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CONVOCATORIA NACIONAL 2019 LISTADO DE PERITOS EN PSICOLOGÍA JURÍDICA Y FORENSE COLEGIO COLOMBIANO DE PSICÓLOGOS En virtud del Artículo 12 de la Ley 1090, el cual proclama al Colegio Colombiano de Psicólogos- Colpsic como entidad asociativa cuya finalidad es la defensa, fortalecimiento y apoyo del ejercicio profesional de la psicología, emite la Cuarta Convocatoria Nacional 2019 del Listado de Peritos en Psicología Jurídica y Forense, dirigida a los psicólogos que por su idoneidad profesional son aptos para realizar la labor pericial en la jurisdicción ordinaria (penal, civil, laboral o de familia) y en lo contencioso administrativo (tribunales administrativos o Consejo de Estado), para aquellas personas que tengan la necesidad de contar con este servicio especializado. En consecuencia, se convoca a los psicólogos que reúnan las condiciones exigidas para ser parte del Listado de Peritos en Psicología Jurídica y Forense de Colpsic en todos los capítulos regionales: Antioquia, Bogotá y Cundinamarca, Boyacá, Caldas Regional Cumanday, Eje Cafetero, Huila y Amazonía, Meta y Orinoquía, Santander, Tolima, Valle del Cauca y Zona Norte. I. Justificación Frente a las necesidades que el contexto judicial expresa, se requiere del apoyo de las ciencias, entre ellas la psicología, la cual se encarga del estudio del comportamiento humano, aspecto de primordial relevancia en materia procesal, dada la necesidad de explicar con fundamento científico, las implicaciones que éste tiene en la toma de decisiones de carácter jurídico. La psicología jurídica y forense ha alcanzado un importante desarrollo a nivel mundial, sin embargo, en Colombia, la capacidad de las instituciones oficiales para dar respuesta al requerimiento de los entes judiciales, resulta escaso. Razón por la cual, desde el ámbito privado contar con profesionales en el área de la psicología jurídica y forense, con alta cualificación científica, técnica y ética, que sirvan de soporte al sistema de justicia, resulta una necesidad imperante. Por lo anterior, Colpsic lanza su Cuarta Convocatoria Nacional para vincular al Listado de Peritos en Psicología Jurídica y Forense, psicólogos que puedan ofrecer sus servicios con idoneidad y alto sentido ético, en la orientación de decisiones judiciales con un fundamento científico e imparcial.

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CONVOCATORIA NACIONAL 2019 LISTADO DE PERITOS EN PSICOLOGÍA JURÍDICA Y FORENSE

COLEGIO COLOMBIANO DE PSICÓLOGOS En virtud del Artículo 12 de la Ley 1090, el cual proclama al Colegio Colombiano de Psicólogos- Colpsic como entidad asociativa cuya finalidad es la defensa, fortalecimiento y apoyo del ejercicio profesional de la psicología, emite la Cuarta Convocatoria Nacional 2019 del Listado de Peritos en Psicología Jurídica y Forense, dirigida a los psicólogos que por su idoneidad profesional son aptos para realizar la labor pericial en la jurisdicción ordinaria (penal, civil, laboral o de familia) y en lo contencioso administrativo (tribunales administrativos o Consejo de Estado), para aquellas personas que tengan la necesidad de contar con este servicio especializado. En consecuencia, se convoca a los psicólogos que reúnan las condiciones exigidas para ser parte del Listado de Peritos en Psicología Jurídica y Forense de Colpsic en todos los capítulos regionales: Antioquia, Bogotá y Cundinamarca, Boyacá, Caldas – Regional Cumanday, Eje Cafetero, Huila y Amazonía, Meta y Orinoquía, Santander, Tolima, Valle del Cauca y Zona Norte.

I. Justificación Frente a las necesidades que el contexto judicial expresa, se requiere del apoyo de las ciencias, entre ellas la psicología, la cual se encarga del estudio del comportamiento humano, aspecto de primordial relevancia en materia procesal, dada la necesidad de explicar con fundamento científico, las implicaciones que éste tiene en la toma de decisiones de carácter jurídico. La psicología jurídica y forense ha alcanzado un importante desarrollo a nivel mundial, sin embargo, en Colombia, la capacidad de las instituciones oficiales para dar respuesta al requerimiento de los entes judiciales, resulta escaso. Razón por la cual, desde el ámbito privado contar con profesionales en el área de la psicología jurídica y forense, con alta cualificación científica, técnica y ética, que sirvan de soporte al sistema de justicia, resulta una necesidad imperante. Por lo anterior, Colpsic lanza su Cuarta Convocatoria Nacional para vincular al Listado de Peritos en Psicología Jurídica y Forense, psicólogos que puedan ofrecer sus servicios con idoneidad y alto sentido ético, en la orientación de decisiones judiciales con un fundamento científico e imparcial.

