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I.E.P. CIENTIFICO DEL NORTE “Año de la Universalización de la Salud” Institución Educativa Privada “CIENTÍFICO DEL NORTE” REGLAMENTO INTERNO 2020

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I.E.P. CIENTIFICO DEL NORTE

“Año de la Universalización de la Salud”

Institución Educativa Privada

“CIENTÍFICO DEL NORTE”

REGLAMENTO

INTERNO

2020

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I.E.P. CIENTIFICO DEL NORTE

PRESENTACIÓN

Somos conscientes que en nuestra sociedad en las últimas décadas está sufriendo con

mayor rapidez cambios en sus dinámicas sociales, en la época actual el conocimiento y el

aprendizaje determinan una nueva era civilizadora, llamada por algunos: Sociedad del

Conocimiento y por otros Sociedad del Aprendizaje; frente a ésta realidad la educación

como actividad humana no está exenta de dichos cambios.

El sistema educativo tradicional, no es eficiente ni eficaz para afrontar esta nueva situación,

mejorar la calidad de la educación y hacer que ésta se vincule con los problemas sociales de

la región es la misión prioritaria; la gestión estratégica de la actividad educativa vía el

REGLAMENTO INTERNO, es un eslabón dentro del nuevo sistema educativo.

Nuestro Centro Colegio Privado “Científico del Norte”, presenta el

REGLAMENTO INTERNO, elaborado con el aporte intelectual de sus miembros, el

mismo contiene, nuestros principios, nuestra visión de la sociedad, nuestra propuesta

pedagógico y nuestra propuesta administrativa, el cumplimiento del REGLAMENTO

INTERNO, mejorará la calidad de la educación de nuestro Centro Educativo haciendo de

ésta una institución pertinente para nuestra comunidad, también nuestro REGLAMENTO

INTERNO orientará y definirá el accionar de nuestros miembros, haciendo reflexionar a

los mismos para su adecuación dinámica.

Seguros de alcanzar nuestro fin propuesto, confiamos en el aporte intelectual y la

experiencia personal de cada uno de ustedes.

La Comisión

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I.E.P. CIENTIFICO DEL NORTE

I. IDENTIDAD:

1.1. Datos Generales del Centro Educativo

Denominación : I.E.P.

“CIENTÍFICO DEL NORTE”

Ubicación : Intersección Calle Manuel Anco y Francisco

Torres s/n Urb. El Manzano - Distrito de Comas

- Provincia Lima - Departamento Lima.

Dependencia : Ministerio de Educación – Unidad de Gestión

Educativa

Local UGEL N° 04 – Comas.

Creación : Resolución Directoral N° 000565 – UGEL 04

del 18 de Febrero del 2004 .

Niveles : Educación Inicial, Primaria y Secundaria

Modalidad : Educación de Menores

Variante : Ciencias y Humanidades

Turnos de Atención : Mañana

Teléfono : 544-1425

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DECRETO DIRECTORAL No001-DGIEP – CN - 2020

Visto; el programa de Reglamento Interno de la Institución Educativa Privada

“CIENTÍFICO DEL NORTE”, estructurado por el Equipo de Trabajo, de acuerdo a las pautas

de la UGEL No 04 Comas.

Habiéndose puesto a consideración de la Promotora y Equipo de Docentes, para su

discusión y reajuste;

Considerando: Que está acorde a la Ley de los Centros Educativos Privados Nro. 26549,

y es necesario establecer y ejecutar las normas de organización, funciones, aspectos

económicos, disciplinarias con respecto a los alumnos, padres de familia, el profesorado,

órgano directivo y la Promotoría;

En consecuencia, es necesario contar con un Instrumento normativo que rige la

Institución Educativa a fin de cautelar y garantizar el buen funcionamiento de las actividades

educativas y eficiente servicio;

SE DECRETA:

1. Aprobar el Reglamento Interno del I.E.P. “CIENTÍFICO DEL NORTE” de la

Urbanización “El Manzano” del distrito de Comas, UGEL No 04.

2. Presentar un ejemplar del Reglamento Interno a la Unidad de Servicios Educativos

No04.

3. Publicar en lugar visible para el conocimiento de los profesores, Administradores,

Padres de Familia y alumnado en general.

4. Transcribir la parte correspondiente a cada uno de los interesados para su cumplimiento.

Regístrese, comuníquese y archívese.

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CAPÍTULO I

DISPOSICIONES GENERALES

1.1. CONCEPTO

El presente Reglamento Interno establece la línea axiológica del Colegio Científico del Norte

(en adelante, el “Colegio”), define el sistema académico, la organización, la administración y

las funciones del Colegio, así como sus relaciones institucionales. Se sustenta en las políticas

aprobadas por el Consejo Directivo del Colegio y la normatividad educativa vigente. Para su

organización y funcionamiento, el Colegio se rige por:

a) Las Políticas del Colegio aprobadas por el Consejo Directivo y el Organismo Promotor.

b) Las disposiciones emanadas del Ministerio de Educación.

c) La enseñanza intensiva del inglés como instrumento de cultura y de comunicación

internacional.

d) La preparación a sus alumnos para el acceso a la educación superior en el ámbito local e

internacional.

e) Los principios básicos de educación en democracia con libertad y solidaridad. El Colegio,

consciente de la responsabilidad innovadora en la gestión pedagógica, administrativa e

institucional, formula y aplica su Reglamento Interno como un instrumento técnico normativo

de gestión institucional que regula la organización y funcionamiento integral, con la finalidad

de garantizar la calidad y eficiencia del servicio educativo que brinda en los tres niveles y de

asegurar el logro de los fines y objetivos propuestos en el marco de los lineamientos en su

Proyecto Educativo Institucional (en adelante “PEI”) y de la política educativa del sistema

educativo peruano.

1.2. LÍNEA AXIOLÓGICA

El Colegio tiene como Misión: "Empoderar a nuestros estudiantes para que persistan en su

pasión por el aprendizaje, que lleven una vida basada en la integridad personal y que creen

soluciones socialmente responsables".

El Colegio adopta los siguientes valores fundamentales como ejes axiológicos alrededor de los

cuales gira nuestra labor educativa:

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• Adoptar y asumir que la diversidad sustenta y enriquece la vida.

• El servir desarrolla al individuo y cimienta el sentido de comunidad.

• La experiencia es la fuente esencial de aprendizaje.

• Cada persona tiene el potencial para contribuir.

• La integridad del individuo es fundamental para el logro de una comunidad saludable.

• La supervivencia de la humanidad depende de un medio ambiente saludable.

1.3. ALCANCE

El presente Reglamento Interno norma los aspectos pedagógicos y administrativos del

Colegio, obliga a todo el personal que labora en él, a sus alumnos y a los padres de familia y/o

apoderados o tutores y ex-alumnos. Tiene fuerza de contrato entre todos los estamentos del

Colegio y norma su finalidad y línea axiológica, su organización administrativa y académica, los

deberes y obligaciones del personal, alumnos y padres de familia y/o apoderados, régimen

disciplinario, estímulos y sanciones del educando, proceso de matrícula, evaluación y

certificación, pensiones y relación con los padres de familia y/o apoderados.

Es complementado por las normas y disposiciones emanadas del Consejo Directivo del

Colegio, respetando las normas legales que rigen la educación privada en el Perú. Todos los

miembros de la comunidad educativa están obligados a respetar y cumplir el presente

Reglamento Interno. Cada segmento de la comunidad educativa recibe oportunamente la

información respecto a sus derechos y deberes como miembro de la comunidad educativa, así

como la información pertinente respecto a la filosofía y gestión educativa.

Los alumnos y padres de familia y/o apoderados, reciben esta información anualmente a

través del Proceso de Matrícula y de forma condensada a través del Compromiso de

Matrícula.

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BASES LEGALES

El sustento legal del presente Reglamento Interno está conformado por los siguientes

dispositivos vigentes:

a) Constitución política del Perú de 1993;

b) Ley General de Educación, Ley N° 28044 y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo

N°011-2012-ED;

c) Ley de Centros y Programas Educativos Privados, Ley N° 26549-95;

d) Ley de Promoción de la Inversión en la Educación, aprobada por Decreto Legislativo N° 882

y sus Reglamentos aprobados por Decreto Supremo N° 046-97-EF y el Decreto Supremo

N°047-97-EF;

e) Ley del Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad

Educativa, Ley N° 28740;

f) Ley que Regula la Participación de las Asociaciones Educativas de Padres de Familia y/o

apoderados en las Instituciones Privadas, Ley N° 28628; y su Reglamento aprobado por

Decreto Supremo N° 004-2006-ED;

g) Ley que Promueve la Convivencia sin Violencia en las Instituciones Educativas, Ley N°

29719, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N°010-2012-ED;

h) Ley General de la Persona con Discapacidad, Ley N°29973; y su Reglamento aprobado por

Decreto Supremo N°002-2014-MIMP;

i) Ley que establece medidas extraordinarias para el Personal Docente y Administrativo de

Instituciones Educativas Públicas y Privadas, Implicado en Delito de Terrorismo, Apología del

Terrorismo, Delitos de Violación de la Libertad Sexual y Delitos de Tráfico Ilícito de Drogas;

crea el Registro de Personas condenadas o procesadas por Delito de Terrorismo, Apología del

Terrorismo, Delitos de Violación de Libertad Sexual y Tráfico Ilícito de Drogas y modifica los

artículos 36 y 38 del Código Penal, publicado el 18 de enero del 2013, N° 29988,

Ley N°2998, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N°004-2017-MINEDU;

j) Ley de libertad religiosa, Ley N° 29635, y su Reglamento: Decreto Supremo Nº 006-2016-

JUS;

k) Ley de Protección de Datos Personales, Ley N° 29733, y su Reglamento aprobado por

Decreto Supremo N°003-2013-JUS;

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l) Ley que regula medidas administrativas extraordinarias para el personal docente o

administrativo implicado en delitos de violación de la libertad sexual, Ley N° 27911 y su

Reglamento aprobado por Decreto Supremo N°005-2003-ED;

m) Código de Protección y Defensa del Consumidor, Ley N°29571;

n) Código de los niños y adolescentes, Ley N° 27337;

o) Reglamento de las Instituciones Privadas de Educación Básica y Educación Técnico-

