boletín oficial de la república argentina, número 33.331. 07 de marzo de 2016

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PRESIDENCIA DE LA NACIÓN SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA DR. PABLO CLUSELLAS Secretario DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL LIC. RICARDO SARINELLI Director Nacional www.boletinocial.gob.ar e-mail: dnro@boletinocial.gob.ar Registro Nacional de la Propiedad Intelectual Nº 5.218.874 DOMICILIO LEGAL Suipacha 767-C1008AAO Ciudad Autónoma de Buenos Aires Tel. y Fax 5218-8400 y líneas rotativas Precio $ 6,00 Sumario Buenos Aires, lunes 7 de marzo de 2016 Año CXXIV Número 33.331 DECRETOS MINISTERIO DE CULTURA Decreto 439/2016 Dase por designada Directora de la Biblioteca Nacional. ............................................................. 1 OFICINA ANTICORRUPCIÓN Decreto 438/2016 Dase por designada Directora de Investigaciones ............................................................... ......... 1 SECRETARÍA GENERAL Decreto 437/2016 Desígnase Director de Programas de Gobierno. ....................................................... .................... 1 MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO Decreto 440/2016 Recházase recurso................................................................. ..................................................... 2 DECISIONES ADMINISTRATIVAS MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS Decisión Administrativa 156/2016 Desígnase Directora de Noticias INFOJUS. .............................................................. .................... 3 MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Decisión Administrativa 158/2016 Dase por designada Directora de Carrera, Capacitación y Relaciones Laborales.......................... 3 MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA Decisión Administrativa 157/2016 Desígnase Director de Estudios de Preinversión Municipal. ......................................................... 4 AVISOS OFICIALES Nuevos. ............................................................ ................................................................. ......... 5  Anteriores ........................................................ ................................................................. ......... 19 Primera Sección Pág. DECRETOS #I5078255I# MINISTERIO DE CULTURA Decreto 439/2016 Dase por designada Directora de la Biblio- teca Nacional. Bs. As., 04/03/2016 VISTO el Expediente CUDAP N° 343/16 del re- gistro del MINISTERIO DE CULTURA y el Decreto N° 1386 de fecha 29 de noviembre de 1996, y CONSIDERANDO: Que por el Decreto N° 1386/96 se deter- minó que el Director de la BIBLIOTECA NACIONAL será designado por el PODER EJECUTIVO NACIONAL, a propuesta del Ministro de Cultura. Que resulta necesario cubrir el cargo de Di- rector del mencionado Organismo. Que el MINISTERIO DE CULTURA, pro- pone para desempeñarse en el mismo, a la licenciada Elsa Esperanza BARBER, a los nes de dar continuidad al normal fun- cionamiento del Organismo. Que la persona propuesta reúne las con- diciones exigidas para el desempeño del referido cargo. Que ha tomado intervención la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DE CULTURA. Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 99, inciso 7 de la Constitución Nacional y de conformidad con lo establecido por el De- creto N° 1386/96. Por ello, EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA DECRETA:  Artículo  — Dáse por designada, a partir del día 4 de enero de 2016, y hasta el 30 de ju- nio de 2016, como Directora de la BIBLIOTECA NACIONAL, en jurisdicción del MINISTERIO DE CULTURA, a la licenciada Elsa Esperanza BAR- BER (D.N.I. N° 10.704.690).  Art.  — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Ocial y ar- chívese. — MACRI. — Alej andro P. Avelluto. #F5078255F# #I5078254I# OFICINA ANTICORRUPCIÓN Decreto 438/2016 Dase por designada Directora de Investi- gaciones. Bs. As., 04/03/2016 VISTO el artículo 99, inciso 7 de la CONSTITU- CION NACIONAL, EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA DECRETA:  Artículo  — Dase por designada, a partir del 22 de febrero de 2016, Directora de Inves- tigaciones de la OFICINA ANTICORRUPCION del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, a la doctora Mirna Deborah GO- RANSKY (D.N.I. N° 13.530.257).  Art.  — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Ocial y ar- chívese. — MACRI. — Germán C. Garavano. #F5078254F# #I5078253I# SECRETARÍA GENERAL Decreto 437/2016 Desígnase Director de Programas de Go- bierno. Bs. As., 04/03/2016 VISTO el Expediente CUDAP N° S01:0023095/2016 del registro de la SE- CRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, la Ley N° 27.198, los De- cretos Nros. 648 del 26 de mayo de 2004 y sus modicatorios, 2098 del 3 de diciem- bre de 2008 y sus modicatorios, 223 del 19 de enero de 2016 y 227 del 20 de enero de 2016, la Resolución S.G. N° 56 del 28 de enero de 2005 y sus modicatorios, la Resolución ex S.S.G.P. N° 25 del 4 de mayo de 2005 y lo solicitado por la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NA- CIÓN, y CONSIDERANDO: Que por la Ley N° 27.198 se aprobó el Pre- supuesto General de la Administración Na- cional para el Ejercicio 2016. Que por el artículo 7° de la citada Ley se establece que las Jurisdicciones y Enti- dades de la Administración Nacional no podrán cubrir los cargos vacantes nan- ciados existentes a la fecha de su sanción, ni los que se produzcan con posterioridad a dicha fecha, salvo decisión fundada del Jefe de Gabinete de Ministros. Que por el artículo 10 de la mencionada Ley N° 27.198 se dispuso que las facultades otorgadas por dicha Ley al Jefe de Gabine- te de Ministros podrán ser asumidas por el PODER EJECUTIVO NACIONAL en su ca- rácter de responsable político de la admi- nistración general del país y en función de lo dispuesto por el inciso 10 del artículo 99 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL. Que por el Decreto N° 227/16 se delimita- ron las competencias de los señores Jefe de Gabinete de Ministros, Ministros y Se- cretarios de la PRESIDENCIA DE LA NA- CIÓN. Que, en dicho sentido, el mencionado De- creto estableció, en su artículo 1°, que: “Toda designación, asignación de funcio- nes, promoción y reincorporación de per-

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8/19/2019 Boletín Oficial de la República Argentina, Número 33.331. 07 de marzo de 2016

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PRESIDENCIADE LA NACIÓN

SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICADR. PABLO CLUSELLASSecretario

DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIALLIC. RICARDO SARINELLIDirector Nacional

www.boletinoficial.gob.ar

e-mail: [email protected]

Registro Nacional de la Propiedad IntelectualNº 5.218.874

DOMICILIO LEGALSuipacha 767-C1008AAOCiudad Autónoma de Buenos AiresTel. y Fax 5218-8400 y líneas rotativas

Precio $ 6,00

Sumario

Buenos Aires,

lunes 7

de marzo de 2016

Año CXXIVNúmero 33.331

DECRETOS

MINISTERIO DE CULTURADecreto 439/2016Dase por designada Directora de la Biblioteca Nacional. ............................................................. 1

OFICINA ANTICORRUPCIÓNDecreto 438/2016Dase por designada Directora de Investigaciones. .............................................................. ......... 1

SECRETARÍA GENERALDecreto 437/2016Desígnase Director de Programas de Gobierno........................................................ .................... 1

MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTODecreto 440/2016Recházase recurso................................................................. ..................................................... 2

DECISIONES ADMINISTRATIVAS

MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOSDecisión Administrativa 156/2016Desígnase Directora de Noticias INFOJUS. .............................................................. .................... 3

MINISTERIO DE PRODUCCIÓNDecisión Administrativa 158/2016Dase por designada Directora de Carrera, Capacitación y Relaciones Laborales. ......................... 3

MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDADecisión Administrativa 157/2016Desígnase Director de Estudios de Preinversión Municipal. ......................................................... 4

AVISOS OFICIALES

Nuevos. ............................................................ ................................................................. ......... 5

 Anteriores ........................................................ ................................................................. ......... 19

Primera Sección

Pág.

DECRETOS

#I5078255I#MINISTERIO DE CULTURA 

Decreto 439/2016

Dase por designada Directora de la Biblio-teca Nacional.

Bs. As., 04/03/2016

VISTO el Expediente CUDAP N° 343/16 del re-gistro del MINISTERIO DE CULTURA y el

Decreto N° 1386 de fecha 29 de noviembrede 1996, y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto N° 1386/96 se deter-minó que el Director de la BIBLIOTECANACIONAL será designado por el PODEREJECUTIVO NACIONAL, a propuesta delMinistro de Cultura.

Que resulta necesario cubrir el cargo de Di-rector del mencionado Organismo.

Que el MINISTERIO DE CULTURA, pro-pone para desempeñarse en el mismo, ala licenciada Elsa Esperanza BARBER, alos fines de dar continuidad al normal fun-cionamiento del Organismo.

Que la persona propuesta reúne las con-diciones exigidas para el desempeño delreferido cargo.

Que ha tomado intervención la DIRECCIÓNGENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS delMINISTERIO DE CULTURA.

Que la presente medida se dicta en uso delas facultades conferidas por el artículo 99,inciso 7 de la Constitución Nacional y deconformidad con lo establecido por el De-creto N° 1386/96.

Por ello,

EL PRESIDENTEDE LA NACIÓN ARGENTINA DECRETA:

 Artículo 1°  — Dáse por designada, a partirdel día 4 de enero de 2016, y hasta el 30 de ju-nio de 2016, como Directora de la BIBLIOTECANACIONAL, en jurisdicción del MINISTERIO DECULTURA, a la licenciada Elsa Esperanza BAR-BER (D.N.I. N° 10.704.690).

 Art. 2° — Comuníquese, publíquese, dése ala Dirección Nacional del Registro Oficial y ar-chívese. — MACRI. — Alejandro P. Avelluto.

#F5078255F#

#I5078254I#OFICINA ANTICORRUPCIÓN

Decreto 438/2016

Dase por designada Directora de Investi-gaciones.

Bs. As., 04/03/2016

VISTO el artículo 99, inciso 7 de la CONSTITU-CION NACIONAL,

EL PRESIDENTEDE LA NACION ARGENTINA DECRETA:

 Artículo 1°  — Dase por designada, a partirdel 22 de febrero de 2016, Directora de Inves-tigaciones de la OFICINA ANTICORRUPCIONdel MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOSHUMANOS, a la doctora Mirna Deborah GO-RANSKY (D.N.I. N° 13.530.257).

 Art. 2° — Comuníquese, publíquese, dése ala Dirección Nacional del Registro Oficial y ar-chívese. — MACRI. — Germán C. Garavano.

#F5078254F#

#I5078253I#

SECRETARÍA GENERAL

Decreto 437/2016

Desígnase Director de Programas de Gobierno.

Bs. As., 04/03/2016

VISTO el Expediente CUDAN° S01:0023095/2016 del registro de la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENC

DE LA NACIÓN, la Ley N° 27.198, los Decretos Nros. 648 del 26 de mayo de 200y sus modificatorios, 2098 del 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios, 223 d19 de enero de 2016 y 227 del 20 de enerde 2016, la Resolución S.G. N° 56 del 2de enero de 2005 y sus modificatorios, Resolución ex S.S.G.P. N° 25 del 4 de mayde 2005 y lo solicitado por la SECRETARGENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, y

CONSIDERANDO:

Que por la Ley N° 27.198 se aprobó el Prsupuesto General de la Administración Ncional para el Ejercicio 2016.

Que por el artículo 7° de la citada Ley sestablece que las Jurisdicciones y Entdades de la Administración Nacional npodrán cubrir los cargos vacantes fina

ciados existentes a la fecha de su sancióni los que se produzcan con posterioridaa dicha fecha, salvo decisión fundada dJefe de Gabinete de Ministros.

Que por el artículo 10 de la mencionadLey N° 27.198 se dispuso que las facultadeotorgadas por dicha Ley al Jefe de Gabinte de Ministros podrán ser asumidas por PODER EJECUTIVO NACIONAL en su crácter de responsable político de la admnistración general del país y en función dlo dispuesto por el inciso 10 del artículo 9de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.

Que por el Decreto N° 227/16 se delimitron las competencias de los señores Jede Gabinete de Ministros, Ministros y Scretarios de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.

Que, en dicho sentido, el mencionado Decreto estableció, en su artículo 1°, qu“Toda designación, asignación de funcines, promoción y reincorporación de pe

8/19/2019 Boletín Oficial de la República Argentina, Número 33.331. 07 de marzo de 2016

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  Lunes 7 de marzo de 2016 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 33.331 2

sonal, en el ámbito de la AdministraciónPública Nacional, centralizada y descen-tralizada, en cargos de rango y jerarquíainferior a Subsecretario, que correspondaa cargos de la dotación de su planta per-manente y transitoria y cargos extraescala-fonarios, correspondiente a los cargos va-cantes y financiados con la correspondien-te partida presupuestaria de conformidad alas estructuras jurisdiccionales aprobadasserá efectuada por el señor Jefe de Gabi-nete de Ministros, a propuesta de la Juris-dicción o Entidad correspondiente”.

Que la norma citada dispone en su artículo2°: “Exceptúase de lo dispuesto en el ar-tículo anterior, a las jurisdicciones y unida-des organizativas dependientes de la PRE-SIDENCIA DE LA NACIÓN”.

Que por el Decreto N° 648/04 y la Resolu-ción S.G. N° 56/05 y sus modificatorios, seaprobó la estructura organizativa de la SE-CRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIADE LA NACIÓN.

Que por la Resolución ex S.S.G.P. N° 25/05,se incorporó al Nomenclador de FuncionesEjecutivas del organismo citado el cargo deDirector de Programas de Gobierno.

Que la SECRETARÍA GENERAL de laPRESIDENCIA DE LA NACIÓN solicita lacobertura del cargo vacante financiadomencionado en el párrafo precedente, Ni-vel B - Grado 0, autorizándose el pago de

la Función Ejecutiva Nivel II del CONVENIOCOLECTIVO DE TRABAJO SECTORIALDEL PERSONAL del SISTEMA NACIONALDE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologa-do por Decreto N° 2098/08 y sus modifi-catorios.

Que por la particular naturaleza de lastareas asignadas a la mencionada Juris-dicción, resulta necesario proceder a ladesignación transitoria de la persona quese propone con carácter de excepcióna lo dispuesto por el artículo 7° de la LeyN° 27.198.

Que la persona propuesta debe ser excep-tuada del cumplimiento de los requisitosmínimos previstos en el artículo 14 del Con-venio Colectivo de Trabajo Sectorial delPersonal del Sistema Nacional de EmpleoPúblico (SINEP), homologado por el Decre-to N° 2098/08 y modificatorios.

Que ha tomado la intervención de su com-petencia la Dirección General de Asun-tos Jurídicos de la SUBSECRETARÍA DE

 ASUNTOS LEGALES de la SECRETARÍALEGAL Y TÉCNICA de la PRESIDENCIA DELA NACIÓN.

Que el cargo cuya designación se propicia,no constituye asignación de recurso ex-traordinario alguno.

Que la presente medida se dicta en virtudde las atribuciones conferidas por el artícu-lo 99, inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NA-CIONAL, por los artículos 7° y 10 de la LeyN° 27.198 y por lo dispuesto en el artículo2° del Decreto N° 227/16.

Por ello,

EL PRESIDENTEDE LA NACION ARGENTINA DECRETA:

 Artículo 1° — Desígnase, con carácter tran-sitorio, a partir del 1 de enero de 2016 y por eltérmino de CIENTO OCHENTA (180) días hábi-les, al Licenciado Alfredo Miguel LABOUGLE(D.N.I. N° 22.809.368), en el cargo de Directorde Programas de Gobierno de la Dirección Ge-neral de Programas de Gobierno de la SUBSE-CRETARÍA GENERAL de la SECRETARÍA GE-NERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, Ni-vel B, Grado 0, del CONVENIO COLECTIVO DETRABAJO SECTORIAL DEL PERSONAL DELSISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO(SINEP), homologado por Decreto N° 2098/08 ysus modificatorios, autorizándose el correspon-diente pago de la Función Ejecutiva Nivel II delreferido Convenio, con carácter de excepción alo establecido en el artículo 14 del referido Con-

venio y a lo dispuesto por el ar tículo 7° de la LeyN° 27.198.

 Art. 2° — El cargo involucrado en el artículo1° deberá ser cubierto conforme a los requisitosy sistemas de selección vigentes, según lo es-tablecido, en los Títulos II Capítulos III, IV y VIII,y IV del CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJOSECTORIAL DEL PERSONAL DEL SISTEMANACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP),homologado por el Decreto N° 2098/08 y susmodificatorios, dentro del plazo de CIENTOOCHENTA (180) días hábiles contados a partirdel 1 de enero de 2016.

 Art. 3°  — El gasto que demande el cum-plimiento de la presente medida será atendidocon cargo a las partidas específicas del presu-puesto vigente de la Jurisdicción 20 - 01 SE-CRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DELA NACIÓN.

 Art. 4° — Comuníquese, publíquese, dese ala DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFI-CIAL y archívese. — MACRI. — Marcos Peña.

#F5078253F#

#I5078256I#MINISTERIO DE RELACIONESEXTERIORES Y CULTO

Decreto 440/2016

Recházase recurso.

Bs. As., 04/03/2016

VISTO el Expediente N° 49.552/2010 del Re-gistro del entonces MINISTERIO DE RE-LACIONES EXTERIORES, COMERCIO IN-TERNACIONAL Y CULTO y la ResoluciónN° 353 de fecha 26 de junio de 2012 delMINISTERIO DE RELACIONES EXTERIO-RES Y CULTO, y

CONSIDERANDO:

Que por la Resolución N° 353/12 del MI-NISTERIO DE RELACIONES EXTERIORESY CULTO se rechazó la renuncia presenta-da por el señor Ministro Plenipotenciario deSegunda Clase D. Jorge José MATAS paraacogerse al beneficio del retiro contempla-do en los Artículos 77 y 78 de la Ley delServicio Exterior de la Nación N° 20.957,

sus modificatorias y complementarias.

Que contra tal decisión, dicho funcionariointerpuso recurso jerárquico en los térmi-nos del Artículo 89 y concordantes del “Re-glamento de Procedimientos Administrati-vos. Decreto 1759/72 T.O. 1991”.

Que oportunamente la Dirección Generalde Recursos Humanos y PlaneamientoOrganizacional del entonces MINISTERIODE RELACIONES EXTERIORES, COMER-CIO INTERNACIONAL Y CULTO informóque el citado funcionario diplomático seencuentra suspendido preventivamenteen sus funciones hasta tanto se resuelvael Sumario Administrativo por el cual es in-vestigado.

Que en lo que hace al aspecto formal elmencionado recurso resulta admisible porhaber sido interpuesto en debido tiempo yforma.

Que el recurrente aduce en su presentaciónque existiría un vicio en la causa por apar-tamiento de las previsiones establecidasen las normas aplicables; que el dictamen

 jurídico previo de la Dirección General de Asuntos Jurídicos de l MINISTERIO DE RE-LACIONES EXTERIORES Y CULTO utiliza-ría criterios hermenéuticos contradictorios;que la aplicación del Artículo 77 importa-ría un apartamiento de las previsiones del

 Artículo 18, inciso h), ambos de la Ley delServicio Exterior de la Nación N° 20.957,sus modificatorias y complementarias; quees inoponible la condición de procesado asu solicitud; que el otorgamiento del haberde retiro sería una facultad reglada y nodiscrecional; que es requerida la condenacriminal como presupuesto fáctico para laaplicación de la excepción prevista en el

 Artículo 77 de la Ley del Servicio Exteriorde la Nación N° 20.957, sus modificatoriasy complementarias; que el acto adminis-trativo dictado se fundamentaría en dic-támenes inconsecuentes, y por ende, taldecisión sería nula. También, entiende queexiste una presunción de inocencia, por loque debe entenderse que las restriccionesa los derechos individuales deben ser deinterpretación y aplicación restrictiva.

Que asimismo el recurrente manifiesta quehabría una violación a los derechos a tra-bajar, a la remuneración, a la seguridad so-

cial y a la salud. Por todo ello, entiende quedebe revocarse la solución adoptada.

Que el Artículo 18 de la Ley del ServicioExterior de la Nación N° 20.957, sus mo-dificatorias y complementarias, estableceque: “Dejarán de pertenecer al cuerpo per-manente activo del Servicio Exterior de laNación: a) Los funcionarios que dejen dereunir las condiciones requeridas en el Ar-tículo 11 previo asesoramiento de la JuntaCalificadora; b) Los funcionarios de las ca-tegorías A), B) y C) que fueran removidosprevio acuerdo por parte del Honorable Se-nado de la Nación; c) Aquellos funcionariosa quienes se aplicara como resultado de unsumario la sanción de cesantía o exonera-ción; d) Los funcionarios que fueran pasi-bles de condena criminal impuesta por lostribunales comunes o federales (...)”.

Que el Artículo 77 de la Ley del Servicio

Exterior de la Nac ión N° 20.957, sus modifi-catorias y complementarias, establece que“ Los funcionarios que sin tener derechoa la jubilación tuvieran una antigüedad deveinte años en la Administración Pública,de los cuales quince como mínimo compu-tables en el Servicio Exterior de la Nación,y hubieran cesado en sus funciones en vir-tud de lo dispuesto en el artículo 18 de lapresente ley, con excepción de los incisosc) y d) del mismo, o hayan sido separadospor razones ajenas a su voluntad, tendránderecho al haber de retiro siempre que nohubieran percibido ningún tipo de indemni-zación en razón del cese de funciones, encuyo caso deberán reintegrarla”.

Que si bien dicho artículo fue derogadomediante la Ley N° 23.966 se entiende res-tituida su vigencia, teniendo en cuenta lomanifestado por la PROCURACIÓN DELTESORO DE LA NACIÓN en los Dictáme-

nes Nros. 193/99 y 282:349 y 279:36 entreotros.

Que cabe advertir que no se trata de unúnico sistema jubilatorio, sino que se tra-ta de DOS (2) sistemas que coexisten en elRégimen del Servicio Exterior de la Nación.

Que a su vez, corresponde distinguir lasimple renuncia, de la renuncia presentadaa los fines de acogerse al beneficio del re-tiro, resultando esta última una concesiónespecial reglada por las normas transcrip-tas.

Que respecto a las reglas interpretativasútiles para determinar el alcance de dosnormas, la CORTE SUPREMA DE JUSTI-CIA DE LA NACIÓN, sostiene que se reco-noce como principio que las leyes debeninterpretarse siempre evitando darles unsentido que ponga en pugna sus disposi-

ciones, destruyendo las unas por las otras,y adoptando como verdadero el que lasconcilie y deje a todas con valor y efecto(Fallos 301:460 y 307:518).

Que de esta regla hermenéutica por la quedebe estarse a la subsistencia de todos lospreceptos normados, no cabe, como pre-tende el recurrente, aplicar sin más el sis-tema de los Artículos 77 y 78 de la Ley delServicio Exterior de la Nación N° 20.957,sus modificatorias y complementarias, sinque exista una contemplación sobre losdemás antecedentes consignados, y queel interesado no reúne.

Que en cuanto al agravio referido a acre-ditar y probar la causa que habilita el cesedel servicio, en cuanto al tipo de acto, debedecirse que todo acto administrativo esuna declaración, entendida como exteriori-

zación del pensamiento, de extrinsecacióde un proceso intelectual, comprendiendtanto el caso de volición como el de cognción y opinión o juicio (Gordillo, Tratado dDerecho Administrativo, 10a edición, Bunos Aires, F.D.A., 2011, Tomo 3, Capítu lo Ipto. 7).

Que definido así el acto administrativo, precisando el carácter reglado o discrecinal con que éste se da en el ámbito de

 Administración, la CORTE SUPREMA DJUSTICIA DE LA NACIÓN tiene dicho qumientras en algunos supuestos el ord

namiento jurídico regula la actividad admnistrativa en todos sus aspectos, en otraocasiones el legislador autoriza a quiedebe aplicar la norma en el caso concrepara que realice una estimación subjetivque completará el cuadro legal y condcionará el ejercicio para ese supuesto dla potestad atribuida previamente o de scontenido particular al no imponerle, panticipado, la conducta que debe necesriamente seguir (Fallos 315:1361).

Que en el presente caso, al tratarse el sitema de los Artículos 77 y 78 de la Ley dServicio Exterior de la Nación N° 20.95sus modificatorias y complementarias, dun supuesto eminentemente reglado, actividad de la administración acaba recyendo en la constatación de la existencde los presupuestos fácticos de dicho sitema, para así, emitir un acto administrati vdonde prevalece la constatación: si se da

los presupuestos fácticos, se configura causa del acto administrativo, indepedientemente que pueda resolverse la cuetión de la finalización del vínculo del empleado público por el sistema del artícu18, inciso g) de la Ley del Servicio Exteride la Nación N° 20.957, sus modificatoriay complementarias.

Que encontrándose el recurrente procsado en la causa “MATAS JORGE JOSÉ OTROS S/INF. LEY. 22.415” por la utilizción fraudulenta del régimen de franquiciadiplomáticas y suspendido preventivamete por la Resolución “S” N° 1003 de fech22 de mayo de 2008 del entonces MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORECOMERCIO INTERNACIONAL Y CULTOse comprueba la excepción impuesta pel Artículo 18, inciso d) de la Ley del Sevicio Exterior de la Nación N° 20.957, sumodificatorias y complementarias, de

cartándose por lo tanto que el acto fuearbitrario.

Que al encontrar la medida atacada su fudamento en el ordenamiento vigente, nse registra que se incurra en arbitrariedaalguna.

Que para hacer lugar al argumento de falta de causa debió demostrarse que acto administrativo se dictaba en contra dla ley, o que la causa no existía al momende dictarse el acto, o que no existía posbilidad normativa alguna que permitieel dictado del acto, supuestos que no sdan en las presentes actuaciones, ya quen efecto, la actividad administrativa en presente caso deviene de un presupueslegal, y no del ejercicio de una discrecionlidad que complete el cuadro legal.

