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Boletín Oficial - Publicación oficial - Ordenanza N° 33.701 - Ley N° 2739 Reglamentado por Decreto N° 964/08 - Director responsable: Dr. Pablo Clusellas - Registro de la Propiedad Intelectual N° 569.966 - Gerencia Operativa Boletín Oficial y Registro - Teléfonos: 4323-9625, 4323-9501 E-mail: [email protected] - [email protected] - Consultas y Publicación de Edictos Particulares de 9:30 a 13:30 hs. Rivadavia 524 (1084), Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Web: www.buenosaires.gob.ar Boletín Oficial Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires "2014, Año de las letras argentinas" 4328 29/01/2014

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Boletín Oficial - Publicación oficial - Ordenanza N° 33.701 - Ley N° 2739 Reglamentado por Decreto N° 964/08 - Director responsable: Dr. Pablo Clusellas - Registro de la Propiedad Intelectual N° 569.966 - Gerencia Operativa Boletín Oficial y Registro - Teléfonos: 4323-9625, 4323-9501 E-mail: [email protected] - [email protected] - Consultas y Publicación de Edictos Particulares de 9:30 a 13:30 hs. Rivadavia 524 (1084), Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Web: www.buenosaires.gob.ar

Boletín Oficial Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

"2014, Año de las letras argentinas"

4328

29/01/2014

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Sumario

Poder Legislativo

Ley

Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires

Ley N° 4889Se modifica la Ley Nº 7 - Ley Orgánica del Poder Judicial de la Ciudad de Buenos Aires.................................. Pág. 12

Resolución

Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires

Resolución N° 321-LCBA/13Se designan los cargos de Vicepresidente Primero, Vicepresidente Segundo y Vicepresidente                                      Tercero.................................................................................................................................................................. Pág. 21

Resolución N° 322-LCBA/13Se designan los cargos de Secretario Parlamentario, Secretario Administrativo y Secretario de                                     Coordinación......................................................................................................................................................... Pág. 21

Poder Ejecutivo

Resolución

Jefatura de Gabinete de Ministros

Resolución N° 44-SSTRANS/14Se permite el estacionamiento general de vehículos junto a la acera izquierda según sentido                                        de circulación en diversos tramos de arteria......................................................................................................... Pág. 22

Resolución N° 45-SSTRANS/14Se aprueba la ampliación de la Orden de Compra N° 42.397/13......................................................................... Pág. 23

Resolución N° 49-SSTRANS/14Se invierte con carácter transitorio y experimental el sentido circulatorio a la calle Lavoisier                                           desde Av. Congreso hasta Av. Crisólogo Larralde............................................................................................... Pág. 24

Resolución N° 50-SSTRANS/14Se restituye la prohibición del estacionamiento general de vehículos junto a su izquierda en las                                    calles Donado entre Av. Monroe y Blanco Encalada y Altolaguirre entre Blanco Encalada y Av.                                     Olazabal................................................................................................................................................................ Pág. 25

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Ministerio de Hacienda

Resolución N° 1428-MHGC/13Se aprueba modificación de créditos.................................................................................................................... Pág. 26

Resolución N° 1586-MHGC/13Se aprueba modificación de créditos.................................................................................................................... Pág. 27

Ministerio de Justicia y Seguridad

Resolución N° 6-ISSP/14Se formula invitación a Universidades a los fines de la elección de representantes de acuerdo                                      a lo dispuesto por el Artículo 14 del Reglamento de Concursos de Profesores Ordinarios................................. Pág. 28

Resolución N° 19-SSAPM/14Se aprueba compensación de créditos................................................................................................................. Pág. 29

Resolución N° 20-SSAPM/14Se aprueba compensación de créditos................................................................................................................. Pág. 30

Resolución N° 21-SSAPM/14Se aprueban gastos en concepto de viáticos efectuados por la Subinspector LP 418 Sabrina                                        Banciella................................................................................................................................................................ Pág. 30

Resolución N° 22-SSAPM/14Se aprueba y adjudica la Licitación Pública de Etapa Única N° 2900-0368-LPU13............................................. Pág. 31

Ministerio de Desarrollo Urbano

Resolución N° 431-MDUGC/13Se aprueban demasías correspondientes a la Obra Escuela Técnica N° 5 D.E. N° 11                                                     Remedios de Escalada de San Martín.................................................................................................................. Pág. 33

Resolución N° 1962-SBASE/14Se aprueba nómina de inspectores...................................................................................................................... Pág. 35

Ministerio de Desarrollo Económico

Resolución N° 65-MDEGC/14Se exceptúa a personal de la planta permanente como responsable de administración y                                                rendición de fondos............................................................................................................................................... Pág. 37

Resolución N° 593-SSDEP/13Se otorga subsidio a representante de deportista amateur menor de edad......................................................... Pág. 38

Resolución N° 594-SSDEP/13Se otorga subsidio a representante de deportista amateur menor de edad......................................................... Pág. 39

Resolución N° 595-SSDEP/13Se otorga subsidio a deportista amateur.............................................................................................................. Pág. 40

Resolución N° 596-SSDEP/13Se otorga subsidio a representante de deportista amateur menor de edad......................................................... Pág. 42

Resolución N° 597-SSDEP/13Se otorga subsidio a deportista amateur.............................................................................................................. Pág. 43

Resolución N° 598-SSDEP/13Se otorga subsidio a representante de deportista amateur menor de edad......................................................... Pág. 44

Resolución N° 599-SSDEP/13Se otorga subsidio a representante de deportista amateur menor de edad......................................................... Pág. 46

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Resolución N° 600-SSDEP/13Se otorga subsidio a deportista amateur.............................................................................................................. Pág. 47

Resolución N° 601-SSDEP/13Se otorga subsidio a representante de deportista amateur menor de edad......................................................... Pág. 48

Resolución N° 602-SSDEP/13Se otorga subsidio a representante de deportista amateur menor de edad......................................................... Pág. 50

Resolución N° 603-SSDEP/13Se otorga subsidio a deportista amateur.............................................................................................................. Pág. 51

Resolución N° 604-SSDEP/13Se otorga subsidio a deportista amateur.............................................................................................................. Pág. 52

Resolución N° 605-SSDEP/13Se otorga subsidio a deportista amateur.............................................................................................................. Pág. 53

Resolución N° 606-SSDEP/13Se otorga subsidio a deportista amateur.............................................................................................................. Pág. 55

Resolución N° 607-SSDEP/13Se otorga subsidio a deportista amateur.............................................................................................................. Pág. 56

Resolución N° 608-SSDEP/13Se otorga subsidio a la Asociación Civil Metropolitana de Paddle....................................................................... Pág. 57

Resolución N° 609-SSDEP/13Se otorga subsidio a representante de deportista amateur menos de edad........................................................ Pág. 59

Resolución N° 610-SSDEP/13Se otorga subsidio a deportista amateur.............................................................................................................. Pág. 60

Resolución N° 611-SSDEP/13Se otorga subsidio a representante de deportista amateur menos de edad........................................................ Pág. 62

Resolución N° 630-SSDEP/13Se otorga subsidio a la Federación de Esgrima de la Ciudad de Buenos Aires................................................... Pág. 63

Resolución N° 634-SSDEP/13Se otorga subsidio a la Federación Argentina de Centros Comunitarios Macabeos............................................ Pág. 65

Resolución N° 635-SSDEP/13Se otorga subsidio a deportista amateur.............................................................................................................. Pág. 66

Resolución N° 636-SSDEP/13Se otorga subsidio a la Asociación Civil Femenina Metropolitana de Basquetbol................................................ Pág. 68

Resolución N° 637-SSDEP/13Se otorga subsidio a la Asociación Civil Vecinal Círculo La Paternal................................................................... Pág. 69

Resolución N° 638-SSDEP/13Se otorga subsidio a la Federación Argentina de Pesas...................................................................................... Pág. 71

Resolución N° 639-SSDEP/13Se otorga subsidio a la Asociación Argentina de Tenis........................................................................................ Pág. 73

Resolución N° 59-SSDE/14Se convoca a empresas y/o diseñadores que produzcan artículos de diseño en calzado y                                             afines a presentarse para participar en la Feria EFICA........................................................................................ Pág. 74

Resolución N° 72-SSDE/14Se aprueba nómina de seleccionados para participar en la categoría diseñadores emergentes......................... Pág. 76

Ministerio de Modernización

Resolución N° 1687-SSGRH/13Se transfiere al agente Hernán Leandro Pazos Baracat....................................................................................... Pág. 77

Resolución N° 1711-SSGRH/13Se establece la designación de Marcos Sebastián Trobiani................................................................................. Pág. 77

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Resolución N° 1718-SSGRH/13Se establece que la designación en favor de Marina Silvia Russo lo es cesando como                                                   Profesional de Guardia Médica suplente del Hospital General de Agudos Dr. José María                                               Ramos Mejía......................................................................................................................................................... Pág. 78

Resolución N° 1719-SSGRH/13Se acepta la renuncia presentada por el agente Santiago Martin Tiscornia......................................................... Pág. 79

Resolución N° 1733-SSGRH/13Se transfieren agentes.......................................................................................................................................... Pág. 80

Resolución N° 1735-SSGRH/13Se transfiere al agente Emilio Romeo Minue........................................................................................................ Pág. 81

Resolución N° 1736-SSGRH/13Se transfiere al agente Federico Javier Musmanno.............................................................................................. Pág. 82

Resolución N° 1737-SSGRH/13Se transfieren agentes.......................................................................................................................................... Pág. 83

Resolución N° 1738-SSGRH/13Se transfieren agentes.......................................................................................................................................... Pág. 84

Resolución N° 1739-SSGRH/13Se transfieren agentes.......................................................................................................................................... Pág. 85

Resolución N° 1740-SSGRH/13Se transfiere a la agente Jimena Soledad Gallego............................................................................................... Pág. 86

Resolución N° 1764-SSGRH/13Se acepta la renuncia de la agente Nancy Haydee Deluca.................................................................................. Pág. 87

Resolución N° 1766-SSGRH/13Se acepta la renuncia de la agente Paulina Hilda Fariña..................................................................................... Pág. 87

Resolución N° 1767-SSGRH/13Se transfiere a la agente Juliana Carcar............................................................................................................... Pág. 88

Resolución N° 1769-SSGRH/13Se transfiere al agente Guillermo Alfredo Seijas.................................................................................................. Pág. 89

Resolución N° 1772-SSGRH/13Se deja sin efecto la Resolución Nº 1272/SSGRH/13.......................................................................................... Pág. 90

Resolución N° 1773-SSGRH/13Se acepta la renuncia presentada por el agente José Nolberto Luna.................................................................. Pág. 91

Resolución N° 1774-SSGRH/13Se transfiere a la agente Graciela Miriam Deglise................................................................................................ Pág. 92

Resolución N° 1775-SSGRH/13Se acepta la renuncia presentada por el agente Gonzalo Iván Gutiérrez Córdoba.............................................. Pág. 93

Resolución N° 1777-SSGRH/13Se transfieren agentes.......................................................................................................................................... Pág. 93

Resolución N° 1813-SSGRH/13Se transfiere a la agente Laura Barrionuevo........................................................................................................ Pág. 94

Resolución N° 1858-SSGRH/13Se transfiere al agente Alfio Rogelio Gastaldi....................................................................................................... Pág. 95

Resolución N° 1859-SSGRH/13Se transfiere a la agente Silvia Beatriz Pini.......................................................................................................... Pág. 96

Resolución N° 1860-SSGRH/13Se transfiere a la agente Valeria Cecilia Benítez.................................................................................................. Pág. 97

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Secretaría de Gestión Comunal y Atención Ciudadana

Resolución N° 19-SECGCYAC/14Se aprueba el Reglamento para la realización de las tareas tendientes a la higienización,                                              desratización y/o saneamiento de los terrenos baldíos y/o casas abandonadas que no cumplan                                    con las condiciones de higiene y salubridad previstas en la normativa vigente................................................... Pág. 99

Administración Gubernamental de Ingresos Públicos

Resolución N° 45-AGIP/14Se revoca la Resolución Nº 171-AGIP/12........................................................................................................... Pág. 101

Resolución N° 46-AGIP/14Se suprime la Subdirección General de Relaciones Fiscales............................................................................. Pág. 102

Agencia Gubernamental de Control

Resolución N° 40-AGC/14Se autoriza la contratación de personal.............................................................................................................. Pág. 104

Resolución N° 42-AGC/14Se autoriza la contratación de personal.............................................................................................................. Pág. 105

Resolución N° 45-AGC/14Se autoriza la contratación de personal.............................................................................................................. Pág. 106

Resolución N° 47-AGC/14Se designa a cargo de la Unidad de Auditoría Interna a Leonora Alejandra Carnazzoli.................................... Pág. 107

Agencia de Protección Ambiental

Resolución N° 22-APRA/14Se transfieren programas presupuestarios......................................................................................................... Pág. 109

Resolución N° 23-APRA/14Se modifican créditos presupuestarios............................................................................................................... Pág. 110

Disposición

Jefatura de Gabinete de Ministros

Disposición N° 15-DGCACTYT/14Se deja sin efecto la Comisión de Servicios autorizada por Disposición N° 43/DGCACTYT/13........................ Pág. 112

Ministerio de Hacienda

Disposición N° 38-DGCG/14Se ratifica la Disposición Nº A 10-DGCG/10....................................................................................................... Pág. 113

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Ministerio de Justicia y Seguridad

Disposición N° 431-DGSPR/13Se concede a la empresa Full Security S.R.L. su habilitación como prestadora de servicios de                                      seguridad privada................................................................................................................................................ Pág. 114

Disposición N° 16-DGTALMJYS/14Se aprueba rendición de gastos correspondientes a caja chica especial........................................................... Pág. 115

Disposición N° 17-DGTALMJYS/14Se aprueba rendición de gastos correspondientes a caja chica especial........................................................... Pág. 116

Ministerio de Educación

Disposición N° 36-DGAR/14Se aprueban pliegos y se llama a Licitación Pública N° 56/13........................................................................... Pág. 118

Disposición N° 39-DGAR/14Se aprueban pliegos y se llama a Licitación Pública N° 51/13........................................................................... Pág. 119

Ministerio de Desarrollo Urbano

Disposición N° 2098-DGIUR/13Se autoriza localización de uso para el inmueble sito en Perón 537, 541,545................................................... Pág. 122

Disposición N° 2099-DGIUR/13Se autoriza localización de uso en el inmueble sito en Boulogne Sur Mer 663/665........................................... Pág. 123

Disposición N° 48-DGIUR/14Se visan planos de modificación y ampliación para el inmueble sito en Tronador 2760/62............................... Pág. 124

Disposición N° 55-DGIUR/14Se autoriza localización de uso para el inmueble sito en Av. Corrientes 565..................................................... Pág. 126

Disposición N° 56-DGIUR/14Se autoriza localización de uso para el inmueble sito en Av. Juan de Garay 906.............................................. Pág. 127

Disposición N° 57-DGIUR/14Se autoriza localización de uso para el inmueble sito en Av. Rivadavia 1539................................................... Pág. 128

Disposición N° 58-DGIUR/14Se autoriza localización de usos para el inmueble sito en Av. Callao 1861....................................................... Pág. 129

Disposición N° 59-DGIUR/14Se autoriza localización de uso para el inmueble sito en Av. Leandro N. Alem 896.......................................... Pág. 130

Disposición N° 60-DGIUR/14Se autoriza localización de uso para el inmueble sito en Dr. Rodolfo Rivarola 140........................................... Pág. 131

Disposición N° 61-DGIUR/14Se autoriza localización de uso para el inmueble sito en Junín 1960/62 y Azcuenaga                                                     2085/87/91/93/95/97........................................................................................................................................... Pág. 132

Disposición N° 62-DGIUR/14Se autoriza ampliación de superficie y rubros para el inmueble sito en Dr. José M. Giuffra                                             330/34................................................................................................................................................................. Pág. 133

Disposición N° 63-DGIUR/14Se autoriza localización de uso para diversos inmuebles................................................................................... Pág. 135

Disposición N° 64-DGIUR/14Se autoriza localización de uso para el inmueble sito en Acevedo 853/855/865/867........................................ Pág. 136

Disposición N° 65-DGIUR/14Se rectifica el Artículo 1º de la Disposición Nº 33/DGIUR/14............................................................................. Pág. 139

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Agencia de Protección Ambiental

Disposición N° 3-DGTALAPRA/14Articulo 1º.- Declárase desierto el llamado a Licitación Pública N° 8933-0358-LPU13.                                     

Disposición N° 4-DGTALAPRA/14Se aprueba y adjudica la Licitación Pública Nº 8933-0361-LPU13.................................................................... Pág. 141

Disposición N° 5-DGTALAPRA/14Se aprueba y adjudica la Licitación Pública Nº 8933-0353-LPU13.................................................................... Pág. 142

Disposición N° 6-DGTALAPRA/14Se aprueba y adjudica la Licitación Pública Nº 8933-0360-LPU13.................................................................... Pág. 144

Administración Gubernamental de Ingresos Públicos

Disposición N° 11-DGR/14Se autoriza coeficiente progresivo-regresivo...................................................................................................... Pág. 145

Agencia de Sistemas de Información

Disposición N° 23-DGTALINF/14Se aprueba gasto a favor de Teracode BA S.A.................................................................................................. Pág. 146

Disposición N° 25-DGTALINF/14Se aprueba gasto a favor de la empresa Deloitte & Co. S.A.............................................................................. Pág. 147

Organos de Control

Disposición

Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

Disposición N° 3-DGTALPG/14Se aprueba gasto a favor del Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Ciudad                                               Autónoma de Buenos Aires - SIMECO............................................................................................................... Pág. 149

Comunicados y Avisos

Ministerio de Justicia y Seguridad

Comunicados N° 979075-SSJUS/14.................................................................................................................. Pág. 151

Secretaría de Gestión Comunal y Atención Ciudadana

Resolución N° 10-SGCYAC/14........................................................................................................................... Pág. 156

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Licitaciones

Ministerio de Hacienda

Licitación - Llamado N° 92-DGCYC/14.............................................................................................................. Pág. 158

Ministerio de Salud

Licitación - Llamado N° 43-HGAJAF/14............................................................................................................. Pág. 159Licitación - Preadjudicación N° 2729-HGADS/13.............................................................................................. Pág. 159Licitación - Preadjudicación N° 2736-HGADS/13.............................................................................................. Pág. 160Licitación - Preadjudicación N° 2739-HGADS/13.............................................................................................. Pág. 161Licitación - Preadjudicación N° 2938-DGADC/13.............................................................................................. Pág. 164Licitación - Preadjudicación N° 2638-HGACD/14.............................................................................................. Pág. 164Expediente - Llamado N° 1114831-HNBM/14................................................................................................... Pág. 166Expediente - Adjudicación N° 1123978-HBR/14................................................................................................ Pág. 166Expediente - Adjudicación N° 1124088-HBR/14................................................................................................ Pág. 167

Ministerio de Educación

Licitación - Llamado N° 6668934-DGAR/13....................................................................................................... Pág. 168Licitación - Preadjudicación N° 13-DGAR/13..................................................................................................... Pág. 168Expediente - Llamado N° 5653034-DGAR/13.................................................................................................... Pág. 171Expediente - Preadjudicación N° 4593602-DGAR/13........................................................................................ Pág. 171

Ministerio de Desarrollo Urbano

Expediente - Llamado N° 6649127-DGTALMDU/13.......................................................................................... Pág. 173

Agencia de Protección Ambiental

Licitación - Preadjudicación N° 622-DGTALAPRA/13....................................................................................... Pág. 174

Agencia Gubernamental de Control

Licitación - Adjudicación N° 22-DGLYTAGC/13................................................................................................. Pág. 175

Banco Ciudad De Buenos Aires

Carpeta - Llamado N° 21185-BCO.CIUDAD/14................................................................................................. Pág. 176

Defensor General - Ministerio Público CABA

Expediente - Llamado N° 74-DGCABA/14......................................................................................................... Pág. 177Expediente - Llamado N° 89-DGCABA/14......................................................................................................... Pág. 177

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Ministerio de Modernización

Expediente - Llamado N° 293604-DGTALMOD/14............................................................................................ Pág. 179

UNID. CENTRALIZADA ADQUISICIONES DE SALUD (SSASS)

Licitación - Llamado N° 59-UCAS/14................................................................................................................. Pág. 180Licitación - Llamado N° 60-UCAS/14................................................................................................................. Pág. 180Licitación - Llamado N° 61-UCAS/14................................................................................................................. Pág. 181Licitación - Llamado N° 62-UCAS/14................................................................................................................. Pág. 182Licitación - Llamado N° 63-UCAS/14................................................................................................................. Pág. 183Licitación - Llamado N° 64-UCAS/14................................................................................................................. Pág. 184Licitación - Llamado N° 65-UCAS/14................................................................................................................. Pág. 184Licitación - Llamado N° 66-UCAS/14................................................................................................................. Pág. 185Licitación - Llamado N° 67-UCAS/14................................................................................................................. Pág. 186Licitación - Llamado N° 69-UCAS/14................................................................................................................. Pág. 187Licitación - Llamado N° 70-UCAS/14................................................................................................................. Pág. 188Licitación - Llamado N° 71-UCAS/14................................................................................................................. Pág. 188Licitación - Llamado N° 72-UCAS/14................................................................................................................. Pág. 189Licitación - Llamado N° 73-UCAS/14................................................................................................................. Pág. 190Licitación - Llamado N° 74-UCAS/14................................................................................................................. Pág. 191Licitación - Llamado N° 75-UCAS/14................................................................................................................. Pág. 191Licitación - Llamado N° 76-UCAS/14................................................................................................................. Pág. 192Licitación - Llamado N° 77-UCAS/14................................................................................................................. Pág. 193Licitación - Llamado N° 78-UCAS/14................................................................................................................. Pág. 194Licitación - Llamado N° 79-UCAS/14................................................................................................................. Pág. 194Licitación - Llamado N° 80-UCAS/14................................................................................................................. Pág. 195Licitación - Llamado N° 81-UCAS/14................................................................................................................. Pág. 196Licitación - Llamado N° 82-UCAS/14................................................................................................................. Pág. 197Licitación - Llamado N° 83-UCAS/14................................................................................................................. Pág. 197Licitación - Llamado N° 84-UCAS/14................................................................................................................. Pág. 198Licitación - Llamado N° 85-UCAS/14................................................................................................................. Pág. 199Licitación - Llamado N° 86-UCAS/14................................................................................................................. Pág. 200Licitación - Llamado N° 87-UCAS/14................................................................................................................. Pág. 201Licitación - Llamado N° 88-UCAS/14................................................................................................................. Pág. 201Licitación - Llamado N° 89-UCAS/14................................................................................................................. Pág. 202Licitación - Llamado N° 90-UCAS/14................................................................................................................. Pág. 203Licitación - Llamado N° 91-UCAS/14................................................................................................................. Pág. 204Licitación - Llamado N° 104-UCAS/14............................................................................................................... Pág. 205Licitación - Llamado N° 105-UCAS/14............................................................................................................... Pág. 206

Edictos Particulares

Transferencias N° 14-SECLYT/14...................................................................................................................... Pág. 207Transferencias N° 15-SECLYT/14...................................................................................................................... Pág. 207Transferencias N° 16-SECLYT/14...................................................................................................................... Pág. 207Transferencias N° 17-SECLYT/14...................................................................................................................... Pág. 208Transferencias N° 18-SECLYT/14...................................................................................................................... Pág. 208Transferencias N° 19-SECLYT/14...................................................................................................................... Pág. 208

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Otras Normas N° 21-SECLYT/14........................................................................................................................ Pág. 210

Edictos Oficiales

Ministerio de Ambiente y Espacio Público

Comunicaciones N° 29-EHU/14.......................................................................................................................... Pág. 211Intimaciones N° 6956950-DGCEM/13................................................................................................................ Pág. 212Intimaciones N° 212130-DGCEM/14.................................................................................................................. Pág. 212Intimaciones N° 213189-DGCEM/14.................................................................................................................. Pág. 212Intimaciones N° 431020-DGCEM/14.................................................................................................................. Pág. 213Comunicados N° 7228647-DGCEM/13............................................................................................................... Pág. 214Comunicados N° 28-EHU/14.............................................................................................................................. Pág. 214Comunicados N° 427368-DGCEM/14................................................................................................................. Pág. 215Expediente N° 1280396-SSMEP/12................................................................................................................... Pág. 216

Juzgado Provincial

Citación N° 566392-TCC/14................................................................................................................................ Pág. 217

JUNTA COMUNAL 1

Citación N° 150929-COMUNA1/14..................................................................................................................... Pág. 219

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Poder Legislativo Ley Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires

LEY N.º 4889

Buenos Aires, 5 de diciembre de 2013

La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires sanciona con fuerza de

Ley Artículo 1º.- Modificase la Ley 7-"Ley Orgánica del Poder Judicial de la Ciudad de Buenos Aires"-, la que quedará redactada de la siguiente manera:

"LEY ORGANICA DEL PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD DE BS. AS. TÍTULO PRELIMINAR

Artículo 1°.- FUENTE Y ADMINISTRACIÓN DE LA JUSTICIA. La justicia emana del pueblo y se administra en su nombre por los Jueces y Juezas del Poder Judicial de la Ciudad, quienes son independientes, inamovibles, responsables y están sometidos únicamente a la Constitución Nacional, la Constitución de la Ciudad y al imperio de la ley. Artículo 2º.- JURISDICCIÓN. En la Ciudad de Buenos Aires la jurisdicción es única y se ejerce por los Tribunales y Juzgados previstos en esta ley. Artículo 3º.- INDEPENDENCIA DE LA JUDICATURA. El estado garantiza la independencia de la judicatura en la Ciudad de Buenos Aires. Todos, en especial los funcionarios, deben respetar y acatar la independencia del Poder Judicial. El juez o jueza que considere afectada su independencia debe poner esta circunstancia en conocimiento del Consejo de la Magistratura, y dar cuenta de los hechos al juez o jueza competente, sin perjuicio de practicar por si mismo las diligencias indispensables para asegurar la acción de la justicia y restaurar el orden jurídico. Artículo 4º.- IMPARCIALIDAD DE LOS JUECES. Los jueces y juezas deben resolver los asuntos que conozcan con imparcialidad, basándose en los hechos y en consonancia con el derecho, sin restricción alguna y sin influencias, alicientes, presiones, amenazas o intromisiones indebidas, sean directas o indirectas, de cualesquier sector o por cualquier motivo. Artículo 5º.- DERECHOS, LIBERTADES Y OBLIGACIONES. Los miembros del Poder Judicial, al igual que los demás ciudadanos y ciudadanas, gozan de las libertades de expresión, credo e ideas, asociación y reunión. Los magistrados están obligados a la prudencia en sus expresiones públicas y a la reserva sobre las causas a su cargo. No deben adoptar actitudes o ejecutar actos que comprometan la imparcialidad en sus decisiones o el prestigio de la justicia. Artículo 6º.- RECURSOS PRESUPUESTARIOS. El Poder Judicial debe contar con los recursos necesarios para garantizar el acceso a la justicia y la resolución de los conflictos en tiempo razonable y a un costo que no implique privación de justicia. No pueden exigirse fianzas, cauciones o contracautelas que tornen ilusorio el derecho que se pretende hacer valer.

TÍTULO PRIMERO

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Artículo 7º.- ORGANOS DEL PODER JUDICIAL. El Poder Judicial de la Ciudad de Buenos Aires es ejercido por: 1. El Tribunal Superior de Justicia. 2. El Consejo de la Magistratura. 3. El Ministerio Público y 4. Las Cámaras de Apelaciones a. en lo Civil, b. en lo Comercial, c. del Trabajo, d. en lo Penal, Contravencional y de Faltas, e. en lo Contencioso Administrativo y Tributario, f. en lo Penal Juvenil 5. Los Juzgados de Primera Instancia a. en lo Civil, b. en lo Comercial, c. del Trabajo, d. en lo Penal, Contravencional y de Faltas e. en lo Contencioso Administrativo y Tributario, f. de Menores; g. de Ejecución y Seguimiento de Sentencia. 6. Los Tribunales a. de Vecindad b. Electoral c. de Menores Artículo 8°.- COMPETENCIA Los Tribunales, Jueces y Juezas son competentes en el territorio de la Ciudad de Buenos Aires según los límites que declara el Artículo 8 de la Constitución de la Ciudad, y en las materias que les atribuyen la Constitución Nacional, la Constitución de la Ciudad y la presente ley. Artículo 9º.- NOMBRAMIENTO DE MAGISTRADOS/AS Y FUNCIONARIOS/AS. Los jueces del Tribunal Superior de Justicia son designados/as por el Jefe de Gobierno, con el acuerdo de los dos tercios del total de los miembros de la Legislatura. Los demás jueces y juezas son designados/as por el voto de la mayoría absoluta de la Legislatura, a propuesta del Consejo de la Magistratura, de acuerdo a lo que dispone el Artículo 118 de la Constitución de la Ciudad. En ambos casos las sesiones de la Legislatura son públicas. Finalizado el procedimiento previsto en el Capítulo VI de la Ley 6, la Legislatura puede: a. Aprobar la candidatura. b. Rechazar el pliego con expresión de causa. c. Rechazar el pliego, sin expresión de causa, por una sola vez por cada vacante a cubrir. Todo rechazo con expresión de causa, debe fundarse en las impugnaciones presentadas durante el procedimiento previsto en el Capítulo VI de la Ley 6 o en hechos sobrevinientes hasta el momento del tratamiento del pliego en el pleno.

En los casos b) y c) la Legislatura solicita al Consejo de la Magistratura que eleve el pliego del siguiente candidato/a en orden de mérito. La Legislatura debe pronunciarse dentro de los sesenta días hábiles, excluido el receso legislativo, contados desde la fecha de recepción del pliego. Si vencido dicho plazo no se hubiere pronunciado, se considera aprobada la propuesta. Artículo 10.- REQUISITOS PARA EL NOMBRAMIENTO. Para ser miembro del Tribunal Superior de Justicia se requiere ser argentino/a, tener treinta (30) años de edad, como mínimo, ser abogado/a con ocho (8) años de graduado/a, tener especial versación jurídica y haber nacido en la ciudad o acreditar una residencia inmediata en ésta no inferior a cinco (5) años.

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Para ser juez o jueza de cámara y del tribunal oral se requiere ser argentino/a, tener treinta (30) años de edad como mínimo, ser abogado/a con seis (6) años de graduado/a y tener especial versación jurídica y haber nacido en la ciudad o acreditar una residencia inmediata en ésta no inferior a tres (3) años. Para ser juez o jueza de primera instancia se requiere ser argentino/a, tener veinticinco (25) años de edad como mínimo, ser abogado/a con cuatro (4) años de graduado/a y tener especial versación jurídica y haber nacido en la ciudad o acreditar una residencia inmediata en ésta no inferior a tres (3) años. La residencia prevista en este artículo comprende indistintamente el lugar de la sede familiar o del asiento principal de su actividad profesional o académica“. Artículo 11.- INAMOVILIDAD. REMOCION. Los jueces y juezas son inamovibles y conservan sus empleos mientras dure su buena conducta. Los jueces y juezas del Tribunal Superior de Justicia sólo son removidos/as por juicio político. Los demás jueces y juezas son removidos/as por un Jurado de Enjuiciamiento, integrado de acuerdo a lo que dispone el artículo 121 de la Constitución de la Ciudad. Artículo 12.- JURAMENTO Y COMPROMISO. Los miembros del Tribunal Superior de Justicia, los jueces y juezas, y los funcionarios/as judiciales, antes de asumir el cargo, prestan juramento o manifiestan compromiso de desempeñar sus funciones de acuerdo a lo que prescriben la Constitución Nacional, la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires y las leyes nacionales y locales. Artículo 12 (Bis).- REMUNERACIONES DE LOS MAGISTRADOS Y FUNCIONARIOS. Los magistrados y funcionarios son retribuidos por una remuneración básica fijada por el Consejo de la Magistratura, percibiendo mensualmente los siguientes adicionales: a) 25 por ciento sobre el sueldo básico por bloqueo de título de Abogado; b) 2 por ciento sobre el sueldo básico por año de antigüedad en el Poder Judicial o en la Administración Pública Nacional, Provincial o Municipal o en el título, lo que resulte mayor; y c) el 10 por ciento sobre el sueldo básico cada tres años cumplidos en la misma categoría o cargo. En ningún caso este adicional puede superar el 30 por ciento del sueldo básico que corresponde a la categoría o cargo. Artículo 13.- INHABILIDADES PARA EL NOMBRAMIENTO. No pueden ser nombrados jueces o juezas quienes estén incursos en algunos de los supuestos del Artículo 4 de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires, de normas análogas de la Constitución Nacional o de las constituciones provinciales, o quienes hayan participado en actos violatorios de los derechos humanos. Artículo 14.- INCOMPATIBILIDADES. Es incompatible la magistratura con la actividad política partidaria, el ejercicio del comercio, la realización de cualquier actividad profesional, salvo cuando se trate de la defensa de los intereses personales, del cónyuge o conviviente, de los padres y de los hijos/as, y el desempeño de empleos públicos o privados, excepto la comisión de estudios de carácter honorario. Los magistrados/as y funcionarios/as judiciales pueden ejercer, exclusivamente, la docencia. Artículo 15.- INCOMPATIBILIDAD POR PARENTESCO. No pueden ser simultáneamente jueces o juezas del mismo tribunal los cónyuges y los parientes o afines dentro del cuarto grado de parentesco. No puede designarse secretario/a o prosecretario/a letrado/a al cónyuge o a los parientes dentro del cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad. La incompatibilidad sobreviniente la resuelve el Consejo de la Magistratura. Artículo 16.- RESIDENCIA. Los jueces y juezas y demás funcionarios/as judiciales deben residir en la ciudad de Buenos Aires o en un radio hasta de setenta (70) kilómetros de la misma. Para residir a mayor distancia, debe solicitarse autorización del Consejo de la Magistratura.

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Artículo 17.- REQUISITOS PARA SER SECRETARIO/A O PROSECRETARIO/A LETRADO. Para ser secretario/a o prosecretario/a letrado/a del Poder Judicial de la Ciudad, se requiere ser mayor de edad y abogado/a. Artículo 18.- NOMBRAMIENTO Y REMOCION DE FUNCIONARIOS/AS Y EMPLEADOS/AS. El nombramiento y remoción de los funcionarios/as y empleados/as del Poder Judicial de la Ciudad se hace por la autoridad judicial, en la forma que establezcan los reglamentos del Consejo de la Magistratura, con arreglo al inc. 5º del Artículo 116 de la Constitución de la Ciudad. Los funcionarios/as y empleados/as judiciales no pueden ser removidos/as sino por causa de delito doloso contra la administración, ineptitud o mala conducta, previo sumario administrativo con audiencia del interesado. El reglamento establece lo referente a la decisión de cualquier otra cuestión vinculada con dicho personal Artículo 19.- DERECHOS Y DEBERES DE LOS FUNCIONARIOS/AS Y EMPLEADOS/AS. Los funcionarios/as y empleados/as judiciales tienen los derechos, deberes, responsabilidades e incompatibilidades que la ley o los reglamentos establezcan. El Consejo de la Magistratura debe acordar un escalafón que asegure la estabilidad y el ascenso en la carrera atendiendo, ante todo, a los títulos y eficiencia debidamente calificados. Artículo 20.- DEBER DE COLABORACION. Las autoridades dependientes de los otros poderes de la Ciudad deben prestar el auxilio que les requieran los jueces y juezas, para el cumplimiento de sus resoluciones.

TÍTULO SEGUNDO

Artículo 21.- COMPOSICION DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA.

El Tribunal Superior de Justicia está integrado por cinco (5) jueces y juezas que en ningún caso pueden ser todos del mismo sexo. Artículo 22.- REGLAMENTO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA Y DESIGNACION DE SU PRESIDENTE O PRESIDENTA. El Tribunal Superior de Justicia dicta su reglamento conforme al artículo 114° de la Constitución de la Ciudad. Su presidente y vicepresidente serán elegidos por mayoría absoluta de votos de los jueces del Tribunal y durarán dos (2) años en el ejercicio de sus funciones. Artículo 23.- ATRIBUCIONES DEL PRESIDENTE/A DEL SUPERIOR TRIBUNAL. Son atribuciones del presidente o presidenta del Superior Tribunal: 1. Representar al Superior Tribunal en los actos protocolares, ante los otros poderes públicos y, en general, en todas su relaciones con funcionarios/as, entidades o personas; 2. firmar las comunicaciones dirigidas a otros poderes, las providencias referentes a embargos o disposición o manejos de fondos, los mandamientos, los cheques judiciales y las demás que estime conveniente salvo delegación de las mismas; y todo otro documento que en el reglamento se establezca; 3. proveer con su sola firma, si lo estima pertinente o cuando su naturaleza lo requiera, el despacho de trámite; 4. presidir las audiencias y dirigir los acuerdos. Artículo 24.- SUSTITUCION DE LOS JUECES Y JUEZAS DEL SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA. En los casos de recusación, excusación, vacancia o licencia de alguno de los jueces o juezas del Tribunal Superior de Justicia, éste se integra, hasta el número legal para fallar, mediante sorteo entre los presidentes/as de las cámaras de apelaciones. Si el tribunal no pudiere integrarse mediante el procedimiento previsto en el párrafo anterior, se practica un sorteo entre una lista de conjueces y conjuezas, hasta completar el número legal para fallar.

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Los conjueces y conjuezas del Tribunal Superior de Justicia, en un número de diez (10), son designados/as con iguales requisitos y procedimiento que los previstos para ser juez o jueza del Tribunal Superior de Justicia. La convocatoria a los conjueces y conjuezas es al solo efecto de dictar sentencia y la designación tiene una duración de tres (3) años la que se puede extender hasta tanto se dicte sentencia en las causas en las que hubiere sido sorteado. Artículo 25.- SENTENCIAS DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA.- Las sentencias del Tribunal Superior de Justicia se adoptan por el voto de por lo menos tres (3) de los jueces y juezas que lo integran, siempre que éstos/as concordaren en la solución del caso. Si hubiere desacuerdo, se requieren los votos necesarios para obtener la mayoría absoluta de opiniones. El Tribunal Superior de Justicia actúa en pleno en los asuntos en que tiene competencia originaria. Artículo 26.- COMPETENCIA DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA. El Tribunal Superior de Justicia conoce: 1. Originaria y exclusivamente en los conflictos entre los poderes de la Ciudad y en las demandas que promueva la Auditoría General de acuerdo a lo que autoriza la Constitución de la Ciudad; 2. Originaria y exclusivamente en las acciones declarativas contra la validez de leyes, decretos y cualquier otra norma de carácter general emanada de las autoridades de la

ciudad, contrarias a la Constitución Nacional o a la de la Ciudad. La declaración de inconstitucionalidad hace perder vigencia a la norma, salvo que se trate de una ley y la Legislatura la ratifique dentro de los tres meses de la sentencia declarativa por mayoría de los dos tercios de los miembros presentes. La ratificación de la Legislatura no altera sus efectos en el caso concreto ni impide el posterior control difuso de constitucionalidad ejercido por todos los jueces y juezas y por el Tribunal Superior; 3. Originariamente en materia electoral y de partidos políticos, hasta que se constituya el Tribunal Electoral. 4. Por vía de recurso de inconstitucionalidad, en todos los casos que versen sobre la interpretación o aplicación de normas contenidas en la Constitución Nacional o en la de la Ciudad; 5. En los casos de privación, denegación o retardo injustificado de justicia y en los recursos de queja por denegación de recursos para ante el Tribunal Superior; 6. En instancia ordinaria de apelación, en las causas en que la Ciudad sea parte, cuando el valor disputado en último término, sin sus accesorios, sea superior a la suma de pesos setecientos mil ($ 700.000). 7. De las cuestiones de competencia y los conflictos que en juicio se planteen entre jueces y juezas y tribunales de la Ciudad que no tengan un órgano superior jerárquico común que deba resolverlo. Artículo 27.- INTEGRACION DE LAS CAMARAS DE APELACIONES. Las Cámaras de Apelaciones se dividen en salas. Designan su presidente o presidenta y uno o más vicepresidentes o vicepresidentas, que distribuyen sus funciones en la forma que lo determinen las reglamentaciones que se dicten. Artículo 28.- SENTENCIAS DE LAS CAMARAS DE APELACIONES. Las decisiones de las Cámaras de Apelaciones o de sus salas se adoptan por el voto de la mayoría absoluta de los jueces y juezas que las integran, siempre que éstos/as concordaren en la solución del caso. Si hubiere desacuerdo se requieren los votos necesarios para obtener mayoría de opiniones si se tratare de sentencias definitivas en procesos ordinarios, se dictan por deliberación y voto de los jueces y juezas que las suscriben, previo sorteo de estudio. En las demás causas, las sentencias pueden ser redactadas en forma impersonal. Artículo 29.- COMPOSICION Y COMPETENCIA DE LA CAMARA DE APELACIONES EN LO CIVIL. La Cámara de Apelaciones en lo Civil está integrada por treinta y nueve (39) jueces y juezas y funciona dividida en trece (13) salas, de tres (3) jueces y juezas cada una. Es tribunal de alzada con respecto a los jueces y juezas de primera instancia en lo civil. Artículo 30.- COMPOSICION Y COMPETENCIA DE LA CAMARA DE APELACIONES EN LO COMERCIAL.

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La Cámara de Apelaciones en lo Comercial está integrada por quince (15) jueces y juezas y funciona dividida en cinco (5) salas, de tres (3) jueces y juezas cada una. Es tribunal de alzada con respecto a los jueces y juezas de primera instancia en lo comercial. Artículo 31.- COMPOSICION Y COMPETENCIA DE LA CAMARA DE APELACIONES DEL TRABAJO. La Cámara de Apelaciones del Trabajo está integrada por veinticuatro (24) jueces y juezas y funciona dividida en ocho (8) salas, de tres (3) jueces y juezas cada una. Es tribunal de alzada con respecto a los jueces y juezas de primera instancia del trabajo. Artículo 32.- COMPOSICION Y COMPETENCIA DE LOS TRIBUNALES ORALES DE

MENORES. Los Tribunales Orales de Menores están integrados por nueve (9) jueces y juezas y funcionan divididos en tres (3) tribunales de tres (3) jueces y juezas cada uno. Conocen en única instancia de los delitos cometidos por personas menores de edad que no hayan cumplido dieciocho (18) años al tiempo de la comisión del hecho, aunque hubiere excedido dicha edad al tiempo del juzgamiento y que estén reprimidos con pena privativa de la libertad mayor de tres (3) años. Artículo 33.- COMPOSICION Y COMPETENCIA DE LA CAMARA DE APELACIONES EN LO PENAL, CONTRAVENCIONAL Y DE FALTAS. La Cámara de Apelaciones en lo Penal, Contravencional y de Faltas está integrada por diez (10) jueces y juezas y funciona dividida en tres (3) salas de tres (3) jueces y juezas cada una y un presidente. Es tribunal de alzada respecto de las resoluciones dictadas por los jueces y juezas en lo penal, contravencional y de faltas. Artículo 34.- COMPOSICION y COMPETENCIA DE LA CAMARA DE APELACIONES EN LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Y TRIBUTARIO: La Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo y Tributario está integrada por nueve (9) jueces y juezas, y funciona dividida en tres (3) salas de tres (3) jueces y juezas cada una. Es tribunal de alzada respecto de las resoluciones dictadas por los jueces y juezas en lo contencioso administrativo y tributario. Tendrá competencia en los recursos directos previstos en la Ley Artículo 35.- SUSTITUCION DE LOS JUECES Y JUEZAS DE LAS CAMARAS DE APELACIONES. Las Cámaras de Apelaciones del Fuero Civil, del Fuero Comercial, del Fuero del Trabajo, del Fuero Penal, Contravencional y de Faltas y del Fuero Contencioso Administrativo y Tributario y en lo Penal Juvenil, se integran, por sorteo, entre los demás jueces y juezas de ellas; luego, del mismo modo, con los jueces y juezas de la otra Cámara en el orden precedentemente establecido y por último también por sorteo, con los jueces y juezas de primera instancia del mismo fuero de la Cámara que deba integrarse. La Cámara de Apelaciones del Fuero Penal, Contravencional y de Faltas, se integra en primer término con el presidente y luego en el orden establecido precedentemente. Artículo 36.- COMPOSICION Y COMPETENCIA DE LOS JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL. La justicia de primera instancia en lo civil está integrada por ciento diez (110) juzgados, que entienden en los asuntos regidos por las leyes civiles cuyo conocimiento no haya sido expresamente atribuido a los jueces y juezas de otro fuero. Conocen, además, en las siguientes causas: 1. En las que se reclame indemnización por daños y perjuicios provocados por hechos ilícitos, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 29 del Código Penal; y 2. En las relativas a las relaciones contractuales entre los profesionales y sus clientes a la responsabilidad civil de aquéllos/as. A los efectos de esta ley, sólo se consideran profesionales las actividades reglamentadas por el Gobierno de la Ciudad. Artículo 37.- COMPOSICION Y COMPETENCIA DE LOS JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA EN LO COMERCIAL. La justicia de primera instancia en lo comercial está integrada por veintiséis (26) juzgados que entienden en todas las cuestiones regidas por las leyes comerciales cuyo conocimiento no haya sido expresamente atribuido a los jueces y juezas de otro fuero.

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Conocen, además, en los siguientes asuntos: 1. Concursos 2. Acciones civiles y comerciales emergentes de la aplicación del decreto nacional 15.348/46, ratificado por la ley nacional 12.962 (to); 3. Juicios derivados de contratos de locación de obra y de servicios, y los contratos de locación atípicos a los que resulten aplicables las normas relativas a aquéllos, cuando el locador/a sea un comerciante matriculado/a o una sociedad mercantil. Cuando en estos juicios también se demandare a una persona por razón de su responsabilidad profesional, el conocimiento de la causa corresponde a los jueces y juezas de primera instancia en lo civil. Artículo 38.- COMPOSICION Y COMPETENCIA DE LOS JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA DEL TRABAJO. La justicia de primera instancia del trabajo está integrada por ochenta (80) juzgados que entienden en todas las cuestiones regidas por las leyes laborales cuyo conocimiento no haya sido expresamente atribuido a los jueces y juezas de otro fuero. Artículo 39.- COMPOSICION Y COMPETENCIA DE LOS JUZGADOS DE MENORES. La justicia de menores está integrada por siete (7) juzgados que entienden: 1. En la investigación de los delitos de acción pública cometidos por personas menores de edad que no hayan cumplido dieciocho (18) años al tiempo de la comisión del hecho; 2. En el juzgamiento en única instancia en los delitos cometidos por personas menores de edad que no hayan cumplido dieciocho (18) años al tiempo de la comisión del hecho y que estén reprimidos con pena no privativa de la libertad o pena privativa de la libertad que no exceda de tres (3) años. Artículo 40.- COMPOSICION Y COMPETENCIA DE LOS JUZGADOS DE EJECUCION PENAL. La justicia de ejecución penal está integrada por tres (3) juzgados que tienen competencia para: 1. Controlar que se respeten todas las garantías constitucionales y tratados internacionales ratificados por la República Argentina en el trato otorgado a los condenados/as, presos/as o personas sometidas a medidas de seguridad; 2. Controlar el cumplimiento por parte del imputado/a de las instrucciones e imposiciones establecidas en los casos de suspensión del procedimiento a prueba; 3. Controlar el cumplimiento efectivo de las sentencias de condena; 4. Resolver todos los incidentes que se susciten en dicho período; y 5. Colaborar en la reinserción social de los liberados/as condicionalmente. Artículo 41.- COMPOSICION Y COMPETENCIA DE LOS JUZGADOS EN LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO y TRIBUTARIO. La justicia en lo contencioso administrativo y tributaria está integrada por veinticuatro (24) juzgados que entienden en todas las cuestiones en que la Ciudad sea parte, cualquiera fuera su fundamento u origen, tanto en el ámbito del derecho público como del derecho privado. Artículo 42.- COMPOSICION Y COMPETENCIA DE LOS JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL, CONTRAVENCIONAL Y DE FALTAS. La justicia de primera instancia en lo Penal, Contravencional y de Faltas está integrada por treinta y uno (31) juzgados que conocen en la aplicación del Código Contravencional de la Ciudad de Buenos Aires, la legislación de faltas y los delitos tipificados en el Código Penal cuyas competencias se hayan transferido a la Ciudad de

Buenos Aires. Tres (3) de los treinta y uno (31) juzgados de primera instancia en lo Penal, Contravencional y de Faltas impartirán justicia en materia penal juvenil hasta tanto se constituya la Justicia Penal Juvenil. Para los delitos criminales cuya pena en abstracto supere los tres (3) años de prisión o reclusión, se constituirá a opción del imputado, un tribunal conformado por el juez de la causa y dos (2) jueces sorteados, de entre los juzgados restantes. Artículo 43.- OFICINA DE MANDAMIENTOS Y NOTIFICACIONES.

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El Consejo de la Magistratura ejerce superintendencia sobre la Oficina de Mandamientos y Notificaciones, debiendo reglamentar su organización y funcionamiento. La Oficina de Mandamientos y Notificaciones tiene a su cargo la diligencia de los mandamientos y notificaciones que expidan las cámaras de apelaciones y juzgados del Poder Judicial de la Ciudad. Artículo 44.- CUERPOS TÉCNICOS AUXILIARES. Como auxiliares del Poder Judicial de la Ciudad, designados/as por el Consejo de la Magistratura y bajo su superintendencia funcionan cuerpos técnicos periciales y peritos, que actúan siempre a requerimiento de los jueces o juezas o del Ministerio Público, según su caso. El Consejo de la Magistratura debe dictar el Reglamento pertinente en lo referente a las especialidades. Artículo 45.- DEPOSITOS JUDICIALES. Los depósitos judiciales, inversiones, custodia de títulos y valores, y toda otra operación que requiere intervención bancaria, se hace exclusivamente con el Banco de la Ciudad de Buenos Aires. Artículo 46.- ADHESION. Adhiérese al Convenio celebrado con fecha nueve de octubre de mil novecientos setenta y nueve, entre el Poder Ejecutivo Nacional, representado por el Señor Ministro de Justicia, y el Poder Ejecutivo de la Provincia de Santa Fé, sobre comunicaciones entre tribunales de distinta jurisdicción territorial, cuyo texto debe considerarse parte de la presente ley, El Poder Ejecutivo de la Ciudad de Buenos Aires debe efectuar el depósito de una copia de la presente ley en el Ministerio de Justicia de la Nación, conforme lo dispuesto por el artículo 4º de la Ley 22.172, a fin de que haga saber la adhesión a las demás provincias en las que rija el convenio. El Poder Ejecutivo de la Ciudad de Buenos Aires determina la cuenta a la que ingresen los fondos provenientes de las multas previstas en el artículo 11º del Convenio con destino a la infraestructura del Poder Judicial.

TITULO TERCERO

DEL PROCEDIMIENTO PARA LA DESIGNACIÓN DE JUECES Y JUEZAS Y MIEMBROS DEL MINISTERIO PÚBLICO EN LA LEGISLATURA. Artículo 47.- Para la designación de jueces, juezas o miembros del Ministerio Público, la Junta de Ética, Acuerdos y Organismos de Control debe convocar conjuntamente con la comisión competente y celebrar una audiencia pública para el tratamiento del pliego remitido por el Consejo de la Magistratura. Quienes deseen presentar impugnaciones a los candidatos o candidatas propuestos deben hacerlo conforme a lo previsto en la Ley de Audiencias Públicas. Artículo 48.- Son participantes al momento de celebrarse la audiencia los diputados y diputadas y los candidatos o candidatas propuestos al solo efecto del tratamiento del pliego remitido por el Consejo de la Magistratura. La Junta y comisiones convocantes pueden invitar para dar testimonio, en caso de considerarlo pertinente, a aquellos ciudadanos o ciudadanas que hubiesen presentado impugnaciones no desestimadas. Artículo 49.- La audiencia se inicia con la lectura de los antecedentes de los candidatos o candidatas y la nómina de impugnaciones presentadas, pudiendo los diputados y diputadas formular preguntas a los candidatos o candidatas, quienes deberán responder en tal oportunidad

TÍTULO CUARTO

DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Y TRANSITORIAS Primera: VIGENCIA DE NORMAS.

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Los artículos 29º, 30º, 31º, 32º, 36º, 37º, 38º, 39º y 40º, quedan suspendidos en su vigencia. El funcionamiento de estos tribunales queda sujeto al acuerdo que el Gobierno de la Ciudad celebre con el Gobierno Federal con el objeto de transferir los juzgados nacionales de los fueros ordinarios, su competencia y partidas presupuestarias, en los términos de la cláusula decimotercera de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires. Asimismo, se debe prever la transferencia proporcional de las partidas presupuestarias pertinentes para atender las causas, que, en trámite ante el Poder Judicial de la Nación, se remitan al fuero Contencioso Administrativo y Tributario del Poder Judicial de la Ciudad de Buenos Aires. Hasta que estén transferidos la totalidad de los fueros mencionados en el artículo 38º, la integración de las Cámaras de Apelaciones en lo Penal, en lo Contravencional y de Faltas y en lo Contencioso Administrativo y Tributario, en caso de ser necesaria la sustitución de alguno de sus integrantes se realizará entre las mismas. Segunda: CUERPOS TÉCNICOS AUXILIARES. Lo dispuesto en el Artículo 44º tendrá efectiva aplicación en forma gradual, teniendo en cuenta las necesidades del Poder Judicial hasta tanto se produzca el total traslado de la justicia ordinaria de la Capital Federal a la Ciudad de Buenos Aires. A esos efectos se constituirán los Cuerpos Técnicos de Peritos Auxiliares y el Cuerpo Médico Forense, integrando a sus miembros de manera progresiva." Art. 2º.- Comuníquese, etc. Ritondo - Pérez

Buenos Aires, 28 de enero de 2014 En virtud de lo prescripto en el artículo 86 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, certifico que la Ley Nº 4.889 (EX 2013-7.362.653-MGEYA-DGALE), sancionada por la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en su sesión del día 5 de diciembre de 2013 ha quedado automáticamente promulgada el día 13 de enero de 2014. Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, gírese copia a la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por intermedio de la Dirección General de Asuntos Legislativos, y para su conocimiento y demás efectos, remítase al Ministerio de Justicia y Seguridad. Cumplido, archívese. Clusellas

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Resolución Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires

RESOLUCIÓN Nº 321/LCBA/13

Buenos Aires, 3 de diciembre de 2013. Artículo 1º.- Desígnase al diputado Cristian Ritondo para desempeñar el cargo de Vicepresidente Primero de la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Art. 2º.- Desígnase al diputado Juan Carlos Dante Gullo para desempeñar el cargo de Vicepresidente Segundo de la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Art. 3º.- Desígnase al diputado Maximiliano Ferraro para desempeñar el cargo de Vicepresidente Tercero de la Legislatura de la Ciudad Autónoma. Art. 4º.- Comuníquese, etc. Ritondo - Pérez

RESOLUCIÓN Nº 322/LCBA13

Buenos Aires, 3 de diciembre de 2013 Artículo 1º.- Desígnase a Carlos Serafín Pérez, DNI 11.076.380, para desempeñar el cargo de Secretario Parlamentario. Art. 2°.- Desígnase a Marcelo Raúl Sosa, DNI 11.499.264, para desempeñar el cargo de Secretario Administrativo. Art. 3°.- Desígnase a Javier Andrade, DNI 20.572.683, para desempeñar el cargo de Secretario de Coordinación. Art. 4º.- Comuníquese, etc. Ritondo - Pérez

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Poder Ejecutivo Resolución Jefatura de Gabinete de Ministros

RESOLUCIÓN N.º 44/SSTRANS/14

Buenos Aires, 21 de enero de 2014

VISTO: la Ley Nº 2148, el Decreto Nº 498/08; y CONSIDERANDO Que la necesidad de arbitrar las medidas para mejorar la seguridad vial, la circulación y la fluidez del tránsito, hace preciso implementar normas que constituyan una optimización de las vías de circulación; Que la medida tiene por objeto mejorar la calidad de vida de los habitantes de la Ciudad, conferir prioridad a la circulación peatonal y desalentar el uso del automóvil particular en el área; Que se ha verificado que dichas vías, pueden albergar el estacionamiento requerido teniendo en cuenta la alta demanda existente; Que resulta necesario establecer los lineamientos para una mejor interpretación de las normas de estacionamiento por parte de los usuarios, así como también para un control más efectivo; Por ello, conforme la facultad otorgada por el artículo 1.2.2. del Código de Tránsito y Transporte de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y la delegación otorgada a esta Subsecretaría por el Decreto Nº 498- GCBA-2008 (B.O.C.B.A. Nº 2926),

EL SUBSECRETARIO DE TRANSPORTE RESUELVE

Artículo 1º - Permítase, el estacionamiento general de vehículos junto a la acera izquierda, según el sentido de circulación, durante las 24 hs., en los siguientes tramos de arteria: SEGUI, JUAN FRANCISCO: entre Salguero, Jerónimo y República de la India. SCALABRINI ORTIZ, RAUL: entre Av. del Libertador y Cabello. SCALABRINI ORTIZ, RAUL: entre Av. Las Heras y Arenales. Artículo 2º - Permítase, con carácter experimental y evaluativo, por el término de noventa (90) días corridos a partir de su vigencia, el estacionamiento general de vehículos junto a la acera derecha, de acuerdo al sentido de circulación, durante las 24 hs., en el siguiente tramo de arteria: REPÚBLICA ARABE SIRIA: entre Av. Santa Fe y Juncal SCALABRINI ORTIZ, RAÚL: entre Av. Las Heras y Beruti Artículo 3º - Permítase, con carácter experimental y evaluativo, por el término de noventa (90) días corridos a partir de su vigencia, el estacionamiento general de vehículos junto a la acera derecha, de acuerdo al sentido de circulación, durante las 24 hs., (teniendo en cuenta que el estacionamiento junto a la acera del boulevard se encuentra prohibido), en el siguiente tramo de arteria: AV. CERVIÑO: entre República de la India y Ugarteche. Artículo 4º - Prohíbase, con carácter experimental y evaluativo, por el término de noventa (90) días corridos a partir de su vigencia, el estacionamiento general de

vehículos junto a la acera derecha, según el sentido de circulación, durante las 24 hs., en los siguientes tramos de arteria: REPÚBLICA ÁRABE SIRIA: entre Juncal y Av. General Las Heras.

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CERVIÑO: entre Bulnes y Silvio L. Ruggeri Artículo 5º: Prohíbase, con carácter experimental y evaluativo, por el término de noventa (90) días corridos a partir de su vigencia, el estacionamiento general de vehículos junto a la acera suroeste, días hábiles de 7.00 a 21,00 hs. en el siguiente tramo de arteria: AV. DEL LIBERTADOR: entre Av. Sarmiento y República de la India. Artículo 6º: Permítase, con carácter experimental y evaluativo, por el término de noventa (90) días corridos a partir de su vigencia, el estacionamiento general de vehículos junto a la acera suroeste, las 24 hs. en el siguiente tramo de arteria: AV. DEL LIBERTADOR: entre Bulnes y Av. Coronel Díaz. Artículo 7º: Prohíbase, con carácter experimental y evaluativo, por el término de noventa (90) días corridos a partir de su vigencia, el estacionamiento general de vehículos junto a la acera derecha, días hábiles de 7.00 a 21.00 hs. en el siguiente tramo de arteria: JERONIMO SALGUERO: entre Av. Santa Fe y Av. Figueroa Alcorta. ARENALES: entre Bulnes y Av. Coronel Diaz. Artículo 8º - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a la Subsecretaría de Transporte , y remítase a la Dirección General de Tránsito la que comunicará a la Policía Federal Argentina, y a las Direcciones Generales de Transporte, de Seguridad Vial y al Cuerpo de Agentes de Control del Tránsito y el Transporte. Cumplido, archívese. Dietrich

RESOLUCIÓN N.º 45/SSTRANS/14

Buenos Aires, 23 de enero de 2014

VISTO: La Ley Nº 2.095, su Decreto Reglamentario Nº 754/08, su modificatorio Nº 232/10, el Expediente Nº 751429/13, y CONSIDERANDO: Que por las presentes actuaciones tramita la Licitación Pública Nº 899/SIGAF/13 que tiene por objeto la contratación de un servicio de instalación, provisión y mantenimiento de impresoras con destino a las Direcciones dependientes de esta Subsecretaría de Transporte; Que mediante Resolución Nº 243/SSTRANS/13 de fecha 26 de abril de 2013 se llamó a la Licitación Pública Nº 899/SIGAF/13, dentro de los lineamientos del artículo 31 de la Ley Nº 2.095, fijándose como fecha de apertura el día 10 de mayo de 2013 a las 12:00 horas; Que mediante Resolución Nº 375/SSTRANS/13 de fecha 24 de junio de 2013 se llamó a la Licitación Pública Nº 1631/SIGAF/13, dentro de los lineamientos del artículo 31 de la Ley Nº 2.095, fijándose como fecha de apertura el día 04 de julio de 2013 a las 12:00 horas por haber sido declarada fracasada la Licitación Pública Nº 899/SIGAF/13; Que mediante Resolución N° 580/SSTRANS/13 se adjudicó a Licitación Pública N° 1631/SIGAF/13 a la firma EXTERNAL MARKET S.R.L. (C.U.I.T. N° 30-61604421-0), por el monto total de PESOS UN MILLON NOVENTA Y OCHO MIL SETECIENTOS CUARENTA Y CUATRO CON 00/100 ($ 1.098.744,00.-), emitiéndose la Orden de Compra Nº 42397/13; Que mediante la Nota Nº NO-2014-00342169-DGCACTYT de fecha 14 de enero de 2014, la Dirección General del Cuerpo de Agentes de Control de Tránsito y Transporte solicita la ampliación del servicio de alquiler de impresoras con destino a la apertura de nuevas bases;

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Que por tanto se considera necesario arbitrar las medidas tendientes a efectuar la ampliación solicitada, teniendo en cuenta que es necesaria para garantizar un correcto y continuo funcionamiento de las tareas administrativas diarias; Que de acuerdo a lo establecido en el Articulo 117 de la Ley Nº 2.095 el órgano contratante, una vez perfeccionado el contrato puede aumentar o disminuir el total adjudicado hasta un veinte por ciento (20%) de su valor original, en las condiciones y precios pactados y con adecuación de los plazos respectivos; Que se ha procedido a efectuar la correspondiente previsión presupuestaria en etapa de compromiso definitivo para hacer frente a la erogación que demande la presente contratación. Por ello, en uso de las facultades conferidas por el artículo 13 del Decreto Reglamentario N° 754/08, modificado por el Nº 232/10, reglamentarios de la Ley N° 2.095,

EL SUBSECRETARIO DE TRANSPORTE RESUELVE

Artículo 1º.- Apruébase la ampliación de la Orden de Compra N° 42397/13 emitida a favor de la firma EXTERNAL MARKET S.R.L. (C.U.I.T. N° 30-61604421-0), por un monto total de PESOS DOSCIENTOS CINCO MIL QUINIENTOS CUATRO ($205.504), al amparo de lo establecido en el apartado I) del Articulo 117 de la Ley Nº 2.095. Articulo 2°.- Dicho gasto se imputará a la partida presupuestaria correspondiente a los ejercicios 2014- 2015. Artículo 3º.- Emítase la correspondiente Orden de Compra. Artículo 4º.- Regístrese, notifíquese y publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y remítase a la Unidad Operativa de Adquisiciones de la Subsecretaría de Transporte, cumplido, archívese. Dietrich

RESOLUCIÓN N.º 49/SSTRANS/14

Buenos Aires, 27 de enero de 2014

VISTO: El Expediente N° 2014-483622- MGEYA-DGTRANSI CONSIDERANDO: Que se analizó la posibilidad de modificar el actual sentido circulatorio de la calle Lavoisier desde la Av. Congreso hasta la Av. Crisólogo Larralde a los efectos de mejorar la circulación actual; Que la inversión del sentido único del tramo de la calle Lavoisier desde la Av. Congreso hasta la Av. Crisólogo Larralde con sentido SE a NO, beneficiaria al público en general y a los vecinos del sector; Que atento a lo manifestado, se considera viable la inversión del sentido circulatorio de la calle Lavoisier desde la Av. Congreso hasta la Av. Crisólogo Larralde con sentido SE a NO; Por ello, conforme la facultad otorgada por el artículo 1.2.2 del Código de Tránsito y Transporte de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y el carácter asignado a esta Subsecretaría por el Decreto Nº 498- GCBA-2008;

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Artículo 1º - Inviértase con carácter transitorio y experimental, por el término de 90 días corridos, a partir de la fecha de su implementación, en las disposiciones del Decreto-Ordenanza 10407/47 (B.M. 8174), texto ordenado de las arterias con sentido único de circulación, el sentido circulatorio a la calle Lavoisier desde la Av. Congreso hasta la Av. Crisólogo Larralde con sentido SE a NO. Artículo 2º - La presente medida entrará en efectiva vigencia una vez instalado el pertinente señalamiento vertical que proyectará y ejecutará la Gerencia Operativa de Señalamiento Vertical dependiente de la Dirección General de Tránsito. Artículo 3º - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires dentro del término de diez días hábiles, de acuerdo a lo previsto en el inciso a) del artículo 1.2.3 del CTTCABA, gírese copia certificada a la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires por intermedio de la Dirección General de Asuntos Legislativos y Organismos de Control, comuníquese a la Subsecretaría de Transporte y remítase a la Dirección General de Tránsito para su conocimiento y comunicación a la Policía Federal Argentina, Policía Metropolitana, Gendarmería Nacional y a las Direcciones Generales de Transporte, del Cuerpo de Agentes de Control del Transito y el Transporte y de Seguridad Vial. Cumplido continúese con el trámite aludido en el artículo anterior. Dietrich

RESOLUCIÓN N.º 50/SSTRANS/14

Buenos Aires, 27 de enero de 2014

VISTO el Expediente Nº 2014- 556541-MGEYA-DGTRANSI CONSIDERANDO: Que por dicho actuado se propicia la prohibición del estacionamiento general de vehículos sobre la acera izquierda en las calles: Donado entre Av. Monroe y Blanco Encalada, y Altolaguirre entre Blanco Encalada y Av. Olazabal, debido a los pasos bajo nivel construidos en dichas arterias bajo las vias del F.C.G.Mitre; Que en la actualidad, en esos tramos, se halla permitido el estacionamiento sin restricciones, todos los días, según Resoluciones Nº 741/SSTRANS/12 y 18/SSTT/07; Que las características viales de dicha arteria junto a la cantidad de vehículos que circularan por la misma según nuevo ordenamiento, asociado a las obras realizadas amerita la prohibición de estacionamiento sobre la acera izquierda en los tramos mencionados; Por ello, conforme las facultades otorgadas que le son propias;

EL SUBSECRETARIO DE TRANSPORTE RESUELVE:

Art.1°- Restitúyase la prohibición del estacionamiento general de vehículos junto a su izquierda, las 24 hs., todos los días, en las calles: Donado entre Av. Monroe y Blanco Encalada, y Altolaguirre entre Blanco Encalada y Av. Olazabal. Art.2º- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a la Subsecretaría de Transporte y remítase a la Dirección General de Transito la que comunicará a la Policía Federal Argentina, a la Direcciones Generales de Seguridad Vial y del Cuerpo de Agentes del Control de Transito y Transporte y a la Junta Comunal Nº 12, cumplido, continúese el trámite establecido en el artículo precedente. Dietrich

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EL SUBSECRETARIO DE TRANSPORTE RESUELVE

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Ministerio de Hacienda

RESOLUCION N.° 1428/MHGC/13

Buenos Aires, 18 de noviembre de 2013 VISTO: La Ley N° 4471 promulgada por el Decreto N° 608-GCABA-2012, la distribución analítica aprobada por Decreto N° 3-GCABA-13 (B.O.4.068), el Decreto N° 2-GCABA-13 (B.O.4068), el Expediente Nº 6.452.229/13, y CONSIDERANDO: Que, por el expediente citado en el Visto distintas Jurisdicciones propician una modificación crediticia al Presupuesto vigente; Que, entre las compensaciones a realizar se encuentran la requerida por el Ministerio de Justicia y Seguridad con relación a una transferencia de créditos a favor del Ministerio de Cultura para solventar gastos relacionados con la obra "La Ultima Vez" de Alejandro Fiore, sobre la violencia de genero; la gestionada por la Administración General de Ingresos Públicos (AGIP) a efectos de incorporar al Presupuesto vigente los recursos existentes en la cuenta escritural "Recursos Propios AGIP Ley 2603"; la propiciada por la Jefatura de Gabinete de Ministros con el objeto de afrontar contrataciones en la difusión de los operativos en el marco del Programa de Mascota que lleva a cabo la Secretaría de Hábitat e Inclusión dependiente del Ministerio de Desarrollo Económico; así como también aquellas otras reaudecuaciones crediticias que son imprescindibles para el normal desarrollo de la actividades del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que, en virtud de lo expuesto, corresponde efectuar las modificaciones presupuestarias que se detallan en las fojas adjuntas, utilizando para ello las facultades emergentes del Capítulo IX, Artículo 35, Apartado I de las Normas Anuales de Ejecución y Aplicación del Presupuesto General de la Administración del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para el ejercicio 2013, aprobadas por Decreto N° 2-GCBA-13 (B.O.4.068); Por ello,

EL MINISTRO DE HACIENDA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

RESUELVE Articulo 1º.- Apruébase la modificación de créditos obrante en el Anexo que, a todos sus efectos, forma parte integrante de la presente resolución. Articulo 2º.- Regístrese; publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y para su conocimiento y demás efectos pase a la Dirección General Oficina de Gestión Pública y Presupuesto. Cumplido, archívese. Grindetti

ANEXO

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RESOLUCIÓN N.° 1586/MHGC/13

Buenos Aires, 16 de diciembre de 2013 VISTO: La Ley N° 4471 promulgada por el Decreto N° 608-GCABA-2012, la distribución analítica aprobada por Decreto N° 3-GCABA-13 (B.O.4.068), el Decreto N° 2-GCABA-13 (B.O.4068), el Expediente Nº 7.082.011/13, y CONSIDERANDO: Que, por el expediente citado en el Visto distintas Jurisdicciones propician una modificación crediticia al Presupuesto vigente; Que, entre las compensaciones a realizar se encuentra la gestionada por el Ministerio de Educación con el objeto de reforzar el inciso 5 Transferencias del programa "Educación de Gestión Privada, la tramitada por el Ministerio de Desarrollo Económico a fin de hacer frente a compromisos correspondiente a la Unidad de Gestión de Intervención Social; la propiciada por la Dirección General Mantenimiento de la Flota Automotor para la provisión de combustible y mantenimiento de los vehículos de la flota de la Ciudad, así como también aquellas otras readecuaciones crediticias que son imprescindibles para el normal desarrollo de las actividades del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que, en virtud de lo expuesto, corresponde efectuar las modificaciones presupuestarias que se detallan en las fojas adjuntas, utilizando para ello las facultades emergentes del Capítulo IX, Artículo 35, Apartado I de las Normas Anualesde Ejecución y Aplicación del Presupuesto General de la Administración del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para el ejercicio 2013, aprobadas por Decreto N° 2-GCBA-13 (B.O.4.068); Por ello,

EL MINISTRO DE HACIENDA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

RESUELVE Articulo 1º.- Apruébase la modificación de créditos obrante en el Anexo que, a todos sus efectos, forma parte integrante de la presente resolución. Articulo 2º.- Regístrese; publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y para su conocimiento y demás efectos pase a la Dirección General Oficina de Gestión Pública y Presupuesto. Cumplido, archívese. Grindetti

ANEXO

Página Nº 27Nº4328 - 29/01/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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Ministerio de Justicia y Seguridad

RESOLUCIÓN N.º 6/ISSP/14

Buenos Aires, 20 de enero de 2014 VISTO: Las Leyes Nº 2.894, Nº 2.895, N° 3.561, la Resolución Nº 14/ISSP/13, el Expediente Electrónico Nº 536751/MGEYA/SGISSP/14, y CONSIDERANDO: Que la Ley Nº 2894 crea el Instituto Superior de Seguridad Pública como ente autárquico, dependiente orgánica y funcionalmente del Ministerio de Justicia y Seguridad de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que, por su parte, la Ley Nº 2895 diseña el marco jurídico e institucional del Instituto Superior de Seguridad Pública, definiendo sus objetivos y constituyéndolo como una instancia de apoyo de la conducción política del Sistema Integral de Seguridad Pública a través de la formación y capacitación continua y permanente de los actores involucrados, entre los que se encuentran la formación y capacitación de los aspirantes a formar parte de la Policía Metropolitana; Que es función del Rector, conforme lo prescripto por el Artículo 20 inciso c) de la mentada Ley Nº 2895, elaborar los reglamentos que sean necesarios para el funcionamiento del Instituto; Que en ejercicio de dichas facultades fue dictado el Reglamento de Concursos de Profesores Ordinarios del Instituto Superior de Seguridad Pública, el cual en su Artículo 1 dispone que las designaciones como Profesores Ordinarios se proveerán por concurso de oposición y antecedentes debiendo respetarse la igualdad real de oportunidades y trato entre varones y mujeres, en un todo de acuerdo con lo normado por el Artículo 22 de la Ley Nº 2895 (modificado por Artículo 3 de la Ley N° 3561); Que en virtud del franco incremento de las actividades académicas y de formación en el ámbito de esta casa de estudios y la ampliación de su oferta académica que incluye la Tecnicatura Superior en Seguridad Pública, la Tecnicatura Superior en Seguridad Ambiental y la Tecnicatura Superior en Criminalística de Campo y Scopometría, sumado a la experiencia adquirida durante esta etapa de consolidación del Instituto, resulta necesario implementar las medidas necesarias para poner en marcha el proceso de Concurso Docente previsto en la normativa citada, para los cargos, en una primera etapa, de Profesores Titulares de las materias correspondientes al Curso de Formación Inicial para Aspirantes a Oficial de la Policía Metropolitana y a las Tecnicaturas Superiores supra citadas; Que a esos efectos y conforme lo establece el Artículo 13 y subsiguientes del mencionado Reglamento se impone la conformación de un jurado integrado por tres miembros de reconocida formación académica, de acuerdo con los contenidos de las materias que se dictan agrupadas por especialidades temáticas, uno por la Universidad Pública, uno por la Universidad Privada y uno por el Instituto Superior de Seguridad Pública, siendo los representantes de las Universidades elegidos por sorteo de una lista de cinco docentes que a tal efecto remitan las Universidades Públicas y Privadas con sede en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que en el marco de lo expuesto corresponde entonces formular invitación a la Universidad de Buenos Aires y a Universidades Privadas con sede en el ejido de esta Ciudad, para que remitan a este Instituto Superior de Seguridad Pública una nómina de especialistas con reconocida formación académica y que integren su claustro docente, a los fines de la elección de representantes de acuerdo a lo dispuesto por el Artículo 14 del Reglamento de Concursos de Profesores Ordinarios. Por ello en uso de las facultades que le son propias,

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LA RECTORA DEL INSTITUTO SUPERIOR DE SEGURIDAD PÚBLICA

RESUELVE Artículo 1.- Invitar a la Universidad de Buenos Aires y a Universidades Privadas con sede en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a remitir al Instituto Superior de Seguridad Pública una nómina de especialistas con reconocida formación académica y que integren su claustro docente, a los fines de la elección de representantes de acuerdo a lo dispuesto por el Artículo 14 del Reglamento de Concursos de Profesores Ordinarios. Artículo 2.- Librar los instrumentos de estilo a través de la Secretaría Académica del Instituto Superior de Seguridad Pública, a efectos de dar cumplimiento a lo dispuesto por el Artículo 1 de la presente Resolución. Artículo 3.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese al Sr. Ministro de Justicia y Seguridad, para su conocimiento y demás efectos pase a la Secretaría Académica del Instituto Superior de Seguridad Pública . Cumplido, archívese. De Langhe

RESOLUCIÓN N.° 19/SSAPM/14

Buenos Aires, 23 de enero de 2014 VISTO: El Decreto N° 2/2014, el Expediente Electrónico N° 2986667/14, y CONSIDERANDO: Que mediante el Expediente Electrónico N° 2986667/14 la Dirección General Administrativa y Legal de la Policía Metropolitana gestiona una modificación presupuestaria por un monto de pesos cuatro millones novecientos sesenta mil ($ 4.960.000) a fin de realizar la imputación presupuestaria referente a la adjudicación de trabajos en la pileta ubicada en el predio del Instituto Superior de Seguridad Pública; Que resulta procedente arbitrar los medios necesarios para tal fin, de acuerdo con lo establecido en el Decreto N° 2/2014 por el cual se aprobaron las Normas Anuales de Ejecución y Aplicación del Presupuesto General de la Administración del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires - Ejercicio Fiscal 2014. Por ello en uso de las facultades conferidas por el Anexo I Capitulo IX Punto III del Decreto N° 2/2014, EL SUBSECRETARIO DE ADMINISTRACION DE LA POLICIA METROPOLITANA

