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Subdirección de Desarrollo de CapacidadesDirección Técnico Normativa
Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado - OSCE
CONTRATACIONES DEL ESTADO EN EL MARCO DE LA GESTIÓN POR RESULTADOS
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ACTUACIONES PREPARATORIAS
FASE DE SELECCIÓN
EJECUCIÓN CONTRACTUAL
Etapas del proceso de contratación pública
Gestión por Resultados (GpR)
La Gestión por Resultados (también denominada administración porobjetivos o dirección por resultados), se define como una estrategia queoriente la acción de los actores públicos del desarrollo para generar elmayor valor público posible a través del uso de instrumentos de gestiónque en forma colectiva, coordinada y complementaria, deben implementarlas instituciones públicas para generar los cambios sociales con equidad yen forma sostenible en beneficio de la gestión del país.
Funcionarios relacionados con la gestión de las contrataciones
A. EL TITULAR DE LA ENTIDADEs la más alta autoridad ejecutiva, de acuerdo con sus normas de organización interna.
B. ÁREA USUARIADependencias cuyas necesidades pretenden ser atendidas con determinada contratación o, quedada su especialidad y funciones, canaliza los requerimientos formulados por otras dependencias,que elabora y participa en la planificación de contrataciones, y realiza la verificación técnica de lascontrataciones efectuadas a su requerimiento, para su conformidad.
C. ÓRGANO ENCARGADO DE LAS CONTRATACIONES (OEC) O LOGÍSTICAUnidad orgánica que realiza las actividades relativas a la gestión del abastecimiento al interior de unaEntidad, incluida la gestión administrativa de los contratos.
D. COMITÉ DE SELECCIÓNEncargado de desarrollar el procedimiento y seleccionar al proveedor, cuando corresponda.
La autoridad que la norma leotorga.
Autorizaciones de prestacionesadicionales de obra (delega alsiguiente nivel de decisión).
Facultad de delegación del titular
Nulidad de oficio. Aprobar contrataciones directas, salvo
supuestos de literales e), g), j), k), l) y m) del27 LCE.
Compras por encargo a organismosinternacionales.
Modificaciones convencionales al contrato(34-A de la Ley).
Aprobar modalidad concurso oferta. Aprobar, modificar o excluir de fichas de
homologación.
PUEDE DELEGAR: NO PUEDE DELEGAR:
Responsabilidad de los funcionarios y servidores
Intervienen en los procesos de contratación por o a nombre de la Entidad, con independenciadel régimen jurídico que los vincule a esta,
La Entidad debe supervisar el proceso de contratación en todos sus niveles, directamente o através de terceros.
Supervisión contratada con terceros: El plazo inicial del contrato debe estar vinculado al delcontrato de la prestación a supervisar hasta la liquidación o la conclusión.
Subdirección de Desarrollo de CapacidadesDirección Técnico Normativa
Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado - OSCE
PLANIFICACIÓN DE LAS CONTRATACIONES DEL ESTADO
Premisas básicas para planificar
¿Qué se quiere lograr?
¿Qué se necesitas para
lograrlo?
¿Cuáles los procedimientos para requerir lo que necesitas?
¿Cuáles son los plazos de los
procedimientos?
¿Para cuándo necesito tener lo
que requiero?
¿Cuáles son las responsabilidades,
obligaciones y derechos de las
dependencias que integran este sistema?
PRESUPUESTO INSTITUCIONAL DE APERTURA
PLAN OPERATIVO INSTITUCIONAL
PLAN ANUAL DE CONTRATACIONES
PIA POI PAC
Presupuesto inicial de la entidadaprobado por el Titular con cargo alos créditos presupuestariosestablecidos en la Ley Anual dePresupuesto para el año fiscalrespectivo. En el caso de lasEmpresas y Organismos PúblicosDescentralizados de los GobiernosRegionales y Gobiernos Locales,son establecidos medianteDecreto Supremo. (Glosario dePresupuesto Público del MEF).
Instrumento de gestión quecontiene la programación deactividades de los órganosestructurados y no estructurados yunidades ejecutoras del laEntidad, a ser ejecutados en unperiodo anual, orientadas aalcanzar los objetivos,lineamientos de política yactividades estratégicas y quepermiten la ejecución de losrecursos presupuestariosasignados en el PIA. (Portal MEF).
Constituye un instrumento degestión para planificar, ejecutar yevaluar las contrataciones, el cualse articula con el Plan OperativoInstitucional y el PresupuestoInstitucional de Apertura.
Instrumentos de Gestión
Plan Anual de Contrataciones (PAC)Directiva 005-2017-OSCE-CD
1. Herramienta de gestión logística.
2. Naturaleza formal y pública
3. Integra todas las contrataciones de la Entidad cubiertas por el
PIA. Independientemente del régimen legal o fuente definanciamiento.
4. Permite evaluar las metas institucionales, a través de la
ejecución del presupuesto.
Formulación del PAC
Proyecto del POI
Usuario presentan requerimientos (Cuadro
de Necesidades).
Logística, en coordinación con el usuario, consolida y valorizay presentan el Cuadro Consolidado de Necesidades aPresupuesto para que se incluya en el proyecto de PIA
El proyecto de PIA se informa a usuarios para queprioricen, de acuerdo con las actividades y metas
Logística en coordinación con el usuario determinanel monto estimado
Se aprueba el PIA y se ajusta los requerimientos
Aprobación del PAC
Criterios para cuantificar las necesidades
BIENES – SERVICIOS CONSULTORÍA –
EJECUCIÓN DE OBRAS
Permanentes:
a) Consumo histórico.b) Datos logísticos.c) Estadísticas.
Logística considera stock bienes y entregaspendientes de lo que se está ejecutando.
Reducimos riesgo de sobre estimación odesabastecimiento.
Uso eficiente del recurso.
Contratación por paquete de laelaboración de la Ficha técnica o losestudios de preinversión, segúncorresponda.
Contratación por paquetes de las obrasde similar naturaleza
Contenido del PAC
1. Los procedimientos de selección.2. Los encargos y compras corporativas.3. Procedimientos desiertos del año anterior y que necesito convocarlos.4. Procedimientos nulos del año anterior, si todavía los necesito.5. Las contrataciones previstas en el literal f) del artículo 4 de la Ley.6. Las contrataciones previstas en el literal d), e) y f) del artículo 5 de la Ley.7. Las contrataciones de bienes y servicios en general incluidos en el Catálogo
Electrónico del Acuerdo Marco.8. Los regímenes especiales creados de acuerdo a Ley.
Aprobación y modificación del PAC
Titular de la Entidad o funcionario delegado.
15 días hábiles siguientes a la aprobación del PIA.
Publicado en SEACE y portal web de la Entidad máximo 5 díashábiles de aprobado.
Modificación:
Modificación del tipo de procedimiento de selección Modificación por Inclusión y/o exclusión. En desiertos no es necesario modificar si el objeto
está totalmente claro. Igual tratamiento si elprocedimiento desierto es por ítems.
Titular o delegado, y la logística son responsables que se desarrollenlos procedimientos en las fechas previstas.
La responsabilidad también alcanza a los órganos y funcionarios quetengan intervención en los procesos de contratación, en el marco desus funciones.
La logística debe gestionar oportunamente la convocatoria de losprocedimientos programados y obtener la certificación o previsiónpresupuestal.
Ejecución
Titular o delegado: Planificación, formulación, aprobación yejecución del PAC.
