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  • Consejo de Redaccin

    Javier Moscoso del Prado MuozPresidenteFiscal

    Luis Mara Cazorla PrietoVicepresidenteCatedrtico de Derecho Financiero y Tributario. AbogadoAcadmico de Nmero de la Real Academia de Jurisprudencia y Legislacin

    Amalia Iraburu AllegueSecretariaEditora Jefe

    Manuel Ramn Alarcn CaraguelCatedrtico de Derecho del Trabajo y de la Seguridad SocialMagistrado de la Sala Cuarta del Tribunal Supremo

    Jos Mara lvarez-Cienfuegos SurezMagistrado de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo

    Alberto Bercovitz Rodrguez-CanoCatedrtico de Derecho Mercantil. Abogado

    Francesc de Paula Caminal BadaAbogado

    Faustino Cordn MorenoCatedrtico de Derecho Procesal. Abogado

    Eugenio Gay MontalvoMagistrado del Tribunal Constitucional

    Juan Martn QueraltCatedrtico de Derecho Financiero y Tributario. Abogado

    Luis Martn RebolloCatedrtico de Derecho Administrativo

    Julio Muerza EsparzaCatedrtico de Derecho Procesal

    Gonzalo Quintero OlivaresCatedrtico de Derecho Penal

    Enrique Rubio TorranoCatedrtico de Derecho Civil

    Antonio V. Sempere NavarroCatedrtico de Derecho del Trabajo y de la Seguridad SocialCoordinador del rea Laboral de Gmez-Acebo & Pombo

    Eugenio Simn AcostaCatedrtico de Derecho Financiero y Tributario. Abogado

    Javier Vieta ManeroDirector de Publicaciones

  • Observatorio de Polticas Ambientales 2011

  • Fernando Lpez RamnCoordinador

    Observatorio de Polticas Ambientales 2011

    Autores:Carmen Alastuey Dobn

    Jos Francisco Alenza Garca Mara Consuelo Alonso Garca

    Mara Rosario Alonso Ibez Jos Luis Bermejo Latre

    Omar Bouazza Ario Isabel Caro-Patn Carmona

    Vctor Escartn EscudJos Esteve Pardo

    Dionisio Fernndez De Gatta Snchez Severiano Fernndez Ramos

    Manuel Fernndez Salmern Roberto Galn Vioqu

    Gerardo Garca lvarez Nuria Mara Garrido Cuenca

    Marcos Gmez Puente Antonio Gutirrez Llamas

    Olga Herriz Serrano Adolfo Jimnez Jan Jess Jordano Fraga

    Alejandro Lago CandeiraDemetrio Loperena RotaFernando Lpez RamnBlanca Lozano CutandaJuan Emilio Nieto MorenoAlba Nogueira LpezLuis Ortega lvarezJulia Ortega BernardoMara ngeles Parra LucnIsabel Pont CastejnFranz ReimerJuan Rosa MorenoRen Javier Santamara ArinasFrancisco Javier Sanz Larrugaigo Sanz RubialesMarc Tarrs VivesBartomeu Trias PratsMara Teresa Vadr I FortunyGermn Valencia MartnDiego J. Vera Jurado

  • Primera edicin, junio 2011

    Catlogo general de publicaciones oficialeshttp://www.060.es

    Centro de PublicacionesSecretara General TcnicaMINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE Y MEDIO RURAL Y MARINO

    ISBN MARM NIPO

    El editor no se hace responsable de las opiniones recogidas, comentarios y manifestaciones vertidas por los autores. La presente obra recoge exclusivamente la opinin de su autor como manifestacin de su derecho de libertad de expresin.

    Cualquier forma de reproduccin, distribucin, comunicacin pblica o transformacin de esta obra solo puede ser realizada con la autorizacin de sus titulares, salvo excepcin prevista por la ley. Dirjase a CEDRO (Centro Espaol de Derechos Reprogrficos) si necesita fotocopiar o escanear algn fragmento de esta obra (www.conlicencia.com; 91 702 19 70/ 93 272 04 45).

    Thomson Reuters y el logotipo de Thomson Reuters son marcas de Thomson Reuters

    Aranzadi es una marca de Thomson Reuters (Legal) Limited

    2011 [Thomson Reuters (Legal) Limited / Fernando Lpez Ramn (Coord.) y otros Colaboradores]

    Editorial Aranzadi, S ACamino de Galar, 1531190 Cizur Menor (Navarra)

    Imprime: Rodona Industria Grfica, SL Polgono Agustinos, Calle A, Nave D-11 31013-Pamplona (Navarra)

    Depsito Legal:

    ISBN: 978-84-9903-852-0

    Printed in Spain. Impreso en Espaa

  • Sumario

    Pgina

    PREsEntaCin ...................................................................................................................

    GRuPO DE tRabajO DEL ObsERvatORiO DE POLtiCas ambiEntaLEs ............

    i. IntroduccIn general: regresIones del derecho ambIental

    Por Fernando Lpez Ramn..........................................................................................

    PrImera Parte PoltIcas InternacIonales Y comunItarIo-euroPeas

    de medIo ambIente

    ii.comPromIsos InternacIonales ambIentales

    Por Blanca Lozano Cutanda y Alejandro Lago Candeira .................................................

    iii.unIn euroPea: lIderaZgo en cambIo clImtIco, mIrando al Futuro

    Por Dionisio Fernndez de Gatta Snchez .......................................................................

    iv.trIbunal euroPeo de derechos humanos: la ProteccIn del demanIo martImo Y nueVas PersPectIVas de ProteccIn del domIcIlIo Frente a InmIsIones contamInantes

    Por Omar Bouazza Ario .............................................................................................

    v.trIbunal de JustIcIa de la comunIdad euroPea

    Por Jos Esteve Pardo y Marc Tarrs Vives ......................................................................

    7

  • 8

    OBSERVATORIO DE POLTICAS AMBIENTALES 2010 _________________________________

    Pgina

    Xii.JurIsPrudencIa contencIoso-admInIstratIVa: retroceso en la ProteccIn del medIo ambIente o madureZ del derecho ambIental?

    Por Gerardo Garca lvarez ..........................................................................................

    Xiii.JurIsPrudencIa cIVIl: la tutela cIVIl Frente a las InmIsIones IlegtImas Y la ProteccIn del domInIo PblIco natural

    Por M ngeles Parra Lucn ........................................................................................

    Xiv.derecho Penal: la reForma de los delItos contra el medIo ambIente oPerada Por la leY orgnIca 5/2010

    Por Carmen Alastuey Dobn .........................................................................................

    cuarta Parte PoltIcas autonmIcas de medIo ambIente

    Xv. andalucIa: eJecucIn de PreVIsIones estatutarIas Y legales, Y ProtagonIsmo del control JudIcIal

    Por Jess Jordano Fraga ...............................................................................................

    Xvi.aragn: su lucha contra el ruIdo Y el mantenImIento de la Pugna en materIa hIdrulIca

    Por Olga Herriz Serrano .............................................................................................

    Xvii.CANARIAS: entre la ProteccIn de la red natura 2000 Y el catlogo de esPecIes

    Por Adolfo Jimnez Jan ...............................................................................................

    Xviii.cantabrIa: el desarrollo de la FIscalIdad ambIental autonmIca

    Por Marcos Gmez Puente ............................................................................................

    XiX.

    segunda Parte PoltIcas comParadas de medIo ambIente

    vi.alemanIa: rasgos Y eVolucIn general del derecho ambIental alemn Y de sus ProYectos de codIFIcacIn

    Por Julia Ortega Bernardo y Franz Reimer ......................................................................

    vii.FrancIa: las nueVas reFerencIas constItucIonales Y los logros del Proceso de Grenelle

    Diego J. Vera Jurado y Roberto Galn Vioque ...................................................................

    tercera Parte PoltIcas estatales de medIo ambIente

    viii.legIslacIn bsIca: su PaPel Frente a los estatutos de autonoma tras la sentencIa 31/2010 del trIbunal constItucIonal sobre el estatuto de autonoma de catalua

    Por Luis Ortega ..........................................................................................................

    iX.ACTUACIN AMBIENTAL DEL ESTADO: EL IMPACTO DE LAS POLTICAS DE RACIONALIZACIN DE ESTRUCTURAS DE LA ADMINISTRACIN Y LA CONTINUIDAD EN LAS POLTICAS TRANSVERSALES

    Por Isabel Pont Castejn y Juan Emilio Nieto Moreno ......................................................

    X.las PoltIcas sectorIales del estado Y su IncIdencIa ambIental

    Por Vctor Escartn Escud y Jos Luis Bermejo Latre .......................................................

    Xi.JurIsPrudencIa constItucIonal: sobre las ImPlIcacIones ambIentales de las sentencIas del eSTATUT, Y las decIsIones cautelares en los casos del CABAnYAl Y el PArAnY

    Por Germn Valencia Martn .......................................................................................

  • 9

    ___________________________________________________________________________ Sumario

    Pgina

    Xii.JurIsPrudencIa contencIoso-admInIstratIVa: retroceso en la ProteccIn del medIo ambIente o madureZ del derecho ambIental?

    Por Gerardo Garca lvarez ..........................................................................................

    Xiii.JurIsPrudencIa cIVIl: la tutela cIVIl Frente a las InmIsIones IlegtImas Y la ProteccIn del domInIo PblIco natural

    Por M ngeles Parra Lucn ........................................................................................

    Xiv.derecho Penal: la reForma de los delItos contra el medIo ambIente oPerada Por la leY orgnIca 5/2010

    Por Carmen Alastuey Dobn .........................................................................................

    cuarta Parte PoltIcas autonmIcas de medIo ambIente

    Xv. andalucIa: eJecucIn de PreVIsIones estatutarIas Y legales, Y ProtagonIsmo del control JudIcIal

    Por Jess Jordano Fraga ...............................................................................................

    Xvi.aragn: su lucha contra el ruIdo Y el mantenImIento de la Pugna en materIa hIdrulIca

    Por Olga Herriz Serrano .............................................................................................

    Xvii.CANARIAS: entre la ProteccIn de la red natura 2000 Y el catlogo de esPecIes

    Por Adolfo Jimnez Jan ...............................................................................................

    Xviii.cantabrIa: el desarrollo de la FIscalIdad ambIental autonmIca

    Por Marcos Gmez Puente ............................................................................................

