borrador reglamento de evaluacion, calificacion y ... › ... ›...

18
BORRADOR REGLAMENTO DE EVALUACION, CALIFICACION Y PROMOCION ESCOLAR _______________________________________________________________ Veritas et Sapientia pág. 1 REGLAMENTO DE EVALUACIÓN, CALIFICACIÓN Y PROMOCIÓN DEL INSTITUTO DOMINGO EYZAGUIRRE. Reglamenta la Evaluación, Calificación y Promoción de los Niveles de Educación Básica y Educación Media de nuestro establecimiento. IDENTIFICACIÓN DEL COLEGIO: El COLEGIO INSTITUTO DOMINGO EYZAGUIRRE se encuentra ubicado en Barros Arana 939, en la comuna de San Bernardo. RBD: 12775 - 2 OBJETIVOS DEL REGLAMENTO: Las consideraciones pedagógicas y evaluativas consideradas en el presente Reglamento de Evaluación tienen como fin los siguientes objetivos: 1. Reglamentar y dar a conocer a los Alumnos, Apoderados y Docentes del Instituto Domingo Eyzaguirre, los elementos que regulan el proceso de Evaluación, Calificación y Promoción escolar. 2. Enfatizar los Objetivos Transversales propuestos en los Planes y Programas del Ministerio de Educación para la Enseñanza Básica y Media, ampliándose para el Plan General y Plan Diferenciado, para desarrollar la autonomía necesaria a través de los conocimientos, habilidades, actitudes, valores y comportamientos que se esperan de cada uno de los alumnos del Colegio Instituto Domingo Eyzaguirre en el plano personal, intelectual, moral y social. 3. Potenciar el proceso de enseñanza aprendizaje a través del trabajo mancomunado de padres, apoderados, alumnos y profesores, con la finalidad de generar aprendizajes significativos para todos los estudiantes. 4. Desarrollar un proceso de evaluación formativa, mediante el acompañamiento sistemático y progresivo de los docentes, asistentes especialistas de la educación, equipo directivo, entendiéndose el rol y función de cada uno dentro del aprendizaje de todos los estudiantes.

Upload: others

Post on 05-Jul-2020

10 views

Category:

Documents


0 download

TRANSCRIPT

Page 1: BORRADOR REGLAMENTO DE EVALUACION, CALIFICACION Y ... › ... › ReglamentoDeEvaluacion12775.pdf · Taller de TIC´s y Educación Física serán evaluaciones de proceso, sólo

BORRADOR REGLAMENTO DE EVALUACION, CALIFICACION Y PROMOCION ESCOLAR

_______________________________________________________________ Veritas et Sapientia pág. 1

REGLAMENTO DE EVALUACIÓN, CALIFICACIÓN Y PROMOCIÓN DEL INSTITUTO

DOMINGO EYZAGUIRRE.

Reglamenta la Evaluación, Calificación y Promoción de los Niveles de Educación Básica y

Educación Media de nuestro establecimiento.

IDENTIFICACIÓN DEL COLEGIO:

El COLEGIO INSTITUTO DOMINGO EYZAGUIRRE se encuentra ubicado en Barros Arana

939, en la comuna de San Bernardo.

RBD: 12775 - 2

OBJETIVOS DEL REGLAMENTO:

Las consideraciones pedagógicas y evaluativas consideradas en el presente Reglamento de

Evaluación tienen como fin los siguientes objetivos:

1. Reglamentar y dar a conocer a los Alumnos, Apoderados y Docentes del Instituto

Domingo Eyzaguirre, los elementos que regulan el proceso de Evaluación, Calificación y

Promoción escolar.

2. Enfatizar los Objetivos Transversales propuestos en los Planes y Programas del

Ministerio de Educación para la Enseñanza Básica y Media, ampliándose para el Plan General

y Plan Diferenciado, para desarrollar la autonomía necesaria a través de los conocimientos,

habilidades, actitudes, valores y comportamientos que se esperan de cada uno de los alumnos

del Colegio Instituto Domingo Eyzaguirre en el plano personal, intelectual, moral y social.

3. Potenciar el proceso de enseñanza – aprendizaje a través del trabajo mancomunado

de padres, apoderados, alumnos y profesores, con la finalidad de generar aprendizajes

significativos para todos los estudiantes.

4. Desarrollar un proceso de evaluación formativa, mediante el acompañamiento

sistemático y progresivo de los docentes, asistentes especialistas de la educación, equipo

directivo, entendiéndose el rol y función de cada uno dentro del aprendizaje de todos los

estudiantes.

Page 2: BORRADOR REGLAMENTO DE EVALUACION, CALIFICACION Y ... › ... › ReglamentoDeEvaluacion12775.pdf · Taller de TIC´s y Educación Física serán evaluaciones de proceso, sólo

BORRADOR REGLAMENTO DE EVALUACION, CALIFICACION Y PROMOCION ESCOLAR

_______________________________________________________________ Veritas et Sapientia pág. 2

TÍTULO I: De las Disposiciones Generales.

