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EIA para la Perforación de 8 Pozos Exploratorios y Programa de Adquisición Sísmica 3D en el Lote 76 Vol. IV Cap. 8-1 CAPÍTULO 8.0 PLAN DE RELACIONES COMUNITARIAS 8.1 GENERALIDADES El Plan de Relaciones Comunitarias (PRC) se enmarca en el marco legal vigente sobre la materia. El Reglamento para la Protección Ambiental en las Actividades de Hidrocarburos (Decreto Supremo N° 015-2006-EM), en su artículo 55° señala: ”Cuando un proyecto puede afectar a comunidades nativas o campesinas, se incluirá en el EIA las medidas necesarias para prevenir, eliminar o minimizar los Impactos Ambientales negativos, debiendo la empresa divulgar entre la población los alcances de la actividad a realizar y el procedimiento de Contingencias frente a derrames, incendios y otros accidentes industriales que pueda afectarlas”. El PRC es producto de un respeto absoluto a los derechos de las comunidades y al ambiente, eje principal de la Política Ambiental de HUNT OIL. Los lineamientos y acciones propuestas en el presente Plan buscan prever, evitar o minimizar los impactos que pueden presentarse como consecuencia de la implementación del Proyecto. Para una adecuada implementación del mismo, éste ha sido estructurado de la manera siguiente: 1. Programa de Negociación y Compensación. 2. Programa de Contratación Temporal del Personal 3. Programa de Capacitación y Sensibilización 4. Programa de Comunicaciones 5. Programa de Adquisiciones Locales 6. Programa de Desarrollo Local 7. Programa de Monitoreo y Vigilancia Ciudadana 8. Programa de Protección a los Pueblos en Aislamiento o Contacto Inicial Estos temas han sido identificados en función al análisis de la probabilidad de ocurrencia y la significación de los impactos sociales que genera el Proyecto, lo cual es presentado en el Capítulo 1 del Volumen III del EIA. El PRC considera los principios y criterios que HUNT OIL va a emplear para la gestión de los impactos que, según la ocurrencia, pueden ser de moderada probabilidad a inevitable, y de moderada a alta significación.

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EIA para la Perforación de 8 Pozos Exploratorios y Programa de Adquisición Sísmica 3D en el Lote 76 Vol. IV Cap. 8-1

CAPÍTULO 8.0

PLAN DE RELACIONES COMUNITARIAS

8.1 GENERALIDADES

El Plan de Relaciones Comunitarias (PRC) se enmarca en el marco legal vigente sobre la materia. El Reglamento para la Protección Ambiental en las Actividades de Hidrocarburos (Decreto Supremo N° 015-2006-EM), en su artículo 55° señala: ”Cuando un proyecto puede afectar a comunidades nativas o campesinas, se incluirá en el EIA las medidas necesarias para prevenir, eliminar o minimizar los Impactos Ambientales negativos, debiendo la empresa divulgar entre la población los alcances de la actividad a realizar y el procedimiento de Contingencias frente a derrames, incendios y otros accidentes industriales que pueda afectarlas”. El PRC es producto de un respeto absoluto a los derechos de las comunidades y al ambiente, eje principal de la Política Ambiental de HUNT OIL. Los lineamientos y acciones propuestas en el presente Plan buscan prever, evitar o minimizar los impactos que pueden presentarse como consecuencia de la implementación del Proyecto. Para una adecuada implementación del mismo, éste ha sido estructurado de la manera siguiente:

1. Programa de Negociación y Compensación.

2. Programa de Contratación Temporal del Personal

3. Programa de Capacitación y Sensibilización

4. Programa de Comunicaciones

5. Programa de Adquisiciones Locales

6. Programa de Desarrollo Local

7. Programa de Monitoreo y Vigilancia Ciudadana

8. Programa de Protección a los Pueblos en Aislamiento o Contacto Inicial

Estos temas han sido identificados en función al análisis de la probabilidad de ocurrencia y la significación de los impactos sociales que genera el Proyecto, lo cual es presentado en el Capítulo 1 del Volumen III del EIA. El PRC considera los principios y criterios que HUNT OIL va a emplear para la gestión de los impactos que, según la ocurrencia, pueden ser de moderada probabilidad a inevitable, y de moderada a alta significación.

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EIA para la Perforación de 8 Pozos Exploratorios y Programa de Adquisición Sísmica 3D en el Lote 76 Vol. IV Cap. 8-2

8.1.1 OBJETIVOS

Según se menciona en la Guía de Relaciones Comunitarias del Ministerio de Energía y Minas (2001), el objetivo del PRC es regular las interacciones entre las poblaciones y la Empresa y ayudar a gestionar los problemas sociales que enfrenta el Proyecto con las poblaciones asentadas en su área de influencia. En tal sentido, se han identificado los siguientes objetivos específicos:

Establecer el marco de gestión de los impactos generados por el Proyecto.

Dar a conocer la Política de Conducta de HUNT OIL, establecida como parte de su política corporativa de estricto cumplimiento por todo el personal de la empresa y contratistas de la misma.

Establecer los mecanismos de relacionamiento de HUNT OIL y sus contratistas con la población, de manera tal que los temas que forman parte del PRC puedan ser atendidos con prontitud y que cualquier potencial conflicto pueda ser prevenido o atendido de una manera eficaz.

Invitar a la población del área de influencia del Proyecto a un proceso transparente y participativo de monitoreo ambiental en el marco de la implementación del Plan de Manejo Ambiental (PMA) y del PRC.

8.1.2 CRONOGRAMA DE IMPLEMENTACIÓN DEL PLAN DE RELACIONES COMUNITARIAS

En el Cuadro 8-1 y Cuadro 8-2, se presenta los cronogramas de implementación del PRC, el cual considera los ocho programas operativos del mismo, tanto para las actividades de adquisición sísmica 3D como para la perforación de pozos exploratorios.

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EIA para la Perforación de 8 Pozos Exploratorios y Programa de Adquisición Sísmica 3D en el Lote 76 Vol. IV Cap. 8-3

Cuadro 8-1 Cronograma de Implementación del PRC – Programa de Adquisición Sísmica 3D

MOVILIZACIÓN

Mes 1 -

Mes 3Mes 4 Mes 5 Mes 6 Mes 7 Mes 8 Mes 9 Mes 10 Mes 11 Mes 12

Programa de Negociación y Compensación

Programa de Contratación Temporal de Personal

Programa de Capacitación y Sensibilización

Programa de Comunicaciones

Programa de Adquisiciones Locales

Programa de Desarrollo Local

Programa de Monitoreo y Vigilancia Ciudadana

Programas del Plan de Relaciones Comunitarias

Ap

rob

ació

n d

el

EIA

En ejecución constante

En ejecución de acuerdo a requerimientos

Fase 1 - Fase 7

(Año 3 - Año 9)

o 1

o 2

Campamento

Base y Punto de

Apoyo Logístico

DES

MO

VILIZ

AC

N

Y A

BA

ND

ON

O

OPERACIÓN

Topografía, Perforación, Registro

Fuente: Elaboración Domus Consultoría Ambiental S.A.C., 2011.

Cuadro 8-2 Cronograma de Implementación del PRC – Perforación de Pozos Exploratorios

Mes 1 -

Mes 3

Mes 4 -

Mes 6

Mes 7 -

Mes 9

Mes 10 -

Mes 12

Mes 1 -

Mes 3

Mes 4 -

Mes 6

Mes 7 -

Mes 9

Mes 10 -

Mes 12

Mes 1 -

Mes 3

Mes 4 -

Mes 6

Programa de Negociación y Compensación

Programa de Contratación Temporal de Personal

Programa de Capacitación y Sensibilización

Programa de Comunicaciones

Programa de Adquisiciones Locales

Programa de Desarrollo Local

Programa de Monitoreo y Vigilancia Ciudadana

En ejecución de acuerdo a requerimientos

Programas del Plan de Relaciones Comunitarias

Ap

rob

ació

n d

el

EIA

Año 7Año 1 Año 2 - Año 6

CONSTRUCCIÓN

Plataformas de Perforación

DESMOVILIZACI

ÓN Y ABANDONO

OPERACIÓN

Instalación de torre, perforación y

prueba

En ejecución constante

Fuente: Elaboración Domus Consultoría Ambiental S.A.C., 2011.

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EIA para la Perforación de 8 Pozos Exploratorios y Programa de Adquisición Sísmica 3D en el Lote 76 Vol. IV Cap. 8-4

8.2 GRUPOS DE INTERÉS

El PRC busca orientar las relaciones con los grupos de interés externos involucrados directa o indirectamente con el Proyecto, y que pueden guardar relación con el mismo en cualquiera de las etapas de su desarrollo. En el Cuadro 8-3, se muestran los actores identificados con el Proyecto que existen en la zona de estudio.

Cuadro 8-3 Actores Identificados con el Proyecto

Grupo Actores Identificados Influencia

Comunidades Nativas Puerto Luz Directa

San Lorenzo Directa e Indirecta

Comunidad Campesina Huacyumbre Directa

Limonchayoc1 Directa

Centros Poblados

Huepetuhe Directa

Choque Directa

Setapo Directa

Quincemil Directa

Área Natural Protegida Reserva Comunal Amarakaeri Directa

Instituciones de Gobierno (Nacional, regional y local)

Gobierno Regional de Madre de Dios Indirecta

Municipalidad Provincial de Manu Indirecta

Municipalidad Distrital de Huepetuhe Indirecta

Municipalidad Distrital de Madre de Dios. Indirecta

Gobierno Regional de Cusco Indirecta

Municipalidad Provincial de Quispicanchi Indirecta

Municipalidad Distrital de Camanti Indirecta

Dirección Regional de Salud de Madre de Dios Indirecta

Dirección Regional de Salud de Cusco Indirecta

1 Anexo de la Comunidad Campesina Huacyumbre.

Fuente: Elaboración Domus Consultoría Ambiental S.A.C., 2011.

En el cuadro anterior, no se incluye a seis de las 14 localidades identificadas dentro del área de influencia del Proyecto (véase Vol. II Cap. 3-3), éstas son los asentamientos mineros temporales Yanaurco, Tunquimayo y Puerta Falsa, los cuales son ocupados por pobladores de Quincemil y/o de la CN San Lorenzo. Asimismo, tampoco se están considerando a los sectores de Sacracumbre, Palccamayo y Fortaleza, los que se encuentran actualmente deshabitados.

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8.3 IMPLEMENTACIÓN DEL PLAN DE RELACIONES COMUNITARIAS

8.3.1 MARCO DE POLÍTICA Y PRINCIPIOS PARA EL PLAN DE RELACIONES COMUNITARIAS

HUNT OIL es una compañía identificada con la protección del ambiente y la diversidad cultural. Esto se refleja en su política institucional que se sustenta en el respeto a las diferentes expresiones culturales, diálogo permanente con los distintos actores y población relacionada con la implementación de sus operaciones; y actitud propositiva y proactiva frente a las diversas situaciones tanto de carácter ambiental como social que se presentan en el área de implementación de sus operaciones. HUNT OIL es respetuosa del marco normativo vigente, exigiendo a sus contratistas y sub-contratistas el mismo grado de compromiso y respeto al cumplimiento de las normas nacionales y compromisos internacionales asumidos por el Estado Peruano. HUNT OIL tiene en consideración los siguientes principios a nivel corporativo:

HUNT OIL es consciente y respeta los derechos de las comunidades nativas a vivir en tranquilidad y armonía con el medio ambiente. En ese sentido, HUNT OIL velará en todo momento por el cumplimiento de su política ambiental y social por parte de todos sus empleados y contratistas.

Las comunidades nativas y centros poblados ubicados dentro del ámbito del Proyecto serán invitados a participar de manera activa en su desarrollo y ejecución. Se crearán oportunidades para puestos de mano de obra no calificada y de puestos técnicos para aquellos que cuenten con experiencia certificada y cuenten con las condiciones de salud, que les permitan realizar las labores encomendadas.

HUNT OIL aplica en todos sus proyectos la política de “Buen Vecino” y buscará mantener relaciones de armonía y respeto con las comunidades locales y agentes sociales dentro de su área de influencia.

HUNT OIL trata de ser un aliado estratégico y apoyo para el desarrollo local, asumiendo las responsabilidades que le competen como empresa y respetando los roles del Estado y las organizaciones de base.

HUNT OIL impulsará de manera permanente el proceso de comunicación continua con la población local y con aquellas personas interesadas en saber de sus actividades, a través de los canales de comunicación de la empresa.

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8.3.2 PÓLITICA DE CONDUCTA

Como organización ética y socialmente responsable HUNT OIL, en adelante La Empresa, es respetuosa del medio ambiente y concede la mayor importancia al trato justo con los empleados, contratistas, proveedores, autoridades, comunidades vecinas y público en general. En tal sentido, la Política de Conducta resulta fundamental para la tarea de crear y mantener dicha confianza. La Empresa tiene el compromiso de desarrollar una filosofía corporativa de mejoramiento continuo, de buenas relaciones con las comunidades vecinas, de protección ambiental y de prevención de accidentes de trabajo y enfermedades ocupacionales. Los trabajadores, contratistas y sub-contratistas, deben ser conscientes que el área donde se realizan las operaciones está habitada por poblaciones anfitrionas y que los trabajadores deben considerarse huéspedes temporales.

HUNT OIL, sus contratistas y sub-contratistas, respetarán en todo momento los derechos de la población local sobre sus tierras y propiedades. La Política de Conducta tiene tres principios, los que son descritos a continuación.

8.3.2.1 Mejoramiento Continuo

Alentar la participación de todos los trabajadores, contratistas y sub-contratistas, en el mejoramiento continuo, aportando creatividad, trabajo, experiencia, conocimiento y esfuerzo para incrementar la eficiencia y eficacia de nuestras operaciones.

Todos son libres de sugerir mejoras en los procesos, equipos, instalaciones y procedimientos. La Compañía fomenta, alienta y estimula la emisión de sugerencias.

8.3.2.2 Cumplimiento de Normas Legales y Procedimientos

Todos los trabajadores, contratistas y sub-contratistas, deben cumplir con las leyes, regulaciones aplicables, políticas, reglamentos internos y compromisos asumidos por HUNT OIL en todas sus operaciones. Sin excusa alguna, se tiene que cumplir lo establecido en la ley y en los procedimientos de trabajo. Si existen preguntas o inquietudes sobre la legalidad o correcta aplicación de una acción, los trabajadores son responsables de verificarlo con su supervisor inmediato, Gerencias o Departamento Legal.

Solo la Gerencia de EHS y las personas que ésta autorice realizarán las coordinaciones y comunicaciones a la población local, sean comunidades nativas o caseríos de colonos.

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Ningún trabajador, contratista, sub-contratista o visitante podrá ser sujeto a hostigamiento o discriminación por motivo de origen, sexo, idioma, religión, opinión, condición económica o cualquier otra índole. HUNT OIL prohíbe cualquier hostigamiento a sus empleados por parte de la gerencia, supervisores, compañeros de trabajo, subordinados, contratistas, clientes, proveedores, y visitantes.

