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BASES ADMINISTRATIVAS HABILITACIÓN RESIDENCIA INFANTO ADOLESCENTE Y OFICINAS ADMINISTRATIVASETAPA 1 Octubre 2017 UBICACIÓN : CHAIGNEAU 172-176 VIÑA DEL MAR. SUPERFICIE : 579,34 M2. MANDANTE : FUNDACIÓN DE BENEFICENCIA HOGAR DE CRISTO UNIDAD TECNICA : SUBG. LOGÍSTICA / DPTO. OBRAS. USUARIO BENEFICIADO : SEDE VALPARAISO.

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BASES ADMINISTRATIVAS

“HABILITACIÓN RESIDENCIA INFANTO ADOLESCENTE Y

OFICINAS ADMINISTRATIVAS”

ETAPA 1

Octubre 2017

UBICACIÓN : CHAIGNEAU 172-176 – VIÑA DEL MAR.

SUPERFICIE : 579,34 M2.

MANDANTE : FUNDACIÓN DE BENEFICENCIA HOGAR DE CRISTO

UNIDAD TECNICA : SUBG. LOGÍSTICA / DPTO. OBRAS. USUARIO BENEFICIADO : SEDE VALPARAISO.

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FUNDACIÓN DE BENEFICENCIA HOGAR DE CRISTO Subgerencia de Gestión Logística / Departamento de Obras

“Habilitación Residencia Infanto Adolescente y Oficinas Administrativas” Calle Chaigneau – Viña del Mar

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BASES ADMINISTRATIVAS

GENERALIDADES.

Las presentes especificaciones técnicas se refieren a la HABILITACIÓN RESIDENCIA INFANTO ADOLESCENTE Y

OFICINAS ADMINISTRATIVAS CALLE CHAIGNEAU, obras que implica la intervención de una superficie

aproximada de 579,34 m2, ubicado en el recinto de calle Chaigneau N° 172 y 176, comuna de Viña del Mar.

CONSIDERACIONES PREVIAS

Las obras a ejecutar en virtud de lo dispuesto en las presentes bases, comprenden hasta la total y cabal

terminación de ellas, e incluyen todas las partidas especificadas o graficadas en los planos de obra. Incluye la

ejecución y coordinación de las obras civiles, instalaciones, obras complementarias y otros que se requieran

para la completa construcción, habilitación o remodelación del proyecto y sus exteriores, garantizando su

óptimo funcionamiento.

También se incluye entre las obligaciones que adquirirá el contratista, la, ejecución y coordinación de las obras

civiles, adecuaciones e instalaciones según las exigencias de equipos y equipamiento incorporado, aun cuando

este último no esté incluido en la presente propuesta, para ser provisto por el contratista.

Tratándose de un contrato a Suma Alzada, el Oferente deberá consultar en su propuesta todos los elementos

o acciones necesarias para la correcta ejecución y terminación de cada partida, de existir omisiones de

deberán consultar en el periodo de consultas y aclaraciones de la licitación.

Se da por entendido que los oferentes están en conocimiento de todas las normas, reglamentaciones y

disposiciones legales aplicables a la ejecución de los proyectos, por lo que el Contratista deberá responder

por cualquier defecto, omisión, dificultad en la obtención de materiales o mala ejecución de cualquier partida.

Por tanto en caso de ser solicitado, deberá reponer los elementos o rehacer los procedimientos rechazados

en cualquier ítem dentro del período de la construcción o de garantía de las obras, sin que esto signifique un

mayor costo para la entidad licitante.

El proyecto (tanto de Arquitectura como de Ingeniería), se compone esencialmente de Planos Generales, de

Detalles y Especificaciones Técnicas que en conjunto conforman un todo indivisible y complementario. De

esta manera, la sola mención, especificación y/o dibujo de algún elemento, producto y/o partida con su

respectiva individualización, en cualquiera de estos documentos, implicará su provisión y colocación en el

valor de la propuesta entregada por el Oferente.

Para todos los efectos siempre prevalecerán los planos de arquitectura por sobre las definiciones de los planos

de las distintas especialidades. En caso de existir omisiones en los planos de las especialidades se deberá

cotizar en base a lo explicado en los planos de arquitectura.

En todo caso, las ofertas deberán contemplar todas aquellas obras que son inherentes y necesarias para la

correcta ejecución de la construcción y sus instalaciones de acuerdo a la más exacta interpretación de los

planos y especificaciones.

Se aceptará sólo una oferta por Oferente, la cual debe ser por el total de las partidas y especialidades indicadas

para la licitación en la documentación respectiva.

El oferente no podrá realizar exclusiones en su oferta. Si se encontrase un ítem sin indicación de su unidad de

medida en el Formulario de Presupuesto Detallado o itemizado, deberá efectuar las consultas pertinentes vía

mail en el período definido para tal efecto.

El Contratista no tomará ventaja para su provecho de ningún error, ambigüedad u omisión de los planos,

especificaciones y de otros antecedentes, ante cualquier duda que surja, con posterioridad a la adjudicación

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de la propuesta o durante la ejecución de la obra. Siempre deberá someterse al dictamen de la Inspección

Técnica de la Obra.

Las presentes Bases Administrativas, conjuntamente con las Especificaciones Técnicas, Planos, Consultas,

Respuestas y Aclaraciones, formarán parte integrante del Contrato de Ejecución de Obras, sin perjuicio de

otros documentos que sean aprobados por la entidad Licitante. Asimismo, se entenderá como parte integral

de la licitación toda la reglamentación vigente que diga relación con los proyectos a ejecutarse como la Ley

General de Urbanismo y Construcciones y Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones, Planos

Reguladores, Plano intercomunal, cuando corresponda, Leyes y Reglamentos atingentes a la ejecución de la

obra, como la de los demás servicios, tales como agua potable, alcantarillado, energía eléctrica,

pavimentación, gas, Código Sanitario, normas Técnicas Básicas, normativa específica de la Seremi de Salud,

de Transportes u otras.

PROGRAMA OFICIAL DE OBRA

El Contratista tendrá un plazo máximo de diez (10) días corridos, contados desde el día hábil siguiente a la

fecha del Acta Entrega de Terreno para entregar a la Inspección Técnica de la obra, la complementación de

la programación de la obra, esta se hará en una Carta Gantt detallando la secuencia de sus operaciones

fecha de principio y término de cada partida de construcción, en concordancia con el plazo de ejecución y

con el Presupuesto Detallado. Indicando además, la ruta crítica de la ejecución de la obra. Se requerirá

efectuar la presentación en formato MS Project y deberá permitir la evaluación diaria de los avances

programados y reales, tanto en el aspecto Físico como Financiero del contrato.

Se requiere que en la programación se detallen las secuencias de las partidas o actividades, en coherencia

con lo establecido en las Especificaciones Técnicas, itemizado y todos los documentos técnicos y

administrativos del Contrato. Deberá considerar procesos de ejecución logísticos acordes con la más óptima

y correcta de las prácticas.

El Programa de Trabajo debe permitir evaluar el avance del Proyecto semanalmente, la Unidad Técnica y/o

la I.T.O. podrá exigir la subdivisión de las actividades programadas por lo que el contratista a su

requerimiento deberá completarlo con sub-programas que incorporen un mayor detalle de todas las

actividades involucradas del Proyecto, todo esto con el objeto de controlar las mediciones de las posibles

variaciones a partir de la fecha de su vigencia.

Una vez que el Inspector Técnico de Obra y la Unidad Técnica, aprueben el Programa Detallado de Trabajo,

este se establecerá como el "Programa Oficial de la Obra", y el avance del proyecto se empezará a controlar

periódicamente con este programa en lo que respecta a su avance físico y financiero, no pudiendo exceder

el plazo establecido para la ejecución de la obra fijado por la entidad licitante.

El Programa Oficial de Obras será uno de los requisitos que deberá cumplir el "Contratista", para aprobar el

segundo Estado de Pago.

El Programa de Obra deberá estar ubicado en un lugar visible de la obra.

De acuerdo a lo previsto en las presentes Bases, el Programa Oficial de la Obra podrá ser modificado en los

siguientes casos:

• Por aumentos y/o disminuciones de obras.

• En caso de requerirlo el Mandante, sin que exista una modificación de obras.

• Por caso fortuito, a solicitud del contratista.

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METODOLOGÍA DEL TRABAJO A EJECUTAR

1.- CARACTERISTICAS DE LA LICITACIÓN.

a) Nombre de la licitación: "HABILITACIÓN RESIDENCIA INFANTO ADOLESCENTE Y OFICINAS

ADMINISTRATIVAS CALLE CHAIGNEAU”.

b) Descripción: La Fundación de Beneficencia Hogar de Cristo requiere ejecutar la siguiente obra "

HABILITACIÓN RESIDENCIA INFANTO ADOLESCENTE Y OFICINAS ADMINISTRATIVAS CALLE

CHAIGNEAU VIÑA DEL MAR, de acuerdo a proyecto que se adjunta.

c) Tipo de licitación : Licitación Pública.

d) Tipo de convocatoria : ABIERTO.

e) Moneda : Peso Chileno.

f) Etapas del proceso de apertura : Una etapa.

g) Contrato : A suma alzada y sin reajuste de ningún tipo. Se requerirá

suscripción de contrato

h) Publicidad de ofertas técnicas : Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez

adjudicada o declarada desierta la licitación.

2.- ORGANISMO DEMANDANTE:

a) Razón social : Fundación Hogar de Cristo.

b) Unidad de compra : Fundación Hogar de Cristo.

c) R.U.T. : 81.496.800-6.

d) Dirección : Hogar de Cristo 3812, Estación Central.

e) Comuna : Santiago.

f) Región en que se genera la licitación : Región Metropolitana.

3.- ETAPAS Y PLAZOS.

a) Visita 1 a Terreno: De carácter obligatorio, el día viernes 20 de octubre de 2017 a las 10:00 horas,

en calle Chaigneau N°172 Viña del Mar.

b) Visita 2 a Terreno: De carácter obligatorio, el día martes 24 de octubre de 2017 a las 10:00 horas,

en calle Chaigneau N°172 Viña del Mar.

c) Fecha de cierre de recepción de la oferta: Día martes 31 de octubre de 2017, a las 15:00 horas.

d) Fecha inicio de preguntas: A partir del día viernes 20 de octubre, a las 10:00 horas.

e) Fecha final de preguntas: El miércoles 25 de octubre de 2017, a las 19:00 horas.

f) Fecha de publicación de respuestas: El día jueves 26 de octubre de 2017, a las 19:00 horas.

g) Fecha de Acto de apertura técnica: El día martes 31 de octubre de 2017, a las 15:00 horas.

h) Fecha de Acto de apertura económica (referencial): El día martes 31 de octubre de 2017, a las

15:00 horas.

i) Fecha de Adjudicación: El día viernes 03 de noviembre, a las 17:00hrs.

j) Fecha estimada de firma de contrato: El día miércoles 08 de noviembre de 2017, a las 15:00 horas.

k) Tiempo estimado de evaluación de ofertas: 3 días posteriores a la fecha de cierre de licitación

4.- ANTECEDENTES PARA INCLUIR EN LA OFERTA

La Propuesta se compone de los Antecedentes Administrativos, de los Antecedentes Técnicos y de los

Antecedentes Económicos, según se detalla en los puntos 4.2, 4.3 y 4.4. La falta de presentación de cualquiera

de los Antecedentes indicados en esos puntos será condición suficiente para no considerar la propuesta en el

proceso de evaluación y adjudicación.

Documentos Administrativos

4.1 Ser persona Natural o Jurídica habilitada legalmente para participar: Quienes postulen deberán

tomar en consideración las prohibiciones de contratación contempladas en el ordenamiento

jurídico vigente y en especial, las contenidas en la ley 19.886 de Bases sobre Contratos

Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios.

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4.2 Entregar Antecedentes Administrativos: Los oferentes deberán presentar sus propuestas a través

del portal de licitación, en formato electrónico o digital, dentro del plazo de recepción de las

ofertas, según se indica en el punto Etapas y Plazos, los siguientes documentos firmados por su

representante legal.