ARTÍCULO Nº 1: El presente Reglamento de Evaluación y Promoción fue elaborado

considerando como base los siguientes documentos:

a) Decreto Exento Nº 67/2018.

b) El Proyecto Educativo Institucional.

c) El Proyecto Técnico Pedagógico de Jornada Escolar Completa.

ARTÍCULO Nº 2: Este Reglamento complementa, en ningún caso contradice, el

Decreto Exento mencionado en el Artículo anterior y suple todas aquellas

situaciones no expresamente previstas en ellos.

ARTÍCULO Nº 3: El Colegio trabajará con los Planes y Programas ministeriales en

todos las asignaturas.

ARTÍCULO Nº 4: Las situaciones no previstas en el presente Reglamento serán

resueltas por el Director del Establecimiento, con la asesoría del Equipo de Gestión

y la consulta al Consejo de Profesores, cuando sea necesario. Los casos que se

presenten y que estén fuera de las atribuciones del Director del Establecimiento,

serán remitidos a la Dirección Provincial de Educación.

ARTÍCULO Nº 5: Los alumnos serán evaluados bajo régimen Semestral en cada

una de sus asignaturas del Plan de Estudio y en todas las áreas del Desarrollo

Personal. Semestralmente se elaborará un informe en Calificaciones y Desarrollo

Personal de los Alumnos.

ARTÍCULO Nº 6: Este Reglamento es establecido por Dirección y los directivos

docentes. Además, se difunde e informa a todos los apoderados que el presente

Reglamento se encuentra para su conocimiento en el colegio, como asimismo en la

página web del www.institutodomingoeyzaguirre.cl .

Page 3: BORRADOR REGLAMENTO DE EVALUACION, CALIFICACION Y ... › ... › ReglamentoDeEvaluacion12775.pdf · Taller de TIC´s y Educación Física serán evaluaciones de proceso, sólo

BORRADOR REGLAMENTO DE EVALUACION, CALIFICACION Y PROMOCION ESCOLAR

_______________________________________________________________ Veritas et Sapientia pág. 3

TÍTULO II: De la Fundamentación.

ARTÍCULO Nº7: La Comunidad Educativa Colegio Instituto Domingo

Eyzaguirre define:

“Evaluación, conjunto de acciones lideradas por los profesionales de la educación

para que tanto ellos como los alumnos puedan obtener e interpretar la información

sobre el aprendizaje, con el objeto de adoptar decisiones que permitan promover el

progreso del aprendizaje y retroalimentar los procesos de enseñanza (Artículo N°2,

letra B, Decreto Exento 67/2018).

ARTÍCULO Nº 8: La evaluación de los contenidos programáticos considera el

desarrollo de los conocimientos, las habilidades y las actitudes, enfatizando el

carácter formativo de la misma.

ARTÍCULO Nº 9: El logro de los aprendizajes se produce en las actividades mismas

de los alumnos, por medio de sus características, sus conocimientos y estilos de

aprendizajes, enfatizando las competencias de orden superior, como análisis,

interpretación y síntesis de información; resolución de problemas, comprensión

sistemática de procesos y fenómenos; comunicación de ideas, opiniones y

sentimientos de manera coherente y fundamentada; trabajo en equipo, actividades

en clases e investigaciones.

TÍTULO III: De las Calificaciones.

ARTÍCULO Nº 10: Los alumnos serán calificados en todas las asignaturas de

Aprendizaje del Plan de Estudio correspondiente, utilizándose una escala numérica

del 1.0 a 7.0 y con un decimal, siendo la calificación mínima de aprobación 4.0, las

que serán registradas en el libro de clases y sistema computacional.

La asignatura de Religión tendrá carácter formativo y valórico de 1°básico a

2°medio, será evaluada con calificaciones y traducida en conceptos, no incide en el

promedio final ni en la promoción.

Page 4: BORRADOR REGLAMENTO DE EVALUACION, CALIFICACION Y ... › ... › ReglamentoDeEvaluacion12775.pdf · Taller de TIC´s y Educación Física serán evaluaciones de proceso, sólo

BORRADOR REGLAMENTO DE EVALUACION, CALIFICACION Y PROMOCION ESCOLAR

_______________________________________________________________ Veritas et Sapientia pág. 4

ARTÍCULO Nº 11:

11.1 Calificaciones:

a) Corresponderán a las calificaciones de todas las actividades de aprendizajes

evaluadas por el Profesor (Ensayos, maquetas, proyectos, elaboración de

prototipos, dramatizaciones, disertaciones, eventos interdisciplinarios,

interrogaciones orales, investigaciones, campañas, foros, intervenciones, guías,

actividades de los textos, diarios murales, debate, reportajes audiovisuales, entre

otros).

b) En todas las asignaturas de Aprendizaje, los alumnos obtendrán

semestralmente calificaciones por:

11.1.1. Evaluaciones con calificaciones:

El Colegio Instituto Domingo Eyzaguirre aplicará anualmente evaluaciones:

Diagnóstica, formativa, sumativas de procesos, de avance, de producto, de

producto final.

Nota: No habrá eximiciones en ninguna asignatura.

