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Page 1: Aspectos Generales S.G.R.L

ASPECTOS GENERALES SISTEMAS DE RIESGOS LABORALES

Aprendices, esta semana revisaremos todos los conceptos e información referente sobre los Aspectos Generales del Sistema de Riesgos Laborales. Resultado de Aprendizaje: Aplicar los conocimientos generales del Sistema de Riesgos Laborales según normativa vigente y tipo de Institución. Indicadores Conocimiento: • Apropiar los conceptos básicos del Sistema de Riesgos Laborales. Habilidades: • Identificar que es un riesgo y una enfermedad laboral. • Aplicar los conocimientos adquiridos del Sistema de Riesgos Laborales en su vida personal o en su empresa. Valores: • Liderar procesos de información del Sistema de Riesgos Laborales. Conocimiento: • Apropiar los conceptos básicos del Sistema de Riesgos Laborales. Habilidades: • Identificar que es un riesgo y una enfermedad profesional. • Aplicar los conocimientos adquiridos del Sistema de Riesgos Laborales en su vida personal o en su empresa. Valores: • Liderar procesos de información del Sistema de Riesgos Laborales. Conocimiento: • Apropiar los conceptos básicos del Sistema de Riesgos Laborales. Habilidades: • Identificar que es un riesgo y una enfermedad laboral. • Aplicar los conocimientos adquiridos del Sistema de Riesgos Laborales en su vida personal o en su empresa. Valores: • Liderar procesos de información del Sistema de Riesgos Laborales.

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Resumen de Contenido Queridos aprendices, en esta semana veremos las características del Sistema de Riesgos Laborales, la obligación de los empleadores con el mismo, la definición y clasificación de riesgo, los trámites de afiliación para los empleados, Ingreso base de liquidación y Reportes de novedades. De esta forma podremos complementar la temática vista la semana pasada y lo que trataremos las siguientes semanas.

ASPECTOS GENERALES DEL SISTEMA DE RIESGOS LABORALES

El Sistema General de Riesgos Laborales (SGRL) es el conjunto de entidades, normas y procedimientos, orientados a prevenir y asistir a los trabajadores de los efectos de las enfermedades y los accidentes, que puedan ocurrir con motivo o como consecuencia del trabajo que realizan. Se encuentra conformado por las administradoras de riesgos laborales públicas o privadas, los empleadores, los trabajadores y el Ministerio de Protección Social que se encarga del control y vigilancia del sistema. Características del Sistema General de Riesgos Labo rales : El Sistema General de Riesgos Laborales tiene 11 características que son: a. El Estado se encarga de dirigir, orientar, controlar y vigilar el Sistema. b. Las entidades administradoras se encargan de la afiliación y la administración del sistema. c. Los empleadores deben afiliarse al SGRL. d. Los empleadores deben afiliar a los trabajadores dependientes obligatoriamente. e. El empleador que no afilie a sus trabajadores al Sistema, tendrá sanciones legales y será responsable de las prestaciones que se otorgan. f. Elección libre y voluntaria de la entidad administradora del sistema por parte del empleador. g. Los trabajadores afiliados tendrán derecho al reconocimiento y pago de las prestaciones previstas en el Decreto 1295 de 1994. h. Las cotizaciones al Sistema están a cargo de los empleadores. i. La relación laboral obliga a pagar las cotizaciones al Sistema.

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j. La cobertura del sistema se inicia desde el día siguiente a la afiliación. k. Los empleadores solo podrán contratar el cubrimiento de los riesgos Laborales de sus trabajadores con una sola entidad administradora de riesgos Laborales. Obligaciones para los empresarios. Durante la vigencia de la relación laboral, los empleadores deberán efectuar las cotizaciones obligatorias al Sistema General de Riesgos Laborales, esto se realiza diligenciando el formulario de afiliación y posteriormente da la entidad administradora de riesgos Laborales aprueba la afiliación, en los términos que determine el reglamento. Por tal motivo el empleador será responsable de: a. Pagar la totalidad de la cotización de sus trabajadores. b. Dentro de los plazos establecidos debe trasladar el monto de las cotizaciones a la administradora de riesgos laborales. c. Estimular el cuidado integral de la salud de los trabajadores y de los ambientes de trabajo. d. Programar, ejecutar y controlar el cumplimiento de programas de salud ocupacional de la empresa y su financiación. e. Notificar a la entidad administradora responsable, los accidentes de trabajo y las enfermedades profesionales. f. Registrar ante el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, el comité paritario de salud ocupacional o el vigía ocupacional correspondiente. g. Facilitar la capacitación de salud ocupacional de los trabajadores a su cargo. h. Reportar a la entidad administradora de riesgos laborales, la novedad laboral de sus trabajadores, incluido el nivel de ingreso y sus cambios, las vinculaciones y retiros. Definición de Riesgos Laborales Es la probabilidad de ocurrencia de un accidente que se produce como consecuencia directa del trabajo realizado, y la enfermedad que haya sido catalogada como profesional por el Gobierno Nacional. Por ejemplo: Andrés Rodríguez trabaja en una carnicería, si no tiene cuidado con el piso mojado y lo trapea constantemente, corre el riesgo de caerse y tener un accidente laboral.

