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1 CONOCE TUS DERECHOS ANTE LA DETENCIÓN E INTERVENCIÓN JUDICIAL INDICE 1. LA RETENCIÓN .......................................................................................................................................................................................... 2 2. LA DETENCIÓN ........................................................................................................................................................................................ 3 - ¿Cuánto puede durar la detención? .................................................................. 4 - ¿Cuáles son los derechos del detenido? ............................................... 5 3. FICHEROS POLICIALES: ADN, Antecedentes Penales y huellas. .................................................................................. 8 4. CACHEOS Y CONTROLES SUPERFICIALES, REGISTRO DE VEHÍCULOS ........................................................... 10 5. REGISTROS DOMICILIARIOS ........................................................................................................................... 12 6. SI TE LLAMA LA POLICÍA PARA QUEVAYAS A COMISARÍA A ACLARAR ALGO ................................................. 13 7. EL HABEAS CORPUS ............................................................................................................................................................ 13 8. DETENCIÓN POR RAZÓN DE EXTRANJERÍA: El Expediente de Expulsión ............................................................................................................................ 14 - Los CIE ............................................................................................................................................................................................. 17 9. MALOS TRATOS: Cómo hacer una denuncia ................................................... 22 10. NOTAS SOBRE EL PROCESO PENAL RELACIONADO CON TU DETENCIÓN .................................................................................. 23 - ¿Qué es la prisión preventiva? ................................................................................... 23 - ¿Cómo tramito que se me conceda el abogado de oficio? ................................................................................ 25 - ¿Qué son los juicios rápidos? .......................................................................................... 26 11. OTRAS MEDIDAS QUE PUEDE ADOPTAR EL JUZGADO DE GUARDIA ................................................................................ 27

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CONOCE TUS DERECHOS ANTE LA DETENCIÓN E INTERVENCIÓN JUDICIAL

INDICE

1. LARETENCIÓN..........................................................................................................................................................................................2

2. LADETENCIÓN........................................................................................................................................................................................3

-¿Cuántopuededurarladetención?..................................................................4

-¿Cuálessonlosderechosdeldetenido?...............................................5

3. FICHEROSPOLICIALES:ADN,AntecedentesPenalesyhuellas...................................................................................8

4. CACHEOSYCONTROLESSUPERFICIALES,REGISTRODEVEHÍCULOS...........................................................10

5. REGISTROSDOMICILIARIOS...........................................................................................................................12

6. SITELLAMALAPOLICÍAPARAQUEVAYASACOMISARÍAAACLARARALGO.................................................13

7. ELHABEASCORPUS............................................................................................................................................................13

8. DETENCIÓNPORRAZÓNDEEXTRANJERÍA:ElExpedientedeExpulsión............................................................................................................................14

-LosCIE.............................................................................................................................................................................................17

9. MALOSTRATOS:Cómohacerunadenuncia...................................................22

10. NOTASSOBREELPROCESOPENALRELACIONADOCONTUDETENCIÓN..................................................................................23

-¿Quéeslaprisiónpreventiva?...................................................................................23

-¿Cómotramitoquesemeconcedaelabogadodeoficio?................................................................................25

-¿Quésonlosjuiciosrápidos?..........................................................................................26

11. OTRASMEDIDASQUEPUEDEADOPTARELJUZGADODEGUARDIA................................................................................27

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1. LA RETENCION

Encasodequelapolicíatepare,enlamayoríadeloscasos,loprimeroquevanahacerespedirtetudocumentación,queteidentifiques.Siteniegaspuedenprocederaretenerte,figurale-galdiferentealadetenciónyquesearticulaenelart.20delaLeyOrgánicasobreProtecciónCiudadana:

1. Los agentes de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad podrán reque-rir, en el ejercicio de sus funciones de indagación o prevención, la identificación de las personas y realizar las comprobaciones per-tinentes en la vía pública o en el lugar donde se hubiere hecho el requerimiento, siempre que el conocimiento de la identidad de las personas requeridas fuere necesario para el ejercicio de las funcio-nes de protección de la seguridad que a los agentes encomiendan la presente ley y la Ley Orgánica de Fuerzas y Cuerpos de Seguri-dad.

2. De no lograrse la identificación por cualquier medio, y cuando resulte necesario a los mismos fines del apartado anterior, los agentes, para impedir la comisión de un delito o falta, o al objeto de sancionar una infracción, podrán requerir a quienes no pu-dieran ser identificados a que les acompañaren a dependencias próximas y que cuenten con medios adecuados para realizar las diligencias de identificación, a estos solos efectos y por el tiempo imprescindible.

Puedesexigirquese teexplique lacausade la retenciónque,comoves,solopuedeserparaprevenirundelitoofalta(cues-tión que diferenciaremos más tarde ) o proceder a sancionarunainfraccióndecarácteradministrativo.Puedesemplearparaidentificartecualquierdocumentodecarácteroficial(DNI,Car-netdeConduciroPasaporte),inclusopuedeshacerlooralmentesiendoenestecasoconvenientedartudirección,ellugardondeseencuentraladocumentaciónqueseterequiereylacausaporlaquenolallevasencima.Contodolapolicíapuededecidirre-tenertepornofiarsedeloquelesdicesoparacomprobarqueladocumentaciónseavalida.Enestoscasoseltratodebedesercorrecto, sino puedes denunciarlo, y no tienes obligación decontestaranadaquesetepreguntequenotengaquevercontu identificación. Pueden cachearte, tampoco puedes negarteydebeestartambiénmotivado.Sisepasadelaretencióna ladetencióndebencomunicártelo,pasara leertetusderechosy,entreellos,aserasistidoporunletrado,entodocasonotienesporquecontestarningunadesuspreguntas,elcambiodesitua-ciónnoteobligaacontestarsinosedanlascondicionesqueve-

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remosmásadelante.Siterminadoeltrámitedetuidentificaciónnosetedetienedebendeponerteenlibertadinmediatamente,encasocontrarioestasanteunadetenciónilegal.Lapuestaenlibertadencualquiercaso,yasearetenciónodetención,sehaceenel lugardondeteencuentres,note llevaranal lugardondetehanretenidoodetenido,nipuedesexigirlo,sinoqueestarás,seguramente,enlapuertadelacomisariaodelJuzgado,porlocualdebesvalertedetuspropiosmediospararegresar.

Esimportantequesepasquesiestasretenidoynodetenido,nopuedenhacerteningúntipodeficha,fotografía,nihacertedes-nudarohacerquehagasflexiones,siesasípuedesdenunciarlopenalmente.

2. LA DETENCION

LaLeydeEnjuiciamientoexplicacuandopuedesserdetenido.

ART.490 DE LA LEY DE ENJUICIAMIENTO CRIMINAL Cualquier persona puede detener:

1º) Al que intentare cometer un delito, en el momento de ir a come-terlo.

2º) Al delincuente, “in fraganti”.

3º) Al que se fugare del establecimiento penal en que se halle extin-guiendo condena.

4º) Al que se fugare de la cárcel en que estuviere esperando su tras-lación al establecimiento penal o lugar en que deba cumplir la condena que se le hubiese impuesto por sentencia firme.

5º) Al que se fugare al ser conducido al establecimiento o lugar men-cionado en el número anterior.

6º) Al que se fugare estando detenido o preso por causa pendiente.

7º) Al procesado o condenado que estuviere en rebeldía

ART.492 DE LA LEY DE ENJUICIAMIENTO CRIMINAL

La autoridad o agente de Policía Judicial tendrá obligación de de-tener:

1º) A cualquiera que se halle en alguno de los casos del art. 490.

2º) Al que estuviere procesado por delito que tenga señalada en el Código pena superior a la de prisión correccional .

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3º) Al procesado por delito a que esté señalada pena inferior, si sus antecedentes o las circunstancias del hecho hicieren presumir que no comparecerá cuando fuere llamado por la Autoridad judicial.

Se exceptúa de lo dispuesto en el párrafo anterior al procesado que preste en el acto fianza bastante, a juicio de la Autoridad o agente que intente detenerlo, para presumir racionalmente que comparecerá cuando le llame el Juez o Tribunal competente.

4º) Al que estuviere en el caso del número anterior, aunque todavía no se hallase procesado, con tal que concurran las dos circuns-tancias siguientes:

1ª. Que la Autoridad o agente tenga motivos racionalmente bastantes para creer en la existencia de un hecho que presente los caracteres de delito.

