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1 BASES PARA LA INSTALACIÓN DE NUEVOS CHIRINGUITOS DURANTE LAS FIESTAS DE SAN MATEO 2018. Es objeto de este proceso de concurrencia la oferta de suelo público para la explotación de chiringuito en vía pública durante las Fiestas de San Mateo 2018, en términos y condiciones análogas a los que tradicionalmente se instalan en el casco histórico de la ciudad. 1.- Podrán cursar solicitud entidades culturales, deportivas, sociedades de festejos y entidades vecinales con radicación en el municipio de Oviedo y que deberán acreditar su legalidad mediante certificado de Inscripción en el Registro de Asociaciones de la Delegación del Principado de Asturias (Consejería de Hacienda y sector Público) o en el Registro Municipal de Asociaciones. Las entidades que opten a la convocatoria, deberán desarrollar actividades propias de su objeto social a lo largo de todo el año, no restringiéndose su presencia a la actividad del chiringuito durante las fiestas de San Mateo. Acreditarán tal circunstancia mediante la presentación de la memoria de actividades correspondiente a 2017 y certificado del número de socios emitido por el Secretario de la entidad. Para resultar adjudicatarias, las entidades deberán hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias estatales y con el Ayuntamiento de Oviedo así como con los pagos a la Seguridad Social. El Ayuntamiento de Oviedo solicitará los datos referidos al cumplimiento de obligaciones tributarias con el propio Ayuntamiento. 2.- Se considera la instalación de 4 chiringuitos. Dos en La Corrada del Obispo y dos en el Campillín. Los emplazamientos y superficies máximas a ocupar por cada uno de ellos se detallan en plano adjunto, anexo I. 3.- La autorización objeto de esta convocatoria se otorgará por período de un año coincidiendo la actividad de los chiringuitos con la de las fiestas de San Mateo. En 2018 las fiestas se celebrarán desde el día 14 hasta el 23 de Septiembre. 4.- Las instalaciones de los nuevos chiringuitos serán aportadas por los solicitantes asumiendo por tanto sus costes de alquiler, instalación, montaje y desmontaje. No podrán realizarse anclajes de las instalaciones que supongan perforaciones en el suelo. Podrán instalarse taburetes, sillas y mesas bajas pero siempre dentro del perímetro de cada chiringuito delimitada tal como se establece en el plano adjunto a esta convocatoria. En todo caso deberá respetarse las zonas de acceso y de paso de público. 5.- Dado su carácter público se hace necesario garantizar la seguridad de las personas, el bienestar de la sociedad y la protección del medio ambiente. Para el debido cumplimiento de estas premisas, será requisito indispensable la redacción de un documento, suscrito por técnico competente que recoja las condiciones relativas a la funcionalidad, seguridad, habitabilidad y estética del chiringuito. Las características que se requiere queden reflejadas en dicho documento técnico son las siguientes: - Plano de implantación, con dimensiones en metros y situación según planimetría del PGOU vigente. - Planos de planta, alzado y sección acotados.

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BASES PARA LA INSTALACIÓN DE NUEVOS CHIRINGUITOS DURANTE LAS FIESTAS DE SAN MATEO 2018.

Es objeto de este proceso de concurrencia la oferta de suelo público para la explotación de chiringuito en vía pública durante las Fiestas de San Mateo 2018, en términos y condiciones análogas a los que tradicionalmente se instalan en el casco histórico de la ciudad.

1.- Podrán cursar solicitud entidades culturales, deportivas, sociedades de festejos y entidades vecinales con radicación en el municipio de Oviedo y que deberán acreditar su legalidad mediante certificado de Inscripción en el Registro de Asociaciones de la Delegación del Principado de Asturias (Consejería de Hacienda y sector Público) o en el Registro Municipal de Asociaciones.