RESUELVE Artículo 1.- Apruébase la compensación de créditos correspondiente al Programa 58 por un monto total de pesos cuatro millones novecientos sesenta mil ($ 4.960.000) de acuerdo con el formulario de modificaciones presupuestarias, que como Anexo IF N° 658938-SSAPM-14, forma parte integrante del presente acto administrativo. Artículo 2.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, comuníquese a la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal de este Ministerio, y a la Dirección General Oficina de la Gestión Pública y Presupuesto. Greco

ANEXO

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RESOLUCIÓN N.° 20/SSAPM/14

Buenos Aires, 23 de enero de 2014 VISTO: El Decreto N° 2/2014, el Expediente Electrónico N°266162/14 y CONSIDERANDO: Que mediante el Expediente Electrónico N° 266162/14 la Dirección General Administrativa y Legal de la Policía Metropolitana gestiona una modificación presupuestaria por un monto de pesos dos millones novecientos ochenta y seis mil seiscientos sesenta y siete ($ 2.986.667) a fin de realizar la imputación presupuestaria referente a la obra “Muro perimetral del Instituto Superior de Seguridad Pública“, y un saldo a devengar de la Obra del a Comisaria Comunal N° 15 de la Policía Metropolitana; Que resulta procedente arbitrar los medios necesarios para tal fin, de acuerdo con lo establecido en el Decreto N° 2/2014 por el cual se aprobaron las Normas Anuales de Ejecución y Aplicación del Presupuesto General de la Administración del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires - Ejercicio Fiscal 2014. Por ello en uso de las facultades conferidas por el Anexo I Capitulo IX Punto III del Decreto N° 2/2014, EL SUBSECRETARIO DE ADMINISTRACION DE LA POLICIA METROPOLITANA

RESUELVE Artículo 1.- Apruébase la compensación de créditos correspondiente al Programa 58 por un monto total de pesos dos millones novecientos ochenta y seis mil seiscientos sesenta y siete ($ 2.986.667) de acuerdo con el formulario de modificaciones presupuestarias, que como Anexo IF N° 661025-SSAPM-14, forma parte integrante del presente acto administrativo. Artículo 2.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, comuníquese a la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal de este Ministerio, y a la Dirección General Oficina de la Gestión Pública y Presupuesto. Greco

ANEXO

RESOLUCIÓN N.º 21/SSAPM/14

Buenos Aires, 24 de enero de 2014

VISTO: La Ley Nº 2.894, el Decreto Nº 477/11, la Resolución Nº 185/MJYSGC/13, el Expediente Nº 4012794/13, y

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Que, mediante Resolución Nº 185/MJYSGC/13, se autorizó a la Subinspector LP 418 Sabrina Banciella (DNI Nº 29.393.479) y la Oficial LP 1067 Lucrecia Luciani (DNI Nº 30.469.091) a trasladarse a la ciudad de Quito, Ecuador, entre los días 15 de abril al 21 de junio de 2013, para participar del "III Curso Internacional de Especialización de Instructores de DDHH aplicados a la función policial en el uso de la fuerza, armas de fuego, técnicas y tecnologías no letales" y se autorizó a la Dirección General de Contaduría a depositar el importe total de pesos setenta y tres mil ochocientos cuarenta ($ 73.840), en la cuenta corriente perteneciente a la Subsecretaría de la Policía Metropolitana; Que, debido a la proximidad del viaje, no fue posible hacer entrega de los viáticos correspondientes; Que obran en el Expediente de referencia los comprobantes respaldatorios de los gastos efectuados en concepto de viáticos por la Subinspector LP 418 Sabrina Banciella, los que alcanzan un total de pesos seis mil novecientos noventa y nueve con 48/100($ 6.999,48); Que asimismo, obran en el Expediente de referencia los comprobantes respaldatorios de los gastos efectuados en concepto de viáticos por la Oficial LP 1067 Lucrecia Luciani, los que alcanzan un total de pesos siete mil quinientos cuarenta con 09/100 ($ 7.540,09); Que atento los términos de la Resolución Nº 185/MJYSGC/13, deberán aprobarse los gastos de referencia por los montos precedentemente mencionados. Por ello, y en uso de las facultades que le son propias, EL SUBSECRETARIO DE ADMINISTRACION DE LA POLICIA METROPOLITANA

RESUELVE Artículo 1.- Apruébanse los gastos en concepto de viáticos efectuados por la Subinspector LP 418 Sabrina Banciella (DNI Nº 29.393.479), en ocasión del viaje autorizado por Resolución Nº 185/MJYSGC/13, por un monto total de pesos seis mil novecientos noventa y nueve con 48/100 ($ 6.999,48). Artículo 2.- Apruébanse los gastos en concepto de viáticos efectuados por la Oficial LP 1067 Lucrecia Luciani (DNI Nº 30.469.091), en ocasión del viaje autorizado por Resolución Nº 185/MJYSGC/13, por un monto total de pesos siete mil quinientos cuarenta con 09/100 ($ 7.540,09). Articulo 3.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de las Ciudad de Buenos Aires. Comuníquese a la Jefatura de Policía Metropolitana y a la Dirección General Contaduría para su conocimiento. Cumplido, archívese. Greco

RESOLUCIÓN N.° 22/SSAPM/14

Buenos Aires, 24 de enero de 2014 VISTO: La Ley Nº 2.095, el Decreto Nº 754/08, sus modificatorios Decreto Nº 232/10 y Decreto N° 547/GCBA/12, el Decreto 1145/09, y el Expediente Electrónico Nº 7016690/13, y CONSIDERANDO: Que por el actuado citado en el Visto, tramita la adquisición e instalación de grupos electrógenos para la Policía Metropolitana; Que se procedió a efectuar la imputación presupuestaria de los fondos necesarios para hacer frente a la erogación en cuestión;

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CONSIDERANDO:

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Que por Disposición Nº 119/DGCYC/11 la Dirección General de Compras y Contrataciones, en su carácter de Órgano Rector del sistema de contrataciones, aprobó el Pliego de Bases y Condiciones Generales para los procesos de compras y contrataciones mediante BAC; Que mediante Resolución Nº 293/SSAPM/13 se aprobó el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y de Especificaciones Técnicas, y se realizó el llamado a Licitación Pública de Etapa Única N° 2900-0368- LPU13 para el día 19 de diciembre de 2013 a las 12:00 horas, al amparo de lo establecido en el Artículo 31 concordante con el primer párrafo del Artículo 32 de la Ley Nº 2.095, el Decreto Nº 754/08, sus modificatorios Decreto Nº 232/10 y Decreto N° 547/GCBA/12, y el Decreto N° 1145/09; Que por Resolución N° 876/MJYSGC/11, modificada por Resolución N° 657/MJYSGC/13, se constituyó la Comisión de Evaluación de Ofertas y se designaron sus miembros permanentes; Que tal como luce en el Acta de Apertura de Propuestas se recibió una (1) oferta de la firma Powgen Diesel S.A. (CUIT N° 30-64563646-1); Que se ha cumplimentado el Cuadro Comparativo de Precios que ordena la reglamentación; Que mediante Dictamen de Evaluación de Ofertas la Comisión Evaluadora de Ofertas aconsejó adjudicar a la firma Powgen Diesel S.A. la presente contratación, en un todo de acuerdo a lo establecido en el Artículo 109 concordante con el Artículo 108 de la Ley 2.095, el Decreto Nº 754/08, sus modificatorios Decreto Nº 232/10 y Decreto N° 547/GCBA/12, y el Decreto N° 1145/09; Que el acta emitida en consecuencia fue notificada a la empresa oferente, exhibida en el portal sus publicaciones conforme lo dispuesto en el Artículo 108 de la Ley 2.095, el Decreto Nº 754/08, sus modificatorios Decreto Nº 232/10 y Decreto N° 547/GCBA/12, y el Decreto N° 1145/09; Que vencido el plazo para formular impugnaciones no fue recibida ninguna presentación en tal sentido; Que en consecuencia y atento lo actuado, procede el dictado del presente acto administrativo por medio del cual se aprueba y adjudica el presente procedimiento. Por ello, en virtud de las atribuciones conferidas por el Artículo 13 del decreto Nº 754/08 modificado por Decreto Nº 232/10 y Decreto N° 547/GCBA/12, EL SUBSECRETARIO DE ADMINISTRACIÓN DE LA POLICÍA METROPOLITANA

RESUELVE

Artículo 1.- Apruébase la Licitación Pública de Etapa Única N° 2900-0368-LPU13, realizada al amparo de lo establecido en el Artículo 31 concordante con el primer párrafo del Artículo 32 de la Ley Nº 2.095, el Decreto Nº 754/08, sus modificatorios Decreto Nº 232/10 y Decreto N° 547/GCBA/12, y el Decreto N° 1145/09. Artículo 2.- Adjudícase la adquisición e instalación de grupos electrógenos para la Policía Metropolitana, a la firma Powgen Diesel S.A. (CUIT N° 30-64563646-1), por un monto total de pesos un millón setecientos diez mil doscientos sesenta y nueve ($1.710.269.-). Artículo 3.- El gasto previsto en el Artículo precedente se imputará a la correspondiente Partida del Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos correspondiente al ejercicio en vigor. Artículo 4.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires por el término de un (1) día, exhíbase en el portal a la empresa oferente, de acuerdo con los términos establecidos en los Artículos 60 y 61 del Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 1510/97, aprobado por Resolución Nº 41-LCABA/98. Artículo 5.- Regístrese, comuníquese a la Dirección General de Suministros de la Policía Metropolitana, y remítase a la Dirección General Administrativa y Legal de la Policía Metropolitana Pública para la prosecución de su trámite. Greco

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Ministerio de Desarrollo Urbano

RESOLUCIÓN N.º 431/MDUGC/13

Buenos Aires, 20 de diciembre de 2013

VISTO: Ley 4013/11, Decreto 660-GCABA-11, Expediente Nº 310681/2011 y el Expediente Nº 4602606-2013, CONSIDERANDO: Que la Obra que se trata fue adjudicada a la Empresa TEXIMCO S.A. por Decreto N° 297/2012 de fecha 18 de Junio de 2012, y tramitada por Expediente Nº 310681/2011; Que la Contrata entre el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y la Empresa adjudicataria fue suscripta el 27 de julio del 2012; Que el inicio de la Obra operó el día 20 de Septiembre de 2012 según su Acta de Inicio, con un plazo de veinticuatro (24) meses; Que durante la ejecución de la obra y conforme surge de lo informado por la inspección de obra la necesidad de efectuar los siguientes cambios de proyecto; Que surge la necesidad de optimizar la aislación acústica entre las circulares y la vivienda del encargado; Que tal como se evidencia en el Plano Ejecutivo de Planta 1° subsuelo (AR02 y AR03), aprobado por la Dirección General de Proyectos Urbanos y Arquitectura que corre por Exp.Nº2124492/2013, se modificó la arquitectura del acceso a planta baja y en consecuencia se amplió la losa en voladizo de salida al patio descubierto para proteger el acceso (2.50m x 8.00m). De allí el cómputo en demasía del H° A° para losa, contrapiso y alisado de cemento; Que como se aprecia en el plano DLab enviado por la Dirección General de Proyectos Urbanos y Arquitectura, se modifica el sector de banquinas en el laboratorio del 1° subsuelo y se agregan sectores de revoques pintados; Que por los mismos motivos se modifica la arquitectura del local Recepción y se agrega una sala de tableros, tal como figura en el plano AR03 aprobado por la Dirección General de Proyectos Urbanos y Arquitectura que corre por Exp.Nº2124492/2013; Que se agrega un local depósito (1P-118) en 1°piso, según plano AR04 aprobado por la Dirección General de Proyectos Urbanos y Arquitectura que corre por Exp.Nº2283393/2013, que justifican los revoques y la pintura adicional; Que se agrega la mampostería correspondiente a la modificación que precede, en el local recepción y en el ojo de escalera que se solicita cerrado con mampostería por la aprobación de los planos antes mencionados; Que se agregan los solados faltantes necesarios para complementar la modificación del Laboratorio mencionados anteriormente; Que surge la demasía según el reemplazo de los planos de licitación de "Planillas de Carpinterías D10" por "Planos Ejecutivos PL03 y PL03A", aprobados por la Dirección General de Proyectos Urbanos y Arquitectura, que corre por Exp. Nº 2417916/2013, donde se conforman carpinterías integrales en lugar de ventanas individuales; Que se agregan los frentines en granito gris mara en los laboratorios solicitados en el plano DLab. enviado por la Dirección General de Proyectos Urbanos y Arquitectura;

Que se solicita la colocación del timbre y semáforo en todos los baños de discapacitados, artefactos de pizarrones y bocas para alimentar los mismos en todas las aulas, colocación de sensores de presencia en baños y células fotoeléctricas para ahorro energético en las aulas;

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Que de acuerdo a lo propuesto y solicitado oportunamente por la Dirección General de Proyectos de Urbanos y Arquitectura, se consideró modificar la ubicación de la pileta del lavadero en la portería y agregar una canilla de servicio en cada baño para la higiene de los mismos; Que actualmente a pedido de la Rectora se incrementó el número de los mismos y se realiza un servicio de limpieza semanal adicional; Que debido a la complejidad de la obra y al escaso lugar existente se dispuso trasladar los obradores y todos los sanitarios y vestuarios de personal requeridos para cumplir con la normativa vigente; Que para las mencionadas adecuaciones la Empresa Contratista presentó el Balance de Economías y Demasías Nº 2 a través del Expediente Nº 4602606-2013; Que la Inspección de Obra procedió a verificar las cantidades de cada ítem contenido en el Balance de Economías y Demasías Nº 2, procediendo a prestar conformidad a la mencionada documentación; Que en virtud de las cotizaciones presentadas por la Empresa Contratista surge como resultado el presente Balance de Economías y Demasías Nº 2, de acuerdo al siguiente resumen: Demasías por un monto de PESOS UN MILLON CIENTO SESENTA Y NUEVE MIL DOSCIENTOS CUARENTA Y DOS CON 80/100 ($1.169.242,80.-), Economías por un monto de PESOS CUATROCIENTOS VEINTISEIS MIL DOSCIENTOS CON 61/100 ($426.200,61.-), resultando una Demasía Neta de PESOS SETECIENTOS CUARENTA Y TRES MIL CUARENTA Y DOS CON 18/100 ($743.042,18), monto que representa una variación del 2.34% del importe total contratado todo lo dicho, de acuerdo a la descripción efectuada de ítems de contrato e ítems nuevos que constan en el Anexo I que forma parte integrante de la presente Resolución; Que por expediente 2160564/2013 se aprobó el Balance de Economías y Demasías Nº1 por un monto de PESOS DOS MILLONES NOVECIENTOS CINCUENTA Y SEIS MIL CUATROCIENTOS DOS CON 43/100($2.956.402,43) que representa el 9.32% del monto contractual, lo que hace un acumulado de 11.66%, por lo tanto, el nuevo monto de Obra resulta ser de PESOS TREINTA Y CINCO MILLONES CUATROCIENTOS TREINTA Y DOS MIL OCHOCIENTOS SEIS CON 71/100($35.432.806,71); Que la aprobación del Balance de Economías y Demasías N° 2 y el nuevo Plan de Trabajo de la obra "Escuela Técnica N° 5 D.E. N° 11 Remedios de Escalada de San Martín", debe contemplar lo establecido en el Art. 7° de la Resolución N° 543/MHGC/2013, estableciendo la aplicación directa y simultánea al BED de referencia de las Redeterminaciones Provisorias N°1 (Ago 12-13,98%), N° 2 (May 13-7,81%) y N° 3 (Ago-13- 6,78%) aprobadas mediante Resolución N° 591-MDUGC-2012, Resolución N° 651-MHGC-2013 y Resolución N° 1198-MHGC-2013 respectivamente, por una variación porcentual acumulada del 31,21% con respecto a los valores básicos, que representa un incremento de PESOS DOSCIENTOS TREINTA Y UN MIL NOVECIENTOS TRES CON 47/100 ($ 231.903,47); Que la Dirección General de Obras de Arquitectura ha prestado su conformidad a la aprobación del Balance de Economías y Demasías Nº 2;

Que la Subsecretaría de Proyectos de Urbanismo, Arquitectura e Infraestructura ha prestado conformidad a la aprobación del presente Balance de Economías y Demasías Nº 2; Que la Dirección Operativa de Cómputo, Presupuesto y Pliegos Técnicos ha procedido a analizar los análisis de precios de los ítems inexistentes en la Obra Básica y prestó su conformidad a los mismos. Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Nº4013-2011, el Decreto Nº640-GCABA-2011 (BOCBA 3807 del 07/12/2011) y el Decreto Nº660-GCABA-2011 (BOCBA 3811 del 14/12/2011),

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Artículo 1°.- Apruébese las Demasías correspondientes a la Obra "Escuela Técnica N° 5 D.E. N° 11 Remedios de Escalada de San Martín" adjudicada a la Empresa TEXIMCO S.A., que ascienden a la suma de PESOS UN MILLON CIENTO SESENTA Y NUEVE MIL DOSCIENTOS CUARENTA Y DOS CON 80/100 ($1.169.242,80.).- Artículo 2°.- Apruébese las Economías correspondientes a la Obra "Escuela Técnica N° 5 D.E. N° 11 Remedios de Escalada de San Martín", que ascienden a la suma de PESOS CUATROCIENTOS VEINTISEIS MIL DOSCIENTOS CON 61/100 ($426.200,61.).- Artículo 3°.- Apruébese la Demasía resultante del Balance de Economías y Demasías Nº 2 de la Obra "Escuela Técnica N° 5 D.E. N° 11 Remedios de Escalada de San Martín" por un monto de PESOS SETECIENTOS CUARENTA Y TRES MIL CUARENTA Y DOS CON 18/100 ($743.042,18), monto que representa una variación del 2.34% del importe total contratado. Por lo tanto, el nuevo monto de Obra resulta ser de PESOS TREINTA Y CINCO MILLONES CUATROCIENTOS TREINTA Y DOS MIL OCHOCIENTOS SEIS CON 71/100($35.432.806,71), según el Anexo I que se acompaña.- Artículo 4°.- Apruébese de conformidad a lo previsto en la Resolución N° 543/MHGC/2013 la aplicación directa y simultánea al presente BED de las Redeterminaciones Provisorias N°1 (Ago 12-13,98%), N° 2 (May 13-7,81%) y N° 3 (Ago-13- 6,78%) por una variación porcentual acumulada del 31,21% con respecto a los valores básicos, que representa un incremento de PESOS DOSCIENTOS TREINTA Y UN MIL NOVECIENTOS TRES CON 47/100 ($ 231.903,47).- Artículo 5°.- Apruébense el nuevo Plan de Trabajos y Curva de Inversión de la Obra "Escuela Técnica N° 5 D.E. N° 11 Remedios de Escalada de San Martín" correspondientes a la ejecución de la Obra Básica y del Balance de Economías y Demasías Nº 2. Los mismos se detallan en el Anexo II y III, como parte integrante de la presente Resolución.- Artículo 6°.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y en el sitio de Internet del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (), gírese a la Dirección General de Obras de Arquitectura dependiente de la Subsecretaría de Proyectos de Urbanismo, Arquitectura e Infraestructura del Ministerio de Desarrollo Urbano para su conocimiento, notificación fehaciente de la Empresa Contratista y demás fines. Por cuerda separada, notifíquese a la Dirección General de Contaduría del Ministerio de Hacienda. Cumplido, archívese. Chaín

ANEXO

RESOLUCIÓN N.º 1962/SBASE/14

Buenos Aires, 23 de enero de 2014 VISTO la Ley N° 4.472 cuyo objeto dispone la regulación y reestructuración del Sistema de Transporte Ferroviario de Pasajeros de Superficie y Subterráneo en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (SUBTE), asumiendo la Ciudad Autónoma de Buenos Aires la titularidad estatal del SUBTE; la Ley Nº 451 que establece el Régimen de Faltas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y la Ley Nº 1217 que dispone el procedimiento por el cual los organismos administrativos controlan faltas, en ejercicio del poder de policía que les corresponde, y;

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EL MINISTRO DE DESARROLLO URBANO RESUELVE:

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Que a partir del 1° de enero de 2013, entró en vigencia la Ley N° 4.472, por la cual la Ciudad Autónoma de Buenos Aires asumió el servicio público del SUBTE, que se encuentre exclusivamente en jurisdicción de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y las líneas nuevas o expansiones de las líneas existentes que se construyan en el futuro; Que sentado lo expuesto, debe remarcarse que el mencionado marco normativo designó a Subterráneos de Buenos Aires Sociedad del Estado (SBASE) como Autoridad de Aplicación (Conf. artículo 4°) y estableció que tendrá a su cargo el desarrollo y la administración del sistema de infraestructura del SUBTE, su mantenimiento y la gestión de los sistemas de control de la operación del servicio (Conf. artículo 5°); Que conforme surge del artículo 21 de la referida ley, la obstaculización o interferencia de la operación del SERVICIO SUBTE y cualquiera de sus actividades propias o conexas, ajenas al ejercicio regular del derecho de huelga, constituye infracción administrativa grave, sin perjuicio de las figuras o tipificación penal que pudieran corresponder, agregando que la fiscalización y control de las infracciones administrativas previstas en el Título IV de la misma, corresponde a SBASE; Que la Ley N° 4472, en sus artículos 22, 23 y 24 incorporó tres textos al Anexo I de la Ley 451, donde se definen las infracciones administrativas tipificadas y vinculadas al SERVICIO SUBTE, a saber: a) El que cause alarma en cualquiera de las instalaciones afectadas al servicio público de transporte ferroviario de pasajeros de superficie y subterráneo; b) El que impidiere, estorbare o entorpeciere el funcionamiento del servicio público de transporte ferroviario de pasajeros de superficie y subterráneo y/o la recaudación de ingresos y/o la circulación del sistema de transporte; y c) El que eludiere el pago de la tarifa del referido servicio público; Que asimismo, en el artículo 38 de la Ley N° 4472 se establece que SBASE tendrá las funciones y competencias de “…17) Controlar y fiscalizar el SERVICIO SUBTE y velar por el cumplimiento de las normas administrativas establecidas en la presente ley”; Que en tal sentido, deviene necesario designar una nómina de inspectores, quienes ejercerán las funciones de control y fiscalización de las normas administrativas; Que en concordancia con lo expuesto precedentemente, sería conveniente que los mismos posean una credencial, que acredite su condición de inspectores, facilitando también el trabajo e identificación ante quien lo requiera; Por ello, en uso de las facultades conferidas por los artículos 13, inciso 9º, y 38, inciso 17, de la Ley Nº 4472;

EL DIRECTORIO DE SUBTERRÁNEOS DE BUENOS AIRES SOCIEDAD DEL ESTADO

RESUELVE ARTÍCULO 1º: Apruébese la nómina de inspectores que se adjunta como Anexo I a la presente resolución, quienes tendrán las funciones de control y fiscalización de las infracciones administrativas previstas en los artículos 22, 23 y 24 de la Ley N° 4.472. ARTÍCULO 2º: Apruébese el modelo de Acta de Infracción confeccionada a tal efecto, que se adjunta como Anexo II. ARTÍCULO 3º: Confecciónense las credenciales que identifiquen a los Inspectores detallados en el Anexo I. ARTÍCULO 4°: Dese al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Cumplido, archívese. Piccardo - Seefeld - Sainz - de la Fuente

ANEXO

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CONSIDERANDO:

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Ministerio de Desarrollo Económico

RESOLUCIÓN N.º 65/MDEGC/14

Buenos Aires, 23 de enero de 2014 VISTO: Los Decretos Nros. 660/11 y 149/13, la Disposición Nº 183/DGCG/13, la Resolución Nº 539/MDEGC/13, y el Expediente Electrónico Nº 653.391/MGEYA-DGTALMDE/14, y CONSIDERANDO: Que por Decreto Nº 660/11 se aprobó la estructura orgánico funcional dependiente del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires conforme su Anexo I; Que asimismo, la norma legal mencionada aprobó el nuevo organigrama del Ministerio de Desarrollo Económico; Que por Decreto Nº 149/13 se modificó parcialmente el Decreto Nº 660/11, y se creó la Dirección General de Planeamiento y Desarrollo Estratégico bajo dependencia de este Ministerio; Que por Resolución Nº 539/MDEGC/13, se designó al Dr. Santiago Hardie, DNI Nº 22.799.361, CUIL 20-22799361-9, y al Dr. Hernán Alberto Coego, DNI Nº 24.554.894, CUIL 20-24554894-0, como responsables de la administración y rendición de fondos asignados a la Dirección General de Planeamiento y Desarrollo Estratégico en concepto de Caja Chica, Fondo de Viáticos y Movilidad, y Fondo con cumplimiento del Régimen de Compras y Contrataciones; Que por razones operativas, resulta necesario el cese del Dr. Coego y la designación en su reemplazo del Sr. Fernando Ariel Molas, DNI Nº 26.436.226, CUIL 20-26436226-2, como responsable de la administración y rendición de los fondos señalados; Que teniendo en cuenta que el área de referencia no cuenta con personal de la planta permanente para ser designado como responsable de la administración y rendición de fondos, corresponde tramitar la excepción a lo dispuesto en el punto 2, del Anexo I de las Disposición Nº 183/DGCG/13; Que por todo lo expuesto, corresponde el dictado de la norma legal pertinente. Por ello, y en uso de las facultades que le fueron conferidas,

EL MINISTRO DE DESARROLLO ECONÓMICO

RESUELVE Artículo 1.- Exceptúase a la Dirección General de Planeamiento y Desarrollo Estratégico del Ministerio de Desarrollo Económico, de lo dispuesto en el punto 2, del Anexo I de las Disposición Nº 183/DGCG/13, en lo referente a la designación de personal de la planta permanente como responsable de la administración y rendición de fondos. Artículo 2.- Cese el Dr. Hernán Alberto Coego, DNI Nº 24.554.894, CUIL 20-24554894-0 como responsable de la administración y rendición de fondos asignados a la Dirección General de Planeamiento y Desarrollo Estratégico, en concepto de Caja Chica, Fondo de Viáticos y Movilidad, y Fondo con cumplimiento del Régimen de

Compras y Contrataciones, y desígnase en su reemplazo al Sr. Fernando Ariel Molas, DNI Nº 26.436.226, CUIL 20-26436226-2. Artículo 3.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a la Dirección General de Planeamiento y Desarrollo Estratégico de este Ministerio, y gírese a la Dirección General de Contaduría del Ministerio de Hacienda. Cumplido, archívese. Cabrera

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RESOLUCIÓN N.º 593/SSDEP/13

Buenos Aires, 11 de diciembre de 2013 VISTO: La Ley Nº 4.013, el Decreto Nº 660/11, la Ley Nº 1.624 y sus modificatorias la Ley Nº 3.218 y la Ley Nº 4.059, el Decreto Reglamentario Nº 1.416/07, el Expediente Nº 3.388.663/13, y CONSIDERANDO: Que la Ley del Deporte Nº 1.624, tiene por objeto regular, promover, fiscalizar, y coordinar el deporte amateur y profesional y la actividad físico-recreativa, a nivel comunitario en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, reconociéndole una finalidad social; Que los miembros del Consejo Asesor del Deporte fueron convocados a Asamblea Ordinaria mediante publicación en el Boletín Oficial Nº 3.462 del 16 de julio de 2010, y consecuentemente, el 29 del mismo mes y año se concretó la reunión donde se establecieron las normativas y procedimientos para el otorgamiento de subsidios; Que la Comisión Directiva del Consejo Asesor del Deporte aprobó la planificación financiera anual del Fondo del Deporte, mediante el Acta Nº 14, publicada en el Boletín Oficial Nº 4.109 en fecha 11 de marzo de 2013; Que por el expediente señalado en el visto, la señora PARIENTE, KARINA VERÓNICA, en representación de la deportista amateur menor de edad GONZÁLEZ, NAZARENA ha presentado una solicitud de subsidio al Fondo del Deporte creado por ley Nº 1.624, Capítulo V; Que dicha solicitud tiene como finalidad posibilitar la participación de la deportista mencionada en el "Campeonato Panamericano de Clubes", a realizarse en México DF, México, entre los días 26 de octubre al 4 de noviembre del corriente año; Que conforme Acta Nº 18, de fecha 3 de octubre de 2013, la Comisión Directiva del Consejo Asesor del Deporte realizó la pertinente evaluación, y resolvió favorablemente la solicitud de subsidio en estudio; Que la Dirección General de Deporte Social y Desarrollo Deportivo ha manifestado que presta conformidad al otorgamiento del presente subsidio; Que se ha comunicado la solicitud de subsidio a la Comuna Nº 6 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y obra en las presentes el dictamen jurídico requerido por el artículo 21 del Decreto Nº 1.416/07; Que atento lo dispuesto en el artículo 21 de la Ley Nº 1.624, el Subsecretario de Deportes en su carácter de Presidente del Consejo Asesor del Deporte cuenta con facultades para destinar recursos del Fondo del Deporte a la asistencia del deporte amateur, debiendo el beneficiario realizar rendición de cuentas documentada ante la Autoridad de Aplicación de acuerdo a lo estipulado en la Ley Nº 1.624, Resolución Nº 48/SSDEP/08 y su modificatoria Resolución Nº 50/SSDEP/10. Por ello, y en uso de las facultades legales que le son propias,

EL SUBSECRETARIO DE DEPORTES RESUELVE

Artículo 1º.- Otórgase un subsidio de PESOS OCHO MIL CIENTO SETENTA Y TRES ($8.173.-) a la señora PARIENTE, KARINA VERÓNICA, DNI Nº 20.610.661, CUIL Nº 27-20610661-7, en representación de la deportista amateur menor de edad GONZÁLEZ, NAZARENA, DNI Nº 45.419.666, de conformidad con lo previsto en el Capítulo V de la Ley Nº 1624. Artículo 2º.- Autorízase a la Contaduría General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a emitir la orden de pago correspondiente.

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Artículo 3º.- La Dirección General de Tesorería deberá depositar el importe señalado en la cuenta CAJA DE AHORRO Nº 36040/3 del Banco Ciudad de Buenos Aires, Sucursal Nº 12, Obelisco. Artículo 4º.- El gasto que demande el presente será imputado al programa Nº 82 de Promoción y Desarrollo Deportivo correspondiente al ejercicio del año en curso de esta unidad ejecutora. Artículo 5º.- El beneficiario deberá acreditar la utilización de los fondos recibidos y la participación en la competencia deportiva en el plazo de treinta (30) días corridos contados desde la acreditación de los fondos o bien desde la celebración de la competencia. Artículo 6º.- Regístrese, notifíquese al interesado, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, comuníquese a la Dirección General de Infraestructura y Administración, a la Dirección General de Deporte Social y Desarrollo Deportivo, y remítase para su conocimiento y demás efectos a la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de Desarrollo Económico, a la Dirección General de Contaduría y a la Dirección General de Tesorería del Ministerio de Hacienda. Cumplido, archívese. Irarrazaval

RESOLUCIÓN N.º 594/SSDEP/13

Buenos Aires, 11 de diciembre de 2013

VISTO: La Ley Nº 4.013, el Decreto Nº 660/11, la Ley Nº 1.624 y sus modificatorias la Ley Nº 3.218 y la Ley Nº 4.059, el Decreto Reglamentario Nº 1.416/07, el Expediente Nº 3.388.686/13, y CONSIDERANDO: Que la Ley del Deporte Nº 1.624, tiene por objeto regular, promover, fiscalizar, y coordinar el deporte amateur y profesional y la actividad físico-recreativa, a nivel comunitario en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, reconociéndole una finalidad social; Que los miembros del Consejo Asesor del Deporte fueron convocados a Asamblea Ordinaria mediante publicación en el Boletín Oficial Nº 3.462 del 16 de julio de 2010, y consecuentemente, el 29 del mismo mes y año se concretó la reunión donde se establecieron las normativas y procedimientos para el otorgamiento de subsidios; Que la Comisión Directiva del Consejo Asesor del Deporte aprobó la planificación financiera anual del Fondo del Deporte, mediante el Acta Nº 14, publicada en el Boletín Oficial Nº 4.109 en fecha 11 de marzo de 2013; Que por el expediente señalado en el visto, la señora RIZZO, MARÍA FERNANDA, en representación de la deportista amateur menor de edad PISOS, AGUSTINA ha presentado una solicitud de subsidio al Fondo del Deporte creado por Ley Nº 1.624, Capítulo V; Que dicha solicitud tiene como finalidad posibilitar la participación de la deportista mencionada en el "Campeonato Sudamericano Infanto Juvenil de Gimnasia Artística", a realizarse en la ciudad de Sogamoso, Colombia, entre los días 18 al 26 de agosto del corriente año; Que conforme Acta Nº 18, de fecha 3 de octubre de 2013, la Comisión Directiva del Consejo Asesor del Deporte realizó la pertinente evaluación, y resolvió favorablemente la solicitud de subsidio en estudio; Que la Dirección General de Deporte Social y Desarrollo Deportivo ha manifestado que presta conformidad al otorgamiento del presente subsidio;

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Que se ha comunicado la solicitud de subsidio a la Comuna Nº 11 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y obra en las presentes el dictamen jurídico requerido por el artículo 21 del Decreto Nº 1.416/07; Que atento lo dispuesto en el artículo 21 de la Ley Nº 1.624, el Subsecretario de Deportes en su carácter de Presidente del Consejo Asesor del Deporte cuenta con facultades para destinar recursos del Fondo del Deporte a la asistencia del deporte amateur, debiendo el beneficiario realizar rendición de cuentas documentada ante la Autoridad de Aplicación de acuerdo a lo estipulado en la Ley Nº 1.624, Resolución Nº 48/SSDEP/08 y su modificatoria Resolución Nº 50/SSDEP/10. Por ello, y en uso de las facultades legales que le son propias, EL SUBSECRETARIO DE DEPORTES

RESUELVE Artículo 1º.- Otórgase un subsidio de PESOS CUATRO MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y UNO CON VEINTE CENTAVOS ($4.481,20) a la señora RIZZO, MARÍA FERNANDA, DNI N° 22.467.608, CUIL N° 27-22467608-0, en representación de la deportista amateur menor de edad PISOS, AGUSTINA, DNI Nº 43.571.953, de conformidad con lo previsto en el Capítulo V de la Ley Nº 1.624. Artículo 2º.- Autorízase a la Contaduría General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a emitir la orden de pago correspondiente. Artículo 3º.- La Dirección General de Tesorería deberá depositar el importe señalado en la cuenta CAJA DE AHORRO Nº 354039/6 el Banco Ciudad de Buenos Aires, Sucursal Nº 8, Núñez. Artículo 4º.- El gasto que demande el presente será imputado al programa Nº 82 de Promoción y Desarrollo Deportivo correspondiente al ejercicio del año en curso de esta unidad ejecutora. Artículo 5º.- El beneficiario deberá acreditar la utilización de los fondos recibidos y la participación en la competencia deportiva en el plazo de treinta (30) días corridos contados desde la acreditación de los fondos o bien desde la celebración de la competencia. Artículo 6º.- Regístrese, notifíquese al interesado, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, comuníquese a la Dirección General de Infraestructura y Administración, a la Dirección General de Deporte Social y Desarrollo Deportivo, y remítase para su conocimiento y demás efectos a la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de Desarrollo Económico, a la Dirección General de Contaduría y a la Dirección General de Tesorería del Ministerio de Hacienda. Cumplido, archívese. Irarrazaval

RESOLUCIÓN N.º 595/SSDEP/13

Buenos Aires, 11 de diciembre de 2013 VISTO: La Ley Nº 4.013, el Decreto Nº 660/11, la Ley Nº 1.624 y sus modificatorias la Ley Nº 3.218 y la Ley Nº 4.059, el Decreto Reglamentario Nº 1.416/07, el Expediente Nº 1.702.121/13, y CONSIDERANDO: Que la Ley del Deporte Nº 1.624, tiene por objeto regular, promover, fiscalizar, y coordinar el deporte amateur y profesional y la actividad físico-recreativa, a nivel comunitario en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, reconociéndole una finalidad social;

Página Nº 40Nº4328 - 29/01/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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Que los miembros del Consejo Asesor del Deporte fueron convocados a Asamblea Ordinaria mediante publicación en el Boletín Oficial Nº 3.462 del 16 de julio de 2010, y consecuentemente, el 29 del mismo mes y año se concretó la reunión donde se establecieron las normativas y procedimientos para el otorgamiento de subsidios; Que la Comisión Directiva del Consejo Asesor del Deporte aprobó la planificación financiera anual del Fondo del Deporte, mediante el Acta Nº 14, publicada en el Boletín Oficial Nº 4.109 en fecha 11 de marzo de 2013; Que por el expediente señalado en el visto, la deportista amateur LAUGE, CAROLINA ALICIA, ha presentado una solicitud de subsidio al Fondo del Deporte creado por Ley Nº 1.624, Capítulo V; Que dicha solicitud tiene como finalidad posibilitar la participación de la deportista mencionada en el "24 Campeonato Anual Internacional Aeróbico y 15 de Aeróbica Campeonato Internacional de la Juventud", a realizarse en la ciudad de Las Vegas, EEUU, los días 29 de julio al 4 de agosto del corriente año; Que conforme Acta Nº 18, de fecha 3 de octubre de 2013, la Comisión Directiva del Consejo Asesor del Deporte realizó la pertinente evaluación, y resolvió favorablemente la solicitud de subsidio en estudio; Que la Dirección General de Deporte Social y Desarrollo Deportivo ha manifestado que presta conformidad al otorgamiento del presente subsidio; Que se ha comunicado la solicitud de subsidio a la Comuna Nº 8 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y obra en las presentes el dictamen jurídico requerido por el artículo 21 del Decreto Nº 1.416/07; Que atento lo dispuesto en el artículo 21 de la Ley Nº 1.624, el Subsecretario de Deportes en su carácter de Presidente del Consejo Asesor del Deporte cuenta con facultades para destinar recursos del Fondo del Deporte a la asistencia del deporte amateur, debiendo el beneficiario realizar rendición de cuentas documentada ante la Autoridad de Aplicación de acuerdo a lo estipulado en la Ley Nº 1.624, Resolución Nº 48/SSDEP/08 y su modificatoria Resolución Nº 50/SSDEP/10. Por ello, y en uso de las facultades legales que le son propias,

EL SUBSECRETARIO DE DEPORTES RESUELVE

Artículo 1º.- Otórgase un subsidio de PESOS NUEVE MIL NOVECIENTOS TREINTA Y DOS ($9.932.-) a la deportista amateur LAUGE, CAROLINA ALICIA, DNI N° 38.346.146, CUIL N° 23-38346146- 4, de conformidad con lo previsto en el Capítulo V de la Ley Nº 1.624. Artículo 2º.- Autorízase a la Contaduría General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a emitir la orden de pago correspondiente. Artículo 3º.- La Dirección General de Tesorería deberá depositar el importe señalado en la cuenta CAJA DE AHORRO Nº 36026/7 del Banco Ciudad de Buenos Aires, Sucursal Nº 12, Obelisco. Artículo 4º.- El gasto que demande el presente será imputado al programa Nº 82 de Promoción y Desarrollo Deportivo correspondiente al ejercicio del año en curso de esta unidad ejecutora. Artículo 5º.- El beneficiario deberá acreditar la utilización de los fondos recibidos y la participación en la competencia deportiva en el plazo de treinta (30) días corridos contados desde la acreditación de los fondos o bien desde la celebración de la competencia. Artículo 6º.- Regístrese, notifíquese al interesado, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, comuníquese a la Dirección General de Infraestructura y Administración, a la Dirección General de Deporte Social y Desarrollo Deportivo, y remítase para su conocimiento y demás efectos a la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de Desarrollo Económico, a la Dirección General de Contaduría y a la Dirección General de Tesorería del Ministerio de Hacienda. Cumplido, archívese. Irarrazaval

Página Nº 41Nº4328 - 29/01/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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RESOLUCIÓN N.º 596/SSDEP/13

Buenos Aires, 11 de diciembre de 2013 VISTO: La Ley Nº 4.013, el Decreto Nº 660/11, la Ley Nº 1.624 y sus modificatorias la Ley Nº 3.218 y la Ley Nº 4.059, el Decreto Reglamentario Nº 1.416/07, el Expediente Nº 3.388.703/13, y CONSIDERANDO: Que la Ley del Deporte Nº 1.624, tiene por objeto regular, promover, fiscalizar, y coordinar el deporte amateur y profesional y la actividad físico-recreativa, a nivel comunitario en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, reconociéndole una finalidad social; Que los miembros del Consejo Asesor del Deporte fueron convocados a Asamblea Ordinaria mediante publicación en el Boletín Oficial Nº 3.462 del 16 de julio de 2010, y consecuentemente, el 29 del mismo mes y año se concretó la reunión donde se establecieron las normativas y procedimientos para el otorgamiento de subsidios; Que la Comisión Directiva del Consejo Asesor del Deporte aprobó la planificación financiera anual del Fondo del Deporte, mediante el Acta Nº 14, publicada en el Boletín Oficial Nº 4.109 en fecha 11 de marzo de 2013; Que por el expediente señalado en el visto, el señor MORETTI, PABLO FELIX, en representación de la deportista amateur menor de edad MORETTI, JULIETA ha presentado una solicitud de subsidio al Fondo del Deporte creado por Ley Nº 1.624, Capítulo V; Que dicha solicitud tiene como finalidad posibilitar la participación de la deportista mencionada en el "Campeonato Panamericano de Clubes", a realizarse en la ciudad de Puebla, México, desde el 28 de octubre al 3 de noviembre del corriente año; Que conforme Acta Nº 18, de fecha 3 de octubre de 2013, la Comisión Directiva del Consejo Asesor del Deporte realizó la pertinente evaluación, y resolvió favorablemente la solicitud de subsidio en estudio; Que la Dirección General de Deporte Social y Desarrollo Deportivo ha manifestado que presta conformidad al otorgamiento del presente subsidio; Que se ha comunicado la solicitud de subsidio a la Comuna Nº 11 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y obra en las presentes el dictamen jurídico requerido por el artículo 21 del Decreto Nº 1.416/07; Que atento lo dispuesto en el artículo 21 de la Ley Nº 1.624, el Subsecretario de Deportes en su carácter de Presidente del Consejo Asesor del Deporte cuenta con facultades para destinar recursos del Fondo del Deporte a la asistencia del deporte amateur, debiendo el beneficiario realizar rendición de cuentas documentada ante la Autoridad de Aplicación de acuerdo a lo estipulado en la Ley Nº 1.624, Resolución Nº 48/SSDEP/08 y su modificatoria Resolución Nº 50/SSDEP/10. Por ello, y en uso de las facultades legales que le son propias,

EL SUBSECRETARIO DE DEPORTES RESUELVE

Artículo 1º.- Otórgase un subsidio de PESOS OCHO MIL CIENTO SETENTA Y TRES ($8.173.-) al señor MORETTI, PABLO FELIX, DNI N° 14.751.116, CUIL N° 20-14751116-8, en representación de la deportista amateur menor de edad MORETTI, JULIETA, DNI Nº 46.213.112, de conformidad con lo previsto en el Capítulo V de la Ley Nº 1.624. Artículo 2º.- Autorízase a la Contaduría General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a emitir la orden de pago correspondiente. Artículo 3º.- La Dirección General de Tesorería deberá depositar el importe señalado en la cuenta CAJA DE AHORRO Nº 3.6041/0 del Banco Ciudad de Buenos Aires, Sucursal Nº 12, Obelisco.

Página Nº 42Nº4328 - 29/01/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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Artículo 4º.- El gasto que demande el presente será imputado al programa Nº 82 de Promoción y Desarrollo Deportivo correspondiente al ejercicio del año en curso de esta unidad ejecutora. Artículo 5º.- El beneficiario deberá acreditar la utilización de los fondos recibidos y la participación en la competencia deportiva en el plazo de treinta (30) días corridos contados desde la acreditación de los fondos o bien desde la celebración de la competencia. Artículo 6º.- Regístrese, notifíquese al interesado, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, comuníquese a la Dirección General de Infraestructura y Administración, a la Dirección General de Deporte Social y Desarrollo Deportivo, y remítase para su conocimiento y demás efectos a la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de Desarrollo Económico, a la Dirección General de Contaduría y a la Dirección General de Tesorería del Ministerio de Hacienda. Cumplido, archívese. Irarrazaval

RESOLUCIÓN N.º 597/SSDEP/13

Buenos Aires, 11 de diciembre de 2013 VISTO: La Ley Nº 4.013, el Decreto Nº 660/11, la Ley Nº 1.624 y sus modificatorias la Ley Nº 3.218 y la Ley Nº 4.059, el Decreto Reglamentario Nº 1.416/07, el Expediente Nº 3.388.746/13, y CONSIDERANDO: Que la Ley del Deporte Nº 1.624, tiene por objeto regular, promover, fiscalizar, y coordinar el deporte amateur y profesional y la actividad físico-recreativa, a nivel comunitario en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, reconociéndole una finalidad social; Que los miembros del Consejo Asesor del Deporte fueron convocados a Asamblea Ordinaria mediante publicación en el Boletín Oficial Nº 3.462 del 16 de julio de 2010, y consecuentemente, el 29 del mismo mes y año se concretó la reunión donde se establecieron las normativas y procedimientos para el otorgamiento de subsidios; Que la Comisión Directiva del Consejo Asesor del Deporte aprobó la planificación financiera anual del Fondo del Deporte, mediante el Acta Nº 14, publicada en el Boletín Oficial Nº 4.109 en fecha 11 de marzo de 2013; Que por el expediente señalado en el visto, el deportista amateur VÁZQUEZ, DIEGO HERNÁN, ha presentado una solicitud de subsidio al Fondo del Deporte creado por Ley Nº 1.624, Capítulo V; Que dicha solicitud tiene como finalidad posibilitar la participación del deportista mencionado en el "Juegos Mundiales de Cali 2013", a realizarse en la ciudad de Cali, Colombia, del 24 de julio al 4 de agosto del corriente año; Que conforme Acta Nº 18, de fecha 3 de octubre de 2013, la Comisión Directiva del Consejo Asesor del Deporte realizó la pertinente evaluación, y resolvió favorablemente la solicitud de subsidio en estudio; Que la Dirección General de Deporte Social y Desarrollo Deportivo ha manifestado que presta conformidad al otorgamiento del presente subsidio; Que se ha comunicado la solicitud de subsidio a la Comuna Nº 11 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y obra en las presentes el dictamen jurídico requerido por el artículo 21 del Decreto Nº 1.416/07;

Página Nº 43Nº4328 - 29/01/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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Que atento lo dispuesto en el artículo 21 de la Ley Nº 1.624, el Subsecretario de Deportes en su carácter de Presidente del Consejo Asesor del Deporte cuenta con facultades para destinar recursos del Fondo del Deporte a la asistencia del deporte amateur, debiendo el beneficiario realizar rendición de cuentas documentada ante la Autoridad de Aplicación de acuerdo a lo estipulado en la Ley Nº 1.624, Resolución Nº 48/SSDEP/08 y su modificatoria Resolución Nº 50/SSDEP/10. Por ello, y en uso de las facultades legales que le son propias,

EL SUBSECRETARIO DE DEPORTES RESUELVE

Artículo 1º.- Otórgase un subsidio de PESOS CINCO MIL TRESCIENTOS ($5.300.-) al deportista amateur VÁZQUEZ, DIEGO HERNÁN, DNI N° 30.886.326, CUIL N° 20-30886326-4, de conformidad con lo previsto en el Capítulo V de la Ley Nº 1.624. Artículo 2º.- Autorízase a la Contaduría General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a emitir la orden de pago correspondiente. Artículo 3º.- La Dirección General de Tesorería deberá depositar el importe señalado en la cuenta CAJA DE AHORRO Nº 3.6062/5 del Banco Ciudad de Buenos Aires, Sucursal Nº 12, Obelisco. Artículo 4º.- El gasto que demande el presente será imputado al programa Nº 82 de Promoción y Desarrollo Deportivo correspondiente al ejercicio del año en curso de esta unidad ejecutora. Artículo 5º.- El beneficiario deberá acreditar la utilización de los fondos recibidos y la participación en la competencia deportiva en el plazo de treinta (30) días corridos contados desde la acreditación de los fondos o bien desde la celebración de la competencia. Artículo 6º.- Regístrese, notifíquese al interesado, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, comuníquese a la Dirección General de Infraestructura y Administración, a la Dirección General de Deporte Social y Desarrollo Deportivo, y remítase para su conocimiento y demás efectos a la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de Desarrollo Económico, a la Dirección General de Contaduría y a la Dirección General de Tesorería del Ministerio de Hacienda. Cumplido, archívese. Irarrazaval

RESOLUCIÓN N.º 598/SSDEP/13

Buenos Aires, 11 de diciembre de 2013 VISTO: La Ley Nº 4.013, el Decreto Nº 660/11, la Ley Nº 1.624 y sus modificatorias la Ley Nº 3.218 y la Ley Nº 4.059, el Decreto Reglamentario Nº 1.416/07, el Expediente Nº 3.388.879/13, y CONSIDERANDO: Que la Ley del Deporte Nº 1.624, tiene por objeto regular, promover, fiscalizar, y coordinar el deporte amateur y profesional y la actividad físico-recreativa, a nivel comunitario en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, reconociéndole una finalidad social; Que los miembros del Consejo Asesor del Deporte fueron convocados a Asamblea Ordinaria mediante publicación en el Boletín Oficial Nº 3.462 del 16 de julio de 2010, y consecuentemente, el 29 del mismo mes y año se concretó la reunión donde se establecieron las normativas y procedimientos para el otorgamiento de subsidios; Que la Comisión Directiva del Consejo Asesor del Deporte aprobó la planificación financiera anual del Fondo del Deporte, mediante el Acta Nº 14, publicada en el Boletín Oficial Nº 4.109 en fecha 11 de marzo de 2013;

Página Nº 44Nº4328 - 29/01/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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Que por el expediente señalado en el visto, la señora SCHMITT, BETINA ELIZABETH, en carácter de acompañante del deportista amateur menor de edad STOTZ, RALPH NIKOLAS ha presentado una solicitud de subsidio al Fondo del Deporte creado por Ley Nº 1.624, Capítulo V; Que dicha solicitud tiene como finalidad posibilitar la participación del deportista mencionado en el "Campeonato Mundial de Gimnasia de Trampolín Doble Minitramp y Tumbling", a realizarse en la ciudad de Sofía, Bulgaria, entre los días 14 al 17 de noviembre del corriente año; Que conforme Acta Nº 18, de fecha 3 de octubre de 2013, la Comisión Directiva del Consejo Asesor del Deporte realizó la pertinente evaluación, y resolvió favorablemente la solicitud de subsidio en estudio; Que la Dirección General de Deporte Social y Desarrollo Deportivo ha manifestado que presta conformidad al otorgamiento del presente subsidio; Que se ha comunicado la solicitud de subsidio a la Comuna Nº 14 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y obra en las presentes el dictamen jurídico requerido por el artículo 21 del Decreto Nº 1.416/07; Que atento lo dispuesto en el artículo 21 de la Ley Nº 1.624, el Subsecretario de Deportes en su carácter de Presidente del Consejo Asesor del Deporte cuenta con facultades para destinar recursos del Fondo del Deporte a la asistencia del deporte amateur, debiendo el beneficiario realizar rendición de cuentas documentada ante la Autoridad de Aplicación de acuerdo a lo estipulado en la Ley Nº 1.624, Resolución Nº 48/SSDEP/08 y su modificatoria Resolución Nº 50/SSDEP/10. Por ello, y en uso de las facultades legales que le son propias,

EL SUBSECRETARIO DE DEPORTES RESUELVE

Artículo 1º.- Otórgase un subsidio de PESOS DIEZ MIL ($10.000.-) a la señora SCHMITT, BETINA ELIZABETH, DNI N° 16.976.637, CUIL N° 27-16976637-7, en carácter de acompañante del deportista amateur menor de edad STOTZ, RALPH NIKOLAS, DNI Nº 42.025.615, de conformidad con lo previsto en el Capítulo V de la Ley Nº 1.624. Artículo 2º.- Autorízase a la Contaduría General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a emitir la orden de pago correspondiente. Artículo 3º.- La Dirección General de Tesorería deberá depositar el importe señalado en la cuenta CAJA DE AHORRO Nº 3.6007/6 del Banco Ciudad de Buenos Aires, Sucursal Nº 12, Obelisco. Artículo 4º.- El gasto que demande el presente será imputado al programa Nº 82 de Promoción y Desarrollo Deportivo correspondiente al ejercicio del año en curso de esta unidad ejecutora. Artículo 5º.- El beneficiario deberá acreditar la utilización de los fondos recibidos y la participación en la competencia deportiva en el plazo de treinta (30) días corridos contados desde la acreditación de los fondos o bien desde la celebración de la competencia. Artículo 6º.- Regístrese, notifíquese al interesado, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, comuníquese a la Dirección General de Infraestructura y Administración, a la Dirección General de Deporte Social y Desarrollo Deportivo, y remítase para su conocimiento y demás efectos a la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de Desarrollo Económico, a la Dirección General de Contaduría y a la Dirección General de Tesorería del Ministerio de Hacienda. Cumplido, archívese. Irarrazaval

Página Nº 45Nº4328 - 29/01/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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RESOLUCIÓN N.º 599/SSDEP/13

Buenos Aires, 11 de diciembre de 2013 VISTO: La Ley Nº 4.013, el Decreto Nº 660/11, la Ley Nº 1.624 y sus modificatorias la Ley Nº 3.218 y la Ley Nº 4.059, el Decreto Reglamentario Nº 1.416/07, el Expediente Nº 3.388.784/13, y CONSIDERANDO: Que la Ley del Deporte Nº 1.624, tiene por objeto regular, promover, fiscalizar, y coordinar el deporte amateur y profesional y la actividad físico-recreativa, a nivel comunitario en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, reconociéndole una finalidad social; Que los miembros del Consejo Asesor del Deporte fueron convocados a Asamblea Ordinaria mediante publicación en el Boletín Oficial Nº 3.462 del 16 de julio de 2010, y consecuentemente, el 29 del mismo mes y año se concretó la reunión donde se establecieron las normativas y procedimientos para el otorgamiento de subsidios; Que la Comisión Directiva del Consejo Asesor del Deporte aprobó la planificación financiera anual del Fondo del Deporte, mediante el Acta Nº 14, publicada en el Boletín Oficial Nº 4.109 en fecha 11 de marzo de 2013; Que por el expediente señalado en el visto, la señora TOMBESI, ADRIANA MÓNICA, en representación del deportista amateur menor de edad BLANCO, FRANCISCO EMILIO, ha presentado una solicitud de subsidio al Fondo del Deporte creado por Ley Nº 1.624, Capítulo V; Que dicha solicitud tiene como finalidad posibilitar la participación del deportista mencionado en el "Campeonato Mundial de Paracanotaje 2013", a realizarse en la ciudad de Duisburg, Alemania, del 25 al 30 de agosto del corriente año; Que conforme Acta Nº 18, de fecha 3 de octubre de 2013, la Comisión Directiva del Consejo Asesor del Deporte realizó la pertinente evaluación, y resolvió favorablemente la solicitud de subsidio en estudio; Que la Dirección General de Deporte Social y Desarrollo Deportivo ha manifestado que presta conformidad al otorgamiento del presente subsidio; Que se ha comunicado la solicitud de subsidio a la Comuna Nº 7 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y obra en las presentes el dictamen jurídico requerido por el artículo 21 del Decreto Nº 1.416/07; Que atento lo dispuesto en el artículo 21 de la Ley Nº 1.624, el Subsecretario de Deportes en su carácter de Presidente del Consejo Asesor del Deporte cuenta con facultades para destinar recursos del Fondo del Deporte a la asistencia del deporte amateur, debiendo el beneficiario realizar rendición de cuentas documentada ante la Autoridad de Aplicación de acuerdo a lo estipulado en la Ley Nº 1.624, Resolución Nº 48/SSDEP/08 y su modificatoria Resolución Nº 50/SSDEP/10. Por ello, y en uso de las facultades legales que le son propias,

EL SUBSECRETARIO DE DEPORTES RESUELVE

Artículo 1º.- Otórgase un subsidio de PESOS DIEZ MIL ($10.000.-) a la señora TOMBESI, ADRIANA MÓNICA, DNI N° 16.153.873, CUIL N° 27-16153873-1, en representación del deportista amateur menor de edad BLANCO, FRANCISCO EMILIO, DNI Nº 39.287.014, de conformidad con lo previsto en el Capítulo V de la Ley Nº 1.624. Artículo 2º.- Autorízase a la Contaduría General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a emitir la orden de pago correspondiente. Artículo 3º.- La Dirección General de Tesorería deberá depositar el importe señalado en la cuenta CAJA DE AHORRO Nº 3.5973/7 del Banco Ciudad de Buenos Aires, Sucursal Nº 12, Obelisco.

Página Nº 46Nº4328 - 29/01/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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Artículo 4º.- El gasto que demande el presente será imputado al programa Nº 82 de Promoción y Desarrollo Deportivo correspondiente al ejercicio del año en curso de esta unidad ejecutora. Artículo 5º.- El beneficiario deberá acreditar la utilización de los fondos recibidos y la participación en la competencia deportiva en el plazo de treinta (30) días corridos contados desde la acreditación de los fondos o bien desde la celebración de la competencia. Artículo 6º.- Regístrese, notifíquese al interesado, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, comuníquese a la Dirección General de Infraestructura y Administración, a la Dirección General de Deporte Social y Desarrollo Deportivo, y remítase para su conocimiento y demás efectos a la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de Desarrollo Económico, a la Dirección General de Contaduría y a la Dirección General de Tesorería del Ministerio de Hacienda. Cumplido, archívese. Irarrazaval

RESOLUCIÓN N.º 600/SSDEP/13

Buenos Aires, 11 de diciembre de 2013 VISTO: La Ley Nº 4.013, el Decreto Nº 660/11, la Ley Nº 1.624 y sus modificatorias la Ley Nº 3.218 y la Ley Nº 4.059, el Decreto Reglamentario Nº 1.416/07, el Expediente Nº 3.388.798/13, y CONSIDERANDO: Que la Ley del Deporte Nº 1.624, tiene por objeto regular, promover, fiscalizar, y coordinar el deporte amateur y profesional y la actividad físico-recreativa, a nivel comunitario en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, reconociéndole una finalidad social; Que los miembros del Consejo Asesor del Deporte fueron convocados a Asamblea Ordinaria mediante publicación en el Boletín Oficial Nº 3.462 del 16 de julio de 2010, y consecuentemente, el 29 del mismo mes y año se concretó la reunión donde se establecieron las normativas y procedimientos para el otorgamiento de subsidios; Que la Comisión Directiva del Consejo Asesor del Deporte aprobó la planificación financiera anual del Fondo del Deporte, mediante el Acta Nº 14, publicada en el Boletín Oficial Nº 4.109 en fecha 11 de marzo de 2013; Que por el expediente señalado en el visto, el deportista amateur ADORNO, LUCAS TOMÁS, ha presentado una solicitud de subsidio al Fondo del Deporte creado por Ley Nº 1.624, Capítulo V; Que dicha solicitud tiene como finalidad posibilitar la participación del deportista mencionado en el "Campeonato Mundial de Gimnasia de Trampolín", a realizarse en la ciudad de Sofía, Bulgaria, entre los días 3 y 10 de diciembre del corriente año; Que conforme Acta Nº 18, de fecha 3 de octubre de 2013, la Comisión Directiva del Consejo Asesor del Deporte realizó la pertinente evaluación, y resolvió favorablemente la solicitud de subsidio en estudio; Que la Dirección General de Deporte Social y Desarrollo Deportivo ha manifestado que presta conformidad al otorgamiento del presente subsidio; Que se ha comunicado la solicitud de subsidio a la Comuna Nº 1 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y obra en las presentes el dictamen jurídico requerido por el artículo 21 del Decreto Nº 1.416/07;

Página Nº 47Nº4328 - 29/01/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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Que atento lo dispuesto en el artículo 21 de la Ley Nº 1.624, el Subsecretario de Deportes en su carácter de Presidente del Consejo Asesor del Deporte cuenta con facultades para destinar recursos del Fondo del Deporte a la asistencia del deporte amateur, debiendo el beneficiario realizar rendición de cuentas documentada ante la Autoridad de Aplicación de acuerdo a lo estipulado en la Ley Nº 1.624, Resolución Nº 48/SSDEP/08 y su modificatoria Resolución Nº 50/SSDEP/10. Por ello, y en uso de las facultades legales que le son propias,

EL SUBSECRETARIO DE DEPORTES RESUELVE

Artículo 1º.- Otórgase un subsidio de PESOS NUEVE MIL CIENTO VEINTISEIS ($9.126.-) al deportista amateur ADORNO, LUCAS TOMÁS, DNI N° 37.659.670, CUIL N° 20-37659670-3, de conformidad con lo previsto en el Capítulo V de la Ley Nº 1.624. Artículo 2º.- Autorízase a la Contaduría General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a emitir la orden de pago correspondiente. Artículo 3º.- La Dirección General de Tesorería deberá depositar el importe señalado en la cuenta CAJA DE AHORRO Nº 3.6058/8 del Banco Ciudad de Buenos Aires, Sucursal Nº 12, Obelisco. Artículo 4º.- El gasto que demande el presente será imputado al programa Nº 82 de Promoción y Desarrollo Deportivo correspondiente al ejercicio del año en curso de esta unidad ejecutora. Artículo 5º.- El beneficiario deberá acreditar la utilización de los fondos recibidos y la participación en la competencia deportiva en el plazo de treinta (30) días corridos contados desde la acreditación de los fondos o bien desde la celebración de la competencia. Artículo 6º.- Regístrese, notifíquese al interesado, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, comuníquese a la Dirección General de Infraestructura y Administración, a la Dirección General de Deporte Social y Desarrollo Deportivo, y remítase para su conocimiento y demás efectos a la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de Desarrollo Económico, a la Dirección General de Contaduría y a la Dirección General de Tesorería del Ministerio de Hacienda. Cumplido, archívese. Irarrazaval

RESOLUCIÓN N.º 601/SSDEP/13

Buenos Aires, 11 de diciembre de 2013 VISTO: La Ley Nº 4.013, el Decreto Nº 660/11, la Ley Nº 1.624 y sus modificatorias la Ley Nº 3.218 y la Ley Nº 4.059, el Decreto Reglamentario Nº 1.416/07, el Expediente Nº 3.389.835/13, y CONSIDERANDO: Que la Ley del Deporte Nº 1.624, tiene por objeto regular, promover, fiscalizar, y coordinar el deporte amateur y profesional y la actividad físico-recreativa, a nivel comunitario en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, reconociéndole una finalidad social; Que los miembros del Consejo Asesor del Deporte fueron convocados a Asamblea Ordinaria mediante publicación en el Boletín Oficial Nº 3.462 del 16 de julio de 2010, y consecuentemente, el 29 del mismo mes y año se concretó la reunión donde se establecieron las normativas y procedimientos para el otorgamiento de subsidios;

Página Nº 48Nº4328 - 29/01/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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Que la Comisión Directiva del Consejo Asesor del Deporte aprobó la planificación financiera anual del Fondo del Deporte, mediante el Acta Nº 14, publicada en el Boletín Oficial Nº 4.109 en fecha 11 de marzo de 2013; Que por el expediente señalado en el visto, la señora STOLARCZYK, BEATRIZ INES, en representación de la deportista amateur menor de edad HERNANDO, MASIA REBECA ha presentado una solicitud de subsidio al Fondo del Deporte creado por Ley Nº 1.624, Capítulo V; Que dicha solicitud tiene como finalidad posibilitar la participación de la deportista mencionada en el "Campeonato Panamericano de Clubes", a realizarse en la ciudad de El Salvador, México, entre los días 26 de octubre al 4 de noviembre del corriente año; Que conforme Acta Nº 18, de fecha 3 de octubre de 2013, la Comisión Directiva del Consejo Asesor del Deporte realizó la pertinente evaluación, y resolvió favorablemente la solicitud de subsidio en estudio; Que la Dirección General de Deporte Social y Desarrollo Deportivo ha manifestado que presta conformidad al otorgamiento del presente subsidio; Que se ha comunicado la solicitud de subsidio a la Comuna Nº 15 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y obra en las presentes el dictamen jurídico requerido por el artículo 21 del Decreto Nº 1.416/07; Que atento lo dispuesto en el artículo 21 de la Ley Nº 1.624, el Subsecretario de Deportes en su carácter de Presidente del Consejo Asesor del Deporte cuenta con facultades para destinar recursos del Fondo del Deporte a la asistencia del deporte amateur, debiendo el beneficiario realizar rendición de cuentas documentada ante la Autoridad de Aplicación de acuerdo a lo estipulado en la Ley 1.624, Resolución Nº 48/SSDEP/08 y su modificatoria Resolución Nº 50/SSDEP/10. Por ello, y en uso de las facultades legales que le son propias,

EL SUBSECRETARIO DE DEPORTES RESUELVE

Artículo 1º.- Otórgase un subsidio de PESOS OCHO MIL SEISCIENTOS DIECISEIS ($8.616.-) a la señora STOLARCZYK, BEATRIZ INES, DNI N° 16.829.955, CUIL N° 27-16829955-4, en representación de la deportista amateur menor de edad HERNANDO, MASIA REBECA, DNI Nº 41.914.801, de conformidad con lo previsto en el capítulo V de la ley Nº 1.624. Artículo 2º.- Autorízase a la Contaduría General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a emitir la orden de pago correspondiente. Artículo 3º.- La Dirección General de Tesorería deberá depositar el importe señalado en la cuenta CAJA DE AHORRO Nº 2.7020/9 del Banco Ciudad de Buenos Aires, Sucursal Nº 12, Obelisco. Artículo 4º.- El gasto que demande el presente será imputado al programa Nº 82 de Promoción y Desarrollo Deportivo correspondiente al ejercicio del año en curso de esta unidad ejecutora. Artículo 5º.- El beneficiario deberá acreditar la utilización de los fondos recibidos y la participación en la competencia deportiva en el plazo de treinta (30) días corridos contados desde la acreditación de los fondos o bien desde la celebración de la competencia. Artículo 6º.- Regístrese, notifíquese al interesado, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, comuníquese a la Dirección General de Infraestructura y Administración, a la Dirección General de Deporte Social y Desarrollo Deportivo, y remítase para su conocimiento y demás efectos a la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de Desarrollo Económico, a la Dirección General de Contaduría y a la Dirección General de Tesorería del Ministerio de Hacienda. Cumplido, archívese. Irarrazaval

Página Nº 49Nº4328 - 29/01/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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RESOLUCIÓN N.º 602/SSDEP/13

Buenos Aires, 11 de diciembre de 2013 VISTO: La Ley Nº 4.013, el Decreto Nº 660/11, la Ley Nº 1.624 y sus modificatorias la Ley Nº 3.218 y la Ley Nº 4.059, el Decreto Reglamentario Nº 1.416/07, el Expediente Nº 3.444.984/13, y CONSIDERANDO: Que la Ley del Deporte Nº 1.624, tiene por objeto regular, promover, fiscalizar, y coordinar el deporte amateur y profesional y la actividad físico-recreativa, a nivel comunitario en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, reconociéndole una finalidad social; Que los miembros del Consejo Asesor del Deporte fueron convocados a Asamblea Ordinaria mediante publicación en el Boletín Oficial Nº 3.462 del 16 de julio de 2010, y consecuentemente, el 29 del mismo mes y año se concretó la reunión donde se establecieron las normativas y procedimientos para el otorgamiento de subsidios; Que la Comisión Directiva del Consejo Asesor del Deporte aprobó la planificación financiera anual del Fondo del Deporte, mediante el Acta Nº 14, publicada en el Boletín Oficial Nº 4.109 en fecha 11 de marzo de 2013; Que por el expediente señalado en el visto, la señora CARREIRA, MARCELA CLAUDIA en representación de la deportista amateur menor de edad SOLÉ, BRENDA MELINA, ha presentado una solicitud de subsidio al Fondo del Deporte creado por Ley Nº 1.624, Capítulo V; Que dicha solicitud tiene como finalidad posibilitar la participación de la deportista mencionada en el "Campeonato Chico Piscina Mococa", a realizarse en la ciudad de Mococa, Brasil, entre los días 2 al 5 de octubre del corriente año; Que conforme Acta Nº 18, de fecha 3 de octubre de 2013, la Comisión Directiva del Consejo Asesor del Deporte realizó la pertinente evaluación, y resolvió favorablemente la solicitud de subsidio en estudio; Que la Dirección General de Deporte Social y Desarrollo Deportivo ha manifestado que presta conformidad al otorgamiento del presente subsidio; Que se ha comunicado la solicitud de subsidio a la Comuna Nº 15 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y obra en las presentes el dictamen jurídico requerido por el artículo 21 del Decreto Nº 1.416/07; Que atento lo dispuesto en el artículo 21 de la Ley Nº 1.624, el Subsecretario de Deportes en su carácter de Presidente del Consejo Asesor del Deporte cuenta con facultades para destinar recursos del Fondo del Deporte a la asistencia del deporte amateur, debiendo el beneficiario realizar rendición de cuentas documentada ante la Autoridad de Aplicación de acuerdo a lo estipulado en la Ley 1.624, Resolución Nº 48/SSDEP/08 y su modificatoria Resolución Nº 50/SSDEP/10. Por ello, y en uso de las facultades legales que le son propias,

EL SUBSECRETARIO DE DEPORTES RESUELVE

Artículo 1º.- Otórgase un subsidio de PESOS UN MIL NOVECIENTOS TREINTA Y OCHO ($1.938.-) a la señora CARREIRA, MARCELA CLAUDIA, DNI N° 17.363.387, CUIL N° 23-17363387-4, en representación de la deportista amateur menor de edad SOLE, BRENDA MELINA, DNI Nº 40.640.318, de conformidad con lo previsto en el Capítulo V de la Ley Nº 1.624. Artículo 2º.- Autorízase a la Contaduría General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a emitir la orden de pago correspondiente. Artículo 3º.- La Dirección General de Tesorería deberá depositar el importe señalado en la cuenta CAJA DE AHORRO Nº 26660/2 del Banco Ciudad de Buenos Aires, Sucursal Nº 12, Obelisco.

