convenio arbitral (07 06-12) elvira martinez coco

42
EL CONVENIO ARBITRAL Elvira Martínez Coco

Upload: calacademica

Post on 29-Nov-2014

2.339 views

Category:

Documents


3 download

DESCRIPTION

Convenio arbitral (07 06-12) elvira martinez coco

TRANSCRIPT

Page 1: Convenio arbitral (07 06-12) elvira martinez coco

EL CONVENIO ARBITRAL

Elvira Martínez Coco

Page 2: Convenio arbitral (07 06-12) elvira martinez coco

EL ARBITRAJE

Es aquél mecanismo de solución de conflictos que se origina de un contrato (convenio arbitral) que tiene como principal

prestación de la relación obligatoria, que las partes

sometan a dicho mecanismo ciertas

controversias actuales o futuras provenientes de

una relación contractual o extracontractual.

Page 3: Convenio arbitral (07 06-12) elvira martinez coco

POSICIONES RESPECTO DEL ARBITRAJE

Contractualista.

Jurisdiccionalista.

Ecléctica o mixta.

Page 4: Convenio arbitral (07 06-12) elvira martinez coco

EL ARBITRAJE EN EL PERÚ

Constitución: Numeral 1 del artículo

139° y los artículos 62° y 63°.

Ley General de Arbitraje (Decreto Legislativo N°

1071).

Page 5: Convenio arbitral (07 06-12) elvira martinez coco

EL ARBITRAJE EN LA CONSTITUCIÓN

El Artículo 62° de la Constitución dispone que los conflictos derivados de relaciones

contractuales “sólo se solucionan en la vía arbitral o en la judicial,

según los mecanismos de protección previstos en el

contrato o contemplados en la Ley”.

Page 6: Convenio arbitral (07 06-12) elvira martinez coco

EL ARBITRAJE EN LA CONSTITUCIÓN

Partiendo de la Constitución (numeral 2

del artículo 139°) se afirma que nuestro

sistema se inclina por la teoría jurisdiccionalista, puesto que considera al

arbitraje como una forma de jurisdicción excepcional

con respecto a la jurisdicción estatal.

Page 7: Convenio arbitral (07 06-12) elvira martinez coco

EL ARBITRAJE EN EL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL

“Este Tribunal reconoce la jurisdicción del arbitraje y su

plena y absoluta competencia para conocer y resolver las

controversias sometidas al fuero arbitral, sobre materias de

carácter disponible (artículo 1° de la Ley General de Arbitraje),

con independencia jurisdiccional y, por tanto, sin intervención de

ninguna autoridad administrativa o judicial

ordinaria.” Fundamento 14 vinculante.

Expediente N° 6167- 2005-PHC/TCCaso Cantuarias Salaverry

Page 8: Convenio arbitral (07 06-12) elvira martinez coco

ÁMBITOS DE SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS

De acuerdo con el D. Leg. N° 1071, el acceso al arbitraje en asuntos privados depende de la

libre decisión de las partes.

El ámbito natural de solución de las controversias privadas es el del Poder Judicial.

La sustracción de una controversia de este ámbito requiere que las partes pacten la sumisión de sus actuales o potenciales

conflictos al arbitraje.

Page 9: Convenio arbitral (07 06-12) elvira martinez coco

LA AUTONOMÍA PRIVADA EN EL ARBITRAJE

Poder que las partes

tienen para autorreglamentar

sus propios intereses.

Page 10: Convenio arbitral (07 06-12) elvira martinez coco

LA AUTONOMÍA PRIVADA EN EL ARBITRAJE

Las relaciones entre las partes de un

arbitraje se encuentran

sometidas a las normas creadas por

ellas mismas, así como a las del ordenamiento

jurídico que de suyo le corresponden .

Page 11: Convenio arbitral (07 06-12) elvira martinez coco

LÍMITE AL EJERCICIO DE LA AUTONOMÍA PRIVADA

El ejercicio de la autonomía privada

tiene límites inmanentes, naturales

o intrínsecos.

