifestación de un hecho disfuncional que las causas del conflicto mismo que pueden generar aquel.

1.4. TEORÍAS DE LAS SUBCULTURAS:

Se puede entender que este enfoque, (teoría de las subculturas), es complementario a la Teoría de la Anomia planteada por Durkheim y elaborada por Merton; es decir, la teoría funcionalista de la anomia fue desarrollada como teoría de las subculturas criminales.

Uno de sus principales teóricos es Edwin H. Sutherland quien contribuyo a la teoría de las subculturas criminales en base a las formas de aprendizaje del comportamiento criminal y

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de la dependencia de este aprendizaje de los diversos contactos diferenciales que tiene el individuo con otros individuos o grupos. Por tal razón, su teoría es conocida como "teoría de los contactos diferenciales". (Alessandro Baratta, 1986).

A su vez, en su estudio del delito de “Cuello Blanco” infiere que la anomia y que el determinismo biológico o Psicológico no pueden explicar el fenómeno del delito en su total complejidad; las condiciones económicas de pobreza no son del todo vinculantes a la criminalidad, en resumen la teoría está fundada sobre la hipótesis de que un acto criminal se produce si existe una situación apropiada para un individuo determinado. (Rodríguez Manzanera, 1981).

1.5. IMPLICACIONES METODOLOGICAS, CRIMINOLOGICAS, DOGMATICO – PENALES Y POLITICO – CRIMINALES DEL PENSAMIENTO FUNCIONALISTA

El marco teórico del funcionalismo y sus implicaciones en los diversos ámbitos:

1) ObjetoEl funcionalismo desplaza el centro de la gravedad de su análisis de la “persona” del delincuente.

Mientras que los clásicos se ocuparon del “delito” (infracción de la norma), y el positivismo criminológico del hombre delincuente; el funcionalismo examina “la conducta desviada” como fenómeno social normal, inseparable del sistema.

2) Análisis “Sistémico” y enfoque “Macrosociológico”Desde tal perspectiva “funcional”, el individuo y el derecho son meros “subsistemas” subordinados a aquel. Cierto criterio de la funcionalidad prevalece sobre las valoraciones ético – políticas, individuales o colectivas.

3) Teoría etiológicaLos funcionalistas no atribuyen el delito a una patología individual los componentes biopsicologicos de un sujeto cualitativo u ontológicamente distinto del ciudadano normal. El crimen no tiene su origen en el impacto nocivo de ciertos factores sociales, ni en la descomposición del sistema o efecto de contagio de un medio en si mismo criminógeno.

4) Normalidad y funcionalidad del delitoEl funcionalismo no solo aporta una teoría macrosociológica sobre la génesis de la criminalidad, sino una reflexión profunda en torno a las funciones positivas que cumple el delito y su normalidad. Para la teoría de la anomia, por el contrario la

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teoría del delito es parte integrante de una sociedad sana, y el delincuente factor de del funcionamiento regular de la vida social.

Pero al margen de estas situaciones anomicas, el crimen contribuye positivamente a la estabilidad y consolidación del sistema (función “integradora) y al necesario cambio social (función innovadora).

5) Legitimación “funcional” de la pena La pena como cualquier otra institución social no se justifica por razón de supuestos fines ideales que se atribuyen a la confianza de los individuos en el buen funcionamiento de este.Desde un enfoque funcionalista, carece de sentido toda discusión sobre los fines “resocializadores” de la pena pues al castigo corresponde de exclusivamente una función preventivo integradora en beneficio de la estabilidad del sistema.

6) Revisión de los postulados de la dogmatica penal liberalPara el funcionalismo, el delito interesamos como expresión simbólica de la infidelidad hacia el derecho como lesión o puesta en peligro de bienes jurídicos.

Desde el punto de vista, el concepto tradicional del bien jurídico se diluye, sustituido por una ambigua referencias a las “funciones sociales” o necesidades del sistema. La función del derecho penal afirma la teoría sistémica no se agota en la tutela estricta de bienes jurídicos, sino que la trasciende: al derecho penal corresponde preservar el buen funcionamiento del sistema y la confianza de sus coasociados en el mismo.

Por idéntica razón, la idea clásica de culpabilidad se normativiza (funcionalizada) hasta sus últimas consecuencias, de modo que la capacidad del individuo de haber actuado de otra forma no integrara ya la base del juicio de reproche.