Página Nº 50Nº4328 - 29/01/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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Artículo 4º.- El gasto que demande el presente será imputado al programa Nº 82 de Promoción y Desarrollo Deportivo correspondiente al ejercicio del año en curso de esta unidad ejecutora. Artículo 5º.- El beneficiario deberá acreditar la utilización de los fondos recibidos y la participación en la competencia deportiva en el plazo de treinta (30) días corridos contados desde la acreditación de los fondos o bien desde la celebración de la competencia. Artículo 6º.- Regístrese, notifíquese al interesado, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, comuníquese a la Dirección General de Infraestructura y Administración, a la Dirección General de Deporte Social y Desarrollo Deportivo, y remítase para su conocimiento y demás efectos a la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de Desarrollo Económico, a la Dirección General de Contaduría y a la Dirección General de Tesorería del Ministerio de Hacienda. Cumplido, archívese. Irarrazaval

RESOLUCIÓN N.º 603/SSDEP/13

Buenos Aires, 11 de diciembre de 2013 VISTO: La Ley Nº 4.013, el Decreto Nº 660/11, la Ley Nº 1.624 y sus modificatorias la Ley Nº 3.218 y la Ley Nº 4.059, el Decreto Reglamentario Nº 1.416/07, el Expediente Nº 2.343.658/13, y CONSIDERANDO: Que la Ley del Deporte Nº 1.624, tiene por objeto regular, promover, fiscalizar, y coordinar el deporte amateur y profesional y la actividad físico-recreativa, a nivel comunitario en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, reconociéndole una finalidad social; Que los miembros del Consejo Asesor del Deporte fueron convocados a Asamblea Ordinaria mediante publicación en el Boletín Oficial Nº 3.462 del 16 de julio de 2010, y consecuentemente, el 29 del mismo mes y año se concretó la reunión donde se establecieron las normativas y procedimientos para el otorgamiento de subsidios; Que la Comisión Directiva del Consejo Asesor del Deporte aprobó la planificación financiera anual del Fondo del Deporte, mediante el Acta Nº 14, publicada en el Boletín Oficial Nº 4.109 en fecha 11 de marzo de 2013; Que por el expediente señalado en el visto, la deportista amateur CHAPARRO, SANDRA SUSANA, ha presentado una solicitud de subsidio al Fondo del Deporte creado por Ley N° 1.624, Capítulo V; Que dicha solicitud tiene como finalidad posibilitar la participación de la deportista mencionada en la "18va Copa del Mundo de Hockey Subacuático", a realizarse en la ciudad de Eger, Hungría, del 23 de agosto al 1 de Septiembre del corriente año; Que conforme Acta Nº 18, de fecha 3 de octubre de 2013, la Comisión Directiva del Consejo Asesor del Deporte realizó la pertinente evaluación, y resolvió favorablemente la solicitud de subsidio en estudio; Que la Dirección General de Deporte Social y Desarrollo Deportivo ha manifestado que presta conformidad al otorgamiento del presente subsidio; Que se ha comunicado la solicitud de subsidio a la Comuna Nº 5 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y obra en las presentes el dictamen jurídico requerido por el artículo 21 del Decreto Nº 1.416/07;

Página Nº 51Nº4328 - 29/01/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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Que atento lo dispuesto en el artículo 21 de la Ley 1.624, el Subsecretario de Deportes en su carácter de Presidente del Consejo Asesor del Deporte cuenta con facultades para destinar recursos del Fondo del Deporte a la asistencia del deporte amateur, debiendo el beneficiario realizar rendición de cuentas documentada ante la Autoridad de Aplicación de acuerdo a lo estipulado en la Ley 1.624, Resolución Nº 48/SSDEP/08 y su modificatoria Resolución Nº 50/SSDEP/10. Por ello, y en uso de las facultades legales que le son propias,

EL SUBSECRETARIO DE DEPORTES RESUELVE

Artículo 1º.- Otórgase un subsidio de PESOS DIEZ MIL ($10.000,00.-) a la deportista amateur CHAPARRO, SANDRA SUSANA, DNI N° 23.101.857, CUIL N° 27-23101857-9, de conformidad con lo previsto en el Capítulo V de la Ley N° 1.624. Artículo 2º.- Autorízase a la Contaduría General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a emitir la orden de pago correspondiente. Artículo 3º.- La Dirección General de Tesorería deberá depositar el importe señalado en la cuenta CAJA DE AHORRO Nº 36045/8 del Banco Ciudad de Buenos Aires, Sucursal Nº 12, Obelisco. Artículo 4º.- El gasto que demande el presente será imputado al programa Nº 82 de Promoción y Desarrollo Deportivo correspondiente al ejercicio del año en curso de esta unidad ejecutora. Artículo 5º.- El beneficiario deberá acreditar la utilización de los fondos recibidos y la participación en la competencia deportiva en el plazo de treinta (30) días corridos contados desde la acreditación de los fondos o bien desde la celebración de la competencia. Artículo 6º.- Regístrese, notifíquese al interesado, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, comuníquese a la Dirección General de Infraestructura y Administración, a la Dirección General de Deporte Social y Desarrollo Deportivo, y remítase para su conocimiento y demás efectos a la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de Desarrollo Económico, a la Dirección General de Contaduría y a la Dirección General de Tesorería del Ministerio de Hacienda. Cumplido, archívese. Irarrazaval

RESOLUCIÓN N.º 604/SSDEP/13

Buenos Aires, 11 de diciembre de 2013 VISTO: La Ley Nº 4.013, el Decreto Nº 660/11, la Ley Nº 1.624 y sus modificatorias la Ley Nº 3.218 y la Ley Nº 4.059, el Decreto Reglamentario Nº 1.416/07, el Expediente Nº 1.702.154/13, y CONSIDERANDO: Que la Ley del Deporte Nº 1.624, tiene por objeto regular, promover, fiscalizar, y coordinar el deporte amateur y profesional y la actividad físico-recreativa, a nivel comunitario en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, reconociéndole una finalidad social; Que los miembros del Consejo Asesor del Deporte fueron convocados a Asamblea Ordinaria mediante publicación en el Boletín Oficial Nº 3.462 del 16 de julio de 2010, y consecuentemente, el 29 del mismo mes y año se concretó la reunión donde se establecieron las normativas y procedimientos para el otorgamiento de subsidios; Que la Comisión Directiva del Consejo Asesor del Deporte aprobó la planificación financiera anual del Fondo del Deporte, mediante el Acta Nº 14, publicada en el Boletín Oficial Nº 4.109 en fecha 11 de marzo de 2013;

Página Nº 52Nº4328 - 29/01/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

Page 53: Boletín Oficial...2014/01/29  · Boletín Oficial - Publicación oficial - Ordenanza N 33.701 - Ley N 2739 Reglamentado por Decreto N 964/08 - Director responsable: Dr. Pablo Clusellas

Que por el expediente señalado en el visto, la deportista amateur CARMONA, YANINA ELIZABETH, ha presentado una solicitud de subsidio al Fondo del Deporte creado por Ley N° 1.624, Capítulo V; Que dicha solicitud tiene como finalidad posibilitar la participación de la deportista mencionada en el "24 Campeonato Anual Internacional Aeróbico y 15 de Aeróbica Campeonato Internacional de la Juventud", a realizarse en la ciudad de Las Vegas, Nevada, EE.UU, los días 29 de julio al 4 de agosto del corriente año; Que conforme Acta Nº 18, de fecha 3 de octubre de 2013, la Comisión Directiva del Consejo Asesor del Deporte realizó la pertinente evaluación, y resolvió favorablemente la solicitud de subsidio en estudio; Que la Dirección General de Deporte Social y Desarrollo Deportivo ha manifestado que presta conformidad al otorgamiento del presente subsidio; Que se ha comunicado la solicitud de subsidio a la Comuna Nº 14 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y obra en las presentes el dictamen jurídico requerido por el artículo 21 del Decreto Nº 1.416/07; Que atento lo dispuesto en el artículo 21 de la Ley 1.624, el Subsecretario de Deportes en su carácter de Presidente del Consejo Asesor del Deporte cuenta con facultades para destinar recursos del Fondo del Deporte a la asistencia del deporte amateur, debiendo el beneficiario realizar rendición de cuentas documentada ante la Autoridad de Aplicación de acuerdo a lo estipulado en la Ley 1.624, Resolución Nº 48/SSDEP/08 y su modificatoria Resolución Nº 50/SSDEP/10. Por ello, y en uso de las facultades legales que le son propias,

EL SUBSECRETARIO DE DEPORTES RESUELVE

Artículo 1º.- Otórgase un subsidio de PESOS NUEVE MIL NOVECIENTOS TREINTA Y DOS ($9.932,00.-) a la deportista amateur CARMONA, YANINA ELIZABETH, DNI N° 32.331.183, CUIL N° 27- 32331183-3, de conformidad con lo previsto en el Capítulo V de la Ley N° 1.624. Artículo 2º.- Autorízase a la Contaduría General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a emitir la orden de pago correspondiente. Artículo 3º.- La Dirección General de Tesorería deberá depositar el importe señalado en la cuenta CAJA DE AHORRO Nº 36030/4 del Banco Ciudad de Buenos Aires, Sucursal Nº 12, Obelisco. Artículo 4º.- El gasto que demande el presente será imputado al programa Nº 82 de Promoción y Desarrollo Deportivo correspondiente al ejercicio del año en curso de esta unidad ejecutora. Artículo 5º.- El beneficiario deberá acreditar la utilización de los fondos recibidos y la participación en la competencia deportiva en el plazo de treinta (30) días corridos contados desde la acreditación de los fondos o bien desde la celebración de la competencia. Artículo 6º.- Regístrese, notifíquese al interesado, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, comuníquese a la Dirección General de Infraestructura y Administración, a la Dirección General de Deporte Social y Desarrollo Deportivo, y remítase para su conocimiento y demás efectos a la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de Desarrollo Económico, a la Dirección General de Contaduría y a la Dirección General de Tesorería del Ministerio de Hacienda. Cumplido, archívese. Irarrazaval

RESOLUCIÓN N.º 605/SSDEP/13

Buenos Aires, 11 de diciembre de 2013 VISTO:

Página Nº 53Nº4328 - 29/01/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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La Ley Nº 4.013, el Decreto Nº 660/11, la Ley Nº 1.624 y sus modificatorias la Ley Nº 3.218 y la Ley Nº 4.059, el Decreto Reglamentario Nº 1.416/07, el Expediente Nº 2.636.685/13, y CONSIDERANDO: Que la Ley del Deporte Nº 1.624, tiene por objeto regular, promover, fiscalizar, y coordinar el deporte amateur y profesional y la actividad físico-recreativa, a nivel comunitario en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, reconociéndole una finalidad social; Que los miembros del Consejo Asesor del Deporte fueron convocados a Asamblea Ordinaria mediante publicación en el Boletín Oficial Nº 3.462 del 16 de julio de 2010, y consecuentemente, el 29 del mismo mes y año se concretó la reunión donde se establecieron las normativas y procedimientos para el otorgamiento de subsidios; Que la Comisión Directiva del Consejo Asesor del Deporte aprobó la planificación financiera anual del Fondo del Deporte, mediante el Acta Nº 14, publicada en el Boletín Oficial Nº 4.109 en fecha 11 de marzo de 2013; Que por el expediente señalado en el visto, el deportista amateur CUTRI, SEBASTIÁN RODRIGO, ha presentado una solicitud de subsidio al Fondo del Deporte creado por Ley N° 1.624, Capítulo V; Que dicha solicitud tiene como finalidad posibilitar la participación del deportista mencionado en los "Juegos Mundiales de Cali 2013", a realizarse en la ciudad de Cali, Colombia, del 24 de julio al 4 de agosto del corriente año; Que conforme Acta Nº 18, de fecha 3 de octubre de 2013, la Comisión Directiva del Consejo Asesor del Deporte realizó la pertinente evaluación, y resolvió favorablemente la solicitud de subsidio en estudio; Que la Dirección General de Deporte Social y Desarrollo Deportivo ha manifestado que presta conformidad al otorgamiento del presente subsidio; Que se ha comunicado la solicitud de subsidio a la Comuna Nº 11 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y obra en las presentes el dictamen jurídico requerido por el artículo 21 del Decreto Nº 1.416/07; Que atento lo dispuesto en el artículo 21 de la Ley 1.624, el Subsecretario de Deportes en su carácter de Presidente del Consejo Asesor del Deporte cuenta con facultades para destinar recursos del Fondo del Deporte a la asistencia del deporte amateur, debiendo el beneficiario realizar rendición de cuentas documentada ante la Autoridad de Aplicación de acuerdo a lo estipulado en la Ley 1.624, Resolución Nº 48/SSDEP/08 y su modificatoria Resolución Nº 50/SSDEP/10. Por ello, y en uso de las facultades legales que le son propias,

EL SUBSECRETARIO DE DEPORTES RESUELVE

Artículo 1º.- Otórgase un subsidio de PESOS CINCO MIL TRESCIENTOS

($5.300,00.-) al deportista amateur CUTRI, SEBASTIÁN RODRIGO, DNI N° 26.115.172, CUIL N° 20-26115172-4, de conformidad con lo previsto en el Capítulo V de la Ley N° 1.624. Artículo 2º.- Autorizase a la Contaduría General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a emitir la orden de pago correspondiente. Artículo 3º.- La Dirección General de Tesorería deberá depositar el importe señalado en la cuenta CAJA DE AHORRO Nº 36140/6 del Banco Ciudad de Buenos Aires, Sucursal Nº 12, Obelisco. Artículo 4º.- El gasto que demande el presente será imputado al programa Nº 82 de Promoción y Desarrollo Deportivo correspondiente al ejercicio del año en curso de esta unidad ejecutora. Artículo 5º.- El beneficiario deberá acreditar la utilización de los fondos recibidos y la participación en la competencia deportiva en el plazo de treinta (30) días corridos contados desde la acreditación de los fondos o bien desde la celebración de la competencia.

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Artículo 6º.- Regístrese, notifíquese al interesado, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, comuníquese a la Dirección General de Infraestructura y Administración, a la Dirección General de Deporte Social y Desarrollo Deportivo, y remítase para su conocimiento y demás efectos a la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de Desarrollo Económico, a la Dirección General de Contaduría y a la Dirección General de Tesorería del Ministerio de Hacienda. Cumplido, archívese. Irarrazaval

RESOLUCIÓN N.º 606/SSDEP/13

Buenos Aires, 11 de diciembre de 2013 VISTO: La Ley Nº 4.013, el Decreto Nº 660/11, la Ley Nº 1.624 y sus modificatorias la Ley Nº 3.218 y la Ley Nº 4.059, el Decreto Reglamentario Nº 1.416/07, el Expediente Nº 2.642.168/13, y CONSIDERANDO: Que la Ley del Deporte Nº 1.624, tiene por objeto regular, promover, fiscalizar, y coordinar el deporte amateur y profesional y la actividad físico-recreativa, a nivel comunitario en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, reconociéndole una finalidad social; Que los miembros del Consejo Asesor del Deporte fueron convocados a Asamblea Ordinaria mediante publicación en el Boletín Oficial Nº 3.462 del 16 de julio de 2010, y consecuentemente, el 29 del mismo mes y año se concretó la reunión donde se establecieron las normativas y procedimientos para el otorgamiento de subsidios; Que la Comisión Directiva del Consejo Asesor del Deporte aprobó la planificación financiera anual del Fondo del Deporte, mediante el Acta Nº 14, publicada en el Boletín Oficial Nº 4.109 en fecha 11 de marzo de 2013; Que por el expediente señalado en el visto, el señor deportista amateur ANTELO, CHRISTIAN ANGEL, ha presentado una solicitud de subsidio al Fondo del Deporte creado por Ley N° 1.624, Capítulo V; Que dicha solicitud tiene como finalidad posibilitar la participación del deportista mencionado en el "Torneo Mundial de Kuoshu", a realizarse en la ciudad de Taipei, Taiwan, del 24 al 25 de agosto del corriente año; Que conforme Acta Nº 18, de fecha 3 de octubre de 2013, la Comisión Directiva del Consejo Asesor del Deporte realizó la pertinente evaluación, y resolvió favorablemente la solicitud de subsidio en estudio; Que la Dirección General de Deporte Social y Desarrollo Deportivo ha manifestado que presta conformidad al otorgamiento del presente subsidio; Que se ha comunicado la solicitud de subsidio a la Comuna Nº 5 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y obra en las presentes el dictamen jurídico requerido por el artículo 21 del Decreto Nº 1.416/07; Que atento lo dispuesto en el artículo 21 de la Ley 1.624, el Subsecretario de Deportes en su carácter de Presidente del Consejo Asesor del Deporte cuenta con facultades para destinar recursos del Fondo del Deporte a la asistencia del deporte amateur, debiendo el beneficiario realizar rendición de cuentas documentada ante la Autoridad de Aplicación de acuerdo a lo estipulado en la Ley 1.624, Resolución Nº 48/SSDEP/08 y su modificatoria Resolución Nº 50/SSDEP/10. Por ello, y en uso de las facultades legales que le son propias,

EL SUBSECRETARIO DE DEPORTES RESUELVE

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Artículo 1º.- Otórgase un subsidio de PESOS DIEZ MIL ($10.000,00.-) al deportista amateur ANTELO, CHRISTIAN ANGEL, DNI N° 25.848.695, CUIL N° 20-25848695-2, de conformidad con lo previsto en el Capítulo V de la Ley N° 1.624. Artículo 2º.- Autorizase a la Contaduría General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a emitir la orden de pago correspondiente. Artículo 3º.- La Dirección General de Tesorería deberá depositar el importe señalado en la cuenta CAJA DE AHORRO Nº 36027/4 del Banco Ciudad de Buenos Aires, Sucursal Nº 12, Obelisco. Artículo 4º.- El gasto que demande el presente será imputado al programa Nº 82 de Promoción y Desarrollo Deportivo correspondiente al ejercicio del año en curso de esta unidad ejecutora. Artículo 5º.- El beneficiario deberá acreditar la utilización de los fondos recibidos y la participación en la competencia deportiva en el plazo de treinta (30) días corridos contados desde la acreditación de los fondos o bien desde la celebración de la competencia. Artículo 6º.- Regístrese, notifíquese al interesado, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, comuníquese a la Dirección General de Infraestructura y Administración, a la Dirección General de Deporte Social y Desarrollo Deportivo, y remítase para su conocimiento y demás efectos a la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de Desarrollo Económico, a la Dirección General de Contaduría y a la Dirección General de Tesorería del Ministerio de Hacienda. Cumplido, archívese. Irarrazaval

RESOLUCIÓN N.º 607/SSDEP/13

Buenos Aires, 11 de diciembre de 2013 VISTO: La Ley Nº 4.013, el Decreto Nº 660/11, la Ley Nº 1.624 y sus modificatorias la Ley Nº 3.218 y la Ley Nº 4.059, el Decreto Reglamentario Nº 1.416/07, el Expediente Nº 2.636.659/13, y CONSIDERANDO: Que la Ley del Deporte Nº 1.624, tiene por objeto regular, promover, fiscalizar, y coordinar el deporte amateur y profesional y la actividad físico-recreativa, a nivel comunitario en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, reconociéndole una finalidad social; Que los miembros del Consejo Asesor del Deporte fueron convocados a Asamblea Ordinaria mediante publicación en el Boletín Oficial Nº 3.462 del 16 de julio de 2010, y consecuentemente, el 29 del mismo mes y año se concretó la reunión donde se establecieron las normativas y procedimientos para el otorgamiento de subsidios; Que la Comisión Directiva del Consejo Asesor del Deporte aprobó la planificación financiera anual del Fondo del Deporte, mediante el Acta Nº 14, publicada en el Boletín Oficial Nº 4.109 en fecha 11 de marzo de 2013; Que por el expediente señalado en el visto, el señor deportista amateur BOVE, NICOLÁS, ha presentado una solicitud de subsidio al Fondo del Deporte creado por Ley N° 1.624, Capítulo V; Que dicha solicitud tiene como finalidad posibilitar la participación del deportista mencionado en los "Juegos Mundiales de Cali 2013", a realizarse en la ciudad de Cali, Colombia, del 24 de julio al 4 de agosto del corriente año; Que conforme Acta Nº 18, de fecha 3 de octubre de 2013, la Comisión Directiva del Consejo Asesor del Deporte realizó la pertinente evaluación, y resolvió favorablemente la solicitud de subsidio en estudio; Que la Dirección General de Deporte Social y Desarrollo Deportivo ha manifestado que presta conformidad al otorgamiento del presente subsidio;

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Que se ha comunicado la solicitud de subsidio a la Comuna Nº 13 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y obra en las presentes el dictamen jurídico requerido por el artículo 21 del Decreto Nº 1.416/07; Que atento lo dispuesto en el artículo 21 de la Ley 1.624, el Subsecretario de Deportes en su carácter de Presidente del Consejo Asesor del Deporte cuenta con facultades para destinar recursos del Fondo del Deporte a la asistencia del deporte amateur, debiendo el beneficiario realizar rendición de cuentas documentada ante la Autoridad de Aplicación de acuerdo a lo estipulado en la Ley 1.624, Resolución Nº 48/SSDEP/08 y su modificatoria Resolución Nº 50/SSDEP/10. Por ello, y en uso de las facultades legales que le son propias,

EL SUBSECRETARIO DE DEPORTES RESUELVE

Artículo 1º.- Otórgase un subsidio de PESOS CINCO MIL TRESCIENTOS ($5.300,00.-) al deportista amateur BOVE, NICOLÁS, DNI N° 28.034.013, CUIL N° 20-28034013-9, de conformidad con lo previsto en el Capítulo V de la Ley N° 1.624. Artículo 2º.- Autorízase a la Contaduría General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a emitir la orden de pago correspondiente. Artículo 3º.- La Dirección General de Tesorería deberá depositar el importe señalado en la cuenta CAJA DE AHORRO Nº 4308/9 del Banco Ciudad de Buenos Aires, Sucursal Nº 8, Núñez. Artículo 4º.- El gasto que demande el presente será imputado al programa Nº 82 de Promoción y Desarrollo Deportivo correspondiente al ejercicio del año en curso de esta unidad ejecutora. Artículo 5º.- El beneficiario deberá acreditar la utilización de los fondos recibidos y la participación en la competencia deportiva en el plazo de treinta (30) días corridos contados desde la acreditación de los fondos o bien desde la celebración de la competencia. Artículo 6º.- Regístrese, notifíquese al interesado, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, comuníquese a la Dirección General de Infraestructura y Administración, a la Dirección General de Deporte Social y Desarrollo Deportivo, y remítase para su conocimiento y demás efectos a la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de Desarrollo Económico, a la Dirección General de Contaduría y a la Dirección General de Tesorería del Ministerio de Hacienda. Cumplido, archívese. Irarrazaval

RESOLUCIÓN N.º 608/SSDEP/13

Buenos Aires, 11 de diciembre de 2013 VISTO: La Ley Nº 4.013, el Decreto Nº 660/11, la Ley Nº 1.624 y sus modificatorias la Ley Nº 3.218 y la Ley Nº 4.059, el Decreto Reglamentario Nº 1.416/07, la Ley Nº 1.807, el Decreto Nº 1.377/07, la Resolución Nº 48/SSDEP/08 y su modificatoria la Resolución Nº 50/SSDEP/10, el Expediente Nº 1.696.837/13, y CONSIDERANDO: Que la Ley del Deporte Nº 1.624, tiene por objeto regular, promover, fiscalizar, y coordinar el deporte amateur y profesional y la actividad físico-recreativa, a nivel comunitario en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, reconociéndole una finalidad social;

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Que los miembros del Consejo Asesor del Deporte fueron convocados a Asamblea Ordinaria mediante publicación en el Boletín Oficial Nº 3.462 del 16 de julio de 2010, y consecuentemente, el 29 del mismo mes y año se concretó la reunión donde se establecieron las normativas y procedimientos para el otorgamiento de subsidios; Que la Comisión Directiva del Consejo Asesor del Deporte aprobó la planificación financiera anual del Fondo del Deporte, mediante el Acta Nº 14, publicada en el Boletín Oficial Nº 4.109 en fecha 11 de marzo de 2013; Que por el expediente señalado en el visto, la ASOCIACIÓN CIVIL METROPOLITANA DE PADDLE ha presentado solicitud de subsidio al Fondo del Deporte creado por Ley N º 1.624, Capítulo V; Que dicha solicitud se acompaña con un Proyecto de Promoción y Desarrollo Deportivo que consiste en promocionar la práctica del deporte con el objetivo de acercar a niños y jóvenes para iniciar su formación deportiva y proyectarlos como jugadores en edades mayores. A tal fin se propone realizar actividades participativas y competitivas en los distintos clubes de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que la mencionada institución ha presentado los presupuestos respectivos para llevar a cabo el proyecto; Que el peticionario se encuentra inscripto en el Registro Único de Instituciones Deportivas (R.U.I.D.) dependiente de esta Subsecretaría de Deportes, con el Nº 40; Que conforme Acta Nº 18, de fecha 3 de Octubre de 2013, la Comisión Directiva del Consejo Asesor del Deporte realizó la pertinente evaluación, y resolvió favorablemente la solicitud de subsidio en estudio; Que la Gerencia Operativa de Clubes de Barrio y Federaciones ha informado que considera viable al proyecto, sugiriendo el monto que estima conveniente otorgar, y la Dirección General de Deporte Social y Desarrollo Deportivo de la cual depende ha manifestado que presta conformidad al otorgamiento del presente subsidio; Que se ha comunicado la solicitud de subsidio a la Comuna Nº 1 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y obra en las presentes el dictamen jurídico requerido por el artículo 21 del Decreto Nº 1.416/07; Que atendiendo a la disponibilidad presupuestaría y habiendo considerado la evaluación efectuada; se ha decidido que los montos a otorgar estén en

concordancia con la viabilidad de los proyectos presentados y la necesidad de asistir a la mayor cantidad de solicitantes posibles; Que atento lo dispuesto en el artículo 21 de la Ley Nº 1.624, el Subsecretario de Deportes, cuenta con facultades para otorgar a instituciones deportivas y deportistas, subsidios destinados al desarrollo y promoción del deporte amateur, debiendo el beneficiario presentar una rendición de cuentas documentada ante la autoridad de aplicación, de acuerdo a lo estipulado en la Resolución Nº 48/SSDEP/08 y su modificatoria la Resolución Nº 50/SSDEP/2010. Por ello, y en uso de las facultades legales que le son propias,

EL SUBSECRETARIO DE DEPORTES RESUELVE

Artículo 1º.- Otórgase a la ASOCIACIÓN CIVIL METROPOLITANA DE PADDLE (denominación conforme AFIP: ASOC METROPOLITANA DE PADDLE), Nº de R.U.I.D. 40, CUIT Nº 30-68006732-1, un subsidio para ser aplicado a las acciones planteadas en el proyecto presentado, por el monto de PESOS CUARENTA MIL ($ 40.000,00.-) de conformidad con lo previsto en el Capítulo V de la Ley Nº 1.624. Artículo 2º.- Autorízase a la Contaduría General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a emitir la orden de pago correspondiente. Artículo 3º.- El beneficiario deberá proceder a la apertura de una cuenta corriente o caja de ahorro en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires, Casa Matriz o Sucursales, a los fines de que el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires deposite las sumas correspondientes. El beneficiario deberá comunicar los datos de la apertura de la cuenta precitada a la Dirección General de Tesorería.

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Artículo 4º.- El gasto que demande el presente será imputado al Programa Nº 82 de Promoción y Desarrollo Deportivo correspondiente al ejercicio del año en curso de esta unidad ejecutora. Artículo 5º.- El beneficiario deberá acreditar la utilización de los fondos recibidos y la realización del Proyecto Deportivo en el plazo de ciento ochenta (180) días corridos desde la acreditación de los fondos, o bien en el plazo de treinta (30) días corridos desde la fecha de la actividad de cierre en caso de implicar la ejecución del mismo un término mayor. Artículo 6º.- Regístrese, notifíquese al interesado, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, comuníquese a la Dirección General de Infraestructura y Administración, a la Dirección General de Deporte Social y Desarrollo Deportivo, y remítase para su conocimiento y demás efectos a la Dirección General Técnica Administrativa y Legal del Ministerio de Desarrollo Económico, a la Dirección General de Contaduría del Ministerio de Hacienda y a la Dirección General Tesorería del Ministerio de Hacienda. Cumplido, archívese. Irarrazaval

RESOLUCIÓN N.º 609/SSDEP/13

Buenos Aires, 13 de diciembre de 2013 VISTO: La Ley Nº 4.013, el Decreto Nº 660/11, la Ley Nº 1.624 y sus modificatorias la Ley Nº 3.218 y la Ley Nº 4.059, el Decreto Reglamentario Nº 1.416/07, el Expediente Nº 6.517.838/13, y CONSIDERANDO: Que la Ley del Deporte Nº 1.624, tiene por objeto regular, promover, fiscalizar, y coordinar el deporte amateur y profesional y la actividad físico-recreativa, a nivel comunitario en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, reconociéndole una finalidad social; Que los miembros del Consejo Asesor del Deporte fueron convocados a Asamblea Ordinaria mediante publicación en el Boletín Oficial Nº 3.462 del 16 de julio de 2010, y consecuentemente, el 29 del mismo mes y año se concretó la reunión donde se establecieron las normativas y procedimientos para el otorgamiento de subsidios; Que la Comisión Directiva del Consejo Asesor del Deporte aprobó la planificación financiera anual del Fondo del Deporte, mediante el Acta Nº 14, publicada en el Boletín Oficial Nº 4.109 en fecha 11 de marzo de 2013; Que por el expediente señalado en el visto, el señor BENITEZ, CARLOS ROQUE, en carácter de acompañante de la deportista amateur menor de edad CURA, NAIMID YAMILE, ha presentado una solicitud de subsidio al Fondo del Deporte creado por Ley Nº 1.624, Capítulo V; Que dicha solicitud tiene como finalidad posibilitar la participación de la deportista mencionada en el campeonato "ISF Gymnasiade 2013, Juegos Escolares Mundiales", a realizarse en la ciudad de Brasilia, Brasil, entre los días 27 de noviembre al 04 de diciembre del corriente año; Que conforme Acta Nº 20, de fecha 27 de noviembre de 2013, la Comisión Directiva del Consejo Asesor del Deporte realizó la pertinente evaluación, y resolvió favorablemente la solicitud de subsidio en estudio; Que la Dirección General de Deporte Social y Desarrollo Deportivo ha manifestado que presta conformidad al otorgamiento del presente subsidio; Que se ha comunicado la solicitud de subsidio a la Comuna Nº 7 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y obra en las presentes el dictamen jurídico requerido por el artículo 21 del Decreto Nº 1.416/07;

Página Nº 59Nº4328 - 29/01/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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Que atento lo dispuesto en el artículo 21 de la Ley Nº 1.624, el Subsecretario de Deportes en su carácter de Presidente del Consejo Asesor del Deporte cuenta con facultades para destinar recursos del Fondo del Deporte a la asistencia del deporte amateur, debiendo el beneficiario realizar rendición de cuentas documentada ante la Autoridad de Aplicación de acuerdo a lo estipulado en la Ley 1.624, Resolución Nº 48/SSDEP/08 y su modificatoria Resolución Nº 50/SSDEP/10. Por ello, y en uso de las facultades legales que le son propias,

EL SUBSECRETARIO DE DEPORTES RESUELVE

Artículo 1º.- Otórgase un subsidio de PESOS TRES MIL SETECIENTOS CUARENTA Y SEIS ($3.746.-) al señor BENITEZ, CARLOS ROQUE, DNI N° 11.755.595, CUIL N° 20-11755595-0, en carácter de acompañante de la deportista amateur menor de edad CURA, NAIMID YAMILE, DNI Nº 41.078.448, de conformidad con lo previsto en el Capítulo V de la Ley N° 1.624. Artículo 2º.- Autorizase a la Contaduría General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a emitir la orden de pago correspondiente. Artículo 3º.- La Dirección General de Tesorería deberá depositar el importe señalado en la cuenta CAJA DE AHORRO Nº 36280/5 del Banco Ciudad de Buenos Aires, Sucursal Nº 12, Obelisco. Artículo 4º.- El gasto que demande el presente será imputado al programa Nº 82 de Promoción y Desarrollo Deportivo correspondiente al ejercicio del año en curso de esta unidad ejecutora. Artículo 5º.- El beneficiario deberá acreditar la utilización de los fondos recibidos y la participación en la competencia deportiva en el plazo de treinta (30) días corridos contados desde la acreditación de los fondos o bien desde la celebración de la competencia. Artículo 6º.- Regístrese, notifíquese al interesado, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, comuníquese a la Dirección General de Infraestructura y Administración, a la Dirección General de Deporte Social y Desarrollo Deportivo, y remítase para su conocimiento y demás efectos a la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de Desarrollo Económico, a la Dirección General de Contaduría y a la Dirección General de Tesorería del Ministerio de Hacienda. Cumplido, archívese. Irarrazaval

RESOLUCIÓN N.º 610/SSDEP/13

Buenos Aires, 13 de diciembre de 2013 VISTO: La Ley Nº 4.013, el Decreto Nº 660/11, la Ley Nº 1.624 y sus modificatorias la Ley Nº 3.218 y la Ley Nº 4.059, el Decreto Reglamentario Nº 1.416/07, el Expediente Nº 2.636.721/13, y CONSIDERANDO: Que la Ley del Deporte Nº 1.624, tiene por objeto regular, promover, fiscalizar, y coordinar el deporte amateur y profesional y la actividad físico-recreativa, a nivel comunitario en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, reconociéndole una finalidad social; Que los miembros del Consejo Asesor del Deporte fueron convocados a Asamblea Ordinaria mediante publicación en el Boletín Oficial Nº 3.462 del 16 de julio de 2010, y consecuentemente, el 29 del mismo mes y año se concretó la reunión donde se establecieron las normativas y procedimientos para el otorgamiento de subsidios;

Página Nº 60Nº4328 - 29/01/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

Page 61: Boletín Oficial...2014/01/29  · Boletín Oficial - Publicación oficial - Ordenanza N 33.701 - Ley N 2739 Reglamentado por Decreto N 964/08 - Director responsable: Dr. Pablo Clusellas

Que la Comisión Directiva del Consejo Asesor del Deporte aprobó la planificación financiera anual del Fondo del Deporte, mediante el Acta Nº 14, publicada en el Boletín Oficial Nº 4.109 en fecha 11 de marzo de 2013; Que por el expediente señalado en el visto, el deportista amateur CARDONE, MARIANO, ha presentado una solicitud de subsidio al Fondo del Deporte creado por Ley Nº 1.624, Capítulo V; Que dicha solicitud tiene como finalidad posibilitar la participación del deportista mencionado en los "Juegos Mundiales de Cali 2013", a realizarse en la ciudad de Cali, Colombia, del 24 de julio al 4 de agosto del corriente año; Que conforme Acta Nº 18, de fecha 3 de octubre de 2013, la Comisión Directiva del Consejo Asesor del Deporte realizó la pertinente evaluación, y resolvió favorablemente la solicitud de subsidio en estudio; Que la Dirección General de Deporte Social y Desarrollo Deportivo ha manifestado que presta conformidad al otorgamiento del presente subsidio; Que se ha comunicado la solicitud de subsidio a la Comuna Nº 11 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y obra en las presentes el dictamen jurídico requerido por el artículo 21 del Decreto Nº 1.416/07; Que atento lo dispuesto en el artículo 21 de la Ley Nº 1.624, el Subsecretario de Deportes en su carácter de Presidente del Consejo Asesor del Deporte cuenta con facultades para destinar recursos del Fondo del Deporte a la asistencia del deporte amateur, debiendo el beneficiario realizar rendición de cuentas documentada ante la Autoridad de Aplicación de acuerdo a lo estipulado en la Ley 1.624, Resolución Nº 48/SSDEP/08 y su modificatoria Resolución Nº 50/SSDEP/10. Por ello, y en uso de las facultades legales que le son propias,

EL SUBSECRETARIO DE DEPORTES RESUELVE

Artículo 1º.- Otórgase un subsidio de PESOS CINCO MIL TRESCIENTOS ($5.300.-) al deportista amateur CARDONE, MARIANO, DNI N° 34.648.605, CUIL N° 20-34648605-9, de conformidad con lo previsto en el Capítulo V de la Ley Nº 1.624. Artículo 2º.- Autorízase a la Contaduría General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a emitir la orden de pago correspondiente. Artículo 3º.- La Dirección General de Tesorería deberá depositar el importe señalado en la cuenta CAJA DE AHORRO Nº 36142/0 del Banco Ciudad de Buenos Aires, Sucursal Nº 12, Obelisco. Artículo 4º.- El gasto que demande el presente será imputado al programa Nº 82 de Promoción y Desarrollo Deportivo correspondiente al ejercicio del año en curso de esta unidad ejecutora. Artículo 5º.- El beneficiario deberá acreditar la utilización de los fondos recibidos y la participación en la competencia deportiva en el plazo de treinta (30) días corridos contados desde la acreditación de los fondos o bien desde la celebración de la competencia. Artículo 6º.- Regístrese, notifíquese al interesado, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, comuníquese a la Dirección General de Infraestructura y Administración, a la Dirección General de Deporte Social y Desarrollo Deportivo, y remítase para su conocimiento y demás efectos a la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de Desarrollo Económico, a la Dirección General de Contaduría y a la Dirección General de Tesorería del Ministerio de Hacienda. Cumplido, archívese. Irarrazaval

Página Nº 61Nº4328 - 29/01/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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RESOLUCIÓN N.º 611/SSDEP/13

Buenos Aires, 13 de diciembre de 2013 VISTO: La Ley Nº 4.013, el Decreto Nº 660/11, la Ley Nº 1.624 y sus modificatorias la Ley Nº 3.218 y la Ley Nº 4.059, el Decreto Reglamentario Nº 1.416/07, el Expediente Nº 2.435.474/13, y CONSIDERANDO: Que la Ley del Deporte Nº 1.624, tiene por objeto regular, promover, fiscalizar, y coordinar el deporte amateur y profesional y la actividad físico-recreativa, a nivel comunitario en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, reconociéndole una finalidad social; Que los miembros del Consejo Asesor del Deporte fueron convocados a Asamblea Ordinaria mediante publicación en el Boletín Oficial Nº 3.462 del 16 de julio de 2010, y consecuentemente, el 29 del mismo mes y año se concretó la reunión donde se establecieron las normativas y procedimientos para el otorgamiento de subsidios; Que la Comisión Directiva del Consejo Asesor del Deporte aprobó la planificación financiera anual del Fondo del Deporte, mediante el Acta Nº 14, publicada en el Boletín Oficial Nº 4.109 en fecha 11 de marzo de 2013; Que dicha Comisión reglamentó, mediante Acta Nº 13, de fecha 27 de noviembre de 2012, el otorgamiento de becas a jóvenes deportistas amateurs cuyas solicitudes hayan sido avaladas por Federaciones Deportivas Metropolitanas, por un monto total de PESOS DOCE MIL ($12.000.-) por solicitante, con el objeto de apoyar económicamente su desarrollo deportivo durante el año 2014; Que por el expediente señalado en el visto, la señora PEÑAS, MARÍA SOL, en representación del deportista amateur menor de edad BERMUDEZ, SANTIAGO TOBÍAS, ha presentado una solicitud de subsidio al Fondo del Deporte creado por Ley Nº 1.624, Capítulo V; Que la presente solicitud se encuentra avalada por la FEDERACIÓN METROPOLITANA DE BALONMANO, la cual ha seleccionado al mencionado deportista amateur en consideración de su dedicación, rendimiento y proyección en el referido deporte; Que conforme Acta Nº 18, de fecha 3 de octubre de 2013, la comisión Directiva del Consejo Asesor del Deporte realizó la pertinente evaluación y resolvió favorablemente la solicitud de beca en estudio; Que se ha comunicado la solicitud de subsidio a la comuna de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires donde la institución deportiva que avala la presente solicitud tiene su domicilio, y obra en las presentes el dictamen jurídico requerido por el artículo 21 del Decreto Nº 1.416/07; Que atento a lo dispuesto en el artículo 21 de la Ley Nº 1.624, el Subsecretario de Deportes en su carácter de Presidente del Consejo Asesor del Deporte cuenta con facultades para destinar recursos del Fondo del Deporte a la asistencia del deporte amateur, debiendo el beneficiario de acuerdo con lo indicado por la Comisión Directiva del Consejo Asesor del Deporte, en fecha 27 de noviembre de 2012, presentar un

informe, avalado por la federación correspondiente, sobre la evaluación y desempeño del deportista durante el año 2014. Por ello, y en uso de las facultades legales que le son propias,

EL SUBSECRETARIO DE DEPORTES

RESUELVE

Página Nº 62Nº4328 - 29/01/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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Artículo 1º.- Otórgase a la señora PEÑAS, MARÍA SOL, DNI Nº 20.956.361, CUIL Nº 23-20956361-4, en representación del deportista amateur menor de edad BERMUDEZ, SANTIAGO TOBÍAS, DNI Nº 41.354.064, una beca de PESOS DOCE MIL ($12.000.-), de conformidad con lo previsto en el Capítulo V de la Ley Nº 1.624. Artículo 2º.- Autorizase a la Contaduría General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a emitir la orden de pago correspondiente. Artículo 3º.- La Dirección General de Tesorería deberá depositar el importe señalado en la cuenta CAJA DE AHORRO Nº 35997/3 del Banco Ciudad de Buenos Aires, Sucursal Nº 12, Obelisco. Artículo 4º.- El gasto que demande el presente será imputado al programa Nº 82 de Promoción y Desarrollo Deportivo correspondiente al ejercicio del año en curso de esta unidad ejecutora. Artículo 5º.- El beneficiario deberá presentar, en diciembre del año 2014, un informe, avalado por la federación correspondiente, sobre la evaluación y desempeño del deportista durante ese año. Artículo 6º.- Regístrese, notifíquese al interesado, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, comuníquese a la Dirección General de Infraestructura y Administración, a la Dirección General de Deporte Social y Desarrollo Deportivo, y remítase para su conocimiento y demás efectos a la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de Desarrollo Económico, a la Dirección General de Contaduría y a la Dirección General de Tesorería del Ministerio de Hacienda. Cumplido, archívese. Irarrazaval

RESOLUCIÓN N.º 630/SSDEP/13

Buenos Aires, 19 de diciembre de 2013

VISTO: La Ley Nº 4.013, el Decreto Nº 660/11, la Ley Nº 1.624 y sus modificatorias la Ley Nº 3.218 y la Ley Nº 4.059, el Decreto Reglamentario Nº 1.416/07, la Ley Nº 1.807, el Decreto Nº 1.377/07, la Resolución Nº 48/SSDEP/08 y su modificatoria la Resolución Nº 50/SSDEP/10, el Expediente Nº 6.620.872/13, y CONSIDERANDO: Que la Ley del Deporte Nº 1.624, tiene por objeto regular, promover, fiscalizar, y coordinar el deporte amateur y profesional y la actividad físico-recreativa, a nivel comunitario en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, reconociéndole una finalidad social; Que los miembros del Consejo Asesor del Deporte fueron convocados a Asamblea Ordinaria mediante publicación en el Boletín Oficial Nº 3.462 del 16 de julio de 2010, y consecuentemente, el 29 del mismo mes y año se concretó la reunión donde se establecieron las normativas y procedimientos para el otorgamiento de subsidios; Que la Comisión Directiva del Consejo Asesor del Deporte aprobó la planificación financiera anual del Fondo del Deporte, mediante el Acta Nº 14, publicada en el Boletín Oficial Nº 4.109 en fecha 11 de marzo de 2013; Que la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ha sido seleccionada como sede de la tercera edición de los Juegos Olímpicos de la Juventud, la cual se celebrará en el año 2018, representando esto una oportunidad e incentivo para el fomento del deporte entre los jóvenes de la Ciudad;

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Que en Acta N° 20, de fecha 27 de noviembre de 2013, la Comisión Directiva del Consejo Asesor del Deporte aprobó el otorgamiento de ayudas económicas del Fondo del Deporte, creado por Ley N º 1.624, Capítulo V, en virtud del "Plan Estratégico Juegos Olímpicos 2018", a proyectos especiales presentados por Federaciones Deportivas con el objeto de colaborar en la promoción y el fortalecimiento de disciplinas deportivas de carácter olímpico; Que en dicho marco y por el expediente señalado en el visto, la FEDERACIÓN DE ESGRIMA DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES ha presentado solicitud de subsidio acompañado de un Proyecto Deportivo el cual fuera evaluado y resuelto favorablemente en la reunión de la Comisión Directiva del Consejo Asesor del Deporte indicada en el párrafo que antecede; Que el peticionario se encuentra inscripto en el Registro Único de Instituciones Deportivas (R.U.I.D.) dependiente de esta Subsecretaría de Deportes, con el Nº 12; Que la Gerencia Operativa de Clubes de Barrio y Federaciones ha informado que considera viable al proyecto, sugiriendo otorgar un monto de PESOS CIENTO VEINTE MIL ($120.000.-), y la Dirección General de Deporte Social y Desarrollo Deportivo de la cual depende ha manifestado que presta conformidad al otorgamiento del presente subsidio;

Que se ha comunicado la solicitud de subsidio a la Comuna Nº 2 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y obra en las presentes el dictamen jurídico requerido por el artículo 21 del Decreto Nº 1.416/07; Que atendiendo a la disponibilidad presupuestaría y habiendo considerado la evaluación efectuada; se ha decidido que los montos a otorgar estén en concordancia con la viabilidad de los proyectos presentados y la necesidad de asistir a la mayor cantidad de solicitantes posibles; Que atento lo dispuesto en el artículo 21 de la Ley Nº 1.624, el Subsecretario de Deportes, cuenta con facultades para otorgar a instituciones deportivas y deportistas, subsidios destinados al desarrollo y promoción del deporte amateur, debiendo el beneficiario presentar una rendición de cuentas documentada ante la autoridad de aplicación, de acuerdo a lo estipulado en la Resolución Nº 48/SSDEP/08 y su modificatoria la Resolución Nº 50/SSDEP/2010. Por ello, y en uso de las facultades legales que le son propias,

EL SUBSECRETARIO DE DEPORTES RESUELVE

Artículo 1º.- Otórgase a la FEDERACIÓN DE ESGRIMA DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES (denominación conforme AFIP: FEDERACIÓN ESGRIMA DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES), Nº de R.U.I.D. 12, CUIT Nº 30-67816952-4, un subsidio para ser aplicado a las acciones planteadas en el Proyecto Deportivo presentado, por el monto de PESOS CIENTO VEINTE MIL ($ 120.000.-) de conformidad con lo previsto en Capítulo V de la Ley Nº 1.624. Artículo 2º.- Autorízase a la Contaduría General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a emitir la orden de pago correspondiente. Artículo 3º.- El beneficiario deberá proceder a la apertura de una cuenta corriente o caja de ahorro en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires, Casa Matriz o Sucursales, a los fines de que el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires deposite las sumas correspondientes. El beneficiario deberá comunicar los datos de la apertura de la cuenta precitada a la Dirección General de Tesorería. Artículo 4º.- El gasto que demande el presente será imputado al Programa Nº 82 de Promoción y Desarrollo Deportivo correspondiente al ejercicio del año en curso de esta unidad ejecutora. Artículo 5º.- El beneficiario deberá acreditar la utilización de los fondos recibidos y la realización del Proyecto Deportivo en el plazo de ciento ochenta (180) días corridos desde la acreditación de los fondos, o bien en el plazo de treinta (30) días corridos desde la fecha de la actividad de cierre en caso de implicar la ejecución del mismo un término mayor.

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Artículo 6º.- Regístrese, notifíquese al interesado, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, comuníquese a la Dirección General de Infraestructura y Administración, a la Dirección General de Deporte Social y Desarrollo Deportivo, y remítase para su conocimiento y demás efectos a la Dirección General Técnica Administrativa y Legal del Ministerio de Desarrollo Económico, a la Dirección General de Contaduría del Ministerio de Hacienda y a la Dirección General Tesorería del Ministerio de Hacienda. Cumplido, archívese. Irarrazaval

RESOLUCIÓN N.° 634/SSDEP/13

Buenos Aires, 19 de diciembre de 2013 VISTO: La Ley Nº 4.013, el Decreto Nº 660/11, la Ley Nº 1.624 y sus modificatorias la Ley Nº 3.218 y la Ley Nº 4.059, el Decreto Reglamentario Nº 1.416/07, la Ley Nº 1.807, el Decreto Nº 1.377/07, la Resolución Nº 48/SSDEP/08 y su modificatoria la Resolución Nº 50/SSDEP/10, el Expediente Nº 3.840.293/13, y CONSIDERANDO: Que la Ley del Deporte Nº 1.624, tiene por objeto regular, promover, fiscalizar, y coordinar el deporte amateur y profesional y la actividad físico-recreativa, a nivel comunitario en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, reconociéndole una finalidad social; Que los miembros del Consejo Asesor del Deporte fueron convocados a Asamblea Ordinaria mediante publicación en el Boletín Oficial Nº 3.462 del 16 de julio de 2010, y consecuentemente, el 29 del mismo mes y año se concretó la reunión donde se establecieron las normativas y procedimientos para el otorgamiento de subsidios; Que la Comisión Directiva del Consejo Asesor del Deporte aprobó la planificación financiera anual del Fondo del Deporte, mediante el Acta Nº 14, publicada en el Boletín Oficial Nº 4.109 en fecha 11 de marzo de 2013; Que por el expediente señalado en el visto, la FEDERACIÓN ARGENTINA DE CENTROS COMUNITARIOS MACABEOS ha presentado solicitud de subsidio al Fondo del Deporte creado por Ley N º 1.624, Capítulo V; Que dicha solicitud se acompaña con un Proyecto de Promoción y Desarrollo Deportivo referido a la adquisición de material deportivo, de material de difusión (folletería, carteles), de premiación y la contratación temporaria de personal; Que la mencionada institución ha presentado los presupuestos respectivos para llevar a cabo el proyecto; Que el peticionario se encuentra inscripto en el Registro Único de Instituciones Deportivas (R.U.I.D.) dependiente de esta Subsecretaría de Deportes, con el Nº 66; Que conforme Acta Nº 19, de fecha 22 de octubre de 2013, la Comisión Directiva del Consejo Asesor del Deporte realizó la pertinente evaluación, y resolvió favorablemente la solicitud de subsidio en estudio; Que la Gerencia Operativa de Clubes de Barrio y Federaciones ha informado que considera viable al proyecto, sugiriendo el monto que estima conveniente otorgar, y la Dirección General de Deporte Social y Desarrollo Deportivo de la cual depende ha manifestado que presta conformidad al otorgamiento del presente subsidio; Que se ha comunicado la solicitud de subsidio a la Comuna Nº 3 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y obra en las presentes el dictamen jurídico requerido por el artículo 21 del Decreto Nº 1.416/07;

Página Nº 65Nº4328 - 29/01/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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Que atendiendo a la disponibilidad presupuestaría y habiendo considerado la evaluación efectuada; se ha decidido que los montos a otorgar estén en concordancia con la viabilidad de los proyectos presentados y la necesidad de asistir a la mayor cantidad de solicitantes posibles;

Que atento lo dispuesto en el artículo 21 de la Ley Nº 1.624, el Subsecretario de Deportes, cuenta con facultades para otorgar a instituciones deportivas y deportistas, subsidios destinados al desarrollo y promoción del deporte amateur, debiendo el beneficiario presentar una rendición de cuentas documentada ante la autoridad de aplicación, de acuerdo a lo estipulado en la Resolución Nº 48/SSDEP/08 y su modificatoria la Resolución Nº 50/SSDEP/2010. Por ello, y en uso de las facultades legales que le son propias,

EL SUBSECRETARIO DE DEPORTES RESUELVE

Artículo 1º.- Otórgase a la FEDERACIÓN ARGENTINA DE CENTROS COMUNITARIOS MACABEOS (denominación conforme AFIP: FEDERACIÓN ARGENTINA DE CENTROS COMUNITARIOS MACABEOS), Nº de R.U.I.D. 66, CUIT Nº 30-61084564-5, un subsidio para ser aplicado a las acciones planteadas en el proyecto presentado, por el monto de PESOS SESENTA MIL ($ 60.000.-) de conformidad con lo previsto en el Capitulo V de la Ley Nº 1.624. Articulo 2º.- Autorízase a la Contaduría General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a emitir la orden de pago correspondiente. Artículo 3º.- El beneficiario deberá proceder a la apertura de una cuenta corriente o caja de ahorro en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires, Casa Matriz o Sucursales, a los fines de que el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires deposite las sumas correspondientes. El beneficiario deberá comunicar los datos de la apertura de la cuenta precitada a la Dirección General de Tesorería. Artículo 4º.- El gasto que demande el presente será imputado al Programa Nº 82 de Promoción y Desarrollo Deportivo correspondiente al ejercicio del año en curso de esta unidad ejecutora. Artículo 5º.- El beneficiario deberá acreditar la utilización de los fondos recibidos y la realización del Proyecto Deportivo en el plazo de ciento ochenta (180) días corridos desde la acreditación de los fondos, o bien en el plazo de treinta (30) días corridos desde la fecha de la actividad de cierre en caso de implicar la ejecución del mismo un término mayor. Artículo 6º.- Regístrese, notifíquese al interesado, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, comuníquese a la Dirección General de Infraestructura y Administración, a la Dirección General de Deporte Social y Desarrollo Deportivo, y remítase para su conocimiento y demás efectos a la Dirección General Técnica Administrativa y Legal del Ministerio de Desarrollo Económico, a la Dirección General de Contaduría del Ministerio de Hacienda y a la Dirección General Tesorería del Ministerio de Hacienda. Cumplido, archívese. Irarrazaval

RESOLUCIÓN N.° 635/SSDEP/13

Buenos Aires, 19 de diciembre de 2013 VISTO: La Ley Nº 4.013, el Decreto Nº 660/11, la Ley Nº 1.624 y sus modificatorias la Ley Nº 3.218 y la Ley Nº 4.059, el Decreto Reglamentario Nº 1.416/07, el Expediente Nº 2.636.708/13, y

Página Nº 66Nº4328 - 29/01/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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Que la Ley del Deporte Nº 1.624, tiene por objeto regular, promover, fiscalizar, y coordinar el deporte amateur y profesional y la actividad físico-recreativa, a nivel comunitario en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, reconociéndole una finalidad social; Que los miembros del Consejo Asesor del Deporte fueron convocados a Asamblea Ordinaria mediante publicación en el Boletín Oficial Nº 3.462 del 16 de julio de 2010, y consecuentemente, el 29 del mismo mes y año se concretó la reunión donde se establecieron las normativas y procedimientos para el otorgamiento de subsidios; Que la Comisión Directiva del Consejo Asesor del Deporte aprobó la planificación financiera anual del Fondo del Deporte, mediante el Acta Nº 14, publicada en el Boletín Oficial Nº 4.109 en fecha 11 de marzo de 2013; Que por el expediente señalado en el visto, el deportista amateur TRIPODI, LUCAS MARTÍN, ha presentado una solicitud de subsidio al Fondo del Deporte creado por ley 1.624, Capítulo V; Que dicha solicitud tiene como finalidad posibilitar la participación del deportista mencionado en los "Juegos Mundiales de Cali 2013", a realizarse en la ciudad de Cali, Colombia, del 24 de julio al 4 de agosto del corriente año; Que conforme Acta Nº 18, de fecha 3 de octubre de 2013, la Comisión Directiva del Consejo Asesor del Deporte realizó la pertinente evaluación, y resolvió favorablemente la solicitud de subsidio en estudio; Que la Dirección General de Deporte Social y Desarrollo Deportivo ha manifestado que presta conformidad al otorgamiento del presente subsidio; Que se ha comunicado la solicitud de subsidio a la Comuna Nº 12 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y obra en las presentes el dictamen jurídico requerido por el artículo 21 del Decreto Nº 1.416/07; Que atento lo dispuesto en el artículo 21 de la Ley 1.624, el Subsecretario de Deportes en su carácter de Presidente del Consejo Asesor del Deporte cuenta con facultades para destinar recursos del Fondo del Deporte a la asistencia del deporte amateur, debiendo el beneficiario realizar rendición de cuentas documentada ante la Autoridad de Aplicación de acuerdo a lo estipulado en la Ley 1.624, Resolución Nº 48/SSDEP/08 y su modificatoria Resolución Nº 50/SSDEP/10. Por ello, y en uso de las facultades legales que le son propias,

EL SUBSECRETARIO DE DEPORTES RESUELVE

Artículo 1º.- Otórgase un subsidio de PESOS CINCO MIL TRESCIENTOS ($5.300.-) al

deportista amateur TRIPODI, LUCAS MARTÍN, DNI N° 42.102.721, CUIL N° 20-42102721-9, de conformidad con lo previsto en el Capítulo V de la Ley N° 1.624. Artículo 2º.- Autorízase a la Contaduría General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a emitir la orden de pago correspondiente. Artículo 3º.- La Dirección General de Tesorería deberá depositar el importe señalado en la cuenta CAJA DE AHORRO Nº 36141/3 del Banco Ciudad de Buenos Aires, Sucursal Nº 12, Obelisco. Artículo 4º.- El gasto que demande el presente será imputado al programa Nº 82 de Promoción y Desarrollo Deportivo correspondiente al ejercicio del año en curso de esta unidad ejecutora. Artículo 5º.- El beneficiario deberá acreditar la utilización de los fondos recibidos y la participación en la competencia deportiva en el plazo de treinta (30) días corridos contados desde la acreditación de los fondos o bien desde la celebración de la competencia. Artículo 6º.- Regístrese, notifíquese al interesado, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, comuníquese a la Dirección General de Infraestructura y Administración, a la Dirección General de Deporte Social y Desarrollo Deportivo, y remítase para su conocimiento y demás efectos a la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de Desarrollo Económico, a la Dirección General de Contaduría y a la Dirección General de Tesorería del Ministerio de Hacienda. Cumplido, archívese. Irarrazaval

Página Nº 67Nº4328 - 29/01/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

CONSIDERANDO:

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RESOLUCIÓN N.° 636/SSDEP/13

Buenos Aires, 19 de diciembre de 2013 VISTO: La Ley Nº 4.013, el Decreto Nº 660/11, la Ley Nº 1.624 y sus modificatorias la Ley Nº 3.218 y la Ley Nº 4.059, el Decreto Reglamentario Nº 1.416/07, la Ley Nº 1.807, el Decreto Nº 1.377/07, la Resolución Nº 48/SSDEP/08 y su modificatoria la Resolución Nº 50/SSDEP/10, el Expediente Nº 6.662.769/13, y CONSIDERANDO: Que la Ley del Deporte Nº 1.624, tiene por objeto regular, promover, fiscalizar, y coordinar el deporte amateur y profesional y la actividad físico-recreativa, a nivel comunitario en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, reconociéndole una finalidad social; Que los miembros del Consejo Asesor del Deporte fueron convocados a Asamblea Ordinaria mediante publicación en el Boletín Oficial Nº 3.462 del 16 de julio de 2010, y consecuentemente, el 29 del mismo mes y año se concretó la reunión donde se establecieron las normativas y procedimientos para el otorgamiento de subsidios; Que la Comisión Directiva del Consejo Asesor del Deporte aprobó la planificación financiera anual del Fondo del Deporte, mediante el Acta Nº 14, publicada en el Boletín Oficial Nº 4.109 en fecha 11 de marzo de 2013; Que la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ha sido seleccionada como sede de la tercera edición de los Juegos Olímpicos de la Juventud, la cual se celebrará en el año 2018, representando esto una oportunidad e incentivo para el fomento del deporte entre los jóvenes de la Ciudad; Que en Acta N° 20, de fecha 27 de noviembre de 2013, la Comisión Directiva del Consejo Asesor del Deporte aprobó el otorgamiento de ayudas económicas del Fondo del Deporte, creado por Ley Nº 1624, Capítulo V, en virtud del "Plan Estratégico Juegos Olímpicos 2018", a proyectos especiales presentados por Federaciones Deportivas con el objeto de colaborar en la promoción y el fortalecimiento de disciplinas deportivas de carácter olímpico; Que en dicho marco y por el expediente señalado en el visto, la ASOCIACIÓN CIVIL FEMENINA METROPOLITANA DE BASQUETBOL ha presentado solicitud de subsidio acompañado de un Proyecto Deportivo el cual fuera evaluado y resuelto favorablemente en la reunión de la Comisión Directiva del Consejo Asesor del Deporte indicada en el párrafo que antecede; Que el peticionario se encuentra inscripto en el Registro Único de Instituciones Deportivas (R.U.I.D.) dependiente de esta Subsecretaría de Deportes, con el Nº 132; Que la Gerencia Operativa de Clubes de Barrio y Federaciones ha informado que considera viable al proyecto, sugiriendo otorgar un monto de PESOS CIENTO VEINTE MIL ($120.000.-), y la Dirección General de Deporte Social y Desarrollo Deportivo de la cual depende ha manifestado que presta conformidad al otorgamiento del presente subsidio; Que se ha comunicado la solicitud de subsidio a la Comuna Nº 3 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y obra en las presentes el dictamen jurídico requerido por

el artículo 21 del Decreto Nº 1.416/07; Que atendiendo a la disponibilidad presupuestaría y habiendo considerado la evaluación efectuada; se ha decidido que los montos a otorgar estén en concordancia con la viabilidad de los proyectos presentados y la necesidad de asistir a la mayor cantidad de solicitantes posibles;

Página Nº 68Nº4328 - 29/01/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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Que atento lo dispuesto en el artículo 21 de la Ley Nº 1.624, el Subsecretario de Deportes, cuenta con facultades para otorgar a instituciones deportivas y deportistas, subsidios destinados al desarrollo y promoción del deporte amateur, debiendo el beneficiario presentar una rendición de cuentas documentada ante la autoridad de aplicación, de acuerdo a lo estipulado en la Resolución Nº 48/SSDEP/08 y su modificatoria la Resolución Nº 50/SSDEP/2010. Por ello, y en uso de las facultades legales que le son propias,

EL SUBSECRETARIO DE DEPORTES RESUELVE

Artículo 1º.- Otórgase a la ASOCIACIÓN CIVIL FEMENINA METROPOLITANA DE BASQUETBOL (denominación conforme AFIP: ASOCIACIÓN FEMENINA METROPOLITANA DE BASQUETBOL), Nº de R.U.I.D. 132, CUIT Nº 30-61274673-3, un subsidio para ser aplicado a las acciones planteadas en el Proyecto Deportivo presentado, por el monto de PESOS CIENTO VEINTE MIL ($ 120.000.-) de conformidad con lo previsto en el Capítulo V de la Ley Nº 1.624. Artículo 2º.- Autorízase a la Contaduría General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a emitir la orden de pago correspondiente. Artículo 3º.- El beneficiario deberá proceder a la apertura de una cuenta corriente o caja de ahorro en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires, Casa Matriz o Sucursales, a los fines de que el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires deposite las sumas correspondientes. El beneficiario deberá comunicar los datos de la apertura de la cuenta precitada a la Dirección General de Tesorería. Artículo 4º.- El gasto que demande el presente será imputado al Programa Nº 82 de Promoción y Desarrollo Deportivo correspondiente al ejercicio del año en curso de esta unidad ejecutora. Artículo 5º.- El beneficiario deberá acreditar la utilización de los fondos recibidos y la realización del Proyecto Deportivo en el plazo de ciento ochenta (180) días corridos desde la acreditación de los fondos, o bien en el plazo de treinta (30) días corridos desde la fecha de la actividad de cierre en caso de implicar la ejecución del mismo un término mayor. Artículo 6º.- Regístrese, notifíquese al interesado, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, comuníquese a la Dirección General de Infraestructura y Administración, a la Dirección General de Deporte Social y Desarrollo Deportivo, y remítase para su conocimiento y demás efectos a la Dirección General Técnica Administrativa y Legal del Ministerio de Desarrollo Económico, a la Dirección General de Contaduría del Ministerio de Hacienda y a la Dirección General Tesorería del Ministerio de Hacienda. Cumplido, archívese. Irarrazaval

RESOLUCIÓN N.° 637/SSDEP/13

Buenos Aires, 19 de diciembre de 2013 VISTO: La Ley Nº 4.013, el Decreto Nº 660/11, la Ley Nº 1.624 y sus modificatorias la Ley Nº 3.218 y la Ley Nº 4.059, el Decreto Reglamentario Nº 1.416/07, la Ley Nº 1.807, el Decreto Nº 1.377/07, la Resolución Nº 48/SSDEP/08 y su modificatoria la Resolución Nº 50/SSDEP/10, el Expediente Nº 5.655.968/13, y

Página Nº 69Nº4328 - 29/01/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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Que la Ley del Deporte Nº 1.624, tiene por objeto regular, promover, fiscalizar, y coordinar el deporte amateur y profesional y la actividad físico-recreativa, a nivel comunitario en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, reconociéndole una finalidad social; Que los miembros del Consejo Asesor del Deporte fueron convocados a Asamblea Ordinaria mediante publicación en el Boletín Oficial Nº 3.462 del 16 de julio de 2010, y consecuentemente, el 29 del mismo mes y año se concretó la reunión donde se establecieron las normativas y procedimientos para el otorgamiento de subsidios; Que la Comisión Directiva del Consejo Asesor del Deporte aprobó la planificación financiera anual del Fondo del Deporte, mediante el Acta Nº 14, publicada en el Boletín Oficial Nº 4.109 en fecha 11 de marzo de 2013; Que por el expediente señalado en el visto, la ASOCIACIÓN CIVIL VECINAL CÍRCULO LA PATERNAL ha presentado solicitud de subsidio al Fondo del Deporte creado por Ley N º 1.624, Capítulo V; Que dicha solicitud se acompaña con un Proyecto de Promoción y Desarrollo Deportivo referido al crecimiento de las escuelas de arte marcial, boxeo y patín femenino y al fortalecimiento de las escuelas de iniciación deportiva existentes, al mejoramiento edilicio, la adquisición de materiales de construcción, pintura y de materiales de iluminación; Que la mencionada institución ha presentado los presupuestos respectivos para llevar a cabo el proyecto; Que el peticionario se encuentra inscripto en el Registro Único de Instituciones Deportivas (R.U.I.D.) dependiente de esta Subsecretaría de Deportes, con el Nº 110; Que conforme Acta Nº 19, de fecha 22 de octubre de 2013, la Comisión Directiva del Consejo Asesor del Deporte realizó la pertinente evaluación, y resolvió favorablemente la solicitud de subsidio en estudio; Que la Gerencia Operativa de Clubes de Barrio y Federaciones ha informado que considera viable al proyecto, sugiriendo el monto que estima conveniente otorgar, y la Dirección General de Deporte Social y Desarrollo Deportivo de la cual depende ha manifestado que presta conformidad al otorgamiento del presente subsidio; Que se ha comunicado la solicitud de subsidio a la Comuna Nº 15 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y obra en las presentes el dictamen jurídico requerido por el artículo 21 del Decreto Nº 1.416/07; Que atendiendo a la disponibilidad presupuestaría y habiendo considerado la evaluación efectuada; se ha decidido que los montos a otorgar estén en concordancia

con la viabilidad de los proyectos presentados y la necesidad de asistir a la mayor cantidad de solicitantes posibles; Que atento lo dispuesto en el artículo 21 de la Ley Nº 1.624, el Subsecretario de Deportes, cuenta con facultades para otorgar a instituciones deportivas y deportistas, subsidios destinados al desarrollo y promoción del deporte amateur, debiendo el beneficiario presentar una rendición de cuentas documentada ante la autoridad de aplicación, de acuerdo a lo estipulado en la Resolución Nº 48/SSDEP/08 y su modificatoria la Resolución Nº 50/SSDEP/2010. Por ello, y en uso de las facultades legales que le son propias,

EL SUBSECRETARIO DE DEPORTES RESUELVE

Artículo 1º.- Otórgase a la ASOCIACIÓN CIVIL VECINAL CÍRCULO LA PATERNAL (denominación conforme AFIP: ASOCIACIÓN VECINAL CÍRCULO LA PATERNAL), Nº de R.U.I.D. 110, CUIT Nº 30-69875298-6, un subsidio para ser aplicado a las acciones planteadas en el proyecto presentado, por el monto de PESOS CINCUENTA MIL ($ 50.000.-) de conformidad con lo previsto en el Capítulo V de la Ley Nº 1.624. Artículo 2º.- Autorízase a la Contaduría General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a emitir la orden de pago correspondiente.

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CONSIDERANDO:

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Artículo 3º.- El beneficiario deberá proceder a la apertura de una cuenta corriente o caja de ahorro en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires, Casa Matriz o Sucursales, a los fines de que el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires deposite las sumas correspondientes. El beneficiario deberá comunicar los datos de la apertura de la cuenta precitada a la Dirección General de Tesorería. Artículo 4º.- El gasto que demande el presente será imputado al Programa Nº 82 de Promoción y Desarrollo Deportivo correspondiente al ejercicio del año en curso de esta unidad ejecutora. Artículo 5º.- El beneficiario deberá acreditar la utilización de los fondos recibidos y la realización del Proyecto Deportivo en el plazo de ciento ochenta (180) días corridos desde la acreditación de los fondos, o bien en el plazo de treinta (30) días corridos desde la fecha de la actividad de cierre en caso de implicar la ejecución del mismo un término mayor. Artículo 6º.- Regístrese, notifíquese al interesado, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, comuníquese a la Dirección General de Infraestructura y Administración, a la Dirección General de Deporte Social y Desarrollo Deportivo, y remítase para su conocimiento y demás efectos a la Dirección General Técnica Administrativa y Legal del Ministerio de Desarrollo Económico, a la Dirección General de Contaduría del Ministerio de Hacienda y a la Dirección General Tesorería del Ministerio de Hacienda. Cumplido, archívese. Irarrazaval

RESOLUCIÓN N.º 638/SSDEP/13

Buenos Aires, 19 de diciembre de 2013 VISTO: La Ley Nº 4.013, el Decreto Nº 660/11, la Ley Nº 1.624 y sus modificatorias la Ley Nº 3.218 y la Ley Nº 4.059, el Decreto Reglamentario Nº 1.416/07, la Ley Nº 1.807, el Decreto Nº 1.377/07, la Resolución Nº 48/SSDEP/08 y su modificatoria la Resolución Nº 50/SSDEP/10, el Expediente Nº 6.662.692/13, y CONSIDERANDO: Que la Ley del Deporte Nº 1.624, tiene por objeto regular, promover, fiscalizar, y coordinar el deporte amateur y profesional y la actividad físico-recreativa, a nivel comunitario en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, reconociéndole una finalidad social; Que los miembros del Consejo Asesor del Deporte fueron convocados a Asamblea Ordinaria mediante publicación en el Boletín Oficial Nº 3.462 del 16 de julio de 2010, y consecuentemente, el 29 del mismo mes y año se concretó la reunión donde se establecieron las normativas y procedimientos para el otorgamiento de subsidios; Que la Comisión Directiva del Consejo Asesor del Deporte aprobó la planificación financiera anual del Fondo del Deporte, mediante el Acta Nº 14, publicada en el Boletín Oficial Nº 4.109 en fecha 11 de marzo de 2013; Que la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ha sido seleccionada como sede de la tercera edición de los Juegos Olímpicos de la Juventud, la cual se celebrará en el año 2018, representando esto una oportunidad e incentivo para el fomento del deporte entre los jóvenes de la Ciudad; Que en Acta N° 20, de fecha 27 de noviembre de 2013, la Comisión Directiva del Consejo Asesor del Deporte aprobó el otorgamiento de ayudas económicas del Fondo del Deporte, creado por Ley Nº 1.624, Capítulo V, en virtud del "Plan Estratégico Juegos Olímpicos 2018", a proyectos especiales presentados por Federaciones Deportivas con el objeto de colaborar en la promoción y el fortalecimiento de disciplinas deportivas de carácter olímpico;

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Que en dicho marco y por el expediente señalado en el visto, la FEDERACIÓN ARGENTINA DE PESAS ha presentado solicitud de subsidio acompañado de un Proyecto Deportivo el cual fuera evaluado y resuelto favorablemente en la reunión de la Comisión Directiva del Consejo Asesor del Deporte indicada en el párrafo que antecede; Que el peticionario se encuentra inscripto en el Registro Único de Instituciones Deportivas (R.U.I.D.) dependiente de esta Subsecretaría de Deportes, con el Nº 218; Que la Gerencia Operativa de Clubes de Barrio y Federaciones ha informado que considera viable al proyecto, sugiriendo otorgar un monto de PESOS CIENTO VEINTE MIL ($120.000.-), y la Dirección General de Deporte Social y Desarrollo Deportivo de la cual depende ha manifestado que presta conformidad al otorgamiento del presente subsidio;

Que se ha comunicado la solicitud de subsidio a la Comuna Nº 1 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y obra en las presentes el dictamen jurídico requerido por el artículo 21 del Decreto Nº 1.416/07; Que atendiendo a la disponibilidad presupuestaría y habiendo considerado la evaluación efectuada; se ha decidido que los montos a otorgar estén en concordancia con la viabilidad de los proyectos presentados y la necesidad de asistir a la mayor cantidad de solicitantes posibles; Que atento lo dispuesto en el artículo 21 de la Ley Nº 1.624, el Subsecretario de Deportes, cuenta con facultades para otorgar a instituciones deportivas y deportistas, subsidios destinados al desarrollo y promoción del deporte amateur, debiendo el beneficiario presentar una rendición de cuentas documentada ante la autoridad de aplicación, de acuerdo a lo estipulado en la Resolución Nº 48/SSDEP/08 y su modificatoria la Resolución Nº 50/SSDEP/2010. Por ello, y en uso de las facultades legales que le son propias,

EL SUBSECRETARIO DE DEPORTES

RESUELVE Artículo 1º.- Otórgase a la FEDERACIÓN ARGENTINA DE PESAS (denominación conforme AFIP: FEDERACIÓN ARGENTINA DE PESAS ASOCIACIÓN CIVIL), Nº de R.U.I.D. 218, CUIT Nº 30-64735940-6, un subsidio para ser aplicado a las acciones planteadas en el Proyecto Deportivo presentado, por el monto de PESOS CIENTO VEINTE MIL ($ 120.000.-) de conformidad con lo previsto en el Capítulo V de la Ley Nº 1.624. Artículo 2º.- Autorízase a la Contaduría General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a emitir la orden de pago correspondiente. Artículo 3º.- El beneficiario deberá proceder a la apertura de una cuenta corriente o caja de ahorro en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires, Casa Matriz o Sucursales, a los fines de que el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires deposite las sumas correspondientes. El beneficiario deberá comunicar los datos de la apertura de la cuenta precitada a la Dirección General de Tesorería. Artículo 4º.- El gasto que demande el presente será imputado al Programa Nº 82 de Promoción y Desarrollo Deportivo correspondiente al ejercicio del año en curso de esta unidad ejecutora. Artículo 5º.- El beneficiario deberá acreditar la utilización de los fondos recibidos y la realización del Proyecto Deportivo en el plazo de ciento ochenta (180) días corridos desde la acreditación de los fondos, o bien en el plazo de treinta (30) días corridos desde la fecha de la actividad de cierre en caso de implicar la ejecución del mismo un término mayor. Artículo 6º.- Regístrese, notifíquese al interesado, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, comuníquese a la Dirección General de Infraestructura y Administración, a la Dirección General de Deporte Social y Desarrollo Deportivo, y remítase para su conocimiento y demás efectos a la Dirección General Técnica Administrativa y Legal del Ministerio de Desarrollo Económico, a la Dirección General de Contaduría del Ministerio de Hacienda y a la Dirección General Tesorería del Ministerio de Hacienda. Cumplido, archívese. Irarrazaval

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RESOLUCIÓN N.º 639/SSDEP/13

Buenos Aires, 19 de diciembre de 2013 VISTO: La Ley Nº 4.013, el Decreto Nº 660/11, la Ley Nº 1.624 y sus modificatorias la Ley Nº 3.218 y la Ley Nº 4.059, el Decreto Reglamentario Nº 1.416/07, la Ley Nº 1.807, el Decreto Nº 1.377/07, la Resolución Nº 48/SSDEP/08 y su modificatoria la Resolución Nº 50/SSDEP/10, el Expediente Nº 6.618.256/13, y CONSIDERANDO: Que la Ley del Deporte Nº 1.624, tiene por objeto regular, promover, fiscalizar, y coordinar el deporte amateur y profesional y la actividad físico-recreativa, a nivel comunitario en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, reconociéndole una finalidad social; Que los miembros del Consejo Asesor del Deporte fueron convocados a Asamblea Ordinaria mediante publicación en el Boletín Oficial Nº 3.462 del 16 de julio de 2010, y consecuentemente, el 29 del mismo mes y año se concretó la reunión donde se establecieron las normativas y procedimientos para el otorgamiento de subsidios; Que la Comisión Directiva del Consejo Asesor del Deporte aprobó la planificación financiera anual del Fondo del Deporte, mediante el Acta Nº 14, publicada en el Boletín Oficial Nº 4.109 en fecha 11 de marzo de 2013; Que la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ha sido seleccionada como sede de la tercera edición de los Juegos Olímpicos de la Juventud, la cual se celebrará en el año 2018, representando esto una oportunidad e incentivo para el fomento del deporte entre los jóvenes de la Ciudad; Que en Acta N° 20, de fecha 27 de noviembre de 2013, la Comisión Directiva del Consejo Asesor del Deporte aprobó el otorgamiento de ayudas económicas del Fondo del Deporte, creado por Ley Nº 1.624, Capítulo V, en virtud del "Plan Estratégico Juegos Olímpicos 2018", a proyectos especiales presentados por Federaciones Deportivas con el objeto de colaborar en la promoción y el fortalecimiento de disciplinas deportivas de carácter olímpico; Que en dicho marco y por el expediente señalado en el visto, la ASOCIACIÓN ARGENTINA DE TENIS ha presentado solicitud de subsidio acompañado de un Proyecto Deportivo el cual fuera evaluado y resuelto favorablemente en la reunión de la Comisión Directiva del Consejo Asesor del Deporte indicada en el párrafo que antecede; Que el peticionario se encuentra inscripto en el Registro Único de Instituciones Deportivas (R.U.I.D.) dependiente de esta Subsecretaría de Deportes, con el Nº 42; Que la Gerencia Operativa de Clubes de Barrio y Federaciones ha informado que considera viable al proyecto, sugiriendo otorgar un monto de PESOS CIENTO VEINTE MIL ($120.000.-), y la Dirección General de Deporte Social y Desarrollo Deportivo de la cual depende ha manifestado que presta conformidad al otorgamiento del presente subsidio;

Que se ha comunicado la solicitud de subsidio a la Comuna Nº 1 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y obra en las presentes el dictamen jurídico requerido por el artículo 21 del Decreto Nº 1.416/07; Que atendiendo a la disponibilidad presupuestaría y habiendo considerado la evaluación efectuada; se ha decidido que los montos a otorgar estén en concordancia con la viabilidad de los proyectos presentados y la necesidad de asistir a la mayor cantidad de solicitantes posibles;

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Que atento lo dispuesto en el artículo 21 de la Ley Nº 1.624, el Subsecretario de Deportes, cuenta con facultades para otorgar a instituciones deportivas y deportistas, subsidios destinados al desarrollo y promoción del deporte amateur, debiendo el beneficiario presentar una rendición de cuentas documentada ante la autoridad de aplicación, de acuerdo a lo estipulado en la Resolución Nº 48/SSDEP/08 y su modificatoria la Resolución Nº 50/SSDEP/2010. Por ello, y en uso de las facultades legales que le son propias,

EL SUBSECRETARIO DE DEPORTES RESUELVE

Artículo 1º.- Otórgase a la ASOCIACIÓN ARGENTINA DE TENIS (denominación conforme AFIP: ASOCIACIÓN ARGENTINA DE TENIS), Nº de R.U.I.D. 42, CUIT Nº 30-52830354-0, un subsidio para ser aplicado a las acciones planteadas en el Proyecto Deportivo presentado, por el monto de PESOS CIENTO VEINTE MIL ($ 120.000.-) de conformidad con lo previsto en el Capítulo V de la Ley Nº 1.624. Artículo 2º.- Autorízase a la Contaduría General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a emitir la orden de pago correspondiente. Artículo 3º.- El beneficiario deberá proceder a la apertura de una cuenta corriente o caja de ahorro en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires, Casa Matriz o Sucursales, a los fines de que el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires deposite las sumas correspondientes. El beneficiario deberá comunicar los datos de la apertura de la cuenta precitada a la Dirección General de Tesorería. Artículo 4º.- El gasto que demande el presente será imputado al Programa Nº 82 de Promoción y Desarrollo Deportivo correspondiente al ejercicio del año en curso de esta unidad ejecutora. Artículo 5º.- El beneficiario deberá acreditar la utilización de los fondos recibidos y la realización del Proyecto Deportivo en el plazo de ciento ochenta (180) días corridos desde la acreditación de los fondos, o bien en el plazo de treinta (30) días corridos desde la fecha de la actividad de cierre en caso de implicar la ejecución del mismo un término mayor. Artículo 6º.- Regístrese, notifíquese al interesado, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, comuníquese a la Dirección General de Infraestructura y Administración, a la Dirección General de Deporte Social y Desarrollo Deportivo, y remítase para su conocimiento y demás efectos a la Dirección General Técnica Administrativa y Legal del Ministerio de Desarrollo Económico, a la Dirección General de Contaduría del Ministerio de Hacienda y a la Dirección General Tesorería del Ministerio de Hacienda. Cumplido, archívese. Irarrazaval

RESOLUCIÓN N.º 59/SSDE/14

Buenos Aires, 17 de enero de 2014 VISTO los Decreto Nº 660-GCABA-11, 236-GCABA-2012, la Resolución N° 8-MDEGC-14 y Expediente N° 393807-DGINC-2014 y, CONSIDERANDO: Que por el Decreto N° 660-GCABA-11 se aprobó la estructura orgánico funcional del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

