clxv. i f a r c p del g d f eel gasto de la delegación miguel hidalgo con cargo al capítulo 4000...
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CLXV. INFORME FINAL DE AUDITORÍA,
DERIVADA DE LA REVISIÓN DE LA CUENTA PÚBLICA
DEL GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL
CORRESPONDIENTE AL EJERCICIO DE 2015
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ÓRGANO POLÍTICO-ADMINISTRATIVO
DELEGACIÓN MIGUEL HIDALGO
AUDITORÍA FINANCIERA Y DE CUMPLIMIENTO
Capítulo 4000 “Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Otras Ayudas”
Auditoría ASCM/76/15
FUNDAMENTO LEGAL
La auditoría se llevó a cabo con fundamento en los artículos 122, apartado A, fracción II,
sexto y séptimo párrafos, en relación con el 74, fracción VI, de la Constitución Política de
los Estados Unidos Mexicanos; 42, fracción XIX; y 43 del Estatuto de Gobierno del Distrito
Federal; 10, fracción VI, de la Ley Orgánica de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal;
1; 2, fracciones XIII y XXI, inciso a); 3; 8, fracciones I, II, IV, VI, VII, VIII, IX y XIX; 9; 10,
incisos a) y b); 14, fracciones I, VIII, XVII, XX y XXIV; 22; 24; 27; 28; 30; 32; 33; 34; 35;
36, primer párrafo; y 37, fracción II, de la Ley de Fiscalización Superior de la Ciudad de
México; 1; 4; 5, fracción I, inciso b); 6, fracciones V y VII; y 30 del Reglamento Interior
de la Auditoría Superior de la Ciudad de México; y de acuerdo con el Programa General de
Auditoría aprobado.
ANTECEDENTES
Con cargo al capítulo 4000 “Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Otras Ayudas”, la
Delegación Miguel Hidalgo ejerció 98,593.1 miles de pesos (5.0% de su presupuesto
total), lo que significó una variación de 18.3% (15,216.5 miles de pesos) en relación con
el presupuesto original autorizado para dicho capítulo (83,376.6 miles de pesos), y una
disminución del 4.6% (4,784.0 miles de pesos) respecto al monto ejercido en 2014
(103,377.1 miles de pesos).
Del presupuesto ejercido en el capítulo 4000 “Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Otras
Ayudas” (98,593.1 miles de pesos), destacó la partida 4419 “Otras Ayudas Sociales a
Personas” (79,613.9 miles de pesos), que significó el 80.7% del total erogado en el capítulo
y el 4.0% del presupuesto total ejercido por la Delegación (1,973,842.0 miles de pesos).
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En la Cuenta Pública de 2015, apartado “ECG Análisis de Egresos por Capítulo de Gasto”,
respecto al gasto corriente, la Delegación informó que “con el propósito de apoyar a la
demarcación destacando los recursos federales del Fondo de Cultura con el que se realizó
la actividad denominada ‘Arte en Tránsito’ así como la asignación de recursos para los
programas sociales ‘Servicios Alimentarios y Colaboración Social en los Centros de Desarrollo
Infantil’ y ‘Mujeres Emprendedoras’ recursos adicionales para la realización de cursos
dirigidos a la población y funcionarios en la Delegación en materia de Derechos Humanos,
por último la asignación de recursos para cubrir adeudos de ejercicios anteriores (ADEFAS)
[…] del Programa de Desarrollo Social ‘Servicios Alimentarios y Colaboración Social en
los Centros de Desarrollo Infantil’ a cargo de la Dirección General de Desarrollo Social”.
OBJETIVO
El objetivo de la revisión consistió en verificar que el presupuesto aplicado por la Delegación
Miguel Hidalgo en el capítulo 4000 “Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Otras
Ayudas” se haya registrado, aprobado, modificado, comprometido, devengado, ejercido y
pagado de conformidad con la normatividad y ordenamientos aplicables; y destinado al
cumplimiento de programas, acciones y atribuciones del órgano político-administrativo.
CRITERIOS DE SELECCIÓN
Esta auditoría se propuso de conformidad con el siguiente criterio general de selección,
contenido en el Manual de Selección de Auditorías vigente:
“Exposición al Riesgo”, dicho capítulo se seleccionó por estar expuesto a riesgos de errores
y propenso a ineficiencias e incumplimiento de metas y objetivos; y para dar continuidad a
resultados obtenidos en la revisión de ejercicios anteriores.
ALCANCE Y DETERMINACIÓN DE LA MUESTRA
Derivado de los trabajos que se llevaron a cabo en la fase de planeación de la auditoría y del
estudio y evaluación del sistema de control interno, se determinó verificar los procedimientos
y actividades efectuadas con cargo al capítulo 4000 “Transferencias, Asignaciones
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Subsidios y otras Ayudas” en la Delegación Miguel Hidalgo; constatar que las operaciones
se hubiesen registrado, aprobado, modificado, comprometido, devengado, ejercido y pagado
de acuerdo con la normatividad y ordenamientos aplicables, y destinado al cumplimiento de
programas, acciones y atribuciones del órgano político-administrativo; y comprobar el
cumplimiento de las obligaciones y atribuciones del órgano político-administrativo en las
materias de su competencia.
El gasto de la Delegación Miguel Hidalgo con cargo al capítulo 4000 “Transferencias,
Asignaciones, Subsidios y Otras Ayudas”, por 98,593.1 miles de pesos, se ejerció en
cuatro partidas de gasto, mediante 77 Cuentas por Liquidar Certificadas (CLC).
Procedimientos y Actividades
Evaluación del control interno
1. Se verificó que la Delegación Miguel Hidalgo hubiese contado con mecanismos de
control suficientes para prevenir y minimizar el impacto de los riesgos que pudieran
afectar la eficacia y eficiencia de las operaciones, la obtención de información confiable
y oportuna, el cumplimiento de la normatividad y la consecución de los objetivos.
2. Se analizó el manual administrativo del órgano político-administrativo vigente en 2015,
para verificar que sus apartados correspondieran con la estructura orgánica aprobada
y dictaminada, y que, junto con los procedimientos aplicables al rubro revisado, hubiesen
sido autorizados por la Coordinación General de Modernización Administrativa (CGMA).
3. Se aplicaron cuestionarios de control interno a la Dirección Ejecutiva de Servicios
Internos y de ambiente de control a las Direcciones Ejecutivas de Servicios Internos
y de Desarrollo Social en el órgano político-administrativo, las cuales intervinieron en
las actividades relacionadas con el registro, aprobación, modificación, compromiso,
devengo, ejercicio y pago del presupuesto, así como en el cumplimiento de programas,
acciones y atribuciones del órgano político-administrativo relacionados con el capítulo
4000 “Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Otras Ayudas”.
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4. Se examinó el sistema de control interno y se evaluó si los mecanismos establecidos
por el sujeto fiscalizado hicieron factible la administración de los riesgos de irregularidades
e ineficiencias a las que estuvieron sujetas las operaciones revisadas.
Gasto aprobado
1. Se analizó el Programa Operativo Anual (POA) del órgano político-administrativo para
verificar que reflejara de forma desglosada el presupuesto asignado al rubro en revisión
y que hubiera servido de base para la integración de su anteproyecto de presupuesto
de egresos; y comprobar que, en la determinación de las metas físicas y financieras del
rubro sujeto a revisión, se hubiesen considerado los elementos que las soportan, que
le permitieran al órgano político-administrativo cumplir los objetivos de los programas
y acciones sociales.
2. Se revisaron el anteproyecto y el proyecto de presupuesto de egresos para comprobar
que se hubiesen considerado los elementos y bases para la programación y
presupuestación del órgano político-administrativo, y constatar que el órgano político-
administrativo los hubiese tramitado oportunamente ante la Secretaría de Finanzas
(SEFIN).
3. Se verificó el proyecto de presupuesto de egresos para constatar que estuviera
vinculado con los ejes, áreas de oportunidad, objetivos, metas y líneas de acción del
Programa General de Desarrollo del Distrito Federal 2013-2018 respecto a la muestra
seleccionada.
4. Se revisó el Programa Delegacional de Desarrollo Miguel Hidalgo 2012-2015 para
verificar que guardara congruencia con el Programa General de Desarrollo del Distrito
Federal 2013-2018 con relación a la muestra sujeta a revisión.
5. Se verificó el registro presupuestal del momento contable del gasto aprobado de la
Delegación Miguel Hidalgo realizado por la SEFIN.
Lo anterior, en cumplimiento de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal,
la Ley de Planeación del Desarrollo del Distrito Federal, la Ley de Desarrollo Social para
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el Distrito Federal, el Manual de Programación-Presupuestación para la Formulación del
Anteproyecto de Presupuesto de Egresos 2015, el Programa General de Desarrollo del Distrito
Federal, y el Manual de Contabilidad del Gobierno del Distrito Federal, Sector Central.
Gasto modificado
1. Se analizaron 20 afectaciones programático-presupuestarias que modificaron el
monto asignado al capítulo 4000 “Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Otras
Ayudas”; se revisaron las causas por las cuales se incrementó el presupuesto; se
constató que el órgano político-administrativo contara con la documentación soporte
de los movimientos presupuestales efectuados; se verificó que las modificaciones al
presupuesto se hubiesen sujetado al cumplimiento de metas y objetivos del órgano
político-administrativo; y se comprobó que los montos de los presupuestos autorizado,
modificado y ejercido coincidieran con lo reportado en la Cuenta Pública de la Ciudad
de México de 2015, y que hubiesen sido aprobados por la SEFIN.
2. Se verificó el registro presupuestal del momento contable del gasto modificado de la
Delegación Miguel Hidalgo realizado por la SEFIN.
Lo anterior, en cumplimiento de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito
Federal, el Manual de Reglas y Procedimientos para el Ejercicio Presupuestario de la
Administración Pública del Distrito Federal, y el Manual de Contabilidad del Gobierno del
Distrito Federal, Sector Central.
Se efectuaron pruebas de control para comprobar que los procedimientos y la normatividad
que regula los gastos comprometido, devengado, ejercido y pagado se hubiesen aplicado
durante el período auditado. Las pruebas consistieron en lo siguiente:
Gasto comprometido
1. Se verificó que las reglas de operación del programa social sujeto a revisión se hubiesen
publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal; y que se hubiesen elaborado de
conformidad con el Aviso por el que se dan a conocer los Lineamientos para la Elaboración
de las Reglas de Operación de los Programas Sociales para el Ejercicio Fiscal 2015.
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2. Se verificó que para cubrir los compromisos a cargo de la partida 4419 “Otras Ayudas
Sociales a Personas”, seleccionada como muestra, se hubiera contado con suficiencia
presupuestal.
3. Se verificó que el sujeto fiscalizado hubiese contado con la autorización expresa del
Jefe Delegacional para el otorgamiento de las ayudas económicas sujetas a revisión.
4. Se verificó que los recursos sujetos a revisión hubiesen sido comprometidos mediante
reglas de operación o algún otro documento jurídico relacionado con los programas
sociales.
5. Se constató que las reglas de operación del programa social sujeto a revisión fueran
congruentes con el Programa General de Desarrollo del Distrito Federal 2013-2018.
6. Se verificó que se hubiesen remitido a la SEFIN los reportes mensuales sobre los
recursos fiscales, crediticios y provenientes de transferencias federales comprometidos.
7. Se verificó el registro contable del presupuesto de egresos comprometido de la Delegación
Miguel Hidalgo realizado por la SEFIN.
Lo anterior, en cumplimiento de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal,
la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal, el Aviso por el que se dan a conocer
los Lineamientos para la Elaboración de las Reglas de Operación de los Programas
Sociales para el Ejercicio Fiscal 2015, y el Manual de Contabilidad del Gobierno del Distrito
Federal, Sector Central.
Gasto devengado
1. Se revisó que el órgano político-administrativo hubiese contado con los expedientes
de los beneficiarios de la actividad institucional sujeta a revisión debidamente integrados,
a fin de verificar que se hubieran cumplido los requisitos establecidos en las reglas de
operación para la asignación de las ayudas.
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2. Se verificó que el órgano político-administrativo hubiese contado con mecanismos
para comprobar el otorgamiento de las ayudas económicas de la muestra sujeta a
revisión en favor de los beneficiarios del programa social analizado.
3. Se verificó que la Delegación Miguel Hidalgo hubiese contado con un padrón actualizado
de los beneficiarios del programa social de la muestra sujeta a revisión.
4. Se verificó el registro contable y presupuestal del momento contable de la etapa
del presupuesto devengado de la Delegación Miguel Hidalgo realizado por la SEFIN.
Lo anterior, en cumplimiento de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal, la Ley
de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal, el Reglamento de la Ley de Desarrollo
Social para el Distrito Federal, las Reglas de Operación del Programa Social “La
Protectora”, y el Manual de Contabilidad del Gobierno del Distrito Federal, Sector Central.
Gasto ejercido
1. Se verificó que las cuatro CLC sujetas a revisión hubiesen sido debidamente elaboradas,
revisadas y aprobadas por los servidores públicos facultados para ello y con los requisitos
establecidos en la normatividad, soportadas con la documentación comprobatoria
del gasto, y registradas conforme a su naturaleza de gasto.
2. Se revisó que en la documentación comprobatoria del gasto, con la cual se respaldó el
otorgamiento de la ayuda en forma económica sujeta a revisión, se hubiera incluido la
leyenda establecida en el artículo 38 de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal.
3. Se revisó que la Delegación Miguel Hidalgo hubiese enterado a la SEFIN los recursos
no devengados al 31 de diciembre de 2015, en los plazos establecidos.
4. Se verificó el registro presupuestal del momento contable de la etapa del presupuesto
ejercido de la Delegación Miguel Hidalgo realizado por la SEFIN.
Lo anterior, en cumplimiento de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito
Federal, Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal y el Manual de Contabilidad del
Gobierno del Distrito Federal Sector Central.
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Gasto pagado
1. Se aplicaron cuestionarios a 9 beneficiarias finales del subprograma “Apoyo a Jefas
de Familia” y a 13 beneficiarios del subprograma “Apoyo a Personas con Discapacidad”.
2. Se verificó el registro contable y presupuestal del momento contable de la etapa
del presupuesto pagado de la Delegación Miguel Hidalgo realizado por la SEFIN.
Lo anterior, en cumplimiento del Manual de Contabilidad del Gobierno del Distrito Federal,
Sector Central.
Cumplimiento
1. Se verificó que el órgano político-administrativo hubiese cumplido el objetivo establecido
en la reglas de operación del programa social sujeto a revisión.
2. Se verificó que la Delegación Miguel Hidalgo hubiera entregado la evaluación interna
del programa social sujeto a revisión a la Comisión de Desarrollo Social de la
Asamblea Legislativa del Distrito Federal y la hubiese publicado en la Gaceta Oficial
del Distrito Federal.
3. Se revisó que el órgano político-administrativo hubiese presentado a la Asamblea
Legislativa del Distrito Federal (ALDF), en forma trimestral, el informe pormenorizado
de la evaluación y ejercicio de los recursos del gasto social, y que hubiese informado
a la Contraloría General del Distrito Federal (CGDF) el monto global y los beneficios
de las ayudas, apoyos y donativos otorgados en 2015.
Lo anterior, en cumplimiento de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito
Federal, la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal, y la Ley de Presupuesto
y Gasto Eficiente del Distrito Federal.
Se efectuaron pruebas de control para verificar si en las operaciones relacionadas con el
rubro auditado se obtuvieron los resultados esperados, si se presentaron desviaciones
o deficiencias, o si existieron oportunidades de mejora.