Que conforme lo expuesto el acto fue di

tado conforme a la ley aplicable y por ellplenamente válido.

Que las disposiciones contenidas en el Atículo 59 y concordantes del Reglamende Investigaciones Administrativas aprbado por el Decreto N° 467 de fecha 5 dmayo de 1999, establecen respecto de loagentes procesados que cuando el procso se hubiere originado en hechos del sevicio o a él vinculados, podrá suspendersal agente hasta la finalización del mismo su respecto, sin perjuicio de la sanción qucorrespondiere en el orden administrativo

Que teniendo en cuenta lo expuesto y erelación al reclamo por haberes caídos dejados de percibir como consecuencia dla suspensión ordenada, cabe estarse a dispuesto por la PROCURACIÓN DEL TSORO DE LA NACIÓN, en cuanto a que

8/19/2019 Boletín Oficial de la República Argentina, Número 33.331. 07 de marzo de 2016

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  Lunes 7 de marzo de 2016 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 33.331 3

salario es la contraprestación que recibe elagente público por haber cumplido con laprestación debida en el marco de su rela-ción de empleo público, cuya naturaleza escontractual (Dictámenes 276:52).

Que de lo expuesto se deriva necesaria-mente, que si no hubo prestación de servi-cios no se devengó el derecho a la percep-ción de salarios, no procediendo el pagode remuneraciones por funciones no des-empeñadas, salvo que exista una normaespecífica aplicable que autorice el pagode sueldos correspondientes a tareas no

prestadas (Fallos 326:2347, entre otros).

Que por otra parte, el Artículo 60 del De-creto N° 467/99 establece que: “El pagode haberes por el lapso de la suspensiónse ajustará a los siguientes recaudos: a)Cuando se originare en hechos ajenos alservicio, el agente no tendrá derecho apago alguno de haberes, excepto cuandofuere absuelto o sobreseído en sede penaly sólo por el tiempo que hubiere permane-cido en libertad y no se hubiere autorizadosu reintegro, b) Cuando se originare en he-chos del servicio o vinculados a él, el agen-te tendrá derecho a la percepción de loshaberes devengados durante el lapso dela suspensión, sólo si en la respectiva cau-sa administrativa no resultara sancionado.Si en esta última se aplicara una sanciónmenor, no expulsiva, los haberes le seránabonados en la proporción correspondien-te y si la sanción fuera expulsiva (cesantía,exoneración) no le serán abonados”.

Que de la normativa aludida surge que noha sido la intención del legislador permitirque los funcionarios que fueren pasiblesde la aplicación de condena criminal se be-neficien con el otorgamiento del haber deretiro.

Que la Dirección General de Recursos Hu-manos y Planeamiento Organizacional delMINISTERIO DE RELACIONES EXTERIO-RES Y CULTO tomó la intervención de sucompetencia.

Que la Dirección General de Asuntos Ju-rídicos del MINISTERIO DE RELACIONESEXTERIORES Y CULTO tomó la interven-ción de su competencia.

Que la SECRETARÍA DE COORDINACIÓNY COOPERACIÓN INTERNACIONAL del

MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIO-RES Y CULTO ha tomado la intervenciónque le compete.

Que la PROCURACIÓN DEL TESORO DELA NACIÓN, la SECRETARÍA LEGAL YTÉCNICA de la PRESIDENCIA DE LA NA-CIÓN y la ex SUBSECRETARÍA DE GES-TIÓN Y EMPLEO PÚBLICO entonces de-pendiente de la JEFATURA DE GABINETEDE MINISTROS han tomado la intervenciónde su competencia.

Que la presente medida se dicta en uso delas facultades conferidas por los Artículos99, inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIO-NAL y 90 del Reglamento de Procedimien-tos Administrativos. Decreto N° 1759/72(T.O. 1991).

Por ello,

EL PRESIDENTEDE LA NACIÓN ARGENTINA DECRETA:

 Artículo 1° — Recházase el recurso jerárquicointerpuesto por el funcionario del Servicio Exte-rior de la Nación, señor Ministro Plenipotenciariode Segunda Clase D. Jorge José MATAS (D.N.I.N° 4.981.762) contra la Resolución N° 353 de fe-cha 26 de junio de 2012 del MINISTERIO DE RE-LACIONES EXTERIORES Y CULTO mediante lacual se rechazó la renuncia presentada por dichofuncionario para acogerse a los beneficios del re-tiro, contemplado en los Artículos 77 y 78 de laLey del Servicio Exterior de la Nación N° 20.957,sus modificatorias y complementarias.

 Art. 2°  — Establécese que conforme a lonormado por el Artículo 90 del Reglamentode Procedimientos Administrativos. DecretoN° 1759/72 (T.O. 1991), con el dictado del pre-

DECISIONES

ADMINISTRATIVAS

#I5078249I#MINISTERIO DE JUSTICIA

 Y DERECHOS HUMANOS

Decisión Administrativa 156/2016

Desígnase Directora de Noticias INFO-JUS.

Bs. As., 04/03/2016

VISTO el Expediente N° S04:0002132/2016

del registro del MINISTERIO DE JUS-TICIA Y DERECHOS HUMANOS, la LeyN° 27.198, los Decretos Nros. 2098 del3 de diciembre de 2008 y 227 del 20 deenero de 2016, y

CONSIDERANDO:

Que por el artículo 7° de la Ley N° 27.198se estableció que las Jurisdicciones y En-tidades de la Administración Nacional nopodrán cubrir los cargos vacantes finan-ciados existentes a la fecha de su sanciónni los que se produzcan con posterioridada dicha fecha, salvo decisión fundada delJefe de Gabinete de Ministros.

Que mediante el Decreto N° 227/16 se es-tableció, entre otros aspectos, que todadesignación de personal, en el ámbito de la

 Administración Pública Nacional, centrali-zada y descentralizada, en cargos de plan-

ta permanente, será efectuada por el señorJefe de Gabinete de Ministros a propuestade la Jurisdicción correspondiente.

Que el MINISTERIO DE JUSTICIA Y DE-RECHOS HUMANOS solicita la coberturatransitoria del cargo vacante financiado deDirector de la DIRECCION DE NOTICIASINFOJUS dependiente de la DIRECCIONNACIONAL DEL SISTEMA ARGENTINODE INFORMACION JURIDICA, Nivel B, conFunción Ejecutiva Nivel III del ConvenioColectivo de Trabajo Sectorial del personaldel SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PU-BLICO (SINEP), homologado por el DecretoN° 2098/08.

Que a los efectos de implementar la refe-rida cobertura transitoria resulta necesa-rio designar a la persona que se proponecon carácter de excepción a lo dispuestopor el artículo 7° de la Ley N° 27.198 y con

autorización excepcional por no reunir losrequisitos mínimos de acceso al Nivel B,establecidos en el artículo 14 del citadoConvenio.

Que se cuenta con el crédito necesario enel presupuesto del MINISTERIO DE JUSTI-CIA Y DERECHOS HUMANOS para aten-der el gasto resultante de la medida que seaprueba por la presente.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUN-TOS JURIDICOS del citado Ministerio hatomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en vir-tud de las atribuciones emergentes delartículo 100, inciso 3 de la CONSTITU-CION NACIONAL, del artículo 7° de laLey N° 27.198 y del artícul o 1° del DecretoN° 227/16.

Por ello,

EL JEFEDE GABINETE DE MINISTROSDECIDE:

 Artículo 1° — Desígnase transitoriamente, apartir de la fecha de la presente decisión admi-nistrativa y por el té rmino de CIENTO OCHENTA(180) días hábiles, a la señora Sabrina SANTO-PINTO (D.N.I. N° 28.907.865), en el cargo deDirectora de la DIRECCION DE NOTICIAS IN-FOJUS dependiente de la DIRECCION NACIO-NAL DEL SISTEMA ARGENTINO DE INFORMA-

CION JURIDICA del MINISTERIO DE JUSTICIAY DERECHOS HUMANOS, Nivel B - Grado 0del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial delpersonal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEOPUBLICO (SINEP), homologado por el DecretoN° 2098/08, con carácter de excepción a lo dis-puesto por el artículo 7° de la Ley N° 27.198, ycon autorización excepcional por no reunir losrequisitos mínimos de acceso al Nivel B esta-blecidos en el artículo 14 del citado Convenio,autorizándose el correspondiente pago de laFunción Ejecutiva Nivel III del citado Convenio.

 Art. 2°  — El cargo involucrado deberá sercubierto conforme los requisitos y sistemas deselección vigentes según lo establecido, res-pectivamente, en los Títulos II, Capítulos III, IVy VIII, y IV del Convenio Colectivo de TrabajoSectorial del personal del SISTEMA NACIONALDE EMPLEO PUBLICO (SINEP), homologadopor el Decreto N° 2098/08, dentro del plazo deCIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados

a partir de la fecha de la presente decisión ad-ministrativa.

 Art. 3°  — El gasto que demande el cum-plimiento de la presente medida será atendidocon los créditos asignados a la Jurisdicción 40- MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HU-MANOS.

 Art. 4° — Comuníquese, publíquese, dése ala Dirección Nacional del Registro Oficial y ar-chívese. — Marcos Peña. — Germán C. Gara-vano.

#F5078249F#

#I5078251I#

MINISTERIO DE PRODUCCIÓN

Decisión Administrativa 158/2016

Dase por designada Directora de Carrera,Capacitación y Relaciones Laborales.

Bs. As., 04/03/2016

VISTO el Expediente N° S01:0008887/2016 delRegistro del MINISTERIO DE PRODUC-CIÓN, las Leyes Nros. 27.008 y 27.198, am-bas de Presupuesto General de la Adminis-tración Nacional para los Ejercicios 2015 y2016, respectivamente, los Decretos Nros.357 de fecha 21 de febrero de 2002, susmodificatorios y complementarios, 2.098de fecha 3 de diciembre de 2008 y sus mo-dificatorios, 1 de fecha 4 de enero de 2016y 227 de fecha 20 de enero de 2016, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Decreto N° 357 de fecha21 de febrero de 2002, sus modificatorios

y complementarios, se aprobó el organi-grama de aplicación de la AdministraciónNacional centralizada hasta nivel de Sub-secretaría, y los objetivos de las unidadesorganizativas establecidas en dicho orga-nigrama, entre los cuales se encuentranlos referidos al entonces MINISTERIO DEINDUSTRIA.

Que por el Decreto N° 13 de fecha 10 dediciembre de 2015 se sustituyó el Artículo1° de la Ley de Ministerios Ley N° 22.520(texto ordenado por Decreto N° 438/92 ysus modificatorias) incorporándose el MI-NISTERIO DE PRODUCCIÓN.

Que por el Artículo 8° del Decreto N° 1 defecha 4 de enero de 2016 se aprobaron lasResponsabilidades Primarias y Accionesde las unidades organizativas de primernivel operativo que conforman la SUBSE-

CRETARÍA DE COORDINACIÓN del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN.

Que por el Decreto N° 227 de fecha 20 denero de 2016 se dispuso, entre otros apectos, que toda designación de personen el ámbito de la Administración PúblicNacional, centralizada y descentralizaden cargos de rango y jerarquía inferior Subsecretario, que corresponda a cargode la dotación de su planta permanente transitoria y cargos extraescalafonariocorrespondiente a los cargos vacantes financiados con la correspondiente partid

presupuestaria de conformidad a las etructuras jurisdiccionales aprobadas seefectuada por el señor Jefe de Gabinete dMinistros, a propuesta de la JurisdicciónEntidad correspondiente.

Que en virtud de específicas razones dservicio de la Dirección General de Recusos Humanos y Organización de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN del MNISTERIO DE PRODUCCIÓN, se consideimprescindible la cobertura de UN (1) cargvacante, Nivel B, Grado 0, Función Ejecuva III, de Director de Carrera, Capacitacióy Relaciones Laborales.

Que el Artículo 7° de las Leyes Nros. 27.00y 27.198, ambas de Presupuesto Genral de la Administración Nacional para loEjercicios 2015 y 2016, respectivamentdispuso el congelamiento de los cargovacantes financiados existentes a la fech

de la sanción de las mismas en las Jurisdicciones y Entidades de la AdministracióNacional y de los que queden vacantes coposterioridad, salvo decisión fundada dseñor Jefe de Gabinete de Ministros o dPODER EJECUTIVO NACIONAL, en virtude lo dispuesto por el Artículo 10 de las ctadas leyes.

Que la cobertura de dicho cargo implicuna excepción a lo dispuesto por el Artíclo 7° de las Leyes Nros. 27.008 y 27.19ambas de Presupuesto General de la Administración Nacional para los Ejercicio2015 y 2016, respectivamente.

Que la medida propuesta no constituyasignación de recurso extraordinario algno para el ESTADO NACIONAL.

Que la Dirección General de Asuntos Ju

dicos, dependiente de l a SUBSECRETARDE COORDINACIÓN del MINISTERIO DPRODUCCIÓN, ha tomado la intervencióque le compete.

Que la presente medida se dicta en virtude las facultades conferidas por el Artícu100, inciso 3 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL, las Leyes Nros. 27.008 y 27.198, ambas de Presupuesto General de la Adminitración Nacional para los Ejercicios 20152016, respectivamente, y el Artículo 1° dDecreto N° 227/16.

Por ello,

EL JEFEDE GABINETE DE MINISTROSDECIDE:

 Artícu lo 1° — Dase por designada transito

riamente, a partir del 10 de diciembre de 201y por el término de CIENTO OCHENTA (18días hábiles, a la Licenciada en Relacionedel Trabajo Doña María Marcela JARVIS (MN° 32.324.100) en el cargo de Director de Crrera, Capacitación y Relaciones Laborales dpendiente de la Dirección General de RecursoHumanos y Organización de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN del MINISTERIO DPRODUCCIÓN, Nivel B, Grado 0, autorizándosel correspondiente pago de la Función Ejecuva III del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), con autorización excepcionpor no reunir los requisitos mínimos establecdos en el Artículo 14 del Convenio Colectivo dTrabajo Sectorial, homologado por el DecreN° 2.098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y sumodificatorios, y con carácter de excepción a dispuesto por el Artículo 7° de las Leyes Nro27.008 y 27.198 de Presupuesto General de

 Administración Nacional para los Ejercicio2015 y 2016, respectivamente.

sente acto queda agotada la instancia adminis-trativa, sin perjuicio de la posibilidad de interpo-ner el recurso contemplado en el Artículo 100de dicho cuerpo reglamentario.

 Art. 3° — Comuníquese, publíquese, dése ala Dirección Nacional del Registro Oficial y ar-chívese. — MACRI. — Susana M. Malcorra.

#F5078256F#

8/19/2019 Boletín Oficial de la República Argentina, Número 33.331. 07 de marzo de 2016

http://slidepdf.com/reader/full/boletin-oficial-de-la-republica-argentina-numero-33331-07-de-marzo-de 4/20

  Lunes 7 de marzo de 2016 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 33.331 4

 Art. 2°  — El cargo involucrado deberá sercubierto conforme los requisitos y sistemas deselección vigentes según lo establecido, res-pectivamente, en los Títulos II, Capítulos III, IV yVIII, y IV del Convenio Colectivo de Trabajo Sec-torial del personal del SISTEMA NACIONAL DEEMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por elDecreto N° 2.098/08 y sus modificatorios, den-tro del plazo de CIENTO OCHENTA (180) díashábiles contados a partir del 10 de diciembrede 2015.

 Art. 3°  — El gasto que demande el cum-plimiento de la presente medida será atendi-

do con cargo a las partidas específicas de loscréditos presupuestarios de la Jurisdicción 51- MINISTERIO DE PRODUCCIÓN.

 Art. 4° — Comuníquese, publíquese, dése ala Dirección Nacional del Registro Oficial y ar-chívese. — Marcos Peña. — Francisco A. Ca-brera.

#F5078251F#

#I5078250I#

MINISTERIO DEL INTERIOR,OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA 

Decisión Administrativa 157/2016

Desígnase Director de Estudios de Prein-versión Municipal.

Bs. As., 04/03/2016

VISTO el Expediente N° S02:0005808/2016 delregistro del MINISTERIO DEL INTERIOR,OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA, la LeyN° 27.198, los Decretos N° 227 del 20 deenero de 2016, N° 2098 del 3 de diciembrede 2008, y N° 617 del 5 de mayo de 2014, yla Resolución Conjunta de la ex SECRETA-

RIA DE GABINETE Y COORDINACIÓN AD-MINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABI-NETE DE MINISTROS y de la SECRETARIADE HACIENDA del entonces MINISTERIODE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICASN° 276 y N° 153 del 8 de julio de 2014, y

CONSIDERANDO:

Que por la Ley N° 27.198 se aprobó el Pre-supuesto de la Administración Nacionalpara el Ejercicio 2016.

Que por el artículo 7° de la mencionada Ley

se estableció que las Jurisdicciones y Enti-dades de la Administración Pública Nacio-nal no podrán cubrir los cargos vacantesfinanciados existentes a la fecha de su san-ción, ni los que se produzcan con posterio-ridad a dicha fecha, salvo decisión fundadadel JEFE DE GABINETE DE MINISTROS.

Que por el Decreto N° 227/16 se facultóal JEFE DE GABIENTE DE MINISTROS aefectuar, entre otras, toda designación depersonal en el ámbito de la Administra-ción Pública Nacional, centralizada y des-centralizada, en cargos de la dotación deplanta permanente y transitoria, que seencuentren vacantes y financiados con lacorrespondiente partida presupuestaria, apropuesta de la Jurisdicción o Entidad co-rrespondiente.

Que por el Decreto N° 617/14 se incorporóla DIRECCIÓN NACIONAL DE PREINVER-

SIÓN MUNICIPAL al ámbito de la SECRE-TARÍA DE ASUNTOS MUNICIPALES delentonces MINISTERIO DEL INTERIOR YTRANSPORTE, así como también se apro-bó su estructura organizativa de primer ysegundo nivel operativo.

Que por la Resolución Conjunta ex SGyCA- SH N° 276 y N° 153 del 8 de julio de 2014,

se incorporó al Nomenclador de FuncionesEjecutivas, entre otros, el cargo de DIREC-TOR DE ESTUDIOS DE PREINVERSIÓNMUNICIPAL.

Que el MINISTERIO DEL INTERIOR,OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA solicita ladesignación transitoria del Arq. D. ÁngelErnesto BORCHICHI (D.N.I. N° 17.017.075)en el cargo de DIRECTOR DE ESTUDIOSDE PREINVERSIÓN MUNICIPAL (Nivel B,Grado 0, F.E. III) dependiente de la DIREC-CIÓN NACIONAL DE PREINVERSIÓN MU-NICIPAL de la SECRETARÍA DE ASUNTOS

MUNICIPALES del citado Ministerio, a finde asegurar el cumplimiento de los objeti-vos asignados a dicha dependencia.

Que corresponde autorizar el pago de laFunción Ejecutiva correspondiente, deacuerdo con lo normado en el SISTEMANACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SI-NEP), aprobado por el Convenio Colectivode Trabajo Sectorial homologado por elDecreto N° 2098/08.

Que dicha Jurisdicción cuenta con la res-pectiva vacante financiada, motivo por elcual la presente medida no implica exce-so en los créditos asignados ni constituyeasignación de recurso extraordinario algu-no.

Que ha tomado la intervención que lecompete la DIRECCIÓN GENERAL DE

 ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO

DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VI-VIENDA.

Que la presente medida se dicta en uso delas atribuciones emergentes del artículo100, inciso 3 de la CONSTITUCIÓN NACIO-NAL, del artículo 1° del Decreto N° 227/16y a lo dispuesto por el artículo 7° de la LeyN° 27.198.

Por ello,

EL JEFEDE GABINETE DE MINISTROSDECIDE:

 Artícu lo 1° — Desígnase con carácter transtorio en la Planta Permanente del MINISTERIDEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA, a partir del 6 de enero de 2016 y por el témino de CIENTO OCHENTA (180) días hábilecontados a partir del dictado de la presenmedida, en el cargo de DIRECTOR DE ESTUDIOS DE PREINVERSIÓN MUNICIPAL (Nivel

Grado 0, F.E. III) dependiente de la DIRECCIÓNACIONAL DE PREINVERSIÓN MUNICIPAL dla SECRETARÍA DE ASUNTOS MUNICIPALEal Arq. D. Ángel Ernesto BORCHICHI (D.NN° 17.017.075), con autorización excepcional a lo dispuesto por el artículo 7° de la LeN° 27.198 y autorizándose el correspondienpago de la Función Ejecutiva Nivel III.

 Art. 2°  — El cargo mencionado deberá scubierto conforme a los requisitos y sistemade selección vigentes según lo establecidrespectivamente, en los Títulos II, Capítulos IIV y VIII, y IV del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologdo por el Decreto N° 2098 del 3 de diciembre d2008, en el término de CIENTO OCHENTA (18días hábiles, contados a partir del dictado de presente medida.

 Art. 3° — El gasto que demande el cumplimie

to de la presente medida será atendido con carga las par tidas específicas del presupuesto vigete de la Jurisdicción 30 - MINISTERIO DEL INTRIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA.

 Art. 4° — Comuníquese, publíquese, désela DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFCIAL y archívese. — Marcos Peña. — RogelFrigerio.

#F5078250F

8/19/2019 Boletín Oficial de la República Argentina, Número 33.331. 07 de marzo de 2016

http://slidepdf.com/reader/full/boletin-oficial-de-la-republica-argentina-numero-33331-07-de-marzo-de 5/20

  Lunes 7 de marzo de 2016 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 33.331 5

#I5076007I# ADMINISTR ACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS

Disposición 48/2016

 Asunto: S/nominación de funcionar ios para casos de ausenc ia o impedimento de Auditor In-terno.

Bs. As., 01/03/2016

VISTO la Disposición N° 574/2015 (AFIP), y

CONSIDERANDO:

Que a través de la misma se nombró al Contador Público Néstor Abelardo SOSA, en el ca-rácter de Subdirector General de Auditoria Interna, publicada en el Boletín Oficial el día 15 deDiciembre del año 2015.

Que el nombrado reviste, además el carácter de Auditor Interno, circunstancia por la cualcorresponde nominar a los funcionarios que se desempeñarán, como tal, en caso de ausencia oimpedimento del Contador Público Néstor Abelardo Sosa.

Que atendiendo a razones de buen orden administrativo resulta imperioso instaurar un Ré-gimen de Reemplazos para los casos de ausencia o impedimento del Subdirector General en surespectiva jurisdicción y para el ejercicio de la función de Auditor Interno.

Que ha tomado la intervención que resulta de su competencia la Subdirección General de Asuntos Jurídicos.

Que en ejercicio de las atribuciones conferidas por los Artículos 4° y 6° del Decreto N° 618/97,procede disponer en consecuencia.

Por ello,

EL ADMINISTRADOR FEDERALDE LA ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOSDISPONE:

 ARTÍCULO 1° — Establécese la nómina de funcionar ios que cumplirán las funciones de Au-ditor Interno Subrogante para los casos de ausencia o impedimento del Subdirector General dela Subdirección General de Auditoría Interna, Contador Público Néstor Abelardo SOSA (LegajoN° 33.132/25), en el orden que se indica a continuación:

1° Cont. Púb. Pedro Daniel OCAMICA, (Legajo N° 32.841/99), Director Int. DIRECCIÓN DE AUDITORIA DE PROCESOS OPERATIVOS.

2° Cont. Púb. Mariano Fabio RODRÍGUEZ, (Legajo N° 32.934/26), Director Int. DIRECCIÓN DE AUDITORIA DE OPERACIONES CENTRALES.

3° Abog. Ana María Julia MARTÍNEZ MARTÍNEZ, (Legajo N° 22.281/60), Director Int. DIREC-CIÓN DE AUDITORIA DE PROCESOS LEGALES.

 ARTÍCULO 2° — Las nominaciones dispuestas en el artículo anterior deben entenderse exclu-sivamente para el ejercicio de la función de Auditor Interno.

 ARTÍCULO 3° — Regístrese, comuníquese, publíquese y remítase a la Dirección Nacional delRegistro Oficial para su publicación y archívese. — Dr. ALBERTO ABAD, Administrador Federal,

 Administración Federal de Ingresos Públicos.

e. 07/03/2016 N° 11548/16 v. 07/03/2016#F5076007F#

#I5076009I# ADMINISTR ACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS

SUBDIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS HUMANOS

Disposición 98/2016

 Asunto: Finalización y designac ión de Jefaturas Interinas en el ámbito de la Subdirección Ge-neral de Operaciones Impositivas de Grandes Contribuyentes Nacionales.

Bs. As., 01/03/2016VISTO la Actuación N° 10138-90-2016 del registro de la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE IN-

GRESOS PÚBLICOS, y

CONSIDERANDO:

Que a través de la misma, la Subdirección General de Operaciones Impositivas de GrandesContribuyentes Nacionales propone dar por finalizadas funciones y designar a diversos agentespara desempeñarse en el carácter de Jefes Interinos de diversas Unidades de Estructura en elámbito de su jurisdicción.

Que el artículo 6°, inciso 1) b) del Decreto N° 618/97, otorga a esta Administración Federalla facultad de organizar y reglamentar el funcionamiento interno del Organismo en sus aspectosestructurales, funcionales y de administración de personal, siendo competencia de la misma laevaluación de la oportunidad, mérito o conveniencia del ejercicio de dichas atribuciones y/o facul-tades discrecionales.