    XiX.

    segunda Parte PoltIcas comParadas de medIo ambIente

    vi.alemanIa: rasgos Y eVolucIn general del derecho ambIental alemn Y de sus ProYectos de codIFIcacIn

    Por Julia Ortega Bernardo y Franz Reimer ......................................................................

    vii.FrancIa: las nueVas reFerencIas constItucIonales Y los logros del Proceso de Grenelle

    Diego J. Vera Jurado y Roberto Galn Vioque ...................................................................

    tercera Parte PoltIcas estatales de medIo ambIente

    viii.legIslacIn bsIca: su PaPel Frente a los estatutos de autonoma tras la sentencIa 31/2010 del trIbunal constItucIonal sobre el estatuto de autonoma de catalua

    Por Luis Ortega ..........................................................................................................

    iX.ACTUACIN AMBIENTAL DEL ESTADO: EL IMPACTO DE LAS POLTICAS DE RACIONALIZACIN DE ESTRUCTURAS DE LA ADMINISTRACIN Y LA CONTINUIDAD EN LAS POLTICAS TRANSVERSALES

    Por Isabel Pont Castejn y Juan Emilio Nieto Moreno ......................................................

    X.las PoltIcas sectorIales del estado Y su IncIdencIa ambIental

    Por Vctor Escartn Escud y Jos Luis Bermejo Latre .......................................................

    Xi.JurIsPrudencIa constItucIonal: sobre las ImPlIcacIones ambIentales de las sentencIas del eSTATUT, Y las decIsIones cautelares en los casos del CABAnYAl Y el PArAnY

    Por Germn Valencia Martn .......................................................................................

  • 10

    OBSERVATORIO DE POLTICAS AMBIENTALES 2010 _________________________________

    Pgina

    castIlla-la mancha: la reduccIn de la admInIstracIn ambIental Y el agotamIento del Programa legIslatIVo

    Por Nuria Mara Garrido Cuenca .................................................................................

    XX.castIlla Y len: un balance de eJecucIones

    Por Iigo Sanz Rubiales e Isabel Caro-Patn Carmona .....................................................

    XXi.catalua: FInal de legIslatura, de nueVo el medIo ambIente sIn conseJera ProPIa

    Por Maria Teresa Vadr Fortuny ....................................................................................

    XXii.comunIdad ValencIana: entre el reFleJo ambIental de la crIsIs econmIca Y los conFlIctos con el estado

    Por Juan Rosa Moreno .................................................................................................

    XXiii.eXtremadura: la esPerada renoVacIn legIslatIVa

    Por Severiano Fernndez Ramos ....................................................................................

    XXiv.galIcIa: PlanIFIcacIn terrItorIal Y del lItoral en tIemPos de dIFumInacIn de las PoltIcas ambIentales

    Por Alba Nogueira Lpez y Francisco Javier Sanz Larruga ................................................

    XXv.Islas baleares: la reorganIZacIn de la admInIstracIn ambIental

    Por Bartomeu Trias Prats .............................................................................................

    XXvi.la rIoJa: Pese a las enseanZas de la crIsIs, todo sIgue sIendo sostenIble

    Por Ren Javier Santamara Arinas ...............................................................................

    XXvii .madrId: la PolItIca ambIental ante la crIsIs

    Por Mara Consuelo Alonso Garca ...............................................................................

  • 11

    ___________________________________________________________________________ Sumario

    Pgina

    XXviii.murcIa: entre la batalla Por el agua Y la ParlIsIs de la PoltIca ambIental lastrada Por el dFIcIt PblIco

    Por Manuel Fernndez Salmern y Antonio Gutirrez Llamas ...........................................

    XXiX.naVarra: desValorIZacIn JudIcIal de los requIsItos de PartIcIPa-cIn ambIental

    Por Jos Francisco Alenza Garca ...................................................................................

    XXX.Pas Vasco: contInuIdad Y PnIco econmIco

    Por Demetrio Loperena Rota .........................................................................................

    XXXi.PrIncIPado de asturIas: modelos de gestIn que se desbloquean

    Por Mara Rosario Alonso Ibez ..................................................................................

  • 13

    Presentacin

    Se recogen en este volumen las ponencias elaboradas a lo largo del primer tri-mestre del ao 2011 por los componentes del Grupo de Trabajo del Observatorio de Polticas Ambientales. El Observatorio es un proyecto de investigacin permanente integrado actualmente por 46 profesores pertenecientes a 29 centros universitarios, que lleva a cabo anlisis anuales independientes de las polticas ambientales de las comunidades autnomas en su contexto estatal, comparado, europeo e internacio-nal. Anteriormente, se han publicado, por la editorial Thomson-Aranzadi de Pam-plona, los estudios correspondientes al perodo 1978-2006 y a las anualidades 2007, 2008, 2009 y 20101. El sostenimiento financiero del Observatorio viene siendo garan-tizado por el Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino, y el Centro In-ternacional de Derecho Ambiental, integrado en el Centro de Investigaciones Ener-gticas, Medioambientales y Tecnolgicas, ste a su vez dependiente del Ministerio de Educacin y Ciencia. La Fundacin Ecologa y Desarrollo presta su apoyo para la organizacin material del Observatorio. En el proceso de elaboracin de los tra-bajos del Observatorio se prev la participacin voluntaria de las Administraciones ambientales concernidas, que pueden designar corresponsales administrativos para colaborar con los autores.

    Los estudios se han realizado teniendo como referencia temporal el ao 2010, aun-que en algunos casos se han tomado en consideracin datos de 2009 que no haban podido ser tenidos en cuenta con anterioridad. En ellos pueden encontrarse detalla-das referencias y valoraciones crticas sobre el conjunto de las polticas ambientales practicadas en los niveles internacional, comunitario-europeo, comparado, estatal y autonmico durante el perodo considerado. Los elementos utilizados en los trabajos son las normas jurdicas (tratados, directivas, leyes y reglamentos), los presupuestos pblicos, los documentos de programacin y planificacin (estrategias, bases polticas, directrices, programas, planes), las medidas organizativas, la jurisprudencia de los di-versos tribunales y los conflictos planteados.

    1 Observatorio de Polticas Ambientales 1978-2006, Pamplona, Editorial Thomson-Aranzadi, 2006, 919 pgs. Observatorio de Polticas Ambientales 2007, Pamplona, Editorial Thomson-Aranzadi, 2007, 661 pgs. Observatorio de Polticas Ambientales 2008, Pamplona, Editorial Thomson-Aranzadi, 2008, 695 pgs. Observatorio de Polticas Ambientales 2009, Pamplona, Editorial Thomson-Aranzadi, 2009, 756 pgs. Observatorio de Polticas Ambientales 2010, Pamplona, Editorial Thomson-Aranzadi, 2010, 781 pgs. El contenido de estos volmenes est disponible en las pginas Web de la Fundacin Ecologa y Desa-

    rrollo (www.ecodes.org), Actualidad Jurdica Ambiental (www.actualidadjuridicaambiental.com) y Centre dEstudis de Dret Ambiental (www.cedat.cat).

  • 15

    Grupo de trabajo del Observatorio de Polticas Ambientales

    Alastuey Dobn, Carmen: Profesora Titular de Derecho Penal, Universidad de Zaragoza.

    Alenza Garca, Jos Francisco: Profesor Titular de Derecho Administrativo, Uni-versidad Pblica de Navarra.

    Alonso Garca, Mara Consuelo: Profesora Titular de Derecho Administrativo, Universidad de Castilla-La Mancha, sede de Toledo.

    Alonso Ibez, Rosario: Catedrtica de Derecho Administrativo, Universidad de Oviedo.

    Bermejo Latre, Jos Luis: Profesor Titular de Derecho Administrativo, Universi-dad de Zaragoza.

    Bouazza Ario, Omar: Profesor Titular de Derecho de Administrativo, Universi-dad Complutense de Madrid.

    Caro-Patn Carmona, Isabel: Profesora Titular de Derecho Administrativo, Uni-versidad de Valladolid.

    Comella Dorda, Rosa: Lecturer in Law and Associate Research Scholar, Columbia School of Law.

    Delgado Piqueras, Francisco: Catedrtico de Derecho Administrativo, Universi-dad de Castilla-La Mancha, sede de Albacete.

    Escartn Escud, Vctor: Profesor Contratado Doctor de Derecho Administrativo, Universidad de Zaragoza.

    Esteve Pardo, Jos: Catedrtico de Derecho Administrativo, Universidad de Bar-celona.

    Fernndez de Gatta Snchez, Dionisio: Profesor Titular de Derecho Administra-tivo, Universidad de Salamanca.

    Fernndez Ramos, Severiano: Catedrtico de Derecho Administrativo, Universi-dad de Cdiz.

    Fernndez Salmern, Manuel: Profesor Titular de Derecho Administrativo, Uni-versidad de Murcia.

    Galn Vioqu, Roberto: Profesor Titular de Derecho Administrativo, Universidad de Sevilla.

  • 16

    GRuPO DE TRAbAJO DEL ObSERVATORIO DE POLTICAS AMbIENTALES ______________________

    Garca lvarez, Gerardo: Catedrtico de Derecho Administrativo, Universidad de Zaragoza.

    Garca Ureta, Agustn: Catedrtico de Derecho Administrativo, Universidad de Pas Vasco, sede de Bilbao.

    Garrido Cuenca, Nuria Mara: Profesora Titular de Derecho Administrativo, Uni-versidad de Castilla-La Mancha, sede de Albacete.

    Gmez Puente, Marcos: Catedrtico de Derecho Administrativo, Universidad de Cantabria.

    Gutirrez Llamas, Antonio: Profesor Titular de Derecho Administrativo, Univer-sidad de Murcia.

    Herriz Serrano, Olga: Letrada de las Cortes de Aragn, Profesora Asociada Doc-tora de Derecho Administrativo, Universidad de Zaragoza.

    Jimnez Jan, Adolfo: Profesor Titular de Derecho Administrativo, Universidad de Las Palmas de Gran Canaria.

    Jordano Fraga, Jess: Profesor Titular de Derecho Administrativo, Universidad de Sevilla.

    Lago Candeira, Alejandro: Responsable de la Ctedra UNESCO de Medio Am-biente y Territorio, Universidad Rey Juan Carlos, Madrid.

    Loperena Rota, Demetrio: Catedrtico de Derecho Administrativo, Universidad de Pas Vasco, sede de San Sebastin.

    Lpez Ramn, Fernando: Catedrtico de Derecho Administrativo, Universidad de Zaragoza.

    Lozano Cutanda, Blanca: Catedrtica de Derecho Administrativo, Universidad del Pas Vasco, sede de Vitoria.

    Nieto Moreno, Juan Emilio: Profesor Contratado Doctor de Derecho Administra-tivo, Universidad Autnoma de Barcelona.

    Nogueira Lpez, Alba: Catedrtica de Derecho Administrativo, Universidad de Santiago de Compostela.

    Ortega lvarez, Luis: Catedrtico de Derecho Administrativo, Universidad de Castilla-La Mancha, sede de Toledo.

    Ortega Bernardo, Julia: Profesora Contratada Doctora de Derecho Administrati-vo, Universidad Autnoma de Madrid.

    Parra Lucn, Mara ngeles: Catedrtica de Derecho Civil, Universidad de Zaragoza.