La “renormativización” del criterio subjetivo de la imputación penal significa que aquel (el reproche) se formula tomando como única pauta las exigencias funcionalistas de restaurar la confianza institucional el sistema (normativamente), y no cognoscitivamente; es decir, se prescinde de todo el sustrato psicológico – individual referido al autor en su concretas circunstancias.

Si se repara en la función limitadora del ius puniendi y garantista que la dogmatica clásica había asignado a los conceptos del “bien jurídico” y de la “culpabilidad” quedara patente como el funcionalismo rechaza a los pilares fundamentales del derecho penal “liberal” con los riesgos que tal opción entraña.

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7) Implicaciones político – criminal del funcionalismoNo cabe una valoración político – criminal inequívoca y unitaria de las teorías funcionalistas, porque de hecho pueden inspirar los más diversos y contrapuestos programas de prevención y control del delito. Existen en todas ellas, sin embargo, una tendencia de signo conservador endémica, orientada al mantenimiento del statu quo y a su deliberada y sistemática legislación.

La absolución del sistema; la concepción “simbólica” del delito y la pena, y la revisión de las categorías fundamentales de la dogmatica penal liberal (bien jurídico, culpabilidad, etc.), significan en terminos político – criminales, la crisis de unos de los axiomas más delicados: la naturaleza subsidiaria del derecho penal. Una perversión no siempre fácil de evitar de los postulados sistémicos, por ejemplo, conduce a analizar prioritariamente la criminalidad patente y manifiesta, que es la “disfuncional” (desprecio de la criminalidad oculta), prevaleciendo la “visibilidad diferencial” de la infracción sobre la etiología real de los conflictos, que no siempre se “producen” en el segmento social donde se exteriorizan política criminal “sintomatológica”. Las teorías funcionalistas se preocupan, casi exclusivamente de la criminalidad de las clases bajas.

1.6. REFLEXIONES CRÍTICAS: VALORACION FINAL

1. En el “haber” del estructural – funcionalismo figura, sin duda alguna, la concepción del “crimen” como fenómeno social y normal; como una manifestación más de “conducta desviada” que, por otra parte, cumple importantes funciones positivas en orden a la estabilización del sistema y el cambio social.

2. Un análisis macrosociológico de tales características tiene indiscutible ventajas, por su capacidad de abstracción y coherencia lógica, pero también, inevitablemente, limitaciones y carencias.

Muy diversas objeciones que, por tal razón, se ha formulado al estructural funcionalismo, discurren en tres planos: el metodológico, el axiológico y el político.

a) El metodológico

Se ha criticado al funcionalismo, por ejemplo, la notoria imprecisión de algunos de sus conceptos fundamentales: aspiración, oportunidad, estructura social, estructura cultural, etc.

También el déficit empírico, que grava proposiciones tan significativas como “la función integradora del delito”, carencia que trataría de colmar con una poco satisfactoria carga “especulativa”.

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Se le reprocha, igualmente que establesca una correlación unitaria e indiscriminada entre la estructura social y el comportamiento desviado, cuando – objeta un sistema doctrinal – debería verificar la relación que existe entre determinados sectores y subsectores de las estructuras sociales y concretas manifestaciones delictivas.

Por último, se le objeta también al funcionalismo que su diagnostico sobre la génesis de la criminalidad prescinda por completo del componente biopsicológico individual que, parece, de algún modo condiciona e incide en la transmisión, al menos, de cualquier sistema de conducta.

b) El axiológico

La critica básica en el plano “valorativo” se centra en la tendencia a la neutralidad y relativismo axiológico, propio de todo análisis sociológico.

El funcionalismo niega la existencia de criterios ontológicos apriorístico que permite distinguir entre si las diversas conductas “desviadas”, con lo que equipara estas. El crimen es una conducta desviada más, cualitativamente idéntica a cualquier otro comportamiento “divergente”. El plus de “disfuncionalidad” que le caracterizaría viene definido por las exigencias concretas de funcionalidad del sistema, y no por la confrontación con los valores de este. La teoría sistema por su neutralidad axiológica y neutralismo, supone un autentico cheque en blanco en manos de cualquier legislador y la legitimación ex post de todo sistema social. No cabe la crítica o valoración desde instancias externas al mismo.

Por otra parte, la “normalidad” del delito corre riesgo de confundir el momento estadístico y el valorativo (nocividad de la conducta desviada). Desde una óptica estrictamente funcionalista, no solo no resulta posible precisar el quantum de criminalidad que se reputa “normal” (funcional),s sino establecer un criterio que delimite y distinga lo “valioso” de lo “patológico”.

c) El político y político – criminal

Desde un punto de vista político - y político criminal - los esquemas estructural funcionalista responden a designios claramente conservadores del “statu quo” legitimadores de cualquier sistema social.