Que dichas potestades poseen una particular relevancia institucional en el caso de la Ad-ministración Federal de Ingresos Públicos en razón de la función estratégica del servicio (Art. 4°C.N.) que se le ha encomendado por imperativo legal (Decretos Nros. 1156/96, 618/97 y 1399/01),consistente en la gestión de las políticas tributarias, fiscales y aduaneras del Estado Nacional.

Que la medida respeta la estabilidad que gozan los agentes de Planta Permanente de esOrganismo, atento a que de acuerdo a lo que prescriben los artículos 11 del Convenio Colectivo dTrabajo N° 56/92 - Laudo N° 16/92 (t.o. Resolución S.T. N° 924/10) y 14 del Convenio Colectivo dTrabajo - Laudo N° 15/91 (t.o. Resolución S.T. N° 925/10), la estabilidad es el derecho del agentde planta permanente a conservar el empleo y el nivel alcanzado en el escalafón, calidad que en presente acto se mantiene estrictamente.

Que al estar receptada en la normativa legal y convencional vigente, la asignación y finalización de funciones forma parte de la actividad habitual de este Organismo y en tal sentido ha sidrespaldada por vasta jurisprudencia administrativa y judicial.

Que la Procuración del Tesoro de la Nación tiene dicho en reiteradas oportunidades que la estabilidad del empleado no implica, en principio y dentro de ciertos límites, que no puedan variarslas modalidades de la prestación de los servicios, con la eventual incidencia que puedan tener e

las retribuciones no permanentes.

Que las facultades que tiene este Organismo como empleador con relación a la organizaciódirección y modificación de las formas y modalidades de trabajo resultan amplias.

Que de lo antes expuesto surge que las medidas que se adoptan se inscriben dentro del plexde facultades normales de organización que posee esta Administración Federal y que, por consguiente, encuadran en el ámbito de discrecionalidad propia de la función.

Que la presente medida cuenta con la conformidad de las Subdirecciones Generales dOperaciones Impositivas Metropolitanas, de Técnico Legal Impositiva y de la Dirección GenerImpositiva.

Que el presente acto dispositi vo se dicta en el marco de las facultades otorgadas a esta ADMNISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS por el Decreto N° 1322 de fecha 26 de octubde 2005, las que se mantienen por el artículo 5° del Decreto N° 227 del 20 de enero de 2016.

Que en ejercicio de las atribuciones conferidas por la Disposición N° 487 (AFIP) de fecha 14 ddiciembre de 2007, procede disponer en consecuencia.

Por ello,

LA SUBDIRECTORA GENERALDE LA SUBDIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS HUMANOSDISPONE:

 ARTÍCULO 1° — Dar por finalizadas y asignadas las funciones de los agentes que a continuación se detallan, en el carácter y en la Unidad de Estructura que en cada caso se indica:

NOMBRES Y APELLIDO LEGAJO N° FUNCIÓN ACTUAL FUNCIÓN ASIGNADA  

 Abog. Manuel SANTAMARIA 035791/76Jefe de división técnico

 jurídico - DIV. JURIDICA(DE LGCN)

 Acorde al grupo - DIV.JURIDICA (DE LGCN)

 Abgda. Jorgelin a MaríaBERITICH MEDINA  039433/44

Jefe de sección técnico jurídico - SEC. ACTUAC.JUDICIALES (DE LGCN)

Jefe de división Int. - DIV.JURIDICA (DE LGCN)

 Abgda. Cintia Erica VAZQUEZ 040358/14 Abogado contencios o -

SEC. TRIBUNAL FISCAL B”(DI CONT)”

Jefe de sección Int. - SEC. ACTUAC. JUDICIALES

(DE LGCN)

 Abog. Diego Aleja ndroFRANCO

091384/63Jefe de división técnico jurídico - DIV. PENAL

TRIBUTARIA (DE LGCN)

 Acorde al grupo - DIV.PENAL TRIBUTARIA

(DE LGCN)

 Abog. Juan Emilio CAND INA 042315/66 Abogado - SEC. PENAL

TRIBUTARIO (DI RLPL)

Jefe de división Int. - DIV.PENAL TRIBUTARIA

(DE LGCN)

 Abog. Cristian Car losGUGLIELMINETTI 034963/76

Jefe de departamentotécnico jurídico - DEPTO.

TECNICO GRANDESCONTRIB. NACIONALES

(SDG OIGC)

 Acorde al grupo - DEPTO.TECNICO GRANDES

CONTRIB. NACIONALES(SDG OIGC)

Cont. Púb. Gustavo AndresSOSA GARRIGA 

035867/19

Jefe de divisióntécnico jurídico - DIV.

DETERMINACIONES DEOFICIO A (DE TGCN)

 Acorde al grupo - DIV.DETERMINACIONES DE

OFICIO A (DE TGCN)

 ARTÍCULO 2° — Dése conocimiento a la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS de acuedo con lo establecido en el artículo 2° del Decreto N° 1322 de fecha 26 de octubre de 2005.

 ARTÍCULO 3° — Regístrese, comuníquese, publíquese y remítase a la Direcc ión Nacional dRegistro Oficial para su publicación y archívese. — Cont. Púb. MARIA ADRIANA BELTRAMONSubdirectora General, Subdirección General de Recursos Humanos.

e. 07/03/2016 N° 11550/16 v. 07/03/20#F5076009F

#I5075990I# ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS

SUBDIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS HUMANOS

Disposición 99/2016

 Asunto: Finalización y designación de Jefatura Interina en el ámbito de la Direcc ión RegionCentro.

Bs. As., 02/03/2016

VISTO la Actuación N° 10579-15-2016 del registro de la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS, y

CONSIDERANDO:

Que a través de la misma, el Contador Público Claudio Aldo FERNANDEZ DE CIEZA solicita relevo de las funciones que le fueran asignadas oportunamente en el carácter de Jefe Interino dla División Investigación, dependiente de la Dirección Regional Centro.

AVISOS OFICIALES

Nuevos

8/19/2019 Boletín Oficial de la República Argentina, Número 33.331. 07 de marzo de 2016

http://slidepdf.com/reader/full/boletin-oficial-de-la-republica-argentina-numero-33331-07-de-marzo-de 6/20

  Lunes 7 de marzo de 2016 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 33.331 6

Que asimismo, la citada Dirección accede a lo solicitado y propone designar en idéntico ca-rácter y cargo al Contador Público Fabián Hugo CHACON, quien actualmente se desempeña comoSupervisor Interino del Equipo 2B, dependiente de la Dirección Regional Oeste.

Que la presente medida cuenta con la conformidad de la Dirección Regional Oeste y la Sub-dirección General de Operaciones Impositivas Metropolitanas.

Que sobre el particular, destácase que a la luz del Decreto N° 227/16 (art. 5°), se ha efectuadouna evaluación de la presente gestión, de la cual surge que no genera una mayor erogación presu-puestaria en razón de las modificaciones que la misma implica.

Que en ejercicio de las atribuciones conferidas por la Disposición N° 487 (AFIP) de fecha 14 dediciembre de 2007, procede disponer en consecuencia.

Por ello,

LA SUBDIRECTORA GENERALDE LA SUBDIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS HUMANOSDISPONE:

 ARTÍCULO 1° — Dar por finalizadas y asignadas las funciones de los agentes que a continua-ción se detallan, en el carácter y en la Unidad de Estructura que en cada caso se indica:

NOMBRES Y APELLIDO LEGAJO N° FUNCIÓN ACTUAL FUNCIÓN ASIGNADA  

Cont. Púb. Claudio AldoFERNANDEZ DE CIEZA 

028568/16Jefe de división

investigación - DIVINVESTIGACION (DI RCEN)

 Acorde al grupo - DIV.INVESTIGACION (DI RCEN)

Cont. Púb. Fabián HugoCHACON 037288/00

Supervisor de fiscalización -EQUIPO 2B (DI ROES)

Jefe de división Int. - DIV.INVESTIGACION (DI RCEN)

 ARTÍCULO 2° — Regístrese, comuníquese, publíquese y remítase a la Dirección Naciona l delRegistro Oficial para su publicación y archívese. — Cont. Púb MARIA ADRIANA BELTRAMONE,Subdirectora General, Subdirección General de Recursos Humanos.

e. 07/03/2016 N° 11531/16 v. 07/03/2016#F5075990F#

#I5075866I# ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS

DIRECCIÓN GENERAL DE ADUANAS

 ADUANA DE POSADAS

CÓDIGO ADUANERO LEY 22.415 - ARTÍCULO 1013 INC. h)

POSADAS, 01 de Marzo de 2016.

Se notifica a los interesados de las actuaciones que abajo se detallan, para que dentro del pla-zo de diez (10) días hábiles perentorios comparezcan en los Sumarios Contenciosos respectivos apresentar su defensa y ofrecer pruebas por la presunta infracción imputada, bajo apercibimientode Rebeldía (art. 1115) deberán constituir domicilio, dentro del radio de esta Aduana, (art. 1001),bajo apercibimiento de lo normado en el art. 1.004 y 1.005 del citado cuerpo legal. Se les notificaque en caso de concurrir a estar a derecho por interpósita persona deberán observar la exigenciade el art. 1.034 del C.A. Y que si dentro del mencionado plazo depositan el monto mínimo de lamulta que correspondiere aplicar según el caso, y el expreso abandono de la mercadería en favor

del Estado para las que previeren pena de comiso, se declarará extinguida la acción penal adua-nera y no se registrará el antecedente.

 Asimismo, teniendo en cuenta la naturaleza de la mercadería se intima a aquellos a quienes seles imputa infracción a los art. 977, 978 y/o 979 a que en el perentorio plazo de diez (10) días, pre-vio depósito en autos del monto de los tributos respectivos, procedan a solicitar una destinaciónaduanera de la mercadería. Caso contrario esta instancia procederá a poner a disposición de laSecretaria General de la Presidencia de la Nación la mercadería en trato en función de los artículos4°, 5° y 7° de la ley 25.603. Y respecto a aquellos a quienes se les imputa infracción a los arts. 985,986, 987 y/o 947, de no obrar oposición fundada por parte de los mismos, se procederá conformelos artículos 4°, 5° y 7° de la Ley 25.603, poniendo la mercadería en disposición de la SecretariaGeneral de la Presidencia de la Nación.

Firmado: Sr. JORGE ALBERTO SCAPPINI, Administrador (I) de la Aduana de Posadas.

JORGE A. SCAPPINI, Administrador (I), División Aduana Posadas.

e. 07/03/2016 N° 11461/16 v. 07/03/20#F5075866F

8/19/2019 Boletín Oficial de la República Argentina, Número 33.331. 07 de marzo de 2016

http://slidepdf.com/reader/full/boletin-oficial-de-la-republica-argentina-numero-33331-07-de-marzo-de 7/20

  Lunes 7 de marzo de 2016 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 33.331 7#I5075891I#

 ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS

DIRECCIÓN GENERAL DE ADUANAS

 ADUANA DE SAN ANTONIO OESTE

SAN ANTONIO OESTE (RIO NEGRO), 26 FEB. 2016

 ASUNTO: Notificación Acto Resolutorio Condena/Comiso (ar t. 1013, inc. H, C.A.).

Por desconocerse domicilio, la Señora Administradora de la Aduana de San Antonio Oestenotifica a las personas y firmas exportadoras/importadoras que más abajo se mencionan los reso-lutorios de condena y comiso de mercadería que en cada caso se indica. Fdo. Lic. Silvia N. Pisanu

- Administradora de la Aduana de San Antonio Oeste.

 ACTUACIONSIGEA 

N° SUMARIO IMPUTADO CUIT/DNIRESOLUCION

N°MULTA COMISO

12619-1-2009 SC80-10-016MAGALLANES TRADES.R.L.

30-71043763-337/2015

(AD SAOE)$ 10.000 -

12618-61-2009 SC80-09-046LATINSURCOMPANYS.A.

30-70845342-73/2015

(AD SAOE)$ 2.000 -

12620-6-2012 080-SC-3-2013/6DIAGNEBAYECHEIKH

20-95333637-6110/2015

(AD SAOE)$ 37.878,38

COMISO DEMERCADERIA 

12620-7-2012 080-SC-22-2013/4FAYENASSIROU

20-95117373-9111/2015

(AD SAOE)$ 17.960,63

COMISO DEMERCADERIA 

Fdo. Lic. Silvia N. Pisanu - Administradora de la Aduana de San Antonio Oeste.

Lic. SILVIA NERY PISANU, Administradora (Int.) Aduana de San Antonio Oeste, Dir. Regional Aduanera Comodoro Rivadavia.

e. 07/03/2016 N° 11486/16 v. 07/03/2016#F5075891F#

#I5075346I# ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS

DIRECCIÓN GENERAL DE ADUANAS

DEPARTAMENTO PROCEDIMIENTOS LEGALES ADUANEROS

DVSAPLA 2

Código Aduanero (Ley 22.415, arts. 1013 inc. h) y 1101).

EDICTO N°

Se le hace saber que en los expedientes de la referencia se ha dictado la Resolución ...” ARTICULO 2°: ARCHIVAR la prese nte denuncia , pr oced iendo pr eviame nte a l a e ntrega de l amercadería de los ítems de las Actas Lote N° .......... en los términos de la citada InstrucciónGeneral N° 02/2.007, a la acreditación de su Clave Unica de Identificación Tributaria, y pagode los tributos que se liquiden. Asimismo, se procederá a la entrega de aquellas mercaderíasrespecto de las cuales no exista reparo en cuanto al tema estrictamente marcario, conforme loinformado a fs. 182/184 y de aquellas que resultaron ser de origen nacional, debiendo previo ala entrega y por el tipo de mercadería en trato, acompañarse los certificados o intervencionesde organismos que correspondan, procediéndose en caso contrario, conforme la normativaestablecida por la Sección V, Título II de la Ley N° 22.415, o en caso de corresponder PRO-CEDER de conformidad con lo establecido en la Ley 25.603, art. 4 y ponerla a disposiciónde la Secretaría General de la Presidencia de la Nación, a tales fines y efectos. Asimismo, decorresponder, deberá tenerse en cuenta lo establecido en la Nota Externa N° 57/07.- Fdo.:

 Abog. Mart a Gonzalez Avalos , Firma Responsable del Depar tamento Proced imientos Legales Aduaneros .

EXPEDIENTE IMPUTADO ACTA N° RESOLUCIÓN

13693-125-2007LORENZO GARCIA ELVIZAR MARYCUIT: 27-60344337-9

 Acta LoteN° 07001ALOT0000393E 84/16

13693-125-2007HUAMANI TOMAYLIA LUIS(INDOCUMENTADO)

 Acta LoteN° 07001ALOT0000394F 84/16

13693-125-2007 BEATRIZ ESPINOSA MELGAR(INDOCUMENTADA)

 Acta LoteN° 07001ALOT0000395G

84/16

13693-125-2007EDGARDO PABLO ARANGO HUAMANICUIT: 20-60327650-8

 Acta LoteN° 07001ALOT0000396H 84/16

13693-125-2007 CARLOS CACERE DNI:13759072 Acta Lote

N° 07001ALOT0000403T 84/16

 Abogada SILVINA I. DE BISOGNO, Firma Responsable (Int.), Secre taría de Actuación N° 2,

Depto. Procedimientos Legales Aduaneros. e. 07/03/2016 N° 11338/16 v. 07/03/2016#F5075346F#

#I5075347I# ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS

DIRECCIÓN GENERAL DE ADUANAS

DEPARTAMENTO PROCEDIMIENTOS LEGALES ADUANEROS

DVSAPLA 2

Código Aduanero (Ley 22.415, arts. 1013 inc. h) y 1101).

EDICTO N°

Se le hace saber que en los expedientes de la referencia se ha dictado la Resolución ...” Artículo 1°: ARCHIVAR la presente denuncia, en los términos de la citada Instrucción General

N° 02/2.007, es decir previa acreditación de su Clave Unica de Identificación Tributaria, procediendo a la entrega de la mercadería detallada en el Acta de Equipaje N° .... de fecha .... (fs. 2) ActLote N° ….., en su defecto proceder al Despacho de Oficio asimismo deberá exigirse en caso dcorresponder la presentación de los Certificados o intervenciones de organismos competenteen caso contrario se procederá conforme la normativa establecida por la Secc V, Título II de la LeN° 22.415, o en caso de corresponder PROCEDER de conformidad con lo establecido en la Le25.603, art. 4 y ponerla a disposición de la Secretaría General de la Presidencia de la Nación, tales fines y efectos.- Fdo.: Abog Marta Gonzalez Avalos - Firma Responsable - Depto Procedmientos Legales Aduaneros.

EXPEDIENTE IMPUTADO  ACTA LOTE N° ACTA DEEQUIPAJE Y FECHA 

RESOLUCIÓN

13364-6-2012/1 ANA CATALINA GRYGIERCZYK(CIU N° 22147096)

 Acta Lote N° 12001ALOT000026Z Acta de Equipaje

N° 05/12 del 24/01/12

398/16

 Abogada SILVINA I. DE BISOGNO, Firma Responsable (int.), Secre taría de Actuación N° Dpto. Procedimientos Legales Aduaneros.

e. 07/03/2016 N° 11339/16 v. 07/03/20#F5075347

#I5075348I# ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS

DIRECCIÓN GENERAL DE ADUANAS

DEPARTAMENTO PROCEDIMIENTOS LEGALES ADUANEROS

DVSAPLA 2

Código Aduanero (Ley 22.415, arts. 1013 inc. h) y 1101).

EDICTO

Por ignorarse domicilio, se cita a las personas que más abajo se mencionan, para que dentde los 10 (diez) días hábiles comparezcan a presentar su defensa y ofrecer pruebas por las infraciones que se indican, bajo apercibimiento de rebeldía. Deberán constituir domicilio dentro dradio urbano de esta oficina aduanera (Art. 1001 del C.A.) bajo apercibimiento de ley (Art. 100del C.A.). Se les hace saber que el pago de la multa mínima y el abandono de la mercadería, dcorresponder, producirá la extinción de la acción penal aduanera y la no registración del antecedente (Art. 930/932 del C.A.). Asimismo para el libramiento a plaza de la mercadería se deberáabonar los tributos y acompañar Certificado de Origen MEOSP 763/96 y 39/96, Licencia No Automática Previa de Importación LNAP y Certificado de Importación de Productos textiles CIPT ME343/07.- Fdo.: Abog. Patricia Jones - Jefe a/c Delegación Ezeiza - Depto. Procedimiento Legale

 Aduaneros.

EXPEDIENTE IMPUTADO INFRACCION MULTA TRIBUTOS

12227-475-2012PEREIRO JUAN PABLO (PASN°: 29867253) Acta de EquipajeN° 33/12

977 $ 4171,23.-U$$ 590,39 y

$ 932,58.-

 Abogada SILVINA I. DE BISOGNO, Firma Responsable (int.), Secre taría de Actuación N° Dpto. Procedimientos Legales Aduaneros.

e. 07/03/2016 N° 11340/16 v. 07/03/20#F5075348F

#I5075349I# ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS

DIRECCIÓN GENERAL DE ADUANAS

DEPARTAMENTO PROCEDIMIENTOS LEGALES ADUANEROS

DVSAPLA 2

Código Aduanero (Ley 22.415, arts. 1013 inc. h) y 1101).

EDICTO

Por ignorarse domicilio, se cita a las personas que más abajo se mencionan, para que dentde los 10 (diez) días hábiles comparezcan a presentar su defensa y ofrecer pruebas por las infraciones que se indican, bajo apercibimiento de rebeldía. Deberán constituir domicilio dentro dradio urbano de esta oficina aduanera (Art. 1001 del C.A.) bajo apercibimiento de ley (Art. 1004 dC.A.). Se les hace saber que el pago de la multa mínima y el abandono de la mercadería del ActLote que más abajo se indica, producirá la extinción de la acción penal aduanera y la no registrción del antecedente (Art. 930/932 del C.A.).- Fdo.: Abog. Edgardo Paolucci - Firma ResponsabDepartamento Procedimientos Legales Aduaneros.

EXPEDIENTE IMPUTADO INFRACCION MULTA ACTA LOTE

12064-66-2008ENRIQUE ISMAEL ELIA(CUIT: 20-06225406-9) 986/987 $ 38253,27.-

08001ALOT0000032S

 Abogada SILVINA I. DE BISOGNO, Firma Responsable (int.), Secre taría de Actuación N° Depto. Procedimientos Legales Aduaneros.

e. 07/03/2016 N° 11341/16 v. 07/03/20

#F5075349F

8/19/2019 Boletín Oficial de la República Argentina, Número 33.331. 07 de marzo de 2016

http://slidepdf.com/reader/full/boletin-oficial-de-la-republica-argentina-numero-33331-07-de-marzo-de 8/20

  Lunes 7 de marzo de 2016 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 33.331 8#I5075350I#

 ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS

DIRECCIÓN GENERAL DE ADUANAS

DEPARTAMENTO PROCEDIMIENTOS LEGALES ADUANEROS

DVSAPLA 2

Código Aduanero (Ley 22.415, arts. 1013 inc. h) y 1101).

EDICTO

Por ignorarse domicilio, se cita a las personas que más abajo se mencionan, para que dentrode los 10 (diez) días hábiles comparezcan a presentar su defensa y ofrecer pruebas por las infrac-ciones que se indican, bajo apercibimiento de rebeldía. Deberán constituir domicilio dentro del

radio urbano de esta oficina aduanera (Art. 1001 del C.A.) bajo apercibimiento de ley (Art. 1004 delC.A.). Se les hace saber que el pago de la multa mínima y el abandono de las divisas en trato, pro-ducirá la extinción de la acción penal aduanera y la no registración del antecedente (Art. 930/932del C.A.).- Fdo.: Abog. M. F. Vaz de Brito - Jefe División Secretaría de Actuación N° 2 - Depto.Procedimientos Legales Aduaneros.

EXPEDIENTE IMPUTADO INFRACCION MULTA DERECHOS

12227-105-2007 ARBOLEDA SIERRA SERGIO LEON(PAS:CC70322786)

979 Acta EquipajeExpo N° 13/07 $ 13673.- U$$ 220,53

12227-507-2009

MUNIER EL ARIDI MASUD (Pas de laRepública Bolivariana de VenezuelaN° D0173835) y PABLO DE LA CRUZMORENO CHACON (Pas de laRepública Bolivariana de VenezuelaN° 001031218)

979 Acta EquipajeExpo N° 40/09

$ 12288.- U$$ 161,38

 Abogada SILVINA I. DE BISOGNO, Firma Responsable (int.), Secretaría de Actuación N° 2,Dpto. Procedimientos Legales Aduaneros.

e. 07/03/2016 N° 11342/16 v. 07/03/2016#F5075350F#

#I5075351I# ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS

DIRECCIÓN GENERAL DE ADUANAS

DEPARTAMENTO PROCEDIMIENTOS LEGALES ADUANEROS

DVSAPLA 2

Código Aduanero (Ley 22.415, arts. 1013 inc. h) y 1101).

EDICTO

Por ignorarse domicilio, se cita a las personas que más abajo se mencionan, para que dent

de los 10 (diez) días hábiles comparezcan a presentar su defensa y ofrecer pruebas por las infraciones que se indican, bajo apercibimiento de rebeldía. Deberán constituir domicilio dentro dradio urbano de esta oficina aduanera (Art. 1001 del C.A.) bajo apercibimiento de ley (Art. 1004 dC.A.). Se les hace saber que el pago de la multa mínima y el abandono de la mercadería, de corresponder, producirá la extinción de la acción penal aduanera y la no registración del anteceden(Art. 930/932 del C.A.). Asimismo para el libramiento a plaza de la mercadería se deberán abonlos tributos y acompañar Certificado de Importación de Productos Textiles conforme Res. 343/9y Certificado de Origen conforme Res 763/96.- Fdo.: Abog. Marcos Mazza - Jefe a/c DelegacióEzeiza - Depto. Procedimiento Legales Aduaneros.

EXPEDIENTE IMPUTADO INFRACCION MULTA TRIBUTOS $

12227-561-2011SANGAMA CHOTA LILIBETH (PASPeruano N°: 44569670-1) Acta deEquipaje N° 152/11

977 $ 3241,68.-U$$ 498,85 y

$ 943,01.-

 Abogada SILVINA I. DE BISOGNO, Firma Responsable (int.), Secre taría de Actuación N° Dpto. Procedimientos Legales Aduaneros.

e. 07/03/2016 N° 11343/16 v. 07/03/20

#F5075351

#I5075352I# ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS

DIRECCIÓN GENERAL DE ADUANAS

DEPARTAMENTO PROCEDIMIENTOS LEGALES ADUANEROS

DVSAPLA 2

Código Aduanero (Ley 22.415, arts. 1013 inc. h) y 1101).

EDICTO

VISTO que en las siguientes actuaciones no consta imputado alguno, se procede a anunciar la existencia y situación jurídica de la mercadería de conformidad con lo normado en el art. 417 deCódigo Aduanero.- Fdo.: Dra. Silvina De Bisogno, Firma Responsable de la División Secretaría de Actuación N° 2 del Depto. Procedimientos Legales Aduaneros.

EXPEDIENTE MERCADERÍA PROCEDIMIENTO

13364-24-2010 Descripta en el Acta Lote N° 10001ALOT000173R quese adjunta.

 Acta de Procedimiento de fecha15/02/2010 De la DGA 

 Abogada SILVINA I. DE BISOGNO, Firma Responsab le (int.), Secretaría de Actuac ión N° 2, Dpto. Procedimientos Legales Aduaneros.