    Pernas Garca, Juan Jos: Profesor Contratado Doctor de Derecho Administrati-vo, Universidad de La Corua.

  • 17

    ______________________ GRuPO DE TRAbAJO DEL ObSERVATORIO DE POLTICAS AMbIENTALES

    Plaza Martn, Carmen: Profesora Titular de Derecho Administrativo, Universi-dad de Castilla-La Mancha, sede de Toledo.

    Pont Castejn, Isabel: Profesora Titular de Derecho Administrativo, Universidad Autnoma de Barcelona.

    Reimer, Franz: Profesor Doctor de Derecho Administrativo, Universidad de Giessen.

    Rosa Moreno, Juan: Profesor Titular de Derecho Administrativo, Universidad de Alicante.

    Santamara Arinas, Ren Javier: Profesor Titular de Derecho Administrativo, Universidad de La Rioja.

    Sanz Larruga, Francisco Javier: Catedrtico de Derecho Administrativo, Universi-dad de La Corua.

    Sanz Rubiales, igo: Profesor Titular de Derecho Administrativo, Universidad de Valladolid.

    Socias Camacho, Joana M.: Profesora Titular de Derecho Administrativo, Univer-sidad de las Islas Baleares.

    Tarrs Vives, Marc: Profesor Agregado, Universitat Oberta de Catalunya.

    Trias Prats, Bartomeu: Profesor Ayudante Doctor de Derecho Administrativo, Universidad de las Islas Baleares

    Vadr i Fortuny, Mara Teresa: Profesora Titular de Derecho Administrativo, Uni-versidad de Barcelona.

    Valencia Martn, Germn: Profesor Titular de Derecho Administrativo, Universi-dad de Alicante.

    Vera Jurado, Diego J.: Catedrtico de Derecho Administrativo, Universidad de Mlaga.

  • 19

    I

    Introduccin general: regresiones del Derecho ambiental

    Fernando Lpez Ramn

    Sumario

    Pgina

    1. LA CRISIS ECONMICA COMO COARTADA ....................................................................

    2. LEYES SINGULARES CONTRA EL MEDIO AMBIENTE ....................................................

    3. VAIVENES EN LAS ESTRUCTURAS AMBIENTALES .........................................................

    4. ESPACIOS NATURALES DESPROTEGIDOS POR SENTENCIA ........................................

    * * *

    En las colaboraciones recogidas en este volumen se advierte de la atona que ha caracterizado a las polticas ambientales durante el ao 2010. Ms all de los efectos inmediatos de la crisis econmica, hay datos que invitan a pensar que no estamos ante una situacin transitoria, sino ms bien ante la manifestacin de una percepcin aco-modaticia de los problemas ambientales. Bajo la ptica espaola, vamos a sistematizar aqu algunos supuestos de tendencias regresivas para el medio ambiente en los mbi-tos legislativo, ejecutivo y judicial. Nos referiremos primero al empleo de la crisis como coartada que pretende encubrir el proceso de acomodacin al que nos referimos, para exponer a continuacin los ejemplos que identificamos en las leyes singulares que le-gitiman la reversin de la tutela ambiental, los vaivenes constantes que sufren las es-tructuras ambientales y la jurisprudencia que termina desprotegiendo a los espacios naturales.

    1. LA CRISIS ECONMICA COMO COARTADA

    Conforme a una visin predominantemente cuantitativa, podra generarse la idea de que la crisis econmica ha determinado efectos negativos y positivos en relacin con las polticas ambientales. De esta manera, frente a los recortes presupuestarios se

  • 20

    FERNANDO LPEz RAMN ______________________________________________________

    destaca la disminucin en las emisiones de gases de efecto invernadero, o la reduccin de las acciones de proteccin directa se compensa con la paralela bajada de las agre-siones ambientales.

    Sin embargo, a poco que se profundice, las polticas de medio ambiente mues-tran su debilidad, que deriva del carcter secundario en el que han terminado siendo situadas por un sistema poltico y econmico que sigue contemplando el territorio como objeto de conquista, dominio y colonizacin. La legislacin ambiental tiende a ser internalizada como un elemento ms, determinante de los costes de produccin, del funcionamiento del mercado o de las polticas pblicas. As, esa legislacin ha per-mitido que las respectivas responsabilidades hayan ido limitndose: las empresariales mediante el cumplimiento de protocolos y normas tcnicas, las financieras a travs del juego de intercambios sobre los derechos a contaminar o las polticas por medio de la incorporacin de las directivas europeas y la observancia de los mecanismos de evaluacin objetiva.

    La normalizacin de conductas es una aspiracin igualitaria que no ha de mirarse con desconfianza, antes bien, su adecuada organizacin por una burocracia profesio-nal es una necesidad para evitar arbitrariedades, favoritismos y omisiones en la exigen-cia del principio de legalidad. Pero si las actuaciones pblicas o los comportamientos econmicos se limitan a canalizar la ejecucin formal de obligaciones internacionales, comunitarias o legales, difcilmente lograremos insertar el desarrollo sostenible entre los principios caracterizadores de nuestra poca. Liderazgo, innovacin y avance son tambin precisos de cara a consolidar ese objetivo, y ello tanto por parte de las autori-dades como de los empresarios y de los seres humanos, estos ltimos disponiendo del tremendo poder que en las democracias supone votar y consumir.

    Poniendo de relieve las anteriores carencias, prcticamente en todas las colabora-ciones recogidas en este volumen se destaca el dominio de los problemas relativos a la crisis econmica, la frecuente inclinacin de la balanza del inters pblico hacia el crecimiento y la marginacin de las cuestiones ambientales. Los autores constatan el fenmeno sin manifestar admisin resignada del mismo. Un fenmeno que se mani-fiesta bajo el manto protector de la crisis, pero que en verdad no es sino la manifesta-cin de un proceso de desatencin de la problemtica ambiental, que encuentra aho-ra un buen momento para expresar, no slo la inactividad, sino tambin actuaciones y soluciones abiertamente contrarias al principio de no regresin.

    El principio de no regresin ambiental ha sido defendido este mismo ao por uno de los pioneros del Derecho ambiental europeo, el profesor M. Prieur, en el marco del doctorado honoris causa conferido por la Universidad de Zaragoza (2010). Los objeti-vos de resultado que caracterizan al Derecho ambiental as como variados elementos extrados de fuentes internacionales y europeas prestan sustento a la tesis. Una parti-cular atencin cabe incluso conceder a la posibilidad de incluir el derecho al medio ambiente entre los derechos humanos, con la consecuencia de aplicarle el principio de no regresin caracterstico de stos. En todo caso, bajo la ptica de los ordenamien-tos nacionales, diversos elementos extrados de los textos constitucionales, legales y

  • 21

    ____________________________ I. Introduccin general: regresiones del Derecho ambiental

    reglamentarios y de la jurisprudencia avalan el reconocimiento de un principio de no regresin ambiental esgrimible frente a los cambios normativos.

    A primera vista esa postura parece oponerse a la proscripcin de leyes perpetuas que en los mismos albores del constitucionalismo proclam la Declaracin de Dere-chos de 1793 (artculo 28: una generacin no puede comprometer con sus leyes a generaciones futuras). Pero, en realidad, el principio de no regresin ambiental es una adaptacin a las circunstancias contemporneas de la idea del progreso humano que est detrs de la declaracin revolucionaria. Es una derivacin del principio de desarrollo sostenible, que impone un progreso solidario con las generaciones futuras, solidaridad que implica no retroceder nunca en las medidas de proteccin del medio ambiente.

    Pues bien, diversos datos prueban la desatencin al principio de no regresin por parte de los poderes legislativos, ejecutivos y judiciales. Pasamos a exponerlos.

    2. LEYES SINGULARES CONTRA EL MEDIO AMBIENTE

    En la experiencia espaola resulta frecuente la aprobacin de leyes encaminadas a rebajar los niveles de proteccin ambiental para permitir la construccin o la legaliza-cin de variadas obras y actividades. As, durante el ao que analizamos cabe informar de los seis siguientes ejemplos: a) el Decreto-ley de Comunidad Valenciana 1/2010 (convertido en Ley 2/2010) ha legitimado el Plan Especial del Cabanyal-Canyamelar declarando, frente al criterio opuesto del Ministerio de Cultura, que la ejecucin de dicho plan es compatible con la declaracin como BIC del Conjunto Histrico de Va-lencia; b) la Ley de Galicia 2/2010 ha concedido una amnista urbanstica para las edificaciones ilegales construidas antes del ao 2003; c) la Ley de Canarias 4/2010 ha regulado el nuevo Catlogo Canario de Especies Protegidas modificando la protec-cin de un nmero importante de especies a fin de desbloquear la construccin de un puerto en los sebadales de Granadilla; d) la Ley de Castilla y Len 5/2010 ha alterado el Plan de Ordenacin de los Recursos Naturales de Fuentes Carrionas para permitir la construccin de pistas de esqu; e) la Ley de Castilla y Len 6/2010 ha levantado la prohibicin de usos forestales de terrenos incendiados convalidando el complejo de ocio y aventura Meseta-Ski; y f) la Ley de Cantabria 6/2010 ha modificado el Plan de Ordenacin del Litoral con la finalidad manifiesta de evitar la ejecucin de un gran nmero de sentencias que ordenaban la demolicin de construcciones ilegales.

    En todos los casos citados nos encontramos con la aprobacin por los respectivos parlamentos autonmicos de actos de carcter ejecutivo, es decir, materialmente ad-ministrativos, que rebajan los niveles de proteccin ambiental oponindose a aplica-ciones previas de la legalidad realizadas por la Administracin o por los Tribunales, aplicaciones que, coincide tambin, han suscitado amplia polmica y controversia en los medios de comunicacin social. Los poderes legislativos manifiestan, as, su prefe-rencia por urbanizaciones, construcciones, pistas de esqu, complejos de ocio o puer-tos deportivos, frente a la proteccin del patrimonio cultural, el mantenimiento de

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    la disciplina urbanstica, la conservacin de la biodiversidad o la ordenacin del te-rritorio. Rectifico, pues en ningn caso los parlamentos concernidos admiten estar aprobando leyes singulares. Todos parecen tener bien aprendida la desastrosa leccin del caso Itoiz (STC 73/2000), donde el TC evit aplicar su propia doctrina sobre los lmites de las leyes singulares calificando de ley general la alteracin de los lmites de una zonas protegidas hecha con la finalidad de evitar la ejecucin de la sentencia que declaraba ilegal el embalse, y ello porque la citada alteracin se incluy dentro de una nueva regulacin general de la materia. De manera que el mejor disfraz para la im-posicin parlamentaria de una obra ilegal o de cualquier otra regresin ambiental es presentarlas como contenidos de una ley general.