Nº Documento Según Formato

1 IDENTIFICACION DEL OFERENTE FORMULARIO ANEXO 1

2 DECLARACION ACEPTACION DE

CONDICIONES FORMULARIO ANEXO 2

3 DECLARACION JURADA FORMULARIO Nº 3

4 DECLARACION JURADA (SIN DEUDAS VIGENTES CON TRABAJADORES)

FORMULARIO Nº 4

5 DECLARACION JURADA

(RESPONSABILIDAD PENAL DE

PERSONAS JURIDICAS)

FORMULARIO Nº 5

6 GARANTIA GARANTIA POR SERIEDAD DE LA

OFERTA DE ACUERDO A LO QUE

ESTABLECEN LAS PRESENTES BASES 7 CERTIFICADOS DE EXPERIENCIA DE LA

EMPRESA OFERENTE, EN CONSTRUCCIÓN DE OBRAS DE SIMILARES CARACTERISTICAS

Se asignará puntaje según m2 de

experiencia de la empresa oferente de

acuerdo a: < 100m2 = NOTA 0. 100m2 - 250m2 = NOTA 3 251m2 - 500m2= NOTA 4 501m2 - 1.000m2= NOTA 5 > 1.000m2 = NOTA 7

8 CUMPLIMIENTO DE DOCUMENTACIÓN y REQUISITOS FORMALES.

El oferente que presente su oferta

cumpliendo todos los requisitos

formales de presentación de la misma

y acompañando todos los antecedentes

requeridos obtendrá 100 puntos. El

oferente que haya incumplido los

requisitos formales o haya omitido

antecedentes o certificaciones al

momento de presentar su oferta y los

haya acompañado dentro del plazo de 48

horas contado desde su solicitud, en

virtud del artículo 40, inciso 2º, del

reglamento de la ley Nº 19.886, obtendrá

1 pts.

4.1 Ser persona Natural o Jurídica habilitada legalmente para participar: Quienes postulen deberán

tomar en consideración las prohibiciones de contratación contempladas en el ordenamiento

jurídico vigente y en especial, las contenidas en la ley 19.886 de Bases sobre Contratos

Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios.

4.3 Entregar Antecedentes Técnicos: Subir al portal Programación de Obra a través de Excel, Project o

similar, detallando la secuencia de sus operaciones, plazos de principio y término de cada partida

de construcción, en concordancia con el plazo de ejecución ofrecido.

9 PROGRAMACIÓN DE OBRAS A través de Excel, Project o similar

4.4 Entregar Antecedentes Económicos: Subir al portal Formulario Presupuesto Desglosado Completo.

La propuesta económica deberá expresarse en moneda nacional y comprender un presupuesto

total por la ejecución del contrato incluyendo honorarios, impuestos y cualquier otro rubro que

incida en la misma. Si eventualmente, a juicio del oferente, fuera necesario adicionar partidas que

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no figuren en el itemizado y ellas contribuyan para un mejor entendimiento y resolución de la

propuesta, deberá incluir un ítem denominado "otras partidas", expresado en global, y

acompañando un detalle separado de las distintas partidas que eventualmente lo constituyen, ya

que la propuesta incluirá la total ejecución de las obras hasta su terminación satisfactoria. En la

valorización de los trabajos se debe considerar los salarios, leyes sociales, seguros, implementos

de seguridad, transportes materiales, equipos y, en general, todos los gastos inherentes al tipo de

trabajo a ejecutar. Cualquier omisión que a juicio del proponente pudiera existir y que incida en la

buena terminación de los trabajos, deberá considerarla en el ítem "otras partidas" en forma global,

agregando un detalle separado de las distintas obras incluidas.

El oferente que NO cotice la totalidad de las partidas indicadas en el Formulario Presupuesto

Desglosado o no presente este Formulario al momento de ofertar, quedará automáticamente

fuera del proceso licitatorio.

10 OFERTA ECONÓMICA PRESUPUESTO

DESGLOSADO

Formulario Anexo 6 de acuerdo a lo que

establecen las presentes bases.

4.5.- Entregar Antecedentes Físicos: El oferente deberá hacer entrega del Documento de Garantía por la

Seriedad de la Oferta, en dependencias del Departamento de Obras de la Fundación Hogar de

Cristo, ubicadas en calle Hogar de Cristo 3727-A, Estación Central, Santiago, antes de la hora y

fecha de cierre de la Licitación.

5.- REQUISITOS QUE DEBEN CUMPLIR LOS PROVEEDORES.

5.1. PERSONA NATURAL

5.1.1. Requisitos para ofertar:

1.- No haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales

del trabajador ni condenado por delitos concursales establecidos en el Art. 463 y siguientes del

Código Penal, en los últimos 2 años.

Documentos persona natural

- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad.

5.2. PERSONA JURÍDICA

5.2.1. Requisitos para ofertar:

1.- No haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales

del trabajador ni condenado por delitos concursales establecidos en el Art. 463 y siguientes del

Código Penal, en los últimos 2 años.

Documentos persona jurídica

- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa

- Copia Legalizada de escritura de Constitución Social y Estatuto y sus modificaciones.

- Certificado de Vigencia de Sociedad no superior a 30 días.

- Certificado de Vigencia de Poder.

6.-CRITERIOS DE EVALUACIÓN.

ÍTEM OBSERVACIONES PONDERACIÓN

MENOR PLAZO OFERTADO

Menor plazo ofertado/Plazo a evaluar*

factor* 100

15%

MENOR PRECIO

Precio más económico/precio a

evaluar*factor*100

35%

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EXPERIENCIA

Se asignará puntaje según m2 de experiencia

de la empresa oferente en obras de similares

características:

< 100m2 = NOTA O

100m2- 250m2 = NOTA 3

251m2-500m2= NOTA 4

501m2 - 1.000m2= NOTA 5 > 1.000m2 = NOTA 7

EVALUACION: Nota de Empresa a evaluar/Nota de Empresa mayor puntaje*factor*100

35%

CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS

Cumple con los requisitos formales

contenidos en las presentes Bases antes del

día y hora de cierre: 100 puntos.

Cumple con los requisitos formales

contenidos en las presentes Bases dentro del

nuevo plazo de 48 horas, contados desde la

solicitud. 1punto.

No cumple con los requisitos formales

contenidos en las Bases o no ingresa

documentos faltantes o no responde dentro

del nuevo plazo de 48 hrs contados desde la

solicitud: Inadmisible.

(Fórmula de cálculo: puntaje obtenido

*factor)

10%

COMPORTAMIENTO

CONTRACTUAL

ANTERIOR

Se calificará de acuerdo a Multas cursadas a las empresas y/u otras Infracciones que se le hayan sancionado a las empresas participantes en otros procesos realizados, de acuerdo a lo establecido en las Bases.

0 Multas= 5 Puntos

1 o más multas y/o infracciones = 0 puntos

Fórmula de Cálculo: Puntaje obtenido * Factor

5%

1. La puntuación final se obtendrá de la sumatoria del puntaje obtenido en cada uno de los ftems

multiplicado por su respe9tivo porcentaje de ponderación.

2. La oferta que obtenga la mayor cantidad de puntos será adjudicada.

3. Cualquier información falsa implicará la eliminación inmediata de la oferta.

7.-MONTOS Y DURACION DEL CONTRATO.

a) Estimación en base a : Presupuesto disponible

b) Fuente de financiamiento : Fundación Hogar de Cristo.

c) Duración del contrato : Contrato de ejecución en el tiempo

d) Tiempo estimado del Contrato : 150 días corridos.

e) Plazos de pago : a 15 días.

f) Nombre del responsable de contrato : Jean Pierre Mendy Muñoz.

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Forma y oportunidad de su restitución A las empresas participantes se les devolverá la garantía a los 10 días corridos contados desde su vencimiento, a través de oficio conductor, por carta certificada, en sobre cerrado que contenga la Garantía endosada por el Subgerente de Finanzas de la Fundación al domicilio fijado por el oferente, según lo dispuesto en el artículo 43 del Decreto 250 que aprueba Reglamento de la Ley 19.886 de Bases de Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios

Lugar de entrega de la Garantía Departamento de Obras de la Fundación Hogar de Cristo, ubicada en calle Hogar de Cristo 3727-A, Estación Central, Santiago.

LA FUNDACIÓN HOGAR DE CRISTO, hará efectiva esta garantía en cualquiera de los siguientes casos:

a) Si el proponente, se desiste de su propuesta o la retira unilateralmente, durante el período de

vigencia de la misma.

b) Si se comprobare falsedad de cualquiera de los documentos constitutivos de la oferta.

c) Si el contratista no entrega en forma oportuna la Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del

Contrato.

Toda oferta que no esté acompañada de la Garantía de Seriedad de la Oferta, será rechazada por LA

FUNDACIÓN por no ajustarse a los términos de las presentes Bases.

8.2.-GARANTÍA DE FIEL Y OPORTUNO CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO.

Los oferentes deberán entregar a la FUNDACIÓN una Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del

Contrato, tomada por el mismo oferente, la que deberá tener las siguientes características:

Tipo de documento Instrumento de Garantía de acuerdo las condiciones dispuestas en el artículo.31 del Decreto 250 y sus modificaciones.

Servicio Fundación de Beneficencia Hogar de Cristo.

Pagadera A la vista con carácter irrevocable.

Vigencia mínima Vigencia igual al Plazo Contractual aumentado en 90 días corridos.

Expresada en $ (Pesos Chilenos).

Monto 5% del monto total del contrato.

Glosa Boleta de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato "HABILITACIÓN DE RESIDENCIA INFANTO ADOLESCENTE Y OFICINAS ADMINISTRATIVAS CALLE CHAIGNEAU VIÑA DEL MAR”

Descripción Para garantizar el Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato, de las obligaciones que impone el contrato, el adjudicatario deberá entregar dentro del plazo de cinco (5) días hábiles contado desde la fecha en que se notifique la adjudicación de la propuesta en conformidad a lo previsto en estas bases, un instrumento de Garantía, por un monto equivalente al cinco por ciento (5%) del valor total del contrato, con una vigencia que exceda en noventa (90) días corridos al plazo de duración del contrato. En el evento que se generen Aumentos de Plazo y/o de Obra, autorizados por el Mandante, el Contratista deberá cambiar la Garantía por una nueva, con la nueva vigencia que exceda a lo menos en 90 días corridos el nuevo Plazo de duración del Contrato y por el 5% del nuevo monto. La Garantía deberá ser pagadera a la vista, tener el carácter de irrevocable, ser emitida por un Banco con sucursal en la ciudad de Santiago y entregar en sobre cerrado en oficina del departamento de obras de la Fundación Hogar de Cristo, ubicada en calle Hogar de Cristo 3727-A, Estación Central, Santiago. En caso de Vale Vista adjuntar carta indicando nombre de la obra a

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caucionar y nombre de la Empresa o persona natural

Forma y oportunidad de su restitución A la empresa adjudicada se le devolverá la garantía dentro del plazo de 10 días hábiles de realizada la Recepción Provisoria de Obra, sin observaciones, a través de oficio conductor, por carta certificada, en sobre cerrado que contenga la Garantía endosada por el Subgerente de Finanzas de la Fundación Hogar de Cristo al domicilio fijado por adjudicado, previa entrega de la Garantía de Correcta Ejecución de las Obras.

Lugar de entrega de la Garantía Departamento de Obras de la Fundación Hogar de Cristo, ubicada en calle Hogar de Cristo 3727-A, Estación Central, Santiago.

LA FUNDACIÓN, hará efectiva esta garantía en cualquiera de los siguientes casos:

a) Si el licitante adjudicado no cumpliese con una o más de las obligaciones contractuales. LA

FUNDACIÓN contará en los casos señalados, con la facultad de demandar los perjuicios que estime

causados.

b) Se hace presente que esta Garantía además caucionará el cumplimiento de las obligaciones

laborales y sociales con los trabajadores del contratista, de acuerdo a lo dispuesto con el Artículo

11 de la Ley de Compras.

8.3.-GARANTIA DE ANTICIPO.

El Anticipo será de carácter optativo, y dependerá de la disponibilidad presupuestaria de LA FUNDACIÓN

HOGAR DE CRISTO. En caso de ser requerido el contratista deberá garantizarlo en un 100% presentando

las garantías de acuerdo a lo siguiente:

Tipo de documento Instrumento de Garantía de acuerdo las condiciones dispuestas en el artículo.31 del Decreto 250 y sus modificaciones

Servicio Fundación de Beneficencia Hogar de Cristo.

Pagadera A la vista con carácter irrevocable.

Vigencia mínima 60 días corridos como mínimo, posteriores a la fecha propuesta de entrega de las obras.

Expresada en $ (Pesos Chilenos).

Monto Hasta un 30% del valor total del contrato

Glosa Garantía de hasta un 30% de ANTICIPO, Glosa que debe contener la Garantía será: Para Garantizar el anticipo del contrato de ejecución de la Obra "HABILITACIÓN DE RESIDENCIA INFANTO ADOLESCENTE Y OFICINAS ADMINISTRATIVAS CALLE CHAIGNEAU VIÑA DEL MAR”

Descripción El Anticipo corresponderá hasta un 30% del monto del aporte del mandante y le será cancelado al contratista contra Factura y entrega de los documentos de Garantía ascendentes al 100% del monto del Anticipo a nombre de la Fundación de Beneficencia Hogar de Cristo. En caso de Vale Vista adjuntar carta indicando nombre de la obra a caucionar y nombre de la Empresa o persona natural.