Potencian la “reacción penal” como vía más eficaz de mantenimiento de sistema.

Polariza al centro de gravedad de la investigación exclusivamente en torno a la criminalidad “disfuncional”, esto es, la criminalidad abierta y ostensible de las clases bajas.

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Y propician inevitablemente una política criminal sintomatológica – que no etiológica - más atenta a la “manifestación” externa de un conflicto que a las “causas” del mismo.

CAPITULO II

LA TEORÌA DEL ETIQUETAMIENTO

2.1. LA TEORÌA DEL ETIQUETAMIENTO, DE LA REACCIÒN SOCIAL O “LABELLING APPROACH”

Esta categoría social criminológica es también denominada “teoría del control social” y se centra en los procesos de criminalización. Es una conexión sistemática entre distintos símbolos institucionales que conllevan con una teoría de la rotulación etiquetamiento, puesto que el hombre en su conducta cotidiana está construyendo y destruyendo los significados.Los antecedentes de esta teoría se encuentran en dos tendencias de la sociología norteamericana:

El interaccionismo simbólico (1934), que se inspirara en las investigaciones de George Mead, que consideraba que la realidad social estaba constituida por infinidad de interacciones concretas entre individuos a quienes un proceso de tipificación confería un significado; y por la etnometodologìa, que se inicia a partir de Garfinkel en 1967, con los aportes de Schütz en 1962, basándose en la sociología fenomenológica, vinculándose con la teoría de la rotulación. La etnometodologìa considera que los significados de los comportamientos son construidos y reconstruidos por el hombre común y corriente, a medida que desempeña las actividades de su vida cotidiana.

Los fundamentos teóricos más importantes del interaccionismo simbólico son los siguientes:

- La alienación del sentido de la comunicación cotidiana, contraria a la búsqueda de identidad y del importante papel que juega en la sociedad la empatía (capacidad de ponerse en el lugar de otro).

- La realidad social se explica a través de las interacciones de los individuos y grupos sociales. Para interpretar la actuación de los grupos e individuos no es suficiente estudiar su

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comportamiento visible, sino también es relevante considerar su conciencia y sus pensamientos como parte de sus actuaciones.

Howard Becker, es considerado el sistematizador y representante de la teoría del labelling approach (1963) o del etiquetamiento; señaló que la desviación no es una cualidad del acto que realiza el sujeto, sino es consecuencia de la aplicación de registros y sanciones estipulados por los grupos sociales; en otros términos, expuso que el comportamiento desviado viene a ser la sociedad rotulada como tal. Becker plantea la siguiente tipología de comportamiento desviado (deviant behavior).

El delincuente nato que Lombroso descubrió a finales del siglo XIX en los establecimientos penitenciarios, fue considerado, desde el punto de vista político criminal, como objeto del acuerdo social represivo, como algo extraño, peligroso e incorregible.

Posteriormente, se descubrió que en el estudio del crimen importaba la naturaleza de los grupos primarios de referencia, especialmente la familia rota, pues producía en el futuro delincuente tempranas heridas y lo dotaba de técnicas criminales de supervivencia; aquí ya existía una pista que el delincuente existía como producto de algún medio social.

Después se planteó la cuestión de la corresponsabilidad político-social en el delito, convirtiendo al delincuente en un sujeto no tan distinto a la gente decente.

La nueva escuela del labelling approach reprochó a las anteriores teorías globalmente descalificadas con el estigma de “etiologistas”, las que aferradas a la búsqueda de los factores de la criminalidad habían olvidado que no hay criminalidad sin criminalización.

Para esta escuela la criminalidad también es el resultado de procesos sociales y estatales de definición no una realidad previamente existente sino una realidad construida humana e institucionalmente.

Esta teoría parte de que la desviación y la criminalidad son etiquetas que determinados procesos colocan a ciertos sujetos de forma desigual a través de complejos mecanismos. Los agentes de control social no detectan al infractor, sino que crean la infracción y etiquetan al infractor como tal. Es decir, la desviación no es una cualidad del acto cometido por la persona; es más bien, una consecuencia de la aplicación por parte de otros de las reglas y sanciones a este ofensor. El desviado es alguien a quien esta etiqueta le ha sido aplicada con éxito, el comportamiento desviado es el que la gente ha establecido o “etiquetado” como tal.