Las entidades que opten a la convocatoria, deberán desarrollar actividades propias de su objeto social a lo largo de todo el año, no restringiéndose su presencia a la actividad del chiringuito durante las fiestas de San Mateo. Acreditarán tal circunstancia mediante la presentación de la memoria de actividades correspondiente a 2017 y certificado del número de socios emitido por el Secretario de la entidad.

Para resultar adjudicatarias, las entidades deberán hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias estatales y con el Ayuntamiento de Oviedo así como con los pagos a la Seguridad Social. El Ayuntamiento de Oviedo solicitará los datos referidos al cumplimiento de obligaciones tributarias con el propio Ayuntamiento.

2.- Se considera la instalación de 4 chiringuitos. Dos en La Corrada del Obispo y dos en el Campillín. Los emplazamientos y superficies máximas a ocupar por cada uno de ellos se detallan en plano adjunto, anexo I.

3.- La autorización objeto de esta convocatoria se otorgará por período de un año coincidiendo la actividad de los chiringuitos con la de las fiestas de San Mateo.

En 2018 las fiestas se celebrarán desde el día 14 hasta el 23 de Septiembre.

4.- Las instalaciones de los nuevos chiringuitos serán aportadas por los solicitantes asumiendo por tanto sus costes de alquiler, instalación, montaje y desmontaje. No podrán realizarse anclajes de las instalaciones que supongan perforaciones en el suelo.

Podrán instalarse taburetes, sillas y mesas bajas pero siempre dentro del perímetro de cada chiringuito delimitada tal como se establece en el plano adjunto a esta convocatoria. En todo caso deberá respetarse las zonas de acceso y de paso de público.

5.- Dado su carácter público se hace necesario garantizar la seguridad de las personas, el bienestar de la sociedad y la protección del medio ambiente. Para el debido cumplimiento de estas premisas, será requisito indispensable la redacción de un documento, suscrito por técnico competente que recoja las condiciones relativas a la funcionalidad, seguridad, habitabilidad y estética del chiringuito. Las características que se requiere queden reflejadas en dicho documento técnico son las siguientes:

- Plano de implantación, con dimensiones en metros y situación según planimetría del PGOU vigente. - Planos de planta, alzado y sección acotados.

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- Planos de todas las instalaciones que tenga el chiringuito, se relaciona en modo enunciativo y no limitativo las siguientes: fontanería, saneamiento, electricidad, megafonía, de protección contra incendios, de evacuación de humos, etc. - Fotografía o infografía que evidencia el aspecto estético del chiringuito.

6.- Para las fiestas de 2018, el montaje de las instalaciones no podrá iniciarse antes del día 8 de septiembre. El desmontaje no podrá iniciarse antes del día 24 de septiembre debiendo quedar finalizado el día 27 del mismo mes.

Todos los chiringuitos respetarán la fecha y la hora de inicio establecida para los trabajos de instalación, así como la fecha y hora límite para la conclusión de los trabajos de desmontaje fijados por el Ayuntamiento de Oviedo.

7.- Cada chiringuito será responsable de la instalación de agua potable y del desagüe para el saneamiento, ocupándose de la gestión con la empresa concesionaria del Servicio de Aguas y Saneamiento del Ayuntamiento, así como el pago de las cantidades que procedan por este concepto.

Cada chiringuito será también responsable de su instalación eléctrica. Asimismo, se ocupará de la gestión con la compañía suministradora de energía y con la Consejería de Industria, así como el pago de las cantidades que procedan por estos conceptos. Cumplirá el Registro Eléctrico de Baja Tensión e instrucciones complementarias, así como las normas de la empresa suministradora y de la Consejería de Industria.

El Ayuntamiento podrá inspeccionar tanto las instalaciones de agua como eléctricas con el fin de garantizar el mejor funcionamiento del conjunto de actividades que se van a realizar en el recinto festivo durante las fiestas.

8.- El horario para la carga y descarga de suministros será hasta las 11,00 h., con carácter general, pudiendo ser modificado este horario a instancias del Ayuntamiento, excepto los días de montaje y desmontaje que regirá el horario que para el caso se fije. No se permitirá el estacionamiento de vehículos en el recinto festivo.

