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C ORTE S UPERIOR DE J USTICIA DEL C USCO

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Page 1: CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DEL CUSCO · tramitado en el Cuarto Juzgado Civil de Cusco, a cargo de la Señora Juez, Pérez Carlos Fanny Lupe, siendo ... REQUERIMIENTO FISCAL: Que,

CORTE SUPERIOR DE JUSTICIADEL CUSCO

Page 2: CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DEL CUSCO · tramitado en el Cuarto Juzgado Civil de Cusco, a cargo de la Señora Juez, Pérez Carlos Fanny Lupe, siendo ... REQUERIMIENTO FISCAL: Que,

La República2 SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO Lunes, 21 de mayo del 2018

AVISOS JUDICIALES

PRIMER REMATE PÚBLICO

Según Expediente N° 01998-2015-0-1001-JR-CI-04, cuya materia es Ejecución de Garantías, en los segui-dos por CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CREDITO DE AREQUIPA S.A., en contra de RAMOS MACHACA MARLENE y YAÑEZ SANTOS JUAN CARLOS; proceso tramitado en el Cuarto Juzgado Civil de Cusco, a cargo de la Señora Juez, Pérez Carlos Fanny Lupe, siendo Especialista Legal, García Luna Fresh Lennin; se ha dispuesto sacar a Remate Público en Primera Convoca-toria el siguiente inmueble:I.- Bien Inmueble: UBICADO EN EL CENTRO POBLA-DO OROPESA MZ D, LOTE 4, DISTRITO OROPESA, PROVINCIA QUISPICANCHI, DEPARTAMENTO DE CUSCO, cuyo dominio, área, linderos, medidas peri-métricas y demás características, corren inscritas en la Partida Electrónica N° P31003586, del Registro de Propiedad Inmueble de la Zona Registral N° X - Sede Cusco. SUNARP.II.- Valor de Tasación: US $. 41,00.00 (Cuarenta y un mil con 00/100 Dólares Americanos).III.- Base de Remate: US $. 27,333.34 (Veintisiete mil trescientos treinta y tres con 34/100 Dólares America-nos), equivalente a las dos terceras partes de la tasa-ción.IV.- Cargas y/o Gravámenes: ASIENTO 00003: HIPO-TECA - Juan Carlos Yañéz Santos; en calidad de pro-pietario y fiador de Marlene Ramos Machaca, constituye hipoteca a favor de la CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CREDITO AREQUIPA, hasta por la suma de US $ 44,119.00 Dólares Americanos, según Escritura Pública N° 273 del 30.10.2014 otorgada ante Notario Público de la ciudad de Cusco Luis Alberto Lira Apaza. Fecha de Inscripción 06/11/2014.V.- Fecha de Remate: VIERNES 25 DE MAYO DEL 2018.VI.- Hora de Remate: 10:30 A.M.VII.- Lugar de Remate: En la oficina de la Administra-ción del Módulo Civil del Cusco, ubicado en el segundo nivel de la Corte Superior de Justicia de Cusco sito en la Avenida El Sol N° 239 en el Distrito, Provincia y De-partamento de Cusco.VIII.- Postores: 1.- Presentarán el oblaje en efectivo o cheque de gerencia girado a su nombre no menos del 10% del valor de tasación. 2.- Presentarán Original de Documento de Identidad y/o RUC si corresponde. 3.- Presentarán Arancel Judicial por Derecho a Parti-cipación en Remate Judicial (Banco de la Nación), in-dicando A) Juzgado: Civil, B) Número de Expediente: 1998-2015. C) Número del Documento de Identificación: Según quien sea Postor. 4.- Presentarán, en caso de actuar comorepresentante, el poder respectivo. El remate será efec-tuado por NORMA REVECA ROJAS ALANIA - Martiliero Público, con Registro a Nivel Nacional N° 286. Informes al 988678153. Cusco, 16 de Abril del 2018.

NORMA REVECA ROJAS ALANIAMARTILIERO PÚBLICO

GARCÍA LUNA FRESH LENNINSECRETARIO JUDICIAL

P. 6714515 F. (15, 16, 17, 18, 21, 22 MAY)

EDICTO JUDICIAL

Ante el JPLSJ-Cusco, en el Exped. N° 165-2018-CI seguido por GRISELDA MIRIAM VENERO TAPIA sobre SUCESION INTESTADA de su padre JOSÉ MIGUEL VENERO ABARCA fallecido el 28-08-2011, se ha dis-puesto la publicación del presente para los fines de Ley.-

San Jerónimo, 09-05-2018

ELIZABETTH MAGNOLIA PAREDES SALASSECRETARIA JUDICIAL

P. 6721781 F. (17, 18, 21 MAY)

EDICTO JUDICIAL

Ante el 2do Juzgado de Paz Letrado de Cusco, despa-chado por la señorita juez Ross Mery Tamata Kehuaru-cho, bajo la actuación del secretario judicial abogado, Gladis Francisca Monjaras Alvarez, se tramita el expe-diente civil N° 0886-2018, de conformidad al Art. 828 del Código Procesal Civil se ha dispuesto, se publique mediante edictos. SE RESUELVE:ADMITIR ADMITIR a trámite en la vía del proceso NO CONTENCIOSO la solicitud formulada por CARLOS ENRIQUE APARICIO BUENO, sobre Rectificación de su Partida de Naci-miento, en cuanto se habría consignado erróneamente el nombre de pila y omitido el apellido materno de su progenitura, habiéndose consignado como “Juana Hor-tensia Bueno”, siendo lo correcto, a decir del solicitante “Hortensia Bueno Villanueva”, de la misma forma solicita que se rectifica en el extremo del lugar de nacimiento de su progenitora, en cuanto se habría consignado como lugar de nacimiento en el departamento de Apurímac-Abancay siendo lo correcto a decir del solicitante en el distrito, provincia y departamento de Cusco, tal como se advierte en su certificado de nacimiento. PUBLÍQUESE el extracto de la solicitud en el diario judicial, conforme a lo prescrito por el artículo 828 del Código Procesal Civil.

CUSCO, 15 DE MAYO DEL 2018.

GLADIS FRANCISCA MONJARAS ALVAREZSECRETARIA JUDICIAL

P. 6721857 F. (18, 21, 22 MAY)

EDICTO PENAL

SEÑORES: HEREDEROS LEGALES DE Q.V.F. JOSÉ LUIS HUILLCA HUAMAN representado por su progeni-tora LUCILA HUAMAN LLAMOCA.CAROLINA HUAMAN YNQUILTUPAROY QUISPE HUAMANABEL YORMAN VALENCIA ALANOCA.

El señor Juez del Cuarto Juzgado de Investigación Pre-paratoria del Cusco, Dr. REYNALDO OCHOA MUÑOZ, en el proceso Nro 1776-2017-73- 1001-JR-PE-04, se-guido contra EDWARD CONDE ILLA, por la presunta comisión del delito la Vida el Cuerpo y la salud en la modalidad de Homicidio sub tipo Homicidio Culposo y otro en agravio de Q.VF. José Luis Huillca Huaman y otros, ha dispuesto notificarle con el requerimiento fiscal de integración y resolución N° 04 de fecha 07/05/ 2018

y 14/05/18 cuyo contenido es el siguiente:

RESOLUCIÓN N° 04 Cusco, siete de mayo del año dos mil dieciocho.-PARTE EXPOSITIVA Y CONSIDERATIVA: Se registra en sistema de audio. PARTE RESOLUTIVA: Se trans-cribe.SE RESUELVE:1. DECLARAR FUNDADO las observaciones de carác-ter formal realizados por la parte de la defensa del impu-tado, en cuanto a la determinación de la pena y al pago de la reparación civil.2. DEVUÉLVASE la acusación para que el Ministerio Publico por escrito integre el presente requerimiento acusatorio.3. SE SUSPENDE la presente audiencia para el día SEIS DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO A HORAS ONCE DE LA MAÑANA, en la Sétima sala de audiencias de los Juzgados Penales, debiendo la fisca-lía notificar la integración de la acusación a las partes procesales.REQUERIMIENTO FISCAL: Que, habiendo su autori-dad observado El requerimiento de Acusación Fiscal formulada en el presente proceso, conforme al Princi-pio de Legalidad (...) cumplo con SUBSANAR las mis-mas, respecto a la determinación de la pena privativa de la libertad concreta a imponerse al acusado Edward Conde Illa, bajo el siguiente detalle Pena privativa de Libertad, Conforme ha sido sustentado durante el Con-trol de Acusación, al igual que ha sido referido (...) se solicita se condene al acusado EDWARD CONDE ILLA por ser autor del delito Contra la Vida, el Cuerpo y la Salud, en la modalidad de Homicidio, subtipo HOMICI-DIO CULPOSO referido a la comisión del delito cuando se comente utilizando vehículo motorizado estando en estado de ebriedad, previsto en el tercer párrafo del artí-culo 111o del Código Penal, en agravio de Q.E.V.F. José Luis Huillca Huaman, en CONCURSO IDEAL en el delito contra la Vida, el Cuerpo y la Salud, en la modalidad de Lesiones, subtipo LESIONES CULPOSAS GRAVES, re-ferido a la comisión del delito cuando se comete utilizan-do vehículo motorizado estando en estado de ebriedad, previsto en el cuarto párrafo del artículo 124° del Códi-go Penal, en agravio de Carolina Huamán Ynquiltupa, Roy Quispe Huamán y Abel Yormán Valencia Alancea y se le condene a la pena de 5 AÑOS Y 4 MESES DE PENA PRIVATIVA DE LIBERTAD EFECTIVA. Resolu-ción Nro.05. Cusco, catorce de mayo del año dos mil dieciocho. Por recepcionado el Requerimiento de Inte-gración de Acusación Fiscal y conforme lo dispuesto en el acta de audiencia de fecha 07/05/2018 PÓNGASE A CONOCIMIENTO DE LAS PARTES. HÁGASE SABER. Lo que notifico a Usted, Media Firma del Señor Juez Dr. Reynaldo Ochoa Muñoz, ante mi F. Mirian Huacac Carrillo, de que doy fe.

J. S (17, 18, 21 MAY)

EDICTO PENAL

SEÑOR: ISMAEL ROCCA SALLO

El señor Juez del Tercer Juzgado de Investigación Preparatoria del Cusco, Dr. GUIDO CASTILLO LIRA, en el proceso Nro 01498-2018-0-1001-JR-PE-03, se-guido contra ISMAEL ROCCA SALLO, por la presunta comisión del delito contra la vida el Cuerpo y la Salud en la Modalidad de Lesiones sub tipo Lesiones Físicas Leves por Violencia Familiar Mutuas en agravio de MA-

RÍA QUISPE ILLATINCO, ha dispuesto notificarle con la Resolución N° 01 del 16/03/18 Y RS. 04 de fecha 14 de MAYO del 2018 cuyo contenido es el siguiente:Resolución Nro. 01. Cusco, dieciséis de Marzo del año dos mil dieciocho.-DADO CUENTA.- El requerimiento fiscal de Acusación directa presentado por el Repre-sentante del Ministerio Publico; y, CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, conforme el artículo 350° del Código Procesal Penal, corresponde correr traslado a las partes con el requerimiento de acusación, a fin de que estas puedan ejercer las facultades establecidas en el inciso 1, de la norma citada. SEGUNDO: Asimismo, corres-ponde convocar a audiencia de control de acusación al término del plazo establecido en el inciso 1 del artículo 351° del Código Procesal Penal, audiencia que es de carácter inaplazable, a la que conforme a lo dispuesto en el artículo 85° inciso 1 del Código Procesal Penal, deberá emplazarse a defensor público, para que en caso de la no concurrencia la defensa privada, asuma la defensa del procesado, asimismo, se convocará a los demás sujetos procesales, siendo obligatoria la presen-cia del Ministerio Público y la defensa técnica del acu-sado. Por lo que, conforme al estado del proceso; SE RESUELVE: 1. CORRER TRASLADO del requerimiento acusatorio, a los demás sujetos procesales por el plazo perentorio de 10 DÍAS ÚTILES, a efectos de que pue-dan por escrito 1) observar formalmente la acusación, 2) deducir excepciones y otros medios de defensa, 3) solicitar la imposición o revocación de una medida de coerción o la actuación de prueba anticipada, 4) pedir el sobreseimiento, 5) instar la aplicación de un criterio de oportunidad (principio de oportunidad), 6) ofrecer prue-ba para el juicio, 7) objetar la reparación civil ofreciendo los medios de medio prueba pertinentes, 8) proponer los hechos que aceptan y que el Juez dará por acreditados, obviando su actuación probatoria en juicio, 9) proponer acuerdos acerca de los medios de prueba que serán ne-cesarios para que determinados hechos se estimen pro-bados, y 10) plantear cualquier otra cuestión que tienda a preparar mejor el juicio. Asimismo, conforme estable-ce el fundamento trece, segundo párrafo del Acuerdo Plenario N° 06- 2010/CJ-116; la victima podrá solicitar su constitución en actor civil. (...). RESOLUCIÓN N° 04. Cusco, catorce de Mayo del año dos mil dieciocho.- PARTE EXPOSITIVA I CONSIDERATIVA: Registrado en audio. ARTE RESOLUTIVA: Se transcribe: Por estas consideraciones, este Juzgado RESUELVE:• DECLARAR FRACASADA LA REALIZACIÓN DE LA PRESENTE AUDIENCIA POR FALTA DE NOTIFICA-CIÓN AL IMPUTADO EN SU DOMICILIO REAL.• REPROGRAMESE LA PRESENTE AUDIENCIA PARA EL DÍA 06 DE JULIO DEL AÑO 2018 A HORAS 14:30 PM EN ESTA MISMA SALA DE AUDIENCIAS DE ESTA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DEL CUSCO.• SE DISPONE NOTIFICAR AL IMPUTADO MEDIANTE EDICTOS, QUE SE HA DE PUBLICAR EN EL DIARIO OFICIAL DEL CUSCO, SE VA ADJUNTAR A DICHA NO-TIFICACIÓN LA RESOLUCIÓN N° 01 Y LA COPIA DE LA ACTA DE AUDIENCIA DEL DÍA DE LA FECHA.SE DISPONE NOTIFICAR AL NUMERO TELEFÓNICO DEL IMPUTADO ISMAEL ROCCA SALLO 946742309; (...) HÁGASE SABER. Lo que notifico a Usted, Media Firma del Señor Juez Dr. GUIDO CASILLO LIRA, ante mi F. Mirian Huacac Carrillo, de que doy fe.

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EDICTO PENAL – PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE LA

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La República 3SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCOLunes, 21 de mayo del 2018

CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE PUNO.

Expediente N° 00866-2016-33, seguido contra de Silos Epifanio Cabana Puño, en agravio de Wilfredo Cabana Cruz y Fhisher Marco Cabana Cruz representado por su madre Margarita Luzmila Cruz Choque relativo al delito contra la Familia en la modalidad de Omisión a la Asistencia Familiar es su forma penal de Incumpli-miento de Obligación Alimentaria; se ha dispuesto SE NOTIFIQUE mediante Edicto Judicial a la parte senten-ciada Silos Epifanio Cabana Puño con la RESOLUCIÓN N° 23-2018, de fecha veintiséis de abril del año dos mil dieciocho. VISTOS, OÍDOS Y CONSIDERANDOS: Los fundamentos expuestos y grabados en audio; el Juzga-do, RESUELVE: PRIMERO.- DECLARAR FUNDADO EL REQUERIMIENTO DE REVOCATORIA DE PENA SUSPENDIDA POR PENA EFECTIVA presentado por parte del Ministerio Público. SEGUNDO.- En este acto SE DISPONE REVOCAR LA PENA contenida en la Sen-tencia Penal N° 038-2017 o Resolución N° 13 del dos de mayo del año dos mil diecisiete, de un año que se impuso a SILOS EPIFANIO CABANA PUÑO identificado con DNI 30776860, en este acto de procede a REVO-CAR la misma y SE LE IMPONE LA PENA DE UN AÑO con el carácter de EFECTIVA, cuyo lapso iniciará una vez que el sentenciado sea capturado por parte de la autoridad policial para su internamiento en el Estableci-miento Penal de Puno u otro que determine la autoridad penitenciaria, para cuyo efecto debe cursarse las noti-ficaciones correspondientes. TERCERO.- SE DISPONE que esta Resolución le sea notificada además mediante EDICTOS en el Diario de los Servicios Judiciales de Puno y de Arequipa. NOTIFIQUESE. ESPECIALISTA DE CAUSAS JURISDICCIONALES DE PUNO.- Walter Jhonatan Montes Jorge

J. S (17, 18, 21 MAY)

EDICTO JUDICIAL

1o JUZ. DE INVES. PREPARATORIA - Sede Espinar EXPEDIENTE : 00068-2018-0-1009-JR-PE-01JUEZ : ESTEBAN FREDDY ACHOMA TITOESPECIALISTA : KANA CHILO WALTER

Se pone en conocimiento del señor MIGUEL DAVID VALDEZ LAYME, que la Fiscalía Provincial Penal de Espinar ha requerido PROCESO INMEDIATO en su contra, por el delito contra la familia en su modalidad de omisión a la asistencia familiar en su forma de Omi-sión de Prestación de Alimentos, en agravio del menor F.D.V.B., representado por su progenitora Yobana Berna Merma; asimismo, se pone en su conocimiento la RE-SOLUCIÓN N° 01 de fecha dieciocho de octubre de! año dos mil diecisiete, que resolvió: Por estas consideracio-nes, SE RESUELVE: lll. PARTE RESOLUTIVA ADMITIR A TRAMITE el requerimiento de Proceso Inmediato requerida por la Fiscalía Provincial Penal de Espinar contra el imputado MIGUEL DAVID VALDEZ LAYME. PRECISAR que el imputado tiene derecho a negarse por cualquier motivo a estar presente en la audiencia de proceso inmediato, en cuyo caso será representado por su abogado de libre elección o defensor de oficio. NOTIFIQUESE al imputado a su domicilio real y pro-cesal con la presente resolución, quien en el plazo de veinticuatro horas deberá designar abogado defensor de su libre elección o ratificar al abogado defensor de-signado por el Ministerio Público a favor de dicho impu-tado, bajo apercibimiento designar Defensor Público en caso incumplimiento y llevarse a cabo la audiencia con asistencia del Defensor Público; por ser una audiencia inaplazable a quien deberá mortificarse con el presente requerimiento, y a los demás sujetos en sus respectivos domicilio procesa! señalado en auto.- Habiendo devuel-

to cédula de notificación sin diligenciar por el encargado de central de notificaciones de la Ciudad de Arequipa: SE DISPONE: REPROGRAMAR la audiencia de proce-so inmediato, para el día TREINTA DE MAYO DEL DOS MIL DIECIOCHO A LAS NUEVE HOFAS (hora exacta) en la sala de audiencias del Juzgado de Investigación Preparatoria de Espinar; con la presencia obligatoria del Fiscal y el Abogado Defensor o Defensor Público de la Provincia de Espinar, para que asuma la defensa del imputado. Se publique por edicto conforme a ley.

J. S (17, 18, 21 MAY)

EDICTO JUDICIAL

Por ante el Juzgado de Paz letrado de la Provincia de Espinar, que despacha la señorita Juez Marilyn Mújica Peralta, se viene tramitando el proceso judicial N° 211-2018-FC, habiéndose RESUELTO; ADMITIR A TRA-MITE LA DEMANDA interpuesta por Timotea Ccapa Umasi, en representación de su menor hijos JAIME ALE VARGAS CCAPA Y VÍCTOR RAÚL VARGAS CCAPA, sobre PRESTACIÓN DE ALIMENTOS, contra ESTEBAN VARGAS SERPA, la misma que se tramita en la vía del PROCESO ÚNICO; CÓRRASE traslado al demandado con el auto admisorio de demanda y anexos por el plazo de 5 DÍAS HÁBILES para que absuelva la misma, bajo expreso apercibimiento de ser declarado rebelde, de-biendo presentar el anexo especial de la contestación conforme lo establece el artículo 565° del Código Pro-cesal TENGASE por ofrecidos los medios probatorios que indica. AGREGÚESE a sus antecedentes los docu-mentos que en calidad de anexo se adjunta.- AL OTRO-SÍ: Para la notificación del demandado, habilitase lugar, día y hora inclusive los sábados, domingos H. S.- Juez Dra N, Cáceres.- Secretario Judicial. Pascual Catari P. Lo que se publica para los fines de ley.-Espinar, 30 abril del 2018.

J. S (17, 18, 21 MAY)

NOTIFICACIÓN VÍA EDICTO JUDICIAL

A LA PERSONA DE: MARCO ANTONIO ALATA AQUE.Por ante el Segundo Juzgado de Paz Letrado de Wan-chaq, bajo el Despacho del señor Juez Dr. Rafael Enri-que Sierra Casanova y la actuación de la Especialista Legal Abog. María Eddie Zulema Villarroel Ccaso, se tramita el proceso N° 68-20I8-0-I001-JP-FC -02 seguido por Isabel Florez López en contra de Marco Antonio Ala-ta Aque sobre prestación de alimentos, se ha dispuesto la notificación vía edicto judicial de la Resolución Nro.5 de fecha 14 de mayo del 2018.- “Al escrito presentado por Isabel Florez Florez con ingreso 7512-2018. Por subsanada la omisión observada por este Despacho y a sus antecedentes el juramento o promesa de no conocer el domicilio del demandado en consecuencia cúmplase con la notificación por edicto del auto admiso-rio de fojas 18 al demandado Marco Antonio Alata Aque bajo apercibimiento de nombrársele curador procesal por el diario judicial de la circunscripción por el periodo de 3 días hábiles sin perjuicio de ello NOT1FIQUESE también el domicilio que indica su hoja de inscripción de la RENIEC. Resolución Nro. 2 AUTO ADMISORIO DE LA DEMANDA Wanchaq, 01 de febrero del 2018.- I. VISTO: el escrito presentado por Isabel Florez López con ingreso CDG 1577-2018, en el que NO ha cumpli-do con presentar croquis de ubicación, es decir mapa; sin embargo vista la demanda con los anexos acom-pañados que corre de fojas 8 a 11; y en atención a lo siguiente: II. FUNDAMENTOS: 1. Que, de la calificación de la demanda importa el proceso de verificación que efectúa el juzgado respecto de la concurrencia o ausen-

cia de los presupuestos procesales y condiciones de la pretensión, lo que determinará la futura posibilidad o imposibilidad de establecer la validez de la relación pro-cesal y emitir un pronunciamiento válido sobre el fondo de la litis. 2. Que, a toda persona con interés y calidad le asiste la prerrogativa de la tutela jurisdiccional efec-tiva, en virtud de la cual puede recurrir ante el órgano jurisdiccional con el objeto de solucionar un conflicto e intereses conforme lo establece la norma contenida en el artículo I del Título Preliminar del Código Procesal Civil. 3. En el presente caso pretende el pago de una pensión de alimentos a favor de un menor de edad, para cuyo efecto adjunta copia de su acta de nacimiento en la que el demandado aparece como padre de la menor alimentista; por lo que en este caso se considera que se cumplen los presupuestos materiales y procesales de la pretensión; máxime si en este tipo de procesos no es posible declarar la incompetencia territorial de oficio. 4. Finalmente, de lo expuesto se advierte la existencia de un conflicto de intereses y ameritan el ejercicio del derecho de acción; en consecuencia teniendo presente que con la demanda interpuesta que antecede se ha cumplido con los requisitos y anexos exigidos por los artículos 424 y 425 del Código Procesal Civil, la cual no se halla inmerso en los supuestos de inadmisibili-dad e improcedencia establecidos por los artículos 426 y 427 del Código Procesal Civil, corresponde admitir la pretensión. III. DECISIÓN Por lo expuesto, al amparo de las facultades conferidas a este Despacho por el artículo 138 de la Constitución Política del Estado, se resuelve: ADMITIR a trámite la demanda interpuesta por ISABEL FLOREZ LÓPEZ en representación de su me-nor hijo Emir Favio Alata Florez contra MARCO ANTO-NIO ALATA AQUE sobre PRESTACIÓN DE ALIMENTOS en la VÍA DEL PROCESO ÚNICO, córrase traslado de la demanda al demandado, por el plazo de CINCO DÍAS, bajo apercibimiento de declararse rebelde. Debiendo el demandado cumplir con lo dispuesto en el artículo 565 del Código Procesal Civil. Dése por ofrecidos los me-dios probatorios, notifíquese conforme a ley al deman-dado en el domicilio real señalado por la actora. H.S.

Resolución Nro. 1 AUTO QUE CONCEDE ASIGNACIÓN ANTICIPADA Wanchaq, 01 de febrero de 2018.-1. VIS-TA: La solicitud y anexos que anteceden; y en atención a los siguientes, II. FUNDAMENTOS: 1. PRESUPUES-TOS PROCESALES- a) La competencia del Juzgado, está determinada por el artículo 96 y 176 de la Ley 27337 y artículo 547 del Código Procesal Civil; b) La recurrente actúa con capacidad procesal en virtud de la aptitud que tiene para comparecer en representación de su menor hijo; conforme a los anexos y lo dispuesto por el literal f) del artículo 74 de la Ley 27337; c) La solicitud expone los fundamentos de su pretensión cautelar, se-ñala la forma e indica el monto de afectación en monto fijo, reuniendo los requisitos previstos por el artículo 610 y demás pertinentes del Código Procesal Civil. 2. PRESUPUESTOS MATERIALES.- a) La actora procede con legitimidad para obrar; se verifica la relación for-mal de correspondencia entre la solicitante, su menor hijo y la persona a quien la ley concede acción, de la Partida de Nacimiento que acredita el vínculo paterno filial indubitable; en virtud del artículo 675 del Código Procesal Civil; b) El interés para obrar, fluye del texto de la demanda y anexos que se acompaña. 3. REQUI-SITOS DE LA TUTELA CAUTELAR SOLICITADA.- Que, la necesidad de dictar la medida cautelar se motiva en: a) la firmeza de la demanda queda acreditada con los anexos de ésta -y sus respectivos fundamentos-, en tanto: i) está acreditado el vínculo paterno filial con el demandado con la respectiva acta de nacimiento, ii) los gastos del menor - quien no puede atender su sub-sistencia por si mismo- son hechos evidentes, los que deben ser considerados permanentes incluidos aquellos que establece el artículo 92 del Código de los Niños y Adolescentes -como el ámbito que engloba la idea de alimentos-, y, iii) se ha precisado que la demandada

tiene ingresos como minero, b) la necesidad imposter-gable de tutela se justifica en la dependencia económica que tiene el menor alimentista -por su edad- respecto a sus progenitores -como el demandado- y c) atendiendo prioritariamente a la naturaleza de la pretensión princi-pal, la asignación anticipada de alimentos permitirá su ejecución adelantada, en tanto debemos recordar que esta es una medida temporal sobre el fondo - artícu-lo 674 del Código Procesal Civil -; teniendo presente además, que toda medida cautelar importa un pre juz-gamiento y es provisoria, instrumental y variable, busca garantizar la efectividad de una sentencia y se sanciona la medida cautelar innecesaria o maliciosa; según lo prescrito por el artículo 612 y 621 del Código Procesal Civil. 4. Es pertinente tener presente que esta medida temporal sobre el fondo está recogida específicamente en el artículo 675 del Código Procesal Civil, que incluso puede ser adoptada de oficio, en tanto se infiere que en el presente caso el principio que la respalda es la del interés superior del niño -que entre otros, implica la satisfacción de sus necesidades básicas-. III. DECI-SIÓN Por estos fundamentos, al amparo de las facul-tades conferidas a este despacho por el artículo 138 de la Constitución Política del Estado, se resuelve. 1) CONCEDER la Asignación Anticipada solicitada por ISABEL FLOREZ LÓPEZ, en representación de su menor hijo Emir Favio Alata Florez, contra MARCO AN-TONIO ALATA AQUE. 2) SE DISPONE: Que en vía de ejecución MARCO ANTONIO ALATA AQUE, acuda con una pensión alimenticia en forma mensual y adelantada, ascendente a CUATROCIENTOS CINCUENTA SOLES de los ingresos mensuales que percibe en su condición de minero A FAVOR DEL MENOR ALIMENTISTA repre-sentados por su progenitora Isabel Florez López, para cuyo efecto cúmplase con aperturar un cuenta en el Banco de la Nación a nombre del demandante-debiendo GIRARSE LOS OFICIOS CORRESPONDIENTES-. 3) SE DISPONE:Se forme cuaderno con copia simple de la demanda, sus anexos y admisorio atendiendo a su naturaleza; y gírese oficio al Banco de la Nación a fin que apertura cuenta de ahorros a favor del demandante. H.S.-la misma que se pone de conocimiento del interesado, para los fines consiguientes de ley.Wanchaq. 14 de mayo del 2018.

J. S (17, 18, 21 MAY)

EDICTO PENAL

SEÑOR: CARMEN TAPARA CONDORIEl señor Juez del Séptimo Juzgado de Investigación Preparatoria del Cusco, Dr. Alex León Martínez, en el proceso Nro. 0102-2018-0-1001-JR-PE-07, segui-do contra CARMEN TAPARA CONDORI con D.N.I. 25138771, por el delito Contra la Vida el Cuerpo y la Salud, en la modalidad de Lesiones, Sub AGRESIO-NES EN CONTRA DE LOS INTEGRANTES DEL GRU-PO FAMILIAR, en agravio de JULIA QUISPE YAPO, la actuación de la Especialista Judicial de Juzgado, Ruth Elena Ñahue Choque, se ha dispuesto notificar con la Resolución N° 02 de fecha dos de mayo del año dos mil dieciocho y el extracto del requerimiento fiscal de Proceso Inmediato al citado procesado, cuyo contenido es el siguiente:REQUERIMIENTO DE PROCESO INMEDIATO.- El Fis-cal Provincial de la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Cusco, formula PROCESO INMEDIATO contra CARMEN TAPARA CONDORI, como autor del delito Contra Vida el Cuerpo y la Salud, en la modali-dad de Lesiones, Sub AGRESIONES EN CONTRA DE LOS INTEGRANTES DEL GRUPO FAMILIAR, tipificado en el artículo 122-B del Código Penal, en agravio de JULIA QUISPE YAPO. Por lo que la representante de Ministerio Publico, solicita que se declare procedente el

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La República4 SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO Lunes, 21 de mayo del 2018

requerimiento de Proceso Inmediato.

