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1 CONTRALORIA AUXILIAR DE RESPONSABILIDAD FISCAL AUTO No. 226 POR MEDIO DEL CUAL SE DICTA AUTO DE ARCHIVO EN EL PROCESO DE RESPONSABILIDAD FISCAL 225 DE 2014ADELANTADO ENEL MUNICIPIO DE URRAO - ANTIOQUIA Medellín, 23 de junio de 2015 COMPETENCIA El Contraloría Auxiliar de Responsabilidad Fiscal, en ejercicio de las facultades otorgadas por la Constitución Política, artículo 272, Incisos 1º y 5º, la Ley 610 de 2000, la Ley 1474 de 2011, la Resolución Interna 1955 del 4 de diciembre de 2014 y el Auto Comisorio 1433, procede a dictarla presente actuación dentro del Proceso de Responsabilidad Fiscal 225-14, adelantado en el municipio deURRAO Antioquia. HECHO La Contraloría Auxiliar de Indagación Preliminar, por medio de Radicado 2014300011927 del 9 de diciembre de 2014, dio traslado del Hallazgo por presuntas irregularidades detectadas en la queja con radicado 2014200009244, consistente en “El deterioro temprano del asfalto en frio instalado, se presenta en las siguientes direcciones: Calle de La Normal La Sagrada Familia, calle de la Zona Rosa, calle del aserrío Don Juan Saúl Cossío, calle que va desde el parque principal hasta el cementerio de la parroquia San José de Urrao y la entrada principal, por valor de 200 millones de pesos.” (F. 1). ANALISIS DE LA EVIDENCIA. Informe de las actuaciones surtidas. Acatando a la reglamentación dispuesta por la Contraloría General de Antioquia, señalado en la Resolución 0791 del 23 de marzo de 2012 y en el procedimiento para Quejas y Denuncias, se procedió a evaluar los hechos presentados por el señor Francisco de Paula Indalecio Restrepo, vecino del municipio de Urrao, con el fin de dar respuesta a su petición; según el siguiente contrato de Obra Pública:

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1

CONTRALORIA AUXILIAR DE RESPONSABILIDAD FISCAL

AUTO No. 226

POR MEDIO DEL CUAL SE DICTA AUTO DE ARCHIVO EN EL PROCESO

DE RESPONSABILIDAD FISCAL 225 DE 2014ADELANTADO ENEL

MUNICIPIO DE URRAO - ANTIOQUIA

Medellín, 23 de junio de 2015

COMPETENCIA

El Contraloría Auxiliar de Responsabilidad Fiscal, en ejercicio de las facultades

otorgadas por la Constitución Política, artículo 272, Incisos 1º y 5º, la Ley 610

de 2000, la Ley 1474 de 2011, la Resolución Interna 1955 del 4 de diciembre

de 2014 y el Auto Comisorio 1433, procede a dictarla presente actuación

dentro del Proceso de Responsabilidad Fiscal 225-14, adelantado en el

municipio deURRAO – Antioquia.

HECHO

“La Contraloría Auxiliar de Indagación Preliminar, por medio de Radicado

2014300011927 del 9 de diciembre de 2014, dio traslado del Hallazgo por

presuntas irregularidades detectadas en la queja con radicado

2014200009244, consistente en “El deterioro temprano del asfalto en frio

instalado, se presenta en las siguientes direcciones: Calle de La Normal La

Sagrada Familia, calle de la Zona Rosa, calle del aserrío Don Juan Saúl

Cossío, calle que va desde el parque principal hasta el cementerio de la

parroquia San José de Urrao y la entrada principal, por valor de 200 millones

de pesos.” (F. 1).

ANALISIS DE LA EVIDENCIA. Informe de las actuaciones surtidas. Acatando

a la reglamentación dispuesta por la Contraloría General de Antioquia,

señalado en la Resolución 0791 del 23 de marzo de 2012 y en el

procedimiento para Quejas y Denuncias, se procedió a evaluar los hechos

presentados por el señor Francisco de Paula Indalecio Restrepo, vecino del

municipio de Urrao, con el fin de dar respuesta a su petición; según el siguiente

contrato de Obra Pública:

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Número : 068 de 2009

Contratista : Ingeniería Útil S.A.S.

Objeto : Pavimentación en concreto rígido y asfalto en

Frío, en vías urbanas de Urrao.

Valor : $198.983.824

Plazo : 150 días

Fecha inicio : 16 de marzo de 2010

Fecha terminación : 12 de agosto de 2010

La comisión se desplazó a las instalaciones de la administración municipal de

Urrao, con el fin de recopilar toda la información pertinente a los hechos

presentados en la queja. Se evaluó la documentación relacionada del

Convenio Interadministrativo 2009-CF-20-154, celebrado entre el

Departamento de Antioquia y el Municipio de Urrao; información que fue

entregada por la secretaría de Planeación y Obras Públicas para determinar la

existencia o no de algún presunto detrimento patrimonial del caso en mención.

La Comisión de la Contraloría General de Antioquia realizó el recorrido de toda

la obra ejecutada en pavimento rígido y asfalto en frío; observando gran

deterioro en el asfalto instalado. Se tomó el registro fotográfico del cual se

desprenden las pruebas contundentes del deterioro en las vías intervenidas

con este material. (Se anexa material fotográfico).

CARACTERÍSTICAS DEL PAVIMENTO FLEXIBLE UTILIZADO EN EL

CONTRATO: Este pavimento debe estar constituido por una carpeta

bituminosa apoyada generalmente sobre dos capas no rígidas, la base y la

sub-base. En la ejecución del contrato de Obra Pública 068-2009, no se tuvo

en cuenta estas recomendaciones y se aplicó la carpeta bituminosa de asfalto

presuntamente sobre bases de concreto deteriorado y se instalaron algunas

carpetas asfálticas en otros tramos viales que no se prepararon previamente;

incluyéndose, además, las irregularidades en las especificaciones técnicas de

la mezcla de asfalto en frío utilizada en el contrato.

La Ley 80 de 1993, establece que las Entidades Estatales deben hacer la

revisión periódica de las obras contratadas para verificar las condiciones de la

calidad ofrecidas por los contratistas para la ejecución de cualquier vía en el

territorio nacional. Se deben tener en cuenta las especificaciones técnicas

suministradas por INVIAS en el caso eventual que en los pliegos de

condiciones del contrato no describan exactamente los diseños y cálculos a

ejecutar. En caso dado si se elaboraron estudios previos; se deberán seguir las

indicaciones del ingeniero diseñador de la vía.

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ESPECIFICACIONES TÉCNICAS PARA LA CONSTRUCCIÓN DE VÍAS

INVIAS-96-02-0742014. Manual de diseño de pavimentos asfalticos para

vías con bajos volúmenes de tránsito.

Artículo 101-07. Normas de Ensayo: En todo lo relacionado con ensayo de

materiales o de la calidad de la unidad de obra terminada, regirán en primer

lugar las normas respectivas del Instituto Nacional de Vías; para los ensayos

no cubiertos por estas, se aplicarán las normas más recientes de la

A:A.S.H.T.O; la A.S.T.M.; las normas de ICONTEC. En todo caso, en los

diferentes artículos de las presentes especificaciones se indican taxativamente

las normas de referencia aplicables a los diferentes ensayos por realizar.

Documentos informativos:los datos sobre geología y geotecnia, sondeos,

apiques, procedencia de materiales, ensayos, condiciones locales, diagramas

de movimientos de tierras, diseño geométrico, programación, condiciones

climáticas e hidrológicas, análisis de precios, presupuestos, tránsito y, en

general, todos los que habitualmente contienen los estudios relacionados con

el proyecto objeto del contrato, son documentos meramente informativos; en

consecuencia, no suponen responsabilidad del INVIAS sobre la información

que suministran y, por lo tanto, deben aceptarse tan solo como complementos

de toda información que el Constructor debe adquirir directamente y con sus

propios medios para el cabal cumplimiento del contrato.

Por tanto, el constructor será el único responsable de los errores que se

puedan derivar de su defecto o de la negligencia en la consecución de

todos los datos que afecten el contrato y que sean de su incumbencia

obtener, así como al planeamiento y a la correcta ejecución de las obras

contratadas.

En el caso del contrato de obra pública 068 de 2009, el contratista “OBVIÓ”

presuntamente las Normas técnicas al realizar el proceso de pavimento en frio

sobre superficies de concretos y adoquines en mal estado, sin aplicar

textualmente lo explicito en la Norma de INVIAS para la construcción de vías.

MANUAL PARA LA CONSTRUCCIÓN Y MANTENIMIENTO DE LA RED VIAL

SECUNDARIA.

-Artículo 100, numeral 100.2, Especificaciones Generales de Construcción

de Carreteras, INVIAS.

Definiciones, componentes y tipos de pavimentos. Un pavimento está

constituido por un conjunto de capas superpuestas, relativamente horizontales,

que se diseñan y construyen técnicamente con materiales apropiados,

adecuadamente compactados y que se apoyan sobre la subrasante. El

4

pavimento debe resistir los esfuerzos que las cargas repetidas del tránsito le

imponen durante el perÍodo para el cual se diseña, así como soportar las

deformaciones máximas admisibles por los materiales que lo conforman.

-Un pavimento, para cumplir adecuadamente sus funciones, debe reunir

los siguientes requisitos:

1. Se resistente a la acción de las cargas impuestas por el tránsito.

2. Ser resistente ante los agentes del intemperismo.

3. Presentar una textura superficial adecuada a las velocidades previstas de

circulación de los vehículos, por cuanto esta tiene una influencia decisiva en la

seguridad vial.

4. Ser resistente al desgaste producido por el efecto abrasivo de las llantas de

los vehículos.

5. Presentar una regularidad superficial, tanto transversal como longitudinal,

que permita una adecuada comodidad a los usuarios en función de las

longitudes de onda de las deformaciones y de la velocidad de circulación.

6. Ser durable.

7. Presentar condiciones adecuadas de drenaje.

8. El ruido generado por el paso de los vehículos en la vía debe ser moderado

tanto en el interior de los vehículos como en el exterior, de tal forma que no se

vea afectado el entorno.

9. Ser económico.

10. Poseer el color adecuado para evitar reflejos y deslumbramientos y ofrecer

una adecuada seguridad del tránsito.

-Articulo 103.1 Cumplimiento de la Normatividad Legal.

El constructor deberá conocer todas las leyes y decretos de la República de

Colombia, además de las ordenanzas, acuerdos y decretos expedidos por los

órganos legislativos y ejecutivos regionales y locales que pudieren afectar de

alguna manera el desarrollo del contrato y es su obligación el cumplimiento de

todos ellos.

El constructor deberá proteger y salvar al INVIAS y a sus representantes de

cualquier reclamo o juicio que surgiere como consecuencia de la contravención

o falta de cumplimiento de dichas disposiciones por parte de su personal.

-Articulo 103.2 Aseguramiento de Calidad.

El constructor deberá incluir dentro de su organización administrativa el diseño

e implantación de un modelo de aseguramiento de la calidad. Para cumplir con

este requisito, se utilizará la norma NTC-ISO 9002 vigente.

5

La responsabilidad por la calidad de la obra es única y exclusivamente del

constructor y cualquier supervisión, revisión, comprobación o inspección que

realicen el INVIAS o sus representantes se hará para verificar su cumplimiento,

y no exime al constructor de su obligación sobre la calidad de las obras objeto

del contrato.

A la hora de responder por qué resulta tan costoso pavimentar las vías, lo

primero que afirman los técnicos es que no se trata de simplemente regar

asfalto o concreto. Se necesita preparar el terreno y eso implica excavar,

remover materiales y construir entre tres y cuatro capas, que sirven de base

para que el asfalto o el concreto duren.

De los pavimentos; el que más vida útil tiene –hasta 30 años- es el concreto,

pero cuesta más; el asfalto puede mantenerse en buen estado por 15 años,

pero necesita mantenimiento. En el caso de pavimentar en asfalto en frio, éste

no contiene polímeros, haciendo que su desgaste sea más rápido, reduciendo

su vida útil hasta un 40%. O sea, 9 años.

El contrato de obra pública 068 de 2009, se ejecutó en el año 2010, teniendo 4

años de haber sido ejecutado, hasta la fecha de la visita de la comisión de la

Contraloría General de Antioquia encontró casi deteriorada la totalidad de la

carpeta, presentando deformaciones tipo piel de cocodrilo como se evidencia

en el registro fotográfico; lo que genera un presunto detrimento patrimonial de

toda la inversión del contrato en las arcas del Estado.

CONCLUSIONES Y ACCIONES A SEGUIR. Por parte de la CGA y el área de

Indagación Preliminar, de conformidad con la información y documentación

obtenida; para efectos de dar respuestas a las irregularidades presentadas por

el señor Francisco de Paula Indalecio Restrepo; se concluye de acuerdo a las

consideraciones expuestas, en atención a las presuntas irregularidades

encontradas en la ejecución del contrato 068-2009, suscrito entre el Municipio

y la empresa Constructora Ingeniería Útil S.A.S.; cuyo objeto fue la

pavimentación en concreto rígido y asfalto en frío, en vías urbanas, lo

siguiente:

De acuerdo a las evidencias suministradas en la atención de la queja se

corroboró que el contrato de obra pública 068 – 2009, presentó múltiples

irregularidades en su ejecución, ya que todo el material de asfalto aplicado en

frío, presentó un “deterioro temprano”, generando de esta forma un presunto

detrimento, el cual será trasladado a Responsabilidad Fiscal para que continúe

con el trámite respectivo.”

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DETERMINACIÓN DE LOS PRESUNTOS RESPONSABLES

Nombre y apellidos : Luis Ernesto Madrid Vélez

Cédula : 70.562.322

Cargo : Alcalde

Período : 2008 – 2011

Teléfono : 310 505 5526

Nombre y apellido : Milton Bladimir Herrera Machado

Cédula : 8.357.137

Cargo : Secretario de Planeación, Obras Públicas y

Servicios Públicos Domiciliarios

Período : 1 de junio de 2009

Teléfono : 314 890 1755

Contratista : Ingeniería Útil S.A.S.

Nit : 811.022.858-9

Representante legal : Hernando de Jesús Castrillón Morales y/o

quien haga sus veces

Cédula : 70.321.083

Dirección : Calle 10 No. 12 – 108 Girardota

Teléfono : 280 27 11

Contratista : Humberto Rueda Fernández

Cargo : Interventor

Cédula : 15.482.315

Dirección : Carrera 31 No. 31 – 53 Urrao

Teléfono : 310 52 65 264

VALOR DEL PRESUNTO DETRIMENTO PATRIMONIAL

La suma de DOSCIENTOS NOVENTA Y OCHO MILLONES

CUATROCIENTOS DOCE MIL OCHOCIENTOS DIECISEIS PESOS M.L.

($298.412.816).

IDENTIFICACIÓN DE LA ENTIDAD ESTATAL AFECTADA

Municipio de Urrao – Antioquia con Nit 890.907.515-4.

FECHA DE OCURRENCIA DEL HECHO

Se tomará como fecha de ocurrencia de los hechos la vigencia fiscal 2010

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VINCULACIÓN DEL GARANTE

De acuerdo con lo establecido en el Artículo 44 de la Ley 610 de 2000, al

momento del Auto de Archivo no se dispuso de vinculación alguna al proceso

por parte de aseguradora como Tercero Civilmente Responsable.

ACTUACIÓN PROCESAL

Auto comisorio 1433. (F. 38).

Auto de Apertura 224. (F. 85).

Auto 044 decretando prueba de oficio. (F. 90).

Notificación por estado 075. (F. 94).

Exposición del representante legal empresa contratista obra. (F. 96).

Exposición de Luis Ernesto Vélez Madrid. (F. 122).

Comunicación alcalde apertura proceso. (F. 162).

Cita representante legal Ingeniería Útil S.A.S. (F. 163).

Cita Humberto Rueda Fernández de Interventoría. (F. 264).

Notificación Humberto Rueda. (F. 171).

Exposición de Milton Bladimir Herrera Machado. (F. 183).

MATERIAL PROBATORIO

Traslado hallazgo. (F. 1).

Acervo probatorio y materia fotográfico en CD. (F. 7).

Queja. (F. 8).

Auto comisorio 211 para atención queja. (F. 10).

Informe Final Atención Queja. (F. 113).

Contrato 068 de diciembre de 2009. (F. 24).

Acta inicio obra. (F. 27).

Acta suspensión obra. (F. 28).

Acta suspensión plazo 1. (F. 29).

Acta suspensión contrato interventoría. (F. 30).

Certificado pago contrato 068. (F. 33).

Póliza. (F. 34).

Resolución 517 aprobación póliza. (F. 38).

Certificado Disponibilidad Presupuestal $198,983.824. (F. 44).

Cotización obras no contractuales. (F. 45).

Solicitud comunidad pavimentación vía. (F. 45vto.).

Cuenta de cobro del Municipio a la E.S.P. (F. 46vto).

Adición 1 al Convenio en plazo. (F. 47).

Comprobante egreso y otros. (F. 48).

Adición 2 al convenio en dinero. (F. 50).

8

Acta inicio convenio. (F. 50vto.).

Resolución 486 adjudicando licitación. (F. 52).

Adenda 3 modificación cronología licitación. (F. 54).

Adenda 2 pliego condiciones. (F. 58).

Adenda 1 pliego definitivo condiciones. (F. 58vto)

Oficio personero solicitando información calle de La Normal. (F. 61vto).

Convenio de cooperación entre Municipio y E.S.P. (F. 62).

Presupuesto pavimentación vías urbanas. (f. 65).

Acta recibo obra. (F. 99).

Anexo respuesta observaciones evaluación audiencia de adjudicación.

(F. 102).

Propuesta construcción alcantarillado carrera 32. (F. 103).

Oficio contratista obra al alcalde. (F. 106).

Oficio contratista obra al secretario de Planeación y O.P. (F. 109).

Oficio contratista obra sobre póliza garantía amparo estabilidad. (F.

111).

Oficio contratista obra sobre vía a La Normal. (F. 113).

Material fotográfico. (F. 115).

Ensayo de resistencia. (F. 121).

Registro fotográfico. (F. 126).

Informe de obra de la Gobernación. (F. 140).

Acta de socialización y recibo obra por la comunidad. (F. 150).

Respuesta de la Auditoria Integral al alcalde sobre respuesta

preinforme. (F. 158).

Cuadro resumen cantidades y valores obras ejecutadas de la

Gobernación. (F. 187).

Material fotográfico. (F. 196).

Acta de socialización y recibo obras con la comunidad. (F. 202).

DE LA DOCUMENTACION PROBATORIA APORTADA CON EL HALLAZGO

Y POR LOS VINCULADOS

A folio 8 obra queja, de la que se extrae:

“(…) Que en el año 2010, en el mes de enero(…), se estaba haciendo el

proyecto de repavimentación con asfalto frio, (…), el cual tuvo un costo de

$200.000.000 (…). Supuestamente, la calidad del proyecto era demasiado

cuestionable y de una pésima calidad. (…) meses después (…) y el trabajo que

se había terminado, presentaba, nuevamente huecos y se apreciaba de nuevo

que la calidad del material para la repavimentación en algunas aéreas había

sido barrida por la lluvia. (…). Entiendo que dichos proyectos, deben tener una

póliza de garantía, la cual dudo que el actual alcalde (…) haya hecho cumplir.

Pido (…) que se digne abrir una investigación sobre la calidad del proyecto que

tenía como garantía cinco años y que hasta la fecha ha mostrado de no haber

9

solucionado los problemas de los huecos del área urbana (…). Es de anotar

que dicho material fue utilizado también para reparar la calle de la Normal

Sagrada Familia, donde se podría obtener pruebas como ha respondido el

asfalto frío. También (…) lo utilizaron en la calle de la ´Zona Rosa‟, en la calle

donde está ubicado el aserrío de Don Juan Saúl Cossio, la calle que va desde

el parque principal hasta el cementerio (…), la entrada principal.”

A folio 1, el hallazgo, observa:

“Se evaluó la documentación relacionada del Convenio Interadministrativo No.

2009-CF-20-154, celebrado entre el Departamento de Antioquia y el Municipio

de Urrao. (…) La comisión (…), realizó el recorrido de toda la obra ejecutada

en pavimento rígido y asfalto en frío. Observando gran deterioro en el asfalto

instalado. Se tomó el registro fotográfico del cual se desprenden las pruebas

contundentes del deterioro en las vías intervenidas con este material. (…)

se relaciona el material fotográfico de las vías intervenidas del contrato de obra

pública 068-2009 (…).

Características del pavimento flexible utilizado en el contrato: (…) debe estar

constituido por una carpeta bituminosa apoyada generalmente sobre dos capas

no rígidas, la base y la subbase. En la ejecución del contrato (…), no se tuvo

en cuenta estas recomendaciones y se aplicó la carpeta bituminosa de asfalto

presuntamente sobre bases de concreto deteriorado y también se instalaron

algunas carpetas asfálticas en otros tramos viales que no se prepararon

previamente – se incluyen lambien las irregularidades en las especificaciones

técnicas de la mezcla de asfalto en frío utilizada en el contrato.