Forma y oportunidad de su restitución A la empresa adjudicada se le devolverá la garantía dentro del plazo de 10 días hábiles de realizada la Recepción Provisoria de Obra, sin observaciones, a través de oficio conductor, por carta certificada, en sobre cerrado que contenga la Garantía endosada por el Subgerente de Finanzas de la Fundación Hogar de Cristo al domicilio fijado por adjudicado

Lugar de entrega de la Garantía Departamento de Obras de la Fundación Hogar de Cristo, ubicada en calle Hogar de Cristo 3727-A, Estación Central, Santiago.

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PARA EL CASO PARTICULAR DE LA PRESENTE OBRA DE HABILITACIÓN, SE DEJA CONSTANCIA QUE LA

FUNDACIÓN DE BENEFICENCIA HOGAR DE CRISTO, NO OTORGARA ANTICIPO ALGUNO.

8.4.-GARANTÍA DE CORRECTA EJECUCION.

Los oferentes deberán entregar a LA FUNDACIÓN una Garantía por la Correcta Ejecución de las Obras,

tomada por el mismo oferente en un banco comercial con oficinas en Santiago, la que deberá tener las

siguientes características:

Tipo de documento Instrumento de Garantía de acuerdo las condiciones dispuestas en el artículo.31 del Decreto 250 y sus modificaciones

Servicio Fundación de Beneficencia Hogar de Cristo.

Pagadera A la vista con carácter irrevocable.

Vigencia mínima Con una Vigencia de 365 días corridos desde la Recepción Provisoria de Obras Sin Observaciones.

Expresada en $ (Pesos Chilenos).

Monto 2,5% del valor total del contrato.

Glosa En garantía por la correcta Ejecución de las Obras de "HABILITACIÓN RESIDENCIA INFANTO ADOLESCENTE Y OFICINAS ADMINISTRATIVAS DE CALLE CHAIGNEAU, VIÑA DEL MAR”

Descripción Una vez que las obras estén ejecutadas, Recepcionadas conforme Sin Observaciones Provisoriamente y como requisito previo al pago total de la obra, el Contratista deberá tomar a su nombre y presentar una garantía de plazo definido en el Artículo 30 de las presentes Bases Administrativas, extendida a nombre de la FUNDACIÓN DE BENEFICENCIA HOGAR DE CRISTO, por un monto equivalente al 2,5% del monto total del contrato, deberá consignar la siguiente frase "para caucionar la Correcta Ejecución de la obra "HABILITACIÓN RESIDENCIA INFANTO ADOLESCENTE Y OFICINAS ADMINISTRATIVAS DE CALLE CHAIGNEAU, VIÑA DEL MAR”. En caso de Vale

Vista adjuntar carta indicando nombre de la obra a caucionar y nombre de la Empresa o persona natural.

Forma y oportunidad de su restitución La garantía será devuelta al Contratista una vez que se realice la Recepción Definitiva, a través de oficio conductor, por carta certificada, en sobre cerrado que contenga la Garantía endosada por el Subgerente de Finanzas al domicilio fijado por el adjudicado. Lo anterior es sin perjuicio del plazo legal de responsabilidad civil de 5 años a que hace referencia el artículo 2003, regla tercera del Código Civil o de los plazos previstos en las normas vigentes.

Lugar de entrega de la Garantía Departamento de Obras de la Fundación Hogar de Cristo, ubicada en calle Hogar de Cristo 3727-A, Estación Central, Santiago.

8.5.- ERRORES EN LAS GARANTÍAS.

Si los documentos de garantía presentasen errores de forma, en el nombre de la propuesta, en el nombre

del mandante u otro, el oferente podrá presentar en el plazo de 48 horas de notificado sobre el error,

un nuevo documento correctamente emitido.

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9.- REQUERIMIENTOS TÉCNICOS Y OTRAS CLAUSULAS:

9.1.-DEL CONTRATO Y SU PRÓRROGA

a) Una vez adjudicada la propuesta, se celebrará el contrato a suma alzada, sin reajustes y de acuerdo

a lo establecido en el punto Condiciones de Pago.

b) La minuta de contrato será elaborada por el Departamento de Obras de la FUNDACIÓN HOGAR DE

CRISTO, de acuerdo a las presentes Bases Administrativas, a la oferta adjudicada, y a los demás

antecedentes del llamado a propuesta.

c) Plazo para celebrar el Contrato: El adjudicatario debe celebrar el contrato dentro de los 15 días

corridos contados desde la fecha en que se le notifique de la adjudicación.

d) Serán parte integrante del Contrato las presentes Bases y todos los antecedentes de la propuesta,

incluidas las consultas y respuestas relativas a las Bases y el contenido de la oferta del

adjudicatario.

e) Todos los gastos, derechos e impuestos que se originen con motivo de la celebración del Contrato,

serán de cargo exclusivo del adjudicatario. En consecuencia, LA FUNDACIÓN no pagará, en caso

alguno, impuestos, tasas, derechos fiscales, notariales u otros, vinculados al Contrato y a los actos

que de él se deriven. El Contrato entrará en vigencia a contar de la de la firma de ambas partes.

f) Las partes podrán de común acuerdo y por escrito, modificar el contrato si se generaran Aumentos

de Obra, Disminuciones de Obra, Otorgamiento de Obras Extraordinarias, Aumentos en el plazo

de ejecución de· las obras, y siempre que no exceda el Plazo total del contrato. Dichas

modificaciones deberán ser autorizadas por la inspección técnica de obras.

9.2.- DOCUMENTOS DE LA LICITACION.

Los documentos y procedimientos de licitación, así como la relación contractual, estarán integrados e

informados, además de la normativa legal y administrativa que gobierna la materia, por los siguientes

antecedentes: * Las presentes Bases Administrativas, * Las Especificaciones Técnicas * Las consultas y

respuestas * Las enmiendas de LA FUNDACIÓN sobre las Bases y demás aclaraciones que de él deriven *

Los Formularios * La oferta adjudicada * La Orden de Compra y/o el Contrato de Compraventa * Todo

otro documento que forme parte de la Licitación que emane de LA FUNDACIÓN HOGAR DE CRISTO. El

oferente deberá examinar todas las instrucciones, formularios, condiciones y especificaciones que

figuren en los documentos de la Licitación. LA FUNDACIÓN podrá admitir errores de forma que no

afecten la igualdad de las ofertas ni la estricta sujeción a las bases.

9.3.- INGRESO DE OFERTAS EN EL PORTAL LICITAMOS.

Las ofertas deben ser ingresadas en el portal electrónico www.licitamos.cl (subir todos los formularios y

documentos requeridos para la presente licitación), dentro del plazo y hora estipulados en las presentes

Bases.

10.- MODIFICACIONES DE LOS DOCUMENTOS DE LA LICITACION.

10.1. LA FUNDACIÓN HOGAR DE CRISTO, podrá por cualquier causa y en cualquier momento, antes que

venza el plazo para la presentación de ofertas, modificar los documentos de licitación mediante

enmienda, por Resolución fundada, ya sea por iniciativa propia o en atención a una aclaración solicitada

por un oferente.

10.2. LA FUNDACIÓN deberá prorrogar el plazo para la presentación de las ofertas, lo cual será

comunicado vía portal www.licitamos.cl.

10.3. Comunicaciones: Cualquier comunicación que deba realizar LA FUNDACIÓN a los proponentes, será

a través del portal www.licitamos.cl

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11.-VIGENCIA DE LA OFERTA.

11.1. La oferta tendrá una vigencia de 60 días corridos a partir de la fecha de apertura de la propuesta.

11.2. No obstante cualquier declaración, las ofertas técnicas y económicas que se presenten, se

entienden tener vigencia de 60 días corridos, desde la fecha de apertura. Si LA FUNDACIÓN no pudiere

efectuar la adjudicación dentro de este plazo, podrá solicitar a los proponentes la revalidación de sus

ofertas y la renovación de la garantía de seriedad de la oferta, por un nuevo plazo de 60 días. En estas

circunstancias, los proponentes no estarán obligados a continuar participando en la licitación y podrán

solicitar la devolución de la garantía de seriedad de la oferta.

12.-PROVEEDOR INSCRITO EN LICITAMOS.

En caso que el o los proveedores adjudicados no estén inscritos en el registro electrónico oficial de

contratistas de la Administración, LICITAMOS, estarán obligados a inscribirse dentro de 15 días hábiles

contados desde la adjudicación en este caso queda sin envío la orden de compra hasta su inscripción. En-caso

que el proveedor aún no haya iniciado la ejecución de las obras y haya expirado el plazo antes mencionado.

Dicha situación facultará a la FUNDACIÓN, para Readjudicar esa línea de licitación.

13.-DE LOS PRECIOS.

Los valores netos deberán cotizarse en pesos chilenos.

14-. DE LA FORMA DE PAGO.

La forma de pago será mediante estados de Pago de acuerdo a los términos y condiciones establecidas en las

presentes bases, bases técnicas, especificaciones técnicas y previa aceptación de factura. Se consultan

Estados de Pago cada 15 días corridos, contados desde el primero de enero de 2018 (01-01-2018), de acuerdo

al avance de las obras. El pago se efectuará por la FUNDACIÓN DE BENEFICENCIA HOGAR DE CRISTO.

El Contratista recibirá el valor de las obras ejecutadas a través de Estados de pago, de acuerdo a lo siguiente:

- Primer Estado de Pago: Este se cancelará luego de transcurridos 15 días corridos, contados desde el 01

de enero de 2018 de acuerdo al Avance de las obras.

- Estado de Pago Final: por el monto total del contrato deducido lo pagado en el o los Estados de Pago

anteriores, se cancelará una vez efectuada la Recepción Provisoria de los trabajos Sin Observaciones

previa presentación de la Garantía de Correcta Ejecución de las Obras.

A cada Estado de Pago se le descontará una cuota del anticipo otorgado si corresponde, cuotas en

cantidad similar a los meses ofertados.

La facturación deberá emitirse a nombre de la FUNDACIÓN DE BENEFICENCIA HOGAR DE CRISTO, R.U.T.:

81.496.800-6 con domicilio en calle HOGAR DE CRISTO Nº 3812 de ESTACIÓN CENTRAL, SANTIAGO, y

se deberá entregar en DEPARTAMENTO DE OBRAS DE LA FUNDACIÓN HOGAR DE CRISTO, ubicada en

calle HOGAR DE CRISTO 3727-A, ESTACIÓN CENTRAL, SANTIAGO.

Junto a cada Estado de Pago el contratista deberá hacer llegar entre otros documentos los siguientes:

Formulario de Detalles de Partidas del estado de Pago indicando el Avance de las Obras.

Factura correspondiente al cobro del Estado de Pago, cancelada en Original y dos copias.

Certificado de Cumplimiento de Obligaciones Laborales y Previsionales de la Dirección del Trabajo,

con menos de treinta días de antigüedad en el cual conste que no tiene: Deudas, Reclamos,

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Denuncias ni Multas provisionales o de remuneraciones pendientes, en relación con el presente

proyecto.

Certificado de Antecedentes Laborales y Previsionales de la Dirección del Trabajo, con menos de

treinta días de antigüedad, mediante el cual la Dirección del Trabajo Certifica los antecedentes

respecto de la empresa solicitante.

Fotocopias del Instituto de Normalización Previsional o Administradoras de Fondos de Pensiones,

en que se acredite que el contratista no tiene conflictos ni pagos pendientes con el personal que

labora en las obras. Estos certificados deben indicar expresamente su objetivo y tendrán sólo un

mes de validez. Sin estos certificados y antecedentes no se cursará el estado de pago

correspondiente.

Comprobante de Pago mensual de los consumos básicos como Agua, Electricidad y otros, cuando

corresponda.

Listado actualizado de Subcontratistas en la Obra.

Consentimiento de cada Subcontratista, indicando que se encuentra al día en el pago de

Remuneraciones con sus empleadores y que el Contrato General de la Obra se encuentra al día con

el Pago del Subcontratista.

Certificado de Cumplimiento de Obligaciones Laborales y Previsionales de la Dirección del Trabajo

por cada Subcontratista, con menos de treinta días de antigüedad en el cual conste que no tiene:

Deudas, Reclamos, Denuncias ni Multas provisionales o de remuneraciones pendientes, en relación

con el presente proyecto.

Entonces, de existir anticipo, en cada Estado de Pago se descontará una cuota de éste, equivalente al

monto de la boleta que lo garantiza.

15.-DEL PLAZO DE ENTREGA.

El proveedor deberá indicar el plazo de ejecución en días corridos, el cual comenzará a contarse desde la

Entrega de Terreno o dependencias (según el caso).