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Particularmente, los procedimientos consistieron en verificar la congruencia entre los
elementos considerados en la determinación de metas físicas y financieras aprobadas en
el Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para el Ejercicio Fiscal de 2015
y las operaciones del sujeto fiscalizado; identificar y analizar los tipos de afectaciones y
movimientos que modificaron el presupuesto original del rubro sujeto a revisión, y verificar
que se sujetaran al cumplimiento de metas y objetivos incluidos en el POA y en el Decreto
de Presupuesto, y que reflejaran el proceso de programación o de planeación eficiente,
así como que se encontraran debidamente registradas y soportadas con la documentación
correspondiente (afectaciones presupuestaria y programática, y justificación); constatar que
se hubieran extinguido las obligaciones de pago a cargo del órgano político-administrativo;
y verificar que los registros contables y presupuestales de los diferentes momentos
contables del rubro sujeto a revisión correspondieran a lo establecido en la normatividad
aplicable vigente en 2015.
Se determinó revisar un monto de 18,966.0 miles de pesos, ejercido mediante cuatro CLC
con cargo a la partida 4419 “Otras Ayudas Sociales a Personas”, que representó el 19.2%
del universo total ejercido en dicho capítulo, como se muestra a continuación:
(Miles de pesos y por cientos)
Partida
Universo Muestra
Cantidad Presupuesto ejercido
% Cantidad Presupuesto ejercido
%
CLC DM CLC DM
4412 “Ayudas Sociales a Personas u Hogares de Escasos Recursos” 11 0 12,060.9 12.3 0 0 0.0 0.0
4419 “Otras Ayudas Sociales a Personas” 50 16 79,613.9 80.7 4 4 18,966.0 19.2
Otras dos partidas 16 1 6,918.3 7.0 0 0 0.0 0.0
Total del capítulo 4000 “Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Otras Ayudas” 77 17 98,593.1 100.0 4 4 18,966.0 19.2
Para determinar la muestra de la partida sujeta a revisión, se aplicaron los siguientes
criterios:
1. Integrar las cifras consignadas en la Cuenta Pública de 2015 y en la base de datos
de las CLC y Documentos Múltiples (DM) que la SEFIN proporcionó a esta entidad de
fiscalización.
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2. Considerar aquellas partidas de gasto más representativas respecto del total erogado
con cargo al rubro sujeto a revisión.
3. Integrar el importe total ejercido con cargo al rubro sujeto a revisión por programas
y acciones sociales, y seleccionar el programa o acción social más representativo.
4. Excluir los programas y acciones sociales representativos que fueron analizados en la
revisión de la Cuenta Pública de 2015 en el marco del Convenio de Coordinación y
Colaboración para la Fiscalización Superior de los Recursos Federales Transferidos al
Gobierno del Distrito Federal, sus Demarcaciones Territoriales, entre la Auditoría Superior
de la Federación y la Auditoría Superior de la Ciudad de México (ASCM).
5. Excluir las CLC ejercidas con cargo a los recursos del Presupuesto Participativo, ya
que serían sujetas a análisis en la auditoría con clave ASCM/77/15 al rubro Destino
del Gasto 65 “Presupuesto Participativo”.
6. Excluir los programas y acciones sociales representativos que fueron sujetos de revisión
en la Cuenta Pública de 2014.
7. Se seleccionó la partida 4419 “Otras Ayudas Sociales a Personas”, la cual representó
el 80.7% del presupuesto total ejercido en el capítulo 4000 “Transferencias, Asignaciones,
Subsidios y Otras Ayudas” sujeto a revisión; en dicha partida, se identificó que los
subprogramas “Apoyo a Jefas de Familia” y “Apoyo a Personas con Discapacidad”,
que forman parte del Programa de Desarrollo Social “La Protectora”, fueron los más
representativos.
RESULTADOS
Evaluación del Control Interno
1. Resultado
Con objeto de identificar las unidades administrativas de la Delegación Miguel Hidalgo que
estuvieran relacionadas con el capítulo 4000 “Transferencias, Asignaciones, Subsidios y
Otras Ayudas”, conocer sus funciones, objetivos, actividades y procedimientos aplicados,
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y comprobar si garantizaron razonablemente el cumplimiento de las leyes, reglamentos,
normas, políticas y otras disposiciones de observancia obligatoria; y para contar con una base
para determinar la naturaleza, extensión y oportunidad de las pruebas de auditoría, se
analizaron el marco normativo, el dictamen de estructura orgánica y el manual administrativo
del órgano político-administrativo, vigentes en 2015. Al respecto, se determinó lo siguiente:
Estructura Orgánica
En 2015, la Delegación Miguel Hidalgo contó con el dictamen de estructura orgánica
núm. 6/2011, dictaminado favorablemente por la CGMA y notificado a la Delegación mediante
el oficio núm. CG/251/2011 del 29 de abril de 2011, vigente a partir del 1o. de mayo de 2011.
Dicho dictamen, prevé una Oficina de la Jefatura Delegacional, ocho Direcciones Generales
(de Gobierno y Participación Ciudadana, Jurídica y de Servicios Legales, de Administración,
de Obras Públicas y Desarrollo Urbano, de Servicios Urbanos, de Desarrollo Social, de
Desarrollo Delegacional, y de Seguridad Ciudadana) y una Dirección Ejecutiva de Cultura.
Manual Administrativo
En relación con el Manual Administrativo de la Delegación Miguel Hidalgo vigente en 2015,
que refleja las atribuciones, misión, visión, objetivos y funciones de los puestos de
mandos medios y superiores que integran la organización, así como los procedimientos
que realizan las unidades administrativas, se observó lo siguiente:
1. El manual administrativo de la Delegación Miguel Hidalgo, en su apartado de organización,
fue registrado por la CGMA con el núm. MA-311-6/11, notificado a la Delegación
mediante el oficio núm. CG/CGMA/DEDDEO/0423/2012 del 28 de febrero de 2012,
correspondiente al dictamen de estructura orgánica núm. 6/2011 y publicado en la Gaceta
Oficial del Distrito Federal el 2 de abril de 2012 con vigencia a partir del día siguiente.
Dicho manual está integrado por los apartados de presentación; antecedentes; marco
jurídico; atribuciones; misión, visión y objetivos; estructura orgánica; descripción de
funciones; glosario y hoja de firmas.
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2. En 2015, la Delegación Miguel Hidalgo contó con 165 procedimientos elaborados conforme
al dictamen de estructura orgánica núm. 6/2011, que la CGMA registró con el
núm. MA-311-6/11 y fue notificado a la Delegación por medio de los oficios núms.
CG/CGMA/DEDDEO/0423/2012, CG/CGMA/DEDDEO/1513/2012, CG/CGMA/DEDDEO/2455/2012
y CG/CGMA/DEDDEO/2942/2012 del 28 de febrero, 5 de junio, 18 septiembre y
19 de octubre, respectivamente, todos de 2012; y CG/CGMA/1724/2013 del 24 de septiembre
de 2013. Los listados de 161 de los 165 procedimientos se publicaron en la Gaceta
Oficial del Distrito Federal de fechas 2 de abril, 27 de junio, 30 de octubre y
29 de noviembre, todas de 2012; el listado de los 4 procedimientos restantes, que no tienen
relación con el rubro auditado, no fue publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal.
Por no publicar en la Gaceta Oficial del Distrito Federal cuatro procedimientos de su
manual administrativo, apartado de procedimientos, la Delegación Miguel Hidalgo incumplió
el Lineamiento Trigésimo Octavo de los Lineamientos Generales para el Registro de
Manuales Administrativos y Específicos de Operación de la Administración Pública del
Distrito Federal, publicados en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 30 de diciembre
de 2014, vigentes en 2015, que establece lo siguiente:
“Trigésimo Octavo. Los titulares de los Órganos de la Administración […] que hayan
obtenido el registro de sus Manuales, deberán gestionar su publicación en la Gaceta
Oficial del Distrito Federal, dentro del plazo de 15 días hábiles siguientes a la notificación
del Registro respectivo.”
Del total de 165 procedimientos, 7 están relacionados con el rubro auditado, como
se muestra a continuación:
Momento contable Procedimiento
Gasto aprobado “Procedimiento Interno de Programación-Presupuestación”
Gasto modificado “Proceso de Adecuación Programático-Presupuestal de los Recursos Aprobados”
Gasto comprometido “Planeación y Programación de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios (PAAAPS)” “Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios a través de Adjudicación Directa”.
“Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios a través de Licitación Pública Nacional o Internacional”
“Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios a través de Invitación Restringida a cuando menos 3 Proveedores”
Gasto devengado “Trámite de Pago General de Compromisos Normal y Pasivo (CLC)”
Gasto ejercido “Trámite de Pago General de Compromisos Normal y Pasivo (CLC)”
Gasto pagado “Trámite de Pago General de Compromisos Normal y Pasivo (CLC)”
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El Manual Administrativo de la Delegación Miguel Hidalgo no fue elaborado conforme
a la nueva estructura establecida por la CGMA en 2015.
Por no haber elaborado su manual administrativo conforme a la nueva estructura
establecida por la CGMA en 2015, el órgano político-administrativo incumplió los
lineamientos quinto, fracciones V y XIII; vigésimo tercero, fracción VII; y vigésimo
cuarto de los Lineamientos Generales para el Registro de Manuales Administrativos y
Específicos de Operación de la Administración Pública del Distrito Federal, publicados
en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 30 de diciembre de 2014 y vigentes en 2015,
que establecen lo siguiente:
“Quinto. Los órganos de la Administración […] tendrán respectivamente las siguientes
obligaciones […]
”V. Presentar el Manual Administrativo […] de conformidad con lo que establezcan los
Lineamientos, la Guía Técnica y Metodológica y los demás instrumentos técnicos,
jurídicos o administrativos que emita la Oficialía Mayor y/o la Coordinación General […]
”XIII. Actualizar el Manual Administrativo y los Específicos de Operación en los casos
que establezcan los presentes Lineamientos […]
”Vigésimo Tercero. Los Órganos de la Administración […] deberán actualizar sus
Manuales cuando se presenten los supuestos siguientes […]
”VII. Que hayan transcurrido 2 años a partir del Registro del Manual Administrativo
respectivo.
”Vigésimo Cuarto. Los Órganos de la Administración […] deberán enviar mediante oficio
signado por su titular, la exposición fundada y motivada mediante la cual se infiere
la necesidad de realizar una actualización de sus Manuales ante la Coordinación
General, dentro del plazo de 5 días hábiles contados a partir del día hábil siguiente al que
se presenten los supuestos establecidos en las fracciones del lineamiento Vigésimo
Tercero.”
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Sin embargo, las deficiencias de control fueron subsanadas con la actualización y
registro del Manual Administrativo de la Delegación Miguel Hidalgo con el
núm. MA-10/290716-OPA-MIH-5/180116, otorgado con el oficio núm. OM/CGMA/1670/2016
del 29 de julio de 2016, toda vez que, en la consulta del enlace electrónico publicado
en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México del 23 de agosto de 2016, se constató
que está elaborado conforme a la nueva estructura establecida por la CGMA, por lo que
no se emite recomendación alguna.
3. La Delegación Miguel Hidalgo difundió entre su personal el manual administrativo,
apartado de organización, registrado con el núm. MA-311-6/11, mediante 10 oficios del
13 de marzo de 2012; y el apartado de procedimientos, con 12 oficios del 6 de diciembre
de 2012, con los que el órgano político-administrativo difundió 161 de sus procedimientos
elaborados conforme al dictamen de estructura orgánica núm. 6/2011.
Cabe mencionar que el Manual Administrativo de la Delegación Miguel Hidalgo registrado
con el núm. MA-311-6/11 no está incorporado en la normateca, toda vez que actualmente
está vigente el Manual Administrativo núm. MA-10/290716-OPA-MIH-5/180116, el
cual está publicado en dicho portal.
Adicionalmente, se aplicaron cuestionarios de control interno y de ambiente de control al
titular de la Dirección Ejecutiva de Servicios Internos y cuestionario de ambiente de control
al titular de la Dirección Ejecutiva de Desarrollo Social, servidores públicos responsables del
registro, aprobación, modificación, compromiso, devengo, ejercicio y pago del presupuesto
relacionados con el capítulo sujeto a revisión; además, se identificaron los riesgos y los
objetivos específicos de control.
Una vez recopilada y analizada la información general de las áreas y operaciones sujetas
a revisión, a partir del flujo general de las actividades, de los objetivos específicos y
mecanismos de control identificados en cada proceso, y de la respuesta a los cuestionarios
de control interno y de entorno de control aplicados, se elaboró una matriz de control para
evaluar si los mecanismos establecidos hicieron factible la administración de los riesgos
de irregularidades e ineficiencias y si disminuyeron las debilidades detectadas. Al respecto, se
determinó que la Delegación Miguel Hidalgo definió estrategias y objetivos de control
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interno, estableció mecanismos de control con los que garantizó una apropiada respuesta
al riesgo, propició la generación de información y comunicación relevante, confiable,
correcta y oportuna; y garantizó el seguimiento y supervisión de la aplicación de los
mecanismos establecidos.
Por lo anterior, se concluye que el sistema de control interno establecido por la
Delegación Miguel Hidalgo fue razonable para administrar los riesgos de irregularidades e
ineficiencias que afectan las actividades relacionadas con el ejercicio del capítulo 4000
“Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Otras Ayudas”.
Lo anterior, toda vez que sus unidades administrativas estuvieron estructuradas conforme
a las funciones definidas en sus manuales administrativos, apartado de organización y
que establecieron de manera formal, mecanismos y actividades de control para promover
y supervisar la aplicación de los procedimientos implementados para garantizar la integridad,
calidad, oportunidad, suficiencia y consistencia de la información y documentación generadas,
y para propiciar la comunicación e interacción de las áreas involucradas, lo que permite
contar con un nivel de seguridad razonable para el cumplimiento de los objetivos del
sujeto fiscalizado respecto del rubro en revisión; asimismo, el ente fiscalizado difundió y
publicó el manual administrativo registrado con el número MA-311-6/11. En la Normateca
de la Delegación Miguel Hidalgo se encuentra publicado el manual administrativo con
núm. MA-10/290716-OPA-MIH-5/180116, para consulta de los servidores públicos del órgano
político-administrativo, el cual actualmente se encuentra vigente.
Gasto Aprobado
2. Resultado
Se verificó que el anteproyecto de presupuesto de egresos de la Delegación Miguel Hidalgo
se hubiese elaborado y tramitado oportunamente; que el POA, el Analítico de Claves y el
Calendario Presupuestal definitivos coincidieran con el monto consignado en el Decreto
de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para el Ejercicio Fiscal 2015; y que el
Programa Delegacional de Desarrollo Miguel Hidalgo 2012-2015 fuese congruente
con el Programa General de Desarrollo del Distrito Federal 2013-2018, en cumplimiento
16
de los artículos 24, 25 y 26 de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal;
13, segundo párrafo; 31; y 44 de la Ley de Planeación del Desarrollo del Distrito
Federal; 11, fracción II; 27; 29; y 32 de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal; y los
apartados I, III, V y VI del Manual de Programación-Presupuestación para la Formulación
del Anteproyecto de Presupuesto de Egresos 2015, vigentes en 2015; y el Programa General
de Desarrollo del Distrito Federal 2013-2018. Al respecto, mediante diversos oficios, el órgano
político-administrativo proporcionó el anteproyecto de presupuesto de egresos, el POA, el
Analítico de Claves y el Calendario Presupuestal definitivos, así como el Programa Delegacional
de Desarrollo Miguel Hidalgo 2012-2015. En su análisis, se determinó lo siguiente:
1. Por medio de los oficios núms. SFDF/SE/4320/2014 y SFDF/SE/4601/2014 de fechas
5 y 20 de noviembre de 2014, respectivamente, la Subsecretaría de Egresos de la
SEFIN comunicó al titular de la Delegación Miguel Hidalgo el techo presupuestal
asignado para la formulación del Anteproyecto de Presupuesto de Egresos para el
Ejercicio Fiscal 2015, por un monto de 1,702,885.8 miles de pesos.