8/19/2019 Boletín Oficial de la República Argentina, Número 33.331. 07 de marzo de 2016

http://slidepdf.com/reader/full/boletin-oficial-de-la-republica-argentina-numero-33331-07-de-marzo-de 9/20

  Lunes 7 de marzo de 2016 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 33.331 9

e. 07/03/2016 N° 11344/16 v. 09/03/20#F5075352F

8/19/2019 Boletín Oficial de la República Argentina, Número 33.331. 07 de marzo de 2016

http://slidepdf.com/reader/full/boletin-oficial-de-la-republica-argentina-numero-33331-07-de-marzo-de 10/20

  Lunes 7 de marzo de 2016 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 33.331 10#I5075353I#

 ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS

DIRECCIÓN GENERAL DE ADUANAS

DEPARTAMENTO PROCEDIMIENTOS LEGALES ADUANEROS

DVSAPLA 2

Código Aduanero (Ley 22.415, arts. 1013 inc. h) y 1101).

EDICTO

Por ignorarse domicilio, se cita a las personas que más abajo se mencionan, para que dentro de los10 (diez) días hábiles comparezcan a presentar su defensa y ofrecer pruebas por las infracciones que se

indican, bajo apercibimiento de rebeldía. Deberán constituir domicilio dentro del radio urbano de estaoficina aduanera (Art. 1001 del C.A.) bajo apercibimiento de ley (Art. 1004 del C.A.). Se les hace saberque el pago de la multa mínima y el abandono de la mercadería del Acta Lote que más abajo se indica,producirá la extinción de la acción penal aduanera y la no registración del antecedente (Art. 930/932del C.A.).- Fdo.: Abog. Silvina I. De Bisogno - Firma Responsable División Secretaría de Actuación N° 2.

EXPEDIENTE IMPUTADO INFRACCION MULTA ACTA LOTE

13693-139-2011 JUDITH VALENZUELA (CUIT: 27-94190539-6) 986/987 $ 1074,78.-11001ALOT0000298D

 Abogada SILVINA I. DE BISOGNO, Firma Responsable (int.), Secretaría de Actuación N° 2,Dpto. Procedimientos Legales Aduaneros.

e. 07/03/2016 N° 11345/16 v. 07/03/2016#F5075353F#

#I5075317I#MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

Resolución 120/2016

Bs. As., 01/03/2016

VISTO el Expediente N° 1.707.966/16 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEOY SEGURIDAD SOCIAL, la Ley de Ministerios N° 22.520 (texto ordenado por Decreto N° 438/92)y sus modificatorias, los Decretos Nros. 357 del 21 de febrero de 2002 y sus modificatorios, 628del 13 de junio de 2005 y sus modificatorios, 588 del 27 de mayo de 2013, la Decisión Administra-tiva N° 917 del 28 de diciembre de 2010 y sus modificatorias, la Resolución del MINISTERIO DETRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL N° 260 del 18 de marzo de 2011 y sus modificatori as,la Resolución del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL N° 534 del 13 de

 junio de 2013, y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto N° 357 del 21 de febrero de 2002 y sus modificatorios se aprobó el Or-ganigrama de Aplicación de la Administración Pública Nacional hasta el nivel de Subsecretaría,estableciéndose sus competencias.

Que por el Decreto N° 628 del 13 de junio de 2005 y sus modificatorios se aprobó la estructuraorganizativa del primer nivel operativo del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDADSOCIAL, readecuada a través de la Decisión Administrativa N° 917 del 28 de diciembre de 2010 ysus modificatorias.

Que por la Resolución del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL N° 260del 18 de marzo de 2011 y sus modificatorias se aprobaron las aperturas inferiores al primer nivel ope-

rativo de la estructura organizativa del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL.

Que una de las premisas del Gobierno Nacional es lograr una mejora sustancial en la calidadde vida de los ciudadanos, focalizando su accionar en la producción de resultados que sean co-lectivamente compartidos y socialmente valorados.

Que este Ministerio se encuentra trabajando en una nueva conformación organizativa de suestructura mediante la creación de áreas dinámicas y adaptables a los cambios permanentes dela problemática socio-laboral que posibiliten una eficiente y eficaz respuesta a las demandas dela sociedad.

Que en este sentido y con el fin de incrementar la calidad de gestión de este Ministerio, seprevé concentrar en el ámbito de la SECRETARÍA DE EMPLEO las funciones vinculadas a la for-mulación, implementación, monitoreo y evaluación de proyectos de empleo, formación y estudioslaborales con financiamiento multilateral y de cooperación internacional.

Que, asimismo, la gestión presupuestaria de la SECRETARIA DE EMPLEO se encuentra con-formada por los aportes del Tesoro Nacional, los que provienen de financiamiento internacional,y ambas fuentes se imbrican con los Programas Sustantivos de Empleo y Formación Profesional.

Que en el marco de los proyectos del PROGRAMA DE L AS NACIONES UNIDAS PARA EL DE-SARROLLO (PNUD) y de los proyectos financiados a través de préstamos del Banco Internacional

de Reconstrucción y Fomento (BIRF) ejecutados en el ámbito de la SECRETARIA DE EMPLEO secrearon coordinaciones administrativo financieras y técnica, en el primer caso, y unidades de coor-dinación técnica, en el segundo caso, las cuales funcionan como unidades organizativas que inter-vienen en la formulación, implementación, monitoreo y/o evaluación de los respectivos proyectos.

Que por el Decreto N° 588 del 27 de mayo de 2013 se facultó al Sr. Ministro de Trabajo, Em-pleo y Seguridad Social y/o al Sr. Ministro de Economía y Finanzas Públicas o al funcionario y/ofuncionarios que los mismos designen a suscribir en nombre y representación de la REPÚBLICA

 ARGENTINA la Carta Convenio de Cooperación Técnica No Reembolsable del Banco Interame-ricano de Desarrollo - BID N° ATN/OC-13554-AR “ANÁLISIS DEL MERCADO LABORAL Y LASBARRERAS A LA PRODUCTIVIDAD EN ARGENTINA” y toda documentación referente a la misma.

Que, asimismo, por el mencionado decreto se facultó al Sr. Ministro de Trabajo, Empleo ySeguridad Social o al/os funcionario/s que el mismo designe, a convenir y suscribir en nombre yrepresentación de la REPÚBLICA ARGENTINA, modificaciones a la Carta Convenio, siempre quelas mismas no constituyan cambios sustanciales al objeto, ni al destino de los fondos del Conveniode Cooperación Técnica No Reembolsable N° ATN/OC-13554-AR para el PROYECTO “ANÁLISISDEL MERCADO LABORAL Y LAS BARRERAS A LA PRODUCTIVIDAD EN ARGENTINA” ni modifi-quen el procedimiento arbitral en él pactado.

Que el referido Convenio, en el tercero de sus Numerales, establece como parte de las condi-ciones previas al primer desembolso de los recursos de la Contribución comprometida, la desig-

nación de uno o más funcionarios que puedan representar al Beneficiario en todos los actos relcionados con la ejecución del Convenio y que se determine si dichos representantes designadoestán autorizados a actuar separadamente o si deberán hacerlo de manera conjunta.

Que, asimismo, resulta necesario profundizar los vínculos existentes y explorar nuevas opotunidades en materia de cooperación internacional a la luz de los compromisos adoptados ponuestro país en materia de promoción del crecimiento económico sostenido, inclusivo y sostenible, el empleo pleno y productivo y el trabajo decente para todos, tal como se refleja en el 8Objetivo y Metas de la Agenda 2030 del Desarrollo Sostenible adoptada por los Estados Miembde las Naciones Unidas a través de la Resolución A/RES/70/1 del 25 de septiembre de 2015.

Que a fin de asistir a la SECRETARÍA DE EMPLEO en el cumplimiento de tales objetivos, rsulta necesario fortalecer la estructura organizativa de la Dirección de Programación Financiera dProgramas de Empleo y Capacitación Laboral, a través de la creación de nuevas Coordinacione

y de la transferencia a su órbita de la Coordinación de Programación y Proyectos Especiales de Dirección General de Estudios y Estadísticas Laborales de la SUBSECRETARÍA DE PROGRAMACIÓN TÉCNICA Y ESTUDIOS LABORALES.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos dependiente de este Ministerio, ha tomado intervención que le compete.

Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por la Ley de MinisterioN° 22.520 (texto ordenado por Decreto N° 438/92) y sus modificatorias y por el artículo 17 dDecreto N° 1.545/94.

Por ello,

EL MINISTRODE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIALRESUELVE:

 ARTÍCULO 1° — Créanse en el ámbito de la Dirección de Programación Financie ra de Progrmas de Empleo y Capacitación Laboral de la SECRETARÍA DE EMPLEO, las Coordinaciones quse indican en los ANEXOS I y II que forman parte integrante de la presente Resolución, las cualetendrán a su cargo las acciones que allí se describen.

 ARTÍCULO 2° — Transfiérese la Coordinación de Programación y Proyectos Espec iales de órbita de la Dirección General de Estudios y Estadísticas Laborales de la SUBSECRETARÍA DPROGRAMACIÓN TÉCNICA Y ESTUDIOS LABORALES, a la órbita de la SECRETARIA DE EMPLEO, con dependencia jerárquica directa de la Dirección de Programación Financiera de Programas de Empleo y Capacitación Laboral, la cual tendrá a su cargo las acciones que se describen eel ANEXO III que forma parte integrante de la presente Resolución.

 ARTÍCULO 3° — Establécese que en el ámbito de la SECRETARIA DE EMPLEO, dependeráorgánica y funcionalmente de la Dirección de Programación Financiera de Programas de Empley Capacitación Laboral:

a) las coordinaciones mencionadas en los artículos 1° y 2° de la presente Resolución;

b) la unidad de coordinación técnica creada en el marco del “Proyecto de Fomento del Emplepara Jóvenes” financiado a través del Préstamo BIRF N° 8464-AR, la del “Proyecto de ProteccióSocial Básica” financiado a través del Préstamo BIRF N° 8017-AR y todas aquellas unidades dcoordinación técnica, o de cualquier otra denominación, que se crearen en el marco de nuevoproyectos financiados a través de préstamos del Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento (BIRF) y que intervengan en la implementación, monitoreo y evaluación de los mismos;

c) las coordinaciones administrativo financiera y técnica creadas en el marco del ProyecPNUD ARG/11/006 “Sistema permanente de monitoreo del trabajo, el empleo y la protección soc

para la equidad”, las del Proyecto PNUD ARG/11/007 “Apoyo a la implementación territorial de lapolíticas de empleo”, las del Proyecto PNUD ARG/15/003 del PROGRAMA DE LAS NACIONEUNIDAS PARA EL DESARROLLO (PNUD) “Apoyo al proyecto fomento de empleo para jóvenesy todas aquellas coordinaciones administrativo financieras y técnicas, cualquiera sea su denminación, que se crearen en el marco de nuevos proyectos del PROGRAMA DE LAS NACIONEUNIDAS PARA EL DESARROLLO (PNUD) y que intervengan en la implementación, monitoreo evaluación de los mismos;

d) todas aquellas unidades de coordinación administrativo financiera y/o técnica que, cuaquiera sea su denominación, se crearen en el marco de nuevos proyectos con financiamiento dorganizaciones internacionales, organismos multilaterales de crédito, representaciones oficialey/o demás agentes de la cooperación internacional, y que intervengan en la implementación, monitoreo y evaluación de los mismos.

 ARTÍCULO 4° — Déjase sin e fecto la Resolución del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEOSEGURIDAD SOCIAL N° 534 del 13 de junio de 2013.

 ARTÍCULO 5° — Desígnase a l Secreta rio de Empleo, Prof. Don Miguel Ángel Manuel PONT(M.I. N° 7.957.512), como representante del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDASOCIAL en su carácter de Beneficiario del Convenio de Cooperación Técnica No Reembolsabdel Banco Interamericano de Desarrollo - BID N° ATN/OC-13554-AR “ANALISIS DEL MERCADLABORAL Y LAS BARRERAS A LA PRODUCTIVIDAD EN ARGENTINA” quedando facultado paractuar en su nombre y representación, suscribiendo o conviniendo modificaciones al referido Covenio, siempre que las mismas no constituyan cambios sustanciales al objeto, ni al destino de lofondos involucrados en el mismo, ni modifiquen el procedimiento arbitral pactado, así como paactuar también en todo acto relacionado con la ejecución del mismo.

 ARTÍCULO 6° — Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficialarchívese. — Lic. JORGE TRIACA, Ministro de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.

 ANEXO I

SECRETARÍA DE EMPLEO

DIRECCIÓN DE PROGRAMACIÓN FINANCIERA DE PROGRAMAS DE EMPLEO Y CAPACITACIÓLABORAL

COORDINACIÓN DE FINANCIAMIENTO INTERNACIONAL

 ACCIONES:

1.- Explorar y analizar oportunidades estratégicas para el acceso a financiamiento de las aciones, programas y proyectos de empleo y formación profesional y de estudios laborales ejecutados por la SECRETARIA DE EMPLEO.

8/19/2019 Boletín Oficial de la República Argentina, Número 33.331. 07 de marzo de 2016

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  Lunes 7 de marzo de 2016 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 33.331 11

2.- Identificar organizaciones internacionales, organismos multilaterales de crédito, represen-taciones oficiales y demás agentes de la cooperación internacional que presenten oportunidadespara el acceso a financiamiento de acciones, programas, proyectos de empleo y formación profe-sional y de estudios laborales ejecutados por la SECRETARIA DE EMPLEO.

3.- Asistir a la SECRETARIA DE EMPLEO en el establecimiento de relaciones con organiza-ciones internacionales, organismos multilaterales de crédito, representaciones oficiales y demásagentes de la cooperación internacional, garantizando presencia institucional a través de genera-ción de encuentros, participación en misiones y equivalentes oportunidades de vinculación.

4.- Gestionar ante organizaciones internacionales, organismos multilaterales de crédito, re-presentaciones oficiales y demás agentes de la cooperación internacional el otorgamiento de fi-nanciamiento para la implementación de acciones, programas y proyectos de empleo y formaciónprofesional y de estudios laborales ejecutados por la SECRETARIA DE EMPLEO.

5.- Participar en reuniones técnicas con organismos nacionales, internacionales, multilatera-les y demás agentes de la cooperación internacional, relacionadas con la gestión de proyectos deempleo, formación profesional y estudios laborales con financiamiento internacional.

6.- Informar a la Dirección de Programación Financiera de Programas de Empleo y Capaci-tación Laboral toda comunicación, requerimiento y solicitud de información y/o documentaciónprovenientes de organismos nacionales, internacionales y demás agentes de la cooperación in-ternacional.

7.- Asistir a la Dirección de Programación Financiera de Programas de Empleo y CapacitaciónLaboral en todo aspecto referidos a cooperación internacional orientada a proyectos de empleo,formación profesional y estudios laborales.

 ANEXO II

SECRETARÍA DE EMPLEO

DIRECCIÓN PROGRAMACIÓN FINANCIERA DE PROGRAMAS DE EMPLEO Y CAPACITACIÓNLABORAL

COORDINACIÓN DE PROYECTOS DEL PROGRAMA DE LAS NACIONES UNIDAS PARA ELDESARROLLO (PNUD)

 ACCIONES:

1.- Brindar asistencia a la Dirección de Programación Financiera de Programas de Empleo yCapacitación Laboral para formulación, implementación, monitoreo y evaluación de los proyectosde empleo y formación profesional y de estudios laborales financiados por el PROGRAMA DE LASNACIONES UNIDAS PARA EL DESARROLLO (PNUD).

2.- Coordinar, supervisar y controlar los aspectos administrativos financieros y contables de laformulación e implementación de los proyectos de empleo y formación profesional y de estudioslaborales financiados por el PROGRAMA DE LAS NACIONES UNIDAS PARA EL DESARROLLO(PNUD).

3.- Coordinar los procesos de adquisición y contratación en los proyectos con financiamien-to del PROGRAMA DE LAS NACIONES UNIDAS PARA EL DESARROLLO (PNUD) y elaborar losdocumentos para implementarlos junto con las áreas técnicas de la SECRETARIA DE EMPLEO.

4.- Articular con los otros organismos del Sector Público relacionados con la ejecución de losproyectos con financiamiento del PROGRAMA DE LAS NACIONES UNIDAS PARA EL DESARRO-

LLO (PNUD) para el buen funcionamiento de los mismos y participar en las reuniones técnicas conorganismos nacionales e internacionales.

5.- Remitir a la Dirección de Programación Financiera de Programas de Empleo y Capaci-tación Laboral toda comunicación, requerimiento y solicitud de información y/o documentaciónprovenientes del PROGRAMA DE LAS NACIONES UNIDAS PARA EL DESARROLLO (PNUD).

6.- Proveer a la Dirección de Programación Financiera de Programas de Empleo y Capacita-ción Laboral toda la información y documentación que le requiera el PROGRAMA DE LAS NACIO-NES UNIDAS PARA EL DESARROLLO (PNUD).

 ANEXO III

SECRETARÍA DE EMPLEO

DIRECCIÓN DE PROGRAMACIÓN FINANCIERA DE PROGRAMAS DE EMPLEOY CAPACITACIÓN LABOR AL

COORDINACIÓN DE PROGRAMACIÓN Y PROYECTOS ESPECIALES

 ACCIONES:

1. Gestionar y ejecutar los proyectos y convenios de cooperación con organismos nacionalese internacionales, públicos y privados de acuerdo con sus normas y procedimientos específicos,e identificar y gestionar fuentes de recursos bilaterales o multilaterales para el cumplimiento de lasfunciones de la SECRETARIA DE EMPLEO.

2. Realizar la formulación y programación de la ejecución presupuestaria, de la SECRETARÍADE EMPLEO y modificaciones que se proyecten durante el ejercicio financiero en coordinación conla Dirección de Administración y Control Presupuestario, dependiente de la Dirección General de

 Administración.

3. Realizar las gestiones para garantizar en tiempo y forma los recursos de la SECRETARÍADE EMPLEO, tanto los del TESORO NACIONAL como los de fuentes multilaterales o bilaterales deacuerdo con las normas y procedimientos específicos de cada fuente.

4. Asistir en los ítems anteriores a otros ámbitos del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO YSEGURIDAD SOCIAL que lo requieran en la normativa y procedimientos concernientes a su com-petencia.

5. Colaborar en las actividades de programación técnica de la SECRETARÍA DE EMPLEO paradefinir acciones y programas a corto, mediano y largo plazo.

6. Remitir a la Dirección de Programación Financiera de Programas de Empleo y CapacitacióLaboral toda comunicación, requerimiento y solicitud de información y/o documentación provnientes de organismos nacionales y de crédito internacional.

7. Proveer a la Dirección de Programación Financiera de Programas de Empleo y CapacitacióLaboral y a la Coordinación Estratégica de Proyectos con Financiamiento Multilateral y de Coopración Internacional toda la información y documentación que éstas le requieran.

e. 07/03/2016 N° 11309/16 v. 07/03/20#F5075317F

#I5075345I#LOTERÍA NACIONAL SOCIEDAD DEL ESTADO

Resolución 21/2016

Bs. As., 29/02/2016

VISTO el Expediente N° 382.140/15, la Resolución N° 131 del 14 de octubre de 2015 y la Reslución N° 132 del 14 octubre de 2015, y

CONSIDERANDO:

Que a través de la primer Resolución citada, se aprobó la modificación de la banda de fluctuación para los montos mínimos y máximos que actualmente rigen para los juegos de “RULETA“BLACK JACK”, “PÓKER”, “PUNTO Y BANCA”, “CRAPS”, “PAI GOW PÓKER”, “PÓKER OASIS“TRIPOKER”, “PÓKER DE CIRCULO”, y sus variantes, “CASINO MONTE”, “RUEDA DE LA FORTUNA” y “CHEMIN DE FER”.

Que a través de la segunda Resolución citada, se aprobó el reglamento para el juego “PÓKEEN LA VARIANTE MADERO POKER BONUS”, estableciéndose que los montos mínimos y máxmos aplicables para este juego, estarán comprendidos dentro de la banda de fluctuación aprobada por esta Sociedad del Estado, para las variantes del juego de Póker.

Que el Agente Operador propone incluir el juego “PÓKER EN LA VARIANTE MADERO PÓKE

BONUS” a la banda de fluctuación de los montos mínimos y máximos para la optimización drendimiento de éste.

Que la GERENCIA DE FISCALIZACIÓN de esta SOCIEDAD ha realizado el análisis correspodiente, aconsejando en base a la experiencia obtenida y al beneficio del juego en sí y el atractivpara el público apostador, la inclusión de dicho juego a la banda de fluctuación para las apuestade las mesas de juego ubicadas en los Buques Casino.

Que las GERENCIAS de FISCALIZACIÓN y de ASUNTOS JURÍDICOS han tomado la intervención correspondiente.

Que la presente se dicta en uso de las facultades conferidas por el Decreto N° 589/90.

Por ello,

EL DIRECTORIODE LOTERÍA NACIONAL S.E.RESUELVE:

 ARTÍCULO 1° — Apruébase l a inclusión a l a banda de fluctuación de los montos mínimosmáximos para el juego “PÓKER EN LA VARIANTE MADERO POKER BONUS”, que como Anexoforma parte integrante de la presente.

 ARTÍCULO 2° — Por la SECRETARÍA GENERAL, regístrese, p rotocolícese, publíquese en orden del día y en el boletín oficial. Por la GERENCIA DE FISCALIZACIÓN, notifíquese a CASINBUENOS AIRES S.A., y realícense los demás trámites a los que hubiere lugar. Tomen conocimienlas GERENCIAS de ASUNTOS JURÍDICOS, MERCADO y JUEGOS. Oportunamente, dése concimiento a la Unidad de Auditoria Interna. Cumplido, archívese por ante la GERENCIA DE FISCALZACIÓN. — Cdor. TOMÁS FELIX ELIZALDE, Presidente, Lotería Nacional S.E. — Ing. BELISARI

 ALVAREZ DE TOLEDO, Vicepresidente, Lotería Nacional S.E. — Dra. MARÍA DOLORES RUIVAZAVALA, Directora Secretaria, Lotería Nacional S.E.

 ANEXO I

PÓKER EN LA VARIANTE MADERO PÓKER BONUS (unidades)

Mínimo 5 - Máximo 10.000

e. 07/03/2016 N° 11337/16 v. 07/03/20#F5075345F

#I5075363I#MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS PÚBLICAS

SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACIÓN

Resolución 39679/2016

EXPEDIENTE N° SSN: 0013286/2015 GENERALI ARGENTINA VIDA COMPAÑÍA DE SEGURODE VIDA S.A. S/ CONSTITUCION ESTATUTOS.

SÍNTESIS:

01/03/2016

VISTO... y CONSIDERANDO...

EL SUPERINTENDENTEDE SEGUROS DE LA NACIÓNRESUELVE:

 ARTÍCULO 1° — Conformar el aumento de capi tal de GENERALI ARGENTINA COMPAÑÍA DSEGUROS S.A., resuelto por Asamblea General Ordinaria y Extraordinaria de Accionistas celebrada el 25 de junio de 2013.

8/19/2019 Boletín Oficial de la República Argentina, Número 33.331. 07 de marzo de 2016

http://slidepdf.com/reader/full/boletin-oficial-de-la-republica-argentina-numero-33331-07-de-marzo-de 12/20

  Lunes 7 de marzo de 2016 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 33.331 12

 ARTÍCULO 2° — Conformar el aumento de capital de GENERALI ARGENTINA COMPAÑÍA DESEGUROS S.A., resuelto por Asamblea General Ordinaria y Extraordinaria de Accionistas celebra-da el 31 de octubre de 2014.

 ARTÍCULO 3° — Confo rmar el cambio de denominación de GENERALI ARGENTINA COM-PAÑÍA DE SEGUROS S.A., entidad que en lo sucesivo ha de llamarse PROVIDENCIA COMPAÑÍA

 ARGENTINA DE SEGUROS S.A., y la consecuente reforma del Artícu lo 1° del Estatuto Social apro-bado en la Asamblea Ordinaria y Extraordinaria de Accionistas de fecha 30 de diciembre de 2015con cuarto intermedio al 29 de enero de 2016.

 ARTÍCULO 4° — Conferir inter vención a la INSPECCIÓN GENERAL DE JUSTICIA a los finesestablecidos en los Artículos 5° y 167 de la Ley N° 19.550.

 ARTÍCULO 5º — Hacer saber a la compañía que oportunamente deberá acreditar el cum-plimiento de lo prescripto por el punto 8.1.3 de la Resolución SSN N° 38.708 (B.O. 13/11/2014).

 ARTÍCULO 6° — Regístrese, notifíquese al domicilio electrónico constituido por la entidad,conforme Resolución SSN N° 39.527 (B.O. 02/11/2015) y publíquese en el Boletín Oficial.

Fdo. Lic. EDGARDO ISAAC PODJARNY - Superintendente de Seguros de la Nación.

Lic. EDGARDO ISAAC PODJARNY, Superintendente de Seguros de la Nación.

NOTA: La versión completa de la presente resolución puede ser consultada en la Mesa de Generalde Entradas de la Superintendencia de Seguros sita en Julio A. Roca 721. Planta Baja. Capital Federal.

e. 07/03/2016 N° 11355/16 v. 07/03/2016#F5075363F#

#I5075324I#

MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA 

SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN MUNICIPAL

Disposición 25/2016

Bs. As., 29/02/2016

VISTO la Decisión Administrativa N° 477 del 16 de septiembre de 1998, modificada por susimilar N° 1 del 12 de enero de 2000,

EL SUBSECRETARIODE GESTION MUNICIPALDISPONE:

 ARTICULO 1° — Dase por otorgado, a partir del 1° de enero de 2016 y hasta el 31 de diciem-bre de 2016, el suplemento establecido en el artículo 3°, inciso c) de la Decisión AdministrativaN° 477/98, a las personas que se citan en el Anexo I a la presente, asignándoseles la cantidad deUnidades Retributivas mensuales que allí se detallan.