La cantidad de calificaciones y ponderaciones que se utilicen para calcular la

calificación final del período escolar adoptado y de año de una asignatura o módulo

de cada curso, deberá ser coherente con la planificación que para dicha asignatura

realice el profesional de la educación. Esta definición y los ajustes que se estimen

necesarios deberán sustentarse en argumentos pedagógicos y se acordarán con el

jefe técnico-pedagógico debiendo ser informados con anticipación a los alumnos.

Lo establecido en el párrafo anterior será comunicado la primera semana de marzo.

Si un estudiante se ausenta a alguna etapa de uno o mas procesos evaluativos

por razones debidamente justificadas (certificado médico, tribunal, u otro que afecte

directamente al estudiante ), se debe solicitar la autorización de la Unidad Técnico

Pedagógica para recalendarizar la actividad.

Como parte de las actividades de evaluación se realizará una retroalimentación

colectiva de los resultados de la aplicación de cada instrumento, con la finalidad de

mejorar los resultados de los aprendizajes.

Page 5: BORRADOR REGLAMENTO DE EVALUACION, CALIFICACION Y ... › ... › ReglamentoDeEvaluacion12775.pdf · Taller de TIC´s y Educación Física serán evaluaciones de proceso, sólo

BORRADOR REGLAMENTO DE EVALUACION, CALIFICACION Y PROMOCION ESCOLAR

_______________________________________________________________ Veritas et Sapientia pág. 5

En caso de los estudiantes que presenten resultados reiteradamente descendidos,

se realizará una retroalimentación individual en conjunto con estudiante, padre,

madre y/o apoderado.

Para desarrollar y monitorear el proceso evaluativo de calidad, los profesionales y

asistentes de la educación constaran de espacios y tiempos efectivos, haciendo uso

de tres consejos durante el mes, para promover la mejora continua y el trabajo

colaborativo.

Durante horas no lectivas, el jefe técnico realizara monitoreo y acompañamiento de

los docentes con el propósito de desarrollar un trabajo colaborativo eficiente y de

calidad.

11.1.2 Tareas y Actividades en Clases:

Los logros de los aprendizajes se centran en la diversidad de actividades realizadas

por los propios estudiantes, enriqueciéndolos y complementándolos con

indagaciones, creación individual y colaborativamente.

a) Las tareas y las actividades en clases serán evaluadas formativa y

constantemente, de acuerdo a cada asignatura y registradas en los leccionarios.

b) La lectura complementaria correspondiente al Plan Lector, desde el 1° Año de

Enseñanza Básico hasta 4º año Medio, será considerado como una nota en

Lenguaje y Comunicación, siendo tres libros de lectura complementaria

semestrales.

c) Las asignaturas de Artes Visuales, Educación Tecnológica, Educación Musical,

Taller de TIC´s y Educación Física serán evaluaciones de proceso, sólo

realizadas en clases.

d) En todo tipo de evaluación, los estudiantes tendrán derecho a conocer

previamente, la pauta de evaluación que aplicará el docente

Page 6: BORRADOR REGLAMENTO DE EVALUACION, CALIFICACION Y ... › ... › ReglamentoDeEvaluacion12775.pdf · Taller de TIC´s y Educación Física serán evaluaciones de proceso, sólo

BORRADOR REGLAMENTO DE EVALUACION, CALIFICACION Y PROMOCION ESCOLAR

_______________________________________________________________ Veritas et Sapientia pág. 6

Tareas y Actividades para el Hogar:

El Colegio es un establecimiento que busca la integración de la familia en el

quehacer escolar, por lo tanto, se podría solicitar que los estudiantes traigan

información impresa, materiales, etc. de acuerdo a las necesidades de cada

asignatura. Por consiguiente, dichas actividades serán evaluadas de manera

formativa.

11.1.3 Autoevaluación y Coevaluación:

Los estudiantes participarán del proceso evaluativo, auto y coevaluándose en

conjunto con el docente respectivo.

11.2. Promedio Semestral:

Corresponderá a la media aritmética de todas las evaluaciones obtenidas por el

estudiante en el semestre, en cada asignatura del Plan de estudio.

11.3. Promedio Finales Semestrales de la asignatura:

Corresponderá a la media aritmética aproximada a la décima superior, cuando

corresponda, de las calificaciones semestrales obtenidas en cada asignatura.

11.4. Promedio Final Anual:

Corresponde al media aritmético ponderado de todas las calificaciones semestrales

finales, sin aproximación.

ARTÍCULO Nº 12: Plan de Electividad / Diferenciado tercero y cuarto medio.

12.1 Es responsabilidad de los Profesores Jefes en conjunto con el Departamento

de Orientación, quienes coordinarán con los profesores de asignatura, la

socialización de planes electivos de estudio al inicio de octubre, para estudiantes,

padres y apoderados.

Por otra parte, se aplicará a los estudiantes de segundos medios un test semestral

de interés y aptitudes. La decisión de los jóvenes será formalizada mediante un

Page 7: BORRADOR REGLAMENTO DE EVALUACION, CALIFICACION Y ... › ... › ReglamentoDeEvaluacion12775.pdf · Taller de TIC´s y Educación Física serán evaluaciones de proceso, sólo

BORRADOR REGLAMENTO DE EVALUACION, CALIFICACION Y PROMOCION ESCOLAR

_______________________________________________________________ Veritas et Sapientia pág. 7

documento firmado por el alumno y su apoderado. Se informarán los resultados a

Dirección, UTP e Inspectoría General.