El límite más importante es la LEY.

Page 12: Convenio arbitral (07 06-12) elvira martinez coco

FINALIDAD DEL CONVENIO ARBITRAL

Otorgar una jurisdicción especial a los árbitros para que diriman, en derecho o en conciencia, las controversias presentes o

futuras que puedan vincularlos.

Page 13: Convenio arbitral (07 06-12) elvira martinez coco

SOMETIMIENTO DE LAS PARTES AL ARBITRAJE

OTORGAMIENTO DEL CONVENIO

ARBITRAL

SIN PROCESO JUDICIAL EN

TRÁMITE

ANTES DEL SURGIMIENTO DE

LA CONTROVERSIA

Inciso 1 del artículo 13° D. Leg. N°

1071

DESPUÉS DEL SURGIMIENTO DE

LA CONTROVERSIA

Inciso 1 del artículo 13° D. Leg. N°

1071

CON PROCESO JUDICIAL EN

TRÁMITE

Artículo 17° D. Leg. N°

1071

Page 14: Convenio arbitral (07 06-12) elvira martinez coco

EL CONVENIO ARBITRAL

Acuerdo por el que las partes deciden someter a arbitraje todas o ciertas controversias, surgidas o que puedan surgir entre ellas, respecto de una determinada relación

jurídica contractual o de otra naturaleza.

Inciso 1 del art. 13 D. Leg. N° 1071

Page 15: Convenio arbitral (07 06-12) elvira martinez coco

EL CONVENIO ARBITRAL ATENDIENDO A SU AUTONOMÍA

CONVENIO ARBITRAL (Inciso 2, Art. 13° D.

Leg. N° 1071)

ACUERDO INDEPENDIENTE

EXTERNO AL CONTRATO

ACUERDO INCLUIDO

CLÁUSULA DEL CONTRATO

Page 16: Convenio arbitral (07 06-12) elvira martinez coco

REGLAS APLICABLES AL CONVENIO ARBITRAL

Page 17: Convenio arbitral (07 06-12) elvira martinez coco

REQUISITOS ESENCIALES DEL

CONVENIO ARBITRAL

CONSENTIMIENTO

DETERMINACIÓN DE LA RELACIÓN JURÍDICA SOBRE LA QUE RECAE EL ARBITRAJE

Page 18: Convenio arbitral (07 06-12) elvira martinez coco

EL CONSENTIMIENTO

“Cum sentire”. Sentir en común, querer lo mismo.

Acuerdo de las partes para solucionar sus controversias en la vía arbitral

(inciso 1 del artículo 13 . El disentimiento manifiesto u oculto

origina la anulabilidad del Convenio Arbitral (error obstativo).

Page 19: Convenio arbitral (07 06-12) elvira martinez coco

VALIDEZ DEL CONVENIO ARBITRAL

Requisitos del artículo 140° del C.C.: Capacidad de las partes.

Objeto jurídicamente posible (Materia arbitrable).

Observancia de la forma ad solemnitatem.

La falta de alguno de estos requisitos origina la nulidad del Convenio Arbitral.

Page 20: Convenio arbitral (07 06-12) elvira martinez coco

El sometimiento al arbitraje se puede dar incluso entre las diferentes dependencias del propio Estado (Inciso 2 del artículo 4º de la LDA)

El Convenio Arbitral puede celebrarse entre particulares y el Estado y cualquiera de sus dependencias Inciso 1 del Art. 4 de la LDA).

La persona jurídica está debidamente representada por su gerente general o por su administrador (Art. 10° de la LDA).

El Convenio Arbitral puede celebrarse entre particulares que tienen que tener capacidad plena si son personas naturales Art. 42° C.C.)

