autorización y revocación. nulidad asamblea

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ROSA ELENA SEGURA CUELLAR. Vs. PROMOTORA Y OPERADORA CARNAVAL CARIBEÑO, S.A. DE C.V., FRANCISCO CARIM FERNÁNDEZ MILLÁN, JORGE ISAAC FERNÁNDEZ MILLÁN, XAVIERA ESPERANZA FERNÁNDEZ MILLÁN, MIRYAM ALFARO SALVANS, LICENCIADO MARCO ANTONIO SÁNCHEZ VALES, Notario Público número 3 en el Estado de Quintana Roo y REGISTRO PÚBLICO DE LA PROPIEDAD Y DEL COMERCIO DELEGACIÓN CANCÚN, QUINTANA ROO. Juicio Ordinario Mercantil. Expediente.- 810/2011. C. JUEZ SEGUNDO CIVIL DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE CANCÚN, ESTADO DE QUINTANA ROO. ROSA ELENA SEGURA CUELLAR, por mi propio y personal derecho, personalidad que tengo debidamente acreditada y reconocida en los autos del juicio al rubro citado, ante Usted C. Juez, respetuosamente comparezco y expongo: REVOCACIONES. Se revocan todas y cada una de las autorizaciones otorgadas en autos para oír y recibir notificaciones así como para consultar el presente expediente. De igual forma en términos de lo dispuesto en el dispositivo 1069 del Código de Comercio, en relación con los artículos 2851, 2852 y 2855 del Código Civil, revocó todas las autorizaciones realizadas con anterioridad y sin que sea limitativa la autorización otorgada

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JUICIO DE SUCESIN TESTAMENTARIA A BIENES DE FRANCISCO JAVIER FERNNDEZ RAMREZ

ROSA ELENA SEGURA CUELLAR.

Vs.

PROMOTORA Y OPERADORA CARNAVAL CARIBEO, S.A. DE C.V., FRANCISCO CARIM FERNNDEZ MILLN, JORGE ISAAC FERNNDEZ MILLN, XAVIERA ESPERANZA FERNNDEZ MILLN, MIRYAM ALFARO SALVANS, LICENCIADO MARCO ANTONIO SNCHEZ VALES, Notario Pblico nmero 3 en el Estado de Quintana Roo y REGISTRO PBLICO DE LA PROPIEDAD Y DEL COMERCIO DELEGACIN CANCN, QUINTANA ROO.

Juicio Ordinario Mercantil.Expediente.- 810/2011.

C. JUEZ SEGUNDO CIVIL DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE CANCN, ESTADO DE QUINTANA ROO.

ROSA ELENA SEGURA CUELLAR, por mi propio y personal derecho, personalidad que tengo debidamente acreditada y reconocida en los autos del juicio al rubro citado, ante Usted C. Juez, respetuosamente comparezco y expongo:

REVOCACIONES.

Se revocan todas y cada una de las autorizaciones otorgadas en autos para or y recibir notificaciones as como para consultar el presente expediente.

De igual forma en trminos de lo dispuesto en el dispositivo 1069 del Cdigo de Comercio, en relacin con los artculos 2851, 2852 y 2855 del Cdigo Civil, revoc todas las autorizaciones realizadas con anterioridad y sin que sea limitativa la autorizacin otorgada a los licenciados Carlos Alberto Grajales Betancourt, Daniel Gustavo Grajales Betancourt, Yoselyn Rodrguez Fernndez, as como la autorizacin otorgada como procurador al seor Alejandro Prez Pereyra; lo anterior por as convenir a mis intereses.

SEALAMIENTO DE DOMICILIO PROCESAL Y AUTORIZACIONES.

Asimismo, por convenir a mis intereses, en este acto vengo a revocar el domicilio procesal anteriormente sealado y en su lugar se designa el ubicado en Carretera a Punta Sam, Lote 10 A, Casa 1, Supermanzana 86, Manzana 2, Villas Miramar I, de esta Ciudad.

Con fundamento en el artculo 1069 del Cdigo de Comercio se autoriza para or y recibir toda clase de notificaciones, imponerse de los autos, tomar apuntes y recoger documentos y valores, firmar en lo necesario, a los seores Jos Juan Puga Fuentes, Jorge Arturo Orozco Balbuena, Eddy Martnez Gonzlez y Norma Zahajari Corts Loeza, personas que podrn intervenir conjunta o separadamente.

AUTORIZACIN DE APARATOS ELECTRNICOS PARA LA TOMA DE ACUERDOS.

Solicito me sea autorizado el uso de cmaras fotogrficas, escner o medio diverso que permita la toma de fotografas de los acuerdos y sentencias que sean emitidos en los presentes autos.

AUTORIZACIN.

De la misma manera, vengo a autorizar en los trminos del tercer prrafo del artculo 1069 del Cdigo de Comercio, a los seores Licenciados Jos Juan Puga Fuentes, Jorge Arturo Orozco Balbuena y Eddy Martnez Gonzlez, quienes quedarn facultados para interponer los recursos que procedan, ofrecer e intervenir en el desahogo de pruebas, alegar en las audiencias, pedir se dicte sentencia para evitar la consumacin del trmino de caducidad por inactividad procesal y realizar cualquier acto que resulte ser necesario para la defensa de los derechos de la autorizante, pero no podrn substituir o delegar dichas facultades en un tercero; lo anterior, para los efectos legales a que haya lugar.

Por lo anteriormente expuesto;A USTED C. JUEZ, atentamente solicito:

PRIMERO.- Tenerme por presentada con la personalidad que ostento.

SEGUNDO.- Tener por revocado el anterior domicilio procesal as como a las personas que se indican y por sealado el nuevo domicilio procesal para or y recibir toda clase de notificaciones.

TERCERO.- Tener por sealado el domicilio procesal que se indica, y por autorizadas a las personas que se mencionan para los fines precisados.

CUARTO.- Se autorice el uso de los diversos medios tecnolgicos para la toma de resoluciones.

QUINTO.- Tener por autorizados como procuradores judiciales a los seores Licenciados Jos Juan Puga Fuentes, Jorge Arturo Orozco Balbuena y Eddy Martnez Gonzlez

PROTESTO LO NECESARIO.

ROSA ELENA SEGURA CUELLAR.