contenido poder legislativo

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REPUBLICA DE COLOMBIA ORGANO DE PUBLICIDAD DE LOS ACTOS DEL GOBIERNO NACIONAL EDICION DE 8 PAGINAS SALOMON CORREAL TORRES Director de la Imprenta X'iicional CONTENIDO AÑO LXVII—NUMERO 21582 Fundado el ;i0 de abril de 18(54. Págs. PODER LEGISLATIVO—Ley 82 de 1930, por la cual se suprime un Juzgado de Circuito y se crea un nuevo Circuito Judicial 9 t. MINISTERIO DE RELACIONES EXTE- RIORES—Decreto número 2049 de 1930, - por el cual se adiciona el Decreto nú- mero 1999 de 1930 10 MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDI- TO PUBLICO—Resolución número 1 de 1930, dictada por el Admiíiistrador. de las Salinas de Chita, y .Müneque, por la cual se diotan algunas disposiciones 11 Resolución número 227 de 1930, dictada por el Superintendente General de Ren- tas por la cual se aprueba, la anterior 11 - Resolución número 929 de 1930, dictada , por el Administrador Tesorero de la Aduana de Cartagena, por la cual se de- lega una facultad al Subjefe del Res- guardo Nacional de Tolú .. .... . 11 Resolución número 2954 de 1930, dictada por el Superintendente General de Ren- tas, por la cual se aprueba la anterior 12 •" Relación de contratos menores de $ 2,000, celebrados y aprobados por él Ministe- rio de Hacienda y Crédito público .... 12 Relación de contratos menores de $ 2,000, celebrados por el Ministerio de Hacien- da y Crédito Público .... 12 Tesorería General de la República. Mo- vimientos de caja de los'días 22 y 24 dé noviembre de 1930 13 MINISTERIO DE INDUSTRIAS—Solicitu- des de registro de marcas de fábrica y de comercio .. ... 15 MINISTERIO DE EDUCACION NACIO- NAL—Decreto número 2185 de 1930, por el cual se hace un traslado .. — .... 16 Decreto número 2186 de 1930, por el cual se hace un traslado i * 16 Comisión de Especialidades Farmacéu- ticas—Licencias números 3351 y 3355 . . 16 Avisos oficiales .. 16. PODER LEGISLATIVO LEY NUMERO 82 DE 1930 (29 DE DICIEMBRE) POR LA : CUAL SE SUPRIME UN JUZGADO DE CIRCUITO : ' - Y SE CREA UN NUEVO CIRCUITO JUDICIAL El Congreso de Colombia ' . DECRETA: Articulo 1" Suprímese el Juzgado tercero del.. Circuito que funciona actualmente en la ciudad de Tuluá. Artículo 2- Créase el Circuito Judicial de Sevilla, compuesto por los Municipios de Calcedonia y Sevilla, que será su cabecera. Los empleados del nuevo Juzgado serán los mismos y tendrán las mis- mas asignaciones que tienen los de los Juzgados de Tuluá. Artículo 3- El Juez del Circuito de Sevilla conocerá indistintamente en asuntos de su competencia de los negocios civiles y criminales perte- necientes a los Municipios de Sevilla y Calcedonia y de los que actual- mente cursan en los Juzgados del Circuito de Tuluá que correspondan a los nombrados Municipios. , Artículo 4" Esta Ley regirá desde el primero de julio de 1931. Dada en Bogotá a veintitrés de diciembre de mil novecientos treinta. El Presidente del Senado, , J . R. LANAO LOAIZA El Presidente de la Cámara de Representantes, ••'•.•••••• RODOLFO DANIES El Secretario del Senado, Antonio Orduz Espinosa El Secretario de la Cámara de Representantes, Fernando Restrepo Briceiio Poder Ejecutivo—Bogotá, diciembre 29 de 1930. Publíquese y ejecútese. ENRIQUE OLAYA HERRERA El Ministro de Gobierno, '"'•".'.Carlos E. RESTREPO

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Page 1: CONTENIDO PODER LEGISLATIVO

REPUBLICA DE COLOMBIA

ORGANO DE PUBLICIDAD DE LOS ACTOS DEL GOBIERNO NACIONAL

EDICION DE 8 PAGINAS

SALOMON CORREAL TORRES Director de la Impren ta X'iicional

CONTENIDO

AÑO LXVII—NUMERO 21582 Fundado el ;i0 de abril de 18(54.

Págs.

PODER LEGISLATIVO—Ley 82 de 1930, por la cual se suprime u n Juzgado de Circuito y se crea un nuevo Circuito Judicial 9

t.

MINISTERIO DE RELACIONES EXTE-

RIORES—Decreto número 2049 de 1930, -

por el cual se adiciona el Decreto n ú -

mero 1999 de 1930 10 MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDI-

TO PUBLICO—Resolución número 1 de 1930, dic tada por el Admiíiistrador. de las Salinas de Chita, y .Müneque, por

• la cual se diotan algunas disposiciones 11 Resolución número 227 de 1930, dictada

por el Super in tendente General de Ren -t a s por la cual se aprueba, la anter ior 11

- Resolución número 929 de 1930, dictada , por el Administrador Tesorero de la Aduana de Car tagena, por la cual se de-lega una facul tad al Subjefe del Res-guardo Nacional de Tolú . . . . . . . 11

Resolución número 2954 de 1930, d ic tada por el Super intendente General de Ren -tas, por la cual se aprueba l a anter ior 12

•" Relación de contratos menores de $ 2,000, celebrados y aprobados por él Ministe-rio de Hacienda y Crédito público . . . . 12

Relación de cont ra tos menores de $ 2,000, celebrados por el Ministerio de Hacien-d a y Crédito Público . . . . 12

Tesorería General de la República. Mo-vimientos de c a j a de los ' d í a s 22 y 24 dé noviembre de 1930 13

MINISTERIO DE INDUSTRIAS—Solici tu-

des de registro de marcas de fábr ica y

de comercio . . . . . 15

MINISTERIO DE EDUCACION NACIO-NAL—Decreto número 2185 de 1930, por el cual se hace u n t raslado . . — . . . . 16

Decreto número 2186 de 1930, por el cual

se hace u n t raslado i * 16 Comisión de Especialidades Fa rmacéu-

ticas—Licencias números 3351 y 3355 . . 16

Avisos oficiales . . 16.

PODER LEGISLATIVO

LEY NUMERO 82 DE 1930

( 2 9 DE DICIEMBRE)

POR LA: CUAL SE SUPRIME UN JUZGADO DE CIRCUITO :

• ' - Y SE CREA UN NUEVO CIRCUITO JUDICIAL

El Congreso de Colombia

' . DECRETA:

Articulo 1" Suprímese el Juzgado tercero del.. Circuito que funciona

actualmente en la ciudad de Tuluá.

Artículo 2- Créase el Circuito Judicial de Sevilla, compuesto por los

Municipios de Calcedonia y Sevilla, que será su cabecera.

Los empleados del nuevo Juzgado serán los mismos y tendrán las mis-

mas asignaciones que tienen los de los Juzgados de Tuluá.

Artículo 3- El Juez del Circuito de Sevilla conocerá indistintamente

en asuntos de su competencia de los negocios civiles y criminales perte-

necientes a los Municipios de Sevilla y Calcedonia y de los que actual-

mente cursan en los Juzgados del Circuito de Tuluá que correspondan

a los nombrados Municipios. ,

Artículo 4" Esta Ley regirá desde el primero de julio de 1931.

Dada en Bogotá a veintitrés de diciembre de mil novecientos treinta.

El Presidente del Senado, , J . R. LANAO LOAIZA

El Presidente de la Cámara de Representantes,

• • ' • . • • • • • • RODOLFO DANIES El Secretario del Senado,

Antonio Orduz Espinosa

El Secretario de la Cámara de Representantes,

Fernando Restrepo Briceiio

Poder Ejecutivo—Bogotá, diciembre 29 de 1930.

Publíquese y ejecútese. ENRIQUE OLAYA HERRERA

El Ministro de Gobierno, ' " ' • " . ' . C a r l o s E. RESTREPO

Page 2: CONTENIDO PODER LEGISLATIVO

D I A R I O , O F I C I A L •15

MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES

REORGANIZACION DEL SERVICIO CONSULAR

DECRETO N° 2049 DE 1930 (diciembre 4)

POR EL CUAL SE ADICIONA EL DECRETO

NUMERO 1999 DE 1930

El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus facul tades legales, y

CONSIDERANDO Que en virtud del Decreto número 1999 de

26 de noviembre do 1930, se h a n señalado las funciones de los Consulados remunerados y ad honórem de la República, y que, para lograr la aplicación estr icta de sus disposiciones, se hace necesaria u n a revisión t an to de la s i tua-ción y la categoría de las Oficinas Consulares ad honórem como de los nombres de los f u n -cionarios que están f r en t e a ellas,

DECRETA:

Artículo 1? Desde el 1-' de enero de 1931 las Olicinas Consulares ad honórem de la Repú-blica serán solamente las que m á s adelante se enumeran, y es tarán a cargo de las personas euyos nombres y títulos aparecen en este De-creto, a saber :

Alemania . Berlín, Consulado 'Genera l , Joaquín Qui jano

Mantilla, Cónsul General ; He rmán Treber t Orozco, Vicecónsul.