Logística: Emite informe sobre estos aspectos (formulación,aprobación, ejecución), describiendo la conducta defuncionarios y/o servidores.
Titular o delegado: Adoptan medidas correctivas y deslinde deresponsabilidades.
Titular: Evaluación periódica sobre la ejecución.
Seguimiento del PAC
Área Usuaria
Dependencia cuyas necesidades pretenden ser atendidas con determinada contratación. Dependencia que por su especialidad y funciones canaliza los requerimientos formulados por otras dependencias.
Ejemplo:La Oficina de Normalización Provisional (ONP) desea implementar un sistema informático a fin de administrar elregistro de sus aportantes. Este requerimiento es planteado por la Dirección de Aportes y Pensiones, sin embargoacude al Área de Informática, para que determine las especificaciones técnicas debido a su conocimiento en elobjeto de la contratación.
REQUERIMIENTOImplementar sistema para administrar el registro de
aportantes
Dirección de Aportes y Pensiones
Área de Informática
Requerimiento
Es el pedido de un bien, servicio u obra que realiza una dependencia usuaria para lograr sus metas institucionales.
Contiene las EE.TT, TdR,expediente técnico, así comolas condiciones del futurocontrato.
EETT, TdR y calificación puedenser elaborados por la logística,a solicitud del usuario (debetener su aprobación).
Respetar la normativaespecífica/técnica(actividades o productosregulados: permisos uautorizaciones).
Considerar prestaciones accesorias.
Incluye requisitos de calificación.
Modificación: Aprobación del usuario, hasta antes de la aprobación del expediente. Obras: Identificar riesgos y acciones de intervención para reducirlos.
RequerimientoDescripción objetiva y precisa de las características y/o requisitos funcionales para cumplir la finalidad pública de la contratación y las condiciones en que debe ejecutarse.
Bienes Servicios Obras
Objetos que requiere una Entidad para desarrollar sus
actividades y cumplir sus funciones y fines.
Actividad o labor que requiere una Entidad para el desarrollo de sus actividades y el cumplimiento de sus funciones y
fines.
Servicios se puede clasificar en servicios en general,consultoría en general y consultoría de obra.
Construcción, reconstrucción, remodelación, mejoramiento, demolición, renovación, ampliación y habilitación de
bienes inmuebles, que requieran dirección técnica, expediente técnico, mano de obra,
materiales y/o equipos.
Referencia a marca o tipo particular en el requerimiento (Directiva 004-2016-OSCE/CD)
PROHIBIDO: Fabricación o procedencia / procedimiento de fabricación, Marcas / patentes o tipos/ origen o producción determinados
EXCEPCIÓNESTANDARIZACIÓN: Ajustar a un determinado tipo los bienes o servicios a contratar en atención a los equipamientos preexistentes. Agregar palabra “equivalente”.
MATERIAL BIBLIOGRÁFICO: Planes curriculares y/o pedagógicos, por su contenido temático, nivel de especialización estén debidamente justificadas por el área usuaria.
OPINIÓN 116-2017/DTN
• No procede cuando los bienes o servicios a contratar sean susceptibles de ser suplidos por otros de diferente tipo, modelo, o
marca.
• Solo está permitido en caso que responda a criterios técnicos y objetivos, y no cuando obedezca a apreciaciones subjetivas de
valoración o a la intención de uniformizar el equipamiento o infraestructura por razones estéticas.
Prohibición de fraccionamiento
SUPUESTOS: Evitar el tipo de procedimiento de selección. Dividir la contratación en dos o más procedimientos de selección. Evadir la aplicación de la Ley de contrataciones para dar lugar a contrataciones
iguales o menores a 8 UIT.
NO INCURRE EN PROHIBICIÓN DE FRACCIONAMIENTO : Bienes o servicios idénticos a los contratados durante el mismo ejercicio fiscal,
debido a la falta de recursos o surge una necesidad imprevisible. Contratación a través de Acuerdo Marco.
RESPONSABLES: El área usuaria. El órgano encargado de las contrataciones Otras dependencias cuya función esté relacionada con la planificación de recursos.
OPINION 01-2017/DTN:
FRACCIONAMIENTO: Bienes contratados de manera independiente poseen características y/o condiciones
que resulten idénticas o similares (mismo objeto contractual).
Iguales en todos sus aspectos,
independientemente de las diferencias
menores de apariencia, como por ejemplo:
talla, color, entre otras que se presenten de
acuerdo a cada caso concreto.
Guardan semejanza o parecido,
compartan ciertas características
esenciales, referidas a su naturaleza, uso,
función, entre otras; susceptibles de
contratarse en forma conjunta.
* Cuando los bienes posean condiciones y/o características singulares: Se realiza tantos procedimientos de
selección como bienes requieran contratarse.
HOMOLOGACIÓN
Poder Ejecutivo
Uniformiza elrequerimiento
Obligados
Política Nacional
Política Sectorial
Adquisiciones recurrentes o de uso masivo, estratégicos, conforme lineamientos de PERU COMPRAS.
Características técnicas Requisito de calificación
Todas la Entidades
Contrataciones fuerade la normativa
Contrataciones sujetas aotras disposiciones
FICHA DE HOMOLOGACIÓN
TITULAR: Aprobación, modificación y exclusión (indelegable)
PERU COMPRAS:• Previa opinión favorable• Procedimiento y plazos• Publicación portal web
Requerimientos con ficha aprobada:Adjudicación Simplificada.
Bien o servicio incluido en el Listado deBienes y Servicios Comunes: SIE
Bien o servicio incluido en un CatálogoElectrónico: Acuerdo Marco
10 días hábiles (mínimo): Pre publicación de proyecto en el portal de laEntidad, PERU COMPRAS y en el SEACE para comentarios u observaciones.
10 días hábiles: Evaluar y modificar el contenido de la ficha.
PROCEDIMIENTO:
PAQUETES ITEMS
Agrupa varios bienes, servicios en general oconsultorías distintos pero vinculados entre sí.
Puede convocarse para elaborar estudios depre inversión, elaboración de dichos estudios ydel expediente técnico y/o estudio definitivo.
Contratación de bienes, servicios en general,consultorías u obras distintas pero vinculadasentre sí con montos individuales superiores a las8 UIT
Cada ítem es un procedimiento independientedentro de uno principal.
OPINIÓN 059-2017/DTN
• Factibilidad de agrupar las prestaciones.
• Evaluar si resulta más eficiente que por separado,valorando entre otros aspectos:
Precio Plazo para obtener la totalidad de las prestaciones Horas-hombre que se invertirían, etc.
CONCEPTO
Determinación del valor referencial
Valorización sobre la base del requerimiento
EE.TT Requisitos de
calificación
TdR
• Pluralidad de marcas.• Pluralidad de postores• Distribución de la buena pro.
FUENTES
Cotizacionespresupuestos
Portales Páginas Web
Catálogos precios históricos
Estructura de costos
Criterios
Metodología
ESTUDIO DE MERCADO
Público
CONCEPTO
Reservado
Sustento Logística
Aprobación titular
ANTIGUEDAD
Bienes y Servicios: 3
meses
Ejecución y consultoría de obras:
6 meses
Determinación del presupuesto de
obra o consultoría
VALOR REFERENCIAL: CUESTIONES GENERALES
Usuario proporciona componentes o rubros en unaestructura.
Logística interactúa con el mercado y determina elpresupuesto.
Incluye:
En el D. Leg. se indica que “LaEntidad” establece los detalles de laestructura y monto respectivo, y elestudio es posible para confirmar elmonto establecido.
