cÓdigo de conducta de la comisiÓn nacional de Áreas

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1 CÓDIGO DE CONDUCTA DE LA COMISIÓN NACIONAL DE ÁREAS NATURALES PROTEGIDAS

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Page 1: CÓDIGO DE CONDUCTA DE LA COMISIÓN NACIONAL DE ÁREAS

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CÓDIGO DE CONDUCTA DE LA

COMISIÓN NACIONAL

DE ÁREAS NATURALES PROTEGIDAS

Page 2: CÓDIGO DE CONDUCTA DE LA COMISIÓN NACIONAL DE ÁREAS

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ÍNDICE

I. Introducción. 3

II. Marco Jurídico. 4

III. Glosario. 5

IV. Objetivo. 9

V. Carta Invitación. 9

VI. Ámbito de Aplicación y Obligatoriedad. 10

VII. Carta Compromiso. 11

VIII. Protesta del Código de Conducta 11

IX. Conductas de las personas Servidoras Públicas. 11

A. Uso de Cargo Público. 11

1. Conflicto de Interés. 11

2. Conocimiento y Aplicación de Leyes y Normas. 12

3. Cumplimiento de la persona Servidora Pública. 12

4. Toma de Decisiones. 13

5. Uso y Asignación de Recursos. 13

B. Uso de la Información y Rendición de Cuentas. 13

C. Relaciones Convivencia Institucional. 14

1. Relación con la Sociedad 14

2. Atención a Quejas y Denuncias 14

3. Relaciones con otras Dependencias y Entidades Gubernamentales 15

4. Equidad de Género 15

5. Conciliación entre la Vida Familiar y Laboral 16

6. Clima y Cultura Organizacional 16

7. Salud, Higiene y Seguridad 17

8. Desarrollo Integral y Permanente 17

9. Medio Ambiente y Recursos Naturales 18

I. Protección Ambiental 18

II. Aprovechamiento Sustentable de los Recursos Naturales. 18 10. Nueva Normalidad.

19

X. Identificación de Riesgos. 19

XI. Instancia Encargada de la Interpretación, Consulta y Asesoría. 19

XII. Mecanismos de participación de las personas Servidoras Públicas en la elaboración de Código de conducta. 20

XIII. Propuesta de Mejora. 20

XIV. Transitorios. 21

XV. Aprobación. 21

ANEXO ÚNICO 22

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I. Introducción.

En el Estado democrático y moderno en donde privan los derechos humanos, a la transparencia y al

acceso a la información pública, resulta indispensable que la función pública se apegue a los

principios constitucionales y legales de Legalidad, Honradez, Lealtad, Imparcialidad y Eficiencia,

Economía, Disciplina, Profesionalismo, Objetividad, Transparencia, Rendición de cuentas,

Competencia por mérito, Eficacia, Integridad y Equidad que fortalezcan las instituciones públicas y

que a su vez responda a las necesidades de la sociedad.

En este contexto, las instituciones en general y en lo particular en la CONANP inculcan a sus personas

Servidoras Públicas , los principios constitucionales y legales, así como los valores que rigen en la

Administración Pública Federal, de tal manera que la conducta ética con la que se conducen, es el

resultado de una convicción propia antes que una obligación, actuando con integridad tanto en su vida

de servicio como en el ámbito privado, convencidos de la dignidad y trascendencia de tales

comportamientos.

El Código de Conducta de la CONANP, busca que prevalezca los valores éticos en su quehacer diario,

entre las personas Servidoras Públicas de la CONANP a efecto de fortalecer la transparencia, la

rendición de cuentas, la legalidad y el combate a la corrupción como entidad del sector ambiental,

poniendo nuestro mejor esfuerzo para conservar los ecosistemas más representativos de México y su

biodiversidad, mediante las Áreas Naturales Protegidas y otras modalidades de conservación,

fomentando una cultura de la conservación y el desarrollo sustentable de las comunidades asentadas

en su entorno, con criterios de inclusión y equidad.

Por tal motivo, el presente Código es aplicable a todo el personal de la CONANP, sin importar su

cargo, nivel, rango, régimen de contratación o cualquier otra circunstancia.

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II. Marco Jurídico.

Ley General de Responsabilidades Administrativas

(DOF. 12/10/2018)

Ley General del Sistema Nacional Anticorrupción

(DOF. 18/07/2016)

Acuerdo por el que se expide el protocolo de actuación en materia de contrataciones públicas,

otorgamiento y prórroga de licencias, permisos, autorizaciones y concesiones,

(D.O.F. 20-VIII-2015). Reformado (D.O.F 19-II-2016 y 28-II-2017).

Acuerdo que tiene por objeto emitir el Código de Ética de los servidores públicos del Gobierno

Federal, las Reglas de Integridad para el ejercicio de la función pública, y los Lineamientos

generales para propiciar la integridad de los servidores públicos y para implementar acciones

permanentes que favorezcan su comportamiento ético, a través de los Comités de Ética y de

Prevención de Conflictos de Interés

(DOF. 20-08-2015, última reforma publicada en el DOF. 28-12-2020).

ACUERDO por el que se dan a conocer los Lineamientos para la emisión del Código de Ética a

que se refiere el artículo 16 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas”.

(DOF: 12/10/2018)

ACUERDO por el que se emite el Código de Ética de las personas servidoras públicas del

Gobierno Federal.

(DOF. 05/02/2019)

Guía para la elaboración y actualización del Código de Conducta de las Dependencias y

Entidades de la Administración Pública Federal, así como las empresas productivas del Estado.

(SSECCOE. Abril 2019).

Ley Federal de Austeridad Republicana (DOF. 19/11/2019).

Protocolo para la prevención, atención y sanción del hostigamiento sexual y acoso sexual

(DOF. 03/01/2020)

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III. Glosario.

Acoso u Hostigamiento laboral: (También conocido como mobbing) comportamiento negativo entre

superiores e inferiores jerárquicos de la CONANP, a causa del cual el/la afectado/a es sometido a

acoso y ataques sistemáticos de manera continua, de modo directo o indirecto, por parte de una o

más personas. Y alude a la violencia psíquica y, con regularidad, el objetivo es anular totalmente a su

víctima para conseguir a mediano o largo plazo que abandone el trabajo, recortando para ello su

capacidad de comunicación y de interacción con los compañeros y compañeras, rebajando tanto sus

responsabilidades como su participación en la vida laboral y social de la organización.

Acoso u Hostigamiento Sexual: Es una forma de violencia en la que, si bien no existe la

subordinación, hay un ejercicio abusivo de poder que conlleva a un estado de indefensión y de riesgo

para la víctima, ya sea que se realice en uno o varios eventos.

ANP: Área Natural Protegida.

Cargo público:Cargo, empleo o comisión que se ejerce dentro de la administración pública.

CEPCI: Comité de Ética y de Prevención de Conflictos de Intereses de la CONANP

Competencia por mérito: Las personas servidoras públicas deberán ser seleccionados para sus puestos de acuerdo a su habilidad profesional, capacidad y experiencia, garantizando la igualdad de oportunidad, atrayendo a los mejores candidatos para ocupar los puestos mediante procedimientos transparentes, objetivos y equitativos.

CONANP: Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas

Cooperación: Las personas servidoras públicas colaboran entre sí y propician el trabajo en equipo para alcanzar los objetivos comunes previstos en los planes y programas gubernamentales, generando así una plena vocación de servicio público en beneficio de la colectividad y confianza de la ciudadanía en sus instituciones.