F rankfor t , Consulado,.; Ernesto Langenbach , . Cónsul.

Leipzig, Consulado, Ale jandro, Sperl ing, Con,--sul .

Bremen, Augusto. Borné, Vicecónsul. Colonia, Viceconsuládo, Wal ter L . Bar th , Vi-

cecónsul. Munich, Viceconsuládo, Teodoro Castrillón,

Vicecónsul. -República Argentina.

Buenos Aires, Consulado General, Ignacio P o p a b a , . Cónsul General .

Rosario de San ta Fe, Consulado General, Al-varo Lombana, Cónsul General ; Luis Enrique Mejía, Vicecónsul.

Austr ia . Viena, Consulado, Leopoldo Mendel, Cónsul.

Bélgica. Bruselas, Consulado, Henry Ja lhay , Cónsul;

Antonio Pa láu Eivas, Vicecónsul. Amberes, José Mar ía de Guzmán, Vicecón-

sul . Solivia.

La Paz, Consulado General, Manuel M . Mu-ñoz, Cónsul Genera l .

Brasil. Recife, Consulado, José Cordero Madeiro,

Cónsul. Belén del Pará , Viceconsuládo, Américo Cha -

ves, Vicecónsul. Manaos, José Hughes de Oliveira, Vicecón-

sul. Costa Rica.

San José, Consulado General , Gamaliel No-riega, Cónsul Genera l .

Puerto Limón, Consulado, Gustavo Stef fens Clem, Cónsul. . :•

Checoeslovaquia. Praga, Viceconsuládo, José Mar ía Dietz, Vi-

cecónsul. Cuba.

La Habana , Consulado General , Ricardo G u -tiérrez Lee y Rivero, Cónsul Genera l .

Santiago, Consulado, Prisciliano Espinosa. y Julivett , Cónsul.

Chile. Valparaíso, Consulado, Rafae l Torres, Cón-

sul. Iquique, Consulado, H e r n á n Miranda P . ,

Cónsul. Antofagasta , Consulado (vacante) . ~ Concepción y Talcaitnano, Consulado (va-

cante) . P u n t a Arenas, Consulado, Julio Menéndez

Behety, Cónsul. D inamarca .

Copenhague, Consulado General , Jorge G a r -cés Villalba, Cónsul General ; Wa ldemar Hans -sen, Vicecónsul.

Dantzig. (Ciudad Libre), Consulado, H an s K u r t Bir-

kholtz, Cónsul. * Ecuador .

Esmeraldas, Viceconsuládo, Plasencio T r u -jillo, Vicecónsul. :

Riobamba, Consulado, Ricardo O'Byme, Cón-sul.

España . • Cádiz y Sevilla, Consulado, Ernesto Restrepo

Tirado, Cónsul; Manuel Castello, Vicecónsul en Sevilla; Gerardo Pizarro Subíño1, Vicecónsul en ••Cádiz. - •

Ciudadela (Menorca), Consulado, José Villa-veces Vásquez, Cónsul.

Córdoba, Consulado, José María Rey Díaz, Cónsul.

Granada , Consulado, Mario Vásquez I„, Cón-sul. . J,

Las Pa lmas (Canarias) , Consulado, Pedro H . t Boissier y Boissier, Cónsul.

Madrid, Consulado, Walter Mac Lellañ Al-.-'•drich, Cónsul; Gonzalo, López de Ceballos, Vi-

cecónsul. Málaga, Consulado, :José Alberto Maldonado,

Cónsul; José Loring, Vicecónsul. ! Reus y Tarragona,. Consulado, Pedro Pe r -gusson, Cónsul. • Sania- la"Paímsu (Canarias,), 'Vice-

consuládo, Nicolás Cabrera Mart ín , Vicecónsul. ' 'Santa:rCMiz - dé -TenenfeaKCtoar ias) , Consu-lado, Rafae l Hardisson Espón, Cónsul; Ra fae l Hardísson y Pizarroso, Vicecónsul.

Valencia, Consulado, José Candela Albert, Cónsul; • Salvador Salom Antequera, Vicecónsul.

Viga, -Canciller del Consulado, Alfredo G ó -mez Venegas. •

Estados Unidos de América. Baltimore, Consulado, Ernesto, Murillo, Cón-

sul. Boston, Consulado, Enrique N a r a n j o M. ,

Cónsul. Filádelfia, Consulado, Octavio Díaz Valen-

szuela, Cónsul. Seattle, Consulado, Carlos Garc ía P rada ,

Cónsul.. Newark, Consulado, Abel Camaclio, Cónsul. San Francisco, Víctor Dugand, Vicecónsul. Puerto. Rico, San Juan , Consulado (vacante) . Saint Thomas, I . V., Consulado, P . Souffront ,

Cónsul. . F ranc ia .

Burdeos, Pierre Pujols, Vicecónsul. Biarritz, Consulado, Ignacio Hinestrosa Con-

de de Peral ta , Cónsul. Boulogne-sur-Mer, Consulado, Tomás J a r a -

millo, Cónsul. Chcrburgo, Consulado, Carlos Castello, Cón-

sul. • Cognac, Consulado, E . G . Boklund, Cónsul.

La Rochelle, Consulado, Mauricio Lecoufret-te, Cónsul.

Lille, Consulado, Antonio Cardone, Cónsul. Lyon, Consulado, P . A. Duvivier, Cónsul. Marsella, Consulado, Francisco Gutiérrez del

Castillo, Cónsul. Montpellicr, Consulado, Tomás Devia Ga~

lindo, Cónsul. Nantes, Consulado, J . Sánchez de Silver»,

Cónsul.

Niza, Consulado, Lorenzo Merino, Cónsul; Octavio Melhe Alvarez, Vicecónsul.

Saint Nazaire, Eduard Lamand, Vicecónsul. París, Canciller del Consulado General, José

A. Blanco.

G r a n Bre t aña c Imperio Bri tánico. Brísíol, Consulado, César Campo, Cónsul. Glasgow, Consulado, J . A. Carswell, .Cón-

sul. ^ í.- • • • • Australia, Melboume, Consulado, Marsh al

Lyle, Cónsul. Sidney,. Consulado (vacante) . Barbados, Viceconsuládo. (vacante) . Canadá, Saint John, New Brunswick, Consu-

lado, Robert S . Ewing, Cónsul. Vancouver, Consulado, Heriberto José Mo-

rris, Cónsul. Jamaica , Kingston, Consulado, Ramiro Pe r -

tuz, Cónsul. x . . India Británica, Calcuta, Consulado (va-

cante) Sur Africa, Pretoria, Consulado (vacante) . Trinidad, Puer to España, Consulado, F r a n -

cisco Palacio Pertuz, Cónsul. r*

Grec ia . Atenas, Consulado, Micho iMichalacopoulos,

Cónsul. ° Gua temala .

Guatemala , Consulado General, Ricardo Vás-quez, Cónsul Genera l . - ;

. Honduras . S a » Pedro Silla, Consulado, Carlos Pát iño

Velasco, Cónsul. " „ Teguelgalpa, Consulado, S . Hernández Her -

nández, Cónsul.

I r l anda (Estado Libre} . BuMin, Consulado (vacante) .

I t a l i a . Caíanla, Consulado, Vicencio Grimaldi, Cón-

sul. : Florencia (vacante) . Genova, Milcíades Sega, Vicecónsul; Leónidas

Sega, Canciller. Milán, Consulado, Antonio Faillace, Cónsul. Ñapóles, Viceconsuládo, Ricardo Santasilia„

Vicecónsul; Nicolás Santasilia, Canciller. Roma, Consulado, Carlos Augusto Bertini

Frassoni, Cónsul; Augusto Guillermo Tucimei, Vicecónsul.

Trieste, Viceconsuládo, Huberto Donati, Vi-cecónsul.

Turín, Consulado, Guiseppe Accossato, Cón-sul.

Venecia, Consulado, Nicolás Gavagnin, Cón-sul.

J a p ó n . Yokoliama, Salvador Pérez, Vicecónsul.

Letonia. Riga, Viceconsuládo, David Muske, Vice-

cónsul. México.

Chihuahua , Viceconsuládo (vacante) .

Ciudad de México, Consulado General, Julio Corredor Latorre, Cónsul General ; Viceconsu-ládo (vacante) ; José Esteban Cortés, Canciller.

Page 3: CONTENIDO PODER LEGISLATIVO

D I A R I O , O F I C I A L •15

MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO Tampico, Viceconsulado, Pedro Colom San-

cho, Vicecónsul. Yeracruz, Consulado (vacante).