VALOR REFERENCIAL EN CONSULTORÍA DE OBRAS
• Costos directos, gastos generales, fijos y variables. utilidad, plazos y condiciones del requerimiento.
• Tributos, seguros, transporte, inspecciones, pruebas, seguridad en el trabajo y los costos laborales conforme a la legislación vigente.
• Otros conceptos que pueda incidir sobre el presupuesto.
EXPEDIENTE TÉCNICO
ENTIDAD: Suscripción de
quien lo elabora
CONSULTOR: Suscripción de
quien lo elabora
Indagaciones para analizarprecios unitarios actualizadospor cada partida y subpartida.
Considerar insumos, cantidades,precios o tarifas, gastosgenerales variables y fijos, yutilidad
Debe incluir:Tributos, seguros, transporte,inspecciones, pruebas, seguridaden el trabajo y los costoslaborales respectivos. Cualquierotro concepto que pueda incidirsobre el presupuesto.
VALOR REFERENCIAL EN OBRAS
SISTEMAS DE CONTRATACIÓN
La naturaleza de las prestaciones no está definida
con exactitud y se valoriza en razón de su ejecución
real.
Servicios y Obras: Cuando se pueda conocer
con precisión algunas magnitudes y cantidades (suma alzada) y otras no se encuentran definidas
(precios unitarios)
Cantidades y magnitudes definidas.
Se formula una propuesta integral,
por un monto fijo y un determinado plazo de
ejecución.
SUMA ALZADA
SISTEMA MIXTO
PRECIOS UNITARIOS:
Sistemas de Contratación
TARIFAS PORCENTAJESHONORARIO FIJO Y UNA COMISIÓN DE
ÉXITO
Para consultorías en general yde supervisión de obra. Cuandono puede conocerse conprecisión el tiempo deprestación del servicio.
Para contrataciones de servicios decobranzas, recuperaciones oprestaciones de naturaleza similar.
EJEMPLO: Servicios de empresas(tercero) para cobranza coactiva demultas impuestas por la Entidad
Para contrataciones de servicios.Cuando el postor formula su ofertacontemplando un monto fijo y unmonto adicional como incentivo por elresultado.
EJEMPLO: Contratación de abogadospara el patrocinio judicial o arbitral.
Modalidades de ejecución contractual
LLAVE EN MANO
Prestaciones integrales (Construcción,equipamiento, montaje hasta la puesta en servicio),de ser el caso la operación asistida de la obra.
En bienes: Adquisición y la instalación.(*) Décimo Cuarta Disposición Complementaria Final
CONCURSO OFERTA
Elaboración del Expediente Técnico, ejecución de obra yterreno, de ser el caso.
Sólo para LP bajo suma alzada.
Para ejecutar es necesario el expediente aprobado por elíntegro de la obra.
El valor referencial debe ser superior a S/. 10 000 000.00.
Aprobación: Titular (facultad indelegable).
EXCEPCIONAL:• Entidades del Poder Ejecutivo.• No adicionales por errores en el
exp.téc.
1. Existencia de fondos programados para respaldar una compra. Indispensablepara convocar un procedimiento.
2. Convocatoria y devengado en el mismo año fiscal, necesito una certificaciónpresupuestal.
3. Otorgamiento y perfeccionamiento superan el año fiscal de la convocatoria:Constancia de previsión de recursos, indicando el monto y la fuente definanciamiento.
4. Antes de otorgar la buena pro debe solicitarse la certificación del año fiscalcorrespondiente.
Certificación de crédito presupuestario y adelanto del procedimiento de selección
Resumen ejecutivo
Síntesis estructurada del estudio de mercado. Debe ser publicado con la convocatoria. Contiene formatos determinados (obligatorio). Elaborado por el OEC, previo a la aprobación del exp. contratación El Titular o delegado: Verifica la elaboración.
DIRECTIVA 010-2017-OSCE/CD
BIENES, SERVICIOS EN GENERAL, CONSULTORIAS (EN GENERAL Y DE OBRAS)
Datos generales de la contratación Información sobre el requerimiento y modificaciones Información sobre el VR (fuentes y metodología) Información relevante adicional como resultado del estudio de mercado. Consultoría de obras: Se debe anexar el presupuesto de consultoría de obras al formato de
resumen ejecutivo.
CONTENIDO
Expediente de contratación
Es el conjunto de documentosdesde el requerimiento hasta elcumplimiento total de lasobligaciones derivadas del contrato.
Se incluyen las incidencias de unaapelación y/o en los medios desolución de controversias durantela etapa contractual.
El expediente aprobado esobligatorio y necesario para laconvocatoria del procedimiento decontratación.
La cautela del expediente está acargo del OEC y está obligado aremitirlo al órgano encargado de suaprobación.
Requisitos mínimos para aprobación
1.Requerimiento
2. Aprobación de la estandarización, cuando corresponda.
3. Informe técnico de evaluación de software, cuando corresponda.
4. El sustento del número máximo de
consorciados, de corresponder
5. El estudio de mercado; y su actualización, cuando corresponda.
6.Resumen ejecutivo.
7. Valor referencial.
8.Certificación del crédito presupuestario y/o previsión presupuestal, entre otros.
ÓRGANO A CARGO DEL PROCEDIMIENTO DE
SELECCIÓN
Comité de Selección
Órgano Encargado de las Contrataciones
Preparación los documentos del procedimiento.
Conduce (toma decisiones) yrealiza el procedimientos deselección
No puede alterar, cambiar o modificar la información del expediente.
ÓRGANO ENCARGADO DE LAS CONTRATACIONES
Contratación Directa
Comparación de Precios
Subasta Inversa Electrónica
Adjudicación Simplificada
(bienes, servicios en general y
consultorías en general)
Puede nombrarse un
Comité
COMITÉ DE SELECCIÓN
Licitación Pública
Concurso Público
Consultores Individuales
Adjudicación Simplificada
(obras y consultorías de
obras)
OEC
?1 CTC
OEC
1 CTC1 CTC
BIENES y SERVICIOS
CONSULTORIAS y OBRAS
Los integrantes suplentes solo actúan ante laausencia del Titular. En dicho caso, la Entidadevalúa el motivo de la ausencia del Titular aefectos de determinar su responsabilidad, si lahubiere, sin que ello impida la participacióndel suplente.
Conformación del Comité de Selección
La entidad evalúa ausencia del titular paradefinir responsabilidad.
Cargo irrenunciable, salvo conflicto deintereses.
Los suplentes solo actúan enausencia del titular.
Remoción: Caso fortuito, fuerzamayor, cese en el servicio, conflicto deintereses u otra situación justificada.
Tres titulares y sus respectivossuplentes.
Remoción a través de documento motivado.En éste pude designarse al suplente.
Designación:
• Titular o delegado
• Por escrito
Miembros del comité de selección
OEC entrega Exp. Contrataciónpara su instalación y elaboraciónde los documentos delprocedimiento.
ACTUACIONES DEL COMITÉ
Los acuerdos pueden adoptarse en mayoría o
unanimidad. No hay abstención
El quorum: totalidad de sus miembros
Son colegiados y autónomos y no existe
jerarquía entre los miembros
Responsabilidad solidaria, salvo voto
discrepantes
Puede solicitar el apoyo a otras áreas, quienes están
obligados a brindarlo.
