balaustre 297 cancelacion carta patente mrgl baja california

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 U T O A A G I  SUPREMO CONSEJO DE SOBERANOS GRANDES INSPECTORES GENERALES  DEL 33 Y ULTIMO GRADO DEL RITO ESCOCES, ANTIGUO Y ACEPTADO  PARA LA JURISDICCION MASONICA DE LA REPUBLICA MEXICANA CONFEDERACION DE GRANDES POTENCIAS ESCOCESAS CONFEDERACION DE ALTOS GRADOS ESCOCESES BALAUSTRE NUM: 297 A los Supremos Consejos de Ambos Hemisferios; A los Grandes Orientes del Orbe A las Grandes Logias de los Cinco Continentes A nuestros Poderosos Soberanos Grandes Inspectores Generales de la Orden. A nuestros Poderosos Grandes Inspectores Generales de la Orden. A nuestros Delegados y Subdelegados en los VVy CCde la Jurisdicción. A los Cuerpos de nuestra Jurisdicción. A los Príncipes y Caballeros, Grandes, Inefables y Sublimes Francos y Aceptados Masones de todos los grados antiguos y modernos esparcidos sobre la superficie de ambos Hemisferios, y A todos aquellos Fracmasones que el presente vieren: SALUD ESTABILIDAD PODER Desde el Asilo Sagrado donde reside el Supremo Consejo de los MMPPSSGGIIGGdel 33º y ultimo grado del REAy Apara la Jurisdicción Masónica de la Republica Mexicana, con PGen la Avenida Puente de Alvarado Numero 90, Colonia Tabacalera, (06030), Delegación Cuauhtémoc en México Distrito Federal, localizado bajo la CCdel Cenit, cerca de la HLque corresponde a los 19º, 26’, 20.52’’, LNy 99º, 09’, 16.39’’ LOdel meridiano de Greenwich. CONSIDERANDO: Que fue presentada a la Comisión Permanente la propuesta de Cancelación de Carta Patente de la Gran Logia Soberana de Baja California, con Sede en Tijuana, Baja California, por Contravenir el Código Penal Masónico; Delito por el cual fue analizada en Gabinete durante el periodo del 10 de febrero al 25 de marzo del 2010 EVque al ser Aprobada, se turno previamente a la Opinión del Alto Cuerpo para su consideración en la Sesión Ejecutiva que se celebro el 29 de mayo del 2010 de la EVdonde se Dictaminó la Cancelación de dicha Carta Patente. Que de conformidad con el Código Penal Masónico; Sección Cuarta; Penas que deben imponerse a los Cuerpos Masónicos cuando sean Responsables por Delitos Graves; Articulo 82º. Se castigara con la Pena de Cancelación de la Patente Constitutiv a a aquellos Cuerpos que sean responsables de los Delitos a que se refieren las Fracciones I, II, III y IV del Articulo 27º del Código Penal Masónico. Articulo 27 º; Fracci ón IV: Separarse de la Jurisdicción de Grandes Logias del Supremo Consejo y seguir no obstante los trabajos masónicos, reteniendo la Carta Patente y fondos que correspondan, lo mismo que los muebles, útiles, joyas y demás pertenencias del Cuerpo. POR LO TANTO SE OS HACE SABER SE CANCELA LA CARTA PATENTE DE LA GRAN LOGIA SOBERANA DE BAJA CALIF ORN IA, POR CONTRAVENIR LOS PRINCIPIOS FUNDAMENTALES ESTIPULADOS EN EL CODIGO PENAL MASONICO. Para tales efectos se desaparecen los Registros correspondientes de los Grandes Libros del Supremo Consejo, consignando su documentación al Archivo Histórico de esta Institución y se promulga y comunica a todos los Cuerpos de la Jurisdicción para su aplicación y Observancia. COMUNIQUESE Y CUMPLASE El Muy PodSobGr Comy Gr Mtrede la OrdOscar Augusto Ferraez Lepe 33º El Gr SecGraly GuardSellos del SIFrancisco Bustos Partida 33 Puente de Alvarado 90, Colonia Tabacalera – Delegación Cuahutemoc, C. P. 06030, México, D. F. Tel./Fax: (01 55) 5535 2486 – Web site: www.supremoconsejodemexico.org

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8/8/2019 Balaustre 297 Cancelacion Carta Patente MRGL Baja California

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