Con dichos oficios, la Subsecretaría de Egresos de la SEFIN también indicó al sujeto
fiscalizado que el envío de la información de los Módulos de Integración por Resultados
y de Integración Financiera, en versión electrónica, debía realizarse a más tardar
el 22 de noviembre de 2014, y que los reportes que genera el Sistema de Planeación
de Recursos Gubernamentales (SAP-GRP), con firma autógrafa del titular, en forma
impresa, deberían remitirse a más tardar el 24 de noviembre de 2014.
Mediante el oficio núm. DMH/561/2014 del 24 de noviembre de 2014, con sello de
recibido de la misma fecha, el Jefe Delegacional en Miguel Hidalgo remitió en forma
impresa a la Subsecretaría de Egresos de la SEFIN la información de los Módulos
de Integración por Resultados y de Integración Financiera para el ejercicio de 2015,
por un monto de 1,702,885.8 miles de pesos.
2. En la Gaceta Oficial del Distrito Federal del 22 de diciembre de 2014, se publicó el Decreto
de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para el Ejercicio Fiscal de 2015, en cuyo
artículo 7 se estableció que a la Delegación Miguel Hidalgo se le asignó un presupuesto
de 1,702,885.8 miles de pesos.
17
Asimismo, en el artículo 8, fracción I, de dicho decreto, se estableció que, con cargo al
Fondo para la Infraestructura Social Municipal y de las Demarcaciones Territoriales
del Distrito Federal, serían distribuidos 681,810.8 miles de pesos entre las Delegaciones,
según la normatividad aplicable, de los cuales, al órgano político-administrativo
fiscalizado le fueron asignados 12,148.6 miles de pesos. Por otra parte, la fracción II,
inciso A), del mismo artículo establece que para apoyar la inversión en Delegaciones
serían distribuidos 270,000.0 miles de pesos, conforme al Anexo I del decreto, de los
cuales se asignó a la Delegación Miguel Hidalgo un importe de 22,044.6 miles de
pesos adicionales.
Además, con base en el artículo 11 del citado decreto, se otorgaron asignaciones por
486,650.0 miles de pesos para que las Delegaciones llevaran a cabo los proyectos o
acciones establecidos en el Anexo III, identificados con el destino de gasto 70, para el
fortalecimiento de acciones en las Delegaciones y otros entes públicos; la asignación
del órgano político-administrativo fiscalizado fue de 9,000.0 miles de pesos.
En consecuencia, el presupuesto de egresos autorizado para la Delegación Miguel
Hidalgo ascendió a 1,746,079.0 miles de pesos, de los cuales 83,376.6 miles de pesos
correspondieron al capítulo 4000 “Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Otras
Ayudas”.
3. Con el oficio núm. SFDF/SE/0022/2015 del 5 de enero de 2015, la Subsecretaría de
Egresos de la SEFIN comunicó al titular de la Delegación Miguel Hidalgo el Analítico
de Claves y el Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para el
Ejercicio Fiscal de 2015, correspondientes al presupuesto aprobado por la ALDF, por
1,746,079.0 miles de pesos.
4. Con el oficio núm. SFDF/SE/0422/2015 del 28 de enero de 2015, la Subsecretaría de
Egresos de la SEFIN remitió al Encargado del Despacho de la Jefatura Delegacional
en Miguel Hidalgo el Calendario Presupuestal y el POA definitivos para el ejercicio
de 2015.
18
5. Se constató que el anteproyecto de presupuesto de egresos contiene los objetivos,
políticas, prioridades y metas del órgano político-administrativo, en cumplimiento del
apartado III, “Programación y Presupuestación”, numeral 1, “Elementos y Bases de la
Programación y Presupuestación”, del Manual de Programación-Presupuestación
para la Formulación del Anteproyecto de Presupuesto de Egresos 2015.
6. Se verificó que el eje, área de oportunidad, objetivo, meta y línea de acción considerados
por el órgano político-administrativo en el Programa Operativo Anual del Anteproyecto
del Presupuesto de Egresos 2015 para la actividad institucional 224 “Servicios
complementarios de apoyo a personas con discapacidad”, de la cual se derivó el
subprograma “Apoyo a Personas con Discapacidad”, así como para la actividad
institucional 230 “Servicios y ayuda de asistencia social”, de la que derivó el
subprograma “Apoyo a Jefas de Familia”, ambos subprogramas del programa de
desarrollo social “La Protectora”, guardaran congruencia y estuvieran vinculados
adecuadamente con los señalados en el Programa General de Desarrollo del Distrito
Federal 2013-2018. Al respecto, se obtuvo lo siguiente:
Datos considerados en el Programa Operativo Anual
del Anteproyecto del Presupuesto de Egresos 2015
Datos del Programa General de Desarrollo del Distrito
Federal 2013-2018 que se debieron considerar para la AI
Actividad institucional 224 “Servicios complementarios
de apoyo a personas con discapacidad”
Eje 1. Equidad e inclusión social para el desarrollo humano /
Área de oportunidad 3. Educación
Objetivo 1. Impulsar el mejoramiento de la calidad de la
educación para que los estudiantes cuenten con los
conocimientos científicos, competencias y habilidades que
favorezcan el desarrollo pleno de sus capacidades y de los
valores que demanda una sociedad democrática e igualitaria,
entre los que destacan la laicidad y el enfoque de género y
de derechos humanos.
Meta 1. Contribuir a elevar con efectividad y eficiencia los
resultados de aprendizaje significativo de las escuelas e
instituciones educativas de la Ciudad de México, en el marco
de las facultades y ámbitos de competencia del gobierno de
la Ciudad.
Línea de acción 1. Reforzar las condiciones institucionales
propias y buscar esquemas de coordinación, concurrencia
y colaboración con el gobierno federal y otros actores
institucionales públicos, privados y de la sociedad civil,
nacionales e internacionales, que compartan la visión de
elevar la equidad y la calidad de la educación básica, con
apego a los principios de transparencia y rendición de cuentas.
Eje 1. Equidad e inclusión social para el desarrollo humano /
Área de Oportunidad 1. Discriminación y Derechos Humanos
Objetivo 1. Realizar acciones que permitan el ejercicio
pleno de los derechos de las personas, independientemente
de su origen étnico, condición jurídica, social o económica,
migratoria, de salud, de edad, discapacidad, sexo, orientación
o preferencia sexual, estado civil, nacionalidad, apariencia
física, forma de pensar o situación de calle, entre otras,
para evitar bajo un enfoque de corresponsabilidad la exclusión,
el maltrato y la discriminación.
Meta 1. Reforzar el diseño, la legislación y la implementación
de las políticas, programas y servicios de apoyo a la población
para evitar la exclusión, el maltrato y/o la discriminación
hacia las personas bajo un enfoque de corresponsabilidad
social.
Línea de acción 2. Reforzar y desarrollar programas
sociales de atención para las personas excluidas, maltratadas
o discriminadas debido a su origen étnico, condición jurídica,
social o económica, migratoria, de salud, de edad, discapacidad,
sexo, orientación o preferencia sexual, estado civil, nacionalidad,
apariencia física, forma de pensar o situación de calle,
entre otras.
Continúa…
19
… Continuación
Datos considerados en el Programa Operativo Anual
del Anteproyecto del Presupuesto de Egresos 2015
Datos del Programa General de Desarrollo del Distrito
Federal 2013-2018 que se debieron considerar para la AI
Actividad institucional 230 “Servicios y ayuda
de asistencia social”
Eje 1. Equidad e inclusión social para el desarrollo humano /
Área de oportunidad 1. Discriminación y Derechos
Humanos
Objetivo 3. Consolidar la política de igualdad sustantiva en
el Gobierno del Distrito Federal.
Meta 1. Establecer las bases institucionales de la política
de igualdad sustantiva.
Línea de acción 1. Diseñar y aplicar los mecanismos necesarios
para crear e institucionalizar unidades de igualdad sustantiva en
los entes públicos.
Eje 1. Equidad e inclusión social para el desarrollo humano /
Área de Oportunidad 1. Discriminación y Derechos
Humanos
Objetivo 2. Disminuir de manera sustancial el 2.2% de la
población que se encuentra en pobreza extrema en el Distrito
Federal.
Meta 1. Aplicar estrategias para disminuir de manera sustancial
el 2.2% de la población que se encuentra en pobreza extrema,
aplicando programas integrales que atiendan a todos los
grupos de edad con la corresponsabilidad de la sociedad
civil organizada.
Línea de acción 2. Diseñar e implementar programas integrales
contundentes en contra de la pobreza en las colonias de más
alto índice de marginalidad.
Con base en lo anterior, se determinó que el área de oportunidad, objetivo, meta y línea
de acción considerados por el órgano político-administrativo en el POA del Anteproyecto
del Presupuesto de Egresos 2015 para la actividad institucional 224 “Servicios
complementarios de apoyo a personas con discapacidad”; así como el objetivo, meta y
línea de acción considerados para la actividad institucional 230 “Servicios y ayuda de
asistencia social”, no guardan congruencia ni están vinculados adecuadamente con
lo señalado en el Programa General de Desarrollo del Distrito Federal 2013-2018.
En la reunión de confronta, celebrada el 4 de mayo de 2017, el Director Ejecutivo de
Servicios Internos de la Delegación Miguel Hidalgo, en su carácter de representante
de la titular del órgano político-administrativo, no presentó información ni documentación
relacionada con el numeral 6 del presente resultado, por lo que la observación prevalece.
Por no vincular adecuadamente el área de oportunidad, objetivo, meta y línea de
acción de la actividad institucional 224 “Servicios complementarios de apoyo a personas
con discapacidad” y el objetivo, meta y línea de acción de la actividad institucional 230
“Servicios y ayuda de asistencia social” con el Programa General de Desarrollo del
Distrito Federal 2013-2018, la Delegación Miguel Hidalgo incumplió el apartado III,
“Programación y Presupuestación”, numeral 2, “Vinculación al Programa General
de Desarrollo del Distrito Federal 2013-2018”, segundo y tercer párrafo, del Manual de
Programación-Presupuestación para la Formulación del Anteproyecto de Presupuesto
de Egresos 2015, que establece lo siguiente:
20
“Las Al [actividades institucionales] son el elemento fundamental para la Programación
y Presupuestación del GDF, por ello, están orientadas a coadyuvar a alcanzar los
objetivos del PGDDF.
”Cada una de las AI observará lo siguiente:
”● Identificación y alineación con los Ejes, Áreas de Oportunidad y Objetivos contenidos
en el PGDDF.”
7. A fin de verificar que el Programa Delegacional de Desarrollo Miguel Hidalgo 2012-2015,
publicado el 22 de octubre de 2013 en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, guardara
congruencia con el Programa General de Desarrollo del Distrito Federal 2013-2018,
publicado en el mismo medio de difusión del 11 de septiembre de 2013; se analizaron
el eje, área de oportunidad, objetivo, meta y línea de acción señalados en el Programa
General de Desarrollo del Distrito Federal 2013-2018, aplicables para las actividades
institucionales 224 “Servicios complementarios de apoyo a personas con discapacidad” y
230 “Servicios y ayuda de asistencia social”, de las cuales derivaron los subprogramas
“Apoyo a Personas con Discapacidad” y “Apoyo a Jefas de Familia”, sujetos a revisión;
y se obtuvo lo siguiente:
Datos considerados en el Programa Delegacional de Desarrollo Miguel Hidalgo 2012-2015
Datos del Programa General de Desarrollo del Distrito Federal 2013-2018 que se debieron considerar para la AI
Actividad institucional 224 “Servicios complementarios de apoyo a personas con discapacidad”
Eje 2 Equidad. Desarrollo Social. / Área de oportunidad 2.4. Apoyo para personas con discapacidad
Alternativa. Apoyar con servicios integrales a las personas con discapacidad que vivan en la delegación Miguel Hidalgo, con la finalidad de integrarlas a la vida social, cultural, laboral, económica, política, y recreativa, a fin de hacer valer sus derechos en una sociedad encaminada a la búsqueda de igualdad y justicia social.
Meta. Generar una política integral de inclusión y ocupación a favor de las personas con discapacidad que participen activa y dignamente en todos los ámbitos de la vida diaria, a fin de eliminar la discriminación, así como mejorar la atención y accesibilidad a los servicios
Línea de acción 1. Implementar el Programa de Inclusión Ciudadana a Personas con Discapacidad que residen en Miguel Hidalgo.
Eje 1. Equidad e inclusión social para el desarrollo humano / Área de Oportunidad 1. Discriminación y Derechos Humanos
Objetivo 1. Realizar acciones que permitan el ejercicio pleno de los derechos de las personas, independientemente de su origen étnico, condición jurídica, social o económica, migratoria, de salud, de edad, discapacidad, sexo, orientación o preferencia sexual, estado civil, nacionalidad, apariencia física, forma de pensar o situación de calle, entre otras, para evitar bajo un enfoque de corresponsabilidad la exclusión, el maltrato y la discriminación.
Meta 1. Reforzar el diseño, la legislación y la implementación de las políticas, programas y servicios de apoyo a la población para evitar la exclusión, el maltrato y/o la discriminación hacia las personas bajo un enfoque de corresponsabilidad social.
Línea de acción 2. Reforzar y desarrollar programas sociales de atención para las personas excluidas, maltratadas o discriminadas debido a su origen étnico, condición jurídica, social o económica, migratoria, de salud, de edad, discapacidad, sexo, orientación o preferencia sexual, estado civil, nacionalidad, apariencia física, forma de pensar o situación de calle, entre otras.
Continúa…
21
…Continuación
Datos del Programa Delegacional de Desarrollo Miguel Hidalgo 2012-2015
Datos del Programa General de Desarrollo del Distrito Federal 2013-2018 que se debieron considerar para la AI
Actividad institucional 230 “Servicios y ayuda de asistencia social”
Eje 2. Equidad. Desarrollo Social.
Área de oportunidad. 2.3. Apoyo para madres jefas de familia
Alternativa: La delegación Miguel Hidalgo, debe concentrar su política social en el rubro de las madres jefas de familia, en vista de su situación de desventaja con el resto de la población, por lo que deben implementarse acciones que equilibran su nivel de desarrollo social y de bienestar, acercándoles los servicios públicos con los que cuenta la demarcación.
Meta. Mejorar las condiciones económicas del sector poblacional de mujeres madres jefas de familia, en beneficio de sus necesidades alimentarias, para contribuir a su sano crecimiento y desarrollo, reduciendo la inequidad laboral existente.
Línea de acción 1. Implementar el Programa de Apoyo Alimenticio a Madres Jefas de Familia.
Eje 1. Equidad e inclusión social para el desarrollo humano / Área de Oportunidad 1. Discriminación y Derechos Humanos
Objetivo 2. Disminuir de manera sustancial el 2.2% de la población que se encuentra en pobreza extrema en el Distrito Federal.
Meta 1. Aplicar estrategias para disminuir de manera sustancial el 2.2% de la población que se encuentra en pobreza extrema, aplicando programas integrales que atiendan a todos los grupos de edad con la corresponsabilidad de la sociedad civil organizada.
Línea de acción 2. Diseñar e implementar programas integrales contundentes en contra de la pobreza en las colonias de más alto índice de marginalidad.
Con base en lo señalado, se constató que las actividades institucionales 224 “Servicios
complementarios de apoyo a personas con discapacidad” y 230 “Servicios y ayuda de
asistencia social”, identificadas en el Programa Delegacional de Desarrollo Miguel
Hidalgo 2012-2015, fueron congruentes con lo señalado en el Programa General de
Desarrollo del Distrito Federal 2013-2018; por lo que la Delegación Miguel Hidalgo
cumplió el artículo 13, segundo párrafo, de la Ley de Planeación del Desarrollo del
Distrito Federal vigente en 2015.