La conducta desviada o criminal surge verdaderamente en el momento en que la sociedad establece reglas que definen que comportamiento es aceptado y cuál no lo es.

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Para Becker, que tan “desviada” es una conducta depende en qué tanto lo vea el entorno de esta manera, no se trata de una simple cualidad presente en algunos tipos de 20 conducta y no en otros. La misma conducta puede ser una infracción a las reglas en alguna circunstancia y no serlo en otra, puede ser considerada infracción cuando es cometida por una persona pero no cuando la comete otra, algunas reglas se violan impunemente y otras no. Que tan “desviado” es un acto no es solamente consecuencia de la naturaleza de la acción (en la medida que viole o no determinada regla) sino que precisa de una efectiva reacción contraria de la comunidad. Entonces, la conducta desviada es el resultado de un proceso de interacción que tiene lugar entre la acción que se cuestiona y la reacción de otros individuos46 de la comunidad.

La teoría del labelling approach niega el consenso de la escala de valores de la sociedad y parte de la normalidad del delito; la realidad del delito viene determinada, mediante la construcción del delito y selección del delincuente; la criminalidad creada por el control social. Estos procesos están caracterizados por la adscripción estigmatizante. Se conectan como implicación político criminal.

Según esta teoría se debe ver a la persona que comete delito desde una introspección simpática, para entenderla desde el ángulo del desviado y comprender el verdadero sentido que para éste tiene su conducta, sugiere que los individuos pueden estar empujados a comportamientos criminales también porque han sido definidos y por lo tanto tratados como si fuesen criminales.

Se considera que el efecto criminológico de la pena es una respuesta irracional, pues el sancionado asume una nueva imagen de sí mismo y redefine su personalidad.

La teoría del labelling approach apareció como un nuevo paradigma contra la teoría consensual y el modelo conflictivo, que rompía la ontogénesis del delito y planteaba un etiquetamiento en cada realidad social (en su temporalidad espacial e histórica), al estipularse las reglas que etiquetaban o determinaban los calificativos de las formas de comportamiento; según esta teoría, esto generaba peligrosamente la selectividad y discriminatoriedad del control social.

Villavicencio Terreros47 señala que la teoría del labelling approach se le critica por su desatención de la desviación primaria (de las causas que conducen al comportamiento desviado); también se le reprocha su caída en un determinismo (la etiqueta siempre conduce a la desviación y con ello se ignora que la desviación puede ser una opción para el sujeto); asimismo, de que esta perspectiva es idealista, y que desconoce la cuestión del poder pues sólo presta atención al mecanismo del etiquetamiento.

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Por su parte, Francisco Alonso Pérez, citando a García- Pablos de Molina, sintetiza las críticas correspondientes de la siguiente forma:- La teoría del labelling approach no dice nada respecto a la existencia y explicación de una conducta socialmente no deseada, que oficialmente no se caracteriza como delito y que, además tampoco pretende cambiarla.- No ofrece, pues, respuesta al problema de la desviación misma ni se preocupa de problemas básicos, como los de control y prevención del delito o la resocialización del delincuente.- Parece interesada sólo por describir y criticar la acción del control penal y de sus instancias criminalizadoras, prescindiendo de toda referencia valorativa.

CAPITULO III

LA CRIMINOLOGÍA RADICAL 

3.1. DEFINICION

es una ciencia que nace como una crítica radical de la teoría criminológica tradicional , se distingue sobre todo por la naturaleza de su objeto de estudio (para abarcar el estudio de la criminalización y el sistema de justicia penal como parte de sociales de control) y su objetivos políticos de la socialización de los medios de producción para reducir la delincuencia, que muestra la influencia marxistaen su formación .

La criminología en sus inicios, trató de inferir las razones o explicaciones de la delincuencia se centraron en la conducta incriminada . Bajo la influencia de los avances en las ciencias naturales se presenta en un primer momento en la variante biológica, con Lombroso y sociológica, con Ferri . Actualmente, se puede identificar una dicotomía constante en las grandes y antagónicas categorías de la criminología positivista o tradicional y la criminología "reacción social"  o la criminología crítica .

La criminología positivista juega un papel político para la legitimidad establecida , que tiende a tratar el crimen como un episodio individuo centrar el estudio sobre las causas o explicaciones de la infracción, es decir, un discurso etiológico en los que la criminología "toma una posición subordinada de ciencia auxiliar del derecho penal ". Se trata de un enfoque no puede cuestionar la estructura social y de las instituciones jurídicas y políticas, dirigidas principalmente a un estudio de la minoría penal .