Material documental utilizado para sustentar
el voto, queda en expediente
Las decisiones constan en actas (incluso voto
discrepante sustentado)
Impedimentos para ser miembro del Comité de Selección
Titular de la Entidad
1. Bases
2. Solicitudes de Expresión de Interés
3. Solicitudes de Cotización
Documentos del procedimiento de selección
Bases: contenido mínimo
Denominación del objeto de la contratación.
Esp. Técnicas, TdR o Exp. Técnico de obra, ficha de homologación , ficha técnica, según corresponda.
Valor referencial en los casos de obras y consultorías de obras, con los límites inferiores y superiores, con dos decimales.
Moneda en que se expresa la oferta económica.
La modalidad de ejecución, cuando corresponda y el sistema de contratación
Fórmula de reajuste, cuando corresponda.
El costo de reproducción.
Requisitos de precalificación, cuandocorresponda; Requisitos de calificación y losfactores de evaluación.
Instrucciones para formular las ofertas, garantías aplicables, las demás condiciones contractuales; y la proforma del contrato, cuando corresponda.
Mecanismos para asegurar la terminación de la obra, en caso de nulidad o resolución (existe necesidad de continuación).
Solicitudes de expresión de interés
Denominación del objeto de la contratación.
Términos de referencia.
Valor referencial, que constituye el precio de la contratación.
Formato de hoja de vida.
Requisitos de calificación, los factores de evaluación y procedimiento de calificación yevaluación.
Instrucciones para formular expresión de interés
Solicitudes de cotización
Mínimo, las especificaciones técnicas y/o términos de referencia, según corresponda.
NO ES NECESARIO si la información se obtuvo por teléfono, presencial o portales electrónicosdebe elaborarse un informe sobre los detalles de la indagación.
Subdirección de Desarrollo de CapacidadesDirección Técnico Normativa
Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado - OSCE
PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN
Procedimientos de Selección
1. Licitación Pública.
2. Concurso Público.
3. Adjudicación Simplificada.
4. Subasta Inversa Electrónica.
5. Selección de Consultores Individuales.
6. Comparación de Precios.
7. Contratación Directa.
49
5
Licitación Pública y Concurso Público (Servicios en general)
50
5
Concurso Público
51
Adjudicación Simplificada
52
Adjudicación Simplificada (Obras)
53
Selección de Consultores Individuales
ADMISIÓN, EVALUACIÓN Y CALIFICACIÓN DE OFERTAS: BIENES, SERVICIOS Y OBRAS
• La oferta se presenta en UN SOLO SOBRE.
1.- Se verifica la EXISTENCIA de los
Documentos Obligatorios: Legales y los correspondientes a
los Requisitos de Calificación y;
2.- Se verifica el CUMPLIMIENTO de las
Características solicitadas en las bases integradas
Aplicación de los Factores de Evaluación
VERIFICACIÓN y ANÁLISIS de los
Requisitos de Calificación
La SUBSANACIÓN se puede dar en CUALQUIERA DE
LOS 3 MOMENTOS
ADMISIÓN EVALUACIÓNPOST
CALIFICACIÓN
APLICABLE A TODOS LOS POSTORES: SÓLO se evalúa las propuestas que
fueron ADMITIDAS
SÓLO para 1° y 2°lugar
Admisión, Calificación y Evaluación de Ofertas: Consultorías en General y de Obras (2 Sobres)
1.- Se verifica la EXISTENCIA de los
Documentos Obligatorios: Legales y los correspondientes a
los Requisitos de Calificación y;
2.- Se verifica el CUMPLIMIENTO de las
Características solicitadas en las bases integradas
VERIFICACIÓN y ANÁLISIS de los
Requisitos de Calificación
Aplicación de los Factores de Evaluación
La SUBSANACIÓN se puede dar en CUALQUIERA DE
ESTOS 3 MOMENTOS
ADMISIÓN CALIFICACIÓNEVALUACIÓN
TÉCNICA
APLICABLE A TODOS LOS POSTORES: SÓLO se evalúa las propuestas que fueron ADMITIDAS Y CALIFICADAS
EVALUACIÓN DE PROPUESTA ECONÓMICA
APLICABLE SOLAMENTE A LOS POSTORES QUE
OBTUVIERON EL PUNTAJE MÍNIMO
SOBRE TÉCNICO
SOBRE ECONÓMICO
COMPARACIÓN DE PRECIOS
• Artículo 25 LCE
La comparación de precios puede utilizarse para la contratación debienes y servicios de disponibilidad inmediata, distintos a los deconsultoría, que no sean fabricados o prestados siguiendo lasespecificaciones o indicaciones del contratante, siempre que seanfáciles de obtener o que tengan un estándar establecido en el mercado,conforme a lo que señale el reglamento
Artículo 6, numeral 6.4. Reglamento Es requisito para la convocatoria de losprocedimientos de selección, salvo para la comparación de precios, que esténincluidos en el Plan Anual de Contrataciones, bajo sanción de nulidad
Artículo 22 del Reglamento: La conducción de la comparación de precios estáa cargo del Órgano encargado de las Contrataciones de la Entidad.
Artículo 26 del Reglamento Los documentos del procedimiento de selección sonlas bases, las solicitudes de expresión de interés para selección de consultoresindividuales, así como las solicitudes de cotización para comparación de precios,los cuales se utilizan atendiendo al tipo de procedimiento de selección
COMPARACIÓN DE PRECIOS
COMPARACIÓN DE PRECIOS
77.1. Emitido el informe favorable, el órgano encargado de las contrataciones debe solicitar yobtener, de forma física o electrónica, un mínimo de tres (3) cotizaciones que cumplan con loprevisto en la solicitud de cotización, las que deben acompañarse con declaraciones juradas de losproveedores de no encontrarse impedidos para contratar con el Estado. La Entidad otorga la buenapro a la cotización de menor precio, debiendo verificar previamente que el proveedor cuente coninscripción vigente en el RNP.
77.2. El otorgamiento de la buena pro lo realiza el órgano encargado de las contrataciones mediantesu publicación en el SEACE, debiendo registrar la solicitud de cotización cuando corresponda, lascotizaciones obtenidas y el acta respectiva de buena pro.
77.3. En el supuesto que dos o más ofertas empaten, el otorgamiento de la buena pro se efectúa através de sorteo
Artículo 85.- Condiciones para el empleo de la contratación directa
• La Entidad puede contratar directamente con un proveedor solo cuandose configure alguno de los supuestos del artículo 27 de la Ley bajo lascondiciones que a continuación se indican:
CONTRATACIÓN DIRECTA
1. CONTRATACIÓN ENTRE ENTIDADES
La Entidad que actúe como proveedor no debe ser empresa del Estado o realizar actividad empresarial demanera habitual. Se considera por habitual la suscripción de más de dos (2) contratos en el objeto de lacontratación en los últimos doce (12) meses.
Artículo 85.- Condiciones para el empleo de la contratación directa
2. SITUACIÓN DE EMERGENCIA
a) Acontecimientos catastróficos, que son aquellos de carácter extraordinarioocasionados por la naturaleza o por la acción u omisión del obrar humano quegeneran daños afectando a una determinada comunidad.
b) Situaciones que afectan la defensa o seguridad nacional dirigidas a enfrentaragresiones de orden interno o externo que menoscaben la consecución de los finesdel Estado.
c) Situaciones que supongan grave peligro, que son aquellas en las que exista laposibilidad debidamente comprobada de que cualquiera de los acontecimientos osituaciones anteriores ocurra de manera inminente.
d) Emergencias sanitarias, que son aquellas declaradas por el ente rector del sistemanacional de salud conforme a la ley de la materia.