Si el alumno no manifiesta su opción, el colegio se reserva el derecho a incluirlo en

el Plan Electivo y Diferenciado más acorde a sus habilidades y a la capacidad de la

sala, no pudiendo ser superada por los alumnos interesados.

12.2 Los alumnos de Octavo Año Básico deberán optar por una de las Áreas

Artísticas para cursar el Primer Año Medio: ARTES MUSICALES O ARTES

VISUALES. El arte optado por el alumno(a) deberá mantenerse hasta 4º Año Medio

debido a que las habilidades artísticas requieren de un proceso de desarrollo

gradual y sostenido en el tiempo.

REVISAR RESULTADOS DE CAMBIOS CURRICULARES DE III° MEDIO

12.3 Los alumnos de los Segundos Años Medios deberán optar por una de las

siguientes combinaciones dadas por Plan Científico y Humanista, teniendo ambos

planes las siguientes asignaturas en el Plan diferenciado:

Plan científico:

1. Electivo Física 2. Electivo Matemática

3. Electivo Biología

Plan Humanista:

1. Lenguaje Electivo

2. Historia electivo

3. Inglés electivo

Page 8: BORRADOR REGLAMENTO DE EVALUACION, CALIFICACION Y ... › ... › ReglamentoDeEvaluacion12775.pdf · Taller de TIC´s y Educación Física serán evaluaciones de proceso, sólo

BORRADOR REGLAMENTO DE EVALUACION, CALIFICACION Y PROMOCION ESCOLAR

_______________________________________________________________ Veritas et Sapientia pág. 8

ARTÍCULO Nº 13: Informes para los Apoderados

13.1 El Apoderado conocerá el avance de los logros académicos de su pupilo por

medio del Informe de Avance Institucional Cualitativo y Cuantitativo mensual. En

caso de notas deficientes durante el transcurso del proceso, éstas se comunicarán

oportunamente al apoderado a través del Profesor Jefe, en reunión de apoderados

y/o en el horario asignado para atención de apoderados, aplicando estrategias

remediales.

En el caso que el apoderado no asista a dos citaciones seguidas no justificadas,

Dirección enviará citación mediante carta certificada.

13.2 Los objetivos Fundamentales Transversales (OFT) tienen un carácter

comprensivo y general orientando el desarrollo personal, la conducta moral y social

de los alumnos. Los logros de éstos se registrarán mediante conceptos: Siempre,

Generalmente, Ocasionalmente, Nunca, en el Informe de Desarrollo Personal del

alumno.

ARTÍCULO Nº 14º: Disposiciones Generales en relación a las Evaluaciones y

el Reforzamiento

14.1 Las inasistencias a cualquier evaluación calendarizada, deberán ser

justificadas personalmente por el apoderado en Inspectoría, un día antes y hasta

dos días después del inicio de la ausencia, con certificado médico que señale:

Nombre

Fecha de emisión

Diagnóstico

Indicaciones médicas

Nombre del facultativo

Firma del facultativo

Timbre del centro médico

(No aceptándose justificativos escritos ni telefónicos)

Page 9: BORRADOR REGLAMENTO DE EVALUACION, CALIFICACION Y ... › ... › ReglamentoDeEvaluacion12775.pdf · Taller de TIC´s y Educación Física serán evaluaciones de proceso, sólo

BORRADOR REGLAMENTO DE EVALUACION, CALIFICACION Y PROMOCION ESCOLAR

_______________________________________________________________ Veritas et Sapientia pág. 9

En caso que no se presente certificado médico y/o justificación personal del

apoderado en Inspectoría General que respalde la inasistencia a la evaluación, ésta

se ponderará con 70% para la nota 4,0.

En el caso de los estudiantes que participan en eventos previamente autorizados

por el establecimiento, sean nacionales e internacionales, en el área del deporte, la

cultura, la literatura, las ciencias y las artes, se les recalendarizará las evaluaciones

pendientes.

14.2 Para recuperar la evaluación el alumno, el colegio distingue entre los

siguientes tipos de inasistencias:

a) Si el alumno ha faltado a una evaluación programada, sin justificación, debe

realizarla el mismo día que se incorpore a clases con una exigencia de 70 %. En

caso que se niegue, deberá firmar la evaluación, se llamará al apoderado para

informar de la situación, se consignará el hecho en la hoja de vida del alumno(a) y

se evaluará con nota 1,0.

b) Si se trata de una ausencia breve, justificada, y el alumno ha faltado sólo a una

prueba, el profesor de asignatura le aplica la evaluación a la clase siguiente.

c) Si el alumno falta a una prueba reprogramada, con justificación médica, se le

evaluará con una evaluación oral o escrita una vez que se reincorpore a clases. En

caso de no existir justificación previa se le evaluará con 70 % de exigencia. En

caso de no asistir nuevamente, se dejará constancia en su hoja de vida y se le

evaluará con nota 1,0.