II. Contexto Los servicios periciales se fundamentan según lo establecido por la Ley 1564 de 2012, en la cual se expide el Código General del Proceso y se dictan otras disposiciones. Así mismo, la Ley 906 de 2004 por la cual se expide el Código de Procedimiento Penal en el Artículo 226, señala que: “La prueba pericial es procedente para verificar hechos que interesen al proceso y requieran especiales conocimientos científicos, técnicos o artísticos. Sobre un mismo hecho o materia cada sujeto procesal solo podrá presentar un dictamen pericial. Todo dictamen se rendirá por un perito.” De igual manera, en el Artículo 227 se indica que “La parte que pretenda valerse de un dictamen pericial deberá aportarlo en la respectiva oportunidad para pedir pruebas... El dictamen deberá ser emitido por institución o profesional especializado”. Adicionalmente, en el Artículo 234 establece que “Los jueces podrán solicitar, de oficio o a petición de parte, los servicios de entidades y dependencias oficiales para peritaciones que versen sobre materias propias de la actividad de aquellas. Con tal fin las decretará y ordenará librar el oficio respectivo para que el director de las mimas designe el o los funcionarios que deben rendir el dictamen”. La Ley 906 de 2004 por la cual se expide el Código de Procedimiento Penal, en su Artículo 406 recalca que “… el servicio de peritos se prestará por los expertos de la policía judicial, del Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses, entidades públicas o privadas, y particulares especializados en la materia de que se trate”. Con respecto al número de peritos, el Artículo 407 designa que “… a menos que se trate de prueba impertinente, irrelevante o superflua, el juez no podrá limitar el número de testigos expertos o peritos que sean llamados a declarar en la audiencia pública por las partes”. De la misma forma, el Artículo 408 señala que podrán ser peritos, los siguientes: 1. Las personas con título legalmente reconocido en la respectiva ciencia, técnica o arte. 2. En circunstancias diferentes, podrán ser nombradas las personas de reconocido

entendimiento en la respectiva ciencia, técnica, arte, oficio o afición, aunque se carezca de título.

Finalmente, en concordancia con lo dispuesto en los Artículos 8 y 413 de la Ley 906 de 2004, y en la Constitución Nacional en su Artículo 29, que señala: Quien sea sindicado tiene derecho a la defensa y a la asistencia de un abogado escogido por él, o de oficio, durante la investigación y el juzgamiento; a un debido proceso público sin dilaciones injustificadas; a presentar pruebas y a controvertir las que se alleguen en su contra [cursivas añadidas].

III. Requisitos de postulación

Ser miembro activo de Colpsic y tener la colegiatura vigente hasta el año 2021 inclusive, por tanto, cumplir con los derechos y deberes de los colegiados según lo indicado en el Artículo 10 de los Estatutos.

Contar con tarjeta profesional o en su defecto, con el certificado de inscripción ante la Secretaría de Salud correspondiente, con fecha de expedición previa al 6 de septiembre de 2006.

Certificar al menos un (01) posgrado en psicología jurídica o forense o ciencias afines.

Acreditar al menos un (01) año de experiencia en actividades de psicología jurídica y forense.

No estar incurso en causales de inhabilidad ni incompatibilidad establecida en los estatutos de Colpsic ni en las normas legales vigentes.

Haber realizado mínimo tres (03) informes periciales, dos (02) informes de análisis pericial de informes de entrevistas o pericias jurídicas y forenses (también denominados concepto técnico psicológico forense, de refutación o contrainformes) y una (01) sustentación en audiencia pública de trabajo pericial, siguiendo los lineamientos nacionales e internacionales, articulados a técnicas y procedimientos reconocidos por la norma jurídica vigente.

No estar inhabilitado para realizar pericias privadas.

No estar in curso en investigaciones judiciales, administrativas o disciplinarias.

No haber sido condenado o sancionado penal, administrativa, disciplinaria ni ética.

Los psicólogos jurídicos y/o forenses servidores públicos, podrán participar en el listado por razones científicas y gremiales, pero no podrán realizar actividades periciales de carácter privado.

Asistir a la capacitación para unificar procedimientos y formatos.

IV. Condiciones

Pertenecer al Listado de Peritos en Psicología Jurídica y Forense del Colegio Colombiano de Psicólogos - Colpsic, no implica vinculación laboral con éste, ni garantiza la remisión de casos por parte del mismo.

Cuando se presente la solicitud oficial de alguno de los actores judiciales para que se lleve a cabo cualquiera de las actividades psicológicas periciales forenses, éstas serán asignadas según la región y por estricto orden cronológico de inscripción e ingreso al Listado.

Los psicólogos peritos jurídicos y forenses deberán seguir el reglamento interno del listado.

El lugar donde se llevará a cabo la labor psicológica pericial será principalmente la zona de influencia del capítulo de residencia del perito.

La inscripción al listado no garantiza la aceptación y vinculación al mismo.

V. Etapas de la convocatoria

El proceso para la elección de peritos forenses se divide en seis (06) etapas, las cuales deben ser cumplidas a cabalidad para satisfacer la culminación del proceso en mención. 1. Difusión de la convocatoria

Colpsic divulgará ampliamente la convocatoria por medio de su portal web, vía correo electrónico a los colegiados activos y publicación en redes sociales para propender por el amplio conocimiento de la misma en el gremio.