Productiva, aprobado por Decreto Supremo N°009- 2006-ED;

p) Reglamento del Sistema de Supervisión Educativa, aprobado por Decreto Supremo N° 50-

82-ED;

q) Reglamento de Infracciones y Sanciones para Instituciones Educativas Particulares,

aprobado por Decreto Supremo N° 004-2018-ED;

r) Lineamientos para la gestión de la Convivencia Escolar, la Prevención y atención de la

violencia contra niños, niñas y adolescentes, aprobados por Decreto Supremo N° 004-2018-

MINEDU;

s) Política Nacional de Educación Ambiental, aprobado por Decreto Supremo N° 017-2012-

ED;

t) Proyecto Educativo Nacional al 2021: La Educación que queremos para el Perú, aprobada

por Resolución Suprema N° 001-2007-ED;

u) Aplicación de la estrategia Escuelas promotoras de Salud, aprobada por Resolución

Ministerial N° 409-2006-ED;

v) Directiva "Procedimientos para la prevención y sanción del hostigamiento sexual en el sector

Educación", aprobada por Resolución Ministerial N° 0201-2009-ED;

w) Lineamientos para la prevención y protección de las y los estudiantes contra la violencia

ejercida por personal de las Instituciones Educativas, Directiva N° 019-2012-MINEDU/VMGI-

OET; aprobada por Resolución Ministerial N° 0519-2012-ED;

x) Disponen que las Instituciones Educativas Publicas y Privadas que presten servicios en el

Nivel de Educación Inicial de la Educación Básica Regular, excepcionalmente, podrán

autorizar el ingreso y/o permanencia del niño o niña hasta un año mayor de la edad cronológica

establecida al inicio del año escolar, aprobado por Resolución Ministerial N° 0028-2013-ED;

y) Establecer de manera obligatoria la “Campaña educativa permanente por escuelas saludables

sin alcohol, tabaco y otras drogas” en los centros y programas de los diferentes niveles y

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modalidades del sistema educativo nacional, aprobado por Resolución Ministerial 0537-2003-

ED;

z) Norma Técnica de Salud para la Evaluación, Calificación y Certificación de la Persona con

Discapacidad, aprobada por Resolución Ministerial Nº 981-2016-MINSA;

aa) Normas para el fortalecimiento de la convivencia y disciplina escolar, el uso adecuado del

tiempo y la formación ciudadana, cívica y patriótica de los estudiantes de las instituciones y

programas de la Educación Básica, aprobadas por Resolución Viceministerial N° 0022-2007-

ED;

bb) Campaña Educativa Nacional de sensibilización y promoción para una vida sin drogas

“Estudiantes sanos, libres sin drogas”, aprobada por Resolución Viceministerial N° 004-2007-

ED;

cc) Normas específicas para la planificación, organización, ejecución, monitoreo y evaluación

de la aplicación del enfoque ambiental en la Educación Básica y Técnico Productiva, aprobadas

por Resolución Viceministerial Nº 006-2012-ED;

dd) Normas para el desarrollo de las acciones de tutoría y orientación educativa en las

direcciones regionales de educación, unidades de gestión educativa local e instituciones

educativa, aprobada por Directiva N° 0343-2010-VMGP/ DITOE;

ee) Ampliación del servicio educativo en el nivel de Educación Inicial de Menores; autorizada

por Resolución Directoral N° 00778-2006-DRELM.

ff) Defensoría del Niño y Adolescente (DESNA), aprobada por Directiva N° 002-2006-

VMGP/DITOE;

gg) Normas para el desarrollo de la campaña de sensibilización y promoción "Tengo derecho al

buen trato", autorizada por Directiva N° 001-2006-VMGP/DITOE;

hh) Reglamento de Trabajo Instituto Educacional Franklin Delano Roosevelt – Reglamento

Interno de Trabajo, Lima, Enero 2016;

ii) Norma Técnica denominada “Orientaciones para el desarrollo del año escolar 2019 en

instituciones educativas y programas educativos de la Educación Básica”, aprobada por

Resolución Ministerial N°712-2018- MINEDU;

jj) Norma técnica “Disposiciones que orientan el proceso de evaluación de los aprendizajes de

los estudiantes de las Instituciones y Programas Educativos de la Educación Básica” por

Resolución Viceministerial N° 025-2019-MINEDU;

kk) “Norma que regula los instrumentos de gestión de las instituciones educativas y programas

de Educación Básica”, aprobada por Resolución Viceministerial N°011-2019-MINEDU.

ll) “Norma que regula la matrícula escolar y traslado en las instituciones educativas y

programas de Educación Básica”, aprobada por Resolución Ministerial N°665-2018-MINEDU.

La base legal referida incluye sus modificatorias o normas que la modifiquen, de ser el caso.

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CAPITULO II

DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA

FINALIDAD, CARACTERÍSTICAS, PRINCIPIOS Y ALCANCES DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA 2.1. DEL FUNCIONAMIENTO

El Colegio está autorizado por el Ministerio de Educación para impartir la enseñanza de

Educación Básica Regular en el turno de mañana a los niveles de: Inicial, Primaria y

Secundaria.

2.2. UBICACIÓN

Intersección de las Calles Manuel Anco y Francisco Torres S/N. De los Lotes 1 y 2 de la Mz. E

Urbanización El Manzano – Chacra Cerro (Del Distrito de Comas).

2.3. ÁMBITO GEOGRÁFICO

Ámbito Geográfico Urbano - Distrito de Comas, Lima Metropolitana, Departamento de Lima

2.4. OBJETIVOS:

a. Generales:

• Precisar las responsabilidades, derechos y obligaciones de quienes se encuentran

comprometidos en su ámbito, así como normar las actividades que realiza en el Colegio.

• Promover el funcionamiento del Colegio de carácter experimental en el que se ejercite los

métodos más avanzados de enseñanza y aprendizaje dentro de los lineamientos y normas

legales vigentes en el Perú.

• Fomentar actividades sociales y culturales a fin de estrechar vínculos entre los miembros de

la comunidad educativa.

• Promover las relaciones del Colegio Científico del Norte con las instituciones de la

comunidad y del distrito.

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• Asegurar la excelencia en el servicio educativo que se ofrece basado en una permanente

autoevaluación, así como en el cumplimiento de los estándares académico-administrativos.

• Brindar capacitación y actualización docente en forma permanente, que permita optimizar

el desarrollo y formación integral del alumno como agente de cambio en la sociedad.

• Promover proyectos de innovación que trascienden en la mejora de los aprendizajes.

• Fortalecer el cuidado y conservación del medio ambiente a través de los proyectos de

innovación y que trasciendan a la comunidad y a la sociedad peruana.

• El Colegio Científico del Norte con el fin de lograr sus objetivos, promueve la realización de

capacitaciones, conferencias, otros medios de formación tanto para los alumnos como para

los padres de familia y/o apoderados, así como para el personal de la I.E.

• El Colegio podrá celebrar convenios que contribuyan al logro de sus objetivos de

conformidad con las disposiciones legales existentes.

b. Específicos Durante el periodo de 2020-2021, todos los estudiantes del Colegio:

• Participan constantemente en explorar y compartir diversas experiencias de aprendizaje en

la búsqueda de la excelencia educativa.

• Alinean constantemente sus palabras y acciones, asumen la responsabilidad de las

consecuencias de sus decisiones y tratan a sí mismos y a los demás con respeto.

• Optan por actuar como agentes de cambio social responsables de soluciones sostenibles a

desafíos en su comunidad.

2.5 PRINCIPIOS

• La Institución Educativa Privada Científico del Norte, es un órgano de ejecución del

sistema educativo peruano de naturaleza dinámica y flexible en su organización y

funcionamiento, capaz de posibilitar a la población el acceso a estudios regulares

incorporándose al proceso educativo.

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• La Institución Educativa Privada, considera al educando sujeto fundamental del

proceso educativo, en procurar de cuya buena formación se realiza todas las acciones

y esfuerzos necesarios para proporcionarles mayores y mejores servicios educativos.

2.6 ALCANCES

• El presente Reglamento alcanza a: La Promotoría, Dirección, Personal Docente,

Administrativo, Padres de Familia y Alumnos.

CAPITULO III

FUNCIONES GENERALES Y ESTRUCTURA ORGÁNICA

3.1 La Institución Educativa Privada es una Institución Educativa creada y sostenida por

persona natural de derecho privado y sin fines de lucro, destinada al logro de los fines y

objetivos establecidos en el presente Reglamento.

Sus funciones generales son:

a) Proporcionar acciones de aprendizaje y de orientación a los educandos de Educación

Inicial, Primaria y Secundaria, de acuerdo a las individualidades de los educandos.

b) Contribuir a las necesidades educativas de la población escolar.

c) Transmitir en forma permanente y adecuada las innovaciones culturales.

d) Cuidar y mejorar la salud física, mental y emocional del educando.

e) Desarrollar algunas destrezas fundamentales promocionando.

f) Mejorar la convivencia social acorde con los avances científicos y tecnológicos.

3.2 De la Estructura Orgánica:

La Institución Educativa Privada, está constituida orgánicamente en la forma siguiente:

a) Órgano Consultivo : Promotoría

b) Órgano de Dirección : Director

c) Órgano de Línea : Coordinadores Académicas de Educación Inicial, Primaria

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y Secundaria.

: Profesores de Aula y Profesores x horas.

: Auxiliar de Educación.

: Psicóloga Educativa.

d) Órgano de Apoyo : Trabajador II

e) Órgano de Asesoramiento: Docente Consultor

f) Órgano de Coordinación: Comités de Aula.

3.3 De la Promotora: Es la persona natural de derecho privado que gestiona la creación del

I.E.P., encargándose de su organización y funcionamiento.

