causales de vacancia de un presidente

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  • 7/25/2019 Causales de Vacancia de Un Presidente

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    LA NORMA EN LA CUAL SE PUEDE SANCIONAR AL PRESIDENTE DE LAREPUBLICA DEL PERU ES:

    La Constitucin Poltica del Per de !""#$

    %acancia de la Presidencia de la Re&'lica

    La Presidencia de la Re&'lica (aca &or:

    1. Muerte del Presidente de la Repblica.

    2. Su permanente incapacidad moral o fsica, declarada por el

    Congreso.

    3. Aceptacin de su renuncia por el Congreso.

    !. Salir del territorio nacional sin permiso del Congreso o no regresar a "l

    dentro del pla#o fi$ado.

    %. &estitucin, tras 'aber sido sancionado por alguna alguna de las

    infracciones mencionadas en el artculo 11( de la Constitucin

    Procedencia de acusaciones al Presidente de la Re&'lica

    )l Presidente de la Repblica solo puede ser acusado, durante su perodo, por

    traicin a la Patria* por impedir las elecciones presidenciales, parlamentarias,

    regionales o municipales* por disol+er el Congreso, sal+o en los casos pre+istos enel artculo 13! de la Constitucin, por impedir su reunin o funcionamiento, o los

    del -urado acional de )lecciones otros organismos del sistema electoral.

    )l e/ Presidente intent renunciar al cargo, pero el Congreso, en un acto

    'istrico, lo in'abilit declar la +acancia de la Presidencia de la Repblica.

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    Al'erto )u*i+ori ,ue (acado &or inca&acidad +oral &or el Con-reso

    0Por 2 +otos a fa+or, en contra abstenciones.

    Lima. )l 1 de no+iembre del ao 2444, el e/presidenteAlberto 5u$imorirenunci

    a la Presidencia de la Repblica +a fa/, desde -apn, un 'ec'o 6ue sorprendi a

    todos los peruanos.

    )l 21 de no+iembre del 2444, el Congreso , presidido por 7alentn Paniagua

    Cora#ao, acord rec'a#ar esta renuncia 6ue das atr8s en+i desde -apn, pas

    al 6ue fug cuando los cimientos de la mafia fu$imontesinista empe#aron a

    derribarse.

    9a Representacin acional, en un acto memorable para la defensa de la

    democracia, declar la permanente incapacidad moral del entonces presidentede

    la Re&'lica. con,or+e al se-undo inciso del artculo !!# de la ConstitucinPoltica del Per$

    LA NORMA EN LA CUAL SE SANCIONA A LOS CON/RESISTAS ES:

    0El Re-la+ento del Con-reso de la Re&u'lica Articulo 1234: Con amonestacin escrita reser+ada.:.Con amonestacin pblica, mediante Resolucin del Congreso la cual ser8publicada en el &iario ;ficial )l Peruano.:.Con suspensin en el e$ercicio del cargo descuento de sus 'aberes desde tres'asta ciento +einte das de legislatura.

    &e acuerdo a lo establecido en el reglamento de congreso de la Republica e/iste

    una escala de sanciones aplicables a los congresistas por inconductas 6ueatentan tanto contra la disciplina como la "tica parlamentaria

    Si bien dic'as sanciones deben ser aplicadas con criterio conciencia como loestablece el art 2! tambi"n es cierto 6ue no debe de de$ar de obser+ar ciertasreglas b8sicas delderec5o de de,ensa 6 el de'ido &roceso. a 6ue tiene derec'otodos los ciudadanos en un pas democr8tico.

    9os congresistas de la repblica go#an segn lo establecido en el art 3 de laconstitucin Poltica del estado una serie de prerrogati+as como son la

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    sentencia amparado en el artculo 2! del Reglamento del Congreso, el cualestipula 6ue por cual6uier acto de indisciplina los legisladores pueden sersancionados.

    ACTO ADMINISTRATI%O)l acto ad+inistrati(o, es el medio a tra+"s del cual la Administracin pblicacumple su ob$eti+o de satisfacer los intereses colecti+os o inter"s pblico. )s laformali#acin de la +oluntad administrati+a, debe ser dictado de conformidad conel principio de legalidad.

    LA INSTITUCI7N DE LA CONSER%ACI7N DEL ACTOsurge en el desarrollo de la teora de la in+alide# del acto administrati+o, es decircuando la in+alide# se manifiesta a partir de la presencia de +icios en el actoadministrati+o* +icios 6ue, dependiendo de su intensidad >o gra+edad, podr8ntener consecuencias como? @ue el acto administrati+o pueda ser destituido delordenamiento >o declarado 0nulo si contiene +icios insubsanables.

    INDEPENDENCIA DE LOS %ICIOS DEL ACTO ADMINISTRATI%OART$ !89os +icios incurridos en la e$ecucin de un acto administrati+o, o en su notificacina los administrados, son independientes de su +alide#.ANALISIS 9 COMENTARIO ARTCULO !8)ste articulo muestra una toma de posicin fundamental de la le. 9a e$ecucin la notificacin, en cual6uiera de sus modalidades, constituen actosindependientes del acto administrati+o del 6ue e$ecutan o notificanrespecti+amente.Sobre la naturale#a de la notificacin, la doctrina legislacincomparada debatedos posiciones?

    aB A6uella 6ue afirma 6ue la notificacin es parte del procedimiento de generacindel acto administrati+o.

    bB A6uella 6ue afirma 6ue la notificacin es un acto independiente 6ue 'ace a laeficacia del acto 6ue transmite.

    E)ICACIA DE LOS ACTOS ADMINISTRATI%OS

    )l acto administrati+o es efica# a partir 6ue la notificacin legalmente reali#adproduce sus efectos, conforme a lo dispuesto en el presente capitulo.)l acto administrati+o 6ue otorga beneficio al administrado se entiende efica#desde la fec'a de su emisin, sal+o disposicin diferente del mismo acto.n acto administrati+o carece de eficacia mientras no sea notificado a sudestinatario o publicado, pero en cambio, no por ello se encuentra pri+ado de

    +alide#.)l ob$eti+o, el fin, la integracin del acto administrati+o, se concreta desde elmomento en 6ue el interesado a 6uien +a dirigido, toma conocimiento de sue/istencia.E)ICACIA INMEDIATA

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    E)ICACIA ANTICIPADA)l acto Administrati+o puede tener efecto retroacti+o? generacin de efectos demanera anticipada.)llo se basa en presupuesto de proteccin a los derec'os de los administrados,pero tambi"n en proteger en el inter"s general.

    - Diene 6ue disponerse en el mismo acto.- :&ebe ser m8s fa+orable al administrado.- o debe lesionar derec'os fundamentales.

    -o debe lesionar intereses de buena fe a terceros.

    - &ebe 'aber un supuesto de 'ec'o $ustificati+o +igente a la fec'a en 6ue sepretende retrotraerse el acto.

    )$m.

    - otificacin personal, fa/, correo, email, diario oficial.

    E)ICACIA DI)ERIDA

    A6uella 6ue se da en un momento incluso, posterior a la de notificacin del acto.

    Se da por di+ersos moti+os ante di+ersas circunstancias 6ue el ordenamiento$urdico considera pertinentes. Caso el pla#o de la condicin suspensi+a.