Queda prohibido poseer o consumir bebidas alcohólicas, drogas o estupefacientes en las instalaciones de los campamentos, así como ingresar a ellas bajo los efectos de éstos pues impiden realizar las actividades de trabajo de manera segura y efectiva.

Se prohíbe que el personal ingrese a las instalaciones y campamentos de la empresa portando cualquier tipo de arma de fuego. Su uso sólo estará permitido para casos de seguridad y con la debida autorización de la Gerencia General de La Empresa.

Están prohibidos los sobornos, comisiones clandestinas y otros pagos ilegales para favorecer a La Empresa o a los contratistas. Esto se aplica inclusive cuando quien lo haga efectúe este acto con su propio dinero.

Solo se podrá comprar productos locales y aceptar regalos cuando exista la aprobación expresa de HUNT OIL.

Está prohibido establecer cualquier tipo de vínculo con la población local que no tenga sustento laboral.

Se encuentra prohibido contratar pobladores locales para desempeñar tareas y trabajos de carácter personal en las instalaciones de las operaciones o en cualquiera de las instalaciones.

Se prohíbe abandonar los sitios de trabajo sin el permiso de los supervisores.

Durante las operaciones, es obligatorio el uso de la ropa de trabajo aprobada y del equipo de protección personal adecuado al trabajo que se desempeña.

8.3.2.3 Protección Ambiental y del Patrimonio Arqueológico

Todos los trabajadores, contratistas y subcontratistas de La Empresa deben cumplir las políticas, reglamentos, procedimientos y otros dispositivos de protección ambiental, seguridad industrial, salud ocupacional y relaciones con las Comunidades Nativas y Poblaciones influenciadas por sus operaciones.

Respetar el cumplimiento de las leyes ambientales aplicables en los lugares donde se realizan las operaciones. HUNT OIL está comprometida con la protección del ambiente, minimizando el impacto ambiental de sus operaciones, de tal manera que fomenten un uso sostenible de los recursos naturales.

Se prohíbe arrojar desperdicios contaminantes a los cuerpos de agua, suelo y aire.

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Está prohibida la tala de árboles o cualquier otro tipo de desbosque, salvo previa autorización de la autoridad competente.

Está prohibida la caza, pesca, persecución y comercialización de animales silvestres, pieles, osamentas y el recojo de huevos de aves o tortugas o de cualquier otra especie.

Comunicar al Inspector de Medio Ambiente o al Supervisor de Medio Ambiente y Arqueología de HUNT OIL si algún material peligroso hace contacto con el ambiente o se maneja o dispone de manera inadecuada.

En caso de hallazgos de restos arqueológicos, los trabajadores deberán detener los trabajos y, sin remover los restos, deberán informar al supervisor de campo del Contratista y al Supervisor de Medio Ambiente y Arqueología de HUNT OIL.

8.3.3 PROGRAMA DE NEGOCIACIÓN Y COMPENSACIÓN (PNC)

El Proyecto para la perforación de ocho pozos exploratorios y adquisición sísmica 3D del Lote 76 abarca el distrito de Camanti, provincia de Quispicanchi en la región Cusco y los distritos de Madre de Dios y Huepetuhe, provincia de Manu en la región Madre de Dios. El proyecto se ejecutará en parte de la RCA. El Área de Influencia Directa del Proyecto afectará las tierras de las comunidades nativas de Puerto Luz y San Lorenzo, la comunidad campesina Huacyumbre y su anexo Limonchayoc, así como las localidades de Setapo, Choque, Huepetuhe y Quincemil. Asimismo, HUNT OIL desarrollará el Programa de Negociación y Compensación (PNC) por el uso de las tierras de comunidades nativas, centros poblados o particulares que resulten directamente afectados por el desarrollo de actividades que efectivamente se ejecuten y las impacten negativamente. Es posible que el vuelo de helicópteros genere ruido en las comunidades nativas de Puerto Luz y San Lorenzo, la comunidad campesina Huacyumbre y su anexo Limonchayoc y las localidades de Setapo, Choque, Huepetuhe y Quincemil, por lo cual se ha desarrollado un Plan de Monitoreo Ambiental (véase Vol. IV Cap. 6.0), para asegurar que, de generarse ruido, éste se encuentre dentro de los límites permitidos.

8.3.3.1 Objetivos

Identificar e implementar mecanismos y herramientas adecuadas de negociación y compensación por el uso de la tierra o la afectación de recursos de flora, fauna o áreas cultivadas que permitan prevenir o resolver conflictos con los actores involucrados en el área de trabajo del Proyecto.

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8.3.3.2 Ámbito de Acción

El programa de negociación y compensación se implementará en las comunidades nativas y centros poblados que se encuentran en el área de influencia directa del Proyecto y en las que efectivamente se ejecuten actividades por parte de HUNT OIL (véase Cuadro 8-4).

Cuadro 8-4 Ámbito de Acción

Tipo de Impacto Nominación de la

Afectación Potenciales involucrados

Impactos Directos

Uso de la tierra

Afectación de recurso flora y fauna

Afectación de áreas cultivadas

Comunidades Nativas: Puerto Luz y San Lorenzo

Comunidad Campesina: Huacyumbre y su anexo Limonchayoc.

Centros Poblados: Setapo, Choque, Huepetuhe y Quincemil

RCA

Fuente: Elaboración Domus Consultoría Ambiental S.A.C., 2011.

8.3.3.3 Responsables

El personal del área de negociaciones de HUNT OIL y el de empresas contratistas vinculadas al Proyecto serán los responsables del PNC. Serán responsables también, por el lado de las comunidades nativas: los jefes o presidentes comunales debidamente respaldados por las asambleas comunales; para el caso de los centros poblados estarán representados por la autoridad principal, según corresponda en cada caso; y, para la RCA mediante el ECA de la RCA1 y por el representante asignado por el SERNANP2, como ente rector de las Áreas Naturales Protegidas.

8.3.3.4 Líneas de Acción del Programa

8.3.3.4.1 Establecimiento de Criterios para el Uso y Compensación de Terrenos

El Programa de Negociación y Compensación tiene por objeto el implementar los acuerdos previamente establecidos entre HUNT OIL o sus contratistas y las comunidades nativas, centros poblados y/o personas ubicadas en el AID como consecuencia de una potencial afectación a sus tierras y/o flora y fauna. Estos acuerdos se viabilizarán a través de un contrato legalmente respaldado que incluirá entre otros aspectos el pago, ya sea en efectivo y/o bienes y servicios, que efectuará HUNT OIL o sus contratistas a los afectados.

1 ECA-RCA: Ejecutor del Contrato de Administración de la RCA. 2 SERNANP: Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado.

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Para el caso de las comunidades nativas, cuya tierra es de propiedad comunal, el contrato se suscribirá entre HUNT OIL y/o sus contratistas y la comunidad nativa como persona jurídica. El contenido del contrato deberá ser respaldado y aprobado por la Asamblea Comunal al amparo de la legislación vigente. Una mención puntual merece el caso de comuneros que hacen usufructo de parcelas para sus cultivos. Así, en caso que las actividades del proyecto generaran un daño probado a sus parcelas, éstos recibirán la correspondiente indemnización. Para el caso de los centros poblados, el contrato será suscrito entre HUNT OIL y/o sus contratistas y el titular del predio. Tanto para el caso de predios privados como los poseídos por los centros poblados, los titulares de éstos recibirán una indemnización por los daños que se pudieran causar a su propiedad.

8.3.3.4.2 Actividades previas a la Negociación por el Uso de Tierras

Realizar una visita a las áreas que potencialmente se afectarán durante la implementación del Proyecto, para identificar, evaluar y cuantificar la retribución económica como medida de compensación por el uso de tierras.

Realizar un inventario sobre las características de las áreas mencionadas en el punto anterior, el que deberá contener información sobre tenencia de la tierra (propiedad, posesión, tierra comunal, etc.), superficie intervenida, estado actual del área (con o sin cultivo), cantidad de personas que dependen de esta área, etc.

En el caso de detectarse algún tipo de afectación significativa en las parcelas ubicadas en el área en la que se desarrollarán las actividades, se tomará como referencia para la estimación de las compensaciones correspondientes tablas de valoración de instituciones estatales y/o de agentes profesionales de reconocida competencia. Esto permitirá que HUNT OIL y los actores afectados cuenten con criterios objetivos para la valorización y puedan sostener un diálogo fluido. A partir de ello, lograr acordar los montos correspondientes a la compensación por el uso de tierras y perjuicio de recursos.

Los criterios de valorización así definidos antes del inicio de las operaciones, facilitarán los procesos de negociación y las partes tendrán el tiempo necesario para revisar los criterios y proponer sugerencias.

Iniciar un proceso de diálogo entre HUNT OIL o contratistas y los actores afectados, a fin de concertar los montos que correspondan a la compensación por el uso de la tierra y afectación de recursos.

HUNT OIL es el responsable de cada proceso de negociación y compensación; de ser el caso que un contratista de HUNT OIL tenga que suscribir un contrato de compensación, este será visado previamente por HUNT OIL, quien asumirá la responsabilidad del cumplimiento del acuerdo, por ser el responsable de la implementación del Proyecto.

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8.3.3.4.3 Consideraciones para el Proceso de Negociación

Durante los meses de julio a diciembre del 2009 y entre marzo y julio del 2010 HUNT OIL llevó a cabo las actividades de prospección sísmica 2D en el Lote 76. Ello incluyó el proceso de negociación y posterior compensación por la afectación de tierras y flora y/o fauna de las comunidades nativas y población afectada de los centros poblados del área de influencia directa, así como a la RCA. En este sentido, los pobladores de las localidades mencionadas en el párrafo anterior no son ajenos a este proceso. Sin embargo, dada la complejidad del tema y el tiempo de duración del Proyecto es fundamental realizar las explicaciones necesarias para informar sobre la envergadura de las obras, puntualizando que se ha considerado realizar trabajos de restauración y revegetación. El personal de HUNT OIL o de la empresa contratista explicará en qué consiste el proceso de negociación y compensación por uso de las tierras y dejará claro a la población local que este proceso está debidamente respaldado por un marco legal que protege sus derechos. Las únicas personas autorizadas para este fin son aquellas designadas expresamente por HUNT OIL o la empresa contratista (previa coordinación con HUNT OIL) y en todo momento estas personas deben acreditarse correctamente ante la población local con la cual se realizará el proceso de negociación y posterior compensación. La explicación que se realice ante la población local debe contener los puntos siguientes:

Explicar el proceso de identificación de propietarios y determinar el uso que se le da a la tierra.

Explicar el concepto de indemnización por afectar cultivos y bienes en general durante el desarrollo del Proyecto, así como el pago de cualquier afectación adicional que se produzca durante el uso.

Explicar con detenimiento los alcances de la firma del acuerdo de compensación resaltando el compromiso por parte del propietario de la tierra de permitir el ingreso de las cuadrillas de trabajo a dichas áreas conforme al tiempo y las condiciones establecidas previamente en el acuerdo.

Explicar que todos los pagos se realizarán conforme a una valoración técnica, que se ofrecerá en todos los casos un precio razonable y que ellos tienen total libertad de consultar las propuestas con personas de su confianza, previamente a la firma del contrato.

Explicar detenidamente, empleando un lenguaje claro y sencillo, cuales son las restricciones, de darse el caso, para el uso de sus tierras.

Explicar claramente que solamente se suscribirán los contratos con aquellas personas naturales o jurídicas que acrediten poseer un título sobre el área a

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utilizar. En el caso que no exista tal título deberán estar acreditados por las autoridades de la comunidad nativa o centro poblado.

Explicar que la firma del contrato se realizará con total transparencia respetando el marco legal y los intereses de los afectados, por lo tanto de considerarlo necesario, los afectados podrán consultar previamente a su firma a terceros de su confianza.

Explicar el tiempo de vigencia del acuerdo y las condiciones en las que las tierras serán devueltas a sus propietarios.

8.3.3.4.4 Procedimientos para la Negociación y Compensación del Uso Temporal de Tierras

La compensación será negociada de acuerdo al Uso Temporal de Tierras por frente de trabajo (CB, plataformas de aterrizaje, campamentos volantes, zonas de descarga, líneas sísmicas) antes del inicio de los trabajos en dichas zonas. No se considera a las tierras afectadas por la implementación de las plataformas de exploración de los pozos ni el punto de apoyo logístico, por no comprometer las tierras de ninguna comunidad nativa ni centro poblado. Estos frentes de trabajo se encuentran en la RCA. La compensación realizada por HUNT OIL a la RCA podrá ser monetaria para ser empleada en la implementación de proyectos en el ANP de acuerdo a lo que establece el Plan Maestro. Esta compensación corresponderá al área físicamente utilizada y afectada por HUNT OIL en sus operaciones. El proceso de negociación y compensación se realizará en cuatro etapas: coordinación, reconocimiento de la zona, negociación y definición de acuerdo, y firma del contrato.

Coordinación: El Monitor de Relaciones Comunitarias de la contratista solicitará una reunión a la comunidad nativa o centro poblado a través del Relacionista Comunitario de HUNT OIL. En esta reunión explicará el detalle y las características del trabajo a realizar y propondrá al titular de la tierra la realización de una visita al sitio donde se planean realizar los trabajos. Esta visita debe contar con la participación de las autoridades de la comunidad nativa o centro poblado, así como de personal técnico de la empresa contratista y el representante del área de negociaciones de HUNT OIL quienes absolverán cualquier pregunta del titular de la tierra y sus representantes. Asimismo, en esta reunión, se acordará una fecha para la negociación posterior.

Reconocimiento de la zona: En esta visita, se recibirán los comentarios de los representantes del titular de la tierra respecto al sitio. Estos comentarios se evaluarán con el personal técnico de la contratista, in situ; luego, el Monitor de Relaciones Comunitarias de la Contratista elaborará un reporte específico

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de la visita, el cual será remitido al Supervisor de Relaciones Comunitarias y el área de negociaciones de HUNT OIL.

Negociación y definición de acuerdo: Posterior a la visita, se llevará a cabo la negociación en la fecha acordada previamente, la cual se realizará en el local e idioma que el titular de la tierra lo indique. La negociación con el titular de la tierra, respecto a la propuesta económica, será realizada por el Monitor de Relaciones Comunitarias de la Contratista. El representante del Área de Negociaciones de HUNT OIL podrá participar en este proceso como facilitador. Los montos a negociar tomarán como base los valores anteriormente definidos entre el titular de la tierra y HUNT OIL.

Firma del contrato: Luego de culminadas las negociaciones entre las partes involucradas y estando éstas de acuerdo, se procederá a la firma de un contrato, en el cual deberán estar expresamente indicados todos los acuerdos pactados. Es requisito indispensable antes del inicio del Proyecto en el predio identificado la firma de este acuerdo.

Es responsabilidad del Área de Negociaciones de HUNT OIL realizar el seguimiento al acuerdo firmado entre la empresa y el titular de la tierra.