RESOLUCIÓN N° 02Cusco, dos de mayo del año dos mil dieciocho.PARTE EXPOSITIVA Y CONSIDERATIVA: Queda en registro de audio.PARTE RESOLUTIVA: Se transcribe1. SE DECLARA FRUSTRADA la presente audiencia por falta de notificación al acusado.2. SE REPROGRAMA la presente audiencia para el DÍA VIENTIUNO DE MAYO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO A LAS CATORCE HORAS CON TREINTA MINUTOS acto que se realizará en la décimo segunda sala del Módulo Penal de Corte Superior de Justicia del Cusco, para lo cual el especialista de causa tendrá que notificar al imputado MEDIANTE EDICTO JUDICIAL en el diario judicial de la Corte Superior de Justicia del Cusco en tres fechas consecutivas; asimismo se tendrá que noti-ficar mediante su teléfono celular que ha consignado el señor fiscal el N° 930919617.Cusco, 14 de Mayo de 2018.

J. S (17, 18, 21 MAY)

EDICTO PENAL

SEÑORA: PAOLA JESSICA RODRÍGUEZ AVILESLa Jueza del 6to Juzgado de Investigación Preparatoria del Cusco, en el proceso Nro 1878-2018-0-1001-JR-PE-06, bajo la actuación del especialista judicial Abog. Rodríguez Ugarte, se ha dispuesto notificarle con el acta de audiencia del 11/05/18, la Resolución N° 01 del 05/04/18 y el extracto de la acusación fiscal cuyo conte-nido es el siguiente:

REQUERIMIENTO.- El 3er Despacho de la 2da FPPC de Cusco, formula ACUSACIÓN DIRECTA contra: Paola Jessica Rodríguez Avilez y Rheliy Valer Candía por el delito de Agresiones mutuas contra Integrantes del gru-po familiar, en agravio Paola Jessica Rodríguez Avilez y Rheliy Valer Candía y contra Paola Jessica Rodríguez Avilez por el delito de Agresiones contra integrantes del grupo familiar, en agravio Lila Valer Candía, respecto de los hechos ocurridos en fecha 20/09/17; se solicita con-tra los acusados Jessica Rodríguez Avilez y Rheliy Valer Candía 01 AÑO DE P.P.L. EFECTIVA, INHABILITACIÓN por el plazo de la pena principal y el pago de S/. 400.00, S/. 800.00 y S/. 100.00, por concepto de REPARACIÓN CIVIL a favor de los agraviados, respectivamente.

RESOLUCIÓN NRO. 01, Cusco. 05/04/18.- DADO CUENTA: Con el requerimiento fiscal de Acusación Di-recta; SE DISPONE: 1. CORRER TRASLADO a los de-más sujetos procesales por el plazo perentorio de DIEZ DÍAS HÁBILES, para que en forma escrita con abogado defensor puedan de considerarlo contradecir la acusa-ción (...). Asimismo considerando los principios de eco-nomía y celeridad procesal SE DISPONE: 1. CITAR a las partes procesales para el día ONCE DE MAYO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO a las NUEVE HORAS CON TREINTA MINUTOS (hora exacta) la realización de la audiencia preliminar de control de acusación en la SEX-TA SALA DE AUDIENCIAS (...). 2. SE PRECISA que en virtud del artículo 85.1 del C.P.P. la presente audiencia es de carácter INAPLAZABLE. 3. (...). 4. Al ser inapla-zable la audiencia, la inasistencia del abogado defen-sor particular de la parte imputada determina que se le excluya del proceso a dicho abogado y se designe UN DEFENSOR PUBLICO a efecto de que asuma la defen-sa técnica del imputado (...). 5. Notifíquese la presente resolución a la parte imputada en su domicilio real a fin de que conozca los apercibimientos dispuestos, esto es, que si su abogado no concurre a la audiencia de control de acusación se dispondrá en dicha audiencia que un abogado del Estado lo defienda en el proceso (...). 6.

SE REQUIERE a las partes procesales (...) CUMPLAN CON SEÑALAR LA CASILLA ELECTRÓNICA corres-pondiente (...)ACTA DE AUDIENCIA DE CONTROL DE ACUSACIÓN I. INTRODUCCIÓN (...) II. ACREDITACIÓN: (...) III. INS-TALACIÓN DE AUDIENCIA: (...) IV.- DEBATE;RESOLUCIÓN N° 04 Cusco, 11/05/18. PARTE EXPO-SITIVA Y CONSIDERATIVA: Queda registrada en audio. PARTE RESOLUTIVA: Se transcribe. SE RESUELVE: 1. DEVOLVER el requerimiento acusatorio, al ministerio público, a fin de que cumpla con levantar las observa-ciones concernientes, al relato factico debiendo cumplir este los criterios de imputación objetiva, asimismo de postular la existencia de dos conductas, establezca de manera clara y precisa como habría ocurrido cada uno de ello, asimismo toma en cuenta el estado de gravi-dez de la agraviada Lila Valer Candía, al momento de determinar la pena, así como al determinar el tipo y los hechos que formula, en este ultimo caso además de-berá precisar en lo que respecta a la reparación civil, si existe alguna variación de la pretensión inicialmente formulada dad dicha situación. 2. Deberá levantar las observaciones en el plazo de 72 horas y bajo respon-sabilidad. 3. SE REPROGRAMA la presente audiencia para el día 19 de junio del año 2018 a las 11:00 horas, en la sexta sala de audiencias de la Corte Superior De Justicia Del Cusco, precisando que viene precisándose la fecha antes indicada de acuerdo a la agenda del juz-gado. 4. PRECÍSESE que la audiencia tiene el carácter de INAPLAZABLE, subsistiendo los apercibimientos de-cretados en autos en caso inconcurrencia de las partes cuya asistencia sea necesaria para instalar la presente. 5. SE DISPONE la notificación por edictos de la agra-viada procesada Paola Jessica Rodríguez Aviles, de la presente resolución, debiendo además notificarse un extracto de la acusación directa y de la resolución N° 01 en atención a que se ignora su domicilio. IV. NO-TIFICACIÓN (...) V.CONCLUSIÓN: (...) Lo que notifico a Usted, Media Firma de la Señora Jueza Dra. Zulay Sánchez Farfán, ante mi F. Eduardo Rodríguez Ugarte, de que doy fe.Cusco, 15 de mayo del 2017.

J. S (17, 18, 21 MAY)

EDICTO PENAL

SEÑORES: WILLY NEWTON QUESADA SAAVEDRA EPIFANÍA QUISPE MALLE

La señora Juez del Sexto Juzgado de Investigación Pre-paratoria del Cusco, Dra. Sulay Sánchez Farfán, en el proceso Nro. 794-2018-0-1001 -JR-PE-04, seguido con-tra Willy Quesada Saavedra, por el delito de Agresiones en contra de las Mujeres o Integrantes del Grupo Fami-liar, en agravio de Epifanía Quispe Malle, bajo la actua-ción del especialista Judicial Abog. Rodríguez Ugarte, se ha dispuesto notificarle con el acta de audiencia del 10/05/18 cuyo contenido es el siguiente:

ACTA DE REGISTRO DE AUDIENCIA PÚBLICA DE ACUSACIÓN FISCAL DIRECTA I.-INTRODUCCIÓN: (...) II.- ACREDITACIÓN: (...) RESOLUCIÓN N° 05 Cusco, 10/05/18.- PARTE EXPOSITIVA Y CONSIDERA-TIVA: Registrado en audio. PARTE RESOLUTIVA: Se transcribe: SE RESUELVE: 1. declarar FRUSTRADA la verificación de la presente audiencia por inconcu-rrencia del representante del Ministerio Público. 2. SE REPROGRAMA la presente audiencia para el DÍA 21 DE IUNIO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO A HORAS 08:30 DE LA MAÑANA A REALIZARSE EN LA SEXTA SALA DE AUDIENCIAS DEL MÓDULO PENAL DE LA CORTE SUPERIOR DE IUSTICIA DEL CUSCO, preci-sando que viene señalando la fecha antes indicado, de acuerdo a la agenda del juzgado. 3. PRECÍSESE que

la audiencia señalada tiene carácter de INAPLAZABLE, subsistiendo los apercibimientos decretados en autos. 4. CONCÉDASE al representante del Ministerio Público, que en el plazo de 24 horas justifique su inconcurrencia a la presente audiencia, en caso de no hacerlo se dará por no justificada y se pondrá en conocimiento de su institución. 5. CUMPLA el especialista judicial de Causa con notificar la presente al representante del Ministerio Publico inconcurrente, a quien además se exhorta tomar las provisiones necesarias, a fin de evitar la dilación de las audiencias, toda vez que está adscrita a una fiscalía corporativa. IV. NOTIFICACIÓN (...) V. CONCLUSIÓN (...) Lo que notifico a Usted, Media Firma del Señor Juez Dr. Reynaldo Ochoa Muñoz, ante mi F. Eduardo Rodrí-guez Ugarte, de que doy fe.Cusco, 15 de mayo del 2018

J. S (17, 18, 21 MAY)

EDICTO PENAL

CUADERNO DE DEBATES N° 0229-2017-34-1001-JR-PE-01.

JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAPROVINCIAL DE CUSCO

ESPECIALISTA JUDICIAL: CLEOFE HUAMAN ANCCO.

Por disposición del Juzgado Penal Colegiado Supra-provincial de Cusco, se cita y emplaza al procesado GERMÁN HUILLCA FARFAN, a fin que concurra a la audiencia de juicio oral señalada para el DÍA MARTES CUATRO DE SETIEMBRE DEL 2018 A HORAS 10:30 DE LA MAÑANA (hora exacta); la misma que se veri-ficara en la sala de audiencia del Juzgado Penal Cole-giado Supraprovincial del Cusco - B (sito en la Av. Sol S/N segundo piso). Por haberse dispuesto así en el CUADERNO DE DEBATES N° 0229-2017-34-1001-JR-PE-01, seguido por el delito contra la libertad sexual, en su modalidad de violación de la libertad sexual, sub tipo violación sexual de menor de edad, en agravio de la menor de iniciales M.M.M.H.-Cusco 15 de Mayo del 2018.

J. S (17, 18, 21 MAY)

EDICTO JUDICIAL

Exp. Nro.: 01882-2016-80-2701-JR-PE-02Juez: Dr. Gino Yarleque Oliva.Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria de Tambopata.Especialista Judicial : Geulia V. Apaza Quispe.

Se NOTIFICA a la imputada ESTELA RAMOS CANSAYA y a la agraviada TERESA FONSECA SONCCO, extracto de la resolución número 04, mediante el cual se dispo-ne: CITAR A LA AUDIENCIA PÚBLICA DE CONTROL DE SOBRESEIMIENTO la que se llevará a cabo el día MARTES 29 DE MAYO DEL AÑO 2018, A LAS 10:00 DE LA MAÑANA (hora exacta!, la que se llevará a cabo en la Sala de Audiencias del Segundo Juzgado de In-vestigación Preparatoria de Tambopata, sito en la Av. Ernesto Rivera N° 722, II bloque 1o piso- Puerto Mal-donado, con la presencia obligatoria del Fiscal, siendo facultativa la presencia de las demás partes procesales, BAJO APERCIBIMIENTO en caso de inconcurrencia in-justificada del ente fiscal de poner en conocimiento del Órgano de Control correspondiente. COMUNÍQUESE al representante del Ministerio Público que deberá de con-currir a la audiencia con el integro de la carpeta fiscal. CÚRSESE oficio al Responsable de Servicios Judiciales

del Distrito Judicial del Cusco.Puerto Maldonado, 07 de mayo del 2018.

J. S (17, 18, 21 MAY)

EDICTO

Ante el Primer Juzgado Especializado en lo Civil de Cusco, despachado por la Sra. Jueza Doctora San-dra Contreras Campana, se tramita el proceso civil N° 00553-2018-0-1001-JR-CI-01, seguido por Hipólita Calderón Muñoz, sobre Prescripción Adquisitiva, contra la Sucesión Intestada de Gerardo Incarroca Cusittito; en el que se ha emitido la resolución número 02, de 07-05-2018, que dispone: “ADMITIR A TRÁMITE la de-manda interpuesta por HIPOLITA CALDERON MUÑOZ, sobre PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA de bien inmueble, contra LA SUCESIÓN DE GERARDO INCARROCA CU-SITTITO, debiendo de tramitarse bajo los mecanismos del proceso ABREVIADO, en consecuencia, córrase traslado a la parte demandada por el término de DIEZ DÍAS, Téngase por ofrecidos los medios probatorios que indica, los cuales serán admitidos y actuados en la oportunidad procesal correspondiente. Al Primer Otro-sí.- Agregúese a sus antecedentes los anexos adjuntos. Al Segundo Otrosí.- Notifíquese en calidad de citados a la Municipalidad distrital de San Sebastián, Cristina Incarroca Quispe, Julián Incarroca Ninancuro. Al Tercer Otrosí.- Con lo expuesto tratándose el demandado de una persona incierta y conforme a lo establecido por el artículo 506 del Código Procesal Civil, efectúese las publicaciones de edictos, los que contendrán un estrado de la demanda y la presente, los que en aplicación a la modificatoria del artículo 167 del Código Procesal Civil, efectuado por Ley N° 30293, publíquese los edictos en el diario de mayor circulación de la Corte Superior de Justicia del Cusco, por el término de tres días, así como fíjese una copia del edicto en la tablilla del Módulo Civil destinado para ello, debiendo apersonarse a través de Administración del Módulo Corporativo Civil a recep-cionar los edictos respectivos, en horas de atención al público. Al Cuarto Otrosí.- En su oportunidad. Y téngase por delegada la representación a favor de su abogado conforme a lo establecido por el artículo 80 del Código Procesal Civil. H. S.” Fdo. Juez Contreras Campana, Esp. Legal. Huamán Sequeiros.

Cusco, 16 de abril de 2018.

ISASBEL CRISTINA HUAMAN SEQUEIROSESPECIALISTA LEGAL

P. 6721899 F. (18, 21, 22 MAY)

EDICTO JUDICIAL

Ante el 2do. Juzgado de Paz Letrado del Cusco, des-pachado por la señorita Juez Dra. Ross Mery Tamata Kehuarucho, bajo la actuación de la secretaría judi-cial Gladis Francisca Monjaras Álvarez; se tramita el Expediente Civil N° 0573-2018-0-1001-JP-CI-04, de conformidad al artículo 833 del Código Procesal Civil, ha dispuesto se publique los edictos. Auto Admisorio Resolución N° 04, Cusco 23 de abril del 2018; SE RE-SUELVE: ADMITIR A TRÁMITE, la solicitud presentada por NATIVIDAD MARISCAL VIUDA DE SILVA, sobre Su-cesión Intestada de quien en vida fue su esposo Lucas Rubén Silva Mamani, fallecido el 10 de mayo del 2017,a fin de que se le declare como única y universal heredera a la recurrente Natividad Mariscal viuda de Silva, en la vía del proceso NO CONTENCIOSO, lo que se publica para fines de que se apersone cualquier heredero even-tual con vocación sucesoria.

Page 5: CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DEL CUSCO · tramitado en el Cuarto Juzgado Civil de Cusco, a cargo de la Señora Juez, Pérez Carlos Fanny Lupe, siendo ... REQUERIMIENTO FISCAL: Que,

La República 5SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCOLunes, 21 de mayo del 2018

Cusco, 02 de mayo del 2018

GLADIS FRANCISCA MONJARAS ÁLVAREZSECRETARIA JUDICIAL

P. 6721999 F. (18, 21, 22 MAY)

EDICTO JUDICIAL

Ante el Juzgado de Paz Letrado de la Provincia de Anta que despacha Doctor Arturo Cabrera Orue, bajo la ac-tuación del especialista Juvenal Lazo Zambrano se viene tramitando el Proceso Civil Nro. 0069-2018-0-1004-JP-CI-01, Seguido por MIGUEL ANDRADE VIZCARRA so-bre RECTIFICACION DE PARTIDA DE NACIMIENTO respecto de la partida de nacimiento, en lo que respecta el apellido materno de su progenitor Antonio Andrade, siendo lo correcto ANTONIO ANDRADE SUTTA, res-pecto de su progenitura Yrene Vizcarra, siendo lo co-rrecto YRENE VIZCARRA GUZMAN.Se publica para los fines de ley.

Anta, 11 de Mayo del 2018.

LEANDRO JUVENAL LAZO ZAMBRANOSECRETARIO JUDICIAL

P. 6722064 F. (18, 21, 22 MAY)

EDICTO JUDICIAL

Ante el Juzgado de Paz Letrado de la Provincia de Anta que despacha Doctor Arturo Cabrera Orue, bajo la ac-tuación del especialista Juvenal Lazo Zambrano se viene tramitando el Proceso Civil Nro. 0069-2018-0-1004-JP-CI-01, Seguido por MIGUEL ANDRADE VIZCARRA so-bre RECTIFICACION DE PARTIDA DE NACIMIENTO respecto de la partida de nacimiento, en lo que respecta el apellido materno de su progenitor Antonio Andrade, siendo lo correcto ANTONIO ANDRADE SUTTA, res-pecto de su progenitora Yrene Vizcarra, siendo lo co-rrecto YRENE VIZCARRA GUZMAN.Se publica para los fines de ley.

Anta, 11 de Mayo del 2018.

LEANDRO JUVENAL LAZO ZAMBRANOSECRETARIO JUDICIAL

P. 6722064 F. (18, 21, 22 MAY)

EDICTO JUDICIAL

Ante el Juzgado de Paz Letrado de San Jerónimo-Cusco, Juez Luis Joel Peña Mendoza y actuación de la Secretaria Judicial Isabel del Carmen Rojas Pino en el Exped. N° 149-2018-CI, en la vía del PROCESO NO CONTENCIOSO La solicitud de GILDA CAROLA DURAN DE ESCALANTE sobre RECTIFICACIÓN del acta de su partida de nacimiento respecto del nombre de su progenitor como Hugo Durand Fernández, se ha dispuesto la publicación del presente para los fines de Ley.-

San Jerónimo, 16-05-2018

ISABEL DEL CARMEN ROSAS PINOSECRETARIA JUDIAL

P. 6722675 F. (18, 21, 22 MAY)

EDICTO JUDICIAL

Por ante el Juzgado Mixto de la provincia de Canchis, que despacha la Juez Gilda Aurora Zea Nuñez, se viene tra-mitando el proceso Judicial N° 00026-2018-0-1007-JM-CI-02, habiéndose RESUELTO:ADMITIR a trámite en la vía del PROCESO DE CONOCIMIENTO la demanda interpuesta por JUAN VICENTE CASTRO ESCALANTE, conteniendo las pretensiones: PRINCIPALES: NULIDAD DE LA ESCRITURA PUBLICA DE COMPRA VENTA DE FECHA 17/04/2012 Y EL ACTO QUE LO CONTIENE, celebrada entre Santiago Rodolfo Castro Escalante a favor de Adolfo Benito Bravo y Esposa, respecto de una parte del inmueble N° 404 de la Avenida centenario de esta ciudad de Sicuani, con las CAUSALES de finali-dad ilícita y que contraviene al orden público, buenas costumbres y normas imperativas. NULIDAD DE LA ES-CRITURA PUBLICA DE FECHA 19/03/2012 Y EL ACTO QUE LO CONTIENE, sobre compra venta de derechos y acciones, otorgada por Víctor Augusto Castro Baldeon a favor de Adolfo Benito Holgado Bravo y esposa respecto de una parte del inmueble N° 404 de la Avenida Cente-nario de la ciudad de Sicuani, con las CAUSALES de Falta de manifestación de la voluntad, fin ilícito y contra-viene al orden público y las buenas costumbres, normas Imperativas. NULIDAD DE LA ESCRITURA PUBLICA DE FECHA 18/05/2000 Y EL ACTO QUE LO CONTIE-NE, sobre anticipo de legitima, otorgado por su señora madre doña Graciela Escalante Oblea Viuda de Castro a favor de sus hijos, con la CAUSAL de fin ilícito y que contraviene al orden público y las buenas costumbres y normas imperativas NULIDAD DE LA ESCRITURA PUBLICA DE FECHA 22/12/2003 Y EL ACTO QUE LO CONTIENE sobre aclaración, declaración y rectifica-ción, otorgado por María Graciela Escalante Oblea viu-da de Castro, a favor de sus hijos, con la CAUSAL de fin ilícito, y que contraviene al orden público, las, buenas costumbres y normas imperativas:PRETENSIÓN SU-BORDINADA: INEFICACIA DE ESCRITURA PUBLICA DE FECHA 17/04/2012 Y EL ACTO QUE LO CONTIE-NE, celebrada entre Santiago Rodolfo Castro Escalante a favor de Adolfo Benito Bravo y Esposa, respecto de una parte del inmueble N° 404 de la Avenida centenario de esta ciudad de Sicuani. INEFICACIA DE ESCRITURA PUBLICA SOBRE COMPRA VENTA DE DERECHOS Y ACCIONES DE FECHA 19/03/2012 Y EL ACTO QUE LO CONTIENE, celebrada entre Víctor Augusto Castro Bal-deon a favor de Adolfo Benito Holgado Bravo y esposa respecto de una parte del inmueble N° 404 de la Aveni-da Centenario de la ciudad de Sicuani. INEFICACIA DE LA ESCRITURA PUBLICA DE FECHA 18/05/2000 sobre anticipo de legitima y del acto que lo contiene otorgado por Graciela Escalante Oblea Viuda de Castro a favor de sus diez hijos. INEFICACIA DE ESCRITURA PUBLICA DE FECHA 22/12/2003 sobre aclaración, declaración y rectificación y del acto que lo contiene, otorgado por María Graciela Escalante Oblea viuda de Castro PRE-TENSIÓN ACCESORIA (TANTO DE LAS PRETENSIO-NES PRINCIPALE Y SUBORDINADAS): RESTITUCION DEL INMUEBLE en lo que respecta a las áreas libres del inmueble N° 404 de la Av. Centenario de la ciudad de Sicuani, es decir patio jardines y cochera. INEMNI-ZACION DE DAÑOS Y PERJUICIOS, DAÑO MORAL. Hasta por el monto de SI. 80, 000.00 soles, que de-ben cumplir loa demandado en forma solidaria. PRE-TENSIONES QUE LAS INTERPONE EN CONTRA DE LOS DEMANDADOS: SANTIAGO RODOLFO CASTRO ESCALANTE, ADOLFO BENITO HOLGADO BRAVO Y ESPOSA GREGORIA CONDORI SULLO DE HOLGADO (respecto de la pretensión); VICTOR AUGUSTO CAS-TRO BALDEON, ADOLFO BENITO HOLGADO BRAVO Y GREGORIA CONDORI SULLO DE HOLGADO (res-pecto de la pretensión); SUCESION DE Q.E.V.F. MARIA GRACIELA ESCALANTE OBLEA VIUDA DE CASTRO

(respecto a la pretensión). Respecto a las pretensiones subordinadas, mismos demandados y respecto a la pre-tensión accesoria contra SANTIAGO RODOLGO CAS-TRO ESCALANTE, ADOLFO BENITO HOLGADO BRA-VO Y GREGORIA CONDORI SULLO DE HOLGADO. En consecuencia CÓRRASE TRASLADO a los deman-dados con la demanda, los anexos, auto admisorio y los demás que contiene, por el plazo de TREINTA DÍAS improrrogables, bajo apercibimiento de declarársele en rebeldía; Debiendo notificarse a la sucesión demandada mediante edictos, bajo el apercibimiento de nombrarse curador procesal que los represente, y el demandante deberá realizar la publicación del extracto de demanda auto admisorio en el diario oficial de la Corte Superior de Justicia del Cusco por tres veces. H.S

FRANCISCA LLANOS FORASECRETARIA JUDICIAL

P.6722697 F. (18, 21, 22 MAY)

EDICTO JUDICIAL

Ante el JPLSJ-Cusco, en el Exped. N° 126-2018-CI se-guido por EULOGIA ELIAS DE ARNADO sobre RECTI-FICACION DE PARTIDA DE MATRIMONIO en cuanto a la consignación de los datos de su cónyuge siendo lo correcto DARIO ARNADO VILLAFUERTE, se ha dispuesto la publicación del presente para los fines de Ley.-

San Jerónimo, 10-05-2018

ELIZABETH MAGNOLIA PAREDES SALASSECRETARIA JUDICIAL

P. 6716747 F. (18, 21 MAY)

EDICTO JUDICIAL

Por ante el Juzgado de Paz Letrado de la Provincia de Espinar, que despacha la señorita Juez Marilyn Mujica Peralta, se viene tramitando el Proceso Judicial N° 077 - 20185 - CI, habiéndose resuelto: ADMITIR LA DE-MANDA de sucesión intestada interpuesta por URBANO VIDAL RAMIREZ OROSCO, de quien en vida fueron sus padres SILVERIO RAMIREZ OCSA Y SEGUNDINA OROSCO AYMA, para que previo los trámites de ley, se le declare único y universal heredero NOTIFÍQUESE a la Beneficencia Pública de la ciudad de Cusco y al Representante del Ministerio Público de esta ciudad, publíquese los edictos de ley en el Diario Judicial del Distrito y en el tabladillo del Juzgado de Espinar. H.S.- Juez Dra. N. Marilyn Mujica P - P. Catari P.- Lo que se publica para los fines de Ley.

Espinar; 09 de mayo del 2016.

PASCUAL CATARI P.SECRETARIO JUDICIAL

P. 6724524 F. (18 MAY)

EDICTO JUDICIAL

Por ante el Segundo Juzgado de Paz Letrado de Wan-chaq, bajo el Despacho del señor Juez Dr Rafael Enri-que Sierra Casanova y la actuación de la Especialista Legal Abog. María Eddie Zulema Villarroel Ccaso, se tramita el proceso N° 879-2018-0-1001-JP-CI -02 solici-tada por Elisabeth Paulina Justiniani Triveño de Alvarez

sobre RECTIFICACION DE PARTIDA DE NACIMIENTO donde se ha consignado en forma errónea los nombres de sus progenitores siendo el nombre correcto Elisabeth Paulina Justiniani Triveño y el nombre de sus progeni-tores como Anselmo Justiniani Carbajal y Cirila triveño Galdo, la misma que se pone de conocimiento de los interesados, para los fines consiguientes de ley.

Wanchaq, 11 de mayo del 2018.

MARÍA EDDIE ZULEMA VILLARROEL CCASOSECRETARIA JUDICIAL

P. 6724821 F. (21 MAY)

EDICTO JUDICIAL

Ante el Primer Juzgado de Paz Letrado del Distrito de Santiago, que despacha la Señora Juez Doctora Basilis-ka Dueñas Zuñiga, bajo la actuación de la Especialista Legal Carmen Rosa Delgado Sánchez, en el Proceso Nro. 00719-2018-0-1018-JP-CI-01, LUZ MARINA QUIS-PE GARCIA viene solicitando la rectificación de su par-tida de nacimiento, expedida por la Municipalidad Pro-vincial de Cusco, peticionando que se corrija el nombre de su progenitor consignado como “ EUGENIO QUISPE BUSTINICO”, siendo el correcto “HIGINIO QUINTIN QUISPE BUSTINCIO”; asimismo solicita que se corrija el número de documento de identidad de su progenitor consignado como L.E. 10323040, siendo el correcto DNI N° 43248666. Lo que se publica para fines de ley.

Santiago, 15 de mayo del 2018

CARMEN ROSA DELGADO SANCHEZSECRETARIA JUDICIAL

P. 6724929 F. (21 MAY)

EDICTO JUDICIAL

Ante el Tercer Juzgado Especializado en lo Civil del Cusco, despachado por el señor Juez John Aleck Alfaro Tupayachi, se tramita el Proceso Civil Nro. 02011-2017-0-1001-JR-CI-03, seguido por Wendy Liz Yucra Achahuanco, sobre Cambio de Nombre; en el que se ha emitido sentencia en fecha ocho de mayo del dos mil dieciocho; habiéndose resuelto; FALLO:1. Declarando fundada la demanda sobre cam-bio de nombre presentada por Wendy Liz Yucra Ach-ahuanco.2. En consecuencia ordeno: a quien correspon-da: a) cambiar la partida de nacimiento correspondiente al Libro de Nacimientos del año 1998 de la Municipali-dad provincial, de Canchis - Sicuani del departamento del Cusco, perteneciente a Wendy Liz Yucra Achahuan-co, cambiando en cuanto a su nombre (apellido paterno y materno) de Wendy Liz Yucra Achahuanco por el de “Wendy Liz Aedo Yucra”; quedando los demás daos in-alterables.3. Notifiquese al Ministerio Publico con la pre-sente sentencia para los fines de ley.4. Publiquese esta sentencia con arreglo a ley y una vez publicada y consentida que sea, remítase ofi-cio a la municipalidad competente.-TRHS.

Firmado por el Juez Alfaro Tupayachi.- Secretario Judi-cial Elorrieta Salazar.

Cusco, 17 de mayo deJT2018

RONALD ELORRIETA SALAZARSECRETARIO JUDICIAL

P.6725357 F. (21 MAY)

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La República6 SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO Lunes, 21 de mayo del 2018

EDICTO JUDICIAL

Ante el Juzgado de Paz Letrado de la Provincia de Anta, que despacha el Dr. Arturo Cabrera Orue, bajo la actuación del Especialista Legal Elvis Renny Morales Loaiza, por vacaciones del titular, se viene tramitando el Proceso Civil N° 31-2018-0-1004-JP-CI-01, Segui-do por FLORENTINA TAIPICURI DE CONDORI sobre RECTIFICACION DE PARTIDA DE NACIMIENTO, de la recurrente, en el sentido que se corrija la fecha de su nacimiento (16 de Octubre de 1955), en el extremo del año (1,955), siendo lo correcto 1941, debiendo quedar en lo sucesivo correcta y completamente como fecha de nacimiento el 16 de Octubre de 1,941.Se publica para los fines de ley.

Anta, 17 Mayo del 2018.