Derechos Humanos: Facultades, prerrogativas, intereses y bienes de carácter cívico, político,

económico, social, cultural, personal e íntimo, cuyo bien es proteger la vida, la libertad, la justicia, la

integridad, el bienestar y la propiedad de cada persona frente a la autoridad.

Disciplina: Las personas servidoras públicas desempeñarán su empleo, cargo o comisión, de manera

ordenada, metódica y perseverante, con el propósito de obtener los mejores resultados en el servicio

o bienes ofrecidos.

Discriminación: Distinción, exclusión, restricción o preferencia que, por acción u omisión, con

intención o sin ella, no sea objetiva, racional ni proporcional y tenga por objeto o resultado

obstaculizar, restringir, impedir, menoscabar o anular el reconocimiento, goce o ejercicio de los

derechos humanos y libertades, cuando se base en uno o más de los siguientes motivos: el origen

étnico o nacional, el color de piel, la cultura, el sexo, el género, la edad, las discapacidades, la

condición social, económica, de salud o jurídica, la religión, la apariencia física, las características

genéticas, la situación migratoria, embarazo, la lengua, las opiniones, las preferencias sexuales, la

identidad obligación política, el estado civil, la situación familiar, las responsabilidades familiares, el

idioma, los antecedentes penales o cualquier otro motivo. También se entenderá como

discriminación la homofobia, misoginia, cualquier manifestación de xenofobia, segregación racial,

antisemitismo, así como la discriminación racial y otras formas conexas de intolerancia.

DOF: Diario Oficial de la Federación.

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Economía: Las personas servidoras públicas en el ejercicio del gasto público administrarán los bienes,

recursos y servicios públicos con legalidad, austeridad y disciplina, satisfaciendo los objetivos y metas

a los que estén destinados, siendo éstos de interés social.

Eficacia: Las personas servidoras públicas actúan conforme a una cultura de servicio orientada al logro de resultados, procurando en todo momento un mejor desempeño de sus funciones a bien de alcanzar las metas institucionales según sus responsabilidades y mediante el uso responsable y claro de los recursos públicos, eliminando cualquier ostentación y discrecionalidad indebida en su aplicación.

Eficiencia: Las personas servidoras públicas actúan en apego a los planes y programas previamente establecidos y optimizan el uso y la asignación de los recursos públicos en el desarrollo de sus actividades para lograr los objetivos propuestos.

Entorno Cultural y Ecológico: Las personas servidoras públicas en el desarrollo de sus actividades evitan la afectación del patrimonio cultural de cualquier nación y de los ecosistemas del planeta; asumen una férrea voluntad de respeto, defensa y preservación de la cultura y del medio ambiente, y en el ejercicio de sus funciones y conforme a sus atribuciones, promueven en la sociedad la protección y conservación de la cultura y el medio ambiente, al ser el principal legado para las generaciones futuras.

Equidad: Las personas servidoras públicas procurarán que toda persona acceda con justicia e igualdad al uso, disfrute y beneficio de los bienes, servicios, recursos y oportunidades.

Equidad de Género: Las personas servidoras públicas, en el ámbito de sus competencias y atribuciones, garantizan que tanto mujeres como hombres accedan con las mismas condiciones, posibilidades y oportunidades a los bienes y servicios públicos; a los programas y beneficios institucionales, y a los empleos, cargos y comisiones gubernamentales.

Ética: Conjunto de costumbres y normas que dirigen o valoran el comportamiento humano en una

comunidad.

Género: Conjunto de ideas, creencias y atribuciones sociales y políticas construidas en cada cultura y

momento histórico, tomando como base la diferencia sexual; a partir de ello se construyen los

conceptos de “masculinidad” y feminidad”, los cuales establecen normas y patrones de

comportamiento, funciones, oportunidades, valoraciones y relaciones entre mujeres y hombres.

Guía: Documento emitido por la Unidad Especializada en Ética y Prevención de Conflictos de Interés

de la Secretaría de la Función Pública, para la elaboración y actualización del Código de Conducta de

las Dependencias y Entidades de la Administración Pública Federal, así como las empresas

productivas del Estado

Honradez: Las personas servidoras públicas se conducen con rectitud sin utilizar su empleo, cargo o comisión para obtener o pretender obtener algún beneficio, provecho o ventaja personal o a favor de terceros, ni buscan o aceptan compensaciones, prestaciones, dádivas, obsequios o regalos de cualquier persona u organización, debido a que están conscientes que ello compromete sus funciones y que el ejercicio de cualquier cargo público implica un alto sentido de austeridad y vocación de servicio.

Igualdad y no discriminación: Las personas servidoras públicas prestan sus servicios a todas las personas sin distinción, exclusión, restricción, o preferencia basada en el origen étnico o nacional, el color de piel, la cultura, el sexo, el género, la edad, las discapacidades, la condición social, económica, de salud o jurídica, la religión, la apariencia física, las características genéticas, la situación migratoria, el embarazo, la lengua, las opiniones, las preferencias sexuales, la identidad o obligación política, el

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estado civil, la situación familiar, las responsabilidades familiares, el idioma, los antecedentes penales o en cualquier otro motivo.

Imparcialidad: Las personas servidoras públicas dan a la ciudadanía, y a la población en general, el mismo trato, sin conceder privilegios o preferencias a organizaciones o personas, ni permiten que influencias, intereses o prejuicios indebidos afecten su compromiso para tomar decisiones o ejercer sus funciones de manera objetiva.

Integridad: Las personas servidoras públicas actúan siempre de manera congruente con los principios que se deben observar en el desempeño de un empleo, cargo, comisión o función, convencidas en el compromiso de ajustar su conducta para que impere en su desempeño una ética que responda al interés público y generen certeza plena de su conducta frente a todas las personas con las que se vinculen u observen su actuar.

Interés Público: Las personas servidoras públicas actúan buscando en todo momento la máxima atención de las necesidades y demandas de la sociedad por encima de intereses y beneficios particulares, ajenos a la satisfacción colectiva.

Lealtad: Las personas servidoras públicas corresponden a la confianza que el Estado les ha conferido; tienen una vocación absoluta de servicio a la sociedad, y satisfacen el interés superior de las necesidades colectivas por encima de intereses particulares, personales o ajenos al interés general y bienestar de la población.

Legalidad: Las personas servidoras públicas hacen sólo aquello que las normas expresamente les confieren y en todo momento someten su actuación a las facultades que las leyes, reglamentos y demás disposiciones jurídicas atribuyen a su empleo, cargo o comisión, por lo que conocen y cumplen las disposiciones que regulan el ejercicio de sus funciones, facultades y atribuciones.

Liderazgo: Las personas servidoras públicas son guía, ejemplo y promotoras del Código de Ética y las Reglas de Integridad; fomentan y aplican en el desempeño de sus funciones los principios que la Constitución y la ley les imponen, así como aquellos valores adicionales que por su importancia son intrínsecos a la función pública.

Objetividad: Las personas servidoras públicas deberán preservar el interés superior de las necesidades colectivas por encima de intereses particulares, personales o ajenos al interés general, actuando de manera neutral e imparcial en la toma de decisiones, que a su vez deberán de ser informadas en estricto apego a la legalidad.

OIC: Órgano Interno de Control.

Persona Servidora Pública: Respetando y tomando en cuenta la Equidad de género, se entenderá

como Persona física hombre o mujer que ejerce las funciones previstas para un cargo, empleo o

comisión dentro de la CONANP.