8. Con objeto de verificar que en la determinación de las metas física y financiera del
rubro sujeto a revisión para elaborar el POA se hubiesen considerado los elementos que
las soportan (padrones, índices de marginalidad, evaluaciones de programas anteriores,
entre otros), que le permitieran al órgano político-administrativo cumplir los objetivos de
los programas a su cargo, mediante el oficio núm. ACF-B/DA“A”/17/025 del 23 de febrero
de 2017, se solicitó a la Delegación Miguel Hidalgo que indicara los elementos que
consideró al elaborar el POA para la determinación de las metas física y financiera del
programa de desarrollo social “La Protectora” y, en específico, lo correspondiente a
los subprogramas “Apoyo a Jefas de Familia” y “Apoyo a Personas con Discapacidad”.
En respuesta, con nota informativa sin número del 17 de marzo de 2017, con firma de
elaboración del Líder Coordinador de Proyectos y de revisión de la Jefa de Unidad
Departamental de Programas Sociales, se informó lo siguiente: “Se procedió a realizar
una búsqueda exhaustiva de la información solicitada, tal búsqueda involucró tanto a
22
la Dirección de Desarrollo Social y Fomento Cooperativo, como a la Jefatura de
Unidad Departamental de Programas Sociales, ambas adscritas a la Dirección Ejecutiva
de Desarrollo Social […] sin localizar la información requerida, por lo que la única
información tangible con la que se cuenta, son las reglas de operación…”. Por lo
anterior, la Delegación Miguel Hidalgo no acreditó contar con elementos (padrones,
índices de marginalidad, evaluaciones de programas anteriores, entre otros) en la
elaboración de su POA.
En la reunión de confronta, celebrada el 4 de mayo de 2017, el Director Ejecutivo de
Servicios Internos de la Delegación Miguel Hidalgo, en su carácter de representante
de la titular del órgano político-administrativo, no presentó información ni documentación
relacionada con el numeral 8 del presente resultado, por lo que la observación prevalece.
Por lo anterior, el órgano político-administrativo incumplió el artículo 25, segundo párrafo
de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal, vigente en 2015, que
establece lo siguiente:
“El anteproyecto se elaborará por […] Delegación […] estimando los costos para
alcanzar los resultados cuantitativos y cualitativos previstos en las metas…”
Lo anterior demuestra que la Delegación Miguel Hidalgo tramitó oportunamente el
Anteproyecto del Presupuesto de Egresos 2015, el cual contiene los elementos y
bases para la programación y presupuestación; que el Programa Delegacional de
Desarrollo Miguel Hidalgo 2012-2015, respecto de las actividades institucionales 224
“Servicios Complementarios de Apoyo a Personas con Discapacidad” y 230 “Servicios
y Ayuda de Asistencia Social” guardan congruencia con el Programa General de
Desarrollo del Distrito Federal 2013-2018; sin embargo, el órgano político-administrativo,
en el Anteproyecto del Presupuesto de Egresos 2015, vinculó incorrectamente el área
de oportunidad, objetivo, meta y línea de acción de la actividad institucional 224
“Servicios complementarios de apoyo a personas con discapacidad” y el objetivo, meta y
línea de acción de la actividad institucional 230 “Servicios y ayuda de asistencia
social” al Programa General de Desarrollo del Distrito Federal 2013-2018, además, no
acreditó contar con elementos (padrones, índices de marginalidad, evaluaciones de
programas anteriores, entre otros) en la elaboración de su POA.
23
Recomendación ASCM-76-15-1-MH
Es necesario que la Delegación Miguel Hidalgo establezca mecanismos de control para
asegurar que el Programa Operativo Anual del anteproyecto del presupuesto de egresos,
del ejercicio que corresponda, sea congruente y se vincule con el Programa General de
Desarrollo del Distrito Federal, en cumplimiento del Manual de Programación-Presupuestación
para la Formulación del Anteproyecto de Presupuesto de Egresos del ejercicio que
corresponda.
Recomendación ASCM-76-15-2-MH
Es necesario que la Delegación Miguel Hidalgo establezca mecanismos de control para
asegurar que los elementos que soportan las metas físicas y financieras al elaborar su
Programa Operativo Anual permitan cumplir con los objetivos de los programas sociales
a su cargo, en cumplimiento de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal.
3. Resultado
Se verificó que la SEFIN hubiera efectuado el registro del momento contable de la etapa
del presupuesto aprobado del órgano político-administrativo en tiempo y forma, en las
cuentas presupuestales y por los importes correspondientes, de conformidad con el
Manual de Contabilidad del Gobierno del Distrito Federal Sector Central, en correspondencia
con las normas quinta y sexta de las Normas y Metodología para la Determinación de los
Momentos Contables de los Egresos del Distrito Federal, emitidas por el Consejo de
Armonización Contable del Distrito Federal (CONSAC-DF), ambos vigentes en 2015; y
que el monto registrado fuese congruente con la Cuenta Pública de la Ciudad de México
de 2015. Al respecto, mediante el oficio núm. SFCDMX/SE/DGCNCP/0392/2017 del
14 de febrero de 2017, el Director General de Contabilidad, Normatividad y Cuenta
Pública de la SEFIN proporcionó la póliza de diario con número de evento 1000000000
del 1o. de febrero de 2015, por medio de la cual se realizó el registro en cuentas de orden
presupuestarias, como se muestra a continuación:
24
(Miles de pesos)
Cuenta Importe
Debe Haber
8211000000 “Presupuesto de Egresos Aprobado Sector Central” 1,746,079.0
8221000000 “Presupuesto de Egresos por ejercer Sector Central” 1,746,079.0
Total 1,746,079.0 1,746,079.0
Las cuentas de orden presupuestarias afectadas, así como el asiento con el cual se
realizó el registro presupuestal del presupuesto de egresos aprobado, son los que
establece la normatividad, y el monto registrado es congruente con la Cuenta Pública
de la Ciudad de México de 2015.
Por lo anterior, se concluye que la SEFIN realizó el registro presupuestal del momento
contable de la etapa del presupuesto aprobado de acuerdo con lo señalado en la normatividad
aplicable vigente en 2015, y que el monto registrado es congruente con la Cuenta Pública
de la Ciudad de México de 2015.
Gasto Modificado
4. Resultado
Se verificó que las modificaciones al presupuesto original asignado al capítulo 4000
“Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Otras Ayudas” hubieran sido aprobadas por la
SEFIN, que se hubiesen sujetado a los montos aprobados y que contaran con las
justificaciones correspondientes, en cumplimiento de los artículos 77 y 78 de la Ley de
Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal; 68, fracción V; y 71, fracción VI, del
Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal; y la sección tercera
“Adecuaciones Presupuestarias”, numeral 72, último párrafo; apartado A “Adecuaciones
Presupuestarias Compensadas”, numeral 79; y apartado B “Adecuaciones Presupuestarias
Líquidas”, numeral 83, del capítulo III “Registro de Operaciones Presupuestarias” del Manual
de Reglas y Procedimientos para el Ejercicio Presupuestario de la Administración Pública del
Distrito Federal, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 4 de diciembre de 2012,
vigente en 2015. Al respecto, la Delegación Miguel Hidalgo, mediante el oficio
núm. DMH/DESI/SRF/1162/2016 de fecha 8 de agosto de 2016, proporcionó las afectaciones
presupuestarias tramitadas por el órgano político-administrativo en 2015. De su análisis,
se desprende lo siguiente:
25
Se verificó que se reportó una asignación original de 83,376.6 miles de pesos para el capítulo
4000 “Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Otras Ayudas”, dicho monto fue incrementado
en 15,216.5 miles pesos, para alcanzar un presupuesto modificado y ejercido de 98,593.1 miles
de pesos, de conformidad con lo siguiente:
(Miles de pesos)
Concepto Número
de movimientos
Importe
Parcial Subtotal Total
Presupuesto original 83,376.6
Más:
Ampliaciones compensadas 33 97,327.0
Adiciones compensadas 7 20,970.7
Adiciones líquidas 1 2,997.0 121,294.7
Menos:
Reducciones compensadas 34 (97,877.0)
Reducciones líquidas 15 (8,201.2) (106,078.2)
Modificación neta 15,216.5
Total de presupuestos modificado y ejercido 90 98,593.1
Los 90 movimientos se soportaron con 20 afectaciones presupuestarias autorizadas
por la SEFIN, por conducto de la Dirección General de Política Presupuestal, cuando se
trató de afectaciones líquidas; y por medio de la Dirección General de Egresos “B”, de la
Subsecretaría de Egresos, en el caso de las afectaciones compensadas. Lo anterior, en
cumplimiento de la normatividad aplicable. Asimismo, las 20 afectaciones presupuestarias
fueron elaboradas, autorizadas y tramitadas por los servidores públicos del órgano
político-administrativo facultados para ello, con lo cual se cumplió el artículo 78 de la Ley
de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal vigente en 2015.
Respecto a los subprogramas sociales denominados “Apoyo a Jefas de Familia” y “Apoyo
a Personas con Discapacidad” los movimientos presupuestarios, según las justificaciones
de las afectaciones presupuestarias correspondientes, se realizaron para permitir un
mejor cumplimiento de los objetivos y metas de la Delegación Miguel Hidalgo, con lo cual
se contribuyó al cumplimiento del artículo 77 de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente
del Distrito Federal vigente en 2015.
26
Derivado del análisis de las afectaciones programático-presupuestarias con las que se
modificó el presupuesto asignado al capítulo 4000 “Transferencias, Asignaciones, Subsidios
y Otras Ayudas”, se observó que las principales causas por las que se modificó el
presupuesto original asignado a dicho capítulo, fueron las siguientes:
1. Las ampliaciones compensadas, por un monto de 97,327.0 miles de pesos, se realizaron
principalmente para cubrir diversos pagos relacionados con el programa de desarrollo
social “La Protectora”, así como para adecuar recursos del órgano político-administrativo
del último trimestre del ejercicio fiscal.
2. Las adiciones compensadas, por un monto de 20,970.7 miles de pesos, se efectuaron
con la finalidad de que el órgano político-administrativo cumpliera la entrega de apoyos
económicos a mujeres emprendedoras de 18 a 20 años, para llevar a cabo acciones
relacionadas con la prevención del delito en el núcleo social y educativo, y para cubrir los
compromisos relacionados con los servicios de alimentación en los Centros de Desarrollo
Infantil de la Ciudad de México.
3. La adición líquida, por un monto de 2,997.0 miles de pesos, se llevó a cabo con el
propósito de realizar la promoción de actividades culturales para el proyecto “Arte
en Tránsito”.
4. Las reducciones compensadas, por un monto de 97,877.0 miles de pesos, se llevaron
a cabo para adecuar el presupuesto para atender las necesidades reales de
operación del órgano político-administrativo y para el pago de los compromisos
establecidos en el programa de desarrollo social “La Protectora”, en los subprogramas
“60 y más” “Apoyo a Jefas de Familia”, “Secundaria Sí” y “Promotores de la Promotora”.
5. Las reducciones líquidas, por un monto de 8,201.2 miles de pesos, se efectuaron en
razón de economías obtenidas al cierre del ejercicio fiscal de 2015, como resultado
de haber obtenido cotizaciones con mejores precios en procesos licitatorios para la
contratación de diferentes servicios, adquisiciones y obra pública; así como para llevar
a cabo el cierre presupuestal del órgano político-administrativo.
27
Por lo expuesto, se concluyó que las adecuaciones por 15,216.5 miles de pesos realizadas al
presupuesto asignado al capítulo 4000 “Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Otras
Ayudas”, por 83,376.6 miles de pesos, para quedar con un presupuesto modificado y ejercido
de 98,593.1 miles de pesos, se sujetaron a los montos aprobados y contaron con las
justificaciones correspondientes, conforme al Manual de Reglas y Procedimientos para el
Ejercicio Presupuestario de la Administración Pública del Distrito Federal vigente en 2015; que
los montos de los presupuestos autorizado, modificado y ejercido de la Delegación Miguel
Hidalgo coinciden con los reportados en la Cuenta Pública de la Ciudad de México de 2015;
que el capítulo 4000 “Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Otras Ayudas” contó con la
suficiencia presupuestal correspondiente; y que los movimientos presupuestarios, según las
justificaciones de las afectaciones presupuestarias, se realizaron para permitir un mejor
cumplimiento de los objetivos y metas de los subprogramas sociales “Apoyo a Jefas de
Familia” y “Apoyo a Personas con Discapacidad”, en cumplimiento de la normatividad aplicable.
5. Resultado
Se verificó que la SEFIN hubiese efectuado el registro del momento contable de la etapa del
presupuesto modificado del órgano político-administrativo en tiempo y forma, en las cuentas
presupuestales y por los importes correspondientes, de conformidad con el Manual de
Contabilidad del Gobierno del Distrito Federal Sector Central, en correspondencia con las
normas quinta y séptima de las Normas y Metodología para la Determinación de los
Momentos Contables de los Egresos del Distrito Federal emitidas por el CONSAC-DF, ambos
vigentes en 2015; y que el monto registrado fuese congruente con la Cuenta Pública de la
Ciudad de México de 2015. Al respecto, mediante el oficio núm. SFCDMX/SE/DGCNCP/0392/2017
del 14 de febrero de 2017, el Director General de Contabilidad, Normatividad y Cuenta
Pública de la SEFIN proporcionó 20 pólizas de diario, con las cuales se realizó el registro
presupuestal en cuentas de orden presupuestarias, de conformidad con lo siguiente:
(Miles de pesos)
Cuenta Importe
Saldo Debe Haber
8221000000 “Presupuesto de Egresos por ejercer Sector Central” 121,294.7 106,078.2 15,216.5
8231000000 “Modificaciones al Presupuesto de Egresos Aprobado Sector Central” 106,078.2 121,294.7 (15,216.5)
Total 227,372.9 227,372.9 0.0
28
Las cuentas de orden presupuestarias afectadas, así como los asientos con los cuales se
realizó el registro presupuestal del presupuesto de egresos modificado, son los que establece
la normatividad, y el monto registrado es congruente con la Cuenta Pública de la Ciudad
de México de 2015.
Por lo anterior, se concluye que la SEFIN realizó el registro presupuestal del momento contable
de la etapa del presupuesto modificado de acuerdo con lo señalado en la normatividad
aplicable vigente en 2015, y que el monto registrado es congruente con la Cuenta Pública
de la Ciudad de México de 2015.
Gasto Comprometido
6. Resultado
Se verificó si los recursos erogados por la Delegación Miguel Hidalgo fueron resultado de
la aprobación de un contrato u otro instrumento que formalizara una relación jurídica con
terceros, de conformidad con los artículos 51, fracción I; 97; 101; y 102, párrafos primero
y tercero, de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal; 32 y 34, fracción I,
de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal; así como el Aviso por el que se dan
a conocer los Lineamientos para la Elaboración de las Reglas de Operación de los Programas
Sociales para el Ejercicio Fiscal 2015; la Guía Metodológica para la Elaboración de Reglas
de Operación de Programas Sociales del Distrito Federal 2015; y el Marco Conceptual
para la Definición de Criterios en la Creación y Modificación de Programas y Acciones
Sociales emitidas por el Consejo de Evaluación de Desarrollo Social del Distrito Federal,
vigentes en 2015. Al respecto, mediante diversos oficios, el órgano político-administrativo
proporcionó información relacionada con la elaboración y autorización del programa de
desarrollo social “La Protectora”, en el que se encuentran los subprogramas “Apoyo a Jefas
de Familia” y “Apoyo a Personas con Discapacidad”. De su análisis, se desprende lo siguiente:
1. El órgano político-administrativo proporcionó el oficio núm. OJDM/025/2015 del
9 de enero de 2015, por medio del cual el Jefe Delegacional en Miguel Hidalgo envió
al Procurador Social del Gobierno del Distrito Federal y Vocal del Comité de Planeación
del Desarrollo (COPLADE), en medio magnético, el proyecto de reglas de operación,
justificación y solicitud, a efecto de que fuera aprobado en la siguiente sesión del
29
COPLADE, del programa de desarrollo social “La Protectora”, seleccionado para su
revisión; dicho oficio muestra sello de recibido de fecha 9 de enero de 2015, por lo
que el órgano político-administrativo cumplió el artículo 102, párrafo tercero, e la Ley
de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal vigente en 2015.