d) No se aceptan retiros de alumnos durante las evaluaciones sin justificativo que

avale dicho evento (médico y/o jurídico). Los casos especiales serán entrevistados

por Inspectoría General y autorizados por Dirección. Cabe recordar, además, que

el establecimiento entrega al inicio de cada período, el Calendario de Evaluaciones

a aplicar durante el semestre, por lo tanto, el apoderado debe cautelar el

cumplimiento de éste.

e) Si el estudiante ha faltado a una evaluación, por motivos no justif icados, debe

realizarla el mismo día que se incorpore a clases con una exigencia de 70 %. En

caso que se niegue, deberá firmar la evaluación, se llamará al apoderado para

Page 10: BORRADOR REGLAMENTO DE EVALUACION, CALIFICACION Y ... › ... › ReglamentoDeEvaluacion12775.pdf · Taller de TIC´s y Educación Física serán evaluaciones de proceso, sólo

BORRADOR REGLAMENTO DE EVALUACION, CALIFICACION Y PROMOCION ESCOLAR

_______________________________________________________________ Veritas et Sapientia pág. 10

informar de la situación, se consignará el hecho en la hoja de vida del alumno(a) y

se evaluará con nota 1,0.

f) Los estudiantes en estado de gravidez o lactancia serán sometidos a los

procedimientos de evaluación establecidos en el Reglamento del establecimiento

educacional, sin perjuicio de la obligación del establecimiento de otorgarles las

facilidades académicas, necesarias, incluido un calendario flexible que resguarde el

derecho a la educación de estos estudiantes y de brindarles apoyos pedagógicos

especiales2.

14.3 En caso de que a algún estudiante se le sorprenda copiando o ayudando a

otro en evaluaciones escritas, se le retirará el instrumento según el caso y se

procederá de la siguiente manera:

a) El profesor registrará la anotación en su hoja de vida, explicitando la falta

cometida, dará aviso a Unidad técnico Pedagógica y departamento de convivencia

escolar, quienes deberán evaluar la situación y aplicar las medidas

correspondientes al RICE.

b) Inmediatamente el profesor aplicará una evaluación escrita u oral, con los

mismos contenidos y habilidades y éste se ponderará con un 70 % de exigencia.

c) Profesor de la asignatura citará al apoderado para informar la situación.

d) En caso de plagio de trabajos escritos u manuales, se procederá según

los puntos a y c del RICE, aplicando además nota mínima.

14.4 Los estudiantes deberán permanecer en la sala de clase durante todo el tiempo

que se le asigne a la evaluación, destinando el tiempo que le exceda en revisar sus

respuestas.

14.5 El profesor tendrá 5 días hábiles para dar a conocer los resultados de todas

las evaluaciones aplicadas a los alumnos, además de consignarlos en el libro de

clases. Deberá analizar en conjunto con los estudiantes el resultado para efectuar

posteriormente la retroalimentación de los objetivos no logrados.

14.6 Sobre las Normas 70/30. El colegio establece:

Page 11: BORRADOR REGLAMENTO DE EVALUACION, CALIFICACION Y ... › ... › ReglamentoDeEvaluacion12775.pdf · Taller de TIC´s y Educación Física serán evaluaciones de proceso, sólo

BORRADOR REGLAMENTO DE EVALUACION, CALIFICACION Y PROMOCION ESCOLAR

_______________________________________________________________ Veritas et Sapientia pág. 11

Desde 1º Básico a 4 Año de Educación Media: El establecimiento se rige por la

norma 70/30 14.7 Queda prohibido el uso de cualquier dispositivo electrónico de

audio, imagen, celular u otros en clases y en evaluaciones. En caso que a algún

alumno(a) se le sorprenda con éste, le será retirado y se aplicará el punto 14.3,

letras a,b y c. A menos que sea con fines pedagógicos.

TÍTULO IV: De la Eximición de asignaturas y de la Evaluación Diferenciada.

ARTÍCULO Nº 15:

- De acuerdo al Decreto 67 en su artículo 5 “los alumnos no podrán ser eximidos

de ninguna asignatura o módulo del plan de estudio, debiendo ser evaluados en

todos los cursos y en todas las asignaturas o módulos que dicho plan contenga”.

- En el caso de la asignatura de Religión, la familia opta si el estudiante seguirá o

no dicha asignatura. En caso de no cursarla, el estudiante debe concurrir a

clases con el curso paralelo durante esas horas o asistir a Biblioteca para

desarrollar guías de trabajo. Es responsabilidad de la Unidad Técnico

Pedagógica proporcionar las guías.

- Las alumnas en estado de embarazo deberán asistir a las clases de Educación

Física en forma regular, siguiendo las orientaciones del médico tratante, sin

perjuicio de ser evaluadas en forma diferencial o ser eximidas en los casos en

que por razones de salud así procediera.

- Las alumnas que hayan sido madres estarán eximidas de la asignatura de

Educación Física hasta el término del puerperio.

PARRAFO 2°: Sobre la Evaluación Diferenciada para estudiantes con

necesidades educativas Permanentes.