 ARTICULO 2° — Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTROOFICIAL y archívese. — Sr. LUCAS DELFINO, Subsecretaría de Gestión Municipal, Ministerio delInterior, Obras Públicas y Vivienda.

 ANEXO I

 APELLIDO Y NOMBRES DOCUMENTO UNIDADES RETRIBUTIVAS

  TIPO N°

MELIAN MASSERA, PEDRO MARTIN DNI 23.805.046 1.000

VEGA, RODRIGO ALEJANDRO DNI 31.934.193 1.000

ZICHERT, NICOLAS DNI 37.009.915 1.000

e. 07/03/2016 N° 11316/16 v. 07/03/2016#F5075324F#

#I5075325I#

MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA 

SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN

Disposición 26/2016

Bs. As., 29/02/2016

VISTO la Decisión Administrativa N° 477 del 16 de septiembre de 1998, modificada por susimilar N° 1 del 12 de enero de 2000,

EL SUBSECRETARIODE COORDINACIONDISPONE:

 ARTICULO 1° — Dase por otorgado, a partir del 1° de febrero de 2016 y hasta el 31 de diciem-bre de 2016, el suplemento establecido en el artículo 3°, inciso c) de la Decisión AdministrativaN° 477/98, al Lic. D. Facundo Javier VARGAS (D.N.I. N° 30.637.812), asignándosele la cantidad deUN MIL DOSCIENTAS VEINTE (1.220) Unidades Retributivas mensuales.

 ARTICULO 2° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTROOFICIAL y archívese. — Lic. DANIEL PADÍN, Subsecretario de Coordinación, Ministerio del Inte rior,Obras Públicas y Vivienda.

e. 07/03/2016 N° 11317/16 v. 07/03/2016

#F5075325F#

#I5075473I#MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA 

SECRETARÍA DE ASUNTOS MUNICIPALES

Resolución 49/2016

Bs. As., 29/02/2016

VISTO la Decisión Administrativa N° 477 del 16 de septiembre de 1998, modificada por ssimilar N° 1 del 12 de enero de 2000,

LA SECRETARIA DE ASUNTOS MUNICIPALESRESUELVE:

 ARTICULO 1° — Dase por otorgado, a partir de l 1° de enero de 2016 y hasta el 31 de diciembre de 2016, el suplemento establecido en el artículo 3°, inciso c) de la Decisión AdministrativN° 477/98, a las personas que se citan en el Anexo I a la presente, asignándoseles la cantidad dUnidades Retributivas mensuales que allí se detallan.

 ARTICULO 2° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTROFICIAL y archívese. — Ing. AIDA AYALA, Secretaria de Asuntos Municipales, Ministerio del Interior, Obras Públicas y Vivienda.

 ANEXO I

 APELLIDO Y NOMBRES DOCUMENTO UNIDADES RETRIBUTI VAS

  TIPO N°

GRABRE CAMORS, NATACHA SOLEDAD DNI 32.516.537 1.666

MARCON, JULIETA DNI 31.698.976 1.666

MORINIGO, MARISEL SILVANA DNI 27.482.009 1.666

e. 07/03/2016 N° 11399/16 v. 07/03/20#F5075473

#I5075489I# ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL

Resolución 105/2016

Bs. As., 01/03/2016

VISTO el Expediente N° ANC:0043433/2015 del Registro de la ADMINISTRACIÓN NACIONADE AVIACIÓN CIVIL, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el expediente citado en el Visto, tramita el requerimiento efectuado por la Empresa LAN ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA, a fin de obtener la aprobación de la última Modficación y Reordenamiento del Convenio de Código Compartido celebrado entre dicha compañaérea y AMERICAN AIRLINES, INCORPORATED con fecha 3 de septiembre de 2015.

Que conforme lo establecido en el nuevo Anexo B al Acuerdo de Código Compartido suscripto, se indican como rutas en códigos compartidos entre los ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICAla REPÚBLICA ARGENTINA (cada dirección), siendo el transportista de operaciones AMERICA

 AIRLINES, INCORPORATED y el transportista de marketing LAN ARGENTINA SOCIEDAD ANÓ

NIMA respecto de las cuatro primeras y actuando LAN ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA comcompañía operadora y AMERICAN AIRLINES, INCORPORATED como compañía comercializadora en relación con la última: NUEVA YORK (ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA) - BUENOS AIRE(AEROPUERTO INTERNACIONAL DE EZEIZA MINISTRO PISTARINI - REPÚBLICA ARGENTINADALLAS/FORTH WORTH (ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA) - BUENOS AIRES (AEROPUERTINTERNACIONAL DE EZEIZA MINISTRO PISTARINI - REPÚBLICA ARGENTINA); CHICAGO (ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA) - BUENOS AIRES (AEROPUERTO INTERNACIONAL DE EZEIZMINISTRO PISTARINI - REPÚBLICA ARGENTINA); MIAMI (ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA)BUENOS AIRES (AEROPUERTO INTERNACIONAL DE EZEIZA MINISTRO PISTARINI - REPÚBLCA ARGENTINA); y MIAMI (ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA) - BUENOS AIRES (AEROPUERTINTERNACIONAL DE EZEIZA MINISTRO PISTARINI - REPÚBLICA ARGENTINA).

Que asimismo, se consignan en el anexo mencionado en el considerando precedente comrutas en código compartido con salidas de ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA y ciudades del interior de ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA/CANADÁ/EL CARIBE/ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

 AMÉRICA CENTRAL (cada dirección), siendo el transpor tista de operaciones AMERICAN AIRLNES INCORPORATED y el transportista de marketing LAN ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA

 ATLANTA (ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA), BALTIMORE (ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICABOSTON (ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA), CHARLOTTE (ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICACHICAGO (ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA), CLEVELAND (ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICADALLAS/FORTH WORTH (ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA), DENVER (ESTADOS UNIDOS D

 AMÉRICA), DETROIT (ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA), HARTFORD (ESTADOS UNIDOS D

 AMÉRICA), HOUSTON (ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA), INDIANÁPOLIS (ESTADOS UNIDOS D AMÉRICA), LAS VEGAS (ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA), LOS ANGELES (ESTADOS UNIDODE AMÉRICA), MIAMI (ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA), MINNEAPOLIS (ESTADOS UNIDOS D

 AMÉRICA), NEWMARK (ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA), NEW YORK (ESTADOS UNIDOS D AMÉRICA), NEW ORLEANS (ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA), ORLANDO (ESTADOS UNIDODE AMÉRICA), FILADELFIA (ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA), PHOENIX (ESTADOS UNIDOS D

 AMÉRICA), PITTSBURG (ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA), PORTLAND (ESTADOS UNIDOS D AMÉRICA), RALEIGH (ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA), SALT LAKE CITY (ESTADOS UNIDODE AMÉRICA), SAN ANTONIO (ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA), SAN DIEGO (ESTADOS UNDOS DE AMÉRICA), SAN JOSÉ (ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA), SAN JUAN DE PUERTO RIC(ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA), SAN FRANCISCO (ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA), SEATLE (ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA), SAINT LOUIS (ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA), TAMP(ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA), TUCSON (ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA), WASHINGTOD.C. (ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA), CALGARY (CANADÁ), MONTREAL (CANADÁ), TORONT(CANADÁ), VANCOUVER (CANADÁ), ARUBA (ARUBA), KINGSTON (JAMAICA), NASSAU (COMUNIDAD DE LAS BAHAMAS), PUNTA CANA (REPÚBLICA DOMINICANA), SANTIAGO (REPÚBLICDOMINICANA), SANTO DOMINGO (REPÚBLICA DOMINICANA), CANCÚN (ESTADOS UNIDOMEXICANOS), y SAN JOSÉ (REPÚBLICA DE COSTA RICA).

Que a su vez, se indican en el Anexo B precedentemente referido como rutas en códigocompartidos entre BUENOS AIRES y ciudades del interior de la REPÚBLICA ARGENTINA, siendel transportista de operaciones LAN ARGENTINA S.A. y el transportista de marketing AMERICA

8/19/2019 Boletín Oficial de la República Argentina, Número 33.331. 07 de marzo de 2016

http://slidepdf.com/reader/full/boletin-oficial-de-la-republica-argentina-numero-33331-07-de-marzo-de 13/20

  Lunes 7 de marzo de 2016 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 33.331 13

 AIRLINES, INCORPORATED: BUENOS AIRES (AEROPARQUE JORGE NEWBERY - REPÚBLICA ARGENTINA), SAN CARLOS DE BARILOCHE (REPÚBLICA ARGENTINA), CÓRDOBA (REPÚBLICA ARGENTINA), COMODORO RIVADAVIA (REPÚBLICA ARGENTINA), BUENOS AIRES (AEROPUER-TO INTERNACIONAL DE EZEIZA MINISTRO PISTARINI - REPÚBLICA ARGENTINA), EL CALAFATE(REPÚBLICA ARGENTINA), PUERTO IGUAZÚ (REPÚBLICA ARGENTINA), MENDOZA (REPÚBLICA

 ARGENTINA), RÍO GALLEGOS (REPÚBLICA ARGENTINA), y USHUAIA (REPÚBLICA ARGENTINA).

Que el Artículo 110 del Código Aeronáutico establece que los acuerdos que impliquen arre-glos de “pool”, conexión, consolidación o fusión de servicios o negocios, deberán someterse a laaprobación previa de la autoridad aeronáutica y que si ésta no formulase objeciones dentro de losNOVENTA (90) días, el acuerdo se considerará aprobado.

Que el Decreto N° 1.401 de fecha 27 de noviembre de 1998 establece en su Artículo 1° que lacompartición de códigos se encuentra comprendida entre los arreglos determinados por el Artícu-

lo 110 del Código Aeronáutico.Que el Artículo 2° del mencionado Decreto N° 1.401/98 dispone que para poder aprobarse

las propuestas de operación en código compartido, los explotadores deberán ser titulares de lasautorizaciones o concesiones que les permitan realizar el servicio aéreo de que se trate.

Que por Resolución N° 804 de fecha 25 de septiembre de 2005 de la ex -SECRETARÍA DETRANSPORTE del entonces MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA YSERVICIOS se otorgó a LAN ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA concesión para explotar serviciosregulares internos e internacionales de transporte aéreo de pasajeros, carga y correo con aerona-ves de gran porte y facultad de alterar u omitir escalas en las rutas: BUENOS AIRES (REPÚBLICA

 ARGENTINA) - ROSARIO (Provincia de SANTA FÉ - REPÚBLICA ARGENTINA) - CÓRDOBA (Pro-vincia de CÓRDOBA - REPÚBLICA ARGENTINA) y viceversa; BUENOS AIRES (REPÚBLICA AR-GENTINA) - CÓRDOBA (Provincia de CÓRDOBA - REPÚBLICA ARGENTINA) - SALTA (Provincia deSALTA - REPÚBLICA ARGENTINA) y viceversa; BUENOS AIRES (REPÚBLICA ARGENTINA) - SANCARLOS DE BARILOCHE (Provincia de RÍO NEGRO - REPÚBLICA ARGENTINA) - EL CALAFATE(Provincia de SANTA CRUZ - REPÚBLICA ARGENTINA) y viceversa; BUENOS AIRES (REPÚBLICA

 ARGENTINA) - SAN CARLOS DE BARILOCHE (Provinc ia de RÍO NEGRO - REPÚBLICA ARGEN-TINA) - USHUAIA (Provincia de TIERRA DEL FUEGO, ANTÁRTIDA E ISLAS DEL ATLÁNTICO SUR- REPÚBLICA ARGENTINA) - y viceversa; BUENOS AIRES (REPÚBLICA ARGENTINA) - MAR DELPLATA (Provincia de BUENOS AIRES - REPÚBLICA ARGENTINA) y viceversa; BUENOS AIRES(REPÚBLICA ARGENTINA) - BAHÍA BLANCA (Provincia de BUENOS AIRES - REPÚBLICA AR-GENTINA) - TRELEW (Provincia del CHUBUT - REPÚBLICA ARGENTINA) y viceversa; BUENOS

 AIRES (REPÚBLICA ARGENTINA) - COMODORO RIVADAVIA (Provincia del CHUBUT - REPÚBLI-CA ARGENTINA) - RÍO GALLEGOS (Provincia de SANTA CRUZ - REPÚBLICA ARGENTINA) y vice-versa; BUENOS AIRES (REPÚBLICA ARGENTINA) - VILLA GESELL (Provincia de BUENOS AIRES- REPÚBLICA ARGENTINA) y viceversa; BUENOS AIRES (REPÚBLICA ARGENTINA) - PUNTA DELESTE (REPÚBLICA ORIENTAL DEL URUGUAY) y viceversa; BUENOS AIRES (REPÚBLICA AR-GENTINA) - MONTEVIDEO (REPÚBLICA ORIENTAL DEL URUGUAY) y viceversa; BUENOS AIRES(REPÚBLICA ARGENTINA) - RIO DE JANEIRO (REPÚBLICA FEDERATIVA DEL BRASIL) y vice-versa; BUENOS AIRES (REPÚBLICA ARGENTINA) - GUAYAQUIL (REPÚBLICA DEL ECUADOR)- QUITO (REPÚBLICA DEL ECUADOR) y viceversa; BUENOS AIRES (REPÚBLICA ARGENTINA)- BOGOTÁ (REPÚBLICA DE COLOMBIA) y viceversa ; BUENOS AIRES (REPÚBLICA ARGENTINA)- CARACAS (REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA) y viceversa; BUENOS AIRES (REPÚ-BLICA ARGENTINA) - LIMA (REPÚBLICA DEL PERÚ) - CIUDAD DE MEXICO (ESTADOS UNIDOSMEXICANOS) y viceversa; BUENOS AIRES (REPÚBLICA ARGENTINA) - LOS ÁNGELES (ESTADOSUNIDOS DE AMÉRICA) y viceversa; BUENOS AIRES (REPÚBLICA ARGENTINA) - NUEVA YORK(ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA) y viceversa; BUENOS AIRES (REPÚBLICA ARGENTINA) - AUC-KLAND (NUEVA ZELANDA) - SYDNEY (AUSTRALIA) y viceversa; BUENOS AIRES (REPÚBLICA

 ARGENTINA) - MADRID (REINO DE ESPAÑA) - MILÁN (REPÚBLICA ITALIANA) - ROMA (REPÚBLI-CA ITALIANA) y viceversa; BUENOS AIRES (REPÚBLICA ARGENTINA) - MADRID (REINO DE ES-PAÑA) - PARIS (REPÚBLICA FRANCESA) - FRANKFURT (REPÚBLICA FEDERAL DE ALEMANIA)y viceversa; BUENOS AIRES (REPÚBLICA ARGENTINA) - MADRID (REINO DE ESPAÑA) - LON-DRES (REINO UNIDO DE GRAN BRETAÑA E IRLANDA DEL NORTE) y viceversa; BUENOS AIRES(REPÚBLICA ARGENTINA) - CÓRDOBA (Provincia de CÓRDOBA - REPÚBLICA ARGENTINA) -

LIMA (REPÚBLICA DEL PERÚ) y viceversa; BUENOS AIRES (REPÚBLICA ARGENTINA) - IGUAZÚ(Provincia de MISIONES - REPÚBLICA ARGENTINA) - SAN PABLO (REPÚBLICA FEDERATIVA DELBRASIL) y viceversa; BUENOS AIRES (REPÚBLICA ARGENTINA) - LA HABANA (REPÚBLICA DECUBA) - CANCUN (ESTADOS UNIDOS MEXICANOS) - MIAMI (ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA)y viceversa; BUENOS AIRES (REPÚBLICA ARGENTINA) - PUNTA CANA (REPÚBLICA DOMINI-CANA) - MIAMI (ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA) y viceversa; y ROSARIO (Provincia de SANTAFÉ - REPÚBLICA ARGENTINA) - CÓRDOBA (Provincia de CÓRDOBA - REPÚBLICA ARGENTINA)- SANTIAGO DE CHILE (REPÚBLICA DE CHILE) y viceversa, consignándose expresamente que elpunto BUENOS AIRES (REPÚBLICA ARGENTINA) comprende la posibilidad de operar tanto desdeel AEROPARQUE JORGE NEWBERY de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires como desde el Ae-ropuerto Internacional Ministro Pistarini de la Localidad de Ezeiza (Provincia de BUENOS AIRES).

Que también, en virtud de lo dispuesto en el Artículo 12 de la Resolución N° 804 de fecha 25de septiembre de 2005 de la ex - SECRETARÍA DE TRANSPORTE del entonces MINISTERIO DEPLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS, por el que se sustituye e l Artículo1° de la Resolución N° 341 de fecha 24 de mayo de 2005 de la ex - SECRETARÍA DE TRANSPORTEdel entonces MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS,LAN ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA cuenta con concesión para explotar servicios regularesinternos e internacionales de transporte aéreo de pasajeros, carga y correo con aeronaves de granporte y facultad de alterar y omitir escalas, en las rutas: BUENOS AIRES (AEROPARQUE JORGENEWBERY - REPÚBLICA ARGENTINA) - ROSARIO (Provincia de SANTA FÉ - REPÚBLICA ARGEN-TINA) - IGUAZÚ (Provincia de MISIONES - REPÚBLICA ARGENTINA) y viceversa; BUENOS AIRES

(AEROPARQUE JORGE NEWBERY - REPÚBLICA ARGENTINA) - SAN MIGUEL DE TUCUMÁN(Provincia de TUCUMÁN - REPÚBLICA ARGENTINA) - SALTA (Provincia de SALTA - REPÚBLI-CA ARGENTINA) y viceversa; BUENOS AIRES (AEROPARQUE JORGE NEWBERY - REPÚBLICA

 ARGENTINA) - NEUQUÉN (Provincia del NEUQUÉN - REPÚBLICA ARGENTINA) - SAN CARLOSDE BARILOCHE (Provincia de RÍO NEGRO - REPÚBLICA ARGENTINA) y viceversa; BUENOS AI-RES (AEROPARQUE JORGE NEWBERY - REPÚBLICA ARGENTINA) - EL CALAFATE (Provincia deSANTA CRUZ - REPÚBLICA ARGENTINA) - USHUAIA y viceversa; BUENOS AIRES (AEROPAR-QUE JORGE NEWBERY - REPÚBLICA ARGENTINA) - MONTEVIDEO (REPÚBLICA ORIENTAL DELURUGUAY) y viceversa; BUENOS AIRES (REPÚBLICA ARGENTINA) - MENDOZA (Provincia deMENDOZA - REPÚBLICA ARGENTINA) - SANTIAGO DE CHILE (REPÚBLICA DE CHILE) y vicever-sa; BUENOS AIRES (REPÚBLICA ARGENTINA) - CÓRDOBA (Provincia de CÓRDOBA - REPÚBLI-CA ARGENTINA) - MIAMI (ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA) y viceversa; y CÓRDOBA (Provinciade CÓRDOBA - REPÚBLICA ARGENTINA) - BUENOS AIRES (REPÚBLICA ARGENTINA) - SANPABLO (REPÚBLICA FEDERATIVA DEL BRASIL) - MADRID (REINO DE ESPAÑA) y viceversa.

Que, por su parte, por Resolución N° 157 de fecha 13 de junio de 1991 de la ex - SUBSECRE-TARÍA DE TRANSPORTE AEROCOMERCIAL del entonces MINISTERIO DE ECONOMÍA Y OBRASY SERVICIOS PÚBLICOS se confirió a AMERICAN AIRLINES INCORPORATED autorización paraexplotar servicios regulares internacionales de transporte aéreo de pasajeros, correo y carga entrela REPÚBLICA ARGENTINA y los ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA en sustitución de EASTERN

 AIRLINES INCORPORATED, con estricta sujeción a lo acordado bilateralmente en materia detransporte aéreo, así como a las leyes y demás normas nacionales e internacionales vigentes y a

las condiciones de reciprocidad de tratamiento por parte de la autoridad de los ESTADOS UNIDODE AMÉRICA para con las empresas de bandera argentina que soliciten similares servicios.

Que en relación con el marco bilateral aplicable (Intercambios de Notas Reversales de fecha24 de noviembre de 2000 y 3 de julio de 2007, modificatorios del Acuerdo sobre Servicios dTransporte Aéreo suscripto el 22 de octubre de 1985 y aprobado por Ley N° 23.426), se convinque “en la operación u oferta de los servicios autorizados en las rutas acordadas, cualquier líneaérea designada por una Parte puede concertar arreglos cooperativos de comercialización talecomo bloqueo de espacio (fletamento parcial), código compartido o acuerdos de arrendamientocon una línea aérea o más de cualquiera de las Partes y/o una línea aérea o más de un tercer paía condición de que todas las líneas aéreas que concierten dichos arreglos: (a) tengan los debidoderechos y (b) cumplan con los requisitos normalmente aplicados a dichos arreglos”.

Que asimismo; en materia de servicios combinados regulares, se acordaron como rutas para lalíneas aéreas designadas de la REPÚBLICA ARGENTINA: “c. i. De puntos anteriores a la Argentinvía la Argentina y puntos intermedios, a catorce (14) puntos en los Estados Unidos y más allá a tres (puntos en Canadá, cuatro (4) puntos en Asia (excepto Japón, China y las Filipinas), ocho (8) puntos eEuropa, cuatro (4) puntos en México y puntos en el Caribe, América Central y América del Sur. ii. Utotal de cinco (5) puntos adicionales en los Estados Unidos se atenderán sólo bajo la modalidad dcódigo compartido. iii. Un total de cinco (5) puntos adicionales en los Estados Unidos se atenderásólo bajo la modalidad de código compartido con una línea aérea de los Estados Unidos.” (párraB punto 2 de la Sección 1 del Anexo I al acuerdo) y como rutas para las líneas aéreas designadas dlos ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA: “a. De puntos anteriores a los EE.UU., vía los EE.UU. y puntointermedios, a cuatro (4) puntos en Argentina y puntos más allá en América del Sur. b. Cinco (5) putos adicionales en Argentina se atenderán sólo bajo la modalidad de código compartido. c. Cinco (puntos adicionales en Argentina se atenderán sólo bajo la modalidad de código compartido con unlínea aérea designada de la Argentina” (párrafo B punto 1 de la Sección 1 del Anexo I al acuerdo).

Que además, se establece que cada línea aérea designada puede, en cualquiera de sus vueloy a su elección, efectuar vuelos en cualquier dirección o en ambas, combinar diferentes númerode vuelo en la operación de una sola aeronave y servir a un punto, o puntos anteriores, intermedioy más allá y puntos en los territorios de las Partes, en las rutas y en cualquier combinación u ordesujeto a las limitaciones acordadas respecto a puntos más allá.

Que en materia de capacidad, se fijaron a partir del 21 de marzo de 2009 hasta CIENTO DOC(112) frecuencias semanales de ida y vuelta (párrafo C de la Sección 4 del Anexo I al acuerdo).

Que el Artículo 3° del citado Decreto N° 1.401/98 establece que en toda operación de servcios de compartición de código, los explotadores y sus agentes autorizados deberán informar público usuario con total transparencia quién será el transportador, el tipo de aeronave utilizaden cada etapa del servicio, los puntos de transferencia y toda otra información relevante sobre lacaracterísticas del servicio.

Que la DIRECCIÓN NACIONAL DE TRANSPORTE AÉREO de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL se pronunció favorablemente respecto de la fact ibilidad de aprobación dla última Modificación y Reordenamiento del Convenio de Código Compartido y del nuevo AnexB referidos en los considerandos precedentes con las restricciones establecidas por el Artículo 3del Decreto N° 1.401/98 y en relación con la operación de las rutas con cuya concesión o autorización cuentan las empresas concernidas, entendiéndose a su vez que los puntos no contempladoen tales instrumentos se otorgan con sujeción a las aprobaciones ulteriores pertinentes.

Que la aprobación se otorga en el entendimiento de que respecto de las rutas domésticas eel territorio de l a REPÚBLICA ARGENTINA, LAN ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA actuará comtransportador de operaciones y AMERICAN AIRLINES INCORPORATED como transportador dmarketing y en tanto las mismas sean continuación de los servicios internacionales.

Que se condiciona la aprobación a la efectiva conexión de los tramos internos con los sevicios internacionales operados desde y hacia los puntos autorizados en los ESTADOS UNIDODE AMÉRICA, y a que la venta y comercialización de pasajes internacionales abarquen todo recorrido, prohibiéndose expresamente la comercialización y operación de derechos de tráfico dcabotaje no autorizados a la empresa AMERICAN AIRLINES INCORPORATED.

Que en las rutas internacionales en las que AMERICAN AIRLINES INCORPORATED actúcomo transportista de operaciones, los servicios a ser operados bajo la modalidad de códigcompartido no podrán exceder el límite de frecuencias bilateralmente acordado con los ESTADOUNIDOS DE AMÉRICA.

Que asimismo, la aprobación se confiere en las condiciones estipuladas en el mencionad Artículo 3° del Decreto N° 1.401/98, es decir que al tiempo de la adquisición del billete de pasaje usuario deberá encontrarse debidamente informado sobre el tipo de aeronave con que se implmentará el servicio, los puntos de transferencia y todo otro detalle relevante sobre sus características, como por ejemplo el operador que lo llevará a cabo, por lo que la operación de vuelos poparte de “Afiliadas Autorizadas y de Locadores de Aeronaves Armadas y Tripuladas Autorizado(Wet Lease)” conforme se estipula en la cláusula 2, subcláusula 2.1 del convenio, deberá ser infomado a este organismo y debidamente autorizado.

Que la Dirección de Asuntos Jurídicos de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓCIVIL ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas en el Artículo 110 dCódigo Aeronáutico y en el Decreto N° 1.770 de fecha 29 de noviembre de 2007.

