contrataciones con el estado

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CURSO/TALLER CONTRATACIONES DEL ESTADO 1 UNIVERSIDAD PRIVADA DE TACNA

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CURSO/TALLER CONTRATACIONES

DEL ESTADO

1

UNIVERSIDAD PRIVADA DE TACNA

ETAPA: EJECUCION

CONTRACTUAL

3ra. Sesión

2

UNIVERSIDAD PRIVADA DE TACNA

EL CONTRATO ADMINISTRATIVO

Es el acuerdo de dos o más partes, en la que una de ellas necesariamente es una entidad estatal; su celebración

requiere el desarrollo de actos previos.

Se rige por la normativa de contrataciones estatales. 3

UNIVERSIDAD PRIVADA DE TACNA

• Una de las partes es una Entidad Estatal

Presencia de la administración pública

• Tributos Fondos públicos Interés general

Finalidad de interés público

• Objetivo: satisfacer una necesidad pública

Prestación de utilidad pública

• Prerrogativas particulares de decisión unilateral

Presencia de cláusulas exorbitantes: ius variandi

• Litigios son sometidos a autoridad administrativa

Jurisdicción administrativa 4

1. Poder de dirección y de control

2. Facultades unilaterales:

• Interpretación del contrato

• Anulación / Nulidad / Suspensión del contrato

• Disponer prestaciones adicionales y reducciones

• Intervención económica

• Resolución del contrato

• Decisión ejecutoria de garantías

3. Poder sancionatorio 5

Consentida la Buena Pro surge la obligación de la

Entidad y del ganador de la Buena Pro de suscribir el

contrato.

UNIVERSIDAD PRIVADA DE TACNA

• Funcionario competente

• Funcionario debidamente autorizado Por la Entidad

• Persona Natural: Directamente o por apoderado

• Persona Jurídica: Representante legal

• Consorcio: Representante legal Común Por el contratista

Suscripción Un contrato por

el total o por cada ítem

Un contrato con c/u, en caso de

prorrateo y distribución

7

• Es el proyecto del contrato que forma parte de las Bases.

• Las cláusulas obligatorias de la proforma de contrato son:

• Garantías.

• Solución de Controversias.

• Causales de resolución de Contrato por Incumplimiento.

PROFORMA DEL CONTRATO

8

La proforma del contrato puede ser modificada en la etapa de selección; una vez suscrito el contrato, éste también puede ser modificado en la etapa de ejecución contractual (Art. 35º).

9

• Por Escrito (mediante la suscripción del documento contractual, según la proforma contenida en las Bases Integradas, la propuesta técnica y económica ganadora).

• Menor Cuantía: mediante orden de compra o de servicios.

• Registro en el SEACE: 10 días

Formalidad:

Contratos de Convenio Marco:

Orden de Compra o de servicio. Incluye contrataciones con montos menores o iguales a 3 UIT (Art. 3°, inc. 3.3, literal h)

UNIVERSIDAD PRIVADA DE TACNA

10

El ganador de Buena Pro debe presentar previamente:

La Constancia de no estar inhabilitado, salvo AMC.

Garantías, salvo excepciones

Contrato de Consorcio formalizado, de ser el caso.

Vigencia de poder (caso de personas jurídicas).

Otros documentos requeridos en las Bases Integradas y en la normativa especial

Art. 141 (D.S. 138-2012-EF)

• Código de cuenta interbancaria (CCI)

• Traducción oficial efectuada por traductor publico juramentado de todos los documentos de la propuesta presentados en idioma extranjero que fueron acompañados de traducción certificada. 11

UNIVERSIDAD PRIVADA DE TACNA

Art. 145 (D.S. 138-2012-EF)

• Al suscribirse el contrato de consorcio se mantendrá la información referida al porcentaje de obligaciones de cada uno de sus integrantes, conforme a lo indicado en la promesa formal de consorcio.

• Ver Directiva de consorcios 12

UNIVERSIDAD PRIVADA DE TACNA

Dentro de los 7 días hábiles siguientes al consentimiento de la

Buena Pro, sin mediar citación alguna, el postor ganador deberá

presentar a la Entidad la documentación para la suscripción

del contrato. Asimismo, dentro de los 3 días hábiles siguientes a la

presentación de dicha documentación, deberá concurrir ante la Entidad para suscribir el

contrato.