    Nuestros legisladores no aceptan las reglas del juego; en realidad, pretenden que no las haya, que el territorio quede sujeto al puro decisionismo del caso concreto y no a la justicia del caso concreto, que slo corresponde aplicar a los tribunales conforme a la legalidad previamente establecida. Es al arbitrio de asambleas como se resuelven estos supuestos, al arbitrio de asambleas que dejan de ser legislativas para convertirse en poderes taifales que ponen y quitan reglas a su antojo usurpando funciones ejecu-tivas y judiciales.

    3. VAIVENES EN LAS ESTRUCTURAS AMBIENTALES

    Es sobradamente conocido que nuestra legislacin postconstitucional relativa a la organizacin del Gobierno del Estado y de los Gobiernos de las Comunidades Autno-mas, contrariando tanto los postulados de nuestra tradicin como las enseanzas del derecho comparado, ha puesto en manos de los respectivos presidentes un omnmodo poder de decisin sobre las estructuras esenciales de las correspondientes Administra-ciones. As, los ministerios, departamentos o consejeras se crean, suprimen, refunden o dividen sin sujecin a ningn criterio jurdico; los presidentes organizan sus casas y sus Administraciones como les place. Normalmente lo hacen tras su toma de posesin, en un momento tan apropiado como el que sigue a las celebraciones, a las presiones y a los pactos que derivan de los resultados electorales. Pero, a veces, tambin otros acontecimientos determinan cambios adicionales, como se advierte este ao en varias Comunidades Autnomas por razn de la crisis econmica, para ahorrar, aunque en algn caso debido asimismo a una crisis poltica, para pactar pues.

    En esos vaivenes organizativos la misma frmula del departamento exclusivamente competente en materia de medio ambiente ha entrado en crisis. As, durante el ao 2010: a) en Baleares las Consejeras de Medio Ambiente, y de Movilidad y Ordenacin del Territorio se han refundido en una nueva Consejera de Medio Ambiente y Movili-dad; b) en Canarias la unin ha determinado la Consejera de Agricultura, Ganadera, Pesca y Medio Ambiente; c) en Catalua, aqu por razn exclusiva del resultado elec-toral, las funciones ambientales se han dividido entre el Departamento de Territorio y Sostenibilidad y el Departamento de Agricultura, Ganadera, Pesca y Medio Ambiente; y d) finalmente, cabe tambin resaltar que, sin introducir cambios en la estructura

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    ____________________________ I. Introduccin general: regresiones del Derecho ambiental

    departamental, la Comunidad de Madrid, para ahorrar, ha aprobado la llamada ley mordaza por la que se suprimen varios rganos y entidades de participacin ciudada-na en materia de medio ambiente.

    Con carcter general, la falta de continuidad en las estructuras administrativas, su sometimiento a vaivenes determinados por la pura y dura decisin, sin adecuada jus-tificacin pues, determinan el caldo de cultivo adecuado para que los Gobiernos pue-dan, no dirigir sus Administraciones, sino controlarlas y hasta suplantarlas. En el caso del medio ambiente, al tratarse de un sector de intervencin administrativa carente de tradiciones administrativas, importaba mucho consolidar estructuras, estandarizar comportamientos burocrticos, generar seguridad y cultura ambientales. Nada de eso se ha logrado y un ao ms lo constatamos.

    4. ESPACIOS NATURALES DESPROTEGIDOS POR SENTENCIA

    En este desazonador recorrido de infracciones o incongruencias en relacin con el principio de no regresin ambiental, en la misma jurisprudencia encontramos ele-mentos que nutren esa impresin. Aunque no se trata de una novedad, pues su origen se remonta al menos al ao 2003, vamos a destacar la doctrina del Tribunal Supremo sobre el carcter condicional de las declaraciones de espacios naturales protegidos, doctrina que cuenta este ao con un ejemplo (STS de 11 noviembre 2009).

    El origen del problema tiene que ver con el establecimiento en la legislacin bsica de algunas reglas sin tener quiz suficientemente en cuenta las capacidades y los rit-mos de las Administraciones llamadas a su aplicacin. As, en el artculo 15.1 de la Ley 4/1989 se introdujo la novedosa exigencia de que las declaraciones de parques y re-servas fueran precedidas de la previa elaboracin y aprobacin del correspondiente plan de ordenacin de los recursos naturales de la zona, aunque excepcionalmente en el artculo 15.2 se permitan tales declaraciones sin la previa aprobacin del PORN cuando existan razones que lo justifiquen y que se harn constar expresamente en la norma, debindose en tal caso tramitar el correspondiente PORN en el plazo de un ao a partir de la declaracin de parque o reserva. Ambas reglas se encuentran en la actualidad recogidas en los mismos trminos en el artculo 35 de la Ley 42/2007.

    Pues bien, los casos de incumplimiento de tales previsiones han sido abundantes, determinando una ya consolidada jurisprudencia del Tribunal Supremo que, ante su-puestos de falta de aprobacin del PORN, ha concluido nada menos que la nulidad de la declaracin protectora cuando ha sido realizada mediante declaracin administrati-va. Se anulan, as, declaraciones de parques o reservas naturales porque la Administra-cin no ha cumplido con la obligacin legal de aprobar el planeamiento de los corres-pondientes recursos naturales. Los espacios naturales quedan desprotegidos en virtud de un sorprendente vicio de nulidad sobrevenido en cuya apreciacin se olvidan las restantes obligaciones constitucionales y legales de proteger la biodiversidad.

    En contraste con tan drsticos efectos, cabe recordar que la jurisprudencia cons-titucional, cuando ha anulado declaraciones protectoras de espacios naturales inde-

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    bidamente realizadas por el Estado, ha precisado que los efectos de tal nulidad se di-fieren hasta el momento en el que la Comunidad Autnoma competente regule la proteccin del espacio en cuestin, pues la inmediata nulidad de los preceptos de-clarados inconstitucionales podra provocar una desproteccin medioambiental de la zona con graves perjuicios y perturbaciones a los intereses generales en juego (SSTC 195/1998, y 81 y 100/2005). Se trata de una clara aplicacin del principio de no re-gresin derivado del artculo 45 de la Constitucin, con la finalidad de mantener la proteccin de los espacios hasta tanto se lleva a cabo la competente declaracin pro-tectora, planteamiento que quiz podra servir para matizar el alcance de la doctrina del TS que criticamos relativa a los casos de ausencia de PORN.

  • PRIMERA PARTE

    POLTICAS INTERNACIONALES Y COMUNITARIO-EUROPEAS DE MEDIO

    AMBIENTE

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    II

    Compromisos internacionales ambientales

    Blanca Lozano Cutanda

    Alejandro Lago Candeira

    Sumario

    Pgina

    I. TRAYECTORIA Y VALORACIN GENERAL .......................................................................

    II. LEGISLACIN: TRATADOS MS SIGNIFICATIVOS POR MATERIAS ............................

    1. Participacin ambiental (Tratado de AARHuS) ..............................................................

    2. Proteccin de la naturaleza, paisaje y biodiversidad ..........................................................

    2.1. Tratado del Antrtico (1959) y Protocolo de Madrid (1991) ..............................

    2.2. Convenio de Ramsar sobre Humedales de Importancia Internacional (1971) .

    2.3. Convencin de la UNESCO para la Proteccin del Patrimonio Mundial Cultu-ral y Natural (1972) ................................................................................................

    2.4. Convencin sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres (CITES) de 1973 .............................................................

    2.5. Convenio sobre la Conservacin de Especies Migratorias de Animales Silvestres (1979) ......................................................................................................................

    2.6. Convenio sobre la Diversidad Biolgica (1992) ...................................................

    2.7. Tratado Internacional de la FAO sobre Recursos Fitogenticos para la Alimen-tacin y la Agricultura (2001) ................................................................................

    2.8. Convencin de las Naciones Unidas de Lucha contra la Desertificacin en los pases afectados por sequa grave o desertificacin (1994) .................................

    2.9. Convenio Europeo del Paisaje (2000) ...................................................................

    2.10. Propuesta de plataforma intergubernamental cientfico-normativa sobre diver-sidad biolgica y servicios de los ecosistemas (IPBES, por sus siglas en ingls, anteriormente iniciativa IMoSEB) .........................................................................

    3. Proteccin del medio ambiente marino .............................................................................

    3.1. La Convencin de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar de 1982 (UNCLOS) ..............................................................................................................

    3.2. Convenio para Prevenir la Contaminacin por los Buques (MARPOL 1973/78) .................................................................................................................

    3.3. Acuerdos Regionales de especial relevancia para Espaa ....................................

    a) Convenio de Barcelona ...............................................................................

    b) Convenio relativo a la Proteccin del Medio Marino del Nordeste Atln-tico (OSPAR) ...............................................................................................

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    3.4. Convenios para la conservacin de hbitats y especies marinas amenazadas, el Acuerdo ACCOBAMS (Acuerdo para la Conservacin de los Cetceos del Mar Negro, el Mar Mediterrneo y la Zona Atlntica Contigua) ................................

    4. Calidad del aire y proteccin atmosfrica .........................................................................

    4.1. Convenio sobre la contaminacin atmosfrica transfronteriza a gran distancia (LRTAP) de 1979 ....................................................................................................

    4.2. Protocolo de Montreal (OZONO) ........................................................................

    5. Cambio climtico .........................................................................................................

    6. Sustancias qumicas y residuos peligrosos ........................................................................

    6.1. Convenio de Basilea sobre el Control de Movimientos Transfronterizos de De-sechos Peligrosos y su Eliminacin (1989) ...........................................................

    6.2. Convenio de Rotterdam sobre el Procedimiento de Consentimiento Fundamen-tado Previo aplicado a Ciertos Plaguicidas y Productos Qumicos Peligrosos ob-jeto del Comercio Internacional (1998) ...............................................................

    6.3. Convenio de Estocolmo sobre Contaminantes Orgnicos Persistentes (2001) ..

    6.4. Grupo de Trabajo para Revisar y Evaluar las Medidas para Solucionar la Cuestin Global del Mercurio ...............................................................................

    III. ORGANIZACIN: ANLISIS DE LAS PRINCIPALES NOVEDADES (EL PNUMA Y LA CDS) .........................................................................................................................................