Monte Líbano. Beirut, Viceconsulado (vacante) .

Nicaragua. León; Consulado, Dionisio Villa, Cónsul; Ju-

lio Villa, Vicecónsul. Noruega.

Oslo, Consulado, Kolbjorn L. Rydtun, Cón-sul.

Países Bajos. Amsterdam, W. C. A. Boele van Hernsbroek,

Vicecónsul.-Rotterdam, • Viceconsulado, W. Hiél, Vice-

cónsul. Curazao, Joseph Ellis, Vicecónsul.

Panamá. Panamá, Consulado, Francisco Valencia,

Cónsul.

Paraguay. Asunción, Consulado General, Agustín Ca-

rrizos a Valenzuela, Cónsul General; Alfonso B . Campos, Cónsul; Joaquín Fosse Camargo, Vicecónsul.

Perú. Arequipa, Consulado (vacante). Callao, Consulado, José María Osorio, Cón-

sul. IquitoSj Viceconsulado, K u r t Riess, ' Vice-

cónsul. • Lima, Consulado General, José Domingo Ba-

rrera, Cónsul General. Moliendo, Viceconsulado (vacante)1. Paita, Consulado, Víctor Pérez Martínez,

Cónsul. Talara, Viceconsulado (vacante).. Trujillo, Consulado (vacante) .

República Dominicana. Santo Domingo, Consulado, Lázaro Pardo,

Cónsul; Salvador.

' San Salvador, Consulado, Rafael Echevarría, Cónsul.

Suecia; Estoeolmo, K u r t Bengtson, Agente Consular. . Gotemburgo, Viceconsulado, Kar l Wiimann,

"Vicecónsul. Suiza.

Berna, Consulado,. Manuel Rothlisberger An-. eízar, Cónsul. ,•-•....

Fribi'rgo, Consulado, William Bartsch, Cón-sul.

Ginebra, Cofisulado-, Carlos Vila C. , Cónsul. Lausana, Consulado, H e r m á n Bohmer, Cón-

sul; Eugenio Simón, "Vicecónsul. Winlei-thar, Consulado, Roberto Beck, Cón-

sul . . • • : . . Uruguay.

Montevideo, Consulado, Jus t in iano Vélez, Cónsul.

Venezuela. Campano, Consulado, Santos. Hermini, Cón-

sul. ' -v La Guaira, Evaf is to Díaz Leborbury, Vice-

cónsul. Maracaibo, Manuel Mutis García, • Vicecón-

sul . ' * ' > , ' Puer to Cabello, Consulado (vacante) . San • Antonio de. TáeMra, Consulado, Rocjue

Abel González; Cónsul. Táriba, Consulado General, José Asunción

Truji l lo, Cónsul Genera l .

Comuniqúese y publíqúese. Dado en Bogotá, a 4 de diciembre de 1930 . .

ENRIQUE O LAXA « E R R B R A s ' El Ministró de-'Relaciones Exteriores,

Eduardo SANTOS."

SE DIOTAN ALGUNAS DISPOSICIONES EN LAS SALINAS DE CHITA

Y MUNEQUE

RESOLUCION NUMERO 1 El. Administrador de las Salinas de Chita y

Muneque,

; -én' .«sá- á e ' s n s ;íacúitad®s legisles,' y) CONSIDERANDO:

Q u e la. distancia.,;a. que ; =se hallan,-los .mon-v tes tanto; de jaojsiedad; nac ional como de par-ticulares, eom@liQa:?_eada, un :día..aaaás.jel aosto de la elaboración.-.-, ; • * 2»• Que:; la ta la cont inua de los • barzales en -es-tado de desarrolla.no ; .o£rece; garant ía a lguna n i pa ra el elabora'dor -ni pa ra , el Gobierno. .

los ba r -zales dejándolos- qji-e;«e desarrollen: .hásta, su es-tado aprovechable ' ; p a r a preparar así,;, mejor

' suerte a l negocio de elaboración en . beneficio t an to del Gokierii® ®omo:4e lQS>elaboradores:.1 r

4» Que s¡?-'tíbsewfa.-<gue.-ia5.:.ba®s¡aJés-.de p.ropie--dad nacional, ¡se ha l lan en gran par te en poder; de .individuos Tpquetuncefon;. « l l o r a d o r e s ; y que t ienen el los -que sí lo son, c0nsiituyefl.do-.gsta anomalía un motivo d é mayor -casto, de elaboración 4 -':.-__

5» Que las; ¡licencias. p a r a ; cultivos deben II- , mi tarse exclusivamente a este f in y que no. en-r vuelven derecho; aJguno. a la extracción de ba r - 1

sales,. . RESUELVE1: ;

Artículo 1?. •' Cumplir en todas suá par tes con la Resolución; número 5 de esta Administra- ' eión; f echada el 10 dé agosto de 1925 y apro-bada por el señor Ministró l e Hacienda y : Cré-dito Público: (Biai'io ; i O£ieiáJ- número 20034 de fecha 2:9 de octubre dé 192S) .

Artículo 2» S o l á o s t e ios -eíaboradores reco-nocidos como tales por ésta Administráción

, t end rán derecho a que se les concedan licencias para extraer leñas con d e s t i n o ^ la elaboración de Salésv . •'.;•;;..-..:*...; ;:«:.-;--.-'.-.. ." '

-¡Artículo 3s';Stí&metóe;ílosí elaborádores-,o f a -bricantes de lozas pasa la elaboración de sales, inscritos, t end rán derecho a obtener licencias pa ra extraer leñas coii ;destino 9 tales empre^ sas .

Ártísulo 4» .El número de maletas de leña, materia-ide las . licencias de que hablan los a r -tículos 2? y 3? de esta Resolución,-lo estipulará el Administraidor, : según- el conocimiento que adquiera de las capacidades del elaborador peticionario. . ; :

Artículo 5? Las licencias p a t a cultivos sola-. men te se reconocén y ad judican en terrenos en qúe el barzal ?a no se. desarrolla.

Artículo 6? Se concede como plazo, único el de dos: meses, contados desde hoy pa ra que los poseedores de licencias sobre barzales puedan acarrear y beneficiar las leñas ya picadas.

Artículo 7? de acuerdo con él ordinal c) de la Resolución, número 50, . decláranse canceladas todas ' las r licencias que sobre .picas- de- barzales: h a y a n sido expedidas por .Administracioiies .an-i-teriores, .y en consecuencia, a. par t i r de esta fe-;, cha en adelante, quedan; suspendidas: Jas; : picas -I en tales .barzalesv;

Artículo 89 Si cumplidos los : dos- meses e s t i -pulados como plazos pa ra el acarreo de las le-ñas de brazales: picados has ta hoy -y aún se h a -l laren éstas fuera de la fábr ica principal de. es-t a s .salinas o de sus ' lugares dest inados: a de-

SE APRUEBA UNA DISPOSICION DEL ADMINISTRADOR DE ADUANA

DE CARTAGENA

RESOLUCION N° 929 DE 1930 (5 de diciembre) -

P O R LA CUAL SE DELEGA UNA FACULTAD AL SUBJEFE DEL RESGUARDO NACIONAL

D E T O L U

. El Administrador Tesorero fie la Aduana de Cartagena,

en" y • .

CONSIDERANDO Que - la empresa denominada •Co^ímbia- 'Pró*

duets Company, dueña del packing-house del Goveñas>, lia anunciado a esta Administración que se encuentra lista pa ra -e l despacho de a l -gunos productos p r e p a r a o s ; por d icha Compa-ñía,, destinados» a l consuma- de diversos1 lugares del país- y. del Exterior; . / Que- el ar t icule 15 del; cóntrátb-de;17' ¡ tféjunio de, 1818, celebrado entre; el Gobierno y la m e n -cionada e m p r e s a , £ d i e e - t e x t u a l m e n t e ; - - ; . : «La .carga dalexportacióii que' t a f f iennós bus-

ques al servicio: de la erapr^ai-iSe despachkíáv por uno . de los puertos habilitados, de "Clspatá5

o -Coveñas; "según que en uno: o en..otro pun to se establezca el packing-house, p a r a lo cual el Gobierno; dispondrá la organización, del - caso,.-, haciendo, uso. de la autorización; que -consagra; el art ículo 4* de la Ley 85 de-1915, sobre r é g i -men de las Aduanas, de-la República:; -. Que consecuente con esta . obligación; el Mi-1

pósitos en sus cercanías, serán , consideradas; ce- : mo -contrabando y decomisadas. Igualmente serán;. decomisadas las leñas picadas en barza-les, de esta -fecha: -en-ádelante . -: Artículo 9" Las licencias concedidas-para ex-

t raer leñas, son -válidas solamente p a r a los i n -dividudos en ellas' favorecidos. _ •

Artículo 10. La refrendación de licencias sobre cultivos se h a r á teniendo en cuenta las disposi-ciones contenidas en la Resolución número 50, ya citada, y demás de l a presente: Se señala el plazo; de t res meses (de esta fecha al 31 de di-ciembre) p a r a atender al cumplimiento de tos. requisitos; si cumplido- este plazo los- tene-dores de licencias no se presentaren a hacerlas ref rendar , pierden e^ derecho a tales mejoras y las licencias se considerarán abandonadas, en cuyo caso se d a r á aviso^al Münisterio de Ha -cienáa .para que autorice-su cancelación.