16.-DE LA APERTURA DE LAS OFERTAS.

La apertura de las ofertas técnicas y económicas de la Licitación se efectuará a través del Portal LICITAMOS el

día señalado en las presentes Bases y calendario de la Ficha de Publicación, levantándose acta de lo actuado

a través del Portal LICITAMOS.

17.-DE LA EVALUACIÓN.

El proceso de evaluación será interno, se efectuará de acuerdo con los criterios establecidos en las Bases y

estará a cargo de una Comisión Evaluadora, la cual estará integrada por los siguientes profesionales y/o

técnicos:

1. Profesional Ingeniero 1, Hector Perez Pino de la Subgerencia Logística, o quien lo subrogue.

2. Profesional Arquitecto 2, Maria Ignacia Peñafiel del Departamento de Obras, o quien lo subrogue.

3. Profesional Ingeniero 3, Jean Pierre Mendy Muñoz de la Subgerencia Logística, o quien lo subrogue.

FUNCIONES COMISIÓN DE EVALUACIÓN:

a) Resolver por sí sola cualquier duda o discrepancia que en el acto de apertura pueda surgir en

relación con la interpretación o aplicación de las presentes Bases o Ficha Técnica del Portal

LICITAMOS.

b) Solicitar a los oferentes las aclaraciones a sus propuestas que estime necesarias, para una correcta

evaluación de las mismas, las que deberán ser canalizadas e informadas al resto de los oferentes

a través del Sistema de Información. Las solicitudes de aclaraciones y sus respuestas se

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comunicaran a los demás oferentes, solo para efectos que éstos tomen conocimientos de las

mismas. El ejercicio de esta facultad no podrá implicar desequilibrios o rupturas del principio de

igualdad de los oferentes y se orientará a proporcionar antecedentes para la adecuada evaluación

y comprensión de las propuestas. Con excepción de las situaciones antes descritas en el presente

inciso, durante el período de evaluación, los oferentes no podrán mantener contacto alguno con

la Comisión. (Art. 18. Presentación de Aclaraciones y Antecedentes Omitidos).

c) Solicitar a cualquier oferente, que subsane errores menores o aclare los documentos

presentados, cuando existan dudas. Estos requerimientos se harán por escrito a través del

PORTAL, debiendo el oferente dar respuesta en la misma forma, dentro del plazo señalado. (Art.

18. Presentación de Aclaraciones y Antecedentes Omitidos).

d) Revisar y estudiar la documentación solicitada, evaluará las ofertas técnica y económicamente,

confeccionando un cuadro comparativo entre los oferentes.

e) De existir empate en la nota final entre dos o más ofertas en el resultado, aun cuando de la

evaluación se esté usando el máximo de decimales posibles, ésta deberá dirimir a través del

análisis del criterio de evaluación con mayor ponderación. Esto es en primer lugar, Precio, en

segundo lugar Plazo de Ejecución y en tercer lugar Experiencia.

f) Hacer presente el evento en que la oferta mejor evaluada sea menor en un 50% del precio

presentado por el segundo oferente mejor evaluado, a fin que el Director exija un aumento del

valor de la garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato al adjudicatario, en un 50% adicional

respecto a la garantía estipulada en las bases tomando como base la segunda oferta (EN EL CASO

QUE CORRESPONDA).

g) Podrá proponer desestimar la propuesta, si de la evaluación se determina que no se ajusta a las

necesidades de LA FUNDACIÓN o excedieren de su presupuesto.

h) Confeccionar un "Informe de Evaluación", el cual considerará en su análisis todos los

antecedentes exigidos a los oferentes, sean éstos de carácter administrativo, técnico, legal,

económico u otros, y contendrá a lo menos: los hitos más relevantes del proceso de licitación,

Cuadro Comparativo o Evaluativo de las Ofertas, y el puntaje o nota final obtenido por cada

oferente según la ponderación de la pauta de evaluación. Dicho documento será firmado por los

integrantes de la presente comisión para ser presentada a la Comisión de Adjudicación.

18.- PRESENTACION DE ACLARACIONES Y ANTECEDENTES OMITIDOS.

Una vez realizada la apertura electrónica de las ofertas, LA FUNDACIÓN HOGAR DE CRISTO podrá solicitar a

los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios

u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores,

esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y

se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del sistema de información.

Se permitirá la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al

momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u

obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas y el período .de evaluación.

Los oferentes tendrán un plazo de 48 horas corridas, contados desde que se solicita esta información en el

Portal, ya sea para responder aclaraciones, salvar los errores u omisiones de su oferta, o para presentar los

documentos omitidos, en cuyo caso procederá a evaluar en la forma establecida en el punto 6 de las presentes

bases. LA FUNDACIÓN HOGAR DE CRISTO no considerará las respuestas recibidas una vez vencido dicho plazo,

dejando la oferta inadmisible.

19.-RESOLUCIÓN DE EMPATES.

En el caso de que dos o más empresas se encuentren en una situación de empate en la evaluación de ofertas

se procederá a re-evaluar el criterio precio, de persistir el empate se reevaluara el criterio Plazo y criterio

Experiencia, para decidir la empresa que se adjudicará la licitación se adjudicará al que ofrezca el precio más

bajo y de persistir el empate se adjudicará a la empresa que oferte el plazo más bajo y tenga el mejor puntaje

en experiencia, de persistir el empate se adjudicara a la empresa que presente mejores condiciones en alguno

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Las consultas generadas producto de la licitación deberán generarse a través del Portal www.licitamos.cl

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En todos estos casos, LA FUNDACIÓN podrá readjudicar en la licitación, al oferente evaluado con la siguiente

mejor calificación, según cuadro comparativo, en la medida que cumplan íntegramente con las Bases

Administrativas y Técnicas, y resulten convenientes a los intereses institucionales y dejarla sin efecto en caso

contrario.

24.-DEL TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO.

LA FUNDACIÓN, previo procedimiento administrativo, declarará el término del contrato, por alguna de las

siguientes causales:

1. Que el proveedor, en los casos que procediere, fuere multado por el acto administrativo

correspondiente:

a. Cinco (5) veces por Faltas Leves.

b. Tres (3) veces por Faltas Graves; o una vez por falta grave, habiéndose aplicado

anteriormente una multa por tres (3) faltas leves.

c. Por dos (2) Faltas Gravísimas.

2. Que el proveedor no pudiere cumplir cualquiera de sus obligaciones contempladas en la

licitación, de carácter GRAVISIMAS.

3. Que el proveedor fuese declarado en quiebra o en estado de notoria insolvencia, a menos que

mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el

cumplimiento del contrato.

4. Registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales

trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, a la mitad del período de

ejecución del contrato, con un máximo de seis meses.

5. En caso de término de giro, liquidación o disolución de la sociedad ejecutora.

6. Si cede o transfiere en forma alguna, total o parcialmente, los derechos y obligaciones que nacen

del desarrollo de la presente licitación, y en especial los establecidos en la Resolución y/o

Contrato definitivo.

7. Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.

8. Resciliación o mutuo acuerdo entre los contratantes.

No procederá el pago de indemnización alguna a favor del contratista.

Las partes fijarán de mutuo acuerdo en el contrato que suscriban, el resto de las condiciones de

Resciliación.

CLASIFICACION DE FALTAS:

FALTAS LEVES:

a) No cumplir con las órdenes que imparta el ITO.

b) Falta a la Ley N° 16.744, que establece normas sobre Accidentes del Trabajo y Enfermedades

Profesionales.

c) Incumplimiento a lo descrito en D.S. Nº 594., que aprueba Reglamento sobre condiciones Sanitarias

y Ambientales básicas en los lugares de trabajo.

d) Tomar Ensayes sin la presencia de la ITO.

El incumplimiento de cada una de estas causales será sancionado con una multa diaria, la que será

aplicada administrativamente cuando estas sean incumplidas.

FALTAS GRAVES:

e) Colocar materiales que no cumplen con lo especificado en el Proyecto.

f) Colocar material sin certificación nacional.

g) Ausencia del profesional a cargo de la obra sin autorización de la ITO.

h) Cuando el Avance de la Obra mensual no supere el 10% de lo programado, sin razón justificada.

i) Ejecutar Aumentos de Obra y/o Obras Extraordinarias sin autorización.

j) Construir sin apego a lo proyectado y sin autorización del ITO.

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FALTAS GRAVISIMAS:

a) Cambiar y/o retirar Equipos y/o Materiales instalados y recepcionado por Estado de pago sin importar

el porcentaje pagado por este.

b) Cuando el atraso en el Avance de la Obra, supere el 25% respecto al Plazo Contractual, sin razón

justificada.

PROCEDIMIENTO PARA REALIZAR EL TÉRMINO ANTICIPADO DE CONTRATO:

a) En el caso de que se genere una o más de las situaciones señaladas en los numerales 1 a 7, detectada

la situación por parte de la entidad o del funcionario responsable , se informará al adjudicatario por

carta certificada, indicando la causal, los hechos que la constituyen y la decisión de poner término al

contrato pactado. A contar del tercer día hábil del despacho de la comunicación precedente, el

adjudicatario tendrá un plazo de cinco días hábiles para hacer sus descargos acompañando los

antecedentes que lo justifiquen. Vencido el plazo para presentar descargos y sin que éstos se hayan

presentado, la entidad dictará la respectiva resolución o acto administrativo dando término al

contrato y procederá si corresponde al cobro de garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato.

Si el adjudicatario hubiera presentado descargos en tiempo y forma la entidad tendrá un plazo de

veinte días hábiles a contar de la recepción de los mismos para rechazarlos o acogerlos ya sea total o

parcialmente lo que se determinará mediante resolución o acto administrativo, comunicándose por

carta certificada al adjudicatario o a su representante legal, en el caso de las personas jurídicas.

LA FUNDACIÓN HOGAR DE CRISTO tomará las demás acciones legales que le pudieren corresponder

en contra del adjudicatario, en el evento de que el perjuicio originado sea mayor al valor de la

mencionada Garantía.

b) El término del contrato por la causal establecida en el numeral 8 se deberá generar mediante la

subscripción de mutuo acuerdo del convenio de término anticipado del contrato, autorizado por

Notario y protocolizado en notaria de Santiago, que deberá ser aprobado por Resolución o Acto

Administrativo sin necesidad de trámite judicial alguno.

Las partes de este contrato han acordado dar el valor esencial a la presente clausula.

25.-CESIÓN DEL CONTRATO Y SUBCONTRATACIONES.

El Ejecutor o Contratista no podrá, en caso alguno, ceder o transferir en forma alguna, total o parcialmente,

los derechos y obligaciones que nacen del desarrollo de la presente licitación, y en especial los establecidos

en el contrato definitivo. La infracción de esta prohibición dará derecho a LA FUNDACIÓN para poner término

anticipado al contrato, en forma inmediata, de conformidad a lo establecido en el punto DEL TÉRMINO

ANTICIPADO DEL CONTRATO de las presentes Bases.

Lo anterior es sin perjuicio de la transferencia -que se pueda efectuar con arreglo a las normas del derecho

común- de los documentos justificativos de los créditos que emanen del respectivo contrato. Durante la

ejecución del contrato, y previa autorización por escrito de LA FUNDACIÓN HOGAR DE CRISTO, el adjudicatario

sólo podrá efectuar aquellas subcontrataciones que sean indispensables para la realización de tareas

específicas, todo lo cual será calificado por la Unidad Técnica. En todo caso, cualquiera sea el tipo de

subcontrato, el adjudicatario seguirá siendo el único responsable de las obligaciones contraídas en virtud del

respectivo contrato suscrito con LA FUNDACIÓN HOGAR DE CRISTO. El personal que contrate el Ejecutor, con

motivo de la ejecución de los servicios materia de la presente licitación no tendrá, en caso alguno, relación

laboral, ni vínculo de subordinación y/o dependencia con LA FUNDACIÓN HOGAR DE CRISTO, sino que

exclusivamente con el Ejecutor.

25.-PACTO DE INTEGRIDAD.

El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el

presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas en

el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos

integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea

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considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los

siguientes compromisos:

a) El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos,

premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario en

relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos

que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas

que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en

la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.

b) El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas

que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la

conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de

tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.

c) El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar

para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para

asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.

d) El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas

costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.

e) El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas

en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.

f) El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de

licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.

g) El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta

seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que

aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.

El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones

anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o

asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o

indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose

plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades

individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.

27.-MODIFICACIONES DEL CONTRATO.

1. LA ITO podrá ordenar el aumento de las cantidades de obra contempladas en el contrato previa

aprobación expresa del Mandante, hasta un 10% (Diez por ciento) del monto contratado. Los

aumentos de obras se valorizarán de acuerdo a los precios de la Propuesta y Análisis de Precios

Unitarios. Su definición debe entenderse referida a aquellas obras que deriven de un cambio de

proyecto que no pudo tener en cuenta el contratista al momento de presentar sus ofertas y que sean

necesarias para llevar a mejor término la obra contratada.

