asbanc semanal - nº8_mayo_20110922084455602

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Las Centrales de Riesgo Jueves, 05 de mayo de 2011 Año 1, N°8 Generalidades Los Burós de Crédito 1 , conocidos en el Perú como ‘Centrales de Riesgo’, son empresas que tienen por objeto brindar información sobre el nivel de endeudamiento así como los antecedentes crediticios de personas naturales y jurídicas, y éstas empresas pueden ser de carácter público así como privado. La información de los deudores centralizada y administrada de esta forma hace posible una mejor toma de decisiones de los agentes económicos, como en el caso de un banco antes de optar por el otorgamiento de un crédito, o de una persona antes de arrendar un inmueble o celebrar algún otro tipo de contrato con otra persona o empresa. Ello, debido a que con dicha información le será posible evaluar la solvencia económica de la contraparte, en lo referente a su capacidad y trayectoria de endeudamiento así como la capacidad y voluntad de pago, de forma previa a la toma de decisión. Cabe señalar que la información que contienen las Centrales de Riesgo corresponde tanto a la mala historia crediticia como a la buena, por lo que algunos se inclinan más por referirse a estas empresas como “Centrales de Información Crediticia”. Anteriormente, era común la percepción negativa respecto a que una persona ‘figure en una Central de Riesgos’. Sin embargo, ello ha ido cambiando y cada vez 1 Se crearon mediante Ley N° 26702 (Ley General del Sistema Financiero), y fueron reguladas por la Ley N° 27489 (Ley que regula las Centrales Privadas de Información de Riesgos y de Protección al Titular de la Información), que fue posteriormente modificada por la Ley N° 27863. se tiene más conciencia de que tanto los potenciales prestamistas como las entidades de crédito se benefician cuando una mayor cantidad de información está disponible en las Centrales de Riesgo (los prestamistas con buen comportamiento de pago pueden acceden con más facilidad al financiamiento y los prestatarios pueden identificar más rápidamente a los sujetos de crédito). “La información de los deudores centralizada y administrada de esta forma hace posible una mejor toma de decisiones de los agentes económicos…” Central de la SBS y Centrales Privadas La Ley de Bancos peruana establece que la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) “tendrá a su cargo un sistema integrado de registro de riesgos financieros, crediticios, comerciales y de seguros denominado ‘Central de Riesgos’, el mismo que contará con información consolidada y clasificada sobre los deudores de las empresas” que están bajo su supervisión. Precisa que la información que se registrará en dicha Central de Riesgos corresponderá a “los riesgos por endeudamientos financieros y crediticios en el país y en el exterior, los riesgos comerciales en el país, los riesgos vinculados con el seguro de crédito y otros riesgos de seguro, dentro de los límites que determine la Superintendencia.” Agrega que esta información estará “a disposición de las empresas del sistema financiero y de seguros, del Banco Central, de las empresas comerciales y de cualquier interesado en general, previo pago de las tarifas que establezca la Superintendencia.”

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  • LasCentralesdeRiesgo

    Jueves,05demayode2011 Ao1,N8

    Generalidades

    Los Burs de Crdito1, conocidos en el Per comoCentrales de Riesgo, son empresas que tienen porobjeto brindar informacin sobre el nivel deendeudamiento as como los antecedentes crediticiosde personas naturales y jurdicas, y stas empresaspuedenserdecarcterpblicoascomoprivado.

    La informacin de los deudores centralizada yadministrada de esta forma hace posible una mejortoma de decisiones de los agentes econmicos, comoen el caso de un banco antes de optar por elotorgamientodeuncrdito,odeunapersonaantesdearrendar un inmueble o celebrar algn otro tipo decontratoconotrapersonaoempresa.Ello,debidoaquecon dicha informacin le ser posible evaluar lasolvenciaeconmicadelacontraparte,enloreferenteasucapacidadytrayectoriadeendeudamientoascomola capacidad yvoluntaddepago,de formapreviaa latomadedecisin.

    Cabe sealar que la informacin que contienen lasCentralesdeRiesgocorrespondetantoalamalahistoriacrediticia como a la buena, por lo que algunos seinclinan ms por referirse a estas empresas comoCentralesdeInformacinCrediticia.

    Anteriormente, era comn la percepcin negativarespecto aqueunapersona figure enunaCentraldeRiesgos.Sinembargo,ellohaidocambiandoycadavez

    1SecrearonmedianteLeyN26702(LeyGeneraldelSistemaFinanciero),yfueronreguladaspor laLeyN27489(Leyqueregula lasCentralesPrivadasde InformacindeRiesgosydeProteccin al Titular de la Informacin), que fueposteriormentemodificadaporlaLeyN27863.

    se tiene ms conciencia de que tanto los potencialesprestamistas como las entidades de crdito sebeneficiancuandounamayorcantidadde informacinest disponible en las Centrales de Riesgo (losprestamistas con buen comportamiento de pagopueden acceden conms facilidad al financiamiento ylosprestatariospueden identificarms rpidamente alossujetosdecrdito).