2. Las reglas de operación del programa social sujeto a revisión fueron publicadas en la
Gaceta Oficial del Distrito Federal del 30 de enero de 2015; por lo que el órgano
político-administrativo cumplió el artículo 34, fracción I, de la Ley de Desarrollo Social
para el Distrito Federal vigente en 2015.
3. En minuta de trabajo del 17 de enero de 2015, derivada de reunión entre el Jefe
Delegacional en Miguel Hidalgo y el Director General de Desarrollo Social en Miguel
Hidalgo, se señaló que “el Jefe Delegacional con base en la aprobación del Presupuesto
de Egresos para el Ejercicio Fiscal 2015, aprobado por la Asamblea Legislativa del
Distrito Federal y con fundamento en lo dispuesto por los artículos 97 y 101 de la Ley
de Presupuesto y Gasto Eficiente [del Distrito Federal, vigente en 2015] autoriza
la adquisición, contratación y/o disposición de las partidas mencionadas [en la que se
incluyó a la partida 4419 ‘Otras Ayudas Sociales a Personas’ sujeta a revisión]”.
Asimismo, mediante el oficio núm. JDMH/154/2015 del 3 de abril de 2015, el Director
General de Gobierno y Participación Ciudadana, encargado del Despacho de la Jefatura
Delegacional en ausencia del Jefe Delegacional Miguel Hidalgo, autorizó a la Dirección
General de Desarrollo Social el otorgamiento de las ayudas y apoyos implementados
y ejecutados a través de sus programas sociales; entre éstos se encuentra el
correspondiente al programa de desarrollo social “La Protectora”, que incluye los
subprogramas “Apoyo a Jefas de Familia” y “Apoyo a Personas con Discapacidad”
sujetos a revisión, con lo cual el órgano político-administrativo cumplió los artículos 97,
antepenúltimo párrafo; y 101, segundo párrafo, de la Ley de Presupuesto y Gasto
Eficiente del Distrito Federal vigente en 2015.
4. Las reglas de operación del programa de desarrollo social “La Protectora”, que incluye
los subprogramas “Apoyo a Jefas de Familia” y “Apoyo a Personas con Discapacidad”
sujetos a revisión, en el apartado “II. Objetivos y Alcances”, subapartado “2.1. Objetivo
General” primer párrafo, establecen:
30
“Con la implementación del programa en el Ejercicio Fiscal 2015, se pretende
coadyuvar en la consecución de seguridad económica básica […] a través de la
entrega de apoyos económicos anuales de $6,000.00 (seis mil pesos 00/100 M.N.)
a […] 2,600 jefas de familia con hijos menores de 12 años; a 600 personas con
discapacidad permanente…”
Asimismo, el apartado “IV. Programación Presupuestal”, subapartado “4.2. Monto
unitario anual por beneficiario” primer párrafo, señala:
“Tratándose de personas beneficiarias de los subprogramas […] ‘Apoyo a Jefas de familia’,
‘Apoyo a Personas con Discapacidad’ […]: $6,000.00 (seis mil pesos 00/100 M.N.); que
se entregarán en dos ministraciones, a razón de $3,000.00 (tres mil pesos 00/100 M.N.)
cada una...”
Por lo anterior, se determinó que, por tratarse de apoyos económicos otorgados
a beneficiarios (jefas de familia y personas con discapacidad), las reglas de operación
son el instrumento jurídico que estableció el compromiso por parte del órgano político-
administrativo para su otorgamiento.
5. La Delegación Miguel Hidalgo contó con suficiencia presupuestal para ejercer recursos
por concepto de ayudas otorgadas a beneficiarios del programa de desarrollo social
“La Protectora”, de conformidad con el artículo 51, fracción I, de la Ley de Presupuesto
y Gasto Eficiente del Distrito Federal vigente en 2015.
6. La Delegación Miguel Hidalgo elaboró las reglas de operación del programa de
desarrollo social “La Protectora”, en el que se incluyeron los subprogramas “Apoyo
a Jefas de Familia” y “Apoyo a Personas con Discapacidad” sujetos a revisión; sin
embargo, de acuerdo con la “Ficha de Valoración del Diseño de las Reglas de
Operación de los Programas Sociales del Distrito Federal 2015”, proporcionada a esta
entidad de fiscalización de la Ciudad de México por el Director General del
Consejo de Evaluación del Desarrollo Social del Distrito Federal mediante el oficio
núm. CEDS/DG/1076/2016 del 20 de octubre de 2016, su contenido presentó las
deficiencias siguientes:
31
a) En la Introducción, inciso b) Alineación Programática, no se incluyen los objetivos,
metas y líneas de acción del Programa General de Desarrollo del Distrito Federal
2013-2018 a los cuales está alineado el programa social. Asimismo, en el inciso c)
Diagnóstico, no se expresan con claridad las causas y efectos del problema social;
no se justifica la pertinencia de la estrategia del programa social en cuestión, ni se
incluyen referencias documentadas, de forma breve, de otras experiencias
de programas similares o disímbolos y de los factores determinantes de su éxito
o fracaso; no se incluye la definición de la población potencial, población objetivo
y población beneficiaria expresada de manera descriptiva y con cifras que se
deriven como parte del diagnóstico (qué características tiene cada una de las
poblaciones, cuántos son y dónde están, indicando de forma clara la fuente de
información); no establece la línea de base, considerando que ésta se define como
el conjunto de indicadores seleccionados para el seguimiento y la evaluación
sistemáticos de políticas y programas.
b) En el apartado Objetivos y Alcances, en los Objetivos Específicos no se especifican
las estrategias y mecanismos previstos para fomentar la equidad social y de género,
y lograr igualdad en la diversidad.
c) En el apartado Requisitos y Procedimientos de Acceso, en cuanto a los Procedimientos
de Acceso, no se informa que, en ningún caso, los servidores públicos podrán
solicitar o proceder de manera diferente a lo establecido en las Reglas de Operación.
Asimismo, en cuanto a los requisitos de permanencia, causales de baja o suspensión
temporal, no se indica toda la documentación por presentar ni la forma y los tiempos
para hacerlo, precisando las áreas técnico-operativas donde deban dirigirse los
solicitantes, y el lugar y horarios de atención.
d) En el apartado Procedimientos de Instrumentación, subapartado Supervisión y Control,
no se señalan las actividades y procedimientos de supervisión y control de cada
una de las actividades del programa social, ni se indican los instrumentos por utilizar,
indicadores, sistemas de información, informes (mensuales, trimestrales, semestrales
o anuales) y encuestas, entre otras.
32
e) En el apartado Mecanismos de Exigibilidad, no se señalan los lugares donde las
dependencias o entidades tienen a la vista del público los requisitos, derechos,
obligaciones, procedimientos y plazos para que las personas beneficiarias o
derechohabientes puedan acceder al disfrute de los beneficios de cada programa
social. No se indican los procedimientos (que deben ser ágiles y efectivos) para que
se pueda exigir a la autoridad responsable el cumplimiento del servicio o prestación.
En la reunión de confronta, celebrada el 4 de mayo de 2017, el Director Ejecutivo de
Servicios Internos de la Delegación Miguel Hidalgo, en su carácter de representante
de la titular del órgano político-administrativo, no presentó información ni documentación
relacionada con el numeral 6 del presente resultado, por lo que la observación prevalece.
En la revisión de la Cuenta Pública de 2014, en el informe de la auditoría
ASCM/73/14, practicada a la Delegación Miguel Hidalgo, resultado 8, recomendación
núm. ASCM-73-14-5-MH, se consideran las medidas de supervisión para prevenir que
las reglas de operación de sus diferentes programas de desarrollo social se elaboren
de acuerdo con lo señalado en los Lineamientos para la Elaboración de las Reglas de
Operación de los Programas Sociales, por lo que se dará tratamiento a dicha circunstancia
como parte del seguimiento de la recomendación citada.
Por elaborar con deficiencias las reglas de operación del programa social seleccionado
para su revisión, la Delegación Miguel Hidalgo incumplió el Aviso por el que se dan a
conocer los Lineamientos para la Elaboración de las Reglas de Operación de los
Programas Sociales para el Ejercicio 2015, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito
Federal el 31 de octubre de 2014, que establece lo siguiente:
“Introducción […]
”b) Alineación Programática
”Incluir los Ejes Programáticos, Objetivos, Metas y Líneas de Acción del Programa General
de Desarrollo del Distrito Federal 2013-2018 a los cuales está alineado el programa
social […]
33
”c) Diagnóstico […]
”● Las causas y efectos observados del problema social.
”● Adicionalmente, para justificar la pertinencia de la estrategia del programa social
en cuestión, se deben incluir referencias documentadas -de forma breve- de otras
experiencias de programas similares o disímbolos y de los factores determinantes de
su éxito o fracaso. […]
”● Establecer la línea de base, considerando que ésta se define como un conjunto de
indicadores seleccionados para el seguimiento y la evaluación sistemáticos de políticas
y programas. Quienes diseñan y ejecutan la política, obtienen en los indicadores
claves la información general sobre la forma como evolucionan los problemas y, en
los secundarios, información puntual que explica o complementa la suministrada por
los indicadores claves. […]
”II. Objetivos y Alcances
”Objetivos Específicos: […]
”2.7. Especificar las estrategias y mecanismos previstos para fomentar la equidad
social y de género, y lograr igualdad en la diversidad. […]
”V. Requisitos y Procedimientos de Acceso […]
”En relación con los Procedimientos de Acceso, se debe: […]
”5.13. Informar que en ningún caso las y los servidores públicos podrán solicitar
o proceder de manera diferente a lo establecido en las Reglas de Operación.
”En caso de que existan requisitos de permanencia, causales de baja o suspensión
temporal de las personas beneficiarias, se debe: […]
34
”5.15. En cualquiera de los tres casos anteriores, indicar toda la documentación a
presentar, la forma y los tiempos en que deberá realizarse, precisando las áreas
técnico-operativas donde deba dirigirse el o la solicitante, el lugar y horarios de atención.
”VI. Procedimientos de Instrumentación […]
”En relación con la Supervisión y Control:
”6.6. Señalar las actividades y procedimientos de supervisión y control de cada una de
las actividades del programa social, indicando los instrumentos a utilizar, indicadores,
sistemas de información, informes (mensuales, trimestrales, semestrales o anuales),
encuestas, entre otras. […]
”VIII. Mecanismos de Exigibilidad […]
”8.1. Señalar los lugares donde las dependencias y/o entidades tienen a la vista del
público los requisitos, derechos, obligaciones, procedimientos y plazos para que las
personas beneficiarias o derechohabientes puedan acceder al disfrute de los beneficios
de cada programa social.
”8.2. Indicar los procedimientos (que deben ser ágiles y efectivos) para que se pueda
exigir a la autoridad responsable el cumplimiento del servicio o prestación.”
7. De acuerdo con lo señalado en las reglas de operación del programa de desarrollo
social “La Protectora”, en el que se incluyeron los subprogramas “Apoyo a Jefas de
Familia” y “Apoyo a Personas con Discapacidad” sujetos a revisión, se considera que
éstas se sujetaron a los criterios de solidaridad social, equidad de género, transparencia,
accesibilidad, objetividad, corresponsabilidad y temporalidad señalados en el artículo 97
de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal vigente en 2015, pese
a las deficiencias señaladas en el numeral anterior.
8. Del análisis de las reglas de operación del programa de desarrollo social “La Protectora”,
en el que se incluyeron los subprogramas “Apoyo a Jefas de Familia” y “Apoyo a Personas
con Discapacidad” sujetos a revisión, publicadas en la Gaceta Oficial del Distrito Federal
35
el 30 de enero de 2015, se determinó que su contenido fue congruente respecto al
subprograma “Apoyo a Jefas de Familia” con el eje 1, área de oportunidad 1, objetivo 2,
meta 1, línea de acción 2; mientras que el subprograma “Apoyo a Personas con
Discapacidad” es congruente con el eje 1, área de oportunidad 1, objetivo 1, meta 1,
línea de acción 2, señalados en el Programa General de Desarrollo del Distrito Federal
2013-2018, como se señala a continuación:
Programa General de Desarrollo del Distrito Federal 2013-2018
“Apoyo a Personas con Discapacidad” “Apoyo a Jefas de Familia”
Eje 1. Equidad e inclusión social para el desarrollo humano /
Área de Oportunidad 1. Discriminación y Derechos
Humanos
Objetivo 1. Realizar acciones que permitan el ejercicio
pleno de los derechos de las personas, independientemente
de su origen étnico, condición jurídica, social o económica,
migratoria, de salud, de edad, discapacidad, sexo, orientación
o preferencia sexual, estado civil, nacionalidad, apariencia
física, forma de pensar o situación de calle, entre otras, para
evitar bajo un enfoque de corresponsabilidad la exclusión,
el maltrato y la discriminación.
Meta 1. Reforzar el diseño, la legislación y la implementación
de las políticas, programas y servicios de apoyo a la población
para evitar la exclusión, el maltrato y/o la discriminación
hacia las personas bajo un enfoque de corresponsabilidad
social.
Línea de acción 2. Reforzar y desarrollar programas sociales
de atención para las personas excluidas, maltratadas o
discriminadas debido a su origen étnico, condición jurídica,
social o económica, migratoria, de salud, de edad,
discapacidad, sexo, orientación o preferencia sexual, estado
civil, nacionalidad, apariencia física, forma de pensar o situación
de calle, entre otras.
Eje 1. Equidad e Inclusión Social para el Desarrollo
Humano / Área de Oportunidad 1. Discriminación y Derechos
Humanos
Objetivo 2. Disminuir de manera sustancial el 2.2% de la
población que se encuentra en pobreza extrema en el Distrito
Federal.
Meta 1. Aplicar estrategias para disminuir de manera
sustancial el 2.2% de la población que se encuentra en
pobreza extrema, aplicando programas integrales que atiendan
a todos los grupos de edad con la corresponsabilidad de la
sociedad civil organizada.
Línea de acción 2. Diseñar e implementar programas integrales
contundentes en contra de la pobreza en las colonias de
más alto índice de marginalidad.
Derivado de lo anterior, la Delegación Miguel Hidalgo cumplió el artículo 32 de la Ley de
Desarrollo Social para el Distrito Federal vigente en 2015.
Por lo anterior, se concluye que las reglas de operación del programa social sujeto a
revisión se sometieron para su aprobación al COPLADE y fueron publicadas en la Gaceta
Oficial del Distrito Federal el 30 de enero de 2015, dentro del plazo establecido por la
normatividad aplicable, que los recursos ejercidos al amparo del programa social fueron
autorizados expresamente por el titular del sujeto fiscalizado y contaron con suficiencia
presupuestal; de acuerdo con lo señalado en las reglas de operación del programa de
desarrollo social, se considera que éstas se sujetaron a criterios de solidaridad social,
equidad de género, transparencia, accesibilidad, objetividad, corresponsabilidad y temporalidad;
36
además, las reglas de operación fueron congruentes, respecto al subprograma “Apoyo a
Jefas de Familia”, con el eje 1, área de oportunidad 1, objetivo 2, meta 1, línea de acción 2,
y respecto al subprograma “Apoyo a Personas con Discapacidad”, con el eje 1, área de
oportunidad 1, objetivo 1, meta 1, línea de acción 2, del Programa General de Desarrollo
del Distrito Federal 2013-2018; sin embargo, su contenido no se sujetó a los Lineamientos para
la Elaboración de Reglas de Operación de los Programas Sociales para el Ejercicio 2015.
