condiciones particulares servicio de entubaciÓn · de hacerse efectiva terminación anticipada....

21
CONDICIONES PARTICULARES SERVICIO DE ENTUBACIÓN AREA AGUARAGÜE Pozos Campo Duran - Icua

Upload: others

Post on 13-Jan-2020

3 views

Category:

Documents


0 download

TRANSCRIPT

Page 1: CONDICIONES PARTICULARES SERVICIO DE ENTUBACIÓN · de hacerse efectiva terminación anticipada. ... LA CONTRATISTA informará por escrito a TECPETROL, previo al Inicio de LOS SERVICIOS,

CONDICIONES PARTICULARES

SERVICIO DE ENTUBACIÓN

AREA AGUARAGÜE

Pozos Campo Duran - Icua

Page 2: CONDICIONES PARTICULARES SERVICIO DE ENTUBACIÓN · de hacerse efectiva terminación anticipada. ... LA CONTRATISTA informará por escrito a TECPETROL, previo al Inicio de LOS SERVICIOS,

2

I N D I C E

ARTICULO N°

1. DOCUMENTOS DE APLICACIÓN

2. OBJETO Y ALCANCE

3. LUGAR DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO

4. INICIO DEL SERVICIO

5. PLAZO DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO

6. CERTIFICACIÓN Y FORMA DE PAGO

7. GARANTÍAS DE LA CONTRATISTA

8. OBLIGACIONES DE LA CONTRATISTA

9. DESCRIPCIÓN DE LA PRESTACIÓN

10. REPORTES A ENTREGAR POR LA CONTRATISTA

11. PERSONAL DE LA CONTRATISTA

12. EQUIPAMIENTO Y HERRAMIENTAS

13. VEHÍCULOS DE LA CONTRATISTA

14. EVALUACIÓN DE LA MARCHA DEL CONTRATO

15. SEGURIDAD INDUSTRIAL

16. CLÁUSULAS ESPECIALES

17. SEGURO DE RESPONSABILIDAD CIVIL

18. TERMINACIÓN ANTICIPADA

Page 3: CONDICIONES PARTICULARES SERVICIO DE ENTUBACIÓN · de hacerse efectiva terminación anticipada. ... LA CONTRATISTA informará por escrito a TECPETROL, previo al Inicio de LOS SERVICIOS,

3

ARTÍCULO 1 – DOCUMENTOS DE APLICACIÓN

Salvo convención expresa en contrario de las Partes, serán de aplicación para la contratación de los servicios objeto de las presentes Condiciones Particulares y formarán parte indivisible de las mismas los siguientes documentos:

a) Nota de Pedido

b) Las presentes Condiciones Particulares y sus Anexos

c) Las Condiciones Generales para Contratación de Obras y Servicios y su Anexo I

d) Las Condiciones Generales Complementarias para Servicios

e) Manual de Procedimientos y Normas de Higiene, Seguridad y Protección del Medio Ambiente para Contratistas y sus Anexos I a V

f) Cumplimiento de los Estándares Operacionales Críticos según Artículo N° 19

En caso de conflicto entre las disposiciones de los documentos arriba mencionados, se respetará el orden de prelación en que los mismos han sido listados.

Las excepciones constarán por escrito en la Nota de Pedido.

ARTÍCULO 2 – OBJETO Y ALCANCE

TECPETROL emite las presentes Condiciones Particulares para que rijan la contratación del SERVICIO DE ENTUBACIÓN en adelante servicio o servicios.

El CONTRATISTA prestará el servicio con plena autonomía directiva, administrativa, financiera y técnica, en un todo de acuerdo a las cláusulas y condiciones establecidas en las presentes Condiciones Particulares y documentos de aplicación detallados en el Artículo 1.

El CONTRATISTA garantiza a TECPETROL que cuenta con la experiencia técnica y con los conocimientos requeridos para prestar el servicio de alta calidad requerido y que conoce las reglamentaciones aplicables al mismo en virtud de la legislación vigente.

El CONTRATISTA garantiza a TECPETROL que conoce y observará durante la

Page 4: CONDICIONES PARTICULARES SERVICIO DE ENTUBACIÓN · de hacerse efectiva terminación anticipada. ... LA CONTRATISTA informará por escrito a TECPETROL, previo al Inicio de LOS SERVICIOS,

4

prestación del servicio, las normas, obligaciones y reglamentaciones sobre seguridad industrial, salud ocupacional, protección ambiental, prevención y control de contingencias/emergencias, acatando las políticas, recomendaciones y/o capacitaciones que sobre el particular TECPETROL tenga establecidas, así como otras que establezca posteriormente y que TECPETROL se vea en la necesidad de exigirle.

ARTÍCULO 3 – LUGAR DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO

Los Servicios se desarrollarán en el Yacimiento Campo Durán, Área Aguaragüe, ubicado aproximadamente a 50 km al Norte de la ciudad de Tartagal, Provincia de Salta.