En los casos que el contrato se perfeccione mediante orden de compra o de servicios, el postor deberá presentar la

documentación para la suscripción del contrato, dentro de los 3 días hábiles

siguientes al consentimiento de la Buena Pro, sin mediar citación alguna.

Asimismo, la Entidad deberá notificarle la orden de compra o de servicios en un

plazo no mayor de 4 días hábiles siguientes a la presentación de dicha

documentación.

Art. 148

13

El OEC citará al postor que ocupó el 2do lugar en el orden de prelación a fin que presente la documentación para la suscripción del contrato en el plazo previsto en el numeral 1, y posteriormente, concurra a suscribir el contrato en el plazo previsto en dicho numeral. En el caso que el contrato se perfeccione con la notificación de la orden de compra o de servicios, la Entidad citará al postor que ocupó el 2do lugar en el orden de prelación a fin que presente la documentación para la suscripción del contrato conforme a los plazos antes mencionados. Si este postor no suscribe el contrato, dicho órgano declarará desierto el proceso de selección, sin perjuicio de la sanción administrativa aplicable.

Cuando la Entidad no cumpla con suscribir el contrato dentro del plazo establecido en el numeral 1, el postor ganador de la Buena Pro podrá requerirla para su suscripción, dentro de los 2 días hábiles siguientes de vencido el plazo para suscribir el contrato, dándole un plazo de entre 5 a 10 días hábiles. Vencido el plazo otorgado, sin que la Entidad haya suscrito el contrato, dentro de los 5 días hábiles siguientes, tiene la facultad de dejar sin efecto el otorgamiento de la Buena Pro.

Art. 148

14

Cuando la Entidad no cumpla con notificar la orden de compra o de servicios al contratista en el plazo establecido en el numeral 2, dentro de los 2 días hábiles siguientes de vencido dicho plazo, el contratista podrá requerirla para que cumpla con efectuar la notificación en el plazo de 3 días hábiles; vencido este plazo, el contratista podrá solicitar a la Entidad que deje sin efecto el otorgamiento de la Buena Pro.

Art. 148

15

16

EL CONTRATO COMPRENDE

El documento

que lo contiene

Las Bases integradas

La Oferta Ganadora

Documentos derivados del proceso de

selección que establezcan obligaciones

Los montos y plazos respectivos. Incluso las mejoras técnicas propuestas por el postor ganador e información relativa a las garantías. Puede incorporar las modificaciones no sustanciales a la proforma como al contrato definitivo.

17

- Desde el día siguiente de la suscripción del contrato o de la recepción de la orden de compra o de servicios, hasta la conformidad de recepción y el pago (Bs. y Ss.)

Asesoría Legal (patrocinio judicial, arbitral u otros similares): podrá extenderse hasta la duración del

encargo

Cómputo en días naturales (regla general), las excepciones están reguladas de forma expresa.

Por uno o más ejercicios presupuestales

(máximo 3)

Arrendamiento de inmuebles: contratos de hasta 3 años, renovables y con cláusula de resolución unilateral.

Ejecución y consultoría de obras:

el previsto para su culminación. 18

El contratista debe comunicar a la Entidad las fallas o defectos que advierta en las especificaciones técnicas o términos de referencia de los bienes o servicios a ser adquiridos o contratados, a más tardar a los siete (7) días siguientes del perfeccionamiento del contrato.

Esta disposición es sólo aplicable a las contrataciones cuyo monto correspondan a la Adjudicación de Menor Cuantía y en ningún caso será aplicable a la Adjudicación de Menor Cuantía Derivada.

La Entidad evaluará las observaciones formuladas por el contratista y se pronunciará en el plazo de siete (7) días hábiles. 19

20

POR EL CONTRATISTA:

1. Ofrezca bienes o servicios con iguales o mejores características técnicas, de calidad y precio.

2. Entidad evaluará siempre que se satisfaga la necesidad.

3. No variará forma alguna de condición que motivó la selección.

LA ENTIDAD

Es responsable de las modificaciones

y gastos que se generen

Opiniones Nros. 097-2009/DTN y 060-2011/DTN

TRÁMITE:

Dentro de los 15 dh siguientes al

consentimiento de la Buena Pro.

Obligatorio en LP, CP, ADP y ADS.

No se presenta en AMC o en ítem cuyo valor no supere AMC.