Sométase l a presente, a la aprobación del: sg-ñor Ministro de Hacienda y Crédito Público .

Dada en la Salina de Chita -a 2 de -octubre de 1930.

E-l Administrador, ..Venancio ¿ A T O R R E

• - . , . ' RESOLUCION "NUMERO-' 227 .'•

Ministerio de.,Hacienda y Crédito Público—Su-perintendencia, G e n e r a r s e Ríentas;.N,acionaÍes. Bogotá, noviembre 17 de 1930.

Apruébase, la anter ior Resolución número l r

de fecha 2 de,, oatubre . último, dictada por . el Adminis t rador ¡.de la Sal ina de . Chi ta y Mune-que. ,

Cópiese y publíquese en el Diario. Oficial. ,

El -Súperintend-enterGeneral - de - Rentas,;-- •

Fernando Isssa

Page 4: CONTENIDO PODER LEGISLATIVO

D I A R I O , O F I C I A L •15

nisterio de Hacienda y Crédito Público en te -legrama número 3603 C de fecha 2 de los co-rrientes, autoriza a esta Administración pa ra reglamentar el despacho de los productos pro-venientes del packing-house de Coveñas, a j u s -tándose a las disposiciones del Decreto 267 de 1924, que reglamenta el comercio de cabotaje y el costanero, y consultando: el cumplimiento de esas disposiciones con los intereses de la Compañía, en forma que no s u f r a n demoras los despachos de los referidos productos;

Que del estudio hecho al respecto, la Admi-nistración dé la Aduana no encuent ra obstá-culo alguno en cuanto al, cumplimiento de los preceptos del Decreto, mencionado, autorizando al Subjefe del Resguardo Nacional en Tolú, lu-gar cercano a Coveñas, pa ra que directamente, intervenga en la legalización de los documentos de que deben proveerse las Capitanes de los respectivos barcos en los ouales se t ranspor ten los productos del: packing-house, . ya con destino a cualquier otro puerto habili tado de la Repú-blica, ya se t ra te de la exportación pa ra los mercados del Exteriror, •

RESUELVE: Artículo 1? E n el t ranspor te de los productos

procedentes del packing-house de Coveñas, se cumplirán, cuando se t ra te de conducirlos de un puer to a otro habil i tado de la República, las disposiciones contenidas en el capítulo único* , sección primera, del Decreto número. 267 de 1924, reglamentar io del comercio de cabotaje y ; el costanero.

Artículo 2? P a r a evitar toda demora- .en el despacho de aquellos productos, y ; pa ra que puedan seguir directamente de Coveñas a otros puertos habili tados d e . l a República, facúltase al Subjefe del Resguardo Nacional dé Tolú p a r a

• legalizar todos los documentos de embarque en el puerto de Coveñas, adonde se t ras ladará , en cada caso, previo anuncio anticipado de la em-presa del "packing-house.

Artículo 3' En cuanto a la exportación de esos productos, con destino a otros mercados del Ex-terior, los manifiestos correspondientes sí de-ben ser presentados ante, la Administración de esta Aduana, la cual comunicará las instruccio-nes a r s u b j e f e del Resguardo Nacional de Tolú, pa ra que permita y facilite todo lo conducente al embarque,: ya que el Gobierno carece de f a -cultad legal para, variar los t rámites que la ley t iene establecidos respecto de la exportación, que comprende también la estadística que de ella debe hacerse mensuaímente con destino a la Contraloría General dé la República.

Artículo 4? Sométá'se esta Resolución a la , censura del señor Ministro de Hacienda y Cré-dito Público, y si fuere aprobada, comuniqúese por nota al Subjefe del Resguardó Nacional de Tolú, las instruqeiones conducentes al desarrollo y. cumplimiento detes ta .providencia. , >

Dada en Car tagena i, los 5 días del mes de diciembre dé 1930.

E f r a ú n del Toro

RESOLUCION NUMERO. 2954,

Ministerio de Hacienda y Crédito Público-—2' Superintendencia Delegada dé .Rentas Nacio-nales—Bogotá, diciembre .12 de 1930. Se aprueba la anterior Resolución, no sin ad-

vertir al señor Administrador de,'la Aduaná que^ la delegación de funciones que deléga -fil.- S u b -jefe. del Resguardo Nacional de Tolú p a r a h a -cer los documentos de embarque en el puerto de. Coveñas de los productos nacionales del pac-king-house que se dest inen al comercio de cabo-ta je , no lo inhibe de responsabilidad, en el caso de que no se cumplan estr ictamente las

RELACION DE CONTRATOS MENORES DE $ 2,000

CELEBRADOS Y APROBADOS POR EL

MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO

PUBLICO República de Colombia—Ministerio de Hacienda

y Crédito Público—Contabilidad y Revisión -Sección cuarta—Bogotá, noviembre 19 de 1930.

Cont ra to celebrado por el Je fe del Resguardo del puérto de Tumaco con Manuel Preciado en 10 de marzo de 1930, sobre suministro de u n bote p a r a el servicio del Resguardo, por $ 700 . .

En t re el Administrador Tesorero de la Aduana de Car tagena y Enrique Le-compte, en 20 de mayo del año en cur-so, sobre suministro de dos lámparas . -y otros efectos, pa ra servicio del f a ro de Santo, Domingo, p o r . . . »• • • • 3 0 0 1 ••

E n t r e el Administrador^ de la Aduana de Barránqui l la y Edward C. Austin en 6 de junio último, por suministro de ^ varios elementos p a r a la p lan ta gene-radora de gas acetileno, de propiedad de la Nación, por... . . . . " . . . . . . . . . 1,904 . .

En t r e el: Administrador Tesorero de la Aduana de Cúcuta y León Garc ía Herreros, como Secretario de Hacien- . da del Depar tamento , en 19 de ju l io ;

'últ imo, por suministro de . dos bestias mulares, por la suma d e . , . . . ' . . . . . . . . . . . 200 . .

En t r e el mismo Administrador y Pe-dro J . Meléndez, en 23 de julio último, sobre suministro para, el servicio del Resguardo, de un galápago aperado, por .1 valor de 60 . . . '

.Entre el Administrador de la Adua-n a de Car tagena y Antonio del Móííaco,. el 16 de. septiembre último, sobre sumi-nistro de tres máquinas de escribir, por. 240

En t re el Administrador General de Jas Sal inas Marí t imas . y , Jenaro Pérez, en 29 de octubre último, por t ranspor te de 500 sacos de sal a Puer to .Wilches, por 196 87

En t r e el Almacenista, de Sales de Bue-naventura y Enrique Rengifo, en 27-de junio de 1930, sobre a r rume y repeso de los. sacos éxistentes , en el a l m a c é n . . , 496 15

En t r e el Administrador:de las Salinas de Zipaquirá y Arturo Manrique, en 9 de octubre ú l t i m o / por suministro de elementos, y obra de mano p a r a la repa-ración de una Volqueta de propiedad del • Gobierno, por . . . . . . . 583 90

Miguel Aguilera

disposiciones del Decreto 267 de 1924, que re -g lamentan ese comercio'. :

Envíese üna : copia -de ,'ésta. Resolución al Mi-nis te r io 'de Gobierno pa ra su publicación en el Diario Oficial. ~

Por el Ministro, el S u p e r i n t e n d e n t e General ,

Fernando ISAZA

COMPILACION DE LAS DISPOSICIONES SOBRE FKENSA

Dirigida por el Je fe de la Sección 5? del Mi-nis ter io-de Gobierno.

Contiene: artículo 42 de la Constitución Na-c iona l ; Leyes 51 de 18S8, 73 de 1910 y 50 de 1911; las disposiciones concernientes del Código Penal ; -Resoluciones del Ministerio de Gobier-no, sobre inteligencia de las leyes; algunas -doctrinas de la . Corte Suprema de Justicia y de varios Tribunales.Superiores, e tc . , etc.

De venta en la Administración del DIARIO OFICIAL, car rera 9', número igg, a $ 0-5G el

•, e jemplar en rústica»

RELACION D E CONTRATOS MENORES DE $ 2,000

CELEBRADOS POR EL MINISTERIO DE

HACIENDA Y CREDITO PUBLICO

República de Colombia—Ministerio de Hacienda y Crédito Público—Contabilidad y Revisión. Sección cuar ta—Número 6091—Bogotá,, n o -viembre 11 tío 1930.