Por el contrario, la criminología radical es una respuesta a este diseño y de búsqueda tradicionales cumple con los fracasos de este mediante la ampliación del objeto de estudio criminológico y la posición en el contexto adoptar político y económico vigente.

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3.2. DESARROLLO HISTÓRICO 

Se destaca en el actual criminología crítica dos fases principales: la "liberal" y "radical". Se diferencian principalmente debido a que el alcance de la investigación de cada uno, mientras que los liberales se limitan al sistema penal, los radicales tienen una visión más amplia que abarca aspectos de la política, culturales, .

Los liberales se limitan a proponer las reformas de los sistemas punitivos, con carácter reformista y un campo más estrecho de análisis. Los radicales, por otro lado, asumen posicionamiento más amplio y enfoque sistemático en el que parecen ser necesarios cambios estructurales en el sistema político y económico para que haya cambios en el orden punitivo. Marx que se utilizará en el materialismo histórico y compruebe una estructura ideológica (que es parte incluyendo la derecha) sujetos a un influencias de infraestructura económica que reconocen el derecho penal como instrumento para mantener el orden social.

Es señalar tres grandes autores que deben ser tomadas en cuenta para el estudio de la criminología marxista: Willem Bonger (1876 - 1940),Evgeny Pashukanis (1891 - 1938) y Georg Rusche (1900-1950).  Bonger identifica el capital de como causa de la delincuencia, que indica que las condiciones impuestas a las clases bajas es uno que implica contexto delitos productor. Pashukanis evalúa la ley penal y dogmática como contaminado por el contractualismo burguesa. Es un instrumento para la estabilización de las relaciones de explotación. Se cree que la ley sería innecesario si el buen término comunismo. Rusche, al considerar el castigo institucionalizado en su castigo trabajo y Estructura Social (1939) inauguró la incorporación del materialismo histórico en el análisis criminológico. Se encontró que los bajos Edad Media a la criminalización de la sociedad industrial, en última instancia, se reúnen las estructuras de poder económico, el trazado de un antagonismo entre la función declarada y la función real del sistema punitivo. La cárcel tiene la función de control total de la vida y el tiempo y es una de la válvula de control de masas del proletariado. Desde la década de 1960, con aportaciones científicas del psicoanálisis, la antropología y la sociología, la emoción era evidente en la criminología radical marxista.

Hizo un análisis histórico de la aparición de la criminología radical, hay que destacar dos autores relevantes con propuestas concretas para cambiar el poder punitivo. Alessandro Baratta (1933 - 2002) contribuyó a desenmascarar el enfoque '' neutral 'a la delincuencia "para dibujar una relación funcional entre estructura socio-económica y el desvío. Tenga en cuenta que su teoría da la estructura burguesa del uso de la fuerza y legitimidad a través del derecho penal a la perpetuación de control y presentación de las clases más bajas . Juárez Cirino dos Santos identifica el discurso jurídico que trata de justificar los extremos del sistema penal constituye la superestructura controlado por las fuerzas productivas existentes. Hay una discrepancia entre los objetivos reales y declaró la función de plumas, también a una perpetuación de las relaciones sociales dominantes . Se dio cuenta de que los dos abogados presentan propuestas que buscan revertir la represión de las

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masas miserables y la perpetuación de la explotación de una clase dominante que deslustram derecho penal.

3.3. OBJETO DE ESTUDIO 

El Radical Criminología del análisis crítico de sociales estructuras, determinada por la Fundación clases y las relaciones de producción, que informan y definen el programa y la ideología de los sistemas de control social y punitivas. En este sentido, Criminología Radical sale completa de la criminología positivista etiológico y que puso en el centro de su estudio sólo el individuo criminal llamada "desviado" por varios factores, y señala las contradicciones inherentes del sistema en el que se inserta el individuo y las fundaciones y plafones que permiten la persecución penal de ciertos individuos estigmatizados de intereses de clase.

Por lo tanto, Criminología Radical comienza con dos quiebres de paradigma estudio criminológico de: (i) en lugar de estudiar el crimen en sí, como realidad ontológica o en la naturaleza humana o de las sociedades humanas, se preocupa de analizar los procesos de criminalización , es decir, los elementos que conducen un acto particular para ser clasificados como un delito y (ii) en lugar de mirar al criminal como esa persona desviada, predeterminada la comisión de delitos, se analiza cómo el poder punitivo es responsable de seleccionar ciertos individuos a través de una distribución desigual de la incriminación.