ELVIS RENNY MORALES LOAIZASECRETARIO JUDIJCIAL

P. 6725168 F. (21 MAY)

EDICTO

(Juzgado Mixto de Echarate)

Proceso N° 83-2018-Familia Tutelar.- El Juzgado Mixto y Unipersonal de Echarate NOTIFICA a ERASMO PIÑA-RREAL CHINCHAY Y HERMELINDA LAIME POYENTI-MARI, progenitores de la menor de iniciales B.P.L., para que comparezcan al Juzgado Mixto Y Unipersonal de Echarate - La Convención, a fin de rendir sus decla-raciones respecto al Abandono Moral y Material de su menor hija, bajo apercibimiento de ley. Echarate 07 de mayo del 2018. Bajo la actuación de la señorita Secreta-ria Abog. Rocío Callaymara A. 2 vz. Firma.- Juez. Abog. Nataly C. Cáceres Velarde.

J. S (18, 21, 22 MAY)

EDICTO JUDICIAL.

EXPEDIENTE PENAL N°00122-2016-0-1010-JP-PE-01, tramitado ante el Primer Juzgado de Paz Le-trado que Despacha el Dr. Jorge Luis Linares Cuadros, en lo seguido por Nicolás Espetea Arone, sobre Faltas contra la persona en contra de Jhon Condori Huamán, ha resuelto en la resolución diez de fecha veinticinco de abril lo siguiente: RESUELVE . Notificar al agraviado NICOLÁS ESPETEA ARONE, mediante edicto con lo dispuesto en la presente resolución por el plazo de tres días hábiles en el diario judicial “La República” y en la Tablilla del Juzgado.

Resolución Nro.10: VISTOS Y CONSIDERANDO.- PRI-MERO.- Que, estando a lo dispuesto por el inciso 1 del artículo 483 del Código Procesal Penal “La persona ofendida por una falta puede denunciar su comisión ante la policía o dirigirse directamente al Juez comu-nicando el hecho, constituyéndose en querellante par-ticular”. Segundo: Que, conforme a lo dispuesto por el artículo 110 del Código Procesal Penal “El querellante particular podrá desistirse expresamente de la quere-lla en cualquier estado del procedimiento, sin perjuicio del pago de costas. Se considera tácito el desistimiento cuando el querellante particular no concurra sin justa causa a la audiencia correspondiente, a prestar su de-claración o cuando no presente sus conclusiones al final

de la audiencia. En los casos de incomparecencia, la justa causa deberá acreditarse, de ser posible antes del inicio de la diligencia o, en caso contrario dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes a la fecha fijada para aquella”. Tercero: Del mismo modo el artículo 487 del mismo cuerpo legal establece que “En cualquier estado de la causa, el agraviado o querellante puede desistirse o transigir, con lo que se dará por fenecido el proceso”. Cuarto: En ese entender por resolución, se ha convo-cado a las partes a juicio oral, bajo apercibimiento de declararse el desistimiento de la parte agraviada, en su calidad de querellante particular, en caso de inasisten-cia. Quinto: 5.1 Que como se advierte en la constancia de asistencia de autos, el día en que se convocó a las partes a la realización de la audiencia de ley, no asis-tieron las partes; dejándose consignada la inasistencia de las partes. 5.2 Que dado que la agraviada, a pesar de haber sido notificado con la resolución, que convo-caba a audiencia de juicio oral, conforme a los edicto de autos, no ha concurrido a la diligencia programada, conforme se tiene de la constancia del expediente, ni ha cumplido con justificar su inasistencia dentro del plazo legal, se puede concluir que su desistimiento es tácito conforme a lo dispuesto por el artículo 110° del Código Procesal Penal. Por estos fundamentos, SE RESUEL-VE: DECLARAR: 1) EL DESISTIMIENTO TÁCITO del agraviado Nicolás Espetea Arone, en su condición de querellante particular, por faltas contra la persona, en contra de Jhon Condori Huaman. 2) En consecuencia, una vez quede consentida esta resolución archívese definitivamente los actuados. Tómese razón y hágase saber. Santa Ana, 25 de abril del 2018.

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EDICTO PENAL

PROCESO NRO. 1560-2018-23-1001-JR-PE-08 INVESTIGADO: SANDRA ERIKA FLORES BAUTISTA

Ante el Octavo Juzgado de Investigación Preparatoria de Cusco que despacha el Señor Juez Dr. CARLOS ALBERTO GUTIÉRREZ HUALLPA, bajo la actuación del Especialista Judicial Abog. JONATHAN MAURIZIO HUAMÁN PILLCO, se ha dispuesto NOTIFICAR a la imputada antes citada, con el tenor de la Resolución N° 04, el extracto del requerimiento de comparecencia con restricciones, y el tenor del Acta de audiencia públi-ca de fecha 10 de mayo del año 2018, cuyo contenido, respectivamente, es el siguiente:

RESOLUCIÓN NRO. 04, Cusco, 14/05/18.- DE OFICIO: No habiéndose logrado la notificación en el domicilio real de la investigada SANDRA ERIKA FLORES BAU-TISTA, proporcionado por la representante del Ministe-rio Público, sito en “Urbanización Huancaro Grande S/N - Cusco” (...); en consecuencia, NOTÍFIQUESE a dicha investigada MEDIANTE EDICTO (...).

REQUERIMIENTO DE COMPARECENCIA CON RES-TRICCIONES.- El Primer Despacho de la Fiscalía Provincial Corporativa Especializada en Delitos de Co-rrupción de Funcionarios del Cusco solicita se DICTE MANDATO DE COMPARECENCIA CON RESTRICCIO-NES BAJO REGLAS DE CONDUCTA contra SANDRA ERIKA FLORES BAUTISTA, como CÓMPLICE PRIMA-RIO, por la comisión del delito de COLUSIÓN AGRAVA-DA, previsto en el segundo párrafo del Artículo 384° del Código Penal, en agravio del Estado.

ACTA DE AUDIENCIA, Cusco, 10/05/18.- DECLARAR FRUSTRADA la presente diligencia por inconcurrencia de los abogados defensores de las procesadas SAN-DRA ERIKA FLORES BAUTISTA y YENY GUEVARA

COTRADO (...). DISPONE encomendar la defensa de las referidas imputadas a la Defensoría Pública. Se DISPONE que se notifique con la presente resolución a las procesadas SANDRA ERIKA FLORES BAUTISTA y YENY GUEVARA COTRADO a fin de que concurran a la diligencia a programarse y además tomen conocimiento de que se ha encomendado su defensa a la Defenso-ría Pública (...). Se señala como fecha para la presen-te audiencia, el día VEINTE DE JUNIO DEL DOS MIL DIECIOCHO A LAS DOS Y TREINTA DE LA TARDE EN ESTA DÉCIMO CUARTA SALA DE AUDIENCIAS (...).Cusco, 15 de mayo del año 2017

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EDICTO PENAL

JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CANCHIS - SI-CUANI EXPEDIENTE PENAL N° 00389-2017-44-1007-JR-PE-01 JUEZ Dr. GUALBERTO SERRANO TRUJILLO

Se cita y emplaza a ALVINO JACINTO QUISPE, para que se ponga a derecho y se defienda de los cargos formulados en su contra, en el proceso penal que se le sigue, por el delito Contra la Vida, el Cuerpo y la Salud, en su modalidad de Lesiones, tipo específico LESIO-NES GRAVES CULPOSAS, en agravio de Marco Ma-mani Hivallanca, conforme lo dispuesto en la resolución N° 02 de fecha 09 de mayo del año 2018. Y comparecer a la audiencia que se llevará a cabo el día MARTES 26 DE JUNIO DEL AÑO 2018, A HORAS 09:30 DE LA MAÑANA en la Tercera Sala de Audiencias del Juzgado Unipersonal de la Provincia de Canchis - Sicuani: Asi-mismo, se notifica con un extracto de la resolución No. 02 de fecha 09 de mayo del año 2018. “1. DECLARAR POR FRUSTRADA la instalación de la audiencia de juz-gamiento por falta de notificación al acusado ALVINO JACINTO QUISPE. 2. REPROGRAMAR la instalación de juicio para el día MARTES 26 DE JUNIO DEL AÑO 2018 A LAS 09:30 HORAS DE LA MAÑANA, debiéndose NOTIFICAR al acusado mediante edictos judiciales en el diario judicial de mayor circulación durante 03 días consecutivas, asimismo se dispone que se notifique a través del número de celular que se tiene en autos. Manteniéndose los apremios dispuestos en la Res. Nro. 01, quedando notificados las partes que concurrieron a la presente audiencia”.Sicuani, 14 de mayo del 2018.

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SEÑORES: JUVENAL LLOCLLA HUILLCA. WILLIAM ORIHUELA CCORIMANYA.

La señorita Juez del Sexto Juzgado de Investigación Preparatoria del Cusco, Dra. ZULAY SÁNCHEZ FAR-FAN, en el proceso Nro 0887-2018-0-1001-JR-PE-06, seguido contra JUVENAL LLOCLLA HUILLCA, por la presunta comisión del delito contra la Fe Pública en la modalidad de Falsedad Genérica en agravio de William Orihuela Ccorimanya, ha dispuesto notificarle con la Resolución N° 01 del 05/03/18 y rs. 03 de fecha 17/04/2018 cuyo contenido es el siguiente:Resolución Nro. 01. Cusco, cinco de marzo del dos mil dieciocho.- DADO CUENTA: Con el requerimiento fiscal de Acusación directa presentado por la Fiscal Adjunta Provincial de la Segunda Fiscalía Provincial Penal Cor-

porativa de Santiago; y, SE RESUELVE: 1. CORRER TRASLADO del requerimiento acusatorio, a los demás sujetos procesales por el plazo perentorio de 10 DÍAS ÚTILES, a efectos de que puedan por escrito 1) obser-var formalmente la acusación, 2) deducir excepciones y otros medios de defensa, 3) solicitar la imposición o revocación de una medida de coerción o la actuación de prueba anticipada, 4) pedir el sobreseimiento, 5) instar la aplicación de un criterio de oportunidad (principio de oportunidad), 6) ofrecer prueba para el juicio, 7) objetar la reparación civil ofreciendo los medios de medio prue-ba pertinentes, 8) proponer los hechos que aceptan y que el Juez dará por acreditados, obviando su actuación probatoria en juicio, 9) proponer acuerdos acerca de los medios de prueba que serán necesarios para que de-terminados hechos se estimen probados, y 10) plantear cualquier otra cuestión que tienda a preparar mejor el juicio. Asimismo, conforme establece el fundamento tre-ce, segundo párrafo del Acuerdo Plenario N° 06-2010/CJ-116; la victima podrá solicitar su constitución en actor civil. (...) RESOLUCIÓN N° 03 Cusco, diecisiete de abril del año dos mil dieciocho.(...) SE RESUELVE: Declarar FRUSTRADA la instalación de la presente audiencia por devolución de las notificaciones dirigi-das al imputado y a la agraviada. REPROGRAMAR la presente audiencia para el DÍA 30 DE MAYO DEL AÑO 2018, A LAS 11:30 HORAS DE LA MAÑANA, en la Sexta Sala de Audiencias de la Corte Superior de Justicia del Cusco, precisándose que viene señalándose la fecha antes indicada de acuerdo a la agenda del juzgado y porque tiene que recabarse una cédula de notificación de la provincia de Anta; (...) HÁGASE SABER. Lo que notifico a Usted, Media Firma del Señorita Juez Dra. Zu-lay Sánchez Farfán, ante mi F. Mirian Huacac Carrillo, de que doy fe.

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EDICTO PENAL

SEÑORES: ALAN JARA UGARTE.CLAUDIA ALMIRON CCASA.

La señorita Juez del Sexto Juzgado de Investigación Preparatoria del Cusco, Dra. ZULAY SÁNCHEZ FAR-FAN, en el proceso Nro 02876-2018-0-1001-JR-PE-06, seguido contra ALAN JARA UGARTE, por la presunta comisión del delito contra la vida el Cuerpo y la Salud en la Modalidad de Lesiones sub tipo Lesiones Físicas Leves por Violencia Familiar Mutuas en agravio de CLAUDIA ALMIRON CCASA, ha dispuesto notificarle con la Resolución N° 01 del 08/05/18 cuyo contenido es el siguiente:Resolución Nro. 01. Cusco, Ocho de Mayo del año dos mil dieciocho.(...)SE RESUELVE: 1. CORRER TRASLA-DO del requerimiento acusatorio, a los demás sujetos procesales por el plazo perentorio de 10 DÍAS ÚTILES, a efectos de que puedan por escrito 1) observar for-malmente la acusación, 2) deducir excepciones y otros medios de defensa, 3) solicitar la imposición o revo-cación de una medida de coerción o la actuación de prueba anticipada, 4) pedir el sobreseimiento, 5) instar la aplicación de un criterio de oportunidad (principio de oportunidad), 6) ofrecer prueba para el juicio, 7) obje-tar la reparación civil ofreciendo los medios de medio prueba pertinentes, 8) proponer los hechos que aceptan y que el Juez dará por acreditados, obviando su actua-ción probatoria en juicio, 9) proponer acuerdos acerca de los medios de prueba que serán necesarios para que determinados hechos se estimen probados, y 10) plan-tear cualquier otra cuestión que tienda a preparar mejor el juicio. Asimismo, conforme establece el fundamento trece, segundo párrafo del Acuerdo Plenario N° 06-2010/CJ-l 16; la victima podrá solicitar su constitución

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La República 7SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCOLunes, 21 de mayo del 2018

en actor civil. 2. DESIGNAR abogado de oficio, para que asuma la defensa del acusado ALAN JARA UGARTE, al no contar con defensa técnica, para ello, NOTIFÍQUESE a la Coordinación de la Defensoría Pública adjuntando copia de actuados, a efectos de que proceda con la de-signación del número necesario de defensores públicos para ejercer la defensa del acusado(s), debiendo el de-fensor público asignado proceder a su apersonamiento inmediato. 3. CITAR para el día VEINTE DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO a las DOCE HORAS CON TREINTA MINUTOS (hora exacta) la realización de la audiencia preliminar de control de acusación en la Sexta Sala de Audiencias de los Juzgados de Investigación Preparatoria de Cusco, ubicado en el inmueble N° 239 de la avenida el Sol de ésta ciudad, Corte Superior de Justicia del Cusco, la que se realizará con la presen-cia obligatoria del Fiscal y el abogado del acusado; (...) HÁGASE SABER. Lo que notifico a Usted, Media Firma del Señorita Juez Dra. Zulay Sánchez Farfán, ante mi F. Mirian Huacac Carrillo, de que doy fe.

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CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE PUNO

JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE LA PROVINCIA DE MELGAR -AYAVIRI

EDICTO JUDICIAL

El señor Juez del JUZGADO PENAL UNIPERSONAL de la Provincia de Melgar - Ayaviri Dr. EDWIN HUGO QUISPE VARGAS, por medio del presente NOTIFICA A LOS AGRAVIADOS: KEVIN PAÚL CHAMBI MAMANI y ANGELES BEATRIZ PUMA MAMANI; con el contenido de la resolución número uno, de fecha treinta de abril del año dos mil dieciocho, mediante la cual se CITA A LA AUDIENCIA DE JUICIO ORAL, fecha y hora para la realización de la Audiencia de Juicio Oral, para el día martes CUATRO DE SETIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO, A HORAS NUEVE DE LA MAÑANA, audiencia a llevarse a cabo en el Salón de Audien-cias del Juzgado Penal Unipersonal de la Provincia de Melgar - Ayaviri, ello ordenado en el proceso penal N° 00083-2014-5-2108-JR-PE-01, seguido en contra de Claudio Lope Mamani, por la presunta comisión del deli-to contra la vida el cuerpo y la salud, en la modalidad de homicidio, en su forma de homicidio culposo agravado por resultar de la inobservancia de reglas técnicas de transito y otros, en agravio de los sucesores legales de Teodoro Navarro Centeno. Secretario Jurisdiccional: PABLO VALERIANO CHUI.Ayaviri, 30 de abril de 2018.

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EDICTO JUDICIAL

Ante el Juzgado Mixto y Penal Liquidador de Anta, des-pachado por el Juez Mario Sota Alvarez, bajo la actua-ción de la Especialista Legal Irma G. Cutipa Gonzales se tramita el Proceso N° 00355-2014-0-1004-JM-FT -01, en la que se resuelve NOTIFICAR POR EDICTOS a la agraviada ROXANA HUISARAYME HUAMAN el con-tenido de la resolución N° 10 del 25 de abril del 2018 que resuelve: 1) Dar por CONTESTADO el traslado con-ferido a la letrada KELLY VARGAS USCAMAYTA en su condición de CURADORA PROCESAL del demandado CARLOS ALBERTO PIMENTEL GRIMALDO en los tér-minos expuestos. A LOS MEDIOS PROBATORIOS: Por

ofrecidos. A LOS ANEXOS: Por adjuntados. AL PRIN-CIPAL: Por apersonada con el DOMICILIO PROCESAL señalado en la Casilla Electrónica N° 59478 donde se le hará llegar las notificaciones posteriores. Respecto al otro domicilio precisado, téngase en cuenta solo de ser necesario. 2) NOTIFICAR por edictos a la agraviada ROXANA HUISARAYME HUAMAN con el contenido de la presente resolución, en el diario de mayor circulación de Cusco por tres días consecutivos; para tal efecto gírese oficio a la Oficina de Servicios Judiciales de la Corte Superior de Justicia de Cusco. 3) FIJAR el ve-rificativo de la AUDIENCIA ÚNICA, acto procesal que tendrá lugar según la agenda del Juzgado, el SIETE DE JUNIO DEL 2018, a las ONCE HORAS CON TREINTA MINUTOS, en el despacho judicial del Juzgado Mixto y Penal Liquidador de la Provincia de Anta, ubicado en la plaza cívica, llevándose a cabo con la parte que con-curra, debiendo la representante del Ministerio Público asistir a la audiencia bajo responsabilidad funcional. Lo que se publica para los fines pertinentes.Anta, 09 de mayo del 2018.

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EDICTO JUDICIAL

Ante el Juzgado Mixto y Penal Liquidador de Anta, des-pachado por el Juez Mario Sota Alvarez, bajo la actua-ción de la Especialista Legal Irma G. Cutipa Gonzales se tramita el Proceso N° 00259-2015-0-1004-JM-FT-01, en la que se resuelve NOTIFICAR POR EDICTOS a la agraviada CARMEN ROSA GUEVARA HUILLCA por de-recho propio y en representación de la menor TREIZY MAYARA MAMANI GUEVARA la resolución N° 11 por el que se resuelve: 1. Dar por CONTESTADO el traslado conferido a la letrada KELLY VARGAS USCAMAYTA en su condición de CURADORA PROCESAL del deman-dado PERCY RAÚL MAMANI QUISPE en los términos expuestos. A LOS MEDIOS PROBATORIOS: Por ofreci-dos. A LOS ANEXOS: Por adjuntados. AL PRINCIPAL: Por apersonada con el DOMICILIO PROCESAL señala-do en la Casilla Electrónica N° 59478 donde se le hará llegar las notificaciones posteriores. Respecto al otro domicilio precisado (Oficina N° 06), téngase en cuenta solo de ser necesario. 2. NOTIFICAR por edictos a la agraviada CARMEN ROSA GUEVARA HUILLCA quién actúa por derecho propio y en representación de la me-nor TREIZY MAYARA MAMANI GUEVARA con el con-tenido de la presente resolución, en el diario de mayor circulación de Cusco por tres días consecutivos; para tal efecto gírese oficio a la Oficina de Servicios Judiciales de la Corte Superior de Justicia de Cusco. 3. FIJAR el verificativo de la AUDIENCIA ÚNICA, acto procesal que tendrá lugar según la agenda del Juzgado, el SIETE DE JUNIO DEL 2018, a las DIEZ HORAS CON TREINTA MINUTOS, en el despacho judicial del Juzgado Mixto y Penal Liquidador de la Provincia de Anta, ubicado en la plaza cívica, llevándose a cabo con la parte que con-curra, debiendo la representante del Ministerio Público asistir a la audiencia bajo responsabilidad funcional. Lo que se publica para los fines pertinentes.Anta, 09 de mayo del 2018.

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NOTIFICACIÓN VÍA EDICTO

A LA PERSONA DE PABLO LEDESMA PACHECO CCAIPANE

Ante el Juzgado de Paz Letrado e Investigación Prepa-

ratoria de Maranura que despacha el Juez Supernume-rario Francisco Ponce Atencio, bajo la actuación de la Especialista de Juzgado Betsy Roció Séneca Condori, se viene tramitando el Proceso Penal signado con el Nro.90-2017-NCPP, seguido contra PABLO LEDESMA PACHECO CCAIPAME, por la presunta comisión del Delito contra el patrimonio en su modalidad de DAÑO SIMPLE, en agravio de Nelly Romero Florez, en la cual se ha dispuesto la notificación vía edicto al imputado PABLO LEDESMA PACHECO CCAIPAME. a fin de que concurra con su abogado de su libre elección a LA AU-DIENCIA DE INCOACIÓN DE PROCESO INMEDIATO REPROGRAMADA PARA EL DÍA 28 DE MAYO DEL DOS MIL DIECIOCHO A LAS TRES DE LA TARDE en el Juzgado de Paz Letrado e Investigación Preparato-ria de Maranura, bajo apercibimiento de designarse un defensor de oficio.Maranura, 16 de Enero del 2018

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EDICTO PENAL

SEÑORES: JULIA LLACMA GUEVARA RED RONALD HUAMAN HUILLCA.

La señorita Juez del Quinto Juzgado de Investigación Preparatoria del Cusco, Dra. SANDRA NATALY VILLA HUMPIRI, en el proceso Nro 02564-2018-0-1001-JR-PE-05, seguido contra JULIA LLACMA GUEVARA Y RED RONALD HUAMAN HUILLCA, por la presunta co-misión del delito contra la vida el Cuerpo y la Salud en la Modalidad de Lesiones sub tipo Lesiones Físicas Leves por Violencia Familiar Mutuas en agravio de JULIA LLA-CMA GUEVARA Y RED RONALD HUAMAN HUILLCA, ha dispuesto notificarle con la Resolución N° 01 del 30/04/18 cuyo contenido es el siguiente:

Resolución Nro.01. Cusco, treinta de abril del año dos mil dieciocho. DADO CUENTA: Con el requerimiento fiscal de Acusación directa presentado por la Fiscal encargada del caso; y, CONSIDERANDO: (...) SE RE-SUELVE: 1. CORRER TRASLADO del requerimiento acusatorio, a los demás sujetos procesales por el plazo perentorio de 10 DÍAS ÚTILES, a efectos de que pue-dan por escrito 1) observar formalmente la acusación, 2) deducir excepciones y otros medios de defensa, 3) solicitar la imposición o revocación de una medida de coerción o la actuación de prueba anticipada, 4) pedir el sobreseimiento, 6) ofrecer prueba para el juicio, 7) objetar la reparación civil ofreciendo los medios de medio prueba pertinentes, 8) proponer los hechos que aceptan y que el Juez dará por acreditados, obviando su actuación probatoria en juicio, 9) proponer acuerdos acerca de los medios de prueba que serán necesarios para que determinados hechos se estimen probados, y 10) plantear cualquier otra cuestión que tienda a pre-parar mejor el juicio. Asimismo, conforme establece el fundamento trece, segundo párrafo del Acuerdo Ple-nario N° 06-2010/CJ-116; la victima podrá solicitar su constitución en actor civil. (...). 3. CITAR para el día DIE-CINUEVE DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL DD3CIOCHO a las QUINCE HORAS (hora exacta) la realización de la audiencia preliminar de control de acusación direc-ta en la OCTAVA SALA de Audiencias de los Juzgados de Investigación Preparatoria de Cusco, ubicado en el inmueble N° 239 de la avenida el Sol de ésta ciudad, Corte Superior de Justicia del Cusco, la que se realizará con la presencia Obligatoria del Fiscal y el abogado del acusado; (...) HÁGASE SABER. Lo que notifico a Usted, Media Firma del Señorita Juez Dra. SANDRA NATALY VILLA HUMPIRI, ante mi F. Mirian Huacac Carrillo, de que doy fe.

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EDICTO PENAL

SEÑOR: YURI FRANCISCO BACA PALIZA MICHAEL ANDRÉS VILCAPOMA PALIZA

El señor Juez del Tercer Juzgado de Investigación Pre-paratoria del Cusco, Dr. GUIDO CASTILLO LIRA, en el proceso Nro 03301-2017-75-1001-JR-PE-03, seguido contra YURI FRANCISCO BACA PALIZA Y MICHAEL ANDRÉS VILCAPOMA PALIZA, por la presunta comi-sión del delito contra el Patrimonio en la modalidad de HURTO sub tipo HURTO AGRAVADO en agravio de la CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CRÉDITO AREQUI-PA, ha dispuesto notificarle con la Resolución N° 01 del 03/05/18 cuyo contenido es el siguiente:Resolución Nro. 01. Cusco, tres de mayo. Del año dos mil dieciocho. DADO CUENTA: Con el requerimiento fis-cal de Acusación presentado por el Fiscal Provincial Pe-nal de la Primera Fiscalía Provincial de Wanchaq; y, SE RESUELVE: 1. CORRER TRASLADO del requerimiento acusatorio, a los demás sujetos procesales por el plazo perentorio de 10 DÍAS ÚTILES, a efectos de que pue-dan por escrito 1) observar formalmente la acusación, 2) deducir excepciones y otros medios de defensa, 3) solicitar la imposición o revocación de una medida de coerción o la actuación de prueba anticipada, 4) pedir el sobreseimiento, 5) instar la aplicación de un criterio de oportunidad (principio de oportunidad), 6) ofrecer prue-ba para el juicio, 7) objetar la reparación civil ofreciendo los medios de medio prueba pertinentes, 8) proponer los hechos que aceptan y que el Juez dará por acreditados, obviando su actuación probatoria en juicio, 9) proponer acuerdos acerca de los medios de prueba que serán necesarios para que determinados hechos se estimen probados, y 10) plantear cualquier otra cuestión que tienda a preparar mejor el juicio. 2. CITAR para el día VEINTE DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO a las CATORCE HORAS CON TREINTA MINUTOS (hora exacta) la realización de la audiencia preliminar de con-trol de acusación en la NOVENA Sala de Audiencias de los Juzgados de Investigación Preparatoria de Cusco, ubicado en el inmueble N° 239 de la avenida el Sol de ésta ciudad, Corte Superior de Justicia del Cusco, la que se realizará con la presencia obligatoria del Fiscal y el abogado del acusado. HÁGASE SABER. Lo que notifico a Usted, Media Firma del Señor Juez Dr. GUIDO CASILLO LERA, ante mi F. Mirian Huacac Carrillo, de que doy fe.

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EDICTO PENAL

SEÑORES: GERARDO USCAMAYTA QUISPE JULIA QUISPETUPA ROJAS

El señor Juez del Tercer Juzgado de Investigación Pre-paratoria del Cusco, Dr. GUIDO CASTILLO LIRA, en el proceso Nro 02740-2018-0-1001-JR-PE-03, seguido contra GERARDO USCAMAYTA QUISPE, por la pre-sunta comisión del delito contra la vida el Cuerpo y la Salud en la Modalidad de Lesiones sub tipo Lesiones Físicas Leves por Violencia Familiar Mutuas en agravio de JULIA QUISPETUPA ROJAS, ha dispuesto notificarle con la Resolución N° 01 del 30/04/18 cuyo contenido es el siguiente:Resolución Nro.01. Cusco, treinta de abril. Del año dos mil dieciocho. DADO CUENTA: Con el requerimiento fiscal de Acusación directa presentado por la Fiscal en-cargada del caso; y, (...) SE RESUELVE: 1. CORRER TRASLADO del requerimiento acusatorio, a los demás

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La República8 SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO Lunes, 21 de mayo del 2018

sujetos procesales por el plazo perentorio de 10 DÍAS ÚTILES, a efectos de que puedan por escrito 1) obser-var formalmente la acusación, 2) deducir excepciones y otros medios de defensa, 3) solicitar la imposición o revocación de una medida de coerción o la actuación de prueba anticipada, 4) pedir el sobreseimiento, 6) ofre-cer prueba para el juicio, 7) objetar la reparación civil ofreciendo los medios de medio prueba pertinentes, 8) proponer los hechos que aceptan y que el Juez dará por acreditados, obviando su actuación probatoria en juicio, 9) proponer acuerdos acerca de los medios de prueba que serán necesarios para que determinados hechos se estimen probados, y 10) plantear cualquier otra cuestión que tienda a preparar mejor el juicio. Asimismo, con-forme establece el fundamento trece, segundo párrafo del Acuerdo Plenario N° 06-2010/CJ-116; la victima podrá solicitar su constitución en actor civil. (...) 3. CI-TAR para el día ONCE DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO a las DIECISUSS HORAS (hora exacta) la realización de la audiencia preliminar de control de acusación directa en la NOVENA SALA de Audiencias de los Juzgados de Investigación Preparatoria de Cus-co, ubicado en el inmueble N° 239 de la avenida el Sol de ésta ciudad, Corte Superior de Justicia del Cusco, la que se realizará con la presencia obligatoria del Fiscal y el abogado del acusado. (...). HÁGASE SABER. Lo que notifico a Usted, Media Firma del Señor Juez Dr. GUIDO CASILLO LIRA, ante mi F. Mirian Huacac Carrillo, de que doy fe.