Profesionalismo: Las personas servidoras públicas deberán conocer, actuar y cumplir con las funciones, atribuciones y comisiones encomendadas de conformidad con las leyes, reglamentos y demás disposiciones jurídicas atribuibles a su empleo, cargo o comisión, observando en todo momento disciplina, integridad y respeto, tanto a las demás personas servidoras públicas como a las y los particulares con los que llegare a tratar.

Reglas de integridad: Las Reglas de Integridad para el ejercicio de la función pública, contenidas en el

Acuerdo que tiene por objeto emitir el Código de Ética de los servidores públicos del Gobierno

Federal, las Reglas de Integridad para el ejercicio de la función pública, y los Lineamientos generales

para propiciar la integridad de los servidores públicos y para implementar acciones permanentes que

favorezcan su comportamiento ético, a través de los Comités de Ética y de Prevención de Conflictos

de Interés

(DOF. 20-08-2015, última reforma publicada en el DOF. 22-08-2017)

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Rendición de cuentas: Las personas servidoras públicas asumen plenamente ante la sociedad y sus autoridades la responsabilidad que deriva del ejercicio de su empleo, cargo o comisión, por lo que informan, explican y justifican sus decisiones y acciones, y se sujetan a un sistema de sanciones, así como a la evaluación y al escrutinio público de sus funciones por parte de la ciudadanía.

Respeto: Las personas servidoras públicas se conducen con austeridad y sin ostentación, y otorgan un trato digno y cordial a las personas en general y a sus compañeros y compañeras de trabajo, superiores y subordinados, considerando sus derechos, de tal manera que propician el diálogo cortés y la aplicación armónica de instrumentos que conduzcan al entendimiento, a través de la eficacia y el interés público.

Respeto a los Derechos Humanos: Las personas servidoras públicas respetan los derechos humanos, y en el ámbito de sus competencias y atribuciones, los garantizan, promueven y protegen de conformidad con los Principios de: Universalidad que establece que los derechos humanos corresponden a toda persona por el simple hecho de serlo; de Interdependencia que implica que los derechos humanos se encuentran vinculados íntimamente entre sí; de Indivisibilidad que refiere que los derechos humanos conforman una totalidad de tal forma que son complementarios e inseparables, y de Progresividad que prevé que los derechos humanos están en constante evolución y bajo ninguna circunstancia se justifican un retroceso en su protección.

Riesgo Ético: Se define como las situaciones en las que potencialmente pudieran transgredirse principios, valores o reglas de integridad.

SSECCOE: Sistema de Seguimiento, Evaluación y Coordinación de los Comités de Ética y de Prevención

de Conflictos de Interés.

Transparencia: Las personas servidoras públicas en el ejercicio de sus funciones privilegian el principio de máxima publicidad de la información pública, atendiendo con diligencia los requerimientos de acceso y proporcionando la documentación que generan, obtienen, adquieren, transforman o conservan; y en el ámbito de su competencia, difunden de manera proactiva información gubernamental, como un elemento que genera valor a la sociedad y promueve un gobierno abierto, protegiendo los datos personales que estén bajo su custodia.

UEEPCI: Unidad Especializada en Ética y Prevención de Conflictos de Interés de la Secretaría de la

Función Pública.

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IV. Objetivo.

Fomentar entre las personas Servidoras Públicas de la CONANP, la observancia de los principios constitucionales y legales, los valores y las Reglas de Integridad, reflejando en la prestación del servicio que proporcionan a la ciudadanía, así como en las relaciones humanas y laborales de la Institución, creando un ambiente de respeto que conduce a la sana convivencia entre el personal, así como promover la identidad Institucional y el cumplimiento del Código de Ética de las personas servidoras públicas de la CONANP, mediante la adopción de conductas adecuadas a los principios de Legalidad, Honradez, Lealtad, Imparcialidad y Eficiencia, Economía, Disciplina, Profesionalismo, Objetividad, Transparencia, Rendición de cuentas, Competencia por mérito, Eficacia, Integridad y Equidad en armonía con la Misión y Visión de esta Comisión; así como lo inherente al artículo 23 de la Ley Federal de Austeridad Republicana"

V. Carta Invitación.

Te invito a revisar y utilizar este Código de Conducta como guía permanente de nuestras acciones, para contribuir a la consolidación de una Institución inspirada en la ética del servicio público eficaz, imparcial, eficiente, transparente y responsable. Las personas servidoras públicas estamos comprometidos a una conducta digna que fortalezca a las instituciones públicas y que a su vez responda a las necesidades de la sociedad. Conoce y haz tuyo este Código adoptando cada una de las acciones descritas como una forma de trabajo y un estilo de vida, con el único propósito de designar el servicio público, fortalecer sus instituciones y lograr así el bienestar de la ciudadanía, el respeto a las leyes y el progreso de México. Agradecemos mucho tu colaboración para asegurar su cumplimiento día con día.

En virtud a que el Código de Conducta de la CONANP, es producto de la participación firme, honesta y decidida, por parte de todas y todos los servidores públicos; por lo que insto a que fortalezcamos el compromiso con la nueva ética pública, y observemos su cumplimiento, que nos identifiquemos y adoptemos de su contenido, tenerlo presente en el desempeño de todas nuestras actividades, asumiendo la responsabilidad de cumplir con la integridad, la prevención de Conflictos de interés, evitando incurrir en conductas discriminatorias, de hostigamiento sexual y acoso sexual, así como de no tolerancia a la corrupción.

ATENTAMENTE

ROBERTO AVIÑA CARLÍN

COMISIONADO NACIONAL DE ÁREAS NATURALES PROTEGIDAS

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Misión

Conservar los ecosistemas más representativos de México y su biodiversidad, mediante las Áreas

Naturales Protegidas y otras modalidades de conservación, fomentando una cultura de la

conservación y el desarrollo sustentable de las comunidades asentadas en su entorno, con criterios

de inclusión y equidad.

Visión

La CONANP, consolida el sistema nacional de Áreas Protegidas y otras modalidades de conservación

de los ecosistemas más representativos de México y su biodiversidad de manera corresponsable con

todos los sectores de la sociedad y en coordinación con los tres órdenes de gobierno, promoviendo el

uso sustentable de los recursos naturales, contribuyendo así al desarrollo sustentable, al bienestar de

las comunidades de las ANP del país bajo criterios de inclusión y equidad.

Orienta y da certeza plena a las personas Servidoras Públicas, acerca del comportamiento ético al que

se sujetan en su quehacer cotidiano, con el objetivo de controlar, los Conflictos de interés y riesgos

de corrupción, delimitando su actuación en situaciones específicas en el desempeño de sus

atribuciones, funciones y actividades cotidianas.

Derivado a lo antes mencionado, a través del presente documento se mencionan Conductas

específicas de las personas Servidoras Públicas alineadas a la misión, visión y atribuciones de la

CONANP.

VI. Ámbito de Aplicación y Obligatoriedad.

Este Código es aplicable y debe ser observado por todas las personas que laboren o presten sus servicios en la CONANP, para la conservación de los ecosistemas más representativos de México y su biodiversidad.

Rige la Conducta institucional de todas las personas Servidoras Públicas adscritas a la CONANP siendo

su obligación conocer y dar cabal cumplimiento a los principios y valores contenidos en el Código de

Ética de las personas servidoras públicas del Gobierno Federal; a las Reglas de Integridad para el

ejercicio de la Función Pública, así como las conductas desglosadas en el Código de Conducta de la

CONANP.