A partir de esto, hay que destacar que el crimen no es un acto calificado como un crimen, pero la calificación de un acto, que se define por la política y de clase. Este criterio está dirigido al mantenimiento de los privilegios de clase y la estructura tanto económico como político-legal, que permita que el ámbito de las relaciones de producción se mantiene intacta.

Por tanto, este mantenimiento se reúne una demanda de poder económico, que a partir de las contradicciones de clase, apropiarse del poder político y por lo tanto de las agencias de control social. En este sentido, la criminología radical surge como una feroz crítica al sistema y elmodo capitalista de producción, estableciendo claramente a favor de un proyecto de sesgo marxista, que puso fin la desigualdad social, la delincuencia estructural. Estos procesos de criminalización se dividen, según Raúl Zaffaroni, en dos etapas: la criminalidad criminalización primaria y secundaria que caracteriza el cambio del objeto de análisis de Radical Criminología.

La criminalización primaria, según la definición de Raúl Zaffaroni, en traducción libre, es el acto y el efecto de la sanción de una ley sustantiva penal que incrimina o permite que el castigo de ciertas personas . A partir de este acto formal, el poder político califica una conducta como crimen. Sin embargo, este poder político, formado para servir a la clase interesa burguesa, como añade Juárez Cirino dos Santos, "protege selectivamente los intereses de las clases dominantes ." Estos intereses burgueses se refleja en un mantenimiento de la protección clara de las relaciones de clase, que generan una vasta

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producción penal criminalizando las masas miserables excluidas del mercado laboral o subempregradas, marginados, y una legislación mínima castigar a las capas privilegiadas, que sirve para mantener un discurso falso de la igualdad, que mantiene las clases altas de las manos del poder punitivo y permite que la sobrerrepresentación de las clases más bajas de las riendas del sistema penal.

La criminalización secundaria es una consecuencia de la criminalización primaria. Según Raúl Zaffaroni, en traducción libre, la criminalización secundaria es una acción punitiva ejercida sobre personas reales .Esta es a través de la criminalización de los más diversos sistemas de control social y de represión que el Estado posee, tales como la policía, el poder judicial la fiscalía y de la propia prisión. En este punto, la criminología radical identifica la selectividad del sistema que se basa de las fuerzas productivas que impulsan su represión desfavorecidos, clases marginadas y que no sirven a la capital. Por tanto, el sistema punitivo será una manera de eliminar la esfera social estos individuos no contribuyen al desarrollo y mantenimiento de este sistema. Juárez Cirino dos Santos define el fenómeno como "la administración diferencial del delito" , en la que los individuos no son criminalizados por sus acciones, pero sus posiciones en la lucha de clases y su papel en el aparato de relaciones de producción. El acto se especifica como un criminal, en realidad sólo se esconde la intención real del sistema.

Juárez Cirino dos Santos demuestra que el propio sistema asigna objetivos ideológicos aparentes con el fin de ocultar los verdaderos objetivos ocultos . Poner al día con un discurso que busca aliviar las desigualdades sociales, combatir el delito econter el poder punitivo, la ley, como superestructura del poder estatal burgués, escondiéndose en las sombras de su verdadera protección de las intenciones de las clases privilegiadas.

3.4. LAS CRÍTICAS AL SISTEMA PUNITIVO 

La Criminología Radical identifica el sistema punitivo como una herramienta del poder burgués que garantiza el mantenimiento del sistema de producción y de la lucha de clases. Hay una convergencia de castigo el funcionamiento del sistema capitalista como identifica Juárez Cirino dos Santos en los textos Rusche y Kirchheimer . En resumen, Rusche y Kirchheimer, analizar que el crecimiento demográfico se reconcilió con una necesidad o escasez de mano de obra y la producción de bienes de consumo es uno de los factores que van a determinar cómo el uso del aparato punitivo del Estado.Rusche y Kirchheimer ejemplificar esto a través del período llamado la Edad Moderna, donde hay un cambio en el sistema punitivo, debido a los cambios en las relaciones de producción. En ese momento, como se afirma, los métodos punitivos comienzan a adaptarse a las necesidades del mercado para empezar a utilizar la explotación del trabajo esclavo, el trabajo y las penas de forçados.Esses funciona en ambos sentidos sirven el propósito de degradar el cuerpo explorado literalmente, un castigo, cómo tomarlo una fuerza productiva, una sanción pecuniaria .