Queda entendido que el Contratista en base a su conocimiento y experiencia y por un examen cuidadoso, se ha compenetrado de la naturaleza de los servicios a prestar, así como también, ha tomado conocimiento en una visita previa al área, del lugar y condiciones en que han de prestarse los servicios y en que están funcionando los equipos (condiciones climáticas, características de los fluidos bombeados, etc.)

TECPETROL no admitirá reclamos por desconocimiento de dichas condiciones por parte del Contratista.

Las distancias mencionadas son aproximadas y deberán ser controladas por el contratista.

ARTÍCULO 4 – INICIO DEL SERVICIO

Una vez notificado de la adjudicación mediante el acuse de recepción de la correspondiente Nota de Pedido, LA CONTRATISTA deberá notificarse con TECPETROL sobre el cronograma de trabajos y deberá dar inicio a la prestación de LOS SERVICIOS de acuerdo con lo que le solicite TECPETROL. En forma previa al inicio de LOS SERVICIOS, TECPETROL se reserva el derecho de verificar que fueron concretadas debidamente por LA CONTRATISTA las evaluaciones del personal y la selección del equipamiento necesario para la prestación de LOS SERVICIOS.

Inicio estimado de las operaciones para el 1 de Agosto del 2017.

ARTÍCULO 5 – PLAZO DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO

La prestación de los servicios será por 3 (tres) pozos. El Contratista y TECPETROL podrán revisar una vez concluida la vigencia del contrato los precios y condiciones contractuales a los efectos de renovar la duración del contrato, debiendo llegar a un

Page 5: CONDICIONES PARTICULARES SERVICIO DE ENTUBACIÓN · de hacerse efectiva terminación anticipada. ... LA CONTRATISTA informará por escrito a TECPETROL, previo al Inicio de LOS SERVICIOS,

5

acuerdo mutuo para cualquier cambio en las condiciones acordadas previamente.

La finalización anticipada de esta contratación, no obligará a TECPETROL al pago de multas, penalidades, costos adicionales o costos que de alguna manera estén relacionados o causados por tal rescisión. La única obligación de TECPETROL es la de saldar los montos por los servicios prestados y certificados en forma previa a la fecha de hacerse efectiva terminación anticipada.

El adjudicatario deberá dar inicio a la prestación en conformidad con el Departamento de Ingeniería de Perforación de TECPETROL quien determinará el momento de ejecución de la tarea.

ARTÍCULO 6 – CERTIFICACIÓN Y FORMA DE PAGO

La certificación de LOS SERVICIOS será realizada por LA CONTRATISTA a través de la EXTRANET de Proveedores de TECPETROL, de acuerdo a los precios unitarios de la Nota de Pedido y a la cantidad de servicios efectivamente prestados por LA CONTRATISTA y aprobados por TECPETROL, que surjan los correspondientes Partes de Campo relacionados a LOS SERVICIOS, aprobados por TECPETROL.

Las certificaciones deberán ser preparadas por LA CONTRATISTA según TECPETROL le indique.

En el inicio, durante y al final del Contrato se procederá de la siguiente manera:

- Primer mes: se certificará desde el inicio de la prestación de LOS SERVICIOS hasta el día 25 (veinticinco) de ese mes.

- Meses subsiguientes: se certificarán LOS SERVICIOS prestados desde el día 26 del mes anterior hasta el día 25 de ese mes.

- Última certificación: se certificarán LOS SERVICIOS prestados desde el día 26 de ese mes hasta el último día de prestación.

LA CONTRATISTA deberá presentar obligatoriamente, una vez liberadas las certificaciones por TECPETROL:

- Factura por el monto global aprobado.

- Certificado aprobado por TECPETROL.

- Informe Mensual de Seguridad.

Page 6: CONDICIONES PARTICULARES SERVICIO DE ENTUBACIÓN · de hacerse efectiva terminación anticipada. ... LA CONTRATISTA informará por escrito a TECPETROL, previo al Inicio de LOS SERVICIOS,

6

Una vez aprobados los Certificados Mensuales en la Extranet de TECPETROL, LA CONTRATISTA presentará las correspondientes facturas adjuntando copia de los respectivos certificados aprobados, dentro de los diez (10) días hábiles. El Certificado final y definitivo de LA CONTRATISTA en relación con LOS SERVICIOS se identificará como tal. En la correspondiente factura deberá especificarse y escribirse claramente: “Esta es la última factura”.

Las facturas serán emitidas por LA CONTRATISTA de acuerdo a la normativa vigente que le sea aplicable y para efectos de pago se deberá presentar el original de la misma.