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Que el Decreto Nº 236-GCABA-12 modificó parcialmente la estructura organizativa del Ministerio de Desarrollo Económico del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires estableciendo en forma expresa los objetivos y responsabilidades primarias de sus unidades de organización; Que en dicha norma se establecieron, como responsabilidades primarias de la Dirección General de Industrias Creativas, entre otras, la de facilitar y promover la interacción entre sectores públicos, privados y organizaciones no gubernamentales, con el fin de mejorar el desarrollo de las industrias creativas, facilitando los procesos de asistencia técnica, información y apoyo a pequeñas y medianas empresas, micro-emprendimientos y diseñadores, para la difusión de nuevas tecnologías relacionadas con el diseño, la innovación y nuevos procesos y productos, con el objeto de acceder a nuevos mercados; Que la mencionada Dirección General ha gestionado diversas plataformas en variados eventos de diseño, donde empresas, diseñadores, instituciones académicas, productores y comercios llevaron adelante sus iniciativas estimulando el diseño desde sus diferentes generadores a los más diversos públicos; Que por medio del Expediente N° 393807-DGINC-2014 se invito a esta Dirección General a que participe con un stand en el marco de la Feria Nacional "EFICA" de la Camara de la Industria del Calzado, que tendrá lugar los dias 02, 03 y 04 de Febrero de 2014, en el Centro Costa Salguero, ubicado en Avda Costanera Rafael Obligado s/n° y Salguero de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que en virtud de todo lo expuesto la Dirección General planifica realizar la Convocatoria a Empresas de producto de alto valor agregado en diseño en marroquineria, en el marco de la Feria Nacional "EFICA" de la Camara de la Industria del Calzado, que tendrá lugar en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires del 02, 03 y 04 de Febrero de 2014, conforme el mencionado expediente. Que en virtud de lo expuesto, y toda vez la Dirección General articula las relaciones la interacción entre sectores públicos, privados y organizaciones no gubernamentales, planifica realizar una convocatoria a fin de seleccionar empresas que elavoren productos de alto valor agregado en diseño en marroquineria, en el marco de dicha feria; Que la Resolución N° 8/MDEGC/14 delego en el señor Subsecretario de Desarrollo Económico, Lic. Enrique Avogadro, la atención de los asuntos y firma del despacho de la Dirección General de Industrias Creativas, entre los días 6 y 30 de enero inclusive. Por ello, en uso de sus facultades;

LA SUBSECRETARÍA DE DESARROLLO ECONÓMICO

RESUELVE: Articulo 1°: Convócase a empresas y/o diseñadores que produzcan artículos de diseño en calzado y afines; a presentarse para participar en la Feria "EFICA", entre los dias 02, 03 y 04 de febrero 2014, conforme los requisitos expuestos en el Anexo I- 496477-SSDE, que a todos sus efectos forma parte de la presente. Artículo 2°: Apruébase el Formulario de Inscripción que como Anexo II- 496477-SSDE, forma parte de la presente norma. Artículo 3°: Dése al Registro. Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Comuníquese al Ministerio de Desarrollo Económico. Cumplido, archívese. Avogadro

ANEXO

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RESOLUCIÓN N.º 72/SSDE/14

Buenos Aires, 21 de enero de 2014 VISTO, la Resolución N° 8-MDEGC-2014, las Disposiciones Nº 113-DGGACYT-13, N° 1601-DGINC-2013, N° 1725-DGINC-13 y CONSIDERANDO: Que la Disposición N° 113-DGGACYT-13 autorizó la realización de diversas actividades en el marco del evento "La Ciudad de Moda", a desarrollarse entre el 20 de febrero al 20 de marzo de 2014; Que mediante Disposición N° 1601-DGINC-2013 se convocó a diseñadores emergentes y diseñadores emergentes de la Segunda y Tercera Edición, Diseñadores de Autor de comprobada trayectoria y instituciones culturales, educativas, empresas, asociaciones de profesionales, personas físicas del sector de la moda, para participar en el desfile de Indumentaria a realizarse en el marco del evento denominado "La Ciudad de Moda"; Que mediante Disposición N° 1725-DGINC-13 se prorrogó el plazo para la presentación de la documentación requerida para participar del evento "La Ciudad de Moda" desde el día 9 de Diciembre hasta el 20 de enero del 2014 inclusive, de las categorías Diseñadores Emergentes, Emergentes Segunda y Tercera Edición, Diseñadores de Trayectoria y Eventos, Ferias Sectoriales y Actividades autogestionadas; Que por Resolución N° 8-MDEGC-2014 se encomendó al Subsecretario de Desarrollo Económico, el Lic. Enrique Avogadro, la atención de los asuntos y firma del despacho de la Dirección General de Industrias Creativas mientras dure la ausencia de su titular, entre los días 6 y 30 de enero de 2014, inclusive; Que, por lo expuesto precedentemente, corresponde el dictado del pertinente acto administrativo con el fin de comunicar a los interesados su participación en la referida actividad. Por ello, y en uso de las facultades que le son propias

EL SUBSECRETARIO DE DESARROLLO ECONOMICO RESUELVE:

Artículo 1°: Apruébase la nómina de los seleccionados para participar en la categoría diseñadores emergentes, a saber: Juan Hernandez Daels - DNI N° 26.631.638 y Javier Alejandro Torres - DNI N° 31.293.373. Artículo 2°: Apruébase la nómina de los seleccionados para participar en la categoría diseñadores emergentes segunda edición, a saber: Andrea Urquizu - DNI N° 32.152.108. Artículo 3°: Apruébase la nómina de los seleccionados para participar en la categoría diseñadores emergentes tercera edición, a saber: Daniela Sartori - DNI 28.804.645 Artículo 4°: Declárase desierta la categoría de diseñadores de Autor de comprobada trayectoria. Artículo 5°: Apruébase la nómina de los seleccionados para participar en la categoría "Eventos, ferias sectoriales y actividades autogestinadas", a saber: Stand Solidario; Stand para los Diseñadores de Indibuy; Actividad Palermo Viejo, Pablo Ramirez en Met Citi y Desfile Cosiendo Redes de Escuela Cosiendo Redes. Artículo 6°: Dése al Registro. Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Comuníquese al Ministerio de Desarrollo Económico. Cumplido, archívese. Avogadro

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Ministerio de Modernización

RESOLUCIÓN N.º 1687/SSGRH/13

Buenos Aires, 2 de diciembre de 2013 VISTO: El Decreto N° 73/2013 y el Expediente Nº 1967792/2012, y CONSIDERANDO: Que según surge de los presentes actuados la Dirección General de Tesorería, de la Subsecretaría de Gestión y Administración Financiera, dependiente del Ministerio de Hacienda, solicita la transferencia del agente Hernán Leandro Pazos Baracat, D.N.I. 32.068.107, CUIL. 20-32068107-4, legajo personal 428.185, proveniente de la Dirección General Patrimonio e Instituto Histórico, del Ministerio de Cultura; Que es de hacer notar, que la tramitación a que se hizo mención cuenta con el aval de los organismos involucrados; Que es dable destacar, que en la presente gestión se ha dado cumplimiento a lo prescripto por el artículo 3 del Capítulo 1, del Anexo del Decreto Nº 73/2013; Que por lo expuesto procede realizar la pertinente norma legal, accediendo a lo requerido; Por ello, y conforme las facultades conferidas al suscripto mediante la Ley N° 4013 y los Decretos N° 660/2011 y sus modificatorios y el Decreto N° 73/2013,

EL SUBSECRETARIO DE GESTIÓN DE RECURSOS HUMANOS RESUELVE

Artículo 1.-Transfiérese al agente Hernán Leandro Pazos Baracat, D.N.I. 32.068.107, CUIL. 20-32068107-4, legajo personal 428.185, a la Dirección General de Tesorería, de la Subsecretaría de Gestión y Administración Financiera, dependiente del Ministerio de Hacienda, partida 6051.0000.A.A.01.0000, deja partida 5021.0030.A.A.01.0000, de la Dirección General Patrimonio e Instituto Histórico, del Ministerio de Cultura. Artículo 2.-La Gerencia Operativa de Administración del Escalafón General, de la Dirección General de Administración y Liquidación de Haberes, tomará los recaudos necesarios con relación a lo dispuesto en el artículo anterior. Artículo 3.-Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Gerencia Operativa Proyectos de Normas, dependiente de la Dirección General de Asuntos Laborales y Previsionales, de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos. Cumplido, archívese. Legorburu

RESOLUCIÓN N.º 1711/SSGRH/13

Buenos Aires, 2 de diciembre de 2013 VISTO: El Expediente N° 2340313/2011, y

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Que por Resolución Nº 473/MSGCyMHGC/2013, se designó con carácter interino al Dr. Marcos Sebastián Trobiani, D.N.I. 28.501.147, CUIL. 20-28501147-8, legajo personal 413.739, como Especialista en la Guardia Médico Asistente (Cirugía General), con 30 horas semanales, en el Hospital General de Agudos "Dr. Carlos G. Durand", del Ministerio de Salud, cesando como Especialista en la Guardia Médica (Endoscopía), suplente, del citado Hospital; Que según surge de los presentes actuados, el establecimiento asistencial que nos ocupa, solicita se revea dicha designación toda vez que el nombrado no revista en calidad de suplente en el mencionado nosocomio; Que por lo expuesto y a fin de regularizar la situación planteada, procede dictar la norma legal pertinente; Que es del caso destacar, que la Dirección General Técnica Administrativa y Legal, del Ministerio de Modernización ha dictaminado con fecha 11 de enero de 2012, recaído en el Informe 79098/DGTALMOD/2012, que "...la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos tiene la facultad para suscribir aquellos actos que versen sobre modificaciones de revista de los RRHH del GCBA, así como también sobre las sanciones por cesantía en los supuestos que permite el anexo del Decreto 184/GCBA/2010." Por ello, conforme las facultades conferidas al suscripto mediante la Ley Nº 4013 y el Decreto Nº 660/2011 y sus modificatorios,

EL SUBSECRETARIO DE GESTIÓN DE RECURSOS HUMANOS RESUELVE

Artículo 1.-Establécese que la designación con carácter interino dispuesta por Resolución Nº 473/MSGCyMHGC/2013, en favor del Dr. Marcos Sebastián Trobiani, D.N.I. 28.501.147, CUIL. 20-28501147-8, legajo personal 413.739, lo es como Especialista en la Guardia Médico Asistente (Cirugía General), con 30 horas semanales, partida 4022.0600.MS.24.954, en el Hospital General de Agudos "Dr. Carlos G. Durand", del Ministerio de Salud. Artículo 2.-Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Gerencia Operativa Proyectos de Normas, dependiente de la Dirección General de Asuntos Laborales y Previsionales, de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos. Cumplido, archívese. Legorburu

RESOLUCIÓN N.º 1718/SSGRH/13

Buenos Aires, 2 de diciembre de 2013 VISTO: El Expediente N° 1711773/2012, y CONSIDERANDO: Que por Resolución Nº 1087/MSGCyMHGC/2011, se designó con carácter titular, entre otros, a la Dra. Marina Silvia Russo, D.N.I. 26.873.135, CUIL. 27-26873135-6, legajo personal 449.245, como Especialista en la Guardia Médica Asistente (Anestesiología), con 30 horas semanales, para desempeñarse los días Martes, en el Hospital General de Agudos "Dr. Carlos G. Durand", del Ministerio de Salud; Que según surge de los presentes actuados, el establecimiento asistencial que nos ocupa, solicita se revea dicha designación toda vez que la misma lo es cesando como Profesional de Guardia Médica, suplente;

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CONSIDERANDO:

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Que por lo expuesto y a fin de regularizar la situación planteada, procede dictar la norma legal pertinente; Que es del caso destacar, que la Dirección General Técnica Administrativa y Legal, del Ministerio de Modernización ha dictaminado con fecha 11 de enero de 2012, recaído en el Informe 79098/DGTALMOD/2012, que "...la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos tiene la facultad para suscribir aquellos actos que versen sobre modificaciones de revista de los RRHH del GCBA, así como también sobre las sanciones por cesantía en los supuestos que permite el anexo del Decreto 184/GCBA/2010." Por ello, conforme las facultades conferidas al suscripto mediante la Ley Nº 4013 y el Decreto Nº 660/2011 y sus modificatorios,

EL SUBSECRETARIO DE GESTIÓN DE RECURSOS HUMANOS RESUELVE

Artículo 1.-Establécese que la designación con carácter titular dispuesta por Resolución Nº 1087/MSGCyMHGC/2011, en favor de la Dra. Marina Silvia Russo, D.N.I. 26.873.135, CUIL. 27-26873135-6, legajo personal 449.245, lo es cesando como Profesional de Guardia Médica, suplente, partida 4022.1006.Z.25.924, del Hospital General de Agudos "Dr. José María Ramos Mejía", del Ministerio de Salud. Artículo 2.-Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Gerencia Operativa Proyectos de Normas, dependiente de la Dirección General de Asuntos Laborales y Previsionales, de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos. Cumplido, archívese. Legorburu

RESOLUCIÓN N.º 1719/SSGRH/13

Buenos Aires, 2 de diciembre de 2013 VISTO: El E.E. Nº 4837785/2013, (EMUI) y CONSIDERANDO: Que según surge de los presentes actuados, el agente Santiago Martin Tiscornia, D.N.I. 31.703.585, CUIL. 20-31703585-4, legajo personal 441.977, presentó su renuncia, a partir del 1 de julio de 2013, perteneciente al Organismo Fuera de Nivel Ente de Mantenimiento Urbano Integral, del Ministerio de Ambiente y Espacio Público, conforme lo prescripto por el artículo 60 de la Ley Nº 471; Que como consecuencia de lo expresado, el precitado Organismo Fuera de Nivel, eleva la renuncia a que nos hemos referido. Que por lo expuesto, procede dictar la norma legal pertinente. Que es del caso destacar, que la Dirección General Técnica Administrativa y Legal del Ministerio de Modernización ha dictaminado con fecha 11 de enero de 2012, recaído en el Informe 79098/DGTALMOD/2012, que "... la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos tiene facultades para suscribir aquellos actos que versen sobre modificaciones de revista de los RRHH del GCBA, así como también las sanciones por cesantía en los supuestos que permite el Anexo del Decreto Nº 184/GCBA/2010". Por ello, y conforme las facultades conferidas al suscripto mediante la Ley Nº 4013 y el Decreto N° 660/2011 y sus modificatorios,

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EL SUBSECRETARIO DE GESTION DE RECURSOS HUMANOS RESUELVE

Artículo 1.-Acéptase a partir del 1 de julio de 2013, la renuncia presentada por el agente Santiago Martin Tiscornia, D.N.I. 31.703.585, CUIL. 20-31703585-4, legajo personal 441.977, perteneciente al Organismo Fuera de Nivel Ente de Mantenimiento Urbano Integral, del Ministerio de Ambiente y Espacio Público, deja partida 3504.0000.A.A.01.0000, conforme lo prescripto por el artículo 60 de la Ley Nº 471. Artículo 2.-La Gerencia Operativa Administración y Normativa, de la Dirección General de Administración y Liquidación de Haberes, tomará los recaudos necesarios con relación a lo dispuesto en el artículo anterior. Artículo 3.-Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Gerencia Operativa Proyectos de Normas, dependiente de la Dirección General de Asuntos Laborales y Previsionales, de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos. Cumplido, archívese. Legorburu

RESOLUCIÓN N.º 1733/SSGRH/13

Buenos Aires, 5 de diciembre de 2013 VISTO: El Decreto N° 73/2013 y el E. E. N°6547885/2013 (AGC), y CONSIDERANDO: Que según surge de los presentes actuados, la Dirección General de Habilitaciones y Permisos, de la Agencia Gubernamental de Control (AGC), solicita las transferencias de varios agentes, a la Comuna N° 7; Que es de hacer notar, que la tramitación a que se hizo mención cuenta con el aval de los organismos involucrados; Que asimismo se señala, que en fecha 3 de octubre de 2013, se ha celebrado un Acta de Audiencia entre el Sindicato Único de Trabajadores del Estado de la Ciudad de Buenos Aires -SUTECBA-, el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y la Agencia Gubernamental de Control (AGC), acordando que se procederá a iniciar el proceso indicado en el Acta del 30 de septiembre de 2013, la cual consigna que finalizada la conciliación obligatoria, se procederá a aplicar en un todo lo prescripto en el artículo 35 del Convenio Colectivo de Trabajo firmado por SUTECBA en fecha 8 de septiembre de 2010; Que es dable destacar, que en la presente gestión se ha dado cumplimiento a lo prescripto por el artículo 3 del Capítulo 1, del Anexo del Decreto Nº 73/2013; Que por lo expuesto procede realizar la pertinente norma legal, accediendo a lo requerido; Por ello, y conforme las facultades conferidas al suscripto mediante la Ley N° 4013 y el Decreto Nº 660/2011 y sus modificatorios y el Decreto Nº 73/2013,

EL SUBSECRETARIO DE GESTIÓN DE RECURSOS HUMANOS RESUELVE

Artículo 1.- Transfiérense a los agentes que se indican en el Anexo "I", que a todos sus efectos forma parte integrante de la presente Resolución, en el modo y condiciones que se consigna.

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Artículo 2.- Establécese que los agentes transferidos por el artículo 1 de la presente Resolución, continuarán percibiendo la remuneración actual de sus haberes, entendiendo que los únicos conceptos que no forman parte del mismo son los premios de productividad y presentismo que los agentes percibían en la AGC. Artículo 3.- La Gerencia Operativa de Administración del Escalafón General, de la Dirección General de Administración y Liquidación de Haberes, tomará los recaudos necesarios con relación a lo dispuesto en el artículo anterior. Artículo 4.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Gerencia Operativa Proyectos de Normas, dependiente de la Dirección General de Asuntos Laborales y Previsionales, de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos. Cumplido, archívese. Legorburu

ANEXO

RESOLUCIÓN N.º 1735/SSGRH/13

Buenos Aires, 5 de diciembre de 2013 VISTO: El Decreto N° 73/2013 y el E.E N° 6845843/2013 (AGC), y CONSIDERANDO: Que según surge de los presentes actuados, la Dirección General de Habilitaciones y Permisos, de la Agencia Gubernamental de Control (AGC), solicita la transferencia del agente Emilio Romeo Minue, D.N.I. 10.795.231, CUIL. 20-10795231-5, legajo personal 286.867, al Hospital General de Agudos "Dr. Teodoro Álvarez", dependiente del Ministerio de Salud; Que es de hacer notar, que la tramitación a que se hizo mención cuenta con el aval de los organismos involucrados; Que asimismo se señala, que en fecha 3 de octubre de 2013, se ha celebrado un Acta de Audiencia entre el Sindicato Único de Trabajadores del Estado de la Ciudad de Buenos Aires -SUTECBA-, el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y la Agencia Gubernamental de Control (AGC), acordando que se procederá a iniciar el proceso indicado en el Acta del 30 de septiembre de 2013, la cual consigna que finalizada la conciliación obligatoria, se procederá a aplicar en un todo lo prescripto en el artículo 35 del Convenio Colectivo de Trabajo firmado por SUTECBA en fecha 8 de septiembre de 2010; Que es dable destacar, que en la presente gestión se ha dado cumplimiento a lo prescripto por el artículo 3 del Capítulo 1, del Anexo del Decreto Nº 73/2013; Que por lo expuesto procede realizar la pertinente norma legal, accediendo a lo requerido; Por ello, y conforme las facultades conferidas al suscripto mediante la Ley N° 4013 y el Decreto Nº 660/2011 y sus modificatorios y el Decreto Nº 73/2013,

EL SUBSECRETARIO DE GESTIÓN DE RECURSOS HUMANOS RESUELVE

Artículo 1.-Transfiérese al agente Emilio Romeo Minue, D.N.I. 10.795.231, CUIL. 20-10795231-5, legajo personal 286.867, al Hospital General de Agudos "Dr. Teodoro Álvarez", dependiente del Ministerio de Salud, partida 4022.0400.A.B.05.0225.101, deja partida 2627.0000.A.B.05.0225.101, de la Dirección General de Habilitaciones y Permisos, de la Agencia Gubernamental de Control (AGC).

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Artículo 2.-Establécese que el agente transferido por el artículo 1 de la presente Resolución, continuará percibiendo la remuneración actual de sus haberes, entendiendo que los únicos conceptos que no forman parte del mismo son los premios de productividad y presentismo que el agente percibía en la AGC. Artículo 3.-La Gerencia Operativa de Administración del Escalafón General, de la Dirección General de Administración y Liquidación de Haberes, tomará los recaudos necesarios con relación a lo dispuesto en el artículo anterior. Artículo 4.-Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Gerencia Operativa Proyectos

de Normas, dependiente de la Dirección General de Asuntos Laborales y Previsionales, de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos. Cumplido, archívese. Legorburu

RESOLUCIÓN N.º 1736/SSGRH/13

Buenos Aires, 5 de diciembre de 2013 VISTO: El Decreto N° 73/2013 y el E.E N° 6845834/2013 (AGC), y CONSIDERANDO: Que según surge de los presentes actuados, la Dirección General de Fiscalización y Control, de la Agencia Gubernamental de Control (AGC), solicita la transferencia del agente Federico Javier Musmanno, D.N.I. 28.023.098, CUIL. 20-28023098-8, legajo personal 465.891, a la Comuna N° 15; Que es de hacer notar, que la tramitación a que se hizo mención cuenta con el aval de los organismos involucrados; Que asimismo se señala, que en fecha 3 de octubre de 2013, se ha celebrado un Acta de Audiencia entre el Sindicato Único de Trabajadores del Estado de la Ciudad de Buenos Aires -SUTECBA-, el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y la Agencia Gubernamental de Control (AGC), acordando que se procederá a iniciar el proceso indicado en el Acta del 30 de septiembre de 2013, la cual consigna que finalizada la conciliación obligatoria, se procederá a aplicar en un todo lo prescripto en el artículo 35 del Convenio Colectivo de Trabajo firmado por SUTECBA en fecha 8 de septiembre de 2010; Que es dable destacar, que en la presente gestión se ha dado cumplimiento a lo prescripto por el artículo 3 del Capítulo 1, del Anexo del Decreto Nº 73/2013; Que por lo expuesto procede realizar la pertinente norma legal, accediendo a lo requerido; Por ello, y conforme las facultades conferidas al suscripto mediante la Ley N° 4013 y el Decreto Nº 660/2011 y sus modificatorios y el Decreto Nº 73/2013,

EL SUBSECRETARIO DE GESTIÓN DE RECURSOS HUMANOS RESUELVE

Artículo 1.-Transfiérese al agente Federico Javier Musmanno, D.N.I. 28.023.098, CUIL. 20-28023098-8, legajo personal 465.891, a la Comuna N° 15, partida 2178.1500.P.A.01.0000.215, deja partida 2662.0030.P.A.01.0000.215, de la Dirección General de Fiscalización y Control, de la Agencia Gubernamental de Control (AGC). Artículo 2.-Establécese que el agente transferido por el artículo 1 de la presente Resolución, continuará percibiendo la remuneración actual de sus haberes, entendiendo que los únicos conceptos que no forman parte del mismo son los premios de productividad y presentismo que el agente percibía en la AGC.

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Artículo 3.-La Gerencia Operativa de Administración del Escalafón General, de la Dirección General de Administración y Liquidación de Haberes, tomará los recaudos necesarios con relación a lo dispuesto en el artículo anterior. Artículo 4.-Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Gerencia Operativa Proyectos de Normas, dependiente de la Dirección General de Asuntos Laborales y

Previsionales, de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos. Cumplido, archívese. Legorburu

RESOLUCIÓN N.º 1737/SSGRH/13

Buenos Aires, 5 de diciembre de 2013 VISTO: El Decreto N° 73/2013 y el E. E. N° 6547936/2013 (AGC), y CONSIDERANDO: Que según surge de los presentes actuados, la Dirección General de Habilitaciones y Permisos, de la Agencia Gubernamental de Control (AGC), solicita las transferencias de varios agentes, a la Comuna Nº 11; Que es de hacer notar, que la tramitación a que se hizo mención cuenta con el aval de los organismos involucrados; Que asimismo se señala, que en fecha 3 de octubre de 2013, se ha celebrado un Acta de Audiencia entre el Sindicato Único de Trabajadores del Estado de la Ciudad de Buenos Aires -SUTECBA-, el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y la Agencia Gubernamental de Control (AGC), acordando que se procederá a iniciar el proceso indicado en el Acta del 30 de septiembre de 2013, la cual consigna que finalizada la conciliación obligatoria, se procederá a aplicar en un todo lo prescripto en el artículo 35 del Convenio Colectivo de Trabajo firmado por SUTECBA en fecha 8 de septiembre de 2010; Que es dable destacar, que en la presente gestión se ha dado cumplimiento a lo prescripto por el artículo 3 del Capítulo 1, del Anexo del Decreto Nº 73/2013; Que por lo expuesto procede realizar la pertinente norma legal, accediendo a lo requerido; Por ello, y conforme las facultades conferidas al suscripto mediante la Ley N° 4013 y el Decreto Nº 660/2011 y sus modificatorios y el Decreto Nº 73/2013,

EL SUBSECRETARIO DE GESTIÓN DE RECURSOS HUMANOS RESUELVE

Artículo 1.- Transfiérense a los agentes que se indican en el Anexo "I", que a todos sus efectos forma parte integrante de la presente Resolución, en el modo y condiciones que se consigna. Artículo 2.- Establécese que los agentes transferidos por el artículo 1 de la presente Resolución, continuarán percibiendo la remuneración actual de sus haberes, entendiendo que los únicos conceptos que no forman parte del mismo son los premios de productividad y presentismo que el agente percibía en la AGC. Artículo 3.- La Gerencia Operativa de Administración del Escalafón General, de la Dirección General de Administración y Liquidación de Haberes, tomará los recaudos necesarios con relación a lo dispuesto en el artículo anterior. Artículo 4.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Gerencia Operativa Proyectos de Normas, dependiente de la Dirección General de Asuntos Laborales y Previsionales, de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos. Cumplido, archívese. Legorburu

Página Nº 83Nº4328 - 29/01/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

ANEXO

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RESOLUCIÓN N.º 1738/SSGRH/13

Buenos Aires, 5 de diciembre de 2013 VISTO: El Decreto N° 73/2013 y el E. E. N°6547952/2013 (AGC), y CONSIDERANDO: Que según surge de los presentes actuados, diferentes reparticiones, de la Agencia Gubernamental de Control (AGC), solicita las transferencias de varios agentes, al Hospital "Bernardino Rivadavia", de la Dirección General de Región Sanitaria IV, de la Subsecretaría de Atención Integrada de Salud, del Ministerio de Salud; Que es de hacer notar, que la tramitación a que se hizo mención cuenta con el aval de los organismos involucrados; Que asimismo se señala, que en fecha 3 de octubre de 2013, se ha celebrado un Acta de Audiencia entre el Sindicato Único de Trabajadores del Estado de la Ciudad de Buenos Aires -SUTECBA-, el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y la Agencia Gubernamental de Control (AGC), acordando que se procederá a iniciar el proceso indicado en el Acta del 30 de septiembre de 2013, la cual consigna que finalizada la conciliación obligatoria, se procederá a aplicar en un todo lo prescripto en el artículo 35 del Convenio Colectivo de Trabajo firmado por SUTECBA en fecha 8 de septiembre de 2010; Que es dable destacar, que en la presente gestión se ha dado cumplimiento a lo prescripto por el artículo 3 del Capítulo 1, del Anexo del Decreto Nº 73/2013; Que por lo expuesto procede realizar la pertinente norma legal, accediendo a lo requerido; Por ello, y conforme las facultades conferidas al suscripto mediante la Ley N° 4013 y el Decreto Nº 660/2011 y sus modificatorios y el Decreto Nº 73/2013,

EL SUBSECRETARIO DE GESTIÓN DE RECURSOS HUMANOS RESUELVE

Artículo 1.- Transfiérense a los agentes que se indican en el Anexo "I", que a todos sus efectos forma parte integrante de la presente Resolución, en el modo y condiciones que se consigna. Artículo 2.- Establécese que los agentes transferidos por el artículo 1 de la presente Resolución, continuarán percibiendo la remuneración actual de sus haberes, entendiendo que los únicos conceptos que no forman parte del mismo son los premios de productividad y presentismo que el agente percibía en la AGC. Artículo 3.- La Gerencia Operativa de Administración del Escalafón General, de la Dirección General de Administración y Liquidación de Haberes, tomará los recaudos necesarios con relación a lo dispuesto en el artículo anterior. Artículo 4.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Gerencia Operativa Proyectos de Normas, dependiente de la Dirección General de Asuntos Laborales y Previsionales, de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos. Cumplido, archívese. Legorburu

ANEXO

Página Nº 84Nº4328 - 29/01/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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RESOLUCIÓN N.º 1739/SSGRH/13

Buenos Aires, 5 de diciembre de 2013 VISTO: El Decreto N° 73/2013 y el E. E. N°6547117/2013 (AGC), y CONSIDERANDO: Que según surge de los presentes actuados, la Dirección General de Habilitaciones y Permisos, de la Agencia Gubernamental de Control (AGC), solicita las transferencias de varios agentes, a la Comuna 10; Que es de hacer notar, que la tramitación a que se hizo mención cuenta con el aval de los organismos involucrados; Que asimismo se señala, que en fecha 3 de octubre de 2013, se ha celebrado un Acta de Audiencia entre el Sindicato Único de Trabajadores del Estado de la Ciudad de Buenos Aires -SUTECBA-, el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y la Agencia Gubernamental de Control (AGC), acordando que se procederá a iniciar el proceso indicado en el Acta del 30 de septiembre de 2013, la cual consigna que finalizada la conciliación obligatoria, se procederá a aplicar en un todo lo prescripto en el artículo 35 del Convenio Colectivo de Trabajo firmado por SUTECBA en fecha 8 de septiembre de 2010; Que es dable destacar, que en la presente gestión se ha dado cumplimiento a lo prescripto por el artículo 3 del Capítulo 1, del Anexo del Decreto Nº 73/2013; Que por lo expuesto procede realizar la pertinente norma legal, accediendo a lo requerido; Por ello, y conforme las facultades conferidas al suscripto mediante la Ley N° 4013 y el Decreto Nº 660/2011 y sus modificatorios y el Decreto Nº 73/2013,

EL SUBSECRETARIO DE GESTIÓN DE RECURSOS HUMANOS RESUELVE

Artículo 1.- Transfiérense a los agentes que se indican en el Anexo "I", que a todos sus efectos forma parte integrante de la presente Resolución, en el modo y condiciones que se consigna. Artículo 2.- Establécese que los agentes transferidos por el artículo 1 de la presente Resolución, continuarán percibiendo la remuneración actual de sus haberes, entendiendo que los únicos conceptos que no forman parte del mismo son los premios de productividad y presentismo que el agente percibía en la AGC. Artículo 3.- La Gerencia Operativa de Administración del Escalafón General, de la Dirección General de Administración y Liquidación de Haberes, tomará los recaudos necesarios con relación a lo dispuesto en el artículo anterior. Artículo 4.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Gerencia Operativa Proyectos de Normas, dependiente de la Dirección General de Asuntos Laborales y Previsionales, de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos. Cumplido, archívese. Legorburu

ANEXO

Página Nº 85Nº4328 - 29/01/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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RESOLUCIÓN N.º 1740/SSGRH/13

Buenos Aires, 5 de diciembre de 2013 VISTO: El Decreto N° 73/2013 y el E.E N° 6485085/2013 (AGC), y CONSIDERANDO: Que según surge de los presentes actuados, la Dirección General de Habilitaciones y Permisos, de la Agencia Gubernamental de Control (AGC), solicita la transferencia de la agente Jimena Soledad Gallego, D.N.I. 32.462.107, CUIL. 27-32462107-0, legajo personal 443.922, a la Subsecretaría de Deportes, del Ministerio de Desarrollo Económico; Que es de hacer notar, que la tramitación a que se hizo mención cuenta con el aval de los organismos involucrados; Que asimismo se señala, que en fecha 3 de octubre de 2013, se ha celebrado un Acta de Audiencia entre el Sindicato Único de Trabajadores del Estado de la Ciudad de Buenos Aires -SUTECBA-, el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y la Agencia Gubernamental de Control (AGC), acordando que se procederá a iniciar el proceso indicado en el Acta del 30 de septiembre de 2013, la cual consigna que finalizada la conciliación obligatoria, se procederá a aplicar en un todo lo prescripto en el artículo 35 del Convenio Colectivo de Trabajo firmado por SUTECBA en fecha 8 de septiembre de 2010; Que es dable destacar, que en la presente gestión se ha dado cumplimiento a lo prescripto por el artículo 3 del Capítulo 1, del Anexo del Decreto Nº 73/2013; Que por lo expuesto procede realizar la pertinente norma legal, accediendo a lo requerido; Por ello, y conforme las facultades conferidas al suscripto mediante la Ley N° 4013 y el Decreto Nº 660/2011 y sus modificatorios y el Decreto Nº 73/2013,

EL SUBSECRETARIO DE GESTIÓN DE RECURSOS HUMANOS RESUELVE

Artículo 1.-Transfiérese a la agente Jimena Soledad Gallego, D.N.I. 32.462.107, CUIL. 27-32462107-0, legajo personal 443.922, a la Subsecretaría de Deportes, del Ministerio de Desarrollo Económico, partida 6501.1000.A.A.01.0000, deja partida 2627.0000.A.A.01.0000, de la Dirección General de Habilitaciones y Permisos, de la Agencia Gubernamental de Control (AGC). Artículo 2.-Establécese que la agente transferido por el artículo 1 de la presente Resolución, continuará percibiendo la remuneración actual de sus haberes, entendiendo que los únicos conceptos que no forman parte del mismo son los premios de productividad y presentismo que el agente percibía en la AGC. Artículo 3.-La Gerencia Operativa de Administración del Escalafón General, de la Dirección General de Administración y Liquidación de Haberes, tomará los recaudos necesarios con relación a lo dispuesto en el artículo anterior.

Artículo 4.-Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Gerencia Operativa Proyectos de Normas, dependiente de la Dirección General de Asuntos Laborales y Previsionales, de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos. Cumplido, archívese. Legorburu

Página Nº 86Nº4328 - 29/01/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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RESOLUCIÓN N.º 1764/SSGRH/13

Buenos Aires, 10 de diciembre de 2013 VISTO: El E.E. Nº 4337641/2013 (HGAVS), y CONSIDERANDO: Que según surge de los presentes actuados, la agente Nancy Haydee Deluca, D.N.I. 21.114.958, CUIL. 27-21114958-8, legajo personal 407.938, presentó su renuncia a partir del 5 de septiembre de 2013, como Enfermera, perteneciente al Hospital General de Agudos "Dr. Dalmacio Vélez Sarsfield", del Ministerio de Salud, conforme lo prescripto por el artículo 60 de la Ley Nº 471; Que como consecuencia de lo expresado, el precitado establecimiento asistencial, eleva la renuncia a que nos hemos referido; Que por lo expuesto procede dictar la norma legal pertinente. Que es del caso destacar, que la Dirección General Técnica Administrativa y Legal del Ministerio de Modernización ha dictaminado con fecha 11 de enero de 2012, recaído en el Informe 79098/DGTALMOD/2012, que "... la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos tiene facultades para suscribir aquellos actos que versen sobre modificaciones de revista de los RRHH del GCBA, así como también las sanciones por cesantía en los supuestos que permite el Anexo del Decreto Nº 184/GCBA/2010". Por ello, y conforme las facultades conferidas al suscripto mediante la Ley Nº 4013 y el Decreto N° 660/2011, y sus modificatorios,

EL SUBSECRETARIO DE GESTION DE RECURSOS HUMANOS RESUELVE

Artículo 1.-Acéptase a partir del 5 de septiembre de 2013, la renuncia presentada por la agente Nancy Haydee Deluca, D.N.I. 21.114.958, CUIL. 27-21114958-8, legajo personal 407.938, como Enfermera, perteneciente al Hospital General de Agudos "Dr. Dalmacio Vélez Sarsfield", del Ministerio de Salud, deja partida 4022.1200.T.A.02.0290.333, conforme lo prescripto por el artículo 60 de la Ley Nº 471. Artículo 2.-La Gerencia Operativa Administración y Normativa, de la Dirección General de Administración y Liquidación de Haberes, tomará los recaudos necesarios con relación a lo dispuesto en el artículo anterior. Artículo 3.-Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Gerencia Operativa Proyectos de Normas, dependiente de la Dirección General de Asuntos Laborales y Previsionales, de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos. Cumplido, archívese. Legorburu

RESOLUCIÓN N.º 1766/SSGRH/13

Buenos Aires, 10 de diciembre de 2013 VISTO: El E.E. Nº 6295980/2013 (HGAP), y

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CONSIDERANDO: Que según surge de los presentes actuados, la agente Paulina Hilda Fariña, D.N.I. 17.980.336, CUIL. 23-17980336-4, legajo personal 447.849, presentó su renuncia a partir del 30 de octubre de 2013, perteneciente al Hospital General de Agudos "Dr. José María Penna", del Ministerio de Salud, conforme lo prescripto por el artículo 60 de la Ley Nº 471; Que como consecuencia de lo expresado, el precitado establecimiento asistencial, eleva la renuncia a que nos hemos referido; Que por lo expuesto procede dictar la norma legal pertinente. Que es del caso destacar, que la Dirección General Técnica Administrativa y Legal del Ministerio de Modernización ha dictaminado con fecha 11 de enero de 2012, recaído en el Informe 79098/DGTALMOD/2012, que "... la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos tiene facultades para suscribir aquellos actos que versen sobre modificaciones de revista de los RRHH del GCBA, así como también las sanciones por cesantía en los supuestos que permite el Anexo del Decreto Nº 184/GCBA/2010". Por ello, y conforme las facultades conferidas al suscripto mediante la Ley Nº 4013 y el Decreto N° 660/2011, y sus modificatorios,

EL SUBSECRETARIO DE GESTION DE RECURSOS HUMANOS RESUELVE

Artículo 1.-Acéptase a partir del 30 de octubre de 2013, la renuncia presentada por la agente Paulina Hilda Fariña, D.N.I. 17.980.336, CUIL. 23-17980336-4, legajo personal 447.849, perteneciente al Hospital General de Agudos "Dr. José María Penna", del Ministerio de Salud, deja partida 4022.1400.S.A.01.0000, conforme lo prescripto por el artículo 60 de la Ley Nº 471. Artículo 2.-La Gerencia Operativa Administración y Normativa, de la Dirección General de Administración y Liquidación de Haberes, tomará los recaudos necesarios con relación a lo dispuesto en el artículo anterior. Artículo 3.-Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Gerencia Operativa Proyectos de Normas, dependiente de la Dirección General de Asuntos Laborales y Previsionales, de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos. Cumplido, archívese. Legorburu

RESOLUCIÓN N.º 1767/SSGRH/13

Buenos Aires, 10 de diciembre de 2013 VISTO: El Decreto N° 73/2013 y el E.E. N° 26973985/2013 (DGLBYPL), y CONSIDERANDO: Que según surge de los presentes actuados, la Dirección General del Libro, Bibliotecas y Promoción de la Lectura, del Ministerio de Cultura, solicita la transferencia de la agente Juliana Carcar, D.N.I. 26.857.854, CUIL. 23-26857854-4, legajo personal 449.540, proveniente de la Comuna 7; Que es de hacer notar, que la tramitación a que se hizo mención cuenta con el aval de los organismos involucrados;

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Que es dable destacar, que en la presente gestión se ha dado cumplimiento a lo prescripto por el Artículo 3 del Capítulo 1, del Anexo del Decreto N° 73/2013; Que por lo expuesto, procede realizar la pertinente norma legal, accediendo a lo requerido; Por ello, y conforme las facultades conferidas al suscripto mediante la Ley N° 4013 y el Decreto Nº 660/2011 y sus modificatorios y el Decreto Nº 73/2013,

EL SUBSECRETARIO DE GESTIÓN DE RECURSOS HUMANOS RESUELVE

Artículo 1.-Transfiérese a la agente Juliana Carcar, D.N.I. 26.857.854, CUIL. 23-26857854-4, legajo personal 449.540, a la Dirección General del Libro, Bibliotecas y Promoción de la Lectura, del Ministerio de Cultura, partida 5066.0000.A.A.01.0000, deja partida 2178.0700.A.A.01.0000, de la Comuna 7. Artículo 2.-La Gerencia Operativa de Administración del Escalafón General, de la Dirección General de Administración y Liquidación de Haberes, tomará los recaudos necesarios con relación a lo dispuesto en el artículo anterior. Artículo 3.-Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Gerencia Operativa Proyectos de Normas, dependiente de la Dirección General de Asuntos Laborales y Previsionales, de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos. Cumplido, archívese. Legorburu

RESOLUCIÓN N.º 1769/SSGRH/13

Buenos Aires, 10 de diciembre de 2013 VISTO: El Decreto N° 73/2013 y el E.E. N° 1907857/2013 (UAC9), y CONSIDERANDO: Que según surge de los presentes actuados la Comuna 9, solicita la transferencia del agente Guillermo Alfredo Seijas, D.N.I. 14.884.458, CUIL 20-14884458-6, legajo personal 302.107, proveniente de la Gerencia Operativa Polideportivos, de la Dirección General de Infraestructura y Administración, de la Subsecretaria de Deportes; Que es de hacer notar, que la tramitación a que se hizo mención cuenta el aval de los organismos involucrados; Que es dable destacar, que en la presente gestión se ha dado cumplimiento a lo prescripto por el Artículo 3 del Capítulo 1, del Anexo del Decreto N° 73/2013; Que por lo expuesto, procede realizar la pertinente norma legal, accediendo a lo requerido; Por ello, y conforme las facultades conferidas al suscripto mediante la Ley N° 4013 y los Decretos N° 660/2011 y sus modificatorios y el Decreto N° 73/2013,

EL SUBSECRETARIO DE GESTIÓN DE RECURSOS HUMANOS RESUELVE

Artículo 1.-Transfiérese al agente Guillermo Alfredo Seijas, D.N.I. 14.884.458, CUIL 20-14884458-6, legajo personal 302.107, a la Comuna 9, partida 2178.0000.S.A.04.0920.405, deja partida 6511.0011.S.A.04.0920.405, de la Gerencia Operativa Polideportivos, de la Dirección General de Infraestructura y Administración, de la Subsecretaria de Deportes.

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Artículo 2.-La Gerencia Operativa de Administración del Escalafón General, de la Dirección General de Administración y Liquidación de Haberes, tomará los recaudos necesarios con relación a lo dispuesto en el artículo anterior. Artículo 3.-Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Gerencia Operativa Proyectos de Normas, dependiente de la Dirección General de Asuntos Laborales y Previsionales, de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos. Cumplido, archívese. Legorburu

RESOLUCIÓN N.º 1772/SSGRH/13

Buenos Aires, 10 de diciembre de 2013 VISTO: El E.E. Nº 5992111/2013 (HGAJAF), y CONSIDERANDO: Que por Resolución Nº 1272/SSGRH/2013, fue aceptada a partir del 1 de agosto de 2013, la renuncia presentada por la Dra. Carmen Victoria Ferreyra, D.N.I 34.275.164, CUIL. 23-34275164-4, como Residente de 1° Año, en la especialidad "Clínica Médica", del Sistema de Residencias del "Equipo de Salud", del Hospital General de Agudos "Dr. José María Ramos Mejía", del Ministerio de Salud; Que según surge de los presentes actuados, la Doctora mencionada manifiesta que en lugar de peticionar la renuncia, solicitó su readjudicación como Residente de 1° Año, en la especialidad "Clínica Médica", del Sistema de Residencias del "Equipo de Salud", del Hospital General de Agudos "Dr. Juan A. Fernández"; Que como consecuencia de lo antedicho, procede dejar sin efecto los términos de la citada norma legal regularizando de este modo la situación de revista de la nombrada; Que es del caso destacar que la Dirección General Técnica Administrativa y Legal, del Ministerio de Modernización ha dictaminado, con fecha 11 de enero de 2012, recaído en el informe 79098/DGTALMOD/2012, "...que la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos tiene facultades para suscribir aquellos actos que versen sobre modificaciones de revista de los RRHH del GCBA, así como también sobre las sanciones por cesantía en los supuestos que permite el Anexo del Decreto N° 184/GCBA/2010.". Por ello, y conforme las facultades conferidas al suscripto mediante la Ley N° 4013 y el Decreto N° 660/2011 y sus modificatorios,

EL SUBSECRETARIO DE GESTIÓN DE RECURSOS HUMANOS RESUELVE

Artículo 1.-Déjanse sin efecto los términos de la Resolución Nº 1272/SSGRH/2013, debiendo continuar revistando la Doctora Carmen Victoria Ferreyra, D.N.I. 34.275.164, CUIL. 23-34275164-4, como Residente de 1° Año, en la especialidad "Clínica Médica" del Sistema de Residencias del "Equipo de Salud", del Hospital General de Agudos "Dr. José María Ramos Mejía", del Ministerio de Salud, partida 4022.1000.R.58.308, en las condiciones establecidas en la Resolución N° 706/MSGC/2013.

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Artículo 2.-Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Gerencia Operativa Proyectos de Normas, dependiente de la Dirección General de Asuntos Laborales y Previsionales, de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos. Cumplido, archívese. Legorburu

RESOLUCIÓN N.º 1773/SSGRH/13

Buenos Aires, 10 de diciembre de 2013 VISTO: El E.E. Nº 5082364/2013, (HGACA), y CONSIDERANDO: Que según surge de los presentes actuados, el agente José Nolberto Luna, D.N.I. 17.894.524, CUIL. 20-17894524-7, legajo personal 391.950, presentó su renuncia a partir del 20 de septiembre de 2013, como Licenciado en Enfermería, perteneciente al Hospital General de Agudos "Dr. Cosme Argerich", del Ministerio de Salud, conforme lo prescripto por el artículo 60 de la Ley Nº 471; Que como consecuencia de lo expresado, el precitado establecimiento asistencial, eleva la renuncia a que nos hemos referido. Que por lo expuesto, procede dictar la norma legal pertinente. Que es del caso destacar que la Dirección General Técnica Administrativa y Legal, del Ministerio de Modernización ha dictaminado, con fecha 11 de enero de 2012, recaído en el informe 79098/DGTALMOD/2012, "...que la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos tiene facultades para suscribir aquellos actos que versen sobre modificaciones de revista de los RRHH del GCBA, así como también sobre las sanciones por cesantía en los supuestos que permite el Anexo del Decreto N° 184/GCBA/2010.". Por ello, y conforme las facultades conferidas al suscripto mediante la Ley N° 4013 y el Decreto N° 660/2011 y sus modificatorios,

EL SUBSECRETARIO DE GESTION DE RECURSOS HUMANOS RESUELVE

Artículo 1.-Acéptase a partir del 20 de septiembre de 2013, la renuncia presentada por el agente José Nolberto Luna, D.N.I. 17.894.524, CUIL. 20-17894524-7, legajo personal 391.950, como Licenciado en Enfermería, perteneciente al Hospital General de Agudos "Dr. Cosme Argerich", del Ministerio de Salud, deja partida 4022.0500.P.A.05.0270.243, conforme lo prescripto por el artículo 60 de la Ley Nº 471. Artículo 2.-La Gerencia Operativa de Administración y Normativa, de la Dirección General de Administración y Liquidación de Haberes, tomará los recaudos necesarios con relación a lo dispuesto en el artículo anterior. Artículo 3.-Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Gerencia Operativa Proyectos de Normas, dependiente de la Dirección General de Asuntos Laborales y Previsionales, de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos. Cumplido, archívese. Legorburu

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RESOLUCIÓN N.º 1774/SSGRH/13

Buenos Aires, 10 de diciembre de 2013 VISTO: El Decreto N° 73/2013 y el E.E N° 6845911/2013 (AGC), y CONSIDERANDO: Que según surge de los presentes actuados, la Agencia Gubernamental de Control (AGC), solicita la transferencia de la agente Graciela Miriam Deglise, D.N.I. 22.927.957, CUIL. 27-22927957-8, legajo personal 444.015, a la Comuna 13; Que es de hacer notar, que la tramitación a que se hizo mención cuenta con el aval de los organismos involucrados; Que asimismo se señala, que en fecha 3 de octubre de 2013, se ha celebrado un Acta de Audiencia entre el Sindicato Único de Trabajadores del Estado de la Ciudad de Buenos Aires -SUTECBA-, el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y la Agencia Gubernamental de Control (AGC), acordando que se procederá a iniciar el proceso indicado en el Acta del 30 de septiembre de 2013, la cual consigna que finalizada la conciliación obligatoria, se procederá a aplicar en un todo lo prescripto en el artículo 35 del Convenio Colectivo de Trabajo firmado por SUTECBA en fecha 8 de septiembre de 2010; Que es dable destacar, que en la presente gestión se ha dado cumplimiento a lo prescripto por el artículo 3 del Capítulo 1, del Anexo del Decreto Nº 73/2013; Que por lo expuesto procede realizar la pertinente norma legal, accediendo a lo requerido; Por ello, y conforme las facultades conferidas al suscripto mediante la Ley N° 4013 y el Decreto Nº 660/2011 y sus modificatorios y el Decreto Nº 73/2013,

EL SUBSECRETARIO DE GESTIÓN DE RECURSOS HUMANOS RESUELVE

Artículo 1.-Transfiérese a la agente Graciela Miriam Deglise, D.N.I. 22.927.957, CUIL. 27-22927957-8, legajo personal 444.015, a la Comuna 13, partida 2178.1300.A.A.01.0000, deja partida 2662.0030.A.A.01.0000, de la Dirección General de Fiscalización y Control, de la Agencia Gubernamental de Control (AGC). Artículo 2.-Establécese que la agente transferida por el artículo 1 de la presente Resolución, continuará percibiendo la remuneración actual de sus haberes, entendiendo que los únicos conceptos que no forman parte del mismo son los premios de productividad y presentismo que el agente percibía en la AGC. Artículo 3.-La Gerencia Operativa de Administración del Escalafón General, de la Dirección General de Administración y Liquidación de Haberes, tomará los recaudos necesarios con relación a lo dispuesto en el artículo anterior. Artículo 4.-Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Gerencia Operativa Proyectos de Normas, dependiente de la Dirección General de Asuntos Laborales y

Previsionales, de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos. Cumplido, archívese. Legorburu

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RESOLUCIÓN N.º 1775/SSGRH/13

Buenos Aires, 10 de diciembre de 2013 VISTO: El E.E. Nº 5887951/2013, (DGPDyND), y CONSIDERANDO: Que según surge de los presentes actuados, el agente Gonzalo Iván Gutiérrez Córdoba, D.N.I. 36.359.575, CUIL. 20-36359575-9, legajo personal 466.906, presentó su renuncia a partir del 15 de octubre de 2013, como Auxiliar de Portería, perteneciente a la Dirección General Personal Docente y No Docente, del Ministerio de Educación, conforme lo prescripto por el artículo 60 de la Ley Nº 471; Que como consecuencia de lo expresado, la precitada Dirección General, eleva la renuncia a que nos hemos referido. Que por lo expuesto, procede dictar la norma legal pertinente. Que es del caso destacar que la Dirección General Técnica Administrativa y Legal, del Ministerio de Modernización ha dictaminado, con fecha 11 de enero de 2012, recaído en el informe 79098/DGTALMOD/2012, "...que la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos tiene facultades para suscribir aquellos actos que versen sobre modificaciones de revista de los RRHH del GCBA, así como también sobre las sanciones por cesantía en los supuestos que permite el Anexo del Decreto N° 184/GCBA/2010.". Por ello, y conforme las facultades conferidas al suscripto mediante la Ley N° 4013 y el Decreto N° 660/2011 y sus modificatorios,

EL SUBSECRETARIO DE GESTION DE RECURSOS HUMANOS RESUELVE

Artículo 1.-Acéptase a partir del 15 de octubre de 2013, la renuncia presentada por el agente Gonzalo Iván Gutiérrez Córdoba, D.N.I. 36.359.575, CUIL. 20-36359575-9, legajo personal 466.906, como Auxiliar de Portería, perteneciente a la Dirección General Personal Docente y No Docente, del Ministerio de Educación, deja partida 5501.0000.S.A.01.0800.381, conforme lo prescripto por el artículo 60 de la Ley Nº 471. Artículo 2.-La Gerencia Operativa de Administración y Normativa, de la Dirección General de Administración y Liquidación de Haberes, tomará los recaudos necesarios con relación a lo dispuesto en el artículo anterior. Artículo 3.-Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Gerencia Operativa Proyectos de Normas, dependiente de la Dirección General de Asuntos Laborales y Previsionales, de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos. Cumplido, archívese. Legorburu

RESOLUCIÓN N.º 1777/SSGRH/13

Buenos Aires, 10 de diciembre de 2013 VISTO: El Decreto N° 73/2013 y E.E N° 991328/2013, (DGAR), y

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CONSIDERANDO: Que según surge de los presentes actuados la Dirección General de Recursos Administrativos, del Ministerio de Educación, solicita las transferencias de varios agentes, provenientes de la Dirección General de Educación de Gestión Estatal, del citado Ministerio; Que es de hacer notar, que la tramitación a que se hizo mención cuenta con el aval de los organismos involucrados; Que es dable destacar, que en la presente gestión se ha dado cumplimiento a lo prescripto por el artículo 3 del Capítulo 1, del Anexo del Decreto Nº 73/2013; Que por lo expuesto procede realizar la pertinente norma legal, accediendo a lo requerido; Por ello, y conforme las facultades conferidas al suscripto mediante la Ley N° 4013 y los Decretos Nº 660/2011 y sus modificatorios y el Decreto Nº 73/2013,

EL SUBSECRETARIO DE GESTIÓN DE RECURSOS HUMANOS RESUELVE

Artículo 1.- Transfiérense a los agentes que se indican en el Anexo "I", que a todos sus efectos forma parte integrante de la presente Resolución, en el modo y condiciones que se consigna. Artículo 2.- La Gerencia Operativa de Administración del Escalafón General, de la Dirección General de Administración y Liquidación de Haberes, tomará los recaudos necesarios con relación a lo dispuesto en el artículo anterior. Artículo 3.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, a la Gerencia Operativa Proyectos de Normas, dependiente de la Dirección General de Asuntos Laborales y Previsionales, de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos. Cumplido, archívese. Legorburu

ANEXO

RESOLUCIÓN N.º 1813/SSGRH/13

Buenos Aires, 16 de diciembre de 2013 VISTO: El Decreto N° 73/2013 y el E.E. N° 4607267/2013 (ISC), y CONSIDERANDO: Que por Acta Paritaria Nº 4/2013, instrumentada por Resolución Nº 285/MHGC/2013 se creó el Programa de Capacitación y Movilidad (PROCAM), a cargo del Instituto Superior de la Carrera del Ministerio de Modernización; Que mediante Resolución Nº 3120/MCGC/2013, se dispuso la transferencia de la agente Laura Barrionuevo, D.N.I. 17.332.621, CUIL. 27-17332621-7, legajo personal 428.788, al citado Programa; Que según surge de los presentes actuados, el mencionado Instituto, solicita la transferencia de la agente involucrada, al Hospital General de Niños "Pedro de Elizalde", del Ministerio de Salud; Que por lo expuesto, procede realizar la pertinente norma legal, accediendo a lo requerido, de acuerdo a lo prescripto por el Capítulo I del precitado Decreto;

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Por ello, y conforme las facultades conferidas al suscripto mediante la Ley N° 4013 y el Decreto Nº 660/2011 y sus modificatorios y el Decreto Nº 73/2013,

EL SUBSECRETARIO DE GESTIÓN DE RECURSOS HUMANOS RESUELVE

Artículo 1.-Transfiérese a la agente Laura Barrionuevo, D.N.I. 17.332.621, CUIL. 27-17332621-7, legajo personal 428.788, al Hospital General de Niños "Pedro de Elizalde", del Ministerio de Salud, partida 4021.0010.S.A.01.0000, deja partida 6008.1000.S.A.01.0000, del Programa de Capacitación y Movilidad (PROCAM), dependiente del Instituto Superior de la Carrera, del Ministerio de Modernización. Artículo 2.-Déjase establecido que la agente Laura Barrionuevo percibirá el adicional de (1) salario neto por la transferencia efectiva, acorde a lo dispuesto en el apartado 2) del Acta Paritaria Nº 4/2013. Artículo 3.-La Gerencia Operativa de Administración del Escalafón General, de la Dirección General de Administración y Liquidación de Haberes, tomará los recaudos necesarios con relación a lo dispuesto en el artículo anterior. Artículo 4.-Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Gerencia Operativa Proyectos de Normas, dependiente de la Dirección General de Asuntos Laborales y Previsionales, de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos. Cumplido, archívese. Legorburu

RESOLUCIÓN N.º 1858/SSGRH/13

Buenos Aires, 18 de diciembre de 2013 VISTO: El Decreto N° 73/2013 y el E.E N° 7038122/2013 (AGC), y CONSIDERANDO: Que según surge de los presentes actuados, la Agencia Gubernamental de Control (AGC), solicita la transferencia del agente Alfio Rogelio Gastaldi, D.N.I. 24.081.250, CUIL. 23-24081250-9, legajo personal 447.479, a la Dirección General de Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas, de la Subsecretaría de Gobierno, del Ministerio de Gobierno; Que es de hacer notar, que la tramitación a que se hizo mención cuenta con el aval de los organismos involucrados; Que asimismo se señala, que en fecha 3 de octubre de 2013, se ha celebrado un Acta de Audiencia entre el Sindicato Único de Trabajadores del Estado de la Ciudad de Buenos Aires -SUTECBA-, el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y la Agencia Gubernamental de Control (AGC), acordando que se procederá a iniciar el proceso indicado en el Acta del 30 de septiembre de 2013, la cual consigna que finalizada la conciliación obligatoria, se procederá a aplicar en un todo lo prescripto en el artículo 35 del Convenio Colectivo de Trabajo firmado por SUTECBA en fecha 8 de septiembre de 2010; Que es dable destacar, que en la presente gestión se ha dado cumplimiento a lo prescripto por el artículo 3 del Capítulo 1, del Anexo del Decreto Nº 73/2013; Que por lo expuesto procede realizar la pertinente norma legal, accediendo a lo requerido. Por ello, y conforme las facultades conferidas al suscripto mediante la Ley N° 4013 y el Decreto Nº 660/2011 y sus modificatorios y el Decreto Nº 73/2013,

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EL SUBSECRETARIO DE GESTIÓN DE RECURSOS HUMANOS RESUELVE

Artículo 1.-Transfiérese al agente Alfio Rogelio Gastaldi, D.N.I. 24.081.250, CUIL. 23-24081250-9, legajo personal 447.479, a la Dirección General de Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas, de la Subsecretaría de Gobierno, del Ministerio de Gobierno, partida 2660.0000.P.A.01.0000, deja partida 2627.0000.P.A.01.0000, de la Dirección General de Habilitaciones y Permisos, de la Agencia Gubernamental de Control (AGC). Artículo 2.-Establécese que el agente transferido por el artículo 1 de la presente Resolución, continuará percibiendo la remuneración actual de sus haberes, entendiendo que los únicos conceptos que no forman parte del mismo son los premios de productividad y presentismo que el agente percibía en la AGC. Artículo 3.-La Gerencia Operativa de Administración del Escalafón General, de la Dirección General de Administración y Liquidación de Haberes, tomará los recaudos necesarios con relación a lo dispuesto en el artículo anterior.

Artículo 4.-Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Gerencia Operativa Proyectos de Normas, dependiente de la Dirección General de Asuntos Laborales y Previsionales, de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos. Cumplido, archívese. Legorburu

RESOLUCIÓN N.º 1859/SSGRH/13

Buenos Aires, 18 de diciembre de 2013 VISTO: El Decreto N° 73/2013 y el E.E N° 7001265/2013 (AGC), y CONSIDERANDO: Que según surge de los presentes actuados, la Agencia Gubernamental de Control (AGC), solicita la transferencia de la agente Silvia Beatriz Pini, D.N.I. 14.898.621, CUIL. 27-14898621-0, legajo personal 443.867, al Hospital General de Niños "Pedro de Elizalde", del Ministerio de Salud; Que es de hacer notar, que la tramitación a que se hizo mención cuenta con el aval de los organismos involucrados; Que asimismo se señala, que en fecha 3 de octubre de 2013, se ha celebrado un Acta de Audiencia entre el Sindicato Único de Trabajadores del Estado de la Ciudad de Buenos Aires -SUTECBA-, el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y la Agencia Gubernamental de Control (AGC), acordando que se procederá a iniciar el proceso indicado en el Acta del 30 de septiembre de 2013, la cual consigna que finalizada la conciliación obligatoria, se procederá a aplicar en un todo lo prescripto en el artículo 35 del Convenio Colectivo de Trabajo firmado por SUTECBA en fecha 8 de septiembre de 2010; Que es dable destacar, que en la presente gestión se ha dado cumplimiento a lo prescripto por el artículo 3 del Capítulo 1, del Anexo del Decreto Nº 73/2013; Que por lo expuesto procede realizar la pertinente norma legal, accediendo a lo requerido; Por ello, y conforme las facultades conferidas al suscripto mediante la Ley N° 4013 y el Decreto Nº 660/2011 y sus modificatorios y el Decreto Nº 73/2013,

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Artículo 1.-Transfiérese a la agente Silvia Beatriz Pini, D.N.I. 14.898.621, CUIL. 27-14898621-0, legajo personal 443.867, al Hospital General de Niños "Pedro de Elizalde", del Ministerio de Salud, partida 4021.0010.A.B.05.0255.102, deja partida 2627.0000.A.B.05.0255.102, de la Dirección General de Habilitaciones y Permisos, de la Agencia Gubernamental de Control (AGC). Artículo 2.-Establécese que la agente transferida por el artículo 1 de la presente Resolución, continuará percibiendo la remuneración actual de sus haberes, entendiendo que los únicos conceptos que no forman parte del mismo son los premios de productividad y presentismo que la agente percibía en la AGC. Artículo 3.-La Gerencia Operativa de Administración del Escalafón General, de la Dirección General de Administración y Liquidación de Haberes, tomará los recaudos necesarios con relación a lo dispuesto en el artículo anterior. Artículo 4.-Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Gerencia Operativa Proyectos de Normas, dependiente de la Dirección General de Asuntos Laborales y Previsionales, de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos. Cumplido, archívese. Legorburu

RESOLUCIÓN N.º 1860/SSGRH/13

Buenos Aires, 18 de diciembre de 2013 VISTO: El Decreto N° 73/2013 y el E. E. N°6902531/2013 (ISC), y CONSIDERANDO: Que por Acta Paritaria Nº 4/2013, instrumentada por Resolución Nº 285/MHGC/2013 se creó el Programa de Capacitación y Movilidad (PROCAM), a cargo del Instituto Superior de la Carrera del Ministerio de Modernización; Que mediante Resolución Nº 679/MJGGC/2013, se dispuso la transferencia, entre otros, de la agente Valeria Cecilia Benítez, D.N.I. 30.602.910, CUIL 27-30602910-5, legajo personal 442.624, al citado Programa; Que según surge de los presentes actuados, el mencionado Instituto, solicita la transferencia de la involucrada al Hospital General de Niños "Pedro de Elizalde", del Ministerio de Salud; Que es dable destacar, que en la presente gestión se ha dado cumplimiento a lo prescripto por el artículo 3 del Capítulo 1, del Anexo del Decreto Nº 73/2013; Que por lo expuesto, procede realizar la pertinente norma legal, accediendo a lo requerido, de conformidad; Por ello, y conforme las facultades conferidas al suscripto mediante la Ley N° 4013 y los Decretos N° 660/2011 y sus modificatorios y el Decreto N° 73/2013,

EL SUBSECRETARIO DE GESTIÓN DE RECURSOS HUMANOS RESUELVE

Artículo 1.- Transfiérese a la agente Valeria Cecilia Benítez, D.N.I. 30.602.910, CUIL 27-30602910-5, legajo personal 442.624, al Hospital General de Niños "Pedro de Elizalde", dependiente del Ministerio de Salud, partida 4021.0010.S.A.01.0000, deja partida 6008.1000.S.A.01.0000, del Programa de Capacitación y Movilidad (PROCAM), dependiente del Instituto Superior de la Carrera. Artículo 2.- Déjase establecido que la agente Acosta percibirá el adicional de (1) salario neto por la transferencia efectiva, acorde a lo dispuesto en el apartado 2) del Acta Paritaria Nº 4/2013.

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EL SUBSECRETARIO DE GESTIÓN DE RECURSOS HUMANOS RESUELVE

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Artículo 3.- La Gerencia Operativa de Administración del Escalafón General, de la Dirección General de Administración y Liquidación de Haberes, tomará los recaudos necesarios con relación a lo dispuesto en el artículo anterior. Artículo 3.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Gerencia Operativa Proyectos de Normas, dependiente de la Dirección General de Asuntos Laborales y Previsionales, de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos. Cumplido, archívese. Legorburu

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Secretaría de Gestión Comunal y Atención

Ciudadana

RESOLUCIÓN N.º 19/SECGCYAC/14

Buenos Aires, 24 de enero de 2014

VISTO: Las Leyes Nros. 1.777, 4.013, los Decretos Nros. 660/11 y modificatorios, 472/13, el Expediente N° 00626636 -MGEYA-DGTALCIU-2014, y CONSIDERANDO: Que mediante la Ley N° 4.013 se aprobó la Ley de Ministerios, creando entre las Secretarías del Poder Ejecutivo, la Secretaría de Gestión Comunal y Atención Ciudadana; Que, entre los objetivos fijados para la Secretaría de Gestión Comunal y Atención Ciudadana se estableció el de coordinar e implementar el proceso de descentralización según lo establecido por la Ley de Comunas, entender en el diseño de las políticas tendientes a mantener el espacio público por aplicación de la Ley N° 1.777; así como entender en el diseño e implementación de modelos de gestión que optimicen la calidad de los servicios a los ciudadanos; Que por Decreto N° 660/11 se aprobó la estructura orgánico funcional del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires hasta el Nivel de Dirección General; Que por Decreto N° 590/12 modificatorio del Decreto N° 660/11, se aprobó la estructura orgánico funcional de esta Secretaría de Gestión Comunal y Atención Ciudadana; Que la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en su artículo 26 establece el derecho de toda persona a gozar de un ambiente sano, así como el deber de preservarlo y definirlo en provecho de las generaciones presentes y futuras; Que entre las mayores preocupaciones que manifiestan los vecinos de la Ciudad, se encuentra la temática relacionada con la limpieza, cuidado y mantenimiento de la ciudad, ya sea en lugares públicos como privados; Que en este contexto, las Comunas resultan ser el primer canal de contacto de los vecinos de esta Ciudad con el Gobierno, siendo estas quienes poseen un acabado conocimiento de los predios barriales que se encuentran dentro de su delimitación territorial, y están en mejores condiciones para generar conductas y acciones que sean conducentes a los fines de una más adecuada atención y control de esta problemática; Que en consecuencia, resultó conveniente otorgar intervención en los procesos que hacen a la higienización, desratización y saneamiento de los inmuebles a la Secretaría de Gestión Comunal y Atención Ciudadana y a las Comunas a fin de hacer más ágil y eficiente la resolución de la problemática objeto de este acto; Que en virtud de ello por Decreto N° 472/13 el Jefe de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires encomendó a la Secretaría de Gestión Comunal y Atención Ciudadana y a las Comunas, la celebración de acuerdos específicos necesarios para la ejecución de las tareas tendientes a la higienización, desratización y saneamiento de los terrenos baldíos y/o casas abandonadas que no cumplan con las condiciones de higiene y salubridad previstas en la normativa vigente;

Que de conformidad con lo estipulado en el artículo 1° del Decreto N° 472/13, se torna necesario el dictado del correspondiente reglamento que regule todos los aspectos operativos y normativos para un adecuado funcionamiento del sistema;

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Que la reglamentación que por el presente acto se aprueba tiene como finalidad establecer un procedimiento que haga efectiva la higienización, desratización y saneamiento de los terrenos baldíos y/o casas abandonadas que se encuentren dentro del ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires todo ello en función del poder de policía que autoriza a estos Órganos para proveer todo lo conveniente para favorecer la seguridad y salubridad de los vecinos, y que, por consiguiente, los habilita lícitamente a dictar reglamentos con estos fines; Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas,

EL SECRETARIO DE GESTIÓN COMUNAL Y ATENCIÓN CIUDADANA RESUELVE:

Artículo 1°.- Apruébase el "Reglamento para la realización de las tareas tendientes a la higienización, desratización y/o saneamiento de los terrenos baldíos y/o casas abandonadas que no cumplan con las condiciones de higiene y salubridad previstas en la normativa vigente", que como Anexo I forma parte integral de la presente resolución. Artículo 2°.- Invítase a las Comunas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a suscribir los acuerdos específicos correspondientes a efectos de implementar el reglamento aprobado en el artículo 1°. Artículo 3°.- Regístrese. Publíquese en el Boletín Oficial. Comuníquese a las Comunas. Cumplido, Archívese. Macchiavelli

ANEXO

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Administración Gubernamental de Ingresos

Públicos

RESOLUCIÓN N.º 45/AGIP/14

Buenos Aires, 24 de enero de 2014

VISTO: El Decreto 583/05, la Resolución 1154/GCABA/MHGC/06, lo tramitado por Nota Nº 310- DGESYC-2009, la Resolución Nº 171/AGIP/2012, y CONSIDERANDO: Que conforme resulta de la Nota Nº 310-DGESyC-2009 la agente Maria Lujan Guizzardi, DNI 11.821.032 inició un reclamo por desempeño técnico, función y nivel con fecha 21 de junio de 2007 en el marco de la Resolución 1154/GCABA/MHGC/06 la cual se encontraba vigente; Que mediante Resolución Nº 171/AGIP/2012, y teniendo en cuenta las constancias de autos, las funciones y responsabilidades de la agente Maria Lujan Guizzardi, DNI 11.821.032 se encuadró a la recurrente en el Agrupamiento Administrativo Tramo B Nivel 4, con la Función 245; Que a fs. 94 la Dirección de Legales de la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos se expidió ante la interposición de un escrito presentado por la agente, ratificando los términos del informe obrante a fs. 59/60 y en consecuencia los propios términos de la Resolución 171/AGIP/2012; Que, conforme surge de fs. 95, las actuaciones fueron giradas a la Dirección General de Empleo Público en atención a lo solicitado oportunamente por esa Dirección General. Esto es, se fundamente "el encuadramiento de las funciones y responsabilidades desempeñadas por la interesada más allá del 31/12/07, toda vez que las siguientes contrataciones fueron realizadas con posterioridad a la derogación de la Resolución 1154/MHGC/06"; Que como consecuencia de lo expuesto, la Dirección General de Empleo Público dictaminó que la Resolución Nº 171/AGIP/2012 no se ajusta a la normativa aplicable en virtud de los argumentos expuestos a fs. 98/100, resultando la misma nula de nulidad absoluta; Que, a mayor abundamiento, cabe referir que la nulidad sobreviene en razón de que dicho acto administrativo viola la ley aplicable (artículo 14 Ley de Procedimientos Administrativos); Que, cabe aclarar que si bien la Resolución Nº 171/AGIP/2012 se encuentra firme y consentida, y generó derechos subjetivos, estos no se están cumpliendo, razón por la cual no resulta aplicable al presente caso en virtud de lo dispuesto en el artículo 17 de la Ley ut supra mencionda; Que, en consecuencia, corresponde revocar la Resolución Nº 171/AGIP/2012, rechazándose la petición efectuada por la recurrente; Que respecto del recurso interpuesto por la agente, el cual reviste tratamiento de recurso de reconsideración con jerárquico en subsidio, atento la revocación que por la presente se trata, el mismo devendrá en abstracto, razón por la cual se desestima el mismo. Por ello, y en el uso de las facultades que le son propias, EL ADMINISTRADOR GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PUBLICOS

RESUELVE Artículo 1.- Revóquese la Resolución Nº 171/AGIP/2012 en virtud de lo manifestado en los "considerandos" de la presente.

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Artículo 2.- Desestímese el recurso de reconsideración con jerárquico en subsidio interpuesto por la interesada toda vez que el mismo deviene abstracto en atención a lo manifestado en el artículo 1º de la presente. Artículo 3.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y notifíquese a la recurrente. Cumplido archívese. Walter

RESOLUCIÓN N.º 46/AGIP/14

Buenos Aires, 24 de enero de 2014

VISTO: La Ley Nº 2.603/07 y su Decreto Reglamentario Nº 745/GCABA/08, la Resolución Nº 500/AGIP/08 y sus modificatorias, la Resolución Nº 558/AGIP/08, la Resolución Nº 964/AGIP/13, la Resolución N° 169/AGIP/11, el Expediente Electrónico Nº 660.365 /AGIP/2014, y; CONSIDERANDO: Que, la Ley N° 2.603, reglamentada por el Decreto Nº 745/GCABA/08 faculta al Administrador Gubernamental de Ingresos Públicos a establecer la estructura de la referida Administración y a realizar ceses y designaciones en los cargos estructurales que conforman dicha Administración; Que, mediante la Resolución Nº 500/AGIP/2008 y sus modificatorias se aprobó la Estructura Orgánica Funcional de la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos; Que, siendo la estructura organizativa una herramienta funcional para la debida implementación de las políticas públicas, debe tener la flexibilidad necesaria para permitir su reordenamiento en procura de alcanzar los objetivos propuestos; Que, mediante la Resolución Nº 558/AGIP/08 se creó la Subdirección General de Relaciones Fiscales, dependiente de la Dirección General de Relaciones Institucionales de esta Administración Gubernamental de Ingresos Públicos, designándose como responsable de dicha Subdirección General al Dr. Marcelo Ignacio La Banca, DNI Nº 10.625.984, Ficha Nº 391.409; Que, mediante la Resolución Nº 964/AGIP/13 se acepta, a partir del 1 de enero de 2014, la renuncia presentada por el Dr. Marcelo Ignacio La Banca, FC Nº 391.409, como Subdirector General de Relaciones Fiscales dependiente de la Dirección General de Relaciones Institucionales de esta Administración Gubernamental de Ingresos Públicos; Que, mediante la Resolución N° 169/AGIP/ se creó la Dirección Comunicación y sus correspondientes niveles de Departamento y Divisiones dependiente directamente de esta Administración Gubernamental; Que, resulta necesario adecuar la estrategia de comunicación que se desarrolla dentro del ámbito de esta Administración, involucrada en la dinámica operativa de control que imponen los sistemas actuales de gestión; Que, por razones de índole organizacional torna imperioso realizar modificaciones que permitan alcanzar los objetivos propuestos por esta Administración Gubernamental de Ingresos Públicos; Que, a tal efecto, procede la readecuación y creación de nuevos niveles de conducción en la mencionada Administración Gubernamental de Ingresos Públicos. Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,

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Artículo 1°.- Suprímase la Subdirección General de Relaciones Fiscales, dependiente de la Dirección General de Relaciones Institucionales de esta Administración Gubernamental de Ingresos Públicos, conforme Anexo I que forma parte integrante de la presente. Artículo 2°.-Déjese establecido que las funciones que cumplía la Subdirección General de Relaciones Fiscales pasan a ser ejercidas por la Dirección General de Relaciones Institucionales de esta Administración Gubernamental de Ingresos Públicos. Artículo 3°.-Créase en la órbita de la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos, la Subdirección General de Comunicación, Nuevos Medios y Calidad de Respuesta, cuyo organigrama se acompaña como Anexo II, el que a todos sus efectos forma parte integrante de la presente. Artículo 4°.-Desígnase a partir del 1 de febrero del 2014, a la Lic. Marcela Irene Goldin, DNI Nº 11.451.596, como Subdirectora General de la Subdirección General de Comunicación, Nuevos Medios y Calidad de Respuesta dependiente de esta Administración Gubernamental de Ingresos Públicos. Artículo 5°.- Déjese establecido que la Dirección Comunicación pasa a depender de la Subdirección General de Comunicación, Nuevos Medios y Calidad de Respuesta dependiente de la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos, a partir de la creación de la misma según lo dispuesto por el artículo 3 de la presente. Artículo 6° -Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a todas las áreas dependientes de la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos, al Ministerio de Hacienda, a la Oficina de Gestión Pública y Prsupuesto y a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Himanos del Ministerio de Modernización y pase, para la notificación fehaciente de los interesados, al Departamento Recursos Humanos dependiente de la Dirección Gestión Operativa y de Personal de esta Administración Gubernamental de Ingresos Públicos. Cumplido, archívese. Walter

ANEXO

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EL ADMINISTRADOR GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PÚBLICOS RESUELVE

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Agencia Gubernamental de Control

RESOLUCIÓN N.º 40/AGC/14

Buenos Aires, 22 de enero de 2014

VISTO: LA LEY Nº 2.624, EL DECRETO Nº 224/13, LA RESOLUCIÓN Nº 3-SECLYT/11 Y EL EXPEDIENTE ELECTRONICO Nº 00553386/MGEYA/AGC/14, Y CONSIDERANDO: Que por la actuación mencionada en el VISTO tramita la solicitud de renovación de contratación de las personas detalladas en el Anexo Nº IF-2014-00459312-AGC, para desarrollar tareas en la Unidad de Coordinación Administrativa, dependiente de esta Agencia Gubernamental de Control (AGC), por el período comprendido entre el 01/01/14 y el 31/12/14, atento que los contratos suscriptos anteriormente, vencieron en fecha 31/12/13; Que resulta conveniente dar curso a dicha solicitud, a fin de que las personas cuya contratación se propicia continúen prestando su colaboración en la mencionada Unidad; Que se ha dado cumplimiento con lo dispuesto por el Decreto Nº 224/13, y sus complementarios, por el cual se establece el régimen para la contratación de personas bajo la figura de locación de servicios y obras, dejándose constancia que todos los requisitos exigidos por la normativa vigente han sido cumplimentados y constan en el legajo personal de cada locador; Que la mencionada normativa faculta a efectuar contrataciones a personas físicas bajo los regímenes de locación de servicios y de obra hasta un monto máximo de pesos veinticinco mil ($ 25.000) mensuales por contrato, dentro de sus disponibilidades presupuestarias; Que tanto el mencionado decreto, como la Resolución Nº 3-SECLYT/11 establecen que la contratación bajo el régimen de Locación de Obras y Servicios deberá tramitar por Expediente Electrónico, utilizando el Módulo "LOyS" del Sistema de Administración de Documentos Electrónicos -SADE-; Que se ha dado cumplimiento con lo establecido por la mencionada resolución y conforme surge del Anexo de la presente se ha originado un expediente electrónico por cada persona a contratar; Que asimismo, los artículos 7º inciso h) y 8° de la Ley de creación de esta Agencia Gubernamental de Control N° 2.624 facultan al Director Ejecutivo de la AGC a contratar personal para la realización de tareas por tiempo determinado; Que la Gerencia Operativa de Asuntos Jurídicos, de la Dirección General Legal y Técnica de esta AGC ha tomado la intervención de su competencia. Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por el Artículo 12 inciso e) de la Ley Nº 2.624,

EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA AGENCIA GUBERNAMENTAL DE CONTROL

RESUELVE Artículo 1.- Autorízase la contratación de las personas que se detallan en el Anexo Nº IF-2014-00459312- AGC, el cual forma parte integrante de la presente, bajo la modalidad de locación de servicios, para desarrollar tareas en la Unidad de Coordinación Administrativa, dependiente de esta AGC. Artículo 2.- Facúltase al titular de la Unidad de Coordinación Administrativa de esta AGC a suscribir los contratos correspondientes.