CAPACIDAD DE LAS PARTES

Page 21: Convenio arbitral (07 06-12) elvira martinez coco

MATERIAS ARBITRABLES

Controversias sobre

materias de libre

disposición

Controversias autorizadas

por ley

Controversias autorizadas

por tratados o convenios

internacionales

Page 22: Convenio arbitral (07 06-12) elvira martinez coco

ANULABILIDAD DEL LAUDO POR RESOLVER SOBRE UNA MATERIA NO

ARBITRABLE

“Artículo 63°.- Causales de anulación. (…).e. Que el tribunal arbitral ha resuelto sobre materias

que, de acuerdo a ley, son manifiestamente no susceptibles de arbitraje, tratándose de un arbitraje nacional.

f. Que según las leyes de la República, el objeto de la controversia no es susceptible de arbitraje o el laudo es contrario al orden publico internacional, tratándose de un arbitraje internacional”.

(…).

Page 23: Convenio arbitral (07 06-12) elvira martinez coco

PRINCIPIOS INTERPRETATIVOS APLICABLES PARA LAS MATERIAS

ARBITRABLESPrincipio de Conservación del Convenio Arbitral

Ante la posibilidad de dos interpretaciones diferentes. Una que de lugar a la ineficacia del Convenio Arbitral y otra que permita su mantenimiento, debe preferirse

la última interpretación.

Ante la duda sobre si una determinada materia es arbitrable o no, se debe considerar que es arbitrable.

El Art. 7° de la LDA preserva el Convenio Arbitral en caso de defectos en la cláusula arbitral.

Page 24: Convenio arbitral (07 06-12) elvira martinez coco

PRINCIPIOS INTERPRETATIVOS APLICABLES PARA LAS MATERIAS

ARBITRABLES

Principio de Separabilidad o Autonomía del Convenio Arbitral:

Aunque el Convenio Arbitral se encuentre incluido en un contrato, y este último sea inválido o ineficaz, el Convenio Arbitral se

considera como un acuerdo independiente de las demás estipulaciones, de tal manera que el Tribunal Arbitral tiene plena competencia para

resolver estos temas.

Page 25: Convenio arbitral (07 06-12) elvira martinez coco

PRINCIPIOS INTERPRETATIVOS APLICABLES PARA LAS MATERIAS

ARBITRABLES

Principio general de la Buena Fe:

Debe entenderse que el Convenio Arbitral es

amplio, de tal modo que las partes quisieron someter a arbitraje

cualquier disputa que pudiera derivarse de su

contrato.

Page 26: Convenio arbitral (07 06-12) elvira martinez coco

MATERIAS ARBITRABLES

El derecho a recibir alimentos. Divorcio por mutuo disenso. Separación de bienes y diferencias

pecuniarias. Incumplimiento del plan de

restructuración y el incumplimiento del acuerdo global de refinanciación originado en un Concurso, reestructuración, liquidación o quiebra.

Page 27: Convenio arbitral (07 06-12) elvira martinez coco

MATERIAS ARBITRABLES

Las disputas societarias. Cuestiones laborales. Daños y perjuicios originados en

responsabilidad extracontractual. Licencia para la explotación de

patentes o marcas. Disposición del derecho de autor. Contratos de obras públicas.

Page 28: Convenio arbitral (07 06-12) elvira martinez coco

FORMA DEL CONVENIO ARBITRAL

La forma en sentido amplio es el vehículo que

utilizan las partes para exteriorizar su

voluntad. Ficción legal de

“Forma Escrita”. Flexibilidad en la

formación del Convenio Arbitral.

Page 29: Convenio arbitral (07 06-12) elvira martinez coco

REGLAS INTERPRETATIVASEL CONVENIO ARBITRAL ES

ESCRITOCUANDO:

Inciso 3 del Art. 13° de

la LDA:

El contenido del Convenio

consta en cualquier

forma porque se concertó:

Mediante la

ejecución de ciertos

actos.

Mediante la ejecución

de cualquier

otro medio

Page 30: Convenio arbitral (07 06-12) elvira martinez coco

Inciso 4 del Art.