Las facturas que presenten errores aritméticos, o que no sean elaboradas o presentadas de conformidad con la legislación aplicable o no estén acompañadas de los documentos establecidos en las presentes Condiciones Particulares, Condiciones Generales de Contratación de Obras y Servicios u otros que razonablemente sean requeridos por TECPETROL serán rechazadas y reintegradas LA CONTRATISTA para su corrección y/o agregados y/o lo que corresponda. Los plazos de pago sólo empezarán a contar desde la fecha de presentación de la factura corregida o desde aquella en que se haya aportado el último de los documentos que debían acompañarla.

Las facturas, debidamente presentadas y acompañada por los documentos requeridos, a entera satisfacción de TECPETROL, serán pagadas a LA CONTRATISTA a los 30 (treinta) días de su recepción. TECPETROL se reserva el derecho de deducir de cualquier pago a ser efectuado a LA CONTRATISTA, cualquier monto que LA CONTRATISTA adeude a TECPETROL.

LA CONTRATISTA informará por escrito a TECPETROL, previo al Inicio de LOS SERVICIOS, el número de cuenta bancaria para realizar la transferencia de fondos, comprometiéndose a informar a TECPETROL, por escrito, todo cambio posterior con no menos de 15 (quince) días naturales de antelación.

TECPETROL abonará las facturas dentro de los 30 (treinta) días de la fecha de su recepción, debiendo haber cumplido LA CONTRATISTA todas sus obligaciones en materia laboral, de seguridad social, fiscal, de seguros según lo indicado en las Condiciones Generales para Contratación de Obras y Servicios. TECPETROL efectuará, sobre cada factura, las retenciones que correspondan por ley.

Cualquier pago que TECPETROL efectúe a favor de LA CONTRATISTA no implicará una renuncia del derecho de auditar y rechazar o impugnar cualquier factura por un período de cinco (5) años contados desde la fecha de presentación de dicha factura.

Page 7: CONDICIONES PARTICULARES SERVICIO DE ENTUBACIÓN · de hacerse efectiva terminación anticipada. ... LA CONTRATISTA informará por escrito a TECPETROL, previo al Inicio de LOS SERVICIOS,

7

En el caso de existir algún ítem o ítems en la factura que necesitaren aclaración o documentación de apoyo adicional o que sea cuestionado con fundamento por TECPETROL, éste informará a LA CONTRATISTA las causas por las que ha cuestionado cada ítem, mismas que tendrán que ser aclaradas por escrito en un plazo máximo de 15 (quince) días hábiles, suspendiéndose el pago de los ítems cuestionados hasta que TECPETROL cuente con la aclaración o documentación requerida.

Será condición necesaria para certificar la entrega del Informe de Seguridad y tacógrafos de la flota afectada a la operación en el caso en que TECPETROL lo requiera.

ART Nº 7 – GARANTÍAS DE LA CONTRATISTA

LA CONTRATISTA garantiza que todos LOS SERVICIOS que deba prestar bajo este Contrato serán prestados con el Debido Cuidado y Diligencia, de acuerdo con las Leyes, las condiciones establecidas en este Contrato, sus Anexos, y las reglas del arte y las buenas prácticas (en adelante “la Garantía de Servicios”).

Si LA CONTRATISTA incumpliera respecto a LOS SERVICIOS con la Garantía de Servicios, TECPETROL deberá comunicar a LA CONTRATISTA de su incumplimiento por escrito, una vez que hubiera tomado conocimiento del mismo. LA CONTRATISTA deberá corregir a su exclusivo costo LOS SERVICIOS o la parte de los mismos no conforme con la Garantía de Servicios, LA CONTRATISTA deberá comenzar inmediatamente a corregir dichos Servicios luego de recibida la solicitud de TECPETROL en tal sentido, y deberá finalizar las tareas de corrección dentro del plazo establecido por TECPETROL. Si LA CONTRATISTA no comenzara a corregir LOS SERVICIOS inmediatamente, o no finalizara su corrección a razonable satisfacción de TECPETROL, TECPETROL podrá completar o corregir LOS SERVICIOS o la parte de los mismos no conforme con la Garantía de Servicios, por sí mismo o a través de un tercero, y LA CONTRATISTA deberá pagar a TECPETROL todos los costos incurridos por TECPETROL para completar y/o corregir dichos Servicios, más un pago en todo concepto del 10%. LOS SERVICIOS ejecutados por LA CONTRATISTA bajo la Garantía de Servicios estarán garantizados como un nuevo Servicio con una nueva Garantía de Servicios para ese Servicio solamente.

LA CONTRATISTA garantiza que cada material, equipo, herramienta y suministro que forme parte del suministro de LA CONTRATISTA para la ejecución de LOS SERVICIOS (en adelante “un Producto”), cumplirá con las especificaciones de este

Page 8: CONDICIONES PARTICULARES SERVICIO DE ENTUBACIÓN · de hacerse efectiva terminación anticipada. ... LA CONTRATISTA informará por escrito a TECPETROL, previo al Inicio de LOS SERVICIOS,

8

Contrato y sus Anexos, estará libre de todo defecto en su fabricación y materiales y cumplirá con las especificaciones técnicas requeridas por las Leyes aplicables vigentes (“la Garantía de Productos”).