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Definición de Enfermedades Profesionales Todo estado patológico permanente o temporal que sea consecuencia obligada y directa de la tarea que desempeña el trabajador, o del medio en que se ha visto obligado a trabajar, que haya sido determinada como enfermedad profesional por el gobierno nacional. Por ejemplo: Marcos Miranda trabaja en una mina de carbón, y todos los días está expuesto al polvo que se produce por la excavación, lo que le generó un Cáncer Pulmonar. En este caso es una enfermedad profesional. Definición de Accidente de trabajo Todo suceso repentino por causa del trabajo o el que se produzca durante el traslado de los trabajadores desde su residencia a los lugares de trabajo o viceversa, cuando el transporte lo suministre el empleador, y que produzca en el trabajador lesión orgánica, perturbación funcional, invalidez o la muerte. Por ejemplo: Pedro Pérez trabaja en una empresa de calzado como operario y estando allí se corta un dedo con una sierra eléctrica. Este es un hecho que se considera accidente de trabajo. Cuando ocurre un accidente de trabajo, este debe ser reportado inmediatamente a la ARP, la que está afiliada la empresa, para que esta entidad califique el evento y asuma la atención médica del trabajador y su tratamiento. Clasificación de Riesgos La clasificación de riesgos de una empresa se determina por el empleador y la entidad administradora de riesgos profesionales, según las actividades que desempeñan las empresas, las cuales se definen al momento de la afiliación. Además, cuando una misma empresa tiene más de un centro de trabajo, podrá tener diferentes clases de riesgo, para cada uno de ellos por separado, bajo el mismo número de identificación tributaria, siempre que exista diferenciación clara en la actividad que desarrollan, en las instalaciones locativas y en la exposición a factores de riesgo ocupacional. A partir de lo anterior existe una Tabla de Clases de Riesgo para las empresas:

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*Actualmente, se cotiza por el valor inicial. Trámite de afiliación para los empleados La afiliación para los empleados dependientes nacionales o extranjeros, vinculados mediante contrato de trabajo o como servidores públicos, los jubilados o pensionados, excepto los de invalidez, que se reincorporen a la fuerza laboral como trabajadores dependientes mediante contrato de trabajo o como servidores públicos, se realiza de forma obligatoria por parte de los empleadores mediante el diligenciamiento del formulario de afiliación y la aceptación por la entidad administradora, en los términos que determine el reglamento. Por otro lado la afiliación para los trabajadores independientes, es voluntaria y ellos se encargan de escoger la ARL y diligenciar el formulario de afiliación ante la administradora, teniendo en cuenta la clasificación de riesgo de su trabajo. Ingreso base de liquidación Se entiende por ingreso base para liquidar las prestaciones económicas previstas en este decreto:

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a. Para accidentes de trabajo: se tiene en cuenta el promedio de la base de cotización de los seis meses, o fracción de meses anteriores que lleva afiliado. b. Para enfermedad laboral: Se tiene en cuenta el promedio de la base de cotización del último año, o fracción de año, obtenida en la empresa donde se diagnosticó la enfermedad y que esta inscrita en la entidad administradora de riesgos laborales a la que se encuentre afiliado. Reportes de novedades Las novedades al sistema de Riesgos Laborales se encuentran clasificadas así: 1. Novedades del empleador: estas pueden ser por: 1-01 cambio de razón social 1-02 cambio de Nit 1-03 cambio de domicilio 1-04 cambio de actividad económica principal 2. Novedades de centros de trabajo: Estas se presentan por: 2-01 aperturas centro de trabajo 2-02 cierre centro de trabajo 2-03 cambio de actividad económica 2-04 modificación de la clase de riesgo 2-05 cambio en el suministro de transporte 2-06 cambio de dirección o teléfono

Novedades de trabajadores afiliados: estas pueden ser de 2 tipos: a. Permanentes como: • ING Ingreso • RET Retiro • VSP Variación de salario • VTE Variación tarifa especial b. Transitorias como: • VST Variaciones transitorias del salario • SLN Suspensión temporal del contrato de trabajo y licencia no remunerada • IGE Incapacidad General • LMA Licencia de maternidad • IRL Incapacidad de origen laboral • VAC Vacaciones • VCT Varios centros de trabajo

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Importante: Se suspende el pago de la cotización cuando se presentan las siguientes novedades: SLN, IGE, LMA, IRP y VAC. Conclusión: El sistema general de riesgos laborales, ampara a los empleados de los accidentes de trabajo y las enfermedades laborales derivadas del mismo; además es obligación de los empleadores afiliar a sus trabajadores al sistema, teniendo en cuenta el monto de la cotización, que dependerá de la actividad económica que realice la empresa y no podrá ser inferior 0.348%, (riesgo I) ni superior al 8.7% (riesgo V).