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COMO DENUNCIAR CUALQUIER ABUSO DE PODER POR PARTE DE LAS FUERZAS DE SEGURIDAD DE LA PROVINCIA DE MENDOZA En la Inspección de Seguridad se pueden realizar denuncias anónimas contra policías que abusen del poder o exijan coimas Para evitar intimidaciones y por el entendible miedo de las víctimas, este organismo de control comienza las investigaciones sin requerir el nombre de los denunciantes. Ante la comisión de faltas administrativas o la comisión de un delito por parte de personal policial o penitenciario, el ciudadano afectado o que tome conocimiento por cualquier medio, incluso el mismo personal policial o penitenciario, podrá denunciar en la Inspección General de Seguridad, los hechos de su conocimiento en la modalidad El miedo a denunciar, y sobre todo teniendo en cuenta que a quien se lo acusa es un efectivo policial, genera en la mayoría de las víctimas miedo a posibles represalias. Debido a esto, en la Inspección General de Seguridad se pueden realizar las denuncias en forma anónima y hasta por teléfono. La gente todavía tiene miedo a denunciar algunos hechos, sobre todo aquellos que involucran a algún efectivo de la Fuerza. Por esa razón desde la Inspección se toman denuncias telefónicas y donde no es necesario dar el nombre. Casos de violencia intrafamiliar que involucra a policías, apremios ilegales, situaciones ilegales dentro de penal son algunos de los tipos de denuncias que recibe la Inspección de Seguridad. Las investigaciones administrativas que llevan adelante desde la Inspección van desde apercibimiento hasta exoneraciones de los cargos, en los casos más graves, y en muchas ocasiones la investigación comienza de oficio cuando los casos toman relevancia mediática. La Inspección General de Seguridad controla el accionar de policías y penitenciarios, funciona en la órbita del ministerio de Seguridad y la dirigen tres directores en representación de los partidos mayoritarios. Los números para realizar denuncias anónimas a la IGS son ,0261- 425 6197 / 0261-425 3693 / 0261-0261-425 1356 / 0261-425 9403 o pueden dirigirse directamente a la calle Montecaseros al 1474 de Capital. Otra forma de denunciar abusos de poder de las fuerzas de seguridad es poniéndose en contacto con la bicameral de seguridad de la legislatura de Mendoza. La Bicameral se reune los días martes, a partir de las 17 horas en el Salón Rojo de la Cámara de Senadores de la Legislatura Provincial. FUNCIONES de la Inspección General de Seguridad

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Page 1: Como denunciar cualquier abuso de poder por parte de las fuerzas de seguridad de la provincia de mendoza

COMO DENUNCIAR CUALQUIER ABUSO DE PODER POR PARTE DE LAS FUERZAS DE SEGURIDAD DE LA PROVINCIA DE MENDOZA En la Inspección de Seguridad se pueden realizar denuncias anónimas contra policías que abusen del poder o exijan coimasPara evitar intimidaciones y por el entendible miedo de las víctimas, este organismo de control comienza las investigaciones sin requerir el nombre de los denunciantes.Ante la comisión de faltas administrativas o la comisión de un delito por parte de personal policial o penitenciario, el ciudadano afectado o que tome conocimiento por cualquier medio, incluso el mismo personal policial o penitenciario, podrá denunciar en la Inspección General de Seguridad, los hechos de su conocimiento en la modalidadEl miedo a denunciar, y sobre todo teniendo en cuenta que a quien se lo acusa es un efectivo policial, genera en la mayoría de las víctimas miedo a posibles represalias. Debido a esto, en la Inspección General de Seguridad se pueden realizar las denuncias en forma anónima y hasta por teléfono. La gente todavía tiene miedo a denunciar algunos hechos, sobre todo aquellos que involucran a algún efectivo de la Fuerza. Por esa razón desde la Inspección se toman denuncias telefónicas y donde no es necesario dar el nombre.  Casos de violencia intrafamiliar que involucra a policías, apremios ilegales, situaciones ilegales dentro de penal son algunos de los tipos de denuncias que recibe la Inspección de Seguridad. Las investigaciones administrativas que llevan adelante desde la Inspección van desde apercibimiento hasta exoneraciones de los cargos, en los casos más graves, y en muchas ocasiones la investigación comienza de oficio cuando los casos toman relevancia mediática.  La Inspección General de Seguridad controla el accionar de policías y penitenciarios, funciona en la órbita del ministerio de Seguridad y la dirigen tres directores en representación de los partidos mayoritarios. Los números para realizar denuncias anónimas a la IGS son ,0261- 425 6197 / 0261-425 3693 / 0261-0261-425 1356 / 0261-425 9403 o pueden dirigirse directamente a la calle Montecaseros al 1474 de Capital.Otra forma de denunciar abusos de poder de las fuerzas de seguridad es poniéndose en contacto con la bicameral de seguridad de la legislatura de Mendoza.La Bicameral se reune los días martes, a partir de las 17 horas en el Salón Rojo de la Cámara de Senadores de la Legislatura Provincial.

FUNCIONES de la Inspección General de Seguridad

1 Instruir sumario administrativo y designar a sus instructores quienes serán personal civil de la Inspección General de Seguridadad y/o personal policial y/o penitenciario, transferidos al mismo por el Poder Ejecutivo Provincial y seguirán revistando en sus respectivos escalafones bajo la dependencia orgánica y funcional del Directorio de la Inspección General de Seguridad (texto según Ley 7813 art. 3).

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2 Elevar los sumarios administrativos a decisión o dictamen de la Junta de Disciplina según corresponda.