7. Resultado
Se verificó que la Delegación Miguel Hidalgo hubiese presentado los reportes mensuales
del presupuesto comprometido a la SEFIN en los plazos establecidos en el artículo 56,
primer párrafo, de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal; y en el
numeral 133, Título Tercero, “Registro de Otras Erogaciones”, capítulo VI “Presupuesto
Comprometido”, del Manual de Reglas y Procedimientos para el Ejercicio Presupuestario
de la Administración Pública del Distrito Federal, ambos vigentes en 2015. Al respecto,
mediante el oficio núm. DMH/DESI/SRF/1162/2016 del 8 de agosto de 2016, el Subdirector
de Recursos Financieros del órgano político-administrativo proporcionó copia de 12 oficios
con los que se remitieron a la Dirección de Análisis Sectorial “H” en la Subsecretaría de
Egresos de la SEFIN los formatos “Presupuesto Comprometido” de enero a diciembre
de 2015. En su análisis, se obtuvo lo siguiente:
1. Los formatos “Presupuesto Comprometido” cuentan con los nombres, cargos y firmas
de los servidores públicos facultados para su formulación y autorización, en ellos se
reportaron los recursos fiscales, crediticios y provenientes de transferencias federales
que se encontraban comprometidos a la fecha de su presentación por la Delegación
Miguel Hidalgo. Dichos reportes fueron remitidos a la SEFIN de conformidad con la
normatividad aplicable vigente en 2015.
2. En los reportes correspondientes a los meses de mayo a diciembre de 2015 se
incluyó, en la partida 4419 “Otras Ayudas Sociales a Personas”, la información relativa
al otorgamiento de ayudas económicas al amparo del programa de desarrollo social
“La Protectora”, que incluye los subprogramas “Apoyo a Jefas de Familia” y “Apoyo a
Personas con Discapacidad” sujetos a revisión.
37
Por lo anterior, se concluye que la Delegación Miguel Hidalgo informó a la SEFIN de su
presupuesto comprometido correspondiente al ejercicio de 2015, específicamente en lo
referente a los compromisos en los que existieron los documentos legales que le determinaron
una obligación de pago; que en los reportes correspondientes a los meses de mayo
a diciembre de 2015 se incluyó, en la partida 4419 “Otras Ayudas Sociales a Personas”,
lo relativo a las ayudas económicas otorgadas al amparo del programa social sujeto a revisión;
y que dichos reportes fueron enviados a la SEFIN en los plazos señalados, en cumplimiento
de la normatividad aplicable vigente en 2015.
8. Resultado
Se verificó que la SEFIN hubiera efectuado el registro del momento contable de la etapa
del presupuesto comprometido del órgano político-administrativo en tiempo y forma, en
las cuentas presupuestales y por los importes correspondientes, de conformidad con el
Manual de Contabilidad del Gobierno del Distrito Federal Sector Central, en correspondencia
con las normas quinta y octava de las Normas y Metodología para la Determinación de los
Momentos Contables de los Egresos del Distrito Federal emitidas por el CONSAC-DF,
ambos vigentes en 2015; y que el monto registrado fuese congruente, en lo que se
refiere a la muestra seleccionada para su revisión, con la Cuenta Pública de la Ciudad
de México de 2015. Al respecto, mediante el oficio núm. SFCDMX/SE/DGCNCP/0392/2017
del 14 de febrero de 2017, el Director General de Contabilidad, Normatividad y Cuenta
Pública de la SEFIN proporcionó nueve pólizas de diario, por medio de las cuales se realizó
el registro en cuentas de orden presupuestarias, como se muestra a continuación:
(Miles de pesos)
Cuenta Importe
Debe Haber
8221000000 “Presupuesto de Egresos por ejercer Sector Central” 18,966.0
8241000000 “Presupuesto de Egresos Comprometido Sector Central” 18,966.0
Total 18,966.0 18,966.0
Las cuentas de orden presupuestarias afectadas, así como los asientos con los cuales
se realizó el registro presupuestal del presupuesto de egresos comprometido, son los que
establece la normatividad; y el monto registrado es congruente, en lo que se refiere a la
38
muestra seleccionada para su revisión, con la Cuenta Pública de la Ciudad de México
de 2015.
Por lo anterior, se concluye que la SEFIN realizó el registro presupuestal del momento
contable de la etapa del presupuesto comprometido de acuerdo con lo señalado en la
normatividad aplicable vigente en 2015, y que el monto registrado es congruente,
en lo que se refiere a la muestra seleccionada para su revisión, con la Cuenta Pública de
la Ciudad de México de 2015.
Gasto Devengado
9. Resultado
Se verificó la existencia e integración de los expedientes de beneficiarios de las ayudas
económicas otorgadas por la Delegación Miguel Hidalgo, para determinar si se cumplieron
los requisitos de asignación, de conformidad con el artículo 8 de la Ley de Desarrollo
Social para el Distrito Federal vigente en 2015 y las reglas de operación del programa de
desarrollo social “La Protectora”, publicadas en la Gaceta Oficial del Distrito Federal del
30 de enero de 2015. Al respecto, mediante los oficios núms. DMH/DEDS/JUDCS/632/2017
y DMH/DEDS/JUDCS/681/2017 del 28 de febrero y 6 de marzo, respectivamente, ambos
de 2017, el Jefe de Unidad Departamental de Control y Seguimiento de Desarrollo Social
remitió 206 expedientes de beneficiarios que le fueron solicitados, de los cuales 110
correspondieron al subprograma “Apoyo a Jefas de Familia” y 96 al subprograma “Apoyo
a Personas con Discapacidad”.
1. En la revisión de los 110 expedientes de beneficiarias del subprograma “Apoyo a
Jefas de Familia”, seleccionados como muestra, se observó que en 41 expedientes
faltaba algún documento o fue integrada documentación que presentó alguna deficiencia
en relación con las características señaladas en las reglas de operación, o, en algunos
casos, la documentación presenta fecha posterior a la emisión de la primera ministración;
es decir, se entregaron recursos a beneficiarios que no habían cumplido la totalidad
de los requisitos, como se muestra a continuación:
39
Inconsistencia Número
de expedientes
Falta documento que acredite la jefatura de familia 10
Falta acta de nacimiento de la madre 1
Acta de nacimiento del menor en la cual no se acredita a la jefa de familia
3
Credencial de elector no vigente 2
Credencial de elector que no corresponde a la Delegación Miguel Hidalgo
4
Actas de barandilla presentadas con desfase 18
Actas de barandilla emitidas en años anteriores a 2015 3
Comprobante de ingresos presentados con desfase 3
Como se observa, la Delegación Miguel Hidalgo otorgó apoyos económicos por un
importe de 213.0 miles de pesos a beneficiarios que no reunieron todos los requisitos
establecidos en las reglas de operación del programa de desarrollo social “La Protectora”,
respecto al subprograma “Apoyo a Jefas de Familia”.
En la reunión de confronta, celebrada el 4 de mayo de 2017, el Director Ejecutivo de
Servicios Internos de la Delegación Miguel Hidalgo, en su carácter de representante de la
titular del órgano político-administrativo, no presentó información ni documentación
relacionada con el numeral 1 del presente resultado, por lo que la observación prevalece.
Por lo anterior el órgano político-administrativo incumplió el apartado V. “Requisitos
y Procedimientos de Acceso”, subapartado “5.2 Documentación Requerida”, numeral
“5.2.2 Tratándose del subprograma Apoyo a Jefas de Familia”, de las reglas de operación
del programa de desarrollo social sujeto a revisión, publicadas en la Gaceta Oficial del
Distrito Federal del 30 de enero de 2015, que establecen:
“Las personas interesadas en ser beneficiarias del programa, deberán presentar la
siguiente documentación en original y en una copia fotostática simple para la creación
del expediente respectivo: […]
”● Acta de nacimiento de la solicitante y de su hija o hijo menor de doce años de edad
[…]
”● Identificación Oficial vigente con fotografía. […]
40
”A efecto de acreditar la jefatura de familia, la solicitante podrá presentar cualquiera
de los siguientes documentos:
”● Acta de barandilla con vigencia máxima de 6 meses, tramitada ante Juzgado
Cívico, donde se acredite expresamente la jefatura de familia.
”● Acta de defunción de su cónyuge o del padre de la hija o hijo menor de doce años
de edad,
”● Solicitud de disolución de vínculo matrimonial interpuesta ante la autoridad judicial,
”● Acta de matrimonio con anotación marginal de sentencia de divorcio; o
”● Comprobante de ingresos con vigencia no mayor de tres meses.”
2. En la revisión de 96 expedientes de beneficiarios del subprograma “Apoyo a Personas
con Discapacidad”, seleccionados como muestra, se constató, que están integrados con
la totalidad de la documentación establecida en el apartado V. “Requisitos y Procedimientos
de Acceso”, subapartado “5.2 Documentación Requerida” numeral “5.2.3 Tratándose
del subprograma Apoyo a Personas con Discapacidad”, de las reglas de operación del
programa de desarrollo social sujeto a revisión.
Por lo anterior, se concluye que la Delegación Miguel Hidalgo integró y resguardó los
expedientes de los beneficiarios; sin embargo, otorgó apoyos económicos a personas que
no reunieron todos los requisitos de acceso al subprograma “Apoyo a Jefas de Familia”,
seleccionado como muestra, en contravención de las reglas de operación.
Recomendación ASCM-76-15-3-MH
Es necesario que la Delegación Miguel Hidalgo establezca mecanismos de control para
asegurar que los beneficiarios de los programas sociales a su cargo, cumplan con la totalidad
de los requisitos establecidos en las reglas de operación que correspondan, en cumplimiento de
la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal.
41
10. Resultado
Con la finalidad de verificar que la Delegación Miguel Hidalgo hubiese contado con un
mecanismo de comprobación del otorgamiento de las ayudas económicas a los beneficiarios
finales, en cumplimiento del artículo 44, primer párrafo, de la Ley de Presupuesto y Gasto
Eficiente del Distrito Federal vigente en 2015, se revisó la documentación que soportara el
cumplimiento de las reglas de operación del programa de desarrollo social “La Protectora”, en
el que se incluyeron los subprogramas “Apoyo a Jefas de Familia” y “Apoyo a Personas
con Discapacidad” sujetos a revisión; así como la documentación que soportara la entrega
de los apoyos económicos a los beneficiarios. Al respecto, se determinó lo siguiente:
1. Al amparo del subprograma “Apoyo a Jefas de Familia”, se otorgaron apoyos económicos
por un total de 15,432.0 miles de pesos, recursos que fueron entregados en dos
ministraciones; en la primera ministración se otorgaron apoyos a 2,592 beneficiarias
y en la segunda, a 2,552 beneficiarias, por un monto de 3.0 miles de pesos. Como
evidencia documental de la entrega de los apoyos económicos, la Delegación Miguel
Hidalgo proporcionó 5,144 “Comprobantes de Entrega”, documento en el que constó
la entrega de certificados con de los cuales se otorgó un número de orden de pago
con el que las beneficiarias realizaron el cobro de los apoyos en la institución bancaria
encargada; dichos “Comprobantes de Entrega” incluyen el nombre de la beneficiaria, el
número de orden de pago, la cantidad otorgada y la firma de recibido de la beneficiaria.
2. Respecto al subprograma “Apoyo a Personas con Discapacidad”, se otorgaron apoyos
económicos por 3,534.0 miles de pesos, los recursos fueron entregados en dos
ministraciones; en la primera ministración se otorgaron apoyos a 593 beneficiarios, y
en la segunda, a 585 beneficiarios, por un importe de 3.0 miles de pesos. Como
evidencia documental de la entrega de las apoyos económicos, el órgano político-
administrativo proporcionó 1,178 “Comprobantes de Entrega”, documento en el que
constó la entrega de los certificados con los cuales se otorgó el número de orden de
pago con el que los beneficiarios realizaron el cobro de los apoyos en la institución
bancaria encargada; dichos “Comprobantes de Entrega” incluyen el nombre del
beneficiario y, en su caso, el de la persona responsable, el número de la orden de pago,
la cantidad otorgada y la firma de recibido del beneficiario o de la persona responsable.
42
Asimismo, se revisaron los informes de pago (layout) generados por la institución bancaria
encargada de la dispersión de los recursos; dichas relaciones constituyen la documentación
comprobatoria de las cuatro CLC sujetas a revisión. En de su análisis, se determinó que
coinciden con los “Comprobantes de Entrega” proporcionados y, por tanto, con las operaciones
realizadas por el órgano político-administrativo.
Por lo expuesto, se concluye que la Delegación Miguel Hidalgo acreditó la entrega de los
apoyos económicos a los beneficiarios finales de los subprogramas sujetos a revisión,
en cumplimiento de la normatividad aplicable vigente en 2015.
11. Resultado
Se verificó que la Delegación Miguel Hidalgo hubiese contado con un padrón actualizado
de los beneficiarios de las ayudas económicas otorgadas al amparo del programa de
desarrollo social “La Protectora”, que incluye los subprogramas “Apoyo a Jefas de Familia”
y “Apoyo a Personas con Discapacidad” sujetos a revisión, y que éste se hubiera publicado
en la Gaceta Oficial del Distrito Federal a más tardar el 31 de marzo del ejercicio en
revisión, de conformidad con el artículo 34, fracción II, de la Ley de Desarrollo Social para
el Distrito Federal; y el artículo 58, último párrafo, del Reglamento de la Ley de Desarrollo
Social para el Distrito Federal, ambos vigentes en 2015. Al respecto, por medio del oficio
núm. DMH/DEDS/JUDCS/333/2017, el Jefe de Unidad Departamental de Control y Seguimiento
de Desarrollo Social del órgano político-administrativo proporcionó el padrón de beneficiarios
del ejercicio de 2015 en medio magnético y su publicación en la Gaceta Oficial de la Ciudad de
México del 31 de marzo de 2016, de cuyo análisis se obtuvo lo siguiente:
El padrón de beneficiarios actualizado del programa de desarrollo social “La Protectora”
fue publicado en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México el 31 de marzo de 2016, es
decir, con un desfase de 366 días naturales. En dicho padrón, se encuentran los beneficiarios
correspondientes a los subprogramas “Apoyo a Jefas de Familia” y “Apoyo a Personas
con Discapacidad” sujetos a revisión.
En la reunión de confronta, celebrada el 4 de mayo de 2017, el Director Ejecutivo de
Servicios Internos de la Delegación Miguel Hidalgo, en su carácter de representante de la
titular del órgano político-administrativo, no presentó información ni documentación relacionada
con el presente resultado, por lo que la observación prevalece.
43
En la revisión de la Cuenta Pública de 2013, en el informe de la auditoría AFLB/141/13, practicada
a la Delegación Miguel Hidalgo, resultado 12, recomendación núm. AFLB-141-13-37-MH,
se consideran las acciones para prevenir que los padrones de los beneficiarios de los
programas sociales a su cargo sean publicados en la Gaceta Oficial del Distrito Federal a
más tardar el 31 de marzo del año de ejercicio, en cumplimiento de la Ley de Desarrollo
Social para el Distrito Federal, por lo que se dará tratamiento a dicha circunstancia como
parte del seguimiento de la recomendación citada.
Por lo anterior, el órgano político-administrativo incumplió el artículo 34, fracción II, de la
Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal vigente en 2015, que establece lo
siguiente: “Cada uno de los programas sociales de la Administración Pública del Distrito
Federal deberá tener actualizado un padrón de participantes o beneficiarios […] las […]
Delegaciones […] que tengan a su cargo programas destinados al desarrollo social, deberán:
[…] II. Publicar en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, a más tardar el 31 de marzo del año
de ejercicio y en un solo formato, los padrones con nombres, edad, sexo, unidad territorial
y delegación de los beneficiarios de los programas sociales...”.
Asimismo, el sujeto fiscalizado no observó el artículo 58, último párrafo, del Reglamento
de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal vigente en 2015, que establece:
“Las […] Delegaciones […] deberán publicar en la Gaceta Oficial […] a más tardar el 31 de
marzo de cada año, una versión pública del padrón de beneficiarios de los programas
sociales que tengan a su cargo con nombres, edad, sexo, unidad territorial y delegación…”.