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Artículo 3.- Autorízase a la Dirección General de Contaduría del Ministerio de Hacienda a incluir los importes mensuales en una orden de pago. Artículo 4.- Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, comuníquese electrónicamente a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos perteneciente al Ministerio de Modernización, y para su conocimiento y demás efectos, remítanse a la Gerencia Operativa Administrativa y Financiera y a la Gerencia Operativa de Recursos Humanos, ambas pertenecientes a la Unidad de Coordinación Administrativa de ésta AGC, debiendo ésta última notificar a los interesados. Cumplido, archívese. Gómez Centurión

ANEXO

RESOLUCIÓN N.º 42/AGC/14

Buenos Aires, 22 de enero de 2014 VISTO: LA LEY Nº 2.624, EL DECRETO Nº 224/13, LA RESOLUCIÓN Nº 3-SECLYT/11 Y EL EXPEDIENTE ELECTRONICO Nº 00559899/MGEYA/AGC/14, Y CONSIDERANDO: Que por la actuación mencionada en el VISTO tramita la solicitud de renovación de contratación de las personas detalladas en el Anexo Nº IF-2014-00556311-AGC, para desarrollar tareas en la Dirección General de Fiscalización y Control de Obras, dependiente de esta Agencia Gubernamental de Control (AGC), por el período comprendido entre el 01/01/14 y el 31/12/14, atento que los contratos suscriptos anteriormente, vencieron en fecha 31/12/13; Que resulta conveniente dar curso a dicha solicitud, a fin de que las personas cuya contratación se propicia continúen prestando su colaboración en la mencionada Dirección General; Que se ha dado cumplimiento con lo dispuesto por el Decreto Nº 224/13, y sus complementarios, por el cual se establece el régimen para la contratación de personas bajo la figura de locación de servicios y obras, dejándose constancia que todos los requisitos exigidos por la normativa vigente han sido cumplimentados y constan en el legajo personal de cada locador; Que la mencionada nomativa faculta a efectuar contrataciones a personas físicas bajo los regímenes de locación de servicios y de obra hasta un monto máximo de pesos veinticinco mil ($ 25.000) mensuales por contrato, dentro de sus disponibilidades presupuestarias; Que tanto el mencionado decreto, como la Resolución Nº 3-SECLYT/11 establecen que la contratación bajo el régimen de Locación de Obras y Servicios deberá tramitar por Expediente Electrónico, utilizando el Módulo "LOyS" del Sistema de Administración de Documentos Electrónicos -SADE-; Que se ha dado cumplimiento con lo establecido por la mencionada resolución y conforme surge del Anexo de la presente se ha originado un expediente electrónico por cada persona a contratar; Que asimismo, los artículos 7º inciso h) y 8° de la Ley de creación de esta Agencia Gubernamental de Control N° 2.624 facultan al Director Ejecutivo de la AGC a contratar personal para la realización de tareas por tiempo determinado; Que la Gerencia Operativa de Asuntos Jurídicos, de la Dirección General Legal y Técnica de esta AGC ha tomado la intervención de su competencia.

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Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por el Artículo 12 inciso e) de la Ley Nº 2.624,

EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA AGENCIA GUBERNAMENTAL DE CONTROL

RESUELVE Artículo 1.- Autorízase la contratación de las personas que se detallan en el Anexo Nº IF-2014-00556311- AGC, el cual forma parte integrante de la presente, bajo la modalidad de locación de servicios, para desarrollar tareas en la Dirección General de Fiscalización y Control de Obras, dependiente de esta AGC. Artículo 2.- Facúltase al titular de la Unidad de Coordinación Administrativa de esta AGC a suscribir los contratos correspondientes. Artículo 3.- Autorízase a la Dirección General de Contaduría del Ministerio de Hacienda a incluir los importes mensuales en una orden de pago. Artículo 4.- Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, comuníquese electrónicamente a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos perteneciente al Ministerio de Modernización y a la Dirección General de Fiscalización y Control de Obras, y para su conocimiento y demás efectos, remítanse a la Gerencia Operativa Administrativa y Financiera y a la Gerencia Operativa de Recursos Humanos, ambas pertenecientes a la Unidad de Coordinación Administrativa de ésta AGC, debiendo ésta última notificar a los interesados. Cumplido, archívese. Gómez Centurión

ANEXO

RESOLUCIÓN N.º 45/AGC/14

Buenos Aires, 23 de enero de 2014

VISTO: LAS LEYES N° 2.624, EL DECRETO 224/13, LAS RESOLUCIONES N° 168/AGC/08, Nº 457/AGC/12 Y Nº 267/AGC/13, Y EL EXPEDIENTE ELECTRONICO Nº 591063/MGEYA/AGC/14, Y CONSIDERANDO: Que por la Ley Nº 2.624, se creó esta Agencia Gubernamental de Control (AGC) como ente autárquico, dentro del ámbito del Ministerio de Justicia y Seguridad de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que la AGC cuenta con facultades legales de habilitación, contralor y fiscalización, ejerciendo funciones de poder de policía; Que la implementación efectiva del poder de policía, mediante funciones específicas de contralor y fiscalización, se concreta a través de los cuerpos de inspectores integrados por personal calificado que se incorpora al efecto; Que conforme la Resolución Nº 168-AGC/08 se aprobó el régimen de selección y capacitación aplicable a los postulantes a desarrollar funciones de inspección en el ámbito de las diversas áreas que conforman la AGC; Que mediante las Resoluciones Nº 457/AGC/12 y Nº 267/AGC/13 se efectuaron dos llamados a convocatoria para cubrir puestos para desarrollar funciones de inspección en el ámbito de las diversas áreas que conforman la AGC en los términos de la Resolución N° 168-AGC/08;

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Que conforme surge de la actuación citada en el Visto, la Subgerencia Operativa de Administración de Personal, dependiente de la Gerencia Operativa de Recursos Humanos informa que los inspectores cuya contratación se propicia en los presentes obrados, han aprobado todas las etapas del procedimiento previsto en le Resolución Nº 168-AGC/08; Que por lo expuesto corresponde que el Director Ejecutivo de esta AGC, dicte el acto administrativo que autorice la contratación de los respectivos inspectores; Que se ha dado cumplimiento con lo dispuesto por el Decreto Nº 224/13, y sus complementarios, por el cual se establece el régimen para la contratación de personas bajo la figura de locación de servicios y obras, dejándose constancia que todos los requisitos exigidos por la normativa vigente han sido cumplimentados y constan en el legajo personal de cada locador; Que la mencionada normativa faculta a efectuar contrataciones a personas físicas bajo los regímenes de locación de servicios y de obra hasta un monto máximo de pesos veinticinco mil ($ 25.000) mensuales por contrato, dentro de sus disponibilidades presupuestarias; Que tanto el mencionado decreto, como la Resolución Nº 3-SECLYT/11 establecen que la contratación bajo el régimen de Locación de Obras y Servicios deberá tramitar por Expediente Electrónico, utilizando el Módulo "LOyS" del Sistema de Administración de Documentos Electrónicos -SADE-;

Que la Gerencia Operativa de Asuntos Jurídicos de la Dirección General Legal y Técnica de esta AGC, ha tomado la intervención de su competencia. Por ello, en virtud de las facultades conferidas por el artículo 12 inciso e) de la Ley N° 2.624,

EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA AGENCIA GUBERNAMENTAL DE CONTROL

RESUELVE Artículo 1.- Autorízase la contratación de las personas que se detallan en el Anexo Nº IF-2014-00556530- AGC, para cumplir funciones de inspección, bajo la modalidad de locación de obras, en la Dirección General de Fiscalización y Control de esta AGC, por el período consignado en dicho Anexo el cual forma parte integrante de la presente. Artículo 2.- Facúltase al titular de la Unidad de Coordinación Administrativa de esta AGC a suscribir los contratos correspondientes. Artículo 3.- Autorízase a la Dirección General de Contaduría General del Ministerio de Hacienda a incluir los importes mensuales en una orden de pago. Artículo 4.- Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, comuníquese electrónicamente a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos perteneciente al Ministerio de Modernización y a la Dirección General de Fiscalización y Control, y para su conocimiento y demás efectos, remítanse a la Gerencia Operativa Administrativa y Financiera y a la Gerencia Operativa de Recursos Humanos, ambas pertenecientes a la Unidad de Coordinación Administrativa de ésta AGC, debiendo ésta última notificar a los interesados. Cumplido, archívese. Gómez Centurión

ANEXO RESOLUCIÓN N.º 47/AGC/14

Buenos Aires, 24 de enero de 2014

VISTO:

Página Nº 107Nº4328 - 29/01/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

LA LEY Nº 2.624, LAS RESOLUCIONES Nº 454/AGC/08, Nº 251/AGC/10, Nº 66/AGC/13, Nº 19/AGC/14, EL EXPEDIENTE ELECTRÓNICO Nº 00411914/MGEYA/SGCBA/14, Y

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CONSIDERANDO: Que de conformidad con lo previsto en su Ley de creación Ley Nº 2624, la Agencia Gubernamental de Control (AGC), es una entidad autárquica con competencias de contralor, fiscalización, y regulación en materia de poder de policía en comunión con lo dispuesto por el artículo 104, inciso 11 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que por Resolución Nº 66/AGC/13 y sus modificatorias, se aprobó la estructura orgánico funcional de la AGC, en cuya órbita funciona la Unidad de Auditoría Interna; Que mediante la Resolución Nº 251/AGC/10 se designó en forma transitoria a cargo de la citada Unidad de Auditoría Interna, al Sr. Claudio Alfredo Leonardi (CUIT 20-16225356-6); Que a través del Expediente Electrónico Nº 189519/MGEYA/SGCBA/14, tramitó la renuncia efectuada por el Sr. Leonardi, al cargo de Auditor Interno de la referida Unidad de Auditoría Interna de esta AGC, a partir del 31 de diciembre de 2013, la cual fue aceptada mediante la Resolución Nº 19/AGC/14; Que de conformidad con lo establecido por el Decreto Nº 757/09, la Sindicatura General de la Ciudad propone la designación para dicho cargo de la Cdora. Leonora Alejandra Carnazzoli (CUIT 27-25960592- 5) en atención a que segun surge de su Informe Nº 414422/SGCBA/14 reúne el perfil requerido conforme Resoluciones Nº 35/SGBA/06 y sus modificatorias; Que por lo expuesto resulta conducente la designación de la citada como nueva Auditora Interna de esta AGC; Que conforme la Resolución Nº 454/AGC/08, se estableció que el nivel retributivo es equivalente al de Director General; Que la Gerencia Operativa de Asuntos Jurídicos de la Dirección General Legal y Técnica ha tomado la intervención de su competencia. Por ello, en virtud de las atribuciones conferidas por el artículo 12, inciso e) de la Ley Nº 2.624,

EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA AGENCIA GUBERNAMENTAL DE CONTROL

RESUELVE Artículo 1.- Designar a cargo de la Unidad de Auditoría Interna de ésta AGC, a la Cdora. Leonora Alejandra Carnazzoli (CUIT 27-25960592-5) con el nivel retributivo equivalente a Director General, a partir del día 15 de enero de 2014, haciendo expresa

reserva de su partida presupuestaria de planta permanente Nº 0801.0000 correspondiente a la Sindicatura General de la Ciudad de Buenos Aires. Artículo 2.- Atiéndase el gasto que demande el cumplimiento de la presente medida con los créditos asignados en el presupuesto vigente de la AGC. Artículo 3.- Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a la Sindicatura General de la Ciudad de Buenos Aires, a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Modernización, al Ministerio de Hacienda, a todas las Direcciones Generales y Unidades de esta AGC y pase a la Gerencia Operativa de Recursos Humanos quien deberá notificar a la interesada. Cumplido, archívese. Gómez Centurión

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Agencia de Protección Ambiental

RESOLUCIÓN N.º 22/APRA/14

Buenos Aires, 24 de enero de 2014

VISTOS: La Leyes Nº 2.628, Nº 4351 su Decreto Reglamentario, Nº 70 su Decreto Reglamentario, Nº 4809, los Decretos Nº 509/GCBA/13, 2/GCBA/14, la Resolución Nº 67/APRA/11 su modificatoria Nº 422/APRA/12, el Expediente Nº 637399/14 y, CONSIDERANDO: Que por la Ley Nº 2.268 se creo esta Agencia como entidad autárquica en el ámbito del Ministerio de Ambiente y Espacio Público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con la organización y competencias determinadas en la presente ley en las materias de Política Ambiental, rigiendo en su gestión financiera, patrimonial y contable por las disposiciones de la norma de su creación, los reglamentos quedando sujeta al control interno y externo que establece el régimen de contralor público de la Ciudad, siendo de aplicación respecto de sus competencias la Ley Nº 70 de “Sistemas de Gestión, Administración Financiera y Control del Sector Público de la Ciudad de Buenos Aires“; Que por la Ley Nº 4.351 se estableció el control poblacional de canes y felinos domésticos y domésticos callejeros como también la sanidad de todo tipo de animales domésticos y domésticos callejeros dando inicio a la Campaña de Control Demográfico Animal, instituyendo a esta Agencia como Autoridad para su Aplicación de conformidad al artículo 3º del Anexo I del Decreto Nº 231/GCBA/13 Reglamentario de la Ley, creándose el programa presupuestario Nº 97 dependiente de la Unidad Ejecutora Nº 8933 de la Jurisdicción de esta Agencia para llevar a cabo la acción de gobierno pertinente; Que por las Resoluciones Nº 67/APRA/11 y su modificatoria Nº 422/APRA/12 se creó el Programa Buenos Aires Produce más Limpio (P+L) cuyo objeto consiste en mejorar el desempeño y la gestión ambiental de los establecimientos industriales o de servicios, promoviendo la adopción de tecnologías, procesos y servicios que permita armonizar de manera eficiente el crecimiento económico y social con la protección del ambiente, a los efectos de garantizar el desarrollo sustentable de las actividades que se desarrollen en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, creándose el programa presupuestario Nº 96 dependiente de la Unidad Ejecutora Nº 8935 de la Jurisdicción de esta Agencia para llevar a cabo la acción de gobierno correspondiente; Que por el artículo 6º, reglamentario del articulo 11 de la Ley Nº 70, se estableció que la Dirección General de la Oficina de Gestión Pública y Presupuesto tiene a su cargo establecer los principios, normas, metodologías y cronogramas para la programación, seguimiento de la ejecución y evaluación de la Gestión (conforme texto Art. 3º del Decreto Nº 1.233/04); Que la Ley Nº 4809 se sancionó el Presupuesto el total de los gastos corrientes y de capital del Presupuesto de la Administración del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para el ejercicio 2014 y en el Programa General de Acción y Plan de Inversiones Años 2014/2016 en donde se acuñaron los objetivos de la política impuesta a esta Jurisdicción se incluyeron al Control Poblacional de Canes y Felinos y al desarrollo de esta Ciudad en un modelo de crecimiento sustentable y sostenible, para sus vecinos, sus visitantes y para las próximas generaciones, previniendo los impactos ambientales negativos; Que las acciones descriptas en el considerando que precede, tienden a preservar y mejorar la calidad ambiental de esta Ciudad de Buenos Aires, acorde a las tendencias globales del desarrollo sustentable y a las nuevas fuentes de impacto ambiental deben depender presupuestariamente, por sus características, a la Dirección General de Estrategias Ambientales acorde a sus misiones y funciones;

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Que en consecuencia, deben transferirse los programas presupuestarios Nº 96 y 97 dependientes de las Unidades Ejecutoras Nº 8933 y 8935 respectivamente, en la órbita de la Dirección General de Estrategias Ambientales, la que se halla identificada como Unidad Ejecutora Nº 8939, notificando de la presente decisión al Órgano Rector en materia presupuestaria, a los fines de su operatividad mediante el Sistema Integrado de Administración Financiera (SIGAF). Por ello, en uso de las facultades conferidas por el artículo 8º inciso d) de la Ley Nº 2.628 en función del Decreto Nº 509/GCBA/13,

EL PRESIDENTE DE LA AGENCIA DE PROTECCIÓN AMBIENTAL DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

RESUELVE Artículo 1º.- Transfiéranse los programas presupuestarios Nº 96 y 97 dependientes de las Unidades Ejecutoras de esta Agencia identificadas como Nº 8933 y 8935 respectivamente, a la Dirección General de Estrategias Ambientales, la que se halla identificada como Unidad Ejecutora Nº 8939. Artículo 2º.- Instrúyase a la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal que deberá notificar de la presente decisión al Órgano Rector en materia presupuestaria a los fines de su materialización. Artículo 3º.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, comuníquese a la Unidad de Auditoría Interna, a la Dirección General de Oficina de Gestión Pública y Presupuesto del Ministerio de Hacienda y a la Dirección General de Evaluación Técnica dependientes de esta Agencia de Protección Ambiental y para su conocimiento y demás efectos, pase a la Gerencia Operativa Oficina de Gestión Sectorial. Cumplido, archívese. Villalonga

RESOLUCIÓN N.º 23/APRA/14

Buenos Aires, 24 de enero de 2014

VISTOS: La Ley Nº 70, Ley Nº 4471, Decreto Nº 2/14, el Requerimiento N° 79/SIGAF/14, el expediente N° 539035/2014 y, CONSIDERANDO: Que por la presente se propicia la compensación de los créditos fundados en la necesidad de afrontar los traslados presupuestarios del ejercicio 2013 al ejercicio 2014 de la Agencia de Protección de Ambiental. Que frente a lo expuesto precedentemente deben modificarse los créditos de los programas y las distintas actividades que los componen compensándose entre sí en las partidas presupuestarias asignadas a esta Agencia; Que mediante Decreto Nº 2/GCABA/2014, se aprobaron las Normas Anuales de Ejecución y Aplicación del Presupuesto de la Administración del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Por ello, en uso de las facultades conferidas por el artículo 35 Anexo "I", Apartado II, punto 2 del Decreto Nº 2/GCABA/2014,

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Artículo 1º.-.Modifícanse los créditos presupuestarios, a los efectos de afrontar los gastos obrantes en el Requerimiento N° 79/SIGAF/14 que como Anexo I SADE IF-2014-01125116-APRA forma parte integrante de la presente. Artículo 2°.-.Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, comuníquese a la Dirección General de la Oficina de Gestión Pública y Presupuesto. Cumplido, archívese. Villalonga

ANEXO

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EL PRESIDENTE DE LA AGENCIA DE PROTECCIÓN AMBIENTAL RESUELVE

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Disposición Jefatura de Gabinete de Ministros

DISPOSICIÓN N.º 15/DGCACTYT/14

Buenos Aires, 24 de enero de 2014 VISTO la Ley 471, los Decretos: Nº 703/2011, Nº 73/2013, la Disposición N° 43-DGCACTYT-2013 y la Nota N° 7359972-DGPPD-2013 y, CONSIDERANDO: Que la Ley 471 establece en su artículo 43: "Un Trabajador revista en comisión de servicios cuando, en virtud de acto administrativo emanado de autoridad competente, es destinado a ejercer sus funciones en forma transitoria fuera del asiento habitual de éstas, en cumplimiento de órdenes o instrucciones impartidas por el organismo comisionante"; Que el Decreto Nº 73/GCABA/2013 aprueba el Régimen de Transferencias, Comisiones de Servicios y adscripciones del personal permanente de la Administración centralizada del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires comprendido en lostérminos de la Ley 471; Que mediante Disposición N° 43-DGCACTYT-2013 se autorizó la comisión de servicios de la agente Potes Graciela Alejandra Lourdes Cuil N° 23-30555107-4, Ficha N° 443.379; Que mediante Nota N° 7359972-DGPPD-2013, se solicita dejar sin efecto la comisión de servicios de la agente Potes Lourdes Graciela a la DG de Políticas de Prevención del Delito a partir del 21 de diciembre de 2013; Que, en consecuencia, resulta pertinente dictar el acto administrativo correspondiente a fin de suspender la comisión de servicios de la agente mencionada; Por ello y en uso de las facultades que le son propias;

EL DIRECTOR GENERAL DE LA DIRECCION GENERAL DEL CUERPO DE AGENTES DE CONTROL DE TRANSITO Y TRANSPORTE

DISPONE: Artículo Nº 1- Déjase sin efecto la Comisión de Servicios autorizada por Disposición N° 43-DGCACTYT- 2013 a partir del 21 de diciembre de 2013; Articulo Nº 2.- Dése registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese para su conocimiento a la Dirección General de Políticas de Prevención del Delito a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, y al mencionado ut supra. Cumplido archívese. Pérez

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Ministerio de Hacienda

DISPOSICIÓN N.º 38/DGCG/14

Buenos Aires, 24 de enero de 2014

VISTO: las Disposiciones Nº A 10-DGCG/2010, y CONSIDERANDO: Que por la Disposición Nº A 10-DGCG/10, se aprobaron las Partidas del Clasificador por Objeto del Gasto vigente para el ejercicio 2010 del Nuevo Régimen de Fondos; Que la Dirección General Oficina de Gestión Pública y Presupuesto, conforme la competencia que le es propia, informó que el Clasificador por Objeto del Gasto no ha sufrido cambios desde el último aprobado; Que en consecuencia y atento la vigencia del nuevo ejercicio se torna necesario ratificar los términos de la Disposición N° 10-DGCG/2010 aprobando las partidas para el año 2014. Por ello,

EL DIRECTOR GENERAL DE CONTADURÍA DISPONE

Artículo 1º.- Ratifícanse los términos de la Disposición Nº A 10-DGCG/10, la cual será de aplicación para el ejercicio 2014.- Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y comuníquese a todos los Ministerios y Secretarías, Agencias, Organismos Descentralizados que operen en la CUT, y a través del Departamento Administrativo a las Gerencias, Representaciones, Delegaciones y los Departamentos, dependientes de la Dirección General de Contaduría. Cumplido, archívese en el Departamento Técnico Normativo de la Gerencia Operativa Legal de esta Dirección General de Contaduría.- Messineo

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Ministerio de Justicia y Seguridad

DISPOSICIÓN N.º 431/DGSPR/13

Buenos Aires, 29 de noviembre de 2013 VISTO: la Ley Nº 1913 (B.O Nº 2363); y N° 4470 ( B.O. N° 4063), los Decretos Nº 446-GCBA/2006 (B.O Nº 2436) y N°394-GCABA/2013 (B.O. N°4248), y la Carpeta Nº 66-DGSPR/2013, y CONSIDERANDO: Que por la mencionada actuación administrativa tramita la solicitud de habilitación para desempeñarse como prestadora de servicios de seguridad privada en los rubros establecidos en el Artículo 3°, Servicios con autorización al uso de armas de fuego, Punto 1: Incisos a), y b) ; y sin autorización de uso de armas de fuego, Punto 2: Incisos a), b), y c) presentada por la empresa FULL SECURITY S.R.L, con domicilio real en Ruta 3 Km 52.500, Cañuelas, Provincia de Buenos Aires y constituido en la calle Castro Barros N°2041, P.B., de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que la requirente ha designado Director Técnico en los términos del Artículo 17 y concordantes de la mencionada Ley al señor Juan José Ale, D.N.I N° 04.517.066; Que asimismo acompañó Certificado de Usuario Colectivo Nº 216.005, el cual posee vigencia hasta el día 01/05/2017 y que fuera expedido en Legajo Nº 9.761.802 del Registro Nacional de Armas; Que la prestación de servicios de seguridad privada se encuentra supeditada a la habilitación previa de la firma interesada, conforme lo establecen los Artículos 9 Inciso c) y 20 Inciso a) de la Ley Nº 1913 y su reglamentación aprobada mediante Decreto Nº 446-GCBA/2006; Que de las verificaciones efectuadas y de la documentación obrante en estas actuaciones, surge que la firma de referencia reúne los requisitos exigidos por la Ley Nº 1913 y por el Decreto Nº 446-GCBA/2006 para concederle su habilitación, como prestadora de servicios de seguridad privada, en las categorías peticionadas; Que asimismo la empresa peticionante abonó el arancel establecido por el Anexo I, Artículo 165, Inciso 2), de la ley 4470, por lo que corresponde el otorgamiento de su habilitación por el plazo de dos años contados a partir de la fecha de la presente. Por ello, en uso de las facultades que le son propias,

EL DIRECTOR GENERAL DE SEGURIDAD PRIVADA DISPONE

Artículo 1º.- Concédase a partir del día de la fecha y por el término de (2) dos años a la empresa FULL SECURITY S.R.L su habilitación como prestadora de servicios de seguridad privada en las categorías establecidas por la ley Nº 1913 en su Artículo 3º, Punto 1- Servicios con autorización de uso de armas de fuego - Incisos a) Custodias personales, mercaderías en tránsito y en depósitos, b) Vigilancia privada en lugares fijos sin acceso al público. Punto 2- Servicios sin autorización de uso de armas de fuego – Incisos a) Vigilancia privada en lugares fijos con acceso al público, b) Custodia y portería de locales bailables, confiterías y/o espectáculos en vivo, como

todo otro lugar destinado a recreación y c) Servicios de serenos en lugares fijos, privados o edificios de propiedad horizontal. Artículo 2º.- La renovación de la habilitación otorgada para un próximo período, deberá solicitarse con (30) días de anticipación al vencimiento de la presente, acompañando la totalidad de la documentación pertinente. Artículo 3º.- Inscríbase en el Registro de Seguridad Privada la habilitación concedida en el artículo precedente.

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Artículo 4°.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, notifíquese fehacientemente al interesado. Para su conocimiento pase a la Subsecretaría de Seguridad Ciudadana, a la Agencia Gubernamental de Control, y a la División Armas y Agencias de la Policía Federal Argentina. Cumplido, archívese. Cocca

DISPOSICIÓN N.º 16/DGTALMJYS/14

Buenos Aires, 22 de enero de 2014 VISTO: El Decreto Nº 67/10, las Resoluciones Nº 51/MHGC/10, y Nº 197/MHGC/13, la Disposición Nº 9/DGCG/10, y Nº 3/13/DGGAYE y el Expediente Nº 7389131/13, y CONSIDERANDO: Que por el Expediente citado en el visto tramita la rendición de la Caja Chica Especial otorgada en el marco del Decreto Nº 67/10, por Resolución Nº 1163/MGHC/12 destinada a solventar gastos para afrontar gastos relacionados con la capacidad de responder a situaciones de emergencias, las que resultan imposibles de prever y requieren inmediata resolución; Que el organismo peticionante requirió la excepción del plazo de rendición de 30 días establecido en el punto 1 Anexo lll de la Disposición Nº 9/DGCG/2012 y del de 60días del articulo 20 Anexo l del Decreto 67/10; Que la Disposición Nº 9/DGCG/10 aprobó los procedimientos para las asignaciones en concepto de Caja Chica Especial y Fondo con cumplimiento del Régimen de Compras y Contrataciones, estableciendo en su Anexo III el procedimiento para la rendición de dichos fondos; Que en las normas antes citadas expresamente se dispone que la oportunidad, mérito y conveniencia de las erogaciones es responsabilidad del titular de la repartición receptora de los fondos, las que son aprobadas por Acto Administrativo, y que la revisión por parte de la Dirección General, Técnica, Administrativa y Legal alcanza a las formalidades de los comprobantes, retenciones impositivas, cálculos aritméticos, imputación presupuestaria, topes por comprobante, en caso de corresponder, y verificación de la aprobación del gasto por la autoridad máxima de la repartición que rinde los fondos, y con ese alcance aprueba o desaprueba las mismas (Anexo III); Que por Disposición Nº 3/DGGAYE/13 el Director General Guardia de Auxilio y Emergencias aprobó las erogaciones correspondientes a la Caja Chica Especial en cuestión y las planillas correspondientes que como Anexo I, II y III la integran, por la suma total de pesos Quinientos noventa y nueve mil novecientos cuarenta y nueve con 61/100 ($ 599.949,61), obrando en el expediente los correspondientes comprobantes respaldatorios; Que se ha efectuado la devolución de saldo no invertidos por la suma de pesos Cincuenta con 39/100 ($ 50,39) Que se ha efectuado la correspondiente registración presupuestaria de conformidad con lo dispuesto por el punto 3 del anexo III de la Disposición Nº 9/DGCG/10. Por ello, y en uso de las facultades conferidas por la Disposición Nº 9/DGCG/10,

LA DIRECTORA GENERAL TÉCNICA, ADMINISTRATIVA Y LEGAL DEL MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD

DISPONE

Página Nº 115Nº4328 - 29/01/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

Artículo 1.- Apruébase la rendición de gastos correspondientes a la Caja Chica Especial otorgada en el marco del Decreto Nº 67/10, por Resolución Nº 179/MHGC/13

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Artículo 1.- Apruébase la rendición de gastos correspondientes a la Caja Chica Especial otorgada en el marco del Decreto Nº 67/10, por Resolución Nº 179/MHGC/13 destinada a solventar gastos para afrontar gastos relacionados con la capacidad de responder a situaciones de emergencias, las que resultan imposibles de prever y requieren inmediata resolución, por un monto total de pesos Seiscientos mil ($600.000). Artículo 2.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a la Dirección General de Contaduría para su conocimiento y demás efectos. Cumplido, archívese. Paredes

DISPOSICIÓN N.º 17/DGTALMJYS/14

Buenos Aires, 22 de enero de 2014 VISTO: El Decreto Nº 67/10, las Resoluciones Nº 51/MHGC/10, y Nº 581/MJYSGC/13, la Disposición Nº 9/DGCG/10, y Nº 2/14/DGGAYE y el Expediente Nº 7389181/13, y CONSIDERANDO: Que por el Expediente citado en el visto tramita la rendición de la Caja Chica Especial otorgada en el marco del Decreto Nº 67/10, por Resolución Nº 196/MGHC/13 destinada a afrontar los gastos que demandaran las obras que se realizaran en la nueva sede de la Dirección General de Guardia de Auxilio y Emergencias ; Que el organismo peticionante requirió la excepción del plazo de rendición de 30 días establecido en el punto 1 Anexo lll de la Disposición Nº 9/DGCG/2012 y del de 60días del articulo 20 Anexo l del Decreto 67/10; Que la Disposición Nº 9/DGCG/10 aprobó los procedimientos para las asignaciones en concepto de Caja Chica Especial y Fondo con cumplimiento del Régimen de Compras y Contrataciones, estableciendo en su Anexo III el procedimiento para la rendición de dichos fondos; Que en las normas antes citadas expresamente se dispone que la oportunidad, mérito y conveniencia de las erogaciones es responsabilidad del titular de la repartición receptora de los fondos, las que son aprobadas por Acto Administrativo, y que la revisión por parte de la Dirección General, Técnica, Administrativa y Legal alcanza a las formalidades de los comprobantes, retenciones impositivas, cálculos aritméticos, imputación presupuestaria, topes por comprobante, en caso de corresponder, y verificación de la aprobación del gasto por la autoridad máxima de la repartición que rinde los fondos, y con ese alcance aprueba o desaprueba las mismas (Anexo III); Que por Disposición Nº 2/DGGAYE/14 el Director General Guardia de Auxilio y Emergencias aprobó las erogaciones correspondientes a la Caja Chica Especial en cuestión y las planillas correspondientes que como Anexo I, II y III la integran, por la suma total de pesos Cuatrocientos noventa y nueve mil novecientos noventa con 74/100 ($ 499.990,74), obrando en el expediente los correspondientes comprobantes respaldatorios; Que se ha efectuado la correspondiente registración presupuestaria de conformidad con lo dispuesto por el punto 3 del anexo III de la Disposición Nº 9/DGCG/10. Por ello, y en uso de las facultades conferidas por la Disposición Nº 9/DGCG/10,

LA DIRECTORA GENERAL TÉCNICA, ADMINISTRATIVA Y LEGAL

DEL MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD DISPONE

Página Nº 116Nº4328 - 29/01/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

Artículo 1.- Apruébanse la rendición de gastos correspondientes a la Caja Chica Especial otorgada en el marco del Decreto Nº 67/10, por Resolución Nº

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581/MJYSGC/13 destinada a afrontar los gastos relativos a la ejecución de tareas de urgencia y emergencia, durante las 24 hs de todos los días del año correspondiendo a

cualquier tipo de consumo, servicio y bienes de uso que requiere cada situación en particular, por un monto total de pesos cuatrocientos noventa y nueve mil novecientos noventa con 74/100 ($499.990,74). Artículo 2.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a la Dirección General de Contaduría para su conocimiento y demás efectos. Cumplido, archívese. Paredes

Página Nº 117Nº4328 - 29/01/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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Ministerio de Educación

DISPOSICIÓN N.º 36/DGAR/14

Buenos Aires, 24 de enero de 2014

VISTO: La Ley Nacional de Obras Públicas N° 13.064, los Decretos Nº 1254/08, N° 481/11 y N° 714/11, el Expediente Nº6668934/2013, y CONSIDERANDO: Que la Dirección General de Infraestructura Escolar ha elaborado, dentro del ámbito de su competencia, un informe técnico obrante a N° de Orden 2 y 5, en el que señala la necesidad de realizar los trabajos de reparación cubierta, revoque, pintura, escaleras, membranas, cambio de vidrios, instalación sanitaria, instalación eléctrica completa, carpinterías en el Edificio de la Escuela N° 16 D.E. Nº 5 sita en Av. Amancio Alcorta 3402, Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que, en virtud de las conclusiones técnico presupuestarias citadas, el presupuesto oficial para la realización de la obra, asciende a la suma de PESOS TRES MILLONES DOSCIENTOS QUINCE MIL CINCUENTA Y SEIS CON 03/100 ($3.215.056,03); Que dichos fondos serán afrontados por la "Corporación Buenos Aires Sur" conforme lo establecido en la Adenda al Convenio Complementario del Convenio Específico N° 1, registrada en la Escribanía General Bajo el N° 14293 el día 2 de Octubre de 2013; Que la ejecución de la obra, objeto de la presente licitación, es necesaria e impostergable a los fines de poner el establecimiento a norma y evitar potenciales accidentes que atenten contra la vida y seguridad de alumnos y docentes; Que, por lo expuesto, surge que no es posible utilizar los plazos de publicación ordinarios establecidos en el ordenamiento normativo, por lo cual, con el fin de solucionar con mayor celeridad las falencias de los edificios escolares es preciso reducir los plazos de publicación conforme lo contemplado en el artículo 10 de la Ley N° 13.064; Que de acuerdo a lo mencionado ut supra y teniendo en cuenta el monto de la presente, corresponde regir el presente llamado por el procedimiento de Licitación Pública en los términos previstos por la Ley Nacional Nº 13.064 aplicable al ámbito de la Ciudad y el Decreto Nº 481/11, comunicando a las cámaras empresariales pertinentes, publicando en la cartelera de esta Dirección General, en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires por el término de tres (3) días con diez (10) de anticipación a la fecha prevista para la apertura de ofertas, un (1) día en un diario de distribución masiva y en el sitio de Internet Que, se ha entendido conveniente incluir en los Pliegos de la licitación, un mecanismo de adelanto financiero a los fines de permitir a quien resulte contratista de la obra, el acopio de materiales suficientes que aseguren el inicio y ritmo de avance de los trabajos, dadas las especiales condiciones de la plaza financiera y de precios en virtud de la dispersión que sufren los mismos en la actualidad; Que el mencionado anticipo financiero será otorgado contra entrega de la correspondiente garantía por un monto similar y que dicho anticipo congelará el precio del contrato en una misma proporción al adelanto sobre el cual no corresponderá aplicar el régimen de redeterminación de precios; Que se han procedido a confeccionar los correspondientes Pliegos de Bases y Condiciones, conforme el Decreto Nº 1254/08, con la finalidad de regir el procedimiento de selección del contratista y la ejecución de la obra a contratarse, todo de conformidad con la Ley Nacional de Obras Públicas;

Página Nº 118Nº4328 - 29/01/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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Que, en razón de lo expuesto, corresponde el dictado del acto administrativo que apruebe los Pliegos de Bases y Condiciones proyectados y llame a Licitación Pública N° 56-13, con el objeto de contratar, por ajuste alzado, los trabajos de reparación cubierta, revoque, pintura, escaleras, membranas, cambio de vidrios, instalación sanitaria, instalación eléctrica completa, carpinterías en el Edificio de la Escuela N° 16 D.E. Nº 5 sita en Av. Amancio Alcorta 3402, Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que en razón del monto no corresponde la intervención de la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires. Por ello, en razón de lo normado por los Decretos N° 481/11 y 714/11,

EL DIRECTOR GENERAL DE ADMINISTRACIÓN DE RECURSOS DISPONE

Artículo 1.- Aprobar los Pliegos de Bases y Condiciones Particulares, de Especificaciones Técnicas Generales y Particulares, planos y demás documentación que regirán la Licitación Pública N° 56-13. Artículo 2.- Llamar a Licitación Pública N° 56-13 con el objeto de adjudicar los trabajos de reparación cubierta, revoque, pintura, escaleras, membranas, cambio de vidrios, instalación sanitaria, instalación eléctrica completa , carpinterías en el Edificio de la Escuela N° 16 D.E. Nº 5, sita en Av. Amancio Alcorta 3402, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por ajuste alzado y fijando como presupuesto oficial la suma de PESOS TRES MILLONES DOSCIENTOS QUINCE MIL CINCUENTA Y SEIS CON 03/100 ($3.215.056,03) Artículo 3.- El gasto que demanda la presente será afrontado por la "Corporación Buenos Aires Sur" conforme lo establecido en la Adenda al Convenio Complementario del Convenio Específico N° 1, registrada en la Escribanía General Bajo el N° 14293. Articulo 4.- Redúzcanse los plazos de publicación conforme lo normado en el artículo 10 de la Ley N° 13.064. Artículo 5.- Establecer como fecha de apertura de ofertas el día 14 de Febrero de 2014, a las 12.00 hs. en Licitaciones, Ministerio de Educación, sito en Paseo Colón 255, Piso 2° frente, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Artículo 6.- Publíquese el llamado efectuado mediante el art. 2° de la presente en la Cartelera de Licitaciones del Ministerio de Educación sito en la Av. Paseo Colón 255 2º piso frente, en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires por el término de tres (3) días con diez (10) de anticipación a la fecha prevista para la apertura de ofertas, un (1) día en un diario de distribución masiva y a las Cámaras empresariales pertinentes. Artículo 7.- Publíquese en el Boletín Oficial. Para su conocimiento y prosecución del trámite pase a la Gerencia Operativa de Compras y Contrataciones. Riobó

DISPOSICIÓN N.º 39/DGAR/14

Buenos Aires, 27 de enero de 2014

VISTO: La Ley Nacional de Obras Públicas N° 13.064, los Decretos Nº 1254/08, N° 481/11 y N° 714/11, el Expediente electrónico Nº 5653034/2013, y

Página Nº 119Nº4328 - 29/01/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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Que la Dirección General de Infraestructura Escolar ha elaborado, dentro del ámbito de su competencia, un informe técnico obrante a Número de orden 5 y 16 en el que señala la necesidad de realizar los trabajos de instalación eléctrica y reparaciones varias en el Edificio de la Escuela Infantil N° 5 D.E. Nº 19 sita en Av. Varela 2751, Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que en virtud de las conclusiones técnico presupuestarias citadas, el presupuesto oficial para la realización de la obra, asciende a la suma de PESOS UN MILLÓN TREINTA Y SIETE CON 64/100 ($ 1.000.037,64); Que dichos fondos serán afrontados por la "Corporación Buenos Aires Sur" conforme lo establecido en la Adenda al Convenio Complementario del Convenio Específico N° 1, registrada en la Escribanía General Bajo el N° 14293 el día 2 de Octubre de 2013; Que la ejecución de la obra, objeto de la presente licitación, es necesaria e impostergable a los fines de poner el establecimiento a norma y evitar potenciales accidentes que atenten contra la vida y seguridad de alumnos y docentes; Que, por lo expuesto surge que no es posible utilizar los plazos de publicación ordinarios establecidos en el ordenamiento normativo, por lo cual, con el fin de solucionar con mayor celeridad las falencias de los edificios escolares es preciso reducir los plazos de publicación conforme lo contemplado en el artículo 10 de la Ley N° 13.064; Que de acuerdo a lo mencionado ut supra y teniendo en cuenta el monto de la presente, corresponde regir el presente llamado por el procedimiento de Licitación Pública en los términos previstos por la Ley Nacional Nº 13.064 aplicable al ámbito de la Ciudad y el Decreto Nº 481/11, comunicando a las cámaras empresariales pertinentes, publicando en la cartelera de esta Dirección General, en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónomade Buenos Aires por el término de tres (3) días con diez (10) de anticipación a la fecha prevista para la apertura de ofertas, un (1) día en un diario de distribución masiva y en el sitio de Internet Que, se ha entendido conveniente incluir en los Pliegos de la licitación, un mecanismo de adelanto financiero a los fines de permitir a quien resulte contratista de la obra, el acopio de materiales suficientes que aseguren el inicio y ritmo de avance de los trabajos, dadas las especiales condiciones de la plaza financiera y de precios en virtud de la dispersión que sufren los mismos en la actualidad; Que el mencionado anticipo financiero será otorgado contra entrega de la correspondiente garantía por un monto similar y que dicho anticipo congelará el precio del contrato en una misma proporción al adelanto sobre el cual no corresponderá aplicar el régimen de redeterminación de precios; Que se han procedido a confeccionar los correspondientes Pliegos de Bases y Condiciones, conforme el Decreto Nº 1254/08, con la finalidad de regir el procedimiento de selección del contratista y la ejecución de la obra a contratarse, todo de conformidad con la Ley Nacional de Obras Públicas; Que, en razón de lo expuesto, corresponde el dictado del acto administrativo que apruebe los Pliegos de Bases y Condiciones proyectados y llame a Licitación Pública N° 51-13 con el objeto de contratar, por ajuste alzado, los trabajos de instalación eléctrica y reparaciones varias en el Edificio de la Escuela Infantil N° 5 D.E. Nº 19 sita en Av. Varela 2751, Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que en razón del monto no corresponde la intervención de la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires. Por ello, en razón de lo normado por los Decretos N° 481/11 y 714/11,

EL DIRECTOR GENERAL DE ADMINISTRACIÓN DE RECURSOS DISPONE

Artículo 1.- Aprobar los Pliegos de Bases y Condiciones Particulares, de Especificaciones Técnicas Generales y Particulares, planos y demás documentación que regirán la Licitación Pública N° 51-13.

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CONSIDERANDO:

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Artículo 2.- Llamar a Licitación Pública N° 51-13 con el objeto de adjudicar los trabajos de instalación eléctrica y reparaciones varias en el Edificio de la Escuela Infantil N° 5 D.E. Nº 19 sita en Av. Varela 2751, Ciudad de Buenos Aires, por ajuste alzado y fijando como presupuesto oficial la suma de PESOS UN MILLÓN TREINTA Y SIETE CON SESENTA Y CUATRO CENTAVOS ($ 1.000.037,64); Artículo 3.- El gasto que demanda la presente será afrontado por la "Corporación Buenos Aires Sur" conforme lo establecido en la Adenda al Convenio Complementario del Convenio Específico N° 1, registrada en la Escribanía General Bajo el N° 14293. Articulo 4.- Redúzcanse los plazos de publicación conforme lo normado en el artículo 10 de la Ley N° 13.064. Artículo 5.- Establecer como fecha de apertura de ofertas el día 14 de Febrero de 2014, a las 13:00 hs. en Licitaciones, Ministerio de Educación sito en Paseo Colón 255, Piso 2° frente, de la Ciudad de Buenos Aires. Artículo 6.- Publíquese el llamado efectuado mediante el art. 2° de la presente en la Cartelera de Licitaciones del Ministerio de Educación sito en la Av. Paseo Colón 255 2º piso frente, en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires por el término de tres (3) días con diez (10) de anticipación a la fecha prevista para la apertura de ofertas, un (1) día en un diario de distribución masiva y en el sitio de Internet a las Cámaras empresariales pertinentes. Artículo 7.- Publíquese en el Boletín Oficial. Para su conocimiento y prosecución del trámite pase a la Gerencia Operativa de Compras y Contrataciones. Riobó

Página Nº 121Nº4328 - 29/01/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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Ministerio de Desarrollo Urbano

DISPOSICIÓN N.º 2098/DGIUR/13

Buenos Aires, 27 de diciembre de 2013 VISTO: El Expediente Nº 6.103.952/2013 por el que se consulta sobre la factibilidad de localizar el uso: "Oficina Comercial", para el inmueble sito en la calle Perón Nº 537, 541,545, con una superficie a habilitar de 183,75 m², y CONSIDERANDO: Que se trata de un inmueble afectado a la Zona 1 del Distrito APH 51 "Catedral al Norte" de Zonificación General del Código de Planeamiento Urbano Ley 449, Texto Ordenado Decreto Nº 1.181-GCBA-2007, corresponden los usos del Cuadro Nº 5.2.1. Edificio catalogado con nivel Cautelar; Que el Área Técnica competente de esta Dirección General, a través del Informe Nº 6940642-DGIUR-2013, considera que desde el punto de vista urbanístico y del Patrimonio Urbano no existen inconvenientes para acceder a la localización de los usos permitidos toda vez que los mismos no originan impactos relevantes en el Distrito; Que los usos consignados Permitidos son: "Oficina Comercial, Oficina Consultora"; Que respecto a la localización de publicidad, no se registra esquema ni propuesta alguna, por lo que no corresponde su visado; Que toda reforma posterior y/o modificación del inmueble y/o tratamiento de la fachada y/o colocación de publicidad deberá ser consultada a esta Dirección General. Por ello, y en uso de las facultades conferidas,

EL DIRECTOR GENERAL DE INTERPRETACIÓN URBANISTICA DISPONE

Artículo 1º.- Autorízase desde el punto de vista urbanístico y patrimonial la localización del uso: "Oficina Comercial, Oficina Consultora", para el inmueble sito en la calle Perón Nº 537, 541,545, con una superficie a habilitar de 183,75 m², (Ciento ochenta y tres metros cuadrados con setenta y cinco decímetros cuadrados) debiendo cumplir con toda la normativa vigente que resulte de aplicación para el presente caso. Artículo 2º.- Hágase saber al recurrente, que sin perjuicio de no haber solicitado publicidad, en caso de requerir en un futuro su visado así como para toda reforma, modificación del inmueble, pintura de la fachada deberá ser consultada a esta Dirección General. Artículo 3º.- La presente tiene un plazo de vigencia de 180 días a partir de la fecha de su notificación; dentro de este plazo el recurrente deberá presentar la documentación pertinente ante el o los Organismos correspondientes; de no hacerlo caducará de pleno derecho lo autorizado precedentemente. Artículo 4º.- Regístrese, notifíquese y entréguese la presente al recurrente. Publíquese en el Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires. Cumplido archívese. Ledesma

Página Nº 122Nº4328 - 29/01/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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DISPOSICIÓN N.º 2099/DGIUR/13

Buenos Aires, 27 de diciembre de 2013 VISTO: El Expediente Nº 676.900/2011 por el que se consulta sobre la factibilidad de localizar el uso "Estructura soporte de Antena (pedestales)", en el inmueble sito en la calle Boulogne Sur Mer Nº 663/665, y CONSIDERANDO: Que el inmueble en cuestión se encuentra afectado al Distrito R2bI de Zonificación General del Código de Planeamiento Urbano Ley 449, Texto Ordenado Decreto Nº 1.181-GCBA-2007; Que el Área Técnica competente de esta Dirección General, mediante Dictamen Nº 3853-DGIUR-2013, informa que de acuerdo al Cuadro de Usos Nº 5.2.1.a) del mencionado Código, la actividad solicitada y a localizar, se encuentra contemplada en el agrupamiento "Servicios que pueden ocasionar molestias o ser peligrosos" dentro del rubro "Estación de Radio y/o Televisión, Telefonía móvil celular, Campo de antenas y Equipos de transmisión", resultando referenciado con el Numeral "C", por lo que "el Consejo efectuará en cada caso el estudio para determinar la conveniencia de la localización propuesta y en su caso, el FOS correspondiente"; Que el Consejo del Plan Urbano Ambiental, a través del Acuerdo Nº 328-CPUAM-2009, vigente a partir del 10/11/2009, fecha de su publicación, establece las pautas de localización para el emplazamiento de las antenas de Telefonía móvil celular; Que el Artículo 4º del acuerdo mencionado precedentemente, describe los tipos de estructura y las zonificaciones que resultarían admitidas de cumplimentar con las restantes pautas del acuerdo. En el caso de los Distritos R2 se admiten los pedestales sobre azoteas de edificios existentes; Que el Artículo 8º fija criterios morfológicos a tener en cuenta para la instalación del soporte de antenas. El Punto b) de dicho artículo establece que la altura máxima permitida de las estructuras soporte de antenas será de 6 m. por encima de la altura de la edificación existente. Ahora bien, el recurrente declara a fs. 1, 4 pedestales de 4 metros de altura cada uno, por lo que cumple con el artículo mencionado; Que se ha tenido en cuenta, la vigencia del Acuerdo Nº 328-CPUAM-2009, verificándose con el mismo, que la distancia del contenedor (Shelter) respecto de las fachadas del frente del edificio, cumple con la distancia mínima de 3 metros (Artículo 10º Punto a) (a fs. 2); Que el recurrente ha presentado: a. A fs. 47/48: Autorización Organismos Competentes en Comunicaciones del Gobierno Nacional. b. A fs. 64: Detalle específico del sitio autorizado por la CNC. c. A fs. 20/21: Consulta Catastral. d. A fs. 15/16: Perímetro y Ancho de calles. e. A fs. 22/38: Contrato de locación vigente.

f. A fs. 65: Autorización de Fuerza Aérea Argentina quien autoriza una estructura de antenas de 4 m. sobre una edificación existente de 33,30m. Lo que totaliza una altura de 37,30 m. s/n/t. g. A fs. 1: Corte del edificio declarando alturas de la edificación y la altura de las estructuras soporte de antenas. Altura total declarada de 37m. h. A fs. 2: Edificio existente, detalle de azotea. i. A fs. 3: Trazado de LFI y LIB. j. A fs. 5/11: Relevamiento Fotográfico;

Página Nº 123Nº4328 - 29/01/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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Que dado que de la documentación aportada, surge que el emplazamiento propuesto responde con el Acuerdo Nº 328-CPUAM-2009, el Área Técnica competente considera factible hacer lugar a lo solicitado, en tanto no supere los niveles máximos permisibles de exposición poblacional de los seres humanos a las radiaciones no ionizantes, a declarar ante la autoridad competente en la materia, y hasta su desactivación, inhabilitación, demolición o desmantelamiento; Que estas instalaciones especiales, Estructuras soporte de Antena tipo pedestales, pueden superar el plano limite del distrito siempre y cuando respeten las normas urbanísticas incluidas en los Acuerdos que complementan el Código de Planeamiento Urbano; a estos efectos deben respetarse las alturas declaradas tanto en la Disposición referida a este sitio, como en la autorización de Fuerza Aérea y las mismas deberán corresponderse con el corte que se encuentra adjunto. Por ello, y en uso de las facultades conferidas,

EL DIRECTOR GENERAL DE INTERPRETACIÓN URBANISTICA DISPONE

Artículo 1º.- Autorízase desde el punto de vista urbanístico la localización del uso "Estructura soporte de Antena (pedestales)", en el inmueble sito en la calle Boulogne Sur Mer Nº 663/665, debiendo cumplir con toda la normativa vigente que resulte de aplicación para el presente caso. Artículo 2º.- La presente tiene un plazo de vigencia de 180 días a partir de la fecha de notificación; dentro de este plazo, el recurrente deberá presentar la documentación pertinente ante el o los organismos correspondientes. De no hacerlo caducara de pleno derecho lo autorizado precedentemente. Artículo 3º.- Regístrese, notifíquese y entréguese la presente y la fs. 1 al recurrente. Publíquese en el Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires. Cumplido, archívese. Ledesma

DISPOSICIÓN N.º 48/DGIUR/14

Buenos Aires, 8 de enero de 2014

VISTO: El Expediente Nº 6.422.006/2013 por el que se solicita el Visado de Planos de "Modificación y Ampliación", con destino "Vivienda Unifamiliar", para el inmueble sito en la calle Tronador Nº 2760/62, con una superficie de terreno de 362,22m², una superficie s/ Expediente Nº 25.635/2005 de 298,25m², una superficie a construir nueva de 21,90m² y una superficie libre de 205,88m², según Plano Nº 7155046- DGIUR-2013, Plano Nº 7153600-DGIUR-2013, Plano Nº 7153673-DGIUR-2013, Plano Nº 7153751- DGIUR-2013, Plano Nº 7153827-DGIUR-2013 y Plano Nº 7204296-DGIUR-2013, y CONSIDERANDO: Que el inmueble en cuestión está emplazado en la Zona 2 Distrito APH 48 "Estación Coghlan y entorno", de acuerdo a la Ley Nº 2482 del 18/10/2007, publicada en BOCBA Nº 2817 del 23/11/07 y se encuentra sujeto a las normas de Protección General; Que el Área Técnica competente de esta Dirección General, mediante Informe Nº 7217581-DGIUR-2013, indica que por Plano Nº 7154769-DGIUR-2013 se adjunta copia del Plano Conforme a Obra registrado por Expediente Nº 25.635/2005, en el cual se visualiza la existencia de una construcción hacia el fondo del terreno;

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Que con respecto a las obras propuestas por Registro Nº 6406436-DGIUR-2013 las mismas consisten básicamente en modificaciones internas del sector de servicios, la ampliación del dormitorio en Planta alta y del volumen existente en el fondo del terreno; Que de acuerdo a los parámetros dispuestos para el estudio de obras de "Modificación y Ampliación", el Área Técnica competente informa lo siguiente: a. Las Normas Específicas para la Zona 2 del Distrito APH 48 dictan los siguientes parámetros: - Plano límite: 9 m. - FOT máximo: 1 - FOS: el que resulte de las normas de tejido. b. El proyecto presentado cumplimenta la normativa del Distrito ya que: - Los volúmenes correspondientes a las ampliaciones previstas se realizan en el contrafrente del edificio y no superan el plano límite de 9 m. - No superan el FOT máximo = 1 (Según Plano Nº 7204296-DGIUR-2013, correspondiente al Balance de Superficies: Superficie del terreno = 362,22m² / Superficie construida para FOT=302,88 m²). - Con respecto al parámetro FOS, el volumen correspondiente a la ampliación del dormitorio en Planta Alta no supera la Línea de Frente Interno, cumplimentando la normativa vigente. En cuanto a la ampliación del volumen trasero, resultaría factible dado que ya existe una construcción aprobada por Expediente Nº 25.635/2005, según Plano Nº 7154769-DGIUR-2013; Que en tal sentido, el Área Técnica competente concluye que no existirían inconvenientes en acceder al visado de los planos de "Modificación y ampliación" para

el inmueble sito en la calle Tronador Nº 2760/62, destinado al uso "Vivienda Unifamiliar", con una superficie de terreno de 362,22m², una superficie s/ Expediente Nº 25.635/2005 de 298,25m², una superficie a construir nueva de 21,90m² y una superficie libre de 205,88m², según Plano Nº 7155046-DGIUR-2013, Plano Nº 7153600-DGIUR-2013, Plano Nº 7153673-DGIUR-2013, Plano Nº 7153751-DGIUR-2013, Plano Nº 7153827-DGIUR-2013 y Plano Nº 7204296-DGIUR-2013; Que toda reforma posterior y/o modificación del inmueble y/o tratamiento de la fachada y/o colocación de publicidad deberá ser consultada a esta Dirección General. Por ello, y en uso de las facultades conferidas,

EL DIRECTOR GENERAL DE INTERPRETACIÓN URBANISTICA DISPONE

Artículo 1º.- Vísanse, desde el punto de vista urbanístico y patrimonial, los Planos de "Modificación y Ampliación", con destino "Vivienda Unifamiliar", para el inmueble sito en la calle Tronador Nº 2760/62, con una superficie de terreno de 362,22m² (Trescientos sesenta y dos metros cuadrados con veintidós decímetros cuadrados), una superficie s/ Expediente Nº 25.635/2005 de 298,25m² (Doscientos noventa y ocho metros cuadrados con veinticinco decímetros cuadrados), una superficie a construir nueva de 21,90m² (Veintiún metros cuadrados con noventa decímetros cuadrados) y una superficie libre de 205,88m² (Doscientos cinco metros cuadrados con ochenta y ocho decímetros cuadrados), según Plano Nº 7155046- DGIUR-2013, Plano Nº 7153600-DGIUR-2013, Plano Nº 7153673-DGIUR-2013, Plano Nº 7153751- DGIUR-2013, Plano Nº 7153827-DGIUR-2013 y Plano Nº 7204296-DGIUR-2013, debiendo cumplir con toda la normativa vigente para el presente caso. Artículo 2º.- Notifíquese al interesado que el visado de los planos de obra se circunscribe a la conformidad respecto de las intervenciones a ejecutar en el inmueble y del uso correspondiente, exclusivamente en los aspectos que están regulados en el Artículo 5.4.12, relacionados con la protección del patrimonio. El uso será permitido una vez finalizadas las obras en su totalidad de acuerdo a los términos en los cuales fueron aprobadas las mismas. Artículo 3º.- Hágase saber al recurrente, que toda reforma, modificación del inmueble o tratamiento de la fachada deberá ser consultada a esta Dirección General.

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Artículo 4º.- La presente tiene un plazo de vigencia de 180 días a partir de la fecha de su notificación. Dentro de este plazo el recurrente deberá presentar la documentación pertinente ante el o los organismos correspondientes, de no hacerlo caducará de pleno derecho lo autorizado precedentemente. Artículo 5º.- Regístrese, notifíquese y entréguese la presente Disposición y el Plano Nº 7155046-DGIUR- 2013, Plano Nº 7153600-DGIUR-2013, Plano Nº 7153673-DGIUR-2013, Plano Nº 7153751-DGIUR-2013, Plano Nº 7153827-DGIUR-2013 y Plano Nº 7204296-DGIUR-2013 al recurrente. Publíquese en el Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires. Cumplido, archívese. Ledesma

DISPOSICIÓN N.º 55/DGIUR/14

Buenos Aires, 9 de enero de 2014

VISTO: El Expediente Nº 5.958.062/2013 por el que se consulta sobre la factibilidad de localizar el uso: "Comercio Minorista de Máquinas de Oficina, Calculo, Contabilidad, Computación, Informática; Comercio Minorista de Artículos de Librería, Papelería, Cartonería, Impresos, Filatelia, Juguetería, Discos y Grabaciones", para el inmueble sito en la Av. Corrientes Nº 565 Planta Baja y Entrepiso UF. N º17, con una superficie a habilitar de 16,85 m², y CONSIDERANDO: Que se trata de un inmueble afectado a la Zona 2 del Distrito APH 51 "Catedral al Norte" de Zonificación General del Código de Planeamiento Urbano Ley 449, Texto Ordenado Decreto Nº 1.181-GCBA-2007, corresponden los usos del Distrito de Zonificación C1. "Edificio Catalogado con Nivel de Protección Cautelar"; Que el Área Técnica competente de esta Dirección General, a través del Informe Nº 7304366-DGIUR-2013, considera que desde el punto de vista urbanístico y del Patrimonio Urbano no existen inconvenientes para acceder a la localización de los usos permitidos toda vez que los mismos no originan impactos relevantes en el Distrito; Que los usos consignados Permitidos son: "Comercio Minorista Papelería, Librería, Cartonería, Impresos, Filatelia, Venta de Discos y Grabaciones; Comercio Minorista de Maquinas de Oficina, Calculo, Contabilidad, Computación, Informática"; Que respecto a la localización de publicidad, no corresponde su visado dado que el local se localiza dentro de la Galería; Que toda reforma posterior y/o modificación del inmueble y/o tratamiento de la fachada y/o colocación de publicidad deberá ser consultada a esta Dirección General. Por ello, y en uso de las facultades conferidas,

EL DIRECTOR GENERAL DE INTERPRETACIÓN URBANISTICA DISPONE

Artículo 1º.- Autorízase desde el punto de vista urbanístico y patrimonial la localización del uso: "Comercio Minorista Papelería, Librería, Cartonería, Impresos, Filatelia, Venta de Discos y Grabaciones; Comercio Minorista de Maquinas de Oficina, Calculo, Contabilidad, Computación, Informática", para el inmueble sito en la Av. Corrientes Nº 565 Planta Baja y Entrepiso UF. N º17, con una superficie a habilitar de 16,85 m², (Dieciséis metros cuadrados con ochenta y cinco decímetros cuadrados) debiendo cumplir con toda la normativa vigente que resulte de aplicación para el presente caso.

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Artículo 2º.- Hágase saber al recurrente, que sin perjuicio de no haber solicitado publicidad, en caso de requerir en un futuro su visado así como para toda reforma, modificación del inmueble, pintura de la fachada deberá ser consultada a esta Dirección General. Artículo 3º.- La presente tiene un plazo de vigencia de 180 días a partir de la fecha de su notificación; dentro de este plazo el recurrente deberá presentar la documentación pertinente ante el o los Organismos correspondientes; de no hacerlo caducará de pleno derecho lo autorizado precedentemente. Artículo 4º.- Regístrese, notifíquese y entréguese la presente al recurrente. Publíquese en el Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires. Cumplido archívese. Ledesma

DISPOSICIÓN N.° 56/DGIUR/14

Buenos Aires, 9 de enero de 2014 VISTO: El Expediente N° 6.404.591/2013 por el que se consulta sobre la factibilidad de localizar el uso: “Comercio Minorista, Casa de Lunch“; “Café bar“; “Despacho de Bebidas, Whisquería, Cervecería“; “Parrilla“, para el inmueble sito en la Av. Juan de Garay N° 906 esquina Tacuarí N° 1509 Planta Baja y Planta Alta (UF N° 3), con una superficie a habilitar de 70,80 m², y CONSIDERANDO: Que se trata de un inmueble afectado a la Zona de Amortiguación del Distrito APH 1 “San Telmo - Av. de Mayo“ de Zonificación General del Código de Planeamiento Urbano Ley 449, Texto Ordenado Decreto N° 1.181-GCBA-2007. Los usos se corresponden con los de la Zona 5d del Cuadro de Usos 5.4.12.1 del Código de Planeamiento Urbano; Que el Área Técnica competente de esta Dirección General, a través del Informe N° 7300529-DGIUR-2013, considera que desde el punto de vista urbanístico y del Patrimonio Urbano no existen inconvenientes para acceder a la localización de los usos permitidos toda vez que los mismos no originan impactos relevantes en el Distrito; Que los usos “Comercio Minorista, Casa de Lunch“, “Café bar“ y “Despacho de Bebidas, Whisquería, Cervecería“ deben considerarse comprendidos en el rubro “Bar, Café, Whisquería, Cervecería, Lácteos“, el cual se encuentra permitido en la zona 5d (Cuadro de Usos 5.4.12.1 del CPU); Que el uso “Parrilla“ debe considerarse comprendido en el rubro “Alimentación en general, Restaurant, Cantina, Pizzería, Grill, Heladería, Confitería, etc.“, el cual se encuentra permitido en el mencionado Cuadro de usos; Que se visa Cartelería, toda vez que en RE-2013-06404429-MGEYA-DGROC se declara expresamente que no colocará cartelería, y como se observa en las fotografías adjuntas obrantes en IF-2013-07289723- DGIUR no posee cartel; Que toda reforma posterior y/o modificación del inmueble y/o tratamiento de la fachada y/o colocación de publicidad deberá ser consultada a esta Dirección General. Por ello, y en uso de las facultades conferidas,

EL DIRECTOR GENERAL DE INTERPRETACIÓN URBANISTICA DISPONE

Página Nº 127Nº4328 - 29/01/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

Artículo 1°.- Autorízase desde el punto de vista urbanístico y patrimonial la localización del uso: “Comercio Minorista, Casa de Lunch“, “Café bar“ y “Despacho de Bebidas,

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Whisquería, Cervecería“ asimilables a: “Bar, Café, Whisquería, Cervecería, Lácteos“; “Parrilla“ es asimilable a los usos: “Alimentación en general, Restaurant, Cantina, Pizzería, Grill, Heladería, Confitería“, para el inmueble sito en la Av. Juan de Garay N° 906 esquina Tacuarí N° 1509 Planta Baja y Planta Alta (UF N° 3), con una superficie a habilitar de 70,80 m², (Setenta metros cuadrados con ochenta decímetros cuadrados) debiendo cumplir con toda la normativa vigente que resulte de aplicación para el presente caso. Artículo 2°.- Hágase saber al recurrente, que sin perjuicio de no haber solicitado publicidad, en caso de requerir en un futuro su visado así como para toda reforma, modificación del inmueble, pintura de la fachada deberá ser consultada a esta Dirección General. Artículo 3°.- La presente tiene un plazo de vigencia de 180 días a partir de la fecha de su notificación; dentro de este plazo el recurrente deberá presentar la documentación pertinente ante el o los Organismos correspondientes; de no hacerlo caducará de pleno derecho lo autorizado precedentemente. Artículo 4°.- Regístrese, notifíquese y entréguese la presente al recurrente. Publíquese en el Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires. Cumplido archívese. Ledesma DISPOSICIÓN N.º 57/DGIUR/14

Buenos Aires, 9 de enero de 2014

VISTO: El Expediente Nº 4.342.012/2013 por el que se consulta sobre la factibilidad de localizar el uso: "Agencia de Lotería Nacional, Prode, etc.; Comercio Minorista de Golosinas envasadas (kiosco) y todo lo comprendido en la Ord. 33266; Comercio Minorista de Bebidas en general envasadas; Comercio Minorista Maxiquiosco", para el inmueble sito en la Av. Rivadavia Nº 1539 Planta Baja UF. Nº 1, con una superficie a habilitar de 45,50 m², y CONSIDERANDO: Que se trata de un inmueble afectado a la Zona 9d del Distrito APH 1 de Zonificación General del Código de Planeamiento Urbano Ley 449, Texto Ordenado Decreto Nº 1.181-GCBA-2007; Que el Área Técnica competente de esta Dirección General, a través del Informe Nº 7354762-DGIUR-2013, considera que desde el punto de vista urbanístico y del Patrimonio Urbano no existen inconvenientes para acceder a la localización de los usos permitidos toda vez que los mismos no originan impactos relevantes en el Distrito; Que los usos consignados Permitidos son: "Agencia de Lotería, Prode, etc.; Comercio Minorista Productos Alimenticios y/o Bebidas; Quiosco; Maxiquiosco"; Que respecto a la localización de publicidad, no corresponde su visado dado que demuestra a Pág. 7 del RE. Nº 4341772 - DGROC - 2013, mediante fotografías, la no utilización de letrero identificatorio de actividades; Que toda reforma posterior y/o modificación del inmueble y/o tratamiento de la fachada y/o colocación de publicidad deberá ser consultada a esta Dirección General. Por ello, y en uso de las facultades conferidas,

EL DIRECTOR GENERAL DE INTERPRETACIÓN URBANISTICA DISPONE

Página Nº 128Nº4328 - 29/01/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

Artículo 1º.- Autorízase desde el punto de vista urbanístico y patrimonial la localización del uso: "Agencia de Lotería, Prode; Comercio Minorista Productos Alimenticios y/o

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Bebidas; Quiosco; Maxiquiosco", para el inmueble sito en la Av. Rivadavia Nº 1539 Planta Baja UF. Nº 1, con una superficie a habilitar de 45,50 m², (Cuarenta y cinco metros cuadrados con cincuenta decímetros cuadrados) debiendo cumplir con toda la normativa vigente que resulte de aplicación para el presente caso. Artículo 2º.- Hágase saber al recurrente, que sin perjuicio de no haber solicitado publicidad, en caso de requerir en un futuro su visado así como para toda reforma, modificación del inmueble, pintura de la fachada deberá ser consultada a esta Dirección General. Artículo 3º.- La presente tiene un plazo de vigencia de 180 días a partir de la fecha de su notificación; dentro de este plazo el recurrente deberá presentar la documentación

pertinente ante el o los Organismos correspondientes; de no hacerlo caducará de pleno derecho lo autorizado precedentemente. Artículo 4º.- Regístrese, notifíquese y entréguese la presente al recurrente. Publíquese en el Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires. Cumplido archívese. Ledesma

DISPOSICIÓN N.° 58/DGIUR/14

Buenos Aires, 9 de enero de 2014

VISTO: El Expediente N° 6.180.096/2013 por el que se consulta sobre la factibilidad de localizar el uso: “Café - Bar; Bebidas en general Envasadas; Casa de Lunch; de Masas, Bombones, Sándwiches s/ elaboración; de Helados (s/ elaboración)“, para el inmueble sito en la Av. Callao N° 1861, Planta Baja y Sótano, UF N° 3, con una superficie de 92,00m², y

CONSIDERANDO:

Que el inmueble en cuestión está emplazado en la Zona 2 del Distrito APH 50 - Callao, de acuerdo al Plano de Delimitación N° 5.4.12.50 del Código de Planeamiento Urbano correspondiéndole los usos del Distrito C2 del Cuadro de Usos N° 5.2.1 del mismo Código; Que el Área Técnica competente de esta Dirección General, a través del Informe N° 7260809-DGIUR- 2013, indica que de acuerdo a lo establecido en dicho Cuadro de Usos N° 5.2.1 el uso “Café - Bar“ se encuentra afectado por la Referencia “C“ mientras que el uso “Bebidas en general Envasadas“, comprendido en “Productos Alimenticios, etc.“, se encuentra permitido en el Distrito hasta 200m² y los usos “Casa de Lunch, de Masas, Bombones, Sándwiches (s/ elaboración) y de Helados (s/ elaboración), comprendidos en el uso “Alimentación en general, etc.“, están permitidos hasta 750m²; Que respecto a la localización de publicidad, no se registra esquema ni propuesta alguna, por lo que no corresponde su visado; Que desde el punto de vista del patrimonio urbano, se considera que el uso de “Café Bar“ no originaría impacto relevante en el distrito, y que la localización del mismo en la parcela sería aceptable por situarse en una zona con poca presencia de usos similares, según puede apreciarse en las bases de datos disponibles en este Organismo, y dada la cercanía a la zona recreativa del Parque Thays, la actividad a desarrollar sería complementaria de la misma, por lo cual el Área Técnica competente considera factible acceder al visado;

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Que el Consejo del Plan Urbano Ambiental, a través del Dictamen N° 389-CPUAM-2013, indica que considera admisible desde el punto de vista urbanístico, en acceder a la localización de los usos “Café-Bar; Comercio Minorista de Bebidas envasadas en general; de Masas bombones, sándwiches (sin elaboración); de helados (sin elaboración)“ en el inmueble sito en la Av. Callao N° 1861, Planta Baja, Sótano, UF N° 3, con una superficie de 92,00m² según Plano N° 7249561-DGIUR-2013, toda vez que los mismos no originan impactos relevantes o negativos para el edificio y la zona circundante; Que el Área Técnica competente, mediante Informe N° 144160-DGIUR-2014, toma conocimiento de lo expuesto por el Consejo del Plan Urbano Ambiental; Que toda reforma posterior y/o modificación del inmueble y/o tratamiento de la fachada y/o colocación de publicidad deberá ser consultada a esta Dirección General. Por ello, y en uso de las facultades conferidas, EL DIRECTOR GENERAL DE INTERPRETACIÓN URBANISTICA

DISPONE Artículo 1°.- Autorízase desde el punto de vista urbanístico y patrimonial la localización de los usos: “Café-Bar; Comercio Minorista de Bebidas envasadas en general; de Masas bombones, sándwiches (sin elaboración); de helados (sin elaboración)“, para el inmueble sito en la Av. Callao N° 1861, Planta Baja y Sótano, UF N° 3, con una superficie de 92,00m² (Noventa y dos metros cuadrados), debiendo cumplir con toda la normativa vigente que resulte de aplicación para el presente caso. Artículo 2°.- Hágase saber al recurrente, que toda reforma posterior y/o modificación del inmueble y/o tratamiento de la fachada y/o colocación de publicidad deberá ser consultada a esta Dirección General. Artículo 3°.- La presente tiene un plazo de vigencia de 180 días a partir de la fecha de su notificación; dentro de este plazo el recurrente deberá presentar la documentación pertinente ante el o los Organismos correspondientes; de no hacerlo caducará de pleno derecho lo autorizado precedentemente. Artículo 4°.- Regístrese, notifíquese y entréguese la presente al recurrente. Publíquese en el Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires. Cumplido, archívese. Ledesma

DISPOSICIÓN N.° 59/DGIUR/14

Buenos Aires, 9 de enero de 2014 VISTO: El Expediente N° 6.696.810/2013 por el que se consulta sobre la factibilidad de localizar el uso: “Oficina Comercial - Oficina Consultora“, para el inmueble sito en la Av. Leandro N. Alem 896 4° Piso U.F. N° 6 (según IF-2013-06806573-DGIUR), con una superficie a habilitar de 519,85 m², y CONSIDERANDO: Que se trata de un inmueble afectado a la Zona 3 del Distrito APH 51 “Catedral al Norte“ de Zonificación General del Código de Planeamiento Urbano Ley 449, Texto Ordenado Decreto N° 1.181-GCBA-2007, corresponden los usos del Distrito de Zonificación C2 del Cuadro de Usos 5.2.1 del Código de Planeamiento Urbano; Que el Área Técnica competente de esta Dirección General, a través del Informe N° 7354734-DGIUR-2013, considera que desde el punto de vista urbanístico y del Patrimonio Urbano no existen inconvenientes para acceder a la localización de los usos permitidos toda vez que los mismos no originan impactos relevantes en el Distrito;

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Que los usos consignados Permitidos son: “Oficina Comercial - Oficina Consultora“; Que respecto a la localización de publicidad, no corresponde su visado toda vez que el local se encuentre en un piso alto de un edificio de oficinas; Que toda reforma posterior y/o modificación del inmueble y/o tratamiento de la fachada y/o colocación de publicidad deberá ser consultada a esta Dirección General. Por ello, y en uso de las facultades conferidas,

