código deontológico y tarifas de traducción

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CÓDIGO DEONTOLÓGICO TARIFAS Y FACTURACIÓN

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En esta presentación de Powerpoint se presentan, de una forma esquemática, el código deontológico que debe tener en cuenta un traductor a la hora de llevar a cabo su trabajo y una muestra de las tarifas que puede cobrar un traductor actualmente.

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Page 1: Código deontológico y tarifas de traducción

CÓDIGO DEONTOLÓGICO

TARIFAS Y FACTURACIÓN

Page 2: Código deontológico y tarifas de traducción

CÓDIGO DEONTOLÓGICO

Son los principios éticos que debe seguir un traductor a la hora de realizar una traducción. Aceptar trabajos para los que se esté

capacitado (conocimientos, medios y plazo).

Fidelidad al original: estilo y formato. Materiales de referencia. Confidencialidad.

Page 3: Código deontológico y tarifas de traducción

TARIFAS

Se puede cobrar por caracteres, por palabra, por línea o por número de páginas.

Hay traductores que exigen un importe mínimo por documento, alrededor de 40 euros.

Se puede cobrar por palabras traducidas o por número de palabras del texto original.

La tarifa media inglés-español es de 0,06-0,08 euros, aunque hay que adaptarla según el país para evitar la competencia desleal.

En el caso de que el encargo se realizara por urgencia, durante el fin de semana o en un formato poco común, se puede cobrar un recargo de hasta el 50%.

Page 4: Código deontológico y tarifas de traducción

TARIFAS

Page 5: Código deontológico y tarifas de traducción

FACTURACIÓN

Datos que deben aparecer en la factura: 1. Nombre y apellidos, NIF y dirección fiscal del

traductor. 2. Nombre, NIF y dirección fiscal del cliente. 3. Número de factura y fecha. 4. Concepto de la factura y honorarios (precio

pactado). 5. IVA: 21 % sobre los honorarios. 6. IRPF: 21 % sobre los honorarios. Durante los 3

primeros años, existe la posibilidad de retener solo el 9%, en lugar del 21%. Si se gana menos de 15 000 euros/año, el IRPF será del 15%.

7. Total a pagar: honorarios + IVA - IRPF.

Page 6: Código deontológico y tarifas de traducción

FACTURACIÓN

Sin IVA: Las traducciones literarias, científicas, artículos

académicos, y artísticas que sean susceptibles de generar derechos de autor, habría que añadir este texto: «Operación sujeta a IVA pero exenta por el artículo 20.1.26 de la ley del IVA 37/1992 de 28 de diciembre».

También están exentas las traducciones que se facturan en el extranjero, y en este caso hay que añadir: «Operación no sujeta a IVA por realización del hecho imponible en el lugar del destinatario fuera del ámbito de aplicación del impuesto, por el artículo: 70.1.5.B) f) de la ley del IVA 37/1992 de 28 de diciembre»; y en las islas Canarias.

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