Por ello,EL ADMINISTRADOR NACIONALDE AVIACIÓN CIVILRESUELVE:

 ARTÍCULO 1° — Apruébase la última Modificación y Reordenamiento del Convenio de CódigCompartido celebrado entre las Empresas LAN ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA y AMERICA

 AIRLINES, INCORPORATED con fecha 3 de septiembre de 2015 y el nuevo Anexo B a dicho convenel cual prevé: a) rutas en códigos compartidos entre los ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA y la REPÚBLICA ARGENTINA (cada dirección), siendo el transportista de operaciones AMERICAN AIRLINEINCORPORATED y el transportista de marketing LAN ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA respecde las cuatro primeras y actuando LAN ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA como compañía operdora y AMERICAN AIRLINES, INCORPORATED como compañía comercializadora en relación con última: NUEVA YORK (ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA) - BUENOS AIRES (AEROPUERTO INTERNACIONAL DE EZEIZA MINISTRO PISTARINI - REPÚBLICA ARGENTINA); DALLAS/FORTH WORT(ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA) - BUENOS AIRES AEROPUERTO INTERNACIONAL DE EZEIZMINISTRO PISTARINI - REPÚBLICA ARGENTINA); CHICAGO (ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA)BUENOS AIRES AEROPUERTO INTERNACIONAL DE EZEIZA MINISTRO PISTARINI - REPÚBLIC

 ARGENTINA); MIAMI (ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA) - BUENOS AIRES (AEROPUERTO INTERNCIONAL DE EZEIZA MINISTRO PISTARINI - REPÚBLICA ARGENTINA); y MIAMI (ESTADOS UNIDODE AMÉRICA) - BUENOS AIRES (AEROPUERTO INTERNACIONAL DE EZEIZA MINISTRO PISTARIN

8/19/2019 Boletín Oficial de la República Argentina, Número 33.331. 07 de marzo de 2016

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  Lunes 7 de marzo de 2016 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 33.331 14

- REPÚBLICA ARGENTINA); b) rutas en código compartido con salidas de ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA y ciudades del interior de ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA/CANADÁ/EL CARIBE/ESTA-DOS UNIDOS MEXICANOS/AMÉRICA CENTRAL (cada dirección), siendo el transportista de ope-raciones AMERICAN AIRLINES INCORPORATED y el transportista de marketing LAN ARGENTINASOCIEDAD ANÓNIMA: ATLANTA (ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA), BALTIMORE (ESTADOS UNI-DOS DE AMÉRICA), BOSTON (ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA), CHARLOTTE (ESTADOS UNIDOSDE AMÉRICA), CHICAGO (ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA), CLEVELAND (ESTADOS UNIDOS DE

 AMÉRICA), DALLAS/FORTH WORTH (ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA), DENVER (ESTADOS UNI-DOS DE AMÉRICA), DETROIT (ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA), HARTFORD (ESTADOS UNIDOSDE AMÉRICA), HOUSTON (ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA), INDIANÁPOLIS (ESTADOS UNIDOSDE AMÉRICA), LAS VEGAS (ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA), LOS ÁNGELES (ESTADOS UNIDOSDE AMÉRICA), MIAMI (ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA), MINNEAPOLIS (ESTADOS UNIDOS DE

 AMÉRICA), NEWARK (ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA), NEW YORK (ESTADOS UNIDOS DE AMÉ-RICA), NEW ORLEANS (ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA), ORLANDO (ESTADOS UNIDOS DE AMÉ-RICA), FILADELFIA (ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA), PHOENIX (ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA),PITTSBURG (ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA), PORTLAND (ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA),RALEIGH (ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA), SALT LAKE CITY (ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA),SAN ANTONIO (ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA), SAN DIEGO (ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA),SAN JOSÉ (ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA), SAN JUAN DE PUERTO RICO (ESTADOS UNIDOS DE

 AMÉRICA), SAN FRANCISCO (ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA), SEATTLE (ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA), SAINT LOUIS (ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA), TAMPA (ESTADOS UNIDOS DE AMÉ-RICA), TUCSON (ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA), WASHINGTON, D.C. (ESTADOS UNIDOS DE

 AMÉRICA), CALGARY (CANADÁ), MONTREAL (CANADÁ), TORONTO (CANADÁ), VANCOUVER (CA-NADÁ), ARUBA (ARUBA), KINGSTON (JAMAICA), NASSAU (COMUNIDAD DE LAS BAHAMAS), PUN-TA CANA (REPÚBLICA DOMINICANA), SANTIAGO (REPÚBLICA DOMINICANA), SANTO DOMINGO(REPÚBLICA DOMINICANA), CANCÚN (ESTADOS UNIDOS MEXICANOS), y SAN JOSÉ (REPÚBLICADE COSTA RICA); y c) rutas en códigos compartidos entre BUENOS AIRES y ciudades del interior dela REPÚBLICA ARGENTINA, siendo el transportista de operaciones LAN ARGENTINA SOCIEDAD

 ANÓNIMA y el transportista de marketing AMERICAN AIRLINES, INCORPORATED: BUENOS AIRES(AEROPARQUE JORGE NEWBERY), SAN CARLOS DE BARILOCHE, CÓRDOBA, COMODORO RI-VADAVIA, BUENOS AIRES (AEROPUERTO INTERNACIONAL DE EZEIZA MINISTRO PISTARINI), ELCALAFATE, PUERTO IGUAZÚ, MENDOZA, RÍO GALLEGOS, y USHUAIA.

 ARTÍCULO 2° — Hágase saber a las Empresas LAN ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA y AMERICAN AIRLINES, INCORPORATED el contenido del Artículo 3° del Decreto N° 1.401 de fecha27 de noviembre de 1998, que textualmente establece: “... que en toda operación de serviciosque se realicen en las modalidades establecidas en el artículo precedente, los explotadores y

sus agentes autorizados deberán informar al público usuario con total transparencia quién será eltransportador, el tipo de aeronave utilizada en cada etapa del servicio, los puntos de transferenciay toda otra información relevante sobre las características del servicio.”

 ARTÍCULO 3° — Comuníquese asimismo a los transportadores que cualquier modificación delas rutas indicadas en el Artículo 1° o incorporación de nuevas rutas o puntos de las mismas, asícomo la adición de nuevos servicios a ser operados bajo la modalidad de código compartido ocualquier cambio respecto de la compañía aérea operadora de los mismos, aún cuando la mismasea afiliada autorizada o se encuentre vinculada al operador originario en virtud de cualquier otrotipo de modalidad contractual, deberán ser previa y expresamente aprobados por la ADMINIS-TRACION NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL.

 ARTÍCULO 4° — Las Empresas operarán sus servicios de conformidad con las concesionesy/o autorizaciones, las designaciones y las asignaciones de frecuencias efectuadas por los gobier-nos de sus Estados y con estricta sujeción a lo acordado en el marco bilateral aplicable en materiade transporte aéreo entre la REPÚBLICA ARGENTINA y los ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, asícomo también a las leyes y demás normas nacionales e internacionales vigentes.

 ARTÍCULO 5° — La presente aprobación se otorga en el entendimiento de que respecto de lasrutas domésticas en e l territorio de la REPÚBLICA ARGENTINA, LAN ARGENTINA SOCIEDAD ANÓ-NIMA actuará como transpor tador de operaciones y AMERICAN AIRLINES INCORPORATED comotransportador de marketing y en tanto las mismas sean continuación de los ser vicios internacionales.

 ARTÍCULO 6° — La aprobación que por la presente medida se confiere, queda condicionadaa la efectiva conexión de los tramos internos con los servicios internacionales operados desde yhacia los puntos autorizados en los ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, y a que la venta y comer-cialización de pasajes internacionales abarquen todo el recorrido, prohibiéndose expresamentela comercialización y operación de derechos de tráfico de cabotaje no autorizados a la empresa

 AMERICAN AIRLINES INCORPORATED.

 ARTÍCULO 7° — Notifíquese a su vez a AMERICAN AIRLINES INCORPORATED que en l asrutas en las que dicha compañía aérea actúe como transportista de operaciones, los servicios aser operados bajo la modalidad de código compartido no podrán exceder el límite de frecuenciasbilateralmente acordado con los ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA.

 ARTÍCULO 8° — Regístrese, notifíquese a las Empresas LAN ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMAy AMERICAN AIRLINES, INCORPORATED, publíquese mediante la intervención del BOLETÍN OFI-CIAL y cumplido, archívese. — Ing. JUAN PEDRO IRIGOIN, Administrador Nacional de Aviación Civil.

e. 07/03/2016 N° 11415/16 v. 07/03/2016#F5075489F#

#I5076018I#ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS

Resolución 3578/2015

Bs. As., 03/12/2015

VISTO el Expediente N° 574/94 del REGISTRO DEL ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS,la Ley N° 24076, su Decreto Reglamentario N° 1738/92, el Decreto 2255/92, y las ResolucionesENARGAS N° 35/93 y N° 3064/04;

y CONSIDERANDO:

Que con fecha 10 de septiembre de 1998, el ENARGAS dictó la Resolución ENARGASN° 714/98 autorizando a la COOPERATIVA ELÉCTRICA DE LAGUNA LARGA LIMITADA (en ade-lante “la COOPERATIVA”) para operar como Subdistribuidor en la Localidad de Laguna Larga,Provincia de Córdoba, en el área de Licencia de DISTRIBUIDORA DE GAS DEL CENTRO S.A.por el término de cinco años a partir del 31 de octubre de 1997, prorrogable según desempeño ysituación contractual de la misma con el titular del emprendimiento.

Que ante el vencimiento del término de la autorización, la Subdistribuidora se presentó solici-tando su renovación, iniciando así el trámite correspondiente.

Que para viabilizar la petición de la COOPERATIVA en el marco del artículo 16 de la LeyN° 24.076, su reglamentación y las Resoluciones ENARGAS N° 35/93 y N° 3064/04, se analizaron

los antecedentes obrantes en el Expediente ENARGAS N° 574/94, incluyendo el análisis circuntanciado vertido en el Informe GCEX/GAL N° 6/13, los informes GAL/GCEX N° 1125/13, N° 812/1N° 1370/14, N° 1474/14 y N° 361/15, teniendo en cuenta como antecedentes y con fundamento elos Informes Técnico GD N° 91/11 y N° 687/14, el Memorándum GR N° 331/12, e Informes GCEN° 2247/12, GA N° 71/12 y GDyE N° 212/10, N° 8/13, N° 73/14, N° 170/14 y N° 43/15.

Que del análisis de los documentos arrimados y los informes citados se desprende que la COOPERATIVA ha dado formal cumplimiento a la presentación de la documentación respaldatoria requeda por la normativa relacionada con la actividad de la COOPERATIVA en su carácter de Subdistribudor, incluyendo la información societaria, contable, patrimonial y en materia de seguros, y que no exiten motivos para desaconsejar el otorgamiento de la renovación para operar como Subdistribuidor

Que sin perjuicio de lo dicho precedentemente, cabe resaltar que los procedimientos sancionatorios que se encuentran en trámite ante esta Autoridad, continuarán su curso, a fin de que eENARGAS adopte las medidas correctivas necesarias frente a los desvíos detectados en autos.

Que en tal sentido, y habiéndose efectuado el análisis sobre los hechos y el derecho involcrados en el Expediente N° 574/94, la COOPERATIVA ELECTRICA DE LAGUNA LARGA LIMITADpodrá continuar con su actividad como Subdistribuidor para operar en tal carácter en la Localidade Laguna Larga, Provincia de Córdoba, en el marco de las Resoluciones ENARGAS N° 35/93 N° 3.064/04 y dentro de los límites físicos del sistema determinados en la Resolución ENARGAN° 714/98, y en todas las ampliaciones que fueran debidamente autor izadas por este Organismo yque fueran ejecutadas de acuerdo con la normativa vigente aplicable al caso (la “RENOVACIÓN”

Que la RENOVACIÓN entrará en vigencia en forma automática y por el plazo de vigencremanente de la Licencia otorgada a la Distribuidora del área, siempre que la Subdistribuidomantenga el carácter de concesionaria, según contrato de concesión vigente con el Municipio ddicha Localidad, reservándose el ENARGAS el derecho a revocarla en caso que la COOPERATIVincurra, por cualquier motivo, en incumplimientos que a sólo juicio de esta Autoridad pongan epeligro la prestación del servicio de distribución conforme a norma.

Que ha tomado la debida intervención el Servicio Jurídico Permanente del Organismo, colos Informes GCEX/GAL N° 6/13 y GAL/GCEX N° 1125/13, N° 812/14, N° 1370/14, 1474/14 y 361/1

Que el ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS resulta competente para resolver las prsentes actuaciones en orden a lo dispuesto en el Artículo 52 inciso (a) y Artículo 59 inciso (a) y (gambos de l a Ley N° 24.076, y los Decretos N° 571/07, 1646/07, 953/08, 2138/08, 616/09, 1874/0

1038/10, 1688/10, 692/11, 262/12, 946/12, 2686/12, 1524/13, 222/14, 2704/14 y 1392/15.Por ello,

EL INTERVENTORDEL ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GASRESUELVE:

 ARTICULO 1° — Renovar la autorización otorgada por Resolución ENARGAS N° 714 de fech10 de septiembre de 1998 para que la COOPERATIVA ELECTRICA DE LAGUNA LARGA LIMITADcontinúe operando como Subdistribuidor en la Localidad de Laguna Larga, Provincia de Córdoben el marco de las Resoluc iones ENARGAS N° 35/93 y N° 3.064/04, dentro de los límites físicos dsistema determinados en la citada Resolución ENARGAS N° 714/98, y en todas las ampliacioneque fueran debidamente autorizadas por este Organismo y que fueran ejecutadas de acuerdo cola normativa vigente aplicable al caso.

 ARTICULO 2° — Disponer que la RENOVACIÓN dispuesta en el ar tículo anterior entrará evigencia en forma automática y por el plazo de vigencia remanente de la Licencia otorgada a la Ditribuidora del área, siempre que la Subdistribuidora mantenga el carácter de concesionaria, segúcontrato de concesión vigente con el Municipio de dicha Localidad, reservándose el ENARGAS derecho a revocarla en caso de que la COOPERATIVA incurra, por cualquier motivo, en incumplmientos que den lugar a esa sanción.

 ARTICULO 3° — Notificar a DISTRIBUIDORA DE GAS DEL CENTRO S.A. y a la COOPERATIVELECTRICA DE LAGUNA LARGA LIMITADA, dar para su publicación a la DIRECCION NACIONADEL REGISTRO OFICIAL y archivar. — Ing. ANTONIO LUIS PRONSATO, Interventor, Ente NacionRegulador del Gas.

e. 07/03/2016 N° 11559/16 v. 07/03/20#F5076018

#I5076025I#ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS

Resolución 3579/2015

Bs. As., 04/12/2015

VISTO la Ley N° 24.076 y su reglamentación aprobada por Decreto N° 1.738 del 18 de Setiembre de 1992 y el Expediente N° 26005/15 del REGISTRO DEL ENTE NACIONAL REGULADOR DEGAS (ENARGAS), y;

CONSIDERANDO:

Que la Ley N° 27.008 (B.O. 18/11/14), aprobó el Presupuesto General de la AdministracióNacional para el Ejercicio 2015, que comprende el presupuesto del ENARGAS.

Que, de acuerdo a la Decisión Administrativa N° 1/15 del Jefe de Gabinete de Ministros (B.O19/01/15), se han distribuido los créditos correspondientes al Ejercicio 2015, siendo los recursopor Tasa de Fiscalización y Control para el presente ejercicio de PESOS CUATROCIENTOS UMILLONES CUATROCIENTOS DIECIOCHO MIL TRESCIENTOS TREINTA ($ 401.418.330.-).

Que, de acuerdo a la Decisión Administrativa N° 1332/15, de fecha 01 de Diciembre 2015, dJefe de Gabinete de Ministros, se ha incrementado el presupuesto del Enargas en PESOS VEINTTRES MILLONES SETECIENTOS MIL TRESCIENTOS ($ 23.700.300.-), quedando, en consecuencia, asignado al p resente ejerc icio un total de PESOS CUATROCIENTOS VEINTICINCO MILLONECIENTO DIECIOCHO MIL SEISCIENTOS TREINTA ($ 425.118.630.-).

Que, a fin de determinar la base de cálcu lo para este Saldo Final, se cuenta con la informaciósuministrada por la Gerencia de Desempeño y Economía del ENARGAS mediante los InformeGDyE N° 318/15, N° 383/15, N° 319/15 y N° 384/15, correspondientes a altas y bajas de Comecializdoras y a los ingresos brutos por la actividad regulada que surge de los últimos EstadoContables presentados ante este Organismo, de las Distribuidoras, Transportistas y Subdistribudoras, presentados ante esta Autoridad Regulatoria en cumplimiento de la Resolución ENARGAN° 1660/00 y concordantes y Resolución ENARGAS N° 163/95 y concordantes.

Que, durante el ejercicio, se han efectuado cuatro pagos a cuenta de la Tasa de acuerdo a laResoluciones ENARGAS N° I-3183/15, N° I-3259/15, N° I-3419/15 y N° I-3517/15.

8/19/2019 Boletín Oficial de la República Argentina, Número 33.331. 07 de marzo de 2016

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  Lunes 7 de marzo de 2016 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 33.331 15

Que, atento a que el primer y segundo anticipo fueron de PESOS CIEN MILLONES TRESCIEN-TOS CINCUENTA Y CUATRO MIL QUINIENTOS OCHENTA Y TRES ($ 100.354.583.-) cada uno y eltercer y cuarto anticipos fueron de PESOS CIEN MILLONES TRESCIENTOS CINCUENTA Y CUA-TRO MIL QUINIENTOS OCHENTA Y DOS ($ 100.354.582.-) cada uno, para el cálcu lo de este saldofinal corresponde determinar PESOS VEINTITRES MILLONES SETECIENTOS MIL TRESCIENTOS($ 23.700.300.-) a los efectos de completar el CIEN PORCIENTO (100%) del total a recaudar enconcepto de Tasa de Fiscalización y Control.

Que, se ha determinado el excedente acumulado al año 2014 en PESOS CIENTO TREINTA YNUEVE MIL OCHOCIENTOS OCHENTA Y CUATRO ($ 139.884.-) y conforme lo dispuesto en la re-glamentación del artículo 63 de la Ley N° 24.076 reglamentada por Decreto 1738/92, correspondesu asignación al presente ejercicio.

Que, este excedente presupuestario (Recaudado menos Devengado) es descontado de acuer-

do a la participación que cada sujeto tenía durante el año 2014, o sea en el año en que se generó.

Que, esta Autoridad Regulatoria emite el presente Acto Administrativo, en cumplimiento de laautorización de Recursos aprobada por la Ley Nacional de Presupuesto correspondiente al presenteejercicio, Nro. 27.008, y con el objeto de financiar los gastos necesarios para el desarrollo de las funcio-nes y facultades que el Marco Regulatorio de la Industria del Gas ha otorgado al ENARGAS, en ordende asegurar el control del Servicio Público de Transporte y Distribución de Gas Natural por Redes.

Que, el Servicio Jurídico Permanente del Ente Nacional Regulador del Gas, ha tomado la in-tervención que le compete, en los términos del Art. 7° de la L.N.P.A.

Que, el ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS se encuentra facultado para el dictado delpresente acto en virtud de lo dispuesto por los Artículos 62 y 63 de la Ley N° 24.076 y su regla-mentación, aprobada por el Decreto N° 1.738/92 y las atribuciones conferidas por los DecretosN° 571/07, 1646/07, 953/08 , 2138/08, 616/09, 1874/09, 1038/10, 1688/10, 692/11, 262/12, 946/12,2686/12, 1524/13, 222/14, 2704/14 y 1392/15.

Por ello,

EL INTERVENTORDEL ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GASRESUELVE:

 ARTÍCULO 1° — Fijar el Saldo Final de l a Tasa de Fiscalización y Control para e l año 2015 ela suma de PESOS CUATROCIENTOS VEINTICINCO MILLONES CIENTO DIECIOCHO MIL SEISCIENTOS TREINTA ($ 425.118.630.-), que será abonada según e l detalle obrante como Anexo I dla presente Resolución.

 ARTÍCULO 2° — A la Tasa fijada en el Ar tículo 1° deberá descontársele, la suma de PESOCIENTO TREINTA Y NUEVE MIL OCHOCIENTOS OCHENTA Y CUATRO ($ 139.884.-), conforme slo determina en el Anexo I, (Columna Excedente 2014).

 ARTÍCULO 3° — Al neto resultante, según lo previsto en el artículo anterior, deberá descontásele los importes pagados a cuenta en concepto de anticipo, por cada sujeto regulado de gas, dacuerdo a lo dispuesto por las Resoluciones ENARGAS N° I-3183/15, N° I-3259/15, N° I-3419/15N° I-3517/15 y/o los importes abonados por las Subdistribuidoras a requerimiento del Organismen cumplimiento de la Resolución ENARGAS N° 35/93, según corresponda.

 ARTÍCULO 4° — Establecer como fe cha de vencimiento para e l ingreso del presente SaldFinal, el 18 de Diciembre de 2015.

 ARTÍCULO 5° — En los casos en que del Anexo I adjunto surja un impor te a favor de los sujtos regulados de gas, el mismo será aplicado al pago de la tasa anual para el año 2016.

 ARTÍCULO 6° — Comunicar, publicar, dar a la DIRECCION NACIONAL DE REGISTRO OFICIAy archivar. — Ing. ANTONIO LUIS PRONSATO, Interventor, Ente Nacional Regulador del Gas.

 ANEXO I

TASA DE FISCALIZACION Y CONTROL AÑO 2015 - SALDO FINAL

8/19/2019 Boletín Oficial de la República Argentina, Número 33.331. 07 de marzo de 2016

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  Lunes 7 de marzo de 2016 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 33.331 16

e. 07/03/2016 N° 11566/16 v. 07/03/20

#F5076025F

#I5076026I#ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS

Resolución 3591/2015

Bs. As., 09/12/2015

VISTO el Expediente del Registro del ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS (ENARGAS)N° 14274, la Ley 24.076, su reglamentación por Decreto PEN N° 1738/92 y;

CONSIDERANDO:

Que con fecha 23 de diciembre de 2008, la Licenciataria TRANSPORTADORA DE GAS DELNORTE S.A. (TGN) realizó una presentación ante la Bolsa de Comercio de Buenos Aires, en lacual informó que se había deteriorado la ecuación económica-financiera de la empresa, lo cual laobligaba a postergar el pago a sus vencimientos de las cuotas de capital e interés de su deudafinanciera.

Que habiendo tomado conocimiento el ENARGAS de lo comunicado por TGN a la Bolsa deComercio de Buenos Aires y a la Comisión Nacional de Valores, este Organismo inició un procesode auditoría integral y adoptó medidas preventivas cautelares transitorias, a los efectos de res-guardar la regular prestación del servicio público de Transporte de Gas Natural por redes.

Que en este sentido, a través de la Resolución ENARGAS N° I-587 de fecha 29 de diciembrede 2008, el ENARGAS resolvió disponer la Intervención de TGN por el término de 120 (CIENTOVEINTE) días, medida que fue prorrogada sucesivamente hasta la fecha.

Que el 26 de noviembre del corriente año, el Sr. Interventor de TGN presentó un informe, en elcual analizó la evolución de los principales indicadores económicos-financieros de TGN durantelos primeros tres trimestres del año 2015.

Que el Sr. Interventor de TGN manifestó que la empresa registró una mejora relativa, en rela-ción con lo estimado en el Budget, la que se logró a pesar de los aumentos salariales otorgadospor la empresa y a los incrementos verificados en la cuenta de gastos de mantenimiento y repa-ración.

Que el Sr. Interventor de TGN puntualizó en su informe que, durante el período de la Inter-vención, TGN completó el proceso de reestructuración de su deuda financiera, cuyo default dieraorigen a esta, a los efectos de proteger la regular prestación del servicio público de transportede gas natural. También expresó que durante el proceso, la Intervención realizó el seguimientode la negociación considerando cómo podrían afectar las diferentes alternativas de solución susobligaciones como licenciataria del transporte de gas y que posteriormente, a partir del acuerdoalcanzado, la Intervención monitoreó la evolución de los principales indicadores económicos yfinancieros, a los efectos de analizar la viabilidad de la empresa en marcha y la posibilidad demantener el cumplimiento de lo acordado con los acreedores.

Que el Sr. Interventor de TGN manifestó que, en el marco de las funciones que le correspon-día llevar adelante, la Intervención cumplió con sus objetivos ya que, a través de los controles yacciones adoptadas por esta, en virtud de las obligaciones que le fueran impuestas, TGN mantuvoy operó adecuadamente su sistema de transporte, sin poner en riesgo la prestación de serviciolicenciado.

Que en el citado informe, el Sr Interventor de TGN remarcó que, durante los años 2014 y 2015,TGN recibió incrementos tarifarios en el marco del Acuerdo Transitorio suscripto con la Unidad deRenegociación y Análisis de Contratos de Servicios Públicos, a través de los cuales se dio cum-plimiento a los aspectos tarifarios previstos en dicho acuerdo. Sin embargo, a la fecha, TGN no

suscribió el Acta Acuerdo de Renegociación Contractual Integral o instrumento equivalente quculminará con la Revisión Tarifaria Integral, lo cual es responsabilidad exclusiva de la Licenciatari

Que el Sr. Interventor de TGN manifestó que verificó la ejecución por parte de TGN de unparte significativa de los trabajos incluidos en el Programa de Obras, previsto para recomponlos daños causados por las inusuales inundaciones que se produjeron en el norte del país a iniciodel corriente año.