13° de la LDA

Se cursa una

comunicación

electrónica y la

información consignada es accesible

para su ulterior

consulta.

Comunicación

Electrónica:

Toda comunicació

n que las partes hagan

mediante mensajes de

datos.

Mensajes de Datos :

Información generada, enviada, recibida o archivada

por medios electrónicos, magnéticos,

ópticos o similares.

Ejemplos: Intercambio electrónico de datos.

Correo electrónico.Telegrama.

Télex o Telefax.

REGLAS INTERPRETATIVASEL CONVENIO ARBITRAL ES

ESCRITOCUANDO:

Page 31: Convenio arbitral (07 06-12) elvira martinez coco

Inciso 5 del Art. 13° de

la LDA

Intercambio de escritos

de demanda y

contestación.

La existencia de un

acuerdo es afirmada por

una parte.

La existencia del acuerdo

no es negada por

la otra.

REGLAS INTERPRETATIVASEL CONVENIO ARBITRAL ES

ESCRITOCUANDO:

Page 32: Convenio arbitral (07 06-12) elvira martinez coco

Inciso 6 del Art. 13° de la LDA

Existe una referencia hecha en un contrato a un documento que

contiene una cláusula de arbitraje, siempre que dicha referencia implique que la cláusula forma parte del

contrato.

REGLAS INTERPRETATIVASEL CONVENIO ARBITRAL ES

ESCRITOCUANDO:

Page 33: Convenio arbitral (07 06-12) elvira martinez coco

FORMA DEL CONVENIO ARBITRAL

El artículo 13º de la LDA ayuda a resolver un problema que surgía por la

interpretación literal del convenio arbitral, adoptando un esquema más flexible y

acorde con las prácticas y usos comerciales, respetando la voluntad de las partes de ir al arbitraje, y eliminado

las trabas que se presentaban por deficiencias en la redacción del convenio

arbitral.

Page 34: Convenio arbitral (07 06-12) elvira martinez coco

FORMA DEL CONVENIO ARBITRAL

En la Exposición de Motivos de la LDA se ha señalado que:

“Los artículos 13° y 14° son normas de la mayor importancia y que tienen como antecedente directo la reforma del artículo 7° de la Ley Modelo UNCITRAL de

2006. Estas nuevas disposiciones permitirán una aplicación más eficiente del acuerdo arbitral, garantizando así el respeto a la voluntad de las partes de someterse al

arbitraje. Si bien se ponen algunos límites y requisitos para la validez y vigencia del convenio arbitral, se adopta

un esquema más flexible y acorde con el mundo de los negocios, en los que una interpretación excesivamente

literal del requisito de que el convenio conste por escrito es contraria a las prácticas y usos del comercio”.

Page 35: Convenio arbitral (07 06-12) elvira martinez coco

LÍMITES DEL ORDENAMIENTO JURÍDICO A LA AUTONOMÍA PRIVADA

LÍMITES DEL ORDENAMIENTO JURÍDICO A LA AUTONOMÍA

PRIVADAReferidos a la capacidad

Referidos a la formación interna del Convenio.

Referidos al contenido del Convenio.

Page 36: Convenio arbitral (07 06-12) elvira martinez coco

LÍMITES DEL ORDENAMIENTO JURÍDICO A LA AUTONOMÍA PRIVADA

Referidos al modo de formación interna del Convenio.

Error

Dolo

Violencia

Intimidación

Page 37: Convenio arbitral (07 06-12) elvira martinez coco

LÍMITES DEL ORDENAMIENTO JURÍDICO A LA AUTONOMÍA PRIVADA

Referidos al

contenido del

Convenio

Extensión del Convenio Arbitral

Relaciones Jurídicas

Estándares

Page 38: Convenio arbitral (07 06-12) elvira martinez coco

EXTENSIÓN DEL CONVENIO ARBITRAL

“Artículo 14°.- Extensión del convenio arbitral.El convenio arbitral se extiende a aquellos cuyo consentimiento de someterse a arbitraje, según la buena fe, se determina por su participación activa y de manera determinante en la negociación, celebración, ejecución o terminación del contrato que comprende el convenio arbitral o al que el convenio esté relacionado. Se extiende también a quienes pretendan derivar derechos o beneficios del contrato, según sus términos”.