Con todo, los aumentos de obras y obras extraordinarias efectivas, no podrán exceder del diez por

ciento (10%) del valor total del contrato, deduciendo las disminuciones de obras, si las hubiere. Sin

perjuicio de lo expresado anteriormente cualquier aumento de obras u obra extraordinaria deberá

contar con la autorización de Disponibilidad Presupuestaria respectiva.

2. Si durante el transcurso de la obra fuera necesario la ejecución de obras extraordinarias a precios no

convenidos en la Propuesta, el Contratista de la Obra deberá presentar presupuesto detallado con el

análisis de sus precios unitarios a fin de convenirlos con LA ITO.

3. Las modificaciones en el valor del contrato, referidas a aumentos de obras y de obras extraordinarias

se garantizarán mediante instrumento de garantía, bajo idénticas condiciones de porcentajes y plazos

estipulados en la propuesta.

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4. Las modificaciones y/o aumentos de obras y/u obras extraordinarias, podrán dar origen a una

variación en los plazos convenidos, los que deberán ser estudiados en cada caso en particular. La

modificación del plazo puede tener su origen en una de las siguientes situaciones:

a. Aumento o Disminución del plazo por concepto de aumento y/o disminución de obras o

ejecución de obras extraordinarias. Si por disposición del Mandante se origina un aumento o

una disminución de obra o la ejecución de una obra extraordinaria que altere el programa de

obra aprobado por la ITO, se aumentará o disminuirá el plazo según corresponda.

b. Aumento o Disminución del plazo por modificación del programa de ejecución de obra

ordenado por el Mandante. Si por aplicación de instrucciones del Mandante, que no originen

aumentos, disminuciones u obras extraordinarias, se modifica el programa de ejecución de

obra aprobado por la ITO, el contratista tendrá derecho a solicitar el aumento o disminución

del plazo correspondiente. La ITO revisará los antecedentes y aprobará o rechazará la

solicitud del Contratista. Un Aumento de plazo solicitado por el contratista basado en la

ocurrencia de fuerza mayor o caso fortuito, aceptado por el Mandante, no dará origen a

reembolso alguno por ningún concepto ni pago de Gastos Generales. El Contratista

presentará un Programa Detallado de Trabajo o Carta Gantt, que entregará al Inspector

Técnico (ITO), para su revisión y aprobación, si procede, en un plazo no mayor de 10 días

corridos, contados desde la Entrega de Terreno. Cualquier modificación del Contrato original

será convenido con LA FUNDACIÓN, mediante la suscripción de un convenio el que será

autorizado mediante Resolución dictada por LA FUNDACIÓN, previa aprobación del

Mandante. Las modificaciones de Contrato, hasta un 10% (diez por ciento) del monto del

Contrato se refieren a aumentos de obra y/u obras extraordinarias.

Toda modificación al contrato deberá ser acordada por ambas partes contratantes, mediante

contrato de aumento o modificación de obra, autorizado ante notario y protocolizado en una Notaría

de Santiago. Los gastos de los trámites anteriores serán de cargo del proveedor.

El contratista quedará obligado a ejecutar los nuevos trabajos o aceptar la disminución de las obras,

hasta el porcentaje indicado. Los aumentos o disminuciones de obra y las obras extraordinarias

podrán dar origen a una variación del plazo, que será resuelto por LA FUNDACIÓN de acuerdo con los

antecedentes del caso y el informe que para tal efecto elabore el Inspector Técnico de la Obra.

El valor de los aumentos o la reducción del precio del contrato, se determinará sobre la base de los

precios unitarios del Presupuesto Detallado. El precio resultante se recargará o disminuirá en el

porcentaje de gastos generales y utilidad del presupuesto más I.V.A.

En caso de disminución de obras el contratista no tendrá derecho a indemnización alguna por parte

de LA FUNDACIÓN.

En casos de aumento de obras u obras extraordinarias deberá complementarse la o las garantías

acompañadas; en caso de reducción de obras, podrá disminuirse el valor de las garantías reguladas

en el presente contrato.

La nota de cambio con los presupuestos de aumento y disminución de obra y de obras extraordinarias

deberán ser presentados por el Contratista dentro de un plazo máximo de 20 (veinte) días corridos a

la Inspección Técnica de la Obra, desde la orden escrita impartida por dicha Inspección.

El ITO y el Contratista no podrán requerir ni presentar notas de cambio dentro de los 20 (veinte) días

previos a la fecha fijada para el término de la obra.

La resolución corresponderá a la formalización suficiente y obligación para que el Contratista proceda

al aumento o disminución de obras u obra extraordinaria. Finalizada la obra las resoluciones emitidas

pasaran a integrar una única modificación final al contrato.

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Con todos los aumentos de obra y obras extraordinarias efectivas, no podrán exceder del diez por

ciento (10%) del valor total del contrato, deduciendo las disminuciones de obras, si las hubiere. Sin

perjuicio de lo expresado anteriormente cualquier aumento de obras u obra extraordinaria deberá

contar con la autorización de Disponibilidad Presupuestaria respectiva.

Para determinar el monto de obra extraordinaria se aplicará a las cantidades efectivas de obra el

precio unitario que se pueda deducir u homologar del Presupuesto Detallado. Si no existiere un valor

unitario en el mencionado presupuesto detallado, se considerará para la obtención del mismo, los

que se encontraren en el análisis de precios unitarios entregados por el contratista y a falta de alguno

de estos, los valores se fijarán de común acuerdo entre las partes en base a tres cotizaciones de

elementos de equivalencia en calidad y funcionalidad. El precio resultante se recargará en el

porcentaje de gastos generales y utilidad del presupuesto, más I.V.A.

Los aumentos o disminuciones de obras y obras extras o extraordinarias serán aprobados por el

Inspector Técnico de la Obra en primera instancia a través de una nota de cambio. Este documento

lo firmará tanto el Inspector Técnico de la Obra como el Contratista, y un representante de la Unidad

Técnica, el cual estará compuesto por un presupuesto detallado en el mismo formato del itemizado,

con descripción de la materia y observaciones aclaratorias.

El aumento de obra u obra extraordinaria que no afecte el plazo total del contrato ni la ruta crítica,

no dará derecho a pago por concepto de Gastos Generales.

28.-DE LAS SANCIONES Y MULTAS.

Corresponderá al Inspector Técnico de la Obra informar el o los incumplimientos de la Empresa y

corresponderá a LA FUNDACIÓN HOGAR DE CRISTO emitir la respectiva Resolución de cobro de multa a

nombre de LA FUNDACIÓN y cursar las multas que se señalen en los numerales siguientes por actuaciones

imputables al contratista, las que se harán preferentemente efectivas en el estado de pago más próximo al

incumplimiento, sin perjuicio de las facultades de LA FUNDACIÓN para dar por terminado el contrato y hacer

efectivas las garantías y/o retenciones que obraren en su poder.

Todas las multas serán aplicadas administrativamente, en pesos chilenos, sin reajustes ni intereses, salvo que

el contrato lo sea, en cuyo caso la multa se reajustará de igual forma que el estado de pago o en caso de ser

fijadas en Unidades de Fomento, según se indique para cada caso.

Las multas en su conjunto tendrán un tope máximo de 10% del valor del contrato. La acumulación de las

multas por un monto superior al 10% del valor total del contrato será causal de Término anticipado del mismo.

Excepcionalmente este tope no se aplicará si la FUNDACIÓN estima por Resolución Fundada que no resulta

conveniente para los interese de éste el poner Término al contrato en virtud del estado de avance de las

obras.

Multa por Atraso en la entrega de la obra terminado el plazo total contractual.

En caso de atraso en la entrega de la obra una vez terminado el plazo de ejecución de esta y no habiéndose

concedido ampliación de plazo de acuerdo a lo regulado en las presentes bases o no habiéndose justificado

caso fortuito o fuerza mayor de acuerdo a lo estipulado en el artículo 45 del Código Civil, se aplicará una multa

por día de atraso en la entrega de las Obras, equivalente al valor calculado de acuerdo a la siguiente formula:

VTO: Valor Total de la Obra, sus ampliaciones u obras extraordinarias, menos las disminuciones

de obra, si la hubiere.

DTO: Días corridos totales de ejecución de obra pactados, más los aumentos de plazo si los

hubiere.

VDE: Valor diario de ejecución de obra.

VALOR MULTA: 0,1 x ((VTO)/(DTO))

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La multa se hará efectiva en el último estado de pago, en las retenciones que obren en poder de LA

FUNDACIÓN o las garantías que se encuentren en poder de este.

Multa por atraso en cumplimiento de instrucciones del Inspector Técnico de Obra.

El contratista deberá someterse a las órdenes e instrucciones del Inspector Técnico de la Obra, las que

impartirá por escrito mediante el Libro de Obra u otro medio establecido en el contrato.

El incumplimiento de cada orden será sancionada con una multa diaria de 10 UF, la que será aplicada

administrativamente, durante el lapso en el cual sea acatada hasta por un máximo de 15 días.

La Unidad de Fomento será aquella vigente al día en que se dicte la Resolución que aplica la multa.

Otras Multas

a. Se aplicará una multa por cada día de atraso en la entrega de cualquier documento solicitado en

las presentes Bases, como por ejemplo: entrega del PAC, Carta Gantt fechada, informes y demás

establecidos en las Bases. Independientemente de la complejidad de la obra, equivalente a 10

UF, por cada evento.

La Unidad de Fomento será aquella vigente al día en que se dicte la Resolución que aplica la

multa:

b) Se aplicará una multa por cada día de atraso en la ejecución de pruebas y ensayes.

Independientemente de la complejidad de la obra, equivalente a 5 UF.

La Unidad de Fomento será aquella vigente al día en que se dicte la Resolución que aplica la

multa.

c) Se aplicará una multa por el incumplimiento de cualquier obligación establecida para los

materiales de construcción. Independientemente de la complejidad de la obra, equivalente a 20

UF, por cada evento, sin perjuicio de la reposición del material especificado o autorizado para su

homologación.

La Unidad de Fomento será aquella vigente al día en que se dicte la Resolución que aplica la

multa.

d) En caso de que el Contratista no despeje y retire del sitio de los trabajos la totalidad de los

materiales excedentes, obras y basuras de cualquier especie, los que deberán ser depositados

en un botadero autorizado fuera del terreno en el que se ejecutan las obras, será sancionado con

una multa por cada día de atraso en el retiro, de acuerdo a las instrucciones de la I.T.O.,

independientemente de la complejidad de la obra, equivalente a 10 UF, por cada evento, las

cuales se descontaran del Estado de Pago posterior desde que ocurre el evento.

La Unidad de Fomento será aquella vigente al día en que se dicte la Resolución que aplica la

multa.

e) Solo en casos justificados y de fuerza mayor, el I.T.O. podrá autorizar la ausencia de un

profesional que requiera presencia permanente y/o personal mínimo establecido de acuerdo a

la complejidad de la obra hasta por un máximo de siete (7) días corridos. En el evento de exceder

el plazo autorizado se aplicará una multa por cada día de ausencia injustificada de 5 UF para

profesionales con exigencia de presencia permanente y para los demás profesionales de 3UF.

f) Se aplicará una multa por cada día de atraso de en la instalación de letreros de obra, señalética,

instalaciones para Inspección Técnica de la Obra, u otra instalación similar. Independientemente

de la complejidad de la obra.

El incumplimiento de que se trata será sancionado con una multa diaria de 10 UF la que será

aplicada administrativamente, durante el lapso en el cual se produzca el incumplimiento.

La Unidad de Fomento será aquella vigente al día en que se dicte la Resolución que aplica la

multa.

g) Se aplicará una multa diaria por incumplimiento en los parámetros de calidad contenidos en el

PAC u otro documento que forma parte del sistema de gestión de calidad, por cada evento.

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El incumplimiento de que se trata será sancionado con una multa diaria 1 O UF la que será

aplicada administrativamente, durante el lapso en el cual se produzca el incumplimiento.

La Unidad de Fomento será aquella vigente al día en que se dicte la Resolución que aplica la

multa.

h) Se aplicará una multa 10 UF por cada día de atraso en la presentación de las pólizas de seguro,

sin perjuicio de no poder iniciarse las obras.

i) Retardo en la entrega de acta de reuniones programadas se aplicará una multa equivalente a 5

UF. La Unidad de Fomento será aquella vigente al día en que se dicte la Resolución que aplica la

multa.

j) Iniciar trabajos mediante subcontratación sin autorización de la I.T.O. Si el contratista

subcontratara parte de las obras, sin contar con la autorización respectiva se aplicará una multa

equivalente al 20% del valor de la partida subcontratada y presupuestada, incluyendo el valor

asociado de gastos generales y utilidad. Si la partida no estuviese claramente especificada en el

presupuesto, esta se valorará de acuerdo a los precios unitarios, aplicando a estos, el respectivo

porcentaje de gastos generales y utilidades.

