charla sobre la cmlp y reclamos de posición escalafonaria

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Invitamos a los/as trabajadores/as del Centro Atómico Constituyentes participar de una charla informativa sobre la CMLP (Comisión Mixta Laboral Permanente) y los reclamos de posición escalafonaria.La charla tendrá una breve introducción sobre función y alcance de la CMLP para los que no conocen el tema, y luego se explicará la nueva metodología que se está aplicando en ella para tratar reclamos de posición escalafonaria interpuestos por el personal. Se aclararán dudas, se discutirá y se recibirán propuestas al respecto.Dado que no existe una carrera laboral con reglas claras y transparentes, el único recurso que nos queda para promocionar de categoría es interponiendo un reclamo de posición escalafonaria.La fecha fijada para dicha charla es el miércoles 30 de Septiembre a las 10:00 horas (PUNTUAL) en el Auditorio Emma Pérez Ferreira.Convocamos: Representantes en la CMLP por ATE, APCNEAN, ATCNEA y PERSONAL.

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  • Comisin Mixta Laboral Permanente

    Representantes porATE

    APCNEANATCNEAPersonal

    [email protected]; [email protected]; [email protected]

  • R.D. N 10 - 14/04/1999 Rgimen Laboral de la COMISION NACIONAL DE ENERGIA

    ATOMICA B.A.P. N 18/99

    CAPITULO III- UBICACIN ESCALAFONARIA Y CARRERA DEL PERSONAL ARTICULO 8.- El sistema escalafonario comprende Tramos, Niveles y Grados. ARTICULO 9- Se entender por "Tramo" al grupo de funciones segn su

    responsabilidad, complejidad, autonoma y exigencias de capacitacin formal. ARTICULO 10.- Se entender por "Niveles", a la diferenciacin fundada en los

    distintos estadios de la especializacin y experiencia alcanzada dentro de cada tramo.

    ARTICULO 11.- Se entender por "Grados" a las posiciones a que acceder el personal sobre la base de la evaluacin del desempeo y rendimiento en la funcin concreta asignada en cada Nivel.

    ARTICULO 12.- Los requisitos y responsabilidades mnimas para revistar en cada tramo se establecen en el Anexo I.

    ARTICULO 13.- El ttulo habilitante, la especialidad o el oficio que posea el personal no sern por s solos condicin suficiente para pertenecer a un determinado Tramo.

    ARTICULO 14.- El ingreso al Tramo "Superior" se efectuar por Resolucin del Directorio.

    ARTICULO 15.- La escala remuneratoria se establece en el Anexo II.

  • ESCALAFON PARA EL PERSONAL DE LA CNEA (BAP 21/02)

    Se fija el valor de la unidad retributiva

    TRAMO NIVEL GRADO 0Inicial

    GRADO 1 GRADO 2

    SUPERIOR (1)

    1 1000 1060 0

    PRINCIPAL A (2) 2 830 880 9301 700 740 780

    PRINCIPAL B (3) 2 600 630 6601 520 540 570

    PRINCIPAL C (4) 2 455 480 5001 380 400 425

    AUXILIAR(5)

    2 300 320 3401 235 250 270

    APOYO(6)

    2 170 200 2101 100 130 150

  • Promociones:

    Carrera Laboral: las promociones deberan estar ligadas a los resultados de las evaluaciones peridicas y anuales.

    En la actualidad no existe una carrera laboral en CNEA.

  • PROMOCIONES

    RECLAMO DE POSICIN ESCALAFONARIA!

  • Camino del Reclamo

    ida

    regresodel expedienteY notificacin

  • Qu es la CMLP?

    BAP 18/99:

    ARTICULO 63.- En la C.N.E.A. funcionar una Comisin Mixta Laboral Permanente que actuar como rgano asesor del Presidente del Directorio en los siguientes temas:a) Ingresos y Egresos.b) Pases entre tramos del escalafn.c) Promocin del personal.d) Reclamos interpuestos por el personal en relacin con las calificaciones y evaluaciones del desempeo.e) Polticas institucionales en generalf) Revisin peridica del Rgimen Laboral.