EL DIRECTOR GENERAL DE INTERPRETACIÓN URBANISTICA DISPONE

Artículo 1°.- Autorízase desde el punto de vista urbanístico y patrimonial la localización del uso: “Oficina Comercial, Oficina Consultora“, para el inmueble sito en la Av. Leandro N. Alem 896 4° Piso U.F. N° 6 (según IF-2013-06806573-DGIUR), con una superficie a habilitar de 519,85 m², (Quinientos diecinueve metros cuadrados con ochenta y cinco decímetros cuadrados) debiendo cumplir con toda la normativa vigente que resulte de aplicación para el presente caso. Artículo 2°.- Hágase saber al recurrente, que sin perjuicio de no haber solicitado publicidad, en caso de requerir en un futuro su visado así como para toda reforma, modificación del inmueble, pintura de la fachada deberá ser consultada a esta Dirección General. Artículo 3°.- La presente tiene un plazo de vigencia de 180 días a partir de la fecha de su notificación; dentro de este plazo el recurrente deberá presentar la documentación pertinente ante el o los Organismos correspondientes; de no hacerlo caducará de pleno derecho lo autorizado precedentemente. Artículo 4°.- Regístrese, notifíquese y entréguese la presente al recurrente. Publíquese en el Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires. Cumplido archívese. Ledesma

DISPOSICIÓN N.º 60/DGIUR/14

Buenos Aires, 9 de enero de 2014

VISTO: El Expediente Nº 6.734.005/2013 por el que se consulta sobre la factibilidad de localizar el uso: "Consultorio Profesional", para el inmueble sito en la calle Dr. Rodolfo Rivarola Nº 140 - 2º PISO - U.F. Nº 8, con una superficie a habilitar de 222,64 m², y CONSIDERANDO: Que se trata de un inmueble afectado al Distrito APH 16 de Zonificación General del Código de Planeamiento Urbano Ley 449, Texto Ordenado Decreto Nº 1.181-GCBA-2007. Edifício protegido con nivel Estructural, los usos se corresponden con los del Distrito C2, Cuadro de Usos nº 5.2.1a del Código de Planeamiento Urbano; Que el Área Técnica competente de esta Dirección General, a través del Informe Nº 7238155-DGIUR-2013, considera que desde el punto de vista urbanístico y del Patrimonio Urbano no existen inconvenientes para acceder a la localización de los usos permitidos toda vez que los mismos no originan impactos relevantes en el Distrito; Que los usos consignados Permitidos son: "Consultorio Profesional. Ley N° 123: S.R.E."; Que se considera factible acceder al pedido de excepción de la Referencia de Estacionamiento Nº 31 por tratarse de un edificio catalogado con Nivel de Protección "Estructural";

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Que respecto a la localización de publicidad, no corresponde su visado toda vez que el recurrente presenta una nota en la que renuncia expresamente a la misma, donde indica que ya habría sido habilitada. (IF - 2013-06886412-DGIUR); Que toda reforma posterior y/o modificación del inmueble y/o tratamiento de la fachada y/o colocación de publicidad deberá ser consultada a esta Dirección General. Por ello, y en uso de las facultades conferidas,

EL DIRECTOR GENERAL DE INTERPRETACIÓN URBANISTICA DISPONE

Artículo 1º.- Autorízase desde el punto de vista urbanístico y patrimonial la localización del uso: "Consultorio Profesional. Ley N°123: S.R.E.", para el inmueble sito en la calle Dr. Rodolfo Rivarola Nº 140 - 2º PISO - U.F. Nº 8, con una superficie a habilitar de 222,64 m², (Doscientos veintidós metros cuadrados con sesenta y cuatro decímetros cuadrados) debiendo cumplir con toda la normativa vigente que resulte de aplicación para el presente caso. Artículo 2º.- Hágase saber al interesado, que se considera factible acceder al pedido de excepción de la Referencia de Estacionamiento Nº 31 por tratarse de un edificio catalogado con Nivel de Protección "Estructural". Artículo 3º.- Hágase saber al recurrente, que sin perjuicio de no haber solicitado publicidad, en caso de requerir en un futuro su visado así como para toda reforma,

modificación del inmueble, pintura de la fachada deberá ser consultada a esta Dirección General Artículo 4º.- La presente tiene un plazo de vigencia de 180 días a partir de la fecha de su notificación; dentro de este plazo el recurrente deberá presentar la documentación pertinente ante el o los Organismos correspondientes; de no hacerlo caducará de pleno derecho lo autorizado precedentemente. Artículo 5º.- Regístrese, notifíquese y entréguese la presente al recurrente. Publíquese en el Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires. Cumplido archívese. Ledesma

DISPOSICIÓN N.º 61/DGIUR/14

Buenos Aires, 9 de enero de 2014

VISTO: El Expediente Nº 6.459.836/2013 por el que se consulta sobre la factibilidad de localizar el uso: "Comercio de Venta Minorista, Muebles en general, Productos de Madera y Mimbre, Metálicos; Colchones y afines; Comercio Minorista de Artículos Personales y para Regalos", para el inmueble sito en la calle Junín Nº 1960/62 y Azcuenaga Nº 2085/87/91/93/95/97 Planta Baja y Entrepiso, Local 029 (según RE- 2013- 06459778-DGROC), con una superficie a habilitar de 267,19 m², y CONSIDERANDO: Que se trata de un inmueble afectado a la Zona 3 del Distrito APH 14 de Zonificación General del Código de Planeamiento Urbano Ley 449, Texto Ordenado Decreto Nº 1.181-GCBA-2007; Que el Área Técnica competente de esta Dirección General, a través del Informe Nº 7327321-DGIUR-2013, considera que desde el punto de vista urbanístico y del Patrimonio Urbano no existen inconvenientes para acceder a la localización de los usos permitidos toda vez que los mismos no originan impactos relevantes en el Distrito;

Página Nº 132Nº4328 - 29/01/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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Que los usos consignados Permitidos "Comercio de Venta Minorista, Muebles en general Productos de Madera y Mimbre. Metálicos; Colchones y afines" se encuentra comprendido en el uso "Comercio de Venta Minorista, Muebles en general, Productos de Madera y Mimbre. Metálicos; Colchones y afines";"Comercio Minorista de Artículos Personales y para Regalos" se encuentra comprendido en el uso "Textiles, Pieles, Cueros, Artículos Personales, del Hogar y afines. Regalos. Ley N° 123: S.R.E." ambos usos resultan permitidos en el Distrito de Zonificación C3; Que respecto a la localización de publicidad, no corresponde su visado toda vez que el local se ubica en el interior del complejo comercial; Que toda reforma posterior y/o modificación del inmueble y/o tratamiento de la fachada y/o colocación de publicidad deberá ser consultada a esta Dirección General. Por ello, y en uso de las facultades conferidas,

EL DIRECTOR GENERAL DE INTERPRETACIÓN URBANISTICA DISPONE

Artículo 1º.- Autorízase desde el punto de vista urbanístico y patrimonial la localización del uso: "Comercio de Venta Minorista, Muebles en general Productos de Madera y Mimbre. Metálicos; Colchones y afines" son asimilables al uso "Comercio de Venta Minorista, Muebles en general, Productos de Madera y Mimbre. Metálicos; Colchones y afines";"Comercio Minorista de Artículos Personales y para Regalos" asimilables a "Textiles, Pieles, Cueros, Artículos Personales, del Hogar y afines. Regalos. Ley N° 123: S.R.E.", para el inmueble sito en la calle Junín Nº 1960/62 y Azcuenaga Nº 2085/87/91/93/95/97 Planta Baja y Entrepiso, Local 029, con una superficie a habilitar de 267,19 m², (Doscientos sesenta y siete metros cuadrados con diecinueve

decímetros cuadrados) debiendo cumplir con toda la normativa vigente que resulte de aplicación para el presente caso. Artículo 2º.- Hágase saber al recurrente, que sin perjuicio de no haber solicitado publicidad, en caso de requerir en un futuro su visado así como para toda reforma, modificación del inmueble, pintura de la fachada deberá ser consultada a esta Dirección General. Artículo 3º.- La presente tiene un plazo de vigencia de 180 días a partir de la fecha de su notificación; dentro de este plazo el recurrente deberá presentar la documentación pertinente ante el o los Organismos correspondientes; de no hacerlo caducará de pleno derecho lo autorizado precedentemente. Artículo 4º.- Regístrese, notifíquese y entréguese la presente al recurrente. Publíquese en el Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires. Cumplido archívese. Ledesma

DISPOSICIÓN N.º 62/DGIUR/14

Buenos Aires, 9 de enero de 2014

VISTO: El Expediente Nº 7.399.421/2013 por el que se consulta sobre la factibilidad de ampliación de obra y usos "Institutos Técnicos, Academias, Enseñanza especializada, Educación Universitaria y Superior no Universitaria" para el inmueble sito en la calle Dr. José M. Giuffra Nº 330/34, con una superficie de terreno de 319,53 m², una superficie nueva de 715,99 m², y

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Que se trata de un inmueble afectado a la Zona 1 del Distrito APH 1de Zonificación General del Código de Planeamiento Urbano Ley 449, Texto Ordenado Decreto Nº 1.181-GCBA-2007, el mismo se encuentra Catalogado con Nivel de Protección Cautelar; Que el Área Técnica competente de esta Dirección General, a través del Informe Nº 195909-DGIUR-2014, informa que las obras propuestas por IF. Nº 95547 - DGROC - 2014, según Memoria descriptiva de pág. 50 (copias de pág. 51), se solicita la Ampliación de superficie de los usos ya Visados mediante Disposición Nº 182 - DGPEIU- 2001 con una superficie cubierta reglamentaria de 715,99 m², para los usos Instituto técnicos, Academias, Enseñanza especializada"; Que a pag. 1 a 4 presenta Contrato de locación y Servidumbre de paso y usos del Inmueble continuo en el mencionado inmueble por el cual se hace el pedido de usos, los cuales serán los mismos a los Visados mediante Disposición mencionada; Que respecto de la intervención de obra, la misma consta en: 1) La apertura de paso sobre medianera divisoria, la cual no afectaría al inmueble en cuestión. 2) Respecto de las obras en el interior del mismo (abertura de paredes interiores, re funcionalización de patio descubierto, escalera reglamentaria de acceso a piso superior), son Reglamentarias y Permitidas en el inmueble en cuestión. Que respecto a la ampliación en mención, la misma se encuadraría dentro de la Ley Nº 4428/12, la cual tiene el objetivo de fomentar la implementación de "Techos o Terrazas verdes" en el Ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que en tal sentido el Área Técnica entiende que no habría inconvenientes en acceder al visado de "Ampliación de superficie de usos" con destino "Institutos Técnicos, Academias, Enseñanza especializada" toda vez que las mismas no afectan los valores del Ámbito de emplazamiento del inmueble.; Que respecto a la localización de publicidad, no se registra esquema ni propuesta alguna, por lo que no corresponde su visado; Que toda reforma posterior y/o modificación del inmueble y/o tratamiento de la fachada y/o colocación de publicidad deberá ser consultada a esta Dirección General. Por ello, y en uso de las facultades conferidas,

EL DIRECTOR GENERAL DE INTERPRETACIÓN URBANISTICA DISPONE

Artículo 1º.- Autorízase, desde el punto de vista urbanístico y patrimonial, la ampliación de superficie y rubros "Institutos Técnicos, Academias, Enseñanza especializada, Educación Universitaria y Superior no Universitaria"" para el inmueble sito en la calle Dr. José M. Giuffra Nº 330/34, con una superficie de terreno de 319,53 m² (Trescientos diecinueve metros cuadrados con cincuenta y tres decímetros cuadrados), una superficie nueva de 715,99 m², (Setecientos quince metros cuadrados con noventa y nueve decímetros cuadrados), , debiendo cumplir con todas y cada una de las normativas vigentes que resulten de aplicación para el uso. Artículo 2º.- Hágase saber al recurrente, que toda reforma posterior y/o modificación del inmueble y/o tratamiento de la fachada y/o colocación de publicidad deberá ser consultada a esta Dirección General. Artículo 3º.- La presente tiene un plazo de vigencia de 180 días a partir de la fecha de su notificación; dentro de este plazo el recurrente deberá presentar la documentación pertinente ante el o los Organismos correspondientes; de no hacerlo caducará de pleno derecho lo autorizado precedentemente. Artículo 4º.- Regístrese, notifíquese y entréguese la presente Disposición y copia de Memoria descriptiva de IF. Nº 95547 - DGIUR - 2014 al recurrente. Publíquese en el Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires. Cumplido archívese. Ledesma

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CONSIDERANDO:

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DISPOSICIÓN N.º 63/DGIUR/14

Buenos Aires, 9 de enero de 2014

VISTO: El Expediente Nº 5.661.693/2013 por el que se consulta sobre la factibilidad de localizar el uso: "Salón de Juegos; Salón de Juegos de Mesa; Salón de Juegos Manuales; Pista para Rodados Infantiles; Feria Infantil; Salón de Actividades Psicomotrices infantiles; Juegos Mecánicos Infantiles", para el inmueble sito en la calle José Evaristo Uriburu Nº 1789/91/93/99, Vicente López Nº 2008/14/16/18/22/24/2630/32/38/46/50/54/56/58/64/70 y Junín Nº 1648/50/52/54/64/70, 3º Piso LOCAL 320, con una superficie total de 493,66m2, y CONSIDERANDO: Que se trata de un inmueble emplazado en la Zona 1 del Distrito APH 14 "Ámbito Recoleta" de Zonificación General del Código de Planeamiento Urbano Ley 449, Texto Ordenado Decreto Nº 1.181- GCBA-2007; Que la Gerencia Operativa de Supervisión Patrimonio Urbano, mediante Informe Nº 75275-DGIUR-2014, indica que para el estudio del presente caso se adjunta Plano registrado recaído en Expediente Nº73975/01 de Modificación y ampliación de obra con demolición parcial (Edificio reformado o transformado según art.5.3.4.3 CPU) con destino: “Paseo de compras, Cines, Comercio Minorista, Locales gastronómicos, Oficinas comerciales y estacionamiento“, según consta en Plano-2014-00058886-DGIUR; Que dicha Área Técnica informa que los usos solicitados se desarrollarán en el interior del inmueble (3º piso. Local 320) y no afectan desde el punto patrimonial el ámbito protegido, por lo que considera que no existirían inconvenientes en acceder a lo solicitado; Que, asimismo, sugiere el giro de los presentes a la Gerencia Operativa Supervisión Interpretación Urbanística a los fines de evaluar la compatibilidad entre los usos registrados y los solicitados en esta oportunidad; Que toma intervención la Gerencia Operativa de Supervisión Interpretación Urbana mediante Informe Nº 214662-DGIUR-2014, respecto de la compatibilidad de los usos solicitados en estos actuados: SALON DE JUEGOS (EXCL. JUEGOS DE AZAR); SALON DE JUEGOS DE MESA; SALON DE JUEGOS MANUALES; PISTA PARA RODADOS INFANTILES; FERIA INFANTIL; SALON DE ACTIVIDADES PSICOMOTRICES INFANTILES Y JUEGOS MECANICOS INFANTOILES, con los usos registrados en el inmueble en cuestión; Que en dicho Informe el Área Competente hace saber respecto de la normativa que resulta de aplicación según el Código de Planeamiento Urbano que: a) El parágrafo 5.4.12.14 - Distrito APH14 - Ámbito Recoleta establece respecto de los usos en la zona 1: "...5) Usos 5.1 Usos en inmuebles catalogados: En los edificios incluidos en el Listado de Inmuebles Catalogados Distrito APH14, Ámbito Recoleta, el Organismo de Aplicación

efectuará en cada caso el estudio para determinar la conveniencia o no de la localización propuesta. 5.2 Usos en inmuebles no catalogados. Zona 1 - Comercio minorista. Se admiten los usos permitidos en el Distrito C3 excepto: Maquinarias, motores, herramientas industriales y agrícolas; Máquinas de oficinas; Materiales de construcción; Sustancias químicas, caucho, plástico.

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- Esparcimiento: Café-concert; Boite; Salón de baile; Casa de fiestas, Cine-Cine Teatro; Teatro; Interpretaciones musicales, los cuales no podrán coexistir con la vivienda. - Estudios y consultorios profesionales que no podrán ubicarse en Planta baja. - Museos; Exposición y galería de arte; Gimnasio y natatorio; Agencia comercial y de turismo; Alimentación en general; Bar-Café; Servicios personales directos en general. - Residencial: Vivienda unifamiliar y multifamiliar...". Que el inmueble cuenta con planos registrados por Expediente Nº 73.975/01 de Modificación y Ampliación de Obra con demolición parcial con destino: PASEO DE COMPRAS; CINES; COMERCIO MINORISTA; LOCALES GASTRONOMIOCOS; OFICINAS COMERCIALES Y ESTACIONAMIENTO, para una superficie total de 41.199,44 m2; Que, en tal sentido la Gerencia Operativa de Supervisión Interpretación Urbana entiende que toda vez que se trata de usos comprendidos dentro del agrupamiento ESPARCIMIENTO del Cuadro de Usos Nº 5.2.1 a) y que resultan permitidos en el distrito C3 con el que comparte zonificación en la manzana, no existirían inconvenientes de compatibilidad con los usos registrados, resultando factible acceder a la localización del uso: "Salón de Juegos; Salón de Juegos de Mesa; Salón de Juegos Manuales; Pista para Rodados Infantiles; Feria Infantil; Salón de Actividades Psicomotrices infantiles; Juegos Mecánicos Infantiles", para el inmueble sito en la calle José Evaristo Uribiru Nº 1789/91/93/99, Vicente López Nº 2008/14/16/18/22/24/2630/32/38/46/50/54/56/58/64/70 y Junín Nº 1648/50/52/54/64/70, 3º Piso LOCAL 320, con una superficie total de 493,66m2; Por ello, y en uso de las facultades conferidas,

EL DIRECTOR GENERAL DE INTERPRETACIÓN URBANISTICA DISPONE

Artículo 1º.- Autorízase desde el punto de vista urbanístico la localización del uso "Salón de Juegos; Salón de Juegos de Mesa; Salón de Juegos Manuales; Pista para Rodados Infantiles; Feria Infantil; Salón de Actividades Psicomotrices infantiles; Juegos Mecánicos Infantiles", para el inmueble sito en la calle José Evaristo Uriburu Nº 1789/91/93/99, Vicente López Nº 2008/14/16/18/22/24/2630/32/38/46/50/54/56/58/64/70 y Junín Nº 1648/50/52/54/64/70, 3º Piso LOCAL 320, con una superficie total de 493,66m2 (Cuatrocientos noventa y tres metros cuadrados con sesenta y seis decímetros cuadrados), debiendo cumplir con toda la normativa vigente que resulte de aplicación para el presente caso.

Artículo 2º.- Hágase saber que toda reforma posterior y/o modificación del inmueble y/o de la publicidad y/o de los toldos y/o tratamiento de la fachada deberá ser consultada a esta Dirección General. Artículo 3º.- La presente tiene un plazo de vigencia de 180 días a partir de la fecha de su notificación; dentro de este plazo el recurrente deberá presentar la documentación pertinente ante el o los Organismos correspondientes; de no hacerlo caducará de pleno derecho lo autorizado precedentemente. Artículo 4º.- Regístrese, notifíquese y entréguese de la presente al recurrente. Publíquese en el Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires. Cumplido, archívese. Ledesma DISPOSICIÓN N.º 64/DGIUR/14

Buenos Aires, 9 de enero de 2014 VISTO:

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El Expediente Nº 5.176.876/2013 por el que se consulta sobre la localización del uso: "Actividades especiales: Centro medico u odontológico; Establecimiento Particular de

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asistencia médica (EPAM); Centro de rehabilitación en general (recuperación física o social). Se incluyen (4) cuatro quirófanos", para el inmueble sito en la calle Acevedo Nº 853/855/865/867, Planta Baja, 1º, 2º, 3º y 4º Piso, con una superficie de 3098,91m², y CONSIDERANDO: Que se trata de un inmueble afectado al Distrito R2bI de Zonificación General del Código de Planeamiento Urbano Ley 449, Texto Ordenado Decreto Nº 1.181-GCBA-2007; Que el Área Técnica competente de esta Dirección General, a través del Informe Nº 7210313-DGIUR- 2013, indica que a fs. 42 se observa un Certificado de habilitación (Expediente Nº 42.227/93, Disposición Nº 57298-DGHP-93) de fecha 30/8/93, para el Centro Medico Fitz Roy S.A., con los usos "Centro Medico u odontológico" y "Establecimiento particular de asistencia médica (EPAM)", por una superficie de 3098,91m²; Que en tal sentido y de acuerdo a lo especificado en el Agrupamiento "Equipamiento" del mencionado Cuadro de Usos Nº 5.2.1 a) se informa que: a. El uso "Actividades especiales: Centro medico u odontológico" se encuentra comprendido en "a) Equipamiento, c) Establecimientos de Sanidad" en el rubro "Centro medico u odontológico – servicio médico u odontológico de urgencia - Institutos sin internación. Definidos según Resolución SEC Nº 2385/1980, Resolución M.Nº 423/87 Ministerio de salud y Acción Social, Secretaría de Salud" teniendo Referencia 200 (Superficie máxima 200m²) y SA (sobre Avenida), el Numeral 20 para estacionamiento, lo que implica "5% de superficie total construida", y IIIb para carga y descarga para el Distrito R2bI. b. El uso "(4) cuatro quirófanos" se encuentran comprendidos en "a) Equipamiento, c) Establecimientos de Sanidad" en el rubro "Clínica, Sanatorio, Maternidad -Instituto con internación. Definidos según Resolución SEC Nº 2385/1980, Resolución M.Nº 423/87 Ministerio de salud y Acción Social, Secretaría de Salud, ver Ordenanza 34.673 BM Nº 15938-AD 622.9" no encontrándose permitido el Distrito R2bI. c. El uso "Centro de rehabilitación en general (recuperación física y/o social)" se encuentran comprendidos en "a) Equipamiento ,c) Establecimientos de Sanidad" en el rubro "Instituto o centro de rehabilitación en general, (recuperación física y/o social) teniendo Referencia 200 (Superficie máxima 200m²), el Numeral 17 para estacionamiento, lo que implica "1 modulo cada 125m² de superficie total construida", para el Distrito R2bI; Que del estudio realizado por el Área Técnica se informa que: a. La superficie cubierta y descubierta que se pretende habilitar es de 3098,91 m² aproximadamente. b. Se trata de dos parcelas intermedias conectadas, la Parcela Nº 17 Acevedo Nº 851/53/55 y la Parcela Nº 16 Acevedo Nº 865/67. c. El frente de ambas parcelas tienen un ancho total de 18,96 m. sobre la calle Acevedo, según plano de incendio de fs. 5, teniendo la Parcela Nº 17 Acevedo Nº 851/53/55 un ancho de 8,69 m. y la Parcela Nº 16 Acevedo Nº 865/67 un ancho de 10,30 m., según documentación catastral de fs. 33 a 39; Que asimismo se deja constancia que: a. Las Parcelas Nº 17 Acevedo 851/53/55 y la Parcela Nº 16 Acevedo Nº 865/67 no se encuentran englobadas. b. El uso "Centro de rehabilitación en general (recuperación física y/o social)" se encuentra permitido hasta 200m² y que deberá cumplir con el requerimiento de estacionamiento. c. Se solicita el uso "Establecimiento Particular de asistencia médica (EPAM)". d. No se ha presentado último plano registrado.

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e. En los planos de uso presentados no se observa que se cumpla ni con el requerimiento de estacionamiento, ni con el de carga y descarga exigidos para los usos“ Actividades especiales: centro médico odontológico" (Numeral 20 para estacionamiento y IIIb para carga y descarga) y para el "Establecimiento particular de asistencia medica social (EPAM)" (Numeral 23 para estacionamiento y Numeral IIIb para carga y descarga). Ni se ha manifestado que el requerimiento de estacionamiento se cumpla en otra parcela en un radio de 200 m. f. Según se observa en las fotos adjuntas de fs. 43 a 48 y un relevamiento efectuado en el lugar, el intenso movimiento vehicular y el constante estacionamiento de autos particulares y ambulancias en doble fila generado por el Centro Medico desvirtúa el espíritu residencial del Distrito R2bI. También es necesario mencionar, que se debería mitigar la contaminación auditiva generada por los traslados sanitarios. g. Según se observa en la foto de fs. 45 , se ha invadido el espacio público con un contenedor conectado mediante una instalación precaria con la Clínica, que posee un cartel: "Soporte de vida del Centro Medico Integral Fitz Roy"; Que el Consejo del Plan Urbano Ambiental, mediante Dictamen Nº 378-CPUAM-2013, indica que considera que no existen inconvenientes, desde el punto de vista urbanístico en acceder a la localización del uso "Centro de rehabilitación en general (recuperación física y/o social)", para el local en cuestión, con una superficie de 3098,91m². Atento a las diferencias de superficies observadas entre el plano registrado de fs. 5 con el plano de usos de fs. 2, las mismas deberán ser regularizadas ante el organismo competente; Que el Área Técnica competente, a través del Informe Nº 208946-DGIUR-2014, toma conocimiento de lo expuesto por el Consejo del Plan Urbano Ambiental; Que asimismo, dicha Área indica que dada la superficie solicitada y lo dispuesto en la referencia correspondiente, le corresponde la dotación de veinticinco (25) módulos de estacionamiento, los que podrán ser cumplimentados de acuerdo a lo establecido en el Parágrafo 7.7.1.8 del Código de Edificación; Que reconociendo su funcionamiento con la correspondiente habilitación desde 1993, se sugiere que para cualquier modificación o ampliación futura se deberá cumplir si o si, con el requerimiento de carga y descarga exigidos para los usos "Actividades especiales: centro médico odontológico" y para el"Establecimiento Particular de Asistencia Médica Social (EPAM)" (Numeral IIIb para carga y descarga). Por ello, y en uso de las facultades conferidas,

EL DIRECTOR GENERAL DE INTERPRETACIÓN URBANISTICA

DISPONE Artículo 1º.- Autorízase, desde el punto de vista urbanístico y patrimonial, la localización del uso "Actividades especiales: Centro medico u odontológico; Establecimiento Particular de asistencia médica (EPAM); Centro de rehabilitación en general (recuperación física o social). Se incluyen (4) cuatro quirófanos", para el inmueble sito en la calle Acevedo Nº 853/855/865/867, Planta Baja, 1º, 2º, 3º y 4º Piso, con una superficie de 3098,91m² (Tres mil noventa y ocho metros cuadrados con noventa y un decímetros cuadrados), debiendo cumplir con todas y cada una de las normativas vigentes que resulten de aplicación para el uso. Artículo 2º.- Hágase saber al recurrente que atento a las diferencias de superficies observadas entre el plano registrado de fs. 5 con el plano de usos de fs. 2, las mismas deberán ser regularizadas ante el organismo competente. Artículo 3º.- Notifíquese al interesado que dada la superficie solicitada y lo dispuesto en la referencia correspondiente, le corresponde la dotación de veinticinco (25) módulos de estacionamiento, los que podrán ser cumplimentados de acuerdo a lo establecido en el Parágrafo 7.7.1.8 del Código de Edificación.

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Artículo 4º.- Hágase saber al interesado que reconociendo su funcionamiento con la correspondiente habilitación desde 1993, se sugiere que para cualquier modificación o ampliación futura, se deberá cumplir si o si con el requerimiento de carga y descarga exigidos para los usos "Actividades especiales: centro médico odontológico" y para el "Establecimiento Particular de Asistencia Médica Social (EPAM)" (Numeral IIIb para carga y descarga). Artículo 5º.- La presente tiene un plazo de vigencia de 180 días a partir de la fecha de notificación; dentro de este plazo, el recurrente deberá presentar la documentación pertinente ante el o los organismos correspondientes. De no hacerlo caducara de pleno derecho lo autorizado precedentemente. Artículo 6º.- Regístrese, notifíquese y entréguese la presente al recurrente. Publíquese en el Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires. Cumplido, archívese. Ledesma

DISPOSICIÓN N.º 65/DGIUR/14

Buenos Aires, 9 de enero de 2014

VISTO: El Expediente Nº 7.400.745/2013 y la Disposición Nº 33-DGIUR-2014, y CONSIDERANDO: Que a través de la Disposición Nº 33-DGIUR-2014 se procedió a visar desde el punto de vista urbanístico y patrimonial, la "Ampliación de superficie de usos", con destino "Institutos Técnicos, Academias, Enseñanza especializada", con una superficie de terreno de 674,16m², una superficie existente (según Disposición Nº 182-DGPEIU-01) de 725,55m², una superficie cubierta a ampliar de 295,62m², lo que hace a un total de 1021,17m²; Que el inmueble se encuentra ubicado dentro de la Zona 1a del Distrito de Zonificación APH 1 y el mismo se encuentra Catalogado con Nivel de Protección Cautelar; Que en función de dicha Disposición se puede notar que se ha incurrido en un error involuntario respecto a los usos autorizados; Que en tal sentido, corresponde subsanar el error cometido procediendo a la rectificación de la misma; Que toda reforma posterior y/o modificación del inmueble y/o de la publicidad deberá ser consultada a esta Dirección General. Por ello, y en uso de las facultades conferidas,

EL DIRECTOR GENERAL DE INTERPRETACIÓN URBANISTICA DISPONE

Artículo 1º.- Rectifícase el Artículo 1º de la Disposición Nº 33-DGIUR-2014, debiendo quedar redactado de la siguiente forma: "Artículo 1º.- Vísase, desde el punto de vista urbanístico y patrimonial, la Ampliación de superficie de usos", con destino "Institutos Técnicos, Academias, Enseñanza especializada, Educación Universitaria y Superior no Universitaria", con una superficie de terreno de 674,16m² (Seiscientos setenta y cuatro metros cuadrados con dieciséis decímetros cuadrados), una superficie existente (según Disposición Nº 182-DGPEIU-01) de 725,55m² (Setecientos veinticinco metros cuadrados con cincuenta y cinco decímetros cuadrados), una superficie cubierta a ampliar de 295,62m² (Doscientos noventa y cinco metros cuadrados con sesenta y dos decímetros cuadrados), lo que hace a un total de 1021,17m² (Mil veintiún metros cuadrados con diecisiete decímetros cuadrados), debiendo cumplir con toda la normativa vigente para el presente caso."

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Artículo 2º.- La presente tiene un plazo de vigencia de 180 días a partir de la fecha de su notificación; dentro de este plazo el recurrente deberá presentar la documentación pertinente ante el o los Organismos correspondientes; de no hacerlo caducará de pleno derecho lo autorizado precedentemente. Artículo 3º.- Regístrese, notifíquese y entréguese la presente al recurrente. Publíquese en el Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires. Cumplido archívese. Ledesma

Página Nº 140Nº4328 - 29/01/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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Agencia de Protección Ambiental

DISPOSICIÓN N.º 3/DGTALAPRA/14

Buenos Aires, 24 de enero de 2014

VISTOS: La Leyes Nº 2628 y N° 2.095 y su Decreto Reglamentario 1145/GCBA/09, complementado por el Decreto N° 754/GCBA/08, la Resolución N° 1160/MHGC/11, la Disposición Nº 168/DGTALAPRA/13, el Expediente Nº 7009309/2013 y, CONSIDERANDO: Que por la Disposición mencionada en el VISTOS, se llamó a Licitación Pública Nº 8933-0358-LPU13 para el día 19 de diciembre de 2013 a alas 12:00 horas al amparo de lo establecido en el artículo 31 de la Ley Nº 2.095; Que habiéndose efectuado la pertinente publicidad del llamado, a través de los distintos medios establecidos en la normativa vigente, celebrado el Acto de Apertura de Ofertas, no se recibió ninguna propuesta; en consecuencia, corresponde declarar desierta la presente contratación de conformidad a lo previsto en el artículo 13 inciso d) de la Ley Nº 2095; Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 9° del Decreto N° 1145/GCBA/09, reglamentario de la Ley N° 2.095,

EL DIRECTOR GENERAL TÉCNICO ADMINISTRATIVO Y LEGAL DE LA AGENCIA DE PROTECCIÓN AMBIENTAL DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DISPONE Articulo 1º.- Declárase desierto el llamado a Licitación Pública N° 8933-0358-LPU13. Artículo 2º.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial y en el Sitio Oficial de Internet del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, notifíquese al área solicitante y remítase al Departamento de Compras y Contrataciones dependiente de la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal, para la prosecución de su trámite y oportunamente protocolícese en el Sistema Buenos Aires Compras (BAC). Casiraghi

DISPOSICIÓN N.º 4/DGTALAPRA/14

Buenos Aires, 24 de enero de 2014

VISTOS: La Ley N° 2.095 su modificatoria y su Reglamentación, la Resolución N° 1160/MHGC/11, la Disposición Nº 169/DGTALAPRA/13, el Expediente Nº 7009489/13 y, CONSIDERANDO:

Página Nº 141Nº4328 - 29/01/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

Que por Disposición Nº 169/DGTALAPRA/13 se llamó a Licitación Pública Nº 8933-0360-LPU13 para el día 19 de diciembre de 2013 a las 12:00 horas, al amparo de lo

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establecido en el artículo 31 párrafo primero de la Ley Nº 2.095 para la adquisición de equipamiento para emergencias ambientales dentro del rubro "Elementos de Seguridad Hospitalaria" con destino a la Dirección General de Control en el marco del Plan Operativo de Emergencia Ambiental; Que conforme surge del Acta de Apertura de Ofertas se recibió una única oferta por parte de la firma A Y M D ESPOSITO S.R.L. (CUIT Nº 30-61267749-9); Que la Comisión Evaluadora de Ofertas emitió su Dictamen de Evaluación por el cual recomendó preadjudicar a la empresa A Y M D ESPOSITO S.R.L. (CUIT Nº 30-61267749-9) para el renglón 1º; Que el resultado de la preadjudicación fue notificado conforme lo establecido en la normativa vigente y vencido el término para efectuar impugnaciones no se recibió presentación alguna; Que la Gerencia Operativa Oficina de Gestión Sectorial ha efectuado compromiso presupuestario definitivo; Que la Gerencia Operativa de Asuntos Jurídicos ha tomado la pertinente intervención; Que en consecuencia, corresponde aprobar la presente Licitación Pública adjudicando el renglón Nº 1º a la firma preadjudicada, Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 9° del Decreto N° 1145/GCBA/09, reglamentario de la Ley N° 2.095 y su modificatoria,

EL DIRECTOR GENERAL TÉCNICO ADMINISTRATIVO Y LEGAL DE LA AGENCIA DE PROTECCIÓN AMBIENTAL DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DISPONE Artículo 1º.- Apruébase la Licitación Pública Nº 8933-0361-LPU13, conforme lo normado por el artículo 31 párrafo primero de la Ley Nº 2.095. Artículo 2º.- Adjudícase el renglón Nº 1º, a favor de la firma A y MD ESPOSITO S.R.L. (CUIT N° 30- 61267749-9), por un monto total de PESOS SEIS MIL TRESCIENTOS OCHENTA Y CUATRO 00/100 ($ 6.384,00), para la adquisición de equipamiento para emergencias ambientales dentro del rubro "Elementos de Iluminación" con destino a la Dirección General de Control en el marco del Plan Operativo de Emergencia Ambiental. Artículo 3º.- El presente gasto se imputará a las partidas presupuestarias del ejercicio en curso. Artículo 4º.- Emítanse la respectiva Orden de Compra. Artículo 5º.- Regístrese, protocolícese, notifíquese al oferente, publíquese en Boletín Oficial y remítase al Departamento de Compras y Contrataciones para la prosecución de su trámite. Cumplido, archívese. Casiraghi

DISPOSICIÓN N.º 5/DGTALAPRA/14

Buenos Aires, 24 de enero de 2014

VISTOS: La Ley N° 2.095 su modificatoria y su Reglamentación, la Resolución N° 1160/MHGC/11, la Disposición Nº 170/DGTALAPRA/13, el Expediente Nº 6634503/2013 y,

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Que por Disposición Nº 170/DGTALAPRA/13 se llamó a Licitación Pública Nº 8933-0353-LPU13 para el día 19 de diciembre de 2013 a las 12:00 horas, al amparo de lo establecido en el artículo 31 párrafo primero de la Ley Nº 2.095 para la adquisición de equipamiento para emergencias ambientales dentro del rubro "Textiles, Confección y Calzado" con destino a la Dirección General de Control en el marco del Plan Operativo de Emergencia Ambiental; Que conforme surge del Acta de Apertura de Ofertas se recibió una única oferta por parte de la firma AYMD ESPOSITO S.R.L; Que la Comisión Evaluadora de Ofertas emitió su Dictamen de Evaluación por el cual recomendó preadjudicar a la empresa AYMD ESPOSITO S.R.L, para los renglones 1º; 4º y 7º, desiertos los renglones 2º; 3º; 5º y 6º en los términos del artículo 106 de la Ley N° 2095 y su modificatoria; Que el resultado de la preadjudicación fue notificado conforme lo establecido en la normativa vigente y vencido el término para efectuar impugnaciones no se recibió presentación alguna; Que el Departamento de Compras y Contrataciones consignó que debido a objeciones manifestadas por el área técnica, posteriores a la publicación del Dictamen de Preadjudicación, relacionadas con la calidad de las muestras presentadas, considera conveniente apartarse del Dictamen de Evaluación de Ofertas declarando fracasado el Renglón 4º; Que la Gerencia Operativa Oficina de Gestión Sectorial ha efectuado compromiso presupuestario definitivo; Que la Gerencia Operativa de Asuntos Jurídicos ha tomado la pertinente intervención; Que en consecuencia, corresponde aprobar la presente Licitación Pública adjudicando los renglones Nº 1º y 7º, declarar desiertos los renglones 2º, 3º, 5º, 6º y fracasado el Renglón 4º, éste conforme lo manifestado por el Departamento de Compras y Contrataciones. Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 9° del Decreto N° 1145/GCBA/09, reglamentario de la Ley N° 2.095 y su modificatoria,

EL DIRECTOR GENERAL TÉCNICO ADMINISTRATIVO Y LEGAL DE LA AGENCIA DE PROTECCIÓN AMBIENTAL DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DISPONE Artículo 1º.- Apruébase la Licitación Pública Nº 8933-0353-LPU13, conforme lo normado por el artículo 31 párrafo primero de la Ley Nº 2.095. Artículo 2º.- Adjudícanse los renglones 1º y 7º a favor de la firma AYMD ESPOSITO S.R.L, (CUIT N° 30- 61267749-9), por un monto total de CUATRO MIL TREINTA Y OCHO ($ 4.038.-) para la adquisición de equipamiento para emergencias ambientales dentro del rubro "Textiles, Confección y Calzado" con destino a la Dirección General de Control en el marco del Plan Operativo de Emergencia Ambiental. Artículo 3º. Decláranse desiertos los renglones Nº 2º, 3º, 5º, 6º Artículo 4º.- Declárase fracasado el renglón Nº 4º. Artículo 5º.- El presente gasto se imputará a las partidas presupuestarias del ejercicio en curso. Artículo 6º.- Emítanse la respectiva Orden de Compra. Artículo 7º.- Regístrese, protocolícese, notifíquese al oferente, publíquese en Boletín Oficial y remítase al Departamento de Compras y Contrataciones para la prosecución de su trámite. Cumplido, archívese. Casiraghi

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CONSIDERANDO:

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DISPOSICIÓN N.º 6/DGTALAPRA/14

Buenos Aires, 24 de enero de 2014

VISTOS: La Ley N° 2.095 su modificatoria y su Reglamentación, la Resolución N° 1160/MHGC/11, la Disposición Nº 167/DGTALAPRA/13, el Expediente Nº 7009537/13 y, CONSIDERANDO: Que por Disposición Nº 167/DGTALAPRA/13 se llamó a Licitación Pública Nº 8933-0360-LPU13 para el día 19 de diciembre de 2013 a las 12:00 horas, al amparo de lo establecido en el artículo 31 párrafo primero de la Ley Nº 2.095 para la adquisición de equipamiento para emergencias ambientales dentro del rubro "Elementos de Seguridad Hospitalaria" con destino a la Dirección General de Control en el marco del Plan Operativo de Emergencia Ambiental; Que conforme surge del Acta de Apertura de Ofertas se recibió una única oferta por parte de la firma RAÚL JORGE LEÓN POGGI; Que la Comisión Evaluadora de Ofertas emitió su Dictamen de Evaluación por el cual recomendó preadjudicar a la empresa RAUL JORGE LEON POGGI para el renglón 2º declarando desiertos los renglones 1º; 3º; 4º y 5º en los términos del artículo 106 de la Ley N° 2095 y su modificatoria; Que el resultado de la preadjudicación fue notificado conforme lo establecido en la normativa vigente y vencido el término para efectuar impugnaciones no se recibió presentación alguna; Que la Gerencia Operativa Oficina de Gestión Sectorial ha efectuado compromiso presupuestario definitivo; Que la Gerencia Operativa de Asuntos Jurídicos ha tomado la pertinente intervención; Que en consecuencia, corresponde aprobar la presente Licitación Pública adjudicando los renglones Nº 2º, declarar desiertos los renglones 1º; 3º; 4º y 5; Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 9° del Decreto N° 1145/GCBA/09, reglamentario de la Ley N° 2.095 y su modificatoria,

EL DIRECTOR GENERAL TÉCNICO ADMINISTRATIVO Y LEGAL DE LA AGENCIA DE PROTECCIÓN AMBIENTAL DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DISPONE Artículo 1º.- Apruébase la Licitación Pública Nº 8933-0360-LPU13, conforme lo normado por el artículo 31 párrafo primero de la Ley Nº 2.095. Artículo 2º.- Adjudícase el rengón Nº 2º a favor de la firma RAUL JORGE LEON POGGI CUIT Nº (20083367599), por un monto total de PESOS CIENTO VEINTE ($ 120,00.-), para la adquisición de equipamiento para emergencias ambientales dentro del rubro "Elementos de Seguridad Hospitalaria" con destino a la Dirección General de Control en el marco del Plan Operativo de Emergencia Ambiental. Artículo 3º. Decláranse desiertos los renglones Nº 1º, 3º, 4º y 5º

Artículo 4º.- El presente gasto se imputará a las partidas presupuestarias del ejercicio en curso. Artículo 5º.- Emítanse la respectiva Orden de Compra. Artículo 6º.- Regístrese, protocolícese, notifíquese al oferente, publíquese en Boletín Oficial y remítase al Departamento de Compras y Contrataciones para la prosecución de su trámite. Cumplido, archívese. Casiraghi

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Administración Gubernamental de Ingresos

Públicos

DISPOSICIÓN N.º 11/DGR/14

Buenos Aires, 20 de enero de 2014 VISTO: lo dispuesto en el art. 2ª del Decreto Nª 6257/77 de fecha 17 de enero de 1977 (B.M. Nº 15436), y CONSIDERANDO: Que el coeficiente progresivo-regresivo es de aplicación necesaria en los procedimientos de determinación de oficio respecto del Impuesto Sobre los Ingresos Brutos y sus antecesores temporales; Por ello,

EL DIRECTOR GENERAL DE RENTAS DISPONE

Artículo 1º.- Autorizar el coeficiente progresivo-regresivo que a continuación se detalla: IPIM- NOVIEMBRE 2013: 646.55 IPIM- DICIEMBRE 2013: 655.91 Coeficiente: 0,98572929749550831 Artículo 2º.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese y archívese. Tujsnaider

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Agencia de Sistemas de Información

DISPOSICIÓN N.º 23/DGTALINF/14

Buenos Aires, 24 de enero de 2014

VISTO: El Decreto N° 1510/GCABA/97, el Decreto N° 752/GCABA/10, el Expediente Electrónico Nº 00669156-MGEYA-ASINF-2.013, y CONSIDERANDO: Que por el expediente mencionado en el visto tramita la autorización para el pago del "Servicio de Soporte y Mantenimiento Básico y Correctivo, y Servicios de Desarrollo de Mantenimiento Evolutivo de Soluciones Tecnológicas del Sistema de Insumos Biomédicos (SIB)" prestado por la empresa TERACODE BA S.A., por el período comprendido desde el 01 de noviembre al 31 de diciembre de 2013 por la suma total de pesos cincuenta y siete mil setecientos ocho con 00/100 ($ 57.708,00.-); Que dicho servicio es prestado por la empresa de referencia según Orden de Compra BAC Nº 8056-0555- C13, por 1500 horas y con una duración de 9 meses o hasta consumir las horas, lo que ocurra primero, siendo que las horas se consumieron durante octubre de 2013, correspondiendo esa fecha de finalización, y por un importe mensual de pesos doscientos cincuenta y dos con 00/100 ($ 252,00.-) por hora; Que a través del Informe Nº 04576366-DGISIS-2013 la Directora General de Integración de Sistemas de esta Agencia de Sistemas de Información, solicitó se amplíe el mencionado servicio prestado por la orden de compra original Nº 8056-0555-OC13; Que en tal sentido remarcó la necesidad de dar continuidad al Servicio a fin de absorber los cambios que se produjeron por los nuevos requerimientos y las oportunidades de mejoras que han surgido la ejecución del proyecto; Que entre otras cosas destacó que si bien está prevista la prórroga del Servicio en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares, de conformidad con lo establecido en el Artículo 117 Inciso III de la Ley 2095, dicha prórroga no se instrumentó por imposibilidad de hacerlo a través del portal Buenos Aires Compras (BAC), como así también destacó que tampoco se procedió por fallas del mencionado sistema la ampliación de la Orden de Compra original; Que por último informó que por las razones esgrimidas anteriormente no se dio lugar a lo estipulado en la Resolución Nº 237-ASINF-2013, y manifestó que sólo es posible aprobar el gasto a través de lo normado en el artículo 6º del Decreto nº 752/10; Que al efecto, por el artículo 6º del Decreto Nº 752-10 se faculta a los funcionarios mencionados en el anexo II "... para aprobar, los gastos de imprescindible necesidad cuando la operación sea de tracto sucesivo, de acuerdo con los límites establecidos en el citado Anexo."; Que por su parte el artículo 7º del mencionado Decreto dispone que "Las actuaciones donde tramiten operaciones contempladas en el artículo anterior deben cumplir con los siguientes requisitos: a) detallar el estado de avance del proceso licitatorio respectivo y, en caso de no corresponder dicho procedimiento, justificar las causas y el motivo; b) en su caso, indicar el monto mensual promedio abonado dentro de los últimos seis (6) meses, por la provisión y prestación de dicho bien o servicio; y c) establecer el período por el cual se solicita dicha autorización, el cual no deberá exceder de un (1) trimestre, en la medida que dicho lapso no supere la finalización del ejercicio respectivo."; Que obra la Solicitud de Gastos Nº 77.029/SIGAF/2.013 en la cual se imputan los fondos en el Sistema Integrado de Gestión y Administración Financiera (SIGAF) a los efectos de hacer frente a la erogación en cuestión con cargo al Ejercicio 2013 y el Registro de Compromiso Definitivo Nº 478.222/2013;

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Que de esta forma, se encuentran cumplidos los requisitos requeridos por la normativa aplicable por lo que corresponde dictar el acto administrativo pertinente que apruebe el gasto. Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,

EL DIRECTOR GENERAL TECNICO, ADMINISTRATIVO Y LEGAL DE LA AGENCIA DE SISTEMAS DE INFORMACIÓN

DISPONE Artículo 1º.- Apruébase el gasto relacionado con el "Servicio de Soporte y Mantenimiento Básico y Correctivo, y Servicios de Desarrollo de Mantenimiento Evolutivo de Soluciones Tecnológicas del Sistema de Insumos Biomédicos (SIB)" prestado por la empresa TERACODE BA S.A., por el período comprendido desde el 01 de noviembre al 31 de diciembre de 2013 por la suma total de pesos cincuenta y siete mil setecientos ocho con 00/100 ($ 57.708,00.-). Artículo 2º.- Dicho gasto será imputado a la partida correspondiente al presupuesto del ejercicio 2013. Artículo 3º.- Emítase el parte de recepción definitiva. Artículo 4º.- Notifíquese a TERACODE BA S.A. Artículo 5º.- Regístrese, publíquese por un (1) día en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y para su conocimiento, comuníquese a la Dirección General de Contaduría. Cumplido, archívese. Dacharry

DISPOSICIÓN N.º 25/DGTALINF/14

Buenos Aires, 24 de enero de 2014

VISTO: El Decreto N° 752/GCABA/10, el Expediente Nº 1.186.026/2013, y CONSIDERANDO: Que por el expediente mencionado en el visto tramita la autorización para el pago del "Servicio de Mantenimiento Sistema SAP", prestado por la empresa DELOITTE & CO. S.A., por el período proporcional de Junio, Julio y Agosto de 2013, por la suma total de pesos ciento veintitrés mil trescientos noventa y nueve con 00/100 ($ 123.399,00.-); Que dicho servicio es prestado por la empresa mencionada según la Orden de Compra Nº 54.916/11, para los Renglones Nros. 1 (Servicio de Mantenimiento) y 2 (Servicio de Consultoría) y cuya fecha de finalización fue el 31/12/2012, habiéndose ampliado mediante Orden de Compra Nº 11.423/13 sólo el Renglón Nº 2, correspondiendo para el Renglón Nº 1 un importe mensual de $ 41.133,00 (pesos cuarenta y un mil ciento treinta y tres con 00/100), siendo éste el monto mensual promedio de los últimos 06 meses; Que asimismo se mediante Informe Nº 1124895-DGIASINF-13 el Director General de Infraestructura de esta Agencia de Sistemas de Información manifestó que el motivo del presente pedido radica en la continuidad de una serie de tareas planificadas, que deberán finalizarse, indefectiblemente, en el transcurso de los siguientes meses, hasta tanto se adjudique una nueva licitación; Que ello así agregó que dichas tareas resultan de imprescindible necesidad para, entre otras cosas, mejorar la performance de los sistemas y la optimización de los recursos de backup;

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Que en tal sentido, por el artículo 6º del Decreto Nº 752-10 se faculta a los funcionarios mencionados en el anexo II "... para aprobar, los gastos de imprescindible necesidad cuando la operación sea de tracto sucesivo, de acuerdo con los límites establecidos en el citado Anexo."; Que por su parte el artículo 7º del mencionado Decreto dispone que "Las actuaciones donde tramiten operaciones contempladas en el artículo anterior deben cumplir con los siguientes requisitos: a) detallar el estado de avance del proceso licitatorio respectivo y, en caso de no corresponder dicho procedimiento, justificar las causas y el motivo; b) en su caso, indicar el monto mensual promedio abonado dentro de los últimos seis (6) meses, por la provisión y prestación de dicho bien o servicio; y c) establecer el período por el cual se solicita dicha autorización, el cual no deberá exceder de un (1) trimestre, en la medida que dicho lapso no supere la finalización del ejercicio respectivo."; Que actualmente se está confeccionando el Pliego de Condiciones Particulares y Especificaciones Técnicas a fin de regularizar la situación; Que obra la Solicitud de Gastos Nº 77.144/SIGAF/2.013,en la cual se imputan los fondos en el Sistema Integrado de Gestión y Administración Financiera (SIGAF) a los efectos de hacer frente a la erogación en cuestión con cargo al Ejercicio 2013 y el Registro de Compromiso Definitivo Nº 479.152/2013; Que el período por el cual se solicita autorización para la aprobación del gasto comprende el periodo proporcional de Junio, Julio y Agosto de 2013; Que de esta forma, se encuentran cumplidos los requisitos requeridos por la normativa aplicable por lo que corresponde dictar el acto administrativo pertinente que apruebe el gasto; Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el artículo 6° del Decreto Nº 752-10,

EL DIRECTOR GENERAL TECNICO, ADMINISTRATIVO Y LEGAL DE LA AGENCIA DE SISTEMAS DE INFORMACIÓN

DISPONE Artículo 1º.- Apruébase el gasto relacionado con el "Servicio de Mantenimiento Sistema SAP", prestado por la empresa DELOITTE & CO. S.A., por el período proporcional de Junio, Julio y Agosto de 2013, por la suma total de pesos ciento veintitrés mil trescientos noventa y nueve con 00/100 ($ 123.399,00.-). Artículo 2º.- Dicho gasto será imputado a la partida correspondiente al presupuesto 2.013. Artículo 3º.- Emítase el parte de recepción definitiva. Artículo 4º.- Notifíquese a DELOITTE & CO. S.A. Artículo 5º.- Regístrese, publíquese por un (1) día en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y para su conocimiento, comuníquese a la Dirección General de Contaduría. Cumplido, archívese. Dacharry

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Organos de Control Disposición Procuración General de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires

DISPOSICIÓN N.° 3/DGTALPG/14

Buenos Aires, 22 de enero de 2014 VISTO: La Ley 26427, el Convenio de Pasantías celebrado entre la Procuración General de la Ciudad y la Facultad de Derecho -UBA- registrado por la Escribanía General -GCBA- bajo el N° 2240, el Decreto Nº 556/GCBA/2010 (BOCBA Nº 3463) y su modificatorio Decreto Nº 752/GCBA/2010 (BOCBA Nº 3512) y; CONSIDERANDO: Que, la ley 26427 que crea el sistema de pasantías educativas en el marco del sistema educativo nacional en su artículo 15 establece que debe otorgarse al pasante una cobertura de salud cuyas prestaciones serán las previstas en la Ley de Obras Sociales; Que, entre la Procuración General del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires y la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires se ha celebrado el Convenio Específico de Pasantía registrado por la Escribanía General -GCBA- bajo el N° 2240; Que, de acuerdo a lo dispuesto en la cláusula duodécima de dicho convenio la Procuración General debe hacerse cargo de todos los gastos que demande el Convenio Específico con fondos provenientes de la partida presupuestaria habilitada para tales fines, en el respectivo Ejercicio Fiscal; Que, corresponde dictar acto administrativo que apruebe el gasto, imputando la erogación en cuestión a la partida del presupuesto en vigencia, por un monto total de PESOS OCHO MIL OCHOCIENTOS OCHENTA Y DOS CON 00/100 ($ 8.882,00), por la cobertura de Obra Social a los pasantes de la Procuración General por el mes de Enero de 2014 y habilitar los canales administrativos pertinentes para hacer efectivo el pago al Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires-SIMECO- (BENEFICIARIO 24026); Que, obra afectación presupuestaria con cargo al ejercicio 2014, para la atención de la erogación en cuestión; Por ello y en uso de las facultades conferidas por el precitado Decreto N° 556/GCBA/2010 (BOCBA N° 3463) y su modificatorio Decreto Nº 752/GCBA/2010 (BOCBA Nº 3512);

LA DIRECTORA GENERAL

DE LA DIRECCIÓN GENERAL TÉCNICA ADMINISTRATIVA Y LEGAL DISPONE

Artículo 1º.- Apruébase el gasto de PESOS OCHO MIL OCHOCIENTOS OCHENTA Y DOS CON 00/100 ($ 8.882,00) a favor del Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires -SIMECO- (BENEFICIARIO 24026) para atender el pago de la cobertura de Obra Social de los pasantes de la Procuración General por el mes de Enero de 2014. Artículo 2º.- La presente erogación encontrará respaldo crediticio en la correspondiente partida del presupuesto del año 2014.

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Artículo 3º.- Regístrese. Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Comuníquese a la Dirección General de Tesorería y remítase a la Dirección General de Contaduría a sus efectos. Cumplido, archívese. González Castillón

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TRIMESTRALES

DIRECCIÓN GENERAL DE ESTADÍSTICA Y CENSOSPrimero a Cuarto Trimestres Año 2013

Atento lo dispuesto por el Art. 34º de la Ley 4471

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Comunicados y Avisos Ministerio de Justicia y Seguridad

Aclaración: Por un error involuntario material, se omitió publicar un anexo del comunicado, publicado en el B.O. Nº 4326, pág. 154, para su mejor comprensión se vuelve a publicar. MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD SUBSECRETARÍA DE JUSTICIA Concurso de Selección de Controladores Administrativos de Faltas de la Dirección General de Administración de Infracciones de la Subsecretaría de Justicia del Ministerio de Justicia y Seguridad El Comité de Selección del Concurso de Selección de Controladores Administrativos de Faltas, en el marco del Decreto Nº 494/GCABA/12, pone en conocimiento los listados resultantes del examen oral estipulado por el Artículo 27 del Anexo I del mencionado Decreto, informados por el Jurado de Evaluación, a saber:

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RESULTADO DEL EXAMEN ORAL

1 Omar Estrugo Saavedra 60 2 Jonathan Patti 70 3 Marcela Pulido 55 4 Ricardo Borthwick 55 5 Guillermo Fernández Vidal 90 6 Mabel Angotti 30 7 Silvia Spadoni 50 8 Susana Tornatore 40 9 Olga Odasso 45

10 José Fanciullo 60 11 Hebe Bouzo 70 12 Andrea Radice 50 13 Mauricio Roller 80 14 Luciana Galvalisi 70 15 Laura Pellegri 30 16 Liliana Escalante 20 17 Gisela Pincever 50 18 Luciano Scarano 60 19 Herman Werber 70 20 Laura Melchi 60 21 Romina Szczyry 60

Número de Examen Nombre y Apellido

Puntaje obtenido

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22 Javier Vazquez 70 23 Marcela Fajardo Torres 80 24 Claudia Verón 40 25 Laura Santoro 70 26 Ricardo Alvarez 70 27 Alfredo Gómez 80 28 Ramón Ojeda Febre 60 29 Mariana Perez Acosta 90 30 Mónica Acha 10 31 Regina Baron 70 32 Marcelo Gómez 90 33 Mónica López 60 34 Matías Anzorreguy 10 35 José Alvarez Alonso 80 36 Soledad Rotondo 40 37 Fernanda Outón 55 38 Eva Alcorta 85 39 Fernando Mora 65 40 Paula Vigilante 40 41 Pablo Catolino 30 42 Alejandro Saldías 30 43 Sergio Peretti 75 44 Marcelo García 85 45 Claudio Mussella 75 46 Sebastián Chacur 50 47 Diego Korolik 80 48 Sergio Thau 65 49 Lorena Cardaci 20 50 Francisco Linares Caride 40 51 Miguel Sangiorgio Ausente 52 Pablo Borisonik 65 59 Pablo Martínez Carignano 70 60 Paula Trunzo 60 61 Belen Foncuberta 65 62 Liliana Mazariche 80 63 Cora Gomez March 50 64 Patricia Real 40 65 Alejandra Fernández Batolla 65 66 Bárbara Raffa 75

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74 Daniel Raban 70 75 Graciela Devita 75 76 Mariana Osre 70 77 Hugo Vilchez Alfonsin 70 78 Claudia Molina Capdevila 35 79 Oscar Cobo 50 80 Sebastián Silvestri 80 81 Fabiana Piraino 85 82 Fabio Pirolo 90 83 Andrea Gonzalez 90 84 Consuelo Dos Santos 75 85 Silvina Güerri 65 86 María Inés Sanmartino 60 87 Andrea Beresiarte 70 88 Celina Gutierrez 85 89 Milagros Paz Cetrángolo 35 90 Silvia Canjalli 70 91 Elena Lovric 20 92 Fabiana Varela 80 93 Sandra Cocco 85 94 Patricia Ceriani 75 95 Luciano Suárez 75 96 Gustavo Perec 80 97 Gustavo Escoz 75 98 Elsa Juárez 75 99 Maria Juliana Molentino 50

100 Alberto Orlandoni 75 101 Gustavo Palópoli 70 102 Federico Sottile 40 103 Martín Pourrain 75 104 Alejandra González 80 105 Marcelo Montenegro 75 106 Leonardo Anania 60 107 Amado Giganti 10 108 Laura López 40 109 Pablo Gandulfo 20 110 Gustavo Volpe 40 111 José Buera 75 121 María Carmona 30

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122 Araceli La Rosa Pedernera 40 123 Margarita Sinchicay 30 124 Liliana Facchini 20 125 Alberto Pouilleaux Ausente 126 Cecilia Estorchi 40 127 Juan Alzina 20 128 Sebastián Ferrari 75 129 Ramiro Feuerman Claros Ausente 130 Paula Del Río 80 131 Marcela Micieli 80 132 Stella Carrascal 70 133 Macarena García de Leonardo 65 134 Viviana Busto 45 135 Mercedes Corvalán 60 136 Angela Vazquez 75 137 Natalia Hassassian 80 138 Ignacio Durand 80 139 Valeria Gentelesca 60 140 Glenda Alimen 80 141 Lorena Fox 50 142 Elizabeth Pereyra 20 143 Gabriela Ovie 20 144 Vilma Bouza 75 145 Solange Rodríguez 50 146 Silvia Spatafora 40 147 Ariel Urwicz Ausente 148 Edith González Silvano 85 149 Marina Parrini 65 150 Carmen Juri 85 151 Fernando Prota 80 152 Silvia Iglesias 50 153 Susana Ribeiro 30 154 Karina Fleitas 75 155 Ana Sanz Ausente 156 Bibiana Doldán 75 157 Esteban Galvez 35 158 Alex Royffer 70 159 Diego Royffer 75 160 Luis Roldán 70

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Comité de Selección: Jorge Aquiles Sereni - Luisa Burlas - Mariano Bonamaison - Sergio Iacovino - Matías Álvarez Dorrego - Oscar Zoppi.

Javier A. Buján Subsecretario

CA 31 Inicia: 29-1-2014 Vence: 29-1-2014

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161 Jorge García Tuñon 60 162 Nancy El Hares 75 163 Sandra Wendichansky Ausente 164 Sergio Barneche 40 165 Cristina Ferraro 20 166 Ester Villar Varela 30 167 Silvia Haman Alsina 50 168 Margarita Finocchi 65 169 Clara Privitello 70 170 Miguel Milone 60 171 Fernando Perez 60 172 Javier Caviglia 55 173 Mariana Tognetti 65 174 Fernando Sanchís Muñoz 70 175 Hernán Perez Demaría 60 176 Alfonso Canale 65 177 Gastón Soria y Medrano 75 178 Ricardo Bauzá Martelli 70

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Secretaría de Gestión Comunal y Atención

Ciudadana

SECRETARÍA DE GESTIÓN COMUNAL Y ATENCIÓN CIUDADANA Se convoca a la selección de postulantes hasta cubrir el cupo de agentes para ejercer el poder de policía respecto de las normas sobre usos de los espacios públicos dentro de la jurisdicción de cada una de las Comuna RESOLUCIÓN N.º 10/SECGCYAC/14

Buenos Aires, 13 de enero de 2014 VISTO: La Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, las Leyes N° 1.777 y N° 4.013, el Decreto N° 453/12, la Resolución N° 492-SECGCYAC/12, y el Expediente N° 276075-DGTALCIU/14 y CONSIDERANDO: Que el artículo 128, apartado segundo de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en su parte pertinente, dispuso que las Comunas ejercen en forma concurrente “...el ejercicio del poder de policía en el ámbito de la Comuna...“; Que por medio del Decreto N° 453/12, previo consenso con el Consejo de Coordinación Intercomunal, se delegó en las Comunas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires el ejercicio del poder de policía respecto de las normas sobre usos de los espacios públicos dentro de su jurisdicción, que en forma concurrente ejercerán con el Poder Ejecutivo de conformidad con las competencias otorgadas por la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y por la Ley N° 1.777; Que asimismo, a través del artículo 2° del Decreto anteriormente citado, se aprobó el régimen de selección y capacitación aplicable a los postulantes a ejercer el mencionado poder de policía en cada una de las Comunas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, detallando el mismo en el Anexo I del Decreto mencionado; Que dicho régimen de selección y capacitación dispuso que los postulantes serán invitados a participar a través de una convocatoria dirigida a todos los agentes del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, estableciendo los requisitos para la presentación de los mismos y el procedimiento de selección de los agentes en cuestión; Que la Ley N° 4.013 estableció entre las Secretarías dependientes del Jefe de Gobierno, a la Secretaría de Gestión Comunal y Atención Ciudadana, la cual tiene entre sus competencias coordinar e implementar el proceso de descentralización según lo establecido por la Ley N° 1.777, como así también, entender en el diseño de las políticas tendientes a mantener el espacio público por aplicación de la Ley anteriormente referida; Que asimismo, el artículo 1° del Anexo del Decreto N° 453/12, dispone que la convocatoria en cuestión será efectuada por esta Secretaría de Gestión Comunal y Atención Ciudadana; Que, en efecto, mediante Resolución N° 492-SECGCYAC/12 de fecha 16 de octubre de 2012 se dispuso la convocatoria a los agentes del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a la selección de postulantes hasta cubrir el cupo de setenta y cinco

(75) agentes, para ejercer el poder de policía respecto de las normas sobre usos de los espacios públicos dentro de la jurisdicción de cada una de las Comunas de la Ciudad, conforme lo dispuesto en el Anexo I del Decreto N° 453/12;

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Que a partir de la referida convocatoria se cubrieron cuarenta y nueve (49) de las setenta y cinco (75) vacantes disponibles, quedando por tanto veintiséis (26) vacantes que cubrir para el ejercicio de poder de policía respecto de las normas sobre usos de los espacios públicos dentro de la jurisdicción de cada una de las Comunas de la Ciudad; Por ello, en uso de las facultades conferidas por el artículo 32 de la Ley N° 4.013 y el artículo 1° del Anexo I del Decreto N° 453/12 y atendiendo la vacancia producida respecto de la anterior convocatoria realizada por la Resolución N° 492-SECGCYAC/12,

EL SECRETARIO DE GESTIÓN COMUNAL Y ATENCIÓN CIUDADANA RESUELVE

Artículo 1.- Convócase a los agentes del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a la selección de postulantes hasta cubrir el cupo de veintiséis (26) agentes, para ejercer el poder de policía respecto de las normas sobre usos de los espacios públicos dentro de la jurisdicción de cada una de las Comuna de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la cual se sustanciará de conformidad con lo dispuesto en el Anexo I del Decreto N° 453/12. Artículo 2.- Apruébase el Reglamento de Bases y Condiciones para la convocatoria dispuesta por el artículo 1°, que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 3.- Los postulantes deberán cumplir, en todos los casos, los requisitos establecidos por el artículo 3° del Anexo I del Decreto N° 453/12, para presentarse a la convocatoria del artículo 1° de la presente. Artículo 4.- Regístrese, publíquese por veinte (20) días en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en el portal Web del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y en un diario de masiva circulación en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires por cinco (5) días. Pase a la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal de esta Secretaría de Gestión Comunal y Atención Ciudadana. Cumplido, archívese. Macchiavelli

ANEXO

Eduardo Macchiavelli Secretario

CA 22 Inicia: 15-1-2014 Vence: 10-2-2014

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Licitaciones Ministerio de Hacienda

MINISTERIO DE HACIENDA DIRECCIÓN GENERAL DE COMPRAS Y CONTRATACIONES Contratación de Servicio de provisión de papel – E.E. Nº 6.229.165/MGEYA-DGCYC/13 Llámase a Licitación Pública de Etapa Única Nº 92/SIGAF/14 para la Contratación de un servicio de provisión de papel y cartulina con distribución y entrega incluida, a realizarse el día 17 de febrero de 2014 a las 11 horas. Autorizante: DI-2013-379-DGTAD Repartición destinataria: Dirección General de Mesa de Entradas, Salidas y Archivo dependiente de la Secretaria Legal y Técnica. Valor del pliego: $ 7.200 (pesos siete mil doscientos). Adquisición y consulta de pliegos: Dirección General de Compras y Contrataciones, Av. Roque Sáenz Peña 547, 8º piso - Ciudad Autónoma de Buenos Aires - de lunes a viernes de 10 a 15 horas. Lugar de apertura: Las ofertas deberán presentarse hasta la fecha y hora prevista para la apertura de ofertas en la Dirección General de Compras y Contrataciones, Av. Roque Sáenz Peña 547, 8º piso - Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Asimismo, se encuentran publicados en la página Web: www.buenosaires.gov.ar/areas/hacienda/compras/consulta

Mauricio Butera Director General

OL 316 Inicia: 29-1-2014 Vence: 30-1-2014

Página Nº 158Nº4328 - 29/01/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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Ministerio de Salud

MINISTERIO DE SALUD HOSPITAL GENERAL DE AGUDOS “JUAN A. FERNÁNDEZ” Adquisición de Reactivos, Descartables y otros - Expediente N° 6.105.368/MGEyA/13 Llámese al Proceso de Compras 418-0043-LPU14 cuya apertura se realizará el día 6/2/14 a las 10 hs., para la adquisición de Reactivos, Descartables y otros, para el servicio de Laboratorio. Autorizante: Disposición Nº 122/HGAJAF/14 Valor del pliego: $ 0. Adquisición y consultas de pliegos: en la Oficina de Compras del Hospital Gral. de Agudos Juan A. Fernández, Cerviño 3356, 5° piso de lunes a viernes de 9 a 12 hs., hasta la hora de apertura. Lugar de apertura: en la Oficina de Compras del Hospital Gral. de Agudos Juan A. Fernández, Cerviño 3356, 5° piso.

José A. Lanes Director

Stella M. Nocetti

Gerente Operativa de Gestión Administrativa, Económica y Financiera

OL 324 Inicia: 29-1-2014 Vence: 29-1-2014

MINISTERIO DE SALUD HOSPITAL GENERAL DE AGUDOS “DONACIÓN FRANCISCO SANTOJANNI” Preadjudicación - Expediente Nº 31.823/MGEYA/13 Licitación Pública Nº 2729/13. Expediente Nº 31.823/MGEYA/13. Dictamen de Evaluación Nº 33/14. Servicio: Laboratorio. Objeto de la contratación: Adquisición de Reactivos. Firmas preadjudicadas: Insumos Coghland S.R.L. (Av. Directorio 4617 (CP1407) Renglón: 1 - cantidad: 1 env. x 2 ml - precio unitario: $ 52,03 - precio total: $ 52,03. Renglón: 3 - cantidad: 200 equipo - precio unitario: $ 78,65 - precio total: $ 15.730,00. Renglón: 9 - cantidad: 1 equipo - precio unitario: $ 652,19 - precio total: $ 652,19. Renglón: 11 - cantidad: 2 eq. x 100 det. - precio unitario: $ 205,70 - precio total: $ 411,40. Renglón: 12 - cantidad: 6 eq. x 100 det. - precio unitario: $ 1.708,00 - precio total: $ 10.248,00. Renglón: 14 - cantidad: 2 eq. x 100 det. - precio unitario: $ 1.129,00 - precio total: $ 2.258,00. Tecnolab S.A. (Estomba 964 (CP1427) Renglón: 2 - cantidad: 200 det. - precio unitario: $ 99,86 - precio total: $ 19.972,00.

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Renglón: 5 - cantidad: 12000 det. - precio unitario: $ 44,18 - precio total: $ 530.160,00. Renglón: 10 - cantidad: 2300 det. - precio unitario: $ 58,08 - precio total: $ 133.584,00. Renglón: 13 - cantidad: 12000 det. - precio unitario: $ 36,33 - precio total: $ 435.960,00. Renglón: 15 - cantidad: 3000 det. - precio unitario: $ 90,21 - precio total: $ 270.630,00. Renglón: 19 - cantidad: 500 det. - precio unitario: $ 127,97 - precio total: $ 63.985,00. Renglón: 20 - cantidad: 300 det. - precio unitario: $ 84,05 - precio total: $ 25.215,00. Renglón: 21 - cantidad: 300 det. - precio unitario: $ 51,67 - precio total: $ 15.501,00. Renglón: 22 - cantidad: 300 det. - precio unitario: $ 98,05 - precio total: $ 29.415,00. Renglón: 23 - cantidad: 500 det. - precio unitario: $ 54,57 - precio total: $ 27.285,00. Renglón: 24 - cantidad: 6000 det. - precio unitario: $ 92,88 - precio total: $ 557.280,00. Renglón: 25 - cantidad: 700 det. - precio unitario: $ 116,37 - precio total: $ 81.459,00. Renglón: 26 - cantidad: 200 det. - precio unitario: $ 65,82 - precio total: $ 13.164,00. Renglón: 27 - cantidad: 200 Unidad - precio unitario: $ 74,48 - precio total: $ 14.896,00. Renglón: 28 - cantidad: 200 det. - precio unitario: $ 117,17 - precio total: $ 23.434,00. Renglón: 29 - cantidad: 3200 det. - precio unitario: $ 46,65 - precio total: $ 148.960,00. Renglón: 30 - cantidad: 900 det. - precio unitario: $ 61,59 - precio total: $ 55.431,00. Cúspide S.R.L. (Fitz Roy 174 (CP1414)

Renglón: 4 - cantidad: 1 envase - precio unitario: $ 59,29 - precio total: $ 59,29. Renglón: 7 - cantidad: 40 eq. x 96 det. - precio unitario: $ 529,00 - precio total: $ 21.160,00. Química Erovne S.A. (Av. Córdoba 2552 (CP1120) Renglón: 6 - cantidad: 480 det. - precio unitario: $ 78,40 - precio total: $ 37.632,00. Renglón: 16 - cantidad: 480 det. - precio unitario: $ 78,40 - precio total: $ 37.632,00. Renglón: 17 - cantidad: 480 det. - precio unitario: $ 78,40 - precio total: $ 37.632,00. Renglón: 18 - cantidad: 480 det. - precio unitario: $ 78,40 - precio total: $ 37.632,00. Bioars S.A. (Olleros 2537 (CP1426) Renglón: 8 - cantidad: 62 env. x 192 det. - precio unitario: $ 1.576,33 - precio total: $ 97.732,46. Monto total preadjudicado: $ 2.745.162,37. Consultas: Pilar 950, entrepiso, Oficina de Compras, en el horario de 9 a 14 hs.

Sergio R. Auger Director

Claudia Alfonso

Jefe Sección Microbiología OL 257 Inicia: 29-1-2014 Vence: 29-1-2014

MINISTERIO DE SALUD HOSPITAL GENERAL DE AGUDOS "DONACIÓN FRANCISCO SANTOJANNI" Preadjudicación - Expediente N° 31.946/MGEYA/13 Licitación Pública N° 2736/13. Expediente N° 31.946/MGEYA/13. Dictamen de Evaluación N° 37/14. Servicio: laboratorio.

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Objeto de la contratación: adquisición de material descartable. Firmas preadjudicadas: Medi Sistem S.R.L. (Concepción Arenal 4553 (CP1427) Renglón: 1 - cantidad: 250 rollos - precio unitario: $ 115,00 - precio total: $ 28.750,00. Renglón: 15 - cantidad: 4 unidades - precio unitario: $ 50,00 - precio total: $ 200,00. Química Erovne S.A. (Av. Córdoba 2552 (CP1107) Renglón: 5 - cantidad: 130 env. X 1000 u - precio unitario: $ 1.140,72 - precio total: $ 148.293,60. Renglón: 6 - cantidad: 4 env. X 1000 u - precio unitario: $ 524,00 - precio total: $ 2.096,00. Renglón: 22 - cantidad: 2 env. X 1000 u - precio unitario: $ 2.074,00 - precio total: $ 4.148,00. Tecnon S.R.L. (Colombres 44 2 219 (CP1177) Renglón: 2 - cantidad: 50 env. X 1000 U - precio unitario: $ 639,85 - precio total: $ 31.992,50.- Insumos Coghland S.R.L. (Av. Directorio 4617 (CP1407) Renglón: 7 - cantidad: 16000 unidades - precio unitario: $ 2,58 - precio total: $ 41.280,00. Renglón: 10 - cantidad: 4000 unidades - precio unitario: $ 8,10 - precio total: $ 32.400,00. Renglón: 12 - cantidad: 80 env. X 1000 u - precio unitario: $ 70,00 - precio total: $ 5.600,00. Renglón: 13 - cantidad: 1500 unidades. - precio unitario: $ 4,15 - precio total: $ 6.225,00. Renglón: 19 - cantidad: 1500 unidades - precio unitario: $ 0,67 - precio total: $ 1.005,00. Renglón: 23 - cantidad: 4 env. x 10 u - precio unitario: $ 75,00 - precio total: $ 300,00. Renglón: 26 - cantidad: 4000 unidades - precio unitario: $ 0,813 - precio total: $ 3.252,00. Eglis S.A. (Manuela Pedraza 5926 (CP1431) Renglón: 8 - cantidad: 3000 unidades - precio unitario: $ 5,445 - precio total: $ 16.335,00. Renglón: 24 - cantidad: 17000 unidades - precio unitario: $ 0,6534 - precio total: $ 11.107,80. Renglón: 25 - cantidad: 16000 unidades - precio unitario: $ 0,3388 - precio total: $ 5.420,80. Monto total preadjudicado: $ 338.405,70.

Consultas: Pilar 950, entrepiso, Oficina de Compras, en el horario de 9 a 14 hs.