8.3.3.4.5 Procedimiento previo a la Negociación y Compensación del Uso Temporal de Tierras de Posesionarios que no Cuenten con Título de Propiedad

Los posesionarios que no cuenten con título o reconocimiento legal del predio, deberán solicitar a la máxima autoridad de la localidad, alcalde y/o gobernador, que certifique, mediante un acta, la posesión del predio. Dicho documento permitirá ser parte de las negociaciones con la empresa, por concepto de afectación al predio. De no ser posible obtener el certificado de posesión o documento similar, se levantará un acta sobre los acuerdos pactados entre la empresa titular y aquel que se declare posesionario. En las Oficinas de Enlace se mantendrá copia del acta correspondiente, en caso se recibiera algún tipo de reclamo, éste pueda ser atendido. Estos reclamos serán recibidos durante el periodo en el que se hayan ejecutado las actividades en el predio en cuestión. El Área de Negociaciones de HUNT OIL será la encargada de realizar el seguimiento respectivo a éste.

8.3.3.5 Periodo de Ejecución

El programa se implementará en concordancia con los Cuadros 8-1 y 8-2 del presente capítulo.

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EIA para la Perforación de Ocho Pozos Exploratorios y Programa de Adquisición Sísmica 3D en el Lote 76 Vol. IV Cap. 8-14

8.3.4 PROGRAMA DE CONTRATACIÓN TEMPORAL DE PERSONAL

El presente Programa se dirige a establecer las acciones y mecanismos relacionados con la contratación de personal que será empleado durante la adquisición sísmica 3D y la perforación de pozos exploratorios por un periodo que estará definido según la necesidad de cada actividad del Proyecto. Para ello, HUNT OIL y la contratista respetarán el marco legal vigente sobre contratación de personal y reconocen los principios y derechos laborales contenidos en los Convenios Internacionales en materia laboral de los cuales el Perú es parte. En ese sentido, se implementarán las siguientes directivas generales:

No discriminación y trato igualitario entre trabajadores locales y foráneos.

Las condiciones laborales y el sueldo a recibir por trabajador se determinarán de acuerdo a las funciones y responsabilidades que asuma éste. Por ningún motivo se harán diferencias entre trabajadores que desempeñen el mismo cargo.

Se buscará priorizar el brindar oportunidades de trabajo a los integrantes de las comunidades nativas y centros poblados que se localizan en el AID del Proyecto.

El presente programa contribuirá a la mitigación de algunos impactos sociales, como el proceso de inmigración poblacional que pudiera iniciarse en el área de influencia por el inicio de actividades del Proyecto, así como también, encaminar adecuadamente los efectos positivos dados por la oportunidad de empleo a la población local.

8.3.4.1 Objetivos

Disponer de personal adecuado en forma temporal para las obras que el Proyecto requiera y que preferentemente provenga de las localidades del AID.

8.3.4.2 Ámbito de Acción

Población económicamente activa desocupada del área de influencia del Proyecto, particularmente de las comunidades nativas de Puerto Luz y San Lorenzo, así como de los centros poblados Quincemil y Huepetuhe. De igual manera personal foráneo a esta área de ser el caso.

8.3.4.3 Responsables

Por parte de HUNT OIL: el Gerente de EHS, y por parte de las empresas contratistas: sus Departamentos de Recursos Humanos (RRHH); por parte de la población beneficiaria, los presidentes comunales en coordinación con sus

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EIA para la Perforación de Ocho Pozos Exploratorios y Programa de Adquisición Sísmica 3D en el Lote 76 Vol. IV Cap. 8-15

Asambleas Comunales y la autoridad principal para el caso de centros poblados. La contratación de personal se hará de manera individualizada.

8.3.4.4 Líneas de Acción del Programa

8.3.4.4.1 Acciones previas a la Contratación del Personal

El representante de HUNT OIL o de la contratista solicitará al presidente de la comunidad nativa una reunión con la asamblea comunal a fin de informar los alcances de este programa, destacando que éste busca promover la participación local en el Proyecto. La lista de trabajadores que se genere debe ser acompañada de la copia del acta de la asamblea comunal que la valide. En el caso de centros poblados se procederá de la misma manera, es decir, se solicitará a la autoridad responsable una reunión para informar a la población acerca de los alcances del programa. A continuación, se detalla el contenido de la reunión informativa

Objetivo del Programa de Contratación Temporal de Personal.

Breve explicación del Proyecto, haciendo énfasis en las actividades que requieren contratación de personal.

Explicar claramente que la contratación es durante el tiempo que dure la actividad y no durante todo el Proyecto. Se deberá tener especial cuidado en este punto a fin de evitar cualquier mal entendido, salvo para aquellas actividades que se desarrollen durante toda la vida del Proyecto.

Mencionar los tipos y número de puestos de trabajo disponibles (mano de obra semicalificada y no calificada).

Funciones a desempeñar según el puesto y tiempo estimado de contratación.

Indicación de los criterios para la selección de personal.

A. Criterios para la Selección de Personal

Para la contratación de personal, el representante de HUNT OIL solicitará a las autoridades locales el padrón de comuneros y/o residentes actualizados. Los criterios para la contratación serán los siguientes:

Por ningún motivo se contratarán profesores de las comunidades nativas o centros poblados que estén en pleno ejercicio de sus labores.

Por ningún motivo se contratarán sanitarios o técnicos enfermeros que estén en pleno ejercicio de sus labores.

No se contratarán promotores de salud, salvo que exista un sanitario o técnico enfermero disponible (sin vínculo laboral con ninguna institución o empresa) en la comunidad nativa o centro poblado.

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Se pedirá a las comunidades nativas y centros poblados que eviten incluir en la lista de probables trabajadores a personas que cumplan funciones en beneficio de la localidad.

Se pedirá a las comunidades nativas y centros poblados locales que no incluyan a personas ajenas a la localidad.

En el caso de ser personal con nacionalidad peruana que desee ser contratado, deberá contar con su Documento Nacional de Identidad (DNI). En el caso de ser personal extranjero, deberá contar con los permisos laborales correspondientes. Para ambos casos, deberán haber aprobado el examen médico exigido y poseer el certificado de vacunas requeridas.

B. Responsabilidades de la Gerencia de Recursos Humanos de la

Empresa Contratista

Definir los requerimientos de personal local por frente de trabajo y entregar copia de dicha información a la Gerencia de EHS de HUNT OIL.

Realizar la contratación de personal y remitir a la Gerencia de EHS de HUNT OIL las estadísticas (en físico y digital) de la contratación de personal local por frente de trabajo, incluyendo la siguiente información:

i. Nombre completo ii. Documento de identidad iii. Procedencia iv. Especialidad o puesto de trabajo v. Salario vi. Periodo del contrato vii. Status: trabajando, despedido, abandono, renuncia viii. Tiempo de permanencia en el puesto ix. Capacitaciones recibidas

La frecuencia de presentación de dicha información por parte de la empresa contratista será establecida por HUNT OIL.

C. Responsabilidades del Monitor de Relaciones Comunitarias de la Empresa Contratista

Elaborar y mantener actualizado un registro de empleo que detalle el número de trabajadores por lugar de origen.

Verificar que las personas propuestas para ser contratadas estén en el padrón de la comunidad nativa o centro poblado. Esta lista será entregada a la Gerencia de Recursos Humanos de la empresa contratista, remitiendo la misma a la Gerencia de EHS de HUNT OIL.

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8.3.4.4.2 Proceso de Contratación de Personal

Se comunicará a las autoridades de la comunidad nativa o centro poblado el día que las personas previamente seleccionadas realizarán su examen médico y vacunas respectivas. Tanto el examen médico como las vacunas serán gratuitos y de responsabilidad de las empresas contratistas encargadas de realizar la perforación de pozos exploratorios y la adquisición sísmica 3D.

Con los resultados de los exámenes médicos se realizará una lista definitiva del personal que será contratado. De darse el caso que un miembro de las localidades no cumpliera con los requisitos, el representante de la contratista le explicará las razones de su no contratación.

Previo a la firma del contrato se explicará detalladamente los alcances del mismo, a fin que la persona contratada tenga pleno conocimiento y entendimiento de los deberes y derechos que conlleva la firma del mismo.

8.3.4.4.3 Actividades Obligatorias antes del Inicio del Proyecto

El personal contratado recibirá charlas de inducción antes del inicio de sus labores. Estas charlas son de carácter obligatorio constituyéndose en requisito indispensable para el inicio de sus actividades en el proyecto. Los temas a tratar serán sobre seguridad industrial, medio ambiente, relaciones comunitarias, áreas naturales protegidas (con especial énfasis en la RCA) y Política de Conducta de HUNT OIL.

Durante la etapa de abandono del Proyecto se tendrá especial cuidado con el personal local que labore en la empresa, apoyándolo en identificar otras oportunidades de generación de ingresos. Asimismo, se le apoyará en vincular –en la medida de lo posible- las competencias desarrolladas en el proyecto en sus actividades habituales.

8.3.5 PROGRAMA DE CAPACITACIÓN Y SENSIBILIZACIÓN PARA UN RELACIONAMIENTO ADECUADO

En todo proyecto a implementar, siempre existe la posibilidad que se puedan generar conflictos sociales por el comportamiento de los trabajadores en el entorno del Proyecto. Por tanto, es fundamental que el personal, tanto de HUNT OIL como sus empresas contratistas, reciba capacitación permanente sobre aspectos sociales y sobre cómo relacionarse con la población local, respetando su idiosincrasia y cultura. El programa permitirá prevenir y mitigar algunos impactos relacionados al poco o nulo entendimiento entre los trabajadores de la empresa y los locales. Asimismo, mediante este programa se buscará fomentar el respeto mutuo entre los

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trabajadores y población local para que, de esta manera, se eviten situaciones de conflicto. La capacitación estará orientada a mejorar los conocimientos, habilidades y actitudes de los participantes; el programa contribuirá a que los trabajadores estén adecuadamente capacitados para cumplir con sus labores, contar un ambiente laboral agradable y que el personal tenga un trato respetuoso con las localidades en las que se desarrollará el proyecto. Asimismo, se incluirán charlas de inducción sobre temas de conservación, manejo e importancia de la RCA.

8.3.5.1 Objetivo

Sensibilizar al personal que interviene en el Proyecto (profesionales, técnicos, obreros y visitantes) en aspectos concernientes a temas socioculturales, de relaciones comunitarias y de conservación y manejo de la RCA para que exista un adecuado relacionamiento entre la población del área de influencia y el personal vinculado laboralmente al proyecto.

8.3.5.2 Ámbito de Acción

El programa está dirigido al personal del Proyecto que realizará trabajos de campo en todos los frentes de trabajo, así como al personal administrativo de la empresa contratista. La capacitación al personal deberá efectuarse en el CB, antes que ejecute actividades de campo.

8.3.5.3 Responsables

Los responsables de EHS y de RRCC de la empresa contratista serán los encargados de llevar a cabo los cursos de capacitación para el personal contratado. El Relacionista Comunitario de HUNT OIL será el encargado de vigilar el proceso, bajo los lineamientos diseñados por la Gerencia de EHS de HUNT OIL. Los Supervisores Ambientales y los Monitores de Relaciones Comunitarias de la contratista serán los encargados de las inducciones en campo cuando las actividades de adquisición sísmica y de perforación exploratoria se estén ejecutando. Asimismo, se considera la participación de la Jefatura de la RCA en la validación del contenido que se brinde en las charlas referidas a esta área natural protegida. HUNT OIL y/o su contratista apoyarán de manera directa a que este programa se lleve a cabo bajo las premisas de su política de responsabilidad social, lo mismo que la asignación de recursos tanto económicos como materiales sean provistos de la manera más oportuna, a fin que el programa se realice de una manera eficiente y eficaz.

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EIA para la Perforación de Ocho Pozos Exploratorios y Programa de Adquisición Sísmica 3D en el Lote 76 Vol. IV Cap. 8-19

8.3.5.4 Líneas de Acción del Programa

8.3.5.4.1 Planificación de los Eventos de Capacitación

La planificación será realizada por los responsables de EHS y de RRCC de la empresa contratista en coordinación con el Supervisor de Relaciones Comunitarias de HUNT OIL. Se tomarán en cuenta los siguientes aspectos:

Cronograma de capacitación por año.

Lugar o lugares donde se realizará la capacitación.

Modalidad (por grupos, por frente de trabajo, etc.).

Temas de acuerdo a la modalidad empleada.

Informe de evaluación de los eventos de capacitación que será el insumo para la planificación del año siguiente.

Todos los eventos de capacitación, sean charlas, cursos o inducciones, serán de carácter obligatorio para todo el personal que labore para el Proyecto, siendo requisito para el empleo contar con el certificado respectivo. De manera excepcional y sólo con el permiso respectivo del responsable de EHS de la empresa contratista se justificará la ausencia de un trabajador a algún evento de capacitación. Las charlas de capacitación se dirigirán también a los Gerentes del Proyecto y se llevarán a cabo principalmente en el CB. Para el caso de los trabajadores, se recomienda que estas charlas o inducciones se dicten en cada frente de trabajo, por ser éstos los lugares más apropiados para recibirlas. HUNT OIL podrá modificar el cronograma de capacitación anual a partir de la evaluación de los avances del proyecto con la finalidad de enfatizar los temas que se requieran en dicho momento.

8.3.5.4.2 Desarrollo de Materiales y Contenidos de Capacitación

Los responsables de EHS y de relaciones comunitarias de la empresa contratista serán los encargados de la elaboración de los materiales de capacitación y del cronograma de capacitación, monitoreo y evaluación del programa, así como de remitir informes sobre la implementación del programa a la Gerencia de EHS de HUNT OIL, según la periodicidad que ésta última establezca. Los contenidos de los materiales y cursos de capacitación serán revisados y aprobados por la Gerencia de EHS de HUNT OIL; dichos materiales deben responder a los objetivos y requerimientos del programa y deberán ser elaborados

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especialmente para el Lote, según su propia realidad. A continuación, se enumeran los temas que se desarrollarán:

Información sobre HUNT OIL

Descripción del Proyecto

Políticas de HUNT OIL3

Código de Conducta de HUNT OIL y de la empresa contratista

Legislación vigente en materia de hidrocarburos y medio ambiente, áreas naturales protegidas y derechos de las comunidades nativas (Convenio 169 de la OIT)

Ubicación e identificación de los grupos de interés

Aspectos sociales, económicos y culturales de relevancia

Valores biológicos del área donde se implementará el Proyecto

Conservación, manejo e importancia de la RCA

Plan de Manejo Ambiental del Proyecto

Plan de Relaciones Comunitarias: objetivos y programas

Compromiso y vigilancia al cumplimiento del Plan de Relaciones Comunitarias

Charlas en Salud y Seguridad

Otros que HUNT OIL considere pertinentes

Los instrumentos que se utilizarán para la implementación del Programa serán separatas, cartillas, afiches, trípticos, material audiovisual, etc. El instrumento seleccionado así como el contenido del mismo dependerá del público objetivo. Los temas serán desarrollados de manera sencilla y clara, buscando que el proceso de aprendizaje sea didáctico y participativo, motivando en todo momento la participación del público y despejando cualquier duda o inquietud que se presente.