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EDICTO PENAL

SEÑOR: AVELINO FLORES AIQUI

El señor Juez del Primer Juzgado Penal Unipersonal del Cusco, Dr. Ignacio Francisco de Sales Ortega Mateo, en el proceso Nro. 156-2015-41-1001-JR-PE-02, seguido contra AVELINO FLORES AIQUI, por el delito de Aten-tados contra Monumentos Arqueológicos y Alteración de Bienes del Patrimonio Cultural Prehispánico en agravio del Estado Peruano representado por el Procurador Pu-blico del Ministerio de Cultura, bajo la actuación de la especialista Judicial Abog. Johana Cecilia Carbajal Ca-saverde, se le ha dispuesto notificar con la Resolución N° 01 del 14/12/2017 cuyo contenido es el siguiente:

AUTO DE CITACIÓN A JUICIO ORAL

Resolución Nro. 01Cusco, catorce de diciembre del año dos mil diecisiete.-

VISTO los actuados judiciales remitido por el Primer Juzgado de Investigación Preparatoria del Cusco y, CONSIDERANDO:PRIMERO: El Juez Penal del Primer Juzgado de In-vestigación Preparatoria de Cusco, ha cumplido con lo dispuesto en los artículos 351°, 352° y 353° del Código Procesal Penal, esto es, que ha efectuado el control de la acusación en la audiencia preliminar emitiendo el Auto de Enjuiciamiento respectivo. SEGUNDO: El delito ma-teria de juzgamiento por este Juzgado Unipersonal es el delito contra el Patrimonio Cultural en su modalidad de Excavación de Monumento Arqueológico Prehispánico y Alteración de Bienes del Patrimonio Cultural Prehis-pánico, seguido contra AVELINO TORRES AIQUI, como autor, previsto y sancionado en el artículo 226° y 228° del Código Penal (Concurso ideal de delitos) en agravio del Estado Peruano representado por la Procuraduría Pública a cargo de los asuntos judiciales del Ministerio de Cultura, siendo este Juzgado Unipersonal compe-tente a tenor de lo dispuesto en el artículo 28, numeral 2) del Código Procesal Penal, y conforme al estado del

presente proceso de conformidad a lo dispuesto en el artículo 355° de la norma acotada, SE RESUELVE:1.- CITAR A JUICIO ORAL para el día VEINTICUATRO DE SETIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO, a ho-ras DIEZ DE LA MAÑANA, (hora exacta) en la DECIMA SALA de audiencias del Módulo Penal, ubicado en el tercer nivel del Palacio de Justicia del Cusco, la audien-cia de instalación de juicio es inaplazable, conforme lo dispone al Articulo 355 inciso 6) del Código Procesal Pe-nal; acto al cual comparecerá obligatoriamente el acu-sado AVELINO TORRES AIQUI para cuyo efecto NOTI-FÍQUESELE respectivamente en su domicilio procesal, sin perjuicio de ser emplazado en su domicilio real en calle Suarez S/N del distrito de San Jerónimo - Cusco, asistidos por el Abogado de su elección o el defensor de oficio que se le designe oportunamente. En caso que alguna de las partes (Ministerio Público, parte agravia-da o defensa de la parte acusada) conozca una nueva dirección domiciliaria de la parte acusada debe hacerla saber por escrito al Juzgado, bajo responsabilidad. La citación a la parte acusada es bajo apercibimiento en caso de inconcurrencia de declarársele CONTUMAZ y disponerse su conducción compulsiva por la fuerza pú-blica, conforme lo dispone el Articulo 355 inciso 4) del Código Procesal Penal. (....,) 2.4.- Designar: como abo-gado del acusado ABG. MAURO MENDOZA DELGADO, con CAC. N° 3187, con casilla electrónica N° 17101, Cel. 984666185, con domicilio procesal en la calle Aya-cucho 236 Ofc. 207 -A; bajo apercibimiento de ser ex-cluido de la defensa y reemplazado en caso de inconcu-rrencia injustificada a dos sesiones consecutivas o tres sesiones no consecutivas, sin perjuicio en ambos casos de que a la segunda sesión se disponga la intervención de otro abogado Defensor de Oficio conforme dispone el artículo 359 inciso 5 del Código Procesal Penal (....) 4.- PÓNGASE a disposición del MINISTERIO PÚBLICO y los SUJETOS PROCESALES el EXPEDIENTE JUDI-CIAL por el plazo de cinco días en secretaria del Juzga-do, a efecto de su revisión, eventual solicitud de copias simples o certificadas y/o para instar la incorporación de alguna pieza o la exclusión de alguna que no corres-ponde incorporar contempladas en el artículo 136 del Código Procesal Penal. 7.- NOTIFÍQUESE la presente resolución a los sujetos procesales

J. S (18, 21, 22 MAY)

EDICTO PENAL

EXPEDIIENTE : 000786-2017-0-1015-JR-PE-01 JUEZ : ALICIA VARGAS LEÓN ESPECIALISTA : LISBETH MENDOZA GONZALES

EL SEÑOR JUEZ DEL JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE LA PROVINCIA DE URUBAMBA - CUSCO EMITE:

SEÑOR JUEZ DEL JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE URUBAMBA: ROSARIO CORNEJO CABRERA, Fiscal Provincial de la Segunda Fiscalía Provincial Penal de Urubamba, (…..) Resolución Nro.: 04 Urubamba, diez de mayo del dos mil dieciocho.-PARTE CONSIDERATIVA: Queda registrado en audio.PARTE RESOLUTIVA: Se transcribe: Por lo preceden-temente expuesto, SE RESUELVE: Declarar FRUSTRA-DA la presente audiencia , señalándose fecha para el día VEINTE DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO a horas NUEVE DE LA MAÑANA, la misma que se verifi-cara en la Sala de Audiencias del Juzgado de Investiga-ción Preparatoria de Urubamba, en este acto se notifica a las partes concurrentes, se dispone la notificación del procesado mediante edictos, con copia de la presente acta de audiencia y el requerimiento de incoación de proceso inmediato; subsistiendo los apercibimientos de-

cretados en autos.Urubamba, 16 de mayo del 2018.

J. S (18, 21, 22 MAY)

EDICTO JUDICIAL

1o JUZ. DE INVES. PREPARATORIA- Sede EspinarEXPEDIENTE : 00306-2016-90-1009-JR-PE-01JUEZ :ESTEBAN FREDDY ACHOMA TITOESPECIALISTA :WALTER KANA CHILO

Se pone en conocimiento del señor PERCY IVAN RO-JAS GAMARRA, que la Fiscalía Provincial Penal de Es-pinar, ha requerido SOBRESEIMIENTO a favor PERCY IVAN ROJAS GAMARRA, por el delito contra el Patri-monio en su modalidad de ESTAFA, previsto y sancio-nado en el artículo 196° del Código Penal, en agravio de María Salome Hacha Cuti viuda de Valer; asimismo, se pone en su conocimiento la RESOLUCIÓN N° 01 de fecha quince de Enero del año dos mil dieciocho, mediante el cual que dispone: “CÓRRASE TRASLADO a los demás sujetos procesales por el plazo perento-rio de 10 DÍAS ÚTILES a efectos de que puedan por escrito formular oposición debidamente fundamentado, bajo sanción de inadmisibilidad e incluso podrán soli-citar la realización de actos de Investigación adiciona-les, indicando su objeto y los medios de investigación que considere procedentes; todo ello con el objeto de ser debatido en la audiencia preliminar de control de sobreseimiento y conforme a lo previsto en el articulo 345.3° del CPP, REQUIÉRASE al imputado para que en el plazo de veinticuatro horas de notificado , cumpla con designar a su abogado defensor de elección , bajo aper-cibimiento de designársele Defensor Público, en caso de incumplimiento..,..”Espinar, 10 de Mayo del 2018.

J. S (18, 21, 22 MAY)

EDICTO JUDICIAL

SEÑORES:HEREDEROS LEGALES DE LA QUE EN VIDA FUE OC-TAVIO CHOQUE ACHAHUANCO.

Que ante el Juzgado Civil de la Provincia de Canchis - Sicuani, despachado por la señorita Juez Liliam Selene Monasterio Alarcón y bajo actuación de la secretaria ju-dicial Indyra Raysha Paredez Sanca, se viene tramitan-do el PROCESO CIVIL NRO. 75-2015-CI, en el cual se ha dispuesto la publicación de las Resoluciones N° 02 y 19 vía edicto judicial el cual es como sigue: RESOLU-CIÓN N° 02.- SE RESUELVE: ADMITIR a trámite en la Vía del PROCESO CONOCIMIENTO la demanda inter-puesta por FELICIANO CHOQUE ACHAHUANCO con-tra OCTAVIO CHOQUE ACHAHUANCO, YURI OLIVE-RA TRIVEÑO Y ROSA VICENTINA CCAHUATA CUTIRE DE OLIVERA, sobre NULIDAD DE ACTO JURIDICO del documento que lo contiene testimonio de compra y ven-ta de fecha 15 de noviembre del año dos mil catorce, por la causal: 1) Falta de Manifestación de Voluntad. 2) Objeto Físicamente y Jurídicamente Imposible, en con-secuencia CÓRRASE TRASLADO a la demandada por el plazo de TREINTA DÍAS improrrogables, bajo aperci-bimiento de declarársele rebelde. A AL OTROSI DIGO: Téngase por ofrecido los medios probatorios de las re-currentes, los que serán merituados en su oportunidad procesal. AL SEGUNDO OTROSI DIGO: agregúese a sus antecedentes. A LOS ANEXOS: Agregúese a sus antecedentes los anexos que acompaña. Reasumiendo sus funciones el secretario cursor después de su licen-cia por salud, dando cuenta a la fecha por disposición

del superior.-H.S.RESOLUCIÓN N° 19.- SE DISPONE: 1.- Notificar a la sucesión de QEVF Octavio Choque Achahuanco me-diante edictos por tres veces. A efecto de que su suce-sión se apersone al proceso dentro de los treinta días de notificado bajo apercibimiento de designarse curador procesal. 2. Suspender el trámite del proceso hasta que se emplace a la sucesión procesal de QEVF Octavio Choque Achahuanco mediante edictos y estos se aper-sonen al proceso.

Lo que se publica para los fines de Ley.

Sicuani, 09 de abril del 2018.

INDYRA RAYSA PAREDEZ SANCASECRETARIA JUDICIAL

P. 6725220 F. (21, 22, 23 MAY)

EDICTO JUDICIAL

1o Juzgado de Paz Letrado de Wanchaq, Expediente N° 00821-2018-0-1001-JP-CI-01, Materia RECTIFICA-CION DE PARTIDA DE NACIMIENTO, bajo la dirección de la Sra. Juez Maridaren Ascue Lovón, la actuación del Secretario Judicial Ciro Chuquimago Mamani, la recu-rrente DANIELA FLOREZ CALLAHUI, viene solicitando la Rectificación de la Partida de Nacimiento de su menor hija Angely Daniela Ormachea Flórez donde se consig-na el nombre de la recurrente como Danny Flórez Ca-llahui debiendo ser lo correcto “Daniela Flórez Callahui”. Publicación que se realiza de acuerdo a ley.

Wanchaq, 17 de mayo del 2018.

CIRO CHUQUIMAGO MAMANISECR ETARIO MJUDICIAL

P. 6725301 F. (21 MAY)

EDICTOS

Ante el Segundo Juzgado Civil del Cusco que despacha el señor Juez Dr. Eliot Zamalloa Cornejo, bajo la actua-ción de la Especialista Legal Saida Chiun Manco, se vie-ne tramitando el Expediente Nro 00382-2018-0-1001-JR-CI-02 seguido por PERCY HUANCA NINA y BERTHA CHOQQUE QUISPE, quienes solicitan CAMBIO DE NOMBRE (consistente en el cambio y adición de su nombre de pila de su menor hijo consignado como Ne-ymar, por el de “Yuver Andry”, debiendo quedar como “YUVER ANDRY HUANCA CHOQQUE” en su partida de nacimiento de fecha 3 de julio del 2015 inscrita en el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil RENIEC); se efectúa la presente publicación para fines consiguientes. Señor Juez Dr. Eliot Zamalloa Cornejo. Especialista Legal Saida Chiun Manco.-

Cusco, 17 de Mayo del 2018.-

SAIDA CHIUN MANCOESPECIALISTA LEGAL

P. 6725310 F. (21 MAY)

EDICTO

En el Primer Juzgado de Paz Letrado del Distrito de Santiago, que despacha la Señora Juez Doctora Basi-liska Dueñas Zuñiga, bajo la actuación de la Especia-

Page 9: CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DEL CUSCO · tramitado en el Cuarto Juzgado Civil de Cusco, a cargo de la Señora Juez, Pérez Carlos Fanny Lupe, siendo ... REQUERIMIENTO FISCAL: Que,

La República 9SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCOLunes, 21 de mayo del 2018

lista Legal Carmen Rosa Delgado Sánchez, en el Pro-ceso Nro. 0299-2018-0-1018-JP-CI-01, se ha dispuesto notificar con la siguiente resolución: Resolución Nro. 01.- Santiago, 20 de abril del 2018.-(...) SE RESUELVE: ADMITIR a trámite la solicitud presentada por ROBERT FELIPE PORTUGAL REVILLA sobre SUCESIÓN IN-TESTADA de quien en vida fuera su cónyuge TERESA JESUS CASANOVA CONCHA DE PORTUGAL; debien-do sustanciarse en la vía del proceso NO CONTENCIO-SO, en consecuencia en aplicación de lo dispuesto en los artículos 832 y siguiente del Código Procesal Civil, SE DISPONE la notificación de la solicitud a la Benefi-cencia Pública y al Ministerio Publico, la anotación de la solicitud en el Registro de Sucesión Intestada y el Re-gistro de Mandatos y Poderes así como la publicación de un extracto de la solicitud en el diario de los anuncios judiciales y en otro de amplia circulación (...). Lo que se publica para fines de ley.

Santiago, 15 de mayo del 2018

CARMEN ROSA DELGADO SANCHEZSECRETARIA JUDICIAL

P. 6726334 F. (21, 22, 23 MAY)

EDICTO JUDICIAL

Se hace saber, que el señor Juez del Segundo Juzgado Civil del Cusco Eliot A.Zamalloa Cornejo, bajo la actuación del Especialista Legal David Américo OliveraSarmiento, en el Expediente N° 00703-2018-0-1001-JR-CI-02 en los seguidos por LEONORBALLON DE LENCINAS, en contra de SONIA MERCE-DES LENCINAS BALLON, JEREMEELSELENE LENCINAS CABRERA heredera de CARLOS EDUARDO LENCINAS BALLON, BEATRIZROXANA LENCINAS BALLON, BETSABE ELINOR LENCINAS BALLON,DANIEL GUILLERMOLENCINAS BALLON, CARLOS FERNANDO LENCINAS YAÑEZ, CAROLINA GIOVANNALENCINAS YAÑEZ, CARLA PAOLA LENCINAS YAÑEZ, CESAR BLANCO ALVAREZ, MONICAMARIBEL GOMEZ CAMPOS y ANGELICA ÑAHUI RO-JAS, sobre NULIDAD DE ACTOJURIDICO Y DEL DOCUMENTO QUE LO CONTIENE DE LAS ESCRITURA PUBLICA DEANTICIPO DE LEGITIMA; y, acumulativamente, NULI-DAD DE ACTO JURIDICO Y DELDOCUMENTO QUE LO CONTIENE DE LAS ESCRITU-RAS PUBLICAS DE COMPRA VENTA DEDERECHOS Y ACCIONES DE BIEN INMUEBLE; ha dis-puesto la publicación del siguientemandato judicial: Resolución N° 02.- Cusco, once de Mayo de dos mil dieciocho.- SERESUELVE: ADMITIR A TRAMITE en la VÍA DEL PRO-CESO DE CONOCIMIENTO la demandainterpuesta; en tal virtud, CORRASE TRASLADO a los demandados por el plazo deTREINTA DÍAS, bajo apercibimiento de ser declarados rebeldes.- MEDIOSPROBATORIOS: Téngase por ofrecidos los medios pro-batorios indicados.- AL OTROSIDIGO: Apareciendo de la demanda que han sido de-mandados más de diez personas,por lo DISPONGASE su notificación mediante edictos mediante el Diario Judicial delCusco, precisándose que debe notificarse indistinta-mente en forma regular a dos delos demandados en su domicilio real señalado.- H.S.- Resolución N° 03.- Cusco,dieciséis de Mayo dé dos mil dieciocho.- VISTOS: Con-siderando que en elautoadmisorio de demanda se ha consignado errónea-

mente el nombre deldemandado Carlos Fernando Lencinas Bailón, por lo que corríjase dicho extremo,debiendo tenerse como correcto el de CARLOS FER-NANDO LENCINAS YAÑEZ.- H.SMedia firma y sello del señor Juez.- Media firma y sello del Especialista Legal.

Cusco, 16 de Mayo de 2018.

DAVID AMERICO OLIVERA SARMIENTOSECRETARIO JUDICIAL DEL SEGUNDOJUZGADO CI VIL DE C USCO

P.6726426 F. (21, 22, 23 MAY)

EDICTO JUDICIAL

La señora Juez del Juzgado Mixto Itinerante de Uru-bamba, Dra. Melody Contreras Barineza, en el Proceso Civil Nro.34-2018-0-1015-JM-CI -01, ha dispuesto la notificación con la resolución 01 de fecha 02 de Mayo del 2018 (Autoadmisorio) que ordena la notificación por edictos en el Diario Oficial el Peruano y en el Diario Ju-dicial el Cusco por tres dias... “RESUELVE: ADMITIR la demanda sobre PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE PROPIEDAD del predio rural denominado Huayoccari Bajo, identificado como parcela numero 64, ubicado en el Centro Poblado de Huayoccari, del distrito de Huayllabamba, provincia de Urubamba, departamento de Cusco, de una extensión de 3,126.00 m2 y 220.50 mi; presentada por el actor CRISTÓBAL RAMOS CON-CHA; la misma que se tramitará en la vía del proceso ABREVIADO. CÓRRASE traslado de la demanda a los demandados SERAPIO QUISPE TEJADA, NATIVIDAD PEDRAZA PALMA, HILARIO QUISPE TEJADA Y MI-RIAM RAMOS OLIVERA, quienes en el plazo de DIEZ DÍAS contados desde el día siguiente de su notificación con la demanda y anexos, deben cumplir con absolver la demanda, bajo apercibimiento de ser declarados re-beldes. CITAR a LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE HUAYLLABAMBA Y AL PROCURADOR PÚBLICO DEL MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIÓN, quienes deben ser notificados con la demanda y anexos en sus domicilios legales, para los fines de ley. CITAR a los COLINDANTES del predio rural Huayoccari Bajo, Víctor Mora Moscoso, Antonia Ramos viuda de Moscos y Ángel Gibaja Rivera, quienes deben ser notificados con la demanda y anexos en los domicilios consigna-dos en la demanda, para los fines de ley. TENGASE por ofrecidos los medios probatorios que se indican, reser-vándose su admisión y actuación en la etapa procesal correspondiente. AGREGUESE a sus antecedentes los anexos de la referencia. CÚMPLASE con realizar la pu-blicación del extracto de ésta resolución por tres veces, en la forma prevista en los artículos 167 y 168 del Códi-go Procesal Civil, ello a costa del actor, quien para fines de recabar el edicto correspondiente, debe apersonarse al local del Juzgado (Secretaría) en horas de oficina, los días lunes, miércoles, jueves o viernes de cada sema-na, en atención a la labor de itinerancia que cumple el Juzgado. H.S. Secretaria Judicial Milagros Paz Chuspe.

Urubamba, 16 de Mayo del año 2018

MILAGROS PAZ CHUMPESECRETARIA JUDICIAL

P. 6727640 F. (21,25, 31 MAY)

NOTIFICACIÓN POR EDICTOS

Por ante este Despacho Judicial del Segundo Juzgado

Mixto de Santiago, judicado por el señor Juez doctor Luis Alberto López Trelles, y bajo la gestión procesal del Especialista Legal Abog. Alberto Leiva Villavicencio, Ex-pediente Nro. 914-2018-0-1018-JM-CI-02, se ha dictado la siguiente resolución: Resolución Nro. Uno, de fecha veintiuno de junio del dos mil once : SE RESUELVE : ADMITIR a trámite la solicitud de Autorización Judicial, en la VÍA DEL PROCESO NO CONTENCIOSO realiza-da por MIJAEL KEVIN CALACHAHUI UNZUETA, sobre CAMBIO DE NOMBRE, para que en lo posterior se identifique como NATHANIEL PHILIP CHARLES JACOB ROTHSCHILD R. ; en consecuencia: FIJESE fecha para la AUDIENCIA DE ACTUACIÓN Y DECLARACIÓN JU-DICIAL, que se llevará a cabo en la Sala de Audiencias del Juzgado el día OCHO de JUNIO del año dos mil dieciocho, a horas DIEZ de la mañana, debiendo con-currir la demandante a hora exacta, bajo apercibimiento de ley; PUBLIQUESE un extracto de la solicitud por una sola vez en el Diario Oficial El Peruano y en el Diario Judicial del Cusco, a costa de la solicitante.- MEDIOS PROBATORIOS: Téngase por ofrecido los medios de pruebas que indica para su actuación en su oportuni-dad. AL OTROSI: Estese a lo resuelto en el principal AL SEGUNDO y TERCER OTROSI: Se tenga en cuenta, agréguese a sus antecedentes. -

Santiago, 18 de mayo del 2018

ALBERTO LEIVA VILLAVICENCIOSECRETARIO JUDICIAL

P. 6727728 F. (21 MAY)

EDICTO JUDICIAL

En el proceso N° 03401-2017-0-1001-JR-FC-03, que se tramita ante el Tercer Juzgado de Familia de Cus-co, En los que sigue KATERINE MOLINA CHINO, sobre FILIACION, se ha dispuesto la publicación de los edic-tos a los herederedos de QVF JHON OROSCO TTUPA MAMANI, con el extracto del auto admisorio cuyo tenor literal es el que sigue: Res. N° 01: 15 de agosto del 2017.- SE RESUELVE: ADMITIR A TRAMITE en la vía del proceso de CONOCIMIENTO, la demanda de DE-CLARACION JUDICIAL DE FILIACION EXTRAMATRI-MONIAL interpuesta por KATERINE MOLINA CHINO contra la sucesión legal del fallecido JHON OROSCO TTUPA constituida por NAZARIO OROSCO HUAMAN Y RICARDINA TTUPA MAMANI y demás HEREDEROS LEGALES (por no existir sucesión); con citación del se-ñor representante del Ministerio Público. En consecuen-cia, córrase traslado de la demanda a los demandados, por el plazo de TREINTA DIAS, bajo apercibimiento de ser declarados rebeldes, y al resto de herederos legales deberá notificárseles mediante edictos, para que con-testen la demanda dentro del plazo especial de ley, bajo apercibimiento de nombrar un curador procesal para su defensa. Téngase por ofrecido los medios probatorios que precisa, para ser admitidos y actuados en su opor-tunidad procesal. Los anexos a sus antecedentes. H. S.

Cusco, 17 de mayo del 2018

EDWINN ROMEL BEJAR ROJASJUEZ

P. 6727738 F. (21, 25, 31 MAY)

EDICTO JUDICIAL

En el Proceso Familia Civil N° 163-2018, tramitado ante el Segundo Juzgado Mixto de Wanchaq - Cusco, se ha resuelto mediante Auto Admisorio contenido en Resolu-

ción N° 02 de fecha 11 de Mayo del año en curso: “...VÍA DEL PROCESO NO CONTENCIOSO la demanda interpuesta por EUSEBIA HUAMANTTICA ALZAMORA sobre CAMBIO DE NOMBRE, con la finalidad que se cambie su apellido paterno de “HUAMANTTICA” por el de ALZAMORA.- Lo que se publica para los fines de ley. Firma de la Señorita Juez Dra. Elvia Barriga Morón.- Betsabe Prudencio Sotelo Secretaria Judicial.-

Wanchaq, 16 de Mayo del 2018.

BETSABE PRUDENCIO SOTELO SECRETARIA JUDICIAL

P. 6727743 F. (21 MAY)

EDICTO

En el proceso N° 0297-2018, seguido por MAURO FEDER LUNA QUISPE, contra la MUNICIPALIDAD DIS-TRITAL DE SAN SEBASTIÁN, sobre PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE DOMINIO, se ha dispuesto la publica-ción de edictos de “Resolución 03.- Cusco, tres de Mayo del año Dos mil dieciocho.— VISTA; (...) SE RESUEL-VE: ADMITIR y tramitar en la vía del proceso ABREVIA-DO la demanda interpuesta por MAURO FEDER LUNA QUISPE, contra la MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN SEBASTIÁN, sobre PRESCRIPCION ADQUISITI-VA DE DOMINIO del lote de terreno B-1 ubicado en la esquina conformada por calle Mariano Santos y 30 de Agosto, de la Asociación de Vivienda Yacanora Alta del distrito de San Sebastián, provincia y departamento del Cusco; CON CITACIÓN de CELIA PEÑA FERNANDEZ; SUCESION DAVID ENRIQUEZ GUTIERREZ Y HERMA-NOS; MARIA JORDAN BACA; MARCOS HUANCACHO-QUE OCSA; JORGE ADEMIR VIZCARRA ESPINOZA; CORSINO QUIÑONES GUTIERREZ; y, CLOTILDE PUENTE DE LA VEGA MUÑIZ; en tal virtud notifíquese a los demandados a fin de que dentro del plazo de diez días cumplan con absolver el traslado de la demanda bajo APERCIBIMIENTO DE SER DECLARADOS RE-BELDES; (...) Y, estando a lo previsto por el artículo 506 del Código Procesal Civil, publíquese el extracto de la presente resolución en el Diario Judicial del Cusco y en el Diario Oficial “El Peruano” por tres veces con interva-lo de tres días.- H.S.”.- Fdo. Sra. Juez Sandra Contreras Campana.- Esp. Legal Boris Santos de la Gala.-”

Cusco, 18 Mayo 2018.

BORIS JUVENAL SANTOS DE LA GALAESPECIALISTA LEGAL

P. 6731220 F. (21, 25, 31 MAY)

EDICTO

En el Proceso Civil N° 0853-2018-0-1018-JP-CI-01, la Señora Juez doctora Basiliska Dueñas Zúñiga, dispuso la publicación de la solicitud admitida e interpuesta por doña FRANCISCA QQUENDO CCORI sobre Rectifica-ción de su Partida de Nacimiento, respecto de la omi-sión del apellido materno de su progenitura, siendo lo correcto LEONOR CCORI SALAS, en el Registro Nacio-nal de Identificación y Estado Civil - RENIEC - Cusco. Lo que se publica por una sola vez para los fines de Ley pertinentes.

Santiago, 30 de Abril del 2018.

MARIA ELENA OLARTE LEIVAESPECIALISTA LEGAL

Page 10: CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DEL CUSCO · tramitado en el Cuarto Juzgado Civil de Cusco, a cargo de la Señora Juez, Pérez Carlos Fanny Lupe, siendo ... REQUERIMIENTO FISCAL: Que,

La República10 SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO Lunes, 21 de mayo del 2018

P. 6732356 F. (21 MAY)

EDICTO JUDICIAL

Ante el Juzgado de Civil de Sicuani - Canchis, en el Ex-ped. N° 59-2018-CI, se ha dispuesto la publicación del edicto judicial en los siguientes términos. AUTO ADMI-SORIO - RESOLUCIÓN Nro. 01: SE RESUELVE: ADMI-TIR A TRÁMITE LA DEMANDA interpuesta por HORA-CIO VARGAS ALARCON sobre CAMBIO DE NOMBRE DE PILA consignado en su partida de nacimiento (ANI-CETO por el de HORACIO) debiendo quedar consig-nado como HORACIO VARGAS ALARCON. En la VIA DEL PROCESO NO CONTENCIOSO. Y estando a lo dispuesto por el Artículo ochocientos veintiocho del Código Procesal Civil, DEBIÉNDOSE PUBLICAR LOS EDICTOS en el Diario Oficial El Peruano y en el Diario Judicial del Cusco. Por ofrecidos los medios probatorios propuestos. Agregúese a sus antecedentes los anexos adjuntos. RESÉRVESE la fijación de fecha de audiencia de actuación y declaración judicial hasta que se tenga a la vista las publicaciones ordenadas.- HÁGASE SABER

Sicuani, 08/05/2018.

INDYRA RAYSHA PAREDEZ SANCASECRETARIA JUDICIAL

P. 6732980 F. (21 MAY)

NOTIFICACIÓN VÍA EDICTO JUDICIAL A LA PERSONA DE: MATEO CUSITITO

INCARROCA.

Por ante el Segundo Juzgado de Paz Letrado de Wan-chaq, bajo el Despacho del señor Juez Dr. Rafael Enri-que Sierra Casanova y la actuación de la Especialista Legal Abog. María Eddie Zulema Villarroel Ccaso, se tramita el proceso N° 783-2017-0-1023-JP-PE -01 se-guido en contra de Mateo Cusitito Incarroca en agra-vio de Pascuala Mendoza viuda de Cusitito por faltas contra el patrimonio en su modalidad de daños, se ha dispuesto la notificación vía edicto judicial de la Reso-lución Nro.3 de fecha 14 de mayo del 2018.-” Asume la tramitación el señor Juez titular en cumplimiento a la Rs. Adm. N° 188-2018-P-CSJCU-PJ. DE OFICIO. Con-forme al estado del proceso REPROGRAMESE fecha de audiencia para el día 4 de julio del 2018 a horas 15:00 p.m a realizarse en esle despacho 2do. Juzgado de Paz Letrado de Wanchaq Pasaje Los Kan tus C-I4 Urbanización La Florida Wanchaq, debiendo acudir las partes con sus abogados defensores: en el presente caso teniendo en cuenta que el imputado NO ha asisti-do a la audiencia señalada conforme a la constancia de fojas 29 podría ordenarse su conducción compulsiva sin embargo queda establecido que NO ha sido notificado conforme a la constancia de devolución por la central de notificaciones (fojas 25) motivo por el cual NO se puede disponer medida su conducción compulsiva empero SE DISPONE: su notificación mediante Edicto Judicial y en caso de inconcurrencia del imputado Mateo Cusitito In-carrocca SERA conducido compulsivamente por grado y fuerza a este despacho para la audiencia programada con apoyo de la Policía Nacional del Perú. REQUERIR a ambas parles - agraviada e imputada- que se presen-ten a la audiencia con sus abogados defensores cada uno, asi como con los medios probatorios que consi-deren pertinente actuar.” la misma que se pone de co-nocimiento del interesado, para los fines consiguientes de ley.Wanchaq, 15 de mayo del 2018.