Son responsabilidades de la Promotora o su Representante:

a) Determinar la línea axiológica, dirección, organización y control directo, acorde con los

principios de las Normas Legales y vigentes de la administración escolar en

coordinación con el Director.

b) Elaborar el Proyecto Educativo Institucional de la Institución Educativa Privada en

coordinación con los Agentes de la I.E.P.

c) Elaborar y aprobar en coordinación con la Dirección y/o Asesor del Plantel el Plan de

trabajo anual para ser remitido a la instancia superior.

d) Elaborar y aprobar el presupuesto y costo educativo de la Institución.

e) Elaborar el Reglamento Interno con el Consejo Directivo y el Consultor.

f) Designar al Director y solicitar su reconocimiento ante la Autoridad competente de

acuerdo a la Norma Legal.

g) Asegurar la calidad de acuerdo a la Norma Legal.

h) Asegurar el debido equipamiento y la oportuna renovación del mobiliario, equipos y

material educativo, acorde con las exigencias Técnico-Pedagógicas de los Niveles de

Educación Inicial (3, 4 Y 5 años), Primaria y Secundaria de Menores.

i) Evaluar y estimular la actualización profesional del personal, así como propender a su

mejora económica.

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3.4 Del Órgano de la Dirección: El Director, es la primera autoridad de la Institución, su

Representante Legal y el responsable ante el Ministerio de Educación y el conductor de la

Organización y Dirección de las acciones Técnico-Pedagógicas, Administrativas y Legales.

3.5 Son requisitos para ser Director:

a) Nacionalidad Peruana

b) Título Profesional Pedagógico

c) Experiencia docente de 5 años en el País como mínimo

d) Acreditar buena conducta y solvencia moral.

3.6 El cargo de Director es de confianza. Se ejerce a tiempo completo y sus funciones son las

siguientes:

1. En lo administrativo

a) Formula, coordina, ejecuta y evalúa el trabajo educativo, con la participación del

personal docente y la Promotora.

b) Representa a la I.E.P. ante el Ministerio de Educación e Instituciones de otros sectores.

c) Es responsable de la Organización y Dirección de las acciones Técnico Pedagógicas,

Administrativas y Legales.

d) Contrata por escrito, en coordinación con la propietaria, al personal docente y No

docente del Centro Educativo.

e) Organiza el proceso de matrícula.

f) Estimula o sanciona según el caso a los alumnos de conformidad a lo establecido en el

presente Reglamento y otras Normas.

g) Llama la atención al personal del IEP por incumplimiento de sus funciones.

h) Remite a la Dirección de la Unidad de Gestión Educativa Local y/o al Estamento

competente el cuadro para la Asignación de Personal (C.A.P.) de acuerdo a lo

requerido.

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i) Remite a la Dirección de la Unidad de Gestión Educativa Local los Cuadros Estadísticos,

y otros documentos administrativos de su competencia.

j) Promueve concursos, exposiciones y actividades recreativas.

k) Preside las reuniones de profesores de carácter Técnico-Pedagógicos y

Administrativos.

l) Autoriza, paseos, visitas, excursiones de acuerdo a su competencia.

m) Es responsable de la Asistencia con puntualidad y cumplimiento de sus deberes y

obligaciones disciplinarias de todo el personal del Plantel.

n) Concede permiso y ordena descuentos por inasistencias injustificadas, de acuerdo a lo

que compete en concordancia a las Normas Legales.

o) Aprueba, cumple y hace cumplir el presente Reglamento Interno del Plantel.

p) Vela por el mejoramiento y mantenimiento de la infraestructura, equipos, útiles y

enseres de la Institución Educativa.

2. En lo Técnico Pedagógico

a) Promueve concursos, exposiciones de carácter Técnico-Pedagógico

b) Tiene a su cargo el Control de Rendimiento de los Alumnos, a base de una continua,

oportuna y eficiente supervisión a los docentes.

c) Propicia y vigila el buen uso del material educativo.

d) Revisa y firma los documentos Técnico-Pedagógicos presentado por los profesores en

cumplimiento de sus funciones.

e) Revisa y controla los Reportes de Evaluación del alumno, periódicamente.

f) Realiza los informes de las acciones de su cargo.

g) Es responsable de la elaboración de las Actas de Evaluación Integral, Actas de

Recuperación y Subsanación, presentado por los Coordinadores Académicos.

3.7 Órgano de Línea

Funciones Generales de los Coordinadores Académicos.

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a) Mantienen estrecha coordinación con el Director sobre el desarrollo de las acciones

educativas del Nivel a su cargo, manteniendo informado del control y avance técnico

pedagógico.

b) En orden jerárquico, orientan, coordinan, monitorean y evalúan el desarrollo integral

del Currículum, asegurando el mejoramiento del servicio educativo.

c) Implementan a los profesores en el aspecto de la Tecnología Educativa, Metodología,

Evaluación y Monitoreo Educativo.

Funciones específicas de la Coordinadora de Educación Inicial

a) Diversifica, coordina ejecuta y evalúa el Programa Curricular anual

b) Vela por el incumplimiento de los objetivos del Nivel y el buen trato a los niños dentro

y fuera de la Institución Educativa Privada.

c) Organiza y dirige con el Director el inicio de la supervisión educativa.

d) Coordina con el Departamento Psicopedagógico, para las orientaciones a los padres

de familia.

e) Coordina, asesora, monitorea y evalúa el desenvolvimiento del personal educativo del

nivel.

f) Apoya en la organización e implementación del aula y prepara el material educativo.

g) Controla la evaluación integral de los niños y exige con la colaboración de documentos

de cada uno de ellos.

h) Coordina y mantiene comunicación permanente con los padres de familia, sobre el

desarrollo integral de los niños.

i) Participa en la capacitación y orientación de los profesores, padres de familia y la

comunidad.

j) Informa periódicamente el logro de las acciones educativas a los padres de familia.

Funciones especificas del Coordinador Académico de Educación Primaria.

a) Diversifica, coordina, ejecuta y evalúa el Programa Curricular conjuntamente con los

profesores de aula.

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b) Monitorea permanentemente la labor del docente. Prestando su asesoramiento en el

desarrollo del plan curricular y las áreas académicas.

c) Planifica organiza, monitorea el proceso de evaluación del educando y las actividades

de recuperación académica.

d) Informa periódicamente al Director, a los profesores, a los alumnos y los padres de

familia sobre el avance del proceso enseñanza-aprendizaje.

e) Supervisa las actividades de Orientación y Bienestar del Educando.

Funciones especificas del Coordinador Académico de Educación Secundaria

a) Planifica, organiza, monitorea y evalúa la programación curricular en coordinación con

los profesores de ciencias y letras.

b) Coordina con los profesores, la elaboración de Cuadro de Horas y Horario del personal

a su cargo.

c) Coordina el empleo adecuado de los gabinetes, laboratorios, biblioteca relacionado

con la asignatura.

d) Coordina, monitora, evalúale desarrollo del Currículo durante el año académico de

módulos y proyectos educativos.

e) Coordina y programa reuniones periódicas entre los docentes de las Asignaturas para

intercambiar experiencias sobre el desarrollo de los Programas Curriculares.

f) Coordina y monitorea el desarrollo de eventos de caracteres técnicos pedagógicos y

culturales.

Son funciones del Personal Docente del Centro Educativo

a) Elaborar su programación Curricular de Aula y/o Asignatura y entregar oportunamente

al Coordinador para la revisión y visación del Director.

b) Llevar al día toda la documentación dentro de su carpeta pedagógica.

c) Velar por la disciplina, puntualidad y enseñanza.

d) Ejecutar la confección o elaboración, uso y cuidado del material educativo de los

alumnos, haciéndolo cada vez más ágil y comprensivo el aprendizaje.

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e) Asistir puntualmente a todas las reuniones programas, dentro y fuera de la Institución

Educativa.

f) Asistir a todos los Actos Cívicos, Patrióticos programados por el Plantel.

g) Mantener al día y en orden su Registro Auxiliar, así como el Registro Oficial de

evaluación, comportamiento y asistencia.

h) Propiciar y mantener en todo momento la paciencia el buen humor, moral alta de un

educador líder é ideal de innovaciones.

i) Programar y ejecutar reuniones con los padres de familia, previa autorización del

Director del Plantel, para una mayor coordinación de aprendizaje.

j) Mantener en todo momento las buenas relaciones humanas, propiciando el respeto

mutuo, entre los docentes, alumnos y padres de familia.

k) Participar en acciones programadas de investigación y experimentación de nuevos

métodos activos y técnicas de trabajo en grupo.

l) Colaborar en las acciones de mantenimiento y conservación de la infraestructura total

del plantel.

m) Realizar la función docente con eficiencia, eficacia, puntualidad, responsabilidad,

espíritu de colaboración y lealtad.

Funciones de Auxiliar de Educación

a) Lleva adecuadamente el Registro de Asistencia de los Alumnos.

b) Orienta a los alumnos en la práctica del buen comportamiento.

c) Recepción a los niños a la hora de ingreso y salida de la Institución Educativa.

d) Apoya al Personal Docente con el material didáctico y lo sustituye en caso de ausencia.

e) Mantiene en perfecta formación y disciplina a los educandos a la hora de entrada y

salida.

f) Orienta al Padre de Familia y usuarios sobre el horario de atención del Plantel.

g) Elabora informes sobre la inasistencia y tardanza de los alumnos.

h) Orienta el comportamiento de los educandos en armonía con las normas establecidas

y lleva el registro de incidencias.

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I.E.P. CIENTIFICO DEL NORTE

i) Vigila al alumno, sobre todo al de Educación Inicial en la hora de recreo.

j) Coordina con los padres de familia en atender las necesidades de salud, higiene de los

niños.

Son funciones de la Psicóloga Educativa:

a) Interviene ante las necesidades educativas de los alumnos: debe encargarse de

estudiar y prever las necesidades educativas de los alumnos. Gracias a esto puede

actuar sobre ellas para mejorar la experiencia educativa de los mismos.

b) Orienta, asesora profesional y vocacionalmente: el objetivo general de estos procesos

es colaborar en el desarrollo de las competencias de las personas. A través de la

clarificación de sus proyectos personales, vocacionales y profesionales de modo que

puedan dirigir su propia formación y su toma de decisiones.

c) Previene e interviene en la aplicación de las medidas necesarias para evitar los posibles

problemas en la experiencia educativa. Es importante actuar sobre todos los agentes

educativos (padres, profesores, hijos, orientadores…)

d) Interviene en la mejora del acto educativo: es de gran importancia prestar atención a

la instrucción aplicada por los educadores. Estudiar y aplicar las mejores técnicas

educativas es necesario para que el aprendizaje y el desarrollo del alumno sea óptimo.

e) Forma y asesora a la familia: una parte importante de la educación es la que provee la

familia. A través del estudio de la familia y el posterior asesoramiento se logra

modelos educativos familiares eficientes. Y con ello aumentamos la calidad de vida de

todos los miembros de la familia.

f) Interviene socioeducativamente: la vida académica y familiar no son las únicas que

educan al ser humano, todo su ambiente lo hace. Es responsabilidad del psicólogo

educativo encargarse del estudio de cómo el sistema social actual influye en la

educación. Y así intentar intervenir en aquellos aspectos que son susceptibles de

mejora.

g) Coordina con el director de la institución las Escuelas para Padres de Familia.