8.3.5.4.3 Desarrollo de la Capacitación

Se realizará en tres etapas:

Charla de introducción e inducción: Se abordarán temas relacionados a la empresa, políticas y código de conducta, descripción del Proyecto, marco legal vigente, características culturales y biológicas del área.

Charlas permanentes en los frentes de trabajo: Se reforzarán temas relacionados al marco legal vigente, Código de Conducta, Plan de Manejo Ambiental y Social, Plan de Relaciones Comunitarias, compromisos asumidos, aspectos técnicos de los trabajos que se van a desarrollar, entre otros.

5 Política de Responsabilidad Social, Política de Seguridad Ocupacional.

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Cursos periódicos: salud, seguridad, relaciones comunitarias y aspectos técnicos de las labores a realizar por parte de los trabajadores.

El contenido e intensidad de los eventos de capacitación dependerán del público objetivo. Para el caso del Proyecto, se tiene identificado dos grupos meta: gerentes y trabajadores. El Monitor de Relaciones Comunitarias de la contratista será el responsable de implementar los eventos de capacitación en Relaciones Comunitarias en los frentes de trabajo de su sector, previa coordinación y aprobación de los funcionarios responsables de HUNT OIL. Además, será responsable de documentar este proceso, llevando un registro de todos los participantes en los eventos de capacitación, con firma y cargo de los asistentes. El Relacionista Comunitario de HUNT OIL supervisará que las charlas se estén dando de manera adecuada y revisará los registros. El Monitor de Relaciones Comunitarias de la Contratista coordinará con HUNT OIL la entrega de los certificados de capacitación en relaciones comunitarias.

8.3.5.5 Periodo de Ejecución

El presente programa se implementará en concordancia con los Cuadros 8-1 y 8-2 del presente capítulo.

8.3.5.6 Seguimiento y Evaluación

Se realizarán evaluaciones previas, con pruebas objetivas, al inicio de las charlas de capacitación, evaluando el conocimiento previo y las actitudes de los candidatos a ser contratados por parte de los contratistas de HUNT OIL. En el caso de las inducciones las evaluaciones serán hechas al final, de manera que pueda ser evaluada su comprensión de los temas y avances. Evaluaciones aleatorias serán hechas a los trabajadores en general en temas que ya hayan sido capacitados u otros de interés, para realizar el seguimiento y confirmar la comprensión de las inducciones. Para el caso de las inducciones de campo, las pruebas serán hechas en formatos simples y a cargo de los inspectores ambientales en el campo durante sus visitas a las cuadrillas. El seguimiento proveerá elementos de juicio para incrementar la eficiencia de los materiales y métodos de capacitación. Estas serán incorporadas en el sistema de gestión ambiental y social de la empresa.

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8.3.6 PROGRAMA DE COMUNICACIONES

El desarrollo de proyectos de Hidrocarburos siempre ha sido un tema sensible para la población que se ha visto involucrada directa o indirectamente por esta actividad. Uno de los aspectos más delicados en la ejecución de este tipo de proyectos es el tema de la falta o de la inapropiada información sobre los impactos tanto positivos como negativos que esta actividad conlleva, lo cual genera descontento o malestar entre la población. Es fundamental que HUNT OIL, durante las diferentes etapas de desarrollo del Proyecto, implemente un sistema adecuado y oportuno de comunicación de manera tal que se eviten conflictos o malentendidos con la población local. Los lineamientos de este programa se sustentan en proporcionar información clara, sencilla y oportuna a los diferentes actores que están relacionados con la implementación del Proyecto. Cabe agregar que HUNT OIL, durante la ejecución del proyecto de Adquisición Sísmica 2D en el Lote 76, implementó como parte de su Plan de Relaciones Comunitarias, un Programa de Comunicación basado en el respeto a la diversidad cultural, transparencia e información oportuna. El presente programa reforzará estos principios a fin de prever y, de darse el caso, solucionar posibles conflictos que puedan originarse durante la implementación del Proyecto. La mitigación de impactos, las expectativas de empleo, los posibles conflictos entre trabajadores de las obras del Proyecto con la población local, así como la reducción de las inquietudes y temores respecto a las actividades del Proyecto, serían mitigados y/o previstos a través de la ejecución del presente programa. Asimismo, éste contribuirá a la mejor implementación de acciones contenidas en el PMA y el PRC.

8.3.6.1 Objetivos

Establecer mecanismos de comunicación con la población local (comunidades nativas y centros poblados), los gobiernos (locales, regionales y nacional) y con las organizaciones de la zona de trabajo, sobre las actividades que se efectuarán en el corto, mediano y largo plazo, así como de las acciones vinculadas al PMA y PRC del EIA.

8.3.6.2 Responsables

El personal de la Gerencia de EHS de HUNT OIL será el responsable de este Programa.

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8.3.6.3 Líneas de Acción del Programa

Para la implementación del programa se establecerán diferentes mecanismos de comunicación, los que se muestran en el Cuadro 8-5.

Cuadro 8-5 Mecanismos de Comunicación

Público Objetivo

Mecanismos de Comunicación

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Comunidades Nativas y Campesinas X X X

Centros Poblados X X X

Estado, Gobiernos locales y regionales X X

Organizaciones /Instituciones X X

Fuente: Elaboración Domus Consultoría Ambiental S.A.C., 2011.

Estos mecanismos de comunicación permitirán:

Fomentar reuniones con el Estado y la población local a fin de mantener un diálogo fluido entre todas las partes involucradas.

Mantener canales de comunicación con la población local a través de los presidentes de las comunidades nativas y autoridades de los centros poblados del área de influencia como también con los representantes locales y regionales.

Generar espacios y medios de comunicación en los cuales las comunidades nativas o centros poblados puedan canalizar sus inquietudes o quejas.

HUNT OIL podrá establecer mecanismos de comunicación adicionales según sea requerido. Es fundamental que la comunicación entre HUNT OIL, la población local y autoridades involucradas con la implementación del Proyecto sea permanente y recíproca. En el Cuadro 8-6, se muestran los principales temas que deben ser abordados para cada grupo objetivo. Cabe aclarar que de ser necesario o solicitado por algún grupo objetivo se pueden abordar otros temas de interés.

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Cuadro 8-6 Contenidos de la Comunicación

Temas

Público Objetivo

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Empleo local X X

Negociación de tierras X X

Adquisición de productos locales X X

Transporte y logística X X

Impactos socio ambientales X X X X

Plan de Manejo Ambiental X X X X

Apoyo al desarrollo local X X X

Fuente: Elaboración Domus Consultoría Ambiental S.A.C., 2011.

8.3.6.4 Periodo de Ejecución

La implementación del presente programa se dará en concordancia con los Cuadros 8-1 y 8-2 del presente capítulo.

8.3.7 PROGRAMA DE ADQUISICIONES LOCALES

Como consecuencia del inicio del Proyecto, se generan expectativas en la población del área de influencia, principalmente en dos temas: la generación de empleo y la demanda de productos locales para abastecer las necesidades del Proyecto. En tal sentido, el programa se dirige a implementar las acciones vinculadas a la compra de algunos productos locales a fin de contribuir a la dinámica comercial de la zona de influencia del Proyecto, considerando un abanico definido y claro de productos en tipos, calidades y cantidades. En consecuencia, el presente programa permitirá la generación de ingresos para los pobladores de las comunidades nativas y centros poblados, potenciándose el efecto positivo de mejora en las actividades comerciales.

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EIA para la Perforación de Ocho Pozos Exploratorios y Programa de Adquisición Sísmica 3D en el Lote 76 Vol. IV Cap. 8-25

8.3.7.1 Objetivos

Maximizar las oportunidades de compra de productos a nivel local y regional tomando en cuenta al mismo tiempo el no sobredimensionar las expectativas respecto a ellas.

8.3.7.2 Ámbito de Acción

Los productos ofertados en el área de influencia del Proyecto y que son producidos por la población de las localidades involucradas: productos agropecuarios y servicios.

8.3.7.3 Responsables

Personal de la Gerencia de EHS de HUNT OIL, así como también el presidente comunal apoyado por su respectiva asamblea comunal, y las autoridades de los centros poblados.

8.3.7.4 Líneas de Acción del Programa

Para una adecuada implementación del programa deberá existir un trabajo coordinado y bien informado entre el personal de la Gerencia de EHS de HUNT OIL, las empresas contratistas y las comunidades nativas y centros poblados a través de sus autoridades. Establecimiento de criterios para las actividades de compras:

Se prohíbe que los trabajadores adquieran productos locales de forma individual.

Es necesario prestar atención a que las adquisiciones no provoquen desabastecimiento en el mercado regular local.

El personal de HUNT OIL y su contratista tendrán prohibido la compra de animales silvestres que se encuentren protegidos por la legislación vigente.

Se prohíbe que las empresas contratistas adquieran madera que no cuente con las Guías de Remisión Forestal respectivas.

Los productos a comprar serán los que la población local envía con destino a otros mercados, como Cusco y Puerto Maldonado. Cuando se constate la existencia de un mercado definido a nivel local de productos agropecuarios en áreas aledañas en donde se realicen las actividades del Proyecto, HUNT OIL o sus contratistas podrán adquirir dichos productos, previa coordinación con la Gerencia de EHS de HUNT OIL.

HUNT OIL considerará un mecanismo para permitir la adquisición de productos locales de las comunidades, principalmente productos de carácter agrícola, descartando pescado y carne de animales silvestres.

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EIA para la Perforación de Ocho Pozos Exploratorios y Programa de Adquisición Sísmica 3D en el Lote 76 Vol. IV Cap. 8-26

Los productos comprados deberán estar previamente definidos y ser excedentes de la producción local.

El responsable de la contratista deberá llevar un registro de los bienes adquiridos con la información siguiente: nombre del bien, cantidad, procedencia, costo y época del año en el que se adquiere el bien.

La elaboración del programa de adquisiciones deberá ser formulada en coordinación directa con la población y sus autoridades. El trato debe realizarse entre HUNT OIL, la empresa contratista, las comunidades nativas y/o centros poblados.

La compra directa de productos locales debe ser coordinada con el Relacionista Comunitario de HUNT OIL y autorizada por la máxima autoridad correspondiente de la comunidad nativa y/o centro poblado. Se informará claramente el carácter temporal de la compra. El Programa de Comunicaciones deberá acopiar la información para difundirla y reducir el nivel de expectativas locales.

8.3.7.5 Periodo de Ejecución

La implementación del presente programa estará en concordancia con los Cuadros 8-1 y 8-2 del presente capítulo.

8.3.8 PROGRAMA DE DESARROLLO LOCAL

El Programa de Desarrollo Local (PDL) buscará que las comunidades nativas y centros poblados ubicados en el área de influencia del Proyecto mejoren su calidad de vida, a través de la implementación de proyectos de desarrollo sostenible, los cuales se ejecutarán de manera coordinada entre HUNT OIL, las autoridades de las comunidades nativas, centros poblados y los gobiernos locales y regionales involucrados con el Proyecto.

8.3.8.1 Objetivos

Contribuir a mejorar la calidad de vida de las poblaciones involucradas en el AID del Proyecto, a través de actividades sostenibles.

8.3.8.2 Ámbito de Acción

Se trabajará con las comunidades nativas y centros poblados que se encuentran en el AID del Proyecto. Asimismo, se coordinará con los gobiernos locales y regionales en la realización del presente programa.

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EIA para la Perforación de Ocho Pozos Exploratorios y Programa de Adquisición Sísmica 3D en el Lote 76 Vol. IV Cap. 8-27

8.3.8.3 Responsables

La Gerencia de EHS de HUNT OIL y la empresa contratista, en estrecha coordinación con las autoridades de las comunidades nativas, centros poblados, gobiernos locales y regionales ubicados en el AID del Proyecto.

8.3.8.4 Líneas de Acción del Programa

Se trabajará el aspecto de salud con la población local, adicionalmente se podrán establecer programas ligados a la educación. A continuación se detallan los subprogramas de salud y educación.

8.3.8.4.1 Subprograma de Salud

El programa de salud surge como respuesta a las necesidades identificadas por la población indígena y no indígena, personal de los puestos de salud, autoridades locales y comunales, por los profesionales de DOMUS y de HUNT OIL, actores vinculados con el área de influencia del Proyecto. Dentro de las líneas de acción del PDL, el Programa de Salud, que fue iniciado durante las actividades de HUNT OIL con ocasión de la realización de la sísmica 2D, ya cuenta con la priorización participativa de las poblaciones locales. Por lo tanto dicho programa será continuado en este Proyecto.

A. Objetivos

Con este programa, HUNT OIL busca contribuir a mejorar la calidad de los servicios de salud local, poner al alcance estos servicios a las comunidades nativas del AI, sobre la base de la prevención e interculturalidad. Este programa considera importante generar sinergias entre los responsables del sector salud del Estado, la empresa, autoridades locales, comunidades nativas y centros poblados del área de influencia del Proyecto.

B. Ámbito de Acción

El programa de salud se implementará para beneficio de las comunidades y localidades del AI, por razones logísticas del MINSA, éstas se centralizarán en las localidades que se muestran en el Cuadro 8-7. Adicionalmente, éstas podrán realizarse en las comunidades beneficiarias de la RCA y otros centros poblados que HUNT OIL determine, previa coordinación con éstas y el MINSA y/o las organizaciones de salud estatales competentes.

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EIA para la Perforación de Ocho Pozos Exploratorios y Programa de Adquisición Sísmica 3D en el Lote 76 Vol. IV Cap. 8-28

Cuadro 8-7 Localidades

N° Localidades

1 CN San Lorenzo

2 CN Puerto Luz

3 Huepetuhe

4 Salvación

5 Quincemil

Fuente: Elaboración Domus Consultoría Ambiental S.A.C., 2011.

C. Responsables

Los responsables del programa de salud serán la Gerencia de EHS de HUNT OIL, los jefes comunales y autoridades locales en estrecha coordinación con los responsables del sector salud a nivel regional y a nivel local.

D. Líneas de Acción del Programa

Para la implementación de las líneas de acción propuestas en este programa se requiere del compromiso y trabajo coordinado de los diferentes actores de la zona, Sector Salud, autoridades locales y comunales con un enfoque preventivo y de “salud intercultural”. HUNT OIL mantendrá una actitud proactiva a fin de dar cumplimiento a las líneas de acción planteadas. Este programa fortalecerá las capacidades del sector salud, así contribuirá a mejorar las condiciones logísticas y materiales de los establecimientos de salud. El programa continuará teniendo un enfoque de género y de interculturalidad. A su vez, continuará teniendo un enfoque preventivo.

E. Periodo de Ejecución

La implementación del presente programa empezará con el inicio de las actividades del Proyecto y se ejecutará en paralelo al desarrollo del mismo, concluyendo con la etapa de abandono.

8.3.8.4.2 Subprograma Apoyo a la Educación Local

En la línea de base social del EIA, se ha observado que la mayoría de los centros educativos a los que asiste la población ubicada en el área de influencia directa del proyecto no se encuentra en situaciones adecuadas. Estas condiciones afectan negativamente los procesos de aprendizaje educativos de los niños y las niñas locales, lo cual tiene implicancias serias para el desarrollo de los mismos.