Sanciones por infracción a las Normas de la Ley N°16.744.

Sin perjuicio de la responsabilidad civil y penal que le cabe al Contratista, en los accidentes que se puedan

producir en la obra por el incumplimiento de las medidas de prevención de riesgos establecidas en la Ley Nº

16.744 y sus reglamentos, en el Código Sanitario y sus reglamentos, en el Código del Trabajo, y en las

presentes Bases, el Inspector Técnico de la Obra está facultado para aplicar las siguientes medidas correctivas

según corresponda:

a. Podrá exigir la separación de cualquier Subcontratista, empleado u operario del Contratista o

Subcontratista, en caso de insubordinación o cuando se acredite reincidencia en actitudes que

ponen en peligro la seguridad o salud propia, la de sus compañeros de trabajo o de la obra, como

la continuidad de la obra.

b. Podrá suspender las faenas, en forma parcial o total, cuando exista riesgo inminente de

accidentes que puedan afectar a personas o bienes materiales, especialmente en la eventualidad

que estos se hayan producido, sin perjuicio de poner el hecho en conocimiento de los organismos

fiscalizadores pertinentes, quienes pueden aplicar las sanciones pecuniarias que correspondan.

Esta suspensión no dará motivo a aumentos de plazo ni a indemnizaciones al Contratista.

c. El incumplimiento de las obligaciones establecidas en las presentes Bases Administrativas en lo

relativo a Prevención de Riesgos o de cada orden anotada en el libro de obras, será sancionado

con una multa diaria aplicada administrativamente por el Inspector Técnico de la obra, por cada

día de atraso en la corrección de la infracción equivalente a 25 UF. En caso de reincidencia la

multa diaria será aumentada al doble.

La Unidad de Fomento será aquella vigente al día en que se dicte la Resolución que aplica la

multa.

d. De igual manera, el contratista que no entregue oportunamente la información que se señala en

el para los estados de pago o recepción de las obras establecidos de esta Bases, o se niega a

hacerlo, será sancionado con una multa equivalente a 10 UF, vigente al día en que se dicte la

Resolución que aplica la multa la que deberá ser aplicada administrativamente y descontada en

el estado de pago respectivo. En caso de reincidencia la multa diaria será aumentada al doble.

29.-ATRASOS NO IMPUTABLES AL CONTRATISTA.

Si durante la ejecución de la obra se produjeren atrasos parciales ocasionados por fuerza mayor o caso

fortuito, o se presentara imposibilidad temporal atribuible a LA FUNDACIÓN para continuar con su ejecución,

el contratista deberá presentar al Inspector Técnico de la Obra su justificación antes de transcurridos 10 (diez)

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días corridos contados desde la ocurrencia del hecho, el que calificará los motivos de los atrasos para los

efectos de la prórroga del plazo, o su rechazo. Pasados los diez días no se aceptará justificación alguna.

La petición escrita de prórroga podrá ser aceptada o rechazada por el Inspector Técnico de la Obra; de ser

aceptada, se dictará el Acto Administrativo que corresponda.

En todo caso no se admitirá la prórroga una vez transcurrido el plazo de ejecución de la obra. La ampliación

del plazo en estas circunstancias, no dará derecho a pago adicional.

Las multas por retardo serán aplicadas de acuerdo a lo indicado en el numeral pertinente y serán descontadas

del Estado de Pago siguiente al mes que se encuentre ejecutoriada la Resolución que aplica la sanción.

30.- PROCEDIMIENTO DE IMPUGNACION DE MULTAS:

En todos estos casos, detectada una situación que amerite la aplicación de multas, por parte de la entidad o

del funcionario responsable, éste le informará al adjudicatario por carta certificada, indicando la infracción

cometida, los hechos que la constituyen y el monto de la multa. A contar del tercer día hábil del despacho de

la comunicación precedente, el adjudicatario tendrá un plazo de cinco días hábiles (lunes a viernes) para

efectuar sus descargos, los que sólo podrán fundarse en caso fortuito o fuerza mayor, acompañando todos

los antecedentes que lo justifiquen. Vencido el plazo para presentar descargos y sin que éstos se hayan

presentado, la entidad dictará la respectiva Resolución o Acto Administrativo aplicando o no la multa. Si el

adjudicatario hubiera presentado descargos en tiempo y forma, la entidad tendrá un plazo de 10 (diez) días

corridos a contar de la recepción de los mismos, para rechazarlos o acogerlos, total o parcialmente, lo que se

determinará mediante resolución o acto administrativo, aplicando o no la multa que corresponda,

notificándose por carta certificada. al adjudicatario o a su representante legal.

31.- DE LA INSPECCIÓN TÉCNICA

31.1.- UNIDAD TÉCNICA DE LA OBRA (U.T.)

Se entiende por Unidad Técnica de la Obra, a los Profesionales designados por LA FUNDACIÓN que tendrán a

su cargo la función de supervisar técnica y administrativamente la obra, en conformidad a las Bases

Administrativas, Técnicas, demás antecedentes del proceso de licitación y el Contrato.

Dentro de la Unidad Técnica habrá un funcionario designado como Inspector Técnico de la Obra (I.T.O.), quien

junto a los demás profesionales que designe LA FUNDACIÓN, sean éstos funcionarios o contratados a

honorarios, fiscalizarán, apoyarán el desarrollo y ejecución del proyecto. Sin perjuicio de las funciones que

desempeñe la Asesoría a la Inspección Técnica de la Obra (A.I.T.O.), quienes para todos los efectos estarán

bajo dependencia del I.T.O.

31.2.- INSPECTOR TÉCNICO DE OBRA (I.T.O.)

Para todos los efectos de las presentes Bases se entenderá por Inspector Técnico de Obra (I.T.O.), al

profesional funcionario perteneciente a la Unidad Técnica a quien LA FUNDACIÓN le haya encomendado velar

directamente por la correcta ejecución de la Obra y en general, por el cumplimiento del Contrato. Esta labor

podrá ser ejercida por un profesional Ingeniero Civil, Arquitecto, Ingeniero Constructor y/o Constructor Civil.

La Unidad Técnica será representada ante el Contratista por el I.T.O., el que deberá, entre otras funciones,

formular todas las observaciones que le merezca la ejecución de las faenas, la calidad de los equipos y

cualquier otra que estime necesaria: interpretar las especificaciones del proyecto; en su materialización en

obras; verificar la protección de materiales y equipos; requerir el cumplimiento de las medidas de seguridad

y de las instalaciones; controlar el cumplimiento de la programación de las obras, velar por el orden y limpieza

de los terrenos y recintos de trabajo y otras que LA FUNDACIÓN y las presentes bases le encomiende.

En consecuencia, el I.T.O. estará facultado para: rechazar materiales que no cumplan con las especificaciones

pertinentes; suspender faenas cuando se compruebe incumplimiento de las especificaciones o cuando ellas

se realicen en forma descuidada o con peligro para personas e instalaciones; exigir ensayos cuando le merezca

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duda de calidad de las obras y de los materiales utilizados o cuando, a su juicio, sean necesarios y ordenar la

paralización previo VºBº de la U.T., a costa del Contratista, cuando no se hayan cumplido los requisitos

especificados de ubicación, dimensiones y/o calidad de los materiales y obras ejecutadas.

Esta inspección técnica de las obras no libera al Contratista del cumplimiento de todas sus obligaciones y de

las responsabilidades que le corresponden.

El Contratista deberá dar cumplimiento a las instrucciones emitidas por LA FUNDACIÓN a través del I.T.O., las

que se impartirán siempre por escrito y conforme a los términos y condiciones establecidas en las Bases, y a

la naturaleza de la obra a ejecutar, las cuales deberán cumplirse dentro del plazo que el I.T.O. estipule. El

incumplimiento de cada orden será sancionado con una multa según se indica en el numeral respectivo de

estas Bases, hasta un plazo máximo de 15 (quince) días corridos.

El I.T.O. podrá exigir el término de las labores de cualquier sub contratista o trabajador del Contratista, por

insubordinación, desórdenes, incapacidad u otro motivo grave debidamente fundado a juicio del I.T.O.,

quedando siempre responsable el contratista por los fraudes, vicios de construcción o abusos que haya

podido cometer la persona separada de sus funciones.

Si el I.T.O. detecta un avance inferior al planificado y aprobado, podrá exigir el incremento de personal y/o

fijar normas para regular el ritmo de las faenas y dar cumplimiento al programa Gantt aprobado que rige la

Obra.

El Contratista tendrá la obligación de reconstruir por su cuenta las obras o reemplazar los materiales que no

sean aceptados por el I.T.O., por razones de carácter técnico siempre y cuando este no modifique las

especificaciones técnicas y dichos materiales sean de igual o superior calidad que los especificados, sin que

ello implique mayor costo para LA FUNDACIÓN.

El I.T.O. podrá ordenar el retiro, fuera de la zona de la faena, de los materiales que sean rechazados por mala

calidad, cuando exista el peligro de que dichos materiales sean empleados en la Obra sin su consentimiento.

La falta de cumplimiento de esta orden deberá ser sancionada en la forma dispuesta en el numeral respectivo

de estas Bases, sin perjuicio de ordenar la paralización de la Obra.

El I.T.O. podrá establecer solo modificaciones que no involucre un cambio sustancial del proyecto previa

aprobación de la U.T. (Unidad Técnica), en caso de cambios o modificaciones relevantes y que afecten el

proyecto original deberá solicitar adicionalmente un pronunciamiento a los proyectistas.

Cuando el Contratista solicite un cambio de materiales o elementos a utilizar, la I.T.O. deberá analizar los

plazos involucrados, los argumentos y documentos presentados, verificar la equivalencia técnica y las

características de la alternativa y entregar un informe con su propuesta de aceptación o rechazo.

Ante eventuales dudas respecto de que el material a utilizar no cumpla efectivamente con los requisitos

establecidos en la Bases, la I.T.O. podrá pedir ensayos adicionales que serán de cargo exclusivo del Contratista.

La aceptación definitiva del material por parte del I.T.O. de la Obra, se hará durante la marcha misma de las

obras.

Los ensayos se realizarán de acuerdo a Normas Chilenas. En caso de no existir Normas Chilenas para algún

material, el procedimiento será sometido previamente a la aprobación de la I.T.O.

El ingreso de toda persona ajena calificada por la I.T.O. a la obra debe ser autorizada por éste o un integrante

de la Unidad Técnica.

31.3.-PLAN ASEGURAMIENTO DE LA CALIDAD (PAC).

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El Contratista deberá implementar y ejecutar, a su entero costo un plan de gestión de la calidad de los

servicios, basados en las Normas ISO 9001:2008.

El Contratista deberá elaborar y presentar un Plan de Aseguramiento de Calidad para revisión y aceptación

del Inspector Técnico de la Obra, en el Plazo de 10 días corridos, contados desde la fecha del Acta de entrega

de terreno. Las eventuales observaciones del Inspector Técnico de la Obra se deberán incorporar al Plan

dentro del plazo que este otorgue para tal efecto a través del Libro de Obra. Si cumplido dicho plazo, no hay

más observaciones, se entenderá como aceptado el Plan de Aseguramiento de Calidad, sin embargo, si las

hubiere, el Inspector Técnico de la Obra se las hará llegar al contratista y le fijará un nuevo plazo para

corregirlo y presentarlo nuevamente para aprobación, dejando constancia en el libro de obras.

31.4.-CONTENIDO Y DESCRIPCIÓN DEL PLAN DE ASEGURAMIENTO DE CALIDAD.

El PAC tendrá una portada, la que deberá contener el nombre del contratista y su logotipo, los nombres y

firmas del responsable de su elaboración, la revisión por el Responsable de la Unidad de Aseguramiento de

Calidad, la aprobación del Administrador General de la Obra y un espacio para que el Inspector Técnico de la

Obra deje constancia con su nombre y firma de haber revisado y aceptado el documento.

32.-RECEPCIÓN DE LA OBRAS:

32.1.-RECEPCION DE LAS OBRAS CONTRATADAS:

Si durante el período de la construcción o durante el plazo que medie entre la recepción provisoria y definitiva

de la obra, se comprobare que el material aceptado por el I.T.O. ha resultado deficiente en el hecho, el

Contratista tendrá la obligación de reemplazarlo y de reconstruir por su cuenta y a su costa la obra en que fue

empleado.

32.2.-RECEPCIÓN PROVISORIA.