Los conceptos y disposiciones establecidas en el presente Código de Conducta son de aplicación y

observancia obligatoria para todas las personas servidoras públicas, que desempeñan un empleo,

cargo o comisión al interior de la CONANP y de todas aquellas que laboren en la misma, sin importar

el tipo de régimen bajo el cual están contratados; así mismo este Código se constituye y prevalece en

concordancia con la Ley Federal de Austeridad Republicana, instrumento que se ha estructurado

para favorecer las mejores prácticas de conducta de las personas servidoras públicas y fortalecer el

cumplimiento de los principios y valores que nos rigen como Órgano Desconcentrado de la

Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales.

El incumplimiento a cualquiera de sus disposiciones será objeto de sanción por conducto de las

autoridades competentes.

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VII. Carta Compromiso.

La Carta Compromiso tiene el propósito de que las personas Servidoras Públicas adscritas a las

dependencias, entidades y empresas productivas del Estado, la firmen, dejando constancia de que

conocen y comprenden el Código de Conducta y, por lo tanto, asumen el compromiso de cumplirlo

durante el desempeño de su empleo, cargo o comisión.

El contenido y formato de la Carta Compromiso está definido y aprobado por el Comité, considerando el

artículo 12 del Código de Ética.

La Carta Compromiso se está disponible para descargar y consultar en la siguiente liga:

http://sirh.conanp.gob.mx/archivos2019/carta_compromiso2019.pdf

VIII. Protesta del Código de Conducta.

El Presente Código de Conducta debe ser protestado por cada una de las personas Servidoras Públicas de la CONANP, en apego a lo dispuesto al segundo párrafo del art. 23 de la Ley Federal de Austeridad Republican.

IX. Conductas de las personas Servidoras Públicas.

A continuación, se señalan y describe el comportamiento ético al que están sujetas las personas

Servidoras Públicas de la CONANP en su quehacer cotidiano, así como su actuación en situaciones

específicas que pueden presentarse conforme a las tareas, funciones o actividades diarias en la

operación y el cumplimiento de los planes y programas de la CONANP, así como las áreas y procesos

que involucren riesgos actos de corrupción.

A. Uso del Cargo Público

1. Conflicto de Interés.

Las personas Servidoras Públicas de la CONANP protegemos nuestra independencia y

evitamos cualquier posible conflicto de intereses, rechazando regalos o gratificaciones que se interpreten como intentos de influir sobre nuestra independencia e integridad.

Las personas Servidoras Públicas de la CONANP no usamos el cargo oficial con propósitos privados y evitamos relaciones que impliquen un riesgo de corrupción o que susciten dudas acerca de su objetividad e independencia.

Las personas Servidoras Públicas de la CONANP no usamos información recibida en el desempeño de sus obligaciones, como medio para obtener beneficios personales o a favor de terceros. Tampoco divulgamos información que otorgue ventajas injustas o injustificadas a otras personas u organizaciones, ni usamos dicha información en perjuicio de terceros.

Promovemos: Los Principios de Legalidad, Lealtad, Imparcialidad, Objetividad, Equidad de Género, Transparencia e Integridad y el Valor de Interés Público.

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2. Conocimiento y Aplicación de Leyes y Normas.

Las personas Servidoras Públicas de la CONANP estamos comprometidos a conocer, cumplir y,

en su caso, hacer cumplir las leyes, reglamentos y normas aplicables a nuestro cargo, puesto o comisión.

Las personas Servidoras Públicas de la CONANP en aquellos casos no contemplados por la Ley o donde exista espacio para la interpretación, debemos conducirnos con criterios de ética, transparencia, rendición de cuentas e integridad, atendiendo a los valores, principios y reglas de integridad Institucionales.

Las personas Servidoras Públicas de la CONANP reconocemos la importancia que tiene para el desarrollo armonioso de una sociedad actuar en un marco de justicia en apego a las leyes del Estado y de sus instituciones, así como a las normas que rigen la actividad profesional.

Las personas Servidoras Públicas de la CONANP desempeñamos nuestras funciones de manera objetiva e imparcial, por lo que en ningún momento buscamos aplicar la normatividad para obtener un beneficio personal o de algún familiar o para beneficiar o perjudicar a un tercero.

Las personas Servidoras Públicas de la CONANP cumplimos los procesos administrativos de la Comisión, conforme a los manuales de organización y procedimientos de la CONANP.

Las personas Servidoras Públicas de la CONANP respetamos las normas y políticas de la institución para la contratación y promoción del personal.

Las personas Servidoras Públicas de la CONANP cumplimos las normas y políticas de la institución para las contrataciones públicas, licencias, permisos, autorizaciones y concesiones.

Promovemos: Los Principios de Legalidad, Lealtad, Imparcialidad, Disciplina, Transparencia y Profesionalismo; y los Valores de Interés Público, Respeto y Liderazgo.

3. Cumplimiento de la persona Servidora Pública.

Las personas Servidoras Públicas de la CONANP anteponemos siempre el interés público en el

ejercicio de nuestro cargo.

Las personas Servidoras Públicas de la CONANP nos abstenemos de realizar cualquier acto que implique abuso de autoridad o de nuestro cargo.

Las personas Servidoras Públicas de la CONANP estamos comprometidos a atender con diligencia a la ciudadanía de forma amable, equitativa, imparcial, sin discriminación y con apego a los derechos humanos.

Las personas Servidoras Públicas de la CONANP actuamos conforme a las leyes, reglamentos y demás disposiciones jurídicas le atribuyan a su empleo, cargo o comisión, por lo que conocemos y cumplimos las disposiciones que regulan el ejercicio de sus funciones.

Las personas Servidoras Públicas de la CONANP anteponemos el interés superior de las necesidades colectivas por encima de intereses particulares, personales o ajenos al interés general y bienestar de la población.

Las personas Servidoras Públicas de la CONANP actuamos conforme a una cultura de servicio orientada al logro de resultados procurando un mejor desempeño de sus funciones a bien de alcanzar las metas institucionales según sus responsabilidades.

Promovemos: Los Principios de Legalidad, Transparencia, Eficiencia, Imparcialidad e Integridad y los Valores de Respeto, Respeto a los Derechos Humanos, Igualdad y No Discriminación; y Cooperación.

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4. Toma de Decisiones.

Las personas Servidoras Públicas de la CONANP tomamos decisiones conforme a criterios de

justicia, equidad y honestidad, partiendo de información clara, veraz y oportuna.

Las personas Servidoras Públicas de la CONANP propiciamos la participación de nuestros compañeros y nuestras compañeras con imparcialidad y Eficiencia, anteponiendo el interés común a los intereses individuales.

Las personas Servidoras Públicas de la CONANP consideramos las peticiones. recomendaciones y propuestas de la ciudadanía en la toma de decisiones.

Las personas Servidoras Públicas de la CONANP emitimos nuestras opiniones con tacto, discreción y respeto hacia nuestros superiores y colaboradores y colaboradoras.

Las personas Servidoras Públicas de la CONANP estamos comprometidos a sustentar

debidamente nuestras propuestas con información confiable, para una toma de decisiones

fundada y prudente.

Promovemos: Los Principios de Imparcialidad, Disciplina, Equidad y Profesionalismo; y los Valores de Interés Público, Respeto, Cooperación y Liderazgo.