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EIA para la Perforación de Ocho Pozos Exploratorios y Programa de Adquisición Sísmica 3D en el Lote 76 Vol. IV Cap. 8-29

Por ello, el presente Programa se dirige a establecer las acciones y mecanismos relacionados con el apoyo de HUNT OIL a la mejora de la calidad de la educación que reciben estos niños y niñas en edad escolar de estos centros educativos.

A. Objetivo

Mejorar las condiciones educativas de los niños y las niñas que estudian en los centros educativos del área de influencia directa del proyecto.

B. Ámbito de Acción

Centros educativos de primaria y secundaria de los centros poblados y comunidades nativas del área de influencia directa del proyecto identificados en el presente EIA. Este ámbito podrá ser ampliado para beneficio de las comunidades nativas beneficiarias de la RCA, según lo establezca HUNT OIL.

C. Responsables

El programa deberá realizarse de manera coordinada, teniendo como responsables, por parte de HUNT OIL a la Gerencia de EHS; por parte de los centros educativos a sus directores o encargados de los mismos; y, por parte de la población local, a los presidentes comunales en coordinación con sus Asambleas Comunales y la autoridad municipal para el caso de centros poblados, así como las autoridades estatales competentes.

D. Líneas de Acción del Programa

En el marco de este programa, se plantearán las siguientes líneas de acción:

Apoyar el mejoramiento de las condiciones en las que se encuentra la infraestructura de los centros educativos del ámbito de acción según las necesidades identificadas en cada uno de ellos.

Mejorar los materiales educativos utilizados en los centros educativos del ámbito de acción según las necesidades identificadas en cada uno de ellos.

Apoyar en los procesos de capacitación a los docentes del ámbito de acción.

Otros que HUNT OIL considere pertinentes.

La implementación de las acciones del programa se realizará de manera coordinada con los responsables correspondientes previa evaluación de HUNT OIL y coordinación con las entidades estatales competentes.

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8.3.9 PROGRAMA DE PROTECCIÓN A LOS PUEBLOS EN AISLAMIENTO O CONTACTO INICIAL

En virtud de las políticas de HUNT OIL de absoluto respeto del derecho a la vida y la salud de las poblaciones en aislamiento o contacto inicial y considerando su alta vulnerabilidad, se propone el presente Programa, el cual ha sido elaborado ante la eventualidad de darse un encuentro no deseado con población en aislamiento o contacto inicial, a pesar de no existir evidencias de la presencia de estas poblaciones en el área del Proyecto. Este Programa ha sido desarrollado teniendo en cuenta la situación particular que poseen estos grupos, desde el punto de vista de su conformación demográfica, estructura social, actividades económicas, patrones de asentamiento y migraciones temporales. Asimismo, norma las acciones del personal de la empresa ante el eventual relacionamiento con estas poblaciones, considerando diferentes escenarios y en base a la revisión de diversas guías elaboradas por otras instituciones, siendo de carácter obligatorio para todo el personal de la empresa o terceros que brinden servicios a ésta.

8.3.9.1 Antecedentes

HUNT OIL realizará actividades en el área del departamento de Madre de Dios. El Parque Nacional del Manu, ubicado a 50 km aproximadamente de las operaciones del presente proyecto, es donde especialistas consideran que existiría población en aislamiento voluntario. En el caso del Lote 76, la población directamente impactada es Harakmbut. Esta familia lingüística, en la que están incluidos los Arakmbut o Amarakaeri, fue contactada a inicios de la década de 1950 por misioneros cristianos quienes pronto los asimilaron a los puestos misionales. Posteriormente, esta etnia, ya con la experiencia de la sedentarización y nuclearización, constituyó comunidades nativas, de ahí que no se pueda afirmar que existe población Harakmbut en aislamiento voluntario. No obstante ello, haremos una reseña de los pueblos indígenas en aislamiento voluntario y contacto inicial presumiblemente habitantes en la región de Madre de Dios. Según Zarzar, los indígenas aislados, ubicados en la actualidad alejados de los suelos ricos en nutrientes y lejos de los ríos principales y por lo tanto de los recursos ictiológicos, se ven obligados a mantener una rotación en torno a las cabeceras y varaderos para poder cultivar suelos pobres y obtener recursos del bosque sin que ello signifique agotar los recursos de caza de la que dependerían como fuente de proteínas. Todo ello lleva a que el grupo deba mantenerse pequeño y con una estructura social simplificada similar a la primitiva banda de cazadores y recolectores (Zarzar, 2000:11-12). Actualmente se sabe que la extracción del caucho (fines del siglo XIX y comienzos del XX) y la presión y violencia ejercida sobre los pueblos indígenas ocasionaron el

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desplazamiento de sectores de estas poblaciones hacia las nacientes de ríos principales y tributarios. A ello se sumaría los traficantes de pieles, madereros, buscadores de oro, cocaleros, comerciantes, empresas petroleras e incluso narcotraficantes (Zarzar, 2000: 11-12). Los aislados de la Amazonía peruana serían once grupos étnicos que pertenecerían a dos familias lingüísticas, los pano y los arahuac (Zarzar, 2000: 18). Las nacientes de los ríos y tributarios del Parque Nacional del Manu (véase Mapa 8-1) serían el hábitat de dos pueblos indígenas en aislamiento pertenecientes a la familia lingüística Arahuac: el Mashco Piro y el Matsiguenka. Hacemos una reseña de estos grupos a continuación.

8.3.9.1.1 Los Mashco Piro

Los Mashco Piro son segmentos de población Yine-Piro (Familia Lingüística Arahuac) que procedentes del río Urubamba se trasladaron a Madre de Dios antes del boom del caucho. Con el inicio de la extracción del látex y de la violencia consecuencia de esta industria optaron por aislarse dirigiéndose a las nacientes de los ríos y quebradas. Según Solís la expresión Mashco Piro, de procedencia Yine-Piro, se refiere a quienes son Piro y además bravos u hostiles (Solís, G. 2009:318). Los investigadores coinciden en que el territorio habitado por los Mashco Piro se encuentra dentro del área del Parque Nacional del Manu. Según Huertas (2010), actualmente existen tres grupos. Un primer grupo habita la cuenca del Purús (departamento de Ucayali), los otros dos están ubicados en las cuencas de los ríos Las Piedras y Manu (norte y oeste de Madre de Dios). Estos grupos a su vez están divididos en subgrupos que viven de la caza, recolección y pequeñas siembras (Huertas 2010:10). Según Zarzar, quien también designa a este grupo con el nombre de Iñapari (Zarzar, 2000:18), éste habitaría las partes altas de los ríos Palotoa, Panagua, Pinquén, y el río Alto Madre de Dios en el Parque Nacional del Manu (Zarzar, 2000:16, 18). La Torre sitúa a este grupo en los tributarios del río Las Piedras (La Torre, 1999:104). Zarzar, basándose en datos proporcionados por varios estudiosos sobre el tema, señala que los Mashco Piro en la actualidad son casi con seguridad el único grupo de cazadores-recolectores existentes en la Amazonía peruana: carecen de herramientas de metal, utilizan hachas de piedra, otros indicios llevan a pensar que tampoco practicarían la agricultura. Sus asentamientos serían temporales y su etapa de mayor movilidad se produciría en el estiaje cuando existen más playas para acampar, pescar y recolectar huevos de taricaya (Zarzar, 2000:30-31; véase La Torre 1999). De acuerdo a lo señalado por Huertas (2010), en la segunda mitad del siglo XX, los Mashco Piro han sufrido la irrupción violenta de sectores de la sociedad peruana encarnados en empresas petroleras con concesiones en la zona y madereros. Así, en los años 1960 indígenas en aislamiento provenientes de este pueblo fueron agredidos con explosivos por trabajadores de la empresa

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International Petroleum Company. A mediados de los años 1990, trabajadores de otra empresa petrolera, la Mobil Exploration and Producing Inc. que realizaba actividades de exploración sísmica, fueron testigos de la presencia de estas poblaciones. Entre los años 1999 y 2006, etapa en la cual según Huertas se produce el auge de la tala de la caoba en Madre de Dios, se produjeron reiterados enfrentamientos entre indígenas aislados y madereros. Como consecuencia de estos actos, en el año 2002, el Estado reconoció la formación de una reserva territorial a favor de esta población. En la región existen además diferentes Áreas Naturales Protegidas como el Parque Nacional Alto Purús, la Reserva Comunal Alto Purús y el Parque Nacional del Manu, además de Bosques de Producción Forestal Permanente. En estos últimos se han hecho concesiones forestales. Según esta autora, el año 2010 se produjeron actos hostiles por parte de los indígenas aislados contra madereros con concesiones forestales otorgadas por el Estado superpuestas a su territorio (Huertas 2010: 10-11). En resumen, esta población enfrenta riesgos derivados de la tala de madera formal e informal y de la posible presencia de empresas cerca del territorio que ocupan.

Recientemente, en agosto de 2011, algunos indígenas en aislamiento, a quienes suponen Mashco Piro, habrían sido avistados en el sector Yanayacu del Parque Nacional Manu, el cual se encuentra a una distancia de al menos 39 km del área de operaciones del presente Proyecto (véase Mapa 8-1). Un grupo de aproximadamente veinte indígenas en situación de aislamiento o no contactado, habría sido avistado en la quebrada Puzango y Condesa en el río Alto Madre de Dios, región Madre de Dios. Los aislados eran jóvenes, estaban desnudos, únicamente cubriéndose con un taparrabos de fibra vegetal. Los hombres, según se habría podido apreciar utilizarían el cabello largo en tanto que las mujeres lo llevarían corto. No utilizarían pintura corporal (http://Servindi.org, 14/12/2011).

Según Servindi, aparentemente personas poco informadas buscaron contacto con estas poblaciones, de ahí que el SERNANP hiciera un llamado a la ciudadanía para evitar contacto con los aislados, tomando en cuenta la extrema vulnerabilidad de estas poblaciones frente a enfermedades para las cuales no han desarrollado defensas. (http://Servindi.org, 14/12/2011).

En el mes de octubre del mismo año, un guardaparque del Parque Nacional del Manu, en circunstancias en que realizaba un patrullaje en la zona conocida como Yanayacu, fue herido por una flecha sin punta. Ello constituía una advertencia por parte de la población en aislamiento para impedir el tránsito por su territorio (http://Servindi.org, 14/12/2011; http://www.sernanp.gob.pe/sernanp/noticia.jsp ?ID=814, 17/10/2011). El SERNANP sostiene que los avistamientos en la zona de Yanayacu, Parque Nacional del Manu tuvieron lugar desde el 11 de mayo del 2011, fecha en la que se activó el plan de contingencia antropológica para evitar que los aislados se vieran afectados por enfermedades, debido a un contacto que nunca buscaron. Asimismo se establecieron coordinaciones con diferentes instituciones, como FENAMAD, INDEPA, GOREMAD, DIRESA Madre de Dios, entre otros

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(http://Servindi.org, 14/12/2011; http://www.sernanp.gob.pe/sernanp/noticia. jsp?ID=814, 17/10/2011). En febrero del 2012, un miembro de la etnia Matsiguenka (habitantes del Parque Nacional Manu) que aparentemente había mantenido un cierto contacto con miembros del grupo Mashco Piro durante veinte años fue atacado por algunos de éstos cuando estaba en su huerto, falleciendo (Survival International, 01 de febrero de 2012). Contemplando esta situación, el Gobierno Regional de Madre de Dios aprobó la Ordenanza Regional Nº 006-2011-GRMDD/CR (31 de agosto del 2011). Esta Ordenanza consigna que el sector Yanayacu (ubicado en la Zona de Amortiguamiento del PNM, entre las comunidades nativas Shipetiari y Diamante), zona en la que tuvieron lugar los avistamientos, fuera declarada temporalmente como zona de tránsito fluvial restringido. La Ordenanza Regional Nº 006-2011-GRMDD/CR emitida por GOREMAD, señala que ante la sucesiva aparición de indígenas aislados en el sector de Yanayacu, surge la necesidad de adoptar medidas contra el riesgo de epidemias y encuentros hostiles que pongan en peligro la integridad física de las personas. Por ello, como se mencionara líneas arriba, la ordenanza declara a la zona en cuestión como zona de tránsito fluvial restringido. Esta medida, según la norma, tiene vigencia por cuatro meses a partir de su publicación (agosto de 2011); no obstante ello, contempla la prórroga de este plazo. La ordenanza considera necesaria, además, la sensibilización de la ciudadanía acerca de la Población Indígena en Aislamiento Voluntario (PIAV). Para ello, se debe tener en cuenta los siguientes componentes:

a) Sensibilizar a las distintas instancias incluyendo autoridades y población local acerca de la alta vulnerabilidad de la salud y vida de los PIAV.

b) Evitar el acercamiento de personas a los PIAV.

c) Prohibir se realicen intercambios con los PIAV, especialmente de objetos personales.

Asimismo, la Ordenanza contempla la conformación de una Comisión especial para la protección y defensa de los derechos de los pueblos indígenas en aislamiento o contacto inicial integrada por miembros de diversas instancias del gobierno y representantes de las federaciones nativas. Esta comisión, además, estará encargada de implementar el “Programa de protección y defensa de los derechos de los pueblos indígenas en aislamiento o contacto inicial de la región de Madre de Dios”, en un plazo de 120 días a partir de la publicación de la norma. Finalmente, la norma faculta al Presidente de la Comisión la coordinación con instancias del gobierno y otras entidades involucradas en la protección de los derechos de los PIAV como AIDESEP, el INDEPA y otras.

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8.3.9.1.2 Los Matsiguenka

Según Huertas (2010), se trataría de algunos segmentos de la población matsiguenka que se aislara durante la época de la extracción del caucho a fines del siglo XIX. Conocidos bajo el nombre de Kugapakori, aquellos que habitan en la cuenca del Urubamba en Cusco paulatinamente están siendo integrados a la sociedad nacional. En Madre de Dios, hay población aislada matsiguenka o kugapakori que rehúye el contacto como también existen los que lo buscan de manera esporádica con miembros de las escasas comunidades nativas matsiguenka de esta región. No obstante ello, aparentemente aquellos constituyen una minoría. En la región de Madre de Dios se encuentran localizados en el Parque Nacional del Manu, a la margen derecha del río del mismo nombre y en el Alto Madre de Dios viviendo en grupos de manera dispersa, evitando cualquier tipo de contacto con la sociedad nacional (Huertas, B. 2010:12-14). HUNT OIL no opera en el Parque Nacional del Manu, sino en el área de la RCA y su ZA, donde no existen indicios de existencia de población indígena aislada.