J. S (21, 22, 23 MAY)

EDICTO PENAL

SEÑORES: TOMAYLLA NINA RUBÉN MEJIDO DELGADO MIRYAN

El señor juez del Cuarto Juzgado de Investigación Pre-paratoria del Cusco, Dr. Reynaldo Ochoa Muñoz, -en el proceso Nro 2283-2018-0-1001 -JR-PE-04, segui-do contra TOMAYLLA NINA, RUBÉN ¡ por el delito de ROBO AGRAVADO, en agravio de MEJIDO DELGADO, MIRYAN, bajo,la actuación del especialista Judicial Abog. Huacac Carrillo Mirian, ha dispuesto notificarle con la Resolución N° 05 del 12/10/15 cuyo contenido es el siguiente:RESOLUCIÓN NRO. 01. Cusco, trece de abril del dos mil dieciocho- DADO CUENTA: Con la disposición de formalización de la investigación preparatoria que ante-cede. Estando a la comunicación del Ministerio Publico respecto a que se ha formalizado investigación pre-paratoria contra una persona plenamente identificada, por un hecho de contenido criminal y por un tipo penal especifico. SE RESUELVE.- PARTE RESOLUTIVA: 1. RECEPCIONAR la comunicación de la disposición de formalización y continuación de la investigación pre-paratoria expedida por la Segunda Fiscalía Provincial Penal de Santiago, contra RUBÉN TOMAYLLA NINA, por la presunta comisión del delito contra el patrimonio, en la modalidad de robo, sub tipo ROBO AGRAVADO, tipificado en el primer párrafo del artículo 189° numeral 2,4 del Código Penal, en agravio de MIRYAN MEJIDO DELGADO, a efectos de que el juez de investigación preparatoria asuma competencia material en el proce-so. 2. Al haberse solicitado Prisión Preventiva este pe-dido se tramite en cuaderno aparte. 3. PRECISAR que estando la investigación a cargo de la fiscalía la carpeta fiscal se encuentra disponible en las oficinas de la fis-calía encargada del caso. 4. DISPONER conforme al nuevo Reglamento de Despacho Judicial aprobado por R.A 014-2017, los fiscales, defensores públicos, abo-gados particulares, procuradores tienen la obligación de tener CASILLA ELECTRÓNICA y en dicha casilla únicamente se les notificara las resoluciones judiciales, concediéndose un plazo de 3 días a las partes a fin de que se apersonen y señalen sus casillas electrónicas. 5. PRECISAR atendiendo al nuevo reglamento específica-mente el artículo 43° respecto a que si se advierte que una persona tiene varios domicilios reales -pluralidad de domicilios -la fiscalía debe precisar solamente uno de,ellos para fines de no distorsionar la viabilidad del proceso. Asimismo según el mencionado artículo del reglamento se precisa que también se da la condición de domicilio real al número del teléfono celular, correo electrónico personal u otro medio idónea que dé cuenta de notificación cierta de una persona. 6. COMUNICAR al representante del Ministerio Publico que la presente investigación vencerá el día TRECE DE AGOSTO DEL DOS MIL DIECIOCHO, en caso se opte por el plazo ordinario establecido en el artículo 342° del Código Procesal Penal, siendo de exclusiva responsabilidad del Ministerio Publico, la observancia del cumplimiento de los plazos. 7. EXHORTAR al representante del Mi-nisterio Público a efecto de que cumpla con informar a este Despacho Judicial las variaciones de domicilio que realicen las partes procesales, bajo responsabilidad del mismo, de los actos que deriven de la no observación al presente item. 9. AUTORÍCESE a los Especialistas Judiciales de Causas, el dictado con su sola firma de las resoluciones (decretos) de impulso procesal, con-signando de ser el caso, los apercibimientos que co-rrespondan ser aplicados por Juez. (...) NOTIFIQUESE a las partes en sus respectivos domicilios procesales y reales señalados en autos. Así como mediante EDIC-TOS. HÁGASE SABER. Lo que notifico a usted, Media Firma del Señor Juez Reynaldo Ochoa Muñoz, ante mi

F. Mirian Huacac Carrillo, que doy fe.

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EDICTO PENALSEÑORES: HUAMAN CHURA GERARDOCACERES CCOLQQUE YULIANAEl señor Juez del Cuarto Juzgado de Investigación Pre-paratoria del Cusco, Dr. Reynaldo Ochoa Muñoz, en el proceso N° 2674-2018-0-1001-JR-PE-04, seguido con-tra HUAMAN CHURA GERARDO, por la presunta comi-sión del delito de Lesiones Leves por violencia Familiar, en agravio de CACERES CCOLQQUE YULIANA, bajo la actuación del especialista Judicial Abog. Huacacc Ca-rrillo Mirian, ha dispuesto notificarle con la Resolución N° 01 del 30/04/18 cuyo contenido es el siguiente:RESOLUCIÓN NRO.01. Cusco, treinta de abril del año dos mil dieciocho.-DADO CUENTA: Con el requerimien-to fiscal de Acusación directa presentado por el Fiscal encargado del caso y, CONSIDERANDO: (...) CORRER TRASLADO del requerimiento acusatorio, a los demás sujetos procesales por el plazo perentorio de 10 DÍAS ÚTILES, a efectos de que puedan por escrito 1) obser-var formalmente la acusación, 2) deducir excepciones y otros medios de defensa, 3) solicitar la imposición o revocación de una medida de coerción o la actuación de prueba anticipada, 4) pedir el sobreseimiento, 5) instar la aplicación de un criterio de oportunidad (prin-cipio de oportunidad), 6) ofrecer prueba para el juicio, 7) objetar la reparación civil creciendo los medios de medio prueba pertinentes, 8) proponer los hechos que aceptan y que el Juez dará por acreditados, obviando su actuación probatoria en juicio, 9) proponer acuerdos acerca de los medios de prueba que serán necesarios para que determinados hechos se estimen probados, y 10) plantear cualquier otra cuestión que tienda a pre-parar mejor el juicio. Asimismo, conforme establece el fundamento trece, segundo párrafo del Acuerdo Ple-nario N° 06-2010/CJ-116; la victima podrá solicitar su constitución en actor civil. DESIGNAR abogado de ofi-cio, pera que asuma la defensa del acusado HUAMAN CHURA GERARDO al no contar con defensa técnica, para ello, NOTIFÍQUESE a la Coordinación de la Defen-soría Pública adjuntando copia de actuados, a efectos de que proceda con la designación del número nece-sario de defensores públicos para ejercer la defensa del acusado(s), debiendo el defensor público asignado proceder a su apersonamiento inmediato. CITAR para el día DIECINUEVE DE JULIO DEL AÑO DOS MIL DIE-CIOCHO a las DOCE HORAS (hora exacta) la realiza-ción de la audiencia preliminar de control de acusación en la SÉPTIMA SALA DE AUDIENCIAS de los juzgados de Investigación Preparatoria de Cusco, ubicado en el inmueble N° 239 de la avenida el Sol de ésta ciudad, Corte Superior de Justicia del Cusco, la que se realiza-rá con la presencia obligatoria del Fiscal y el abogado del acusado. (...) MOTIFÍQUESE a las partes en sus respectivos domicilios procesales y reales señalados en autos. Así como mediante EDICTOS HÁGASE SABER. Lo que notifico a Usted, Media Firma del Señor Juez Reynaldo Ochoa Muñoz, ante mi F. Miriam Huacac Ca-rrillo, de que doy fe.

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SEÑORES: EMILIO CURASCO CUSIYUPANQUI TEÓFILO ARIAS ZAMORA JOSÉ ENRIQUE TAIRO CARBAJALEl señor Juez del Tercer Juzgado de Investigación Pre-paratoria del Cusco, Dr. GUIDO CASTILLO LIRA, en el proceso Nro 03476-2017-91-1001-JR-PE-03, seguido contra EMILIO CURASCO CUSIYUPANQUI, TEÓFILO

ARIAS ZAMORA Y JOSÉ ENRIQUE TAIRO CARBAJAL, por la presunta comisión del delito contra la Fe Públi-ca en la modalidad de Falsificación de Documentos en general sub tipo Falsificación de Documentos en agra-vio del Estado Y OTROS, ha dispuesto notificarle con la Resolución N° 01 del 08/05/18 cuyo contenido es el siguiente:Resolución Nro. 01. Cusco, ocho de mayo. Del año dos mil dieciocho.-DADO CUENTA: Con el requerimiento fiscal de Acusación presentado por el Fiscal del caso; y, SE RESUELVE: 1. CORRER TRASLADO del reque-rimiento acusatorio, a los demás sujetos procesales por el plazo perentorio de 10 DÍAS ÚTILES, a efectos de que puedan por escrito 1) observar formalmente la acusación, 2) deducir excepciones y otros medios de defensa, 3) solicitar la imposición o revocación de una medida de coerción o la actuación de prueba anticipa-da, 4) pedir el sobreseimiento, 5) instar la aplicación de un criterio de oportunidad (principio de oportunidad), 6) ofrecer prueba para el juicio, 7) objetar la reparación civil ofreciendo los medios de medio prueba pertinentes, 8) proponer los hechos que aceptan y que el Juez dará por acreditados, obviando su actuación probatoria en juicio, 9) proponer acuerdos acerca de los medios de pruebe que serán necesarios para que determinados hechos se estimen probados, y 10) plantear cualquier otra cuestión que tienda a preparar mejor el juicio. 2. CITAR para el día CUATRO DE JULIO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO a las ONCE HORAS (hora exacta) la realización de la audiencia preliminar de control de acu-sación en la NOVENA Sala de Audiencias de los Juzga-dos de Investigación Preparatoria de Cusco, ubicado en el inmueble N° 239 de la avenida el Sol de ésta ciudad, Corte Superior de Justicia del Cusco, la que se realizará con la presencia obligatoria del Fiscal y el abogado del acusado. (...) HÁGASE SABER. Lo que notifico a Usted, Media Firma del Señor Juez Dr. GUIDO CASILLO LIRA, ante mi F. Mirían Huacac Carrillo, da que doy fe.

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EXPEDIENTE: Nro: 00052-2018-46-1001-JR-PE-05CUARTO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CUS-CO ESPECIALISTA JUDICIAL: Marleny Sarayasy Gó-mez.Se cita y emplaza a la (los) agraviada y acusado: SA-TURNINA ANCO MENDOZA con DNI 23893242 y JE-RÓNIMO NINA HUAMAN con DNI 23889781Para que se ponga a derecho y se defienda sobre los cargos que se le atribuye por la comisión del delito de Agresiones En Contra De Las Mujeres en agravio de Saturnina Anco Mendoza Res. Nro. 01 Cusco, veintiséis de abril del año dos mil diecisiete. Se dispone CITAR A JUICIO DE PROCESO INMEDIATO, audiencia de Juicio Oral que se realizar el día CATORCE DE OCTUBRE DEL DOS MIL DIECINUEVE A HORAS DIEZ DE LA MAÑANA (hora exacta); ACTO QUE TENDRÁ LUGAR EN LA QUINTA SALA PENAL DE AUDIENCIAS del Pa-lacio de Justicia DEL MÓDULO PENAL. Subsistiendo los apercibimientos de ley, notifíquese a las partes pro-cesales.Cusco, 17 de mayo del 2018.

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EXPEDIENTE: Nro: 03054-2017-79-100 7 -JR-PE-06PRIMER JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CUS-CO ESPECIALISTA JUDICIAL: Marleny Sarayasy Gó-mez.

Page 11: CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DEL CUSCO · tramitado en el Cuarto Juzgado Civil de Cusco, a cargo de la Señora Juez, Pérez Carlos Fanny Lupe, siendo ... REQUERIMIENTO FISCAL: Que,

La República 11SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCOLunes, 21 de mayo del 2018

Se cita y emplaza a la (los) agraviada: NOEMÍ QUISPE FLORES con DNI 43522183Para que se ponga a derecho y se defienda sobre los cargos que se le atribuye por la comisión del delito de Agresiones En Contra De Las Mujeres o Integrantes Del Grupo Familiar en agravio Noemí Quispe Flores Res. Nro. 01 Cusco, siete de diciembre del año dos mil diecisiete, Se dispone CITAR A JUICIO DE PROCESO INMEDIATO, audiencia de Juicio Oral que se realizar el día CATORCE DE ENERO DEL DOS MIL DIECINUEVE A HORAS DIEZ DE LA MAÑANA ( hora exacta); ACTO QUE TENDRÁ LUGAR EN LA QUINTA SALA PENAL DE AUDIENCIAS del Palacio de Justicia DEL MÓDULO PENAL. Subsistiendo los apercibimientos de ley, notifí-quese a las partes procesales.Cusco, 17 de mayo del 2018.

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EXPEDIENTE: Nro : 00739-2018-67-1001 -JR-PE-05PRIMER JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CUS-CO ESPECIALISTA JUDICIAL: Marleny Sarayasy Gó-mez.Se cita y emplaza a la (los) agraviada: LUISA QUISPE HUAMAN con DNI 42328965Para que se ponga a derecho y se defienda sobre los cargos que se le atribuye por la comisión del delito de Agresiones En Contra De Los Integrantes Del Grupo Fa-miliar en agravio de Luisa Quispe Huaman Res. Nro. 01 Cusco, veintitrés de abril del año dos mil dieciocho, Se dispone CITAR A JUICIO DE PROCESO INMEDIATO, audiencia de Juicio Oral que se realizar el día UNO DE JULIO DEL DOS MIL DIECINUEVE A HORAS DOCE DEL MEDIO DÍA (hora exacta); ACTO QUE TENDRÁ LUGAR EN LA ONCEAVA SALA PENAL DE AUDIEN-CIAS del Palacio de Justicia DEL MÓDULO PENAL. Subsistiendo los apercibimientos de ley, notifíquese a las partes procesales.Cusco, 17 de mayo del 2018..

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EXPEDIENTE: Nro : 1657-2016-22-700l-JR-PE-03PRIMER JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CUS-CO ESPECIALISTA JUDICIAL: Marleny Sarayasy Gó-mez.Se cita y emplaza al (los) acusados: CESAR RAMÓN PACAHUALA CABEZAS con DNI 10355063Para que se ponga a derecho y se defienda sobre los cargos que se le atribuye por la comisión del delito de Hurto Agravado Res. Nro. 01 Cusco, cinco de marzo del año dos mil dieciocho, Se dispone CITAR A JUICIO DE PROCESO INMEDIATO, audiencia de Juicio Oral que se realizar el día TRES DE OCTUBRE DEL DOS MIL DIECIOCHO A HORAS DIEZ DE LA MAÑANA (hora exacta); ACTO QUE TENDRÁ LUGAR EN LA TERCERA SALA PENAL DE AUDIENCIAS del Palacio de Justicia DEL MÓDULO PENAL. Subsistiendo los apercibimien-tos de ley, notifíquese a las partes procesales.Cusco, 17 de mayo del 2018.

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EDICTO PENAL.

CUADERNO DE DEBATES N° 04856-2017-2-1001-JR-PE-01.

JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAPROVINCIAL DE CUSCOESPECIALISTA JUDICIAL: CLEOFE HUAMAN ANCCO.Por disposición del Juzgado Penal Colegiado Supra-provincial de Cusco, se cita y emplaza al procesado ANTONIO NAVARRO CHUNGUI, a fin que concurra a la audiencia de juicio oral señalada para el DÍA LUNES VEINTIOCHO DE MAYO DEL 2018 A HORAS 02:30 DE LA TARDE (hora exacta): acto que se llevara a cabo, en la sala de audiencia del Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial, ubicado en Av. Sol S/N - Palacio de Justicia-Segundo Piso. Por haberse dispuesto así en el CUADERNO DE DEBATES N° 04856-2017-2-1001 -JR-PE-01, seguido por el delito de tráfico ilícito de drogas, en agravio del Estado Peruano.-Cusco 17 de Mayo del 2018.

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NOTIFICACIÓN VÍA EDICTO

A LAS PERSONAS DE JUAN DE DIOS MASÍAS QUIS-PE Y NOLBERTA GAYOSO ALEJOSAnte el Tercer Juzgado de Investigación Preparato-ria de Cusco, que despacha el señor Juez Dr. Guido Castillo Lira, bajo la actuación de la Especialista de Juzgado Ingrid Christa Farfan Vargas de Urbiola, se viene tramitando el Proceso Penal signado Nro. 0859-2018-0-1001-JR-PE-03, seguido contra Juan de Dios Masías Quispe por la presunta comisión del delito de Lesiones Leves por Violencia Familiar, en agravio de Nolberta Gayoso Alejos, se ha dispuesto la notificación vía edicto de: RESUMEN DEL REQUERIMIENTO ACU-SATORIO: El señor Representante del Ministerio Públi-co del Primer Despacho de la Primera Fiscalía Penal de Cusco formula requerimiento acusatorio contra JUAN DE DIOS MASÍAS QUISPE, como autor de la comisión del Delito Contra la Vida el Cuerpo y la Salud, en la modalidad Lesiones Leves, Subtipo AGRESIONES EN CONTRA DE LAS MUJERES O INTEGRANTES DEL GRUPO FAMILIAR, tipificado en el primer párrafo del artículo 122-B del Código Penal, en concordancia con el articulo 108-B Inc. 1 del Primer Párrafo en agravio de NOLBERTA GAYOSO ALEJOS; solicitando la pena pri-vativa de libertad efectiva de un año y la reparación civil de 400 soles. RESOLUCIÓN NRO 01 Cusco, diecinueve de Marzo del año dos mil dieciocho. DADO CUENTA: Con el requerimiento fiscal de Acusación presentado por el Fiscal Provincial del Despacho de Investigación de la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Cusco; y, CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, conforme el artículo 350° del Código Procesal Penal, corresponde correr traslado a las partes con el requerimiento de acu-sación, a fin de que estas puedan ejercer las facultades establecidas en el inciso 1, de la norma citada. SEGUN-DO: Asimismo, corresponde convocar a audiencia de control de acusación al término del plazo establecido en el inciso 1 del artículo 351° del Código Procesal Penal, audiencia que es de carácter inaplazable, a la que conforme a lo dispuesto en el artículo 85° inciso 1 del Código Procesal Penal, deberá emplazarse a defen-sor público, para que en caso de la no concurrencia la defensa privada, asuma la defensa del procesado, asi-mismo, se convocará a los demás sujetos procesales, siendo obligatoria la presencia del Ministerio Público y la defensa técnica del acusado. Por lo que, conforme al estado del proceso; SE RESUELVE: 1. CORRER TRASLADO del requerimiento acusatorio, a los demás sujetos procesales por el plazo perentorio de 10 DÍAS ÚTILES, a efectos de que puedan por escrito 1) obser-var formalmente la acusación, 2) deducir excepciones y otros medios de defensa, 3) solicitar la imposición o revocación de una medida de coerción o la actuación de prueba anticipada, 4) pedir el sobreseimiento, 5) instar la aplicación de un criterio de oportunidad (principio de

oportunidad), 6) ofrecer prueba para el juicio, 7) objetar la reparación civil ofreciendo los medios de medio prue-ba pertinentes, 8) proponer los hechos que aceptan y que el Juez dará por acreditados, obviando su actuación probatoria en juicio, 9) proponer acuerdos acerca de los medios de prueba que serán necesarios para que de-terminados hechos se estimen probados, y 10) plantear cualquier otra cuestión que tienda a preparar mejor el juicio. RESOLUCIÓN N°03 Cusco, once de mayo Del año dos mil dieciocho. PARTE CONSIDERATIVA: Re-gistrado en audio. SE RESUELVE: A fin de establecer una relación procesal NOTIFÍQUESE POR EDICTOS AL IMPUTADO debido a que el domicilio del imputado no existe. REPROGRAMAR LA AUDIENCIA PARA EL DÍA 05 DE JULIO DEL 2018 A HORAS TRES Y TREINTA DE LA TARDE, EN LA NOVENA SALA DE AUDIENCIAS DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE CUSCO. NO-TIFICAR al fiscal a cargo del caso, con la nueva fecha de audiencia.

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EDICTO JUDICIALAnte el Juzgado Mixto de Urcos, que despacha la seño-ra Juez Dra. Ana Cecilia Sotomayor Tejada, bajo la ac-tuación del Secretario Judicial Carlos Astete Saavedra, se tramita el PROCESO TUTELAR N° 868-2018-JM-FT, seguido por la Fiscalía Provincial Civil y Familia de Quispicanchi, sobre Investigación Tutelar por Abandono Moral y Material, a favor del menor ROOSVELT ALVA-RO MAYO TTITO, contra sus progenitores Demetrio Mayo condori y Justina Ttito Vicente, se ha dispuesto la publicación mediante edictos el contenido del auto admisorio, contenido en la resolución N° 01 de fecha 05 de enero de 2018 (extracto), como sigue: SE RE-SUELVE: APERTURAR INVESTIGACIÓN TUTELAR por abandono Moral y Material en la vía especial a fa-vor del menor ROOSVELT ALVARO MAYO TTITO de 17 años de edad, contra sus progenitores Demetrio Mayo Condori y Justina Ttito Vicente, debiéndose realizar las siguientes diligencias: 1) RECÁBESE informe del equi-po multidisciplinario a fin de precisar los factores que han determinado la situación de abandono de la menor.- 2) Se practique en los progenitores del menor por tutelar evaluación psicológica a fin de determinar sus rasgos de personalidad, gírese oficio al Instituto de Medicina Legal de Quispicanchi.- 3) Se recabe la declaración de los progenitores del menor por tutelar.- 4) Se solicite la ubicación del menor Roosvelt Alvaro Mayo Ttito a través de la Comandancia de Quispicanchi. 5).- Se recabe la declaración de la menor por tutelar.- 6) PUBLIQUESE mediante edictos la presente investigación a fin de que alguna persona interesada concurra a despacho.- 7) Se practique en el menor por tutelar evaluación médi-ca y psicológica por el Instituto de Medicina Legal de Quispicanchi.- 8) Gírense los oficios correspondientes y actúense las demás diligencias necesarias. AL OTRO-SÍ .- Téngase por ofrecidos los medios probatorios que indica.- AL MAS.- Estese a lo dispuesto precedentemen-te.- AL SEGUNDO MAS.- Confírmese como medida de protección la entrega provisional del menor por tutelar a favor de su abuela materna, hasta un pronunciamiento sobre el fondo en el presente proceso.- Cumplido sea remítase los actuados para Vista Fiscal.-Urcos, 16 de abril de 2018.

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EDICTO JUDICIAL

Ante el Juzgado Mixto de Urcos, que despacha la seño-ra Juez Dra. Ana Cecilia Sotomayor Tejada, bajo la ac-tuación del Secretario Judicial Carlos Astete Saavedra,

se tramita el PROCESO TUTELAR N° 868-2018-JM-FT, se ha dispuesto la publicación mediante edictos el con-tenido del auto admisorio, contenido en la resolución N° 01 de fecha 05 de enero de 2018 (extracto), como sigue: SE RESUELVE: APERTURAR INVESTIGACIÓN! TUTE-LAR por abandono Moral y Material en la vía especial a favor del menor ROOSVELT ALVARO MAYO TTITO de 17 años de edad, contra sus progenitores Demetrio Mayo Condori y Justina Ttito Vicente, debiéndose rea-lizar las siguientes diligencias: 1) RECÁBESE informe del equipo multidisciplinario a fin de precisar los facto-res que han determinado la situación de abandono de la menor.-Urcos, 16 de abril de 2018.

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SEÑORES: ELVIS CAMERO SEGOVIADELFINA ARAGÓN LLACTALa señorita Juez del Quinto Juzgado de Investigación Preparatoria del Cusco, Dra. SANDRA NATALY VILLA HUMPIRI, en el proceso Nro 03199-2018-0-1001-JR-PE-05, seguido contra ELVIS CAMERO SEGOVIA, por la presunta comisión del delito contra la vida el Cuerpo y la Salud en la Modalidad de Lesiones sub tipo Agre-siones en contra de las Mujeres o Integrantes del grupo Familiar - Agresión Física en agravio de DELFINA ARA-GÓN LLACTA, ha dispuesto notificarle con la Resolu-ción N° 02 del 17/05/18 cuyo contenido es el siguiente:Resolución Nro.02. Cusco, diecisiete de mayo. Del año dos mil dieciocho. DE OFICIO, por error la resolución 01 y en el registro de agenda la data de audiencia se corri-ge la resolución que precede y por consiguiente. DADO CUENTA: Con el requerimiento fiscal de Acusación di-recta presentado por el Fiscal del Segundo Despacho de la Tercera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Cusco; y, (...) SE RESUELVE: CORRER TRASLADO del requerimiento acusatorio, a los demás sujetos procesa-les por el plazo perentorio de 10 DÍAS ÚTILES, a efec-tos de que puedan por escrito 1) observar formalmente la acusación, 2) deducir excepciones y otros medios de defensa, 3) solicitar la imposición o revocación de una medida de coerción o la actuación de prueba anticipa-da, 4) pedir el sobreseimiento, 5) instar la aplicación de un criterio de oportunidad (principio de oportunidad), 6) ofrecer prueba para el juicio, 7) objetar la reparación civil ofreciendo los medios de medio prueba pertinen-tes, 8) proponer los hechos que aceptan y que el Juez dará por acreditados, obviando su actuación probatoria en juicio, 9) proponer acuerdos acerca de los medios de prueba que serán necesarios para que determinados hechos se estimen probados, y 10) plantear cualquier otra cuestión que tienda a preparar mejor el juicio. Asi-mismo, conforme establece el fundamento trece, segun-do párrafo del Acuerdo Plenario N° 06-2010/CJ-116; la victima podrá solicitar su constitución en actor civil. (...) CITAR para el día CUATRO DE JULIO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO a las DIEZ HORAS DE LA MAÑANA (hora exacta) la realización de la audiencia preliminar de control de acusación en la Octava Sala de Audien-cias de los Juzgados de Investigación Preparatoria de Cusco, ubicado en el inmueble N° 239 de la avenida el Sol de ésta ciudad, Corte Superior de Justicia del Cus-co, la que se realizará con la presencia obligatoria del Fiscal y el abogado del acusado; (...) HÁGASE SABER. Lo que notifico a Usted, Media Firma del Señorita Juez Dra. SANDRA NATALY VILLA HUMPIRI, ante mi F. Mi-rian Huacac Carrillo, de que doy fe.

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Page 12: CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DEL CUSCO · tramitado en el Cuarto Juzgado Civil de Cusco, a cargo de la Señora Juez, Pérez Carlos Fanny Lupe, siendo ... REQUERIMIENTO FISCAL: Que,

La República12 SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO Lunes, 21 de mayo del 2018

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SEÑORES: JUAN CARLOS QUISPE CLOTILDE AVILES CHIRINOS MARIBEL NOHELIA CARLOS AVILES.La señorita Juez del Quinto Juzgado de Investigación Preparatoria del Cusco, Dra. SANDRA NATALY VILLA HUMPIRI, en el proceso Nro 03273-2018-0-1001-JR-PE-05, seguido contra JUAN CARLOS QUISPE, por la presunta comisión del delito contra la vida el Cuerpo y la Salud en la. Modalidad de Lesiones sub tipo Agresio-nes en contra de las Mujeres o Integrantes del Grupo Familiar en agravio de CLOTILDE AVILES CHIRINOS Y MARIBEL NOHELIA CARLOS AVILES, ha dispuesto notificarle con la Resolución N° 01 del 16/05/18 cuyo contenido es el siguiente:Resolución Nro. 01. Cusco, dieciséis de Mayo. Del año dos mil dieciocho.DADO CUENTA: Con el requerimiento fiscal de Acusación directa presentado por el Fiscal Pro-vincial de la Primera Fiscalía Provincial Penal de Santia-go; y, (...) SE RESUELVE: CORRER TRASLADO del re-querimiento acusatorio, a los demás sujetos procesales por el plazo perentorio de 10 DÍAS ÚTILES, a efectos de que puedan por escrito 1) observar formalmente la acusación, 2) deducir excepciones y otros medios de defensa, 3) solicitar la imposición o revocación de una medida de coerción o la actuación de prueba anticipa-da, 4) pedir el sobreseimiento, 5) instar la aplicación de un criterio de oportunidad (principio de oportunidad), 6) ofrecer prueba para el juicio, 7) objetar la reparación civil ofreciendo los medios de medio prueba pertinen-tes, 8) proponer los hechos que aceptan y que el Juez dará por acreditados, obviando su actuación probatoria en juicio, 9) proponer acuerdos acerca de los medios de prueba que serán necesarios para que determinados hechos se estimen probados, y 10) plantear cualquier otra cuestión que tienda a preparar mejor el juicio. Asi-mismo, conforme establece el fundamento trece, segun-do párrafo del Acuerdo Plenario N° 06-2010/CJ-116; la victima podrá solicitar su constitución en actor civil. (...) CITAR para el día DIES DE JULIO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO a las NUEVE HORAS CON TREINTA MINUTOS (hora exacta) la realización de la audiencia preliminar de control de acusación en la Octava Sala de Audiencias de los Juzgados de Investigación Preparato-ria de Cusco, ubicado en el inmueble N° 239 de la ave-nida el Sol de ésta ciudad, Corte Superior de Justicia del Cusco, la que se realizará con la presencia obligatoria del Fiscal y el abogado del acusado; (...) HÁGASE SA-BER. Lo que notifico a Usted, Media Firma del Señorita Juez Dra. SANDRA NATALY VILLA HUMPIRI, ante mi F. Mirian Huacac Carrillo, de que doy fe.

J. S (21, 22, 23 MAY)

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SEÑORES: ROSA MARÍA ORCCON CHALLCO. MARTHA CRISTINA HUAYHUA SALAS. ELIZABETH LUCILA MENDOZA GONZALES. SONIA CAVIEDES CHOQUELa señorita Juez del Sexto Juzgado de Investigación Preparatoria del Cusco, Dra. ZULAY SÁNCHEZ FAR-FAN, en el proceso Nro 03312-2018-0-1001-JR-PE-06, seguido contra ROSA MARÍA ORCCON CHALLCO, por la presunta comisión del delito contra el Patrimonio en la modalidad de Estafa y otras defraudaciones sub tipo Estafa tipificado en el artículo 196 del Código Penal en agravio de MARTHA CRISTINA HUAYHUA SALAS, ELIZABETH LUCILA MENDOZA GONZALES Y SONIA CAVIEDES CHOQUE, ha dispuesto notificarle con la Resolución N° 01 del 16/05/18 cuyo contenido es el si-guiente: RESOLUCIÓN NRO. 01. Cusco, Dieciséis de Mayo. Del año dos mil dieciocho.DADO CUENTA: Con el requerimiento fiscal de Acusación directa presentado

por el Fiscal Provincial del Tercer Despacho de Investi-gación de la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corpo-rativa de Cusco; y, CONSIDERANDO: SE RESUELVE: CORRER TRASLADO del requerimiento acusatorio, a los demás sujetos procesales por el plazo perentorio de 10 DÍAS ÚTILES, a efectos de que puedan por es-crito 1) observar formalmente la acusación, 2) deducir excepciones y otros medios de defensa, 3) solicitar la imposición o revocación de una medida de coerción o la actuación de prueba anticipada, 4) pedir el sobresei-miento, 5) instar la aplicación de un criterio de oportu-nidad (principio de oportunidad), 6) ofrecer prueba para el juicio, 7) objetar la reparación civil ofreciendo los medios de medio prueba pertinentes, 8) proponer los hechos que aceptar: y que el Juez dará por acreditados, obviando su actuación probatoria en juicio, 9) proponer acuerdos acerca de los medios de prueba que serán necesarios para que determinados hechos se estimen probados, y 10) plantear cualquier otra cuestión que tienda a preparar mejor el juicio. Asimismo, conforme establece el fundamento trece, segundo párrafo del Acuerdo Plenario N° 05-2010/CJ-116; la victima podrá solicitar su constitución, en actor civil. CITAR para el día CUATRO DE JULIO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO a las DOCE HORAS (hora exacta) la realización de la audiencia preliminar de control de acusación en la Sexta Sala de Audiencias de los Juzgados de Investigación Preparatoria de Cusco, ubicado en el inmueble N° 239 de la avenida el Sol de ésta ciudad, Corte Superior de Justicia del Cusco, la que se realizará con la presen-cia obligatoria del Fiscal y el abogado del acusado; (...) HÁGASE SABER. Lo que notifico a Usted, Media Firma del Señorita Juez Dra. Zulay Sánchez Farfán, ante mi F. Mirian Huacac Carrillo, de que doy fe.