Claudia Alfonso Jefe Sección Microbiología

Sergio R. Auger

Jefe Sección Microbiología Director OL 323 Inicia: 29-1-2014 Vence: 29-1-2014

MINISTERIO DE SALUD HOSPITAL GENERAL DE AGUDOS “DONACIÓN FRANCISCO SANTOJANNI” Preadjudicación - Expediente Nº 1.359.256/MGEYA/13 Licitación Pública Nº 2739/13. Expediente Nº 1.359.256/MGEYA/13. Dictamen de Evaluación Nº 48/2014

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Servicio: laboratorio. Objeto de la contratación: adquisición de insumos y reactivos. Casa Otto Hess S.A. (Av. Córdoba 2252 (CP1120) Renglón: 1 - cantidad: 50 envases x 1000 ml - precio unitario: $ 19,90 - precio total: $ 995,00. Renglón: 26 - cantidad: 150 envases - precio unitario: $ 145,00 - precio total: $ 21.750,00. Renglón: 35 - cantidad: 2800 unidades - precio unitario: $ 26,50 - precio total: $ 74.200,00. Insumos Coghland S.R.L. (Av. Directorio 4617 (CP1407). Renglón: 3 - cantidad: 50 envases x 5 ml - precio unitario: $ 123,00 - precio total: $ 6.150,00. Renglón: 4 - cantidad: 6 envases x 250 det. - precio unitario: $ 98,00 - precio total: $ 588,00. Renglón: 23 - cantidad: 4200 det. - precio unitario: $ 12,00 - precio total: $ 50.400,00. Renglón: 37 - cantidad: 10 cajas x 1000 U - precio unitario: $ 71,00 - precio total: $ 710,00. Renglón: 47 - cantidad: 24000 unidades - precio unitario: $ 0,19 - precio total: $ 4.560,00. Bioars S.A. (Olleros 2537 (CP 1426) Renglón: 6 - cantidad: 12 Equipo x 5 ml - precio unitario: $ 346,06 - precio total: $ 4.152,72. Felsan S.R.L. (Estomba 288 (CP1427) Renglón: 8 - cantidad: 8 frascos - precio unitario: $ 290,40 - precio total: $ 2.323,20. Renglón: 9 - cantidad: 30 fco. got. 10 ml - precio unitario: $ 21,78 - precio total: $ 653,40. Renglón: 10 - cantidad: 27 fco. got. 10 ml - precio unitario: $ 26,62 - precio total: $ 718,74. Renglón: 11 - cantidad: 30 fco. got. 10 ml - precio unitario: $ 21,78 - precio total: $ 653,40. Renglón: 12 - cantidad: 3 fco. got. 5 ml - precio unitario: $ 175,45 - precio total: $ 526,35. Renglón: 13 - cantidad: 4 fco. got. 5 ml - precio unitario: $ 229,90 - precio total: $ 919,60. Renglón: 16 - cantidad: 40 fco. got. 10 ml - precio unitario: $ 36,30 - precio total: $ 1.452,00. Renglón: 17 - cantidad: 4 fco. got. 5 ml - precio unitario: $ 242,00 - precio total: $ 968,00.

Renglón: 18 - cantidad: 4 fco. got. 5 ml - precio unitario: $ 175,40 - precio total: $ 701,60. Open Trade S.A. (Lynch Arribalzaga 4438 PB (CP1417) Renglón: 15 - cantidad: 24 fco. got. 10 ml - precio unitario: $ 34,00 - precio total: $ 816,00. Renglón: 19 - cantidad: 4 fco. got. 5 ml - precio unitario: $ 258,00 - precio total: $ 1.032,00. Renglón: 43 - cantidad: 18 unidades - precio unitario: $ 1.800,00 - precio total: $ 32.400,00. Medi Sistem S.R.L. (Concepción Arenal 4553 (CP1427) Renglón: 28 - cantidad: 50 bolsas 300 ml - precio unitario: $ 36,10 - precio total: $ 1.805,00. Renglón: 29 - cantidad: 60 bolsas 500 ml - precio unitario: $ 40,00 - precio total: $ 2.400,00. Renglón: 35 - cantidad: 400 unidades - precio unitario: $ 29,50 - precio total: $ 11.800,00. Renglón: 45 - cantidad: 12000 unidades - precio unitario: $ 0,21 - precio total: $ 2.520,00. Poggi Raúl Jorge León (Planes 932 (CP1405)

Página Nº 162Nº4328 - 29/01/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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Renglón: 14 - cantidad: 6 fco. got. 10 ml - precio unitario: $ 366,00 - precio total: $ 2.196,00. Los Chicos de Las Bolsas S.R.L. (Yerbal 2250 ó 44 (CP1406) Renglón: 27 - cantidad: 3500 unidades - precio unitario: $ 3,98 - precio total: $ 13.930,00. Pacemaker S.R.L. (Av. Nazca 1779, 1º (CP1416) Renglón: 30 - cantidad: 400 unidades - precio unitario: $ 198,00 - precio total: $ 79.200,00. Hemomédica S.R.L. (California 2000, 2º D217 (CP1289) Renglón: 31 - cantidad: 120 unidades - precio unitario: $ 272,86 - precio total: $ 32.743,20. Renglón: 32 - cantidad: 60 unidades - precio unitario: $ 156,57 - precio total: $ 9.394,20. Renglón: 33 - cantidad: 180 unidades - precio unitario: $ 240,79 - precio total: $ 43.342,20. Tecnon S.R.L. (Colombres 44 2 219 (CP1177) Renglón: 24 - cantidad: 60 unidades - precio unitario: $ 67,98 - precio total: $ 4.078,80. Renglón: 25 - cantidad: 40 unidades - precio unitario: $ 63,89 - precio total: $ 2.555,60. Diamed Argentina S.A. (Segurola 2216, PB, (CP141 7) Renglón: 2 - cantidad: 6 envases x 10 ml - precio unitario: $ 380,00 - precio total: $ 2.280,00. Renglón: 5 - cantidad: 8 envases - precio unitario: $ 324,00 - precio total: $ 2.592,00. Renglón: 7 - cantidad: 12 envases x 500 ml - precio unitario: $ 1.300,00 - precio total: $ 15.600,00. Renglón: 22 - cantidad: 8 unidades - precio unitario: $ 1.022,40 - precio total: $ 8.179,20. Renglón: 36 - cantidad: 3 equipos - precio unitario: $ 828,00 - precio total: $ 2.484,00.

Renglón: 38 - cantidad: 3072 unidades - precio unitario: $ 37,50 - precio total: $ 115.200,00. Renglón: 39 - cantidad: 3744 unidades - precio unitario: $ 43,75 - precio total: $ 163.800,00. Renglón: 40 - cantidad: 48 frascos 10 ml - precio unitario: $ 430,00 - precio total: $ 20.640,00. Renglón: 41 - cantidad: 42 fco. got. 10 ml - precio unitario: $ 448,00 - precio total: $ 18.816,00. Renglón: 42 - cantidad: 24 fco. got. 10 ml - precio unitario: $ 239,00 - precio total: $ 5.736,00. Renglón: 44 - cantidad: 32 cajas x 1000 u - precio unitario: $ 296,00 - precio total: $ 9.472,00. Renglón: 48 - cantidad: 8 eq. x 11 x 4 ml - precio unitario: $ 1.452,00 - precio total: $ 11.616,00. Monto total preadjudicado: $ 789.050,21. Consultas: Pilar 950, entrepiso, Oficina de Compras, en el horario de 9 a 14 horas.

Sergio R. Auger Director

Estela González

Jefa División Hemoterapia OL 268 Inicia: 29-1-2014 Vence: 29-1-2014

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MINISTERIO DE SALUD DIRECCIÓN GENERAL ADMINISTRATIVA CONTABLE (GOCyC) Preadjudicación - Expediente N° 3.054.524/13 Licitación Pública N° 2938/SIGAF/13. Acta de Asesoramiento N° 6 de fecha 28 de Enero de 2014 suscripta por los Sres. Cdor. Julio Jorge Lotes, Dra. Cecilia Sánchez Viamonte, Ing. Alfredo Fadel. Clase: Etapa única. Rubro comercial: contratación de obras en general, carpintería, herrería, pintura, servicio de profesionales de la construcción. Objeto de la contratación: "Remodelación Área Programática Pabellón D, Hospital General de Agudos Teodoro Álvarez, sito en Aranguren 2701 de la CABA, con la provisión de mano de obra, materiales y equipos especializados“. Orden de Mérito: 1° Ingecons S.A; 2° Sunil S.A; 3° Kion S.A.I.C, de conformidad a lo aconsejado en el Acta de Asesoramiento N° 6 efectuada por la Comisión de Análisis Técnico, Evaluación de Ofertas y Preadjudicaciones. Firma preadjudicada: Ingecons S.A. - (CUIT N° 30-68339933-3) (Amenábar 1595, piso 3, Dto.: 26 - C.A.B.A.) Renglón 1: precio unitario: pesos cuatro millones quinientos veintitrés mil novecientos cuarenta y siete ($ 4.523.947,00). Total preadjudicado: pesos cuatro millones quinientos veintitrés mil novecientos cuarenta y siete ($ 4.523.947,00). Fundamento de la preadjudicación: Por ajustarse a los pliegos licitatorios y ser la primera oferta en el Orden de Mérito.

Emilse Filippo Directora General

OL 328 Inicia: 29-1-2014 Vence: 31-1-2014

MINISTERIO DE SALUD HOSPITAL GENERAL DE AGUDOS “CARLOS G. DURAND” Preadjudicación - Expediente N° 3.435.274/13 Publicación Dictamen de Evaluación N° 69/SIGAF/14 correspondiente a la Licitación Pública Nº 2638/SIGAF/13, recayendo la preadjudicación según el siguiente detalle: Biodiagnostico S.A. Renglón: 1 - cantidad: 576 det - precio unitario: $ 13,98 - precio total: $ 8.052,48. Renglón: 2 - cantidad: 192 det. - precio unitario: $ 14,51 - precio total: $ 2.785,92. Renglón: 3 - cantidad: 192 det. - precio unitario: $ 14,51 - precio total: $ 2.785,92. Renglón: 4 - cantidad: 1536 det. - precio unitario: $ 12,94 - precio total: $ 19.875,84. Renglón: 5 - cantidad: 1536 det. - precio unitario: $ 12,94 - precio total: $ 19.875,84. Renglón: 6 - cantidad: 1536 det. - precio unitario: $ 12,94 - precio total: $ 19.875,84. Renglón: 7 - cantidad: 1536 det. - precio unitario: $ 12,94 - precio total: $ 19.875,84. Renglón: 8 - cantidad: 1536 det. - precio unitario: $ 29,58 - precio total: $ 45.434,88. Renglón: 9 - cantidad: 672 det. - precio unitario: $ 14,51 - precio total: $ 9.750,72. Renglón: 10 - cantidad: 672 det. - precio unitario: $ 14,51 - precio total: $ 9.750,72.

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Renglón: 11 - cantidad: 960 det. - precio unitario: $ 45,50 - precio total: $ 43.680,00. Renglón: 12 - cantidad: 960 det. - precio unitario: $ 15,10 - precio total: $ 14.496,00. Renglón: 13 - cantidad: 192 det. - precio unitario: $ 33,04 - precio total: $ 6.343,68. Renglón: 14 - cantidad: 192 det. - precio unitario: $ 33,04 - precio total: $ 6.343,68. Renglón: 15 - cantidad: 576 det. - precio unitario: $ 12,94 - precio total: $ 7.453,44. Renglón: 16 - cantidad: 864 det. - precio unitario: $ 30,66 - precio total: $ 26.490,24. Renglón: 17 - cantidad: 288 det. - precio unitario: $ 19,95 - precio total: $ 5.745,60. Renglón: 18 - cantidad: 288 det. - precio unitario: $ 19,95 - precio total: $ 5.745,60. Renglón: 19 - cantidad: 384 det. - precio unitario: $ 28,53 - precio total: $ 10.955,52. Renglón: 20 - cantidad: 768 det. - precio unitario: $ 18,21 - precio total: $ 13.985,28. Renglón: 21 - cantidad: 288 det. - precio unitario: $ 42,94 - precio total: $ 12.366,72. Renglón: 22 - cantidad: 768 det. - precio unitario: $ 12,94 - precio total: $ 9.937,92. Renglón: 23 - cantidad: 768 det. - precio unitario: $ 12,94 - precio total: $ 9.937,92. Renglón: 24 - cantidad: 768 det. - precio unitario: $ 12,94 - precio total: $ 9.937,92. Total preadjudicado: Pesos trescientos cuarenta y un mil cuatrocientos ochenta y tres con 52/100 ($ 341.483,52).

Carlos D. Rosales Director

Marcela Rojo

Coordinadora de Gestión Económico Financiera OL 321 Inicia: 29-1-2014 Vence: 29-1-2014

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MINISTERIO DE SALUD HOSPITAL NEUROPSIQUIÁTRICO “DR. BRAULIO MOYANO” Adquisición de medicamentos y psicofármacos - Expediente Nº 1.114.831/MGEYA/HNBM/14 Llámase a Contratación Menor Nº 195/14, cuya apertura se realizará el día 4/2/14, a las 11 hs., para la adquisición de medicamentos y psicofármacos. Autorizante: DI-2014-2-HNBM. Repartición destinataria: Hospital N. B. Moyano. Valor del pliego: $ 0.00. Adquisición y consultas de pliegos: en Departamento de Compras y Contrataciones, sito en Brandsen 2570, Cap. Fed., 1° piso, de lunes a viernes en el horario de 8 a 13 hs., hasta 24 hs. antes de la apertura. Lugar de apertura: en Departamento de Compras y Contrataciones, sito en Brandsen 2570, Cap. Fed., 1° piso.

María N. C. Derito Subdirectora

Luisa Gavechesky

Gerente Operativo de Gestión Administrativa, Económica y Financiera

OL 329 Inicia: 29-1-2014 Vence: 29-1-2014

MINISTERIO DE SALUD HOSPITAL GENERAL DE AGUDOS “DR. BERNARDINO RIVADAVIA” Adjudicación - Expediente N° 1.123.978/14 DECRETO Nº 556/10. DISFC- 2014-17-HBR. Objeto de la contratación: Insumos con destino al Servicio de Laboratorio - Sección Análisis Clínicos Firma adjudicada: Cromoion S.R.L. Conforme a los Remitos Nº 0001-00044439 Total adjudicado: pesos ciento ocho mil diez con 00/100 ($ 108.010,00).

Eduardo A. Fernández Rostello Director Médico

María del Carmen Maiorano

Gerente Operativo de Gestión Administrativa, Económica y Financiera

OL 319 Inicia: 29-1-2014 Vence: 29-1-2014

Página Nº 166Nº4328 - 29/01/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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MINISTERIO DE SALUD HOSPITAL GENERAL DE AGUDOS “DR. BERNARDINO RIVADAVIA” Adjudicación - Expediente N° 1.124.088/14 DECRETO Nº 556/10. DISFC- 2014-16- HBR. Objeto de la contratación: insumos con destino al Servicio de Laboratorio - Sección Análisis Clínicos. Firma adjudicada: Quimica Erovne S.A. Conforme a los Remitos Nº 0003-00007798. Total adjudicado: pesos setenta y siete mil cuatrocientos setenta con 00/100 ($ 77.460,00)

Eduardo A. Fernández Rostello Director Médico

María del Carmen Maiorano

Gerente Operativo de Gestión Administrativa, Económica y Financiera

OL 320 Inicia: 29-1-2014 Vence: 29-1-2014

Página Nº 167Nº4328 - 29/01/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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Ministerio de Educación

MINISTERIO DE EDUCACIÓN DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN DE RECURSOS Trabajos de Obras Nueva - Expediente Nº 6.668.934/13 Licitación Pública Nº (Nº 56/13). Objeto del llamado: Trabajos de Reparación cubierta, revoque, pintura, escaleras, membranas, cambio de vidrios, instalación sanitaria, instalación eléctrica completa, carpinterías en el Edificio de la Escuela N° 16, D.E. N° 5, sita en Av. Amancio Alcorta 3402, de la Cuidad de Buenos Aires. Consulta y entrega de pliegos: Ministerio de Educación sector de Licitaciones Paseo Colón 255, 2º piso frente, de la Ciudad de Buenos Aires; el horario de atención es de 10 a 17 hs. Valor del pliego: Gratuito. Presupuesto oficial: $ 3.215.056,03 (pesos tres millones doscientos quince mil cincuenta y seis con tres centavos). Lugar de presentación de las ofertas: Ministerio de Educación sector de Licitaciones Paseo Colón 255, 2º piso frente, de la Ciudad de Buenos Aires. Fecha/hora de apertura: Las ofertas se recibirán únicamente el día fijado para la apertura de sobres. Las mismas se recibirán hasta el horario indicado en los pliegos licitatorios. 14 de febrero de 2014 a las 12 hs. Fecha/hora de visita a obra: En caso de requerir visita de obra contactarse con DGIES al teléfono 4305-0030. Lugar de apertura: Ministerio de Educación sector de Licitaciones Paseo Colón 255, 2º piso frente, de la Ciudad de Buenos Aires. Plazo de mantenimiento de oferta: 30 días hábiles, prorrogados automáticamente por 30 días hábiles, excepto que el oferente comunique la caducidad de la Oferta. Plazo de ejecución de las obras: 270 días corridos, computados a partir de la fecha del Acta de Inicio.

Gonzalo L. Riobó Director General

OL 273 Inicia: 28-1-2014 Vence: 30-1-2014

MINISTERIO DE EDUCACIÓN GERENCIA OPERATIVA DE COMPRAS Y CONTRATACIONES Preadjudicación - Expediente Nº 5.405.472/13 Licitación Pública Nº 13/13. Clase: etapa única. Rubro comercial: Adquisición de Mochilas de Dibujo. Firmas preadjudicadas: Eseva S.R.L. Renglón: 1 - cantidad: 9594 - precio unitario: $ 171,91 - precio total: $ 1.649.304,54. Renglón: 2 - cantidad: 9594 - precio unitario: $ 58,11 - precio total: $ 557.507,34. Renglón: 3 - cantidad: 9594 - precio unitario: $ 10,51 - precio total: $ 100.832,94. Renglón: 4 - cantidad: 9594 - precio unitario: $ 10,51 - precio total: $ 100.832,94.

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Renglón: 7 - cantidad: 28782 - precio unitario: $ 302,16 - precio total: $ 2.898.923,04. Renglón: 9 - cantidad: 9594 - precio unitario: $ 2,18 - precio total: $ 62.744,76. Renglón: 10 - cantidad: 9594 - precio unitario: $ 5,76 - precio total: $ 55.261,44. Renglón: 11 - cantidad: 9594 - precio unitario: $ 8,50 - precio total: $ 81.549,00. Renglón: 15 - cantidad: 9594 - precio unitario: $ 10,82 - precio total: $ 103.807,08 Renglón: 19 - cantidad: 9594 - precio unitario: $ 6.96 - precio total: $ 66.774,24 Renglón: 20 - cantidad: 9594 - precio unitario: $ 15,32 - precio total: $ 146.980,08. Renglón: 21 - cantidad: 9594 - precio unitario: $ 15,32 - precio total: $ 146.980,08 Renglón: 22 - cantidad: 28782 - precio unitario: $ 15,32 - precio total: $ 440.940,24. Renglón: 23 - cantidad: 9594 - precio unitario: $ 67,32 - precio total: $ 645.868,08. Melenzane S.A. Renglón: 5 - cantidad: 9594 - precio unitario: $ 17,88 - precio total: $ 171.540,72. Renglón: 8 - cantidad: 9594 - precio unitario: $ 2,59 - precio total: $ 24.848,46. Renglón: 14 - cantidad: 28782- precio unitario: $ 0,91 - precio total: $ 26.191,62. Renglón: 16 - cantidad: 38376 - precio unitario: $ 6,86 - precio total: $ 263.259,36. Renglón: 18 - cantidad: 9594 - precio unitario: $ 7,97 - precio total: $ 76.464,18. Renglón: 24 - cantidad: 9594 - precio unitario: $ 4,49 - precio total: $ 43.077,06. Proyectos Roca S.R.L. Renglón: 6 - cantidad: 9594 - precio unitario: $ 5,88 - precio total: $ 56.412,72. Renglón: 12 - cantidad: 28782 - precio unitario: $ 2,50 - precio total: $ 71.955. Renglón: 13 - cantidad: 28782- precio unitario: $ 2,50 - precio total: $ 71.955. Total preadjudicado: la erogación total asciende a la suma de pesos siete millones ochocientos sesenta y cuatro mil nueve con noventa y dos centavos ($ 7.864.009,92). Fundamentos: Se preadjudican por oferta más conveniente y según asesoramiento técnico los Renglones 2, 3, 4, 7, 9, 10, 15, 19, 23 y por única oferta según asesoramiento técnico los renglones Nº 1, 11, 20, 21 y 22 a favor de la firma Eseva S.R.L. por un importe de pesos siete millones cincuenta y ocho mil trescientos cinco con ochenta centavos ($ 7.058.305,80), los Renglones 5, 8, 14, 16, 18 y 24 por oferta más conveniente y según asesoramiento técnico a favor de la firma Melensane S.A. por un monto de pesos seiscientos cinco mil trescientos ochenta y uno con cuarenta centavos ($ 605.381,40) y los renglones Nº 6, 12 y 13 por oferta más conveniente y según asesoramiento técnico a favor de la firma Proyectos Roca S.R.L. por un importe de pesos doscientos mil trescientos veintidós con setenta y dos centavos ($

200.322,72) ascendiendo la erogación total a un importe de pesos siete millones ochocientos sesenta y cuatro mil nueve con noventa y dos centavos ($7.864.009,92). No se considera el Renglón 7 de la firma Proyectos Roca S.R.L. por cotizar parcialmente el mismo. No se consideran los Renglones 10 y 17 de la firma Proyectos Roca S.R.L. por no cumplir técnicamente con lo solicitado en pliego de bases y condiciones particulares y de especificaciones técnicas según asesoramiento técnico. No se consideran los Renglones 9, 7 alternativa, 18 alternativa y 17 de la firma Melenzane S.A. por no cumplir técnicamente con lo solicitado en pliego de bases y condiciones particulares y de especificaciones técnicas según asesoramiento técnico. No se considera el Renglón 17 de la firma Eseva S.R.L. por no cumplir técnicamente con lo solicitado en pliego de bases y condiciones particulares y de especificaciones técnicas según asesoramiento técnico. No se considera el renglón Nº17 de la firma Arprom S.A. por no cumplir técnicamente con lo solicitado en pliego de bases y condiciones particulares y de especificaciones técnicas según asesoramiento técnico. Se declara fracasado el renglón Nº 17 por no cumplir ninguna de las ofertas presentadas con el pliego de bases y condiciones particulares y de especificaciones técnicas. Miembros de la Comisión de Evaluación de Ofertas

Página Nº 169Nº4328 - 29/01/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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OL 326 Inicia: 29-1-2014 Vence: 29-1-2014

Página Nº 170Nº4328 - 29/01/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

Gonzalo Luis Riobó - Martina Ruiz Suhr - Graciela Mónica Testa Lugar de exhibición del acta: Unidad Operativa de Adquisiciones, sita en Paseo Colon 255, 2º piso (frente) a partir 29/1/14 al 29/1/14.

Graciela M. Testa Gerencia Operativa de Compras y Contrataciones

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MINISTERIO DE EDUCACIÓN DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN DE RECURSOS Trabajos de instalación eléctrica y reparaciones varias - Expediente Nº 5.653.034/13 Licitación Pública Nº 51/13. Objeto del llamado: Trabajos de instalación eléctrica y reparaciones varias en el Edificio de la Escuela Infantil Nº 5 D.E. Nº 19, sita en Av. Varela 2751 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Consulta y entrega de pliegos: Ministerio de Educación sector de Licitaciones Paseo Colón 255, 2º piso frente, de la Ciudad de Buenos Aires; el horario de atención es de 10 a 17 hs. Valor del pliego: Gratuito Presupuesto oficial: $ 1.000.037,64 (pesos un millón treinta y siete con sesenta y cuatro centavos). Lugar de presentación de las ofertas: Ministerio de Educación sector de Licitaciones Paseo Colón 255, 2º piso frente, de la Ciudad de Buenos Aires. Fecha/hora de apertura: Las ofertas se recibirán únicamente el día fijado para la apertura de sobres. Las mismas se recibirán hasta el horario indicado en los pliegos licitatorios. 14 de febrero de 2014 a las 13 hs. Fecha/hora de visita a obra: En caso de requerir visita de obra contactarse con DGIES al teléfono 4305-0030. Lugar de apertura: Ministerio de Educación sector de Licitaciones Paseo Colón 255, 2º piso frente, de la Ciudad de Buenos Aires. Plazo de mantenimiento de oferta: 30 días hábiles, prorrogados automáticamente por 30 días hábiles, excepto que el oferente comunique la caducidad de la Oferta. Plazo de ejecución de las obras: 90 días corridos, computados a partir de la fecha del Acta de Inicio.

Gonzalo L. Riobó Director General

OL 272 Inicia: 28-1-2014 Vence: 30-1-2014

MINISTERIO DE EDUCACIÓN DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN DE RECURSOS Preadjudicación - Expediente N° 4.593.602/13 Licitación Pública N° 36/13. En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los veintidós (22) días del mes de enero del año 2013, siendo las 14 hs., se reúnen los integrantes de la Comisión de Preadjudicación designada por Disposición N° 464/DGAR/12, según lo requerido en el Instructivo para la Ejecución de Obras en el marco del PROMEDU II, en la Gerencia Operativa de Compras y Contrataciones, dependiente del Ministerio de Educación, sita en la Av. Paseo Colón 255, 2° piso frente de esta Ciudad, con el objeto de realizar el análisis comparativo de las ofertas presentadas en la Licitación Pública N° 36-13, que tramita por Expediente electrónico N° 4593602/2013, tomando como lineamientos las pautas establecidas en los Pliegos de Bases y Condiciones Generales, Particulares y toda la Documentación Técnica. En la citada Licitación se presentaron las empresas con las siguientes ofertas: Infraestructura Básica Aplicada S.A. $ 2.929.292.

Página Nº 171Nº4328 - 29/01/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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Con fundamento en el informe legal (Documento electrónico Nº 329408/2014 a Número de orden. 46) y contable (Documento electrónico Nº 354565/2014 a Número de orden 48) sobre la documentación presentada por la empresa, se resuelve declarar inadmisible la propuesta de Infraestructura Básica Aplicada S.A. por no cumplir con el requisito de Capacidad económico-financiera (punto 5.2.e) del Pliego de Bases y Condiciones Generales. Sin más que tratar, y siendo las 15 hs., se da por terminado este acto firmando de conformidad tres (3) copias de un mismo tenor y a un solo efecto. Miembros de la Comisión de Preadjudicación según Disposición 464/DGAR/12 Gonzalo Riobó - Noemi B. Jusid - Brenda del Aguila Lugar de exhibición del acta: En Licitaciones dependiente de la Gerencia Operativa de Compras y Contrataciones sita en Paso Colón 255, 2° piso (frente) a partir del 29/1/14 al 29/1/14.

Gonzalo L. Riobó Director General

OL 315 Inicia: 29-1-2014 Vence: 29-1-2014

Página Nº 172Nº4328 - 29/01/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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Ministerio de Desarrollo Urbano

MINISTERIO DE DESARROLLO URBANO DIRECCIÓN GENERAL TÉCNICA ADMINISTRATIVA Y LEGAL Renovación de instalaciones y actualización tecnológica - Expediente N° 6.649.127/13 Llámese a Licitación Pública Nº 51/2014, para la obra “Renovación de instalaciones y actualización tecnológica del Teatro San Martín”. Valor del pliego: gratuito. Consulta y descarga de pliegos: en el sitio web del G.C.B.A.: http://www.buenosaires.gov.ar/areas/planeamiento_obras/licitations/web/frontend_dev.php Presentación de ofertas y fecha de apertura: hasta las 13 hs., del día 19 de febrero de 2014 en la Subdirección Operativa de Compras, Licitaciones y Suministros del Ministerio de Desarrollo Urbano.

Fernando Codino Director General

OL 224 Inicia: 21-1-2014 Vence: 10-2-2014

Página Nº 173Nº4328 - 29/01/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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Agencia de Protección Ambiental

AGENCIA DE PROTECCIÓN AMBIENTAL Preadjudicación - Expediente N° 736.182/13 Licitación Pública Nº 622/13. Acta de Preadjudicación con fecha 23/1/14. Objeto del llamado: Servicio de Mantenimiento de Edificio. Ofertas presentadas: 4 (cuatro) de acuerdo a lo manifestado en el Acta de Apertura y a lo evaluado a través del cuadro comparativo de precios que ordena la reglamentación en vigencia, fueron analizadas las ofertas: La Mantovana de Servicios Generales S.A. Planobra S.A. Reconstrucción Caños S.A. Bordigoni y Cía. S.R.L. Objeto: reunidos en comisión los que suscriben, en la fecha indicada “ut-supra” con el objeto de considerar la propuesta recibida para la presente contratación y según surge de lo manifestado precedentemente, han resuelto preadjudicar a: Bordigoni y Cía. S.R.L. para los Renglones 1, 2 y 3, al amparo de lo establecido en el artículo 108 de la Ley N° 2095. Ofertas desestimadas: La Mantovana de Servicios Generales S.A., Planobra S.A. y Reconstrucción Caños S.A. (artículo 104 de la Ley N° 2095). Aprobación: Blachet - Corbella - Nuesch Anuncio de preadjudicación: artículo 108 punto 1) del Decreto Nº 754/08 reglamentario de la Ley Nº 2095.

Juan C. Villalonga Presidente

OL 317 Inicia: 29-1-2014 Vence: 29-1-2014

Página Nº 174Nº4328 - 29/01/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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Agencia Gubernamental de Control

AGENCIA GUBERNAMENTAL DE CONTROL Adjudicación - Expediente Electrónico Nº EX 5.996.423/13 Licitación Privada N° 8262-0022-LPR13 Clase: etapa única. Rubro comercial: Artes Gráficas. Objeto de la contratación: S/ Adquisición de tarjetas para matafuegos para la Dirección General de Habilitaciones y Permisos de esta Agencia Gubernamental de Control. Firma adjudicada: Fusion San Luis S.A. Renglón: 1 - Tarjeta de recarga para matafuegos de acuerdo a especificaciones técnicas. Renglón: 2 - Tarjeta de recarga para matafuegos autoadhesivas de acuerdo a especificaciones técnicas. Total adjudicado: pesos un millón novecientos cincuenta y seis mil cuatrocientos ($ 1.956.400,-) Fundamento de la adjudicación: Única oferta valida y conveniente. Cumplimenta con la totalidad de los requisitos establecidos en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares.

Gustavo A. Bau Subgerencia Operativa de Compras y Contrataciones

OL 325 Inicia: 29-1-2014 Vence: 29-1-2014

Página Nº 175Nº4328 - 29/01/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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Banco Ciudad De Buenos Aires

BANCO CIUDAD DE BUENOS AIRES GERENCIA DE COMPRAS Adquisición de resmas de papel tamaño oficio - Carpeta de Compra Nº 21.185 Llámese a Licitación Pública con referencia a la “Adquisición de resmas de papel tamaño oficio”. Fecha de apertura de sobres: 17/2/14, a las 11 hs. Valor del pliego: $ 0,00 (pesos sin cargo). Adquisición y consulta de pliegos: el Pliego de Bases y Condiciones Particulares podrá ser consultado u obtenido desde la página web del Banco www.bancociudad.com.ar en el link Licitaciones a partir del día 29/1/14. Fecha tope de consultas: 11/2/14.

Jessica Manolo Jefe de Equipo Provisiones y Prestaciones de carácter menor

Gerencia de Compras BC 20 Inicia: 29-1-2014 Vence: 31-1-2014

Página Nº 176Nº4328 - 29/01/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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Defensor General - Ministerio Público CABA

PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES MINISTERIO PÚBLICO DE LA DEFENSA DEFENSORÍA GENERAL Adquisición de útiles de oficina - Expediente Nº 74/14 Licitación Pública Nº 2/14. Expediente Nº 74/14. Objeto: adquisición de útiles, productos de oficina y lámparas de escritorio- 1º Primer Trimestre 2014. Aprobar el llamado a Licitación Pública Nº 2/14, encuadrada en el art. 31 - primer párrafo- de la Ley de Compras Nº 2.095 modificada por Ley Nº 4764 y su Reglamentación aprobada por Resolución CCAMP Nº 11/10, tendiente a la adquisición de útiles, productos de oficina y lámparas de escritorio, correspondiente al 1º trimestre del corriente año, con destino a este Ministerio Público de la Defensa, por un monto total de pesos sesenta y nueve mil novecientos noventa y siete ($ 169.997,00). Aprobar los pliegos de bases y condiciones particulares y especificaciones técnicas del llamado licitatorio indicado en el artículo precedente que como Anexo I forman parte integrante de la presente. Establecer la fecha del acto de apertura de ofertas para el día 10 de febrero de 2014 a las 12 horas. Regístrese, protocolícese, publíquese y oportunamente archívese. Firmado: Lic. Jorge Costales

Alejandro Guyón Jefe de Departamento de Compras y Contrataciones

OL 314 Inicia: 29-1-2014 Vence: 30-1-2014

PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES MINISTERIO PÚBLICO DE LA DEFENSA DEFENSORÍA GENERAL Licencias de seguridad para equipos de red - Expediente OAyP Nº 89/14 Licitación Pública Nº 6/14. Expediente OAyP Nº 89/14. Objeto: Licencias de seguridad para equipos de red, virtualización y licencias de Google apps. DISPONE: Aprobar el llamado a Licitación Pública Nº 6/14, encuadrada en el primer párrafo del Art. 31 de la Ley de Compras Nº 2.095 y su Reglamentación aprobada por Resolución CCAMP Nº 11/10, tendiente a la adquisición de licencias de seguridad para equipos de red instalados en el ámbito de este Ministerio Público de la Defensa, por un monto total de pesos ciento noventa mil novecientos nueve con 50/100 ($ 190.909,50). Aprobar los pliegos de bases y condiciones particulares y especificaciones técnicas del llamado licitatorio indicado en el artículo precedente que, como Anexo I forman parte integrante de la presente.

Página Nº 177Nº4328 - 29/01/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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Establecer la fecha del acto de apertura de ofertas para el día 6 de febrero a las 12 horas. Firmado: Lic. Jorge Costales

Alejandro Guyón Jefe de Departamento de Compras y Contrataciones

OL 327 Inicia: 29-1-2014 Vence: 30-1-2014

Página Nº 178Nº4328 - 29/01/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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Ministerio de Modernización

MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN DIRECCIÓN GENERAL TÉCNICA, ADMINISTRATIVA Y LEGAL Trabajos de Reacondicionamiento - Expediente Electrónico Nº 293.604/14 Licitación Pública Nº 13/SIGAF/14. Objeto del llamado: trabajos de reacondicionamiento segundo piso, en el Instituto Superior de la Carrera, sito en Zuviría 64, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Consulta y entrega de pliegos: Gerencia Operativa de Compras y Contrataciones, Ministerio de Modernización, sita en Av. Roque Sáenz Peña 788, piso 6º, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; horario de atención de 10 a 17 hs. Valor del pliego: gratuito. Asimismo los pliegos podrán ser consultados en la página web: www.buenosaires.gob.ar/areas/hacienda/compras/consulta Presupuesto oficial: $ 2.999.998,77 (pesos dos millones novecientos noventa y nueve mil novecientos noventa y ocho con setenta y siete centavos). Lugar de presentación de las ofertas: Gerencia Operativa de Compras y Contrataciones, Ministerio de Modernización, sita en Av. Roque Sáenz Peña 788, piso 6º, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Fecha/hora de apertura: Las ofertas se recibirán únicamente el día fijado para la apertura de sobres. Las mismas se recibirán hasta el horario indicado en los pliegos licitatorios. 18 de febrero de 2014, a las 10.30 hs. Fecha/hora de visita a obra: 6 de febrero de 2014, a las 11 hs., en Zuviría 64, CABA. Lugar de apertura: Gerencia Operativa de Compras y Contrataciones, Ministerio de Modernización, Av. Roque Sáenz Peña 788, 6º piso, Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Plazo de mantenimiento de oferta: 30 días hábiles, prorrogados automáticamente por 30 días hábiles, excepto que el oferente con una antelación de 5 días hábiles comunique la caducidad de la Oferta. Plazo de ejecución de las obras: 120 (ciento veinte) días corridos, computados a partir de la fecha del Acta de Inicio.

Oscar N. Caeiro Director General

OL 318 Inicia: 29-1-2014 Vence: 31-1-2014

Página Nº 179Nº4328 - 29/01/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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UNID. CENTRALIZADA ADQUISICIONES DE SALUD

(SSASS)

UNIDAD CENTRALIZADA DE ADQUISICIONES DE SALUD (UCAS) Mantenimiento integral, limpieza y manejo interno de los residuos - Expediente Nº 2.886.785/13 Licitación Pública N° 59/14. Objeto del llamado: Gestión, Operación y Mantenimiento Integral del Recurso Físico, Edificios e Instalaciones y la Limpieza y Manejo Interno de los Residuos Hospitalarios y la Ejecución de Trabajos Menores de Mantenimiento del Hospital General de Agudos "Teodoro Álvarez" sito en la calle Dr. Juan Felipe Aranguren Nº 2701, Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Consulta y entrega de pliegos: Unidad Centralizada de Adquisiciones de Salud (UCAS), sito en Av. de Mayo 575, entrepiso, Oficina 17 de la Ciudad de Buenos Aires; el horario de atención es de 9 hs. a 15 hs. Valor del pliego: pesos cuarenta y un mil ($ 41.000). Presupuesto oficial: pesos sesenta y nueve millones cuatrocientos setenta mil seiscientos treinta y nueve con 17/100 ($ 69.470.639,17) y el presupuesto total oficial del Anexo XI es de pesos seis millones cien mil ($ 6.100.000). Lugar de presentación de las ofertas: Unidad Centralizada de Adquisiciones de Salud (UCAS), sito en Av. de Mayo 575, entrepiso, Oficina 17 de la Ciudad de Buenos Aires. Fecha/hora de apertura: 11 de marzo de 2014, a las 9 hs. Las ofertas se recibirán únicamente el día fijado para la apertura de sobres. Las mismas se recibirán hasta el horario indicado en los pliegos licitatorios. Fecha/hora de visita a obra: 19 de febrero de 2014 a las 9 hs. Lugar de apertura: Unidad Centralizada de Adquisiciones de Salud (UCAS), sito en Av. de Mayo 575, entrepiso, Oficina 17 de la Ciudad de Buenos Aires Plazo de mantenimiento de oferta: ciento veinte (120) días hábiles, prorrogados automáticamente por períodos de sesenta (60) días hábiles, computados a partir de la fecha de apertura de la Licitación y de acuerdo a lo establecido en el Art. 1.3.7. del P.C.G. Plazo de ejecución de las obras: 48 meses, computados a partir de la fecha del Acta de Inicio.

Federico Arata Titular

OL 279 Inicia: 28-1-2014 Vence: 10-2-2014

UNIDAD CENTRALIZADA DE ADQUISICIONES DE SALUD (UCAS) Mantenimiento integral, limpieza y manejo interno de los residuos - Expediente Nº 2.889.373/13 Licitación Pública N° 60/14.

Página Nº 180Nº4328 - 29/01/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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Objeto del llamado: Gestión, Operación y Mantenimiento Integral del Recurso Físico, Edificios e Instalaciones y la Limpieza y Manejo Interno de los Residuos Hospitalarios y la Ejecución de Trabajos Menores de Mantenimiento del Hospital de Emergencias Psiquiátricas "Torcuato de Alvear" sito en la calle Warnes 2630, Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Consulta y entrega de pliegos: Unidad Centralizada de Adquisiciones de Salud (UCAS), sito en Av. de Mayo 575, entrepiso, Oficina 17 de la Ciudad de Buenos Aires; el horario de atención es de 9 a 15 hs. Valor del pliego: pesos veintidós mil ($ 22.000). Presupuesto oficial: pesos treinta y cinco millones ochocientos setenta y siete mil ochocientos cincuenta y uno con 53/100 ($ 35.877.851,53) y el presupuesto total oficial del Anexo XI es de pesos cuatro millones catorce mil setecientos setenta y seis con 76/100 ($ 4.014.776,76) Lugar de presentación de las ofertas: Unidad Centralizada de Adquisiciones de Salud (UCAS), sito en Av. de Mayo 575, entrepiso, Oficina 17 de la Ciudad de Buenos Aires Fecha/hora de apertura: 10 de marzo de 2014, a las 13 hs Las ofertas se recibirán únicamente el día fijado para la apertura de sobres. Las mismas se recibirán hasta el horario indicado en los pliegos licitatorios. Fecha/hora de visita a obra: 17 de febrero de 2014 a las 11 hs. Lugar de apertura: Unidad Centralizada de Adquisiciones de Salud (UCAS), sito en Av. de Mayo 575, entrepiso, Oficina 17 de la Ciudad de Buenos Aires. Plazo de mantenimiento de oferta: ciento veinte (120) días hábiles, prorrogados automáticamente por períodos de sesenta (60) días hábiles, computados a partir de la fecha de apertura de la Licitación y de acuerdo a lo establecido en el Art. 1.3.7. del P.C.G. Plazo de ejecución de las obras: 48 meses, computados a partir de la fecha del Acta de Inicio.

Federico Arata Titular

OL 280 Inicia: 28-1-2014 Vence: 10-2-2014

UNIDAD CENTRALIZADA DE ADQUISICIONES DE SALUD (UCAS) Mantenimiento integral, limpieza y manejo interno de residuos - Expediente Nº 2.887.713/13 Licitación Pública N° 61/14. Objeto del llamado: Gestión, Operación y Mantenimiento Integral del Recurso Físico, Edificios e Instalaciones y la Limpieza y Manejo Interno de los Residuos Hospitalarios y la Ejecución de Trabajos Menores de Mantenimiento del Hospital General de Agudos Dr. Cosme Argerich, sito en la calle Corbeta Pi y Margal 750, Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Consulta y entrega de pliegos: Unidad Centralizada de Adquisiciones de Salud (UCAS), sito en Av. de Mayo 575 entrepiso, Oficina 17 de la Ciudad de Buenos Aires; el horario de atención es de 9 hs. a 15 hs. Valor del pliego: pesos ochenta y cuatro mil ($ 84.000). Presupuesto oficial: pesos ciento treinta y seis millones trescientos cincuenta mil setecientos cuarenta y cinco con 88/100 ($ 136.350.745,88) y el presupuesto total oficial del Anexo XI es de pesos dieciocho millones veintinueve mil seiscientos ochenta y tres con 07/100 ($ 18.029.683,07).

Página Nº 181Nº4328 - 29/01/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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Lugar de presentación de las ofertas: Unidad Centralizada de Adquisiciones de Salud (UCAS), sito en Av. de Mayo 575 entrepiso, Oficina de la Ciudad de Buenos Aires. Fecha/hora de apertura: 14 de marzo de 2014, a las 9 hs. Las ofertas se recibirán únicamente el día fijado para la apertura de sobres. Las mismas se recibirán hasta el horario indicado en los pliegos licitatorios. Fecha/hora de visita a obra: 24 de febrero de 2014 a las 9 hs. Lugar de apertura: Unidad Centralizada de Adquisiciones de Salud (UCAS), sito en Av. de Mayo 575, entrepiso, Oficina 17 de la Ciudad de Buenos Aires. Plazo de mantenimiento de oferta: ciento veinte (120) días hábiles, prorrogados automáticamente por períodos de sesenta (60) días hábiles, computados a partir de la fecha de apertura de la Licitación y de acuerdo a lo establecido en el Art. 1.3.7. del P.C.G. Plazo de ejecución de las obras: 48 meses, computados a partir de la fecha del Acta de Inicio.

Federico Arata Titular

OL 277 Inicia: 28-1-2014 Vence: 10-2-2014

UNIDAD CENTRALIZADA DE ADQUISICIONES DE SALUD (UCAS) Mantenimiento integral y ejecución de trabajos menores - Expediente Nº 2.888.405/13 Licitación Pública N° 62/14. Objeto del llamado: Gestión, Operación y Mantenimiento Integral del Recurso Físico, Edificios e Instalaciones y la Ejecución de Trabajos Menores de Mantenimiento del Hospital Odontológico Dr. Ramón Carrillo sito en la calle Sánchez de Bustamante 2529, Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Consulta y entrega de pliegos: Unidad Centralizada de Adquisiciones de Salud (UCAS), sito en Av. de Mayo 575, entrepiso, Oficina 17 de la Ciudad de Buenos Aires; el horario de atención es de 9 a 15 hs. Valor del pliego: Pesos cinco mil ($ 5.000) Presupuesto oficial: pesos siete millones seiscientos cuarenta y dos mil ochocientos setenta y siete con 28/100 ($ 7.642.877,28) y el presupuesto total oficial del Anexo XI es de pesos quinientos mil ($ 500.000). Lugar de presentación de las ofertas: Unidad Centralizada de Adquisiciones de Salud (UCAS), sito en Av. de Mayo 575, entrepiso, Oficina 17 de la Ciudad de Buenos Aires. Fecha/hora de apertura: 7 de marzo de 2014, a las 9 hs Las ofertas se recibirán únicamente el día fijado para la apertura de sobres. Las mismas se recibirán hasta el horario indicado en los pliegos licitatorios. Fecha/hora de visita a obra: 13 de febrero de 2014 a las 11 hs. Lugar de apertura: Unidad Centralizada de Adquisiciones de Salud (UCAS), sito en Av. de Mayo 575, entrepiso, Oficina 17 de la Ciudad de Buenos Aires Plazo de mantenimiento de oferta: ciento veinte (120) días hábiles, prorrogados automáticamente por períodos de sesenta (60) días hábiles, computados a partir de la fecha de apertura de la Licitación y de acuerdo a lo establecido en el Art. 1.3.7. del P.C.G. Plazo de ejecución de las obras: 48 meses, computados a partir de la fecha del Acta de Inicio.

Página Nº 182Nº4328 - 29/01/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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Federico Arata

Titular OL 276 Inicia: 28-1-2014 Vence: 10-2-2014

UNIDAD CENTRALIZADA DE ADQUISICIONES DE SALUD (UCAS) Mantenimiento integral, limpieza y manejo interno de los residuos - Expediente Nº 2.887.973/13 Licitación Pública N° 63/14. Objeto del llamado: Gestión, Operación y Mantenimiento Integral del Recurso Físico, Edificios e Instalaciones y la Limpieza y Manejo Interno de los Residuos Hospitalarios y la Ejecución de Trabajos Menores de Mantenimiento del Hospital de Odontología "José Dueñas" sito en la calle Muñiz 15, Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Consulta y entrega de pliegos: Unidad Centralizada de Adquisiciones de Salud (UCAS), sito en Av. de Mayo 575, entrepiso, Oficina 17 de la Ciudad de Buenos Aires; el horario de atención es de 9 a 15 hs. Valor del pliego: pesos once mil ($ 11.000). Presupuesto oficial: pesos dieciocho millones ciento veintiséis mil doscientos sesenta y cuatro con 67/100 ($ 18.126.264,67) y el presupuesto total oficial del Anexo XI es de pesos novecientos cincuenta y seis mil ($ 956.000). Lugar de presentación de las ofertas: Unidad Centralizada de Adquisiciones de Salud (UCAS), sito en Av. de Mayo 575, entrepiso, Oficina 17 de la Ciudad de Buenos Aires. Fecha/hora de apertura: 12 de marzo de 2014, a las 15 hs Las ofertas se recibirán únicamente el día fijado para la apertura de sobres. Las mismas se recibirán hasta el horario indicado en los pliegos licitatorios. Fecha/hora de visita a obra: 20 de febrero de 2014 a las 11 hs. Lugar de apertura: Unidad Centralizada de Adquisiciones de Salud (UCAS), sito en Av. de Mayo 575, entrepiso, Oficina 17 de la Ciudad de Buenos Aires. Plazo de mantenimiento de oferta: ciento veinte (120) días hábiles, prorrogados automáticamente por períodos de sesenta (60) días hábiles, computados a partir de la fecha de apertura de la Licitación y de acuerdo a lo establecido en el Art. 1.3.7. del P.C.G. Plazo de ejecución de las obras: 48 meses, computados a partir de la fecha del Acta de Inicio.

Federico Arata Titular

OL 278 Inicia: 28-1-2014 Vence: 10-2-2014

Página Nº 183Nº4328 - 29/01/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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UNIDAD CENTRALIZADA DE ADQUISICIONES DE SALUD (UCAS) Mantenimiento integral, limpieza y manejo interno de residuos - Expediente Nº 2.887.667/13 Licitación Pública N° 64/14 Objeto del llamado: Gestión, Operación y Mantenimiento Integral del Recurso Físico, Edificios e Instalaciones y la Limpieza y Manejo Interno de los Residuos Hospitalarios y la Ejecución de Trabajos Menores de Mantenimiento del Hospital General de Agudos Dr. "Carlos Durand", sito en la calle Díaz Vélez 5044, Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Consulta y entrega de pliegos: Unidad Centralizada de Adquisiciones de Salud (UCAS), sito en Av. de Mayo 575, entrepiso, Oficina 17 de la Ciudad de Buenos Aires; el horario de atención es de 9 a 15 hs. Valor del pliego: pesos ciento veintitrés mil ($ 123.000). Presupuesto oficial: pesos doscientos diecisiete millones ochocientos noventa y dos mil quinientos cinco con 78/100 ($ 217.892.505,78) y el presupuesto total oficial del Anexo XI es de pesos nueve millones quinientos noventa mil ($ 9.590.000). Lugar de presentación de las ofertas: Unidad Centralizada de Adquisiciones de Salud (UCAS), sito en Av. de Mayo 575, entrepiso, Oficina 17 de la Ciudad de Buenos Aires. Fecha/hora de apertura: 12 de marzo de 2014, a las 13 hs Las ofertas se recibirán únicamente el día fijado para la apertura de sobres. Las mismas se recibirán hasta el horario indicado en los pliegos licitatorios. Fecha/hora de visita a obra: 20 de febrero de 2014 a las 9 hs. Lugar de apertura: Unidad Centralizada de Adquisiciones de Salud (UCAS), sito en Av. de Mayo 575, entrepiso, Oficina 17 de la Ciudad de Buenos Aires Plazo de mantenimiento de oferta: ciento veinte (120) días hábiles, prorrogados automáticamente por períodos de sesenta (60) días hábiles, computados a partir de la fecha de apertura de la Licitación y de acuerdo a lo establecido en el Art. 1.3.7. del P.C.G. Plazo de ejecución de las obras: 48 meses, computados a partir de la fecha del Acta de Inicio.

Federico Arata Titular

OL 281 Inicia: 28-1-2014 Vence: 10-2-2014

UNIDAD CENTRALIZADA DE ADQUISICIONES DE SALUD (UCAS) Mantenimiento integral, limpieza y manejo interno de residuos - Expediente Nº 2.888.337/13 Licitación Pública N° 65/14 Objeto del llamado: Gestión, Operación y Mantenimiento Integral del Recurso Físico, Edificios e Instalaciones y la Limpieza y Manejo Interno de los Residuos Hospitalarios y la Ejecución de Trabajos Menores de Mantenimiento del Hospital General de Niños "Dr. Pedro de Elizalde" sito en la calle Manuel A. Montes de Oca 40, Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Página Nº 184Nº4328 - 29/01/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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Consulta y entrega de pliegos: Unidad Centralizada de Adquisiciones de Salud (UCAS), sito en Av. de Mayo 575, entrepiso, Oficina 17 de la Ciudad de Buenos Aires; el horario de atención es de 9 a 15 hs. Valor del pliego: pesos setenta y nueve mil ($ 79.000). Presupuesto oficial: pesos ciento cuarenta millones doscientos ochenta y seis mil novecientos setenta y seis con 19/100 ($ 140.286.976,19) y el presupuesto total oficial del Anexo XI es de pesos cuatro millones ochocientos dos mil doscientos sesenta y seis ($ 4.802.266). Lugar de presentación de las ofertas: Unidad Centralizada de Adquisiciones de Salud (UCAS), sito en Av. de Mayo 575, entrepiso, Oficina 17 de la Ciudad de Buenos Aires Fecha/hora de apertura: 14 de marzo de 2014, a las 11 hs Las ofertas se recibirán únicamente el día fijado para la apertura de sobres. Las mismas se recibirán hasta el horario indicado en los pliegos licitatorios. Fecha/hora de visita a obra: 24 de febrero de 2014 a las 11 hs. Lugar de apertura Unidad Centralizada de Adquisiciones de Salud (UCAS), sito en Av. de Mayo 575, entrepiso, Oficina 17 de la Ciudad de Buenos Aires Plazo de mantenimiento de oferta: ciento veinte (120) días hábiles, prorrogados automáticamente por períodos de sesenta (60) días hábiles, computados a partir de la fecha de apertura de la Licitación y de acuerdo a lo establecido en el Art. 1.3.7. del P.C.G. Plazo de ejecución de las obras: 48 meses, computados a partir de la fecha del Acta de Inicio.

Federico Arata Titular

OL 282 Inicia: 28-1-2014 Vence: 10-2-2014

UNIDAD CENTRALIZADA DE ADQUISICIONES DE SALUD (UCAS) Gestión, Operación y Mantenimiento Integral del Recurso Físico, Edificios e Instalaciones y la Limpieza y Manejo Interno de los Residuos Hospitalarios y la Ejecución de Trabajos Menores de Mantenimiento del Hospital General de Agudos "Dr. J. A. Fernández" sito en la calle Cerviño Nº 3356, Ciudad Autónoma de Buenos Aires. - Expediente Nº 2.888.256/2013 Licitación Pública N° 66/14. Objeto del llamado: Gestión, Operación y Mantenimiento Integral del Recurso Físico, Edificios e Instalaciones y la Limpieza y Manejo Interno de los Residuos Hospitalarios y la Ejecución de Trabajos Menores de Mantenimiento del Hospital General de Agudos "Dr. J. A. Fernández" sito en la calle Cerviño Nº 3356, Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Consulta y entrega de pliegos: Unidad Centralizada de Adquisiciones de Salud (UCAS), sito en Av. De Mayo Nº 575 Entre Piso, Oficina 17 de la Ciudad de Buenos Aires; el horario de atención es de 09:00 hs. a 15:00 hs. Valor del Pliego: Pesos setenta y cinco mil ($ 75.000.-) Presupuesto oficial: pesos ciento veinticuatro millones setecientos noventa y cuatro mil quinientos setenta y ocho con 19/100 ($ 124.794.578,19) y el presupuesto total oficial del Anexo XI es de pesos trece millones doscientos noventa y un mil doscientos cuarenta con 74/100 ($ 13.291.240,74).

Página Nº 185Nº4328 - 29/01/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

Page 186: Boletín Oficial...2014/01/29  · Boletín Oficial - Publicación oficial - Ordenanza N 33.701 - Ley N 2739 Reglamentado por Decreto N 964/08 - Director responsable: Dr. Pablo Clusellas

Lugar de presentación de las ofertas: Unidad Centralizada de Adquisiciones de Salud (UCAS), sito en Av. De Mayo Nº 575 Entre Piso, Oficina 17 de la Ciudad de Buenos Aires Fecha/hora de apertura: 07 de Marzo de 2014, a las 11:00 hs Las ofertas se recibirán únicamente el día fijado para la apertura de sobres. Las mismas se recibirán hasta el horario indicado en los pliegos licitatorios. Fecha/hora de visita a obra: 13 de Febrero de 2014 a las 15.00 hs. Lugar de apertura: Unidad Centralizada de Adquisiciones de Salud (UCAS), sito en Av. De Mayo Nº 575 Entre Piso, Oficina 17 de la Ciudad de Buenos Aires. Plazo de mantenimiento de oferta: ciento veinte (120) días hábiles, prorrogados automáticamente por períodos de sesenta (60) días hábiles, computados a partir de la fecha de apertura de la Licitación y de acuerdo a lo establecido en el Art. 1.3.7. del P.C.G. Plazo de ejecución de las obras: 48 meses, computados a partir de la fecha del Acta de Inicio.

Federico Arata Titular

OL 287 Inicia: 28-1-2014 Vence: 10-2-2014

UNIDAD CENTRALIZADA DE ADQUISICIONES DE SALUD (UCAS) Gestión, Operación y Mantenimiento Integral del Recurso Físico, Edificios e Instalaciones y la Limpieza y Manejo Interno de los Residuos Hospitalarios y la Ejecución de Trabajos Menores de Mantenimiento del Hospital General de Niños Dr. Ricardo Gutiérrez sito en la calle Gallo N° 1330, Ciudad Autónoma de Buenos Aires Expediente Nº 2.888.451/2013 Licitación Pública N° 67/14. Objeto del llamado: Gestión, Operación y Mantenimiento Integral del Recurso Físico, Edificios e Instalaciones y la Limpieza y Manejo Interno de los Residuos Hospitalarios y la Ejecución de Trabajos Menores de Mantenimiento del Hospital General de Niños Dr. Ricardo Gutiérrez sito en la calle Gallo N° 1330, Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Consulta y entrega de pliegos: Unidad Centralizada de Adquisiciones de Salud (UCAS), sito en Av. De Mayo Nº 575 Entre Piso, Oficina 17 de la Ciudad de Buenos Aires; el horario de atención es de 09:00 hs. a 15:00 hs. Valor del Pliego: Pesos noventa y nueve mil ($ 99.000.-). Presupuesto oficial: pesos ciento setenta millones ciento cuarenta y un mil trescientos cuarenta y seis con 84/100 ($ 170.141.346,84) y el presupuesto total oficial del Anexo XI es de pesos doce millones novecientos ochenta y cinco mil seiscientos treinta y cinco con 12/100 ($ 12.985.635,12). Lugar de presentación de las ofertas: Unidad Centralizada de Adquisiciones de Salud (UCAS), sito en Av. De Mayo Nº 575 Entre Piso, Oficina 17 de la Ciudad de Buenos Aires Fecha/hora de apertura: 6 de Marzo de 2014, a las 09:00 hs. Las ofertas se recibirán únicamente el día fijado para la apertura de sobres. Las mismas se recibirán hasta el horario indicado en los pliegos licitatorios. Fecha/hora de visita a obra: 12 de Febrero de 2014 a las 09:00 hs. Lugar de apertura: Unidad Centralizada de Adquisiciones de Salud (UCAS), sito en Av. De Mayo Nº 575 Entre Piso, Oficina 17 de la Ciudad de Buenos Aires.

Página Nº 186Nº4328 - 29/01/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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Plazo de mantenimiento de oferta: ciento veinte (120) días hábiles, prorrogados automáticamente por períodos de sesenta (60) días hábiles, computados a partir de la fecha de apertura de la Licitación y de acuerdo a lo establecido en el Art. 1.3.7. del P.C.G. Plazo de ejecución de las obras: 48 meses, computados a partir de la fecha del Acta de Inicio.

Federico Arata Titular

OL 288 Inicia: 28-1-2014 Vence: 10-2-2014

UNIDAD CENTRALIZADA DE ADQUISICIONES DE SALUD (UCAS) Gestión, Operación y Mantenimiento Integral del Recurso Físico, Edificios e Instalaciones y la Ejecución de Trabajos Menores de Mantenimiento del Hospital de Oftalmología Pedro Lagleyze sito en la calle Av. Juan B. Justo N° 4151, Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Expediente Nº 2.887.204/2013 Licitación Pública N° 69/14. Objeto del llamado: Gestión, Operación y Mantenimiento Integral del Recurso Físico, Edificios e Instalaciones y la Ejecución de Trabajos Menores de Mantenimiento del Hospital de Oftalmología Pedro Lagleyze sito en la calle Av. Juan B. Justo N° 4151, Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Consulta y entrega de pliegos: Unidad Centralizada de Adquisiciones de Salud (UCAS), sito en Av. De Mayo Nº 575 Entre Piso, Oficina 17, de la Ciudad de Buenos Aires; el horario de atención es de 09:00 hs. a 15:00 hs. Valor del Pliego: Pesos siete mil ($ 7.000.-). Presupuesto oficial: pesos diez millones setecientos sesenta mil quinientos veintinueve con 12/100 ($ 10.760.529,12) y el presupuesto total oficial del Anexo XI es de pesos un millón doscientos once mil ochocientos veinticuatro con 09/100 ($ 1.211.824,09). Lugar de presentación de las ofertas: Unidad Centralizada de Adquisiciones de Salud (UCAS), sito en Av. De Mayo Nº 575 Entre Piso, Oficina 17, de la Ciudad de Buenos Aires. Fecha/hora de apertura: 10 de Marzo de 2014, a las 15:00 hs. Las ofertas se recibirán únicamente el día fijado para la apertura de sobres. Las mismas se recibirán hasta el horario indicado en los pliegos licitatorios. Fecha/hora de visita a obra: 17 de Febrero de 2014 a las 13:00 hs. Lugar de apertura: Unidad Centralizada de Adquisiciones de Salud (UCAS), sito en Av. De Mayo Nº 575 Entre Piso, Oficina 17, de la Ciudad de Buenos Aires. Plazo de mantenimiento de oferta: ciento veinte (120) días hábiles, prorrogados automáticamente por períodos de sesenta (60) días hábiles, computados a partir de la fecha de apertura de la Licitación y de acuerdo a lo establecido en el Art. 1.3.7. del P.C.G. Plazo de ejecución de las obras: 48 meses, computados a partir de la fecha del Acta de Inicio.

Federico Arata Titular

OL 289 Inicia: 28-1-2014 Vence: 10-2-2014

Página Nº 187Nº4328 - 29/01/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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UNIDAD CENTRALIZADA DE ADQUISICIONES DE SALUD (UCAS) Gestión, Operación y Mantenimiento Integral del Recurso Físico, Edificios e Instalaciones y la Limpieza y Manejo Interno de los Residuos Hospitalarios y la Ejecución de Trabajos Menores de Mantenimiento del Instituto de Zoonosis Luis Pasteur sito en la calle Díaz Vélez N° 4821, Ciudad Autónoma de Buenos Aires. - Expediente Nº 2.889.020/2013 Licitación Pública N° 70/14. Objeto del llamado: Gestión, Operación y Mantenimiento Integral del Recurso Físico, Edificios e Instalaciones y la Limpieza y Manejo Interno de los Residuos Hospitalarios y la Ejecución de Trabajos Menores de Mantenimiento del Instituto de Zoonosis Luis Pasteur sito en la calle Díaz Vélez N° 4821, Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Consulta y entrega de pliegos: Unidad Centralizada de Adquisiciones de Salud (UCAS), sito en Av. De Mayo Nº 575 Entre Piso, Oficina 17 de la Ciudad de Buenos Aires; el horario de atención es de 09:00 hs. a 15:00 hs. Valor del Pliego: Pesos doce mil ($ 12.000.-) Presupuesto oficial: pesos diecinueve millones ochocientos sesenta y nueve mil setecientos cincuenta y uno con 32/100 ($ 19.869.751,32) y el presupuesto total oficial del Anexo XI es de pesos un millón ochocientos sesenta y nueve mil setecientos noventa y cinco con 63/100 ($ 1.869.795,63). Lugar de presentación de las ofertas: Unidad Centralizada de Adquisiciones de Salud (UCAS), sito en Av. De Mayo Nº 575 Entre Piso, Oficina 17 de la Ciudad de Buenos Aires Fecha/hora de apertura: 06 de Marzo de 2014, a las 13:00 hs Las ofertas se recibirán únicamente el día fijado para la apertura de sobres. Las mismas se recibirán hasta el horario indicado en los pliegos licitatorios. Fecha/hora de visita a obra: 12 de Febrero de 2014 a las 13:00 hs. Lugar de apertura: Unidad Centralizada de Adquisiciones de Salud (UCAS), sito en Av. De Mayo Nº 575 Entre Piso, Oficina 17 de la Ciudad de Buenos Aires. Plazo de mantenimiento de oferta: ciento veinte (120) días hábiles, prorrogados automáticamente por períodos de sesenta (60) días hábiles, computados a partir de la fecha de apertura de la Licitación y de acuerdo a lo establecido en el Art. 1.3.7. del P.C.G. Plazo de ejecución de las obras: 48 meses, computados a partir de la fecha del Acta de Inicio.

Federico Arata Titular

OL 290 Inicia: 28-1-2014 Vence: 10-2-2014

UNIDAD CENTRALIZADA DE ADQUISICIONES DE SALUD (UCAS) Gestión, Operación y Mantenimiento Integral del Recurso Físico, Edificios e Instalaciones y la Limpieza y Manejo Interno de los Residuos Hospitalarios y la Ejecución de Trabajos Menores de Mantenimiento del Hospital de Oncología María Curie sito en la calle Patricias Argentinas N° 750, Ciudad Autónoma de Buenos Aires. - Expediente Nº 2.889.058/2013 Licitación Pública N° 71/14.

Página Nº 188Nº4328 - 29/01/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

Page 189: Boletín Oficial...2014/01/29  · Boletín Oficial - Publicación oficial - Ordenanza N 33.701 - Ley N 2739 Reglamentado por Decreto N 964/08 - Director responsable: Dr. Pablo Clusellas

Objeto del llamado: Gestión, Operación y Mantenimiento Integral del Recurso Físico, Edificios e Instalaciones y la Limpieza y Manejo Interno de los Residuos Hospitalarios y la Ejecución de Trabajos Menores de Mantenimiento del Hospital de Oncología María Curie sito en la calle Patricias Argentinas N° 750, Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Consulta y entrega de pliegos: Unidad Centralizada de Adquisiciones de Salud (UCAS), sito en Av. De Mayo Nº 575 Entre Piso, Oficina 17 de la Ciudad de Buenos Aires; el horario de atención es de 09:00 hs. a 15:00 hs. Valor del Pliego: Pesos dieciséis mil ($ 16.000.-). Presupuesto oficial: pesos veintisiete millones ciento cincuenta y dos mil cincuenta y ocho con 43/100 ($ 27.152.058,43) y el presupuesto total oficial del Anexo XI es de pesos dos millones quinientos mil ($ 2.500.000.-). Lugar de presentación de las ofertas: Unidad Centralizada de Adquisiciones de Salud (UCAS), sito en Av. De Mayo Nº 575 Entre Piso, Oficina 17 de la Ciudad de Buenos Aires Fecha/hora de apertura: 06 de Marzo de 2014, a las 11:00 hs. Las ofertas se recibirán únicamente el día fijado para la apertura de sobres. Las mismas se recibirán hasta el horario indicado en los pliegos licitatorios. Fecha/hora de visita a obra: 12 de Febrero de 2014 a las 11:00 hs. Lugar de apertura Unidad Centralizada de Adquisiciones de Salud (UCAS), sito en Av. De Mayo Nº 575 Entre Piso, Oficina 17 de la Ciudad de Buenos Aires. Plazo de mantenimiento de oferta: ciento veinte (120) días hábiles, prorrogados automáticamente por períodos de sesenta (60) días hábiles, computados a partir de la fecha de apertura de la Licitación y de acuerdo a lo establecido en el Art. 1.3.7. del P.C.G. Plazo de ejecución de las obras: 48 meses, computados a partir de la fecha del Acta de Inicio.

Federico Arata Titular

OL 291 Inicia: 28-1-2014 Vence: 10-1-2014

UNIDAD CENTRALIZADA DE ADQUISICIONES DE SALUD (UCAS) Gestión, Operación y Mantenimiento Integral del Recurso Físico, Edificios e Instalaciones y la Ejecución de Trabajos Menores de Mantenimiento del Hospital de Rehabilitación Respiratoria María Ferrer sito en la calle Finochietto N° 849, Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Expediente Nº 2.889.098/2013 Licitación Pública N° 72/14. Objeto del llamado: Gestión, Operación y Mantenimiento Integral del Recurso Físico, Edificios e Instalaciones y la Ejecución de Trabajos Menores de Mantenimiento del Hospital de Rehabilitación Respiratoria María Ferrer sito en la calle Finochietto N° 849, Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Consulta y entrega de pliegos: Unidad Centralizada de Adquisiciones de Salud (UCAS), sito en Av. De Mayo Nº 575 Entre Piso, Oficina 17 de la Ciudad de Buenos Aires; el horario de atención es de 09:00 hs. a 15:00 hs. Valor del Pliego: Pesos catorce mil ($ 14.000.-) Presupuesto oficial: pesos dieciocho millones doscientos dieciocho mil seiscientos con 64/100 ($ 18.218.600,64) y el presupuesto total oficial del Anexo XI es de pesos ocho millones doscientos noventa y nueve mil ochocientos treinta y dos ($ 8.299.832). Lugar de presentación de las ofertas: Unidad Centralizada de Adquisiciones de Salud (UCAS), sito en Av. De Mayo Nº 575 Entre Piso, Oficina 17 de la Ciudad de Buenos Aires Fecha/hora de apertura: 14 de Marzo de 2014, a las 13 hs.

Página Nº 189Nº4328 - 29/01/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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Las ofertas se recibirán únicamente el día fijado para la apertura de sobres. Las mismas se recibirán hasta el horario indicado en los pliegos licitatorios. Fecha/hora de visita a obra: 24 de Febrero de 2014 a las 13.00 hs. Lugar de apertura Unidad Centralizada de Adquisiciones de Salud (UCAS), sito en Av. De Mayo Nº 575 Entre Piso, Oficina 17 de la Ciudad de Buenos Aires. Plazo de mantenimiento de oferta: ciento veinte (120) días hábiles, prorrogados automáticamente por períodos de sesenta (60) días hábiles, computados a partir de la fecha de apertura de la Licitación y de acuerdo a lo establecido en el Art. 1.3.7. del P.C.G. Plazo de ejecución de las obras: 48 meses, computados a partir de la fecha del Acta de Inicio.

Federico Arata

Titular OL 292 Inicia: 28-1-2014 Vence: 10-2-2014

UNIDAD CENTRALIZADA DE ADQUISICIONES DE SALUD (UCAS) Gestión, Operación y Mantenimiento Integral del Recurso Físico, Edificios e Instalaciones y la Limpieza y Manejo Interno de los Residuos Hospitalarios y la Ejecución de Trabajos Menores de Mantenimiento del Hospital de Infecciosas Dr. Francisco Muñiz sito en la calle Uspallata N° 2272, Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Expediente Nº 2.887.864/2013 Licitación Pública N° 73/14. Objeto del llamado: Gestión, Operación y Mantenimiento Integral del Recurso Físico, Edificios e Instalaciones y la Limpieza y Manejo Interno de los Residuos Hospitalarios y la Ejecución de Trabajos Menores de Mantenimiento del Hospital de Infecciosas Dr. Francisco Muñiz sito en la calle Uspallata N° 2272, Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Consulta y entrega de pliegos: Unidad Centralizada de Adquisiciones de Salud (UCAS), sito en Av. De Mayo Nº 575 Entre Piso, Oficina 17 de la Ciudad de Buenos Aires; el horario de atención es de 09:00 hs. a 15:00 hs. Valor del Pliego: Pesos ochenta y nueve mil ($ 89.000.-) Presupuesto oficial: pesos ciento cincuenta millones ciento ochenta y seis mil ochocientos treinta y cinco con 61/100 ($ 150.186.835,61) y el presupuesto total oficial del Anexo XI es de pesos trece millones setecientos sesenta mil cuatro con 94/100 ($ 13.760.004,94) Lugar de presentación de las ofertas: Unidad Centralizada de Adquisiciones de Salud (UCAS), sito en Av. De Mayo Nº 575 Entre Piso, Oficina 17 de la Ciudad de Buenos Aires Fecha/hora de apertura: 17 de Marzo de 2014, a las 09:00 hs. Las ofertas se recibirán únicamente el día fijado para la apertura de sobres. Las mismas se recibirán hasta el horario indicado en los pliegos licitatorios. Fecha/hora de visita a obra: 25 de Febrero de 2014 a las 11:00 hs. Lugar de apertura Unidad Centralizada de Adquisiciones de Salud (UCAS), sito en Av. De Mayo Nº 575 Entre Piso, Oficina 17 de la Ciudad de Buenos Aires. Plazo de mantenimiento de oferta: ciento veinte (120) días hábiles, prorrogados automáticamente por períodos de sesenta (60) días hábiles, computados a partir de la fecha de apertura de la Licitación y de acuerdo a lo establecido en el Art. 1.3.7. del P.C.G. Plazo de ejecución de las obras: 48 meses, computados a partir de la fecha del Acta de Inicio.

Página Nº 190Nº4328 - 29/01/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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Federico Arata Titular

OL 293 Inicia: 28-1-2014 Vence: 10-2-2014

UNIDAD CENTRALIZADA DE ADQUISICIONES DE SALUD (UCAS) Gestión, Operación y Mantenimiento Integral del Recurso Físico, Edificios e Instalaciones y la Limpieza y Manejo Interno de los Residuos Hospitalarios y la Ejecución de Trabajos Menores de Mantenimiento del Hospital General de Agudos “Dr. José María Penna” sito en la calle Pedro Chutro N° 3380, Ciudad Autónoma de Buenos Aires. - Expediente Nº 2.888.966/2013 Licitación Pública N° 74/14. Objeto del llamado: Gestión, Operación y Mantenimiento Integral del Recurso Físico, Edificios e Instalaciones y la Limpieza y Manejo Interno de los Residuos Hospitalarios y la Ejecución de Trabajos Menores de Mantenimiento del Hospital General de Agudos “Dr. José María Penna” sito en la calle Pedro Chutro N° 3380, Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Consulta y entrega de pliegos: Unidad Centralizada de Adquisiciones de Salud (UCAS), sito en Av. De Mayo Nº 575 Entre Piso, Oficina 17 de la Ciudad de Buenos Aires; el horario de atención es de 09:00 hs. a 15:00 hs. Valor del Pliego: Pesos cuarenta y nueve mil ($ 49.000.-). Presupuesto oficial: pesos ochenta y un millones ochenta y ocho mil quinientos catorce con 0,9/100 ($ 81.088.514,09) y el presupuesto total oficial del Anexo XI es de pesos nueve millones seiscientos cincuenta y cuatro mil ochocientos veinte con 40/100 ($ 9.654.820,40). Lugar de presentación de las ofertas: Unidad Centralizada de Adquisiciones de Salud (UCAS), sito en Av. De Mayo Nº 575 Entre Piso, Oficina 17 de la Ciudad de Buenos Aires Fecha/hora de apertura: 17 de Marzo de 2014, a las 11:00 hs. Las ofertas se recibirán únicamente el día fijado para la apertura de sobres. Las mismas se recibirán hasta el horario indicado en los pliegos licitatorios. Fecha/hora de visita a obra: 25 de Febrero de 2014 a las 13.00 hs. Lugar de apertura Unidad Centralizada de Adquisiciones de Salud (UCAS), sito en Av. De Mayo Nº 575 Entre Piso, Oficina 17 de la Ciudad de Buenos Aires. Plazo de mantenimiento de oferta: ciento veinte (120) días hábiles, prorrogados automáticamente por períodos de sesenta (60) días hábiles, computados a partir de la fecha de apertura de la Licitación y de acuerdo a lo establecido en el Art. 1.3.7. del P.C.G. Plazo de ejecución de las obras: 48 meses, computados a partir de la fecha del Acta de Inicio.

Federico Arata Titular

OL 294 Inicia: 28-1-2014 Vence: 10-2-2014

UNIDAD CENTRALIZADA DE ADQUISICIONES DE SALUD (UCAS) Gestión, Operación y Mantenimiento Integral del Recurso Físico, Edificios e Instalaciones y la Limpieza y Manejo Interno de los Residuos Hospitalarios y la Ejecución de Trabajos Menores de Mantenimiento del Hospital General de Agudos “Dr. Parmenio Piñero” sito en la calle Varela N° 1301, Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Expediente Nº 2.889.141/2013

Página Nº 191Nº4328 - 29/01/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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Licitación Pública N° 75/14. Objeto del llamado: Gestión, Operación y Mantenimiento Integral del Recurso Físico, Edificios e Instalaciones y la Limpieza y Manejo Interno de los Residuos Hospitalarios y la Ejecución de Trabajos Menores de Mantenimiento del Hospital General de Agudos “Dr. Parmenio Piñero” sito en la calle Varela N° 1301, Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Consulta y entrega de pliegos: Unidad Centralizada de Adquisiciones de Salud (UCAS), sito en Av. De Mayo Nº 575 Entre Piso, Oficina 17 de la Ciudad de Buenos Aires; el horario de atención es de 09:00 hs. a 15:00 hs. Valor del Pliego: Pesos setenta y siete mil ($ 77.000.-). Presupuesto oficial: pesos ciento treinta y un millones quinientos treinta y dos mil ochocientos once con 57/100 ($ 131.532.811,57) y el presupuesto total oficial del Anexo XI es de pesos diez millones cuatrocientos ochenta y ocho mil ($ 10.488.000.-). Lugar de presentación de las ofertas: Unidad Centralizada de Adquisiciones de Salud (UCAS), sito en Av. De Mayo Nº 575 Entre Piso, Oficina 17 de la Ciudad de Buenos Aires Fecha/hora de apertura: 12 de Marzo de 2014, a las 09:00 hs. Las ofertas se recibirán únicamente el día fijado para la apertura de sobres. Las mismas se recibirán hasta el horario indicado en los pliegos licitatorios. Fecha/hora de visita a obra: 19 de Febrero de 2014 a las 11:00 hs. Lugar de apertura Unidad Centralizada de Adquisiciones de Salud (UCAS), sito en Av. De Mayo Nº 575 Entre Piso, Oficina 17 de la Ciudad de Buenos Aires. Plazo de mantenimiento de oferta: ciento veinte (120) días hábiles, prorrogados automáticamente por períodos de sesenta (60) días hábiles, computados a partir de la fecha de apertura de la Licitación y de acuerdo a lo establecido en el Art. 1.3.7. del P.C.G. Plazo de ejecución de las obras: 48 meses, computados a partir de la fecha del Acta de Inicio.