Artículo 85.- Condiciones para el empleo de la contratación directa
3. SITUACIÓN DE DESABASTECIMIENTO
La situación de desabastecimiento se configura ante la ausencia inminente dedeterminado bien, servicio en general o consultoría, debido a la ocurrencia deuna situación extraordinaria e imprevisible, que compromete la continuidad delas funciones, servicios, actividades u operaciones que la Entidad tiene a sucargo.
Dicha situación faculta a la Entidad a contratar bienes y servicios solo por eltiempo y/o cantidad necesario para resolver la situación y llevar a cabo elprocedimiento de selección que corresponda.
Artículo 85.- Condiciones para el empleo de la contratación directa
No puede invocarse la existencia de una situación de desabastecimiento en lassiguientes contrataciones:
a) Contrataciones cuyo monto de contratación se encuentre bajo la coberturade un tratado o compromiso internacional que incluya disposiciones sobrecontrataciones públicas, cuando el desabastecimiento se hubiese originado pornegligencia, dolo o culpa inexcusable del funcionario o servidor de la Entidad
b) Por períodos consecutivos que excedan el lapso del tiempo requerido parasuperar la situación, salvo que ocurra una situación diferente a la que motivó lacontratación directa.
Artículo 85.- Condiciones para el empleo de la contratación directa
No puede invocarse la existencia de una situación de desabastecimiento en lassiguientes contrataciones:
c) Para satisfacer necesidades anteriores a la fecha de aprobación de lacontratación directa.
d) Por prestaciones cuyo alcance exceda lo necesario para atender eldesabastecimiento.
e) En vía de regularización
4. CONTRATACIONES CON CARÁCTER SECRETO, SECRETO MILITAR O POR RAZONESDE ORDEN INTERNO
Son aquellas cuyo objeto contractual se encuentra incluido en la lista que, mediantedecreto supremo, haya aprobado el Consejo de Ministros, debidamente refrendadopor el sector correspondiente. La presente causal no es aplicable a la contratación debienes, servicios en general, consultorías u obras de carácter administrativo uoperativo necesarios para el normal funcionamiento de las Fuerzas Armadas, laPolicía Nacional del Perú y los organismos que conforman el Sistema de InteligenciaNacional.
La opinión favorable de la Contraloría General de la República debe sustentarse en lacomprobación de la inclusión del objeto de la contratación en la lista a que se refiereel párrafo anterior y debe emitirse dentro del plazo de siete (7) días hábiles a partirde presentada la solicitud.
Artículo 85.- Condiciones para el empleo de la contratación directa
5. PROVEEDOR ÚNICOEste supuesto se configura cuando los bienes y servicios solo puedan obtenerse de un determinadoproveedor o un determinado proveedor posea derechos exclusivos respecto de ellos. La verificaciónde que los bienes, servicios en general y consultorías solo pueden obtenerse de un determinadoproveedor debe realizarse en el mercado peruano.
6. SERVICIOS PERSONALÍSIMOSEn este supuesto pueden contratarse servicios especializados profesionales, artísticos, científicos otecnológicos brindado por personas naturales, siempre que se sustente objetivamente lo siguiente: a)Especialidad del proveedor, relacionada con sus conocimientos profesionales, artísticos, científicos otecnológicos que permitan sustentar de modo razonable e indiscutible su adecuación para satisfacerla complejidad del objeto contractual. b) Experiencia reconocida en la prestación objeto de lacontratación. Las prestaciones que se deriven de los contratos celebrados al amparo del presentenumeral no son materia de subcontratación.
Artículo 85.- Condiciones para el empleo de la contratación directa
7. SERVICIOS DE PUBLICIDAD PARA EL ESTADOEn este supuesto la contratación de los mencionados servicios corresponde a aquellos que prestan directamentelos medios de comunicación para difundir un contenido determinado al público objetivo al que se quiere llegar.71 Decreto Supremo N° 350-2015 Decreto Supremo N° 056-2017-EF
8. SERVICIOS DE CONSULTORÍA DISTINTOS A LAS CONSULTORÍAS DE OBRA QUE SON CONTINUACIÓN Y/OACTUALIZACIÓN DE UN TRABAJO PREVIO EJECUTADO POR UN CONSULTOR INDIVIDUALEn este supuesto debe sustentarse que la contratación resulta necesaria a efectos de mantener el enfoquetécnico de la consultoría original, y el monto de la contratación no debe exceder los márgenes señalados en laLey de presupuesto del sector publico del año en curso. Esta contratación se puede efectuar por única vez.
9. CONTRATACIÓN DE BIENES O SERVICIOS CON FINES DE INVESTIGACIÓN, EXPERIMENTACIÓN O DESARROLLODE CARÁCTER CIENTÍFICO O TECNOLÓGICOPueden contratarse directamente bienes, servicios en general o consultorías en general con fines deinvestigación, experimentación o desarrollo de carácter científico o tecnológico vinculadas con las funciones uobjeto propios, que por Ley le corresponde a la Entidad, siempre que los resultados pertenezcan exclusivamentea esta.
Artículo 85.- Condiciones para el empleo de la contratación directa
10. CONTRATACIONES DERIVADAS DE UN CONTRATO RESUELTO O DECLARADONULO CUYA CONTINUIDAD DE EJECUCIÓN RESULTA URGENTEEste supuesto se aplica siempre que se haya agotado lo dispuesto en el artículo 138del Reglamento.
11. CONTRATACIONES DE SERVICIOS DE CAPACITACIÓN DE INTERÉS INSTITUCIONALLa contratación de los servicios de capacitación debe realizarse con institucionesacreditadas: (i) conforme a las normas del Sistema Nacional de Evaluación,Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa, o (ii) por organismosinternacionales especializados, conforme a los lineamientos establecidos por el SectorEducación. En el supuesto que la capacitación sea prestada por un organismointernacional, debe tener entre su finalidad u objeto, la prestación de servicios deformación, capacitación o asistencia técnica.
Artículo 85.- Condiciones para el empleo de la contratación directa
Artículo 86.- Aprobación de contrataciones directas
• 86.1. La potestad de aprobar contrataciones directas es indelegable, salvo en los supuestos indicados en losliterales e), g), j), k), l) y m) del artículo 27 de la Ley.
• 86.2. La resolución del Titular de la Entidad o acuerdo de Consejo Regional, Concejo Municipal o Acuerdo deDirectorio en caso de empresas del Estado, que apruebe la contratación directa requiere obligatoriamente delrespectivo sustento técnico y legal, en el informe o informes previos, que contengan la justificación de lanecesidad y procedencia de la contratación directa. Las resoluciones o acuerdos mencionados en el párrafoprecedente y los informes que los sustentan, salvo la causal prevista en el inciso d) del artículo 27 de la Ley, sepublican a través del SEACE dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a su emisión o adopción, segúncorresponda.
• 86.3. Se encuentra prohibida la aprobación de contrataciones directas en vía de regularización, a excepción de lacausal de situación de emergencia. En las contrataciones directas no se aplican las contratacionescomplementarias.
• 86.4. En las contrataciones directas por desabastecimiento y emergencia, de ser necesario prestacionesadicionales, se requiere previamente la emisión de un nuevo acuerdo o resolución que las apruebe.