ES EMITIDA POR OSCE Y RESPONDE A UNA FINALIDAD CONCRETA

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UNIVERSIDAD PRIVADA DE TACNA

Únicas garantías permitidas:

• Carta fianza y

• Póliza de caución

Es una garantía personal

• Un 3ro (una entidad financiera) respalda la obligación asumida por el deudor principal (el contratista)

Su finalidad

• Asegurar parcialmente el pago de los daños y perjuicios derivados de la inejecución injustificada de las prestaciones a cargo del contratista.

¡ADVERTENCIA! Previa a la suscripción del contrato, debe verificarse la autenticidad de las garantías mediante comunicación (telefónica) con la institución emisora

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UNIVERSIDAD PRIVADA DE TACNA

Las garantías pueden ser:

Pre-contractuales:

• - Por recurso de apelación.

Contractuales:

• - Fiel cumplimiento (Prestación principal y prestaciones accesorias).

• - Por adelantos.

• - Por monto diferencial de propuesta. 23

24

Si contrato es por más de 1 año, puede tener vigencia de 1 año, pero con el compromiso de renovación antes de su vencimiento.

Vigencia: desde la suscripción del contrato, hasta:

La conformidad de la recepción (bienes y servicios) o,

El consentimiento de la liquidación final (obras y consultoría de obras).

Debe entregarse previa a la suscripción del contrato.

Debe ser emitida por el 10% del monto del contrato (ampliación en caso de adicionales), a fin de garantizar las obligaciones asumidas por el contratista.

• Servicios: Cuando la propuesta del adjudicatario es inferior en más del 10% del valor referencial.

• Bienes: Cuando la propuesta del adjudicatario es inferior en más del 20% del valor referencial.

• NO se aplica en ejecución de obras ni consultorías de obras.

• NO se presenta en contratos derivados de AMC para bienes y servicios.

• Monto de la garantía: 25% de la diferencia entre el valor referencial y la propuesta económica

Finalidad y vigencia: iguales que la GFC.

25

GARANTÍA POR EL MONTO DIFERENCIAL DE LA PROPUESTA

26

En adquisición de bienes, servicios o contratación de obras que requieran mantenimiento, reparación o actividades afines.

Origen: Bases, Contrato

Monto: 10% del valor de las prestaciones accesorias

Vigencia: hasta el cumplimiento de obligaciones del contrato

Excepciones: Similares a la de fiel cumplimiento

Regulación específica: Directiva 09-2009-OSCE

27

Pueden presentar Carta Fianza o Póliza de Caución.

Como Garantía de Fiel Cumplimiento para el suministro de bienes o servicios de ejecución periódica, servicios de consultoría y ejecución de obras:

- Declaración Jurada autorizando retención. La Entidad retendrá un 10% del monto total del Contrato, en la primera mitad del plazo del contrato.

- Para el caso de Obras: Monto sea AMC, ADS, ADP; Plazo sea igual o mayor a 60 días; Pago considere mínimo 2 Valorizaciones

UNIVERSIDAD PRIVADA DE TACNA

Contratos por el monto de menor cuantía en bienes y servicios.

Contratos de servicios de ADS.

Adquisición de inmuebles.

Contratación ocasional de transporte.

Contratos de arrendamiento de bienes muebles e inmuebles.

Monto del ítem es de menor cuantía.

Contratos complementarios con montos equivalentes a AMC y ADS de servicios

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1.- No renovación oportuna. Sólo queda en custodia el monto ejecutado.

2.- Resolución de contrato por incumplimiento, siempre que ésta quede consentida y/o firme.

3.- Laudo Arbitral que declare procedente resolución del contrato.

4.- Cuando luego de 3 días de requerido, el contratista no haya cancelado el saldo a su cargo, luego de la liquidación o la conformidad de prestación, según corresponda.

5.- Excepcionalmente: cobro de penalidades.

CAUSALES DE EJECUCIÓN DE LA GFC Y GMD

Arrendamiento de bienes muebles e inmuebles

Sólo para respaldar

obligaciones del contrato.

No lucro cesante ni

daño emergente

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UNIVERSIDAD PRIVADA DE TACNA

1. Entidad es responsable de las modificaciones que ordene.

2. Contratista responsable de obligaciones laborales, aportaciones, delos tributos y gravámenes, seguros para los bienes, recursos que utilizan o de terceros afectados.