Si LA CONTRATISTA incumpliera respecto de cualquier Producto con la Garantía de Productos comunicará a LA CONTRATISTA su incumplimiento por escrito, una vez que hubiera tomado conocimiento del mismo. LA CONTRATISTA deberá, reemplazar o reparar el Producto no conforme con la Garantía de Productos.

LA CONTRATISTA deberá comenzar las tareas para reparar o reemplazar un Producto tan pronto como fuera posible luego de descubrir que dicho Producto viola la Garantía de Productos, o de recibir una comunicación escrita de TECPETROL comunicándole esa circunstancia, lo que ocurra primero. Si LA CONTRATISTA no reparara o reemplazara el Producto que infringiera la Garantía de Productos dentro del plazo establecido por TECPETROL, TECPETROL podrá reemplazar o reparar dicho Producto por sí o a través de un tercero, y LA CONTRATISTA deberá pagar a TECPETROL todos los costos incurridos por el Cliente a efectos de reparar o reemplazar el referido Producto más un pago de gastos administrativos del 10%.

ART Nº 8 – OBLIGACIONES DE LA CONTRATISTA

Adicionalmente a los lineamientos establecidos en las Condiciones Generales para Contratación de Obras y Servicios y las Condiciones Generales Complementarias para Servicios, son obligaciones de LA CONTRATISTA:

Cumplir con la entrega de toda la documentación contractual solicitada por TECPETROL, como requisito indispensable previo el inicio de la prestación de LOS SERVICIOS.

Previa iniciación de LOS SERVICIOS, analizar en conjunto con TECPETROL, los riesgos implícitos y determinar las previsiones del caso.

No iniciará tarea alguna sin el expreso pedido y/o autorización previa de personal de TECPETROL.

Establecer los mecanismos idóneos para la dirección y supervisión eficientes de las actividades de su Personal.

Page 9: CONDICIONES PARTICULARES SERVICIO DE ENTUBACIÓN · de hacerse efectiva terminación anticipada. ... LA CONTRATISTA informará por escrito a TECPETROL, previo al Inicio de LOS SERVICIOS,

9

Elaborar procedimientos y ATS para la operación.

LA CONTRATISTA presentará a TECPETROL antes de la iniciación de LOS SERVICIOS sus normas de operación.

Entregar reportes en físico y digital con toda la información del Servicio realizado.

Proveer todos los elementos de protección para su personal y deberá cumplir con todas las reglamentaciones y leyes vigentes a aplicables al lugar donde se realizan las tareas, especialmente las Normas de Seguridad, Higiene y Ambiente de TECPETROL.

Proveerá durante el tiempo que dure la prestación de LOS SERVICIOS de todos los equipos, máquinas, herramientas, instrumentos y de todo lo que se requiera para llevar a buen término LOS SERVICIOS contratados.

Cumplir con todas las normas de seguridad establecidas, así como con el resguardo del medioambiente, trabajando en conjunto con TECPETROL en el mantenimiento de los objetivos y recomendaciones establecidas. Para tal efecto, LA CONTRATISTA debe presentar a TECPETROL su Plan de Acción de Medioambiente y Seguridad, que será aprobado por el Jefe de Seguridad y Medio Ambiente de TECPETROL.

Deberá mantener el área libre de desechos, basuras y materiales en desuso, debiendo cumplir expresamente la normativa interna de TECPETROL. Al respecto, debe cumplir estrictamente con lo detallado en el Manual de Procedimientos y Normas de Higiene, Seguridad y Protección del Medio Ambiente para Contratistas de TECPETROL.

Mantener constante supervisión y seguimiento al desarrollo del Contrato por parte del Supervisor del Contrato designado en el Campo, como por parte del Jefe Operativo de LOS SERVICIOS desde sus oficinas centrales.

Transportar a su personal desde el punto de origen a la localización del pozo y el retorno a su punto de origen. No se permitirá el traslado de personal en la caja posterior de pick-ups o camiones.

Estará a su cargo la movilización, el mantenimiento y la desmovilización para todos sus equipos y personal.

Page 10: CONDICIONES PARTICULARES SERVICIO DE ENTUBACIÓN · de hacerse efectiva terminación anticipada. ... LA CONTRATISTA informará por escrito a TECPETROL, previo al Inicio de LOS SERVICIOS,

10

Proveer transporte, alojamiento, logística de herramientas y personal, así como del catering.

Respetar y hacer cumplir a su personal las Normas y Políticas de TECPETROL, con respecto a drogas, alcohol y el uso de armas en el interior del Campo.