2. Inscripción Quienes estén interesados y cumplan con los requisitos señalados en el punto III pueden realizar su postulación teniendo en cuenta las etapas de la convocatoria.

3. Verificación del cumplimiento de requisitos de los candidatos

La Coordinación del Listado verificará el cumplimiento de los requisitos solicitados.

Dos (02) evaluadores, con los mismos criterios de idoneidad, que exige la convocatoria, quienes calificarán los trabajos escritos con el fin de garantizar la objetividad de los mismos.

Una terna de evaluadores, conformada psicólogos forenses pertenecientes al listado, calificará la ratificación en audiencia pública del trabajo pericial sustentado. Para lo cual el aspirante deberá aportar copia, en video, de una audiencia pública donde haya actuado.

4. Notificación a los piscólogos admitidos en el listado

Los psicólogos admitidos serán notificados vía correo electrónico y se les indicará el proceso a seguir.

5. Capacitación Los psicólogos elegidos deberán asistir a un curso de capacitación de ocho (08) horas con el fin de unificar criterios, técnicas y logística. El curso se realizará en la ciudad de Bogotá, en el caso de los aspirantes residentes fuera de la ciudad, podrán realizarlo vía remota. 6. Publicación de admitidos al Listado Después de realizar la capacitación, el Listado de Peritos en Psicología Jurídica y Forense de Colpsic será publicado en el sitio web www.colpsic.org.co

VI. Criterios de calificación Para garantizar la transparencia del proceso, se establecieron una serie de puntajes y criterios bajo los cuáles se evaluará a los postulantes sobre un total de 100 puntos.

Criterio académico a evaluar Puntuación

Título de postgrado 30 puntos

Psicología jurídica o forense 30 puntos

Doctorado 30 puntos

Maestría 25 puntos

Especialización 15 puntos

Títulos sin homologar -4 puntos

Diplomado en Psicología Jurídica y Forense dictado por el Listado de Peritos de Colpsic

2 puntos

Otros campos disciplinares y profesionales de la psicología y ciencias afines

15 puntos

Doctorado 15 puntos

Maestría 10 puntos

Especialización 5 puntos

Título de posgrado 30 puntos

Psicología jurídica o forense 30 puntos

Doctorado 30 puntos

Nota: Se puntuará solamente el título más alto alcanzado. Por otra parte, en el caso de poseer más de un título en el mismo nivel, se sumará sólo uno de ellos.

Criterio profesional a evaluar Puntuación

Pericias realizadas 50 puntos

Informes de evaluación psicológica forense y estudio del análisis pericial de informes de entrevistas o pericias forenses (también denominados concepto técnico psicológico forense, de refutación o contrainformes

30 puntos

Sustentación de la prueba en juicio oral 20 puntos

Experiencia laboral 20 puntos

Años de experiencia laboral en total

1 a 3 años 2 puntos

4 a 10 años 7 puntos

Más de 10 años 12 puntos

Docencia

1 a 3 años 3 puntos

4 a 10 años 5 puntos

Más de 10 años 8 puntos

Nota: El puntaje mínimo de aprobación será de 60 y el máximo podrá exceder los 100 puntos (debido a la sumatoria de los títulos de posgrado). Se priorizará en puntaje el posgrado en psicología jurídica o forense y se puede condicionar el ingreso al listado de peritos a la obtención del título en psicología jurídica y forense.

VII. Cronograma La convocatoria se regirá por las siguientes fechas establecidas para el desarrollo de las mismas

Actividad Agenda

Difusión de la convocatoria 5 de septiembre – 1 de noviembre de 2019

Inscripción

5 de septiembre de 2019 a 1 de noviembre de 2019, hasta las 18:00

Verificación del cumplimiento de requisitos de los candidatos

5 de noviembre a 15 de noviembre de 2019

Publicación de la lista para capacitación 19 de noviembre de 2019 a las 18:00 horas

Capacitación 21 de noviembre de 2019, desde las 8:00 hasta las 18:00 horas

Publicación de la lista de admitidos 26 de noviembre de 2019 a las 8:00 horas

VIII. Beneficios para los psicólogos jurídicos y forenses adscritos al listado

Ser parte del Listado de Peritos en Psicología Jurídica y Forense le permitirá:

Contar con el respaldo de Colpsic para desempeñarse como psicólogo perito jurídico y forense, en aquellos casos asignados por el Listado.

Participar en la actualización anual del Listado de Peritos en Psicología Jurídica y Forense de Colpsic.

Desarrollar conocimientos específicos en la labor psicológica pericial jurídica y forense en Colombia.

Dar a conocer su perfil profesional a través de la página web de Colpsic. En caso de presentar cualquier inquietud al respecto, puede comunicarse a la línea (571) 7451470 Ext. 1232 o 1236, o escribir al correo alexa.rodrí[email protected]