    IV. EJECUCIN: PRESUPUESTOS, PLANES Y POLTICAS ....................................................

    V. PROBLEMAS: CONFLICTOS Y ESTADO DE LOS RECURSOS NATURALES .................

    VI. DOCTRINA: PRINCIPALES APORTACIONES .....................................................................

    * * *

    I. TRAYECTORIA Y VALORACIN GENERAL

    El ao 2010 ha sido un ao especialmente activo y fructfero en el mbito internacio-nal. El 2010 fue declarado por Naciones Unidas como el Ao Internacional de la Biodi-versidad. Este ao vena condicionado por el incumplimiento del objetivo, marcado en el ao 2002, de reducir la prdida de biodiversidad en nuestro planeta en el ao 2010. Vena igualmente marcado por el importante fracaso de finales del 2009 en Copenha-gue en el mbito de cambio climtico. Por lo que la presin sobre la ambiciosa agenda en materia de biodiversidad en el ao 2010 era importante. Los resultados, en general hay que destacarlos como muy positivos puesto que en este mbito se aprobaron dos nuevos protocolos internacionales, uno que desarrolla el tercer objetivo del Convenio sobre Diversidad Biolgica, es decir, el reparto justo y equitativo de los beneficios deriva-dos de la utilizacin de los recursos genticos (y conocimientos tradicionales asociados a recursos genticos), y el otro sobre responsabilidad y compensacin por daos pro-ducidos por movimientos transfronterizos de transgnicos en el mbito del Protocolo de Cartagena sobre Bioseguridad. Adems, la Asamblea General de Naciones Unidas aprob la creacin de la plataforma intergubernamental cientfico-normativa sobre di-versidad biolgica y servicios de los ecosistemas (IPBES) similar al Panel sobre cambio

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    climtico pero para biodiversidad. El Convenio sobre Diversidad Biolgica ha aprobado su Plan Estratgico 2011-2020 en el cual se establecen importantes objetivos concretos sobre la proteccin de la biodiversidad en la prxima dcada y conforme al mismo ha revisado la estrategia sobre movilizacin de recursos. Por su parte, el Convenio relativo a la Proteccin del Medio Marino del Nordeste Atlntico (OSPAR) ha dado un impor-tante paso en este 2010 al designar varias reas marinas protegidas en zonas fuera de la jurisdiccin nacional, dando respuesta a nivel regional a otra de las cuestiones pendien-tes en el mbito internacional en materia de biodiversidad. La pequea sombra a estos importantes progresos en el mbito de biodiversidad en este 2010 la podemos encontrar en la decisin de la Conferencia de las Partes de CITES de no incorporar ciertas especies marinas, entre las que destaca el atn rojo, a sus Apndices (con las diferentes prohibi-ciones en el comercio internacional que esto supone), ignorando la evidencia cientfica aportada y siguiendo el dictado de intereses puramente econmicos.

    En otros mbitos hay que destacar la mejora de gobernanza que han llevado a cabo los convenios de qumicos y residuos peligrosos (Rotterdam, Estocolmo y Basilea) al agrupar parte de sus actividades y estructuras, lo cual ha quedado rubricado a travs de una Conferencia extraordinaria conjunta de los tres convenios. Sin duda, este consti-tuye un buen ejemplo de que la mejora de la gobernanza no es slo necesaria sino po-sible y que una buena forma de llevarla a cabo puede ser a travs del agrupamiento en reas temticas. Lo que no parece tan claro es qu rea temtica debe ser la siguiente (biodiversidad, atmsfera, ).

    Por otra parte este ao 2010 ha confirmado el importante bache poltico que atra-viesa el ms exitoso convenio ambiental, el Protocolo de Montreal. Esto se debe en parte a una cuestin de mbito y gobernanza, ante la falta de acuerdo para regular en su mbito efectos fuera de su jurisdiccin (cambio climtico) pero generados por su regulacin (reduccin de las sustancias que destruyen la capa de ozono).

    El proceso de preparacin de la Conferencia sobre Desarrollo Sostenible a cele-brarse en Ro de Janeiro (Brasil) en 2012 continu con diversas reuniones del grupo de preparacin, entre las que destacan el grupo de opciones sobre reforma de la go-bernanza ambiental.

    La negociacin que ms inters poltico y meditico genera, cambio climtico, pas en 2010 su necesaria transicin tras el fracaso de Copenhague y sus esfuerzos se centra-ron en recuperar la confianza poltica y la transparencia en la negociacin y consoli-dar el estado de la misma, sin producirse por tanto grandes avances. Los denominados Acuerdos de Cancn se limitan a reconocer oficialmente los objetivos de los pases industrializados de reduccin de emisiones para 2020 y las medidas propuestas por los pases en vas de desarrollo que, segn lo previsto en la cumbre de Copenhague, fueron adoptados voluntariamente y comunicados a la CMNUCC. Las Partes reunidas en la COP6 del Protocolo de Kyoto aceptan continuar con las negociaciones hasta la prxima reunin de las Conferencia de las Partes, programada del 28 de noviembre al 9 de diciembre de 2011 en Durban (Sudfrica), con el propsito de establecer una prrroga o segundo periodo de compromisos vinculantes para el Protocolo de Kyoto.

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    II. LEGISLACIN: TRATADOS MS SIGNIFICATIVAS POR MATERIAS

    1. Participacin ambiental (Tratado de AARHUS)

    El Tratado ha continuado en el ao 2010 su trabajo intersesional en preparacin de la prxima Reunin de las Partes que tendr lugar del 15 al 17 de junio de 2011 en Chisinau (Moldavia). No obstante, en el ao 2010 el Tratado ha mantenido una reunin extraordinaria de las Partes (exCOP). La idea original era mantener esta reunin extraordinaria los das 19 y 22 de abril en Ginebra (Suiza) aprovechando la celebracin de la primera Reunin de las Partes del Protocolo sobre Registros de Emi-siones y Transferencia de Contaminantes (PRTR), la cual tuvo lugar del 20 al 22 de abril. Sin embargo, la falta de qurum, debido a la nube volcnica que bloque en esos das el trfico areo en Europa, oblig a la suspensin de la misma y su celebracin tuvo finalmente lugar el 30 de junio. Esta reunin extraordinaria haba sido solicitada por Noruega para discutir cuatro cuestiones bsicas:

    1. Creacin de un grupo de trabajo sobre participacin pblica en la toma de decisiones;

    2. Acceso al Tratado por Estados no UNECE (Comisin Econmica para Europa de las Naciones Unidas);

    3. Mandato para la documentacin del Comit de Cumplimiento; y

    4. Traduccin de los informes nacionales sobre implementacin.

    El punto 1 fue aprobado e incluy los trminos de referencia de dicho grupo. El punto 2 fue ampliamente debatido y se acord finalmente discutir una propuesta ms detallada del procedimiento de aceptacin de miembros no UNECE en la prxima Reunin de las Partes, al tiempo que se agradeci el inters mostrado por Camern en formar parte del Tratado. En relacin al punto 3, la decisin adoptada requiere que el Comit de Cumplimiento catalogue sus informes y hechos como documentos ofi-ciales, de forma que los mismos puedan estar disponibles en los tres idiomas oficiales del Tratado (ingls, francs y ruso). El ltimo punto fue derivado al Grupo de Trabajo para que considerara dicha posibilidad de traduccin de los informes de implementa-cin nacionales.

    Las cuatro reuniones mantenidas en 2010 por el Comit de Cumplimiento siguen reflejando la importancia de este mecanismo en la operatividad y funcionamiento del Tratado.

    Entre las actividades conjuntas realizadas por el Tratado en el 2010, Ao Interna-cional de la Biodiversidad, destaca el taller celebrado con el Protocolo de Cartagena sobre Bioseguridad el 8 y 9 de octubre en Nagoya (Japn) sobre concienciacin p-blica, acceso a la informacin y participacin pblica en relacin con los organismos genticamente modificados.

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    2. Proteccin de la naturaleza, paisaje y biodiversidad

    2.1. Tratado del Antrtico (1959) y Protocolo de Madrid (1991)

    El Tratado convino en el ao 2010 una reunin de un grupo de expertos sobre las implicaciones del cambio climtico en la gestin y gobernanza de la Antrtida, la cual tuvo lugar en Svolvr (Noruega) del 7 al 9 de abril. Esta reunin elabor un total de 30 recomendaciones especficas tanto al Comit de Proteccin Ambiental de la Antrtida como a la Reunin Consultiva del Tratado. En ellas el grupo sugera dar una mayor visibilidad a esta cuestin en la agenda de las reuniones y aprovechar mejor la oportu-nidad que brinda el contexto del Tratado Antrtico, no slo para medir e investigar el impacto del cambio climtico a nivel mundial sino para desarrollar acciones conjuntas que puedan ser aplicadas con posterioridad en otras zonas del planeta.

    La trigsimo tercera Reunin Consultiva del Tratado tuvo lugar del 3 al 14 de mayo de 2010 en Punta del Este (Uruguay). Como es habitual en este Tratado, durante dicha reunin tuvo igualmente lugar la dcimo tercera Reunin del Comit de Proteccin Ambiental de la Antrtida.

    Durante esta reunin se han aprobado quince Medidas, cinco Decisiones y siete Re-soluciones. Por su importancia destacan el Informe del Comit Cientfico sobre cam-bios climticos en la Antrtida y el medio ambiente, as como distintas medidas que a travs de las Directrices mejoren el control sobre el turismo en sitios que reciben visi-tantes. Se incluye una lista de lugares en los que se deben aplicar dichas directrices y la mejora del control por parte del Estado rector del Puerto de los buques de pasajeros.

    2.2. Convenio de Ramsar sobre Humedales de Importancia Internacional (1971)

    Durante el ao 2010 el Convenio ha mantenido su actividad intersesional, pues-to que la prxima Conferencia de las Partes tendr lugar en el segundo semestre de 2011. Durante la misma se espera poder concluir la reforma administrativa que no se pudo abordar en su totalidad en la anterior Conferencia celebrada en 2008 y en la que est trabajando el grupo de trabajo sobre reforma administrativa, el cual mantuvo tres reuniones en el transcurso del ao 2010. El ajuste administrativo del Convenio parece no slo adecuado sino deseable teniendo en cuenta que el Convenio celebrar el 40 aniversario de su adopcin el 2 de febrero de 2011.

    2.3. Convencin de la UNESCO para la Proteccin del Patrimonio Mundial Cultural y Natural (1972)

    En 2010 tuvieron lugar dos reuniones del Comit de Patrimonio Mundial. La re-unin ordinaria del Comit (trigsimo cuarta reunin) tuvo lugar en Brasilia (Brasil) del 25 de julio al 3 de agosto de 2010, sin embargo, con anterioridad, el 14 de junio de 2010, el Comit mantuvo su novena reunin extraordinaria en la que evalu una

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    peticin de ayuda internacional de carcter urgente del Fondo para el Patrimonio Mundial a Petra (Jordania) con un proyecto para asegurar la estabilidad de la roca en dicho lugar.

    Durante su reunin ordinaria el Comit de Patrimonio Mundial, conforme a sus competencias, evalu las propuestas presentadas de nuevos lugares para ser incorpo-rados a la Lista de Patrimonio Mundial, y aprob la incorporacin de veintin nuevos lugares, de los cuales quince tienen la consideracin de culturales, cinco de naturales y uno tiene consideracin mixta. Con la aprobacin de estos lugares tres pases se estrenan en la lista de Patrimonio Mundial: Kiribati, las Islas Marshall y Tayikistn. El Comit decidi igualmente extender numerosos lugares entre los que se encuentra el lugar de Siega Verde en Castilla y Len.