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EDICTO PENAL

SEÑORES: ELIAS CONDORI GALLEGOS. LOURDES QUISPE CONDORI.El señor Juez del Tercer Juzgado de Investigación Pre-paratoria del Cusco, Dr. GUIDO CASTILLO LIRA, en el proceso Nro 03302-2018-0-1001-JR-PE-03, seguido contra ELIAS CONDORI GALLEGOS, por la presunta comisión del delito contra la vida el Cuerpo y la Salud en la Modalidad de Lesiones sub tipo Agresiones en contra de las mujeres o integrantes del grupo familiar en agra-vio de Lourdes Quispe Condori, ha dispuesto notificarle con la Resolución N° 01 del 16/05/18 cuyo contenido es el siguiente:Resolución Nro. 01. Cusco, dieciséis de Mayo. Del año dos mil dieciocho. DADO CUENTA: Con el requerimien-to fiscal de Acusación directa presentado por el Fiscal Provincial Titular del Segundo Despacho de Investiga-ción de la Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Cusco; y, SE RESUELVE: CORRER TRASLADO del requerimiento acusatorio, a los demás sujetos procesa-les por el plazo perentorio de 10 DÍAS ÚTILES, a efec-tos de que puedan por escrito 1) observar formalmente la acusación, 2) deducir excepciones y otros medios de defensa, 3) solicitar la imposición o revocación de una medida de coerción o la actuación de prueba anticipa-da, 4) pedir e! sobreseimiento, 5) instar la aplicación de un criterio de oportunidad (principio de oportunidad), 6) ofrecer prueba para el juicio, 7) objetar la reparación civil ofreciendo los medios de medio prueba pertinen-tes, 8) proponer los hechos que aceptan y que el Juez dará por acreditados, obviando su actuación probatoria en juicio, 9) proponer acuerdos acerca de los medios de prueba que serán necesarios para que determinados hechos se estimen probados, y 10) plantear cualquier otra cuestión que tienda a preparar mejor el juicio. Asi-mismo, conforme establece el fundamento trece, segun-do párrafo del Acuerdo Plenario N° 06-2010/CJ-116; la

victima podrá solicitar su constitución en actor civil. (...) CITAR para el día DIECISEIS DE JULIO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO a las DIEZ HORAS (hora exacta) la realización de la audiencia preliminar de control de acu-sación en la Novena Sala de Audiencias de los Juzga-dos de Investigación Preparatoria de Cusco, ubicado en el inmueble N° 239 de la avenida el Sol de ésta ciudad, Corte Superior de Justicia del Cusco, la que se realizará con la presencia obligatoria del Fiscal y el abogado del acusado. (...) HÁGASE SABER. Lo que notifico a Usted, Media Firma del Señor Juez Dr. GUIDO CASILLO LIRA, ante mi F. Mirian Huacac Carrillo, de que doy fe.J. S (21, 22, 23 MAY)

EDICTO

Quillabamba, 17 de mayo del 2018 Juzgado de Investigación Preparatoria de la Convención Especialista: Anais Tapia Peña

Se cita y emplaza al señor JUAN POZO MELENDEZ, en el Proceso Nro. 390-2018-0-1010-JR-PE-01., que se le sigue por presunta comisión del delito de conduc-ción en estado de ebriedad, en agravio de SOCIEDAD, para que asista a la audiencia de REQUERIMIENTO DE INCOACIÓN DE PROCESO INMEDIATO y se defienda de los cargos formulado en su contra, audiencia que se llevara a cabo el día VEINTICUATRO DE MAYO DEL DOS MIL DIECIOCHO A HORAS OCHO DEL DÍA (08:00 A.M), en la Quinta sala de audiencias de este juzgado, ubicado en el tercer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de la ciudad de Quillabamba (palacio de justicia de Qui-llabamba)

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EDICTO

Quillabamba, 17 de mayo del 2018Juzgado de Investigación Preparatoria de la Convención Especialista: Anais Tapia Peña

Se cita y emplaza al señor DIEGO ALEJANDRO VEGA CUSI, en el Proceso Nro. 537-2018-0-1010-JR-PE-01., que se le sigue por presunta comisión del delito de conducción en estado de ebriedad, en agravio de SO-CIEDAD, para que asista a la audiencia de REQUERI-MIENTO DE INCOACIÓN DE PROCESO INMEDIATO y se defienda de los cargos formulado en su contra, au-diencia que se llevara a cabo el día VEINTICUATRO DE MAYO DEL DOS MIL DIECIOCHO A HORAS OCHO Y QUINCE DEL DÍA (08:15 A.M), en la Quinta sala de au-diencias de este juzgado, ubicado en el tercer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de la ciudad de Quillabamba (palacio de justicia de Quillabamba)

J. S (21, 22, 23 MAY)

EDICTO

Quillabamba, 17 de mayo del 2018 Juzgado de Investigación Preparatoria de la Convención Especialista: Anais Tapia Peña

Se cita y emplaza al señor MARX NILTON CHUQUIRI-MAY OVIEDO, en el Proceso Nro. 1148-2017-0-1010-JR-PE-01., que se le sigue por presunta comisión del delito de conducción en estado de ebriedad, en agravio de SOCIEDAD, para que asista a la audiencia de REQUE-RIMIENTO DE INCOACIÓN DE PROCESO INMEDIATO y se defienda de los cargos formulado en su contra, au-

diencia que se llevara a cabo el día VEINTICUATRO DE MAYO DEL DOS MIL DIECIOCHO A HORAS OCHO Y TREINTA DEL DÍA (08:30 A.M), en la Quinta sala de au-diencias de este juzgado, ubicado en el tercer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de la ciudad de Quillabamba (palacio de justicia de Quillabamba)

J. S (21, 22, 23 MAY)

EDICTO

Quillabamba, 17 de mayo del 2018Juzgado de Investigación Preparatoria de la Convención Especialista: Anais Tapia Peña

Se cita y emplaza al señor VALENTIN PIÑARREAL PAUCAR, en el Proceso Nro. 579-2018-0-1010-JR-PE-01., que se le sigue por presunta comisión del delito de conducción en estado de ebriedad, en agravio de SOCIEDAD, para que asista a la audiencia de REQUE-RIMIENTO DE INCOACIÓN DE PROCESO INMEDIATO y se defienda de los cargos formulado en su contra, au-diencia que se llevara a cabo el día VEINTICUATRO DE MAYO DEL DOS MIL DIECIOCHO A HORAS OCHO Y CUARENTA Y CINCO DEL DÍA (08:45 A.M), en la Quinta sala de audiencias de este juzgado, ubicado en el tercer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de la ciudad de Quilla-bamba (palacio de justicia de Quillabamba)

J. S (21, 22, 23 MAY)

EDICTO

Quillabamba, 17 de mayo del 2018Juzgado de Investigación Preparatoria de la Convención Especialista: Anais Tapia Peña

Se cita y emplaza al señor JUNIOR WILFREDO QUIS-PE ZERON, en el Proceso Nro. 604-2018-0-1010-JR-PE-01., que se le sigue por presunta comisión del delito de conducción en estado de ebriedad, en agravio de SOCIEDAD, para que asista a la audiencia de REQUE-RIMIENTO DE INCOACIÓN DE PROCESO INMEDIATO y se defienda de los cargos formulado en su contra, audiencia que se llevara a cabo el día VEINTICUATRO DE MAYO DEL DOS MIL DIECIOCHO A HORAS NUEVE DEL DÍA (09:00 A.M), en la Quinta sala de audiencias de este juzgado, ubicado en el tercer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de la ciudad de Quillabamba (palacio de justicia de Quillabamba)

J. S (21, 22, 23 MAY)

EDICTO

Quillabamba, 17 de mayo del 2018Juzgado de Investigación Preparatoria de la Convención Especialista: Anais Tapia Peña

Se cita y emplaza al señor JUAN QUISPE JAIMES, en el Proceso Nro. 1092-2017-0-1010-JR-PE-01., que se le sigue por presunta comisión del delito de conducción en estado de ebriedad, en agravio de SOCIEDAD, para que asista a la audiencia de REQUERIMIENTO DE IN-COACIÓN DE PROCESO INMEDIATO y se defienda de los cargos formulado en su contra, audiencia que se lle-vara a cabo el día VEINTICUATRO DE MAYO DEL DOS MIL DIECIOCHO A HORAS NUEVE Y QUINCE DEL DÍA (09:15 A.M), en la Quinta sala de audiencias de este juzgado, ubicado en el tercer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de la ciudad de Quillabamba (palacio de justi-

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La República 13SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCOLunes, 21 de mayo del 2018

cia de Quillabamba)

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EDICTO

Quillabamba, 17 de mayo del 2018Juzgado de Investigación Preparatoria de la Conven-ción Especialista: Anais Tapia Peña

Se cita y emplaza al señor ANGEL CRISTHIAN PINTO QUINTANILLA, en el Proceso Nro. 792-2017-0-1010-JR-PE-01., que se le sigue por presunta comisión del delito de conducción en estado de ebriedad, en agravio de SOCIEDAD, para que asista a la audiencia de REQUE-RIMIENTO DE INCOACIÓN DE PROCESO INMEDIATO y se defienda de los cargos formulado en su contra, au-diencia que se llevara a cabo el día VEINTICUATRO DE MAYO DEL DOS MIL DIECIOCHO A HORAS NUEVE Y TREINTA DEL DÍA (09:30 A.M), en la Quinta sala de au-diencias de este juzgado, ubicado en el tercer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de la ciudad de Quillabamba (palacio de justicia de Quillabamba)

J. S (21, 22, 23 MAY)

EDICTO

Quillabamba, 17 de mayo del 2018Juzgado de Investigación Preparatoria de la Conven-ción Especialista: Anais Tapia Peña

Se cita y emplaza al señor HARLEY WALDIR DAVA-LOS ARONE, en el Proceso Nro. 122-2018-0-1010-JR-PE-01., que se le sigue por presunta comisión del delito de conducción en estado de ebriedad, en agravio de SOCIEDAD, para que asista a la audiencia de REQUE-RIMIENTO DE INCOACIÓN DE PROCESO INMEDIATO y se defienda de los cargos formulado en su contra, au-diencia que se llevara a cabo el día VEINTICUATRO DE MAYO DEL DOS MIL DIECIOCHO A HORAS NUEVE CON CUARENTA Y CINCO DEL DÍA (09:45 A.M), en la Quinta sala de audiencias de este juzgado, ubicado en el tercer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de la ciudad de Quillabamba (palacio de justicia de Quillabamba)

J. S (21, 22, 23 MAY)

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Quillabamba, 17 de mayo del 2018Juzgado de Investigación Preparatoria de la Conven-ción Especialista: Anais Tapia Peña

Se cita y emplaza al señor LEONARDO NOBLEGA ARROYO, en el Proceso Nro. 706-2017-0-1010-JR-PE-01., que se le sigue por presunta comisión del delito de conducción en estado de ebriedad, en agravio de SOCIEDAD, para que asista a la audiencia de REQUE-RIMIENTO DE INCOACIÓN DE PROCESO INMEDIA-TO y se defienda de los cargos formulado en su contra, audiencia que se llevara a cabo el día VEINTICUATRO DE MAYO DEL DOS MIL DIECIOCHO A HORAS DIEZ DEL DÍA (10:00 A.M), en la Quinta sala de audiencias de este juzgado, ubicado en el tercer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de la ciudad de Quillabamba (palacio de justicia de Quillabamba)

J. S (21, 22, 23 MAY)

EDICTO

Quillabamba, 17 de mayo del 2018Juzgado de Investigación Preparatoria de la Conven-ción Especialista: Anais Tapia Peña

Se cita y emplaza al señor MARCIAL MUÑOZ AYMA, en el Proceso Nro. 1006-2017-0-1010-JR-PE-01., que se le sigue por presunta comisión del delito de conduc-ción en estado de ebriedad, en agravio de SOCIEDAD, para que asista a la audiencia de REQUERIMIENTO DE INCOACIÓN DE PROCESO INMEDIATO y se defienda de los cargos formulado en su contra, audiencia que se llevara a cabo el día VEINTICUATRO DE MAYO DEL DOS MIL DIECIOCHO A HORAS DIEZ Y QUINCE DEL DÍA (10:15 A.M), en la Quinta sala de audiencias de este juzgado, ubicado en el tercer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de la ciudad de Quillabamba (palacio de justi-cia de Quillabamba)

J. S (21, 22, 23 MAY)

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Quillabamba, 17 de mayo del 2018Juzgado de Investigación Preparatoria de la Conven-ción Especialista: Anais Tapia Peña

Se cita y emplaza al señor ARTURO PAREDES DE LA CRUZ, en el Proceso Nro. 599-2018-0-1010-JR-PE-01., que se le sigue por presunta comisión del delito de conducción en estado de ebriedad, en agravio de SO-CIEDAD, para que asista a la audiencia de REQUERI-MIENTO DE INCOACIÓN DE PROCESO INMEDIATO y se defienda de los cargos formulado en su contra, audiencia que se llevara a cabo el día VEINTICUATRO DE MAYO DEL DOS MIL DIECIOCHO A HORAS DIEZ Y TREINTA DEL DÍA (10:30 A.M), en la Quinta sala de au-diencias de este juzgado, ubicado en el tercer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de la ciudad de Quillabamba (palacio de justicia de Quillabamba)

J. S (21, 22, 23 MAY)

EDICTO

Quillabamba, 17 de mayo del 2018Juzgado de Investigación Preparatoria de la Conven-ción Especialista: Anais Tapia Peña

Se cita y emplaza al señor FERNANDO AMPUERO CASTILLO, en el Proceso Nro. 261-2018-0-1010-JR-PE-01., que se le sigue por presunta comisión del delito de conducción en estado de ebriedad, en agravio de SOCIEDAD, para que asista a la audiencia de REQUE-RIMIENTO DE INCOACIÓN DE PROCESO INMEDIA-TO y se defienda de los cargos formulado en su contra, audiencia que se llevara a cabo el día VEINTICUATRO DE MAYO DEL DOS MIL DIECIOCHO A HORAS DIEZ CON CUARENTA Y CINCO DEL DÍA (10:45 A.M), en la Quinta sala de audiencias de este juzgado, ubicado en el tercer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de la ciudad de Quillabamba (palacio de justicia de Quillabamba)

J. S (21, 22, 23 MAY)

EDICTO

Quillabamba, 17 de mayo del 2018Juzgado de Investigación Preparatoria de la Conven-ción Especialista: Anais Tapia Peña

Se cita y emplaza al señor ERIK BENJMIN ATA-YUPANQUI GALLEGOS, en el Proceso Nro. 236-2018-0-1010-JR-PE-01., que se le sigue por pre-sunta comisión del delito de omisión de asistencia familiar, en agravio de MENOR DE INICIALES M.A.N., para que asista a la audiencia de REQUERIMIENTO DE INCOACIÓN DE PROCESO INMEDIATO y se defienda de los cargos formulado en su contra, audiencia que se llevara a cabo el día VEINTICUATRO DE MAYO DEL DOS MIL DIECIOCHO A HORAS ONCE DEL DÍA (11:00 A.M), en la Quinta sala de audiencias de este juzgado, ubicado en el tercer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de la ciudad de Quillabamba (palacio de justicia de Qui-llabamba)

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EDICTO

Quillabamba, 17 de mayo del 2018Juzgado de Investigación Preparatoria de la Conven-ción Especialista: Anais Tapia Peña

Se cita y emplaza al señor FREDY LIMA MACHACA, en el Proceso Nro. 410-2018-0-1010-JR-PE-01., que se le sigue por presunta comisión del delito de LESIO-NES LEVES POR VIOLENCIA FAMILIAR, en agravio de GENARA HUALLPATAIPE VILLENA, para que asista a la audiencia de REQUERIMIENTO DE INCOACIÓN DE PROCESO INMEDIATO y se defienda de los cargos formulado en su contra, audiencia que se llevara a cabo el día VEINTICUATRO DE MAYO DEL DOS MIL DIE-CIOCHO A HORAS ONCE Y QUINCE DEL DÍA (11:15 A.M), en la Quinta sala de audiencias de este juzgado, ubicado en el tercer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de la ciudad de Quillabamba (palacio de justicia de Qui-llabamba)

J. S (21, 22, 23 MAY)

EDICTO

Quillabamba, 17 de mayo del 2018Juzgado de Investigación Preparatoria de la Conven-ción Especialista: Anais Tapia Peña

Se cita y emplaza al señor JOSE LUIS MINAYA HUA-LLAPUMA, en el Proceso Nro. 418-2018-0-1010-JR-PE-01., que se le sigue por presunta comisión del delito de LESIONES LEVES POR VIOLENCIA FAMILIAR, en agravio de FRIDA EDITH SANCHEZ JIMENEZ, para que asista a la audiencia de REQUERIMIENTO DE IN-COACIÓN DE PROCESO INMEDIATO y se defienda de los cargos formulado en su contra, audiencia que se lle-vara a cabo el día VEINTICUATRO DE MAYO DEL DOS MIL DIECIOCHO A HORAS ONCE Y TREINTA DEL DÍA (11:30 A.M), en la Quinta sala de audiencias de este juzgado, ubicado en el tercer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de la ciudad de Quillabamba (palacio de justi-cia de Quillabamba)

J. S (21, 22, 23 MAY)

EDICTO

Quillabamba, 17 de mayo del 2018Juzgado de Investigación Preparatoria de la Conven-ción Especialista: Anais Tapia Peña

Se cita y emplaza al señor FREDY LIMA MACHACA, en el Proceso Nro. 571-2018-0-1010-JR-PE-01., que se le sigue por presunta comisión del delito de LESIO-NES LEVES POR VIOLENCIA FAMILIAR, en agravio de GENARA HUALLPATAIPE VILLENA, para que asista a la audiencia de REQUERIMIENTO DE INCOACIÓN DE PROCESO INMEDIATO y se defienda de los cargos formulado en su contra, audiencia que se llevara a cabo el día VEINTICUATRO DE MAYO DEL DOS MIL DIE-CIOCHO A HORAS ONCE CON CUARENTA Y CINCO DEL DÍA (11:45 A.M), en la Quinta sala de audiencias de este juzgado, ubicado en el tercer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de la ciudad de Quillabamba (palacio de justicia de Quillabamba)

J. S (21, 22, 23 MAY)

EDICTO

Quillabamba, 17 de mayo del 2018Juzgado de Investigación Preparatoria de la Conven-ción Especialista: Anais Tapia Peña

Se cita y emplaza a la señora ALCIDA BALTA SOTA, en el Proceso Nro. 253-2018-0-1010-JR-PE-01., que se le sigue por presunta comisión del delito de LESIO-NES LEVES POR VIOLENCIA FAMILIAR, en agravio de ROLANDO SANCHEZ GOMEZ, para que asista a la audiencia de REQUERIMIENTO DE INCOACIÓN DE PROCESO INMEDIATO y se defienda de los cargos for-mulado en su contra, audiencia que se llevara a cabo el día VEINTICUATRO DE MAYO DEL DOS MIL DIECIO-CHO A HORAS DOCE DEL DÍA (12:00 DEL DÍA), en la Quinta sala de audiencias de este juzgado, ubicado en el tercer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de la ciudad de Quillabamba (palacio de justicia de Quillabamba)

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EDICTO

Quillabamba, 17 de mayo del 2018Juzgado de Investigación Preparatoria de la Conven-ción Especialista: Anais Tapia Peña

Se cita y emplaza al señor WASHINGTON VILLABA MEZA, en el Proceso Nro. 787-2017-0-1010-JR-PE-01., que se le sigue por presunta comisión del delito de conducción en estado de ebriedad, en agravio de SO-CIEDAD, para que asista a la audiencia de REQUERI-MIENTO DE INCOACIÓN DE PROCESO INMEDIATO y se defienda de los cargos formulado en su contra, au-diencia que se llevara a cabo el día VEINTICUATRO DE MAYO DEL DOS MIL DIECIOCHO A HORAS DOCE Y QUINCE DEL DÍA (12:15 DEL DÍA), en la Quinta sala de audiencias de este juzgado, ubicado en el tercer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de la ciudad de Quillabam-ba (palacio de justicia de Quillabamba)

J. S (21, 22, 23 MAY)

EDICTO

Page 14: CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DEL CUSCO · tramitado en el Cuarto Juzgado Civil de Cusco, a cargo de la Señora Juez, Pérez Carlos Fanny Lupe, siendo ... REQUERIMIENTO FISCAL: Que,

La República14 SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO Lunes, 21 de mayo del 2018

Quillabamba, 17 de mayo del 2018Juzgado de Investigación Preparatoria de la Conven-ción Especialista: Anais Tapia Peña

Se cita y emplaza al señor VIDAL QUITO SENCCA, en el Proceso Nro. 882-2017-0-1010-JR-PE-01., que se le sigue por presunta comisión del delito de OMI-SION DE ASISTENCIA FAMILIAR, en agravio de MARIA CERBELEON ARCONDO BACILIO, para que asista a la audiencia de REQUERIMIENTO DE INCOACIÓN DE PROCESO INMEDIATO y se defienda de los cargos for-mulado en su contra, audiencia que se llevara a cabo el día VEINTICUATRO DE MAYO DEL DOS MIL DIECIO-CHO A HORAS DOCE Y TREINTA DEL DÍA (12:30 DEL DÍA), en la Quinta sala de audiencias de este juzgado, ubicado en el tercer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de la ciudad de Quillabamba (palacio de justicia de Qui-llabamba)

J. S (21, 22, 23 MAY)

EDICTO

Quillabamba, 17 de mayo del 2018Juzgado de Investigación Preparatoria de la Conven-ción Especialista: Anais Tapia Peña

Se cita y emplaza al señor JEFFERSON HADY CACE-RES ROMAN, en el Proceso Nro. 212-2017-0-1010-JR-PE-01., que se le sigue por presunta comisión del delito de conducción en estado de ebriedad, en agravio de SOCIEDAD, para que asista a la audiencia de REQUE-RIMIENTO DE INCOACIÓN DE PROCESO INMEDIA-TO y se defienda de los cargos formulado en su contra, audiencia que se llevara a cabo el día VEINTICUATRO DE MAYO DEL DOS MIL DIECIOCHO A HORAS DOCE CON CUARENTA Y CINCO DEL DÍA (12:45 DEL DÍA), en la Quinta sala de audiencias de este juzgado, ubi-cado en el tercer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de la ciudad de Quillabamba (palacio de justicia de Qui-llabamba)Quillabamba, 17 de mayo del 2018J. S (21, 22, 23 MAY)

EDICTO JUDICIAL

Ante el Juzgado de Investigación Preparatoria Transi-torio de la Convención, que despacha el Señor Juez Miguel Angel Arizábal Arriaga, bajo la actuación del Especialista Judicial de Audiencia Alex Sander Franco Palomino, en el Expediente N° 620-2017-0-1010-JR-PE-01, en los seguidos contra LIDA MANDORA HUA-MÁN, Identificado con DNI N°45909073, por la presunta comisión del delito AGRESIONES CONTRA LA MUJER O INTEGRANTES DEL GRUPO FAMILIAR, previsto y sancionado en el artículo 122-B del Código Penal. En agravio de SONIA HUAMÁN NOA. Se ha dispuesto no-tificar a la imputada LIDA MANDORA HUAMÁN, con la RESOLUCIÓN N° 03. Quillabamba, diecisiete de mayo del año dos mil dieciocho. PARTE CONSIDERATIVA: Se deja registro en audio. PARTE RESOLUTIVA: Se trans-cribe: SE RESUELVE: Primero.- Declarar por no instala-da válidamente audiencia pública de requerimiento de proceso inmediato, (…). Segundo.- SEÑALAR NUEVA FECHA Y HORA A LA AUDIENCIA PÚBLICA DE RE-QUERIMIENTO DE INCOACIÓN DE PROCESO INME-DIATO, para el día VEINTICINCO DE MAYO, DE DOS MIL DIECIOCHO, a horas 08:15 de la mañana; Audien-cia que se llevará a cabo en la quinta sala de audiencias de la Corte Superior de Justicia de la Convención. (…).

H.S.- Quillabamba, 17 de Mayo del 2018.

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EDICTO

Quillabamba, 18 de mayo del 2018 Juzgado de Investigación Preparatoria de la Conven-ción Especialista: Alex S. Franco Palomino.

Se cita y emplaza al señor PAVEL ERICK CONCHA YE-PEZ, en el Proceso Nro. 939-2017-0-1010-JR-PE-01., que se le sigue por presunta comisión del delito de por presunta comisión del delito de OMISIÓN DE ASIS-TENCIA FAMILIAR, en agravio de GONZALO CONCHA LOAIZA, para que asista a la audiencia de REQUERI-MIENTO DE INCOACIÓN DE PROCESO INMEDIATO y se defienda de los cargos formulado en su contra, audiencia que se llevara a cabo el día VEINTICINCO DE MAYO DEL DOS MIL DIECIOCHO A HORAS OCHO DEL DÍA (10:30 A.M), en la Quinta sala de audiencias de este juzgado, ubicado en el tercer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de la ciudad de Quillabamba (palacio de justicia de Quillabamba).

J. S (21, 22, 23 MAY)

EDICTO JUDICIAL

1o JUZ. DE ÍNVES. PREPARATORIA - Sede EspinarEXPEDIENTE : 00220-2017-0-1009-JR-PE-01JUEZ : ESTEBAN FREDDY ACHOMA TITOESPECIALISTA : KANA CHILO WALTERSe pone en conocimiento de los señores LUIS LLAN-QUE CHATA, JUAN ANCALLA PUMACAYO Y MIGUEL FLOREZ PERALTA, Que el Juzgado a RESUELTO: PARTE RESOLUTIVA:RECEPCIONAR la comunicación de la disposición de formalización y continuación de la investigación prepa-ratoria expedida por la Fiscalía Provincial Penal de Es-pinar, contra SMITH CÁRDENAS APARICIO y VÍCTOR RODRIGO SARAVIA MEDINA, por la presunta comisión del delito Contra la fe pública, en la modalidad de fal-sificación de documentos en general, tipo FALSIFICA-CIÓN DE DOCUMENTOS PRIVADOS, previsto en el articulo 427 primer párrafo (tipo base) del Código Penal, en agravio de Luis Llanque Chata y Juan Ancalla Pu-macayo; y contra Edgar Ccari hañarí y Miguel Florez Peralta, por la presunta comisión del delito contra la fe pública, en la modalidad de falsificación de documentos en general, tipo USO DE DOCUMENTOS PRIVADOS FALSOS, previsto en el artículo 427 segundo párrafo, concordado con el primer párrafo (tipo base) del Códi-go Penal vigente, en agravio de Luis Llanque Chata y Juan Ancalla Pumacayo, con el objeto de que el Juez de Investigación Preparatoria asuma competencia material en el proceso. IMPONER la medida de COMPARECEN-CIA SIMPLE a los imputados, quienes se encuentran obligados a concurrir a las diligencias del proceso en que sea necesaria su presencia, bajo apercibimiento de ser conducida compulsivamente por la Policía. CO-MUNICAR a la parte agraviada que tiene derecho a ser informado y escuchado antes de cada decisión que implique la extinción o suspensión de la acción penal siempre que /o solicite al juzgado y solamente tendrá derecho a impugnar el sobreseimiento y la sentencia absolutoria; así mismo, tiene la facultad de solicitar su constitución en actor civil, con la finalidad de obtener mayores facultades de actuación en el proceso. PRECI-SAR a los sujetos procesales que la carpeta fiscal con

todo lo que se actúe en la investigación preparatoria, se encuentra disponible en las oficinas de la Fiscalía encargada del caso, para su revisión, expedición de co-pias u otros fines que correspondan. ADVERTIR a las partes que los requerimientos y solicitudes se presentan por escrito (en formulario oficial cuando corresponda) y deben ser sustentados oralmente en audiencia pública, bajo apercibimiento de declararse inadmisible en caso de inconcurrencia del peticionante. EXPLICAR que el desarrollo íntegro de las audiencias judiciales serán grabados en audio, pudiendo acceder las partes a una copla. La resolución dictada oralmente en audiencia, se entenderá notificada a las partes asistentes y también a quienes hayan sido citados aunque no hayan asistido. REQUERIR al imputado, para que en el plazo de vein-ticuatro horas de notificado, cumpla con designar abo-gado defensor de su libre elección, bajo apercibimiento de designársele defensor público, en caso de incumpli-miento. Vencido dicho plazo, curse oficio al Defensor Público de la Provincia de Espinar para que asuma la defensa del imputado, debiéndosele notificar con co-pia de la disposición de formalización de investigación preparatoria. ORDENAR a las partes que fijen en autos un domicilio procesal (casilla electrónica), precisándose que las resoluciones escritas en adelante serán notifi-cadas sólo en el domicilio procesal, siendo de su entera responsabilidad la variación del mismo no comunicada al juzgado o el fijado fuera del radio urbano, para lo primero se entenderá válida la notificación en el último domicilio fijado en autos y para lo segundo se entenderá efectuada la notificación en el mismo dia de expedida la resolución. AUTORIZAR a las partes la utilización del fax para la notificación de las resoluciones, equiparable al domicilio procesa!, la misma que deberá ser comuni-cada al juzgado y será excluyente a la notificación por cédula en lo que sea pertinente. EXHORTAR al abogado particular del imputado su obligación de asistir a las ci-taciones judiciales a las audiencias, bajo apercibimiento de ser excluido y sustituido por abogado de oficio, en los casos previstos taxativamente en la ley.- Hágase Saber lo que se publica conforme a ley.-

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EDICTO JUDICIAL

1o JUZ. DE INVES. PREPARATORIA- Sede EspinarEXPEDIENTE :00306-2016-90-1009-JR-PE-01JUEZ ESTEBAN : FREDDY ACHOMA TITOESPECIALISTA :WALTER KANA CHILOSe pone en conocimiento del señor PERCY IVAN RO-JAS GAMARRA, que la Fiscalía Provincial Penal de Es-pinar, ha requerido SOBRESEIMIENTO a favor PERCY IVAN ROJAS GAMARRA, por el delito contra la el Patri-monio en su modalidad de ESTAFA, previsto y sancio-nado en el artículo 196° del Código Penal, en agravio de María Salome Hacha Cuti viuda de Valer; asimismo, se pone en su conocimiento la RESOLUCIÓN N° 01 de fecha quince de Enero del año dos mil dieciocho, mediante el cual que dispone: “CÓRRASE TRASLADO a los demás sujetos procesales por el plazo perento-rio de 10 DÍAS ÚTILES a efectos de que puedan por escrito formular oposición debidamente fundamentado, bajo sanción de inadmisibilidad e incluso podrán soli-citar la realización de actos de Investigación adiciona-les, indicando su objeto y los medios de investigación que considere procedentes; todo ello con el objeto de ser debatido en la audiencia preliminar de control de sobreseimiento y conforme a lo previsto en el articulo 345.3° del CPP, REQUIÉRASE al imputado para que en el plazo de veinticuatro horas de notificado, cumpla con designar a su abogado defensor de elección, bajo aper-cibimiento de designársele Defensor Público, en caso de incumplimiento....”Espinar, 10 de Mayo del 2018.