La Ley 80 de 1993, establece que las entidades estatales deben hacer la

revisión periódica de las obras contratadas para verificar las condiciones de la

calidad ofrecidas por los contratistas para la ejecución de cualquier vía en el

territorio nacional. Se deben tener en cuenta las especificaciones técnica

suministradas por INVIAS. En el caso eventual que en los pliegos de

condiciones del contrato no describan exactamente los diseños y cálculos a

ejecutar. En caso dado si se elaboraran estudios previos, se deberán seguir las

indicaciones del ingeniero diseñador de la vía.

En el caso del contrato de Obra Pública No. 068-2009 (…) – El contratista

„OBVIO‟ presuntamente las Normas técnicas al realizar el proceso de

pavimento en frío sobre superficies de concreto y adoquines en mal estado, sin

aplicar textualmente lo explicito en las Normas de INVIAS para la construcción

de vías.

Artículo 100, numeral 100.2, Especificaciones Generales de Construcción de

Carreteras, INVIAS, República de Colombia.

Un pavimento, para cumplir adecuadamente sus funciones, debe reunir los

siguientes requisitos:

10

1. Ser resistente a la acción de las cargas impuestas por el tránsito.

2. Ser resistente ante los agentes de intemperismo.

3. Presentar una textura superficial adecuada a las velocidades previstas de

circulación de los vehículos, por cuanto esta tiene una influencia decisiva en la

seguridad vial.

4. Ser resistente al desgaste producido por el efecto abrasivo de las llantas de

los vehículos.

5. Presentar una regularidad superficial, tanto transversal como longitudinal,

que permita una adecuada comodidad a los usuarios en función de las

longitudes de onda de las deformaciones y de la velocidad de circulación.

6. Ser durable.

7. Presentar condiciones adecuadas de drenaje.

8. El ruido generado por el paso de los vehículos en la vía debe ser moderado

tanto en el interior de los vehículos como en el exterior, de tal forma que no se

vea afectado el entorno.

9. Ser económico.

10. Poseer el color adecuado para evitar reflejos y deslumbramientos y ofrecer

una adecuada seguridad del tránsito.

Se concluye (…), se corroboró que el contrato (…), presentó múltiples

irregularidades en su ejecución, ya que todo el material de asfalto aplicado en

frío, presentó un „Deterioro temprano‟, generando en esta forma un presunto

detrimento (…).

RELACION DE LOS PRESUNTOS HALLAZGOS DEL CONTRATO 068-2009

(…) PARA LA CONSTRUCCION DE PAVIMENTOS EN CONCRETO RIGIDO

Y ASFALTO EN FRIO, EN VIAS URBANAS (…). VALOR PRESUNTO

DETRIMENTO $298.412.816.

En este aspecto, advierte el despacho que el hallazgo, no obstante hacer

mención a que las supuestas irregularidades presentadas en la obra se

relacionan directamente con el asfalto en frío aplicado, no haciendo

mención alguna de anomalías en la aplicación del concreto rígido, que

también hace parte de la obra, involucra la totalidad del valor del contrato

como presunto detrimento.

A folios 24 obra copia del contrato 068-2009 suscrito entre el Municipio e

Ingeniería Útil S.A.S., cuya cláusula Primera, Objeto, dispone la pavimentación

en concreto rígido y asfalto en frío en las vías urbanas, de acuerdo a las

especificaciones presentadas por el Municipio y por la cotización presentada y

que hace parte del contrato.

En la cláusula Segunda, Normas y Especificaciones Técnicas, observa:

“(…) se ceñirá a las normas y especificaciones técnicas, planos, diseños, etc.,

suministrados por el Municipio. El Municipio podrá hacer cambio en los planos

y especificaciones de las obras por conveniencia por factores relacionados con

11

el diseño o por eventos excepcionales, estas modificaciones serán acordadas

mediante actas de modificaciones entre el Interventor y el Contratista. Si el

Contratista desea hacer cambios a planos y especificaciones originales, el

Municipio se reservará el derecho de aceptarlas o no.”

La cláusula Quinta sobre el valor, dispone que esté será por $198.983.824.

La cláusula Decima Tercera, Obras mal ejecutadas, dispuso:

“El interventor podrá rechazar y no aceptar para el pago la totalidad o parte de

la obra ejecutada que no se ajuste a los planos, especificaciones o si han

empleado materiales inadecuados, adolece de efecto de acabados. En cada

caso el Interventor dirá si el rechazo es total o parcial o temporal y los

requisitos que el Contratista debe cumplir para que le sea aceptada. (…). ”

La cláusula séptima, Multas, observa que:

“Si el contratista faltare al cumplimiento de alguna de las obligaciones

contraídas, el Municipio podrá imponerle multa equivalente al 10% del valor

del contrato.”

A folio 33, se dispone de certificación expedida por la secretaría de Hacienda

del Municipio sobre el pago total de la obra, así:

COMPROBANTE

DE EGRESO FECHA RUBRO DETALLE

253 09.03.2010 23421106 Aporte Departamental pavimentación vías urbanas

$99.491.912

2232 30.12.2010 23421106 Aporte Departamental pavimentación vías urbanas

$59.695.147

2329 30.12.2010 23421106 Aporte Departamental pavimentación vías urbanas

$39.734.371

2338 30.12.2010 23421106 Aporte Departamental pavimentación vías urbanas

$99.491.386

TOTAL $298.412.816

A folio 45vto, del 15 de marzo de 2010 obra comunicación de propietarios de

viviendas ubicadas en la carrera 29 con calles 29 y 28, solicitando se les tenga

en cuenta dentro del programa de pavimentación que se adelanta en la carrera

29 con calles 31, 30 y 29; incluso aportando los $2.000.000 solicitados por la

administración municipal.

A folio 50 se dispone de la Adición 2 del convenio interadministrativo 2009-CF-

20-154 celebrado entre el Departamento y el Municipio, disponiendo en su

cláusula Primera adicionar del mismo en la suma de $100.000.000.

Inicialmente, observa este instructor, el convenio había asegurado

$198.983.824, a lo cual se le debe adicionar la suma de $100.000.000, para un

total de $298.983.824.

12

A folios 54Vto, en la Adenda 3 al Pliego Definitivo de Condiciones cuya

finalidad es la pavimentación en concreto rígido y asfalto en frio, en la cual se

expresa:

“ANEXO 1. Decisiones tomadas por parte del Municipio, de acuerdo a la

Audiencia de Riesgos realizada el sábado 21 de noviembre de 2009, a las

12:00M:

El Municipio de Urrao como entidad contratante asume los riesgos

sobre la estructura actual de las vías que serán objeto de la colocación

de la Carpeta de rodadura en Asfalto en Frío y Concreto Rígido; el

Adjudicado (Contratista) asumirá todos los demás riesgos

contemplados en el Pliego Definitivo de Condiciones.”

A folio 65 obra oficio del otrora alcalde hoy vinculado y dirigido al Secretario de

Infraestructura Física del Departamento, sin firma y con fecha del 29 de enero

de 2009, enviando presupuesto para el proyecto de pavimentación vías

urbanas, para esa época valorado en $349.930.534 a folio 65Vto, expresando

además que:

“Es de anotar que la comunidad está dispuesta a aportar la mano de obra no

calificada requerida, y a su vez, el Municipio asumirá los costos

correspondientes a la administración e imprevistos que se causen.”

A folio 90 obra auto 044 del 20 de marzo de 2015 por medio del cual se ordenó

de oficio realizar informe técnico, previa visita al lugar de la obra, por parte de

un ingeniero civil adscrito a la Contraloría, fijado por estado 075 el 26 de marzo

de 2015, a folio 94, el cual a la fecha de esta providencia no ha sido rendido.

A folio 100 obra Acta de Avance de Obra ejecutada y recibida 03 y final del 28

de octubre de 2010, correspondiente al contrato de obra pública 068, aportada

en su exposición por parte del representante legal de la empresa contratista de

la obra, HERNANDO DE JESUS CASTRILLON MORALES, suscrita por éste,

el secretario de Planeación y Obras Públicas MILTON BLADIMIR HERRERA y

con el visto bueno del alcalde LUIS ERNESTO VELEZ MADRID, de la cual se

extrae la siguiente información:

“Reserva presupuestal: 23421106

Valor: $298.475.736

Plazo: 150 días

Fecha perfeccionamiento: 29 de diciembre de 2009

Fecha inicio: 16 de marzo de 2010”

Se dice en la misma acta que después de realizada visita a la obra, se recibió

por parte del Municipio las cantidades de obra objeto del contrato; dejándose

13

constancia que las cantidades de obra fueron recibidas a entera satisfacción

por el Municipio.

El vinculado CASTRILLON MORALES, en la diligencia de exposición, agrega

además, a folio 102, lo ya agregado atrás de esta providencia pero que se

repite por su importancia dentro del proceso para este vinculado:

“ANEXO 1. Decisiones tomadas por parte del Municipio, de acuerdo a la

Audiencia de Riesgos realizada el sábado 21 de noviembre de 2009, a las

12:00M:

El Municipio de Urrao como entidad contratante asume los riesgos

sobre la estructura actual de las vías que serán objeto de la colocación

de la Carpeta de rodadura en Asfalto en Frío y Concreto Rígido; el

Adjudicado (Contratista) asumirá todos los demás riesgos

contemplados en el Pliego Definitivo de Condiciones.”

De igual manera, aporta a folio 103, la propuesta extracontractual del Diseño y

Alcantarillado de la carrera 32 entre calles 32 y 33 o calle de La Normal por

valor de $50.890.825, presentada por Ingeniería Útil al Municipio.

Aporta CASTRILLON MORALES, a folio 106, copia de la comunicación dirigida

al alcalde VELEZ MADRID, con fecha del 10 de febrero de 2011, sobre la

ejecución de la obra de pavimentación en concreto en rígido y asfalto en frío

del contrato 068, de cuyo contenido se extrae:

“Se realizaron a plena cabalidad y cumpliendo lo pactado en la Cláusula

Segunda: Normas y especificaciones Técnicas, y Cláusula Octava y Decima

Tercera de este contrato; y de; las cláusulas con esos mismos efectos del

Convenio Interadministrativo No. 2009-CF-2-154 suscrito con la Gobernación

de Antioquia; y en concordancia con los pliegos de Condiciones de dicho

contrato.

En particular, en las obras ejecutadas en la vía de la Normal es de su plena

comprensión los problemas que presenta esta vía, la cual fue intervenida (en

su acabado asfalto en frío), conociendo los problemas que se generarían, ya

que esta vía presenta problemas de filtraciones de aguas por escorrentías en

épocas de lluvias y filtraciones normales por su localización topográfica, cerca

al río.

En cuanto a su infraestructura, no tiene definido su alcantarillado tanto del

colector general como las domiciliarias de las viviendas ubicadas en esta vía,

pues cuenta con unas redes de más de 40 años de servicio, totalmente

obsoletas en la prestación de su servicio, y es de anotar que para esto; no

permite ni aprueba con sus recursos, hacer algún tipo de acabados o

intervenciones de carpeta de rodaduras en vías, que no tengan definidas

totalmente sus obras de acueductos, alcantarillados y demás redes; en este

14

sentido, que en acuerdo con la Coordinadora del Convenio Interadministrativo

de la Gobernación, se autorizó darle un tratamiento de tipo transitorio al

acabado de esta vía en mención, y esto, con el fin de amortiguar, los lodazales

que se estaban generando al paso de los vehículos por esta vía y a los

perjuicios causados a las viviendas y habitantes de este sector; mientras que la

Administración Municipal, haría una intervención real y ajustada a las

necesidades constructivas de esta vía, y en este sentido, quedaron las obras

recibida en la vía de la Normal, por parte de la Ing. Adriana Patricia Muñoz,

coordinadora del Convenio con la Gobernación de Antioquia.

Es de anotar, que las dificultades que presenta esta vía, fueron advertidas y

cuestionadas en oficio dirigido al Ing. Milton Herrera e Interventor Ing.

Humberto Hernández; radicado en la Secretaría de Planeación el día 8 de

Mayo de 2010; con motivación, que antes de empezar cualquier tipo de

trabajos, se debía tener claridades y soluciones a losproblemas que

presentaba esta vía; ya que, dentro de las obras contractuales y mirando los

ítems a construir no hay ningún tipo de intervención en las estructuras de

subrasante de las vías a intervenir, dentro del contrato.

Las obras en esta vía, de la Normal, fueron ordenadas por la Secretaría de

Planeación y de Infraestructura. Se inicia trabajos en esta vía, (calle 29 entre

carreras 32 y 33), el día 28 de septiembre, como quedó registrado en la

bitácora de obra, haciendo salvedad de los problemas que presentaba esta vía;

como falta de filtros, problemas en su estructura de subbase y base. Esto se

asentó por escrito en la bitácora y que, la colocación de la carpeta en asfalto

en frío, quedaba como obra temporal y transitoria.

En oficio, radicado en septiembre de 2010, en el despacho del secretario de

Planeación Ing. Milton Herrera, se señala y se deja constancia, que de acuerdo

al „Contrato de Obra Pública 068 del 2009‟ y su cláusula de garantías, este tipo

de obras, en asfalto en frío, no tiene póliza de estabilidad o duración en el

tiempo; por el mismo tipo de obra.

En este sentido, señor alcalde, que la empresa Ingeniería Útil S.A.S. cumplió y

efectuó las obligaciones directamente relacionadas con la esencia del contrato.

De antemano, le informamos que cualquier tipo de trabajos como Parcheos u

otros, que sele hagan al acabado de esta vía, no funcionarían ya que primero

se le deben hacer las obras de alcantarillado, filtros y estructura de la vía, sería

botar más recursos y tiempo.”

A folio 111, obra comunicación del 23 de septiembre de 2010 dirigida por

CASTRILLON MORALES al secretario de Planeación MILTON BLADIMIR

HERRERA MACHADO:

“Asunto: Eximir de las Pólizas de Garantía el Amparo por Estabilidad.

15

En este sentido que se han expedido las Pólizas de Seguros, y entendiendo

que para este tipo de obras especialmente las del Ítem 2, Carpeta de rodadura

en Asfalto en frio espesor de 10 cts. Y que por sus condiciones particulares,

técnicas y constructivas de este tipo de material asfaltico, en el cual

intervinieron diferentes factores para su durabilidad y estabilidad en el tiempo y

que pueden ser desde los 2 a 5 años máximo de permanencia, ninguna

empresa contratante exige las garantías de duración de este tipo de obras.”

A folio 113, obra informe del 3 de noviembre de 2010 dirigida al secretario

MILTON BLADIMIR HERRERA MACHADO, por el residente de obra de

Ingeniería Útil, Fernando Muñoz Henao, sobre las obras de la vía a la Normal o

calle 29 entre carreras 32 y 33, exponiéndole sobre las obras ejecutadas:

Remplazos del suelo original de la vía, por material de mejores

características portantes y compactadas con equipo mecánico en todos

los puntos que presentaban fallos.

Colocación de una subbase estabilizada con emulsión SRL-1, al 10, la

cual se compactó con equipo mecánico con espesor de 10 cts. en toda

su área.

Conformación y nivelación de toda su área con su respectivo bombeo.

Imprimación de la subrasante con emulsión asfáltica.

Colocación de una carpeta de rodadura en asfalto abierto o en frío en

una dosificación de 1:5 y un espesor de 5 cts.

Sellada de la rasante de la carpeta de rodadura con emulsión y regada

de arena seleccionada, con el fin de impermeabilizar toda el área del

acabado de la vía y así evitar la entrada de humedad por efectos de la

lluvia, en su superficie.

Se observó que en las temporadas de lluvia esta vía no seca y que

permanece en un 80% húmeda en toda su áreas, debido a unas

infiltraciones de aguas lluvias que recorren por el lado izquierdo y por toda

la parte entre la subbase y la carpeta de rodadura, y que afloran en la parte

baja de la vía, (Donde termina la edificación de la Normal), esto se puede

observar en las cunetas que existen a cada lado de la vía y a la cual le

hicimos perforaciones para tratar de secar estas aguas que recorren

internamente en la vía.

Es por lo anterior, que esta vía puede volver a presentar fallos, ya que

requiere de filtros perimetrales a cada lado de la vía en su parte alta en el

empalme de la carrera 32 que es por este lugar por donde más aguas de

escorrentía le penetran de la parte de arriba.

Lo anterior, se vino a observar cuando ya estábamos terminando el

acabado de la vía en su parte baja casi llegando a la vía la variante, es en

este sentido que no pudimos presentar una solución a tiempo.

16

La vía se ha dejado cerrada más tiempo de lo normal, esperando que nos

haga un mejor tiempo de Sol y así lograr que seque lo más que se pueda y

evitar de esta manera que se cuarte el acabado por el tránsito de los

vehículos, en los puntos donde presente mayor humedad.

Históricamente esta vía ha demostrado fallos en los diferentes acabados

que se le han colocado como fue en el adoquín y esto fue debido a las

mismas aguas de escorrentía que corren internamente en la vía.

Es en este sentido que para cualquier tipo de acabado de esta vía en el

futuro, se debe tener en cuenta un diseño de la vía y filtros y así evitar

daños posteriores. Es de anotar que para este tipo de acabado no lo

amparan las garantías contractuales.”

De folios 115 al 120 se presenta registro fotográfico sobre las obras en la vía

en mención; y a folio 121 adjunta cuadro de ensayo de resistencia sobre

asfalto en frio y concreto rígido de las obras ejecutadas en la zona urbana.

De folios 126 a 139 el exalcalde LUIS ERNESTO VELEZ MADRID, en su

exposición, entre los documentos aportados, se encuentra registro fotográfico

sobre las obras de concreto rígido y asfalto en frío; en las cuales se aprecia

vías donde se adelanta el vaciado en concreto y en otras, el concreto se

encuentra en perfectas condiciones; vías a las que se les ejecutó la subbase y

carpeta de rodadura imprimadas.

Dentro del mismo documento que incluye el registro fotográfico anterior, a folio

134 del cual se textualiza la respuesta dada a la Contraloría sobre el problema

presentado con el asfalto en frio:

“Respuesta:Se objeta la observación ya que esta vía se vio afectada

fuertemente por la ola invernal dada por el fenómeno de la NIÑA 2010-2011,

donde se generaron roturas de algunas tuberías y se presentaron aguas

infiltradas de predios y calles vecinas debido a la saturación del terreno, esto

se puede evidenciar en las fotografías anexas donde se ve la vía acabada por

el contratista en la primera instancia la cual quedó en perfectas condiciones y

la vía cuando empezó a presentar el colapso debido a la fuerte ola invernal.

Dada esta situación se solicitó al contratista después de que se disminuyó este

fenómeno para que realizara las reparaciones necesarias las cuales debido a

la afectación del terreno para que realizara las reparaciones necesarias las

cuales debido a la afectación del terreno serán de carácter provisional ya que

esta vía colapsó y necesitara en el futuro de grandes intervenciones como lo

son la reposición de su alcantarillado, la construcción de filtros para las aguas

de escorrentías que se infiltran y se resumen en esta vía, adicional a esto una

pavimentación especial para este fin, de tal manera que no se vuelva a

presentar este fenómeno.

17

En visita realizada a las obras de la funcionaria encargada del convenio y en

acuerdo con la comunidad se decidió que estos trabajos serían provisionales

mientras se realizan otros más especializados debido a la afectación de la vía

por el fenómeno de la NIÑA 2010-2011.

Se anexan cartas y actas de concertación.”

El documento sobre las obras del asfalto en frío trae registro fotográfico desde

el folio 134 a la 139, en las cuales se inicia mostrando la vía de La Normal en

buenas condiciones una vez asfaltada con sus respectivas llaves laterales a las

aceras; luego se percibe el asfalto con parches de agua por afloramiento y las

consecuencias por la ola invernal, presentando registro de huecos por

desprendimiento del asfalto y el acondicionamiento para el resane y realización

de éste de manera provisional, como así fue acordado; agregando:

“Dada estas circunstancias impredecibles de la naturaleza, se puede

evidenciar que el contratista y el Municipio cumplieron con la actividad

programada; en la actualidad se encuentra cerrada por precaución ya que fue

reparada y en 15 días se está abriendo para la circulación nuevamente.

No se observa en la póliza 65-44-101039302, el riesgo a la estabilidad

de obra, inobservandopresuntamente el Numeral 7.6 del Artículo 7 del

decreto 4828 de 2008.

La estructura de pavimento en frío tiene como base un concreto y una superficie

que ya cumplió su vida útil por lo tanto esta estructura no se incluyó dentro del

contrato; el trabajo realizado es una repavimentación sobre una base existente;

por lo anterior ninguna compañía aseguradora expediría esta póliza. Por tal

motivo el Municipio realiza esta aclaración al pliego de condiciones a través de la

adenda….”