Federico Arata Titular

OL 295 Inicia: 28-1-2014 Vence: 10-2-2014

UNIDAD CENTRALIZADA DE ADQUISICIONES DE SALUD (UCAS) Gestión, Operación y Mantenimiento Integral del Recurso Físico, Edificios e Instalaciones y la Limpieza y Manejo Interno de los Residuos Hospitalarios y la Ejecución de Trabajos Menores de Mantenimiento del Hospital General de Agudos “Dr. Ignacio Pirovano” sito en la calle Monroe N° 3555, Ciudad Autónoma de Buenos Aires. - Expediente Nº 2.887.938/2013 Licitación Pública N° 76/14. Objeto del llamado: Gestión, Operación y Mantenimiento Integral del Recurso Físico, Edificios e Instalaciones y la Limpieza y Manejo Interno de los Residuos Hospitalarios y la Ejecución de Trabajos Menores de Mantenimiento del Hospital General de Agudos “Dr. Ignacio Pirovano” sito en la calle Monroe N° 3555, Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Consulta y entrega de pliegos: Unidad Centralizada de Adquisiciones de Salud (UCAS), sito en Av. De Mayo Nº 575 Entre Piso, Oficina 17 de la Ciudad de Buenos Aires; el horario de atención es de 09:00 hs. a 15:00 hs. Valor del Pliego: Pesos setenta y siete mil ($ 77.000.-). Presupuesto oficial: pesos ciento treinta y tres millones ochocientos ochenta y nueve mil diecinueve con 30/100 ($ 133.889.019,30) y el presupuesto total oficial del Anexo XI es de pesos siete millones doscientos ochenta y ocho mil ($ 7.288.000.-).

Página Nº 192Nº4328 - 29/01/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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Lugar de presentación de las ofertas: Unidad Centralizada de Adquisiciones de Salud (UCAS), sito en Av. De Mayo Nº 575 Entre Piso, Oficina 17 de la Ciudad de Buenos Aires Fecha/hora de apertura: 07 de Marzo de 2014, a las 15:00 hs. Las ofertas se recibirán únicamente el día fijado para la apertura de sobres. Las mismas se recibirán hasta el horario indicado en los pliegos licitatorios. Fecha/hora de visita a obra: 14 de Febrero de 2014 a las 11.00 hs. Lugar de apertura Unidad Centralizada de Adquisiciones de Salud (UCAS), sito en Av. De Mayo Nº 575 Entre Piso, Oficina 17 de la Ciudad de Buenos Aires. Plazo de mantenimiento de oferta: ciento veinte (120) días hábiles, prorrogados automáticamente por períodos de sesenta (60) días hábiles, computados a partir de la fecha de apertura de la Licitación y de acuerdo a lo establecido en el Art. 1.3.7. del P.C.G. Plazo de ejecución de las obras: 48 meses, computados a partir de la fecha del Acta de Inicio. Inicia:

Federico Arata Titular

OL 296 Inicia: 28-1-2014 Vence: 10-2-2014

UNIDAD CENTRALIZADA DE ADQUISICIONES DE SALUD (UCAS) Gestión, Operación y Mantenimiento Integral del Recurso Físico, Edificios e Instalaciones y la Limpieza y Manejo Interno de los Residuos Hospitalarios y la Ejecución de Trabajos Menores de Mantenimiento del Hospital de Quemados sito en la calle Pedro Goyena N° 369, Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Expediente Nº 2.889.186/2013 Licitación Pública N° 77/14. Objeto del llamado: Gestión, Operación y Mantenimiento Integral del Recurso Físico, Edificios e Instalaciones y la Limpieza y Manejo Interno de los Residuos Hospitalarios y la Ejecución de Trabajos Menores de Mantenimiento del Hospital de Quemados sito en la calle Pedro Goyena N° 369, Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Consulta y entrega de pliegos: Unidad Centralizada de Adquisiciones de Salud (UCAS), sito en Av. De Mayo Nº 575 Entre Piso, Oficina 17 de la Ciudad de Buenos Aires; el horario de atención es de 09:00 hs. a 15:00 hs. Valor del Pliego: Pesos veinte mil ($ 20.000.-). Presupuesto oficial: pesos treinta y tres millones doscientos veintitrés mil ochocientos sesenta y nueve con 62/100 ($ 33.223.869,62) y el presupuesto total oficial del Anexo XI es de pesos dos millones ochocientos mil ($ 2.800.000.-). Lugar de presentación de las ofertas: Unidad Centralizada de Adquisiciones de Salud (UCAS), sito en Av. De Mayo Nº 575 Entre Piso, Oficina 17 de la Ciudad de Buenos Aires Fecha/hora de apertura: 13 de Marzo de 2014, a las 09 hs. Las ofertas se recibirán únicamente el día fijado para la apertura de sobres. Las mismas se recibirán hasta el horario indicado en los pliegos licitatorios. Fecha/hora de visita a obra: 20 de Febrero de 2014 a las 13.00 hs. Lugar de apertura Unidad Centralizada de Adquisiciones de Salud (UCAS), sito en Av. De Mayo Nº 575 Entre Piso, Oficina 17 de la Ciudad de Buenos Aires. Plazo de mantenimiento de oferta: ciento veinte (120) días hábiles, prorrogados automáticamente por períodos de sesenta (60) días hábiles, computados a partir de la fecha de apertura de la Licitación y de acuerdo a lo establecido en el Art. 1.3.7. del P.C.G. Plazo de ejecución de las obras: 48 meses, computados a partir de la fecha del Acta de Inicio.

Página Nº 193Nº4328 - 29/01/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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Federico Arata

Titular OL 297 Inicia: 28-1-2014 Vence: 10-2-2014

UNIDAD CENTRALIZADA DE ADQUISICIONES DE SALUD (UCAS) Gestión, Operación y Mantenimiento Integral del Recurso Físico, Edificios e Instalaciones y la Limpieza y Manejo Interno de los Residuos Hospitalarios y la Ejecución de Trabajos Menores de Mantenimiento del Hospital General de Agudos Dr. J. M. Ramos Mejía sito en la calle Urquiza N° 609, Ciudad Autónoma de Buenos Aires. - Expediente Nº 2.888.065/2013 Licitación Pública N° 78/14. Objeto del llamado: Gestión, Operación y Mantenimiento Integral del Recurso Físico, Edificios e Instalaciones y la Limpieza y Manejo Interno de los Residuos Hospitalarios y la Ejecución de Trabajos Menores de Mantenimiento del Hospital General de Agudos Dr. J. M. Ramos Mejía sito en la calle Urquiza N° 609, Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Consulta y entrega de pliegos: Unidad Centralizada de Adquisiciones de Salud (UCAS), sito en Av. De Mayo Nº 575 Entre Piso, Oficina 17, de la Ciudad de Buenos Aires; el horario de atención es de 09:00 hs. a 15:00 hs. Valor del Pliego: Pesos noventa y tres mil. ($ 93.000.-). Presupuesto oficial: pesos ciento cincuenta y seis millones trescientos cuarenta y ocho mil cuatrocientos setenta y nueve con 98/100 ($ 156.348.479,98) y el presupuesto total oficial del Anexo XI es de pesos quince millones setecientos ocho mil doscientos treinta y uno con 65/100 ($ 15.708.231,65). Lugar de presentación de las ofertas: Unidad Centralizada de Adquisiciones de Salud (UCAS), sito en Av. De Mayo Nº 575 Entre Piso, Oficina 17, de la Ciudad de Buenos Aires. Fecha/hora de apertura: 13 de Marzo de 2014, a las 11:00 hs. Las ofertas se recibirán únicamente el día fijado para la apertura de sobres. Las mismas se recibirán hasta el horario indicado en los pliegos licitatorios. Fecha/hora de visita a obra: 21 de Febrero de 2014 a las 09:00 hs. Lugar de apertura Unidad Centralizada de Adquisiciones de Salud (UCAS), sito en Av. De Mayo Nº 575 Entre Piso, Oficina 17, de la Ciudad de Buenos Aires. Plazo de mantenimiento de oferta: ciento veinte (120) días hábiles, prorrogados automáticamente por períodos de sesenta (60) días hábiles, computados a partir de la fecha de apertura de la Licitación y de acuerdo a lo establecido en el Art. 1.3.7. del P.C.G. Plazo de ejecución de las obras: 48 meses, computados a partir de la fecha del Acta de Inicio.

Federico Arata Titular

OL 298 Inicia: 28-1-2014 Vence: 10-2-2014

UNIDAD CENTRALIZADA DE ADQUISICIONES DE SALUD (UCAS) Gestión, Operación y Mantenimiento Integral del Recurso Físico, Edificios e Instalaciones y la Ejecución de Trabajos Menores de Mantenimiento del Hospital General de Agudos Dr. B. Rivadavia sito en Av. Las Heras N° 2670, Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Expediente Nº 2.886.953/2013

Página Nº 194Nº4328 - 29/01/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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Licitación Pública N° 79/14. Objeto del llamado: Gestión, Operación y Mantenimiento Integral del Recurso Físico, Edificios e Instalaciones y la Ejecución de Trabajos Menores de Mantenimiento del Hospital General de Agudos Dr. B. Rivadavia sito en Av. Las Heras N° 2670, Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Consulta y entrega de pliegos: Unidad Centralizada de Adquisiciones de Salud (UCAS), sito en Av. De Mayo Nº 575 Entre Piso, Oficina 17 de la Ciudad de Buenos Aires; el horario de atención es de 09:00 hs. a 15:00 hs. Valor del Pliego: Pesos sesenta y dos mil ($ 62.000.-) Presupuesto oficial: pesos noventa y cinco millones setecientos noventa y tres mil ciento noventa y seis con 80/100 ($ 95.793.196,80) y el presupuesto total oficial del Anexo XI es de pesos diecinueve millones cuatrocientos diez mil ($ 19.410.000.-) Lugar de presentación de las ofertas: Unidad Centralizada de Adquisiciones de Salud (UCAS), sito en Av. De Mayo Nº 575 Entre Piso, Oficina 17 de la Ciudad de Buenos Aires. Fecha/hora de apertura: 06 de Marzo de 2014, a las 15 hs. Las ofertas se recibirán únicamente el día fijado para la apertura de sobres. Las mismas se recibirán hasta el horario indicado en los pliegos licitatorios. Fecha/hora de visita a obra: 13 de Febrero de 2014 a las 09.00 hs. Lugar de apertura Unidad Centralizada de Adquisiciones de Salud (UCAS), sito en Av. De Mayo Nº 575 Entre Piso, Oficina 17 de la Ciudad de Buenos Aires. Plazo de mantenimiento de oferta: ciento veinte (120) días hábiles, prorrogados automáticamente por períodos de sesenta (60) días hábiles, computados a partir de la fecha de apertura de la Licitación y de acuerdo a lo establecido en el Art. 1.3.7. del P.C.G. Plazo de ejecución de las obras: 48 meses, computados a partir de la fecha del Acta de Inicio.

Federico Arata Titular

OL 299 Inicia: 28-1-2014 Vence: 10-2-2014

UNIDAD CENTRALIZADA DE ADQUISICIONES DE SALUD (UCAS) Gestión, Operación y Mantenimiento Integral del Recurso Físico, Edificios e Instalaciones y la Limpieza y Manejo Interno de los Residuos Hospitalarios y la Ejecución de Trabajos Menores de Mantenimiento del Hospital de Rehabilitación “M. Rocca” sito en la calle Segurola N° 1949, Ciudad Autónoma de Buenos Aires. - Expediente Nº 2.889.286/2013 Licitación Pública N° 80/14. Objeto del llamado: Gestión, Operación y Mantenimiento Integral del Recurso Físico, Edificios e Instalaciones y la Limpieza y Manejo Interno de los Residuos Hospitalarios y la Ejecución de Trabajos Menores de Mantenimiento del Hospital de Rehabilitación “M. Rocca” sito en la calle Segurola N° 1949, Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Consulta y entrega de pliegos: Unidad Centralizada de Adquisiciones de Salud (UCAS), sito en Av. De Mayo Nº 575 Entre Piso, Oficina 17 de la Ciudad de Buenos Aires; el horario de atención es de 09:00 hs. a 15:00 hs. Valor del Pliego: Pesos diecinueve mil ($ 19.000.-). Presupuesto oficial: pesos treinta y un millones ochenta y un mil novecientos noventa y tres con 92/100 ($ 31.081.993,92) y el presupuesto total oficial del Anexo XI es de pesos tres millones novecientos diez mil ($ 3.910.000.-).

Página Nº 195Nº4328 - 29/01/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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Lugar de presentación de las ofertas: Unidad Centralizada de Adquisiciones de Salud (UCAS), sito en Av. De Mayo Nº 575 Entre Piso, Oficina 17 de la Ciudad de Buenos Aires Fecha/hora de apertura: 11 de Marzo de 2014, a las 11 hs. Las ofertas se recibirán únicamente el día fijado para la apertura de sobres. Las mismas se recibirán hasta el horario indicado en los pliegos licitatorios. Fecha/hora de visita a obra: 18 de Febrero de 2014 a las 11.00 hs. Lugar de apertura Unidad Centralizada de Adquisiciones de Salud (UCAS), sito en Av. De Mayo Nº 575 Entre Piso, Oficina 17 de la Ciudad de Buenos Aires. Plazo de mantenimiento de oferta: ciento veinte (120) días hábiles, prorrogados automáticamente por períodos de sesenta (60) días hábiles, computados a partir de la fecha de apertura de la Licitación y de acuerdo a lo establecido en el Art. 1.3.7. del P.C.G. Plazo de ejecución de las obras: 48 meses, computados a partir de la fecha del Acta de Inicio.

Federico Arata Titular

OL 300 Inicia: 28-1-2014 Vence: 10-2-2014

UNIDAD CENTRALIZADA DE ADQUISICIONES DE SALUD (UCAS) Gestión, Operación y Mantenimiento Integral del Recurso Físico, Edificios e Instalaciones y la Ejecución de Trabajos Menores de Mantenimiento del Hospital Oftalmológico Santa Lucía sito en la calle San Juan N° 2021, Ciudad Autónoma de Buenos Aires. - Expediente Nº 2.889.327/2013 Licitación Pública N° 81/14. Objeto del llamado: Gestión, Operación y Mantenimiento Integral del Recurso Físico, Edificios e Instalaciones y la Ejecución de Trabajos Menores de Mantenimiento del Hospital Oftalmológico Santa Lucía sito en la calle San Juan N° 2021, Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Consulta y entrega de pliegos: Unidad Centralizada de Adquisiciones de Salud (UCAS), sito en Av. De Mayo Nº 575 Entre Piso, Oficina 17, de la Ciudad de Buenos Aires; el horario de atención es de 09:00 hs. a 15:00 hs. Valor del Pliego: Pesos trece mil ($ 13.000.-). Presupuesto oficial: pesos veintiun millones cuatrocientos dieciseis mil ciento quince con 36/100 ($ 21.416.115,36) y el presupuesto total oficial del Anexo XI es de pesos dos millones ($ 2.000.000.-) Lugar de presentación de las ofertas: Unidad Centralizada de Adquisiciones de Salud (UCAS), sito en Av. De Mayo Nº 575 Entre Piso, Oficina 17 de la Ciudad de Buenos Aires Fecha/hora de apertura: 13 de Marzo de 2014, a las 13 hs. Las ofertas se recibirán únicamente el día fijado para la apertura de sobres. Las mismas se recibirán hasta el horario indicado en los pliegos licitatorios. Fecha/hora de visita a obra: 21 de Febrero de 2014 a las 11.00 hs. Lugar de apertura Unidad Centralizada de Adquisiciones de Salud (UCAS), sito en Av. De Mayo Nº 575 Entre Piso, Oficina 17 de la Ciudad de Buenos Aires. Plazo de mantenimiento de oferta: ciento veinte (120) días hábiles, prorrogados automáticamente por períodos de sesenta (60) días hábiles, computados a partir de la fecha de apertura de la Licitación y de acuerdo a lo establecido en el Art. 1.3.7. del P.C.G. Plazo de ejecución de las obras: 48 meses, computados a partir de la fecha del Acta de Inicio.

Página Nº 196Nº4328 - 29/01/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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Federico Arata Titular

OL 301 Inicia: 28-1-2014 Vence: 10-2-2014

UNIDAD CENTRALIZADA DE ADQUISICIONES DE SALUD (UCAS) Gestión, Operación y Mantenimiento Integral del Recurso Físico, Edificios e Instalaciones y la Limpieza y Manejo Interno de los Residuos Hospitalarios y la Ejecución de Trabajos Menores de Mantenimiento del Hospital General de Agudos “Donación F. Santojanni” sito en la calle Pilar N° 950, Ciudad Autónoma de Buenos Aires. - Expediente Nº 2.888.745/2013 Licitación Pública N° 82/14. Objeto del llamado: Gestión, Operación y Mantenimiento Integral del Recurso Físico, Edificios e Instalaciones y la Limpieza y Manejo Interno de los Residuos Hospitalarios y la Ejecución de Trabajos Menores de Mantenimiento del Hospital General de Agudos “Donación F. Santojanni” sito en la calle Pilar N° 950, Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Consulta y entrega de pliegos: Unidad Centralizada de Adquisiciones de Salud (UCAS), sito en Av. De Mayo Nº 575 Entre Piso, Oficina 17 de la Ciudad de Buenos Aires; el horario de atención es de 09:00 hs. a 15:00 hs. Valor del Pliego: Pesos setenta y seis mil ($ 76.000.-). Presupuesto oficial: pesos ciento treinta y siete millones ciento noventa y un mil novecientos treinta y dos ($ 137.191.932.-) y el presupuesto total oficial del Anexo XI es de pesos ocho millones ochocientos dieciseis mil veintiseis ($ 8.816.026.-) Lugar de presentación de las ofertas: Unidad Centralizada de Adquisiciones de Salud (UCAS), sito en Av. De Mayo Nº 575 Entre Piso, Oficina 17 de la Ciudad de Buenos Aires Fecha/hora de apertura: 11 de Marzo de 2014, a las 13 hs. Las ofertas se recibirán únicamente el día fijado para la apertura de sobres. Las mismas se recibirán hasta el horario indicado en los pliegos licitatorios. Fecha/hora de visita a obra: 18 de Febrero de 2014 a las 15.00 hs. Lugar de apertura Unidad Centralizada de Adquisiciones de Salud (UCAS), sito en Av. De Mayo Nº 575 Entre Piso, Oficina 17 de la Ciudad de Buenos Aires. Plazo de mantenimiento de oferta: ciento veinte (120) días hábiles, prorrogados automáticamente por períodos de sesenta (60) días hábiles, computados a partir de la fecha de apertura de la Licitación y de acuerdo a lo establecido en el Art. 1.3.7. del P.C.G. Plazo de ejecución de las obras: 48 meses, computados a partir de la fecha del Acta de Inicio.

Federico Arata Titular

OL 302 Inicia: 28-1-2014 Vence: 10-2-2014

UNIDAD CENTRALIZADA DE ADQUISICIONES DE SALUD (UCAS) Gestión, Operación y Mantenimiento Integral del Recurso Físico, Edificios e Instalaciones y la Limpieza y Manejo Interno de los Residuos Hospitalarios y la Ejecución de Trabajos Menores de Mantenimiento del Hospital Materno Infantil Ramón Sarda sito en la calle Esteban de Luca N° 2151, Ciudad Autónoma de Buenos Aires. - Expediente Nº 2.889.231/2013

Página Nº 197Nº4328 - 29/01/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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Licitación Pública N° 83/14. Objeto del llamado: Gestión, Operación y Mantenimiento Integral del Recurso Físico, Edificios e Instalaciones y la Limpieza y Manejo Interno de los Residuos Hospitalarios y la Ejecución de Trabajos Menores de Mantenimiento del Hospital Materno Infantil Ramón Sarda sito en la calle Esteban de Luca N° 2151, Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Consulta y entrega de pliegos: Unidad Centralizada de Adquisiciones de Salud (UCAS), sito en Av. De Mayo Nº 575 Entre Piso, Oficina 17 de la Ciudad de Buenos Aires; el horario de atención es de 09:00 hs. a 15:00 hs. Valor del Pliego: Pesos cuarenta y cuatro mil ($ 44.000.-) Presupuesto oficial: pesos sesenta y nueve millones ochocientos ochenta y tres mil setecientos diecisiete con 56/100 ($ 69.883.717,56) y el presupuesto total oficial del Anexo XI es de pesos once millones trescientos cuarenta y cinco mil ochocientos noventa y seis con 50/100 ($ 11.345.896,50). Lugar de presentación de las ofertas: Unidad Centralizada de Adquisiciones de Salud (UCAS), sito en Av. De Mayo Nº 575 Entre Piso, Oficina 17 de la Ciudad de Buenos Aires Fecha/hora de apertura: 13 de Marzo de 2014, a las 15 hs. Las ofertas se recibirán únicamente el día fijado para la apertura de sobres. Las mismas se recibirán hasta el horario indicado en los pliegos licitatorios. Fecha/hora de visita a obra: 21 de Febrero de 2014 a las 15.00 hs. Lugar de apertura Unidad Centralizada de Adquisiciones de Salud (UCAS), sito en Av. De Mayo Nº 575 Entre Piso, oficina 17 de la Ciudad de Buenos Aires. Plazo de mantenimiento de oferta: ciento veinte (120) días hábiles, prorrogados automáticamente por períodos de sesenta (60) días hábiles, computados a partir de la fecha de apertura de la Licitación y de acuerdo a lo establecido en el Art. 1.3.7. del P.C.G. Plazo de ejecución de las obras: 48 meses, computados a partir de la fecha del Acta de Inicio.

Federico Arata Titular

OL 303 Inicia: 28-1-2014 Vence: 10-2-2014

UNIDAD CENTRALIZADA DE ADQUISICIONES DE SALUD (UCAS) Gestión, Operación y Mantenimiento Integral del Recurso Físico, Edificios e Instalaciones y la Ejecución de Trabajos Menores de Mantenimiento del Hospital Infanto Juvenil “C. Tobar García” sito en la calle Ramón Carrillo N° 315, Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Expediente Nº 2.888.532/2013 Licitación Pública N° 84/14. Objeto del llamado: Gestión, Operación y Mantenimiento Integral del Recurso Físico, Edificios e Instalaciones y la Ejecución de Trabajos Menores de Mantenimiento del Hospital Infanto Juvenil “C. Tobar García” sito en la calle Ramón Carrillo N° 315, Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Consulta y entrega de pliegos: Unidad Centralizada de Adquisiciones de Salud (UCAS), sito en Av. De Mayo Nº 575 Entre Piso, Oficina 17, de la Ciudad de Buenos Aires; el horario de atención es de 09:00 hs. a 15:00 hs. Valor del Pliego: Pesos trece mil ($ 13.000.-). Presupuesto oficial: pesos veintiún millones trescientos noventa y ocho mil ochenta con 32/100 ($ 21.398.080,32) y el presupuesto total oficial del Anexo XI es de pesos dos millones doscientos mil ($ 2.200.000.-)

Página Nº 198Nº4328 - 29/01/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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Lugar de presentación de las ofertas: Unidad Centralizada de Adquisiciones de Salud (UCAS), sito en Av. De Mayo Nº 575 Entre Piso, Oficina 17, de la Ciudad de Buenos Aires. Fecha/hora de apertura: 18 de Marzo de 2014, a las 09:00 hs. Las ofertas se recibirán únicamente el día fijado para la apertura de sobres. Las mismas se recibirán hasta el horario indicado en los pliegos licitatorios. Fecha/hora de visita a obra: 26 de Febrero de 2014 a las 13:00 hs. Lugar de apertura Unidad Centralizada de Adquisiciones de Salud (UCAS), sito en Av. De Mayo Nº 575 Entre Piso, Oficina 17, de la Ciudad de Buenos Aires. Plazo de mantenimiento de oferta: ciento veinte (120) días hábiles, prorrogados automáticamente por períodos de sesenta (60) días hábiles, computados a partir de la fecha de apertura de la Licitación y de acuerdo a lo establecido en el Art. 1.3.7. del P.C.G. Plazo de ejecución de las obras: 48 meses, computados a partir de la fecha del Acta de Inicio.

Federico Arata Titular

OL 304 Inicia: 28-1-2014 Vence: 10-2-2014

UNIDAD CENTRALIZADA DE ADQUISICIONES DE SALUD (UCAS) Gestión, Operación y Mantenimiento Integral del Recurso Físico, Edificios e Instalaciones y la Limpieza y Manejo Interno de los Residuos Hospitalarios y la Ejecución de Trabajos Menores de Mantenimiento del Hospital General de Agudos Dr. Enrique Tornú sito en la calle Combatientes de Malvinas N° 3002, Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Expediente Nº 2.887.788/2013 Licitación Pública N° 85/14. Objeto del llamado: Gestión, Operación y Mantenimiento Integral del Recurso Físico, Edificios e Instalaciones y la Limpieza y Manejo Interno de los Residuos Hospitalarios y la Ejecución de Trabajos Menores de Mantenimiento del Hospital General de Agudos Dr. Enrique Tornú sito en la calle Combatientes de Malvinas N° 3002, Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Consulta y entrega de pliegos: Unidad Centralizada de Adquisiciones de Salud (UCAS), sito en Av. De Mayo Nº 575 Entre Piso, Oficina 17 de la Ciudad de Buenos Aires; el horario de atención es de 09:00 hs. a 15:00 hs. Valor del Pliego: Pesos cincuenta y ocho mil ($ 58.000.-). Presupuesto oficial: pesos noventa y nueve millones quinientos treinta y cinco mil setecientos doce con 75/100 ($ 99.535.712,75) y el presupuesto total oficial del Anexo XI es de pesos siete millones cuarenta y ocho mil seiscientos cincuenta y ocho con 87/100 ($ 7.048.658,87). Lugar de presentación de las ofertas: Unidad Centralizada de Adquisiciones de Salud (UCAS), sito en Av. De Mayo Nº 575 Entre Piso, Oficina 17 de la Ciudad de Buenos Aires Fecha/hora de apertura: 07 de Marzo de 2014, a las 13 hs. Las ofertas se recibirán únicamente el día fijado para la apertura de sobres. Las mismas se recibirán hasta el horario indicado en los pliegos licitatorios. Fecha/hora de visita a obra: 14 de Febrero de 2014 a las 09.00 hs. Lugar de apertura Unidad Centralizada de Adquisiciones de Salud (UCAS), sito en Av. De Mayo Nº 575 Entre Piso, Oficina 17 de la Ciudad de Buenos Aires. Plazo de mantenimiento de oferta: ciento veinte (120) días hábiles, prorrogados automáticamente por períodos de sesenta (60) días hábiles, computados a partir de la fecha de apertura de la Licitación y de acuerdo a lo establecido en el Art. 1.3.7. del P.C.G.

Página Nº 199Nº4328 - 29/01/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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Plazo de ejecución de las obras: 48 meses, computados a partir de la fecha del Acta de Inicio.

Federico Arata Titular

OL 305 Inicia: 28-1-2014 Vence: 10-2-2014

UNIDAD CENTRALIZADA DE ADQUISICIONES DE SALUD (UCAS) Gestión, Operación y Mantenimiento Integral del Recurso Físico, Edificios e Instalaciones y la ejecución de trabajos menores de mantenimiento del Hospital de Gastroenterología “B. Udaondo” sito en la calle Av. Caseros N° 2061, Ciudad Autónoma de Buenos Aires. - Expediente Nº 2.887.370/2013 Licitación Pública N° 86/14. Objeto del llamado: Gestión, Operación y Mantenimiento Integral del Recurso Físico, Edificios e Instalaciones y la ejecución de trabajos menores de mantenimiento del Hospital de Gastroenterología “B. Udaondo” sito en la calle Av. Caseros N° 2061, Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Consulta y entrega de pliegos: Unidad Centralizada de Adquisiciones de Salud (UCAS), sito en Av. De Mayo Nº 575 Entre Piso, Oficina 17, de la Ciudad de Buenos Aires; el horario de atención es de 09:00 hs. a 15:00 hs. Valor del Pliego: Pesos diecinueve mil ($ 19.000.-) Presupuesto oficial: pesos veintinueve millones doscientos cuarenta y dos mil ciento treinta y tres con 76/100 ($ 29.242.133,76) y el presupuesto total oficial del Anexo XI es de pesos cuatro millones novecientos ochenta y cuatro mil trescientos quince con 28/100 ($ 4.984.315,28). Lugar de presentación de las ofertas: Unidad Centralizada de Adquisiciones de Salud (UCAS), sito en Av. De Mayo Nº 575 Entre Piso, Oficina 17, de la Ciudad de Buenos Aires. Fecha/hora de apertura: 14 de Marzo de 2014, a las 15:00 hs. Las ofertas se recibirán únicamente el día fijado para la apertura de sobres. Las mismas se recibirán hasta el horario indicado en los pliegos licitatorios. Fecha/hora de visita a obra: 25 de Febrero de 2014 a las 09:00 hs. Lugar de apertura: Unidad Centralizada de Adquisiciones de Salud (UCAS), sito en Av. De Mayo Nº 575 Entre Piso, Oficina 17, de la Ciudad de Buenos Aires. Plazo de mantenimiento de oferta: ciento veinte (120) días hábiles, prorrogados automáticamente por períodos de sesenta (60) días hábiles, computados a partir de la fecha de apertura de la Licitación y de acuerdo a lo establecido en el Art. 1.3.7. del P.C.G. Plazo de ejecución de las obras: 48 meses, computados a partir de la fecha del Acta de Inicio.

Federico Arata Titular

OL 306 Inicia: 28-1-2014 Vence: 10-2-2014

Página Nº 200Nº4328 - 29/01/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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UNIDAD CENTRALIZADA DE ADQUISICIONES DE SALUD (UCAS) Gestión, Operación y Mantenimiento Integral del Recurso Físico, Edificios e Instalaciones y la Limpieza y Manejo Interno de los Residuos Hospitalarios y la Ejecución de Trabajos Menores de Mantenimiento del Hospital General de Agudos Dalmacio Vélez Sarsfield sito en la calle Pedro Calderón de la Barca N° 1550, Ciudad Autónoma de Buenos Aires. - Expediente Nº 2.887.109/2013 Licitación Pública N° 87/14. Objeto del llamado: Gestión, Operación y Mantenimiento Integral del Recurso Físico, Edificios e Instalaciones y la Limpieza y Manejo Interno de los Residuos Hospitalarios y la Ejecución de Trabajos Menores de Mantenimiento del Hospital General de Agudos Dalmacio Vélez Sarsfield sito en la calle Pedro Calderón de la Barca N° 1550, Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Consulta y entrega de pliegos: Unidad Centralizada de Adquisiciones de Salud (UCAS), sito en Av. De Mayo Nº 575, Entrepiso Oficina 17 de la Ciudad de Buenos Aires; el horario de atención es de 09:00 hs. a 15:00 hs. Valor del Pliego: Pesos diecinueve mil ($ 19.000.-). Presupuesto oficial: pesos veintiocho millones trescientos noventa y seis mil cuatrocientos ochenta y tres con 89/100 ($ 28.396.483,89) y el presupuesto total oficial del Anexo XI es de pesos tres millones doscientos noventa y ocho mil ciento cuarenta y seis con 78/100 ($ 3.298.146,78). Lugar de presentación de las ofertas: Unidad Centralizada de Adquisiciones de Salud (UCAS), sito en Av. De Mayo Nº 575, Entrepiso Oficina 17 de la Ciudad de Buenos Aires. Fecha/hora de apertura: 11 de Marzo de 2014, a las 09.00 hs. Las ofertas se recibirán únicamente el día fijado para la apertura de sobres. Las mismas se recibirán hasta el horario indicado en los pliegos licitatorios. Fecha/hora de visita a obra: 18 de Febrero de 2014 a las 09.00 hs. Lugar de apertura Unidad Centralizada de Adquisiciones de Salud (UCAS), sito en Av. De Mayo Nº 575, Entrepiso Oficina 17 de la Ciudad de Buenos Aires. Plazo de mantenimiento de oferta: ciento veinte (120) días hábiles, prorrogados automáticamente por períodos de sesenta (60) días hábiles, computados a partir de la fecha de apertura de la Licitación y de acuerdo a lo establecido en el Art. 1.3.7. del P.C.G. Plazo de ejecución de las obras: 48 meses, computados a partir de la fecha del Acta de Inicio.

Federico Arata Titular

OL 307 Inicia: 28-1-2014 Vence: 10-2-2014

UNIDAD CENTRALIZADA DE ADQUISICIONES DE SALUD (UCAS) Gestión, Operación y Mantenimiento Integral del Recurso Físico, Edificios e Instalaciones y la Limpieza y Manejo Interno de los Residuos Hospitalarios y la Ejecución de Trabajos Menores de Mantenimiento del Hospital General de Agudos Dr A. Zubizarreta sito en la calle Nueva York N° 3952, Ciudad Autónoma de Buenos Aires. - Expediente Nº 2.887.239/2013 Licitación Pública N° 88/14.

Página Nº 201Nº4328 - 29/01/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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Objeto del llamado: Gestión, Operación y Mantenimiento Integral del Recurso Físico, Edificios e Instalaciones y la Limpieza y Manejo Interno de los Residuos Hospitalarios y la Ejecución de Trabajos Menores de Mantenimiento del Hospital General de Agudos Dr A. Zubizarreta sito en la calle Nueva York N° 3952, Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Consulta y entrega de pliegos: Unidad Centralizada de Adquisiciones de Salud (UCAS), sito en Av. De Mayo Nº 575 Entre Piso, Oficina 17 de la Ciudad de Buenos Aires; el horario de atención es de 09:00 hs. a 15:00 hs. Valor del Pliego: Pesos dieciocho mil ($ 18.000.-) Presupuesto oficial: pesos veintiocho millones ochocientos cincuenta y seis mil setecientos noventa y tres con 56/100 ($ 28.856.793,56) y el presupuesto total oficial del Anexo XI es de pesos tres millones ciento sesenta y dos mil ochocientos setenta y dos con 48/100 ($ 3.162.872,48) Lugar de presentación de las ofertas: Unidad Centralizada de Adquisiciones de Salud (UCAS), sito en Av. De Mayo Nº 575 Entre Piso, Oficina 17 de la Ciudad de Buenos Aires. Fecha/hora de apertura: 10 de Marzo de 2014, a las 11 hs. Las ofertas se recibirán únicamente el día fijado para la apertura de sobres. Las mismas se recibirán hasta el horario indicado en los pliegos licitatorios. Fecha/hora de visita a obra: 17 de Febrero de 2014 a las 09.00 hs. Lugar de apertura Unidad Centralizada de Adquisiciones de Salud (UCAS), sito en Av. De Mayo Nº 575 Entre Piso, Oficina 17 de la Ciudad de Buenos Aires Plazo de mantenimiento de oferta: ciento veinte (120) días hábiles, prorrogados automáticamente por períodos de sesenta (60) días hábiles, computados a partir de la fecha de apertura de la Licitación y de acuerdo a lo establecido en el Art. 1.3.7. del P.C.G. Plazo de ejecución de las obras: 48 meses, computados a partir de la fecha del Acta de Inicio.

Federico Arata Titular

OL 308 Inicia: 28-1-2014 Vence: 10-2-2014

UNIDAD CENTRALIZADA DE ADQUISICIONES DE SALUD (UCAS) Gestión, Operación y Mantenimiento Integral del Recurso Físico, Edificios e Instalaciones y la Ejecución de Trabajos Menores de Mantenimiento del Hospital Neuropsiquiatrico “J. T. Borda” sito en la calle Ramón Carrillo Nº 375, Ciudad Autónoma de Buenos Aires. - Expediente Nº 2.888.128/2013 Licitación Pública N° 89/14. Objeto del llamado: Gestión, Operación y Mantenimiento Integral del Recurso Físico, Edificios e Instalaciones y la Ejecución de Trabajos Menores de Mantenimiento del Hospital Neuropsiquiatrico “J. T. Borda” sito en la calle Ramón Carrillo Nº 375, Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Consulta y entrega de pliegos: Unidad Centralizada de Adquisiciones de Salud (UCAS), sito en Av. De Mayo Nº 575 Entre Piso, Oficina 17 de la Ciudad de Buenos Aires; el horario de atención es de 09:00 hs. a 15:00 hs. Valor del Pliego: Pesos cincuenta y dos mil ($ 52.000.-) Presupuesto oficial: pesos sesenta y nueve millones novecientos noventa y dos mil cuatrocientos cuarenta y tres con 68/100 ($ 69.992.443,68) y el presupuesto total oficial del Anexo XI es de pesos ocho millones cuatrocientos un mil quinientos setenta y tres con 40/100 ($ 8.401.573,40).

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Lugar de presentación de las ofertas: Unidad Centralizada de Adquisiciones de Salud (UCAS), sito en Av. De Mayo Nº 575 Entre Piso, Oficina 17 de la Ciudad de Buenos Aires. Fecha/hora de apertura: 17 de Marzo de 2014, a las 15:00 hs. Las ofertas se recibirán únicamente el día fijado para la apertura de sobres. Las mismas se recibirán hasta el horario indicado en los pliegos licitatorios. Fecha/hora de visita a obra: 26 de Febrero de 2014 a las 09.00 hs. Lugar de apertura Unidad Centralizada de Adquisiciones de Salud (UCAS), sito en Av. De Mayo Nº 575 Entre Piso, Oficina 17 de la Ciudad de Buenos Aires Plazo de mantenimiento de oferta: ciento veinte (120) días hábiles, prorrogados automáticamente por períodos de sesenta (60) días hábiles, computados a partir de la fecha de apertura de la Licitación y de acuerdo a lo establecido en el Art. 1.3.7. del P.C.G. Plazo de ejecución de las obras: 48 meses, computados a partir de la fecha del Acta de Inicio.

Federico Arata Titular

OL 309 Inicia: 28-1-2014 Vence: 10-2-2014

UNIDAD CENTRALIZADA DE ADQUISICIONES DE SALUD (UCAS) Gestión, Operación y Mantenimiento Integral del Recurso Físico, Edificios e Instalaciones y la ejecución de trabajos menores de mantenimiento del Hospital Neuropsiquiátrico Braulio Moyano sito en la calle Brandsen N° 2570, Ciudad Autónoma de Buenos Aires. - Expediente Nº 2.887.476/2013 Licitación Pública N° 90/14. Objeto del llamado: Gestión, Operación y Mantenimiento Integral del Recurso Físico, Edificios e Instalaciones y la ejecución de trabajos menores de mantenimiento del Hospital Neuropsiquiátrico Braulio Moyano sito en la calle Brandsen N° 2570, Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Consulta y entrega de pliegos: Unidad Centralizada de Adquisiciones de Salud (UCAS), sito en Av. De Mayo Nº 575 Entre Piso, Oficina 17, de la Ciudad de Buenos Aires; el horario de atención es de 09:00 hs. a 15:00 hs. Valor del Pliego: Pesos cuarenta y un mil ($ 41.000.-). Presupuesto oficial: pesos cincuenta y siete millones treinta y nueve mil seiscientos sesenta y cuatro con 68/100 ($ 57.039.664,68) y el presupuesto total oficial del Anexo XI es de pesos siete millones quinientos cuarenta y un mil trescientos ochenta y nueve con 64/100 ($ 7.541.389,64). Lugar de presentación de las ofertas: Unidad Centralizada de Adquisiciones de Salud (UCAS), sito en Av. De Mayo Nº 575 Entre Piso, Oficina 17, de la Ciudad de Buenos Aires. Fecha/hora de apertura: 17 de Marzo de 2014, a las 11:00 hs. Las ofertas se recibirán únicamente el día fijado para la apertura de sobres. Las mismas se recibirán hasta el horario indicado en los pliegos licitatorios. Fecha/hora de visita a obra: 26 de Febrero de 2014 a las 09:00 hs. Lugar de apertura Unidad Centralizada de Adquisiciones de Salud (UCAS), sito en Av. De Mayo Nº 575 Entre Piso, Oficina 17, de la Ciudad de Buenos Aires Plazo de mantenimiento de oferta: ciento veinte (120) días hábiles, prorrogados automáticamente por períodos de sesenta (60) días hábiles, computados a partir de la fecha de apertura de la Licitación y de acuerdo a lo establecido en el Art. 1.3.7. del P.C.G.

Página Nº 203Nº4328 - 29/01/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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Plazo de ejecución de las obras: 48 meses, computados a partir de la fecha del Acta de Inicio.

Federico Arata Titular

OL 310 Inicia: 28-1-2014 Vence: 10-2-2014

UNIDAD CENTRALIZADA DE ADQUISICIONES DE SALUD (UCAS) Gestión, Operación y Mantenimiento Integral del Recurso Físico, Edificios e Instalaciones y la Limpieza y Manejo Interno de los Residuos Hospitalarios y la Ejecución de Trabajos Menores de Mantenimiento del GRUPO A: Cesac Nº 9, Anexo Cesac Nº 9, Cesac Nº 10, Cesac Nº 15, Cesac Nº 19, Cesac Nº 34, Cesac Nº 35, Cesac Nº 36, Cesac Nº 39, Cesac Nº 41, Cesac Nº 43, Cesac Nº 44, Cesac Nº 45, Cesac Nº 46, Cesac Nº 47 y del GRUPO B: Cesac Nº 1, Cesac Nº 2, Cesac Nº 3, Cesac Nº 4, Cesac Nº 5, Cesac Nº 6, Cesac Nº 7, Cesac Nº 8, Cesac Nº 11, Cesac Nº 12, Cesac Nº 13, Cesac Nº 14, Cesac Nº 16, Cesac Nº 17, Cesac Nº 18, Cesac Nº 20, Cesac Nº 21, Cesac Nº 21 Bis, Cesac Nº 22, Cesac Nº 24, Cesac Nº 25, Cesac Nº 26, Cesac Nº 27, Cesac Nº 28, Cesac Nº 29, Cesac Nº 30, Cesac Nº 31, Cesac Nº 32, Cesac Nº 33, Cesac Nº 37, Cesac Nº 38, Cesac Nº 40 y la Gestión, Operación y Mantenimiento Integral del Recurso Físico, Edificios e Instalaciones y la Ejecución de Trabajos Menores de Mantenimiento del GRUPO C: Centro de Salud Mental Nº 3 “Arturo Ameghino” todos ellos sitos en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. - Expediente Nº 2.889.435/2013 Licitación Pública N° 91/14. Objeto del llamado: Gestión, Operación y Mantenimiento Integral del Recurso Físico, Edificios e Instalaciones y la Limpieza y Manejo Interno de los Residuos Hospitalarios y la Ejecución de Trabajos Menores de Mantenimiento del GRUPO A: Cesac Nº 9, Anexo Cesac Nº 9, Cesac Nº 10, Cesac Nº 15, Cesac Nº 19, Cesac Nº 34, Cesac Nº 35, Cesac Nº 36, Cesac Nº 39, Cesac Nº 41, Cesac Nº 43, Cesac Nº 44, Cesac Nº 45, Cesac Nº 46, Cesac Nº 47 y del GRUPO B: Cesac Nº 1, Cesac Nº 2, Cesac Nº 3, Cesac Nº 4, Cesac Nº 5, Cesac Nº 6, Cesac Nº 7, Cesac Nº 8, Cesac Nº 11, Cesac Nº 12, Cesac Nº 13, Cesac Nº 14, Cesac Nº 16, Cesac Nº 17, Cesac Nº 18, Cesac Nº 20, Cesac Nº 21, Cesac Nº 21 Bis, Cesac Nº 22, Cesac Nº 24, Cesac Nº 25, Cesac Nº 26, Cesac Nº 27, Cesac Nº 28, Cesac Nº 29, Cesac Nº 30, Cesac Nº 31, Cesac Nº 32, Cesac Nº 33, Cesac Nº 37, Cesac Nº 38, Cesac Nº 40 y la Gestión, Operación y Mantenimiento Integral del Recurso Físico, Edificios e Instalaciones y la Ejecución de Trabajos Menores de Mantenimiento del GRUPO C: Centro de Salud Mental Nº 3 “Arturo Ameghino” todos ellos sitos en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Consulta y entrega de pliegos: Unidad Centralizada de Adquisiciones de Salud (UCAS), sito en Av. De Mayo Nº 575, Entre Piso Oficina 17, de la Ciudad de Buenos Aires; el horario de atención es de 09:00 hs. a 15:00 hs. Valor del Pliego: Pesos veintiún mil ($ 21.000.-). Presupuesto oficial: Para el Grupo A: pesos treinta y cuatro millones trece mil quinientos treinta y tres con 47/100 ($ 34.013.533,47) para el Servicio de Mantenimiento y Limpieza y del Anexo XI en la suma de pesos dos millones ($ 2.000.000.-). Para el Grupo B: pesos sesenta y nueve millones ciento treinta y dos mil cuatrocientos doce con 87/100 ($ 69.132.412,87) para el servicio de mantenimiento y limpieza y para el Anexo XI en la suma de pesos nueve millones ($ 9.000.000.-). Grupo C: pesos ocho millones trescientos cuarenta y cuatro mil ciento noventa y cuatro con 72/100 ($ 8.344.194,72), y para el Anexo XI en la suma de pesos un millón quinientos mil ($ 1.500.000.-).

Página Nº 204Nº4328 - 29/01/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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Lugar de presentación de las ofertas: Unidad Centralizada de Adquisiciones de Salud (UCAS), sito en Av. De Mayo Nº 575, Entre Piso Oficina 17, de la Ciudad de Buenos Aires. Fecha/hora de apertura: 18 de Marzo de 2014, a las 11.00 hs. Las ofertas se recibirán únicamente el día fijado para la apertura de sobres. Las mismas se recibirán hasta el horario indicado en los pliegos licitatorios. Fecha/hora de visita a obra: 27 de Febrero de 2014 a las 09.00 hs. del Grupo A, comenzando por el Cesac N° 9 dependiente del Hospital Argerich sito en Irala N° 1254 – C.A.B.A. 28 de febrero de 2014 a las 09.00 hs. del Grupo B, comenzando por el Cesac N° 1 dependiente del Hospital Penna sito en Av. Vélez Sarsfield N° 1271 – C.A.B.A. 5 de Marzo de 2014 a las 09.00 hs. para el Grupo C: Centro de Salud Mental N° 3 “Arturo Ameghino” sito en Av. Córdoba N° 3120 – C.A.B.A. Lugar de apertura Unidad Centralizada de Adquisiciones de Salud (UCAS), sito en Av. De Mayo Nº 575, Entre Piso Oficina 17 de la Ciudad de Buenos Aires. Plazo de mantenimiento de oferta: ciento veinte (120) días hábiles, prorrogados automáticamente por períodos de sesenta (60) días hábiles, computados a partir de la fecha de apertura de la Licitación y de acuerdo a lo establecido en el Art. 1.3.7. del P.C.G. Plazo de ejecución de las obras: 48 meses, computados a partir de la fecha del Acta de Inicio.

Federico Arata Titular

OL 311 Inicia: 28-1-2014 Vence: 10-2-2014

UNIDAD CENTRALIZADA DE ADQUISICIONES DE SALUD (UCAS) Gestión, Operación y Mantenimiento Integral del Recurso Físico, Edificios e Instalaciones y la Limpieza y Manejo Interno de los Residuos Hospitalarios y la Ejecución de Trabajos Menores de Mantenimiento del Centro de Salud Integral Dra. Cecilia Grierson sito en Av. Fernández de la Cruz N° 4402, Ciudad Autónoma de Buenos Aires. - Expediente Nº 2.889.507/2013 Licitación Pública N° 104/14. Objeto del llamado: Gestión, Operación y Mantenimiento Integral del Recurso Físico, Edificios e Instalaciones y la Limpieza y Manejo Interno de los Residuos Hospitalarios y la Ejecución de Trabajos Menores de Mantenimiento del Centro de Salud Integral Dra. Cecilia Grierson sito en Av. Fernández de la Cruz N° 4402, Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Consulta y entrega de pliegos: Unidad Centralizada de Adquisiciones de Salud (UCAS), sito en Av. De Mayo Nº 575, Entre Piso Oficina 17 de la Ciudad de Buenos Aires; el horario de atención es de 09:00 hs. a 15:00 hs. Valor del Pliego: Pesos seis mil ($ 6.000.-). Presupuesto oficial: pesos once millones setecientos setenta y cuatro mil doscientos dieciséis con 16/100 ($ 11.774.216,16) y el presupuesto total oficial del Anexo XI es de pesos un millón doscientos setenta y nueve mil ochocientos seis con 06/100 ($ 1.279.806,06). Lugar de presentación de las ofertas: Unidad Centralizada de Adquisiciones de Salud (UCAS), sito en Av. De Mayo Nº 575, Entre Piso Oficina 17 de la Ciudad de Buenos Aires Fecha/hora de apertura: 12 de Marzo de 2014, a las 11.00 hs. Las ofertas se recibirán únicamente el día fijado para la apertura de sobres. Las mismas se recibirán hasta el horario indicado en los pliegos licitatorios. Fecha/hora de visita a obra: 19 de Febrero de 2014 a las 13.00 hs.

Página Nº 205Nº4328 - 29/01/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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Lugar de apertura Unidad Centralizada de Adquisiciones de Salud (UCAS), sito en Av. De Mayo Nº 575, Entre Piso Oficina 17 de la Ciudad de Buenos Aires Plazo de mantenimiento de oferta: ciento veinte (120) días hábiles, prorrogados automáticamente por períodos de sesenta (60) días hábiles, computados a partir de la fecha de apertura de la Licitación y de acuerdo a lo establecido en el Art. 1.3.7. del P.C.G. Plazo de ejecución de las obras: 48 meses, computados a partir de la fecha del Acta de Inicio.

Federico Arata Titular

OL 312 Inicia: 28-1-2014 Vence: 10-2-2014

UNIDAD CENTRALIZADA DE ADQUISICIONES DE SALUD (UCAS) Gestión, Operación y Mantenimiento Integral del Recurso Físico, Edificios e Instalaciones y la Limpieza y Manejo Interno de los Residuos Hospitalarios y la Ejecución de Trabajos Menores de Mantenimiento del Hospital Odontológico Infantil Dr. Benito Quinquela Martín sito en la calle Don Pedro de Mendoza N° 1795, Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Expediente Nº 2.887.297/2013 Licitación Pública N° 105/14. Objeto del llamado: Gestión, Operación y Mantenimiento Integral del Recurso Físico, Edificios e Instalaciones y la Limpieza y Manejo Interno de los Residuos Hospitalarios y la Ejecución de Trabajos Menores de Mantenimiento del Hospital Odontológico Infantil Dr. Benito Quinquela Martín sito en la calle Don Pedro de Mendoza N° 1795, Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Consulta y entrega de pliegos: Unidad Centralizada de Adquisiciones de Salud (UCAS), sito en Av. De Mayo Nº 575, Entrepiso Oficina 17 de la Ciudad de Buenos Aires; el horario de atención es de 09:00 hs. a 15:00 hs. Valor del Pliego: Pesos seis mil ($ 6.000.-). Presupuesto oficial: pesos doce millones nueve mil novecientos setenta y cuatro con 40/100 ($ 12.009.974,40) y el presupuesto total oficial del Anexo XI es de pesos quinientos noventa y cuatro mil setenta y seis con 14/100 ($ 594.076,14). Lugar de presentación de las ofertas: Unidad Centralizada de Adquisiciones de Salud (UCAS), sito en Av. De Mayo Nº 575, Entrepiso Oficina 17 de la Ciudad de Buenos Aires Fecha/hora de apertura: 18 de Marzo de 2014, a las 15.00 hs. Las ofertas se recibirán únicamente el día fijado para la apertura de sobres. Las mismas se recibirán hasta el horario indicado en los pliegos licitatorios. Fecha/hora de visita a obra: 5 de Marzo de 2014 a las 11.00 hs. Lugar de apertura Unidad Centralizada de Adquisiciones de Salud (UCAS), sito en Av. De Mayo Nº 575, Entrepiso Oficina 17 de la Ciudad de Buenos Aires. Plazo de mantenimiento de oferta: ciento veinte (120) días hábiles, prorrogados automáticamente por períodos de sesenta (60) días hábiles, computados a partir de la fecha de apertura de la Licitación y de acuerdo a lo establecido en el Art. 1.3.7. del P.C.G. Plazo de ejecución de las obras: 48 meses, computados a partir de la fecha del Acta de Inicio.

Federico Arata Titular

OL 313 Inicia: 28-1-2014 Vence: 10-2-2014

Página Nº 206Nº4328 - 29/01/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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Edictos Particulares

Transferencia de Habilitación Mariano José Alejandro Bondone y Nampelkan - Viajar al Extranjero- Asociación Civil transfieren a A Ciegas S.R.L. la habilitación municipal por expediente 37395/2008 habilitado como “Restaurante, cantina - café bar- Teatro Independiente Clase B (1 SALA). Capacidad máxima opciones A y C: 99 espectadores y opción B: 47 espectadores distribuidos en 12 mesas ubicado en la calle Zelaya 3002/3006 y Jean Jaures 690, P.B., con una superficie de 218,28 m2.

Solicitantes: Mariano José Alejandro Bondone y Nampelkan - Viajar al Extranjero- Asociación Civil - A Ciegas S.R.L.

EP 14 Inicia: 24-1-2014 Vence: 30-1-2014

Transferencia de Habilitación Damián Fernando Jaida, con D.N.I. Nº 24.788.680 y domicilio en la calle Lautaro 845, P.B. P.A., C.A.B.A., avisa que transfiere la habilitación del local sito en la calle Lautaro 845, P.B., C.A.B.A, que funciona como “Establecimiento Geriátrico”, mediante Expediente Nº 43.006/MGEYA/03, en fecha 1/9/2004 por Decreto Nº 2516/1998, para el inmueble ubicado en la calle Lautaro 845 PB. PA., con una superficie de 430 m2, a Rinconcito de Luz S.R.L., CUIT: 30-71224788-2, con domicilio legal en la calle Lautaro 845, PB, C.A.B.A. Observaciones: Capacidad 14 habitaciones y 36 alojados. Se deja constancia que no se consigna superficie del inmueble toda vez que la misma no fue registrada en el momento de otorgarse la Habilitación Primitiva, otorgada por Expediente Nº 70.587/1993.

Solicitantes: Damián Fernando Jaida y Rinconcito de Luz S.R.L. EP 15 Inicia: 27-1-2014 Vence: 31-1-2014

Transferencia de Habilitación Aganetto Dora Elsa, CUIT Nº 27-12439608-0, con domicilio en Aromo 4896 (CABA), transfiere la habilitación otorgada por Expediente Nº 1.074.919/10, en fecha 17/05/2011 mediante Disposición Nº 5126/DGHP/2011, para el local sito en la calle Roque Pérez 2537, P.B., P.A. (CABA), con una superficie de 393,74 m2. Para funcionar en el carácter de Com. May. de drogas y especialidades medicinales (c/deposito art.5.2.8 inc A) (633000). Observaciones: Presenta categorización como impacto ambiental sin relevante efecto por Resolución Nº 453-A.A Ley 123 SSMA 2003, a la firma Pompidou Bersel S.A. Reclamos de Ley en el local.

Solicitantes: Dora Elsa Aganetto Graciela Oliveira (Presidente p/Pompidou Bersel S.A.)

EP 16 Inicia: 27-1-2014 Vence: 31-1-2014

Página Nº 207Nº4328 - 29/01/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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Transferencia de Habilitación Por el presente anuncio el cambio de razón social en la Habilitación Comercial del local de la calle Av. Córdoba 5657/59/63/65/67/69/75/81/83/87, esq. Bompland 1307/21/25, P.B. y 1° piso, para funcionar con el carácter de “Estación de Servicio” por Expediente N° 27839/2009 en fecha 10/9/2009, mediante Disposición N° 7836/DGHP/2009, en fecha 10/9/2009. Observaciones: Partida 400542 Dual Líquidos – GNC, no se consigna superficie por no haber sido registrada en la Habilitación Original otorgada por Expte. N° 19548/1987 de fecha 18/5/1987. Se procesa en forma manual” por cambio de denominación de Esso Petrolera Argentina S.R.L. a Axion Energy Argentina S.A. CUIT: 30-50691900-9 (continuadora de Axion Energy Argentina S.R.L.)

Solicitantes: Esso Petrolera Argentina S.R.L. Axion Energy Argentina S.A.

EP 17 Inicia: 28-1-2014 Vence: 3-2-2014

Transferencia de Habilitación Por el presente anuncio el cambio de razón social en la Habilitación Comercial del local de la calle Santiago del Estero 1645 y Av. Juan de Garay 1302/28/32/46/60/62/64 P.B. y P.A., con una superficie de 3586,20 m2, para funcionar con el carácter de “Venta de carbón y leña - Com. min de productos alimenticios envasados - Com.min. de bebidas en general envasadas - Com. Min. Golosina envasadas (kiosco) y todo lo comprendido en la Ordenanza Nº 33.266 - Com.min.de hielo - Café bar - Com.min. de artículos de perfumería y tocador - Com.min de artículos de limpieza - Estación de servicio . Combustibles líquidos - Estación de servicio .Gas natural comprimido (GNC) - Estafeta postal - Cajero aut. E. Bancarias” por Exp. N° 70807/MGEYA/2003 en fecha 19/12/2003, mediante decreto N° 2516/1998. Observaciones: Autorizada por Disposición N° 157/DGPEIU/2001, Informe 2598/SIU/2003 y Providencia 2598/DGPEIU/2003 recaída en el Expediente N° 40174/2001, Plano de Aire Acondicionado y Mecánica p/ Exp. Nº 117691/1989. Plano de Instalación Eléctrica y Mecánica p/Exp. Nº 61725/2000. Plano Conforme a Obra c/dest. Estac. de Servicio p (Comb. Líquidos, GNC) Exp. Nº 60705/2000 Ext. DGFOC., por cambio de denominación de Esso Petrolera Argentina S.R.L. a Axion Energy Argentina S.A. CUIT: 30-50691900-9 (continuadora de Axion Energy Argentina S.R.L.)

Solicitantes: Esso Petrolera Argentina S.R.L. Axion Energy Argentina S.A.

EP 18 Inicia: 28-1-2014 Vence: 3-2-2014

Transferencia de Habilitación

Página Nº 208Nº4328 - 29/01/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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La Dra. María Alejandra Piperno inscripta al tomo 56 c.p.a.c.f. abogada con domicilio legal constituido en Dr. Tomás Manuel Anchorena 1224, piso 4, Depto. “B”, C.A.B.A. Avisa que Mauro Moure DNI Nº 93.621.506 y Alberto Benito Siso CI. 2622089 transfiere la habilitación del local sito en calle Baigorria 5227, P.B., C.A.B.A. por Expediente N° 188271/1969 a Mauro Roberto Moure con DNI. Nº 13.677.298 con domicilio en Nogoyá 5299, piso 7º “A” C.A.B.A. y Adrián Sergio Moure con DNI Nº 14.596.191 con domicilio en Baigorria 5227 planta baja habilitado como Garage (con potencia instalada 3 CV). Reclamos de ley en Baigorria 5227, planta baja, C.A.B.A.

Solicitantes: Mauro Moure, Alberto Benio Siso Mauro Roberto Moure, Adrián Sergio Moure

EP 19 Inicia: 28-1-2014 Vence: 3-2-2014

Página Nº 209Nº4328 - 29/01/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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UP MARKETING SOCIEDAD ANÓNIMA Se convoca a los Sres. Accionistas a la Asamblea General Ordinaria que se llevará a cabo en la calle Rodríguez Peña 645 de esta Ciudad de Buenos Aires el día 11 de febrero de 2014, a las 16 horas en primera convocatoria y a las 17 horas en segunda convocatoria, a los fines de tratar el siguiente orden del día: 1) Designación de accionistas para firmar el acta. 2) Consideración de los estados contables correspondientes al ejercicio cerrado el día 31 de diciembre de 2012 y consideración del destino de sus resultados, y tratamiento de los EECC que estén pendientes de consideración y aprobación. 3) Consideración de la remuneración del directorio. 4) Consideración de la gestión del directorio en ese período. 5) Fijación del número de directores y designación de sus integrantes. Se hace saber a los accionistas que pretendan concurrir a la asamblea, que deberán cursar a la sociedad la comunicación prevista por el artículo 238 de la ley 19550, como requisito para su admisión.

Martín Gómez Galissier Presidente

Solicitantes: UP Marketing Sociedad Anónima

EP 21 Inicia: 29-1-2014 Vence: 4-2-2014

Página Nº 210Nº4328 - 29/01/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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Edictos Oficiales Ministerio de Ambiente y Espacio Público

MINISTERIO DE AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICO ENTE DE HIGIENE URBANA (SSHU) Notificación El Ente de Higiene Urbana, dependiente de la Subsecretaría de Higiene Urbana, Ministerio de Ambiente y Espacio Público, hace saber que el agente José Luis Quiroz, ficha Nº 442.230, ha incurrido en inasistencias injustificadas desde el 11 de noviembre de 2013 y a partir de esa fecha no se ha hecho presente en su lugar de trabajo. En virtud de ello, se le ha girado Carta Documento a su domicilio sito en Álvarez 317, Villa Madero, Pdo. de La Matanza, Pcia. de Buenos Aires (CP 1752), a objetos de ponerlo en conocimiento de su situación, de acuerdo a las normas laborales en vigencia. Por lo tanto, el Ente de Higiene Urbana, ha iniciado trámites para la cesación de servicios del nombrado atento a encontrarse incurso en los alcances del art. 48, inc. b) de la Ley de Relaciones Laborales Nº 471. Dado que, según acuse de recibo proporcionada por la compañía de Correos interviniente, no responde persona alguna en dicho domicilio, sirva la presente publicación de notificación fehaciente del causante.

Horacio A. Giménez a/c Depto.Despacho

G.O. de Administración y Recursos Humanos

EO 68 Inicia: 29-1-2014 Vence: 31-1-2014

Página Nº 211Nº4328 - 29/01/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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MINISTERIO DE AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICO DIRECCIÓN GENERAL DE CEMENTERIOS Intimación - Nota N° 6.956.950-DGCEM/13 Intímase a doña Dominga Ardanza de Maiztegui, doña Maria Pilar Ardanza de Etcheverria, don Cesar Jose y doña Stella Maria Martin y Ardanza y/o quienes pudieran tener un interés legítimo en la renovación de la concesión del terreno formado por los lotes 23 y 24, tablón 8, manzana 4, sección 1 del Cementerio de la Chacarita, a presentarse por la mencionada renovación que tramita por Expediente N° 1121031/2009. Caso contrario deberá efectuarse la desocupación del sepulcro, a efectos del dictado de la caducidad de la concesión. Lo precedentemente expuesto deberá cumplimentarse dentro del plazo de TREINTA (30) días hábiles.

Néstor Pan Director General

EO 44 Inicia: 27-1-2014 Vence: 31-1-2014

MINISTERIO DE AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICO DIRECCIÓN GENERAL DE CEMENTERIOS Intimación - Nota N° 212.130-DGCEM/14 Intímase a los co-titulares don Luis David Luciano Marnoni y Rampoldi y doña Teresa Florinda Marnoni o Marnoni y Rampoldi y/o a sus sucesores, acompañando a tal efecto las correspondientes partidas de defunción y toda otra documentación alusiva a la cuestión - acreditando vínculo de parentesco con los mismos-, a hacer valer sus derechos en la renovación de la concesión del terreno formado por los lotes 24 y 25, tablón 7, manzana 6, sección 9 del Cementerio de la Chacarita solicitada por don José Egidio Azzaro y doña Blanca Isabel Azzaro y que tramita por Expediente N° 1551913/2012. Lo precedentemente expuesto deberá cumplimentarse dentro del plazo de diez (10) días hábiles, bajo apercibimiento de resolver con las constancias de autos.

Néstor Pan Director General

EO 43 Inicia: 27-1-2014 Vence: 31-1-2014

MINISTERIO DE AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICO DIRECCIÓN GENERAL DE CEMENTERIOS Intimación - Nota N° 213.189-DGCEM/14

Página Nº 212Nº4328 - 29/01/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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Intímase a doña Rosa Esmeralda Quintana y doña Nelly Mabel Quintana, titulares del sepulcro formado por los lotes 7 y 8 y subsuelo, tablón 11, manzana 2, sección 5 del Cementerio de la Chacarita, para que en un plazo de treinta (30) días manifiesten su interés en la renovación de la concesión del terreno que tramita por Expediente N° 22196/2010, caso contrario procedan a la desocupación del sepulcro.

Néstor Pan Director General

EO 42 Inicia: 27-1-2014 Vence: 31-1-2014

MINISTERIO DE AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICO DIRECCIÓN GENERAL DE CEMENTERIOS Intimación - Nota Nº 431.020/DGCEM/14 Intímase a los cotitulares doña Luisa Florinda Rosaura Victoria y don Nicolás González Pagliere, don Sergio González Pagliere, don Jorge Nicolás José María, don Horacio Lorenzo Valentín y don Cristian Ismael Francisco José Ferrari y González, doña Silvia Gonzalerz Pagliere, don José Hércules González Pagliere y doña María Silvia González Pagliere de Magnasco, doña Irma Lydia Larocca de Anile, doña Mabel Silvia y don Norberto Horacio Anile y don Guillermo Martín Servando Ferrari y Gonzalez y/o sus descendientes, para que en un plazo de treinta (30) días continúen el trámite de renovación del terreno del terreno formado por los lotes 12, 13 y 14, tablón 14, manzana 2, sección 5 del Cementerio de la Chacarita que tramita por Expediente Nº 1.440.400/09, bajo apercibimiento de declarar extinta la concesión, debiendo proceder en dicho caso a la desocupación del sepulcro”. Pan

Néstor Pan Director General

EO 64 Inicia: 27-1-2014 Vence: 31-1-2014

Página Nº 213Nº4328 - 29/01/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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MINISTERIO DE AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICO DIRECCIÓN GENERAL DE CEMENTERIOS Comunicación - Nota Nº 7.228.647/DGCEM/13 Comunicase a don Juan Luis Eduardo Carbone, don Jacinto Carbone y doña Maria Teresa Carbone De Pagano y/o a todos aquellos que pudieren tener interés legítimo acerca de los restos que se encuentran inhumados, el desistimiento de la renovación de la concesión del terreno formado por el lote 9, tablón letra "C", sección 1 del Cementerio de Flores, formulado por doña Ana Maria Cristina Carbone o Carbone y Foscardo, doña Alicia Susana Carbone o Carbone y Zatti, doña Ana Maria Carbone o Carbone y Zatti, don Juan Francisco Mandl, doña Cristina Ines Mandl y don Alejandro Jose Mandl (cónyuge e hijos de la co-titular doña Delia Carbone, fallecida), doña Susana Maria Martiniana Carbone, doña Celia Monica Carbone y don Juan Jose Carbone (hijos del co-titular don Orlando Carbone, fallecido), el que tramita por Registro Nº 844790-MGEyA/2010. Intímase a los mismos a que realicen el trámite de renovación de la concesión del terreno, bajo apercibimiento de declarar extinta la concesión. De no solicitarse al renovación, deberá efectuarse la desocupación del sepulcro. Lo precedentemente expuesto deberá cumplimentarse dentro del plazo de treinta (30) días hábiles.

Néstor Pan Director General

EO 41 Inicia: 27-1-2014 Vence: 31-1-2014

MINISTERIO DE AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICO ENTE DE HIGIENE URBANA (SSHU) Notificación El Ente de Higiene Urbana, dependiente de la Subsecretaría de Higiene Urbana, Ministerio de Ambiente y Espacio Público, hace saber que el agente Héctor Daniel Font, DNI 29.168.807, no ha justificado la licencia por enfermedad y no se ha hecho presente a prestar servicios en su lugar de trabajo desde el 24 de Noviembre de 2011. En virtud de ello, se le ha girado Carta Documento a su domicilio sito en Inca 2872, Laferrere, Pdo. de La Matanza, Pcia. de Buenos Aires, (CP 1757), a objetos de ponerlo en conocimiento de su situación, de acuerdo a las normas laborales en vigencia. Por lo tanto, el Ente de Higiene Urbana, ha iniciado trámites para la cesación de servicios del nombrado, atento a encontrarse incurso en los alcances del art. 48, inc. b) de la Ley de Relaciones Laborales Nº 471. Dado que, según acuse de recibo proporcionada por la compañía de Correos interviniente, el domicilio suministrado por el agente para su legajo personal es desconocido y visto que no puede saberse su paradero, sirva la presente publicación de notificación fehaciente del causante.

Horacio A. Jiménez a/c Depto. Despacho

Gerencia Operativa de Administración y Recursos Humanos

EO 51 Inicia: 27-1-2014 Vence: 29-1-2014

Página Nº 214Nº4328 - 29/01/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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MINISTERIO DE AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICO DIRECCIÓN GENERAL DE CEMENTERIOS Comunicación - Nota Nº 427.368/DGCEM/14 Comunícase a los descendientes de los cotitulares doña María Luisa Torre, doña Amelia Torre y don Miguel Torre y doña Elvira Torre de Mendez y a todos aquellos que pudieran tener un interés legítimo acerca de los restos que ahí se encuentran, del desistimiento formulado por don Miguel Ángel Duranti de la renovación de la concesión del terreno formado por los lotes 18 y 19, tablón 16, manzana 7, sección 5 del Cementerio de la Chacarita que tramita por Expediente Nº 602.298/13. Intímase para que en un plazo de treinta (30) días realicen el trámite de renovación del terreno, bajo apercibimiento de declarar extinta la concesión. Pan

Néstor Pan Director General

EO 65 Inicia: 27-1-2014 Vence: 31-1-2014

Página Nº 215Nº4328 - 29/01/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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MINISTERIO DE AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICO SUBSECRETARÍA DE MANTENIMIENTO DEL ESPACIO PÚBLICO Notificación - Expediente Nº 1.280.396/MGEYA/12 Notifícase al Sr. Currenti Hugo, D.N.I. Nº 13.236.989, que ante la solicitud efectuada en el Expediente de referencia, se ha ordenado notificar lo dispuesto en la Resolución Nº 332/SSMEP/13: Artículo 1º - Rechazar la petición efectuada por el Sr. Currenti Hugo, por improcedente. Artículo 2º - Regístrese, comuníquese a la Dirección Técnica, Administrativa y Legal y notifíquese por Cédula al interesado haciendo expresa mención que este acto no agota la vía administrativa.

Rodrigo J. Silvosa Subsecretario

EO 66 Inicia: 27-1-2014 Vence: 30-1-2014

Página Nº 216Nº4328 - 29/01/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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Juzgado Provincial

TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CIVIL Y COMERCIAL, 44º NOMINACIÓN DE LA PRIMERA CIRCUNCRIPCIÓN DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA Citación (Oficio Judicial E.E.Nº 566392/MGEYA/2014) Carátula “Lencinas Lucas Fernando-Usucapión -Medidas Preparatorias para Usucapión” Extpe. N.º 1692542/36 El señor Juez de Primera Instancia y 44 Nominación en lo Civil y Comercial, Secretaria María Inés López Peña De Roldan, en autos: "Lencinas Lucas Fernando-Usucapión -Medidas Preparatorias para Usucapión" Expte: Nº1692542/36, se ha dictado la siguiente resolución: Córdoba, 15 de diciembre de 2011. Proveyendo a fs. 197/200: Admítase. Dése al presente el trámite de juicio ordinario. Téngase presente la documental acompañada. Cítese y emplácese al demandado para que en el término de tres días comparezca a estar a derecho; bajo apercibimiento de rebeldía, a cuyo fin líbrese Cédula Ley 22.172. Cítese en la calidad de terceros interesados a la Provincia, a la Municipalidad y a los colindantes que surgen de las constancias de autos para que comparezcan a estar a derecho, haciendo saber que su incomparecencia hará presumir que la demanda no afecta sus derechos. Notifíquese a los domicilios que constan en autos. Para aquellos que en forma indeterminada se consideren con derechos sobre el inmueble, publíquese edictos en el Boletín Oficial, por diez veces y a intervalos regulares dentro de un período de treinta días. Exhíbanse los edictos en la Municipalidad correspondiente a cuyo fin ofíciese. Ofíciese al Sr. Oficial de Justicia a los fines de colocar el catel indicativo (art.786 del C.P.C). Fdo. Mira Alicia del Carmen: Juez; Lopez Peña de Roldan María Inés; Secretaria. “Córdoba, 28 de febrero de 2012. Atento lo dispuesto por el art. 163 del C.P.C y que surge de las constancias de autos que el domicilio denunciado de los demandados se encuentra en la Capital Federal (fs. 197), déjese sin efecto el proveído de la fecha 15/12/11 (fs. 201) en la parte que reza: “Cítese y emplácese a los demandados para que en el término de tres días comparezcan...” y en su mérito deberá decir: “Cítese y emplácese a los demandados para que en el término de diez días comparezcan...” Fdo: Mira Alicia del Carmen, Juez- López Peña De Roldan María Inés, Secretaria. Nota: El inmueble a usucapir se describe como: Lote de terreno ubicado en Departamento Colón, Pedanía Calera, Municipio Villa Allende, Barrio San Alfonso, calle San Clemente nº 2.149, de conformidad al plano confeccionado a estos efectos por el Ing. Civil José Luís Tessino, Mat. 1338/3, debidamente visado por la Dirección Gral de Catastro, y aprobado con fecha 30/04/09, en expte nº 0033-024939/07, que se designa como lote VEINTISEIS, con una superficie de QUINIENTOS SETENTA Y CUATRO METROS CON OCHENTA Y SEIS CENTÍMETROS CUADRADOS (574,86 mts2), y que linda con Al Sur, tramo C-D mide treinta y tres metros cincuenta centímetros (33mts 50cm) cm. lindando con parcela 16 de Silvina Pamela Ferrari (hoy Miguel Angel Salvadores y Marta Edit Gusman), Matrícula: 380.276. Al costado oeste, tramo D-A, mide diecisiete metros dieciséis centímetros (17mts. 16cm.) sobre la calle San Clemente. Al costado este tramo B-C mide diecisiete metros dieciséis centímetros (17 mts. 16cm.) lindando con Parc. 14 de Jorge Arturo Brooks. Folio 41.995, Año 1.981. Al norte tramo A-B, cerrando la figura, mide treinta y tres metros cincuenta (33mts. 50cm.) lindando con Par. 18 de Martín Alberto Ambort Folio 21.105, Año 1.979. La nomenclatura catastral provincial es Departamento 13, Pedanía 01, Pueblo 50 C: 01 S: 10, M: 117, P 026; Municipal C:01, S:01, M: 117 P: 026. Se empadrona en la dirección General de Rentas en la cuenta nº 13-01-0915107/7. En el plano de subdivisión de la citada Villa San Alfonso se designa al lote como LOTE CUATRO “c”, con iguales medidas y linderos ya mencionados.

Página Nº 217Nº4328 - 29/01/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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María Inés López Peña Secretaria

Alicia Mira

Juez

OJ 6 Inicia: 24-1-2014 Vence: 30-1-2014

Página Nº 218Nº4328 - 29/01/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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JUNTA COMUNAL 1

JUNTA COMUNAL COMUNA 1 Intimación - Expediente Electrónico Nº 150.929/MGEYA-COMUNA1/14 Intímase en el Expediente Electrónico Nº 150.929/MGEYA-COMUNA1/14 a Ñol Solano S.A. y/o titular del Inmueble sito en la calle Cochabamba 652, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a realizar la desratización, desmalezamiento e higienización del mismo dentro del plazo de 20 días de publicado el presente edicto, en el marco de lo preceptuado en tal sentido por la Ordenanza Nº 33.581/77, B.M. Nº 15540, AD 470.2, la que establece que: “El propietario del terreno total o parcialmente baldío, está obligado a mantenerlo debidamente cercado y en buenas condiciones de higiene, salubridad y estética”, bajo apercibimiento de aplicación de una multa y la ejecución de los trabajos mencionados por administración y a su costa.

Cristina Brunet Presidente

EO 63 Inicia: 27-1-2014 Vence: 31-1-2014

Página Nº 219Nº4328 - 29/01/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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