8.3.9.1.3 Grupos Pano

Los Nahua, llamados también Yora o Yura, habitan en la cuenca del río Ucayali, región alejada de la zona donde va a trabajar HUNT OIL. No obstante ello, algunos investigadores también los ubican en el río Alto Manu. Este grupo fue contactado a mediados de 1980. Actualmente una gran parte de ellos se encuentra en situación de contacto inicial y algunos autores señalan que abandonaron sus asentamientos tradicionales para establecerse en los ríos Mishagua y Serjali. Otros señalan que aún existen Yora aislados que estarían ubicados en las cuencas altas de los ríos Yaco y Tahuamanu en Madre de Dios. A partir de este breve recuento, se puede advertir que no existen Pueblos Indígenas en Aislamiento Voluntario y en Contacto Inicial cuyos lugares de tránsito sean cercanos a la zona de operaciones de HUNT OIL. En lo que se refiere a la industria de hidrocarburos, en las últimas dos décadas, las empresas del sector han puesto más atención en relación a la población aislada y en contacto inicial. Dado que se trata de población vulnerable a las enfermedades respiratorias y otras, las empresas han procedido a la revisión médica y vacunación de sus trabajadores. Asimismo, se han esforzado en sensibilizarlos en el actuar en el caso de un posible contacto e incluso han colaborado con entidades competentes del Estado en la vacunación y asistencia médica de población en contacto inicial. La elaboración de Planes de Contingencia como el que se presenta, que constituyan una guía para impedir un posible contacto y de haberlo saber cómo reaccionar, es otra estrategia que las empresas han desarrollado.

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Mapa 8-1. Zonas de Posible Tránsito de PIAV

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8.3.9.2 Marco Legal

Ley Nº 28736: Ley para la Protección de Pueblos Indígenas u Originarios en Situación de Aislamiento y en Situación de Contacto Inicial (18/05/2006)

Art. 1º La presente Ley tiene por objeto establecer el régimen especial transectorial de protección de los derechos de los Pueblos Indígenas de la Amazonía Peruana que se encuentren en situación de aislamiento o en situación de contacto inicial, garantizando en particular sus derechos a la vida y a la salud salvaguardando su existencia e integridad.

Art. 4º El Estado garantiza los derechos de los pueblos indígenas en situación de aislamiento o en situación de contacto inicial, asumiendo las siguientes obligaciones para con ellos:

a) Proteger su vida y su salud desarrollando prioritariamente acciones y políticas preventivas, dada su posible vulnerabilidad frente a las enfermedades transmisibles;

b) Respetar su decisión en torno a la forma y el proceso de su relación con el resto de la sociedad nacional y con el Estado;

c) Proteger su cultura y sus modos tradicionales de vida, reconociendo la particular relación espiritual de estos pueblos con su hábitat, como elemento constitutivo de su identidad;

d) Reconocer su derecho a poseer las tierras que ocupan, restringiendo el ingreso de foráneos a las mismas; la propiedad de las poblaciones sobre las tierras que poseen se garantiza cuando adopten el sedentarismo como modo de vida;

e) Garantizar el libre acceso y uso extensivo de sus tierras y los recursos naturales para sus actividades tradicionales de subsistencia; y,

f) Establecer reservas indígenas, las que se determinarán sobre la base de las áreas que ocupan y a las que hayan tenido acceso tradicional, hasta que decidan su titulación en forma voluntaria.

Decreto Supremo Nº 008-2007-MIMDES: Reglamento de la Ley para la Protección de Pueblos Indígenas u Originarios en Situación de Aislamiento y en Situación de Contacto Inicial (05/10/2007)

Art. 1º El presente Reglamento tiene por finalidad desarrollar la Ley Nº 28736 y establecer los mecanismos de protección de los derechos de los pueblos indígenas en situación de aislamiento y en situación de contacto inicial.

Art. 2º Los derechos aplicables a los pueblos indígenas en situación de aislamiento y en situación de contacto inicial, son los contenidos en la Ley Nº 28736 y en la legislación nacional y supranacional sobre la materia.

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EIA para la Perforación de Ocho Pozos Exploratorios y Programa de Adquisición Sísmica 3D en el Lote 76 Vol. IV Cap. 8-37

Decreto Supremo Nº 015-2006-EM: Reglamento para la Protección Ambiental en las actividades de Hidrocarburos (03/03/2006)

Art. 61º El Plan de Contingencia contendrá información sobre lo siguiente:

a) Las medidas que deberá ejecutar el Titular en caso de producirse derrames, fugas, escapes, explosiones, accidentes, incendios, evacuaciones, desastres naturales y presencia de poblaciones en situación de aislamiento o en situación de contacto inicial. La metodología de Contingencias para el contacto con estas poblaciones deberá seguir los lineamientos del Protocolo de Relacionamiento con Pueblos en Aislamiento, elaborado por el Instituto Nacional de Pueblos Indígenas, Andinos, Amazónicos y Afroperuanos (INDEPA) o el que lo modifique o sustituya…

Decreto Supremo N° 043-2007-EM: Reglamento de Seguridad para las Actividades de Hidrocarburos (22/08/2007)

Art. 19 Preparación y contenido del Plan de Contingencia

19.1 Las Empresas Autorizadas formularán un Plan de Contingencia para sus instalaciones, considerando lo establecido en el presente Reglamento y el contenido mínimo que establezca la normatividad vigente. Además, el Plan de Contingencia cubrirá el exterior de las instalaciones cuando por accidentes, derrames, entre otros, se ponga en peligro la vida o la propiedad de terceros o el ambiente, incluyendo el derecho de vía en el caso de ductos.

19.4 Asimismo y cuando sea necesario, los Planes de Contingencia contendrán medidas que deberá ejecutar la Empresa Autorizada en caso de existir presencia de pueblos indígenas o de contacto inicial. La metodología de contingencias para el contacto con estas poblaciones deberá seguir los lineamientos del Protocolo de Relacionamiento con Pueblos en Aislamiento o el que lo modifique o sustituya.

19.6 Cuando se requiera o sea necesario, los Planes de Contingencia deberán ser coordinados con las autoridades y entidades involucradas. El Personal debe ser instruido sobre las funciones que le asigne este plan.

Resolución Ministerial N° 797-2007/MINSA: Aprueba la Guía Técnica Relacionamiento para casos de Interacción con Indígenas en Aislamiento o en Contacto Reciente (27/09/2007)

La Guía Técnica “está orientada a prevenir situaciones que atenten contra la salud y la vida tanto de los Indígenas en Aislamiento (IA), y de los Indígenas en Contacto Reciente (ICR), como del equipo de salud y

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otras personas, ante la posible interacción fortuita – violenta o no – entre ellos, prescribiendo el comportamiento adecuado cuando suceda el evento, mediante decisiones enmarcadas en el respeto a la cultura y al derecho de autodeterminación de los pueblos indígenas”.

Resolución Ministerial N° 798-2007/MINSA: Aprueba la Guía Técnica Atención de salud a Indígenas en Contacto Reciente y en Contacto Inicial en Riesgo de Alta Morbimortalidad (27/09/2007)

La Guía Técnica “está orientada a disminuir los efectos negativos en la salud de pueblos Indígenas en Contacto Reciente (ICR) e Indígenas en Contacto Inicial (ICI), mediante acciones oportunas y eficaces con calidad humana y técnica y de respeto a su cultura y autodeterminación”.

Resolución Ministerial N° 799-2007/MINSA: Aprueba la norma técnica de salud N° 059-MINSA/INS-CENSI – V.01 Norma Técnica de Salud: Prevención, Contingencia ante el Contacto y Mitigación de Riesgos para la Salud en Escenarios con Presencia de Indígenas en Aislamiento y en Contacto Reciente (27/09/2007)

La Norma Técnica de Salud “tiene por finalidad proteger la salud de los Indígenas en Aislamiento (IA) y preparar al personal de salud para actuar en caso suceda algún avistamiento o contacto con IA e implementen acciones oportunas y eficaces con calidad humana y técnica, y de respeto a su cultura y autodeterminación”.

Ordenanza Regional Nº 006-2011-GRMDD/CR (31/08/2011).

Ante las sucesivas apariciones de un grupo indígena en aislamiento voluntario en el sector denominado Yanayacu, ubicado en la Zona de Amortiguamiento del Parque Nacional del Manu (Distrito Fitzcarrald, Provincia Manu, Región Madre de Dios), entre las Comunidades Nativas de Shipetiari y Diamante, se hizo necesario que el Gobierno Regional de Madre de Dios en cumplimiento de sus funciones adoptara las medidas preventivas para evitar posibles epidemias y encuentros hostiles con riesgo para la vida de las personas.

Artículo Primero: “DECLARAR, temporalmente como Zona de Tránsito Fluvial Restringido el sector denominado Yanayacu – ubicado en la Zona de Amortiguamiento del Parque Nacional del Manu (Distrito Fitzcarrald, Provincia de Manu, Región Madre de Dios), entre las Comunidades Nativas de Shipetiari y Diamante y delimitado con las coordenadas UTM descritas en el mapa de ubicación adjunto, que forma parte integrante de la presente ordenanza regional”.

“La medida restrictiva tiene vigencia de cuatro meses, a partir de la publicación de la presente, la misma que podrá ser prorrogada si el caso lo requiere”.

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Artículo Cuarto: “CONFORMAR una Comisión Especial para la protección y defensa de los derechos de los pueblos indígenas en aislamiento voluntario y contacto inicial en la región de Madre de Dios…”

Finalmente, es importante señalar que este Programa ha sido diseñado para cumplir con las políticas corporativas de HUNT OIL dentro de los marcos normativos nacionales y acuerdos internacionales suscritos por el Perú. Es así que la Constitución Política del Perú, el Convenio Nº 169 de la OIT, la Declaración Universal de los Derechos Humanos, entre otros, obligan a la protección de los derechos de las personas en territorio peruano y tiene especial incidencia sobre los grupos en situación de alta vulnerabilidad, como lo serían los indígenas en aislamiento o contacto inicial.

8.3.9.3 Objetivos

Respetar los derechos a la vida y la salud de las poblaciones indígenas en aislamiento o contacto inicial en áreas del Proyecto donde exista algún indicio de presencia de estos grupos.

8.3.9.4 Ámbito de Acción

Áreas del Proyecto donde se presume hubieran indicios de presencia de indígenas en aislamiento o contacto inicial, ya sea a través de información proporcionada por fuentes secundarias o a través de información proporcionada por personal del Proyecto o terceras personas.

8.3.9.5 Responsables

HUNT OIL, a través de su Gerencia de EHS y la empresa contratista, asumen la responsabilidad de implementar las acciones de prevención que garanticen la integridad de los indígenas en aislamiento o contacto inicial. Asimismo, en coordinación con el INDEPA4 y MINSA5 implementarán las acciones necesarias a fin de no vulnerar los derechos a la vida y la salud de estos grupos. Es necesario que se desarrollen mecanismos de coordinación entre la empresa contratista, HUNT OIL y el sector salud e instancias multisectoriales.

8.3.9.6 Líneas de Acción del Programa

Para la implementación adecuada del presente programa es necesario que el personal de HUNT OIL y de las empresas contratistas esté sensibilizado con el tema, cumplan con las normas de salud establecidas para realizar sus labores y

4 INDEPA: Instituto Nacional de Desarrollo de Pueblos Andinos, Amazónicos y Afroperuano. 5 MINSA: Ministerio de Salud.

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estén capacitados para enfrentar cualquier eventualidad que se presente con relación al tema. Todo personal que labore para el Proyecto debe cumplir con las disposiciones siguientes:

Evitar el contacto con población en aislamiento o contacto inicial.

Exámenes médicos previos a la salida al campo.

Programa de inmunizaciones que incluye la protección contra las principales enfermedades infecciosas transmisibles.

Capacitación al personal.

Organizar un equipo específico para el manejo de las emergencias médicas.

8.3.9.7 Escenarios Posibles

Aunque como se ha mencionado a lo largo del presente documento es improbable un encuentro con población aislada, nos situamos en tres posibles escenarios:

Hallazgos de evidencia de presencia humana

Avistamientos fluviales o aéreos

Encuentro

8.3.9.7.1 Evidencias de Presencia Humana

a) Flechas o fragmentos de arcos atravesados en una trocha o en el borde de un río, una olla rota, frutas o alimentos en estado de putrefacción, etc.

Si las evidencias se encontrasen en las trochas o playas:

Cualquier miembro del grupo que advierta alguna señal extraña o fuera de lugar dará inmediato aviso al encargado del grupo y a sus compañeros.

El encargado dará orden de detener las actividades de inmediato en el área de trabajo del grupo.

El encargado asumirá y dará las indicaciones hasta que el grupo retorne a su base, quedando prohibido acercarse a los objetos encontrados y retirarlos.

El encargado comunicará el incidente de inmediato a su base de operaciones utilizando la radio de mano o el teléfono satelital. Éste, a su vez, se comunicará con el Supervisor de Relaciones Comunitarias de HUNT OIL, y este comunicará a la Gerencia de EHS.

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La comunicación se mantendrá en forma permanente a lo largo de la duración del evento, procurando informar paso a paso el desarrollo del mismo.

El responsable del grupo en coordinación con los otros integrantes elaborará un informe detallado de lo ocurrido.

Transcurridas las 48 horas, si no vuelven a hallarse evidencias, se considerará la reanudación de las actividades en el área de trabajo del grupo, previa autorización de la Gerencia General de HUNT OIL.

Si las señales persistieran, los responsables de la empresa conjuntamente con INDEPA, MINSA, MEM y OSINERGMIN evaluarán la situación a fin de tomar la decisión más acertada priorizando: la integridad de los indígenas en aislamiento o contacto reciente y la seguridad del personal de la empresa.

Si las evidencias se encontrasen en la base:

Cualquier miembro del grupo o cuadrilla que advierta alguna señal extraña o fuera de lugar dará inmediato aviso a sus compañeros.

Prohibido acercarse o retirar los objetos que fueran encontrados en la base, sin la autorización previa del responsable del campamento.

Se dará orden de detener las actividades de inmediato. Los miembros del grupo se desplazarán hacia la parte central de la base, Zona de Seguridad, una vez allí, esperarán órdenes del encargado.

El encargado comunicará el incidente a la base de operaciones principal utilizando el equipo de radio o el teléfono satelital. Ésta a su vez se comunicará con el Supervisor de Relaciones Comunitarias de HUNT OIL y la Gerencia de EHS quienes se encargarán de informar a la Gerencia General de HUNT OIL y al INDEPA (MCU).

El responsable del grupo se encargará de elaborar un informe detallado de lo observado.

Si una vez transcurridas las 48 horas no vuelven a hallarse evidencias, se considerará la reanudación de las actividades, previa autorización de la Gerencia General de HUNT OIL.

Si las señales persistieran, los responsables de la empresa conjuntamente con INDEPA, MINSA, MEM y OEFA evaluarán la situación a fin de tomar la decisión más acertada priorizando la integridad de los indígenas en aislamiento o contacto reciente y la seguridad del personal de la empresa.

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EIA para la Perforación de Ocho Pozos Exploratorios y Programa de Adquisición Sísmica 3D en el Lote 76 Vol. IV Cap. 8-42

b) Asentamiento Estacional Maloca o grupo de casas, o refugios provisionales en las playas, hoguera con ollas de diversos tamaños, troncos gruesos, canastas, coladores, etc. Según los patrones tradicionales de estos grupos aislados, la evidencia estaría indicando que se trata de un asentamiento estacional (de invierno si está en el bosque, o de verano si está en las inmediaciones de un río de mediana importancia), o de un campamento durante su migración estacional, cacerías o pescas largas. Probablemente la casa o grupo de casas estén abandonadas dado que el ruido producido por la cuadrilla de los trabajadores podría haber alertado a los habitantes. No obstante ello, es poco recomendable acercarse.