A folios 140, VELEZ MADRID aporta documento de la Secretaría de

Infraestructura Física de la Gobernación de Antioquia sobre la obra de

pavimentación en concreto rígido y asfalto en frio del contrato 068, del cual se

textualiza lo siguiente:

“-Estado del proyecto: las obras objeto de este contrato se encuentran

totalmente terminadas, de acuerdo a las condiciones contractuales, técnicas y

presupuestales, se ejecutaron en total 1.099,84 metros lineales de vía, entre

concreto y asfalto en frío.

-Mejorándose de esta forma unas de las vías más transitadas y recorridas,

vehicularmente como peatonalmente, con mayor importancia dentro del

sistema vial urbano, y que son aprovechados tanto por la población de la

cabecera como por la población rural.

-De esta forma, mejorándose la calidad de vida de sus conciudadanos y

dándole un mejor aspecto y amueblamiento a la zona urbana del municipio.”

18

COMENTARIOS Y CONCLUSIONES:

1. El tiempo climático para la ejecución de las obras presentó lluvias aisladas,

de regular y gran intensidad.

2. JUSTIFICACION POR GENERACION DE CAMBIO DE OBRA:

Para el asfalto en frío no se presupuestó la imprimación,

indispensable para una adecuada adherencia.”

Desarrollo del plan de calidad del interventor: todas las actividades se

realizaron en común acuerdo entre el Interventor y el Contratista, con la

aprobación del Secretario de Planeación y Obras Públicas del

Municipio; se ejecutaron cumpliendo todas las normas técnicas, de

calidad y de seguridad establecidas para el desarrollo del contrato; el

control fiscal y de liquidación de obra se realizó en conjunto.

COMENTARIOS Y CONCLUSIONES:

1. El tiempo climático para la ejecución de las obras fue relativamente bueno.

2. JUSTIFICACION POR GENERACION DE CAMBIO DE OBRA: Se había

considerado que para la pavimentación en concreto rígido de la carrera 29

entre calles 29 y 31, que presentaba un pavimento también en concreto en

rígido, pero bastante deteriorado debido al mejoramiento de los sistemas de

acueducto y alcantarillados. (Fotos 1 y 2), solo se aplicaría un concreto de

nivelación de 150 Kgs/cm2 antes del concreto estructural.

Al empezar los trabajos, a causa de los siguientes factores, se determinó que

el pavimento existente debía levantarse:

Alto deterioro del pavimento existente, donde el concreto de nivelación

sería exagerado.

Niveles de andenes bajos, que en caso de vaciar encima una capa de

concreto de 18 centímetros, estos quedarían tragados.

Sitios de falla que se presentaban en la base debajo del pavimento

existente, aunque se presumía que el material portante poseía la

resistencia y la estabilidad suficientes. Supuestamente, al mismo

tiempo de los trabajos de actualización del acueducto y del

alcantarillado, se había mejorado la capacidad portante del terreno,

pero resultó que la realidad fue diferente, solo tenían lleno las brechas

realizadas con gravilla no compactada y se encontró un suelo de

consistencia arcillosa con alto contenido de humedad.

Por las razones anteriores, se toman estas decisiones, que conducen a la obra

extra exagerada:

Retirar el pavimento existente (Fotos 3 y 4).

Levantar y reemplazar el material de soporte que se encuentra en

malas condiciones. Al realizar esta actividad (Fotos 5,6 y 7) se

19

encontraron verdaderos inconvenientes, por motivo de la presencia de

domiciliarias del acueducto y alcantarillado que fue imposible no afectar

en algunos sitios (Fotos 8 y 9). Fue necesario ejecutar los reemplazos

con demasiado cuidado, y en varios sitios el reemplazo no se pudo

completar por completo.

Por lo tanto se decidió utilizar como refuerzo de la placa de concreto

malla electro soldada D 335 – 3/8” del 60.000 p.s.i. para absorber las

posibles deflexiones que se puedan presentar por los asentamientos

diferenciales ocasionadas por heterogeneidad en la compactación de la

base (Fotos 10 y 11).

Además para el asfalto en frío no se presupuestó la imprimación,

indispensable para una adecuada adherencia.

Como consecuencia de estas principales y otras determinaciones, se

genera la relación de cambio de obra. Todo eso teniendo en cuenta que

no se está facturando el trabajo realizado por la retroexcavadora y dos

volquetas que aportó el Municipio para levantar pavimento existente,

excavar, botar material sobrante, suministrar y transportar material de

préstamo para llenos.

3.A casusa del cambio de obra, para complementar la pavimentación de

concreto rígido, se reduce la meta física de la pavimentación de asfalto en

frío.

A folio 148, el exalcalde VELEZ MADRID, aporta en su exposición lo siguiente

documento de la Secretaría de Infraestructura Fisca de la Gobernación de

Antioquia:

“VIA LA NORMAL. ESTADO INICIAL DE LA OBRA. En las primeras fotos de

este informe se puede observar el estado de la vía, en el cual se encontraba al

momento de las visitas de las obras. Se puede observar el estado del

adoquinado de la vía totalmente expandido por acción de las aguas de

escorrentía que filtran la estructura de la vía a causa de la cantidad de aguas

lluvias que filtradas y que afloran por falta de drenes.

Para el día 29 de septiembre se ordena por parte de la Interventoría del

Municipio ejecutar las obras de colocación de la carpeta asfáltica en frío,

haciéndola salvedad de que estas obras son de tipo provisional y transitorio, ya

que esta vía no cuenta con red nueva de alcantarillado por lo cual no se puede

realizar un acabado definitivo y perdurable de la rasante de esta vía.

Este tipo de acabado (En asfalto en frío), se hizo por petición de la comunidad

de esta vía ya que se les estaba causando demasiados problemas por la

cantidad de lodo y sedimentos que generaban os vehículos al pasar, ya que

esta vía es de tránsito vehicular muy pesado y muy concurrido.

Es por lo anterior que la solución más viable y pronta a esta situación fue la

que se le ordenó ejecutar al contratista.”

20

A folio 150, VELEZ MADRID aporta documento denominado acta de

socialización y recibo de las obras con la comunidad beneficiada, del 1 de

diciembre de 2010, según el convenio 2009-CF-20-154 suscrito entre en

Departamento y el Municipio y cuyo objeto fue la pavimentación de las vías

urbanas de Urrao, con la asistencia del alcalde VELEZ MADRID, el secretario

de Planeación MILTON BLADIMIR HERRERA MACHADO y la presidente de la

Asocomunal, Amparo Urrego Díaz:

“1.1. INFORMACION GENERAL DEL PROYECTO: El propósito e intención en

general de estas obras tiene como objeto mejorar el acabado de las vías de la

zona urbana del municipio, y así cumplir por parte de la Administración

Municipal con el compromiso del mejoramiento de la calidad de vida de los

habitantes y el progreso del amoblamiento urbano de la zona céntrica de

nuestro Municipio, ya que esto permite un mayor tránsito, tanto vehicular como

peatonal. La alcaldía está interesada en darle, con estas obras un tratamiento

a las rasantes de las vías con más tráfico, y esto en espera de poder más

adelante hacer la construcción del plan maestro del alcantarillado y acueducto

que requiere el Municipio y proveerle un acabado duradero y definitivo a red de

las vías urbanas.

DESCRIPCION DE LAS OBRAS A EJECUTAR: Las actividades constructivas

implican tres (3) ítems:

Obras de rasantes en concreto de 150Krs/cmtr2 en placas de concreto

existentes en mal estado para recibir la carpeta asfáltica.

Colocación de Concreto Hidráulico de 210Kgrs/cmtrs2 para vías que ya

tengan definidos los nuevos alcantarillados yacueductos.

Colocación de Carpeta Asfáltica en frío para mejoramiento del acabado

de las vías que mayor lo requieran en cuanto a su tránsito peatonal y

vehicular.

1.1.1 AREAS DE VIAS INTERVENIDAS

VIA EN CONCRETO

Carrera 29 entre calles 29 y 31

Barrio Obrero

173.60 x 5.41 Área: 939.17 M2

Cantidad: 183.60 M3

VIAS EN ASFALTO EN FRIO

Calle 32 entre carreras 22 y 24

Hospital

210 x 6.41 Área: 1.346,20 M3

Carrera 31 entre calles 26 y 27

Empalme en Cantaclaro

38.54 x 6.45 Área: 247,31 M2

Calle 29 entre carreras 32 y 33

La Normal

112 x 5,23 Área: 585,76 M2

Carrera 30 entre calles 20 y 29

Zona Rosa

101,6 x 6,25 Área: 682,35 M2

Carrera 31 entre calles 31 y 32

Palenque

112 x 6,26 Área: 712,12 M2

Calle 27 entre carreras 30 y 31 y

calle 30 entre calles 27 y 28

Cantaclaro Edatel

608,63 M2 + 464,61 M2 Área: 1.073,24 M3

Cantidad: 4.769,24 M3

21

DESCRIPCION DE LAS OBRAS A EJECUTAR DE ACUERDO CON LA PROPUESTA OBJETO DEL

PROYECTO

VIA TIPO DE

INTERVENCION

GENERALIDADES Y

METAS FISICAS A

EJECUTAR

IMPACTO Y

BENEFICIOS

ESPERADOS

Carrera 29 entre calle 29

y 31

San Remo

Concreto hidráulico

210Kgrs/cmt2

Demolición placas viejas,

vaciado del concreto,

reforzado nuevo

Dar acabado final de la

vía ya que cuenta con

obras de alcantarillado

yacueducto

Calle 32 entre carreras

22 y 24

Hospital

Asfalto en frio Se hacen resanes en

concreto para nivelación

y se coloca la carpeta

asfáltica

Dar acabado a la vía con

características de asfalto

Carrera 31 entre calles

26 y 27

Empalme en Cantaclaro

Asfalto en frio Se hacen resanes en

concreto para nivelación

y se coloca la carpeta

asfáltica

Dar acabado a la vía con

características de asfalto

Calle 29 entre carreras

32 y 33

La Normal

Asfalto en frio Se hace subbase para la

colocación de la carpeta

asfáltica

Dar acabado a la vía con

asfalto en frio, obra

provisional

Carrera 30 entre calles

20 y 29

Zona Rosa

Asfalto en frio Se hacen resanes en

concreto para nivelación

y se coloca la carpeta

asfáltica

Dar acabado a la vía con

características de asfalto

Carrera 31 entre calles

31 y 32

Palenque

Asfalto en frio Se hacen resanes en

concreto para nivelación

y se coloca la carpeta

asfáltica

Dar acabado a la vía con

características de asfalto

Calle 27 entre carreras

30 y 31 y calle 30 entre

calles 27 y 28

Cantaclaro Edatel

Asfalto en frio Se hacen resanes en

concreto para nivelación

y se coloca la carpeta

asfáltica

Dar acabado a la vía con

características de asfalto

SELECCIÓN DE TRAMOS A INTERVENIR Y OBRAS

VIAS PRIORIZADAS OBJETO DEL PROYECTO

VIA LONGITUD

VIA

LONGITUD

NETA DE LA

META FISICA

(Tramos a

intervenir KM)

DESCRIPCION

PRO+00

(Abscisa de

inicio)

DESCRIPCION

PRO+00

(Abscisa Final)

ANCHO

PROMEDIO

D E LA VIA

(M)

1 Carrera 29 entre

calles 29 y 31

173.6 173.6 Calle 29 Calle 31 5.41

2 Calle 32 entre

carreras 22 y 24

Hospital

210 210 Calle 22 Calle 24 6.41

3 Carrera 31 entre

calles 26 y 27

Empalme en

Cantaclaro

38.24 38.24 Carrera 31 Calle 27 6.45

4 Calle 29 entre

carreras 32 y 33

La Normal

112 112 Carrera 32 Carrera 33 5.23

5 Carrera 30 entre

calles 20 y 29

Zona Rosa

101.6 101.6 Calle 28 Calle 29 6.25

6 Carrera 31 entre

calles 31 y 32

Palenque

112 112 Calle 31 Calle 32 6.25

22

7 Calle 27 entre

carreras 30 y 31 y

calle 30 entre calles

27 y 28

Cantaclaro Edatel

171.72 171.72 Carrera 30 Calle 28 6.41

TOTAL 919.16 M 6

1.2. VALOR TOTAL DE LAS OBRAS A EJECUTAR. Se presenta un cuadro

donde se puede ver el valor total de las obras ejecutadas, tanto contractuales

como adicionales y extras. Los recursos para la ejecución de estas obras

provienen del Convenio realizado con la Gobernación de Antioquia.

CUADRO RESUMEN

TOTAL VALOR Y CANTIDADES DE OBRA EJECUTADAS CONTRATO 068 - 2009

OBRAS CONTRACTUALES AREA TOTAL CONSTRUCCION = 5.788,24 M3

Ítem Descripción Unid. Cant. Vr/Unit Vr/Total

1 Nivelación en concreto de 150

Kgs/cm2

M3 30,3 181.822 5.509.207

2 Carpeta de rodadura en asfalto en frio

(e=4 cms)

M2 4.769,24 20.990 100.106.348

3 Pavimento en concreto hidráulico

(=18cms)

M3 183,6 418.520 76.840.272

OBRAS EXTRAS

OE1 Botada de material en escombro o

tierra, donde la interventoría lo

disponga

M3 500,5 11.000 5.505.500

OE 2 Colocación y compactación

mecánicamente de material para

reemplazo

M3 542,93 15.000 8.143.950

OE3

OE4

Demolición de placas de concreto de

andenes a mano.

Nivelación y compactación con

pendiente del 2% mecánicamente del

material situado en obra, para

subrasante de vía, espesor entre 20 y

30 cms

M2

M2

210,38

1604,76

8.000

2.500

1.683.040

4.011.900

OE5 Excavación manual en materia

heterogéneo de 0 a 2 mts de

profundidad

M3 73,78 16.300 1.202.614

OE6 Transporte de material de afirmado,

medido en volqueta

M3 133 15.000 1.995.000

OE7 Suministro y colocación de emulsión

asfáltica SRL-1, para imprimación,

incluye pegada

M2 5,329,33 2.420 12.896.979

OE8 Sellada de juntas de dilatación entre

placas de concreto en vía, incluye el

suministro del sellante brea 180 o

similar

M.L. 600 600 360.000

OE9 Suministro y colocación de malla

electrosoldada D335 3/8

M2 17.000 17.000 17.340.000

OE10 Suministro y colocación de base

estabilizada con emulsión SRL-1

M3 102.766 102.766 3.185.746

COSTO DIRECTO 238.779.805

A.I.U. 25% 59.694.951

VALOR TOTAL OBRAS EXTRAS EJECUTADAS 298.475.756

VALOR TOTAL OBRAS CONTRACTUALES Y EXTRAS CONSTRUIDAS 298.475.756

1.3. DISTRIBUCION DEL PRESUPUESTO POR VIA PRIORIZADA: este

informe del presupuesto por vía, se encuentra priorizado en el informe de

interventoría; con cada ítem de Obras Contractual y Adicional, se presenta

23

detallando todas las cantidades y sus valores totales que intervinieron en el

proceso constructivo. Ver cuadros por vía. PRESUPUESTO POR VIA

PRIORIZADA:

1.4. PRESENTAR LOS INDICADORES DE IMPACTO SOCIAL Y ECONOMICO

A LA COMUNIDAD BENEFICIADA CON LA EJECUCION DEL PROYECTO:

INDICADORES DE IMPACTO SOCIAL Y ECNOMICO

POBLACION BENEFICIADA CON LA EJECUCION

DEL PROYECTO

EMPLEOS GENERADOS CON LA EJECUCION

DEL PROYECTO

VIA HOMBRES MUJERES SUBTOTAL HOMBRES MUJERES SUBTOTAL

6.000 4.000 10.000 15 1 16

TOTALES 6.000 4.000 10.000 15 1 16

A folios 196 al 201 el vinculado y exsecretario MILTON BLADIMIR HERRERA

MACHADO, aporta al proceso material fotográfico sobre el estado de la carrera

29 entre calles 29 a la 31, para antes, durante y después de la ejecución de la

obra.

De igual manera, a folios 214, aporta copia del oficio 070961 del 12 de mayo

de 2011 remitido por el coordinador del Equipo Auditor y dirigido al alcalde

VELEZ MADRID, sobre los resultados del estudio en mesa de trabajo de las

respuestas dadas al preinformede la auditoría con enfoque integral vigencia

2010, lo cual es diferente al motivo de la queja que originó el proceso 225-

14, realizada en el Municipio y del cual se extrae lo siguiente con respecto al

contrato 068-09, que es también objeto de discusión en esta investigación.

“3. En EL CONTRATO DE OBRA PÚBLICA No. 068 del 14 de diciembre de

2009, (…), por un valor de $198.983.824, adicionado en $99.490.932, en un

plazo de 150 días, se observaros presuntas irregularidades:

En la revisión de las cantidades de obra, se pudo detectar diferencias en

algunas, las que se calculan en el siguiente cuadro, generando un presunto

detrimento patrimonial por obra pagada y no ejecutada por valor de

$22.292.241.

ITEM DESCRIPCION UNIDAD CANTIDAD

PAGADA POR LA

ADMINSITRACION

CANTIDAD

MEDIDA

POR LA

C.G.A.

VALOR

UNITARIO

VALARO

TOTAL

PAGADO

DIFERENCIA

2 Carpeta de

rodadura en

asfalto en frio

(e=4cms)

M2 4769,24 4398,8 20.990 100.106.348 7.775.536

3 Pavimento en

concreto

hidráulico

(e=18cms)

M3 183,6 168,38 418520 76.840.272 6.369.874

OE7 Suministro y

colocación de

emulsión

asfáltica SLR-

1, para

M2 5329,33 4398,8 2420 12.896.979 2.251.883

24

imprimación,

inc. Regada

OE9 Suministro y

colocación de

malla

electrosoldada

D335 3/8” – Fy

60.000 psi,

para placas de

concreto en

todas sus

áreas, inc.

Traslapos

M2 1020 935,5 17000 17.340.000 1.436.500

17.833.793

A.I.U 25% 4.458.448

PRESUNTO DETRIMENTO 22.292.241

En el pavimento ejecutado en la calle 29 entre carreras 32 y 33 (I.E. Normal

Superior Sagrada Familia), se observa que la vía presenta ondulaciones y piel

de cocodrilo, lo cual evidencia que la calidad de la obra, no cumple con las

especificaciones técnicas de una vía vehicular; es importante anotar que la vía

se encuentra cerrada, lo anterior genera presuntamente un detrimento

patrimonial por $12.654.871. ITEM DESCRPCION UNIDAD CANTIDAD

PAGADA POR LA

ADMINISTRACION

CANTIDAD

MEDIDA

POR

C.G.A.

VALOR

UNITARIO

VALOR

TOTAL

PAGADO

DIFERENCIA

2 Carpeta de

rodadura en

asfalto en frio

(e=4 cms)

M2 602,9 0 20.990 12.654.871 12.654.871

A.I.U. 25% 3.163.718

15.818.589

De igual forma, se omitió el cobro del 5% por concepto de impuesto de

seguridad, inobservando el Artículo 6 de la Ley 1106 de 2006, además, se

generó un presunto detrimento patrimonial por valor de $1.989.837.

No se observa en la póliza 65-44-101039302, el riesgo de estabilidad de

obra, inobservando presuntamente el numeral 7.6 del Artículo 7 del

decreto 4828 de 2008.

No se observa en la póliza 65-44-101039302, el riesgo a la estabilidad

de obra, inobservando presuntamente el numeral 7.6 del Artículo 7 del

decreto 4828 de 2008.

Análisis de la respuesta: se retira la observación y se toma como beneficio

de auditoría los recursos consignados, lo anterior se basa en:

La C.G.A. realizó una nueva visita a la obra, con el Secretariode Planeación

del municipio de Urrao, el contratista de la obra y los funcionarios de la C.G.A.,

Henry Ramírez y Hernán Vásquez, lo anterior permitió verificar en campo, el

faltante de obra por medir el cual se encontraba inmerso en los resaltos y en

ancho promedio. La diferencia de obra contabilizada, fue consignada por el

contratista, generando un beneficio auditor.

25

Las mediciones realizadas a la obra, se hicieron en piso en concreto rígido y

flexible.

En lo referente al 5% del impuesto de seguridad, la administración municipal

evidencia el pago de dicha contribución, generando un beneficio a la auditoria.

En lo que tiene que ver con la no solicitud a la estabilidad de obra para la

póliza 65-44-101039302, se puede evidenciar que la construcción se realizo

sobre un piso existente y el piso en frio no garantiza su estabilidad en el

tiempo.