  • Funciones y competencias de la CMLP:

    BAP N 27/99 R.D. 18/99; Artculo 7:

    ARTCULO 7.- COMPETENCIALa Comisin Mixta Laboral Permanente, entender en todo lo relativo a:7.1.- Ingreso de personal a la CNEA.7.1.1.- Propuesta de Tramo y Nivel que entienda corresponde al perfil del puesto a cubrir.7.2.- Egreso de personal por las causas establecidas en los Artculos 36 y 53 del Rgimen Laboral aprobado por Resolucin del Directorio N 10/99. A reglamentar.7.3.- Pases entre Tramos del Escalafn.7.3.1.- Verificar la concordancia de los requisitos y responsabilidades que desempea o desempear el agente y el Tramo y Nivel propuesto.7.4.- Promocin del personal.7.4.1.- Efectuar la propuesta de promocin segn lo establecido en el Artculo 30 del Rgimen Laboral.7.4.2.- Establecer el orden de mrito provisorio o declarar desierta la promocin.7.4.3.- Comunicar a los involucrados en forma documentada, los resultados de su actuacin.7.5.- Dictaminar en los reclamos interpuestos por el personal en relacin con las calificaciones y evaluaciones del desempeo.7.5.1.- Aconsejar respecto de la procedencia del reclamo, consignando las correcciones a introducir en las consideraciones generales y/o en las calificaciones emitidas por las instancias calificadoras.7.5.2.- Aconsejar el rechazo del reclamo o la confeccin de una nueva calificacin indicando las causas que lo motivan.7.5.3.- Dictaminar en los reclamos que se interpusieran en los casos de Ingreso a la Institucin, Pases entre Tramos del Escalafn y Promociones.7.6.- Polticas institucionales en general. A reglamentar7.7.- Revisin Peridica del Rgimen Laboral. A reglamentar

  • Funciones y competencias de la CMLP:

    BAP N 27/99 R.D. 18/99; Artculo 7:

    ARTCULO 10.- DICTMENES10.1.- Los dictmenes de la Comisin sern declarativos y no causarn estado, hasta tanto el Presidente del Directorio de la CNEA o en quin este delegue esa facultad, dicte el pronunciamiento definitivo.

    UN (1) Miembro Titular y DOS (2) Miembros Suplentes propuestos por

    ATE ATCNEA APCNEAN UPCN DOS (2) Miembros Titulares y DOS (2) Miembros Suplentes elegidos por el personal.

    CUATRO miembros titulares y CUATRO suplentes en representacin de la Institucin

    Composicin

  • Criterios para el anlisis de los reclamos de posicin escalafonaria

    Esta CMLP acord la actualizacin de los criterios que se utilizarn para el anlisis de los reclamos de posicin escalafonaria iniciados por el personal:Utilizaremos la propuesta de Desarrollo Laboral plasmada en las curvas B y C (de acuerdo a lo fundamentado por esta CMLP en el ACTA 182/12), a partir de un TNG correspondiente a la fecha de inicio de las actividades en CNEA cuya definicin se describe ms adelante (TNG de Partida)En caso que no se cuente con evaluaciones de desempeo, se utilizar la curva testigo B.

  • TNG de Partida:Se determinar el TNG de partida correspondiente a la fecha de inicio de las

    actividades en CNEA bajo cualquier modalidad, segn los criterios abajo mencionados:

    Se sugerir:Tramo 5: ttulo secundarioTramo 4: ttulo profesional (carrera de al menos 4 aos de duracin).Nivel 1: en casos de experiencia laboral especfica menor a 3 aos; Nivel 2: en casos de experiencia laboral especfica igual o mayor a 3 aos.Grado 1: cuando se cuente con ttulo secundario tcnico, terciario o

    posgrado. Grado 2 : Si se cuenta con al menos 10 aos de experiencia laboral

    especfica en el ttulo, se asignar.

  • Contabilizacin de la experiencia en CNEA

    Se recomienda contabilizar toda la experiencia de los trabajadores que desempearon tareas en CNEA, ya sea en empresas asociadas o con cualquier otra modalidad de contratacin y/o dependencia. (Esto significa que, si el trabajador desarroll tareas dentro y para la institucin, sin importar su relacin de dependencia, su experiencia sera contabilizada en su totalidad como experiencia dentro de CNEA).En el caso de becarios de CNEA o de cualquier otro organismo oficial, que se desempeen en CNEA, ser tenida en cuenta toda su experiencia, tal cual lo reconoce RRHH en la actualidad para ingreso a planta permanente.

    Todo trabajador ser evaluado como administrativo, tcnico o profesional de acuerdo al reconocimiento realizado por CNEA, ya sea por medio de la antigua junta de calificaciones, o por cualquier otro medio. Para carreras mixtas se deber tener en cuenta la experiencia previa a la graduacin. Si al momento de la obtencin del ttulo universitario, el trabajador cuenta con una experiencia mayor a 5 aos, recibir un grado adicional al que le correspondera por el clculo de la carrera mixta al inicio de su carrera profesional.