3 Denunciar a la autoridad competente la comisión de hechos delictivos advertidos en el ejercicio de sus funciones.

4 Efectuar controles de gestión permanentes en la legalidad y calidad de los servicios prestados por los organismos policiales y el Servicio Penitenciario Provincial mediante la realización de inspecciones.

5 Participar en los procesos de calificación y promoción del personal policia y Penitenciario conforme con las normas vigentes..

6 Recibir denuncias y quejas referidas a la actuación de las Policías de la Provincia y del Servicio Penitenciario, pudiendo realizar actos útiles de investigación en la determinación de las eventuales responsabilidades administrativas.

7 Efectuar controles en la evolución del patrimonio del personal policial y penitenciario, mediante la recepción y análisis de las Declaraciones Juradas de bienes conforme con las normas vigentes.

8 Dictar instrucciones y circulares administrativas internas a los fines de un mejor cumplimiento de sus objetivos y funciones.

FACULTADES de la Inspección General de Seguridad

Para el cumplimiento de su misión la Inspección General de Seguridad, tiene amplias facultades de control de gestión , función administrativa ésta que tiene por objeto verificar la legalidad, legitimidad, calidad y el mérito u oportunidad de los servicios públicos de seguridad y la eficiencia y transparencia de los fondos públicos que a ellos se destinen .

Tiene amplias facultades de investigación , pudiendo realizar actos útiles de investigación que permitan determinar la responsabilidad administrativa en el hecho principal o sus accesorios, mediante la reunión de informaciones sumarias o con la instrucción de sumarios administrativos.

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Asimismo tiene la atribución de suspender preventivamente al personal policial o penitenciario o bien solicitar su traslado , en los casos que se dan los presupuestos exigidos por la Ley Nº6722/99.

PROBLEMAS QUE SE INTENTO SUBSANAR MEDIANTE LA CREACION DE LA INSPECCION GENERAL DE SEGURIDAD

Uno de los problemas que se subsana con la Inspección General de Seguridad, es que el Control de las fuerzas de seguridad está a cargo de un Organismo Civil, conducido por un Directorio cuyos integrantes son propuestos por los partidos políticos con representación parlamentaria, donde no existe ningún tipo de dependencia moral, económica o jerárquica con las fuerzas de seguridad. A su vez, este Organismo es Externo a las fuerzas de seguridad, desapareciendo de este modo los inconvenientes propios de rango o jerarquía en la investigación de las causas.

CARACTERISTICAS DE LAS ACTUACIONES Y SUS RESULTADOS

Las actuaciones de la Inspección General de Seguridad se traducen en tres tipos:

a) Preventivas: a través de controles e inspecciones in-situ en las dependencias policiales y penitenciarias y en aquellos lugares donde se presta el servicio público de seguridad.

b) Investigativas : ante el hecho consumado, mediante la reunión de informaciones sumarias o la instrucción de sumarios administrativos.

Introduciéndonos en el análisis de las actuaciones, es importante resaltar como se cumplen estas:

a) Las Actuaciones Preventivas : Desde su creación la Inspección General de Seguridad ha realizado gran cantidad de inspecciones a las dependencias policiales y penitenciarias, para constatar in-situ la prestación del servicio, a fin de efectuar controles de gestión. Esto es verificar la calidad, legalidad, el mérito y la oportunidad de la prestación del servicio público de seguridad. Es decir, esta función reside fundamentalmente en efectuar controles preventivos, para evitar en forma anticipada que se produzcan posibles irregularidades, a efectos de lograr una gestión más eficiente.

b) Las actuaciones investigativas, ante el hecho consumado . Se realizan a través de investigaciones internas, esto es a través de la reunión de informaciones sumarias o instrucción de sumarios administrativos. Las faltas administrativas pueden consistir en incumplimientos de los principios y procedimientos básicos de actuación, las

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prohibiciones establecidas en la ley o en incumplimiento de los deberes a cargo del personal de las fuerzas de seguridad. Es importante resaltar que uno de los deberes de los funcionarios policiales es poner en conocimiento de la Inspección General de Seguridad, de todo hecho que podría constituir una falta administrativa. Iniciado el sumario su trámite está expresamente contemplado en la Ley Nº 6722/99 Título III, Cap. V, Sección I, Procedimiento Sumarial, Arts. 114/145 y también está contemplado en la Ley Nº 7493 del personal penitenciario. Concluído el mismo con la sanción sugerida por el instructor sumariante es elevado a la Junta de Disciplina. Es importante resaltar que en el Año 2007 se realizó una modificación sustancial en las normas del procedimiento sumarial, esto fue con la incorporación en el Art. 119 de la ley Nº 6722/99 de normas que permiten arribar a la solución del conflicto y Sumario Abreviado. Las sanciones administrativas que se aplican al personal policial están determinadas en la Ley Nº 6722 y la Ley Nº 7493 y son: apercibimiento, recarga horaria, suspensión, cesantía y exoneración para el personal policial y el apercibimiento, arresto, suspensión, cesantía y exoneración para el personal penitenciario. Se requiere en todos los casos y bajo pena de nulidad la instrucción de sumario administrativo por la Inspección General de Seguridad, cuando se cometieren faltas en las que recayera la aplicación de las sanciones de suspensión por más de diez días, cesantía o exoneración. En los casos en que la falta que recayere fuere de apercibimiento, recarga horaria, arresto o suspensión de hasta diez días no se requiere la instrucción de sumario administrativo previo para su aplicación.

c) Participación en los procesos de calificación y promoción del personal policial y penitenciario. (Art. 29 inc. 5 Ley 6721). Así tenemos que los Directores de la Inspección General de Seguridad, integran las Juntas de calificación del personal policial de la Provincia. Y, califica e inspecciona anualmente in-situ todas las dependencias policiales de la Provincia .