3. Contratista comunica fallas defectos 31

Suscripción

Adelantos

Adicionales

Deductivos

Ampliación de Plazo

Subcontratación Intervención económica

(obras)

Resolución

Penalidades

Recepción y conformidad

Culminación

Cesión de derechos

32

33

Clases:

• Directos (No mas de 30% - Bs y Ss)

• Directos (No mas del 20% - obras)

• Para insumos y materiales (No mas del 40% - obras)

Oportunidad de entrega:

• Según el contrato

Requisito para entrega:

• Presentar Garantía

(Siempre que estén establecidos en las Bases o en el contrato)

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No renovación oportuna:

Saldo pendiente

de amortizar

UNIVERSIDAD PRIVADA DE TACNA

Cuando las bases lo autoricen.

Contratista es único responsable frente a la Entidad.

• Aprobación previa por escrito, aprobación automática.

• No exceder 40% del monto del contrato original

• Capacitación y tecnología (extranjeros)

• Subcontraista: No estar suspendido o inhabilitado e inscrito en el RNP

• Preferencia a MYPES

Requisitos:

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UNIVERSIDAD PRIVADA DE TACNA

Procede cesión de derecho, salvo disposición legal en contrario.

No procede cesión de posición contractual, salvo:

• Transferencia de propiedad de bienes arrendados.

• Fusiones o escisiones de personas jurídicas.

• Exista norma legal que lo permita expresamente.

Opiniones Nros. 021-2009/DTN, 062-2010/DTN, 006-2011/DTN, 035-2011/DTN y 106-2011/DTN.

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UNIVERSIDAD PRIVADA DE TACNA

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ADICIONALES: REDUCCIONES:

Bienes y Serv (25%) Bienes, Servicios y Obras

Obr (15% - 50%).

Para alcanzar la finalidad del contrato

1. Excepcionalmente y previo sustento de área usuaria 2. Aprobación: Resolución previa del Titular o MAA de la Entidad. 3. Puede conllevar ampliación o reducción del plazo contractual. 4. En Obras: Pagar más del 15% se requiere autorización de la CGR. 5. Hasta el 50% (Defic en ET o Situaciones Imprevisibles posterior a

Contrato.

UNIVERSIDAD PRIVADA DE TACNA

Los adicionales o reducciones que se dispongan durante la ejecución de proyectos de inversión pública deberán ser comunicados por la Entidad a la autoridad competente del Sistema Nacional de Inversión Pública.

ART. 174

En el caso de la consultoría de obras, debe pagarse al contratista, además del

gasto general variable, el costo directo. 38

UNIVERSIDAD PRIVADA DE TACNA

39

Procede: - Por aprobación de adicional que afecte el plazo.

- Por atrasos y/o paralizaciones no imputables al contratista o por culpa de la Entidad.

- Por caso fortuito o fuerza mayor.

Trámite: - Solicitud fundamentada dentro de los 7 días hábiles de finalizado el hecho.

- Resolver dentro de 10 días hábiles desde presentada solicitud, sino aprobada.

- Reconocimiento de los gastos generales que correspondan.

La Entidad deberá resolver las solicitudes de

ampliación de plazo en diez días hábiles computado

desde el día siguiente de su presentación

ART. 175

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UNIVERSIDAD PRIVADA DE TACNA

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Por mora:

• Retraso injustificado

• Cobrar por cada día, hasta un máximo de 10%

• Aplicar fórmula

• Oportunidad

Otras penalidades:

• Distintas a mora

• Objetivas, razonables, congruentes

• Máximo: 10%

UNIVERSIDAD PRIVADA DE TACNA

De los pagos a cuenta

Del pago final.

De la liquidación

final.

De la ejecución

de las garantías

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43

Oportunidad:

• Después de ejecutada la prestación

• Entidad debe determinar plazo para pago

Excepciones:

• Antes de la prestación (según su naturaleza)

• Pagos periódicos

Plazos:

• Conforme al contrato

• Retraso = Interés Legal

Efectos Culminación del contrato y cierre de expediente

UNIVERSIDAD PRIVADA DE TACNA

PAGOS

• Permitidos sólo cuando las condiciones que dieron origen al contrato han variado. Se aplica cuando se produce incremento en los costos del contratista: IGV, RMV, aumento en los costos de materiales.