Se concluye que la Delegación Miguel Hidalgo publicó el padrón actualizado de los
beneficiarios del programa de desarrollo social “La Protectora”, que incluye los subprogramas
“Apoyo a Jefas de Familia” y “Apoyo a Personas con Discapacidad” sujetos a revisión, con
desfase de 366 días, por lo que incumplió lo señalado en la normatividad aplicable vigente
en 2015. Cabe señalar que se verificó que los 110 beneficiarios finales correspondientes
al subprograma “Apoyo a Jefas de Familia” y los 96 beneficiarios del subprograma “Apoyo
a Personas con Discapacidad” que conformaron la muestra sujeta a revisión estuvieron
incluidos en el padrón de beneficiarios revisado.
44
12. Resultado
Se verificó que la SEFIN hubiese efectuado el registro del momento contable de la etapa
del presupuesto devengado del órgano político-administrativo en tiempo y forma, en las
cuentas presupuestales y contables y por los importes correspondientes, de conformidad con
el Manual de Contabilidad del Gobierno del Distrito Federal Sector Central, en correspondencia
con las normas quinta y novena de las Normas y Metodología para la Determinación de
los Momentos Contables de los Egresos del Distrito Federal emitidas por el CONSAC-DF,
ambos vigentes en 2015; y que el monto registrado fuera congruente, en lo que se refiere a la
muestra seleccionada para su revisión, con la Cuenta Pública de la Ciudad de México
de 2015. Al respecto, mediante el oficio núm. SFCDMX/SE/DGCNCP/0392/2017 del
14 de febrero de 2017, el Director General de Contabilidad, Normatividad y Cuenta Pública
de la SEFIN proporcionó ocho pólizas de diario, por medio de las cuales se realizó el registro
en cuentas contables y de orden presupuestarias, como se muestra a continuación:
(Miles de pesos)
Cuenta Importe
Debe Haber
5241100000 “Ayudas Sociales a Personas Sector Central” 18,966.0
2199117180 “Depósitos Diversos” 234.0
2112100000 “Proveedores por pagar a Corto Plazo Sector Central” 19,200.0
8241000000 “Presupuesto de Egresos Comprometido Sector Central” 18,966.0
8251000000 “Presupuesto de Egresos Devengado Sector Central” 18,966.0
Total 38,166.0 38,166.0
Las cuentas contables y de orden presupuestarias afectadas, así como los asientos con
los cuales se realizaron los registros contable y presupuestal del presupuesto de egresos
devengado, son los que establece la normatividad; y el monto registrado es congruente,
en lo que se refiere a la muestra seleccionada para su revisión, con la Cuenta Pública de
la Ciudad de México de 2015.
Por lo anterior, se concluye que la SEFIN realizó los registros contable y presupuestal del
momento contable de la etapa del presupuesto devengado de acuerdo con lo señalado en
la normatividad aplicable vigente en 2015, y que el monto registrado es congruente, en lo
que se refiere a la muestra seleccionada para su revisión, con la Cuenta Pública de la Ciudad
de México de 2015.
45
Gasto Ejercido
13. Resultado
Se verificó si los recursos ejercidos mediante CLC con cargo a la partida 4419 “Otras Ayudas
Sociales a Personas” contaron con la documentación justificativa y comprobatoria del gasto,
que los gastos se hubieran registrado de conformidad con su naturaleza, en cumplimiento
de los artículos 44, 69 y 125 de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal
vigente en 2015. Al respecto, mediante el oficio núm. DMH/DESI/SRF/UDC/19/2017 del
31 de enero de 2017, la Jefa de Unidad Departamental de Contabilidad de la Delegación
Miguel Hidalgo proporcionó las cuatro CLC correspondientes a la muestra sujeta a revisión.
En su análisis, se determinó lo siguiente:
En 2015, la Delegación Miguel Hidalgo ejerció 98,593.1 miles de pesos con cargo al
capítulo 4000 “Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Otras Ayudas”, por medio de
77 CLC. A fin de verificar si el órgano político-administrativo emitió las CLC de la muestra
sujeta a revisión debidamente elaboradas, revisadas y aprobadas por los servidores
públicos facultados para ello, y si estuvieron soportadas con la documentación justificativa
y comprobatoria del gasto, se revisaron cuatro CLC por un monto de 19,200.00 miles de
pesos y cuatro DM de reintegro por 234.0 miles de pesos.
Las CLC fueron elaboradas por el Jefe de Unidad Departamental de Tesorería y autorizadas
por el Subdirector de Operación Financiero, servidores públicos facultados para ello, emitidas
por el sistema SAP-GRP, registradas conforme a su naturaleza de gasto y elaboradas con
los requisitos establecidos.
1. Las CLC núms. 02 CD 11 100617 y 02 CD 11 102463 del 24 de abril y 19 de
noviembre, ambas de 2015, respectivamente, de tipo normal, fueron emitidas para el
otorgamiento de ayudas económicas al amparo del programa de desarrollo social
“La Protectora”, en lo que se refiere al subprograma “Apoyo a Jefas de Familia”, con
cargo a la partida 4419 “Otras Ayudas Sociales a Personas”, por un monto de
15,600.0 miles de pesos; cada una de las CLC es por un importe de 7,800.0 miles
de pesos. Dichos recursos se utilizaron para otorgar ayudas económicas a jefas de
46
familia, cada ayuda por un monto de 3.0 miles de pesos. Las citadas CLC fueron
afectadas con un DM cada una, por un monto de 168.0 miles de pesos, debido a que
56 beneficiarias no realizaron el cobro del apoyo, 8 beneficiarias correspondieron a la
primera ministración y 48 a la segunda; el importe de 168.0 miles de pesos fue
reintegrado a la SEFIN mediante dos fichas de depósito de fechas 29 de febrero
y 3 de marzo de 2016.
Las CLC están soportadas con los oficios núms. DMH/DGDS/081/2015 y
DMH/DGDS/021/2015 del 11 de mayo y 30 de octubre, ambos de 2015, respectivamente,
mediante los cuales el Director General de Desarrollo Social solicitó los recursos para
la entrega de las ayudas económicas a las beneficiarias; con minuta de trabajo del
17 de enero de 2015 en la que el Jefe Delegacional autorizó la adquisición, contratación
y disposición de la partida 4419 “Otras Ayudas Sociales a Personas”; con las reglas
de operación del programa de desarrollo social; con el “Listado de personas beneficiarias
del subprograma Apoyo a Jefas de Familia”; con oficios mediante los cuales el
Subdirector de Recursos Financieros de la Delegación Miguel Hidalgo envió a la SEFIN
las fichas de depósito por concepto de reintegro por 168.0 miles de pesos y copia de las
fichas de depósito correspondientes; con 5,144 “Comprobantes de Entrega”, documentos
en los que constó la entrega del número de orden de pago con el que las beneficiarias
realizaron el cobro de los apoyos económicos en la institución bancaria encargada, de
los cuales 2,592 correspondieron a la entrega de la primera ministración y 2,552 a la
segunda; así como con los informes de pago (layout) generados por la institución
bancaria encargada de la dispersión de los recursos otorgados.
2. Las CLC núms. 02 CD 11 100578 y 02 CD 11 101108 del 23 de abril y 6 de julio,
ambas de 2015, respectivamente, de tipo normal, fueron emitidas para el otorgamiento
de ayudas económicas al amparo del programa de desarrollo social “La Protectora”,
en lo que se refiere al subprograma “Apoyo a Personas con Discapacidad”, con cargo
a la partida 4419 “Otras Ayudas Sociales a Personas”, por un monto de 3,600.0 miles
de pesos; cada una de las CLC es por un importe de 1,800.0 miles de pesos. Dichos
recursos se utilizaron para otorgar ayudas económicas a personas con discapacidad,
cada ayuda por un monto de 3.0 miles de pesos. Las citadas CLC fueron afectadas con
un DM cada una, por un monto de 66.0 miles de pesos, debido a que 22 beneficiarios
47
no realizaron el cobro del apoyo, 7 beneficiarios correspondieron a la primera ministración
y 15 a la segunda; dicho importe fue reintegrado a la SEFIN mediante dos fichas de
depósito de fecha 29 de febrero de 2016.
Las CLC en comento están soportadas con los oficios mediante los cuales el Director
General de Desarrollo Social solicitó los recursos para la entrega de las ayudas
económicas a los beneficiarios; con minuta de trabajo del 17 de enero de 2015 en
la que el Jefe Delegacional autorizó la adquisición, contratación y disposición de la
partida 4419 “Otras Ayudas Sociales a Personas”; con las reglas de operación del
programa de desarrollo social; con el “Listado de personas beneficiarias del subprograma
Apoyo a Personas con Discapacidad”; con oficios mediante los cuales el Subdirector
de Recursos Financieros de la Delegación Miguel Hidalgo envió a la SEFIN las fichas de
depósito por concepto del reintegro de 66.0 miles de pesos y copia de las fichas
de depósito correspondientes; con 1,178 “Comprobantes de Entrega”, documentos en
los que constó la entrega del número de orden de pago con el que los beneficiarios
realizaron el cobro de los apoyos económicos en la institución bancaria encargada, de
los cuales 593 correspondieron a la entrega de la primera ministración y 585 a la segunda;
y con los informes de pago (layout) generados por la institución bancaria encargada
de la dispersión de los recursos otorgados.
3. La Delegación Miguel Hidalgo reintegró a la SEFIN los recursos no ejercidos en 2015
correspondientes los subprogramas “Apoyo a Jefas de Familia” y “Apoyo a Personas
con Discapacidad”, por un importe de 234.0 miles de pesos, mediante cuatro DM, todos
de fecha 31 de diciembre de 2015. Sin embargo, los depósitos a la cuenta de la SEFIN
presentan fechas del 29 de febrero y 3 de marzo de 2016, es decir, los reintegros no
fueron realizados a más tardar el 15 de enero de ese año.
En la reunión de confronta, celebrada el 4 de mayo de 2017, el Director Ejecutivo de
Servicios Internos de la Delegación Miguel Hidalgo, en su carácter de representante
de la titular del órgano político-administrativo, no presentó información ni documentación
relacionada con el numeral 3 del presente resultado, por lo que la observación
prevalece.
48
Por reintegrar con desfase a la SEFIN los recursos no ejercidos en 2015, la Delegación
Miguel Hidalgo incumplió el artículo 71, cuarto párrafo, de la Ley de Presupuesto y Gasto
Eficiente del Distrito Federal vigente en 2015, que establece: “Las unidades responsables
del gasto que por cualquier motivo al término del ejercicio fiscal que corresponda conserven
fondos presupuestales o recursos que no hayan sido devengados y, en su caso, los
rendimientos obtenidos, los enterarán a la Secretaría dentro de los 15 días naturales siguientes
al cierre del ejercicio”.
Por lo anterior, se concluye que las CLC sujetas a revisión fueron elaboradas y autorizadas
por los servidores públicos facultados para ello, que reunieron los requisitos establecidos
en la normatividad, y que se encuentran soportadas con la documentación justificativa
y comprobatoria del gasto; que los recursos ejercidos en el subprograma “Apoyo a Personas
con Discapacidad” fueron registrados conforme a su naturaleza de gasto; sin embargo, los
recursos no devengados al 31 de diciembre de 2015 fueron reintegrados a la SEFIN fuera
del plazo señalado en la normatividad aplicable vigente en 2015.
Recomendación ASCM-76-15-4-MH
Es necesario que la Delegación Miguel Hidalgo establezca mecanismos de control para
asegurar que al término del ejercicio fiscal que corresponda, se enteren a la Secretaría de
Finanzas los recursos que no hayan sido devengados en el plazo establecido, de conformidad
con la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal.
14. Resultado
Se verificó que en la documentación relativa a los beneficios otorgados al amparo del
programa de desarrollo social “La Protectora”, en el que se encuentran los subprogramas
“Apoyo a Jefas de Familia” y “Apoyo a Personas con Discapacidad”, sujetos a revisión,
se hubiese incluido la leyenda establecida en el artículo 38 de la Ley de Desarrollo
Social para el Distrito Federal vigente en 2015. Al respecto, mediante el oficio núm.
DMH/DEDS/JUDCS/354/2017 del 2 de febrero de 2017, el Jefe de Unidad Departamental
de Control y Seguimiento de Desarrollo Social del órgano político-administrativo proporcionó
los documentos, “Solicitud de Registro”, “Estudio Socioeconómico”, “Carta Compromiso”
y “Comprobante de Entrega”.
49
En el análisis de los documentos proporcionados, los cuales se localizan en las CLC
y en los expedientes de los beneficiarios finales de las ayudas económicas otorgadas al
amparo del programa social sujeto a revisión, se constató que la Delegación Miguel Hidalgo
incluyó la siguiente leyenda:
“Este programa es de carácter público, no es patrocinado ni promovido por partido político
alguno y sus recursos provienen de los impuestos que pagan todos los contribuyentes.
Está prohibido el uso de este programa con fines políticos, electorales, de lucro y otros distintos
a los establecidos.
”Quien haga uso indebido de los recursos de este programa en el Distrito Federal, será
sancionado de acuerdo con la ley aplicable y ante la autoridad competente.”
Por lo anterior, se concluye que la Delegación Miguel Hidalgo incluyó la leyenda de referencia
de acuerdo con lo señalado en la normatividad aplicable vigente en 2015.
15. Resultado
Se verificó que la SEFIN hubiese efectuado el registro del momento contable de la etapa
del presupuesto ejercido del órgano político-administrativo en tiempo y forma, en las
cuentas presupuestales y por los importes correspondientes, de conformidad con el Manual
de Contabilidad del Gobierno del Distrito Federal Sector Central, en correspondencia con
las normas quinta y décima de las Normas y Metodología para la Determinación de los
Momentos Contables de los Egresos del Distrito Federal emitidas por el CONSAC-DF,
ambos vigentes en 2015; y que el monto registrado fuera congruente, en lo que se refiere
a la muestra seleccionada para su revisión, con la Cuenta Pública de la Ciudad de México
de 2015. Al respecto, mediante el oficio núm. SFCDMX/SE/DGCNCP/0392/2017 del
14 de febrero de 2017, el Director General de Contabilidad, Normatividad y Cuenta Pública
de la SEFIN proporcionó ocho pólizas de diario, por medio de las cuales se realizó el registro
en cuentas de orden presupuestarias, como se muestra a continuación:
50
(Miles de pesos)
Cuenta Importe
Debe Haber
8251000000 “Presupuesto de Egresos Devengado Sector Central” 18,966.0
8261000000 “Presupuesto de Egresos Ejercido Sector Central” 18,966.0
Total 18,966.0 18,966.0
Las cuentas de orden presupuestarias afectadas, así como los asientos con los cuales se
realizó el registro presupuestal del presupuesto de egresos ejercido, son los que establece la
normatividad; y el monto registrado es congruente, en lo que se refiere a la muestra
seleccionada para su revisión, con la Cuenta Pública de la Ciudad de México de 2015.
Por lo anterior, se concluye que la SEFIN realizó el registro presupuestal del momento
contable de la etapa del presupuesto ejercido de acuerdo con lo señalado en la normatividad
aplicable vigente en 2015, y que el monto registrado es congruente, en lo que se refiere a
la muestra seleccionada para su revisión, con la Cuenta Pública de la Ciudad de México
de 2015.
Gasto Pagado
16. Resultado
Con el objetivo de constatar que las ayudas económicas otorgadas por la Delegación
Miguel Hidalgo, al amparo del programa social sujeto a revisión, hubiesen sido recibidas
efectivamente por los beneficiarios finales de la muestra sujeta a revisión, mediante el
oficio núm. ACF-B/DA“A”/17/024 de fecha 23 de febrero de 2017, se solicitó al órgano
político-administrativo que otorgara las facilidades y el apoyo para la aplicación de
cuestionarios a 73 beneficiarios finales del programa de desarrollo social La Protectora”,
39 correspondientes al subprograma “Apoyo a Jefas de Familia” y 34 beneficiarios del
subprograma “Apoyo a Personas con Discapacidad”.
