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Bolivia: Decreto Supremo Nº 2091, 5 de septiembre de 2014 Decreto Supremo Nº 2091 EVO MORALES AYMA PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA CONSIDERANDO: Que el Parágrafo II del Artículo 49 de la Constitución Política del Estado, establece que la ley regulará las relaciones laborales relativas a contratos y convenios colectivos; salarios mínimos generales, sectoriales e incrementos salariales. Que el Artículo 123 del Texto Constitucional, determina que la ley sólo dispone para lo venidero y no tendrá efecto retroactivo, excepto en materia laboral, cuando lo determine expresamente a favor de las trabajadoras y de los trabaja- dores. Que el Parágrafo I del Artículo 361 de la Constitución Política del Estado, dispone que Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos - YPFB es una empresa autárquica de derecho público, inembargable, con autonomía de gestión administrativa, técnica y económica, en el marco de la política estatal de hidrocarburos. YPFB, bajo tuición del Ministerio del ramo y como brazo operativo del Estado, es la única facultada para realizar las actividades de la cadena productiva de hidrocarburos y su comercialización. Que el inciso b) del Artículo 20 del Presupuesto General del Estado - Gestión 2010, vigente por el inciso b) de la Disposición Final Segunda de la Ley Nº 455, de 11 de diciembre de 2013, del Presupuesto General del Estado - Gestión 2014, señala que la remuneración básica mensual de la Máxima Autoridad Ejecutiva - MAE de las entidades públicas, no deberá ser superior a la de un Ministro de Estado; asimismo, el total percibido incluido los beneficios colaterales, no debe ser superior al definido para el Presidente del Estado Plurinacional. Que el inciso g) del Artículo 20 del Presupuesto General del Estado - Gestión 2010, vigente por el inciso b) de la Disposición Final Segunda de la Ley Nº 455, determina que las Empresas Públicas Nacionales Estratégicas - EPNE, excepcionalmente, en casos de personal especializado en áreas estratégicas, podrán incorporar en sus Escalas Salariales, niveles de remuneraciones mayores al establecido para el Presidente del Estado Plurinacional, debiendo ser aproba- 1 BO-DS-N2091 Bolivia: Decreto Supremo Nº 2091, 5 de septiembre de 2014

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  • Bolivia: Decreto Supremo N 2091, 5 de septiembre de 2014

    Decreto Supremo N 2091EVO MORALES AYMA

    PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DEBOLIVIA

    CONSIDERANDO:

    Que el Pargrafo II del Artculo 49 de la Constitucin Poltica del Estado,establece que la ley regular las relaciones laborales relativas a contratos yconvenios colectivos; salarios mnimos generales, sectoriales e incrementossalariales. Que el Artculo 123 del Texto Constitucional, determina que la ley slo disponepara lo venidero y no tendr efecto retroactivo, excepto en materia laboral,cuando lo determine expresamente a favor de las trabajadoras y de los trabaja-dores. Que el Pargrafo I del Artculo 361 de la Constitucin Poltica del Estado,dispone que Yacimientos Petrolferos Fiscales Bolivianos - YPFB es unaempresa autrquica de derecho pblico, inembargable, con autonoma de gestinadministrativa, tcnica y econmica, en el marco de la poltica estatal dehidrocarburos. YPFB, bajo tuicin del Ministerio del ramo y como brazooperativo del Estado, es la nica facultada para realizar las actividades de lacadena productiva de hidrocarburos y su comercializacin. Que el inciso b) del Artculo 20 del Presupuesto General del Estado - Gestin2010, vigente por el inciso b) de la Disposicin Final Segunda de la Ley N 455,de 11 de diciembre de 2013, del Presupuesto General del Estado - Gestin 2014,seala que la remuneracin bsica mensual de la Mxima Autoridad Ejecutiva -MAE de las entidades pblicas, no deber ser superior a la de un Ministro deEstado; asimismo, el total percibido incluido los beneficios colaterales, no debeser superior al definido para el Presidente del Estado Plurinacional. Que el inciso g) del Artculo 20 del Presupuesto General del Estado - Gestin2010, vigente por el inciso b) de la Disposicin Final Segunda de la Ley N 455,determina que las Empresas Pblicas Nacionales Estratgicas - EPNE, excepcionalmente, en casos de personal especializado en reas estratgicas,podrn incorporar en sus Escalas Salariales, niveles de remuneraciones mayoresal establecido para el Presidente del Estado Plurinacional, debiendo ser aproba-