La evaluación diferenciada se entiende como un recurso que el profesor emplea al

evaluar a los estudiantes que presentan barreras para lograr un desarrollo

académico integral. Consiste en aplicar procedimientos y/o instrumentos

Page 12: BORRADOR REGLAMENTO DE EVALUACION, CALIFICACION Y ... › ... › ReglamentoDeEvaluacion12775.pdf · Taller de TIC´s y Educación Física serán evaluaciones de proceso, sólo

BORRADOR REGLAMENTO DE EVALUACION, CALIFICACION Y PROMOCION ESCOLAR

_______________________________________________________________ Veritas et Sapientia pág. 12

evaluativos acorde con las características y dificultad que presenta el estudiante.

Implica además la aplicación de estrategias antes, durante y/o después de las

evaluaciones mismas.

Tiene como propósito facilitar el desarrollo de los estudiantes que presentan

Necesidades Educativas y/o factores que estén interfiriendo en el proceso

académico. Para cumplir dicho objetivo, debe promover el proceso de enseñanza y

aprendizaje, posibilitando con ello la presencia, la participación y el logro de los

aprendizajes esperados de todos y cada uno de los estudiantes” especialmente para

los estudiantes que presentan necesidades educativas especiales permanentes.

Decreto N° 170.

Para hacer efectiva la evaluación diferenciada debe existir un trabajo colaborativo

de los distintos actores que intervienen en el desarrollo integral del estudiante, es

decir, familia, comunidad educativa y especialistas.

La evaluación se centra en coherencia con un plan de educación curricular individual

(PACI) el logro de los objetivos, procesos y contenidos de acuerdo a los planes y

programas efectivamente desarrollados en los distintos niveles con los ajustes

curriculares incluidos en la planificación por unidad.

MARCO LEGAL

Teniendo en consideración:

Decreto 67/2018

BENEFICIARIOS DE EVALUACIÓN DIFERENCIADA

Se podrá aplicar una evaluación diferenciada de acuerdo a los siguientes casos de

trastornos y/o dificultades:

NEE permanentes: Discapacidad Intelectual (DI), Discapacidad Visual, Auditiva,

Autismo, Disfasia, Discapacidad Múltiple y/o Sordoceguera.

Page 13: BORRADOR REGLAMENTO DE EVALUACION, CALIFICACION Y ... › ... › ReglamentoDeEvaluacion12775.pdf · Taller de TIC´s y Educación Física serán evaluaciones de proceso, sólo

BORRADOR REGLAMENTO DE EVALUACION, CALIFICACION Y PROMOCION ESCOLAR

_______________________________________________________________ Veritas et Sapientia pág. 13

EL SISTEMA DE EVALUACIÓN DIFERENCIADA PARA LOS ALUMNOS NEEP

QUE SE APLIQUE PODRÁ TENER LAS SIGUIENTES CARACTERÍSTICAS:

Evaluaciones o trabajos, orales o escritos, individuales o grupales.

Evaluaciones de carácter diagnóstico, que se aplicarán al inicio del año

escolar o al inicio de un nuevo contenido, podrán ser expresadas en

conceptos o calificaciones de carácter numérico que podrán incidir o no en

el promedio semestral y anual de los estudiantes.

Informes orales y/o escritos de textos o contenidos de cualquier asignatura,

individuales, en pares o grupales.

Trabajos de gráficos, maquetas, planos, experimentos, observaciones en las

asignaturas que corresponda, individuales, grupales o en pares.

Informes y cuestionarios, entrevistas, individuales, en pares o grupales.

Charlas y/o exposiciones frente al curso o grupo de compañeros o

profesores, utilizando medios audiovisuales o computacionales, individuales,

en pares o grupales.

Interrogaciones orales y/o escritas, con previo aviso, individuales, en pares

o grupales.

Evaluaciones de carácter parcial y/o formativa y de carácter global y/o de

síntesis, orales o escritas, individuales, en pares o grupales, cuyas fechas

serán calendarizadas al inicio de cada semestre y avisadas al estudiante y

apoderado.

TÍTULO V: De la Promoción y Repitencia.

ARTÍCULO Nº 16: De la Promoción y Repitencia.

En la promoción de los alumnos se considerará conjuntamente el logro de los

objetivos de aprendizaje de las asignaturas y la asistencia a clases.

16.1 Respecto del logro de los objetivos, serán promovidos los alumnos que:

Page 14: BORRADOR REGLAMENTO DE EVALUACION, CALIFICACION Y ... › ... › ReglamentoDeEvaluacion12775.pdf · Taller de TIC´s y Educación Física serán evaluaciones de proceso, sólo

BORRADOR REGLAMENTO DE EVALUACION, CALIFICACION Y PROMOCION ESCOLAR

_______________________________________________________________ Veritas et Sapientia pág. 14

a) Hubieren aprobado todas las asignaturas.

b) Habiendo reprobado una asignatura su promedio final anual sea como mínimo

un 4.5, incluyendo la asignatura no aprobada.

c) Habiendo reprobado dos asignaturas o bien una asignatura y un módulo, su

promedio final anual sea como mínimo un 5.0, incluidas las asignaturas no

aprobadas.