Que el Sr. Interventor de TGN consideró que las actuales condiciones operativas de TGpermiten que los controles regulatorios normales y habituales que realiza el ENARGAS resulteen principio suficientes para velar por el adecuado funcionamiento operativo de la empresa, advirtiendo que, si TGN no avanza en la firma de su Acta Acuerdo, que daría inicio a la RTI y a

renegociación de su Licencia se podría incrementar el riesgo de un potencial deterioro de su situción económico financiera que, ante los vencimientos de su deuda reestructurada, pudiera ponnuevamente en riesgo la prestación del servicio licenciado, siendo éste un aspecto que deberá sespecialmente monitoreado.

Que finalmente, el Sr. Interventor de TGN concluyó que en este nuevo contexto, habida cuenque el desempeño de TGN en la operación y mantenimiento de sus sistemas de transporte puedser monitoreado a través de los controles normales y habituales que realiza el ENARGAS, y teniendo en consideración que los vencimientos de la deuda renegociada se producen recién a partde fines 2016 (diciembre), resulta posible finalizar la Intervención de TGN, recomendando que sefectúe una verificación del grado de cumplimiento financiero de TGN al momento de producirslos vencimientos de su deuda renegociada y el seguimiento de la evolución de la Renegociacióde su Licencia.

Que en orden a los argumentos y conclusiones que sustentan el informe del Sr. Interventor dTGN, se encuentran dadas las condiciones para decidir la conclusión de la Intervención de TGdispuesta por la Resolución ENARGAS N° I-587/08 y prorrogada hasta la fecha mediante sucesvas resoluciones de esta Autoridad Regulatoria.

Que sin perjuicio de ello, a los efectos de verificar el grado de cumplimiento por parte de TGde los vencimientos de las Obligaciones Negociables emitidas con motivo de la renegociacióde su deuda financiera cuyo default diera origen a la intervención, corresponde disponer que Licenciataria informe al ENARGAS los pagos que realice a los tenedores de dichas ObligacioneNegociables, ya sean de capital y/o de intereses, dentro de los dos días hábiles de efectuado

 Asimismo, deberá informar, dentro de los dos días hábiles de producida, cualquier decisión quadopte y/o acción que realice relacionada con dicha emisión de deuda.

Que se ha expedido el Servicio Jurídico Permanente del Organismo, en orden a lo dispuesten el artículo 7 inciso d) de la L.N.P.A.

Que el ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS es competente para el dictado de la presenResolución en virtud de lo dispuesto en el Artículo 52 inciso b) de la Ley N° 24.076 y por los Decretos N° 571/07, 1646/07, 80/07, 953/08, 2138/08, 616/09, 1874/09, 1038/10, 1688/10, 692/11, 262/1946/12, 2686/12, 1524/13, 222/14, 2704/14 y 1392/15.

Por ello,

EL INTERVENTORDEL ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GASRESUELVE:

 ARTÍCULO 1° — Disponer la conclusión, con fecha 15 de diciembre de 2015, de la Intervencióde TRANSPORTADORA DE GAS DEL NORTE S.A. establecida mediante Resolución ENARGAN° I-587 de fecha 29 de diciembre de 2008, prorrogada sucesivamente a través de las Resolucio

8/19/2019 Boletín Oficial de la República Argentina, Número 33.331. 07 de marzo de 2016

http://slidepdf.com/reader/full/boletin-oficial-de-la-republica-argentina-numero-33331-07-de-marzo-de 17/20

  Lunes 7 de marzo de 2016 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 33.331 17

nes ENARGAS N° I-732/09, I-811/09, I-873/09, I-1000/09, I-1085/10, I-1151/10, I-1246/10, I-1281/10,I-1382/10, I-1480/10, I-1546/10, I-1611/11, I-1763/11, I-1893/11, I-2041/12, I-2201/12, I-2346/12,I-2447/13, I-2588/13, I-2677/13, I-2788/14, I-2921/14, I-3056/14, I-3188/15, I-3330/15 e l-3492/15.

 ARTÍCULO 2° — Disponer, en consecuencia , con fecha 15 de diciembre de 2015, el cese de laactuación del Lic. ROBERTO DARÍO PONS, D.N.I. N° 4.514.246, como Interventor de TRANSPOR-TADORA DE GAS DEL NORTE S.A.

 ARTÍCULO 3° — Disponer que TRANSPORTADORA DE GAS DEL NORTE S. A. deberá infor-mar a esta Autoridad Regulatoria los pagos que realice a los tenedores de las Obligaciones Nego-ciables emitidas con motivo de la renegociación de su deuda financiera cuyo default diera origena la intervención, ya sean de capital y/o intereses, dentro de los dos días hábiles de efectuados.

 Asimismo, deberá informar, dentro de los dos días hábiles de producida, cualquier decisión queadopte y/o acción que realice relacionada con dicha emisión de deuda.

 ARTÍCULO 4° — Not ificar a TR ANSPORTADORA DE G AS DEL NORTE S.A. y al Lic. RO-BERTO DARIO PONS, en los términos del Artículo 41 del Decreto N° 1759/72 (T.O. 1991); pu-blicar, dar a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archivar. — Ing. ANTONIOLUIS PRONSATO, Interventor, Ente Nacional Regulador del Gas.

e. 07/03/2016 N° 11567/16 v. 07/03/2016#F5076026F#

#I5077787I#ENTE NACIONAL REGULADOR DE L A ELECTRICIDAD

CORRECCIÓN DE ERROR MATERIAL

Se notifica por este medio que por un error involuntario, las Resoluciones ENRE Nro. 24 y 26de 2016, publicadas en el Boletín Oficial N° 33.327 y las Resoluciones ENRE Nro. 27, 28 y 29 de2016, publicadas en el Boletín Oficial N° 33.328, como dictadas con fecha 19 de febrero de 2016,todas correspondientes al Acta de Reunión del Directorio N° 1406, fueron emitidas el día 26 defebrero del corriente año.

Dra. NATALIA PAVESI, Secretaria Alterna de Directorio, Ente Nacional Regulador de la Electricidad.e. 07/03/2016 N° 12291/16 v. 07/03/2016

#F5077787F#

#I5077306I#

MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL

SECRETARÍA DE COORDINACIÓN Y MONITOREO INSTITUCIONAL

Resolución 276/2016

Bs. As., 10/02/2016

VISTO el Expediente N° E-419-2016 del registro del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL;el Decreto N° 1023/2001 y modificatorios y el Decreto N° 893/2012 y modificatorios; y

CONSIDERANDO:

Que por Expediente N° E-N-CNPA-13911-2014 se tramitó la Licitación Pública N° 104/2014llevada a cabo para la contratación de un (1) servicio de limpieza, emitiéndose la Orden de CompraN° 90/2015, a favor de la firma BET CLEAN S.R.L., por un periodo de doce (12) meses, con opcióna prórroga a criterio de este Ministerio, por un período similar al originalmente contratado.

Que el Departamento, de Servicios Generales solicita prorrogar la Orden de Compra aludidaa partir de su vencimiento, por un periodo igual al originalmente contratado.

Que consecuentemente se procede a realizar la prórroga solicitada por dicho Departamento.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente Resolución se dicta dentro del régimen establecido por el DecretoN° 1023/2001 y modificatorios, sin perjuicio de la aplicación supletoria del Decreto N° 893/2012y modificatorios y en virtud de lo dispuesto en la Ley de Ministerios y las normas modificatorias ycomplementarias, la Ley N° 24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas de Control delSector Público Nacional y su Decreto Reglamentario N° 1344/2007 y modificatorios, los DecretosN° 357/2002 modificatorios y complementarios, N° 140 del 16 de Diciembre de 2015 y la Resolu-ción MDS N° 574/2010.

Por ello,

EL SECRETARIODE COORDINACIÓN Y MONITOREO INSTITUCIONALDEL MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIALRESUELVE:

 ARTÍCULO 1° — Prorrógase a partir de su vencimiento, Orden de Compra N° 90/2015 emitidaa favor de la firma BET CLEAN S.R.L. correspondiente a la Licitación Publica N° 104/2014, en lasuma de PESOS TRES MILLONES DOSCIENTOS DIECISIETE MIL DOSCIENTOS ($3.217.200.-),por los motivos expuestos en los Considerandos de la presente.

 ARTÍCULO 2° — Atiéndase la erogación total que asciende a la suma de PESOS TRES MI-LLONES DOSCIENTOS DIECISIETE MIL DOSCIENTOS ($3.217.200.-), con cargo a los créditos de lpresupuesto de este Ministerio para el ejercicio 2016.

 ARTÍCULO 3° — Autorízase a la Dirección de Patrimonio y Suministros a emitir la respectivaOrden de Compra.

 ARTÍCULO 4° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Re-gistro Oficial y archívese. — GABRIEL CASTELLI, Secretario de Coordinación y Monitoreo Institu-cional, Ministerio de Desarrollo Social.

e. 07/03/2016 N° 12142/16 v. 07/03/2016#F5077306F#

#I5077310I#MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL

SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN, MONITOREO Y LOGÍSTICA 

Disposición 15/2016

Bs. As., 22/02/2016

VISTO el Expediente N° E-418-2016 del registro del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAel Decreto N° 1023/2001 y modificatorios y el Decreto N° 893/2012 y modificatorios; y

CONSIDERANDO:

Que por Expediente N° E-92993-2014 se tramitó la Licitación Pública N° 3/2015 llevada a cabpara la contratación de un (1) servicio de limpieza integral en edificios dependientes de este Mnisterio, emitiéndose la Orden de Compra N° 304/2015, a favor de la firma BET CLEAN S.R.L., pun período de doce (12) meses, con opción a prórroga a criterio de este Ministerio, por un períodsimilar al originalmente contratado.

Que el Departamento de Servicios Generales solicita prorrogar la Orden de Compra aludidapartir de su vencimiento, por un periodo igual al originalmente contratado.

Que consecuentemente se procede a realizar la prórroga solicitada por dicho Departamento

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención de su competenci

Que la presente Disposición se dicta dentro del régimen establecido por el DecreN° 1023/2001 y modificatorios, sin perjuicio de la aplicación supletoria del Decreto N° 893/201y modificatorios y en virtud de lo dispuesto en la Ley de Ministerios y las normas modificatorias complementarias, la Ley N° 24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas de Control dSector Público Nacional y su Decreto Reglamentario N° 1344/2007 y modificatorios, los DecretoN° 357/2002 modificatorios y complementarios, N° 140 del 16 de Diciembre de 2015 y la Resolción MDS N° 574/2010.

Por ello,

EL SUBSECRETARIODE COORDINACION, MONITOREO Y LOGISTICA DEL MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIALDISPONE:

 ARTÍCULO 1° — Prorrógase a partir de su vencimiento, Orden de Compra N° 304/2015 emtida a favor de la firma BET CLEAN S.R.L., correspondiente a la Licitación Publica N° 03/2015, ela suma de PESOS NOVECIENTOS UN MIL TRESCIENTOS VEINTE ($901.320.-), por los motivoexpuestos en los Considerandos de la presente.

 ARTÍCULO 2° — Atiéndase la erogación total que asc iende a la suma de PESOS NOVECIENTOS UN MIL TRESCIENTOS VEINTE ($901.320.-), con cargo a los créditos del presupuesto de esMinisterio para el ejercicio 2016.

 ARTÍCULO 3° — Autorízase a la Dirección de Patrimonio y Suministros a emitir la respectivOrden de Compra.

 ARTÍCULO 4° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — PABLO CARIDE, Subsecretaría de Coordinación, Monitoreo y Logísca, Ministerio de Desarrollo Social.

e. 07/03/2016 N° 12146/16 v. 07/03/20#F5077310

#I5077311I#MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL

SECRETARÍA DE COORDINACIÓN Y MONITOREO INSTITUCIONAL

Resolución 294/2016

Bs. As., 22/02/2016

VISTO el Expediente N° E-87797-2015 del registro del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, y lo reglamentado por el Decreto N° 1023/2001 y modificatorios, y el Decreto N° 893/2012 modificatorios; y

CONSIDERANDO:

Que por Expediente N° E-19912-2015 se tramitó la Contratación Direc ta N° 257/2015, llevadacabo para la contratación de un servicio de provisión de materiales, realización de tareas y enserenecesarios para realizar trabajos de repotenciación, tableros principales y seccionales, canalizaciones, alimentadores eléctricos, iluminación general y tomacorrientes generales y especiales cableado de datos y telefonía; en el edificio ubicado en la calle Roldan N° 4415, Ciudad Autónomde Buenos Aires, emitiéndose la Orden de Compra N° 716/2015, a favor de la COOPERATIVA DTRABAJO ANTONIO ALAK LIMITADA.

Que el Departamento de Servicios Generales solicita la ampliación en un importe menor veinte por ciento (20%) de la Orden de Compra antes mencionada.

Que en consecuencia procede ampliar la Orden de Compra N° 716/2015, acorde lo previsten el artículo 12 inciso b) del Decreto N° 1023/2001 y modificatorios, y el artículo 124 inciso a), d

 Anexo al Decreto N° 893/2012 y modificatorios.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención de su competenci

Que la presente Resolución se dicta dentro del régimen establecido por el DecreN° 1023/2001 y modificatorios, sin perjuicio de la aplicación supletoria del Decreto N° 893/201y modificatorios y en virtud de lo dispuesto en la Ley de Ministerios y las normas modificatorias complementarias, la Ley N° 24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas de Control d

8/19/2019 Boletín Oficial de la República Argentina, Número 33.331. 07 de marzo de 2016

http://slidepdf.com/reader/full/boletin-oficial-de-la-republica-argentina-numero-33331-07-de-marzo-de 18/20

  Lunes 7 de marzo de 2016 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 33.331 18

Sector Público Nacional y su Decreto Reglamentario N° 1344/2007 y modificatorios, los DecretosN° 357/2002, modificatorios y complementarios N° 140 del 16 de Diciembre de 2015 y la Resolu-ción MDS N° 574/2010.

Por ello,

EL SECRETARIODE COORDINACIÓN Y MONITOREO INSTITUCIONALDEL MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIALRESUELVE:

 ARTÍCULO 1° — Amplíase la Orden de Compra N° 716/2015 emitida a favor de la COOPE-RATIVA DE TRABAJO ANTONIO ALAK LIMITADA, correspondiente a la Contratación Directa

N° 257/2015, en la suma de PESOS DOSCIENTOS CUARENTA Y UN MIL TRESCIENTOS SETENTAY CUATRO CON CINCUENTA CENTAVOS ($241.374,50.-), por las causales expuestas en los Con-siderandos de la presente.

 ARTÍCULO 2° — Atiéndase la erogación total que asciende a la suma de PESOS DOSCIEN-TOS CUARENTA Y UN MIL TRESCIENTOS SETENTA Y CUATRO CON CINCUENTA CENTAVOS($241.374,50.-), con cargo a los créditos del presupuesto de este Ministerio para el ejercicio 2016.

 ARTÍCULO 3° — Autorízase a la Dirección de Patrimonio y Suministros a emitir la respectivaOrden de Compra.

 ARTÍCULO 4° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Re-gistro Oficial y archívese. — GABRIEL CASTELLI, Secretario de Coordinación y Monitoreo Institu-cional, Ministerio de Desarrollo Social.

e. 07/03/2016 N° 12147/16 v. 07/03/2016#F5077311F#

#I5077312I#

MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIALSUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN, MONITOREO Y LOGÍSTICA 

Disposición 9/2016

Bs. As., 22/02/2016

VISTO el Expediente N° E-1711-2016 del registro del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL,y lo reglamentado por el Decreto N° 1023/2001 y modificatorios, y el Decreto N° 893/2012 y mo-dificatorios; y

CONSIDERANDO:

Que por Expediente N° E-90345-2014 se tramitó la Contratación Directa N° 474/2014, llevadaa cabo para la contratación de un servicio puerta a puerta para el traslado de documentación,emitiéndose la Orden de Compra N° 149/2015, a favor de CORREO OFICIAL DE LA REPUBLICA

 ARGENTINA S.A.

Que la SUBSECRETARIA DE ORGANIZACIÓN COMUNITARIA solicita la ampliación en unimporte inferior al veinte por ciento (20%) de la Orden de Compra mencionada en el Considerandoprecedente.

Que en consecuencia procede ampliar la Orden de Compra N° 149/2015, acorde lo previstoen el artículo 12 inciso b) del Decreto N° 1023/2001 y modificatorios, y el artículo 124 inciso a), del

 Anexo al Decreto N° 893/2012 y modificatorios.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente Disposición se dicta dentro del régimen establecido por el DecretoN° 1023/2001 y modificatorios, sin perjuicio de la aplicació n supletoria del Decreto N° 89 3/2012y modificatorios y en virtud de lo dispuesto en la Ley de Ministerios y las normas modificatoriasy complementarias, la L ey N° 24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas de Controldel Sector Público Nacional y su Decreto Reglamentario N° 1344/2007 y modificatorios, losDecretos N° 357/2002, modificatorios y complementarios, N° 140/2015 y la Resolución MDSN° 574/2010.

Por ello,

EL SUBSECRETARIODE COORDINACIÓN, MONITOREO Y LOGÍSTICA 

DEL MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIALDISPONE:

 ARTICULO 1° — Amplíase la Orden de Compra N° 149/2015, emitida a favor de CO RREOOFICIAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA S.A., correspondiente a la Contratación DirectaN° 474/2014, en la suma de PESOS CIENTO SETENTA Y CUATRO MIL DOSCIENTOS VEINTECON SESENTA CUATRO CENTAVOS ($174.220,64.-), por las causales expuestas en los Consi-derandos de la presente.

 ARTICULO 2° — Atiéndase la erogación total que asciende a la suma de PESOS CIENTO SE-TENTA Y CUATRO MIL DOSCIENTOS VEINTE CON SESENTA CUATRO CENTAVOS ($174.220,64.-),con cargo a los créditos del presupuesto de este Ministerio para el ejercicio 2016.

 ARTICULO 3° — Autorízase a la Dirección de Patrimonio y Suministros a emitir la respectivaOrden de Compra.

 ARTICULO 4° — Regístr ese, comuníque se, publíquese , de se a la Dirección Na cional delRegistro Oficial y archívese. — PABLO CARIDE, Subsecretaría de Coordinación, Monitoreo yLogística, Ministerio de Desarrollo Social.

e. 07/03/2016 N° 12148/16 v. 07/03/2016#F5077312F#

#I5077313I#MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL

SECRETARÍA DE COORDINACIÓN Y MONITOREO INSTITUCIONAL

Resolución 275/2016

Bs. As., 10/02/2016

VISTO el Expediente N° E-88239-2015 del registro del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL; el Decreto N° 1023/2001 y modificatorios y el Decreto N° 893/2012 y modificatorios; y

CONSIDERANDO:

Que por Expediente N° E-45965-2014 se tramitó la Licitación Pública N° 102/2014 llevada cabo para la contratación de un servicio de limpieza para el edificio perteneciente a estMinisterio, sito en Av. Entre Ríos N° 181, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, emitiéndose Orden de Compra N° 39/2015, a favor de la firma BET CLEAN S.R.L., por un período de doc(12) meses, con opción a prórroga a criterio de este Ministerio, por un período similar al orignalmente contratado.

Que el Departamento de Servicios Generales solicita prorrogar la Orden de Compra aludidapartir de su vencimiento, por un período igual al originalmente contratado.

Que consecuentemente se procede a realizar la prórroga solicitada por dicho Departamento

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención de su competenci

Que la presente Resolución se dicta dentro del régimen establecido por el DecreN° 1023/2001 y modificatorios, sin perjuicio de la aplicación supletoria del Decreto N° 893/201y modificatorios y en virtud de lo dispuesto en la Ley de Ministerios y las normas modificatorias complementarias, la Ley N° 24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas de Control dSector Público Nacional y su Decreto Reglamentario N° 1344/2007 y modificatorios, los DecretoN° 357/2002 modificatorios y complementarios, N° 140 del 16 de Diciembre de 2015 y la Resol

ción MDS N° 574/2010.

Por ello,

EL SECRETARIODE COORDINACIÓN Y MONITOREO INSTITUCIONALDEL MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIALRESUELVE:

 ARTÍCULO 1° — Prorrógase a partir de su vencimiento, Orden de Compra N° 39/2015 emitida favor de la firma BET CLEAN S.R.L., correspondiente a la Licitación Pública N° 102/2014, en suma de PESOS UN MILLON SETECIENTOS DIECISEIS MIL ($ 1.716.000.-), por los motivos epuestos en los Considerandos de la presente,

 ARTÍCULO 2° — Atiéndase la erogac ión total que asciende a la suma de PESOS UN MILLOSETECIENTOS DIECISEIS MIL ($ 1.716.000.-), con cargo a los créditos del presupuesto de estMinisterio para el ejercicio 2016.

 ARTÍCULO 3° — Autorízase a la Dirección de Patrimonio y Suministros a emitir la respectivOrden de Compra.

 ARTÍCULO 4° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — GABRIEL CASTELLI, Secretario de Coordinación y Monitoreo Institcional, Ministerio de Desarrollo Social.

e. 07/03/2016 N° 12149/16 v. 07/03/20#F5077313

#I5077772I#

MINISTERIO DE SALUD

SECRETARÍA DE POLÍTICAS, REGULACIÓN E INSTITUTOS

SUBSECRETARÍA DE GE STIÓN DE SERVICIOS ASISTENCIALES

SERVICIO NACIONAL DE REHABILITACIÓN

Disposición 65/2016

01/02/2016

EXTRACTO DE DISPOSICIÓN Nº 65 de fecha 1 de Febrero de 2016 (SNR)

 ARTICULO 1º — Deniégase la solicitud de categor ización e inscripción en el REGISTRO NACIONAL DE PRESTADORES DE SERVICIOS DE ATENCION A PERSONAS CON DISCAPACIDAde la Institución “QUIMEY-CO” de Matías GIAMMARINO NATALE”, C.U.I.T. N° 20-31000048-con domicilio legal y real en la calle Güemes (99) Nº 2222, Código Postal Nº 1650, de la locadad de San Martín, provincia de Buenos Aires, en la modalidad prestacional Centro EducativTerapéutico.

 ARTICULO 2º — Contra el presente acto podrá deducirse el recurso de reconsideración prvisto en el artículo 84 del Reglamento de Procedimientos Administrativos Decreto Nº 1759/72 (t.1991) el que deberá interponerse en el plazo de diez (10) días de notificada la presente.

 ARTICULO 3º — Regístrese, notifíquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEREGISTRO OFICIAL y cumplido, archívese. — Dra. MARCELA ALEJANDRA GABA, Directora, Sevicio Nacional de Rehabilitación.

e. 07/03/2016 N° 12276/16 v. 07/03/20

#F5077772F

8/19/2019 Boletín Oficial de la República Argentina, Número 33.331. 07 de marzo de 2016

http://slidepdf.com/reader/full/boletin-oficial-de-la-republica-argentina-numero-33331-07-de-marzo-de 19/20

  Lunes 7 de marzo de 2016 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 33.331 19

AVISOS OFICIALES

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#I5073216I#MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL

INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMÍA SOCIAL

EDICTO

El INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMIA SOCIAL, con domicilio en Av.Belgrano N° 1656, Capital Federal, notifica que se ha ordenado instruir sumario a la: “ASOCIACIONMUTUAL EMPLEADOS CAJA NACIONAL AHORRO Y SEGURO-SUCURSAL CORDOBA (Expte:2810/2010 Matricula: CORDOBA 247 RES:251/2011), COOPERATIVA AGROPECUARIA APICOLA“COSECHEMOS JUNTOS” LIMITADA (Expte: 879/2013 Matricula: 19098 RES:3074/2013) COOPERA-TIVA DE TRABAJO 16 VOLUNTADES LIMITADA (Expte: 2484/2013 Matricula: 25362 RES: 4034/2013)

 ASOCIACION MUTUAL “8 DE JULIO” (Expte: 2217/2010 Matricula: SF 1481 RES: 268/2011) MU-TUAL DE LOS EMPLEADOS MINISTERIO DE LA EDUCACION DE LA PROVINCIA DE SALTA (Expte:3616/2009 Matricula: Salta 99 RES: 528/2010) ASOCIACION MUTUAL DE NAVEGANTES DEPOR-TIVOS (Expte: 2812/2010 Matricula: C.F. 2325 RES: 259/2011) COOPERATIVA AUNAR PROVISIONDE SERVICIOS LIMITADA (Expte: 11090/2012 Matricula: 19987 RES: 2672/2013) COOPERATIVA DETRABAJO 9 DE JULIO LIMITADA (Expte: 5273/2013 Matricula: 25212 RES: 5089/2013) designándoseal suscripto Instructor Sumariante. De acuerdo a las normas en vigor, se fija un plazo de DIEZ (10)días, para que presenten los descargos y ofrezcan las pruebas que hagan a su derecho (art. 1° inc.f) de la Ley N° 19.549), que comenzará a regir desde el último día de publicación. Se notifica ademásque dentro del mismo plazo deberá constituir domicilio legal bajo apercibimiento de continuar el tra-mité sin intervención suya, de sus apoderados o de su representante legal (Arts. 19, 20, 21 y 22 delDecreto Reglamentario N° 1759/72 (T.O. 1991). FDO: DR. DANIEL BARROS. Instructor sumariante.