5. Uso y Asignación de Recursos.

Las personas Servidoras Públicas de la CONANP administramos los Recursos Humanos,

Materiales y Financieros de la Comisión con responsabilidad, transparencia, racionalidad y Eficiencia.

Las personas Servidoras Públicas de la CONANP cuidamos y mantenemos el buen estado de los recursos de la Comisión que nos proporcionan para desempeñar nuestras funciones, como son: los vehículos, mobiliario, equipo de cómputo, y demás máquinas y herramientas que se nos asignen.

Las personas Servidoras Públicas de la CONANP usamos los recursos de la Comisión para cumplir con nuestras obligaciones y funciones institucionales.

Las personas Servidoras Públicas de la CONANP aprovechamos con Eficiencia el tiempo de nuestra jornada laboral.

Las personas Servidoras Públicas de la CONANP estamos comprometidos a distribuir justa y equitativamente las cargas de trabajo entre nuestros colaboradores y colaboradoras, de acuerdo con el perfil y capacidades de cada persona, sin excepciones ni favoritismos.

Las personas Servidoras Públicas de la CONANP dentro de nuestra jornada laboral, portamos nuestro gafete que nos distingue como personal de la CONANP.

Las personas Servidoras Públicas de la CONANP comprobamos satisfactoriamente los recursos bancarios que se nos otorga, ya sea para llevar a cabo una comisión oficial o para adquirir algún bien conforme con la normatividad en la materia.

Promovemos: Los Principios de Honradez, Lealtad, Economía y Eficiencia; y el Valor de Respeto.

B. Uso de la Información y Rendición de Cuentas.

Las personas Servidoras Públicas de la CONANP proporcionamos a la ciudadanía la

información que ésta nos requiera, con base en la legislación de transparencia y acceso a la información pública gubernamental.

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Las personas Servidoras Públicas de la CONANP actuamos con honestidad, transparencia, prontitud e imparcialidad al proporcionar información pública, sin discriminar o privilegiar a persona alguna.

Las personas Servidoras Públicas de la CONANP garantizamos la organización, clasificación, actualización y conservación de los documentos y archivos a nuestro cargo, con objeto de facilitar el ejercicio del derecho de acceso a la información.

Las personas Servidoras Públicas de la CONANP rendimos cuentas sobre el ejercicio de los recursos públicos destinados al cumplimiento de nuestras funciones y de los programas gubernamentales asignados.

Las personas Servidoras Públicas de la CONANP respetamos las bases, principios, y procedimientos para la utilización y divulgación de la información, garantizando el derecho a toda persona a la protección a sus datos personales.

Promovemos: Los Principios de Rendición de Cuentas, Transparencia y Profesionalismo; y los Valores de Interés Público y Respeto.

C. Relaciones y Convivencia Institucional.

1. Relación con la Sociedad

Las personas Servidoras Públicas de la CONANP prestamos nuestros servicios a la ciudadanía mediante un trato justo, equitativo, respetuoso, y eficiente, orientados siempre por un espíritu de servicio.

Las personas Servidoras Públicas de la CONANP atendemos con equidad a los ciudadanos y ciudadanas y otras personas Servidoras Públicas, sin distinción de género, edad, raza, etnia, credo, religión, preferencias, condición socioeconómica, o nivel educativo, y con atención adecuada a su contexto a la población de la tercera edad, a los niños y niñas, a las personas con discapacidad y a la población indígena.

Las personas Servidoras Públicas de la CONANP respetamos, protegemos y garantizamos los derechos humanos de la ciudadanía establecidos en la Constitución.

Las personas Servidoras Públicas de la CONANP otorgamos a la ciudadanía y a otras personas funcionarias públicas, el mismo trato, por lo que no se conceden privilegios o preferencias ni se permiten influencias, intereses o perjuicios que afecten el compromiso para tomar decisiones o ejercer funciones de manera objetiva.

Promovemos: Los Principios de Integridad e Imparcialidad y los Valores de Respeto, Respeto a los Derechos Humanos, Igualdad y No Discriminación; y Equidad de Género.

2. Atención a Quejas y Denuncias.

Las personas Servidoras Públicas de la CONANP impulsamos una cultura responsable, que propicie la presentación de quejas y denuncias por parte de la ciudadanía, así como de las personas Servidoras Públicas y su posterior seguimiento.

Las personas Servidoras Públicas de la CONANP denunciamos acciones y omisiones irregulares en la administración de los recursos humanos, materiales y bancarios de la Institución, así como los daños causados al ambiente y los recursos naturales.

Las personas Servidoras Públicas de la CONANP fomentamos una cultura responsable para la erradicación de la impunidad, toda vez que la falta de certeza jurídica, desalienta las quejas y denuncias legítimas de la sociedad.

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15

Las personas Servidoras Públicas de la CONANP denunciamos los actos u omisiones que en ejercicio de sus funciones las personas funcionarias públicas de la CONANP llegan a advertir y que pudieran constituir faltas administrativas con forme a la Ley General de Responsabilidades Administrativas.

Promovemos: Los Principios de Legalidad, Eficacia, Profesionalismo y Objetividad; y los Valores de Respeto, Respeto a los Derechos Humanos, Igualdad y No Discriminación; y Equidad de Género.

3. Relaciones con otras Dependencias y Entidades Gubernamentales.

Las personas Servidoras Públicas de la CONANP ofrecemos a las personas Servidoras Públicas

de otras Dependencias y Entidades del Gobierno Federal y de los Gobiernos Locales el apoyo, la atención, la información, la colaboración y el servicio que requieran, con amabilidad y respeto, oportunidad y generosidad.

Las personas Servidoras Públicas de la CONANP usamos la información que nos proporcionen otras instancias gubernamentales únicamente para las funciones propias de la CONANP.

Promovemos: Los Principios de Eficacia, Integridad, Profesionalismo y Objetividad; y los Valores de Respeto, Igualdad y No Discriminación; y Equidad de Género.

4. Equidad de Género.

Las personas Servidoras Públicas de la CONANP promovemos la igualdad de oportunidades

entre mujeres y hombres, y la eliminación de cualquier forma de discriminación en el ejercicio público.

Las personas Servidoras Públicas de la CONANP impulsamos un trato equidario en las condiciones de trabajo de las personas Servidoras Públicas.

Las personas Servidoras Públicas de la CONANP evitamos y denunciamos todo tipo de violencia laboral, incluidos el hostigamiento, la discriminación y el acoso sexual.

Las personas Servidoras Públicas de la CONANP participamos en el proceso de incorporación de la perspectiva de género en todos los procesos institucionales.

Las personas Servidoras Públicas de la CONANP potenciamos el desarrollo de las capacidades de los servidores públicos y las servidoras públicas sin distinción de género.

Las personas Servidoras Públicas de la CONANP reconocemos que la equidad entre mujeres y hombres conlleva a lograr la igualdad sustantiva en los ámbitos económicos, políticos y sociales.

Las personas Servidoras Públicas de la CONANP participamos en las acciones dirigidas a modificar los estereotipos que discriminan y fomentan la violencia de género.

Las personas Servidoras Públicas de la CONANP nos mantenemos informados acerca de las políticas públicas, instrumentos y normas en relación con la equidad entre mujeres y hombres.

Promovemos: Los Principios de Integridad e Imparcialidad y los Valores de Respeto, Respeto a los Derechos Humanos, Igualdad y No Discriminación; y Equidad de Género.