El celebrado por el Administrador General de las Sal inas Marí t imas del Atlántico, en, seis de septiembre último, y .Octavio Gómez, t r ans -porte de 3,000 sacos de sal por valor de $ 937 50

Ent re los "mismos contratantes , por ' t ransporte de 2;000 sacos de sal, por valor d e . . . . . . . . . . . . . . . . 718 75

En t re el Almacenista, dei Sales de-Car tagena y Eduardo Taylor, en 26 de septiembre último, por t ransporte de 500 sacos de 'sal de p r imera a Quibdó, por valor . d e . . . . . . . . . . . . ; - . / . 218 75

En t r e e l , Administrador General de las Salinas Mar í t imas y Diego Maru -landa G :., en 13 de octubre de 1980, t ranspor te de 1,000 sacos d e sal de M a -naure a Ríohacha, por 300

Ent re el Administrador de las Salinas de Cumáral y Upín y Ricardo Esco-bar Ls, en 20 de mayo de 1930, sobre suministro de mil metros de cable de acero y una llave de cadena 175. . .

En t re el Administrador Tesorero de la Aduana de San ta Mar t a y Carlos T . Ponzón, en .29 de abril de 1930, por reparación de la ba landra Sul tana, por valor d e / . . . , . , . . . . . . . . . . . . . . . . . 1 , 5 0 0 . .

En t re el Administrador Tesorero de la Aduana de Car tagena y M. M. Stuc-key en- 10 de septiembre de 1930 y como representante de la Andian National Corporatipn, Ltd., a r rendamiento de unos l o c a l e s . . . . . . .. ¡ 450 . .

En t re el mismo Administrador y Ro-berto Cavelier, en 23, de septiembre úl-timo, por suministro de muebles pa ra los almacenes y. oficinas de La Machina, -por.. valor de . . . . . . . . . . . . ' . - 495 . .

En t re el mismo Administrador y Lu-cio Martínez G . , en 8 de septiembre de 1930, sobre reparación de una de las bo-degas en La Mach ina . . . . . . . . . . . . . . . . . 454 45

Ent re el mismo Administrador y Vii cente Martínez R . , en 16 de septiem-bre último, por, suministro de muebles p a r a la Sección- de Reconocimientos, y

.almacenes de La M a c h i n a . . . . . . . . . . . . 145 . En t re él mismo Administrador , y J . V. Mogollón & Co., en el mismo día, por suministro de muebles y un reloj regu- - . lador, p o r . . . . . . ; . . 216'..,

En t re el Administrador Tesorero de la Aduana de Car tagena y Diego Mar t í -nez e Hijos, en 11 de septiembre último,, ' por suministro de archivadores metálicos y otros1 muebles, por «valor de . ' . . . 540 . .

Ent re el mismo. Administrador y E. V. Ince, como represen tan te . legal de la Tropical Oil Company, en 23 de sep- -t iembre último,, por suministro de ga-solina pa ra las lanchas del Resguardo :-Nacional, . por . . . . . . ..." . . . . . 527 59

Entre el Administrador de la Aduana de Buenaventura y Kar l Hossfeld, en 14 de abril de 1930, sobre suministro de algunos repuestos ' p a r a el -remolcador Abadía M é n d e z . . . . . . . . . ... 275 .'.

Entre. el Ministro de Haciendá y Crédito Públ ico y Pedro Antonio Casis, en 14 de octubre de 1930, como Auxiliar

Page 5: CONTENIDO PODER LEGISLATIVO

D I A R I O , O F I C I A L •15

TESORERIA GENERAL DE' LA REPUBLICA

MOVIMIENTO DE CAJA 22 de noviembre de 1930

INGRESOS Traspaso de fondos:

3125. Banco de la República, suma que el Banco recibió de la Adua-n a de Car tagena . . .$ 25,000 . .

Depósitos provisionales:

Recibido del Ca je ro de Sueldos, de. Retiro, giros, as í : 3120. Al Administrador de Hacienda Nacional de Ba - "

Tranquilla, p a r a entregar al Contador del Batal lón de Xn- - in-f a n t e r í a Nariño

3119. Al Administrador de Hacienda Nacional de Car -tagena, p a r a entregar al Contador del Bata l lón de I n -f an t e r í a Car tagena ' .

3121. Al mismo Administrador, p a t a entregar al mi s -mo Contador

3122. Al Administrador de Hacienda" Nacional de. Cd-cuta-, p a r a s i tuar en Pamplona y, en t regar al Contador del Batal lón de In fan te r í a García Rovira . . . . . . . 3124. Recibido de Guillermo Ruiz Rivas, Tnspéctor de ¿

Rentas , giro al Administrador de Hacienda Nacional de Manizales, p a r a e n t r e g a r - a l mismo A d m i n i s t r a d o r . . . . . . .

"Acreedores varios: 3118. Recibido de la J u n t a de Alcantaril lado y Pav i -

mentac ión de Bogotá, depósito de la orden de pago n ú -mero 296|11258, del Ministerio de Obras P ú b l i c a s . . . . . . . .

3123. Recibido de Leandro Medina, depósito de la orden de pago número 901|11306, del Ministerio de Hacienda y Crédito Público

.Rentas: 3117. Recibido del Habili tado , de la Policía Nacional,

valor del r emate de unos semovientes de propiedad n a -cional

17 87

5 60

235 16

3 60

100 . .

12,500 . . .

14,490 . .

316 . .

S u m a 52,668 23

V EGRESOS '

Fondo rotativo.

Ordenes de pago definitivas:

Número-428]11270. Ministerio de Gobierno. A favor del Director del Depar t amen to de Provisiones . . . . . . . . . . . $ ;. 2,100 . .

Número 411[1Í268. Ministerio de Gobierno. Á favor del mismo . . . . . . . . . . 21& 81

Número 424|11300, Ministerio de Gobierno. A favor ' de l mismo "... • 250 79;

Número 427¡11269. Ministerio de Gobierno. Á favor del mismo . - . . : ,303 85

S u m a 2,874 45

Ordenes de pago defini t ivas:

Número 866|11246. Ministerio de Educación Nacional . Hotel Regina $

Número 838¡11223.\Ministerio de Educación Nacional A favor de Dolores Castañeda . . . . . . . . . . . . . . . . . . . ' .

Ñúmero 839111224. Ministerio de Educación Nacional . A favor de sor Margar i t a María . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

Número 276¡11180. Ministerio de Obras Públicas. A f a -vor de la Empresa P luv ia l . de Ciénaga . . . . . . . . . . . . . . . .

Número 296|11258. Ministerio de Obras Públicas. A f a -vor de la J u n t a de Alcantari l lado y P a v i m e n t a c i ó n . . . .

A favor del 940 50

200 .'.

100 . .

16 31

12,500 .

Número 833(11218. Ministerio de Educación Nacional . A favor de Andrés Bermúdez . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . $

Número 805|11008. Min i s t e r io 'de Educación Nacional . A favor del Reverendo Padre Luis Antonio del Sagrado Corazón . . . . . . . . . .

Número 901J11306. Ministerio de Hacienda y Crédito' Público . A favor de Leandro Medina ( a p o d e r a d o ) . . . . . .

Ordenes de pago de anticipo:

Número 229111080.' Ministerio de Gobierno. A favor de Manuel F . Cardoso . . . . . . . . . . .

Fondo rotativo: Número 235|7015. Depa r t amen to de Provisiones. A f a -

vor de The Royal Bank of Cañada i . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Número 443|11020. Depar tamento de Provisiones. A f a -

vor d e - R o m e r o ' & Lizarraíde . . . . . . . . . . . . . . . .

Ordenes de pago definitivas: Número 536(11050. Ministerio de Obras Públicas. A f a -

vor de Carlos H. P a r e j a (endosatario) . . . .

Depósitos provisionales:

; A favor de Mario J . Granados, embargo del mismo,, en agosto y septiembre de 193Ó . . . . . . : . . . . ; . . . . ;

Acreedores varios: . A; favor de Jorge Campillo, buena cuenta del depósito número 3081, de noviembre 18 de 1 9 3 0 . . . . . . .

A favor del Banco de Londres y América .del Sud, bue-n a cuenta del,depósito número 3036, de noviembre 22 de 1930 . . . .

A favor de José Jesús Angel; |?uéna cuenta del depósi-to número 3063, de noviembre 15 de 1930...

A favor de Joaquín Caro, buena cuenta del depósito número 3110, de noviembre .21 de 1930 . A favor de Félix A. Múrillo, saldo del depósito, n ú m e -ro 3050, de noyiembre 14 de 1930 ; . . . . . . .

Gastos pendientes de órdenes de pago: A favor de varios, pensiones del Ministerio dé Ha-

cienda y Crédito Público . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . ' . . . .

2,000 . .

300 . .

143,490 . .

4,888 21

3,390 04

. 145 . .

1,031 80

27 73

2,000 . .

2,500 . .

2,500 . .

2,500 . .

3,000 . .

22 . .

Suma 52,551 59

MOVIMIENTO

en la caja de la Tesorería General de la República.