Artículo 87.- Procedimiento para las contrataciones directas
• 87.1. Una vez aprobada la contratación directa, la Entidad la efectúa mediante acciones inmediatas,requiriéndose invitar a un solo proveedor, cuya oferta cumpla con las características y condicionesestablecidas en las Bases, las cuales deben contener como mínimo lo indicado en los literales a), b), e),f), m) y q) del numeral 27.1 del artículo 27 de la Ley. La oferta puede ser obtenida, por cualquier mediode comunicación.
• 87.2. Las actuaciones preparatorias y contratos que se celebren como consecuencia de lascontrataciones directas deben cumplir con los requisitos, condiciones, formalidades, exigencias ygarantías establecidos en la Ley y el Reglamento.
• 87.3. El cumplimiento de los requisitos previstos para las contrataciones directas, es responsabilidaddel Titular de la Entidad y de los funcionarios que intervengan en la decisión y ejecución.
• 87.4. Cuando no llegue a concretarse la suscripción del contrato, se dejará sin efecto la adjudicaciónefectuada debiendo la Entidad continuar con las acciones que correspondan.
SUBASTA INVERSA ELECTRÓNICA
Definición:Es un procedimiento de selección a través del cual las Entidades contratan bienes yservicios incluidos en el Listado de Bienes y Servicios Comunes. El postor ganador esaquel que oferte el menor precio objeto de la subasta.
Actuaciones Preparatorias
SelecciónEjecución
Contractual
Actos necesarios para convocar el procedimiento
Se selecciona al proveedor
Se ejecuta el contrato
Menos etapas, más rápido
Simplificación
Utiliza ficha técnica aprobada por Perú Compras
Regula el procedimiento de selección Elabora Bases Estandarizadas Realiza acciones de supervisión de los
procedimientos de selección. Resuelve apelaciones mayor de 50 UIT Administra el SEACE
Gestiona el Listado de Bienes y Servicios Comunes
DOCUMENTO DE ORIENTACIÓN
+
Ficha Técnica Documento deOrientación
La contratación a través de la Subasta Inversa Electrónica es obligatoria a partir del día calendario siguiente de publicadas las fichas técnicas en el SEACE.
Marco Legal
SUBASTA INVERSA ELECTRÓNICA
2 3
1Convocatoria 4
Apertura de ofertas y periodo
de lances
Otorgamiento de Buena Pro
Registro de participantes, registro
y presentación de ofertas
Mínimo 2 ofertas válidas
Todo el procedimiento es electrónico a través del SEACE
Etapas:
El SEACE procesa los lances y
estable el orden de prelación
según el monto de su último lance
No se aplica rechazo de ofertas
SUBASTA INVERSA ELECTRÓNICA
El órgano encargado de las contrataciones tiene a su cargo la subasta inversaelectrónica. No obstante ello, puede designar a un comité de selección, cuando loconsidere necesario.
No es aplicable para este procedimiento, la distribución de la buena pro. El consentimiento de la buena pro se produce a los cinco (5) días hábiles de la
notificación de su otorgamiento, salvo que su valor estimado corresponda al de unaLP o CP, en cuyo caso se produce a los ocho (8) días hábiles de la notificación dedicho otorgamiento.
Si una subasta inversa electrónica es declarada desierta por segunda vez, lasiguiente convocatoria se realiza bajo el procedimiento de adjudicaciónsimplificada.
SUBASTA INVERSA ELECTRÓNICA
CATALOGOS ELECTRONICOS DE ACUERDOS MARCO
• PERÚCOMPRAS
Es un método especial de contratación, mediante el cual una entidad contrata de manera directa,sin procedimiento de selección, los bienes y servicios. Debido a sus características, similares a unatienda virtual, permite a los proveedores formar parte de una plataforma virtual que oferta susbienes y servicios a la entidades públicas
El acceso a los Catálogos Electrónicos de Acuerdo Marco se realiza en forma electrónica, a través del SEACE.
ACUERDO
PROVEEDORES
ENTIDADES
CONTRATACIONES A TRAVÉS DE LOS CATÁLOGOS ELECTRÓNICOS DE ACUERDOS MARCO
1Verifica si el requerimiento puede ser atendido porCatálogo electrónico de acuerdo marco
Evalúa y elige el bien o servicio según su necesidad, así como el proveedor con quien contratará
Emite la Orden de Compra/Servicio y la publica a través del Catálogo Electrónico
Recibe la Orden de Compra/Servicio y prepara el pedido para su entrega.
Recibe los productos contratados, otorga la conformidad y luego efectúa el pago.
2
3
4 Proveedor Seleccionado
5
ENTIDAD
ENTIDAD
ENTIDAD
ENTIDAD
La contratación a través de los Catálogos Electrónicos de Acuerdo Marco resulta obligatoria desde el día de suentrada en vigencia, para lo cual el órgano encargado de las contrataciones verifica que dichos Catálogoscontengan el bien y/o servicio que permita la atención del requerimiento y que se cuente con la disponibilidadde recursos.
Las contrataciones de bienes o servicios realizadas a través de los Catálogos Electrónicos del Acuerdo Marcodeben encontrarse incluidas en el Plan Anual de Contrataciones; salvo que su monto sea igual o menor a ocho(8) UIT.
Las contrataciones a través de los Catálogos Electrónicos de Acuerdo Marco se realizan sin mediarprocedimiento de selección; no obstante, ello no significa de que la “Entidad contratante” se encuentrefacultada a omitir las disposiciones de la normativa de contrataciones del Estado que regulan las fases de actospreparatorios y ejecución contractual, toda vez que dichas disposiciones deberán ser aplicadas en la medidasean congruentes con dicho método especial de contratación y se ajusten a las disposiciones de carácterreglamentario emitidas por el OSCE y PERU COMPRAS.
CONTRATACIONES A TRAVÉS DE LOS CATÁLOGOS ELECTRÓNICOS DE ACUERDOS MARCO
CONTRATACIONES A TRAVÉS DE LOS CATÁLOGOS ELECTRÓNICOS DE ACUERDOS MARCO
Mediante Comunicado N° 002-2017-PERÚ COMPRAS/JEF DAM, de fecha 31.03.2017 la Central de ComprasPúblicas PERÚ COMPRAS comunicó la implementación del procedimiento para Grandes Compras en el CatálogoElectrónico de Acuerdos Marco, dejando sin efecto los topes previstos en la disposición transitoria 10.1 de laDirectiva N° 027-2016-OSCE/CD.
Mediante Comunicado N° 20-2018-PERU COMPRAS/DAM, de fecha 30.05.2018 la Central de Compras PúblicasPERÚ COMPRAS estableció y comunicó los montos mínimos de contratación por parte de las entidades a travésdel Catálogo Electrónico de Acuerdo Marco:
ACUERDO CATÁLOGOS MONTO MÍNIMO
IM-CE-2017-6 Equipos multimedia y accesorios. S/ 500.00
IM-CE-2017-7 Materiales e insumos de limpieza. S/ 300.00
IM-CE-2017-8 Baterías, pilas y accesorios. S/ 500.00
IM-CE-2018-1Impresoras; consumibles; repuestos y accesorios de oficina. S/ 300.00
IM-CE-2018-2 Útiles de escritorio; papeles y cartones. S/ 250.00
IM-CE-2018-3Computadoras de escritorio; computadoras portátiles; escáneres. S/ 500.00
CATALOGOS ELECTRONICOS DE ACUERDOS MARCO
• Causales de exclusión de proveedores adjudicatarios de los Catálogos Electrónicos de Acuerdo Marco:
Un proveedor adjudicatario es excluido de los Catálogos Electrónicos de Acuerdo Marco, en los siguientes casos:
1. Cuando esté impedido para contratar con el Estado, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 11 de la Ley.
2. Cuando esté suspendido, inhabilitado temporal o definitivamente para contratar con el Estado. Su exclusión es permanente durante la vigencia de la suspensión o inhabilitación.