    1BO-DS-N2091

    Bolivia: Decreto Supremo N 2091, 5 de septiembre de 2014

  • das expresamente mediante Decreto Supremo. Que el Pargrafo IV de la Disposicin Transitoria Primera de la Ley N 466, de26 de diciembre de 2013, de la Empresa Pblica, establece que la empresa continuar desarrollando sus actividades conforme a su normativa hasta el da siguientehbil a la notificacin con el registro de la empresa que establezca la adopcin de lanueva tipologa. Que el Artculo nico del Decreto Supremo N 0086, de 18 de abril de 2009,otorga el carcter de EPNE a YPFB. Que el Pargrafo I del Artculo nico del Decreto Supremo N 0696, de 11 denoviembre de 2010, aprueba la Escala Salarial para personal especializado en reas estratgicas y operativas de exploracin, explotacin y plantas de separacin deYPFB, con niveles de remuneracin mayores al establecido para el Presidente delEstado Plurinacional. Que el Pargrafo III del Artculo 16 del Decreto Supremo N 1861, de 8 de enerode 2014, que reglamenta la aplicacin de la Ley N 455, dispone que el DecretoSupremo que aprueba la escala salarial para el personal especializado de una EPNE,tendr vigencia indefinida en tanto no se modifique la estructura salarial y de cargosde la misma. Que el Artculo 2 del Decreto Supremo N 2002, de 16 de mayo de 2014, sealaque el Incremento Salarial para los trabajadores de las Empresas Pblicas delnivel Central del Estado ser autorizado mediante Decreto Supremo expreso;asimismo, el Artculo 3 del precitado Decreto Supremo, establece que el porcentajede Incremento Salarial podr ser determinado hasta un diez por ciento (10%), deacuerdo a la utilidad neta y disponibilidad financiera de cada Empresa. Que de acuerdo a la normativa antes citada, es necesario aprobar el IncrementoSalarial de las trabajadoras y los trabajadores y la Escala Salarial de personalespecializado de YPFB, con el fin de establecer una remuneracin que asegure susubsistencia y la de sus familias, incentivando a los mismos a prestar un mejorservicio en las actividades del sector hidrocarburfero.

    EN CONSEJO DE MINISTROS,

    DECRETA:

    Artculo 1.- (Objeto) El presente Decreto Supremo tiene por objeto aprobar: a) El Incremento Salarial de las trabajadoras y de los trabajadores de Yacimientos

    Petrolferos Fiscales Bolivianos - YPFB;b) La Escala Salarial de personal especializado de YPFB.

    Artculo 2.- (Incremento salarial)

    http://www.lexivox.org2

    Bolivia: Decreto Supremo N 2091, 5 de septiembre de 2014

  • I. Se aprueba el Incremento Salarial de hasta el diez por ciento (10%) para las trabajadoras y los trabajadores de YPFB, que ser aplicado a partir del nivel 5hasta el nivel 26 de la escala vigente, evitando superposiciones de nivelessalariales.

    II. La ejecucin del Incremento Salarial sealado en el Pargrafo precedente, serfinanciado con recursos especficos de YPFB.

    III. El Incremento Salarial sealado en el Pargrafo I del presente Artculo, seaplicar con carcter retroactivo al 1 de enero de 2014. Se excluye de esteincremento a los salarios del personal especializado de YPFB.

    Artculo 3.- (Escala salarial)

    I. Se aprueba la Escala Salarial para el personal especializado en reas estratgicasy operativas de YPFB, conforme al Anexo del Decreto Supremo N 0696, de 11de noviembre de 2010 y de acuerdo al siguiente detalle:

    Cargo N de casos Nivel

    Especialista Lder 3 Bs48.150.-

    Especialista Snior I 17 Bs42.800.-

    Especialista Snior II 74 Bs38.520.-

    Especialista Operativo I 30 Bs33.170.-

    Especialista Operativo II 49 Bs27.820.-

    Especialista Operativo III 23 Bs21.400.-

    Operativo 25 Bs17.120.-

    II. El personal sealado en el Pargrafo precedente, no percibir bonos y otros similares de carcter recurrente, salvo el bono de antigedad, aguinaldo, asigna-ciones familiares, prestaciones de largo y corto plazo de seguridad social ybeneficios sociales establecidos por Ley.

    III. La Escala Salarial aprobada en el presente Artculo, deber ser implementadabajo responsabilidad de YPFB.

    Disposiciones abrogatorias y derogatorias

    Artculo derogatorio nico.- Se derogan los Pargrafos I, II y IV del Artculo nicodel Decreto Supremo N 0696, de 11 de noviembre de 2010.

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    Bolivia: Decreto Supremo N 2091, 5 de septiembre de 2014

  • Los seores Ministros de Estado en los Despachos de Economa y Finanzas Pblicas,y de Hidrocarburos y Energa, quedan encargados de la ejecucin y cumplimiento delpresente Decreto Supremo. Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintisiete das delmes de agosto del ao dos mil catorce. Fdo. EVO MORALES AYMA, David Choquehuanca Cspedes, Juan RamnQuintana Taborga, Jorge Perez Valenzuela, Rubn Aldo Saavedra Soto, Elba VivianaCaro Hinojosa, Luis Alberto Arce Catacora, Ana Teresa Morales Olivera, ArturoVladimir Snchez Escobar, Felix Cesar Navarro Miranda, Elizabeth Sandra GutierrezSalazar, Daniel Santalla Torrez, Juan Carlos Calvimontes Camargo, Jos AntonioZamora Gutirrez MINISTRO DE MEDIO AMBIENTE Y AGUA E INTERINO DEHIDROCARBUROS Y ENERGA, Roberto Ivn Aguilar Gmez, NemesiaAchacollo Tola, Claudia Stacy Pea Claros, Nardy Suxo Iturry, Pablo Cesar GrouxCanedo, Amanda Dvila Torres, Tito Rolando Montao Rivera.

    http://www.lexivox.org4

    Disposiciones abrogatorias y derogatorias

  • Ficha Tcnica (DCMI)

    Norma Bolivia: Decreto Supremo N 2091, 5 de septiembre de 2014

    Fecha 2014-12-22 Formato Text Tipo DS

    Dominio Bolivia Derechos GFDL Idioma es

    SumarioAprueba: a) El Incremento Salarial de las trabajadoras y de los trabajadoresde Yacimientos Petrolferos Fiscales Bolivianos - YPFB; b) La Escala Salarialde personal especializado de YPFB.