DE LO EXPUESTO POR LOS VINCULADOS

A folio 96 obra exposición del representante legal de la entidad contratista

INGENIERÍA ÚTIL S.A.S., Hernando de Jesús Castrillón Morales, quien

expuso:

“CONTESTÓ: primero que todo, el acta de recibo de obra se hizo a

satisfacción por parte del ingeniero de planeación y obras públicos Milton

Vladimir Herrera M. y el señor Alcalde Luis Ernesto Vélez Madrid, con fecha del

día 26 de octubre de 2010, ver copia, ya que anexo el documento con tres

folios. En el anexo 1 de la Audiencia de Adjudicación dice textualmente: “El

municipio de Urrao como entidad contratante asume los riesgos sobre la

estructura actual de las vías que serán objeto de la colocación de la carpeta de

rodadura de asfalto en frío y concreto rígido”. Anexo copia con un folio. Sobre

la calle de La Normal ubicada en la calle 29, entre carreras 32 y 33 sele hizo

previo conocimiento al secretario de Planeación y al alcalde que esa vía no se

podía intervenir para la colocación de pavimento en frío o asfalto en frío, ya

que tenía problemas de alcantarillado de hace más de 40 años, inclusive nos

tomamos la molestia de hacer un diseño de dicho tramo con cantidades

previas. Ver anexo con 4 folios. El alcalde nos manifestó que pavimentáramos

así que eso no tenía problemas, que era para maquillar, inclusive no me lo

pagaron. También la vía tenía problemas de filtraciones de agua cuando había

escorrentías en época de lluvia y tenia filtraciones normales por la localización

topográfica, parte baja del pueblo. Todo esto consta en una carta que se envió

al alcalde Vélez Madrid con fecha del 10 de febrero de 2011, de las cual anexo

15 folios; incluyendo fotografías de los trabajos realizados. En cuanto a las

otras vías que se hicieron con asfalto en frío, se le notificó también al secretario

de planeación que las estructuras de soporte de las vías estaban con placas

estructuralmente reventadas, lo que permitía la infiltración de aguas, también

en la parte donde estaba adoquinada se le mostró y se le hizo ver que

contenían mucha humedad en la estructura de soporte. También se notó que

las aguas lluvias que caen sobre los aleros de las calles tienen demasiada

altura, provocando erosión y desprendimiento del pavimento en frío. Seguido a

esto el secretario dijo que no había plata para cambiar estructura de soportes a

las vías o sea, que sobre lo que se colocó el pavimento en frío no presentaba

la suficiente capacidad de soporte, se colocó el pavimento en frío sobre la

estructura existente. Eso en base a esas vías. Los tramos que se colocaron en

concreto rígidos se le hicieron cambio de la estructura de soporte como fue sub

26

base y base granular. Y estos se encuentran en la actualidad en perfecto

estado. Anexo copias de 1 folio sobre ensayos de resistencia de concreto a los

28 días. Dentro del contrato se pavimentaron vías en concreto rígido que se

encuentran bien. Tengo entendido que las aseguradoras no dan póliza de

estabilidad para 5 años en pavimento en frío sino dos. Es de anotar que al

secretario de planeación se le hizo saber que el pavimento o asfalto en frío no

tenía una durabilidad de más de dos o tres años, ya que no tenía una

estructura de soporte y además tenía muchos problemas de infiltraciones de

aguas, tanto de escorrentía como de infiltración de terrenos.”

A folios 122 cursa exposición del exalcalde LUIS ERNESTO VELEZ MADRID:

“CONTESTÓ: lo primero es que el objeto del contrato fue pavimentación en

concreto rígido y asfalto en frío y en el informe de los funcionarios de la

Contraloría solo hace énfasis en el asfalto en frío, teniendo en cuenta que esto

solo hace un 30% del contrato y que la pavimentación en concreto en frío que

hace o representa el 70% del contrato al día de hoy, se encuentra en perfecto

estado, incluyo fotos tomadas esta misma semana en tres folios, después de 5

años de ejecutada la obra sobre la pavimentación con asfalto, quiero hacer

claridad que las vías que aparecen en el informe no coinciden todas con las

vías que fueron intervenidas, para esto, revisar informe de entrega de obra y

las voy a enumerar: 1. En la entrada principal no se intervino ninguna vía, dice

también que desde el parque hasta el cementerio hay cuatro cuadras y solo

intervenimos una cuadra de esas, también enumera calles del parque principal

y nunca se intervinieron calles del parque; las calles intervenidas las llaman en

Urrao la calle Cantaclaro, la zona Rosa, una en Palenque, una en el Hospital y

la de La Normal, para un total de cinco calles. También quiero dejar claro que

en el 2011 la Contraloría en su visita nos hizo hallazgos sobre la vía especifica

de la calle La Normal y en respuesta al informe de hallazgos, este hallazgo

quedó solucionado por las evidencias entregadas, con esto quiero decir que ya

la Contraloría había investigado este tema del pavimento de las calles,

anexando respuesta de la Contraloría en cuatro folios. Es importante mirar que

las especificaciones que nos dan en los hallazgos la Contraloría sobre como

deberíamos haber pavimentado estas calles, son distintas a las convenidas por

la Gobernación de Antioquia, contratista, Municipio e Interventoría y para esto

es importante mirar que el costo de las especificaciones que nos da el informe

de hallazgos de la CGA debe estar alrededor de 100 millones de pesos o mas

por calle, cuando este era el presupuesto total que se tenía para todas las

intervenciones de las calles. Hago claridad que cuando se planteó la necesidad

de mejorar algunas calles de Urrao por invitación de la comunidad, tomamos

las calles que estuvieran en peor estado, las mas malas fueron las que se

pavimentaron en concreto, que todavía están en perfecto estado y que hicimos

la mayor inversión del dinero, casi el 70% del total del contrato, porque esta

nos daba una posibilidad de inversión y era que en la administración anterior

estas cuadras habían sido intervenidos el acueducto y el alcantarillado, por lo

tanto, podíamos recurrir a hacer todo el trabajo duradero que requerían estas

calles y para las otras cinco cuadras no teníamos ni siquiera actualizado el plan

maestro de acueducto y alcantarillado y el presupuesto que quedaba era solo

27

del 30% donde no podíamos intervenir ni acueducto ni alcantarillado y donde la

brecha entre la calle y la acera era muy poca; para la calle especifica de La

Normal, la tuvimos presente porque se estaba convirtiendo en una calle peligro

para los niños y los educadores, ya que presentaba ondulaciones y era casi

intransitable, por eso en los documentos que vamos a agregar posteriormente

se podrán observar varias actas con participación de comunidad, alcaldía,

gobernación, contratista e interventoría y además, informes de la Gobernación

y de la Contraloría donde se estaba haciendo el trabajo adecuadamente para

estas vías, proyectado como un mantenimiento mientras en la administración

siguiente solucionaban el plan maestro de acueducto y alcantarillado, tema que

esta administración está por resolver para poder hacer las intervenciones del

mejoramiento de estas vías con los costos requeridos. Voy anexar fotos del

proceso de trabajo de La Normal, de las vías que se hicieron en concreto y en

pavimentación, con ocho folios. Es importante clarificar que cuando fue la visita

de la Contraloría para atender la queja, primero, ya habían pasado cuatro años

de la ejecución de la obra y segundo, pues no nos llamaron a nosotros, ni al

secretario de planeación ni a mí como alcalde para acompañarlos a visitar las

vías que fueron intervenidas. Es importante también, tener en cuenta que

después del 2010 que fue ejecutado el arreglo de las calles, tuvimos en Urrao

la ola invernal más grande de los últimos tiempos, donde en varias de las vías

se presentaron rompimiento de acueducto y a su vez, taponamiento de

alcantarillados, causando daños tanto en estas vías intervenidas como en vías

no intervenidas y por la topografía del Municipio, las calles intervenidas están

sobre la zona plana pero en el margen superior, tenemos barrios altos donde

se presentaron varios desbordamientos de quebradas y riachuelos que se

metieron en las vías y que también fueron causando deterioro; a su vez, Urrao

es un Municipio netamente de vocación agropecuaria, y por el mal estado de

las vías Medellín Urrao, el tonelaje de camiones que visitaba el Municipio de

Urrao para sacar las más de 300 toneladas que se producen semanales, era

de bajo peso y con la intervención de las vías y mejoramiento, a finales del

2011 y 2012, empezaron a llegar carros de tonelaje más grandes, empezaron a

circular por estas vías que no estaban preparadas para ese peso. Es de

advertir que uno de los temas presentes cuando se fueron a intervenir con

pavimento frío esas calles era que no debían transitar por ellas vehículos de

toneladas de gran peso, quiero presentar fotos de afectamiento de vías en

Urrao por la ola invernal y el fenómeno de La Niña, quiero hacer alusión a esto

porque nosotros le solicitamos y las intervino, pero quiero dejar claro que otras

de las vías de Urrao que no fueron intervenidas en esta oportunidad todavía

tienen los mismos cráteres de hace cinco años. Anexo tres folios. Es

importante clarificar que eso ya está resuelto en un hallazgo de la Contraloría

que para estas cinco vías no había pólizas de estabilidad porque nadie iba a

dar pólizas de estabilidad en unas calles que no tiene resuelto el tema de

acueducto y alcantarilladlo y que a simple vista presentan ondulaciones de

inestabilidad. Por eso y por los costos, el trabajo realizado es una

repavimentación sobre la base existente, este proyecto de pavimentación en

asfalto frío fue concebido desde sus inicios, tanto por la Gobernación y el

Municipio de esta manera, ya que era imposible retirar los pavimentos

existentes por los altos costos y se había determinado que se trabajaría con la

28

estructura existente. Es importante revisar en respuesta a la Contraloría sobre

hallazgos del 2010 en anexos copias de certificaciones, folio 61 y 62, acta de

audiencia de riesgos, folios 63 al 70 e informe final vía La Normal, calle 29

entre calles 32 y 33, folios 71 al 106. Esta información tiene que estar acá ya

que es parte de la respuesta a los hallazgos. Aporto documentos entregados

por la Gobernación, interventoría, contratista y que los aporto a mis respuestas,

en los siguientes, entrego un informe de la Gobernación sobre aseguramiento

de calidad en obra, en visita a ejecución de obra, donde se especifica que se

está construyendo todo de acuerdo a las especificaciones técnicas y se

establece también las justificaciones de cambio de obra para poder realizar las

vías pavimentadas en el barrio Obrero, lo que toco hacer para garantizar la

duración, anexo cuatro folios, estos son documentos de la Gobernación sobre

visita ejecución de obra. También en otra visita de la gobernación, en punto de

aseguramiento de calidad de obra, en documentos siguientes, habla de que se

guía construyendo de acuerdo a las especificaciones técnicas pero plantea los

posibles problemas ocasionados por la ola invernal. Anexo para esto dos folios.

En el siguiente informe de la Gobernación con el Final Ejecutado, se ve que la

carpeta de rodadura solo equivale a 100 millones y no a la totalidad del

contrato. Anexo un folio. En informe de la Gobernación vía a la normal, se

especifica de los acabados provisionales como se hizo en todas las de

pavimento en frío, porque fueron soluciones provisionales ya que era imposible

por los pocos recursos y por no tener actualizado el plan maestro de acueducto

y alcantarillado hace runa intervención como la que colocan en el informe de la

Contraloría y si hubiéramos querido pavimentar otra vía en concreto en rígido,

en especial, algunas de estas, no lo hubiéramos podido hacer al no tener

solucionado el problema de acueducto ya alcantarilladlo, y adicional, el

problema de las aguas de escorrentía y filtración que se presentan por lo que

no podíamos hacer una intervención en las vías que fueran más duraderas.

Hago entre de dos folios. En un informe de la Gobernación, en la descripción

del proyecto de aseguramiento de la calidad de obra, se ratifica que las vías

fueron construidas con todas las especificaciones técnicas y se habla del buen

manejo de los recursos, anexo dos folios. Y en el acta de socialización de

recibo con la comunidad donde en su momento se socializó con la Presidente

de la Asocomunal y ella replicó esto a los presidentes de la acción comunal, se

deja claro que las vías que fueron intervenidas en la información general del

proyecto fueron para mejorar las condiciones actuales y que más adelante una

vez se ejecute la obras del Plan Maestro ahí si se podía hacer una intervención

con un costo superior con un acabado más duradero y definitivo para las vías.

Anexo siete folios. Por lo que considero que no se presenta ningún detrimento

patrimonial, primero, porque el valor del contrato que fue en concreto, con un

valor casi del 70% se encuentra al día de hoy, en perfecto estado y que el resto

del contrato desde antes de la ejecución estaba planteado por la Gobernación,

que fue quien dio los recursos para el arreglo de la vía y en lo que estuvimos

de acuerdo, el Municipio, el contratista y el interventor en unos mejoramientos

de estas calles, que se lograron, dieron su objetivo y al día de hoy, a pesar del

daño ocasionado por la ola invernal demostrado anteriormente por el fenómeno

de La Niña, por el transitar de vehículos con tonelaje superior a 20 y la apertura

de las calles en la instalación del gas domiciliario y el deterioro normal, se

29

encuentran en mejor estado, que cuando fueron intervenidas y esto, demuestra

el buen manejo de los recursos dados por la Gobernación invertidos en estas

vías, demostrado en las visitas de la misma Gobernación.”

A folio 183 se dispone de la exposición del exsecretario de Planeación y Obras

Públicas, MILTON BLADIMIR HERRERA MACHADO:

“CONTESTÓ: Quiero contar como fue el proceso de la pavimentación desde la

presentación del proyecto a la Gobernación hasta la entrega de la obra. Y

todas las dificultades y problemas que durante la ejecución del convenio con la

Gobernación y la obra posteriormente se presentaron. Inicialmente se presenta

en el 2009, no siendo yo el secretario de planeación, un proyecto para la

pavimentación en concreto en rígido y asfalto en frio, este tenía un valor

aproximado de 300 millones de pesos, en ese instante surtió todos los trámites

que lleva la solicitud de recursos y la presentación del proyecto, de acuerdo a

la normatividad que en ese momento solicitaba la Gobernación; se le informa al

alcalde de turno o sea a Luis Ernesto Vélez Madrid, que en el momento se

disponía solo con un recurso para ayudar con este proyecto de 200 millones y

que posteriormente se evaluaría de acuerdo a los recursos de la Gobernación

una adicción al proyecto para completar el valor inicial. Con este recurso

abrimos el proceso licitatorio donde se presentaron diversas empresas y

durante la audiencia de riesgos, las diferentes empresas manifestaron una

inquietud que también fue para nosotros, porque teníamos recursos para una

obra pero teníamos que solucionar la inquietud de ellos para poder que se

presentaran al proceso. La Inquietud era la base sobre la cual se iban apoyar

estos pavimentos, porque si bien es sabido que el municipio de Urrao no

cuenta con redes de acueducto y alcantarilladlo actualizadas, hasta que estas

redes no sean remplazadas, no se podría pensar en una solución definitiva

para la carpeta de rodadura, que en este caso es lo que nos atañe al convenio,

es entonces, que se decidió y que dentro de la audiencia de riesgos se

determinó aplicar el pavimento rígido sobre dos cuadras que administraciones

anteriores habían hecho sobre la reposición del acueducto y del alcantarillado y

sobre las otras vías aplicar la carpeta de rodadura en asfalto en frío como una

solución a corto plazo para la movilidad del Municipio, porque las vías

intervenidas estaban dentro del área de mayor movilidad del Municipio. Se

surtió el proceso licitatorio donde la empresa Ingeniería Útil quedó como

ganadora y se iniciaron las obras como tal. Quiero anotar que dentro de la

póliza exigida no se pudo exigir la estabilidad de la obra por lo anteriormente

dicho, porque la carpeta en frío se iba a aplicar sobre una estructura ya

existente como solución a corto plazo y que ninguna aseguradora iba a dar

este tipo de garantía por la manera como se había concebido la aplicación de

este asfalto. Allí la contraloría departamental en el año 2010 revisó la parte

contractual y en el 2011 revisaron la obra como tal y allí se plantearon la

misma inquietud sobre lo de la póliza de estabilidad de la obra y dada las

respuestas, estos hallazgos nos fueron favorables. Ahora hago referencia a

como fue la ejecución de la obra como tal, inicialmente las vías que se

plantean dentro de los fundamentos de hecho de la queja y hallazgo, no son en

su totalidad las vías que realmente intervenimos; hablan de la calle de La

30

Normal, que fue intervenida, la calle de la Zona Rosa, que también se intervino,

la calle del Aserrío Juan Saúl que fue intervenida y de la calle del parque

principal hasta el cementerio y en esto hay un error, porque desde el parque

hasta el cementerio hay 4 cuadras, la primera cuadra esta en pavimento rígido

de las anteriores administraciones, sigue la cuadra que nosotros intervenimos y

hay dos cuadras que no sé porque la mencionan, porque allí no se hizo

ninguna intervención. Además, habla de la entrada principal y nosotros sobre

esta no hicimos ninguna intervención. Además se habla que el detrimento es

por la totalidad del contrato, pero hay algo para anotar que la carpeta en frío,

su ejecución solo equivale a 100 millones, anexando documento a folio 1; que

es donde se especifica cantidades de obra del proyecto. Dentro de la ejecución

del proyecto, la Gobernación realizó tres informes correspondientes a las

visitas que periódicamente hacían para la verificación de las obras; queriendo

enfatizar que dentro del ítem de aseguramiento de calidad de la obra se

manifiesta en los informes que las obras se ejecutaron cumpliendo todas las

normas técnicas de calidad y seguridad establecidas para el desarrollo del

contrato y nosotros dentro de la ejecución del contrato, siempre fuimos muy

responsables en tener en cuenta para tomar cualquier decisión, tanto a la

interventoría, al constructor, al Municipio y a la Gobernación, y anexo folios del

2 al 9 donde se describen los conceptos de las Gobernación. Dentro de esa

ejecución siempre se había concebido que la carpeta en asfalto en frío hubiera

que colocarle encima de la estructura existente. Quiero anotar que en este

momento, las vías construidas con el cemento rígido están en perfecto estado

y que como sucede en cualquier contrato de obra pública hubo que hacer

cambios de obra y una extra para garantizar que esa carpeta que si tenía un

carácter de durabilidad a largo plazo, cumpliera a cabalidad lo que se había

planteado inicialmente; Entonces, la manera como se fueron ejecutando estas

vías, inicialmente se había planteado la posibilidad de ejecutar este concreto

rígido sobre la carpeta de rodadura existente, pero habían varios

inconvenientes para que se ejecutara de esa manera, debido a que esa

carpeta estaba totalmente deteriorada como lo evidencio en el folio 10 o de

fotografías de cómo estaba la vía, esa era una. Dos, el suelo que sostenía la

carpeta de rodadura era una greda, adicionalmente a eso habían algunas

redes domiciliarias que presentaban daños y algunas donde el acueducto

tenían fugas por malas instalaciones; además, se aplicaba la carpeta de

rodadura sobre lo existente, los andenes y los pisos de las viviendas iban a

quedar por debajo de la vía, entonces, iba a ser un caos a futuro y hubiésemos

sido irresponsables si lo hubiéramos hecho, entonces se decidió con este

pavimento en rígido, haciéndose de obra para levantar el pavimento, hacer una

sub base de apoyo a ese pavimento y realizar su construcción y así

garantizábamos su durabilidad en el tiempo, anexo folios del 11 al 15 donde se

evidencian trabajos. Ahora, voy a la vía de La Normal, esta inicialmente se

pensaba o se tenía proyectada en asfalto en frío como las demás vías, debido

al problema mencionada por falta de redes de acueducto y alcantarilladlo, no

actualizados, hubiese sido un detrimento, porque no iban a durar mucho,

entonces con la vía hubo una particularidad que cuando llegamos a presentarle

a la gente o comunidad que se iba a intervenir de esta manera, inicialmente se

negaron porque ellos querían que les cambiaran todo el acueducto y el

31

alcantarillado y se les pavimentara en concreto en rígido y como estaba

concebido y planteado el convenio con la Gobernación, era solo una carpeta

de rodadura, no pudiendo nosotros hacer ninguna intervención al acueducto y

al alcantarillado y además, si lo hacíamos dejaríamos sin recursos las demás

vías plateadas dentro del proyecto, por los costos adicionales, entonces,

realmente era imposible hacer lo que ellos pretendían y en el momento en que

se les comunicó que no se podía hacer, aceptaron que fuera en asfalto en frío,

porque es preferible tener una provisional a atener lo que tenían. Entonces, ya

se inició con la intervención con la vía de La Normal que se hizo adicional una

subbase imprimada porque esa vía presenta filtraciones, llegan las aguas de

las otras calles, queriendo garantizar nosotros que la carpeta de rodadura

cumpliera su función en el corto plazo y así se estipuló dentro de la vía,

anexando los folios 23 al 27 como fue el acabado de la vía que quedó en

perfectas condiciones y en el folio 24, parte del informe de la Gobernación

sobre la vía donde se específicamente se dice que se hace la salvedad que

estas obras son de tipo provisional y transitoria, ya que la vía no cuenta con

redes nuevas de alcantarillado, por lo que no se puede realizar un acabado

perdurable y este tipo de acabado se hizo a petición de la comunidad, ya que

estaban presentando inconformidad, ya que allí hay un colegio de niños

presentándose muchos accidentes lo que se convertía un problema para el

mismo Municipio. Como esta vía y las demás, hay evidencia para demostrar

que fueron concebidas de manera provisional ante el mal estado de las vías.