3. Cuando no cuente con inscripción vigente en el RNP. En este caso su exclusión es aplicable durante el tiempo que no cuente con dicha inscripción.
4. Cuando se incumpla las condiciones expresamente contempladas en el Acuerdo Marco, en cuyo caso la exclusión se efectúa conforme a las consideraciones establecidas en dicho acuerdo.
Subdirección de Desarrollo de CapacidadesDirección Técnico Normativa
Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado - OSCE
EJECUCIÓN CONTRACTUAL
DEFINICIONES:
Contrato: El contrato es el acuerdo al que arriban la Entidad y el contratista para crear, regular,
modificar o extinguir una relación jurídica dentro de los alcances de la Ley y del presenteReglamento.
Contrato Original: Es el contrato suscrito como consecuencia del otorgamiento de la buena pro,
en las condiciones establecidas en las bases y la oferta ganadora.
Contrato vigente: Es el contrato original que ha sido afectado por las
modificaciones al contrato, tales como reajustes,ampliaciones de plazo, adicionales, etc.
OBLIGACIÓN DE CONTRATAR
Nac
e Luego de consentida labuena pro o que éstahaya quedadoadministrativamentefirma, la Entidad y el olos postores ganadoresestán obligados acontratar.
Ne
gati
va d
e la
En
tid
ad Por recorte presupuestal del objeto materia del procedimiento,
Norma expresa o
Desaparece la necesidad debidamente acreditada.
Imposibilita convocar elmismo objeto durante elejercicio presupuestal, salvola falta de presupuesto.
Incu
mp
limie
nto
de
Po
sto
r Injustificado
Pérdida automática de la Buena Pro
Sanción
Justificado
Imposibilidad física o jurídica sobrevenida al otorgamiento de la Buena Pro que no le sea atribuible.
PERFECCIONAMIENTO DEL CONTRATO
El Contrato, OC/OS deben
registrarse en el SEACE
Se produce con la suscripción del documento que lo contiene (contrato)y su vigencia comienza al día siguiente de su perfeccionamiento, desdela fecha que se establezca en el contrato o desde la fecha en que secumplan las condiciones previstas en el contrato, según sea el caso.
En Subasta Inversa Electrónica y Adjudicación Simplificada para bienesy servicios en general, se puede perfeccionar con recepción de ordencompra/servicio, siempre que el Valor Referencial no supereS/.100,000.00
Para el caso de procedimientos por relación de ítems, puedeperfeccionarse con recepción de orden de compra, siempre que elValor Referencial no supere monto indicado.
Tratándose de catálogos electrónicos de acuerdo marco ycomparación de precios, el contrato se perfecciona siempremediante la recepción de la orden de compra o de servicios
RNP vigente
No impedido
No inhabilitado
CLC suficiente: obras
Especialidad: consultoría de obras
Condiciones del postor
Garantías, salvo casos de excepción.
Contrato de consorcio con firma legalizada, de ser el caso.
Código de cuenta interbancaria (CCI).
Documento que acredite que cuenta con facultades para perfeccionar el contrato, cuando corresponda.
Documentos además de los
previstos en los documentos del procedimiento:
REQUISITOS PARA PERFECCIONAR EL CONTRATO
PERFECCIONAMIENTO DEL CONTRATO
Suscripción de contrato/notifica
OC/OS
8 días hábiles
Postor ganador presenta
requisitos para perfeccionar
contrato
Buena Pro consentida o
administrativa mente firme
3 días hábiles
Presentación de la totalidad de documentos:
Subsanación de requisitos:
8 días hábiles
Postor ganador presenta
requisitos para perfeccionar
contrato
Buena Pro consentida o
administrativa mente firmeE°
no
tifi
ca
ob
serv
acio
nes
3 días hábiles
Suscripción de contrato/notifica
OC/OS
Postor subsana
observaciones
5 días hábiles 1 días hábiles
Contenido
Documento que lo contiene
Documentos del procedimiento de selección contengan reglas definitivas
La oferta ganadora
Documentos que generen obligaciones a las partes
Cláusulas Obligatorias
Garantías
Anticorrupción
Solución de Controversias
Resolución de contrato por incumplimiento
Cláusula de identificación y asignación de riegos (obras)
CONTENIDO DEL CONTRATO
Entidad declara desierto el
procedimiento
Si no hubiera o
no suscribe
contrato
PERFECCIONAMIENTO DEL CONTRATO
Incumplimiento de la Entidad:
Cuando el adjudicatario no suscribe contrato:
Postor requiere a la E° la
suscripción
E° no suscribe el contrato
E° no cumple con suscribir el contrato dentro
del plazo
Postor puededejar sin efecto la
buena pro
5 días hábiles
E° requiere al segundo lugar para el
perfeccionamiento del contrato
Postor ganador pierde la Buena
Pro
3 días hábiles
PLAZO DEL CONTRATO
Suscripción del contrato/OC/OS
Entrega de los bienes/
productos/recibe la obra
Días calendarios
Hasta un máximo de tres (3) tres años.
El plazo se inicia:Desde el día siguiente de la suscripción del contrato
oDesde el día siguiente de la recepción de la OC/OS
oDesde la fecha que se establezca en el contrato
oDesde que se cumplan las condiciones para su inicio.
Según sea el caso
GARANTÍAS:
Son mecanismos de respaldo destinado a proteger, resarcir o asegurar elcumplimiento de las obligaciones asumidas por el contratista como consecuenciade la suscripción del contrato con el Estado.
Finalidad
Desincentivar y limitar incumplimientos
Compensar por los daños causados
Excepcionalmente cobro de saldos y penalidades
GARANTÍAS CONTRACTUALES:
En el documento del procedimiento deselección se debe establecer el tipo degarantía (CF o PC)
Debe ser emitidas por entidades delsistema financiero supervisadas por SBSautorizadas para emitir garantías o estar enúltima lista de bancos extranjeros deprimera categoría, que publica el BCR.
Características
Solidaria
Irrevocable
Incondicionales
De realización automática en el país
Garantía de fiel cumplimiento. Garantía de fiel cumplimiento de prestaciones accesorias. Garantías por adelantos
GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO:
Suscripción del contrato
Recepción y conformidad
/consentimientoLiquidación finalMantener vigencia
10% del valor del Contrato
GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO:
Garantía para MYPES:
Contratos periódicos de suministro de bienes y prestación de serviciosen general, y consultoría de obras.
En ejecución de obras cuando el contrato se derive de una adjudicaciónsimplificada, el plazo sea igual o mayor a 60 días calendario y el pago afavor del contratista considere, al menos, 2 valorizaciones periódicas, enfunción del avance de obra.
Retención 10% del contrato original durante la primera mitad delnúmero total de pagos, de forma prorrateada.
GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO POR PRESTACIONES ACCESORIAS
Presentación principal
Prestación accesoria
Conformidad/ consentimientoLiquidación final
10% del contrato original
10% del Valor total de las prestaciones accesorias.
Mantenimiento Reparación o Actividades afines.
Será renovada hasta el
cumplimiento total de las obligaciones
garantizadas.