    La informacin de los deudorescentralizadayadministradadeestaformahaceposibleunamejortomadedecisionesdelosagenteseconmicos

    CentraldelaSBSyCentralesPrivadas

    La Ley de Bancos peruana establece que laSuperintendenciadeBanca,SegurosyAFP(SBS)tendra sucargoun sistema integradode registrode riesgosfinancieros, crediticios, comerciales y de segurosdenominadoCentraldeRiesgos,elmismoquecontarcon informacin consolidada y clasificada sobre losdeudores de las empresas que estn bajo susupervisin.PrecisaquelainformacinqueseregistrarendichaCentraldeRiesgoscorresponderalosriesgosporendeudamientosfinancierosycrediticiosenelpasyenelexterior, los riesgos comercialesenelpas, losriesgos vinculados con el seguro de crdito y otrosriesgosdeseguro,dentrode los lmitesquedeterminela Superintendencia. Agrega que esta informacinestar a disposicin de las empresas del sistemafinanciero y de seguros, del Banco Central, de lasempresas comerciales y de cualquier interesado engeneral, previo pago de las tarifas que establezca laSuperintendencia.

  • Deestemodo, lasCentralesprivadasaccedena labasede la SBS y la complementan con informacin dediversas fuentes, como la Superintendencia deAdministracin Tributaria (Sunat), la Cmara deComerciodeLimaascomodeotrascasascomercialesyempresasdeserviciospblicos.

    CentralesenAmrica Latinayplazosdepermanenciadeinformacin

    Segn informacin disponible en la FederacinLatinoamericana de Bancos (FELABAN), pases comoMxico, Chile y Colombia cuentan con Centrales deRiesgoprivadas,mientrasqueenBrasiltambinlashayestatales,aunqueenminora.En todosestospasesserecopilainformacinpositivaynegativa.

    Mxico Chile Colombia Brasil Per

    Sonpblicasoprivadas? Privadas Privadas PrivadasPrivadasensugranmayora

    Unapblicayelrestoprivadas.

    Cuentantambinconinfodelsectorcomercial/real?

    S. S. S. S S.

    Cuentanconinfopositivaynegativa?

    S. S. S. S. S.

    LasCentralesrequierenautorizacindelapersonapararecabarsuinformacin?

    S. No. S. S No.

    Quienrequieraconocerlainformacindeunapersonarequiereautorizacindesta?

    S. No. S S No.

    LaantigedadmximadelainformacinnegativaenlasCentraleses:

    5aos. 5aos.Nohaytiempodefinido.

    5aos. 5aos.

    UnavezextinguidaunaobligacindecrditodurantecuntotiempolainformacinrespectodestapuedepermanecerenlaCentral?

    5aos.0das(yanolapuedereportar)

    Hasta4aos. 5dastiles 2aos

    Fuente:FELABAN

    CentralesdeRiesgoenlaRegin

    Sobre losplazosdepermanenciade la informacindelasCentrales,enelPer, la informacinrecopiladaporla Central de Riesgo de la SBS respecto al rcordhistricodeundeudornoeseliminada,ysemantieneen el sistema como un indicador de la calidad delcumplimientodelaobligacinadquirida.

    Sin embargo, en el caso de las Centrales privadas, lainformacinsobreincumplimientosdeobligacionesserexcluida cuando la obligacin se haya extinguido yhayan transcurrido 2 (dos) aos desde su extincin, o

    cuando hayan transcurrido 5 (cinco) aos desde elvencimientodelaobligacin.

    expertos recomiendanque laspersonastantonaturalescomo jurdicasconsultenregularmente su propio reporte deconductacrediticia

    Esdecir, siundeudor tuvo atrasos en suspagosperoluego se puso al da y termin de pagar su deuda, lainformacin sobre susatrasos figurardurante losdosaossiguientesaltrminodesuspagos.Ysiundeudornunca termin de pagar una deuda, esa informacinpermanecerhastacincoaosdespusdelvencimientode la misma. Estos plazos no se aplican en caso queprocedaelderechode cancelacinde informacindeltitular que fuese ilegal, inexacta, errnea o caduca,segnlodispuestoenlanormativavigente.

    SegnFELABAN,lainformacindeobligacionesimpagaspuede permanecer en las Centrales de riesgo por unmximode 5 aos enMxico,Chile yBrasil,mientrasque en Colombia no hay un tiempo lmite definido.Adems, la informacin de las obligaciones de crditoextinguidasenelcasodeChileyanopuede figurarenlasCentrales, enBrasil slo figuranhasta5dastilesdespus de su extincin,mientras que en Colombia yMxico el plazo es de hasta 4 y 5 aos,respectivamente.

    Atenerencuenta

    En casounapersonanaturalo jurdica identifiquequeinformacin errnea est siendo reportada por lasCentralesdeRiesgo,debedirigirsea laentidadque loha reportado y solicitar de manera formal larectificacin de dicha informacin, y la entidadfinancieraestaren laobligacindecorregirelerroryreportarloa laSBS,parasupublicacin,ascomoa lascentralesderiesgoprivadas.

    Asimismo,losexpertosrecomiendanquelaspersonastantonaturalescomojurdicasconsultenregularmentesu propio reporte de conducta crediticia tanto a laCentraldelaSBScomoalasprivadas.Estosreportessebrindandeformagratuitaunavezalao.