Es de advertir que al inicio de la administración de Vélez Madrid entre el 90 y el

95 por ciento de las vías del municipio se encontraban en mal estado, que es

un problema que se viene cargando desde hace mas de 15 o 20 años,

agravado por el no cambio ni reposición de redes de acueducto y alcantarillado

ni la actualización del plan maestro de A y A, que es la guía inicial para poder

pasar a la pavimentación. La actualización del plan Maestro tenía un valor

aproximado entre 300 a 500 millones, recursos con los que el Municipio no

contaba y gestionando a través de las entidades, como Corpourabá y la

Gobernación no se pudo obtener resultados favorables. Intentamos por el lado

del Plan Departamental de Aguas pero tampoco se logró, a pesar de que el

Municipio por acuerdo se afilió a ese plan. Además, el área urbana del

Municipio equivale a unos cinco kilómetros cuadrados donde cambiar y

recuperar todas las redes de acueducto y alcantarillado equivalen más o

menos a 22 mil millones de pesos y para posteriormente poder ejecutar vías en

concreto rígido con duración a largo plazo dentro del área mencionada tendría

un costo adicional de unos nueve mil millones de pesos. Es necesario aclararle

al despacho que el pavimento en rígidos se aplicó en las vías donde en

administraciones anteriores habían ya solucionado el problema de acueducto y

alcantarillado, donde ya no hay necesidad de intervenirlas a futuro en este

aspecto y las de pavimento en frio se colocaron en las vías que presentaban

inconvenientes de acueducto y alcantarillado y de fracturamiento de los

pavimentos existentes en concreto y adoquín. Las obras fueron recibidas a

satisfacción, tanto por el Municipio y su interventoría y por la Gobernación y

una vez terminadas las obras se había solicitado una restricción de vehículos

pesados por estas vías, la cual fue difícil de cumplir y nunca acatada por los

transportadores, lo cual como es obvio deteriora el asfalta en frío y adicional a

32

eso, ese asfalto en frío se chupó todo el fenómeno lluvioso del 2010 y 2011,

implicando la socavación de la carpeta de rodadura de asfalto, porque hay

barrios más altos y al presentarse estas lluvias tan intensas su sistema de

alcantarillado obsoleto no alcanzaba a evacuar todas las aguas que recibía y

entonces empezaban a correr por las calles. Al final de cuentas el asfalto en

frío cumplió su función que era a corto plazo. Y el rígido está cumpliendo su

función a largo plazo y que en la actualidad está en perfecto estado. Anexo

folios 16 al 22 que fue el acta de socialización con la presidente de

Asocomunal en su momento donde se le dio a conocer todo lo que se había

hecho, las intervenciones en concreto en rígido y asfalto en frío, los recursos

ejecutados y donde se le especificó y se le dio a conocer el tratamiento

realizado a la rasante y específicamente donde se le dio a conocer para que

ella le informara a los más de 80 presidentes de acción comunal que

representaba donde se le informaba que era tratamiento provisional y que más

adelante se esperaba la ejecución del Plan Maestro de A y A y así poderle

garantizar a las vías del Municipio un acabado duradero y definitivo. Por todas

las evidencias presentadas considero que no representa ningún detrimento ya

que todo fue ejecutado de acuerdo a lo que se concibió inicialmente.”

A folio 230, obra exposición del exinterventor del contrato 068, ingeniero

HUMBERTO RUEDA FERNANDEZ:

“PREGUNTADO: Sírvase manifestar a hoy cual es el estado del pavimento

rígido y en frío resultado de la ejecución del contrato 060-09 celebrado con

Ingeniería Útil S.A.S. CONTESTO: muy respetuosamente solicito que no se

asocie el alcance de mi responsabilidad con obras ejecutadas en la calle de la

Normal Sagrada Familia, puesto que mi contrato de interventoría por seis

millones de pesos equivalente a solo el 3% del monto de la ejecución

correspondiente al convenio interadministrativo por 200 millones de pesos

celebrado entre el Departamento y el Municipio, no de la adición, anexando

copia del convenio y de la adición, y de la adición fue que se hicieron los

trabajos de la calle de la Normal, puesto que no me ampliaron el contrato de

interventoría. Las demás vías pavimentadas en asfalto en frío sufrieron un

desgaste normal, esta pavimentación se puede conservar hasta por cuatro

años, dependiendo del mantenimiento que se le brinda. Se trata de una capa

de solo 4 centímetros de gruesa que solamente mejora las condiciones de la

superficie de rodadura. Esta capa de los 4 centímetros fue la que se aplicó en

todas las vías intervenidas en asfalto en frío, excepto la de la normal, porque

no conozco que se hizo allí ya que yo ya no estaba como interventor. Este

material fue colocado sobre un concreto rígido existente deteriorado el cual

previamente fue nivelado con morteros consistentes en mezcla de cemento

con arenón. Este tipo de asfalto en frío no posee capacidad estructural,

consistente en soporte de cargas verticales aportadas por los vehículos o sea,

para que el pavimento no falle o se asiente debe haber un soporte que aguante

esas cargas, las que no las asume el asfalto en frío sino el material que hay

debajo, siendo este el que la soporta, ya que el material estructura en realidad

es el existente debajo de la capa en frío. El material de soporte fue estabilizado

para garantizar la estabilidad estructura del asfalto en frío. Después de casi 5

33

años, parte del asfalto en frío aplicado aun se conserva en las vías por mí

supervisadas a pesar de que el mantenimiento ha sido nulo. La obra se ejecutó

conforme a las especificaciones acordadas con el supervisor del Departamento

y fueron aprobadas por el mismo. La obra por mi supervisada aplicó cerca de

183,60 M3 de asfalto en frío por un valor de 96.050.340, que en asfalto en

caliente podrían constar más de 600 millones de pesos. El asfalto en caliente

consiste en una mezcla de mayor durabilidad porque es sometida a altas

temperaturas antes de aplicarla, el cual no fue aplicado en ningún sitio, siendo

la diferencia más de 500 millones y si se hubiera aplicado este tal vez su

duración era de más de 12 años. Entonces, en ningún momento es de esperar

que el asfalto en frío posea mayores garantías. Las especificaciones del asfalto

en frio dependen de su mantenimiento permanente y al del Municipio no se le

hizo, y aun después de 5 años aun se conserva. Lo que no paso en la normal

ya que allí se aplicó sobre un material de soporte no tenía la suficiente

capacidad para un tránsito normal de vehículos, vía que es de obligado paso,

es decir, es muy transitada. Con lo de la normal, yo lo supongo, porque a mí no

me tocó esa vía como interventor. Es de advertir que el supervisor del

departamento aprobó la ejecución de la obra en asfalto en frío considerando

que este tiene una menor durabilidad pero que es relativamente económico y

ampliaba la cobertura de más vías. Se pavimentaron como cinco calles por el

valor arriba anotado, mientras que en caliente hubiera costado seis veces más.

Entonces se hubiera reducido el proyecto a una sola calle. La administración

era consciente de que se le debía suministrar un debido mantenimiento y

nunca se le hizo. PREGUNTADO: Cuanto tiempo tenía el pavimento en

concreto, adoquín o asfalto del área urbana del Municipio antes de ejecutarse

el contrato 068 de 2009. CONTESTO: más o menos 20 años, teniéndose en

cuenta que el alcantarillado tiene más de 50 años y hace alrededor de 20 años

están tratando de conseguir recursos para actualizarlo o renovarlo. Situación

que no se ha logrado, pueden pasar más de 10 años hasta que esto se pueda

definir. Entonces por eso se utilizo un asfalto en frío que siendo económico

puede cubrir durante ese tiempo, vamos tener cinco años de mejor confort en

las vías sabiendo la durabilidad de los 5 años. Además, teniendo en cuenta el

problema social que genera el mal estado de las vías, es conveniente, de

alguna manera, así sea provisionalmente, conservarlas más agradable y

beneficiosas para la comunidad.PREGUNTADO: Cual era el sentir de la

comunidad urbana de Urrao ante el mal estado del pavimento antes de la

ejecución del contrato 068. CONTESTO: Total indignación puesto que Urrao es

un Municipio de mucho movimiento económico que implica la circulación de

más o menos de más o menos 1500 carros que circulan por el área urbana.

PREGUNTADO: Cual fue la posición de la Gobernación siendo el gran

aportante para la ejecución del contrato 068, para adelantar los trabajos de

asfaltar en frío sobre carpetas existentes. CONTESTO: Tomó el mismo

concepto de que la solución del alcantarillado podía tardar tantos años y que

mientras tanto se tomaran esas medidas provisionales de mejorar la superficie

de rodadura de las vías ante el mal estado que estas presentaban,.

PREGUNTADO: Cuanto es la duración que un pavimento en frío construido

técnicamente según las resoluciones del INVIAS sobre vías públicas urbanas

puede tener. CONTESTO: entre 4 y 10 años, dependiendo del mantenimiento,

34

ya que el asfalto en frío a diferencia al asfalto en caliente no mantiene la

suficiente adherencia sino se le aplica un mantenimiento aplicado, el pavimento

en concreto rígido existente aporta parte de la resistencia estructural que debe

tener el material por debajo de la vía.”

CONSIDERACIONES DEL DESPACHO

El proceso fue aperturado por Auto 224 del 18 de diciembre de 2014, obrante a

folios 85, procediendo este instructor de primera instancia a abordar el

presunto hallazgo y sus soportes, el material probatorio aportado por los

vinculados y las mismas exposiciones de estos que le permitan tomar una

decisión fundada en derecho.

A folio 8 con fecha del 26 de agosto de 2014, se dispone de quejaciudadana,

atendiendo que en enero de 2010 se inicia proyecto de repavimentación con

asfalto en frío por valor de $200.000.000, siendo cuestionada su calidad; se

termina el trabajo, presentándose huecos y que en ciertas partes la

repavimentación de algunas aéreas había sido barrida por la lluvia;

entendiéndose que dichos proyectos, deben tener una póliza de garantía,

puesto en duda que se haya hecho cumplir, cuya garantía era de cinco años;

proyectoque a la fecha no solucionó los problemas del mal estado de las vías

urbanas. El material en frío fue utilizado, además, para reparar las calles de la

normal Sagrada Familia, de la ´Zona Rosa’, la del aserrío de Don Juan Saúl

Cossio y en la que va desde el parque principal hasta el cementerio.

A folio 1, con fecha del 9 de diciembre de 2014, el hallazgoobserva que

evaluada la documentación del Convenio Interadministrativo 2009-CF-20-154,

entre el Departamento y el Municipio, se realizó visita posterior a la obra

ejecutada en pavimento rígido y asfalto en frío, evidenciándose el deterioro en

el asfalto instalado; tomándose el registro fotográfico contundente del

deterioro en las vías intervenidas con el asfalto en frío; resultante del

contrato de obra pública 068-2009 del folio 24, celebrado entre el Municipio e

INGENIERÍA ÚTIL S.A.S., con la interventoría de HUMBERTO RUEDA

FERNÁNDEZ.Agregando sobre las características del pavimento flexible

utilizado en el contrato que éste debe estar constituido por una carpeta

bituminosa apoyada generalmente sobre dos capas no rígidas, o sea la

base y la subbase; no teniéndose en cuenta estas recomendaciones al

aplicarse la carpeta bituminosa de asfalto presuntamente sobre bases de

concreto deteriorado y en otros tramos no preparados de manera previa y

con las irregularidades en las especificaciones técnicas de la mezcla de

asfalto en frío utilizada; sin tenerse en cuenta las especificaciones técnica

del INVIAS frente al evento en que los pliegos de condiciones no describan

exactamente los diseños y cálculos a ejecutar; encontrándose la posible

omisión por parte del contratista de las normas técnicas para la ejecución del

35

pavimento en frío sobre superficies de concreto y adoquines en mal estado, sin

aplicar textualmente la normativa del INVIAS; citando el artículo 100, numeral

100.2, sobre las Especificaciones Generales de Construcción de Carreteras,

entre ellas: Resistente a las cargas impuestas por el tránsito; resistencia a los

agentes de intemperismo; textura superficial adecuada a las velocidades

previstas de circulación de los vehículos; resistencia al desgaste abrasivo de

las llantas y durabilidad. Concluyendo que se presentaronmúltiples

irregularidades en su ejecución porque el material de asfalto aplicado en frío se

deterioró tempranamente, generándose el presunto detrimento por

$298.412.816.

En este aspecto, advierte el despacho que el hallazgo, no obstante hacer

mención a que las supuestas irregularidades presentadas en la obra se

relacionan directamente con el asfalto en frío aplicado, no haciendo

mención alguna de anomalías en la aplicación del concreto rígido, que

también hace parte de la obra, involucra la totalidad del valor del contrato

como presunto detrimento, siendo ello un error desde el punto de vista

técnico y presupuestal para haber fijado el presunto detrimento que tiene por lo

tanto, alta incidencia en el análisis del hecho, por las razones adelante

expuesta en estos considerandos; advirtiéndose desde este momento en que

el despacho prestará especial atención a la situación del pavimento en frío,

más no le prestará mayor atención a los resultados de la obra aplicada en

concreto rígido. Por lo tanto, no es cierto que el presunto detrimento sea por el

valor total del contrato 068, inicial y con su adicción, por $298.412.816, lo cual

pone en entredicho la seriedad del hallazgo con base a la queja formulada, en

tanto que la objetividad del daño o detrimento se pone en entredicho, si es de

ajustarse al artículo 48 de la Ley 610 de 2000 para proceder a la imputación.

Es necesario observar lo que dispone la cláusula Primera del contrato 068-09,

relacionada con su Objeto, disponiendo la pavimentación en concreto rígido y

asfalto en frío, de acuerdo a las especificaciones presentadas por el

Municipio y a la cotización presentada por el contratista; sosteniendo este

instructor que al haber de por medio un proceso licitatorio como tal fue

agotado, hubo estudios previos y condiciones técnicas preestablecidas y

recogidas, obligatoriamente, en la parte contractual a las cuales las propuestas

debían someterse.

Y consecuente con lo anterior, mírese la clausulaSegunda observando ésta

que el contrato se ceñirá a las normas y especificaciones técnicas, planos,

diseños, etc., suministrados por el Municipioy que éste podrá hacer cambios

en los planos y especificaciones por conveniencia de diseño o eventos

excepcionales, acordadas en actas de modificaciones entre el Interventor

y el Contratista. Si el Contratista desea hacer cambios, el Municipio se

36

reservará el derecho de autorizarlas o no. La Quinta fija el valor inicial del

contrato en $198.983.824.

Atenidos a la sana lógica, es de aceptarse que si el clausulado del contrato 068

concibe lo anterior es porque tiene consecuencia directa del convenio

Interadministrativo 2009-CF-20-154 celebrado entre el Departamento y el

Municipio, en el cual el primero aporta la totalidad del recurso para la ejecución

de la obra; sabiéndose además, que el Municipio para acceder a esos recursos

tuvo que haber presentado un proyecto técnicamente justificado y de acorde a

la metodología exigida por el Departamento para su aprobación por parte de

quien impone las condiciones.

Prosigue el contrato de obra pública 068 en la cláusula Decima Tercera sobre

las Obras mal ejecutadas, en tanto que el interventor podrá rechazarla y no,

aceptar para el pago la totalidad o parte de la obra ejecutada que no se ajuste

a los planos, especificaciones o si han empleado materiales inadecuados.

Mientras que la Séptima, sobre Multas, dispone que si el contratista

incumpliera alguna de las obligaciones contraídas, se le impondrá multa

equivalente del 10% del valor del contrato.

Y si este instructor se va al fondo de lo dispuesto por las dos anteriores

cláusulas, encuentra que en la ejecución del contrato no hubo rechazo alguno

por parte de la interventoría ni mucho menos, la imposición de multas por

incumplimiento de las obligaciones contraídas por el contratista.

A folio 33, efectivamente, según los comprobantes de egreso expedidos entre

marzo al diciembre de 2010 el Municipio canceló la suma total $298.412.816,

siendo esto muestra de haberse entregado y recibida la obra con el

consentimiento del funcionario competente de la Gobernación para la debida

ejecución del convenio traducido en los procesos licitatorio y contractual, más

la anuencia del interventor y del Municipio mismo.

A folio 45vto, del 15 de marzo de 2010 obra comunicación de propietarios de

viviendas de la carrera 29 con calles 29 y 28, solicitando ser tenidos en cuenta

en la pavimentación de la carrera 29 con calles 29, 30 y 31; indicando con ello

el sentir de la comunidad por el mal estado de ciertas vías urbanas que desde

años atrás ha caracterizado a Urrao, que siendo un municipio de especial

atractivo turístico, de un alto movimiento económico por su potencial agrícola y

comercial y, tener una pequeña ciudad que en su población urbana ascendía

para la época del hecho a 15.125 habitantes, en el área rural a 23.798, para un

total de 38.923, tiene una de las necesidades más sentidas como es disponer

de vías urbanas y rurales en aceptables condiciones en aras de asegurar

calidad de vida, organización, bienestar y progreso. ¿Qué es lo que más afecta

a una comunidad en el goce del espacio público? La falta de espacios en

37

condiciones agradables; deportivos, recreativos y de ocio; la no disponibilidad

del ornato y amoblamiento, así como el mal estado de sus vías, guardando la

esperanza de que las administraciones municipales cumplan con sus

competencias y funciones para que con base a sus propios recursos o a la

gestión liderada por sus alcaldes garanticen esas posibilidades, siendo el

Municipio, no solo como entidad administrativa sino también territorial, el punto

de encuentro primario o más cercano entre la población y sus instituciones que

se deben a ella para que le resuelvan sus problemas básicos de manera

solidaria y armoniosa con el medio ambiente.

A folio 50 del 7 de julio de 2010 obra Adición 2 del convenio interadministrativo

celebrado entre el Departamento y el Municipio, disponiendo adicionarlo en

$100.000.000, para un total de $298.983.824. Reitérese que es aquel la

entidad la aportante absoluta de ese recurso en dinero para un objetivo

especifico: pavimentación en concreto rígido y asfalto en frío.

A folios 54Vto, en la Adenda 3 al Pliego Definitivo de Condiciones del 21 de

noviembre de 2009 se dispone que el Municipio asume los riesgos sobre la

estructura actual de las vías que serán objeto de la colocación de la Carpeta de

rodadura en asfalto en frío y concreto rígido y que el Contratista asumirá los

demás riesgos contemplados en el Pliego Definitivo de Condiciones.Igual, el

Municipio asumió ese riesgo, pero con el consentimiento de quien aportó

el recurso, porque de no haber sido así, otra situación pudiera estarse

enfrentando;tanto es así, que la obra se ajustó de acuerdo a lo que hoy esta

construido.

A folio 65 obra oficio del alcalde hoy vinculado y dirigido al Secretario de

Infraestructura Física del Departamento, del 29 de enero de 2009, enviando

presupuesto para el proyecto de pavimentación, para esa época valorado en

$349.930.534 a folio 65Vto, expresando que la comunidad aportaría la mano

de obra no calificada y el Municipio los costos por la administración e

imprevistos causados. Agregando este instructor que ello hace parte de la

gestión misma que deben emprender los mandatarios locales ante otras

entidades, bien departamentales o nacionales, ante la falta de disponibilidad de

recursos propios o apalancados en créditos, situación ésta última que los

hacen sopesar prioridades antes las necesidades comunitarias insatisfechas

de una larga lista por enumerar en un Estado donde su ausencia es de

absoluta relatividad.

A folio 90 obra auto 044 del 20 de marzo de 2015, ordenando de oficio un

informe técnico de ingeniero previa visita al lugar de la obra, el cual a la fecha

de esta providencia no ha sido rendido y que por principios de celeridad y

economía procesal no lo esperará más, atendiendo las circunstancias mismas

del proceso que dan pie a la decisión que se ha de tomar en esta providencia.