EXCEPCIONES A LA GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO:
Arrendamiento de bienes muebles/inmuebles
Contrataciones Complementarias
cuyos montos sean ≤ S/. 100,000.
Contratos/ítems ≤ S/. 100,000.
– bienes y servicios(distinto a consultoría
de obra)
Adquisición de bienes inmuebles
EN EL CASO DE LA GARANTÍA POR ADELANTOS:
Respaldo por la entrega de adelantos
Debe presentarse antes de la entrega del
adelanto
Equivalentes al monto
solicitado(100% del adelanto)
Vigencia mínima de 3 meses/
renovable/reducciónprogresiva
ES POSIBLE QUE LOS CONTRATISTAS SOLICITEN ADELANTOS, PARA LO CUAL DEBERÁ :
Solicitarlo en el periodo
establecido en las bases
La entrega se realizará en la oportunidad y
plazo establecido en las bases
Amortización por descuentos proporcionales
30%bs/ss
10% (directos)20%
(materiales e insumos)
obras
LAS GARANTÍAS SE EJECUTAN:
Cuando el contratista no renueva antes de vencimiento.
Resolución consentida del contrato.
Si después de 3 días de requerido el contratista no cumple con pagar el saldoa su cargo luego de recibida la prestación o liquidado el contrato.
Garantía por Adelantos
La garantía por adelantos se ejecuta cuando resuelto o declarado nulo elcontrato exista riesgo sustentado de imposibilidad de amortización o pago,aun cuando se haya iniciado la conciliación o el arbitraje.
Entidad antes de ejecutarla, requiere vía notarial al contratista, otorgándoleplazo de 10 días hábiles para devolver monto pendiente de amortizar, bajoapercibimiento de ejecutar garantía.
SUBCONTRATACIÓN
El contratista podrá subcontratar parte de sus obligaciones, salvo prohibición expresacontenida en los documentos del procedimiento de selección:
Máximo el 40% de las prestaciones.
Obligaciones no esenciales
Previa aprobación de la Entidad, dentro de los 5 días hábiles de su solicitud, si no sepronuncia se considera rechazado.
El subcontratista deberá tener RNP vigente, no estar impedido o inhabilitado
El contratista mantendrá la responsabilidad por la ejecución total del contrato
PENALIDADES POR INCUMPLIMIENTO
• Por mora:
• Retraso injustificado
• Máximo a cobrar 10%
• Los documentos del procedimiento establecerán la forma de cálculo
Finalidad
Desincentivar el incumplimiento del contratista.
Resarcir a la Entidad, de alguna manera, por el perjuicio que el incumplimiento en laejecución de las prestaciones le haya causado.
Otras penalidades:• Distintas a mora• Objetivas, razonables, congruentes
y proporcionales.• Máximo a cobrar 10%
Penalidad diaria = 0.10 x MontoF x Plazo en días
RESOLUCIÓN DEL CONTRATO:
Causales: Caso fortuito o fuerza mayor
Hecho sobreviniente al perfeccionamiento del contrato
Incumplimiento injustificado de una de las partes
Causales de incumplimiento atribuibles a:
Incumplimiento Injustificado de pago.
Incumplimiento Injustificado de otras obligaciones esenciales.
ENTIDAD
Incumplimiento injustificado de obligaciones
Por acumular el monto máximo de penalidad.
Paralización o reducción injustificadaCONTRATISTA
PROCEDIMIENTO DE RESOLUCIÓN DE CONTRATO:
Segunda carta notarial
(Resolución)
Primera carta Notarial
(Apercibimiento)
5 días
15 días (casos complejos u obras)
Incumplimiento
Controversias: conciliación y/o arbitraje
En determinados casos solo será necesaria la notificación de una sola carta
Efectos
La entidad ejecuta la garantía
El contratista puede solicitar una indemnización
PRESTACIONES PENDIENTES EN CASO DE RESOLUCIÓN
Entidad determina precio, condiciones
y disponibilidad presupuestal de las
prestaciones pendientes
Invita a postores que participaron en el procedimiento de selección para que manifiesten interés
Manifiesta intención de
ejecutar
Entidad contrata con postor de mejor
posición en el orden de prelación.
Requisitos, condiciones,
formalidades, exigencias y
garantías establecidas
5 días
Mas de un postor
Perfeccionamiento
En BB, SS y obras OEC califica salvo C/PRE
MODIFICACIÓN DEL CONTRATO
Adicionales y Reducción para bienes y servicios:
Hasta el 25%
Puede generar ampliación o
reducción de plazo contractual
CostosNaturalezaexcepcional
Para alcanzar la finalidad del
contratoSegún (EETT – TdR,Precio pactado oacuerdo entre laspartes)
La Entidad puede requerir un mayor número de prestaciones a las inicialmente pactadas o disponer lareducción de las mismas, siempre que dicho contrato se encuentre vigente.
El área usuaria deberá sustentar la necesidad del adicional. Es necesario la emisión de una Resolución por el Titular de la Entidad, facultad que puede delegarse. Es necesario contar con la asignación presupuestal correspondiente.
De no existir pronunciamiento, se tiene por aprobada la solicitud, bajo responsabilidad del titular
Solicita Ampliación
dentro de los 7 días
Hábiles de finalizado
El hecho generador o
autorizado el adicional
Resuelve y notifica su
Decisión en un plazo de
10 días hábiles, desde el
Día siguiente de solicitado
Contratista Entidad
Ampliaciones del plazo contractual:
Por aprobación de adicional que afecte el plazo. Contratista amplía el plazo de las garantías. Por atrasos y/o paralizaciones no imputables al contratista (ajenas a su voluntad)
debidamente comprobados y que modifiquen el plazo contractual. Reconocimiento de gastos generales debidamente acreditados.
MODIFICACIÓN DEL CONTRATO
MODIFICACIÓN DEL CONTRATO
Modificaciones convencionales al contrato:
Sin perjuicio de las responsabilidades y sanciones a que hubiere lugar, cuando no resultenaplicables los adicionales, reducciones y ampliaciones, las partes pueden acordar otrasmodificaciones al contrato siempre que las mismas deriven de hechos sobrevinientes alperfeccionamiento del contrato que no sean imputables a alguna de las partes,permitan alcanzar su finalidad de manera oportuna y eficiente, y no cambien los elementosdeterminantes del objeto.
Cuando la modificación implique la variación del precio, debe ser aprobada por el Titular dela Entidad.
NULIDAD DE CONTRATO
Causales:
Impedimentos del artículo 11º de la Ley
Trasgresión del principio de presunción de veracidad.
Cuando está en trámite un recurso de apelación.
No cumplir con causales de contratación directa.
Contratar sin efectuar procedimiento de selección
No se han utilizado los procedimientos previstos en la Ley.
Contratista ha pagado, ofrecido, intentado pagar u ofrecer en el futuro algún pago, dadiva ocomisión en relación con ese contrato.
RECEPCIÓN Y CONFORMIDAD:
Recepción de bienes/ servicios
Conformidad(derecho al pago)
Constancia
10 días
Observaciones 2 a 10 días
Controversias: conciliación y/o arbitraje
Se requiere informe de responsable de área usuariaEn O/C u O/S puede consignarse en documento
PAGOS:
Luego de la conformidad Pago
15 días
Controversias: conciliación y/o arbitraje
Atraso: interés legal
Excepcionalmente el pago se realiza por adelantado,
cuando este sea condición de mercado
Luego de ejecutada la prestación
Muchas gracias por su atención