16.2 En relación con la asistencia a clases, serán promovidos los alumnos que

tengan un porcentaje igual o superior al 85% de aquellas establecidas en el

calendario escolar anual.

Para estos efectos, se considerará como asistencia regular la participación de los

alumnos en eventos previamente autorizados por el establecimiento, sean

nacionales e internacionales, en el área del deporte, la cultura, la literatura, las

ciencias y las artes.

El director del establecimiento, en conjunto con el jefe técnico-pedagógico

consultando al Consejo de Profesores, analizará cada caso de manera individual el

cual podrá autorizar la promoción de alumnos con porcentajes menores a la

asistencia requerida.

Artículo 17: Sin perjuicio de lo señalado en el artículo precedente, los

establecimientos educacionales, a través del director y su equipo directivo, deberán

analizar la situación de aquellos alumnos que no cumplan con los requisitos de

promoción antes mencionados o que presenten una calificación de alguna

asignatura que ponga en riesgo la continuidad de su aprendizaje en el curso

siguiente, para que, de manera fundada, se tome la decisión de promoción o

repitencia de estos alumnos. Dicho análisis deberá ser de carácter deliberativo,

basado en información recogida en distintos momentos y obtenida de diversas

fuentes y considerando la visión del estudiante, su padre, madre o apoderado.

Esta decisión deberá sustentarse, además, por medio de un informe elaborado por

el jefe técnico-pedagógico, en colaboración con el profesor jefe, otros profesionales

de la educación, y profesionales del establecimiento que hayan participado del

proceso de aprendizaje del alumno. El informe, individualmente considerado por

cada alumno, deberá considerar, a lo menos, los siguientes criterios pedagógicos y

socioemocionales:

a) El progreso en el aprendizaje que ha tenido el alumno durante el año;

Page 15: BORRADOR REGLAMENTO DE EVALUACION, CALIFICACION Y ... › ... › ReglamentoDeEvaluacion12775.pdf · Taller de TIC´s y Educación Física serán evaluaciones de proceso, sólo

BORRADOR REGLAMENTO DE EVALUACION, CALIFICACION Y PROMOCION ESCOLAR

_______________________________________________________________ Veritas et Sapientia pág. 15

b) La magnitud de la brecha entre los aprendizajes logrados por el alumno y los

logros de su grupo curso, y las consecuencias que ello pudiera tener para la

continuidad de sus aprendizajes en el curso superior; a través de una pauta

institucional elaborada para este propósito, basada en los planes y programas

por asignatura que se da a conocer en el mes de marzo: informe de avance

cualitativo.

c) Consideraciones de orden socioemocional que permitan comprender la situación

de alumno y que ayuden a identificar cuál de los dos cursos sería más adecuado

para su bienestar y desarrollo integral. Este procedimiento se llevará a cabo

mediante la evaluación del equipo multidisciplinario del establecimiento.

El contenido del informe a que se refiere el inciso anterior, podrá ser consignado

en la hoja de vida del alumno.

La situación final de promoción o repitencia de los alumnos deberá quedar

resuelta antes del término de cada año escolar.

Una vez aprobado un curso, el alumno no podrá volver a realizarlo, ni aun

cuando éstos se desarrollen bajo otra modalidad educativa.

Artículo 18: El establecimiento educacional deberá, durante el año escolar siguiente,

arbitrar las medidas necesarias para proveer el acompañamiento pedagógico de los

alumnos que, según lo dispuesto en el artículo anterior, hayan o no sido promovidos.

Estas medidas deberán ser autorizadas por el padre, madre o apoderado.

El acompañamiento pedagógico se elaborará teniendo como base los informes de

avance entregados oportunamente a los apoderados durante el año lectivo, además

se considerará el informe de cierre semestral y el Informe del Equipo

Multidisciplinario (IEM).

El monitoreo y coordinación de los acompañamientos pedagógicos estará a cargo

del jefe de unidad técnica pedagógico, orientador, coordinador y profesionales del

PIE, cuando corresponda, profesor jefe y profesores de la o las asignaturas

comprometida.

Artículo 19: La situación final de promoción de los alumnos deberá quedar resuelta

al término de cada año escolar, debiendo el establecimiento educacional, entregar

Page 16: BORRADOR REGLAMENTO DE EVALUACION, CALIFICACION Y ... › ... › ReglamentoDeEvaluacion12775.pdf · Taller de TIC´s y Educación Física serán evaluaciones de proceso, sólo

BORRADOR REGLAMENTO DE EVALUACION, CALIFICACION Y PROMOCION ESCOLAR

_______________________________________________________________ Veritas et Sapientia pág. 16

un certificado anual de estudios que indique las asignaturas o módulos del plan de

estudios, con las calificaciones obtenidas y la situación final correspondiente.

El certificado anual de estudios no podrá ser retenido por el establecimiento

educacional en ninguna circunstancia.