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I.E.P. CIENTIFICO DEL NORTE

h) Realiza el seguimiento de los alumnos y las alumnas con dificultades académicas,

conductuales, coordinando las acciones pertinentes con los profesores o profesoras,

los tutores o las tutoras y los padres de familia.

i) Deriva, cuando los casos lo ameriten, a profesionales o instituciones especializadas en

la evaluación de la salud física o mental del alumno o alumna.

j) Coordina con universidades o institutos de nivel superior las charlas de orientación

vocacional con los alumnos de 4to y 5to año de secundaria.

k) Evalúa a lo largo del año a cada alumno o alumna de la institución y se reúne con los

padres de familia para dar a conocer los resultados.

l) Realiza la evaluación vocacional de los alumnos de 3ro, 4to y 5to de secundaria, dando

a conocer los resultados a los interesados y los padres de familia de manera

personalizada.

3.8 Del Órgano de Apoyo

Son funciones de la Secretaria

a) Toma nota de las reuniones que lleva a cabo la Dirección y el Consejo Directivo.

b) Prepara la documentación que disponga el Director.

c) Archiva y clasifica la documentación que ingresa a la Dirección para su Despacho.

d) Organiza y Supervisa el archivo a su cargo.

e) Cobra la pensión de matrícula, enseñanza y otros derechos y reporta diariamente los

ingresos a la Promotora.

f) Prepara y remite la correspondencia ordenado por el Director.

g) Vela por la seguridad y conservación del archivo y material de la Secretaria a su cargo.

h) Proporciona todos los datos sobre los ingresos económicos recibidos al Contador para

que levante la contabilidad.

i) Recibe, selecciona y registra según sistema la Biblioteca y todo el material de lectura.

j) Entrega el material de lectura cuando solicitan los profesores y/o alumnos,

controlando su devolución.

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I.E.P. CIENTIFICO DEL NORTE

k) Mantiene actualizado las fichas de registro de libros, revistas.

l) Elabora el Inventario de material de lectura.

m) Orienta a los educandos en el manejo de materiales de lectura.

n) Otras funciones que la Dirección y el Consejo Directivo encomiende.

o) Mantener actualizado el Inventario General del Plantel.

Son funciones del Personal de Servicio.

a) Es responsable de la limpieza y aseo de todos los ambientes de la Institución

Educativa.

b) Se encarga de la limpieza y desinfectación de los servicios higiénicos.

c) Realiza labores de mantenimiento, reparación de instalaciones de los servicios y

equipos de infraestructura.

d) Entrega la correspondencia del IEP a las diferentes entidades públicas y privadas.

e) Otras funciones según la necesidad del Plantel, que el Director, disponga.

Son Funciones del Guardián

a) Tiene a su cargo el cuidado, guardianía y conservación de los bienes, muebles y

enseres del Centro Educativo.

b) Vigilar durante la noche, evitando cualquier robo.

c) Otras funciones que la Dirección le asigne.

3.9 Órgano de Asesoramiento.

Del Docente Consultor

a) Se encarga de orientar la política educativa del Plantel para su mejor organización y

funcionamiento.

b) Orienta al personal docente y administrativo para el mejor cumplimiento de sus

funciones.

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I.E.P. CIENTIFICO DEL NORTE

c) Realiza acciones técnica-pedagógicas y administrativas.

Del Contador

a) Es el encargado de mantener al día los Libros Contables, las Planillas y Boletas de

Pagos como así todo trámite contable a los Estamentos del Ramo.

3.10 Órgano de Coordinación

De los Padres de Familia

a) Son Padres de Familia, todos los padres o Apoderados que matriculan en el IEP a sus

hijos pupilos.

b) Apoya a la gestión educativa de acuerdo a su competencia no siendo de carácter

fiscalizador.

c) En forma individual, los padres son los responsables del pago de las pensiones de

enseñanza en el último día hábil del mes lectivo.

d) Las reuniones de Padres de Familia se llevarán a efecto previa aprobación de la

Dirección del CEP., y con un cronograma establecido oportunamente.

CAPITULO IV

DE LA ORGANIZACIÓN DEL TRABAJO EDUCATIVO

4.1 El Planeamiento Educativo se llevará a cabo a partir del 01 de Diciembre y el mes de Enero

y estará a cargo del Representante Legal de la Entidad Educativa en coordinación con el

Director y el Consultor Educativo.

4.2 La Programación de uno de los componentes de la Unidad Didáctica se realizará teniendo

en cuenta el Proyecto Educativo Institucional para cuyo efecto los docentes trabajaran en

grupo por grado de estudios y asignaturas.

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I.E.P. CIENTIFICO DEL NORTE

4.3 La Programación de las actividades de trabajo curricular, obedecerá a la realidad de la

Institución Educativa, de la Comunidad y de acuerdo a los intereses, necesidades y

características de los niños.

4.4 La Institución Educativa Privada proporcionará la mayor parte de los recursos didácticos,

para brindar el servicio eficiente y exitosa labor educativa.

4.5 Cada profesor, conjuntamente con los alumnos y padres de familia elaborarán materiales

educativos para un mejor aprendizaje; haciendo uso adecuado y oportuno en las diferentes

actividades significativas que se desarrollan.

4.6 El profesor será responsable de la organización, ambientación, mantenimiento y

sustitución de acuerdo al asunto de cada actividad del proyecto de aprendizaje.

4.7 La Dirección tendrá a su cargo la Programación y Ejecución del Plan de seguimiento y

reforzamiento, siendo está la verificación y asesoramiento con carácter constructivo, salvo por

tratarse de medidas correctivas, en caso de deficiencia reincidente.

CAPITULO V

DE LA ORGANIZACIÓN DEL TRABAJO ADMINISTRATIVO

5.1 El Trabajo Administrativo será distribuido en la siguiente manera:

a) El Director es el responsable del área administrativa, trámite documentario y archivo.

b) La Secretaria se encargará de hacer viable todo tipo de comunicación y cumplir las

tareas inherentes a su cargo.

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I.E.P. CIENTIFICO DEL NORTE

c) La Promotora, se encargará de las cobranzas, abastecimiento y control de los recursos

de la Institución.

d) El Personal de Servicio, se encargará de la limpieza, mantenimiento e higiene de la

Institución Educativa Privada, y según circunstancias y las necesidades cumplir algunas

tareas.

e) El Guardián es el responsable de la vigilancia y cuidado del Local así como de los bienes

que posee la Institución Educativa Privada.

CAPITULO VI

DEL FUNCIONAMIENTO

6.1 La Institución Educativa Privada funcionará con Horario de la Mañana por contar con

disponibilidad de los ambientes.

6.2 Cada Docente en coordinación con el Director, son responsables del desarrollo de las

actividades culturales, deportivas, recreativas, paseos, visitas y excursiones.

6.3 La institución educativa funcionará con el siguiente horario:

Educación Inicial: 7.45 A.M. á 01:30 P.M.

Educación Primaria: 7:15 A.M. a 2.00 P.M. (1ro a 4to grado)

Educación Primaria: 7:15 A.M. a 2:30 PM (5TO Y 6TO GRADOS).

Educación Secundaria: 7:15 A.M. a 2:30 P.M.

El Personal Administrativo, ingresará 7:00 A.M.

Con excepción del Personal de Servicio, que ingresará 6.00 A.M.

El presente horario de trabajo podrá ser adecuado y modificado de acuerdo a las necesidades

que se requiere, siempre que sea en beneficio del estudiante.

La duración y periodificación del Año Escolar será aprobado oportunamente en el momento

de elaborar el Proyecto Educativo Institucional por la Promotoría y el Director.

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I.E.P. CIENTIFICO DEL NORTE

CAPITULO VII

DE LA MATRICULA, EVALUACIÓN Y CERTIFICACIÓN

7.1 DE LA MATRÍCULA

7.1.1 Son estudiantes del colegio quienes están matriculados en los niveles de:

a. Educación Inicial

b. Educación Primaria

c. Educación Secundaria

7.1.2 La cantidad de estudiantes por aula es:

Nivel inicial: 25 estudiantes por aula, como máximo.

Nivel primaria: 28 estudiantes, como máximo.

Nivel secundaria: 30 estudiantes, como máximo.

7.1.3 En el nivel inicial, el colegio asignará una (1) auxiliar de educación por cada aula. En los

niveles de primaria y secundaria no se asignará una auxiliar por aula.

7.2 La matrícula del estudiante significa la libre elección de los padres y la responsabilidad de

aceptar y cumplir el presente Reglamento Interno salvo mandato judicial debidamente

notificado a la dirección, el colegio no acatará ninguna restricción de los derechos que tienen

la madre o el padre sobre el menor.

7.3 La matrícula y ratificación de matrícula se fija anualmente y se cumple de acuerdo con las

disposiciones que establece oportunamente la Dirección del colegio. Los padres o apoderados

suscriben voluntariamente el documento denominado “Convenio de condiciones pedagógicas

y económicas”, en el que consta la información sobre el costo y condiciones del servicio

educativo.

7.4 El proceso de matrícula se efectúa una sola vez. En los años posteriores sólo se procede a

la respectiva ratificación.

7.5 La matrícula comprende:

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I.E.P. CIENTIFICO DEL NORTE

a. Estudiantes que ingresan por primera vez al sistema educativo.

b. Estudiantes que ingresan al colegio, por traslado de matrícula o convalidación, procedentes

de otras instituciones educativas y del extranjero.

7.6 Para ser matriculados, los estudiantes que ingresan por primera vez, los padres de familia

deberán presentar los siguientes documentos:

a. Solicitud de vacante

b. Copia del DNI del estudiante

c. Partida de nacimiento original

d. Copia del DNI de los padres

e. Constancia de pago por derecho de matrícula

f. Copia de la tarjeta de vacunación

g. Copia de recibo de luz o de agua.