2ª. Que los tenga también bastantes para creer que la persona a quien intente detener tuvo participación en él

Ladetencióndebehacerseenlaformaquemenosperjudiquealdetenidoensupersona,bienesyreputación(art.520.1delaLeydeenjuiciamientocriminal).

2.1. ¿CUÁNTO PUEDE DURAR LA DETENCION?

Lapolicía tieneobligacióndecomunicaral Juezdentrode lasprimeras 24 horas que la detención se ha producido, si no lohace incurre en un delito y debes denunciarlo pidiéndole alabogadoqueteasistaduranteladetenciónqueseaseguredeello.Ladetenciónpreventivanopodrádurarmásdeltiempoes-trictamentenecesariopara la realizaciónde lasaveriguacionestendentesalesclarecimientodeloshechos.Enelplazomáximodesetentaydoshoras,eldetenidodeberáserpuestoenlibertadoadisposicióndelaautoridadjudicial.Noobstante,podrápro-longarseladetencióneltiemponecesarioparalosfinesinvesti-gadores,hastaunlímitemáximodeotrascuarentayochohoras,siempre que, solicitada tal prórroga mediante comunicaciónmotivadadentrode lasprimerascuarentayochohorasdesdeladetención,seaautorizadaporelJuezenlasveinticuatrohorassiguientes.Tantolaautorizacióncuantoladenegacióndelapró-rrogaseadoptaránenresoluciónmotivada.

Nopuedesserdetenidosielhechoesunafaltasalvoquenoten-gasdomicilio,noseteidentifiqueonoprestesfianzasuficientecuandotelorequieralaautoridadactuante,loqueenlapractica

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setraduceconquelapolicíanosefiedequeseanciertostusdatos.Sonfaltastodosaquellosactosquevienencastigadosenel Libro III del Código Penal y que generalmente se refieren ahechosquetienenunapenaleve(losmáscomunesamenazas,insultosylesionesdondeeldañadonohatenidomásqueunaprimeraasistenciamédicasinintervenciónquirúrgica).Enestoscasosseanotaratuidentidadydirecciónyseráscitadomásade-lanteporelJuzgadodeInstrucción.

Tampoco puedes ser detenido si la policía actúa dentro de laLeydeProtecciónCiudadana (conocidacomo ley“Corcuera” )estoes:portenenciaoconsumodedrogas,desobedienciaalaautoridadosusagentes,desordenesodañosenvíaspúblicas,reuniones o espectáculos públicos sin autorización.Todo ellosiemprequeloshechosseanlevesynoconstituyandelito(porejemplosiladrogaquellevasesunacantidadnotoriapuedendetenerte por tráfico de drogas, sino solo multarte por la LeyCorcuera).

Todoestodemuestra lo importantequeesquepreguntesva-riasvecesyencadadiligenciaquehagasencomisariasiestasdetenidoonoyporqué,yaquetusituaciónytusderechossondiferentesenuncasooenotro,sinnegartenuncaaidentificarte.

2.2 ¿CUALES SON LOS DERECHOS DEL DETENIDO?

Todapersonadetenidaopresaseráinformada,demodoqueleseacomprensible,ydeformainmediata,deloshechosqueseleimputanylasrazonesmotivadorasdesuprivacióndelibertad,asícomodelosderechosqueleasisten.Estosderechosdeberánserleídosantesdeladeclaraciónenpresenciadeabogadoysesolicitarálafirmatantotuyacomodelabogadoysiesnecesario,tambiéndelintérprete,siendoindiferenteparaesteactoquefir-mesono,siempreseráválidosisehaceenpresenciadelletrado.Losderechosson:

a)Derechoaguardarsilencionodeclarandosinoquiere,anocontestaralgunaoalgunasdelaspreguntasqueleformulen,oamanifestarquesólodeclararáanteelJuez.Enestecasolapolicíapuededecidirquenosetendrálaentrevistareservadaconelabogadoasistenteporquenosehaproducidoningu-nadiligenciaenlaqueelabogadointervenga,asíquetendrásqueesperarhastaqueestésenelJuzgadoparatenerla.

b)Derechoanodeclararcontrasímismoyanoconfesarsecul-pable.

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c)Derecho a designar Abogado y a solicitar su presencia paraqueasistaalasdiligenciaspolicialesyjudicialesdedeclaracióneintervengaentodoreconocimientodeidentidaddequeseaobjeto.SieldetenidoopresonodesignaraAbogado,sepro-cederáaladesignacióndeoficio.Tambiénestarápresenteenotrasdiligenciascomoveremosmástarde.

d)Derechoaquesepongaenconocimientodelfamiliaroper-sonaquedeseeelhechodeladetenciónyellugardecusto-diaenquesehalleencadamomento.LosextranjerostendránderechoaquelascircunstanciasanterioressecomuniquenalaOficinaConsulardesupaís.Notienesderechoaunallama-da,comovemosenmuchaspelículas,perosíaquelapolicíallamealapersonaquedesignesysolamenteparacomunicar-lequeestasdetenidoydonde.

e)Derechoaserasistidogratuitamenteporunintérprete,cuan-do se trate de extranjero que no comprenda o no hable elcastellano.

f )Derecho a ser reconocido por el médico forense o su susti-tutolegaly,ensudefecto,poreldelaInstituciónenqueseencuentre,oporcualquierotrodependientedelEstadoodeotrasAdministracionesPúblicas.Debesdecomunicaralabo-gadosihassolicitadoiralmédicoquenotehanenviado,eltrasladoseráesposadoyconpresenciadeporlomensodosagentes.Esimportanteenmuchoscasosquesolicitesiralmé-dicoyqueledigassihasconsumidoalcoholodrogas,ysiesposiblequetehaganlosanálisisnecesariosparademostrarlo,yaqueesopruebatuestadoyeneljuiciopuedesercausadequeteapliquenunaatenuantequerebajelapena.

Sisetrataredeunmenordeedadoincapacitado,laautoridadbajocuyacustodiaseencuentreeldetenidoopresonotificarálascircunstanciasdeladetenciónaquienesejerzanlapatriapo-testad,latutelaolaguardadehechodelmismoy,sinofueranhalladas,sedarácuentainmediatamentealMinisterioFiscal.Sieldetenidomenoroincapacitadofueraextranjero,elhechodeladetenciónsenotificarádeoficioalCónsuldesupaís.

Laautoridadjudicialylosfuncionariosbajocuyacustodiaseen-cuentreeldetenidoopreso,seabstendrándehacerlerecomen-dacionessobrelaeleccióndeAbogadoycomunicaránenformaquepermitasuconstanciaalColegiodeAbogadoselnombredelAbogadoelegidoporaquélparasuasistenciaopeticióndequese ledesignedeoficio.ElColegiodeAbogadosnotificará

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al designado dicha elección, a fin de que manifieste su acep-taciónorenuncia.Encasodequeeldesignadonoaceptareelreferidoencargo,nofuerahalladoonocompareciere,elColegiode Abogados procederá al nombramiento de un abogado deoficio.ElAbogadodesignadoacudiráalcentrodedetenciónalamayorbrevedadyentodocaso,enelplazomáximodeochohoras,contadasdesdeelmomentodelacomunicaciónalrefe-ridoColegio.

Sitranscurridoelplazodeochohoraslacomunicaciónrealizadaal Colegio de Abogados, no compareciese injustificadamenteLetrado alguno en el lugar donde el detenido o preso se en-cuentre,podráprocedersealaprácticadeladeclaraciónodelreconocimiento de aquél, si lo consintiere, sin perjuicio de lasresponsabilidadescontraídasencasodeincumplimientodesusobligaciones por parte de los Abogados designados. En todocasopuedesnegarteaparticiparenningunadiligenciasinpre-senciadelletradosiendorecomendablequelohagas.

LaasistenciadelAbogadoconsistiráen:

a)Solicitar, en su caso, que se informe al detenido o preso delosderechosestablecidosyqueseprocedaalreconocimientomédicoseñaladoensupárrafosientendieraqueesnecesario.

b)Solicitarde laautoridad judicialo funcionarioquehubiesenpracticadoladiligenciaenqueelAbogadohayaintervenido,una vez terminada ésta, la declaración o ampliación de losextremosqueconsidereconvenientes,asícomolaconsigna-ciónenelactadecualquierincidenciaquehayatenidolugardurantesupráctica.

c)Entrevistarsereservadamenteconeldetenidoaltérminodelaprácticadeladiligenciaenquehubiereintervenido.