Sustituir a cualquiera de su personal, a pedido de TECPETROL, cuando éste sea considerado no idóneo para la función que debe cumplir.

Son motivos para el pedido de TECPETROL de la separación inmediata de los trabajadores de LA CONTRATISTA en la realización de LOS SERVICIOS que esta se encuentra desarrollando a favor de aquella: Personal de LA CONTRATISTA en estado etílico y/o consumo de drogas. Personal de LA CONTRATISTA que amenace verbal o físicamente a cualquier persona dentro del área de prestación de LOS SERVICOS o se revele contra las autoridades de LA CONTRATISTA que directamente tienen mando sobre él. Personal de LA CONTRATISTA reincidente en mal comportamiento. Personal de LA CONTRATISTA que sea sorprendido en actos ilícitos e ilegales dentro del área de prestación de LOS SERVICOS. Personal de LA CONTRATISTA que entregue informes de manejo de residuos alejados de la verdad. Personal de LA CONTRATISTA que disponga los residuos de maneras no autorizadas por TECPETROL. Personal de LA CONTRATISTA que negocie con los residuos generados dentro del área de prestación de LOS SERVICIOS. Negligencia en el cumplimiento de sus labores cotidianas. El uso de armas blancas y/o de fuego. ART Nº 9 – DESCRIPCIÓN DE LA PRESTACIÓN

9.1. LA CONTRATISTA se obliga para con TECPETROL a prestar LOS SERVICIOS objeto del presente Contrato, de manera autónoma, diligente, hábil y eficiente, y

Page 11: CONDICIONES PARTICULARES SERVICIO DE ENTUBACIÓN · de hacerse efectiva terminación anticipada. ... LA CONTRATISTA informará por escrito a TECPETROL, previo al Inicio de LOS SERVICIOS,

11

cumpliendo estrictamente con los términos en él establecidos.

LA CONTRATISTA deberá proveer el personal especializado debidamente entrenado y los equipos necesarios para prestar el Servicio de Entubación en el pozo mencionado, y deberá contar con los recursos necesarios disponibles para TECPETROL con el fin de dar cumplimiento al Trabajo, con el debido cuidado, habilidad y diligencia correspondientes a las buenas prácticas de campos petrolíferos.

Deberá contar con llaves de entubar los casing de los pozos que se describven a continuación:

Page 12: CONDICIONES PARTICULARES SERVICIO DE ENTUBACIÓN · de hacerse efectiva terminación anticipada. ... LA CONTRATISTA informará por escrito a TECPETROL, previo al Inicio de LOS SERVICIOS,

12

Esquemas de los Pozos:

CD-1016

Guia:

- Diametro Pozo: 12 ¼” - Diametro de casing: 9 5/8” 36# K-55 BTC - Tope de cemento: superficie - Lodo: WBM

Intermedia:

- Diametro de Pozo: 8 3/4” - Casing: 7” 26-29# N80 TBL - Tope de cemento: 1900m - Lodo: OBM

Liner:

- Diámetro de Pozo: 6” - Casing: 4 ½” 12,6# N80 TBL (Ranurado) - Sin Cementar - Lodo: OBM

Page 13: CONDICIONES PARTICULARES SERVICIO DE ENTUBACIÓN · de hacerse efectiva terminación anticipada. ... LA CONTRATISTA informará por escrito a TECPETROL, previo al Inicio de LOS SERVICIOS,

13

CD-1017

Guia: - Diametro Pozo: 17 ½” - Diametro de casing: 13 3/8” 54.5-68# K55-N80 BTC - Lodo: WBM dens 1080gr/lt - Tope de cemento: superficie

Intermedia: - Diametro Pozo: 12 ¼” - Diametro de casing: 9 5/8” 53.5# P110 TBL - Lodo: WBM dens 1160gr/lt - Tope de cemento: 1500

Liner intermedio: - Diametro de Pozo: 8 1/2” - Casing: 7” 26-29# N80 TBL - Lodo: OBM dens 1100gr/lt - Tope de cemento: 2700m (Liner)

Liner de producción:

Page 14: CONDICIONES PARTICULARES SERVICIO DE ENTUBACIÓN · de hacerse efectiva terminación anticipada. ... LA CONTRATISTA informará por escrito a TECPETROL, previo al Inicio de LOS SERVICIOS,

14

- Diámetro de Pozo: 6” - Casing: 4 ½” 12,6# N80 TBL (Perforado) - Lodo: OBM dens 1180gr/lt - Sin Cementar

Icua.x-1001

Guia:

- Diametro Pozo: 8 ¾” - Diametro de casing: 7” 23# K55 BTC - Lodo: WBM dens 1080gr/lt - Tope de cemento: superficie

Producción:

- Diametro Pozo: 6 1/8” - Casing: 4 ½” 12,6# N80 TBL - Lodo: WBM dens 1160gr/lt - Tope de cemento: 1000

Page 15: CONDICIONES PARTICULARES SERVICIO DE ENTUBACIÓN · de hacerse efectiva terminación anticipada. ... LA CONTRATISTA informará por escrito a TECPETROL, previo al Inicio de LOS SERVICIOS,

15

ART Nº 10 – REPORTES A ENTREGAR POR LA CONTRATISTA

La información será presentada en partes diarios con las novedades del día.