    Como cada ao el Comit revis la situacin del Patrimonio Mundial, en especial de aquellos lugares que se encuentran en un peor estado, incluyendo en este caso cuatro nuevos lugares en la Lista de Patrimonio Mundial en Peligro (el Parque Nacio-nal Everglades en Estados Unidos, la selva tropical de Atsinanana en Madagascar, la catedral de Bagrati y el monasterio de Gelati en Georgia y las tumbas de los reyes de Buganda en Uganda). Los Everglades haban sido eliminados de la Lista de Patrimo-nio Mundial en Peligro en el ao 2007, en reconocimiento a los esfuerzos realizados por las autoridades del parque, no obstante, ante el continuo deterioro del mismo, Estados Unidos ha requerido nuevamente su inclusin en dicha lista. En la parte ms positiva el Comit decidi eliminar de la Lista de Patrimonio Mundial en Peligro las Islas Galpagos (Ecuador), las cuales haban sido incluidas en esta lista en el ao 2007 ante la creciente amenaza que suponan las especies invasoras, el turismo incontrola-do y la sobrepesca. Las medidas puestas en marcha por las autoridades parecen haber reconducido la direccin de estas amenazas a un nivel aceptable y, por tanto, el Comi-t consider pertinente su eliminacin de la Lista de Patrimonio Mundial en Peligro.

    2.4. Convencin sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres (CITES) de 1973

    El Ao Internacional de la Biodiversidad tuvo tres momentos cruciales en trmi-nos polticos. El primero fue la decimoquinta Conferencia de las Partes (COP-15) de la Convencin sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres (CITES) (Doha, marzo 2010). El segundo fue el evento de Alto Nivel de la Asamblea General de Naciones Unidas sobre biodiversidad el 22 de septiembre de 2010 (Nueva York). El tercero se trat de la dcima Conferencia de las Partes del Convenio sobre Diversidad Biolgica (Nagoya, octubre 2010).

    La COP-15 de CITES se celebr finalmente, tras varios cambios de fechas y empla-zamientos, en Doha (Qatar) del 12 al 25 de marzo de 2010. El debate que centr la atencin de la mayor parte de delegados, ONGs y de la opinin pblica fue sin duda el de la introduccin de diferentes especies en los Apndices del Convenio, siendo la estrella de las discusiones el atn rojo. A pesar de la solidez de la evidencia cientfica

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    presentada sobre el estado desfavorable y las serias amenazas a las que est sometida esta especie, incluida la recomendacin en tal sentido de un panel de expertos de la FAO, finalmente se rechaz su inclusin, decisin que parecer atender exclusivamente a intereses econmicos. Es justo sealar que para una especie tan controvertida como sta, la posicin de uno de los bloques de referencia en la negociacin, la Unin Eu-ropea, se acord muy tarde y con una propuesta poco operativa y confusa, lo cual conllev a una falta de contactos previos siempre necesarios para asegurar un mnimo de apoyo y credibilidad a una propuesta de este tipo. La Unin Europea, bajo presi-dencia espaola, se ahog en sus debates internos, todo lo cual aparej que diferentes Estados miembros votaran por libre para salvar la cara ante su opinin pblica y sus ONGs. Los puntos positivos de la discusin acerca del atn rojo fueron los producti-vos debates que se produjeron en relacin con la jurisdiccin de CITES frente a otras organizaciones. Algunos pases defendieron la necesidad de adoptar mejores medidas de gestin para el atn rojo, pero agregaron que en cualquier caso, estas medidas deban ser adoptadas por la Comisin Internacional para la Conservacin del Atn Atlntico (ICCAT) y no por CITES.

    Es negativo ver, una y otra vez en materia ambiental, que cuando existe evidencia cientfica que permita adoptar ciertas medidas de proteccin y de gestin, stas no se adoptan porque los motivos socioeconmicos, normalmente cortoplacistas, se impo-nen. En este caso el fracaso podra haberse achacado a la siempre criticada gobernanza global ambiental, sin embargo, parece que ms bien se debi a una mala preparacin, consciente o inconsciente, de los ponentes de las diferentes propuestas, en particular de la UE. De hecho parece que la gobernanza global ambiental ha tenido cierto xito al propiciar con este debate que otras organizaciones deban reaccionar y defender una mnima credibilidad internacional, como ha sido el caso de la ICCAT que tras muchos aos aprobando cuotas de manera sistemtica por encima de las recomendaciones cientficas parece estar empezando a ajustarlas a dichas recomendaciones. La reunin de la ICCAT ha reducido las cuotas de atn rojo en un 4%, atendiendo, parcialmente, a sus recomendaciones cientficas. Habr que seguir de cerca esta cuestin para ver si en los prximos aos estos recortes de la ICCAT son suficientes o si la prxima Confe-rencia de las Partes de CITES vuelve a tener que discutir la propuesta de prohibicin de comercio internacional de esta especie.

    Las otras especies marinas propuestas, tiburones y corales, siguieron la misma lnea que el atn rojo, aunque las votaciones en este caso fueron algo ms ajustadas.

    Otra especie polmica durante esta COP-15 fue el elefante. Tanzania y Zambia soli-citaron el cambio de esta especie del Apndice I al II, de forma que se pudiera realizar una venta extraordinaria del marfil que ambos pases tienen registrado. Esta venta extraordinaria les permitira obtener fondos que facilitaran mayores medidas de ca-pacitacin y de conservacin de las cuales estn tan necesitados. Sin embargo, la politi-zacin de estas discusiones impidi un debate real del contenido de esta medida y, por tanto, la propuesta no tuvo posibilidad alguna de ser aprobada.

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    Todava en lo relativo a especies, conviene destacar el debate generado, en relacin con los tigres, sobre las medidas que puede adoptar CITES y cules de esas medidas pue-den interferir con el mercado y su regulacin a nivel nacional. Tras fructferos debates se consigui adoptar una resolucin que exige de los pases que cuentan con estos anima-les un mayor rigor y detalle en sus informes, as como un mayor trabajo de campo con las comunidades locales, en particular la utilizacin de esta especie para sus prcticas de medicina tradicional. En todo caso esta resolucin debera facilitar una mejor comuni-cacin y entendimiento de las cuestiones del comercio internacional en esta especie.

    Por su parte las especies de plantas tuvieron una mejor acogida introducindose algunas nuevas especies en los apndices. En particular diferentes plantas endmicas a Madagascar han sido introducidas en el apndice II.

    Aunque el sistema CITES pivote fundamentalmente en las especies que se encuen-tran en las listas de los diferentes apndices y sea se el ejercicio que atrae mayor aten-cin, durante esta COP tambin se han aprobado otras decisiones que refuerzan el sistema procedimental y administrativo que le otorga solidez al Convenio. La moder-nizacin de ciertos procedimientos y el trabajo adoptado en relacin a los cdigos fuente, los permisos y certificados as como el permiso electrnico reforzarn sin duda la eficacia de este robusto sistema.

    La prxima Conferencia de las Partes tendr lugar en Tailandia en 2013.

    2.5. Convenio sobre la Conservacin de Especies Migratorias de Animales Silvestres (1979)

    Este Convenio (CMS) celebr su novena Conferencia de las Partes (COP-9) en 2008. La prxima tendr lugar del 20 al 25 de noviembre de 2011 en Bergen (Norue-ga), por lo que en el ao 2010 ha llevado a cabo diferentes actividades intersesionales preparatorias de su dcima Conferencia de las Partes.

    En este Ao Internacional de la Biodiversidad hay que destacar el trabajo del Con-venio en las especies ms amenazadas, tanto marinas como terrestres. En el rea ma-rina, uno de los trabajos ms importantes ha sido la celebracin de la tercera reunin sobre la cooperacin internacional sobre tiburones migratorios. Esta reunin se man-tuvo en Manila (Filipinas) del 10 al 12 de febrero de 2010 y estuvo precedida por una reunin tcnica para discutir la elaboracin de un Plan de Conservacin para los tibu-rones migratorios. Estas reuniones consiguieron acordar el texto final del memorando de entendimiento sobre la conservacin de los tiburones migratorios, incluyendo fi-nalmente en su mbito las siete especies de tiburones listadas en los apndices I y II del Convenio. Este memorando de entendimiento no es jurdicamente vinculante. Igual-mente la reunin sirvi para ultimar el Plan de Conservacin el cual ser aprobado en la primera reunin de los firmantes de este memorando de entendimiento.

    Otra de las iniciativas ms exitosas auspiciadas en el ao 2010 por este convenio ha sido la celebracin de la Cumbre Mundial sobre el Tigre (San Petersburgo, Rusia, 21

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    al 24 de noviembre). De esta cumbre mundial ha salido una importante declaracin, la cual se ha visto reforzada por la adopcin de un Programa Global de recuperacin del tigre. El alarmante descenso en el nmero de individuos de esta emblemtica es-pecie asitica, la cual ha pasado en el ltimo siglo de contar con ms de 100.000 ejem-plares a unos 3.500 en la actualidad (la mayora se encuentran en India e Indonesia), requera de una accin decidida por parte de los trece pases que albergan su hbitat, los cuales se han comprometido a doblar el nmero de ejemplares de esta especie para el ao 2022. Este Programa Global hace hincapi en la conservacin y recuperacin de su hbitat, el mantenimiento de los corredores naturales transfronterizos (un 20% de su hbitat es transfronterizo, de ah su importancia), as como en la lucha contra su captura y comercio ilegal. Igualmente destaca la necesidad de concienciacin de la poblacin a la hora de evitar conflictos con las comunidades locales que comparten su hbitat.

    2.6. Convenio sobre la Diversidad Biolgica (1992)

    El Convenio sobre Diversidad Biolgica (CDB) ha mantenido una intensa activi-dad en el ao 2010, debido en buena medida a los actos y eventos relacionados con el Ao Internacional de la Biodiversidad, pero sobre todo a la celebracin de la d-cima Conferencia de las Partes (COP-10). La agenda de la COP-10 era una de la ms ambiciosas de la historia del CDB puesto que a la revisin de distintos programas de trabajo y el habitual seguimiento de las cuestiones horizontales del Convenio, se una la negociacin de un nuevo plan estratgico para el Convenio que cubriera la dca-da 2011-2020 y la revisin de la importante estrategia sobre movilizacin de recursos. Adems en esta Conferencia se cumpla la fecha lmite para concluir las negociaciones sobre el rgimen internacional sobre acceso a recursos genticos y reparto justo y equi-tativo de los beneficios derivados de su utilizacin (ABS, de su acrnimo en ingls de Access and benefit Sharing). Para muchos pases estos tres elementos (Plan Estratgico, estrategia de movilizacin de recursos y Protocolo de ABS) conformaban un todo, un paquete negociador, por lo que condicionaban el fracaso en cualquiera de ellos al fracaso de los tres elementos. Con esta ambiciosa agenda, en el Ao Internacional de la Biodiversidad y tras el fracaso de Copenhague en 2009 en cambio climtico, la COP-10 del Convenio se convirti en un verdadero examen. Afortunadamente, la COP-10 demostr que el multilateralismo ambiental sigue muy vivo y, a tenor de los acuerdos alcanzados, con impulsos renovados en la temtica de biodiversidad. A continuacin se describen de forma breve los principales resultados alcanzados en esta COP-10 que tuvo lugar en Nagoya (Japn) del 18 al 29 de octubre de 2010.