38

A folio 100 obra Acta de Avance de Obra ejecutada y recibida 03 y final del 28

de octubre de 2010 del contrato de obra pública 068, aportada por parte del

representante legal de la empresa contratista, HERNANDO DE JESUS

CASTRILLON MORALES, suscrita por éste, el secretario de Planeación y

Obras Públicas MILTON BLADIMIR HERRERAMACHADO y con el visto bueno

del alcalde LUIS ERNESTO VELEZ MADRID, conteniendo la Reserva

presupuestal 23421106 por $298.475.736, con un plazo de 150 días,

perfeccionado el contrato el 29 de diciembre de 2009e iniciado el 16 de

marzo de 2010.Contemplando el acta que después de realizada visita a la

obra, recibió el Municipio las cantidades de obra contractuales a entera

satisfacción. El mismo CASTRILLON MORALES, agrega además, a folio 102,

y lo cual es reiterado en esta providencia sobre el anexo 1, de acuerdo a la

Audiencia de Riesgos, en la que se observa que el Municipio asumía los

riesgos sobre la estructura actual de las vías objeto de la colocación de la

Carpeta de rodadura en asfalto en frío y concreto rígido; lo cual fue consentido

por el mismo Departamento a través del funcionario designado para la

supervisión del cumplimiento del convenio interadministrativo que permitió la

contratación de la obra pública de pavimento urbano; siendo así, que la obra se

ejecutó sin inconvenientes o raparos por parte del mismo.

Aporta a folio 103 la propuesta extracontractual de Ingeniería Útil S.A.S. sobre

el Diseño y Alcantarillado de la carrera 32 entre calles 32 y 33 o calle de La

Normal por $50.890.825; lo cual le indica a este instructor el alto costo que le

implica al Municipio adelantar la reposición de sus obsoletas redes de

acueducto y alcantarilladlo, cuando una sola cuadra demanda para la época de

la oferta el valor anterior y, cuyo recurso no se tenía presupuestado dentro del

contrato.

De igual manera, a folio 106, entrega el representante legal de la empresa

contratista INGENIERÍA UTIL S.A.S., copia de la comunicación dirigida al

alcalde VELEZ MADRID, del 10 de febrero de 2011 sobre la ejecución de la

obra del contrato 068, en la que manifiesta que ésta se realizó cumpliendo

lo pactado sobre las normas y especificaciones técnicas, de acuerdo al

convenio interadministrativo, al contrato de obra pública y al pliego de

Condiciones.Le recuerda sobre las obras ejecutadas en la vía de la

Normal, los problemas presentados, siendo intervenida en asfalto en frío,

mostrando filtraciones de aguas por escorrentías en épocas de lluvias y

las normales por su localización topográfica cercana al río. En su

infraestructura, no tiene definido su alcantarillado, ya que el actual tiene

más de 40 años de servicio, siendo obsoleto, y que con los recursos

disponibles no se permite ni se aprueba hacer algún tipo de acabados o

intervenciones de carpeta de rodaduras en vías que no tengan definidas

totalmente sus obras de acueducto y alcantarillado. Agregando este

39

instructor que no puede dejar de observar la poca altura sobre el nivel del río

Penderisco en que se encuentra gran parte de la zona urbana urradeña, que

produce humedad unida a la alta precipitación de lluvias y que influyen en el

medio urbano.

Es así, prosigue en su comunicado al alcalde, que de acuerdo con la

coordinadora del convenio interadministrativo de la Gobernación, se

autorizó darle un tratamiento de tipo transitorio al acabado de la vía de La

Normal, con el fin de amortiguar los lodazales que se estaban generando

al paso de los vehículos y a los perjuicios causados a las viviendas y

habitantes de este sector, mientras que el Municipio hiciera una

intervención real y ajustada a las necesidades de la vía, y fue así como

quedaron las obras recibidas por parte de la Ingeniera Adriana Patricia

Muñoz, coordinadora del Convenio con la Gobernación de Antioquia.

No se puede olvidar, según el recuento traído y por traer en estos

considerandos, que el presunto detrimento por la pavimentación nada tiene

que ver con el concreto rígido y en lo referente al asfalto en frío, se orienta

exclusivamente a la vía de La Normal, más no a las otras obras a las que se

les colocó esta carpeta asfáltica, lo cual fue revuelto, erróneamente por parte

del quejoso y, más preocupante, por el técnico de la Contraloría que no

especificó en detalle las presuntas irregularidades vía por vía, limitándose a

citar las normas técnicas del INVIAS e ignorando por completo lo dispuesto en

el convenio, en el pliego de condiciones y en el contrato mismo.

Prosigue CASTRILLON MORALES en que las dificultades presentadas por la

vía de la Normal o calle 29 entre carreras 32 y 33, fueron advertidas y

cuestionadas en oficio dirigido al Ingeniero MILTON HERRERA e Interventor

Ingeniero HUMBERTO HERNÁNDEZ; radicado en Planeación el 8 de Mayo de

2010; indicandoque antes de iniciarse cualquier tipo de trabajos, debía tenerse

claridad y solución a los problemas presentados, ya que dentro del

contrato no hay ningún tipo de intervención en las estructuras de

subrasante de la vía a intervenir. Dichas obras fueron ordenadas por

Planeación; iniciándose trabajos el 28 de septiembre, según registro en la

bitácora de obra, haciendo salvedad sobre la falta de filtros, problemas en

su estructura de subbase y base; siendo asentado en la bitácora y que la

colocación del asfalto en frío era un trabajo temporal. Informándole al

alcalde que cualquier tipo de trabajos como parcheos u otros, que se le

hagan al acabado de la vía, no funcionarían ya que requiere previamente

hacerle las obras de alcantarillado, filtros y estructura de la vía; de lo

contrarios, se desperdician recursos y tiempo.

Considera este instructor, haciendo un paréntesis en su argumentación, que en

el evento de imputarse en este proceso, obligatoriamente la entidad contratista

40

tendría que desvincularse por la ausencia total de culpa grave, habida cuenta

que lo por ella ejecutado estaba concebido en el contrato de acuerdo al

convenio y pliego de condiciones de la licitación.

Agrega el representante de la empresa contratista, además, que en oficio

radicado en septiembre de 2010 en el despacho del secretario de Planeación

HERRERAMACHADO,se señala y se deja constancia que de acuerdo al

contrato 068 - 09 y su cláusula de garantías, este tipo de obras en asfalto

en frio no tienen póliza de estabilidad o duración en el tiempo. A folio 111,

obra comunicación del 23 de septiembre de 2010 dirigida por CASTRILLON

MORALES al secretario de Planeación, solicitándole ser eximido de las Pólizas

de Garantíasy Amparo por Estabilidad; ya que se han expedido las Pólizas de

Seguros, para los conceptos de carpeta de rodadura en asfalto en frío con

espesor de 10 centímetros y que por sus condiciones particulares, técnicas y

constructivas de este tipo de material asfaltico, en el que intervienen diferentes

factores de durabilidad y estabilidadque pueden ser desde los 2 a 5 años

máximo de permanencia, ninguna empresa contratante exige las garantías de

duración para éste tipo de obras.

A folio 113, obra informe del 3 de noviembre de 2010 dirigida al secretario

HERRERA MACHADO, por el residente de obra de Ingeniería Útil, Fernando

Muñoz Henao, sobre las obras de la vía a la Normal o calle 29 entre carreras

32 y 33, que una vez realizada la obra se observa que en las temporadas de

lluvia la vía no seca, permaneciendo húmeda en su superficie en un 80%

de su área, debido a las infiltraciones de aguas lluvias que recorren por el

lado izquierdo y entre la subbase y la carpeta de rodadura, aflorando en la

parte baja de la vía; por lo cual puede volver a presentar fallos ante el

requerimiento de filtros perimetrales a cada lado en su parte alta en el

empalme de la carrera 32 que es por donde más agua de escorrentía

penetra; siendo observado cuando se estaba terminando el acabado en

su parte baja llegando a la variante; encontrándose cerrada con el fin de

que seque, evitando que se cuartee por el tránsito de los vehículos.

Históricamente la vía ha demostrado fallos en sus diferentes acabados

colocados, entre ellos el adoquín, debido a las aguas de escorrentía que

corren internamente en la vía. Para cualquier tipo de acabado futuro de

esta vía debe tenerse en cuenta el diseño y filtros, evitando daños

posteriores. Es de anotar que para este tipo de acabado no lo amparan las

garantías contractuales. De folios 115 al 120 se presenta registro fotográfico

sobre las obras en la vía en mención; y a folio 121 adjunta cuadro de ensayo

de resistencia sobre asfalto en frio y concreto rígido de las obras ejecutadas en

la zona urbana.

La obra de La Normal, agrega este instructor, estaba plenamente identificado

el comportamiento de lo existente y sobre lo cual se colocaría el asfalto en frío,

41

sabiéndose de las consecuencias que la solución dada, prevista y acordada a

corto plazo, presentaría a los tres o cuatro años por la imposibilidad de

disponer del recurso para atender las exigencias técnicas que ella demandaba;

primando sí una respuesta que no permanente a largo plazo, provisionalmente

y de acuerdo al recurso presupuestal, permitía un gocecomunitario como parte

del bienestar general y mejoramiento de la calidad de vida. ¿Se despilfarró el

recurso en las vías urbanas a las que se les vació el asfalto en frío en general y

particularmente al de la calle de La Normal?Difícil respuesta, ya que se

enfrenta al dilema de una obra esperada y solicitada por la comunidad

contando con los recursos que en su totalidad no permitían la solución integral

de la necesidad, si se tienen en cuenta los costos del cambio de redes de

acueducto y alcantarillado, la construcción de filtros para recoger aguas de

escorrentía y el levante de un material existente, por solo citar estos, o no

construir nada para seguir afrontando el problema, o construir y afrontarlo a la

vuelta de cuatro años.¿Ante esto que hace entonces un alcalde? Teniendo un

compromiso de servirle a la comunidad promoviendo la prosperidad y el

bienestar para el mejoramiento de la calidad de vida de su misma población,

exigiéndosele construir las obras que demande el progreso local.

De folios 126 a 139 el exalcalde LUIS ERNESTO VELEZ MADRID, en su

exposición, entre los documentos aportados, se encuentra registro fotográfico

sobre las obras de concreto rígido y asfalto en frío; en las cuales se aprecia

vías donde se adelanta el vaciado en concreto y en otras, el concreto se

encuentra en perfectas condiciones; vías a las que se les ejecutó la subbase y

carpeta de rodadura imprimadas. Dentro del mismo documento del registro

fotográfico, a folio 134 se encuentra la respuesta dada a la Contraloría sobre

el problema presentado con el asfalto en frío en la calle de La Normal,

observándose que la vía fue afectada por la ola invernal de los años 2010

y 2011, generándose roturas de algunas tuberías y de aguas infiltradas de

predios y calles vecinas por saturación del terreno; evidenciándose en las

fotografías la vía ejecutada en perfectas condiciones y cuando empezó a

colapsarse por la ola invernal.Dada la situación, se le solicitó al

contratista realizar las reparaciones, las que debido a la afectación del

terreno serían provisionales por exigir en el futuro de la reposición

definitiva del alcantarillado y construcción de filtros para aguas de

escorrentía.

Agrega que en visita a las obras por parte de la funcionaria de la

Gobernación y encargada del convenio interadministrativo y en acuerdo

con la comunidad fue decidido que los trabajos serían provisionales

mientras se ejecutaban otros más especializados debido a la afectación

de la vía por la ola invernal 2010 – 2011.

42

El documento sobre las obras del asfalto en frío trae registro fotográfico

desde el folio 134 a la 139, en las cuales se inicia mostrando la vía de la

Normal en buenas condiciones una vez asfaltada con sus respectivas

llaves laterales a las aceras; luego se percibe el asfalto con parches de

agua por afloramiento y las consecuencias por la ola invernal,

presentando registro de huecos por desprendimiento del asfalto y el

acondicionamiento para el resane y realización de éste de manera

provisional, como así fue acordado; agregando que dadas las

circunstancias de la naturaleza se evidencia que el contratista y el

Municipio cumplieron con la actividad programada; y que en la actualidad

se encuentra cerrada ya que fue reparada y para su reapertura en 15 días

después de sus reparaciones.

Aspectos estos absolutamente desconocidos por el quejoso y por la auditoría

que atendió la queja, la que actuó más movida por su afán de rendir un informe

de verificación sobre lo expuesto ante la Contraloría sin preocuparse por

auscultar la real situación pero si transcribiendo la normativa del INVIAS para

la ejecución de esta clase de obras por la supuesta omisión de definir las

condiciones técnicas en los pliegos y en el contrato mismo por parte del

Municipio; en lo cual no se tuvo en cuenta, advierte este instructor sobre el

contenido de la queja y el informe auditor, la limitante presupuestal y el objetivo

concebido de una solución provisional a corto plazo, involucrando

inexplicablemente la totalidad de la obra ejecutada en pavimento rígido y

asfalto en fríopara sostener a la vuelta de cuatro años de haberse

terminado la obra, el presunto detrimento por el valor del contrato inicial y su

adición; observando la auditoría un gran deterioro en el asfalto instalado más

no en el concreto rígido; advirtiendo el auditor que sobre la existencia del

registro fotográfico traído se desprenden las pruebas contundentes del

deterioro en las vías intervenidas con este material en las calles de La Normal,

de la Zona Rosa, del aserrío de Don Juan Saúl Cossío, en la que va desde el

parque principal hasta el cementerio y la entrada principal.

El mismo documento aportado por VELEZ MADRID, expresa que frente a la

observación planteada por el hallazgo de la auditoria regular con relación a la

póliza 65-44-101039302, por no constituirse el riesgo a la estabilidad y calidad

de obra, no cumpliéndose lo contemplado en el numeral 7.6 del Artículo 7 del

Decreto 4828 de 2008, el cual dispone que el valor de esta garantía se

determinará en cada caso de acuerdo con el objeto, el valor, la naturaleza y las

obligaciones contenidas en cada contrato. Agregando que la vigencia no será

inferior a cinco (5) años, salvo que la entidad contratante justifique

técnicamente la necesidad de una vigencia inferior; se responde por parte del

Municipio que la estructura de pavimento en frío tiene como base un concreto y

una superficie que ya cumplió su vida útil por lo tanto esta estructura no se

incluyó dentro del contrato; el trabajo realizado es una repavimentación sobre

43

una base existente; por lo anterior ninguna compañía aseguradora expediría

esta póliza; por lo que el Municipio aclaró ésta situación al pliego de

condiciones a través de la adenda presentada.

Lo anterior, agrega este instructor, es fiel manifestación de que la obra del

asfalto en frío tenía un carácter provisional y colocado sobre material en

concreto o en asfalto ya existente, previamente acordado con la Gobernación,

el Municipio, el Interventor y el Contratista; corroborando esto, mírenselos dos

siguientes párrafos:

A folios 140, VELEZ MADRID aporta documento de la Secretaría de

Infraestructura Física de la Gobernación sobre la obra de pavimentación

en concreto rígido y asfalto en frío del contrato 068, en el que se expresa

que las obras se encuentran totalmente terminadas de acuerdo a las

condiciones contractuales, técnicas y presupuestales, ejecutándose

1.099,84 metros lineales en concreto y asfalto en frío, mejorándose unas

de las vías más transitadas y recorridas, de mayor importancia dentro del

sistema vial urbano, repercutiendo positivamente en la calidad de vida de

sus habitantes y dándole un mejor aspecto y amueblamiento a la zona

urbana; dejando constancia que la ejecución de las obras afrontó lluvias

aisladas de regular y gran intensidad.

Además, en el mismo documento, se justifica el cambio en la obra ya que

en el asfalto en frío no se presupuestó la imprimación, indispensable

para una adecuada adherencia; agregando este instructor que es ésta la

aplicación de un ligante asfáltico sobre una superficie no asfáltica, con el objeto

de prepararla para recibir cualquier otro tratamiento asfáltico. La imprimación

penetra o es mezclada en la superficie de la base y cierra los vacíos, endurece

la superficie y colabora con la ligazón con la carpeta asfáltica a colocar y cuya

función es establecer una continuidad entre la superficie existente no tratada y

la otra carpeta a ser colocada, de forma que el ligante penetre ligeramente por

gravedad, impregne la superficie ennegreciéndola y la dote de una

impermeabilidad uniforme, sin polvo, ni partículas minerales sueltas, haciendo

posible la extensión de los tratamientos asfálticos superiores en condiciones

adecuadas. Las imprimaciones son, típicamente, aplicaciones de riego de

asfalto de baja viscosidad sobre una base granular, en preparación para la

colocación de una mezcla asfáltica; recubre y liga las partículas minerales

sueltas en la superficie de la base; endurece o refuerza la superficie de la

base; impermeabiliza la superficie de la base y la mezcla asfáltica.

En el documento de la Gobernación aportado por VELEZ MADRID, se

manifiesta que en el desarrollo del plan de calidad del interventor todas

las actividades se realizaron en común acuerdo entre el Interventor y el

Contratista, con la aprobación del secretario de Planeación y Obras

44

Públicas del Municipio; se ejecutaron cumpliendo todas las normas

técnicas, de calidad y de seguridad establecidas para el desarrollo del

contrato; el control fiscal y de liquidación de obra se realizó en conjunto.

Agregando el documento de la Gobernación, que se había considerado que

para la pavimentación en concreto rígido de la carrera 29 entre calles 29 y 31,

que presentaba un pavimento también en concreto en rígido, pero bastante

deteriorado debido al mejoramiento de los sistemas de acueducto y

alcantarillados, solo se aplicaría un concreto de nivelación de 150 Kgs/cm2

antes del concreto estructural y que al empezar los trabajos se determinó que

el pavimento existente debía levantarse atendiendo su alto deterioro, donde el

concreto de nivelación sería exagerado; los niveles de andenes bajos, que al

ser vaciada encima una capa de concreto de 18 centímetros, quedarían

tragados y los sitios de falla presentes en la base inferior del pavimento

existente, aunque se creía que el material portante poseía la resistencia y la

estabilidad suficientes. Creyéndose que con ciertos trabajos de actualización

del acueducto y alcantarillado se había mejorado la capacidad portante del

terreno, pero resultó que solo tenían lleno las brechas con gravilla no

compactada y encontrándose un suelo de consistencia arcillosa con alto

contenido de humedad, llevando a obras extras como retirar el pavimento

existente, levantar y reemplazar el material de soporte encontrado en malas

condiciones, teniendo como consecuencia el encontrarse otros inconvenientes,

tales como la presencia de domiciliarias del acueducto y alcantarillado

imposibles de no afectarse en algunos sitios y en otros no ser reemplazadas;

siendo necesario utilizar como refuerzo de la placa de concreto malla electro

soldada para absorber las posibles deflexiones que se puedan presentar por

los asentamientos diferenciales ocasionadas por heterogeneidad en la

compactación de la base. Admitiendo que para el asfalto en frío no se

presupuestó la imprimación, indispensable para una adecuada

adherencia. Es así, que como consecuencia de estas principales y otras

determinaciones, se generan los cambios en la obra; teniéndose en cuenta que

no se está facturando el trabajo realizado por la retroexcavadora y dos

volquetas que aportó el Municipio para levantar pavimento existente, excavar,

botar material sobrante, suministrar y transportar material de préstamo para

llenos. Concluyendo que a casusa del cambio de obra, para complementar

la pavimentación de concreto rígido, se reduce la meta física de la

pavimentación de asfalto en frío.

A folio 148, el exalcalde VELEZ MADRID, aporta en su exposición otro

documento de la secretaría de Infraestructura Fisca de la Gobernación en el

cual se aprecia que la vía de La Normal en su estado inicial se encontraba

en adoquín totalmente expandido por acción de las aguas de escorrentía

que filtran la estructura de la vía a causa de la cantidad de aguas lluvias

filtradas y que afloran por falta de drenajes. El 29 de septiembre de 2010 se

45

ordena por la Interventoría ejecutar la carpeta asfáltica en frío, haciendo la

salvedad de que la obra es provisional al no disponerse del recurso para

el cambio de las viejas redes del alcantarillado, sin poderse realizar un

acabado definitivo y perdurable de la rasante de la vía.El asfalto en frío se

ejecutó por petición de los residentes en la vía atendiendo los problemas

originados por la cantidad de lodo y sedimentos que generaban los

vehículos, por ser de una vía de tránsito vehicular pesado y concurrido,

siendo entonces ésta la solución inmediatista más viable para la solución

provisional del problema y que se le ordenó al contratista ejecutar.

A folio 150, VELEZ MADRID aporta acta de socialización y recibo de las obras

con la comunidad beneficiada, del 1 de diciembre de 2010, según el convenio

2009-CF-20-154 suscrito entre en Departamento y el Municipio, con la

asistencia del alcalde VELEZ MADRID, el secretario de Planeación HERRERA

MACHADO y la presidente de la Asocomunal, Amparo Urrego Díaz; en el que

se informa del proyecto y cuyo propósito e intención general fue mejorar el

acabado de las vías y así cumplir por parte de la Administración

Municipal con el compromiso del mejoramiento de la calidad de vida de

los habitantes y del amoblamiento urbano de la zona céntrica,

permitiendo un mayor tránsito vehicular y peatonal.El interés de la

alcaldía fue darle un tratamiento a las rasantes de las vías con más

tráfico, esperando a futuro ejecutar el plan maestro del acueducto y

alcantarillado requerido y proveer un acabado duradero y definitivo a red

vial urbana.