Page 39: Convenio arbitral (07 06-12) elvira martinez coco

EXTENSIÓN DEL CONVENIO ARBITRAL

El convenio se puede extender a partes que no lo han suscrito si de su conducta se puede derivar, en

buena fe, su intención de someterse a arbitraje.

Ejm: Contrato a favor de tercero (Caso Ecolatina vs. Mincetur e

Inrena)

Page 40: Convenio arbitral (07 06-12) elvira martinez coco

RELACIONES JURÍDICAS ESTÁNDARES

Artículo 15°.- Relaciones jurídicas estándares

1. En el arbitraje nacional, los convenios arbitrales referidos a relaciones jurídicas contenidas en cláusulas generales de contratación o contratos por adhesión serán exigibles sólo si dichos convenios han sido conocidos, o han podido ser conocidos por quien no los redactó, usando una diligencia ordinaria.

2. Se presume, sin admitir prueba en contrario, que el convenio arbitral ha sido conocido en los siguientes supuestos:

a. Si está incluido en las condiciones generales que se encuentran en el cuerpo del contrato principal y éste último es por escrito y está firmado por las partes.

b. Si está incluido en las condiciones generales que se encuentran reproducidas en el reverso del documento principal, y se hace referencia al arbitraje en el cuerpo del contrato principal y éste último es por escrito y está firmado por las partes.

c. Si se encuentra incluido en condiciones estándares separadas del documento principal, y se hace referencia al arbitraje en el cuerpo del contrato principal y éste último es por escrito y está firmado por las partes.

Page 41: Convenio arbitral (07 06-12) elvira martinez coco

PRINCIPIO KOMPETENZ-KOMPETENZ

“Artículo 41º.- Competencia para decidir la competencia del Tribunal Arbitral

1. El Tribunal Arbitral es el único competente para decidir sobre su propia competencia, incluso sobre las excepciones u objeciones al arbitraje relativas a la inexistencia, nulidad, anulabilidad, invalidez o ineficacia del convenio arbitral o por no estar pactado el arbitraje para resolver la materia controvertida o cualesquiera otras cuya estimación impida entrar en el fondo de la controversia. Se encuentran comprendidas en este ámbito las excepciones por prescripción, caducidad, cosa juzgada y cualquier otra que tenga por objeto impedir la continuación de las actuaciones arbitrales.

Se reitera el Principio Kompetenz-Kompetenz.

Page 42: Convenio arbitral (07 06-12) elvira martinez coco

EXCEPCIÓN DE CONVENIO ARBITRAL

Artículo 16°: Excepción de convenio arbitral.1. Si se interpone una demanda judicial respecto de la materia

sometida a arbitraje, esta circunstancia podrá ser invocada como excepción de convenio arbitral aun cuando no se hubiera iniciado el arbitraje.

2. La excepción se plantea dentro del plazo previsto en cada vía procesal, acreditando la existencia del convenio arbitral y, de ser el caso, el inicio del arbitraje.

3. La excepción de convenio arbitral, sea que se formule antes o después de iniciado el arbitraje, será amparada por el sólo mérito de la existencia del convenio arbitral, salvo, en el primer caso, cuando el convenio sea manifiestamente nulo.

(…)5. Las actuaciones arbitrales podrán iniciarse o proseguir, pudiendo

incluso, a discreción del tribunal arbitral, dictarse el laudo, aun cuando se encuentre en trámite la excepción de convenio arbitral”.

De la manera como ahora está regulada la excepción de convenio arbitral, debería ser usualmente amparada.

La deducción de la Excepción no afecta la continuación del arbitraje.