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Con el crecimiento de las ciudades y municipios, sobre todo en Alemania, Inglaterra y Francia, se crea la necesidad de que la producción de bienes de consumo, pero este crecimiento no sigue los trabajos de producción, generando un poco de mano de obra, creando una situación pobreza generalizada, reforzada más tarde por la guerra de los treinta años. En ese momento, los capitalistas se convierten al estado con el fin de mantener su mercado y una mínima mano de obra. Hacer uso de mecanismos tales como el requisito de los pobres a permanecer en su lugar de origen, políticas de incentivos a los nacimientos y el crecimiento demográfico, la prohibición de la inmigración, la inclusión de los niños en la producción, e incluso el uso de los condenados en las guerras, como ya se ha mencionado La guerra de los años treinta años, en los "delincuentes", a través de alistamiento, se deshizo de plumas, como la horca, y se fue a trabajar en el servicio militar .

También nacido en ese momento las casas de corrección, que reunirá a la ideología burguesa del trabajo y la superación de la pobreza a través de él. Con la rehabilitación del habla de los condenados, las casas de trabajo se apropiaron el cuerpo del condenado a la misma mediante su inserción obligatoria en el mercado como la mano de obra, lo adoctrinar a fin de que en el futuro, que voluntariamente se integran al mercado laboral . Sin embargo, ¿qué hay detrás de este discurso es la necesidad real de mano de obra, la inclusión de las personas fuera del mercado de las necesidades de la industria, la transformación social de "vagos" en buen objeto para el sistema mercantil y su formación los hábitos de trabajo .

A partir de esta ejemplificación, no es el cambio del sistema penal que permanece convergente de las necesidades del sistema productivo. La burguesía comienza a tomar posesión del aparato estatal y punitiva para imponer su sociedad impulsada por el mercado. El castigo corporal está vacío y tiene por objeto la adecuación del cuerpo y la mente de las clases bajas a la lógica del mercado. Las penas que afligen el cuerpo de los condenados no son tan eficientes para el mantenimiento de las relaciones de producción, además de causar la destrucción de la mano de obra, puesta en vigencia de moda del aparato punitivo para entrenar condenado a intereses de clase.

Este movimiento disminución de la pluma que afecta la fuerza de trabajo y un aumento de las penas de trabajos forzados fluya hacia el desarrollo de una pena de prisión. Como añade Juárez Cirino dos Santos, el cambio del sistema feudal, que fue utilizado principalmente por los castigos corporales, al sistema mercantilista, que se adoptó en mayor medida, el trabajo forzoso, a expensas de los castigos corporales y la introducción de la prisión como un elemento importante de la pena, siempre que el desarrollo del mercado.

La pena de prisión se reúne en ese momento, no los sentimientos vengativos o punitivos, pero las demandas del mercado. La pena del condenado a prisión comienza a ser medido por el tiempo, factor determinante para el mercado, ya que actúa como medida de la riqueza apropiación, el intercambio de mano de obra para las mercancías. Por lo tanto, el sistema punitivo, como se muestra, siempre puso un instrumento de dominación de la herramienta y el propósito de satisfacer los intereses de clase clases bajas y el desarrollo del

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capitalismo.Aquellos no incluido en las relaciones de producción eran / son o excluidos de la vida social (la muerte por el encarcelamiento) o se insertan obligatoriamente a las relaciones de mercado (de propiedad de la fuerza de trabajo, mano de obra forzada hacia abajo, las penas de prestación de servicios).

3.5. LOS DISCURSOS SOBRE LA DELINCUENCIA Y PENA 

El Radical Criminología también se basa en el análisis de las funciones y usos de la sentencia reales. A partir de los fundamentos teóricos del marxismo, la definición de las relaciones de poder que estructuran el funcionamiento de la sociedad capitalista, esta teoría demuestra que "la pena ... se presta perfectamente para mantener la sujeción inherente a este sistema, que se basa históricamente en el binomio prisión de fábrica (fábrica para los que están sujetos a las condiciones de la cárcel impuestas ... y los marginados) ". Es decir Criminología Radical tiene como objeto de estudio de la delincuencia y el control social , a través del método dialéctico muestra cómo la pena, a pesar de todos los antecedentes teóricos a menudo atribuido a él, sirve únicamente para mantener los tipos de interés y por lo tanto, del statu quo capitalismo.La crítica de la teoría criminológica radical desmascararem la realidad detrás del sistema punitivo revelan una lógica nefasta que sirve a las estructuras de poder y la separación de las clases sociales.