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5. Conciliación entre la Vida Familiar y Laboral.

Las personas Servidoras Públicas de la CONANP compartimos los valores y principios de la

Comisión en nuestro ámbito familiar.

Las personas Servidoras Públicas de la CONANP participamos de las actividades recreativas que promueve la Comisión en compañía de nuestras familias.

Las personas Servidoras Públicas de la CONANP contribuimos a evitar que las mujeres trabajadoras y hombres trabajadores de nuestra Comisión tengan que elegir entre su desarrollo laboral o su vida familiar.

Las personas Servidoras Públicas de la CONANP asumimos la conciliación de la vida laboral y familiar como un derecho.

Las personas Servidoras Públicas de la CONANP participamos en las acciones establecidas por la Comisión, para conciliar la vida laboral y familiar.

Promovemos: Los Principios de Integridad, Equidad de Género, Disciplina, Profesionalismo, Eficacia y Eficiencia; y los Valores de Respeto a los Derechos Humanos, Igualdad y Liderazgo.

6. Clima y Cultura Organizacional.

Las personas Servidoras Públicas de la CONANP promovemos y nos integramos con la cultura

organizacional de la CONANP.

Las personas Servidoras Públicas de la CONANP participamos en los procesos de evaluación del Clima y Cultura Organizacional.

Las personas Servidoras Públicas de la CONANP ejercemos principios de igualdad en el trato con nuestros compañeros y nuestras compañeras de trabajo.

Las personas Servidoras Públicas de la CONANP observamos una conducta de respeto y rectitud hacia todas aquellas personas con las que tenemos trato.

Las personas Servidoras Públicas de la CONANP somos puntuales en las citas, el desarrollo de reuniones y agendas acordadas, por respeto al tiempo de los demás.

Las personas Servidoras Públicas de la CONANP reconocemos los méritos y el trabajo de nuestros compañeros y nuestras compañeras de trabajo.

Las personas Servidoras Públicas de la CONANP evitamos propagar descalificaciones, intrigas y difamaciones, ya que hacerlo contribuye a contaminar nuestro ambiente laboral.

Las personas Servidoras Públicas de la CONANP practicamos diariamente los valores de responsabilidad, honestidad y respeto en nuestro centro de trabajo.

Las personas Servidoras Públicas de la CONANP evitamos alterar el ambiente en nuestro centro de trabajo (con sonidos estridentes que afecten la tranquilidad de las áreas, malos olores, basura, etc.)

Las personas Servidoras Públicas de la CONANP evitamos emplear un lenguaje lascivo y ofensivo hacia nuestros compañeros y nuestras compañeras de trabajo.

Las personas Servidoras Públicas de la CONANP asumimos una corresponsabilidad institucional para rechazar y denunciar el hostigamiento y acoso sexual.

Las personas Servidoras Públicas de la CONANP reconocemos que la integridad física, psíquica y moral, la libertad sexual, la dignidad e intimidad de las personas constituyen derechos tan valiosos, que son protegidos por la Ley.

Las personas Servidoras Públicas de la CONANP reconocemos el derecho de las personas a una vida libre de violencia.

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Las personas Servidoras Públicas de la CONANP asumimos una corresponsabilidad institucional para rechazar y denunciar el hostigamiento o acoso laboral (también conocido como mobbing).

Promovemos: Los Principios de Integridad y Disciplina; y los Valores de Respeto, Entorno Cultural y Ecológico.

7. Salud, Higiene y Seguridad.

Las personas Servidoras Públicas de la CONANP cuidamos nuestra salud y seguridad.

Las personas Servidoras Públicas de la CONANP respetamos y mantenemos orden y limpieza en nuestras áreas de trabajo y en las áreas comunes.

Las personas Servidoras Públicas de la CONANP evitamos poner en riesgo la seguridad de nuestros compañeros y nuestras compañeras de trabajo.

Las personas Servidoras Públicas de la CONANP evitamos fumar en los lugares en donde esté prohibido.

Las personas Servidoras Públicas de la CONANP participamos en las campañas de prevención y detección de enfermedades que se organicen en nuestro centro de trabajo.

Las personas Servidoras Públicas de la CONANP colaboramos de manera responsable en todas las acciones de protección civil, seguridad e higiene de nuestra Comisión.

Promovemos: Los Principios de Integridad y Disciplina; y los Valores de Respeto, Entorno Cultural y Ecológico; y Cooperación.

8. Desarrollo Integral Permanente.

Las personas Servidoras Públicas de la CONANP nos capacitamos y actualizamos de modo

permanente, para desempeñar con calidad y efectividad en nuestros puestos y funciones.

Las personas Servidoras Públicas de la CONANP brindamos las facilidades necesarias a nuestros colaboradores y colaboradoras para que se capaciten, se superen profesionalmente y puedan ser promovidos y promovidas laboralmente.

Las personas Servidoras Públicas de la CONANP somos puntuales en los cursos de capacitación a los que asistimos.

Las personas Servidoras Públicas de la CONANP somos respetuosos de las instrucciones que recibimos de los cursos de capacitación, educación y formación.

Las personas Servidoras Públicas de la CONANP estamos comprometidos a presentar exámenes de evaluación en los cursos de capacitación, educación y formación a los que asistimos.

Las personas Servidoras Públicas de la CONANP participamos activamente en la Detección de Necesidades de Capacitación, Educación y Formación.

Las personas servidoras públicas de la CONANP estamos comprometidas a compartir nuestros conocimientos y experiencia a través de los mecanismos de capacitación que establezca la institución, para que el acervo construido a través de nuestra labor profesional contribuya a un mejor desempeño de todo el personal.

Promovemos: Los Principios de Integridad, Disciplina, Profesionalismo, Eficacia; y Eficiencia y los Valores de Igualdad y No Discriminación, Liderazgo, Respeto a los Derechos Humanos y Equidad de Género.

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9. Medio Ambiente y Recursos Naturales.

i. Protección Ambiental.

Las personas Servidoras Públicas de la CONANP adoptamos como propia la misión de la

SEMARNAT en lo que se refiere a proteger, conservar y aprovechar los recursos naturales.

Las personas Servidoras Públicas de la CONANP fomentamos una cultura de respeto a la naturaleza y cuidado del ambiente dentro y fuera de nuestro trabajo.

Las personas Servidoras Públicas de la CONANP reconocemos y vigilamos el respeto a nuestro derecho y el de nuestras familias a vivir en un medio adecuado para nuestro desarrollo, salud y bienestar.

Las personas Servidoras Públicas de la CONANP respetamos los ecosistemas y la biodiversidad, donde quiera que nos encontremos.

Las personas Servidoras Públicas de la CONANP participamos en los programas y políticas ambientales y de conservación.

Las personas Servidoras Públicas de la CONANP participamos en los procesos de capacitación, educación y formación para la protección del medio ambiente.

Las personas Servidoras Públicas de la CONANP reportamos a las autoridades competentes cualquier fuga de agua, de materiales peligrosos y todo aquel evento que pueda dañar el medio ambiente.

Las personas Servidoras Públicas de la CONANP denunciamos cualquier delito o ilícito ambiental, abuso o desperdicio, manejo irregular e irracional de recursos, dentro y fuera de nuestra Comisión.

ii. Aprovechamiento Sustentable de los recursos naturales.

Las personas Servidoras Públicas de la CONANP somos respetuosos de nuestro ambiente y de

los recursos naturales.