Esta podrá ser por una o varias etapas, así como también sub etapas de un mismo proyecto dependiendo de

si el licitado contempla una o más etapas de ejecución, lo que deberá quedar definido y expresado en el Anexo

Complementario; así como en el contrato.

La Comisión Receptora fijará la oportunidad para dar inicio a la Recepción Provisoria dentro de un plazo no

mayor a 30 (treinta) días corridos, contados desde la fecha en que se registre en la secretaría de la Unidad

Técnica, la carta de contratista, donde indica el término de la obra una vez terminado el plazo contractual y

que solicita la Recepción Provisoria.

El I.T.O. dará el VºBº para que se proceda a la recepción de la Obra y establecerá en el libro de obra, la fecha

en la que procederá a iniciarla.

Se constituirá la Comisión Receptora, nombrada a través de la Resolución respectiva, la cual estará compuesta

por el Jefe de la Unidad Técnica o quien lo subrogue y por, a lo menos, dos profesionales que designe LA

FUNDACIÓN, y un Ministro de Fe, todos los cuales deberán ser funcionarios de LA FUNDACIÓN.

Al acta de recepción asistirá la Comisión designada para tales efectos, el Inspector técnico y el Contratista o

su representante. Una vez verificado el cabal cumplimiento se dará curso a la recepción provisoria y se

levantará un acta que será suscrita por todos los asistentes.

Si de la Inspección de la Obra que haga la Comisión, determina que los trabajos presentan observaciones

menores que no afecten el funcionamiento de la obra ejecutada, procederá a recepcionar con reservas,

elaborando un listado de las observaciones y fijando al Contratista un plazo determinado por la Comisión para

subsanarlas. Terminado este plazo, se constituirá nuevamente en terreno para verificar su cumplimiento.

Habiendo el Contratista subsanado las observaciones realizadas en el listado preparado por la Comisión

Receptora, en el plazo fijado para esto por la comisión, se procederá a verificar dicha circunstancia en tal caso,

no se considerará atraso el plazo otorgado por la Comisión Receptora.

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Si por el contrario, el Contratista no cumple dentro del plazo fijado con el término de las observaciones y éstas

son menores, la Comisión quedará a la espera del aviso del I.T.O. del término definitivo de éstas para proceder

a su verificación y se le aplicará la multa correspondiente.

LA FUNDACIÓN en el caso del párrafo anterior, resolverá en consecuencia y se procederá al término

anticipado del Contrato, efectuando todos los actos administrativos y técnicos que correspondan.

En ningún caso el Contratista podrá excusar su responsabilidad por los trabajos defectuosos o negarse a

reconstruirlos bajo pretexto de haber sido aceptados por el I.T.O. o de haber sido ejecutados por un

subcontratista.

Si el Contratista no hiciere las reparaciones y cambios que se ordenaren, dentro del plazo que fije la Comisión

Receptora, de acuerdo a la cantidad de obras pendientes, el I.T.O. con el VºBº de la Unidad Técnica podrá

llevar a cabo la ejecución de dichos trabajos por cuenta del Contratista y con cargo al último estado de pago,

a la retenciones y/o de las garantía por el fiel cumplimiento del contrato, sin perjuicio de la multa por atraso

si ello procediere.

Una vez subsanados los defectos observados por la Comisión, ésta deberá proceder a efectuar la Recepción

Provisoria, estimándose como fecha de término de las obras, la fecha en que esta recepción provisoria sea

efectiva. Dicho plazo quedará consignado en el acta de recepción.

Durante el plazo de garantía de correcta ejecución, la entidad encargada de su administración podrá usar la

Obra para la función a la que estaba destinada. El Contratista será responsable de todos los defectos que

presente la ejecución de la Obra, que no se deban a un uso inadecuado de ella y deberá repararlos a su costa.

En los casos de incumplimiento del plazo contratado, la Unidad Técnica podrá ordenar el uso parcial en los

sectores terminados de la Obra, previa recepción de éstas. Antes de la Recepción definitiva, será de cargo del

Contratista las fallas que experimente, siempre que sean imputables a la mala ejecución de la Obra o al

empleo de materiales deficientes.

Se establece que el periodo de tiempo para dar inicio a la recepción, así como también el tiempo que dure

este proceso "no da derecho a cobro de mayores Gastos Generales" por parte del Contratista.

Efectuada sin observaciones la Recepción Provisoria, LA FUNDACIÓN tomará posesión de las obras y desde

ese momento podrá utilizarlas según su destino prefijado, subsistiendo la responsabilidad del Contratista.

También se podrá proceder a la Recepción Provisoria de sub etapas o sectores de la obra que se definan de

común acuerdo durante el desarrollo del contrato.

Las recepciones parciales serán solicitadas por el Contratista al I.T.O. a través del libro de obras, el que en un

plazo de treinta días corridos definirá el plazo para proceder a dicha recepción. El proceso de recepción

parcial, se realizará con igual formalidad que la recepción provisoria, y la misma comisión receptora,

exceptuando el listado de antecedentes requeridos para ello. Dicha recepción corresponderá exclusivamente

a la ejecución física de las obras. Será la misma comisión designada.

En el caso de recepción provisoria con observaciones o sin observaciones de sub etapas, etapas o sectores,

se procederá en forma similar a la descrita anteriormente no siendo exigible en esa oportunidad .la entrega

de los certificados y/o Planos, (si procede) documentos que serán entregados en la recepción provisoria de

término de obra. El Contratista será responsable hasta la recepción definitiva de la obra, de los problemas

derivados de defectos de construcción o de materiales empleados en ella, así como del funcionamiento de

equipos e instalaciones, deberá proceder a su reparación cuando le sea ordenado por la Inspección Técnica

de la Obra. Por su parte LA FUNDACIÓN será responsable de deterioros y pérdidas originados por el uso

normal y que no derive de defectos de la construcción de los sectores recepcionados provisoriamente.

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El Contratista sólo podrá cursar el último estado de pago, una vez que cuente con el Acta de Recepción

Provisoria debidamente firmada por la Comisión receptora y presente la garantía por la Correcta Ejecución

de las obras.

En el Acta de Recepción Provisoria Sin Observaciones se consignará, entre otros aspectos:

• Fecha Entrega Terreno.

• Aumento de plazo (si procede).

• Obras Extraordinarias y/u obras nuevas (si procede)

• Fecha de Término Contractual.

• Monto total del contrato.

• Listado de Observaciones aprobadas, si las hubiere.

• Días que se otorgaron para subsanar observaciones.

• Días de atraso.

• Multas desagregadas por causales.

• Fecha de término efectivo de la Obra.

• Fecha de Recepción Provisoria sin observaciones de la Obra.

• Fecha fijada de Recepción Definitiva de la Obra.

32.3.-RECEPCIÓN DEFINITIVA.

La Recepción Definitiva se hará a petición escrita del Contratista en la misma forma y con las mismas

solemnidades que la recepción provisoria transcurrido el plazo de 365 días corridos. En todo caso, deberá

efectuarse a más tardar con 30 días hábiles de antelación al vencimiento de la garantía de correcta ejecución.

Efectuada la recepción definitiva, se procederá a liquidar el contrato dictándose la Resolución pertinente, la

que surtirá plenos efectos una vez que se encuentre totalmente tramitada, se procederá a devolver dicha

garantía.

Durante el plazo de garantía de la obra, el Contratista será responsable por todos los defectos, fallas y

deterioros que ella evidenciase o que pudiese afectarle por mala ejecución de la obras.

Finalmente, el Contratista responderá por todos los daños y perjuicios que se causaren a terceros, durante o

con motivo de los trabajos, con ocasión de defectos de construcción o de mala calidad de los materiales

empleados en la Obra, sea que provengan de erros, negligencia o imprudencia de parte suya o de sus

dependiente.

33.-LIQUIDACIÓN DEL CONTRATO.

Hecha la recepción definitiva sin observación alguna de la Unidad Técnica, se procederá a efectuar la

liquidación del contrato con el Contratista mediante documento oficial con la firma de los representantes

legales de ambas partes, dictándose para tal efecto el acto administrativo respectivo, el que sufrirá plenos

efectos una vez que se encuentre totalmente tramitado.

34.-DE LAS OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA.

34.1.-OBLIGACIONES GENERALES

El contratista deberá ceñirse para la ejecución de los Trabajos a los Planos, al presupuesto adjudicado, a las

Especificaciones Técnicas y a todas las normas y disposiciones que se consultan en las Leyes, Reglamentos y

Ordenanzas, tanto Fiscales como Municipales, vigentes a la fecha de la propuesta y que afecten a la obra. Se

entenderá, además, incorporada a este Contrato la siguiente documentación: Las Bases Administrativas Tipo;

Bases Técnicas; planos respectivos; aclaraciones, respuestas a las consultas formuladas en el proceso

licitatorio; la oferta y documentos presentados por el Contratista y cualquier otro documento originado y/o

relativo al proceso de licitación, en especial a lo dispuesto en los numerales 3.5, 3.6 de las presentes Bases.

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29

Queda prohibido al Contratista introducir por iniciativa propia modificaciones o alteraciones a la Obra,

debiendo deshacer a su costo aquellos trabajos que no hayan sido establecidos en las Bases de la licitación o

aquellos que no han sido autorizados por LA FUNDACIÓN a través de la I.T.O.

El Contratista tendrá la obligación de designar un profesional que estará a cargo de la Obra encomendada,

que ejercerá como Profesional Responsable de la Obra de acuerdo a la complejidad y será el representante

autorizado del Contratista; sin perjuicio de ello, la dirección de la Obra estará siempre a cargo del Contratista.

La I.T.O. podrá requerir fundamentalmente el cambio del Profesional Responsable de la Obra si estima que

no es una persona idónea para la función encomendada. El profesional de reemplazo deberá contar con la

aprobación de la I.T.O. y cumplir con los mismos o mayores requisitos establecidos en las presentes bases

para dicho profesional.

Será requisito esencial para autorizar las obras, que el Contratista haya obtenido los permisos, autorizaciones,

derechos si procediesen, ante los organismos correspondientes y que, además, cuente con los proyectos de

especialidad aprobados por los organismos respectivos.

34.2.-0BLIGACIONES RELATIVAS AL DESARROLLO DE LA OBRA.

Entre otras, el Contratista tendrá las siguientes tareas:

Dirigir, ejecutar, administrar la construcción y ejecución de los trabajos contratados, personalmente,

ciñéndose estrictamente a los planos, especificaciones, normas y detalles en forma que permita la total y

oportuna ejecución de las obras pactadas.

Coordinar la ejecución de los proyectos de Obras Civiles y el cumplimiento de las estipulaciones contractuales,

ya sean de orden técnico o administrativo.

Mantener al personal, de acuerdo a la complejidad de la obra. Se exigirá que el profesional Administrador a

cargo de la Obra, el jefe de terreno y el Prevencionista de Riesgos, permanezcan según lo estipulado en las

bases en el lugar donde se desarrollan los trabajos. Así mismo, si se requiere sustituir a cualquiera de los

profesionales incluidos en el contrato, éstos deberán tener igual o superior experiencia que los profesionales

considerados en la oferta y contar con el Vº Bº del I.T.O. Para esta sustitución contará con un plazo no mayor

a cinco días corridos a partir de la ausencia del profesional.

Mantener y actualizar a lo menos una vez cada 15 (quince) días los gráficos de avance.

Proveer y mantener un Libro de Obra donde se anotará el avance de los trabajos, la actividad de ejecución,

las fecha reales de inicio, observaciones de arquitectos y proyectistas, servicios públicos de la especialidad y

todas aquellas anotaciones pertinentes a su trabajo en la Obra. Sin perjuicio de lo anterior, en caso de existir

comunicación relacionada con el desarrollo de proyecto, vía correo electrónico entre el I.T.O. y el Jefe de

Obra, estos se deben imprimir y anexar cronológicamente al Libro de Obra.

La presentación oportuna y con documentación completa de los Estados de Pago.

Dar cumplimiento a las instrucciones impartidas por el I.T.O.

Proveer de los recintos necesarios para que se instale la Inspección Técnica de Obra, definido en la

Especificación Técnica.

Identificar la Obra dentro de los treinta días siguientes al inicio de los trabajos mediante un letrero como

mínimo, cuyo texto y diseño corresponda a las indicaciones proporcionadas por LA FUNDACIÓN. Dicho letrero

deberá indicar el programa que financia la Obra y la identificación de LA FUNDACIÓN. La confección de este

letrero deberá contar con la aprobación del Inspector Técnico. No se permitirá destacar el nombre del

Contratista en relación al resto de la leyenda ni la colocación de otros letreros próximos a sus costados.