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EDICTO JUDICIAL

1o JUZ. DE INVES. PREPARATORIA - Sede EspinarEXPEDIENTE : 00068-2018-0-1009-JR-PE-01JUEZ : ESTEBAN FREDDY ACHOMA TITOESPECIALISTA : KANA CHILO WALTERSe pone en conocimiento del señor MIGUEL DAVID VALDEZ LAYME, que la Fiscalía Provincial Penal De Espinar ha requerido PROCESO INMEDIATO en su contra, por el delito contra la familia en su modalidad de omisión a la asistencia familiar en su forma de Omi-sión de Prestación de Alimentos, en agravio del menor F.D.V.B., representado por su progenitura Yobana Berna Merma; asimismo, se pone en su conocimiento la RE-SOLUCIÓN N° 01 de fecha dieciocho de octubre de! año dos mil diecisiete, que resolvió: Por estas consideracio-nes, SE RESUELVE: lll. PARTE RESOLUTIVA ADMITIR A TRAMITE el requerimiento de Proceso Inmediato requerida por la Fiscalía Provincial Penal de Espinar contra el imputado MIGUEL DAVID VALDEZ LAYME. PRECISAR que el imputado tiene derecho a negarse por cualquier motivo a estar presente en la audiencia de proceso inmediato, en cuyo caso será representado por su abogado de libre elección o defensor de oficio. NOTIFIQUESE al imputado a su domicilio real y pro-cesal con la presente resolución, quien en el plazo de veinticuatro horas deberá designar abogado defensor de su libre elección o ratificar al abogado defensor de-signado por el Ministerio Público a favor de dicho impu-tado, bajo apercibimiento designar Defensor Público en caso incumplimiento y llevarse a cabo la audiencia con asistencia del Defensor Público; por ser una audiencia inaplazable a quien deberá mortificarse con el presente requerimiento, y a los demás sujetos en sus respectivos domicilio procesa! señalado en auto.- Habiendo devuel-to cédula de notificación sin diligenciar por el encargado de central de notificaciones de la Ciudad de Arequipa: SE DISPONE: REPROGRAMAR la audiencia de proce-so inmediato, para el día TREINTA DE MAYO DEL DOS MIL DIECIOCHO A LAS NUEVE HORAS (hora exacta) en la sala de audiencias del Juzgado de Investigación Preparatoria de Espinar; con la presencia obligatoria del Fiscal y el Abogado Defensor o Defensor Público de la Provincia de Espinar, para que asuma la defensa del imputado. Se publique por edicto conforme a ley.

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EDICTO PENAL:

Señor: LUIS ABEL BEDOYA PRUDENCIO:Ante el Juzgado de Investigación Preparatoria de la Convención, que despacha el Señor Juez Abogado Car-los Reinaldo Huañac Contreras, bajo la actuación de la Especialista de Causas Jennifer Tupayachi Ayala, en el Incidente Penal N° 0739-2017-0-1010-JR-PE-01, segui-do contra LUIS ABEL BEDOYA PRUDENCIO, por la pre-sunta comisión del delito contra la Seguridad Publica, en la modalidad de Peligro Común, sub tipo Conducción en estado de ebriedad, en agravio de la Sociedad, se ha dispuesto notificar al imputado LUIS ABEL BEDOYA PRUDENCIO con la resolución N° 04 cuyo tenor es el siguiente: RESOLUCIÓN N° 04. Quillabamba, quince de mayo del año dos mil dieciocho. PARTE EXPOSI-TIVA Y CONSIDERATIVA: Se deja registro en audio. PARTE RESOLUTIVA: Se transcribe: SE RESUELVE: PRIMERO.- DECLARAR POR NO INSTALADA VALI-DAMENTE la AUDIENCIA PUBLICA DE PROCESO INMEDIATO (...) SEGUNDO: REPROGRAMAR LA AU-DIENCIA PÚBLICA DE PROCESO INMEDIATO para el

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La República 15SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCOLunes, 21 de mayo del 2018

día VEINTICUATRO DE MAYO DEL AÑO DOS MIL DIE-CIOCHO A HORAS OCHO DE LA MAÑANA CON QUIN-CE MINUTOS (08:15 AM). La audiencia es de carácter INAPLAZABLE. Quedando notificados en éste acto los presentes, se dispone notificar al imputado LUIS ABEL BEDOYA PRUDENCIO mediante edictos para que con-curra a la audiencia reprogramada y se defienda de los cargos que se le imputan, en su domicilio real y median-te edictos. (...). HÁGASE SABER.

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EDICTO PENAL:

Señor: FÉLIX MENDOZA MIRANDA:Ante el Juzgado de Investigación Preparatoria de la Convención, que despacha el Señor Juez Abogado Carlos Reinaldo Huañac Contreras, bajo la actuación de la Especialista de Causas Jennifer Tupayachi Ayala, en el Incidente Penal Na 0653-2017-0-1010-JR-PE-01, seguido contra FÉLIX MENDOZA MIRANDA, por la co-misión del Delito Contra la Administración Pública, en la modalidad de Delitos Cometidos por Particulares, sub tipo Desobediencia a la Autoridad, en agravio del Es-tado - Ministerio del Interior, representado por MILKO ALBERTO RUIZ ESPINOZA. se ha dispuesto notificar al imputado FÉLIX MENDOZA MIRANDA, con la reso-lución N° 03 cuyo tenor es el siguiente: RESOLUCIÓN N° 03. Quillabamba, dieciocho de abril del año dos mil dieciocho. PARTE EXPOSITIVA Y CONSIDERATIVA: Se deja registro en audio. PARTE RESOLUTIVA: Se transcribe: SE RESUELVE: PRIMERO.- DECLARAR POR NO INSTALADA VALIDAMENTE la AUDIENCIA PÚBLICA DE PROCESO INMEDIATO (…) SEGUNDO: REPROGRAMAR LA AUDIENCIA PÚBLICA DE PRO-CESO INMEDIATO para el día VEINTIOCHO DE MAYO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO A HORAS OCHO DE LA MAÑANA (08:00 AM). La audiencia es de carácter INAPLAZABLE. Quedando notificados en éste acto los presentes, se dispone notificar al imputado FÉLIX MEN-DOZA MIRANDA mediante edictos para que concurra a la audiencia reprogramada y se defienda de los cargos que se le imputan, en su domicilio real y mediante edic-tos. (...). HÁGASE SABER.

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EDICTO PENAL

Ante el Juzgado de Investigación Preparatoria de la Convención, que despacha el Señor Juez Abogado Car-los Reinaldo Huañac Contreras, bajo la actuación de la Especialista de Causas Jennifer Tupayachi Ayala, en el Incidente Penal N° 00275-2017-34-1010-JR-PE-01, en los seguidos contra CESAR FUENTES APARICIO, por la presunta comisión del delito CONTRA LA LIBERTAD, en la modalidad de VIOLACIÓN DE LA LIBERTAD SE-XUAL, sub tipo ACTOS CONTRA EL PUDOR EN ME-NOR DE EDAD, en agravio de menor de iniciales A.F.R., se ha dispuesto notificar al procesado CESAR FUEN-TES APARICIO: con la resolución cuyo tenor es el si-guiente: RESOLUCIÓN N° 02. Quillabamba, quince de marzo del año dos mil dieciocho. PARTE EXPOSITIVA Y CONSIDERATIVA: Se deja registro en audio. PARTE RESOLUTIVA: Se transcribe: SE RESUELVE: PRIME-RO.- DECLARAR POR NO INSTALADA VALIDAMENTE la AUDIENCIA DE REQUERIMIENTO DE CONTROL DE ACUSACIÓN (…)SEGUNDO: REPROGRAMAR LA AUDIENCIA DE REQUERIMEINTO DE CONTROL DE ACUSACIÓN para el día TRES DE JULIO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO a horas ONCE DE LA MAÑANA. La audiencia es de carácter INAPLAZABLE. Quedando notificados en éste acto los presentes, se dispone notifi-

car al imputado CESAR FUENTES APARICIO mediante edictos para que concurra a la audiencia reprogramada y se defienda de los cargos que se le imputan, en su do-micilio real y mediante edictos. (...). HÁGASE SABER.

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Señora: OLIMPIA CERÓN PORTUGAL:Ante el Juzgado de Investigación Preparatoria de la Convención, que despacha el Señor Juez Abogado Carlos Reinaldo Huañac Contreras, bajo la actuación de la Especialista de Causas Jennifer Tupayachi Ayala, en el Incidente Penal N° 00223-2015-92-1010-JR-PE-01, seguidos contra ALEJANDRO QUISPE ESPINOZA , por la presunta comisión del delito DE VIOLACIÓN DE LA LIBERTAD SEXUAL, previsto en el numeral 6 del segundo párrafo del artículo 170° del Código Pe-nal, en agravio de la menor de iníciales N.C.P. repre-sentado por su hermana Olimpia Cerón Portugal, se ha dispuesto notificar a la agraviada menor de iníciales N.C.P representado por su hermana OLIMPIA CERÓN PORTUGAL: con la resolución N° 04 cuyo tenor es el siguiente: RESOLUCIÓN N° 04. Quillabamba, ocho de mayo del año dos mil dieciocho. PARTE EXPOSITIVA Y CONSIDERATIVA: Se deja registro en audio. PARTE RESOLUTIVA: Se transcribe: SE RESUELVE: PRIME-RO.- DECLARAR POR NO INSTALADA VALIDAMENTE la AUDIENCIA PUBLICA DE SOBRESEIMIENTO (...)SEGUNDO: REPROGRAMAR A AUDIENCIA PÚ-BLICA DE SOBRESEIMIENTO para el dia CINCO DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO A HORAS DOS DE LA TARDE (02:00 PM). La audiencia es de carácter INAPLAZABLE. Quedando notificados en éste acto los presentes, se dispone notificar la agraviada menor de iniciales N.C.P representado por su hermana OLIMPIA CERÓN PORTUGAL mediante edictos para que concu-rra a la audiencia reprogramada. (...). HÁGASE SABER. RESOLUCIÓN Na 01. Quillabamba, ocho de setiembre del año dos mil dieciséis. Dado cuenta: El requerimiento de sobreseimiento de la causa, de conformidad a lo esti-pulado 344a. inciso 1a y; CONSIDERANDO: PRIMERO: Que de conformidad a lo previsto por el artículo 345° del Código Procesal Penal, corresponde otorgar a los demás sujetos procesales el plazo perentorio de DIEZ DÍAS HÁBILES, a efecto que puedan formular su oposi-ción a la solicitud dentro del plazo establecido (...). (...). RESUELVE: A. CORRER traslado del sobreseimiento a los sujetos procesales por el plazo de DIEZ DÍAS HÁ-BILES, a efectos de que puedan presentar por escrito los medios de defensa antes precisados para su debate en la audiencia preliminar de sobreseimiento (...). EX-TRACTO DEL REQUERIMIENTO DE SOBRESEIMIEN-TO: JUAN MANUEL CCOPA MAITA. Fiscal Provincia del Primer Despacho de Investigación de la Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de La Convención, con domicilio procesal en Jirón Martín Pío Concha N° 151 de la ciudad de Quillabamba, distrito de Santa Ana, provincia de La Convención, departamento del Cusco, a usted con respeto digo:.- PETITORIO: Conforme a lo prescrito por el Articulo 344° numeral 2), literal a) del Código Procesal Penal y habiéndose declarada con-cluida la investigación reparatoria REQUIERO EL SO-BRESEIMIENTO TOTAL de la presente causa, habida cuenta que el hecho objeto de la causa no se realizo, a favor de ALEJANDRO QUISPE ESPINOZA por la pre-sunta comisión del Delito contra La Libertad, en la mo-dalidad de Violación Sexual, sub tipo Violación Sexual de menor, previsto y sancionado por el numeral 6 del segundo párrafo del Artículo 170° del Código Penal, en agravio de la menor de iníciales N.C.P., debidamente representada por Olimpia Cerón Portugal.

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EXPEDIENTE N°. 3566-2016-79-1001 -JR-PE-07la señora Magistrada del Séptimo Juzgado de Investi-gación Preparatoria del Cusco, Dr. ALEX LEÓN MAR-TÍNEZ, en el proceso Nro. 3566-2016-79-1001-JR-PE-07, seguido contra HILARIO HUALLPAMAYTA TAIPE con D.N.I. 23800766, por el delito contra la Contra la Familia, sub tipo Incumplimiento de Obliga-ción Alimentaria, modalidad OMISIÓN DE ASISTENCIA FAMILIAR, en agravio de FLOR LISBETH HUALLPAMA-YTA TAIPE; bajo la actuación del Especialista Judicial Abog. Henning Siverts García Rios, se ha dispuesto no-tificar con la Resolución S/N del 08/05/18 y el extracto del requerimiento fiscal de Proceso Inmediato al citado procesado, cuyo contenido es el siguiente:REQUERIMIENTO DE PROCESO INMEDIATO.- El Fis-cal Provincial del Tercer Despacho de la Segunda Fis-calía Provincial Penal Corporativa del Cusco, formula PROCESO INMEDIATO contra HILARIO HUALL-PAMAYTA TAIPE con D.N.I.23800766, por el delito contra la Contra la Familia, sub tipo Incumplimiento de Obligación Alimentaria, modali-dad OMISIÓN DE ASISTENCIA FAMILIAR, en agravio FLOR LISBETH HUALLPAMAYTA TAIPE, la Fiscalía ha tipificado el delito en el primer párrafo del Artículo 149° del Código Penal; El Ministerio Público, solicita que se declare procedente el requerimiento de Proceso Inme-diato.RESOLUCIÓN S/N Cusco, ocho de mayo del dos mil dieciocho.-JUEZ: Advierte la inconcurrencia del sentenciado y veri-fica en autos que la notificación dirigida al sentenciado a su domicilio real en el Jn. Belaunde Terry s/n distrito de Urcos provincia de Quispicanchis departamento de Cus-co, con resolución que cita a la presente audiencia, ha retornado sin ser diligenciada al no haber sido ubicado el domicilio; no habiéndose notificado al sentenciado no se puede instalar la presente audiencia, debiéndose de verificar otro mecanismo idóneo de emplazamiento, mo-tivo por el cual se REPROGRAMA esta audiencia para el DÍA VEINTICUATRO DE MAYO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO A LAS QUINCE HORAS CON TREINTA MINUTOS, ACTO QUE SE REALIZARÁ EN LA DÉCI-MO SEGUNDA SALA DE AUDIENCIAS DEL MÓDULO PENAL DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DEL CUSCO, para lo cual, el Especialista de Causa al car-go de tramitar el presente proceso deberá notificar al sentenciado mediante edicto judicial por tres fechas consecutivas en el diario judicial de la Corte Superior de Justicia Del Cusco, debiendo efectuar las publicaciones con la debida anticipación del caso. Asimismo, adicional al edicto judicial (...).Cusco, 18 de mayo del 2018.

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Juzgado de Investigación Preparatoria de La Conven-ciónEspecialista: Jennifer Tupayachi AyalaSe cita y emplaza a:

1. JUAN CARLOS ZERECEDA CUBA, en el Proceso Nro. 688-2017-0-1010-JR-PE-01., que se le sigue por la presunta comisión del delito CONDUCCION ES ESTADO DE EBRIEDAD, en agravio de LA SOCIE-DAD, para que asista a la audiencia de Incoación De Proceso Inmediato. Y se defienda de los cargos formu-lados en su contra, audiencia que se llevará a cabo el día VEINTICUATRO DE MAYO DEL DOS MIL DIECIO-

CHO A HORAS OCHO DE LA MAÑANA (08.00 A M).

2. LUIS ABEL BEDOYA PRUDENCIO, en el Proceso Nro. 739-2017-0-1010-JR-PE-01., que se le sigue por la presunta comisión del delito CONDUCCION EN ESTADO DE EBRIEDAD , en agravio de ESTADO , para que asista a la audiencia de Incoación De Proceso Inmediato. Y se defienda de los cargos formulados en su contra, audiencia que se llevará a cabo el día VEIN-TICUATRO DE MAYO DEL DOS MIL DIECIOCHO A HO-RAS OCHO I QUINCE DE LA MAÑANA (08.15 A M).

3. JESUS HUAMAN HUAMANI , en el Proceso Nro. 450-2018-0-1010-JR-PE-01., que se le sigue por la presunta comisión del delito CONDUCCION EN ESTA-DO DE EBRIEDAD , en agravio de ESTADO , para que asista a la audiencia de Incoación De Proceso Inmedia-to. Y se defienda de los cargos formulados en su contra, audiencia que se llevará a cabo el día VEINTICUATRO DE MAYO DEL DOS MIL DIECIOCHO A HORAS OCHO I TREINTA DE LA MAÑANA (08.30 A M).

4. ALCIDES QUISPE DAVALOS, en el Proceso Nro. 610-2018-0-1010-JR-PE-01., que se le sigue por la presunta comisión del delito CONDUCCION EN ES-TADO DE EBRIEDAD, en agravio DE LA SOCIEDAD , para que asista a la audiencia de Incoación De Proceso Inmediato. Y se defienda de los cargos formulados en su contra, audiencia que se llevará a cabo el día VEIN-TICUATRO DE MAYO DEL DOS MIL DIECIOCHO A HORAS OCHO I CUARENTAICINCO DE LA MAÑANA (08.45 A M).

5. VICTOR ALANOCA QUISPE, en el Proceso Nro. 518-2018-0-1010-JR-PE-01., que se le sigue por la presunta comisión del delito CONDUCCION EN ES-TADO DE EBRIEDAD , en agravio de LA SOCIEDAD , para que asista a la audiencia de Incoación De Proceso Inmediato. Y se defienda de los cargos formulados en su contra, audiencia que se llevará a cabo el día VEIN-TICUATRO DE MAYO DEL DOS MIL DIECIOCHO A HO-RAS NUEVE DE LA MAÑANA (09.00 A M).

6. ALEZ SANDRO ASCARZA YUPANQUI, en el Proceso Nro. 525-2018-0-1010-JR-PE-01., que se le sigue por la presunta comisión del delito LESIONES LEVES, en agravio de LUZBELLY ALFARO PAIVA, para que asista a la audiencia de Incoación De Proceso In-mediato. Y se defienda de los cargos formulados en su contra, audiencia que se llevará a cabo el día VEINTI-CUATRO DE MAYO DEL DOS MIL DIECIOCHO A HO-RAS NUEVE I QUINCE DE LA MAÑANA (09.15 A M).

7. ELOY OLMEDO NAHUIS OQUENDO , en el Proceso Nro. 511-2018-0-1010-JR-PE-01., que se le sigue por la presunta comisión del delito CONDUCCION EN ESTADO DE EBRIDAD, en agravio de LA SOCIE-DAD , para que asista a la audiencia de Incoación De Proceso Inmediato. Y se defienda de los cargos formu-lados en su contra, audiencia que se llevará a cabo el día VEINTICUATRO DE MAYO DEL DOS MIL DIECIO-CHO A HORAS NUEVE I TREINTA DE LA MAÑANA (09.30 A M).

8. BRUÑO MIRANDA SUELDO, en el Proceso Nro. 58-2017-0-1010-JR-PE-01., que se le sigue por la presunta comisión del CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD, en agravio de LA SOCIEDAD , para que asista a la audiencia de Incoación De Proceso Inmedia-to. Y se defienda de los cargos formulados en su contra, audiencia que se llevará a cabo el día VEINTICUATRO DE MAYO DEL DOS MIL DIECIOCHO A HORAS NUE-VE I CUARENTA I CINCO DE LA MAÑANA (09.45 A M).

9. RONALD SEQUEIROS AQUEHUA, en el Proceso Nro. 476-2018-0-1010-JR-PE-01., que se le sigue por la presunta comisión del delito CONDUCCIÓN

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La República16 SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO Lunes, 21 de mayo del 2018

HORA NÚMERO EXPEDIENTE DEMANDANTE DEMANDADO MATERIARESOL.

IMPUG.PROCEDE COLEGIADO

1 08:00 01861-2013-0-1001-JR-CI-01 Manuel Gustavo Barberis Romero y otros Irwing Gary Pinares Silva y otros Petición de herencia sentencia 5JCC Dirimencia Pereira Alagón

2 08:20 00791-2017-0-1018-JM-CI-02 Saturnino Ccoto Caceres Bernardina Ccoto Santa Cruz y otra Desalojo auto

improce 2JMx Santiago Velásquez-Delgado-Holgado

3 08:25 00387-2017-0-1001-JR-CI-02 Claudio Aller Vargas Nicolas Paucar Cusihuaman Nulidad de acto jurídico sentencia 2JCC Velásquez-Delgado-Holgado

4 08:30 02376-2017-0-1001-JR-CI-05 PANORAMIC CUSCO CITY E.I.R.L. y otro

Municipalidad Provincial de Cusco Proceso de amparo auto

improce 5JCC Velásquez-Delgado-Holgado

5 08:35 00822-2017-0-1018-JM-CI-01 Lucia Allpacca Quispe y otros Simeon Huaita Huamani Prescripción adquisitiva auto rechazo 1JMx Santiago Velásquez-Delgado-Holgado

6 08:40 00703-2016-0-1001-JR-CI-02 Silvio Arcenio Vargas Camus y otro Macario Mamani Incappuiño Obligación de dar suma

de dinero sentencia 2JCC Velásquez-Delgado-Holgado

7 08:50 00904-2017-0-1001-JR-CI-02 Wilber Enrique Navarro Pilares Banco Azteca del Perú S.A. Indemnización sentencia 2JCC Velásquez-Delgado-Holgado

8 08:55 02460-2013-0-1001-JR-CI-01 Cornelio Tecse Gutierrez Jefe Zonal de COFOPRI y otros Nulidad de acto jurídico sentencia 1JCC Velásquez-Delgado-Holgado

9 09:00 00023-2018-0-1001-SP-FP-01 Ministerio Público Menor de iniciales A.R.M. Infracción a la ley penal -lesiones leves sentencia JMx

Quispicanchis Velásquez-Delgado-Holgado

10 09:05 00184-2016-0-1001-JM-CI-02 Roberto Segovia Soto Juez del Tercer Juzgado de Familia de Cusco y otros

Nulidad de cosa juzgada fraudulenta sentencia 2JMx Wanchaq Velásquez-Delgado-Holgado

11 09:10 00659-2017-0-1001-JM-CI-01 Bertha Conto de Miranda Natividad Gutierrez Huaman Desalojo sentencia 1JMx wanchaq Velásquez-Delgado-Holgado

12 09:15 00588-2017-0-1001-JM-CI-01 Manuel Adolfo Espinosa Alcazar Eufrosia Ataulluco Arqque y otro Desalojo sentencia 1 JMx Wanchaq Velásquez-Delgado-Holgado

13 09:20 00245-2018-0-1001-JR-CI-05 Mar Vasty Ccorahua Municipalidad Distrital de San Jerónimo Proceso de amparo auto

improce 5JCC Velásquez-Delgado-Holgado

14 15:00 00150-2008-0-1001-JR-CI-05 CIA Inmobiliaria Santa Catalina S.A. EGEMSA S.A. Nulidad de asiento

registral sentencia 2JCC Dirimencia Gutiérrez Merino

HORA NÚMERO EXPEDIENTE DEMANDANTE DEMANDADO MATERIARESOL.

IMPUG.PROCEDE COLEGIADO

1 08:00 02774-2017-0-1001-JR-CI-04 Jorge David Yepez Solis Juez Superior Miriam Helly Pinares Silva y otros Proceso de amparo auto

improce 4JCC Pereira-Velásquez-Gutiérrez

2 08:20 00473-2012-0-1001-JR-CI-04 Eduardo Becerra Cusihuaman y otra

Norma Liboria Ampuero de vega y otros

Ineficacia de acto jurídico sentencia

4JCC Velásquez-Delgado-Holgado

3 08:25 04894-2016-0-1001-JR-FC-02 Carlos Juan Cardenas Escalante Hilaria Sanac Pilco Divorcio por causalsentencia

2JFC Velásquez-Delgado-Holgado

4 08:30 00041-2018-0-1001-SP-CI-01 Fernando Murillo Salazar Cosme Condori Quispe Desalojo sentencia JMx Quispicanchis Velásquez-Delgado-Holgado

5 08:35 00482-2012-0-1018-JM-CI-02 Elsa Irma Rodrigo Machaca Jaime Villena Concha Indemnización sentencia 2JMx santiago Velásquez-Delgado-Holgado6 08:40 02928-2015-0-1001-JR-FC-01 Basilia Surco Caceres Juan Cancio Torres Duran Divorcio por causal sentencia 1JFC Velásquez-Delgado-Holgado

7 08:45 00927-2017-0-1001-JR-FC-03 Diana Beatriz Estela Andia castro Miguel Amilcar Perez Apaza Tenencia sentencia 2JFC Velásquez-Delgado-Holgado

8 08:50 02054-2000-0-1001-JR-CI-02 Aniceto Mendoza Valencia Raúl Marmanillo Pérez y otros Nulidad de acto jurídico auto excep 2JCC Velásquez-Delgado-Holgado

9 08:55 00108-2017-0-1001-JP-CI-01 Agustin Torres Calderon y otros

Asociación Única Tradicional de sabado Baratillo Cusco

Convocatoria a asamblea sentencia 3JCC Velásquez-Delgado-Holgado

10 09:00 01514-2017-0-1001-JR-CI-02 Flor Graciela Davila Gamarra Francisca Quispe Durand y otro Interdicto sentencia 2JCC Velásquez-Delgado-Holgado

11 09:05 00564-2018-0-1001-JR-CI-04 Yemira Olenka Zamalloa Verano

Andres Abelino Carrion Carrión y otro Proceso de amparo auto

improce 4JCC Velásquez-Delgado-Holgado

11 09:10 00016-2016-0-1001-SP-FP-01 Ministerio Público Menor infractor de iniciales JHH Infracción a la ley penal -actos contra el pudor sentencia JMx Anta Velásquez-Delgado-Holgado

12 12:30 01858-2017-0-1001-JR-CI-03 Madeleine Segura Candia Magistradas de la Sala Civil Proceso de amparo auto improce 3JCC Pinares-Pereira-Gutierrez

HORA NÚMERO EXPEDIENTE DEMANDANTE DEMANDADO MATERIARESOL.

IMPUG.PROCEDE COLEGIADO

1 08:00 00718-2017-0-1018-JM-CI-01 Inversiones Wiñaywayna S.A. Consorcio Machupicchu Pueblo y otros Proceso de amparo auto

improce 2JMx Santiago Dirimencia Pereira Alagón

2 08:20 02703-2014-0-1001-JP-CI-02 Edilberto Javier Apaza Taca Gobierno Regional de Cusco Obligación de dar suma de dinero sentencia 1JMx Wanchaq Velásquez-Delgado-Holgado

3 08:25 02628-2017-0-1001-JR-CI-02 Espinosa Arquitectos S.A.C. Municipalidad Provincial de Cusco

Contencioso administrativo sentencia 2JCC Velásquez-Delgado-Holgado

4 08:30 01565-2017-0-1001-JM-FP-02 Ministerio Público Menor de iniciales YHEH y otro Infracción a la ley penal -lesiones leves sentencia 2JMx Wanchaq Velásquez-Delgado-Holgado

5 08:35 01179-2017-0-1001-JR-CI-02 Jorge Luis Castro Gonzales Municipalidad Provincial de Cusco

Contencioso administrativo sentencia 2JCC Velásquez-Delgado-Holgado

6 08:40 00344-2016-0-1001-JR-CI-04 Ascención Yupanqui Hancco y otros

Jose Ponciano Medina Figueroa y otro Tercería sentencia 1JCC Velásquez-Delgado-Holgado

7 08:45 01672-2011-0-1001-JR-CI-02 Celia Chihuantito Atayupanqui de Galvez Bellota Lolo Medina Qqueccaño y otros Mejor derecho de

propiedad sentencia 2JCC Velásquez-Delgado-Holgado

8 08:50 00865-2017-0-1018-JM-CI-02 Narda Leonor Aguirre de la Barra y otro Celestino Velez Checa y otros Nulidad de acto jurídico auto

improce 2JMx Santiago Velásquez-Delgado-Holgado

9 08:55 01450-2010-0-1001-JR-CI-01 Rosa Luz Leon Valdivia y otros Arzobispado del Cusco y otros Nulidad de acto jurídico sentencia 1JCC Velásquez-Delgado-Holgado

10 09:00 00261-2017-0-1001-JR-CI-02 Natalia Lizarraga viuda de Mamani y otro

Freddy Huamantica Mamani y otros

Petición de herencia y otro sentencia 2JCC Velásquez-Delgado-Holgado

11 09:05 00461-2009-0-1018-JM-CI-01 Vicente Saire Alegria Marcial Meza Huanca y otro Nulidad de acto jurídico sentencia 1JMx Santiago Velásquez-Delgado-Holgado

12 15:00 00567-2011-0-1018-JM-CI-01 Martha Pamela Vizcarra Alosilla y otro

Franz Augusto Trelles Polo y la Borda y otros Nulidad de acto jurídico sentencia 1JMx Santiago Dirimencia Gutiérrez Merino

HORA NÚMERO EXPEDIENTE DEMANDANTE DEMANDADO MATERIARESOL.