9.- El chiringuito deberá mantenerse en perfectas condiciones, con rigurosa observancia de las medidas higiénicas y de aseo personal. Se cuidará la perfecta presentación y condiciones sanitarias de las mercancías. Cada chiringuito deberá aportar relación de personas responsables, que sirvan de interlocutores con el Ayuntamiento, cuando fuese necesario, comprometiéndose a que siempre alguno de ellos esté en el chiringuito.

En aquellos chiringuitos en que haya venta de alimentos deberá haber al menos dos responsables de manipulación de alimentos por establecimiento en posesión de certificación de formación en manipulación de alimentos, estando en todo momento al menos uno de ellos con presencia física en el establecimiento y exhibir dicha certificación en lugar visible.

Los vasos, platos, cubiertos que se utilicen serán de materiales desechables.

Las basuras se depositarán en un lugar retirado y lo más aislado posible de las zonas en que se manipulen alimentos y bebidas. Dispondrán de papeleras suficientes con el fin de mantener en buen estado de limpieza el terreno que circunde la instalación.

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10.- Los chiringuitos cesarán en la emisión de música no más tarde de las 1,30 h. salvo los viernes, sábados y vísperas de festivo, que lo harán a las 4,00 h., procediendo a cerrar y suspender la atención al público, como máximo media hora después del cese de la música.

Con el fin de reducir en el vecindario las molestias que causa la necesaria animación festiva los titulares de los chiringuitos se comprometen a reducir las emisiones de sonido a los límites que se fijan en la siguiente escala:

- hasta las 24 h. …………………………………….. 70 a 75 dBa. - Desde las 00,001 h. a las 4,00 h. ……………….. 60 a 65 dBa

11.- Cada chiringuito dispondrá, necesariamente, de un aparato extintor portátil de polvo polivalente de eficacia como mínimo 21A-113B (correspondiente a 6 Kg. De carga), en perfectas condiciones de uso así como de un botiquín de primeros auxilios.

12.- La instalación del chiringuito conlleva el pago de una tasa por utilización privativa o aprovechamiento especial del dominio público local con fines lucrativos OF Nº 121.

Cada chiringuito deberá responder de los daños al dominio público municipal puesto a disposición por el Ayuntamiento de Oviedo para el desarrollo de estas actividades, así como de su limpieza. Para ello , depositará las fianzas recogidas en el artículo 8 de la ordenanza Municipal reguladora de las ocupaciones de espacios Públicos, cuya cuantía, se fijará conforme al baremo recogido en el anexo a la misma.

13.- El titular del chiringuito deberá cumplir la vigente legislación en materia laboral y de seguridad social, que serán de su cuenta y sin que tenga el Ayuntamiento de Oviedo responsabilidad alguna ni nexo de unión con las personas que atiendan la caseta o trabajen en la misma.

Además deberá cumplir los requisitos higiénico-sanitarios expresados en el Art.III (Requisitos de los locales ambulantes provisionales como carpas, tenderetes y vehículos de venta ambulante) del Reglamento (CE) nº 852/2004 del Parlamento Europeo y Reglamento (CE) nº 853/2004 del Parlamento Europeo del Consejo de 29 de Abril de 2004 relativo a la higiene de los productos alimenticios, esto es:

Todos los productos han de proceder de una industria que posea Número de Registro General Sanitario de Empresas Alimentarias o Alimentos (R.D. 191/2011 de 18 de Febrero) o Número de Registro del Principado de Asturias de Empresas Alimentarias (RPAEA) según Decreto 21/2013 de 17 de Abril.

Quienes manipulen alimentos han de estar en posesión del Certificado de formación en higiene alimentaria (Carnet de Manipulador) anexo II, capítulo XII del reglamento (CE) 852/2004 y 853/2004 anteriormente mencionados.