Bogotá, noviembre 22 .de 1930 Saldo ayer . . . . . . . . . . . . . . $ 10,344 78 Ingresos hoy 52,668 23 Egresos hoy . . . . . 52,551 59 Balance . . . . . . . . . . . 10,461 42

63,013 01 63,013 01

Descomposición del saldo: Saldo en el Banco de la República Cheques p a r a consignar • Billetes, p la ta y níquel . . . . . . . . .

. 207 38 262 23

9,991 81

Total

Tesorería General de la República. El Cajero,

10,461 42

L. Acebedo 15.

d,e la Misión : de f m a d e r o s americanos, en t iempo extra . . . . $ 400 . .

En t re el mismo Ministro y L. C. To-rrénegra, como Auxiliar de lá misma Misión, en 3 de octubre últ imo ,337 50'

: En t r e el mismo Miiüstro y Carlos Uribe Prada , como Auxiliar de la Mi-sión de financieros americanos, . en 12 de octubre ú l t i m o . . . . ; 350 . . - Ent re el mismo Ministro, autorizado , ,

por el Consejo Directivo del Depar ta - , i

mentó" : de . Provisiones y Maximino 0 . Corchuelo, en 7 de octubre, por t r aba jos y reparación del . automóvil . . . . . ••$

En t ré el mismo y. J u a n Uricoecheá, en 26 de septiembre ú l t imo^por sumi-n i s t ro dé cuatro l lan tas y sus neumá-t icos . . . . . . . . . .

¡ En t re el mismo y Roberto Eddie, como í Auxiliar de la Misión Kemmerer , en . [ horas extraordinarias, con _.fecha > 16 de

490

124 92

octubre de 1930 . . . . . ; . ; . . . . ; . . . . .... .$ ; .71 50. Entre , el mismo y Ricardo Hinestrosa

Daza,, como Abogado Asesor de la Mi-sión Kemmerer en 22 de octubre último-. 400 . .

El celebrado por e l Juez de Ren tas Nacionales y Pombo , Hermanos, en 31 ,.. de agosto último, por a r rendamiento de un -looail pa ra el Juzgado de Car tagena . .. 80' . .

El Jefe, de la Sección 4»,

A. Cruz .Santos

Page 6: CONTENIDO PODER LEGISLATIVO

14 D I A R I O O F I C I A L

TESORERIA GENERAL DE LA REPUBLICA MOVIMIENTO DE CAJA

24 de noviembre de 1930

INGRESOS

Traspaso de fondos: 3126. Banco de la República, suma que el Banco recibió de !a Adua-

na de Barranquilla . . . . $ 13Oí000 . . . 3131. Recibido del -Contador Pagador del Ministerio de Correos y Telégrafos, reintegro con factura número 11514, de noviembre 22 de 1930 170 88

3132. Recibido del mismo, reintegro con factura nú- ¡ mero 11515, de noviembre 22 de 1930 . / . . . . . ' 2,068 98

Depósitos provisionales: 3130. Recibido del Habilitado de la Policía Nacional

(Juez Nacional de Ejecuciones Fiscales), descuento a Hemáin Medina Peñuela , . . . ,.. . . . . . . . . 118:86

3138. Recibido de Ramón L. González M. (Juez Na-cional de Ejecuciones Fiscales), -suma retenida por cuen-ta del Juzgado, oficio número 1717, de noviembre 5 de 1930 . . 681 30

Acreeiloi-es varios:

3127. Recibido de Rafael González García, depósito de la orden de pago número 160111013, del Ministerio de Correos y Telégrafos 12,681 . .

3129. Recibido de Rafael Vargas P., depósito de la orden de pago número 191|11099, del Ministerio de Obras Pú-blicas . . . . . ,....•. 20,000 . .

3133. Recibido de Pablo E. Pinzón Tolcsa, depósito de la orden de pago número 190;11098, del "Ministerio dé Obras Públicas 16)000 . .

Rentas:

3128. Recibido de Gabriel Toro, .derechos del traspaso de una marca v . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . — . , . , . • 13 . .

3134. i Recibido de J. M. Escoibar, registro , y -publica-ción de una marca y una-clase a d i c i o n a l . . — . ... . 16 . .

3135. Recibido de Roberto Botero, derechos del tras-paso de una marca de fábrica . 13 . .

3136. Recibido del mismo, derechos del traspaso de una . marca de fábrica' . . . . . 13 . .

3137. Recibido del mismo, derechos del traspaso de una marca 13 . .

Suma 181,789 02

'ÍXaMBSOS'"''--Amortización S e bonos fetí0vtóos\,<Sefl;^n!®caír^

Giba de l a Conta-aloria General de la República;' de fecha 2Í de noviem-bre de 1930: * •• • •

Por capital $ .•172,400...= Por intereses 10,344

Suma $ .. 182,744 . .

Ortlejri.es de pago definitivas: Número :858[11276; Ministerio de Hacienda y Crédito Público. A fa -

vor- de Víctor Cock, Agente Fiscal de Antioquia . . ¡. . ..$. > 271.44 Número 864|11277. Ministerio de Hacienda, y Crédito:

Público.- A favor de L . A. Ramírez (apoderado),.,,...... . i 2,420 ..."

Número 824|11304.. Ministerio, .de Hacienda y Crédito r: Público; -A -favor de Kossuth M . W i l l a m s o n . . . . .T . : :« 6158,

Número 899|11334, Ministerio de Hacienda y Crédito -Público. A favor de Sixto A. Zerda (apoderado) 288 . .

Número 921|11337. Ministerio de Hacienda y. Crédito Público. A favor de Carlos ü r ibé P r a d a . . . . . . . . . . . . i . . . 350 . .

Número 923)11338. Ministerio de Hacienda y Crédito Público. A favor de Ricardo Sarmiento B . ... 16 »(, .

Númeío ;903|'11335 .̂-v̂ Ministerfe de Hacienda y Crédito "•'.,•-. Público. A favor de R a m ó n L . González M 711 68 • Número 305|11386 .' 'Minis ter io d e -Hacienda y Crédito

Público. A favov-de Ramón L. González M. (cesionario). 136 80 Número 853¡11237.. Ministerio de Educación Nacional.

A favor de Jorge Lleras ' 482 20 Número 84511230. Ministerio de Educación Nacional.

A favor de la i íermana Magdalena María 100 . . Número 231|11069. Ministerio de Obras Públicas. A fa- ,

vor de las Empresas Unidas de Energía Eléctrica 4,024'43

Número 255¡11252. Ministerio de Otaras Públicas. A fa - "" 1 ~~ vor de Hernando Garóes Navas .$ 400 . .

Número 280111183. Ministerio de Obras Públicas. A fa -vor de The Royal Bank of Cañada 720 43

Número 198(11329. Ministerio de Relaciones Exteriores. A favor de Humberto Bruno 1,000

Número 245)11042. Ministerio de Industrias. A favor de la Cámara, de Comercio de Girardot 150

Ordenes de pago de anticipo: Número 18711056. Ministerio de Obras Públicas. A fa-

vor de Carlos Escobar Roa 1,000 Número 191|11099. Ministerio de Obras Públicas. A fa-

vor de Rafael Vargas P. 20,000 . . Número 19011098. Ministerio de Obras Públicas. A fa -

vor de Pablo E. Pinzón Tolosa 16;O0O Número 23611086. Ministerio de Gobierno. A favor de

Hernando Urrea Páez 9,246 . ¿ Número 230¡11081. Ministerio-de Gobierno. A favor de

Manuel F. Cai-doso . . . 1;905 45 Número 18210072. Ministerio de Educación N-acioraal.

A favor de Rafael Barberi 684 . . Número 21811062. Ministerio d-é -Guerra. A favor de

Lorenzo García 485 ¡ . Número 1S011013. Ministerio de Correos y Telégrafos,.

A favor de Rafael González García 12,681 •-.* Fondo rotativo: Número 43611014. Departamento de Provisiones. A fa-

vor de Camacho Roldán & Compañía 205. , . Número 84|8027. Departamento de Provisiones. A fa -

vor del Banco Alemán Antioqueño . 2,037 38

Traspaso de fondos: A favor del Banco de la República, para situar a la

orden, así: Del Administrador de Hacienda Nacional de Cúcuta. 3,320 . . Del Administrador de Hacienda Nacional de Barran-

quilla . . . . . . . . : . . , . . . . . 2,000 . . Del Administrador de Hacienda Nacional de Bucara-,

manga . . . . i . . — . . . 4,00.0.* Del Administrador de Hacienda Nacional de Neiva. . 6,000 . . Del Administrador de Hacienda Nacional de Ibagué.. 6,000 . . Del Administrado]1 de Hacienda Nacional de Tunja. . 8,000 . . A favor de la Oficina de Encomiendas y Valores De-

clarados, para remitir al Cajero del Lazareto de Contra-tación . . . . . . . . . . . . . . 10,108 95,

A favor del Banco de la República,, para: s i tuar ®n .Gi-rardot , a la orden del Ca je ro del Lazareto de Agua, d e Dios 10,565 60

A favor del mismo, valor de £ 2,000, a razón de $ 5-05 libra, para remitir al Cónsul de Colombia en Londres.. 10,100

A favor del Cajero de la Oficina Externa del Lazareto ^ f e <k>ntrátIcMé,; letra número 417, a. favor-de Elias J .