Al principio, como se explicó anteriormente, el discurso de legitimación de la pena, es decir, la función ética y social y la función preventiva, esto con la disuasión general y específica, ya no cumplen, si en algún momento que asistieron, la realidad de que se refieren. En cuanto a la función ética y social que dio origen a la palabra retributiva, en el que, a través de los valores de la filosofía moral e idealista cristiana , se asigna a la pluma de un mal a la delincuencia penal proporcional que esta comprometida, esta pluma base, Manejó Juárez Cirino dos Santos, "no democrático", en comparación con los conceptos de Estado democrático de derecho y "no científica", ya que se basa en el "libre albedrío indemostrable del hombre" .

En cuanto a la función preventiva, descomprime-este en la prevención general y prevención especial. El primero, en su variante negativa, en los que la pena de disuade a la persona bajo la represión premisa de futuros actos delictivos, se considera fundamental la pluma primera ineficacia en la función intimidante. Esto permite que cualquier estudio histórico llegado a la conclusión de que de ninguna manera vale inhibe el individuo cometer actos criminalizados, y más, que carece de discreción para limitar su uso en violación de la dignidad humana.

En su variante positiva, la prevención general que subyace a la pena por el cual busca la normalización de las relaciones sociales, es la institucionalización de la lógica de venganza de la sociedad , el mantenimiento de las expectativas de conducta normativas. Por obvio que, en las funciones formales, como en las funciones reales de la pena, la ley penal no

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radica en la protección de las instituciones del Estado. Por otra parte, esta atención a las expectativas de comportamiento está violando claramente el principio de la defensa legal y contradictorio, y el principio de in dubio pro reo así las injusticias cometidas bajo tales auspicios terminan provocando la desestabilización del orden mismo de la sociedad.

La teoría de la sentencia también incluye crítico en que se basa en la neutralización de los locales (prevención especial negativa), la armonización y la rehabilitación (prevención positiva especial) del individuo, que se puso de manifiesto, así como los demás tratados anteriores, del orden de fracasado y eficacia real.

La criminología radical explica, desde el punto de vista marxista, la distinción entre los burgueses y proletarios conceptos de la delincuencia, que son "acciones contrarias a las relaciones capitalistas de producción" y "posición de clase de los trabajadores en la formación social capitalista" respectivamente. De hecho, a pesar de las funciones reales de castigo, tales entendimientos son esenciales para el estudio de la criminología radical.

Analizando las ilusiones generadas por las funciones formales de la pena, está claro que esto sirve para mantener el status quo. Esto se implementa a través de la moralización de la clase obrera (la "ley básica") y el crimen camuflaje clase opresora dominante (abuso de poder político y económico) . En otras palabras, el funcionamiento del sistema, tomada por la lógica del mercado, sólo tiene efecto si el Estado la oferta de trabajo sintéticamente regular de trabajo. Por lo tanto, "si la fuerza de trabajo es insuficiente para las necesidades del mercado, el sistema penal adopta métodos punitivos de preservación de la fuerza de trabajo; si la fuerza de trabajo es superior a las necesidades del mercado, el sistema penal adopta métodos punitivos de destrucción de la fuerza de trabajo ". Por lo tanto, para la criminología radical es imprescindible para romper los paradigmas de estudio criminológico tradicional.

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CONCLUSIONES

Estrictamente anomia significa ausencia de normas. La inclusión del término anomia, dentro de las ciencias sociales, como ya dijimos, correspondió a Durkheim, que plantea a través de su obra dos tratamientos conceptuales distintos del término.

Uno, en la “División Social del Trabajo” en donde hay un esbozo o trazo que no tuvo mayor y es quizás a la manera de ver de muchos analistas, el trazo más interesante, prometedor y seminal del concepto. Durkheim no lo volvió a tratar y sólo vuelve sobre el concepto, en “El Suicidio”, para hablar de una conducta individual, el “suicidio anómico”.

Quien lo retoma y recupera para la Sociología es Robert K. Merton. Quien no solo retoma el concepto de anomia, sino que lo amplia y señala que la anomia no es un fenómeno homogéneo en los individuos, sino que tiene categorías y características especiales según el tipo de anomia que presente el individuo.

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BIBLIOGRAFIA

ANTONIO GARCIA – PABLOS MOLINA : TRATADO DE CRIMINOLOGIA http://anotacionessociologicas.blogspot.pe/2009/08/el-concepto-de-anomia-en-la-

sociologia.html http://sociales2nayemaukaren.blogspot.pe/2011/06/la-anomia.html http://www.buenastareas.com/ensayos/Teoria-Anomia/84825.html