Los días 6 y 14 de marzo de 2017, se aplicaron cuestionarios a un total de 9 beneficiarias
finales del subprograma “Apoyo a Jefas de Familia” y 13 beneficiarios del subprograma
“Apoyo a Personas con Discapacidad”, 51 beneficiarios finales no se presentaron a contestar
el cuestionario. Los 22 beneficiarios finales señalaron que el órgano político-administrativo
otorgó las ayudas económicas y que no se condicionó su entrega.
51
Por lo expuesto, respecto a la muestra sujeta a revisión, se concluye que los recursos ejercidos
y pagados por el órgano político-administrativo con cargo a la partida 4419 “Otras Ayudas
Sociales a Personas” fueron en cumplimiento de los programas y atribuciones de la Delegación
Miguel Hidalgo, por lo que, al haberse entregado a los beneficiarios finales tal como señalan
las reglas de operación, la obligación de pago a cargo del órgano político-administrativo
fue extinta de manera total.
17. Resultado
Se verificó que la SEFIN hubiese efectuado el registro del momento contable de la etapa
del presupuesto pagado del órgano político-administrativo en tiempo y forma, en las cuentas
presupuestales y contables y por los importes correspondientes, de conformidad con el
Manual de Contabilidad del Gobierno del Distrito Federal Sector Central, en correspondencia
con las normas quinta y undécima de las Normas y Metodología para la Determinación de los
Momentos Contables de los Egresos del Distrito Federal emitidas por el CONSAC-DF, ambos
vigentes en 2015; y que el monto registrado fuera congruente, en lo que se refiere a la
muestra seleccionada para su revisión, con la Cuenta Pública de la Ciudad de México de 2015.
Al respecto, mediante el oficio núm. SFCDMX/SE/DGCNCP/0392/2017 del 14 de febrero
de 2017, el Director General de Contabilidad, Normatividad y Cuenta Pública de la SEFIN
proporcionó cuatro pólizas de egresos y cuatro pólizas de diario, mediante las cuales se realizó
el registro en cuentas contables y de orden presupuestarias, como se muestra a continuación:
(Miles de pesos)
Cuenta Importe
Debe Haber
1112100000 “Bancos/Tesorería Sector Central” 19,200.0
2112100000 “Proveedores por pagar a Corto Plazo Sector Central” 19,200.0
8261000000 “Presupuesto de Egresos Ejercido Sector Central” 18,966.0
8271000000 “Presupuesto de Egresos Pagado Sector Central” 18,966.0
Total 38,166.0 38,166.0
Las cuentas contables y de orden presupuestarias afectadas, así como los asientos con
los cuales se realizaron los registros contable y presupuestal del presupuesto de egresos
pagado, son los que establece la normatividad; y el monto registrado es congruente, en lo
que se refiere a la muestra seleccionada para su revisión, con la Cuenta Pública de la Ciudad
de México de 2015.
52
Por lo anterior, se concluye que la SEFIN realizó los registros contable y presupuestal del
momento contable de la etapa del presupuesto pagado de acuerdo con lo señalado
en la normatividad aplicable vigente en 2015, y que el monto registrado es congruente, en
lo que se refiere a la muestra seleccionada para su revisión, con la Cuenta Pública de la
Ciudad de México de 2015.
Cumplimiento
18. Resultado
Se verificó el cumplimiento del objetivo general del programa de desarrollo social “La Protectora”,
a cargo de la Delegación Miguel Hidalgo, en cumplimiento del artículo 39, fracción LVI, de la Ley
Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal vigente en 2015. Al respecto,
mediante los oficios núms. DMH/DEDS/JUDCS/632/2017 y DMH/DEDS/JUDCS/681/2017
del 28 de febrero y 6 de marzo, ambos de 2017, respectivamente, el Jefe de Unidad
Departamental de Control y Seguimiento de Desarrollo Social de la Delegación Miguel
Hidalgo proporcionó 206 expedientes de beneficiarios que le fueron solicitados, de los cuales
110 correspondieron al subprograma “Apoyo a Jefas de Familia” y 96 al subprograma “Apoyo
a Personas con Discapacidad”.
En 2015, la Delegación Miguel Hidalgo otorgó ayudas económicas al amparo del programa
de desarrollo social “La Protectora”, cuyo objetivo general, de acuerdo a sus reglas de
operación publicadas en la Gaceta Oficial del Distrito Federal del 30 de enero de 2015,
fue “coadyuvar en la consecución de seguridad económica básica […] coadyuvando a
garantizar el ejercicio del derecho a la alimentación. Lo anterior, a través de la entrega
de apoyos económicos anuales de $6,000.00 (seis mil pesos 00/100 M.N.) a […]
2,600 jefas de familia con hijos menores de 12 años; a 600 personas con discapacidad
permanente”.
1. En la revisión de los 110 expedientes de beneficiarios finales seleccionados como
muestra, correspondientes al subprograma “Apoyo a Jefas de Familia”, se observaron
deficiencias en el cumplimiento del objetivo general del programa de desarrollo social
sujeto a revisión, toda vez que, en 41 de los 110 expedientes seleccionados, se constató
53
que no se cumplió la totalidad de los requisitos establecidos o se presentó documentación
que no cumple las especificaciones establecidas en las reglas de operación; es decir,
se entregaron recursos a beneficiarios que no habían cumplido la totalidad de los requisitos
indicados en las reglas de operación del programa.
En la reunión de confronta, celebrada el 4 de mayo de 2017, el Director Ejecutivo de
Servicios Internos de la Delegación Miguel Hidalgo, en su carácter de representante
de la titular del órgano político-administrativo, no presentó información ni documentación
relacionada con el numeral 1 del presente resultado, por lo que la observación
prevalece.
Por lo anterior, la Delegación Miguel Hidalgo no cumplió el objetivo establecido en el
apartado “II. Objetivos y Alcances”, subapartado “2.1. Objetivo General” primer párrafo
de las reglas de operación del programa de desarrollo social “La Protectora”, en
cuanto al subprograma “Apoyo a Jefas de Familia”.
2. Respecto a los 96 expedientes correspondientes al subprograma “Apoyo a Personas
con Discapacidad”, se constató el cumplimiento del objetivo general, toda vez que los
96 expedientes seleccionados como muestra, de un universo de 600 beneficiarios,
cumplieron los requisitos y procedimientos de acceso que señalan las reglas de
operación; además, el órgano político-administrativo proporcionó evidencia documental
de la entrega de las ayudas económicas a dichos beneficiarios.
Por lo anterior, se concluye que la Delegación Miguel Hidalgo ejerció recursos con cargo
al capítulo 4000 “Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Otras Ayudas”, al amparo
del programa de desarrollo social “La Protectora”; sin embargo, no cumplió el objetivo del
subprograma “Apoyo a Jefas de Familia” seleccionado para su revisión.
Recomendación ASCM-76-15-5-MH
Es necesario que la Delegación Miguel Hidalgo establezca mecanismos de supervisión
para asegurar que los recursos otorgados al amparo de los programas sociales a su cargo,
se destinen al cumplimiento de los objetivos establecidos en sus reglas de operación.
54
19. Resultado
Se verificó que la Delegación Miguel Hidalgo hubiese entregado a la Comisión de Desarrollo
Social de la ALDF la evaluación interna del programa social sujeto a revisión y que la
hubiese publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, de conformidad con el artículo 42,
tercer y sexto párrafos, de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal vigente en 2015.
Al respecto, mediante el oficio núm. DMH/DEDS/JUDCS/333/2017 de fecha 1o. de febrero
de 2017, el Jefe de Unidad Departamental de Control y Seguimiento de Desarrollo Social de
la Delegación Miguel Hidalgo proporcionó la Gaceta Oficial de la Ciudad de México del
30 de junio de 2016, en la que se publicó el “Aviso por el que se da a conocer la evaluación
interna del Programa Social ‘La Protectora’, a cargo de la Delegación Miguel Hidalgo, en el
Ejercicio Fiscal 2015”. Lo anterior, en cumplimiento de la normatividad aplicable.
Asimismo, con el oficio núm. DMH/DESI/SRF/UDC/24/2017 del 7 de febrero de 2017, la
Jefa de Unidad Departamental de Contabilidad proporcionó nota informativa sin número de
fecha 1o. de febrero de 2017, la cual incluye firmas de elaboración del Líder Coordinador
de Proyectos de Trabajo Social, de revisión del Jefe de Unidad Departamental de Programas
Sociales y de autorización del Director de Desarrollo Humano y Fomento Cooperativo de
la Delegación Miguel Hidalgo; mediante dicha nota se informó lo siguiente:
“Se hace de su conocimiento que se procedió una búsqueda exhaustiva de la información
solicitada, tal búsqueda involucró tanto a la Dirección de Desarrollo Humano y Fomento
Cooperativo, como a la Jefatura de Unidad Departamental de Programas Sociales, ambas
adscritas a la Dirección Ejecutiva de Desarrollo Social, tal búsqueda se centró en buscar
los oficios mediante los cuales se informó al Consejo de Evaluación del Desarrollo Social
del Distrito Federal sobre las Evaluaciones Internas de los programas sociales operados
por la Delegación Miguel Hidalgo, así como los resultados de las citadas evaluaciones
internas correspondientes al ejercicio auditado […] sin localizar la información requerida.”
En la reunión de confronta, celebrada el 4 de mayo de 2017, el Director Ejecutivo de Servicios
Internos de la Delegación Miguel Hidalgo, en su carácter de representante de la titular
del órgano político-administrativo, no presentó información ni documentación relacionada
con el presente resultado, por lo que la observación prevalece.
55
Por lo anterior, la Delegación Miguel Hidalgo no acreditó que se hubiese entregado la
evaluación interna del programa social sujetó a revisión a la Comisión de Desarrollo
Social de la ALDF, por lo que el órgano político-administrativo incumplió el artículo 42,
sexto párrafo, de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal vigente en 2015, que
establece:
“Los resultados de las evaluaciones internas […] serán publicados en la Gaceta Oficial del
Distrito Federal, incluidos en el Sistema de Información del Desarrollo Social y entregados
a la Comisión de Desarrollo Social de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal. En el
caso de las evaluaciones que realice el Consejo de Evaluación, sus resultados serán
publicados y entregados una vez que tengan carácter definitivo, mientras que, los resultados
de las evaluaciones internas serán publicados y entregados en un plazo no mayor a seis
meses después de finalizado el ejercicio fiscal.”
Cabe señalar que en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México del 30 de junio de 2016 se
señaló la evaluación del impacto alcanzado por el programa de desarrollo social “La Protectora”.
Se concluye que la Delegación Miguel Hidalgo publicó en la Gaceta Oficial de la Ciudad
de México del 30 de junio de 2016 la evaluación interna del programa social sujeto a revisión
dentro del plazo establecido, en la que se incluyó la evaluación del impacto alcanzado por el
programa sujeto a revisión, de acuerdo con la normatividad aplicable vigente en 2015;
sin embargo, no acreditó que se hubiese entregado a la Comisión de Desarrollo Social
de la ALDF la evaluación interna correspondiente, en contravención de lo señalado en la
normatividad aplicable vigente en 2015.
Recomendación ASCM-76-15-6-MH
Es necesario que la Delegación Miguel Hidalgo establezca mecanismos de control
para asegurar que las evaluaciones internas de los programas sociales a su cargo sean
entregadas a la Comisión de Desarrollo Social de la Asamblea Legislativa de la Ciudad
de México, y se deje evidencia de ello, de conformidad con lo establecido en la Ley de
Desarrollo Social para el Distrito Federal.
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20. Resultado
Se verificó que la Delegación Miguel Hidalgo hubiese elaborado y entregado oportunamente
los informes y reportes mensuales y trimestrales, de conformidad con el artículo 34,
fracción III, de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal; y 101, último párrafo,
de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal, vigentes en 2015.
Al respecto, se obtuvo lo siguiente:
1. En respuesta al oficio núm. ACF-B/16/1236 del 11 de octubre de 2016, mediante el oficio
núm. SFCDMX/SE/DGCNCP/4430/2016 del 21 de octubre de 2016, el Director General
de Contabilidad, Normatividad y Cuenta Pública de la SEFIN envió copia simple de los
oficios núms. SG/3937/2015, SG/7056/2015 y SG/11529/2015 del 15 de mayo, 14 de agosto
y 13 de noviembre, todos de 2015, respectivamente; y SG/01803/2016 del 10 de febrero
de 2016, con los que el Secretario de Gobierno del Distrito Federal remitió al Presidente de
la Comisión de Gobierno de la ALDF los informes de avance trimestral correspondientes
a los cuatro trimestres de 2015, en ejercicio de la atribución conferida en el artículo 23,
fracción III, de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal vigente
en 2015.
Con el envío de los informes de avance trimestral correspondientes a los cuatro trimestres
de 2015, los cuales contienen los datos relativos a la denominación del programa,
fecha de publicación de las reglas de operación, Delegación, colonia, tipo y total de
beneficiarios, así como la población objetivo y los presupuestos programado y ejercido,
se cumplió el artículo 34, fracción III, de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito
Federal vigente en 2015.
2. Mediante el oficio núm. ACF-B/DA“A”/17/002 del 27 de enero de 2017, se solicitó a la
Delegación Miguel Hidalgo que proporcionara copia simple legible de los reportes
y oficios de comunicación enviados a la CGDF sobre el monto global y los beneficios
de las ayudas y los donativos otorgados en 2015, previstos en el artículo 101 de la
Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente vigente en dicho ejercicio fiscal. En respuesta
al requerimiento, con el oficio núm. DMH/DESI/UDC/056/2017 del 7 de marzo de 2017,
la Jefa de Unidad Departamental de Contabilidad de la Delegación Miguel Hidalgo
proporcionó copia de ocho oficios correspondientes a los meses de febrero, marzo,
57
abril, mayo, junio, julio, agosto y septiembre de 2015, con los que se remitieron al
Director General de Egresos “B” en la SEFIN los reportes denominados “Reporte del
Ejercicio de la Partida 4412 ‘Ayudas Sociales a Personas u Hogares de Escasos
Recursos’, 4419 ‘Otras Ayudas Sociales a Personas’ y 4421 ‘Becas y Otras Ayudas
para Programas de Capacitación’”, del mes correspondiente en 2015. Sin embargo,
los oficios proporcionados no muestran evidencia de haber sido remitidos a la CGDF,
ni presentan sello de recibido por dicha autoridad.
En la reunión de confronta, celebrada el 4 de mayo de 2017, el Director Ejecutivo de
Servicios Internos de la Delegación Miguel Hidalgo, en su carácter de representante de la
titular del órgano político-administrativo, no presentó información ni documentación
relacionada con el numeral 2 del presente resultado, por lo que la observación prevalece.
Por lo anterior el órgano político-administrativo no acreditó haber informado a la
CGDF el monto total global y beneficios de las ayudas y donativos otorgados en 2015,
por lo que incumplió el artículo 101, último párrafo, de la Ley de Presupuesto y Gasto
Eficiente del Distrito Federal vigente en 2015, que establece:
“Las […] Delegaciones […] deberán informar a la Contraloría, en el ámbito de sus
respectivas competencias, el monto global y los beneficios de las ayudas, apoyos
y donativos otorgados.”
Por lo anterior, se concluye que la Delegación Miguel Hidalgo presentó los informes a la ALDF
relacionados con el ejercicio de los recursos con cargo al capítulo 4000 “Transferencias,
Asignaciones, Subsidios y Otras Ayudas”; sin embargo, no acreditó haber informado a la CGDF
sobre el monto global de las ayudas otorgadas en 2015.
Recomendación ASCM-76-15-7-MH
Es necesario que la Delegación Miguel Hidalgo establezca mecanismos de control para
asegurar que se informe a la Contraloría Interna, en el ámbito de sus respectivas
competencias, el monto global y los beneficios de las ayudas, apoyos y donativos
otorgados, de acuerdo con la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal.