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UNIVERSIDAD ALAS PERUANAS - DERECHO Y CIENCIAS POLITICASTRANSCRIPT
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DR: JELMUT ESPINOZA ARIZA
DERECHO PENITENCIARIO
Mdulo: I Unidad: 1 Semana: 2
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REGIMEN PENITENCIARIO
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ORIENTACIONES
Cada alumno debe estar informado de la
convivencia de los internos de nuestros centros
penitenciario, para ello es importante que lean,
vean e investiguen respecto de los centros
penitenciarios de nuestro pas y otros pases
del mundo.
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CONTENIDOS TEMTICOS
*Concepto.
*Clasificacin de internos
*Desarrollo de clasificacin de
internos.
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REGIMEN PENITENCIARIO
Conjuntos de normas o medidas
que tienen por finalidad la
convivencia ordenada y pacifica de
los internos.
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ART. IV Titulo Preliminar
SISTEMA PROGRESIVO Este es el sistema que ha adoptado nuestro ESTADO PERUANO. Sistema Penitenciario.- Es la institucionalizacin global
penitenciaria que adopta un estado dentro de su territorio alinterrelacionarse coherentemente los principios penitenciariosdentro de su realidad socio cultural y aplicar los regmenespenitenciarios mas apropiados
Rgimen Penitenciario.- Conjunto de condiciones e influencias alas que se somete a los internos que, luego de observados yclasificados muestran rasgos o notas caractersticas mas omenos similares.
Tratamiento Penitenciario.- Es la medida o influencia orientada atransformar y reorientar la conducta y comportamiento delinterno, de acuerdo a su particularidades o caractersticaspersonales.
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ART. V Titulo Preliminar
DERECHOS SUBSISTENTES DEL
- Que, un ciudadanohaya sido condenadoa pena privativa delibertad no significaque ha perdido o selimitado sus derechosexcepto los afectadospor la sentencia.
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DERECHOS SUBSISTENTES DEL INTERNO
- Este precepto guarda concordancia con el Art.4 delReglamento del Cdigo de Ejecucin Penal, que ensu tenor esgrime que las limitaciones a los derechosde los internos son aquello afectados, adems por laley y el rgimen de vida del establecimiento penal.
- As mismo se prohbe todo tipo de discriminacin alinterno recluido.
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Art. VI Titulo PreliminarASISTENCIA POST PENITENCIARIA
Tal principio refleja la idea de que es iluso lograr laresocializacin si tal cometido se deja libradoexclusivamente al papel del estado. La sociedad debecomprender que es imposible resocializar sin su activaparticipacin .
Con tal objeto tal participacin debe continuar en laetapa de Asistencia Post Penitenciaria, toda vez que eneste estadio es un factor importante el apoyo de lasinstituciones, la familia y la sociedad, tal es as que losmedios libres del INPE, deben de mantener en contactofluido con las personas e instituciones publicas yprivadas, a efecto de que comprendan de que lascrceles no es un problema de uno sino de la sociedad.
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ART. VII Titulo Preliminar TRANSFERENCIA DE PERSONAS
Es derecho del interno Extranjero o nacional solicitar latransferencia a su pas de origen o el de su residencia habitualpara el cumplimiento de su condena.
Por qu delitos no procede la transferencia?Terrorismo, Terrorismo Agravado, Atentado Contra alSeguridad Nacional y traicin a la patria o del ciudadano queacta como cabecilla o dirigente de una organizacin destinadaal Trafico Ilcito de Drogas.
Por qu instrumentos se rige la institucin de latransferencia?1) Los tratados o Convenios Internacionales sobre la materia.2) El principio de reciprocidad por razones humanitarias y3) Leyes respectivas.
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ART. VIII Titulo Preliminar
PRINCIPIO RETROACTIVIDAD E INTERPRETACION BENIGNA
Retroactividad Benigna de una Norma.- Es aquella quese hace para regir hechos, situaciones o relacionesjurdicas que tuvieron lugar antes del momento en queentra en vigencia.
Interpretacin Benigna de una Norma.- Consiste antecualquier controversia que surja en la interpretacinde ese cuerpo de leyes se adoptara la interpretacinque mas le favorezca. Es decir, si surge unacontroversia o duda en la interpretacin del cdigo
se estar a lo que mas favorezca al interno.
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ART. IX Titulo PreliminarPROTECCION DE LAS MADRES INTERNAS E
HIJOS
La interna que se encuentra embarazada o la interna que tenga hijos menores no solo podr convivir con estos, sino que todos recibirn la mas amplia proteccin del sistema penitenciario
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MADRES INTERNAS E HIJOS
La tutela penitenciaria no solocomprende las necesidadesbsicas de ocupar ambientesadecuados, alimentos, etc. sinodebe abarcar el respeto irrestrictode los derechos humanos.
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ART.X Titulo Preliminar
RECOMENDACIONES DE LAS NN.UU
Estas constituyen condiciones mnimas que, lasdiversas naciones conformantes de la organizacin
de las naciones unidas, deben adoptar en la ejecucin
de la pena privativa de la libertad y , por otro lado
forman parte de las diversas recomendaciones
formuladas por la ONUy que nuestro sistema
penitenciario debe acoger.
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CONCLUSIONES Y/O ACTIVIDADES DE
INVESTIGACIN SUGERIDAS
Son tres los instrumentos legales que restringenlos derechos de los internos: la Ley, la sentencia y
el rgimen penitenciario.
Se hace efectivo la retroactividad en su etapa deejecucin desde el momento de la presentacin de
la solicitud para el beneficio.
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GRACIAS