  • En el caso de que un profesional obtenga el ttulo oficial de posgrado especfico en su rea de incumbencia de duracin mnima de 2 aos, se adicionar 1 grado al TNG resultante de la aplicacin de la metodologa.Luego de haber analizado los ltimos reclamos por posicin escalafonaria interpuestos por personal de CNEA, discutido los criterios con que sern tratados, y vistas las demoras en realizarse las evaluaciones de desempeo de personal, y la falta de criterios claros y generales en la promocin de los agentes, los representantes de esta CMLP solicitan con carcter de urgente:* El cierre del proceso de evaluacin 2010-2012.* La realizacin de la evaluacin 2012-2014.* Discutir y acordar los criterios generales para promocin del personal, con la participacin de esta CMLP y RRHH.

    Adems consideramos de suma importancia que los criterios que sean acordados para promocin de personal sean publicados con anterioridad a la notificacin de la evaluacin 2012-2014.Sera importante adems que a partir de ahora, se contemplen evaluaciones de caractersticas similares para el personal bajo distintas modalidades contractuales, para que cuando cambie su posicin de revista, se tengan las herramientas para evaluar su trayectoria dentro de la Institucin.

  • Se resuelve modificar el texto aprobado en el ACTA 286/15 mediante la incorporacin del siguiente prrafo final (ACTA 289/15): Para aquellos reclamantes con menos de seis (6) aos de desempeo en la Institucin se elegir la opcin ms favorable para el trabajador entre las siguientes 2 posibilidades: 1- los criterios arriba mencionados 2- el TNG que surgiera de aplicar la curva propuesta por Desarrollo Laboral. -------------------------------------

    Para los casos en que se sugiera un TNG mayor al reclamante, se agregar la frase: Esta CMLP recomienda que la posicin escalafonaria propuesta absorba futuras promociones, fruto de procesos de evaluacin pendientes a la fecha.

  • Modelo de reclamo

    Fechas: antigedad en la CNEA: BecaContrato Universidad o Plazo Fijo o planta permanente

    Form. acadmica: Fechas ttulos

    Evaluaciones2001-20072007-20102010-2012

    [email protected]; [email protected]; [email protected]

  • Cmo seguir el expediente?Para poder ver dnde se encuentra el expediente dentro de CNEA existe la pgina Find doc: http://finddoc.cnea.gov.ar/finddoc/VerExpediente

    Se debe ingresar el CUDAP con la forma:EXP-CNA:xxxxxxx/20xx

  • Consultas:

    [email protected];

    [email protected];

    [email protected]

  • Tramo T N GCategoras

    de Referencia

    Esc A Esc B Esc C Esc D Esc E Esc F

    1

    SUP 1 1 0 Gerente

    2

    1

    2 0 Subgerente A1

    2

    1

    PR A 2 1 0 Depto. A2

    2

    1 A3

    2 0 A4

    2

    1 A5

    PR B 3 1 0 Divisin A6 B5

    2

    1 A7 B6 C5

    2 0 A8

    2 B7 C6

    1 A9 B8

    PR C 4 1 0 Seccin A10 B9 C7

    Equivalencias con escalafn anterior

  • 2 B10

    1 A11-A12 B11 C8

    2 0 B12

    2 B13 C9 E8

    1 B14-B15 D12 E10 F10

    AUX 5 1 0 D14 F12

    2

    1

    2 0

    2

    1

    APOYO 6 1 0

    Tramo T N GCategoras

    de Referencia

    Esc A Esc B Esc C Esc D Esc E Esc F

    Comisin Mixta Laboral PermanenteRepresentantes porATEAPCNEANATCNEAPersonalR.D. N 10 - 14/04/1999 Rgimen Laboral de la COMISION NACIONAL DE ENERGIA ATOMICA B.A.P. N 18/99 ESCALAFON PARA EL PERSONAL DE LA CNEA (BAP 21/02)Se fija el valor de la unidad retributivaPromociones:PROMOCIONESSlide Number 6Slide Number 7Slide Number 8Slide Number 9Slide Number 10Slide Number 11Slide Number 12Slide Number 13Slide Number 14Slide Number 15Slide Number 16Slide Number 17Slide Number 18Slide Number 19Slide Number 20