Nopuedeelabogadoasesorarteantesdequedeclares,notie-nesderechoalaentrevistareservadaantessinodespués,deto-das formas conviene que estés atento al comportamiento delabogadoyasucaraygestos,enmuchoscasospodrássuponerloquetequieredecirsoloconfijarte.Tampocopuededecirtesidebesonodeclararantelapolicíaperotensiemprepresentequetendrámásopcionesylibertadde“movimientos”enelJuz-gadoqueencomisaría,enespecialenelJuzgadohabráleídoelexpedienteantesdetudeclaraciónmientrasqueencomisarianoledanesainformación.

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Sidecidesnodeclararenlapolicíatodoelprocesoseralentizaráteniendoquesopesarsiteinteresaonoestarmástiempode-tenidodelnecesariofrenteaunmejoriniciodelprocesopenal.Peronuncasuponeunperjuicioparatinodeclararencomisaría,nipresuponequeeresculpable,nisepuedeutilizarlegalmenteparademostrarnadaentucontra,estuderecho.Sinodeclaraspuedesempleareltérmino“notengonadaquedeclarar”,mejorqueunnoséoloheolvidadoyaquepodránrecogerporescritotodoloquedigasydespuéspuedeirentucontra.Esmuyim-portantequedeclares,encomisariaoenelJuzgado,calmadoysincontradecirteporloquedebespensarduranteladetenciónenloshechosocurridosyencomolosvasaexplicar.

Si declaras ten en cuenta que puedes: dictar tu declaración,solicitardescansarsiel interrogatorioesmuylargoonoteen-cuentrasbien,queantesdecontestarpidasqueseaclarealgúnpuntodelapregunta,leerladeclaracióndetenidamenteantesdefirmarlaysolicitarquesecambiesinoseestáconformeconcomoseharecogido.

Tienesderechoaunaalimentaciónyestanciadignaspuedesde-nunciartodaslasdeficienciasdealimentación,higiene,espacio,etc…

Eldetenido,puedeserdeclaradoincomunicado,siemprequeeldelitolo justifique(terrorismo,tráficodedrogasagranescala,sumarios,pordelitoscontralalibertadsexualolavida)ymien-trassehalleenestasituación:

a)Entodocaso,elAbogadoserádeoficio,noelparticularquesequieranombrar.

b)Notendráderechoalacomunicacióntelefónicaconlaperso-naquedesigne.

c)TampocotendráderechoalaentrevistaconsuAbogadodes-puésdecadadiligencia.

3. FICHEROS POLICIALES: ADN, ANTECEDENTES PENALES, HUELLAS.

LapolicíapodrátomartemuestrasdeADNqueentraraaformarpartedeunregistroalquetendránaccesocualquiercuerpodeseguridadyJueces.SeinscribiránenlabasededatospolicialdeidentificadoresobtenidosapartirdelADNlossiguientesdatos:

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LosdatosidentificativosextraídosapartirdelADNdemuestrasofluidosque,enelmarcodeunainvestigacióncriminal,hubieransido hallados u obtenidos a partir del análisis de las muestrasbiológicasdelsospechoso,detenidooimputado,cuandosetra-te de delitos graves y, en todo caso, los que afecten a la vida,la libertad, la indemnidado la libertadsexual, la integridaddelaspersonas,elpatrimoniosiempreque fuesen realizadosconfuerzaen lascosas,oviolenciao intimidaciónen laspersonas,asícomoenloscasosdeladelincuenciaorganizada.Lainscrip-ciónenlabasededatospolicialdelosidentificadoresobtenidosapartirdelADNaqueserefiereesteapartado,noprecisaráelconsentimientodelafectado,elcualseráinformadoporescritodetodoslosderechosqueleasistenrespectoalainclusiónendichabase,quedandoconstanciadeelloenelprocedimiento.Igualmente,podrán inscribirse losdatos identificativosobteni-dosapartirdelADNcuandoelafectadohubieraprestadoexpre-samentesuconsentimiento.Porlotantoesmuyimportantequesinosetehadetenidoporalgunodelosdelitosenlosqueesobligatoriopermitirlo,tenieguesaqueseterealicenlaspruebasdeADN.

La conservación de los identificadores obtenidos a partir delADNenlabasededatosdelapolicíanoesparasiempre.Seraeltiemposeñaladoenlaleyparalaprescripcióndeldelitooeltiemposeñaladoenlaleyparalacancelacióndeantecedentespenales, si sehubiesedictadosentenciacondenatoriafirme,oabsolutoriaporlaconcurrenciadecausaseximentes.Estoeselplazodetiempoenelqueeldelitosepuedeperseguirsinohassidojuzgadoporéloeltiempoenquetedurenlosanteceden-tespenalessihassidocondenado,tambiénestetiemposihassidoabsueltoperoporcausadeunaeximente,estoesquepeseademostrarsequehascometidoloshechoslegalmentenoseteconsideraresponsable. Enelcasodesospechososnoimputa-dos, lacancelacióndelosidentificadoresinscritosseproducirátranscurrido el tiempo señalado en la Ley para la prescripcióndeldelito.Enlossupuestosenqueenlabasededatosexistiesendiversasinscripcionesdeunamismapersona,correspondientesa diversos delitos, los datos y patrones identificativos inscritossemantendránhastaquefinaliceelplazodecancelaciónmásamplio.

Elejerciciodelosderechosdeacceso,rectificaciónycancelaciónen relación con la base de datos policial de identificadores ob-tenidosapartirdelADNsepodráefectuarenlostérminosesta-blecidosenlaLeyOrgánica15/1999,de13dediciembre,quees

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laleydeproteccióndedatos.EsimportantequesedenuncielavulneracióndelanormativasobredatosdeADNyaqueseatentacontraunprincipioconstitucionalfundamentalyquesepasquesiexisteese registroperoestasensituacióndequeseeliminetienesderechoasolicitarloyaquelaeliminaciónseproduzca.

Lapolicíapodráalosdetenidosrealizarlesfotografíasytomadehuellasdactilaresquesepodránemplearexclusivamenteparalainvestigaciónyelreconocimientodeestaspersonasenfuturasinvestigaciones.Se tratadefichaspolicialesquenodebenserconfundidasconlosantecedentespenales.Estossurgencuan-dohassidocondenadoporundelito (nuncaporuna falta) secancelanporsí solosconelpasodel tiempoyadiferenciadelasfichaspoliciales,puedeninfluirenlacondena(haciendoqueestanosepuedasuspenderosustituir)yencuestionesadminis-trativasposteriores(impidiendoelaccesoadeterminadospues-tosdefuncionario).Lasfichaspolicialesnoseborrannunca,siquiereshacerlodeberásdesolicitarlodirectamentea lapolicíaaportandounahojadeantecedentespenales“limpia”y segúnlos procesos fijados en la Ley de Protección de Datos, sino teloconcedentendrásqueinterponerunprocesoadministrativoparaqueladecisiónlatomeunJuez.

Enelcasodeloscontrolesdealcoholemiaesdetenerencuentaqueeldelitoseencuentraenconducirbajolosefectosdelalco-holosustanciasestupefacientesporloqueelconsumodeestassustanciasnoesunaatenuanteenestosdelitos.Tampocopue-desnegarteaelcontroletilo-métrico,loquesesueleconocercomo“soplar”.Silohacesestasincurriendoenunnuevodelitodedesobedienciadelqueserásacusado, juntoconeldecon-ducirbajolosefectosdelalcoholquesepresumiráquetambiéncometes.Puedessolicitarqueseterealiceuncontroldesangreparacontrarrestareldeaire,enpocasocasionesesbeneficioso,peroaesteúltimonotepuedenobligar.Tenencuentaqueenelcasodedrogas,cualquiertipodeellas,puedensolicitarteunamuestradesalivaodepelo,yaunquelacosanoestátanclaracomo con el alcohol la negativa puede dar lugar a lo mismo,desobedienciaypresuncióndequeconducíasbajosuinfluencia

4. CACHEOS Y CONTROLES SUPERFICIALES, REGISTRO DE VEHÍCULOS

LaLeyOrgánica1/1992,de21defebrero,sobreProteccióndelaSeguridadCiudadana,prevéensusarts.18y19quelosagentes

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delaautoridad,comomedidadeprevenciónytambiéncomomedidadeinvestigacióndeldelito,puedenrealizarlascompro-bacionesnecesariaspara impedirqueen lasvías, lugaresyes-tablecimientospúblicosseportenoutilicenilegalmentearmas.Del mismo modo, para el descubrimiento y detención de lospartícipesenunhechodelictivocausantedegravealarmasocialypara la recogidade instrumentos,efectos,efectosopruebasdelmismo,sepuedenestablecercontrolesenvías,lugaresoes-tablecimientospúblicosalobjetodeprocederalaidentificacióndelaspersonasquetransitenoseencuentrenenellos,alregistrodelosvehículosyalcontrolsuperficialdelosefectospersonalesconelfindecomprobarquenoseportansustanciaso instru-mentosprohibidosopeligrosos.

