articulo 191 del codigo penal yk

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ARTICULO 191 DEL CODIGO PENAL de Jessica Cartagena , el Lunes, 18 de octubre de 2010 a las 21:12 ARTICULO 191 CODIGO PENAL Art. 191.- No son punibles los juicios desfavorables de la crítica política, literaria, artística, histórica, científica, religiosa o profesional, ni los conceptos desfavorables expresados por cualquier medio por particulares en el ejercicio del derecho de la Libertad de Expresión, siempre que en el modo de proceder no demuestren un propósito calumnioso, injurioso o de ataque a la intimidad o a la propia imagen de una persona. No incurrirán en ningún tipo de responsabilidad penal, los medios escritos, radiales, televisivos e informáticos en que se publiquen los juicios o conceptos antes expresados, ni los propietarios, directores, editores, gerentes del medio de comunicación social o encargados del programa en su caso. Este articulo trata del derecho de libre expresión que tenemos las personas en el salvador, en el cual se dice que podemos expresarnos libremente siempre y cuando no dañemos a las demás personas La libertad de expresión es un derecho del que todas las personas debemos gozar y estamos en el derecho de reclamarlo si alguien nos lo quiere privar. Nos permite la libre difusión de ideas y poder comunicarlas a las demás personas, por medio de ellas podemos dar a conocer nuestros puntos de vista a los demás y así podrán saber qué es lo que nosotros pensamos a cerca de las cosas El problema que se ha dado en nuestro país es que los magistrados de la Corte Suprema de Justicia quieren suspender este derecho que se nos da en el art.191 a los salvadoreños de la libre expresión en la sociedad y más aun en los medios de comunicación social

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Page 1: Articulo 191 del codigo penal yk

ARTICULO 191 DEL CODIGO PENAL

de Jessica Cartagena, el Lunes, 18 de octubre de 2010 a las 21:12

ARTICULO 191 CODIGO PENAL

Art. 191.- No son punibles los juicios desfavorables de la crítica política, literaria, artística, histórica, científica, religiosa o profesional, ni los conceptos desfavorables expresados por cualquier medio por particulares en el ejercicio del derecho de la Libertad de Expresión, siempre que en el modo de proceder no demuestren un propósito calumnioso, injurioso o de ataque a la intimidad o a la propia imagen de una persona.

No incurrirán en ningún tipo de responsabilidad penal, los medios escritos, radiales, televisivos e informáticos en que se publiquen los juicios o conceptos antes expresados, ni los propietarios, directores, editores, gerentes del medio de comunicación social o encargados del programa en su caso.

Este articulo trata del derecho de libre expresión que tenemos las personas en el salvador, en el cual se dice que podemos expresarnos libremente siempre y cuando no dañemos a las demás personas

La libertad de expresión es un derecho del que todas las personas debemos gozar y estamos en el derecho de reclamarlo si alguien nos lo quiere privar. Nos permite la libre difusión de ideas y poder comunicarlas a las demás personas, por medio de ellas podemos dar a conocer nuestros puntos de vista a los demás y así podrán saber qué es lo que nosotros pensamos a cerca de las cosas

El problema que se ha dado en nuestro país es que los magistrados de la Corte Suprema de Justicia quieren suspender este derecho que se nos da en el art.191 a los salvadoreños de la libre expresión en la sociedad y más aun en los medios de comunicación social

Todo lo que pasa en el país y en el mundo entero se transmite a través de los medios de comunicación que son los encargados de mantenernos al tanto del acontecer diario y si los magistrados nos quieren quitar ese derecho nos afectara en gran parte porque los medios tendrían que privarse de dar a conocer cierta información por miedo a ser penalizados por culpa de la libre expresión que ellos podrían dar a conocer a las personas, esto puede traer como consecuencia que los reporteros y todos los que se encargan de las comunicaciones tiendan a desanimarse y a desempeñar su trabajo de una forma insatisfactoria, como también puede afectarnos a nosotros que estamos en las redes sociales, porque tendríamos que privarnos de hacer comentarios por miedo a ser denunciados.

En los últimos días esta controversia ha tenido mucho énfasis entre los políticos y parte de la población, ya que para mí la libertad de expresión es fundamental con ella doy a conocer mis puntos de vista y el que esta sea prohibida da a entender que las personas ya no pueden hablar libremente trata de medir nuestras propias palabras de las cuales somos dueños.

Page 2: Articulo 191 del codigo penal yk

Por lo tanto no estoy de acuerdo con la suspensión de este art. ya que todas las personas como seres humanos tenemos derechos y este es un derecho que nadie lo debería de quitar tanto yo como cualquier otra persona debe hablar libremente sin que se le prive de sus palabras