Dr. DANIEL BARROS, Instructor Sumariante, I.N.A.E.S.

e. 03/03/2016 N° 10536/16 v. 07/03/2016

#F5073216F#

#I5074158I#MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL

INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMÍA SOCIAL

EDICTO

El INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMÍA SOCIAL, con domicilio en Av. Bel-grano N° 1656, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, notifica que en mérito a lo establecido porlas Resoluciones del I.N.A.E.S. se ha ordenado instruir Sumario a las entidades que a continuación sedetallan: COOPERATIVA DE TRABAJO Y CONSUMO TATS ITHAYIS (LOS HORNEROS) LTDA., MAT.26605, COOPERATIVA DE SERVICIOS PUBLICOS VIVIENDA EL OESTE LTDA., MAT. 26654, COOPE-RATIVA DE APICULTORESWUHUI (DUEÑOS DE LAS COLMENAS) LTDA., MAT. 26384, COOPERA-TIVA DE TRABAJO HAYA (LOS TIGRES) LTDA., MAT. 26385, COOPERATIVA DE TRABAJO EL ALBALTDA., MAT. 22665, COOPERATIVA AGROPECUARIA, FORESTAL, INDUSTRIAL, DE COMERCIALIZA-CION Y CONSUMO EL PORVENIR LTDA., MAT. 22401, COOPERATIVA AGROPECUARIA, FORESTAL,INDUSTRIAL, DE COMERCIALIZACION Y CONSUMO EL SAUCE LTDA., MAT. 22301.- Todas ellas condomicilio dentro de la República Argentina. Asimismo, el Directorio de esta Organismo ha ordenado,respecto a las nombradas, la instrucción de actuaciones sumariales por las causales que se imputanen los respectivos expedientes y resoluciones que se indican en paréntesis. Dichos sumarios tramita-rán por el procedimiento abreviado establecido en los Anexos I y II de la Resolución N° 3.369/09, y Re-sol. N° 403/2013, por hallarse suspendidas la autorización para funcionar, en tanto que se encuentrancomprendidas en las circunstancias prescripta en los artículos 1° y/o 2° de la Resolución N° 3.369/09.Se notifica, además, que en las actuaciones enumeradas “ut supra” ha sido designada la suscriptacomo nueva instructora sumariante y en tal carácter se le acuerda a las entidades el plazo de DIEZ (10)días, más los que le correspondan por derecho en razón de la distancia, para presentar su descargoy ofrecer la prueba de que intenten valerse (Art. 1° inc. F ap 1 y 2 de la Ley N° 19.549). Admitiéndosesólo la presentación de prueba documental. Intímaselas, asimismo, para que dentro de igual plazoprocedan a denunciar su domicilio real y en su caso, a constituir el especial dentro del radio geográficode la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, conforme con lo establecido en los arts. 19 a 22 del DecretoN° 1759/72 Reglamentario de la Ley N° 19.549 (T.O. 1991). Vencido el término se emitirá disposiciónsumarial dando por concluído el Sumario, evaluando en su caso el descargo y prueba aportada yaconsejando la medida a adoptar.- El presente deberá publicarse de acuerdo a lo dispuesto por el Art.42 del Dec. Regl. 1759 (T.O. 1991).- FDO: Dra. Blanca Susana REVOREDO - Instructora Sumariante.

Dra. BLANCA SUSANA REVOREDO, Instructora Sumariante, I.N.A.E.S.

e. 03/03/2016 N° 10777/16 v. 07/03/2016#F5074158F#

#I5075018I#MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL

INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMÍA SOCIAL

EDICTO

EL INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMIA SOCIAL con domicilio legal en Av.Belgrano 1656, notifica que por Resolución N°: 4254/15-INAES, ha resuelto: Aplícase a la COOPE-RATIVA DE TRABAJO GEDEON LTDA (Mat 28.722), con domicilio legal en Capital Federa l, la sancióncontemplada por el art. 101 inc 2° de la Ley N° 20.337, modificada por la Ley N° 22.816, consistenteen una multa por valor de PESOS DOS MIL ($ 2.000), la que deberá ser abonada dentro de los DIEZ(10) días de notificada. Contra la medida dispuesta son oponibles los siguientes Recursos: REVISIÓN(Art. 22. inc. a) —10 días— y Art. 22, incs. b) c) y d) —30 días— Ley N° 19.549). RECONSIDERACIÓN(Art. 84 Dto. N° 1.759/72 - t.o. 1.991, —10 días—). ACLARATORIA (Art. 102, Dto. N° 1.759/72 - t.o.1.991, —5 días—). Además, procederá, a opción del interesado, el recurso administrativo de ALZADAo la o la acción judicial per tinente (Art. 94 Dto. N° 1.759/72 - t.o. 1.991, —15 días—), como así tam-bién el Recurso Judicial Directo contemplado en el Art. 103 de la Ley N° 20.337, modificada por LeyN° 22.816. Asimismo, se amplían los plazos procesales que les corresponde por derecho en razónde la distancia desde el asiento de esta jurisdicción. Quedan debidamente notificadas (Art. 42, Dto.N° 1.759/72 (t.o. 1.883/91), acción. OSVALDO A. MANSILLA, Coordinador Financiero Contable.

OSVALDO A. MANSILLA, Coordinador Financiero Contable.

e. 04/03/2016 N° 11126/16 v. 08/03/2016#F5075018F#

#I5075022I#MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL

INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMÍA SOCIAL

EDICTO

EL INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMIA SOCIAL notifica que ha rsuelto NO HACER LUGAR A LA SOLICITUD DE OTORGAMIENTO DE PERSONERIA JURIDICApor Resolución N° 3822/15-INAES, a la siguiente cooperativa: COOPERATIVA DE TRABAJCONSTRUCTORA NORTE LTDA con domicilio legal en la Provincia de Jujuy. Contra la mediddispuesta son oponibles los siguientes Recursos: REVISIÓN (Art. 22, inc. a) —10 días— y Ar22, incs. b) c) y d) —30 días— Ley N° 19.549). RECONSIDERACIÓN (Art. 84 Dto. N° 1.759/7- t.o. 1.991, —10 días—). ACLARATORIA (Art. 102, Dto. N° 1.759/72 - t.o. 1.991, —5 días—

 Además, proceder á, a opción del interesado, el recurso admin istra tivo de ALZADA o la ación judicial pertinente (Art. 94 D to. N° 1.759/72 - t.o. 1.991, —15 días—), como así ta mbién Recurso Judicial Directo contemplado en el Art. 103 de la Ley N° 20.337, modificada por LeN° 22.816. Asimismo, se amplían los plazos procesales que les corresponde por derecho erazón de la distancia desde el asiento de esta jurisdicción. Quedan debidamente notificada(Art. 42, Dto. N° 1.759/72 (t.o. 1.883/91), Fdo.: Sr. Osvaldo A. MANSILLA — Coordina dor Financiero Contable del INAES.

OSVALDO A. MANSILLA, Coordinador Financiero Contable.

e. 04/03/2016 N° 11130/16 v. 08/03/20#F5075022F

#I5075023I#MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL

INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMÍA SOCIAL

EDICTO

EL INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMIA SOCIAL con domicilio legal e Av. Belgrano 1656, notifica que por Resoluc ión N°: 4176/15-INAES, ha resuelto disponer la L IQUDACIÓN EXTRAJUDICIAL a la ASOCIACION DE SOCORROS MUTUOS UNIONE ITALIANA (LP 3con domicilio legal en la provincia de La Pampa. Contra la medida dispuesta son oponibles losiguientes Recursos: REVISIÓN (Art. 22, inc. a) —10 días— y Art. 22, incs. b) c) y d) —30 días— LN° 19.549). RECONSIDERACIÓN (A rt. 84 Dto. N° 1.759/72 - t .o. 1.991, —10 días—). ACLARATOR(Art. 102, Dto. N° 1.759/72 - t.o. 1.991, —5 días—). Además, procederá, a opción del interesado, recurso administrativo de ALZADA o la o la acción judicial pertinente (Art. 94 Dto. N° 1.759/72 - t.1.991, —15 días—), como así también el Recurso Judicial Directo contemplado en el Art. 103 de Ley N° 20.337, modificada por Ley N° 22.816. Asimismo, se amplían los plazos procesales que lecorresponde por derecho en razón de la distancia desde el asiento de esta jurisdicción. Quedadebidamente not ificadas (Art . 42, Dto. N° 1.759/72 (t.o. 1.883/91), acción. OSVALDO A. MANSILLACoordinador Financiero Contable.

OSVALDO A. MANSILLA, Coordinador Financiero Contable.

e. 04/03/2016 N° 11131/16 v. 08/03/20#F5075023F

#I5075024I#

MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIALINSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMÍA SOCIAL

EDICTO

EL INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMIA SOCIAL con domicilio le gen Av. Belgrano 1656, notifica que por Resolución N°: 4030/15, 4040/15, 4026/15, 4167/154174/15-INAES, ha resuelto RETIRAR LA AUTORIZACION PARA FUNCIONAR a: COOPERATIVA DE TRABAJO “LA FORTALEZA LTDA (Mat. 28.082) con domicilio legal en la provincde Chaco, COOPERATIVA DE TRABAJO NUEVA LAS CANALETAS 4 LTDA (Mat 26.286) codomicilio legal en la provincia de Buenos Aires, COOPERATIVA DE OBRAS Y SERVICIOPÚBLICOS DE L A SEGUNDA ETAPA DEL CORDÓN FORESTAL LTDA (Mat 17.051) con domcilio legal en la provincia de Chubut, ASOCIACIÓN MUTUAL CIRCULO DE SERVICIOS PREVISIONALES BIENESTAR (Mat CF2643) y ASOCIACIÓN MUTUAL DEL MAGISTERIO DE LREPÚBLICA ARGENTINA (Mat CF1936) ambas con domicilio legal en Capital Federal. Contrla medida dispuesta son oponibles los siguientes Recursos: REVISIÓN (Art. 22, inc. a) —1días— y Art. 22, incs. b) c) y d) —30 días— Ley N° 19.549). RECONSIDERACIÓN (Art. 84 DtN° 1.759/72 - t.o. 1.991, —10 días—). ACLARATORIA (Ar t. 102, Dto. N ° 1.759/72 t.o. 1.991, —días—). Además, procederá, a opción del interesado, el recurso administrativo de ALZADA la o la acción judicial pertinente (Art. 94 Dto. N° 1.759/72 - t.o. 1.991, —15 días—), como astambién el Recurso Judicial Directo contemplado en el Art. 103 de la Ley N° 20.337, modifcada por Ley N° 22.816. Asimismo, se amplían los plazos procesales que les corresponde poderecho en razón de la distancia desde el asiento de esta jurisdicción. Quedan debidamennotificadas (Art. 42, Dto. N° 1.759/72 (t.o. 1.883/91), acción. OSVALDO A. MANSILLA, Coodinador Financiero Contable.

OSVALDO A. MANSILLA, Coordinador Financiero Contable.

e. 04/03/2016 N° 11132/16 v. 08/03/20#F5075024F

#I5075026I#MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL

INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMÍA SOCIAL

EDICTO

EL INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMIA SOCIAL con domicilio legen Av. Belgrano 1656, notifica que por Resolución N°: 4175/15-INAES, ha resuelto la REVOCA

8/19/2019 Boletín Oficial de la República Argentina, Número 33.331. 07 de marzo de 2016

http://slidepdf.com/reader/full/boletin-oficial-de-la-republica-argentina-numero-33331-07-de-marzo-de 20/20

  Lunes 7 de marzo de 2016 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 33.331 20

CIÓN del RETIRO DE AUTORIZACIÓN PARA FUNCIONAR a la COOPERATIVA AGRICOLA DECOLONIA POLANA LTDA. (Mat. 4537) con domicilio legal en la provincia de Misiones. Contrala medida dispuesta son oponibles los siguientes Recursos: REVISIÓN (Art. 22, inc. a) —10días— y Art. 22, incs. b) c) y d) —30 días— Ley N° 19.549). RECONSIDERACIÓN (Art. 84 Dto.N° 1.759/72 - t.o. 1.991, —10 días—). ACLARATORIA (Art. 102, Dto. N° 1.759/72 - t.o. 1.991, —5días—). Además, procederá, a opción de l interesado, el recurso administra tivo de ALZADA o lao la acción judicial pertine nte (Art. 94 Dto. N° 1.759/72 - t.o. 1.991, —15 días—), como así t am-bién el Recurso Judici al Directo contemplado en el Art. 103 de la Ley N° 20.337, modificada porLey N° 22.816. Asimismo, se amplían los plazos procesales que les corresponde por derechoen razón de la distancia desde el asiento de esta jurisdic ción. Quedan debidamente notificadas(Art. 42, Dto. N° 1.759/72 (t.o. 1.883/91), acción. OSVALDO A. MANSILLA, Coordinador Finan -ciero Contable.

OSVALDO A. MANSILLA, Coordinador Financiero Contable.

e. 04/03/2016 N° 11134/16 v. 08/03/2016#F5075026F#

#I5075110I#

MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL

INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMÍA SOCIAL

EDICTO

El INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMÍA SOCIAL, con domicilio en Av. Be lgran o N° 1656, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires , notifica que en mérito a loestablecido por las Resoluciones del I.N.A.E.S. se ha ordenado instruir Sumario a las enti-dades que a continuación se detallan: COOPERATIVA AGRICOLA E INDUSTRIAL DE JARDIN

 AMERICA LTDA., MAT. 2831, COOPERATIVA AZUCARER A SAN JAVIER LTDA., MAT. 2948,COOPERATIVA AGRICOLA WANDA SOCIEDAD COOPERATIVA LTDA., MAT. 3194, COOPERA-TIVA DE TE DE MONTE CARLO LTDA., MAT. 4259, COOPERATIVA TEALERA LTDA. DE DOS

 ARROYOS, MAT. 508 9, COOPERATIVA TELEFONICA DE MONTE CARLO LTDA., MAT. 5044,COOPERATIVA AGRICOLA DE GARUHAPE LTDA., MAT. 5536, BANCO OBERA COOPERATI-VA LTDA., MAT. 6171, COOPERATIVA DE TRABAJO DE TRANSPORTE AUTOMOTOR LTDA.(COTAL), MAT. 7782, COOPERATIVA DE TRABAJO ARMADORA DE VIVIENDAS ECONOMICASMONTECARLO LTDA., MAT. 7947, COOPERATIVA DE TRABAJO LTDA. INDUSTRIA DEL CUERO

 APOSTOLES, MAT. 7954 , COOPERATIVA DE TRABA JO LIBERACION SAN ALBERTO LTDA.,MAT. 8064, COOPERATIVA ARGENTINA DE TRABAJO Y TECNOLOGIA LTDA. (C.A.T.T.A.L.),MAT. 8859, COOPERATIVA PARA LA VIVIENDA Y CREDITO CAPITAL DEL NORTE LTDA., MAT.9217, COOPERATIVA DE CONSUMO TRABAJADORES VIALES PROVINCIALES DE MISIONESLTDA., MAT. 9408, COOPERATIVA AGRICOLA SAN IGNACIO DE LOYOLA LTDA., MAT. 9460,COOPERATIVA AGRICOLA DE CONCEPCION DE LA SIERRA LTDA., MAT. 9477.- Todas ellascon domicilio dentro de la República Argentina. Asimismo, el Directorio de esta Organismo haordenado, respecto a las nombradas, la instrucción de ac tuaciones sumariales por las causale sque se imputan en los respectivos expedientes y resoluciones que se indican en paréntesis.Dichos sumarios Tramitarán por el procedimiento abreviado establec ido en los Anexos I y II dela Resolución N° 3.369/09, y Resol. N° 403/2013, por hallarse suspendidas la autorización parafuncionar, en tanto que se encuentran comprendidas en las circunstancias prescripta en losartículos 1° y/o 2° de la Resolución N° 3.369/09. Se notifica, además, que en las actuacionesenumeradas “ut supra” ha sido designada la suscripta como nueva instructora sumariante y ental carácter se le ac uerda a las entidades el pla zo de DIEZ (10) días, más los que le correspon-dan por derecho en razón de la distancia, para presentar su descargo y ofrecer la prueba deque intenten valerse (Ar t. 1° inc. F ap. 1 y 2 de la Ley N° 19.549). Admitiéndose sólo la presen-tación de prueba documental. Intímaselas, asimismo, para que dentro de igual plazo proce dana denunciar su domicilio real y en su caso, a constituir el especial dentro del radio geográfico

de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, conforme con lo establecido en los arts. 19 a 22 delDecreto N° 1759/72 Reglamentari o de la Ley N° 19.549 (T.O. 1991). Vencido el término se emitirádisposición sumarial dando por concluido el Sumario, evaluando en su caso el descargo y prue-ba aportada y aconsejando la medida a a doptar.- El presente deberá publicarse de acuerdo a lodispuesto por el Art. 42 del Dec. Regl. 1759 (T.O. 1991).- FDO: Dra. Blanca Susana REVOREDO- Instructora Sumariante.

Dra. BLANCA SUSANA REVOREDO, Instructora Sumariante, I.N.A.E.S.

e. 04/03/2016 N° 11218/16 v. 08/03/2016#F5075110F#

#I5075111I#

MINISTERIO DE SALUD

DIRECCIÓN NACIONAL DE REGISTRO, FISCALIZACIÓN Y SANIDAD DE FRONTERAS

EDICTO

“El MINISTERIO DE SALUD DE LA NACIÓN, conforme a lo dispuesto por el artículo 49 dela Ley N° 17.565 y atento a la imposibilidad de ubicarlo, por Disposición del Sr. SECRETARIODE POLÍTICAS, REGULACIÓN E INSTITUTOS, solicita se notifique al Sr. Miguel Ángel CONDE laResolución N° 19 de fecha 18 de febrero de 2015 emitida por el Sr. SECRETARIO DE POLÍTICAS,REGULACIÓN E INSTITUTOS, cuya parte resolutiva reza:

 ARTÍCULO 1°: Sanciónase al Sr. Miguel Ángel CONDE (DNI: 13.266 .012), en carácter de pro-pietario de la denominada “FARMACIA LA ARGENTINA”, sita en la calle Charlone N° 1999 de laCiudad Autónoma de Buenos Aires, con una multa de pesos MIL CIEN ($ 1.100) por haber trans-gredido el artículo 4 de la Ley N° 17.565.

 ARTÍCULO 2°: Acuérdese el plazo de CINCO (05) días hábiles, a partir de la fecha de su noti-ficación, para hacer efectivo el pago de la multa impuesta en el DEPARTAMENTO DE TESORERÍAde la DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN, sita en la Avenida 9 de Julio N° 1.925, Ciudad

 Autónoma de Buenos Aires, cuyos montos ingresarán a l Fondo de Financiamiento 13 (Fondo Na-cional de Salud).

 ARTÍCULO 3°: El sancionado podrá interponer, dentro de los CINCO (5) días de notificado yprevio pago total de la multa impuesta, el pertinente recurso de nulidad y apelación ante la autori-dad judicial correspondiente, de conformidad con lo establecido en el artículo 53 y concordantes

de la autoridad sanitaria, solo podrá interponerse recurso de nulidad y apelación que se interpondrá y se sustanciará ante la autoridad judicial correspondiente y dentro del plazo del artículo 52En el caso de pena consistente en multa, además el recurrente deberá abonar dentro del plazo dreferido artículo 52 el total de la misma. En Capital Federal y en el Territorio Nacional de Tierra dFuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur será competente el Juez en lo Contencioso Administravo que corresponda (Modificado por Ley 19.451).”

 ARTÍCULO 4°: Regístrese, not ifíquese por la DIRECCIÓN DE DESPACHO, gírese al DEPARTAMENTO DE TESORERÍA de la DIRECCIÓN GENERAL ADMINISTRACIÓN para la continuacióde su trámite y archívese. FIRMADO. DOCTOR GABRIEL YEDLIN. SECRETARIO DE POLÍTICAREGULACIÓN E INSTITUTOS. MINISTERIO DE SALUD DE LA NACIÓN.”

FIRMADO: DR. OSCAR J. PEREZ, DIRECCION NACIONAL DE REGISTRO, FISCALIZACIONSANIDAD DE FRONTERAS”.

Dr. OSCAR J. PEREZ, Director Nacional de Registro, Fiscalización y Sanidad de Fronteras.

e. 04/03/2016 N° 11219/16 v. 08/03/20#F5075111

#I5075112I#MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL

INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMÍA SOCIAL

EDICTO

El INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMÍA SOCIAL, con domicilio en ABelgrano N° 1656, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, notifica que en mérito a lo establecidpor las Resoluciones del I.N.A.E.S. se ha ordenado instruir Sumario a las entidades que a contnuación se detallan: COOPERATIVA AGROPECUARIA Y DE CONSUMO EL MILAGRO LTDA., MA27510, COOPERATIVA DE PROVISION DE SERVICIOS Y CONSUMO PARA TRANSPORTISTADE PASAJEROS Y CARGA TRANS-COOP LTDA, MAT. 27072, COOPERATIVA AGROPECUARIAORGANICA Y DE CONSUMO CERRO BLANCO LTDA., MAT. 24.476, COOPERATIVA AGROPCUARIA LOMBRICULTURA Y CONSUMO BIO SAN JUAN LTDA, MAT. 23562, COOPERATIVA DPROVISION Y CONSUMO PARA TRANSPORTE DE PASAJEROS U.T.A.C. LTDA., MAT. 2368COOPERATIVA AGROPECUARIA, LOMBRICULTURA Y CONSUMO PRODUCTOS ORGANICODEL OESTE LTDA., MAT. 23530, COOPERATIVA VITIVINICOLA Y AGRO INDUSTRIAL PRODUCTORES DEL SUR LTDA., MAT 23538, COOPERATIVA DE TRABAJO SERVICOOP LTDA., MA23213, COOPERATIVA AGROINDUSTRIAL 16 DE AGOSTO LTDA., MAT. 22668, COOPERATIV

 AGROPECUARIA BUENA ESPERANZA LTDA., MAT. 22363.- Todas ell as con domicilio dentro dla República Argentina. Asimismo, el Directorio de esta Organismo ha ordenado, respecto a lanombradas, la instrucción de actuaciones sumariales por las causales que se imputan en los repectivos expedientes y resoluciones que se indican en paréntesis. Dichos sumarios tramitarápor el procedimiento abreviado establecido en los Anexos I y II de la Resolución N° 3.369/09, Resol. N° 403/2013, por hallarse suspendidas la autorización para funcionar, en tanto que se ecuentran comprendidas en las circunstancias prescripta en los artículos 1° y/o 2° de la ResolucióN° 3.369/09. Se notifica, además, que en las actuaciones enumeradas “ut supra” ha sido designada la suscripta como nueva instructora sumariante y en tal carácter se le acuerda a las entidadeel plazo de DIEZ (10) días, más los que le correspondan por derecho en razón de la distancia, papresentar su descargo y ofrecer la prueba de que intenten valerse (Art. 1° inc. F ap. 1 y 2 de Ley N° 19.549). Admitiéndose sólo la presentación de prueba documental. Intímaselas, asimismopara que dentro de igual plazo procedan a denunciar su domicilio real y en su caso, a constituel especial dentro del radio geográfico de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, conforme con establecido en los arts. 19 a 22 del Decreto N° 1759/72 Reglamentario de la Ley N° 19.549 (T.O1991). Vencido el término se emitirá disposición sumarial dando por concluido el Sumario, evaluando en su caso el descargo y prueba aportada y aconsejando la medida a adoptar.- El present

deberá publicarse de acuerdo a lo dispuesto por el Art. 42 del Dec. Regl. 1759 (T.O. 1991).- FDODra. Blanca Susana REVOREDO- Instructora Sumariante.

Dra. BLANCA SUSANA REVOREDO, Instructora Sumariante, I.N.A.E.S.

e. 04/03/2016 N° 11220/16 v. 08/03/20#F5075112F

#I5075198I#MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL

INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMÍA SOCIAL

EDICTO

El INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMIA SOCIAL, con domicilio en ABelgrano N° 1656, Capital Federal, notifica que en mérito a lo establecido por las Resoluciones dI.N.A.E.S., se ha ordenado instruir sumario a las entidades que a continuación se detallan:- COOPRATIVA DE VIVIENDA, CREDITO Y CONSUMO “GLOBAL” LTDA, Matricula 21.267 (Expte. 7113/Resolución 992/15); COOPERATIVA DE TRABAJO AGRICOLA GANADERA Y DE CONSUMO ABAS

TECER LTDA, Matricula 26.286 (Expte. 5706/14 Resolución 1003/15), COOPERATIVA DE VIVIENDA CONSUMO UNIDOS CRECEMOS MAS LTDA, Matricula 33.019 (Expte. 126/15 Resolución 936/15 ASOCIACION MUTUAL DEL PERSONAL DE JUNCADELLA S.A, Matricula CF 646 (Expte. 5691/Resolución 1874/15); COOPTUR COOPERATIVA DE TRABAJO DE TURISMO LTDA, Matricula 38.39(Expte. 235/15 Resolución 994/15); COOPERATIVA DE TRABAJO TIMBUES LTDA, Matricula 38.49(Expte. 6074/13 Resolución 920/15), ASOCIACION MUTUALISTA ORGANIZACIÓN CINCOTTA, Matcula CF 472 (Expte 307/14 Resolución 6553/14), designándose a la suscripta Instructora Sumariante

De acuerdo a las normas en vigor, se fija un plazo de DIEZ (10) días con más los ampliatorioque por derecho correspondan en razón de la distancia para aquellas entidades fuera del radurbano de la Capital Federal, para que presenten los descargos y ofrezcan las pruebas que hagan a su derecho (art 1° inc. f) de la Ley N° 19.549), que comenzará a regir desde el último día dpublicación. Se notifica además que dentro del mismo plazo deberá constituir domicilio legal baapercibimiento de continuar el tramité sin intervención suya, de sus apoderados o de su representante legal (Arts.19, 20, 21 y 22 del Decreto Reglamentario N° 1759/72 (T.O. 1991).

El presente deberá publicarse en el Boletín Oficial, de acuerdo a lo dispuesto en el Art. 42 dDecreto Reglamentario N° 1759/72 (T.O 1991) FDO: DRA. Erika S. Alvarez. Instructora sumariant

Dra. ERIKA S. ALVAREZ, Instructora Sumariante, I.N.A.E.S.