Ladiligenciadecacheopersonaloderegistrodevehículosnosuponeunaviolacióndederechosfundamentalessiemprequelaactuaciónpolicialcuenteconamparolegalqueexistedesdelaaprobacióndelaley“Corcuera”,estéracionalmentejustificada,loqueimplicaquedebedebasarseensospechasoindicios,ysemantengaenloslímitesdelaproporcionalidadentreloquesequiereinvestigaryelperjuiciocausadoalapersona.Enlaprác-ticasuponequetantoelcacheocomoelregistrodelvehículosepuedenrealizarentodosloscasossinquepuedasoponerte.

Cuestióndistinta,eslarelativaalmododepracticarse.Noequi-valeelcacheoaunadetenciónyporellolasexigenciasprevis-tas en la Ley para ésta no pueden ser extendidas al cacheo oal registro del vehículo en consecuencia no procede exigir enellaspresenciadeletradoydemásgarantíasinherentesalade-tención. Sin embargo la mínima intervención corporal que elcacheosuponeexcluye toda ideade riesgopara la integridadfísicadel interesado.Encuantoalderechoa la intimidad,que-dapreservadosisecumplentrescondiciones:queelcacheoserealiceporalguiendelmismosexo,quesegún la intensidadyalcancecorporaldelcacheosehagaensitioreservadoyqueseevitenposturasosituacionesdegradantesohumillantes.Sinosedanestascondicionespuedesnegartealcacheoysiaúnasíseproducedenunciarlo.

Uncasointeresanteeselderegistrodelasauto-caravanas.Estasnotienencondicióndevehículoyhayvariassentenciasquelesdanelvalordeviviendayporlotantodeberándarselascondi-cionesdelosregistrosdelasmismasqueveremosacontinua-ción.

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5. REGISTROS DOMICILIARIOS

Noesnecesarioquehayaunadetenciónparaquesepuedanpracticarperosiempreesnecesarioquehayaautorizaciónjudi-cialoquevoluntariamentedestuconsentimiento,elcualdebe-rádeconsistirentufirma,novaliendoconqueseaoralmentedado.Enelcasodecasascompartidassedebendeconseguirelpermisodetodoslosresidentes,sialgunoseniegaelregistronopodrárealizarseensuhabitación,soloenzonascomunesyenlashabitacionesdequieneshayanaccedido,salvoqueexistaordenjudicialencuyocasosepodráregistrartodoeldomiciliosin limitaciones.Aquellos localesquenosondomicilio,quesededicanafinescomerciales,empresarialesyqueestánabiertosalpúblicopuedenserregistradossinlimitaciónnipermisojudi-cial.Contodotenencuentaquedomicilionoesigualquehogarnormalizado,sinotodoaquelespacioendonderesidastengaonoceduladehabitabilidad.

Elregistrodebedehacerseconformeaunasnormasconcretas:Deberásestarsiemprepresente,encasodequenoestéstendráquehaberdostestigosquenopuedenserpolicíasyquesinohayotraopciónnopodránnegarseaserlocuandoselesrequie-ra,deberáestarpresenteelJuezoelsecretariojudicialoencasocontrariounfuncionariodelapolicíaexpresamenteautorizadoporelJuzgadopararepresentarloyelabogadoquedesignesoeldeguardia.Sialgunadeestascondicionesnosedanpuedesnegarte al registro y exigirlas. Debes vigilar el registro y hacerconstartodoloquesellevenylosdañosqueseproduzcanpormínimoqueparezcan.Laformadehacerconstarlasirregulari-dadesqueseobservenolosobjetosquenosehayananotadoesenelactaqueseelevaduranteelregistroporescritoyquealfinaltedaránafirmar,negándoteaellosinoseseñalaycomu-nicándolealabogadopresentequelohagaconstartambiénél.

Consejosaseguirserían:tenerclaroquehoraydíaserealiza,queelfirmantedelaautorizaciónseaunJuezdeInstrucción,queseseñaleclaramenteelmotivodelregistrosecompruebelaidenti-daddetodaslaspersonasquevanaintervenirosusnúmerosdeagenteyprocurarsetestigospropios(dos)paraestarpresentes(generalmentevecinos).

Haytrescasosenlosqueestasnormasnoserespetan:encasodequelapolicíaentreeneldomiciliopersiguiendoaundelin-cuenteoparaimpedirundelitoflagrante,encuyocasounavezrealizada esta actuación no pueden proceder al registro de la

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viviendasinlosrequisitoslegalesyencasodedelitosdeterro-rismodondelaentradayregistrosepuederealizarsinpermiso.

6. SI TE LLAMA LA POLICIA PARA QUE VAYAS A COMISARIA A ACLARAR ALGO

Esprácticacadavezmáshabitualquelapolicíatellameparaqueacudasacomisaríaparahablardealgúnhechoytediganqueasíaclararaslascosasyserámejorparati.Noestasdetenido,niretenidoyaqueacudesvoluntariamente.Nadadeloquedigaspuedeserempleadocomodeclaraciónyaquenohayunabo-gadopresente,poresoenmuchoscasoslapolicíallamaalletra-dodeguardia.Elobjetivoesque,yaquenopuedendetenerteporquenotienenindiciosracionalesparaello,tepidenquelescuentestúporsideloquelesdigaspuedensacarinformaciónyporesohacenconstarquehayunabogadopresente.Tendrásquevalorarsideseasaclararalgoonoyentodocasopuedesnegartetantoaircomoadecirnadaforzándolesadetenertesiquierenqueprestesdeclaración.Siestasenestascondicionesencomisaríayapareceelabogadodeguardiapuedespedirlehablarconélenprivadoantesdehablarconlapolicía,sinosetepermitesiempretepuedesmarcharyaqueestaslibreynopue-denimpedirlosalvoquetedetengan.Sitedicenqueenlacomi-sarianohayunlugarparaquetereúnasconelletradopuedespediralabogadoquesalgacontigoyhabléisfuerayluegositeinteresavolveraentrarysiquiereshablarconlapolicía.Inclusopuedesnegarteahablarsielabogadoestápresenteyaqueasíevitasquesepuedatenerloquedigascomodeclaraciónformal.

7. EL HABEAS CORPUS

Esunprocesolegalenelquepasasdirectamenteadisposiciónjudicialsisedanunaseriederequisitos:Sien ladetenciónnosehanrespetadolasexigenciasformalesquemarcalaley,sitehandetenidosincausaninguna,sisesobrepasaelplazo legaldedetenciónsinhaberpasadoadisposiciónjudicial,siestandodetenidosevulnerantusderechosdecualquiermodo.

Puedes solicitarlo tú directamente y también tus familiares. LapolicíatieneobligacióndeponerestasolicitudinmediatamenteenconocimientodelJuezsinqueseanecesariaintervencióndeabogado.Silosolicitasynotelotramitalapolicíadebesdede-

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círseloinmediatamentealletradoqueteasistaenladeclaraciónquiendeberáenesemomentocomunicarloalJuzgado.

NoquieredecirquetellevennecesariamenteanteelJuez.Pri-meroeste,alavistadelatestadopolicialydetusolicitudtienequedecidirsihaymotivossuficientesparaqueprospere,sien-tiendequenoordenaráquesigasdetenido.Sidecidequehaycausa para que prospere puede hacer dos cosas: ordenar a lapolicíaquetellevealjuzgadoinmediatamenteopresentarseélencomisaría.Tomarádeclaraciónaldetenido,alospolicíasyalostestigossi loshubiereypodráentoncestomarundeestasmedidas:

1ºDejarteenlibertad.