7.7 Para ser matriculados, los estudiantes que provienen de otros colegios, los padres de

familia deberán presentar los siguientes documentos:

a. Solicitud de vacante

b. Constancia de matrícula del SIAGIE

c. Ficha de matrícula del estudiante SIAGIE

d. Copia del DNI del estudiante

e. Copia del DNI de los padres

f. Partida de nacimiento

g. Certificado de estudios

h. Certificado de conducta

g. Constancia de no adeudo de la institución educativa de origen

h. Copia de recibo de luz o agua

i. Constancia de pago por derecho de matrícula.

7.8 El estudiante incorporado será oficialmente matriculado ante el Ministerio de Educación

cuando sus padres de familia o apoderado entreguen, en las fechas señaladas en el “Convenio

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I.E.P. CIENTIFICO DEL NORTE

de condiciones pedagógicas y económicas”, los documentos estipulados en el artículo anterior

del presente Reglamento. El incumplimiento en la entrega de los documentos indicados en el

artículo anterior, dentro de los plazos establecidos por el colegio, exonera a éste de las

responsabilidades causadas por la imposibilidad de registro ante el Ministerio de Educación.

7.9 Los traslados de matrícula correspondientes al año lectivo podrán efectuarse hasta el

término del tercer bimestre (octubre) establecido en las disposiciones legales vigentes a la

fecha del traslado.

7.10 El colegio atenderá los trámites administrativos de solicitud de retiro por traslado de

matrícula, retiro de documentos escolares, salir del colegio en hora de estudio, etc. Solo si son

realizados por los padres y/o el apoderado que realizaron la matrícula.

7.11 Los requisitos para estudiantes que ingresen con prueba de ubicación, convalidación o

revalidación de estudios, procedentes del extranjero son:

a. Los padres de familia solicitan incorporación de sus menores hijos previa presentación de la

Resolución Jefatural emitida por el Ministerio de Educación.

b. Para ello (R.J.) los padres deben presentar los certificados de estudio visadas por el

Ministerio de Educación y Ministerio de Relaciones Exteriores del país de origen.

c. Informe favorable de la respectiva Dirección Académica de Nivel, convalidando los cursos y

autorizando la ubicación que le corresponde.

d. La Dirección, en coordinación con Secretaría Académica, oficializa el proceso de

reconocimiento de estudios del estudiante extranjero.

7.12 Los padres de familia y/o apoderado deberán mantenerse al día en el pago de pensiones

escolares, teniendo en cuenta que el pago de las mismas constituye un factor primordial en la

economía del colegio. De acuerdo con las disposiciones legales, el pago puntual de las

pensiones de enseñanza posibilita la ratificación de la matrícula en el siguiente año.

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I.E.P. CIENTIFICO DEL NORTE

7.13 Para obtener vacantes, si las hubiera, los padres de familia o apoderados deben cumplir

con los siguientes requisitos:

a. Presentar la solicitud a la Dirección del Colegio en la oficina de recepción, adjuntando toda

la documentación que se solicita;

b. En caso de obtener vacantes, cumplirán con todos los requerimientos solicitados por la

escuela.

7.14 Los padres de familia o apoderados de los estudiantes que acceden a la vacante al

colegio, por incorporación de otra institución educativa, previamente, firmarán el “Convenio

de condiciones pedagógicas y económicas”.

7.15 Durante el año lectivo, sólo se pueden admitir traslados de matrícula hasta dos meses

antes que finalice el año escolar.

7.16 Da lugar a la no ratificación de la matrícula en la escuela el haber incumplido los

compromisos de pago de las pensiones de enseñanza en el año anterior.

CAPÍTULO VIII DE LA MATRÍCULA DEL ESTUDIANTE ANTIGUO O RATIFICACIÓN

8.1 La ratificación es un proceso que realiza el colegio, autorizado por los padres de familia o

apoderado del estudiante, cuando se cumplen los siguientes requisitos:

a. Aprobar todas las asignaturas del plan de estudios.

b. Aprobar las pruebas de recuperación en el mes de enero.

c. Ser promovido de grado con una asignatura desaprobada que la llevará adicionalmente

durante el año, como curso de subsanación (secundaria).

d. Haber cumplido oportunamente con el pago de las pensiones correspondientes al año

anterior.

e. Haber cumplido el cronograma del proceso de ratificación de matrícula, informado

oportunamente por escrito a los padres de familia.

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I.E.P. CIENTIFICO DEL NORTE

f. Realizar el pago correspondiente a la ratificación de matrícula que es el equivalente a una

pensión de enseñanza.

8.2 La ratificación de matrícula para el periodo escolar de estudiantes del año escolar vigente,

será en el mes diciembre. El colegio informará por escrito a los padres de familia de la

calendarización del proceso de ratificación de matrícula.

8.3 El número de vacantes que pone a disposición el colegio en los niveles de Inicial, Primaria

y Secundaria para el periodo escolar vigente está registrado en hoja aparte, la cual será puesta

a la vista de los interesados en la oficina de Recepción.

8.4 El colegio no se responsabiliza de la situación del estudiante si el padre de familia o

apoderado no ratifica la matrícula en el tiempo establecido por la Institución en el

cronograma respectivo.

8.5 Los estudiantes en situación de tener áreas y/o asignaturas en recuperación, tendrán

reservada la ratificación de matrícula hasta la última semana del mes de febrero del año

vigente.

CAPÍTULO IX DEL PROCESO DE RATIFICACIÓN DE MATRÍCULA

9.1 La ratificación de matrícula inicia el 15 de diciembre y culmina el 30 de diciembre. Para

que los padres de familia matriculen a sus hijos, no deben tener deuda alguna con el colegio,

incluyendo el mes de diciembre. Además, quienes matriculen a sus hijos en el periodo en

referencia.

9.2 En el mes de enero, el colegio pondrá a disposición todas las vacantes de los alumnos que

no fueron matriculados oportunamente; atendiendo los pedidos de admisión de estudiantes

nuevos. La pérdida de vacante o de matrícula del estudiante ante esta situación, será de

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I.E.P. CIENTIFICO DEL NORTE

entera y absoluta responsabilidad del padre, madre o apoderado. Se considera ratificación de

matrícula cuando, además de la actualización de datos y entrega de documentos establecidos,

se haya efectuado el pago correspondiente por concepto de Matrícula.

CAPÍTULO X DEL PROCESO DE RETIRO DE MATRÍCULA

10.1 De acuerdo con las normas del Ministerio de Educación, los padres de familia tienen

plena libertad de disponer el tránsito escolar de su menor hijo en la institución educativa que

mejor garantice la formación personal y académica.

10.2 En caso que el padre de familia y/o apoderado opte por el retiro de su menor hijo(a) se

siguen los siguientes pasos:

a. Solicitud de retiro de documentos y entrevista con la Dirección.

b. La escuela garantiza la expedición de documentos escolares en el lapso de 5 días hábiles de

presentada la solicitud, con los requisitos exigidos completos.

c. La liberación de estudiantes que se retiran a fin de año, estará sujeta al tiempo que demora

la aprobación de las actas de evaluación del año vigente en el Ministerio de Educación.

d. El certificado de estudio para ex estudiantes será atendido en el lapso de 4 días de haber

presentado la solicitud y los requisitos exigidos.

CAPÍTULO XI DEL SISTEMA DE EVALUACIÓN

11.1 El sistema de evaluación en nuestra escuela tiene las siguientes características:

a) En principio, en el COLEGIO la evaluación es formativa y basada en la evidencia de los logros

de aprendizajes.

b) El colegio realiza evaluaciones diagnósticas para establecer el nivel de desarrollo real con

fines de una mejor atención a las capacidades y potencialidades en aras de la formación

integral del estudiante.

c) Es formativa, porque en el proceso de enseñanza aprendizaje se establecen actividades con

alta demanda académica y de atención a la convivencia democrática que permiten ir

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I.E.P. CIENTIFICO DEL NORTE

formando habilidades y capacidades asociadas a la formación integral, las cuales se van

retroalimentando en el transcurso del bimestre.

d) Está basada en las evidencias, porque nuestros estudiantes deben mostrar sus desempeños

a partir del desarrollo de evaluaciones; que se manifiestan en días de logro de aprendizajes,

exámenes escritos, y otras actividades de evaluación cada fin de bimestre que den cuenta de

las capacidades y competencias logradas en las diferentes áreas curriculares.

e) Al término de cada bimestre se comunica a los padres de familia los logros de aprendizaje

de su menor hijo/a.

CAPÍTULO XII PROMOCIÓN AL GRADO SUPERIOR EN EL NIVEL INICIAL

12.1 No hay repitencia en el nivel inicial.

CAPÍTULO XIII PROMOCIÓN AL GRADO SUPERIOR EN EL NIVEL PRIMARIO

13.1 Son promovidos de Grado:

a. Todos los estudiantes de primer grado, de forma automática.

b. Cuando al término del año escolar los estudiantes obtienen “A” en todas las áreas

curriculares, incluidas las áreas creadas como parte de las horas de libre disponibilidad.

c. Los estudiantes de 2º, 3º y 4º grados que obtienen como mínimo “A” en las áreas

curriculares de Comunicación, Matemática y como mínimo “B” en las otras áreas curriculares

y talleres curriculares creados como parte de las horas de libre disponibilidad.

d. Los estudiantes de 5º y 6º grados que obtienen como mínimo “A” en las áreas curriculares

de Comunicación, Matemática, Personal Social y Ciencia y Ambiente y como mínimo “B” en las

otras áreas y talleres curriculares creados como parte de las horas de libre disponibilidad.

CAPÍTULO XIV REPITENCIA DE GRADO EN EL NIVEL DE PRIMARIA

14.1 Repiten de grado automáticamente los estudiantes de 2°, 3°, 4°, 5° y 6° grados que al

término del año escolar obtienen “C” en las dos áreas curriculares de Matemática y

Comunicación.

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I.E.P. CIENTIFICO DEL NORTE

14.2 Repiten de grado los estudiantes que en el Programa de Recuperación o en la Evaluación

de Recuperación no alcanzan los calificativos requeridos para ser promovidos según la norma

vigente del Ministerio de Educación.