Deberá ofrecer información de los alérgenos e intolerancias y exponerlo en cartel obligatorio.

Deberá exponer listado de artículos y precios de venta.

Deberá cumplir con lo señalado en la Ley 4/2015, de 6 de marzo, de atención integral en materia de drogas y bebidas alcohólicas, del Principado de Asturias.

14.- Cada chiringuito contará con Seguro de Responsabilidad Civil en vigor, que cubra las posibles reclamaciones derivadas de la actividad desarrollada por la entidad por la

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explotación del chiringuito durante las fiestas de San Mateo, incluyendo la responsabilidad derivada de productos e intoxicación alimentaria para todo el periodo autorizado, incluyendo como tal los periodos de montaje, actividad y desmontaje. El Ayuntamiento de Oviedo ha de figuran en la póliza como asegurado adicional sin perder la condición de terceros.

Los capitales mínimos que deben cumplir las pólizas de seguro en atención al aforo máximo autorizado, sin ningún tipo de franquicia, serán las recogidas en el artículo 4 del Decreto del Principado de Asturias 38/2007, de 12 de abril, por el que se regulan las condiciones de los seguros obligatorios de responsabilidad civil exigibles para la celebración de espectáculos públicos y actividades recreativas. En el caso que nos ocupa al no existir aforo determinado, el capital mínimo asegurado será de 150.253,03 €, por cada instalación.

15.- Los interesados presentarán la solicitud de acuerdo al modelo adjunto en anexo.

Las solicitudes podrán ser presentadas por cualquiera de los procedimientos establecidos en la ley 39/2015 de 1 de octubre de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y conforme al modelo normalizado de solicitud que figura en las bases.

Las personas que no estén obligadas a relacionarse electrónicamente con la administración, personas físicas podrán presentarlo de forma presencial en las dependencias de la Fundación Municipal de Cultura, sito en el Teatro Campoamor, C/Progreso nº1, 5ª planta de Oviedo en horario de 9:00 a 14:00 h. en días laborables, sin perjuicio de que también pueden hacerlo telemáticamente a través de la siguiente dirección:

https://portal.oviedo.es/portal/entidades.do

Asegurándose de hacerlo en la pestaña correspondiente a la Fundación Municipal de Cultura.

A estos efectos todos los archivos deberán remitirse en formato “PDF”. Además cada archivo irá identificado con el nombre del documento al que corresponda. Cuando un documento

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conste de más de una página, todas ellas deberán incluirse en un mismo archivo. No se admitirán archivos presentados en otro modo o formato

El plazo para la presentación se establece en ocho días naturales a contar desde el siguiente a la publicación de estas bases en la web municipal y en la prensa regional.

La ficha de solicitud deberá ir acompañada de los siguientes documentos:

- Copia del CIF. - Copia de los estatutos. - Justificante de la solicitud de renovación de la Inscripción en el Registro de entidades ciudadanas del Ayuntamiento de Oviedo correspondiente a 2018. - Certificado de la Tesorería General de la Seguridad Social, acreditativo de que la entidad está al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes. - Certificado positivo de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria acreditativo de que la entidad está al corriente en el cumplimiento de las obligaciones impuestas por las disposiciones vigentes - Compromiso de suscripción de seguro de responsabilidad civil en los términos señalados en el punto 14 y de acuerdo a modelo que figura como Anexo II. - Certificado de formación en higiene alimentaria (Carnet de Manipulador) anexo II, capítulo XII del reglamento (CE) 852/2004 y 853/2004 anteriormente mencionados correspondiente a todas las personas que vayan a prestar servicios en la caseta y manipulen alimentos.

Será condición necesaria para la aceptación de la solicitud la presentación de todos los documentos anteriormente señalados y que los mismos se ajusten a los requisitos establecidos en estas bases.

Todos los documentos exigidos en este punto 15 deberán estar en vigor a la fecha de fin de plazo de presentación de solicitudes.

