art 11 derecho a la vida

14
Art. 11 El derecho a la vida es inviolable. No habrá pena de muerte. ANDREA MUNERA QUINTERO

Upload: anmuki99

Post on 26-Jan-2015

118 views

Category:

Health & Medicine


0 download

DESCRIPTION

 

TRANSCRIPT

Page 1: art 11 Derecho a la vida

Art. 11

El derecho a la vida es inviolable. No habrá pena de muerte.

ANDREA MUNERA QUINTERO

Page 2: art 11 Derecho a la vida

EL DERECHO A LA VIDA

• El derecho a la vida es el que tiene cualquier ser humano por el simple hecho de existir y estar vivo; se considera un derecho fundamental de la persona.

Page 3: art 11 Derecho a la vida

La vida es el derecho más importante para los seres humanos Ya que es el soporte para que los otros derechos puedan hacerse efectivos ya que sin vida los demás derechos de la persona desaparecen.

Page 4: art 11 Derecho a la vida

INVIOLABILIDAD

• El derecho a la vida no puede ser vulnerado por parte de terceros, en ningún caso y por ninguna razón. Ya que toda vulneración de este es irreversible. El derecho a la vida se pierde de manera irremediable e irrecuperable.

Page 5: art 11 Derecho a la vida

UNIVERSALIDAD

• La vida constituye un derecho esencial a todo ser humano sin importar sus méritos, su comportamiento en el plano legal, ético y moral y sin que pueda existir discriminación de ninguna especie.

Page 6: art 11 Derecho a la vida

ABSOLUTIDAD

• El derecho a la vida es un derecho incondicionado y con un valor esencial a todo ser humano. Por el simple hecho de ser persona y /o de haber sido concebida. Es titular de este derecho.

Page 7: art 11 Derecho a la vida

• El ser humano es un ser mortal, es decir que tiene un límite establecido por la muerte. Resultaría ilícita toda intervención de cualquier ser humano que tienda a provocar la muerte de una persona, pues nadie tiene derecho a acelerar o adelantar la llegada a la muerte.

Page 8: art 11 Derecho a la vida

• En Colombia, la constitución política de 1886 reconocía el derecho a la vida en el art 19:

• “las autoridades de la republica están instituidas para proteger a todas las personas residentes en Colombia, en sus vidas, honra y bienes, y asegurar el respeto reciproco de los derechos naturales, previniendo y castigando los delitos”

Page 9: art 11 Derecho a la vida

• dentro del art también se reconocía para algunos casos la pena de muerte.

• Art 29: solo impondrá el legislador la pena capital para castigar, en los casos que se definan como más graves.

Page 10: art 11 Derecho a la vida

• los siguientes delitos, jurídicamente comprobados, a saber: traición a la patria en guerra extranjera, parricidio, asesinato, incendio, asalto en cuadrilla de malhechores, piratería, y ciertos delitos militares definidos por las leyes del ejército.

• En ningún tiempo podrá aplicarse la pena capital fuera de los casos en este artículo previstos.

Page 11: art 11 Derecho a la vida

• El acto legislativo número 3 del 31 de octubre de 1910, reformatorio de la constitución nacional, señalaba que la pena de muerte quedaba abolida en Colombia.

Page 12: art 11 Derecho a la vida

• La pena de muerte se aplica en varios estados de los Estados Unidos, siendo el más destacado Texas.

• En África en países como Egipto, Libia, Sudán, Etiopía, Somalía, República Democrática del Congo, Nigeria, y otros.

Page 13: art 11 Derecho a la vida

• En Asia en países como Líbano, Siria, Jordania, Irak, Irán, Arabia Saudita, Afganistán, Pakistán, India, Mongolia, China y Vietnam, entre otros.

• En Europa se aplica en Bielorrusia.• en algunos países de Oceanía

Page 14: art 11 Derecho a la vida