REAJUSTES

• 012-2009/DTN,

• 061-2010/DTN,

• 007-2011/DTN y

• 016-2011/DTN.

Opiniones Nros.

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UNIVERSIDAD PRIVADA DE TACNA

Art. 181 DS 138-2012-EF

• El responsable de otorgar la conformidad de recepción de los bienes o servicios, deberá hacerlo en un plazo que no excederá de los (10) días calendario de ser éstos recibidos, a fin que la Entidad cumpla con la obligación de efectuar el pago dentro de los (15) días calendario siguientes, siempre que se verifiquen las demás condiciones establecidas en el contrato.

• Las controversias en relación a los pagos que la Entidad debe efectuar al contratista podrán ser sometidas a conciliación y/o arbitraje dentro del plazo de quince (15) días hábiles siguientes de vencido el plazo para hacer efectivo el pago.

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UNIVERSIDAD PRIVADA DE TACNA

Por hecho sobreviniente a la suscripción.

Puede ser total o parcial

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UNIVERSIDAD PRIVADA DE TACNA

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1. Incumplimiento injustificado de Obligaciones.

2. Por acumular el monto máximo por penalidad por mora u otras penalidades.

3. Paralización o reducción

injustificada, pese a haber sido requerido.

UNIVERSIDAD PRIVADA DE TACNA

Incumplimiento injustificado de obligaciones esenciales derivadas

del contrato

Ejemplo:

• Falta de pago

• Otras según contrato

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UNIVERSIDAD PRIVADA DE TACNA

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1ra. CARTA NOTARIAL Requiriendo cumplimiento de obligación, bajo apercibimiento. Se concede plazo:

Ordinariamente : No mayor a 5 días Casos complejos: 15 días.

2da. CARTA NOTARIAL de resolución (potestativo). (No es necesario en caso de acumulación

máx. de penalidades o cuando la situación no pueda ser revertida)

Controversias pueden ser sometidas a conciliación y/o arbitraje.

Entidad perjudicada, ejecuta garantías y danos y perjuicios por mayores daños ocasionados.

Contratista perjudicado, daños y perjuicios irrogados.

En caso de caso fortuito o fuerza mayor no procede indemnización.

50

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» Dependiendo del monto contractual y de la complejidad, envergadura o sofisticación de la contratación, la Entidad puede establecer plazos mayores, pero en ningún caso mayor a quince (15) días, plazo este último que se otorgará necesariamente en el caso de obras. Si vencido dicho plazo el incumplimiento continúa, la parte perjudicada podrá resolver el contrato en forma total o parcial, comunicando mediante carta notarial la decisión de resolver el contrato.

Art. 169

51

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1. Responsable de recepción y conformidad:

• Órgano de administración o el establecido en las Bases

2. Conformidad de Prestación:

• Informe del área usuaria.

• Observaciones se consigna en acta.

• Plazo (2 a 10 días) para subsanar observaciones.

• Si no subsana, se resuelve contrato, aplicando penalidades.

• No cabe si incumplen características y condiciones ofrecidas.

Opiniones Nros. 001-2010/DTN y 027-2010/DTN. 52

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53

Efecto de la Conformidad:

• Culmina el contrato

• Se cierra expediente respectivo

Constancia de la Prestación

• - Emite Órgano de Administración o el autorizado por la Entidad

• - Identificación del objeto del contrato, monto y penalidades

• - Si no se cancelaron penalidades, no se entregará la constancia

Controversias:

• A vía conciliatoria y/o arbitral (incluye defectos o vicios ocultos)

Después de celebrados los contratos, son causales de nulidad:

• Contravención impedimentos.

• Trasgresión principio de presunción de veracidad durante proceso o suscripción.

• Se haya suscrito pese a existir apelación en trámite.

• No se haya utilizado el proceso de selección correspondiente. 54

55

Condiciones para su procedencia:

• Que se celebre dentro de los 3 meses de culminado el contrato original.

• Que se esté llevando a cabo el proceso de selección.

• Con el mismo contratista.

• Por los mismos bienes y/o servicios.

• Por única vez.

• Que se preserven las condiciones que dieron lugar a la contratación.

• Hasta por un máximo del 30% del contrato original.