Procedimiento

Los trabajadores no deberán buscar contacto alguno y retroceder. Quienes hayan advertido la presencia de la casa o grupo de casas, o refugio temporal deberán comunicarlo de inmediato al encargado.

El encargado asumirá la responsabilidad de dar las indicaciones hasta que el grupo retorne a su base. Se dará orden de detener las actividades del área donde se desempeñaba el grupo de inmediato.

El encargado comunicará el incidente de inmediato a su base principal utilizando la radio de mano o el teléfono satelital. Éste se comunicará con el Supervisor de Relaciones Comunitarias de HUNT OIL y la Gerencia de EHS. La comunicación se mantendrá en forma permanente a lo largo de la duración del evento, procurando informar paso a paso del mismo.

Los miembros del grupo se replegarán a la espera de órdenes.

En el reporte, los datos de las evidencias deberán ser tan minuciosos como el avistamiento lo haya permitido: el número y forma de los tambos, el tipo de ataduras, el número de puertas, la disposición de las chozas, el número de hogueras, la habitabilidad o no, etc.

La Gerencia General de HUNT OIL se encargará de informar al INDEPA, MINSA, MEM y OEFA.

Sólo se reanudarán las actividades luego de la evaluación de la situación y aprobación por parte de la Gerencia General de HUNT OIL.

8.3.9.7.2 Avistamientos

a) Avistamientos Aéreos Pilotos de helicópteros o de avionetas observan chacras, claros, maloca o grupos de casas, refugios temporales; o indígenas surcando o vadeando ríos.

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Procedimiento

Los pilotos comunicarán el avistamiento de inmediato al responsable de la actividad y a su base principal utilizando su equipo de transmisión. Dicha comunicación se transmitirá a la Gerencia de EHS de HUNT OIL, la cual podrá dar instrucciones específicas al caso, alertando a las cuadrillas vecinas según lo establecido. La comunicación se mantendrá en forma permanente a lo largo de la duración del evento, procurando informar paso a paso el desarrollo del mismo.

El responsable de la actividad con el piloto hará un reporte detallado del avistamiento en el que registrarán el lugar con coordenadas, así como la descripción detallada del mismo. El reporte será enviado de inmediato a la base principal y a la Gerencia de EHS de HUNT OIL.

Los pilotos evitarán sobrevolar el área o realizar reconocimientos por su cuenta, especialmente si se trata de helicópteros grandes (en las zonas con probable existencia de poblaciones en aislamiento se hace necesario el uso de helicópteros pequeños).

Si las chacras o malocas que han sido avistadas coinciden con el área de trabajo, se alertará de inmediato a las cuadrillas o grupos vecinos y se suspenderán las actividades hasta recibir las indicaciones de la Gerencia de EHS de HUNT OIL.

De ponerse en evidencia mediante el avistamiento aéreo la presencia de indígenas (quienes son normalmente vistos cerca de las playas aledañas a los ríos en épocas de sequía) y de corresponder dicha zona al área de trabajo, se alertará de inmediato a los grupos y se suspenderán inmediatamente las actividades de dicha área hasta recibir indicaciones de la Gerencia de EHS de HUNT OIL.

Se seguirán las instrucciones de la Gerencia de EHS de HUNT OIL, la que evaluará la situación para cumplir con los objetivos de protección de los indígenas y el personal de la compañía.

El responsable de la actividad alertará a los grupos de trabajo que se encuentren en un área mínima de 3 km. Se dará orden de detener las actividades de inmediato.

Los miembros de las cuadrillas se replegarán a la espera de órdenes.

Los emplazamientos que se encuentran en un perímetro de menos de 3 km deberán esperar las órdenes de la Gerencia de EHS de HUNT OIL, la cual evaluará la situación y determinará los procedimientos futuros a seguir para cumplir con los objetivos de protección de los indígenas y el personal de la compañía.

Durante dicho tiempo, el personal deberá realizar actividades lo menos ruidosas; siempre observando los procedimientos de seguridad en caso de ataque.

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Transcurridas las 24 horas, la Gerencia de EHS de HUNT OIL organizará un nuevo sobrevuelo para verificar si la zona en cuestión continúa siendo de tránsito de aislados. En dicha oportunidad se aprovechará ampliar la zona de sobrevuelo para conocer la ruta de camino de los aislados para determinar si reanudarán las actividades, reorientarán las líneas sísmicas o abandonarán el área.

La Gerencia General de HUNT OIL se encargará de informar al INDEPA, MINSA, MEM y OEFA.

b) Avistamientos Fluviales Podría ocurrir que se aviste un grupo de nativos pescando o recolectando en la playa. Esto es posible especialmente durante la época de verano.

Procedimiento

Los trabajadores deberán regresar de inmediato a la Base.

Los trabajadores deberán hacer un reporte del incidente, describiendo lo mejor posible a los indígenas aislados.

La Gerencia de EHS de HUNT OIL y los responsables del proyecto o actividad deberán informar a la Gerencia General de HUNT OIL del avistamiento.

Si los trabajos hubieran sido planificados para ser efectuados en la zona hacia donde parece dirigirse el grupo nativo, la Gerencia General de HUNT OIL evaluará la situación y considerará el abandono temporal del área, de manera tal que se eviten encuentros no deseados.

8.3.9.7.3 Encuentro

Es improbable que un grupo de aislados, de los cuales se cree que caminan en grupos de seis o siete personas adultas, se acerque a una cuadrilla de veinte a veinticinco hombres que desarrollan actividades de prospección sísmica y/o a una plataforma de perforación. No obstante ello, nos situamos en el caso hipotético que un grupo de indígenas en aislamiento o contacto reciente que ha observado presencias extrañas durante su actividad de cacería o recolección pueda sentir curiosidad y planear una búsqueda hacia los ruidos extraños, las luces o las llamaradas de las bases o campamentos, o seguir las rutas de los helicópteros, etc.

El acercamiento puede suceder en la trocha o las inmediaciones de un río:

Cualquier señal, ruido, silbidos u objetos fuera de su sitio, alteración del entorno, que pueda denotar la presencia de extraños en la zona, debe

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ser informado al responsable del grupo. Este aviso debe ser dado por cualquier miembro del grupo.

Apenas sean avistados los indígenas en aislamiento o contacto reciente, el responsable del grupo deberá detener el avance.

Se deberá evitar todo contacto físico y se procederá al retiro inmediato de la zona, evitando perturbarlos.

El encargado del grupo comunicará el incidente de inmediato a su base, utilizando la radio portátil o el teléfono satelital. La base se comunicará con el Supervisor de Relaciones Comunitarias de HUNT OIL y la Gerencia de EHS de HUNT OIL.

Se deberá mantener una comunicación permanente, procurando informar paso a paso el desarrollo del mismo.

Se alertará a las cuadrillas vecinas. Se interrumpirán las actividades en las trochas más próximas.

La Gerencia General de HUNT OIL deberá informar a INDEPA, MINSA, MEM y OEFA.

La Gerencia General de HUNT OIL dentro de las 48 horas deberá evaluar la situación, considerando el reinicio de las actividades, la reorientación de las operaciones o el abandono del área.

Si el contacto o encuentro ocurriese en las inmediaciones de la Base

Cualquier señal, ruido, silbido, objetos fuera de sitio o alteración del entorno que pueda denotar la presencia de extraños en los alrededores debe ser informado al responsable de la base. Este aviso debe ser hecho por cualquiera de los miembros del grupo.

Apenas sea avistado el grupo de indígenas en aislamiento o en contacto reciente, el responsable del grupo deberá ordenar detener las actividades y el desplazamiento de los miembros del grupo a la Zona de Seguridad.

El encargado del grupo comunicará el incidente de inmediato a su base, utilizando la radio portátil o el teléfono satelital. La base comunicará a la Gerencia de EHS de HUNT OIL. Se mantendrá una comunicación permanente y se dará la alerta a los grupos vecinos.

Se deberá evitar todo contacto físico.

Se elaborará el reporte de lo ocurrido y se comunicará y enviará a la Gerencia de EHS de HUNT OIL.

La Gerencia General de HUNT OIL evaluará la situación y será la encargada de informar al INDEPA, MINSA, MEM y OEFA.

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La Gerencia General de HUNT OIL deberá tomar las decisiones para la continuación o no de las actividades del grupo y las acciones futuras recomendables.

Escenarios posibles de encuentros con población en aislamiento o contacto reciente:

Hallazgo de evidencias indirectas

Prohibir el ingreso de personal de HUNT OIL y de la empresa contratista a las áreas donde se hayan identificado evidencias de la posibilidad de encuentros con población indígena en aislamiento o contacto inicial hasta que la Gerencia de HUNT OIL haya evaluado la situación.

Elaborar un informe detallado, de ser posible con fotos, sobre el lugar y las características de las evidencias encontradas, no se deberá tocar las evidencias, ni retirarlas del lugar.

Aplicar el protocolo para el caso de un relacionamiento con indígenas en aislamiento o contacto inicial, a fin de garantizar su derecho a la salud y la vida.

Continuar con las labores previo visto bueno de HUNT OIL.

Avistamientos

Está completamente prohibido establecer contacto con ellos. Se procederá a ordenar el retiro del personal laborando en el área de avistamiento de forma tranquila y sin perturbar a la población en aislamiento o contacto inicial.

Prohibir el ingreso al bosque con la finalidad de buscarlos.

De ser posible y sin generar un impacto sobre los pobladores, se tomará información sobre lo observado: características del grupo, composición, vestimentas, ubicación, a fin de proporcionar la información a las entidades responsables para que éstas tomen las medidas necesarias.

Generar un informe sobre lo sucedido y remitirlo al jefe inmediato superior quien lo derivará a la Gerencia de EHS de HUNT OIL a fin de evaluar la situación.

Reiniciar las labores en el área del avistamiento solamente si se cuenta con el visto bueno de la Gerencia de EHS de HUNT OIL.

Contacto Físico

Evitar situaciones violentas o traumáticas en caso de encuentros fortuitos, protegiendo a los pueblos en aislamiento o contacto inicial del contagio de enfermedades y epidemias que podrían resultar fatales.

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No mantener contacto con ellos, retirarse a un lugar seguro y distante, de forma tranquila sin perturbar a la población en aislamiento o contacto inicial.

Mantener una actitud respetuosa o calmada frente al encuentro.

Prohibir entregarles alimentos u objetos personales.

Informar a las instancias pertinentes en el término de la distancia sobre el encuentro con población en aislamiento o contacto inicial a fin que HUNT OIL tome las acciones correspondientes.

Suspender las labores en el área del contacto físico hasta que HUNT OIL previa coordinación con las entidades gubernamentales autoricen el reinicio de las mismas.

Coordinar con el MINSA y el INDEPA la implementación del Programa en caso de encuentros no deseados con indígenas en aislamiento o contacto inicial.

Es necesaria una respuesta rápida y acertada frente a una emergencia de salud, como es considerado el contacto no deseado con poblaciones en aislamiento o contacto inicial. Se recomienda en base al marco normativo existente sobre el tema los aspectos siguientes:

La importancia de un acercamiento intercultural para mejorar la calidad del servicio a la población en situación de aislamiento, teniendo en cuenta su especial condición.

Considerar que la intervención de la atención sanitaria se enfrentará a limitaciones de naturaleza cultural, idiomática, así como al desconocimiento que tengan los indígenas en aislamiento o contacto inicial de los mecanismos y procedimientos de atención.

Que el contacto, al momento de realizar la acción sanitaria, puede generar que los indígenas en aislamiento se expongan a nuevos agentes infecciosos.

Que la intervención puede implicar un tiempo prolongado de atención, por lo que es necesario preparar al personal para ello, así como disponer de los recursos necesarios, logísticos, de comunicación, transporte, medicamentos, etc. para asegurar la regularidad de la intervención.

La necesidad de acondicionar, cerca del lugar de los hechos, bases de emergencia para atender los casos de mayor complejidad.

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8.3.10 PROGRAMA DE MONITOREO Y VIGILANCIA CIUDADANA

El presente programa enmarca el proceso de participación de los representantes de las comunidades nativas y centros poblados involucrados en el Proyecto según lo establecido en los cuadros 8-1 y 8-2 del presente capítulo. El programa está bajo la responsabilidad de HUNT OIL y sus resultados deben ser reportados y difundidos en cumplimiento con las normas actuales que buscan facilitar la participación ciudadana. La participación ciudadana involucra también el intercambio de información sobre el Proyecto entre la empresa y la población local. En tal sentido y como parte de la política de responsabilidad social de la empresa, HUNT OIL considera importante el apoyo a las poblaciones locales, en la obtención de información socio ambiental del Proyecto a través del Programa de Monitoreo y Vigilancia Ciudadana que será desarrollado en forma conjunta con las poblaciones involucradas.

8.3.10.1 Objetivos

Este programa busca reforzar los vínculos entre la población local y HUNT OIL a través del conocimiento y la comprensión de las acciones que realiza la empresa. Por ello HUNT OIL crea esta oportunidad para que a través de los resultados del monitoreo la población local pueda trasmitir sus inquietudes y sugerencias con la finalidad de mejorar las actividades realizadas por HUNT OIL o la empresa contratista. Asimismo, este Programa busca que los miembros de las comunidades nativas y centros poblados designados para participar en el monitoreo de las actividades del Proyecto compartan sus experiencias con el resto de la población; de esta manera la comunicación será fluida y transparente entre las localidades del AID y la empresa.

8.3.10.2 Ámbito de Acción

Comprende a las comunidades nativas Puerto Luz y San Lorenzo y los centros poblados Huepetuhe y Quincemil. Asimismo, se considera al Ejecutor del Contrato de Administración de la RCA.

8.3.10.3 Responsables

Los encargados de que este programa se aplique son el personal de la Gerencia de EHS de HUNT OIL y un consultor independiente que implemente dicho programa. Por el lado de las comunidades nativas, los presidentes comunales y las asambleas comunales y por parte de los centros poblados, las autoridades

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principales, quienes coordinarán con los miembros de sus localidades para elegir a los vigías socio ambientales, los que realizarán el monitoreo junto con el consultor independiente.

8.3.10.4 Líneas de Acción del Programa

8.3.10.4.1 Vigías socio-ambientales

Antes del inicio de las actividades de campo, HUNT OIL enviará cartas a las comunidades nativas y centros poblados invitándolos a realizar una reunión informativa en cada localidad, que tendrá como fin dar a conocer y discutir los criterios y opiniones acerca de las actividades que pretende desarrollar HUNT OIL.

En esta reunión se definirán los siguientes puntos:

La lista de temas clave que desearían conocer o sobre los que quisieran contar con mayor información.

Se presentará al consultor independiente.

Organización del programa.

HUNT OIL elaborará el Reglamento Interno del programa conjuntamente con la población involucrada, cuyos principales lineamientos serán:

La elección de los vigías en Asamblea Comunal o mediante designación de la autoridad local.