16.- Para la valoración y aceptación de las solicitudes se constituirá una Comisión Técnica. Analizadas todas las solicitudes, se procederá a la adjudicación de los espacios entre las solicitudes admitidas. Dicha Comisión estará constituida por:

- El Presidente de la Fundación Municipal de Cultura (o persona en quien delegue) - El Gerente de la Fundación Municipal de Cultura (o persona en quien delegue) - El Jefe de sección de Parques y jardines (o persona en quien delegue) - Un topógrafo municipal (o persona en quien delegue)

- Un Técnico de Salud Pública y Consumo (o persona en quien delegue)

- Actuará como secretario el Técnico de Administración General de la FMC (o persona en quien delegue)

Si alguna de las solicitudes se encontrara incompleta, por la Comisión Técnica se comunicará tal circunstancia a los interesados que se encuentren en tal situación otorgándoles un plazo máximo de dos días hábiles para su subsanación. Transcurrido dicho plazo y de no haberse completado correctamente, la solicitud quedará excluida. La Comisión Técnica deberá dejar constancia de la causa de la exclusión.

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Si el número de solicitudes admitidas resulta inferior o igual al número de emplazamientos ofertados, todas ellas resultarán adjudicatarias realizándose sorteo que determinará el emplazamiento de cada hostelero de conformidad con el plano adjunto.

Si el número de solicitudes admitidas superior al número al número de emplazamientos ofertados se procederá a su adjudicación por sorteo. El sorteo determinará el emplazamiento de cada hostelero de acuerdo con las ubicaciones señaladas en el plano adjunto.

En el sorteo, se contemplarán también cuatro puestos de reserva para cubrir posibles eventualidades que imposibiliten la instalación de alguno de los que resulten adjudicatarios.

En todos los casos, el lugar de emplazamiento será determinado por sorteo. Podrán asistir al sorteo los solicitantes para la cual será comunicada fecha, hora y lugar a través del tablón de anuncios de la web municipal. 17.- La Comisión Técnica elevará a la Presidencia de la FMC propuesta de adjudicación de los espacios para la instalación de nuevos chiringuitos para su aprobación.

El acuerdo de la Presidencia de la FMC será comunicado a todos los solicitantes que hayan concurrido a la convocatoria y a través de la web municipal.

18.- Será requisito indispensable para el inicio de los trabajos de instalación aportar certificado de la compañía aseguradora relativo a la contratación y vigencia de la póliza de seguro de responsabilidad en los términos exigidos en el punto 14.

El último día de plazo para la presentación del certificado será indicado en el momento de adjudicación de los espacios.

Los adjudicatarios presentarán en los términos indicados en el punto 15 los justificantes de los ingresos y la póliza en los términos exigidos.

19.- Si finalizado el plazo alguno de los adjudicatarios no diera correcto cumplimiento a estos requisitos quedará automáticamente excluido pasando a ocupar su puesto el solicitante que corresponda en la lista de reservas que dispondrá de tres días naturales desde el siguiente al que se realice la comunicación para realizar los trámites señalados en el punto 18 y presentar los oportunos justificantes. De no cumplir correctamente los trámites en plazo, quedará excluido pasando al siguiente solicitante en lista de reserva que contará con el mismo plazo de tres días naturales desde el siguiente al que se realice la comunicación para realizar los trámites señalados en el punto 18 y presentar los oportunos justificantes.

Será la Comisión Técnica la que realice la comprobación de las pólizas de Responsabilidad civil que presenten los hosteleros y la verificación de los ingresos realizados.

20.- Será requisito indispensable para la apertura al público del chiringuito la presentación del certificado de correcto montaje e instalación del chiringuito, suscrito por técnico competente, que garantice que la instalación del mismo se ajusta a lo previsto en la norma UNE 1317182, así como certificado de instalación eléctrica que acredite el cumplimiento del Reglamento Eléctrico de Baja Tensión e instrucciones complementarias, así como las normas de la empresa suministradora y de la Consejería de Industria.