CAPÍTULO XV PROMOCIÓN AL GRADO SUPERIOR EN EL NIVEL DE SECUNDARIA

15.1 Son promovidos de Grado cuando al término del año escolar aprueban todas las áreas

curriculares, incluidas las áreas o talleres que fueron creados como parte de las horas de libre

disponibilidad y el área curricular pendiente de subsanación.

15.2 Son promovidos de Grado cuando el término del Programa de Recuperación Pedagógica

o la Evaluación de Recuperación aprueban todas las áreas curriculares o desaprueban como

máximo un área o taller curricular.

15.3 Las áreas o talleres del Plan de Estudios que se implementen en el colegio dentro de las

horas de libre disponibilidad, como parte del Proyecto Curricular del Centro, serán

consideradas para efectos de promoción o repitencia de grado con el mismo valor que las

áreas curriculares contenidas en el Plan de Estudios del Diseño Curricular Nacional de la

Educación Básica Regular (EBR).

CAPÍTULO XVI REPITENCIA EN EL NIVEL SECUNDARIO

16.1 Cuando al término del año escolar, desaprueban cuatro o más áreas curriculares,

incluidas las áreas o talleres que fueron creadas como parte de las horas de libre

disponibilidad y el área curricular pendiente de subsanación.

16.2 Cuando al término de la Evaluación de Recuperación desaprueban dos o más áreas

curriculares incluido la asignatura o área pendiente de subsanación.

CAPÍTULO XVII SOBRE LA RECUPERACIÓN PEDAGÓGICA

17.1 Han de desarrollar la Evaluación de Recuperación Pedagógica en el Nivel de Educación

Primaria aquellos estudiantes de 2°, 3° y 4° grado que al finalizar el año escolar obtuvieron B

en las áreas de Matemática y Comunicación y/o C en una de ellas.

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17.2 Han de desarrollar la Evaluación de Recuperación Pedagógica en el Nivel de Educación

Primaria aquellos estudiantes de 5° y 6° grado que obtuvieron “B” al finalizar el periodo

escolar en las áreas de Matemática, Comunicación, Personal Social y Ciencia y Tecnología.

17.3 Han de desarrollar la Evaluación de Recuperación Pedagógica en el Nivel de Educación

Secundaria de 1° al 5° grado, los estudiantes que desaprueban una, dos o tres áreas o talleres

curriculares, incluida el área curricular pendiente de subsanación.

CAPITULO XVIII

DE LOS DERECHOS, ATRIBUCIONES, OBLIGACIONES, PROHIBICIONES, FALTAS Y SANCIONES

DEL PERSONAL DOCENTE Y PERSONAL ADMINISTRATIVO

18.1 El personal docente será contratado previa evaluación de sus conocimientos del Nivel

Educativo al cual postula y su identificación con la política de trabajo de la Institución.

18.2 El Personal Docente establece según la modalidad de contrato, tendrá derecho a un

mes de vacaciones y al pago de su compensatoria por tiempo de servicios de acuerdo a lo

convenido con la Entidad Promotora y los recursos con que cuente.

18.3 El Personal, percibirá un estímulo de bonificación especial por las Fiestas Patrias y

Navideñas, de conformidad a lo establecido por la Entidad Promotora, y/o recursos con que

cuenta la Institución Educativa Privada, sin ser considerado como derecho.

18.4 El Personal docente, percibirá su remuneración de acuerdo a lo establecido por la

Entidad Promotora y la disponibilidad de los recursos económicos con que cuente, es decir el

Sueldo Mínimo legal vigente más las bonificaciones otorgadas por la Entidad de acuerdo a la

Ley convenido establecido.

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I.E.P. CIENTIFICO DEL NORTE

18.9 Los pagos de los haberes de los docentes se efectuarán mensualmente, de conformidad

al cronograma establecido.

18.10 Podrá rescindirse el contrato al personal docente, sólo por falta grave o a solicitud de

los padres de familia ido por no convenir sus servicios a la política de trabajo de la Institución,

concordante con la Ley que regula y sus Reglamentos al respecto.

18.11 El Personal no magisterial que incumpla en sus funciones y obligaciones como servidor

de la Institución, será amonestado y aplicado las mismas sanciones que estipula la Ley NC

24514 en los Artículos correspondiente y las modificatorias.

18.12 Son Atribuciones del Personal Docente:

a) Respetar, cumplir y colaborar con la Dirección del Plantel, como así con las demás

autoridades de la Institución.

b) Cumplir con todo lo considerados en el presente Reglamento y otras disposiciones

complementarias emanadas por la Dirección del Plantel.

18.13 Prohibiciones del Personal Docente:

a) De realizar actividades político partidarista dentro del Centro de Trabajo.

b) De instigar o propiciar el desacato a las órdenes superiores cometiendo desorden e

indisciplina en los alumnos, personal, padres de familia. (Caso que será considerado

grave).

c) De realizar reuniones con los padres de familia sin la debida autorización de la

Dirección o Entidad Promotora.

d) Propiciar o ejecutar ventas, cuotas extraordinaria, sin previa autorización de la

Dirección, en caso de hacerlo, será considerado como falta muy grave.

18.14 Se considera como faltas:

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I.E.P. CIENTIFICO DEL NORTE

a) La inasistencia y tardanza injustificada por más de un día que será descontado de su

Haber Mensual.

b) Las inasistencias justificadas consecutivas por más de tres veces o fechas, y no

consecutivas por más de cinco días en un periodo de Ciento Ochenta días Calendarios,

serán consideradas como falta grave, causal que originará despedido del trabajador,

de conformidad a la Ley de estabilidad laboral del servidor privado.

18.15 El trabajador que desea retirarse o suspender sus servicios por decisión personal,

deberá presentar su carta de renuncia con 30 días de anticipación, en caso de no hacerlo en el

término establecido, perderá todos sus derechos; incluyendo las horas o días laborados en el

mes, declarándose por abandono.

18.16 En el caso que la Dirección, tenga que despedir a un trabajador estable, por motivos

justificados, deberá cancelar todos los beneficios sociales, de acuerdo con lo establecido por

Ley, comunicándole el despido con anticipación, en caso de persistir laborando, la notificación

será mediante carta notarial.

CAPÍTULO XIX DE LA PROMOCIÓN DE LA CONVIVENCIA SIN VIOLENCIA EN LA INSTITUCIÓN

EDUCATIVA

19.1. DEFINICIÓN DE CONVIVENCIA ESCOLAR

De conformidad a lo establecido en la Ley que “promueve la convivencia sin violencia en las

instituciones educativas”, Ley N° 29719 y su reglamento, la convivencia escolar tiene como

finalidad propiciar procesos de democratización en las relaciones entre los integrantes del

Colegio, como fundamento de una cultura de paz y equidad entre las personas, contribuyendo

de este modo a la prevención del acoso y otras formas de violencia entre los estudiantes.

19.2. GESTIÓN DE LA CONVIVENCIA ESCOLAR

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I.E.P. CIENTIFICO DEL NORTE

La gestión de la convivencia escolar en nuestro Colegio es un proceso fundamental para el

fortalecimiento de las relaciones sociales, el ejercicio de los derechos humanos, el rechazo de

toda forma de violencia y discriminación, así como para la consolidación de un clima escolar

de buen trato que favorezca el logro de los aprendizajes y el desarrollo integral de las niñas,

niños y adolescentes.

19.3. DEL EQUIPO DE CONVIVENCIA ESCOLAR

El Colegio contará con un Comité de Sana Convivencia Escolar, que estará integrado al menos

por un representante de cada uno de los estamentos indicados, designados por la Dirección

del Colegio. Estos son:

a) La Dirección del Colegio

b) Profesores

c) Los Coordinadores de Nivel

d) La Psicóloga del colegio

Se deberá elegir entre los integrantes del Comité a uno que tendrá la función de coordinar. Se

designará además a un facilitador quien será el responsable – o asignará a otros miembros las

labores - de citar a las reuniones ordinarias, levantar un acta y realizar seguimiento de los

acuerdos.

19.4. OBJETIVOS

Promover y desarrollar en todos los integrantes de la comunidad educativa, los principios y

elementos que construyan una sana convivencia escolar, con especial énfasis en una

formación que favorezca la prevención de toda clase de violencia o agresión. En específico, los

objetivos son los siguientes:

• Establecer protocolos de actuación para los casos de maltrato escolar, los que deberán

estimular el acercamiento y entendimiento de las partes en conflicto e implementar acciones

de reparación para los afectados.

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I.E.P. CIENTIFICO DEL NORTE

• Impulsar acciones de prevención tales como talleres de habilidades socio– afectivas,

habilidades para la vida, alfabetización emocional, competencias parentales, entre otros,

teniendo en cuenta especialmente el PEI.

• Consolidar a la Institución educativa como un entorno protector y seguro, donde en el cual,

las y los estudiantes estén libre de todo tipo de violencia que atente contra su integridad

física, psicológica o sexual, o afecto sus capacidades para el logro de sus aprendizajes.

19.5. DE LAS FUNCIONES

Son funciones del Equipo responsable de Convivencia Escolar las siguientes:

a) Planificar, implementar, ejecutar y evaluar el plan de la Convivencia Escolar con la

participación de las organizaciones estudiantiles, el mismo que debe incluir acciones

formativas, preventivas y de atención integral.

b) Incentivar la participación de los integrantes de la comunidad educativa en la promoción de

la Convivencia Democrática.

c) Promover la incorporación de la Convivencia Democrática en los instrumentos de gestión.

d) Liderar el proceso de construcción de normas de convivencia consensuadas entre los

integrantes de la comunidad educativa.

e) Desarrollar acciones que favorezcan la calidad de las relaciones entre los integrantes de la

comunidad educativa, especialmente la relación docente-estudiante y estudiante-docente.

f) Promover el desarrollo de capacidades y actitudes de las y los docentes, así como del

personal directivo, administrativo y de servicio, que permitan la implementación de acciones

para la Convivencia Escolar.

g) Registrar los casos de violencia y acoso entre estudiantes en el Libro de Registros de

Incidencias del Centro Educativo Particular y reportar en el portal SiseVe, así como consolidar

información existente en los anecdotarios de clase de los docentes, a fin de que se tomen las

medidas pertinentes y permitan la elaboración de las estadísticas correspondientes.

h) Adoptar medidas de protección, contención y corrección, frente a los casos de violencia y

acoso entre estudiantes, en coordinación con el Director del Colegio.