2ºQuesigasdetenidoperoenotrolugaroconotrospolicías.

3ºQuepasesadisposiciónjudicialdemanerainmediata.

Si observase que la policía ha incurrido en algún delito abrirádiligenciascontraella,perosiobservasequetupeticiónoladelquelosolicitasecarecedefundamentopuedeabrirdiligenciaspordenunciafalsa.

8. DETENCION POR RAZON DE EXTRANJERIA: El expediente de expulsión

è¿PorquémedetienelaPolicía?

PorquelaLeydeExtranjeríaespañoladicequeesunainfraccióngrave,estarenEspañasinpermisodetrabajoyresidencia(esde-cir,sinpapeles).SilaPolicíatedetieneporlacalle,normalmente,seráporestarazón.TellevaránaComisaríayteiniciaránunex-pedientedeexpulsión,queteexplicamosenestedocumento.

è¿Cuándoestoy“sinpapeles”?

Lasrazonesmáscomunesson:

1.HasentradoaEspañadeformairregular,esdecir,encayucosdesdeÁfrica,escondidoencochesocamiones,etc.

2.Has entrado legalmente pero no has obtenido prórroga deestancia(vinistecomoturistaportresmesesytequedaste).

3.TeníasPermisodeResidenciaperonohaspodidorenovarlo.

4.TeencuentrastrabajandoenEspañasinhaberobtenidoauto-rizaciónparatrabajar.

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Lassancionesparaestoscasossonsancionesadministrativas,nopenalesyson:

–––Unamulta,o

–––Laexpulsióndelterritorioespañol.

è¿QuéDERECHOStengosisoyDETENIDO?

Tieneslosmismosderechosquecualquierdetenidoyquehe-mosvistoalprincipio.

Silapolicíatepideenalgúnmomentoladocumentaciónynotienespapeles,tellevaránacomisaría,sinotienesabogadolla-marán a un abogado deTurno de Oficio para que te ayude yteentregaránunacartaquedicequetehaniniciadounexpe-dientesancionador.Dependiendodeltipodeexpedientetendráunplazomayoromenorpararecurrir.Engeneralsuelenabrirelprocedimientoquesellamapreferenteencuyocasotienesunplazode48horaspararecurrir iniciandounaseriederecursosque terminaríanen ladecisióndeun Juzgado.Esmuy impor-tantequepreguntesalabogadoencomisariasiesterecursotelohaceélotienesqueacudiralcolegiodeabogadosparaquetenombrenuno,peroquesepasquesinorecurreslaordendeexpulsióno lohaces fueradeplazo,seráfirmeyyanopodrásrecurrirla.

Sitienestupropioabogado,díseloalapolicíaydalesusdatos.Ellosleavisaránparaquevayaaverte.Sinolotienes,tedesigna-ránunaabogadodeturnodeoficioqueserágratuito,sicarecesde recursos económicos. Puedes confiar plenamente en él. Eltiempomáximodedetenciónencomisaríaesde72horas.Traslaestanciaencomisaría,cabendosposibilidades:

Quequedesenlibertad,oquelaPolicíasolicitealjueztuingresoenunCentrodeInternamientodeExtranjeros(CIE)dondepo-drásestarunmáximode60días.

è¿QuédebesabermiabogadodelTurnodeOficio?

ESMUYIMPORTANTEquecuentesalabogado:

–Sihasintentadosolicitarasilopolíticoositienesalgúntemorderegresaratupaísyporquémotivos.

–DesdecuándoestásenEspañaycómoentraste.

–Dóndevivesycómopagaselalojamiento.

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– Si tienes familia en España con residencia legal, hijos esco-larizados, planeas casarte con un ciudadano de la comunidadeconómicaeuropeaosieresparejadehechodeunciudadanoespañoloqueestelegalenEspaña..

–Sitienestrabajo.

–SihashechocursosenEspañaohasrecibidoorecibesayudaseconómicasdecarácterpúblicocomobecasorentasbásicas..

–Sipertenecesaalgunaasociación.

–Siestásenfermoyrecibestratamientomédico.

–Siestásembarazada.

–Siyatienesunaordendeexpulsiónanterior.

Recuerdaqueelplazoquetieneelabogadoparapresentarale-gacionespuedesermuycorto, sólo48horas (dosdías)desdequefirmaslaordendeexpulsión,porloquedebesenviarletodala documentaciónque pruebe lo que le has contado lo antesposible,yfacilitarleundomicilioy/ounteléfonodondepuedalocalizarte.Lomejoresquetengassiempreestadocumentaciónpreparadaparaquesitedetienenpuedasentregarlarápidamen-tealabogado.Esmuyimportantequetequedesconelnombreyteléfonodetuabogadoparaenviarledocumentaciónyman-tenercontactocontinuoconél/ella,sicambiasdedirecciónodemóvildebesdecomunicárselo.Hasiniciadoconélunprocesoderecursosquepuededurarañosypuedeserqueselenotifi-quencosasalabogadoynoa ti,poresoes fundamentalquesiemprepuedalocalizarteytuaél.

è¿Cuántoduraelprocedimientosancionador?

Elplazomáximoquetienelapolicíaparacomunicartesudeci-siónesseismesesdesdequetedetuvieronytellevaronaComi-saría.Puedenpresentarsedossituaciones:

1.NosedictaningunaSanción:Sipasadosseismesesdesdeelmomentodeladetenciónnotehancomunicadoporescritolasanción(QUEPUEDESERMULTAOEXPULSIÓN),yanopue-denhacerlo.Ponteencontactocontuabogado/aparaquesolicitelacaducidaddelexpediente.Elabogado/adebeentre-garteunescritoquedeclaraqueelexpedientehacaducado,quedeberásguardarcomoprueba.

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Sinembargo,sipermanecesensituación irregular,enel fu-turolaPolicíapodríavolveradetenerteyvolvera iniciarunnuevoexpedientesancionador.

2.Sedictasancióndemultaoexpulsión.Debesponerteencon-tactocontuabogado.

è¿Quéimplicaunaordendeexpulsión?

PermitealaPolicíadetenerteytrasladarteatupaísinmediata-mente.Además,llevaañadidaunaprohibicióndeentradatantoenEspañacomoenlamayoríadelospaísesdelaUniónEuropeadurante un período de tiempo que puede variar entre 3 y 10años.Hastaquenotranscurraelplazodelaprohibicióndeen-trada,nopodrásregularizartusituaciónsolicitandounpermisoderesidencia.

èCuandopago la sancióndemultaporestarenEspañaensituaciónirregular,¿obtengounpermisoderesidencia?

No,cuandopagaslasancióndemultasiguesestandoenEspañaensituaciónirregular,perose“cierra”elexpedientedeexpulsiónquetehabíaabiertolapolicíaypuedessolicitarlaregularizacióncuandoestésensituaciónparaello.Poresoesmuyaconsejablequepagueslamulta.SivuelvesaserdetenidoporestarirregularenEspañasetevolveráainiciarunexpedientedeexpulsión.Mu-chasveceslapolicíasequedacontupasaporteytedaunacopiaselladaparaquepuedasfuncionarduranteeltiempoqueduraelrecursosellamamedidacautelar.Tienesquetenercuidadoyaquetepuedenllamarparaquepasesabuscarlocuandotermineelprocesoyhayasganadoohayaspagadolamultaoavecesirtuapedirloyentoncesvolveradetenerteyvolveraabrirteunnuevoexpedientedeexpulsión.Lomejoresqueconsigascopiadetupasaporteentuembajadaoquedespoderesatuaboga-dooaotrapersonaparairarecogerlo.

è¿Puedo realizar algún trámite para regularizarme si tengounaordendeexpulsión?

NoConunaordendeexpulsiónvigentenopuedesregularizarte,tendrásquepedirprimerolaanulacióndelaordendeexpulsión,queseconcederádiscrecionalmentedependiendodecadaOfi-cinadeExtranjeros.

- Los Centros de internamiento para extranjeros (CIE)

SilapolicíatedetieneporestarensituaciónirregularenEspaña(por“notenerpapeles”),lapropiapolicíapuedepediraunjuez

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queteinternenenuncentrodeinternamientoparaextranjeros(enadelanteCIE),conelfindequepuedanexpulsarteatupaís.