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El contratista o el Administrador de Obra a cargo de los trabajos, o la persona que lo represente con arreglo

a las disposiciones de las presentes bases, estará obligado a acompañar a los funcionarios de LA FUNDACIÓN

o de la Unidad Técnica que tengan encargo de visitar o inspeccionar las obras; a suministrar instrumentos,

herramientas y otros medios que permitan a los referidos funcionarios hacer una revisión prolija de las obras

en construcción, como también a presentar las planillas de jornales, facturas, controles, certificados y otros

documentos que guarden relación con el contrato. En general, el contratista estará obligado a proporcionar

a dichos funcionarios y al Inspector Técnico de la Obra, los datos que se soliciten en conformidad a las

instrucciones y formularios que para ese objeto se le entreguen.

Proveer de todas las maquinarias y las herramientas necesarias para los trabajos, la instalación de faenas,

almacenes y depósitos de materiales, la construcción de andamios, la conservación de los estacados y en

general, todos los gastos que originen las obras. La Unidad Técnica no tendrá obligación de proporcionar sino

el material a que expresamente se obliga de acuerdo con el Contrato y en la forma y época que se determine.

Llevar a cabo los ensayes de materiales o elementos que determine el I.T.O., en el plan de ensayes, cuyo costo

será de su exclusiva responsabilidad y hacer entrega de los respectivos certificados. No obstante si durante el

período de la construcción o durante el plazo de garantía se comprobare que el material .aceptado por el

I.T.O. ha resultado deficiente en el hecho, el contratista tendrá la obligación de reemplazarlos y de reconstruir

por su cuenta y a su costa la Obra en que fue empleado. Cuando en las Especificaciones Técnicas se considere,

para uno o más partidas, la posibilidad de usar materiales alternativos con los que puedan ser ejecutados, el

contratista está en libertad de emplear cualquiera de ellos, previa autorización de la I.T.O., sin que el precio

unitario de la partida pueda alterarse, sin perjuicio de lo que para tal efecto se indique en el PAC.

Asegurar de su cuenta y riesgo el tránsito por las vías públicas que haya necesidad de desviar o modificar a

causa de los trabajos en ejecución y serán de su exclusivo cargo los perjuicios que originen a terceros y/o

municipio con motivo u ocasión del cumplimiento del contrato.

Mantener en la Obra libro de asistencia del personal para la fiscalización que hará el I.T.O., Unidad Técnica u

otra autoridad competente.

Mantener vigentes las garantías de la Obra hasta tramitar las correspondientes Actas de Recepciones

Provisorias y Definitiva, según le instruyan oportunamente la I.T.O.

El personal del Contratista, sub-contratista o proveedores, están autorizados a permanecer sólo en el recinto

de la Obra y no se les permitirá acceso a otra ya terminada si las hubiera, salvo en casos específicos calificados

por la Inspección Técnica. Para estos efectos el contratista deberá establecer expresa prohibición.

Al término de las obras, el Contratista deberá despejar y retirar del sitio todos los materiales excedentes,

escombros y obras provisorias, dejando limpio el terreno y construcciones.

34.3.-0BLIGACIONES RELATIVAS AL PERSONAL

El Contratista deberá presentar al inicio de las obras, un Programa Detallado de Prevención de Riesgos e

Higiene Industrial que entregará al Inspector Técnico para su aprobación.

Realizar las denuncias de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales que se presenten durante el

periodo de duración de los trabajos de la Obra, de acuerdo a la normativa legal vigente.

LA FUNDACIÓN solicitará al Contratista, en cualquier momento que lo estime conveniente, el monto y el

estado de cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales que a éstos correspondan respecto a

sus trabajadores, como asimismo de igual tipo de obligaciones que tengan los Subcontratistas con sus

trabajadores. Lo anterior deberá ser acreditado mediante certificados emitidos por la correspondiente

Inspección del Trabajo, según lo indicado en las presentes bases.

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En el evento que el Contratista o Subcontratista no acredite oportunamente el cumplimiento íntegro de las

obligaciones laborales y previsionales en la forma señalada, LA FUNDACIÓN podrá retener de los pagos

mensuales el monto por estos conceptos, de que es responsable el Contratista o Subcontratista, o utilizar las

retenciones y/o garantías del Contrato, en el mismo orden de prelación antes indicado y exclusivamente hasta

el efectivo pago de las obligaciones laborales y previsionales adeudadas. Con las retenciones antes referidas

LA FUNDACIÓN pagará al trabajador o la institución Previsional acreedora.

Cumplir con la normativa laboral, de seguridad social y de protección a los trabajadores.

Mantener dispositivos de seguridad en equipos y maquinarias que se empleen en la Obra.

Suministrar a sus trabajadores los elementos de protección personal necesarios, que cuenten con certificados

de calidad por organismos competentes.

Cumplir con la regulación relativa a la contratación de trabajadores extranjeros.

El Contratista deberá proveer de acuerdo a la ley, a sus trabajadores, de los servicios básicos necesarios de

acuerdo a la complejidad de la obra a ejecutar.

Al inicio de la Obra, el I.T.O. solicitará al Contratista la entrega de copia de los contratos de todos los

trabajadores que laboran .en la Obra, tanto los propios como los de sus Subcontratistas, en la oportunidad

correspondiente. Esta documentación deberá mantenerse actualizada y a disposición del I.T.O. durante toda

la Obra.

34.4.- OBLIGACIONES DE COORDINACIÓN.

El Contratista deberá considerar:

1. Que no podrá dar inicio a la Obra, sin contar con la autorización de la I.T.O. de acuerdo a la

Entrega de Terreno.

2. Cierros provisorios según corresponda.

3. Programación de obras con el I.T.O. de la Unidad Técnica de LA FUNDACIÓN.

4. Que en zona de trabajo deberá operar libremente, tomando las medidas y precauciones que

eviten el ingreso de personas ajenas a la Obra, proveer de cierros y todas las señalizaciones y

signos de advertencia que sea necesario y los mantendrá en buen estado, sin elementos corto

punzantes o peligrosos hacia el exterior según se indique en las respectivas bases técnicas.

5. La instalación de empalmes provisorios de electricidad y agua, cuyos gastos deberán ser

solventados en su totalidad por el Contratista.

6. Que queda obligado a facilitar la ejecución de los trabajos que LA FUNDACIÓN contrate con otras

personas o realice directamente, coordinando sus faenas sin que esto le dé derechos a pagos

extraordinarios.

7. Que LA FUNDACIÓN no se hará responsable de ningún tipo de pérdida, hurto o extravío dentro

de las instalaciones de la Obra.

35.-PERSONAL DE CONTRATA.

El número de trabajadores que se ocupe en las obras deberá tener relación con la cantidad de obras por

ejecutar y el tipo de tecnología que el Contratista oferte y programación de la Obra.

El personal de Contratista, Subcontratista o proveedores, está autorizado a permanecer sólo en el recinto de

la obra y no se les permitirá acceso a obras ya terminadas si las hubiera, salvo en casos específicos calificados

por la Inspección Técnica. Para estos efectos el Contratista deberá establecer expresa prohibición. Al inicio de

la Obra, el I.T.O. podrá solicitar al Contratista la entrega de copia de los contratos de todos los trabajadores

que laborean en la Obra, tanto los propios como los de sus Subcontratistas. Esta documentación deberá

mantenerse actualizada y a disposición de la I.T.O. durante la Obra, como de otras entidades fiscalizadoras.

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36.-CONDICIONES Y ACCIDENTES DEL TRABAJO.

El Contratista deberá suministrar a sus trabajadores los equipos e implementos necesarios de protección,

tomar las medidas para mantener en la obra la higiene y seguridad en el trabajo, y disponer en general de

todas las medidas pertinentes para dar debido cumplimiento a las normas legales que regulan la materia,

particularmente la ley de accidentes del trabajo.

El Contratista deberá presentar al inicio de las Obras, un Programa Detallado de Prevención de Riesgos e

Higiene Industrial que entregará al Inspector Técnico para su aprobación.

Es obligación del Contratista efectuar la denuncia de los accidentes del trabajo y de las enfermedades

profesionales en conformidad con las disposiciones legales sobre la materia, debiendo informar al I.T.O. de

los hechos ocurridos, haciendo entrega cuando corresponda de tales denuncias.

37.-ACCIDENTES DE LA OBRA.

Las circunstancias, los hechos o accidentes que produzcan el deterioro, destrucción, derrumbe o

derribamiento de las obras o que ocasionen pérdidas de materiales, serán de cuenta del Contratista, a menos

que un estudio técnico realizado por la Unidad Técnica califique el caso como extraordinario o ajeno a toda

previsión. Si se determina, por estudios técnicos calificados que la responsabilidad es atribuible al Contratista,

éste mantendrá su responsabilidad aun cuando la obra haya sido recibida definitivamente.

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FORMULARIO ANEXO N° 1

IDENTIFICACION DEL OFERENTE PERSONA NATURAL O PERSONA JURIDICA

NOMBRE LICITACION: ______________________________________________

ID LICITACION: ___________________________________________________

R.U.T.________________________________

Razón Social ________________________________________________________________ Teléfonos _________________________________________________________________

Dirección ____________________________________________________________________

Representante Legal o Persona Natural ________________________________________

R.U.T. Representante legal o Persona Natural _______________________________________ Se compromete en este acto a cumplir lo ofrecido, lo cual será considerado en la evaluación de su oferta:

Ítem 1: Oferta Económica Precio Neto: ____________________________________ Ítem 2: Plazo de Entrega: Plazo de Ejecución (días corridos):_______________________________________ NOMBRE DEL OFERNTE Firma Representante Legal Oferente o Persona Natural

Santiago, _____________________________________

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FORMULARIO ANEXO N° 2

DECLARACIÓN SIMPLE

NOMBRE PROPUESTA: __________________________________________

El proponente, abajo firmante, por el sólo hecho de presentar su oferta, declara y acepta explícitamente lo

siguiente:

1. Haber estudiado todos los antecedentes de la propuesta y verificado la concordancia entre ellos. Haber

revisado los términos de la presente licitación: las Bases Administrativas, Bases Técnicas, Especificaciones

Técnicas, Formularios de presentación de la oferta y reglamentación sobre la materia.

2. Estar conforme con las condiciones generales de la propuesta, aceptar las condiciones y

procedimientos, tanto en lo administrativo como en lo técnico, establecidos en: Las Bases Administrativas,

Bases Técnicas, Especificaciones Técnicas, respuestas, aclaraciones y todo otro documento oficial que

haya servido de base para el llamado a licitación, en el entendido que formarán parte del contrato que

firmen las partes.

NOMBRE DE LA EMPRESA : ________________________________

R.U.T. : _________________________________

NOMBRE Y FIRMA REPRESENTANTE LEGAL O PERSONA NATURAL: _________________

RUT REPR. LEGAL O PERSONA NATURAL: _______________________________________

Santiago, _______________________________2017

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FORMULARIO N°3

D E C L A R A C I Ó N J U R A D A Yo, <nombre de representante legal>, cédula de identidad N° <RUT representante legal> con domicilio en <domicilio>, <comuna>, <ciudad> en representación de <razón social empresa>, RUT N° <RUT empresa>, del mismo domicilio, declaro que mi representada no posee condenas por Prácticas Antisindicales o Infracción a los Derechos Fundamentales del Trabajador, ni ha sido condenado por delitos concursales establecidos en el Artículo 463 y siguiente del Código Penal, en los últimos 2 años. <Ciudad>, <Fecha>

__________________________ <Firma>

<Nombre> <Representante Legal>

o Persona Natural

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ANEXO N° 4

D E C L A R A C I Ó N J U R A D A

(Sin Deudas Vigentes con Trabajadores)

Yo, <nombre de representante legal o persona natural>, cédula de identidad N° <RUT

representante legal o persona natural > con domicilio en <domicilio>, <comuna>, <ciudad> en

representación de <razón social empresa o persona natural >, RUT N° <RUT empresa o

persona natural >, del mismo domicilio, declaro que yo o mi representada en su caso:

No registra saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con los

actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos 2 años.

__________________________ <Firma>

<Nombre> <Representante Legal / o Persona Natural>

<Ciudad>, <fecha>

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ANEXO 5

D E C L A R A C I Ó N J U R A D A

RESPONSABILIDAD PENAL DE PERSONAS JURIDICAS

<nombre de representante legal >, cédula de identidad N° <RUT representante> con

domicilio en <domicilio>, <comuna>, <ciudad> en representación de <razón social

empresa>, RUT N° <RUT empresa>, del mismo domicilio, declaro bajo juramento que la

empresa que represento no ha sido condenada a alguna de las penas señaladas en la ley

20.393 que establece la Responsabilidad Penal de las Personas Jurídicas.

__________________________ <Firma>

<Nombre> <Representante Legal / o Persona Natural>

<Ciudad>, <Fecha>