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I.E.P. CIENTIFICO DEL NORTE

i) Informar periódicamente por escrito, al Director del Colegio acerca de los casos de violencia

y acoso entre estudiantes, anotados en el Libro de Registro de Incidencias, y de las medidas

adoptadas.

j) Informar al Director del Colegio sobre las y los estudiantes que requieran derivación para

una atención especializada.

k) Realizar, en coordinación con el Director del Colegio y los padres de familia y/o apoderados,

el seguimiento respectivo de las y los estudiantes derivados a instituciones especializadas,

garantizando su atención integral y permanencia en el Colegio.

19.6. DE LOS PROCEDIMIENTOS

Los procedimientos deberán contribuir con la seguridad y a la convivencia democrática en el

Colegio, los mismos que deben garantizar la equidad y el respeto hacia las y los estudiantes

bajo las siguientes premisas:

a) Es responsabilidad del personal directivo, docentes, personal administrativo, personal de

servicio, padres de familia y/o apoderados y estudiantes del Colegio informar oportunamente

al equipo responsable y la autoridad correspondiente de la institución educativa, de los casos

de violencia y acoso entre estudiantes.

b) El Director del Colegio y el equipo responsable de Convivencia Escolar, el Comité de Tutoría

y Orientación Educativa adoptarán inmediatamente las medidas necesarias para detener los

casos de violencia y acoso entre estudiantes.

c) El Director del Colegio en coordinación con el equipo responsable de Convivencia Escolar y

el Comité de Tutoría y Orientación Educativa convocará - luego de reportar el hecho - a los

padres de familia y/o apoderados de (i) las y los estudiantes víctimas, (ii) los agresores y (iii)

los espectadores, para informarles lo ocurrido y adoptar las medidas de protección y de

corrección. Estas medidas incluyen el apoyo pedagógico y el soporte emocional a las y los

estudiantes víctimas, agresores y espectadores.

d) Los padres de familia y/o apoderados de las o los estudiantes víctimas, agresores y

espectadores asumirán responsabilidades y compromisos para contribuir a la Convivencia

Escolar en la Institución Educativa.

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I.E.P. CIENTIFICO DEL NORTE

e) Es responsabilidad del Director del Colegio, el equipo responsable de Convivencia Escolar,

el Comité de Tutoría y Orientación Educativa, adoptar las medidas de protección para

mantener la reserva y confidencialidad relacionadas a la identidad e imagen de los

estudiantes víctimas, agresores y espectadores.

f) El Director del Colegio, en coordinación con los padres de familia o apoderados, derivará a

los estudiantes que requieran una atención especializada a los establecimientos de salud, u

otras instituciones según sea el caso que brinden las prestaciones necesarias que

salvaguarden el bienestar de las y los estudiantes.

g) El equipo responsable de la Convivencia Democrática realizará el seguimiento de las

medidas de protección, las medidas correctivas y los compromisos adoptados por los padres

de familia y/o apoderados y las y los estudiantes víctimas, agresores y espectadores.

h) El equipo responsable de la Convivencia Democrática en coordinación con la Dirección del

colegio acompañará a las familias de las y los estudiantes víctimas y agresores solicitando

informes a las instituciones que participen de la atención especializada.

19.7. DE LAS MEDIDAS CORRECTIVAS

Las medidas correctivas deben permitir que las y los estudiantes puedan reflexionar y

aprender de su comportamiento, para lo cual es necesario contar con el conocimiento y

compromiso de los padres de familia y/o apoderados a fin de contribuir a su formación

integral y la convivencia democrática en la Institución educativa.

La aplicación de las medidas correctivas debe tener las siguientes características:

a) Claras y oportunas.

b) Reparadoras.

c) Considerar la etapa de desarrollo de las y los estudiantes.

d) No deben afectar el desarrollo pedagógico y la integridad física, psíquica y moral de las y los

estudiantes.

e) Relacionadas con la promoción de la convivencia escolar.

f) Consistentes, equitativas e imparciales. Que no dependan del estado anímico de las y los

adultos. Se aplican a través de estrategias que motiven a las personas involucradas a

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I.E.P. CIENTIFICO DEL NORTE

responsabilizarse de las consecuencias de sus acciones, comprender, comprender las causas

de su comportamiento, cambiarlo, reparar el daño causado y a restablecer las relaciones

afectadas. Estas estrategias implican diálogo, mediación, negociación, consejería, reparación,

autorregulación.

g) Por ningún motivo las medidas correctivas constituirán actos de violencia, trato cruel,

inhumano o degradante, incluidos los castigos físicos y humillantes, así como cualquier otra

sanción que pueda poner en peligro la salud física o mental del estudiante.

19.8 DE LOS PRINCIPIOS

Para la aplicación del presente Reglamento, se tendrá en cuenta los principios, derechos,

deberes o responsabilidades contemplados en la Constitución Política del Perú de 1993, la

Convención sobre los Derechos de los Niños; la Ley General de Educación, Ley N° 28044, y el

Código de los Niños y Adolescentes, Ley N° 27337.

El colegio asumirá los siguientes principios:

a) Interés superior del niño y el adolescente: El Colegio priorizará en toda acción, aquellas que

sean más beneficiosas para el desarrollo integral de las y los estudiantes.

b) Dignidad y defensa de la integridad personal: Nuestra Institución promueve y protege la

integridad física, psíquica y moral de sus integrantes.

c) Igualdad de oportunidades para todos.

d) Reserva, confidencialidad y derecho a la privacidad.

e) Protección integral de la víctima del o la estudiante víctima de acoso, abuso u otra forma de

violencia escolar.

19.10. DE LAS LÍNEAS DE ACCIÓN

La gestión de la convivencia en la Institución educativa se ejecutará a través de tres líneas de

acción.

a) Promoción de la convivencia escolar.

b) Prevención de la violencia contra niños y niñas.

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I.E.P. CIENTIFICO DEL NORTE

c) Atención de la violencia contra niños y niñas.

19.11. DE LAS NORMAS DE CONVIVENCIA

El Colegio Científico del Norte, considera que la disciplina es fundamental para la formación

integral de los alumnos, por cuanto implica el desarrollo de la voluntad. El concepto de

disciplina que manejamos es “la capacidad de una persona de orientar sus energías y

habilidades para conducir su voluntad”, lo que le permitirá lograr sus objetivos e ideales. Las

normas de convivencia tienen como objetivo fortalecer una convivencia armónica y pacífica

entre los estudiantes pertenecientes de un aula, además de realizar una identificación del aula

como grupo, como equipo de trabajo a lo largo del año. Para ello, se tendrá en cuenta que:

a) Las normas de convivencia buscan promover la participación activa de todos los alumnos

del aula, realizándose en consenso y en un ambiente democrático.

b) Las normas de convivencia a nivel de aula son realizadas por los propios estudiantes en la

primera sesión de tutoría o área curricular del año, en coordinación con la tutora responsable

del aula (o profesor/a) y son evaluadas una vez al bimestre o al semestre de acuerdo a las

necesidades del grupo.

c) Las normas deben de ser claras, precisas, y haciendo uso de un estilo de comunicación en

positivo, tomando en consideración la etapa de desarrollo de nuestros alumnos.

19.11.1. De las normas de convivencia en el aula: Al inicio del año escolar, cada docente de

aula, tutor o tutora dedicará las primeras sesiones a la elaboración de las Normas de

Convivencia de su aula. Para su elaboración tendrá en cuenta:

a) Promover la participación de sus estudiantes, en un ambiente democrático, respetuosos e

inclusivo, con igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres, respeto y valoración de las

diferencias culturales y lingüísticas.

b) Considerar la etapa del desarrollo y las características de los y las estudiantes.

c) Adecuar las normas a las necesidades específicas de los y las estudiantes.

d) Considerar competencias y capacidades del Currículo Nacional vigente.

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I.E.P. CIENTIFICO DEL NORTE

e) Mantener la coherencia con las Normas de Convivencia de la Institución Educativa. Una vez

concluida la elaboración de las Normas de Convivencia del aula, estas son aprobadas por la

Coordinación del Nivel quien tiene la facultad de hacer las observaciones que considere

pertinentes. Si hubiera observaciones, estas son levantadas por el tutor o tutora con la

participación de sus estudiantes.

19.11.2 Aprobadas las Normas de Convivencia del aula se realizarán las siguientes acciones:

a) Publicarlas en un lugar visible del aula.

b) Incluirlas en la carpeta pedagógica del tutor o tutora responsable.

c) Informar de ellas a todos los y las docentes que desarrollan actividades en el aula.

d) Informar a familiares y autoridades de División para que las conozcan y puedan colaborar

con su cumplimiento.

e) Evaluar su cumplimiento al finalizar cada semestre.

19.12. DE LAS ACCIONES DE PREVENCIÓN Y PROTECCIÓN CONTRA LA VIOLENCIA EJERCIDA

POR EL PERSONAL DEL COLEGIO

Es prioridad del Colegio, la prevención y protección del menor de todos los niveles educativos,

siendo nuestro objetivo garantizar que todos los estudiantes convivan en un ambiente de

aprendizaje seguro, manteniendo prácticas apropiadas y de supervisión en la escuela. El

Colegio adoptará las siguientes medidas de prevención y protección a los estudiantes:

a) Establecer políticas de protección al menor en concordancia al marco normativo vigente:

“Lineamientos para la prevención y protección de las y los estudiantes contra la violencia

ejercida por personal de las Instituciones Educativas”, Directiva N°019-2012-MINEDU/VMGI-

OET aprobada por Resolución Ministerial N° 0519-2012-ED, “Lineamientos para la gestión de

la convivencia escolar, la prevención y la atención de la violencia contra niñas, niños y

adolescentes”, o normas que modifiquen o sustituyan, y la base establecida en la convención

de los derechos del niño.

b) Convivencia a partir del Código de Conducta.

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c) Gestión del Comité de Protección al Menor.

d) Prevención a partir de lecciones a los estudiantes en todo nivel educativo sobre seguridad

personal.

e) Capacitación en identificación y protección al menor para todo el personal del Colegio.