ART Nº 11 – PERSONAL DE LA CONTRATISTA

LA CONTRATISTA deberá proveer el personal especializado debidamente entrenado para prestar LOS SERVICIOS y dar cumplimiento a los mismos, con el debido cuidado, habilidad y diligencia correspondientes a las buenas prácticas de la industria petrolera.

Para el caso de la planchada hidráulica, deberá brindar una capacitación sobre el uso y funcionamiento de la misma a los tres turnos del equipo. A su vez deberá estar presente en locación personal de LA CONTRATISTA cada vez que se realice el montaje y desmontaje de la unidad, como también cuando TECPETROL lo requiera.

LA CONTRATISTA asignará personal calificado para las Operaciones con TECPETROL, que espera la continuidad del personal en sus servicios y solo aceptará personal pre-aprobado, con probada experiencia, destreza y habilidades. TECPETROL se reserva el derecho de aceptación del personal antes de ser incorporado.

Antes del inicio de sus prestaciones LA CONTRATISTA deberá acreditar el cumplimiento respecto de su personal, de las normas y recaudos pre-ocupacionales indicados en las normas legales o reglamentarias en la materia.

LA CONTRATISTA hará todo su esfuerzo de minimizar la cantidad de personal en la localización del pozo y deberá proveer a los mismos de las medidas de seguridad y transportes requeridos.

A continuación se detalla el personal mínimo requerido a LA CONTRATISTA para desarrollar eficientemente las tareas descritas en el Artículo Nº 9, siendo ello una exigencia indispensable para LA CONTRATISTA, por razones de seguridad y operativas:

1 – Supervisor de operación

1 – Operador enganchador

1 – Operador llaves hidráulica

1 – Operador auxiliares

1 – Operador control de torque electrónico

Page 16: CONDICIONES PARTICULARES SERVICIO DE ENTUBACIÓN · de hacerse efectiva terminación anticipada. ... LA CONTRATISTA informará por escrito a TECPETROL, previo al Inicio de LOS SERVICIOS,

16

1 – Operador de bandeja de entubar (Opcional)

La contratista deberá asegurar la disponibilidad mínima de un recurso humano respetando las horas máximas de trabajo por turno.

El transporte de las máquinas, y demás equipamiento desde la base de la contratista hasta la locación será provisto por LA CONTRATISTA, en tanto que la dotación deberá contar con movilidad propia (camioneta o auto). En todos los casos, los vehículos empleados deberán estar de acuerdo con las exigencias de TECPETROL.

ART Nº 12 – EQUIPAMIENTO Y HERRAMIENTAS

LA CONTRATISTA deberá proveer y mantener la totalidad de las herramientas y equipamiento necesarios para la normal ejecución de las tareas comprendidas en la prestación de LOS SERVICIOS.

A continuación se presenta el listado mínimo de herramientas y equipamiento a proveer por LA CONTRATISTA:

– Fuentes de poder

– Llaves hidráulicas

– Fill Up Tool

– Casing Runing Tool

– Control de torque electrónico

– Guía de emboque

– Elevadores (tope / cuña)

– Spider

– Elevadores slingas

– Bandeja para entubar (opcional)

Page 17: CONDICIONES PARTICULARES SERVICIO DE ENTUBACIÓN · de hacerse efectiva terminación anticipada. ... LA CONTRATISTA informará por escrito a TECPETROL, previo al Inicio de LOS SERVICIOS,

17

Teniendo en cuenta la ubicación remota del pozo en cuestión, el Contratista deberá contar en la locación con un stock de repuestos e insumos que aseguren el servicio aún en caso de problemas de logística (acceso a la locación).

ART Nº 13 – VEHÍCULOS DE LA CONTRATISTA

Los vehículos utilizados para el transporte del personal o para la prestación del servicio por el personal de LA CONTRATISTA deberán cumplir con:

- Todas las disposiciones legales Nacionales, Provinciales y/o Municipales vigentes referentes al Tránsito y Transporte de Pasajeros correspondientes a Servicios de Media Distancia.

- La Norma Nº 1 de Seguridad de TECPETROL.

- No deberán tener una antigüedad superior a los 5 (cinco) años y deberán ser inspeccionados cada 6 meses en talleres autorizados por la Secretaría de Transporte de la Nación. Los costos de dichas inspecciones serán a cargo de LA CONTRATISTA, quien deberá presentar a TECPETROL los correspondientes certificados de habilitación.