    Keywords Gaceta 674NEC, Decreto Supremo, septiembre/2014

    Origen http://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/152641

    Referencias Gaceta Oficial de Bolivia 674NEC, 201409b.lexml

    Creador

    Fdo. EVO MORALES AYMA, David Choquehuanca Cspedes, Juan RamnQuintana Taborga, Jorge Perez Valenzuela, Rubn Aldo Saavedra Soto,Elba Viviana Caro Hinojosa, Luis Alberto Arce Catacora, Ana Teresa MoralesOlivera, Arturo Vladimir Snchez Escobar, Felix Cesar Navarro Miranda,Elizabeth Sandra Gutierrez Salazar, Daniel Santalla Torrez, Juan CarlosCalvimontes Camargo, Jos Antonio Zamora Gutirrez MINISTRO DEMEDIO AMBIENTE Y AGUA E INTERINO DE HIDROCARBUROS YENERGA, Roberto Ivn Aguilar Gmez, Nemesia Achacollo Tola, ClaudiaStacy Pea Claros, Nardy Suxo Iturry, Pablo Cesar Groux Canedo, AmandaDvila Torres, Tito Rolando Montao Rivera.

    Contribuidor DeveNet.net

    Publicador DeveNet.net

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    Bolivia: Decreto Supremo N 2091, 5 de septiembre de 2014

  • Enlaces con otros documentos

    Vase tambin

    [BO-CPE-20090207] Bolivia: Constitucin Poltica del Estado de 2009, 7 de febrerode 2009

    Constitucin Poltica del Estado de 2009 [BO-DS-N86] Bolivia: Decreto Supremo N 86, 18 de abril de 2009

    En el marco de lo establecido en el Decreto Supremo N 29507 de 9 de abril de2008, se otorga el carcter de Empresa Pblica Nacional Estratgica aYacimientos Petrolferos Fiscales Bolivianos.

    [BO-DS-N696] Bolivia: Decreto Supremo N 696, 11 de noviembre de 2010Aprueba la Escala Salarial para personal especializado en reas estratgicas yoperativas de exploracin, explotacin y plantas de separacin de Yacimientos Petrolferos Fiscales Bolivianos - YPFB, con niveles de remuneracin mayoresal establecido para el Presidente del Estado Plurinacional.

    [BO-L-N455] Bolivia: Ley del Presupuesto General del Estado - Gestin 2014, 11 dediciembre de 2013

    Ley del Presupuesto General del Estado - Gestin 2014. [BO-L-N466] Bolivia: Ley de la Empresa Pblica, 27 de diciembre de 2013

    Ley de la Empresa Pblica [BO-DS-N1861] Bolivia: Reglamento de la Ley N 455 - Presupuesto General delEstado - Gestin 2014, DS N 1861, 8 de enero de 2014

    Reglamenta la aplicacin de la Ley N 455, de 11 de diciembre de 2013, delPresupuesto General del Estado - Gestin 2014.

    [BO-DS-N2002] Bolivia: Decreto Supremo N 2002, 19 de mayo de 2014Establece los requisitos y procedimientos que debern cumplir las Empresas Pblicas del nivel Central del Estado y las Empresas en las cuales el Estadotenga mayora accionaria, para beneficiar a sus trabajadores del incrementosalarial.

    [BO-DS-N2091] Bolivia: Decreto Supremo N 2091, 5 de septiembre de 2014Aprueba: a) El Incremento Salarial de las trabajadoras y de los trabajadores deYacimientos Petrolferos Fiscales Bolivianos - YPFB; b) La Escala Salarial depersonal especializado de YPFB.

    http://www.lexivox.org6

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    Bolivia: Decreto Supremo N 2091, 5 de septiembre de 2014

  • Contenido

    ..... 1Bolivia: Decreto Supremo N 2091, 5 de septiembre de 2014

    ......... 3Disposiciones abrogatorias y derogatorias

    ............. 5Ficha Tcnica (DCMI)

    ............ 6Enlaces con otros documentos

    .............. 6Vase tambin

    ............... 7Nota importante

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    Bolivia: Decreto Supremo N 2091, 5 de septiembre de 2014

    Bolivia: Decreto Supremo N 2091, 5 de septiembre de 2014 Disposiciones abrogatorias y derogatoriasFicha Tcnica (DCMI)Enlaces con otros documentosVase tambin

    Nota importante