Ø¿QuiéndecidequeingresesenelCIE?

Lodecideunjuez.Cuandolapolicíatedetiene,puedepedirleal juezqueentresenelCIEyeseljuezquientomaladecisiónantesdequepasen72horasdesdequetedetuvieron.Cuandolapolicíatedetienepornotenerpapeles,nosiemprepidealjuezelingresoenunCIEporqueprimerotienequecomprobarquehayplazas.MuchasvecesnohaysitioenelCIEyentonceslapo-licíatedejaráenlibertad.Sinotienesantecedentes,tambiénesprobablequenoingresesenelCIE.SilapolicíasolicitatuingresoenunCIE,deberáscompareceranteeljuezyél/elladecidirásientrasonoenelCIE.Paraevitarelingreso,tuabogadotienequeconvenceraljuezdequenohayriesgodequetefuguesyquesitevanasancionarconmultaoexpulsiónpuedesesperarlade-cisiónfinalentucasa,sinnecesidaddequeseteprivedeliber-tad.Paraello,esmuyimportantequecolaborescontuabogadorápidamente(privadoodeoficiogratuito)dándole,pormediodetusfamiliaresoamigos,documentosquepruebentienesdo-micilioconocidoyquetienesarraigoenEspaña,porejemplo:

•Empadronamientoytarjetasanitaria,

•Familiaresresidenteslegales,

•Escolarizacióndehijos,

•Alquilerpiso,

•CertificadodequepertenecesaalgunaAsociación,

•Cursosrealizados,ayudaseconómicaspúblicasquerecibas.

•Cualquierpapeldehaberintentadosolicitarlaresidencia

enEspañaoasilopolítico,

•Cartillaocuentacorrienteenelbanco.

MUYIMPORTANTE:

••Tensiempreestadocumentaciónordenadayenalgúnlugarlocalizabledetupisoparaque,sitedetienenytellevanaljuez,unfamiliaroamigopuedaentregarlarápidamentealabogado.

••Esmuyimportantequetequedesporescritoconelnombredetuabogadoysuteléfonoparapoderestarencontactoconél.Sinolosabes,llamaalColegiodeAbogadosysolicitalain-formaciónenlasección“TurnodeOficio”.

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Tútambiénpuedesdeclararanteeljuezyesrecomendablequelohagasyleexpliquestusituación.Siapesardetodo,finalmen-teeljuezdecidetuingresoenelCIE,tuabogadopodrárecurrirladecisióndeljuez.

Ø¿CuáleseltiempomáximoquepuedesestarenelCIE?

Eltiempomáximoes60días,aunquepuedequeestésmenosporquelapolicíaintentaráexpulsarteloantesposible,unavezqueteentreguen laordendeexpulsión.SisalistedelCIEparaexpulsarteylaexpulsiónnopudollevarseacaboporcualquiermotivo,puedesser reingresadoalCIEperosóloporel tiempoquefaltaparacumplirlos60díasysiexistenmotivosparacreerque podrán expulsarte durante los nuevos días que estés enel CIE; si no es así, no pueden volverte a ingresar en el CIE. Sicumplisteelplazomáximolegalde60díasenelCIE,nopuedenvolverteainternarporelmismoexpedientedeexpulsión,aun-queporotrosexpedientesdistintosquetepudieranabrirenelfuturosí.Sinotehanexpulsado,encuantosalgasdelCIEdebesacudiraunabogadoparapresentarunrecursocontratuordendeexpulsiónenelplazomáximodedosmesesdesdeque tenotificaronlaexpulsión.

Ø¿QuéocurrecuandovaaterminareltiempomáximodetuestanciaenelCIE?

Cuandolapolicíasabequenovaaserposiblellevaracabotuexpulsiónantesdelos60días(porhaberpresentadounasolici-tuddeasilopolítico,porquesedesconozcatuverdaderanacio-nalidad,pornoexistiruntratadoderepatriacióncontupaísdeorigenoporunsimpleretrasoenlatramitacióndetuexpedien-te),lapolicíatienelaobligacióndeponerteenlibertad.

Ø¿QuéderechostienenlaspersonasingresadasenelCIE?

Tienesquetenerclaroque,legalmente,noeresunpresoenunacárcel,yaqueelCIEnoesunacárcelytúnoestásahíporco-meterundelito.AlCIEteenvíaunjuezexclusivamentepornotenerlospapelesenreglayconelobjetivodepoderexpulsarteatupaís.Mientrasestásinternado,estásprotegidoporeljuez,lapolicíasólotevigila,porloquedichapolicíatienelaobligacióndecomunicaral juezcualquiercircunstanciaquemodifiquetusituación(enfermedadesgraves,castigos,etc).

En laactualidadhayun juezdevigilanciade losCIEquedebevelarporelrespetodelosderechosdelaspersonasprivadadelibertad.Cualquieradelaspersonasinternadasosusfamiliareso

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amigos/aspuedeninterponerunaquejaodenunciaantecual-quierrestricciónovulneracióndederechos.

DENTRO DEL CIE TIENES DERECHO A:

1.Informaciónescrita:cuandoentresenelCIEdebendarte in-formaciónescritasobretusderechosyobligaciones;laorgani-zaciónylasnormasdefuncionamientodelCentrodondeaca-basdeingresarylosmediosparaformularpeticionesoquejas.Tedebenentregarlainformaciónenunidiomaqueentiendas.

2.PeticionesyquejassobreelfuncionamientodelCentrooso-breelcomportamientodelaPolicía.Debesdirigirlas:

–AlDirectordelCIE,biensolicitandounaentrevistapersonalobienpresentandolapeticiónoquejaporescrito.Laspeti-cionesyquejasquedanregistradas,y tedebenentregarunreciboofotocopiafechadaysellada.

–Tambiénpuedesdirigirlaquejaaljuezdeinstrucciónquedecidiótuinternamiento,ensobrecerradoylapolicíadelCIEestáobligadaahacérselollegar.

–Igualmente,debenenviaralaautoridaduórganoaquienquieras escribir (Fiscal de Extranjería, Defensor del Pueblo,etc.),lasquejasypeticionesquepresentesendefensadetusderechoseinteresesynopuedenabrirelsobrequelesen-tregues.

3.Derecho a la atención médica especializada, aislamiento deenfermoscontagiososyprevencióndeepidemias.

4.Asistencia social para solucionar problemas surgidos por lasituación de internamiento: ayuda a familias, tramitación dedocumentos,intérpretes.

5.Arecibirayudalegaldeunabogado.

6.Atenerunavisitaaldíaenelhorarioestablecido.

7.Comunicacionestelefónicas.En laszonasdeusocomúndelCIEdebehaberteléfonosdeusopúblico,quetúdeberáspa-garyquepodrásusartodoslosdías.

8.Derechoalaintegridadfísicaysalud,sinquepuedanennin-gúncasosometerteatratosdegradantesoamalostratosdepalabraodeobrayaqueseapreservadatudignidadytuin-timidad.

9.Alimentaciónadecuada.

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10.Higiene,calefacción,iluminaciónyventilaciónadecuadas.

11.Prácticareligiosa.

TUS OBLIGACIONES DENTRO DEL CIE

Tambiénesnecesarioqueconozcastusobligaciones,yaquedeesemodoevitarásproblemasyposiblescastigososanciones.

1.DebesrespetarlasnormasdefuncionamientodelCIEylasór-denesparticularesque teden los funcionarios, siemprequenovulnerentusderechos,queyaconoces.

2.Debes mantener una actitud correcta y respetuosa con losfuncionarios,siemprequeelloscumplanconsusobligacionesy respeten tusderechos.Denoserasí,noseas irrespetuosoentusformasperoquéjateenérgicamente,depalabraoporescrito.TambiéndebesrespetaratuscompañerosingresadosenelCIE,evitandodiscusiones,amenazas,etc,yconservarlasinstalacionesdelCIE,asícomorespetarlaspertenenciasdelosdemáscompañeros.

3.Esobligatorioquetesometasaloscontrolesmédicosquein-diqueelmédicodelCIE,tantoatuentradacomoatusalidadelCIE.