En la misma acta se describen las obras consistentes en: 1. Placas de

concreto existentes en mal estado para recibir la carpeta asfáltica; 2.

Colocación de concreto hidráulico para vías que ya tengan definidos los

nuevos alcantarillados y acueductos y; 3. Colocación de carpeta asfáltica

en frío para mejoramiento del acabado de las vías que mayor lo requieran

por su tránsito peatonal y vehicular.

Detállese las vías que fueron intervenidas y la clase de pavimento colocado,

según el Acta. En concreto rígido:carrera 29 entre calles 29 y 31 del barrio

Obrero, con un área de 939.17 M2 y una cantidad de 183.60 M3, demoliendo

las placas viejas, vaciado del concreto, reforzado nuevo, con un impacto y

beneficio de su acabado final al contar con obras de acueducto y

alcantarillado. En asfalto en frío:1. Calle 32 entre carreras 22 y 24 del

Hospital, con un área de 1.346,20 M3, con resanes en concreto para

nivelación. 2. Carrera 31 entre calles 26 y 27, empalme en Cantaclaro con área

de 247,31 M2, haciéndose resanes en concreto para nivelación y se coloca la

carpeta asfáltica. 3. Calle 29 entre carreras 32 y 33 o de La Normal con un

área de 585,76 M2, con subbase para la colocación de la carpeta asfáltica,

dando acabado con asfalto en frío, de manera provisional.4. Carrera 30

46

entre calles 20 y 29, zona Rosa con un área de 682,35 M2, con resanes en

concreto para nivelación y se coloca la carpeta asfáltica. 5. Carrera 31 entre

calles 31 y 32, en Palenque, con un área de 712,12 M2, se hacen resanes en

concreto para nivelación y se coloca la carpeta asfáltica. 6. Calle 27 entre

carreras 30 y 31 y calle 30 entre calles 27 y 28, Cantaclaro Edatel con un área

de 1.073,24 M3, haciéndose resanes en concreto para nivelación y se coloca la

carpeta asfáltica.

En el acta se presenta el valor total de las obras ejecutadas, tanto

contractuales como adicionales y extras. Los recursos para la ejecución de

estas provienen del Convenio celebrado con la Gobernación de Antioquia, con

un costo directo de $238.779.805, más el AIU del 25% por $59.694.951, para

un valor total de $298.475.756, teniéndose en cuenta la nivelación en concreto

de 30,3 M3 por $5.509.207, la carpeta de rodadura en asfalto en frío con un

espesor de 4 centímetros para una cantidad de 4,769,24 M2 por $100.106.348

y pavimento en concreto hidráulico de 18centímetros de espesor en una

cantidad de 183,6 M3 por $76.840.272, más las obras extras.

Termina el acta con los indicadores de impacto social y económico con la

ejecución del proyecto, beneficiando a 10.000 personas y en el cual trabajaron

16 por el tiempo de ejecución del mismo.

A folios 196 al 201 el vinculado y exsecretario MILTON BLADIMIR HERRERA

MACHADO, aporta al proceso material fotográfico sobre el estado de la carrera

29 entre calles 29 a la 31, para antes, durante y después de la ejecución de la

obra.

De igual manera, a folios 214, aporta copia del oficio 070961 del 12 de mayo

de 2011 remitido por el coordinador del Equipo Auditor y dirigido al alcalde

VELEZ MADRID, sobre los resultados del estudio en mesa de trabajo de las

respuestas dadas al preinforme de la auditoría con enfoque integral

vigencia 2010, lo cual es diferente al motivo de la queja que originó el

proceso 225-14, realizada en el Municipio y del cual se extrae lo siguiente con

respecto al contrato 068-09, observando éstas presuntas irregularidades; lo

que es traído a esta providencia con el fin de hacer las debidas y relacionadas

conclusiones entre ambos procesos independientemente planteados por los

auditores adscritos a Indagación Preliminar que atendió la queja y la Auditoría

Integrada que realizó la visita ordinaria y regular:

1. En la revisión de las cantidades de obra se detectaron diferencias en

algunas, generando un presunto detrimento patrimonial por obra pagada y no

ejecutada por valor de $22.292.241, según los siguientes ítems: A.Carpeta de

rodadura en asfalto en frío con un espesor de 4cms.B.Pavimento en concreto

hidráulico con un espesor de 18cmsC.Suministro y colocación de emulsión

47

asfáltica para imprimación, incluyendo regada. D. Suministro y colocación de

malla electrosoldada para placas de concreto en todas sus áreas, incluyendo

traslapos.

Sobre el anterior hallazgo, precisa este instructor dos aspectos esenciales:

siendo el primero, que ese hallazgo hace relación al pavimento en asfalto en

frío y en concreto rígido, supuestamente por obras pagadas y no ejecutadas;

es decir, por diferencia de obra y; lo segundo, que no hace mención absoluta a

la calidad en general de las obras; sabiéndose que fue llevada a cabo dicha

auditoría en el 2011 sobre la vigencia 2010, por en presunto detrimento de

$22.292.241. Especial diferencia cuantitativa del presunto detrimento con el

proceso 225 – 14 por $$298.412.816.

2. En el pavimento ejecutado en la calle 29 entre carreras 32 y 33 o calle de La

Normal, se observa que la vía presenta ondulaciones y piel de cocodrilo, lo

cual evidencia que la calidad de la obra no cumplió con las especificaciones

técnicas de una vía vehicular; anotando que se encuentra cerrada, generando

un presunto detrimento por $12.654.871, originado en la Carpeta de rodadura

en asfalto en frío con un espesor de 4 centímetros en un área de 602,9 M3 por

$15.818.589, incluido el AIU del 25%.

En este aspecto, sostiene este instructor de primera instancia, la auditoría

regular hace especial mención a la situación de la calle de La Normal al

presentar ondulaciones y piel de cocodrilo, aduciendo la falta de

especificaciones técnicaspor un presunto detrimento de $15.818.589; y que al

momento, desconocía la real situación de lo sucedido, encontrado, acordado,

determinado y ejecutado por la Gobernación, Municipio, Interventoría y

Contratista. Obsérvese, de igual manera, que este presunto hallazgo cuantifica

individualmente la diferencia, lo que no sucedió con el informe de la auditoría

que atendió la queja, cuantificando inexplicablemente el detrimento por la

totalidad del valor inicial y adicional del contrato ejecutado ejecutado.

3. De igual forma, se omitió el cobro del 5% por concepto de impuesto de

seguridad, inobservando el Artículo 6 de la Ley 1106 de 2006, además, se

generó un presunto detrimento patrimonial por valor de $1.989.837.

4. No se observa en la póliza 65-44-101039302, el riesgo de estabilidad de

obra, inobservando presuntamente el numeral 7.6 del Artículo 7 del Decreto

4828 de 2008.

El despacho no se pronunciará sobre el numeral 3º, habida cuenta que no es

necesario; igual que no volverá a pronunciarse sobre el 4º, sabiéndose que en

el proceso 225 – 14 no fue vinculada ninguna aseguradora pero que, no

48

obstante, fue suficientemente aclarada la razón sobre el caso en el transcurrir

de este acto administrativo.

Prosigue el oficio 070961que una vez analizada la respuesta dada por la

entidad territorial a la auditoría regular ordinaria vigencia 2010, se retiran las

observaciones, generando un beneficio a la auditoría con base a:

La C.G.A. realizó nueva visita a la obra, con el secretario de Planeación

del Municipio, el contratista de la obra y los funcionarios de la C.G.A.,

Henry Ramírez y Hernán Vásquez, permitiendo verificar el faltante de

obra por medir el cual se encontraba inmerso en los resaltos y en el

ancho promedio. La diferencia de obra contabilizada, fue consignada por

el contratista, generando un beneficio auditor.

Las mediciones realizadas a la obra, se hicieron en piso en concreto

rígido y flexible.

Sobre el 5% del impuesto de seguridad, el Municipio evidencia el pago

de dicha contribución.

En lo que tiene que ver con la no solicitud a la estabilidad de obra para

la póliza 65-44-101039302, se evidenció que la construcción fue

realizada sobre un piso existente y el piso en frío no garantiza su

estabilidad en el tiempo.

Retoma este instructor apartes de lo expuesto por los vinculados en sus

respectivas diligencias, permitiendo con ello reforzar el sustento anterior de

esta providencia.

A folio 96 obra exposición del representante legal de la entidad contratista

INGENIERÍA ÚTIL S.A.S., Hernando de Jesús Castrillón Morales, quien

expuso que la obra fue recibida a satisfacción, según el acta suscrita por parte

del ingeniero HERRERA MACHADO y del alcalde VÉLEZ MADRID. Agrega

que en el anexo 1 de la Audiencia de Adjudicación se dice que el Municipio

asume los riesgos sobre la estructura actual de las vías objeto de la

colocación de la carpeta de rodadura de asfalto en frío y concreto rígido.

Indica que sobre la calle de La Normal o calle 29 entre carreras 32 y 33, para

ser intervenidacon la colocación de asfalto en frío debía solucionarse los

problemas del alcantarillado existente con más de 40 años.La vía presentaba

problemas de filtraciones de agua de escorrentías en época de lluvia y

filtraciones normales por la localización topográfica en la parte baja del

pueblo.En cuanto a las otras vías a las que se les colocaría asfalto en frío,

las estructuras de soporte tenían placas estructuralmente reventadas,

permitiendo la infiltración de aguas; igual que la parte donde estaba

49

adoquinada se advirtió que contenían mucha humedad en la estructura

de soporte.Las aguas lluvias que caen de los aleros a las calles son de

considerable altura, provocando erosión y desprendimiento del

pavimento en frío.El secretario HERRERA MACHADO observó el no

disponerse de recursos para el cambio de la estructura de soportes a las vías;

resultando entonces que sobre la estructura existente sin la suficiente

capacidad de soporte se colocó el pavimento en frío.A víasvaciadas en

concreto rígido se les cambió la estructura de soporte consistentes en la

subbase y base granular; encontrándose en perfecto estado. Entiende el

representante legal de la empresa contratista INGENIERIA UTIL S.A.S. que las

aseguradoras no expiden póliza de estabilidad para 5, sino para 2 años en

obras de pavimento en frío.El asfalto en frio no tenía durabilidad de más de dos

o tres años al carecer de estructura de soporte y por los problemas de

infiltraciones de aguas, tanto de escorrentía como por la de infiltración de

terrenos.

A folios 122 cursa exposición del exalcalde LUIS ERNESTO VELEZ MADRID,

quien sostuvo queel objeto contractual fue pavimentación en concreto rígido y

asfalto en frío y en el informe de la Contraloría solo hace énfasis al asfalto en

frío, lo cual solo es un 30% del contrato y la pavimentación en concreto rígido

representa el 70%, encontrándose en perfecto estado, sobre lo cual se entrega

registro fotográfico después de 5 años de ejecutada la obra. Aclarando que las

vías que aparecen en el informe no coinciden con todas las vías intervenidas,

siendo ellas: 1. En la entrada principal no hubo intervención; diciéndose que

desde el parque hasta el cementerio se intervinieron cuatro cuadras y solo fue

una cuadra; se enumeran calles del parque principal, sin que fueran

intervenidas; las calles intervenidas son Cantaclaro, la zona Rosa, una en

Palenque, una del Hospital y la de La Normal, para un total de cinco calles.

Observa que en el 2011 la Contraloría, en su auditoría regularencontró

hallazgos sobre la calle de La Normal y en respuesta por parte del Municipio la

entidad fiscal aceptó las evidencias entregadas, levantando los

hallazgos.Cuando se planteó la necesidad de mejorar algunas vías por

invitación de la comunidad, se tuvieron en cuenta las que estuvieran en peor

estado, siendo las más deterioradas las que fueron pavimentaron en concreto,

que aún están en perfecto estado y en las que se hizo la mayor inversión del

dinero, casi el 70% del total del contrato, por la posibilidad de inversión,

tendiéndose en cuenta que en la anterior administración habían sido

intervenidos en el acueducto y el alcantarillado, pudiendo recurrir a hacer todo

el trabajo duradero requerido y para las otras cinco cuadras no se tenía

actualizado el plan maestro de acueducto y alcantarillado y el presupuesto que

quedaba era del 30% sin poder intervenir acueducto y/o alcantarillado. La calle

especifica de La Normal, se tuvo presente por ser un peligro para niños y

educadores, por presentar ondulaciones y problemas de transitabilidad. El

trabajo del asfalto en frío fue realizado como un mantenimiento mientras que la

50

administración siguiente solucionara la necesidad del Plan Maestro de

Acueducto y Alcantarillado; asunto que la administración actual está interesada

en resolver y que permita posteriormente intervenir las vías con un

mejoramiento según los costos requeridos. Importante es dejar constancia

que cuando estuvo la Contraloría para atender la queja, habían pasado

cuatro años de la ejecución de la obra y no fueron llamados para

acompañarlos a visitar las vías intervenidas.Después del 2010, una vez

ejecutado el arreglo de las calles, se afrontó la ola invernal

presentándose rompimiento en las redes de acueducto y taponamiento

de alcantarillados, causando daños en estas vías intervenidas y no

intervenidas. Advirtiendo que por la topografía del Municipio, las vías

intervenidas se encuentran en la zona plana pero en la parte superior se

tienen barrios altos con desbordamientos de quebradas y riachuelos que

afectaron las vías y causando su deterioro. Debe recordarse queUrrao es

de vocación agropecuaria, y por el mal estado de las vías Medellín - Urrao, el

tonelaje de camiones que transitaba para sacar las más de 300 toneladas

semanales de productos, era de bajo peso y con la intervención y

mejoramiento de las vías finalizando e iniciando el 2011 y 2012, empezaron a

ingresar vehículos de mayor tonelaje, incidiendo en las vías no preparadas

técnicamente para soportar ese peso. Cuando se intervinieron las vías con

pavimento en frío, no eran para transitar vehículos de toneladas de gran peso.

Sobre la auditoría regular efectuada a las obras, quedó resuelto el

hallazgo de no haberse constituido póliza de estabilidad, ya que ninguna

aseguradora iba a expedirla sobre una obra que no resolvía el tema de

acueducto y alcantarillado y que a simple vista presentan ondulaciones

de inestabilidad.De ahí que la obra realizada obedeció a una

repavimentación en asfalto en frío sobre la base existente, concebida

desde sus inicios por la Gobernación y el Municipio, ya que era imposible

retirar los pavimentos existentes por los altos costos, determinándose

que se trabajaría sobre la estructura existente. En informe de la

Gobernación sobre la vía de La Normal, se especifican los acabados como se

hizo en todas las de pavimento en frío, por haber sido soluciones provisionales

ante la imposibilidad de disponer de recursos y no tener actualizado el Plan

Maestro de Acueducto y Alcantarillado para hacer una intervención como la

expuesta en el hallazgo por parte de la Contraloría y si se hubiera querido

pavimentar en concreto rígido otra vía, no hubiera sido posible al no tener

solucionado el problema de acueducto y alcantarilladlo; adicional a ello, las

aguas de escorrentía y filtración que se presentan.Considerando entonces que

no se presenta ningún detrimento patrimonial, ya que el pavimento en concreto

se encuentra en perfecto estado y que el resto del contrato en asfalto en frío,

antes de su ejecución estaba planteado por la Gobernación, aportante ésta de

los recursos para el arreglo de las vías y en lo que estuvo de acuerdo la

administración, el contratista y el interventor en que fueran unos

mejoramientos, que así se lograron, cumpliendo con su objetivo provisional,

51

afectado hoy por la ola invernal del 2010 – 2011, por el tránsito de vehículos

con tonelaje superior a 20, por la instalación del gas domiciliario y por el

deterioro normal.

A folio 183 se dispone de la exposición del exsecretario de Planeación y Obras

Públicas, MILTON BLADIMIR HERRERA MACHADO, quien hace un recuento

del proyecto desde la presentación a la Gobernación hasta la entrega de la

obra. En el 2009, no siendo él secretario de planeación, se presenta el

proyecto de pavimentación en concreto rígido y asfalto en frío, por valor

aproximado de 300 millones, surtiendo los trámites procedimentales exigidos

por laGobernación;informándosele al alcalde VÉLEZ MADRID, que se disponía

solo con 200 millones y que posteriormente se evaluarían los recursos para

una adicción al proyecto por el valor faltante. Se abrió el proceso licitatorio al

que se presentaron diversas empresas, las cuales en la audiencia de riesgos,

manifestaron una inquietud que igual se hizo la administración, consistente en

la base sobre la cual se iban apoyar los pavimentos, sabiendo que Urrao no

cuenta con redes de acueducto y alcantarilladlo actualizadas y que hasta que

éstas no fueran remplazadas, no se podría pensar en una solución definitiva

para la carpeta de rodadura; decidiéndose en la audiencia de riesgos

aplicar el pavimento rígido sobre dos cuadras en las que con anterioridad

se había ejecutado la reposición del acueducto y alcantarillado y, sobre

las otras vías aplicar la carpeta de rodadura en asfalto en frío como

solución a corto plazo, ya que las vías intervenidas estaban dentro del área

de mayor movilidad urbana. Surtido el proceso licitatorio, se le adjudicó el

contrato a la empresa INGENIERÍA ÚTIL, iniciándose la obra. Dentro de la

póliza no se pudo exigir el amparo de estabilidad de la obra porque la

carpeta de asfalto en frío se iba a aplicar sobre una estructura ya

existente como solución a corto plazo.Las vías que se plantean en la queja

y hallazgo, no son las que realmente se intervinieron; hacen relación a las vías

de La Normal, de la Zona Rosa, la del Aserrío Juan Saúl que fueron

intervenidas y de la calle del parque principal hasta el cementerio con la que

existe un error, ya que desde el parque hasta el cementerio hay 4 cuadras, de

las que la primera cuadra se encontraba antes del proyecto en pavimento

rígido; siguiendo la cuadra intervenida por la administración VELEZ MADRID y;

dos cuadras en las que no se realizó ningunaintervención.Igual sucede con la

vía de la entrada principal sobre la que tampoco se hizo ningún trabajo. Se

asegura además por el hallazgo que el detrimento es por la totalidad del

contrato, pasando por alto que la ejecución de la carpeta en asfalto en

fríoequivale a 100 millones. Dentro de la ejecución del proyecto, la

Gobernación realizó tres informes de las visitas periódicas a la obra para

verificarlas;enfatizando que en el ítem de aseguramiento de calidad se

manifiesta que las obras se ejecutaron cumpliendo con las normas

técnicas de calidad y seguridad establecidas para el desarrollo del

contrato. Dentro de esa ejecución del contrato se había concebido que la

52

carpeta en asfalto en frío se colocara encima de la estructura existente.

Anotando que las vías pavimentadas con cemento rígido se encuentran en

perfecto estado y, como sucede en cualquier contrato de obra pública, se

hicieron cambios de obra y una extra para garantizar que esa carpeta que tenía

carácter de durabilidad a largo plazo, cumpliera a cabalidad con lo planteado

inicialmente; lo que varió porque se había planteado la posibilidad de ejecutar

el concreto rígido sobre la carpeta existente, pero debido a que esta se

encontraba totalmente deteriorada, no fue posible; además, que el suelo que

sostenía la carpeta de rodadura era una greda; adicionando que habían

algunas redes domiciliarias que presentaban daños y algunas donde el

acueducto tenían fugas por malas instalaciones; como que si se aplicaba la

carpeta de rodadura sobre la existente, los andenes y los pisos de las

viviendas iban a quedar por debajo de la vía; lo que iba a ser un caos futuro y

siendo irresponsables si así se hubiera hecho; decidiéndose levantar el

pavimento en concreto, hacer una subbase de apoyo y realizar su

construcción, garantizando su durabilidad en el tiempo.En cuanto a la vía de

La Normal, inicialmente se tenía proyectada en asfalto en frío como las

demás vías, debido a la obsolescencia de las redes de acueducto y

alcantarillado; presentándose una particularidad que cuando se le

presentó a la comunidad que la intervención se adelantaría de esa

manera, inicialmente hubo oposición porque se quería el cambio de todo

el acueducto y alcantarillado y se pavimentara en concreto rígido, pero el

proyecto estaba planteado con base al convenio con la Gobernación, con

una carpeta de rodadura, no pudiendo el Municipio hacer ninguna

intervención al acueducto y al alcantarillado por falta del recurso y

haciéndolo con los de la obra se hubiera dejado sin intervenir otras vías

plateadas dentro del proyecto, generando costos adicionales, siendo

imposible lo que ellos pretendían, aceptando que fuera en asfalto en frío,

porque era preferible tener una provisional a lo que tenían.Se inicia con la

intervención de la vía de La Normal, adicionándose una subbase imprimada

porpresentar filtraciones, provenir aguas de otras calles, queriéndose

garantizar que la carpeta de rodadura cumpliera su función en el corto plazo

como fue estipulado con la vía con obras provisionales, por la ausencia de

redes nuevas de alcantarillado, lo que no permite realizar un acabado

perdurable y lo realizado fue, además, por petición de la comunidad ante su

inconformidad por el mal estado de la vía ante la existencia de un colegio de

niños presentándose repetidos accidentes, lo que a su vez, era otro problema

de alto riesgo para el Municipio. Como esta vía y las demás, hay evidencia

para demostrar que fueron concebidas de manera provisional ante el mal

estado de las mismas. Es de advertir que al inicio de la administración de

VÉLEZ MADRID, entre el 90 y el 95 por ciento de las vías urbanas se

encontraban en mal estado, siendo un problema que se carga desde hace mas

de 15 o 20 años, agravado por el no cambio ni reposición de redes de

acueducto y alcantarillado ni la actualización de su Plan Maestro, siendo el

53

primer paso para poder pasar a la pavimentación. La actualización del Plan

Maestro para esa época tenía un costo entre 300 a 500 millones, recursos con

los que el Municipio no contaba y gestionando con Corpourabá y Gobernación

no se pudo obtener resultados favorables. Se intento con el Plan

Departamental de Aguas sin logro alguno, no obstante que el Municipio por

acuerdo se afilió a ese plan. Téngase en cuenta que el área urbana es de unos

cinco kilómetros cuadrados, costando el cambio y recuperación de todo el

sistema de acueducto y alcantarillado más o menos 22 mil millones de pesos y

la posterior pavimentación de las vías en concreto rígido con duración a largo

plazo tendría un costo de unos 9000 mil millones de pesos.