Es un nuevo contrato

• Opiniones Nros. 007 y 027-2010/DTN y 107-2011/DTN

Art. 182 DS 138-2012-EF

• No será condición de la contratación complementaria la convocatoria del proceso de selección, en aquellos casos en los que con dicha contratación complementaria se agote la necesidad de la Entidad, lo que debe ser sustentado por el área usuaria al formular su requerimiento. No caben contrataciones complementarias a los contratos de consultoría de obra 56

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Art. 136 (D.S. 138-2012-EF)

• En el caso de las contrataciones exoneradas por causales de situación de desabastecimiento y situación de emergencia no serán aplicables las contrataciones complementarias. Asimismo, bajo dichos supuestos, de ser necesario prestaciones adicionales se requerirá previamente la emisión de un nuevo acuerdo o resolución de exoneración.

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Opinión 084-2011/DTN:

“(…) independientemente de si en una opinión el OSCE explica, interpreta o integra las disposiciones de la normativa de contrataciones del Estado, los criterios que emita el OSCE a través de las opiniones deben ser observados por los operadores de dicha normativa al momento de aplicarla, pues constituyen el criterio emitido por el organismo competente en materia de contrataciones del Estado”.

www.osce.gob.pe

58

UNIVERSIDAD PRIVADA DE TACNA

» ¿El plazo otorgado para subsanar observaciones se contabilizará a partir de la comunicación formal

de la Entidad o desde el día siguiente en que se emitió el acta, el cual no señala el plazo otorgado

al contratista?

» ¿Si el mencionado plazo venciera un día sábado, cual será el último día para subsanar, será el

viernes anterior o el lunes siguiente? 59

UNIVERSIDAD PRIVADA DE TACNA

» ¿Debe declararse nulo un contrato que se encuentra en un 90% de avance en su ejecución debido a que la Entidad ha sido notificada de una pericia grafotécnica practicada por la Dirección Contra la Corrupción de la PNP, en donde se determinó que los documentos presentados por el contratista contienen firmas falsificadas de uno de los profesionales presentado como parte de su propuesta técnica?

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UNIVERSIDAD PRIVADA DE TACNA

¿Es necesario que para la aplicación del inc. 4 del art. 150° del Reglamento, respecto a la resolución unilateral del contrato antes del vencimiento del plazo, que dicha condición o circunstancia conste en el contrato de manera expresa o es suficiente

que esté contenido en el Reglamento para su aplicación?

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UNIVERSIDAD PRIVADA DE TACNA

» Planteamos como supuesto de la consulta el caso en que, en ejercicio del derecho de contradicción, se impugna ante el Tribunal de Contrataciones del Estado la Buena Pro de un proceso de selección, que tenía por objeto la prestación de un servicio por un período de 2 años. Después del Pronunciamiento del Tribunal, la controversia es sometida al Poder Judicial y una medida cautelar ordena a la Entidad abstenerse de suscribir el contrato derivado del citado proceso de selección. Por esta razón, la Entidad contrató directamente por exoneración la prestación del servicio, satisfaciendo así su necesidad. Actualmente, la Entidad requiere que se le preste el servicio bajo características distintas ¿Podría entenderse que la necesidad que motivó el proceso de selección ha desaparecido?

62

» ¿Resulta o no viable reconocer el costo efectivo, sin lucro, de los

servicios brindados por una empresa, a pesar de haberse

excedido el marco contractual correspondiente?

63

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» Si la prórroga de arrendamiento de bien inmueble, gestionada en el marco de lo dispuesto por el inciso 4) del artículo 150° del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, constituye un nuevo contrato?

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» “¿En el caso que la Entidad se haya beneficiado con las prestaciones ejecutadas por un proveedor contratado de forma irregular, se debe reconocer la utilidad al proveedor?, ¿Se debe reconocer el costo de lo efectivamente ejecutado por el proveedor o se debe reconocer el precio de mercado del servicio?”

65

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» “(…), si de acuerdo con lo establecido en el primer párrafo del artículo 44º de la indicada Ley, resulta procedente “La resolución de un contrato, por acuerdo de las partes, cuando haya desaparecido el objeto materia de la contratación” 66

UNIVERSIDAD PRIVADA DE TACNA

» “¿Para la aplicación de la penalidad, la Entidad debe seguir el debido procedimiento establecido; y si no existe, cómo se aplica el procedimiento para proceder con la penalidad en contra del contratista?”

67

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