    El principal resultado de esta COP-10 fue la adopcin del Protocolo de Nagoya sobre acceso a los recursos genticos y el reparto justo y equitativo de los beneficios que se deriven de su utilizacin. Este Protocolo viene a cumplir con uno de los objetivos marcados en el Plan de Implementacin de la Cumbre Mundial sobre Desarrollo Sostenible celebrada en Johannesburgo (Sudfrica) en el ao 2002 y con el propio objetivo establecido por la COP-8 del CDB de finalizar su negociacin a ms tardar en el ao 2010.

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    El objetivo del Protocolo es el reparto justo y equitativo de los beneficios que se deriven de la utilizacin de los recursos genticos para as contribuir a la conservacin y uso sostenible de la diversidad biolgica. El Protocolo cubre los beneficios derivados de la utilizacin de los recursos genticos que estn dentro del mbito del CDB, por lo que del mismo se excluyen, a priori, los recursos genticos que se encuentren en zonas fuera de la jurisdiccin nacional o los recursos genticos humanos. Igualmente el Pro-tocolo se aplica a los conocimientos tradicionales asociados a los recursos genticos, en donde establece algunas obligaciones que no aparecan recogidas previamente en el CDB, como la obtencin del consentimiento fundamentado previo de las comuni-dades indgenas y locales en el acceso a sus conocimientos tradicionales y la negocia-cin con stas de condiciones mutuamente acordadas.

    El Protocolo intenta establecer y reforzar la seguridad jurdica en el acceso y utiliza-cin a los recursos genticos, as como en su intercambio, y asegurar que se produce el reparto justo y equitativo de los beneficios derivados de su utilizacin. Para ello los Es-tados se comprometen a controlar el correcto status jurdico de los recursos genticos que son utilizados en su jurisdiccin, es decir, la comprobacin de que los mismos han sido obtenidos respetando y cumpliendo con el marco jurdico del pas de acceso, en definitiva, que se han obtenido con el consentimiento fundamentado previo y habien-do negociado trminos mutuamente convenidos. Para llevar a cabo esta obligacin los pases se comprometen a establecer puntos de control en los que deben verificar el correcto status de esos recursos genticos Para que esta verificacin sea ms sencilla se crea un certificado de cumplimiento expedido por la autoridad nacional donde se accede a esos recursos genticos, el cual, una vez se ha registrado en el Mecanismo de Intercambio de Informacin, pasa a ser un certificado internacional de cumplimien-to. Esto reconoce de forma explcita la obligacin de la divulgacin del origen y, an ms, del cumplimiento de los marcos de acceso, aunque sin citar de forma explcita las patentes o derechos de propiedad intelectual. A nadie escapa por otra parte, que las negociaciones que estn teniendo lugar en el mbito de la Organizacin Mundial sobre Propiedad Intelectual (OMPI) o en la Organizacin Mundial sobre Comercio (OMC) sobre esta materia deberan verse impulsadas tras el establecimiento de esta obligacin, con un claro contenido, en el Protocolo de Nagoya.

    El Protocolo establece similares obligaciones para los conocimientos tradicionales asociados a los recursos genticos, aunque no est del todo claro que stos estn cu-biertos por los puntos de control o en el propio certificado de cumplimiento, por lo que en esta materia quedan todava algunas cuestiones pendientes que debern defi-nirse en otros foros internacionales o bien a nivel nacional.

    El Protocolo es novedoso en el sentido de que, a travs del mismo, un Estado se compromete a vigilar en su propia jurisdiccin que se ha cumplido la normativa de ac-ceso de otro pas, sin llegar a estandarizar dicha normativa. La estandarizacin en este caso no era una opcin puesto que el punto de partida es el sistema establecido por el artculo 15 del CDB, es decir, la soberana de los estados sobre sus recursos genticos, por lo que no todos los estados Parte del CDB han decidido regular dicho acceso.

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    Sin embargo, aunque el Protocolo pudiera parecer un cierto cheque blanco para los marcos nacionales de acceso, en el sentido de que cualquier cosa que estos dispusieran habra que hacerlo cumplir en otra jurisdiccin, no lo es puesto que en uno de sus art-culos se regulan las condiciones que deben cumplir esos marcos de acceso nacionales para que puedan ser verificables por los pases que tengan que establecer medidas de cumplimiento. Con todas estas medidas, se pretende mejorar el intercambio de infor-macin para reforzar el cumplimiento de los contratos de acceso y reparto de benefi-cios, condiciones que en ltimo caso debern exigir las partes del mismo.

    El Protocolo refuerza el carcter bilateral del acceso a los recursos genticos y re-parto de beneficios del artculo 15 del CDB con la excepcin, introducida en el ltimo minuto de la negociacin, de la posibilidad del establecimiento de un fondo o meca-nismo global multilateral de reparto de beneficios para aquellos recursos genticos que se den en situaciones transfronterizas o para los cuales no haya sido posible ob-tener el consentimiento fundamentado previo (artculo 10). Parte del acuerdo final se debi a la declaracin de Japn en el sentido que aportara una contribucin de unos 12,5 millones de dlares a dicho fondo en los prximos tres aos. Es todava di-fcil conocer con exactitud el mbito de este mecanismo y dnde se crear o quin lo gestionar, aunque al respecto el gobierno de Japn ha presentado en noviembre de 2010 una propuesta ante el Fondo para el Medio Ambiente Mundial (FMAM/GEF) del Banco Mundial para que proceda a su creacin y gestin en fase piloto. Este Fondo podra no ser exclusivo del CDB y, por tanto, su aplicacin podra ampliarse a otros foros que estn discutiendo el acceso a los recursos genticos y el reparto de beneficios derivados de su utilizacin (como, por ejemplo, la negociacin sobre la biodiversidad marina ms all de la jurisdiccin de los Estados).

    Algunos elementos clave del Protocolo, tales como el mecanismo de intercambio de informacin o el comit de cumplimiento, tendrn que ser desarrollados y apro-bados durante las primeras reuniones de las Partes, por lo que ser importante darle un adecuado seguimiento de cara a su correcta implementacin a nivel nacional. El Protocolo quedar abierto a la firma el 2 de febrero de 2011 en la sede de Naciones Unidas en Nueva York.

    A pesar de que el ao 2010 pasar a nivel interno de la Unin Europea como un ao gris marcado por sus disputas internas en lo referente a quin debe ejercer la representacin externa de la Unin, lo cual ha afectado profundamente las negocia-ciones internacionales en el mbito ambiental (del cual el Protocolo no ha sido una excepcin), s que hay que destacar el gran papel jugado por Espaa en esta negocia-cin. Espaa ha aportado una visin diferente al mayoritario de la Unin Europea al ser un pas tanto proveedor como usuario de recursos genticos, razn por la cual, siempre ha mostrado su decidido apoyo a este proceso negociador.

    En definitiva, el Protocolo supone un importante paso para la completa implemen-tacin del Convenio. Ahora hay que esperar que todos los pases sean serios y aprove-chen la oportunidad que brinda la implementacin nacional del Protocolo para hacer

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    de esta cuestin un verdadero incentivo para la conservacin y el uso sostenible de la biodiversidad y para mejorar el intercambio de recursos genticos a nivel mundial.

    El Plan Estratgico del CDb es una pieza que marca los objetivos e indicadores globa-les que todos los pases deben cumplir en materia de biodiversidad en los prximos aos, los cuales deben de ser desarrollados a todos los niveles (regional, nacional, lo-cal, etc.). Para ello los pases debern revisar sus planes estratgicos nacionales y adap-tarlos a este nuevo Plan Estratgico. A la negociacin de este nuevo Plan se llegaba con ciertas lecciones aprendidas del objetivo marcado con anterioridad en 2002, que no era otro que revertir la tendencia en la tasa de prdida de biodiversidad para el ao 2010, objetivo que claramente no se ha cumplido. El Plan Estratgico cubre el perodo 2011-2020 y est compuesto por una visin, una misin y 20 objetivos estratgicos. La visin a largo plazo es que para el ao 2050 la biodiversidad sea valorada, conservada, restaurada y sabiamente utilizada, manteniendo los servicios de los ecosistemas, soste-niendo un planeta sano y proveyendo beneficios esenciales para la gente.

    La misin que aparece recogida en el Plan Estratgico es la de tomar acciones ur-gentes y efectivas para parar la prdida de biodiversidad para asegurar que para el ao 2020 los ecosistemas sean fuertes y con capacidad de recuperacin y continen prove-yendo servicios esenciales y, por tanto, asegurando la variedad de vida en el planeta y contribuyendo al bienestar del ser humano y a la erradicacin de la pobreza.

    Los objetivos estratgicos estn divididos en cinco grandes objetivos:

    A) Atacar las causas subyacentes de la prdida de biodiversidad reforzando el ele-mento biodiversidad en el gobierno y la sociedad;

    B) Reducir las presiones directas sobre la biodiversidad y promover su utilizacin sostenible;

    C) Mejorar el estado de la biodiversidad a travs de la salvaguarda de los ecosiste-mas, las especies y la diversidad gentica;

    D) Promover los beneficios a todos de la biodiversidad y de los servicios de los ecosistemas;

    E) Promover la implementacin a travs de planes participativos, gestin del co-nocimiento y creacin de capacidad.

    En los 20 objetivos especficos se hace un nfasis particular en el refuerzo de la inte-gracin de los objetivos de biodiversidad en el diseo de polticas sectoriales, referen-ciando singularmente las distintas reas temticas y cuestiones transversales cubiertas por el CDB. Destacan algunos objetivos numricos, como la proteccin del 17% de las reas terrestres y el 10% de las reas marinas, a travs de reas protegidas y la restaura-cin del 15% de las reas degradadas.