ProsigueHERRERA MACHADOdiciendo que el pavimento rígido se aplicó en

las vías donde ya había sido solucionado el problema de acueducto y

alcantarillado, sin necesidad de intervenirlas a futuro en este aspecto y el

asfalto en frío se colocó en las vías que presentaban inconvenientes de

acueducto y alcantarillado y, de fracturamiento de los pavimentos

existentes en concreto y adoquín. Siendo las obras recibidas a

satisfacciónpor el Municipio, la interventoría y la Gobernación. Terminadas las

obras se había solicitado restricción del paso de vehículos pesados por estas

vías, lo cual fue difícil de cumplir y acatado por los transportadores, influyendo

en el deterioro del asfalto en frío y adicional a esto, ese asfalto absorbió el

fenómeno lluvioso del 2010 y 2011, implicando la socavación de la carpeta de

rodadura de asfalto, porque la ubicación de barrios más altos, su sistema de

alcantarillado obsoleto no alcanzaba a evacuar todas las aguas buscando

correr por las vías adyacentes. El asfalto en frío cumplió su función que era

a corto plazo y el concreto rígido lo está cumpliendo a largo plazo y que

en la actualidad está en buenestado.

A folio 230, obra exposición del exinterventor del contrato 068, ingeniero

HUMBERTO RUEDA FERNANDEZ, quien manifestó queel alcance de su

responsabilidad con las obras ejecutadas no incluye la calle de La Normal,

puesto que su contrato de interventoría no fue renovado, ya que con la adición

al contrato fue que se hicieron los trabajos de la calle de la Normal. Las demás

vías pavimentadas en asfalto en frío afrontaron el desgaste normal de una

pavimentación que se puede conservar hasta por cuatro años,

dependiendo del mantenimiento que se le haga; tratándose de una capa

de solo 4 centímetros de gruesa que solamente mejora las condiciones

de la superficie de rodadura.Esta capa fue la aplicada en todas las vías

intervenidas en asfalto en frío, excepto la de La Normal, al desconocer que

se hizo allí al no ser el interventor. Material colocado sobre un concreto

rígido existente y deteriorado el cual previamente fue nivelado con

morteros consistentes en mezcla de cemento con arenón. Este tipo de

asfalto en frío no posee capacidad estructural, consistente en soporte de

cargas verticales aportadas por los vehículos o sea, para que el pavimento no

falle o se asiente debe haber un soporte que aguante esas cargas, las que no

54

las asume el asfalto en frío sino el material que hay debajo, siendo este el que

la soporta, ya que el material estructural en realidad es el existente debajo de

la capa en frío. El material de soporte fue estabilizado para garantizar la de la

estructura del asfalto en frío. Después de casi 5 años, parte del asfalto en

frío aplicado aún se conserva en las vías por él supervisadas a pesar de

su mantenimiento casi nulo.La obra se ejecutó conforme a las

especificaciones acordadas con el supervisor del Departamento y

aprobadas por el mismo. En la obra supervisada se aplicó cerca de 183,60

M3 de asfalto en frío por $96.050.340, que en asfalto en caliente podrían

constar más de 600 millones. El asfalto es una mezcla de mayor durabilidad al

ser sometida a altas temperaturas antes de aplicarla, el cual no fue aplicado en

ningún sitio, siendo la diferencia más de 500 millones y si se hubiera aplicado

este tal vez su duración era de más de 12 años. No es de esperar que el

asfalto en frío posea mayores garantías. Las especificaciones del asfalto

en frío dependen de su mantenimiento permanente, lo que no fue hecho y

aún después de 5 años se conserva. Lo que no pasó en La Normal, ya que

supone que al haberse aplicado sobre un material de soporte que no tenía la

suficiente capacidad para un tránsito normal de vehículos, vía que es de

obligado paso, es decir, es muy transitada, entró en deterioro. Es de advertir

que el supervisor del departamento aprobó la ejecución de la obra en

asfalto en frío considerando que este tiene una menor durabilidad pero

que es relativamente económico y ampliaba la cobertura de más vías. Se

pavimentaron como cinco calles por el valor arriba anotado. Sostiene que el

tiempo del pavimento en concreto, adoquín o asfalto del área urbana

antes de ejecutarse el contrato 068 de 2009 era más o menos de 20 años,

teniendo en cuenta que el alcantarillado tiene más de 50 años y hace

alrededor de 20 años están tratando de conseguir recursos para

actualizarlo o renovarlo; pudiendo pasar más de 10 años para que esto

pueda definirse; siendo la razón de la utilización del asfalto en frío que

siendo económico puede cubrir durante 5 años un mejor confort en las

vías; teniendo en cuenta el problema social que genera su mal estado, es

conveniente, de alguna manera, así sea provisionalmente, conservarlas

más agradables y beneficiosas para la comunidad, ya que el sentir de

ésta por el mal estado antes de la ejecución del contrato 068 era de total

indignación puesto que Urrao es de mucho movimiento económico que

implica la circulación de más o menos 1500 carros.Sostiene que la

posición de la Gobernación con respecto a la aplicación del asfalto en frío

sobre carpetas existentes frente a la no solución del alcantarillado

atendiendo que tardaría tantos años por la no disponibilidad de los

recursos, fue de que se tomaran esas medidas provisionales de mejorar

la superficie de rodadura de las vías ante el mal estado que estas

presentaban; sin desconocer que la duración de un pavimento en frío

construido técnicamente según las resoluciones del INVIAS sobre vías públicas

urbanas puede ser entre 4 y 10 años, dependiendo del mantenimiento, ya que

55

el asfalto en frío a diferencia del asfalto en caliente no mantiene la suficiente

adherencia sino se le hace su debido mantenimiento, mientras que el

pavimento en concreto rígido existente aporta parte de la resistencia estructural

que debe tener el material por debajo de la vía.

Termina esta sustentación abordando el PLAN BASICO DE ORDENAMIENTO

TERRITORIAL de Urrao (POT), no paginado, en el cual se plantea el

PROGRAMA DE OPTIMIZACION DEL SISTEMA VIAL Y DE TRANSPORTE

DE LA CABECERA MUNICIPAL, cuya justificación es que la dinámica actual

del municipio y la prevista para los próximos 10 años, no exige grandes

cambios en la estructura urbana, es decir, el plan vial no implica la creación de

nuevas vías, sino el mejoramiento de las existentes y la continuidad de las

mismas;con el siguiente proyecto: Pavimentación de todas las vías urbanas

con un período de ejecución a largo plazo, entre los 6 y los 9 años del POT,

siendo presentado en el 2008, sin alcanzar este objetivo de planeación.

El POT concibe proyectos como: “La repavimentación de las vías del centro”,

principalmente, la carrera 30 entre calles 27 y 32; la carrera 31, entre calles 30

y 32; especificando que si bien la pavimentación de las vías urbanas

requiere solucionar primero lo del Plan Maestro de Acueducto y

Alcantarillado, estas vías si requieren de una acción inmediata de

mejoramiento, en un período de ejecución a mediano plazo entre los 3 y

los 6 años del POT. Igual que el proyecto Repavimentación de la carrera 32,

de la carrera 28 y de la calle 40.

El POT, en el análisis del SUBSISTEMA AMBIENTAL, frente al deterioro de la

calidad del agua del río Penderisco y quebradas que atraviesan la cabecera

municipal por el vertimiento de las aguas residuales generadas en las

viviendas y establecimientos, de tipo doméstico e industrial, causado por la

falta de sistemas apropiados para la recolección, tratamiento y disposición de

las aguas residuales en el río; concibe la propuesta de la construcción del

alcantarillado y sistema de tratamiento de agua residual y tratamiento

adecuado para las aguas residuales no domésticas, atendiendo el

proyecto delPlan Maestro de Acueducto y Alcantarillado.

Mientras que el Plan de Desarrollo 2008 – 2011 de VELEZ MADRID “Urraeños

sembrando el progreso – Equidad con participación ciudadana”, planteaba

dentro del programa “Agua potable y saneamiento básico”, el proyecto de

“Actualización del Plan Maestro de Acueducto y Alcantarillado”, siendo la meta

del programa la de gestionar para asegurar los recursos para el proyecto ante

las autoridades cooperantes; incluyendo el proyecto “Construcción de redes de

alcantarillado urbano”.

56

Sin dejar de abordar el Plan de Desarrollo 2012 – 2015 “Gana usted y

ganamos todos”, que en su página 76 concibe: Que la red de acueducto tiene

una cobertura de aproximadamente el 97% en el casco urbano, la cual en

términos generales presenta un buen funcionamiento. El Plan Maestro de

Acueducto y Alcantarillado existente data del año 1994 y se actualizó en

algunos aspectos en el año 2003, debiéndose proceder a realizar una

actualización a fin de definir la intervención que se realizará en el Marco

del Plan Departamental de Aguas del cual hace parte el Municipio – Hoy

denominado por el Gobierno Nacional, aguas para la prosperidad.

Los anteriores instrumentos de planeación permiten concluir la situación real

de una pequeña ciudad en cuanto a vías y redes de servicios públicos; que en

gran parte soportan el por qué la administración municipal 2008 – 2011, según

el convenio interadministrativo celebrado entre la Gobernación y el Municipio,

optó por ejecutar de manera provisional y con exiguos recursos aportados por

la primera, la solución a corto plazo de un problema que afronta la comunidad y

cuya solución definitiva exigen de cuantiosos recursos a un Municipio que a

pesar de su importancia, no es holgado en sus recursos presupuestales y

financieros.

Es así, que este instructor considera procedente disponer el archivo del

presente proceso a favor de LUIS ERNESTO MADRID VÉLEZ, alcalde período

2008 – 2011; MILTON BLADIMIR HERRERA MACHADO, secretario de

Planeación, Obras Públicas y Servicios Públicos Domiciliarios, para la época

del hecho; INGENIERÍA ÚTIL S.A.S., empresa contratistade la obra pública a

través de su representante legal Hernando de Jesús Castrillón Morales y/o

quien haga sus veces y; HUMBERTO RUEDA FERNÁNDEZ, contratista

interventor; por inexistencia del hechosegún el presunto detrimento total por

$$298.412.816 en contra del patrimonio económico del municipio de Urrao.

Advirtiendo, además, que en el presente proceso no se vinculó a aseguradora

alguna, no siendo necesario mayor pronunciamiento al respecto en esta

providencia.

Por lo tanto, este Despacho, dispondrá el archivo del presente proceso,

teniendo en cuenta los siguientes elementos normativos:

Es la Ley 610 de 2000, la que a través de diversas reglas normativas, indica

los eventos y/o circunstancias que permite a este organismo fiscalizador

adelantar y adoptar decisiones dentro de los procesos de responsabilidad

fiscal; exponiendo en el citado compilado jurídico-normativo, lo siguiente:

ARTICULO 5o. ELEMENTOS DE LA RESPONSABILIDAD FISCAL. La

responsabilidad fiscal estará integrada por los siguientes elementos:

57

- Una conducta dolosa o culposa atribuible a una persona que realiza gestión

fiscal.

- Un daño patrimonial al Estado.

- Un nexo causal entre los dos elementos anteriores.

ARTICULO 6o. DAÑO PATRIMONIAL AL ESTADO. Para efectos de esta

ley se entiende por daño patrimonial al Estado la lesión del patrimonio

público, representada en el menoscabo, disminución, perjuicio, detrimento,

pérdida o deterioro de los bienes o recursos públicos, o a los intereses

patrimoniales del Estado, producida por una gestión fiscal antieconómica,

ineficaz, ineficiente e inoportuna, que en términos generales, no se aplique al

cumplimiento de los cometidos y de los fines esenciales del Estado,

particularizados por el objetivo funcional y organizacional, programa o proyecto

de los sujetos de vigilancia y control de las contralorías.

Dicho daño podrá ocasionarse por acción u omisión de los servidores públicos

o por la persona natural o jurídica de derecho privado, que en forma dolosa o

culposa produzcan directamente o contribuyan al detrimento al patrimonio

público.”

No siendo posible para el Despacho que con el análisis ala queja, alhallazgo y

sus soportes, al material probatorio existente y aportado por los vinculados y a

sus propias exposiciones y consideraciones, pueda mantenerse erguido el

hallazgo, porque gracias a todo ello se permite concluir la ausencia de

conducta alguna que conlleve a un daño de naturaleza fiscal. En el caso

materia de estudio, se determina fácilmente y sin mayores pronunciamientos la

imposibilidad de la existencia del DAÑO PATRIMONIAL AL ESTADO; al fin y al

cabo la contratación objeto del hallazgo y debidamente analizada en su

integralidad normativa así lo permite concluir, desvirtuando entonces el

hallazgo y dejando sin fundamento a uno de los pilares conformantes de la

responsabilidad fiscal, establecidos en el artículo 5 de la ley 610 de 2000.

Por su parte, la Corte Constitucional por medio de la Sentencia SU - 620-96, de

unificación jurisprudencial, con ponencia del magistrado Dr. Antonio Barrera

Carbonell, se ocupó de precisar el concepto de daño en materia fiscal en los

siguientes términos:

“Para la estimación del daño debe acudirse a las reglas generales

aplicables en materia de responsabilidad; por lo tanto, entre otros factores

que han de valorarse, debe considerarse que aquél ha de ser cierto,

especial, anormal y cuantificable con arreglo a su real magnitud. En el

proceso de determinación del monto del daño, por consiguiente, ha de

establecerse no sólo la dimensión de éste, sino que debe examinarse

también si eventualmente, a pesar de la gestión fiscal irregular, la

administración obtuvo o no algún beneficio.”

58

Visto lo anterior, se hace menester invocar otros artículos de la Ley 610 de

2000, que permitirán en este evento, adoptar por esta instancia la decisión de

fondo que en derecho y justicia debe formularse, así:

ARTICULO 47. AUTO DE ARCHIVO. Habrá lugar a proferir auto de archivo

cuando se pruebe que el hecho no existió, que no es constitutivo de

detrimento patrimonial o no comporta el ejercicio de gestión fiscal, se acredite

el resarcimiento pleno del perjuicio o la operancia de una causal excluyente de

responsabilidad o se demuestre que la acción no podía iniciarse o proseguirse

por haber operado la caducidad o la prescripción de la misma.

Igualmente, debe dársele el valor que le corresponde a las diversas normas

que sobre pruebas, aplican para esta clase de procesos. Es la Ley 610 de

2000, la que en los artículos 22 y siguientes, expone el catálogo probatorio

aplicable en el trámite del proceso de responsabilidad fiscal, destacándose

entre otras la Necesidad de la Prueba, artículo 22; Prueba para

responsabilizar, artículo 23 y; la Apreciación Integral, artículo 26.

Por lo expuesto, la contraloría auxiliar de responsabilidad fiscal,

R E S U E L V E

ARTICULO PRIMERO: Ordenar el archivo del proceso de responsabilidad

fiscal225 - 14, adelantado en el municipio de URRAO - Antioquia, a favor

delalcalde LUIS ERNESTO MADRID VÉLEZ, con cédula 70.562.322, período

2008 – 2011; MILTON BLADIMIR HERRERA MACHADO, con cédula

8.357.137, secretario de Planeación, Obras Públicas y Servicios Públicos

Domiciliarios, para la época del hecho; CONTRATISTA INGENIERÍA ÚTIL

S.A.S., con Nit 811.022.858-9 a través de su representante legal Hernando de

Jesús Castrillón Morales y/o quien haga sus veces, con cédula 70.321.083 y;

contratista de la interventoría HUMBERTO RUEDA FERNÁNDEZ, con cédula

15.482.315; por inexistencia del hechosegún el presunto detrimento total por

$298.412.816en contra de los intereses del Estado; de conformidad con las

consideraciones expuestas en la parte motiva de esta providencia.

ARTÍCULO SEGUNDO:No habrá desvinculación de ninguna aseguradora

habida cuenta que en el Auto de Apertura no hubo ningún pronunciamiento al

respecto.

ARTICULO TERCERO:Notificar de conformidad lo establece el artículo 106 de

la Ley 1474 de 2011 esta decisión a las partes previamente involucradas. La

notificación se surtirá por estados, no obstante y en aras de maximizar las

garantías derivadas del debido proceso constitucional, se les comunicará,

entregándoles copia a los siguientes sujetos procesales:

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Nombre y apellidos : Luis Ernesto Madrid Vélez

Cédula : 70.562.322

Cargo : Alcalde

Período : 2008 – 2011

Dirección : Calle 5 A No. 43 A 73. Apto 1002

Edificio El Patio B. El Poblado- Medellín

Teléfono : 310 505 5526 – 266 38 26

Correo electrónico : [email protected]

Nombre y apellido : Milton Bladimir Herrera Machado

Cédula : 8.357.137

Cargo : Secretario de Planeación, Obras Públicas y

Servicios Públicos Domiciliarios

Período : 1 de junio de 2009

Dirección : Calle 31 No. 32 – 46 de Urrao

Teléfono : 314 890 1755 – 301 437 4358

Correo electrónico : [email protected]

Contratista : Ingeniería Útil S.A.S.

Nit : 811.022.858-9

Representante legal : Hernando de Jesús Castrillón Morales y/o

quien haga sus veces

Cédula : 70.321.083

Dirección : Calle 10 No. 12 – 108 Girardota

Teléfono : 280 27 11 – 313 740 2351

Correo electrónico : [email protected]

Contratista : Humberto Rueda Fernández

Cargo : Interventor

Cédula : 15.482.315

Dirección : Calle 82 No. 48 – 12 de Medellín

Carrera 31 No. 31 – 53 Urrao

Teléfono : 310 52 65 264 – 212 37 53

Correo electrónico : [email protected]

ARTÍCULO CUARTO: Obrado de conformidad lo establece el artículo 18 de la

ley 610 de 2000, dese traslado a esta decisión al despacho de la señora

Contralora General de Antioquia, para que se surta el legal grado de consulta.

ARTÍCULO QUINTO: Remitir copia de la presente decisión a la Contraloría de

Indagación Preliminar para su conocimiento.

ARTÍCULO SEXTO: Remitir copia de la providencia al señor alcalde del

municipio de Urrao – Antioquía, para los fines pertinentes.

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ARTÍCULO SEPTIMO: una vez ejecutoriada la decisión de consulta, remítase

si es del caso, el expediente al Archivo General de la Contraloría General de

Antioquia, para los efectos de la conservación y custodia, de conformidad lo

establece la ley 594 de 2000 y sus reglamentos.

ARTÍCULO OCTAVO: En el evento que con posterioridad aparecieren nuevas

pruebas que desvirtúen los fundamentos que sirvieron de base para proceder

con el Archivo de estas diligencias, se ordenará la reapertura de la actuación

fiscal, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 17 de la Ley 610 de

2000.

ARTÍCULO NOVENO: Contra la presente decisión proceden los recursos de

reposición y apelación de conformidad con lo establecido en el artículo 50 y

siguientes del Código Contencioso Administrativo.

NOTIFIQUESE, CONSULTESE Y CUMPLASE

CARLOS FERNANDO MARQUEZ TRUJILLO

Contralor Auxiliar

P/ Carlos Fdo. Márquez Trujillo

R/

A/ Jesús María Gallego Bedoya