comentario constitución de 1845

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COMENTARIO CONSTITUCIÓN DE 1845. CLASIFICACIÓN DEL TEXTO. 1. Localización del texto. El texto propuesto es una selección de artículos de la Constitución de 1845. Fue aprobada por las Cortes y la reina Isabel II (autoría colectiva) durante el gobierno de Ramón María Narváez, en el periodo conocido como “década moderada” (1844-1854) y es expresión del liberalismo doctrinario. 2. Naturaleza temática. Se trata de una fuente primaria, de contenido político y de carácter jurídico- constitucional, pues regula la organización del poder y los derechos y deberes de los ciudadanos. 3. Destino del texto. Es un documento público destinado a la totalidad de la nación española. 4. Contexto histórico. La regencia de Espartero (1840-1843) finalizó con la caída de este por la falta de apoyo parlamentario; el aislamiento internacional al que fue sometido, propiciado por la conspiración de los moderados y María Cristina desde París, con la ayuda del general Narváez; y la pérdida de popularidad de Espartero tras el bombardeo de Barcelona. Después del proceso de transición (gobierno de Joaquín María López) y ante el posible regreso de María Cristina, los progresistas (Prim), con el visto bueno de los moderados (Narváez), propusieron el adelanto de la mayoría de edad de la reina. De esta manera, Isabel II comenzaba su reinado efectivo a pesar de su nula preparación política. En 1844, a los pocos meses de la declaración de la mayoría de edad de la reina, formó gobierno el general Narváez. Se iniciaba la “década moderada”, caracterizada por el predominio de este partido durante diez años (1844-54). Fueron muy frecuentes los problemas internos dentro del partido moderado. La labor de Narváez se centró en modelar un Estado centralizado y uniforme. Sus principales acciones fueron: la suspensión de la venta de bienes desamortizados; una nueva ley de Hacienda que simplificó el sistema tributario (Ley Mon-Santillán 1845); un mayor control de la administración (elaboró un nuevo código penal y perfeccionó el sistema de corrupción electoral); y un proceso de centralización (la corona se reservaba la potestad de nombrar a los alcaldes de las ciudades más importantes, creó la figura de los gobernadores civiles). Pero, sin duda, la obra más importante fue la aprobación de una nueva constitución. Era de corte moderado, estaba basada en el liberalismo doctrinario o conservador y establecía un sistema político caracterizado por su estabilidad, pero oligárquico, pues primaba el orden sobre la libertad (soberanía compartida, restricción de los derechos individuales y sufragio censitario muy restringido). Además suprimió la Milicia Nacional. Se trata, por tanto, de una constitución partidista de signo moderada.

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Page 1: Comentario constitución de 1845

COMENTARIO CONSTITUCIÓN DE 1845.

CLASIFICACIÓN DEL TEXTO.

1. Localización del texto.

El texto propuesto es una selección de artículos de la Constitución de 1845. Fue aprobada por las Cortes y la reina Isabel II (autoría colectiva) durante el gobierno de Ramón María Narváez, en el periodo conocido como “década moderada” (1844-1854) y es expresión del liberalismo doctrinario.

2. Naturaleza temática.

Se trata de una fuente primaria, de contenido político y de carácter jurídico-constitucional, pues regula la organización del poder y los derechos y deberes de los ciudadanos.

3. Destino del texto.

Es un documento público destinado a la totalidad de la nación española.

4. Contexto histórico.

La regencia de Espartero (1840-1843) finalizó con la caída de este por la falta de apoyo parlamentario; el aislamiento internacional al que fue sometido, propiciado por la conspiración de los moderados y María Cristina desde París, con la ayuda del general Narváez; y la pérdida de popularidad de Espartero tras el bombardeo de Barcelona.

Después del proceso de transición (gobierno de Joaquín María López) y ante el posible regreso de María Cristina, los progresistas (Prim), con el visto bueno de los moderados (Narváez), propusieron el adelanto de la mayoría de edad de la reina. De esta manera, Isabel II comenzaba su reinado efectivo a pesar de su nula preparación política. En 1844, a los pocos meses de la declaración de la mayoría de edad de la reina, formó gobierno el general Narváez. Se iniciaba la “década moderada”, caracterizada por el predominio de este partido durante diez años (1844-54). Fueron muy frecuentes los problemas internos dentro del partido moderado. La labor de Narváez se centró en modelar un Estado centralizado y uniforme. Sus principales acciones fueron: la suspensión de la venta de bienes desamortizados; una nueva ley de Hacienda que simplificó el sistema tributario (Ley Mon-Santillán 1845); un mayor control de la administración (elaboró un nuevo código penal y perfeccionó el sistema de corrupción electoral); y un proceso de centralización (la corona se reservaba la potestad de nombrar a los alcaldes de las ciudades más importantes, creó la figura de los gobernadores civiles).

Pero, sin duda, la obra más importante fue la aprobación de una nueva constitución. Era de corte moderado, estaba basada en el liberalismo doctrinario o conservador y establecía un sistema político caracterizado por su estabilidad, pero oligárquico, pues primaba el orden sobre la libertad (soberanía compartida, restricción de los derechos individuales y sufragio censitario muy restringido). Además suprimió la Milicia Nacional. Se trata, por tanto, de una constitución partidista de signo moderada.

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Consecuencias.

Tras la aprobación de la Constitución de 1845 Narváez tuvo que enfrentarse no solo a progresistas y demócratas, sino a rebeliones militares, motines urbanos (1848), una guerra carlista (1846-1849) y a las intrigas palaciegas de la camarilla de la reina y de su propio partido. Tras la caída de Narváez, Juan Bravo Murillo presidió un gobierno que firmó un concordato con la Santa Sede que resolvió el problema suscitado por la desamortización de los bienes del clero (1851). Incluso hubo un intento de reforma constitucional en 1852 en sentido autoritario. Tras el fracaso de esta reforma se abrió un periodo de inestabilidad (tres gobiernos moderados) caracterizado por los escándalos de corrupción, sobre todo en el ferrocarril.

En este clima político se fue urdiendo la trama de la sublevación de 1854 (“Vivalvarada”), que con el pretexto de la inestabilidad política y de las continuas disputas entre los moderados dio paso al Bienio Progresista, un nuevo periodo en el que los progresistas intentaron terminar con la obra legislativa de los moderados. El carácter partidista de la constitución de 1845 estuvo en la base del enésimo levantamiento violento de la España del XIX. A pesar de todo, estuvo vigente hasta la proclamación de la constitución española de 1869, aunque hubo varios intentos para sustituirla en 1852, en un sentido más autoritario y durante el bienio progresista (Constitución non nata de 1856). Fue la expresión constitucional del doctrinarismo español.

IDEA PRINCIPAL.

La constitución establece la uniformidad jurídica de España, con la obligación de los españoles de pagar impuestos y defender el país (artículos 4y 6); ciertas garantías jurídicas para los individuos; la unidad católica de España (artículo 11); la soberanía compartida entre el rey y las Cortes, que se dividen en dos cámaras, Congreso y Senado (artículos 12 y 13); y la designación real de los senadores.