19.13. DE LAS ACCIONES EN CASO DE HOSTIGAMIENTO Y VIOLENCIA SEXUAL Nuestro

Colegio como espacio de formación integral promueve de manera permanente, entornos de

convivencia acogedores y seguros, donde se fomenten habilidades y actitudes en el marco del

respeto y el reconocimiento del otro. Un espacio que permite prevenir y proteger a las y los

estudiantes frente a situaciones de violencia que puedan vulnerar sus derechos. Es una

realidad que la violencia sexual se presenta en diferentes entornos, incluidos el hogar y la

escuela, la cual daña gravemente la integridad y bienestar intelectual, social y emocional de

las y los estudiantes. En este sentido el Colegio adoptará las siguientes medidas en

concordancia al marco normativo vigente: Lineamientos para la gestión de la convivencia

escolar, la prevención y atención de la violencia contra niñas, niños y adolescentes”,

aprobados por Decreto Supremo N° 004-2018-MINEDU, o norma que modifique o sustituya, y

los “Protocolos para la atención de la violencia escolar, una guía para prevenir y atender el

acoso entre estudiantes y una guía para prevenir y atender la violencia sexual”.

a) Generar una convivencia escolar democrática e inclusiva donde prime el buen trato y el

respeto.

b) El Comité de Tutoría y Orientación Educativa coadyuva acciones de prevención y atención

de prevención y atención a la violencia escolar.

c) Los docentes identifican las necesidades socio afectivas y formativas de las y los estudiantes

a fin de fortalecer sus competencias y capacidades a través de sesiones de tutoría y sesiones

de aprendizaje.

d) Establecimiento de alianzas estratégicas.

e) Si fuera el caso, llevar a cabo la intervención teniendo presente el principio del interés

superior del niño y los protocolos establecidos para apoyarlos adecuadamente.

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I.E.P. CIENTIFICO DEL NORTE

CAPITULO XX

DE LAS RELACIONES Y COORDINACIONES

20.1 La Institución Educativa Privada, por intermedio del Director mantendrá relación y

coordinación con los Comités de Aula, siempre que estas se hayan organizado para los fines y

objetivos a cumplir.

20.2 La Institución Educativa Privada mantendrá estrechas relaciones con las otras

Instituciones Educativas y demás Instituciones de la Localidad, o ámbito jurisdiccional.

20.3 El Plantel mantendrá estrechas relaciones con la Unidad de Gestión Educativa Local y

otras Instituciones Educativas Superiores.

20.4 La coordinación del Director con los Coordinadores Académicos, con profesores de Aula,

profesores de Asignatura será en forma permanente y en forma directa mediante reuniones

generales o por turnos y en forma directa a través del informativo o de comunicados.

CAPITULO XXI

DE LAS PENSIONES Y BECAS

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I.E.P. CIENTIFICO DEL NORTE

21.1 La pensión de enseñanza se fija en moneda nacional y en función del Presupuesto de

Operación del Nuevo Ejercicio, así como las Metas de Atención de la Institución Educativa,

como del Balance General si es anterior.

21.2 Las Becas serán concedidas por la promotora, previa evaluación de la situación

económica del postulante en atención al informe pormenorizado de la Dirección y del

Departamento de Psicología.

21.3 Para hacerse merecedor de una Beca de Estudio, son requisitos:

a) Ser de modesta condición económica y varios hermanos.

b) Sustentar el pedido por medio de una certificación de autoridad o persona notable del

lugar de procedencia del postulante.

c) Acreditar buena conducta y tener un promedio de 17 puntos en rendimiento

académico.

21.4 La Institución Educativa Privada otorgará becas completas o parciales de acuerdo a los

siguientes criterios:

a) Beca completa o Integral según el caso al alumno que ocupa el primer puesto en

rendimiento académico de La Institución Educativa Privada; exonerar de todo pago de

pensiones de enseñanza, siempre y cuando se acredite una situación económica de

pobreza extrema.

21.5 Las Becas serán refrendadas por una Resolución Directoral.

CAPITULO XXII

DE LOS BIENES Y RÉGIMEN ECONÓMICO

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I.E.P. CIENTIFICO DEL NORTE

22.1 La infraestructura educativa de la Institución Educativa Privada, está constituida por el

ambiente físico, equipo y mobiliario necesario para el desarrollo de las acciones educativas y

administrativas.

22.2 La infraestructura de la Institución Educativa Privada, garantiza el normal desarrollo y el

cumplimiento de los objetivos previstos, para una eficiente prestación de servicios.

22.3 Los derechos de pensiones por enseñanza y otros que la Institución Educativa Privada

perciba son aprobados por la Promotora y el Director.

22.4 Los Derechos de Pensiones abandonados por los padres o apoderados por servicios

brindados, no serán devueltos por ningún concepto.

CAPITULO XXIII

DE LAS RELACIONES CON EL MINISTERIO DE EDUCACIÓN

23.1 La Institución Educativa Privada dará acceso y facilidades a los Órganos Representantes

del Ministerio de Educación o sus Homólogos, para que realice funciones de seguimiento en

cuanto a su funcionamiento, con la finalidad de asegurar la calidad del servicio educativo que

brinda, y de comprobar la observancia de las disposiciones legales respectivas, dar las

medidas correctivas que hubiere lugar.

23.2 La Institución Educativa Privada de conformidad a las disposiciones pertinentes recibirá

asesoramiento técnico de parte del Órgano inmediato Superior, Órganos del Ministerio de

Educación en cuanto a organización y funcionamiento.

CAPITULO XXIV

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I.E.P. CIENTIFICO DEL NORTE

DE LOS SERVICIOS DE BIENESTAR SOCIAL

24.1 La Institución Educativa Privada dará acceso y facilidades a los Órganos Representantes

del Ministerio de Educación o sus Homólogos, para que realice funciones de seguimiento en

cuanto a su funcionamiento, con la finalidad de asegurar la calidad del servicio educativo que

brinda, y de comprobar la observación de las disposiciones legales respectivas, dar las

medidas correctivas que hubiere lugar.

24.2 La Institución Educativa Privada de conformidad a las disposiciones pertinentes recibirá

asesoramiento técnico de parte del órgano inmediato Superior, Órganos del Ministerio de

educación en cuanto a organización y funcionamiento.

CAPITULO XXV

DE LOS SERVICIOS DE BIENESTAR SOCIAL, ORIENTACIÓN Y BIENESTAR DEL EDUCANDO,

PERSONAL DOCENTE, NO DOCENTE Y ALUMNOS.

25.1 Cada Tutor de aula llevará un cuaderno de incidencias sobre las principales

características y problemas de sus alumnos.

25.2 El Departamento Psicopedagógico, en coordinación con el Profesor Tutor y Padre de

Familia, tratarán de solucionar los problemas que se presenten.

25.3 El Director programará un conjunto de actividades culturales y recreativas durante el

año lectivo, para el personal docente, no docente y alumnado.

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25.4 La Dirección del Plantel en coordinación con los profesores, incentivarán la formación y

funcionamiento de los diferentes clubes escolares (banda de música, cruz roja, municipio

escolar, policía escolar, de lectura, de deportes, de matemáticas, de danzas y folklore).

25.5 El funcionamiento de servicios complementarios: Sala de cómputo, la Sala de folklore,

Piscina para la natación, etc. serán atendidos adecuadamente por el personal especializado

como avance de la cultura general de los educandos y cada servicio contará con su respectivo

club.

CAPITULO XXVI

DE LAS REMUNERACIONES, BENEFICIOS Y COMPROMISOS

LABORALES DEL PERSONAL MAGISTERIAL

26.1 El personal docente, percibirá su remuneración de acuerdo a lo establecido en las

Normas Vigentes del Estado y/o contrato establecido.

26.2 En lo que concierne al goce de vacaciones, el personal docente estable, gozará de este

derecho de acuerdo a lo estipulado en la Ley de profesorado y/o convenios con la promotoría

según las modalidades del contrato.

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26.3 La Jornada laboral para el personal docente será lo establecido por la Entidad Promotora

y la Dirección de acuerdo a nivel Educativo, en caso de laborar menos horas, su remuneración

será por horas semanal mensual.

26.4 La Entidad Promotora, en coordinación con la Dirección, podrá otorgar bonificaciones

especiales, con carácter de estímulo a los servicios quienes demuestren mayor dedicación,

eficiencia y eficacia en bien de la Institución.

CAPITULO XXVII

DEL ESCALAFÓN DE LOS TRABAJADORES DE LA IEP.

27.1 El Director de la Institución Educativa Privada y el Departamento de Administración

organizará el escalafón de los servidores de la Institución, el mismo que deberá ser

actualizado permanentemente. Estará conformado por su ficha escalafonaria y su carpeta

personal con el respectivo Curriculum Vitae.

27.2 Al retirarse el servidor, llevará consigo su carpeta personal, adjunto a la ficha

escalafonaria, obrando en la Institución Educativa Privada un duplicado de la ficha.

CAPITULO XXVIII

DE LA ADMINISTRACIÓN DE LOS RECURSOS Y OTROS

28.1 El Director es responsable de administrar los recursos de la Institución Educativa Privada,

para lo cual tendrá un inventario de todos los bienes, debidamente codificado y actualizado.

28.2 El Administrador llevará un cuaderno de cargo, para registrar el buen uso de los bienes,

la ubicación y estado (Registro único).

CAPITULO XXIX

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I.E.P. CIENTIFICO DEL NORTE

DE LAS DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS

29.1 El personal docente y administrativo (con excepción de la Promotora y el Director)

deberán registrar su asistencia diaria colocando su huella digital en el reloj marcador. Se

levantará mensualmente el consolidado de tardanzas e inasistencia, para la aplicación de las

sanciones a que diere lugar.

29.2 El Director o quien haga sus veces está obligado a cumplir y hacer cumplir el presente

Reglamento.

29.3 Los casos no previstos en el presente Reglamento serán resueltos por el representante

legal de la Entidad Promotora, la Dirección y Docente Consultor.

29.4 El presente Reglamento entra en vigencia a partir de la emisión del decreto directoral.

Se eleva al conocimiento del Señor Director de la Unidad de Gestión Educativa Local

N° 04 de Comas.

Comas, 14 de febrero del 2020