Las personas Servidoras Públicas de la CONANP fomentamos el respeto ambiental en el seno de nuestras familias.

Las personas Servidoras Públicas de la CONANP participamos del Programa de Separación de Residuos contenedores.

Las personas Servidoras Públicas de la CONANP evitamos todo dispendio o desperdicio de Recursos de la Comisión.

Las personas Servidoras Públicas de la CONANP participamos de los procesos de sensibilización para el aprovechamiento sustentable de los recursos naturales.

Las personas Servidoras Públicas de la CONANP participamos con el principio institucional de las tres “R” (Reducir, Reutilizar y Reciclar).

Las personas Servidoras Públicas de la CONANP nos informamos sobre los artículos amigables con el ambiente (compras verdes, sustancias biodegradables, recicladas y reciclables) y promoveremos su uso.

Promovemos: Los Principios de Integridad y Disciplina; y los Valores de Entorno Cultural y Ecológico, Cooperación y Respeto.

Page 19: CÓDIGO DE CONDUCTA DE LA COMISIÓN NACIONAL DE ÁREAS

19

10. Nueva Normalidad.

Las personas servidoras públicas de la CONANP nos capacitamos de acuerdo a las medidas

sanitarias, para enfrentar la pandemia del COVID-19 establecidas por las autoridades de salud.

Las personas servidoras públicas de la CONANP promovemos el cumplimiento de las medidas

sanitarias de la Nueva Normalidad post-COVID-19 en las áreas de trabajo y en la vida cotidiana.

Las personas servidoras públicas de la CONANP nos comprometemos a dar información veraz

sobre COVID-19 y evitamos propagar rumores y noticias falsas sobre la epidemia”.

Promovemos: Los Principios de Integridad y Disciplina; y los Valores de Entorno Cultural y Ecológico, Cooperación y Respeto.

X. Identificación de Riesgos.

De acuerdo a lo establecido en el PAT 2020 de la CONANP, en el punto 5.1.1 que a la letra dice:

"Identificar en la normatividad específica del organismo cuáles son los principales procesos

sustantivos institucionales y seleccionar, de entre los mismos, los cinco que el CEPCI considere que

pueden presentar mayores riesgos de integridad."

Los miembros del CEPCI el pasado 26 de agosto 2020, a través del voto en la Segunda Sesión

Ordinaria, seleccionaron los 5 principales procesos sustantivos o esenciales que presentan mayor

riesgo de integridad en la CONANP; mismos que se mencionan a continuación:

1. Formulación, Ejecución y Seguimiento de Programas; Supervisión y Control de los Programas de Subsidio.

2. Procuración de Recursos; Obtención de Acuerdos de Puesta a Disposición de Terrenos Nacionales Dentro de Áreas Naturales Protegidas de Competencia.

3. Procuración de Recursos; Procedimiento de Proyectos de Expropiación de Tierras de Conservación en Áreas Naturales Protegidas de Competencia Federal.

4. Operación Regional; Coordinación de Apoyos para la Elaboración y Ejecución de Programas de Atención a Contingencias Ambientales en Áreas Naturales Protegidas Competencia de la Federación.

5. Operación Regional; Expedición de Opiniones Técnicas para el Otorgamiento de Autorizaciones en Materia de Impacto Ambiental, Forestal y Vida Silvestre en Las Áreas Naturales Protegidas.

XI. Instancia Encargada de la Interpretación, Consulta y Asesoría.

La instancia encargada de la interpretación, consulta y asesoría del Código de Conducta de la

CONANP es el CEPCI, de conformidad a lo establecido en el numeral 6, inciso G del Acuerdo por el

que se modifica el diverso que tiene por objeto emitir el Código de Ética de los servidores públicos del

Gobierno Federal, las Reglas de Integridad para el ejercicio de la función pública, y los Lineamientos

generales para propiciar la integridad de los servidores públicos y para implementar

Page 20: CÓDIGO DE CONDUCTA DE LA COMISIÓN NACIONAL DE ÁREAS

20

acciones permanentes que favorezcan su comportamiento ético, a través de los Comités de Ética y de

Prevención de Conflictos de Interés. (DOF 22-08-2017).

Y por su parte la UEEPCI, de acuerdo a la Guía para la elaboración y actualización del Código de

Conducta de las Dependencias y Entidades de la Administración Pública Federal, así como las

empresas productivas del Estado. (SSECCOE. Abril 2019).

XII. Mecanismos de participación de las personas Servidoras Públicas en la elaboración de Código de conducta.

La participación de las personas Servidoras Públicas de la Comisión en la elaboración del Código de

Conducta de la CONANP, se realizará a través de los Titulares de unidad, quienes coordinaran la

consulta y revisión del Código al interior de sus Unidades Administrativas y emitirán sus comentarios

al CEPCI, a bien de que sean incorporados en las modificaciones que se realicen al mismo.

XIII. Propuestas de Mejora.

Todo el personal que labora en la CONANP, está cordialmente invitado a presentar sugerencias e

ideas que nos ayuden a continuar mejorando nuestro Código de Conducta a través del correo

electrónico:

[email protected]

Así mismo la CONANP tiene un CEPCI para la prevención y atención del Acoso u Hostigamiento

Laboral y/o Sexual; esta información puede ser consultada en:

https://sirh.conanp.gob.mx/archivos2019/Procedimiento2019FINAL.pdf

https://sirh.conanp.gob.mx/archivos2019/ProtocolodeAtenciondeQuejasyDenunciasbnal.pdf

https://sirh.conanp.gob.mx/?p=156

Cabe señalar que la actualización y aprobación de este documento se llevará a cabo cada año, a

través del CEPCI de la CONANP.

Page 21: CÓDIGO DE CONDUCTA DE LA COMISIÓN NACIONAL DE ÁREAS

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ROBERTO AVIÑA CARLÍN

XIV. Transitorios.

PRIMERO: Este nuevo Código de Conducta, deroga a los anteriores.

SEGUNDO: El presente Código de Conducta, es de aplicación general para las personas Servidoras

Públicas, de conformidad con lo establecido en el artículo 5 de la Ley General del Sistema Nacional

Anticorrupción; a través de las Secretarías y los Órganos Internos de Control.

TERCERO: El CEPCI debe publicar a toda la CONANP, por medio del periódico virtual El Aullador; el

presente Código de Conducta, con el bien de llevarlo a cabo a partir de su aprobación y publicación.

CUARTO: Si una persona Servidora Pública de CONANP, no cumple de manera parcial o total lo

declarado y estipulado en el presente Código de Conducta; será acreedora a una queja/denuncia, la

cual está sujeta a el Protocolo de Atención de Quejas y Denuncias del CEPCI de la CONANP.

XV. Aprobación.

De conformidad con los Lineamientos para la emisión del Código de Ética a que se refiere el artículo

16 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas publicado en el D.O.F. el 12 de octubre de

2018, previa aprobación por parte del Órgano Interno de Control en la SEMARNAT, el presente Código de

Conducta es suscrito por el Biólogo Roberto Aviña carlín.

EMITE

EL COMISIONADO NACIONAL

DE ÁREAS NATURALES PROTEGIDAS

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ANEXO UNICO.

Cuadro para verificar si la conducta se encuentra alineada a los principios, valores o reglas de

integridad, bajo que fundamentos.

Reglas de Integridad alineadas a los Principios, Valores y su Fundamento.

No .