Artículo 20: En los establecimientos reconocidos oficialmente por el Estado, el

rendimiento escolar del alumno no será obstáculo para la renovación de su

matrícula, y tendrá derecho a repetir curso en un mismo establecimiento a lo menos

en una oportunidad en la educación básica y en una oportunidad en la educación

media, sin que por esa causal le sea cancelada o no renovada su matrícula.

20.1 Alumnas Embarazadas: No exigirán a las alumnas en estado de embarazo o

maternidad el 85% de asistencia a clases durante el año escolar cuando las

inasistencias tengan como causa directa enfermedades producidas por el

embarazo, el parto, el post parto, enfermedades del hijo menor de un año, asistencia

a control de embarazo, del post parto, control de niño sano, pediátrico u otras

similares que determine el médico tratante. (Reglamenta inciso tercero del artículo 2º de la ley nº

18.962 que regula el estatuto de las alumnas en situación de embarazo y maternidad.)

20.2 En el caso que la asistencia a clases durante el año escolar alcance menos de

un 50%, el Director del establecimiento educacional resolverá de conformidad con

las normas establecidas en los Decretos Exentos de Educación Nºs. 511 de 1997,

112 y 158, ambos de 1999 y 83, de 2001 o los que se dictaren en su reemplazo, sin

perjuicio del derecho de apelación de la alumna ante el Secretario Regional

Ministerial de Educación respectivo.

TÍTULO VI: De los Traslados.

ARTÍCULO Nº 21: De los Traslados y Cierres anticipados.

21.1 Los alumnos que provienen de un régimen de evaluación trimestral y su

traslado se efectúa antes del término del primer o segundo semestre, deberán rendir

las evaluaciones que fije el establecimiento en todas las asignaturas, hasta

completar el número de evaluaciones del semestre en cada asignatura fijadas por

UTP. Cada situación especial será resuelta por el Director.

Page 17: BORRADOR REGLAMENTO DE EVALUACION, CALIFICACION Y ... › ... › ReglamentoDeEvaluacion12775.pdf · Taller de TIC´s y Educación Física serán evaluaciones de proceso, sólo

BORRADOR REGLAMENTO DE EVALUACION, CALIFICACION Y PROMOCION ESCOLAR

_______________________________________________________________ Veritas et Sapientia pág. 17

21.2 Los alumnos que provienen de un régimen de evaluaciones semestrales y su

traslado se efectúa en el transcurso del primer semestre, las calificaciones

obtenidas hasta la fecha del traslado serán consideradas en el cálculo de las

calificaciones correspondientes al primer semestre.

21.3 Si ingresa en el transcurso del segundo semestre, las calificaciones parciales

obtenidas hasta la fecha del traslado, serán consideradas en el cálculo de las

calificaciones correspondientes al segundo semestre.

21.4 Desde el momento de ingreso, el alumno será evaluado según las

disposiciones detalladas en el presente Reglamento de Evaluación, Calificación y

Promoción.

21.5 Los alumnos extranjeros previo a ser ingresados como alumnos regulares,

deben oficializar su situación en la Secretaría Ministerial de Educación

correspondiente, quien instruirá al Colegio respecto al curso al cual ingresan.

21.6 El apoderado que solicite cierre anticipado de año o semestre escolar u

homologación de un semestre ya realizado deberá elevar por escrito una solicitud

al establecimiento. Si la solicitud obedece a razones de salud que interfieren el

rendimiento escolar del alumno, deberán adjuntarse informe detallado del

especialista de la salud (neurólogo o siquiatra), fundamentando las causas de la

decisión.

21.7 Intercambio Estudiantil o períodos de estudios u otros en el Extranjero: El

colegio autoriza cierres de año escolar y homologaciones por este concepto, previa

consulta al Director y Consejo de profesores.

21.8 Plazo de las solicitudes: No se aceptarán solicitudes de cierre de año escolar

antes de un mes previo al cierre del año escolar, salvo traslados fuera del país o

enfermedades limitantes.

TÍTULO VII: De las Situaciones Especiales.

ARTÍCULO Nº 21: Frente a situaciones de no conformidad frente a la corrección de

evaluaciones, la apelación deberá seguir conducto regular, Profesor de asignatura,

Profesor Jefe, Jefe Unidad Técnico Pedagógica y Dirección.

ARTÍCULO Nº 22: Las Actas de Registro de Calificaciones y Promoción Escolar

consignarán en cada curso: la nómina completa de los alumnos, matriculados y

Page 18: BORRADOR REGLAMENTO DE EVALUACION, CALIFICACION Y ... › ... › ReglamentoDeEvaluacion12775.pdf · Taller de TIC´s y Educación Física serán evaluaciones de proceso, sólo

BORRADOR REGLAMENTO DE EVALUACION, CALIFICACION Y PROMOCION ESCOLAR

_______________________________________________________________ Veritas et Sapientia pág. 18

retirados durante el año, señalando el número de la cédula nacional de identidad o

el número del identificador provisorio escolar, las calificaciones finales de las

asignaturas o módulos del plan de estudios y el promedio final anual, el porcentaje

de asistencia de cada alumno y la situación final correspondiente. Las Actas

deberán ser generadas por medio del sistema de información del Ministerio de

Educación disponible al efecto y firmadas solamente por el director del

establecimiento.