- Todos los vehículos afectados a la prestación del servicio deberán contar con un tacógrafo que permita almacenar los datos de control de manejo. Esta información deberá ser entregada en cualquier momento que la supervisión de TECPETROL así lo requiera.

- El mantenimiento del herramental, equipos y vehículos de LA CONTRATISTA será realizado por éste, a su cargo, fuera de los horarios previstos para la prestación de los servicios.

ART Nº 14 – EVALUACION DE LA MARCHA DEL CONTRATO

La evolución de la marcha del Contrato será realizada por TECPETROL para cada uno de LOS SERVICIOS prestados por LA CONTRATISTA. Para la evaluación se tendrán en cuenta los siguientes aspectos:

Page 18: CONDICIONES PARTICULARES SERVICIO DE ENTUBACIÓN · de hacerse efectiva terminación anticipada. ... LA CONTRATISTA informará por escrito a TECPETROL, previo al Inicio de LOS SERVICIOS,

18

a) Seguridad Industrial - Orden y limpieza - Contaminación Ambiental - Empleo adecuado y estado de vehículos, equipos, herramientas y elementos de

protección personal - Observación de actos inseguros - Índices de Frecuencia y Gravedad.

b) Normas Administrativas y Personal - Presentación en tiempo y forma de la documentación exigida en las Condiciones

Generales de Prestación y en el Manual de Normas y Procedimientos de TECPETROL.

- Conflictos con el personal y gremiales - Transporte del Personal - Orden y Limpieza de Obradores - Provisión de Ropa de Servicio - Capacitación del personal - Cumplimiento de obligaciones Patronales.

c) Cumplimiento de Objetivos establecidos por TECPETROL - Alineamiento de objetivos - Calidad en la ejecución de las tareas - Calidad de las comunicaciones - Cumplimientos de plazos - Cumplimiento de Índices de Gestión (los cuales serán informados por la

Supervisión de TECPETROL al Supervisor de LA CONTRATISTA en el inicio de LOS SERVICIOS)

- Cumplimiento de procedimientos y normas TECPETROL informará a LA CONTRATISTA respecto al significado y criterios de evaluación de los aspectos citados precedentemente. La evaluación será realizada en forma conjunta por las áreas de TECPETROL involucradas en su desarrollo. Los resultados de las evaluaciones serán informados a LA CONTRATISTA, por escrito, mediante Orden de Servicio. Los mismos serán tenidos en cuenta por TECPETROL para eventuales futuras contrataciones sin perjuicio de lo dispuesto por las Condiciones Generales de Contratación de TECPETROL para los casos de incumplimiento o negligencia en la prestación de LOS SERVICIOS.

ART Nº 15 – SEGURIDAD INDUSTRIAL

LA CONTRATISTA deberá mantener permanentemente actualizada y disponible para su presentación a requerimiento de TECPETROL, la documentación requerida en el Pliego de Condiciones Generales.

Page 19: CONDICIONES PARTICULARES SERVICIO DE ENTUBACIÓN · de hacerse efectiva terminación anticipada. ... LA CONTRATISTA informará por escrito a TECPETROL, previo al Inicio de LOS SERVICIOS,

19

LA CONTRATISTA deberá proveer todos los elementos de protección para su personal y deberá cumplir todas las normativas y leyes vigentes y aplicables al lugar donde se realicen las tareas. Deberá preparar y planificar un programa de seguridad mediante la implementación de procedimientos con formularios que cubran aspectos relacionados con la seguridad en el lugar de trabajo con los siguientes requisitos mínimos: - Control, mantenimiento y entrega de elementos de protección personal. - Primeros auxilios. - Estadística de seguridad e investigación de accidentes. - Inspecciones y reuniones de seguridad. ART Nº 16 – CLÁUSULAS ESPECIALES 16.1 FACULTAD DE RESOLUCIÓN INMEDIATA POR PARTE DE TECPETROL En el entendimiento que el compromiso de LA CONTRATISTA sobre la calidad de LOS SERVICIOS que se contrata mediante las presentes Condiciones Particulares implica la mejor disposición, tanto de sus medios como de sus conocimientos específicos sobre la naturaleza del mismo durante todo el lapso de la prestación, TECPETROL exige el más alto estándar de cumplimiento. Si a solo juicio de TECPETROL éste no resultara satisfactorio, ya sea por la recurrencia de los hechos sobre los que se le llame la atención, los perjuicios que estos hechos impliquen, o la significación económica que los mismos adquieran, TECPETROL queda suficientemente facultada por la presente cláusula, a resolver el Contrato y dar por finalizada la prestación en forma inmediata sin que ello genere derecho alguno, por parte de LA CONTRATISTA a indemnizaciones o compensaciones de la naturaleza que fueren. 16.2 INDEMNIZACIÓN POR RESPONSABILIDADES FRENTE A TERCEROS Cuando alguna de las partes cause un daño y se vean afectados terceros, si el afectado demanda la reparación del mismo a la Parte que no se lo causó, y así se haya determinado por resolución judicial o administrativa, la Parte que lo causó deberá cubrir las cantidades que la Parte demandada hubiere erogado con motivo de acciones, quejas, demandas, reclamos, juicios, procesos, impuestos, costos y gastos directos e inmediatos, incluyendo honorarios de abogados y costas judiciales, regulados en el arancel correspondiente. En caso de que alguna de las Partes sea demandada por un tercero, independientemente de que no haya sido quien ocasionó el daño deberá informar por escrito a la otra Parte dentro de los 3 (tres) días siguientes a su notificación, de la existencia de la misma.