Los vigías supervisarán las actividades, en lo posible dentro de la circunscripción de su localidad.

Se entiende que los vigías actuarán de buena fe y en resguardo del adecuado desarrollo de la actividad, por lo cual como todo otro trabajador del Proyecto, firmará el Código de Conducta.

Modalidad para hacer llegar sus comentarios, inquietudes o sugerencias.

Esta información deberá quedar plasmada en un acta.

En la primera reunión deberán participar representantes de la empresa contratista, quienes acompañarán a los representantes de HUNT OIL en la presentación del Programa de Monitoreo y Vigilancia Ciudadana.

El ECA-RCA designará a un vigía que se sumará a aquellos de las localidades del AID.

Una vez designados los vigías, se les convocará al CB o a la instalación determinada para ello, donde se desarrollará el proceso de capacitación. La capacitación se implementará a través de un taller en el CB o en la instalación determinada para ello.

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Los vigías formarán un comité de monitoreo y vigilancia ciudadana, el cual se guiará del reglamento interno antes mencionado y deberá contar con un coordinador elegido entre sus participantes.

HUNT OIL organizará reuniones trimestrales donde la empresa y los vigías expondrán los resultados del monitoreo y vigilancia ante sus respectivas localidades y otros grupos de interés. Luego, estos resultados serán difundidos por HUNT OIL.

Cuadro 8-8 Distribución de Vigías Socio-Ambientales

No Origen Cargo N.º Vigías

1 CN Puerto Luz Vigía 1

2 CN San Lorenzo Vigía 1

3 Quincemil Vigía 1

4 Huepetuhe Vigía 1

5 ECA-RCA Vigía 1

TOTAL 5

Fuente: Elaboración Domus Consultoría Ambiental S.A.C., 2011.

A continuación, se detalla cada una de las actividades del Programa de Monitoreo y Vigilancia Ciudadana.

A. Organización del Programa

La organización del programa estará estructurada por un consultor independiente y el cuerpo de vigías monitores. El consultor independiente será seleccionado por HUNT OIL considerando a aquellas organizaciones o empresas consultoras que puedan capacitar y guiar al cuerpo de vigías durante sus actividades.

B. Capacitación

La capacitación se dará a través de talleres participativos en las temáticas, técnicas relacionadas a las actividades del Proyecto.

8.3.10.5 Periodo de Ejecución

Este programa se desarrollará según lo establecido en los cuadros 8-1 y 8-2.

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8.3.11 OFICINAS DE INFORMACIÓN Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA

A fin de garantizar una participación eficiente y eficaz de las poblaciones involucradas en el área de influencia, HUNT OIL contará con una oficina de información y participación ciudadana en Quincemil y Salvación, las mismas que brindarán la información a los pobladores de forma oportuna y transparente. Asimismo servirán como punto de enlace para trasladar las inquietudes de la población involucrada a las diferentes instancias de la empresa según sea el caso.

Las Oficinas de Información y Participación Ciudadana contarán con un Oficial de Enlace, el cual atenderá en horario fijo durante no menos de cuatro horas, cinco días a la semana durante las actividades del Proyecto. El horario de atención será publicado permanentemente en la puerta del establecimiento.

La oficina estará dedicada a absolver consultas sobre el desarrollo del Proyecto y recibir las observaciones o aportes de la ciudadanía. Asimismo, serán fuente de información acerca de las necesidades de personal y bienes que se desean adquirir de proveedores locales.

8.3.11.1 Periodo de Ejecución

El presente programa será implementado según los Cuadros 8-1 y 8-2.

8.4 INDICADORES DE GESTIÓN

Cada programa que forma parte del PRC debe contar con indicadores de gestión que midan en forma clara, directa y sencilla la eficacia de las medidas implementadas en cada uno de ellos. Una vez definidos los indicadores se deberán identificar los medios de verificación, la forma y frecuencia en que estos deben de ser reportados. Es importante que estos indicadores sean trabajados de manera conjunta con la población local influenciada directamente por el Proyecto y finalmente validada por ellos, una vez realizado el cierre de cada subproyecto.

8.5 REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS

Dirección General de Asuntos Ambientales – Ministerio de Energía y Minas (MINEM). 2001. Guía de Relaciones Comunitarias. Lima: MINEM. Primera edición. Gobierno Regional de Madre de Dios. 2011. Ordenanza Regional Nº 066-2011-GRMDD/CR. 26 de agosto.

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Huertas, Beatriz. 2010. Despojo territorial, conflicto social y exterminio. Pueblos indígenas en situación de aislamiento, contacto esporádico y contacto inicial en la Amazonía peruana. Informe IWGIA 9, Lima. La Torre López, Lily. 1999. All we want is to live in peace. Lessons learned from oil operations in indigenous territories of the Peruvian Amazon. IUCN/Racimos de Ungurahui. Lima. Ministerio de Energía y Minas. 2008. Resolución Ministerial Nº 571-2008-MEM/DM. Aprueban Lineamientos para la Participación Ciudadana en las Actividades de Hidrocarburos. 16 de diciembre. ____________________. 2008. Decreto Supremo Nº 012-2008-EM. Reglamento de Participación Ciudadana para la realización de Actividades de Hidrocarburos. 20 de febrero. ____________________. 2006. Decreto Supremo Nº 015-2006-EM. Reglamento para la Protección Ambiental en las Actividades de Hidrocarburos. 05 de marzo. Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas (SERNANP). Consulta: 17 de octubre de 2011. Disponible en: http://www.sernanp.gob.pe/sernanp/ noticia.jsp?ID=814. Servindi. Consulta: 14 de diciembre de 2011; 17 de octubre de 2011. Disponible en: http://www.servindi.org Solis, Gustavo. 2009. Perú Amazónico. En: Atlas Sociolingüístico de Pueblos Indígenas de América Latina. Tomo 1. Agencia Española de Cooperación Internacional, FUNPROEIB Andes, UNICEF. Survival International. Consulta: 01 de febrero de 2012. Disponible en: http://www.survivalinternational.org Zarzar, Alonso. 2000. Tras las huellas de un antiguo presente. La problemática de los pueblos indígenas amazónicos en aislamiento y en contacto inicial. Recomendaciones para su supervivencia y bienestar. Defensoría del Pueblo. Serie Documentos de Trabajo, Nº3, Lima.

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CAPÍTULO 8.0 PLAN DE RELACIONES COMUNITARIAS......................................................... 8-1

8.1 GENERALIDADES ........................................................................................................................ 8-1 8.1.1 OBJETIVOS ....................................................................................................... 8-2 8.1.2 CRONOGRAMA DE IMPLEMENTACIÓN DEL PLAN DE RELACIONES COMUNITARIAS 8-2

8.2 GRUPOS DE INTERÉS ................................................................................................................... 8-4 8.3 IMPLEMENTACIÓN DEL PLAN DE RELACIONES COMUNITARIAS ................................... 8-5

8.3.1 MARCO DE POLÍTICA Y PRINCIPIOS PARA EL PLAN DE RELACIONES COMUNITARIAS 8-5 8.3.2 PÓLITICA DE CONDUCTA ................................................................................... 8-6

8.3.2.1 Mejoramiento Continuo ............................................................................................................... 8-6 8.3.2.2 Cumplimiento de Normas Legales y Procedimientos .................................................................. 8-6 8.3.2.3 Protección Ambiental y del Patrimonio Arqueológico ................................................................ 8-7

8.3.3 PROGRAMA DE NEGOCIACIÓN Y COMPENSACIÓN (PNC) ..................................... 8-8 8.3.3.1 Objetivos...................................................................................................................................... 8-8 8.3.3.2 Ámbito de Acción ........................................................................................................................ 8-9 8.3.3.3 Responsables ............................................................................................................................... 8-9 8.3.3.4 Líneas de Acción del Programa ................................................................................................... 8-9

8.3.3.4.1 Establecimiento de Criterios para el Uso y Compensación de Terrenos ...................................... 8-9 8.3.3.4.2 Actividades previas a la Negociación por el Uso de Tierras ...................................................... 8-10 8.3.3.4.3 Consideraciones para el Proceso de Negociación ...................................................................... 8-11 8.3.3.4.4 Procedimientos para la Negociación y Compensación del Uso Temporal de Tierras ................ 8-12 8.3.3.4.5 Procedimiento previo a la Negociación y Compensación del Uso Temporal de Tierras de

Posesionarios que no Cuenten con Título de Propiedad ............................................................ 8-13 8.3.3.5 Periodo de Ejecución ................................................................................................................. 8-13

8.3.4 PROGRAMA DE CONTRATACIÓN TEMPORAL DE PERSONAL ............................... 8-14 8.3.4.1 Objetivos.................................................................................................................................... 8-14 8.3.4.2 Ámbito de Acción ...................................................................................................................... 8-14 8.3.4.3 Responsables ............................................................................................................................. 8-14 8.3.4.4 Líneas de Acción del Programa ................................................................................................. 8-15

8.3.4.4.1 Acciones previas a la Contratación del Personal ....................................................................... 8-15 8.3.4.4.2 Proceso de Contratación de Personal ......................................................................................... 8-17 8.3.4.4.3 Actividades Obligatorias antes del Inicio del Proyecto .............................................................. 8-17

8.3.5 PROGRAMA DE CAPACITACIÓN Y SENSIBILIZACIÓN PARA UN RELACIONAMIENTO ADECUADO ................................................................................................................. 8-17

8.3.5.1 Objetivo ..................................................................................................................................... 8-18 8.3.5.2 Ámbito de Acción ...................................................................................................................... 8-18 8.3.5.3 Responsables ............................................................................................................................. 8-18 8.3.5.4 Líneas de Acción del Programa ................................................................................................. 8-19

8.3.5.4.1 Planificación de los Eventos de Capacitación ............................................................................ 8-19 8.3.5.4.2 Desarrollo de Materiales y Contenidos de Capacitación ............................................................ 8-19 8.3.5.4.3 Desarrollo de la Capacitación .................................................................................................... 8-20

8.3.5.5 Periodo de Ejecución ................................................................................................................. 8-21 8.3.5.6 Seguimiento y Evaluación ......................................................................................................... 8-21

8.3.6 PROGRAMA DE COMUNICACIONES ................................................................... 8-22 8.3.6.1 Objetivos.................................................................................................................................... 8-22 8.3.6.2 Responsables ............................................................................................................................. 8-22 8.3.6.3 Líneas de Acción del Programa ................................................................................................. 8-23 8.3.6.4 Periodo de Ejecución ................................................................................................................. 8-24

8.3.7 PROGRAMA DE ADQUISICIONES LOCALES ........................................................ 8-24 8.3.7.1 Objetivos.................................................................................................................................... 8-25 8.3.7.2 Ámbito de Acción ...................................................................................................................... 8-25 8.3.7.3 Responsables ............................................................................................................................. 8-25 8.3.7.4 Líneas de Acción del Programa ................................................................................................. 8-25 8.3.7.5 Periodo de Ejecución ................................................................................................................. 8-26

8.3.8 PROGRAMA DE DESARROLLO LOCAL ................................................................ 8-26 8.3.8.1 Objetivos.................................................................................................................................... 8-26 8.3.8.2 Ámbito de Acción ...................................................................................................................... 8-26 8.3.8.3 Responsables ............................................................................................................................. 8-27 8.3.8.4 Líneas de Acción del Programa ................................................................................................. 8-27

8.3.8.4.1 Subprograma de Salud ............................................................................................................... 8-27

Page 54: CAPÍTULO 8.0 PLAN DE RELACIONES COMUNITARIAS 8 0 Plan Relaciones...EIA para la Perforación de 8 Pozos Exploratorios y Programa de Adquisición Sísmica 3D en el Lote 76 Vol. IV Cap

EIA para la Perforación de Ocho Pozos Exploratorios y Programa de Adquisición Sísmica 3D en el Lote 76 Vol. IV Cap. 8-54

8.3.8.4.2 Subprograma Apoyo a la Educación Local ................................................................................ 8-28 8.3.9 PROGRAMA DE PROTECCIÓN A LOS PUEBLOS EN AISLAMIENTO O CONTACTO INICIAL 8-30

8.3.9.1 Antecedentes .............................................................................................................................. 8-30 8.3.9.1.1 Los Mashco Piro ........................................................................................................................ 8-31 8.3.9.1.2 Los Matsiguenka ........................................................................................................................ 8-34 8.3.9.1.3 Grupos Pano .............................................................................................................................. 8-34

8.3.9.2 Marco Legal ............................................................................................................................... 8-36 8.3.9.3 Objetivos.................................................................................................................................... 8-39 8.3.9.4 Ámbito de Acción ...................................................................................................................... 8-39 8.3.9.5 Responsables ............................................................................................................................. 8-39 8.3.9.6 Líneas de Acción del Programa ................................................................................................. 8-39 8.3.9.7 Escenarios Posibles .................................................................................................................... 8-40

8.3.9.7.1 Evidencias de Presencia Humana .............................................................................................. 8-40 8.3.9.7.2 Avistamientos ............................................................................................................................ 8-42 8.3.9.7.3 Encuentro ................................................................................................................................... 8-44

8.3.10 PROGRAMA DE MONITOREO Y VIGILANCIA CIUDADANA ................................... 8-48 8.3.10.1 Objetivos.................................................................................................................................... 8-48 8.3.10.2 Ámbito de Acción ...................................................................................................................... 8-48 8.3.10.3 Responsables ............................................................................................................................. 8-48 8.3.10.4 Líneas de Acción del Programa ................................................................................................. 8-49

8.3.10.4.1 Vigías socio-ambientales ........................................................................................................... 8-49 8.3.10.5 Periodo de Ejecución ................................................................................................................. 8-50

8.3.11 OFICINAS DE INFORMACIÓN Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA ............................ 8-51 8.3.11.1 Periodo de Ejecución ................................................................................................................. 8-51

8.4 INDICADORES DE GESTIÓN ..................................................................................................... 8-51 8.5 REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS ........................................................................................... 8-51

CUADRO 8-1 CRONOGRAMA DE IMPLEMENTACIÓN DEL PRC – PROGRAMA DE

ADQUISICIÓN SÍSMICA 3D ..................................................................................................................... 8-3

CUADRO 8-2 CRONOGRAMA DE IMPLEMENTACIÓN DEL PRC – PERFORACIÓN DE

POZOS EXPLORATORIOS ...................................................................................................................... 8-3

CUADRO 8-3 ACTORES IDENTIFICADOS CON EL PROYECTO .......................................... 8-4

CUADRO 8-4 ÁMBITO DE ACCIÓN .............................................................................................. 8-9

CUADRO 8-5 MECANISMOS DE COMUNICACIÓN ................................................................ 8-23

CUADRO 8-6 CONTENIDOS DE LA COMUNICACIÓN .......................................................... 8-24

CUADRO 8-7 LOCALIDADES ....................................................................................................... 8-28

CUADRO 8-8 DISTRIBUCIÓN DE VIGÍAS SOCIO-AMBIENTALES .................................... 8-50

MAPA 8-1. ZONAS DE POSIBLE TRÁNSITO DE PIAV ....................................................... 8-35