Sánchez i . . . . . . . V 498-32 A favor del Cajero-de la Of ic ina Exteí í iá del Lazareto

dé Agua de Dios, let ías, así : - Número 506, a favor de Eduardo de J . S á n c h e z . . . . . . . . 6^0

Número 518, a favor del Banco Agrícola Hipotecar io . . 500 ,¿ A favor de Mar ía Rincón, giro del Administrador de .

H a c i e M a Nacional d e . S a n Andrés " . 70 . . . A favor de María Betul ia Alarcón, gir®> del Adminis- .

tradar de Hacienda Nacional de Florencia ( C . ) . . . 10 , , A favor de Argemira de Arenas, giro del Administra-

dor de Hacienda Nacional de Florencia (O.). . , . . . . . . 70 . . A favor de Isabel Agusti Pastor, giro del. Administra-

dor de Hacienda Nacional de Florencia ( C . ) . . 15 •«

• Depósitos provisionales: 1

A favor de Juan de Jesús Rubio,-embargo de Joaquín , Güéll, en noviembre y diciembre de 1930, . . . . . 373 33

Acreedores varios: A favor de Rafael González García, buena cuenta del

depósito número 3jS7, de noviembre 24 de 1930 . . . . . 2,239 86 A favor de Tiberio Reyes, buena buehta del depósito

número 307.9, de noviembre de 1930 12,000 . . A favor de Pedro E . Gómez O.,' buena cuenta del de-

pósito número 3114, de noviembre 21 de 1930. . . . 11,350 24 A favor de la J u n t a de Alcantaril lado y Pavimentación

de íBogatá, a M e n a cuen ta del recibo 1 núméro! 3118, de .noviembre 22 de 1930- 2,500 .„

A favor de Jorge .Holguín Ll. , buena cuenta del depó-sito número 3080, de noviembre 18 de 1930..J.. 10,000 .» .

' A favor de Lorenzo García, buena cuenta del -depósito.; número 3060, da noviembre 14 de 1930 2,000 . .

A favor de José M. Taxnayo, buena cuenta del depósi- ,

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D I A R I O , O F I C I A L •15

MINISTERIO DE INDUSTRIAS

SOLICITUDES DE REGISTRO DE MARCAS

Señor Ministro de Industrias. El suscrito, como apoderado de Luis Núfiez

M. , domiciliado en Cali, solicita el registro de la marca de fábrica que consiste en la pala-bra Salutol, para distinguir la composición farmacéutica de ese nombre, destinada a coto-batir las enfermedades de la sangre y del sis-tema nervioso en general, comprendidos en la clase 2» de que trata el Decreto número 499 de 1925.

SALUTOL Jorge Méndez V.

Expediente número 7398. ** (2002):—Publicación, tres veces.

3—3 — » : « —

Señor Ministro de Industrias.

El suscrito; eomo= apoderado de Garcés N. y Compañía, domiciliado en Medellín, solicita el registro de la marca de fábrica que consiste en:

a) La palabra TJrol. b) En el siguiente dibujo: la representación

de los órganos de la respiración, hígado, riño-nes y vejiga y sistema central de circulación; la palabra Urol arriba, y encima de ésta una

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mano con un vaso vertiendo un líquido, todo dentro de un rectángulo con base en uno de sus lados.

c) El empaque tiene la forma que aparece ele los modelos adjuntos; puesto verticalmen-

te, en la cara del frente va el dibujo menciona-do antes, en azul, rojo, amarillo y negro, com-binados, tal como consta en dichos modelos; en la parte inferior de dicha cara va esta leyen-da: Sai Efervescente Granulada; en la cara posterior se hallan algunos anuncios de la es-pecialidad, sus características, indicaciones y dosis; en< una dé las caras•• laterales se anun-cia también el artículo, y e® la otra consta el análisis de la preparación; en la base infe-rior el nombre de Crol, y la constancia de ha-llarse licenciada, y en la superior una indica-ción sobre la manera de cuidar de la droga. Todo el empaque va en fondo blanco' y todas las leyendas van' en negro, a excepción de la palabra' Urol, en el dibujo de que se trata.

Para distinguir una especialidad farmacéu-tica, comprendida en la clase 2* de que trata el Decreto número 499 de 1925.

José J. Gómez R. Expediente número 7353.

. (2003)—Publicación, tres veces. 3—3

— » : « —

Señor Ministro de Industrias. El suscrito, como Gerente de la Compañía

Fosforera Colombiana, sociedad anónima, do-miciliada' en Bogotá, Departamento de Cundi-namarca, solicita el registro de la marca de fábrica que consiste en las palabras Pan-oí Sa-fety Match, colocadas sobre una faja en for-

ma de serpiente, sobre cuya parte izquierda aparece posado ún papagayo con las alas abiertas, precisamente encima de la palabra Parrot, impresa toda la etiqueta en colores ca-prichosos, naranja y roja especialmente, cuyo distintivo esencial de la marca Parrot Safety Match (Fósforos de Seguridad Papagayo), con-

Señor Ministro de Industrias.

El suscrito, como apoderado de la- Vick Che-mical Company, sociedad organizada conforme a las leyes del' Estado de Delaware, domiciliada en Filadelfia, Estado de Pensilvania, Estados Unidos de Norte América, solicita el registro de la marca de fábrica y de comercio que con-siste en la denominación Vaporub, tomada en. sí misma e independientemente de toda forma distintiva. La marca puede emplearse en cua-lesquiera tipos de letras, tamaños y dimensio-nes, y sirve para distinguir productos quími-cos, medicinales y farmacéuticos, ungüentos, cosméticos, perfumes,, extractos, esencias,, y en general, cualesquiera artículos comprendidos en las clases l-1, 2-1 y 16 de que trata el Decreto número 499 de 1925.

E V A P . O R Ü B ; " Presentada el . . de noviembre de 1930.

Juan Uribe Holguín Expediente número 7420.

: (2007)—Publicación, tres veces. 3—3

Señor Ministro de Industrias. El suscrito, como apoderado de Enrique Sa-

lazar J . , domiciliado en Bogotá, solicita el re-gistro de la marca de comercio que consiste en la denominación Granja Victoria, para dis-tinguir un vifto, comprendido en la clase 23 de que trata el Decreto número 499 de 1925.

GRANJA VICTORIA Mauricio Mackenzie

Expediente número 7425. (2008)—Publicación, tres veces. 3—3

siste en un papagayo con las alas abiertas, para distinguir fósforos, comprendidos en la clase 2.1 de que trata el Decreto número 499 de 1925.

4

Compañía Fosforera Colombiana — Benito Larsorc, Gerente.

Expediente número 7374.

(2004)—Publicación, tres veces.

3—3

to número 3061, de noviembre 15 de 1930... $ 3,000 . . Gastos pendientes de- órdenes de pago: A favor de varios, pensiones del Ministerio de Ha- t

cienda y Crédito Público, — 220 . .

Suma . . . ..... . . . . . . $ 180,947 69

1 ¡a . . ' — • ' - ' " ' MOVIMIENTO

en la" caja de la Tesorería General de la República. Bogotá, noviembre 24 de 1930

Saldo ayer . .$ 10,46142 Ingresos hoy 181,789 02 Egresos hoy . . 180,947 69 Balance . . . . . . . . 11,302 75

$ 192,250 44 192,250 44

Descomposición del saldo: Saldo en el Banco de la República i . . . . $ 2,64184 Cheques para consignar 118 86 Billetes; plata y níquel ... . . . . . . . . . . . . . . . . •• 8,542 05

Total . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . ; . .$ 11,302 75

Tesorería General de la República. El Cajero, L. Acebedo R .

COMPILACION DE LAS DISPOSICIONES SOBRE PRENSA

Dirigida por el Jefe de la Sección 5» del Ministerio de Gobierno. Contiene: artículo 42 de la Constitución Nacional; Leyes 51 de 1898,

73 de 1910 y 59 de 1911; las disposiciones concernientes del Código Penal; Resoluciones del Ministerio de Gobierno, sobre inteligencia de las leyes; algunas doctrinas de la Corte Suprema de Justicia y de varios Tribunales Superiores, etc. , etc.

De venta en 1a Administración del DIARIO OFICIAL, carrera 9*. nú-mero 188, a $ 0-50 el ejemplar en rústica.