IMPUG.PROCEDE COLEGIADO

1 08:20 01613-2013-0-1001-JR-CI-01 Luis Reynaldo Aguirre Meneses Juez Superior Andres Quinte Villegas y otros Proceso de amparo auto impro JCCA Velásquez-Delgado-Holgado

2 08:25 00100-2018-0-1001-JM-CI-02 Dolores Becerra Quispe Sabina Ascue Calvo de Palomino Otorgamiento de escritura pública auto impro 1JMx Wanchaq Velásquez-Delgado-Holgado

3 08:30 01335-2017-0-1001-JR-CI-03 Juan Carlos Candia Lopez COSITUC y otros Proceso de amparo sentencia 3JCC Velásquez-Delgado-Holgado

4 08:35 02738-2017-0-1001-JR-CI-03 Eduardo Polo Bueno Juez Aquiles Espinoza Delgado Proceso de amparo auto impro 3JCC Velásquez-Delgado-Holgado

5 08:40 00129-2017-0-1018-JM-CI-02 Jimmy Ampuero Romero Dirección General de Administración del Hospital Antonio Lorena de Cusco y otros

Proceso de amparo sentencia 2JMx Santiago Velásquez-Delgado-Holgado

6 08:45 02126-2016-0-1001-JR-CI-02 Gabina Quispe Luna Nohemi Huaman Huaycochea y otro Nulidad de acto jurídico sentencia 2JCC Velásquez-Delgado-Holgado

7 08:50 00092-2018-0-1001-SP-CI-01 Arzobispado de Cusco Municipalidad Distrital de Oropesa Proceso de amparo auto

improceJMx Quispicanchis Velásquez-Delgado-Holgado

8 08:55 00094-2018-0-1001-SP-CI-01 Rosalio Apaza Ttito y otra Natividad Gutierrez Percca y otro Interdicto de recobrar sentencia JMx Quispicanchis Velásquez-Delgado-Holgado

9 09:00 00342-2018-0-1001-JR-CI-03 Atilio Espinoza Olivares Leandra Rosa Berrocal Viuda de Delgado Facción de inventario auto

improce 3JCC Velásquez-Delgado-Holgado

10 09:05 02051-2015-0-1001-JR-CI-01 Maximo Mendoza Yauta Municipalidad Distrital de San sebastian, Listisconsorte APV Tres de mayo Las Lozadas

Contencioso administrativo sentencia 1JCC Velásquez-Delgado-Holgado

11 09:10 00456-2015-0-1001-JM-CI-01 Nerio Willy Mujica Pacheco y otros Samuel Mamani Alfarez y otros Retracto sentencia 1JMx Wanchaq Velásquez-Delgado-Holgado

HORA NÚMERO EXPEDIENTE DEMANDANTE DEMANDADO MATERIARESOL.

IMPUG.PROCEDE COLEGIADO

1 08:00 00662-2017-6-1001-JR-CI-01 Yanet Perez Quispe ESSALUD Contencioso administrativo auto 1JMx Wanchaq Dirimencia Pereira Alagón

2 08:20 02454-2014-0-1001-JR-FC-03 Cipriana Velasquez Pinares Carlos Jorge Chung Davila Divorcio por causal sentencia consulta 3JFC Velásquez-Delgado-Holgado

3 08:25 01642-2017-0-1001-JR-FC-02 Javier Abel Lovon Cruz Elena Cruz Suyo Interdicción sentencia consulta 2JFC Velásquez-Delgado-Holgado

4 08:30 01696-2017-0-1001-JR-CI-05 Emilia Sara Martinez Yañez Angel Wilberto martinez Yañez Interdicción sentencia consulta 1JFC Velásquez-Delgado-Holgado

5 08:35 01682-2008-0-1001-JR-CI-02 Hotel del Prado Inn E.I.R.L. Inversiones Mithology S.R.L. y otros

Cesación de ejerccio abusivo de derecho y otro

sentencia 2JCC Velásquez-Delgado-Holgado

Begonia del Rocío Velásquez Cuentas Roxana Bohórquez AbarcaPresidenta de Sala Secretaria de Sala

LUNES 21 DE MAYO DE 2018

MARTES 22 DE MAYO DE 2018

VIERNES 25 DE MAYO DE 2018

MIERCOLES 23 DE MAYO DE 2018

JUEVES 24 DE MAYO DE 2018

CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DEL CUSCO

SALA CIVIL DE CUSCO

TABLA DE VISTA DE CAUSAS (Lunes 21 de mayo al viernes 25 de mayo de 2018)

EN ESTADO DE EBRIEDAD, en agravio de LA SOCIE-DAD, para que asista a la audiencia de Incoación De Proceso Inmediato. Y se defienda de los cargos formu-lados en su contra, audiencia que se llevará a cabo el día VEINTICUATRO DE MAYO DEL DOS MIL DIECIO-CHO A HORAS DIEZ DE LA MAÑANA (10.00 A M).

10. CHRISTOFER ADEMIR CAHUANA, en el Proceso Nro. 772-2017-0-1010-JR-PE-01., que se le si-gue por la presunta comisión del delito CONDUCCION EN ESTADO DE EBRIEDAD, en agravio de LA SOCIE-DAD, para que asista a la audiencia de Incoación De Proceso Inmediato. Y se defienda de los cargos formu-lados en su contra, audiencia que se llevará a cabo el día VEINTICUATRO DE MAYO DEL DOS MIL DIECIO-CHO A HORAS DIEZ I QUINCE DE LA MAÑANA (10.15 A M).

11. DANTE SALLO VALENCIA, en el Proceso Nro. 675-2017-0-1010-JR-PE-01., que se le sigue por la presunta comisión del delito CONDUCCION EN ES-TADO DE EBRIEDAD, en agravio de LA SOCIEDAD, para que asista a la audiencia de Incoación De Proce-so Inmediato. Y se defienda de los cargos formulados en su contra, audiencia que se llevará a cabo el día VEINTICUATRO DE MAYO DEL DOS MIL DIECIOCHO A HORAS DIEZ I MEDIA DE LA MAÑANA (10.30 A M).

12. FLORENCIO QUISPE GUTIERREZ, en el Proceso Nro. 253-2017-0-1010-JR-PE-01., que se le sigue por la presunta comisión del delito CONDUC-CION EN ESTADO DE EBRIEDAD, en agravio de LA SOCIEDAD, para que asista a la audiencia de Incoación De Proceso Inmediato. Y se defienda de los cargos for-mulados en su contra, audiencia que se llevará a cabo el día VEINTICUATRO DE MAYO DEL DOS MIL DIE-CIOCHO A HORAS DIEZ I CUARENTA I CINCO DE LA MAÑANA (10.45 A M).

13. LLISDER CCAHUANA BAEZ, en el Proceso Nro. 391-2018-0-1010-JR-PE-01., que se le sigue por la presunta comisión del delito CONDUCCION EN ES-TADO DE EBRIEDAD, en agravio de LA SOCIEDAD, para que asista a la audiencia de Incoación De Proce-so Inmediato. Y se defienda de los cargos formulados en su contra, audiencia que se llevará a cabo el día VEINTICUATRO DE MAYO DEL DOS MIL DIECIOCHO A HORAS ONCE DE LA MAÑANA (11.00 A M).

14. LUIS MIGUEL LOAYZA ZAVALETA , en el Proceso Nro. 295-2017-0-1010-JR-PE-01., que se le si-gue por la presunta comisión del delito CONDUCCION EN ESTADO DE EBRIEDAD, en agravio de LA SOCIE-DAD , para que asista a la audiencia de Incoación De Proceso Inmediato. Y se defienda de los cargos for-mulados en su contra, audiencia que se llevará a cabo el día VEINTICUATRO DE MAYO DEL DOS MIL DIE-CIOCHO A HORAS ONCE I QUINCE DE LA MAÑANA (11.15 A M).

15. WALTER GARRIDO GIMENEZ, en el Pro-ceso Nro. 466-2018-0-1010-JR-PE-01., que se le sigue por la presunta comisión del delito CONDUCCION EN ESTADO DE EBRIEDAD, en agravio de LA SOCIEDAD, para que asista a la audiencia de Incoación De Proce-so Inmediato. Y se defienda de los cargos formulados en su contra, audiencia que se llevará a cabo el día VEINTICUATRO DE MAYO DEL DOS MIL DIECIOCHO A HORAS ONCE I MEDIA DE LA (11.30 A M).

16. AMERICO ZEVALLOS ELORRIETA, en el Proceso Nro. 762-2017-0-1010-JR-PE-01., que se le sigue por la presunta comisión del delito CONDUC-CIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD , en agravio de LA SOCIEDAD, para que asista a la audiencia de Incoación

De Proceso Inmediato. Y se defienda de los cargos for-mulados en su contra, audiencia que se llevará a cabo el día VEINTICUATRO DE MAYO DEL DOS MIL DIE-CIOCHO A HORAS ONCE I CUARENTA I CINCO DE LA MAÑANA (11.45 A M).

17. ANTONIO FLORES SERRANO, en el Pro-ceso Nro. 467-2018-0-1010-JR-PE-01., que se le sigue por la presunta comisión del delito CONDUCCION ES ESTADO DE EBRIEDAD, en agravio de LA SOCIEDAD , para que asista a la audiencia de Incoación De Proce-so Inmediato. Y se defienda de los cargos formulados en su contra, audiencia que se llevará a cabo el día VEINTICUATRO DE MAYO DEL DOS MIL DIECIOCHO A HORAS DOCE DE MEDIO DIA (12.00 A M).

18. ROMULO ILLA HUAROKCA, en el Proceso Nro. 918-2017-0-1010-JR-PE-01., que se le sigue por la presunta comisión del delito CONDUCCION EN ES-TADO DE EBRIEDAD, en agravio de LA SOCIEDAD, para que asista a la audiencia de Incoación De Proce-so Inmediato. Y se defienda de los cargos formulados en su contra, audiencia que se llevará a cabo el día VEINTICUATRO DE MAYO DEL DOS MIL DIECIOCHO A HORAS DOCE I QUINCE DEL MEDIO DIA (12.15 A M).

19. ANDRES ESPINOZA RAMIREZ, en el Pro-ceso Nro. 448-2018-0-1010-JR-PE-01, que se le sigue por la presunta comisión del delito CONDUCCION EN ESTADO DE EBRIEDAD, en agravio de LA SOCIEDAD, para que asista a la audiencia de Incoación De Proce-so Inmediato. Y se defienda de los cargos formulados en su contra, audiencia que se llevará a cabo el día VEINTICUATRO DE MAYO DEL DOS MIL DIECIOCHO A HORAS DOCE I MEDIA DEL DIA (12.30 A M).

20. JOSUE MOLINA ESCURRA, en el Proceso Nro. 578-2016-0-1010-JR-PE-01., que se le sigue por la presunta comisión del delito CONDUCCION EN ES-TADO DE EBRIEDAD, en agravio de LA SOCIEDAD, para que asista a la audiencia de Incoación De Proce-so Inmediato. Y se defienda de los cargos formulados en su contra, audiencia que se llevará a cabo el día VEINTICUATRO DE MAYO DEL DOS MIL DIECIOCHO A HORAS DOCE I CUARENTA I CINCO DEL MEDIO DIA (12.45 A M).

En la primera sala de audiencia de este Juzgado, ubi-cado en el primer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de la ciudad de Quillabamba (Palacio de Justicia de Qui-llabamba). Quillabamba, 18 de mayo del 2018

J. S (21, 22, 23 MAY)

Page 17: CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DEL CUSCO · tramitado en el Cuarto Juzgado Civil de Cusco, a cargo de la Señora Juez, Pérez Carlos Fanny Lupe, siendo ... REQUERIMIENTO FISCAL: Que,

La República 17SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCOLunes, 21 de mayo del 2018

Nº Hora Exp. Demandante Demandado Materia Apelación Procede Colegiado

1 08:30a.m. 00471-2017-0-1001-JR-LA-02 Dan Vera Unsueta Gobierno Regional del Cusco Contencioso Adm Sentencia 2JETC Murillo Flores-Alfaro Herrera-Ttito Quispe

2 08:35a.m. 00031-2018-0-1001-SP-LA-02 Evangelina Madera Huanca Municipalidad Provincial de Calca Contencioso Adm Sentencia JMC Murillo Flores-Alfaro Herrera-Ttito Quispe

3 08:40a.m. 00458-2017-0-1001-JR-CI-04 Carlos Javier Pareja Covarrubias Unidad de Gestión Educativa Local de Urubamba y otros

Contencioso Adm Sentencia 2JETC Murillo Flores-Alfaro Herrera-Ttito Quispe

Nº Hora Exp. Demandante Demandado Materia Apelación Procede Colegiado

1 08:30a.m. 00043-2018-0-1001-SP-LA-02 José Fernando Echegaray Ponce Unidad de Gestión Educativa Local de Calca y otros

Contencioso Adm Sentencia JMC Murillo Flores-Alfaro Herrera-Ttito Quispe

2 08:35a.m. 00454-2016-0-1001-JR-LA-02 Edward Valery Romoacca Cazas Gobierno Regional del Cusco Contencioso Adm Sentencia 2JETC Murillo Flores-Alfaro Herrera-Ttito Quispe

3 08:40a.m. 00295-2015-0-1001-JR-LA-02 Manuel Antonio Chumbes Mora Municipalidad Distrital de Wanchaq Contencioso Adm Sentencia 2JETC Murillo Flores-Alfaro Herrera-Ttito Quispe

Nº Hora Exp. Demandante Demandado Materia Apelación Procede Colegiado

1 08:30a.m. 00063-2015-0-1001-JR-LA-02 Mario Efraín Zárate Maldonado Municpalidad Provincial del Cusco Contencioso AdmAuto Declara Consentida Sentencia

2JETC Murillo Flores-Alfaro Herrera-Ttito Quispe

2 08:35a.m. 02287-2017-0-1001-JR-LA-05 Alan Cusi Calvo Dirección Regional de Agricultura del Cusco Contencioso AdmAuto Declara

Improcedente Demanda

5JETC Murillo Flores-Alfaro Herrera-Ttito Quispe

3 08:40a.m. 00361-2017-0-1001-JM-CI-02 Cusco Hiking E.I.R.L EsSalud Contencioso AdmAuto Declara

Fundada Excepción

5JETC Murillo Flores-Alfaro Herrera-Ttito Quispe

Nº Hora Exp. Demandante Demandado Materia Apelación Procede Colegiado

1 08:30a.m. 00027-2017-0-1001-SP-LA-02 Exaltación Pérez Gonzáles Unidad de Gestión Educativa Local de Quispicanchi y otros

Contencioso Adm Sentencia JMQ Murillo Flores-Alfaro Herrera-Ttito Quispe

2 08:35a.m. 00221-2015-0-1001-JR-LA-02María del Carmen Jiménez Villafuerte

Municipalidad Provincial de Cusco Contencioso Adm Sentencia 3JETC Murillo Flores-Alfaro Herrera-Ttito Quispe

3 08:40a.m. 01333-2013-0-1001-JR-LA-02 Pío Edgar Sucñer SuárezUniversidad Nacional de San Antonio Abad del Cusco

Contencioso Adm Sentencia 3JETC Murillo Flores-Alfaro Herrera-Ttito Quispe

4 10:00a.m. 02132-2017-0-1001-JR-LA-03 José Evaristo Rivera Gamarra Dirección Regional de Educación de Cusco y otros

Contencioso Adm Sentencia 3JETC Dirim. Delgado Aybar

CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DEL CUSCO

SEGUNDA SALA ESPECIALIZADA LABORAL DEL CUSCO

TABLA DE VISTA DE CAUSAS Y AUDIENCIAS (Del Lunes 21 al Viernes 25 de Mayo de 2018)

Lunes, 21 de Mayo de 2018

_____________________________________

Cusco, 18 de Mayo de 2018

Martes, 22 de Mayo de 2018

Miercoles, 23 de Mayo de 2018

Jueves, 24 de Mayo de 2018

______________________________________NADHIM NICOLE JOSSELYNE CHÁVEZ ZEVALLOS

SECRETARIA DE SALA

SEGUNDA SALA ESPECIALIZADA LABORAL

LUIS FERNANDO MURILLO FLORES

PRESIDENTE

SEGUNDA SALA ESPECIALIZADA LABORAL

Page 18: CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DEL CUSCO · tramitado en el Cuarto Juzgado Civil de Cusco, a cargo de la Señora Juez, Pérez Carlos Fanny Lupe, siendo ... REQUERIMIENTO FISCAL: Que,

La República18 SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO Lunes, 21 de mayo del 2018

58-2017-LAUGEL LA

CONVENCION CONTENCIOSO

ADMINISTRATIVO RAMON VARGAS

QUINTANILLA

397-2017-LA UGEL LA

CONVENCION CONTENCIOSO

ADMINISTRATIVO MELITON CONCHA

SANCHEZ

330-2017-LAUGEL LA

CONVENCION CONTENCIOSO

ADMINISTRATIVO MAXIMO

ZAMALLOA SOLIS

195--2018-39-PE

LESIONES LEVES ELVIN CHURA FARFAN

563-2017-FCJOSE CAMERO

VELARDE UNION DE HECHO ASCENSTA

VELARDE HUAMAN

502-2018-LA ALCALDE DE SANTA

TERESA HABEAS CORPUS

ASOCIACION COMERCIANTES

COCALMAYO

546-2016-LAUGEL LA

CONVENCION CONTENCIOSO

ADMINISTRATIVO SAUL OTAZU

VARGAS

22--2018-PE HURTO JHONATAN TRUJILLO ENRIQUEZ

341-2004-PE T.I.D. JESUS LAZARO NAVARRO

Page 19: CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DEL CUSCO · tramitado en el Cuarto Juzgado Civil de Cusco, a cargo de la Señora Juez, Pérez Carlos Fanny Lupe, siendo ... REQUERIMIENTO FISCAL: Que,

La República 19SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCOLunes, 21 de mayo del 2018

0045-2015-CIGILBERTO MEZA

PEÑA

PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE

DOMINIO

FORTUNATA OVIEDO TITO

186-2016-28-LA VLADIMIRO

QUINTANILLA RAMOS

VIOLACION SEXUAL EST. INCONCIENCIA B.L.K.M.

00272015-CITEOFILO GONZALES

GUTIERREZ

PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE

DOMINIO

ZENOVIO RIVERA PAMPAÑAUPA

53-2005-PE ELODIA BURQUEZ

VITERI ASESINATO

QEVF REYNER MOZOMBITE

VELARDE

Page 20: CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DEL CUSCO · tramitado en el Cuarto Juzgado Civil de Cusco, a cargo de la Señora Juez, Pérez Carlos Fanny Lupe, siendo ... REQUERIMIENTO FISCAL: Que,

La República20 SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO Lunes, 21 de mayo del 2018

Hora Número de

Expediente

Tipo Audiencia Materia Demandado Demandante Magistrado

08:30-08:59 04382-2017-0- CONCILIACION INDEMNIZACION POR DESPIDO ARBITRARIO Y OTROS

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CUSCO

SANTISTEBAN ORDOÑEZ ODALIS

COLQUE ROJAS RODOLFO,

09:00-09:29 04312-2017-0- CONCILIACION ACCION CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CUSCO

ALCA CACERES EDWIN COLQUE ROJAS RODOLFO,

09:30-10:29 04083-2017-0- UNICA REPOSICION MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CUSCO

GIRALDO ALEGRIA ROCIO

COLQUE ROJAS RODOLFO,

10:30-11:29 04143-2017-0- UNICA REPOSICION MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CUSCO

HUARAYA ROQUE MIRIAM MILAGROS

COLQUE ROJAS RODOLFO,

11:30-11:59 04327-2017-0- CONCILIACION REPOSICION MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CUSCO

MOTTA VERA FREDY COLQUE ROJAS RODOLFO,

12:00-12:59 01791-2017-0- JUZGAMIENTO DERECHOS LABORALES LA COMPAÑIA ZEUS SOCIEDAD ANONIMA CERRADA

DEL CASTILLO BORDA RAMON

COLQUE ROJAS RODOLFO,

08:30-08:59 04322-2017-0- CONCILIACION DERECHOS LABORALES MUNICIPALIDAD DISTRITAL WANCHAQ

MAMANI LLAVILLA NAZARIA

COLQUE ROJAS RODOLFO,

09:00-10:29 03143-2017-0- JUZGAMIENTO PAGO DE BENEFICIOS SOCIALES Y/O INDEMNIZACION U OTROS BENEFICIOS ECONOMICOS

CORPORACION PERUANA DE AEROPUERTOS Y AVIACION COMERCIAL CORPAC SA

RAMIREZ ZARATE RUBEN

COLQUE ROJAS RODOLFO,

10:30-12:00 01095-2017-0- UNICA REPOSICION PROCURADOR PUBLICO ENCARGADO DE LA DEFENSA DE LA SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE LOS REGISTROS PUBLICOS

CAMPOS SAÑAC MILDRED GHANNER

COLQUE ROJAS RODOLFO,

12:01-12:29 04333-2017-0- CONCILIACION INDEMNIZACION POR DESPIDO ARBITRARIO Y OTROS

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CUSCO

ORTIZ CABRERA MERY COLQUE ROJAS RODOLFO,

12:30-12:59 04367-2017-0- CONCILIACION DERECHOS LABORALES MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SANTIAGO

HUANCA VILLAGRA JULIA

COLQUE ROJAS RODOLFO,

08:30-08:59 04339-2017-0- CONCILIACION DERECHOS LABORALES ELECTRO SUR ESTE SAA ALVAREZ PALMA BLANCA NIEVES

COLQUE ROJAS RODOLFO,

09:00-10:29 02781-2017-0- JUZGAMIENTO DERECHOS LABORALES CONSORCIO DE EMPRESAS DE TRANSPORTE TURISTICO MACHUPICCHU CONSETTUR MACHUPICCHU SAC

GALLEGOS MOLINA ROGER

COLQUE ROJAS RODOLFO,

10:30-11:59 02776-2017-0- JUZGAMIENTO ACCION CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA

EL SEGURO SOCIAL DE SALUD CUSCO ESSALUD CUSCO

PIÑE CJUMO DOMINGA COLQUE ROJAS RODOLFO,

12:00-12:29 04353-2017-0- CONCILIACION INDEM. POR DAÑOS Y PERJUICIOS POR FALTA GRAVE DEL TRABAJADOR

VELARDE BARRIONUEVO NARDA VICTORIA

PROCURADOR PUBLICO A CARGO DE LOS ASUNTOS JURIDICOS DEL MINISTERIO PUBLICO

COLQUE ROJAS RODOLFO,

12:30-12:59 01977-2017-0- JUZGAMIENTO DERECHOS LABORALES MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CUSCO

ZAPATA ESPINOZA LUIS COLQUE ROJAS RODOLFO,

08:30-08:59 04496-2017-0- CONCILIACION DERECHOS LABORALES MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CUSCO

USCA YUPANQUI FELICIANO

COLQUE ROJAS RODOLFO,

09:00-10:29 02760-2017-0- JUZGAMIENTO DERECHOS LABORALES CONSORCIO DE EMPRESAS DE TRANSPORTTES TURISTICO MACHUPICCHU CONSETTUR MACHUPICCHU SAC

CCACCAÑO LLAVE JULIO POLICARPIO

COLQUE ROJAS RODOLFO,

10:30-10:59 04441-2017-0- CONCILIACION DERECHOS LABORALES MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CUSCO

FLORES TTUPA LUIS ALBERTO

COLQUE ROJAS RODOLFO,

11:00-11:59 03137-2017-0- JUZGAMIENTO DERECHOS LABORALES MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CUSCO

SARAVIA CHAMPI EDGARD

COLQUE ROJAS RODOLFO,

12:00-12:59 03116-2017-0- JUZGAMIENTO DERECHOS LABORALES MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CUSCO

MOINA GAMARRA LUIS COLQUE ROJAS RODOLFO,

08:30-09:29 01896-2016-0- VISTA DE LA CAUSA

OBLIGACIONES DE DAR HASTA 50 URP

ESSALUD CUSCO RAMIREZ VALENZUELA JUAN

COLQUE ROJAS RODOLFO,

09:30-10:29 03105-2017-0- JUZGAMIENTO DERECHOS LABORALES CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DEL CUSCO

SOTELO LAIME AQUILES COLQUE ROJAS RODOLFO,

10:30-11:29 02675-2017-0- JUZGAMIENTO DERECHOS LABORALES MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CUSCO

VARGAS CABRERA BANESA MERCEDES

COLQUE ROJAS RODOLFO,

11:30-11:59 04012-2017-0- CONCILIACION DERECHOS LABORALES MUNICIPALIDAD DE SAN SEBASTIAN

ENRIQUEZ CUSI EDUARDO

COLQUE ROJAS RODOLFO,

12:00-12:59 02123-2016-0- JUZGAMIENTO DERECHOS LABORALES MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CUSCO

HUANACO MONTESINOS JESUS VICENTE

COLQUE ROJAS RODOLFO,

08:00-08:59 00269-2018-0- CONCILIACION PAGO DE BENEFICIOS SOCIALES Y/O INDEMNIZACION U OTROS BENEFICIOS ECONOMICOS

CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE CUSCOREPPOR WILBER BUSTAMANTE DEL CASTILLO

BARRIOS MEDRANO JANET

CERVANTES LUQUE CARLOS ENRIQUE,

09:00-10:59 03592-2017-0- UNICA REPOSICION UNIVERSIDAD TECNOLOGICA DE LOS ANDES

GUEVARA YABAR SIXTO CERVANTES LUQUE CARLOS ENRIQUE,

LUNES DÍA DE 21 DE MAYO DEL AÑO 2018

CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE CUSCO

NUEVA LEY PROCESAL DE TRABAJO

RELACIÓN DE AUDIENCIAS DEL 21 AL 25 DE MAYO DE 2018

LOCAL : URBANIZACION LA FLORIDA C-14 PASAJE KANTUS

UBICACIÓN: 1º SALA DE AUDIENCIAS LABORAL LUNES DÍA DE 21 DE MAYO DEL AÑO 2018

MARTES DÍA DE 22 DE MAYO DEL AÑO 2018

MIÉRCOLES DÍA DE 23 DE MAYO DEL AÑO 2018

JUEVES DÍA DE 24 DE MAYO DEL AÑO 2018

VIERNES DÍA DE 25 DE MAYO DEL AÑO 2018

UBICACIÓN: 2º SALA DE AUDIENCIAS LABORAL

11:00-11:59 02994-2017-0- JUZGAMIENTO DERECHOS LABORALES MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN SEBASTIAN

CARDENAS ZAVALETA CUTBERTO

CERVANTES LUQUE CARLOS ENRIQUE,

12:00-12:59 03329-2017-0- JUZGAMIENTO DERECHOS LABORALES MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE WANCHAQ

QUISPE VARGAS ENRIQUE

CERVANTES LUQUE CARLOS ENRIQUE,

14:30-15:29 03944-2013-0- JUZGAMIENTO REPOSICION PODER JUDICIAL CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE CUSCO

RAMIREZ CHOQUEHUANCA FIDEL ALVARO

CERVANTES LUQUE CARLOS ENRIQUE,

08:00-08:59 03848-2017-0- CONCILIACION PAGO DE BENEFICIOS SOCIALES Y/O INDEMNIZACION U OTROS BENEFICIOS ECONOMICOS

DIRECCION DESCONCENTRADA DE CULTURA DE CUSCO

CUADROS CORNEJO JESUS RAUL

CERVANTES LUQUE CARLOS ENRIQUE,

09:00-10:59 03866-2017-0- JUZGAMIENTO DERECHOS LABORALES DIRECCION DESCONCENTRADA DE CULTURA DE CUSCO

AMEZQUITA JIMENEZ WALTER

CERVANTES LUQUE CARLOS ENRIQUE,

11:00-12:59 03592-2017-0- UNICA REPOSICION UNIVERSIDAD TECNOLOGICA DE LOS ANDES

GUEVARA YABAR SIXTO CERVANTES LUQUE CARLOS ENRIQUE,

14:30-14:59 00175-2018-0- CONCILIACION DERECHOS LABORALES MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN SEBASTIAN

LOPEZ HUAHUASONCCO ISABEL

CERVANTES LUQUE CARLOS ENRIQUE,

08:00-08:59 00461-2016-0- CONCILIACION DERECHOS LABORALES DIRECCION GENERAL DEL INSTITUTO DE EDUCACION SUPERIOR TEGNOLOGICO PRIVADO BLUE RIBBON INTERNATIONAL

CASTAÑEDA MONDRAGON ROSA YSABEL

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UBICACIÓN: 4º SALA DE AUDIENCIAS LABORAL VIERNES DÍA DE 25 DE MAYO DEL AÑO 2018

MARTES DÍA DE 22 DE MAYO DEL AÑO 2018

MIÉRCOLES DÍA DE 23 DE MAYO DEL AÑO 2018

JUEVES DÍA DE 24 DE MAYO DEL AÑO 2018

VIERNES DÍA DE 25 DE MAYO DEL AÑO 2018

UBICACIÓN: 3º SALA DE AUDIENCIAS LABORAL VIERNES DÍA DE 25 DE MAYO DEL AÑO 2018