Page 20: CONDICIONES PARTICULARES SERVICIO DE ENTUBACIÓN · de hacerse efectiva terminación anticipada. ... LA CONTRATISTA informará por escrito a TECPETROL, previo al Inicio de LOS SERVICIOS,

20

16.3 RESPONSABILIDAD ECONÓMICA Ante hechos cuya ocurrencia deviniere como consecuencia de la negligencia o falta de diligencia LA CONTRATISTA respecto de la atención del servicio, independientemente de las medidas establecidas en los documentos contractuales que TECPETROL pudiera adoptar con éste por aquella negligencia o falta de diligencia, LA CONTRATISTA será económicamente responsable ante TECPETROL por el perjuicio que se produjere. Consecuentemente y mediante esta cláusula, TECPETROL queda suficientemente facultada para retener de la facturación de LA CONTRATISTA los montos correspondientes a la satisfacción económica que ese perjuicio le causare sin necesidad de otro trámite ante cualquier otra instancia ni judicial, ni administrativa ni de la naturaleza que fuere. ART Nº 17 – SEGURO DE RESPONSABILIDAD CIVIL Complementariamente a los lineamientos establecidos en las Condiciones Generales de Seguros para Obras y Servicios, se aclara que: LA CONTRATISTA tomará por su cuenta y costo un seguro de responsabilidad civil general a través de una aseguradora previamente autorizada por TECPETROL que cubrirá daños y/o perjuicios y/o daño moral consecuencial causados a terceros, así como por los que deba responder por hechos u omisiones que ocasionen la muerte o el menoscabo de la salud de terceros y/o el deterioro y/o la destrucción de bienes de propiedad de los mismos, derivados y/o como consecuencia de la prestación de LOS SERVICIOS. La suma asegurada deberá ser como mínimo de US$ 1,000,000 La vigencia del seguro deberá extenderse como mínimo hasta la fecha de fin de vigencia de la Nota de Pedido. ART Nº 18 – TERMINACION ANTICIPADA TECPETROL se reserva el derecho de dar por terminado el Contrato sin causa alguna notificándolo por escrito a LA CONTRATISTA con 30 días de anticipación. En tal caso, LA CONTRATISTA únicamente tendrá derecho al pago de LOS SERVICIOS prestados hasta la fecha de la notificación de la terminación y a los costos de desmovilización de los equipos. ART N° 19 – ESTÁNDARES OPERACIONALES CRÍTICO

Estándar Operacional Crítico de Bloqueo y Etiquetado de Sistemas Energizados

Page 21: CONDICIONES PARTICULARES SERVICIO DE ENTUBACIÓN · de hacerse efectiva terminación anticipada. ... LA CONTRATISTA informará por escrito a TECPETROL, previo al Inicio de LOS SERVICIOS,

21

Estándar Operacional Crítico de Excavaciones

Estándar Operacional Crítico de Gestión de Residuos

Estándar Operacional Crítico de Gestión de Viajes

Estándar Operacional Crítico de Ingreso a Espacios Confinados

Estándar Operacional Crítico de Izamiento

Estándar Operacional Crítico de Manejo de Productos Químicos

Estándar Operacional Crítico de Sistema de Permisos de Trabajo

Estándar Operacional Crítico de Trabajo en Altura

ARTÍCULO N° 20: COMUNICACIONES – LIBRO DE COMUNICACIONES

Las comunicaciones de TECPETROL a LA CONTRATISTA y viceversa se efectuarán mediante Órdenes de Servicios dirigidas a las personas definidas y habilitadas por las partes para tener acceso al libro de comunicaciones previsto en la extranet de proveedores de TECPETROL asociado a la Nota de pedido que se emita para El SERVICIO.

Deberán registrarse en el libro de comunicaciones todos los desvíos significativos al alcance previsto en el presente pliego de condiciones particulares y sus anexos que determinen el reconocimiento de mayores costos y/o descuentos a las tarifas acordados en la Nota de Pedido que se pacte.

El libro de comunicaciones es la única vía de comunicación formal habilitada y estará disponible en todo momento para cualquier comunicación formal que se requiera entre TECPETROL y LA CONTRATISTA.