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16 D I A R I O O F I C I A L

MINISTERIO DE ' EDUCACION,NACIONAL,,

: DECRETO N" 2185 DE 1930 (diciembre 27)

P O R EL CUAL SE HACE UN TRASLADO

El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facul tades legales, y CONSIDERANDO

V> Que por el Ministerio de Educación Ñacio-. na l se h a dado cumplimiento al art ículo 17 de la Ley 34 de 1923, sobre t ras lado de par t idas en las Leyes de Apropiación, y

2? Que el honorable Consejo de Ministros a u -torizó en sesión del día 23 del més en curso el t raslado que por la suma de setecientos t re in-t a y ocho pesos treinta- centavos ($ 738-30), solicitó el señor Ministro de Educación Na-cional, -

DECRETA: Artículo .único. Trasládase la suma de se-

tecientos t re in ta y ocho pesos t re in ta centavos ($ 738-30) moneda corriente al artículo 659 del .capítulo 53 de la Ley de Apropiaciones de la vigencia en curso, tomándola * de la apro-piación del artículo 671 del misino capítulo.;

Pa rág ra fo . , Cqmuníqüése á quienes corres-ponda y publíquese.

Dado en Bogotá a 27 de diciembre de 1930.

ENRIQUE OLAYA HERRERA

El Ministro de Educación Nacional,

* Abel CÁRBONELL

DECRETO N" 21S6 DE 1930 (diciembre .27) ,

POR EL CUAL. SE IIACE UN TRASLADO

El Presidente de la República de Colombia,

"en uso de sus facul tades legales, y .

CONSIDERANDO

Que por el Ministerio de Educación Nacional se h a dado cumplimiento al artículo 17 de la Ley 34 de 1923, sobre t ras lado de par t idas en las Leyes de Apropiación, y

Que el honorable Consejo de Ministros, en sesión del día 23 del mes en curso, autorizó el t ras lado que por la suma d e ' $ 2.587-02 solici-tado por el Ministerio de Educación Nacional,

DECRETA: ' Artículo único. Trasládase al artículo 595 del capítulo 51 de la Ley de Apropiaciones de la-vigencia en curso, la suma de dos mil quinieri-

' tos ochenta y siete pesos dos centavos ($ .2,587-02), tomándola de las apropiaciones del artículo 594 del mismo capítulo.

P a r á g r a f o . .Comuniqúese a quienes corres-ponda, y publíquese.

Dado en Bogotá a 27 de diciembre de 1930.

ENRIQUE OLAYA HERRERA

Él Ministro de Educación Nacional,

Abel CARBONELL

«DIARIO OFICIAL» Los reclamos oficiales deben hacerse a ios

Ministerios y Gobernaciones, entidades que reparten el DIARIO OFICIAL a las oficinas que les corresponden. Los suscriptores deben dirigir sus reclamos a la Dirección de la Im-prenta Nacional. No se repetirá por cuenta del establecimiento ningún despacho o entrega comprobados.

COMISION DE ESPECIALIDADES FARMACEUTICAS

LICENCIA DE VENTA DE PRODUCTOS FARMACEUTICOS

Número 3351—Frío Nieve (específico medicinal) .

Expedida a favor de Félix B . L ian .

Indicaciones y dosis: en la gripe, cólicos, • diarreas, vómitos e hipos. Dosis: 15 a 25 gotas en agua endulzada.

La elaboración de este producto debe hacerse de acuerdo con la fó rmula presentada por el peticionario a la Comisión, y en los t iquetes o' marbetes y mater ia l de p ropaganda no podrán hacerse indicaciones, n i dosificaciones dist intas de las enumeradas . La ¡ infracción de esta dis-posición o de las' contenidas en la Ley 11 de 1920, o de la Resolución número 391 de la Di-rección Nacional de Higiene y Asistencia P ú -blica, serán motivo suficiente p a r a el ret iro de esta licencia.

Según disposiciones legales, es ta licencia no establece ni preconstituye: derecho alguno en favor del peticionario en relación con el nom-bre del producto. -

Expedida en Bogotá a 1 1 , d e diciembre de 1930. . • •

El Presidente de la Comisión, Julio Aparicio. El Secretario, J. M. Baena Lavalle.

LICENCIA DE VENTA DE PRODUCTOS FARMACEUTICOS

Número 3355—Pildoras de Raíz de India del D r . Morse.

Expedida a, favor de" Alvaro de Uricoecjiea, apoderado de T h e W . H . Comstock Co., L td .

Indicaciones y dosis: en las enfermedades del hígado, exceso de bilis, indigestión o dispep-sias, estreñimiento, enfermedades de los r íño-nes, gripe y resfr iados. Dosis: adultos, cua t ro pildoras. Las personas delicadas deben, p r in-cipiar con dos pildoras _y a u m e n t a r según l a enfermedad y efecto. Deben tomarse por la noche o por la; m a ñ a n a r e n ayunas . . ' Prohibiciones, y restricciones: no debe admi -

nis t rarse "a niños menores de cinco años, con-dición que debe constar en los tiquetes-.

La elaboración de este producto debe hacerse de acuerdo con la fórmula presentada por el peticionario a la Comisión, y en los t iquetes o marbetes y ma te r i a l de propaganda no podrán hacerse indicaciones ni, dosificaciones. dis t intas de las enumeradas . La infracción de. esta dis-posición .o de las contenidas en la Ley 11 de 1920, o de la Resolución húmero 391 de la Di-, rección. Nacional de-Higiene y Asistencia P ú -blica, serán motivo suficiente p a r a el re t i ro de esta licencia. *

Según disposiciones legales, es ta licencia no establece ni preconstituye derecho alguno en favor del peticionario en relación con el nonj-bre del producto.

Expedida en Bogotá a 11 de diciembre de 1930.

El ' Presidente de la Comisión, Julio Aparicio. El Secretario, J . M.. Baena Lavalle,.

ANTONIO DE VILLA VICENCIO (El Protomárür)

y la Revolución de la Independencia. Por J . D . Monsalve, tomos I y II.

De venta en la Administración del DIARIO OFICIAL, car rera 9», número 188, a $ 2 cada tomo en rús t ica . -

AVISOS OFICIALES — » . « — j

CERTIFICADO Como Notario primero del Circuito de Bo-

gotá, expido el siguiente extracto, el cual cer-t if ico:

Por ins t rumento público número dos mil ochocientos t r e in ta y ocho (2838), otorgado en esta Notar ía el veinticinco de los corr ien-tes, los señores Emil F . Bogstrom y Bernardo González Bernal , mayores y de esta vecindad, obrando el primero, en su propio nombre y ade-más en su carácter, de Gerente en ejercicio de la Compañía Sudamer icana S . K . F . , domici-l iada en Bogotá, y el segundo, en nombre p ro -pio, y procediendo estos señores y l a Compañía expresada, como únicos socios de la sociedad denominada Compañía Eléctrica de Doima, constituida por la escri tura pública número mi l .seiscientos cua ren ta (1640), de veintiséis de junio de este mismo año, o'torgada en esta Notaría, de mutuo acuerdo hicieron las si-guientes adiciones y modificaciones á los a r -tículos de los estatutos de . dicha Compañía Eléctrica de Doima: .

El .art ículo séptimo quedará tal como se h a -lla redactádo en la escri tura de constitución, pero adicionado así :

"Cuando la sociedad tenga que abrir crédi-tos, ya sean báncarios o an te particulares, el socio González Bernal cederá t rans i tor iamente a la Compañía Sudamer icana S, K . F . la's .acciones necesarias p a r a ' que ella tenga m a -yoría de votos en la Compañía Eléctr ica. de Doimá ." - Asimismo, y desde ahora , cede t rans i tor ia-mente González Bernal a favor de la refer ida Compañía Sudamer icana S . K . F . las accio-nes indispensables pa ra esa, misma mayoría, mient ras el compareciente' Bogstrom sea Geren-te en ejercicio de ella.

Es entendido que p a r a tomar cualquier de-terminación relat iva a fusión con cualesquiera o t ra empresa o compañía similar, así como pa -r a el ensanche de la empresa, los socios pro-cederán de común acuerdo pa ra que t engan valor tales providencias.

Por haber hecho uso el socio González Ber -na l de la opción contenida en la cláusula octa-va y haber pagado los cuatro mil pesos ($ 4,000) a que ella se refiere, queda este señor con veintidós acciones, o: sea con la mi tad del ca-, pital. de la Compañía r e fo rmada . ,

Que las demás cláusulas de la escri tura so-cial quedan ta l como fueron redactadas .

Expido el presen®, en Bogotá, a veintisiete de noviembre de mil novecientos t r e in ta .

Gregorio Ospina E . (Hay u n sello).

Juzgado 7' del Circuito—Bogotá, noviembre veintisiete de mil novecientos t r e in ta

El anter ior extracto fue registrado en el l i-bro respectivo, ba jo el número 161, folios 230 y 231.

El Secretario, Luis A. Sabogal R .

(Hay un sello).

(295)—390 palabras—3 veces—$ 11-70.

LEYES

expedidas por el Congreso Nacional en su l e -gislatura del año de 1924, a $ 2 el ejemplar en rústica.

Impren t a Nacional .