Reglas de Integridad Principios Valores Fundamento

1

Actuación Pública: Las personas Servidoras Públicas de la CONANP desempeñan su empleo, cargo, comisión y conducen su actuación con transparencia, honestidad, lealtad, cooperación, austeridad y con una clara orientación al interés público.

Honradez,

Lealtad, Eficiencia,

Profesionalismo, Eficacia.

Interés Público,

Cooperación, Liderazgo,

Entorno Cultural y Ecológico.

Arts. 6, 7, 8, 12,23, 25 Código de Ética

Art. 2, ,6

2

Información Pública: Las personas Servidoras Públicas de la CONANP, desempeñan su empleo, cargo, comisión y conducen su actuación conforme al principio de transparencia y resguardan la documentación e información gubernamental que tiene bajo su responsabilidad.

Transparencia, Rendición de

Cuentas, Legalidad.

Interés Público,

Cooperación, Respeto.

Arts. 5, 6, 12,14 y 16 Código de Ética

Arts. 5 Ley General del Sistema

Nacional Anticorrupción

3

Contrataciones Públicas, Licencias, Permisos, Autorización y Concesiones: Las personas Servidoras Públicas de la CONANP, que con motivo de su empleo, cargo, comisión o a través de subordinados y subordinadas, participa en contrataciones públicas o en el otorgamiento y prórroga de licencias, permisos, autorizaciones y concesiones, se conduce con transparencia, imparcialidad y legalidad; orienta sus decisiones a las necesidades e intereses de la sociedad, y garantiza las mejores condiciones para el Estado.

Imparcialidad, Legalidad,

Objetividad, Transparencia,

Equidad.

Igualdad y No

Discriminación, Equidad de

Género.

Arts. 5,6, 12 y 13 Código de Ética

4

Programas Gubernamentales: Las personas Servidoras Públicas de la CONANP, que, con motivo de su empleo, cargo, comisión o a través de subordinados y subordinadas, participa en el otorgamiento y operación de subsidios y apoyos de programas gubernamentales, garantiza que la entrega de estos beneficios se apegue a los principios de igualdad y no discriminación, legalidad, imparcialidad, transparencia y respeto.

Economía, Transparencia, Rendición de

Cuentas, Legalidad.

Interés Público, Igualdad y No

Discriminación,

Arts. 7, 17 y 24

Código de Ética

Page 23: CÓDIGO DE CONDUCTA DE LA COMISIÓN NACIONAL DE ÁREAS

23

Reglas de Integridad alineadas a los Principios, Valores y su Fundamento.

No .

Reglas de Integridad

Principios

Valores

Fundamento

5

Trámites y Servicios: Las personas Servidoras Públicas de la CONANP, que, con motivo de su empleo, cargo, comisión; participa en la prestación de trámites y en el otorgamiento de servicios, atiende a los usuarios y usuarias de forma respetuosa, eficiente, oportuna, responsable e imparcial.

Economía,

Transparencia, Rendición de

Cuentas, Eficiencia, Profesionalismo,

Eficacia.

Interés Público, Igualdad y No

Discriminación,

Arts. 13,14, 16 y 24 Código de Ética

6

Recursos Humanos: Las personas Servidoras Públicas de la CONANP, que participan en procedimientos de recursos humanos, de planeación de estructuras o que desempeña en general un empleo, cargo, comisión, se apega a los principios de igualdad y no discriminación, legalidad, imparcialidad, transparencia y rendición de cuentas.

Competencia al

Mérito, Integridad, Legalidad,

Imparcialidad, Transparencia.

Interés Público, Igualdad y No

Discriminación,

Arts. 14, 16 y 24 Código de Ética

7

Administración de Bienes Muebles e Inmuebles: Las personas Servidoras Públicas de la CONANP, que, con motivo de su empleo, cargo, comisión, participa en procedimientos de baja, enajenación, transferencia o destrucción de bienes muebles o de administración de bienes inmuebles, administra los recursos con eficiencia, transparencia y honradez para satisfacer los objetivos a los que están destinados.

Legalidad, Transparencia,

Honradez, Disciplina, Rendición de

Cuentas.

Interés Público, Cooperación,

Liderazgo, Entorno Cultural

y Ecológico.

Arts.11 y 12 Código de Ética

8

Procesos de Evaluación: Las personas Servidoras Públicas de la CONANP, que, con motivo de su empleo, cargo, comisión, participa en procesos de evaluación, se apega en todo momento a los principios de legalidad, imparcialidad y rendición de cuentas.

Legalidad, Transparencia,

Disciplina, Rendición de Cuentas,

Imparcialidad.

Interés Público, Cooperación, Igualdad y No

Discriminación, Entorno Cultural

y Ecológico.

Arts. 6, 10, 13,

Código de Ética

Page 24: CÓDIGO DE CONDUCTA DE LA COMISIÓN NACIONAL DE ÁREAS

24

Reglas de Integridad alineadas a los Principios, Valores y su Fundamento.

No .

Reglas de Integridad

Principios

Valores

Fundamento

9

Control Interno: Las personas Servidoras Públicas de la CONANP, que, en el ejercicio de su empleo, cargo, comisión, participa en procesos en materia de control interno, genera, obtiene, utiliza y comunica información subsecuente, oportuna, confiable y de calidad, apegándose a los principios de legalidad, imparcialidad y rendición de cuentas.

Legalidad,

Transparencia , Disciplina,

Rendición de Cuentas.

Interés Público, Cooperación, Igualdad y No

Discriminación, Entorno Cultural

y Ecológico.

Arts. 5, 6, 12,14 y 16 Código de Ética

Arts. 5 Ley General del Sistema

Nacional Anticorrupción

10

Procedimiento Administrativo: Las personas Servidoras Públicas de la CONANP, que, en el ejercicio de su empleo, cargo, comisión, participa en procedimientos administrativos tienen una cultura de denuncia, respeta las formalidades esenciales del procedimiento y la garantía de audiencia conforme al principio de legalidad.

Lealtad,

Eficiencia, Profesionalismo,

Eficacia.

Entorno Cultural

y Ecológico.

Arts. 6, 10, 13, Código de Ética

Art. 2, 6 y 9

11

Desempeño Permanente y Cooperación con Integridad: Las personas Servidoras Públicas de la CONANP, que desempeña un empleo, cargo, comisión, conduce su actuación con legalidad, imparcialidad, objetividad, transparencia, certeza, cooperación, ética e integridad; Cooperando en todo momento con la dependencia o entidad en la que labora y con las instancias encargadas de velar por la observancia de los principios y valores intrínsecos a la función pública, en el fortalecimiento de la cultura ética y de servicio a la sociedad.

Integridad,

Lealtad, Legalidad,

Imparcialidad, Profesionalismo.

Interés Público, Respeto, Entorno

Cultural y Ecológico.

Arts. 6, 10, 13, Código de Ética

Art. 2, 6 y 9

12

Comportamiento Digno: Las personas Servidoras Públicas de la CONANP, que desempeñe su empleo, cargo, comisión, se conduce en forma digna sin proferir expresiones, adoptar comportamientos, usar lenguaje o realizar acciones de hostigamiento o acoso sexual y laboral, manteniendo para ello una actitud de respeto hacia las personas con las que tiene o guarda relación en la función pública.

Integridad, Equidad,

Imparcialidad.

Respeto a los Derechos Humanos,

Igualdad y No Discriminación,

Equidad de Género.

Arts. 6, 10, 13,

Código de Ética Art. 2, 6 y 9