4.LosfuncionariosdelCIEpuedenadoptarcontratimedidasdeseguridad, siempre que se hagan con corrección y respeto.Esasmedidasson:

•Puedeninspeccionarloslocalesydependenciasenlasqueteencuentreseinclusopuedenregistrarteatiytuscosas.

•Sólopuedenutilizarfuerzafísicaparaevitarpeleasentrein-ternos,impedirfugas,dañosenlasinstalacionesositeresis-tesalasindicacionesdelpersonaldelCIE.Sólopuedenusarlafuerzacuandonoexistaotramaneradeconseguirlafinalidaddeseada y si la usan, debe ser proporcional a los fines quepersiguenysóloduranteeltiempoestrictamentenecesario.Lafuerzanopuedenuncautilizarsecomouncastigo.Siuti-lizanlafuerzacontrati,elDirectordelCIEdebecomunicarloinmediatamenteal juezqueautorizó tu internamiento,quecontrolarálaactuaciónpolicial.

Ø¿Puedenexpulsarmesisoyciudadanocomunitario?

Desdehacepoco,sí.Síhassidocondenadoporundelitooseentiendequehayrazonesdeordenpúblicoodeseguridadpú-blica,sepuedeaplicarelartículo15.1cdelRealdecreto240/07

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sobreentradaypermanenciaenEspañadeciudadanosdepaí-sesmiembrosdelacuerdoSchengen.Enestecasotienesquese-guirelmismoprocesoqueenlaexpulsióndeciudadanosirregu-laresaunqueelplazoparaponerelprimerrecursoesde15días.

9. MALOS TRATOS: COMO HACER UNA DENUNCIA

Hay delito de malos tratos cuando cualquier autoridad o fun-cionariopúblicoconelfindeconseguirunaconfesiónocual-quier informaciónsometiereaotrapersonaasufrimientos físi-cos,mentalesoatentaradecualquiermodocontrasuintegridadmoral ( art. 174.1 CP ).También cuando se impide el ejerciciodetusderechosconstitucionalesolegales(art.542CP)osielfuncionariopúblicopermitiereaotraspersonascometerestoshechos(art.176CP).

Esmuyposiblequealahoradedenunciarestoshechosteen-cuentresconunadenunciaacusándoteatideagresiónoresis-tenciaalaautoridadporelloesimportanteque:

1ºExijasserreconocidoporelmédicoloqueesunodetusdere-choscuandoeresdetenido.

2ºFijarseenlosdetalles:nombredelosagentes,númerodepla-ca, lugares, horarios de la detención, otras personas que teencuentresencomisaría,etc…

3ºSolicitarhabeascorpusencuantoseproduzcaelmaltratoeindicarloasí.

4ºSeñalarlealabogadocualquiermaltratosufrido,cualquierirre-gularidadentusderechos,enespecialquenotehanllevadoalmédicoforenseoquehassolicitadohabeascorpus.

Te en cuenta que si te trasladan al médico pueden esposarteperonomantenerteasísiteingresansalvorazonesdeextremapeligrosidadyentodocasoseponepordelanteladecisiónmé-dicafrentealapolicial.

Para denunciar ten en cuenta que puedes hacerlo oralmente,perosiempreesrecomendablehacerloporescrito.TienesqueiralJuzgadodeGuardiacondoscopiasdeladenunciayllevarteunaselladaounresguardodequelahaspresentadoysiempredebesfirmarla. La denunciaes ponerunos hechosen conoci-mientodelJuezquiendebedeinvestigarlosyensucasollevarajuicioalosinfractores,porelloesmuyimportantequeaportes

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laspruebasquetengas(porejemploinformesmédicos)ytodoslosdatosdepersonas, lugaresyhorarios.Debesde recordaryanotarelnúmerodelJuzgado,quenosiempreeselmismoelqueestádeguardia,paraquepuedaspreguntarsobrecómosedesarrollalainvestigaciónyenelcasoquecontratesunaboga-doopidasunodeoficiopuedasinformarledetodo.

Puedes enviar una carta con los hechos ocurridos al defensordelpueblodeMadridysilosfuncionariossondelacomunidadautónomayenellaexisteestafiguraaldefensordelpuebloquetecorresponda.Tambiénpuedesacudiraentidadessocialesqueentresusfinesestaladefensadelosderechoshumanosquienes,seguramente,podránasesorarte.

10. NOTAS SOBRE EL PROCESO PENAL RELACIONADO CON TU DETENCION.

è¿Qué es la prisión preventiva?

Suponequeel Juez tras ladeclaraciónnoteponeen libertadsinoqueordenatuingresoenprisión.Laprisiónpreventivasólopodráserdecretadacuandoconcurranlossiguientesrequisitos:

1ºQueconsteenlacausalaexistenciadealgúnhechoquepu-dieraserdelitoparaelqueelCódigoPenalpidadosomásañosdeprisión,obienconpenaprivativadelibertadmenor,siel imputadotuviereantecedentespenalesporhabersidocondenadopordelitodoloso(aquelloenlosqueeldelitosecometesabiendoqueloes).

2ºQueaparezcanenlacausamotivosbastantesparacreerres-ponsablecriminalmentedeldelitoalapersonacontraquiensehayadedictarelautodeprisión.

3ºQuemediantelaprisiónpreventivasepersigaalgunodelossiguientesfines:

a)Asegurarlapresenciadelimputadoenelprocesocuandopuedasuponerseracionalmenteunriesgodefuga.Procederáacordarporestacausalaprisiónpreventivadelapersonaim-putadacuando,alavistadelosantecedentesqueresultendelasactuaciones,hubieransidodictadasalmenosdosórdenesjudicialesporcualquierjuzgadodebúsquedaycapturaenlosdosañosanteriores.Setendránsiempreencuentalascondi-cionespersonales,económicasyfamiliaresdeldetenido.

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b)Evitarlaocultación,alteraciónodestruccióndelaspruebasrelevantesparaeljuiciofuturo,siemprequeexistaunpeligrofundadoyconcreto.Noprocederáacordarlaprisiónpreven-tivaporestacausacuandolasaccionesquesepretendenim-pedir estén dentro del derecho de defensa o simplementehayafaltadecolaboracióndeldetenido.

c)Evitarqueelimputadopuedaactuarcontrabienesjurídi-cosdelavíctima.Enestoscasosdaiguallapenaquesepidaporeldelitodelqueseteacuse.

d)Tambiénpodráacordarselaprisiónpreventiva,concurrien-dolosrequisitosestablecidosenlospuntosanteriores,paraevitarelriesgodequeelimputadocometaotroshechosde-lictivos.Setendráencuentalascircunstanciasdelhecho,asícomoalagravedaddelosdelitosquesepudierancometer.

Aunqueno loparezca la prisiónpreventivadebedeaplicarseencasosexcepcionalesyesmuyimportantequealJuezquetetomedeclaraciónlefacilitesdatosdetudomicilio,trabajo,situa-ciónlegalque,sinsuponerdeclararentucontra,nojustifiquenladecisióndemeterteenprisiónporriesgodefuga.

La prisiónpreventivaduraráel tiempoimprescindibleparaal-canzarcualquieradelosfinesindicadosyentantosubsistanlosmotivosquejustificaronsuadopción.

Suduraciónnopodráexcederdeunañosieldelitodelqueseteacusatuviereseñaladapenaigualoinferioratresaños,odedosañosparaeldelitoconpenasuperioratresaños.Noobstante,cuandoconcurrierencircunstanciasquehicieranpreverque lacausanopodráserjuzgadaenaquellosplazos,elJuezoTribunalpodrá, acordar mediante auto una sola prórroga de hasta dosañossieldelitotuvieraseñaladapenasuperioratresaños,odehastaseismesessieldelitotuvieraseñaladapenaigualoinferioratresaños.Cuandolaprisiónpreventivasehubiereacordadoenvirtuddelaposibilidaddehacerdesaparecerpruebas,sudu-raciónnopodráexcederdeseismeses.Entodocasosihassidocondenadoantesperoestasrecurriendolapenaeltiempomáxi-modelaprisiónpreventivaseráeldelamitaddeesacondena.

Paraelcómputodelosplazosestablecidossetendráencuentaeltiempoqueelimputadohubiereestadodetenidoosometidoaprisiónpreventivaporlamismacausaenotrosmomentos.Seexcluirá, sin embargo, de aquel cómputo el tiempo en que lacausasufrieredilacionesno imputablesa laAdministracióndeJusticiasinoaldetenido.