21.- La entidad que resulte adjudicataria, no podrán ceder, vender o subarrendar a terceros la autorización para instalar el chiringuito dado el carácter personal e intransferible de la misma.

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22.- La no asistencia sin aviso previo o causa justificada dará derecho al Ayuntamiento a no admitir a las entidades solicitantes en futuras convocatorias previo informe.

23.- Para el pago de la tasa por utilización privativa del suelo el Ayuntamiento de Oviedo emitirá la correspondiente carta de pago a nombre del adjudicatario.

24.- El incumplimiento de las normas de la convocatoria, supondrá la aplicación del régimen sancionador establecido en la Ordenanza Reguladora de Ocupación de Espacios Públicos.

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SOLICITUD NUEVOS CHIRINGUITOS SAN MATEO

NOMBRE Y APELLIDOS O RAZÓN SOCIAL

DNI/CIF

DIRECCIÓN

LOCALIDAD CP

NOMBRE Y APELLIDOS DEL REPRESENTANTE

DNI

TLFNO. MOVIL

TLFNO. FIJO EMAIL

NOMBRE Y APELLIDOS DE RESPONSABLES

DNI

En caso de resultar adjudicatario/a se compromete a acatar en todo momento las directrices que al respecto emanen del Ayuntamiento, responsabilizándose la entidad solicitante de los posibles incumplimientos de la legislación vigente en las distintas materias que puedan ser de aplicación y afecten al normal desarrollo de la actividad.

Oviedo, a _____ de ______ de 2018.

Fdo. _______________________________

PROTECCIÓN DE DATOS

Responsable del tratamiento: Ayuntamiento de Oviedo. | Finalidad: Tramitar y gestionar la solicitud para la instalación de nuevos chiringuitos durante las fiestas de San Mateo 2018. | Legitimación: El tratamiento de los datos incluidos en el presente formulario se basa en el Artículo 6.1. e) RGPD: cumplimiento de una misión de interés público. | Destinatarios: Los datos no serán cedidos a terceros, salvo obligación legal. | Derechos: Acceder, rectificar y suprimir los datos, así como otros derechos, ante Asesoría Jurídica del Ayuntamiento de Oviedo - Plaza de la Constitución, 1 - 33071 – OVIEDO (Asturias), indicando en el asunto Ref. Protección de Datos o a través de la Sede Electrónica del Ayuntamiento: sede.oviedo.es. | Información adicional: Consultar el apartado 24 de las bases: “BASES PARA LA INSTALACIÓN DE NUEVOS CHIRINGUITOS DURANTE LAS FIESTAS DE SAN MATEO 2018”.

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ANEXO I.- PLANOS DE UBICACIÓN.

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ANEXO II.- MODELO DE COMPROMISO DE SUSCRIPCIÓN DE PÓLIZA DE SEGURO DE RESPONSABILIDAD CIVIL.

D./Dª …………………………………, con DNI. …………., en nombre y representación de

…………………., con CIF ………………, domiciliada en ………………………………………………. Y

solicitante en la convocatoria pública para la instalación del chiringuito con motivo de las fiestas de

San Mateo.

Manifiesta,

Que en caso de que la entidad a la que representa, resulte adjudicataria y autorizada para

la instalación de un chiringuito durante las fiestas de San Mateo, se compromete a contratar una

póliza de seguro de responsabilidad civil en los términos que se exigen en la convocatoria y que por

tanto que cubra las posibles reclamaciones derivadas de la actividad desarrollada por la

entidad por la explotación del chiringuito durante las fiestas de San Mateo, incluyendo la

responsabilidad derivada de productos e intoxicación alimentaria para todo el periodo

autorizado, incluyendo como tal los periodos de montaje, actividad y desmontaje. El Ayuntamiento

de Oviedo figurará en la póliza como asegurado adicional sin perder la condición de tercero.

En Oviedo, a …….. de …………………… 2018.

Fdo…………………………………………

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