    La estrategia sobre movilizacin de recursos fue el tercer elemento del paquete negocia-dor y una importante reivindicacin de los pases en vas de desarrollo que siempre han condicionado la ambicin en la negociacin de los objetivos del Plan Estratgico

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    con el acceso a una financiacin que facilitase el cumplimiento de dichos objetivos. El objetivo de la estrategia de movilizacin de recursos es asegurar los recursos necesa-rios, tanto a nivel interno de cada Parte como a nivel internacional para garantizar la aplicacin del CDB y del Plan Estratgico. Por tanto, la Estrategia vincula a todas las Partes, tanto pases desarrollados como pases en vas de desarrollo, a la movilizacin de dichos recursos. El compromiso adquirido durante esta COP-10 es que se incremen-ten de forma sustancial los recursos (financieros, humanos y tcnicos) provenientes de todas las fuentes, partiendo de una situacin de referencia que deber determinarse en prximas reuniones del CDB. La COP ha adoptado indicadores que se utilizarn para la generacin de informacin y el establecimiento de lneas base de referencia sobre las necesidades y carencias de financiacin y sobre los flujos de financiacin ya existentes. El proceso no se ha cerrado completamente durante esta COP-10 y parte del acuerdo es que en la COP-11, en el ao 2012, se fijarn objetivos concretos para la aplicacin de la estrategia de movilizacin de recursos.

    Adems de estos tres resultados prioritarios, se han adoptado otras 44 Decisiones durante esta COP-10 sobre diversos asuntos relativos al progreso y la aplicacin del Convenio, incluyendo, entre otros, cambio climtico y biodiversidad, biocombustibles, biodiversidad marina y costera o medidas especficas de cooperacin entre los llama-dos Convenios de Ro. El Convenio abord cuestiones emergentes como la geoinge-niera, en la que adopt una moratoria de facto, o la biologa sinttica, instando en este caso a seguir un enfoque de precaucin en lo relativo a la liberacin al medio de estas sustancias.

    El Protocolo de Cartagena sobre Seguridad de la biotecnologa por su parte, mantuvo en este 2010 su Quinta Reunin de las Partes (MOP-5) del 11 al 15 de octubre en Nago-ya (Japn). Durante esta reunin se adopt el Protocolo de Nagoya-Kuala Lumpur sobre Responsabilidad y Compensacin Suplementario al Protocolo de Cartagena sobre Seguridad de la biotecnologa, as como otras 16 Decisiones, entre las que destaca el Plan Estratgico del Protocolo (significativo en relacin con las prioridades y objetivos estratgicos del Pro-tocolo en los prximos aos, aunque de mucha menor entidad que el Plan Estratgico del CDB). Ms all del nuevo instrumento jurdicamente vinculante y de las nuevas de-cisiones adoptadas por las Partes del Protocolo de Cartagena, esta reunin destac por un marcado cambio de actitud. Del tradicional choque de visiones (a favor o en contra de los transgnicos y la biotecnologa) se ha pasado a una bsqueda de un mejor en-tendimiento y una mayor bsqueda de cooperacin. Los principales actores de este cambio de actitud han sido los pases africanos que han visto en los ltimos aos que la solucin a algunos de sus problemas puede venir de la mano de la biotecnologa. Este cambio de actitud puede generar la verdadera aplicacin prctica del Protocolo a ni-vel nacional basada en una mayor cooperacin y confianza internacional. En todo caso habr que comprobar si esta tendencia se confirma en las prximas reuniones.

    El acuerdo sobre el texto final del Protocolo de Nagoya-Kuala Lumpur sobre Responsabili-dad y Compensacin Suplementario al Protocolo de Cartagena sobre Seguridad de la biotecnologa se alcanz en la cuarta reunin del pequeo grupo de negociacin (los amigos de los

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    copresidentes del, hasta la MOP-4, Grupo de Trabajo sobre responsabilidad y compensa-cin). Esta reunin, que tuvo lugar en Nagoya (Japn) en las vsperas de la propia MOP-5, debera haber durado del 6 al 8 de octubre de 2010, pero el acuerdo final se consigui en la madrugada del propio da de comienzo de la MOP-5, es decir, el da 11 de octubre. El nmero final de reuniones y el tardo acuerdo en algunos elementos ponen de mani-fiesto la complejidad de la temtica de la negociacin en la que se vieron, sobre todo en la parte final, numerosos enfrentamientos Sur-Sur. Los elementos finales de discusin en esta cuarta reunin de los amigos de los copresidentes fueron tres. El primero de estos elementos era la referencia en el texto del Protocolo Suplementario a la posibilidad de los Estados de exigir en sus legislaciones nacionales garantas financieras para cubrir las actividades relacionadas con los Organismos Vivos Modificados Genticamente, la cual qued finalmente recogida en el artculo 10. El segundo elemento en controversia era la inclusin o no en el texto del Protocolo a los productos derivados, la cual no aparece finalmente recogida en el texto del Protocolo, aunque s gener un prrafo en el informe de la reunin en el que se recoge la divergencia interpretativa de las Partes en relacin al alcance del Protocolo de Cartagena en esta cuestin. Por ltimo, el tercer elemento era el desarrollo y negociacin de unas directrices sobre responsabilidad civil, las cuales final-mente se decidi que no eran necesarias y, por tanto, no fueron abordadas.

    El Protocolo consta de 21 artculos, de los cuales, los siete ltimos, hacen referencia a disposiciones institucionales. El artculo 5 es la principal disposicin operativa del texto, en el cual se dispone la responsabilidad de los operadores de adoptar las medidas de res-puesta apropiadas en caso de dao a la biodiversidad, o probabilidad suficiente de que ste se pueda producir, producido por el movimiento transfronterizo de Organismos Vivos Genticamente Modificados. El artculo 5 igualmente establece la obligacin de las autoridades competentes de identificar a los operadores responsables as como de tomar medidas de respuesta adecuadas por s mismos, en particular cuando el operador no lo haya hecho. Los costes en los que incurra la autoridad competente debern ser sufragados por el operador responsable del dao. Las decisiones de las autoridades com-petentes podrn ser revisadas bien en va administrativa o judicial.

    Uno de los elementos ms complejos en la negociacin para la Unin Europea ha sido la definicin de dao, puesto que la Directiva europea sobre responsabilidad am-biental es muy limitada ya que su mbito de aplicacin se restringe a las zonas que per-tenecen a Red Natura 2000 y no a los daos producidos a la biodiversidad o al medio ambiente en general. Esta cuestin no era problemtica para Espaa puesto que la Ley 26/2007 de responsabilidad medioambiental, por la que se transpone al ordenamiento espaol la Directiva 2004/35, tiene un mbito ms amplio que cubre los daos produci-dos al medio ambiente y no slo los producidos en Red Natura 2000. An as, el artculo 3.6 del Protocolo Suplementario prev que las Partes en la implementacin del Proto-colo utilicen criterios establecidos a nivel nacional para solucionar los daos producidos en su jurisdiccin, lo cual resuelve, a priori, la limitacin de la normativa europea.

    Otro de los puntos difciles de la negociacin, en particular para la UE, fue el art-culo que hace referencia a la responsabilidad civil y que habilita a los Estados miem-

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    bros a que evalen si los requisitos del Protocolo pueden llevarse a cabo mediante sus sistemas de responsabilidad civil. El artculo 12, que es el que recoge esta disposicin, finalmente se aplica exclusivamente a los daos materiales o personales asociados a los daos a la diversidad biolgica, ante la cual se permite que las Partes desarrollen procedimientos especiales para este tipo de situaciones referidas a Organismos Vivos Genticamente Modificados o simplemente que apliquen sus sistemas generales de responsabilidad civil. El Protocolo prev la revisin peridica, cada cinco aos, de su aplicacin y contenidos (artculo 13).

    Este Protocolo refuerza el papel de la normativa nacional de responsabilidad como verdadero incentivo para el cumplimiento de los marcos nacionales de bioseguridad, dejando un pequeo papel de apoyo, en relacin a la responsabilidad, a otros meca-nismos internacionales. La apertura a la firma del Protocolo est prevista para el 7 de marzo de 2011 en Nueva York y se espera que tanto la Unin Europea como los Esta-dos miembros ratifiquen de forma expedita dado que la entrada en vigor del Protoco-lo no supondr cambios legislativos a nivel interno.

    En el repaso rpido de otras decisiones adoptadas durante la MOP-5 destaca la Decisin relativa al Comit de Cumplimiento del Protocolo en la que se introducen una serie de novedades que permiten al Comit apoyar a las Partes que estn experi-mentando problemas. Para ello se habilita a que el Comit considere tomar medidas cuando la informacin contenida en los informes nacionales remitidos por los pases o la informacin del Centro de Intercambio de Informacin demuestre que la Parte en cuestin tiene problemas con el cumplimiento de sus obligaciones bajo el Protocolo. De esta forma se espera que el Comit tenga un papel que hasta el momento sus pro-pias reglas de procedimiento le haban impedido ejercer y adquiera mayor relevancia.

    Durante esta MOP-5 se han tomado otras decisiones que desarrollan las reas e instrumentos principales del Protocolo, como las relativas a la evaluacin y gestin de riesgos y el Mecanismo de Intercambio de Informacin sobre bioseguridad, pieza clave del Protocolo.

    Con estos progresos se podra concluir que el Protocolo de Cartagena est ahora completo y maduro y, por tanto, ahora el nuevo desafo sea la implementacin nacio-nal del mismo.

    La prxima Conferencia de las Partes (COP-11) del CDB y consecuentemente la prxima Reunin de las Partes del Protocolo (MOP-6) tendrn lugar en la India en octubre de 2012.

    2.7. Tratado Internacional de la FAO sobre Recursos Fitogenticos para la Alimentacin y la Agricultura (2001)

    El rgano Rector del Tratado se rene cada dos aos y la anterior reunin tuvo lugar en 2009 por lo que en 2010 se ha mantenido distintas reuniones intersesionales preparatorias de la prxima reunin del rgano Rector. La cuarta reunin del rgano

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    Rector tendr lugar en Bali (Indonesia) del 14 al 18 de marzo de 2011, la cual estar precedida por dos das de consultas regionales. De la amplia agenda de temas que se discutirn destacan la aprobacin de los procedimientos y mecanismos operacionales para promover la observancia y abordar los casos de incumplimiento, la aplicacin de la estrategia de financiacin del Tratado y la tercera parte beneficiaria.

    En Espaa, en relacin con estos temas, se mantuvo un seminario internacional sobre biodiversidad agrcola en la lucha contra el hambre y los cambios climticos, el cual tuvo lugar en Crdoba del 13 al 17 de septiembre de 2010.

    2.8. Convencin de las Naciones Unidas de Lucha contra la Desertificacin en los pases afectados por sequa grave o desertificacin (1994)

    La Convencin celebr su Novena Conferencia de las Partes (COP-9) del 21 de septiembre al 2 de octubre de 2009 en Buenos Aires (Argentina). La prxima reunin de las Partes (COP-10) tendr lugar del 10 al 21 de octubre de 2011 en la ciudad surco-reana de Changwon, por lo que en el ao 2010 la Convencin ha llevado a cab