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Cuandolamedidadeprisiónpreventivaacordadaexcedadelasdosterceraspartesdesuduraciónmáxima,elJuezadoptarálasmedidasprecisasparaimprimiralasactuacioneslamáximace-leridad.Aestosefectos,latramitacióndelprocedimientogozarádepreferenciarespectodetodoslosdemás.

SepuederecurrirprimeroanteelmismoJuezquelaordenoy,si se mantiene, luego ante la Audiencia Provincial que podrámantenerla,dejarteenlibertadoexigirteunafianzaquesuponequedebesdepositarunadeterminadacantidaddedineroparadejarteenlibertadyasegurasedequeacudasaljuicio.Parafijarlafianzasetendráencuentaeltipodedelito,tuscircunstanciaspersonalesy laseconómicasy lascircunstanciasquepudieranfavorecertufuga.Sedevuelvesierescondenadooingresesenprisiónosearchivelacausaoseasdeclaradoinocente.Encasodesercondenadosecobraranprimero,antesdedevolvértela,los gastos del proceso y, si se solicita, podrá también pagarselasindemnizacionesqueensentenciasefijenparalasvíctimas.

La prisión preventiva y las fianzas pueden recurrirse durantetodoelprocesoytambiénordenarseotravezaunqueganarasunrecursoytepusieranenlibertadonoseordenaseenelmo-mentodetudeclaración.Poresoesmuyimportantequetengasabogadodesdeeliniciodelasactuaciones.Poresoesaconseja-blequecuandodeclaresanteelJuezsolicitesquesetenombreabogadodeoficioparalacausaquepodráserelmismoqueteatiendeen ladetenciónuotro,esodependede losdiferentescolegiosdeabogados.

è¿Cómo tramito que se me conceda abogado de oficio?

SilosolicitasanteelJuezcuandodeclarestienequecomunicaralcolegiodeabogadosestasolicitudynombrarteuno,salvoenaquelloscasosenloqueelmismoabogadoqueteatiendedu-rante ladetenciónseráeldesignadoparael restodelproceso.Debespreguntarlealabogadoqueteatiendecualdelassitua-cioneseslaquesedaentucasoyquedatosodocumentosvasanecesitarasícomoellugardondellevarlos.SinohassolicitadoalJueznombramientodeabogadoyluegovesquelonecesitas,ynoeselqueteatendióenladetención,puedesacudiralcolegiodeabogadosquecorrespondayhacerallílasolicitud,paraelloes importantequeacudascon lacopiadetudeclaraciónparaquepuedanvereljuzgadoyelnumerodelexpediente.

Debessaberqueunacosaesqueteconcedanabogadodeofi-cioparalacausayotraquenotengasquepagarleporquese

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teconcedalaJusticiaGratuita.Estaúltimatienesquetramitarla,entregandoladocumentaciónnecesariaalapersonaoentidadqueelcolegiodeabogadosquecorrespondaseñale.Seefectúaun estudio de tus condiciones económico-familiares y depen-diendodeellasseteconcedelaJusticiaGratuitaono,enesteúltimo caso los gastos deben correr de tu cuenta. Si no estásconformeconladecisiónquetedeniegalaJusticiaGratuitapue-desrecurrirla,deelloteinformaráelabogadoquetedesignasen.

è¿Qué son los juicios rápidos ?

Puedeocurrirquealdetenertesedenunaseriedecircunstan-cias:

Quelosdelitospor losquesetedetieneestáncastigadosconpenadeprisiónquenoexcedadecincoaños,oconcualesquie-raotraspenas,cuyaduraciónnoexcedadediezaños;existaunatestadopolicial;quelapolicíatehayadetenidoytehayapues-toadisposicióndelJuzgadodeguardiaoque,aunsindetenerteo dejándote en libertad, te haya citado para comparecer anteel Juzgadodeguardiaencalidaddedenunciado;quesetratededelitosflagrantes(cuandoeldelincuenteseasorprendidoenelacto,mientrashuyesocon los instrumentosnecesarioparacometerlo);quesetratedeunsolodelito,sinqueenelmismoprocesoyporlosmismoshechosteacusendevarios.

Quesetrate,además,dealgunodelossiguientestiposdede-litos:

a)Delitosdelesiones,coacciones,amenazasoviolenciafísicaopsíquicahabitual.

b)Delitosdehurto.

c)Delitosderobo.

d)Delitosdehurtoyrobodeusodevehículos.

e)Delitoscontralaseguridaddeltráfico(conducirbajoinfluen-ciadealcoholodrogas).

f )Delitosdedaños.

g)Delitosdetráficodedrogasdeescasaentidad.

h)Delitosflagrantesrelativosalapropiedadintelectualeindus-trialprevistos

I)Quesetratedeunhechopuniblecuyainstrucciónseapresu-miblequeserásencilla.

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Enestoscasossepuedentramitarcomo juicio rápido,enestecaso el fiscal presenta una acusación y si te declaras culpableseterestaría1/3delapenaquetepidiera.Necesitasquehayaabogadoyestepuedenegociarconelfiscalparaquesupeticiónpuedasermenor.TodoserealizaelmismodíaysaldríasdelJuz-gadocondenado.Debesvalorarsiteinteresaqueterebajen1/3porqueestáeltemamuyclaroentucontraono,yaquealserunacondena,yaunqueesteclaro,podríasiraprisiónsilarebajanoconsiguequelapenasetesuspenda(nolacumplessiduran-teunplazonovuelvesadelinquir)osetesustituya(secambialaprisiónpormultaotrabajosenbeneficiodelacomunidad).Esimportantequeelabogadoteinformedetodoylepreguntestodaslasdudasantesdeaceptar,tambiénqueseassinceroconélyleexpliquestusituaciónlegal,entodocasonoestásobliga-doaaceptarelacuerdoencuyocasosetramitarácomounpro-cesolegalyperderíaslarebajadeltercio.Tenmuyencuentaqueesunacondenafirmequesuponetenerantecedentespenalesyesopodríahacerquetengasproblemas(podríaimplicarqueunapenaque tengas suspendidaantes lacumplieses,queenunjuiciofuturonopudierassuspenderlacondenaoquesieresextranjeropuedanquitartelospapelesonorenovarlos).

SideloqueseteacusaesdeunafaltaelJuezpuedeordenarqueen ese momento después de tu declaración se te juzgue porfaltasinmediatasynodebesconfundirlasconlosjuiciosrápidos.Enestassetratadeunjuiciodefaltasnormal,dondenohayre-bajaydonde,salvoquesolicitesantesdeoficioo contratesauno,nohayabogado.

11. OTRAS MEDIDAS QUE PUEDE ADOPTAR EL JUZGADO DE GUARDIA

ElJuezdeguardia,nuncalapolicía,despuésdequeprestesde-claraciónpuedeordenarteunamedidadealejamientodeunapersonaolugar,teindicaráladistanciaalaquenopuedesacer-carte. Podrá también ordenar una incomunicación, es decir laprohibicióndequetepongasencontactoconalguiendecual-quiermodo.Enamboscasosesunaordenquedebescumpliryaquesinoestaríascometiendoundelitodequebrantamiento,puedenvolveradetenerteyseriascondenadoporello.Tenencuentaqueelalejamientosuponeunaobligacióndenoacer-carteenunradiodeaccióndeterminadoindependientementedequelascallesquedebasderecorrersuponganunadistancia

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mayor y que si te encuentras con la persona de la que debesestaralejadoporcasualidadencualquiersitiodebesdeser túquiensevayaaunqueestéseneselugarantes.Siexistealgunaimposibilidaddecumplir loordenadodebesllamarinmediata-mentealapolicíaycomunicarloqueocurre.Sitienesquereco-gercualquiercosadeunlugardondeestelapersonadelaquetienesqueestaralejadodebessolicitaranteel juzgadoqueteloordenóqueteacompañelapolicíaparahacerloperonuncairtúsolo.

Tambiénpuedeeljuezretenercomopruebadeconvicciónde-terminados objetos que solo podrán serte devueltos una veztermine el proceso penal. Igualmente puede el juez dejar sinefecto provisionalmente permisos o licencias, aunque frente aestopodríaspresentarrecursoparaquesetepermitieseseguirempleándolas.

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